Debates
Ver Iniciativa Asociada.
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
13 de Diciembre del 2005
Fecha Aprobación:
13 de Diciembre del 2005
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LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY N° 306, LEY DE INCENTIVO A LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL 2005. VIGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA.-
SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS:
En el mismo Adendum 12, Punto 3.60: LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY N° 306, LEY DE INCENTIVO A LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
Managua, 01 de Diciembre de 2005.
DICTAMEN
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ.
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Apreciado Ingeniero:
Los suscritos Diputados, miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional de dictaminar el Proyecto de
LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY NO. 306, LEY DE INCENTIVOS A LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
el que fue remitido a la Asamblea Nacional con fecha 14 de mayo del año 2005 y remitido por la Primera Secretaria de este Órgano Legislativo a esta Comisión, con fecha del 22 de Septiembre del año dos mil cinco.
COMENTARIOS DE LA COMISIÓN
Los miembros de la Comisión, luego de analizar las reformas a esta ley, consideran que las mismas vienen a introducir el concepto de micro empresa, con el objetivo de involucrar e incentivar a este sector en el desarrollo del turismo, el que también contribuye al desarrollo económico del país. La Ley No. 495, “General de Turismo” sólo hace mención a la pequeña y mediana empresa; en ese sentido, una de las reformas consiste en la adición del numeral 4.17 del Arto. 4 que introduce la definición de PYME, concepto que amplía a tres las categorías de Empresas Turísticas; asimismo, define cuántos empleados deben tener estas empresas para optar a los beneficios.
Otro de los aspectos de las reformas es la reducción de los montos de inversión necesarios establecidos en las actividades turísticas para la micro y pequeña empresa por un monto de 40 %, en los rubros relacionados a los Servicios de la Industria Hotelera y a las empresas que se dedican a Servidos de Alimentos y Bebidas y Diversiones, en el Arto 5, incisos 5.1 y 5.6.
De igual manera, estas reformas crean el Fondo de Desarrollo Turístico, cuyo principal objetivo es el de incentivar y dirigir las políticas de fomento e inversión del Sector PYMES, gestionar recursos financieros con organismo nacionales e internacionales para fomentar la inversión turística en el sector de la PYME, entre otras. Arto.27 de las reformas.
En su mayoría las reformas propuestas en este proyecto tienen como objetivo hacer correcciones de estilo y de forma, lo que viene a mejorar el espíritu de la ley, siendo de esta manera más conciso y preciso en definiciones para su mejor comprensión. Asimismo, se amplía y se especifican las listas de los productos que benefician a los sectores que están invirtiendo en actividades para el desarrollo del turismo, ejemplo de esto es el inciso 5.3.5, Materiales y equipos de informática y telecomunicaciones.
En virtud de lo antes expuesto, los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, con fundamento en el artículo No. 138 de la Constitución Política, inciso 1, artículos 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, hemos resuelto emitir
FAVORABLEMENTE
el presente Proyecto
de LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY NO. 306, LEY DE INCENTIVOS A LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
Por lo que recomendamos al honorable plenario la aprobación del mismo.
COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS,
FINANZAS Y PRESUPUESTO
BAYARDO ARCE CASTAÑO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO
Presidente Primer Vicepresidente
CARLOS NOGUERA PASTORA WILFREDO NAVARRO
Segundo Vicepresidente Primer Secretario
EDUARDO MENA JOSÉ FIGUEROA AGUILAR
Segundo Secretario Miembro
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ GUSTAVO PORRAS
Miembro Miembro
MARÍA HAYDEE OZUNA ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER
Miembro Miembro
ORLANDO TARDENCILLA
Integrante
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Dictamen en lo general.
Diputado Tomás Borge Martínez, tiene la palabra.
DIPUTADO TOMÁS BORGE MARTÍNEZ:
Por fin dijo misa el Padre Chombo. Desde hace mucho tiempo hemos estado insistiendo en que se aprueben leyes destinadas al desarrollo del turismo en Nicaragua. Hoy, se va a discutir el anteproyecto de reforma a la Ley N° 306 y quisiéramos también que se discutiera y aprobara la Ley de Bonos.
Voy a hacer una breve introducción a este tema, pero ante de eso, quiero saludar a la Ministra de Turismo, María Rivas; a la ya dirigente histórica del sector, Lucía Salazar; y a los dirigentes de las Cámaras, que vienen a presionar tal vez o a ser testigos en esta discusión.
El turismo es, amigos y compañeros, una de las más importantes, a lo mejor la más importante hoy y en todo caso, con seguridad absoluta, la más importante o más relevante en el futuro de las actividades económicas de Nicaragua. En casi todos los países ocurre algo semejante, fue la salvación económica de Cuba; se le ha dado un impulso sustantivo en México; así como se le está dando un impulso serio, cualitativo, por ejemplo, en República Dominicana. No obstante, en nuestra patria existe, aparte de la importancia del turismo, una contradicción, casi surrealista diría yo, entre la enorme importancia para la supervivencia económica de la nación y la desconcertante indiferencia de algunos sectores, con capacidad institucional.
Hoy mismo en la Asamblea Nacional, no sentí el entusiasmo que debería de sentirse cuando se va a hablar de aprobar una Ley de Turismo; hay ministros de Estado para los cuales el turismo vale lo mismo que un cartucho de cacahuates. En nuestro país, las reglas y procedimientos migratorios, por ejemplo -y me refiero a las discusiones que hemos tenido con los sectores o con los funcionarios vinculados a este tema-, son casi insalvables, para ingresar con agilidad o simplemente para ingresar a nuestro país.
Si usted vive en un estado mexicano, por ejemplo, necesita ir hasta la capital de México para obtener la visa, no importa si en su Estado o en su ciudad hay un aeropuerto internacional desde donde pueda viajar a Nicaragua. Si vive en algún país sudamericano, como Perú, por ejemplo, hasta hace poco y tuvimos que presionar mucho para cambiar las reglas del juego, no te dan visa para venir a Nicaragua, si no tenés visa norteamericana. Eso era así hasta hace poco, por suerte eso ya lo cambiaron. Es decir, la visa norteamericana equivalía a la visa nicaragüense; y aunque parezca mentira, esta aberración vergonzosa y antipatriótica se daba -ya no se da por suerte- también en otros países como Colombia. Con facilidades migratorias se incrementaría el ingreso de turistas en Nicaragua, no tengo la menor duda. Por ejemplo en Cuba, en el infierno comunista, como le llaman algunos, bueno, así le llaman los campeones de la democracia, del respeto a los derechos humanos, de esos que nunca invaden países, quienes para domesticarnos nos impusieron la dictadura de Somoza. En la Cuba socialista, donde supuestamente es difícil ingresar, basta con solicitar en cualquier aeropuerto del mundo, una visa de turismo para arribar a Cuba.
¿Por qué, si somos nosotros los reyes de la creación y de la democracia, no podemos hacer algo semejante? Podemos vender en los aviones, la vida para entrar a Nicaragua, por lo menos en el aeropuerto y el primer año, ojalá la otorgáramos gratis para propiciar el turismo.
Aquí en Nicaragua, hay un altísimo nivel de seguridad, la primera ventaja que tenemos en este país. Yo he solicitado documentos para hablar de turismo y no se refieren para nada a este aspecto, es elevadísimo el índice de seguridad ciudadana en este país.
Yo no recuerdo, en mi ya larga vida, un solo acto de secuestro en Nicaragua, para pedir un rescate. Durante la dictadura de Somoza, el Frente Sandinista intentó secuestrar a Alfredo Pellas, se fracasó porque no teníamos experiencia y porque el señor Pellas tuvo el coraje de no perder la serenidad ni el valor. A partir de entonces, no ha habido ni siquiera intento de secuestro en nuestro país. El Frente decidió nunca más practicar el secuestro, como una especie de lección, para crear un estilo nuevo en Nicaragua. Además, los índices de homicidio en Nicaragua son de los más bajos del mundo y el homicidio refleja el nivel de seguridad ciudadana de un país.
Aquí hay pandillas, es verdad, pero son pandillas medio civilizadas, no hay “maras”, como en Guatemala y en otros lugares. Yo les sugiero amigos periodistas, no hablar mucho de las “maras”, para no entusiasmar o contagiar a los muchachos de aquí para que sigan ese mal ejemplo.
Este tesoro, la seguridad ciudadana, es un tesoro oculto, nadie o casi nadie lo menciona, Lucía Salazar lo ha mencionado y también ahora María. En otros países creen que en Nicaragua corren ríos de sangre y nadie los desmientes; en Europa creen que aquí, hay una desestabilización increíble, hay grandes desórdenes, y yo no sé por qué nadie los desmiente. En el París resplandeciente, la ciudad más bella del mundo, sin duda, hace poco hubo muertos, heridos, centenares de vehículos, yo creo que miles de vehículos incendiados y sería bueno recomendarle entonces a todo mundo, a los turistas, que no viajen a la ciudad más bella del mundo.
Aquí no hay sangre. Ni siquiera en los momentos más críticos hay decenas de vehículos incendiados; sin embargo, tenemos una fama -y algunos medios se han encargado de difundirla- de que somos un país inestable e inseguro. Yo no sé por qué damos la imagen contraria a la realidad, desestimamos nuestro tesoro, la seguridad, la hospitalidad, la belleza resplandeciente de Nicaragua.
En los documentos que me han enviado, se habla de aumentar la llegada de visitantes extranjeros, de incrementar la oferta de alojamiento, de aumentar la estadía de los turistas, de desarrollar la infraestructura de apoyo al sector, de realizar inversiones, mejorar la recepción en las abandonadas fronteras de Nicaragua, donde hay suciedad y mala atención, hacer cambios estructurales en las instituciones, recibir bien a los turistas, se habla de eso. A veces los recibimos mal, a pesar de la hospitalidad de los nicaragüenses.
En esos documentos que me han enviado, INTUR y otras instituciones, se menciona a los sujetos, a los protagonistas del turismo, no menciona a la Asamblea Nacional. Señores Diputados, no nos mencionan a nosotros y aquí se hacen las leyes para favorecer el turismo. Bueno, mencionan como un logro la Ley General del Turismo, pero marginando al órgano que la produjo, que somos nosotros.
Lo demás, claro que es importante: implementar un sistema nacional de calidad turística, desarrollar un sistema de información, mejorar la imagen del país; tener un programa nacional de prevención, desarrollar nuevos productos turísticos, etc. Pero un aspecto más importante es desarrollar el proyecto de concientización turística, arrancado de la primera Convención que realizamos aquí en Managua y se ha ido incrementando poco a poco esa conciencia de la importancia del turismo.
Pero nada de esto será posible, ni creando una nueva cultura empresarial, ni proporcionando recetas, ni hacer planes para los próximos años, ni crear sistemas de consultas y revisión, ni tener sueños de crear millones de puestos de trabajo, ni nada; ni eliminando los procesos burocráticos, ni creando una ley de competencia, ni modernizando el Código de Comercio -lo cual hay que hacerlo-, ni reformando el Régimen de Propiedad tan vital en este país, que es un desastre, ni desarrollando la educación, la tecnología y la ciencia. Podemos hacer un pueblo hotelero y tener decenas de miles de habitaciones, pequeños hoteles, multiplicados y otras cosas más. Nada de eso sirve, pues la clave de todo esto es convertir al turismo en política de Estado.
Todo cuanto se haga, se debería de hacer en función de la tabla de salvación de la economía nicaragüense: el turismo; las carreteras; las leyes; las peleas de Jaime Morales para mejorar el medio ambiente; las reflexiones; los eructos de los burócratas de los restaurantes de lujo; los suspiros de los enamorados en las lúcidas playas de Nicaragua; la purificación de las aguas de la Laguna de Tiscapa, para cruzársela nadando y que uno no se enferme; el baile de las panteras en celo del Palo de Mayo; todo eso debería de estar en función del turismo.
Por eso es preciso tomar la decisión de convertir el turismo en política de Estado, pero al menos por ahora, discutir y aprobar leyes en beneficio del turismo. Las reformas éstas a la Ley 306, que hemos esperado tanto tiempo para discutirlas, y la Ley Especial para la Creación de Bonos que hace un año la discutimos, hace un año se aprobó en lo general. Todo esto tiene que ver con el desarrollo del turismo en este país.
Ahora, si vamos a aprobar la Ley general del anteproyecto de reforma a la Ley N° 306, René, yo te pido que también hagamos tiempo y aprobemos y discutamos -yo no sé cuál es el obstáculo, si es el tiempo- la Ley de Bonos. La necesidad de optar a los PYMES turísticos, es un acceso verdaderamente aprovechado en la Ley N° 306 y mil razones más para aprobar estas reformas. Pero además, para incentivar el turismo, para que se desarrolle este país, para que venga oxígeno financiero a Nicaragua, necesitamos aprobar ambas leyes.
Con esto, yo hago una introducción, René Núñez, para empezar a discutir esta reforma.
Gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Roberto José Luna, tiene la palabra.
DIPUTADO ROBERTO JOSÉ LUNA:
Muchas gracias, señor Presidente.
Celebro con mucho entusiasmo el día de hoy. Pero antes de mi intervención, quería brindarle un fuerte abrazo y un fuerte saludo a la Comisión de INTUR, aquí presente, con los cuales hemos estado luchando mano a mano para poder lograr y llevar a efectos estas leyes.
También quiero felicitar al INTUR, porque en todos estos años que yo he estado trabajando en la Comisión de Turismo he visto a gente joven, a una Lucía, a un Ian, a un Michael, que con una gran fuerza, con una gran energía han presentado todos estos proyectos. Yo creo que el INTUR y el Gobierno de Nicaragua y Nicaragua entera, deben sentirse orgullosos de tener a estos hermanos que están dirigiendo este instituto. Mi abrazo y mi saludo para ustedes.
Efectivamente, yo creo que el futuro de Nicaragua está en el turismo y estamos pensando en el turismo con visión de futuro; estamos viendo los problemas que estamos atravesando en el país; estamos viendo cuánta pobreza existe, y, definitivamente, con una visión de futuro, teniendo a una Nicaragua rica en recursos naturales, sería una canallada, sería un injusticia, hermanos Diputados, que nosotros no apoyemos el turismo en Nicaragua.
Celebro la reforma parcial a la Ley N° 306, indiscutiblemente, que tanto se ha discutido, tantas trabas hemos tenido los de la Comisión de Turismo el día de hoy. Me alegra muchísimo, ya que esta reforma vendrá a incentivar más el turismo aquí en Nicaragua.
Pero también quiero apoyar las palabras del Presidente de la Comisión, el honorable Diputado Tomás Borge, donde él dice de qué es lo que pasa también, cuál es el problema, que por qué no podemos pasar una ley tan corta, tan eficiente, tan original, la Ley Especial de Creación de Bonos de la Inversión Turística, y yo particularmente les digo, que es una ley de la inspiración original de turismo. Por eso, una ley inspirada aquí en Nicaragua, es una ley que no se encuentra en otros lugares, en otros países y que solamente bienestar va a traer a Nicaragua, sobre todo a aquellos departamentos pobres.
Y hablo ahorita también como Diputado representando al departamento de Boaco, que muchas veces nos hemos reunido en las alcaldías, donde yo les platicaba y les planteaba los beneficios de esta ley de los BIT. Boaco entero, es un lugar donde existe la ecología, un lugar donde existen recursos naturales y definitivamente en el mismo casco urbano no tenemos hoteles, no tenemos donde albergar a la gente que nos visita, porque ni siquiera tenemos hoteles donde exista un parqueo ¿y quién nos viene a salvar la economía también en Boaco? La Ley de los BIT.
Es por eso, hermanos Diputados, que yo los insto a todos ustedes, a que el día de hoy también aprobemos la Ley de los BIT. Hermanos Diputados, yo creo que el día de hoy, es también histórico para el turismo, pensemos con visión de nación, pensemos en Nicaragua, pues yo creo que el turismo es el futuro de este país.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Yo comparto plenamente gran parte de los conceptos vertidos por el Comandante Tomás Borge, Presidente de la Comisión, de la que yo también formo parte. Creo, sin embargo, que habrá de hacerse muchos énfasis en todo lo que es la promoción y el desarrollo del turismo, que es la actividad que presenta mayores perspectivas para el futuro desarrollo económico y social de este país, hacer énfasis en algunos aspectos. Uno es el ecoturismo, que es uno de los potenciales más grandes insertados dentro de la agenda para promover la industria turística del país, por lo cual tendrá que dársele un especial énfasis.
Otro de los aspectos que hay que tener especial cuidado y promoverlo, es considerar el altísimo costo de los pasajes aéreos que prevalecen para todos los que vienen a nuestro país. Es algo que es difícil de comprender, están llenos los aviones, hay que hacer “colas” para viajar y creo que nosotros somos discriminados permanentemente con los costos de los pasajes aéreos.
Otro de los aspectos, es también darle una especialísima importancia a los nicaragüenses que residen en el exterior y creo que constituyen el caudal más importante y fuerte de esa corriente; es un turismo nicaragüense que reside en Costa Rica, que reside en Miami, al cual hay que brindarle incentivos muy especiales y consideraciones verdaderamente atractivas, porque son el fundamento grueso de esa corriente.
También creo que hay que evitar, como ocurrió en el pasado, algunos abusos con los incentivos de la misma ley, que fueron aprovechados por algunas empresas y personas para lucros personales, sin que contribuyeran a la industria turística. Pero no importa, el efecto que han tenido en su conjunto, pudiera considerarse eso como “pecata minuta”, porque los resultados han sido asombrosos, de la labor desarrollada por el INTUR y de la Ley de Turismo que ha sido amplísima.
En cuanto a la eventualidad que se pudiera tratar la Ley de Bonos, famosamente controvertida y debatida, yo he manifestado al Presidente de la Comisión, a algunos miembros, algunas serias dudas, por lo novedoso que es el mecanismo del mismo sistema de los bonos. Y a veces yo me inclino más por que sean clarísimas las exenciones y los incentivos fiscales y que se vayan directamente a exenciones de ingresos sobre las ventas, (perdón) sobre las utilidades, exenciones de impuestos sobre ese tipo de utilidades. Este es un nuevo mecanismo que a veces tiene ciertas complejidades que no han sido comprendidas cabalmente.
Yo no las he objetado, sin embargo he manifestado mis serias dudas porque no las he comprendido y le he dicho al Comandante Borge que en esas situaciones, ante la duda, mejor la abstención. Yo creo que es mejor ser directos y abiertos con leyes de esta naturaleza, que no tengan nombre ni apellido y que beneficien al mayor número de inversionistas nacionales y locales que decidan invertir en el país con cosas concretas, exenciones de importaciones, de bienes de capital, exenciones sobre el Impuesto sobre la Renta durante "equis" años, etc. Lo otro se puede prestar, en mi opinión, a ciertas manipulaciones, especulaciones de bonos que pueden ser traficados y utilizados, tal vez con el buen propósito que anima la ley.
No obstante eso, pues yo apoyo incluso la ley de los bonos con todas esas reservas. Ante esas observaciones, Presidente, yo creo que a esta reforma a la Ley 306, hay que darle el mayor apoyo, porque viene a ampliar, a mejorar y a favorecer toda la infraestructura de oferta turística de nuestro país, para una industria que no hay la menor duda, es la de mayor potencial de desarrollo en el futuro.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada María Eugenia Sequeira, tiene la palabra.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES:
Gracias, Presidente.
Tuve la oportunidad de estar el año pasado en la Comisión de Turismo, que realmente es una Comisión dirigida de una manera armónica entre todas las bancadas, incluyendo al mismo gobierno central, trabajando de una manera muy técnica, muy eficiente, pensando mucho en el futuro y en el progreso.
El trabajo de participación de los diferentes sectores, grandes y pequeños, fue fundamental, para que de una manera conjunta se llevara la aprobación y el proceso de elaboración de la reforma a la Ley 306, como también el proceso de conformación del proyecto del los BIT, y eso fue fundamental para que todos los sectores, grandes y pequeños del área turística, tuvieran una satisfacción y armonía en la aprobación de ambas leyes, de ambos proyectos.
Ninguno era ajeno al otro, porque a veces se piensa que los Bonos de Incentivo Turístico sólo son para el gran capital, y siempre uno trae el refuerzo del otro. Cuando tocás la pequeña y la microempresa, estás tocando la principal base de la economía de desarrollo de nuestro país, porque significa la micro y la pequeña empresa, un alto porcentaje de la economía nacional, y especialmente en este sector turístico que se viene desarrollando y que es una oportunidad para todos los nicaragüenses.
Así que nosotros nos sumamos al respaldo de lo que se trabajó con mucho empeño, con mucho profesionalismo y con una dirección adecuada de equilibrio político, de equilibrio técnico a ambas leyes, a la Ley 306 y a los Bonos de Incentivo Turístico, pues es importante que esta Asamblea al finalizar su período 2005, pueda brindarle al turismo nacional e internacional la oportunidad de desarrollo y de beneficio para niveles internacionales y nacionales.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación el Dictamen en lo general.
Se abre la votación.
Se va cerrar la votación.
Se cierra la votación.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
La siguiente Ley:
LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY NO. 306, "LEY DE INCENTIVOS PARA LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE REPÚBLICA NICARAGUA"
Arto. 1. Se reforma el Arto. 4, en sus numeral 4.3, 4.4, 4.5, 4.6, 4.7.2, 4.8, 4.9, 4.9.1, 4.9.2, 4.1.3, los que se leerán así:
4.3
Actividad Turística de Transporte Aéreo: Servicios proporcionados por empresas que se dediquen al transporte aéreo de personas hacia y/o dentro del territorio nacional y aquellas empresas que operan vuelos charter y en cuyos destinos se encuentra la República de Nicaragua, siempre y cuando su contribución a la función turística sea evidente y certificada por el INTUR para los efectos de esta Ley.
En el caso de empresas que brinden servicios en la actividad turística de transporte aéreo de pasajeros hacia el territorio nacional, pero no en la modalidad de charter, deberán de establecer su sede de operaciones para la distribución de sus vuelos hacia otros destinos internacionales, dentro del territorio nacional.
4.4
Actividad Turística de Transporte Acuático: "Servicios proporcionados por empresas que se dediquen al transporte acuático de personas dentro del territorio nacional y cuya contribución a la función turística esté certificada por el INTUR, y todas las actividades de las personas, naturales o jurídicas, que se dediquen al deporte acuático para fines recreativos por medio de hidronaves, lanchas para la pesca deportiva, yates, veleros y embarcaciones no motorizadas u otros accesorios recreativos, como planchas de surfing y vela, esquís náuticos, equipos de buceo, y cualesquiera otros utilizados para el deporte acuático y/o para los efectos de esta Ley".
4.5
Actividad de Turismo Interno y Receptivo; y de Transporte Colectivo Turístico-Terrestre: "Servicios proporcionados por empresas llamadas Operadoras de Viaje (Tour-Operadores) que se dediquen a operar turismo interno y receptivo en el territorio nacional; y por empresas que se dediquen a transportar personas entre aeropuertos, muelle, hoteles y otros destinos turísticos, dentro y hacia los países que forman parte del Sistema de Integración Turística Centroamericana (SITCA); y cuya contribución a la función turística esté certificada por INTUR para los efectos de esta Ley".
4.6
Actividades Turísticas en Servicios de Alimentos, Bebidas y Diversiones: La titularidad y/o la administración de instalaciones que ofrecen servicios de alimentos, bebidas y diversiones a turistas y visitantes en restaurantes, bares, "Mesones Turísticos", discotecas, clubes nocturnos y casinos, que demuestren su carácter y vínculo primordial con el turismo y que sean declaradas de interés turístico por INTUR. Cualificarán bajo esta ley si cumplen con el Reglamento de Alimentos, Bebidas y Diversiones. En el caso de casinos, éstos deberán estar situados única y exclusivamente en hoteles de cien (100) o más habitaciones.
4.7.2
Eventos Artísticos, deportivos y otros, de beneficio Turístico: Producción por empresas que dentro del territorio nacional se dediquen a la producción de eventos artísticos, deportivos, y otros orientados al mercado internacional y que sean transmitidos al exterior, con la condición de que proyecten antes, durante, o al final del evento, imágenes que promueven el turismo hacia Nicaragua, y cuya contribución y beneficio para la función turística esté certificada por el INTUR para los efectos de esta Ley.
Se incluye también aquí la organización de seminarios convenciones y congresos de cualquier naturaleza, de carácter nacional e internacional.
4.8
Actividad Turística en el Arrendamiento de Vehículos Terrestres, Aéreos y Acuáticos:
"Servicios ofrecidos por personas naturales o jurídicas, que poseen o desean adquirir una flota con un mínimo de quince (15) vehículos terrestres nuevos, pudiendo éstos ser, únicamente: automóviles tipo sedán, camionetas de tracción doble o sencilla y autobuses con capacidad mínima de veinticinco (25) pasajeros. En el caso de alquiler de otros de dos (02) o cuatro (04) ruedas y carros playeros de velas, la adquisición mínima deberá ser de diez (10) unidades nuevas. Para obtener este beneficio, deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo (RNT) y autorizados por la Junta de Incentivos Turísticos (JIT).
En el caso de vehículos acuáticos, un mínimo de un (01) bote o nave, excepto que para el alquiler de motos náuticas el mínimo es de seis (06) vehículos.
En el caso de vehículos aéreos, arrendamiento de aeromotos y parapentes, siempre y cuando representen una adquisición de al menos cinco (05) unidades.
Todos estos vehículos deberán ser exclusivamente arrendados al público por períodos determinados".
4.9
Actividades y Equipamientos Turísticos Conexos: La titularidad y/o la administración de instalaciones que proporcione servicios a turistas y a visitantes para actividades conexas al turismo que no son las actividades o inversiones turísticas enumeradas en el artículo 3, de la presente Ley, pero que sin embargo, en el caso de las actividades enumeradas en el numeral 4.9.1, deben estar relacionadas con las mismas, y en el caso de las actividades enumeradas en el numeral 4.9.2, pueden o no hacerlo, con autorización y certificación de la Junta de Incentivos Turísticos, y para los efectos de esta Ley.
Entre dichas actividades y equipamientos turísticos conexos, se incluyen:
4.9.1
Obras y equipamientos para el desarrollo de infraestructura que se encuentren relacionadas con actividades turísticas aprobadas por el INTUR bajo esta Ley:
Tales como aeropuertos y muelles, desarrollo de infraestructura de acceso como carreteras, puentes y caminos de todo tiempo, abastecimiento de agua, energía y telefonía, plantas de tratamiento de aguas negras; rehabilitación de instalaciones públicas relacionadas con la actividad turística y recreativa;
4.9.2
Actividades turísticas conexas: Centros de adiestramiento y capacitación vocacional en servicios turísticos; instalaciones que formen parte de complejos turísticos, como campos de golf, canchas de tenis y otros deportes turísticos como el tiro al blanco, campos o estadios deportivos con proyección nacional e internacional, coliseos de juegos de gallos, coliseos para espectáculos taurinos, el aeromodelismo y polo; hipódromos y centros hípicos; centros de convenciones y conferencias; museos privados y zonas de exploración e investigación arqueológica, con la condición de que sean manejados con las debidas consultas y autorizaciones de INC; marinas, parques temáticos y acuarios; parques ecológicos y botánicos e instalaciones submarinas, instalaciones para el buceo y submarinismo, con la condición de que sean manejados con las debidas consultas y autorizaciones del MARENA; instalaciones turísticas en áreas de cuevas y cavernas, de bosques y manglares, cañones y farallones, y de aguas termales; instalaciones para la operación del ecoturismo y del turismo especializado de aventura, de safaris fotográficos de la caza, para el paracaidismo, el alpinismo, la subida en globos (introducir requisito de certificación al turismo)".
4.13
Registro de Inversiones Turísticas: Registro Oficial creado y mantenido por el INTUR, en donde se inscriben las personas naturales o jurídicas acogidas al régimen de incentivos que se refiere este Ley".
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 1 del Dictamen.
Diputado Víctor Duarte Aróstegui, tiene la palabra.
DIPUTADO VÍCTOR DUARTE ARÓSTEGUI:
Gracias, señor Presidente.
Yo había pedido la palabra para el debate en lo general, para hablar en representación de la Costa Atlántica de Nicaragua. Quiero decirles a ustedes, honorables diputados, que realmente a mí me entusiasma, me emociona cuando aprobamos leyes de carácter de desarrollo económico y social, tal como lo es esta iniciativa de ley. Pero como diputado de la Costa Atlántica me entristece y me entristece tanto, porque después de cuatro años que tengo de estar aquí, hemos aprobado un sinnúmero de leyes que quedan en el Pacífico de Nicaragua. Realmente nosotros los costeños, tanto del Atlántico Norte como del Atlántico Sur, tenemos un potencial increíble en lo que se relaciona a turismo. Tenemos las mejores cuencas acuíferas, las mejores reservas, un potencial que no lo tiene quizás ningún país de Centroamérica. Pero esas grandes reservas están mal aprovechadas, desforestadas, están esas grandes reservas olvidadas.
De qué sirve, digo yo, hacer reformas a una ley, e implementar las mejores leyes para Nicaragua, si no nos llegan a nosotros los costeños. Creo que es el momento de acordarse de que la Costa Atlántica no tiene acceso a la educación, poco acceso a salud, no tenemos infraestructura adecuada, pero sí tenemos un corredor que nos está acechando, que es el narcotráfico.
Nosotros pediríamos hacer despegar la Costa Atlántica y en conjunto Nicaragua, porque los costeños tenemos el orgullo de ser conservacionistas con nuestras fuentes acuíferas, con nuestros bosques, pero estamos olvidados. Quería expresar mi sentir como costeño.
Ojalá que el gobierno implemente servicios que vayan a facilitar el desarrollo de la pequeña y mediana empresa en la Costa Atlántica, porque también tenemos derecho sustentado en nuestra Ley de Autonomía, sustentado en la Constitución Política y como nicaragüenses que somos.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Nasser Silwany, tiene la palabra.
DIPUTADO NASSER SILWANY BÁEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Es un deber del Estado crear las condiciones y promover medidas adecuadas para promoción y aprovechamiento del turismo, dentro de una política de desarrollo sostenible con respecto a la protección del medio ambiente y la cultura nacional.
No cabe duda que Nicaragua posee bellezas naturales, como volcanes, lagos, lagunas, ríos y cientos de kilómetros de playas exuberantes y casi desconocidas, que constituyen un potencial que amerita desarrollo para igualar el nivel de crecimiento alcanzado en otros países del mundo.
Quizás nuestros colegas diputados y diputadas dirán, que esto se hubiera visto en lo general; pero en vista de que CANTUR y CALIMET me solicitaron, como cámaras representante de las PYMES en Nicaragua, estoy cumpliendo con esta misión, dando a conocer nuestra síntesis de las PYMES, que por qué debemos aprobar esta reforma.
Se hace necesario el establecimiento de un proceso sencillo, racional y rápido para la creación de productos turísticos en el país, que estimulen el crecimiento económico de los sectores mayoritarios y más vulnerables, como son las condiciones verdaderas de las PYMES turísticas nacionales.
Desde junio de 1999 que se aprobó la Ley No. 306, Ley de Incentivo para la Industria Turística de la República de Nicaragua, la micro, pequeña y mediana empresa turística ha demandado al INTUR, órgano rector del turismo y en particular a la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, así como a las Cámaras CANTUR Y CALIMET y a otros sectores, la necesidad de reformar la ley, con el fin de que se les permita acceder a los beneficios e incentivos contendidos en este proyecto de ley de reforma.
Asimismo, estableciendo reducciones razonables a los mínimos de inversión y la creación de una fuente de financiamiento que les permita alcanzar dichos parámetros de inversión, sin poner en riesgo la calidad del servicio, cumpliendo con los estándares exigidos por el turista; como también dotar a la ley de un proceso de asistencia técnica y una simplificación de los requisitos exigidos a las PYMES turísticas, considerando sus bajos montos de inversión y complejidad de los proyectos.
No podemos obviar que la micro, pequeña y mediana empresa turística constituyen más del 80 por ciento de los negocios que brindan servicio a la industria turística, por lo que se hace necesario e indispensable crear reformas a esta Ley de Incentivos de la Industria Turística.
Según datos de la Presidenta de INTUR, Licenciada María Nelly Rivas, las metas en divisas y afluencia turística se están superando; hasta en octubre se cuantificó en ingresos, ciento trece millones de dólares y se considera alcanzar los doscientos millones de dólares al cierre del 2005. También se registra el arribo de 567,200 visitantes, la mayoría procedentes de Centroamérica y Estados Unidos y que se superará la meta esperada de 614 mil turistas para el año 2006.
Aprobar esta ley significa estar claros y convencidos, colegas, de que necesitamos 50 mil maestros de primaria y secundaria; 500 mil viviendas para igual número de familia; 40 hospitales con capacidad de 300 camas cada uno; 10 mil kilómetros de carreteras internas; 30 mil médicos generales y cinco mil especialistas; 500 escuelas rurales y 300 escuelas urbanas; 50 mil puestos de trabajo productivo anualmente; doscientos millones de córdobas para financiamiento agrícola anual, para producir alimentos básicos, como son: hortalizas, legumbres, arroz, frijoles, maíz, carne, pollo, huevo, leche de soya, etc.; seguridad alimentaria y nutricional con esfuerzo propio, sin importaciones, ni nivelaciones.
Nicaragua necesita cambiar sustancialmente la calidad de educación, necesitamos una educación para la vida y para la paz, no para la exclusión. Asimismo, Nicaragua necesita un Plan Nacional de Desarrollo que sea incluyente, participativo y de consenso nacional para desarrollar las capacidades nacionales, no para las empresas extranjeras.
Esta ley es tan prodigiosa, que asimismo, entre sus actividades y equipamiento, tenemos nuestras actividades turísticas conexas como son, los centros de adiestramiento y capacitación vacacional en servicios turísticos, campos de golf, canchas de tenis, tiro al blanco, campos, estadios deportivos con proyección nacional e internacional, coliseos de lugares de gallos, coliseos para espectáculos taurinos, hipódromos, centros hípicos, centros de convenciones y conferencias, museos privados, zonas de exploración e investigación arqueológicas, parques ecológicos y botánicos e instalaciones para el museo y submarino, instalaciones turísticas en áreas de cuevas y cavernas, de bosques, manglares, cañones y farallones y de aguas.
Hermanos Diputados, colegas, aprobemos en lo particular este proyecto que ya fue aprobado en lo general, sin mayor preámbulo y hagamos turismo con responsabilidad y beneficio para todo lo que implica el país, un compromiso de cara a la sostenibilidad de los recursos naturales y culturales de que aprovechemos para ofertar lo que queremos en todo el país y en el mundo.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Augusto Valle Castellón, tiene la palabra.
DIPUTADO AUGUSTO VALLE CASTELLÓN:
Gracias, señor Presidente.
Cuando se formó la Comisión de Turismo, fue una realidad el apoyo legislativo hacia esa industria tan significativa. Celebro la madurez y la inteligencia del Presidente de la Comisión, que ha sabido día a día administrar los recursos humanos que ha tenido la Comisión de Turismo y también ese apoyo y esa fraternidad que ha existido con las instituciones pertinentes del Estado, lo cual ha ido en favor de este sector.
Considero que esta ley es un mecanismo para fomentar la inversión en este rubro. Cabe hacer mención que hay más de 600 mil turistas visitando Nicaragua y que el ingreso de esos 600 mil turistas hacia Nicaragua asciende a ciento ochenta millones. Sin embargo, cabe hacer mención, que hoy por hoy Nicaragua apenas cuenta con cinco mil habitaciones, mientras las infraestructuras turísticas de los demás países centroamericanos anda en 20 mil.
Nosotros tenemos suficientes recursos naturales en Nicaragua para poder ejercer no solamente el turismo de aventura, el turismo de planta, sino también el ecoturismo y otros turismos que son utilizados a nivel mundial y tenemos suficientes recursos para poder ejercerlo. Sin embargo, hoy por hoy, Nicaragua no cuenta con esa capacidad instalada y tiene al turismo como el segundo rubro generador de divisas para el país.
Por lo tanto, es importante aprobar esta ley, porqué no afecta el Presupuesto General de la República, ni constituye deuda pública al Estado. Es necesario que todos juntos, diputados de esta Asamblea Nacional, como verdaderos representantes de la población apoyemos unánimemente esta ley, para que Nicaragua sea un país viable y que todos los turistas puedan venir aquí y sentirse en su casa, ya que el nicaragüense tiene esa característica de nicaragüismo, como la fraternidad, la hermandad y la amistad, el amor y el candor.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Miguel López, tiene la palabra.
DIPUTADO MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN:
Gracias, señor Presidente.
Había pedido originalmente la palabra, para hablar en lo general, pero dado que estamos en la discusión en lo particular, voy a procurar ser breve en el derecho al uso de la palabra. Y quiero agradecer a Michael Navas, algunos aportes que me dio para hacer esta intervención y poder justificar la importancia de varias leyes que hemos aprobado esta mañana en la Asamblea Nacional.
Se aprobó el Impuesto al Fondo de Mantenimiento Vial, y ahora una reforma a la Ley de Incentivos Turísticos y esperamos también, hoy mismo, poder aprobar la Ley de Bonos de Incentivos Turísticos, para poder concatenar ese esfuerzo entre tener mejores carreteras y también mejor infraestructura para esa industria sin chimeneas, como se ha llamado el turismo en nuestro país.
En mayo del 2003 se promulgó la Ley de Equidad Fiscal, con la cual se deroga el mecanismo de financiamiento para proyectos de inversión, denominado inversión directa, a través del cual, cualquier empresa podía utilizar hasta el 70% de su obligación fiscal en concepto de Impuesto sobre la Renta, para aportarlo en cualquier proyecto turístico y obtener a cambio un certificado de crédito fiscal, que utilizaba para exonerarse de dichos porcentajes del Impuesto sobre la Renta al momento de realizar su respectiva declaración de impuesto.
Este mecanismo funcionó de manera excelente, con el único inconveniente de que este mecanismo afectaba las recaudaciones fiscales y por ende el Presupuesto General de la República, razón por la cual, tanto el gobierno como la Asamblea Nacional nos vimos en la necesidad de derogarla.
Las consecuencias se dejaron ver de inmediato, y de manera vertiginosa se produjo una enorme caída en las inversiones del sector turismo, de sesenta y un millones de dólares aprobados en el primer semestre del año 2003, y a trece punto seis millones al finalizar el segundo semestre. Y como si esto fuera poco, cayeron aún más en el primer semestre del 2004, al ser únicamente nueve punto sesenta y un millones de dólares la inversión en el área de turismo, y la tendencia continúa siendo la misma, cuesta abajo y de rodada.
Las inversiones subieron levemente al cierre del segundo semestre del 2004, aprobándose inversiones por el orden de los treinta punto un millones de dólares, pero sin lograr realmente un repunte del sector turístico. Hace un año, exactamente el 14 de diciembre, después de un intenso cabildeo, esta Asamblea Nacional logra aprobar en lo general la Ley de Bonos de Incentivos Turísticos, con el compromiso de que en el menor plazo posible se iba a aprobar en lo particular; compromiso que esta Asamblea ha incumplido hasta el día de hoy, un año después. Y hemos también apoyado y respaldado la necesidad de aprobar en lo particular esta Ley de Bonos de Incentivos Turísticos.
Por lo tanto, señor Presidente, para no hacer más larga esta intervención y no dilatar también la aprobación de esta reforma a la Ley 306, que ha sido además un acuerdo del Diálogo Nacional y que concluía con esta reforma, hagamos el esfuerzo necesario para aprobar en lo particular la Ley de Bonos de Incentivos Turísticos que tantos inversionistas están esperando. Además, tenemos información de que Honduras y Costa Rica, de no hacerlo Nicaragua, ya ellos estarían tramitando también una Ley de Bonos de Incentivos Turísticos, tomando en cuenta la experiencia nicaragüense.
Por lo tanto, correríamos el riesgo, por la irresponsabilidad, por la ineficiencia y por la indiferencia de esta Asamblea Nacional, que Honduras y Costa Rica nos tomen la delantera en captar más inversiones turísticas y consecuentemente también en captar más recursos de los inversionistas y de los turistas que vienen a visitar las bellezas de nuestro país.
Así que, señor Presidente, sin más dilación, démosle pronto trámite a la aprobación en lo particular de esta Ley de Reforma Parcial a la Ley de Incentivos Turísticos, y la Ley de Bonos de Incentivos Turísticos.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación al artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 2 Se adiciona al Arto. No. 4, los numeral 4.16 y 4.17 los que se leerán así:
4.16
Definición del Turismo/Turista: Criterio de la "Función Turística"; y en cuanto a "Carácter" y/o "vínculo Turístico" en la Ley: Cuando en la Ley se establecen condiciones y criterios de calificación de actividades y/o sobre la elegibilidad de los solicitantes para los beneficios provistos en virtud de la, "Contribución a la Función Turística", del "carácter y vinculo primordial con el turismo", "de interés turístico", "de beneficio para el turismo", o en cuanto a actividades calificadas como "servicios a turistas", "arrendamiento de vehículos a turistas", etc., se deberá siempre justificar dichas condiciones con referencia a los conceptos, definiciones, y aclaraciones siguientes:
El Turismo es un sector de actividades, tanto de la economía nacional como a nivel regional y global, que agrupa facilidades y servicios orientados y destinados a los turistas.
Un "Turista" se define generalmente, según organismos tales como la Organización Mundial del Turismo, como una persona extranjera o no residente que viene de afuera e ingresa al territorio nacional y se queda más de veinticuatro (24) horas en el país, siendo el que permanece por menos tiempo un "transeúnte".
Conforme al Arto. 26 de la Ley No. 298, Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo, se respeta dicha definición internacional. Por el propósito de las disposiciones de la presente Ley, que aplican al transporte turístico en el territorio nacional y a servicios a turistas, se considera a demás como turista a aquel visitante extranjero o viajero nacional que se desplaza de un lugar a otro lugar que no es el de su domicilio, y sin necesidad de pernoctar o quedarse por un período superior a veinticuatro (24) horas en dicho lugar, con fines de recreo, vacaciones salud, instrucción, religión, deporte, familia, negocios, misiones y reuniones. Las presentes definiciones son determinantes para evidenciar la aplicación de los criterios mencionados en la presente Ley para el otorgamiento de sus beneficios.
4.17
PYME Turística: Empresa Turística, propiedad de personas naturales o jurídicas que decide desarrollar proyectos de inversión que califican en alguna de las siguientes categorías: a. Servicios de la Industria Hotelera, género de hospederías mínimas, numeral 4.1.3, Arto. 4 de la Ley 306; b. Servicios de Alimentos, Bebidas y Diversiones (se exceptúan los Casinos y Salas de Juegos), numeral 4.6, Arto 4 a la Ley 306; y c. Desarrollo de las Artesanías Nicaragüenses, numeral 4.10.1, Arto 4 de la Ley; y cuya operación se enmarque dentro de los siguientes parámetros de calificación: a. Contar con un mínimo de cinco (5) empleados y un máximo de treinta (30): y b. Obtener ventas brutas anuales con un mínimo de Cincuenta mil dólares (Us $ 50,000.00) y un máximo de Ciento cincuenta mil dólares (US $ 150,000.00), o su equivalente en moneda nacional.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 2.
Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:
Presidente: Con el respeto que se merecen los colegas, creo que debemos hacer más fructífero el que-hacer legislativo. Si no tenemos mociones, hombré, pues yo creo que no tendrían que hacer uso de la palabra, porque estamos en lo particular; en lo general ya se discutió. Así que a lo mejor podemos aprobar no sólo este proyecto de ley, sino dos o tres más. Sólo es para llamarle la atención a los colegas, con el respeto que se merecen.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 3: Se reforma el Arto. 5, en los numerales 5.1, 5.3, 5.3.1, 5.4.1, 5.4.2, 5.4.3, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8, 5.8.1, 5.9, 5.10.2, 5.10.3 los que se leerán así:
5.1
A las empresas que brinden Servicios de la Industria hotelera y cuya inversión mínima, por proyecto e incluyendo el valor del terreno, sea en dólares o su equivalente en moneda nacional, para el caso de Hospederías Mayores:
Quinientos mil dólares (US $ 500,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el área urbana de Managua.
Ciento cincuenta mil dólares (US $150,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el resto de la República.
Si dicha inversión cualifica bajo el programa de Paradores de Nicaragua, la inversión mínima se reduce a Doscientos mil dólares (US$ 200,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el área urbana de Managua y Ochenta mil dólares (US$ 80,000.00)o su equivalente en moneda nacional, en el resto de la República.
En el caso de Hospederías Mínimas, la inversión requerida se reduce a Cien mil dólares (US$ 100,000.0) o su equivalente en moneda nacional, en el área urbana de Managua y cincuenta mil dólares (US $ 50,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el resto de la República. Para las PYMES turísticas, que hayan acreditado tal categoría ante el INTUR, esos montos mínimos de inversión serán reducidos en un 40%, siempre y cuando obtengan el sello de calidad por parte de INTUR”.
En el caso de áreas de acampar (camping y caravaning) la inversión mínima requeridas de Cincuenta mil dólares (US $ 50,000.00) o su equivalente en moneda nacional.
Las personas jurídicas o naturales que brindan de la Industria Hotelera que ya se encuentran establecidas y prestando servicios y que cumplan con los siguientes requisitos, también serán beneficiados con los incentivos que otorga esta Ley: a) Que realicen una inversión del 35% del valor actual de sus instalaciones; b) Que posean el Título–Licencia y sello de calidad del INTUR.
El 35% en todo caso, nunca podrá ser menor al 35% de la inversión mínima establecida para la actividad”.
5.3
A las empresas de Transporte Aéreo, cuya contribución a la función turística esté certificada por el INTUR, la exoneración de los derechos e Impuestos a la importación, del Impuesto al valor Agregado (I.V.A.) y de cualquier otra tasa o impuesto que recaiga en la compra de:
5.3.1
Aeronaves: aviones, avionetas, hidroaviones y helicópteros. Únicamente podrán hacer uso de este incentivo, aquellas empresas cuya base de operaciones esté ubicada dentro del territorio nacional y cuya contribución a la función turística esté certificada por el INTUR”.
5.4.1
Exoneración de los derechos e impuestos a la importación y del impuesto al valor Agregado (I.V.A.) en caso de compra del local, de embarcaciones nuevas de más de doce (12) plazas, y de accesorios nuevos que se utilizan para el transporte marítimo colectivo de pasajeros”.
5.4.2
Exoneración por una sola vez, de los derechos e impuestos y del impuesto al valor Agregado(I.V.A.), para la importación de hidronaves, yates, veleros, lanchas de pesca, aperos de pesca y embarcaciones para fines recreativos y accesorios para el deporte acuático (tales como planchas de surf y vela, esquís y equipos de buceo)”.
5.4.3
Exoneración de tasa, impuestos, servicios y de cualquier otra contribución nacional o municipal, en concepto de arribo y fondeo para los yates de turismo que visiten los puertos de Nicaragua, cuya estadía no exceda de noventa (90) días y cruceros que transporten turistas a través de los puertos nacionales.
Los turistas que ingresan temporalmente al país a través de cruceros y no pernoctan estarán exentos del pago de la tarjeta de turismo de cualquier otro impuesto por ingresar al país”.
5.5
A las empresas que se dediquen a operar Turismo Interno y Receptivo (Agencias de Viaje), (Tour Operadores) y Transporte Colectivo Turístico-Terrestre”.
5.6
A las empresas que se dediquen a Servicios de Alimentos, Bebidas, y Diversiones, cuya inversión mínima, incluyendo el valor del terreno, sea de Cien mil dólares (US $100,000.00) o su equivalente en moneda nacional en el área urbana de Managua, y de treinta mil dólares (US$ 30,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el resto de la República. Para las PYME turísticas que hayan acreditado tal categoría ante el INTUR, estos montos mínimos de inversión serán reducidos en un 40%, siempre y cuando obtengan el sello de calidad por parte del INTUR.
En el caso de los casinos, para optar a los beneficios de la presente ley estos deberán estar situados única y exclusivamente, en el conjunto de hoteles de cien (100) o más habitaciones:
En el caso de los restaurantes, clubes nocturnos, bares y discotecas, que ya se encuentran establecido y prestando servicios y que cumplen con los siguientes requisitos, también serán beneficiados con los incentivos que otorga esta ley:
a) Que realicen una inversión del 35% del valor actual de sus instalaciones.
b) Que posean el título–licencia y sello de calidad del INTUR.
El 35% en todo caso nunca podrá ser menor al 35% de la inversión mínima establecida para la actividad.
5.7
A las empresas que dentro del territorio nacional realicen actividades de Filmación de Películas de largo metraje, que tengan carácter internacional, de Eventos Artísticos, Deportivos y otros de naturaleza internacional y de beneficio general para el turismo, que sean transmitidas al exterior, que promuevan el turismo en la República de Nicaragua y aquellas que inviertan en organización de seminarios, convenciones y congresos turísticos.
5.8
A las empresas nuevas o existentes que se dediquen al Arrendamiento de Vehículos terrestres, aéreos y/o acuáticos a turistas, debidamente autorizados por el INTUR”:
5.8.1
Exoneración cada dos (2) años de los Derechos e Impuestos de Importación, excepto el I.V.A., para la adquisición de vehículos nuevos terrestres, aéreos y/o acuáticos destinados para arrendar exclusivamente a turistas. Estos vehículos serán debidamente identificados con el distintivo que extenderá el INTUR, sin perjuicio de la documentación que le corresponda al Ministerio de Construcción y Transporte, a la Dirección Nacional de Transito, u otros entes afines, y serán prendados por un período no mayor a dos 02) años.
5.9
A las empresas que inviertan en Actividades y Equipamientos Turísticos Conexos, que su contribución a la función turística es evidente y certificada por el
INTUR, y cuya inversión mínima por proyecto e incluyendo el valor del terreno, sea en dólares o su equivalente en moneda nacional:
Doscientos cincuenta mil (US $250,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el área urbana de Managua. Cien mil dólares (US$ 100,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el resto de la República.
Si dicha inversión se realiza en un proyecto a desarrollar en conjunto con inversiones que cualifican bajo la presente Ley como inversiones en la actividad turística hotelera (Arto. 5.1 supra), en monumentos y conjuntos históricos (Arto. 5.2 supra), y en servicios de alimentos, bebidas y diversiones (Arto. 5.6 supra), dicha inversión mínima de Doscientos cincuenta mil dólares (US$ 250,000.00) o su equivalente en moneda nacional, en el área urbana de Managua y de Cien mil dólares (US$ 100,0000.00) o su equivalente en moneda nacional, fuera de Managua, se aplica al conjunto de la inversión”.
5.10.2
Exoneración del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) sobre la venta de artesanías elaboradas por el artesano que las vende, cuyo precio unitario de venta no sobrepasa los trescientos dólares (US$300.00) o su equivalente en moneda nacional.
Esta exoneración del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) se otorgará también sobre las ventas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a exclusivamente a la venta y reventa de artesanías nacionales hechas a mano, cuyo precio unitario de venta sobrepasa los trescientos dólares (US$300.00) o su equivalente en moneda nacional, con la condición de que inviertan un mínimo de Treinta mil dólares (US$30,000.00) o su equivalente en moneda nacional en las instalaciones, incluyendo valor del terreno y edificación, gastos para mejoras a la propiedad y para la compra del inventario inicial de artesanías, o su equivalente en moneda nacional para la creación de comercios exclusivamente dedicados a la venta de dichas artesanías.
Esta exoneración del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) también se extiende, sin límite en cuanto a precio facturado, a la fabricación y rehabilitación de coches berlinas tirados por caballos y al producto de otras industrias tradicionales aprobadas por el INTUR, y a la venta de eventos de música típica tradicional y de bailes folklóricos por artistas individuales o agrupados.
Esta exoneración constará con respecto a los artesanos y artistas o grupos de artistas en actividades folklóricas, a partir de la fecha en que dichos artesanos, artistas o grupos hayan sido inscritos en el "Registro de Artesanos y de las Industrias Tradicionales" y en el "Registro de Música Típica y del Baile folklórico" del INC. Con respecto a centros para la comercialización de las artesanías, la exoneración se otorga por un período de diez (10) años, contados a partir de la fecha en que el INTUR certifique que se cumplió con el requisitos de inversión mínima inicial y que ha empezado la operación del negocio.
La exoneración está condicionada a que ninguna artesanía con un precio individual de más de Trescientos dólares (US$ 300.00), o su equivalente en moneda nacional sea vendida directamente por el artesano que la elabora o vendida por la persona natural o jurídica que la revende".
5.10.3
Exoneración del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.) por el término de diez 10)
años, contados a partir de la fecha en que dichos artesanos, artistas o grupos hayan sido inscritos en el Registro de Artesanos y de las Industrias Tradicionales" y en el "Registro de Música Típica y del Baile Folklórico" del INC; Con respecto a los centros para la comercialización de las artesanías, a partir de la fecha en que el INTUR haya certificado que el proyecto ha sido completado.
Hasta aquí el artículo 3.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 4: Se adicionan al Arto. 5, los numerales 5.3.5, 5.3.6, 5.3.7, 5.5.4, 5.6.7, y 5.7.5, los que se leerán así:
5.3.5
Materiales y equipos de informática y telecomunicación.
5.3.6
Lubricantes, suministros, piezas para motores, turbinas, y todo tipo de repuestos mecánicos, equipos de navegación aérea, y otros equipos u objetos que se destinen o utilicen sólo en relación con el funcionamiento, reparación y mantenimiento de las aeronaves que participen en la Actividad Turística de Transporte Aéreo. Se incluye las pólizas de seguros constituidas sobre aeronaves o motores.
5.3.7
Compra local de comida y bebidas no alcohólicas y demás productos que son destinados para su distribución, de manera gratuita, a los pasajeros para su consumo durante los vuelos.
5.5.4
Exoneración de los derechos e impuestos a la importación de botes para la pesca deportiva".
5.6.7
Si el proyecto cualifica y está aprobado bajo el Programa de Mesones de Nicaragua, recibirá además, exoneración parcial del ochenta por ciento (80%) del Impuesto Sobre la Renta, por el término de diez (10) años, contados a partir de la fecha en que el INTUR declare que dicha empresa ha entrado en operación. Si el proyecto está situado en una Zona Especial de Planeamiento y Desarrollo Turístico, la exoneración será del cien por cien (100%). La Empresa tendrá la opción de diferir anualmente y hasta por un período de tres (3) años la aplicación e iniciación del período de exoneración de diez (10) años sobre dicho impuesto".
"5.7.5
Par el caso específico de seminarios, convenciones y congresos turísticos, se les exonerará del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), en las adquisición y/o elaboración de papelería e impresiones promocionales propias del evento.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 4.
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 5. Se adiciona al Arto. No. 6, el numeral 6.3, el que se leerá así:
6.3
El INTUR deberá garantizar a las PYMES turísticas el establecimiento de un proceso de análisis y evaluación de sus proyectos de carácter simplificado, brindándoles además la asistencia de técnicos que les guíen y asesoren en la elaboración de los mismos.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 5.
A votación el artículo 5.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 6. Se reforma el Arto. 18, el que se leerá así:
Arto.18
El INTUR analizará la solicitud, a la luz de las recomendaciones y opiniones proporcionadas por las entidades consultadas y remitirá los dictámenes elaborados por las Direcciones correspondientes a la Junta de Incentivos Turísticos, la cual aprobará o no la solicitud dentro del período previsto de los sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de la solicitud, emitiendo una Resolución al efecto, y en caso de aprobación, procederá a inscribir el proyecto y su proponente en el Registro de Inversiones Turísticas, y a expedir la certificación en que conste la fecha de inscripción en el Registro, y que por lo tanto la persona o empresa proponente, goza y gozará de los beneficios establecidos en esta ley.
El término anteriormente señalado, será interrumpido en cada oportunidad en que INTUR comunique y solicite del interesado la rectificación, revisión y/o ampliación de toda o parte de la documentación presentada.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 6.
A votación el artículo 6.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 6.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 7 Se reforma el Arto. 19, el que se leerá así:
Arto. 19
El INTUR, una vez aprobado el proyecto por la Junta de Incentivos Turísticos, procederá a la inscripción del proyecto en el Registro de Inversiones Turísticas para los efectos de esta ley. Sin embargo, la inscripción en dicho Registro no exime al proponente de su obligación de cumplir con todos los requisitos y de obtener de las entidades reguladoras y de las jurisdicciones que correspondan, sean ellas las mismas o no que aquellas consultadas por el INTUR en el proceso de aprobar la inscripción, los permisos necesarios y actualizados para realizar el proyecto y/o cada una de sus fases de ejecución.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 7.
A votación el artículo 7.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 7.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 8 Se reforma el Arto. 20, en su numeral 10, el que se leerá así:
Las personas jurídicas o naturales que obtengan los beneficios de la presente Ley, deberán realizar sus adquisiciones de equipos, materiales y demás obligatoriamente en el mercado formal. No se aceptarán ni tramitarán solicitudes de exoneración por compras realizadas en el mercado informal.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 8.
A votación el artículo 8.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 8.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 9 Se reforma el Arto. 21, el que se leerá así:
Los incentivos comprendidos en esta Ley, serán otorgados por el INTUR, previa aprobación de los términos generales del proyecto por parte de la Junta de Incentivos Turísticos, y mediante la suscripción de un Contrato Turístico de Inversión y Promoción, a ser suscrito entre el INTUR y el representante legal o propietario del proyecto de inversión aprobado.
Se exceptúan de la obligación de suscribir este Contrato, aquellas personas que aplican y obtengan los beneficios establecidos en los numerales 5.2.1, párrafo segundo, 5.4.2 y 5.4.3.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 9.
A votación el artículo 9.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 9.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 10 Se adiciona al texto de la Ley No. 306, un nuevo Capítulo, el que se leerá así:
CAPITULO VIII
DE LA CREACIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO TURÍSTICO
Arto. 23
Créase el FONDO DE DESARROLLO TURÍSTICO, en adelante EL FONDO, como una entidad técnica – financiera, de carácter colegiada, desconcentrada y económicamente autosuficiente, y cuyo objetivo será el de dirigir las políticas de fomento e inversión del sector PYMES turísticas. EL FONDO, estará integrado por:
1. El Presidente Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Turismo, quien lo preside;
2. El Presidente de CALIMET, o su delegado con capacidad de decisión;
3. El Presidente de CANTUR, o su delegado con capacidad de decisión;
4. El Director del INPYME, o su delegado con capacidad de decisión;
5. El Director de DIPYME, o su delegado con capacidad de decisión.
Arto. 24
Se adiciona un nuevo artículo, el que se leerá así:
EL FONDO, tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
a) Gestionar y obtener recursos financieros con organismos nacionales o internacionales para fomentar la inversión turística en el sector de las MIPYMES.
b) Asesorar técnica y financieramente a las MIPYMES del sector turístico en la formulación de proyectos de inversión.
c) Revisar, aprobar o denegar las solicitudes de financiamiento de proyectos de inversión de las MIPYMES turísticas.
d) Elaborar las normativas de funcionamiento y políticas crediticias.
e) Las demás establecidas reglamentariamente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 10.
A votación el artículo 10.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 10.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 11
Se corre la numeración del Capítulo VIII y IX de la Ley No. 306, así como sus respectivos artículos, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, en orden correlativo y sucesivo, respectivamente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 11.
A votación el artículo 11.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 11.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 12
Se reforma el artículo 26, el que se leerá así: “Los Planes de Arbitrios de las municipalidades se ajustarán al espíritu de la presente ley, a fin de no gravar a las personas naturales o jurídicas exoneradas de impuestos. Los micros, pequeños y medianos negocios de la Industria Turística, debidamente inscritos en el Registro Nacional de Turismo del INTUR, no harán pagos directos ni indirectos al Ministerio de Salud (MINSA) y a la Policía Nacional (PN), sin perjuicio de solicitar obligatoriamente los permisos correspondientes, de conformidad a las leyes de la materia respectivas.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 12.
A votación el artículo 12.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 12.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 13
La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 13.
A votación el artículo 13.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 13, y con él, la Ley de Reforma Parcial a la Ley 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.
CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 23 DE MARZO DEL 2006. (XXII LEGISLATURA).
SECRETARIO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:
Siempre en el Tomo IV, Punto 2.53: VETO PARCIAL DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO LEY N° 575, LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY N° 306 “LEY DE INCENTIVOS PARA LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA”.
Managua, 4 de enero de 2006.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
Adjunto le remito el texto del Veto Parcial al Proyecto de Ley N° 575 “Ley de Reforma Parcial a la Ley N° 306", "Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua”, aprobada por la Asamblea Nacional el trece de diciembre del dos mil cinco y recibida en esta Presidencia de la República para su sanción, promulgación y publicación el 21 de diciembre de 2005.
Esperando que los Honorables Diputados den una acogida favorable a este Veto Parcial, adjunto los dos juegos originales de los autógrafos del Proyecto de Ley N° 575.
Sin más a que referirme, hago propicia esta oportunidad para reiterarle las muestras de mi alta y distinguida consideración.
Afectísimo,
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPRESIÓN DE MOTIVOS
Con fecha veintiuno de diciembre del año 2005, recibí de la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Nº 575, Ley de Reforma Parcial a la Ley N° 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, para su sanción, promulgación y publicación.
Después de un profundo análisis del referido Proyecto de Ley, me veo en la necesidad de presentar propuestas y consideraciones que tienden a fortalecer su contenido, y por tal razón he tomado la decisión de ejercer el Derecho al Veto que me concede el numeral 3) del arto. 150 Cn. Es por esta razón que procedo a vetar parcialmente el Proyecto de Ley N° 575, Ley de Reforma Parcial a la Ley N° 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, para lo cual expongo dentro del término preceptuado en el arto. 142 Cn., las consideraciones jurídicas que me asisten.
De conformidad a la Constitución Política de Nicaragua, es responsabilidad del Presidente de la República, velar por que los proyectos de Ley que remite la Asamblea Nacional para su aprobación, promulgación y publicación, estén de acuerdo con el marco jurídico vigente y con la realidad socioeconómica del país, responsabilidad que como gestor del bien común me impone garantizar su cumplimiento y respeto en pro del bienestar nacional.
Este Veto Parcial que presento a la Honorable Asamblea Nacional, tiene como finalidad proponer que se supriman algunos artículos del referido Proyecto de Ley, así como incorporación de modificaciones al texto de algunas disposiciones del Proyecto de Ley, a fin de garantizar la consistencia del mismo con la política económica del Gobierno y establecer límites a la ampliación de las exoneraciones para garantizar las metas de recaudación de los ingresos fiscales contempladas en la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2006.
En principio, mi Gobierno favorece la promoción de las actividades económicas y de servicios más rentables para el país. Estoy consciente de que el sector de la pequeña y mediana empresa requiere de mayores incentivos para desatar su potencial y así proveer de mayores empleos y fomentar la producción. Por eso, considero que la inclusión de la actividad turística de las Pymes bajo el régimen tributario otorgado por la Ley de Incentivos para la Industria Turística redundará en beneficios importantes para Nicaragua y para todos los nicaragüenses dedicados a esta actividad económica.
Igualmente, el Gobierno que presido se encuentra comprometido firmemente con la estabilidad fiscal y con la sanidad de las finanzas públicas. La ampliación de la base impositiva para evitar el aumento o creación de impuestos, ha sido una de las principales acciones emprendidas por mi Gobierno que ha mejorado el sistema tributario, para lo cual se ha impulsado una política de regulación y reducción gradual de las exenciones, exoneraciones y beneficios fiscales. Esta política ha constituido también un compromiso de Gobierno rubricado en los diversos convenios suscritos con los principales organismos financieros internacionales. Después de todo, los nicaragüenses debemos ir sentando las bases para aumentar la capacidad recaudatoria e ir reduciendo gradualmente la necesidad de financiamiento presupuestario con fuentes provenientes de la cooperación internacional.
Lamentablemente, el Proyecto de Ley Nº 575 avanza en la dirección contraria, ampliando las exoneraciones del sector turístico que ya cuenta con incentivos generosos en la Ley. Además, el Proyecto de Ley introduce artículos que revierten ciertas disposiciones contenidas en la Ley Nº 528, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley Nº 453, “Ley de Equidad Fiscal” publicada en La Gaceta,
Diario Oficial Nº 104 del 31 de mayo de 2005 y sobre la cual existió un amplio consenso entre los poderes Ejecutivo y Legislativo. Dicha reforma incorporó una serie de medidas de ingresos que permitirían mejorar la recaudación con equidad, gravando principalmente a sectores cuya contribución fiscal no era acorde con su elevada rentabilidad.
El objetivo de la Ley Nº 306 consiste en incentivar el desarrollo de la actividad turística del país. Pero, en algunos casos, este objetivo se desvirtúa al extender los incentivos a actividades que no tienen relación y/o impacto directo en el desarrollo del sector turismo.
Por último, el hecho de que el presente Proyecto de Ley no haya sido previamente consultado y discutido con el Ejecutivo, más cuando el Proyecto de Ley reduce la capacidad del Estado de recaudar impuestos, no se corresponde con la relación armónica que debe existir entre los Poderes del Estado y el consenso que se ha alcanzado hasta ahora en la mesa del Diálogo Nacional, en el que nos hemos trazado como objetivo primario impulsar aquellas iniciativas de ley que permitan reencauzar el Programa Económico Financiero que el Gobierno de Nicaragua ha suscrito con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Ciertamente que el otorgamiento de mayores exoneraciones y la reducción del potencial de recaudación no contribuyen a alcanzar este objetivo.
Por lo anteriormente expuesto, me veo obligado a vetar parcialmente el Proyecto de Ley N° 575, para evitar así que las mayores exoneraciones menoscaben la capacidad recaudatoria y no se atente con los compromisos que el Gobierno ha asumido con los organismos financieros internacionales.
Hasta aquí la Expresión de Motivos del Veto Parcial al Proyecto de Ley N° 575, “Ley de Reforma Parcial a la Ley N° 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua”.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Pasa a la Comisión de Turismo, para su debido dictamen.
CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 26 DE JULIO DEL 2006. (XXII LEGISLATURA).
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Se les remite al Adendum 12, Punto 3.109.
DICTAMEN
Managua, 04 de Abril del año 2006.
Ingeniero
EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ.
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
Nosotros, los suscritos miembros de la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, reunidos en sesión ordinaria el día de hoy cuatro de Abril del presente año, con el objetivo de dictaminar
EL VETO PARCIAL DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO DE LEY N° 575, LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY N° 306, LEY DE INCENTIVOS PARA LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE NICARAGUA
, el cual nos fue remitido el día veintitrés de Marzo del presente año, por la Primera Secretaría de esta Asamblea Nacional, procedemos de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley.
ANTECEDENTES:
Con fecha del catorce de Abril de año 2005, fue presentada en Primera Secretaría de la Asamblea Nacional, el
PROYECTO DE LEY DE REFORMAS PARCIALES A LA LEY N° 306, LEY DE INCENTIVOS PARA LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE NICARAGUA,
del cual se realizó un responsable y minucioso proceso de discusión y consulta en la cual participaron los miembros de la Comisión de Turismo y de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, autoridades del Instituto Nicaragüense de Turismo
(INTUR),
en particular su Presidenta Ejecutiva Licenciada Lucía Salazar de Robelo y el Asesor Jurídico, Doctor Sergio Argüello Pereira, los presidentes de las diferentes Cámaras de Turismo del país,
(CANATUR, CANTUR, CANIMET),
en particular los señores Miguel Romero Pórtela, Carlos Herdocia y Donald Porras Cárdenas, respectivamente, encontrando un alto consenso sobre la importancia de aprobar dichas reformas a la Ley N° 306, con el objeto de fortalecer el desarrollo y calidad de la oferta turística nacional, sin dejar por fuera a la micro, pequeña y mediana empresa que realizan actividades turísticas.
El sector de las Pymes Turísticas, en innumerables oportunidades ha demandado al órgano rector del turismo y en particular a la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, la necesidad de efectuar reformas a la Ley N° 306, con el fin de que se les permita acceder a los beneficios e incentivos contenidos en ésta, en particular a la reducción de los montos mínimos de inversión, así como la necesidad de crear una fuente de financiamiento en condiciones adecuadas a la capacidad económica de las PYMES, por lo que la Presidenta Ejecutiva de INTUR y los miembros de la Comisión de Turismo, asumieron el compromiso de trabajar en una reforma a la Ley N° 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de Nicaragua, que de manera particular ampare a las Pymes turísticas.
Por otro lado, se aprovechó el Proyecto de Reformas para corregir una serie de aspectos incongruentes y confusos contenidos en la Ley, adecuando los procesos de evaluación y aplicación de los incentivos, que sirvan como catalizadores para un desarrollo integral, ágil y sostenible de la economía nacional.
ARGUMENTOS DEL VETO PRESIDENCIAL:
La Ley Nº 528, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley Nº 453, “Ley de Equidad Fiscal”, publicada en La Gaceta,
Diario Oficial Nº 104 del 31 de mayo de 2005, derogo el incentivo establecido en el artículo 5, numeral 5.4.2, de la “Ley N° 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de Nicaragua”, publicada en La Gaceta Diario Oficial N° 117, del 21 de Junio del año 1999, el cual rezaba literalmente:
“Exoneración de derechos e impuestos, excepto el IGV, para la importación de hidronaves, lanchas recreativas para fines turísticos, yates, veleros, lanchas de pesca, aperos de pesca y embarcaciones no motorizadas u otros accesorios recreativos (tales como planchas de surf y vela, eskis, equipos de buceo, etcétera) utilizados para el deporte acuático”.
La derogación se fundamentó en datos erróneos proporcionados por fuentes gubernamentales no vinculadas a INTUR y según los cuales bajo este incentivo se han exonerado setenta y dos (72) yates, de las cuales únicamente dos (02) se encuentran actualmente prestando servicios turísticos.
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN:
Las afirmaciones antes mencionadas se rechazan de conformidad a los datos proporcionados por autoridades de INTUR, donde se indican que desde la entrada en vigencia de la Ley N° 306, únicamente se han exonerado cincuenta y dos (52) lanchas, de las cuales solamente cuatro (04) son yates, tres (03) de éstos destinados a prestar servicios turísticos. Es importante dejar absolutamente claro que en el año 2004, únicamente se exoneraron ocho (08) lanchas para fines recreativos y de pesca deportiva. Más del 70% de las cincuenta y dos (52) lanchas exoneradas por INTUR mediante la vigencia de la Ley N° 306, se encuentran destinadas a la explotación de servicios turísticos. Actualmente los aranceles para yates, lanchas y botes se encuentran en un 60% del valor CIF, por lo que con la eliminación del incentivo se convierte en casi imposible su adquisición y acceso contradiciendo con ello las políticas y legislación nacional de Turismo de promover y facilitar las inversiones turísticas en el país.
Estamos de acuerdo que constitucionalmente es facultad y responsabilidad del Presidente de la República, velar por que los proyectos de Ley que remite la Honorable Asamblea Nacional para su sanción, estén de acuerdo con el marco jurídico vigente y con la realidad socioeconómica del país, pero en lo que no estamos de acuerdo es que el Gobierno sin consultar a los sectores involucrados y lo más inconcebible, al órgano rector del turismo, cambie las reglas del juego a mitad del camino, ya que esto genera malestar y desconfianza en el inversionista nacional y extranjero que ha venido ha invertir ha Nicaragua motivado por un clima de inversiones y un marco jurídico confiable.
Si hacemos un análisis en el plano jurídico, fácilmente podemos observar que quien avanza de forma contraria es el Poder Ejecutivo, ya que con la aprobación de la Ley N° 453, Ley de Equidad Fiscal, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 82 del 06 del Mayo del año 2003, se deroga el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 306, el cual rezaba literalmente:
“A las instituciones prestatarias que ofrecen financiamiento para empresas promotoras y/u operadoras de proyectos turísticos situados en las Z.P.D.T, que han sido específicamente aprobados por el INTUR bajo la presente Ley, se les exonerara del Impuesto sobre la Renta en cuanto a los intereses ganados durante la vigencia del préstamo”.
Con la aprobación de Ley Nº 528, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley Nº 453, “Ley de Equidad Fiscal” publicada en La Gaceta,
Diario Oficial Nº 104 del 31 de mayo de 2005, mediante reforma al artículo 124, se elimina la exoneración del
Impuesto Selectivo al Consumo
(ISC) al sector turismo, agregado esto a la derogación ut supra indicada.
Es de suma importancia señalar, que de conformidad a datos proporcionadas por el INTUR, DGI, DGSA, el turismo se ha convertido en el primer rubro generador de divisas del país, lo que se refleja en los siguientes datos estadísticos: en el año 2003, generó US$151.8 millones de dólares; en el 2004, US$166.4 millones de dólares; y en el 2005, US$186.0 millones de dólares, de lo cual podemos deducir que no es cierto que con la aprobación de esta Ley N°575, no se estaría garantizando las metas de recaudación de los ingresos fiscales contempladas en la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2006, por el contrario el turismo tiende a proyectar aún más los ingresos para el presente año.
Según la DGI las devoluciones tributarias por incentivos al turismo en el año 2005 fueron de C$652,000.00 córdobas y por inversiones al turismo de C$12,866.00 córdobas para un total de C$13,518.00 córdobas. Asimismo, las exoneraciones del sector turismo en relación al IVA e IR contabilizan C$12,687.4 córdobas según las mismas fuentes de la DGI, y C$67,487.0 córdobas en exoneraciones por importaciones según la DGSA, para un total de C$80,176.0 córdobas. En conclusión, el turismo en el periodo comprendido del año 2002 al 2005 ha tenido un efecto positivo de C$ 675.6 millones de córdobas con una relación beneficio costo de 9.42 veces.
Datos del Instituto Nicaragüense de Turismo, indican que en el año 2005, ingresaron al país 709,000.00 turistas, los que tuvieron un gasto superior promedio de setenta (US$70.00) dólares por día. La Industria turística es la mas dinámica en cuanto a la generación de empleos y divisas, el noventa (90%) de las empresas turísticas en Nicaragua son Pymes, generando este sector US$ 90.8 millones de dólares en el primer semestre del año 2005, con un promedio de estadía de 3.7 días por turista. La generación de empleos se calcula en 6,265 puestos de trabajo.
La participación del turismo en el Producto Interno Bruto (PIB) en el año 2003 fue de 4.01%, en el año 2004 fue de 4.11%, aportando a la recaudación fiscal el 30% y 33% respectivamente, considerando que la recaudación de impuestos en el año 2003 fue de US$442,855.81 millones de dólares y en el 2004 fue de US $ 494,585.66 millones de dólares, pasando el 29% en el año 2005.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN:
Como podemos observar, las consideraciones jurídicas del Señor Presidente se contradicen, ya que está plenamente demostrado desde el punto de vista jurídico y estadístico, que el Proyecto de Reformas Parciales a La Ley N° 306, fue consensuado en numerosas y amplias reuniones con el Órgano Rector del Turismo, INTUR, quien representa al Poder Ejecutivo; también queda demostrado que el turismo ha sido parte importante en las recaudaciones fiscales a pesar de las reformas contenidas en las Leyes N° 453 y 528 y que afectan a la Ley N° 306, por iniciativa del Poder Ejecutivo. Lo que se pretende a través de estas Reformas Parciales a la Ley N° 306, es restituir derechos y beneficios adquiridos con la aprobación de la Ley N° 306, del 21 de Junio de 1999. Otro aspecto importante es que se reducen los montos de inversión en un treinta por ciento (30%) establecidos en la Ley, para que las Pymes Turísticas y los artesanos puedan accesar a ésta.
Además resulta contradictorio el veto parcial del Señor Presidente de la República ingeniero Enrique Bolaños Geyer, con la costosa campaña publicitaria en los principales medios de comunicación del país, en la cual se refleja que el turismo, además de generar empleos, crear infraestructura, (misma que en su momento generara impuestos directos), y capacitación, es el rubro que más genera divisas al país, y principal contribuyente a la balanza de pagos.
Por lo antes señalado los miembros de la Comisión de Turismo de conformidad al artículo 141 de la Constitución Política y con fundamento en el Capítulo III del Estatuto General de la Asamblea Nacional, dictaminamos
DESFAVORABLE
EL VETO PARCIAL DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO DE LEY N° 575, LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY N° 306, LEY DE INCENTIVOS PARA LA INDUSTRIA TURÍSTICA DE NICARAGUA.
En consecuencia, sometemos a consideración de este Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, el presente dictamen, recomendando su aprobación.
Atentamente,
COMISIÓN DE TURISMO
DIP. MIRIAM FONSECA LÓPEZ DIP. TOMÁS BORGE MARTÍNEZ
(PRESIDENTA) (PRIMER VICEPRESIDENTE)
DIP. MARÍA HAYDEE OZUNA R DIP. FERNANDO ALEMÁN CRUZ
(SEGUNDA VICEPRESIDENTA) (PRIMER SECRETARIO)
DIP. NASSER SILWANY BÁEZ DIP. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN
(SEGUNDO SECRETARIO) (MIEMBRO)
DIP. GERARDO MIRANDA OBREGÓN
(MIEMBRO)
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Vamos a discusión en lo general, en lo relacionado con el dictamen del veto.
Se abre la discusión.
Tiene la palabra el honorable diputado Guillermo Montenegro.
DIPUTADO GUILLERMO MONTENEGRO:
Gracias, señor Presidente.
No me voy a referir al veto, discúlpeme, pero sí me voy a referir a que con anterioridad aprobamos la ley de Donación de Bienes Inmuebles en beneficio del Foprel. Qué bueno, que diligente, qué correcto que vayamos saliendo y dándoles derechos a las instituciones que así lo ameritan. Pero insisto que la propiedad, los bienes inmuebles pasan también por la Asociación Nueva Nicaragua que está esperando que se le apruebe su propiedad, que le donen su terreno, para tener un techo digno.
He recibido una carta de un diputado, colega mío, en la cual, una de las personas que está ahí, dice: “Dios los premiará, señores diputados: Petición muy especial. Soy coordinadora de la “Asociación Nueva Nicaragua para Todos”, estoy recién operada y padezco del corazón, soy hipertensa, pero mi sueño es que ustedes aprueben la ley de nuestra propiedad. Es por eso que les pido hagan nuestro sueño realidad. No quiero morir sin ver mi casa, yo estoy grave. Atentamente, Martha Baca Urbina.
No quiero dinero, quiero mi casa”.
¡Quieren su tierra! ¡Quieren un espacio donde vivir! Es lo que nos reclaman, con prontitud. Hagamos ya que estos ciudadanos de Managua tengan un hogar. Existe ya el dictamen, que se pase a otra comisión, o si en verdad existen problemas para dictaminar, díganselo con claridad a todos los ciudadanos de la Asociación Nueva Nicaragua, pero que no se quede ahí. O qué se va a hacer para subsanar el problema que tienen ellos, que es un problema no sólo de ellos sino de todos los nicaragüenses que no han tenido la oportunidad de una vivienda, no han podido tener vivienda desde 1,979, pues en esos años ni diez kilómetros de carretera se hicieron.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Señor diputado Montenegro…
DIPUTADO GUILLERMO MONTENEGRO:
Ya termino, señor Presidente
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Señor, señor diputado Montenegro…
DIPUTADO GUILLERMO MONTENEGRO:
Ya termino, señor Presidente. Mil disculpas, señor Presidente.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Es que le quiero dar una información a usted para que esté sabido de ella.
En vista de que ha pasado mucho tiempo y la comisión no ha dictado su resolución, ayer se le pasó comunicación y se le dio ocho días perentorios para que resuelva la situación.
Muchas gracias.
DIPUTADO GUILLERMO MONTENEGRO:
Muchísimas gracias también a usted, señor Presidente. Yo creo que los ciudadanos aquí se lo agradecen a ustedes y a todos nosotros.
Muy buenos días, y muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el honorable diputado Nasser Silwany.
DIPUTADO NASSER SILWANY BÁEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Yo insto a todos los colegas a que aprobemos estas reformas a la Ley 306, por varias situaciones que son bien importantes darlas a conocer, que ustedes las conocen; y recalcarles a todos los que aprobamos la Ley 306, que desde junio de 1999 no ha venido a favorecer, a darles oportunidades a todos, sino que simplemente al capital, simplemente al capital extranjero y a pudientes inversionistas de este país.
Es necesario decir que... (Inaudible)... cuando se dieron, simplemente fue el desastre para Nicaragua, en vista de que no se pudo reglamentar ni regular por parte del gobierno que es el que tenía que hacer su reglamentación, y hoy tenemos que esta reforma, el Presidente de la República la veto, estando en contra del 90 por ciento de las PYMES que hay en Nicaragua. Se hace necesario que se esté claro de que, de cinco mil pequeñas industrias en este país, solo cinco mil están registradas como favorecidas por la Ley de Incentivos Turísticos como tal. Por lo tanto, no es posible que esta ley venga en contra de los sectores más vulnerables, en contra del desarrollo económico, que son las PYMES las que mantienen a este país, y no es cierto que sean los grandes capitales, porque ni impuestos pagan.
La prueba está en lo que se dio con Metrocentro. Ustedes saben bien, cuáles son los edificios de nueve pisos, que no pagaron sus impuestos por la situación misma que se dio con Expositur, hoy queremos que realmente Nicaragua salga adelante pagando todos y dándoles oportunidades a todos los sectores, principalmente a las PYMES.
Muchas gracias.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Muchas gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el honorable diputado Tomás Borge.
DIPUTADO TOMÁS BORGE MARTÍNEZ:
Gracias.
La Bancada del Frente Sandinista, apoya las demandas de la Asociación Nueva Nicaragua, y para este apoyo no se requieren demasiadas palabras, para que no crean que estamos haciendo demagogia política. Los apoyamos, eso es lo más importante.
Quiero referirme al veto del señor Presidente, en relación con la Ley 306. Nosotros apoyamos la Ley de Bonos, y la apoyamos, aunque sabemos que esto significa un subsidio para grandes empresarios, porque como se ha dicho, no hay que tenerle temor a los subsidios; y si apoyamos el subsidio para los grandes empresarios, que sabemos que van a ser beneficiados por esta ley, es porque a la larga esto va a ser en beneficio del desarrollo turístico, por supuesto y con más razón también apoyamos a los pequeños y medianos empresarios turísticos.
Por consiguiente, las reformas a la Ley 306 son justas y están destinadas a apoyar a los medianos y pequeños empresarios turísticos. Entonces con mucho entusiasmo y convicción, apoyamos la decisión que debe de tomarse de inmediato con la propuesta de la Comisión de Turismo, de negar el veto del señor presidente.
Gracias.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Muchas gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el honorable diputado Noel Pereira Majano.
DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:
Señor Presidente, se llama entropía al fenómeno por el cuál, por la acción del tiempo, se vienen los organismos o la materia degenerándose. Así nos encontramos nosotros ante un gobierno que podíamos llamar en lenguaje vulgar, “trampa”, “gobierno tranca”. Es “gobierno tranca”, todo aquel que trata de entorpecer la fluida acción que desenvuelve el progreso a la democracia, y sobre todo que desenvuelve el ánimo del pueblo nicaragüense por salir de la situación estancada en que se encuentra.
Señor Presidente, este Veto Presidencial, como todos los vetos desafortunados del Presidente de la República, debe ser desechado. ¿Por qué? Porque pareciera que él tiene una fábrica de vetos en la Presidencia, y ahí hacen vetos, aunque sean ilógicos. Este veto actual se debe rechazar, porque definitivamente va contra toda lógica y toda realidad.
En todos los otros casos, como en el caso de la Ley de la Carrera de la Fiscalía, nos encontramos con que el Presidente puso un veto, un disparate, locura, porque ahí se usa la frase: “causa de que cesa la carrera, cuando la persona ha sido jubilada”. Es decir, palabras, nada más, la Presidencial quiere sonar, obstaculizar, atrasar y enredar; ésa es la situación que nosotros nos encontramos y la cual tenemos que superar.
También nos encontramos ante otras cosas que tenemos que resolver. ¿Cuáles son éstas? La Asamblea necesita caminar, necesita sobre todas las cosas ir en un camino recto y que no tenga obstáculos. Aquí tenemos el caso concreto por ejemplo, de que hay leyes importantes que no pasan, la Ley de Acceso a la Información Pública, que es una cosa importante que va unida al devenir de la democracia. Nos encontramos con la Ley de lo Contencioso Administrativo, que tampoco no ha pasado en la Asamblea. Nos encontramos con el Código Penal, que tienen cuarenta mociones atrasadas que no se han puesto a discusión. Necesitamos que el país camine y que para el futuro haya provisiones y oportunidades para abrir la puerta del progreso.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Muchas gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el honorable diputado Oscar Carrión.
DIPUTADO OSCAR CARRIÓN OROZCO:
Gracias, señor Presidente.
Yo quiero sumarme a los planteamientos relacionados con el rechazo al Veto Parcial del Presidente de la República en relación a la Ley 306.
Lamentablemente en el contenido propio del veto mismo, podemos apreciar algunas contradicciones de parte de la Presidencia de la República, por cuánto por una parte, reconoce implícitamente que el sector turístico -como efectivamente lo es- es un factor de desarrollo de la economía nicaragüense, con un potencial de desarrollarlo aún más, para sacar adelante la economía del país. Reconoce en otro de sus contenidos, que el 90 por ciento o más de las empresas del sector turismo, corresponde a pequeños y medianos empresarios.
Sin embargo, en la parte conclusiva del veto, el Presidente propone rechazar o derogar los beneficios que mediante la Ley 306 se le otorgan a los pequeños y medianas empresas turísticas, olvidándose por otra parte, los señores de la Presidencia de la República, que estas pequeñas y medianas empresas que constituyen el corazón de las empresas turísticas en Nicaragua, son generadoras de beneficios adicionales como son: fuentes de empleo, y fuentes de ingresos de impuestos derivados de su actividad económica.
En el marco de la situación actual que estamos por discutir en el Parlamento, la Ley de Bonos de Inversión Turística, que efectivamente como ya se ha señalado por ahí, beneficia probablemente a grandes empresarios del sector turismo, y a la cual nosotros no nos oponemos, es contradictorio que por un lado esté el gobierno promoviendo beneficios fiscales a las grandes empresas del turismo, y por otro coartando la posibilidad de beneficiar o incentivar a las pequeñas y medianas empresas turísticas.
Por consiguiente, quiero sumarme pues al planteamiento de rechazo al Veto Parcial presentado por la Presidencia de la República. Invito a todos los diputados a que hagamos un rechazo unánime, y también invitar a la Directiva del Parlamento a incorporar prontamente la discusión de la Ley de Bonos de Inversión Turística.
Muchas gracias.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Tiene la palabra la honorable diputada María Eugenia Sequeira.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA:
Gracias, Presidente.
Nicaragua ha estado sujeta a compromisos con el Fondo Monetario y ha sido sacrificada enormemente para poder disminuir esa deuda eterna heredada. Creo que hoy que hemos alcanzado gran crecimiento económico, es necesarísimo que las políticas públicas que se impulsen en nuestra nación, tengan al menos algún sentido social con un equilibrio de oportunidad y de igualdad para todos los nicaragüenses.
El rechazo a lo que se aprobó en la Ley 306, es un rechazo definitivamente a las políticas públicas y sociales que se deben motivar en Nicaragua. Quitarle el incentivo a la industria sin chimenea -como se le llama a la industria turística- definitivamente merma los ingresos de miles de pequeños empresarios, medianos y hasta grandes, si querés; pero enfoquémonos en los pequeños y medianos empresarios de las Pymes, que les permite a ellos promover sus negocios y elevar sus niveles de vida, reducir la pobreza en Nicaragua y avanzar inclusive en los temas de educación y el acceso a la educación para sus hijos.
Es por eso que la Bancada de la Alianza Liberal Nicaragüense – Partido Conservador, también aprobamos el dictamen de la comisión que rechaza el veto del presidente; porque realmente necesitamos políticas públicas, adecuadas o legislar no en contra de este gobierno o en contra o a favor de equis o ye, sino que debemos de legislar a favor de las mayorías. La industria sin chimenea -que es la industria turística-, es amplia, la conforman cantidades de pequeños y micro empresarios, y yo creo que esta oportunidad que tienen de incentivar su producción vale la pena, porque mejora los niveles de vida de miles de nicaragüenses.
Así es que la Bancada de la Alianza Liberal Nicaragüense rechaza este Veto, y se suma también a la propuesta que hacía el colega diputado, a que también pensemos en esos bonos de incentivo turísticos que van a traer mayor movilización de recursos económicos a los nicaragüenses. Es importantísimo ahora empezar a ver no sólo el crecimiento económico comprometido que hemos tenido, sino que también ese crecimiento social que tanto merece nuestro pueblo, sacrificado por esa deuda heredada de los años pasados.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Muchas gracias, señora diputada.
Tiene la palabra el honorable diputado Roberto José Luna.
DIPUTADO ROBERTO JOSÉ LUNA:
Muchas gracias, señor Presidente.
Lamentablemente, yo no pude estar en esta legislatura de este año en la Comisión de Turismo, pero en los años anteriores sí estuve, y prácticamente yo pienso que la reforma parcial a la Ley 306, viene en beneficio de Nicaragua.
Indudablemente el futuro para salir de este caos económico, es simple y sencillamente turismo. El turismo es el futuro para Nicaragua. Definitivamente, yo creo y estoy completamente convencido, hermanos diputados, que si nosotros venimos y vetamos y estamos en contra de este Veto Parcial Presidencial, lógicamente los pequeños empresarios, y aún los grandes empresarios, al venir nosotros y exonerar por ejemplo la compra de una lancha, la compra de un motor, ¿qué es lo que va a pasar? Que vamos a brindarles a los turistas un mejor servicio, y en consecuencia de esto, vamos a tener una mayor inversión.
Que el gobierno se dé cuenta, que si perdió un impuesto determinado en una lancha, después, con la afluencia más grande por el mejor servicio de turismo, el gobierno está recuperando más dinero para el pueblo de Nicaragua. Así que yo apoyo esta moción.
Además me integro para que próximamente apoyemos los Bonos de Inversión Turística (los famosos BIT), que vienen a traer también el bienestar para Nicaragua, más empleo y mejor servicio, y así incrementamos el turismo.
Tampoco puedo callar -apartándome un poco del tema señor Presidente, con todo respeto-, yo como diputado y ciudadano, me uno a estos hermanos que desde hace rato estoy viendo que están pidiendo sus derechos. Me uno para que ellos también sean beneficiados como Asociación Nueva Nicaragua.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Gracias, señor diputado.
Tiene la palabra el honorable diputado Roberto González.
DIPUTADO ROBERTO GONZÁLEZ GAITÁN:
Gracias, Presidente.
En primer lugar, quiero agradecerle la disposición tomada por ustedes, la Junta Directiva, a petición de varios colegas el día de ayer, para agilizar el proceso de respuesta a la problemática del proyecto de vivienda de los amigos de la Asociación Nueva Nicaragua.
Creo que ha sido una respuesta más clara en medio de la incertidumbre que han pasado los amigos de la Asociación Nueva Nicaragua. Esperamos y confiamos que se cumpla la palabra que usted ha empeñado.
En segundo lugar, Presidente, yo estaba viendo una información internacional que señala que en Nicaragua -vemos siempre en los informes del gobierno- está creciendo el PIB, que está mejorando la situación macroeconómica, que estamos sacando buenas calificaciones con los organismos financieros internacionales, en fin, se pone una información alrededor de que en Nicaragua las cosas realmente han avanzado, han mejorado.
Contradictoriamente, esta mañana estamos conociendo una información internacional, de que somos el penúltimo país en resultados del Producto Interno Bruto. Y es totalmente incoherente, como política de Estado que necesitamos crecer y avanzar, que aparezca un veto de esta naturaleza, que a todas luces indica que no hay conocimiento, ni realmente una clara voluntad de parte del gobierno en su política económica de favorecer a los sectores económicos emergentes que se están proyectando como una alternativa para el desarrollo de Nicaragua, el desarrollo económico y social, pero también para generar el empleo en Nicaragua, que tanto se necesita.
No sólo las zonas francas, son alternativas de empleo, sino también estos grupos emergentes económicos del sector turístico; y sin embargo hay un veto que castiga al sector precisamente de la pequeña y mediana empresa turística, y por esa razón nosotros estamos mucho más comprometidos a respaldar a la Comisión que ha dictaminado, por efectos de que el mundo de la economía el día de hoy, en los países incluso mas desarrollados, la pequeña y mediana empresa turística representa un alto porcentaje del 40 y hasta el 50 por ciento de incidencia en la economía de estos países altamente desarrollados, no digamos entonces ahora en países altamente empobrecidos como los nuestros que se presentan como una alternativa. Por eso respaldamos este dictamen que ha presentado la comisión.
Gracias, Señor Presidente.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Gracias, señor diputado.
Vamos a la votación, la cual se hará de esta manera: en verde a favor del rechazo del dictamen del veto; en rojo en contra del rechazo del dictamen del veto.
En verde los que aprueban el dictamen, y en rojo los que no aprueban el dictamen.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:
Se cierra la votación.
72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el dictamen que rechaza el veto.
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
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Edificio Benjamin Zeledón, 10mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 227
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