Debates
Ver Iniciativa Asociada.
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
28 de Febrero del 2001
Fecha Aprobación:
28 de Febrero del 2001
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"
LEY QUE AUTORIZA LA PRIVATIZACIÓN DE LA EMPRESA PRODUCTOS DE CONCRETOS DE NICARAGUA S.A. (PROCON)
"
Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL CORRESPONDIENTE AL DÍA MIÉRCOLES 30 DE AGOSTO DE 1995. (DÉCIMA PRIMERA LEGISLATURA).
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMÁN ÁREAS:
Vamos a continuar con el punto 2.1 del Orden del Día:
LEY QUE AUTORIZA LA PRIVATIZACIÓN DE LAS EMPRESAS HIELERA POLAR, PRODUCTOS DE CONCRETO DE NICARAGUA, EMPRESA METAL MECÁNICA, COPRENIC, NICARAGÜENSE DE ALUMINIO.
Dora María Téllez dará lectura a ese proyecto de ley.
DIPUTADA DORA MARÍA TÉLLEZ ARGÜELLO:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Doctor
LUIS HUMBERTO GUZMAN AREAS
Presidente de la Asamblea Nacional.
Señor Presidente:
Los suscritos Representantes ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Arto. 138 y 140 Cn. y del Estatuto General y su Reglamento, sometemos a consideración de la Asamblea Nacional la presente iniciativa de Ley denominada "
LEY QUE AUTORIZA LA PRIVATIZACION DE LAS EMPRESAS, HIELERA POLAR, PRODUCTOS DE CONCRETO DE NICARAGUA S.A. (PROCON), EMPRESA METAL MECANICA S.A. (EMEMSA), COPRENIC, CONCRETOS PRETENSADOS DE NICARAGUA, NICARAGUENSE DE ALUMINIO S.A. (NICALUM)
."
La iniciativa pretende resolver de manera estable el traspaso de propiedad de bienes y acciones a favor de los trabajadores, de conformidad a los Acuerdos de Concertación Económica Social, fase I y II celebrados entre los Representantes del Estado Nicaragüense y los Trabajadores, el diez de Febrero de mil novecientos noventa y tres.
También se ha tornado en cuenta lo establecido en Ley 169 "LEY DISPOSICION DE BIENES DEL ESTADO Y ENTES DE LOS SERVICOS PUBLICOS".
La iniciativa autoriza la venta de bienes de las Empresas Hielera Polar, Productos de Concreto de Nicaragua S.A. (PROCON), Empresa Metal Mecánica S.A. (EMEMSA), COPRENICA Concretos pretensados de Nicaragua, Nicaragüense de Aluminio S. A. (NICALUM), en los porcentajes previamente acordados entre el Estado y los Trabajadores, una vez que ya se han establecidos procedimientos de devolución o de indemnización en los casos que comprobó que los dueños no eran sujetos de confiscación.
El precio de pago aquí establecido se hizo en base a los valores de activos previamente hechos por las empresas sujetas de esta Ley.
El proceso y las condiciones de pago son las que se estableció en los Acuerdos de Concertación Económica social en Febrero de 1993.
Por ministerio de ley se obliga al Estado al endoso de acciones en un plazo de 30 días. Y se establecen procedimientos ejecutivos para que el Juez de los Civil proceda a entregarlo en los casos que hubiera negativa del Estado.
Por todo lo anterior solicitamos se someta a consideración del plenario la presente iniciativa para su dictamen y posterior aprobación.
Managua, 18 de Julio de 1995.
DORA MARÍA TÉLLEZ
PRESIDENTE LUIS HUMBERTO GUZMÁN ÁREAS:
Se remite el proyecto de ley a la Comisión de Asuntos Económicos.
CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 28 DE FEBRERO DE 2001. (DÉCIMO SÉPTIMA LEGISLATURA).
SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN:
En el Adendum 3, Discusión de Dictámenes.
3.17: LEY QUE AUTORIZA LA PRIVATIZACIÓN DE LA EMPRESA PRODUCTOS DE CONCRETOS DE NICARAGUA S.A. (PROCON).
El Diputado Wálmaro Gutiérrez va a leerlo.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Managua, 28 de Junio del año 2000.
Doctor
IVAN ESCOBAR FORNOS
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
La Comisión de Asuntos Económicos Finanzas y Presupuesto recibimos el mandato de dictaminar el proyecto de
LEY QUE AUTORIZA LA PRIVATIZACIÓN DE LA EMPRESA PRODUCTOS DE CONCRETO DE NICARAGUA, S.A. (PROCON)
.
La Comisión en relación con este proyecto de ley ha considerado lo siguientes factores:
OBJETIVOS GENERALES
1. Concluir con el procedimiento de privatización de las Empresas que aún se encuentran siendo administradas por la Corporación Nacional del Sector Público (CORNAP).
2. Resolver de manera estable el derecho de los trabajadores a participar del porcentaje que de acuerdos de la Concertación Económica y Social, Fase I y II, celebrado entre el Gobierno y los trabajadores, así como la Ley "278", Ley de la Propiedad Urbana y Reformada, les corresponde.
CONSIDERANDO:
1. Que dentro de la iniciativa de ley, el precio aquí establecido se hará en base a valuaciones previamente realizadas por la CORNAP y los trabajadores.
2. Que las acciones vendidas a los trabajadores responderán con garantías del crédito a favor del Estado.
3. Que la forma de pago de las acciones traspasadas a los trabajadores será conforme lo establecido por la Ley 278, Ley de la Propiedad Urbana y Reformada.
Que la presente iniciativa de ley no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua; los suscritos Diputados de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto dictaminamos FAVORABLEMENTE el proyecto de "
LEY QUE AUTORIZA LA PRIVATIZACION DE LA EMPRESA PRODUCTOS DE CONCRETOS DE NICARAGUA, S.A. (PROCON)",
por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.
Anexamos el proyecto de ley dictaminado.
De usted, Atentamente,
COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO
OSCAR MONCADA REYES DORA ZELEDON ZELEDON
BAYARDO ARCE CASTAÑO ALCALA BLANDON CRUZ
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON WALMARO GUTIERREZ
Hasta aquí el dictamen.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión en lo general.
Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.
DIPUTADO WALMARO GUTIÉRREZ:
Muy buenos días, honorables Diputados.
Muchísimas gracias por concederme la palabra, señor Presidente.
Creo que el día de hoy estamos iniciando esta Sesión parlamentaria con un proyecto de ley que es a todas luces de plena justicia, como es la Autorización de la Privatización a favor de los trabajadores que en este momento se encuentran presentes y nos honran con su presencia en el Plenario de esta honorable Asamblea Nacional, del cien por ciento de las acciones de PROCON. Creo que es importante dejar claro que el derecho de los trabajadores con este proyecto de ley, que toda esta Asamblea Nacional tendrá la oportunidad de aprobar en favor de ustedes, genera como consecuencia de que ustedes serán dueños de los derechos, bienes, acciones y obligaciones de PROCON, hasta en un cien por ciento de sus acciones.
Las condiciones en que se hará este traslado, en carácter de venta al crédito de estas acciones, pues definitivamente crea una cantidad de concesiones en carácter eminentemente favorable a los trabajadores, y que fueron ampliamente consensuadas por la Comisión Económica, entre ellos el plazo máximo de veinte años para pagar con un período de gracia de tres años. También se deja consignado que son todos los trabajadores que a partir del 31 de Diciembre de 1995 estuvieren trabajando en la empresa, y los trabajadores que posteriormente se hubieren incorporado a trabajar en estas empresas.
Importante para los trabajadores, y si me lo permiten, es una recomendación de carácter legal. El corazón de esta ley se encuentra en el artículo donde se crean una serie de condiciones de carácter económicas, eminentemente favorables al trabajador; entre ellas, por ejemplo, que el monto del adeudo podrá ser pagado hasta en un cien por ciento con bonos de indemnización, pagado en un 50 por ciento de su valor facial. Y otro elemento que es muy importante destacar en este proyecto de ley, es el descuento bajo efecto de las cláusulas de pronto pago, mediante el cual, si existe una posibilidad por parte de la empresa de pagar de manera anticipada, pues efectivamente existe un descuento hasta del 40 por ciento de la deuda en total.
Es por eso que esta honorable Asamblea Nacional y fundamentalmente también la Bancada del Frente Sandinista, se honra y se complace en aprobar este tipo de iniciativas que vienen a darles el cien por ciento de los bienes, derechos, acciones y obligaciones a los trabajadores de PROCON. La Bancada del Frente Sandinista lo apoya en su totalidad, lo somete a la consideración del Plenario, y solicita la aprobación unánime de este proyecto de ley.
Muchísimas gracias, y muy buenos días.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
Tiene la palabra el honorable Diputado Emilio Márquez Acuña.
DIPUTADO EMILIO MARQUEZ ACUÑA:
Gracias, Presidente.
Yo quiero esta mañana felicitar a los trabajadores de PROCON, porque a pesar de los cantos de sirenas de otros líderes, libraron batallas dolorosas entre los mismos trabajadores; pero al final yo creo que con este proyecto de ley se está haciendo justicia. Esta ley es una inspiración del proyecto de ley que presenté en relación a la privatización de FANATEX, y es que de esta manera vamos a honrar, y con dignidad, que sean proyectos propios de los trabajadores. Esta ley trae nombre y apellido de quién es la empresa, y no como ha sido en otras ocasiones, víctimas de quienes prestan nombres, para que en nombre de los trabajadores se pida la propiedad al Gobierno y luego aparecen por debajo de la mesa los que están esperando que esté en manos de los trabajadores para arrebatársela.
Yo creo que con esta ley no se da pie a esa posibilidad, y los trabajadores deben ser vigilantes y garantes de que esto no suceda; hay gánsteres que se aproximan a los trabajadores cuando ya los trabajadores tienen asegurada la propiedad mediante una ley, la adquisición legal de una propiedad, que los trabajadores puedan levantar su frente y decir: nos pertenece por mandato de una ley y no porque fue piñateada. Este es un acto -por eso digo- de mera justicia, y espero que en la CORNAP se subsanen obstáculos que se le ponen a los trabajadores cuando tratan ya de legalizar.
Que no suceda con los compañeros de PROCON y CARTONICA lo que está pasando con los obreros de FANATEX, a quienes desde Octubre les aprobamos una ley similar o igual a ésta, y a estas alturas una señora que se llama Gladys, que viene desde el régimen sandinista, está obstaculizando el traspaso de la propiedad, la legalización de la propiedad, y se les está diciendo "fresquito". Y desde este Parlamento yo le hago un llamado al Director Róger Etienne, para que corrija y se dé celeridad en los procesos de transferencia de la propiedad. Esto lo digo porque no quiero que también suceda con los trabajadores de PROCON.
De tal manera que yo respaldo en todo y cada uno de sus artículos esta ley, que incluso viene a establecer un marco constitucional, un marco jurídico de procedimiento y no como otras empresas que mediante la negociación política o politiquera se han quedado con hermosísimas empresas, que a estas alturas todavía no se sabe si están legal o ilegalmente retenidas, administradas o explotadas por personas que dicen que es de ellos y no es de ellos todavía. Muchas empresas están en esa situación y debería pedírsele a la CORNAP que nos informe cuántas son las empresas que están en "stand by" en el asunto de legalidad jurídica.
Así muchas empresas de la noche a la mañana aparecieron con dueños, como el caso de la "Gabriel Cardenal" o "Chontal", donde Julián Salaverry, -un coronel- se quedó con empresas. Dice que es del Ejército, pero a veces dice que no; tiene una asociación que se llama ENTOSA, que es la que exporta el producto, pero la que lo produce es la "Gabriel Cardenal". Situaciones como ésas, todavía están por resolverse, por investigarse, para que el asunto de la propiedad lo vayamos canalizando de conformidad a la Ley de Reforma a la Propiedad Urbana y Rural.
Estas situaciones -como decía- vienen ahora haciéndose a través de una ley, porque antes le decían al trabajador que se podía negociar, que se podía hacer, pero bien sabemos que aquella propiedad que pasa de los 200 mil córdobas, solamente mediante un proyecto de ley aprobado por la Asamblea Nacional es que puede hacerse la transferencia, y ahora con la Ley de Enajenación del Estado. Así que yo me sumo y respaldo este proyecto de ley, y tomemos anotaciones de esta situación de la propiedad.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
Ultimo orador, Mario Lizano Gutiérrez.
Tiene la palabra Nathán Sevilla.
DIPUTADO NATHAN SEVILLA:
Muchas gracias, Presidente.
Me complace que por fin se pueda estar aprobando la ley que favorece a los trabajadores de PROCON. Es un derecho que fue adquirido durante el gobierno anterior, pues recuerdo que en la transición entre el gobierno anterior y este Gobierno, un poco antes de que este Gobierno asumiera, la Asamblea Nacional también había aprobado varias leyes de privatización de empresas a favor de los trabajadores, y lamentablemente fueron consideradas nulas esas leyes por el fallo de la Corte Suprema de Justicia. Pero ya era hora, pues, de que se le hiciera justicia a los trabajadores de PROCON.
Creo que también hay que hacerles justicia a los otros trabajadores de las otras empresas que no han podido obtener una ley que les asegure el derecho que adquirieron mediante los Acuerdos de Concertación. Por ejemplo, tenemos el caso de SOLKA que está pendiente. Entiendo que hay una ley en elaboración para resolver el caso de SOLKA. Señor Presidente y colegas Diputados, quisiera también manifestar el desacuerdo que nos causa el anuncio del Presidente de la República de quitarle a los sindicatos el derecho de obtener la cotización de sus afiliados por medio de la deducción de la cuota hecha en las planillas de las empresas correspondientes.
Este derecho de los trabajadores, es un derecho reconocido internacionalmente. En la OIT se ha hablado mucho de eso, en las comisiones tripartitas de gobiernos, empleadores y trabajadores, y no consiste el derecho en imponerle a ningún trabajador que cotice obligatoriamente, sino que es voluntario, el trabajador tiene que dar una autorización, su firma, aceptando que se le deduzca la cotización; y eso nada tiene que ver con las cotizaciones que a veces se imponen a los empleados públicos por parte de partidos políticos a favor del partido.
Entonces, el hecho de que haya habido una crítica del Banco Interamericano de Desarrollo al Gobierno por la deducción del 5 por ciento que le hace a los empleados públicos, que le había venido haciendo a los empleados públicos a favor del partido de gobierno, y que por esa razón se haya visto obligado el Gobierno a suspender esa medida, no explica el porqué el Presidente de la República arremete contra un derecho adquirido por los sindicatos de trabajadores, de poder obtener la cotización sindical a través de las nóminas de pago, cuando los trabajadores afiliados al sindicato han expresado voluntariamente su voluntad de que se les deduzca dicha cotización.
Es lamentable esto, y demuestra una vez más que la política del Gobierno es errática. Es errática porque en vez de aceptar el error cometido como partido de gobierno, al quitarle a los afiliados o a los empleados públicos una cotización para el partido y quedarse simplemente en un reconocimiento de ese error, arremeten contra un derecho de los trabajadores. Pero, por lo demás, vuelvo al tema original, de que estamos completamente de acuerdo en la aprobación de esta Ley que Autoriza la Privatización de la Empresa de Productos de Concretos de Nicaragua S.A. (PROCON) a favor de los trabajadores.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
Tiene la palabra el honorable Diputado Jorge Samper.
DIPUTADO JORGE SAMPER:
Muchas gracias, señor Presidente.
Quiero felicitar a los trabajadores de PROCON por este proyecto de ley que había sido presentado por el Movimiento Renovador Sandinista desde 1996, y que hoy gracias a Dios..., aunque se asuste Bayardo Arce y se ría Wálmaro, qué vamos a hacer, pero ahí está la historia que no puede ser borrada, y ahí está la propuesta presentada por la Diputada Dora María Téllez Argüello en 1996. Pero fuera de eso -porque la historia no puede borrarla ningún Diputado aquí presente-, ahí están los récord en el Diario de Debates, ahí están los récord en la Secretaría de la Asamblea Nacional, señor Arce y señor Gutiérrez.
Pero independientemente de eso, quiero felicitar al sindicato que fue el baluarte realmente y efectivamente, de que hoy estemos aprobando esta ley de privatización a favor de los trabajadores. Creo que ellos son los únicos que merecen ser felicitados, porque fueron efectivamente los que sostuvieron esta larga lucha, y sostuvieron además la empresa contra viento y marea, contra todo tipo de presión que recibieron en estos once años, y hoy han visto logrado este final feliz al obtener la privatización. No importa, señor Gutiérrez, no importa señor Arce, quién lo haya presentado. Lo más importante es que ahora los trabajadores pueden obtener este logro, que es única y exclusivamente de los trabajadores de PROCON. Yo los felicito y definitivamente que voy a apoyar este proyecto de ley.
Muchas gracias.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
Tiene la palabra el honorable Diputado Miguel Casco.
DIPUTADO MIGUEL ANGEL CASCO:
Gracias, señor Presidente.
Hay un pensamiento que dice: "Uno es el que siembra, otro es el que riega, y otros son los que cosechan", y eso se cumple en este tipo de acciones, donde el verdadero triunfo debe ser de los trabajadores, que son los que realmente han mantenido la lucha para lograr estos objetivos. Yo me sumo en esta mañana a la disposición -que esperamos sea por mayoría- de que todos los Diputados puedan respaldar esta iniciativa de ley. Y que los trabajadores realmente así como han luchado hasta hoy, puedan continuar en esta dinámica; y que trabajen -compañeros de la PROCON- para evitar que dos o tres personas al final -a como ha pasado en muchos lugares- se queden con las empresas que dicen que son de los trabajadores y después quedan en manos de unas cuantas personas, y hemos visto a esos trabajadores en diferentes lugares demandando espacios.
Yo creo que hoy alcanzan una lucha, pero hoy comienza otra lucha; no dejar que esa victoria y que ese triunfo que les ha costado, después quede en manos de unos pocos.
¡Adelante compañeros!
Muchas gracias.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
Tiene la palabra el último orador, Mario Lizano Gutiérrez.
DIPUTADO MARIO LIZANO GUTIERREZ:
Gracias, señor Presidente.
Realmente, además de felicitar a los trabajadores, nosotros debemos sentirnos orgullosos de que es en nuestro gobierno que se están haciendo estos procedimientos legales para que los trabajadores tengan con verdadero derecho sus propiedades; y que ellos, a la vez, sepan responder por esos bienes que se les están asignando, que se les están vendiendo de una forma favorable para el mantenimiento de sus hijos. A la vez secundo las palabras del Diputado Casco al decir que no sean unas cuatro personas las beneficiadas, sino que realmente sean sus familias, y los mismos trabajadores de la PROCON.
Así que felicidades, señores, y aprobemos esta ley.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A votación en lo general.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.
Lectura del artículo 1.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.1
La presente Ley tiene por objeto privatizar la Empresa PRODUCTOS DE CONCRETO DE NICARAGUA, S.A., la que se podrá designar como (PROCON) en esta Ley, y que es una sociedad mercantil con participación del Estado, adscrita a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) conforme a las leyes y la Constitución Política vigente.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
Tiene la palabra el honorable Diputado Bayardo Arce, sobre el artículo 1.
DIPUTADO BAYARDO ARCE:
Muchas gracias, Presidente.
Sobre el artículo 1, lo que quiero hacer es felicitar al MRS, felicitar a los liberales, felicitar a los sandinistas, felicitar a todos, porque al fin se hace justicia con este asunto. Y obviamente que estoy de acuerdo con el artículo 1, y el problema no es estar viendo quién fue el de la iniciativa y quién se lleva las palmas, lo importante es que los trabajadores tengan su empresa.
Gracias.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
No habiendo otro orador, a votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
76 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.2
Por los efectos de esta Ley, el derecho de los trabajadores a participar del porcentaje que conforme a los Acuerdos de la Concertación Económica y Social y la Ley de la Propiedad Urbana y Reformada, Ley 278, les corresponde, queda satisfecho y se releva al Estado de toda obligación.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.3
Se autoriza al Poder Ejecutivo a través de la Procuraduría General de Justicia, a efectuar los traspasos a favor de los trabajadores de los bienes, derechos y acciones del Estado, así como los pasivos de la Empresa PROCON hasta en un ciento por ciento, debiendo el Órgano Colegiado de la Contraloría General de la República velar por el traspaso ordenado y transparente de dichos bienes, derechos y acciones.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 3.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.4
El valor que resultare de todos los derechos, bienes y acciones que fueren cedidas a favor de los trabajadores, deberán ser canceladas por éstos en un período máximo de veinte años, con un período de gracia de tres años.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 4.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.5
Los trabajadores recibirán al crédito la propiedad de los bienes, derechos y acciones con un interés del seis por ciento anual sobre saldos y con mantenimiento de valor de la deuda, con respecto al tipo de cambio oficial vigente del córdoba con respecto al dólar de los Estados Unidos de América. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público será el agente financiero del Estado y receptor de los pagos correspondientes a través de la Caja Única.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 5.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.6
Los trabajadores que tendrán opción de compra de los bienes, derechos y acciones de PROCON, son aquellos que se encontraban laborando en la empresa al treinta y uno de Diciembre de mil novecientos noventa y cinco, y aquellos que habiéndose incorporado posteriormente se encuentran laborando actualmente.
Para calcular el porcentaje accionario correspondiente a cada beneficiario, se establece como referencia el salario y la antigüedad, asignándole al salario un valor de 40 untos y a la antigüedad un valor de 60 puntos.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
73 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 6.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.7
Para los efectos de esta Ley, se reconocen como derechos adquiridos por los trabajadores de esta Empresa, las indemnizaciones en su caso, los años de antigüedad laborados y las prestaciones laborales correspondientes. Las indemnizaciones serán conforme lo establecido por el Código del Trabajo vigente o el Convenio Colectivo de Trabajo vigente a la fecha de la liquidación de cada trabajador en su caso, lo que le sea más favorable a los trabajadores. El monto que resulte será deducido del valor de los activos de la Empresa, a efectos de determinación del valor de la misma.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 7.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.8
Las acciones vendidas a los trabajadores lo serán en forma nominativa, y éstos podrán a su voluntad organizarse en cualquier tipo de asociación legalmente establecida para la administración de sus acciones, las que serán cedidas en garantía al Estado.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
75 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 8.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.9
El precio de venta de las correspondientes proporciones accionarias de PROCON, será establecido por las valuaciones previamente realizadas por la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) y en acuerdo con los trabajadores, y en caso de no existir valuación se procederá a valorar por medio de dos peritos expertos en la materia, nombrado uno por los trabajadores y otro por la CORNAP, y en caso de discordia se resolverá nombrando un perito por medios judiciales conforme a la ley de la materia.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 9.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.10
Las cuotas de pago del principal a pagarse deberán distribuirse proporcionalmente a lo largo del período de pago. Los intereses deberán cancelarse anualmente. El monto adeudado podrá ser pagado hasta en un cien por ciento con bonos de indemnización tomado a un 50% de su valor facial, durante los doce meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley. Pasado este plazo, el saldo pendiente podrá ser pagado hasta en un 50% con bonos de pago por indemnización, tomados dichos bonos a un 50% de su valor facial. El otro cincuenta por ciento deberá ser pagado en moneda de curso legal. Si el monto adecuado es cancelado en su totalidad a la mitad del período, se hará un descuento del 25% de la deuda. Si se cancelara en los primeros cuatro años, el descuento será de un 40%. El Estado liberará la garantía proporcionalmente, conforme se realicen los pagos de dichos bienes.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 10.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.11
Los pasivos de PROCON, contraídos con instituciones públicas, serán negociados con éstas por los trabajadores y el Ejecutivo.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 11.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.12
Las acciones de los trabajadores no podrán ser vendidas a terceros, mientras el crédito otorgado por el Estado no haya sido cancelado en su totalidad. Los nuevos propietarios, con el acuerdo del Estado, podrán gravar los bienes con garantía hipotecaria o prendaria a favor de instituciones financieras para capital de trabajo, habilitación o renovación.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
Artículo 13.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.13
En caso de existir a la fecha de la entrada en vigencia de esta Ley, reclamo de ex propietarios de estas empresas, se aplicará en lo pertinente la Ley 278, Ley sobre la Propiedad Urbana y Agraria, para efectos de indemnización por parte del Estado.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 13.
SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Arto.14
La presente Ley deroga cualquier disposición que se le oponga y entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Hasta aquí la ley.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
A discusión.
A votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 14, y así toda la ley.
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