Debates
Ver Iniciativa Asociada.
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
7 de Julio del 200
Fecha Aprobación:
7 de Julio del 2005
...
"
LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO DE LA NACIÓN LA CASA NATAL DE LA INSIGNE MAESTRA JOSEFA TOLEDO AGUERRI.
"
Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CELEBRADA EL DÍA 7 DE JULIO DEL 2005. VIGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Adendum 17, Punto III: DISCUSIÓN DE DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEYES Y DECRETOS PRESENTADOS POR LAS DIFERENTES COMISIONES:
Punto 3.87: LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO DE LA NACIÓN LA CASA NATAL DE LA INSIGNE MAESTRA JOSEFA TOLEDO AGUERRI.
DICTAMEN
Managua, 11 de Mayo de 2005
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Presidente Núñez:
Los suscritos miembros de
la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes
de la Asamblea Nacional, nos reunimos con el objetivo de dictaminar el Proyecto de
“Ley que Declara Patrimonio Histórico Cultural de la Nación la casa natal de la Insigne Maestra Josefa Toledo de Aguerri”,
que fue remitido por la Primera Secretaría para su debido dictamen.
Josefa Emilia, nació en Juipalpa, el 21 de abril de 1866. Sus padres: Ramón Toledo (Guatemalteco) y doña Engracia Murillo Ricart; hermanos: Rosa y Ramón.
Desde la antigüedad a las mujeres las dejaron al margen de la historia oficial, escrita por y para los hombres. Esta historia falseada ha intentado volverlas invisibles, huérfanas del pasado. Para reescribir la historia desde el punto de las mujeres, aprender a valorarse y a confiar en su capacidad, necesitan mantener conciencia de su historia personal, colectiva y la del movimiento.
A menudo ocurre que el aporte de las mujeres en la política, la ciencia y el arte queda invisible y olvidado, pero a veces los logros que le dan a conocer a la gente, es una imagen incompleta, a la cual le han quitado partes que contradicen a la creencia tradicional de cómo debemos ser las mujeres.
Eso fue lo que ocurrió con doña Josefa Toledo de Aguerri. Mucha gente la conoce sólo como maestra de generaciones, pero se habla muy poco de que ella fue una de las primeras feministas nicaragüenses. Ella se definía así: misma como feminista y se sentía orgullosa de serlo. Incluso escribió en uno de sus artículos que el primer feminista fue Dios.
BIOGRAFIA:
Josefa Emilia, nació en Juigalpa el 21 de abril de 1866, sus padres Ramón Toledo y doña Engracia Murrillo Ricart; hermanos: Rosa y Ramón.
A sus tres años de edad muere su padre. La viuda se casa después con el masayés Francisco Avilés, y procrean una hija: Salvadora Avilés.
La muchacha creció en un ambiente de sacrificio y esfuerzo, talvez de allí nació la convicción de que las mujeres deben tener preparación para poder valerse por sí misma.
A sus siete años, aún no sabía leer, sentí horror por la cartilla; por el método arcaico, que en ese tiempo había, prefería el campo antes que la escuela. Sus primeras letras las aprendió en la escuelita de Mercedes Chacón en Juigalpa, y en la Paulina Vega en Masaya.
En 1883 entró al colegio de señoritas en Granada, regentado por profesores norteamericanos. Fue recomendada por el profesor Pablo Hurtado. La mayoría de las estudiantes eran muchachas ricas originarias de Granada. Al comienzo discriminaban a Josefa, porque era de tierra adentro. Pero la joven se sentía orgullosa de su origen y les contestaba: Si, soy de Chontales, ya verán cómo puede ésta Chontaleña.
A los veinte años se bachillera con honores por ser la mejor alumna y se gradúa de Profesora Normalista. Fue recomendada ante la Junta de Padres de Familia para que se incorporara al personal docente del Colegio, iniciándose al magisterio en 1887.
El gobierno de Zelaya (1907) inaugura la Escuela Normal de Señoritas de Managua, escuela que llegó a llamarse Escuela Nacional de Institutoras. A raíz del cambio de gobierno (1910) fue destituida de su cargo por razones políticas. No se amedrentó y en 1912 fundó el nuevo Colegio de Señoritas de Managua, y lo dirigió hasta 1937.
En 1918 investigó que de cada 600 bebés nacidos, fallecían 500. Se propuso actuar y organizó una Sala-Cuna, donde las mujeres trabajadoras podían dejar a sus hijos e hijas durante la jornada laboral. Los sectores conservadores de la Iglesia acusaron a las mujeres que apoyaban esta Iniciativa, de inmorales, y la más criticada era Josefa Toledo.
En 1918 fundó la Escuela Feminista de La Prensa. Su lema era
“Todo por la mujer”.
Este medio de comunicación impulsaba campañas a favor del derecho de las mujeres a la educación y al voto, defendía la necesidad de brindar a ellas una educación sexual científica para promover la maternidad consciente y responsable. Años más tarde, en 1929-30, publicó otra revista, "Mujer Nicaragüense", que abordaba los mismos temas.
En 1924 es nombrada Directora General de Instrucción Pública. Por primera vez en la historia de Nicaragua, una mujer accedió a tan alto cargo público. Pero no duró mucho, la separaron del cargo porque era muy independiente y cuestionadora.
En el período 1938-1948, dirigió la escuela Normal Central de Señoritas de Managua. Doña Chepita se retira de las labores educativas en 1948.
La casa natal de la insigne maestra Josefa Toledo de Aguerri, constituye uno de los bienes históricos y culturales de mayor importancia, que debe ser especialmente atendido en razón de haber sufrido daños por la acción del tiempo y el abandono, lo que pone en riesgo su existencia.
Por todas las consideraciones especificadas, en base a lo dispuesto en el Arto. 50 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, nosotros los diputados miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social. Cultura y Deportes, lo encontramos conforme y lo dictaminamos
FAVORABLE,
el Proyecto de “Ley que
Declara Patrimonio Histórico Cultural de la Nación la casa Natal de la insigne Maestra, Josefa Toledo de Aguerri”.
Atentamente,
ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ
PRESIDENTE
MARCOS AURELIO SÁNCHEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
REYNALDO MAIRENA VALLEJOS
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
FIDEL MORENO BRIONES
PRIMER SECRETARIO
BENITA ARBIZÚ
ROBERTO SÁNCHEZ TORREZ
MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN
GUILLERMO MONTENEGRO
RESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el Dictamen de ley en lo general.
Diputado Orlando Mayorga Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO ORLANDO MAYORGA:
Buenos días, miembros de la Junta Directiva; Diputados.
Esta ocasión, debe ser una fecha histórica en que la Asamblea Nacional hace este reconocimiento a través de este Dictamen de ley, que creo plenamente va a ser aprobado por todo el Plenario, porque es un reconocimiento real a la vocación, al ministerio, al esfuerzo y a la abnegación de uno de los trabajos que actualmente no es bien remunerado, como es el magisterio. Este principio va más allá del hecho de que la maestra sea mujer y va a ocupar un lugar preponderante, porque este reconocimiento del lugar donde nació y donde creció es algo vinculante en la historia, no solamente en el campo magisterial sino más allá de esa esfera.
Por esta razón, este reconocimiento patrimonial de Josefa Toledo de Aguerri, no solamente es un reconocimiento a ella como maestra, sino a todos los maestros que optan por desarrollar esta vocación que de hecho es una vocación similar a la de un religioso, porque la función de maestro realmente es una función religiosa, todos los días, todas las horas con el único empeño de enseñar a leer y a escribir, a formar y a informar. Por lo tanto, en esta mañana solicito al Pleno de la Asamblea Nacional, como Presidente de la Comisión de Educación, que lo aprobemos en lo general, y que en lo particular vamos a ser consecuentes con la disposición de introducción.
Así es que, hago esta referencia, porque hablar de Josefa Toledo de Aguerri, nacida en Juigalpa, Chontales, es como hablar de la cultura real de no solamente ese Departamento, sino de toda la Nación, porque es un ejemplo vivo, real, que todo maestro tiene en su mente.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado José Figueroa Aguilar, tiene la palabra.
DIPUTADO JOSE FIGUEROA:
Gracias, Presidente.
Efectivamente, ésta es una iniciativa de ley de gran trascendencia para nuestro país, como es la declaratoria de Patrimonio Histórico de la Nación de la casa natal de la insigne maestra Josefa Toledo de Aguerri. Esta pedagoga chontaleña, conocida popularmente como doña Chepita Toledo de Aguerri, hablar de su obra pedagógica es hablar de la mejor exponente que tienen los maestros y mujeres nicaragüenses, de la excelente alumna y posteriormente profesora y directora de la Normal de Señoritas de Granada, de la fundadora y directora del Primer Colegio Nacional de Señoritas de Managua.
De la promotora y fundadora de varios centros de educación infantil en Diriamba y en Managua, conocidos en esa época como kinder garden, de la primera mujer en Nicaragua que dirigió como Directora de Instrucción Pública el Consejo Nacional de Educación de nuestro país. Además de excelente pedagoga, doña Chepita Toledo fue una mujer muy valiente y ejemplar, tanto en su trabajo como en sus principios, por eso es que cuentan los historiadores que en defensa de su profesión y de sus ideales, doña Chepita quebró lanzas contra José Santos Zelaya, Adolfo Díaz, Emiliano Chamorro y Anastasio Somoza García.
Cuentan que Somoza García se resintió toda la vida con doña Chepita Toledo de Aguerri, porque siendo garante ella del prisionero y maestro Dariano, Edelberto Tórrez Espinoza, le facilitó su escapatoria desde esta casa que hoy estamos declarando Patrimonio Histórico de la Nación.
Por todas estas razones, estimados Diputados y Diputadas, solicito a todos ustedes respaldemos con nuestro voto la aprobación de esta iniciativa de ley para declarar Patrimonio Histórico de la Nación, la casa donde nació doña Chepita Toledo de Aguerri. Porque así como el profesor Enmanuel Mongalo y Rubio, con su heroísmo en el Mesón de Rivas, hasta los filibusteros de Walker, se convirtió en nuestro apóstol de la libertad, también doña Chepita Toledo con su obra y con su ejemplo, es también para nosotros apóstol de la docencia y de la decencia.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES:
Gracias, Presidente.
Creo que este es un mínimo reconocimiento para preservar la memoria de una insigne y extraordinaria mujer nicaragüense, que se destacó como apóstol verdadera y llena de sentimientos y sensibilidad social, a la educación de la gente en Nicaragua, dignificando y enalteciendo no sólo a la mujer, sino que a todos los nicaragüenses. Doña Chepita es como la niña Carmela Noguera, de Granada, que también con su labor educativa enalteció esa labor magisterial. Son mujeres las que se han caracterizado más que nadie en nuestro país, como madres de la educación.
Doña Elena Oreyano Chamorro, llamada Mama Elena, impulsó también en Granada los Centros de Educación, auspiciando y financiando con sus propios recursos a múltiples colegios, entre otros, el de las señoritas, donde estuvo la niña Carmela Noguera y donde pasó varias generaciones de profesoras y de las primeras maestras de Nicaragua. Yo creo que nadie puede abstenerse de votar para que esta adquisición de esa propiedad se convierta en Patrimonio Histórico Cultural y Nacional, lo más pronto posible.
Pero también hay que reconocer que para lograr estas gestiones, el profesor Guillermo Rothschuh Tablada ha sido un profesor extraordinario; ese gran intelectual de pensamiento liberal e independiente que se destaca en nuestro panorama cultural en el país, ha sido el más ferviente impulsor junto con el clan de intelectuales de Chontales. Debo también decir y reconocer, que el Presidente de la Asamblea, Ingeniero René Núñez, ante gestiones que se me encargaron a mí en parte, en cabildeo junto con doña Mirna Rosales, directiva de esta Asamblea, culminaron y fueron acogidos exitosamente, permitiendo que con una acelerada y muy patriótica rapidez se presentara esta iniciativa de ley, que yo me permito secundar con todo entusiasmo.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Mirna Rosales Aguilar, tiene la palabra.
DIPUTADA MIRNA ROSALES:
Buenos días.
Gracias, Presidente.
Chepita Toledo de Aguerri, mujer visionaria, mujer de avanzada, nacida en el siglo XIX, pero con mentalidad y visión futurista, acorde a los avances del siglo XXI. Los maestros de Nicaragua, las mujeres de toda América, tenemos en el ejemplo de la insigne maestra todo un legado de virtudes, actitudes, carácter, temple y personalidad a seguir. Esta mujer visionaria, cuyo talento traspasó las fronteras de nuestro país, representando a Nicaragua como Presidenta de la Liga Internacional de Mujeres Ibéricas, Presidenta de la Unión de Mujeres Americanas, Presidenta de la Asociación de Escritores y Artistas, ha demostrado con su ejemplo que no podemos olvidarla y que el acto que hoy estamos realizando es mínimo para lo que ella se merece.
Es por esta razón que personalidades chontaleñas, entre ellos el poeta Guillermo Rothschuh preocupados por perennizar la obra de la maestra, de la feminista, de la escritora, de la artista, solicitamos a este Plenario y a los estimados compañeros y compañeras Diputados y Diputadas, apoyar este Dictamen y declarar Patrimonio Cultural, lo que queda de la casa de la maestra, una esquinita que queremos convertir en un Museo para conocimiento de las generaciones futuras. Solicitamos entonces a todos los compañeros, el respaldo a este Dictamen.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Reynaldo Mairena, tiene la palabra.
DIPUTADO REYNALDO MAIRENA:
Gracias, señor Presidente.
En la Comisión de Educación, desde que me llegó este anteproyecto de ley, introducido a la Primera Secretaría por los Diputados chontaleños, José Figueroa y Mirna Rosales, le dimos prioridad y el valor que se merece, al elevar a Patrimonio Histórico de la Nación, la casa donde nació tan insigne profesora, maestra de generaciones, y estandarte de ejemplo a seguir de todas las mujeres nicaragüenses. Es por eso que en la Comisión no vacilamos en ningún momento en hacerlo rápido, de una manera unánime y de consenso.
Y así esperamos que este Plenario apruebe a lo inmediato este Dictamen de manera unánime, ya que a como explicaban los colegas anteriores, Chepita Toledo de Aguerri es, como ya se ha recalcado, una insigne mujer muy representativa del pueblo nicaragüense y del pueblo chontaleño. Así es que, sin más que hablar, esperamos que este honorable Plenario asuma de manera unánime la aprobación de este Dictamen.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Albertina Urbina Zelaya, tiene la palabra.
DIPUTADA ALBERTINA URBINA:
Gracias señor Presidente.
En mi carácter de mujer, de Diputada, de Presidenta de la Comisión de la Mujer, Niñez, Juventud y Familia, quiero felicitar a los diputados que presentaron la iniciativa de esta ley, por supuesto a la Comisión y hoy a la Junta Directiva, porque es un momento histórico especialmente para las mujeres nicaragüenses por dos razones importantes: una, por ser la impulsora y defensora de dar conocimiento sobre todo a la educación sexual científica, como a los derechos de las mujeres, y ser la impulsora del derecho al voto de las mujeres.
Por tanto, sin mucho preámbulo, creo que es lo mínimo que podemos hacer por esta gran mujer, para que efectivamente logremos que se declare Patrimonio Histórico de la Nación, dado que eso nos impulsó a miles de mujeres nicaragüenses a continuar eso que vino a hacer la señora Chepita Toledo, como todo los nicaragüenses, y en América la conocimos como la impulsora de los derechos de las mujeres. Gracias, señor Presidente, y espero que todos y todas demos el voto de manera favorable, para que logremos declarar Patrimonio Histórico de la Nación.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputada Felícita Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADA FELICITA ZELEDON:
Gracias, señor Presidente.
Buenos días a todos.
No podía quedarme muda, podríamos decir, ante esta gran ley que vamos a aprobar en estos momentos, porque creo que todas y todos los que estamos aquí, estamos de acuerdo en que se declare Patrimonio Histórico Cultural de la Nación la casa natal de esta gran mujer y maestra. Realmente nosotros y en lo personal como dice el cantante, “se hace camino al andar”, así lo hizo Chepita Toledo en todas sus acciones, tanto como mujer, que era tan difícil proyectarse y trabajar en aquella época, más que ahora, también como profesora, dado que cuando uno siente ese “gusanito” de la educación, de la cultura, cuando uno ha trabajado con niños y niñas, ese amor tan grande que llevamos en nuestro corazón, es entregado a ellos.
Hemos visto a través de esta mujer, de esta compañera y esta gran profesora, las grandes obras que hizo a través de su vida y a través de todo el esfuerzo de trabajo, su lucha, es lo mínimo que podemos hacer. Por eso yo me sumo a la positividad de aprobar este Dictamen de ley, y creo que todas y todos vamos a apoyarlo, porque ése es un mérito que le vamos a dar a ella como mujer y como profesora.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Nasser Silwany Báez, tiene la palabra.
DIPUTADO NASSER SILWANY:
Buenos días.
Muchas gracias, señor Presidente.
Como chontaleño me sumo a esta importantísima Ley que Declara Patrimonio Histórico Cultural de la Nación, la casa natal de la insigne maestra, Josefa Toledo de Aguerri. Es importante decir que esto conlleva una gran trascendencia, tanto en Juigalpa, Chontales, como en todo Nicaragua, y que todos los chontaleños nos sentiremos orgullosos de esta hija que ha parido esa tierra chontaleña, para realmente darle el lugar que se merece nuestra Josefa Toledo de Aguerri. Así es que les pido a todos los hermanos Diputados, que nos sumemos a aprobar esta ley en consenso.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el Dictamen de Ley que Declara Patrimonio Histórico Cultural de la Nación, la casa de la insigne maestra, Josefa Toledo de Aguerri.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política de la República de Nicaragua establece el deber del Estado de velar por el rescate, conservación y promoción de la cultura nacional en todas sus manifestaciones, así como proteger el Patrimonio Cultural, Histórico, Artístico y Lingüístico de la Nación.
II
Que este deber de protección debe ser dirigido principalmente a aquellos bienes históricos y culturales de trascendental importancia que por distintas circunstancias se encuentren en peligro de desaparecer o sufrir daños irreversibles.
III
Que la casa natal de la insigne maestra, Josefa Toledo de Aguerri, constituye uno de los bienes históricos y culturales de importancia histórica y cultural que debe ser especialmente atendido en razón de haber sufrido daños por la acción del tiempo y el abandono, lo que pone en riesgo su existencia.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
La siguiente:
“
Ley que Declara Patrimonio Histórico de la Nación, la casa de la insigne maestra, Josefa Toledo de Aguerri”
Arto.1
Se declara Patrimonio Histórico y Cultural, la casa donde nació la maestra, Josefa Toledo de Aguerri.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 2
A partir de la vigencia de la presente Ley, pasa a ser propiedad del Estado la casa descrita en el presente artículo, situada frente esquina opuesta sur occidental del Parque Central de la ciudad de Juigalpa, del Departamento de Chontales, con los siguientes linderos particulares: al Norte con el señor Arquímedes Ruiz Gadea; al Sur con la Calle Palo Solo; al Este con la Avenida Josefa Toledo de Aguerri y al Oeste con el señor Adolfo Díaz Castilla.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.3
La transferencia del inmueble descrito y deslindado en el artículo anterior del dominio del actual propietario al dominio del Estado, se operará por esta vez por el solo ministerio de la vigencia de la presente ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.4
El Estado pagará al actual propietario del inmueble que demuestre su derecho, el valor de dicha propiedad a precio catastral.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 4.
Se abre la discusión.
Diputado Reynaldo Mairena, tiene la palabra.
DIPUTADO REYNALDO MAIRENA:
Gracias, Presidente.
Tenemos una moción que crearía un nuevo artículo, antes del artículo 4, que se leería así:
“Se faculta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a hacer gestiones para hacer efectiva la compra del bien (casa de habitación), según valor catastral, en un plazo no mayor de seis meses después de entrada en vigencia la ley”.
Sería artículo 4.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
¿Es en vez del artículo 4?
Entonces, hay una moción para sustituir al artículo 4, que va a ser leída de nuevo por el Secretario de la Directiva.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Moción en sustitución del artículo 4.
“Se faculta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a hacer gestiones para hacer efectiva la compra del bien, según valor catastral, en un plazo no mayor de seis meses después de entrada en vigencia la ley”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada que sustituye al artículo 4 del Dictamen.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que sustituye al artículo 4.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto.5
El Registrador Público de la Propiedad del Departamento de Chontales, inscribirá la presente ley y el traspaso de la propiedad a favor del Estado.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 5.
A votación el artículo 5.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.6
Se le asigna a la Dirección General de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, esa propiedad para que le dé el uso previsto en el Decreto 1142, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.282 del 2 de diciembre de 1982 y sus posteriores reformas.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 6.
Diputado Gabriel Rivera Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADO GABRIEL RIVERA:
Gracias, Presidente.
Me parece que ya aprobamos un artículo que dice que por ministerio de esta ley, el bien pasa a poder del Estado, y estamos aprobando otro artículo ahí en que se autoriza al Ministerio de Hacienda para que gestione la compra de este inmueble. Me parece que hay una contradicción ahí, no sé si estaré errado. Me gustaría que se leyera el artículo que aprobamos en que por ministerio de esta ley, pasa a poder del Estado; y después otro artículo que parece que estamos diciendo que se autoriza al Ministerio de Hacienda para que haga las gestiones para la compra de este inmueble.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ
Diputado José Figueroa Aguilar, tiene la palabra.
DIPUTADO JOSE FIGUEROA:
Es que la ley declara Patrimonio Histórico de la Nación la casa Natal, y faculta al Ministerio de Hacienda para que pague el valor del inmueble a valores catastrales, y al Registro Público para que lo inscriba, o sea, no hay contradicción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO:
Además, nos informaban que esta casa que está en manos de parientes lejanos de doña “Chepita” está en venta pública y en deterioro. Si está vendiéndose al público, es por eso que antes de que se pierda este patrimonio es que rescatamos esta compra por parte del Estado, para que sea Patrimonio Cultural, y preservar este Patrimonio Histórico.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 6.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el artículo 6.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.7
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 7.
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA:
Gracias, señor Presidente.
Solamente quería ver si el Diputado Castro nos explica, porque yo me acerqué a la Mesa de la Junta Directiva a hacer una consulta en relación al asunto de esta casa. Porque yo le decía que si pasaba a manos del Estado, el Catastro le va a pagar a la familia no mucho; pero me explicaba el Diputado que iba a quedar en manos de la familia y que el Estado le iba a dar mantenimiento, a ver si por favor me explica.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Orlando José Tardencilla, tiene la palabra.
DIPUTADO ORLANDO TARDENCILLA:
Muchas gracias, señor Presidente.
Aunque yo también tenía la misma preocupación como consecuencia de la aprobación de una moción en el artículo 4, preocupación que me nacía de tener conciencia que en la última parte del artículo 44 constitucional se habla expresamente de la prohibición de confiscaciones, ciertamente en el segundo párrafo del mismo artículo 44 constitucional se señala que en virtud de la función social de la propiedad, este derecho está sujeto por causa de utilidad pública o de interés social, a limitaciones y obligaciones en cuanto al ejercicio que le impongan las leyes. Estamos en presencia de una de ellas.
Los bienes inmuebles mencionados en el párrafo primero, pueden ser objeto de expropiación de acuerdo a la ley, previo pago en efectivo de justa indemnización. Es decir, que parece que la ley logró con esas mociones incorporar el principio de pago de justa indemnización; sin embargo el texto ya del artículo 5 y siguiente, pareciera que cambiase nuevamente esa función unilateral del Estado a un criterio expropiatorio. Estoy absolutamente convencido de que estamos en presencia de un bien de utilidad pública que va a pasar por el principio de pago justo de indemnización por ese bien, y que además el Estado corre con los gastos de mantenimiento que parece que así fue aprobado.
No me queda ya ninguna duda, señor Presidente, estimados colegas, de que no estamos en presencia de un acto unilateral de confiscación, porque eso sería inconstitucional, sino que estamos en presencia de un bien declarado de utilidad pública donde está obligado el Estado a hacer la justa indemnización de acuerdo a los términos que establece la ley.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Roberto José Luna, tiene la palabra.
DIPUTADO ROBERTO LUNA:
Muchas gracias, señor Presidente.
La pregunta mía era para mis hermanos Diputados de Chontales, tal vez para mi querida amiga y Diputada, digna representante de Juigalpa, la Doctora Mirna Rosales. Doctora: Yo tenía esta preocupación. Si vamos a hacer algo por una mujer tan grande como esa profesora, Josefa Toledo de Aguerri, y al venir y pasar esta casa al Patrimonio Histórico Nacional -yo viví un tiempo en Chontales- tengo entendido que en esa casa habitan familiares de la profesora, ¿qué va a pasar con los familiares de esa profesora al declararse Patrimonio Histórico? Esta gente tiene que desocuparla, me imagino.
Yo estaba con esa cosita, ¿qué va a pasar con los familiares de esta dama?
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Gadea, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA:
Gracias, señor Presidente.
Yo no sé si habrá oportunidad de decir algo, antes de cerrar con unas disposiciones finales. Pero yo diría que si el día de mañana se descubrió que en una vivienda estuvo Cristóbal Colón y de repente vienen los Diputados y dicen que te van a indemnizar, ¿qué favor le estamos haciendo a la familia? Más bien le mandamos a decir, porque aquí dice catastral, que le dan sus reales, le quitan su casa, los dejan sin casa y no se le está haciendo ningún favor a la familia. ¿Qué reconocimiento estamos dando nosotros a la labor de maestros, si más bien les mandamos a decir que por ley tienen que vender su casa a precio catastral, pudiendo más bien la familia poseer ese bien que para ellos es un orgullo?
Lo que a mí me había planteado el Diputado Castro, es que el Estado iba a darle mantenimiento a la casa de la maestra, pero que siempre iba a quedar en la familia, por eso yo no me opuse en nada ni le di mayor importancia; pero no sé si en las disposiciones finales dejamos establecido algo o cerramos esta ley así.
Pero si el día de mañana va a ocurrir lo mismo con otra casa que sea histórica, entonces cualquier persona va a perder su patrimonio, porque también hay un patrimonio familiar. Yo comparto parte de lo que dice Tardencilla, pero para mí que roza con la Constitución Política.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Mirna Rosales Aguilar, tiene la palabra.
DIPUTADA MIRNA ROSALES:
Gracias, Presidente.
La casa de la insigne profesora “Chepita" Toledo de Aguerri, o lo que queda de la casa, porque la casa la han vendido en pedazos los familiares que ya no están ahí, lo único que queda, que es lo que estamos declarando Patrimonio Cultural, es una esquinita, que en mi exposición yo dije que la tienen alquilada a una farmacia. ¿Cuál es la preocupación? Lo que ya vendieron, pues ya lo vendieron, lo que queda de la casa, que es una esquina pequeña, eso es lo que estamos declarando patrimonio.
Aquí estamos solicitando a ustedes apoyar este Dictamen sobre lo que queda. O sea, la familia ya ha emigrado, imagínense que ella nació en 1866, todavía quedan familiares, pero que no viven en Juigalpa, tienen alquilado ahí y además está en venta. Entonces si está en venta, qué mejor opción que dedicarle este Dictamen a la insigne profesora para crear ahí un pequeño museo y perennizar sus enseñanzas.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Porfirio Castro Aráuz, tiene la palabra.
DIPUTADO PORFIRIO CASTRO:
Gracias, señor Presidente.
Podría verse en este caso con más óptica para ver si en un caso la casa estuviera desocupada, no la alquilaran los mismos dueños, pero en el caso de que se la alquilen los dueños, ya sea la descendencia de la profesora, y si nosotros le decimos que queda como Patrimonio Nacional, habría en este caso que indemnizar por el mismo valor de la casa a los que funcionan ahí como dueños que la están alquilando, porque de lo contrario se sentiría mal la familia. Y lo que decía Carlos, habría que ver con cuidado eso para no incurrir más bien en hacer una acción en contra de la humanidad de los dueños.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES:
Gracias, Presidente.
Yo no veo por qué a veces nos empeñamos en tratar de hacer mal lo que podemos hacer bien, y fácilmente. Y también por qué a veces procuramos empañar o poner en duda proyectos de tanta nobleza, tanta transparencia, como el caso de hacer este reconocimiento a una de las mujeres más ilustres e insignes de Nicaragua, la gran educadora doña “Chepita” Toledo. Yo creo que la aclaración que hizo el Diputado Orlando Tardencilla es muy puntual y precisa, al declararse Patrimonio Nacional y ser de utilidad pública, naturalmente que el Estado tiene que hacer el pago correspondiente al propietario. Yo creo que hasta ahí nomás llega, lo demás está claro, no veo por qué hay que estarle buscando tres pies al gato.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Porfirio Castro Aráuz, tiene la palabra.
DIPUTADO PORFIRIO CASTRO:
Estoy de acuerdo con las palabras que está diciendo el Diputado, pero en ese caso él tiene que dejarlo por escrito para que así sea. No se puede dejar nada en el aire sino que ya quede sustentado para que eso tenga validez, hacer la declaración de la vivienda como Patrimonio, pero que ya de una vez quede por escrito. Podría ser, para que ya quede sustentado.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 7.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 7, y con él la Ley que Declara Patrimonio Histórico de la Nación, la casa de la insigne Maestra Josefa Toledo de Aguerri.
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
.
Edificio Benjamin Zeledón, 10mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 227
Enviar sus comentarios a:
Dirección de Diario de Debates