Debates
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
12 de Julio del 1995
Fecha Aprobación:
22 de Agosto del 1995
...
"
LEY DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
"
Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 17 DE ENERO DE 1995. (DÉCIMA PRIMERA LEGISLATURA).
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Procedemos al punto 3.3 del Orden del Día.
Tiene la palabra el Representante Aníbal Martínez
REPRESENTANTE ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:
EXPOSICION DE MOTIVOS:
A lo largo de varios milenios los seres humanos han venido realizando esfuerzos para darse a sí mismos sistemas de garantías que les permitieran vivir y desenvolverse dentro de un régimen; de convivencia perfeccionable. Por siglos diversas codificaciones de carácter religioso, moral y jurídico vinieron a configurar paulatinamente ese régimen de convivencia que, junto con el avance de las artes y de las técnicas, contribuyó a establecer la diferencia final entre la barbarie y la civilización que hiciera del hombre el centro y destino de sus reflexiones.
De la cuna de la civilización al nacimiento de la democracia helénica; de la Roma juridicial a la edad de la Fe y del Renacimiento al Siglo XIX, la conciencia acerca de la existencia de un hombre con derechos propios, inalienables e imprescriptibles no ha hecho sino crecer y fortalecerse. Sin embargo, no es sino hasta el presente Siglo que esa conciencia llegaría a formalizarse en el texto legislativo multilateral, y los derechos del hombre a adquirir dentro de este reconocimiento formal una nueva dimensión, pero al mismo tiempo una creciente protección internacional.
Las grandes conflagraciones del Siglo XX aceleraron el proceso de organización de la Comunidad Internacional. La Primera Guerra Mundial inspiró los 14 puntos del Presidente Wilson que seguidos del Pacto Kellogs dieron vida a la Sociedad de Naciones en 1918, primer intento universal de ordenamiento de las relaciones entre los Estados y consecuentemente de sus responsabilidades con respecto a la persona humana. Por su parte, la Segunda Guerra Mundial anunciaría su fin con la Proclamación de las cuatro libertades de la carta del Atlántico que junto con la Conferencia de Yalta orientaron las deliberaciones de Dumbarton Oaks de las cuales naciera la actual Organización de Naciones Unidas en 1945, más claras en sus metas que la Sociedad de Naciones, pero también más decisivas en sus actuaciones.
Pero los conflictos bélicos mundiales, no solo propiciaron el nacimiento y desarrollo de las organizaciones ecuménicas internacionales contemporáneas, sino igualmente la aparición y crecimiento de organismos regionales especializados y globales, cuya contribución a la vigencia y el respeto de los Derechos Humanos resulta simplemente invaluable a estas alturas. Tal es el caso particular de la Organización de los Estados Americanos (O.E.A.) la más longeva de todas.
Así en 1948, en dos históricas decisiones adoptadas por consenso, la Organización de Estados Americanos, en Abril, y la Organización de Naciones Unidas en Diciembre, aprobaron la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración Universal de Derechos Humanos, respectivamente.
Por su inobjetable ecumenismo, estas declaraciones "
Urbi et orbi
", vinieron a ser el reconocimiento formal definitivo de los Derechos de la Persona Humana, y la consagración también final del primer intento de sistematización de los mismos realizados por la Asamblea Nacional Francesa el 26 de Agosto de 1789, casi dos siglos antes, fecha en la que aprobaron la Declaración de Derechos del hombre y del Ciudadano.
En Nicaragua, los derechos fundamentales de la persona humana han tenido acogida, con diversa amplitud, en prácticamente todos nuestros textos legales básicos desde la propia Constitución Federal de 1823, que estipuló en su Arto. 1 que
"El pueblo de la República Federal de Centroamérica es soberano e independiente
", y en el Arto. 2.
"Es Esencial al soberano y su primer objeto la conservación de la libertad, igualdad, seguridad y propiedad"
. De estos cuatros grandes conceptos, recogidos íntegramente por la Constitución del Estado de Nicaragua -de 1826 en Arto. 25-, se impregnaron las listas de Garantías Individuales incorporadas en nuestras Constituciones y han inspirado el desarrollo de los modernos derechos económicos, sociales y culturales que ya forman parte también de los originales Derechos del Hombre.
Como las de otros países, las leyes del nuestro establecieron mecanismos jurídicos para proteger el uso y disfrute de esos derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Instituciones como el
Habea
Corpus
y el Recurso de Amparo, dan fe de ellos y el universal principio de la Supremacía de la Constitución habla en el mismo sentido. Más en la medida en que los Derechos Humanos progresaron, expandiéndose y universalizándose, correspondiendo a la progresiva interdependencia de las naciones, se hizo inevitable el nacimiento de mecanismos internacionales destinados a su promoción y defensa, como es el caso del Instituto y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya actividad y jurisdicción han tenido un crecimiento vigoroso.
Con posterioridad a las grandes Declaraciones, otros textos legales internacionales sobre Derechos Humanos, han venido agregándose para precisar su esfera de influencias. Los Estados y Gobiernos no queriendo quedar al margen de esa dialéctica han adherido a los nuevos instrumentos e incluso los han incorpora do a sus Constituciones o Leyes de Bases. Así ocurrió en Nicaragua con el Estatuto Fundamental del 20 de Julio de 1979, que consignó en su artículo 6 que: "Se garantiza la plena vigencia de los Derechos Humanos consignados en la Declaración Universal, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, y en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre". Cabe agregar aquí, que la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pactos de San José, suscrita por el Gobierno de Nicaragua el 22 de Noviembre de 1969, había sido ratificada por el Decreto 174 del 25 de Septiembre de 1979. Y en la actualidad, la Constitución Política de la República establece en su artículo 46 que: "En el territorio nacional toda persona goza de la protección estatal y del reconocimiento de los derechos inherentes a la persona humana, del irrestricto respeto, promoción y protección de los Derechos Humanos, y de la plena vigencia de los Derechos consignados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas y en la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos".
De lo dicho se desprende que uno de los contrafuertes esenciales para la consolidación y permanencia de un régimen de convivencia en paz en los ámbitos nacional e internacional, es la vigencia plena de los derechos fundamentales de la persona humana, y que siendo esta vigencia plena una necesidad evidente, corresponde a cada Estado, país, sociedad y gobierno, la responsabilidad de promoverlo y acreditarlos lo más sólida y profundamente en la conciencia de sus pobladores, habitantes, ciudadanos y dirigentes para que las fricciones puedan resolverse en forma institucional, pacífica, legal y civilizada.
Educar en Derechos Humanos es, entonces, educar para la instauración del Estado de Derecho; es preparar la conducta personal para la convivencia; es, en resumen, sentar bases sólidas para el advenimiento de una paz digna, firme y duradera sustentada en la libertad, la democracia y la justicia. Es este el interés y sentido que animan el siguiente proyecto de
LEY DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
.
JULIA MENA RIVERA ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ
JOSÉ ENRIQUE SILES NARDO RAFAEL SEQUEIRA BAEZ
VÍCTOR MANUEL TALAVERA ADOLFO GARCIA ESQUIVEL
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
A votación si se toma o no en consideración el proyecto de ley.
Se inicia la votación.
Se cierra la votación.
Con 55 votos a favor, ningún voto en contra, se envía a la Comisión correspondiente el Proyecto de Ley sobre Promoción de los Derechos Humanos.
CONTINUACIÓN DE LA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 12 DE JULIO DE 1995. (DÉCIMA PRIMERA LEGISLATURA).
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Muchas gracias.
Continuamos entonces con el punto de La Ley de Promoción de los Derechos Humanos y de la Enseñanza de la Constitución Política.
Tiene la palabra el Diputado Carlos Gallo, para leer el dictamen.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
DICTAMEN
Managua, 16 de Mayo de 1995.
Doctor
LUIS HUMBERTO GUZMAN
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.
Distinguido Señor Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz nos reunimos con el objetivo de dictaminar el Proyecto de
LEY DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
, remitido a esta Comisión por mandato del Plenario de la Asamblea Nacional en la primera Sesión Ordinaria del 17 de Enero de 1995.
Para dar cumplimiento a este mandato, la Comisión elaboró un plan de consultas a diversos organismos e instituciones, del 20 de Febrero al 20 de Marzo del corriente año. Todas ellas, vinculadas de una u otra forma al tema de los Derechos Humanos y al presente proyecto de ley, con el objeto de que formularan sus reflexiones, opiniones y sugerencias en referencia al tema de discusión. Los organismos invitados fueron los siguientes:
Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal
Asociación Nicaragüense de Derechos Humanos
Centro Nicaragüense de Derechos Humanos
Dirección de Información y Prensa de la Presidencia
Consejo Nacional de Universidades
Consejo Nacional de Juventudes
Comisión Permanente de Derechos Humanos
Capítulo del Ombudsman en Nicaragua
Asociación Nicaragüense de Radios (ANIR)
Programa de Derechos Humanos de la UCA
Cámara Nicaragüense de Radio Difusión (CANIRA)
Ministerio de Educación
Foro para la Democracia
Unión de Periodistas de Nicaragua
Instituto para la Democracia
Policía Nacional
Ejército Nacional
Centro para la Democracia adscrito al Ministerio de Educación.
Asociación de Educadores de Nicaragua
Asociación Maestros Independientes
Asociación de Periodistas de Nicaragua
Universidad para la Paz
Los organismos y expertos que evacuaron sus dictámenes fueron:
Programa de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana y Comisión de Comunidades Europeas.
Consejo Nacional de Universidades
Policía Nacional
Alejandro Serrano Caldera
Ernesto Leal Sánchez
Emilio Álvarez Montalván
Roberto Terán
Carlos Tünnermann Bernheim
Centro Nicaragüense de Derechos Humanos
Ministerio de Educación
Programa de Educación para la Democracia
Instituto para el Desarrollo de la Democracia
Universidad para la Paz
Asociación Nicaragüense Pro-Derechos Humanos
El resultado de estas consultas fue satisfactorio, ya que todos los participantes coincidieron en la necesidad de incorporar el estudio de los Derechos Humanos al pensum académico de educación primaria, secundaria y técnico vocacional e instituciones militares (Ejército y Policía). A continuación recogemos los elementos comunes y consideraciones más importantes de los ponentes:
Respecto al título del Proyecto "Ley de Promoción de los Derechos Humanos" hubo propuestas para titularla de forma distinta, con el propósito de integrar necesidades e intereses distintos. Una de las propuestas que la Comisión acoge de forma unánime, es la presentada por el Prof. Dr. Sergio Cuarezma Terán, Director del Programa de Derechos Humanos de la UCA, en el sentido que la ley debe titularse "Ley de Promoción de los Derechos Humanos y de la enseñanza de la Constitución Política".
El Dr. Cuarezma Terán hizo ver a la Comisión en primer lugar, el momento histórico para introducir a la Constitución Política como materia de ineludible estudio y en segundo lugar, estudiar la Constitución Política es conocer y vivir los derechos, libertades, responsabilidades y obligaciones de la persona y del ciudadano en su dimensión integral y real de los Derechos Humanos. Además, la Constitución Política es el fundamento de los Derechos Humanos de los nicaragüenses, de su identidad y de su expresión como Nación.
En esta línea de pensamiento la Constitución Política y los instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados y cualquier otro que lo sea en el futuro serán la base formal y material para la educación de estas materias.
Algunos expositores, como el Dr. Serrano Caldera, Dr. Carlos Tünnermann, recomendaron que el estudio de los Derechos Humanos no sólo debe integrar el conocimiento de los distintos instrumentos jurídicos internacionales, sino la educación preventiva, para la paz y la democracia y que la enseñanza de los mismos debe ser participativa, operativa, creativa e innovativa.
Asimismo, el CENIDH, ANPDH, IPADE, CNU, CED, manifestaron que es obligación del Estado definir la política nacional para la enseñanza de los temas de Derechos Humanos proporcionar los recursos para el logro de estos objetivos. Coinciden en que la educación en Derechos Humanos es un proceso de cambios de actitudes y aptitudes que deben darse en la relación enseñanza-aprendizaje. La información contenida en los instrumentos iinternacionales debe ser enriquecida con elementos afectivos y conductuales que induzcan a un enfoque y a una nueva forma de ver y hacer las actividades cotidianas.
En referencia a la educación superior, el MED, los Drs. Serrano, Cuarezma Terán y Tünnermann, el CENIDH, manifestaron de forma unánime, que corresponde a las universidades definir sus programas de enseñanza en el ejercicio pleno de su autonomía académica, no obstante, sin perder la visión que la enseñanza al nivel superior debe articularse con la que se imparte en los niveles inferiores. En este sentido, son las universidades en el marco de su autonomía que promoverán la educación sobre la Constitución Política, los Derechos Humanos, la democracia, la paz y la justicia.
Expresaron que esta ley debe afectar de Norma imperativa el sistema educativo nacional: Educación primaria, secundaria, técnico y vocacional. Para el caso de las instituciones militares, implementarla con el mismo carácter, pero en coordinación con los Centros de Educación del Ejército y Policía Nacional, ya que por la naturaleza de sus funciones requieren de programas y temas especiales como, por ejemplo, el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Individuales respectivamente. Así lo hizo notar el Ing. Ernesto Leal Sánchez, miembro del Foro por la Paz y la Democracia. Estos criterios fueron acogidos sin reservas por la Comisión.
Sobre los medios de comunicación y la implementación de esta Ley, la Comisión acoge de forma positiva los criterios de los dictaminadores sobre que los medios de comunicación tienen una obligación particular en la tarea de la difusión de la prevención y educación de la Constitución Política y los Derechos Humanos en la sociedad.
El CNU al referirse al rol que deben jugar los medios de comunicación estatal, expresa que "deberían estar obligados a incluir en su programación temas relativos a dicha materia, cuyo contenido debe ser elaborado por los organismos que tutelen la difusión de la cultura de paz y los derechos humanos". Además, el CNU manifestó que la educación de los Derechos Humanos requiere una participación amplia que involucre a todos los sectores de la sociedad; siendo que la educación no debe ser estrictamente formal, un vehículo importante lo constituyen los medios de comunicación social.
La Universidad para la Paz de Naciones Unidas considera a los medios de comunicación como uno de los principales agentes educativos, por lo cual sugiere que la ley contemple la obligación de los medios estatales de establecer programas educativos en Derechos Humanos.
El IPADE, el MED y el Dr. Tünnermann manifiestan que la responsabilidad de la promoción de los Derechos Humanos y los valores no debe recaer únicamente en las instituciones de educación formal, sino de la sociedad en su conjunto, a los padres de familia, los medios de comunicación, partidos políticos, sindicatos.
La Constitución Política atribuye a los medios de comunicación como parte de su función social, la obligación de contribuir al desarrollo de la nación nicaragüense (Arto. 68). Por tal motivo, y para garantizar semejante tarea, los medios de comunicación deben contribuir al desarrollo de la nación. La Constitución Política les protege de forma especial como puede apreciarse de la lectura del propio Arto. 68 Cn.
Con base a lo expresado anteriormente, la Comisión estima que los medios de comunicación del país -sin discriminación- deberán contribuir a la divulgación y promoción de la Constitución Política y de los Derechos Humanos.
Tomando e incluyendo los criterios vertidos por los expertos e instituciones que trabajan en promoción y protección de los Derechos Humanos, la Comisión considera que la intitulación de la presente ley deberá ser
"LEY DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LA ENSEÑANZA DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA
".
Los miembros de la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, de conformidad a la Constitución Política de la República y al artículo 50 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, acuerdan por unanimidad dictaminar FAVORABLEMENTE el presente proyecto, conforme al texto que adjuntamos.
COMISIÓN PRO-DERECHOS HUMANOS Y LA PAZ
CARLOS GALLO OSEJO ALEJANDRO ALONSO JIRON
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
DOMINGO SÁNCHEZ MARIA TERESA DELGADO
SEGUNDO VICEPRESIDENTE PRIMERA SECRETARIA
MYRIAM ARGUELLO MORALES MARTHA GARCÍA CALERO
MIEMBRO MIEMBRO
DORIS TIJERINO
MIEMBRO
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTOMIO TÉFEL VÉLEZ:
A discusión en lo general.
Tiene la palabra la Diputada María Teresa Delgado.
DIPUTADA MARIA TERESA DELGADO MARTINEZ:
Gracias, señor Presidente.
En todas las consultas que ha hecho la Comisión de Derechos Humanos sobre este anteproyecto, las personas han manifestado su satisfacción para que esta sea una Ley de la República, y además que en los distintos colegios de la República se dé a conocer. Porque la verdadera realidad es que los nicaragüenses no conocemos nuestros derechos; y a los estudiantes, a los niños hay que irles inculcando desde pequeños cuáles son sus derechos para que ellos sepan cuando se los están violando, y qué es lo que les corresponde.
Es cierto que nosotros en la Comisión tenemos que respetar la autonomía de las universidades, pero también hemos hablado con los distintos catedráticos y ellos han aceptado y nos van a apoyar para que también los estudiantes conozcan los derechos. Porque la verdadera realidad es que en Nicaragua, los nicaragüenses muchas veces estamos completamente desconociendo las leyes, y como desconocemos las leyes muchos oportunistas se aprovechan y nos violan nuestros derechos. Es por esa razón que yo como miembro de la Comisión de Derechos Humanos, le pido al Plenario que apoyemos este anteproyecto de ley para que sea una Ley de la República, y así avanzar de una forma educativa sobre los derechos humanos.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
A votación en lo general.
Los que votan a favor.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 64 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención, se aprueba en lo general.
Vamos a la discusión en lo particular; el Secretario dará lectura.
SECRETARIO RAY HOOKER TAYLOR:
Arto. 1
La Constitución Política y los Derechos Humanos serán materia de enseñanza obligatoria en la educación primaria, educación media y técnico-vocacional.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
A discusión el artículo primero.
Tiene la palabra la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez.
DIPUTADA MAGDALENA ÚBEDA DE RODRÍGUEZ:
Gracias, Presidente.
Presidente, es de todos conocido que se le está dando un gran énfasis en Nicaragua a la educación pre escolar; los niños que llegan a pre escolar oscilan entre tres y cinco años. Yo como maestra recomendaría que se incluya como obligatoria la enseñanza práctica; pero eso ya sería cuestión de las recomendaciones particulares del Ministerio a estos centros de educación pre escolar. En consecuencia, que el artículo primero de la ley no dejara de lado a los niños que están recibiendo su primera enseñanza que es la pre escolar y que el artículo se pudiera leer así: "La Constitución Política y los Derechos Humanos serán materia de enseñanza obligatoria en la educación pre-escolar, primaria, educación media y técnica-vocacional".
Voy a pasar por escrito mi moción.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el diputado Ramón Gámez.
DIPUTADO RAMON GÁMEZ RODRÍGUEZ:
Gracias, Presidente.
Solo quería hacer una pequeña consulta a los compañeros de la Comisión. La Constitución deja claro lo que es la enseñanza estatal y lo que es la enseñanza en centros de estudios privados. La pregunta mía es que -estando de acuerdo con ese artículo y las modificaciones que está haciendo la compañera Magdalena- en el sentido de que siendo responsabilidad del Estado garantizar la enseñanza en la educación tanto primaria como secundaria, esto cubre también los centros estatales y los centros privados. Esa es la pregunta que quiero que me conteste.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
El artículo en cuestión no hace diferencia de educación pública y privada, sino que habla de toda la educación y por consiguiente obliga a toda la educación en el país ¿Pero hasta ahora está pidiendo alguien de la Comisión la palabra?
Tiene la palabra la Diputada María Teresa Delgado.
DIPUTADA MARIA TERESA DELGADO MARTINEZ:
Nosotros cuando consultamos esta ley, la consultamos con el Ministro Belli y él quedó muy de acuerdo en apoyar para que sea de un estudio en todos los centros, bien fueran privados o sean del Estado. No hay distingo en la educación en ese asunto, porque la verdadera realidad es que se nos violan los derechos, sean estudiantes privados o sean del Estado. Por lo tanto esto va a quedar como un pensum académico.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Se nos han acercado tres Diputados para solicitar a los demás compañeros que bajen la voz, porque no se escucha cada vez que hay una intervención de un Diputado.
Estamos en este momento esperando la moción escrita da la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez.
Tiene la palabra el diputado Carlos Gallo.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
Gracias, Presidente.
Quiero hacer una consideración sobre la propuesta de Magdalena Úbeda. Reconozco el interés de doña Magdalena, porque en el mundo de la niñez en la educación pre-escolar se viva una cultura en favor de los derechos humanos. Pero en nuestro debate de la Comisión nuestro punto de partida fue la primaria, el primer grado, en tanto que el universo de pre-escolar, la educación para estos niños se considera una educación donde el pre-escolar es para ejercitarse sobre algunas capacidades, aptitudes, como bien lo decía recientemente Ray Hooker. El Pre-escolar es para vivencias de bailes, de recreación y de adaptación de los niños; y nosotros pensamos que empezar a desarrollar contenidos de derechos humanos en los pre-escolares, realmente vendríamos a distorsionar el concepto claro que se tiene sobre lo que es la educación en esos niveles. Por lo tanto, voy a sostener aquí el dictamen tal como está.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez.
DIPUTADA MAGDALENA ÚBEDA DE RODRÍGUEZ:
Yo quiero decirle a la Asamblea que mi criterio es absolutamente profesional en la materia. Si el niño llega a los tres años e infortunadamente no ha tenido en su hogar esa experiencia vivencial sobre lo que son los derechos humanos, nada le cuesta; al contrario, debe ser una actividad que debe asumir la profesora -generalmente son profesoras, no profesores en la época pre-escolar-, una actitud hacia la cuestión vivencial, la práctica vivencial de los derechos humanos. Imagínense que yo estuve el año pasado en Suecia, en un pre-escolar y los únicos niños que peleaban y hacían sentir su hegemonía sobre los compañeritos, eran los latinos.
Porque siempre en Latinoamérica, no solo en Nicaragua, siempre en Latinoamérica ha habido cierta indiferencia desde en el hogar por esa práctica tan importante de darle a cada quien lo suyo. De manera que yo a pesar de la opinión del Presidente de la Comisión, insisto y le pediría a la Asamblea que agreguemos esa obligatoriedad de la enseñanza de los Derechos Humanos a los chiquititos en el pre-escolar.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado José Luis Villavicencio. Quedan en uso de la palabra, Alejandro Solórzano, Azucena Ferrey, Ray Hooker y Reinaldo Antonio Téfel; con este se cierra. Son cinco para las doce.
José Luis Villavicencio tiene la palabra.
DIPUTADO JOSÉ LUIS VILLAVICENCIO ORDOÑEZ:
Este proyecto de ley es sumamente importante, y escuchando los planteamientos que ha hecho la Diputada Magdalena Úbeda creo que ella tiene totalmente la razón, en el sentido de que si bien es cierto lo que decía el Diputado Carlos Gallo, creo que tampoco es cierto que los niños de pre-escolar solamente llegan a recrearse o a tener aptitudes. No hay que olvidar que el sistema educativo es un sistema que nace desde la propia familia, y lo que hace la pedagogía escolar es buscar como adecuar y moldear lo que la familia ha venido haciendo. El sistema pre-escolar en Nicaragua, que se desarrolló grandemente en la década pasada, es un sistema donde ya esos niños de tres años a cinco años de edad, donde ellos ingresan, no solamente llegan ahí para que los atiendan mientras los padres están en el trabajo.
Yo creo que si manejamos el criterio que decía el presidente de la Comisión de Derechos Humanos, este es un criterio antiguo que se tenía de los pre-escolares, y el criterio antiguo de los pre-escolares es como que fueran guarderías, que eran para guardar a los niños mientras sus padres andaban trabajando. El criterio moderno de la enseñanza pre-escolar es que esos niños de tres, cuatro y cinco años de edad, son personas que ya tienen la posibilidad de ir aprendiendo hábitos, y consideramos sumamente importante que desde esa edad se les vaya enseñando a respetar los derechos de los demás; que se les vaya enseñando a respetar de que su libertad está condicionada hasta donde inicia la libertad de la otra persona, y creemos sumamente importante de que no solamente debiera ser una preocupación del centro de enseñanza.
Nosotros nos apegamos a la moción que hace la Diputada Magdalena Úbeda en el sentido de que si se incluya en la enseñanza pre-escolar; haciendo la observación de que no veamos la pre-escolaridad como si fuesen las guarderías infantiles que existieron antes, sino que hay todo un sistema de que si, a nivel de cada niño, se le va dando la enseñanza sobre todo en los hábitos, las cualidades y las costumbres. Por eso es que nosotros apoyamos la propuesta que hace la Diputada Magdalena Úbeda.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Cinco para las doce, cerramos la lista, se han inscrito varios después, pero ya no se les dará la palabra.
Tiene la palabra el Diputado Alejandro Solórzano.
DIPUTADO ALEJANDRO SOLORZANO FERNANDEZ:
Ya que estamos viendo esta Ley de Promoción a los Derechos Humanos y la enseñanza de la Constitución Política, son dos cosas a la vez, en lo que antes se llamaba Kínder ahora es el pre-escolar, que no se desarrolló -le pusieron ese nombre en la década pasada; el Kínder es antiguo-, donde van los niños a iniciarse, a aprender a estar en una escuela, a aprender una disciplina; pero tampoco les vamos a meter desde tiernitos una serie de cosas que en la primaria van a empezar a conocerlas. La Constitución Política, buena o mala, se conocía en los grados primarios hace treinta, cuarenta años, pero no en el kindergarten, de la primaria para arriba tendrá su momento.
Son extremos que estamos viendo. Y no abusemos de la niñez, porque ya queremos enseñarle a un niño de tres, cuatro o cinco años hasta la Constitución Política. Porque de eso se trata aquí, llevar a cabo los derechos humanos y a la vez el derecho, a conocer la Constitución Política del país. Además de ello, lo que hay que enseñarles desde niño son los Derechos del Niño que están consignados también en los Derechos Humanos. De manera que yo asumo el artículo 1 tal y como sale en el dictamen. Y pediría tanto a la profesora y Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez como al profesor y Diputado José Luis Villavicencio, que le demos chance a esa niñez a que llegue a primero, segundo y tercer grado, para que vayan conociendo la Constitución Política.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REYNALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra la Diputada Azucena Ferrey.
DIPUTADA AZUCENA FERREY ECHAVERRY:
Gracias, Presidente.
Es que este tema sobre la necesidad de llevar también a la enseñanza, el aprendizaje sobre la Constitución Política y los Derechos Humanos se está tornando muy importante, para dejar establecido que también lo contemple el grado. pre-escolar. En la reforma a la Constitución del
'87,
quedó establecido en el artículo 71 el rango constitucional de la Convención Internacional de los Derechos de los Niños y de las Niñas. Introducir la palabra o la frase "preescolar", existe ya el mecanismo y la base para la enseñanza; y existe una gran cantidad de medios audiovisuales, etc. que van a facilitar en el Preescolar el aprendizaje de sus propios derechos y deberes.
En base a esas inquietudes, pienso que no solamente hay que dejarlo establecido como uno de los temas de aprendizaje, no solamente al Magisterio en general para que luego se multiplicase en la enseñanza, sino también agregar la pre escolaridad en el primer artículo de esta Ley. Por consiguiente, yo estaría apoyando la moción de la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Ray Hooker. Va a tomar la palabra la Diputada Mirna Cunningham en su lugar.
DIPUTADA MIRNA CUNNINGHAM KAIM:
Gracias, Presidente.
Yo estoy de acuerdo que en la educación de los niños a nivel del pre-escolar, es necesario comenzar a introducir aspectos que tienen que ver con los derechos humanos. Yo estoy totalmente de acuerdo con los planteamientos que se han hecho, la propuesta que tengo es que en vez de incluir el término "preescolar" después de "educación", más bien se agregue un párrafo al artículo que especifique que en la educación preescolar, dentro de las distintas actividades que se desarrollan, se incluyan aspectos que tienen que ver con los derechos humanos.
Entonces voy a pasar la propuesta de manera que pueda agregarse un párrafo, si se decide doña Magdalena a aceptar cambiar el término "preescolar", y eliminar la obligatoriedad de la Constitución Política en la educación preescolar, y más bien se especifique que en toda la actividad que se dé a nivel de la educación Preescolar se vayan incluyendo los derechos humanos. Entonces voy a trabajar la propuesta.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Yo apoyo la moción de Doña Magdalena, porque la educación en el Preescolar no se puede ver con una actitud puramente formalista y tradicional de la educación, como que si estuvieran en una universidad donde les están dando un curso sobre la Constitución. Precisamente ya algunos señalaban aquí, que en el preescolar existe una metodología para ir enseñando valores y conocimientos adaptados a la edad de tres, cuatro, cinco y seis años; por consiguiente yo apoyo la moción de Doña Magdalena.
Como hay una nueva moción se ha abierto de nuevo la lista. Están anotados los siguientes y con ellos se cierra: Fidelina Rojas, Fernando Silva, Ray Hooker y Orlando Rizo.
Tiene la palabra la Diputada Fidelina Rojas.
DIPUTADA FIDELINA ROJAS DE CERDA:
Gracias, señor Presidente.
Es para apoyar más bien a la colega Magdalena Úbeda para que se enseñen los derechos humanos a los niños; porque si se respetan entre sí, comienzan a respetar a los mayores. Porque yo he podido ver niños chiquitos de pre escolar, como se tratan entre ellos mismos y como contestan a los demás. Entonces es una enseñanza muy buena, porque lo que aprenden a esa edad nunca se les olvida a los niños, y creo que todos debemos estar de acuerdo en preparar a los futuros hombres y mujeres de este país, para que sean respetuosos de sus propios derechos y de los derechos de los demás.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Fernando Silva.
DIPUTADO FERNANDO SILVA ESPINOZA:
Gracias, señor Presidente.
Quiero dejar algunas cosas bien aclaradas, y lo voy a hacer desde mi punto de vista de pediatra con bastante experiencia, con treinta años de trabajo en esa materia. Estoy de acuerdo con el planteamiento de Doña Magdalena, que el preescolar no debe ser considerado jamás dentro de una idea tradicional que ha sido perjudicial. El preescolar no es enseñanza, es una forma de darle al niño, de procurarle el conocimiento de su sociabilidad; el niño no puede inventar la relación social, la tiene que ir descubriendo a medida que eso se va verificando. El niño es un ser que no sabe qué cosa es derecho; el derecho lo saben los adultos; el niño lo que hace es ir más o menos entendiendo que los adultos se comportan de una manera, y no es el ejemplo del modelo del adulto lo que al niño lo hace.
Al niño no puede dársele disciplina. Alguien dice, disciplinar a un niño; eso es una grosería, la disciplina es represiva. Al niño lo que se le hace es que se le atrae, se le convence, se le trata de la manera más dulce y más humana para que en su desarrollo, en su evolución humana el mismo pueda determinar que va a captar lo que se le está exigiendo, pero como una propia contribución suya, de lo contrario esas serían las raíces de la neurosis. Hay que ver situaciones groseras que se dan con un niño. En los colegios se le prohíbe hablar en clase, se le prohíbe hablar a un niño cuando está desarrollando el habla. De la única manera que el niño puede aprender a hablar, es hablando; y se le prohíbe hablar.
A un niño se le dice que es mal portado porque está jugando; y el juego es el aprendizaje, el juego es la vida del niño. Los que juegan son los adultos y lo que juegan son idiotadas; los niños siempre juegan cosas trascendentes y verdaderas. De tal manera que en derechos humanos, ni de derechos ni de humanos entiende un niño; a un niño se le va a enseñar la humanidad y esa humanidad se le enseña con amor, con ejemplo. La problemática actual de la infancia es la grosería y la problemática del comportamiento de los adultos, los mañosos, los piñateros, los zánganos, los que quieren ser Presidentes a costa de lo que sea. Ese es un mal ejemplo para los niños, eso destruye los preescolares.
Un niño tiene que ser especialmente como la hierba, pequeño y verdecito, pero endulzado con la lluvia del amor y de la ternura; de otra manera no pueden existir niños. El preescolar es para que el niño pueda integrarse a una sociedad, y se integra a una sociedad porque a el le da la gana. Eso suele ser
,
de lo contrario esas son las raíces de la neurosis.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Orlando Rizo.
DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:
Muchas gracias, señor Presidente.
Con mi intervención tengo el objeto de apoyar la moción de Doña Magdalena Úbeda de Rodríguez; yo creo que ella ya lo explicó muy bien, de que la función del preescolar -ya lo dijo el Doctor Fernando Silva- es fundamental para la socialización del niño. Pero no solo la socialización, dos cosas más también: la adquisición de habilidades y la adquisición de hábitos. Y entre esos hábitos están los del aseo, del comportamiento, de aprender los hábitos de tolerancia, de compartir. Yo creo que esos son los elementos de donde nacen los derechos humanos, en el aspecto de la tolerancia, de que el niño aprenda a compartir lo que tiene. Es por eso que yo creo muy acertada la moción de Doña Magdalena Úbeda de Rodríguez, de incluir estos elementos de la enseñanza de los derechos humanos, desde la más tierna edad de los niños. Yo apoyo esa moción, Presidente.
Muchas gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Como nadie asumió el dictamen. No sé si el Diputado Carlos Gallo asumió el dictamen. Ya no hay uso de la palabra porque se cerró el debate. El Secretario le va a dar lectura. Solo queremos saber si asumió o no el dictamen.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
Eso es lo que quiero explicar.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ;
Bueno, tiene la palabra para decir si asumió o no el dictamen, porque ya está cerrado el debate.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
Es que con la moción que presento la Diputada Cunningham...
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
No, no la presento al fin.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
Es que entonces yo sigo manteniendo el dictamen señor Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Bueno, está bien.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
A mí me parece que no hay que pasarlo.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL:
No, no, si ya lo hizo.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
No, no señor Presidente, sencillamente no puede ser materia obligatoria la enseñanza de la Constitución Política en los pre escolares.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Ya está cerrado el debate.
El Secretario le va a dar lectura a la moción de Doña Magdalena para proceder a votar.
SECRETARIO RAY HOOKER TAYLOR:
Agregar en la segunda línea del primer artículo, luego de la palabra "educación" el término "pre escolar". Se leerá así: "La Constitución Política y los Derechos Humanos serán materia de enseñanza obligatoria en la educación pre escolar, primaria, educación media y técnica vocacional". Moción de Doña Magdalena Úbeda.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ;
Como dos Diputados asumieron el dictamen, vamos a proceder a votar primero por el dictamen.
Se inicia la votación.
Vamos a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 19 votos a favor, 34 en contra y 6 abstenciones, queda rechazado el dictamen.
Procederemos ahora a votar por la moción de doña Magdalena.
Se inicia la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 45 votos a favor, ninguno en contra y 9 abstenciones, queda aprobada la moción.
El Secretario dará lectura al artículo 2.
SECRETARIO RAY HOOKER TAYLOR:
Arto. 2
El texto de la Constitución Política y los instrumentos jurídicos internacionales de Derechos Humanos ratificados o posteriormente ratificados a la vigencia de la presente ley, constituirán la base fundamental de dicha enseñanza.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
A discusión el artículo 2.
Tiene la palabra el Diputado Danilo Aguirre.
DIPUTADO DANILO AGUIRRE SOLÍS:
Señor Presidente, es para insistir que constaten la presencia de los presentes, pues no sabemos con cuantos votos se está aprobando esta ley; no sabemos si se ajustan a esa mayoría o nos vamos a regir por la pizarra. Si nos vamos a regir por la pizarra, está bien, pero al menos que nos digan con qué asistencia estamos votando.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TBFEL VÉLEZ:
Lamentablemente en la mañana que el Diputado Danilo Aguirre expuso su opinión al respecto, cuando se estaba aclarando se volteó y comenzó a hacer una entrevista periodística allá atrás, y entonces no se dio cuenta de lo que aquí se aclaró.
Tiene la palabra el Diputado Iván Madriz.
DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:
Señor Presidente, con todo el respeto que usted se merece, me parece que la observación del Diputado Danilo Aguirre Solís tiene mucha razón, porque al iniciarse estas votaciones se debe tener en cuenta cuántos se encuentran presentes y cuál es la mayoría que alcanza, porque hay algunos que dejan encendida su consola y no están presentes. Por otro lado señor Presidente, me va a permitir decirle que solicité la palabra, no sé si no observó ahí en la pantalla; pero aunque ya pasó el artículo y fue aprobado, yo quiero dejar sentado mi criterio porque realmente debemos tener un poco más de seriedad en los artículos que estamos aprobando, ya que en el anterior artículo que se aprobó me parece completamente irrisorio que en el pre escolar se les esté enseñando la Constitución y los Derechos Humanos. Cuando un niño llega a pre escolar es solamente para buscar como le guste el ambiente escolar.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra la Diputada Leticia Herrera.
DIPUTADA LETICIA HERRERA SANCHEZ:
Gracias, Presidente en funciones.
Es sumamente importante de que la máxima ley que encabeza el orden jurídico de la Nación sea conocida, sea estudiada, sea analizada y sea posesionada incluso por los que van a ser las futuras generaciones. Sin embargo yo considero, y estoy un poco en la línea de algunos que ya me antecedieron, de que hay que hacer una diferenciación si es que queremos ser responsables con lo que estamos haciendo y dejamos consignado en las leyes. Yo creo que hay que hacer una diferenciación en base a la realidad. Yo comparto el criterio que han externado algunos colegas, en el sentido de dejar establecida la obligatoriedad en la educación primaria, me parece que no hay que dejarlo muy general. A mi juicio es a partir del quinto grado o del cuarto grado de la primaria, e incluso dejar consignado específicamente que esa tiene que ser una materia, una asignatura que tiene que ver con la formación cívica de los educandos.
Pero en concreto, en relación al artículo 2 que es el que se está discutiendo en este momento, me parece que este es un artículo que está muy ambiguo, porque se refiere a que: "El texto de la Constitución -lo mezclan- y los instrumentos jurídicos internacionales de Derechos Humanos ratificados o posteriormente ratificados a la vigencia de la presente ley, constituirán la base fundamental de dicha enseñanza". Yo siento que también hay ambigüedad en este artículo, y que nosotros tenemos que ser más serios, más responsables y más específicos en las leyes.
Y viendo el numeral, el resto de la ley hace una mezcla, hay una mezcolanza de cosas ahí que se pueden prestar a cualquier interpretación. Yo solamente hago el llamado de atención en el sentido de que tenemos que ser más responsables a la hora de establecer el contenido del cuerpo de una ley.
Yo no tengo una propuesta concreta de artículo 2, pero pienso que hay que hacer diferenciación. Los instrumentos jurídicos internacionales son comprendidos para estudiantes universitarios, y referidos fundamentalmente cuando se debe a Derecho Internacional, Privado y Derecho Internacional Público. Si se va agregar esto a la primaria y a la secundaria, es aumentarle un cúmulo de cosas a la materia. Y yo no digo que no sean importantes, si, son importantes, pero realmente tiene que quedar bien especificado. Yo no sé cuál va a ser el orden de las cosas y a qué nivel se tendrán que impartir, porque de lo contrario, incluso poniéndome en el lugar de los colegios privados -porque aquí no se especifica si también esto tendrá que ser acogido por los colegios privados- yo pensaría que por ser un colegio privado, si quiere lo toma, si no quiere, no lo toma.
Entonces me parece que hay ausencia, que además de que refleja ambigüedad, hay ausencia de dejar sentada la jurisdicción en la que va a regir todo lo que está dispuesto en la ley. Mezclar instrumentos de materia internacional al texto de la Constitución, me parece que es estar mezclando. La Constitución es nuestra máxima ley y requiere incluso de que sea objeto de una asignatura especial, específica, para estudiar y analizar la Constitución. Si vamos solamente a estar dejando establecido rellenos que quedan ahí por quedar, yo creo que no tendría ningún sentido estar haciendo esta ley.
Considero que la Comisión no asumió con la debida responsabilidad el dejar debidamente estructurado el contenido de los diferentes artículos, porque una vez que pasamos al artículo 3, ahí entra la nueva educación en los cuarteles, tanto a los miembros del Ejército como a la Policía; no hay ninguna diferenciación de nada, entonces pienso que no estamos legislando con responsabilidad. Yo lamento decirlo pero eso es lo que yo veo aquí. Y les aseguro que si un profesor se pone a ver esto, fundamentaría que realmente hay mucha ambigüedad, hay mucho desorden. Entonces ¿qué
es lo que estamos haciendo aquí? Ese es el comentario que yo quería hacer a eso, y sería del criterio de que se devuelva a Comisión para que sea mejorado, que sea debidamente ordenado y cada cosa ponerla en su lugar. Sería una moción concreta Presidente, que se devuelva a la Comisión para que sea mejorado este proyecto de ley.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Ray Hooker.
DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:
Esta Asamblea acaba de tomar la decisión de que a los niños de preescolar se les va a enseñar la Constitución Política de Nicaragua; esa fue la decisión que tomó esta Asamblea Nacional: a los niños de dos años vamos a exigirles el conocimiento de la Constitución Política de Nicaragua. Es muy importante conocer, manejar y estar al tanto de los contenidos de nuestra Constitución Política, nadie discute esto; pero hay un tiempo, hay un lugar, hay una etapa, en que distintos niveles de conocimientos deben ser introducidos al mundo de los niños. En esta primera etapa de los dos años, más o menos, a los cinco años, utilizar la Constitución Política como texto de estudio, probablemente va a provocar más daño que bienestar a los niños. Y yo no estoy discutiendo únicamente el artículo aprobado, estoy discutiendo ya el segundo artículo que se está sometiendo a discusión.
En el segundo artículo, por ejemplo, que es una continuación del primer artículo, se dice que el texto de la Constitución y los instrumentos jurídicos internacionales de Derechos Humanos ratificados o posteriormente ratificados a la vigencia de la presente ley, constituirán la base fundamental de dicha enseñanza. En otras palabras, van a ser los textos que van a utilizar para dicha enseñanzas; ahí es donde debemos tener mucho, mucho cuidado, porque la Constitución Política es un instrumento jurídico muy complejo. Mucho de los Diputados que estamos aquí probablemente no comprendemos toda la complejidad y todo lo que implica esta Constitución que hemos aprobado. La mayoría de los nicaragüenses no conocen la Constitución. La mayoría de los norteamericanos, seguro no conocen su propia Constitución.
Entonces, utilizar la Constitución Política como texto para ser enseñado a los niños de preescolar, ahí es donde yo tengo muchas reservas. Obviamente si podemos encontrar la forma adecuada para transmitir conocimientos en una forma comprensible a los niños, eso sería diferente. Pero si están proponiendo -y eso es lo que me gustaría que clarifiquen los de la Comisión- que la Constitución Política va a ser el texto en la educación pre escolar, en el primer grado, en el segundo grado de primaria, ahí yo tengo muchas reservas.
Si van a hacer adaptaciones tomando en cuenta el nivel de desarrollo del educando, pues eso es algo diferente; pero también están diciendo aquí en este segundo artículo, "que constituirán la base fundamental". En otras palabras, otras fuentes que probablemente serán tan útiles o tan benéficas para el educando, van a ser ignoradas. Entonces, esa es la clarificación que desearía de la Comisión pertinente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado José Luis Villavicencio.
DIPUTADO JOSÉ LUIS VILLAVICENCIO ORDOÑEZ:
Yo quisiera, estimados Representantes, dar una pequeña explicación como profesor y como maestro que también fui de Primaria, pues me parece que se están ahogando en un vaso de agua. El sistema educativo es un sistema que viene con un método pedagógico de lo simple a lo complejo, eso es todo nuestro sistema educativo nacional, se inicia de las partes hacia el todo. A un niño de preescolar en la actualidad se le induce al conocimiento de lo que se llama el "aprestamiento"; el "aprestamiento" viene desde el manejo de la plastilina, para que vayan adquiriendo habilidad y destreza posteriormente con la escritura, y van con tiempo, ya en la arena, a hacer la "o" a hacer la "I", etc., etcétera. En ese nivel, intencionalmente se les enseña Algebra; y el Algebra se enseña en primer año de secundaria; en pre-escolar tampoco se ha enseñado de un solo la división.
Entonces así como el sistema educativo tiene un proceso que va de las partes hacia el todo, así también tiene que ser el proceso de enseñanza incluso de la Constitución Política y los Derechos Humanos. El artículo 4 del Proyecto lo dice claramente. Dice el artículo 4: "Corresponde al Ministerio de Educación elaborar los programas -que tendrán que elaborar programas-, y los textos progresivos" ¿Qué significa esto de elaborar los textos progresivos? Que tendrían que dosificarse de las partes hacia el todo. A mí por ejemplo se me ocurría que una de las formas para que los niños de cinco años de edad puedan ir conociendo es a través de canciones, porque el método inductivo en esa edad es a través del interés.
Y el interés que se les desarrolla a ellos para la memoria, para ir ejercitando la memoria, es a través de canciones, y una canción que puede surgir perfectamente es la canción de los cuatro Poderes: "Cuatro Poderes tienen Nicaragua, cuatro Poderes já, já, já" así comienza el niño de pre escolar a aprender los "Cuatro Poderes" y estamos enseñándole la Constitución Política; y cantadito y cantadito, pueden perfectamente los niños tener educación de la Constitución Política desde la pre escolaridad.
No contaremos el todo, porque aquí la impresión que me ha dado es que hay compañeros Diputados que creen que se les va a impartir la Constitución Política como si fueran estudiantes de Derecho, lo que es absurdo. Si eso parte por parte se va dosificando, y eso lo tienen que hacer los especialistas en pedagogía, y estar trabajando el Ministerio de Educación en eso. Ese es mi granito pues. Así que yo pienso que el artículo 2 viene a complementar el marco global del objetivo de este proyecto, el cual nosotros apoyamos. Y resulta que ya en el artículo 4, es donde ya se establece la especificidad del cómo es que se tendrán que elaborar los textos de enseñanza, tanto de una y otra materia.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO AUTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Carlos Gallo.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
Gracias, Presidente.
Quiero comentar las palabras de la Diputada Leticia Herrera, quien sorprende, porque creo que no ha logrado ubicar el artículo 2 que se refiere a instrumentos jurídicos internacionales de Derechos Humanos. Estamos nada más aquí refiriéndonos a lo que el artículo 46 de la Constitución reconoce como derecho internacional en materia de Derechos Humanos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos; la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convencido Americana de Derechos Humanos; la suscripción de los Derechos de Niños y Niñas recientemente ratificada por Nicaragua; y también la Convencido sobre los Derechos de la Mujer. No estamos hablando Absolutamente de ningún instrumento jurídico internacional complicado, o para académicos.
Y efectivamente como lo señala el artículo 4, se habla de que le corresponde al Ministerio de Educación formular programas con las metodologías educativas, de manera progresiva, para que en función de edad y nivel del educando se puedan establecer los módulos de la enseñanza en materia de educación en Derechos Humanos. Por tanto, me parece que realmente no se ha logrado comprender a qué instrumentos internacionales nos estamos refiriendo. El espíritu de dejarlo abierto es para no hacer referencia a que en los próximos años aparezcan nuevos instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos, que sean suscritos por el Gobierno, por el Estado nicaragüense más bien, y entonces tenga que venir a buscarse como agregar a un artículo 2, que sería extenso.
Por lo tanto, hemos considerado un artículo 2 que sea como un artículo marco, para ir introduciendo todos aquellos instrumentos internacionales que se vayan suscribiendo en el futuro. Nada más eso.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Adolfo García Esquivel.
DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:
Gracias, Presidente.
Siempre he repetido que los problemas del país empiezan y terminan en el Poder Judicial. Aparentemente esto no tiene ninguna relación con lo que se está discutiendo en relación al artículo
2,
pero si efectivamente la tiene y en una medida que no tiene límite. Mientras no se resuelva el problema de la administración de justicia en este país, siempre van a haber problemas de toda índole. Esta Asamblea y el país entero se han mantenido en suspenso durante los últimos tres años. ¿Por qué? Por una mala administración de justicia impartida por Magistrados que por dignidad debieron haber renunciado; porque si una persona no tiene capacidad para desempeñar debidamente un cargo, ahí es donde debiera tener el valor de renunciar a ese cargo.
Este país durante los últimos tres años se ha mantenido, como dije, en ascuas, porque los malos administradores de la justicia en Nicaragua, supuestamente dentro del marco de una Ley de Amparo han estado tramitando sin tener ni jurisdicción ni competencia Recursos de Amparo, y de Amparo propiamente dicho. ¿Y por qué lo han estado haciendo sin tener ni jurisdicción ni competencia? Porque hay una grave confusión. En esta Constitución no se establecieron claramente cuáles son los derechos constitucionales, cuáles son los derechos Políticos, cuáles son los derechos humanos, cuáles son las garantías políticas, cuáles son los derechos económicos; aquí están total y completamente confundidos.
Y claro, eso aunado a una mala administración de justicia, y me refiero a la mala administración de justicia empezando por la cabeza: la Corte Suprema de Justicia. Entonces, desde luego si en la Constitución misma están confusos todos esos seis, siete derechos que debieran estar claramente definidos, prácticamente no creo que... Por ejemplo en el artículo 2 se dice que el texto de la Constitución, una Constitución confundida en lo que se refiere a derechos humanos, a derechos y garantías políticas, a derechos y deberes constitucionales, por ahí debiéramos de empezar. Pero bueno, este es un Proyecto que hay que llevarlo adelante.
Entonces, yo diría que el único marco legal para esta cuestión, para esta problemática debe ser únicamente la Constitución; ese debe ser el marco. Por eso en la votación anterior yo ni siquiera me atreví a votar por ninguna de las posiciones, porque no creo oportuno y conveniente, ni por seriedad -seriedad parlamentaria- ni por la hermenéutica parlamentaria, que se esté enseñando la Constitución a niños que con dificultad pueden leer, con dificultad y con raras excepciones, es decir, estamos hablando de niños que no saben leer todavía y nosotros les vamos a atiborrar o a enseñar la Constitución con situaciones confusas. Realmente yo veo que no es muy oportuna la aprobación de este artículo primero, porque realmente se violentan determinados principios, por un lado. Por otro lado, es mentira que los niños van a aprender; porque los niños están para aprender otras cosas, no para aprender sobre sus derechos cuando ni siquiera saben leer todavía. Esa fue una de las razones por las cuales yo me abstuve de votar en relación al artículo primero.
En consecuencia, por lo que hace a este artículo segundo, el marco, la columna vertebral para enseñar sobre los derechos humanos y sobre la Constitución misma, debe ser exclusivamente la Constitución sin que pueda salirse de ese marco, aunque sirvan de referencia los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. Pero la columna vertebral obligada debe ser precisamente, o únicamente la Constitución de la República.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez.
DIPUTADA MAGDALENA ÚBEDA DE RODRÍGUEZ:
Gracias, Presidente.
Yo quiero decir que no hubo de ninguna manera falta de seriedad en mi moción, pero los dio el conocimiento. Después de lo que ha dicho el profesor Villavicencio, se ha dado una verdadera lección práctica, lo que llamamos los maestros "lección de cosas"; hasta me parece que es sobrancero lo que yo pueda decir. Esta ley de la enseñanza de los Derechos Humanos y de la Constitución no es un programa de educación, no es de ninguna manera un programa de educación en el contexto de la educación cívica; le toca al Ministerio de Educación por medio de su Consejo Técnico elaborar los programas y adecuar la enseñanza de la Constitución, de las leyes, del contenido de los derechos humanos para cada mente infantil.
No hay nada en el mundo que un buen profesor no pueda enseñar. Es más difícil aprender un idioma, aprender a hablar es lo más difícil que hay en el mundo y lo aprendemos de manera natural, de manera espontánea, así tiene que ser la enseñanza de los Derechos Humanos y de la Constitución. No puede ser una enseñanza rigurosa, al pie de la letra, puesto que el niño no sabe leer. Pero si un niño en edad pre-escolar, de tres a cinco años, puede captar este concepto, y tal vez los maestros que hayan me pueden entender. Hay una carta, si el maestro logra inculcarle al muchachito este concepto, que hay una Carta que se llama Constitución, y en esa Carta estoy yo, ahí estoy metido en esa Carta, eso es suficiente para que un niño de pre escolar sepa que existe una Constitución.
Primero es la existencia, nadie puede querer lo que no conoce, y tenemos que enseñarle al niño primero a conocer algo de eso que después va a amar y va a practicar. De manera que no le veo yo el "avión", como dicen los muchachos, a esto de que se diga que el niño debe empezar a conocer sus derechos, a defender sus derechos y a conocer sus deberes y a practicarlos; todos los derechos humanos, los deberes humanos, todo derecho trae aparejado un deber, no veo yo porque desde chiquititos no se les enseñe eso.
Y no es verdad que los niños en países bien civilistas no conozcan desde chiquititos la Constitución y las leyes. Yo he oído a niños ticos decir esto que en este momento traía como argumento. Los niños ticos dicen: "en la Constitución estoy yo", y ese es el principio de la enseñanza de la Constitución en un niño de tres a cinco años.
Gracias, profesor. Ya le estoy diciendo profesor Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.
En vista que no hace uso de la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz, tiene la palabra la Diputada María Ramírez.
DIPUTADA MARIA RAMÍREZ GUERRERO:
Gracias.
Con respecto a la preocupación que externaba el Diputado Hooker, esa misma preocupación la podríamos tener en primaria también, porque es un poco ilógico que llegue un profesor a un tercer grado de Primaria a pretender que los niños se aprendan de memoria los artículos de la Constitución. Yo creo que realmente estamos en una discusión como si el Ministerio de Educación no tuviera programas, no tuviera metodologías, contenidos establecidos de acuerdo a las edades y a las capacidades de asimilación de conocimientos que tengan los alumnos.
Pero cualquier metodología educativa se deriva de un contenido, inclusive la actividad lúdica, el juego se deriva de un contenido: que le vas a enseñar al niño a través del juego. La Constitución puede ser una base, como el resto de los textos de derechos humanos, para enseñarle al niño sus derechos, para enseñarle al niño la tolerancia, enseñarle al niño las reglas del juego, que son la base de la democracia. Inclusive, un último informe de la Unicef dice que se hacía un análisis del juego, donde se explicaba como los niños aprendían las bases de la democracia a través del juego.
Si nosotros analizamos nuestro contexto político actual, nos vamos a dar cuenta de que la mayoría de los políticos no jugaron chiquitos; tendríamos una realidad totalmente distinta en este país si realmente incidiéramos en los contenidos de educación de los niños. Por tanto, yo sugiero que dejemos ya esta discusión, que tratemos de sumarnos a lo que está establecido en el dictamen, que en el artículo 4 se puede agregar, para dejar más claro, aparte de "programas y textos", la "metodología educativa", y así terminamos esta discusión porque es obvio que el Ministerio de Educación va a elaborar su programa y su metodología acorde al nivel, a la capacidad que tengan los niños en cada uno de los niveles.
Muchas gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Está cerrado el debate y la última es Azucena Ferrey; antes están Ray Hooker. Mirna Cunningham, que tiene la palabra.
DIPUTADA MIRNA CUMNINGHAM KAIM:
Gracias, Presidente.
Yo quiero retomar un poco la discusión y apoyar la propuesta que hacía María, de retomar el dictamen en lo que se refiere al segundo artículo de esta ley. Sin embargo quisiera señalar rápidamente que nosotros cuando trabajamos en la reforma a la Constitución, como señalaba Azucena, aprobamos la Convención Internacional de los Derechos de los Niños y las Niñas, y en esa Convención se especifica claramente que uno de los derechos de los mismos niños es conocer en general todos sus derechos. O sea, que prácticamente la discusión del día de hoy alrededor del tema de que si los niños en la edad de pre-escolar deben conocer o no conocer sus derechos, es algo que ya nosotros tenemos incluido dentro de la Constitución Política. Prácticamente a través de la aprobación de esta ley estamos retomando algo que aprobamos hace varios meses.
Ya se señalaba aquí, un niño en pre-escolar aprende a contar, pero no aprende cálculo matemático; eso lo vamos a tener que aprobar en el artículo 4, quizás ahí se podría incluir el párrafo aquel sobre adecuar la metodología en la educación pre-escolar de acuerdo al nivel que tengan los niños. Y el artículo 2, estoy proponiendo que quede exactamente como está redactado, porque solo pienso que en el caso de las Regiones Autónomas, uno de los instrumentos que se tendría que utilizar en la educación es precisamente el Estatuto de Autonomía de la Costa Atlántica, y al dejarlo general le facilita a la Región incorporar aspectos de este tema.
También quisiera señalar que es importante mantenerlo de esa manera, puesto que los pedagogos o quienes tengan que adecuarlo metodológicamente dentro del Ministerio de Educación no deben ceñirse a un solo texto, por ejemplo el de la Constitución, sino que tienen que utilizar todos los instrumentos que han sido aprobados hasta el momento, para que podamos realmente ir cambiando derechos de la mujer, no estamos pensando que debe haber una asignatura que se llame Derechos de la mujer; lo que hemos señalado siempre es que todo el sistema de educación tiene que adecuarse con una nueva perspectiva de género.
Si hablamos sobre el racismo, no es que queremos que en las escuelas se enseñe una asignatura que se llame "Derecho de los pueblos indígenas y comunidades étnicas; sino que todo el sistema de educación realmente incluya, haga las reformas y las adecúe, para que por ejemplo pueda cumplir con ese derecho de los pueblos indígenas y las comunidades étnicas a ser respetados. Entonces, creo que es importante que esto lo tengamos claro al aprobar este artículo, porque si no nosotros mismos estaríamos diciendo: las asignaturas que se van a enseñar son estas, estas y estas, y los profesores van a creer que están enseñando Derechos Humanos solo con incluir asignaturas, y no tratando de hacer una reforma total al sistema de educación.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Se cierra el debate con el Diputado Hooker e inmediatamente procederemos a votar antes de suspender la Sesión.
DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:
Aquí nadie está en contra del esfuerzo de enseñar los Derechos Humanos, ni el proceso de socialización del niño; pero aquí estamos antes un peligro genuino, que es el peligro de la endoctrinación. En la primera etapa de la vida es cuando los señores humanos son más susceptibles a la endoctrinación; y ahí es donde tenemos que tener sumo cuidado. Si los textos que utilizamos no son apropiados, podemos estar infligiendo un terrible mal a los educandos. En nuestro país actualmente no tenemos los expertos para diseñar buenos textos, no tenemos los recursos financieros que precisa la educación en todos los niveles, y es debido a eso que debemos ser sumamente cuidadosos en las decisiones que estamos tomando.
Si estuviésemos viviendo en Suecia o Noruega, que tienen los recursos y habilidad, que tienen los expertos nacionales, y si no los tienen, tienen los fondos para contratarlos, para ayudarles a diseñar los instrumentos educativos pertinentes, eso sería excelente. Pero esa es la dificultad que tenemos, porque si vamos a estar aprobando algo y no vamos a tener los instrumentos educativos adecuados para asegurar una buena impartición, una efectiva transmisión de estos valores, de estos derechos, aquí podemos estar haciendo más mal que bien, y ahí es donde yo quería llamar la atención, porque obviamente se tiene que hacer un esfuerzo para enseñar los Derechos Humanos a todos los niveles. El proceso de socialización del niño comienza no desde su nacimiento, comienza desde cuando está dentro del ambiente uterino; el proceso de socialización es un proceso amplio y continuo.
Pero también hay una etapa para cada cosa. Hay algunas etapas en que se pueden transmitir con mayor eficiencia ciertos conocimientos; hay otras etapas en que no es imposible, pero si mucho más difícil. Y cuando no se tienen ni los recursos humanos, ni los recursos financieros económicos, uno tiene que ser sumamente cuidadoso en las decisiones que se toman.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Como la Diputada Azucena Ferrey nos dice que se borró su nombre por algún accidente involuntario, le cedemos la palabra para cerrar el debate e inmediatamente vamos a votar. Hay cincuenta y cuatro Diputados, por lo tanto hay quórum. Les solicitamos que esperen un momento el medio minuto que va a hablar la Diputada Ferrey.
DIPUTADA AZUCENA FERREY ECHAVERRY:
Gracias, Presidente.
Yo quiero retomar lo que señalaba doña Magdalena, que a veces decimos cosas por desconocimiento. Yo estaba señalando aquí a todos los colegas en el Plenario, y especialmente a mi colega estimadísimo, el Diputado Hooker, lo invito a que vea a las dos de la tarde en el "Canal 2", un proyecto que viene desarrollando Unicef no solamente en Nicaragua sino a nivel de toda el área centroamericana y México. Pienso que también en Latinoamérica existe Unicef-, en donde empiezan a enseñarles a los niños de pre-escolar a través de videos, de audio y a través de cassettes grabados, que los aprenden en el pre-escolar. Lógicamente en la época del Diputado Hooker no existía ese método de enseñanza, y se le dificulta comprender que los niños de ahora reciben otro tipo de educación.
En Venezuela, en los años '70 existió el Ministerio para el Desarrollo de la Inteligencia, donde empezaban desde el primer día de nacido; el programa consistía en ayudarle a la fijación de la vista, al fortalecimiento de los músculos, etc. Podríamos hablar largo sobre la metodología en países más civilizados y desarrollados, y que han profundizado su civilismo y nacionalismo en los métodos para la enseñanza desde la edad de pre-escolar. Así que por favor no sintamos ningún remordimiento, que no estamos maltratando a los niños ni convirtiéndonos en Herodes, sino más bien dándoles la alternativa de poseer un mayor conocimiento para un desarrollo verdaderamente integral.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Por alusión personal pide la palabra el Diputado Ray Hooker.
DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:
Solo quiero señalarle que en la Costa Atlántica en la mayoría de los hogares no hay televisión; tal vez aquí en el Pacífico en la mayoría de los hogares si hay. Entiendo que en ciertas regiones del norte, en la mayoría de los hogares tampoco hay televisión para ver esos programas que alaba la Diputada que me antecedió en el uso de la palabra; así que no es cierto que estos conocimientos van a llegar a la mayoría de los alumnos. Actualmente en la forma como se está privatizando hasta la transmisión de televisión, los niños que no tienen recursos económicos van a estar fuera de la capacidad de poder tener acceso a este tipo de información.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Procederemos a votar por el artículo 2.
Se inicia la votación.
Estamos votando el artículo 2.
Se solicita votar rápido, porque algunos ya están de pie con sus paquetes en la mano para salir corriendo, pero todavía faltan varios por votar.
Se cierra la votación.
Con 47 votos a favor, ninguno en contra y 11 abstenciones, queda aprobado el artículo 2.
Se suspende la Sesión para continuarla a las tres de la tarde.
CONTINUACIÓN DE LA SÉPTIMA SESION ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL CORRESPONDIENTE AL DIA MARTES 22 DE AGOSTO DE 1995. (DÉCIMA PRIMERA LEGISLATURA).
DIPUTADO CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:
Entiendo Presidente, que continúa la discusión de la Ley de Promoción de los Derechos Humanos y de la Enseñanza de la Constitución Política.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Y se iba a reanudar en el artículo 3, precisamente de esa Ley de Promoción de los Derechos Humanos y de la Enseñanza de la Constitución Política. Entendimos en la Directiva, que usted quería proponer un artículo nuevo antes del artículo 3.
DIPUTADO CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:
Así es, en el orden sería una moción que diga lo siguiente: "Declarase Día de la Constitución Política de Nicaragua, el primer lunes del mes de Septiembre de cada año. Las escuelas y colegios del país y centros de educación dedicarán ese día al estudio y enseñanza de la Constitución Política". Paso por escrito la moción a la Mesa. Esto lo fundamento de la siguiente manera. A raíz de la reforma constitucional, esta Asamblea Nacional ha planteado un cambio sustancial en la Constitución Política , en la conformación de la idea del Estado; y a la vez significa a la larga, un proyecto democrático. Creo en consecuencia, que esta Constitución Política de Nicaragua, que fue el esfuerzo precisamente de todos los parlamentarios, en su cambio y en su sustancia, debe celebrarse en el país y debe insistirse en el mes en que Nicaragua conmemora a la patria, a sus héroes.
Y como usted decía -justamente en su discurso cuando se dio a conocer el texto de la Constitución Política nueva en Nicaragua-, tradicionalmente se ha exaltado única y exclusivamente a los héroes de los hechos bélicos; pero también -y recuerdo su discurso señor Presidente- existen otros tipos de héroes que son los que construyen y tratan de conformar una nueva concepción democrática en el país. Paso por escrito la moción a la Mesa, para su posterior ubicación donde mejor corresponda.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Tiene la palabra el Diputado Luis Sánchez.
DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:
Gracias, Presidente.
Por supuesto que yo me adhiero a las palabras, a los conceptos dichos por el Diputado Cairo Manuel López; sin embargo me asalta una duda que quisiera se consultara. Tengo entendido Presidente, de que hay un día fijado por ley para celebrar la Constitución Política en Nicaragua, si no me equivoco debe ser un día de Noviembre, que fue la fecha que se aprobó la Constitución Política en el año 1986, no estoy seguro porque estoy hablando de memoria. Yo he pedido la palabra solamente para sugerir que se consulte a la Asesoría Jurídica, a los archivos y que se establezca si hay consagrado un día de la Constitución Política de Nicaragua, que me parece recordar, señala precisamente la obligatoriedad de estudiarla, divulgarla, homenajearla, etc., porque si se establece nuevamente ahora, entonces habría que derogar la ley anterior.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Tiene la palabra el Diputado Julio Marenco.
DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:
Solamente para decir que ya existe esa ley del Día de la Constitución, y tengo entendido que la fecha es el día que se promulgó la Constitución de 1987, ya existe ese día de la constitución y habría que derogar si acaso se metiera otro proyecto de ley. Yo creo que debe mantenerse ese día, que ya está fijado por la Asamblea pasada, conmemorando que es la primera Constitución que se hace en condiciones muy diferentes a las que habían sido llevadas el resto de Constituciones en Nicaragua; y habría que mantener, sobre todo, de que la mayoría de los artículos de nuestra Constitución vigente fue precisamente recogida de esa Constitución de 1987.
Por lo tanto, yo diría que esa moción fuera retirada y que prevalezca ese día ya establecido como " Día de la Constitución".
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Entiendo bien que una de las razones para proponer un nuevo día de celebración como Día de la Constitución obedece a dos razones: una de ellas es precisamente la circunstancia de que la ley que estamos debatiendo es lo que se refiere a la enseñanza de la Constitución Política. Como todos sabemos, el 10 de Enero es periodo de vacaciones en el calendario escolar del país, y una razón para fijar un nuevo día para conmemorar la Constitución es precisamente para que quepa dentro del calendario escolar como un día en que efectivamente se pueda asegurar que van a estar presentes los estudiantes de primaria y secundaria en los colegios, y se pueda ofrecer realmente como un día especialmente dedicado a la Constitución.
Esa es en mi opinión, una de las razones que podría conducirnos a aprobar esta moción que se ha presentado, y por lo tanto implica explícitamente derogar la disposición anterior que establecía como "Día de la Constitución" el 10 de Enero.
Nathán Sevilla.
DIPUTADO NATHAN SEVILLA GOMEZ:
Señor Presidente, no me queda claro la justificación que se está haciendo para proponer el cambio de la fecha de celebración del "Día de la Constitución". Porque para mí está claro que una cosa es la enseñanza de la Constitución en el sistema educativo en las escuelas, y otra discusión muy distinta es si vale la pena cambiar o no el día 10 de Enero, fecha de entrada en vigencia de la Constitución, la primera Constitución democrática de Nicaragua, en el año 1987, que ahora están proponiendo cambiar.
En realidad la única explicación o justificación que estoy oyendo, es para facilitar que los escolares puedan saber o estar en clase cuando se tenga que celebrar la fecha conmemorativa de la Constitución; pero en ese caso toda fecha histórica que tuviera que ver con vacaciones escolares, tendríamos que removerlas también para que la celebren cuando están en la escuela los chavalos. Creo que no es una razón suficiente y que debemos respetar la fecha que está ahora establecida del 10 de Enero para la conmemoración de nuestra Constitución, que fue la primera Constitución democrática de Nicaragua que entró en vigencia en 1987.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMÁN:
Luis Sánchez.
DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:
Gracias, Presidente.
La primera intervención fue precisamente para buscar la aclaración, ahora voy a dar una opinión. Yo creo que efectivamente hay que cambiar el Día de la Constitución Política de Nicaragua, en primer lugar porque la celebración del Día de la Constitución debe ser efectivamente un motivo de promoción de la formación cívica de los nicaragüenses, y particularmente de los estudiantes nicaragüenses; aprovechar la oportunidad para fundamentar, razonar, explicar la conciencia cívica que debe tener cada uno de los nicaragüenses, la conciencia democrática que es parte de la declaración de lealtad a la Constitución y del conocimiento de la misma Constitución, del conocimiento de la misma Constitución; eso por una parte.
Por otra parte, aquí en esta misma Asamblea se han dicho millares de palabras acerca de que la reforma a la Constitución, recientemente aprobada y puesta en vigencia, fue precisamente para democratizar la misma Constitución; para suprimir del texto constitucional todos los aspectos antidemocráticos, autoritarios, verticalistas, militaristas que por razones históricas que no es del caso en este momento enjuiciar ni abundar en ello, quedaron consagrados en ese texto constitucional.
De manera que hay realmente una razón, además de pedagógica para la promoción de la formación cívica constitucionalista de nuestra juventud, hay una razón política fundamental ¿Entonces para qué fue que formamos la Constitución, y que nos metimos y metimos al país en semejante problema como fue la crisis de constitucionalidad? ¿Y para qué fue todo lo que se desembocó felizmente en los acuerdos del 14 de junio y la promulgación efectiva del 4 de julio, que puso en vigor la forma constitucional? ¿Acaso no fue para democratizarla y transformarla en un instrumento jurídico y político capaz de orientar la construcción de una verdadera democracia en Nicaragua? Hay que rendir homenaje, hay que rendir tributo a ese esfuerzo que hizo el pueblo de Nicaragua, las partes más avanzadas del pueblo de Nicaragua representadas en esta Asamblea Nacional.
Las cosas, Presidente, hay que llamarlas por su nombre, los puntos hay que ponerlos sobre las íes; esas son las razones, realmente pedagógicas, por un lado; y por el otro lado políticas, cívicas y democráticas por supuesto, para modificar el día o la fecha en que deba celebrarse o conmemorarse u homenajearse la Constitución Política -ahora democrática- de la República de Nicaragua.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Dámaso Vargas
Carlos Gallo.
Gracias, Presidente.
Sobre la intervención del Diputado Sánchez, yo tengo una observación que hacer. Si aceptamos como argumento que el día propuesto es el día que entran en vigencia las reformas constitucionales, yo no tengo ninguna objeción sobre eso. Pero quiero recordarle que ese día es 4 de Julio y no me parece el día más indicado para esta nación soberana, que nosotros estemos celebrando de manera paralela. Yo creo que se puede hacer un esfuerzo por concertar y buscar un nuevo día, pero no el 4 de Julio. Diputado Sánchez, usted sabe que el pueblo norteamericano celebra su independencia ese día.
Muchas gracias.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Moción: Declarase "Día de la Constitución Política de Nicaragua" el primer lunes del mes de Septiembre de cada año, y las escuelas y colegios del país dedicarán ese día al estudio y la enseñanza de la Constitución Política". Cairo Manuel López.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Se pone a votación la moción del Diputado Cairo Manuel López.
Se inicia la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 36 votos a favor, 14 votos en contra y 6 abstenciones, se aprueba la moción.
Siguiente artículo.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Arto. 3
La presente ley regirá para las escuelas o centros militares y policiales dedicados a la formación de cuadros de dirección y mando. En los cuarteles o establecimientos militares y policiales, la tropa recibirá instrucción sobre la Constitución y los Derechos Humanos conforme a los programas y textos correspondientes elaborados en coordinación con el Ministerio de Educación.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
A discusión el artículo.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Con 47 votos a favor, 2 abstenciones, se aprueba el artículo 3.
Artículo 4.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Arto.4
Corresponde al Ministerio de Educación elaborar los programas y los textos progresivos de la materia sobre la Constitución Política y los Derechos Humanos para estudio en los niveles de primaria, educación y técnico vocacional. Las Instituciones de la Educación Superior podrán elaborar los suyos en base mínima a los indicados en el artículo 2 de esta ley, y los centros militares y policiales conforme al artículo 3.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra la Diputada María Ramírez.
DIPUTADA MARIA RAMÍREZ GUERRERO:
Gracias.
Quería incluir en ese artículo el término de "metodología educativa", para subsanar la discusión que tuvimos en los artículos iniciales sobre la inclusión del estudio de la Constitución y los Derechos Humanos en niveles inferiores de educación, como es el caso del preescolar, y hablábamos de que era necesario adaptar estos programas en base a la metodología y al nivel que corresponde a los estudiantes. La propuesta sería la siguiente: "Corresponde al Ministerio de Educación elaborar los programas de metodología educativa y los textos progresivos de la materia"; y el resto como continúa el artículo incluir la metodología.
Gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez.
DIPUTADA MAGDALENA ÚBEDA DE RODRIGUEZ:
Gracias, Presidente.
Como en el artículo primero habíamos introducido que desde la enseñanza preescolar los niños en Nicaragua iban a recibir instrucción cívica y algunas enseñanzas, por lo menos sobre la Constitución, por lo menos que sepan que existe una Carta donde están incluidos ellos, no me parece suficiente, como decía la Diputada Ramírez, que se hable de metodología educativa; sino que yo sugeriría que en este artículo 4, cuando se habla "para estudio en los niveles de primaria", se incluya: "los niveles de primaria, pre-primaria, educación media y técnico vocacional", porque eso de metodología educativa, claro que es una terminología técnica, pero no es suficiente. Entonces Presidente, yo paso mi moción por escrito.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra la palabra el Diputado Víctor Manuel Talavera.
DIPUTADO VÍCTOR MANUEL TALAVERA:
Gracias, señor Presidente en funciones.
Estamos en la discusión de una ley sumamente importante para todos los nicaragüenses, y particularmente para los estudiantes en las diferentes etapas. Hemos aquí venido hablando de la Costa Atlántica y de las lenguas de la Costa Atlántica; así vimos que en el Código del Trabajo se hiciera una emisión del Código del Trabajo en las lenguas de la Costa, igual que los convenios colectivos y los reglamentos de la misma materia; pues aquí también deben elaborarse los programas y los textos progresivos de la materia sobre la Constitución y los Derechos Humanos, en las lenguas existentes en la Costa Atlántica.
Yo sugeriría y mocionaría, tal vez el Diputado Ray Hooker presenta una redacción en ese sentido por ser el un costeño, de que sea incluida esta materia en las lenguas de las comunidades de la Costa Atlántica nicaragüense.
Gracias.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN:
Ray Hooker Taylor.
DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:
Yo apoyo la moción que acaba de hacer el Diputado Talavera, porque obviamente corresponde al espíritu de las reformas constitucionales que hemos aprobado. La moción consiste en que agreguemos después de la palabra "vocacional" -en la quinta línea-, la siguiente oración: " En las Regiones Autónomas, los programas y textos serán elaborados también en las lenguas e idiomas de dichas Regiones "Esa es la moción, Presidente.
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS:
Hernaldo González.
Delvis Montiel.
DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:
Gracias, señor Presidente.
No me parece a mí el estar hablando, cada vez que se elabora una ley, de que deben programas especiales. Recuerdo cuando estuvimos discutiendo aquí la ley sobre el Jurado, que se habló de que los juicios deberían de ser en la lengua de los hechores, y hay un problema grande, porque un hechor puede dominar una lengua y los Jurados dominar otra; de manera que sería una cosa casi ininteligible o inentendible. Al estar diciendo aquí que el Ministerio de Educación elaborará los programas y textos progresivos de la materia sobre la Constitución Política y Derechos Humanos, le estamos dando a él- al Ministerio- esa facultad de elaborarlos.
Eso es como estarle diciendo, bueno, la enseñanza del español lo va a hacer en la lengua misquita, en la lengua sumo, en la lengua rama, en la lengua garífuna; eso es estar hablando de más. Ya se dice que es el Ministerio de Educación el que va a elaborar los programas, y no va a elaborar la Constitución Política dirigida a la Costa Atlántica para su enseñanza en los centros escolares de la Costa Atlántica, donde hay mayoría étnica, en una lengua determinada; no la van a elaborar en español sino que la van a elaborar en la lengua que se domina ahí.
De manera que poner eso, es totalmente sobrancero porque eso le corresponde al Ministerio de Educación, es responsabilidad exclusiva del Ministerio de Educación, y aquí estamos tratando al Ministerio de Educación como si fuera un niñito. Yo veo que es innecesario, y pediría al mocionista que si hay un celo aquí o alguna preocupación por quedar bien con los ciudadanos de la Costa Atlántica, con los hermanos de la Costa Atlántica, pues en realidad yo creo que no se les está quitando aquí ningún derecho en absoluto, sino que es responsabilidad del Ministerio de Educación elaborar y hacer los programas en las lenguas correspondientes, y eso ya lo hemos dicho.
Incluso, como les repito, cuando discutimos aquí el Código de Instrucciones Criminal y se habló de los Jurados, se habló de que el juicio deberá de llevarse en la lengua del procesado, lo cual causaba unas grandes dificultades porque a veces no todos, ni el Juez domina la lengua del procesado. Pero bueno, se supone que si se manda a un maestro a una comunidad, a una escuela donde hay una mayoría étnica que domina una lengua, esa es su lengua nativa. La Constitución debe ser trasladada a esos idiomas, donde predominan particularmente en cada espacio territorial, ya sean los sumos los ramas, los garífonos u otros.
Hoy en la Costa Atlántica no solamente se hablan esos dialectos, sino que también se habla el español y creo que dominan el inglés, y podríamos decir bueno, ¿por qué no lo ponen en inglés, en el Inglés de la Costa Atlántica? Sería bueno decir eso, pero yo creo que en realidad es sobrancero. Yo pediría que se retirara esa moción porque le corresponde al Ministerio de Educación elaborar eso; y habría que ver como en realidad se mejoraría, se dominaría y se transmitiría mejor la enseñanza y la divulgación de la Constitución Política en los dialectos de esas comunidades de la Costa Atlántica.
Muchas gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Ray Hooker.
DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:
Apoyo la moción del Diputado Víctor Manuel Talavera, y la apoyo no por capricho. En las reformas constitucionales se dice claramente, en el artículo 121, que: "Los pueblos indígenas y las comunidades étnicas de la Costa Atlántica tienen derecho en su región a la educación intercultural en su lengua materna, de acuerdo a la ley". Eso lo dicen expresamente las reformas constitucionales. La Constitución anterior también en otro de sus artículos, reconoce este derecho a los pueblos indígenas y comunidades étnicas de la Costa Atlántica. Pero también en la ley de lenguas, aprobada mayoritariamente por esta Asamblea, se consagra ese derecho que tienen los pueblos indígenas de las comunidades étnicas de la Costa Atlántica a recibir la educación en su lengua materna.
Además en la ley de lenguas y en la Ley de Autonomía de las Regiones Autónomas, se establece claramente que la educación intercultural tiene que ser ejecutada en coordinación con las autoridades educativas de las Regiones Autónomas. Es decir, el Ministerio de Educación en coordinación con las autoridades educativas de las Regiones Autónomas elaboran dichos programas; programas que ya tienen más de diez años de estar funcionando, tanto en la Región Autónoma del Atlántico Norte como en la Región Autónoma del Atlántico Sur. La educación primaria por ejemplo, ya es impartida en todos los grados en el idioma sumo, en miskito, en inglés, además del español, en las Regiones Autónomas.
Así que la encuentro muy lógica y muy atinada la propuesta del Diputado Víctor Manuel Talavera. La moción dice lo siguiente: En las Regiones Autónomas, los programas y textos serán elaborados también en las lenguas e idiomas de dichas regiones, en coordinación con las autoridades educativas de las Regiones Autónomas.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Salvador Madriz.
DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:
Muchas gracias, señor Presidente, por darme la oportunidad de intervenir en este debate, en el cual me siento sumamente impresionado por las palabras del Representante Ray Hooker, y también por el señalamiento que hacia Víctor Manuel Talavera sobre el problema de las etnias y de su lengua, que ya es contemplado dentro de lo que hemos dado en llamar la Autonomía de la Costa Atlántica; y me sumo a respaldar completamente lo propuesto por el Diputado Ray Hooker, en que se respete lo ya contemplado y establecido como ley.
Muchas gracias, señor Presidente, por la amabilidad que ha tenido de concederme la palabra.
PRESIDENTE EN FUNCIONES NICOLAS BOLAÑOS GEYER:
Tiene la palabra el honorable Diputado Delvis Montiel.
DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:
Gracias, señor Presidente.
Pareciera que no me exprese lo suficientemente claro. Los argumentos del Diputado Ray Hooker vienen a darme la razón de que ya existe no solamente una ley de lenguas, sino también cito dos, tres artículos de la Constitución, que habla de los programas de enseñanza para las diferentes etnias que existen en la Costa Atlántica. El Ministerio de Educación debe hacer esos programas en las lenguas correspondientes. De manera que estar diciendo en cada ley que lo debe hacer, es estar repitiendo lo que ya está dicho en la Constitución y lo que está escrito en una ley de lenguas, por lo cual lo considero yo sobrancero e innecesario.
El Ministerio de Educación, por ejemplo la gramática la enseña en miskito, en sumo, en rama, o en otra lengua; pues con mucha razón la Constitución Política va a ser traducida y se van a enseñar los principios fundamentales, o toda, depende de los niveles educativos- porque ya existe hasta universidad en la Costa Atlántica; en Bluefields existen centros universitarios, centros superiores- y va a ser precisamente en la lengua materna, es decir, en la lengua de las etnias correspondiente.
Yo no es que me esté oponiendo a que se traduzca, ni estoy diciendo que se debe enseñar la Constitución Política en español, no estoy diciendo eso; sino que eso es sobrancero, eso se debe suprimir, porque es responsabilidad del Ministerio de Educación, y el Ministerio de Educación ya sabe cómo hacerlo. No es un niño el Ministro, ni sus técnicos, ni el Ministerio, que les vamos a estar diciendo a cada rato como es que deben hacer las cosas; él ya sabe cómo debe hacerlas, ya sabe que en la Constitución Política se ordena, y si no lo hace la está violando. Se pone una queja contra el Ministro para que se haga la traducción de la Constitución Política, que está en español, a la lengua correspondiente y así se enseñe. Esa es mi posición.
Por eso es que yo pido que se retire. Yo no estoy pidiendo que se enseñe en español, por favor... tal vez no me exprese bien. Pero mi intención es no estar repitiendo eso a cada rato, porque ya esta dicho no solamente en esa ley de lenguas sino también en la Constitución Política. De manera que es sobrancero estar repitiendo en cada ley que debe hacerse en las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica. Respetar las etnias y enseñar la Constitución en las lenguas de las comunidades correspondientes, es sobrancero totalmente, ya esta dicho en la Constitución y tiene que respetarse.
Por lo tanto, yo pediría que no se mal interprete de que estoy en contra de que se enseñe en las lenguas nativas, sino simplemente que no lo pongamos porque eso ya esta dicho. Yo pediría que reflexionemos sobre eso y que se suprima porque no es necesario; la Constitución Política es la Carta Fundamental y no se puede violar, además existe una ley secundaria al respecto, esa ley de lenguas, respetando las diferentes dialectos que existen en esas comunidades de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica.
Muchas gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES NICOLAS BOLAÑOS GEYER:
El honorable Diputado Ray Hooker Taylor, tiene la palabra.
DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:
Entiendo muy bien la posición del Doctor Delvis Montiel. Si viviésemos en Suiza, la posición sería perfectamente válida; pero vivimos en un Estado donde estamos luchando por la profundización de la democracia. La Constitución de 1987, también incluyo artículos relacionados con la obligatoriedad del Ministerio de Educación de respetar las lenguas e idiomas de los pueblos de la Costa Atlántica; sin embargo en 1991-1992, los pueblos de la Costa Atlántica han tenido que estar luchando tenazmente para el mantenimiento de esos programas de educación intercultural, porque el Ministerio de Educación estaba buscando en esa etapa como eliminarlas.
La Comisión de la Costa Atlántica tuvo que llamar al responsable del Ministerio de Educación a esta Asamblea para investigar ese asunto; y aún hoy en día, después de casi dos años de aprobación de la Ley de Lenguas, el Ejecutivo no la ha mandado a publicar en La Gaceta. Así que como vivimos en nuestra Nicaragua, donde estamos luchando por la profundización de la democracia, la propuesta del Diputado Víctor Manuel Talavera continua siendo válida; lo que abunda no daña.
PRESIDENTE EN FUNCIONES NICOLAS BOLAÑOS GEYER:
Tenemos tres mociones presentadas, y ya que nadie ha asumido el texto del dictamen, entonces vamos a someter a votación esas tres mociones en el orden en que fueron presentadas. La Secretaría va a leer la primera moción para someterla a votación.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Moción de la Diputada María Ramírez: "Artículo 4. Corresponde al Ministerio de Educación elaborar los programas de metodología educativa y los textos progresivos de la materia", y lo demás igual. La moción de ella es concerniente a metodología. Esa es la moción número uno.
PRESIDENTE EN FUNCIONES NICOLAS BOLAÑOS GEYER:
Entonces vamos a someter a votación esa primera moción.
Se somete a votación.
Comienza la votación.
Se acaba de cometer una equivocación en la caja de controles, así que esta abierta la votación. Por favor que vuelvan a votar los que lo habían hecho, pues se les borró.
Todavía faltan algunos Diputados que necesitan votar para tener el quórum necesario para la votación.
Se cierra la votación.
El resultado es: 53 votos a favor, ninguno en contra y 4 abstenciones. Entonces queda aprobada esa moción.
Ahora la Secretaria va a leer la segunda moción para someterla a votación.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Moción número dos, de la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez. Dice lo siguiente: " En la cuarta línea introducir, después de las palabras "en los niveles", de preescolar, primaria, etc.", el resto igual". La moción es relativa a incluir el nivel del preescolar.
PRESIDENTE EN FUNCIONES NICOLAS BOLAÑOS GEYER:
Se comienza la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 46 votos a favor, ninguno en contra y 6 abstenciones, queda aprobada esa moción.
Vamos a escuchar la moción número tres, para someterla a votación.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
La moción número tres es presentada por los Diputados Víctor Manuel Talavera y Ray Hooker. Dice lo siguiente: "Agregar después de "vocacional" en la quinta línea, la siguiente moción: "En las Regiones Autónomas los programas y textos serán elaborados también en las lenguas e idiomas de dichas regiones, en coordinación con las autoridades educativas de las Regiones Autónomas".
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Se somete a votación.
Comienza la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 51 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones, queda aprobada también la tercera moción, y de esa forma queda aprobado también el artículo 4. Ahora pasamos al artículo 5.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Arto 5
El sistema educativo nacional dispondrá de un término de ciento ochenta días, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para preparar las condiciones del inicio de la enseñanza de la materia de la Constitución Política y los Derechos Humanos; y noventa días adicionales para el inicio en firme de los cursos respectivos. A iguales términos se sujetaran las instituciones castrenses y de orden público.
PRESIDENTE EN FUNCIONES NICOLAS BOLAÑOS GEYER:
A discusión el artículo 5.
Tiene la palabra la honorable Diputada Luisa del Carmen Larios.
DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:
Gracias, Presidente.
Leyendo el artículo 5, y tratando de ser coherente con el artículo anterior aprobado con todas las modificaciones que surgieron y considerando el numerado y la coherencia del mismo, más bien lógica debería ser que el 5 pasara hacia el 7, y el 7 subiera hacia el 5. Si hay alguien que coincidiese con esta moción, yo quisiera secundarla, o presentar la moción por escrito, dada la coherencia que tiene el artículo 7 en relación con el artículo 4 que acaba de ser aprobado. Eso es todo Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:
¿Diputada Luisa del Carmen, tiene una propuesta? Esta bien.
DIPUTADA JULIA MENA RIVERA:
Yo tenía una inquietud, y me gustaría que la Comisión de Educación me la aclarara, y es que si ese período comprendido de ciento ochenta días significa que se iniciarían estos cursos y la enseñanza de esta materia en el próximo año escolar. Mi pregunta es esa, si eso significa que el próximo año escolar ya se inicia el estudio de la materia entre los cursos.
PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:
Diputado Carlos Gallo, para responderle a la Diputada Mena.
DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:
Efectivamente, en cuanto esta ley entre en vigencia, ciento ochenta días tiene de plazo el Ministerio de Educación para presentar los textos. Además, quiero decirle que ya existen los textos, ya hay algunos módulos avanzados, temas que ha venido trabajando el MED, y aquí lo que estamos haciendo es nada más dándoles garantías para que ese esfuerzo pueda tener respaldo jurídico.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TÉFEL VÉLEZ:
Diputada Luisa del Carmen Larios, la suya es una propuesta de estilo, porque es nada más cambiar de lugar dos artículos, sin alterarlos en su contenido. ¿Usted aceptaría la Comisión de Estilo revise, si en vez de someter a votación un artículo, pase antes que el otro?
¿Está bien? Correcto.
Dado que no existe ninguna propuesta para modificar el contenido del artículo, vamos a someter a votación el artículo 5.
Se inicia la votación.
Hay varios Diputados que no han hecho uso del derecho al voto.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 52 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones, queda
aprobado el artículo 5.
Artículo 6.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Arto.6
El Ministerio de Educación velará por el cumplimiento de la presente ley. Igual responsabilidad tendrán los Ministerios de Defensa y Gobernación por lo que corresponde a las instituciones militares y de orden público. Las universidades dentro del marco de su autonomía promoverán el cumplimiento de la presente ley en la enseñanza superior.
PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:
A discusión el artículo 6.
A votación el artículo 6.
Se abre la votación.
Hay 13 Diputados que todavía no han votado.
Vamos a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 51 votos a favor, ninguno en contra, 3 abstenciones, aprobado el artículo número 6.
Artículo número 7.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Arto.7
. Los medios de comunicaciones, como parte de su función social para contribuir al desarrollo de la construcción de la nación, tienen la responsabilidad de establecer acciones de divulgación y programas que promuevan la enseñanza de la Constitución Política y de los Derechos Humanos.
PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:
A discusión el artículo 7.
A votación el artículo 7.
Se abre la votación.
Hay Diputados que aún no han votado.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 45 votos a favor, ninguno en contra, 4 abstenciones, queda aprobado el artículo número 7.
Artículo 8.
SECRETARIA JULIA MENA RIVERA:
Arto.8
La presente ley deroga cualquier disposición que se le oponga, y entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio a su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE EN FUNCIONES REINALDO ANTONIO TEFEL VÉLEZ:
A discusión el artículo 8.
Procederemos a votar el artículo 8.
Se inicia la votación.
Hay Diputados que todavía no han votado.
Vamos a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
Con 50 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones, queda aprobado el artículo 8; queda aprobada la Ley de Promoción de los Derechos Humanos y de la Enseñanza de la Constitución Política.
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
.
Edificio Benjamin Zeledón, 10mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 227
Enviar sus comentarios a:
Dirección de Diario de Debates