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Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:16 de Mayo del 2003
Fecha Aprobación:16 de Mayo del 2003
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" LEY DE ADICION A LA LEY N° 185, CODIGO DEL TRABAJO "

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Managua, 12 de Mayo del 2003.

Managua, 14 de Mayo del año 2003.

CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 26 DE JUNIO DEL 2003. (XIX LEGISLATURA)

SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:

3.51: VETO PARCIAL DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA AL PROYECTO DE LEY N° 456 “LEY DE ADICION DE RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A LA LEY N° 185, CODIGO DEL TRABAJO”.
Managua, 4 de Julio de 2003-10-30
SAL-1345-4-6-3-JVP


Doctor
Miguel López Baldizón
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor López:

Me permito hacer llegar a Usted, Veto Parcial al Proyecto de Ley N° 456, “Ley de Adición de Riesgos y Enfermedades Profesionales a la Ley N° 185, Código del Trabajo”, con su correspondiente Expresión de Motivos.

Sin más a que hacer referencia, le saludo cordialmente,


Julia Vega Pasquier
Secretario

Managua, 4 de Junio de 2003.
DP/212/03
Ingeniero
Jaime Cuadra Somarriba
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho


Honorable Señor Presidente:

Fundamentado en las atribuciones que me confieren los artículos 142, 143 y 150, numeral 3) de la Constitución Política de la República, someto a consideración de la Honorable Asamblea Nacional la aprobación del Veto Parcial al Proyecto de Ley N° 456, “Ley de Adición de Riesgos y Enfermedades Profesionales a la Ley N° 185, Código del Trabajo”.

Aprovecho la ocasión para reiterar a este Poder del Estado las muestras de mi más alta estima y consideración.

Afectísimo,
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República

EXPOSICION DE MOTIVOS


Con fecha veintiuno de Mayo del presente año, recibí de la Honorable Asamblea Nacional el proyecto de Ley N° 456, “Ley de Adición de Riesgos y Enfermedades Profesionales a la Ley N° 185, Código del Trabajo”, para su sanción, promulgación y publicación. Sin embargo después de un profundo análisis del referido Proyecto de Ley, me veo en la necesidad de hacer un aporte al mismo para mejorar aún más su contenido, y por tal razón he tomado la decisión de ejercer el Derecho al Veto que me concede el numeral 3) del Arto.150 Cn. Es por esta razón que procedo a vetar parcialmente el Proyecto de Ley N° 456, exponiendo dentro del término preceptuado en el Arto. 142 Cn. Las consideraciones jurídicas que me asisten.

Como lo he expresado en otras oportunidades, es responsabilidad del Presidente de la República de Nicaragua velar porque los proyectos de Ley que nos envía la Asamblea Nacional para su sanción, promulgación y publicación, estén de acuerdo con las leyes vigentes y nuestra realidad social, responsabilidad que como gestor del bien común me impone garantizar el respeto y la supremacía de nuestra Constitución Policía, en bienestar de todos los nicaragüenses.

El estudio y análisis del referido Proyecto de Ley N° 456, “Ley de Adición de Riesgos y Enfermedades Profesionales a la Ley N° 185, Código del Trabajo”, me lleva a expresar a la Honorable Asamblea Nacional las reservas que tengo en cuanto a la conveniencia de sancionar el mencionado proyecto de Ley, tomando en consideración la incidencia negativa que tendrían algunas de sus disposiciones por no estar acordes a las realidades económicas y sociales que vivimos, por lo que considero que debe ser mejorado incluyendo aspectos que lo enriquecen, tales como la conformación de una comisión científica para calificar a las enfermedades que podrán ser incluidas como origen laboral sujetas a compensaciones del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, y el establecimiento de plazos razonables para que las instituciones participantes en el proceso puedan determinar conclusiones justas en torno al dictamen de las enfermedades profesionales.

Este Veto Parcial que el día de hoy presento ante la Honorable Asamblea Nacional, tiene como finalidad la incorporación de conceptos que aseguren la viabilidad de la Ley N° 456 y la fortalezcan jurídicamente, logrando:

· Que no se exponga a los pequeños y medianos empresarios a los peligros de una irracional incorporación de enfermedades laborales no calificadas.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE EN FUNCIONES RENE NUÑEZ:

Pasa el siguiente proyecto de ley a la Comisión Laboral para su debido Dictamen.


CONTINUACION DE LA SEGUNDA SESION ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA 15 DE JUNIO DEL 2004. (VIGESIMA LEGISLATURA).

SECRETARIO EDUARDO GOMEZ LOPEZ:

En el mismo Adendum N° 2, numeral 3.33. VETO PARCIAL DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A LA LEY N° 456, "LEY DE ADICION DE RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A LA LEY N° 185, CODIGO DEL TRABAJO). (Dictamen Desfavorable).

COMISION DE ASUNTOS LABORALES Y GREMIALES

DICTAMEN


Managua, 17 de Julio del 2003.


Doctor
MIGUEL LOPEZ BALDIZON
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Doctor López Baldizón:

Los suscritos miembros de la comisión de Asuntos Laborales y Gremiales de la Asamblea Nacional, nos reunimos el día 09 de Julio del corriente año, para dictaminar sobre la aprobación o del rechazo al Veto de la Presidencia de la República a la Ley N° 456 Ley de Adición de Riesgos y Enfermedades Profesionales a la Ley N° 185, Código del Trabajo.

Al respecto debemos manifestarle que por las razones que más adelante detallamos, hemos decidido RECHAZAR EL VETO PRESENTADO POR EL PODER EJECUTIVO.

Sin más a que hacer referencia y en espera de que todos los Honorables Diputados aprueban nuestro DICTAMEN DESFAVORABLE al veto presentado por el Ejecutivo, se suscriben de usted,
Atentamente,

ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidenta

DICTAMEN


Managua, 17 de julio del año 2003.

INGENIERO
JAIME CUADRA SOMARRIBA
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
SU DESPACHO.


Honorable Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales de la Asamblea Nacional, nos reunimos el día nueve de julio del corriente año, para dictaminar sobre la aprobación o rechazo al veto de la Presidencia de la República a la Ley N° 456, Ley de Adición de Riesgos y Enfermedades Profesionales a la Ley 185, Código del Trabajo.

Al respecto debemos manifestarle que por las razones que más adelante detallamos, hemos decidido RECHAZAR EL VETO PRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A LA LEY 456, LEY DE ADICION DE RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A LA LEY 185, CODIGO DEL TRABAJO.

Sin más al respecto y en espera de que todos los HONORABLES DIPUTADOS aprueben nuestro DICTAMEN DESFAVORABLE al veto presentado por el Presidente de la República, se suscribe atentamente,


ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTA

DICTAMEN


SOBRE EL VETO PRESIDENCIAL A LA LEY 456 LEY
DE ADICION DE RIESGOS Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES A LA LEY 185, CODIGO DEL
TRABAJO

La Ley 456, Ley de Adición de Riesgos y Enfermedades Profesionales a la Ley 185, Código del Trabajo, fue aprobada por este plenario de la Asamblea Nacional, el día dieciséis de mayo del corriente año, con el sano propósito de proteger la vida y la salud de todos los trabajadores nicaragüenses que laboran en situaciones de alto riesgo.

El cuerpo de dicha ley, está debidamente estructura y descansa básicamente sobre las siguientes premisas: A) Adiciona al Código del Trabajo la enfermedad profesional de INSUFICIENCIA RENAL CRONICA B) Abre las posibilidades para que toda enfermedad profesional debidamente diagnosticada por autoridad competente, sea incorporada de manera ágil al Código del Trabajo. C) Confirma la competencia del Ministerio del Trabajo, para diagnosticar las enfermedades de riesgos profesionales y establece una figura institucional de apoyo a su labor sobre la base de una comisión interinstitucional. D) En consonancia con el Convenio 144 de la OIT y las disposiciones constitucionales en los Artos 49 y 50 Cn, garantiza la participación de los sindicatos en la discusión y procesos del dictamen de las enfermedades profesionales. E) Determina el plazo prudencial de treinta días prorrogables por quince días más para desarrollar el proceso de calificación y la comprobación de una nueva enfermedad profesional. F) Faculta al Ministerio del Trabajo a tomar las medidas pertinentes, para corregir y sancionar la violación de esta ley. G) Deja la facultad a los trabajadores de hacer uso de los procesos judiciales, para reclamar sus derechos provenientes de las enfermedades profesionales.

El cuatro de Junio del corriente año, el Presidente de la República, Ing. Enrique Bolaños presentó oficialmente a la Asamblea Nacional el Veto Parcial a la Ley 456. Ley de Adición de los Riesgos y Enfermedades Profesionales, a la Ley 185, Código del Trabajo. Después de realizar un análisis jurídico de fondo, la Comisión Laboral dictamina lo siguiente:

ALGUNOS ANTECEDENTES DEL PROBLEMA:

Centro América y particularmente Nicaragua, por ser una región esencialmente agrícola ha sido históricamente sensible al grave problema de las enfermedades profesionales derivados de altos índices de intoxicación por químicos y plaguicidas.

Según datos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) a través de su división de salud y ambiente, publicado EN DICIEMBRE DEL AÑO 2002, bajo el título " plaguicidas y salud en ISTMO CENTRO AMERICANO" sumando la informando recabada de los siete países de la región del período de mil novecientos noventa y dos al dos mil uno, se registraron un total de 43,368 casos de intoxicaciones agudas por plaguicidas y 4,323 muertos asociadas a las mismas.

Las tasas de incidencias expresadas por 100,000 habitantes muestran un patrón general ascendente para este período, especialmente en el Salvador, Nicaragua y Guatemala.

De acuerdo a exposición brindada por la Organización Panamericana de la Salud, esta Comisión, el día 09 de Julio del corriente año, refleja que en Nicaragua, según estudios recientes, la intoxicación crónica por plaguicidas produce un promedio de 200 suicidios al año y según datos de la OPS, la suma de pérdidas directas por intoxicación y enfermedades profesionales derivadas, anda alrededor de ocho millones de dólares anuales.

Esta tipología de enfermedades profesionales produce normalmente niveles de intoxicación claramente diferenciadas. Se conocen e identifican las llamadas intoxicaciones agudas que son rápidamente detectadas y de síntomas visibles e inmediatos. Pero también se conocen las llamadas intoxicaciones crónicas, cuyos efectos, solamente son detectados a largo plazo y cuyas consecuencias físicas naturales trascienden incluso a las etapas de exposición del trabajador al elemento contaminante.

Los estudios realizados por la OPS, en muestras de leche materna en Occidente del país, indicaron la presencia de contaminantes de plaguicidas que superan en 700 veces los límites admisibles y éstos se derivan de la exposición por muchísimos años a los llamados plaguicidas organoclorados, los cuales se eliminan del ambiente en un promedio de 150 a 200 años.

Para nadie es un secreto que tradicionalmente en los Ingenios azucareros nicaragüenses durante muchísimas años se ha utilizado, y en algunos casos se siguen utilizando contaminantes químicos y plaguicidas cuyos efectos mortales han sido denunciados y condenados internacionalmente. Las plantaciones agrícolas nicaragüenses y entre ellas los ingenios azucareros, han sido tradicionalmente escenarios laborales en los que el uso de órganos fosforados y otros agentes contaminantes han constituido una práctica común.

La suma de estos factores de riesgos aunados a las pésimas condiciones de trabajo en las cuales se han visto forzados a laborar los trabajadores de los ingenios, nos obliga a aceptar la premisa de que al margen de cualquier consideración de multicausalidad en relación a la Insuficiencia Renal Crónica, esta enfermedad, efectivamente es una patología ocupacional.

Con estas premisas de fondo, pasamos ahora a abordar de la perspectiva jurídica, el contenido del veto que nos ocupa.

SOBRE EL VETO PRESIDENCIAL DE LA REPUBLICA:

El veto presentado por el Presidente Enrique Bolaños a la Presidencia de la Asamblea Nacional, para ser discutido en este Plenario, tiene la APARIENCIA de ser un VETO PARCIAL, pero por su contenido y alcance, genera los mismos efectos legales de un VETO TOTAL a la Ley 456 que califica la INSUFICIENCIA RENAL CRONICA como enfermedad profesional y de hecho genera consecuencias derogatorias sobre la misma al privarla de sus contenidos esenciales.

Igualmente el veto del Presidente trasciende de la Ley 456 y violenta de manera flagrante conceptos y disposiciones expresamente contenidas en la Constitución Política, tal y como oportunamente lo demostramos.

LOS ALCANCES DEROGATORIOS DEL VETO CON RELACION A LA LEY 456:

De la misma forma, esta redacción particular del Arto. 6 encubre y propicia las prácticas de PRODUCCION SUCIA, de los empresarios y lo es peor, le traslada al Estado la carga de la reparación de los daños generados por la misma, por la vía del SEGURO SOCIAL, quién finalmente terminará pagando a los trabajadores las indemnizaciones y costas de los daños recibidos contrariando el espíritu del Arto. 75 de la Orgánica del Seguro Social.

VIOLACIONES CONSTITUCIONALES:

Finalmente, es obvio que el texto del veto del Presidente de la República, en la práctica violenta el espíritu y contenido de las siguientes disposiciones constitucionales:

En este sentido, el Veto Presidencial tiene graves por el RECLAMO JUDICIAL DE LOS TRABAJADORES COMO, ya que RESTRINGE LAS POSIBILIDADES DE LA DEMANDA Y EL RECLAMO JUDICIAL A EMPRESARIOS que mantienen negligentemente CONDICIONES DE RIESGOS en los medios laborales, violentando de esta forma las disposiciones citadas.

Por todo lo antes expuestos, la Comisión Laboral y Gremial de la Asamblea Nacional, de conformidad con el Arto. 58 del Estatuto General, esta Comisión DICTAMINA RECHAZAR EL VETO PRESIDENCIAL A LA LEY 456, LEY DE ADICION DE RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES A LA LEY 185, CODIGO DEL TRABAJO.

COMISION DE ASUNTOS LABORALES Y GREMIALES
ASAMBLEA NACIONAL

ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente


JACARANDA FERNANDEZ ROBERTO GONZALEZ GAITAN
Primer Vicepresidente Segundo Vicepresidente

IRIS MONTENEGRO DONALD LACAYO NUÑEZ
Primer Secretario Miembro

ROBERTO SANCHEZ
Miembro
PRESIDENTE CARLOS NOGUERA PASTORA:

A discusión en lo general.

Le damos la palabra al Diputado Nathán Sevilla Gómez.

DIPUTADO NATHAN SEVILLA GOMEZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

En primer lugar, creo que es bueno reconocerle a la Junta Directiva, el hecho de haber puesto en Agenda para ser aprobado hoy, este tema del rechazo al Veto Presidencial sobre una ley que favorece a los trabajadores afectados por la insuficiencia renal crónica, que fue aprobado por esta Asamblea Nacional el año pasado, en honor a la verdad y a la justicia que habría que hacer para estos trabajadores que son víctimas de condiciones inhumanas en las plantaciones donde laboran, sometidos no sólo a las condiciones infrahumanas de vivienda, sino también a los efectos tóxicos de los agroquímicos, sin que exista una verdadera responsabilidad patronal debidamente respaldada por la ley.

Eso es precisamente lo que la Asamblea ha hecho cuando aprobó esta ley, darle al empleador también su responsabilidad frente a este tipo de problemas de salud crónicos, generados por las malas condiciones de vida y de higiene y seguridad ocupacional que existen en estos lugares. De tal forma que esperamos que haya un consenso amplio, unánime, si es posible, para rechazar el Veto Presidencial y hacer que los trabajadores por fin sean beneficiarios de la ley que ya la Asamblea Nacional en su momento aprobó, dándole acogida a la petición, a la demanda de que se considerara como una enfermedad profesional la insuficiencia renal crónica.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CARLOS NOGUERA PASTORA:

Gracias.

Tiene la palabra el honorable Diputado David Castillo Sánchez. ¿Ya no? Bueno.

Tiene la palabra la honorable Diputada Alba Palacios Benavidez.

DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo quiero recordarle a los Diputados miembros de todas las bancadas, que el 16 de Mayo del año pasado, a como se señala en el Dictamen de rechazo al veto, fue aprobada por unanimidad y por consenso esta ley, que posteriormente fue vetada por el señor Presidente. El Dictamen de rechazo al veto, también fue de consenso el día 9 de Julio, cuando dictaminamos en la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales. Ustedes habrán leído y escuchado al Secretario, de los distintos aspectos de orden específico y de orden constitucional, que violenta este Veto del señor Presidente Enrique Bolaños.

Yo solamente quiero puntualizar algunos aspectos, para hacerles el llamado a que nos acompañen a la Bancada Sandinista, a rechazar este veto que atenta contra los derechos de estos trabajadores de la caña y de los diferentes trabajadores que van a ser beneficiados el día de hoy si rechazamos este veto.

Porque hay que recordar que esta ley pequeña de siete artículos, tiene tres cosas fundamentales: Uno, adiciona de forma inmediata la Insuficiencia Renal Crónica, como una enfermedad a la lista del Código del Trabajo; esa es una virtud muy importante.

Lo otro es que permite que se adicionen nuevas enfermedades de cualquier tipo que en otros sectores de trabajadores se puedan dar, como por ejemplo los profesores con las tizas, o el problema de las hilazas, de los ruidos en las Zonas Francas, por citar dos ejemplos más. Entonces, esta ley tiene un alcance particular y general de beneficios a otros trabajadores, que puedan ir a adicionar a través de esta ley al Código del Trabajo, nuevas enfermedades. Y establece la misma ley, un procedimiento ágil y expedito para darles respuesta efectiva a los trabajadores, para darles el derecho a que puedan ser indemnizados cuando se les daña su salud.

El problema de fondo del veto, es que prácticamente la carga del daño y perjuicio a la salud y a la vida de cualquier trabajador, se le traslada única y exclusivamente a la Seguridad Social, dejando con esto exentos a los empresarios de la responsabilidad para indemnizaciones cuando ha habido daños a la vida y a la salud física de cualquier trabajador, sean de éstos o de cualquier otro trabajador, donde a través del procedimiento que aquí se establece, se haya demostrado que el origen de la enfermedad es a partir de las condiciones laborales donde él se desempeñaba. Entonces creo que no es justo que toda la carga se la pasemos al Estado y a la Seguridad Social, y dejemos exentos de la responsabilidad directa y particular a los empresarios.

Por el otro lado, el veto saca de la participación, tanto a las asociaciones como a los sindicatos, en el proceso de ese Comité de Calificación, donde se va a discutir el problema de los trabajadores, para decidir finalmente si se adiciona o no ésta o cualquier otra enfermedad. Y no puede ser que a los afectados a través de sus representantes, se les quite el derecho que por Constitución tienen y que la misma Ley del Código del Trabajo lo establece, para poder decidir sobre la enfermedad que se va a adicionar. Entonces prácticamente anula la participación y mata la participación de los trabajadores, que es otro problema de fondo.

Y algo muy preocupante, que es el otro punto de fondo también del veto y que lo quiero puntualizar, es el tema del tiempo de 45 días que nosotros habíamos establecido en la Ley inicial. Se nos lleva hasta nueve meses, imagínense ustedes, en enfermedades tan graves como éstas o cualquier otra enfermedad, que pasen nueve meses para poder decidir si es o no una enfermedad para adicionarla al Código del Trabajo. Significa entonces que en nueve meses ¿cuántos cañeros más se nos van a morir? ¿Cuántos trabajadores van a tener que morir para cuando logren pasar los nueve meses, y pueda entonces establecerse ese derecho a la indemnización que le corresponda? Creo que eso sería atentar contra la vida humana de los trabajadores.

Y por último, este veto se contradice con otras normas jurídicas ya establecidas por esta Asamblea Nacional, como bien señalaba, en cuanto al artículo 2509 del Código Civil, en materia de daños y perjuicios, y asimismo se opone al espíritu y contenido del artículo 141 de la Ley del Medio Ambiente cuando precisamente el día de hoy hemos decidido dar -esta Asamblea- esta Sesión del día de hoy, en nombre o en saludo al medio ambiente. Estaríamos aprobando hoy un veto que está violentando esa ley, en lo referido a la obligación particular que tienen los empresarios y cualquier ciudadano de reparar los daños ocasionados, no solamente al ecosistema, sino también a la salud y a la calidad de vida de la población. Esto lo dice el artículo 141 de esta ley.

Por tanto, hermanos Diputados de las distintas bancadas, les pedimos que mantengamos el consenso que tuvimos de forma inicial, para respaldar esta ley tan importante para nuestros hermanos trabajadores, y que el día de hoy mantengamos ese compromiso con estos hermanos trabajadores que están aquí el día de hoy, esperando que sus Diputados los apoyen con este rechazo al veto, y podamos entonces definitivamente empezar a decir que en esta Asamblea Nacional también se están priorizando las leyes que van en beneficio de las y los trabajadores nicaragüenses. Así es que les pido a mis hermanos de las bancadas, que acompañen a la Bancada Sandinista en este rechazo al veto.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CARLOS NOGUERA PASTORA:

Gracias, Diputada.

Tiene la palabra el honorable Diputado Orlando José Tardencilla.

DIPUTADO ORLANDO TARDENCILLA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Las cosas hay que plantearlas así de frente, señor Presidente, y le felicito por cumplir el compromiso de la última Sesión Plenaria que tuvimos hace 15 días o hace 12 días para discutir el día de hoy este tema. Igualmente a la Junta Directiva por traernos al punto de debates. En los últimos 25 días, en nombre de la Bancada Azul y Blanco, y por mandato de ella, sostuve aproximadamente cinco reuniones con distintos representantes de los trabajadores y de las personas afectadas por la Enfermedad Renal Crónica, y estuvimos haciendo un análisis a fondo sobre las consecuencias de aprobar o rechazar este veto y la propia consecuencia de la ley.

En honor a la verdad, en la última sesión de trabajo, un representante de aproximadamente mil 300 trabajadores, nos presentó un escrito en el que señaló justamente y de forma sustentada esas consecuencias jurídicas y la necesidad de rechazar el veto. También hizo un análisis a fondo -me estoy refiriendo al Doctor Adrián Meza Castellanos- sobre el tiempo que los trabajadores están perdiendo y las consecuencias de ese tiempo perdido, sobre todo porque no entra en vigencia la ley, en razón de esa tranca, que es la resolución de este veto.

Y ahí nos planteaba que en primer lugar había que rechazar el veto, o en todo caso ponerlo a debate, y si fuera el caso, pues ni modo, que entrase en vigencia la ley con las reformas planteadas por el Ejecutivo, para que entraran en vigencia otros aspectos que beneficiaban a los trabajadores, pero nomás hacía la advertencia de que era una obligación analizar potenciales reformas inmediatas. Esos eran los planteamientos que hacía en ese momento el representante.

Por otro parte, otro grupo de representantes planteaba únicamente las consecuencias jurídicas que implica el aprobar el veto tal y como fue propuesto por el Presidente, o rechazarlo, y ellos tenían -y tengo que ser justo en reconocerlo- un solo planteamiento: rechazo del Veto por las consecuencias jurídicas, morales y sociales que ahí están planteados. Digo esto para que reflexionemos sobre el tiempo que requiere el trámite de formación de ley. Yo recuerdo los encendidos debates que hubo el año pasado cuando se aprobó con un altísimo nivel de consenso esta ley, como lo planteaba Alba Palacios; fueron fuertes los debates, se hicieron grandes planteamientos, la movilización de los trabajadores se hizo permanente, constante, hasta que se logró la ley.

Hubo discusiones de naturaleza técnica, médica, científica, profesionales, y por supuesto subrayó en todo esto los planteamientos políticos partidarios. Esta vez la Asamblea Nacional tiene en sus manos la responsabilidad de determinar si la ley, tal y como fue aprobada por nosotros, entra en vigencia o sólo una parte pequeña de ella. Es una responsabilidad que tenemos que adoptar cada uno de nosotros, y creo que se ha leído con profundidad lo que el Presidente de la República nos está proponiendo como redacción alterna. Todos y cada uno de nosotros estamos conscientes de las consecuencias sociales, morales económicas, políticas, médicas, químicas, técnicas, etc.; sobre esto hay un harto debate sobre el asunto.

Ha llegado el momento de debatir y de tomar decisiones, pero quiero aprovechar que estamos también en momento de decisiones para abordar, aunque tiene una relación bien intrínseca por el universo de personas afectadas. Le ofrezco una solicitud pública a la Comisión de Asuntos Laborales que preside la Diputada Alba Palacios, porque desde Junio del año pasado, en su poder se encuentra una iniciativa de ley que tiene que ver con un universo de aproximadamente 2 mil 700 trabajadores que han venido como 40 veces aquí a solicitar trámites de una ley que para ellos es urgente, es necesaria, es justa y es moral; es una ley de procedimiento, y es un derecho que ellos tienen y que ellos han estado haciendo planteamientos a fondo.

Muchos de esos trabajadores también tienen que ver con los afectados de las enfermedades renales crónicas. De tal suerte, que si vamos a hablar de un concepto de justicia, hablémoslo a integridad. Yo quisiera retomar la responsabilidad de este Plenario, de la conciencia colectiva de este Plenario, para atender estos problemas, y otros por supuesto que van a demandar. Pero por ahora creo, señor Presidente, señor Secretario, que con compromisos de este tipo, puestos a debate aquí, por lo menos empezamos a darle respuesta. Cada uno de nosotros conoce, repito, las consecuencias de este veto, y cada uno de nosotros expresará su punto de vista a la hora de la votación.

Justicia, moralidad, reconocimiento, es lo que los trabajadores de este pueblo merecen de la Asamblea Nacional, y una legislación humanitaria es exactamente su correcto complemento. Espero que al votar los honorables Diputados, tengamos conciencia de esas premisas fundamentales por las cuales legislamos: justicia, moralidad, equidad y apoyo a las causas sociales.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CARLOS NOGUERA PASTORA:

Tiene la palabra el Diputado Miguel López Baldizón.

DIPUTADO MIGUEL LOPEZ BALDIZON:

Gracias, señor Presidente.

Quiero intervenir brevemente sobre este tema. En primer lugar, atendiendo la solicitud que hace días aquí se había hecho sobre que la Junta Directiva incorporara este tema a discusión, a debate aquí en el Plenario. Y efectivamente, como dice el Diputado Orlando Tardencilla, nuestro Jefe de Bancada, y en base a los preceptos constitucionales, los artículos 59, 60 y 61, corresponde en este caso con una relación tripartita, patrono-Estado-trabajador, asuman derechos y deberes en el sentido de proteger el ambiente laboral, de proteger la salud ocupacional de los trabajadores.

Con esa intención y con esa perspectiva, el año pasado logramos aprobar en esta Asamblea Nacional una adición en cuanto a enfermedades profesionales, y al Código Laboral, incorporando entonces la insuficiencia renal crónica como una enfermedad ocupacional, como una enfermedad surgida de un riesgo inherente en el ambiente de trabajo. Y a mí me tocó en aquel momento -en el Ministerio de Salud- siendo Secretario General, impulsar la Comisión Investigadora de la denuncia presentada en aquel entonces, por más de un mil trabajadores ante el Ministerio de Salud. Hoy me corresponde también, como médico y como legislador, respaldar esta solicitud de los trabajadores, pero también como decía el Diputado Tardencilla, ver esto de manera integral.

Tenemos aquí presente en el Plenario, en el auditorio, representantes de tres ingenios azucareros, el Ingenio Monterosa, el Ingenio San Antonio y el Ingenio Javier Guerra, que de alguna manera no solamente reclaman la atención del Estado en la de la salud y las consecuencias de la salud en la exposición de un ambiente ocupacional no óptimo, sino que también reclaman el cumplimiento del pasivo laboral que tienen pendiente de ejecutar desde hace muchísimos años y que tiene a unos 3 mil 300 trabajadores en una situación prácticamente de indigencia.

Entonces creo que es importante ser coherentes y ver esto de manera integral. No solamente necesitan la protección del Estado para poder velar por su salud, la responsabilidad de los patrones y la responsabilidad también de los mismos trabajadores; sino que también se atienda de manera debida, la responsabilidad en el sentido laboral. Se han enviado diferentes comunicaciones a la Asamblea Nacional, a la Procuraduría General de la República, a diferentes instancias, y la respuesta ha sido silencio administrativo.

Yo quiero desde esta Asamblea Nacional instar a todas las autoridades que de alguna manera tiene una responsabilidad asumida en este tema, a que la asuman en plena facultad y en defensa de los derechos y los deberes de los trabajadores aquí presentes. Tanto el Procurador General de la República, como las Comisiones que tienen que ver en este tema, la Comisión de Medio Ambiente, la Comisión de Derechos Humanos, la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales, creo que deben unir esfuerzos para que en el menor corto plazo posible se le dé respuesta a los trabajadores de la industria azucarera en el tema del pasivo laboral, tan importante y tan necesario, como el tema que estamos discutiendo la mañana de hoy.

Inclusive, en conversación con un grupo de trabajadores, dicen que están dispuestos a que este pasivo laboral sea compensado con tierras para que ellos puedan como agricultores, como campesinos, poder seguir viviendo de esas tierras que de alguna manera han venido cultivando durante años. Así ofrecemos nuestro respaldo a la demanda de estos trabajadores que justamente acuden a la Asamblea Nacional, ante los representantes del pueblo, ante los representantes electos, y que lógicamente esperan ser escuchados, atendidos y resueltas sus peticiones.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CARLOS NOGUERA PASTORA:

Tiene la palabra el Diputado Marcelino García Quiroz.

DIPUTADO MARCELINO GARCÍA QUIRÓZ:

Gracias, Señor Presidente.

Quisiera pedirle a todos los honorables Diputados, miembros de las diferentes bancadas, que votemos favorablemente al dictamen que la Comisión Laboral resolvió sobre el veto del Presidente de la República, al margen de las interpretaciones de los artículos de la Constitución, del Código Civil, del Código del Trabajo, etc., porque hay algunas razones en las que claramente debemos estar a favor del rechazo de este veto. Allá en los alrededores de los ingenios, en las comarcas encontramos los problemas, las graves consecuencias de esa enfermedad, que la Insuficiencia Renal Crónica ha generado en la salud de los trabajadores, ex-trabajadores de los ingenios azucareros, y en general en los trabajadores del campo.

En esas comunidades esperan una respuesta de esta naturaleza; los enfermos, los huérfanos, las viudas, lógicamente esperan una respuesta positiva y creo que al margen de todos los intereses partidarios y políticos, todos los Diputados tenemos la obligación de dar una respuesta favorable a estos trabajadores y a los familiares. Quisiera también respaldar los planteamientos acerca del pasivo laboral. Yo creo que hay dos temas importantes para los trabajadores cañeros, en el sentido de que, lo que fue el 25 por ciento para estos trabajadores y su aporte en el sentido de su pasivo laboral, no ha sido compensado, creo que es importante que la Asamblea Nacional ayude a encontrar una solución.

Por las razones, diría yo, más que legales, sociales y humanitarias, les quiero pedir una vez más que votemos a favor del Dictamen y rechacemos el veto.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CARLOS NOGUERA PASTORA:

Gracias, Diputado.

Tiene la palabra, y éste es el último orador, el Diputado Roberto Sánchez Tórrez.

DIPUTADO ROBERTO SÁNCHEZ TÓRREZ:

Gracias, señor Presidente.

Nicaragua está enferma. Desde el 17 de Julio de 1979, han pasado 25 años de que nuestro país padece una flagrante enfermedad; teóricamente ésta se ha trasladado también al campesinado, a nuestra niñez, a nuestra juventud y a nuestras mujeres, y es el tráfico indiscriminado de la drogadicción en nuestro país. Hoy, el caso que nos ocupa es el de los campesinos cañeros, el insecticida verdaderamente ha venido no solamente a poner en riesgo sus vidas, sino a arrebatarles sus vidas.

Han sido gobiernos liberales los que realmente se han preocupado por la salud y el bienestar de nuestra población, y en particular de nuestros trabajadores y de nuestros campesinos. Como ejemplo, el mismo Código del Trabajo, creo que en esta demanda, en esta petición de nuestros campesinos cañeros, con casos que conozco a fondo, estamos en la obligación de respaldar a nuestros cañeros, rechazando ese veto indiscriminado de un gobierno descarnado que viene a demostrar aquí, que no está a favor de los desposeídos y que aquel cuentecito de que era un excelente patrón con la fumigación del algodón, es simplemente cuento, porque no favorece a estos trabajadores.

Señores, votemos en contra de este veto.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CARLOS NOGUERA PASTORA:

En vista de que el Diputado Roberto Sánchez fue el último orador, vamos a proceder entonces a la votación del Dictamen.

Vamos a dejar bien claro cómo va a ser el proceso de votación. Van a votar los Diputados o Diputadas que están a favor del Dictamen presentado, en el cual se rechaza el veto del Poder Ejecutivo. Solamente van a votar aquellos que van a aprobar el Dictamen presentado.

¿Estamos claros? Así lo exige el Reglamento en su artículo referente al veto.

No sé si hay alguna duda de parte del Plenario sobre eso, pero la votación sería que voten los que están a favor del Dictamen que ha sido debidamente presentado.

Se abre la votación.

Se cierra la votación.

39 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones. Por lo tanto, el veto del Presidente de la República queda firme. Esa sería la resolución de la votación.




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