Debates
Ver Iniciativa Asociada.
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
13 de Octubre del 2005
Fecha Aprobación:
13 de Octubre del 2005
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LEY QUE DECLARA EL DIA 23 DE AGOSTO COMO EL DIA NACIONAL DE LA ALFABETIZACIÓN
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Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL 2005, VIGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA
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SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el mismo Adendum 5, el Punto 3.43: LEY QUE DECLARA EL DÍA 23 DE AGOSTO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA ALFABETIZACIÓN.
DICTAMEN
Managua, 20 de Septiembre de 2005.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorables Presidente Núñez:
Los suscritos miembros de la
Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes
de la Asamblea Nacional, nos reunimos con el objetivo de dictaminar el Proyecto de “
Ley que Declara el día 23 de Agosto como el Día Nacional de la Alfabetización”,
que fue remitido por la Primera Secretaría para su debido dictamen.
ANTECEDENTES:
En Nicaragua el analfabetismo ha sido una consecuencia de la falta de políticas públicas encaminadas a sentar las bases del desarrollo educativo del pueblo nicaragüense. La acción y esfuerzos más destacados en la historia de nuestro país, para bajar los índices de analfabetismo y enfrentar la terrible lacra social que azotaba nuestro país, fue la gran Cruzada Nacional de Alfabetización desarrollada en 1980, la cual se llevó a efecto durante cinco largos meses en los cuales se logró movilizar a más de 115 mil maestros, estudiantes de primaria, secundaria y universitarios, así como también a la población en general de manera voluntaria y solidaria.
La gran Cruzada Nacional de Alfabetización considerada por la UNESCO como la movilización y participación popular más grande del siglo XX, tuvo como resultado una extraordinaria reducción del analfabetismo de un 65% hasta un 12.67%, que mereció el otorgamiento del premio internacional
NADIEZKA KRUPSKAYA
de la UNESCO, y que siempre será recordada por el pueblo nicaragüense, la cooperación internacional y los pueblos amigos.
El 24 de Marzo de 1980 dio inicio la gran Cruzada Nacional de Alfabetización la que culminó exitosamente el 23 de Agosto en Nicaragua, lográndose una de las más grandes hazañas del siglo como fue la de alfabetizar a casi medio millón de personas en apenas 5 meses. Con esta cruzada logramos constituirnos en el tercer país de América Latina con el índice más bajo de analfabetismo, después del Uruguay y Cuba e igual al de Estados Unidos.
A ese evento de gran trascendencia le siguieron esfuerzos no menos loables como el Programa de Alfabetización de Adultos, desarrollados en el campo y la ciudad, en los barrios y empresas, y que contó con la participación organizada de grandes grupos de maestros titulares, maestros populares y estudiantes.
Durante su 54 Sesión, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta la resolución 54/122 del 17 de Diciembre de 1999 proclamando el inicio de una década de la alfabetización de Naciones Unidas: en ese mismo contexto en el año 2000 en el Foro Mundial de la educación de Dakar, se realizó una sesión de consulta acerca de la propuesta de la UNESCO denominada "Alfabetización para todos”.
De las consultas efectuadas en nuestro país la alfabetización está concebida como una acción educativa que no tiene edad, que debe desarrollarse dentro y fuera del sistema escolar, a lo largo de toda la vida como una herramienta indispensable para la educación y el aprendizaje permanente y al mismo tiempo como requisito esencial para la ciudadanía y el desarrollo humano y social. El derecho a la alfabetización de cada persona es la vía de acceso a una educación integral tal y como se reconoce en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Por todas las consideraciones especificadas y en base a lo dispuesto en la Constitución Política, Arto. 138. Inciso 12 y en los Artos. 50 y 51 del Estatuto General y el Arto. 59 del Reglamento de la Asamblea Nacional, nosotros los diputados miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social. Cultura y Deportes, lo encontramos conforme y dictaminamos
FAVORABLE. El Proyecto de “Ley que Declara el día 23 de Agosto como el Día Nacional de la Alfabetización”.
Atentamente,
ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ
PRESIDENTE
MARCO AURELIO SÁNCHEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
REYNALDO MAIRENA VALLEJOS
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
FIDEL MORENO BRIONES
PRIMER SECRETARIO
BENITA ARBIZÚ
ROBERTO SÁNCHEZ TÓRREZ
MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN
GUILLERMO MONTENEGRO
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el Dictamen presentado.
A votación el Dictamen presentado.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen presentado.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente:
LEY QUE DECLARA EL DIA 23 DE AGOSTO COMO EL DIA NACIONAL DE LA ALFABETIZACIÓN
Arto.1
Declárese de conformidad con la presente Ley,
EL DIA 23 DE AGOSTO COMO EL DIA NACIONAL DE LA ALFABETIZACIÓN.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 2
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, y con él, la Ley que Declara el Día 23 de Agosto como el Día Nacional de la Alfabetización.
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
.
Edificio Benjamin Zeledón, 10mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 227
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