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Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
30 de Mayo del 2007
Fecha Aprobación:
31 de Mayo del 2007
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LEY DE REFORMA A LA LEY No. 129, LEY DE SALARIO MÍNIMO
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Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA MARTES 30 DE MAYO DEL AÑO 2007. (VIGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA).
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Seguimos en el Adendum 1, Punto III: DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE LEYES Y DECRETOS PRESENTADOS. Punto 3.11: LEY DE REFORMA A LA LEY No. 129, LEY DE SALARIO MÍNIMO.
Le pedimos al Presidente de la Comisión Laboral que lea el Dictamen. Ingeniero Bolaños, tiene la palabra.
DIPUTADO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS:
Gracias.
Quiero expresar antes de leer el Dictamen que la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales enfrentó un gran desafío al legislar y no sólo la Comisión, sino que de hecho todos los diputados en esta honorable Asamblea tenemos ese reto supremo de legislar de la mejor manera y especialmente al hacer una reforma a la Ley 129, de Salario Mínimo, de tal forma que por un lado podamos balancear los salarios dignos que nuestro pueblo reclama y por el otro lado asegurar que las empresas sean sostenibles.
Entonces, es necesario manejar el delicado balance económico, especialmente frente a las presiones exigentes que nos reclama la pobreza que vivimos en nuestro país. Ya que por un lado el nivel de hambre nos empuja a la desesperación de querer mayores beneficios socioeconómicos a lo inmediato o de corto plazo, pero por otro lado, debemos de tener cuidado de no destruir económicamente la efectividad o la capacidad instalada de producción y de generación de mayores empleos en nuestras empresas en el mediano y largo plazo.
Con todo lo expresado, me dispongo a leer el dictamen.
DICTAMEN
Licenciado:
CARLOS NOGUERA PASTORA
Presidente, Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Licenciado Noguera:
La Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales ha recibido de secretaría dos proyectos de leyes denominados a) Ley de reforma a la Ley 129, Ley del Salario Mínimo, presentado por el Diputado Wilfredo Navarro Moreira, b) Ley de Salario Mínimo, presentado por los diputados Roberto González Gaitán, José Espinoza Navas y otros
,
para su debido dictamen.
Para definir el salario mínimo, se ha tomado como indicador el valor de la canasta básica de los cincuenta y tres (53) productos y servicios de consumo básico, esta referencia para el cálculo del salario mínimo fue establecida en el año 1988, dentro del concepto de una economía de guerra, sin embargo la realidad que hoy presenta el país es fundamentalmente distinta, el nuevo contexto de la economía de mercado con una estructura macro económica estable y con un país incorporándose de lleno a un proceso de globalización económica, política y comercial, en consecuencia se requiere de la fijación de un salario mínimo que tome en cuenta: el comportamiento de la tasa inflacionaria, el deslizamiento del córdoba frente al dólar y el comportamiento del Producto Interno Bruto (PIB).
La política del salario mínimo está orientada hacia la actividad económica, partiendo de que todo trabajador tiene derecho a un salario mínimo que es la retribución que debe recibir cuando presta su servicio en una jornada ordinaria de trabajo, asegurando la satisfacción de las necesidades básicas de un hogar.
En la actualidad existen nueve salarios mínimos, partiendo del salario mínimo para los trabajadores agropecuarios que devengan seiscientos sesenta y nueve córdobas con treinta centavos (C$ 669,30) más la comida, pasando al salario mínimo más alto de un mil quinientos setenta y ocho córdobas con cuatro centavos (C$1,578.04), correspondiente a los trabajadores de la construcción, establecimientos financieros y seguros.
Si partimos que la canasta básica de los cincuenta y tres productos cuesta dos mil setecientos veintiún córdobas con treinta y seis centavos (C$ 2,721.36). El salario mínimo actualmente en el sector agropecuario solamente cubre el veinticuatro por ciento (24%) y el salario mínimo de la ciudad solamente cubre el cincuenta y ocho por ciento (58%), en este sentido es necesaria la fijación de un solo salario mínimo que elimine las desigualdades entre los trabajadores del campo y la ciudad y que satisfaga las necesidades mínimas de subsistencia de una familia promedio de seis miembros, de igual forma la normalización del volumen de los bienes de consumo básico para la población.
Como podemos observar, es necesaria la búsqueda de un equilibrio entre la canasta básica y el salario mínimo, ya que el salario mínimo actual no cubre las necesidades básicas actuales de los trabajadores y sus familias, como es la alimentación, servicios básicos, medicina, atención médica, vestuario y educación.
La fijación de los salarios, debe estar sobre la base del aumento de la productividad, traduciéndolo en un mayor consumo de productos, lo que vendría a fortalecer la demanda, aumentar las ganancias de los empresarios, aumento en la producción para cubrir la demanda adicional, lo que dará la oportunidad de contratar más mano de obra, para una mayor producción.
En la actualidad se ha observado que el Ministerio del Trabajo no ha cumplido con la convocatoria cada seis meses de la Comisión Nacional de Salario, para la fijación de los salarios mínimos en relación al costo de la canasta de los cincuenta y tres (53) productos.
Honorables diputados, para la realización de este dictamen se tomaron en cuenta las consultas y aportes del Ministerio del Trabajo (MITRAB), Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP), de los Empresarios de las Zonas Francas, organizaciones sindicales de trabajadores agrupadas en Consejo Permanente de los Trabajadores (CPT), Frente Nacional de los Trabajadores (FNT) y de organizaciones sindicales de los trabajadores independientes.
De igual forma tomamos en consideración los conceptos vertidos y reconocidos universalmente, en el seno de la organización internacional del trabajo (OIT), como son: El convenio 26, 31 y la recomendación 135 relativos a la fijación de los salarios mínimos, con especial referencia en los países en vías de desarrollo.
En consecuencia la Comisión de Asuntos Laborales Y Gremiales presenta al plenario de la honorable Asamblea Nacional este dictamen fusionando los dos anteproyectos presentados por los diputados Wilfredo Navarro Moreira, Roberto González Gaitán, José Espinoza Navas y otros, los cuales tienen el propósito de reformar la Ley No. 129, Ley de Salario Mínimo.
Por todo lo antes expuesto y tomando en cuenta que este proyecto de ley viene a complementar el marco jurídico laboral y considerando que fortalece el estado de derecho, que no altera el orden constitucional, a los tratados internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales de conformidad con los artículos 50 y 51 del Estatuto General y estando en tiempo de emitir opinión,
DICTAMINA FAVORABLEMENTE,
el proyecto de ley denominado:
LEY DE SALARIO MÍNIMO
, en consecuencia pedimos a los Honorables Diputados lo aprueben en el Plenario.
Hasta aquí el texto del dictamen.
(Esto fue firmado por los diputados de la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales de aquel entonces).
DIPUTADOS DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES Y GREMIALES QUE FIRMAMOS ESTE DICTAMEN DEL PROYECTO DE LEY DENOMINADA: LEY DE SALARIO MÍNIMO.
ALBA AZUCENA PALACIOS B. IRIS MONTENEGRO B.
Presidenta Primer Vicepresidenta
JAIME GARCÍA MANGAS DONALD LACAYO NÚÑEZ
Segundo Vicepresidente Primer Secretario
NASSER SILWANY VÍCTOR GUERRERO
Segundo Secretario Miembro
MARÍA LYDIA MEJÍA ELVIN RENÉ PINEDA
Miembro Miembro
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Pasamos entonces a la discusión del dictamen en lo general.
Diputado Wilfredo Navarro Moreira, tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Gracias, Presidente.
El tema de la Ley del Salario Mínimo, ha estado en la palestra por muchos meses y creemos que una definición en justicia de un marco jurídico para la determinación del Salario Mínimo es determinante para incentivar la producción, la productividad, pero además para que haya un marco equitativo para la remuneración salarial de los trabajadores nicaragüenses. Yo creo que el marco legal que existía, antes de este proyecto de ley, era un marco legal adecuado a una realidad desfasada, una realidad de emergencia, una realidad donde las condiciones económicas del país eran totalmente diferentes. Por tanto, siendo la realidad laboral, la realidad social, la realidad económica actualmente diferente, por supuesto la ley vigente de Salario Mínimo estaba totalmente desfasada.
Cuando decidí introducir el proyecto de reforma a la Ley de Salario Mínimo, lo hice basado en la experiencia que tuve como Ministro del Trabajo. En la discusión del salario mínimo se manejaba claramente una injusticia social; había un oportunismo y mala fe por parte de los empleadores por tratar de atrasar obstinadamente el reconocimiento que habiendo variado las condiciones económicas, era necesario hacerle un ajuste al salario de los trabajadores. Y por otro lado, una displicencia cómplice de las autoridades administrativas encargadas de manejar los procedimientos de la discusión del salario mínimo, para atrasar la reivindicación social, traducida en un salario mínimo justo y adecuado para los trabajadores.
Este proyecto de ley que presenté hace casi dos años, se vio atrasado prácticamente como sucede cuando los diputados tratamos de reformar o introducir leyes que defiendan a las grandes mayorías, se vio atrasado por las presiones y los chantajes, por qué no decirlo así, de los empresarios de este país, que lo primero que dicen es, que si se le aumenta un centavo de salario a un trabajador, sus empresas van a quebrar. Ellos están manejando criterios de eficiencia, de desarrollo, que son empresarios exitosos, pero cuando se trata de que reivindiquen el aporte que hacen los trabajadores a ese desarrollo y a esa riqueza de los empresarios, ahí se ponen en quiebra, no tienen ni un centavo, necesitan de la caridad pública para sobrevivir. Y todas esas presiones veladas y a veces de forma abierta han atrasado la aprobación de esta ley.
Yo quiero felicitar a la Comisión de Asuntos Laborales, por haber llegado a acuerdos para sacar esta ley que tiene una vital función social, para que haya una adecuada relación entre los obreros y los empresarios. Esta ley tiene avances sustanciales, amplía en cierta forma el concepto anterior del salario mínimo, porque ahora en su artículo primero establece, que se deben satisfacer no sólo las necesidades mínimas económicas del trabajador, sus necesidades materiales, sino inclusive su necesidad de seguridad social, de satisfacciones morales, y hasta de satisfacciones culturales.
La canasta básica que estaba anclada, que era una rémora para poder avanzar en darle incrementos salariales mínimos a los trabajadores, ahora tiene que ser dinamizada en base a la nueva ley y además los criterios para los incrementos salariales no van a quedar al arbitrio de los empleadores ni del Estado, sino en base a una función económicamente técnica, y hecha por las autoridades correspondientes.
En el pasado se convocaba a una reunión de la Comisión del Salario Mínimo y se pasaba un año negociando. Y no había un mecanismos que obligara a los empleadores a darle una respuesta adecuada a los trabajadores, con esta ley estamos estableciendo como mínimo dos negociaciones en el año y además términos para que la discusión no se haga ilimitada. Porque la discusión trasladada en el tiempo y en el espacio, sólo beneficiaba a los empleadores, que daban pingües incrementos salariales a los trabajadores. Ahora, la discusión debe durar dos meses los trabajadores, los dirigentes sindicales deben de estar claros que el incremento que se va a dar durante esa negociación va a estar ajustada a criterios macroeconómicos, no a la voluntad de los jugos gástricos de los empresarios de turno. El incremento salarial, con esta ley no va a poder ser manipulado y algo que se rescata en la ley es la obligación del ministro y las autoridades del trabajo de convocar a las sesiones de salario mínimo, porque si no lo hace, el ministro incurre en una multa de dos a seis meses de salario, aparte de otras sanciones que se le pueden aplicar por la vía administrativa.
Creo que es un éxito darle una autonomía funcional a la Comisión para que pueda operar. Pero hay que tener mucho cuidado, porque los empleadores siempre tienen subterfugios para violentar la voluntad de justicia que se quiere hacer con los trabajadores. Por ejemplo, en las zonas francas, te aceptan el incremento en el salario mínimo, pero inmediatamente le incrementan la norma de trabajo a los empleados, lo que descalifica el incremento salarial que administrativamente se le pretende dar a los trabajadores. Habría que hacer un ajuste en esta ley y entiendo que está en uno de los artículos, donde se dice que el incremento del salario mínimo no afectará las medidas ni los mecanismos para la determinación de los salarios en las empresas y eso es importante.
Hay sectores en este país, como el sector bancario, por ejemplo, que se rasgan las vestiduras permanentemente y que tienen a sus empleados administrativos trabajando desde las siete de la mañana hasta las siete de la noche y les pagan una miseria de salario, habría que ver cuánto es el ajuste que se hace en los sectores por la productividad que tienen. Porque en Nicaragua el sector más protegido jurídica y legalmente es el sector bancario. Aquí todo el que se enfrenta a un banco lleva las de perder, los trabajadores peor. En un banco, si a un cajero al final de su dura jornada laboral de las siete de la mañana a las siete de la noche, tiene un faltante de quinientos, de doscientos, de mil córdobas, se lo quitan de su salario, un salario que no llega a los tres mil córdobas; pero si hay un sobrante al final de la jornada, ese se lo carga el banco. Y si llegan los clientes a reclamar, dicen que se perdió. Esas injusticias tienen que acabarse, los empresarios deben de aprender que aquí tiene que haber sensibilidad social, que no es posible que se siga pensando con criterios eminentemente de capitalismo inmoral y salvaje.
Esta ley no es una solución para los trabajadores, pero es un camino que queda abierto y sólo el compromiso de los trabajadores y los dirigentes sindicales unidos pueden frenar los abusos que se generan día a día con un sistema empresarial que todavía no ha entendido cuál es su función social en Nicaragua.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Hay ocho compañeros y compañeras apuntadas y apuntados y faltan doce para las once. Vamos a rogarles a todos ustedes, brevedad en sus intervenciones, vamos a cerrar con el diputado Odell Íncer.
Tiene la palabra el diputado Javier Vallejos.
DIPUTADO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Indudablemente este es un día especial para los trabajadores aunque no es primero de mayo, porque esta reforma a la Ley del Salario Mínimo tiene muchos años de estar tratando de discutirse y aprobarse aquí en la Asamblea Nacional.
Estoy seguro y felicito a la Comisión de Asuntos Laborales, puesto que hicieron las consultas respectivas, debatieron a lo interno, mejoraron cada una de las mociones y fue hasta consensuarlas completamente que vinieron aquí a este plenario.
Sin embargo, yo no puedo dejar pasar la oportunidad para reflexionar, que esta reforma cuando entre en vigencia no va a poder beneficiar a más de cinco mil empleados del sector público, que en los últimos tres meses muchos de ellos, de manera arbitraria y contra ley expresa, fueron enviados a la calle. Y que este gobierno a pesar de que el Ministerio del Trabajo en muchos de esos casos se pronunció en contra de los despidos, aún continúan desempleados. Y aunque este Poder del Estado pidió explicaciones a través de las distintas comisiones a quiénes presiden esas instituciones de gobierno, esos empleados continúan en la calle. Y como dice Wilfredo, probablemente seguirán en la calle. Y quiero referirme en especial a sesenta y cuatro trabajadores de ENACAL Granada, del departamento y municipio, que represento, quienes han pasado días bajo la lluvia, afuera de las instalaciones de esta institución pidiendo justicia, solicitando les entreguen lo que les corresponde, porque ni siquiera les han liquidado, ni han tomado en cuenta la inspectoría del Ministerio del Trabajo. Y por tanto no van a beneficiarse con esta reforma a la Ley del Salario Mínimo.
Es momento de reflexionar, de pensar que si estamos tratando de favorecer a la clase trabajadora, no podemos con una mano tratar de beneficiarlos y con la otra permitir que se violen sus derechos. No podemos callar sólo porque hoy el gobierno de turno pertenece a nuestro partido, y si fuese otro, tampoco podríamos callar, porque si no, de nada sirven los discursos hoy, las palabras y los votos a favor de esto si estamos permitiendo –repito- que se cometan injusticias a la clase más castigada, a la gente que gana menos y a quiénes queremos beneficiar hoy.
Es momento de reflexionar y probablemente algunos de los que hablen posteriormente, reflexionen como lo han hecho en los últimos días, diciendo que ahora hay algunos que están clamando por los trabajadores y los sindicalistas, pero que en los últimos dieciséis años no se preocuparon por ellos. Creo que es momento de empezar a hacerlo todo junto.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado Vallejos.
Diputada Alba Palacios Benavídez, tiene la palabra.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Gracias, señor Presidente.
Estamos contentos de que la Junta Directiva, la Comisión Laboral y las distintas bancadas hayamos logrado el consenso después de prácticamente cuatro años de tratar de buscar cómo sacar una nueva Ley del Salario Mínimo, hemos llegado a este día tan importante para los trabajadores y trabajadoras nicaragüenses.
Y realmente el proceso de lucha que han hecho los trabajadores en los últimos años ha sido bien difícil, porque generalmente los gobiernos que nos antecedieron se ponían rápidamente de acuerdo con los empresarios y quedaban colgados los trabajadores y se les hacía además pasar a veces hasta más de un año, sin que se les ajustara el salario mínimo porque se violentaba la ley y porque además la ley no contemplaba los mecanismos efectivos para que ese ajuste salarial se diera, esto trajo como consecuencia que los trabajadores de Nicaragua perdieran el poder adquisitivo y prácticamente casi se congelaron los salarios mínimos.
Entonces, si revisamos lo que tenemos actualmente, vemos que los salarios mínimos heredados a los trabajadores por esta administración no logran cubrir el 100% de la canasta básica de los cincuenta y tres productos, que dicho sea de paso ya está desfasada, porque fue hecha en un período de guerra y con esta nueva reforma estamos mandatando para que se revise y se elabore nuevamente de acuerdo con las necesidades de los trabajadores y las necesidades nutricionales y calóricas, para que salgan de la pobreza nuestros hermanos trabajadores.
La situación se vuelve dramática cuando vemos los salarios heredados en el campo y en la industria manufacturera. Que ni siquiera llegan a cubrir el 50% de los productos de la canasta básica. Esta es la herencia que tienen los trabajadores, prácticamente pasaron dieciséis años con gobiernos que les congelaban esos salarios mínimos, con empresarios que se coludían con los gobiernos para que no se moviera el poder adquisitivo de los trabajadores, cometiendo el grave error, por su falta de visión y humanismo, de tomar en consideración que si vos mejorás el salario, tenés más circulante y si tenés más circulante, tenés mayor capacidad de compra, y si tenés mayor capacidad de compra, hay capacidad de comprar los productos que el empresariado oferta, pero no lo ven así, y entonces han tenido a los trabajadores en una situación terrible.
Recientemente se ajustó el salario mínimo al 18%. Si nosotros revisamos todos los ajustes salariales, este es el primer salario mínimo que los supera a todos, aquí los salarios se ajustaban del cuatro, de siete, del ocho, del diez y una sola vez se logró ajustar al 15%, al menos ya lograron los trabajadores negociar con el respaldo del gobierno, arrancarle a los empresarios el 18%. Y la aspiración con esta nueva ley que el día de hoy estamos aprobando, es llegar al 100% en un proceso escalonado, sobre la base de ir de forma automática ajustando los salarios mínimos de forma indexada, con la devaluación de la moneda y el índice programado de la inflación por el Banco Central, ya eso lo están ganando por ley los trabajadores. Aparte de la negociación que se tendrá que ir haciendo escalonadamente en cada uno de los sectores económicos de nuestro país, sobre la base del índice de precios del consumidor y el Producto Interno Bruto y el crecimiento económico y dinámico que vaya teniendo cada trabajador.
Es importante esta ley que hoy estamos discutiendo, para lo que escuchamos al sector empresarial, escuchamos a todas las partes de los trabajadores, a las instituciones de gobierno, retomamos todo lo positivo que nos hicieron llegar cada una de las partes y en aquellos aspectos en donde no había acuerdos, los diputados tomamos las decisiones en consenso, pensando primero en los trabajadores y las trabajadoras de Nicaragua.
Así que con esto, queremos pedirle a todos los diputados y agradecerle a todas las bancadas el apoyo que hoy se está dando a esta ley tan importante, que va a sentar las bases jurídicas para que los trabajadores tengan los mecanismos efectivos para llegar a la aspiración básica de al menos cubrir en algún momento determinado, de acuerdo al desarrollo económico de nuestro país y a la voluntad política del gobierno y de los empresarios, el 100% de la canasta básica. Esperamos tener todo el respaldo para la aprobación de esta Ley.
Muchas gracias, Presidente
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputada.
Diputado Fabricio Cajina, tiene la palabra.
DIPUTADO FABRICIO CAJINA LOÁISIGA
:
Gracias, señor Presidente.
En primer lugar, quiero felicitar a la Comisión que logró superar este impasse como lo acaba de decir la diputada Palacios, por cuatro años esta ley durmió el sueño de los justos.
Creo que en Nicaragua se debe promover una legislación adecuada para que los trabajadores obtengan los beneficios necesarios para vivir. Pero a mi juicio el principal problema en Nicaragua no es casualmente el salario mínimo, sino los altos niveles de desempleo existentes en este país y éstos se están acrecentando con un gobierno cuya política fundamental es la de despedir en las instituciones de gobierno a todo aquel empleado no leal según ellos. Considero esto también motivo de reflexión, y debería ser retomado por esta Asamblea para trabajar y detener los atropellos a los empleados públicos ocasionados por el actual gobierno. Es más, para muchas madres de familia su regalo el treinta de mayo fue casualmente ser despedida de un puesto público.
Y aquí me preocupa también escuchar voces de diputados completamente en contra de la empresa privada, cuando deberíamos estar legislando a favor de crear condiciones para que la empresa privada siga generando más empleo. Aquí, si observamos estamos entrando a un ciclo agrícola y no se miran políticas agropecuarias para nada.
Creo que debemos preocuparnos seriamente en buscar cómo crear más empleo en este país, si bien es cierto es importantísimo un salario mínimo y adecuado para los trabajadores, es mucho más importante generar los empleos que una cantidad importantísima de nicaragüenses no tienen en estos momentos. Esto amerita una reflexión, esta Asamblea debe legislar para crear condiciones a los empresarios, y la inversión privada venga, no como se está observando en los últimos días, que más bien se aprecia un gobierno que está extorsionando a los empresarios, a los inversionistas y está de alguna manera creando un clima de inseguridad el cual no es propicio para generar empleos.
Pienso que sobre estas cosas todos los diputados aquí presentes debemos reflexionar. Son situaciones ante las cuales nos debemos de comprometer, aquí se debe legislar para crear condiciones, para que la empresa privada funcione y genere los empleos que este país necesita. Y dicho sea de paso, felicito a Alejandro quien logró destrabar esta ley, la cual por cuatro años sólo fue expectativas para la clase trabajadora.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Rafael Córdova, tiene la palabra.
DIPUTADO RAFAEL CÓRDOVA ÁLVAREZ:
Presidente, voy a ser muy breve.
Ojalá a esta Ley de Salario Mínimo no le suceda lo mismo que a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, la cual en los últimos meses ha sido violada interminables veces.
Durante el gobierno de Bolaños fue aprobada, aún sin reglamento, existen sentencias de los jueces laborales dictadas en pocos días e igualmente encontramos sentencias en los tribunales de apelaciones reincorporando a los empleados públicos. Jueces del poder sandinista, hoy en día han recibido toneladas de demandas de estos cuatro mil quinientos trabajadores que nosotros llevamos registrados, y han pasado los meses y los meses y misteriosamente no le dan lugar a las demandas de estos trabajadores. En el gobierno pasado no se tardaban pero ni treinta días para dictar sentencia, y los mandaban a reincorporar por violación a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa. Hoy en día las demandas se han introducido ante estos jueces laborales y extrañamente duermen el sueño de los justos en las gavetas.
Entonces, ojalá a esta Ley de Salario Mínimo, no le pase lo mismo que a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y la dejen ahí como una ley más. Cuatro mil quinientos despedidos tenemos contabilizados y hemos entrevistado a algunos de ellos y ninguno tiene carnet rojo y negro o tiene el carnet de sus aliados. Y los han corrido por el único delito de no ser militantes del partido roji-negro. Esperamos que por lo menos el día viernes primero de junio le paguen la liquidación a estos trabajadores. A las madres que están sin empleo, aquí tengo el “despidómetro”, van cuatro mil novecientos once, con los datos de cada institución y aquí hay cientos de madres que el regalo en su Día es tenerlas en el desempleo.
Entonces, yo le digo al gobierno de amor y reconciliación, que no despida a los trabajadores, a las afanadoras, a los choferes, a los C.P.F., a los cuales están despidiendo inmisericordemente, creíamos que a los seis meses esto se iba a detener, pero no se detiene. Siguen despidiendo mes a mes. Esperamos que con el salario Mínimo no suceda lo mismo y tengan por lo menos, la dignidad de liquidar a los trabajadores, porque tienen derecho a eso a que les den su salario que se han ganado dignamente.
Gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Muchas gracias, señor Presidente.
Muy buenos días honorables miembros de esta Asamblea Nacional.
Creo que el día de hoy, este Poder del Estado va a escribir una vez más en las páginas de la historia, haciendo tributo y honor a los que realmente son el alma y nervio de este país, los trabajadores.
En efecto, esta iniciativa presentada por el diputado Navarro, ha estado muchos años en espera e igualmente la propuesta presentada por el diputado Sandinista Roberto González, con otros sindicalistas, que tiene como objetivo una labor absolutamente justa de reivindicar y dignificar el salario mínimo de los trabajadores nicaragüenses. Y debemos dejar claro, que aunque de manera directa esto impacta en un segmento de los trabajadores, en el segmento del salario mínimo, esto tiene y debe de tener un efecto dominó en el resto de las instancias del salario del sector público y por qué no decirlo, también del sector privado.
Aquí por desgracia hemos tenido a una clase empresarial que ha visto en el esfuerzo del trabajador un activo más. Aquí desgraciadamente cuando se habla de incrementar el salario a los trabajadores, no se habla de considerar si este salario, este incremento se puede compensar con mayor productividad, no, lo que dicen es, vamos a despedir trabajadores; mayor incremento salarial, menos trabajadores en nuestras empresas. Y no piensan en reducir un poco sus utilidades o ser más productivos. Esas por desgracia son las reglas del juego de la clase empresarial que hasta ahora tenemos.
Quiero llamarles la atención, honorables diputados, en este tema del salario mínimo, aun cuando es de justicia y es correcto que nosotros lo aprobemos, el tema del salario de los trabajadores aún con la aprobación de esta ley, continúa siendo una asignatura pendiente de esta Asamblea Nacional, porque definitivamente ningún incremento al salario mínimo realmente va a estar aparejado a los niveles inflacionarios exponenciales que tiene cualquier país del mundo y más países con una economía tan débil como la nicaragüense. Solamente para que tengamos una idea con datos tomados del Banco Central. En 1997 el salario mínimo del sector manufacturero, tenía un equivalente de noventa y seis dólares con sesenta y un centavos, eran ochocientos noventa y ocho córdobas. A junio del 2006, estos mismos trabajadores ganaban un mil trescientos sesenta y dos córdobas, equivalentes a setenta y seis dólares con sesenta y nueve centavos. O sea en un segmento de diez años y con los incrementos al salario mínimo que se concedieron mal que bien en el salario de los trabajadores, tuvieron una merma en su poder adquisitivo de diecinueve dólares con noventa y dos centavos en estos diez años, en el sector manufacturero.
Vámonos al sector comercio, en esta sector en 1997, el salario mínimo era de novecientos cuarenta y tres córdobas con siete centavos, que equivalía a ciento un dólares y a junio del año 2006, ganan mil novecientos setenta córdobas, que representan a valor presente de la moneda, ciento diez dólares con nueve centavos o sea que en diez años, el incremento real del valor del poder adquisitivo del salario de los trabajadores fue de nueve dólares.
Es importante dejar claro el verdadero drama del salario mínimo de los trabajadores en este país y vámonos al sector agropecuario. Que ganaban en 1997 la irrisoria suma de trescientos noventa y siete córdobas con tres centavos que equivalían a cuarenta y dos dólares, de ese tiempo a junio del 2006, se incrementó a novecientos sesenta córdobas, que equivalen a cincuenta y cuatro dólares, con un triste incremento de once punto tres dólares. O sea, que el salario mínimo del sector agropecuario con todos los incrementos que ha obtenido, ha logrado el triste incremento que hasta vergüenza deberían sentir los diferentes gobiernos que ahora se rasgan las vestiduras queriendo levantar el tema del salario mínimo de los trabajadores, de un dólar por año en estos al menos diez años. Hay que ser sinvergüenzas para ahora venir a rasgarse las vestiduras. Es hoy en este marco y bajo esta coyuntura, que vamos a empezar a trabajar a favor de incrementar y mejorar el salario de los trabajadores de este país.
Honorables diputados, para que les quede claro, en el caso de la canasta básica -creo que ahí hay un problema de cifras con el dictamen- de los cincuenta y tres productos, los cuales no deberían ser cincuenta y tres, en 1977 tenía un costo de un mil cuatrocientos tres córdobas, hoy la canasta básica supera los tres mil córdobas. O sea, un incremento del 117% en estos diez años y quiero recordarles, el salario mínimo del sector agropecuario apenas había subido en su poder adquisitivo a un dólar por año. Esa es la realidad de los trabajadores asalariados de este país. Con esta iniciativa de ley, el día de hoy la Asamblea Nacional pretende crear las condiciones que mejoren la posición del salario mínimo de los trabajadores.
Aunque, aquí no solamente es un problema de ley, podemos aprobar la mejor legislación en materia de salario mínimo, aquí el problema de los trabajadores en este país no fue por falta de legislación exclusivamente, sino por falta de voluntad política de los últimos tres gobiernos de este país que en vez de tener un Ministerio del Trabajo para los trabajadores, lo tenían para los empleadores y les hacían el “cachete” siempre a estos y terminaban desgastando a los trabajadores en sus reivindicaciones salariales y laborarles.
Es por eso, Presidente, el día de hoy en nombre propio y de la Bancada del Frente Sandinista y la Alianza Unida Nicaragua Triunfa, venimos a respaldar en todos los extremos el dictamen de esta iniciativa, sólo con dos elementos adicionales: Primero, la mayor cantidad de trabajadores en salario mínimo son mujeres y segundo, un mensaje del gobierno de unidad y reconciliación, aquí no solamente se está aprobando una buena Ley de Salario Mínimo, también el gobierno de unidad y reconciliación garantiza que en el Ministerio del Trabajo y en todas las instancias del poder público, van a tener los trabajadores de este país, un aliado estratégico en sus reivindicaciones de demandas salariales.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Víctor Hugo Tinoco, tiene la palabra.
DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:
Gracias, Presidente.
Hace ya unos ocho años aproximadamente, me correspondió introducir en este Parlamento, una iniciativa de ley proponiendo precisamente la indexación del salario mínimo al ritmo de crecimiento de la inflación. Recientemente descubro que todavía estaba en la tubería a pesar que se presentaron en el ínterin de este último período legislativo, las iniciativas que estaban estancadas.
Yo creo que hay cosas que son evidentes, en los últimos años ha habido una concepción de la organización del trabajo de la sociedad nicaragüense, en la que la rentabilidad, la viabilidad y la utilidad de las empresas se ha estado haciendo depender fundamentalmente del precio que se le asignaba a la mano de obra. Ese ha sido el problema que hemos tenido, en la medida que durante un período largo de tiempo se buscaba que una empresa fuera rentable, por la vía de mantener bajos los salarios, en esa medida durante todo ese período ese sector laboral, fue efectivamente la gran víctima. De eso no hay la menor duda y creo es un error que se está empezando a corregir ahora y afortunadamente de manera bastante consensuada, lo cual es importante para el país.
El efecto de haber puesto toda la carga de la rentabilidad de las empresas de este país en el salario bajo de los trabajadores, produjo como resultado el éxodo de los trabajadores, centenares de miles de nicaragüenses emigraron hacia Costa Rica, Estados Unidos e inclusive recientemente hacia El Salvador. Eso es el resultado precisamente de haber puesto sobre las espaldas de los trabajadores la viabilidad de la actividad económica empresarial nicaragüense, lo cual fue sin lugar a dudas no sólo inhumano para este sector amplio de la sociedad nicaragüense, sino resultó que Nicaragua se convirtió en un proyecto de nación inviable. Ahora esto se está corrigiendo y eso es afortunado. Respaldamos con toda energía lo que esta ley está planteando, pero tenemos que estar conscientes que el problema de Nicaragua no se va a resolver ahí, aquí hay problemas, para que esto se sienta y se traduzca en una mejoría económica de la familia nicaragüense, necesitamos resolver algunos problemas puntuales, ¿cómo cuáles?, hay obstáculos mayores para la inversión que el crecimiento del salario mínimo, porque aquí el sector empresarial manifestaba, si crece el salario mínimo no habrá inversión y habrá desempleo, pero nosotros decimos, si el salario mínimo fuera razón para que no hubiera inversión y por lo tanto hubiera desempleo, no se explicaría que Costa Rica tenga el salario mínimo más alto de Centroamérica, prácticamente ocho dólares diario, y que tenga la tasa de inversión más alta.
Entonces, no se puede decir por lo tanto que en la experiencia centroamericana haya una relación mecánica o directa establecida entre a mayor salario mínimo, menor inversión, no es cierto porque en una de las experiencias -y es el caso de algunos de los otros países centroamericanos también-, encontramos que existen otros factores que inciden en la inversión, no sólo es el salario mínimo, otros factores, ¿cómo cuáles?, son obstáculos claros por ejemplo, la ausencia de infraestructura vial, hace poco rentable a muchas empresas, la ausencia de verdaderas carreteras en este país. El problema de la seguridad jurídica efectivamente es otro problema serio, mientras el tema de la seguridad jurídica como sociedad no vayamos resolviéndolo, este país va a seguir teniendo problemas para la inversión, la generación de empleo, etcétera. El problema de la disponibilidad energética limitada, produce limitaciones para la disponibilidad, para accesar a energía eléctrica en este país, mientras no resolvamos de manera concertada eso, vamos a seguir teniendo problemas. El problema del precio al que le estamos vendiendo a las empresas nicaragüenses la energía eléctrica también tiene que ver en la rentabilidad, son temas que hay que ir revisando, el tema de la corrupción, de las coimas, es un tema real que afecta la inversión en Nicaragua. Y sobre todo la gran debilidad que nosotros tenemos para poder realmente ir dando pasos firmes hacia adelante es que no tenemos una oferta de fuerza de trabajo calificada, no hay una oferta real.
Entonces, el problema efectivamente del empleo, el problema de la inversión es un problema complejo, que requiere una política concertada, porque no va a servir de mucho esta ley si va acompañada efectivamente de un problema de falta de consenso nacional que no nos ayuda a generar inversión, que no nos ayuda a traer inversión y que no nos ayuda a generar empleo. Tendremos que trabajar duro los nicaragüenses en este sentido, por lo tanto nosotros saludamos eso, saludamos que ya no sea sobre la espalda de los trabajadores donde se cargue la viabilidad de las empresas, ya que ellos son los condenados de la tierra, como esos mil trabajadores que están ahorita, que acamparon hace un par de horas aquí frente a la Asamblea, que precisamente son víctimas de la misma lógica que el trabajador es siempre el que paga los costos de la viabilidad de una economía.
Celebramos que esto se esté haciendo aunque sea con un mínimo de consenso y esperamos que sirva para que haya un respiro por lo menos a la fuerza laboral nicaragüense.
Muchas gracias, presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:
Muchas gracias, Presidente.
Nos hemos tomado mucho tiempo alrededor de este tema, son diez artículos, quiero que entremos a la discusión del tema, no vamos a resolver el problema de los trabajadores con discursos aquí, y a lo mejor sólo son discursos, en la práctica no hacemos nada. Por eso solicito a la Junta Directiva, aprovechar la media hora que aún tenemos, para mandar a la Comisión respectiva la Ley de Reforma al Decreto 974, Ley de Seguridad Social, me gustaría pedirle ese favor a los miembros de la Junta Directiva y solicitarle a los jefes de bancadas si me apoyan para que ustedes puedan tomar esa decisión.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Odell Íncer, tiene la palabra.
DIPUTADO ODELL INCER BARQUERO:
Gracias, señor Presidente.
Soy un hombre que proviene de la empresa privada, y en la década de los 80 fui un líder indiscutible de esa empresa privada. Creo en los postulados y en los conceptos de la libre empresa. Aquí cuando escucho a las fuerzas democráticas me pregunto, ¿qué es lo que se ha democratizado en los últimos dieciséis años con un 80% de pobreza?
Cuando hablamos de los destituidos también me acuerdo de los doscientos mil que fueron despedidos en los tres últimos gobiernos, del 90 a esta parte. Politizamos muchas cosas y torpedeamos a diario lo que hace este gobierno y todo lo ven negativo, se despide un empleado, dos empleados, hablan de miles y esa no ha sido la mística de este gobierno de unidad y reconciliación nacional, de este gobierno Unida Nicaragua Triunfa. Le pregunto a Fabricio mi coterráneo, cuáles son los despedidos en Boaco; si en esta ciudad han despedido a media docena, es mucho. No resolvemos absolutamente nada quitándole el bocado a uno de nuestros adversarios para dárselo a uno de nosotros, el problema no se resuelve así, sino creando riquezas, generando empleos, desgraciadamente recibimos un país saqueado, un país desmantelado, aunque el Presidente Bolaños en determinado momento dijo que dejaba la mesa servida. Sin embargo no se están impulsando los proyectos y programas que tiene este gobierno con la velocidad que uno deseara, por culpa de lo que heredamos, nos entregaron un país saqueado.
Por otro lado, analicemos en esta Asamblea Nacional, la cantidad de fantasmas y supernumerarios heredados a esta Junta Directiva, tengo entendido que habían entre 8 y 10 escoltas, de algunos diputados y nos rasgamos las vestiduras cuando la Junta Directiva quiere reordenar esto, aquí tenemos que arreglar esta casa y comenzar desde abajo.
Existe una descomposición social impresionante, dejémonos de babosadas, al Sandinista en los últimos 16 años lo consideraban como un leproso, inclusive, cuando me incorporo a la Convergencia Nacional en el año 2000, recibí chifletas en todas partes, pero me vale; considero que estamos abocados todos los nicaragüenses en sacar adelante este país. No podemos vivir con un retrovisor hurgando sólo el pasado, tenemos que ponerle corazón al capital ya lo decía Wilfredo: “Capitalismo salvaje” ha sido condenado inclusive, por la Iglesia Católica y por todas las iglesias de la tierra. Debemos ser sensibles y flexibilizarnos como hombres ante una tragedia ante una democratización, que hubo en este país llamada pobreza.
Pienso que debemos aunar esfuerzos y encontrar la manera de reducir la pobreza, no atacando a diario, no politizándolo todo; sé lo que decía el diputado Vallejos y tenemos conocimiento porque en esta Comisión del Salario Mínimo hemos hablado con todos los sectores, con los blancos y los negros, con todos los sindicatos. Es cierto lo que él planteaba pero también hubo acciones de vandalismo y nosotros vamos a ser implacables como lo hemos dicho, en el combate contra la pobreza.
Por tanto les pido que reflexionemos, tengamos paciencia para resolver los problemas, los gigante problemas, los retos que tiene este Gobierno, por delante no sigamos en politiquerías y en confrontaciones innecesarias, pongámosles un basta ya, construyamos y reconstruyamos moral y económicamente a este país, combatamos esta descomposición en la que nos han sumido los últimos dieciséis años, los gobiernos de turno. Les invito a trabajar juntos y este es un comienzo; igualmente impulsemos y hagamos leyes, que redunden en beneficios sociales para los más necesitados para los más miserables de este país, como decía Víctor Hugo.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
:
Concluido el debate, pasamos por consiguiente a la votación en lo general del dictamen presentado.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
70 votos a favor, 15 presentes 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el dictamen en lo general.
Se suspende la sesión, y se continúa el día de mañana, a las nueve de la mañana.
31 de mayo del 2007
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Vamos al Adendum 001, Punto 3.11: LEY DEL SALARIO MÍNIMO.
Arto.1
La presente ley regula la fijación del salario mínimo, garantizando al trabajador y su familia la satisfacción de las necesidades básicas y vitales, con un mínimo de bienestar compatible con la dignidad humana, conforme al numeral 1 del Arto. 82 de la Constitución Política.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 1.
Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:
Buenos días, gracias, Presidente.
Es para leer una moción de consenso a este artículo 1 Que dice así: Voy a leer el texto actual y luego como quedaría.
Arto. 1
La presente ley regula la fijación del salario mínimo, garantizando al trabajador y su familia la satisfacción de las necesidades básicas y vitales, con un mínimo de bienestar compatible con la dignidad humana, conforme el numeral 1 del Arto. 82 de la Constitución Política.
Quedaría de la siguiente manera y esta es la moción, texto nuevo:
Arto. 1
La presente ley regula la fijación del salario mínimo, a cambio de una prestación laboral, garantizando al trabajador y su familia la satisfacción de las necesidades básicas y vitales, con un mínimo de bienestar compatible con la dignidad humana, conforme al numeral 1, del arto. 82 de la Constitución Política.
Paso la moción de consenso.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Pasamos a votar la moción de consenso, que trasforma el artículo 1. Vamos a votar la moción y el artículo así como quedaría.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
55 votos a favor, 11 presentes 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba la moción presentada que trasforma el artículo 1.
Artículo 2.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 2
Salario mínimo es la retribución ordinaria que satisfaga las necesidades mínimas de orden material, seguridad social, moral y cultural del trabajador y que esté en relación con el costo de las necesidades básicas de vida y las condiciones y necesidades en las diversas regiones del país.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 14 presentes 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Art. 3
El salario mínimo es irrenunciable y no puede ser objeto de compensación, descuento de ninguna clase, reducción, retención o embargo, excepto los de seguridad social, alimentos de familiares del trabajador declarados judicialmente y otros previstos por la ley.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
58 votos a favor, 10 presentes 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Art. 4
El salario mínimo se fijará cada seis meses atendiendo a las modalidades de cada trabajo y el sector económico. Esta fijación puede ser por unidad de tiempo, obra o por tarea, pudiendo calcularse por hora, día, semana, catorcenal, quincenalmente y mensual.
La no convocatoria de la comisión acarrea responsabilidades administrativas al Ministro del Trabajo, el Presidente de la República le deberá aplicar una sanción pecuniaria de entre los dos a seis meses de su salario, los que serán depositados en la Tesorería General de la República. Sin perjuicio de otras medidas que el Presidente de la República pueda tomar.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 4.
Diputado Gabriel Rivera Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADO GABRIEL RIVERA ZELEDÓN:
Gracias.
Existe una moción de un nuevo texto para el artículo 4 pero observo después de leerlo el doctor Wilfredo que es la misma, pero de todas maneras vamos a leerla.
Arto. 4
El nuevo texto del artículo 4 es el siguiente:
El salario mínimo se fijará cada seis meses atendiendo a las modalidades de cada trabajo y el sector económico. Esta fijación puede ser por unidad de tiempo, obra o por tarea, pudiendo calcularse por hora, día, semana, catorcenal, quincenalmente y mensualmente.
La no convocatoria de la comisión nacional del Salario Mínimo acarrea responsabilidades administrativas al Ministro del Trabajo, el Presidente de la República le deberá aplicar una sanción pecuniaria de entre los dos a seis meses de su salario, los que serán depositados en la Tesorería General de la República. Sin perjuicio de otras medidas que el Presidente de la República pueda tomar.
Paso esta moción.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Sí hay cambio en la moción, porque el texto dice nada más la no convocatoria de la comisión, nosotros le agregamos nacional de salario mínimo, esa es variante, pero quisiera ver si los mocionistas me acompañan en esta propuesta y es en el sentido que en el artículo dice: “le deberá” yo diría “le aplicará” que es más contundente y no le queda ningún espacio al Presidente para perdonarle la multa al Ministro del Trabajo por la no convocatoria.
Entonces, la propuesta que ya está retomada en la moción diputado Gabriel, es que se le agrega a la Comisión Nacional de Salario Mínimo y en lugar de decir “le deberá” se diga se “le aplicará” que es más contundente o sea en ese sentido es que vamos a votar la moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada con el artículo correspondiente.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 15 presentes 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba la moción presentada que modifica el artículo 4, que también queda aprobado.
Artículo 5.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Art. 5
Los salarios mínimos que se fijen modificarán automáticamente todo salario inferior elevándolo al mínimo establecido.
Los salarios mayores al mínimo según contratos de trabajo, individuales y colectivos no serán afectados. Tampoco se afectarán condiciones favorables mayores preexistentes relativas al salario real del trabajador, tales como remuneración adicional, vivienda, medicinas, servicios hospitalarios y otros beneficios semejantes.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación el artículo 5, (perdón) quiero decir a discusión el artículo 5.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Quisiera planteárselo al plenario, porque de acuerdo con la experiencia adquirida como Ministro del Trabajo, siempre y cuando incrementábamos el salario mínimo, algunos empleadores a la par les aumentaban la carga laboral a los trabajadores y en el caso de la zonas francas hay algunas quejas, en este mismo sentido, inmediatamente éste acrecienta se le eleva la norma de trabajo al obrero. Entonces, la propuesta podría ser que al incrementarse el salario mínimo, se prohíbe que se adicionen algunas acciones de trabajo o se modifiquen las funciones que el empleado debe realizar, reitero existe este mecanismo de escape utilizado por los empleadores. No sé Albita, vamos hacer la moción entonces.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Freddy Torres, tiene la palabra.
DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:
Muchas gracias, Presidente.
Considero que los legisladores debemos tomar en serio nuestro trabajo y abandonar a veces esas acciones populistas o de sindicalistas las cuales algunos pretenden asumir; que no es sano estar legislando así aprovechándonos tal vez por las facultades que nos confiere el hecho de ser diputados, intrigar situaciones en contra del sector privado o al empleador, sea éste público o privado. Por lo tanto, lo correcto es legislar en el buen sentido de la palabra y todas esas subjetividades no deberían tener cabida porque pienso que aquí no legislamos en perjuicio del sector privado, sino más bien para que este país sea mucho más viable y el trabajador tenga mejores condiciones de vida. Pero no considero necesario atacar al empleador o al sector privado o a los empresarios, para poder elaborar una buena ley.
Quiero hacerle un llamado a mi colega el doctor Wilfredo Navarro, y expresarle que para favorecer al trabajador no debemos destruir al empresario, ni al empleador, ni tampoco atacarlo, ojalá podamos analizar bien las cosas, que sean equitativas, que produzcan desarrollo y un mejor nivel de vida en nuestros trabajadores, pero sin llegar a ese tipo de situaciones, que considero son innecesarias.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Gabriel Rivera Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADO GABRIEL RIVERA ZELEDÓN:
Sólo quiero que el doctor Wilfredo Navarro me aclarara un poco la moción que está presentando en el sentido que dice: “si se incrementa el salario, se prohíbe al patrón aumentarle más actividades de trabajo”, pero le pregunto, porque dentro del Código laboral está regulado que son 8 horas de trabajo, si él trabaja 8 horas, ¿realizará las labores que el patrón le señale dentro de esas horas de faena?
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Navarro, tiene la palabra.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Bien, quiero responderle al diputado Freddy Torres, sé que él representa al sector empresarial y a los patrones y por consiguiente, a veces se siente chimadito cuando estamos tratando de proteger a los trabajadores, pero nosotros no estamos pretendiendo aquí eso ni mucho menos, porque también soy empresario como él. No estoy pretendiendo destruir la empresa privada, pero si queremos que reconsideren algunos empresarios, quienes carecen de la conciencia social que posee el diputado Freddy Torres, el cual le cumple a sus trabajadores todas sus prestaciones y sus privilegios, él no tiene nada de qué preocuparse. Lo estoy reclamando ya que por cinco años cuando fui ministro del Trabajo observé las barbaridades cometidas por empresarios quienes hoy se rasgan las vestiduras, diciendo que defienden al país, pregonando ser eficientes pero toda la eficiencia la buscan tratando de cercenar los derechos a los trabajadores, a eso me refiero pero los empresarios honrados, los empresarios que protegen y les dan todos sus derechos a los trabajadores, no deben sentirse aludidos y el planteamiento me nace de una experiencia en las zonas francas.
Aquí al trabajador una vez que se le da un beneficio en la Asamblea o se establece un privilegio, se le incrementa la norma, y voy a dar un ejemplo, si la norma es confeccionar 20 cuellos, inmediatamente cuando se les aumente el salario mínimo, le ponen otra norma de confeccionar 10 cuellos más, produciéndose 30 cuellos en total esto significa que están compensando el incremento del salario, recargándole mayor presión al trabajador para que produzca más. Entonces, a eso me refiero Gabriel, que no por el hecho de incrementar el salario mínimo, algunos empresarios exploradores deban aumentar la carga o Norma laboral al trabajador.
La moción es la siguiente:
Agregar un párrafo al artículo 5, que diga:
“El incremento del salario mínimo, no conlleva incremento o modificaciones en las normas de trabajo”. Eso es todo Gabriel, cualquier empleador que contrata un trabajador y tiene 8 horas, por eso existen las definiciones del trabajo del puesto de trabajo; un puesto de trabajo implica una serie de actividades que realiza el trabajador. Entonces, una cosa es la redefunción del puesto al trabajador de 5 8 funciones y se le agregue otra más, eso está correcto porque está dentro de la jornada de trabajo. Otra cosa es, y en lo cual no estoy de acuerdo, que por el incremento de salario se le varíen los parámetros de labor al trabajador o se le reduzcan algunos beneficios, porque esto hay que dejarlo bien salvado cuando estuve en el Ministerio del Trabajo conocí de empleadores que aun existiendo en sus empresas un convenio colectivo y si se negociaba un incremento salarial, inmediatamente éstos reducían los beneficios sociales que contenía el convenio como son: acceso a la salud, acceso a los uniformes, eso es lo que se está prohibiendo en esta ley para que no se afecte la reivindicación al trabajador.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:
Muchas gracias, Presidente.
Considero que los colegas de la Comisión Laboral, incluso, anteayer todavía estaban consensuando estas mociones y venir ahora a meter ruido en el plenario a estos dictámenes, es como atrasar un poco el proceso y crear situaciones no deseadas, existen ya ataques directos entre los mismos diputados, por eso quisiera pedirle Presidente, respetemos las mociones consensuadas por la comisión, sino aquí vamos a seguir hablando todo el día del mismo tema y a lo mejor vamos a salir con ciertas discrepancias, el Código Laboral es claro; los derechos adquiridos no se los puede quitar ningún empleador al trabajador incluso, estos beneficios le sirven en el futuro cuando las indemnizaciones de los trabajadores todo esto se suma al salario. Entonces, quisiera que respetemos el trabajo de la comisión que les ha costado mucho consensuar estas mociones y votemos las mociones de consenso para que avancemos en el trabajo que tiene que hacer la Asamblea Nacional Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Freddy Torres Montes, tiene la palabra.
DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:
Muchas gracias, Presidente.
Me veo forzado a contestarle al diputado Navarro, no vengo aquí a representar al sector empresarial, vengo a representar a mis electores, no fueron los empresarios exclusivamente los que me dieron el voto para ocupar este escaño, pero sí quiero encontrar el equilibrio y acciones dentro de las palabras; en el Partido Liberal pienso no hay una posición que vaya en contra del sector empresarial y mucho menos en contra del sector trabajador, lo que estamos tratando de encontrar son equilibrios en el aspecto laboral, entonces le reitero al diputado Navarro, no vamos a llegar a ningún lado con ataques a los diferentes sectores, no sería sano atacar al sector trabajador o a cualquier otro sector ubicado en el medio de la discusión de una ley, de manera, que tampoco estoy de acuerdo cuando se dice: que el empleador puede modificar, cuando se elevan los techos del salario mínimo, ocho horas de trabajo, son ocho horas de trabajo, no es cuestión de que ahora un empleador pueda decir que son diez, a no ser que le paguen horas extras.
Considero, que no valdría la pena legislar aquí, como decimos en buen nicaragüense “que llueva sobre mojado”, al trabajador que en algún momento se le violen sus derechos laborales, sencillamente hay suficientes artículos de protección en el Código del Trabajo para que recurra a las instancias correspondientes. Si algún trabajador por el hecho de subirle el techo del salario mínimo ya no va a trabajar 8 horas, va a trabajar 12 horas, sencillamente recurre a la inspectoría departamental o local del trabajo y ahí debe presentar su queja, pero no comprendo porque cuando hablamos de Ley de Salario Mínimo tengamos que legislar en aspectos que ya están contemplados en el Código del Trabajo. Ahora, si legislamos en base a los hígados de algunos diputados, en contra del sector privado o en contra del sector trabajador, probablemente estas leyes no serían equilibradas, legislamos con la mente despejada y clara, sin tratar de afectar de manera negativa a ningún sector, que podamos legislar donde todos ganemos, donde gane el trabajador, el empresario, y principalmente que gane Nicaragua, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Vamos a proceder a la votación.
Hay dos mociones, una propuesta que el artículo 5 quede como está. Y otra moción presentada por el diputado Navarro y la diputada Palacios que señala que si hay modificación al salario mínimo, no deben modificarse las normas de trabajo.
Los que estén de acuerdo que el artículo 5 quede como está votan en verde, y los que estén a favor de la moción Navarro- Palacios votan en rojo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
25 votos a favor que el artículo 5 quede como está. 38 votos a favor de la moción Navarro - Palacios, 1 abstención, 10 presentes.
Se aprueba la moción Navarro - Palacios, que modifica el artículo 5.
Artículo 6.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 6
Empleadores y trabajadores podrán negociar salarios mayores al mínimo establecido.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 6.
A votación el artículo 6
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
64 votos a favor, presentes 10, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba el artículo 6.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Art. 7
La resolución de la Comisión Nacional del Salario Mínimo, que fije él o los salarios mínimos, para que ésta tenga validez legal, deberá ser firmada por un (1) representante de los trabajadores, designado de común acuerdo por las centrales y confederaciones sindicales nacionales, por un (1) representante de los Empleadores y el Ministro del Trabajo.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 7.
Diputado Leopoldo Navarro, tiene la palabra.
DIPUTADO LEOPOLDO NAVARRO BERMÚDEZ:
Gracias.
El texto actual del artículo 7 dice:
La resolución de la Comisión Nacional del Salario Mínimo, que fije el o los salarios mínimos para que ésta tenga validez legal, deberá ser firmada por un (1) representante de los trabajadores, designado de común acuerdo por las centrales y confederaciones sindicales nacionales, por un (1) representante de los empleadores.
La moción del texto nuevo para éste artículo 7, dice así:
La resolución de la Comisión Nacional del Salario Mínimo, que fije el o los salarios mínimos, para que ésta tenga validez legal, deberá ser firmada por un (1) representante de los trabajadores, designado de común acuerdo por las centrales y confederaciones sindicales nacionales, por un (1) representante de los empleadores designado de común acuerdo por las cámaras de los empleadores y el Ministro del Trabajo. Una vez instalada la Comisión Nacional del Salario Mínimo, si no se ponen de acuerdo las tres partes pasados los 30 días de su instalación con 2 de las partes que se pongan de acuerdo y firmen su resolución y fijen el salario mínimo, la misma tendrá validez.
Paso la Moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada que modifica el artículo 7. Votamos ambas cosas la moción y el artículo en sí.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
64 votos a favor, presentes 10, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba la moción presentada que modifica el artículo 7 y el artículo mismo.
Artículo 8.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 8
La Comisión Nacional del Salario Mínimo tendrá autonomía funcional y tiene las siguientes atribuciones:
a. Fijar el salario mínimo en un porcentaje del valor de la canasta básica de cincuenta y tres (53) productos, la cual debe ser calculada y ajustada por el Ministerio de Salud, el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y el Instituto Nicaragüense de Estadística y Censos (INEC), tomando en cuenta las cantidades y los valores nutritivos y calóricos, en niveles saludables, necesarios para los miembros de una familia promedio y tomando en cuenta el nivel general salarial, el costo de la vida y sus variaciones, prestaciones de seguridad social y el nivel de vida de otros grupos sociales y los salarios más altos pagados por el Estado; así como los factores económicos, la productividad y la conveniencia de alcanzar y mantener un alto nivel de empleo. Empleadores y trabajadores formarán parte de esta comisión.
b. Requerir y recibir toda clase de documentación relacionada con salarios. El Banco Central de Nicaragua entregará información sobre el crecimiento económico, inflación, devaluación, productividad; el Ministerio de Fomento Industria y Comercio entregará informe detallado sobre el comportamiento de los diferentes sectores económicos; el Ministerio de Hacienda y Crédito Público entregará información sobre los diez niveles salariales más bajos de los servidores públicos y el Ministerio del Trabajo toda la información sobre el comportamiento de los salarios mínimos de mercado, su cobertura y la relación con la canasta básica.
c. Ejercer la supervisión del cumplimiento de los acuerdos que fijan el salario mínimo.
d. Conocer de toda solicitud de revisión que se formule para mejorar el salario mínimo en vigencia, la resolución que adopte al respecto, será válida siempre y cuando la suscriba en pleno la comisión.
e. Reajustar en lo que proceda el salario mínimo cuando se modifique el tipo de cambio de la moneda o se alteren las condiciones económicas sociales vigentes en el momento en que se fijó.
f. Velar porque las resoluciones que fijen el salario mínimo sean efectivamente cumplidas; y denunciar ante las autoridades del trabajo las infracciones que se cometan.
g. Elaborar su propio reglamento.
h. Las otras que le defina el reglamento.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Alejandro Bolaños Davis, tiene la palabra.
DIPUTADO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS:
Gracias, señor Presidente.
La Comisión consensuó una moción al artículo 8, y me voy a permitir leerla.
La Comisión del Salario Mínimo tendrá autonomía funcional, y tiene las siguientes atribuciones:
a) Fijar el salario mínimo teniendo como referencia, el costo de la Canasta Básica de 53 productos, la cual debe ser calculada y ajustada por el Ministerio de Salud, el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y el Instituto Nacional de Información y Desarrollo (Inide) tomando en cuenta las cantidades y los valores nutritivos y calóricos, en niveles saludables, necesarios para los miembros de una familia promedio y tomando en cuenta el nivel salarial, el costo de la vida y sus variaciones, prestaciones de seguridad social y el nivel de vida de otros grupos sociales y los salarios más altos pagados por el Estado; así como los factores económicos, la productividad y la conveniencia de alcanzar y mantener un alto nivel de empleo. Empleadores y trabajadores formarán parte de esta comisión.
b) Requerir y recibir toda clase de documentación relacionada con salarios de parte del Banco Central de Nicaragua quienes además entregarán información sobre el comportamiento de los diferentes sectores económicos, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público entregará información sobre los diez niveles salariales más bajos de los servidores públicos y el Ministerio del Trabajo toda la información sobre el comportamiento de los salarios mínimos de mercado, su cobertura y la relación con la canasta básica.
c) Ejercer la supervisión del cumplimiento de los acuerdos que fijan el salario mínimo.
d) Conocer de toda solicitud de revisión que se formule para mejorar el salario mínimo en vigencia, la resolución que adopte al respecto, será válida de acuerdo en lo establecido en al Arto. 7 de la presente ley.
e) Reajustar el salario mínimo sobre la base de la pérdida del poder adquisitivo, indicado por la variación semestral del índice de precios al consumidor, es decir, la tasa de inflación semestral anunciada oficialmente por el Banco Central de Nicaragua, más el crecimiento real de cada sector de la economía según cuentas nacionales del Banco Central hasta llegar a un máximo del 100% de la Canasta Básica, una vez el salario mínimo, de cada sector de la economía logre el 100% de la Canasta Básica, los incrementos posteriores se limitarán a la indexación indicada por la variación semestral de IPC anunciada por el Banco Central de Nicaragua.
f) Velar porque las resoluciones que fijen el salario mínimo sean efectivamente cumplidas y denunciar ante las autoridades del trabajo las infracciones que se cometan.
g) Elaborar su propio reglamento.
h) Las otras que le defina el reglamento.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada de consenso que modifica el artículo 8, moción y el artículo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
65 votos a favor, 11 presentes, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba la moción presentada que modifica el artículo 8.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 9
Las autoridades y los particulares están obligados a suministrar a la comisión todos los informes que ésta solicitare para orientar su criterio en la fijación de los salarios mínimos.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 9.
Diputado Elman Urbina Díaz, tiene la palabra.
DIPUTADO ELMÁN URBINA DÍAZ:
Gracias, Presidente
.
La Comisión consensuó una moción al artículo 9.
El texto nuevo dice así:
Las autoridades y los particulares están obligados a suministrar a la Comisión Nacional del Salario Mínimo todos los informes que esta solicitare para orientar su criterio en la fijación de los salarios mínimos.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 9.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
64 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba la moción presentada que modifica el artículo 9.
Artículo 10.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 10
Las resoluciones que adopte y publique la Comisión Nacional del Salario Mínimo son de obligatorio cumplimiento para los empleadores y trabajadores. La infracción por parte de los empleadores será sancionada con una multa mínima equivalente al veinticinco por ciento (25%) del monto de la correspondiente planilla. El producto de esta multa será enterado al fisco y destinado a los fondos estatales de atención a la niñez.
Las resoluciones serán publicadas, al menos, en tres medios de comunicación, uno de ellos escrito. Los empleadores deben fijar en lugares visibles para los trabajadores, copia de la resolución que fija los salarios mínimos vigentes.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 10.
Diputado Ramiro Silva Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ:
Si, para el artículo 10 tengo una moción de consenso.
Dice el texto nuevo:
Las resoluciones que adopte y publique la Comisión Nacional del Salario Mínimo, son de obligatorio cumplimiento para los trabajadores y empleadores la infracción por parte de los empleadores será sancionada con multa mínima equivalente al 25% del monto correspondiente a la planilla al momento de la Infracción, el producto de esta multa será enterado al fisco y destinado a los fondo estatales y destinado a los fondos estatales de atención a la niñez.
Las resoluciones serán publicadas, en La Gaceta, Diario Oficial y adicionalmente al menos, en tres medios de comunicación, uno de ellos escrito. Los empleadores deben fijar en lugares visibles para los trabajadores, copia de la resolución que fija los salarios mínimos vigentes.
Presento la Moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 10, que lo modifica plenamente.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
67 votos a favor, presentes 9, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba el artículo 10, con la moción que lo modifica.
Artículo 11.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 11
La Comisión Nacional de Salario Mínimo estará integrado por:
a) El Ministerio del Trabajo, que la presidirá.
b) El Ministerio de Fomento Industria y Comercio.
c) El Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
d) El Presidente del Banco Central de Nicaragua.
e) Un representante de cada una de las centrales y confederaciones sindicales nacionales, de acuerdo al Código del Trabajo.
f) Un representante de cada una de las cámaras de empleadores.
Los miembros de la Comisión serán designados, con sus respectivos suplentes, por sus respectivos órganos y entidades, ratificados por el Ministro del Trabajo, sólo podrán ser sustituidos por ellos mismos. Cada una de las partes puede hacerse acompañar de sus asesores técnicos, los que no tendrán voz, ni voto.
Las negociaciones de la Comisión para fijar el salario mínimo, no podrán durar más de dos meses calendario a partir de su instalación.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 11.
Diputado Andrés Sandoval, tiene la palabra.
DIPUTADO ANDRÉS SANDOVAL JARQUÍN:
Tengo moción de consenso que cambia el artículo 11, leo el texto nuevo:
Arto. 11
La Comisión Nacional del Salario Mínimo estar integrada por:
a) El Ministerio del Trabajo, que la presidirá.
b) El Ministerio de Fomento Industria y Comercio.
c) El Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
d) El Presidente del Banco Central de Nicaragua.
e) Un representante de cada una de las centrales y confederaciones sindicales nacionales, de acuerdo al Código del Trabajo.
f) Un representante de cada una de las cámaras de empleadores.
Los miembros de la Comisión serán designados, con sus respectivos suplentes, por sus respectivos órganos y entidades, y ratificados por el Ministro del Trabajo, sólo podrán ser sustituidos por ellos mismos. Cada una de las partes puede hacerse acompañar de sus asesores técnicos, los que no tendrán voz, ni voto.
Las negociaciones de la Comisión para fijar el salario mínimo, no podrán durar más de dos meses calendario a partir de su instalación, trascurridos estos términos sin que las partes hayan llegado a un acuerdo los salarios serán fijados por el Ministerio del Trabajo.
Presento Moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada que modifica al artículo 11.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 15 presentes.
Se aprueba el artículo 11, con la moción que lo modifica.
Artículo 12.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 12
Todo trabajador que reciba salarios menores al mínimo fijado tendrá derecho a recuperar la suma que se le adeude por vía judicial. Este derecho será imprescriptible. El Ministerio del Trabajo constatará el hecho y le brindará asesoría gratuita al trabajador.
La Guía de Inspección de los Inspectores del Trabajo incluirá un punto sobre el cumplimiento de los salarios mínimos oficiales y de mercado. Los empleadores comunicarán al Ministerio del Trabajo sobre los montos del salario mínimo de mercado, cada vez que varíe.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 12.
A votación el artículo 12.
A ver Diputado José Escobar Thompson.
DIPUTADO JOSÉ ESCOBAR THOMPSOM:
Presento moción de consenso al artículo 12.
El texto nuevo se leerá así:
Todo trabajador que reciba salarios menores al mínimo fijado, tendrá derecho a recuperar la suma que se le adeude por vía judicial. Este derecho será imprescriptible. El Ministerio del Trabajo constatará el hecho y le brindará asesoría gratuita al trabajador.
La Guía de Inspección de los Inspectores del Trabajo incluirá un punto sobre el cumplimiento de los salarios mínimos oficiales. Los empleadores comunicarán al Ministerio del Trabajo sobre los montos del salario mínimo contractual.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada con el artículo que es modificado.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
62 votos a favor, 15 presentes, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba el artículo 12, con la moción que lo modifica.
Artículo 13.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 13
Lo no previsto en esta ley se aplicarán las disposiciones del Código del Trabajo.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 13.
A votación el artículo 13.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
58 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba el artículo 13.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 14
Esta ley es de orden público, y deroga cualquier otra que se le oponga.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 14.
A votación el artículo 14.
Diputada Alba Palacios Benavides, tiene la palabra.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVÍDES:
Se va a adicionar un nuevo artículo después del artículo 13, que será el artículo 14 y por consiguiente el artículo 14 y 15 corren en su numeración.
El nuevo artículo 14 dirá así:
Arto. 14
Se mandata a la Comisión del Salario Mínimo, revisar y elaborar una nueva Canasta Básica que incluya entre otras necesidades las alimentarias y nutricionales para cubrir el 100% de Kilocalorías recomendadas por los organismos especializados.
Presento moción de consenso.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Víctor Hugo Tinoco, tiene la palabra.
DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:
Gracias, Presidente.
Sólo quería complementar una explicación breve sobre este artículo, lo cual creo pertinente. El artículo mandata revisar y elaborar una nueva canasta básica, la cual responda a las necesidades alimentarías y nutricionales, por lo tanto, quiero indicar que entre otras instituciones, el Incap es el Instituto responsable de calcular las necesidades nutricionales para Nicaragua, este instituto establece que para Nicaragua se necesitan 2,387 kilocalorías diarias y la actual canasta básica, solamente cubre 1,279, es decir, existen aproximadamente una diferencia de 1000 kilocalorías los cuales serán cubiertas a partir de la negociación que haga la Comisión Nacional del Salario Mínimo.
Enfatizo esto para decir que no es arbitrario sino que está contemplado en parámetros internacionales y en la necesidad de reproducción apropiada de la fuerza laboral.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Agustín Jarquín Anaya.
Diputada Alba Palacios Benavides, tiene la palabra.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVÍDES:
Retomando la sugerencia del diputado Tinoco, la moción presentada para este Nuevo Artículo 14 se leerá así:
Arto. 14
Se mandata a la Comisión del Salario Mínimo, revisar y elaborar una nueva Canasta Básica que incluya entre otras necesidades las alimentarias y nutricionales para cubrir el 100% de Kilocalorías recomendadas por el Incap y otros organismos especializados.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada que crea un Artículo Nuevo después del artículo 13.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
59 votos a favor, presentes 18, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba la moción que crea un Artículo Nuevo después del artículo 13.
Pasamos entonces a la discusión del artículo 14.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
El artículo 14 que se convertirá en artículo 15.
Arto. 14
Esta ley es de orden público, y deroga cualquier otra que se le oponga.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 14.
A votación el artículo 14.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 16 presentes.
Se aprueba el artículo 14.
Artículo 15.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Artículo 15 que se convertirá en artículo 16.
Arto. 15
Esta ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 15.
A votación el artículo 15.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, presentes 17.
Se aprueba el artículo 15, y con él, se aprueba la Ley de Reforma a la Ley 129, Ley de Salario Mínimo.
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