COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ: Segundo Punto. Designación de la Comisión que elaborará el Estatuto General y el Reglamento de la Asamblea Nacional que será presentado para la próxima sesión, y deberá trabajar de tiempo completo y rápidamente, para tener de manera definitiva las normas que nos van a regir, hemos considerado encargar esta labor a la Comisión de Justicia, con la finalidad de que se puedan escuchar todos los criterios de los diversos partidos representados en la Asamblea Nacional, es decir, aunque tenga un carácter rector, la Comisión de Justicia también tendrá un carácter especial, perdón estaba equivocado, me está corrigiendo el compañero Secretario, recomendamos a la Comisión de Justicia la elaboración del Estatuto General de la Asamblea Nacional y sus Reglamentos y tienen como tiempo máximo quince días para presentar el Ante Proyecto final, aunque el mismo deberá ser conocido con antelación de inmediato en la búsqueda de tener listo este Ante Proyecto y asegurar que los Representantes lo conozcan por lo menos con cuatro días de anticipación, para su debido estudio. El compañero Mauricio Díaz solicita se relean los miembros de la Comisión de Justicia, que a continuación la menciono: doctor Rafael Solís, doctor Humberto Solís, doctor Juan Manuel Gutiérrez, Doctor Eduardo Molina, Compañero Rafael Mairena, Reynaldo Antonio Téfel, Carlos Carrión, Alfredo Rodríguez Salguera, José Daniel Brenes Aguilar, Benigna Mendiola, Flor de María Monterrey. SESION ORDINARIA NUMERO TRES DE LA ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA MARTES 26 DE FEBRERO DE 1985, CON CITA PARA LAS 10:am.
COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ: Bien, el compañero Carlos Cuadra era el último Asambleísta que hablamos apuntado, y después de todas las opiniones vertidas desde la mañana hasta este momento, existen dos mociones: una presentada por el compañero Allan Zambrana, respaldada por el compañero Luis Sánchez y por el compañero del Partido Liberal Independiente, y ahora por el MAP, que propone incorporar al primer punto el acápite a), del punto tres denominado "Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, que fue elaborado o presentado por cinco representantes . A ésta la denominaremos moción uno y en caso de ser aprobada por la Asamblea significaría que el punto presentado por los cinco representantes se discutiría al mismo tiempo que el trabajo presentado por la Comisión de Justicia ampliada. Una segunda moción presentada por el compañero Federico López, que trata básicamente de respetar el Orden del Día y al mismo tiempo, si eso fuera aprobado, posteriormente conocer el trabajo de la Comisión de Justicia que el plenario decida si pasa o no pasa a comisión para su dictamen, y que los representantes que elaboraron un ante-proyecto alternativo harán uso del derecho que tienen de presentar sus planteamientos en la discusión en lo particular. Estas son las dos mociones existentes, repito, denominamos moción uno a la presentada por el compañero Allan Zambrana y respaldada por otros partidos; moción dos la presentada por el compañero Federico López. ¿Quiénes están de acuerdo con la moción uno? ¿Quiénes están de acuerdo con la moción dos? ¿Quiénes se abstienen? Se aprueba la moción dos con 62 votos a favor, 19 en contra y 8 abstenciones. Una vez tomada esta decisión, se mantiene el Orden del Día leído por la Presidencia, que contiene: 1) Presentación y discusión del Estatuto General de la Asamblea Nacional, elaborado por la Comisión de Justicia. 2) Presentación a discusión de un proyecto de pronunciamiento de la Asamblea Nacional, presentado por el Frente Sandinista. 3) Presentación de leyes que son cuatro, que ya di a conocer. Primer punto: Presentación a discusión el Estatuto General de la Asamblea Nacional elaborado por la Comisión de Justicia. Tiene la palabra el compañero Representante Rafael Solís. SECRETARIO RAFAEL SOLIS CERDA: Managua, 22 de febrero de 1985. Comandante Carlos Núñez Téllez. Presidente de la Asamblea Nacional. Su despacho. Señor Presidente: Según consta en el acta número tres de la sesión Ordinaria número uno de la Primer Legislatura de la Asamblea Nacional, celebrada el 22 de Enero del corriente año, en su punto número dos se encomendó a la Comisión de Justicia la elaboración del Estatuto General de la Asamblea Nacional, en un plazo de quince días. En virtud de tal mandato y con fundamento en el Artículo 28, numeral nueve, b) del Estatuto Fundamental de la República que en la parte conducente a la letra dice: La Asamblea Nacional, una vez instalada, definirá mediante decreto sus funciones en materia legislativa, así como el procedimiento para la aprobación de la ley ordinaria correspondiente para discutir y votar la nueva Constitución. Dicha comisión inició su trabajo el día 25 de enero último, realizando desde esa fecha hasta el 22 del corriente mes un total de doce reuniones las que abarcaron una prórroga del plazo de quince días más. En esa primera reunión los integrantes de la comisión procedieron a un intercambio de opiniones acerca de los lineamentos generales sobre los cuales se debería estructurar el Estatuto, encomendando la presentación de un borrador a la Dirección General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional, que sirvió de base a las discusiones y a la redacción del proyecto, que hoy se entrega al pleno de esta Asamblea, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Interno del Consejo de Estado, asumido provisionalmente por esta Comisión de Justicia, que establece dos rondas para la búsqueda del Consenso. Se procedió a realizar una nueva ronda en base al borrador presentado para obtener consenso de los puntos que fueran posibles . Para facilitar ese debate, el PPSC presentó otro proyecto de estatuto que se adhirió el PLI, según consta en el acta número tres, página tres, último párrafo de fecha 31 de enero del corriente año, que fue discutido en la parte del borrador presentado por la Asesoría. Asimismo, el PCD introdujo un esquema metodológico que ordena la estructura del estatuto encomendado, el cual fue adecuado a la estructura final de este proyecto; fue necesario para el logro de ese consenso, que los integrantes de la comisión impusieran del carácter transitorio y en gran medida reglamentario de este estatuto, hasta tanto se aprueba la Constitución Política de la República y no iniciar en este momento la discusión de la Carta Magna. Además, prevaleció la consideración y realidad histórica, política y económica del país, en el borrador presentado por la Asesoría. Contenido y título referente a la aprobación del presupuesto lo cual fue suprimido por consenso de los mismos de la comisión, exceptuando al PPSC, que expondría en el plenario su consideración acerca del consenso otorgado. En virtud de todo lo expuesto, durante doce sesiones de trabajo los 54 artículos del Proyecto del Estatuto General de la Asamblea, fueron debatidos y aprobados por la comisión y están contenidos en seis artículos que se sub-divide en capítulos; a saber: Artículo primero: Exposición General. El capítulo uno: De la Asamblea Nacional. Capítulo dos: De los Representantes. Capítulo tres: De las sesiones de la Asamblea Nacional. Título segundo: La estructura de la Asamblea Nacional. Capítulo uno: De la Junta Directiva y las comisiones. Capítulo dos: De las fracciones Parlamentarias. Título tercero: Atribución de la Asamblea y relaciones con otros poderes. Capítulo uno: Atribuciones de la Asamblea Nacional. Capítulo dos: Relaciones con los otros poderes Título cuarto: La Formación de Ley. Capítulo uno: La iniciativa. Capítulo dos: Del Dictamen. Capítulo tres: Del debate, votación, aprobación, sanción, promulgación y publicación de la ley. Capítulo cuarto: Del veto. Título quinto: Capítulo único: De la Redacción del Proyecto de la Constitución Política. Título sexto: Capítulo único: Las Disposiciones Finales. Los artículos a los que se refiere el párrafo anterior fueron aprobados por consenso 44, que son los siguientes: Por consenso, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16,20, 21, 22, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37,38,39, 40, 41, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 , 51, 52, 53, 54. Los que Representan el 81.48% en el articulado. Por mayoría fueron aprobados diez artículos que son los siguientes: en el artículo primero estuvieron de acuerdo el FSLN, y el PCD; reservándose el último derecho de plantear el segundo párrafo en el plenario. En los Artículos 17, 18, 19, 25, 26, estuvieron de acuerdo el FSLN y PCD. En el artículo 23 estuvieron de acuerdo el FSLN, PCD. En los Artículos 42, 43, estuvieron de acuerdo el FSLN, PCD, y el PLI. En el Artículo 47, estuvieron de acuerdo el FSLN, y el PCD. En este estado, el doctor Juan Manuel Gutiérrez, del PLI, presentó al Presidente de la comisión, doctor Rafael Solís Cerda, una carta razonada y su firma reservando el derecho de su partido a presentar en este plenario un nuevo proyecto de Estatuto, carta que se adjunta al original de este informe. Esta comisión ha creído pertinente depositar en la Presidencia de la Asamblea Nacional las siguientes conclusiones 1) que este Estatuto se apruebe de inmediato, sujetando las siguientes aprobaciones al Artículo 51; 2) que inste a la Comisión de Justicia para que proceda a la mayor brevedad posible a la redacción del Proyecto del Reglamento que complementará este Estatuto. 3) que se rechace de plano la participación del Partido Liberal Independiente, contenida en la carta del 20 de febrero, suscrita por el doctor Juan Manuel Gutiérrez. a) Por cuanto los artículos fueron aprobados en un 81%. b) Por cuanto se adhirió tal como consta en acta, al proyecto presentado por el Partido Social Cristiano. c) Por cuanto está notoriamente extemporáneo el doctor Juan Manuel Gutiérrez, después de su total acuerdo con el inciso 1 y 3 de las conclusiones, reservándose el derecho de poner su argumento en el plenario. No omite manifestar esta comisión que para la redacción de este informe se nombró a una subcomisión que estuvo integrada por el doctor Alfredo Rodríguez Salguera, del Partido Popular Social cristiano; compañero Gustavo Adolfo Vega Vargas del FSLN; señor José Daniel Brenes Aguilar, del PCD, la cual la redactó por consenso y en una sola y continuada sesión de trabajo. Se debe apuntar que el doctor Alfredo Rodríguez Salguera, no estuvo presente por encontrarse enfermo, según habló telefónicamente a la Presidencia de esta comisión. Fraternalmente,
3) Decretar Amnistía e Indultos de la acción penal o de la pena en favor de determinada persona por determinado y concreto delito, así como conmutaciones y reducciones de pena en los mismos casos de conformidad con la Ley de Gracia.
4) Solicitar informes e interpelar a los Ministros o Vice Ministros del Estado, Presidente de entes autónomos y Directores de entidades gubernamentales, así como su comparecencia personal.
5) Otorgar y cancelar la Personalidades Jurídicas de las entidades de carácter civil o religioso.
6) Conocer el Presupuesto General de la República.
7) Expedir leyes pendientes a la Regulación de la Inversión Extranjera.
8) Conocer y admitir o no las renuncia que presentaran los Representantes.
9) Ratificar o no los tratados, convenios o negociados internacionales, relacionados con la soberanía e integridad de la nación.
10) Regular todo lo relativo a los Símbolos Patrios, Bandera, Escudo e Himno Nacional.
11) Crear órdenes honorificas y distinciones de carácter nacional.
12) Recibir el informe anual del Presidente de la República.
13) Delegar las facultades legislativas al Presidente de la República durante el período de receso de la Asamblea Nacional, se exceptúan las facultades constituyentes y lo relativo a los códigos de la República.
14) Crear Comisiones Permanentes y Especiales.
15) Nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público, sus conclusiones no serán vinculantes por los Tribunales, ni efectuarán las resoluciones judiciales, sin perjuicio que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio de Justicia para el ejercicio, cuando proceda de las acciones oportunas será obligatorio comparecer a requerimientos de la Asamblea Nacional. La ley regulará las acciones que puedan derivarse por el incumplimiento de esa obligación.
16) Conceder pensiones y honores a servidores distinguidos de la Patria y de la humanidad.
17) Reformar la división política y administrativa del país.
18) Proveer para llenar las vacantes del Presidente y Vicepresidente de la República si ambos faltasen definitivamente.
19) Decretar su Reglamento Interno.