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Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:13 de Febrero del 2008
Fecha Aprobación:13 de Febrero del 2008
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" LEY DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY N° 217, LEY GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES "

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Managua, 25 de abril del 2006.

DICTAMEN

Ingeniero
EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado ingeniero:

La Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales se reunió en este día para dictaminar dos Proyectos de Ley de Reformas a la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley No. 217, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 105 del 6 de junio de 1996 y enviados a esta comisión el 4 de julio y 5 de agosto del 2005, respectivamente, por la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional.

La primera iniciativa fue presentada por el diputado David Castillo y se refiere únicamente a la Reforma del artículo 106 de la mencionada Ley 217, y la segunda fue enviada por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia, para Reformar y Adicionar artículos a diferentes aspectos y contenidos de la ley en mención.

Por tratarse de que ambas iniciativas versan sobre reformas a la misma Ley 217, la comisión consideró juntar ambos proyectos de ley y someterlos a un programa de consultas con diversos sectores involucrados en el tema. A estas consultas asistieron el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, Marena; El Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, Mific; El Ministerio Agropecuario y Forestal, Mag-for; el Instituto Nacional Forestal, Inafor; la Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; la Comisión Nacional de Energía, CNE; el Instituto Nicaragüense de Energía, INE; la Asociación de Municipios de Nicaragua, Amunic; la Asociación de Acuicultores de Nicaragua, ANDA; EL Centro de Producción Más Limpia de Nicaragua, CPML-N; EL Centro Humboldt; el Club de Jóvenes Ambientalistas y los Consejos Regionales del Atlántico Norte y Sur.

LOS PROYECTOS DE LEY

De conformidad a la Exposición de Motivos enviado por el Poder Ejecutivo, la justificación se plantea desde el punto de vista de que se han identificado a lo largo de estos nueve años de vigencia de la Ley 217, que es necesario dotar a la autoridad competente, el Marena, de instrumentos modernos para una eficiente y efectiva gestión del ambiente y los recursos naturales. De ahí que se propongan la creación de nuevos instrumentos de Gestión Ambiental, como el Sistema de Pagos por Servicios Ambientales, la Auditoría Ambiental y el Cambio Climático.

Otros aspectos que se contemplan es la creación de la Comisión Nacional Interinstitucional, para la atención de los problemas que resulten por daños al medio ambiente, integrada por las principales instituciones ligadas a la gestión ambiental del país. De igual manera se propone la creación de la Oficina de Servicios Ambientales y Cambio Climático, como ente desconcentrado y con dependencia jerárquica del Marena.

La Fianza Ambiental es otro elemento que se incorpora a la propuesta con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Permiso Ambiental derivado de los Estudios de Impacto Ambiental, EIA.

Por otro lado, para ponerse a tono con las tendencias internacionales se establece que el Marena sea la autoridad competente en materia de Seguridad Química, atendiendo que en muchos países quienes manejan la Política Ambiental son las mismas instancias para coordinar este aspecto con el apoyo de otros ministerios involucrados directamente o indirectamente en el tema.

Un aspecto en la que ambos proyectos de ley coinciden es en lo relacionado con las Áreas Protegidas y la necesidad de flexibilizar sus directrices de administración, permitiendo la realización de actividades, que son de gran importancia e interés para el desarrollo económico y social del país. En este sentido ambos proyectos plantean la posibilidad de aprovechamiento de los recursos geotérmicos existentes en estas Áreas, mediante la aplicación de tecnologías limpias y modernas que aseguren los mínimos impactos negativos al ambiente, sin embargo, la iniciativa del diputado David Castillo va más allá al proponer la inclusión de los recursos hídricos para la generación de energía eléctrica como una respuesta a la problemática que sufre el país por la dependencia del petróleo.

Por último la propuesta del Ejecutivo establece elevar la cuantía de las multas por infracciones a la Ley 217 desde el punto de vista de los procesos administrativos y como complemento, darle facultades al Marena para imponer medidas de restauración al medio ambiente para mitigar, remediar o compensar los daños causados.

CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

Como resultado de las consultas con los diversos sectores señalados al inicio, la comisión logró ampliar importante información que han permitido mejorar los Proyectos de Ley e incluso introducir aspectos que habían quedado por fuera y que son de mucha importancia para estas reformas a la Ley General, partiendo del criterio que también estas reformas obedecen a la tendencia que nos trae la aprobación y puesta en vigencia del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (Cafta, por sus siglas en inglés).

De esta forma la comisión ha considerado retomar algunos de los elementos de interés aportados en las consultas incorporándolos al texto del proyecto de reformas, que permitan una mayor objetividad en su efectividad y aplicabilidad de las mismas, frente a la coyuntura a la que el país se prepara para enfrentar nuevas situaciones comerciales que exigen a la vez la necesidad de contar con un respaldo jurídico como el de esta Ley marco, de la cual al mismo tiempo se están derivando nuevas reformas y adecuaciones particulares a sus reglamentos específicos como el de Áreas Protegidas y los Estudios de Impactos Ambiental (EIA).

La comisión también considera que en el transcurso de estos nueve años de vigencia de la Ley 217 y ante los avances que se han venido realizando en materia ambiental y de recursos naturales en la región centroamericana, se hace necesario actualizar y modernizar este marco legal que presenta muchos vacíos en su contenido particular introduciendo nuevos conceptos y definiciones, creando a su vez las instituciones que sean necesarias para llevar adelante una mejor gestión ambiental, con el cuidado de no cargarla con más burocracia de la ya existente.

En este sentido la comisión elaboró y dictaminó un solo Proyecto de Ley de Reformas y Adiciones, incorporando nuevas definiciones, mejorando la redacción de algunas de las propuestas presentadas e introduciendo nuevos artículos que hagan más coherente y ordenado el articulado propuesto con lo que queda vigente en la ley, suprimiendo algunas propuestas que manifestaban roces con otras legislaciones vigentes y con facultades ya establecidas.

También se amplía el marco de regulaciones sobre el Sistema de Evaluación Ambiental creando nuevos Instrumentos de Gestión Ambiental como son: el Pago por Servicios Ambientales, la Auditoría Ambiental, el Cambio Climático y la Seguridad por Efectos de Sustancias Químicas, Tóxicas y Contaminantes, de vital importancia para el país.

Para el caso particular del artículo 106 que trata sobre las Áreas Protegidas y sobre el cual se recibieron numerosos aportes y comentarios de los consultados, se dictamina a favor de que se mantenga la prohibición de actividades de exploración y explotación de recursos naturales renovables y no renovables, exceptuándose de la misma lo relacionado a los recursos geotérmicos, eólicos e hídricos por considerarlos de interés nacional para la producción de energía eléctrica, asimismo, las actividades relacionadas con la camaronicultura en la zona del Pacífico que son sujetas al plan de manejo del área protegida. Estas actividades son sujetas de un canon como compensación por el uso de los recursos patrimoniales del Estado.

Por tal motivo en uso de las facultades que le establece el artículo 50 del Estatuto General y del Reglamento de la Asamblea Nacional, y considerando que el Proyecto de Ley no contradice a la Constitución Política ni demás leyes de la República y que es necesario, DICTAMINA FAVORABLEMENTE el Proyecto de Reformas y Adiciones a la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley 217, recomendando al plenario su aprobación en lo general y su discusión y aprobación en lo particular del texto de ley que se adjunta para su debido conocimiento.


Atentamente,

COMISIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

Jaime Morales Carazo José Martínez Narváez

Víctor Guerrero Ibarra Bladimir Pineda Soza

Ana Lazo Álvarez María Eugenia Sequeira

Octavio Álvarez Moreno René Núñez Téllez
Orlando Mayorga Sánchez

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el dictamen en lo general.

Diputado Carlos García Bonilla, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias, Presidente.

Solamente quiero hacer un breve resumen del proceso de formación de esta ley, cómo se trabajó en las legislaturas anteriores.

La Ley General de Medio Ambiente es una ley en vigencia, publicada el 6 de junio de 1996, es decir, es una ley que tiene más de once años de haberse aprobado y estar en su aplicación, en el transcurso de estos años, la gestión ambiental ha demandado la modernización de los instrumentos legales necesarios para respaldar dentro de un marco jurídico la protección del medio ambiente. Esto significa que las autoridades administrativas competentes ante esta rápida evolución han carecido de algunos instrumentos necesarios para enfrentar la responsabilidad de proteger, normar, aprovechar sostenible y regularmente los recursos naturales, es decir, que es necesario actualizar la ley, porque tiene once años de aprobada la Ley General de Medio Ambiente y lo que pretendemos es modernizarla, con nuevos modelos de gestión ambiental.

Como decía en el dictamen, la primera iniciativa fue presentada por el diputado David Castillo el 28 de abril del 2005, y solamente se refería a reformar el artículo 106 de la Ley General de Medio Ambiente. Posteriormente hubo una iniciativa por el Poder Ejecutivo enviada con carácter de urgencia, el 29 de junio del mismo año, que se denominaba Ley de Reformas y de Adiciones a la Ley 217, ambas iniciativas fueron enviadas a la Comisión del Medio Ambiente el 4 de julio y 5 de agosto respectivamente de ese mismo año, tal y como lo dice el dictamen estos dos proyectos de ley fueron consultados con las entidades que mencioné anteriormente. El dictamen fue firmado favorablemente el 25 de abril del 2006 y fue presentado a Primer Secretaría el 26 del mismo mes y año estuvo en la Orden del Día en la Legislatura 2007 y el día de hoy pretendemos la aprobación en lo general y en lo particular.

Quiero hacer mención que durante el período 2007, el año pasado, se hizo una revisión a través de la comisión que presido del dictamen elaborado, aquí invitamos a algunas de estas instituciones involucradas, logrando consensuar con todos los miembros de la comisión la modificación de veinte artículos del dictamen, los cuales serán sometidos para su discusión y aprobación en este plenario.

Las propuestas de reformas en sí de manera general, vendrán a dotar a las autoridades ambientales, de todos aquellos elementos que requieran para hacer frente a necesidades de legislación y regulación en materia de cambios climáticos, el tema de cambios climáticos es un tema nuevo, y a nuestra legislación hasta ahora queremos modernizarla con estos nuevos conceptos: como áreas protegidas, biodiversidad, pagos por servicios ambientales, seguridad química para el control de las sustancias tóxicas, manejo sostenible de cuencas entre otros. Crea además esta reforma nuevos instrumentos de gestión ambiental como lo repetimos, la auditoría ambiental es un nuevo concepto que se está introduciendo en la Ley General de Medio Ambiente, se forma también la Comisión Nacional Interinstitucional para atender problemas que resulten por daños al medio ambiente, integradas por las principales instituciones ligadas a la gestión ambiental del país. Asimismo, se crea una oficina de servicios ambientales y cambios climáticos, ya referido en el dictamen, como entes desconcentrados y adscritos jerárquicamente al Marena.

Se faculta también a esta institución, como la autoridad competente en materia de seguridad química, con el apoyo -lógicamente- de otros ministerios involucrados directa o indirectamente en el tema, como el Ministerio Agropecuario Forestal y el Ministerio de Salud; se elevan las cuantías de las multas por infracciones y se faculta al Marena para imponer medidas de restauración del medio ambiente para mitigar, remediar o compensar los daños causados, y lo importante de esto, es que en las áreas protegidas se flexibiliza las directrices de administración, permitiendo actividades de importancia e interés nacional, mediante la aplicación de tecnologías limpias y modernas para la generación de energía eléctrica, sean estas hidroeléctricas, geotérmicas o eólicas, que hoy por hoy, la Ley General de Medio Ambiente no permite la realización de obras hidroeléctricas, eólicas, geotérmicas y que ante la crisis energética -que es de interés nacional-, pues se están abriendo las áreas protegidas para la ejecución de estas obras y tenemos entendido ya hay empresas que están dispuestas a contribuir en este sentido en las áreas protegidas.

Gracias, señor Presidente y espero de todos los honores diputados su aprobación en lo particular.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias, señor Presidente.

Quiero expresar el beneplácito que sentimos, de que se haya puesto en Agenda y que se apruebe el día de hoy, esta reforma a la Ley General del Medio Ambiente porque tal y como expresaba el Presidente de la Comisión, esta ley, ya tiene once años y hay una serie de nuevos conceptos jurídicos que se han incorporado en las legislaciones y en los tratados internacionales, para hacer efectiva la protección de los recursos naturales, los ecosistemas, la biodiversidad.

Hemos hablado muchas veces, en la Comisión de Medio Ambiente, que quisiéramos traer al plenario, algunas presentaciones que ponen en evidencia el nivel de dramatismo que se enfrenta a nivel mundial, el grado de deterioro de la biodiversidad y los grandes riesgos y los peligros de la humanidad por la explotación inmisericorde y la falta de medidas de prevención y precaución con el manejo de los recursos naturales, y en el caso de nuestro país que tiene la dicha de tener todavía determinadas condiciones naturales, no estar sobrepoblado como otras regiones del planeta, de que tenemos grandes ríos, grandes reservas de agua y todavía conservamos grandes bosques, estamos obligados a trabajar de manera responsable, en relación con el medio ambiente. Por eso la reforma que se propuso y las mociones que traemos, que definitivamente a mi juicio enriquecen muchísimo el dictamen, van a mejorar la capacidad de las instituciones del Estado encargadas de este tema, para forzar o aplicar muchísimas más medidas en relación con la protección del medio ambiente.

Hace unos días hablábamos en la comisión del problema de la contaminación de la Laguna de Masaya, de las medidas que se habían tomado y de la falta de eficacia en relación con la preservación de este cuerpo de agua, asimismo, conversamos hace unos días con unos delegados del MED, porque el Ministro no compareció en la comisión, de que está -desde hace cuatro años- aprobada la ley para la creación de la materia de medio ambiente a partir del quinto grado, no lo cumplió el anterior Gobierno y parece que tampoco lo está cumpliendo éste, pero decíamos, es importantísimo la materia de medio ambiente en los colegios, porque serán los niños los que les irán a decir a los padres la importancia de sembrar árboles, sustituir los que se tengan que cortar, el problema del manejo pésimo que hacemos en Nicaragua de la basura, de cómo contaminamos nuestras aguas, entonces ahí hay algunas cosas buenas en Nicaragua, buenas leyes, pero que no se cumplen.

Entonces, este instrumento legal va a fortalecer las capacidades de Marena, de las municipalidades y de las demás autoridades en otras legislaciones como la Ley General de Agua, para ser más estrictos y tratar de ser también más responsables como nicaragüenses en la protección de nuestros recursos naturales.

Así que nosotros respaldamos plenamente este esfuerzo como parte de la comisión, pero también como alianza, como bancada de la alianza MRS, e invitamos a todos los diputados a que respaldemos con nuestros votos esta reforma de la Ley General de Medio Ambiente y con nuestras acciones medidas más eficaces para proteger lo nuestro.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

El último orador será Odell Íncer Barquero.

Tiene la palabra Víctor Duarte Aróstegui.

DIPUTADO VÍCTOR DUARTE ARÓSTEGUI:

Gracias, señor Presidente.

Creo que hablar de los recursos naturales es hablar de la riqueza que tiene a lo largo y ancho nuestra nación, pero también es hablar de la forma indiscriminada en que han sido explotados y la población ha sido poco beneficiada, caso típico es el Triángulo Minero, donde era un yacimiento de gran potencial en oro y fueron explotados y aprovechados y nada más nos dejaron los recuerdos de los trabajadores con diversas enfermedades.

Igualmente ha sucedido con el recurso bosque y es por eso que esta ley viene, no a ponerle grandes traba a la inversión, y considero y estoy de acuerdo, en la parte donde se refiere a las áreas protegidas, porque además de ser de una gran belleza y reserva natural en flora y fauna, deben saberse explotar esos recursos, tanto en el turismo comunitario, turismo de aventura y en proyectos tan importantes como generación de energía hidroeléctrica conservación de agua para las poblaciones y otros, siempre y cuando esté normado y regulado la forma de aprovecharlo conforme ley, con el menor impacto ambiental y que este aprovechamiento lo obtenga el municipio donde se instaure esta generadora hidroeléctrica. Porque sucede también, que se les da el permiso de aprovechamiento, pero los impuestos vienen a quedar en la Tesorería General de la República y el municipio que aporta dicho recurso obtiene poco o nada de beneficio. Creo que en esta ley debemos estar atentos todos los diputados, para dejarla bien normada y que se aproveche porque de una y otra forma la flora y la fauna de las áreas protegidas, son explotadas indiscriminadamente por el avance incontrolable de la frontera agrícola, y han sufrido consecuencias irreversibles, caso típico es la gran Reserva Bosawás, de la cual somos parte allá en la Región Autónoma del Atlántico Norte, y nadie ha hecho nada por salvarla. Considero que debe quedar bien normado el cuido, la reforestación, el mecanismo de aprovechamiento y de ser posible, utilizar los desperdicios que se vayan a obtener de ella y reinvertirlo en la misma área.

Creo entonces y pido el apoyo, sin olvidarse –repito- de las regiones autónomas, porque a veces miramos las leyes más de cara a lo nacional y nos olvidamos que los recursos naturales mayoritariamente gusten o no, están en la Costa Atlántica de Nicaragua y de eso debemos tener conciencia todos los diputados aquí presentes.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:

Muchas gracias, Presidente, buenos días.

La verdad que, Nicaragua requiere tanto de la inversión privada nacional como extranjera, a fin de resolver el problema energético, el 48% de los nicaragüenses posiblemente somos los que accedemos a la energía, pero un 52% no. En ese sentido el legislador ha trabajado continuamente a fin de facilitar, porque ese es nuestro trabajo como legisladores, facilitar a través de la norma jurídica y garantizarle a los inversionistas que pueden hacer esas inversiones en nuestro territorio, obviamente para obtener sus ganancias pero también, resolver los problemas de los nicaragüenses y en esa dirección tenemos una buena cantidad de leyes aprobada por esta Asamblea, como es la Ley 272, la Ley 467, la Ley 531, la Ley 532, la 554, entre otras, y eso lo hemos hecho porque consideramos que debemos ir adecuando nuestra legislación para encontrar la solución al problema energético del país.

Tengo unos datos importantes aquí y después voy a contestar un poco la preocupación de mi colega Víctor Duarte, porque tiene razón cuando dice que a veces los recursos se vienen a Managua y que las zonas que producen la riqueza natural a lo mejor son los que menos se benefician, pero como somos legisladores de Nicaragua, tenemos que ver por Nicaragua, pensar por este país y no ser localistas. Imagínense que Nicaragua para el 2002 tenía el precio de la energía en el mercado stop, a cincuenta y un dólares el mega watt hora, dicen que subió del 2002, que eso costaba, a doscientos treinta y un dólares para el 2007, y ¿por qué?, porque no tenemos nosotros generadores como los que podríamos tener si nosotros modificamos nuestra legislación, porque tenemos los recursos naturales.

Creo que el Presidente de la República recientemente anteayer, ayer, no sé, un día de estos, estaba recibiendo en Corinto unas plantas donadas o provenientes de Venezuela y que según la información, Cuba tuvo que dar el espacio para que priorizaran a Nicaragua en su fabricación, por parte de la Hyundai, pero vamos a ser dependientes siempre del petróleo, en cambio, si modificamos esas compañías que pueden generar energía no van a ser dependientes del petróleo. De tal manera, que tenemos tantos recursos naturales y debemos aprovecharlos; como legisladores debemos trabajar para que esa inversión sea posible en nuestro territorio nacional. Y les decía a algunos amigos que tienen un proyecto allá en la zona de Siuna, igualmente hablé anoche con el embajador de China-Taiwán, que recientemente aquí aprobamos una reforma para que ellos puedan invertir y generar unos veintisiete megas en la zona de Los Calpules y que si hay algún problema, también vamos a tener que modificar. Edwin y yo fuimos los que propusimos esa iniciativa de reforma, porque ya no van a generar esa cantidad de megas, según unos analistas de Brasil, lo que van a generar son diecisiete. Entonces, hay cierto problema pero nosotros estamos obligados a legislar para mejorar este tipo de cosa.

Por ejemplo, Víctor, según estos muchachos que van invertir en una zona adyacente a Siuna, ese municipio va adquirir además de los impuestos que tiene hoy, la transferencias nacionales que damos desde la Asamblea y el gobierno central, va recibir un poco más de cuatro millones anuales en impuestos, en IBI, además, nuestras campesinas y campesinos, han ido más allá de la frontera agrícola, sembrando frijoles y posiblemente la capa fértil de esas tierras no es la adecuada para cosechar o para sembrar ese tipo de rubro, sin embargo, con esas compañías nosotros mejoramos las condiciones de vida de nuestra gente, porque también a éstas no les interesa deteriorar el medio ambiente, no pueden desforestar el país, sino más bien reforestarlo, porque si ellos talan los bosques obviamente las empresas no estarían generando energía, porque la generan con agua, entonces más bien tiene que promover la reforestación en la zona, y eso es muy importante que lo sepamos los legisladores.

Por lo tanto en nombre de la Bancada del PLC, como tenemos monitores en las comisiones, ya he conversado con el doctor Ramón González, que es el monitor de nuestra bancada en la comisión, han consensuado totalmente este dictamen, de tal manera que más bien invito pues, a las diputadas y a los diputados que votemos favorablemente, porque necesitamos no sólo resolver el problema que tenemos ese 48% que de alguna manera accedemos a la energía, sino que debemos resolver los problemas de ese 52% de los nicaragüenses que hoy no acceden a la energía y por supuesto a otros servicios básicos que de acuerdo a la Constitución Política estamos obligados y el Gobierno está obligado a entregarle o proveer de esos servicios básicos a los nicaragüenses.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Martínez Narváez, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ:

Gracias, señor Presidente.

Después de escuchar a los colegas, realmente no queda mucho que decir, solamente que esta reforma viene a darle un carácter a esta ley de una manera más específica para poder proteger nuestros recursos naturales. Después de haber escuchado todo eso, sólo me resta pedirles a los colegas que con confianza y en aras de salir adelante y de que Nicaragua tenga los suficientes recursos energéticos aprobemos esta ley lo antes posible.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente, muy buenos días colegas.

Quiero felicitar el esfuerzo de esta comisión y a eso me refería en mi intervención el día de ayer, felicitar al Presidente de la Comisión de Medio Ambiente Carlos García y a quienes están ahí como Indalecio Rodríguez, Mónica Baltodano del MRS, porque esto es a lo que estamos llamados a realizar los diputados en este Parlamento.

Y digo esto, porque si vemos que los nicaragüenses consumimos un total de quinientos megavatios, el 85% lo generamos vía petróleo, vía bunker. El vecino del sur ya ayer inauguraba un proyecto donde el 100% es de energía renovable incluyendo la eólica, la hidroeléctrica y la geotérmica. Dicho sea de paso, recuerdo un esfuerzo en la década de los 80, fue el proyecto San Jacinto - Tizate, ahí una empresa ruso – nicaragüense, llamada Intergeoterm, se propuso generar más de 90 megavatios, la realidad es que hoy veintitantos años después, únicamente se generan 7 megavatios. Sé y reconozco que este Gobierno le abre las puertas a Polaris para que alcance ese nivel de generación, pero de eso es lo que debemos estar nosotros preocupados y esta Comisión de Medio Ambiente tratar de que efectivamente llegue la inversión, para que nuestra matriz de generación energética no dependa únicamente de los hidrocarburos.

Veo, países como Panamá, que recientemente aprobaron un proyecto de más de cuatrocientos megavatios en energía eólica, energía producida por el viento, nosotros aquí acabamos de aprobar un Proyecto Eólico Amaya que generara hasta cincuenta megavatios; creo que es un proyecto muy tímido para el potencial que tenemos de recursos de generación renovable, al contrario, deberíamos esforzarnos para que en un corto plazo tengamos un cambio de matriz y no seguir perdiendo el tiempo, y quiero decir que perdemos el tiempo cuando nos planteamos importar plantas eléctricas de generación con bunker, ahí estamos esclavizándonos a usar estas máquinas, estas plantas con ese derivado y tal vez perdemos el norte, el objetivo, que significa no ser dependientes del petróleo, que ya como escuchamos recientemente en esta semana, el comandante Hugo Chávez está pidiendo que llegue a doscientos dólares, nosotros debemos tener sobre todo soberanía eléctrica, si vamos a consumir más de setecientos megavatios en dos, tres años o en cinco años, pues preocupémonos como nicaragüenses.

También es muy sensato el hecho de incluir una fianza ambiental, digo esto, porque las concesiones que se le dan a los madereros y a los que explotan las minas, pues no incluyen a veces estas fianzas, de tal manera que cuando causan un daño ecológico, muchas gracias y se van y dejan el daño para las generaciones de los nicaragüenses y bien gracias y nadie asume; estas fianzas que sirvan precisamente para detener y para que sirvan de alguna manera de indemnización por los posibles y probables daños.

También la auditoría ambiental creo que es importante, porque parte de estos proyectos deben tener el respaldo y el seguimiento de parte de las autoridades, no se trata de dar únicamente una concesión, sino que se trata también de un acompañamiento, si verdaderamente van a extraer madera y van a sembrar. Me pregunto, quién es el encargado en velar que verdaderamente ese árbol de más de cuarenta años va ser repuesto y si va tener el acompañamiento también, la resiembra, la replantación, por quema o la destrucción por huracanes. Nosotros los nicaragüenses debemos velar porque estos recursos sean renovables verdaderamente, en el caso de los bosques, amigos, colegas diputados, hay un problema, nadie quiere invertir en sembrar los árboles cuándo vas a tener un retorno durante los próximos quince años, de qué vas a vivir durante ese tiempo y sobre todo si tenés un problema con la tenencia de tierra, en la inseguridad jurídica, obviamente el inversionista, el que va sembrar teca o caoba, pues no lo hace, nosotros tenemos extensas zonas que podemos reforestar, pero no tenemos las leyes apropiadas.

En el caso de los bio-combustibles igualmente, tenemos que “ponernos las pilas” para aprobar las leyes que den la estabilidad jurídica para que vengan esas inversiones. Hay sectores que no les interesa que nosotros nos independicemos de esa esclavitud del petróleo, nosotros podemos generar energía con la biomasa, el biodiesel, pero esto significa seguridad jurídica, reglas claras para los inversionistas. Propongámonos este año, que las legislaciones atraigan inversión en lugar de ahuyentarlas.

Muchas gracias, Presidente y felicito nuevamente a los miembros de esta comisión.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Presidente.

Felicito a la Comisión de Medio Ambiente, porque como hemos sabido, están flexibilizando lo que es la Ley General de Medio Ambiente para obtener más recursos naturales y digo más recursos naturales, porque forzosamente para instaurar, construir y poner a funcionar una planta hídrica se necesita el recurso agua y para tenerla, aquellas compañías que van hacer uso de ella necesitan reforestar para garantizar que siempre tengan ese recurso, por lo tanto, en vez de perjudicar al medio ambiente, cada vez que ponemos una generadora hídrica, lo que hacemos es beneficiar al medio ambiente, porque estamos sembrando intereses compartidos con aquellas compañías que van a venir a generar energía a base de agua.

Quiero decirles también, de que el recurso agua, normalmente resulte de la evaporación del agua de los océanos y cuando entra a tierra y encuentra un frente que está a niveles mayores de temperatura viene la precipitación y cuando no hay reforestación, entonces no llega hasta tierra la precipitación y cae al mar y se forman los desiertos, por lo tanto, de nada sirven las legislaciones si nosotros no impulsamos realmente actitudes e involucramos a los inversionistas para que conservemos este recurso, practicando una reforestación a niveles técnicos dentro de Nicaragua.

Quiero decir también, que en su oportunidad la Comisión de infraestructura que yo presido, va a presentar una posibilidad de inversión, a todos aquellos que quieran invertir en recursos renovables, garantizando un piso en vez de lo que actualmente se hace para estos inversionistas al poner un techo cuando nosotros ponemos un techo en la venta de los mega, lo que estamos diciendo es, váyanse, cuando nosotros ponemos un piso estamos garantizando que ellos van a restituir la inversión que en ese momento tienen.

Así que, felicito a la Comisión de Medio Ambiente sinceramente, porque esta actitud que ha tomado es por el bien de Nicaragua.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Francisco Jarquín Urbina, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO JARQUÍN URBINA:

Gracias, Presidente.

También como miembro de la Comisión del Medio Ambiente, me satisface el que hoy estemos reformando la Ley General del Medio Ambiente en temas relevantes para la sostenibilidad económica y social del país, y que se pueda dar a través de la permisibilidad en las reservas naturales del Estado, al hacer esa excepción para que ahí se puedan dar exploraciones y posibles inversiones para las hidroeléctricas, considerando de que esta es la crisis más grande que tenemos los nicaragüenses, la dependencia siempre de la generación de energía obteniéndola ésta más cara a través del bunker, de manera que podamos nosotros invertir y aprovechar de una vez por todas las riquezas naturales que tenemos acá los nicaragüenses.

Pero también es importante recalcar, que en esta ley con la creación de la Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente, también se persigue el objetivo de que haya un uso racional de los recursos naturales, que sean sancionados todos aquellos que practican el despale y las quemas indiscriminadas que disminuyen los caudales de los ríos y que también ponen en peligro la existencia de la fauna.

Hemos venido trabajando de una manera acuciosa como miembros de la comisión, hemos consultado a todos los entendidos en la materia y creo que esta reforma va a dar la oportunidad para que las inversiones se puedan generar acá en Nicaragua y que en esa medida podamos nosotros en el futuro poder ser un país con viabilidad para poder ser sostenible, de manera que estamos todos los colegas llamados a respaldar esta ley.

También estuvimos tocando un tema muy importante que ya está aprobado en otra ley anterior como es la asignatura del Medio Ambiente y Recursos Naturales, estuvimos también en esas consultas con el Ministerio de Educación, donde planteábamos la necesidad de que se pueda aplicar ya, en este año lectivo, esta asignatura para que nuestros niños, nuestros alumnos puedan a través de esa educación importante, ir creando esa conciencia necesaria que necesitamos los nicaragüenses, de poder abonar para tener una Nicaragua limpia, una Nicaragua libre de contaminación y nosotros poder convivir con los recursos naturales, poder convivir con la naturaleza que Dios nos ha dado.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Juan Manuel González, tiene la palabra.

DIPUTADO JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Como ciudadano de la Costa Atlántica de Nicaragua, aplaudo y me alegra escuchar de mis colegas el consenso en la aprobación de las reformas a la Ley del Medio Ambiente y Recursos Naturales, sin embargo, este hecho no puede quedar por si solo aislado, tienen que haber otras acciones que nos conduzcan a la aplicación efectiva, de esta ley y de otras leyes que tienen que ver con la protección del bosque de nuestro país, con la protección de los lagos, de nuestros ríos, de nuestras aguas, porque de nada sirve seguir aprobando leyes si no la aplicamos correctamente todos y cada uno de los actores de este país.

Digo esto, porque es preocupante que aun cuando tenemos grandes zonas o áreas protegidas, siga la emigración constante de hermanos campesinos que se están asentando sobre zonas que son declaradas áreas protegidas y que llegan a fomentar la ganadería extensiva, que llegan a fomentar el avance de la frontera agrícola y por ende están destruyendo esas zonas boscosas que todavía nos queda.

Es necesario que nosotros no sólo desde la Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales, sino desde esta Asamblea Nacional y desde los diferentes partidos a los que pertenecemos, nos pongamos junto con los ministerios de línea a buscar esfuerzos conjuntos como resolver los problemas de estos campesinos que se están asentando sobre estas zonas de área protegida en la Costa Caribe de Nicaragua. Pero también es imperativo el impulso y la culminación del proceso de demarcación y titulación de las tierras de la Costa Caribe, de las tierras indígenas, principalmente que son donde se están asentando la gran mayoría de esta población inmigrante. Sin ella nosotros seguimos estando en el limbo jurídico y con la inseguridad de las tierras de nuestros ancestros.

Es necesario también porque todos sabemos la irresponsabilidad de los malos hijos de nuestros ancestros, de nuestros abuelos que se han dado a la tarea de vender tierras de nuestras comunidades, tierras que le han confiado nuestros ancianos, nuestras comunidades, nuestros pobladores, mískitos, sumos y mayagnas para que los representen sin embargo, caen en el vicio de la venta, producto del ofrecimiento que le hacen los comerciantes de tierras. En este sentido también nosotros como costeños, como representantes de la Costa, debemos poner mano dura a todos estos señores que andan vendiendo tierras indígenas que en vez de cuidarlas, aun cuando la ley lo prohíbe, andan haciendo este tipo de acciones que van en detrimento de nuestra solicitud, de nuestro llamado a preservar esas tierras, a preservar nuestros bosques, y por ende, a preservar el medio ambiente.

Es necesario también que todos y cada uno de nosotros desde la Asamblea, desde nuestro gobierno, llevemos la ejecución de proyectos socioeconómicos que nos permitan ayudar a nuestra población a salir de esa extrema pobreza en la que está sumido y de la cual se aprovechan muchos sectores, que compran esas tierras para el despale de estos recursos de bosque. Entonces, hago ese llamado y agradezco una vez más en nombre de la Costa Atlántica, el apoyo total que he escuchado de parte de los señores diputados para la aprobación de esta ley y su aplicación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Francisco Aguirre Sacasa, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO AGUIRRE SACASA:

Muchísimas gracias, señor Presidente.

Vine tarde esta mañana, porque estuve en un Foro auspiciado por el Cosep y el Amcham y estábamos hablando los problemas que aquejan a Nicaragua y da la casualidad que yo evoqué el tema de la devastación del medio ambiente en nuestro país. Uno de los que estaba debatiendo conmigo, como que subestimó la validez de nuestros recursos naturales, uno de ellos, señor Presidente, hermanos y hermanas de la Asamblea Nacional, y que estamos descuidando es el Lago Cocibolca. Ya tenemos aquí enfrente un lago muerto con toda y esa planta de tratamiento de agua, van a pasar generaciones antes que nosotros podamos revivir este lago, y el Cocibolca que es el recurso de agua más importante del continente o del subcontinente latinoamericano, está perdiéndose. Por eso aplaudo el hecho que estemos ahora abordando una Ley General del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Pero por otro lado, hay otro tema bien importante que surgió en el debate o que debería haber surgido con más beligerancia, que es el tema energético, señor Presidente, porque Nicaragua el 85% de la energía que nosotros generamos es en base a derivados de petróleo, por eso es que todos estamos pagando una fortuna para obtener esa energía que es tan poco fiable. Y no tenemos una estrategia todavía para solventar el problema energético. Alguna gente piensa que son incompatibles la protección al medio ambiente con el desarrollo de centrales hidroeléctricas, geotérmicas o con centrales que queman carbón, pero eso es falso señor Presidente, lo que nosotros necesitamos y espero que esta ley nos permita crear ese ambiente, es ver como compatibilizar esas dos necesidades de nuestro país. Por un lado, proteger a nuestro medio ambiente que está siendo acosado -dije en ese debate que nuestra flor nacional ya no es el Sacuanjoche, sino que la bolsa plástica- y por el otro, necesitamos reducir nuestra dependencia en esas plantas como la taiwanesa que están llegando que por bienvenidas que sean, van a quemar bunker, o fuel oil que es carísimo. Entonces, creo que lo que tenemos que ver con esta ley, es como compatibilizar esas dos necesidades.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Odell Íncer Barquero, tiene la palabra.

DIPUTADO ODELL ÍNCER BARQUERO:

Buenos días, gracias, señor Presidente.

Por la víspera se saca el día y percibo una preocupación total de parte de todos los colegas diputados. Ayer el pariente Jaime Íncer se refería en un medio, que los managuas consumen 12 millones de dólares anuales en leña. Cuando vengo de Boaco hacia la capital me da tristeza pasar por el Lago de Las Canoas, y ahí vemos arpillados a diario toneladas de leña. Todo esto nos debe de motivar a una reflexión, sí estamos preocupados definitivamente por el medio ambiente y los recursos naturales de este país.

Tengo una inquietud que se la manifesté la vez pasada al compañero Francisco Valenzuela, Presidente de la Comisión de Población, Desarrollo y Municipio. Dentro del Presupuesto General de la República, creo que fueron asignados aproximadamente, 1750 Millones para los ciento cincuenta y tres municipios de este país, los indicadores que utilizó el Consejo Nacional de Transferencias Municipales fueron cuatro: Población, Pobreza, Equidad, Recaudación. Hay municipios en este país no sé si será por su pobreza, que dan concesiones que son antipueblo, inclusive no dan ningún incentivo muchas veces a productores que reforestan sus propiedades. A mí se me ocurre que en vez de cuatro indicadores, a la hora de hacer las asignaciones presupuestarias, fueran cinco o cuatro, unir pobreza y población en una sola, y seguir con recaudación, equidad y agregar el medio ambiente. Es decir, premiar aquellas municipalidades que son defensoras del medio ambiente a través de la reforestación, a través de cero concesiones a muchas empresas que a lo que llegan es a depredar los municipios, y a castigar a las que no lo hacen.

Por lo demás, comparto la preocupación de todos, se han hecho una cantidad de leyes que tienen relación con el medio ambiente y lo que decía el diputado Aguirre Sacasa en relación con la defensa del Lago Cocibolca, creo que ya legislamos sobre una ley en ese particular. La Ley de Aguas habla de incentivos, habla de inversiones, habla de una serie de estímulos, lo que hace falta, es que la Ley de Aguas entre en vigencia a partir del uno de marzo de este año.

Finalmente, comparto con todos mis colegas los noventa y un diputados esa preocupación y esa inquietud que hoy he manifestado, valórenla en la Comisión de Población, Desarrollo y Municipio, que se valore en el Consejo, Nacional de Transferencias Municipales, para premiar o castigar.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bien, tuvimos cerca de nueve oradores en lo general.

Vamos a pasar a la votación.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

Vamos al artículo 1.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 La presente Ley tiene por objeto reformar y adicionar la Ley Número 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 105 del 6 de junio de 1996, conforme a las disposiciones aquí establecidas.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias, señor Presidente.

En este artículo la Comisión presenta una moción de consenso para agregar un nuevo numeral en el artículo 4, de la Ley General del Medio Ambiente.
Este nuevo inciso que sería…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Mónica, estamos en el artículo 1.

Estamos en el artículo 1.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Estamos en el artículo 1 de la reforma, Presidente, entonces el artículo 1 de la reforma, reforma del 1 al 4, entonces tiene que ir en el artículo 1 de la reforma, porque es una reforma.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver, a ver.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

El artículo no reforma a partir del 5.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces, sería después que votemos el 1, usted pone su moción.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Bien.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces, si no hay ninguna moción para reformar el artículo 1, pasamos entonces a la votación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 15 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

Diputada Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Entonces queremos reformar el artículo 4 de la Ley General del Medio Ambiente, adicionándole un principio que cuando se hizo esta ley, hace once años todavía no estaba muy desarrollado. Entonces diría así: 8: El principio de precaución. “El principio de precaución prevalecerá sobre cualquier otro en la gestión pública y privada del ambiente. El Estado tomará medidas preventivas en caso de duda, sobre el impacto o las consecuencias ambientales negativas de alguna acción u omisión aunque no exista evidencia científica del daño”.

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Este sería un artículo nuevo ¿verdad?

Diputada Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Presidente, sería en el artículo 4 de la Ley General del Medio Ambiente, hay 7 incisos. Este sería un inciso.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Correcto. Correcto, pero en esta reforma, es un artículo nuevo.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Si, tal y como se sometió a votación, sería un artículo nuevo.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Correcto, correcto, bien.

Vamos a la votación de un artículo nuevo que reforma el artículo 4, de la Ley 217, agregándole un nuevo inciso 8.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, presentes 15, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que crea un artículo nuevo reformando el artículo 4, agregándole el inciso 8.

Vamos al artículo 2.

SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Arto. 2 Se adicionan al artículo 5 de la Ley No. 217, los siguientes conceptos:

Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

Artículo 2.

¿No hay ninguna moción?

A discusión el artículo 2.

Diputado García, ¿No hay moción?

A ver, diputado Carlos García.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Disculpe, señor Presidente, parece que se nos confundió la moción.

En el artículo 2 del Dictamen, modificar e incorporar nuevos conceptos para que se lean así:

Cambio Climático: Importante variación estadística en el estado medio del clima o en su variabilidad, que persiste durante un período prolongado (normalmente decenios o incluso más). Que puede deberse a procesos naturales internos, a cambios del forzamiento externo, o bien a cambios persistentes de origen antropogénicos en la composición de la atmósfera o en el uso de las tierras.

Consumo Sostenible: Es el uso de bienes y servicios que responden a las necesidades básicas y contribuye a la mejora en la calidad de vida, mientras reduce el uso de recursos naturales, materiales tóxicos y contaminantes a lo largo del ciclo de vida, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las futuras generaciones.

Evaluación Ambiental Estratégica (EAE): Instrumento de gestión ambiental que incorpora procedimientos para considerar los impactos ambientales de planes y programas en los niveles más altos del proceso de decisión con objeto de alcanzar un desarrollo sostenible.

Gases de Efecto Invernadero: Gases integrantes de la atmósfera, de origen natural y antropogénico, que absorben y emiten radiación en determinadas longitudes de ondas del espectro de radiación infrarroja emitido por la superficie de la tierra, la atmósfera, y las nubes. Lo que causa el efecto invernadero.

Pago por Servicios Ambientales: Es un instrumento de gestión ambiental, de naturaleza económica que permite valorar y establecer un pago por los servicios que brindan los ecosistemas, logrando con ello introducir los costos ambientales en los flujos de caja de las actividades productivas de diferentes niveles, en los ámbitos públicos y privados.

Proyectos Especiales. Tipología de proyectos que tienen alta significación económica ambiental para el país y pueden incidir significativamente en una o más regiones ecológicas de Nicaragua, según el mapa de ecosistema oficial del país. O bien trasciende a la escala nacional, internacional, transfronteriza, considerándose además como proyectos de interés nacional por su connotación económica, social y ambiental.

Recursos Naturales No Renovables. Son los recursos que no son susceptibles de renovación, regeneración o recuperación en lapsos menores a varios miles o millones de años, puesto que se han formado en la tierra en largos periodos geológicos; en este grupo se encuentran los minerales, los combustibles nucleares, y los llamados combustibles fósiles (hidrocarburos) como el petróleo, gas natural y carbón mineral.

Recursos Naturales Renovables: Son aquellos que tienen la capacidad de regenerarse por procesos naturales y que puede también ser mantenidos o incrementados por el manejo que el ser humano haga de ellos. A este tipo de recurso pertenece el agua, el suelo, el aire, la energía en todas sus formas, la biomasa constituida por la flora y la fauna, tanto silvestre como doméstica.

Tecnología limpia: tecnologías que aumentan la productividad de las empresas de una manera sostenible; es decir, conservan la materia prima y la energía, reducen la toxicidad de los materiales usados en el proceso y la cantidad de los residuos y emisiones en las fuentes.

Vulnerabilidad al Cambio Climático: susceptible de un sistema humano a recibir daños, debido a los efectos adversos del cambio climático, incluyendo la variabilidad climática y los fenómenos externos. La vulnerabilidad está en función del carácter, magnitud y velocidad de la variación climática al que se encuentra expuesto un sistema, su sensibilidad, y su capacidad de adaptación.

Zona de Amortiguamiento: Área colindante o circundante de incidencia directa y/o indirecta a las áreas protegidas, sujetas a promoción de actividades de desarrollo sostenible como agroturísticas, agropecuarias y forestales, entre otras, que apoyan los objetivos de manejo y minimizan los impactos negativos hacia las áreas protegidas.

Zonas de Recarga Hídrica. Parte alta de la cuenta, donde se origina el ciclo hidrológico fundamental, mediante los mayores aportes de infiltramiento de agua pluvial en el subsuelo.

Se suprimen los conceptos de impactos potenciales, y el de impacto residuales del dictamen”, el resto de las definiciones quedan iguales.

Paso la moción de consenso, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay una moción de consenso al artículo 2, que agrega nuevas definiciones a las que estaban en el Dictamen.

Se abre la votación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

67 votos a favor, presentes 11, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción de consenso, junto con el artículo 2 que es modificado por ella.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 3 “Se reforma el inciso 11 y se adiciona un nuevo inciso 16) al Arto. 7 los que se leerán así:

Hasta aquí el artículo 3.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Observaciones al artículo 3.

Diputado Ramón González, tiene la palabra.

DIPUTADO RAMÓN GONZÁLEZ MIRANDA:

Gracias, señor Presidente.

Es una reforma de consenso, de forma nada más; se leerá el artículo, donde dice: Se reforma el inciso 12 del artículo 7, y se adiciona un nuevo inciso 16 a ese mismo artículo, los que se leerán así. El resto sigue igual

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción de consenso que modifica el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

70 votos a favor, 8 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción de consenso que modifica el artículo 3.

SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Arto. 4 “Se adiciona un nuevo artículo al Capítulo I, de la Comisión del Medio Ambiente el que se leerá así:

Hasta aquí el artículo 4.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

Diputado Brooklyn Rivera Bryan, tiene la palabra.

DIPUTADO BROOKLYN RIVERA BRYAN:

Gracias, señor Presidente.

En este nuevo artículo del Capítulo, debemos tomar en cuenta la realidad del nivel de gobierno que existe en el país. En este caso, los gobiernos regionales autónomos de nuestro país.

Como se sabe, la mayoría de los Recursos Naturales y los problemas ambientales se encuentran en las regiones autónomas, sobre todo ahora con las afectaciones de los fenómenos naturales y por las intervenciones distorsionadas de las personas, grupos, que están destruyendo los Recursos Naturales y el Medio Ambiente. Entonces, en la conformación de este Comité Interinstitucional, es muy importante que se incluyan los gobiernos regionales autónomos. Entonces, presento la moción en ese artículo 4 que se debe agregar un nuevo inciso que sería el inciso 9, el cual se leerá así: “Gobierno Regional Autónomo de la Región en donde se identifica el daño causado al ambiente”.

Presento la moción. Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Martínez Narváez, tiene la palabra.

JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ:

Gracias, Presidente.

Es una moción de consenso al artículo 4. Se adiciona un nuevo párrafo al artículo 7 de la Ley en que se leerá así:

“La Comisión Nacional del Ambiente nombrará entre sus miembros un Comité Interinstitucional como instancia especializada de consulta, asesoría técnica y recomendaciones entre instituciones del Estado y gobiernos locales para el conocimiento y toma de decisiones, sobre las problemáticas eventuales resultante de un daño al medio ambiente. Este Comité será coordinado por el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales.

El Comité podrá invitar a otras instituciones cuando el caso lo amerite”.

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay dos mociones.

La moción de consenso leída por el diputado Martínez y la moción presentada por el diputado Rivera.

Vamos a votarlas una por una. Votamos primero por la moción de consenso leída por Martínez.

A ver, antes, Carlos García, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS SALOMÓN GARCÍA BONILLA:

Presidente, creo que la moción que presentó el diputado Brooklyn, pues no vendría a afectar en ningún momento, lo que se está haciendo es incorporando en el caso que existan daños ambientales a los gobiernos regionales, aunque en el mismo artículo habla que el Comité podrá invitar a otras instituciones cuando el caso lo amerite. Creo que no vendría a afectar, nosotros podemos someter a votación también la moción del diputado Rivera, porque es valedera.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Correcto.

Diputada Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias, señor Presidente.

Creo que se podrían someter como mociones complementarias porque no entran en contradicción y efectivamente creo que es preferible que de manera específica mencione a los gobiernos regionales de las regiones autónomas.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces, insistimos, hay dos mociones, para reformar el artículo 4, que no son contradictorias pero son diferentes. Vamos a votarlas una por una.

Vamos a votar la moción presentada por Martínez que modifica el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Ahora votamos la moción presentada por el diputado Rivera.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

67 votos a favor, 11 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada por el diputado Rivera y con esto, se aprueban las dos mociones presentadas que modifican el artículo 4.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 5 Se adicionan los siguientes numerales al arto.11, los que se leerán así:

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

Diputado Francisco Jarquín Urbina, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA:

Si, Presidente.

Presento moción para modificar el artículo 9 de la Ley General del Medio Ambiente y Recursos Naturales, el que se leerá así:

“Se crea la Procuraduría para la Defensa y el Ambiente y los Recursos Naturales, como una rama especializada de la Procuraduría General de la República. Esta ejercerá la representación y defensa de los intereses del Estado y la sociedad en juicios que se promuevan en materia ambiental, sean de índole administrativa, civil o penal, además se le deberá reconocer la condición de víctima en lo referido a los delitos ambientales”.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver, el artículo 5, habla del artículo 11 de la ley. ¿Entonces este es un artículo nuevo?

Diputado Carlos García, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS SALOMÓN GARCÍA BONILLA:

Gracias, Presidente.

Efectivamente este artículo es un artículo nuevo, que viene a reformar el artículo 9 de la ley, es similar al caso de la moción de la diputada Mónica Baltodano. Un artículo nuevo que viene a reformar el artículo 9 de la ley, no del Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces, la moción presentada es un artículo nuevo para reformar el artículo 9 de la Ley 517.

A votación la moción presentada para crear un artículo nuevo antes del artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo nuevo que reforma el artículo 9, de la Ley General del Medio Ambiente.

Ahora pasamos nuevamente a pedir sobre el artículo 5.

A discusión el artículo 5.

¿No hay moción al artículo 5?

A votación el artículo 5 del Dictamen.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5 del Dictamen.

A ver, la moción leída para el artículo nuevo no la han traído para acá. Pasen la moción anterior que crea un artículo nuevo, que no la han pasado aquí.

Vamos al artículo 6.

SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Arto. 6 Se reforma el arto.17, el que se leerá así:

Hasta aquí el artículo 6.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 6.

Diputado Jorge Castillo Quant, tiene la palabra.

DIPUTADO JORGE ALBERTO CASTILLO QUANT:

Gracias, señor Presidente.

Presento moción que modifica el artículo 6 del Dictamen, eliminando el segundo párrafo, para que se lea de la siguiente forma:

Arto. 6 Se reforma el arto.17, el que se leerá así:

Arto. 17 Créase el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que comprende todas las áreas protegidas declaradas a la fecha y las que se declaren en el futuro. A este sistema se integran con sus regulaciones particulares las Reservas Silvestres Privadas, así como los instrumentos legales, de gestión ambiental y administrativos requeridos para su desarrollo.

La protección de los recursos naturales del país son objeto de seguridad nacional, así como, de la más elevada responsabilidad y prioridad del Estado, dentro de ese espíritu de las áreas protegidas veda para el recurso forestal, toda, total y permanente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos a pasar a la votación de la moción presentada que sustituye el segundo párrafo del artículo 6 del Dictamen. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 7 Se adicionan los siguientes numerales al Arto.18, los que se leerán así:

Hasta aquí el artículo 7.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 7.

¿No hay moción?

A votación el artículo 7.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 7 del Dictamen.

SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Arto. 8 “Se reforma el Arto. 21, el que se leerá así:

Hasta aquí el artículo 8.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 8.

A votación el artículo 8.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 8.

Vamos al artículo 9.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 9 Se reforma el Arto. 22, el que se leerá así:

Hasta aquí el artículo 9.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 9.

¿No hay observaciones?

A votación el artículo 9.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 9.

Vamos al artículo 10.

SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Arto. 10 Se reforma el arto.24, el que se leerá así:
1. En el caso de declaración de nuevas Áreas Protegidas, la zona de amortiguamiento se establecerá en su Ley creadora. 2. Cuando existan Áreas Protegidas ya declaradas, que no cuenten con zonas de amortiguamiento se estará a lo dispuesto en el Plan de Manejo aprobado o que se le apruebe de conformidad a lo establecido en el arto. 8 de esta Ley.

Para un efectivo control, monitoreo y seguimiento que garantice el desarrollo sostenible en las Zonas de Amortiguamiento, se deberán crear los instrumentos que sean necesarios con la participación y en coordinación con las instituciones y/o actores que tienen incidencia en la zona.

En las zonas de amortiguamiento de las Reservas de Biosfera Bosawás y la del Sureste y la Reserva Natural Cerro Wawashang y en las futuras que se acuerden, se establece un área perimetral externa de diez kilómetros medidos a partir del límite del área protegida que la constituye, en el que únicamente se permitirá el aprovechamiento forestal con fines domésticos no comerciales y para uso exclusivo en el área”.

Hasta aquí el artículo 10.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 10.

A votación el artículo 10.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 10.

Seguimos con el artículo 11.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 11 Se Reforma el nombre de la Sección IV de Permisos y Evaluación de Impacto Ambiental, así como los Artículos 25, 26 y 27 los cuales se leerán así:

SECCIÓN IV

DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

Arto. 25 “El Sistema de Evaluación Ambiental será administrado por el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales en coordinación con las instituciones que corresponda.

En el caso de las Regiones Autónomas el Sistema de Evaluación Ambiental será administrado por el Consejo Regional respectivo en coordinación con el MARENA, para efectos de involucrarse en el proceso de toma de decisiones, en el control y seguimiento a lo establecido en los Permisos Ambientales otorgados por el Consejo Regional respectivo.

Arto. 26 Los Planes y Programas de Inversión y de Desarrollo Municipal y Sectorial estarán obligados a realizar una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), para lo cual el MARENA establecerá los criterios, metodologías, requisitos y procedimiento administrativo a seguir.

Arto. 27 Los proyectos, obras, industrias o cualquier otra actividad, públicos o privados, de inversión nacional o extranjera, durante su fase de preinversión, ejecución, ampliación, rehabilitación o reconversión que por sus características puede producir deterioro al medio ambiente o a los recursos naturales, conforme a la lista específica de las categorías de obras o proyectos que se establezcan en el Reglamento respectivo, deberán obtener previo a su ejecución, el Permiso Ambiental o Autorización Ambiental. Todo proyecto de desarrollo turístico o de uso urbanístico costanero deberá contar con el Estudio de Impacto Ambiental para obtener el permiso correspondiente.

Aquellas obras o proyectos que requieran de Permiso Ambiental en base a lista específica, deberán de previo realizar un Estudio de Impacto Ambiental. El MARENA está obligado a consultar el estudio con los organismos sectoriales competentes así como con los gobiernos Municipales respectivos. En caso de requerir una Autorización Ambiental la obra, industria o proyecto será sometido a una Valoración Ambiental”.

Hasta aquí el artículo 11.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 11.

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias.

La Comisión propone modificar el artículo 11, a fin de fortalecer las facultades del Estado, en particular del MARENA y diría así: “Arto. 27 Los proyectos, obras, industrias o cualquier otra actividad, públicos o privados, de inversión nacional o extranjera, durante su fase de preinversión, ejecución, ampliación, rehabilitación o reconversión que por sus características puede producir deterioro al medio ambiente o a los recursos naturales, conforme a la lista específica de las categorías de obras o proyectos que se establezcan en el Reglamento respectivo, deberán obtener previo a su ejecución, el Permiso Ambiental o Autorización Ambiental. Todo proyecto de desarrollo turístico o de uso urbanístico en zonas costeras, deberá contar con el Estudio de Impacto Ambiental para obtener el permiso correspondiente.

Las obras o proyectos que requieran de Permiso Ambiental en base a lista específica, deberán de previo realizar un Estudio de Impacto Ambiental. El MARENA y los Consejos Regionales están obligados a consultar el estudio con los organismos sectoriales competentes así como con los gobiernos municipales respectivos. En caso de requerir una Autorización Ambiental la obra, industria o proyecto será sometido a una Valoración Ambiental, so pena de ley.

Se prohíbe la fragmentación de las obras o proyectos para evadir la responsabilidad del estudio en toda su dimensión. El proponente deberá presentar al MARENA el plan maestro de la inversión total del proyecto. La obtención de los permisos de uso de suelos, y de construcción para cualquier tipo de obras e infraestructuras horizontales y/o verticales, requieren obligatoriamente el contar de previo con el permiso ambiental correspondiente, emitido por el MARENA, de conformidad a lo establecido en el Sistema de Evaluación Estratégica”.

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada que modifica el artículo 11 del Dictamen.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, presentes 20, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 11 con la moción que lo modifica.

Siguiente artículo, el 12.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 12 “Se adicionan tres nuevos artículos a la Sección IV, Del Sistema de Evaluación Ambiental, los cuales se leerán así:

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 12.

Diputado Sadrach Zeledón Rocha, tiene la palabra.

DIPUTADO SADRACH ZELEDÓN ROCHA:

Gracias, Presidente.

Tenemos una moción de consenso para modificar el artículo 12 del Dictamen.

En los artículos 31, 32, y 33. Y se leería de la manera siguiente: “En el artículo 31. Las actividades que no estuviesen contempladas en la lista de tipos de obras o proyectos a que hace referencia el artículo anterior, estarán obligados antes de su ejecución a solicitar a la municipalidad el correspondiente permiso ambiental, previo llenado del formulario ambiental establecido por el Marena y la municipalidad evaluará la solicitud para aprobar o denegar dicho permiso.

El artículo 32 se leerá así: “Todas aquellas personas naturales o jurídicas que no cumplan con las exigencias, disposiciones o controles que se fijen, serán sancionadas por Marena, sin perjuicio de la acción civil, penal, que se ejerzan en su contra de conformidad a la legislación vigente”.

El artículo 33 se leerá así: “Se establece la Fianza Ambiental como garantía financiera, a favor del Estado de Nicaragua efectuada por toda persona natural o jurídica que en virtud de ejecutar una actividad, obra o proyecto está obligada a obtener un permiso ambiental. Esta tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el permiso ambiental y el resarcimiento de los costos por los daños ambientales alcanzados”.

Hago llegar la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Escobar Thompson, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ESCOBAR THOMPSON:

Gracias, señor Presidente.

En el artículo 12, el nuevo artículo que se adiciona donde dice artículo 31, queremos agregar la participación de “los gobiernos regionales”, ya que éste en su estructura tiene a la Secretaria de Recursos Naturales y Medioambiente.

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay entonces dos mociones al artículo 12, la presentada por el diputado Zeledón y la presentada por el diputado Thompson.

Vamos a votarlas una por una.

A votación la moción presentada por el diputado Zeledón que modifica los artículos 31, 32 y 33.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, presentes 19, 0 en contra 0 abstención. Se aprueba la moción de consenso.

Ahora pasamos a votar la moción de consenso presentada por el diputado Thompson que plantea que la municipalidad o el gobierno regional en su caso, deberán recibir, evaluar, aprobar o rechazar la solicitud de permiso.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, presentes 19, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 12, con las dos mociones que lo modifican.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 13 Adiciónese al Título II de la Gestión del Ambiente cuatros nuevas Secciones que se leerán así:
Sección XI

Del Pago por Servicios Ambientales

Arto. 54 Créase el Sistema de Pagos por Servicios Ambientales, como instrumento de gestión ambiental, útil para generar financiamiento e incentivo para la promoción de la conservación, preservación y uso sostenible del ambiente y los recursos naturales.

1. Implantar el marco institucional ejecutivo y participativo del Sistema de Pago por Servicios Ambientales, creando su respectiva estructura y organización administrativa. 2. Establecer los mecanismos e instrumentos de participación pública, para garantizar la democracia representativa y participativa del Sistema.

3. Definir los objetivos del Sistema dirigidos a facilitar el proceso de pago por servicios ambientales.

4. Determinar las principales esferas de acción institucional para promover el pago por servicios ambientales en el país.

5. Crear la Oficina de Servicios Ambientales y de Cambio Climático como ente desconcentrado con dependencia jerárquica del MARENA y sus funciones específicas.

6. Las demás funciones y atribuciones que sean de carácter ejecutivas y operativas.
Sección XII

De la Auditoría Ambiental

Arto. 55 Se establece la Auditoría Ambiental como un proceso sistemático y exhaustivo de una empresa y/o actividad económica, de sus equipos y procesos, así como de la contaminación y riesgo que la misma genera, y que tiene por objeto evaluar el cumplimiento de las políticas y normas ambientales, con el fin de determinar las medidas preventivas y correctivas necesarias para la protección del ambiente y ejecutar las acciones que permitan que dicha instalación opere en pleno cumplimiento de la legislación ambiental vigente y conforme a las buenas prácticas de operación aplicables.

Arto. 56 El reglamento de la presente ley regulará los requisitos que debe cumplir todo profesional para ejercer la función de auditor ambiental y el procedimiento administrativo para la realización de las auditorías ambientales. La acreditación estará a cargo del MARENA y en el caso de las Regiones Autónomas por los Consejos Regionales.

Sección XIII

Del Cambio Climático y su Gestión”

Arto. 57 El Poder Ejecutivo deberá formular e impulsar un Marco de Política de Adaptación al Cambio Climático, a fin de incorporar la adaptación dentro del Plan Nacional de Desarrollo y los planes sectoriales. Este marco de política deberá estar orientado a:

1. Fortalecer las capacidades institucionales y de los grupos de actores claves en la gestión del cambio climático, y evaluar la vulnerabilidad y la adaptación de los sistemas humanos priorizados ante el cambio climático, la variabilidad, riesgos y eventos extremos. 2. Promover un mejor entendimiento y conocimiento de los efectos del cambio climático en los sistemas humanos, para desarrollar estrategias y priorizar medidas de adaptación.

3. Fortalecer la capacidad de adaptación de las poblaciones vulnerables, mediante la implementación de planes de adaptación a nivel regional y nacional.

4. Promover y apoyar la disponibilidad e intercambio de información entre los diferentes sectores nacionales, así como la divulgación y sensibilización al público, en materia de cambio climático.

5. Contribuir al monitoreo, seguimiento y evaluación de la variabilidad climática en los distintos sistemas humanos y de interés socioeconómico para el país.

6. Contribuir a la mitigación del fenómeno de cambio climático, utilizando los mecanismos creados por la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático.
Sección XIV

De la seguridad por efectos de sustancias químicas, tóxicas, contaminantes y otras que afecten el medio ambiente y los recursos naturales

Arto. 58 El Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, MARENA, es la máxima autoridad competente en materia de seguridad por efectos de sustancias químicas, tóxicas y contaminantes. Este deberá establecer las coordinaciones necesarias sobre el tema en el ámbito nacional, regional e internacional sin perjuicio de las funciones y competencias específicas establecidas para otras entidades.

Arto. 59 Se creará un Comisión Especial Técnica y de Seguridad coordinada por el MARENA e integrada por las demás instituciones involucradas en la regulación, control y uso de todas las sustancias químicas, tóxicas, contaminantes y residuos peligrosos en el país. La Comisión será convocada por el Ministro del MARENA y solicitará a las instituciones competentes su integración al mismo, para planificar, analizar, y coordinar acciones sobre la seguridad en el uso y manejo de los mismos. Esta Comisión se regirá por su normativa interna de funcionamiento.

Arto. 60 El registro de plaguicidas en el Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR), requiere de previo la obtención de los avales ecotoxicológicos. El MARENA en coordinación con el Ministerio de Salud (MINSA) organizará una unidad de análisis y evaluación para la realización del dictamen respectivo y el intercambio de información vinculada a los análisis conjuntos de avales ecotoxicológicos (ambiente) y toxicológicos (salud). Las disposiciones técnicas establecidas en los avales ecotoxicológicos para los agroquímicos a registrarse en el país son de obligatorio cumplimiento y deben ser requeridas por el MAGFOR para el correspondiente registro, regulación y control.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 13.

Diputado Ramiro Silva Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ:

Señor Presidente, voy a presentar una moción para crear un artículo nuevo con los artículos 44 y 45, ya que en la Reforma a la Ley de Equidad Fiscal habían sido derogados, estos artículos dirán así:

Arto. 44 El Estado fomentará mediante incentivos fiscales las inversiones para el reciclaje de desechos domésticos y comerciales para su industrialización y reutilización acorde a los procedimientos técnicos y sanitarios que aprueben las autoridades competentes.

Arto. 45 Se exonerará de impuestos de exportación a los equipos y maquinaria conceptualizados como tecnología limpia en su uso previa certificación del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales”.

Presento moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos a pasar a votación la creación de un artículo nuevo previo al artículo 13.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la creación de un artículo nuevo que reactiva los incentivos contemplados en la ley.

Pasamos ahora a la discusión del artículo 13.

Diputado Filiberto Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:

Compañero Presidente, en este artículo 13 pretendemos modificar el artículo 55 y el artículo 56 que se leerán de la siguiente manera:

Sección XII…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver hay cuatro mociones a este artículo, yo prefiero que lo lean de una sola vez todo, pues por eso... ¿Cuál es el orden? Le sigue Ramón González Miranda.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:

Existen como cuatro artículos que se van a modificar, en este caso sería el 55 y el 56.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Después sigue usted, después sigue usted.

Diputado Ramón González, tiene la palabra.

DIPUTADO RAMÓN GONZÁLEZ MIRANDA:

Es la primera reforma al artículo 13 del dictamen, para modificar el artículo 54, el cual se va a leer así:

“Articulo 54. Créase el Sistema de Valoración y Pagos por Servicios Ambientales, como instrumentos de gestión ambiental, con el fin de valorar y establecer un pago por los servicios así como generar financiamiento e incentivos para la promoción de la conservación, preservación y uso sostenible del ambiente y los recursos naturales.

El Poder Ejecutivo reglamentará las disposiciones relativas al Sistema de Valoración y Pago por Servicios Ambientales creados en la presente ley, el que debe contener al menos lo siguiente:

1. Marco institucional, ejecutivo y participativo del Sistema de Valoración y Pago por Servicios Ambientales, creando su respectiva estructura y organización administrativa.

2. Objetivos del Sistema dirigidos a facilitar el proceso de pago por servicios ambientales.

3. Mecanismos e instrumentos de participación pública para garantizar la democracia representativa y participativa del Sistema.

4. Esferas de acción institucional para promover el pago por servicios ambientales en el país.

5. Otras funciones y atribuciones de carácter ejecutiva y operativa.

Paso moción, señor Presidente.

PRESIDENTE POR LA LEY LUIS CALLEJAS CALLEJAS:

Tiene la palabra el diputado Filiberto Rodríguez.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:

Repito, Presidente por la Ley. Presento moción para modificar el artículo 13, en los artículos 55 y 56.
Sección XII

De la Auditoría Ambiental

Arto. 55 Se establece la Auditoría Ambiental como un proceso sistemático independiente y documentado de un examen, de una empresa o actividad económica para obtener evidencias y evaluarlas de manera objetiva para verificar el grado de cumplimiento de las políticas y normas ambientales, así como las medidas otorgadas por el Marena, municipalidades o por los Consejos Regionales Autónomos, del Atlántico Norte y del Atlántico Sur o por parte del proponente de un proyecto obra o actividad. Las auditorías ambientales serán asumidas por los respectivos proponentes o dueños de un proyecto, obra o actividad.

Arto. 56 El reglamento de la presente ley regulará el procedimiento administrativo para realizar las auditorías ambientales, las cuales serán programadas directamente por las autoridades competentes, las que a su vez serán responsables del monitoreo y seguimiento de los resultados de las mismas, también establecerá los requisitos de competencia que deberá cumplir el auditor ambiental durante su proceso de certificación e inscripción en el registro correspondiente que formará parte del Registro Nacional de Evaluación Ambiental.

Paso moción.

PRESIDENTE POR LA LEY LUIS CALLEJAS CALLEJAS:

Vamos a someter a votación la modificación al artículo 54 que fue la anterior moción que se presentó.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción al artículo 54.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada por Filiberto Rodríguez.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada por el diputado Filiberto Rodríguez.

Diputado Nasser Silwany, tiene la palabra.

DIPUTADO NASSER SILWANY BÁEZ:

Gracias, Presidente.

Esta es una moción de consenso, en el mismo artículo 13 del dictamen, que modifica el artículo 57 para que se lea así:

Sección XIII

Gestión Del Cambio Climático

Arto. 57 El Poder Ejecutivo deberá formular e impulsar una Política de Adaptación a Cambios Climáticos, a fin de incorporar la adaptación y mitigación de los planes sectoriales, esta política deberá estar orientada a:

1. Impulsar los mecanismos de adaptación de las poblaciones vulnerables, mediante la implementación de planes y estrategias a nivel regional y nacional.

2. Fortalecer las capacidades institucionales y de los grupos de actores claves en la gestión del cambio climático y evaluar la vulnerabilidad y adaptación de los sistemas humanos priorizados ante el cambio climático, la viabilidad riesgos y eventos extremos.

3. Desarrollar las capacidades para un mejor entendimiento y conocimiento de los efectos del cambio climático en los sistemas humanos a fin de desarrollar y priorizar medidas de adaptación.

4. Promover y apoyar la disponibilidad e intercambio de información entre los diferentes sectores nacionales, así como la divulgación y sensibilización al público en materia de cambio climático.

5. Contribuir al monitoreo, seguimiento y evaluación de la variabilidad climática en los distintos sistemas humanos y de interés socioeconómico para el país.

6. Contribuir a la mitigación del fenómeno del cambio climático, utilizando los mecanismos creados por la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático.

Paso moción de consenso. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la tercer moción de consenso al artículo 13.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la tercera moción al artículo 13.

Diputado Indalecio Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO INDALECIO RODRÍGUEZ ALANIZ:

Gracias, ciudadano Presidente.

En el mismo artículo 13 del dictamen modificar la Sección XIV en sus artículos 58, 59 y 60 para que se lea así:

Sección XIV

De la seguridad por efectos de sustancias químicas, contaminantes y otras que afecten el medio ambiente y los recursos naturales

Arto. 58 El Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, Marena, es la máxima autoridad competente en materia de seguridad por efectos de sustancias químicas, contaminantes. Éste deberá establecer las coordinaciones necesarias sobre el tema en el ámbito nacional, regional e internacional, sin perjuicio de las funciones y competencias específicas establecidas para otras entidades.

Arto. 59 Créase la Comisión Nacional de Seguridad Química coordinada por el Marena e integrada por las demás instituciones involucradas en la regulación, control y uso de todas las sustancias químicas, contaminantes y residuos peligrosos en el país, de conformidad a Política Nacional de Seguridad Química. Esta Comisión se regirá por su normativa interna de funcionamiento.

Arto. 60 El registro regulación y control de plaguicidas en el Ministerio Agropecuario y Forestal (Magfor), requiere de previo la obtención de los avales toxicológicos y ecotoxicológicos emitidos por el Minsa y el Marena respectivamente, las disposiciones técnicas establecidas en los avales toxicológicos y ecotoxicológicos son de obligatorio cumplimiento.

Paso moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias diputado.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada y con ella se aprueba el artículo 13 y las cuatro mociones que lo modifican.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 14 Se reforma el inciso 1) del artículo 71, el que se leerá así:

1. Con la finalidad de proteger y evitar la extinción o agotamiento de los recursos naturales coordinará con las instituciones respectivas e implementará vedas temporales o indefinidas relacionadas con los recursos forestales, pesqueros y acuícola y de cualquier otra naturaleza que sean necesarios proteger.

Hasta aquí el artículo 14.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 14.

No hay observaciones.

A votación el artículo 14.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 14.

Vamos al artículo 15.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 15 Se adiciona un párrafo nuevo al artículo 72 Sección I: Normas Comunes, Capítulo II De las Aguas, el cual se leerá así:

El Estado garantizará la protección del ambiente y los recursos naturales que se encuentren a lo largo de todos los litorales marítimos, costa y riberas de lagos, lagunas y ríos del país, evitando que se provoquen mayores deterioros, la desconfiguración geográfica y paisajística, la extracción de materiales, quemas, vertidos y otras actividades que causen severos daños a los ecosistemas.

Hasta aquí, artículo 15.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 15.

Observaciones al artículo 15, no hay.

A votación el artículo 15.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 15.

Vamos al artículo 16.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 16 Adicionar al artículo 73 del Capítulo II De las Aguas, Sección I: Normas Comunes, lo siguiente:

Es de interés social asegurar la calidad de los cuerpos de agua nacionales, a través de la promoción y ejecución de las medidas y acciones necesarias para su debida como permanente protección y conservación, incluso la conformación de Comisiones de Desarrollo Sostenible para las Cuencas Hidrográficas con participación de las instituciones del Gobierno, alcaldías, organizaciones no gubernamentales, universidades, entre otras. El Gran Lago de Nicaragua o Cocibolca deberá considerarse como reserva natural de agua para consumo humano, siendo del más elevado interés y prioridad nacional para la seguridad nacional, debiéndose establecer mecanismos y regulaciones específicas que aseguren y regulen la productividad del agua y al mismo tiempo que aseguren el mantenimiento e incremento de los caudales que permita el desarrollo de las actividades económicas, sin menoscabo de la producción de agua, tanto en cantidad como en calidad, prohibiendo la introducción y cultivo de especies exóticas invasoras, igual que evitando la contaminación del recurso y el deterioro de su ecosistema por vertidos industriales y domésticos.

Hasta aquí el artículo 16.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 16.

Diputado Carlos García Bonilla, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias Presidente.

Este artículo 16 habla, de que el Lago Cocibolca se debe considerar como reserva natural de agua potable, y ahí es donde quiero referirme a lo que expresaba el honorable diputado Aguirre Sacasa. Nosotros en la Ley General de Aguas Nacionales, en su artículo 95, 96 si no mal recuerdo, dejamos establecido como Reserva Natural de Agua Potable al Lago Cocibolca. Y hay otro instrumento legal, mediante una ley, que se formó la Comisión Interinstitucional que crea la Cuenca Hidrográfica del Lago Cocibolca y Río San Juan, donde están involucrados todos los ministerios e instituciones al más alto nivel, para realizar una serie de diagnósticos, planes de acción, buscar financiamiento para la protección del Lago Cocibolca, y cabe mencionar que en marzo de este año, en el departamento del Río San Juan vamos a tener el Tercer Foro del Lago, para el cual están invitados -y les vamos hacer llegar de manera formal la invitación- todos los honorables diputados con quienes se va a tratar y a buscar acciones que permitan que el Lago Cocibolca no se continúe contaminando.

En este sentido hay una moción de consenso que dice suprimir el artículo 16 del dictamen, por encontrarse esa imposición en la Ley General de Aguas Nacionales. Entonces reitero, ya esto está establecido en dicha ley por lo tanto solicitamos de consenso suprimir el mencionado artículo.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bien vamos a someter a votación la moción presentada para eliminar de este proyecto de dictamen el artículo 16.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que elimina el artículo 16.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 17 Se adiciona un nuevo párrafo al artículo 100 de la Sección II Normas para la Protección de los Suelos Forestales, el cual se leerá así:

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 17.

Observaciones no hay.

A votación el artículo 17.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el artículo 17.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 18 Se reforma el Arto.106, el que se leerá así:

Hasta aquí el artículo 18.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 18.

Diputado Carlos García Bonilla, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias, señor Presidente.

Hay una moción de consenso que modifica el artículo 18 del dictamen.

Efectivamente este es un artículo sobre el cual el ex-diputado David Castillo presentó una iniciativa de ley y tiene que ver con la parte de las obras hidroeléctricas y geotérmicas.

Arto. 18 se reforma el artículo 106 de la ley que se leerá así:

“Arto. 106 No serán sujetos de exploración y explotación los recursos naturales renovables y no renovables que se encuentren en áreas protegidas. Se exceptúan de esta disposición los recursos geotérmicos, hídricos y eólicos por considerarlos de interés nacional para la generación de energía eléctrica, los que podrán ser aprovechados de manera sostenible mediante la aplicación de tecnologías modernas y limpias que aseguren los mínimos impactos negativos al ambiente en general, de conformidad a lo establecido en la legislación nacional y a los procedimientos que se establezcan en el Reglamento de esta Ley.

Las labores de exploración para los recursos renovables exceptuados en el párrafo anterior, requerirán de la existencia previa de un Plan de Manejo del Área Protegida aprobado por Marena, de no existir éste, los concesionarios son responsables de la elaboración del Plan de Manejo del área correspondiente a su concesión de conformidad a lo establecido por el Marena.

El concesionario a partir del primer año de explotación de los recursos señalado en el párrafo primero, deberán enterar una compensación mínima por su uso del 0.5% anual del ingreso bruto por energía producida, que deberán ser enterados a la Tesorería General de la República, con destino específico al Fondo Nacional del Ambiente para labores de seguimiento, monitoreo y control de parte de la autoridad ambiental del país, sin prejuicio de las demás obligaciones tributarias establecidas en la legislación vigente.

El concesionario finalizada la exploración y/o afectación debe restaurar las afectaciones que se hubiesen causado en el entorno natural en el caso contrario, el Marena procederá hacer efectiva la fianza ambiental otorgada para tal efecto sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes.

Paso moción de consenso, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Quiero agradecer a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que este proyecto de ley, que Maximino y yo promovimos hace más de un año para realizar obras hidroeléctricas en áreas protegidas, porque Nicaragua necesita con urgencia las alternativas energéticas fuera del petróleo.

El día de hoy, en esta Asamblea Nacional -a la cual le agradecemos- contamos con los dueños del Proyecto “Y- Y” les damos un cordial saludo quienes están esperando precisamente esta ley, para que en el año 2009 podamos estar generando energía hidroeléctrica, que tanto le urge a Nicaragua. Estuvimos hablando con ellos y haciendo esfuerzo podrán comenzar la construcción de esta hidroeléctrica en un espacio de seis meses a un año, para que ya en el 2009 como decíamos, estar inyectando energía al sistema.

Pero como bien decía el interés de ellos no es sólo el Proyecto “Y- Y”, sino también tomando esta experiencia, están interesados en invertir en nuevas hidroeléctricas en Nicaragua. Creo que ese sistema, ese interés de la inversión privada nicaragüense, inversión privada centroamericana, en la generación de energía limpia renovable en Nicaragua, es la que debe recibir el apoyo de esta Asamblea Nacional en su conjunto.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada que modifica el artículo 18 del dictamen.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el artículo 18 con la moción que lo modifica.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 19 Se adiciona un nuevo párrafo al Arto. 138, el cual se leerá así:

Hasta aquí el artículo 19.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 19.

Diputado Ramón González Miranda, tiene la palabra.

DIPUTADO RAMÓN GONZÁLEZ MIRANDA:

Gracias, señor Presidente.

Presento moción para un artículo nuevo entre el 18 y el 19, donde dice:

Suprimir el último párrafo del artículo 135 de la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales referido a la instalación de la Procuraduría del Ambiente la cual ya está formada.

Paso moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Indalecio Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO INDALECIO RODRÍGUEZ ALANIZ:

Gracias, ciudadano Presidente.

Quiero felicitar y reconocer la reciente intervención del diputado Edwin Castro, porque por primera vez, ya estoy viendo pasos concretos para solucionar los problemas energéticos en este país. Es decir, esa apertura y esa decisión del Gobierno son las noticias que al momento quería oír sobre la Ley de Estabilización Energética, son las medidas, las decisiones que se debieron haber tomado muchas décadas atrás, porque sólo eso es nuestro capital, ese es nuestra manera de solucionar los problemas energéticos y de combatir la pobreza por la cual tanto clamamos aquí.

Quiero que me permitan también, leer la moción de consenso para modificar el artículo 19 del dictamen, la cual dice así:

Arto. 19 Se adicionan dos nuevos párrafos al artículo 138 de la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales que se leerán así:

Paso moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay dos mociones la primera presentada por el diputado Ramón González que propone crear un artículo nuevo, suprimiendo el último párrafo del artículo 135 de la Ley General de Medio Ambiente.

Entonces procederíamos a votar primero esa moción para cerrar el artículo nuevo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que crea un artículo nuevo.

Ahora pasamos a votar la moción presentada por el diputado Indalecio Rodríguez que modifica el artículo 19.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 19 con la moción que lo modifica.

Vamos al artículo 20.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 20 Se reforma el Arto. 149, el que se leerá así:

1. Advertencia por notificación de autoridad competente, valorada bajo un criterio de evaluación de la magnitud del impacto ambiental, estableciendo las medidas y el tiempo para la corrección de los factores que deterioren el ambiente. 2. Multa cuya cuantía será establecida teniendo en cuenta la gravedad de las consecuencias y la reincidencia, en un rango de un mil córdobas a cien millones de córdobas, dependiendo de la capacidad económica y el daño causado.

3. Suspensión parcial, temporal o cancelación de los permisos, autorizaciones, licencias, concesiones y/o cualquier otro derecho para la realización de la actividad.

4. Clausura o cierre definitivo de instalaciones.

5. De acuerdo a la gravedad de la infracción se podrán imponer conjuntamente las sanciones establecidas en los incisos 2 y 3.

La aplicación gradual de las sanciones es sin perjuicio de las responsabilidades civiles para resarcir al Estado por los daños y perjuicios ocasionados, así como de las penales cuando sean pertinentes. En el caso de delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales se estará a lo dispuesto en la ley de la materia. De manera accesoria el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, está facultado para imponer a todo infractor de la presente Ley y sus Reglamentos, medidas de restauración del ambiente y los recursos naturales para mitigar, remediar o compensar los daños ocasionados.”

Hasta aquí artículo 20.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 20.

Diputado Filiberto Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:

Si, compañero Presidente, tengo una moción de consenso que es para proponer un nuevo artículo que adiciona un párrafo al artículo 139 de la Ley General del Medio Ambiente, en su Título V de las Competencias de Acciones y Sanciones en Materia Administrativa y Judicial, el que se leerá así:

“La autoridad competente subastará públicamente los bienes productos y subproductos que resulten decomisados después de un proceso administrativo firme, el procedimiento de la subasta será establecido por resolución ministerial del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales del Marena y los fondos obtenido como productos de la subasta serán enterados con destino específico al Fondo Nacional del Ambiente.

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Odell Íncer Barquero, tiene la palabra.

DIPUTADO ODELL ÍNCER BARQUERO:

Gracias, señor Presidente.

Presento moción que reforma el artículo 149, el que se leerá así:

“Arto. 149 Las infracciones a la presente Ley y sus Reglamentos, serán sancionadas administrativamente en forma gradual con las sanciones siguientes:

1. Advertencia por notificación de autoridad competente, valorada bajo un criterio de evaluación de la magnitud del impacto ambiental, estableciendo las medidas y el tiempo para la corrección de los factores que deterioren el ambiente. 2. Multa cuya cuantía será establecida teniendo en cuenta la gravedad de las consecuencias y la reincidencia, en un rango de un mil córdobas a cien millones de córdobas, dependiendo de la capacidad económica y el daño causado. 3. Suspensión parcial, temporal o cancelación de los permisos, autorizaciones, licencias, concesiones y/o cualquier otro derecho para la realización de la actividad.

4. Clausura o cierre definitivo de instalaciones. 5. De acuerdo a la gravedad de la infracción se podrán imponer conjuntamente las sanciones establecidas en los incisos 2 y 3.

La aplicación gradual de las sanciones es sin perjuicio de las responsabilidades civiles para resarcir al Estado por los daños y perjuicios ocasionados, así como de las penales cuando sean pertinentes. En el caso de delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales se estará a lo dispuesto en la ley de la materia.

De manera accesoria el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, está facultado para imponer a todo infractor de la presente Ley y sus Reglamentos, medidas de restauración del ambiente y los recursos naturales para mitigar, remediar o compensar los daños ocasionados mediante la elaboración por parte del infractor, de un programa de gestión ambiental cuyo contenido y alcance será definido y aprobado oficialmente por Marena.

De igual forma podrá ordenar o ejecutar a costas del infractor, la destrucción de obras e infraestructuras de obras horizontales y verticales y la restauración del ecosistema efectuado a partir de una evaluación de daños ocasionados por el levantamiento de dicha obra e infraestructura.

Lo recaudado como producto de todas las multas y decomisos por juicios civiles, penales o administrativos de carácter ambiental, serán enterados a la Tesorería General de la República; quien deberá destinarlo al Fondo Nacional del Ambiente creado por la Ley No. 217 Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, del 27 de marzo de 1996 y serán administrados conforme a su reglamento Decreto Número 91-2001 del 24 de septiembre del 2001.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Tenemos nuevamente dos mociones, una propone crear un artículo nuevo, presentada por el diputado Rodríguez y la segunda una moción que reforma el artículo 20.

Pasamos a votar la moción presentada que crea un artículo nuevo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada para crear un artículo nuevo.

Ahora pasamos a votar la moción presentada por el diputado Íncer que reforma el artículo 20 del dictamen.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 20 con la moción que lo modifica.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 21 Se reforman los artículos 152, 153 y 154 del Capítulo Único de las Disposiciones Transitorias y Finales, el cual se leerá así:

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 21.

Diputado Sadrach Zeledón, tiene la palabra.

DIPUTADO SADRACH ZELEDÓN ROCHA:

Si, Presidente, tengo una moción de consenso para el artículo 21 del dictamen y es incorporar dos artículos nuevos 154 y 155 a las Disposiciones Transitorias que se leerá así:

Primero será: El Poder Ejecutivo a propuesta de Marena y con la participación de la Procuraduría General de la República y la Superintendencia de Bancos deberá elaborar y publicar en un plazo no mayor de doce meses a partir de la vigencia de esta Ley, el reglamento que defina los procedimientos y alcances para la aplicación de la fianza ambiental establecida en el artículo correspondiente.

Y el otro artículo nuevo será el siguiente:

“El Marena revisará en un plazo de doce meses a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, la situación legal de las concesiones de camaronicultura, otorgadas en áreas protegidas, con el objetivo de conocer y definir mediante planes específicos, el manejo sostenible de las mismas y la remediación de los daños causados”.

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Ramón González Miranda, tiene la palabra.

DIPUTADO RAMÓN GONZÁLEZ MIRANDA:

Gracias, señor Presidente.

Presento moción al artículo 21 del dictamen, para suprimir en el artículo 152 “La Reserva Natural el Cañón de Somoto en el municipio de Somoto”, por haberse aprobado la ley de declaración correspondiente.

También suprimir en el artículo 154 por haberse aprobado anteriormente lo de la Procuraduría Ambiental.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Queremos presentar un artículo nuevo que deberá estar ubicado exactamente antes del artículo 22, que dirá lo siguiente:

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Permítame mejor, acabemos con el artículo 21 y después le doy la palabra.

Hay dos mociones al artículo 21 la moción presentada por el diputado Zeledón que plantea agregarle dos nuevos artículos a la Ley 217, por lo que pasaríamos a votar esa moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Pasamos a votar la segunda moción presentada por el diputado Ramón González Miranda que señala suprimir artículo 154, por estar ya aprobado antes y lo referente a la Reserva Natural del Cañón de Somoto.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 21 con las dos mociones que lo modifican.

Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, Presidente.

Este es un artículo nuevo ya que hemos hecho una serie de reformas a la ley y cuando hay considerables reformas lo que manda el ordenamiento jurídico es refundirla en la ley original y que se publique en La Gaceta, la ley íntegra.

Entonces el artículo nuevo dirá: “Todas estas reformas deberán incorporarse y refundirse en la Ley 217 y publicarse toda la ley con sus reformas y adiciones en La Gaceta, Diario Oficial”.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación el artículo nuevo presentada por el diputado Castro.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo nuevo.

Vamos al artículo 22.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 22 La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 22.

A votación el artículo 22.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 22 y con él se aprueba la Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.



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