Debates
Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:12 de Junio del 1996
Fecha Aprobación:13 de Junio del 1996
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" LEY DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NO FUMADORES "

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SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA MIERCOLES TREINTA Y UNO DE ENERO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (ONCEAVA LEGISLATURA).


PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:


El siguiente punto es el 3.6: LEY DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NO FUMADORES. Me hubiera gustado darle la palabra a don Domingo Sánchez, ya que es una de las personas que ha promovido intensamente este anteproyecto de ley; pero como aparece aquí "Proyectista", le vamos a dar también la palabra al Doctor Danilo Aguirre.

Doctor Danilo Aguirre, tiene la amabilidad de leer antes de fumar, el 3.6: Ley de Protección de los Derechos Humanos de los No Fumadores, ya que usted es uno de los proyectistas?

La Diputada Dora María Téllez puede leer este proyecto.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Muchas gracias, Presidente.

Yo ya dejé de fumar hace seis meses, para respaldar a fondo este proyecto del Diputado Domingo Sánchez.
"11 de Diciembre de 1995.

Ingeniero Jaime Bonilla
Secretario
Asamblea Nacional
Presente.

Estimado Ingeniero Bonilla:

Los suscritos Diputados, con fundamento en los artículos 138 y 140 de la Constitución Política y Estatuto General de la Asamblea Nacional, someten a consideración de los Honorables Diputados la iniciativa de "LEY DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NO FUMADORES".

La iniciativa propende a la protección de los derechos individuales y la salud de la población no adicta al tabaquismo; garantizar la libertad de opciones entre las personas adultas, preservar a los menores de edad evitando que puedan ser inducidos al consumo y/o promoción del tabaco regulando los aspectos publicitarios, todo ello basado en el respeto a la libertad individual, y al respeto mutuo determinado por relaciones de cultura y educación que conlleven a la convivencia armónica entre las personas con diversidad de intereses, gustos y necesidades.

Presentamos simultáneamente la Exposición de Motivos, así como el texto de la iniciativa de "LEY DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NO FUMADORES". Solicitamos que sea sometida a consideración del plenario y pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.
.
Pedimos a los honorables Diputados el apoyo y voto favorable a esta iniciativa.

Atentamente,

David Blanco, Herty Lewites, Leticia Herrera, Gladys Báez, Wilberto Lara, Yadira Centeno, Martha García, Danilo Aguirre, Ramón Gámez, Carlos Manuel Morales, Roberto Urroz, Domingo Sánchez, Marcia Quezada, José Francisco Rivera, Roberto Laguna, Alonso Porras, Carlos Gallo, Orlando Rizo, Dora María Téllez.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias por la lectura.

Pasa a la Comisión de Salud.





SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA DOCE DE JUNIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (ONCEAVA LEGISLATURA).

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:


Siguiente punto: Dictamen del Proyecto de Ley sobre Protección a los Derechos Humanos de los No Fumadores.

Doctor Eduardo Paladino, si nos puede leer el dictamen.

DIPUTADO EDUARDO PALADINO CABRERA:
COMISION DE SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y BIENESTAR

Managua, 25 de mayo de 1996.
DICTAMEN
Doctor
CAIRO MANUEL LOPEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho

Señor Presidente:

La Comisión de Salud, Seguridad Social y Bienestar, ha procedido a estudiar y analizar el Proyecto de Ley sobre la Protección de los Derechos Humanos de los No Fumadores, presentado por varios Diputados en esta Legislatura para su correspondiente Dictamen.

Al respecto, la Comisión se ha ilustrado sobre el tema a través de numerosos estudios e investigaciones publicadas sobre el tabaquismo a nivel mundial, conociéndose que en América Latina hasta 1993, sólo diez países habían hecho legalmente obligatoria la educación sobre los peligros del fumar, sin embargo, la experiencia indica que en estos países la legislación no ha tenido el alcance nacional deseado, lo que ha motivado que numerosas organizaciones antitabaquismo presionen por la promulgación de una legislación que oriente y eduque a la niñez, adolescentes y jóvenes adultos en este tema, que como aspecto educativo muy poco se trata a nivel de escuelas y colegios.

La Comisión encontró también que en casi todos los países de América Latina se han dado a la tarea de crear disposiciones legales que más bien dificulten el consumo de cigarrillos, entre las más comunes se pueden mencionar:

La prohibición se establece comúnmente a oficinas gubernamentales, Centro de Salud, Escuelas, locales públicos cerrados, locales de diversión, vehículos de transporte colectivo, entre otros. En Costa Rica se mantiene la prohibición general de fumar en todos los lugares de trabajo.

En este sentido, según las encuestas, muchas empresas están convencidas de que el trabajador NO FUMADOR es más productivo y cuesta menos. A la vez, los trabajadores están conscientes de la necesidad de trabajar en un ambiente libre de contaminación por el humo del tabaco.

Esto sin embargo, ha producido una larga polémica sobre el derecho de los fumadores, a los cuales se les ha antepuesto los análisis científicos comprobados, sobre la contaminación tabáquica ambiental que constituye un serio problema de salud pública, por su globalidad y los efectos nocivos en los adultos y menores de edad, lo cual, según los entendidos, ha hecho perder peso a la polémica por cuanto se trata de la salud colectiva por encima del interés individual.

Por otro lado, informes conclusivos de investigaciones sobre el tema, señalan que la exposición que sufre el fumador pasivo, como se le conoce al no fumador, produce cáncer al pulmón en los adultos, lo que hace cumplir los criterios médicos para ser considerado carcinógeno del grupo "A". Además, se confirma que el humo de segunda mano expone a niños menores a mayor riesgo de contraer enfermedades respiratorias, a esto hay que agregarle el olor desagradable que el humo del tabaco produce sobre el cabello, ropas y la irritación en la vista, cefalea, tos, ardor en la garganta, etc. en lugares cerrados.

Los expertos concluyen, que así como se crean disposiciones sanitarias ambientales para minimizar o eliminar la exposición involuntaria a otros tipos de contaminantes, con menor riesgo en la salud que las que producen las sustancias que forman parte del humo del tabaco, también pueden hacerse esfuerzos similares para prevenir la exposición involuntaria al humo del tabaco y proteger el derecho de los no fumadores.

La Comisión, en relación con nuestra situación en particular, conoció que somos un país con prevalencia al tabaquismo entre los adolescentes y los jóvenes, figurando entre los más altos de todos los países centroamericanos.

La producción y el consumo del tabaco se ha mantenido a niveles relativamente altos, a pesar del deterioro de los servicios y el desempleo galopante; asimismo, que hasta la fecha son pocas las actividades de control del tabaco y, la prohibición por muchos años de la publicidad, se ha contrarrestado por un eficaz sistema de distribución de cigarrillos de la única filial tabacalera multinacional en Nicaragua.
En este orden y con el interés de conocer la opinión sobre el Proyecto de Ley, se realizaron reuniones con diferentes representantes de organizaciones vinculadas al tema los que desde un inicio calificaron la ley de necesaria, ponderada, equilibrada y preventiva sobre todo en relación con la juventud y la niñez en general.

El Doctor Raúl Cisneros Godoy, representante en Nicaragua de la UNION INTERNACIONAL CONTRA EL CANCER (UICC) y del COMITE LATINOAMERICANO CONTRA EL TABACO (CLAT), señaló la necesidad de lograr aprobar una legislación sobre el tema y la importancia de presentarla como un avance de nuestro país, ante los organismos que representan.

La Licenciada Guiselle Gómez Martínez, por la Organización 'Nicaragüense de Agendas de Publicidad, señaló que el Proyecto de Ley: "Lo consideramos ponderado en cuanto a que parte de un principio de equilibrio cual es el respeto por las diferencias de hábitos, costumbres, usos y opciones entre los fumadores y no fumadores.

Muestran su temor por el surgimiento de otras leyes más restrictivas que puedan venir en el futuro, que podrían desarrollar lo que se llama: EFECTO DOMINO, que se da cuando por restricciones legales algunos productos como el tabaco están siendo sometidos a una creciente censura, lo que podría extenderse a otros productos como el licor, cervezas, etc. poniendo en peligro la libertad de comercio y de publicidad, considerando al mismo tiempo, que las restricciones a esta última no han hecho disminuir el hábito de fumar en la juventud en muchos de los países que se ha prohibido.

Por su parte el Licenciado Cairo Amador, Gerente de Relaciones Corporativas de Tabacalera Nicaragüense (TANIC), centró su preocupación en la necesidad de invitar a reconocidos investigadores que vengan a exponer los resultados de sus investigaciones sobre lo que él llama "asociación significativa entre el humo del tabaco en el ambiente y las enfermedades pulmonares y cardíacas", esto al margen de la aprobación del Proyecto de Ley.

El Ministerio de Economía y Desarrollo (MEDE), a través del Director General de Comercio Interior, Ingeniero Fernando Morales, señaló que "era una necesidad de toda la población contar con una ley que nos proteja y que venga a normar la práctica de los ciudadanos que fumen o que tengan el hábito del tabaquismo aquí en Nicaragua; agregó,... "que es deber del Estado proteger la salud de la población y garantizar los derechos de los No fumadores, respetando los Derechos Individuales y Sociales".

La Comisión quiere hacer énfasis que desde 1994, en el proceso de aprobación de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley No. 217 aprobada por esta Asamblea General el 27 de marzo de 1996, el Ministerio de Salud (MINSA) opinó con respecto al tema: "que como garantes de la salud de este pueblo, y considerando que una de nuestras estrategias fundamentales es la prevención de las enfermedades, conscientes del daño que hace el hábito de fumar en la persona misma, al medio ambiente, a las personas inocentes que están alrededor de los que fuman, a los niños en los vientres de sus madres, víctimas del fumado de los mayores y al potencial de riesgo en la prevención de las drogas, este Ministerio está por el NO FUMAR". -concluyendo-..."estamos dispuestos a que en nuestras unidades de salud NO SE FUME y que esto se pueda incorporar a dicha ley".

Efectivamente, el Arto. 123 de la mencionada Ley No. 217, establece: "SE PROHIBE FUMAR EN LUGARES PUBLICOS CERRADOS, ENTRE ESTOS: CINES, TEATROS, MEDIO DE TRANSPORTE, RESTAURANTES, OFICINAS PUBLICAS Y HOSPITALES".

Por todas estas razones, la Comisión de Salud, Seguridad Social y Bienestar, considera que esta iniciativa está bien fundamentada, y que es necesario contar con este tipo de regulación que viene a regular la opción del sector poblacional de satisfacer su hábito al tabaquismo, bajo los principios de garantizar el derecho de los No Fumadores basados en la convivencia, el respeto mutuo, la cortesía y la educación.

Considera también la Comisión, que esta Ley viene a ser específica y reglamentaria a lo ya establecido en la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, lo que nos pondría un tanto al nivel de los países latinoamericanos, que de alguna manera han integrado a sus sistemas legales, regulaciones en esta materia, en su afán de proteger los derechos a la salud y al de habitar en un ambiente saludable, como establece nuestra Constitución Política.

Asimismo, queremos expresar que por tratarse de una nueva Ley y tomando en consideración los aportes y consideraciones de las consultas realizadas, con fundamento en el Arto. 50 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, la Comisión realizó las debidas modificaciones que le dieran coherencia al texto del Proyecto de Ley, el cual adjuntamos al presente Dictamen para conocimiento de los distinguidos Diputados.

Por tal motivo, considerando que la Exposición de Motivos está bien fundamentada, que el espíritu de la iniciativa no se opone a la Constitución Política, ni a las demás leyes de la República, ni a los Tratados o Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, con fundamento en el Arto. 141 de la Constitución Política, y en los Artos. 49, 50 y 51 del Estatuto General en el Arto. 90 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los miembros de esta Comisión DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE el Proyecto de "Ley de Protección de los Derechos Humanos de los No Fumadores", recomendando al Plenario su aprobación correspondiente.

Firman, todos los miembros de la COMISION DE SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y BIENESTAR.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión el dictamen en lo general.

Están anotados los Diputados, Delvis Montiel Díaz, Dora María Téllez y Yadira Centeno González. Se ha añadido el Diputado Domingo Sánchez Salgado y Julio Marenco. Cerramos aquí la lista; y Orlando Rizo Espinoza, en el momento en que yo decía que cerrábamos la lista, apareció su nombre en pantalla.

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel Díaz.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Dispense señor Presidente, tal vez la solicitud era para recordarle que se aprobó un artículo, el penúltimo artículo de la Ley -pero eso ya pasó- de Fomento a la Industria del Cuero y el Calzado, que no obtuvo el número de votos requeridos. Según la contabilidad que se procesó, solamente 28 votos, y habiendo más de 60 Diputados no hacen la mayoría absoluta necesaria de los Representantes presentes. De manera que usted dijo que quedaba aprobado, pero ahí está ese aspecto legal, si verdaderamente quedó aprobado, aun violando los Estatutos o no. Solamente era para eso.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Está bien, muchas gracias. Va a leer el Secretario la votación en mención.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

¿Se refiere usted Delvis, al artículo 9?

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Al penúltimo.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Bien, este artículo 9 de acuerdo a la hoja: sí 27 votos; no 20; abstención 1; da un total de 48 Diputados votando. Esto significa que 48 entre 2 es 24, más 1 es 25; o sea que requería 25 votos para ser aprobada dicha moción.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Bien, tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

En el último artículo salieron 60 votos presentes, 65, vea el último artículo...

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Es para opinar sobre este proyecto de ley. En realidad a mí el proyecto de ley me parece apropiado. Yo quiero nada más desestimar la argumentación que los funcionarios de la empresa tabacalera han dado a la Comisión, que son más o menos los mismos argumentos que todas las empresas productoras de cigarrillos del mundo han hecho en todo el mundo, que han sido adecuadamente desestimados por la Organización Mundial de la Salud. De forma que quiero manifestar mi respaldo a esta iniciativa de ley, que es muy saludable, pero quiero llamar la atención sobre un punto, para que no veamos nosotros la realidad con un parche en el ojo.

En los países desarrollados se ha estado cada vez más comúnmente atribuyendo el cáncer de pulmón al tabaquismo, es decir, se ha estado depositando la responsabilidad de la epidemia de cáncer de pulmón en el fumador y en la actuación del individuo, y esto tiene una parte de verdad. Aun cuando yo no fume en la Ciudad de México, actualmente el smog de la Ciudad de México equivale a que me fume tres o cuatro cajetillas de cigarrillos; esas son verdades que están sobre la mesa. De manera que cuando hablamos de ir restringiendo el hábito de fumar en lugares públicos porque causa daño a la salud de la comunidad, tenemos que ver el problema completo. Y yo quiero alertar sobre lo siguiente:

En Nicaragua el número de vehículos en circulación ha aumentado dramáticamente en los últimos diez años, a las siete de la mañana Presidente, por lo menos en Managua, el olor a monóxido de carbono es insoportable, y esos no son fumadores que andan en la calle intoxicando a la ciudadanía. Y planteo esto, porque el depositar la responsabilidad de las enfermedades pulmonares en las conductas individuales, simplemente evita que el Estado tome responsabilidad en el control de aquellos que tienen más poder para resistirse a la acción de medidas cautelares de la salud pública.

Y hasta el día de hoy nadie detiene a todos los vehículos diésel que andan carburadores en mal estado y contaminan el ambiente de Managua, y estamos cada vez más espesando el aire de tal manera, que independientemente que prohibamos fumar en las salas cerradas y en los lugares públicos, en la calle los vehículos están contaminando el ambiente y no estamos actuando en relación con ello. Y quiero hacer este balance, porque aquí mucho se trasladan las modas ajenas y la moda que estimula el fanatismo contra los fumadores, y el fanatismo depositando en actitudes individuales los problemas de salud, no siempre se traslada a impactar verdaderamente a los grandes monopolios que producen los vehículos y a los dueños de los vehículos que no reparan adecuadamente sus vehículos para evitar la contaminación ambiental.

Yo he visto por ejemplo en la Ciudad de México unas extraordinarias campañas contra el cigarrillo, pero todo lo que se dice del smog todos los días es pura publicidad; nadie actúa para sacar de circulación los vehículos que andan en Ciudad de México y el smog sigue tan campante, al grado en que ya llegan a cerrar escuelas, a cerrar construcciones, a cerrar trabajos de instituciones públicas, cuando se convierte verdaderamente en insoportable. Entonces yo quiero respaldar este proyecto de ley, me parece completamente adecuado.

Insisto, las argumentaciones que dieron aquí los funcionarios de la Tabacalera Nicaragüense son absoluta y pura "furuya" absolutamente "furuya"; restringir el uso del tabaco en lugares públicos no tiene nada que ver con la libertad de comercio, primero está la salud pública y después está la libertad empresarial, y creo que esta Asamblea tiene que dejar en claro eso. Sin embargo, para no actuar con un parche en el ojo, la Comisión de Salud debería traernos aquí una iniciativa de ley que regule el problema de la contaminación que están produciendo vehículos que andan con carburadores y maquinarias en mal estado, y que están contaminando el ambiente de las principales ciudades del país.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Yadira Centeno González.

DIPUTADA YADIRA CENTENO GONZALEZ:

Gracias, Presidente.

Después de las consideraciones hechas por la Comandante Dora María, si es verdad todo lo que ocurre con el smog, después podemos hacer alguna ley que regule la contaminación. Pero ahora quiero apoyar esta ley, porque yo sé que con la aprobación de esta ley de alguna manera va a ser algún garante para la salud de mis amigos, de mi familia y mía, por eso estoy consciente del daño que hace el cigarro y haré todos los propósitos de dejar de fumar. En lo único que no estoy de acuerdo es con las sanciones que trae la ley.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Domingo Sánchez Salgado.

DIPUTADO DOMINGO SANCHEZ SALGADO:

Señor Presidente, con sólo el hecho de que las dos oradoras anteriores están apoyando este proyecto ya considero un éxito personal, porque debo decir que fueron las primeras que convencí de que esta ley era necesaria y por eso fueron las primeras también que firmaron el proyecto. Yo dije desde el principio -tengo más de un año de haber principiado esta campaña-, que yo no tenía interés de perseguir a los fumadores, a las fábricas de cigarrillos y plantaciones de tabacos, sino que más bien era una ley educadora, no una ley punitiva.

Por eso también me parece que es necesario que tomemos en cuenta las sanciones que se ponen hasta de diez mil córdobas, me parece que es excesivo, y además va a ser muy difícil sacarle diez mil córdobas a una persona que haya transgredido la ley; además creo que esa cantidad de dinero ya sería como caer en delincuencia. Yo sólo quiero hacerle una pequeña reforma al artículo 4, donde dice "Se prohíbe", es muy fuerte, y vamos a cambiarlo. De tal manera que ya tengo preparada la reforma que debemos hacer, e indudablemente estoy de acuerdo y deseo que sea aprobado en lo general unánimemente para que demuestren -no me meto yo- los Diputados fumadores, que en realidad tienen interés por la salud de ellos mismos y de los que les rodeamos.

Estoy de acuerdo en que pasemos inmediatamente a aprobar definitivamente esa ley.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Orlando Rizo Espinoza.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Muchas gracias, Presidente.

Presidente, este anteproyecto de ley la Comisión de Salud lo analizó con diferentes organismos, tanto con el Ministerio de Salud, con organizaciones de la sociedad civil dedicadas a las restricciones en el consumo de tabaco, se invitaron las agencias de publicidad, vino también el Gerente de la TANIC, delegados también del Ministerio de Economía, y realmente en ninguno de estos organismos se encontró ninguna oposición a la ley. Incluso ya algunos elementos que están aquí en este anteproyecto de ley, como es el aspecto de la publicidad, nos señalaban los mismos publicistas de la ONAP, de que ya estaban siendo ejecutados en la práctica y que la ley lo que venía a darles era únicamente su marco legal.

En otro aspecto de cosas, como el comentario que hacía la Diputada Dora María Téllez, la diferencia entre la contaminación del medio ambiente por el humo de cigarrillos y la contaminación que producen los vehículos automotores, yo creo que lo más importante es que la contaminación debido al humo del cigarrillo se hace en locales cerrados y nos perjudica a una gran cantidad de personas, en cambio la de los vehículos automotores es en lugares públicos, en las calles. Recuerdo que ya existe una disposición recientemente aprobada en la Ley del Medio Ambiente, donde se regula la contaminación de vehículos automotores. Y el otro elemento es que en el humo de los vehículos automotores lo que se encuentra como principal contaminante sigue siendo el monóxido de carbono.

En cambio, en el humo de tabaco se encuentran tres elementos fundamentalmente perjudiciales: se encuentra el monóxido de carbono, sustancia química que provoca un grave problema en el aspecto de la oxigenación del organismo, ya que su facilidad de combinación con la hemoglobina es veinte veces mayor que el oxígeno; y en segundo lugar se encuentra el alquitrán, de reconocidas propiedades cancerígenas; y la nicotina que es la que ejerce el efecto sobre la adicción y los problemas cardiovasculares.

Yo en ese aspecto le veo ciertos agravantes a la contaminación, debido al humo de los productos derivados del tabaco. En definitiva pues, yo apruebo y daré mi voto favorable en lo general en este anteproyecto de ley.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Muchas gracias.

A votación el dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va cerrar la votación.

Hacemos el señalamiento que 13, 12 colegas aún no han votado y están inscritos.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 11 colegas no votaron. Se aprueba el dictamen en lo general.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 1. La presente ley tiene por objeto establecer las regulaciones del uso y la publicidad del tabaco en cualquiera de sus presentaciones, bajo el criterio de garantizar, proteger y preservar los derechos humanos de los que no tienen el hábito de fumar.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

A votación.

Se abre la votación.

Hay colegas que no están votando todavía.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 13 Diputados no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 2. Esta Ley protege el derecho de los no fumadores, sin menoscabo del derecho de los que tienen el hábito de fumar, los que deberán practicarlo en condiciones que no afecten a las personas que se encuentren a su alrededor.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

A votación.

Se abre la votación.

Se va cerrar la votación.

47 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 15 Diputados no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 3. Para efectos de esta ley, se entiende por no fumadores las personas que sin tener el hábito de fumar, inhalan involuntariamente el humo expedido por los fumadores que se encuentran en el mismo recinto y cercanas a ellas.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

Debe ser "expelido" y no "expedido", debe ser una cuestión de estilo.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

48 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 14 Diputados no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 4. Se prohíbe fumar en los siguientes lugares:

En estos lugares deberá de indicarse la prohibición de fumar mediante carteles fácilmente legibles.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

Tiene la palabra el Diputado Duarte.

El Diputado Duarte ocupa el escaño del Diputado Danilo Aguirre.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo tengo una moción a presentar, y es que en el inciso a) de este artículo se diga: "En vehículos de transporte colectivo remunerado", simplificar, que diga: "aéreo, terrestre y marítimo". Porque hablamos de los aéreos en términos de los vuelos locales como los de aquí a la Costa Atlántica, por decir algo, entonces la dimensión y la capacidad de estos aviones es pequeña, aunque realmente los AN-26 que es el que se ocupa para ir, tienen una área de fumadores, siempre inhalan, y entonces estaríamos violentando el artículo 3, y lo mismo en el marítimo. Esa es una de las cosas.

Segundo, tengo una inquietud, por la que voy a presentar una moción, y le pediría a la Comisión que me aclare. En el inciso c) se dice que se prohíbe fumar en cines, auditorios, teatros, estudios de televisión y en cualquier lugar cerrado donde se presenten espectáculos, y esto es muy restrictivo, porque por ejemplo ¿qué es lo que sucede? En un lugar donde va uno a un centro de capacitación, por decir algo, ahí es un lugar cerrado, se está capacitando, y no necesariamente llegás a ver un espectáculo. Entonces más bien sería que en la moción se suprima "donde se presenten espectáculos", y que quede "y cualquier lugar cerrado", como tal.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Domingo Sánchez Salgado.

DIPUTADO DOMINGO SANCHEZ SALGADO:

Señor Presidente, en este artículo tengo dos observaciones. En primer lugar creo que es mejor quitarle esa palabra de que "se prohíbe", es muy fuerte, y que le pongamos "no se debe"; es prohibición también pero más diplomática; porque en la batalla que vamos a librar con los fumadores empedernidos, bueno, ha habido hasta amenazas de reírse de mí. Así que hago la propuesta, y voy a hacerla por escrito, para que en vez de que se diga "se prohíbe", que diga "no se debe fumar en los lugares siguientes".

Y que se le agregue un inciso, porque yo no sé por qué razón me le quitaron una de mis preocupaciones: que no se debe fumar en cualquier lugar aunque sea abierto, es decir, en las aceras, donde haya más de dos personas; el que quiera fumar que busque dónde ir a fumar, que vaya largo a fumar, aunque estemos en la calle. Porque no es solamente que nos vaya a asfixiar o que el pulmón se vaya a llenar de enfermedades, o el hígado, sino evitar, como se dijo ahí, el mal olor del tabaco, por no decir el tufo del tabaco.

Así que si ya es pertinente, pido me permitan entonces leer en qué consistirá este otro inciso, que será el inciso 1), que diga: "En lugares abiertos o cerrados donde se junten dos o más personas, pero se podrá fumar si los que no fuman lo permiten". Ese es el cambio que quiero en este artículo, para también defendernos cuando nos encontremos y nos juntemos dos o más personas, de ese atrevido fumador, que sin ninguna o con mala educación enciende su cigarrillo y nos lanza las bocanadas de humo. Así que estas son las observaciones que hago a este artículo, y paso por escrito esta moción.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra María Ramírez Guerrero.

DIPUTADA MARIA RAMIREZ GUERRERO:

Gracias.

Primero, lamentablemente tengo que decir que no comparto la opinión del Diputado Sánchez. Yo creo que lo ideal sería que si se encuentran dos personas fuera de un local cerrado, pues la otra persona por educación pidiera permiso para fumar; pero yo creo que en términos objetivos, según la ley, eso es prácticamente imposible regularlo. Yo creo que nosotros lo que tenemos que legislar aquí son cosas realmente posibles de realizarse y posibles de controlarse. Por otro lado, creo que hay una contradicción en la posición de señalar que en el enunciado se cambie la palabra "prohibir", y yo creo que la ley tiene que ser clara en cuanto a las prohibiciones, por lo tanto yo estaría en contra de cambiar esa palabra.

Y, finalmente, quería incluir dos nuevos incisos. Me parece que es importante que se prohíba fumar en los gimnasios deportivos en locales cerrados, y en los servicios higiénicos públicos quisiera en todo caso presentar las dos mociones, y una consulta a la Comisión. En el inciso j), donde dice "y demás dependencias públicas", me gustaría saber si están incluidos los Poderes del Estado, en ese caso la Presidencia y sobre todo la Asamblea Nacional, este hemiciclo; si están incluidos en esas dependencias públicas. Es una consulta a la Comisión.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Están inscritos para hacer uso de la palabra los Diputados: Nicasio Zeledón Zeledón, Magdalena Úbeda de Rodríguez, Danilo Aguirre Solís, Orlando Rizo Espinoza, Nicolás Bolaños Geyer, Noel Sánchez Cuadra, (perdón), Domingo Sánchez Salgado. Hago la corrección, que en el lugar de Danilo Aguirre Solís, es el Diputado Leónidas Duarte. Cerramos la lista con estos siete Diputados.

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente. .
Es que me parece a mí que la intención de la Comisión al dictaminar sobre incisos para determinar aquellos lugares en que es prohibido fumar, yo estoy de acuerdo con Mariíta en que debe quedar la prohibición tácita, pero me parece que es como limitativo, es decir, en tal inciso esto, el otro, el otro lugar; debería de buscarse una redacción para que en conjunto cubra todas aquellas dependencias y lugares que por la intención del legislador quede prohibido fumar. Y no poner tantos incisos, que aun cuando más pongamos, siempre va a ser limitativo porque van a haber algunos lugares que van a ser imposible incluirlos a través de incisos.

Me parece que debería decir en un todo único, no señalar específicamente, es decir, cine, Asamblea Nacional, local de la Presidencia, Contraloría General de la República, llegaríamos a ciento veinte incisos y todavía no vamos a cubrir. Entonces, me gustaría que la ley dijera tácitamente que se prohíbe fumar en todos aquellos lugares donde hayan más de dos personas, o algún otro, no necesariamente tiene que ser eso; porque nosotros vamos a necesitar tantos incisos como instituciones queramos prohibir, como limitaciones que vayamos a poner, y sin embargo se nos va a quedar alguna; ya ven que el que me antecedió en la palabra decía que aquí no se había metido el transporte marítimo, el aéreo, y así.

Si nosotros nos ponemos a analizar, hay una cantidad de lugares que no van a quedar penalizados si se pone inciso por inciso. Pero si se busca una redacción donde en conjunto tenga la expresión, o más bien la idea del legislador de prohibir en esos locales, tendría que ponerse de otra manera; porque yo expreso que siempre sigue siendo limitativo, aunque tenga veinte incisos, y no son todos esos los lugares en que pretendemos prohibir el fumado. De todas maneras si no se ponen de acuerdo conmigo, porque esto tendríamos que verlo, pues yo no tengo la redacción exacta, me parece que eso sí cubriría el cien por ciento de la intención del legislador.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Magdalena Úbeda.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Yo no estoy de acuerdo con lo que ha dicho el Diputado que me precedió. La ley, y sobre todo esta ley, tiene que ser muy enumerativa; parece que fuera exhaustiva esta enumeración y no lo es. Por ejemplo, yo me voy a referir al literal e). El literal e) dice exactamente: "Aulas y centros educativos a nivel escolar, superior, técnico o de cualquier otra naturaleza", pero aquí olvidaron algo importantísimo, y son las salas cunas, que hoy se les dice CDI, y los preescolares. Como los muchachitos de las salas cunas son generalmente procedentes de familias muy humildes, hijos de empleadas domésticas, de empleadas menores, no están manejados estos centros por verdaderos profesionales.

Yo visité hace poco un CDI, y la muchacha que cambiaba los pañales de un bebé estaba fumando, y lo puso sobre la cunita del muchachito. Entonces, aunque parezca necedad, aunque parezca que vamos a dejar siempre algo excluido, yo mociono y paso mi moción por escrito para que el literal e) se lea así: "Aulas y centros educativos a nivel de casas cunas, preescolar, escolar, superior técnico o de cualquier otra naturaleza". Lo paso por escrito.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señora Presidenta.


Yo en principio estoy en desacuerdo con la moción presentada por el Diputado Domingo Sánchez y el Diputado Nicasio Zeledón. Creo que en principio estaría en detrimento con lo que dice el literal del artículo 2, que dice que, “sin menoscabo del derecho que tienen también los fumadores". Esto yo creo que hay que dejarlo bien claro y que sea taxativo en este sentido de los lugares, porque entonces no habría ningún lugar donde un fumador podría fumarse un cigarro, esa es una realidad; y creo que verdaderamente tanto derecho tienen los que fuman como también los que no fumamos. Es en ese sentido, pues.

Yo fumé, tengo ya buen rato de no fumar, considero que he vivido las dos etapas, y creo que ambos tienen derecho. Hay que recoger el espíritu que dice el Diputado "Chagütillo", en el sentido de que por un lado, en los lugares abiertos, donde haya concentración, estamos hablando de los restaurantes; hay restaurantes que son abiertos ahora, y ahí hay gente que después de almorzar se fuma su cigarro, esos lugares sí deberían de estar incluidos en la lista. Pero en un parque, por decir algo, en un lugar donde una persona se retira y se fuma su cigarro, yo creo que verdaderamente eso no le hace daño a nadie, en este caso a los que no fuman no lesionan sus derechos.

Entonces, yo incluiría un nuevo inciso que diga que también queden incluidos los restaurantes que sean abiertos, por un lado. Segundo, creo que en este artículo apoyaría la moción que hace la Diputada Magdalena, para que se incorporen los centros específicos de educación, en este caso de la niñez que hace referencia.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Orlando Rizo.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Gracias, Presidenta.

Presidente, yo quisiera recordar que el espíritu de esta ley no fue prohibir que se fumara, no fue violentar los derechos de los fumadores, sino la protección de la salud de los no fumadores. No queremos, no fue nuestra intención en este dictamen la prohibición y violar los derechos humanos de los fumadores, no; no fue esa la intención, sino la protección de la salud de los nos fumadores. Y en estos dos artículos, en el artículo 4 y en el artículo 5, la idea nuestra era que en el artículo 4 se establecieran los lugares donde era prohibido fumar, lugares cerrados siempre donde era prohibido fumar, y ahí los especificamos: los centros de salud, lugares de trabajo, dependencias públicas, centros educativos, etc.

Sin embargo, nos parecía que no podíamos, no se podía prohibir el fumado en restaurantes, en bares, en cantinas, y ahí recurrimos entonces al aspecto de la restricción, las áreas de fumado que están en el artículo 4. Esa es la idea de la Comisión, dos tipos de reglamentaciones en ese aspecto: la prohibición en el artículo 4 y las restricciones en el artículo 5. Yo creo que debe mantenerse el aspecto de prohibir, para que quede más claro que es prohibido.

Si aceptamos la propuesta de Domingo Sánchez, se puede entender que se puede hacer, me parece que es mejor que se establezca claramente la prohibición. Y me parece muy bien la propuesta de Leónidas Duarte en el inciso c). Pero yo quería explicar, señora Presidenta, la idea de la Comisión en la elaboración de estos dos artículos en cuanto a la prohibición en el uno y la restricción en el otro; nos parece que eso preserva un temor que tuvimos siempre en la elaboración del dictamen, que fue no violentar los derechos de los fumadores.
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PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Nicolás Bolaños.

DIPUTADO NICOLAS BOLAÑOS GEYER:

Gracias, señora Presidenta por la ley.

Yo también estoy de acuerdo en que debe mantenerse la prohibición, así como está el artículo 4. Ya me imagino yo si quedara como la moción que propone don Domingo Sánchez, que solamente diga que no se debe fumar, inclusive aquí en el seno de la Asamblea podría alguien estar fumando durante una Sesión, y a alguien que este a la orilla mía yo le podría decir: hombre, dejá de fumar que me estás afectando; y me podría contestar: idiay, pues si no está prohibido, y punto. No le puedo ni siquiera obligar a que deje de fumar.

Mientras que si la ley dice que está prohibido, ahí sí, ya sea mi persona o cualquier otra persona; y no solamente en el seno de la Asamblea sino en cualquiera de esas otras áreas donde está prohibido con todo derecho, porque esta ley es para proteger al no fumador. Entonces con todo derecho el no fumador obligaría al que está fumando a que deje de fumar, de lo contrario se burlaría del no fumador y esta ley no tendría ningún efecto práctico.

Muchas gracias, señora Presidenta.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, señora Presidenta.

Era más o menos algo parecido a lo del Doctor Bolaños. Yo sostengo el dictamen, me adhiero a él y pido al señor Domingo Sánchez, mi querido colega y "parientazo", que retire la moción que él había hecho de cambiar el “no se debe” por el “se prohíbe”, porque la prohibición es taxativa e impositiva.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Domingo Sánchez.

DIPUTADO DOMINGO SANCHEZ SALGADO:

Lamentablemente hay ocasiones en que no se puede complacer a amigos y parientes, yo no creo que al decir "no se debe", se puede interpretar que se puede. No se debe, es también taxativo, es una cuestión digo yo, más diplomática, que venir con la Policía y echar preso a todo el que esté fumando, o ponerle la multa de diez mil córdobas; si esto es más bien educativo y tiene que educarse el fumador y el no fumador también. Por ejemplo, yo ya le estoy diciendo a la gente: ¿No se quiere retirar a fumar donde no me moleste? Si no se retira, me retiro yo, le digo. ¿No te va a dar vergüenza que yo me retire o los que estemos contigo, porque no quieres hacer caso de no fumar? Así que creo que debe mantenerse esa forma de "no se debe".

También, decía la Diputada Mariíta, que hasta se prohíba en los servicios higiénicos. Me parece que eso ya es "extrapetita" para mí; porque en el servicio higiénico es donde va a hacer su necesidad fisiológica el que está aquí, ¿por qué no va a poder hacer esa otra necesidad fisiológica de ir a fumar al servicio higiénico? Y en una necesidad fisiológica tiene que bajarse hasta la ropa, mientras que en esa necesidad fisiológica de fumar allí, no se tiene que quitar la ropa por ejemplo. Entonces, yo estoy diciéndoles a los fumadores que vayan a fumar al servicio higiénico, y ya me voy a contradecir, si dejamos que sea prohibido hasta allí.

Creo que no se le debe aceptar, no le pido que la retire, no se le debe aceptar a la Mariíta esa petición de que hasta los servicios higiénicos; más bien yo hablo de que en lugares abiertos no se menoscabe el derecho al fumador, porque me decía uno: idiay, si uno va pasando en la calle no va a poder fumar porque estás vos. No, es cuando estemos juntos dos o más personas, no tendrá por qué echarme bocanadas de humo, o se va a fumar más largo, y si no quiere me retiro yo. Entonces ese es el espíritu de mi proyecto, educar al fumador inveterado, grosero, como hay muchos, no digo quienes pero hay muchos, y es también educar al no fumador. Pido entonces que no se le acepte a Mariíta su peregrina proposición de que se prohíba también fumar hasta en los servicios higiénicos; y lamento no poder satisfacer al colega y pariente Noel Sánchez Cuadra, de que retire mi moción.

Gracias, señores.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de Leónidas Duarte: "Adicionar en el inciso a), después de transporte", o sea que el inciso a) se lea: "vehículos de transporte colectivo remunerado, aéreo, terrestre o lacustre". Esa es una moción de Leónidas.

Otra moción del mismo Leónidas: "Que en el inciso c) se suprima, "cualquier lugar cerrado". Que diga entonces: "cine, auditorios, teatros, estudios de televisión donde se presente"; hasta ahí nomás. "Cine, auditorios, teatros y estudios de televisión", y que se suprima el resto. Y la última propuesta de don Leónidas: "Un nuevo inciso 1) , que diga: "Que se prohíba fumar también en restaurantes que no sean abiertos".

Moción de don Domingo Sánchez: "Que se quite el título de "se prohíbe" y que diga "no se debe". Esa es una moción de don Domingo Sánchez. Espero que me estén poniendo atención, porque después están pidiendo repetición. Otra moción de don Domingo Sánchez: "Agregar un inciso que diga: "en los lugares abiertos o cerrados", o sea, "se prohíbe fumar en lugares abiertos o cerrados, donde se junten dos o más personas, pero se podrá fumar si los que no fuman lo permiten". Moción de María Ramírez: "Nuevos incisos que digan: "que se prohíbe fumar en gimnasios deportivos instalados en locales cerrados, y en los servicios higiénicos públicos".

Finalmente una moción de doña Magdalena Úbeda de Rodríguez que diga: en el inciso e) "Aulas y centros educativos a nivel de casas cunas, preescolares, escolar, superior, técnico o de cualquier otra naturaleza".

Entonces, procedemos a votar las mociones en el orden en que han sido leídas. Vamos a votar la primera moción de don Leónidas, que es... Entonces votamos primero el dictamen.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Se abre la votación del dictamen.

Hay 16 Diputados presentes que no han votado. Por la votación que está reflejada ni siquiera hay quorum. Le pedimos a los que están presentes que voten; el que quiera que se reforme el dictamen, pues tiene que votar en contra o abstenerse; y el que quiera que el dictamen quede tal como está, pues votará a favor.

Vamos a cerrar la votación.

24 votos a favor, 21 en contra, 5 abstenciones.

Vamos a ver, tenemos un quorum de 50 Diputados, según la pizarra; para que pasara se necesitaban 26 votos y se lograron 24 nada más, de manera tal que no queda el dictamen.

Vamos a proceder a votar las mociones.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de don Leónidas para modificar el inciso a), y que quede de la siguiente forma: "vehículo de transporte colectivo..." Bueno, en el encabezado cambiar que "se prohíbe", a "no se debe", de Domingo Sánchez.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A votación la moción de Domingo Sánchez, en el encabezado.

Hay 8 Diputados que aún no han votado.

Se va a cerrar la votación.

5 votos a favor, 36 en contra, 8 abstenciones; 7 Diputados no votaron. De manera tal que en el encabezado queda taxativamente la expresión "se prohíbe".

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

El inciso a), que diga: "vehículo de transporte colectivo aéreo, terrestre o lacustre". Moción de don Leónidas.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A votación la moción.

Se abre la votación.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Si no se aprueba, queda el inciso como estaba.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Hay Diputados que aún no han votado.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

37 votos a favor, 6 en contra, 4 abstenciones. Se aprueba la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Sobre el inciso c), la moción que tenemos es que diga así: "cine, auditorio, teatro, estudio de televisión y cualquier lugar cerrado"; eliminar "donde se presenten los espectáculos". Repito de nuevo, que en el inciso c) se elimine, "donde se presenten los espectáculos", o sea que solamente quede: "cine, auditorios, teatros, estudios de televisión o cualquier lugar cerrado".

PRESIDENTE EN FUNCION DORIS TIJERINO HASLAM:

A votación.

Hay 9 Diputados que aún no votan.

Se cierra la votación.

34 votos a favor, 10 en contra, 3 abstenciones. Se aprueba la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción para el inciso e) , de doña Magdalena Úbeda, que diga: "Aulas y centros educativos a nivel de casa cuna, preescolares, escolar, superior, técnico, o de cualquier otra naturaleza". Dona Magdalena agrega "casa cuna".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A votación.

19 Diputados que aún no han votado.

Hay Diputados que están presentes en la pizarra y no han votado, Francisco Castillo, Dora María Téllez.

Se cierra la votación.

48 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones; 5 Diputados que no votaron. Se aprueba la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LÓPEZ:

Ahora vienen incisos que han pedido que se agreguen. Entonces, don Domingo Sánchez solicitó que se agregue un inciso 1) , un nuevo inciso que diga: "En lugares abiertos o cerrados donde se junten dos o más personas, pero se podrá fumar si los que no fuman lo permiten".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

A votación.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Se está votando un nuevo inciso que dice: "Se prohíbe fumar en lugares abiertos o cerrados, donde se junten dos o más personas, pero se podrá fumar si los que no fuman lo permiten".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Se cierra la votación.

33 votos en contra, 7 a favor, 8 abstenciones; 4 no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Un nuevo inciso que diga, también de don Leónidas: "restaurantes que no sean abiertos".

Un nuevo inciso de María Ramírez, que diga: "Que se prohíbe fumar en gimnasios deportivos instalados en locales cerrados".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Antes de pasar a la votación, me han pedido algunos Diputados que aclare sobre la moción anterior. No pasó, precisamente por esa razón leímos primero los votos en contra, luego los votos a favor, etc.

Bien, a votación la moción.

Hay colegas que no han votado aún.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

45 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones; 5 colegas no votaron. De esta manera hemos aprobado el artículo 4.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 5. Se deberán destinar áreas de fumadores en los Centros de Recreación de adultos y otros lugares de concentración de personas, como los siguientes:

Con su respectivo rótulo en caracteres destacados se deberá indicar claramente el área de fumado.

El área reservada para los fumadores no podrá ser mayor al área de los No fumadores.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

Tiene la palabra el Diputado Julio Marenco.


DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Gracias, Presidente.

Uno de los propósitos de esta ley era, y lo decía muy bien el Doctor Rizo, no crear restricciones ni lesionar los derechos de los fumadores, ni tampoco los que prestan un servicio. O sea, se trataba de ser equitativo y no causar inconvenientes en los derechos de las otras personas, y sobre todo en el aspecto económico. Yo estoy totalmente de acuerdo con el artículo, excepto con el último párrafo donde dice que el area reservada para los fumadores no podrá ser mayor al área de los no fumadores. Queremos que esta ley se aplique y se cumpla y no poner restricciones que vayan a causar serios inconvenientes.

Por ejemplo, en las líneas aéreas, siempre hay lugar para los fumadores y esta área va ampliándose o va disminuyéndose, depende del número de personas fumadoras en esa medida. Si en un vuelo no hay nadie que pida área de fumado, pues todo el vuelo es área de no fumado, entonces la van ampliando en esa medida. Ahora, trasladar a una determinada área, a discotecas, a bares, a restaurantes..., imagínese qué pasaría si en un restaurante decimos que el área de no fumado debe ser una cuarta parte, y tres cuartas partes para los no fumadores, y todos los clientes que aparecen en un momento determinado son fumadores; le causaríamos serios problemas a ese restaurante.

A la inversa también, si aparecieran sólo clientes que no son fumadores, mantendrían desocupada el área de no fumadores, cuando no hay en ese momento ningún cliente que fume. Entonces, mi moción está en suprimir ese último párrafo y dejarlo a la discreción, a la afluencia de clientes fumadores o no fumadores, en tal sentido que el dueño de restaurante pueda ampliar esa área o pueda disminuirla, en la medida que fluyen clientes fumadores o no fumadores; es una forma de facilitar esto. Y este método se utiliza en restaurantes, en líneas aéreas internacionales, para no ocasionar serios trastornos y problemas, porque no se sabe qué cantidad de clientes de fumadores o no fumadores llegan a estos.

Sobre todo que en un bar y en un restaurante hay personas que habitualmente no fuman, pero a la hora que se echan un trago, un aperitivo, tal vez comienzan a fumar. Entonces, va a ser en la medida en que fluyan los clientes, fumadores o no fumadores, que se le deje ese criterio al restaurante de irlo ampliando o irlo reduciendo, para que esta ley sea aplicable, y no poner unas restricciones que no van a poderse cumplir. Por lo tanto, mi moción es en el sentido de suprimir el último párrafo que dice: "El área reservada para los fumadores no podrá ser mayor al área de los no fumadores". Que eso quede libre y abierto.

Paso mi moción a la Mesa.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias.

Era similar a lo que acaba de expresar el honorable Diputado Marenco, por lo tanto no tengo nada que mocionar.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

Tiene la palabra la Diputada Luisa del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:

Gracias, Presidente.

Yo me pongo de acuerdo con la moción que hace don Julio Marenco, y sobre todo atendiendo el espíritu de la ley, que se trata de proteger los derechos humanos de los no fumadores, pero no afectar el derecho de los fumadores. Por tal razón, yo creo que si no dejamos un área totalmente restringida, facilitamos inclusive a los dueños y a los trabajadores de esos centros a permitir esos niveles de espacios. De manera que yo secundo esa moción.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Mauricio Valenzuela, y ahí cerramos la lista.

DIPUTADO MAURICIO VALENZUELA SOTOMAYOR:

Muchas gracias, Presidente.

Yo creo que el dictamen tal como está en lo que corresponde a las áreas para fumadores y no fumadores es correcto, porque estadísticamente es mucho mayor el número de población que no fuma, que la que fuma, y es lógico que el área de fumadores sea menor que el área de los no fumadores. No hay manera de que estadísticamente se nos demuestre que son mayores los ciudadanos que fuman que los ciudadanos que no fuman; ustedes, todos aquí hemos viajado, y hemos visto que en restaurantes, en líneas aéreas, en centros públicos, etc. siempre la zona de fumadores es mucho menor que el área de los no fumadores. Entonces, dejarlo a como está en el dictamen no perjudica en nada, y quitarle ese párrafo es totalmente innecesario.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Diputados ecologistas como José León Talavera, ¿no nos van a ilustrar en este momento?

A votación la moción. Perdón, el dictamen fue asumido por Mauricio Valenzuela.

A votación el Dictamen.

Hay colegas que no han votado aún. Algunos colegas no han votado aún. Hay colegas que no han votado aún, les rogamos por favor votar. Nos van a forzar los colegas que se han marchado y que estaban anotados en la pizarra, a que para efectos de contabilidad de su presencia, sobre las dietas, vamos a contabilizarlas de acuerdo a la última votación.

Hay varios colegas que estando presentes no han votado y que aparecen registrados, mencionamos a Moisés Hassan.

Se cierra la votación.

42 votos a favor, 2 en contra, 4 abstenciones. Se aprueba el dictamen.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 6 Se prohíbe la venta de cigarrillos o tabaco en cualquiera de sus formas, a menores de 18 años. El reglamento establecerá las sanciones correspondientes a los que infrinjan esta disposición.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Yo había pedido la palabra precisamente en el artículo anterior, porque hay una serie de incongruencias, y es a lo que yo me refería en los artículos 3 y 4 precisamente. Dentro de la penalización del a) al k), en estos incisos que yo le decía que eran incongruentes (yo no sé si está María Ramírez por aquí), donde está prohibido fumar; luego en las excepciones, digámoslo así, donde pueden haber áreas de fumado, aparecen una serie de lugares que por naturaleza de la ley no queda penalizado fumar.

Y entre otras está que en la primera no sale una taberna. Si en los incisos no sale la prohibición de fumar en una taberna, quiere decir que está facultado para fumar; y luego en las excepciones dice que las tabernas tienen que poner un área de fumado. Si eso la ley no lo prohíbe, en la taberna puede fumar todo el mundo. Las cantinas tampoco están, y luego donde tienen que poner área de fumado es también en las cantinas; luego de las cantinas, los bingos no aparecen en la primera y aparecen en la segunda; los casinos no aparecen en la primera y aparecen en la segunda.

Es decir, si taxativamente yo decía que inciso por inciso va a a ser difícil poder controlar todos los centros donde no queremos que se fume, cómo es posible que luego en las excepciones donde tienen que poner áreas de fumado, yo soy el primero que si tengo un casino y si la ley no prohíbe ahí que fume la gente, ¿por qué voy a poner un área de fumado? ¿Por qué, si la ley no me está prohibiendo? Esto es lo incoherente de la Ley. Entonces, a eso precisamente es que me refería. Aquí salen más cosas, salas de juego; aquí no está prohibido dejar de fumar en las salas de juego; y en albergues, aquí no salen los albergues.

De tal manera que yo quiero que pongan sentido a la ley, porque si la ley no me lo prohíbe, estoy facultado para hacerlo. Esas eran mis consideraciones al principio, de tal manera que si ya se aprobó eso, pues no hay mayor alegato. Quería decir eso para que no pequemos por inocentes.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Si, también fuimos amplios y permisivos en dejarlo hablar, y no lo declaré fuera de orden como debía haberlo hecho, porque estamos refiriéndonos al artículo 6 y usted se estaba refiriendo a algo que ya habíamos aprobado.

Tiene la palabra el Diputado Orlando Rizo Espinoza.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Gracias, Presidente.

En este aspecto de este artículo, el espíritu nuestro en el dictamen era de impedir, de prohibir, de delimitar el aspecto este que miramos frecuentemente en nuestros pueblos, en nuestras ciudades, de los niños que llegan a comprar los cigarrillos a las pulperías, de los niños que llegan a comprar la botella de licor a la pulpería, creemos que eso debe ser regulado.

Es cierto que había problema con la edad, si poníamos dieciséis, veintiuno o dieciocho, pero debo decirles que en el Código de Ética Publicitario que han firmado las compañías nicaragüenses, cigarreras, licoreras y cerveceras, señalan la limitación en la publicidad en los dieciocho años, ya ellos lo tienen establecido así. Entonces nos pareció que dejar los dieciocho años era lo más recomendable en este aspecto.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

No habiendo ninguna moción, pasamos a votar el artículo.

Varios colegas no han votado todavía.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

46 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención; 2 Diputados no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 7. La veracidad de los anuncios sobre la calidad y características de los cigarrillos y demás productos derivados del tabaco, podrán ser objeto de comprobación por la autoridad competente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Presidente, es que cuando los Diputados de esta Asamblea Nacional estamos discutiendo esta ley, es porque todos tenemos conciencia de lo nocivo del cigarro para la salud personal y social; que el cigarro es un veneno que va matando al que lo consume, y va matando al que está alrededor del que lo consume. Esa conciencia los países desarrollados la han adquirido mucho más rápido que los países subdesarrollados, y en los países desarrollados se han creado legislaciones, campañas gubernamentales, no gubernamentales, ligas contra el tabaco, etc.

De tal manera que el resultado es que año con año, en Europa y Norteamérica viene decreciendo el consumo del tabaco en casi un 10 por ciento anual; en cambio en los países subdesarrollados, las transnacionales del tabaco que están viendo cómo sus mercados se están reduciendo rápidamente en el primer mundo, están concentrando sus baterías contra los pobres pueblos como los nuestros, y recuperando; lo que pierden allá lo están recuperando aquí. Entonces, mientras en Europa se va reduciendo en un 10 por ciento, aquí va aumentando el 15 por ciento. Y la verdad Presidente, es que sin propaganda no hay consumo, esa es una ley del mercado.

Entonces, a mí me parece que el asunto de fondo es si en realidad estamos sinceramente preocupados por enfrentarnos al cigarro, o estamos queriendo poner parches; en realidad estamos claros del daño del cigarro para la población y para la economía del país, o estamos tratando de lavarnos la cara nada más y poner parches; o si estamos a fondo contra el cigarro y si estamos conscientes que la publicidad es el origen y la causa del consumo. Porque yo puedo estar en mi casa viendo televisión con mi hijo de catorce años, y aparece ese lindo anuncio de Delta, con la nostalgia de que Delta es amistad, o aparece la muchacha en bikini encendiendo un cigarro u ofreciéndole un cigarro al otro, tanto en mi hijo de catorce años como en mí, el primer impulso es fumar. Entonces yo digo, hombre, estamos de verdad o no estamos de verdad.

Y ese capítulo de la publicidad, yo miro que realmente es un capítulo un poco gallo-gallina, es casi como quien dice, vamos a reducirle un centímetro al tamaño de la tanga de la modelo. En esos términos miro ese capítulo, y yo creo que eso no resuelve. Yo quiero proponer aquí una moción que dice lo siguiente: "Queda totalmente prohibida cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco y sus derivados, a través de los medios de comunicación masiva". Yo digo, Presidente, ¿a quién lesiona esto? Okey, lesiona a los grandes intereses económicos de la Philip Morris, de las transnacionales.

¿Por qué vamos nosotros en esta Asamblea Nacional a defender esos grandes intereses económicos, a costa de la salud de nuestros hijos, de la propia, y de la economía del país? porque tanto cáncer y tanto enfisema va sobre la salud pública. Quiero el respaldo para esta moción, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra doña Magdalena Úbeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente, pero todo está dicho por el que me precedió.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Muchas gracias por la concisión y por no ser reiterativa.

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Es sólo para hacerle una pregunta. La verdad es que en este artículo dice sobre la autoridad de aplicación, y ahí ponen tres instancias: el Ministerio de Salud, MARENA y la Policía Nacional. ¿Quién de ellos va a ser la autoridad de aplicación para ver la calidad? Ahora, si se habla de calidad, yo estoy en el mismo orden que está expresando Alonso Porras, estamos viendo que es un producto prácticamente venenoso, y si lo usamos es porque tenemos ese mal hábito; pero si todo el mundo sabemos que es venenoso, hombre, ¿para qué se va a andar comprobando calidad cuando es un veneno para la salud y el medio ambiente?

Entonces es contradictorio, de tal manera que me pongo en consecuencia con esto de hacer una prohibición total a eso. Y para qué comprobar calidad de un veneno mortal, si ya sabemos; esto es demagogia, creo yo. Además, como si esto fuera poco, ponen a tres instituciones que son autoridades de aplicación. ¿Quién le tira la bola a quién? ¿Cuándo se va a cumplir? Entonces, me gustaría saber eso y cuál es la idea que tiene la Comisión con respecto a esto. ¿No tenía limitado el uso de la palabra también?

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

No, Diputado, está haciendo uso de su derecho, lo que pasa es que también a la Mesa Directiva, el Estatuto y el Reglamento le dan la potestad de poder a veces aplicarlo, y lamentablemente usted, querido colega, ha incurrido en esas dificultades. Y hay un axioma jurídico que dice: "Dura lex sed lex", es dura la ley, y para eso nosotros la aprobamos también, no es nada personal.

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez Rodríguez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Yo no voy a regatear, sino que creo que es importante tanto la que está en el proyecto como la propuesta del compañero Alonso Porras, estoy totalmente de acuerdo con la propuesta. Lo único que es importante lo que decía el compañero Nicasio, la explicación que debe dar la Comisión alrededor de este artículo y que es el primero; porque a mí me parece que cuando hablamos sobre la publicidad del tabaco y sus derivados, tiene que ser de acuerdo al espíritu y contenido de la ley, y aquí meramente no está con el espíritu y contenido de la ley este artículo 7, que es el que encabeza esta parte del Capítulo III.

Entonces, yo creo que es importante que la Comisión nos dé una explicación, porque verdaderamente aquí le estamos diciendo no y le estamos diciendo sí. También por eso estoy totalmente de acuerdo con la propuesta de Alonso Porras, pero es importante una explicación, si es que esto lo introdujo la compañía que vende cigarros, y nosotros estamos haciendo eco alrededor de esto; parece que no debe ser así.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Está anotado para hacer uso de la palabra el Diputado Orlando Rizo Espinoza, sin embargo como él es miembro de la Comisión y hay Diputados que han pedido una explicación, le rogamos a él que haga la explicación y a la vez haga uso de su intervención.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Gracias, Presidente.

La explicación de este artículo 7, donde se habla de la veracidad de los anuncios sobre la calidad y característica de los cigarrillos, se basa sobre todo en que en la actualidad se está publicitando la oferta de cigarrillos en el mercado, cigarrillos pobres en alquitrán y en nicotina; ya hay en el comercio de Nicaragua esa publicidad de cigarrillos que son pobres en alquitrán y nicotina. Se establece entonces en este caso, la posibilidad del Estado de verificar si es cierto eso, si es cierto ese anuncio y la afirmación que está explícita en la cajetilla de cigarrillos, que tienen pobreza en nicotina y en otros productos tóxicos. Entonces, eso queremos dejarlo establecido, la posibilidad de que el Ministerio de Salud lo pueda hacer, verificar si es cierto lo que dice la cajetilla de cigarrillo en cuanto a los componentes del tabaco.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado José Cáceres Vásquez.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo voy a apoyar la moción del Diputado Alonso Porras, aunque realmente ustedes saben cómo se ha desarrollado en el mundo, en Nicaragua, en todos los países de América Latina la mercadotecnia; y si nosotros en esta ley anulamos los anuncios, pues realmente los mercadotecnistas, los que se dedican a la propaganda, a las rotulaciones y a todas esas cosas, se les quitaría un poco el trabajo. Pero yo creo que es mejor quitarles el trabajo en este tipo de anuncio, que quitarles la vida a las personas, pues realmente yo he visto gran cantidad de personas que han muerto precisamente por el cáncer formado en los pulmones a causa del tabaco.

Yo sinceramente estoy claro, y creo que estos mercadotecnistas que le hacen la propaganda al tabaco, tienen que hacerle propaganda más al sistema de salud que a los vicios, como realmente lo ha estado haciendo en este tiempo. Sinceramente, yo voy a apoyar esta moción del Diputado Alonso Porras.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicolas Bolaños Geyer.

DIPUTADO NICOLAS BOLAÑOS GEYER:

Gracias, señor Presidente.

He escuchado la moción, la propuesta del Diputado Alonso Porras. Yo soy una persona que está totalmente de acuerdo en cuanto al daño que hace el cigarrillo en la salud de las personas, y por lo tanto desde hace muchísimos años dejé de fumar y no me gusta ver a las personas que sufren por el cigarrillo. Pero aquí estamos hablando de una ley que es para protección de los no fumadores; esta no es una ley para prohibir que todo el mundo fume; la prueba está que esta ley está prohibiendo el fumado en ciertos lugares cerrados, públicos, precisamente porque afectan a los no fumadores. La ley es para proteger a los no fumadores, no es para proteger a los fumadores.

Porque después de todo debemos respetar y reconocer la libertad individual de las personas, y el que quiera fumar y es libre de fumar que lo haga, esa es su libertad individual que le debemos respetar. La publicidad es parte de la economía de un país; lo mismo estamos también de acuerdo en las libertades económicas, en la empresa privada, ese principio de economía libre. Hay otros productos que también son dañinos para la salud y sin embargo se permiten en la radio, en la televisión, en los periódicos, de miles maneras, me refiero a los productos alcohólicos, los "wiskies", los rones, los diferentes tipos de bebidas alcohólicas, las cervezas,
etc., son dañinas para la salud.


Y aquí hemos visto que algunos de los Diputados que abusaron de ese producto, tuvieron que pagar con sus vidas los efectos de ese abuso que hicieron de los licores. Entonces, yo comprendo la inquietud del Diputado Alonso Porras, pero respetando la libertad individual de las personas, procurando que el Estado no esté observando extrema injerencia en los asuntos particulares de los individuos, en la vida de los individuos, respetando la libre iniciativa de la empresa privada, las libertades individuales; aunque sé que el cigarrillo es dañino, no puedo aceptar, no puedo estar de acuerdo con la moción por él presentada.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Están anotados en el uso de la palabra, Leónidas Duarte y Dora María Téllez; aquí cerramos la lista.

Tiene la palabra Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Señor Presidente, la verdad es que este Capítulo tiene que ver, a como decía bien el Diputado Alonso Porras, con las transnacionales, y a quién favorece o no. Lógicamente poniendo o sopesando la salud pública sobre los intereses económicos de una compañía determinada, prevalece ante todo y evidentemente la salud pública, y esto trae consecuencias. Y platicando aquí inclusive con otros Diputados, de suprimir ese Capítulo o que no se haga propaganda totalmente, implicaría que de una u otra manera siempre se haga la propaganda, no necesariamente en los medios de comunicación, pero sí otro tipo de propaganda directa pues, volantes, etc., y que verdaderamente al fin y al cabo es la misma consecuencia, la gente siempre fuma.

Porque lo que se trata de evitar es el hecho de que se fume o no, por un lado, y suprimir esto trae un elemento que yo lo veo evidente, y es que de nuevo va a venir esta ley para acá vetada. Entonces, esa es una realidad porque aquí estamos viendo también elementos de interés económico, aunque yo dije desde el inicio que prevalece más la salud pública. Yo creo que verdaderamente, si bien es cierto el Capítulo es gallo-gallina, al fin y al cabo se le da toda una serie de cosas, pero aquí estamos hablando de dos poderes: la televisión como tal, que va a incidir y va a pelear porque realmente se le van un sinnúmero de recursos, y la misma transnacional tabacalera; esa es una realidad.

Entonces ¿qué sucede? que yo creo que habría que buscar de una u otra manera cómo gravar, porque la propaganda se va a dar y aquí, ¿quién sale perdiendo? La tabacalera va a buscar formas y métodos para hacer propaganda, pero quien sale perdiendo una serie de recursos es la televisión, además de las modelos que no van a hacer anuncios, etc., y una serie de cosas que mencionaba aquí anteriormente un Diputado, que decía que se va a perder trabajo. Yo creo que más bien en este Capítulo habría que incluir una serie de artículos que vengan verdaderamente, en los casos que sean nocivos, a restringir totalmente este tipo de anuncios; y otros que tal vez de una y otra manera puedan pasar, eso habría que verlo "in situ". Nada más quiero hacer estos comentarios, porque verdaderamente suprimir este Capítulo trae otro tipo de consecuencias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Al principio decía yo en mi primera intervención, que uno de los grandes temas de debates cuando se habla de estas leyes de los fumadores, es decir, en este caso los legisladores vamos solamente a reprimir y alegar responsabilidades en los individuos, o somos capaces también de trascender la responsabilidad de los individuos y conferir responsabilidades a otros. Nosotros estamos hablando de un problema de salud pública, no estamos hablando de que me molesta el humo, de que hay mucho humo en este lugar y que mucho fuman, de que la ceniza me cae mal y los ceniceros sucios no los soporto, no estamos hablando de eso; estamos hablando de un problema de salud pública que causa miles de muertes en todo el mundo, absolutamente comprobado y documentado.

Estamos hablando de un problema de salud pública que en los países del Tercer Mundo, tal como decía un Diputado por aquí, tiene una tendencia de consumo creciente el tabaco y no de consumo decreciente. En los países de América Latina el consumo de tabaco entre las mujeres y el consumo del tabaco entre los adolescentes crece año con año. La inmensa mayoría de los niños que nacen con bajo peso al nacer, es porque muchas de sus madres, la inmensa mayoría de las madres son fumadoras; estamos hablando de problemas de salud pública. Yo estoy de acuerdo con don Nicolás, el consumo de alcohol es también un problema de salud pública y esta Asamblea debe tocarlo; y estoy de acuerdo con don Nicolás en que debe prohibirse el anuncio de la venta de alcohol, que causa enormes daños a la salud pública del país y a la productividad nacional.

Hay que ver cuáles son los indicadores de productividad del país los lunes. Yo quisiera que se pararan durante tres días consecutivos en las emergencias de los hospitales, para que vean quiénes son los que entran allí; el 90 por ciento de gente que entra de emergencia ha consumido alcohol. Es decir, el país paga por problemas como el tabaco y como el alcohol, Nicaragua paga, este país paga; el Presupuesto de la República paga el tratamiento del enfisema y el cáncer del pulmón, paga el tratamiento de todas las enfermedades respiratorias agudas, paga el manejo de los niños de bajo peso al nacer; paga los riesgos de la mujeres embarazadas fumadoras. Es decir, paga la salud que se daña por otras vías.

Prohibir la publicidad en el caso del tabaco, creo yo que no atenta contra la libertad de empresa. La inmensa mayoría de los países de Europa y yo diría que casi todos los países europeos tienen prohibida la publicidad del tabaco y el alcohol, y nadie habla allí de que se atenta contra la libertad de empresa, ¿por qué? Porque hay la conciencia -y nosotros hablamos aquí de un estado social de mercado en la Constitución-, existe la conciencia de que las libertades de uno tienen como fronteras el bien común.

Mi libertad no puede ser mayor que el bien común; mi derecho de hacer propaganda al tabaco no puede ser mayor que el derecho de la comunidad a su salud, y eso es lo que estamos queriendo decir aquí. El derecho de la comunidad, de su salud, es mayor que el derecho individual de la iniciativa empresarial en este caso. Quedan para las transnacionales, para las compañías, para quien sea, la necesidad de hacer propaganda por otras vías. Estamos hablando aquí de propaganda en los medios de comunicación, que todos sabemos que tienen un enorme peso en la conciencia, sobre todo de los jóvenes y de los adolescentes.

A mí un medio de comunicación me venderá unas cosas sí y otras no, pero un adolescente compra casi el cien por ciento que le vende un medio de comunicación, compra los valores de un sujeto montado en un caballo fumándose un cigarro Marlboro; compran las habilidades del ciudadano en el paquete de Marlboro; compran la virilidad del otro o la alegría en el anuncio de la Flor de Caña Limón, para decir cualquier cosa. Un adolescente compra símbolos, compra valores y a la vez compra productos que son dañinos para su salud; nuestra responsabilidad es restringir eso. Yo respaldo la moción que ha introducido aquí Alonso, en el sentido de restringir completamente la publicidad en los medios de comunicación masivos del tabaco y sus diferentes formas.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación la moción que ha sido presentada, y que rogámosle al Secretario leerla para que estemos claros y conscientes.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

"Queda totalmente prohibida cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco y sus derivados, a través de los medios de comunicación masivos".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Se abre la votación.

Hay colegas que aún no han votado.

Se va a cerrar la votación.

41 votos a favor, 4 en contra, 3 abstenciones; 5 Diputados no votaron.

En este momento suspendemos la Sesión para continuarla el día de mañana. Pero antes de eso, anunciamos la conformación de una Comisión Especial para investigar el cumplimiento de los acuerdos entre el Gobierno con los sectores desmovilizados, tanto del Ejército como de todos los otros sectores armados. Esta Comisión Especial va a estar integrada por los miembros de la Comisión de Gobernación.

Continuamos el día de mañana.

SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA TRECE DE JUNIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (ONCEAVA LEGISLATURA).

Estamos 50 Diputados.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se continúa la Sesión.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 8. En las cajetillas o empaques de cigarrillos y de otros productos derivados del tabaco, deberá aparecer de manera clara y legible la frase, "Fumar es dañino para la Salud", la que deberá ocupar una cuarta parte de la superficie en que se coloque.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se abre a discusión el artículo 8.

Se le concede la palabra a la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

En realidad Presidente, lo que se usa actualmente en la mayor parte de los países del mundo, es una leyenda más clara que dice lo siguiente: "Fumar es causa de enfisema pulmonar y está asociado al cáncer del pulmón". Yo voy a presentar la moción para cambiar la frase.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Esperando que traiga a la Mesa la moción, se le da la palabra al Diputado William Ramírez.

DIPUTADO WILLIAM RAMIREZ SOLORZANO:

Gracias, Presidente.

Yo quiero respaldar la moción que está presentando la Comandante Dora María Téllez, pero quería aprovechar para referirme a que hoy en la mañana en la televisión, el Gerente de Mercadeo de la TANIC, señor Cairo Amador y el Director del Programa, dijeron cosas inexactas sobre esta ley. Y es lógico que el Gerente de la TANIC tiene que defender su trabajo y su negocio, pero no a punta de mentiras. Aquí en la ley se aprobó muy claramente, "que habrá lugares donde no se pueda fumar y no se deba fumar, pero que también hay sitios donde se deba fumar.

De tal manera que en este lugar donde se puede fumar, dice el artículo 5: "Se deberán destinar áreas de fumadores en los centros de recreación de adultos y otros lugares de concentración de personas". Es decir que en esta ley queda claro que se protege al que no fuma, pero también el que quiera hacerlo tiene derecho en lugares señalados, específicamente rotulados. Además, lo más grave de la intervención de hoy Presidente, es que este amenazó a los medios de comunicación con suspenderles la publicidad, en un chantaje inmoral, para que apoyaran la no aprobación de esta ley e hicieran una campaña en contra de la ley.

Yo lo quiero decir muy claramente, porque así lo vi y lo escuche el dla de hoy en la mañana; inclusive uno de los periodistas, Roger Solórzano, que parece que no ha leído la ley, comenzó a respaldarlo sin darse cuenta que lo que estaban pidiendo ya estaba aprobado por esta Asamblea.
Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Estamos esperando su moción.

La Diputada Dora María Téllez retira su moción, entonces vamos a someter a votación el dictamen en la parte del artículo 8.

Se abre la votación.

27 Diputados que están presentes y no han ejercido su deber u obligación de votar sobre esta ley. Se les solicita a los Diputados, a los quince Diputados que están presentes y que no han ejercido su derecho al voto, por favor.

Se les recuerda a los Presidentes y a los miembros de las Comisiones, que se había resuelto que cuando hubiera plenario no hubiera reuniones de Comisiones. Por lo tanto, a los miembros de la Comisión de Gobernación que están sesionando en esa materia, se les ruega su presencia; y al resto de los Presidentes de las Comisiones, que tomen nota que cuando estamos en el plenario, no tengamos reuniones de las Comisiones.

Con 44 votos a favor, ningún voto negativo, 1 abstención y 7 personas presentes que no hicieron derecho al voto; se aprueba el artículo 8.

Secretario, dé lectura al otro artículo por favor.

Secretario, por favor, don Julio Marenco.

SECRETARIO JULIO MARENCO CALDERA:

Arto. 9. La publicidad del tabaco y sus derivados no será dirigida a menores de 18 años. Las modelos para este tipo de publicidad no deberán ser menor de 18 años o que su apariencia represente menos de esa edad.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se le da la palabra al Licenciado Adán Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE:

Es una rápida intervención señor Presidente, por lo que usted decía anteriormente. Algunas Comisiones han decidido trabajar porque estas Sesiones comienzan demasiado tarde y es necesario aprovechar el tiempo. Por eso yo quería excusar en estas circunstancias, a la Comisión de Defensa que está en el Mezzanine trabajando.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias, Licenciado, usted tiene toda la razón, pero muchos miembros estamos presentes desde las nueve o las nueve y pico, como doña Magdalena Úbeda, como don Alejandro Solórzano y otras personas que lamentablemente no me acuerdo. En realidad la Directiva debiera estar presente para dar el ejemplo sobre este punto.

Tiene la palabra el Doctor Frank Duarte.

DIPUTADO FRANCISCO JOSE DUARTE TAPIA:

Gracias, Presidente.

Señor Presidente, en otra Sesión yo le había hecho una recomendación, porque usted cuando cierra la votación no presiona el botón y deja abierta la votación. La votación del artículo anterior usted dijo que se había aprobado con 44 votos a favor, y si usted comprueba en la computadora, no fueron 44 sino 47 votos. Por el orden que esta Asamblea se merece, y para aplicar el Reglamento, yo le sugiero que cumpla con esos requisitos, señor Presidente. Es una pequeña recomendación que espero la tome a bien y no se vaya a molestar.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias, Doctor, es usted muy gentil.

Estoy tomando nota, es un "lapsus calami", "errare humanum est", tiene usted toda la razón. Voy a tratar de no incurrir en ese error que usted excelentemente me señala, y con la educación y el respeto debido.

Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Me parece que tanto el artículo 9 como el artículo 10 y el 11, deberían tener alguna modificación en relación al tenor del artículo aprobado el día de ayer sobre la publicidad del tabaco, porque al producirse cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco, de alguna manera quedan sobranceros los artículos siguientes; obviando lógicamente lo que son los rótulos de carreteras, afiches, patrocinios, etc, que están abiertos a la Policía, pero que no tienen que ver con modelos, símbolos patrios en sí. En concreto, parece que el artículo 9 y 10 principalmente, están de más aquí en esto. Voy a presentar por escrito la modificación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene usted razón, y por favor se le ruega que presente la moción, ya que en los artículos anteriores se había aprobado, según entiendo, la no publicación total en los medios de comunicación. Por favor presente la moción.

El Doctor Leonidas Duarte, por favor.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Sobre lo que hacía mención el Diputado Alonso Porras, yo no concibo que sean suprimidos estos artículos. En el caso del 9 yo tengo la siguiente moción. Es cierto que el día de ayer el último artículo que se aprobó fue que no se pasara publicidad por los medios de comunicación, pero eso no indica que no puedan hacer propaganda directa -en este caso- las compañías que distribuyen o que expenden el tabaco. Lo que aprobamos ayer y quedó bien claro, era la publicidad, pero no queda exenta la propaganda directa. Entonces, yo tengo la siguiente moción sobre el artículo: Que se suprima la palabra "publicidad" y que sea sustituida por la "propaganda directa del tabaco", etc. en el caso del artículo 9.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Por favor, pase a la Mesa su moción.

Tiene la palabra la Licenciada Azucena Ferrey Echaverry.

DIPUTADA AZUCENA FERREY ECHAVERRY:

Gracias, Presidente.

Por ninguna parte veo, y voy a pasar mi moción para agregarle "la presentación de identificación". Se supone que ahora los jóvenes de dieciséis años que ya tienen derecho al voto, a ejercer el sufragio, ya deben tener una cédula para poder demostrar la edad adecuada; y no dejarlo tan ambiguo como lo que está establecido en el artículo, por "su apariencia", no podemos caer en ese error, porque hay jóvenes aquí sumamente desarrollados que aparentan otra edad de la que realmente tienen; entonces sería la Cédula de Identidad la que debe pasar a formar parte. Esa es una cosa Presidente. Y la otra es que en la semana del 20 al 25 de mayo, era la semana que según calendario, se viene correspondiendo a la realización de las Sesiones, porque la Sesión es una semana de por medio.

Como en ese momento algunos miembros de la Junta Directiva estaban en procesos políticos de actividades de alianza se suspendió la Sesión, sin tener la más mínima consideración con las agendas individuales que cada uno de nosotros como Diputados tiene.

Parece que esta Junta Directiva -y discúlpenme los presentes- se está caracterizando y distinguiéndose por aplicar coerción y represión económica. No es así que los Diputados entendemos, entendemos el cumplimiento con equidad, desde los miembros de la Junta Directiva hasta los Diputados que estamos aquí en el hemiciclo. Así que yo les agradecería que en base a ese desfase inconsulto con el mayor número de Diputados, entendamos que las Comisiones tenemos la obligación de cumplir con nuestras agendas.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Hemos tomado nota de lo anterior.

Se le da la palabra al Doctor Nicolás Bolaños Geyer.

DIPUTADO NICOLAS BOLAÑOS GEYER:

Gracias, señor Presidente por la ley.

Ya que ayer, como explicó el Diputado Alonso Porras, fue aprobada una moción presentada por él, que prohíbe la publicidad del tabaco en los medios de información, y acaba él de presentar una moción para eliminar no solamente el artículo 9, creo que a lo mejor el 10 y el 11, si no fue incluido el artículo 14, sugiero que también debería de ser ya de una vez mocionado que sea eliminado, porque precisamente es el que más habla de canales de televisión y publicidad en medios de comunicación.

Así que, aunque yo no estuve de acuerdo con aprobar ese artículo o esa moción, y ya que fue aprobada por la mayoría de los Diputados, pues ya no tienen razón de ser estos artículos que hablan de publicidad; y si el Diputado Porras por alguna omisión no incluyó el artículo 14, le sugiero que también mencione el artículo 14 de una vez, para someter a votación la eliminación de ese artículo.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias por las recomendaciones, Doctor, pero indudablemente están vinculadas, como usted dice; yo estoy seguro que los mocionistas que no han entregado nada a la Mesa, van a tomar en cuenta toda esta situación.

Por favor, a los mocionistas.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción que nos presentó Alonso Porras para sustituir el artículo 9, expresa lo siguiente: "La publicidad del tabaco y sus derivados no deberá contener ninguna referencia que lesione la integridad, dignidad e inteligencia de la mujer, la juventud y la niñez. Las modelos para este tipo de publicidad no deberán ser menores de 18 años, o que su apariencia represente menos edad".
Esta es la mocion que sustituiría al artículo 9, presentada por el Diputado Alonso Porras.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Es necesario explicar al mocionista don Alonso Porras, las razones basadas en el artículo 53 de los Estatutos, que le confieren a la Presidencia declarar si las mociones son improcedentes o no procedentes. Es decir, conforme al artículo 53 del Estatuto: "Toda moción debe ser leída previamente y presentada por escrito al Secretario, para ser sometida a discusión en el orden en que fue presentada.

Las mociones que fueren notoriamente improcedentes, serán rechazadas de plano por el Presidente de la Asamblea Nacional. Si la improcedencia es dudosa, el Presidente para decidir consultará con la Junta Directiva".

Esta es la situación en que nos encontramos, en una calificación de que si es notoriamente improcedente o no. Tengo a la vista la moción o el artículo que fue aprobado, que es el artículo 7, y dice: "Queda terminantemente prohibido cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco y sus derivados, a través de los medios de comunicación masiva". Es decir, reúne dos condiciones esenciales, la prohibición total de cualquier tipo de publicidad y en los medios de comunicación masiva.

Como su moción, Diputado, habla de una regulación y dice lo siguiente: "La publicidad del tabaco y sus derivados no deberán contener ninguna referencia que lesione la integridad, dignidad e inteligencia de la mujer, la juventud y la niñez"; y después habla de que "las modelos para este tipo de publicidad", etc., es decir, está haciendo muy bien una regulación del efecto a la persona para la cual va dirigida la publicidad, y entiendo su muy buena intención sobre eso, pero el artículo que aprobamos me obliga a mí en la Presidencia a declararlo notoriamente improcedente. Sin embargo, aquí consideramos nosotros que estamos en un estado de derecho y tiene usted la plena razón para explicar sus razones. Por favor, Diputado.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, yo creo que aquí hay una mala interpretación de parte suya y de los otros miembros de la Junta Directiva, si es solamente un problema de mala interpretación. Al aprobarse ayer la prohibición de la publicidad por cualquier tipo de medios de comunicación masiva, los artículos que estamos discutiendo ahora hacen relación de alguna manera con la publicidad por los medios de comunicación masiva; sin embargo, la aprobación de la prohibición no tiene que ver ni con vallas de carreteras, ni con volantes, ni con promociones, ni con actividades en las playas, ni con globos en distintos lugares, y perfectamente una valla de carretera puede tener publicidad que utilice los símbolos patrios, por ejemplo.

Entonces, yo lo que estoy intentando hacer es adecuar los dos artículos, el 9 y el 10 a la prohibición de ayer, pero dejarlos adecuados de tal forma que regulen la publicidad que sí queda permitida, que como decía el, en la publicidad perfectamente pueden haber afiches, perfectamente pueden haber volantes, perfectamente pueden haber rótulos de carreteras, perfectamente pueden haber vallas. Entonces, en ese tipo de publicidad, por ejemplo, no tiene ningun sentido decir que queda prohibida la publicidad para los menores de dieciocho años, porque cómo se va a tapar los ojos un chavalo para no ver una valla en la carretera; pero sí se puede prohibir que en esa valla de la carretera haya una mujer no menor de dieciocho años, por ejemplo, que es lo que yo trato de establecer con mi moción.

Entonces, me parece que mi moción es totalmente procedente y que lo que hay es un mal entendido de parte de la Junta Directiva; porque si hay que regular el tipo de publicidad que queda permitida por la ley, si hay que regular el tipo de afiches, perfectamente pueden ponerse en todos los comercios y establecimientos, enormes afiches a colores de una modelo de quince años, perfectamente, o poner los símbolos patrios en un afiche y la bandera de Nicaragua en una valla de carretera, y eso hay que regularlo. Entonces, eso es lo que persigo con mi propuesta.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Aquí han pedido cuatro distinguidos Diputados discutir sobre este tema, pero vale la pena la aclaración de dos principios básicos: Uno, donde la ley no distingue uno no puede hacer distinción; ese es un principio legal exacto.

Segundo, aquí tenemos un imperativo categórico en el cual en forma bien clara dice, si quiere hasta cierto punto es una redacción muy fuerte, pero es bien clara. Dice: "Queda terminantemente prohibido"; este es un imperativo categórico de prohibición.

Se le da la palabra al Diputado Ramón Gámez Rodríguez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo estoy de acuerdo con el análisis que está haciendo la Junta Directiva, señor Presidente. A mí me parece que las cosas hay que dejarlas claras, y más bien lo que plantea el compañero debe verse en el artículo 13, para ver cómo le hacemos un cambio a eso, donde ya se habla de colocar afiches, vallas, ahí verlo en esa parte. Porque considero que el criterio que usted está dando señor Presidente, es correctísimo, yo sin ser abogado yo estoy claro de eso, se tendría que eliminar el 9, se tendría que eliminar el 10 y tratar de ordenar el 13, para dejarlo de acuerdo como lo dice el compañero Alonso Porras. En relación con eso yo estoy totalmente de acuerdo.
Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias por su apoyo.

El Doctor Eduardo Paladino, por favor.

Doctor Eduardo Paladino.

DIPUTADO EDUARDO PALADINO CABRERA:

Señor Presidente, gracias.
;
Quiero hacer la moción para enmendar este artículo, con el cual no estamos de acuerdo nosotros con su aprobación. La moción que hago es: "La prohibición referida en el artículo 7, contempla:

ch) Pautas en cine, salvo en las películas para público mayor de 18 años.

d) En programas radiales, antes de las 20 horas y sólo en programas dedicados a adultos.
Excepción son los noticieros radiales y de análisis, cuyo auditorio natural son las personas adultas.
PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Por favor pásela a la Mesa y aquí vamos a analizar su moción.

Tiene la palabra el Doctor Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Gracias, señor Presidente.

A mí me parece acertada la intervención del Diputado Alonso Porras y me da la impresión que los artículos 9 y 10 están perfectamente bien redactados. Señor Presidente, el artículo 9 señala bien claro que no se pueden utilizar para este tipo de propaganda, modelos o indicativos que vayan en relación con el parámetro de los dieciocho años, eso está perfectamente bien comprendido y entendido. Cuando el Diputado Gámez habla del artículo 13, en respaldo a un criterio de la Directiva, yo siento no estar de acuerdo con él, porque ese artículo específicamente está señalando distancias de centros de enseñanza; eso es otra cosa diferente.

Por lo tanto, yo veo que los artículos 9 y 10 están muy bien redactados, tal vez con algún agregado que proponía el Diputado Porras. Yo estimo que la Comisión de Salud no sé a qué se debe que está introduciendo una variación a su mismo dictamen; pero a mí me da la impresión de que tanto el artículo 9 como el artículo 10 están bien claros y bien redactados. Yo sería de la opinión que se mantuviera su redacción, salvo alguna propuesta que mejore, pero no hay que confundir jamás el artículo 9 con lo que está en el artículo 13.

Señor Presidente, a eso se debe mi intervención, con todo respeto espero haber aclarado un poco esta situación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Antes de darle la palabra al Diputado Alonso Porras en relación con la moción que ha presentado el Doctor Eduardo Paladino, en la facultad que me corresponde al artículo 53, declaré notoriamente improcedente la moción que usted presenta, por la razón de que está reglamentando una prohibición que ya está especialmente establecida.

Tiene la palabra don Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.


Yo quiero dejar claro que el concepto de medios de comunicación, que es la intención que yo establecí en la moción aprobada ayer, se refiere a la radio, la prensa y la televisión, porque me da la impresión con sus palabras, que está interpretándola como cualquier tipo de publicidad del tabaco; estoy hablando exclusivamente de la radio, la prensa y la televisión, que es lo que universalmente se entiende como medios de comunicación de masas. Voy a retirar mi moción para no entrar en polémica, pero en ese caso el artículo 9 queda sin sentido, y debe suprimirse porque es incongruente y contradictorio con el artículo aprobado el día de ayer.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMÍREZ:

Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Presidente, es que yo creo que el Diputado Porras está cayendo en el mismo enredo en el que usted cayó. El artículo 7 dice que se prohíbe la publicidad en los medios de comunicación masivos. ¿Que son medios de comunicación masivos? Radios, televisión, revistas, periódicos, semanarios, etc., esos son medios de comunicación masivos. ¿Qué tipo de publicidad dejamos libre? Las vallas, los afiches, las papeletas, que saquen un avión y tiren papeletas en Managua, esa publicidad la puede hacer la compañía tabacalera o las compañías tabacaleras. Esa publicidad no está prohibida; prohibimos los medios de comunicación masivos.

Por tanto, el artículo 9 está correcto tal como está. Si aquí a la compañía tabacalera se le ocurre poner una valla publicitaria, este artículo lo que dice es que no puede poner una foto de un menor de dieciocho años, está correctamente puesto. Si se le ocurre a la compañía tabacalera sacar un afiche con un cliente fumando, que esa persona no sea menor de dieciocho años, está correctísimamente puesto. El afiche no es un medio de comunicación masivo, es un afiche; la valla publicitaria, es una valla publicitaria; las papeletas que reparten, son papeletas que reparten; así es como aprobamos el artículo 7.

Entonces, el artículo 9 se refiere a la publicidad restante que pueden hacer las compañías tabacaleras. La publicidad restante es toda aquella que no se transmite a través de medios de comunicación, y esa publicidad tiene que ser regulada; eso fue lo que aprobamos ayer, prohibición de publicidad a través de medios de comunicación, no prohibición de publicidad en general; le queda a la compañía un rango de publicidad y tiene que someterse a una regla. Aquellos Diputados que están queriendo hacer creer que la existencia del artículo 9 autoriza publicidad a través de los medios de comunicación, están equivocados; el artículo 9 se refiere al rango de publicidad que no quedó prohibido de manera imperativa, como usted adecuadamente ha dicho sobre el artículo 7.

Obviamente la moción del Doctor Paladino, como la Junta Directiva ha decidido, es notoriamente improcedente. El artículo 7 ya está clarísimo, todo lo que es el artículo 9 al 10 hay que hacerle una modificación; el 11 y el 12 están perfectamente bien hechos y el número 13 también, están perfectos, se refieren al rango de publicidad no prohibido. Entonces, yo me inclinaría a que el artículo 9 quede tal como está.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Me voy a permitir que el Secretario lea por favor la moción, que es sumamente clara, para que las personas y los Diputados que han solicitado la palabra estén de acuerdo con lo que ya hemos aprobado.

Señor Secretario, por favor lea la moción.
;
SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción de artículo 7, dice: "Queda terminantemente prohibido cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco y sus derivados, a través de los medios de comunicación masivos".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Donde la ley no distingue, no se puede distinguir.

Tiene la palabra don Nicasio Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDÓN ZELEDON:

Gracias, señor Presidente en funciones.

Yo no sé por qué tanta algarabía al respecto. La verdad es que se ha insistido alrededor de cinco veces en que estas prohibiciones están contenidas en el artículo 7; los que derivan, incluido el 8, el 9, el 10, y el 11 habría que arreglarlos un poco, incluso el mismo 11 sale fuera con lo que hemos aprobado en el 7. Y yo no quisiera estar de acuerdo con Dora María cuando dice que el 9 está perfecto, porque aquí se contradice el 9 en su última parte, y lo voy a leer: "La publicidad del tabaco y sus derivados no será dirigida a menores de 18 años", estamos claros. "Las modelos para este tipo de publicidad no deberán ser menor de 18 años o que su apariencia represente menos de esa edad".
Si estamos diciendo que lo que no queda prohibido son las vallas, los afiches, etc; ¿cómo va a ponerse un afiche con una efigie de una menor?, ¿cómo se va a calcular si es menor o es mayor, si es un afiche? Entonces, obviamente no se está hablando de ese tipo de publicidad, se está hablando de imágenes en la televisión, y si hay contradicción con el 9. De tal manera que si ya existe una irrestricta prohibición en los medios de comunicación, ahora quiero considerar que la moción del Doctor Eduardo Paladino es improcedente porque habla de los medios de comunicación masiva, ahí está la radio, la televisión y los periódicos escritos.

Pero en una valla no hay mayoría de edad, en un afiche no hay mayoría de edad, por tanto el artículo 9 también es contradictorio. De tal manera que mi moción, señores de la Mesa Directiva, está encaminada a suprimir de esta ley el artículo 9, 10, 11 y 12, porque todos hacen referencia a los medios masivos de comunicación, por tanto al dejarlos estaríamos en contravención de lo ya aprobado en el artículo 7.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Por favor, pase a la Mesa su moción.

Se le da la palabra al Doctor Orlando Rizo Espinoza.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Gracias, Presidente.

Presidente, es que el espíritu de esta ley que dictaminó la Comisión de Salud es realmente muy sencillo. La protección de los derechos de los no fumadores, es muy sencillo, no es otro el objeto de esta ley; aquí no hablamos ni de prohibir el fumado, (o sea que pueden fumar los fumadores) ni de prohibir la publicidad; no es ese el objeto de esta ley, y nos estamos saliendo del objeto específico de esta ley, señor Presidente; no pretendemos eliminar la industria tabacalera ni la publicidad. A mí me parece que la propuesta que presentó el Doctor Paladino nos especifica muy bien lo que son las prohibiciones en el aspecto de la publicidad; las prohibiciones en el aspecto de la publicidad van dirigidas a evitar que la niñez y la juventud inicien el fumado, ese es el objeto. Le quería preguntar otra situación: ¿Declaró usted que la moción era improcedente? ¿Era improcedente?

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

¿La del Doctor Eduardo Paladino? Fue declarada improcedente.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Para declararla improcedente creo que debe contar con la consulta de la Junta Directiva, y la Junta Directiva no tiene quorum en este momento. Entonces, no veo cómo pudo declararla improcedente si no hay quorum en la Junta Directiva.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Yo agradecería que el Diputado leyera el Estatuto, y yo lo leí el Estatuto en público. El artículo 53, señor Diputado, dice: "Las mociones que fueren notoriamente improcedentes serán rechazadas de plano por el Presidente de la Asamblea Nacional". Yo la he declarado notoriamente improcedente, es una facultad que me da la Presidencia en este momento.

Tiene la palabra el Ingeniero Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Ciertamente es facultad, de acuerdo con el Estatuto que ya he leído, es una facultad de quien está en la Presidencia la declaración de improcedente. De verdad le voy a decir que yo estaba de acuerdo con la moción del Doctor Paladino; a mí me parece que en la ley se pueden ir limitando normas que se pueden entender demasiado amplias.

Aquí nomás tenemos concepciones diferentes de dos Diputados que estan de acuerdo en que es improcedente la moción del Doctor Paladino; dicen unos que medios de comunicación masivos es todo, y Dora María señala que medio de comunicación masivo es todo periódico, semanario, radio, televisión, los que tiene un alcance masivo, pero deja libre una cantidad de métodos de publicidad. Entonces, en ese orden todavía tenemos una discusión mucho más amplia.

Debo expresar finalmente, que yo aceptaría entonces tal como quedó el dictamen en el artículo 9, tal como lo presenta el dictamen, que ese artículo quede tal como está, a objeto de poder continuar esta discusión. Pero de verdad digo que no me parece esa declaración de notoria improcedencia con respecto a normas y a una ley que está en esa norma, en donde les estamos señalando el alcance que esas normas vayan a tener; eso no puede ser para mí de ninguna manera notoria improcedencia.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

El Secretario va a dar lectura a las mociones presentadas.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La única moción que tenemos, distinta a la del Diputado Porras...

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Perdón, tiene razón el Licenciado Reinaldo Antonio Téfel Vélez.

Se le da la palabra al Licenciado Reinaldo Antonio Téfel Vélez.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Me parece que el Presidente al declarar notoriamente improcedente una moción que es notoriamente procedente, sin explicar por qué es improcedente, se vuelve notoriamente improcedente la actuación del Presidente, porque aunque lo faculte el Estatuto él debe explicar por qué considera que es improcedente. Yo no puedo aceptar de ninguna manera que proteger la salud del pueblo nicaragüense; y sobre todo de la niñez y de la juventud sea improcedente; más bien lo que es improcedente es apoyar a una internacional de la muerte, cerrándole precisamente las puertas al pueblo nicaragüense a defenderse frente a esa internacional de la muerte, que está teniendo mucho peso aquí dentro de la Asamblea.

El tabaco es uno de los factores que más muertes y enfermedades produce en el mundo entero, por consiguiente, improcedente es defender la propaganda a favor del tabaco; improcedente es defender la propaganda que influye en la niñez y en la juventud nicaragüense a que se suicide.

Por consiguiente, yo le ruego al Presidente, en nombre de todos esos niños y jóvenes que van a ser pervertidos por la propaganda de la internacional de la muerte, que reconsidere su improcedencia y acepte que es procedente la moción del Doctor Paladino.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias por su intervención Reinaldo Antonio Téfel Vélez. Aquí estamos en una democracia, vale la pena explicarlo a usted, lamentablemente no me escuchó y espero que ahora me escuche. Le ratifico que conforme el artículo 53 del Estatuto, que estoy seguro que usted lo tiene a la mano, pero se lo voy a leer, que dice: "Las mociones que fueren notoriamente improcedentes serán rechazadas de plano por el Presidente de la Asamblea".

Es una facultad discrecional del Presidente el calificar si la moción es improcedente.
Segunda razón, señor Diputado, el artículo 7 que se aprobó es bien claro, se lo voy a leer: "Queda terminantemente prohibido cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco y sus derivados, a través de los medios de comunicación masivos". Hay un principio en derecho: donde la ley no distingue, uno no puede hacer distinción.

Segundo, eso es un imperativo categórico, usted como estudioso de la historia y la filosofía sabe que estos tipos de imperativos categóricos son bien claros, es decir esta moción es declarada improcedente.

El nuevo Presidente va a asumir la Directiva.

Por favor, Doctor Cairo Manuel López.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

La verdad es que con la interpretación en un sentido estricto que ha hecho el honorable Diputado Castillo, es que hemos venido enredándonos en la secuencia de los otros artículos; y lo digo porque ayer el espíritu con que fue aprobado el artículo número 7 nos establecía que quedaba prohibido totalmente todo tipo de propaganda o publicidad para los medios, en este caso para los expendedores del tabaco, y que era únicamente para los medios de comunicación masiva; y por eso mismo se establece, en la misma moción hay dos elementos que creo que resaltan y hacen la distinción, que es a lo que hace referencia el Diputado Castillo, y es donde dice: "Queda terminantemente prohibido cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco y sus derivados en cualquier medio de comunicación masiva".

Si bien es cierto que queda terminantemente prohibido cualquier tipo de publicidad -esa es una cuestión que restringe-, después cuando se refiere a cualquier tipo de comunicación masiva, es donde hace la distinción, y aquí verdaderamente lo que hay que interpretar es cuáles son los medios de comunicación masivos. Entonces, con el espíritu que se hizo y se aprobó la moción del artículo 7 el día de ayer, se hizo una interpretación amplia de ella misma; y creo que verdaderamente con ese espíritu que fue aprobado es que hay que seguir legislando. Por un lado.

Segundo, sobre la moción presentada por el Doctor, hay que aclarar que tanto hay leyes sustantivas como leyes adjetivas, y aquí podrían caber ambas. Por lo tanto, si bien es cierto es una facultad del señor Presidente el declarar notoriamente improcedente, yo creo que se le podría haber buscado alguna solución al asunto.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado William Ramírez.

DIPUTADO WILLIAM RAMIREZ SOLORZANO:

Gracias, Presidente.

Cuando estaba el Doctor Castillo, yo solicite la palabra para tratar de explicar al Doctor Castillo, precisamente lo que se conoce como medios de comunicación masiva porque cuando él declaró improcedente la moción de Alonso Porras, creo que él estaba confundido, y yo creo que sigue confundido, por eso le ruego que tal vez me puede escuchar. Se entiende por medios de comunicación masiva, la radio, la televisión y los medios escritos, que son sistemáticamente publicados; el resto no se considera medios de comunicación masiva. La ley, el artículo 7 se refiere a este tipo de medios.

Es decir, que según el artículo 7 no debe haber propaganda en las radios, a ninguna hora, el artículo 7 dice que no debe haber propaganda sobre el tabaco y sus derivados, a ninguna hora; el artículo 7 dice que no debe haber propaganda sobre el tabaco y sus derivados en la televisión, a ninguna hora; y el artículo 7 dice que no debe haber propaganda sobre el tabaco y sus derivados en los medios escritos, sean revistas, semanarios, diarios, en ningún momento, en ningún espacio. Eso es lo que dice el artículo 7, pero no habla de las otras formas de publicidad, eso queda libre.

Entonces, una volante de las que le dan a usted en el carro cuando va en los semáforos, esa publicidad sí es permitida; cuando un motociclista lleva atrás un rotulo de una firma tabacalera, eso es permitido; cuando usted va en la carretera y en una valla aparece un rótulo de una marca de tabaco, eso es permitido. Esas también son formas de publicidad, pero no son masivas. Esa es la diferencia que establece el artículo 7, que se refiere únicamente a los medios de comunicación masiva.

Personalmente yo creo que la forma en que se aprobó ese artículo es excesiva; pero bueno, quedaron abiertas otras formas de publicidad, y a esas otras formas de publicidad se refiere el artículo 9. De tal manera que yo creo que no existe, Doctor López, no existe en esta ley otro lugar donde enmendar, porque la ley dice que a ninguna o en ningún espacio de un medio de comunicación masivo se puede hacer publicidad sobre el tabaco y sus derivados. La improcedencia de la moción del Doctor Paladino es correcta como la planteó el Presidente, porque no se puede a ninguna hora

No es cierto que después de las ocho de la noche en la televisión se pueda hacer publicidad, sabiendo que hay programas infantiles a las diez de la mañana, a las doce del día, a las cuatro de la tarde; ni es cierto que en las radios se puede hacer publicidad. El artículo 7 dice que a ninguna hora se puede hacer publicidad; eso dice el artículo que ya aprobamos. Y dice que en ningún espacio de un periódico, de un semanario, de un medio de comunicación masiva se puede hacer publicidad, eso dice lo que aprobamos. De tal manera que yo respaldo que el artículo 9 quede a como está

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

Realmente es interesante esta mañana ver la dinámica de una discusión de un tema tan importante como es esta ley; pero también es importante que nos ajustemos a las técnicas parlamentarias, a lo que nos manda el Estatuto, y en particular a la conducción del debate. En este particular señor Presidente, a mí me parece que después de haber aprobado precipitadamente un artículo como es el artículo 7, se debió haber tenido un poco más madurez en el sentido de que fue más allá.

Pero cuando el Presidente en funciones, el Doctor Castillo, declara improcedente la moción que presenta el Doctor Paladino, es correctamente improcedente, porque es notoriamente improcedente. ¿Por qué razón? Por esa práctica un poco parlamentaria, debo recordarles que estamos discutiendo artículo por artículo, y lo que él propone es la eliminación prácticamente de todo un capítulo de la ley, lo cual no se puede hacer. Las reglas del juego ya estaban establecidas, que es discutir artículo por artículo, por tal razón, el Doctor Castillo tiene toda la razón en declararlo improcedente, notoriamente improcedente.

Ahora, ya aprobado el artículo 7 vamos a la discusión, que es una forma general. En general está la prohibición por todos los medios, pero luego entra la ley en el artículo octavo y noveno y demás artículos, en una forma particular; y cuando aborda el tipo de reglamentación, habla en lo general: prohibida terminantemente la publicación o la publicidad del tabaco en los medios de comunicación masiva. Pero luego entra la ley en lo particular, señalando qué y cómo deben ser las reglas del juego de esas prohibiciones. Señor Presidente, a mí me parece que está perfectamente bien hilvanado, el artículo 9 es válido, perfectamente bien, y está bien concatenada la ley.
Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Señalo que están anotados para hacer uso de la palabra, los Diputados: Julio Marenco, Reinaldo Antonio Téfel, Edmundo Castillo Ramírez, Alonso Porras Díaz y Alejandro Solórzano; en ese estado cerramos la lista.

Tiene la palabra el Diputado Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Gracias, Presidente.

Yo también comparto con algunos Diputados, que en ese artículo 7 fue un exceso el que se cometió, y hoy ese exceso lo queremos remediar violentando lo que ya aprobamos. En el artículo 7 se remachó -como podríamos decirlo popularmente- esa prohibición, ni siquiera quedó en el artículo; "podrá ser prohibido", "será prohibido", sino que se remachó y quedó en el artículo: "queda terminantemente prohibido cualquier tipo de publicidad sobre el tabaco y sus derivados, a través de los medios de comunicación masiva". Totalmente, en este artículo es más que clara la prohibición.

No se puede con un artículo nuevo querer regular lo que ya se dejó bien claro, la prohibición, no hay forma. La duda que me queda es cuando hablamos de medios de comunicación masiva. Si alguien agarra unas volantes y con un avión reparte en una ciudad esas volantes, para mí esa es una comunicación masiva, total, general; lo masivo es lo contrario a lo selectivo. Cuando se habla de masivo, esa publicidad masiva va para hombres, mujeres, niños, adultos, al tirar una volante pública; al hacer un afiche, es un medio de comunicación masivo ese afiche; y una valla es un medio de comunicación masivo, no está haciendo diferencia. Lo masivo es lo contrario a lo selectivo, y en este caso son medios de comunicación masivos.

Esto es producto de la ligereza con que muchas veces se aprueban ciertas cosas, por la falta de atención y análisis más profundo sobre lo que nosotros aprobamos. Hoy queremos remediarlo, sí, hay remedio para esto, pero no está en manos de este plenario remediar ese exceso. Por lo tanto, yo diría que continuáramos en base al espíritu de este artículo 7, con la prohibición total, y se le solicite al Ejecutivo un veto a este artículo 7 para poderlo remediar; es la única solución, de lo contrario es imposible que nosotros queramos remediar lo que nosotros aprobamos tan siquiera el día de ayer. No le busquemos salida porque no hay salida, y esta salida no está precisamente en este Plenario. Por lo tanto, yo respaldo la decisión del Diputado Castillo, de decretar improcedente la moción del Doctor Paladino y del Doctor Rizo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, yo creo que el día de ayer cuando introduje mi moción, participaron alrededor de doce Diputados en la discusión de la moción. No es cierto que se haya aprobado con ligereza; se aprobó con plena conciencia de los que estábamos ahí, de qué se estaba discutiendo y de qué se trataba.

Si ahora por presiones de cualquier tipo, de la TANIC, que aquí anda cabildeando (allá están arriba reunidos), queremos cambiar lo que aprobamos, esa es otra cosa. La moción es muy clara: "Queda terminantemente prohibido cualquier tipo de publicidad". Punto. Ahí no dice, daré un horario o no daré un horario, dice "terminantemente prohibido". Yo creo que el lenguaje castellano más claro no puede ser.

Ahora, sí me pondría de acuerdo en que la intención de la moción, en el concepto de medios de comunicación se refería a la prensa, la radio y la televisión; no se refería ni a promociones en la playa, ni se refería a vallas en la carretera, ni se refería a posters y afiches, sino a prensa, radio y televisión; y sería en el único sentido en que considero valdría la pena o tendría alguna validez un artículo aclaratorio que diga: "Entiéndase por medios de comunicación masiva, la radio, la prensa y la televisión". Punto. Pero nada de horario, ni nada de eso, porque eso ya es otra cosa. Entonces, voy a mocionar un artículo 8 que diga: "Para efectos del artículo anterior, entiéndase por medios de comunicación masiva, la prensa, la radio y la televisión".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Sin ánimo de participar en el debate a favor de una posición o de otra, creo conveniente hacer una precisión sobre el concepto que estamos utilizando de medios de comunicación masiva. En el mundo del derecho existe lo que le llaman los conceptos jurídicos indeterminados, conceptos jurídicos que pueden ser posteriormente precisados por voluntad de la misma ley o por la voluntad del intérprete de la ley.

De manera que en el ánimo de la discusión, cualquier artículo que haya sido aprobado puede ser precisado posteriormente, si esa quiere ser la voluntad del plenario; pero que no sea imposible, creo que sí sería cometer un error. Los conceptos jurídicos indeterminados pueden ser precisados por la misma ley, o pueden ser precisados justamente por la función del intérprete de la ley, y eso es nada más, digamos, hermenéutica jurídica.

Tiene la palabra Alejandro Solórzano.

DIPUTADO ALEJANDRO SOLORZANO FERNANDEZ:

Yo quisiera llamar la atención de todo el Plenario, que en lo que estamos metidos, esta cuestión es compleja, bastante difícil, no es necesario presión de ningún lado para poder hacer como en toda ley, un estudio intacto. Aquí comienza muy bonito, "Ley de Protección de los Derechos Humanos de los No Fumadores"; es correcto, hay que tratar de preservar la salud del ser humano. Pero nos hemos ido deslizando, abandonando ya el derecho humano de los no fumadores y nos vamos metiendo hasta terminar totalmente con el tabaco; y ojalá llegue un día en que no exista el tabaco, pero estamos en Nicaragua y debemos hacer los estudios.

A mí me parece que de llegarse a cumplir todo esto, sería un impacto económico totalmente negativo, en un país en el que el índice de desempleo es alto, y tendríamos que vernos abocados a una guerra también contra el alcohol, que es tan dañino, quizás igual, tal vez menos, pero es terriblemente dañino. ¿Y cómo hacemos con esas pegas de la zapatería que andan oliendo nuestros niños y niñas en las calles? Tendrían que hacer un estudio realmente serio, sereno, como para ver cuántas personas trabajan en el cultivo del tabaco, cuántos trabajan en las fábricas productoras de estos cigarrillos de la muerte realmente, y si ya podemos cortar de tajo; si Nicaragua está consolidada económicamente, y si tienen otra alternativa los que posiblemente queden desempleados en esta lucha. Es un estudio serio que tenemos que hacer.

Que la mayoría en este plenario decida, está bien. Yo llamo la atención en este sentido, no vayamos a caer de repente como en cierta demagogia política sin darnos cuenta; y que no nos presione el tiempo, que ya estamos por entregar las curules, ya nos falta poco, hombre, salgamos decentemente haciendo una ley bien estudiada, bien consensuada, que encaje en la situación actual en que vive la sociedad nicaragüense, tanto en lo social como en lo político. Llamo pues la atención de una manera fría y serena, para que tratemos de trabajar poniendo por encima los intereses del país y no con demagogia, porque prohibimos el tabaco, ¿y dejo de fumar la gente?

¿No es más bien una campaña de educación contra el consumo del tabaco? Porque aquí comienza bonito el título, pero ya nos hemos deslizado a que no se hable totalmente del tabaco. Ojalá, repito, que llegue el momento en que no exista este cáncer del tabaco, ¿pero será este el momento? ¿Será este el momento de terminar también con los flagelos del alcohol y de las pegas y todas esas cosas? Reflexionemos para que hagamos una ley adecuada a las circunstancias históricas en que vive nuestro país.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, Presidente.

Me agrada intervenir no presidiendo la Mesa Directiva, a un mismo nivel, como podríamos decir, de competitividad, para que después otros distinguidos licenciados, otros distinguidos Diputados no digan que usando la Presidencia hago ciertas apreciaciones. Es útil que el día de hoy se nos haga reflexionar, señor Presidente. Cuando tomamos resoluciones de manera precipitada, cuando producto de la emoción o de la buena voluntad sacamos unas reglas imperativas tan fuertes que después se vuelven hasta cierto punto como una especie de armadura de fuerza.

Yo me encontré, cuando presidí la Mesa, con un artículo que he considerado y considero sumamente exagerado, porque es una regla bien clara. Dice: "Se prohíbe terminantemente cualquier tipo de publicidad". Y cuando dice esa regla "cualquier tipo de publicidad", ahí no hacen ninguna distinción, si va a ser televisiva, por radio, por papeletas, en bicicletas, en carros, en globos, etc. Son producto de que a veces por la buena voluntad sacamos unas disposiciones tremendamente exageradas; y ahora con la reflexión que puede haber dado, yo no digo las presiones o gestiones que podrán hacer otras personas, sino con la reflexión de que la mejor ley que se hace, es la que estando arriba debe uno como ciudadano sufrir los efectos cuando está abajo.
Entonces, nos encontramos que aquí hay una disposición terminante, y he repetido varias veces, que cuando la ley no distingue, uno no puede hacer distinción. Es un imperativo categórico lo que pusimos aquí, muy fuerte, extremadamente fuerte. Por eso agradecería al Presidente que tomara nota, que ya habló de hermenéutica jurídica, que cuando se trata de la interpretación de la ley, tenemos que ver la interpretación literal, la auténtica, la integrativa.

Y en este caso, todos los tratadistas de derecho hablan de que una ley una vez aprobada, no se va a buscar la voluntad de los legisladores; una vez aprobada la ley, aunque los legisladores al momento de redactarla sacaron una discrepancia en lo que se refería a sus deliberaciones y lo que salió redactado, lo que vale es la ley redactada, la moción aprobada. Si aquí hubo una discrepancia entre el diálogo y las deliberaciones y lo aprobado, pues es un error; pero la verdad de las cosas es que aquí se aprobó una regla tan imperativa, que si se quiere pueden enmendarla, pero estamos violando el espíritu de la ley.

Cuando se dice "Queda terminantemente prohibida cualquier tipo de publicidad", ahí no hay ninguna distinción, es un enorme imperativo. Yo hago esa reflexión para que nos sirva de ejemplo, que cuando vayamos a sacar disposiciones de esa categoría, pensemos que no debemos sacar esas normas imperativas, porque después lo que viene es una armadura de fuerza.

Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Esta es una discusión penosa, y digo penosa porque somos o nos hacemos; y yo principalmente creo que nos hacemos y no que somos. El Doctor Edmundo Castillo está leyendo el artículo a la mitad.

Doctor Castillo, usted sabe mejor que yo, que los artículos se leen completos. Artículo 7: "Se prohíbe terminantemente toda publicidad en los medios de comunicación masivos". El artículo se lee completo. Entonces no somos, nos hacemos. ¿Y por qué nos hacemos?, es la gran pregunta. ¿Será que el golpeo de mesa de una compañía tiene más capacidad y más poder en este Plenario que la salud pública de los contribuyentes nicaragüenses? Ah, bueno, yo pongo las cosas claro y pelado, y no digo que esté influenciando en la manera del Doctor Castillo de interpretar la ley.

No, dijo que en algunas otras intervenciones ha estado esa influencia. ¿Qué cosa es un medio de comunicación social, Presidente? Porque también aquí es donde nos hacemos. Un medio de comunicación social está definido en la Constitución Política de la República, artículo 68, y fue reformado en esta Reforma Constitucional. Se nos olvidó que aquí dice claramente qué cosa es un medio de comunicación. Es más, hasta les dimos una exención de impuestos a esos medios de comunicación, se les exoneró el papel, maquinaria y equipo, de refacciones; nosotros no hablamos de refacción de los aviones para lanzar papeletas; lanzar papeletas en un avión no es un medio de comunicación masivo.

Este artículo 68 que se refiere a medios de comunicación, se refiere a radio y televisión, prensa escrita de todo tipo, de todo tipo de periodicidad la prensa escrita; no hay necesidad de hacer grandes definiciones de medios de comunicación si aquí está clarísimo. Este artículo 68 no exonera de impuestos las vallas publicitarias, porque no es un medio de comunicación masivo, si no aquí estaría una lista de publicistas pidiendo que les exoneraran las vallas publicitarias de impuestos. Nadie ha pedido eso, no es medio de comunicación masivo.

Nunca se ha aparecido ninguna empresa a pedir exoneración por sacar afiches, en virtud del artículo 68, porque no es un medio de comunicación masivo; nunca un bus de transporte colectivo ha venido a pedir exoneración por llevar una propaganda colgada, porque no es un medio de comunicación masivo; ahora vamos a transformar un bus de transporte colectivo, en un medio de comunicación. Entonces Presidente, o somos o nos hacemos. No hay precipitación en el artículo que planteó Alonso ayer; precipitación hubiera sido prohibir completamente la publicidad, eso hubiera sido un disparate.

O precipitación sería lo que me vino a plantear el Diputado Iván Salvador Madriz aquí, que prohibiéramos la venta de cigarrillos por niños, eso sería una precipitación. Yo le dije a Iván Salvador, hombre, no, no es así la cosa. Precipitación sería decir que no puede haber publicidad ni a través de papeletas, eso es precipitarse. Pero el artículo 7 es un artículo moderado, aunque moleste a la compañía tabacalera, yo lo entiendo perfectamente, pero se puede adaptar a como se han adaptado otras compañías tabacaleras en el mundo.

Esta no es la primera vez que una compañía tabacalera soporta estas restricciones, las están soportando en el mundo prácticamente todas, y todas se adaptan; sufren, sí, sufren unos días y tienen que dejar de sufrir después, pero se les dejó un espacio de publicidad. La precipitación hubiera sido que se prohibiera la publicidad completa. Entonces, no hay necesidad de hacer un artículo interpretativo de lo que son los medios de comunicación. Aquí está el artículo 68 de la Constitución Política de la República, está sumamente claro, no hay duda al respecto.

El artículo 7 está sumamente claro; y el artículo 9 que estamos discutiendo está sumamente claro, se refiere a que en las vallas publicitarias, en las papeletas que tiren, en lo que repartan en la calle, no aparezcan personas menores de dieciocho años, está perfectamente puesto. Entonces Presidente, no hay necesidad de hacer un artículo de interpretación de los medios de comunicación, ni hay necesidad de golpearse el pecho porque se prohibió la publicidad a los medios de comunicación, y no a los lados. El artículo está perfecto, es un artículo equilibrado, le deja un espacio de publicidad a la transnacional, le deja un espacio de publicidad cerrado para proteger la salud pública; mejor equilibrio no pudo haber encontrado este Plenario.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Quiero señalar que no ha habido ninguna alusión personal; la alusión personal es cuando se hace diciendo el nombre exacto de las personas.

Quiero señalar por otro lado, que ya este debate había sido suficientemente anunciado con antelación, que se cerraba con la intervención del Diputado que acaba de hablar. En consecuencia, habiendo sido que el dictamen fue asumido, vamos a votar en primer lugar por el dictamen.

A votación el dictamen.

Estamos votando sobre el artículo en discusión, que es el artículo número 9 del dictamen.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

47 a favor, 2 en contra, 8 abstenciones; 18 parlamentarios no votaron. Se aprueba.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Al haberse aprobado el artículo 9 tal como está en el dictamen, se entiende rechazada la moción presentada por Alonso Porras. La moción de Paladino fue retirada, y también fue rechazada la moción de supresión del artículo 9, de Nicasio Zeledón.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, es que yo no estaba introduciendo una moción en contraposición al dictamen. Yo estoy de acuerdo con el artículo del dictamen que acabamos de aprobar, y estaba introduciendo un artículo nuevo, diferente al del dictamen. (Exactamente). Quítele el número si quiere, porque no importa en qué número vaya; me parece que lo lógico es que vaya después del artículo 7, como artículo 8. Es un artículo para precisar el concepto de los medios de comunicación, aprobado el día de ayer, que me parece que es necesario aclararlo para que después no haya interpretaciones extensivas como la del Doctor Castillo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

El Secretario dará lectura a la moción que recibió hace un momento y que usted presentó.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción que presentó Alonso hace rato, no ahorita, hace rato y que se refirió a sustitución del 9 y el 10.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Esa ya la había retirado Presidente, hace como media hora.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

No hay ninguna moción entonces presentada por Alonso Porras Díaz al respecto.

María Ramírez había introducido una moción, ¿la mantiene o no la mantiene?

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de la Diputada María Ramírez y también Alonso Porras: "Se entiende por medios de comunicación masivos a que se refiere el artículo 7, a la publicidad a través de la radio, la prensa y la televisión".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión la moción.

Tengo anotados al Doctor Edmundo Castillo, Reinaldo Antonio Téfel, Eduardo Paladino Cabrera.

Tiene la palabra Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Como varios Diputados han dicho, ahora me toca a mí sufrir la violación de mis derechos parlamentarios, porque en la intervención anterior, la Diputada Dora María Téllez me aludió personalmente, y ese es un derecho especial que establecen los Estatutos. Presidente, aquí parece que no hay argumentos jurídicos, o no hay una lógica, porque si alguien está en una posición, en esa posición él se considera el bueno y el que está en la posición contraria se considera el malo, el perverso, el que llega a recibir como dicen el golpe en la mesa, y ese golpe en la mesa es insinuante.

Yo creo que deberíamos de tomar, y a usted Presidente le agradecería que tomara nota, que la discusión la hiciéramos de altura, que hubiera un argumento lógico y sensato, porque se está volviendo en una forma reiterada que se insulta o se insinúa maliciosa o dolosamente algo cuando no se tiene argumento. Tal vez podría aplicarse aquella expresión de que "lo que natura non da, Salamanca non presta"; es decir que en lenguaje sencillo es, que cuando no tenés argumento lo único que queda es el insulto. Yo llamo su atención Presidente, por segunda vez, de que los argumentos sean de altura para que en este Poder del Estado, podamos oir los diferentes criterios.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

El artículo habla de medios masivos. Voy a leerles lo que dice el Diccionario de la Lengua Española sobre masivo. Dice: "Que actúa o se hace en gran cantidad". "Que actúa o se hace en gran cantidad. Como una gran parte de los Diputados y del público están en una alegre conversación, voy a volver a leer la definición porque es muy importante para rechazar la moción que se ha presentado. Voy a leer: "Que actúa o se hace en gran cantidad". "Cualquier cosa que se haga en gran cantidad". Por ejemplo, una avioneta que deja sobre Nicaragua un millón de volantes diciendo: "Fume", es en gran cantidad, y es un medio masivo de comunicación que está prohibido por el artículo 7 ya aprobado.

Una gran pancarta que se ponga en la carretera donde pasan miles y miles y miles de nicaragüenses, con una jovencita de catorce años fumando, es un medio masivo de comunicación que se está haciendo en gran cantidad, porque son miles y miles y miles de nicaragüenses los que pasan frente a ese rótulo. Por otra parte, el artículo 68 de la Constitución de Nicaragua fue mal interpretado, porque allí habla de medios de comunicación social, escritos, radiales y televisivos, lo cual quiere decir que existen medios de comunicación social que no son escritos, ni radiales ni televisivos.

Desde luego que está calificando para la importación de papel, maquinaria y equipo, es que se está refiriendo solamente a esos medios de comunicación social; por lo tanto, hay otros medios de comunicación social masivos que también están prohibidos por el artículo 7.

Por consiguiente, todos los Diputados que votamos a favor del artículo 7, estamos obligados a votar en contra de esa interpretación del artículo 7.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Están anotados los Diputados Eduardo Paladino Cabrera, Orlando Rizo Espinoza, y ahí se cierra la lista de oradores.

Tiene la palabra el Diputado Eduardo Paladino Cabrera.

DIPUTADO EDUARDO PALADINO CABRERA:

Gracias, Presidente.

Quiero proponer un artículo nuevo, que dice: "La prohibición referida en el artículo 7, contempla:

ch) Pautas en cines, salvo en las películas para público mayor de 18 años.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Diputada María Ramírez.

Tiene la palabra el Diputado Orlando Rizo.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Gracias, Presidente.

Yo quería apoyar tanto la propuesta de artículo que presentó la Diputada María Ramírez, como también darle mi apoyo a la propuesta de artículo nuevo que presentó el Doctor Paladino. Señor Presidente, yo quería insistir en que en el espíritu de la Comisión de Salud en este dictamen, nunca primó el aspecto de eliminar la publicidad del tabaco y sus derivados; no estudiamos esa posibilidad, y no podemos explicarle al plenario cuáles son las repercusiones económicas de ese aspecto de la prohibición total de la publicidad; es por eso que el dictamen no habla de prohibición total, y no podemos apoyar en ese aspecto lo que es la prohibición total.

Sin embargo, yo estoy de acuerdo con el espíritu del artículo que ha leído el Doctor Paladino, en el aspecto que precisemos lo que está señalado en el artículo 7. Recordemos que el aspecto fundamental de la publicidad en el dictamen que presentamos era la protección de los derechos de los no fumadores y la protección de la infancia y de la juventud, no era otro objeto más que ése, la protección de los no fumadores y la protección de la infancia y la juventud; no estuvo nunca en el espíritu de la Comisión la prohibición de la publicidad de manera total. De manera que yo apoyo esa precisión que se hace en el aspecto publicitario.

La otra cosa que quería señalar señor Presidente, es que revisamos legislación comparada del tabaco, la prohibición de tabaco en América Latina y en el mundo, y realmente si bien es cierto que en algunos países de Europa existe la eliminación completa de la publicidad por tabaco, en América Latina sólo en un país que es Cuba, existe la eliminación completa de toda publicidad de tabaco. No es cierto, como se ha dicho aquí, que esta es una norma usada en muchos países, no. Solamente en un país de América Latina es donde se prohíbe completamente la regulación de la publicidad de tabaco y sus derivados.

Lo que hay en todos los países, menos en Nicaragua, es una regulación de la publicidad, donde justamente va en ese mismo espíritu de impedir que jóvenes y niños se inicien en el consumo del tabaco. De esa manera señor Presidente, apruebo como artículos separados, tanto el que presentó la Diputada María Ramírez como el que leyó el Doctor Paladino.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Habiendo dos mociones de artículo nuevo planteadas al plenario, vamos a votar una y sucesivamente la otra.

Vamos a votar en este momento, en el orden en que fueron presentadas, la moción de artículo nuevo de María Ramírez y Alonso Porras. El Secretario da lectura.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"Se entiende por medios de comunicación masivos a que se refiere el artículo 7, la publicidad a través de la radio, la prensa y la televisión".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación este artículo nuevo.

Se va a cerrar la votación.

51 votos a favor, 1 en contra, 4 abstenciones; 17 parlamentarios no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La otra moción: "La prohibición referida en el artículo 7, contempla:

ch) Pautas en cines, salvo en las películas para público mayor de 18 años.

La firman el Doctor Eduardo Paladino y el Doctor Orlando Rizo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Antes de la votación, fue solicitada la palabra por los siguientes Diputados, María Ramírez Guerrero, Noel Sánchez Cuadra y William Ramírez.

Tiene la palabra María Ramírez Guerrero.

DIPUTADA MARIA RAMIREZ GUERRERO:

Con todo el respeto que se merecen los Doctores miembros de la Comisión de Salud, yo pienso que la Junta Directiva debería declarar improcedente esta moción. Primero, porque el problema es que esta moción viene prácticamente a reglamentar o concretar el artículo 7, que dice claramente la prohibición de los medios de comunicación; y con el artículo anterior que acabamos de aprobar, queda mucho más claro donde definimos lo que es medio de comunicación, prensa, radio y televisión.

Entonces, no podemos aprobar ahora una moción que diga que en los programas televisivos tales y tales no se puede, que en las radios en tales y tales programas no se puede, si ya definimos que no puede haber del todo propaganda, independientemente del horario en esos tres medios de comunicación. Entonces, yo le solicitaría a la Junta Directiva que no someta a discusión una moción que claramente es improcedente.

Gracias.
PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Lo que pasa es lo siguiente. Hace ratito acabamos de aprobar la moción que fue presentada por la Diputada María Ramírez; y la moción que se está sometiendo actualmente a votación, que es la del Doctor Paladino, es contradictoria con la moción aprobada por la Diputada Ramírez; totalmente son excluyentes ambas mociones. No podemos, no se puede someter a votación la del Doctor Paladino, cuando ya fue aprobada por mayoría la moción presentada por la Diputada María Ramírez. Entonces, con las facultades que le otorga el Estatuto al señor Presidente de la Asamblea Nacional, creo que la Junta Directiva puede en este caso declararla improcedente, por lo que ya se había sometido a votación la primera y ambas son excluyentes.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Estamos discutiendo el artículo 10?


PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:


Estamos discutiendo una propuesta de artículo nuevo.


DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:


Ya aprobamos uno nuevo, ¿vamos con otro nuevo?

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Así es, luego se va a discutir un artículo nuevo, y se va a otro artículo nuevo que fue recibido por esta Mesa Directiva.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias por aclararme Doctor. Es para el artículo 10.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Noel Sánchez Cuadra. Y le agradezco al Diputado Zeledón la brevedad, la concisión, la gentileza, la nobleza y educación de haber dicho al plenario que se reserva la palabra para el siguiente artículo.

Tiene la palabra el honorable Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Era para hacer una molestia al honorable señor Secretario. Que debido a que por aquí hay mucho murmullo, no pude percatarme con exactitud de la moción que se está presentado, y le quería solicitar que si tiene la amabilidad de leérmela de nuevo, a lo cual no dudo que él accederá gustosamente.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Antes de que el Secretario lea la moción. Muchas veces los observadores que vienen a esta Asamblea se quejan de que hay demasiada conversación, y en este momento percibimos que la conversación y el ruido no viene precisamente de los Diputados, sino de las personas que están ocupando el sitio de invitados. Les rogamos, por favor, a aquellas personas que han sido invitadas a escuchar esta Sesión, a comportarse también con la cordura y el respeto debido a este Poder del Estado.

Por favor, lee la moción en este momento el señor Secretario.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"La prohibición referida en el artículo 7, contempla:

ch) Pautas en cines, salvo en las películas para público mayor de 18 años.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Continúe con el uso de la palabra por favor Diputado.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias.

Solamente quería compenetrarme de la exposición de la moción, para después sacar mis conclusiones.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Muchas gracias.

Cerramos el debate con la intervención del honorable parlamentario William Ramírez.

DIPUTADO WILLIAM RAMIREZ SOLORZANO:

Gracias, Presidente.

Es que esta moción que leyó el querido Secretario, fue declarada improcedente por el Presidente de esta Junta Directiva. Yo no entiendo, pero por si hiciera falta, ya en el artículo anterior que acabamos de aprobar define cuáles son los medios de comunicación. Entonces, no sólo es notoriamente improcedente sino que es una moción absurda. Yo no entiendo cómo el afamado jurista, Presidente de esta Asamblea, está permitiendo que se discuta algo que es más que improcedente, no entiendo. Lo que quiero es una explicación, porque, o no vale el Presidente que estaba, o no sirve nada de lo que está reglamentado aquí a lo interno en esta Asamblea.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Cuando el Doctor Edmundo Castillo declaró improcedente esta moción, se aproximaron a la Mesa en ese momento tanto el Doctor Eduardo Paladino como el Doctor Orlando Rizo y retiraron la moción.

Al retirar la moción en ese momento, la improcedencia era para el lugar donde se estaba discutiendo, y eso lo aclaramos con franqueza y así es, digamos; cuando una moción se declara improcedente, no puede en ese momento coartarse el derecho que tienen los Diputados de presentar esa moción.

Yo creo que en este momento, habiendo sido suficientemente aclarado y si no se está de acuerdo con la moción, me parece que no es un procedimiento adecuado desechar una moción por la vía de recurrir constante y abusivamente al criterio de declararla improcedente. Si no se está de acuerdo con una moción, esta debe ser apoyada o derrotada.

A votación la moción.

Se va a cerrar la votación.


Se cierra la votación.


43 votos en contra, 11 a favor, 4 abstenciones; 17 parlamentarios no votaron. La moción ha sido derrotada.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 10. La publicidad de estos productos no deberá contener ninguna referencia que lesione la integridad, dignidad e inteligencia de la mujer, la juventud y la niñez; ni tampoco la proyección de escenas televisivas que muestren el consumo del tabaco y sus derivados.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión el artículo.

A votación el artículo 10.

Se abre la votación.

Con mucha claridad, a discusión. En vista de la duda que existe, reabro el período de discusión. Pero también quiero hacer saber lo siguiente, que aquí se presentó una moción que después fue retirada y eso no significa que vamos a estar diciendo, se retira una moción y se introduce la moción.

Están anotados para la discusión: Yadira Centeno González, Alonso Porras Díaz, Ramón Gámez Rodríguez, Dora María Téllez, y se cierra el debate.

Tiene la palabra Yadira Centeno González.

DIPUTADA YADIRA CENTENO GONZALEZ:

Gracias, Presidente.

El problema de este artículo es que está hablando de la televisión, y eso está completamente prohibido en el artículo 7 que ya habíamos aprobado.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, es que a mí me preocupa que caigamos en un método de discusión de esta ley, que haga colapsar la misma ley, porque notoriamente no se dio oportunidad de la discusión de este artículo. Si no hubiera sido por la presión que desarrollamos, ¿qué hubiera pasado si queda aprobado un artículo contradictorio como éste, en relación con todos los aprobados anteriormente? Entonces, esa es una forma de colapsar la ley. Antes de pasar mi moción, yo quisiera pedirle que lo discutiéramos con seriedad y con un sentido de responsabilidad, y que la Junta Directiva dirija la discusión de esa forma, porque me parece que no es correcto buscar cómo la ley colapse, tratándola de sacar así como se quiso hacer con este artículo.

Mi moción es que se suprima la última línea del artículo 10 y quede nada más: "La publicidad de estos productos no deberá contener ninguna referencia que lesione la integridad, dignidad e inteligencia de la mujer, la juventud y la niñez", punto, el resto suprimido. Lo paso por escrito.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente, muy amable.

Si se ha fijado, yo en las últimas tres mociones he votado en contra, porque no estoy de acuerdo con que se trafique con lo que ya hemos nosotros aprobado y luego querer restituir. No sé cuál es la idea, pero me parece que esta mañana, con la presencia aquí (yo voy a decir nombre y apellido) del Doctor... se me escapó ahorita, el representante del consorcio tabacalero en Nicaragua, parece que hay unas variaciones con lo que hicimos ayer. En una de esas discusiones, el señor Alonso Porras decía que con mucha conciencia nosotros legislamos ayer el artículo 7 de esta ley, y yo creo que es cierto, pero ha habido una cantidad de mociones que quieren dejar esta ley... inclusive una moción descabellada de Marenco, Segundo Secretario, de que la aprobáramos así, que le pidamos a la Presidenta que la vete. Entonces, ¿cuál es la razón de estar legislando? Me parece que eso no es correcto.

Yo tengo una moción para el artículo 10, de suprimirlo por incoherencia total con el artículo 7. Y si es este artículo nuevo que se acaba de legislar, está contraviniendo nuevamente el artículo 7 que ya ha sido aprobado. O aqui vamos a legislar en razón del miedo que le tenemos a las transnacionales, o vamos a legislar como responsables de este pueblo, esa es mi pregunta. Y yo no estoy de acuerdo con reformar estos artículos, porque el espíritu que tienen son de contravención con el artículo 7, y aquí hay que hablarlo claro.

Mi moción sigue siendo -y está en la Mesa- de supresión total del artículo 10, esa sigue siendo mi moción y espero que la Junta Directiva lo tome en cuenta y el señor Presidente, para que la votemos, y es en primer lugar esa moción la que está planteada. Otros arreglos que vengan a tratar de solucionar la situación para que esto no sea ley, para que esto sea cualquier cosa y sea vulnerada por cualquier institución que pretenda seguir matando a Nicaragua, hombre, digámoslo de una vez; pero si estamos legislando con responsabilidad, no tratemos de salirle al paso a estas cosas. Me parece que en esto hay que ser más serios.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo quiero insistir en este artículo, que tal como está redactado me parece que está bien. El Diputado Alonso Porras proponía que se leyera solamente: "La publicidad de estos productos no deberá contener ninguna referencia que lesione la integridad, dignidad e inteligencia de la mujer, la juventud y la niñez", punto; y el resto fuera del artículo. Yo le quiero decir al Diputado Porras, que a lo mejor podemos entrar en un razonamiento y respaldar el artículo tal como está redactado; porque además de eso, es sumamente importante ver la proyección de escenas televisivas que muestren el consumo del tabaco y sus derivados, ¿en qué sentido?

Ustedes se recuerdan, por ejemplo, qua hace algún tiempo había una publicidad en la que alguien salía tomándose un trago de Ron Plata, y decía "Para hombres muy hombres". Entonces un niño le preguntó a su papá, que si para ser hombre muy hombre él tenía que tomarse un trago de Ron Plata. Eso se llama proyección, esa es una proyección negativa; por eso es que no se debe suprimir ese tipo de proyección, porque el día de mañana puede salir la marca de un tabaco, fumándosela alguien mayor y diciendo que para ser hombre muy hombre tendrá que fumar el tabaco tal o el cigarrillo tal; eso se llama proyección.

Por lo tanto, tal vez un poco aclarada esta situación con este ejemplo, el Diputado Porras me respalda en que el artículo está bien redactado y que es perfectamente bien aceptable que quede la redacción tal como está. Yo apoyo que la redacción quede tal como está y respaldo el artículo tal como está señor Presidente, esa es mi acotación y mi aportación.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Azucena Ferrey.

DIPUTADA AZUCENA FERREY ECHAVERRY:

Con respecto a la discusión que se está planteando, yo me pregunto, cómo van a hacer en los cines cuando se están desarrollando las películas en la televisión; en el cable, ¿cómo lo vamos a controlar? Me imagino yo que vamos a retornar a la época en donde para evitar que la mente del ser humano pudiera tener alguna influencia, si venía una escena amorosa en una película, especialmente en los internados, en los colegios religiosos, corrían las reverendas a ponerle la mano al lente para que no se proyectara la imagen.

Yo siento que aquí hay una sobreprotección a lo que se está haciendo. Yo puedo entender la preocupación de uno de los Diputados que acaba de hacer uso de la palabra, pero no veo cómo en las telenovelas, en las películas, tanto en la televisión, en el cine o en algunas fotografías que se publican en los medios de comunicación escrita va a haber ese excesivo control. Entonces, se va a ver el titular de una película, el titular de una novela y ya las escenas no se pueden ver porque el artista encendió un cigarrillo y esa proyección no debe mandarse a los hogares nicaragüenses.

Yo quisiera que la redacción de este artículo quedase mejor establecida, y más bien me sumo a la moción de Alonso Porras. No puede haber un abuso dentro y dejarlo establecido en esta ley que estamos tratando de aprobar.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Dora María Téllez.
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DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Tal como yo entiendo este segundo párrafo del artículo 10, es parecido a como lo entiende Azucena. En la película "El bueno, el malo y el feo", Lee Van Clief que hace del coronel, sale siempre con un cigarro en la boca. Según este artículo 10 de la Comisión, la película "El Bueno, el malo y el feo" quedaría reducida al bueno y al feo, una vez que le excepcionen todos los lugares donde aparece el coronel con su cigarro en la boca, que es el malo. Por eso yo estoy de acuerdo con el artículo que propone Alonso Porras, hay que suprimirle "ni tampoco las proyecciones de escenas televisas que muestren el consumo de tabaco y sus derivados".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Vamos a someter a votación en primer lugar el dictamen y luego las mociones.

Se abre la votación por el dictamen.

Se va a votar, repetimos, el dictamen y luego las mociones.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

46 votos en contra, 3 a favor, 5 abstenciones.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de artículo 10. "La publicidad de estos productos no deberá contener ninguna referencia que lesione la integridad, dignidad e inteligencia de la mujer, la juventud y la niñez". Moción del Diputado Porras.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Se están leyendo las mociones en el orden en que fueron presentadas y recibidas en la Mesa.

A votación la moción de Alonso Porras.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 1 en contra, 3 abstenciones; 17 Diputados no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto 11. Se prohíbe todo tipo de publicidad que vincule con el tabaco a los Héroes y Próceres de la Patria y a los Símbolos Patrios; asimismo, a los que hagan referencia a madres de familia y a mujeres en estado de embarazo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión el artículo.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.
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DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo quería aquí hacer la siguiente moción: adicionarle a este artículo, después del "estado de embarazo", en la última parte, "también a los recursos naturales", porque ha salido propaganda que hace alusión a la cuestión del medio ambiente. Es totalmente contraproducente que si estamos hablando de la salud, que venga también a salir un anuncio del cigarro que utilice la cuestión de los recursos naturales y el medio ambiente.

Gracias.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción agrega al artículo 11, la prohibición para que no se haga uso en las publicidades a los recursos naturales.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 2 en contra, 6 abstenciones; 18 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 12. No podrá realizarse la distribución y venta de cigarrillos y derivados del tabaco procedentes del extranjero, que no cumpla con lo establecido en el Arto. 8 de esta ley.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

A votación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención; 21 Diputados no votaron.

Continúa el debate.

Tiene la palabra la Diputada Azucena Ferrey.

DIPUTADA AZUCENA FERREY ECHAVERRY:

Tengo una moción para artículo nuevo que dice así: "Para la adquisición de tabaco y sus derivados, será exigida la presentación de la cédula de identidad ciudadana a todos los que en su apariencia se presuman menores de dieciocho años". Paso mi moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de artículo nuevo de la Diputada Ferrey: "Para la adquisición de tabaco y sus derivados será exigida la presentación de la cédula de identidad ciudadana a todos los que por su apariencia presuman ser menores de dieciocho años".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Víctor Manuel Talavera.

DIPUTADO VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Gracias, Presidente.

La moción presentada por la Diputada Ferrey, a simple vista es una moción muy encomiable, pero cuándo es que va a comenzarse a aplicar en nuestro país, si todavía hay veintiséis municipios no cedulados; hay ciento diecinueve municipios donde hay una gran cantidad de nicaragüenses que no han recibido su cédula, entre ellos me encuentro yo, que a un año no he recibido mi cédula. Cómo va a saber un ciudadano, o alguien que le vaya a expender y le diga aquel ciudadano, "no tengo cédula porque no me la han dado"; o no quiere mostrar la cédula el ciudadano.

Qué ocurriría en este caso de un simple ciudadano, en un medio, como aquí se señalaba, del nicaragüense, de su güegüense, que aunque tenga la cédula no la va a mostrar?, ¿y quién lo va a obligar a que la muestre si él no la quiere mostrar? Y si no le van a vender el tabaco, se las va a ingeniar, de contrabando o como sea lo va a adquirir. Dejo esa inquietud.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Leónidas Talavera, (perdón), Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que la inquietud que acaba de dejar plasmada el Representante que usó la palabra anteriormente, es una realidad, porque eso está en función de cómo se cumple la ley; pero eso no tiene que ver, de cara al objeto, que si presenta o no presenta la cédula de identidad. Yo creo que esto viene a reforzar la moción de la Diputada Azucena Ferrey, que es hacer el cumplimiento del articulo numero 6 que fue aprobado, sobre la edad de los dieciocho años, por un lado, pero la inquietud es válida sobre el asunto. Yo creo que eso va a ser objeto sobre las sanciones y en los medios de cómo se van a cumplir estas sanciones, que es objeto del Capítulo que viene posteriormente.

Yo creo que la inquietud del Diputado es anticipada, correcta y válida, pero en este caso no precede de cara a la moción presentada por Azucena Ferrey.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

43 votos a favor, ninguno en contra, 11 abstenciones; 18 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 13. Se prohíbe colocar afiches, vallas o cualquier material de propaganda sobre el tabaco y sus derivados, en distancias no menores de 150 metros de los Centros de enseñanza primaria, secundaria, universitaria y Centros de Estudios Técnicos.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Para ser congruente con lo que aprobamos el día de ayer, en el artículo 4 donde nosotros poníamos prohibiciones, se adicionó en la moción que hiciera la Diputada Magdalena, en el inciso e), se prohíbe en preescolares, superiores técnicos, etc., y se agregaba ahí las guarderías infantiles etc. que tienen que ver con los centros de atención de los niños. Entonces, para ser congruente, yo solicitaría y haría la moción de que se adicione también en la última parte, "en "Centros de Estudios Técnicos y las guarderías infantiles"; para que tenga relación y congruencia con el artículo 4.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

El Secretario dará lectura a la moción presentada por el Diputado Leónidas Duarte.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Agregar al artículo 13, que no podrán dentro de los ciento cincuenta metros, poner publicidad a través de carteles, a los colegios preescolares y casas de cuna.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Orlando Rizo Espinoza.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Presidente, era únicamente para agregarle ahí, a los centros escolares, preescolares, universitarios y centros técnicos, los museos también.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Leónidas, ¿estaría usted de acuerdo en la incorporación de museos?

Está de acuerdo, entonces sería una moción de conjunto.

A votación la moción de conjunto.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

5 colegas no han votado.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

46 a favor, ninguno en contra, 9 abstenciones; 15 Diputados no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 14. No podrán transmitirse anuncios y propagandas sobre el consumo del tabaco y sus derivados en los canales de Televisión Nacional, antes de las 8:00 P.M.; salvo los fines de semana y días festivos, cuando se trate de programas que por su naturaleza sean exclusivamente dirigidos a personas adultas.

Igualmente, no podrán anunciarse en programas y secciones de los medios de comunicación social que sean dirigidos a menores de 18 años.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Creo que siendo congruente con el espíritu que hemos venido aprobando los artículos anteriores, este artículo esta demás, porque de acuerdo al articulo 7, se queda bien claro, y el articulo nuevo que aprobamos, que fue la moción presentada por la Diputada María Ramírez, deja bien claro cuales son los medios de comunicación. Entonces, como esto hace referencia a unas restricciones que habían con la moción presentada por la Comisión, yo presento la siguiente moción: que se suprima totalmente el artículo.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Secretario Julio Marenco.

Quedan anotados, Magdalena Úbeda de Rodríguez y Reinaldo Antonio Téfel.

Tiene la palabra Magdalena Úbeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias Presidente, pero el Diputado que me precedió ya dijo lo que yo iba a decir.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Le agradezco la precisión y concisión.

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Tefel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Es para respaldar la mocion de que sea suprimido este artículo 14, que es totalmente improcedente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Si lo bueno es breve, es dos veces bueno, dice Gracias.

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Antes instamos a varios colegas a votar.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención; 18 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 15. Las infracciones a lo establecido en la presente ley, serán sancionadas por la autoridad competente, con multas en un rango de quinientos a diez mil córdobas que se impondrán de manera gradual, dependiendo de la gravedad del caso y la reincidencia del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles que puedan derivarse.

Toda multa impuesta por la autoridad competente, deberá enterarse al Fisco en los plazos y términos establecidos.

El Reglamento definirá los montos específicos para cada caso.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A discusión el artículo 15.

Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias.

Lo que pasa es que este artículo 15 no diferencia a quiénes van dirigidas las sanciones, y es la diferencia entre el fumador, que al fin y al cabo es una víctima mas de este vicio, y los que promueven el vicio. Entonces, yo quería introducir un segundo párrafo que ponga un tope a la multa que puede darse al fumador, o que el fumador debe recibir. Entonces, a un campesino que se monta en un bus y viene para Managua y a lo mejor ni se da cuenta de esta ley, hombre, ¿cómo le vamos a clavar una multa de diez mil córdobas? Eso sería absurdo. A mí me parece que el tratamiento a la víctima, al ciudadano que fuma no debe ser el mismo.

Y yo quería proponer un tope, en caso de múltiples reincidencias, de mil córdobas a lo sumo. Entonces la moción diría como segundo párrafo: "Para los fumadores esta multa no podrá exceder de mil córdobas".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señora Presidente.

Aquí me deja unas grandes inquietudes y vacíos que presenta este artículo, porque en principio dice "La autoridad competente", ¿y quien es la autoridad competente para hacer cumplir estas sanciones? ¿Cuáles van a ser los procedimientos que se van a utilizar para hacer cumplir estas sanciones? Por decir algo, va a ser a denuncia de alguien; porque no creo yo que en este caso, pongamos que la autoridad, y hablando hipotéticamente que sea .la Policía o que sean los del Fisco o no sé quien, venga y en base a lo que hemos aprobado, que no se le puede vender a nadie que sea menor de dieciocho años.

Si manda el padre al niño a la venta a que compre los cigarrillos y le vende el expendedor la cajetilla de cigarros, entonces está bien, se establece la multa; pero no se sabe a quién va a ir la multa, si va a ir la multa al que vendió, o en este caso al padre del niño. Y quién es el que verdaderamente va a hacer ejercer, porque tanto el que está comprando como el que va a vender, no va a ir a denunciar este hecho, esa es una realidad. Yo creo que en este sentido tenemos que ser más responsables y más serios en cómo se va a hacer cumplir esta ley, porque todo lo que hemos venido aprobando anteriormente no tendría ningún sentido si no se aplica.

Yo creo que en este sentido, me gustaría escuchar las palabras de la Comisión de Salud, sobre cuál es la autoridad competente que va a hacer cumplir, y qué es lo que discutieron alrededor de los mecanismos para hacer cumplir estas sanciones.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Antes que todo sería conveniente que escucháramos la explicación de la Comisión de Salud, referente a la aclaración que pedía el colega que hizo uso de la palabra anteriormente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Orlando Rizo.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Yo entiendo que estaba refiriéndose el Diputado Leónidas Duarte a quien era la autoridad competente; entiendo que esa era la preocupación de Leónidas y que no estaba especificado en ese artículo; pero si se encuentra especificado en el articulo 17 que es el Ministerio de Salud la autoridad competente, y ahí pone que en coordinación con la Policía Nacional y el Ministerio de Recursos Naturales y del Medio Ambiente. Entiendo que esa era la pregunta del Diputado Leónidas Duarte. Le diría que esta más adelante en el articulo 17, si bien entendí que esa era la duda que tenía.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Víctor Manuel Talavera.

DIPUTADO VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Gracias, Presidenta.

Yo quisiera caer en la realidad de estas sanciones, cómo es que se van a aplicar y quién las va a aplicar en determinado momento. Se dice que es prohibido fumar en un vehículo de transporte colectivo, ¿va a ser el chofer, va a ir un policía allí para aplicar la sanción? En un museo puede ser que el CPF le diga: "Señor, aquí es prohibido fumar", okey, hasta ahí nomás. En un cine el portero le puede decir lo mismo, en un hospital, en un banco, en un ascensor, o aquí mismo en la Asamblea.

Pero ¿qué ocurriría con un campesino -como lo señalaba uno de los Diputados- que vaya en un bus y le dice el chofer: "apague". "No, no lo apago". "Apáguelo". "No lo apago". Lo va a bajar, ¿qué va a hacer en ese momento? Okey, llega un policía y le dice, usted tiene que pagar quinientos pesos. No los pago. Va preso. Pues voy preso. ¿Cuál va a ser el momento de resolver esta situación tan complicada, cuando un campesino gana cinco córdobas o tres córdobas en el día, y va a pagar quinientos? ¿Cómo lo vamos a resolver?

Yo sería acorde en esto con las empresas transnacionales que distribuyan el tabaco, o bien con los establecimientos comerciales; pero alguien que venga en un bus, ¿cómo demonios va a hacer usted para que vaya un policía montado en un bus y le diga: "aquí no puede fumar"? Yo creo que aquí tenemos que caer en verdaderas realidades, en las que este país vive. Es cierto que el fumar es dañino para la salud, pero también tenemos que caer en la realidad de nuestro propio pueblo, en nuestra idiosincrasia; y esto tiene que llegar a través de los mensajes educativos. La sanción nunca ha dado resultados positivos de ninguna índole.

Yo tuve conocimiento que en la época del franquismo en España, eran prohibidas las películas pornográficas, entonces todos los españoles se iban a Francia para ver las películas pornográficas. En los Estados Unidos, cuando el Whisky, eran grandes contrabandos de Whisky, hasta que lo dejaron libre. Así que caigamos en las realidades y veamos cuál es la mejor manera de aplicar estas sanciones, y más en este pueblo que sabe muchos entre telones y que sabe muchas cosas de cómo hacer.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEÓNIDAS DUARTE SUÁREZ:

Gracias.

Si bien es cierto, una de mis inquietudes fue qué organismo o cuál era la autoridad competente, pero otras de las inquietudes es el procedimiento y cómo se va a cumplir esto; porque la verdad es que el ejemplo que ponía el Diputado Alonso Porras y el que antecedió en mi palabra, de que no es lo mismo una sanción que le pongás a un bar, por ejemplo un bar que no cumplió con poner un lugar determinado para áreas de fumadores y la otra área de no fumadores, por decir algo, lo que está contemplado en los artículos anteriores, al caso que se está poniendo del campesino que viene viajando.

Puede ser objeto de reglamento ahí, pero la realidad es que el mismo Código Sanitario que tiene el Ministerio de Salud, en el cual el Doctor Rizo está claro que existe un Código Sanitario, no es aplicable, porque eso la gente lo tiene que denunciar; entonces inclusive se denuncia que hay un charco y que este charco es promovido por la señora fulana de tal, que es una de las faltas que establece el Código Sanitario. El mismo MINSA no llega porque no quiere asumir la responsabilidad, aunque causa daño a la salud; entonces volvemos a las íes del asunto.

Si esto lo vamos a contemplar, inclusive estas sanciones que sean contempladas como parte del Código Sanitario del Ministerio de Salud, para así también poderlas cumplir la Policía, porque tiene un carácter de ejecución que la ley establece que la Policía tiene que cumplir. Y el que no haga caso al Ministerio de Salud, cuando incumpla con el Código Sanitario, es parte de las inquietudes que a mí me quedan, y que en ese caso el Doctor Rizo en su exposición no explicó.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A la una y diecisiete minutos cerramos la lista con el Diputado Nardo Rafael Sequeira.

María Ramírez.

DIPUTADA MARÍA RAMÍREZ GUERRERO:

Gracias.

Yo considero que eso no se va a cumplir, aunque sugiera una multa a un consumidor, a un fumador. ¿Por qué? Porque eso es completamente inaplicable; no es cierto que va a venir una autoridad a un bus a bajar a alguien, o va a venir un policía a quitarle el cigarro. Yo creo que tenemos que poner los pies sobre la tierra, eso es prácticamente incumplible.

Yo quisiera hacer una moción que se refiera a las sanciones exclusivamente, en ese caso a las instituciones que tienen que ver con esto, en materia de publicidad, en materia de que en un local tengás que definir las áreas, etc., pero no vinculado al ciudadano porque eso va a ser difícilmente cumplible.

Entonces, mi moción sería la siguiente: “Adicionar un nuevo párrafo al artículo: “Serán considerados infractores para efectos de esta ley, las empresas, instituciones o cualquier tipo de entidades públicas o privadas”. O sea, dejar claramente delimitado en la ley quiénes son los infractores, porque si no a la hora de hacer el reglamento, vas a tener que decidir cuánto es con lo que vas a multar al ciudadano, y siendo realmente objetivos, eso no lo vamos a poder hacer. Entonces, vamos a estar haciendo leyes que van a ser simples papeles y como siempre, muchas veces las leyes en el país son "vulgareadas" porque no se pueden cumplir. Entonces, yo sugeriría que nos refiramos exclusivamente a las instituciones y entidades públicas o privadas.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Es que me parece que alguna parte de esta debe ser motivo del reglamento, y en la parte donde dice que el reglamento definirá los montos específicos para cada uno, me parece que habría que adjuntarlo para agarrar el espíritu del artículo 5. Porque yo estoy claro que aquí la sanción no es contra los fumadores, la ley es para evitar que se haga propaganda a través de la radio, alrededor de fumar; se determinan en el artículo 5, los lugares donde no se debe fumar, que hay que hacer áreas de fumado, y es ahí donde deben recaer las sanciones.

Y lo otro es que en el artículo 17 se deja claro cuáles son las autoridades competentes, habla del Ministerio de Salud, habla del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales y la Policía Nacional, rotundamente, y dice que serán las autoridades competentes para la aplicación de la presente ley y su reglamento, eso dice aquí la ley. Por tal razón, yo creo que el reglamento puede determinar a quiénes son los que se debe sancionar. Todavía la propuesta de la compañera María no recoge verdaderamente el espíritu de lo que debe contemplarse, por tal razón señora Presidenta, lo mejor sería hacer un reordenamiento de este artículo 15, para que quede un poco más claro en lo que pretendemos.

Y lo otro es que la ley es la ley, y la ley tiene que aplicarse. Yo creo que si nos ponemos a pensar que si alguien fuma en un bus y entonces hay que sancionar, estaríamos cayendo en el otro extremo. Yo creo que la ley se tiene que aplicar, y aquí determina a quiénes son los que se aplica la ley. La propuesta mía es que diera chance un poquito para hacer un reordenamiento de esto señora Presidenta, para dejarlo un poco más claro.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Nardo Rafael Sequeira.

DIPUTADO NARDO RAFAEL SEQUEIRA BAEZ:

Gracias, señora Presidenta.

Efectivamente, creo que este artículo hay que verlo con mucha serenidad. En principio yo veo que esta ley está tocando algo muy importante, la existencia de la persona humana, la vida misma, la existencia del ser humano; por tanto considero que a como se ha tomado esta ley, el fumar es dañino y conlleva la muerte de la persona, realmente yo observo que si esto es así, tenemos en principio que tipificar el delito para que tenga sanción. Me preocupa esto realmente, porque al escuchar las expresiones de mis antecesores, he observado que no están muy claros sobre esto.

Yo me pregunto: si la Policía Nacional va a ser la que va a sancionar, va a ser la competente para aplicar la presente ley, la misma Policía va a encontrar culpables, ella misma va a sancionar; entonces me encuentro con que hay una parcialidad extrema en ese sentido. Recuerdo cuando se aprobó la Ley del Ambiente, se tipificaron los delitos ambientales y quedaron en la ley; en esta ley debe también tipificarse el delito del fumado, no sé como se irá a llamar. Entonces, yo llamo la atención a mis colegas Diputados y abogados, en este sentido, para que no salga, o sea, aprobar un artículo o una ley que realmente tenga aplicabilidad. Hay que tipificar el delito en este sentido, tomando en cuenta la importancia de que es la transgresión a esta ley.

De manera que yo estoy de acuerdo con el Diputado que me antecedió, en el sentido de tomar un tiempo determinado para tratar de corregir esto, para que no sea una ley sin ninguna aplicabilidad; porque al haber un delito, hay una sanción, pero sí hay que tipificar el delito. Me gustaría la colaboración de los otros compañeros colegas abogados en este sentido, para que quede bien específico este artículo y no cometer errores, y no quede una ley sin ninguna aplicabilidad, sin ninguna ejecución.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Habíamos señalado, y está en la pizarra, que se cortaba la palabra precisamente en el Diputado Nardo Rafael Sequeira.

En la Mesa únicamente hay dos mociones: la moción del Diputado Alonso Porras (en ese orden fueron presentadas), que solicita introducir un segundo párrafo. Y una moción de la Diputada María Ramírez, en donde se adiciona un párrafo para aclarar quiénes son los infractores a que se refiere este artículo.

El Secretario va a dar lectura a las mociones.

Voy a darle la palabra, si es por el orden y no para argumentar sobre su moción, porque si es para argumentar sobre su moción, le voy a cortar la palabra.

Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Muchas gracias por su dulzura, Presidenta.

Yo quiero retirar mi moción, porque me parece que el espíritu de la misma está mejor captado en la moción de María Ramírez. El espíritu por el cual yo introduje esa moción, es porque así como está este artículo no discrimina la sanción para el fumador, que para las entidades comerciales, y yo he dicho que el fumador es una víctima más y por lo tanto no puede tener el mismo tratamiento. Entonces, yo creo que logra recoger mejor ese espíritu la moción de María Ramírez que la mía; por tanto retiro la mía y me pliego a la de ella. Presidenta, además quiero introducir con posterioridad otra moción diferente sobre el mismo artículo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Bueno, no era exactamente una moción de orden, pero bastaba acercarse a la Mesa para retirar la moción y la dábamos por retirada.

Entonces, el Secretario va a leer la única moción que queda, que es la de la Diputada María Ramírez, para proceder a la votación.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de modificación para el artículo 15: “Serán considerados infractores para efectos de esta ley, las empresas, instituciones o cualquier tipo de entidades públicas o privadas”.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

43 votos a favor, ninguno en contra, 5 abstenciones; 21 Diputados no votaron. Se aprueba la moción de María Ramírez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 16. La reincidencia y el no cumplimiento al pago de la multa, puede conllevar a la suspensión de la licencia comercial o al cierre temporal de los establecimientos donde se origine o produzca la infracción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A discusión el artículo 16.

En la pizarra aparece reflejado el nombre del Diputado Leónidas Duarte, como remanente del artículo anterior.

Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, es que este articulo así como está, yo pienso que sería peligroso para la libertad de prensa, porque habla del cierre -en caso de reincidencia- de las empresas reincidentes, y me parece que es peligroso dejar cualquier posibilidad; además creo que es inconstitucional, que por faltas en esta ley un medio de comunicación pueda ser cerrado o se le suspenda la licencia comercial; creo que eso atentaría contra la libertad de expresión. Yo quiero proponer una adición a este párrafo, que nada mas ligue las sanciones a los medios de comunicación en los aspectos económicos y no a la posibilidad de cierre o suspensión de licencia.

Diría así un segundo párrafo del articulo 16: "En el caso de los medios de comunicación, las multas serán duplicadas por cada nueva reincidencia, sin que se aplique el techo establecido en el articulo anterior". Con esto, como digo Presidenta, es nada mas dejar ligadas las sanciones a los medios de comunicación en aspectos económicos y no poner en entredicho la libertad de expresión a través de esta ley.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias.

Es que este artículo 16 es bastante curioso, y es que tiene congruencia con el articulo que aprobamos anteriormente en la moción de María Ramírez. Que sucede? Vamos con la moción del Diputado Alonso Porras. Si solo nos quedamos con los delitos económicos, entonces se comete una infracción en un establecimiento, supongamos, y no paga la multa, entonces está reincidiendo. ¿Y qué es lo que te queda? Bueno, como le quitás un montón de cosas y le embargas lo estás cerrando prácticamente. Casi es lo mismo, estamos hablando de eso.

Entonces vamos a caer en esos extremos. Yo creo que tenemos que ver cómo se hace cumplir la ley, y verdaderamente como en este caso se deja acorde con los principios constitucionales que acaba de señalar anteriormente Alonso Porras, por la cuestión de los medios. Yo creo que esto tiene que ser establecido, y como son infracciones, aquí no estamos hablando de delitos ni de faltas, aquí estamos hablando de infracciones; entonces ¿qué sucede? Que estas tienen que estar catalogadas dentro del Código Sanitario. Yo insisto en este sentido, que sean reglamentadas ahí, y que sean objeto de reglamento propiamente.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

María Ramírez.

DIPUTADA MARIA RAMIREZ GUERRERO:

Yo sinceramente no entiendo la moción del Diputado Alonso Porras, porque desde el momento que nosotros quitamos, o mejor dicho prohibimos la publicidad en los medios de comunicación, no estamos involucrando a los medios de comunicación en esta ley del todo, y no tiene sentido referirnos a sanciones a los medios de comunicación, si estamos prohibiendo el uso de los mismos para la publicidad. Entonces, yo creo que no tendría sentido esa moción porque no estamos en esa ley. Desde el momento que prohibimos la publicidad no le estamos dando a los medios de comunicación participación en esa ley, por eso es que yo no entendería la moción de Alonso, creo que es innecesaria.

Con respecto a lo otro, yo estaría de acuerdo en que este articulo debe tener una reglamentación, porque tiene que haber un margen de incumplimiento en cada uno de los infractores que estarían involucrados en esta ley. Entonces yo tengo esa inquietud alrededor de la moción de Alonso. Si no tenemos en cuenta a los medios de comunicación, no tiene sentido por lo tanto sancionarlos.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Víctor Manuel Talavera.
;
DIPUTADO VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Gracias, Presidenta.

Yo comparto lo expresado por la Diputada Ramírez, y si volvemos las paginas unos meses atrás, un medio de comunicación social acá en nuestro país protestó enérgicamente a raíz de un embargo que le estaban haciendo por una deuda del Seguro Social, y señalaba precisamente que se estaba en contra de la libertad de expresión. Si ahí se señalaba una violación a la libertad de expresión, pues aquí con mayor razón se está señalando de una manera muy acentuada, y más aun con lo dicho o con lo legislado en los artículos anteriores de que los medios escritos, hablados y televisivos no van a recibir la publicidad sobre el fumado. Por lo tanto, yo estoy de acuerdo con lo expresado por la Diputada María Ramírez.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Es que me voy a agregar a ese respaldo a María, entendiendo que lo que ella ha hecho es asumir el dictamen.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A votación el dictamen.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

37 votos a favor, 7 en contra, 4 abstenciones. Queda aprobado el dictamen.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:
Arto. 17. El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales y la Policía Nacional, serán las autoridades competentes para la aplicación de la presente ley y su reglamento.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A discusión el artículo 17.

Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, señora Presidenta.

Yo veo este articulo aquí sumamente confuso, porque nos pone a cuatro instituciones del Gobierno con facultades para aplicar esta multa; me parece que eso debe ser precisado, reglamentado aquí y por nosotros mismos, porque ahí ese articulo no da ninguna claridad a la ley. Vamos a suponer que una persona o una institución le vendió cigarrillos a un menor, quién va a ser el llamado a aplicar esa multa? Si aquí todos los Ministerios y todos los entes de Policía viven necesitados de dinero, cada quien va querer para sí aplicarla.

Entonces tendríamos que estudiar con mucha claridad eso, tal vez se pueden presentar algunas mociones bien apropiadas, acertadas y que vaya definido en qué caso le corresponde a cada institución la aplicación de la multa.

Muchas gracias, señora Presidenta.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Orlando Rizo.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA;

Gracias, Presidenta.

Presidenta, el espíritu en el dictamen de la Comisión es que el Ministerio de Salud sea la autoridad competente, que se puede apoyar o que puede consultar con otras instancias como es el Ministerio de Recursos Naturales (MARENA) o con la Policía Nacional. Pero queda claro ahí que la autoridad competente es el Ministerio de Salud, en lo demás se especifica que se puede coordinar con estas otras instancias. Quería especificar eso señora Presidenta.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Me voy a permitir solicitarle a la Comisión que revise bien la redacción, porque habla en plural, no dice que el Ministerio de Salud será la autoridad. Dice "Serán", es decir las tres instancias que aquí se mencionan. Si la explicación del Doctor Rizo fuera así, se debería hacer una corrección en la forma del uso del verbo.

Jaime Bonilla.


DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Tal vez acepta la Comisión una moción en el sentido siguiente, en la redacción siguiente: "El Ministerio de Salud es la autoridad competente para la aplicación de la presente ley y su reglamento, y trabajará en coordinación con el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales y la Policía Nacional".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A votación la moción del Diputado Jaime Bonilla.

Hay 25 Diputados que no han votado.


Se va a cerrar la votación.

.
47 votos a favor, ninguno en contra, 4 abstenciones. Se aprueba la moción del Diputado Bonilla.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 18. El Ministerio de Finanzas creará un fondo especial con las multas que se obtengan por las infracciones a la presente ley, del cual deberá entregar un cincuenta por ciento al Hospital Siquiátrico Nacional y el otro cincuenta por ciento al Fondo Nicaragüense para la Infancia (FONIF), para la ejecución de programas específicos.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A discusión el artículo 18.

Víctor Manuel Talavera.

DIPUTADO VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Yo quisiera saber el motivo del porqué a estas dos instituciones exclusivamente, al Hospital Siquiátrico y al Fondo Nicaragüense para la Infancia; también debemos recordar que el tabaco produce cáncer y debe haber alguna institución en la lucha contra el cáncer, particularmente originado del tabaquismo. Esta es mi pregunta a la Comisión, que por qué no se agrega también otra institución de lucha contra el cáncer, ya que el tabaco es el principal factor del cáncer en nuestro medio.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Noel Sánchez.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Gracias.

Seria casi para hacer un anexo al artículo anterior, un agregado, porque dice aquí que el Ministerio de Salud en coordinación con los otros será el encargado de aplicar las multas, pero este dinero tendría que pasar a quién, si la multa la coge el Ministerio de Salud o la coge la policía; aquí no especifica que ese dinero se entregue al Ministerio de Finanzas. Convendría hacer una aclaración sobre eso.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Tengo entendido que el articulo 18 establece que es el Ministerio de Finanzas, si, toda multa aquí va al Ministerio de Finanzas.

Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Agregando a lo que dice Doris Tijerino, está establecido que todo lo que sea recaudación por decomiso, por impuesto, por tributo, es al Ministerio de Finanzas que le corresponde. En tal sentido hubo una ley -la ley anterior- sobre la Protección al Cuero, al Calzado y Similares, que estuvimos de acuerdo en suprimir la creación de fondos especiales destinados a la promociono de la ganadería, estuvimos de acuerdo en suprimirlo para no crear fondos especiales o impuestos amarrados, o una forma de fondos que ya lleven destinado un fin específico.

Entonces yo diría que lo que cabe es la supresión de este artículo, en virtud de que en ese orden hemos trabajado otras leyes, otras normas, en esta misma Sesión, en las leyes anteriores, en la leyes precedentes, por eso mocionaría la supresión del artículo 18.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Orlando Rizo.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

En la ley se incluyó este aspecto del FONIF y del Hospital Siquiátrico, ante solicitudes expresas de estas instituciones, realmente ante la situación lamentable en que se encuentra el Hospital Siquiátrico Nacional. Sin embargo, a mí me atrae mucho la propuesta del Doctor Víctor Manuel Talavera, en relación con el apoyo que necesitan las instituciones en Nicaragua que luchan contra el cáncer. En este momento en Nicaragua no hay en los hospitales ningún medicamento, ningún quimioterápico en la lucha contra el cáncer; se está muriendo diario una cantidad importante de pacientes con cáncer, en vista de que no tenemos medicamentos que permitan realizar una lucha efectiva contra el cáncer, y nos parece que la educación sanitaria en la prevención del cáncer es mínima en nuestro país.

Yo estaría de acuerdo con la moción del Doctor Víctor Manuel Talavera, que estos fondos se dediquen justamente a la lucha contra el cáncer, tanto en el aspecto preventivo como en el aspecto curativo, que creo que fue la moción que presentó el Doctor Víctor Manuel Talavera.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

En ese caso nos encontramos con la situación que en la Mesa hay una sola moción, que es la moción del Diputado Jaime Bonilla, de eliminar el artículo. La posición expresada por el Diputado Víctor Manuel Talavera, no constituyo una moción precisamente; no sé si el Doctor Rizo presentaría esa moción. Diputado Talavera, ¿es sobre lo mismo?

DIPUTADO VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Es que como el es miembro de la Comisión que redactó esta ley, y como es médico, yo presumo que él conoce. La pregunta era por qué al Siquiátrico y por qué al FONIF. Yo le preguntaba a él, porque como médico ha de conocer qué programas dentro del área de salud están en la lucha contra el cáncer. Y yo respaldaría cualquier moción que presentara el Doctor Rizo sobre esos programas para la lucha contra el cáncer.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Vamos a someter a votación la moción del Diputado Bonilla, que fue presentada primero a la Mesa, y posteriormente vamos a someter a votación, si no ganara, porque son excluyentes, la moción del Doctor Rizo.

A votación.

Hay 16 Diputados que no han votado.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

33 votos en contra, 10 a favor, 7 abstenciones. Se rechaza la moción del Diputado Bonilla.

Vamos a proceder a la moción de Orlando Rizo.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de Orlando Rizo: Que se agregue al Hospital Siquiátrico y al Fondo Nicaragüense para la Infancia, "los programas de educación sanitaria y prevención y tratamiento del cáncer".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A la moción original entonces se le quita lo del 50 por ciento, y queda la tercera parte para cada uno. ¿De acuerdo Doctor?

A votación la moción del Doctor Rizo y Víctor Manuel Talavera.

Hay 4 Diputados que aún no han votado y se encuentran presentes José León Talavera.

Vamos a cerrar la votación.

46 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones, se aprueba la moción del Doctor Rizo y Víctor Manuel Talavera.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 19 La presente Ley es complementaria de la Ley General del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Ley No. 217.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A discusión el artículo 19.

Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias.

Es que yo tengo un artículo que más bien es un transitorio; pero no sé en técnica legislativa si se aprueba el siguiente artículo queda terminada la ley. Entonces, no sé si meterlo ahorita o al final, es un transitorio.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Quería mocionar para suprimir este artículo, no encuentro explicación de cuál es el motivo de ponerle que es una ley complementaria a la Ley General del Medio Ambiente. ¿Qué se pretende con ello? A menos que tuvieran alguna explicación de peso para tener que poner eso... Por lo tanto, yo mociono para que se suprima este artículo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

José León Talavera.

DIPUTADO JOSE LEON TALAVERA SALINAS:

Gracias, Presidente.

Yo creo que es importante recordar que en la reciente discusión y aprobación de la Ley del Medio Ambiente, se aprobó un artículo específico estableciendo la prohibición del no fumado, y se estableció también en dicho artículo que se iba a reglamentar. Yo creo que esta ley es reglamentaria de ese artículo que estableció la prohibición de no fumar, como enunciado general; más que complementaria es reglamentaria creo yo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Nicasio Zeledón

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

En el mismo orden que el Diputado Marenco. Una ley no reglamenta a otra ley, si en ese sentido está hablando el Diputado José León Talavera. En todo caso, si ya quedó consignado en algún artículo de la Ley del Medio Ambiente, pues sencillamente esta otra ley es lo que complementa eso, no hay razón de decirlo. Entonces, a mi criterio hay que suprimir el artículo porque está demás y no tiene ninguna esencia de quedar en la ley.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Reinaldo Tefel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Hay que fijarse en los anteriores, porque una ley norma y el artículo 19 no está normando nada; el contenido del artículo 19 debió haber estado en el dictamen, pero no dentro de la estructura de la ley.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO:

Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señora Presidente.

Era lo mismo que había mencionado anteriormente, y apoyo la moción del Diputado Julio Marenco.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Entonces, vamos a someter a votación después de la lectura, la moción del Diputado Julio Marenco.

¿Mantiene el dictamen? No. Sólo la moción entonces.

A votación la moción.

Faltan 11 Diputados por votar.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

45 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones, se elimina el artículo.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de artículo nuevo de Alonso Porras: "Para los establecimientos contemplados en el artículo 5 de la presente ley, su aplicación será efectiva cuatro meses después de la publicación de la misma".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Alonso Porras.
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DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Es que me hacía notar el periodista García -creo que es- una cuestión que es muy correcta. Qué pasa con los establecimientos a los cuales la ley "mandata" establecer áreas especiales de fumado; si la ley se aprueba el lunes, hombre, el martes pueden estar siendo multados por no tener esas áreas especiales de fumado. A mí me parece que es correcto darles chance para que creen las condiciones en sus locales, para que la ley pueda ser aplicada, y en ese sentido estoy proponiendo un transitorio, recogiendo esa preocupación que creo que es totalmente correcta.

Que en aquellos lugares donde se permita fumar en áreas restringidas, se le dé un tiempo de cuatro meses a los dueños de los locales para crear las condiciones apropiadas de esos apartados para los fumadores, y no se les clave multa al día siguiente de ser aprobada la ley.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Orlando Rizo.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Gracias, Presidenta.

Era también en el mismo sentido de la propuesta del Diputado Alonso Porras, pero él mencionaba únicamente el articulo 4 y yo creo que eso es válido también para el articulo 5; o sea que en el artículo 4 y 5 se establezca ese plazo de cuatro meses, con el objeto de que se tomen las medidas necesarias que permitan que las prohibiciones y restricciones que señalan estos dos artículos se cumplan. Entonces, la propuesta mía es que se agregue el artículo 5 también, a la propuesta del Diputado Alonso Porras.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Reinaldo Tefel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Quisiera que se leyera la moción, antes de pronunciarme.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Quiero hablar con el Diputado Porras: ¿Usted acepta la moción de Rizo, de integrar el artículo 4 y 5 acá? Que diga así la moción: "Para los establecimientos contemplados en el articulo 4 y 5 de la presente ley, su aplicación se hará efectiva cuatro meses después de la publicación de la misma". ¿Sí? Gracias. Esa sería la moción don Reinaldo.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Bueno, yo no estoy de acuerdo en que se incluya el artículo 4, porque el artículo 4 es de aplicación inmediata, no hay ninguna razón para que no se aplique el artículo 4, porque ahí lo que dice es que en los lugares públicos no se va a poder fumar, y no hay ninguna razón para que eso no se cumpla inmediatamente. No veo por que aquí se va a poder seguir fumando en cuanto se publique. El otro caso es diferente, porque tienen que hacer adaptaciones en los restaurantes, discotecas, hoteles, etc., para que haya lugares donde puedan fumar, ahí es razonable.

Si los mocionistas sólo dejan el artículo 5, voto a favor; pero si incluyen el artículo 4, voto en contra, e invito a todos los que han votado a favor de esta ley que voten en contra, porque no hay ninguna razón de ninguna clase para que el artículo 4 no entre inmediatamente a cumplirse.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A las dos de la tarde cerramos la lista con el Diputado Leónidas Duarte.

Nicasio Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señora Presidenta.

Es en el mismo orden que está últimamente llamando la atención el Licenciado Tefel. La verdad es que una cosa es la entrada en vigencia de la ley, -en esto hay que tener cuidado-, y la otra es cómo pueden darse espacios para que arreglen los locales, los que van a tener las prohibiciones a la mano, como es el caso del artículo 4. El artículo 4 debe quedar entrar en vigencia inmediatamente después de publicada la ley, porque si se deja excepcionado para cuatro meses, ni siquiera van a comenzar antes de cuatro meses a arreglar los locales donde puedan haber áreas de fumado, sino que van a hacerlo después de los cuatro meses.

De tal manera que me parece que las prohibiciones estarían exentas por cuatro meses, y yo estaría de acuerdo si sólo se dan en el 5, porque si ustedes no tienen en mente lo que significa el artículo 4, dice lo siguiente: Se prohíbe fumar en los siguientes lugares: Vehículos de transporte colectivo, y todo lo que se le agregó, cines, auditorios, teatro, estudio de televisión y cualquier lugar cerrado donde se presenten espectáculos, etc.

Al final del artículo 4, dice: "En estos lugares deberá indicarse la prohibición de fumar, mediante carteles fácilmente legibles". Es decir, eso no va mas allá de medio día; para establecer los lugares yo no le veo el porqué. Si en el artículo 5: "Se deberán destinar áreas de fumado en los centros de recreación de adultos y otros lugares de concentración de personas, como los siguientes, y luego relata cuales son los siguientes. Para este artículo 5 yo estaría de acuerdo que se pongan los cuatro meses, pero en el artículo 4 no.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Para aclaración a los que están en la lista, que son dos Diputados más. Tanto el Diputado Rizo como el Diputado Alonso Porras, se han puesto de acuerdo en que debe eliminarse de la moción el artículo 4, de manera tal que queda únicamente el artículo 5. Si insisten los que están solicitando el uso de la palabra, se la daremos.

Diputado Talavera.

A votación la moción del Diputado Porras.

Se va a cerrar la votación

47 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones; 11 Diputados no votaron. Se aprueba la moción del Diputado Porras.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 20. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A discusión el artículo 20.

A votación.

Hay 15 Diputados que no han votado. Vamos a cerrar la votación.

46 votos a favor, ninguno en contra, 3 abstenciones; 11 que no votaron. Se aprueba el artículo 20.


SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA DOCE DE SEPTIEMBRE DE 1996, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (ONCEAVA LEGISLATURA).

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Pasamos al siguiente punto.

SECRETARIO ALVIN LEONARD GUTHRIE RIVERS:


DICTAMEN
Managua de septiembre de 1996.

Doctor
CAIRO MANUEL LOPEZ
PRESIDENTE ASAMBLEA NACIONAL
SU DESPACHO.

Señor Presidente:

La COMISION DE SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y BIENESTAR ha examinado con detenimiento el veto parcial de la Presidente de la República al proyecto de Ley de "PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NO FUMADORES", para su debido dictamen.

De previo, la Comisión desea manifestar que los artículos vetados no fueron recomendados por la Comisión, sino que surgieron de una moción en la discusión en lo particular, la cual obtuvo el apoyo suficiente como para variar la redacción propuesta en el dictamen.

La Comisión quiere llamar la atención del plenario, que los Artos. vetados no son coherentes con el resto del articulado; más bien lo contradicen, ya que mientras el Arto. 7 prohíbe toda forma de publicidad, los demas Artos. regulan la publicidad del tabaco.

El Arto. 1: Establece las regulaciones del uso y publicidad del tabaco.

El Arto. 10: Establece que la publicidad del tabaco y sus derivados no será dirigida a menores de 18 años.

El Arto. 11: Se refiere a que la publicidad del tabaco no debe contener ninguna referencia que lesione la dignidad, e integridad e inteligencia de la mujer, la juventud o la niñez.

El Arto. 12: Establece prohibiciones para utilizar los símbolos patrios y los héroes, próceres en cualquier tipo de publicidad.

El Arto. 14: Prohíbe colocar afiches, vallas o cualquier material sobre el tabaco o sus derivados, a menos de 150 metros de centros de estudios o museos. Lo cual significa a contrario sensu, que sería lícita la colocación de afiches y vallas si estas se efectuasen a más de 150 metros de distancia de los centros de estudio.

En cuanto a los artículos de la Constitución Política que se señalan como violados por los Artos.7 y 8 del Proyecto, la Comisión manifiesta: Los Artos. 25, 27 y 46 se refieren a derechos individuales que no guardan relación con las prohibiciones de la publicidad del tabaco.

El Arto. 66 se refiere al derecho a la información veraz, en este caso a saber las consecuencias que el consumo del tabaco puede ocasionar en su salud.

El Arto. 67 se refiere a los límites de la libertad de información y a la prohibición de censura previa, en el caso que nos ocupa no abona en favor del veto.

El Arto. 68 tampoco se refiere a la prohibición de propaganda alguna, prácticamente sólo el Arto. 57 Cn. parece estar afectado por los artículos del proyecto vetado, ya que al prohibir la publicidad del tabaco, se estaría reduciendo el campo de actividades de las agencias publicitarias y con ello se estaría mandando a la calle a centenares de trabajadores.

En cuanto a los Artos. 99 y 104, la garantía constitucional no es absoluta, sino que remite su ejercicio a las leyes ordinarias.

Siendo que los Artos. 7 y 8, disminuyen y alteran el derecho al trabajo garantizado por el Arto. 57 Cn; que dichos artículos entran en contradicción en general con el objetivo de la ley, y en particular con los Artos. 1, 10, 11, 12 y 14 del mismo proyecto de ley, haciendo inaplicable la ley misma.

Que las prohibiciones absolutas han demostrado ser ineficaces, sobre todo las referidas a vicios como el alcohol, tabaco, etc., y más bien incentivan su consumo.

Todo ello hace inconveniente a dichos artículos.

Por tales motivos, la Comisión dictamina favorablemente el veto a los Artos. 7 y 8 del Proyecto de Ley de Protección de los Derechos Humanos de los No Fumadores, y pide al plenario la aprobación del mismo.

DR. EDUARDO PALADINO CABRERA DR. GUSTAVO TABLADA

DR. ORLANDO RIZO ESPINOZA DR. LUIS MARENCO

ING. RAUL VENERIO GRANERA GUILLERMO CHAVARRIA

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A discusión el dictamen sobre el Veto de Protección de los Derechos Humanos de los No Fumadores. Vamos a cerrar la lista en el orador número siete. Están en lista, Reinaldo Antonio Téfel, Dora María Téllez, Orlando Rizo, Marcia Quezada, Alonso Porras, Nicasio Zeledón, Alejandro Solórzano, y dos más que se agregaron: María Ramírez y Domingo Sánchez. Se cierra la lista.

Reinaldo Téfel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Tanto este dictamen como el veto, fueron escritos en el siglo XIX, cuando no existía la televisión y la radio y cuando se desconocía en absoluto el daño que causa a los pueblos el cigarrillo. La Comisión que nos manda este dictamen, desconoce totalmente esos dos factores, que ahora hay televisión y radio, y que está probado científicamente, sin duda alguna, las muertes y las enfermedades que produce el cigarrillo. Por otra parte, desconoce el dictamen el tipo de propaganda que se hace al cigarrillo, sobre todo a través de la televisión y de la radio y que va directamente dirigido a los jóvenes y a los niños.

Precisamente anoche, en la televisión pasaban una propaganda del cigarrillo “Belmont”, donde salía un grupo de jóvenes varones y mujeres jugando en la playa y terminaban fumando “Belmont”. Y nos dicen los que están a favor del veto, y nos dice la transnacional de la muerte, que está a favor del veto, que la televisión no influye en nada. Entonces ¿para qué quieren suprimir los artículos 7 y 8? ¿Con qué objeto es que quieren seguir manipulando a la niñez, a la juventud y al pueblo nicaragüense, si la televisión no tiene ninguna influencia?

Por eso es que digo que este dictamen, igual que el veto, fueron pensados y escritos en el siglo XIX, cuando no había ni televisión ni radio, y cuando no se había averiguado científicamente que el cigarrillo producía muerte y enfermedades a millones de millones de millones de seres humanos. Desconocen totalmente que estas transnacionales de la muerte y que estos nuevos poderes diabólicos tienen equipos de psicólogos, psiquiatras, comunicadores, politólogos, sociólogos, para precisamente buscar los medios a través de la televisión y la radio sobe todo, de poder inducir a millones y millones y millones de niños, jóvenes y pueblos, al fumado.

Por otra parte, nos dicen que los intereses de una transnacional poderosísima son más importantes que la salud de los niños, de los jóvenes y del pueblo nicaragüense; y por otra parte nos dicen que los pequeños intereses de los publicistas nicaragüenses y de los propietarios de medios, tienen un valor mayor que la salud de los niños, de los jóvenes y del pueblo nicaragüense. Yo estoy seguro que los publicistas nicaragüenses y los dueños de medios que reflexionen sobre esto, podrán posponer sus pequeños intereses económicos frente a la salud de los niños, de los jóvenes y de nuestro pueblo. Además, en todas partes del mundo donde se vienen aplicando leyes –que en buena hora aprobó el plenario-, ninguna de esas publicidades, ni ninguna de esas radios han quebrado, porque sólo es una parte de la publicidad. Y de todas maneras, el pequeño interés económico de una infinísima minoría, no puede estar de ninguna manera sobre la gran mayoría de nuestro pueblo, de nuestros jóvenes y de nuestros niños.

Este es un acto que no quiero calificar, un acto horrendo que comparten el Poder Ejecutivo y los Diputados que voten a favor de ello. Es un acto contra la niñez, contra la juventud y contra el pueblo nicaragüense; y ni el Ejecutivo, ni los Diputados que voten a favor, podrán venir aquí a hablarnos de que están a favor de la niñez, de la juventud y del pueblo nicaragüense, porque están votando a favor de una transnacional de la muerte, que trae muerte y que trae toda clase de enfermedades. Por consiguiente, en estas circunstancias, el voto que nosotros ejerzamos es un voto de conciencia; y la prensa tiene que registrarlo y tiene que informarle al pueblo nicaragüense, quiénes estuvimos a favor de la niñez, de la juventud y del pueblo, y quiénes estuvieron a favor de la internacional de la muerte.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Dora María Téllez.

DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidenta.

En realidad Presidenta, este veto me preocupa a mí por tres razones. Me preocupa el veto de la Presidenta de la República y me preocupa el dictamen de la Comisión. Es más, el dictamen de la Comisión me sorprende. El veto de la Presidenta de la República es sorprendente también, pero sobre todo es preocupante. Hay dos grandes preocupaciones que afligen a los redactores de este veto. Primero, las violaciones a la libertad de expresión, que contiene la regulación a la publicidad sobre el tabaco; y el segundo asunto que nos preocupa, son las violaciones presuntas a la libertad de empresa. Me voy a referir a ambas.

Sobre las violaciones a las libertades individuales, este veto tiene la gravísima aseveración de poner de forma indiscriminada el derecho, o lo que aquí se considera como derecho a la información y como igualdad ante la ley. Los redactores del veto descubrieron que distinguir entre fumadores y no fumadores, viola la igualdad de los nicaragüenses ante la ley. Este descubrimiento equivale a descubrir que la diferencia entre adictos al alcohol y no adictos al alcohol, viola la igualdad ante la ley; y que la diferencia entre enfermos y sanos, viola la igualdad ante la ley y se discrimina por tanto a los enfermos, o se discrimina a los sanos… (CAMBIO DE CINTA ORIGINAL)… y en la doctrina constitucionalista de la humanidad.

Yo recomendaría que estos redactores del veto, puedan dar asesoría en las Naciones Unidas, para voltear como calcetín todo lo relativo a los derechos humanos producido hasta ahora. Segundo, se afirma el derecho irrestricto a la libertad de expresión para decir que la publicidad de cualquier índole, es sana y necesaria a los nicaragüenses y que la gente tiene derecho de elegir, y que para eso es la publicidad de cualquier naturaleza. También para mí es sorpresivo, porque esto lo podemos aplicar perfectamente a las drogas, lo podemos aplicar perfectamente a la pornografía, y apoyar este veto es apoyar que aquí cualquiera se dedique a publicar pornografía por los medios de comunicación, sin restricción de ninguna especie.

Respaldar este veto es estar de acuerdo con las consideraciones que la Presidenta de la República envió aquí, diciendo todo lo que absolutamente se produce y se difunde, oral o por escrito, impreso o no y mediante cualquier procedimiento, está dentro de los márgenes de la libertad de expresión, lo cual es –insisto- verdaderamente grave, en relación con la liberalidad irresponsable que el Gobierno manifiesta en relación con el derecho de los nicaragüenses. El segundo asunto tiene que ver con el derecho a la libre empresa, y eso es, además de una barbaridad, una inmoralidad.

El sello de oro que el Gobierno de la República le pone a su gestión en estos siete años, es la declaración pública de que es más importante el irrestricto derecho de la transnacional tabacalera, que está por encima del derecho de los nicaragüenses a la salud. Y hay una larga argumentación diciendo de las grandes pérdidas en que va a incurrir la Tabacalera Nicaragüense, que es la única que vende cigarros aquí y produce cigarros aquí, y no hay una sola línea dedicada a destacar las pérdidas que produce para el Estado nicaragüense y para el Gobierno el consumo del tabaco, y las que puede producir en el futuro a los jóvenes y adolescentes, la inducción mediante la publicidad del consumo del tabaco.

Y me parte el corazón, Presidenta, este veto de la Presidenta de la República; me conmueve profundamente darme cuenta de que la TANIC va a ser la primera tabacalera del mundo que puede quebrar por una restricción publicitaria; hasta el día de hoy todas las transnacionales del mundo están enteras, prósperas y con grandes utilidades, a pesar de que en algunos países, gobiernos responsables, Parlamentos responsables y parlamentarios responsables, han impuesto restricciones a la publicidad del tabaco.

Quiero concluir Presidenta, pidiéndole al plenario el rechazo al veto de la Presidenta de la República, y por consiguiente el rechazo al dictamen sorpresivo de la Comisión que dictaminó este veto sobre las restricciones de publicidad y los derechos humanos de los no fumadores, convertidos por arte de magia de la Presidenta de la República y de la Comisión, en una ley de defensa de los socios de las transnacionales del tabaco.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Orlando Rizo.

DIPUTADO ORLANDO RIZO ESPINOZA:

Muchas gracias, Presidenta.

Nosotros en la Comisión de Salud, señora Presidenta, quizás no tengamos la instrucción ni la formación académica del Licenciado Téfel. Y no dudo que el Licenciado Téfel lee y ha leído mucho y que es un hombre de una vasta formación cultural; sin embargo, me llama la atención, y no dudo que no leyó la ley, ni leyó el anteproyecto de ley que se introdujo en la Asamblea Nacional, no lo leyó; y no lo leyó porque le escuché decir que los Diputados que dictaminamos ese anteproyecto de ley, seríamos los enemigos más fuertes de la niñez y de la juventud.

Yo le recuerdo al Licenciado Téfel, que en el anteproyecto de ley se regula la publicidad del tabaco, se prohíbe la aparición de mensajes televisivos antes de las ocho de la noche; se prohíbe la presencia o la aparición de jóvenes o de personas que presenten menos de veinte años, en los programas de televisión; se prohíbe la instalación de carteles que publiciten el tabaco cerca de las escuelas, no pueden estar a más o a menos de trescientos metros de las escuelas ni de los institutos; y gran parte de la ley va con el objeto de proteger a la niñez y a la juventud de iniciarse en el hábito del tabaco.

Yo conozco muy bien los daños del tabaco, nadie duda actualmente sobre los efectos del tabaco en la producción de enfermedades pulmonares, de cáncer, de enfisema, de los daños en la mujer embarazada y el feto. Nadie lo duda, todo mundo lo conoce. Sin embargo debo recordarles que el objeto de ese anteproyecto de ley, desde que fue introducido en esta Asamblea y donde tuvo una labor muy destacada Domingo Sánchez, no puede prohibir la publicidad del tabaco. El objeto de este anteproyecto nunca fue ése, si fuera así, quizás se hubiera introducido en esta forma, “ley que prohíbe la publicidad del tabaco”, y yo sería más partidario de que se prohíba el tabaco, de que no haya industria de tabaco.

A mí me parece una verdadera falta de moral estar diciendo que se prohíba la publicidad y no la industria. Yo sería partidario de que se prohibiera la industria del tabaco, debido a las muertes y a los daños económicos en diferentes países, en el mundo y en Nicaragua también. Pero no fue ése el objeto de la introducción de este proyecto de ley, era la protección de los derechos de los no fumadores, de la niñez y la juventud, lo cual no recuerda, no sé si será ya por problemas de memoria o que no leyó la ley el Licenciado Téfel. De manera que la Comisión decidió la aceptación del veto en vista de esas razones, de que no fue la intención de los proyectistas, ni fue la intención de la Comisión la prohibición de la publicidad, sino la protección de la salud y los derechos humanos de los no fumadores.

En segundo lugar, de rechazarse el veto parcial y quedando los artículos 7 y 8, la ley no tendría ningún sentido Presidente, la ley carecería de todo sentido, y sería mejor que no exista, y entonces mejor legislemos una ley que prohíba la publicidad del tabaco. Si el veto se rechaza y los artículos 7 y 8 quedan como están, insisto en que la ley pierde toda razón, no tendría ningún sentido entonces, y es por eso que yo estoy a favor de la aprobación del veto y solicito al plenario que lo apruebe bajo estas consideraciones.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Por alusión personal, el Licenciado Téfel ha solicitado la palabra. Se le conceden dos minutos para responder.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Probablemente usaré menos. Quiero agradecer al Doctor Rizo por haber dado toda esa información –que pudiera ser que algunos Diputados aquí la desconozcan- de todas las enfermedades que produce el fumado. Y en segundo lugar quiero decirle, para que estén ustedes atentos, que el veto sólo es a dos artículos, el 7 y el 8; todos los demás artículos que mencionó el Doctor Rizo no están vetados, por consiguiente están vigentes y no tiene sentido que los haya mencionado, puesto que nosotros no nos estamos pronunciando contra la ley sino contra el veto, y espero que todo el plenario se pronuncie contra el veto, ¡Voto de conciencia!

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Marcia Quezada.

DIPUTADA MARCIA QUEZADA ABARCA:

Gracias, señora Presidenta.

Realmente, como maestra estoy en contra de ese dictamen porque va en contra de la salud de muchos nicaragüenses; nosotros tenemos que ser forjadores y buscar cómo educar a la juventud, y ya el Doctor Rizo dijo los daños que causa el tabaco en los seres humanos, es tan dañino que destruye totalmente la salud de muchas personas. Entonces, considero que nosotros como legisladores debemos velar por la salud de todos los nicaragüenses. Yo veo absurdo el dictamen, porque no está de acuerdo con la labor que nosotros debemos realizar aquí en la Asamblea, y debemos buscar cómo ir educando a través de las leyes.

En este dictamen no se puede justificar que por la publicidad, que por ganar dinero. Yo creo que los compañeros periodistas también están de acuerdo con nosotros en este aspecto, porque ganar un dinero que va a destruir la salud hasta de su propia familia no es muy conveniente, y no estaríamos tranquilos con nuestra conciencia ganar un dinero de esa manera, que va a destruir la salud de muchas personas. Entonces, lo ético es muy fundamental.

Yo considero que nosotros los legisladores debemos votar rechazando este dictamen porque no es formativo ni educativo; debemos velar por las futuras generaciones, por ir forjando una Nicaragua diferente, con mejores perspectivas de vida; y el tabaco reduce esas perspectivas de vida para todos los nicaragüenses. Entonces, me pronuncio en contra de ese dictamen, y pido que todos votemos en contra del mismo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Muchas gracias, Presidente.

Francamente que el argumento del Doctor Rizo es la primera vez que lo oigo en esta Asamblea; decir que no se puede rechazar este veto porque el espíritu de los proyectistas originales y el de la Comisión era otro, como si el plenario no tiene plena facultad -y así es siempre- de cambiar lo que viene en los proyectos originales. Hace tres semanas -un viernes por cierto- el Presidente Clinton, en los Estados Unidos firmó un decreto en donde declaraba el tabaco como una droga, y eso tuvo amplia difusión en los medios de comunicación. Y al ser declarado como droga, implicaba que su uso, distribución y publicidad pasaban a ser controlados directamente por la Oficina Antidrogas.

Eso ocurre en Estados Unidos, Doctor Rizo y compañeros de la Comisión, si estuviera ocurriendo en Nicaragua, yo imagino que la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional estaría brincando, diciendo que es atentatorio contra la libertad de empresa y contra la libertad de expresión. Y a estas alturas en Estados Unidos, alrededor de media docena de Estados han aprobado leyes estatales, en donde obligan a las empresas tabacaleras a pagar miles de millones de dólares para costear todos los daños o todos los gastos que en materia de salud cada Estado ha tenido que pagar por atención médica en enfermos a consecuencia del tabaco.

Y lo tiene el Estado de la Florida, y lo tiene Ohio, y lo tiene como media docena de Estados, y cada demanda de cada Estado no es de un millón de dólares, es de mil, dos mil, tres mil millones de dólares contra la "Philip Mouir", por todo el gasto que la sociedad norteamericana ha tenido que desembolsar para atender pacientes en los hospitales, con enfisema y con cáncer. Ya me imagino si esas medidas se estuvieran poniendo en Nicaragua, aquí estaría brincando la Comisión de Salud, diciendo que estamos violando la libertad de expresión, la libertad de empresa. Y esas sí son medidas fuertes, drásticas, en Estados Unidos.

Sin embargo aquí ¿cuál fue la reacción cuando la Asamblea Nacional aprobó esta ley? Se montó una campaña, y yo les digo que esa campaña ha costado varios miles de dólares, decenas de miles de dólares, que a mí me gustaría saber de dónde salieron. (Estoy comenzando, no sé por qué me está apurando; espero que usted no esté solidaria con la TANIC, Presidenta). Aquí se comenzó una campaña en el sentido, de por un lado atemorizar a los fumadores y mentir descaradamente en los medios de comunicación, haciéndoles creer a los fumadores que la ley iba dirigida a perseguirlos a ellos; y lo anduvieron diciendo en los foros en la televisión y en los periódicos para que los fumadores reaccionaran contra la ley, como que si la ley iba dirigida a perseguir fumadores.

Si más bien la ley fue cambiada en este plenario para evitar que se multara a los fumadores, como pretendían originalmente los proyectistas; para que no fuera contra los fumadores. En segundo lugar, aquí también se estableció... (Presidenta, ya voy a terminar, no he ocupado los tres minutos de mi tiempo, estoy comenzando). Entonces, aquí también esa campaña comenzó a decir que la TANIC era la principal generadora económica para el Fisco de este país; pero no decía cuánto dinero gasta el Gobierno en Nicaragua en atención médica y cuánto dinero pierden las empresas, por trabajadores que no llegan a trabajar por problemas de enfermedad ligadas al tabaco.

Impacto laboral. ¿Cuál impacto laboral? Yo quiero decir aquí lo siguiente: el que es fumador va a seguir fumando; y yo soy fumador y por eso lo digo. Que me diga aquí un fumador que porque no hay publicidad va a dejar de fumar. La misma TANIC reconoce que en tiempos del sandinismo sin publicidad se mantuvieron las ventas. Las ventas se van a mantener al mismo nivel; el Fisco no va a sufrir. Lo que aquí estamos haciendo con la publicidad, es evitando que la publicidad enganche a niños y a jóvenes para que comiencen a fumar; eso es lo que queremos evitar. Pero no es cierto que aquí va a dejar de fumar el que ya es fumador.

Entonces, yo les pregunto a los Diputados de la Asamblea Nacional, a quién estamos defendiendo en esta Asamblea. ¿Estamos defendiendo a nuestros jóvenes, estamos defendiendo a nuestros niños o estamos defendiendo a la transnacional TANIC? Pongámonos la mano en la conciencia sobre esa pregunta, ¿a quién defendemos? Los Diputados que estamos aquí, ¿por quién estamos? ¿Qué intereses queremos aquí respaldar? Los de la sociedad nicaragüense, los de los jóvenes, los de los niños, los de la TANIC, y conforme a eso votemos a la hora de apretar el botón. ¡Pido el rechazo al veto! ¡Pido el rechazo al dictamen!

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

No tengo ningún compromiso con la TANIC, ni con ninguna transnacional. A lo mejor me excedí en medirle el tiempo, porque cada vez que quieren llevarnos a parecer a los Estados Unidos, yo me pongo bastante nerviosa.

Nicasio Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señora Presidenta.

En realidad los Diputados, según el Estatuto, tenemos derecho en el primer uso de la palabra a diez minutos, luego tenemos derecho a cinco y una tercera vez a dos minutos y medio, según el Reglamento.

Sin embargo hemos estado tratando de legislar, ahorrando, economizando el tiempo parlamentario; pero estas leyes que parecen tan cortas, tan significantes, a veces traen en su espíritu toda la violentación tal vez al espíritu con que el legislador, con calma ha tratado de hacer; y este es el caso precisamente del veto parcial que ha efectuado la señora Presidenta a la Ley de Protección de los No Fumadores.

A mí me luce que independientemente de los intereses del Gobierno, de las transnacionales de la muerte -como en este caso-, eso no tiene ninguna preocupación, a como está establecido en la Exposición de Motivos del veto; sin embargo es tan unilateral, y como viene de un gobierno presidencialista, en este caso sólo puedo oír a la TANIC para establecer un criterio; pero aquí no es la TANIC la componente de eso, este es un problema de salud pública que compete al Gobierno directamente. Sin embargo, no le preocupa porque son otros intereses, no los de salud pública, que están en juego en el veto a esta ley.

Aquí no se consultó a los organismos ambientalistas, a nadie; no se consultó a CISA, no se consultó a una cantidad de organismos que tienen que ver con esto; unilateralmente la Presidenta, a propuesta de la TANIC vetó lo que ésta consideraba una violación y tiene todo un argumento que es raro. Sin embargo, es preocupante que la Comisión de Salud, que fundamentalmente está integrada por médicos, haya dictaminado a favor sabiendo lo que esto significa. Pero más me preocupa la intervención del Doctor Rizo, y ya me metió en duda. Yo conozco bien la ley Doctor Rizo, y usted dice que si se aprueba este veto rechazando la ley, no sirve porque el objeto de la ley no es lo que está vetado. Ese es el argumento que usted tiene para que nosotros aceptemos el veto; pero para que la ley sirva, eso sí me preocupa.

Yo no quiero vincular el hecho de que hayan dictaminado a favor o en contra, o tal vez irrespetar a la Mesa Directiva diciendo que si está a favor o en contra de la TANIC. Yo no dudo de eso Doctor Rizo, sino dudo de la interpretación que la Comisión ha podido dar a estos aspectos de la ley, eso sí me preocupa. Ahora, en cuanto a la TANIC, lo que se argumenta en el veto, para eso si sirve la Comisión, como un portavoz, como un "furgón de cola". Por favor, aquí a la TANIC no le interesan los derechos del uno o del otro, del que fuma o del que no fuma; aquí lo que le interesa es el monopolio de su industria de la muerte. El tabaco allá quien se lo coma, allá quien se lo fume, allá quien haga lo que quiera con ello, a ellos no les interesa más nada de eso.

Yo creo que en ese sentido y sabiendo de qué se trata, los honorables Diputados de la Asamblea Nacional y en razón del espíritu con que legislamos y por las razones que aquí otros colegas han expresado, me parece que el único camino es rechazar de plano este veto. Yo estoy instando a que rechacemos el veto, para dejar la norma en una medida aplicable y con algún sentido.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Alejandro Solórzano.

DIPUTADO ALEJANDRO SOLORZANO FERNANDEZ:

Quiero compartir con la Presidenta lo nerviosa que ella se pone cuando hablan algunos desde unas posiciones feroces; y yo digo que si las cosas cambiaran y Alonso estuviera en el poder, que sería de nosotros, porque estaría a favor de la TANIC, estaría a favor de las transnacionales de la muerte. Hombre, hasta que se le paran los pocos pelos que uno tiene. Así no se legisla. De ninguna manera. El título de la ley dice: "Se Protege los Derechos Humanos de los No Fumadores", y luego se ha deslizado a una situación tal, que ya no es la defensa de los derechos de los no fumadores sino que ya es otra cosa.

La esencia que Domingo Sánchez quiso para esta ley ha sido desvirtuada por los demás, aquí no habla nadie de que deben haber salas especiales para los que fuman y se quieran ahumar, pero que no contaminen. Eso es lo que debe ser la discusión sobre la ley; ahora vamos aquí a prohibir o a regular la publicidad. Una cosa es prohibir y otra cosa es regular. ¿Qué es lo que pretendemos? ¿Vamos a una cruzada para terminar con el tabaco? Más bien pareciera que es eso. Si estuviéramos en otro momento histórico del país, a lo mejor yo me apunto en esta gran cruzada, teniendo alternativas que ofrecerles a los centenares de trabajadores, de padres de familia que trabajan en Estelí, en Jalapa, en la Isla de Moyogalpa, en Jinotepe, que trabajan en el cultivo del tabaco.

Yo recuerdo que una vez, siendo miembro del Consejo de Estado, hicimos visitas con unos Diputados franceses y de otros países, y nos vanagloriamos con la calidad del tabaco que se producía en aquel momento. Y el régimen era el régimen anterior, y en ese Consejo de Estado nos llenábamos la boca diciendo que teníamos un tabaco de primera calidad. Y digo yo, si algunos aquí irrespetan al que está de acuerdo con este veto, al que está de acuerdo con la TANIC, yo sin irrespetar, me preocupo y pregunto, ¿Qué es lo que está detrás de esta cruzada? Sería bueno que se aclarara totalmente.

A lo mejor muchos de nosotros nos embarcamos en esa cruzada, pero quisiera conocerla a fondo para poder marchar en esa cruzada. Cuando se discutió aquella ley sobre los estupefacientes psicotrópicos y demás, hubo voces que se alzaron por ahí, y me extrañó y me asustó que el muchacho podía andar unos cuantos gramos de marihuana. Y eso sí, yo dije que era un crimen lo que se estaba haciendo al legalizar eso, que podía andar una cantidad de gramos de marihuana porque era como un medicamento. Yo nunca he visto en los libros de medicina -sin ser médico, tengo derecho a leerlos-, y resulta que en ninguno de ellos sale de que la marihuana pueda ser utilizada así libremente para curar enfermedades.

Sin embargo se defendió en aquella ocasión y yo lo ataqué y fui derrotado en aquel momento. Y no importa, pero me viene a la mente esa lucha. Aja, ¿y qué hacemos con los niños huelepega de las calles? ¿Se ha manifestado alguna voz para que nosotros empecemos a rescatar a estos niños, o también vamos a prohibir que exista esa pega? ¿Y qué estamos haciendo contra la publicidad de los alcoholes "Ron Plata, 25 años", y "La plata está bajo la tapa"? ¿Qué hemos hecho para terminar con eso? ¿O es que estamos aquí de demagogos?

Ahora, si hay una lucha contra las transnacionales, no es sólo una la que existe aquí, y hasta la Coca-Cola en su momento ha sido tipificada como de la muerte. Y hay otras. Hombre, hagamos una ley, a lo mejor nos embarcamos, pero una ley específica y no una ley retorcida, porque defendés los derechos humanos de los no fumadores, pero nos vamos desviando a otra cosa, no hay claridad en la formación de esta ley. Por tanto, yo apoyo ese veto porque es correcto. Aquí tenemos que ver por la salud y se tiene que dar una campaña educativa. No es con correcciones de esta naturaleza que se va a evitar el tabaquismo, y no se está luchando contra él aquí.

Una campaña educativa es obligatoria por parte del Estado, de los Poderes del Estado y de todos los ciudadanos, para que nuestros jóvenes no caigan en el vicio. Es una campaña educativa y no coercitiva.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

María Ramírez.

DIPUTADA MARIA RAMÍREZ:

Gracias.

Primero, yo quiero referirme a las personas que han señalado, o más bien al dictamen que señala que estos artículos, que la ley a como fue aprobada, viola la Constitución, y quiero señalar tres artículos de la Constitución. El artículo 59 dice textualmente: "Los nicaragüenses tienen derecho, por igual, a la salud. El Estado establecerá las condiciones básicas para su promoción, protección, recuperación y rehabilitación". El artículo 60, dice: "Los nicaragüenses tienen derecho de habitar en un ambiente saludable. Es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales".

Y en relación con las empresas, el artículo 104 en el segundo párrafo dice: "Se garantiza el pleno ejercicio de las actividades económicas, sin más limitaciones que por motivos sociales o de interés nacional impongan las leyes".

Estamos hablando de una ley, y quiero referirme a los Diputados que han señalado el famoso impacto económico de la medida que se tomaría si nosotros rechazamos este veto. En primer lugar, la misma Tabacalera señala que la publicidad no le genera supuestamente mayor consumo del tabaco. Y la producción de tabaco en el campo -y eso ustedes lo pueden corroborar con la Tabacalera-, es sobre todo la producción que se exporta, o sea, no es la que se utiliza para la producción nacional. Esto, por la preocupación que señalaba don Alejandro, que los campesinos van a quedar sin trabajo. Por otro lado, creo que es importante señalar que supuestamente se reduciría la posibilidad de los trabajadores al acceso al trabajo por esa ley.
Yo creo que eso es completamente absurdo, ustedes pueden revisar las estadísticas mundiales donde se han tomado estas medidas, y no se han corrido trabajadores por esa medida. Entonces, yo creo que son argumentos que realmente no tienen peso. Pero ahora me quiero referir a lo que señalaba Alonso. ¿Por qué el tema exclusivo de la publicidad? Porque la publicidad está dirigida a los menores, está dirigida a los adolescentes y a la juventud. Señálenme un anuncio de televisión donde salga un adulto fumando. Todos son muchachos y muchachas que salen en las playas, que salen en una serie de lugares, y están induciendo al consumo de cigarrillos a la juventud.

Está demostrado que las tres cuartas partes de las personas que empiezan a consumir el tabaco, lo hacen en la adolescencia y tienen los índices más elevados, los porcentajes más elevados de cáncer, después de estar consumiendo todo el tiempo el cigarro. ¿Qué es lo que estamos haciendo? ¿Estamos queriendo proteger a los jóvenes? Yo no creo que vamos a protegerlos al decir en la ley que a las ocho de la noche, (perdón), hasta las ocho de la noche se va a limitar la publicidad. Eso es absurdo, aquí nosotros tenemos miles de jóvenes que están viendo la televisión a las ocho de la noche. Yo creo que esos argumentos se caen por su propio peso.

Entonces, yo pediría que basados sobre todo en lo que queremos proteger, que es a las generaciones; que no estamos prohibiendo en ningún momento que se venda el cigarro, pero sí lo que estamos insistiendo es en el tema de la publicidad, que quede como un precedente de educación a la familia nicaragüense para que no induzca a sus propios hijos mandándolos a comprar cigarros a las ventas todos los días. Yo creo que en eso hay que sentar un precedente. Y finalmente, hay Diputados que me han señalado que se sienten con la preocupación de votar en contra de este dictamen, y les preocupa porque van a quedar mal con los publicistas.

Yo sugeriría que hagamos una votación secreta, si ellos no quieren -aquí me lo han venido a proponer-, yo no estaría en contra de eso. Pero públicamente lo digo, yo rechazo el dictamen y rechazo ese veto, y solicitaría de parte del Plenario el rechazo del mismo.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Vamos a ceder la palabra al último orador, para pasar a la votación.

Domingo Sánchez.

DIPUTADO DOMINGO SANCHEZ SALGADO:

Señora Presidente, francamente que esta Sesión se volvió cómica, divididos los Diputados en dos bandos: los puritanos que nunca han fumado -no los menciono para que no estén pidiendo la palabra después por alusión personal-, pero hay puritanos que dicen, uy uy uy cuando ven el humo de las chimeneas en sus casas -antes, ahora no porque usan cocinas de gas y no hay humo- y ya les da "estress"; y los otros conversos, que han sido fumadores y ahora son enemigos del cigarro, y hasta con cierta demagogia hay uno que -no menciono el nombre para que no se dé por aludido- dijo que él esta contra la ley, pero que sigue fumando. Por favor, está con Dios y está con el diablo.

Cuando yo presenté el proyecto dije que es educativo. ¡Qué voy a educar yo aquí¡ (No pidás la palabra Yadira). Que diga Yadira Centeno que no es la publicidad, ni es la falta de educación lo que la hace fumar. Y el propio Alonso. El que fuma es porque quiere gozar del humo y se acuerda de la canción, "fumando espero al hombre que yo quiero...", las mujeres; y los hombres, "fumando espero a la mujer que quiero"; es decir, siguen con la canción. Yo digo, y por eso con el Doctor Rizo o con alguien, los derechos de los no fumadores, porque aquí ya vencí bastante a mi colega, por lo menos ya no me hecha el humo encima y sale a fumar por ahí; un poquitito he ido avanzando.

Eso es lo que yo he querido, que los periodistas aquí no inunden de humo esta Sala, que los lugares donde esté cerrado no fumen. Como les he dicho -y perdónenme el argumento que planteé en una ocasión-, cuando les da ganas de orinar no se orinan ahí, sino que se van a buscar; así cuando les de ganas de fumar, vayan a buscar donde fumar. Esto es educativo, esto es persuasivo. Y son demagogos los que han dicho, "estamos defendiendo la salud de los niños". Los niños que ahorita están oyendo este debate, están diciendo "no me defiendas comadre", porque al niño le gusta fumar, y cuando se les prohíbe van a buscar más. Por ejemplo la compañera Mariíta jamás fumó, a pesar de que ha habido propaganda.

Quiere decir que no es la propaganda, es que se amarró los pantalones -porque ahora usa pantalones- y no fuma. Reinaldo -no te des por aludido Reinaldo- no fuma porque ha sido puritano, enemigo de los cigarros y la publicidad no le ha afectado.

Entonces, yo creo que es justo, es atinado, es patriótico que aceptemos el veto y que se acepte -como ella misma dijo- lo que yo propuse. Y sobre la publicidad hay restricciones, ocho artículos están contra la publicidad; lo único que estos quieren es "ponerle puertas al campo", como decían los abuelos anteriormente. Por eso digo que aprobemos el veto y lo que la propia Presidente sugiere, que es el dictamen, que se prohíbe la propaganda. No prohíbe que se fume o que no se fume, no le vamos a causar daños a nadie, porque no es verdad eso que dice que ya los niños se están muriendo. Danilo se escapó de morir a los cincuenta años de estar fumando. ¿Y quién le obligaba a Danilo a fumar y a los otros que se están muriendo?

Yo lamento que mi camarada Alonso Porras nos invoque a Clinton. Qué feo, le digo yo. Y él es revolucionario, y plantear aquí que hagamos lo que está haciendo Clinton, a lo mejor va a decir que ataquemos a Cuba también, que es lo que quiere Clinton. Yo rechazo ese argumento de mi compañero Alonso. Se me pusieron los pelos de punta, como a la Presidenta también cuando oye mencionar a Clinton. Que sigamos los pasos de Clinton. No le sigo los pasos a Clinton, le seguiría mejor los pasos a Fidel Castro.

Entonces, compañera Presidenta y todos los demás, apoyemos en realidad lo que nos sugiere la Presidenta, que no es verdad que están defendiendo la salud de los niños, eso es mentira, eso es falso, eso es demagogia, porque el muchacho que va a fumar, va a fumar, va a buscar entonces los rincones donde ir a fumar. Es para que la ley en realidad sea educativa, sea persuasiva y no policíaca y punitiva, como lo he dicho en otras ocasiones. Me pronuncio entonces por el veto y que lo dejemos tal a como ella sugiere de acuerdo al dictamen, que es un dictamen saludable, es un dictamen honesto y democrático.

Gracias, señora.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Vamos a someter a votación el dictamen sobre el veto. Recuerden bien que al votar SÍ, estamos a favor del dictamen, es decir, a favor del veto; si votamos NO, estamos en contra del veto.

Se abre la votación.

Vamos a cerrar la votación.

Hay 19 Diputados que todavía no han votado.

Se cierra la votación.

30 a favor, 24 en contra, 4 abstenciones; 15 Diputados no votaron. Se aprueba el dictamen.



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