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Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:27 de Marzo del 2001
Fecha Aprobación:27 de Marzo del 2001
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" LEY DE REFORMAS A LA LEY Nº 210 DE INCORPORACION DE PARTICULARES EN LA OPERACION Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES. "

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CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2001. (DÉCIMA SÉPTIMA LEGISLATURA).

SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN:

4.6 LEY DE REFORMAS A LA LEY Nº 210 DE INCORPORACIÓN DE PARTICULARES EN LA OPERACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES.


SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

En el Adendum N° 5, Punto IV, 4.6: LEY DE REFORMA A LA LEY Nº 210 DE INCORPORACION DE PARTICULARES EN LA OPERACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES.

EXPOSICION DE MOTIVOS
DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

La Ley Nº 210 de Incorporación de Particulares en la Operación y Ampliación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, del 27 de Noviembre de 1995, modificada por la Ley Nº 293 que fue publicada en La Gaceta Nº 123 del 2 de Julio de 1998, autorizó la venta del 40% de las acciones del Estado en la Empresa ENITEL a una empresa o consorcio de prestigio internacional en telecomunicaciones previamente calificada, así como la venta del 10% de las acciones del Estado a los trabajadores, empleados y funcionarios de dicha Empresa, la donación del 1% a las mismas personas, y la venta en bloque de acciones del remanente de las acciones del Estado en un período de tres años.

En tres oportunidades, primeramente en el año 1996 y luego en los años 1999 y 2000, se han realizado diferentes intentos de privatización de ENITEL, a través de la venta de las acciones del Estado a una empresa o consorcio con prestigio internacional en telecomunicaciones. Sin embargo, los tres intentos no culminaron con la adjudicación de la licitación. En los primeros dos se suspendió la licitación después de haber precalificado empresas interesadas, pero antes de la presentación de las ofertas económicas. En el último intento, en Septiembre del año pasado, la oferta económica presentada por el único oferente no alcanzó el precio base establecido de acuerdo al artículo 4 de la Ley, y por tanto, de acuerdo al Arto. 27 de la ley no cabía hacer la adjudicación.

En este momento el Gobierno por medio del Ente Regulador "Telcor", ha iniciado una licitación para adjudicar una licencia de operación del servicio de PCS, con la finalidad de que en el Sector de Telecomunicaciones inalámbricas exista competitividad, y que se mejore así el servicio al público. Sin embargo, en el área de los servicios básicos de telecomunicaciones se requiere aún más inversión para mejorar e incrementar la prestación de tales servicios que realiza la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (ENITEL). La privatización de ENITEL, mediante la venta inicial del 40% de las acciones del Estado y el otorgamiento de un contrato de administración a una empresa o consorcio de prestigio internacional en telecomunicaciones, permitirá el desarrollo del sector y una mejora cualitativa y cuantitativa en la prestación de los servicios de telecomunicaciones básicos, abarcando mayores áreas del territorio nacional.

Debido a las experiencias anteriores, en el proceso de privatización y a la situación mundial en el mercado de las telecomunicaciones, que muestra la disminución en el interés de algunos de los operadores internacionales respecto a inversiones en negocios tradicionales en telecomunicaciones alámbricas y un incremento de los costos de financiamiento para dichos proyectos, se presenta este Proyecto de Ley de Reforma a la Ley Nº 210 de Incorporación de Particulares en la Operación y Ampliación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, que anteriormente fue modificada por la Ley Nº 293 antes mencionada. Esta iniciativa de reforma en los artículos 4, 12, 17 y 20 de la Ley y que adiciona un nuevo artículo, incorpora algunos cambios orientados a agilizar el procedimiento establecido anteriormente, para reiniciar un proceso de venta, facultando a la Junta Directiva de ENITEL a que guardando la transparencia y la competitividad en el nuevo proceso, pueda precalificar a nuevas empresas o consorcios con prestigio internacional en telecomunicaciones, que cumplan requisitos mínimos de precalificación que son objeto de reforma en la Ley, y concurran con las empresas o consorcios anteriormente precalificados a hacer sus ofertas. Asimismo, contempla que el ganador en este nuevo proceso pague el monto correspondiente a la valorización del 40% de las acciones de ENITEL, sin incluir el Contrato de Administración, de contado en dólares de los Estados Unidos de América y que el resto de su oferta económica lo entere al Estado en anualidades, en el período y con las condiciones que se establezcan en las Bases de la Licitación.

Tales reformas permitirán aumentar la cantidad de ofertas o de oferentes interesados, llevar el proceso nuevo con mayor celeridad y culminarlo en una licitación o subasta pública, en que la adjudicación se haga al postor precalificado que presente la oferta más alta y que sea al menos igual al precio base determinado por la Junta Directiva.

La aprobación de esta reforma a la Ley 210, que fue modificada por la Ley 293, incentivará la participación de nuevas empresas o consorcios de prestigio internacional en telecomunicaciones, a la par de los que ya fueron precalificados en los procesos anteriores.

Por tales razones, con fundamento en el numeral 2 del artículo 140 de nuestra Constitución Política, presento a la consideración de la Asamblea Nacional esta iniciativa de Ley, que tendrá como resultado el mejoramiento de los servicios de telecomunicaciones en el país, una vez que culmine el proceso de adjudicación y venta inicial del 40% de las acciones de ENITEL y del Contrato de Administración de sus operaciones a la empresa o consorcio que resulte ganador de la licitación o subasta pública, ya que para mejorar los servicios básicos de telecomunicaciones y cubrir una alta demanda insatisfecha se requiere de niveles sustantivos de inversión en infraestructura y tecnología avanzada para modernizar la Empresa.

Por todo lo expuesto, solicito a esa Honorable Asamblea Nacional se le dé trámite de urgencia a esta Iniciativa de Reformas a la Ley Nº 210, para que previo los trámites correspondientes sea aprobada por esa Honorable Asamblea Nacional.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión Económica, y se le da un término de cinco días.
Managua, 23 de Marzo del 2001.
BAYARDO ARCE CASTAÑO
CARLOS HURTADO CABRERA



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