Debates
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
13 de Junio del 2000
Fechas Posteriores Debate:
Fecha Aprobación:
30 de Agosto del 2000
14-06-2000
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LEY DE SERVICIO EXTERIOR,
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Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 13 DE JUNIO DEL 2000. (DÉCIMA SEXTA LEGISLATURA).
SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN:
En la Agenda base esta la
LEY DE SERVICIO EXTERIOR
, al comienzo, en la discusión de dictámenes de ley para aprobación.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
5.2: LEY DE SERVICIO EXTERIOR
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Vamos a pasar a la Agenda Base, en el Tomo I, Punto 5.2 que se refiere a la Ley de Servicio Exterior. Ya se había hecho la discusión en lo general, ya se había realizado y aprobado, ahora vamos a someter a votación si es por capítulos, para seguir esa técnica más rápida.
Se va a abrir la votación.
Está abierta la votación sobre el método a seguir, si es por capítulos.
Siguen votando.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el procedimiento por capítulos.
Capítulo I.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
LEY DEL SERVICIO EXTERIOR
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Arto. 1
El Ministerio de Relaciones Exteriores es la institución encargada de formular, proponer y ejecutar la política exterior del Estado a través del Servicio Exterior de Nicaragua.
Arto. 2
El Servicio Exterior de Nicaragua, en adelante Servicio Exterior, depende del Poder Ejecutivo, quien lo dirige y administra por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Arto. 3
El Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, tomando en consideración los objetivos de la política exterior, acordara el número de Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Oficinas Consulares, así como el cargo, rango y número de funcionarios que se requieran para integrar el Servicio Exterior.
Arto. 4
Corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores por medio del Servicio Exterior:
1. Promover y estrechar, conforme a los intereses nacionales, las relaciones de Nicaragua con los Estados extranjeros en sus aspectos políticos, económicos, sociales, culturales, científicos y tecnológicos, y participar activamente en las Organizaciones Internacionales.
2. Coordinar las actividades de todos los órganos del Estado, en asuntos relativos a la política internacional, con el propósito de garantizar, de acuerdo con el principio de unidad de acción, que sus actuaciones en el exterior sean acordes con las directrices de la política exterior del Estado.
3. Defender los derechos territoriales y fronteras marítimas de Nicaragua.
4 Proteger los intereses nacionales del Estado, y los derechos fundamentales de los nicaragüenses en el extranjero; de conformidad con la Constitución Política de la Nación, Legislación Nacional y con las normas y principios del Derecho Internacional.
5. Velar por el cumplimiento de los instrumentos jurídicos internacionales de los que Nicaragua sea parte y de las obligaciones internacionales que le correspondan.
6. Participar, teniendo en cuenta los intereses nacionales, en todo esfuerzo internacional encaminado al mantenimiento de la paz, la seguridad, la democracia, el respeto a los derechos humanos, conservación del medio ambiente y el mejoramiento de relaciones entre los Estados.
7. Cooperar en el desarrollo progresivo de un orden internacional justo y equitativo.
8. Participar activamente en los esfuerzos regionales de promoción de paz, seguridad y democracia, así como en el desarrollo de los procesos de integración económica y política.
9. Promover el turismo, la inversión extranjera, la exportación de productos nacionales y la transferencia de tecnología.
10. Promover las relaciones culturales.
11. Estimular los hermanamientos municipales.
12. Velar por el prestigio y buen nombre de Nicaragua en el extranjero.
13. Difundir información sobre Nicaragua en el exterior. Recabar, por todos los medios lícitos, lo referente a las condiciones y la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor que puedan interesar al Gobierno de Nicaragua.
14. Las demás funciones que el ordenamiento jurídico nacional señale al Servicio Exterior, así como las previstas en instrumentos internacionales, en particular la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, de las que Nicaragua es parte.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Vamos a pedir mociones.
Tenemos cuatro oradores inscritos aquí en la pantalla; Wálmaro Gutiérrez es el último. Vamos a pedir observaciones al artículo 1.
Se le concede la palabra a Mónica Baltodano.
Honorable Diputada, tiene usted el uso de la palabra.
DIPUTADA MONICA BALTODANO:
Gracias, señor Presidente.
Recientemente asistimos varios Diputados a la presentación de un libro sobre los conflictos limítrofes de Nicaragua, y uno de los temas allá abordados fue la necesidad de fortalecer el Servicio Exterior. Yo creo que la discusión y aprobación de esta ley que esta ya dictaminada y en manos de nosotros, desde el 14 de Enero de este ano, es tal vez de las leyes más importantes que nos toca discutir en este primer semestre; ella va a fortalecer a la Cancillería y a todo el tendido institucional de Nicaragua en el exterior. Y yo que respalde en lo general esta ley, pues me parece que hay que respaldarla en todo lo que este correcto en lo particular.
Sin embargo, señor Presidente, desde el 14 de Enero estamos trabajando con la Primera Sesión Ordinaria de este ano, y hay una serie de temas de interés nacional que pasan por los medios de comunicación, que son sometidos al escrutinio de la opinión pública, y esta Asamblea Nacional pareciera que estuviera legislando en la luna, o más propiamente en Marte. Y no puedo dejar de referirme esta mañana, señor Presidente, a la exigencia que como parlamentaria le hago a usted en su calidad de Presidente, y a toda la Junta Directiva, para que sea pasado a Plenario a la mayor brevedad posible el informe que la Comisión Anticorrupción por unanimidad aprobó sobre el caso más conocido como el de los "checazos”.
En dicho informe se recomienda no solo la destitución del señor Byron Jerez, sino el enviar las diligencias a la Procuraduría para iniciar un proceso investigativo que permita esclarecer que paso con el dinero de los nicaragüenses, que se movió entre PETRONIC, la DGI e INISER, y que suma una cantidad considerable de recursos que los nicaragüenses a veces se quitan de la boca para pagárselo al Fisco. A mí me parece que habiendo sido conmovida toda la opinión no solo nacional sino internacional, porque cinco países, más Japón, con sus representantes oficiales expresaron su desasosiego por la falta de profundidad del dictamen de la Contraloría, que este Poder del Estado, que tiene una Comisión que elaboro un informe sobre el tema finjamos demencia, como que no ha pasado nada.
Yo quiero saber, señor Presidente, porque este Poder del Estado -que es el primer Poder del Estado- no puede conocer aquí en este Plenario el informe de la Comisión Anticorrupción y tomar una posición de conjunto, a como manda el Estatuto sobre dicho informe. No existe un solo caso en la Comisión Anticorrupción, al que se le haya hecho caso en este periodo en que gobiernan los liberales esta Asamblea, salvo el caso de Agustín Jarquín. ¡Qué casualidad, señor Presidente!
A mí me parece que la ciudadanía se decepciona todos los días, al ver como en este Parlamento se debate cualquier cosa menos los problemas reales que aquejan a la comunidad; y por tanto le exijo, señor Presidente, como parlamentaria, que no engaveten ese informe, que lo sometan al Plenario y que dejen que seamos nosotros, como la parte soberana de este Poder, quienes decidamos; estoy hablando del conjunto de los Noventa y tres Diputados. Y no puedo tampoco, como mujer parlamentaria, dejar de sentar mi protesta por la reiterada subestimación que usted hace de las mujeres parlamentarias, al negarse a incluirlas de manera reiterada en las delegaciones internacionales oficiales de este Parlamento.
Y quiero de manera específica protestar, porque a la delegación de la Unión Interparlamentaria Mundial, en donde estamos obligados por los Estatutos de la UIP a llevar al menos un 30 por ciento de representación de mujeres en las delegaciones, no fue incluida ninguna mujer. Según supe, en esta reunión que se realizo en Jordania, a la que asistieron tres parlamentarios de la bancada del Gobierno -tanto del PLC como de sus aliados-, ni siquiera permanecieron en la sesión los días correctos; el día , 5 y 6 no había ninguna representación de Nicaragua alii, porque fueron a todo menos a realizar sus labores parlamentarias. Y la Unión Interparlamentaria nos coloco a nosotros como uno de los pocos países que no cumple con la obligación de llevar mujeres en esa delegación.
Nicaragua ocupa el sesenta y siete lugar en el ranking de presencia de mujeres en el Parlamento; estamos después de países como Costa Rica y El Salvador. Costa Rica esta en el veintinueve lugar, El Salvador en el treinta y nueve y Nicaragua esta en el sesenta y siete lugar. Esto es producto de una política reiterada de menosprecio a las mujeres por parte de los políticos, cuestión que se manifiesta también en posiciones de parlamentarios que han ido a acusar a la televisión -como el parlamentario de Camino Cristiano- a las mujeres, en una cruzada fundamentalista; cuando para hacer ese tipo de acusaciones requeriría que primero los parlamentarios nos despojásemos de la inmunidad parlamentaria, porque es bonito acusar sin despojarse de su inmunidad parlamentaria.
Por eso, señor Presidente, yo creo que hay demasiados temas. Yo creo que hay que apoyar esta Ley de Servicio Exterior, pero por favor, señor Presidente, no engavete otros temas de igual importancia en este Parlamento, como es el tema de la corrupción, como es el tema de la equidad de género y otros temas de carácter social que tiene este Parlamento engavetados.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Tiene la palabra el honorable Diputado Víctor Hugo Tinoco.
DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:
Gracias, señor Presidente.
Estamos en este tema de la Ley de Servicio Exterior, pero yo creo que es pertinente abordar algunos temas de la vida nacional, que además afectan la imagen del Parlamento. Y ya lo decía la compañera Mónica, nosotros estamos realmente preocupados porque las cosas que hagamos en este Parlamento, o las cosas que se están haciendo en este Parlamento pueden contribuir a debilitar la imagen de un Parlamento que todos tenemos la obligación de tratar de cuidar, y que no caiga en el despeñadero del descredito que tienen las instituciones en general en Nicaragua, producto de los manejos incorrectos e irregulares que se hacen.
Señor Presidente, yo no sé que discutieron ustedes en la Directiva del Parlamento. Yo no sé qué argumentos tuvo usted, señor Presidente, cuando decidieron que un dictamen de la Comisión Anticorrupción que costo tanto trabajo, que se debatió tanto y que al final, con un espíritu de nación todos los Diputados ahí decidimos enviar a la Directiva para que lo pasara al Plenario; yo no sé con qué criterio ustedes decidieron sacarlo de circulación y mandarlo -como alguien dijo de manera correcta- a la huesera; el recurso; ese mandarlo a que los asesores lo estudien. La asesoría legal, es la huesera realmente.
Yo quería decirle, señor Presidente, que reconozco el trabajo que los Diputados liberales en la Comisión hicieron en este caso. Pero cuando se trata de los intereses nacionales, cuando se trata de combatir la corrupción, que no es un problema nada más de un sector o de un partido, sino que es un problema de la Nación, sobre todo el sector publico -y que puede afectar al sector publico cualquiera que sea el partido que esté, los Diputados tenemos la obligación de actuar con espíritu patriótico y con espíritu de Nación.
Yo creo que en la Comisión Anticorrupción, todos los Diputados que estábamos allí a pesar de algunas diferencias de opinión sobre algunos temas y sobre algunos aspectos, priorizamos la importancia que tenía que saliéramos con un dictamen que ayudara a frenar el flagelo de la corrupción en Nicaragua, y específicamente el flagelo de la corrupción en el sector publico. Y no es cierto que haya sido un dictamen fácil, fueron dos meses de trabajo de la Comisión Anticorrupción, dedicada exclusivamente a ese tema, donde vino aquí el señor Jerez, donde vino el señor Nerbardo Argüello, donde vino el del INSS, donde vino el asistente del señor Jerez, donde vinieron una serie de funcionarios, donde hicimos consultas y donde tuvimos grandes discusiones.
Yo quiero por eso reconocer que en las últimas reuniones de la Comisión Anticorrupción hubo discusiones sobre el tema toral, se discutió si era correcto o no era correcto que recomendáramos enviar este tema a la Procuraduría, y hubo una discusión, un debate donde habían matices diferentes, y sin embargo quiero reconocer que finalmente, de manera afortunada los Diputados liberales que estaban en esa reunión de la Comisión Anticorrupción, coincidieron con los otros partidos, con los sandinistas y con el conservador que estaban allí; coincidimos, mejor dicho, en que mantuviéramos la recomendación de que se fuera a la Procuraduría y que lo sacáramos de manera unánime.
El último debate, señor Presidente, no fue fácil. En el último debate estaba la posibilidad de que salieran dos dictámenes, o dos informes, uno de mayoría y uno de minoría; pero se impuso la lógica al final, o mejor dicho prevaleció la lógica de que a Nicaragua le convenía que el Parlamento sacara una posición clara y de consenso, no por Byron Jerez, o por el caso de Byron Jerez, sino porque ese es un caso símbolo y por lo tanto sirve para enviar un mensaje a la opinión pública nacional; y sirve también para mandar un mensaje a todos los que están en servicio público, sobre la voluntad de las autoridades nacionales -y en este caso el Parlamento- de combatir con fuerza la corrupción en Nicaragua.
Afortunadamente prevaleció ese criterio, y todos los presentes de todos los partidos firmamos ese dictamen que esperábamos nosotros que estuviéramos viendo en el Plenario. Allí no estamos declarando culpable -porque no somos jueces-, no estamos declarando culpable a nadie. Estamos simple y sencillamente señalando que hay indicios, pruebas y evidencias suficientes como para que el caso se mandara a la Procuraduría de Justicia y que se iniciara y que se procediera conforme a derecho. Porque yo le quiero decir, señor Presidente, que hay cosas muy concretas. El dictamen de la Comisión dice en su conclusión: "Conclusión No. 3. Que se estableció que en relación al manejo del cheque 4-79 fue realizado de manera irregular, y no se pudo establecer -dice el dictamen- el destino que se le dio al contravalor entregado por MULTICAMBIOS S.A, a la Dirección General de Ingresos.
Es decir, una de las conclusiones es qué se desconoce que se hizo, pues no se sabe dónde esta el dinero del cheque 4-79 de los 2 millones 169 mil córdobas. Y aún más, la Comisión hace un señalamiento también muy concreto, que fue por cierto un aporte que hizo en su momento el delegado del Partido Conservador, el Diputado Calero, y decía: "Se estableció que en la compra del cheque de Gerencia 0066 a BANPRO, tampoco quedo establecido de dónde salió el contravalor para su adquisición. Es decir, tampoco se sabe de dónde salió, de qué rubro, el contravalor que sirvió para ese cheque de Gerencia No. 0066-832.
Es clarísimo que hay no sólo indicios y pruebas, sino que hay evidencias de que se está perjudicando el patrimonio del Estado, por lo que caben aquí las presunciones de responsabilidad. Por lo tanto, de manera responsable y de manera nacional, de manera patriótica, la Comisión decidió sacar este dictamen que en su parte conclusiva en relación a la Procuraduría recomienda: "Que en base a lo expuesto se envíen las presentes diligencias a la Procuraduría General de Justicia, para que esta proceda conforme a derecho.
Fue un trabajo serio, señor Presidente, y se lo estoy explicando por si acaso no lo sabía, porque usted es el responsable principal de que este dictamen o este informe no venga aquí al Plenario. Fue un trabajo serio, donde se trabajo con espíritu -insisto- de Nación, a pesar de las diferencias; y sin embargo lo que los sandinistas, liberales, conservadores y Camino Cristiano hicimos en esa Comisión de manera correcta, se desbarata en la Directiva, en la mayoría liberal de la Directiva de este Parlamento presidida por usted; simplemente se desbarata y se manda a la huesera, y todos sabemos que de allí no va a venir nunca.
Señor Presidente, usted vio la reacción, y no sólo de los medios de comunicación, porque no es cierto que los medios de comunicación pueden manipular la conciencia de la gente. Los medios de comunicación, sobre el dictamen de la Comisión Anticorrupción reflejaron un sentimiento generalizado, y surgió un sentimiento de esperanza, de que el Parlamento podría empezar a jugar un papel serio en el combate a la corrupción. Sin embargo, esa esperanza que se abrió al ver ese dictamen por unanimidad, fue lastimosamente desechado y destrozado. Lo que nosotros hicimos en dos meses de esfuerzo, fue destrozado prácticamente con los pies, por la mayoría liberal en la Directiva, que le niega a este Plenario el derecho a venir a discutir este dictamen.
Señor Presidente, usted y los que tienen esa posición en la Directiva, le están haciendo daño a Nicaragua; están destruyendo la imagen del Parlamento; están destruyendo el aporte que logramos hacer desde la Comisión Anticorrupción, simplemente recurriendo a procedimientos de manera totalmente incorrecta. Por lo tanto, señor Presidente lo digo con claridad, es su responsabilidad personal el desprestigio en que este Parlamento cae al no poder conocer el informe oficial de una Comisión, además firmado por unanimidad.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Tiene la palabra la honorable Diputada Dorita Zeledón Zeledón.
DIPUTADA DORA ZELEDON ZELEDON:
Gracias, señor Presidente.
Evidentemente la discusión de la Ley de Servicio Exterior en lo particular es de gran importancia, por cuanto será la primera ley sobre la materia que existirá en nuestro país para mejorar la profesionalización, la calidad y eficiencia de nuestro servicio exterior. Pero yo quiero, señor Presidente, aprovechar esta oportunidad, no dejar pasar esta oportunidad para demandar a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional una explicación del por qué desestimó que aquí el Plenario conociera el dictamen de la Comisión Anticorrupción de la Asamblea Nacional. Ahí en ese dictamen, como ya se señalaba, expresan claramente la presunción de responsabilidades en contra del Director General de Ingresos, en el caso de los "checazos".
Señor Presidente, es grave que los Diputados y las Diputadas del Parlamento no hayamos podido tener acceso a esa información, para realmente responder a nuestras obligaciones parlamentarias ante el pueblo de Nicaragua, ante actos despiadados de corrupción en contra de la población de Nicaragua. Exijo como parlamentaria que se conozca en el Plenario el dictamen que aprobó la Comisión Anticorrupción por unanimidad. También quiero demandar una explicación de la Junta Directiva del por qué se desestimó que el Ministro de Hacienda compareciera ante este Plenario, para explicar la violación a la Ley de Régimen Presupuestario y a la misma Constitución de la República, al haber ejecutado al margen de la ley, mas de 981 millones de córdobas
Ahora vemos que de última hora el Ejecutivo ha enviado una iniciativa de Ley, con carácter de urgencia, para que el Plenario la apruebe a posteriori una vez realizadas las ilegalidades,- ya la tenemos en Agenda, y realmente esa acción sigue siendo ilegal. La solicitud de la bancada sandinista, de que aquí viniera a explicar el señor Duque Estrada, sigue vigente, porque efectivamente ninguna ley
a
posteriori va a fundamentar, va a explicar la violación a la Ley de Régimen Presupuestario y a la Constitución de la República, por cuanto esos incrementos no fueron aprobados, no fueron discutidos por este primer Poder del Estado.
Por otro lado, yo quiero como mujer expresar mi más profundo descontento con la conducción de este Parlamento, por la poca importancia que le han dado a la inclusión de las mujeres parlamentarias en las diferentes delegaciones internacionales que sobre el tema de la mujer se dan a nivel internacional; es lamentable. De manera reiterada le venimos solicitando
a
la Junta Directiva, que las parlamentarias de la Asamblea necesitamos participar en esos eventos para realmente ir a tener voz y voto en esas delegaciones, y tratar de dejar bien parado a nuestro país con temas estratégicos como son los derechos integrales de las mujeres.
Es lamentable que por la falta de conformación de delegaciones integrales que vayan realmente a defender los intereses de las mujeres, demos lástima en el exterior, con posiciones más fundamentalistas que algunos países llamados fundamentalistas. El retroceso que la mujer nicaragüense viene sufriendo en estos últimos años, en cuanto a la puesta en práctica de sus derechos, es realmente preocupante. Yo demando a los diputados y diputadas que tomemos con responsabilidad el tema de las mujeres, y que en esa dirección trabajemos con responsabilidad para garantizar esos derechos.
Yo realmente en el tema de la Ley de Servicio Exterior, tengo una moción para el artículo 5, que la presentare en su momento. Pero no quería dejar pasar esta oportunidad para demandar estas explicaciones y exigir que este Parlamento sea respetado, y que las leyes sociales sean incluidas en la Agenda parlamentaria, cosa que no hemos visto desde hace muchos años.
Muchas gracias.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Se le concede la palabra al honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.
DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Estamos frente a una ley que trata de fortalecer las instituciones públicas del Estado; estamos frente a una ley que trata de darle marco institucional a una dependencia del Poder Público, que por antonomasia maneja la cara externa, la cara internacional de Nicaragua. Yo creo que es muy importante, y aquí coincide con todos los parlamentarios que me han antecedido en la palabra. Sin embargo, yo creo que aquí todos debemos hacer un alto en el camino en este momento y preguntarnos, que estamos haciendo, en qué país estamos legislando, porque la Ley de Servicio Exterior, es una ley que viene a fortalecer las instituciones del poder público en este país.
Por otro lado Nicaragua se está sumiendo y se está profundizando en una vorágine de pobreza, de catástrofe económica, de corrupción galopante, y este primer Poder del Estado está quedando, ya ni siquiera a la zaga, se está quedando inexistente. Es importante dejar claro -y aquí quiero sumarme al planteamiento de la Diputada Baltodano- de que no obstante, esta ley es de mucha importancia, aquí hay leyes que más que importantes son neurálgicas para la vida económica y para la vida social de este país, y que por voluntad política de algunos Diputados de esta Asamblea Nacional, se ha detenido su discusión.
Y me quiero referir particularmente a una ley sumamente importante, que es la Ley del Café. En este momento nosotros estamos claros de que a la producción para este año le falta habilitación; estamos totalmente claros de que la economía de este país va cuesta abajo y de rodada, que no existe habilitación para los sectores productivos, y sin embargo se está llamando al apagafuego de un diálogo nacional. Y aquí nosotros estamos discutiendo la Ley de Servicio Exterior. Y para colmo, llegamos a la ridiculez y al absurdo en las discusiones de este Parlamento, de que nos vienen a insultar. Hablemos de instituciones públicas, ya no hablemos de otra cosa. En el número 5, 7.6, se le está queriendo dar un trámite de urgencia a una reforma presupuestaria de un Presupuesto de 1999, que ya murió. ¿Hasta dónde nosotros vamos a llegar con este manoseo a la Asamblea Nacional?
Ante los medios de comunicación señalamos claramente que el Ministro de Hacienda Esteban Duque Estrada, manejó más de mil millones de córdobas fuera del Presupuesto General de la República. ¿Que se hicieron? Se hicieron dos acciones por parte de los liberales: La primera, cerrar los espacios institucionales para que Esteban Duque Estrada viniera a responder en el Plenario de esta Asamblea Nacional; y hasta el día de hoy, Esteban Duque Estrada ha hecho caso omiso a las exigencias de comparecer ante este Poder del Estado, y mandó una carta que erosiona los tres dedos de frente que cualquier parlamentario puede tener en este Poder del Estado, invocando artículos de la Ley de Régimen Presupuestario, que por aprobación de la Reforma Constitucional de 1995, quedaron totalmente inaplicables.
Por lo tanto, honorables Diputados, nosotros estamos dando serias terribles hacia afuera, porque hay unos Diputados que hablan del primer Poder del Estado, y yo siento que se quieren abrazar a esa idea, que ya en eso quedó, en una idea. Porque aquí la mayoría liberal, desgraciadamente ha hecho de este primer Poder del Estado la Cenicienta de los poderes públicos. ¿Y de cual primer Poder del Estado estamos hablando aquí, que ni siquiera puede hacer comparecer a un Ministro cuando se le demuestra con pruebas en la mano, que manejó más de mil millones de córdobas sin que esta Asamblea lo haya aprobado? Y ahora, ¿qué es lo que piensan hacer? Meter, un proyecto de ley para legalizar el ridículo, para legalizar el absurdo.
Porque esto ya es un absurdo; esta ley no existe y no podes reformar una ley que ya no existe. Es totalmente falso que se presento en tiempo y forma, porque quiero recordarles, honorables Diputados, que nosotros salimos el 16 de Diciembre de 1999 de receso de final de año, y la iniciativa de reforma presupuestaria fue presentada el 14 de Diciembre de este año. ¿Acaso el Presidente no recuerda la facultad constitucional de llamar a la Asamblea de forma extraordinaria, si realmente quería trabajar en el marco de la legalidad? Eso es totalmente falso, eso es una mentira. Y para colmo cierran los espacios institucionales.
Porque aquí también hay que dejar claro las responsabilidades personales de cada quien en esta Directiva, donde de los siete miembros, solamente el Diputado Castro y yo nos opusimos a que el dictamen de la Comisión Especial Anticorrupción, en el caso de Byron Jerez y otros funcionarios, no fuera presentado en el Plenario de esta Asamblea Nacional. Llega un momento determinado en que la inestabilidad en este país es demasiada. Honorables Diputados, no saben ustedes que el día de ayer fue presentada una iniciativa de ley en el Parlamento norteamericano, donde están pretendiendo sacar a Nicaragua del "Waiver"? ¿Sabían ustedes eso? Y está siendo ampliamente apoyado por demócratas y republicanos. La comunidad internacional está señalando máculas de corrupción, y nosotros quién sabe a dónde estamos legislando.
Señores, por favor, hagamos patria un momento. En este momento nosotros estamos tocando temas que no tienen nada que ver con el problema y la crisis política e institucional de este país. Ya basta de corrupción, seamos realmente lo que supuestamente pretendemos ser, el primer Poder del Estado, y ya no la Cenicienta de los poderes públicos, donde un solo Ministro se pasa por donde les da la gana a noventa y tres Diputados. Eso es lo que está pasando aquí. ¿Por qué no lo hacen comparecer? Y si realmente lo que hizo fue legal, ¿por qué no lo viene a defender?
Aquí yo no me acojo a inmunidad de tipo alguno. Yo le puedo demostrar en cualquier terreno a Esteban Duque Estrada, que manejó más de mil millones de córdobas fuera de la aprobación presupuestaria de esta Asamblea Nacional, y se lo puedo demostrar en cualquier terreno. Es por eso, señores Diputados, que yo hago un llamado a la reflexión, ya Nicaragua está hastiada, ya el pueblo está harto y necesita realmente de un golpe de timón en el manejo político, económico y social de este país. La corrupción es inaguantable; los estratos de poder son inaguantables; se están cerrando los espacios políticos de discusión, porque si este es el foro político por antonomasia de discusión y no se discuten las cosas en este Parlamento, ¿dónde se van a discutir? ¿Dónde?
Por eso le hago un llamado al Presidente de esta Asamblea Nacional: empecemos a legislar, ya no por Nicaragua; empecemos a legislar en Nicaragua, porque quién sabe dónde hemos estado legislando.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
El ultimo orador.
¿No hay observaciones al artículo 1?
¿Al 2? No hay.
¿Al 3? No hay.
¿Al 4? No hay.
Se abre a votación el Capítulo.
Está abierta la votación.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo I.
Lectura del Capítulo II.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPITULO II
INTEGRACION DEL SERVICIO EXTERIOR
Arto. 5
El Servicio Exterior de Nicaragua estará integrado por funcionarios nombrados para el cumplimiento de la misión que el Estado les encomiende. Estarán al servicio de la Nación, con independencia de personas, grupos políticos o partidos.
Arto. 6
El personal del Servicio Exterior desempeñara sus funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores o en el extranjero, conforme al sistema de rotación o traslado que se determine.
Además podrán desempeñar sus funciones en otra dependencia de la Administración Pública, conforme a lo preceptuado por la presente ley y su reglamento.
Arto. 7
El Servicio Exterior estará integrado por: Misiones Especiales, Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes, Oficinas Consulares y Servicio de Agregados Especializados.
Este personal podrá ser personal de carrera activo y personal de carrera pasivo.
Arto. 8
El Personal de carrera activo tiene carácter permanente, esta integrado en un escalafón único jerarquizado en categorías y podrá desempeñar funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores, en otra dependencia administrativa del Estado, o en el extranjero en las ramas Diplomática o Consular.
Arto. 9
La rama diplomática comprenderá las siguientes categorías de funcionarios en orden decreciente de jerarquía:
Embajador.
Ministro Consejero.
Consejero.
Primer Secretario.
Segundo Secretario.
Tercer Secretario.
Agregado Diplomático.
Arto. 10
La rama consular comprenderá las siguientes categorías de funcionarios en orden decreciente de jerarquía:
Cónsul General.
Primer Cónsul.
Segundo Cónsul.
Tercer Cónsul.
Vice Cónsul.
Agregado Consular.
Arto. 11
Los Embajadores, Representantes Permanentes y Cónsules Generales podrán ser funcionarios de carrera o de la confianza del Presidente de la República.
Arto. 12
El Presidente de la República, o el Ministro de Relaciones Exteriores, de conformidad a las necesidades del Servicio, podrán comisionar a un funcionario de carrera a un cargo de rango superior inmediato sin afectar su posición en el Escalafón dentro del Servicio Exterior.
Arto. 13
El Ministerio de Relaciones Exteriores dictará las normas para acreditar a los miembros del Servicio Exterior en el extranjero, de acuerdo con el Derecho Interno y la práctica internacional.
Arto. 14
El Personal de Carrera Pasivo, estará formado por los funcionarios que perteneciendo al Servicio Exterior, por propia solicitud o por disposición del Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentran en disponibilidad.
Arto. 15
El Servicio de Agregados Especializados, estará formado por Agregados Militares, Aéreos y Navales; así como por Agregados técnicos de carácter civil, cuyo nombramiento haya sido por iniciativa del Ministerio de Relaciones Exteriores o a propuesta de otra Dependencia de la Administración Pública, en ambos casos, con cargo al presupuesto de dicha Dependencia.
Este personal depended de los Jefes de Misiones Diplomáticas, Representantes Permanentes y Jefes de Oficinas Consulares en que presten sus servicios; especialmente en lo que se refiere a actividades de índole política, expresión de opiniones y declaraciones públicas, y durante su comisión estarán sujetos a las mismas obligaciones establecidas por la presente ley y reglamentos que pudieran dictarse para el personal del Servicio Exterior.
Los así nombrados estarán sujetos, antes de ser destinados al Servicio Exterior, a los cursos de especialización y perfeccionamiento que el Ministerio de Relaciones Exteriores estime adecuados a estos funcionarios.
Los Agregados Especializados, no formaran parte de la carrera diplomática y por consiguiente continuaran perteneciendo a la Dependencia de la Administración Pública que los haya propuesto; salvo que ellos dispusieran ingresar en el Servicio Exterior, para lo cual deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 35.
Arto. 16
Las Misiones Especiales son las que con carácter representativo y temporal, envía Nicaragua ante otro Estado, para tratar con los asuntos determinados o para realizar ante él un cometido determinado.
Las personas enviadas en Misiones Especiales, serán nombradas por el Presidente de la República, y los nombramientos podrán recaer sobre personas que no pertenezcan a la carrera diplomática.
Los Miembros de las Misiones Especiales, cuando no forman parte del personal de carrera, estarán sujetos a las mismas obligaciones establecidas por la presente ley y su reglamento.
Arto. 17
Los Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, Representantes Permanentes ante Organizaciones Internacionales y Cónsules Generales, serán nombrados por el Presidente de la República. Esta designación podrá recaer sobre personas de su confianza, dándoles especial consideración a los funcionarios de carrera de mayor competencia y antigüedad.
Las personas de confianza del Presidente de la República que sean designadas para desempeñar los cargos expresados en el párrafo anterior, estarán sujetos, con anterioridad a ser destinados al exterior, a los cursos y programas previstos por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Bueno, tenemos seis oradores inscritos; terminamos con José González Picado.
Vamos a pedirles que se concreten al articulado para que podamos avanzar.
Angelita Ríos Pérez, tiene la palabra.
DIPUTADA ÁNGELA RÍOS PÉREZ:
Muchísimas gracias, señor Presidente.
Cuando se discutió en lo general esta Ley de Servicio Exterior, contó con mi voto, y sigue contando con mi voto en lo particular, con algunas consideraciones que serán enviadas como mociones. Sin embargo, me parece que la discusión en lo particular para la aprobación final de esta ley, esta como fuera de contexto, porque en este momento hay una crisis institucional en Nicaragua, y aquí en el Parlamento estamos discutiendo y aprobando una ley que nada tiene que ver, hay que salirle más bien al toro por los cuernos, diría yo; y es que en la Comisión Anticorrupción, las recomendaciones fueron muy Claras y precisas.
Me voy a permitir leer las recomendaciones número cuatro y la número cinco, que dicen: "Que se envíen las presentes diligencias a la Procuraduría General de Justicia para que ésta proceda conforme a derecho sobre el presente caso. Y que sobre la base de presunciones, de responsabilidad administrativa e irregularidades señaladas en el numeral 1 de las presentes recomendaciones -y aquí me estoy refiriendo a la recomendación quinta-, esta Comisión recomienda separar de su cargo al Licenciado Byron Jerez Solís, como Director General de Ingresos. Así los suscritos Diputados miembros de la Comisión Especial Anticorrupción, nos pronunciamos alrededor de la denuncia detallada al inicio del presente documento.
Por eso decía que esta fuera de contexto la discusión de la Ley de Servicio Exterior, porque afecta de forma total la imagen de la Asamblea Nacional, que la Junta Directiva no esté dispuesta a enviar este informe al Plenario para someterlo a debate. Lógicamente la mayoría de la Junta Directiva sigue tratando de proteger al señor Jerez, y bien grave son para mí las consecuencias, que a los seis meses de aprobadas las reformas constitucionales se evidencian. ¿Y cuál es la evidencia principal? Aquí tengo que expresar que es lamentable que la mayoría de los Diputados y Diputadas entregó al partido de gobierno el control del Ente Fiscalizador del mismo Gobierno. Cotidianamente aquí hay denuncias en contra de muchos funcionarios de la actual administración, incluido el Presidente de la República.
Las denuncias cotidianas son de enriquecimiento ilícito a la sombra del poder, así como el tráfico de influencias, en nuestra Nicaragua, nuestra querida Nicaragua, clasificada en una categoría social de extrema pobreza; así estamos clasificados. Y hoy por hoy, ¿qué es la Contraloría Colegiada? La Contraloría Colegiada, con este primer examen que pasó, es una vergüenza para este país. ¿Y para qué se les paga? Se le paga a un staff de personal especializado. ¿Y para qué? Para que se burlen de la inteligencia del pueblo. Para eso se le paga hoy a la Contraloría Colegiada, porque todo el pueblo ya expreso que el señor Byron Jerez causó perjuicio económico al Estado.
Yo tengo que expresar también, que se aprovechó el señor Jerez de su cargo para lucrarse y hacer transacciones económicas con el hermano. ¿Es o no es tráfico de influencia eso? También realizó fraude al hacer transacciones con empresas ficticias de Estados Unidos. Considero en lo personal, que estos son suficientes elementos para valorar que hay presunción penal; que equivale a enviarlo a los Tribunales de Justicia por causar daño económico al Estado. Finalmente, quiero expresar que los Diputados y Diputadas de este Parlamento estamos obligados a pronunciarnos para que la Junta Directiva envié este informe al Plenario, y empecemos desde ya a dar muestras de tener voluntad, coraje y decisión, para combatir la corrupción.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Honorable Diputado Emilio Márquez Acuña, tiene usted la palabra.
DIPUTADO EMILIO MARQUEZ ACUÑA:
Gracias, Presidente.
Esta Ley de Servicio Exterior, es una ley revolucionaria. En vez pasada que la planteábamos, al colega Víctor Hugo Tinoco lo mire defenderla con vehemencia; y es que tiene toda la razón, pues él fue Canciller de nuestra República, y nadie mejor que él puede sentir la necesidad de que nuestro país cuente con una Ley de Servicio Exterior, una ley de servicio diplomático. Sin embargo, en la discusión de esta ley se han inmiscuido otros asuntos, y yo no me puedo quedar callado. Aquí se ha cuestionado el asunto del dictamen de la Comisión Anticorrupción, y se ha cuestionado el asunto de la reforma al Presupuesto de la República. Yo no sé por qué Wálmaro hace tantos brincos, si está claro que el primero de Diciembre se presentó una solicitud con trámite de urgencia para reformar el Presupuesto de la República.
Yo he mirado por las distintas calles, las distintas carreteras, escuelas, viviendas, centros de salud, que se han inaugurado. ¿Y eso le molesta a Wálmaro? Porque no puedo atreverme a plantearlo como lo plantea Wálmaro. Bueno, ¿se los robó Duque Estrada? Yo creo que el Ministro de Hacienda y Crédito Público no tenía más que hacer una cosa: ser coherente, consecuente con los desembolsos de la cooperación externa para la inversión en esos nuevos proyectos de desarrollo y de progreso social; estamos hablando de la nueva infraestructura, después del Mitch. Y con el Mitch, nos puso plazo la comunidad cooperante; los países del grupo consultivo nos pusieron un término.
Hombre, seriamos antipatrióticos cerrarnos a un legalismo estrictamente jurídico, cuando el Ministro Duque Estrada fue condescendiente al soltar esos recursos para carreteras, puentes, escuelas, viviendas, pozos, agua, energía, en fin. ¿Y por qué tanto berrinche entonces?, ¿Por qué? ¿Es que somos enemigos del progreso? Porque el legalismo no produce ni una gota de progreso; el legalismo es una norma institucional y las cosas a como se hacen se deshacen. ¿Adónde está el delito? Aquí está la solicitud de la reforma que fue presentada el primero de Diciembre, y si no que me desmienta el Secretario en ese entonces, el Doctor Víctor Manuel Talavera.
Pero hay otra cosa que me llama poderosamente la atención: el asunto Byron Jerez. La Comisión Anticorrupción conoció hasta donde se le permitió, hasta donde se pudo; tuvo las evidencias y dictaminó. Pero nosotros no podemos ser jueces y parte. Aquí hay una estructura judicial, aquí hay Poderes de Estado. ¿Hasta dónde se le quiere exigir a la Junta Directiva? Se quiere exigir qua haga lo que la Directiva no tiene dentro de sus facultades; porque la Directiva se va a ajustar al Estatuto y al Reglamento de esta Asamblea Nacional, que es el primer Poder del Estado. Y por ahí se agarra el cuento aquel de la corrupción. Vean, cuando yo oigo hablar a Angelita Ríos de corrupción, casi me da náuseas, porque no tiene las manos limpias para hablar de corrupción.
Porque, ¿adónde está Herty Lewites?, estuvo de Alcalde y le pario una Hertylandia. ¿Adónde esta Samuel Santos? Fue Alcalde de Managua, y don Samuel Santos, por favor... ¿Adónde está don Tomas Borge, con un matadero (PROINCASA), y otros negocios, y la Verde Sonrisa, que es la sonrisa del lagarto? No nos maltratemos, hombre, no nos digamos ni toquemos esas cosas. Yo más bien les pediría que cortemos esta parte aquí, que pongamos una frontera y comencemos una nueva etapa en este país, si le queremos ayudar al país. Pero eso del cuentecito de la corrupción, no. Comencemos a ver los grandes negocios, las grandes empresas repartidas. Se apropiaron de los grandes negocios.
Eso me da asco. Cuando me hablan de la corrupción, me da asco, porque yo veo que los que me dicen de la gran corrupción son los primeros corruptos. Hablemos de los grandes banqueros que vinieron aquí y que entraron con la mochila de miseria, con los pantalones rotos arrastrando una mochila, y ahora son grandes banqueros. Entonces, no nos estemos maltratando, no estemos vendiendo una mala imagen de este Gobierno, porque no le ayudamos a este país. Seamos sinceros con el pueblo, no le mintamos al pueblo, porque eso se llama hipocresía; eso de rasgarse las vestiduras, que el desempleado, que los niños de la calle, lo que hay en el triángulo minero... No, ésa es la herencia que nos han dejado, del triángulo minero, donde ahora no hay ley. La Ley, dicen los campesinos, es la "ley del chancho".
Pero ésa no es herencia de este Gobierno, no seamos injustos, no es herencia nuestra; eso es lo que han dejado, la plaga de esas bacterias, de esos virus, de esos microbios. Que violan a las niñas, que secuestran, que ponen tarifas, que cobran mensual, eso no, por favor. Y luego venimos aquí a este Plenario a pedirles amnistía. Esa es la aberración más grande que puede haber, ese es el cinismo más grande que puede haber. Se los digo yo, como obrero, como un hombre de pueblo, como hombre víctima también de tantas atrocidades. Por qué nos enganchamos? Estamos discutiendo una Ley del Exterior, y nos enganchamos para atropellar.
No, amor no quita conocimiento. Yo les digo, eso de que los mineros, que vienen a pedir amnistía... No, no, no, eso es genocidio, esos son crímenes de lesa humanidad. ¿Por qué he de votar aquí por amnistía? ¿Por qué he de venir a este Plenario, a esta institución del pueblo a pedir que se haga otro crimen contra el pueblo? Yo les puedo señalar empresa por empresa, hacienda por hacienda, donde han robado, y masacraron. ¿Por qué van a venir entonces a hablar aquí y con el gran galillo decir corrupción? Comencemos a hablar de la corrupción, como un aspecto cultural, de estructura, como un problema estructural.
Pero no vengamos a decir aquí que Byron Jerez es ladrón, que porque el "checazo", esto y esto. Vamos a hacer que las cosas caminen. Podrán haber errores, como en todo gobierno ha habido errores. Yo no estoy exonerando de errores a este Gobierno, pero también no quiero que se mida la corrupción a partir de este Gobierno, porque no es cierto. Porque, ¿dónde están las empresas que se apropiaron? Yo tengo líderes que conozco, con nombres y apellidos; los veo todos los días, y en Mercedes Benz, los veo en furgonetas. ¿Adónde están los supermercados que eran de los trabajadores? ¿Dónde están?
¿Dónde está el señor Pavón, que decía ser líder de los obreros, que se recibió de abogado y después se hizo gran accionista de los supermercados La Unión? ¿Dónde esta? ¿Dónde está Plasmaféresis? ¿Dónde está productos atmosféricos? ¿Quién la tiene? ¿Dónde esta la Solka? No nos engañemos, hombre, no nos quieran ver que nacimos hoy, o que venimos de Marte, porque yo les digo claramente, ahí están los nombres, ahí están los hechos. Pero no puede ser que se esté manipulando así una intención sobre un proyecto de ley, porque esto no es así, no puede ser. Yo le pido a Edwin Castro que tome la palabra y que diga que pasó con los 30 millones de dólares de la Costa que no aparecen reflejados.
Yo le exijo a Edwin Castro que lo diga, porque Edwin Castro es Edwin Castro, un Diputado; y yo quiero seguirlo honrando, yo lo quiero seguir respetando, pero ante eso que está planteando, ante la opinión pública Edwin Castro debe responder.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Le suplico que se concreten al tema, de acuerdo al Reglamento.
Tiene la palabra la honorable Diputada Dorita Zeledón Zeledón.
DIPUTADA DORA ZELEDON ZELEDON:
Gracias, señor Presidente.
Quiero hacer una moción de consenso, con relación al artículo 5, y es agregar un nuevo párrafo, un segundo párrafo que se leería: "El nombramiento del personal para el servicio exterior, procurará garantizar la participación y representatividad de las mujeres, con equidad". Esta es una moción que está firmada por distintos Diputados y Diputadas de las diferentes fuerzas políticas.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Tiene la palabra la honorable Diputada Lourdes Bolaños.
DIPUTADA MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA:
Gracias, señor Presidente.
En primer lugar apoyo la moción presentada por la Compañera Dorita Zeledón, en el sentido de que es necesario ir garantizando en cada ley la participación de las mujeres, con equidad de género. Eso es en base a los cumplimientos y compromisos internacionales que ha suscrito Nicaragua y que a la vez han sido permanentemente violados o violentados. Por otro lado, después de estar participando por largo tiempo en la Comisión del Exterior a nivel nacional, veo con sumo agrado que esta ley se apruebe lo más pronto posible, para así garantizar nuestra política exterior, independientemente del gobierno que sea. Además, haciendo honor en realidad al excelente trabajo -lo tengo que reconocer-, que están haciendo actualmente hombres y mujeres valiosos del Ministerio del Exterior, que hay que potenciarlos para no perder ese caudal de información que va a beneficiar a nuestra Nación.
Por otro lado estoy preocupada porque me han venido denuncias de diferentes mujeres, sobre todo, porque a muchos esposos, y a ellas mismas, el Partido Liberal les está exigiendo obligadamente el 5 por ciento, bajo la represión de ser sacadas de sus puestos si no pagan. Es doloroso, considerando que tan pocas personas tienen recursos, que no tenemos trabajo en Nicaragua, que se les quite un 5 por ciento. Eso es doloroso para un pueblo pobre, un pueblo que está sumido en la pobreza, y en la extrema pobreza. Por eso previendo cualquier cosa, voy a tener cuidado en cualquier ley de esta naturaleza, y quiero presentar una moción para el artículo 8, agregando lo siguiente: "Dicho personal no podrá ser obligado a pagar cotización alguna a partido político".
Así que esta moción que presento la estamos firmando el compañero Víctor Hugo Tinoco, Ángeles Ríos, Martha Heriberta Valle, Dora Zeledón, y Mónica Baltodano. Esto es para garantía de esos trabajadores, que independientemente del partido político que esté en el Gobierno, van a representar a toda la Nación, y no tienen por qué venir a pagar un cinco por ciento que está sangrando a la patria nicaragüense. Porque yo entiendo que nosotros como Diputadas y Diputados tengamos que dar al partido, porque son puestos políticos los que vamos a defender; pero no entiendo porque un técnico tenga que pagar un 5 por ciento, y tenga que venir en detrimento de la canasta básica de los nicaragüenses.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Han sido lamentables todas las alusiones personales que se han hecho en esta Sesión. Yo espero que en las Sesiones posteriores esto no vuelva a repetirse; entre Diputados que tienen alta calidad moral, alta capacidad intelectual y preparación, no caben alusiones de esta naturaleza. Yo lamento muchísimo estas alusiones personales.
Esta era la última intervención que estaba en la pizarra.
Vamos a la votación de la primera moción, al artículo 5.
Perdón, José González Picado, tiene la palabra.
DIPUTADO JOSÉ GONZÁLEZ PICADO:
Gracias, señor Presidente.
Definitivamente esta Ley de Servicio Exterior, yo creo que todavía encaja dentro del maremágnum de problemas que atraviesa Nicaragua, y definitivamente los conflictos que se ciernen sobre el país, como el Tratado Bárcenas -Meneses- Esguerra; la cohesión de un Estado por medio de la amenaza a la cual ha sido suscrita en reiteradas ocasiones dichos tratados internacionales; la violación a nuestra soberanía y a nuestra plataforma continental; las actividades lesivas en la zona Sur, con relación al Rio San Juan; las violaciones a las normas fundamentales del derecho internacional.
Este tratado Ramírez-López, suscrito por Honduras y Colombia, evidencian lógicamente que Nicaragua para ser defendida con dignidad, con decoro, definitivamente tiene que pasar a una nueva conducta política en la cual precisamente se antepongan esos intereses personales, esos epítetos y descalificaciones, y las ambiciones de tipo partidario y personal que han prevalecido precisamente en la Historia de Nicaragua, pues cada vez que Nicaragua ha estado dividida en guerras fratricidas e intestinas se ha producido ese cercenamiento del país; específicamente en la zona de Guanacaste y en la zona de la Mosquitia, se han producido estos fenómenos.
Por eso es que nosotros creemos que para defender a Nicaragua no solamente hay que dotar al país de una Ley de Servicio Exterior; no solamente hay que cumplir con la construcción de un moderno edificio que esta construyéndose a escasos metros del Parlamento nicaragüense; sino que también hay que pensar en el país y actuar como Nación. Definitivamente unos dos millones de nicaragüenses se encuentran con problemas de empleo; 80 por ciento en una situación de extrema pobreza; más de millón y medio de nicaragüenses se encuentran en el exilio económico, y definitivamente acá, en el primer Poder del Estado, tenemos que iniciar verdaderamente una conducta política, una conducta constitucional totalmente distinta a nuestros antecesores.
Precisamente porque nosotros hemos estado en la componenda, en los arreglos de cúpula, es que Nicaragua ha perdido estos juicios a nivel internacional, o ha sido objeto de coacción de un Estado sobre otro. En definitiva, queremos señalar que Nicaragua enfrenta series y estructurales problemas, y que la cooperación internacional que ha sido amplia y sobre todo humana con Nicaragua en los casos de desastres naturales y sociales, se observa que la misma ayuda internacional se ha orientado hacia la proporción o apoyo a programas de ajuste estructural, o sea al pago del servicio de la deuda externa.
Lo que Nicaragua necesita en esta etapa de reconstrucción y transformación, es cooperación para la reconstrucción y la transformación nacional, para el desarrollo auto sostenible. Debemos buscar como apoyar y potenciar las capacidades de producción y de agro exportación del país. La minería, la pesca, los alimentos como granos básicos, la caficultura, la ganadería, están colapsadas; y la única forma que Nicaragua puede superar los raquíticos 600 millones de dólares de exportación, es ampliando las áreas de producción, es elevando y tecnificando la producción nicaragüense; es mejorando la situación de la banca en Nicaragua, que tiene una política crediticia que esta estrangulando y asfixiando a los productores.
Yo pregunto a los honorables colegas: ¿acaso nosotros no sabemos lo que está pasando a nuestro alrededor, en cada Departamento o Municipio donde nosotros nos vinculamos? ¿Acaso no nos damos cuenta de que en la medida en que colapsa el gremio cafetalero, ganadero, arrocero, productores de sorgo, etc., también esta colapsando Nicaragua? Por esa situación es que Nicaragua sigue ahorita tratando de pagar 6.4 mil millones de dólares de deuda externa, y necesitamos una estrategia de desendeudamiento serio, formal, y sobre todo pensando en el futuro de Nicaragua. Con preocupación vemos que se van atrasando las fechas de las famosas iniciativas presentadas, y la deuda sigue creciendo con nuevas condicionalidades, lo cual al final agrava la situación de seguridad ciudadana, alimentaria, etc.
Cada nicaragüense le debe a la cooperación internacional, mil 300 dólares, y tenemos apenas ingresos per cápita anuales de 450 dólares. Tenemos que ver las lecciones de la Cumbre del 23 y 24 en Washington, y reelaborar una estrategia para salir adelante. A propósito del llamado al diálogo que ha hecho el ciudadano Presidente, Doctor Arnoldo Alemán, debemos nosotros en primer lugar buscar condiciones para ese diálogo; y las condiciones son precisamente demostrar que funciona esta Contraloría que se colegio con los acuerdos entre el Frente Sandinista y el PLC. ¿Pero cómo es posible que estén llamando a un dialogo cuando esta Contraloría esta evadiendo sus responsabilidades?
Yo quiero aprovechar para felicitar a la Comisión Anticorrupción, porque cumplió con su deber, y esa decisión de la Comisión Anticorrupción debe hacerse prevalecer. Mientras no hagamos eso, no vamos a ser vistos como un Poder serio, responsable, consecuente. ¿Para que Ley de Control Constitucional, si aquí nosotros estamos permitiendo que el Ejecutivo haga lo que quiera? Es más, todas estas personas que han sido señaladas en actos de corrupción, lo que han dicho es que se retiran cuando ellos quieren, y están siendo promovidos a cargos de elección popular.
Es decir, no nos extrañemos que en las papeletas y en las contiendas electorales que se avecinan, estos señores que están siendo llamados a rendir cuentas aparezcan como flamantes candidatos a Diputados o sean nuevamente reelectos como Ministros, etc. Y es responsabilidad de este primer Poder del Estado, actuar con seriedad, actuar pensando en Nicaragua, con visión de presente y de futuro y no con descalificaciones o epítetos. Creo que eso es responsabilidad constructiva de todos los parlamentarios.
Por lo demás, apoyamos la Ley de Servicio Exterior, porque consideramos que ya Nicaragua debería de estar dotada de esa ley, moderna y acorde con los intereses de Nicaragua, sin ideología, sin sesgos partidaristas, poniendo y ubicando a los mejores hombres y mujeres en los cargos como juristas internacionales, hombres versados en el Derecho Internacional Público, que puedan defender a Nicaragua de las amenazas externas. Pero recordemos que la política exterior es el reflejo de la política interior de una Nación.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Era el último orador. Tenemos dos mociones: una al artículo 5, y otra al 8. En el artículo 5, es agregar un segundo párrafo a este articulo que dice: "El nombramiento del personal para el servicio exterior, procurara garantizar la participación y representación de las mujeres, con equidad". Esa es la primera. La otra es al artículo 8, y dice: "Agregar al artículo 8. Dicho personal no podrá ser obligado a pagar cotizaciones a partidos políticos".
Yo creo que ésta es una intervención ya de la política en la ley; de una ley de partido, de una ley general del Poder Ejecutivo, pero no de esto pues. Pero en fin, vamos a someterlo a votación.
Vamos a la primera que es al artículo 5, sobre la participación de la mujer.
Vamos a abrir la votación.
Se abre la votación.
Está abierta la votación, sobre la participación de la mujer, en eso estamos. Creo que es de consenso.
Está abierta la votación.
Vamos a esperar que voten.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 74 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
Ahora vamos a la segunda moción al artículo 8, que es: "Dicho personal no podrá ser obligado a cotizar a partido político alguno".
Se abre la votación.
A favor sería verde y en contra rojo.
Está abierta la votación.
Están votando.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 32 votos a favor, 38 en contra, 0 abstención. Queda rechazada.
¿Observaciones al artículo 6? No hay.
¿Al 7? No hay.
¿Al 8? Ya votamos la moción.
¿Al 9? No hay.
¿Al 10? No hay.
¿Al 11? No hay.
¿Al 12? Tampoco.
¿Al 13? Tampoco.
¿Al 14? No hay.
¿Al 15? No hay.
¿Al 16?
¿
a
l 15?
Honorable Diputado Calero, tiene la palabra.
DIPUTADO ADOLFO CALERO:
En el artículo 15, en el último párrafo del mismo, al final dice: "deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 35". Y el artículo que se refiere a los requisitos o que establece los requisitos es el 36, o sea que es una simple corrección.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Ah, bueno, pasémosla. Eso podría ir de estilo, ¿no?
DIPUTADO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO:
Corrección de estilo, si, si.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Este bien.
Entonces, al 17. No hay.
Se abre a votación el Capítulo.
Está abierta.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo.
Se suspende la Sesión, y se cita para mañana a las nueve de la mañana.
CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 14 DE JUNIO DEL 2000. (DÉCIMA SEXTA LEGISLATURA).
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS;
Ahora vamos a pasar nuevamente a la Ley del Servicio Exterior, quedamos en el Capítulo III, Tomo Primero.
Vamos a la lectura del Capítulo III.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPÍTULO III
SERVICIO EXTERIOR EN EL EXTRANJERO
Arto. 18
El Servicio Exterior en el Extranjero estará integrado por:
1) Misiones Diplomáticas para el desarrollo de las relaciones diplomáticas bilaterales.
2) Representaciones Permanentes y Delegaciones para el desarrollo de las relaciones multilaterales.
3) Oficinas Consulares para el ejercicio de las funciones consulares.
Arto. 19
Las Misiones Diplomáticas tendrán carácter Permanente o Especial.
Las Misiones Diplomáticas Permanentes son las establecidas con carácter estable y representativo por el Estado nicaragüense ante otro u otros Estados; en este último caso, en régimen de acreditación concurrente y con residencia en uno de ellos.
Las Misiones Diplomáticas, ya sean permanentes o especiales, tendrán el rango de Embajadas. La creación, modificación y supresión de las Misiones Diplomáticas la realizara el Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Decreto Ejecutivo.
Las Misiones Especiales son las establecidas conforme el artículo 16, con carácter temporal y representativo.
Arto. 20
Las Representaciones Permanentes son las enviadas con carácter estable y representativo por el Estado nicaragüense, ante una o varias Organizaciones Internacionales.
Tendrán el carácter de Representaciones de Observación cuando el Estado nicaragüense no fuera parte de dicha Organización.
Arto. 21
Las Delegaciones son enviadas por el Estado nicaragüense para participar en una Organización Internacional o en una conferencia de Estados convocada por uno o varios Estados, o por una Organización Internacional o bajo sus auspicios, pudiendo ser también de mera observación.
Arto. 22
El Ministerio de Relaciones Exteriores, en materia específica de su competencia, determinará la integración o funciones de las delegaciones que representen a Nicaragua en conferencias, reuniones internacionales y actos protocolarios.
Durante el desempeño de su misión los miembros de las delegaciones procederán conforme a las instrucciones específicas que imparta el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Cuando las delegaciones tengan una misión específica que afecte la esfera de competencias de otra dependencia de la Administración Pública, la Presidencia de la República deberá coordinar con la dependencia que corresponda la integración e instrucciones de la Delegación.
Arto. 23
Las Oficinas Consulares ejercerán las funciones consulares, las cuales podrán igualmente ser desempeñadas por las Misiones Diplomáticas Permanentes, a través de su Sección Consular.
Arto. 24
Las Oficinas Consulares tendrán el rango de Consulados Generales y Consulados; además podrán establecerse Agencias Consulares. El Ministerio de Relaciones Exteriores determinara la sede, categoría y circunscripción de las mismas.
Arto. 25
El Gobierno de Nicaragua podrá nombrar Misiones Diplomáticas Permanentes, Representaciones Permanentes, Misiones Especiales u Oficinas Consulares Conjuntas con otros Estados centroamericanos.
Su integración y funcionamiento se regirá por los Convenios Internacionales y Acuerdos que al efecto se suscribieren.
Arto. 26
Los Cónsules Honorarios serán nombrados por el Presidente de la República, con atribuciones especificas. No serán considerados miembros del Servicio Exterior, pero estarán sujetos en sus actividades consulares a la presente Ley y su Reglamento y a la Convención de Viena sobreRelaciones Consulares de 1963.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 18? No hay.
¿Observaciones al artículo 19? No hay.
¿Observaciones al artículo 20? No hay.
¿Observaciones al artículo 21? No hay.
¿
Observaciones al artículo 22? No hay.
¿
Observaciones al artículo 23? No hay.
¿Observaciones al artículo 24? No hay.
¿
Observaciones al artículo 25? No hay.
¿Observaciones la artículo 26? No hay.
Se abre a votación el Capítulo.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo.
Capítulo IV.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPITULO IV
SERVICIO EXTERIOR EN EL PAIS
Arto. 27
El Servicio Exterior en el país esta integrado por los funcionarios de las direcciones generales, direcciones, departamentos, secciones u oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores, u otras dependencias de la Administración Pública que determine el Reglamento.
Arto. 28
El Presidente de la República o el Ministro de Relaciones Exteriores, en su caso, podrá designar para desempeñar funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores en cargos de alto nivel, de confianza o que requieran conocimientos especializados, a personas que no sean del Servicio Exterior.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 27? No hay.
¿Observaciones al artículo 28? No hay.
Se abre a votación el Capítulo.
Vamos a cerrar la votación.
El resultado es el siguiente: 58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo.
Vamos a la lectura del Capítulo V.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPÍTULO V
EMBAJADORES, REPRESENTANTES PERMANENTES Y CÓNSULES GENERALES
Arto. 29
El Ministro de Relaciones Exteriores someterá a la consideración del Presidente de la República, en ocasión de una vacante de Embajador, los nombres de los Embajadores en funciones y de los miembros del Servicio Exterior con rango de Ministro Consejero, que
a
su juicio tengan las condiciones necesarias para ocupar la vacante.
Los funcionarios de carrera designados Embajadores, Representantes Permanentes o Cónsules Generales, de conformidad al Arto. 12, no perderán su carácter de miembros del personal de carrera del Servicio Exterior. Una vez cancelado el nombramiento para desempeñar el cargo mencionado en el párrafo anterior, el funcionario de carrera vuelve a la posición que le corresponde en el Escalafón.
El tiempo desempeñado en dichos cargos por funcionarios de carrera, será reconocido a los efectos de antigüedad y meritos que hubieran podido acumular.
Arto. 30
Los nombramientos referidos en el presente capitulo se consideran efectuados por un periodo de tres años. El Presidente de la República podrá dejar sin efecto dichos nombramientos cuando lo estime conveniente.
Arto. 31
Las personas de confianza del Presidente de la República que sean designadas Embajador, Representante Permanente o Cónsul General, deberán ser:
1. Nacionales o nacionalizadas de conformidad a lo preceptuado por la Constitución Política, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
2. Ser mayor de 25 años de edad.
3. Poseer relevantes meritos para el eficaz desempeño del cargo.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 29? No hay.
¿Observaciones al artículo 30? No hay.
¿Observaciones al artículo 31? No hay.
A votación el Capítulo.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo.
Vamos al Capítulo VI.
SECRETARIO JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ;
CAPITULO VI
INGRESO AL SERVICIO EXTERIOR
Arto. 32
El derecho a optar al ingreso en el Servicio Exterior es igual para todos los nicaragüenses, sin distingos de sexo, raza, credo político o religioso, o cualquier circunstancia que no sea la del merito o capacidad.
Arto. 33
El proceso de selección de aspirantes a funcionarios de Carrera del Servicio Exterior, comprenderá las siguientes etapas:
1. Convocatoria a concurso público de oposición.
2. Pruebas.
3. Elaboración y publicación de lista de seleccionados.
4. Ingreso a la Academia Diplomática.
5. Evaluación de rendimiento académico.
6. Nombramiento en periodo de prueba, en la Sede del Ministerio de Relaciones Exteriores o, si fuese posible y conveniente, de Agregado en una Embajada, Representación Permanente o Consulado.
7. Nombramiento efectivo e incorporación en el Escalafón en la categoría de Primer Secretario o Agregado, según corresponda.
Arto. 34
La Comisión de Personal del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro del primer trimestre de cada ano, comunicara al Ministro de Relaciones Exteriores las vacantes existentes en las categorías de Primer Secretario y Agregado, para que de ser posible convoque a un concurso público de oposición para cubrirlas y proceda a designar una Comisión de Ingreso Ad-hoc, encargada de organizar y calificar dicho concurso.
La Comisión de Personal podrá ampliar el informe sobre vacantes, cuando surja esa necesidad, después de la comunicación a que se refiere el párrafo anterior y antes de iniciarse el concurso público de oposición.
Arto. 35
La Comisión de Ingreso Ad-hoc, cuyo número de miembros y composición será determinado por el Ministro de Relaciones Exteriores, estará integrada con funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Ministro podrá invitar a profesionales de reconocida competencia en asuntos internacionales para que integren dicha Comisión. Actuará como Secretario de la Comisión Ad-hoc el Director de la Academia Diplomática.
El Ministerio de Relaciones Exteriores dictara el Reglamento de funcionamiento interior de la Comisión Ad-hoc.
Arto. 36
Los concursantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Ser nicaragüense.
2. Haber cumplido veintiún años de edad.
3. Gozar de plenos derechos civiles y políticos.
4. No haber sido condenado mediante sentencia privativa de libertad.
5. Poseer además del idioma español, conocimientos suficientes de cualquier otro idioma oficial de las Naciones Unidas.
6. Tener un título universitario reconocido por el Estado. Los títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes para participar en el concurso público de oposición.
7. No estar afectado por limitación física o psíquica que le impidan el ejercicio de las funciones y cometidos propios de la Carrera de Servicio Exterior, ni sean incompatibles con su normal desempeño.
8. Reunir además los requisitos académicos que se detallen en la convocatoria.
Arto. 37
Los aspirantes que aprobaren el concurso público de oposición, que posean título de Maestría o de Doctorado, o se hayan desempeñado como funcionarios internacionales, podrán ingresar en el Servicio Exterior con el rango de Primer Secretario, una vez aprobados los estudios en la Academia Diplomática y transcurrido el periodo de prueba mencionada en el Articulo 33, inciso (6).
Arto. 38
La convocatoria al concurso de oposición será pública. El Ministerio de Relaciones Exteriores determinara el cupo de ingreso a la Academia Diplomática, profesiones o estudios requeridos para participar en el mismo, así como las materias necesarias y temas sobre los cuales versaran las pruebas.
Arto. 39
Los concursos de oposición tienen por objeto establecer la aptitud e idoneidad de los aspirantes, garantizando en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Arto. 40
La Comisión de Ingreso Ad-hoc verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Arto. 36 y después de publicada la lista provisional de solicitantes admitidos, fijará los términos de los exámenes de admisión y calificara las pruebas de los candidatos.
Arto. 41
En el plazo de cinco días hábiles después de concluida la calificación de los exámenes de admisión, la Comisión de Ingreso Ad-hoc elevará al Ministro de Relaciones Exteriores la lista de aspirantes aprobados por orden de puntuación para su ingreso en la Academia Diplomática.
La Comisión de Ingreso Ad-hoc, también elevará al Ministro de Relaciones Exteriores un informe en que recoja las experiencias adquiridas durante los ejercicios de la convocatoria, a fin de que puedan ser tenidas en cuenta en las sucesivas convocatorias.
Arto. 42
La aprobación de la totalidad de los requisitos y de las pruebas del concurso de oposición, no creara un derecho adquirido para ser incorporado a la Academia Diplomática, a la que accederá únicamente el numero de concursantes que, habiendo aprobado el concurso y de conformidad al orden de merito final, resulte suficiente para cubrir las vacantes establecidas en la convocatoria.
Arto. 43
Los aspirantes que hubieren aprobado el concurso público de oposición serán inscritos en el curso de la Academia Diplomática, cuya duración será establecida en su Reglamento.
Arto. 44
Los alumnos que aprueben los cursos de la Academia Diplomática, recibirán un diploma y serán nombrados en el Ministerio de Relaciones Exteriores, en período de prueba, por seis meses mínimo, o si fuese posible y conveniente, de Agregado en una Embajada, Representación Permanente o Consulado por el mismo período.
Arto. 45
Cumplido el periodo de prueba, la Comisión de Personal emitirá sus recomendaciones sobre los resultados del funcionario y, si estos fuesen satisfactorios a juicio del Ministro, se procederá a su inscripción en el Escalafón con la categoría de Primer Secretario o Agregado, según el caso, abonándoles el tiempo servido de prueba para el computo de antigüedad.
Arto. 46
El candidato que haya participado sin éxito en tres exámenes de ingreso no podrá participar en un cuarto.
Arto. 47
El funcionario que haya realizado su práctica en el Ministerio después de dos años de haber sido incorporado en el Escalafón, podrá optar a ser trasladado a un cargo en el extranjero.
El funcionario que haya realizado su práctica en una Embajada, Representación Permanente o Consulado y, después, de ella, hubiere sido confirmado en el extranjero, después de dos años de haber sido incorporado en el Escalafón, podrá optar a ser trasladado a un cargo en el Ministerio.
El Ministerio de Relaciones Exteriores, por circunstancias excepcionales, podrá reducir dichos términos.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 32?
¿Observaciones al artículo 33? No hay.
¿Observaciones al artículo 34? Tampoco.
¿Observaciones al artículo 35? No hay.
¿Observaciones al artículo 36? No hay.
¿Observaciones al artículo 37? No hay.
Está bien.
Honorable Diputado Jaime Bonilla, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:
En el artículo 36 se habla... Perdón, no es en el artículo 36. En el artículo 33 se habla del ingreso a la Academia Diplomática, y se está percibiendo en el articulado como que el Ministerio de Relaciones Exteriores va a crear y tendrá a su cargo una Academia Diplomática. Si esto fuese así, me parece a mí que no cabe recargar al Estado con una escuela sobre diplomacia, o sea recargar al Ministerio de Relaciones Exteriores con una escuela diplomática. Las escuelas diplomáticas son cuestión de las universidades. Me gustaría a mí que la Comisión, o bien la representación que está del Ministerio de Relaciones Exteriores nos explicara, cómo es esta práctica de la Academia Diplomática, como sería su funcionamiento, cuál sería su relación en el Ministerio de Relaciones Exteriores, porque en el artículo 33, para ingresar, para ser aspirante a funcionario de la Carrera del Servicio Exterior, se habla de ingreso a la Academia Diplomática como requisito.
A mi juicio lo que debe haber son títulos o diplomas extendidos por esas escuelas de diplomacia para poder aspirar al Servicio Exterior. Es importante que nos den una explicación alrededor de esto que se esta señalando en los diferentes articulados de la Ley, sobre estas Academias Diplomáticas.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Honorable Diputada Dorita Zeledón, tiene la palabra.
No esta.
A votación...
DIPUTADA DORA ZELEDON ZELEDON:
Gracias, señor Presidente.
En el numeral 7) del artículo 36, agregar un parrafito, una "colita" para salvaguardar los derechos inherentes a las personas con discapacidad. Después de donde dice "con su normal desempeño", se le agregue "sin detrimento de los derechos inherentes a las personas con discapacidad". En el numeral 7), artículo 36, dice: "No estar afectado por limitación física o psíquica que le impida el ejercicio de las funciones y cometidos propios de la Carrera de Servicio Exterior, ni sean incompatibles con su normal desempeño". La propuesta es agregar, y es una propuesta de consenso: "sin detrimento de los derechos inherentes a las personas con discapacidad"; porque efectivamente pueden haber cuestionamientos o discriminación por efecto de discapacidad.
No queda muy claro, no quedan salvaguardados los derechos de las personas con discapacidad. Por ejemplo, una persona en silla de ruedas tiene una discapacidad física, y eso puede ser interpretado como que le impida ser Embajador o Ministro Consejero; o una persona que sólo tiene una pierna, por ejemplo, si eso se considera una incapacidad. Es decir, hay que dejar claro, o por lo menos salvaguardar de alguna forma los derechos de las personas con discapacidad, manteniendo el sentido de que son cosas graves que afectan el funcionamiento de los funcionarios del Servicio Exterior. Es un agregado que salvaguarda esos derechos.
PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES:
Sí, yo estoy de acuerdo contigo; incluso, yo lo quitaría todo el inciso 7), porque cuando hablas de "no estar afectado por limitación física" y le vas agregar el otro, siempre va a estar afectado.
DIPUTADA DORA ZELEDON ZELEDON:
¿Lo quitamos? Bueno, quitémoslo pues; para mí, mientras menos discriminemos a las personas, creo que es mejor.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Bueno, entonces prepare la moción.
El Diputado Jaime Bonilla pidió una explicación, ¿alguien de la Comisión se la quiere dar?
¿Víctor Hugo? Es sobre la Academia Diplomática, y con eso ya termina el debate. ¿Usted, Fanor?
Honorable Diputado Fanor Herrera, tiene la palabra.
DIPUTADO FANOR HERRERA PÉREZ:
Gracias, señor Presidente.
Efectivamente, el Diputado Bonilla solicitaba una aclaración sobre la Academia. Aquí se encuentra presente el Doctor Armando Luna, que es precisamente el Director de esta Academia; el podría explicar, y para mayor aclaración dar información a los Diputados sobre esto de la Academia. Yo creo que sería conveniente que se le diera la palabra al Doctor Luna. Eso es lo que yo quería informar.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Doctor Luna, puede usted hacer uso de la palabra. Que le pasen el micrófono.
DOCTOR ARMANDO LUNA, DIRECTOR DE LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA:
Muchas gracias, señor Presidente. Señores Diputados:
Con todo mi respeto, quiero brindarles la información que ha solicitado el Diputado Bonilla, sobre las Academias Diplomáticas. Como es del conocimiento de todos ustedes, desde Febrero de 1997 fue creada la Academia Diplomática en la Cancillería de Nicaragua, con el objeto de capacitar a los funcionarios diplomáticos consulares de nueva designación que se envían al extranjero, así como capacitar a los funcionarios de la Cancillería y brindar cooperación en programas de capacitación a las otras instituciones en áreas que no son comunes; incluso, a la misma Asamblea le hemos brindado cooperación capacitándole al personal que Integra sus oficinas de Protocolo.
Ahora, en la nueva ley aparece una de las etapas en la formación del diplomático y de su ingreso en la Academia Diplomática de la Cancillería. Esto no es una creación del Ministerio de Relaciones Exteriores, al redactar este proyecto de ley; aquí se sigue una práctica universal aceptada por todos los gobiernos del mundo que tienen carreras diplomáticas debidamente organizadas. Hay una diferencia, si ustedes analizan en España, Brasil, en todos los países existen las Escuelas de Diplomacia y Relaciones Internacionales que forman parte de las universidades del Estado, pero cada uno de ellos tiene su Academia Diplomática que depende de la Cancillería.
¿Por qué esta división en la que están de acuerdo todas las Universidades? Se debe, sencillamente, a que cuando un candidato ingresa a la Academia, a pesar de tener su título, no tiene en primer lugar los conocimientos de las prácticas de Cancillería, y se le da una formación acorde con las orientaciones de la política exterior del Gobierno. Como ellos tienen que respetar el secreto profesional, se les instruye acerca de las fallas que ha tenido el Gobierno en tales y cuales negociaciones, cuales son los pasos que se debieran dar y cuáles son los que se están programando. Se les instruye sobre todas las interioridades de estas negociaciones.
Además en estas mismas prácticas, yo, como Director de la Academia Diplomática "José Marcoleta" he podido comprobar -y eso lo han comprobado las Academias de todas las Cancillerías del mundo- que cuando llega un egresado de cualquiera de estas Academias Diplomáticas y uno le pregunta: si usted estuviera de Cónsul en Miami, y yo le pido que me rehaga un poder para vender una propiedad en Nicaragua, ¿cómo me la haría? No lo saben, porque en el pensum no les dan la práctica; no tienen capacidad tampoco de manejar libros del Estado Civil, porque no está incluido en el pensum de ellos.
Además, la política exterior de un Estado varía de acuerdo a las circunstancias; es decir, el aspecto en que se les va a dar mayor énfasis. Les pongo un ejemplo: en 1997, se nombra Canciller de la República al Doctor Emilio Álvarez Montalván, ¿por qué? Porque se quería proyectar una imagen cultural de Nicaragua, una imagen de que Nicaragua no era un país agresivo, que era el concepto que había internacionalmente; que nosotros teníamos hombres de valía, pintores, escritores, elementos destacados; y ahí había que conducir, poner énfasis, para crear esa imagen.
Pero luego nos damos cuenta también, que viene el problema de la globalización y que es necesario desarrollar una política económica exterior, hacer un alto en la Cancillería, no se puede continuar. Y no es que se abandone, sino que no se puede seguir dándole mayor énfasis al aspecto cultural, sino que tenemos que desarrollar intensamente una política exterior económica. Entonces se escoge a un economista para dirigir esa política exterior en la Cancillería. En las Facultades de Diplomacia de las universidades no se puede cada tantos meses estar cambiando su pensum, no tienen tampoco los elementos capacitados en las orientaciones y la planificación de esa política que se hace a cada momento.
Esas son una de las tantas razones por las cuales todos los gobiernos del mundo han acordado crear estas Academias Diplomáticas que dependen del Ministerio de Relaciones Exteriores. No son cursos de dos, tres años intensivos, sino que hay algunos que tienen dos años en España y en determinados países europeos. Pero la tendencia ahora, es que el curso que van a recibir es de unos dos semestres, para ponerlos en condiciones de tener un complete conocimiento de lo que es la política exterior del Estado, que es lo que necesitan, como deben desenvolverse en todas las prácticas.
En el problema del comercio exterior, nosotros estamos muy preocupados en promover las exportaciones de Nicaragua; y en las Facultades de Diplomacia y Relaciones Internacionales aprenden la teoría, pero no llevan a la práctica como tiene que actuar aquel diplomático, por ejemplo, cuando va a haber una feria internacional, cuando va a visitar una misión comercial el país donde esta acreditado, el apoyo que tiene que brindar. No les enseñan tampoco, ni los orientan a como debe ser, sobre las relaciones que hay que mantener con la empresa privada, que es básica en nuestro país; el apoyo que necesitan las empresas privadas, el contacto que deben tener.
En eso nosotros estamos encauzando ya a nuestros funcionarios diplomáticos, y cada vez que tenemos un nombramiento diplomático consular, yo los llevo primero al CEI, para darles una capacitación del funcionamiento, promoción de exportación e importaciones; luego me reúno con el COSEP, con todos los directivos, para que nos expongan lo que ellos desean, el apoyo; y esto no se consigue en las Facultades de Diplomacia y Relaciones Internacionales. Estas Facultades para lo que sirven, o la gran utilidad que tienen es, darle una formación amplia al que se va a presentar como candidato para ingresar en el Servicio Exterior; entonces lo toma la Cancillería y lo especializa en esos semestres en que se le imparten esos cursos.
Estos son, a grandes rasgos y en una forma general, el porqué todos los países del mundo han reconocido la necesidad de que exista una Academia Diplomática en la Cancillería.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Hay una moción de eliminar el artículo 36. Vamos a eliminar el inciso 7), ya habíamos quedado de acuerdo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Están votando.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 57 votos a favor, 2 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción, y así el artículo.
¿Observaciones al artículo 38? No hay.
¿Observaciones al artículo 39? No hay.
¿Observaciones al artículo 40? No hay.
¿Observaciones al artículo 41? No hay.
¿
Observaciones al artículo 42? No hay.
¿
Observaciones al artículo 43? No hay.
¿Observaciones al artículo 44? No hay.
¿Observaciones al artículo 45? No hay.
¿Observaciones al artículo 46? No hay.
¿Observaciones al artículo 47? No hay.
A votación el Capítulo.
Está abierta la votación.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo.
Se suspende la Sesión,
y se cita para el día viernes a las nueve de la mañana.
CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 30 DE AGOSTO DEL 2000. (DÉCIMA SEXTA LEGISLATURA)
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Continuamos con la Sesión.
Vamos a desarrollar la Orden del Día. Se ha tornado la decisión de continuar viendo la Ley del Servicio Exterior; eso esta en el Tomo III, Punto 3.6, y se pueden ubicar ahí para continuar en el Capítulo VII de Los Ascensos.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
En la Ley de Servicio Exterior, fue aprobado hasta el Capítulo VI, articulo 47 inclusive. Vamos a leer el artículo 48 y siguientes.
CAPÍTULO VII
LOS ASCENSOS
Arto. 48
Los ascensos en el Servicio Exterior serán otorgados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, previo informe de la Comisión de Personal. Estos ascensos se harán con respecto a la categoría inmediata inferior.
Arto. 49
Los ascensos del personal de carrera se regirán de conformidad a los siguientes criterios:
1 Méritos y eficiencia demostrada en el desempeño de sus cargos, tomando en cuenta su importancia y el grado de responsabilidad requerida.
2. Obras o trabajos publicados, estudios realizados y títulos académicos obtenidos con posterioridad al ingreso.
3. Mayor antigüedad en la categoría y en el Servicio.
Arto. 50
El personal de carrera que reúna los requisitos señalados en el artículo precedente, o en uno de ellos, y haya acumulado un mínimo de tres años en la misma categoría podrá ser ascendido a la categoría inmediata superior.
En igualdad de circunstancias, se dará preferencia a quienes hayan acumulado mayor antigüedad en la categoría y en el Servicio.
Arto. 51
La designación de un funcionario del Servicio Exterior para desempeñar funciones de Embajador, Representante Permanente o Cónsul General, se regirá por lo dispuesto en el artículo 29.
Arto. 52
El ascenso, dentro del Escalafón, al rango de Embajador requiere una antigüedad mínima de tres años en el rango de Ministro Consejero.
El ascenso a Ministro Consejero requiere un examen de conocimiento o escribir un ensayo sobre temas afines a la política exterior y tener además una antigüedad mínima de quince años a partir de la fecha de su ingreso al Servicio Exterior.
El funcionario que hubiese ingresado en el Servicio Exterior con el rango de Primer Secretario, para ascender a Ministro Consejero requerirá cumplir con los requisitos señalados en el inciso anterior, excepto el de antigüedad que en este caso deberá ser no menos de seis años a partir de la fecha de ingreso en el Servicio Exterior, y de los cuales por lo menos dos años deberá haberse desempeñado en la categoría de Consejero.
El Ministerio procurara una aplicación equitativa de este artículo y de los otros criterios a los que se refieren los artículos 49 y 50.
Arto. 53
La Comisión de Personal, cuando encuentre que un funcionario de carrera en el desempeño de sus funciones, excede en un límite prudente el período de cuatro años en el mismo rango sin que se le otorgue ascenso, determinara si el ascenso no ha sido concedido por un número insuficiente de plazas en la categoría correspondiente o por falta de meritos y eficiencia para ser ascendido a la nueva categoría.
La Comisión, en uno u otro caso, presentará un informe especial para la decisión del Ministro de Relaciones Exteriores, haciendo las recomendaciones pertinentes.
El funcionario de carrera que se encuentre en las circunstancias mencionadas en el primer párrafo de este artículo, podrá solicitar a la Comisión de Personal que tome iniciativas para la elaboración del informe especial.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 48?
¿Observaciones al artículo 49? No hay.
¿Observaciones al artículo 50? No hay.
¿Observaciones al artículo 51? No hay.
¿Observaciones al artículo 52? No hay.
¿Observaciones al artículo 53?
Honorable Diputado Bravo Moreno, ¿estaba aquí en la pizarra o es que apareció ahí?
Tiene la palabra.
DIPUTADO JOSÉ BRAVO MORENO:
Gracias, Presidente.
Prácticamente es un asunto pendiente del día de ayer; son dos cositas simplemente que quisiera que tuviéramos en cuenta. La Contraloría General de la República tiene una resolución pendiente con la Alcaldía de La Trinidad. Ustedes han visto que esto ha sido un escándalo en el País, y hay prácticamente una resolución de la Contraloría General de la República que simplemente se va a convertir en una buena intención. Esta Alcaldesa prácticamente durante sus funciones, abandono el cargo durante dos meses, y ahí sigue en funciones. Yo creo que lo importante de la Asamblea Nacional es que tomemos en serio varias cosas:
Se aprobó en esta Asamblea Nacional un presupuesto para una comunidad de La Trinidad, y la firmamos los tres Diputados del Departamento de Estelí, me refiero a Angelita Castellón, a Arnulfo Barrantes y este servidor. Sobre ese presupuesto incluso estuve hablando con INIFOM, y prácticamente no hubo nada; aquí las leyes se aprueban y el Parlamento no sirve para nada. INIFOM me dijo que ellos iban a supervisar, y que iban a llamar a esta Alcaldesa. Lo cierto es que ese presupuesto -desde 1997- de 50 mil córdobas para la comunidad de la Caña en el Municipio de Estelí, no ha llegado, ahí sigue pendiente. INIFOM lo que ha hecho conmigo es "bolearme" y tratar simplemente de hacer pasar como desapercibido ese problema. Pero lo serio es que hay una Alcaldesa en este país, con una serie de acusaciones.
Y sobre todo hay algo que me preocupa. Yo conseguí dos hermanamientos para ese Municipio, uno de ellos con la ciudad de Mersag en Alemania, y la otra es con la ciudad de Delemont en Suiza; y esto lo que ha permitido prácticamente es ir apagando la solidaridad, en este momento en que todo mundo habla de la solidaridad con Nicaragua, y sobre todo que a veces se nos acusa a los parlamentarios de no hacer nada para fomentar la solidaridad. Yo creo que es importante, Presidente, que nosotros llamemos nuevamente a la Contraloría, así como esté, y que nos rinda cuentas para saber qué es lo que pasa con este tipo de resoluciones que toma la Contraloría con determinados... Y además, que el Presidente del INIFOM venga aquí a rendirnos cuenta también de esa forma de proceder.
Nosotros al fin y al cabo somos gente que analiza fondos, que durante el Presupuesto medio nos matamos para que se incluyan proyectos, y al final los responsables de estos proyectos hacen lo que quieren. Y que se acerca el tiempo en que vamos a aprobar el Presupuesto, yo quisiera pedir aquí la presencia de dos personas, igual que lo hice en otras ocasiones, y son las del Presidente de la Contraloría colegiada y el Presidente del INIFOM. Por favor, para que podamos realmente hablar en serio de que se trata, mientras nosotros estamos hablando del Presupuesto General de la República; y que esta Asamblea Nacional, este Parlamento, al fin y al cabo asuma de manera seria la responsabilidad que tiene con el Presupuesto que aprobamos.
Entonces, Presidente, nada más esto quería decir, y voy a pasar por escrito -y además respaldado por mi bancada - la solicitud para la presencia, la interpelación ya en serio del Presidente del INIFOM y del Presidente de la Contraloría Colegiada.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
A votación el Capítulo.
Se abre la votación.
Está abierta la votación.
Se va a cerrar.
Todavía esta abierto.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VII.
Vamos al Capítulo VII. Su lectura.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPÍTULO VIII
ROTACIÓN Y TRASLADOS
Arto. 54
Todos los funcionarios de carrera del Servicio Exterior estarán sujetos a rotaci6n o traslados.
Arto. 55
Se entiende por rotación, el intercambio de funcionarios de una misma categoría entre las dos ramas que componen el Servicio Exterior, o el intercambio de funcionarios que se encuentran destinados en el exterior al Ministerio de Relaciones Exteriores o a otra dependencia administrativa o viceversa.
Arto. 56
Se entiende por traslado el cambio de un funcionario de una sede a otra, dentro de la misma rama del Servicio Exterior.
Arto. 57
Para la rotación o traslado de los funcionarios del Servicio Exterior se tendrá en cuenta, ante todo, las necesidades del Servicio Exterior de la Nación y las posibilidades presupuestarias. Supletoriamente, se tomaran en consideración las circunstancias que contribuyan a la mejor formación y eventual especialización del funcionario.
Arto. 58
Cuando un funcionario hubiese permanecido por cuatro años en el extranjero, su rotación al Ministerio de Relaciones Exteriores o a otra dependencia administrativa del Estado, será obligatoria por un período mínimo de dos años, durante el cual desempeñara un cargo correspondiente a su categoría. El Ministro de Relaciones Exteriores podrᣠdecidir las excepciones que estime convenientes.
Arto. 59
Por circunstancias excepcionales el término máximo de cuatro años de permanencia en el extranjero podrá ser prorrogado hasta por dos años.
Arto. 60
Los funcionarios de carrera no podrán permanecer más de cuatro años consecutivos sirviendo en el Ministerio de Relaciones Exteriores, salvo circunstancias especiales en que el término máximo de permanencia podrá ser prorrogado hasta por dos años.
Arto. 61
Además de lo previsto en el artículo 57, la rotación o el traslado podrá acordarse a petición del funcionario cuando hubiere una razón que justifique su solicitud.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 54?
Honorable Diputado Adolfo Calero, usted tiene la palabra.
DIPUTADO ADOLFO CALERO:
No me hice escuchar para la aprobación del Capítulo anterior. En el artículo 52, en la parte que corresponde a la página 15, la tercera línea dice "dos años"; ahí son tres años, para que sea congruente con el artículo anterior.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Habría que modificar el 52?
DIPUTADO ADOLFO CALERO:
El 52 debe leerse: "y de los cuales por lo menos tres años deberá haberse desempeñado en la categoría de Consejero".
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Bueno, entonces vamos a someter a votación eso que ya habíamos pasado, para que sea...
DIPUTADO ADOLFO CALERO:
Es un error tipográfico.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Bueno, de todas maneras sometámoslo a votación.
Se abre la votación.
Está abierta la votación.
Están votando.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 57 a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada esa modificación al artículo 52.
Entonces, ahora estamos en el Capítulo VIII.
¿Hay algunas observaciones al 55? No hay.
¿Observaciones al 56? No hay.
¿Observaciones al 57? No hay.
¿Observaciones al 58?
Por favor, le pido a los miembros de la Comisión que dictaminaron que estén pendientes de eso y de los acuerdos a que se ha llegado, por si hay alguna modificación.
¿Observaciones al 59? No hay.
¿Observaciones al 60? No hay.
¿Observaciones al 61? No hay.
Se va a abrir a votación el Capítulo.
Está abierta la votación.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VIII.
Vamos al Capítulo IX.
SECRETARIO JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ:
CAPÍTULO IX
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS
DEL SERVICIO EXTERIOR
Arto. 62
Los miembros del Servicio Exterior tendrán las siguientes obligaciones y responsabilidades:
1. Respetar y cumplir con lealtad la Constitución Política de Nicaragua, las leyes de la República, y las obligaciones específicas inherentes a su cargo.
2. Cumplir con las formalidades exigidas por la presente ley y su reglamento y demás disposiciones sobre la materia.
3. Tratar todos los asuntos con el Ministerio de Relaciones Exteriores y solamente por su conducto dirigirse al Presidente de la República y a las demás dependencias del Estado, salvo que por la índole del asunto a tratar, fuesen autorizados otros procedimientos por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
4. Asistir cumplidamente a su oficina y desempeñar las funciones que le han sido encomendadas con la lealtad, dedicación y eficiencia que requiere la naturaleza de éstas.
5. Informar con la urgencia que el caso requiera cualquier hecho relacionado con los intereses nacionales.
6. Guardar discreción absoluta y confidencialidad acerca de los asuntos que conozcan con motivo de su desempeño oficial.
En tal sentido los miembros del Servicio Exterior deberán abstenerse de:
6.1 Brindar documentos originales, copias o fotocopias de los mismos, así como cualquier otro tipo de información a terceros o a los medios de información, sin la debida autorización del superior inmediato.
6.2 Obtener y trasladar documentos oficiales o confidenciales fuera de la Oficina respectiva, sin la debida autorización del Superior inmediato, aun cuando estuvieren a su cargo las gestiones correspondientes.
La obligación consignada en el presente inciso subsistirá aun después de abandonar el Servicio Exterior, cuando se trate de asuntos cuya divulgación pudiera causar perjuicio a los intereses nacionales.
7. Guardar el deber de secreto profesional durante el ejercicio de algún cargo o comisión oficial. Quien violare intencionalmente este deber, causando perjuicio al interés nacional, será destituido y no podrá reintegrarse al Servicio Exterior. Igualmente, quien faltare al deber de secreto profesional una vez terminado su encargo oficial, será destituido y no podrá reingresar al Servicio Exterior.
Independientemente de las sanciones administrativas que se impongan a quienes violaren esta obligación, les podrán ser aplicadas las penas que establezcan sobre la materia las leyes de Nicaragua.
8. Depositar el cargo, al término de sus funciones, en la persona designada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, salvo que justifique imposibilidad de hacerlo. La violación de esta disposición constituye abandono del cargo y dará lugar a las sanciones que se establezcan.
9. Solicitar autorización para ausentarse del Estado Receptor. Los funcionarios acreditados en el exterior, la solicitarán al Jefe de Misión, y éste último solicitará autorización al Ministerio de Relaciones Exteriores.
10. Efectuar la correspondiente rendición de cuentas de los fondos que recibiere, de acuerdo a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
11. Recaudar cuando fuere el caso, los derechos consulares de acuerdo a los aranceles establecidos por la ley, extender los correspondientes recibos y efectuar las transferencias de los ingresos en la forma ordenada por la ley.
12. Cumplir con la Ley sobre Integridad Moral de los Funcionarios y Empleados Públicos.
13. Abstenerse de prestar servicios remunerados o no, a personas físicas o jurídicas distintas del Estado de Nicaragua, sin previa autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando se encuentren acreditados en el extranjero.
Igualmente, no podrán ejercer en el Estado Receptor ninguna actividad profesional o comercial en provecho propio.
14. Observar una conducta personal compatible con la dignidad de la representación de la República.
15. Respetar las leyes, reglamentos, usos y costumbres oficiales y sociales del Estado receptor, y no intervenir en su política interna.
16. Solicitar autorización expresa del Ministerio de Relaciones Exteriores para hacerse cargo de la representación diplomática o consular de otro Estado.
17. Solicitar autorización por escrito del Ministerio de Relaciones Exteriores, para entablar acciones judiciales o renunciar a la exención de jurisdicción o a los privilegios e inmunidades inherentes a su cargo, conforme a la legislación interna y al Derecho Internacional.
18. Usar debidamente de las inmunidades y privilegios que se conceden por razón de la función y de conformidad con las normas del Estado Receptor y los Convenios Internacionales vigentes.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al 62? No hay, es un solo artículo.
Se va a someter a votación.
Se abre la votación.
Está abierta la votación.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo IX.
Vamos al Capítulo IX.
SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
CAPÍTULO X
DERECHOS Y BENEFICIOS
Arto. 63
Los miembros del Servicio Exterior gozaran de los siguientes derechos y beneficios.
1. Los funcionarios acreditados en el extranjero conservaran para los efectos de las leyes nicaragüenses, el domicilio de su último lugar de residencia en el país.
2. Gozaran de inamovilidad y estabilidad en el cargo. Sólo podrán ser removidos de sus cargos por las causas y en la forma que señala la presente ley y su Reglamento.
3. Tendrían las asignaciones que fije el Presupuesto General de la República, acorde con su función, dignidad y jerarquía y los beneficios que establezca la legislación sobre seguridad social de Nicaragua, la presente ley y su Reglamento.
4. Gozarán de Pasaporte Diplomático en los términos establecidos por las disposiciones sobre la materia.
5. Disfrutarán de vacaciones anuales, descanso semanal y de las licencias que por razones justificadas, embarazo y otros motivos que se establezcan en esta ley y su Reglamento.
6. El Ministerio de Relaciones Exteriores asumiría los gastos de traslado y de instalación de los miembros del Servicio Exterior que sean destinados al extranjero, incluyendo su cónyuge e hijos dependientes que vivan con él en el lugar de destino.
En circunstancias excepcionales, se podrán asumir los gastos de traslado de otros familiares del funcionario que estén bajo su dependencia económica.
Esta disposición rige cuando el funcionario sea trasladado a un nuevo destino o cuando por cualquier otra circunstancia regrese al país.
7. Podrán importar y exportar, libre de pago de impuestos, sus efectos personales y objetos de menaje de casa, cuando sean destinados al extranjero o regresen al país por término de la misión o por estar en disponibilidad, ajustándose a lo previsto en las leyes sobre la materia. En caso de regreso al país, podrán importar un automóvil libre de impuestos.
8. Gozarán del derecho a una jubilación digna.
9. Obtener ascensos de acuerdo a esta ley y a sus respectivos reglamentos.
10. Ser sujeto de rotación y traslados de acuerdo a esta ley y sus respectivos reglamentos.
11. Recurrir por vía administrativa ante la aplicación de toda norma, resolución, medida disciplinaria o calificación que considere inadecuada o injusta.
12. También tendrán todos los derechos y beneficios establecidos en la presente ley y su Reglamento.
Arto. 64
El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá, de conformidad con su disponibilidad presupuestaria y de acuerdo a esta Ley y su Reglamento cubrir el importe de pasaje del funcionario acreditado en el exterior en el goce de sus vacaciones.
Arto. 65
Si un funcionario de carrera por causa de accidente o enfermedad, quedare permanentemente incapacitado para continuar en el servicio exterior, será considerado en retiro para los efectos del goce de la pensión establecida por la Iegislación social vigente.
Arto. 66
Todo funcionario del Servicio Exterior que estuviera acreditado ante varios Estados, gozaría del reembolso de los gastos que le ocasionaren el desempeño de sus funciones concurrentes y que hayan sido autorizados previamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Asimismo, se le otorgaran los pasajes correspondientes. Excepcionalmente, se podrán autorizar los gastos de pasaje de su cónyuge cuando requerimientos protocolarios así lo aconsejen.
Arto. 67
Cuando un funcionario falleciera en el exterior, el Gobierno sufragará los gastos de embalsamiento o incineración del cadáver y los de su traslado a Nicaragua, y entregará al cónyuge o a los hijos, según el caso, las remuneraciones y derechos que le correspondieren conforme a la ley. El Gobierno también sufragará los gastos de traslado de los miembros de su familia, mencionados en el Arto. 63 inciso (6).
Si el fallecimiento fuere de alguno de los miembros de su familia mencionados en el Arto. 63, inciso 6), el Gobierno sufragaría los gastos a que se refiere el inciso primero de este artículo.
Arto. 68
Los miembros del Servicio Exterior designados para desempeñar funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores u otra dependencia de la Administración Pública, recibirán las asignaciones que el Presupuesto General de la República asigne a dicho cargo y rango, y tendrán los derechos y demás beneficios que señalen las leyes correspondientes.
Arto. 69
Cuando un funcionario de carrera se considere lesionado en sus derechos, podrá presentar su reclamo ante la Comisión de Personal, en un plazo que no excedería los sesenta días hábiles, a partir de la fecha que tuviera conocimiento del hecho que motive su reclamo, y acompañaría su presentación con las correspondientes pruebas.
La Comisión de Personal podrá formular sus recomendaciones al Ministro de Relaciones Exteriores, quien determinará lo que considere más adecuado conforme a las leyes y las circunstancias.
Esta disposición no excluye las acciones judiciales que puedan entablarse de conformidad con las leyes nacionales.
PRESIDENTE EN FUNCIONES EDWIN CASTRO RIVERA:
¿Observaciones al 63? No hay.
¿Observaciones al 64?
¿Observaciones al 65?
¿Observaciones al 66?
¿Observaciones al 67?
¿Observaciones al 68?
¿Observaciones al 69?
Se somete a votación el Capítulo.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Está abierta la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo X.
Vamos al siguiente Capítulo. Su lectura.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPITULO XI
SEPARACION DEL SERVICIO EXTERIOR
Arto. 70
Los miembros del Servicio Exterior podrán ser separados de sus cargos temporalmente, por disponibilidad. La carrera termina en forma definitiva por las causales que señala el Arto. 74.
Arto. 71
El personal de carrera del Servicio Exterior, que haya prestado sus servicios por un mínimo de cinco años, podrá quedar en disponibilidad por el periodo de tres años, sin goce de sueldo ni beneficios, cuando así lo solicite el interesado, y dicha solicitud sea aprobada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Los funcionarios del personal de carrera del Servicio Exterior en situación de disponibilidad voluntaria no acumulan antigüedad, y por consiguiente, no podrán beneficiarse de ningún ascenso durante el periodo que permanezca en esta situación.
Arto. 72
El Ministro de Relaciones Exteriores, por conveniencia del Servicio, podrá acordar el paso a disponibilidad sin goce de sueldo, de un funcionario de carrera por un plazo no mayor de tres años.
Este período en disponibilidad se computara para fines de antigüedad como si estuviese en servicio activo.
Arto. 73
El funcionario que, transcurrido el periodo de disponibilidad no hubiere solicitado su reincorporación, o una prorroga en el caso que corresponda, incurrirá en abandono del cargo y se acordara su cesantía.
Arto. 74
La carrera termina por:
1. Muerte;
2. Pérdida de la nacionalidad nicaragüense;
3. Jubilación;
4. Renuncia;
5. Destitución;
6. Retiro por sufrir alguna enfermedad o accidente que no le permita física o mentalmente ser apto para continuar en el desempeño de las funciones del Servicio Exterior.
Arto. 75
Son causas de destitución:
1. Abandono del cargo;
2. Ser condenado mediante sentencia firme dictada por delito que merezca pena más que correccional;
3. Falta grave al decoro y la dignidad de la función;
4. Violar intencionalmente el secreto profesional conforme lo dispuesto en el Arto. 62, numeral 6) y 7) de esta ley, causando perjuicio al interés nacional.
5. Uso ilícito de las franquicias, valija y correos diplomáticos, o de las inmunidades y privilegios inherentes al cargo.
6. Desobediencia grave y reiterada a las instrucciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, que cause perjuicio al interés nacional.
Arto. 76
Los funcionarios del Servicio Exterior tendrán derecho a la jubilación por antigüedad en el servicio o por edad de acuerdo a las disposiciones contenidas en las leyes de seguridad social y los acuerdos celebrados, o que pudieren celebrarse entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y las instituciones de Seguridad Social.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS;
¿No hay observaciones al 70?
¿Observaciones al 71? No hay.
¿Observaciones al 72? No hay.
¿Observaciones al 73? No hay.
¿
Observaciones al 74? No hay.
¿Observaciones al 75? No hay.
¿Observaciones al 76?
A votación el capítulo.
Está abierta la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
El resultado es: 59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo XI.
Vamos a suspender por el momento la discusión de esta ley, para pasar a la toma de posesión, y continuamos después.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
Vamos a continuar con la Ley del Servicio Exterior, Capítulo XII.
Su lectura.
SECRETARIO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
CAPÍTULO XII
REGIMEN DISCIPLINARIO
Arto. 77
El funcionario que infringiere las obligaciones establecidas en la presente ley será sancionado con una medida disciplinaria proporcional a la infracción cometida.
Arto. 78
Las medidas disciplinarias podrían ser:
1. Amonestación verbal.
2. Amonestación escrita.
3. Prolongación del período ordinario para propuesta de ascenso.
4. Suspensión del Servicio hasta por un mes sin goce de sueldo.
5. Traslado.
6. Petición de renuncia;
7. Destitución.
Hasta aquí el capítulo.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 79?
No hay. Capítulo XII.
¿Observaciones al 77? No hay.
¿Al 78? No hay.
Se abre la votación del Capítulo.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo.
Capítulo XIII.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPÍTULO XIII
ESCALAFÓN DEL SERVICIO EXTERIOR
Arto. 79
Se crea el Escalafón del Servicio Exterior, como el medio de registro y de prueba de la situación, categoría, mérito y antigüedad de los funcionarios inscritos en el.
Arto.80
La inscripción en el Escalafón se dispondrá por medio de Acuerdo Ejecutivo publicado en "La Gaceta", Diario Oficial.
Arto. 81
A los efectos de la presente ley, se establecen las siguientes equivalencias:
Embajador. Sin equivalencia: Vice-Ministro, Secretario General, Director General de Política Exterior, Director de Academia Diplomática, Director General de Ceremonial, y Protocolo del Estado, Asesores.
Ministro Consejero: Cónsul General: Director General: Consejero. Primer Cónsul. Director.
Primer Secretario. Segundo Cónsul. Sub-Director de Área. Segundo Secretario. Tercer Cónsul. Jefe de Departamento. Tercer Secretario. Vice Cónsul. Sub-Jefe de Departamento. Agregado Diplomático. Agregado Consular. Analista.
Las disposiciones de este artículo se entienden sin perjuicio de las facultades del Ministerio de nombrar en circunstancias especiales a miembros del personal de carrera del Servicio Exterior para desempeñar funciones de rango superior a las que les corresponde de acuerdo a su categoría en el Escalafón. Una vez concluidas dichas funciones se retornara a la categoría que corresponde en el Escalafón de conformidad a las disposiciones de esta ley su Reglamento.
Hasta aquí el Capitulo XIII.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 79? No hay.
¿Al 80? No hay.
¿Al 81? No hay.
¿No hay ninguna observación?
Doctor Calero, Tinoco, ¿no hay?
Bueno, se abre a votación el capítulo.
Se va a cerrar la votación.
Todavía están votando.
Se va a cerrar.
Se cierra.
62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo XIII.
Vamos al XIV.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPÍTULO XIV
COMISIÓN DE PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR
Arto. 82
Para el mejor cumplimiento de las funciones y fines del Servicio Exterior, se establecerá en el Ministerio de Relaciones Exteriores la Comisión de Personal del Servicio Exterior, la cual estará presidida por el Vice-Ministro e integrada por el Secretario General y el Director General de Política Exterior de dicho Ministerio.
Arto. 83
Los funcionarios de esta Comisión formularan recomendaciones sobre diferentes aspectos relacionados con la aplicación de la presente ley y su Reglamento. Dichas recomendaciones tendrán carácter considerativo y serán presentadas al Ministro de Relaciones Exteriores.
Arto. 84
La Comisión de Personal, con asistencia técnica de la Dirección de Recursos Humanos, establecerá un sistema para evaluar periódicamente a los funcionarios pertenecientes a la carrera de acuerdo a los méritos y de conformidad a la presente ley y su Reglamento.
Los resultados de las evaluaciones se incluirán en el expediente personal del funcionario.
Hasta aquí el Capítulo XIV.
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 82? No hay.
¿AI
83? No hay.
¿Al 84? No hay.
No hay ninguna observación, se abre a votación el Capítulo.
Está abierta la votación.
Se va a cerrar.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo XIV.
Vamos a la lectura del Capítulo XV.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPÍTULO XV
ACADEMIA DIPLOMÁTICA
Arto. 85
La Academia Diplomática, en adelante la Academia, será un centro de estudios destinado a la formación, perfeccionamiento y actualización de aspirantes e integrantes del Servicio Exterior de Nicaragua para el mejor desempeño de sus funciones.
Arto. 86
Además de las funciones expresadas en el artículo anterior, la Academia desarrollará por sí misma o con otras instituciones del Estado o con la empresa privada, cursos, conferencias, charlas, seminarios, paneles, talleres, presentaciones y exposiciones para los funcionarios del Servicio Exterior u otros funcionarios del Estado. Asimismo, podrá ofrecer dichos eventos al personal de entidades privadas que tengan interés en conocer, investigar o profundizar en temas propios de las relaciones internacionales, o conocer acerca de procedimientos protocolarios.
Arto. 87
La Academia será también un centro de promoción de investigaciones y divulgación de temas internacionales.
Arto. 88
La Academia podrá tener el concurso de instituciones de Educación Superior de reconocida trayectoria, y de entidades nacionales e internacionales afines, con el propósito de alcanzar el más alto grado posible de idoneidad académica en los programas y actividades que le corresponda desarrollar.
Arto. 89
La Academia que estará a cargo de un Director con rango de Embajador dependerá directamente del Ministerio de Relaciones Exteriores, a cuyo cargo estará su reglamentación, organización y funcionamiento.
Hasta aquí el Capítulo XV.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
¿Observaciones al artículo 85? No hay.
¿Observaciones al 86? No hay.
¿Observaciones al 87? No hay.
¿Observaciones al artículo 88? No hay.
¿Observaciones al 89? No hay.
Ninguna observación a este Capítulo.
Entonces si no existen, vamos a la votación del Capítulo.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo XV.
Vamos a la lectura del Capítulo XVI.
SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
CAPÍTULO XVI
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS:
Arto. 90
Las disposiciones de la presente ley son aplicables, en lo pertinente, a los funcionarios del Servicio Exterior aun cuando no pertenezcan al personal de carrera.
Arto. 91
A partir de la vigencia de la presente ley, los nombramientos correspondientes al Servicio Exterior, con excepción de los que sean de libre designación del Presidente de la República, deberán recaer en funcionarios de carrera del Servicio Exterior, a medida que se presenten vacantes y siempre y cuando exista personal inscrito para dicha categoría en el Escalafón.
Arto. 92
La situación de los funcionarios que se encuentren desempeñando cargos en las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes, Oficinas Consulares o en el Ministerio de Relaciones Exteriores, al entrar en vigencia la presente ley, se resolvería conforme a las disposiciones siguientes:
1. Los funcionarios que, al entrar en vigencia la presente ley, se desempeñan en el Servicio Exterior, tanto en el Ministerio como en el extranjero, y manifiesten interés de continuar sus funciones, seguirán desempeñando sus respectivos cargos de conformidad a lo dispuesto por la presente ley.
Un Comité Especial Calificador, previo informe de la Dirección de Recursos Humanos, determinará la posición que corresponda a cada funcionario en el Escalafón.
2. Las personas que se encuentren desempeñando labores administrativas o de servicios en la Sede del Ministerio de Relaciones Exteriores o en el exterior, no quedan comprendidas en las disposiciones de la presente ley.
3. Podrán ingresar al Servicio Exterior quienes se hayan desempeñado por más de 5 años en cargos diplomáticos durante los gobiernos anteriores. A este efecto, el Comité Especial Calificador determinará su reingreso y la posición que corresponda a los funcionarios de que trata el presente párrafo.
Arto. 93
Se crea con carácter transitorio un Comité Especial Calificador, que en adelante se denominará Comité, para establecer el primer Escalafón del Servicio Exterior. El Comité estará integrado por el Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo preside, el Vice-Ministro de Relaciones Exteriores, Secretario de la Presidencia, Secretario Privado de la Presidencia, Director de la Academia Diplomática y otras personalidades que tenga a bien designar el Presidente de la República.
El Comité, en un plazo no mayor de ciento ochenta días hábiles a partir de la publicación de esta ley conformara el primer Escalafón del Servicio Exterior, determinando, caso por caso, la posición de cada funcionario de acuerdo a las disposiciones de la presente ley y su Reglamento.
El Comité determinará sus propios procedimientos de trabajo interno.
El Comité notificará a los interesados las resoluciones que acuerde sobre sus respectivas situaciones en el Escalafón, en un plazo máximo de diez días hábiles después de que haya tornado su decisión.
El Comité podrá determinar la categoría definitiva o provisional que corresponda a cada funcionario en el Escalafón. El Comité determinará el tiempo y los requisitos académicos que deberán cumplir los funcionarios situados en el Escalafón en categoría provisional para ser inscritos en forma definitiva.
El funcionario que no cumpla con los requisitos establecidos para ser inscrito en forma definitiva en el Escalafón quedará retirado de la carrera.
Los funcionarios notificados de su ingreso en el Escalafón y que no estuvieren de acuerdo con la decisión del Comité en lo que respecta a su categoría, tienen un plazo no mayor de diez días hábiles
a
partir del recibo de la notificación para presentar su reclamo al Comité, aportando argumentos y documentos que estimen convenientes.
El Comité tiene treinta días hábiles para resolver. Su decisión será definitiva y agotará la vía administrativa.
Arto. 94
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.
Arto. 95
La presente Ley deroga todas las disposiciones legales y administrativas existentes sobre la materia, con excepción del Decreto Ejecutivo No. 24-97, Decreto Creador de la Academia Diplomáticas "José de Marcoleta", publicado en La Gaceta No. 83 del 6 de Mayo de 1997.
Arto. 96
La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Observaciones al artículo 90.
Se le concede la palabra al honorable Diputado Fanor Herrera Pérez.
DIPUTADO FANOR HERRERA PÉREZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Antes dejarle la palabra al Presidente de la Comisión, me gustarla decirle que cuenta en sus manos con dos mociones que queremos introducir de consenso en los artículos 92 y 93. Así es que dejo al Doctor Calero para que haga la presentación de las mociones en los artículos 92 y 93. Posteriormente quisiera que me dejara todavía en el uso de la palabra, señor Presidente.
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Doctor Calero, tiene el uso de la palabra.
DIPUTADO ADOLFO CALERO:
Hay dos mociones de consenso. La primera es al artículo 92, inciso 3), el cual se leerá así: "Si la estructura del servicio exterior lo amerita, el MINRE considerará, para selección y aprobación, las solicitudes de aquellos quienes además de cumplir con los requisitos señalados en el artículo 36, se hayan desempeñado por más de cinco años en cargos diplomáticos. A su efecto, el Comité Especial Calificador determinará su ingreso y la categoría que les corresponderá". Esto para el artículo 92, inciso 3). Ahora al artículo 93. El primer párrafo deberá sustituirse por el siguiente texto: "Se crea con carácter transitorio un Comité Especial Calificador, que en adelante se denominara Comité, para establecer el primer escalafón del servicio exterior. El Comité estará integrado por el Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo preside, el Vice-Ministro de Relaciones Exteriores, un representante de la Presidencia de la República, y el Director de la Academia Diplomática".
PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:
Bueno, vamos a votarlo aquí.
¿Observaciones al 90? No hay.
¿Al 91? No hay.
¿Al 92? Sí, hay.
¿Al 93? Hay Observaciones.
¿Al 94? Hay.
¿Al 95? No hay.
¿Al 96? No hay.
Vamos a votar las Observaciones de los artículos 92 y 93, que son de consenso.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Quedan aprobadas las dos mociones.
Vamos a someter a votación el Capítulo.
A votación el Capítulo.
Está abierta la votación al Capítulo XVI.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo XVI, y así toda la Ley del Servicio Exterior.
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
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