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Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:30 de Junio del 2005Fechas Posteriores Debate:
Fecha Aprobación:22 de Marzo del 200615/02 - 14/03- 22/03 2006
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" LEY GENERAL DE EDUCACIÓN "

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CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 30 DE JUNIO DEL 2005. (VIGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA)

SECRETARIO EDUARDO MENA:

Adendum 16, Punto 3.75: DICTAMEN LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

DICTAMEN
Managua, 26 de Enero de 2005.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.


Honorable Presidente Núñez:

Los suscritos miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional, nos reunimos con el objetivo de dictaminar el Proyecto de “Ley General de Educación”, que fue remitido por la Primera Secretaría para su debido dictamen.

La Comisión sometió el Proyecto de Ley a consultas con los sectores directamente vinculados con el ámbito educativo. En efecto, la Comisión escuchó los criterios y sugerencias de: El Foro de Educación y Desarrollo Humano, el Movimiento Pedagógico Nacional, la Coordinadora de Sindicatos Democráticos, la Procuraduría de los Derechos Humanos y la Procuraduría de la Niñez y Adolescencia. También se realizó un Foro en el Auditorio de la UCA, con el objetivo de consultar la Ley General de Educación. Se realizó un Taller en el Mezanine de la Asamblea Nacional, en el que asistieron organismos involucrados en todos los sistemas y modalidades educativas; se realizó un viaje a las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, con el objetivo de consultar sobre la educación superior, más los otros sistemas en esa región.

Este Proyecto de Ley es de gran importancia, ya que vendría a normar en un solo cuerpo jurídico todos los sistemas y modalidades educativas. Actualmente en nuestro país no existe una ley General de Educación, por tanto este proyecto de ley será un valioso instrumento para el mejoramiento cuantitativo de la educación nicaragüense. Consideramos que beneficiará tanto a las instituciones educativas como a todos el país.

Por las razones antes expuestas, nosotros los diputados, miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social Cultura y Deportes, lo encontramos conforme y lo dictaminamos FAVORABLE, fundamentados en el Arto. 138, inciso 12 de la Constitución Política de Nicaragua, de los Artos. 50 y 51 del Estatuto y del Arto. 59 del Reglamento de la Asamblea Nacional.


Atentamente,



Orlando Mayorga Sánchez Marcos Aurelio Sánchez

Presidente Primer Vicepresidente

Reynaldo Mairena Vallejos Fidel Moreno Brenes

Segundo Vicepresidente Primer Secretario

Benita Arbizú Roberto Sánchez Tórrez



Guillermo Montenegro


PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

A discusión en lo general el Dictamen del Proyecto de Ley General de Educación.

Diputado Reynaldo Mairena, tiene la palabra.

DIPUTADO REYNALDO MAIRENA:

Buenos días y gracias, señor Presidente.

Es para la Comisión de Educación, un placer y una gratitud que la Junta Directiva permitiera la discusión el día de hoy de la Ley General de Educación. Y agradecerles también y felicitarles, porque en este año esta Junta Directiva ha sometido a discusión temas de importancia relacionados con la juventud, ya lo miramos con la Ley General de Deportes, y hoy lo ratificamos con la Ley General de Educación, que realmente por circunstancias ajenas no se pudo discutir el día de ayer, pero cumpliendo el mandato que nos habían encomendado se está discutiéndose el día de hoy; por lo que felicitamos y le agradecemos a la junta Directiva que se someta a discusión.

Es para el pueblo de Nicaragua de suma importancia que aprobemos esta Ley General de Educación, ya que Nicaragua es el único país en Centroamérica, y uno de dos países en América Latina que no cuenta con una Ley General de Educación. Aquí históricamente hemos venido hablando de que la educación es el pilar fundamental de los pueblos, del pueblo nicaragüense, para poder salir del subdesarrollo. Pero no hemos visto encaminados esfuerzos de los últimos gobiernos, en mejorar la situación educativa.

Consideramos desde la Comisión y desde los foros donde hemos debatido y discutido ampliamente esta Ley General de Educación, darle un marco jurídico legal para que los gobiernos tomen verdaderamente en cuenta y a favor la educación como eje principal del desarrollo del país. Recuerdo que en una entrevista que se le hizo al Embajador de Taiwán, un funcionario de Gobierno le preguntaba, cómo fue que Taiwán salió del subdesarrollo tan rápidamente, y él dijo que fue con tres elementos principales. “En primer lugar, la educación; segundo lugar, la educación; y tercer lugar, la educación”.

Nosotros mirábamos con preocupación por ejemplo, que el año pasado invitamos al Ministerio de Educación a que debatiéramos el tema de la Ley de Educación, se le hicieron 18 invitaciones al Ministro de Educación y no asistió a ninguna; y no tuvo ni la amabilidad de llamar por teléfono para decir las causas por las que no podía asistir. Mirábamos también con preocupación, que en el famoso Plan Nacional de Desarrollo que está empujando el actual Gobierno, el tema educativo no abarca ni siquiera tres párrafos, en ese tan famoso Plan de Desarrollo.

Por eso nosotros desde la Comisión de Educación mirábamos que es necesaria y urgente la necesidad de aprobar esta Ley General de Educación. Quiero agradecer también al Foro Nacional de Educación, que fue uno de los grandes promotores en la formulación de este Dictamen, pues mirábamos desde hace más o menos dos años que ellos han venido aunando esfuerzos junto con la Comisión para que este Dictamen sea una realidad. También agradecerle al Movimiento Pedagógico Nacional, que ha sido un Movimiento desde la Sociedad que ha impulsado la aprobación de esta ley y como principal promotora de esto, a la Asociación Nacional de Educadores de Nicaragua, que en primera instancia fueron los que desde 1996 introdujeron el anteproyecto de ley.

También a todos los compañeros y actores de la sociedad que participaron en las amplias discusiones de este proyecto de ley. Nuevamente felicitar, agradecer y solicitar a la Junta Directiva, que aprobemos el día de hoy de manera general el proyecto de Ley General de Educación, para que después logremos aprobarla en lo particular, ya que incluso el Foro Educativo que se está realizando, nos han hecho un llamado a que no lo podemos aprobar en lo particular, ya que ahorita dentro de los temas del Foro se están planteando algunas necesidades que no pudimos abarcar dentro del proyecto de ley, y que posiblemente en los próximos días harán sus planteamientos con la posibilidad de que nosotros lo introduzcamos como moción.

Pero sí de antemano quiero decirles que para nosotros es un placer, igual al pueblo de Nicaragua, que el día de hoy, aprobando de manera general la Ley General de Educación, estaremos dando un paso importante, ya que la educación es el pilar fundamental para el desarrollo del país, y con esta Ley General de Educación marcaremos las pautas para bajar ese 35 por ciento de analfabetismo que hoy ronda en el país, y para reivindicar a esos 800 mil niños que se quedan sin entrar a las aulas de clase.

Hay que darles un marco jurídico a los maestros con su Ley de Carrera Docente, darle el marco jurídico a la Ley de Autonomía de Universidades, darle el marco jurídico a la creación y la interrelación de todos los entes que tienen que ver con la educación, tanto la educación primaria, la educación secundaria, la educación técnica, la educación universitaria, la educación especial. Entonces, invitamos al Plenario a que aprobemos unánimemente este proyecto de ley, y que lo aprobemos el día de hoy aunque sea de manera general.

Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Hay once compañeros y compañeras apuntadas, va a ser éste un debate muy rico. Antes de seguir dando la palabra, queremos informarle al Plenario y a los periodistas en general, que el día de hoy hubo reunión de la Junta Directiva, y entre otros puntos, la Junta Directiva decidió formar dos Comisiones de Desaforación, en base a la solicitud de delitos electorales: Una Comisión para ver el caso del Presidente de la República en este tipo de delitos, y otra Comisión para ver el caso de diversos funcionarios públicos, que también están en este tipo de delitos.

La Primer Secretaría de la Asamblea Nacional va a dar a conocer la conformación de las Comisiones, quiénes las integran, quiénes las presidan, y quiénes serían las personas que van a tener en cuestión su inmunidad o su desaforación.

SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:

La Comisión que conocerá de la desaforación del Presidente de la República, Enrique Bolaños Geyer, la conforman los Diputados: Mirna Rosales, Iris Montenegro, Orlando Tardencilla, Noel Pereira Majano, y Auxiliadora Alemán. La Preside la Diputada Mirna Rosales.

La Comisión para conocer el caso de la desaforación de los señores: Carlos Arturo Harding Lacayo, Mario Salvo, Leonardo Somarriba González, Fausto Carcabelo Molina, Julio Vega Pasquier, Vilma Rosa León York, Miguel Angel García Gutiérrez, la conforman los Diputados: Lilliam Antonia Morales Tábora, Carlos Gadea, Nathán Sevilla, Alba Palacios, Alfredo Gómez. La Preside Lillian Antonia Morales Tábora.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Continuando con la discusión en lo general del proyecto de Ley General de Educación, tiene la palabra el Diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA:

Buenos días, Diputados.

Agradezco el cumplimiento del compromiso público del día de ayer, que a primeras horas del debate en esta Asamblea Nacional se iba a poner como primer punto de discusión la Ley General de Educación. Ciento cinco años de no tener una ley que rija, controle, coordine el desarrollo educativo, y esa es la única gran razón por la cual vemos los defectos, las anomalías, las incongruencias, la falta de políticas educativas, coordinadas y vinculadas entre los diferentes subsistemas.

El día de hoy también quiero expresar un compromiso público con las dos Regiones Autónomas de la Costa del Caribe, a personas que se encuentran aquí en nuestro medio, y me gustaría que se pusieran de pie, para que sepamos que no podemos dejar al margen la Costa del Caribe, como parte integradora de nuestra Nación. Así que les pido a los representantes de las dos Regiones Autónomas que se pongan de pie. Y queremos expresar nuestro compromiso de que la discusión en lo particular, las mociones que ellos nos irán presentando vamos a integrarlas de acuerdo al consenso que con ellos lleguemos en la Comisión de Educación.

Ese es el compromiso que estamos haciendo público el día de hoy. La discrecionalidad ha predominado en la administración de la educación; la discrecionalidad es el resultado de la falta de dirección de una ley, y este día va a ser un día histórico, porque, a como hace referencia nuestro compañero de trabajo, el Doctor Mairena, un país sin educación es un país que nunca va a desarrollar, es un país que no va a gozar de las mejoras globales que están influyendo en el desarrollo social humano. Es por eso que esta ley va a permitir, que debe ser prioridad de la Nación legislar en esta área. Esa es la razón fundamental que nosotros debemos temer, porque en todo el desarrollo social la educación ha quedado al margen, sin una dirección.

Y en esta mañana, yo invito a todos los Diputados de las diferentes bancadas que componemos este Plenario, votar a favor de la aprobación en lo general, para que se dé ya esa tranquilidad y este gran gremio educativo pueda gozar de una ley muy pronto. Confiamos en que antes de que termine el año estas cosas van a ser totalmente diferentes. Así que yo invito a los amigos Diputados a que apoyemos esta ley, porque va a ser el resultado de años de estudio, de miles de hojas analizadas, y sobre todo es tiempo que la educación sea regida por una ley, que es fundamental para su desarrollo.

También, Junta Directiva, quisiera felicitarles porque han asumido la responsabilidad de instaurar estas dos Comisiones de Desaforación. Yo quisiera aprovechar la oportunidad para expresar acerca de una cédula de notificación que llegó a mis manos de parte de Auxilio Judicial, y es lamentable como se ha tratado de desvirtuar un derecho que tenemos no como Diputados, sino como ciudadanos, de apoyar todas aquellas leyes que sean aprobadas por este Plenario. Así es que en esta mañana felicito que conformen estas dos Comisiones y que inicien el proceso de desaforación como lo establece por la ley. Agradezco a todos, y por favor votemos a favor de la aprobación en lo general de la Ley General de Educación.

Buenos días, y gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.

Diputado Roberto Sánchez Tórrez, tiene la palabra.

DIPUTADO ROBERTO SANCHEZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Me place estar conociendo hoy la presentación a este Plenario de la Ley General de Educación. Después de muchos años, más de siete años, por fin la educación nicaragüense podrá contar con el marco jurídico necesario en materia educativa. La Comisión de Educación, Medios de Comunicación, Cultura y Deportes, luego de haber desarrollado trabajos exhaustivos, concluyó la preparación del Dictamen de esta Ley de Educación, que será para beneficio de los educandos y docentes nicaragüenses. Yo felicito a la educación este día, a la Junta Directiva, porque ha presentado a este Plenario esta materia, creo que será de suma importancia. Invito a todos mis colegas Diputados a que respaldemos la aprobación en lo general de esta ley, para beneficio de la educación nicaragüense.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSE ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Efectivamente, hoy iniciamos un proceso que no finaliza, sino por el contrario, viene a dar las pautas para alcanzar una verdadera y efectiva estabilidad al Sistema Educativo Nacional. Cuando realizamos la huelga en 1995, los educadores demandamos una Ley General de Educación; sin embargo, después reflexionamos y dijimos: ¿Por qué demandar algo que podemos construir nosotros? Y así fue como en 1997 presentamos nuestro proyecto de Ley General de Educación, a través del Diputado Nathán Sevilla. El Ministerio de Educación también presentó un proyecto que ha sido financiado por el Banco Mundial, en el cual se quería determinar la privatización de la educación pública a través de legalizar lo que ha sido demasiado dañino para la educación, como la determinada autonomía escolar.

Pasaron siete años, siete años en los cuales obviamente los Ministros de turno a través de decretos, a través de decisiones personales, a través de la visión que ellos tenían de la educación, han deteriorado la calidad educativa, una educación sin estabilidad y que está a los vaivenes de los Ministros de turno, ni siquiera de los gobiernos, sino de las personas que estén determinadas para dirigir la educación, obviamente no garantiza productos ni resultados de calidad. Ejemplo de ello es la cantidad de estudiantes que llegan a clasificar a las universidades y que lamentablemente no adquieren los conocimientos mínimos para poder enfrentar este tipo de exámenes.

La Ley General de Educación viene a determinar un elemento fundamental, y es determinar que la educación es un derecho humano. Y un derecho humano porque permite a las personas desarrollarse, adquirir conocimientos, y fundamentalmente sentirse ciudadanos útiles a la Patria. Sin embargo, uno de los elementos que tendremos que revisar en la Ley General de Educación, es el sentido egoísta e individualista que se desarrolla a través de promover la excelencia académica, y olvidarse de que nosotros actuamos dentro de un colectivo, dentro de una sociedad y que por lo tanto la educación debe ser para el desarrollo humano y no para el mercado.

La persona que adquiere conocimientos para utilizarlos en la vida práctica, en la vida diaria, se desarrolla; la persona que sólo adquiere conocimientos para venderse al mercado, obviamente pierde sentido y la razón de ser un profesional de servicio a la sociedad, de servicio a la humanidad. Por lo tanto, creo que la Ley General de Educación, si bien es cierto no viene a resolver los problemas de la educación, sí viene a dar el marco general, el marco que permita orientar y dirigir las reformas educativas sobre la base del desarrollo del país, sobre la base del conocimiento científico, y principalmente, insisto, sobre el desarrollo de las personas como seres humanos, como seres ciudadanos.

Hemos esperado, y creo que como decía el compañero Reynaldo Mairena, debemos aprobar en lo particular, antes de que finalice el año -como decía el Presidente de la Comisión Orlando Mayorga- esta Ley General de la Educación. Hay sectores que se oponen, particularmente el Gobierno, a este tipo de leyes, porque les dan marco dentro del contexto de la globalización. Dentro del contexto de los Tratados de Libre Comercio se quiere utilizar a la educación como una mercancía, como un producto expuesto al mercado, y entonces la pregunta que nos hacemos los educadores es, ¿si la educación fuera una mercancía, los pobres la podrían comprar?

¿Si la educación estuviera expuesta en un escaparate de centros comerciales, accederían a ella los pobres marginados y olvidados en las zonas rurales, o marginados en las zonas de miseria de las diferentes ciudades de nuestro país? Por eso la educación como tal debe ser obligatoriamente garantizada por el Estado, y particularmente por el Gobierno, asignando el suficiente presupuesto. Por eso la Ley General de Educación deja claramente establecido la obligatoriedad del Gobierno de garantizar ese derecho a los ciudadanos nicaragüenses. Así que, señor Presidente, compañeros Diputados, espero en nombre del magisterio nacional que represento en parte, como también dirigente sindical, que se apruebe en lo general y que con la Comisión comencemos a trabajar la moción para poder reformar esta ley en lo particular.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputada Mirna Rosales Aguilar, tiene la palabra.

DIPUTADA MIRNA ROSALES:

Gracias, señor Presidente.

En relación a la educación, José Martí expresaba que una escuela es una fragua de espíritu, y ay de los pueblos sin escuela, ay de los espíritus sin temple! Saber leer es saber andar; saber escribir es saber ascender. Siémbrese química y agricultura y se cosechará grandezas y riquezas. Al respecto, Simón Bolívar decía que la educación popular debe ser el cuidado primogénito del amor paternal del Congreso. Moral y luces son los polos de una República; moral y luces son nuestras primeras necesidades. Con la Ley General de Educación se pretende normar un solo cuerpo jurídico, todos los sistemas y modalidades educativos, se pretende contar con un valioso instrumento legal para el mejoramiento cuantitativo de la educación en Nicaragua.

Razón por la cual, nosotros los Diputados hoy, en este nuestro momento en la historia, debemos poner mucho interés en esa Ley General de Educación, pensar realmente con amor paternal y maternal en los valores de nuestras futuras generaciones. La educación es un derecho humano fundamental, el Estado tiene frente a este derecho la función y deber indeclinable de planificar, dirigir, organizar, promover, velar y lograr el acceso de todos los nicaragüenses en igualdad de oportunidades. Esta ley tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del sistema educativo nacional:

Las atribuciones y obligaciones del Estado, los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora se regulan a través de las actividades educativas desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en todo el país.

Quiero desde este momento invitar a madres y padres de familia, instituciones y organizaciones y demás integrantes de la sociedad civil, a participar activamente en la planificación, gestión y evaluación del proceso educativo dentro de la realidad nacional, pluricultural y multiétnica, en la formación de los estudiantes en el respeto a la vida, a los derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia social, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y la libertad, tal como lo contempla esta Ley General de Educación.

Este enfoque y fundamento nos demuestran que realmente esta ley es un instrumento que como Nación estamos necesitando, no podemos retrasar ni privar a nuestros jóvenes y niños y niñas de una ley que viene a llenar un vacío y a ordenar nuestro cuerpo legislativo en materia de educación. Entonces, honorables compañeros y compañeras Diputados, como decía al inicio, cumplamos con el llamado que nos hace el gran libertador Simón Bolívar, demos moral y demos luz, votando favorablemente por esta Ley General de Educación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.

Diputada Ana Esperanza Lazo Álvarez, tiene la palabra.

DIPUTADA ANA LAZO:

Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, quiero felicitar a la Comisión por su disposición y la buena voluntad que ha tenido la Junta Directiva, para que el día de hoy discutamos y aprobemos en lo general esta importante ley para Nicaragua. Además, saludar como ya decía Orlando, a los que hoy se encuentran aquí preocupados e interesados para que seamos tomados en cuenta en esta Ley General de Educación, como son: los Concejales Regionales; la Universidad URACAN; los Asesores que han estado trabajando con ellos; la sociedad civil representada en algunos organismos y gremios; SEDECA, que se encuentra aquí en este auditorio, en la parte de atrás; de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense, de la parte Norte y de la parte Sur.

Seguro que los 38 Diputados de nuestra Bancada del Frente Sandinista, como nuestros colegas del resto de Bancadas de esta honorable Asamblea, vamos a ponernos en disposición para que sea aprobada esta Ley General de Educación. Hoy quiero decirles que nosotros como pueblo costeño, a pesar de que hay aspectos fundamentales recogidos en la ley, hemos estado aquí con la disposición de ver que en un determinado momento, si la ley se sigue discutiendo en el Foro Nacional de Educación, sea para mejorarla y que tenga una secuencia lógica, donde los subsistemas estén íntimamente relacionados y así no haya un divorcio entre los currículos, y principalmente como costeña decir, que esta ley recoja y contemple los intereses de la educación de la Costa Atlántica Nicaragüense.

Desde 1994, la Costa Atlántica Nicaragüense representada en sus Consejos Regionales Autónomos, específicamente en las Comisiones de Educación, con el apoyo de las Universidades y Organismos y Gremios, ha venido trabajando en función de un sistema educativo autonómico regional, amparado en la Ley 28, Ley de Autonomía, que contempla dentro de su articulado, cómo los costeños y las costeñas debemos administrar nuestra educación, en función de nuestra cultura, nuestra cosmovisión y nuestra cosmogonía.

Derecho que se ampara en el Convenio 169 de la OIT, de Pueblos Indígenas y Tribales, un Convenio del cual Nicaragua es suscriptor. Por lo que antes se exponía y la disposición que tienen los pueblos costeños de que sean recogidas esas disposiciones de ese sistema educativo autonómico regional, es que pido el día de hoy que en esta honorable Asamblea votemos favorablemente. Y que cuando vayamos a discutir los articulados, sean tomadas en cuenta las propuestas y mociones que nosotros como costeños introduciremos a este honorable plenario.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado Orlando José Tardencilla, tiene la palabra.

DIPUTADO ORLANDO TARDENCILLA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Veo que el Plenario en sí mismo debe celebrar la puesta en discusión de este Dictamen, no sólo por ser necesario sino porque hoy empieza a dársele alguna respuesta institucional a las demandas que por años los maestros han venido haciendo ante este Plenario, en el Plenario y en las calles adyacentes a este edificio de la Asamblea Nacional. La ley es correcta, es justa, es necesaria. Eso sí, hay que advertir a los docentes que nos acompañan el día de hoy, que el hecho de aprobar en lo general esta ley, no significa que ya entra al sistema normativo como ley perfecta, estamos todavía muy largo para hacer realidad esta aspiración, pero al menos las cosas se comienzan comenzando, dice un adagio popular, y ojalá el espíritu con que la Junta Directiva está tomando esto, también lo mantengan en la discusión en lo particular, necesario en los próximos días.

En estas cosas de discusión, a mí siempre me preocupan y me llaman la atención ciertos cinismos oficiales, hipocresías políticas que derivan de algunos funcionarios públicos vinculados incluso al derecho y reivindicaciones históricas que los maestros -uno de los sectores sensitivos, uno de los sectores con mayor sensibilidad hacia este tema- han venido señalando. Siempre me han llamado la atención algunos funcionarios de alto rango de este país que se llenan la boca diciendo que ha aumentado 60, 70, 80 por ciento el salario de los docentes. Cómo me recuerdo que de las propuestas reales de aumento sustantivo, establecidos en el Presupuesto del año 2003, 2004, y 2005, de los tres Presupuestos de estos tres años, tres vetos han venido, y vetos cuestionando el aumento hacia los maestros.

Han existido vetos, re-vetos, y largas negociaciones para lograr algunos pequeños avances. Pero bien, la historia está ahí y va a estar ahí como testigo mudo para desnudar de alguna manera inequívoca la hipocresía política o el cinismo político que también se estila y se maneja en algunos círculos de este país. Hay que reconocer que en materia salarial aún estamos en deuda con los maestros; estamos lejísimo de la canasta básica; estamos todavía muy largo de siquiera homologar los salarios que perciben los docentes en el área centroamericana.

Estamos lejos aún, y ésos deberán ser retos para lo que queda de este Gobierno y para el gobierno venidero, porque ciertamente deberemos asumir compromisos de fondo y con la mayor apertura posible, sin llegar a los extremos histriónicos con los que algunas veces encontramos cifras oficiales.

En materia de seguridad social, estimado Presidente, negros nubarrones todavía están sobre el universo de los docentes. En materia de salud, preocupa el deterioro progresivo de muchos maestros en sus gargantas, en los aumentos de peligro reales por el contacto permanente con tizas y demás. Por eso celebro y apoyo este Dictamen porque la armonía jurídica con otros sectores vinculados al área de la docencia es de extrema necesidad. Pero repito, para concluir, que el cinismo, la hipocresía, deben ser elementos que esta Asamblea debe tener absolutamente claros para combatirlos con energía a la hora de discutir este Dictamen en lo general el día de hoy, y en lo particular que espero sea muy prontamente.

Un Dictamen aprobado en lo general, aunque sea por la unanimidad más inverosímil que se pueda producir, no es ley si no lo discutimos y lo aprobamos también en lo particular. Hasta el día del último artículo que digamos esta ley es ley de la República, empezaremos a cumplirle a los maestros.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputada Felícita Zeledón, tiene la palabra.

DIPUTADA FELICITA ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Buenos días a todos.

Felicito a la Junta Directiva por haber cumplido una vez más con la promesa que se hiciera ayer a los maestros en la celebración en su día. Se fueron muy esperanzados porque sabían que hoy se les iba a cumplir. Aunque algunos de algún modo también criticaban que no sea como en las ventas, los rótulos que se ponen ahí “hoy no se fía”, porque nunca se iba a llegar ese día en que se les iba a dar ese recurso, las ventas; y algunos jocosamente decían que no querían que fuese así. Nosotros les dijimos que no, que se les iba a cumplir.

Realmente ésta es una lucha que se está llevando a cabo en este día, son siete años de estar buscando como hacer una ley que tenga un marco jurídico para los profesores; sin embargo hoy se les está cumpliendo en una parte, y eso me alegra; pero la meta de aprobar esta ley en toda su totalidad, tiene que darse en este mismo año. Es necesario que nuestros profesores, que nuestros maestros puedan tener esas herramientas jurídicas con qué luchar, para que la educación de nuestro pueblo sea de lo mejor.

Un país con una buena educación, es un país en proceso de desarrollo.

Ayer decía alguien, que si no hubiesen maestros no habríamos profesionales, ni técnicos, ni personas con capacidad intelectual que pudiese ayudar y desarrollar este país. Es necesario tomar conciencia de que este Gobierno cumpla con lo que hay en la Constitución Política, que manda que la educación tiene que ser gratuita para nuestro pueblo, y tenemos que asegurarla con muy buena calidad. También es importante que apoyemos un mayor presupuesto para nuestros profesores, para la educación, para que ellos puedan tener un salario digno y que nuestros niños y jóvenes no se queden sin estudiar, pues es muy lamentable a como están en este momento.

Que nuestros adultos puedan continuar alfabetizándose, los que han quedado aquí por culpa de los gobiernos que no les interesa el pueblo. Igualmente es deprimente como estos últimos gobiernos han dejado caer la educación, pero hoy me alegra que esta ley va a venir a mejorar este sistema educativo, y también que se tome en cuenta que los niños que entran en un día a un primer nivel escolar, son los estudiantes futuros de la universidad. Tiene que haber una concatenación de los subsistemas educativos, para evitar que nuestros bachilleres se frustren al llegar a la universidad y no puedan incursionar en ella.

Igual pasa cuando también no pueden quedar en las carreras deseadas. Tenemos que buscar y dar seguimiento a estos presupuestos, para evitar el despilfarro de los grandes recursos que el Ministerio hace en las famosas consultorías, cuando tienen que traer personas del extranjero para dar una simple charla o un simple estudio, teniendo en nuestro país grandes profesionales, grandes maestros que pueden hacerlo con menos recursos y con más eficiencia. Yo saludo esta ley y también felicito a todito el magisterio de mi país.

Gracias.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado Guillermo Montenegro, tiene la palabra.

DIPUTADO GUILLERMO MONTENEGRO:

Gracias, señor Presidente.

Gracias a Dios a mí me ha tocado estar en dos leyes importantísimas para mi país: la Ley General de Salud, que fue algo histórico y trascendental, ya que no existía Ley General de Salud, y hoy estar en la Ley General de Educación. Digo estas cosas, porque es lamentable muchas veces escuchar a los funcionarios de un Ministerio, como el Ministerio de Salud, que es tan sensible, decir que la mujer bruta le dio un laxante al niño y por eso se murió. No, a esa pobre mujer no se le abrieron las aulas de clase; esa pobre mujer era de condición paupérrima, económicamente paupérrima; esa pobre mujer no había visto la luz del conocimiento, era una analfabeta; no tuvo las condiciones de los que viven en El Raizón.

Por eso creo que la Ley General de Educación debe de aperturarse con fuerza como un derecho inalienable, un derecho humano al cual debe reclamarse, debe protegerse, y mucho más aún, debe dársele en realidad, la oportunidad de educar a esos seres humanos. Estoy seguro que este Gobierno no tiene un diagnóstico de situación de la educación de los nicaragüenses, no saben cuántas aulas se necesitan en este país, mucho menos dónde están los analfabetas, porque jamás se han acercado a los territorios humildes, al campesinado, porque al señor Presidente sólo se le ocurre viajar a Washington, a París y otros tantos lugares exquisitos y lejos de mi país.

Yo creo que a esta Ley General de Educación debemos apoyarla, porque le da cabida y racionalidad, como decíamos en la Ley General de Salud, la gratuidad. Sin embargo, aquí el Gobierno pisotea y violenta todo precepto y derecho constitucional de los nicaragüenses. Quiero que se respete la Ley General de Educación, y mucho más aún para mis hermanos del Caribe de la Costa Atlántica, que no se le toque ni sus costumbres, ni su cultura, ni sus etnias, ni su lenguaje, porque este país debe acoger a los nicaragüenses con el más digno respeto, que el Presidente no lo ha hecho con los maestros. Cada vez que se ha referido a ellos, ha sido de una forma humillante y despreciativa.

Yo creo que la Ley General de Educación, mucho más aún de sólo formar un casquete, va a venir a buscar la integración de todos los subsistemas o los sistemas de educación que existen en mi país. Por lo tanto, pido el apoyo rotundo y contundente para que sea aprobado en lo general la Ley de Educación el día de hoy.

Muchísimas gracias, y muy buenos días.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado Víctor Duarte Aróstegui, tiene la palabra.

DIPUTADO VICTOR DUARTE:

Gracias, señor Presidente.

Como profesor de educación primaria que he sido durante más de quince años, me siento contento y agradecido por estar el día de hoy presentando la Ley General de Educación. Estoy convencido de que ningún pueblo en la historia del mundo ha alcanzado las arcas del desarrollo económico social, sin antes pasar por las manos de un profesor o de un docente, llamado ese tema educación, tan importante para nosotros. Pero también como Diputado y representante de la Costa Atlántica, no podemos pasar por alto que Nicaragua tiene el privilegio de tener dos Regiones Autónomas: el Atlántico Norte y el Atlántico Sur.

Regiones Autónomas que gracias a Dios son multiétnicas y pluriculturales, y es por ello que la representación del Atlántico Norte y el Atlántico Sur que está allí atrás, solicitan a través de estos servidores, que hagamos una sesión de trabajo en conjunto, la Comisión de Asuntos étnicos que está representada mayoritariamente por Diputados costeños y la Comisión de Educación, para que introduzcamos tópicos importantes que corresponden netamente a la autonomía y a la idiosincrasia costeña, como es el educar a los niños y a los jóvenes costeños en su lengua materna, para que prevalezca el término de autonomía. Además otros puntos importantes.

Creo que el Diputado Orlando Mayorga y el Diputado Leonel Pantin se pondrán de acuerdo e invitaremos a los señores honorables que están aquí representando a las Regiones Autónomas, para que en conjunto introduzcamos las pautas importantes de esa autonomía, porque para eso hemos sido electos. Agradezco a todos, y que no quepa duda en Nicaragua entera que habemos 43 votos liberales dispuestos a poyar unánimemente la Ley General de Educación. Agradezco también a la Comisión de Educación, por estar presentando esta ley tan importante para nosotros los profesores.

Gracias, señor Presidente, y espero que la petición que se ha hecho el día de hoy sea respetada por los dos Presidentes de la Comisión de Asuntos Etnicos y la Comisión de Educación.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado Rubén Gómez Suárez, tiene la palabra.

DIPUTADO RUBEN GOMEZ:

Gracias, señor Presidente.

Quisiéramos iniciar nuestras palabras para aprobar en lo general la Ley de Educación, con la Constitución en la mano, contando que es un precepto constitucional, que la educación es un derecho del pueblo y un deber del Estado, y es inherente a los derechos humanos, así lo contempla el artículo 46 y los artículos relacionados a la educación en la Constitución de la República de Nicaragua. Sin embargo, queremos patentizar que cada vez que aprobamos una ley, la Ley General de Salud, Ley General de Educación y otros tipos de leyes, surge la expectativa del pueblo y de los sectores sociales que están inmersos en ella.

En este sentido, en la Ley General de Educación, nos referimos al sector que humanamente han sido los apóstoles y continuadores de las enseñanzas desde las generaciones humanas, desde el maestro de maestros, como nuestro señor Jesucristo; sin embargo, quedan preceptos en las leyes constitucionales, en las leyes específicas, y ahí nada más. Por lo tanto, consideramos entonces, que debe hacerse de efectivo cumplimiento y no un precepto más o una ley más, sino de ineludible cumplimiento del Gobierno o de futuros gobiernos de turno, el hacer efectivas estas leyes.

Porque de lo contrario estaríamos aprobando una ley más, con una esperanza futura, esperando un verde porvenir, y ojalá que con este marco jurídico de la Ley General de Educación, que posteriormente sea aprobada en lo particular, y superados los aspectos que en lo particular se encuentren, lleve a mejores condiciones culturales al magisterio nicaragüense, a los educadores nicaragüenses a la población nicaragüense, a la niñez nicaragüense, que son centenares de miles que quedan cada año sin accesar a la educación primaria, y vamos por esa misma ruta con los bachilleres, que no logran accesar a la educación universitaria.

Esta ley va a servir de puente para articular el pensum académico entre la educación primaria y media con la articulación de la educación universitaria y eso va a permitir que no sigan en 95, 97 por ciento de cada estudiante que quiere accesar a la educación universitaria, dejando clases o saliendo aplazados en los programas que la educación universitaria tiene, como ocurre en las matemáticas. Es lamentable que de todos los que optan, un 95 por ciento quedan reprobados.

Por lo tanto, consideramos que este marco jurídico que la Ley General de Educación nos va a dar, va a permitir precisamente ir superando estos vacíos, y que en la medida que en lo particular la mejoremos, le vamos a estar dando cumplimiento a esa esperanza que el pueblo de Nicaragua, el magisterio, la niñez y la juventud, esperan de esta Ley General de Educación, y que no va ser una ley plasmada en un papel, sino que va a ser también ejecutada por un Gobierno que sí se interese por la educación integral del pueblo de Nicaragua, con desarrollo técnico científico, para que la Nicaragua de hoy sea la Nicaragua del mañana, con futuro y desarrollo.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputada Benita Arbizú Medina, tiene la palabra.

DIPUTADA BENITA ARBIZU:

Gracias, señor Presidente.

Gracias a la Junta Directiva por incluir en la Agenda esta importante ley. Hoy tenemos la presencia de algunas delegaciones de los Departamentos, incluyendo a la Costa Atlántica, Bluefields. La verdad es que las delegaciones que han trabajado en coordinación y en la discusión de esta ley, el día de hoy se sienten contentos por la aprobación en lo general; pero sabemos que no están satisfechos, porque le hace falta mucho que discutir e incluir en cada uno de sus artículos y capítulos. Es importante trabajar en coordinación, pero también es importante hacer un llamado directo al Gobierno, que se presente en la discusión de esta ley, porque siempre se han hecho presentes los sectores interesados en el tema, menos el Ejecutivo.

Existen los señalamientos y el interés por el Ejecutivo de que no se apruebe esta ley. Es precisamente el día de hoy que todos los sectores interesados en el tema nos sentimos contentos porque se apruebe esta ley en lo general; pero no vamos a descansar en el caso de la Comisión trabajando en lo particular, para que este año, este Poder del Estado apruebe una ley tan importante para el pueblo de Nicaragua. Es por eso que le pido al Plenario que aprobemos esta ley, y que prácticamente no hablemos más, porque se ha hablado bastante de ella y de la importancia que tiene para el pueblo de Nicaragua.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES GABRIEL RIVERA ZELEDON:

Tiene la palabra el Diputado Nathán Sevilla.

DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

Gracias, señor Presidente en funciones.

Bueno, es natural que hayan muchos oradores cuando se trata de discutir una Ley General de Educación, máxime que muchos de los Diputados son maestros o maestras, y los que no lo son en el sentido formal de la palabra, también lo son como autoridades políticas, dirigentes políticos de sus respectivos partidos, han sido alumnos y hoy también somos todos maestros.

Pero esta ley tiene un significado trascendental si se toma en cuenta por supuesto la gran demanda justa de que la educación merece una mayor atención, a partir en primer lugar del presupuesto que se apruebe para la educación, porque hay que dignificar esta profesión del maestro, la carrera magisterial.

Hay que dar respuesta a esas demandas postergadas una y otra vez por los problemas que ha sufrido Nicaragua, pero que están ahí planteadas, y aprovechar cualquier oportunidad como por ejemplo esto de la condonación de la deuda, para tomar recursos y dárselos a la educación, a la dignificación de los maestros y a una mayor cobertura del sistema educativo; para que estos postulados que están en esta ley, de que la educación es un derecho universal, un derecho humano y que la educación pública es libre y todo mundo debe tener acceso a ella, realmente se cumplan.

Además, esta ley que se está discutiendo en una época de gran dinamismo del desarrollo, de los conocimientos científicos y tecnológicos, en una época en que tenemos que revisar los contenidos de la educación desde pre-escolar, primaria, secundaria, universidades y escuelas técnicas, revisar también ya no sólo los subsistemas formales de la educación, sino otra serie de subsistemas que generalmente ni mencionan, de educación permanente, de educación que actualiza sistemáticamente a los trabajadores en las empresas, en las entidades públicas y buscar cómo los currículum, los contenidos sean pertinentes.

Es decir, contenidos actualizados y de un gran valor práctico en la formación de la gente para la vida, para el trabajo, para la investigación, para la invención, para la innovación y para el cultivo de valores humanos, como el patriotismo, como la solidaridad, como el humanismo, todo eso que encierra esta ley, como principios fundamentales de la educación. Entonces tenemos que ver en la perspectiva del futuro también, que ya la educación en Nicaragua no puede seguir estando divorciada del mundo real, de la producción, del comercio, de los servicios y que por eso, esos contenidos de educación tienen que ser vinculados al mundo laboral, y que si vamos a formar equis cantidad de abogados, no es para que después que salen de la universidad no tengan trabajo, o equis cantidad de ingenieros.

Y también tenemos que promover en esta ley, una mentalidad nueva en el nicaragüense, de que no sólo la universidad debe ser la aspiración inmediata, sino que tal vez debe ser la aspiración mediata, porque antes de ir a la universidad se necesita tener formación de cuadros técnicos básicos y medios, gente que trabaje, gente que se gane la vida, gente que después ya ganando, trabajando, puedan aspirar a seguir sus estudios superiores.

Esta ley es cuidadosa en respetar las autonomías, tanto la autonomía de las universidades, la Ley de Autonomía, como las autonomías regionales de la Costa Atlántica, y eso es un principio básico para que esta ley sea exitosa; aquí se conjugan el carácter unitario de Nicaragua como país y el respeto profundo también a los derechos autonómicos de las poblaciones que viven en la Costa Atlántica. De tal manera que hoy, al aprobarla en lo general, se da un paso importante y nos quedará tiempo, unos dos o tres meses para perfeccionarla en lo particular, tomando en cuenta todas las recomendaciones que están viniendo de los pobladores de la Costa Atlántica, las autoridades de la Costa Atlántica y las recomendaciones que están viniendo del Foro Nacional de la Educación.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Francisco Sacasa Urcuyo, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO SACASA:

Gracias, señor Presidente.

Hoy es un día muy especial para nuestra Nación, cuando estamos discutiendo en este Plenario la Ley General de Educación. Yo quiero felicitar muy especialmente a las universidades de la Costa Caribe, por los aportes que han podido dar a esta ley, para que esté en concordancia con nuestra Ley de Autonomía. También quiero extender mis felicitaciones a Orlando, por el compromiso que ha hecho de poder insertar todas las mociones que vengan de la Costa Atlántica, para que esta ley esté en armonía con la Ley 28. Así es que, Diputados pido el apoyo para que esta ley sea aprobada en lo general, y también en lo particular.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GADEA:

Gracias, señor Presidente.

Es para decirles que la Bancada Liberal respalda completamente la aprobación de la Ley General de Educación, que es una ley de interés social, con 111 artículos. La educación es un derecho humano fundamental, y además es un factor para la transformación y el desarrollo humano y social. Quiero decirles que nos sentimos contentos, sobre todo los que hemos sido docentes, de que exista esta Ley de Educación que será como un solo cuerpo jurídico, tal y como lo dice su Exposición de Motivos para todos los fines, para todos los sistemas y modalidades de la enseñanza.

Y quiero recomendarles a los Diputados la aprobación en lo general y en lo particular, y que nos esforcemos por entregar a todo el sistema y a todos los involucrados, en este caso la comunidad educativa, una ley moderna.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Decía Carlos Fonseca: “Y también enséñales a leer”. En un país donde ya tenemos más del 35 por ciento de analfabetismo en cifras oficiales, que algunos consideramos que ya está llegando al 40, refleja la voluntad de gobiernos con tendencias dictatoriales. No hay mayor enemigo de la cultura y de la educación, que los gobiernos con mentalidad dictatorial y con mentalidad de sometimiento de los pueblos. Pero además, no sólo hay que enseñarles a leer en español, también hay que enseñarles a leer en garífuna, en mískito, en inglés creole, en las lenguas maternas de nuestros niños. Tenemos que asumir en esta Ley General de Educación, esa riqueza multicultural y multilingüística que tiene Nicaragua.

Por eso es que debemos el día de hoy regocijarnos en la aprobación general de la Ley de Educación, y no como algunos quisieron desinformar ayer, que se les había dado atol con el dedo a los maestros por no aprobar ayer la Ley de Educación. Lo que realmente la Junta Directiva consideró, es que en una Sesión Especial, donde no estaban muy claras las 48 horas reglamentarias, lo mejor era tener casi una Sesión todo el día de hoy, donde hemos pasado correctamente las Diputadas y los Diputados expresando nuestra opinión favorable por esta Ley General de Educación.

En esta semana hemos recibido una serie de aportes importantísimos de amigos de las Regiones Autónomas, para que se incorpore un Capítulo entero sobre el Sistema de Educación Autónomo; pero no sólo un Capítulo del Sistema de Educación Autónomo, sino que toda la Ley General de Educación transversalmente asuma esa realidad, y creemos que eso es sumamente importante. También es sumamente importante dejar establecido con claridad, el reforzar la obligatoriedad del Estado en la educación primaria y secundaria, y no eludir esa responsabilidad constitucional, como han querido hacer los gobiernos de turno. Hay que reforzar con claridad la educación técnica y la educación superior.

Entonces, aunque el día de hoy aprobemos la ley en lo general, los hermanos y hermanas de la Comisión de Educación tienen todavía una ardua labor por delante, que es asumir con seriedad, con profesionalismo pero con apertura, todos los aportes que están llegando del Sistema de Educación Superior, del Sistema de Educación Autónomo, el reforzamiento a los sistemas primarios y secundaria para, como decía Carlos Gadea, dotar al país de una ley moderna, pero una ley que garantice un derecho fundamental de las y los nicaragüenses. Nicaragua no se puede desarrollar si no es a través de la educación, por eso ésta es una ley de suma importancia en esta legislatura.

Estamos de parabienes con esta aprobación, y queremos dejar un claro mensaje del respaldo unánime de esta Asamblea Nacional a la Ley General de Educación.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputada Reyna Jerez García, tiene la palabra.

DIPUTADA REYNA JEREZ:

Gracias, señor Presidente.

En esta oportunidad, también sumo mi alegría porque en este momento se está discutiendo una Ley General de Educación. Ya era tiempo, porque los maestros con mucho empeño han elevado su voz para pedir que ya se legalice una ley que esté metida en un marco jurídico, la Ley de Educación, porque realmente la educación ha sido olvidada por mucho tiempo. La educación es una responsabilidad de todos los nicaragüenses; no puede haber un país desarrollado si no hay educación. Felicito a la Comisión de Educación que preside nuestro colega Orlando Mayorga, por esta ley que ha logrado introducir a este Plenario en este día.

Y quiero pedirle a la Comisión, que no se deje por fuera la necesidad que tiene la educación como punto importante, especialmente en lo que se trata de la educación técnica básica, porque he visto en la ley, que está la educación técnica superior y técnica media, pero la técnica básica que la conforman todos aquellos programas técnicos donde está la mano obrera, donde está el técnico habilitado, se ha descuidado por mucho tiempo. Desde 1990 la educación de obreros habilitados está sin ninguna orientación, sin ningún apoyo en el sistema educativo, no la atiende ni el instituto técnico, ni la atiende el Ministerio de Educación.

Espero que pronto esta ley llegue a Comisión y se vuelva a analizar punto por punto, no dejando fuera este mensaje al que hoy me sumo, y también que pronto sea esta ley dictaminada en lo particular.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Diputado Porfirio Castro Aráuz, tiene la palabra.

DIPUTADO PORFIRIO CASTRO:

Gracias, señor Presidente.

Les pido a todos los Diputados que apoyemos unánimemente esta Ley General de Educación, para que tengamos una mejor educación. Además de eso, yo estuve en esta Comisión, y al principio del año hicimos un viaje al vecino país del Sur para dar mejores aportes a esta Ley General de Educación. Creo que en verdad no deberíamos de perder tiempo, ya que se viene analizando desde el Gobierno pasado. También creo que hay que apresurar el paso, y les pido a todos los Diputados que demos un voto masivo a favor de esta ley.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:

Luego de esta fructífera discusión, vamos a proceder a votar el Dictamen de la Ley General de Educación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

74 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general, la Ley General de Educación.

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN NÚMERO DOS DE LA HONORABLEA ASAMBLEA NACIONAL. VIGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA.

15 de Febrero de 2006.-

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS:

En el Tomo IV Punto 3.27: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, que fue aprobada en lo general el día 30 de junio del 2005. Por lo tanto, vamos a lo particular de la ley.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Vamos a someter a votación esta ley, si es por artículos o por capítulos.

Los que estén por capítulos votan en verde; los que estén por artículos en rojo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor de que se discuta por capítulos. Se aprueba la moción de discutirla por capítulos.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDOS

I
Que el Estado nicaragüense en materia de educación ha suscrito una serie de compromisos con la comunidad internacional de naciones a través de cumbres regionales y mundiales con el objeto de propiciar en Nicaragua una educación para todos y para toda la vida (Jomtiem 1990, Dakar 2000, Salamanca 1996, entre otros) y el Artículo 46 de la Constitución Política de Nicaragua, establece la vigencia de los derechos contenidos en diversos instrumentos de derechos humanos del sistema universal e interamericano de protección que reconocen la educación como un derecho humano.
II

Que la educación tiene como objetivo la formación plena e integral de las y los nicaragüenses; dotarles de una conciencia crítica, científica y humanista; desarrollar su personalidad y el sentido de su dignidad; y capacitarles para asumir las tareas de interés común que demanda el progreso de la nación.
III

Que la Educación es factor fundamental para la transformación y el desarrollo del ser humano y la sociedad.
IV

Que la Educación es un proceso único, democrático, creativo y participativo que vincula la teoría con la práctica, el trabajo manual con el intelectual y promueve la investigación científica. Se fundamenta en nuestros valores nacionales; en el conocimiento de nuestra historia y recuperación de su memoria; de la realidad; de la cultura nacional y universal y en el desarrollo constante de la ciencia y de la técnica; cultiva los valores propios de las nuevas generaciones, de acuerdo con los principios establecidos en la Constitución Política de Nicaragua.
V

Es obligación del Estado promover la participación de la familia, de la comunidad y del pueblo en la educación y garantizar el apoyo de los medios de comunicación social a la misma.
VI

Que la educación es función indeclinable del Estado. Corresponde a éste planificarla, dirigirla y organizarla. El sistema nacional de educación funciona de manera integrada y de acuerdo con planes nacionales. Es deber del Estado formar y capacitar en todos los niveles y especialidades al personal técnico y profesional necesario para el desarrollo y transformación del país.
VII

Que es papel fundamental del magisterio nacional la aplicación creadora de los planes y políticas educativas. Los maestros y maestras tienen derecho a condiciones de vida y trabajo acordes con su dignidad y con la importante función social que desempeñan por lo que se les debe promover, estimular y desarrollar el respeto a su labor en la comunidad educativa y sociedad en general.
VIII

Que el acceso a la educación es libre e igual para todas y todos los nicaragüenses. La enseñanza primaria es gratuita y obligatoria en los centros del Estado. La enseñanza secundaria es gratuita en los centros del Estado, sin perjuicio de las contribuciones voluntarias que puedan hacer los padres de familia. Nadie podrá ser excluido en ninguna forma de un centro estatal por razones económicas. Los pueblos indígenas y las comunidades étnicas de la Costa Atlántica tienen derecho en su región a la educación intercultural en su lengua materna y el estudio del español como idioma nacional.
IX

Que es obligación del Estado garantizar que las personas adultas gocen de oportunidades para educarse y desarrollar habilidades por medio de programas de capacitación y formación.
X

Que la educación en Nicaragua es laica. El Estado reconoce el derecho de los centros privados dedicados a la enseñanza y que sean de orientación religiosa, a impartir religión como materia extracurricular.
XI

Las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior gozan de autonomía académica, financiera, orgánica y administrativa. Según lo establecido en el Arto. 125 de nuestra Constitución Política.
XII

Que el Código de la Niñez y adolescencia consagra para la niñez y la adolescencia el derecho a gozar del nivel más alto posible de educación, y constituye este sector poblacional el primer e interés superior del estado en protegerlo y asegurar como prioridad las medidas para asegurar su derecho humano a la educación.
XIII

Nicaragua asume los compromisos y acuerdos internacionales; Código de la Niñez, acuerdos Dakard.Jomtiem de 1990, Salamanca etc.
XIV

Que es necesario armonizar los avances normativos con que cuenta la sociedad nicaragüense entre los que destacan, la Ley de Autonomía Universitaria, la Ley de Carrera Docente, Ley de Participación Educativa, Decreto Creador del Consejo Nacional de Educación, Comisión de Ciencia y Tecnología y de Creación del Instituto Nacional Técnico (INATEC), subsistemas y de otras entidades educativas tanto medias como superiores.
POR TANTO
HA DICTADO:

La siguiente:

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

OBJETO Y ALCANCE DE LA LEY

Arto. 1. Esta Ley tiene por objeto, establecer los Lineamientos Generales de la Educación y del Sistema Educativo Nacional, las atribuciones y obligaciones del Estado, los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora. Se regulan todas las actividades educativas desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en todo el país.

Arto. 2. La presente Ley es de observancia general y sus disposiciones son de orden público e interés social.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el Capítulo I.

Observaciones al artículo 1.

Tiene la palabra el diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Antes de entrar a lo concreto, queríamos recordar que éste es un momento histórico, después de 106 años en que Nicaragua no ha tenido ni tendrá, si no lo aprobamos hoy, una Ley General de Educación.

Quiero decirle al señor Presidente y a la Junta Directiva, muy respetuosamente, que afuera hay cantidades de maestros que están muy preocupados y muy interesados porque esta ley se apruebe, y quisiéramos que el Plenario y la Junta Directiva autorizaran el ingreso a estos educadores, que han venido de los diferentes departamentos para observar hoy la aprobación de esta ley, que históricamente significa para nosotros un proceso y un avance en la calidad de la educación. Insisto, los educadores vienen de los diferentes lugares para apreciar y poder estar en este momento histórico para la educación, que después de 106 años tengamos la posibilidad de regular el sistema de educación en este país.

Así que, respetuosamente les solicito, señor Presidente, Junta Directiva y Plenario, que puedan ingresar los educadores que están afuera, para que aprecien este hecho histórico que le tocará a esta Asamblea al aprobar esta ley.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, señor Presidente.

En esta mañana quisiera expresar mi gratitud a la mejor toma de decisión que la Junta Directiva ha realizado en estos días, y es lo que tiene que ver específicamente con el cumplimiento del compromiso público y político que hicieron las bancadas respectivas, de que la primera ley que tenía que ser aprobada en esta legislatura, fuera la Ley General de Educación. Así que felicito de una forma personal a la Junta Directiva por dar cumplimiento a ese compromiso. Creo que es loable el hecho de que hoy trabajemos para que sea aprobada esta Ley General de Educación, que es una ley consensuada, una ley que no va tener ninguna objeción de parte de los diputados, ya que han sido firmadas todas las mociones, y es por eso esperamos trabajar rápidamente. Así que, Presidente, siéntase victorioso cuando esta ley ya esté ratificada y legislada en su totalidad.

Muy amable Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el honorable diputado Donald Lacayo Núñez.

DIPUTADO DONALD LACAYO NÚÑEZ:

Muchas gracias, Presidente.

Alguien dijo por ahí, que “honor a quien honor merece”, y las cosas de la vida no sólo son de críticas, ciertamente son de reconocimiento fundamental a los hombres que hacen posible que en Nicaragua se vaya avanzando por los caminos del bienestar y en la consecución de objetivos, nobles y leales y de beneficio para el pueblo nicaragüense.

Yo me sumo a lo que decía el Diputado Mayorga, y quiero felicitar a los honorables miembros de la Junta Directiva pues me parece que ha sido un paso trascendental, totalmente afortunado, que la Junta Directiva ha dado para poner en discusión de los miembros del honorable Plenario esta Ley General de Educación.

Señor Presidente, yo quería intervenir brevemente sin hacer panegíricos de ninguna naturaleza aquí, más bien es para recordarle a la juventud nicaragüense, al pueblo nicaragüense y a los miles de nicaragüenses, que esta Ley de Educación es precisamente la piedra angular en que descansa el porvenir de los pueblos. No hay avance en ningún pueblo del mundo, no hay desarrollo, ni material, ni espiritual, ni moral, si no tenemos una educación sustentada y fomentada a través de principios sólidos y estables. Por eso, yo creo que después de tantos años, venir ahora a aprobar esta Ley General de Educación, es un avance significativo para el pueblo nicaragüense.

Ciertamente, dentro del inmenso sacrificio que hemos hecho todos los nicaragüenses en las distintas épocas de la historia en que nos ha tocado vivir, unos que nacieron en determinados lugares, -en el caso particular mío, un chontaleño-, que nos hemos esforzado los que venimos de las provincias por sacar títulos universitarios, por estudiar y por superarnos en la vida, estamos total y absolutamente convencidos que sólo la educación es la piedra fundamental en que descansa el porvenir de los pueblos. No hay manera, no hay otra forma en la historia de la humanidad que se pueda conocer, que no sea a través de un proceso de educación primara, secundaria, universitaria, en que profesionales y técnicos podamos ir avanzando en el desarrollo, no sólo de la democracia, sino en la consolidación de estos procesos tan difíciles que nos ha tocado vivir a los nicaragüenses por tantos años.

De tal manera, y no quiero hacerlo más largo, yo también me congratulo, felicito al pueblo nicaragüense y ojalá hagamos de esta ley un instrumento útil y necesario para que la juventud nicaragüense, esos jóvenes que son el porvenir de la patria, puedan tener un instrumento en sus manos y la sepan valorar, la sepan manejar y estimar, en la medida en que va a ser lógicamente útil a su desarrollo y su formación profesional.

Este es un día ciertamente importante para Nicaragua, es un día en que estamos renovando los mismos valores morales en que se asienta la nicaraguanidad; estamos renovando los valores intelectuales del pueblo nicaragüense; estamos dándole suspiro a los nicaragüenses en términos de decirle, aquí está esta Ley General de Educación, analícenla, estúdienla y que sea parte cotidiana de sus vidas como es La Biblia para los que somos católicos y la leemos.

Esta Ley de Educación, ciertamente cumple todas esas metas y todos esos objetivos que nos hemos trazado; Nicaragua debe estar de fiesta, y debe estar feliz, y yo creo que al aprobarla al más breve plazo es lo mejor, lo más saludable y lo más sano que podemos hacer en esta Asamblea Nacional.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el honorable diputado Nathán Sevilla Gómez.

DIPUTADO NATHÁN SEVILLA GÓMEZ:

Gracias, señor Presidente.

Viendo la parte considerativa de la ley, que es lo que está en este momento en debate para su aprobación por capítulos, es importante señalar que ésta es una ley muy avanzada para la educación nicaragüense, porque toma en cuenta una serie de principios que están plasmados en los considerandos, que llevados a la práctica le dan a nuestro país una ubicación acorde con los avances de la educación en el mundo entero. Por ejemplo, la formación de una conciencia crítica, científica y humanista, transformar al ser humano y a la sociedad, al mismo tiempo, sin mentar la educación en valores nacionales, conocimientos, de nuestra propia historia, nuestra propia realidad, nuestra propia cultura, y el desarrollo también de la ciencia y la técnica a nivel universal.

Aquí se está planteando la participación de la familia, de la comunidad y del pueblo en general, en todos los procesos de la educación; y se está plasmando también, que la educación es una función indeclinable del Estado. Este es un principio fundamental por el que luchan los pueblos contra el neoliberalismo, contra la privatización de la educación.

También el papel fundamental del magisterio nacional se deja plasmado aquí, porque es el magisterio nacional quien de manera creadora aplica los planes y las políticas educativas. También se dice que tiene derecho el magisterio nacional a unas condiciones de vida digna, y esto es muy importante, porque aquí se ha venido dando, año con año, una pelea por mejorar la condición del maestro, y nosotros como parlamentarios debemos seguir poniendo el acento en este aspecto que es fundamental.

Se habla de la igualdad de derechos de los nicaragüenses en cuanto a la educación, la gratuidad, tanto de la enseñanza primaria como secundaria en todas las instituciones públicas, que dicho sea de paso, el papel del Estado en la educación se ha disminuido bajo las políticas neoliberales desde 1990 para acá, y es necesario aumentar los presupuestos de la educación pública para que los nicaragüenses no se vean forzados por situaciones de falta de capacidad de las escuelas públicas, de poder entrar en las que el Estado financia y se ven obligados a pagar una escuela privada que es muy costosa para las muchas familias nicaragüenses.

También aquí el principio de respeto a las comunidades indígenas de la Costa Atlántica queda plasmado, el derecho a la educación intercultural en su lengua materna y el estudio de Español, como la lengua del idioma nacional. Aquí el enfoque no sólo es para los niños sino también es para los adultos, que tienen derecho a una educación permanente.

Se reafirma el principio del laicismo en la educación; es un avance de la educación nicaragüense desde los tiempos de aquel liberalismo avanzado de Zelaya en el siglo pasado; la autonomía de los centros de educación superior queda aquí respetada como un principio fundamental; se reconoce también el avance con el Código de la Niñez y la Adolescencia y se plantea la necesidad de una armonía de todo lo que tienen que ser las leyes de autonomía, carrera docente, participación educativa, es decir, de todo el sistema legal que tiene que ver con la educación nicaragüense.

Por todo esto, señor Presidente, creo que estamos dando un paso fundamental, pero que no debe quedarse escrito sólo en el papel, sino que esto necesita políticas económicas decididamente muy claras, para levantar la dignidad del magisterio y para aumentar la cobertura de la educación pública en Nicaragua.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación el Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Objeto y Alcance de la Ley, que son las disposiciones generales del Capítulo I.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS, FINES Y OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN NACIONAL

PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN

Arto. 3. La Educación Nacional se basa en los siguientes principios:

a) La educación es un derecho humano fundamental. El Estado tiene frente a este derecho la función, deber indeclinable de planificar, dirigir, organizar, promover, velar y lograr el acceso de todos los nicaragüenses en igualdad de oportunidades.

b) La educación es creadora en el ser humano de valores sociales, ambientales, éticos, cívicos, humanísticos y culturales, está orientada al fortalecimiento de la identidad nacional. Reafirma el respeto a las diversidades religiosas, políticas, étnicas, culturales, psicológicas, de niños y niñas; que apunta al desarrollo de capacidades de autocrítica y crítica, de participación social desde el enfoque de una nueva ciudadanía formada en el respeto a la dignidad humana.

c) La educación se regirá de acuerdo a un proceso de administración articulado, descentralizado, participativo, eficiente, transparente, como garantía de la función social de la educación, sin menoscabo de la autonomía universitaria, el cual deberá interactuar con la educación no formal para alcanzar la formación integral.

d) La educación es un proceso integrador, continuo y permanente, que articule los diferentes subsistemas, niveles y formas del que hacer educativo.

e) La educación es una inversión en las personas, fundamental para el desarrollo humano, económico, científico y tecnológico del país y debe establecerse una necesaria relación entre la educación y el trabajo.

f) El estudiante es el verdadero artífice de sus propios aprendizajes en interacción permanente con sus maestros y maestras, compañeros y compañeras de estudio y su entorno.

g) El maestro y la maestra son factores claves y uno de los principales protagonistas del proceso educativo; tiene derecho a condiciones de vida y trabajo, de acuerdo con la dignidad de su elevada misión.

h) Es deber y derecho de madres y padres de familia, instituciones y organizaciones y demás integrantes de la sociedad civil participar activamente en la planificación, gestión y evaluación del proceso educativo, dentro de la realidad nacional, pluricultural y multiétnica.

FINES DE LA EDUCACIÓN

Arto. 4. De conformidad con la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

a) El pleno desarrollo de la personalidad, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

b) La formación de los estudiantes en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia social, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

c) La formación de las personas sin distingos por razones de raza, credo religioso, posición política, sexo o condición social, para facilitar la participación de todos y todas en las decisiones que afectan la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.

d) El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y su identidad, la protección a la soberanía nacional, la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.

e) El acceso a la Ciencia, la Técnica y la Cultura, el desarrollo de la capacidad crítica, autocrítica, reflexiva, analítica y propositiva que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado al mejoramiento de la calidad de vida de la población, a la participación ciudadana en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.

f) La adquisición de compromisos de conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, el uso racional de los recursos naturales, de prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica de defensa del patrimonio de la nación.

g) La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamentos del desarrollo individual y social.

h) La educación nicaragüense es laica; el Estado se abstendrá de impartir a los estudiantes una religión oficial en los Centros Educativos Públicos.

OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN

Arto. 5. Son objetivos de la Educación, los siguientes:

a) Desarrollar en los y las nicaragüenses una conciencia, moral, crítica, científica y humanista; desarrollar su personalidad con dignidad y prepararle para asumir las tareas que demanda el progreso de la Nación.

b) Promover el valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad de los nicaragüenses ante ésta. Fomentar las prácticas democráticas y la participación ciudadana en la vida del país.

c) Desarrollar la educación del nicaragüense a través de toda su vida, en todas sus etapas de desarrollo y en las diferentes áreas, cognoscitiva, socio afectiva, laboral.

d) Ampliar los servicios educativos en todo el país, los cuales deberán responder a las demandas sociales y las necesidades locales que se concretan en la educación.

e) Desarrollar en los estudiantes, habilidades que les permitan aprender tanto lo que les brinda la escuela como fuera de ella para que sea capaz de desarrollar competencias que lo habiliten para el trabajo.

f) Formar a todos y todas las personas el respeto a la Ley, a la cultura nacional, a la historia nicaragüense y a los símbolos patrios, como instrumento fundamental para la transformación y desarrollo de la persona y de la sociedad.

g) Formar ciudadanos productivos, competentes y éticos que propicien e desarrollo sostenible en armonía con el medio ambiente y respetando la diversidad cultural y étnica.

h) Preparar al ciudadano y la ciudadana en igualdades, oportunidades prepararlos para los distintos ámbitos de la vida en la que sean capaces de desempeñar los diversos roles que la sociedad nicaragüense demanda.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 3.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

Moción de consenso: "Agregar en el literal a) del artículo 3, después de la palabra "función" y después de la palabra "planificar, financiar y administrar". A la vez agregar en el literal b) del mismo artículo, después "de niños”, “jóvenes y adultos”.

Agregar un inciso e) del mismo artículo, después de "trabajo": “La educación es un factor imprescindible para la transformación de las personas, la familia y el entorno social”.

Y agregar un inciso g), siempre en el mismo artículo, después de “trabajo y salario”.

Agregar en el literal h) del mismo artículo, después de la palabra “padres de familia”, "comunidades”.

Presento moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 4.

Tiene la palabra el honorable diputado Roberto Sánchez Tórrez.

DIPUTADO ROBERTO SÁNCHEZ TÓRREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Tenemos una moción de consenso para el artículo 4, que dice lo siguiente: "Cambiar en el literal c) la palabra “país” por “nación”.

Agregar un nuevo literal: "La formación integral de los niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres de la Costa del Caribe, en todos los niveles del sistema educativo, el respeto, rescate y fortalecimiento de las diversas identidades étnicas, culturales y lingüísticas”.

Paso moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción del artículo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 5.

Tiene la palabra, el diputado Roberto Rodríguez.

DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO:

Gracias, señor Presidente.

Quiero presentar una moción de consenso al artículo 5, que consiste en lo siguiente: "Cambiar en el acápite a), la palabra “progreso” por “desarrollo”.

En el b), cambiar el termino “observancia” por “cumplimiento”.

En el literal d), cambiar “servicios educativos" por "la infraestructura y plazos de maestros para garantizar el derecho educativo”.

Y agregar al literal g), la palabra “ciudadanas”.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción presentada.

A votación el Capítulo II, con todas las mociones presentadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo II, Principios, Fines y Objetivos Generales de la Educación Nacional.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Capítulo III

FUNDAMENTOS Y ENFOQUES DE LA EDUCACIÓN NICARAGÜENSE

Arto. 6 Definiciones Generales que expresan el enfoque de la educación nicaragüense:

a) La Educación como Derecho Humano: La educación es un derecho humano inherente a todas las personas sin distingos de edad, raza, creencia política o religiosa, condición social. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y todas. La sociedad tiene la responsabilidad de contribuir a la educación y el derecho a participar en su desarrollo.

b) La Educación como Proceso Pedagógico es un proceso, a través del cual se prepara al ser humano para la todos los ámbitos de la vida en sociedad, a través de ésta se apropia de la Ciencia y la Técnica para transformar el medio en que se desenvuelve. Es un proceso democrático, creativo y participativo que promueve la formación científica y moral, utilizando la investigación científica como método de aprendizaje que permita la apropiación del conocimiento el desarrollo de hábitos y habilidades de forma activa destacando el rol del maestro y la maestra como mediadores de este proceso.

c) Educación Permanente: se define como educación durante toda la vida, se aprende a re-aprender, se aspira a la renovación constante de los saberes y prácticas adoptadas para enriquecerse en el plano de la cultura general y en el de la competencia profesional a largo de toda la vida.

d) Equidad de la educación: Siendo la educación un derecho fundamental inherente a la condición humana la equidad pretende superar las exclusiones y desigualdades que afectan a las personas (niños, niñas, jóvenes y adultos) a la hora de tener acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo global, relacionando esta última con la calidad y pertinencia de los aprendizajes y la formación de una persona de calidad. La equidad se podría ubicar en esta frase: "Educación para todos y éxito de todos en la educación".

e) Calidad de la educación: Se entiende por calidad el criterio transversal de la educación nicaragüense que desafía los procesos educativos en relación con los resultados académicos y con la relevancia de los aprendizajes para la vida de los educandos. Abarca la concepción, diseño de planes y programas de estudio que conforman parte importante del currículum; así como el desempeño o rendimiento de los educandos, del propio sistema educativo como tal y de la educación en su relación con el capital humano requerido por el desarrollo de la nación. La calidad de la educación apunta a la construcción y desarrollo de aprendizajes relevantes, que posibiliten a los educandos enfrentarse con éxito ante los desafíos de la vida y que cada uno llegue a ser un sujeto-actor positivo para la comunidad y el país.

f) Pertinencia de la educación: Constituye el criterio que valora si los programas educativos, los procesos relacionados con el logro de sus contenidos, métodos y los resultados, responden a las necesidades actuales y futuras de los educandos, así como a las exigencias del desarrollo global del país y a la necesidad de ubicarse con éxito en la competitividad internacional.

g) Currículo : Es el instrumento tecnico-pedagógico con valor de política pública con el que se pretende alcanzar los fines y objetivos de la Educación y está constituido por un conjunto articulado de conocimientos, habilidades, destrezas, valores, y actitudes, que se concretan a través de la interacción del estudiante con la ciencia, la tecnología y la cultura, su objetivo es propiciar la adquisición de saberes que tengan significación y relevancia en la solución de problemas locales y nacionales permitiendo situar al estudiante en la época histórica que le toca vivir. El currículo educativo nacional debe incorporar las necesidades nacionales y locales a fin de asegurar su pertinencia.

h) El Sistema Educativo Nacional: Está integrado por el Subsistema de Educación Básica y Media, Subsistema de Educación Técnica, Subsistema de Educación Superior. La organización de los subsistemas se lleva a cabo a través de instancias niveles y modalidades integradas y articulados vertical y horizontalmente, para garantizar la formación progresiva del ciudadano nicaragüense.

i) Educación Inclusiva: Por educación inclusiva se entiende el proceso mediante el cual la escuela o servicio educativo alternativo incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades. Se propone responder a todos los estudiantes como individuos reconsiderando su organización y propuesta curricular.

j) Educación Formal: Es la educación que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos con sujeción a pautas curriculares progresivas, y conducente a grados y títulos, atiende a estudiantes que pasan, oportunamente, por el proceso educativo de acuerdo con su evolución física, afectiva y cognitiva, desde el momento de su nacimiento.

k) La Educación No Formal: Es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados académicos.

l) La Educación Informal: Es todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros comportamientos no estructurados.

m) La Educación Multigrado: Es un proceso que se da de forma gradual, adecuando el currículo a las características del desarrollo socioeconómico, productivo y cultural de la comunidad. Requiere del uso de estrategias de aprendizaje que permitan la atención de forma simultánea a diferentes grados.

n) El Aprendizaje: Es un proceso creativo, donde el estudiante es el creador de su propio aprendizaje en el cual el maestro o maestra provee de los medios y recursos a fin de que éste pueda alcanzar de manera progresiva los objetivos de la educación, se debe partir de las experiencias previas del estudiante, para que sea capaz de agregarlo a su red de significados y sea incorporado en su estructura cognitiva.

o) Educación para jóvenes y Adultos: La educación para jóvenes y adultos es aquella que permite complementar la educación de las personas que por razones socioeconómicas y de otra índole no cursaron la Educación Básica y Media con la finalidad de integrarlas al proceso económico, social, político y cultural de nuestro país.

p) Educación a Distancia: La educación a distancia se diseña generalmente para atender a los estudiantes que por diversas razones no pudieron asistir a la educación regular y a través de los recursos tecnológicos existentes se producen los procesos de enseñanza y aprendizaje, mediados siempre por el maestro. Generalmente se acompañan de enseñanza Radiofónica Televisiva, Medios Impresos, enseñanza virtual etc.


De la Equidad, Acceso y Permanencia en la Educación:

Arto. 7. La Equidad, entendida como el derecho de toda persona a la educación y a que ésta sea un servicio al que todo nicaragüense pueda accesar en condiciones de igualdad con la misma calidad, en la que se logren conjugar las necesidades sociales y locales.

Arto.8. El acceso a la educación pública es libre, gratuito e igual para todos los y las nicaragüenses. El Estado y sus dependencias correspondientes, garantizan el acceso a la educación pública a todos los nicaragüenses.

De la Calidad en Educación:

Arto.9. La calidad en educación apunta a la construcción y desarrollo de aprendizajes relevantes, que posibiliten a los estudiantes enfrentarse con éxito ante los desafíos de la vida y que cada uno llegue a ser un sujeto-actor positivo para la comunidad y el país.

Arto.10. Corresponde a las Autoridades Educativas de cada Subsistema de la Educación Nacional, prestar atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza en especial a:

a) La calificación del Magisterio
b) La planificación docente.
c) Los recursos educativos
d) La función administrativa de la educación.
e) La innovación y la investigación educativa.
f) La calidad de los egresados.
g) La supervisión y el apoyo metodológico.
h) La evaluación de los aprendizajes
i) Acreditación del Sistema Educativo.
j) La retribución salarial digna del Magisterio
k) El alumno, su ambiente y condiciones de vida
l) El calendario escolar.

Arto.11. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes es la instancia de dirección de la Educación Básica y Media y en aras de asegurar la calidad de la enseñanza, fomentará en los Centros Educativos la investigación, favorecerá la elaboración de proyectos que incluyan innovaciones curriculares, metodológicas, tecnológicas, didácticas y de organización en cada nivel y modalidad del sistema educativo.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 6.

Tiene la palabra el honorable diputado Vladimir Pineda Soza.

DIPUTADO VLADIMIR PINEDA SOZA:

Gracias, Presidente.

Es para presentar dos mociones de consenso, las voy a hacer de manera consecutiva para evitar dos intervenciones. Primera:

Eliminar la expresión “que expresan el enfoque”. En el literal a), después de la palabra, agregar “sexo e idioma”.

La otra moción es la siguiente:

Agregar un nuevo literal que diga: “El Subsistema SEAR, es el Subsistema Educativo Autonómico Regional, que organiza, dirige y gestiona la educación en los municipios y comunidades de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense”.

Agregar inciso h). Subsistema de Educación Autonómica Regional (SEAR) y Subsistema de Educación Extraescolar.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación el artículo 6, sobre la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 7.

Tiene la palabra el diputado Roberto Rodríguez.

DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO:

Gracias, señor Presidente.

Voy a presentar una moción de consenso, la cual sustituye el Título de “Fundamentos y Enfoques”, por “Definiciones de la Educación Nicaragüense”.

Gracias, señor Presidente.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado Reynaldo Mairena.

DIPUTADO REYNALDO MAIRENA VALLEJOS:

Voy a presentar una moción de consenso, que no difiere de la presentada por el Diputado Rodríguez, y es que en la segunda línea, cambiar la palabra “accesar” por “ingresar”.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación las mociones presentadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobadas las mociones presentadas.

Observaciones al artículo 8.

Tiene la palabra el honorable Diputado Reynaldo Mairena.

DIPUTADO REYNALDO MAIRENA VALLEJOS:

Presentamos otra moción de consenso, en la línea número uno, que es cambiar la palabra “ingreso” por la palabra “acceso”.

Moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Pasamos al artículo 9.

Observaciones al artículo 9.

Observaciones al artículo 10.

Tiene la palabra el honorable diputado Reynaldo Mairena.

DIPUTADO REYNALDO MAIRENA VALLEJOS:

Una moción de consenso para agregar dos incisos más, el inciso m) que diría “presupuesto educativo” y el inciso ñ) que diría “currículo pertinente”.

Paso la moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 10.

Observaciones al artículo 11.

A votación el Capítulo III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo III, que dice: Fundamento y Enfoque de la Educación Nicaragüense”.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
TÍTULO II
ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

CAPÍTULO I
DE LOS SUBSISTEMAS DE EDUCACIÓN NACIONAL

Arto. 12 Los subsistemas que integran el Sistema Educativo son:

a) Subsistema de la Educación Básica, Media y Formación Docente.

b) Subsistema de Educación Técnica.

c) Subsistema de Educación Superior.


Arto.13 Características del Sistema Educativo Nicaragüense:

El Sistema Educativo Nicaragüense responde a los fines y principios de la educación, es integrador, flexible y articula sus componentes para que toda persona pueda alcanzar un mayor nivel de aprendizaje y establece coordinaciones del Estado, la sociedad, empresas y medios de comunicación a fin de asegurar que el aprendizaje sea integral, pertinente y para potenciar el servicio educativo.

Arto.14 Articulación del Sistema Educativo Nacional:

El aseguramiento de la articulación y la trayectoria de las personas atendidas en el sistema, se aseguran a través de la certificación, convalidación y otros mecanismos determinados por el Consejo Nacional de Educación.

Arto.15 Etapas, Niveles, Modalidades, Ciclos y Programa:

El Sistema Educativo se organiza en:

a) Etapas: son períodos progresivos en que se divide el Sistema Educativo; se estructuran y desarrollan en función de las necesidades de aprendizaje de los estudiantes.

b) Niveles: son períodos graduales del proceso educativo articulados dentro de las etapas educativas.

c) Modalidad: son alternativas de atención educativa que se organizan en función de las características específicas de las personas a quienes se destina este servicio.

d) Ciclos: son procesos educativos que se desarrollan en función de logros de aprendizaje.

e) Programas: son conjuntos de acciones educativas cuya finalidad es atender las demandas y responder a las expectativas de las personas.

Arto.16 Finalidades de los Subsistemas:

El Sistema Educativo cumple a través de los subsistemas las finalidades siguientes:

a) Educación Básica:

La Educación Básica está destinada a favorecer el desarrollo integral del estudiante, el despliegue de sus potencialidades y el desarrollo de capacidades, conocimientos, actitudes y valores fundamentales que la persona debe poseer para actuar adecuada y eficazmente en los diversos ámbitos de la sociedad.

Con un carácter inclusivo atiende las demandas de personas con necesidades educativas especiales o con dificultades de aprendizaje.

b) La Educación Técnica. Es una forma de educación orientada a la adquisición de competencias laborales y empresariales en una perspectiva de desarrollo sostenible y competitivo. Contribuye a un mejor desempeño de la persona que trabaja, a mejorar su nivel de empleabilidad y a su desarrollo personal. Está destinada a las personas que buscan una inserción o reinserción en el mercado laboral y a estudiantes de Educación Básica.

c) Educación Superior. La Educación Superior está destinada a la investigación, creación y difusión de conocimientos; a la proyección a la comunidad; al logro de competencias profesionales de alto nivel, de acuerdo con la demanda y la necesidad del desarrollo sostenible del país.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el Título II, Capítulo I.

Observaciones al artículo 12.

Tiene la palabra la honorable diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar una moción de consenso. En el artículo 12, agregar en el numeral b) “información profesional”. Agregar en el literal d), “Subsistema Educativo Autonómico, Regional de la Costa Caribe Nicaragüense" (SEAR). Literal c), “Subsistema de Educación Extraescolar”.

Gracias.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 13.

Observaciones al artículo 14.

Tiene la palabra la honorable diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar otra moción de consenso al artículo 14. “Agregar después de la palabra “certificación”, “de competencia, reconocimiento de créditos académicos”.

Paso la moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 15.

Observaciones al artículo 16.

Tiene la palabra la honorable diputada Ana Lazo Álvarez.

DIPUTADA ANA LAZO ÁLVAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Tengo una moción de consenso, que es: “Agregar en el literal b), después de la palabra “Educación Técnica”, “y Profesional”. Y además agregar dos incisos, como es el inciso d) que diga:”Subsistema SEAR”, está destinado a atender la Educación Autonómica Regional de la Costa Caribe Nicaragüense. Y en el inciso e), Subsistema Extraescolar, atiende, reconoce e incluye todos los procesos y acciones que siendo desarrollados en el ámbito formal y no formal, producen aprendizaje.

Paso la moción de consenso.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

A votación el Capítulo I, del Título II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo I, De los Sistemas de Educación Nacional.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

CAPÍTULO II
DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA Y FORMACIÓN DOCENTE.

Arto.17 Este Subsistema es administrado y dirigido por el Ministerio de Educación Cultura y Deportes (MECD).

Arto.18 Son objetivos de la Educación Básica:

a) Formar integralmente al educando en los aspectos físico, afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y social, ejercer la ciudadanía y desarrollar actividades laborales y económicas que le permitan organizar su proyecto de vida y contribuir al desarrollo del país.

b) Desarrollar capacidades, valores y actitudes que permitan al estudiante aprender a lo largo de toda su vida.

c) Desarrollar aprendizajes en los campos de las ciencias, las humanidades, la técnica, la cultura, el arte, la educación física y los deportes, así como aquellos que permitan al educando un buen uso y usufructo de las nuevas tecnologías.

Arto.19 Organización:

La Educación Básica cuando la imparte el Estado es gratuita, y es obligatoria a partir del tercer nivel de educación inicial hasta el sexto grado de primaria; se ampliará gradualmente en los niveles posteriores. Se organiza en:

a) Educación Básica Regular.

b) Educación Básica Alternativa.

c) Educación Básica Especial.

Arto.20 Currículo de la Educación Básica:

El currículo de la Educación Básica es abierto, flexible, integrador y diversificado. Se sustenta en los principios y fines de la educación.

El Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales. En la instancia local se diversifican a fin de responder a las características de los estudiantes y del entorno; en ese marco, cada institución educativa construye la propuesta de Adecuación Curricular.

Las Autoridades Educativas locales con participación de la comunidad educativa y organizaciones de apoyo al mejoramiento de la educación, desarrollan metodologías, sistemas de evaluación, formas de gestión, organización escolar y horarios diferenciados, según las características del medio y de la población atendida, siguiendo las normas básicas emanadas del Ministerio de Educación Cultura y Deportes.

Arto.21 Características del currículo:

El currículo es valorativo en tanto responde al desarrollo armonioso e integral del estudiante y a crear actitudes positivas de convivencia social, democratización de la sociedad y ejercicio responsable de la ciudadanía.

El currículo es significativo en tanto toma en cuenta las experiencias y conocimientos previos y las necesidades de los estudiantes.

El proceso de formulación del currículo es participativo y se construye con la comunidad educativa y otros actores de la sociedad; por tanto, está abierto a enriquecerse permanentemente y respetar la pluralidad metodológica.

Arto.22 Culminación de la Educación Básica:

La culminación satisfactoria de la Educación Básica, en cualquiera de sus modalidades y programas, da derecho al diploma de egresado, según su perfil, para insertarse en el mercado laboral y lo faculte para acceder a niveles posteriores.

Arto.23 Educación Básica Regular:

La Educación Básica Regular es la modalidad que abarca los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria. Está dirigida a los niños, niñas y adolescentes que pasan, oportunamente, por el proceso educativo de acuerdo con su evolución física, afectiva y cognitiva, desde el momento de su nacimiento.

La Educación Básica Regular comprende:

a) Nivel de Educación Inicial:

La Educación Inicial constituye el primer nivel de la Educación Básica, atiende a niños y niñas menores de 6 años quienes por las características propias de su edad demandan la articulación de esfuerzos de diferentes sectores del Estado y la sociedad civil y un enfoque integral, que además de la ampliación cuantitativa de cobertura incluya los aspectos de salud nutrición, estimulación temprana, desarrollo de programas educativos según nivel, saneamiento ambiental en viviendas y comunidades, atención a la familia en especial a la mujer en una perspectiva de enfoque, de igualdad de acceso a la educación para los niños, niñas y adolescentes; así como la promoción de ambientes comunitarios que aseguren el cumplimiento de los derechos de la niñez. El grupo de edad 0-3 se atiende en modalidad no formal con mayor participación comunitaria y el grupo de edad de 3 a 5 en modalidad no formal y formal.

b) Nivel de Educación Primaria:

La Educación Primaria constituye el segundo nivel de la Educación Básica Regular y dura seis años. Tiene como finalidad educar integralmente a niños y niñas. Promueve la comunicación en todas las áreas, el manejo operacional del conocimiento, el desarrollo personal, espiritual, físico, afectivo, social, vocacional y artístico, el pensamiento lógico, la creatividad, la adquisición de las habilidades necesarias para el despliegue de sus potencialidades, así como la comprensión de los hechos cercanos a su ambiente natural y social.

c) Nivel de Educación Secundaria:

La Educación Secundaria constituye el tercer nivel de la Educación Básica Regular, es gratuita cuando se imparten en centros del Estado y dura cinco años. Ofrece a los estudiantes una formación científica, humanista y técnica. Afianza su identidad personal y social. Profundiza el aprendizaje adquirido en el nivel de Educación Primaria. Está orientada al desarrollo de competencias que permitan al educando acceder a conocimientos humanísticos, científicos y tecnológicos en permanente cambio. Forma para la vida, el trabajo, la convivencia democrática, el ejercicio de la ciudadanía y para acceder a niveles superiores de estudio.

Arto.24 Modalidad Multigrado:

Esta modalidad cumple los objetivos de la Educación Básica en general. Se aplican estrategias que permite la adecuación del currículo a las características del desarrollo socioeconómico, productivo y cultural de las comunidades. Se aplican estrategias de aprendizaje que permiten la atención simultánea a diferentes grados.

Arto.25 Educación Básica Acelerada y Educación de Jóvenes y Adultos:

La Educación Básica Acelerada de jóvenes y adultos es una modalidad que tiene los mismos objetivos y calidad equivalente a la de la Educación Básica Regular; enfatiza la preparación para el trabajo y el desarrollo de capacidades empresariales. Se organiza flexiblemente en función de las necesidades y demandas específicas de los estudiantes. El ingreso y el tránsito de un grado a otro se harán en función de las habilidades que el estudiante haya desarrollado.

La alfabetización está comprendida en la Educación Básica responde a las necesidades de:

a) Jóvenes y adultos que no tuvieron acceso a la educación regular o no pudieron culminarla.

b) Niños y adolescentes que no se insertaron oportunamente en la Educación Básica Regular o que abandonaron el Sistema Educativo y su edad les impide continuar los estudios regulares.

c) Estudiantes que necesitan compatibilizar el estudio y el trabajo.

Arto.26 Alfabetización:

Los programas de alfabetización tienen como fin el desarrollo de capacidades de lectoescritura y de cálculo matemático en las personas que no accedieron oportunamente a la Educación Básica. Tiene como finalidad fortalecer su identidad y autoestima, además los preparan para continuar su formación en los niveles siguientes del Sistema Educativo y para integrarse al mundo productivo en mejores condiciones. Se realizan en una perspectiva de promoción del desarrollo humano, del mejoramiento de la calidad de vida, y de equidad social y de género.

Arto.27 Educación Básica Especial:

La Educación Básica Especial tiene un enfoque inclusivo y atiende a personas con necesidades educativas especiales, con el fin de conseguir su integración en la vida comunitaria y su participación en la sociedad. Se dirige a:

a) Personas que tienen un tipo de discapacidad que dificulte un aprendizaje regular.

Esta se imparte con miras a su inclusión en aulas regulares, sin perjuicio de la atención complementaria y personalizada que requieran.

El tránsito de un grado a otro estará en función de las habilidades que hayan logrado y la edad cronológica, respetando el principio de integración educativa y social.

Arto.28 Educación Autonómica Regional:

Las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense cuentan con un Sistema Educativo Autonómico Regional orientado a formación integral de las mujeres y hombres de los pueblos indígenas y comunidades étnicas, basado en los principios de la autonomía, interculturalidad, solidaridad, pertinencia, calidad, en equidad, en especial a los derechos de niños y niñas, valores morales, cívicos, en la cultura regional y nacional para el desarrollo sostenible en lo económico, social, político y cultural, costeñas y costeños comprometidos y comprometidas con el desarrollo humano sostenible de su comunidad, región y la práctica permanente de la interculturalidad, con una sólida preparación científica, técnica y humanista fortaleciendo su identidad étnica, cultural y lingüística que contribuyan al proyecto de unidad en la diversidad.

Sus particularidades estarán definidas en el Título II, Capítulo IV de la presente Ley.

Arto.29 FORMACIÓN DOCENTE

La Formación Docente se concebirá desde una perspectiva integral que combine el desarrollo de contenidos y experiencias en los aspectos de conocimientos académicos, pedagógicos, de formación humana, ético-moral, práctica profesional y prácticas ecológicas.

La autoridad educativa correspondiente coordinará y estimulará la creación y desarrollo de planes e instituciones para la formación y perfeccionamiento del magisterio, así como la articulación con la educación superior para una mayor calificación que se corresponda con este nivel.

Arto.30 Los Objetivos Generales del Programa de Formación Docente son:

a) Formación pedagógica para ampliar y consolidar los conocimientos, las aptitudes, actitudes, destrezas y valores.

b) Apropiarse de nuevos modelos y estrategias didácticas que le permitan la selección de las estrategias más adecuadas para la atención a la diversidad.

c) Desarrollar habilidades para dirigir el Proceso de Enseñanza y Aprendizaje vinculándolo con la realidad nacional y local y adecuándolo a los prerrequisitos que trae el estudiante a fin de propiciar su propio aprendizaje.

d) Desarrollar acciones de Capacitación y Prácticas Pedagógicas centrados en el aprendizaje del estudiante.

e) Desarrollar habilidades en la planificación, organización, dirección, evaluación y control del Proceso Educativo.

f) Realizar Proyectos Educativos de Centro, a fin de integrar lo local y lo nacional y dar respuestas a los problemas educativos.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 17.

Observaciones al artículo 18.

Observaciones al artículo 19.

Observaciones al artículo 20.

Observaciones al artículo 21.

Tiene la palabra la diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

“En el artículo 20, agregar después de la palabra “diseñar” “en consulta con la comunidad educativa”, después de la palabra “nacionales”, “y deberá coordinar con las autoridades regionales autónomas para la educación de las particularidades propias”.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 21.

Observaciones al artículo 22.

Observaciones al artículo 23.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Voy a presentar unas mociones de consenso, pero le informo que esta moción es integral porque toca cuatro artículos, de tal forma que cubre al artículo 23, 24, 25 y 27. La razón es que están establecidos como artículos, pero son parte del Sistema de Educación Básica Primaria. Entonces vamos a reordenarlo y presentar la moción de consenso de una sola vez que implican estos cuatro artículos.

A partir del artículo 23, agregar un párrafo nuevo en el literal a), que dirá: “El grupo de 5 a 6 años de Educación Inicial, es atendido en Educación Formal”.

“Tercer Nivel de Preescolar. El objetivo del Tercer Nivel de Educación Inicial es desarrollar destrezas y preparar psicológicamente a los educandos para su éxito en Educación Básica, guiar sus primeras experiencias educativas, estimular el desarrollo de la personalidad y facilitar su integración en el Servicio Educativo. La relación maestro-alumno tendrá un promedio de 15 a 20 alumnos máximo”.

“Agregar en el literal b): Comprende primaria regular multigrado, educación básica acelerada y educación de adultos, educación básica especial, primaria nocturna”.

Agregar después de “niños”, “jóvenes y adultos”.

“En el literal c). Pasar posterior a educación básica especial y agregar: “Comprende secundaria regular, secundaria nocturna, secundaria a distancia”.

“Agregar un nuevo inciso b-6), que hable de la Educación Especial: Las instituciones educativas tanto privadas y públicas, están obligadas a desarrollar programas educativos que incorporen a las personas con otras habilidades, así como incorporar por mecanismo propio la enseñanza que incluya la lengua de señas nicaragüenses”.

“Artículos 24, 25 y 27 se convierten en literales del artículo 23 y se leerán de la siguiente manera: Literal b) Primaria Regular. Es impartida en jornada diurna, tiene una duración de 6 años, está dirigida a los niños y niñas que pasan oportunamente por el proceso educativo de acuerdo con su evolución básica, afectiva y cognoscitiva, desde los 6 a los 12 años y se articula con la secundaria regular”.

“Agregar en la modalidad de multigrado: Queda excluido de esta modalidad el primer grado, que deberá contar con maestros únicos sin considerar el número de estudiantes. La relación maestro nocturno estará en el trabajo de 15 a 20 alumnos”.

“Primaria nocturna: Es impartida en jornadas nocturnas, tiene una duración de 6 años, está dirigido a niños, niñas y adolescentes que no se incorporaron oportunamente en la educación básica regular o que fueron obligados a retirarse del Sistema Educativo y su edad les impide continuar los estudios regulares extra edad. Esta modalidad contempla un programa académico en áreas fundamentales: español, matemáticas, ciencias naturales y ciencias sociales y se articulan la secundaria nocturna”.

“Agregar al literal c) Secundaria regular. Es impartida en jornada diurna, tiene una duración de 5 años, está dirigida a jóvenes y adolescentes que pasan oportunamente por el proceso educativo de acuerdo a su evolución física, afectiva y cognoscitiva, desde los 12 a los 17 años. La relación maestro-alumno se ubica en el rango de 30 a 35 estudiantes”.

“Secundaria nocturna: Es impartida en jornadas nocturnas, tiene una duración de 5 años, está dirigida a jóvenes y adultos que no se incorporaron oportunamente en la educación básica regular o que fueron obligados a retirarse del Sistema Educativo Nacional y su edad o condiciones de trabajo le impide continuar los estudios regulares”.

“Secundaria a distancia: Está diseñada para estudiantes que por diversas razones no pueden asistir a la educación regular y a través de los recursos tecnológicos existentes se producen los procesos de enseñanza aprendizaje, mediado siempre por educadores; generalmente se puede acompañar de enseñanza radiofónica, televisiva, medios impresos y enseñanza virtual.

“En el numeral b-5), en el tercer párrafo, agregar: En vez de poner “se imparte”, se plantee: “Se desarrollará la filosofía de la...” Y continúa igual el inciso.

Esta es una moción de consenso, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Mociones aprobadas.

Observaciones al artículo 28.

Tiene la palabra el honorable diputado Fidel Moreno Briones.

DIPUTADO FIDEL MORENO BRIONES:

Muchas gracias, señor Presidente.

Muy buenos días colegas y visitantes.

Recordemos que la moción anterior modifica todo el articulado de este capítulo, así que la moción va referida al artículo 26 que habla de Alfabetización y que se constituye ahora en el nuevo artículo 27.

Lo que hace la moción es agregar posterior a lo que ya está en la ley, un segundo párrafo:

“Las alcaldías, en coordinación con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, Instituto Tecnológico Nacional y Centros de Educación Superior, impulsarán programas sostenidos de Alfabetización, previo diagnóstico y censo anual de analfabetas”.

Presento esta moción que goza del consenso de todas las bancadas.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra la honorable diputada Ana Lazo Álvarez.

DIPUTADA ANA LAZO ÁLVAREZ:

Gracias, señor Presidente.

El artículo 28 habla de la Educación Autonómica Regional, y se hará un cambio en una moción de consenso. Vamos a ubicar un nuevo capítulo, en el Capítulo IV que teníamos y habíamos leído anteriormente, de los diferentes subsistemas, y se leerá de la siguiente manera:

“Las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense, cuentan con un Subsistema Educativo Autónomo Regional orientado a la formación integral de las mujeres y hombres de los pueblos indígenas, afro descendientes y comunidades étnicas, basados en los principios de autonomía interculturalidad, solidaridad, pertinencia, calidad, equidad, así como valores morales y cívicos de la cultura regional y nacional; comprometidos y comprometidas con el desarrollo sostenible, la equidad de género y los derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes”.

“El SEAR tiene como uno de sus ejes fundamentales, la interculturalidad, promueve una sólida preparación científica, técnica y humanística, fortaleciendo su entidad étnica, cultural y lingüística que contribuyan al proyecto de unidad en la diversidad”.

Asimismo, en este capítulo se creará un artículo nuevo que se leerá de la siguiente manera:

“El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y el INATEC coordinarán con los gobiernos regionales de las Regiones Autónomas, a través de las Comisiones Mixtas Paritarias, previstas en el Reglamento del Estatuto de Autonomía, todo lo concerniente al SEAR, o sea al Sistema Educativo Autonómico Regional”.

Paso moción de consenso.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción.

Observaciones al artículo 29.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Posterior al artículo 29, agregar un nuevo artículo que se leerá de la siguiente forma:

“Artículo nuevo: La formación docente comprende las siguientes modalidades: Formación Inicial, Primaria: Es aquella que se imparte en las Escuelas Normales y está dirigida a formar docentes de primaria y sus diferentes modalidades, tiene una duración de cinco años, el título que se extiende es de Maestro de Educación Primaria.

Dos: Secundaria: Es aquella que se imparte en las Facultades de Ciencias de la Educación de las Universidades, y está dirigida a formar docentes de secundaria por especialidad. Tiene una duración de cinco años, el título que se extiende es Licenciado en Ciencias de la Educación, con mención en su especialidad.

Profesionalización: Es aquella que permite completar la educación de docente en ejercicio educativo, que por diversas razones no cursaron la formación inicial, se imparte a docentes de primaria y secundaria. Las instituciones educativas deben de organizar y desarrollar programas dirigidos a los docentes empíricos.

Formación permanente: Está diseñada para la actualización del docente. Puede ser realizada a través de cursos especiales y talleres pedagógicos, seminarios científicos y culturales, diplomados, postgrados, maestrías y doctorados.

Las áreas especiales de formación docente serán: didácticas, educación artística, educación especial integrada, psicología, pedagogía, interculturalidad, orientación educativa y profesional, tecnología educativa, investigación educativa, ley general de educación, educación en valores. Las escuelas de formación de docentes incorporarán en sus programas capacitación o estudios de lenguaje por señas nicaragüenses.

Presento la moción de consenso, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se cierra la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 30.

A votación el Capítulo II, Del Sistema de Educación Básica, Media e Información Docente.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II.

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS:
Capítulo III

SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Arto. 31 Este Subsistema brindará atención educativa a los jóvenes y adultos que deseen continuar estudios en este nivel para incrementar y consolidar sus capacidades intelectuales, científico-técnicas, formación integral y el fortalecimiento del ser humano, a fin de que puedan continuar estudios superiores o participar eficientemente en la vida del trabajo, por lo que deberán tener presente los perfiles ocupacionales y los puestos de trabajo que requiere el desarrollo del país.

Arto. 32 Componentes y Modalidades de la Educación Técnica.

Son modalidades de formación:

a) Habilitación: Modalidad dirigida a la formación de jóvenes y adultos que poseen conocimientos de acuerdo a los objetivos formativos del cuarto grado de Primaria.

b) Aprendizaje: Modalidad dirigida a la formación de jóvenes y adultos que poseen los conocimientos de acuerdo a los objetivos del sexto grado.

Arto. 33 La Educación Técnica se lleva a cabo en las siguientes áreas:

a) Agropecuaria y Forestal.

b) Industria y Construcción.

c) Comercio y Servicio.

DEL INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO
(INATEC)

Arto. 34 El Instituto Nacional Tecnológico, es un organismo descentralizado del Estado, con personería jurídica, patrimonio propio y de duración indefinida, con plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones.

El domicilio del INATEC estará situado en la ciudad de Managua, pudiendo establecer delegaciones y otras oficinas en cualquier parte del territorio nacional.

El Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), tendrá como finalidad, formar y capacitar los Recursos Humanos del nivel No superior, que requiere el país; así como también, contribuir al desarrollo económico y al mejoramiento de vida del pueblo nicaragüense, mediante la formación de mano de obra calificada y técnicos de nivel medio y básico.

El INATEC estará formado por:

1. El Subsistema de Capacitación:

a. En todas sus modalidades y modos de formación

2. El Subsistema de Educación Técnica:

a. Técnico Básico
b. Técnico Medio
c. Bachillerato Técnico

3. Programas Especiales:

a. Atención a la pequeña y microempresa
b. Atención a la mujer
c. Rehabilitación profesional
d. Autoconstrucción de vivienda

Arto. 35. La Administración del INATEC estará a cargo de un Presidente, el que será nombrado por la Asamblea Nacional, por un período de cuatro años, y quien tendrá la representación legal del Instituto, con facultades de Apoderado Generalísimo, en relación a las atribuciones propias del Instituto. Además, habrá un Vicepresidente, también nombrado por la Asamblea Nacional.

Además, contará con un Consejo Tripartito, el que estará integrado de la siguiente manera:

a. El Presidente del INATEC
b. Un representante del Ministerio del Trabajo
c. El Ministro de Educación, Cultura y Deportes
d. Dos representantes del sector privado
Dos representantes de los trabajadores

Arto.36 Los recursos económicos del Instituto, estarán constituidos por:

El aporte mensual obligatorio del 2% sobre el monto total de la planilla de sueldos brutos o fijos a cargo de todos los empleados de la República.

Las partidas o asignaciones para Gastos Corrientes y de Inversión, que le fuesen aseguradas anualmente en el Presupuesto General de la República.

Legados, aportes y donaciones que sean concebidas por personas naturales y jurídicas, así como entidades u organismos, tanto nacionales como extranjeros.

Los ingresos por concepto de trabajos realizados o venta de artículos elaborados en el proceso de formación profesional.

El producto de recargo y multas establecidas en los Reglamentos y Normativas que se establezcan para tal fin.

Arto. 37 El INATEC tendrá los siguientes fines y objetivos:

a) Administrar, organizar, planificar, ejecutar y evaluar las actividades del Subsistema de Formación Profesional como parte integrante del Sistema Educativo Nacional.

b) Impulsar el desarrollo coherente y armonioso de los recursos humanos calificados que requiere el desarrollo socioeconómico del país.

c) Desarrollar la formación profesional en relación directa con los requerimientos de los sectores económicos nacionales y los intereses individuales de las personas.

Arto.38 El INATEC tendrá las siguientes atribuciones:

a) Formular, dirigir y ejecutar las políticas para la capacitación laboral, de carácter técnico y metodológico, que requiere el desarrollo socioeconómico del país.

b) Ejecutar programas de formación profesional, dirigido a personas mayores de catorce años y a grupos especiales de la población, para que éstos puedan ejercer un empleo técnico, adaptarse a uno nuevo y mejorar su calificación técnica.

Los trabajadores y estudiantes que estuvieren domiciliados en zonas geográficas afectadas por el desempleo, sub-empleo o migraciones o en zonas que el gobierno considere de interés, tendrán prioridad para participar en estos programas.

c) Crear y ejecutar programas especiales de atención a la mujer, desempleados y personas en situación de discapacidad, así como programas de capacitación en apoyo a cooperativas y pequeñas micro-empresas.

d) Organizar, planificar, controlar y evaluar las actividades de formación profesional bajo su competencia.

e) Diseñar y ejecutar programas de formación y perfeccionamiento profesional en el Subsistema de Formación Profesional, de acuerdo a la demanda de las localidades, municipios y departamentos y a las posibilidades de trabajo existentes en estos.

f) Brindar asesoría técnica, metodológica y organizativa dirigida al personal directivo, técnico y administrativo de Centros e Institutos de Formación Profesional.

g) Autorizar y registrar la apertura y funcionamiento de Centros, Institutos, Escuelas y Politécnicos públicos y privados, que se incorporen al Subsistema de Formación Profesional, para brindar programas de capacitación laboral.

h) Normar e implementar el sistema de registro para equivalencias y convalidaciones de certificación ocupacional.

i) Autorizar la expedición de Certificados a nivel nacional en los programas de capacitación laboral en el ámbito de su competencia.

j) Fomentar la investigación y el desarrollo científico, tecnológico y socio-económico aplicado a la capacitación y la educación técnica media.

k) La entidad rectora de la formación, la capacitación y la educación técnica es el INATEC, el cual es parte del Sistema Educativo Nacional y de toda entidad no superior está regulada por esta Institución.

Arto.39 La Presidencia Ejecutiva es el órgano encargado de la implementación de las políticas definidas por el Consejo Directivo. Asimismo, tendrá a su cargo la gestión administrativa, financiera y técnica del INATEC.

Arto.40 El Vicepresidente sustituirá al Presidente Ejecutivo en caso de ausencia temporal y ejercerá las funciones que éste le delegue.

Arto.41 La estructura orgánica básica del INATEC será la siguiente:

a) Consejo Directivo.

b) Presidencia Ejecutiva

c) Vicepresidente

d) Órganos de Asesoría.

e) Órganos de Apoyo Técnico y Administrativo.

f) Órganos Normativos y de Ejecución.

g) Las Dependencias Técnicas y Administrativas que se requieran para el cumplimiento de sus atribuciones.

La organización, funciones y responsabilidades de las dependencias del INATEC se especificarán en el Reglamento Interno que para tal efecto apruebe el Consejo Directivo.

Arto.42 El INATEC tiene como unidades ejecutoras y de operación centros fijos y móviles, escuelas, Institutos Tecnológicos y Politécnicos de enseñanza en las áreas agropecuaria y forestal, industrial y de administración y economía; desarrollando la formación profesional en las siguientes modalidades:

1. Formación Inicial; aprendizaje, habilitación y rehabilitación ocupacional.

2. Formación Complementaria: Especialización complementaria y actualización.

3. Formación de Técnicos Básicos.

4. Formación de Técnicos Medios.

5. Bachillerato Técnico.

Arto.43 Los requisitos establecidos para cada modalidad de formación, serán fijados en los reglamentos que el INATEC establezca en el ámbito de su competencia así como los reglamentos fijados por el Ministerio de Educación. Cultura y Deportes.

Arto.44 El INATEC podrá crear nuevas unidades de ejecución operativa en otras áreas y sectores de la economía cuando se determine que las necesidades de los sectores económicos así lo requieran.

Arto.45 El INATEC una vez establecida la programación de las capacitaciones que ofrecerá al Sector Público y al Sector Privado, podrá sub-contratar para la ejecución de la misma los servicios de organismos y/o instituciones de capacitación.

Arto.46 Son Unidades Ejecutoras Privadas de Capacitación Laboral, todos los Centros autorizados por el INATEC para impartir Capacitación en diferentes cursos y especialidades que no pertenecen al Estado.

Arto.47 Estas Unidades deberán obtener autorización de apertura del Centro y cumplir con los reglamentos y normativas que establezca el INATEC.

Arto.48 El INATEC está facultado para suspender o cancelar la autorización de funcionamiento de las unidades ejecutoras de Capacitación Laboral que no cumplan con los reglamentos de apertura y funcionamiento de estas unidades.

Arto.49 El Aporte Obligatorio del 2% sobre salarios, a cargo de todos los Empleadores, salvo lo dispuesto para las transferencias a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, será recaudado por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), al mismo tiempo que recaude sus propias contribuciones; depositando el monto de lo recaudado en una cuenta especial a nombre del INATEC.

Arto.50 Los Empleadores serán responsables ante INATEC por el entero de su contribución, la infracción a esta disposición será sancionada con multas equivalentes al cinco (5%) por ciento sobre lo adeudado más un cinco (5%) en concepto de recargo, sin perjuicio del cobro de la deuda por la vía judicial y los intereses correspondientes.

Arto.51 La capacitación especializada del personal docente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, y del personal médico y paramédico del Ministerio de Salud será asegurado por dichos Ministerios. Sin embargo, el aporte mensual del 2% referido a dichos Ministerios para los efectos de lo dispuesto en el artículo 92 será calculado sobre la nómina del resto del personal.

Arto.52 Los fondos provenientes del aporte del 2% se distribuirán en los siguientes rubros, atendiendo las necesidades de los mismos:

 Capacitación Laboral (recursos humanos de los Aportantes).
 Formación Técnica (Estudiantes de los Centros de INATEC).
 Gastos Administrativos (Sede Central, Personal no docente y subvenciones a otros centros técnicos).
 Sectores Vulnerables (jóvenes en riesgo, desempleados, víctimas de minas, madres solteras, etc).

Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observación al artículo 31.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

En lo que respecta al Subsistema de Educación Técnica y Formación Profesional, permítame hacer uso de la palabra para hacer una presentación global de todo este capítulo, ya que en su origen va a cambiar totalmente su naturaleza con estas mociones de consenso. Posteriormente, entregaremos también una moción de consenso que tiene que ver específicamente con la anulación de una buena cantidad de articulados que están en el proyecto original.

Con respecto al artículo 31, agregar un párrafo nuevo que se leerá de la siguiente manera:

“La Educación Técnica y Formación Profesional, es responsabilidad del Gobierno de la República, y la administra a través del Instituto Nacional Tecnológico como única entidad rectora; está descentralizado y adscrito al Ministerio del Trabajo”.

Lo que tiene que ver con el artículo acerca de los fines y objetivos de la educación técnica y profesional, leemos lo siguiente:

a) Desarrollar el aprendizaje permanente como factor que propicia el desarrollo personal, el acceso a la cultura y a las ciudadanías activa.

b) Desarrollar aprendizaje que favorezca la investigación científica, la innovación tecnológica para mejorar la calidad del empleo.

c) Formar y capacitar los recursos humanos que requiera el país, con la competencia científico-técnico y valores requeridos para impulsar el desarrollo socioeconómico y productivo del país.

d) Fortalecer valores y actitudes que permitan al estudiante aprender a lo largo de la vida.

e) Brindar oportunidades a grupos vulnerables para permitir su inserción social, laboral y económica.

f) Desarrollar aprendizajes relevantes que posibiliten a los educandos enfrentarse con éxito al mundo del trabajo y los desafíos de la vida.

Artículo nuevo: “Los planes y programas de estudio, serán revisados y actualizados de acuerdo a las necesidades y desarrollo del país, incorporando al educador en este proceso”.

Siguiente artículo nuevo: “El Subsistema de Educación Técnica y Formación Profesional, comprende dos grandes programas: la Educación Técnica y la Capacitación. La Educación Técnica prepara a los educandos de manera integral para desempeñar con calidad el puesto de trabajo; también podrá continuar estudios superiores proporcionándole una formación general en base a la formación profesional específica en función de las diferentes profesiones y/o ocupaciones.

El Sistema de Articulación Técnica y Formación Profesional comprende los niveles y modalidades siguientes: Técnico Básico, Técnico Medio y Bachillerato Técnico.

Dentro de los objetivos, tenemos: los planes especiales, la atención a la pequeña empresa y microempresa; atención a la mujer y rehabilitación profesional, y otras capacitaciones.

La capacitación es un proceso educativo regulado dentro del Subsistema de Educación Técnica y Formación Profesional, tiene por finalidad desarrollar competencia y valores en función de los diferentes campos profesionales, facilitar la incorporación de las personas a la vida socio-laboral, contribuir a su formación permanente y atender las demandas y recursos humanos del sector productivo.

La capacitación se realiza a través de las siguientes modalidades: Aprendizaje, modalidad integral y completa, tendiente a lograr trabajadores aptos para ejercer ocupaciones calificadas claramente definidas. Está dirigida a jóvenes en busca de una calificación técnica.

Habilitación: Modalidad dirigida a jóvenes y adultos tendientes a lograr trabajadores aptos para ejercer una ocupación semi calificada, nueva para ellos o relacionadas con la que desempeñan habitualmente. Generalmente se destina a los trabajadores de los sectores informales o a personal ocupado que no tiene ningún tipo de calificación.

Complementación: Modalidad de capacitación destinada a trabajadores activos, insuficientes, preparados en el puesto que desempeñan, con el propósito de superar sus deficiencias profesionales para alcanzar las competencias requeridas.

Especialización: Modalidad destinada a trabajadores que desempeñan ocupaciones calificadas, con el propósito de capacitarlos en una determinada área para tener un desempeño de calidad en su puesto de trabajo.

Actualización: Destinada a trabajadores que desempeñan una ocupación calificada, con el propósito de desarrollar nuevas competencias como consecuencia de los cambios tecnológicos seguidos, surgidos en el ejercicio de su profesión.

Con respecto a los fondos provenientes del aporte del 2 por ciento y a lo asignado por el Presupuesto General de la República, se distribuirán en los siguientes rubros, atendiendo las necesidades de los mismos: Capacitación laboral, formación técnica, gastos administrativos, sectores vulnerables, apoyar planes de capacitación al sector artístico para la capacitación a la cultura”.

Y el siguiente artículo nuevo serán: “Las características, objetivos, duración del estudio para cada nivel, área y modalidad de formación serán fijados, considerando las demandas y recursos calificados que plantee el desarrollo económico y social del país y de acuerdo al respectivo ámbito de competencia del Inatec, en consulta con las instituciones y sectores correspondientes".

Y el último sería: “Eliminar los artículos 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 48”.

Todas estas son mociones de consenso, que tienen que ver con el Subsistema de Educación Técnica y Profesional.

Entrego mociones de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado Jaime Morales Carazo.

DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:

Gracias, señor Presidente.

Primero quería dar una explicación, de que estamos cambiados de lugar, nos cambiaron las curules porque como dicen en el argot, acá hubo una invasión de algunos roedores y se nos almorzaron nuestros asientos y ahora nos colocaron en otro lado, sin haber tenido nadie la cortesía de decirnos que nos cambiarían de lugar, para haber sacado nuestros pocos calaches, y fuimos desahuciados. Pero de todas maneras yo ya solicité que me coloquen al otro lado, para no tener el asiento de mi apreciada amiga enfrente.

A nadie de los que nos cambiaron nos dijeron nada, porque pudieron haber hecho esos acomodos para los señores de la bancada ya referida, lo hubieran podido hacer dentro del mismo bloque que estaban ocupando allá, sin perturbar a otros, que aunque somos taburetes, nos mandaron para otro lado.

En cuanto al proyecto de ley que se está presentando, yo quería solicitar al Presidente de la Comisión de Educación, en qué queda y en dónde queda el Intecna de Granada, una entidad mucho más antigua que el Inatec, que recibe fondos del Estado, no es privada, no paga la gente y da una contribución extraordinaria. Yo hablo en nombre no del Inatec, sino porque soy uno de los fundadores tanto de la UCA como del Inatec, acompañando al Padre Pallais en esa labor extraordinaria educativa en esos dos niveles, de una trascendencia, de un aporte extraordinario a la formación de la educación superior y técnica del país.

A mí me preocupa que en la ley pareciera que se habla de esta entidad, pero el Intecna queda ausente, no sé, pareciera que es un limbo. Hay muchos diputados, en particular acá el diputado Bayardo Arce, que como presidente anterior de la Comisión Económica, siempre le dio su apoyo y su aporte al Intecna.

Yo creo que es oportuno, que al tratarse esta Ley de Educación, no se deje en el limbo ni afuera una entidad de tanta trascendencia y de tanta importancia como es el Intecna de Granada.

El Presidente de la Comisión, que también ha tenido una actitud muy positiva hacia el Intecna, porque yo sé, me lo ha comunicado el Padre Pallais, tal vez puede hacer una moción; yo no quiero interpretar ni introducir una cosa en la que no estoy al tanto ni a fondo a como están ellos, los de la Comisión y en particular el diputado Mayorga.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Con respecto a la inquietud del Diputado Morales, aquí se hace referencia a que el Intecna tiene su propia ley y que queda protegido con la Ley General de Educación. Así que no queda invalidada la ley que les da las facultades para establecer este tipo de servicio que ellos prestan como institución técnica.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Fidel Moreno Briones.

DIPUTADO FIDEL MORENO BRIONES:

Muchas gracias, señor Presidente.

Ya el Diputado Mayorga le daba respuesta a la inquietud que planteaba el colega diputado alrededor del Intecna, que hay una ley particular que lo crea. Igualmente la Ley 89 establece todo el procedimiento que debe seguir cualquier institución que esté orientada a la formación profesional, a la educación superior profesional. Así que estos dos marcos regulatorios establecen su funcionamiento como institución.

Aprovecho que me ha concedido la palabra, señor Presidente, para recordarle que desde horas muy tempranas, una delegación de maestros de todo el país se hizo presente a esta Asamblea, y se nos informaba que sólo un pequeño grupo iba poder accesar, quizás por el ambiente que ha llevado la discusión.

Quiero invitar a la Junta Directiva y particularmente a usted como Presidente, a conceder que este grupo de maestros que está desde horas muy tempranas afuera del Parlamento, puedan accesar al recinto y poder observar la continuación de las discusiones; esperando que nos dé una respuesta positiva a esta solicitud.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Roberto González Gaitán.

DIPUTADO ROBERTO GONZÁLEZ GAITÁN:

Gracias, señor Presidente.

Yo quería consultarle a los miembros de la Comisión, la siguiente inquietud que he recibido de parte de sectores laborales. En el caso del Inatec, le preguntaba al Presidente de la Comisión, diputado Mayorga, que en la definición del porcentaje que se aporta para la ejecución presupuestaria de la formación, la capacitación técnica del Inatec, en algún momento el sector empresarial ha querido manipular y ha querido inclusive asumir una actitud de no cumplimiento de la ley, que establece el aporte del 2 %.

De acuerdo a los valores y evaluaciones que nos expresaba la actual administración del Inatec, señalaba que la lógica con la que se utilizaban estos fondos era en una proporción donde la inversión de los recursos quedaban más concentrados en la formación de los empleados y profesionales de las empresas privadas de mayor rango, de mayor jerarquía y de mayor nivel académico, descuidándose lo que es la formación directa de la fuerza laboral que transforma la economía y que genera valor agregado directo al proceso productivo, de competitividad. Tenemos entendido que eso de alguna manera, por información de la actual administración, ha ido cambiando, ha ido revirtiéndose.

Pero la preocupación que también se nos decía, era que en uno de los conceptos o en uno de los altin del desglose del presupuesto del Inatec, señala apoyo a sectores vulnerables. Esa preocupación en gran medida la compartimos, en relación a que estas cosas deben ir quedando cada vez más claras. Aunque yo tengo entendido que está en agenda el planteamiento de una iniciativa de Reforma a la Ley del Inatec, pero como se está viendo en el marco de la aprobación de la Ley General de Educación como parte de los subsistemas; la composición presupuestaria que señala este elemento de ayuda a sectores vulnerables, la inquietud por estos recursos que se estén destinando para otro tipo de cosas que no son estrictamente capacitación, si es que estos sectores vulnerables que se identifican es precisamente para hacer capacitación, pues entonces bienvenido sea.

Pero la preocupación ha sido en el caso del sector laboral, que se dispongan y que se utilicen de manera discrecional recursos presupuestados para capacitación y para otras cosas, porque no son organismos de beneficencia. Ya están definidos en este país los organismos de beneficencia social, y el Inatec es un instituto para dar formación técnica a la fuerza laboral nicaragüense, sobre todo ahora que estamos de cara a todo este proceso de implementación de tratados de libre comercio.

Por tanto, ésa era la precisión que yo quería solicitar, para quedar más claros en el cuerpo de la ley, por cuanto ha habido prácticas de utilizarse recursos para otros fines que no son estrictamente de capacitación y se encubren los usos de estos fondos con ayudas o aportes a sectores vulnerables, debilitando lo que es el objetivo y la naturaleza de este órgano de capacitación técnica, que es el Inatec.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

Con respecto a la inquietud del diputado Roberto, quisiera expresarle que por verificación personal, el funcionamiento y la utilización de los fondos del Inatec está establecido que son específicamente para capacitación del personal de las empresas. Y algo importante es que hemos metido un concepto nuevo, sectores vulnerables, y ellos también están recibiendo capacitación para ingresar al sistema laboral como una mano calificada.

Con ese comentario que hago, espero que quede claro el diputado Roberto de que soy testigo desde la administración de los fondos, y específicamente del funcionamiento como lo establece la ley.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias, señor diputado.

Observaciones al artículo 32.

Observaciones al artículo 33.

Tiene la palabra el diputado Fidel Moreno Briones.

DIPUTADO FIDEL MORENO BRIONES:

Solamente, señor Presidente, que ya fue presentado un artículo en las mociones que leía el diputado Mayorga; todo el capítulo ya fue presentado, sólo falta pasar a votación.

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN:

En el artículo 33, se presentó una moción del Diputado Mayorga. El artículo 33, se leerá así:

“Las características, objetivos, duración de los estudios para cada nivel, área y modalidad de formación serán fijados, considerando las demandas de recursos calificados que plantee el desarrollo económico y social del país y de acuerdo al respectivo ámbito de competencia del Inatec, en consulta con las instituciones y sectores correspondientes”.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 34.

Observaciones al artículo 35.

Observaciones al artículo 36.

Observaciones al artículo 37.

Observaciones al artículo 38.

Observaciones al artículo 39.

Observaciones al artículo 40.

Observaciones al artículo 41.

Observaciones al artículo 42.

Observaciones al artículo 43.

Observaciones al artículo 44.

Observaciones al artículo 45.

Observaciones al artículo 46.

Observaciones al artículo 47.

Observaciones al artículo 48.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Presidente: Yo le presenté una hoja de moción, que dice que del 34 al 48 están anulados con este nuevo articulado que hemos entregado.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación las mociones presentadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada las mociones presentadas.

Observaciones al artículo 49.

Observaciones al artículo 50.

Observaciones al artículo 51.

Observaciones al artículo 52.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Señor Presidente: Sólo para hacer la observación de que la moción de consenso contempla algunas correcciones también en estos artículos, así que por eso no hicimos observaciones directas.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias.

A votación el Capítulo III, con sus mociones.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo III, con sus mociones.

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN:
CAPÍTULO IV

SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN AUTONÓMICA REGIONAL DE LA COSTA CARIBE NICARAGÜENSE


Arto.53 La educación en las Regiones Autónomas, es un derecho fundamental de los pueblos indígenas y comunidades étnicas reconocido en la Constitución Política del país y como servicio público indeclinable a cargo del Estado, es indisoluble de la Autonomía Regional.

Arto.54 El SUBSISTEMA EDUCATIVO AUTONÓMICO REGIONAL (SEAR) es el modelo de educación para las Regiones Autónomas de la Costa del Caribe Nicaragüense. Es un modelo educativo participativo, el cual se ejerce de manera descentralizada y autónoma y que responde a las realidades, necesidades, anhelo y prioridades educativas de su población multiétnica, multilingüe y pluricultural. Este subsistema se orienta hacia la formación integral de niños y niñas, adolescentes, hombres y mujeres costeñas en todos los niveles del sistema educativo, así como hacia el respeto, rescate y fortalecimiento de sus diversas identidades étnicas, culturales y lingüísticas. El Subsistema Autonómico Regional (SEAR) es parte integral de la misión y visión educativa nacional.

Hasta aquí el Capítulo IV.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra la Diputada Ana Lazo Álvarez.

DIPUTADA ANA LAZO ÁLVAREZ:

Gracias, señor Presidente.

En el artículo 53, leeremos un artículo nuevo, o sea que el 53 pasaría a ser 54. Dice el artículo nuevo:

“DE LA AUTONOMÍA EDUCATIVA Y COMUNITARIA.

La Autonomía Educativa Regional comprende la capacidad jurídica de las Regiones Autónomas de dirigir, organizar y regular la educación en todos sus niveles en sus respectivos ámbitos territoriales, de conformidad a sus usos, tradiciones, sistemas de valores y culturas, en coordinación con el Ministerio de Educación y el Inatec”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Tiene la palabra la diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Siempre en el artículo 53, una moción de consenso.

“Agregar después de la palabra “indígenas”, “afrodescendientes”; y de la palabra “étnicas” de la “Costa del Caribe”.

Gracias, paso la moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Tiene la palabra la diputada Ana Lazo Álvarez.

DIPUTADA ANA LAZO ÁLVAREZ:

Gracias, señor Presidente.

El 54 se leerá de la siguiente manera:

“El Subsistema Educativo Autonómico Regional (SEAR) es el modelo de educación para las Regiones Autónomas de la Costa del Caribe Nicaragüense. Es un modelo educativo participativo, el cual se gestiona de manera descentralizada y autónoma y que responde a las realidades, necesidades, anhelo y prioridades educativas de su población multiétnica, multilingüe y pluricultural. Este subsistema, como parte integral de la misión y visión educativa nacional, se orienta hacia la formación integral de niños y niñas, jóvenes y adultos, hombres y mujeres de la Costa del Caribe Nicaragüense, en todos los niveles del sistema educativo, así como hacia el respeto, rescate y fortalecimiento de sus diversas identidades étnicas, culturales y lingüísticas”.

Paso moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Tiene la palabra el honorable diputado Miguel López Baldizón.

DIPUTADO MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN:

Gracias, señor Presidente.

Únicamente quería recordar, como parte de la técnica parlamentaria, que es usual que las mociones se sometan a discusión, o por lo menos preguntar si hay observaciones en este sentido.

Haciendo un poquito de memoria, cuando se discutió la Ley General de Salud, se incorporó un capítulo específico para el modelo de salud de las Regiones Autónomas, que incluso contempla la posibilidad de que ellos en su propia lengua y con sus propias costumbres apliquen las normas y políticas que el sistema de salud a nivel nacional está determinando.

Yo tenía la pregunta en este caso, para este Capítulo, pues según habíamos entendido, el año pasado en la Comisión de Educación, que las delegaciones de las Regiones Autónomas habían elaborado directamente el Capítulo y que se iba a manejar de manera íntegra. Pero no he visto en la discusión, que se contemple la posibilidad de que en algunas regiones la enseñanza en las escuelas sea en la lengua específica de algunas de las regiones; y aunque estamos claros que la Constitución Política dice que el idioma oficial es el español, también la realidad nos dice que en la Región Autónoma, en algunos lados la enseñanza es en inglés y en otros lados se hace en lengua misquita.

Entonces quería hacer la pregunta a la Comisión de Educación, si este Capítulo que estamos aprobando es totalmente íntegro, tal a como lo habían solicitado las delegaciones de las Regiones Autónomas.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Nathán Sevilla Gómez.

DIPUTADO NATHÁN SEVILLA GÓMEZ:

Gracias, señor Presidente.

Ante la interrogante que está planteando el Diputado Miguel López Baldizón, creo que lo que hemos aprobado ya, con mociones de consenso, establece con absoluta claridad que en las Regiones Autónomas la educación tiene que regirse por un sistema descentralizado, de acuerdo con las costumbres, tradiciones, de acuerdo con el carácter multiétnico, multilingüe y pluricultural y tiene que haber obligatoriamente una coordinación entre el MECD y el Inatec con las Regiones Autónomas, para que ese sistema se empiece a aplicar de inmediato; no es dentro de 40 años, es ya.

Por lo tanto, la ley está obligando de una forma inmediata a que se produzca esa coordinación entre el MECD y el Inatec, para que sea una realidad el sistema descentralizado de la educación. Hay que señalar que un sistema descentralizado requiere traslado de responsabilidades y de recursos económicos, financieros, para la administración de la educación en esas Regiones Autónomas del Atlántico, que de ninguna manera perjudica el concepto de que el sistema educativo nicaragüense es único, pero que tiene sus particularidades en las Regiones Autónomas y por eso se produce la Ley de Autonomía, por eso se produce en esta ley la obligación de que se dé de inmediato esa descentralización mediante una coordinación exigida por la ley, entre el MECD, el Inatec y las Regiones Autónomas.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Sólo es para hacer la observación de que no es lo mismo descentralizar la salud que descentralizar la educación; hay ciertos elementos en los cuales no se puede hacer de una forma tan mecánica, porque obviamente en la educación son procesos. Por lo tanto, se contempla en los artículos y en lo que establece la nueva ley, el hecho de que las comunidades y los gobiernos regionales de la Costa Caribe, tienen la plena potestad de desarrollar sus programas y planes de estudio a partir de la realidad.

Lo que establece la ley es la coordinación, porque no tenemos dos países en esta Nicaragua, somos un solo país y, por lo tanto, hay una sola articulación y obviamente se requiere de la modalidad descentralizada, no tenemos otra cosa más que observar.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Se somete a votación el Capítulo IV, con sus mociones presentadas.

Se abre la votación.

El 55 es el próximo artículo.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV, Del Subsistema de Educación Autonómica Regional de la Costa Caribe de Nicaragua.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
CAPITULO V
SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Arto.55 El Subsistema de Educación Superior constituye la segunda etapa del sistema educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma profesionales en el más alto nivel de especialización y perfeccionamiento en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología a fin de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país.

Las instituciones universitarias, se rigen por la Ley 189 de Autonomía de la Educación Superior.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el Capítulo V.

Tiene la palabra el diputado Fidel Moreno Briones.

DIPUTADO FIDEL MORENO BRIONES:

Muchas gracias, señor Presidente.

He pedido la palabra para mocionar la creación de un nuevo Capítulo V, del Título II, que hablaría del Subsistema de Educación Extraescolar. Este Capítulo constaría de ocho artículos:

“Naturaleza y alcance de la Educación Extraescolar. El Subsistema de Educación Extraescolar atiende, reconoce e incluye todos los procesos y acciones que siendo desarrollados desde diversos escenarios y medios en el ámbito formal y no formal, producen aprendizajes que contribuyen al desarrollo integral del ciudadano nicaragüense, ya sea mediante la información o producción de conocimientos o a través de la promoción y desarrollo de competencias, valores, actitudes que favorecen el desarrollo personal y el desempeño eficiente de los sujetos en los procesos de participación y en la vida ciudadana, en el desarrollo económico, social, cultural del país. Se diferencia ante la educación escolar, en la educación".

Otro artículo. “Extraescolar no ofrece ni entrega créditos, grados ni títulos, no obstante de conformidad a las disposiciones del órgano rector del servicio educativo correspondiente, permite al educando que varios certificados de asistencia a cursos o a eventos de capacitación le sean acreditados a cursos o a carreras de la educación escolar”.

Artículo nuevo. “Organización de la Educación Extraescolar. El Subsistema de Educación Extraescolar está conformado por la educación no formal y la educación informal”.

Artículo nuevo. “Características y modalidades de la educación no formal. La educación no formal se ofrece en instituciones y organizaciones estatales y de la sociedad civil, incluye oportunidades educativas en una amplia y diversa gama de área de conocimiento y de la vida, que van desde la educación básica general tanto para niños como para jóvenes y adultos, hasta los más altos niveles de especialización en la ciencia, la técnica, la cultura y la vida personal y social.

Los procesos y actividades educativas no formales se desarrollan bajo muy diversas modalidades, desde los círculos de estudio para la alfabetización de jóvenes y adultos, hasta programas de educación a distancia, utilizados o no”.

Siempre un artículo nuevo, dentro del marco de este Capítulo de Educación Extraescolar.

“Medios tecnológicos electrónicos basados para las modalidades por encuentro, talleres, cursos, prácticas de aplicación, parcelas demostrativas y mucho más”.

“Características de la educación informal. La educación informal son todos los conocimientos, valores, actitudes, habilidades y aprendizajes diversos, desarrollados sin sujeción a normas y a partir de la influencia que ejercen en los ciudadanos, personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, usos y costumbres, comportamiento social y otros no estructurados”.

Artículo nuevo. “Relaciones de articulación entre la educación extraescolar y la educación escolar. Las relaciones entre el currículo que se desarrolla y se cumple en los diferentes grados, ciclos y niveles de la educación escolar y las acciones educativas de educación extraescolar, son múltiples y varias, respeto a los procesos de educación no formal, aunque no organizativamente distintos de la educación escolar, tiende a articularse complementariamente con esto y en muchos casos, según sea el nivel de área de conocimiento, son acreditables a programas, cursos o carreras de la educación escolar.

En relación a los procesos educativos de la educación informal, éstos se complementan con los de educación escolar de manera natural y sin planificación previa; esto es particularmente evidente en las relaciones entre escuela y la familia o entre contenidos de los programas de estudio y las acciones educativas de medios de información y comunicación”.

Presento la moción de consenso para la creación del Capítulo que crea el Subsistema de Educación Extraescolar.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra la honorable diputada Ana Lazo Álvarez.

DIPUTADA ANA LAZO ÁLVAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Siempre anexando al Capítulo V, un artículo nuevo que se leerá de la siguiente manera:

“Las universidades comunitarias de la Costa de Nicaragua, Blufields Indian and Caribean, University BICU, y la universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense, URACAN, son de interés público regional y se financian con las partidas del Presupuesto General de la República, destinadas a la educación superior. Corresponde a los consejos regionales definir y regular por medio de resolución administrativa correspondiente los criterios, mecanismos y condiciones en que los centros de educación superior de la Costa Atlántica adquirirán el estatus de universidades comunitarias y/o de interés público regional, a solicitud de la institución de educación superior interesada.

Artículo nuevo. “Las universidades comunitarias de la Costa Caribe podrán acompañar a los Consejos y sus gobiernos regionales autónomos, en el diseño e implementación de las políticas públicas de educación, de fortalecimiento institucional y de desarrollo de la autonomía comunitaria y regional de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Roberto Rodríguez.

DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO:

Gracias, señor Presidente.

Antes de presentar moción de consenso, quiero darle la bienvenida al Pastor Baldemar, Presidente de la Asociación Cristiana Internacional Nehemías de Alemania y a su compañero misionero.

Ahora presento moción de consenso.

En el artículo 55, agregar después de “Sociedad Comunitario étnica”, un nuevo párrafo que se leerá de la siguiente manera:

“El Consejo Nacional de Rectores integrados por los rectores de las universidades públicas y privadas, es el órgano superior especializado y consultivo en materia académica relacionada a subsistemas de educación superior. Tiene como finalidad la definición de políticas y estrategias de desarrollo universitario y la opción de políticas y coordinación y articulación del subsistema.

El Consejo Nacional de Rectores podrá dictar su propio reglamento de funcionamiento. El Presidente del Consejo Nacional de Educación convocará para su instalación, 60 días posteriores a la entrada en vigencia de esta ley, al Consejo Nacional de Rectores”.

Paso moción de consenso.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación las mociones presentadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

60 votos a favor, 0 votos en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción y el Capítulo nuevo.

A votación el Capítulo V.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo V, Del Subsistema de Educación Superior.

Se suspende la sesión, y se les invita para mañana a las nueve de la mañana.

Muchas gracias.

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL.VIGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA

14 DE MARZO DEL 2006.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA: Se les remite al Tomo V, Punto 3.27: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, CAPITULO VI.
CAPÍTULO VI
DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL SISTEMA

Centros Educativos Públicos:

Arto.56 En los Centros Educativos Públicos, no se podrá llevar a cabo, ni promover ningún tipo de actividad político-partidista, ni religiosa. El Estado ejercerá supervisión de los centros educativos dentro de los términos que se fijen en los reglamentos respectivos.

Centros Educativos Privados:

Arto.57 Las Instituciones Educativas Privadas son personas jurídicas de derecho privado, creadas por iniciativa de personas naturales o jurídicas, autorizadas por las instancias de cada subsistema educativo. El Estado, en concordancia con la libertad de enseñanza y la promoción de la pluralidad de la oferta educativa, reconoce, valora y supervisa la educación privada.

Centros Educativos Subvencionados:

Arto.58 Los Centros Educativos Subvencionados son co auspiciados por el Estado. Para gozar de este reconocimiento, o de la condición de co auspiciado, se deberán cumplir las disposiciones legales o administrativas pertinentes, las cuales serán establecidas en el reglamento de la presente ley.

Hasta ahí el Capítulo VI.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Observaciones al Capítulo VI.

Observaciones al artículo 56.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA

Gracias, señor Presidente.

Es para agregar, posterior al artículo 56, un nuevo artículo. Presento moción de consenso.

Artículo nuevo, después del artículo 56: “El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (MECD), establecerá los requisitos mínimos de infraestructura, pedagogía, administración, financiamiento y dirección que deben cumplir los centros educativos públicos y privados de la educación inicial general básica, media especial y formación docente, para autorizar su funcionamiento. Y para su posterior certificación. el Instituto Nacional Tecnológico (Inatec), tendrá iguales facultades en relación con los centros y programas integrados en nuestro sistema de educación técnica y profesional”.

Paso moción de consenso, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

En relación al artículo 57 -y es una moción de consenso-, agregar después de la palabra “enseñanza”, entre comillas, “el derecho de aprender”. Paso moción.

Le paso la moción de consenso del 57, pero leo el 58, que tiene que ver con el mismo capítulo y los mismos artículos. El artículo 58 dirá lo siguiente:

“Centros subvencionados son colegios con infraestructura educativa privada, que reciben transferencia de fondos por parte del Estado para el pago de salarios a docentes, quienes serán considerados como personas que laboran al gobierno. Se transfiere al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes la obligación de pagar en concepto de salarios, vacaciones y treceavo mes a los educadores de dichos centros de enseñanza”.

Agregar dos nuevos artículos que se leerán: “Los centros subvencionados, para gozar de este reconocimiento económico, deberán cumplir las disposiciones legales o administrativas dictadas por las autoridades correspondientes. Los centros que ya gozan de la subvención, a la entrada en vigencia de esta ley, mantendrán la misma. El Ministerio de Educación sólo podrá suspender la subvención si se comprueban violaciones a las normas y procedimientos acordados entre las partes.

El gobierno deberá incluir en el Presupuesto General de la República, una partida presupuestaria para cubrir el costo de salarios, vacaciones y treceavo mes de los educadores de dichos centros de enseñanza, incluyendo el personal administrativo.
El Estado, en concordancia con la libertad de enseñanza y el derecho de aprender, reconoce, valora y supervisa la educación en los centros subvencionados”.

Artículo nuevo: “Las instalaciones de los centros privados, religiosos de educación y sus respectivos predios destinados exclusivamente al servicio de la educación, que tuvieren problemas legales con personas particulares, serán traspasados a título gratuito, a favor de los respectivos centros privados religiosos y libres de toda contribución fiscal y municipal.

El Estado subsanará a los particulares afectados. Esta medida también se aplicará cuando los terrenos sean propiedad del Estado o de las municipalidades”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a las mociones del artículo 56.

Observaciones a las mociones del artículo 57.

Observaciones a las mociones del artículo 58.

A votación las mociones presentadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobadas las mociones de los artículos 56, 57, y 58.

A votación el Capítulo VI.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VI.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES COMUNES AL TÍTULO

EL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN

Arto.59 El Consejo Nacional de Educación, es el órgano superior de consulta del Estado en materia educativa; el foro de más alto nivel para la discusión y análisis del quehacer educativo; el órgano de armonización de los subsistemas de educación básica, media, técnica y superior.

Arto.60 Organización: El Consejo Nacional de Educación estará integrado por:

Una Junta Directiva
Una Asamblea

Arto.61 La Junta Directiva del Consejo Nacional de Educación se constituye por:

A. Junta Directiva:

a) El Vicepresidente de la República, será quien la presida.

b) El Ministro de Educación Cultura y Deportes.

c) El Director Ejecutivo del Instituto Nacional Tecnológico (Inatec).

d) El Presidente de la Comisión de Educación de la Asamblea Nacional.

e) El Presidente del Consejo Nacional de Universidades.

f) El Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional

B) La Asamblea del Consejo Nacional de Educación se constituye por:

a) El Vicepresidente de la República será quien lo presida.

b) El Ministro de Educación.

c) El Presidente del Consejo Nacional de Universidades.

d) El Director Ejecutivo de Inatec.

e) Los Secretarios Generales de los sindicatos nacionales, federaciones, confederaciones o centrales de representación nacional de docentes, organizados en los distintos niveles de la Educación.

f) Los representantes de las asociaciones profesionales de periodistas y trabajadores de la información y los medios de comunicación social.

g) Los secretarios generales de los sindicatos nacionales o federaciones nacionales de trabajadores no docentes que laboran en centros educativos.

h) Un representante asignado por los organismos no gubernamentales que desarrollen, financien o promuevan proyectos de educación en el país.

i) Un representante de los padres de familia.

j) Un representante de las redes de organizaciones de la sociedad civil del sector educativo.

k) Un representante de los estudiantes.

l) Un representante de los colegios privados.

Estos dos últimos, electos en asamblea nacional por los delegados de sus respectivos sectores, en las Juntas Directivas Departamentales para la Educación.

Arto.62 Son objetivos del Consejo Nacional de Educación:

a) Promover el funcionamiento integrado de los subsistemas de educación existentes, respetando la autonomía de cada uno de ellos, los que se rigen por preceptos constitucionales y leyes especiales.

b) Promover a través de recomendaciones el mejoramiento científico, técnico y pedagógico de la educación, haciendo congruentes las políticas educativas con la realidad social, política, económica y cultural del país.

c) Contribuir a la equidad, eficiencia, eficacia y calidad de la educación.

d) Promover la participación de la sociedad civil y la comunidad educativa en la búsqueda permanente de un consenso nacional en torno a la definición de políticas educativas nacionales.

e) Promover la participación de las comunidades étnicas, pueblos indígenas y demás sectores del país, en la discusión de políticas educativas nacionales, respetando la diversidad cultural en el proceso educativo.

Arto.63 Son atribuciones del Consejo Nacional de Educación:

a) Definir las políticas generales de educación para el país, y aprobar los planes y programas encaminados a su ejecución.

b) Elaborar, ejecutar, administrar y evaluar los planes para el desarrollo integral del Sistema de Educación Nacional.

c) Organizar y orientar el sistema nacional de formación, capacitación y perfeccionamiento del personal docente y administrativo que sirve en el Sistema Educativo Nacional en sus distintos niveles.

d) Organizar e integrar los subsistemas educativos según los requerimientos de la educación nacional.

e) Promover la investigación educativa y ejecución de las ciencias, las artes y las letras.

f) Promover la participación organizada de los docentes, estudiantes, padres de familia y organizaciones de la sociedad civil en el desarrollo del proceso educativo.

g) Pactar convenios con entidades nacionales e internacionales de acuerdo con los procedimientos y disposiciones establecidas al efecto.

h) Fomentar las relaciones de orden educativo con otros países.

i) Cuidar y mejorar de conformidad con la situación económica del país el equipamiento de los centros educativos nacionales y promover nuevos recursos y fuentes de financiamiento educativo.

j) Crear el Sistema Nacional de Acreditación y evaluar permanentemente su funcionamiento.

k) Intervenir los centros de educación públicos o privados cuando las circunstancias así lo ameriten, a excepción de las instituciones de educación superior con régimen de autonomía.

Hasta aquí el Capítulo VII.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el Capítulo VII.

Observaciones al artículo 59.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Es una moción de consenso en el Capítulo VII: “Eliminar Disposiciones Comunes al Título, y establecer mejor Capítulo Único”. Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción.

Observaciones al artículo 59.

Tiene la palabra el honorable diputado Fidel Moreno Briones.

DIPUTADO FIDEL MORENO BRIONES.

Muchas gracias, señor Presidente.

Presento la moción de consenso, encaminada a modificar el artículo 59 en dos partes: En la primera parte eliminamos el término “de consulta”, y agregamos después de la palabra “armonización”, la palabra “articulación”. Al final de este párrafo del artículo 59, en concordancia con lo que ya modificamos en la ley previamente, agregamos “los subsistemas educativos autonómicos regional y el subsistema extraescolar”. Presento la moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción.

Observaciones al artículo 60.

Observaciones al artículo 61.

Tiene la palabra la honorable diputada Delia Arellano Sandoval.

DIPUTADA DELIA ARELLANO SANDOVAL:

Gracias, señor Presidente.

Yo sólo quería hacer una pregunta a los miembros de la Comisión. En el inciso B) están representadas la mayoría de las asociaciones, pero no veo la representación de las universidades privadas. Yo creo que es un sector importante que debería de estar ahí. No sé si lo tenían en una moción. Yo sugiero que en la moción se pueda agregar “las universidades privadas”, para que también tengan una representación en este Consejo Nacional de Educación.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ.

Gracias, Presidente.

Respondiendo la inquietud de la diputada, quisiera leer la moción de consenso con respecto al artículo 61.

En el acápite A), agregar un literal que se leerá de la siguiente manera: “Los presidentes de las Comisiones de Educación de los Consejos Regionales Autónomos”.

Un nuevo literal: Un representante por los educadores de la educación superior y un representante de la educación superior”.

Agregar: “Un representante de cada una de las organizaciones de las universidades privadas”.

Y en el mismo artículo, agregar un nuevo párrafo que se leerá: “Elaborar y presentar a la Asamblea del Consejo, sus funciones y reglamento interno para su respectiva aprobación, y se revisarán dos veces como mínimo cada seis meses”.

En el mismo artículo, en el acápite B), agregar nuevos literales: “Los secretarios de educación de los gobiernos regionales; un representante por cada asociación de estudiantes universitarios”.

Agregar un nuevo literal: “Un representante por los estudiantes de educación media y un estudiante de educación técnica”.

Eliminar el literal h) y agregar: “Un representante por las organizaciones de universidades privadas”. Y agregar: “centros subvencionados”.

Paso la moción de consenso sobre el artículo 61.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción al artículo 61.

Observaciones al artículo 62

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

En el artículo 62, agregar un literal que se leerá de la siguiente manera: “Velar por el cumplimiento efectivo de la Ley General de Educación”.

Paso moción de consenso, en relación al artículo 62.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción al artículo 62.

Observaciones al artículo 63.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

En relación al artículo 63, hay moción de consenso: “Agregar nuevo literal: “Discutir y aprobar a propuesta de la Junta Directiva, funciones de la misma y del Reglamento Interno del Consejo”.

Literal nuevo: “Conformar comisiones técnicas de trabajo para determinados temas educativos”.

Literal nuevo: “Nombrar la Secretaría Técnica del Consejo”.

Literal nuevo: “El Presidente del Consejo Nacional de Educación convocará para su instalación, sesenta días posteriores a la entrada en vigencia de esta ley, al Consejo Nacional de Rectores”. Y en el mismo, eliminar el inciso j)”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.
Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción al artículo 63.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Para completar el artículo 63, un artículo nuevo posterior, y también un nuevo título posterior al artículo 63. Se leerá de la siguiente manera (ya el diputado Mayorga lo había enunciado, pero lo completo):

“El Presidente del Consejo Nacional de la Educación convocará para su instalación, sesenta días posterior a la entrada en vigencia de esta ley, al Consejo Nacional de Rectores.

El Presidente del Consejo Nacional de Educación instalará el Comité Directivo del Consejo Nacional de Rectores, el cual estará integrado por los presidentes del CNU, Fenud, Cosud y un Rector de las Universidades legalmente constituidas no miembro del CNU, Fenud y Cosud, electos por ellos mismos.

Este Comité será convocado e instalado sesenta días posterior a la entrada en vigencia de la presente ley. El Comité Directivo será el encargado del proyecto de agenda del Consejo Nacional de Rectores, convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional de Rectores y presentar informes semestralmente al Presidente del Consejo Nacional de Educación. Este Comité tomará sus acuerdos con consenso”.

Y el nuevo título, Capítulo I, se refiere a lo siguiente:

“De las Reformas Educativas”.

Artículo nuevo: “Reforma educativa implica cambio o modificaciones a parte o total del sistema educativo”.

Artículo nuevo: “Toda reforma educativa debe ser consultada, y su análisis, elaboración e implementación, con la comunidad educativa, particularmente con los educadores del área, subsistema o nivel a reformar”.

Artículo nuevo. “La reforma educativa debe dar a conocer los objetivos y tipificación de los cambios o modificaciones al sistema educativo; deben ser divulgados y evaluados. El Consejo Nacional de Educación supervisará dicho proceso”.

Artículo nuevo: “Ningún proyecto externo definirá los ajustes educativos; los mismos deben contribuir a fortalecer e impulsar las políticas educativas nacionales”.

Artículo nuevo: “Los procesos de reforma educativa deben someterse a lo establecido en la presente ley”.

Artículo nuevo: “Las consultas para reforma educativa se realizarán a través de seminarios, entrevistas, encuestas, referéndum educativo. Estas consultas se podrán realizar a través de los representantes, a los educadores, autoridades académicas, expertos en la materia o comunidad educativa”.

Paso mociones de consenso, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada sobre artículos nuevos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción de los artículos nuevos.

A votación el Capítulo VII: Disposiciones Comunes al Título. El Consejo Nacional de Educación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VII.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

TÍTULO III
DEL DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

CAPÍTULO I
DEL MEJORAMIENTO, ADECUACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL CURRÍCULO EDUCATIVO

Arto.64 El Currículo Nacional se basa en los objetivos generales de educación nicaragüense; desarrolla las políticas educativas; se expresa en planes de formación, innovación y perfeccionamiento de las acciones técnico-pedagógicas del proceso educativo; investiga las necesidades educativas y curriculares básicas nacionales, regionales y de la comunidad; orienta a profesores y estudiantes para alcanzar los objetivos programáticos; evalúa los resultados de la enseñanza y el aprendizaje; y establece metas de corto, mediano y largo plazo.

Arto.65 Los Centros Educativos Públicos, Privados y Subvencionados complementarán y desarrollarán el currículo nacional de los niveles, etapas, ciclos grados y modalidades de enseñanza en el marco de su programación educativa. Las autoridades educativas garantizarán el desarrollo del currículo, favoreciendo la elaboración de programas docentes y materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los educandos y exigencias del magisterio.
Arto.66 Los perfiles, planes y programas de estudio serán flexibles y pertinentes. Permitirán la adecuación curricular, selección y priorización de contenidos, siempre que se mantenga la unidad y se alcancen los objetivos propuestos.

Arto.67 El maestro o maestra será responsable de guiar adecuadamente el desarrollo del programa de estudio, en razón de sus objetivos y contenidos y las políticas de eficiencia, calidad, relevancia, pertinencia y equidad de la educación.

Arto.68 La evaluación tendrá carácter formativo y diagnóstico. Contribuirá al desarrollo de la personalidad del educando, a la toma de decisiones acertadas, en relación con las perspectivas de estudio y ocupación, para facilitar su adecuada preparación y ubicación en el mundo del trabajo.

Arto.69 En la aplicación de los métodos didácticos, los maestros y maestras deberán utilizar procedimientos y formas activas, participativas, a fin de lograr que el estudiante aprenda a conocer, aprenda a hacer, aprenda a aprender y aprenda a vivir con los demás.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A discusión el Capítulo I, del Título III.

Observaciones al artículo 64.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

En el artículo 64, agregar un párrafo nuevo que se leerá: “El currículo tiene las siguientes características: universal, humanista, científica, dinámica, flexibilidad, moderno, real, eficaz, eficiente, sustentable y pertinente”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada al artículo 64.

Observaciones al artículo 65.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

En el artículo 65, agregar después del “desarrollo del currículo”, “con la participación efectiva de los docentes”.
Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Observaciones a la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 66.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

En el artículo 66, agregar un párrafo nuevo que se leerá: “Se deberá incorporar en los programas de idioma nacional, tanto de primaria como de secundaria, unidades referidas a la lengua nicaragüense de la Costa del Caribe.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 67.

Observaciones al artículo 68.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

En el artículo 68, eliminar “ubicación en el mundo del trabajo”, y poner “para la vida”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 69.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Agregar artículo nuevo posterior al artículo 69, que se leerá de la siguiente manera:

Artículo nuevo: “Plan de estudio mínimo para primaria: idioma nacional, matemáticas, ciencias naturales, ciencias sociales (historia de Nicaragua y geografía de Nicaragua), educación física, educación estética y artística, formación para la ciudadanía”.

Artículo nuevo posterior al artículo 69: “Plan de estudio mínimo para secundaria: idioma nacional, matemáticas, idioma extranjero, ciencias naturales, (física, química, biología y ciencias naturales), ciencias sociales (historia, geografía de Centroamérica, historia universal, filosofía y economía), educación física, formación cívica y orientación vocacional”.

Agregar párrafo nuevo posterior al 69, que se leerá: “Las actividades educativas incorporarán en los planes de estudio, el conocimiento, la cultura, costumbre, tradiciones y lenguas de las comunidades de la Costa del Caribe”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada al artículo 69.

A votación el Capítulo I, de Título III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Título III, Del Desarrollo Científico y Tecnológico; Capítulo I, Del Mejoramiento, Adecuación y Transformación del Currículo Educativo.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO II
DE LA INVESTIGACIÓN Y EXPERIMENTACIÓN
PARA EL DESARROLLO DEL CURRÍCULO

Arto.70 La evaluación curricular se realizará a través de la investigación educativa, la cual debe llevarse a cabo en todos los ámbitos del sector educativo, incluyendo a todos los actores del proceso educativo, y estará a cargo tanto de los maestros y maestras como de dependencias especializadas del subsistema educativo correspondiente.

Arto.71 Se debe investigar la calidad de los productos educativos, en los diferentes niveles, modalidades y grados, teniendo como referente los objetivos a fin de alcanzar la pertinencia en la educación. Promover los procesos de autoevaluación de la actividad educativa por cada uno de los estamentos de la comunidad educativa.

Arto.72 Cada subsistema y en perspectiva holística deberá promover experiencias pedagógicas innovadoras que alimenten la calidad del Sistema Educativo Nacional.

Hasta aquí el Capítulo II, del Título III.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Observaciones al artículo 70, del Capítulo II.

Observaciones al artículo 71.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Artículo 71, moción de consenso:

Cambiar el término “producto” por “resultados”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Observaciones a la moción presentada

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 72

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo II, De la Investigación y Experimentación para el Desarrollo del Currículo.

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS:
CAPÍTULO III
DE LOS CENTROS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

Arto.73 Son centros dedicados a impulsar, dirigir, orientar y ejecutar la realización de investigaciones en todas las áreas del conocimiento y especialmente las aplicadas a los problemas que enfrenta la sociedad, en aras de aportar soluciones a los problemas existentes. Los Centros de Investigación del Sistema Educativo Nacional, se coordinarán con el Consejo Nicaragüense de Ciencia y Tecnología (CONICYT), ya que es el órgano encargado de la investigación de acuerdo con el Decreto 14 del 4 de marzo del 2002.

Arto.74 Son funciones de los Centros de Investigación:

a) Elaborar líneas nacionales de investigación que contribuyan al desarrollo económico social de nuestro país, en el contexto de la globalización.

b) Promoción del conocimiento científico y tecnológico, que incluya programas y actos académicos diversos, en colaboración con instituciones y organismos nacionales e internacionales. Propiciar la investigación en el aula para favorecer el desarrollo educativo.

c) Analizar el desarrollo y situación de la educación en Nicaragua. Propiciar las investigaciones multidisciplinarias, realizando las coordinaciones interinstitucionales.

d) Establecer relación con asociaciones de la sociedad civil y el Consejo Nacional de Investigación y Tecnología (CONICYT), a fin de obtener financiamiento para las investigaciones.

e) Elaborar indicadores fiables de evaluación de la calidad en la educación.

Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 73.

Tiene la palabra el honorable diputado Fidel Moreno Briones.

DIPUTADO FIDEL MORENO BRIONES:

Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a presentar dos mociones: una referida al cambio del título, que debe leerse: “De los Centros e Institutos de Estudio e Investigación Científica y Tecnológica”. Y la otra moción referida al cambio en el artículo 73, que se leerá así: “Los Centros de Investigación Científica y Tecnológica estarán dedicados”; y el resto del contenido sigue igual.

Igualmente aprovecho señor Presidente, para presentar moción de cambio al artículo 74: “El Consejo Nicaragüense de Ciencia y Tecnología (CONICYT), estará adscrito al Consejo Nacional de Educación”.

Presento las mociones.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Observaciones a las mociones presentadas.

A votación las mociones presentadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobadas las mociones al artículo 73.

Observaciones al artículo 74.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

Agregar un nuevo Capítulo, después del artículo 74, que se leerá de la siguiente manera:

“De los Centros e Institutos de Estudio e Investigación”. Artículo nuevo: “Los centros o institutos de investigación tienen por finalidad, desarrollar investigaciones científicas, proporcionar formación especializada para la producción del conocimiento, la formación científica, desarrollar las aptitudes, conciencia ética, solidaria, reflexiva, crítica, capaces de mejorar la calidad de la vida, consolidar el respeto por las instituciones y la vigencia del orden democrático”.

Artículo nuevo: “Los centros o institutos de estudio de investigación responderán a las necesidades de profesiones científicas, sociales y económicas de interés general para la nación, sin pretender sustituir en ningún caso, a aquellas instituciones de educación superior o de universidad que conforme a las normativas vigentes también tienen las facultades de extender títulos propios.

Los estudios de los centros o institutos de estudios de investigación, consistirán en estudios de actualización, post grado, especialización, maestría o doctorado, cuyo certificado, diploma, título de especialista, maestría y doctorado, gozarán del pleno conocimiento legal nacional e internacional”.

Artículo nuevo: “Los centros o institutos de estudios de investigación serán creados por la Asamblea Nacional a través de ley. Esta ley determinará su régimen académico, científico, administrativo, patrimonial, estructura y funcionamiento. Todo ello, sin perjuicio de exclusión o creación de centros o institutos conforme a la Ley 89, Ley de Autonomía de la Institución Educativa Superior”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada al artículo 74.

A votación el Capítulo III, De los Centros de Investigación Científica y Tecnológica.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo III.

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS:
TÍTULO IV
DE LA GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN

CAPÍTULO I
DE LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA EDUCACIÓN

Arto.75 El Subsistema de Educación Básica y Media es descentralizada, participativa y flexible; su jurisdicción territorial es el gobierno local (municipio).

Para su funcionamiento serán asignados al gobierno local los fondos requeridos de acuerdo a las necesidades socioeconómicas de cobertura, haciendo estimaciones de acuerdo con fórmulas ya establecidas con relación a las condiciones de pobreza de las comunidades respectivas.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, es responsable de las transferencias de responsabilidades educativas, recursos humanos y materiales, desde el ámbito nacional al ámbito local, conforme a lo establecido en la Ley 413, Ley de Participación Educativa. Esta acción no desliga la función indeclinable del Estado con la educación.

Arto.76 Son objetivos de la Gestión Descentralizada de la Educación:

a) Incorporar la educación en la agenda del desarrollo municipal y regional como uno de los ejes fundamentales para crear nuevas capacidades locales y formar el perfil del recurso humano requerido para alcanzar el desarrollo deseado.

b) Mejorar la gobernabilidad del Sistema Educativo mediante una articulación más eficiente entre el Gobierno Central, los gobiernos regionales, autónomos de la Costa Atlántica, los gobiernos municipales y los Consejos Escolares.

c) Consolidar y ampliar el modelo de participación educativa en los centros escolares, enfatizando en la autonomía pedagógica, para provocar innovaciones y transformaciones educativas más ágiles, y que junto a la autonomía financiera que les otorga la ley, se fortalezcan las capacidades de gestión en los centros educativos.

d) Promover el rescate de tradiciones, valores, costumbres, lenguas, y todo aquello que identifique a un territorio y a su población, sea éste comunal, municipal y regional.

e) Garantizar mayor eficiencia y efectividad en la administración de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la educación, focalizando los mismos en los sectores más pobres.

f) Propiciar mayor acción de los gobiernos municipales en la promoción del desarrollo, buscando optimizar y racionalizar el uso de sus recursos.

g) Involucrar a las autoridades municipales en la adecuación curricular para propiciar el desarrollo local.

h) Incrementar la participación de la comunidad, organismos no gubernamentales, y sociedad civil en la administración del sector educativo.

Arto.77 La descentralización obliga al Estado a realizar acciones como:
a) Llevar a cabo programas asistenciales, ayudas alimenticias, campañas de salubridad y demás medidas tendientes a contrarrestar las condiciones sociales que inciden en la efectiva igualdad de oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos.

b) Llevar a cabo programas compensatorios para apoyar con recursos específicos a aquellas entidades o estratos con mayores rezagos educativos, previa celebración de convenios en los que se concierten las proporciones de financiamiento y las acciones específicas que las autoridades educativas locales deban realizar para reducir y superar dichos rezagos.

Arto.78 Las Comisiones Educativas Municipales, según el artículo 65, inciso b) del Reglamento de la Ley de Municipios, apoyarán la educación en el municipio. Las autoridades municipales y locales deberán colaborar con los centros educativos y consejos escolares, para impulsar las actividades extraescolares y promover la relación entre la programación de los centros y el entorno socioeconómico.

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Observaciones al artículo 75.

Tiene la palabra la honorable diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar una moción de consenso, donde se cambia todo el escrito del Articulado, que se leerá así:

“La gestión de la educación escolar es concertada, participativa y con la flexibilidad. Esta gestión está regulada por la establecida en la Ley 413, Ley de Participación Educativa. Esta acción no desliga la función indeclinable del Estado con la educación”.

Paso moción.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.

Observaciones a la moción presentada.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 76.

Tiene la palabra la diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar moción de consenso al artículo 76, que dice así: “Eliminar palabra “descentralizada” en el literal c). En el literal h), agregar “organizaciones sindicales”.

En el inciso b), cambiar "Costa Atlántica" por "Costa Caribe". Y en el c), cambiar término "financiera" por "pedagógica".

Paso la moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 77.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, Presidente.

Es para hacer una observación al capítulo que se deberá leer: "De la Gestión Participativa en Educación".

En el “artículo 77, literal b)", se leerá así: "Llevar a cabo programas compensatorios, para apoyar con recursos específicos a aquellas identidades o estratos con mayores rezagos educativos". Y cambiar la palabra "descentralizadas", por "gestión".

Paso las mociones de consenso, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada al artículo 77.

A votación la moción presentada.

A votación el Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo I.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO II

DEL RÉGIMEN FINANCIERO DEL PRESUPUESTO ESTATAL

Arto. 79 El Gobierno de la República, por medio del Ministerio de Educación Cultura y Deportes y el Instituto Nacional Tecnológico, garantizará a cada centro educativo público la partida presupuestaria necesaria para cubrir los gastos de funcionamiento de los mismos. Además garantizará a cada centro educativo subvencionado, la partida presupuestaria acordada para coadyuvar al funcionamiento del centro.

Arto. 80 El presupuesto de la educación, será incrementado anualmente, tomando en cuenta el crecimiento de la demanda estudiantil, infraestructura, condiciones salariales tomando referencia del PIB.

Hasta aquí el Capítulo II, del Título IV.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 79.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Quiero presentar una moción de consenso, de cambio de todo el capítulo. Son dos artículos, los transformamos en un nuevo capítulo que se leerán los siguientes artículos así:

"Artículo. El Gobierno de la República, por medio del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y el Instituto Nacional Tecnológico, garantizará a cada centro educativo público, la partida presupuestaria necesaria para cubrir los gastos de funcionamiento de los mismos.

Nuevo artículo: "El Gobierno de la República de Nicaragua, destinará una partida presupuestaria acordada para cubrir el pago de plazas de educadores en los centros subvencionados".

Nuevo artículo: “Se prohíbe el cobro de aranceles, cuotas voluntarias u otras formas de pago en los centros educativos de primaria y secundaria pública estatales”.

Artículo nuevo: “La comunidad educativa podrá organizarse para impulsar y desarrollar actividades económicas en beneficio del centro de estudio”.

Artículo nuevo: Quiero aclarar este artículo para que quede en el Diario de Debates la interpretación del mismo.

“El presupuesto de la educación no superior será incrementado en un 5 por ciento de los ingresos tributarios anual, hasta el año 2,015 para dar respuesta al crecimiento de plazas nuevas de maestros, para ampliar cobertura escolar, crecimiento y mantenimiento de infraestructura, incremento de salario de los trabajadores de la educación superior”.

Señor Presidente, esto quiere decir que a partir del año 2007, sobre la base del Presupuesto del 2006, se va a incrementar el 5 por ciento, o sea que la base para el año 2007 sería, los 2,800 millones de córdobas actuales, más el 5 por ciento de los ingresos tributarios que se recaudarán para el año 2007; eso para que quede en el Diario de Debates. De todas maneras habrá una ley de financiamiento para aclarar más este punto.

Artículo nuevo: “La educación como derecho humano no debe ser tratado como mercancía. Corresponde al Estado garantizar el libre acceso a la misma, por la cual se debe luchar contra cualquier barrera económica que limite el desarrollo de la educación”.

Paso las mociones de consenso, que se redactan como nuevo capítulo leído en estas mociones.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada al artículo 79.

Observaciones al artículo 80.

A votación el Capítulo II, del Régimen Financiero del Presupuesto Estatal.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo II, del Régimen Financiero del Presupuesto Estatal.

SECRETARIO JOSE FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO III

DE LA TRANSPARENCIA Y EFICIENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA EDUCACIÓN

Arto. 81 Todo funcionario que maneje recursos financieros, provenientes del Presupuesto General de la Nación, o que tenga la custodia de bienes muebles o inmuebles asignados por el Ministerio de Educación, el Instituto Nacional Tecnológico y las universidades, estarán sujetos a las disposiciones legales vigentes relacionadas con la administración de los bienes del Estado.

Hasta aquí el Capítulo III, del Título IV:

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 81.

A votación el artículo 81, del Capítulo III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo III, De la Transparencia y Eficiencia de la Administración del Presupuesto de Educación.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO IV

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y LA NORMACIÓN DE LOS PROCESOS EDUCATIVOS

Arto. 82 El Ministerio de Educación Cultura y Deportes, el Instituto Nacional Tecnológico y las universidades, velarán por el buen funcionamiento de las distintas instancias y organismos normativos, administrativos de los distintos subsistemas, garantizarán el efectivo funcionamiento de las instituciones, así como la distribución equitativa de los recursos.

El sistema educativo es uno solo, en él se articulan todos los subsistemas, niveles y modalidades, debiéndose estructurar con los vasos comunicantes que correspondan, de manera que se eviten las brechas existentes entre la educación general básica y media, técnica y universidad.

Hasta aquí el Capítulo IV, del Título IV.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 82.

Tiene la palabra la honorable diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar una moción de consenso en el artículo 82, segundo párrafo, que dice así:

“Eliminar el segundo párrafo, debiéndose estructurar con los vasos comunicantes que le correspondan”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada al artículo 82.

Observaciones al artículo 83.

Tiene la palabra la honorable diputada Benita Arbizú Medina

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Es para presentar moción de consenso al artículo 83. “Agregar un nuevo párrafo que se leerá así”:

“Tres meses antes de la elaboración del calendario escolar, el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (MECD) y el Instituto Tecnológico Nacional, consultarán a la comunidad educativa sus criterios y aportes al mismo".

Paso moción de consenso.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 83.

A votación el Capítulo IV.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 Votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo IV, De la Administración de los Recursos y la Normación de los Procesos Educativos.

Se suspende la sesión, la continuamos mañana a las nueve de la mañana.

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL. VIGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA

22 DE MARZO DEL 2006.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA: Se les remite al Tomo V, Punto 3.27: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
CAPÍTULO V

DE LAS EXENCIONES FISCALES A LA EDUCACIÓN E INSTITUCIONES QUE APORTAN AL SERVICIO EDUCATIVO

Arto. 84 Las personas naturales o jurídicas podrán llevar a cabo actividades encaminadas a patrocinar, ya sea un centro educativo o varios de ellos, los que serán administrados de conformidad a lo establecido en el Reglamento de esta ley.

Arto.85 De acuerdo con la Constitución, las Universidades y los Centros de Educación Técnica Superior estarán exentos de toda clase de impuestos y contribuciones fiscales, regionales y municipales. Sus bienes y rentas no podrán ser objeto de intervención, expropiación ni embargo, según el artículo 125 de la Constitución Política.

Hasta aquí el Capítulo V.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el artículo 84.

Tiene la palabra el honorable Diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar una moción de consenso que se leerá de la siguiente manera:

Eliminar: “lo establecido en el reglamento de esta ley”, y en su lugar se agregará: “normativa acordada entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Educación Cultura y Deportes”.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

No quiero pasar por alto el agradecimiento al permitirme el día de hoy aprobar esta ley, que va a dar mucha satisfacción a este gran sector, como es el magisterio nacional.

Artículo nuevo posterior al artículo 85:

“El Gobierno de la República orientará las excepciones fiscales para las donaciones de materiales o bienes educativos destinados a los centros de estudios primarios, secundarios, técnicos, centros de investigaciones y técnicos básicos y medios”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación el Capítulo V, artículo 84, con la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 84, con la moción presentada.

A votación el artículo nuevo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo nuevo, y aprobado en su totalidad el Capítulo V.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
TITULO V

DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y LA PARTICIPACIÓN EN EDUCACIÓN

CAPÍTULO I

DE LOS ESTUDIANTES

Arto. 86 La educación es para los estudiantes un derecho y un deber social.

Son deberes de los estudiantes:

a) Participar en las actividades de enseñanza y aprendizaje que desarrolle la institución u organización a la que se adscribe. Esta participación comprende la asistencia a la docencia, el cumplimiento de labores fuera de aula y la incorporación en actividades extraescolares que sean parte de la currícula.

b) Cumplir la reglamentación interna de la institución educativa, así como otras disposiciones que emanen de sus autoridades. La buena conducta prescrita para la vida escolar, constituye también un deber del estudiante en sus actividades fuera de la escuela, en relación con todas las personas que integran la sociedad, incluyendo el respeto a los bienes públicos y privados.

c) Respetar y cuidar los bienes del centro educativo y cooperar en las actividades de mantenimiento preventivo y mejoramiento de los mismos.

d) Mantener vivo el sentimiento de amor a la Patria, que deberá manifestar con acciones positivas en relación con todo lo que constituye el patrimonio moral, cívico, natural y cultural de la nación.

e) Los demás deberes que le imponen observar y cumplir el Código de la Niñez y la Adolescencia, la convención sobre derechos del niño, otras leyes y tratados internacionales.

Arto. 87 Son derechos de los estudiantes:

a) Formarse en el respeto y defensa del principio de la libertad basada en la verdad, la moralidad y la justicia.

b) Inscribirse en cualquier institución, centro educativo, de conformidad a lo establecido en la Constitución y demás disposiciones legales.

c) Ser tratado con justicia y respeto, y no ser sujeto de castigos corporales, humillaciones ni discriminaciones. Ser evaluado con objetividad y solicitar revisión, según sea el caso.

d) Integrar libremente los gobiernos estudiantiles y asociaciones tendientes a mejorar la vida escolar, y elegir o ser electo democráticamente dentro de las mismas.

e) Reclamar ante la dirección del centro educativo, y de ser necesario a instancias educativas superiores, sobre las situaciones que vulneren los derechos, prescritos en esta ley.

f) Recibir una enseñanza eficiente y de calidad. Contar con los materiales educativos de forma equitativa de manera que le permita un mayor desarrollo intelectual.

g) Participar en las diferentes etapas de elaboración y transformación curricular.

h) Participar en actividades escolares y extraescolares tales como: eventos culturales, científicos y deportivos.

i) Contar con el mobiliario e infraestructura pedagógica necesaria para el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje.

j) Gozar de los derechos establecidos por el Código de la Niñez y la Adolescencia, otras leyes y convenciones y tratados internacionales vigentes.

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar una moción de consenso en el artículo 87, literal a), al que se agregará lo siguiente: “...los derechos humanos, cooperativismo, respeto al medio ambiente, así como en educación vial y prevención de desastres naturales”.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación el artículo 86.

Se abre la votación con una moción presentada.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 86, con la moción presentada.

Observaciones al artículo 87.

A votación el artículo 87.

A votación el Capítulo I, De los estudiantes, con los artículos y las mociones aprobadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

82 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Título V del Capítulo I, De los Estudiantes, con sus artículos.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
CAPÍTULO II

DEL PERSONAL DOCENTE

Arto. 88 Los maestros y maestras en el ejercicio de la docencia, deberán cumplir con los objetivos generales de la educación y sus funciones prescritas por la Ley de Carrera Docente.

Arto. 89 El salario de los docentes será revisado y negociado con organizaciones sindicales nacionales debidamente registradas de manera anual hasta alcanzar el salario promedio de los maestros y maestras centroamericanos en un plazo de cinco años a partir de la vigencia de la presente Ley.

CARRERA DOCENTE

Arto. 90 A través de la ley No. 114 Ley de Carrera Docente se regula el ejercicio de la docencia, las permutas, los traslados, las promociones, las destituciones así como los deberes y derechos de los maestros y maestras de las diferentes áreas de la educación, exceptuando la educación superior.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación el artículo 88.

Tiene la palabra la honorable Diputada Rita Fletes Zamora.

DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:

Señor Presidente, tengo una moción para el artículo 89.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

¿No hay nada para el 88?

A votación el artículo 88.

Observaciones al artículo 89.

Tiene la palabra la honorable Diputada Rita Fletes Zamora.

DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:

Gracias, señor Presidente.

Agregar un párrafo que se leerá de la siguiente manera: “Los educadores al jubilarse recibirán el 100 por ciento del salario devengado, según el cargo que desempeñan al momento de la jubilación o invalidez total y permanente”.

Es de consenso, y la paso a Secretaría, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Después del artículo 89, agregar un nuevo artículo que se leerá de la siguiente manera:

“El Gobierno de la República garantizará las condiciones de higiene y seguridad laboral que permitan prevenir y tratar las causas de enfermedades laborales durante el ejercicio docente”.

Una moción de consenso.

Aprovecho, señor Presidente, para presentar otra moción de artículo nuevo, posterior al artículo 90. Y le corrijo al Segundo Secretario, que es la Ley 114, no 144.

Los nuevos artículos se leerán de la siguiente manera:

“El Gobierno de la República reconoce a la docencia como carrera profesional, por lo cual se obliga a dignificarla, cumpliendo con las leyes que reconocen los derechos y deberes del magisterio”.

Artículo nuevo: “Los docentes gozarán de estabilidad en el puesto de trabajo, gozarán de inamovilidad en su lugar de labores y sólo serán removidos por falta a la ley debidamente comprobada o de mutuo consentimiento”.

Nuevo artículo: “Salvo que sustituya a otro docente, el nombramiento de los educadores será de manera indefinida”.

Artículo nuevo: “Los cargos de confianza, tanto en el Ministerio de Educación como Inatec, están referidos a los cargos de Ministro, Viceministro, Director Ejecutivo, Directores Generales, Secretarios Generales y Subdirector Ejecutivo”.

Paso las mociones de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada al artículo 89.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

87 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 89, con sus mociones.

Tiene la palabra el honorable diputado Miguel López Baldizón.

DIPUTADO MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN:

Gracias, señor Presidente.

Había pedido la palabra para hacer una consulta a los miembros de la Comisión sobre el artículo 89, pero lamentablemente ya se votó; como se está votando por capítulo, a lo mejor si cabe la pregunta puede incorporarse.

El artículo 89 dice que “el salario de los docentes será revisado y negociado con las organizaciones sindicales”. Le preguntaba yo al honorable Diputado Zepeda, si la revisión y la negociación no significa automáticamente el reajuste salarial, y dicen los abogados en Derecho, que lo que abunda no daña, que si valdría la pena agregarle: “El salario será revisado, negociado y reajustado”; porque se puede revisar, se puede negociar y puede ser que no se llegue a acuerdos y no se reajuste el salario de los maestros.

Entonces pregunto si sería necesario incorporarlo para que diga: “revisado, negociado y reajustado”, como un mandato de ley expresado en este artículo. Pero quedaría a consideración de los honorables miembros de la Comisión si es necesario integrar la palabra “reajustado”.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Efectivamente, la preocupación del Diputado López es válida, pero cuando analizamos si será responsabilidad de las organizaciones sindicales garantizar que en las negociaciones siempre sea en aspecto positivo, porque si ya lo ponemos en revisión, obviamente se puede tomar como un punto nada más el reconocer la devaluación o el deslizamiento. Entonces, en el aspecto de la negociación será capacidad de las organizaciones saber negociar y obtener lo mejor para los educadores. No dejarlo solamente al reajuste, sino que también puede ser incrementado y puede ser elevado; y como lo establece claramente que en cinco años tiene que alcanzar el promedio de los maestros centroamericanos, queda resuelto el hecho de que debe de haber incremento año con año.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación los artículos nuevos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobados los artículos nuevos.

Tiene la palabra el honorable diputado José Castillo Osejo.

DIPUTADO JOSÉ CASTILLO OSEJO:

Gracias, señor Presidente.

Votaron el artículo al que precisamente quería hacer notar algo. Y no estoy en contra de la moción, le aclaro, yo estoy de acuerdo en que nuestros profesores como los médicos, deben ganar salarios decentes, salarios que les permita una vida muelle, tranquila. Estoy de acuerdo en que la jubilación sea del cien por ciento, no me estoy oponiendo a ello; lo que quiero es llamar la atención sobre la ley que existe ya sobre las jubilaciones, hay una contradicción entre la petición y lo que se acaba de votar a favor, y una contradicción con la Ley de Jubilación existente.

Entonces tendríamos que ir a una reforma de la Ley de Jubilación actual, o reformamos ésta y analizamos con más detenimiento este artículo y esta moción a la que yo no me opongo, me opongo a que hay un choque entre la Ley de Jubilación actual y lo que se está pidiendo en esta ley.

Señor Presidente, muchas gracias, pero se ha votado ya y desgraciadamente es extemporánea mi petición, aunque lo había hecho con anterioridad.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el honorable diputado Eduardo Mena Cuadra.

Observaciones al artículo 90.

A votación el artículo 90, el Capítulo II y sus artículos anotados.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo II.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
CAPÍTULO III

DE LA FAMILIA: PADRES, MADRES O TUTORES

Arto. 91 A los padres y madres o tutores, como primeros responsables de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad ó hasta cuando ocurriere cualquier modalidad de emancipación, les corresponde:

a) El deber y el derecho de educarlos y libremente decidir el tipo y la forma de educación que desea para sus hijos, y hacer efectivo el principio del respeto a los derechos de la niñez y la adolescencia.

b) Matricularles en las instituciones educativas que estén de acuerdo a sus preferencias.

c) Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, y sobre la marcha de la institución educativa.

d) Participar en los programas de Escuela para Padres.

e) Participar en la gestión educativa a través de las asociaciones de padres y madres de familia, de los consejos escolares y demás instancias participativas, y velar por la adecuada realización de la actividad educativa.

f) Hacer críticas constructivas y exigir respuesta a las autoridades y actores de la educación.

g) Les corresponde además cumplir y gozar de los derechos que estatuye la Ley de Participación Educativa, Ley de Participación Ciudadana, y los deberes públicos que emanan de leyes y tratados vigentes.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 91, del Capítulo III.

Tiene la palabra la honorable Diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Y es para presentar una moción de consenso. En el artículo 91, literal b), agregar la frase: “...la obligación de matricular”; y el resto sigue igual.

Agregar en el literal c) “Asistir a informarse”; el resto sigue igual.

El literal d), agregar: “...para superarse culturalmente, alcanzando conocimientos que le permitan transformar su medio ambiente, familiar, social y comunal”.

Paso la moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observación a la moción presentada.

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo III, De la Familia: Padres, Madres o Tutores, con sus artículos y las mociones presentadas.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO IV

DE LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS

Arto.92 Será obligación de los trabajadores administrativos, por la naturaleza de su actividad, apoyar la realización de la actividad escolar, garantizando la seguridad en los centros educativos, la creación de un ambiente adecuado, la atención de calidad a los estudiantes y todas aquellas acciones que favorezcan la realización de la docencia, de sus derechos de acuerdo con la Constitución, el Código Laboral y demás leyes y reglamentos internos.

DE LA REPRESENTACIÓN GREMIAL

Arto.93 En todos los centros educativos, independientemente de su nivel y de su naturaleza, los maestros, maestras y estudiantes tendrán reconocimiento oficial de sus organizaciones y podrán participar en la definición general de las políticas educativas del centro, además gozarán del derecho de representación a través de la organización gremial que ellos escojan y que cumpla con lo establecido por el Código del Trabajo.

Hasta aquí el Capítulo IV.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 92.

Observaciones al artículo 93.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Es para agregar un nuevo artículo, posterior al artículo 93, que dirá así:

“El Gobierno de la República está obligado a respetar el derecho a la sindicalización de los educadores, por lo tanto está prohibido promover o limitar dicho derecho”.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada al artículo 93.

Tiene la palabra la honorable diputada Benita Arbizú Medina.

DIPUTADA BENITA ARBIZÚ MEDINA:

Gracias, señor Presidente.

Es para presentar una moción de consenso al mismo artículo 93, que es sustituir “maestros y maestras” por “trabajadores de la educación”.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

A votación el Capítulo IV, De los trabajadores administrativos, con sus artículos y las mociones presentadas.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo IV.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO V

DEL PAPEL DE LA SOCIEDAD CIVIL, SECTOR EMPRESARIAL, COMISIONES INTERINSTITUCIONALES

Arto. 94 La educación en Nicaragua es un proceso que requiere de la participación social. Las organizaciones civiles, las instituciones y empresas públicas y privadas, los gremios, las instituciones religiosas y laicas, y en general todos los sectores de la Nación, tienen en la educación intereses objetivos y responsabilidades ineludibles.

Arto.95 Todas las organizaciones civiles, instituciones, las empresas y la sociedad civil en general, que por su naturaleza estén relacionadas con la educación, tienen el deber y derecho de participar activamente en la planificación, gestión y evaluación del proceso educativo, dentro de la realidad nacional, pluricultural y multiétnica.

Arto. 96 Son funciones de las organizaciones civiles, empresas, instituciones que apoyan a la educación:

a) Impulsar programas que eviten la exclusión escolar.

b) Coordinar acciones conjuntas con las organizaciones nacionales y extranjeras que apoyen los programas educativos.

c) Promover, apoyar y desarrollar por sí misma o en alianza con la comunidad educativa, instituciones del Estado, agencias de cooperación, instancias de participación y promoción del derecho a la educación, como defensorías, mesas locales por el derecho a la educación y cualquier expresión organizada para la defensa de este derecho.

d) Apoyar la educación a través del desarrollo de programas alimenticios, programas de becas y préstamos estudiantiles.

e) Implementar acciones subsidiarias para favorecer a los más pobres, de manera tal, que incrementen su permanencia en el sistema educativo, especialmente a través de transferencias económicas necesarias a las familias para que los niños estudien, en lugar de trabajar.

f) Armonizar las acciones educativas formales, con la actividad no formal ofrecida por los diversos sectores de la sociedad y las modalidades informales que surgen espontáneamente en ella.

Arto.97 El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, el Instituto Nacional Tecnológico y las Universidades deberán presentar proyectos educativos a todas las organizaciones, entes gubernamentales, y representantes de la sociedad civil que apoyen la educación.

Hasta aquí el Capítulo V.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 94.

Observaciones al artículo 95.

Tiene la palabra la honorable diputada Delia Arellano Sandoval.

DIPUTADA DELIA ARELLANO SANDOVAL:

Gracias, señor Presidente.

Sólo quería hacer una observación a los miembros de la Comisión, para que quede en el Diario de Debates, que cuando hablamos aquí en el 94, hacemos el señalamiento para las instituciones religiosas y laicas, pero ya en el 95 y en el 96 no están incluidas.

A mí me gustaría que la comisión tuviera a bien que podamos incluirlas, para que quede bien claro el articulado, que las instituciones religiosas que dan un gran aporte a la educación en Nicaragua, quede bien claro en este artículo 95 y en el artículo 96.

Esa sería una sugerencia para los miembros de la comisión, si lo tienen a bien, si no que quede en el Diario de Debates, que están incluidas las instituciones religiosas que hacen una excelente labor en la educación en Nicaragua.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Ya están incluidas en el artículo 95.

Muchas gracias honorable diputada.

Observaciones al artículo 96.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Como no le podemos imponer obligaciones a empresas e instituciones que tienen su propio funcionamiento, presentamos una moción de consenso para eliminar este artículo, porque no podemos obligar a las instituciones que trabajen voluntariamente con la educación.

Paso la moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción de eliminar el artículo 96.

Observaciones al artículo 97.

A votación el Capítulo V.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo V.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
TÍTULO VI

DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y LOS RECURSOS

CAPÍTULO I

DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

Arto. 98 El Estado, en conjunto con las instancias y órganos que administran y dirigen la educación nacional en todos sus niveles, impulsará el establecimiento y reglamentación de un sistema nacional de acreditación de la calidad de la educación y los procesos de enseñanza y aprendizaje en todas sus modalidades y niveles, con el fin de asegurar al país, a la sociedad y a la familia que las instituciones educativas de toda índole y naturaleza cumplen los requisitos esenciales de la calidad y excelencia académica y aseguran los fines de la educación definidos por la Constitución Política del país.

Arto. 99 El Estado, en conjunto con los órganos e instancias que administran y dirigen la educación en todos los niveles, establecerá un sistema nacional de evaluación de la educación, que tendrá como objetivo el diseño y aplicación de criterios y procedimientos para evaluar la calidad de la enseñanza, el desempeño profesional del docente y los directivos de los centros de educación, los logros académicos de los estudiantes, la eficacia de los métodos empleados, la organización administrativa y física de las instituciones educativas y la eficiencia en la prestación del servicio.

Arto.100 Aquellas instituciones que presenten resultados insuficientes deberán recibir apoyo para mejorar los procesos y calidad de su servicio. Si las insuficiencias se derivan de factores vinculados a la negligencia o irresponsabilidad en la administración de los centros o instituciones educativas se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes y que sean contempladas dentro del mismo sistema.

Arto.101 Dentro del diseño y organización general de la acreditación de la educación serán incluidos todos los subsistemas del Sistema Educativo.

DE LOS ÓRGANOS ACREDITANTES DE LA EDUCACIÓN

Arto. 102 Los órganos acreditantes de la Educación son:

a) El Consejo Nacional de Universidades será el órgano competente para reconocer oficialmente a los Centros de Educación Universitaria, Públicas y Privadas, Técnica Superior y a las Universidades.

b) El Ministerio de Educación definirá los requisitos mínimos de infraestructura, pedagogía, administración, financiamiento y dirección que deben reunir los Centros Educativos Públicos y Privados de la Educación Inicial, General Básica, Media y Especial.

c) El Instituto Nacional Tecnológico será el responsable de evaluar la calidad de los Centro de Educación Técnica del país.

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 98.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

Vamos a iniciar haciendo una reforma al nombre del Título VI, el que se leerá de la siguiente manera: “Del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de los Órganos Acreditantes y de los Recursos”.

Con respecto al título del Capítulo I, se leerá de la siguiente manera: “Del Consejo Nacional de Evaluación, Acreditación y de los Órganos Acreditantes”.

Son mociones de consenso.

Siendo que vamos a reformar el artículo 98, 99, 100, 101 y 102, si me permite leer las mociones en un sólo bloque, para que de esa manera avancemos más rápido.

“Refórmese el artículo 98, 99, 100, 101, 102, que se leerán de la siguiente manera:

Arto. 98 Se crea el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación del Sistema Educativo Nacional como el único órgano competente del Estado de acreditar las instituciones educativas de educación superior, tanto públicas como privadas, así como evaluar el resultado de los procesos educativos desarrollados por el Ministerio de Educación, Inatec e Intecna. Este Consejo constará con su propia Ley Orgánica”.

“Artículo nuevo: Las instituciones educativas extranjeras y sus filiales, serán igualmente obligadas para su funcionamiento por las disposiciones, reglamento y normativa que emanen de este órgano, en materia de evaluación y acreditación”.

“Artículo nuevo: El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación conformará comisiones nacionales de evaluación y acreditación para cada subsistema educativo, los parámetros, criterios, estándares de calidad, aplicable en cada subsistema, tanto para la evaluación como acreditación, deberán ser construidos en consulta con las instituciones legalmente constituidas en cada uno de ellos o su representante”.

“Artículo nuevo: Es legítimo para todos los efectos de evaluación y acreditación que dos o más instituciones sumen sus capacidades y posibilidades físicas, material y académicas, para garantizar el cumplimiento de estándares de calidad instituida por el sistema en beneficio de sus alumnos”.

“Artículo nuevo: El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación estará integrado por cinco miembros, quienes serán electos por la Asamblea Nacional a propuestas presentadas por las universidades públicas, universidades privadas, presidente de la República, diputados y asociaciones de profesionales legalmente constituidas”.

“Artículo nuevo: La Asamblea Nacional convocará a elección de los miembros del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, en un plazo no mayor de sesenta días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley. El período en el cargo de los miembros del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación será de cinco años, pudiendo ser reelectos”.

“Artículo nuevo: Los candidatos propuestos al tenor del artículo de la presente ley, deben satisfacer el requisito básico de ser funcionarios de por lo menos diez años en servicio académico, y deberá contar con maestría o doctorado en la materia o en gestión educativa”.

“Artículo nuevo: A los miembros electos del Consejo Nacional de Acreditación se les prohíbe: ser socios de entidades educativas privadas, ser funcionarios de entidad educativa pública o privada, ejercer cargos administrativos en entidad educativa pública o privada. Estas prohibiciones excluyen el ejercicio de la docencia horario en entidades públicas o privadas”.

“Artículo nuevo: (Todo esto relacionado al mismo Capítulo) Los miembros del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación electos por la Asamblea Nacional, ejercerán sus funciones plenas a partir del primero de enero del año 2007.

La Asamblea Nacional elegirá al presidente y vicepresidente de ese organismo en el mismo acto de selección de los miembros del Consejo. Para efectos del cómputo del período electo, se tomará en referencia el primero de enero del año 2007, fecha de instalación plena del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación”.

“Artículo nuevo: Funciones del Consejo Nacional de Acreditación. Son funciones del Consejo las siguientes:

Organiza y dirige los aspectos técnicos y organizativos de los procesos de auto evaluación y acreditación; elabora su reglamento de funcionamiento”.

"Artículo nuevo: 4) Elaborar y presentar su presupuesto.

5) Rinde informe de su actuación ante la Asamblea Nacional anualmente.

El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación decidirá en su momento la pertinencia de autorizar agencia acreditante de distinta naturaleza o especialidades con funcionamiento en el país. Ninguna agencia acreditante funcionará en el país sin autorización del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación”.

Entrego mociones de consenso, todas vinculadas al Título VI del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de los Órganos Acreditantes y los Recursos.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Donald Lacayo Núñez.

DIPUTADO DONALD LACAYO NÚÑEZ:

Muchas gracias, Presidente.

Yo no puedo callar esta mañana hacia algunos comentarios en torno a esta ley que se está debatiendo. Para nadie es un secreto la importancia que esta Ley de Educación tiene en Nicaragua. Pero la ley que originalmente aprobamos y que conocemos de Nicaragua, dista muchísimo de esta ley que se está aprobando. Estos artículos nuevos que dicen "artículo nuevo", "artículo nuevo", ni siquiera los hemos visto en la bancada. Yo siento mucho decirlo, pero ésa es la verdad.

Yo lo que le pediría, Presidente, es que dada la envergadura, la importancia y trascendencia que tiene esta ley para el desarrollo educativo de Nicaragua, que suspendamos la discusión de esta ley, que analicemos todos estos artículos nuevos que se están proponiendo, porque ciertamente esto de estar aprobando una ley fundamental de Nicaragua, como lo es la Ley de Educación, aprobarla a "matacaballo", nadie está quedando satisfecho aquí en el Plenario de esta Asamblea Nacional.

Yo desconozco ciertamente, y cuando están hablando de consensuar, conmigo no han consensuado nada, ni siquiera me han preguntado ni me han consultado, y yo lo que menos tengo o puedo tener derecho en este plenario, es que cuando se habla de consenso, que diga con quiénes las han consensuado. Yo no me estoy oponiendo a la aprobación de esta ley, y quede totalmente claro, yo a lo que me estoy oponiendo es al procedimiento que estamos usando en una serie de artículos nuevos que no los conozco y no sé cuantos diputados más no conocen este articulado de una ley fundamental para el desarrollo del país, como es la Ley de Educación.

De tal manera que yo pido que suspendamos esta discusión, que analicemos toda estas propuestas que se están dando y que para la próxima plenaria volvamos a retomar el tema.

Si mi petición no es aprobada, honorable señor Presidente, estamos asestándole un golpe duro a una ley que todos nos entusiasmamos, que nos motivamos, que estuvimos comprometidos con ella, pero esto que se está aprobando no es la ley que nosotros queremos. Yo no sé de dónde han sacado tantos artículos nuevos y se hace necesaria una investigación, se hace necesario analizar más a fondo esta ley, para que sea una ley que responda a las expectativas presentes y futuras de la educación de Nicaragua.

De tal manera que ése es el comentario que yo quería hacer, Presidente.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra la honorable diputada Delia Arellano Sandoval.

DIPUTADA DELIA ARELLANO SANDOVAL:

Gracias, señor Presidente.

Me gustaría que me aclaren y que me expliquen un poco de estos artículos nuevos, porque siento que el presidente de la comisión los leyó muy rápido y por ser artículos nuevos no comprendí realmente qué es lo que quiere decir con este nuevo Consejo, con entidades. Si estamos hablando de instituciones educativas, pues sigamos hablando de instituciones educativas. Pero salen con términos de "agencias", y que la Asamblea Nacional, nombrará a un Consejo.

No sé, no estoy clara cuál es la intención, y me gustaría que me explicaran para poder de esa manera seguir dando mi voto y entender por qué nosotros vamos a nombrar aquí a la gente, como institución de la Asamblea Nacional, cuando es educación. No sé por qué tenemos que estar los diputados haciéndolo político después, y ya vamos a politizar más la educación, porque ya estamos introduciendo a la Asamblea Nacional. Eso es lo que a mí me preocupa, que se politice la educación cuando tiene que ser algo totalmente fuera de la Asamblea Nacional.

Nosotros no tenemos que nombrar, los que lo tienen que nombrar son los maestros, los educadores, el Ministerio de Educación, las organizaciones civiles, pero no nosotros como Asamblea Nacional. Pero tal vez como no lo escuché bien, como no comprendí cuál era el objetivo, pues me gustaría que el Secretario o la Secretaria lo leyera nuevamente, despacio, para poder comprender cuál es el objetivo real de ese nuevo capítulo, porque son como seis o siete artículos, cuál es el objetivo fundamental y de esa manera si encuentro que realmente es necesario que nos involucremos la Asamblea Nacional, que para mí involucrar a la Asamblea con la parte educativa, me da cierto temor, porque ya se empieza a politizar la educación y no queremos que se politice. Suficiente tiempo hemos estado queriendo quitar la política de la educación para que nosotros vengamos aquí a hacerlo en esta ley.

Quiero que se lea despacio o nos explique en qué consiste, cuál es el objetivo de ese nuevo Consejo, en el que estamos involucrando a la Asamblea Nacional.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Vamos a tratar de explicar, porque creo que no han leído la ley, me van a disculpar. Si ustedes se fijan, la ley que se aprobó en lo general habla de los organismos acreditantes de la educación. Entonces lo que trata de elaborar la nueva propuesta, es darle lo que la lógica y el desarrollo científico de la educación establece hoy.

Señores diputados, ustedes aprobaron hace dos años un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo para acreditar a las universidades en este país. El proceso de acreditación es un proceso que se ha iniciado como un sistema para lograr mayores niveles de eficiencia en la educación superior y, por lo tanto, también en la educación básica, media, técnica y primaria.

Lo que se está proponiendo aquí es darle un orden lógico a lo que se establece en la nueva filosofía de la educación con respecto al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, porque no puede haber órganos sin personas y lo que estamos tratando es convertir el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, en un órgano del Estado para que no sean las universidades, o sea el Ministerio de Educación, por intereses propios quienes nombren a los representantes de estos organismos que tienen la responsabilidad de evaluar la calidad de la educación y de los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Lo que estamos planteando aquí es que, de los artículos que estaban aprobados, disgregarlos y agregar los nuevos, que es formar el Consejo de cinco personas, que tienen la particularidad de ser académicos, nada tienen que ver los aspectos partidarios, por eso se establecen claramente los requisitos de ley y se el esfuerzo que debe hacer un profesional de la educación para que pueda asumir la responsabilidad de autorizar la creación de nuevas universidades.

Yo creo, señores diputados, que cuando les estamos proponiendo la lógica de la modernidad de la educación, no estamos hablando de partidarizar la educación, sino que, obviamente, una entidad del Estado la elige la Asamblea Nacional, porque imagínense ustedes que si los rectores nombran a los que van a acreditar, va a haber una parcialización de esos acreditantes. Tienen que haber personas que estén desvinculadas del Ministerio de Educación, de las universidades, que sean electas como entidades del Estado y les garanticemos que cuando evalúen el sistema, digan la verdad sobre el sistema de educación.

Ese es el interés, la propuesta y por eso dijimos: cambiar los artículos por lo que es moderno. Esto fue consensuado, y si los compañeros diputados de la otra bancada no lo conocen, esto fue también en consenso con las universidades, para poder llegar a este punto de acuerdo.

Entonces yo le pido, señor Presidente, ya que en ciento seis años hemos estado sin ley, los diputados debemos estudiar, valorar esta ley y se van a dar cuenta que es una ley moderna, una ley que permite ahora estar a los niveles de países desarrollados en términos de acreditación.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

Con el mayor respeto que se merece el diputado Donald Lacayo, es un derecho que tenemos todos los noventa y dos diputados de la Asamblea, expresar nuestros puntos de vista. Pero creo que no es conveniente hacer público la falta de conocimiento de esta propuesta, siendo que hay una propuesta original en el proyecto de ley y que es facultad de las comisiones hacer cambios, aun si fuese necesario en un 100 por ciento del proyecto de ley.

Cuando se hizo y se trabajó lo que tiene que ver con el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, este órgano que va ser parte del funcionamiento, financiado por el Estado, fue con el único interés de que en años pasados en Nicaragua se inició un proceso de evaluación en el sistema educativo superior.

Lamentablemente hubo ciertos fondos que aprobamos nosotros y que no es un regalo del BID sino que son préstamos, y por conocimiento personal, no hubo buen uso de ese fondo. Quiero dejar bien claro que ese fondo fue manejado por un señor chileno, creo que hoy trabaja para el BID, y dejó mal antecedente en la administración del recurso.

Este tema sobre la creación del Consejo es totalmente académico, tanto, que dentro de las características de los futuros miembros de este Consejo tendrán que gozar de prestigio académico, no solamente desde el punto de vista de escribir en folletos, en revistas, en prensa o en lo que sea, sino que tengan también sus títulos que les permitan verdaderamente ser especialistas del área.

Ahora, ¿por qué razón crear este Consejo? Sencillamente porque dentro del sistema global, estamos hablando en los últimos días sobre la acreditación de las diferentes entidades superiores, y bajando un poco más, aun de los títulos universitarios, que realmente eso tiene que ver.

El Consejo Nacional de Universidades es la entidad por ley, correspondiente a la autorización de universidades de pre-grado y este Consejo velará por el funcionamiento de estas autorizaciones, específicamente para buscar el nivel académico en el sistema educativo superior que Nicaragua requiere. ¿Para qué? Para que los egresados nuestros, del sistema superior tengan las cualidades y las calidades para que sus títulos también sean acreditados y que puedan laborar y ser reconocidos en diferentes partes del mundo, dependiendo de los órganos acreditantes donde se estará dirigiendo dicho documento.

Entiendo que no todos tenemos la cultura de leer las propuestas de leyes, pero hasta el día de hoy, señor Presidente, y resto de mis compañeros, difícilmente el 100 por ciento de los miembros de esta Asamblea conocen las mociones, porque de hecho las mociones que se realizan a un articulado las hace la comisión, y ésta hace un consenso con las diferentes bancadas que componen la comisión y se supone que ambos representantes de las bancadas en la comisión bajamos la información y consultamos con nuestras respectivas bancadas.

En este contexto quisiera expresar, con el respeto que se merece el doctor, que yo expliqué esta ley en la bancada del partido al cual pertenezco, y quiero dejar bien clarito, no abuso, a menos de la autorización que se me confiere en la bancada, previo conocimiento de estas mociones y leídas a la bancada; ahora, que no todos hayan estado, son cien córdobas diferentes, pero tengo la autorización del partido y de la bancada para proponer estas leyes, y el respaldo de las demás bancadas, firmadas y consensuadas para que esto se apruebe.

Cometeríamos un error histórico, señor Presidente, que estando a poquitos artículos para culminar la ley, vengamos a echarnos para atrás toda esta labor. No hay por qué temer, no estamos politizando la educación, estamos legislando educación, que es diferente, estamos quitando las discrecionalidad que existe en el sistema educativo. Estamos quitando la no operatividad del sistema, no en base a criterios personales, sino en base a una ley que hasta el día de hoy no tenemos; estamos a pocos artículos, y por primera vez en ciento seis años que tendremos una Ley General de Educación.

Con el respeto y el aprecio y el cariño para todos, yo les solicito por favor, en nombre de la Comisión de Educación, en nombre del magisterio nacional, y en bienestar de lo establecido en esta ley en beneficio del gremio, les pido que terminemos la ley el día de hoy, no es la una de la tarde, nos falta poco y podemos terminar.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Nathán Sevilla Gómez.

DIPUTADO NATHÁN SEVILLA GÓMEZ:

Gracias, señor Presidente.

Respaldo la posición del presidente de la comisión y demás miembros de la Comisión de Educación, de que se apruebe la ley con las nuevas modificaciones que han sido producto de un consenso entre las universidades privadas y públicas y la Comisión de Educación, para darle congruencia a esta parte final de la ley.

Pero además, ahí mismo establece que este Consejo va a tener su propia ley orgánica, y la Asamblea Nacional tendrá que aprobar la ley orgánica de este Consejo Nacional de Educación. Aquí lo que está planteado sencillamente son las interrelaciones que tendrán que existir para que se evalúe la calidad de la enseñanza, se articulen los subsistemas educativos en armonía y que también la Asamblea Nacional cumpla su responsabilidad frente a la sociedad, para evitar que se politice, se partidarice y que esto funcione de acuerdo con la propia ley. Aquí nada va estar fuera de la ley, todo será regulado por ley y el reglamento.

De tal manera que yo pido que procedamos a la aprobación de lo que hace falta de la ley.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Muchas gracias, señor Presidente.

Quisiera llamar la atención brevemente, porque no quiero participar con el interés que por la vía de generar polémica, atrasar la aprobación en lo particular de una iniciativa tan importante, como es esta nueva Ley General de Educación. Sin embargo, es importante aclarar que al menos la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional ha sido permanentemente informada, tanto de los alcances de la iniciativa tal y como fue presentada y posteriormente dictaminada, como de los avances de los consensos que se han generado por parte de los diferentes actores que concurren en la aprobación de esta ley.

Inclusive, estas mociones de consenso que actualmente se están presentando, vía el diputado Zepeda, que es el interlocutor que la Bancada del Frente Sandinista comisionó para darle seguimiento a cada uno de los temas relativos a la Ley General de Educación, estuvo permanentemente informando a la Bancada del Frente Sandinista sobre los resultados de las conversaciones, y esas mociones de consenso son de pleno conocimiento de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional, es por eso que estamos respaldando las iniciativas.

Por otro lado también, es interesante un dato muy oportuno a aclarar aquí. Difícilmente todos los diputados de esta Asamblea Nacional podemos estar manejando al dedillo cada uno de los temas que la agenda legislativa demanda estar revisando en el Diario de Debates de este Parlamento nicaragüense, y es por eso que la Bancada del Frente Sandinista comisiona en base a las diferentes especialidades a los diferentes diputados para que le den seguimiento y avance legislativo a la aprobación de estas leyes.

En este caso particular, por ejemplo, me llama poderosamente la atención el planteamiento de mi querido amigo y colega el diputado Lacayo, ya que dice él que no conoce las mociones. Es lamentable que no las conozca, eso será un problema que tenga que resolver él con su bancada, porque parece ser que el diputado que me antecedió en la palabra dejó claramente establecido que también en su bancada ya estas mociones habían sido presentadas y presuntamente respaldadas, ya está todo perfectamente amarrado, entonces el que no está informado es él.

Pero ojalá que esto no se convierta en un patrón de conducta permanente, porque entorpecería la labor legislativa que correctamente la Asamblea Nacional quiere hacer a favor de los legisladores. Nosotros ayer estábamos presentando mociones en las leyes del Cafta y no escuchamos al diputado Lacayo que se opusiera, porque esas mociones se estaban redactando en el escaño de este servidor y no se rasgó las vestiduras porque no conocía esas mociones; sin embargo, en estas mociones que sí son del conocimiento de su bancada, aquí sí se pretende rasgar las vestiduras.

Al menos la bancada del Frente Sandinista está de acuerdo en que se apruebe esta ley con las mociones de consenso, y solicitamos al plenario no darle más vueltas a este asunto y aprobemos la Ley General de Educación.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Jaime Morales Carazo.

DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:

Gracias, Presidente.

Yo creo que se han dado suficientes y muy razonables explicaciones. Al comienzo tuve mis dudas, compartidas con otros colegas, porque a veces el texto de la ley que uno leyó, el documento, pues es muy diferente a la moción que se presenta, y a veces tenemos que fundamentar la decisión a base de oídas exclusivamente.

Todos los diputados tienen el pleno derecho de hacer sus observaciones completas y totales sobre cualquier ley, pero también comprendo que no todos tenemos la capacidad, la experiencia y los conocimientos, ni la obligación de saber todas las materias tan diversas que se debaten en una agenda legislativa, por lo que se tiene una confianza mínima, razonable en los que integran las comisiones, que fueron escogidos por la directiva, que representan los diferentes partidos.

Yo quedé ayer más claro con la exposición del presidente de la comisión, el doctor Mayorga, me satisface, la explicación, la entendí perfectamente. Para mí lo importante es que la Asamblea debe estar al margen de nombramientos innecesarios, porque si el Consejo universitario es integrado por todos los rectores, que son los responsables de la educación superior del país, que no vaya a significar restarle credibilidad para que ellos puedan atestiguar y testimoniar sobre esas cosas, pero parece que no es así.

En mi opinión muy personal, he entendido que el país requiere una ley de este tipo y está esperando más de cien. Y tal vez aunque algunos colegas no estén suficientemente claros, me parece que el tema ya ha sido bien debatido como para llevarlo a votación.

Yo fui convencido con los razonamientos que me dieron y mis objeciones mentales que tenía, pues las retiro porque creo que es más importante el todo, que un tipo de estas cosas. Y si no van a restarle importancia a los del Consejo, pues aprobemos esto y no le demos más tardanza a este asunto tan delicado para el país.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la mociones presentadas sobre los artículos nuevos del Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Título VI, Capítulo I, del Sistema de Educación Nacional, con sus artículos nuevos.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
CAPÍTULO II
DEL RECURSO ADMINISTRATIVO

Arto.103 Son instancias destinadas para conocer del recurso administrativo: Los Consejos Escolares y la Dirección General del Ministerio de Educación, exceptuando la Educación Superior.

Arto.104 En contra de las resoluciones de las autoridades educativas dictadas con fundamento en las disposiciones de esta Ley, y demás derivadas de ésta, podrá interponerse recurso de revisión dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Transcurrido el plazo sin que el interesado interponga el recurso, la resolución tendrá el carácter de definitiva.

Arto.105 El recurso se interpondrá, por escrito, ante la autoridad inmediata superior a la que emitió el acto recurrido u omitió responder la solicitud correspondiente.

La autoridad receptora del recurso deberá sellarlo o firmarlo de recibido y anotará la fecha y hora en que se presentó.

El interesado recibirá copia debidamente sellada o firmada.

a) En el recurso deberán expresarse el nombre y el domicilio del recurrente y los agravios, acompañándose los elementos de prueba que se consideren necesarios, así como las constancias que acrediten la personalidad del recurrente, en original y copia.

En caso de incumplimiento de los requisitos antes señalados, la autoridad educativa podrá declarar improcedente el recurso.

b) Al interponerse el recurso podrá ofrecerse toda clase de pruebas, y acompañarse con los documentos que sustentan la misma. Si se ofrecen pruebas que requieran ser refutadas, se abrirá un plazo probatorio no menor de diez ni mayor de treinta días hábiles para tales efectos. La autoridad educativa que esté conociendo del recurso podrá utilizar los métodos de resolución de conflictos si lo considera necesario.

Arto.106 La autoridad educativa dictará resolución dentro de los treinta días hábiles siguientes, a partir de la fecha:

a) De la admisión del recurso, cuando no se hubiesen ofrecido pruebas o las ofrecidas no requieran plazo especial de aprobación.

b) De la conclusión del período probatorio o, en su caso, cuando haya transcurrido el plazo concedido para ello, la instancia dictará su resolución.

Las resoluciones del recurso se notificaran a los interesados, o a sus representantes legales, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo.

c) La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución impugnada en cuanto al pago de multas.

d) Respecto de cualquier otra clase de resoluciones administrativas y de sanciones no pecuniarias, la suspensión sólo se otorgará si concurren los requisitos siguientes:

A) Que lo solicite el recurrente.

B) Que el recurso haya sido admitido.

C) Que de otorgarse no implique la continuación o consumación de actos u omisiones que ocasionen infracciones a esta ley.

D) Que no ocasionen daños o perjuicios a los educandos o terceros, en términos de esta ley.

Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 103.

Tiene la palabra el honorable diputado Reynaldo Mairena.

DIPUTADO REYNALDO MAIRENA:

Gracias, Presidente.

Tenemos una moción de consenso para incluir un artículo nuevo antes del 103, que dirá de la siguiente manera:

“De las resoluciones de las autoridades educativas. Se podrán interponer todos los recursos establecidos en las leyes especiales y subsidiariamente por lo establecido en el procedimiento administrativo común”.

Además que proponemos de consenso, eliminar los artículos 104, 105 y 106.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada, sobre el artículo 103.

Observaciones al artículo 104.

Observaciones al artículo 105.

Observaciones al artículo 106.

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo II, Del Recurso Administrativo, con la moción presentada y sus artículos.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
TITULO VII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS


Arto.107 La aplicación de la nueva Ley General de Educación será gradual y progresiva. Tomará en consideración los objetivos, estrategias del Plan Nacional de Educación.

Arto.108 El Ministerio de Educación dará prioridad a la inversión educativa en las zonas rurales, de frontera, urbano-marginales y de menor desarrollo.

Arto.109 La obligatoriedad de la Educación Inicial se establecerá progresivamente. Mientras tanto, el nivel inicial no será requisito para el ingreso al nivel de Educación Primaria, en los lugares donde no se haya logrado aún el objetivo de su universalización.

Hasta aquí el Título VII.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:


Observaciones al artículo 107.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez.

DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ:

Gracias, Presidente.

Se reforma el artículo 107, y se leerá de la siguiente manera:

“El Gobierno de la República garantizará en el Presupuesto del Año 2007 una partida presupuestaria para el funcionamiento inicial del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 108.

Tiene la palabra la honorable diputada Ana Lazo Álvarez.

DIPUTADA ANA LAZO ÁLVAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Agregar en la última línea, después de la palabra “de menor desarrollo”, “ y la Costa Caribe”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 109.

Tiene la palabra el honorable diputado Reynaldo Mairena.

DIPUTADO REYNALDO MAIRENA:

Gracias, señor Presidente.

Tenemos una moción de consenso que cambia el artículo 109, el cual dirá de la siguiente manera:

“El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, el Inatec e Intecna, impulsarán planes y programas que eliminen las barreras económicas y físicas para no limitar el acceso a la educación a las personas con capacidades diferentes”.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 110.

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

DISPOSICIONES FINALES

Arto.110 La presente Ley no requiere de reglamento, se consideran parte de la misma la Ley de Carrera Docente, Ley de Participación Educativa y la Ley 89 referida a las universidades, las mismas tendrán que ser revisadas para derogar lo se lo oponga a esta ley.

Arto.111 La presente Ley deroga todas aquellas leyes, decretos, disposiciones, normativas y reglamentos que se le opongan, a excepción de la Ley de Carrera Docente, publicada el 22 de noviembre de 1990, en La Gaceta, Diario Oficial No. 225.

Hasta aquí el articulado de la Ley General de Educación.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones al artículo 110.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

Es para hacer una moción de consenso al artículo 110, que se leerá de la siguiente manera:

“La presente ley es de observancia general, sus disposiciones son de orden público, de interés social y no requiere de reglamento”.

Paso moción.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada.

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

Observaciones al artículo 111.

Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, señor Presidente.

También es una moción de consenso, para leer el artículo 111 de la siguiente manera:

“La presente ley deroga aquellas leyes, decretos, disposiciones, normativas y reglamentos que se le opongan”.

Agregar, posterior al artículo 111, un nuevo artículo que se leerá de la siguiente manera:

“Las instituciones educativas, Ministerio de Educación, Instituto Nacional Tecnológico, Intecna Consejo Nacional de Universidades, harán los ajustes necesarios en el año 2006 para aplicar la presente ley”.

Paso las mociones de consenso.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Observaciones a la moción presentada.

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada.

A votación el Título VII.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Título VII, de Disposiciones Complementarias y Transitorias, así como los artículos y las mociones presentadas. Así queda aprobada la Ley General de Educación.

CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 28 DE JUNIO DE 2006. (VIGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA).


Los remitimos a la Adendum 11, Punto II: PRESENTACIÓN DE LEYES Y DECRETOS. Punto 2.87: VETO PARCIAL A LA LEY N° 582, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
Managua, 5 de mayo de 2006


Ingeniero
Eduardo Gómez López
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.


Honorable Señor Presidente:

Adjunto le remito el texto del Veto Parcial al Proyecto de Ley N° 582 “Ley General de Educación”, aprobada por la Asamblea Nacional el veintidós de marzo del dos mil seis y recibida en esta Presidencia de la República para su sanción, promulgación y publicación en 27 de abril de 2006.

Esperando que los Honorables Diputados den una acogida favorable a este Veto Parcial, adjunto los dos juegos originales de los autógrafos del Proyecto de Ley N° 582.

Sin más a qué referirme, hago propicia esta oportunidad para reiterarle las muestras de mi alta y distinguida consideración.

Afectísimo,

Enrique Bolaños G.
Presidente de la República


EXPRESIÓN DE MOTIVOS


Con fecha veintisiete de abril de 2006, recibí de la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Ley N° 582 Ley General de Educación, para su sanción, promulgación y publicación.

Después de un profundo análisis del referido Proyecto de Ley, me veo en la necesidad de presentar propuestas y consideraciones que tienden a fortalecer su contenido y por tal razón he tomado la decisión de ejercer el Derecho al Veto que me concede el numeral 3) del arto. 150 Cn. Es por esta razón que procedo a vetar parcialmente el Proyecto de Ley N° 582 Ley General de Educación, para lo cual expongo dentro del término preceptuado en el arto. 142 Cn., las consideraciones jurídicas que me asisten.

De conformidad a la Constitución Política de Nicaragua, es responsabilidad del Presidente de la República, velar por que los proyectos de Ley que remite la Asamblea Nacional para su aprobación, promulgación y publicación, estén de acuerdo con el marco jurídico vigente y con la realidad socioeconómica del país, responsabilidad que como gestor del bien común me impone garantizar su cumplimiento y respeto en pro del bienestar nacional.

Este Veto Parcial que presentó la Honorable Asamblea Nacional, tiene como finalidad proponer que se supriman algunos artículos del referido Proyecto de Ley, así como incorporación de modificaciones al texto de algunas disposiciones del Proyecto de Ley, a fin de garantizar la consistencia del mismo con la política económica y social del Gobierno para garantizar las metas macroeconómicas que deben adaptarse en la Ley Anual de Presupuesto General de la República de los próximos años.

En principio, mi Gobierno favorece la promulgación de la educación como un componente esencial para el desarrollo socioeconómico de Nicaragua, para lo cual se hace necesario implementar el marco legal que asegure y garantice el derecho a la educación de todos los nicaragüenses sin distingos de ninguna especie.

Lamentablemente, el Proyecto de Ley N° 582 omite algunas realidades del entorno socioeconómico de Nicaragua e incluye aspecto que atentan contra la estabilidad y las políticas económicas del Gobierno acordado con los organismos financieros internacionales y los países donantes para mantener la estabilidad económica de Nicaragua.

Por lo anterior expuesto, me veo obligado a vetar parcialmente el Proyecto de Ley N° 582, para proponer cambios en algunos de sus disposiciones e implementar una Ley General de Educación viable y acorde con la realidad de Nicaragua.

Hasta aquí la Expresión de Motivos.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Pasa a la Comisión de Educación.


CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 2 DE AGOSTO DE 2006. (VIGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA).

SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

Siempre en el Adendum 16, Punto III: DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE LEYES Y DE DECRETOS.

Punto 3.119: VETO PARCIAL PRESIDENCIAL A LA LEY N° 582, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

DICTAMEN


Managua, 25 de Julio de 2006.

Honorable Ingeniero
EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Presidente Gómez:

Los suscrito miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional, procedimos a estudiar con detenimiento el Veto Parcial, que el Excelentísimo señor Presidente de la República, Ingeniero Enrique Bolaños Geyer, hizo a la Ley N° 582, Ley General de Educación, aprobada por la Asamblea Nacional el veintidós de marzo del año dos mil seis.

En primer lugar, esta Comisión realizó un análisis comparativo entre los artículos de la Ley N°582, con los artículos modificados por el VETO PARCIAL presidencial, así como de los artículos que propone suprimir.

Como resultado de dicho análisis, con el correspondiente asesoramiento jurídico, y en base a consultas con gremios vinculados en el campo educativo, especialmente con EDUQUEMOS, PREAL, Foro de Educación y Desarrollo Humano, ANDEN, etc., los integrantes de esta Comisión consideran que el VETO PARCIAL presidencial adolece de insuficiencia y no está sustantivamente argumentado, además que estas reformas no llenan la plenas aspiraciones del Magisterio Nacional, al menos éstos contarán de ahora en adelante con un marco jurídico que les permita dignificar su carrera docente y gozar de nuevos beneficios sociales que tanto se merecen.

También los suscritos miembros de esta Comisión desean dejar constancia y resaltar por la realidad histórica, que la educación es un factor fundamental para la transformación y el desarrollo del ser humano y de la sociedad.

Por consiguiente, y en vista de lo anteriormente expuesto, emitimos el presente Dictamen DESFAVORABLE al “Veto Parcial Presidencial, a la Ley N° 582, Ley General de Educación”, con la convicción de que con el mismo lograremos una ley justa y necesaria para el Magisterio nicaragüense.

Atentamente,


Diputados Miembros de la Comisión De Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes

Diputado Orlando Mayorga Sánchez Diputado Roberto Sánchez Torres
Presidente Primer Vicepresidente

Diputado Reynaldo Mairena V. Diputado Fidel Moreno Briones
Segundo Vicepresidente Primer Secretario

Diputada María Dolores Alemán Diputada Benita Arbizú

Diputado Fernando Alemán Cruz Nathán Sevilla G.

Hasta aquí la Exposición de Motivos

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Zepeda.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Quería intervenir para solicitar al plenario de esta Asamblea Nacional, el voto que rechace este veto presidencial a una ley que ha esperado más de cien años para que podamos regular nuestro sistema educativo nacional. Tengamos presente que esta ley viene a articular los subsistemas educativos, viene a dar oportunidades de más cobertura escolar, viene a dar oportunidad de tener mejor estabilidad, y fundamentalmente viene a quitarle la discrecionalidad al funcionario público en cuanto a las reformas y cambios educativos que se tienen que dar.

Por lo tanto, la Comisión de Educación que dictaminó desfavorablemente este veto presidencial, es porque el Presidente de la República, que ha estado en una confrontación permanente con la educación en estos cinco años, no tuvo la visión de darle oportunidades para que tuviéramos más presupuesto, mejores alternativas, y obviamente que los educadores fueran tratadas con políticas nacionales.

Por lo tanto, yo solicito a todos y todas las diputadas de este plenario, que votemos en contra de este veto presidencial y hagamos hoy un día de alegría para la educación, porque iniciaremos un nuevo proceso en el cual la educación tendrá más y mejores oportunidades y los nicaragüenses más opciones educativas.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Maximino Rodríguez.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Tengo en mis manos un documento que me llama mucho la atención. Muchos de ustedes deben conocer a un señor que le llaman don Rodolfo Sánchez Román, dice que es de Santa Teresa, Carazo, tal vez Oscar Moncada lo conoce.

Entre lo que me dice Rodolfo Sánchez Román, desde el 15 de septiembre de 1821 al 15 de julio del 2006, han transcurrido ciento ochenta y cinco años de vida independiente y que desde esa época sólo han transcurrido dos leyes de gran importancia, dignas de recordarse en Nicaragua, y que fue bajo la administración de don Anastasio Somoza García y el Partido Liberal, y habla del Código Laboral y de la Ley de Seguridad Social.

En la parte final dice don Rodolfo Sánchez Román, que Somoza tuvo grandes problemas con ellos, con la patronal, así se le llamó a lo que hoy es el Cosep. Somoza se le enfrentó con firmeza, ganándose con ello la antipatía del capital que se opone a todo lo que va en pro del desarrollo social, dice don Rodolfo, que también se hace llamar “doctrinario”.

Me parece que la Ley General de Educación, Ley 552, es una ley de gran trascendencia para la educación nicaragüense. Un catedrático que fue mi maestro, me decía que en el tiempo de Somoza él sólo era maestro de primaria, y que se compró un carro, y un buen carro. Yo sé que muchos docentes conocen al famoso “Caneto” que creo es de San Rafael o de La Concordia, que hoy está bastante enfermo de salud y que el Instituto Nacional Eliseo Picado de Matagalpa, le acaba de hacer un reconocimiento.

Entonces, haciendo propias las palabras de don Rodolfo, de que los capitalistas se oponen a las cosas que favorecen a las grandes mayorías, y que la educación es un elemento fundamental... No quiero, Presidente, que comience a mover la cabeza como que no le gusta que uno hable aquí, es un derecho que tengo como legislador de poder expresar lo que yo considero necesario exponer aquí.
La educación es el elemento fundamental de los pueblos para desarrollarse, no puede un pueblo, un país, una nación tener riqueza, si su gente no está capacitada académicamente e intelectualmente.

En consecuencia, considero que los legisladores debemos rechazar de plano el veto del Presidente de la República, porque la Ley General de Educación es una ley que beneficia a todas y a todos los educadores nicaragüenses.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Muy buenos días, miembros de la Directiva, honorable plenario, y hermanos nicaragüenses que el día de hoy nos honran con su visita en esta su casa la Asamblea Nacional.

El día de hoy este Parlamento se enfrenta a un nuevo veto presidencial por parte del señor Enrique Bolaños, que personalmente no me sorprende, dado que a través de estos desafortunados cinco años de gestión presidencial del señor Bolaños, ha dejado claramente establecido el patrón de conducta detestable que ha venido expresando de cara a los diferentes sectores sociales de este país.

Todavía resuena en mis oídos -y estoy seguro, en los oídos de muchísimos de los aquí presentes- cuando el ingeniero Enrique Bolaños hasta llamó “bisneros” a los educadores de este país, que es lo más barato que les pudo haber dicho. Por otro lado, en reiteradas ocasiones ha dejado claramente establecido que la educación en Nicaragua definitivamente no es una prioridad, y obviamente sus prioridades están más enfocadas en hacer una concentración de la riqueza a favor de sectores muy claros de la vida económica y financiera de este país, y ha dejado de un lado a amplios sectores empobrecidos, que han venido como el sector magisterial, momento a momento, luchando denodadamente por sus reivindicaciones.

Es por eso que en esta Asamblea Nacional se aprueba una Ley General de la Educación con políticas educativas bien claras, dejando claro que los nicaragüenses estamos interesados en tener una educación de calidad y un acceso irrestricto a la educación en todos sus niveles, y que para eso se hace imprescindible que se incorporen los recursos presupuestarios suficientes y necesarios para que nosotros tengamos una educación de calidad.

Obviamente, si nosotros pensáramos como el Presidente de la República, que solamente está pensando en trabajar para elaborar mano de obra para maquila, no es necesario que los nicaragüenses tengamos un nivel promedio de educación. Pero esta Asamblea Nacional ha trascendido de ese criterio cortoplacista y medieval, sectario y tercer mundista que siempre ha manejado el señor Enrique Bolaños, y hemos dejado de pensar en hacer mano de obra para empezar a calificar mentes de obra. Y son estos señores que tenemos aquí atrás, verdaderos héroes del día a día en la educación de este país, los que están garantizando que más nicaragüenses nos aislemos de la mentalidad de la mano de obra, para empezar a fortalecer el concepto de mente de obra, o una mano de obra más calificada.

Es por eso que la Asamblea Nacional aprobó en la Ley General de la Educación, que se destinaran recursos suficientes de la captación tributaria, para garantizar el acceso a la educación y para honrar año con año el ingreso salarial del sector magisterial. Exactamente esos dos artículos fueron los vetados por el señor Bolaños. Y ojo, no los veta con una propuesta, porque al menos diría, bueno, no estoy de acuerdo en un 20 por ciento, revisemos y hagamos el 5, el 8, el 10 por ciento, pero no, él hace un veto y dice, elimínense esos artículos, negando de manera rampante la aspiración legítima de los educadores de este país, de tener año con año un incremento salarial que dignifique salarialmente el ejercicio de su profesión.

Es por eso que correctamente la comisión que dictaminó este veto, rechaza en todos los extremos el contenido de este veto. Yo creo que todos los nicaragüenses que nos duela la patria y que queramos una mejor educación para nuestros hijos y para nuestros nietos, estamos compelidos a apoyar este dictamen, rechazando todos y cada uno de los extremos de este veto.

Por otro lado, yo quiero hacer un reconocimiento, porque también se han estado haciendo esfuerzos para que por la vía de la negociación se hagan reformas a esta ley, que vengan a mejorar el cuadro de la Ley General de Educación, que las van a tener en los próximos días aquí y que vienen a fortalecer los derechos, deberes y garantías de los educadores nicaragüenses.

Sin embargo, además de apoyar en todos los extremos el rechazo a este veto, en nombre propio -y estoy seguro que en nombre de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional-, además de éso, yo quiero aprovechar para informarle al sector educativo, que como consecuencia de su justa lucha en todos estos meses, se ha logrado que en la reforma presupuestaria que se ha obligado prácticamente presentar al señor Presidente de la República, ya se encuentran incorporados todos y cada uno de los elementos de negociación que fueron acordados entre el sector magisterial y el Gobierno de la República.

En esta reforma presupuestaria, nosotros al menos como Bancada del Frente Sandinista, ya estamos asumiendo el compromiso de apoyar un incremento al Ministerio de Educación hasta por la cantidad de cuatrocientos trece punto un millones de córdobas, que se desglosan en un escalafón salarial de cincuenta y tres millones de córdobas; en un aporte patronal de ocho millones; en un fondo para jubilación y retiro de veinticinco millones; y un fondo para materiales escolares de cincuenta millones de córdobas, por la lucha recta, y fundamentalmente la lucha que se hace a la par de sectores tan dignos como es el sector magisterial.


Aquí tenemos el resultado de nuestra lucha, sector magisterial, sigamos adelante y rechacemos ese veto.

Muchas gracias, y buenos días.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Hay ocho personas apuntadas, el último que tomará la palabra es el honorable diputado Reynaldo Mairena.

Tiene la palabra el honorable diputado Guillermo Montenegro.

DIPUTADO GUILLERMO MONTENEGRO:

Gracias, señor Presidente, tengan buenos días todos:

Claro que en efecto, como diputado y como miembro de esta bancada liberal, mi rechazo rotundo al veto parcial del Presidente de la República, porque nunca voy a olvidar ni mi niñez ni mi infancia, ni por qué mi familia, mis hijos y mis hermanos son profesionales, gracias a que hubo maestros como éstos; y porque por primera vez hay un marco jurídico, una ley de educación que les da derechos, deberes, respeto, frente a los abusos que se han cometido contra el gremio de educación, que está Vejado en su condición económica, en su condición de salud, en su condición de vivienda, y en su condición de profesional.

Rechazo este veto, porque exijo la equiparación de su salario, de su estabilidad laboral, para que tengamos efectivamente paz, tranquilidad, enseñanza y más enseñanza; cuando se cuenta con todos los votos en un plenario, las cosas no pueden salir diferentes, por eso mismo solicito este rechazo.

Resurge de mi conciencia que se ponga ya a dictamen y a discusión en el plenario la iniciativa de ley que equipara los salarios de los médicos y odontólogos nicaragüenses, a Centroamérica. No más injusticia, no pueden seguir esperando los señores de Nueva Vida, los señores que han estado solicitando que se les dé un pedazo de tierra para vivir.

Por eso, concretamente, señor Presidente, mi rechazo al veto y mi apoyo contundente a todos los maestros de Nicaragua.

Muy buenos días, y muchísimas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra la honorable diputada Lilliam Morales Tábora.

DIPUTADA LILLIAM MORALES TÁBORA:

Muchísimas gracias, señor Presidente:

La bancada del pueblo de Nicaragua, la Bancada de la Alianza Liberal de este Congreso, pone en este momento en vigencia la aplicación de los ideales de José Santos Zelaya, el gran reformador de Nicaragua.

El liberalismo social propugna en facilitar la movilidad social en este país, porque la clase media emergente necesita la legislación adecuada para crear las condiciones de su fortalecimiento, a través de la Ley General de Educación. Se están articulando los subsistemas existentes en este país, estamos creando un verdadero marco jurídico para poder desarrollar esta nación, esa igualdad de oportunidades que necesita el hijo del campesino y del obrero, para poder tener acceso a la educación, y así poder provocar esa movilidad social que necesita este país y que de una vez por todas nos fortalezcamos como nación. Por eso es necesario rechazar el veto que ha enviado Enrique Bolaños a este Congreso.

No podemos hablar de la Ley General de Educación, si no hablamos claramente del financiamiento que se requiere para la aplicación de la misma. Los liberales estamos comprometidos no solamente con el sector magisterial, sino con ese millón de niños que todavía no tienen acceso a la educación en este país.

Hoy, esta bancada va a rechazar ese veto presidencial. Y queremos decirle también al pueblo de Nicaragua, las grandes debilidades que tenemos en este gobierno, que ni durante, ni antes de la aprobación de esta ley, el Ministro de Educación se ha hecho presente para valorar aquí en este Congreso, lo que estos representantes del pueblo le estamos dando al pueblo de Nicaragua.

Por eso, claramente decimos a nuestro pueblo que este Congreso sí le está respondiendo a las demandas, y que así como vamos a aprobar seriamente el financiamiento que va respaldar esta ley, así de esa misma manera nosotros estaremos pendientes para que todos los sectores, y de manera especial el sector magisterial, queden protegidos.

Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Roberto González.

DIPUTADO ROBERTO GONZÁLEZ GAITÁN:

Gracias, Presidente.

Realmente es vergonzoso el actuar del primer ciudadano nicaragüense, bajo la envestidura de Presidente de la República, con la ofensa pública que expresó al calificar la actuación y la labor digna del magisterio nacional -del cual él también fue sujeto y beneficiario-, al tratar de esta manera a las generaciones de educadores de Nicaragua.

Yo creo que este día, realmente es un día de dignidad nacional, y que este Parlamento que se denomina Primer Poder del Estado, debe y tiene la responsabilidad de actuar con la estatura que corresponde a un Poder del Estado, para hacer justicia y dignidad para los ciudadanos nicaragüenses, con los que estamos aquí, con su voto y su respaldo.

Está demostrado con el actuar de este veto, que efectivamente es una total y burda mentira la propuesta del gobernante señor Bolaños, de lo que iba generar la supuesta nueva era del gobierno liberal del señor Bolaños.

De tal forma que el Frente Sandinista ha sido muy claro en su planteamiento, ha venido acompañando la lucha de los diferentes sectores sociales, en particular del magisterio; y un planteamiento y una denuncia clara del Frente Sandinista ha sido que este gobierno ha privilegiado en el Presupuesto General de la República, a los sectores económicos monopólicos como el sector banquero.

Ha sido el Presupuesto General de la República el primer factor de preocupación para el gobierno del señor Bolaños, y el problema y el tema de la deuda interna con los bancos y el famoso escándalo de los Cenis, ha sido su principal preocupación.

Esta mañana creo que este Poder del Estado debe dejar una señal muy clara e histórica: el rubro de primer orden que realmente debe expresarse por todo gobierno y por la sensibilidad profunda, social y humana que debemos tener los parlamentarios, es precisamente el rubro de la educación. Esa es la propuesta que ha hecho el Frente Sandinista y la Convergencia, que lo ha demostrado cuando fue gobierno, que lo ha demostrado en la oposición y lo va a seguir demostrando una vez que seamos gobierno el 5 de noviembre de este año, que la educación es el primer rubro del Presupuesto Nacional de la República de Nicaragua.

Por esas razones nosotros estamos solidarios con el planteamiento y la lucha del magisterio y estamos reivindicando el rechazo a este vergonzoso veto del Presidente de la República, para hacer dignidad el día de hoy, para ser consecuentes con nuestro discurso y con nuestra actuación. Por eso hemos demandado una iniciativa de ley, pero nadie se pronuncia y nadie actúa consecuentemente, como es la Ley de Reducción de los Megasalarios de los Funcionarios Públicos, precisamente para fortalecer el rubro de la educación en Nicaragua.

El Frente Sandinista tiene sus treinta y ocho votos dispuestos aquí para certificar, y no nos va a temblar el pulso para decir “no” a ese veto del gobierno, “sí” a la educación, “sí” al magisterio, “sí” a la dignidad de la actuación del magisterio nacional.

Muchísimas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el honorable diputado Miguel López Baldizón.

DIPUTADO MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN:

Gracias, señor Presidente.

Quiero intervenir en esta ocasión, para sumarme en mi carácter individual, como diputado de esta Asamblea Nacional, como presidente del Partido Alianza por la República, y también en nombre de los miembros de la Bancada Azul y Blanco, que estoy seguro que también van a respaldar con su voto, el rechazo a este veto a la Ley General de Educación.

Precisamente hay cuatro elementos esenciales para la dignidad humana y que hoy casualmente están reunidos en este foro por excelencia de la Asamblea Nacional. Vivienda digna, que está concentrado en la Constitución Política y que hoy tenemos la petición nuevamente, una vez más, de la Asociación Nueva Nicaragua para Todos, esperando el plazo de ocho días que la Asamblea Nacional y la Junta Directiva le han dado a la Comisión Económica, para dictaminar la iniciativa de donación de un terreno para que ellos tengan el derecho constitucional a una vivienda digna.

También está contemplado que deben tener los nicaragüenses, empleo y salarios dignos, por eso tenemos reunidos hoy a los representantes del magisterio nacional, pidiendo que con este rechazo al veto a la Ley General de Educación, pueda tener el magisterio nacional, por primera vez en la historia, una política de Estado en materia salarial, que contemple no solamente la nivelación salarial, sino el incremento y la equiparación necesaria de los salarios de los maestros, para poder tener acceso a la canasta básica y otros elementos también necesarios para el desarrollo humano.

Por supuesto que tampoco no podemos olvidar el tema de la salud, donde también hay una reforma a la Ley General de Salud que incorpora elementos similares a los contenidos en esta Ley General de Educación, para también equiparar de manera digna los salarios de los trabajadores de la salud.

Precisamente ante la deficiencia de ese marco jurídico que existía, fue que esta Asamblea Nacional, de manera unánime aprobó en su momento la Ley General de Salud y la Ley General de Educación, que pone en un proceso de reforma constante y permanente a estos dos sectores necesarios para el desarrollo del pueblo nicaragüense.

Es lamentable conocer, según un estudio del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo realizado en Costa Rica, que el 70 por ciento de las empleadas domésticas en Costa Rica son maestras que migraron de nuestro país, porque no había sido posible garantizarles un salario digno en el magisterio nacional nicaragüense, y por esa razón tristemente tienen que migrar a ese país hermano. Pero también hay que reconocer que los maestros nicaragüenses, muchos de ellos, principalmente las maestras, para poder alcanzar un nivel de salario de ingreso familiar que les permita tener acceso a la vivienda y a la canasta básica, tienen que lavar y planchar ajeno en la tarde, o echar tortillas o buscar cualquier otro oficio que les permita el poder completar ese salario para una canasta básica, que también hay que revisarla.

También nos sumamos al esfuerzo que se va a hacer en la reforma presupuestaria, para poder dotar del contenido presupuestario necesario y suficiente que garantice de manera permanente este incremento y esta nivelación salarial contemplada en la Ley General de Educación.

Por lo tanto, pido a este plenario de la Asamblea Nacional que de la misma forma unánime en que se aprobó la Ley General de Educación, se ratifique, se publique y se haga efectiva la Ley General de Educación, que permita no solamente una reforma educativa, una integración del sistema educativo, sino también la implementación de esta política salarial que habrá de ir de manera progresiva dignificando el magisterio nacional.

Así que me sumo a la votación positiva para rechazar el veto a la Ley General de Educación.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el honorable diputado Fidel Moreno.

DIPUTADO FIDEL MORENO BRIONES:

Muchas gracias, señor Presidente.

Muy buenos días a todos los que nos visitan.

Realmente hoy es un día histórico, pues muy pocas veces en la Asamblea Nacional tocamos leyes tan trascendentales como la que nos toca abordar hoy, como es la Ley General de Educación. En esta parte culminante en el proceso de formación de la ley, es importante escuchar voces de los demás colegas alrededor de un consenso unánime que hay en torno a la problemática educativa, y repetir que es desafortunado el veto de la Presidencia de la República, ya es el reflejo que ha mantenido este gobierno alrededor del problema educativo y de la problemática educativa en general.

No es novedoso que esta mañana no nos acompañe ningún funcionario del Ministerio de Educación, pues ha sido la constante en la discusión de una ley tan importante para la nación, como la que hoy discutimos.

Es importante no olvidar que éste es un esfuerzo que principalmente han conducido los maestros de Nicaragua, que a lo largo de más de dieciséis años han venido enfrentando repetidas huelgas, movilizaciones y luchas en la defensa del salario del magisterio, un salario digno; pero también en la defensa de un modelo educativo incluyente, un modelo educativo que garantice los derechos humanos esenciales de los nicaragüenses.

Precisamente este momento es un punto culminante de ese esfuerzo de miles de hombres y mujeres que de manera constante y permanente han trabajado para que esto llegue a un final feliz; es reconocer el esfuerzo que han hecho los maestros organizados en Anden, en este proceso largo y difícil; es reconocer el esfuerzo que ha hecho la comunidad educativa, estudiantes y padres de familia en esta labor.

Sin duda alguna, desde la Comisión de Educación, lo único que hemos hecho es tratar de incorporar todos estos planteamientos, una tarea que igualmente no ha sido fácil y que ha contado con la participación de numerosas bancadas. Así que espero que como lo han expresado diferentes colegas, el rechazo a este veto sea unánime y las tareas subsiguientes a la aprobación de esta ley, como es efectivamente garantizar en el Presupuesto General de la República los recursos que la ley exige, igualmente sean de consenso unánime de esta Asamblea Nacional.

Así que quiero reiterar nuestra satisfacción, porque la Junta Directiva incorporará en el Orden del Día esta importante discusión; y sumarme también al regocijo que provoca la aprobación de una ley tan trascendental para la vida del país.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias, señor diputado.

Tiene la palabra la honorable diputada Felícita Zeledón.

DIPUTADA FELÍCITA ZELEDÓN RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Buenos días a todos los colegas diputados, así como también a los que nos visitan en especial a nuestros queridos maestros.

Este día realmente tiene que ser un día histórico, porque estamos rechazando el veto a esa gran Ley General de Educación. En mi carácter de profesora, y como militante sandinista me alegra muchísimo que tengamos este día un trabajo muy especial. Nuestros maestros están siempre a la cabeza de todo el desarrollo, porque están siendo víctimas de vejámenes, de maltrato, y sobre todo de lo pésimo que se les ha tratado en estos últimos dieciséis años, así como también con un salario tan pequeño que ya no les cubre ni para la mitad de la canasta básica.

Yo felicito a la Comisión de Educación, y también me alegro de haber estado participando en esta ley, para que hoy se pueda dar el rechazo al veto. Con la buena voluntad de toda esta Bancada del Frente Sandinista, que en todo momento lo hemos apoyado y seguiremos apoyándoles, para que de esta manera puedan hacer realidad sus sueños: tener un mejor salario, tener un trato social digno, tener el respeto que también se merecen, y sobre todo ese amor, ese cariño, que a ellos en ningún momento se les puede negar.

Así que agradezco también a todos y cada uno de los compañeros y colegas diputados que han hablado en esta mañana y que van también a aprobar este rechazo al veto.

Así que, hermanos y hermanas de nuestro magisterio nacional, a seguir luchando para que realmente se nos cumplan nuestras leyes, y que nosotros siempre juntos y unidos podamos tener este 5 de noviembre, una Nicaragua mejor.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias, señora diputada.

Tiene la palabra la honorable diputada María Eugenia Sequeira.

DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES:

Gracias, Presidente.

Muy buenos días a todos.

No quisiera dar un discurso populista ni demagógico, sino que lanzarnos en la realidad de nuestro pueblo, y es que la realidad de Nicaragua es el empobrecimiento que día a día lo está agobiando. La única manera de reducir la pobreza en Nicaragua es a través de la educación, por lo tanto, el aporte que nuestros maestros y maestras le dan a nuestra Nicaragua para salir adelante, merece, y no sólo merece es su derecho constitucional tener ese salario digno que tanto reclaman; además, recordemos que estos maestros y maestras que han cuidado de nuestros hijos, de nuestros nietos y hasta de nosotros mismos, merecen directamente todo el honor y la gloria de parte de esta Asamblea Nacional.
Por lo tanto, la Bancada de la Alianza Liberal Nicaragüense – Partido Conservador, rechazamos rotundamente ese veto Presidencial a la Ley General de Educación. Rechazamos rotundamente ese veto, porque nuestros maestros merecen dignificarse, merecen seguir en la lucha diaria por nuestra Nicaragua.

Pero las transformaciones de Nicaragua no deben llegar hasta ahí nomás. El año pasado nosotros quisimos impulsar un referéndum, y sólo logramos recoger diecisiete firmas. La Bancada del PLC, después de que el año pasado rechazó firmar un referéndum, hoy retoma e introduce una nueva iniciativa.

Por lo tanto, la Bancada de la Alianza Liberal Nicaragüense- Partido Conservador, reclama y pide a la Junta Directiva que pase a Comisión esa iniciativa de referéndum que contempla todas las condiciones necesarias, porque estamos a tiempo, antes de las elecciones. Este fue introducido, y está en el Adendum 11 en el Punto 2.83, desde el 20 de junio 2006.

Pedimos a la Junta Directiva que permita que sea el pueblo nicaragüense, la gente de Nicaragua la que decida si quiere o no el pacto, si quiere o no esas reformas constitucionales, que seamos nosotros los nicaragüenses los que decidamos. Y bajo esas transformaciones que tanto merece Nicaragua, quisiera dar lectura a una carta que envía la señora Martha Guadalupe Baca Urbina, hablando del tema de la vivienda, y desde ya le pedimos a la Comisión Económica, a su presidente Wilfredo Navarro que se sensibilice y que por favor atiendan el llamado y la súplica que están haciendo con el reclamo de las viviendas en la Asociación Nueva Nicaragua para Todos.

Por lo tanto, paso a dar lectura a la carta, que dice así:

“Que la misericordia de Dios esté con ustedes.

A la Junta Directiva Nacional de la Asamblea Nacional, diputados y diputadas, les escribe nuevamente la coordinadora número quince, y les estoy suplicando a todos ustedes que tengan misericordia de mí y de todos los que pertenecemos, y les pedimos de todo corazón que nos apruebe la ley de nuestra propiedad, de la Asociación Nueva Nicaragua para Todos.

Les estoy implorando que aprueben la ley de nuestra propiedad. Yo quiero recibir la alegría, el tener pronto mi casita antes que mis ojos se cierren y mi corazón se pare, quiero tener el techo de mis hijos. También en nombre de las tres mil quinientas personas, que la mayoría somos madres y padres de nuestros hijos, no tenemos apoyo de nadie y ya que la Asociación nos apoya para tener nuestra casa, no nos abandonen. Todos confiamos en Dios y en ustedes, que son nuestros padres de la patria y nuestros amigos. Quiero que sepan que es triste andar posando y/o alquilando.

Quiero que sepan que es triste, porque nos humillan, nos maltratan, hasta nos agreden y no quieren aceptar por los niños. Eso es triste. Es por eso que les pedimos que nos aprueben la ley, para tener nuestra casa, un techo digno para nuestros hijos.

Quiero decirles que estaremos a la orden todos nosotros, las puertas de nuestro corazón y las de nuestras casas estarán bien abiertas para cada uno de ustedes. Y recuerden que hoy miércoles 2 de agosto, el mes de santidad, ustedes nos dijeron que viniéramos.

Yo no estoy, por lo que estoy en cama, esperando con ansias esa aprobación de la ley.

No sé cuánto tiempo, el dolor en mi corazón no se controla, la herida abierta me duele mucho. Siento que mi vida se está cortando, pero quiero ver la respuesta para tener mi casa. Demen esa alegría, quiero y queremos nuestra casa. Apruébenlo, por favor.

Dios los bendiga, los guarde, les dé salud y protección, es mi deseo y el deseo de todos nosotros. No quiero dinero, yo quiero mi casa".

Martha Guadalupe Baca Urbina.

Y además, Martha, son un derecho constitucional las viviendas para todos ustedes.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Reynaldo Mairena.

DIPUTADO REYNALDO MAIRENA VALLEJOS:

Muy buenos días a todos los maestros y señores de "Nueva Vida" que nos visitan.

Con este veto, el Presidente de la República y el gobierno que él dirige demuestra más el sentimiento de desprecio que le tiene a la educación y a los maestros. Por poner un ejemplo; hace tres años aquí en la Asamblea Nacional aprobamos la ley que creaba la Orden Maestro Gabriel, cuyo reglamento tenía que ser elaborado por el Presidente, pero no lo elaboró. Por iniciativa propia y de tres colegas hicimos el reglamento de esta ley que creaba la Orden Maestro Gabriel, para entregar esta orden a maestros con treinta años de trabajo en el magisterio, y se les iba a entregar un premio y remuneración en efectivo. Aun aprobado el reglamento, el Presidente no otorgó este año a nadie la Orden Maestro Gabriel, evidenciando así el desprecio que les tiene a los maestros.

Lo mismo se expresa con este veto, que principalmente y únicamente veta la parte económica. Y fue tan así, que cuando estábamos en la discusión de la Ley General de Educación con todos los sectores, el Ministerio de Educación fue el organismo que menos interesado estaba en la aprobación de esta ley.

Y era el momento donde ellos podían plantear los fundamentos, porque a como estaba aprobado el dictamen podríamos haber hecho algunos cambios en la aprobación en lo particular, pero no tuvieron interés, ni el Ministerio de Finanzas, ni el Ministro de Educación, ni ningún personero del gobierno.

Es por eso que sin más preámbulos me sumo a los demás colegas, para que pasemos a rechazar este veto unánimemente.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Gracias, señor diputado.

Vamos a la votación. En verde votarán los que rechacen el veto; y en rojo los que estén a favor.

Repito, en verde el rechazo al veto, a favor del dictamen; y en rojo los que estén en contra del dictamen y a favor del veto.

Gracias.

Se abre la votación.

Se cierra la votación.

72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el dictamen de rechazo al veto.





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