DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS
Arto.108 El Ministerio de Educación dará prioridad a la inversión educativa en las zonas rurales, de frontera, urbano-marginales y de menor desarrollo.
Arto.109 La obligatoriedad de la Educación Inicial se establecerá progresivamente. Mientras tanto, el nivel inicial no será requisito para el ingreso al nivel de Educación Primaria, en los lugares donde no se haya logrado aún el objetivo de su universalización.
Hasta aquí el Título VII.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Observaciones al artículo 107. Tiene la palabra el honorable diputado Orlando Mayorga Sánchez. DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ: Gracias, Presidente. Se reforma el artículo 107, y se leerá de la siguiente manera: “El Gobierno de la República garantizará en el Presupuesto del Año 2007 una partida presupuestaria para el funcionamiento inicial del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación”. Paso moción de consenso. PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ: A votación la moción. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción presentada. Observaciones al artículo 108. Tiene la palabra la honorable diputada Ana Lazo Álvarez. DIPUTADA ANA LAZO ÁLVAREZ: Gracias, señor Presidente. Agregar en la última línea, después de la palabra “de menor desarrollo”, “ y la Costa Caribe”. Paso moción de consenso. PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ: Observaciones a la moción presentada. A votación la moción presentada. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada. Observaciones al artículo 109. Tiene la palabra el honorable diputado Reynaldo Mairena. DIPUTADO REYNALDO MAIRENA: Gracias, señor Presidente. Tenemos una moción de consenso que cambia el artículo 109, el cual dirá de la siguiente manera: “El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, el Inatec e Intecna, impulsarán planes y programas que eliminen las barreras económicas y físicas para no limitar el acceso a la educación a las personas con capacidades diferentes”. Paso moción de consenso. PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ: A votación la moción presentada. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada. Observaciones al artículo 110. SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR: DISPOSICIONES FINALES Arto.110 La presente Ley no requiere de reglamento, se consideran parte de la misma la Ley de Carrera Docente, Ley de Participación Educativa y la Ley 89 referida a las universidades, las mismas tendrán que ser revisadas para derogar lo se lo oponga a esta ley. Arto.111 La presente Ley deroga todas aquellas leyes, decretos, disposiciones, normativas y reglamentos que se le opongan, a excepción de la Ley de Carrera Docente, publicada el 22 de noviembre de 1990, en La Gaceta, Diario Oficial No. 225. Hasta aquí el articulado de la Ley General de Educación. PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ: Observaciones al artículo 110. Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda. DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA: Gracias, señor Presidente. Es para hacer una moción de consenso al artículo 110, que se leerá de la siguiente manera: “La presente ley es de observancia general, sus disposiciones son de orden público, de interés social y no requiere de reglamento”. Paso moción. PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ: Observaciones a la moción presentada. A votación la moción presentada. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada. Observaciones al artículo 111. Tiene la palabra el honorable diputado José Antonio Zepeda. DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA: Gracias, señor Presidente. También es una moción de consenso, para leer el artículo 111 de la siguiente manera: “La presente ley deroga aquellas leyes, decretos, disposiciones, normativas y reglamentos que se le opongan”. Agregar, posterior al artículo 111, un nuevo artículo que se leerá de la siguiente manera: “Las instituciones educativas, Ministerio de Educación, Instituto Nacional Tecnológico, Intecna Consejo Nacional de Universidades, harán los ajustes necesarios en el año 2006 para aplicar la presente ley”. Paso las mociones de consenso. PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ: Observaciones a la moción presentada. A votación la moción. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción presentada. A votación el Título VII. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación.