Debates
Ver Iniciativa Asociada.
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
20 de Febrero del 2013
Fecha Aprobación:
20 de Febrero del 2013
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LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
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Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 14 DE JUNIO DEL 2012. (XXVIII LEGISLATURA)
SECRETARIA ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Remitimos a los diputados al Orden del Día No. 002, Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES, Punto 2.83: “
LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA”.
Managua, 24 de Mayo del año 2012.
Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ
Primera Secretaria
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.
Estimada Licenciada Palacios Benavídez:
De conformidad a la facultad contenida en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y los artículos 14, numeral 2, 90 y 91 de la
LEY No. 606, LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
presentamos ante Usted de manera formal, la Iniciativa de Ley denominada
“LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA”.
En virtud de lo antes expuesto, solicitamos que esta Iniciativa de Ley, sea considerada por la Honorable Asamblea Nacional y se incorpore en la Agenda, para su discusión y posterior aprobación en el Plenario, cumpliendo con en el Proceso de Formación de la Ley. Adjunto sus respectivas copias en físico y soporte electrónico. Sin más a que hacer referencia, le saludamos y deseamos éxitos.
Cordialmente,
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS EDGAR JAVIER VALLEJO F.
NASSER SILWANY BÁEZ OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA B. GUILLERMO EDUARDO ARCE C.
BOANERGES MATUS LAZO JULIA DE LA CRUZ MENA R.
CARLOS GUILLERMO ALEMÁN E. EVELING PATRICIA ABURTO T.
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA S. JAIME MORALES CARAZO
ALBA ESTELA GONZÁLEZ TÓRREZ
El presente documento, contiene la Exposición de Motivos, Fundamentación y Justificación de la Iniciativa de “LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 24 de Mayo del año 2012.
Ingeniero
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
En nuestra calidad de diputados de la Honorable Asamblea Nacional, y de conformidad al artículo 14, numeral 2 de la
LEY No. 606, LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
le estamos remitiendo de manera formal y respetuosa la siguiente
INICIATIVA DE LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
FUNDAMENTACIÓN
El Turismo Rural Sostenible es una actividad cada vez más relevante en Nicaragua. En los últimos años, cooperativas y familias campesinas, comunidades indígenas y asociaciones de artesanos se han organizado y puesto en marcha iniciativas turísticas a lo largo de todo el país, desde el Pacífico a la Costa Caribe, del Norte al Sur.
Es un turismo gestionado y promovido por la propia gente del campo que sin abandonar sus actividades tradicionales, encuentra en este rubro una forma más de diversificar y complementar su economía. Todas estas iniciativas constituyen ya una propuesta turística alternativa para visitar Nicaragua de otro modo, de la mano de la gente del lugar.
El Turismo Rural Sostenible, es una actividad turística que se desarrolla en el ámbito rural, dirigida a visitantes que buscan la convivencia con la población local a través del rescate, la preservación y el disfrute de la cultura productiva, de los recursos naturales y el respeto a la identidad cultural, mediante la articulación de cooperativas con diversos actores económicos y sociales de la comunidad, que ejercen la gestión y el control de una oferta de calidad, a la vez que promueven beneficios comunes, de manera incluyente y sostenible, a través de los activos que se encuentran en manos de los pequeños (as) productora (es).
Entre los principios sobre los cuales se enfoca y desarrolla el Turismo Rural Sostenible, tenemos:
1.
Promoción de la sostenibilidad de la oferta de calidad y segura basada en el rescate, la preservación y el respeto de los aspectos ambientales, culturales, sociales y económicos;
2.
La búsqueda de soluciones que promuevan el bien común, partiendo de un enfoque incluyente que garantice la incorporación de la mayor cantidad de actores económicos y sociales de la comunidad y por lo tanto de una mayor distribución de los ingresos generados por el turismo;
3.
La incorporación de jóvenes y mujeres, en espacios de toma de decisiones y participación activa que les genere un posicionamiento en el desarrollo del enfoque de turismo en condiciones dignas;
4.
Contribución al desarrollo económico local, creando y posicionando una oferta de servicios desde la/os pequeña/os productores (as) y actores de la economía social, que poseen activos con potencial turístico pero que han estado excluidos de la oferta del sector.
Actualmente en Nicaragua, las iniciativas de turismo rural sostenible han sido desarrolladas por organizaciones como cooperativas, asociaciones, redes y organizaciones que practican el comanejo de áreas protegidas que invitan al turista a participar de modalidades como el turismo rural comunitario, agroturismo, ecoturismo, turismo de aventura como parte de su oferta.
El Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), como organismo rector y facilitador de nuevas iniciativas, se encuentra promoviendo, con apoyo financiero de organizaciones de países y bancos multilaterales, la Ruta del Café y la Ruta del Agua. Dentro de los territorios de estas dos rutas, existen algunas de las organizaciones que desarrollan turismo rural, desde hace varios años.
De manera incipiente hay algunas iniciativas de turismo rural sostenible por parte de empresarios privados en diferentes zonas del país. Se puede identificar diferentes iniciativas privadas y colectivas como parte de la oferta de turismo rural en los territorios.
Entre las organizaciones e instancias que prestan apoyo al desarrollo del Turismo Rural Sostenible en Nicaragua se encuentran: OMT – STEP, ACRA, La Cuculmeca, Movimundo, RETE, Amigos de la Tierra, Fundación Luciérnaga, Nitlapan, SNV, Proyecto Cambio (BCIE), Rainforest Alliance, CANATUR, CANTUR, UNAN – MANAGUA, UNI, UAM, Nuevo FISE, MAGFOR, IDR, MARENA, TECUILCAN, Reservas Silvestres Privadas, UCA Tierra y Agua y UICN.
Oferta de turismo rural de cooperativas afiliadas a FENACOOP: Con relación a la oferta turística rural se cuenta con información de un mapeo y tipificación de la oferta de servicios turísticos en las reservas naturales que realizó FENACOOP: la oferta turística rural ubicada en Áreas Protegidas o Reservas Naturales, es brindada por unidades campesinas legalmente constituidas en diez cooperativas de primer piso, dos uniones de cooperativas y sólo una que está inscrita como Asociación sin fines de lucro.
La capacidad de hospedaje entre las habitaciones grupales, el hospedaje en casa de familias campesinas y la infraestructura en habitaciones dobles y sencillas existentes asciende a 584 camas, donde las empresas de menor capacidad poseen entre 12 y 15 camas y las de mayor hasta 85 camas, iniciativas que comparten y combinan el hospedaje entre eco albergue y habitaciones en la comunidad.
La oferta turística de estas iniciativas se encuentra en manos de familias campesinas, han sido creadas en su mayoría con sus propios recursos, en el menor de los casos con apoyo de alguna ONG, con la idea de complementar la generación de ingresos a partir del desarrollo de una actividad complementaria a la actividad agrícola.
Una de las organizaciones que recientemente ha impulsado Turismo Sostenible en Nicaragua es Rainforest Alliance, el que ha trabajado con 51 hoteles que conforman la oferta Turística Nacional de Alojamiento (11 %) del total (406). De estos hoteles el 80% se encuentran fuera de Managua: 10% en Granada (05 establecimientos): Patio El Malinche, Alhambra, Plaza Colón, La Casona de Los Estrada y Hotel Darío. 20% en León (10 establecimientos): Hotel América, Austria, Convento, Posada de Doña Blanca, El Cosigüina (Chinandega) entre otros. 10% en Isla de Ometepe (05 establecimientos): Villa Paraíso, Asociación Puesta del Sol entre otros. 4% en Río San Juan (02 establecimientos): Sábalos Lodge y Montecristo. 36% en la Zona Norte (17 establecimientos): Esperanza Verde, Selva Negra, La Sombra Ecolodge, Finca San Miguel, La Canavalia, Reserva El Jaguar, Hotel Café, Solentune Hemm, Turiscentro Estelimar, Hotel Los Arcos entre otros.
Otras organizaciones como Tecuilcán, también han trabajado la temática de Turismo Sostenible, a través de su Programa para el Desarrollo Sostenible (PRODETS). Este programa fue creado en el 2004 y de él surgió un sub programa denominado Red de Turismo Sostenible (REDTURS), el cual aún se encuentra en ejecución y aglomera a una serie de Mipymes en el Pacífico nicaragüense y el departamento de Río San Juan.
Dada la carencia de experiencias de desarrollos turísticos sostenibles en el país, se considera oportuno retomar modelos de conceptualización del desarrollo de actividades de esta índole en los territorios. El turismo fundamenta su existencia en la oferta de recursos naturales y culturales, los cuales requieren de ser utilizados óptimamente considerando todas las aristas en su planificación orientadas a mitigar impactos negativos y la creación de impactos positivos involucrados en su desarrollo.
JUSTIFICACIÓN
La perspectiva de la Industria Turística en Nicaragua, para los próximos años es muy prometedora, la demanda continuara su tendencia a incrementar, lo que contribuirá a impulsar aun más el desarrollo de esta Industria, en particular tal tendencia sugiere, que al ser Nicaragua un destino turístico en proceso de crecimiento, debe elevar su capacidad competitiva para mantener y aumentar su participación en los mercados. El turismo hoy en día se ha convertido en una de las principales actividades económicas generadoras de divisas. Los ingresos por turismo representan actualmente representan más de C$ 400.00 millones de dólares y han sido generados por la visita de más de 1, 000.000.00 de turistas en el presente año 2012, de los cuales unos doscientos cincuenta mil turistas optaron por el turismo rural sostenible.
Las principales regiones emisoras de turistas hacia Nicaragua son centroamericanos, norteamericanos y europeos, a nivel regional, los países de donde provienen más turista son Honduras, El Salvador y Costa Rica y entre los turistas que acuden al país por motivos de placer, predominan aquellos que aún residen en el extranjero, su origen o ascendencia es nicaragüense, y vienen al país para visitar a pariente o amigos.
Resulta interesante que de las seis mil quinientas (6, 500) empresas turísticas inscritas en el Registro Nacional de Turismo del Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), el 91% del sector representa a la micro, pequeña y medianas empresas. Son negocios en su mayoría manejados por familias, con recursos financieros limitados, infraestructura insuficiente y con una gran capacidad de prestación de servicios que no se ajusta a los estándares internacionales; lo cual por supuesto repercute a nivel competitivo con el resto de países del área centroamericana.
Durante mucho tiempo han estado enfocados al turismo de sol y playa, lo cual empieza a variar debido al creciente interés de los turistas por los atractivos turísticos rurales. En el contexto político general del país no se considera adverso a los intereses de la organización, por el contrario se aprecia que existe un ambiente favorable para el fortalecimiento de la organización y el desarrollo empresarial de la actividad con enfoque de turismo sustentable.
Política de Turismo Rural Sostenible de Nicaragua
Producto del proceso de cabildeo territorial y el trabajo con representantes de diferentes instancias relacionadas con el desarrollo del TRS en los territorios surgen los siguientes 13 lineamientos políticos interrelacionados y clasificados en tres niveles que conforman parte de la política de Turismo Rural Sostenible:
1. Interno: Dirigido a los individuos en general ¿Qué hacer?
1.1
La política de TRS considera a éste como una actividad económica alternativa que contribuye a la mejora de la calidad de vida de las poblaciones locales en los ámbitos económicos, socioculturales y ambientales. Promueve, como modelo de desarrollo local integral, la implementación de buenas prácticas empresariales en iniciativas individuales y colectivas, motivando e incentivando el uso sostenible de los recursos naturales y culturales autóctonos en los territorios en donde se desarrolla. Contribuye al desarrollo económico local, generando ingresos complementarios y fuentes de empleo alternativo en aras del interés general de la comunidad y el arraigamiento de las poblaciones.
2. Intermedio: Dirigido a las iniciativas empresariales individuales y colectivas ¿Cómo hacer?
2.1
La política de TRS contribuye a la ampliación y diversificación de la oferta turística del país, creando y promoviendo productos turísticos innovadores y sostenibles, los cuales deben responder a las expectativas demanda nacional e internacional. Estos productos requieren incorporar en su gestión a grupos sociales excluidos y vulnerables en lo económico, social, político y cultural.
2.2
La política de TRS requiere de las iniciativas individuales y colectivas el desarrollo de productos de calidad que permitan alcanzar mayores niveles de competitividad nacional e internacional, los cuales garanticen la sostenibilidad de su empresa, a mediano y largo plazo, en los destinos turísticos rurales. Lo anterior parte de promover el TRS con una visión de nación y como uno de los macro productos adicionales que oferta el país.
2.3
La política de TRS promueve la incorporación de los productos de iniciativas individuales y colectivas en mercados que acrediten el cumplimiento de la normativa internacional en el área laboral y medio ambiental. Dichos productos requieren ser clasificados en modalidades de turismo que se realizan en los espacios rurales, para permitir una gestión integral de la actividad turística y estimular la asociatividad de los actores locales.
2.4
La política de TRS requiere la sensibilización de actores involucrados y la creación de alianzas que faciliten el intercambio, la inclusión coordinación e integración de esfuerzos para desarrollarle como una actividad complementaria no sustitutiva.
2.5
La política de TRS contempla que toda inversión requiere promover el uso racional de los recursos naturales y socioculturales que aporten mejoras en la calidad de vida de la población de los destinos turísticos rurales sostenibles. Estas inversiones deberán demostrar ser económicamente viables y promover la generación de empleos, valorización y respeto de la cultura local y cumplimiento de las normas y regulaciones ambientales ante las instancias de gobierno municipal, regional, territorial y central.
2.6
La política de TRS de la participación organizada y consciente de la población en general y de los actores con iniciativas colectivas e individuales propias, la cual propicie la articulación de las diferentes actividades generadoras de bienes y servicios mediante la creación de encadenamientos con visión empresarial y social que contemplen en su desempeño la responsabilidad social y ambiental requerida para su desarrollo.
2.7
La política de TRS requiere contemplar el desarrollo de un método de incidencia con la participación efectiva que garantice que los diferentes actores involucrados en la toma oficial de decisiones políticas en el ámbito local, territorial, regional y nacional se conviertan en aliados estratégicos actuando en correspondencia con los intereses y propuestas de los grupos meta participantes en su implementación.
3. Externo: Dirigido al entorno o clima requerido para la inversión, equivalentes a las condiciones requeridas al que hacer.
3.1
Las políticas públicas de las diferentes instituciones que intervienen en el desarrollo rural local deben ser coherentes y armonizadas con los fines de la política de TRS e insertas en la planificación de inversión pública local. Para ello, se utilizará los espacios de participación local existentes relacionada con la toma de decisiones contempladas en la Ley de Participación Ciudadana, Ley de Municipios y decreto de Creación de los Consejos y Gabinetes del Poder Ciudadano bajo el enfoque de desarrollo integral de destinos turísticos rurales sostenibles.
3.2
La política de TRS requiere que el Estado en sus manifestaciones territoriales, municipales y regionales fomente la articulación entre actores que propicien sinergias con la participación e integración inter e intra institucional, así como en las distantes expresiones de la sociedad civil involucradas en el desarrollo de destinos turísticos rurales sostenibles.
3.3
La política de TRS considera vital para su desarrollo la seguridad ciudadana, desde una perspectiva integral, como componente indispensable para el desarrollo de los productos y cadena de servicios turísticos en el ámbito rural. La cultura de seguridad ciudadana comprende el bienestar físico y psíquico de la población con indicadores de desarrollo y de felicidad humana, el cual es un elemento esencial para el desarrollo de destinos turísticos rurales sostenibles que repercute en una mejora en la calidad de vida de sus pobladores y repercute en la satisfacción de los turistas que lo visitan.
3.4
La experiencia de desarrollo turístico reciente indica que existen riesgos en la proliferación de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, así como de prostitución programada, trabajo infantil, la trata de personas y otras prácticas sociales no adecuadas. Este peligro requiere combatirse, haciendo uso del código de ética y mediante el trabajo conjunto de los organismos públicos, privados y organizaciones comunitarias, para no permitir su instalación.
3.5
Una política de TRS debe contemplar para su éxito instrumentos eficientes de planificación y control turístico y del desarrollo humano territorial, municipal y regional. Esta planificación turística municipal, regional y nacional a su vez requerirá de un sistema de monitoreo, seguimiento, y evaluación y auditoria social periódica que garanticen el éxito, para la gran mayoría de hombres y mujeres, de una eficiente implementación de la planificación en el territorio.
En conclusión, con la aprobación de esta iniciativa, se persigue difundir y promover la oferta turística en las zonas más necesitadas y deprimidas económicamente; fortalecer cauces de colaboración en lo relativo a la capacitación del personal, mejoramiento de infraestructura mediante el otorgamiento de beneficios y comercialización de la oferta turística, así como mantener una concertación y diálogo permanente con los actores del desarrollo local.
Hasta aquí la Exposición de Motivos, Fundamentación.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese esta iniciativa de ley a la Comisión de Turismo
CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2013. (VIGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA).
PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
Continuando, remitimos a los diputados al Adendum No. 05, Punto III: DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.
Punto 3.36:
DICTAMEN DE LA LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
, presentada por la Comisión de Turismo.
Le pedimos al diputado Pedro Joaquín Chamorro Presidente de la Comisión, la lectura del Dictamen.
DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:
Muchas gracias.
INFORME DE CONSULTA Y DICTAMEN DE LA INICIATIVA
DE LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
Managua, 07 de Febrero del año 2013.
Ingeniero
SANTOS RÉNE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
Nosotros, los suscritos miembros de la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, reunidos en
SESIÓN EXTRAORDINARIA
el día de hoy jueves siete (07) de febrero del presente año, en la Sala de Reuniones de la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, con el objetivo de dictaminar
LA INICIATIVA DE LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, (No. Reg. 20096055)
, presentada el día treinta y uno de Mayo del año 2012, por los
diputados Pedro Joaquín Chamorro Barrios, Edgard Javier Vallejo Fernández,
Nasser Silwany Báez, Olga Xochilth Ocampo Rocha, María Eugenia Sequeira
Balladares, Guillermo Eduardo Arce Castaño, Boanerges Matus Lazo, Julia de la
Cruz Mena Rivera, Carlos Guillermo Alemán Espinoza, Evelin Patricia Aburto
Tórrez, Venancia del Carmen Ibarra Silva, Jaime Morales Carazo y Alba Estela
González Tórrez.
Esta iniciativa fue remitida el día catorce (14) de junio del año 2012, por la Primera Secretaría de esta Asamblea Nacional: procedemos de conformidad a lo establecido en nuestra
LEY No. 606, LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Titulo Tercero, Capítulo II, artículos 98 al 104, del Proceso de Formación de la Ley.
I. ANTECEDENTES
El Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), tiene la labor de promover, articular y facilitar eficazmente el desarrollo del sector turismo en Nicaragua, a través del trabajo coordinado con los diferentes actores que lo integran.
Como organismo rector, se encarga de promover la preservación del medio ambiente, valoración cultural de la identidad nacional y promociona el turismo en el ámbito nacional e internacional, el cual garantice la generación de recursos económicos y beneficios sociales al país (Mipymes, Municipios y Comunidades).
El Plan Estratégico de Desarrollo Turístico 2012 – 2016 identifica dentro de sus líneas de acción el “Promover y Fomentar el Turismo Rural Sostenible”. Inserto dentro de esta línea de acción se enfatiza en la necesidad de:
1. Promover los diversos atractivos rurales alrededor de las comunidades que se encuentran en las zonas de desarrollo turístico, a través de su participación como gestores y administradores del producto turístico territorial.
2. Facilitar el desarrollo de diversos modelos de turismo para diversidad de segmentos de mercado de turismo rural como: Ecoturismo, Sol y Playa, Aventura, etc. en un marco de intercambio cultural y de solidaridad que genere beneficios directos a las comunidades visitadas.
3. Promover en las comunidades la estructuración de una oferta turística basada en la exposición de sus costumbres y prácticas propias, permitiendo el afianzamiento de su identidad cultural, a través de la facilitación de instrumentos diseñados con ese fin.
4. Fomentar en la juventud de las comunidades rurales, en coordinación con los Gabinetes de Turismo la recuperación de los valores culturales y tradicionales ligados a la identidad cultural de la comunidad y a la identidad nacional.
Producto de dicho lineamiento de acción y sus atributos identificados se realizan un par de talleres durante el segundo semestre del 2008 en la ciudad de Managua, con el propósito de abordar el tema e identificar requerimientos para el desarrollo del turismo sostenible en los territorios rurales.
Uno de los puntos abordados fue la necesidad de crear un concepto país de Turismo Rural Comunitario, el cual incluyese a todos los actores con iniciativas colectivas o individuales. El debate generó la necesidad de crear un término inclusivo, con lo cual se determinó utilizar al Turismo Rural Sostenible como modalidad que incluye ambos tipos de iniciativas citadas.
II. TURISMO RURAL EN EL ÁMBITO MUNDIAL:
En la actualidad, los turistas ponen menos énfasis en el relajamiento y el descanso en lo que se refiere al comportamiento que estos adoptan al visitar un lugar. Hoy, tienen una creciente curiosidad por la oferta autóctona y esto incluye la gastronomía, la arquitectura, la cultura, los grupos indígenas y las prácticas religiosas. Al mismo tiempo, la necesidad de satisfacer las expectativas de los visitantes ha dado lugar a un aumento en los estudios acerca de segmentos, necesidades y preferencias entre los consumidores. En consecuencia, las personas se han convertido en importantes puntos focales de la experiencia turística. La curiosidad por aprender y compartir estas experiencias ha abierto oportunidades para el diálogo y el entendimiento entre los anfitriones de los destinos turísticos y sus visitantes.
a. Turismo rural en Europa
A continuación algunas reseñas del desarrollo del turismo rural en Europa.
Francia:
País líder del desarrollo del turismo rural: Gites de France en 1951 tuvo su primera casa rural, al 2005 contaba con 56,000 alojamientos.
Austria:
Agroturismo bien organizado: En el 2003 se reportó la existencia de 15,500 granjas con turismo rural, 170,000 camas para turistas en habitaciones y/o apartamentos. El turismo rural representa el 80% de la oferta turística austríaca.
Alemania:
Comenzó a propagarse desde mediados de los años sesenta, a medida que se iban incrementando las dificultades para la agricultura como alternativa para obtener una rentabilidad extra.
Portugal:
El turismo rural es una forma de turismo reciente, con cuatro modalidades.
1. Turismo organizado por el agricultor,
2. Agroturismo,
3. Turismo rural,
4. Zonas turísticas de caza.
España:
En España, como en casi toda Europa, cada región o provincia tiene una política propia de apoyo y promoción del turismo rural.
b. Turismo Rural en América Latina
Chile:
En América del Sur, Chile es el país que ha desarrollado una de las políticas activas en materia de promoción de los establecimientos rurales que brindan servicios de alimentación y venden productos artesanalmente elaborados a los turistas.
Argentina:
Aquí el turismo rural comienza a desarrollarse con gran vigor a partir del impulso del Estado a través del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), en la década del 90; aunque un establecimiento del que se tienen referencias comenzó a explotarse como turismo en 1930 y otro inició sus actividades en 1973.
Costa Rica:
En Centro América, Costa Rica es el país que se ha destacado en el desarrollo del turismo rural comunitario.
Honduras:
En el periodo de 1998-2001 este rubro creció un 18.3%, contabilizando así un ingreso de divisas por $274.6 millones; este ingreso fue dejado por 517,900 turistas, que gastaban en promedio $49.00 diarios. Durante el 2006 el turismo hondureño creció un 10%, registrando la llegada al país de más de 700 mil turistas, los cuales dejaron más de $470 millones en divisas, que gastaron aproximadamente $74 diarios.
III. INFORME DEL PROCESO DE CONSULTAS:
Con fecha del día catorce (14) de junio del año 2012, fue remitida por Primera Secretaría a nuestra Comisión esta iniciativa, con el mandato de darle fiel cumplimiento a lo establecido en los artículos 98, 99, 100, 101, 102, de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua. Realizamos un responsable y minucioso proceso de discusión, se elaboró una amplia matriz de consultas a instituciones, organismos públicos y privados, con el fin de escuchar sus aportes, comentarios y sugerencias para ser valoradas e incorporadas en el dictamen emitido por la Comisión.
IV. INSTITUCIONES, ASOCIACIONES TURÍSTICAS Y PERSONALIDADES CONSULTADAS:
1. Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR).
2. Comisión de Asuntos de los Pueblos Indígenas, Afrodescendientes y Regímenes Autonómicos.
3. Unidad Técnica de Género (UTG).
4. Cámara Nacional de Turismo (CANATUR).
5. Cámara Nicaragüense de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Turística (CANTUR).
6. Cámara Nicaragüense de los Micro, Pequeños y Medianos Empresarios Turísticos (CANIMET).
7. Licenciado Harold Ramos – Presidente Nacional de RENITURAL y Miembro de la Comisión Binacional de Turismo.
8. Señor Luis Espinoza – Coordinador Regional de la Comisión de Turismo Rural Comunitario de León y Chinandega.
9. Señor Justo Pastor Ramos – Coordinador Regional de la Comisión de Turismo Rural Comunitario de Región IV.
10. Ingeniero Miguel Sánchez – Campamento Ecológico Campusano.
11. Señor Pedro Agurcia – Red de Nicaragua.
12. Licenciada Deyanire Mairena Mairena – H OPEN.
13. Licenciado Francisco Corrales – UNICOOTUR RL.
14. Licenciado Salvador López – CANTUR Estelí.
15. Licenciado Rafael Praslin – Coordinador de la Red de Posadas Rurales.
V. LUGAR Y FECHA DE CONSULTAS REALIZADAS:
a
. Managua, a las diez de la mañana del día jueves veintiséis (26) de julio del año dos mil doce, se reunieron los miembros que integran la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, en el Salón de Reuniones “Sacuanjoche”, II Piso del Edificio de las Comisiones Parlamentarias “José Dolores Estrada”.
Consultado:
Licenciado Harold Ramos, Presidente de RENITURAL.
b
. Managua, a las diez de la mañana del día jueves veintidós (22) de noviembre del año dos mil doce, se reunieron los miembros que integran la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, en el Salón de Reuniones “Madroño”, II Piso del Edificio de las Comisiones Parlamentarias “José Dolores Estrada”.
Consultados:
Licenciado Harold Ramos, Presidente Nacional de RENITURAL y Miembro de la Comisión Binacional de Turismo;
Señor Luis Espinoza, Coordinador Regional de la Comisión de Turismo Rural Comunitario de León y Chinandega;
Señor Justo Pastor Ramos. Coordinador Regional de la Comisión de Turismo Rural Comunitario de Región IV;
Ingeniero Miguel Sánchez Osorio, Campamento Ecológico Campusano.
c.
Hotel Barceló Montelimar Beach, a las nueve de la mañana del día viernes treinta de noviembre del año dos mil doce, se reunieron los miembros de la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional.
Consultados:
Doctor Leonardo Torres Céspedes Presidente CANTUR Nacional
Licenciado Pedro Agurcia Red de Nicaragua
Licenciado Arturo Cano Díaz CANATUR
Doctor Omar Oporta Sequeira INTUR
Ingeniero Francisco Meza INTUR
Licenciada Bayola Pallais Espinales INTUR
Licenciada Deyanire Mairena HOPEN
Licenciado Francisco Corrales UNICOOTUR RL
Licenciado Salvador López CANTUR Estelí
d.
Managua, a las diez de la mañana del día jueves veinticuatro (24) de enero del año dos mil trece, se reunieron los miembros que integran la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, en el Salón “Sacuanjoche”, II Piso del Edificio de las Comisiones Parlamentarias “José Dolores Estrada”.
Consultados:
Licenciado Rafael Praslin Coordinador de la Red de Posadas Rurales.
Licenciado Arturo Cano CANATUR.
Licenciada Zenayda Laguna Delgado Secretaria Ejecutiva de CANATUR.
VI. CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN:
Los honorables miembros de la Comisión de Turismo, después de haberse reunido con las instituciones públicas, asociaciones del sector turismo y personalidades, en un amplio proceso de consulta, han establecido una serie de consideraciones jurídicas que se han incorporado a la iniciativa de ley. Entre estas consideraciones tenemos las siguientes:
1. La definición de una Política y Estrategias de Turismo Rural Sostenible (TRS), en Nicaragua, responde a la necesidad de crear esfuerzos por promover el desarrollo de actividades turísticas sostenibles en los territorios rurales. Estos esfuerzos requieren de la planificación participativa de diferentes actores públicos y privados, en conjunto con organizaciones no gubernamentales y cooperación internacional, los cuales en su conjunto puedan incidir en su implementación integral en los territorios, incorporando como alternativa de actividad económica complementaria al TRS.
2. Esta iniciativa es una expresión concreta de la voluntad política y empresarial de iniciativas individuales y colectivas para colaborar con la creación de condiciones para la realización de un turismo más inclusivo.
Se identificaron un total de 13 lineamientos políticos que conforman la Política y 3 lineamientos estratégicos con sus respectivos programas, para lo cual se consideraron percepciones de tomadores de decisiones en Managua y actores públicos y privados en los territorios (Occidente, Pacifico Sur, Zona Norte y Caribe) con la participación de representantes de diferentes organizaciones locales, regionales y nacionales relacionadas con el desarrollo de actividades turísticas en los territorios rurales.
3. En los boletines estadísticos del Instituto Nicaragüense de Turismo no se identifican las cifras correspondientes a la llegada de turistas que hacen turismo rural en el país y tampoco se cuantifica la oferta de establecimientos que ofrecen modalidades de turismo rural. Eso no quiere decir que no haya experiencias de este tipo de turismo en el país, cabe mencionar al respecto lo siguiente sobre el Turismo Rural en Nicaragua:
Es una experiencia aún no sistematizada.
Su realización data de años anteriores a la década de los setenta donde prevalecía la existencia de negocios turísticos privados.
En los años 80, con la reforma agraria surgen las cooperativas y el espíritu por la creación de empresas colectivas. Asimismo, se citan los primeros indicios de Turismo Solidario practicado por funcionarios de agencias de cooperación.
Durante la década de los ochenta se promocionó el Turismo Social por el gobierno, para el cual se incitaba a visitar proyectos gubernamentales en su mayoría enmarcados dentro de la modalidad de sol y playa (Pochomil, San Juan del Sur, Xiloá, La Boquita, entre otros).
En los años 90, cooperativas encuentran en el turismo una alternativa de diversificación y algunas de ellas incursionan dicha temática, como por ejemplo la Cooperativa Carlos Díaz, ubicada en finca Magdalena, Isla de Ometepe.
Durante la década de los noventa surgen nuevas iniciativas privadas en los territorios rurales, algunas de ellas asociadas a la oferta de sol y playa (mayoría de ellas ofrecen hospedaje y alimentación).
4. La actividad del Turismo Rural Sostenible en Nicaragua, es una realidad que ha venido creciendo de manera acelerada, permitiendo a muchas comunidades poder tener un contacto directo con el turista nacional y extranjero, generándole ingresos y por ende una mejor calidad de vida.
5. El Turismo Rural Sostenible, es una actividad de tipo personalizada donde las personas pretenden disfrutar del entorno y de sus zonas rurales y a la vez participar de las actividades y estilo de vida de la población local, o sea, es un turismo alternativo que viene creciendo cada día más en cada sociedad de los países de Latinoamérica.
Nicaragua, en donde hay diversidad de comunidades con identidad propia, diversidad de cultura, recurso humano amable, paisajes escénicos únicos, reúne todas las condiciones para favorecer el desarrollo económico, social y sostenible.
6. El Turismo Rural Sostenible se caracteriza por:
- Se desarrolla en espacios de dominante rural y/o natural.
- Prima la mano de obra rural.
- Prima el consumo de producción agropecuaria local.
- Incorpora valores de personalización del producto, hospitalidad, trato familiar y concepto de acogida.
- Incorpora tradiciones culturales, historia, cuentos, tradiciones folklore.
- Integra actividades complementarias: cabalgatas, caminatas, senderismo, apreciación de la naturaleza, entre otros.
- Mantenimiento de los valores y recursos naturales y visión a largo plazo.
- La experiencia turística se adapta a la dinámica rural, y preserva la peculiaridad, rusticidad, el ambiente acogedor y confortable que caracteriza la ruralidad del país.
- Promueve prácticas sostenibles dentro de la oferta.
- Definido para beneficiar a las comunidades locales.
- Implementan prácticas productivas sostenibles dentro de la oferta turística.
- Integra a una población local en la actividad empresarial, diversificando los ingresos de las familias rurales.
- Promueve la conservación de la tierra y otros recursos naturales e históricos culturales de parte de los pobladores.
- Promueve la equidad de género.
- Mejorar la calidad de vida de la población local.
- Mantiene la calidad del ambiente de la que ambos dependen: locales y visitantes.
- Es Planificado y Controlado por la comunidad.
VII. IMPACTO FISCAL DE LA INICIATIVA:
Después de haber procedido al análisis y consulta de la iniciativa de Ley de Turismo Rural Sostenible (TRS), con una multiplicidad de actores vinculados de manera directa con la actividad turística, quedando reafirmado que la misma es una herramienta indispensable, para la formulación, implementación de acciones, directrices, regulación, fomento y promoción de esta actividad turística, esta Comisión Legislativa determina que con la aprobación de esta iniciativa no se genera impacto económico o erogaciones fiscales. En el texto de la iniciativa, en su artículo 18, se refiere a incentivos, para los micros, pequeños y medianos empresarios turísticos.
Sin embargo, debemos recordar que estos incentivos ya están estipulados y regulados por la Ley No. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 117, del 22 de Junio de 1999 y su Reglamento, Decreto No. 89 – 99, publicado en La Gaceta No. 168, del 02 de Septiembre de 1999. Por tal razón, debemos ser categóricos en señalar que no estamos creando nuevos incentivos fiscales, estableciéndose como requisito sine qua non, que estos prestadores de servicios turísticos señalados, deberán cumplir con lo establecido en la Ley No. 645, Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo de la Micro, Pequeña y Media Empresa.
El artículo 22, Asignación Presupuestaria, deja claramente establecido, que el Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), de su presupuesto anual, asignará una partida presupuestaria para dar cumplimiento a lo mandado en la presente iniciativa de Turismo Rural Sostenible (TRS).
VIII. DICTAMEN DE LA COMISIÓN:
Honorables Diputados, todo este esfuerzo contenido en esta iniciativa, tiene un solo objetivo: Promover la formulación e implementación de directrices y acciones que contribuyan al desarrollo del Turismo Rural Sostenible en los territorios rurales del país con un enfoque de desarrollo sostenible.
El Turismo Rural Sostenible, es una actividad económica alternativa que contribuye a la mejora de la calidad de vida de las poblaciones locales en los ámbitos económicos, socioculturales y ambientales. Promueve, como modelo de desarrollo local integral, la implementación de buenas prácticas empresariales en iniciativas individuales y colectivas, motivando e incentivando el uso sostenible de los recursos naturales y culturales autóctonos en los territorios en donde se desarrolla. Contribuye al desarrollo económico local, generando ingresos complementarios y fuentes de empleo alternativo en aras del interés general de la comunidad y el arraigamiento de las poblaciones.
Por las consideraciones antes expuestas, nosotros los miembros de la
COMISIÓN DE TURISMO,
de conformidad al artículo # 138, inciso 1 de la Constitución Política y con fundamento en los artículos 98, 99, 100, y 102, de la
LEY No. 606, LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
DICTAMINAMOS POR UNANIMIDAD FAVORABLEMENTE
LA INICIATIVA DE LEY DE TURISMO RURAL SOSTENIBLE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
En consecuencia, sometemos a consideración de este Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, el presente Dictamen, para su debida discusión y aprobación.
Atentamente,
COMISIÓN DE TURISMO
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO B. EDGAR JAVIER VALLEJO F.
Presidente Vicepresidente
NASSER SILWANY BÁEZ OLGA XOCHILTH OCAMPO R.
Vicepresidente Miembro
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA B. GUILLERMO EDUARDO ARCE CASTAÑO
Miembro Miembro
BOANERGES MATUS LAZO ALEJANDRO DELGADO M
Miembro Miembro
CARLOS GUILLERMO ALEMÁN E. EVELIN PATRICIA ABURTO T.
Miembro Miembro
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA S. JAIME MORALES CARAZO
Miembro Miembro
ALBA ESTELA GONZÁLEZ TÓRREZ
Miembro
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Pasamos entonces a la discusión del Dictamen en lo general.
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:
Gracias, Presidente.
Felicitamos a los miembros de la Comisión de Turismo que propusieron esta iniciativa, la elaboraron y a la vez la dictaminaron para que la conozcamos ahora en este plenario.
Ciertamente, escuchando las explicaciones que están en la Exposición de Motivos y las conclusiones ya en la parte del Dictamen, esta iniciativa va a tener un impacto muy positivo en la economía nacional en el área turística, porque precisamente Nicaragua está iniciándose con buen paso en este campo, y una de las bondades y características nuestras es precisamente lo natural y lo orgánico, y en este sentido debemos crear incentivos como la ley los crea, y sobre todo el concepto de marca y sello que lo estaría dando el Instituto Nicaragüense de Turismo, según lo establece la ley, para aquellas entidades, organizaciones familiares de emprendimiento, pequeñas microempresas que estarían acogiéndose a esta iniciativa, que acogerá -valga la redundancia- las características que estará definiendo el Intur con la Comisión Especial que se estará creando, para que en efecto sea esta un área fundamental en el desarrollo nacional.
Tengo una observación muy particular, no sé, lo vamos a conversar con los colegas acá en el momento correspondiente, porque en la comisión posiblemente sea interesante que esté integrado alguien que represente a la municipalidad, ya sea Inifom o Amunic porque las alcaldías, como lo dice acá en un momento y en los primeros artículos, tienen un rol fundamental importante para el apoyo de este tipo de emprendimiento. Ya está incorporado el Ministerio de la Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, porque estamos hablando de pequeños programas de emprendimiento, no de gran monto, y eso va a ser una gran riqueza nacional.
Saludamos entonces a los colegas que han impulsado esta iniciativa que es de beneficio nacional indubitable, y nos unimos a las solicitudes de los colegas de que la apoyemos por unaniminidad.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputado Brooklyn Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO BROOKLYN RIVERA BRYAN:
Gracias, compañero Presidente.
Para el Dictamen de esta iniciativa de Ley de Turismo Rural Sostenible, desde la Comisión de Asuntos de los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes, hemos hecho un aporte concreto en lo que se refiere a la inclusión de los elementos orientados al turismo comunitario. Aunque hemos deseado que en el mismo nombre de la ley se reflejase el concepto de “turismo comunitario”, no ha sido posible; pero analizando el contenido del proyecto de ley, estamos satisfechos de que la comisión ha recogido e incluido pues, esos elementos tan importantes de lo que es el turismo comunitario, en este caso pues, los elementos del derecho colectivo de las comunidades indígenas y afrodescendientes que contribuya a mejorar la economía de las comunidades de esos territorios.
Es importante también que sea recogido el elemento de respeto al medio ambiente, bajo el concepto de ecoturismo. De hecho, es de mucha importancia que todas las acciones económicas vayan orientadas a la sostenibilidad del medio ambiente, a la diversidad biológica natural que existe dentro de los territorios. Además, resaltamos que es muy importante, en relación con los territorios indígenas, el derecho de consulta previo, libre, informando a la comunidad indígena que se haya incluido dentro de este proyecto de ley, porque se trata de un derecho reconocido en el mismo (Convenio 169, de la OIT), y en este esfuerzo del desarrollo económico es importante reflejar esa realidad.
Y finalmente, es importante que las Regiones Autónomas tengan representación en la Comisión Nacional del Turismo Rural Sostenible, a través de sus autoridades superiores que son los Consejos Regionales, lo mismo que la participación de las comunidades, sus territorios y las misma Regiones dentro de este esfuerzo orientado, en todo caso, a contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida y en particular a la economía de las comunidades indígenas.
Por lo tanto, estamos satisfechos y felicitamos a la comisión por el trabajo que han hecho, y llamamos a todos los colegas a respaldar esta iniciativa de ley.
Muchas gracias, compañero Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputado Javier Vallejo Fernández, tiene la palabra.
DIPUTADO JAVIER VALLEJO FERNÁNDEZ:
Gracias, Presidente.
Esta mañana que estamos a las puertas de aprobar -y esperamos que sea unánime- esta iniciativa de ley, tenemos que reconocer desde la comisión, el entusiasmo que encontramos en la consulta con esas Mipyme, con esas micro, pequeñas y medianas empresas que están y que estaban sin mucho soporte hasta ahora que aprobemos esta ley, y esperamos que al aprobarla, sea un empuje más para que los empresarios de este turismo alternativo puedan crecer y a la vez generar y mejorar la economía de las zonas rurales.
Nuestro país es inmensamente dichoso por el potencial turístico, pero tal vez en las últimas décadas nos hemos dedicado más al turismo de sol y playa; sin embargo, esta ley viene a darle la importancia, y repito, el empuje necesario para que el turismo rural sostenible crezca en nuestro país y por ende nuestras comunidades, nuestras zonas rurales se vean beneficiadas, y que no sólo el turista extranjero sino todos los nicaragüenses podamos gozar de las maravillas naturales que tenemos, y que tal como lo sugiere esta normativa, se pueda lograr la protección y la sostenibilidad de nuestros recursos en el país.
Espero entonces, colegas, que tengamos el respaldo unánime para esta iniciativa de ley.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Nasser Silwany, tiene la palabra.
DIPUTADO NASSER SILWANY BÁEZ:
Muchas gracias, compañero Presidente.
En primer lugar, quiero felicitar a todas las Mipyme de Nicaragua, al Instituto rector del Turismo como es INTUR, a todos los miembros, Presidente, Vicepresidente de la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional, porque nos dispusimos con todo el ahínco, con todo el amor para sacar esta iniciativa de ley de la manera más confortable, de la manera más coherente, de la manera que permitiera llevar hasta el último rincón las mociones y propuestas que se han hecho ahora que ya está establecido este documento.
Es decir que el Turismo Rural Sostenible, es una realidad que data de los años 80, como dice el propio Dictamen, cuando prevalecía la existencia de negocios turísticos privados; pero con la Reforma Agraria en esos años 80, surgieron las Cooperativas y el espíritu por la creación de empresas colectivas e indicio del turismo solidario. Así mismo se promocionó el turismo social por el gobierno, donde se incitaba visitar proyectos gubernamentales enmarcados dentro de la modalidad de sol y playa.
En los 90, las cooperativas encuentran en el turismo una alternativa en los territorios rurales, ofreciendo servicios de hospedaje y alimentación, que por ende no tenían ni mucho menos su marco jurídico ni los controles debidos como tal; y hoy esta ley le viene a dar ese control jurídico, las oportunidades a todas nuestras Mipyme en el campo rural de todo Nicaragua que permita acogerse a la Ley No. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, donde ya realmente eso está estipulado y por el contrario no viene a generar impacto económico o derogaciones fiscales.
También es importante señalar que uno de los puntos que más se debatió es porque se llamaba Turismo Rural Sostenible, y llegamos a un consenso todos en la necesidad de crear un concepto de país, como Turismo Rural Comunitario, el cual incluyese a todos los actores con iniciativas colectivas o individuales. El debate generó la necesidad de crear un término inclusivo, por lo cual se determinó utilizar el de “Turismo Rural Sostenible” como modalidad que incluye ambos tipos de iniciativa. Es por tal razón que se llama “Turismo Rural Sostenible”.
Y lo otro es que la autoridad responsable de la aplicación de esta ley es el Intur, él es el Rector, el ente autónomo, que en coordinación y concertación con los instrumentos existentes y restos de las instituciones públicas, privadas, autoridades indígenas y las leyes que le rigen en la Costa Caribe de Nicaragua, en el ámbito de su competencia y de su presupuesto anual, asignará una partida presupuestaria para dar cumplimiento a lo “mandatado” en la presente iniciativa.
Esta iniciativa fue ampliamente consultada con instituciones, asociaciones turísticas, personalidades y Cámara Turística. Sus seis capítulos y los veintiséis artículos están bien definidos, lo que corresponde al objeto de la ley, el régimen jurídico, objetivos específicos, respeto al medio ambiente, órdenes de aplicación, sus funciones, sus competencias, articulaciones del Intur, implementación de acciones, su normativa a la marca TRS y Reglamento de la ley.
Por lo tanto, nosotros en la Comisión de Turismo dictaminamos por unanimidad favorablemente la iniciativa de Ley de Turismo Rural Sostenible de la República de Nicaragua, y por lo antes expuesto, les solicitamos a todos los diputados y diputadas voten por el desarrollo económico y social sostenible.
Muchas gracias, compañero.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.
TERCER VICEPRESIDENTE WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Gracias, Presidente.
Creo que negarse a apoyar esta ley es una cuestión que no corresponde. La ley tiene toda la buena intención del mundo, puesto que propugna al desarrollo económico y social del país; yo sé que la ley se llama Turismo Sostenible, y sus beneficios para el país están establecidos claramente en la ley. Analizando los artículos de la ley, pues se trata de palear los efectos negativos que pudiera tener, que definitivamente hay alguna incidencia mínima pero lo va a haber.
Yo lo que pretendo esta mañana es despertar la conciencia de las autoridades que van a rectorear este proyecto de los nicaragüenses, dueños de las propiedades donde se va a desarrollar este turismo, para que implementen programas de capacitación a fin de crear la conciencia necesaria en ellos y en los usuarios de este tipo de turismo para garantizar el mínimo daño ambiental. Porque un manejo sin el debido –digamos- control por parte de las autoridades, puede provocar destrucción o daño en el medio ambiente, puede haber afectaciones a los recursos naturales, en especial al agua, aunque habrá afectación, quiérase o no, a la flora, a la fauna, al hábitat de esa fauna, en la medida en que se abran las montañas y las selvas vírgenes a la presencia del ser humano, que para muchos ambientalistas, la peor especie depredadora del mundo es el ser humano.
Entonces, yo voy a apoyar la ley, pero quisiera pues, que se hiciera esa conciencia, y que los medios de comunicación y las autoridades encargadas de la implementación de esta ley hagan esa conciencia en todos los que van a ser beneficiados por la misma, y que no haya –digamos- acciones excepcionales en relación con situaciones que pudieran presentarse en el futuro, porque las afectaciones se dan aunque no queramos, pues son fruto de los préstamos culturales.
Pudiera haber también afectación en las costumbres y las tradiciones de los pueblos autóctonos con la presencia de estos turistas; y yo he visto en algunas ciudades de Nicaragua, que ahora son ciudades turísticas y que no las voy a mencionar, el cambio que se ha dado en la mentalidad de la juventud, en sus hábitos, sus costumbres, en su vestimenta, etc. Sí hay una incidencia aunque no la queramos, éso es lo que quiero señalar, para que se tenga bastante cuidado en el manejo de la ley y que su cumplimiento sea ineludible, y que las sanciones para los violadores de la ley sean lo más consistente posible, para garantizar que el deterioro del medio ambiente, de las costumbres, de la fauna de nuestro país, sea mínimo.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado, tiene la palabra.
DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Muchas gracias, señor Presidente, miembros de la Junta Directiva.
Quisiera iniciar reconociendo y felicitando el trabajo que ha hecho la Comisión de Turismo estando al frente Pedro Joaquín y Nasser Silwany, porque nos traen al Parlamento Nacional un instrumento realmente novedoso en cuanto al concepto de turismo como tal en el país.
Esta propuesta de ley, si uno la analiza con más detenimiento, viene a proponer una alternativa a lo que nosotros tradicionalmente hemos venido concibiendo como turismo en nuestros países. Ese concepto tradicional de que para poder hacer turismo se necesitan enormes inyecciones de recursos y de que la gente que vive del turismo son esas personas que tienen cientos de millones de dólares para poder hacer unos grandes edificios, unos grandes hoteles, unos grandísimos restaurantes, muchos de ellos incluso con reserva de cara a su viabilidad y a su compatibilidad con el medio ambiente; ahora viene la Comisión de Turismo y nos enseña que existe una forma diferente, una forma amigable con el medio ambiente, una forma compatible con las tradiciones y con las costumbres de los pueblos originarios, y que también se puede hacer turismo de esa manera.
Yo quisiera iniciar reconociendo ese excelente trabajo y esta pieza jurídica turística que nos está trayendo la Comisión de Turismo de la Asamblea Nacional.
Por otro lado, quiero también reconocer que esta Comisión es una de las primeras que ha venido guardando estricto apego a lo que establece una disposición muy importante de la Ley de Concertación Tributaria, que en su artículo 320 se habla de la Técnica Legislativa; plantea que todas las iniciativas de ley que se estén dictaminando en las diferentes Comisiones de la Asamblea Nacional y que pudiesen tener algún contenido que pudiese impactar tributaria o presupuestariamente al país, se le envíe para hacer un informe consulta a la Comisión de Producción Economía y Presupuesto.
Esta comisión efectivamente lo ha hecho, nosotros hemos evacuado este informe y en realidad se han generado propuestas de moción que vienen a garantizar que esta ley tenga un impacto neutro en cuanto a tributación se refiere; sin embargo, hay un impacto positivo de cara al crecimiento económico y al combate a la pobreza. Y explico brevemente por qué, este instrumento jurídico que nosotros tenemos aquí, permite tener una mentalidad clara de que se puede hacer turismo y generar recursos en comunidades donde jamás se nos había pasado por la mente que iba a llegar un turista.
Y aquí quiero, en alguna medida, reaccionar un poco a la inquietud legítima de Wilfredo cuando planteaba su preocupación de cara al medio ambiente. En esta ley es todo lo contrario, es que uno de los principios que garantiza la existencia del Turismo Rural Sostenible, es que este turista especializado no anda buscando un hotel cinco estrellas, no anda buscando un Marriott, no anda buscando un Hyatt, no anda buscando un hotel como los de Las Vegas, o un casino, no anda buscando eso, anda buscando interactuar, aprender, conocer, admirar la flora, admirar la fauna, vivir días o semanas inserto en las costumbres de estas comunidades indígenas o de estos pueblos rurales; por lo tanto, si se llegase a desnaturalizar dejaría de ser Turismo Rural Sostenible.
Por lo tanto, esta ley no corre el riesgo que legítimamente plantea aquí el diputado Navarro. En otras palabras, si a esas comunidades empiezan a llegar inversiones turísticas para invertir en hoteles, invertir en restaurantes, ya no es turismo rural sostenible y ese turista especializado ya no va a llegar a esas comunidades, ya no va a ser turismo rural sostenible; para que sea turismo rural sostenible, una condición sine qua non es que debe permanecer lo menos alterado posible un determinado ecosistema o forma de vida de estas comunidades. Por lo tanto, en este caso particular no existe riesgo de ningún tipo.
Y finalizo agradeciendo a la misma Comisión de Turismo, porque aquí hay un sentimiento común que une a todos los diputados de esta Asamblea Nacional, independientemente de la Bancada a la que pertenezcan, y es que todos estamos conscientes de que necesitamos combatir la pobreza, combatir la pobreza extrema y generar crecimiento económico para nuestro país y venir a borrar las desigualdades; pero una cosa es el dicho y otra cosa es el hecho. Con esta ley nosotros pasamos de las palabras a los hechos, y estamos dando un instrumento para combatir la pobreza en esas comunidades, donde desde ningún otro punto de vista se hubiese visto como un potencial de generación de recursos por la vía de la explotación turística responsable y compatible con el medio ambiente; esas comunidades sólo se utilizan para que produzcan leche, que produzcan maíz, que produzcan frijol, que produzcan sorgo, pero jamás se les hubiese pasado por la cabeza que de todas esas bellezas que rodean a estos comunitarios también podría hacerse turismo con ella y podría ser una fuente de ingresos para esas familias pobres, campesinas de nuestro país.
Así que reitero el agradecimiento, gracias en nombre del pueblo de Nicaragua, gracias en nombre del gobierno del presidente Ortega, porque estamos ahorita discutiendo y aprobando una de las leyes más importante que se puedan estar discutiendo en el año 2013 en este Parlamento Nacional.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputada María Eugenia Sequeira, tiene la palabra.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES:
Gracias, Presidente.
También quisiera sumarme a este trabajo fuerte que ha venido realizando la Comisión de Turismo encabezada por Pedro Joaquín Chamorro, y que ha venido tratando de encontrar esa armonía y un sentido común al buscar ese objetivo que nos reúna a los nicaragüenses, pensando en el bienestar común de la gente más pobre.
Es por eso que esta ley, como bien lo decía Wálmaro, toca las partes más sensibles y la mayor cobertura territorial de nuestro país; nuestro país es inmensamente rural, donde se está desarrollando ese potencial turístico que va a traernos no sólo el movimiento económico, sino que ese intercambio cultural en nuestros lugares rurales, ese movimiento económico, porque desde ya hemos visto y hemos apreciado en algunas posadas rurales, cómo el campesino, el pequeño campesino, el pequeño productor ya está arreglándolas con pequeños financiamientos.
Creo que Nicaragua tiene todas las condiciones para favorecer este desarrollo del turismo rural; pero además de eso vamos a tener un marco regulatorio, y no sé si Wilfredo no se fijó, pero hay artículos que contemplan, o en la medida que vayamos aprobando la ley, se va a dar cuenta que en el Capítulo V está el Régimen de Promoción de Turismo Rural Sostenible, donde establece las normativas de regulación en cuanto a procedimiento de capacitación de cuidado del medio ambiente; como también en el artículo 20 encontramos, Wilfredo, con las obligaciones y sanciones que contempla este iniciativa de ley. O sea, tiene todos los instrumentos necesarios esta iniciativa, para promover, desarrollar, coordinar, potencializar y cuidar el medio ambiente.
En esta ley vamos a contemplar por primera vez un registro nacional del turismo rural, que le va a permitir a nuestro país darse cuenta del potencial que realmente tenemos. Se va a desarrollar más el turismo, porque además trae la clasificación del servicio turístico rural, categorizándolo en Turismo de agro, ecológico y de aventura; aprovecho para decirles a todos los nicaragüenses que vayan y conozcan el Cerro Negro, que es una maravilla increíble, deben visitarlo como un potencial de turismo rural de aventura, el cual ya está siendo clasificado en esta ley.
Nicaragua ha desarrollado el turismo de playa, de ciudades coloniales, pero hoy con esta ley se pretende dar un salto al fomento del turismo rural, un potencial increíble a desarrollarse. El turismo rural prácticamente es esa actividad de tipo personalizada, donde el turista va a poder disfrutar del entorno y la riqueza que tiene nuestro país, de las actividades y la cultura propia del campesinado, va a disfrutar de la belleza natural que posee nuestra Nicaragua.
Por último, quiero pedirles a todos los diputados que se sumen a esta votación mayoritaria, porque es sumamente importante para todos nosotros buscar como elevar los niveles de vida de los nicaragüenses. Y ahora el pequeño productor además de tener su lechería o su granjita de cerdos, o su siembra de hortalizas, también va a poder brindarle al turista y compartir con él, su vida cotidiana la belleza del entorno en el cual se desarrollan los nicaragüenses más sencillos.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias diputada.
Tenemos anotados cinco compañeros y compañeras más, vamos a cerrar con el diputado Pedro Joaquín Chamorro.
Previo queremos saludar a los compañeros miembros de la Asociación de Discapacitados, Pensionados y Asegurados del Ministerio de Gobernación que nos acompañan en el Plenario en esta discusión, bienvenidos.
Diputada Xochilth Ocampo, tiene la palabra.
DIPUTADA XOCHILTH OCAMPO ROCHA:
Muchas gracias, compañero Presidente.
Buenos días, diputadas y diputados; compañeros y compañeras.
Como miembro de la Comisión de Turismo, me siento contenta que estemos discutiendo esta ley que fue trabajada de forma acelerada, la Comisión ha priorizado esta ley porque es de gran necesidad. Hoy, estamos creando una norma jurídica. Primero, pretende identificar el turismo comunitario, identificar quiénes son los que están haciendo turismo rural y promoverlo. Por supuesto que esta tarea va a ser para el Intur y desde ya lo están haciendo, ya están promoviendo el turismo rural comunitario sostenible.
Pero, ¿qué pretendemos cada uno de los miembros de la Comisión de Turismo y los diputados y diputadas que hoy estamos aprobando esta ley?, queremos promover a través del turismo rural nuestra cultura, nuestras tradiciones, incluso la tradición alimenticia, las costumbres y nuestras diferentes formas de identidad.
También pretendemos salir de la pobreza en las zonas rurales, efectivamente, deseamos que esto venga a significar un apoyo importante económicamente hablando, en estas zonas, en donde los que van a hacer el turismo son los comunitarios. Aquí hay dos factores importantes, la naturaleza y los comunitarios, son dos elementos que van a estar presentes para que haya turismo rural sostenible y por supuesto que al momento de hacer este tipo de turismo, tenemos que encontrar el compromiso de quienes vayan a invertir en ésto, deben estar en relación, en armonía con la naturaleza. Ayer aprobamos una ley que declara a la Isla de Ometepe Reserva de Biósfera y esto implica un plan, una estrategia nacional, un plan que venga a preservar nuestra naturaleza, los recursos naturales y la armonía de la naturaleza con los comunitarios. Hay lugares en los que no podemos construir hoteles cinco estrellas, porque rompen con la naturaleza, no encajan dentro del lugar, se tienen que preservar las costumbres, nuestra historia, la identidad, nuestro folklore y eso es lo que viene a proteger esta ley.
Asimismo, viene a proteger a quienes hagan el turismo, o sea, este no es un turismo para los grandes inversionistas, para los extranjeros, ellos ya tienen sus inversiones en otros lugares y promueven un turismo de alta gala u otro tipo de inversiones, pero esto lo que viene a proteger es a los comunitarios, que a través de su vida cotidiana de su día a día van a hacer turismo.
Existen granjeros de otros países que debido al estrés, al trabajo, a las grandes industrias, no pueden contemplar un panorama bello, como el que tenemos en Nicaragua, no pueden ver a un campesino ordeñando una vaca, no pueden escalar montañas preciosas, sobre todo gozar de la gran seguridad que tenemos en nuestro país. De manera que esta ley viene a promover a ese campesino, a ese comunitario, a ese cooperativista, o a esa población organizada en asociaciones que van a desarrollar el turismo rural, el turismo comunitario sostenible.
Y cuando hablamos de sostenible, quiero comentarles que vamos a hacer una diferencia entre lo que es el turismo convencional del turismo rural, vemos cómo grandes consorcios turísticos no van en armonía con el medio ambiente, cuántas cantidades de aire acondicionado encontramos en estos hoteles y eso va en contra de nuestra naturaleza, emitiendo gases que perjudican la capa de ozono. Entonces, el turismo rural sostenible viene a crear otro tipo de condiciones que permiten que se desarrollen construcciones, hoteles o que se desarrollen fincas, posadas, se les puede llamar de diferentes formas, procurando siempre el menor impacto en nuestra naturaleza, en el cambio climático, que ya lo estamos sufriendo.
En algunos lugares, en algunos países del mundo, ya existen los famosos hoteles verdes, ¿qué significa?, que no van a hacer uso de los aparatos de aire acondicionado, que no van a traer comidas exportadas, es muy triste llegar a lugares bellos de nuestra Nicaragua donde le ofrecen un desayuno a la americana, ¿y por qué, si yo quiero comer mi gallo pinto?, ¿por qué me van a ofrecer un desayuno que no es nicaragüense? Entonces, este turismo rural comunitario viene a rescatar nuestras tradiciones, nuestra alimentación y éste sea en armonía con el medio ambiente, cero aire acondicionado, cero cualquier tipo de cosas que ocasionen contaminación al medio ambiente, por eso ponía de ejemplo esos hoteles verdes. El ahorro energético, las comidas vegetarianas, toda nuestra gastronomía, tiene que ser promovida a través del turismo rural sostenible.
Por último, ¿quienes ya están haciendo el turismo rural comunitario en el norte, en el occidente, en el sur y en el Caribe nicaragüense?, las cooperativistas, las familias campesinas, las comunidades indígenas, las asociaciones de artesanos, es a ellos a quienes va dirigida esta ley. El Intur ya está trabajando en esta política, y se está implementando una política nacional turística en nuestro país y esperamos que con esta norma turística también se venga incorporando lo que es una política pública, para el turismo rural comunitario y que se invierta en la promoción y en la capacitación de los compañeros y compañeras nicaragüenses que están trabajando en esto.
Por lo tanto, pedimos el apoyo de todos los diputados y diputadas en esta ley, que sabemos que es muy buena, no hay ley perfecta, pero sabemos que es una ley que va a apoyar mucho el turismo rural comunitario.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias diputada.
Diputado Evertz Cárcamo, tiene la palabra.
DIPUTADO EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ:
Gracias, señor Presidente.
Se dice que Nicaragua es rica en recursos naturales, pero hasta ahora vamos a poder explorarlos de una manera más equitativa. El turismo en Nicaragua es un rubro de futuro y más este turismo rural que va dirigido, como dice la palabra “rural”, va hacer de nuestras quebradas, ríos, fincas, lagunas y volcanes, un atractivo turístico, no solamente para el extranjero, porque a veces creemos que turismo es únicamente el que viene de afuera, también tenemos que promover el turismo nacional, que nuestros hijos y familiares conozcan Nicaragua, además debemos empezar por nuestro país, asimismo, tenemos la obligación de cuidar el turismo nacional. En otros países el turismo rural se ha convertido en su principal rubro, como nuestro país vecino, su principal rubro es el turismo rural. Esta es una idea que nuestro gobierno viene desarrollando desde las campañas anteriores, lo viene proponiendo, y analizando, porque es la alternativa para los campesinos, para que la genta pueda mejorar sus fincas, sus tierras, que puedan mejorar su nivel de vida, porque no solamente es su comunidad, sino que su familia también, porque las mismas se convierten en guías turísticas, demostrando ese calor humano que el nicaragüense tiene, y esa es una gran ventaja que tenemos, nuestro increíble calor humano, y este turismo rural convierte a cada familia en guía turística, en personas que cuidan sus tierras, sus fincas, dando ese calor humano a todos los turistas nacionales e internacionales.
De manera que es significativo señalar la importancia que nuestro gobierno ha puesto en esta ley, hay que reconocerlo, y todos debemos estar a favor de ella ya que el futuro de Nicaragua siempre será el turismo rural, porque es el que va a sacar de la pobreza a nuestros campesinos.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputado Boanerges Matus, tiene la palabra.
DIPUTADO BOANERGES MATUS LAZO:
Gracias, Presidente.
Las condiciones en el país para el turismo rural sostenible están dadas, y se ha venido practicando en algunos países centroamericanos, como Costa Rica, con buenos resultados. Nicaragua presenta mejores condiciones para el turismo rural sostenible en relación con el resto de países centroamericanos. La seguridad que hoy vivimos los nicaragüenses, nos permite practicar el turismo rural, no sólo a los nacionales, sino también a los que vienen del extranjero. De manera que este clima de seguridad que tenemos, por supuesto que contribuye con el turismo rural sostenible en Nicaragua, que ya viene siendo una realidad, el cual traerá grandes beneficios a los pobladores en las comunidades, de todos los departamentos en el interior del país.
La Comisión Nacional de Turismo, que está conformada por nueve instituciones del Estado, no sólo mejorará la infraestructura vial, también las carreteras troncales, las carreteras vecinales, asimismo están incluidos en esta Comisión, todos los representantes de las Cámaras legítimamente constituidas, y serán las comunidades a lo largo y ancho del país, los pobladores, los campesinos, las comunidades indígenas, los que se verán beneficiados con esta ley.
Además, esta ley trae beneficios para el país, para la economía familiar, ya que se incorpora una serie de territorios que tienen un gran potencial turístico y al estar en la Comisión Nacional del Turismo, el MTI, el MAGFOR, el Ministerio de Agricultura, MARENA, el INTUR, las Cámaras constituidas, se viene a fortalecer esta norma, también se crean las condiciones necesarias para que tanto los campesinos como las comunidades indígenas sean totalmente favorecidas.
De manera, que felicito al resto de miembros de la Comisión de Turismo, ya que esta ley traerá grandes beneficios a los ciudadanos, a los campesinos, a los artesanos, a los pobladores históricos de las Regiones Atlántico Sur y Norte, por supuesto que debemos implementarla, las condiciones están dadas para que esta ley no sólo se implemente correctamente, sino que traiga los beneficios que esperamos a las comunidades, a los campesinos, al sector cooperativo del país.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Como miembro de la Comisión de Turismo, estoy completa y totalmente de acuerdo con la ley que se está proponiendo y comparto gran parte de las opiniones que se han expresado, sin embargo creo que debemos tener claro ciertos conceptos.
Por ejemplo, el aspecto de rural sostenible, la palabra rural se refiere obviamente a la naturaleza, al campo, y gran parte de nuestros atractivos turísticos están precisamente en el campo, en las montañas, parte de los ríos, quebradas, etc., pero no podemos pensar que una ley va a crear ya una corriente de turismo, sino que facilitará el desarrollo de estas actividades que van a beneficiar a las comunidades. No necesariamente debemos pensar que va a venir un flujo grande de atractivo turístico para convivir en comunidades rurales, en donde las mismas personas que habitan, en muchísimos casos, viven en condiciones extremadamente precarias, se beneficiarán a largo plazo, digamos, con el flujo de gente y de recursos, que van a contribuir a que ellos generen fuentes de trabajo.
Asimismo, el concepto de turismo, que también se le ha llamado “la industria sin chimenea”, su propósito básicamente es generar ingresos y fuentes de trabajo. En Nicaragua hemos visto que el turismo junto con la industria de las Zonas Francas son los que más rápidamente han crecido generando fuentes de empleo. Por otro lado, este tipo de turismo es selectivo, como muy bien lo señaló Wálmaro, no es para todo el mundo, las playas y el sol continúan siendo los principales atractivos, en otros lugares los aspectos de orden cultural o arqueológicos que igual es parte de cultura, de diversión, etc., esas son cosas con los que no vamos a competir, si, son ramas del turismo que quisiéramos tener y nosotros podemos promover, en vista que tenemos una enorme gama de atractivos naturales. En Costa Rica persisten como inversiones y atractivos más grandes, las playas, es decir, el turismo no es propiamente rural sino llamémoslo de observación y convivencia con la naturaleza, eso es diferente. Pero pensar que vamos a poderlo realizar sin la promoción y el apoyo total y completo de las grandes operadoras de turismo, que son las que canalizan estos flujos, es utópico.
Sugiero que apoyemos totalmente la ley, pero sepamos que tenemos que crear las facilidades para que esto se pueda llevar a cabo en el campo, donde no existen las comodidades requeridas. Recuerdo que uno de los grandes desarrolladores de ese tipo de turismo en México, me comentaba, que se puede traer un turista de esta naturaleza o especialidad y andarlo todo el día meterlo en abismos, en el río, que se escape de ahogar, con todas las incomodidades posibles, pero que al regresar a dormir tenga una buena cama, un buen baño y un buen bar, en este caso que no son las playas, porque el mar, el sol y la arena las tres cosas que se conocen, continúan siendo un enorme atractivo masivo.
Sólo quería apuntar eso para que pongamos los pies sobre la tierra, es una buena ley y viene a promover el desarrollo turístico en toda su amplia gama, además, es una especialidad que va a beneficiar a todos los campesinos y comunitarios en donde se lleve el desarrollo, pero ellos por sí solos no van a ser una fuente de atractivo importante para ese turismo grande que deseamos traer.
Gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Cerramos con el diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.
DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO:
Gracias, señor Presidente.
Quiero pedirle a todos los diputados que votemos unánimemente por esta ley, ya que es buena, y viene a fomentar el turismo en las zonas rurales de Nicaragua, a crear una alternativa de ingresos para las familias campesinas, a mostrarle al turista que viene de afuera, aspectos de nuestro país como es la cultura, las costumbres. Les decía a los periodistas por ejemplo, que el campesino que va todos los días a ordeñar su vaca, para él no es ninguna novedad, pero para un turista llegar a un lugar rural y tener esa experiencia es realmente una novedad o cabalgar, por ejemplo, para nosotros no es ninguna novedad, pero hay turistas que les gusta tener la experiencia de cabalgar por los senderos, en la montaña, y ese tipo de turismo ya está teniendo lugar en muchas partes de Nicaragua. Conozco lugares en la Isla de Ometepe, donde hay muchísimo turismo rural de ese tipo.
Para finalizar, quisiera señalar cuatro aspectos que me parecen fundamentales para desarrollar la imagen del país como destino turístico.
En primer lugar, la novedad de nuestro país con sus maravillosas riquezas naturales, con sus lindos lugares escénicos que siempre han estado ahí, pero que no hemos podido tomar ventaja de esas riquezas que nos concedió El Creador, tal vez porque en el pasado estábamos en guerra o porque no le dábamos la seguridad al turista que nos visitaba. Hoy en día, nos perfilamos en los diferentes medios de comunicación especializados en turismo, como un país seguro, esa es otra de las características que busca el turismo internacional, como un pueblo hospitalario, como lo ha sido siempre, pero tenemos que dar esa imagen de lo que realmente somos, un país hospitalario y limpio. En este sentido creo que debemos hacer un esfuerzo por cuidar las calles de nuestros pueblos, por no convertirlas en una “chureca” nacional, creo que la campaña en pro de la limpieza viene a fomentar el desarrollo turístico de Nicaragua, porque el turista que llega a un lugar y se encuentra con un montón de botellas y bolsas plásticas vacías, se lleva una mala impresión de Nicaragua.
Queremos convertir al turista que visita por primera vez Nicaragua en el principal promotor, está comprobada psicológicamente, que no hay mejor promoción turística, que la campaña boca a boca, de aquel que vino, que tomó la experiencia, regresó a su país y le cuenta a sus familiares y amigos “estuve en Nicaragua, tuve una excelente experiencia, vieran que gente más agradable, que país más limpio, me trataron como rey, la comida estaba excelente, y los precios eran extraordinarios”.
Les decía a algunos periodistas, que no tratemos solo de pegarle el garrotazo y de sacamos lo más que podamos al turista, sino que cada uno se lleve una buena impresión de que somos un país en donde la gente se precia de vivir bien, en un país espectacularmente bello, pero esas bellezas que tenemos los volcanes, ríos, lagos y lagunas, han estado siempre ahí y no siempre hemos tenido el beneficio del turismo.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Concluimos entonces la discusión en lo general.
Pasamos a la votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
88 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 2 presentes. Se aprueba el Dictamen en lo general.
Pasamos ahora a votar si discutimos por capítulo o por artículo, si es por capítulo votan en verde, si es por artículo votan en rojo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
85 votos a favor que se discuta por capítulo, 0 a favor que se discuta por artículo, 0 abstención, 5 presentes. Se da la discusión por capítulo.
SEGUNDA SECRETARIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1 Objeto de la Ley.
La presente ley tiene como objeto promover la formulación e implementación de directrices y acciones que contribuyan al desarrollo del Turismo Rural Sostenible en los territorios rurales del país con un enfoque de desarrollo sostenible.
Asimismo, crear las condiciones y promover medidas adecuadas para su promoción, fomento y desarrollo, a fin de contribuir junto con los habitantes de las comunidades rurales en general e indígenas y afrodescendientes en particular que participen en el aprovechamiento de los recursos naturales y mejorar las condiciones de vida, disminución de la pobreza, rescate y fortalecimiento de su cultura.
Art. 2 Régimen jurídico.
1. El régimen jurídico de las diferentes modalidades que integran el turismo rural sostenible, será el establecido por la Ley No. 495, General de Turismo de la República de Nicaragua, por las normas contenidas en la presente Ley de Turismo Rural Sostenible, así como por las Normativas que en desarrollo del mismo se aprueben por la Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible
,
y por cualquier otra que sea de aplicación en razón de su competencia.
2. En las áreas protegidas, áreas forestales, reservas y vías pecuarias estarán sujetas además, a lo establecido por su régimen jurídico específico.
3. Las instalaciones destinadas a los servicios regulados en la presente Ley, estarán sujetas al régimen jurídico establecido por los Gobiernos Municipales, a través de las Oficinas Municipales de Urbanismo y/o la Ley General de Urbanismo y por los gobiernos territoriales indígenas cuando se trate de sus territorios. En el caso de la costa Caribe, se tomará en cuenta lo establecido en la Ley 28, Estatuto de la Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua, y la Ley 445, Ley del Régimen Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua y los ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz.
Art. 3 Objetivos Específicos.
Son objetivos específicos de esta Ley:
1. Dar a conocer el concepto país de Turismo Rural Sostenible y sensibilizar a los diferentes actores involucrados en el ámbito local, regional y nacional sobre la importancia de éste como eje estratégico complementario para el desarrollo local integral.
2. Ampliar y diversificar la oferta de Turismo Rural Sostenible, mediante la identificación de productos turísticos en los territorios, que incorporen criterios de calidad, competitividad, rescatando su identidad cultural conservando los recursos naturales, culturales y diversidad biológica.
3. Clasificar productos en modalidades de Turismo Rural Sostenible, propiciando su complementariedad y promoción en el mercado nacional e internacional.
4. Propiciar el intercambio de experiencias entre iniciativas de Turismo Rural Sostenible, mediante la creación de alianzas estratégicas, con lo cual se facilite la creación de redes y sus respectivos encadenamientos.
5. Regular en los territorios rurales mediante el estimulo de iniciativas sostenibles, o colectivas, las cuales demuestren ser económicamente viables y promuevan la generación de empleo, valorizando y respetando la cultura y cumplan las normas y regulaciones ambientales ante las instancias de gobierno central, municipal, regional, y con la participación activa del sector privado.
Art. 4 Respeto al Medio Ambiente.
1. La prestación de los servicios turísticos y la puesta en funcionamiento de los establecimientos turísticos regulados en la presente Ley, se realizará respetando el entorno natural medio y las características del espacio y de sus valores sociales y medioambientales, incluido el respeto a la fauna y flora silvestre y al paisaje rural.
2. Por disposición conjunta del Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR) y del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, se podrán determinar las condiciones medioambientales a las que deberá someterse la práctica de las actividades integrantes del turismo activo para hacerlas compatibles con la protección del medio ambiente, de la fauna y flora silvestre, sus ciclos biológicos y hábitats naturales, así como el medio social y cultural. Todo con la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas y afrodescendientes cuando se trate de sus territorios.
3. Igualmente, adoptarán las medidas necesarias para profundizar en la educación y sensibilización ambiental de las personas usuarias de estos servicios, de manera que sea posible alcanzar el necesario equilibrio entre el disfrute de los recursos turísticos y la conservación y mejora del medio rural.
Art. 5 Turismo Rural Sostenible.
Actividad turística realizada en el espacio rural, las cuales son desarrolladas sosteniblemente por actores locales, para visitantes nacionales y extranjeros con el propósito de mejorar la calidad de vida de las poblaciones rurales, promoviendo el rescate de la identidad cultural y protección de la biodiversidad.
Art. 6 Ámbito de Aplicación.
La presente ley es aplicable a todas las personas naturales o jurídicas, estén o no localizadas geográficamente en las zonas rurales, prestadores de servicios turísticos en el medio rural y que prestan los servicios turísticos señalados en la presente ley.
Art. 7 Registro Nacional de Turismo.
Los establecimientos que presten servicios de turismo rural, deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro Nacional de Turismo para obtener la autorización que les permita operar en dicha modalidad, previo cumplimiento de las condiciones establecidas por el INTUR.
Art. 8 Clasificación de los servicios turísticos.
El Registro Nacional de Turismo clasificará los establecimientos según el tipo de actividades de servicio turístico rural sostenible que realicen en los mismos, de acuerdo a las siguientes modalidades:
Agroturismo:
Es el que se practica en zonas altamente productivas, ya sean agrícolas, agropecuarias o agroindustriales, administradas por personas individuales, cooperativas, por una o varias comunidades, en las cuales se generan productos de origen agrícola, pecuario, acuícolas, forestal o el procesamiento de los mismos, siendo aprovechado para promover servicios complementarios.
Estos servicios complementarios podrán ser: Servicios de hospedaje, alimentación, participación en las actividades cotidianas de una explotación rural, como labores del campo o cuidar del ganado, entre otras.
Ecoturismo:
Es la actividad turística promovida por personas naturales, jurídicas o comunidades legalmente reconocidas, consistente en viajar o visitar áreas naturales con el fin de disfrutar, apreciar y estudiar los atractivos naturales, siendo aprovechado para promover servicios complementarios, los que podrán ser: Servicios de hospedaje, alimentación, participación en las actividades cotidianas de una explotación rural, como labores del campo o cuidar del ganado, entre otras.
Talleres Gastronómicos:
Conjunto de actividades de disfrute realizada por productores agropecuarios dedicados al turismo rural al ofrecer su propia producción en el plato a un turista, agregándole al bien primario el mayor valor agregado posible en el servicio gastronómico o actividad destinada al aprendizaje, preparación y degustación de la variedad gastronómica vernácula, ofertada por los anfitriones de los lugares visitados. Además en el caso de la Costa Caribe, estos talleres estarán referidos a la preparación cultural ancestral de platillos típicos realizados con los productos marítimos como principal actividad realizada por la población.
Turismo de Aventura:
Personas Naturales o Jurídicas, que se dediquen a prestar profesional y comercialmente al público en general, servicios de esparcimientos y actividades recreativas que requieran un nivel de habilidad físico, deportivo, con riesgo identificado y en contacto directo con la naturaleza, operadas bajo las normas y condiciones del Reglamento de Turismo de Aventura, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 222 del 15 de noviembre del 2004.
Turismo Cultural:
Movimientos de personas para satisfacer la humana necesidad de diversidad, multiculturalidad e interculturalidad, orientados a elevar el nivel cultural del individuo, facilitando nuevos conocimientos, experiencias y encuentros o de vivir la experiencia de conocer y participar en la riqueza de las formas de vida autóctonas y comunitarias, creencias, leyendas y rituales de un pueblo, heredados por sus antepasados.
Turismo Deportivo:
conjunto de actividades de ocio y placer dirigido a la práctica de deportes de aprovechamiento de caza o pesca en establecimientos agropecuarios, de conformidad a las Leyes de la Materia.
Turismo Educativo:
conjunto de actividades de ocio y placer dirigido a niños y jóvenes que cursan estudios definidos entre la etapa preescolar y de estudios secundarios que a su vez constituyen un valor pedagógico en el continuo educativo de los mismos.
Turismo Étnico y Vivencial:
conjunto de actividades dirigidas al aprovechamiento del potencial o explotación turística del folclor, gastronomía y costumbres inherentes a etnias de origen nativo en un área rural definida o generado por el interés hacia una o varias comunidades identificadas por costumbres inherentes a la herencia cultural de pueblos afro caribeños, indígenas u originarios.
Turismo y Eventos:
modalidad asumida por los negocios de turismo rural consistente en la organización de eventos de naturaleza laboral, profesional o de festejo y esparcimiento familiar.
Turismo de Naturaleza:
modalidad turística cuyo viaje, excursión o selección del destino se encuentran fundamentalmente motivados por el acercamiento y disfrute de la naturaleza.
Turismo Religioso:
actividad ligada a lugares o acontecimientos de carácter religioso de relevancia tales como visitas a santuarios y lugares de peregrinaje y oración, congresos, encuentros religiosos de todo tipo, y demás fiestas religiosas locales.
Turismo Salud:
modalidad del turismo abordada desde la perspectiva del culto a la salud y el entretenimiento.
Turismo Técnico Científico:
conjunto de actividades de ocio y placer vinculadas con el desarrollo de investigaciones académicas de índole científica llevadas a cabo en áreas rurales y de interés biológico, antropológico, geofísico y similares.
Turismo Rural Comunitario:
Modelo de gestión que promueven experiencias turísticas planificadas e integradas sosteniblemente al medio rural y desarrollado por las poblaciones locales organizadas, para beneficio de la comunidad. Este tipo de turismo promueve la participación de los pobladores comunitarios, indígenas y afrodescendientes en la planificación y gestiones requeridas para desarrollar actividades turísticas en sus territorios considerando la sostenibilidad en sus operaciones. Supone el involucramiento de los pobladores del destino turístico rural comunitario.
Turismo Vivencial:
Es el turismo generado por el interés hacia una o varias comunidades identificadas por costumbres inherentes a la herencia cultural de pueblos afro caribeños, indígenas u originarios.
Vivencias Místicas:
modalidad turística que desarrolla la oportunidad de vivir la experiencia de conocer y participar en la riqueza de las creencias, leyendas y rituales divinos de un pueblo, heredados por sus antepasados.
Posadas Rurales:
hospedajes en casas haciendas de fincas o viviendas rurales, que alojarán a viajeros que lo necesiten. Se caracterizan por sus habitaciones con decoración de acuerdo al entorno, alimentos hechos en casa y atención personalizada.
Medicina Natural y Terapias Complementarias:
Para efecto de esta ley, se entiende como Medicina Natural, una de las formas más antiguas de curación de la humanidad, cuya teoría, prácticas y aptitudes son basadas en elementos esenciales de la naturaleza y del universo, sus leyes y principios como recurso terapéutico, que son aplicadas a través de las diferentes técnicas y procedimientos que se ejercen en las terapias complementarias y alternativas bajo conocimientos académicos o de la experiencia. Considera al ser humano una unidad fundamental del universo.
La Medicina Natural y las Terapias Complementarias corresponden a un modelo clínico – terapéutico y de fortalecimiento de la salud que se fundamenta en una visión del mundo o cosmovisión diferente a la del modelo médico convencional, que se utilizan para prevenir, rehabilitar, diagnosticar o tratar las enfermedades físicas, mentales y energéticas para restaurar y preservar la salud. Su aplicación y efectividad es integrativa con la medicina convencional.
Hasta aquí el Capítulo I.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo I.
Observación al artículo 1.
Diputado Raúl Herrera. ¿No?
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 2.
Tampoco hay observaciones.
Observaciones al artículo 3.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 4.
Tampoco hay observaciones.
Observaciones al artículo 5.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 6.
Tampoco hay observaciones.
Observaciones al artículo 7.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 8.
No hay observaciones.
A votación el Capítulo I.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
82 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 8 presentes. Se aprueba el Capítulo I con todos sus artículos.
TERCER SECRETARIO JORGE CASTILLO QUANT:
CAPÍTULO II
Competencias
Art. 9 Órgano de Aplicación.
Siendo el Turismo Rural Sostenible una actividad turística de interés nacional, la autoridad responsable de la aplicación de esta ley es el Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), tomando en cuenta y utilizando plenamente los instrumentos existentes de coordinación y concertación con el resto de instituciones públicas, privadas, autoridades indígenas y las leyes que rigen en la costa Caribe de Nicaragua, en el ámbito de su competencia.
Art. 10 Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible.
Créase la Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible, integrada por los sectores público y privado:
1. Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR);
2. Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA);
3. Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR);
4. Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa;
5. Sistema de Prevención y Mitigación de Desastres; (SINAPRED);
6. Defensa Civil;
7. Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI);
8. Comisión de Turismo de los Consejos Regionales;
9. Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria (INTA);
10. Un representante de cada Cámara de Turismo legalmente constituida;
11. Un miembro designado por la Comisión Nacional de Turismo de la Asamblea Nacional.
Esta Comisión, estará presidida por el INTUR, y por mandato de la presente Ley, es el órgano interinstitucional de carácter técnico que funcionará como una instancia de consulta, coordinación y asistencia y ejercerá la coordinación interinstitucional entre las diferentes instituciones del gobierno nacional, regional y municipal competentes en la materia.
La Comisión Nacional de Turismo Rural queda facultada para dictar normas complementarias, aclaratorias y de aplicación, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Art. 11 Funciones de la Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible.
Son funciones de la Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible:
a. Asesorar a los gobiernos municipales y regionales para la elaboración de planes de desarrollo del Turismo Rural Sostenible.
b. Garantizar la coordinación interinstitucional.
c. Aprobar los criterios técnicos para la implementación de un sistema de certificación de calidad y sostenibilidad de destinos, zonas y empresas a nivel nacional con base en estándares internacionales. El INTUR definirá tales criterios tomando en cuenta la identidad propia y particularidades del destino o zonas geográficas a certificar.
d. Realizar consultas a todas aquellas organizaciones vinculadas al turismo rural.
e. Aprobar normativas y cualquier otra medida dirigida al cumplimiento del objeto de la presente Ley, las que serán ratificadas por el Consejo Directivo del INTUR.
Art. 12 Competencias del Instituto Nicaragüense de Turismo.
El INTUR, como órgano rector del turismo a nivel nacional, tendrá las siguientes competencias en relación con la aplicación de esta ley:
1. Garantizar la aplicación y la coordinación de la política y estrategia de turismo rural sostenible de Nicaragua con los gobiernos regionales y municipales, en el marco de la implementación eficaz de esta Ley.
2. Dictar las resoluciones ejecutivas y demás actos administrativos de efectos generales o particulares relacionados directamente con la implementación de esta ley.
3. Otorgar las concesiones, contratos turísticos y Título – Licencia, a las personas naturales o jurídicas dentro del ámbito de aplicación de esta ley, que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente.
4. Regular, tramitar y resolver los instrumentos de promoción del turismo rural sostenible a los prestadores de servicios en el ámbito del turismo rural que realicen sus actividades, conforme al Plan Nacional de Desarrollo Turístico.
5. Promover e impulsar dentro de sus planes anuales operativos, los programas dirigidos al fomento y promoción del Turismo Rural Sostenible.
6. Proponer al Poder Ejecutivo los planes en materia de provisión de infraestructura física y de cualquier otro elemento indispensable para la ejecución de proyectos dirigidos al turismo rural sostenible.
7. Diseñar e impulsar programas y normativas técnicas de obligatorio cumplimiento para garantizar la calidad de los servicios relacionados con el turismo rural sostenible.
8. Promover en el ámbito institucional y con los gobiernos locales, las actividades destinadas al fomento del turismo rural sostenible en el país.
9. Garantizar el cumplimiento de las normativas y reglamentos referidos al acogimiento de turistas con capacidades diferentes en el ámbito turístico rural.
10. Brindar asesoría técnica y capacitación a los prestadores de los servicios turísticos rurales en el marco de sus posibilidades técnicas y financieras. El INTUR deberá fomentar la prestación de tales asesorías en conjunto con actores privados y entes públicos vinculados con la actividad turística rural mediante su inclusión en los planes de desarrollo turístico.
11. Promover la elaboración de, propaganda y publicidad en materia de turismo rural sostenible tanto a nivel nacional como internacional, así como la creación de un sistema pertinente de señalización, guías y mapas para el turismo rural sostenible.
12. Facilitar espacios de promoción, fomento y divulgación de las actividades de Turismo Rural Sostenible en los espacios publicitarios establecidos y utilizados por el INTUR, al menos una vez cada tres meses, para contribuir a potenciar, brindar visibilidad y enriquecer el turismo rural sostenible enmarcado en esta ley.
13. Coordinar con todas las instituciones del Estado que incidan en el ámbito rural y que de una u otra manera coadyuven a la implementación de esta ley.
14. Emitir opinión en aquellos casos en donde esté prevista la concurrencia de inversión nacional o extranjera para ejecución de proyectos de desarrollo turístico rural y conexo.
15. Promover el acercamiento del INTUR a las zonas rurales geográficamente más remotas, procurando la creación de sub-delegaciones en las zonas donde el turismo rural es un eje transversal del desarrollo de las mismas.
16. Coordinar con el Ministerio de Educación la inclusión del turismo rural sostenible en el currículo educativo de las zonas rurales del país, como vía de formación, fomento y desarrollo de las iniciativas empresariales, en las familias de tales zonas geográficas.
17. Coordinar con la Policía Nacional y el Ejército de Nicaragua las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los turistas y prestatarios de servicios en el ámbito rural. Establecer coordinación mediante convenios con autoridades competentes tanto a nivel nacional como internacional, para la realización de actividades dirigidas a fomentar, regular, controlar y proteger el turismo rural sostenible.
18. Fomentar la coordinación del INTUR con la micro, pequeña y mediana empresa turística rural, a través del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, MIFIC, INFOCOOP, RENITURAL, cámaras empresariales de turismo, y demás organizaciones gremiales vinculadas al turismo rural.
19. Cumplir y hacer cumplir las normas previstas en la presente Ley y demás leyes, reglamentos, normativas y disposiciones vinculadas con la industria turística rural sostenible.
20. Coordinar con el Poder Legislativo todas las acciones de orden legislativo que fortalezcan el Turismo Rural Sostenible.
21. Las que determine el Consejo Directivo del INTUR o en su defecto la Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible.
22. Priorizar la accesibilidad de los servidores de turismo rural comunitario a la fuente de financiamiento locales, municipales e internacionales a través de formas ágiles y afectivas de comunicación y convocatoria y a todo los eventos relacionado al tema.
23. Creación de la oficina de Turismo Rural Sostenible, adscrita a INTUR.
Art. 13 Participación de los Municipios y de las Regiones Autónomas.
Dentro de las funciones asignadas por sus leyes respectivas, los Municipios, Regiones Autónomas y las Comunidades Indígenas participarán en el desarrollo, fomento y aplicación de esta ley en conjunto con el INTUR en las materias establecidas dentro de su ámbito de competencias, a través del establecimiento de instrumentos y mecanismos de actuación determinados en los Planes Municipales de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, Planes de Inversión Municipal demás formas de concreción operativa.
La promoción y desarrollo del turismo rural sostenible se coordinará con los actores municipales de turismo y gobiernos territoriales indígenas los que realizarán las siguientes actividades:
1. Coordinar esfuerzos en la obtención de recursos para el desarrollo de la actividad turística.
2. Fungir como una instancia que propicie y fortalezca un espacio de diálogo y concertación en materia de turismo entre el Gobierno Local, delegaciones de gobierno y demás actores sociales y económicos del municipio, de manera que se puedan conocer sus inquietudes, necesidades y proponer soluciones concertadas que propicien el desarrollo del ámbito local y el mejoramiento del nivel de vida de la población.
3. Impulsar acciones que dinamicen la economía local mediante el apoyo al sector empresarial, gobiernos municipales y a los territorios indígenas en los procesos y gestiones que garanticen el desarrollo turístico de los municipios.
4. Apoyar en el posicionamiento del municipio y las comunidades indígenas con sus territorios como destino turístico en el mercado nacional e internacional.
Art. 14 Articulación del INTUR de competencias concurrentes con otros entes públicos y con la empresa privada.
Corresponde al INTUR desarrollar y establecer las coordinaciones necesarias para la implementación de esta ley, a través de la articulación de esfuerzos conjuntos con Instituciones del Gobierno Central y Empresas Públicas, así como con los Gobiernos Locales, la Policía Nacional, el Ejército de Nicaragua y todos los grupos organizados en el sector privado que trabajen en actividades en pro del turismo rural sostenible.
Cada ente u organización tendrá que asumir su rol específico de acuerdo a sus competencias y responsabilidades propias asignadas en sus leyes orgánicas, reglamentos y demás instrumentos jurídicos de conformación y funcionamiento, con el fin de garantizar de forma concreta y coordinada el fomento y desarrollo de la actividad turística sostenible en las zonas rurales.
Art. 15 Implementación de Acciones.
El INTUR implementará a través del personal especializado las siguientes acciones:
1. Categorización de cada una de las modalidades del Turismo Rural Sostenible.
2. Levantar inventario de las iniciativas turísticas y las MIPYMES relacionadas con el Turismo Rural Sostenible.
3. Elaborar programa de comercialización de los servicios de Turismo Rural Sostenible.
4. Definir los destinos de Turismo Rural Sostenible.
5. Evaluaciones periódicas tecnológicas las iniciativas turísticas y las MIPYMES relacionadas con el Turismo Rural Sostenible.
6. Crear un sitio WEB de las iniciativas turísticas y las MIPYMES relacionadas con el Turismo Rural Sostenible, incluyendo las indígenas y afrodescendientes, adscrito al INTUR.
7. Organización de Congresos anuales de los prestatarios de Turismo Rural Sostenible a nivel regional para intercambio de experiencias.
8. Instaurar el Foro Nacional de Turismo Rural Sostenible, como un espacio de concertación nacional.
9. Crear la Feria Nacional de Trismo Rural Sostenible y Comunitario.
10. Oficializar el Día Nacional del Turismo Rural Sostenible.
Hasta aquí el Capítulo II.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo II.
Observación al artículo 9.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 10.
Diputada Xochilth Ocampo, tiene la palabra.
DIPUTADA XOCHILTH OCAMPO ROCHA:
Gracias.
Es una moción de consenso en la que pedimos agregar el numeral 12, que es incorporar a la Policía Nacional dentro de la Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible.
Presento moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación la moción presentada, que incorpora en el artículo 10 a la Policía Nacional.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
87 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 3 presentes. Se aprueba la moción presentada al artículo 10.
Observaciones al artículo 11.
Diputado Yasser Martínez, tiene la palabra.
DIPUTADO YASSER MARTÍNEZ MONTOYA:
Es sobre el artículo 11 de la ley, en relación con el tema de las funciones que realiza la Comisión Nacional de Turismo Rural Sostenible, básicamente las funciones que se plantean son iguales a las funciones que se le da al Intur, en el artículo 12, Competencias del Intur. Considero, que se debería hacer de forma integral.
En el artículo 10 que ya pasó, no se incluyó al Ejército; pero además de eso, quiero señalar que en el tema de las Competencias del Instituto Nicaragüense de Turismo con las Funciones de la Comisión, básicamente, son las mismas; por ejemplo, en el artículo 11 se dice: “que va a asesorar, va a garantizar, va a aprobar”, siendo los mismos criterios que se dan en el artículo 12, De las Competencias del Instituto Nicaragüense de Turismo. Entonces no sé si ese organismo realmente va a ser legislador o rector para decretar, o si en verdad la función la va a tener directamente el Intur, en aprobar los criterios de las políticas, porque como Estado, el Intur es el órgano rector de eso, en todo caso el órgano anterior que es el órgano que vos estás integrando a la comisión, debiera de ser más facultativo o le das o definís correctamente las disposiciones para el Intur o para el mismo órgano, que se asemejan mucho, para que no quede ninguna dualidad en ese tema.
Me parece, que el artículo 11 dice: Garantizar las coordinaciones interinstitucionales; pero es al Intur al que le estás planteando que garantice esa coordinación, no es a la Comisión, porque si vos te fijas en el artículo 12, garantizar la coordinación de las políticas del Intur, ver o articular con las diferentes instituciones y más abajo inclusive, le das una serie de funciones al Intur que se contradicen, pero se contradicen son iguales a las funciones que le estás dando al mismo órgano o a la comisión, que además es una posición extremadamente grande, no creo que se reúnan doce ministros o doce directores de ministerio, realmente se debería de revisar. Inclusive, en el artículo 14 Articulación del Intur, las competencias ya se las ponés dentro de las funciones y si vos comparás el artículo 14 con el artículo 9, es lo mismo. Creo que se debe revisar el caso de las funciones del órgano de la comisión que se acaba de crear, que inclusive, si creaste una comisión tan grande no metiste al Ejército y en esa comisión le ponés las mismas funciones que tiene el Intur y dentro de éstas decís “proponer al Ejecutivo” ¿y quién es el Ejecutivo?, ¿te vas a auto proponer?, no sé realmente. Por tanto, considero que se debe revisar en el artículo 11, las funciones de la comisión en relación con las funciones del Intur, y además ¿quién representa a quien?
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Artículo 11, diputado Nasser Silwany, tiene la palabra.
DIPUTADO NASSER SILWANY BÁEZ:
Gracias compañero Presidente.
Esta es una moción de consenso. En el artículo 11 tenemos dos acápites el inciso c) y el inciso e), donde vamos a sustituir la palabra “aprobar” por “proponer” en el inciso c); y el inciso e) dirá textualmente:
Proponer la normativa y cualquier otra medida dirigida al cumplimiento del objeto de la presente ley, las que serán aprobadas por el Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR).
Esa es la propuesta que hacemos por consenso.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Okey, en la artículo 11 la moción afecta los literales c) y e) cambiando “aprobar” por “proponer”.
A votación la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
88 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. 2 presentes. Se aprueba la moción presentada al artículo 11.
Observaciones al artículo 12.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 13.
Tampoco hay observaciones.
Observaciones al artículo 14.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 15.
Tampoco hay observaciones.
A votación el Capítulo II.
Se abre la votación.
Nadie se apunto, diputado; estamos votando, lo siento mucho.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
82 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 8 presentes. Se aprueba el Capítulo II, con todos sus artículos y mociones ya aprobadas.
Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.
DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:
En el artículo 15, el acápite 10 dice: Oficializar el Día Nacional del Turismo Rural Sostenible. De consenso queremos proponer eliminar ese artículo, debido a que no se puede “mandatar” mediante esta ley oficializar este día porque esta es una facultad que le corresponde a la Asamblea Nacional.
Así mismo, quería también aclararle al plenario, que el próximo capítulo es el Capítulo III, porque en realidad se eliminó el Capítulo III, pero quedó el numeral del Capítulo IV en el siguiente. Entonces, de ahora en adelante el próximo que vamos a leer es el Capítulo III y no el Capítulo IV como está en la ley.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Lo siento mucho, diputado Chamorro, pero yo pedí observaciones al artículo 15 y nadie pidió la palabra, ya votamos el capítulo correspondiente, por tanto, ya no se puede meter mociones al capítulo.
Pasamos entonces al Capítulo III.
PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
CAPÍTULO III
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Art. 16 Determinación de Procedimientos por el INTUR.
Para el fomento de la prestación de servicios turísticos en las zonas rurales, el INTUR es competente para definir mediante reglamento los procedimientos administrativos en las siguientes materias:
1. Regulación, tramitación y resolución de los instrumentos de promoción del turismo rural sostenible en favor de los prestadores de servicios en el ámbito del turismo rural que realicen sus actividades conforme al Plan Nacional de Desarrollo Turístico.
2. Categorización y registro de los prestatarios de servicios en el sector turístico rural.
Los prestadores de servicios turísticos en el ámbito rural deberán cumplir con las disposiciones legales referidas a procedimientos y cumplimiento de requisitos determinados por la Ley N° 495, “Ley General de Turismo”, reglamento y sus correspondientes reformas.
Los procedimientos administrativos deberán estructurarse de forma tal que aboguen por la simplificación de los trámites correspondientes con el fin de generar accesibilidad a los destinatarios de esta Ley. En particular, el INTUR deberá tomar como parámetros de realización de tales procedimientos las siguientes condicionantes:
1. Ubicación geográfica de los prestadores de servicios turísticos rurales.
2. Recursos financieros y organizacionales.
3. Tipo de actividad turística definida previamente por el INTUR.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo III.
Observaciones al artículo 16.
Diputada Xochilth Ocampo, tiene la palabra.
DIPUTADA XOCHILTH OCAMPO ROCHA:
Más adelante, señor Presidente, estamos discutiendo la fecha del Turismo Rural.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Entonces, no hay observaciones al artículo 16.
A votación el Capítulo III.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
88 votos a favor, 2 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo III.
SEGUNDA SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
CAPÍTULO V
DEL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DEL TURISMO RURAL SOSTENIBLE
Art. 17 Instrumentos de promoción del turismo rural sostenible.
El INTUR mediante normativa establecerá mecanismos de promoción que aseguren el reconocimiento de iniciativas de turismo rural sostenible que destaquen por su nivel de incidencia en el entorno socio económico próximo y en la protección del medio ambiente, en coordinación y con el apoyo de otros entes públicos, los Gobiernos Locales y el sector privado. Tales instrumentos de promoción serán:
1. Asesorías y coordinación efectiva con las instituciones pertinentes. Asistencia técnica para la conservación de las fuentes de agua, minimización y tratamiento de la basura, encadenamiento a proveedores locales, generación de empleo local, formulación de proyectos, comercialización de servicios y productos y acceso a financiamiento.
2. Asistencia técnica y asesoramiento para la capacitación del personal que preste servicios en los establecimientos.
3. Inclusión en catálogos, directorios, guías, publicidades y/o página WEB destinados a la promoción de la actividad.
4. Inclusión en ferias de turismo nacional e internacional y publicidad oficial.
5. Participación en los programas que se implementen, a fines de beneficiar y promover el turismo rural.
6. Gestión ante entidades oficiales o privadas para la implementaron de líneas de créditos.
7. Asistencia técnica y asesoramiento en la comercialización de los servicios de turismo rural.
8. Acceso a tecnología de información de agroturismo, a través del sitio web de Turismo Rural que el INTUR cree.
9. Acceso a los programas de reservaciones internacionales.
10. Incorporar las políticas y estrategias del Turismo Rural Sostenible.
El INTUR determinará la norma técnica para la certificación y sello de calidad al prestador de servicios turísticos rurales, como un medio de promoción de la actividad y como reconocimiento a la calidad del servicio turístico rural.
Art. 18 Incentivos.
Los Micro, Pequeños y Medianos prestadores de servicio turístico rural sostenible podrán acogerse a los incentivos y beneficios fiscales establecidos en la Ley N° 306, “Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua” y sus reformas, previo registro como MIPYME (RUM) en el Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC), de conformidad con lo establecido en la Ley No. 645, “Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa”.
Art. 19 Obligación de solicitar permisos y exoneración de pagos.
Los Micro
,
Pequeños y Medianos prestadores de servicio turístico rural sostenible, debidamente registrado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIFIC) e inscritos en el Registro Nacional de Turismo del INTUR, no harán pagos directos ni indirectos al Ministerio de Salud (MINSA), y a la Policía Nacional (PN), sin perjuicio de solicitar obligatoriamente los permisos correspondientes conforme la ley de la materia, respectivamente.
Hasta aquí el Capítulo IV.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo IV.
Observaciones al artículo 17.
Diputado Guillermo Arce, tiene la palabra.
DIPUTADO GUILLERMO ARCE CASTAÑO:
Señor Presidente, es una moción al artículo 19.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Estamos en el artículo 17 ahorita.
DIPUTADO GUILLERMO ARCE CASTAÑO:
¡Ah! el artículo 17, okey paso.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
No hay observaciones al artículo 17.
Observaciones al artículo 18.
Diputado Javier Vallejo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:
Gracias, Presidente.
Tenemos una moción de consenso para eliminar el artículo 18. Se propone eliminar este artículo ya que las Mipyme actualmente gozan de estos incentivos de conformidad al artículo 278 numeral 11) de la Ley No. 822, Ley de Concertación Tributaria.
Paso moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Pasamos entonces a votar la moción presentada que elimina el artículo 18.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
86 votos a favor, 4 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que elimina el artículo 18.
Observaciones al artículo 19.
Diputado Guillermo Arce, tiene la palabra.
DIPUTADO GUILLERMO ARCE CASTAÑO:
Gracias, Presidente.
Se presenta moción para eliminar también el artículo 19, sobre la obligación de solicitar permiso y exoneración de pagos.
Se propone eliminar este artículo porque las Mipymes ya gozan de este beneficio en el artículo 28 de la Ley No. 306, Ley de Incentivos para las Industria Turística en Nicaragua, de las Mipymes RUM del Mific de conformidad a lo establecido en la Ley No. 645, Ley de Promoción, Fomento, Desarrollo, de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Paso moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Pasamos a votar la moción presentada que elimina el artículo 19.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
85 votos a favor, 5 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 19.
Pasamos a votar el Capítulo IV.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
88 votos a favor, 2 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV con su único artículo que lo compone.
TERCER SECRETARIO JORGE CASTILLO QUANT:
CAPÍTULO V
DE LAS OBLIGACIONES Y SANCIONES
Art. 20 Obligaciones.
Además de cumplir con las obligaciones establecidas en el Artículo 36 de la Ley N° 298, “Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo” y el Artículo 60 de la Ley N° 495, “Ley General de Turismo”, son obligaciones de los prestadores de servicios turísticos rurales, las siguientes:
a. Proveer un programa de actividades recreativas y socioculturales propias de la zona brindando las condiciones básicas de seguridad para satisfacer y garantizar el disfrute pleno de los visitantes con la naturaleza.
b. Acondicionar un área del establecimiento para la prestación de alojamiento, alimentación y asistencia general a los turistas.
c. Garantizar el normal abastecimiento de agua potable, a fin de satisfacer los requerimientos de la población máxima para el sitio.
d. Respetar las áreas naturales de valor paisajístico y particularidades topográficas.
e. Disponer de un sistema de eliminación de residuos que no provoque daños al medio ambiente.
Art. 21 Sanciones.
El INTUR aplicará sanciones administrativas a los prestadores de servicios turísticos establecidas en la Ley No. 495, Ley General de Turismo, artículo 83 y 84, así como las contenidas en la Ley No. 298, Ley creadora del INTUR, artículo 41 al 44, cuando estos violenten el espíritu de la presente Ley y su Reglamento.
Hasta aquí el Capítulo V.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo V.
Observaciones al artículo 20.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 21.
Tampoco hay observaciones.
A votación el Capítulo V.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
87 votos a favor, 3 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo V.
PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
Art. 22 Asignación presupuestaria.
El INTUR en su Presupuesto Anual asignará una partida presupuestaria destinada al cumplimiento de lo establecido en la presente ley, y su reglamento.
Art. 23 Normativas.
El INTUR elaborará la normativa que establezca los requisitos y procedimientos de
registro y clasificación de los servicios de turismo rural sostenible, en coordinación con el
Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales tomando en cuenta la legislación de áreas
protegidas, el Instituto Nicaragüense de Cultura, pudiendo convocar a cualquier institución
que tenga competencia en el desarrollo del Turismo Rural Sostenible.
Art. 24 Marca Turismo Rural Sostenible.
Para distinguir los servicios de turismo rural en sus diferentes modalidades, el INTUR creará e inscribirá la marca que identifique el
“Turismo Rural Sostenible”.
Art. 25 Reglamentación de la Ley.
El Poder Ejecutivo dictará el Reglamento de la presente Ley, de conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Artículo 150 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.
Art. 26 Vigencia.
La presente Ley es de interés social y entrará en vigencia a partir de la fecha de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Hasta aquí el Capítulo VI.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo VI.
Observaciones al artículo 22.
Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.
DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:
Disculpe Presidente, tengo una observación al artículo 23.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Entonces, no hay observaciones al artículo 22.
Observaciones al artículo 23.
Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.
DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:
Tengo una moción de consenso al artículo 23 Normativas.
Se propone eliminar al Instituto Nicaragüense de Cultura, ya que el artículo contempla que se puede convocar a cualquier institución que tenga competencia.
Paso moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
La moción presentada al artículo 23, elimina el Instituto Nicaragüense de Cultura.
Se abre la votación para esta moción.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
89 votos a favor, 1 presente, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 23.
Observaciones al artículo 24.
Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.
DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:
Señor Presidente, tenemos una moción de consenso para crear un nuevo artículo, que sería el artículo 25 en las Disposiciones Finales, sobre el artículo 24 no hay observaciones, pero queremos incluir un nuevo artículo que sería el artículo 25 que se leería así:
Declárese el Día 20 de Febrero Día Nacional del Turismo Rural Sostenible, en celebración a la aprobación de la presente ley.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada Xochilth Ocampo, tiene la palabra.
DIPUTADA XOCHILTH OCAMPO ROCHA:
Compañero Presidente, únicamente quiero agregar que el 19 de febrero en el 2011, nosotros declaramos el día 19 de febrero como Día del Cooperativismo, entonces me parece que es una buena casualidad que ahora que declaramos el 20 de febrero el Día del Turismos Rural, el INTUR tome en consideración estas dos fechas tan cercanas para que se haga alusión al Turismo Rural Comunitario con los cooperativistas, quienes son uno de los promotores del turismo rural.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Pasamos a la votación de la moción presentada, que crea un artículo nuevo después del artículo 24, declarando el Día Nacional del Turismo Rural Sostenible el día 20 de febrero.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
86 votos a favor, 4 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que crea un artículo nuevo.
Observaciones al artículo 25.
No hay al artículo 25, está bien no hay observaciones.
Observaciones al artículo 26.
Tampoco hay observaciones.
A votación el Capítulo V, con todos sus artículos.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
86 votos a favor, 4 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo VI y con él se aprueba la Ley de Turismo Rural Sostenible de la República de Nicaragua.
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
.
Edificio Benjamin Zeledón, 10mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 227
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