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Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:31 de Julio del 1985
Fecha Aprobación:20 de Agosto del 1985
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" LEY DE PRÓRROGA DE AMNISTÍA "

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SESIÓN ORDINARIA NUMERO 8, DE LA ASAMBLEA NACIONAL CORRESPONDIENTE AL DIA MIERCOLES 31 DE JULIO DE 1985, CON CITA PARA LAS 10 DE LA MAÑANA.


PRESIDENTE POR LA LEY LETICIA HERR ERA:


El segundo punto de la agenda es presentación de leyes. En primer lugar tenemos la iniciativa de Ley enviada por el Presidente de la República acerca de la prórroga a la Ley de Amnistía. Leerá la carta enviada por la presidencia el Representante Rafael Solís, y pasaría la iniciativa a la Comisión de Defensa e Interior.


REPRESENTANTE RAFAEL SOLIS CERDA:

Managua 17 de Julio de 1985.

“POR LA PAZ, TODOS CONTRA LA AGRESION”


Comandante de la Revolución Carlos Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado compañero Presidente:

En vista de que la Ley de Amnistía se vence el 19 de julio del presente y en consideración a diversas personas que han manifestado su interés de acogerse a la misma, he sido instruido por el Comandante de la Revolución Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República, para solicitarle que someta a consideración de la Asamblea Nacional la prórroga de la referida ley.

Aprovecho la ocasión para reiterarle mi saludo fraterno,


René Núñez Téllez
Ministro de la Presidencia



SESIÓN ORDINARIA NÚMERO NUEVE DE LA ASAMBLEA NACIONAL CORRESPONDIENTE AL DIA MARTES 20 DE AGOSTO DE 1985, A LAS 10:00 AM.

PRESIDENTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:


Orden del día, de la Sesión Ordinaria No. 9 de la. Primera Legislatura de la Asamblea Nacional.

Punto N° 3. Discusión del Dictamen de la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz sobre la prórroga a la Ley de Amnistía.

REPRESENTANTE SIXTO ULLOA DOÑA:

Muchas gracias, hermano Presidente, hermanos miembros de la Asamblea, a petición de la Presidenta interina de la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz, por sentirse afectada de la garganta y a ruego de ella me permito leer el dictamen de la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz, que dice así:

Comandante de la Revolución
Carlos Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su despacho.

Compañero Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz, nos reunirnos el día 12 y 16 del corriente, con el objeto de dictaminar sobre la prórroga a la Ley de Amnistía presentada al plenario de la Asamblea Nacional en la Sesión Ordinaria Número 8 del 31 de Julio de 1985.

Para la elaboración del presente dictamen analizamos la efectividad de la Ley de Amnistía, que desde su promulgación permitió que cienes de nicaragüenses se acogieran a ella. La Señora Blanca Bermúdez, Presidente interina de la Comisión Pro-
Derechos Humanos y la Paz, en nombre de la misma, solicitó a la Secretaría de la Asamblea Nacional que por su medio los organismos involucrados en la aplicación de la ley nos dieran informe sobre la misma, que puedan ser expuestos por los miembros de la comisión durante el desarrollo del plenario para cualquier aclaración adicional.

Hemos valorado además que tanto la ley como su prórroga son una muestra más de la vocación y la política de paz del Gobierno de Nicaragua que obliga el respaldo y apoyo de todos los sectores del país, que estamos interesados en impulsar todas las alternativas posibles que contribuyan a alcanzar la paz.

En consecuencia y teniendo en cuenta que el tiempo de aplicación de la mencionada Ley se venció el 19 de Julio, consideramos positivo que se prorrogue su plazo de vigencia otorgándole una nueva oportunidad para que los nicaragüenses actualmente engañados, retenidos contra su voluntad o víctimas del atraso político-ideológico puedan abandonar la actividad contrarrevolucionaria y dejar de ser instrumento de la política de muerte que la administración Reagan, impulsa en contra de nuestro país.

Por lo tanto, dictaminamos favorablemente el proyecto de prórroga a la Ley de Amnistía haciéndole modificaciones que lo mejoren y amplíen, recomendando al Plenario su aprobación.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

A discusión el dictamen presentado por la comisión.

Representante Ramiro Lacayo, tiene la palabra.

REPRESENTANTE RAMIRO LACAYO MONTEALEGRE:

Gracias Señor Presidente.

Considero la aprobación de la prórroga, un paso más hacia la búsqueda de la paz, quiero recordarles que ahora se debatirá únicamente sobre la prórroga y no sobre la Ley de Amnistía la cual ya fue debidamente debatida en su oportunidad.

Muchas gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Doctor Eduardo Coronado Pérez, tiene la palabra.

REPRESENTANTE EDUARDO CORONADO PEREZ:

Es por tecnicismo jurídico, se prorrogan y se amplían leyes que están vigentes, y según la lectura del proyecto, la Ley de Amnistía ya había fenecido el 19 de julio, por lo tanto, no se puede prorrogar, lo que cabría será una nueva Ley o reinstalación de la Ley de Amnistía, pero no cabe la prórroga en el sentido técnico-jurídico. Sólo esa observación quería hacer.


COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Manuel Eugarrios Velásquez, tiene la palabra.

REPRESENTANTE MANUEL EUGARRIOS VELASQUEZ:

Gracias, compañero Presidente.

(Se corta la grabación por falta de energía eléctrica).

… Por la guerra que nos ha impuesto el gobierno norteamericano, resulta difícil aceptar que se continúe otorgando la amnistía a quienes han asesinado, torturado y martirizado al pueblo nicaragüense, en consecuencia la amnistía será todavía más difícil de ser comprendida por aquellos hermanos Nicaragüenses que han perdido hijos, hermanos o madres, en la dura batalla por la libertad y la independencia que heroica e inclaudicable sostiene nuestro pueblo desde hace cinco años. Son justos entonces, sus reclamos de justicia que se elevan hasta el cielo de una Patria ultrajada y martirizada. Como Representantes electos por el pueblo, compartimos profundamente su dolor y ese anhelo de paz que surge como una legítima esperanza para que cese tanto llanto y tanto dolor, pero aún con ese dolor que a todos nos embarga y nos lacera, debemos comprender que el otorgamiento de la amnistía constituye no sólo una voluntad política de la Revolución bien manifiesta, una Revolución que no se cansa jamás de ser generosa y altamente humanista, sino que constituye además una medida por la paz que es el mayor y más noble don que podemos aspirar después de que durante cinco años hemos tenido que soportar una guerra que jamás buscamos ni deseamos.

Objetivamente y desde el terreno de la práctica nos daremos cuenta que desde que se promulgó o se dio por primera vez la amnistía el pasado enero de este año, se asegura y se ha publicado que más de mil quinientos miembros de las filas de la contrarrevolución, de los alzados en armas, se han acogido a ella y han regresado al país para incorporarse al trabajo y a la vida productiva. Es decir, que mil quinientos elementos al acogerse a la amnistía no continuaron ejerciendo la labor criminal que les ha asignado la administración norteamericana, eso significa también que además de que la amnistía otorgada en enero les propinó un gran golpe a las bandas somocistas cuando mil quinientos hombres no siguieron causando bajas a nuestro pueblo, que quizás en muchos casos no lo causaron nunca porque como sabemos muy bien hay muchísimos casos en que las filas mercenarias se alimentan por el secuestro, el forzamiento o el engaño. Desde esa perspectiva, debemos ver la amnistía como un frente más de lucha de la Revolución por la paz, como un medio más para golpear militarmente al enemigo al menguar sus filas a través del olvido y el perdón. Es de esperar en consecuencia, que esta prórroga de la amnistía que hoy estamos aprobando en un plazo que expira el último de diciembre, anime a otros mil quinientos, dos mil o tres mil más alzados en armas, para deponer las armas y regresar al país, es decir abandonar las huestes del crimen, del oprobio y de la indignidad; entonces sin disparar un tiro y solamente a través de esta ley habremos rescatado a tres mil o a cuatro mil hombres del antro mercenario y creemos que esto es definitivamente trascendental y beneficioso no sólo para el pueblo nicaragüense, sino para la misma Revolución. Por lo tanto compañero Presidente, nos inclinamos y nos pronunciamos a favor del dictamen.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Domingo Sánchez Salgado, tiene la palabra.

REPRESENTANTE DOMINGO SÁNCHEZ SALGADO:

Estoy de acuerdo con el dictamen de la comisión, pero quisiera que se aclarara el primer artículo de la ley, porque hay cierta confusión.

El Artículo Uno dice: "Se concede amnistía para todos los nicaragüenses que actualmente se encuentren involucrados en actividades contrarrevolucionarias incluyendo aquellas de naturaleza armada", como algunos están errados entienden que es para todos los que están como contrarrevolucionarios aunque no anden en la lucha armada, como el que anda conspirando. Me parece que es pertinente dejar más claro este artículo, según me han pedido algunos abogados y hasta miembros de tribunales.

Por otra parte vamos a prorrogarle sólo por cuatro meses, porque dice el 31 de diciembre de 85, y si vamos a estar prorrogando cada cuatro meses, me parece que sería mejor prorrogarla hasta el 31 de diciembre de 1986, porque claro está, esto se vencerla dentro de cuatro meses, y volver a hacer otra prórroga, si es la intención de seguir contribuyendo a la paz por medio de la amnistía, me parece que podemos darle más tiempo a1 31 de Diciembre de 86.

Gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Danilo Aguirre, tiene la palabra.

REPRESENTANTE DANILO AGUIRRE SOLIS:

Comparto plenamente las motivaciones expuestas por el compañero Manuel Eugarrios y por supuesto estoy de acuerdo con la prórroga a la Ley de Amnistía. Únicamente quería referirme a la observación que hiciera el doctor Eduardo Coronado, sobre lo que él llamó justamente "tecnicismo jurídico-legal" alrededor del supuesto vencimiento de esta ley.

La verdad es que si examinamos con atención tanto la ley original como la forma en que está concedida la prórroga no .se trata de ninguna ley derogada, sino de una ley en vigencia Únicamente lo que no está en vigencia es el plazo, tal es así que la ley originalmente en su Artículo cinco, dice: "Los Nicaragüenses que deseen acogerse a los beneficios y garantías de esta ley, gozarán de un plazo que se inicia al momento de la publicación de la misma y concluye el 19 de Julio de 1985, es decir que lo que la ley señalaba son vencimientos, era el plazo y no la ley misma, y de acuerdo con el Código Civil, sólo puede ser derogada tácita o expresamente por otra ley que le contradiga. De modo que estando en vigencia la ley se prórroga hasta el 31 de diciembre de 1985 el plazo establecido en el Artículo cinco de la Ley de Amnistía. Para mayor abundamiento debe apuntarse que existen retroactivamente disposiciones que recaen en favor del reo, recordemos que en nuestro Estatuto Fundamental y es Principio Universal la retroactividad cuando favorece a los reos, es absolutamente legítima.

Muchas gracias, compañero Presidente.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Leoncio Rayo, tiene la palabra.

REPRESENTANTE LEONCIO RAYO GONZALEZ:

Gracias, compañero Presidente.

Consideramos que es necesario que sea aprobada la prórroga a la Ley de Amnistía, ya que muchos campesinos han sido engañados por las bandas contrarrevolucionarias, otros han sido secuestrados y obligados a combatir en contra del pueblo, y no es justo de que se retrase la aprobación de una prórroga, ya que ellos estarían sujetos a seguir tomando la decisión de mantenerse en las filas de la contrarrevolución porque no sentirían ninguna seguridad al retirarse de ellas y entregarse a las autoridades. Pero sabiendo por medio de la radio, de la televisión y de los periódicos, que ha sido aprobada una prórroga a la ley de Amnistía es seguro que seguirán abandonando las filas de la contrarrevolución deponiendo las armas y entregándose a las autoridades para integrarse al proceso revolucionario. Es por este motivo que considero que debe ser aprobada la prórroga lo más pronto posible para que todos estos campesinos que se encuentran en esos lados combatiendo se entreguen y se integren al nuevo proceso.

Gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Doctor Humberto Solís Barker, tiene la palabra.

REPRESENTANTE HUMBERTO SOLIS BARKER:

Gracias, compañero Presidente.

Además de apoyar las diferentes fundamentaciones de orden humanista, que conlleva la Ley de Amnistía y prorrogarla, quería referirme al argumento aparentemente legal que han hecho respecto a que no puede prorrogarse por haberse vencido el plazo. Es verdad que existe el principio universal de que ninguna ley puede ser retroactiva, pero tiene una excepción universalmente reconocida también que en materia penal sí puede ser retroactiva, siempre que favorece al delincuente, es un principio universal. Y en estos casos precisamente eso es lo que se persigue, además de ampliar el plazo hasta el 31 de diciembre, se pretende que los del 19 de Julio de este año a la fecha también sean cubiertos por la generosidad de la Revolución con esta Ley de Amnistía.

Hoy precisamente por la mañana conversaba con el compañero de Estelí y me decía que existen algunos que se han entregado después del 19 de Julio pero que las autoridades de Policía los retienen, no los ponen en libertad alegando que la ley venció el 19 de Julio y tienen razón, están en estricto derecho.

Para mí está correcto el proyecto porque lo que busca precisamente es hacer retroactiva la amnistía para aquellos que del 19 de Julio para acá se han entregado, han depuesto las armas y puedan ser puestos en libertad inmediatamente que esta prórroga entre en vigencia. De manera con todo el respeto que se merece mi buen amigo el Doctor Coronado, me opongo a su objeción jurídica y creo que pudiera él estar de acuerdo conmigo al recordarle esa excepción en materia penal, siendo el principio universal de la irretroactividad de la ley.

Muchas gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Eligio Palacios, tiene la palabra.

REPRESENTANTE ELIGIO PALACIOS MARADIAGA:

Gracias, compañero Presidente.

Esta Ley o sea el Artículo cinco de la Ley de Amnistía no deroga, sino lo que hace es poner en vigencia el plazo de los beneficios que se le dan a esa persona que se acoge a la ley y lo que está haciéndose ahora es dándole otro plazo a esos beneficios. Entonces, para que sea coherente el título con el artículo pediría a la Presidencia que se le pusiera prórroga al plazo y no a la Ley de Amnistía. Sugeriría nada más que se le agregara la palabra "Prórroga" al plazo a la Ley de Amnistía.

Decía el compañero Eduardo Coronado que él conoce muy bien el Código Penal y que cuando una ley beneficia al reo puede ser retroactiva. En este caso el Artículo Segundo del mismo proyecto que presenta la comisión, también cubre a esas personas que se han apegado a esta ley aunque lo hayan hecho ya tarde pues el plazo ya se había vencido.

Gracias, compañero Presidente.

COMPAÑERO CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Quiero aclarar dos cosas para darles información por una parte, y otra para retomar las primeras opiniones que dieron ayer tanto el Partido Conservador Demócrata y el Partido Socialista Nicaragüense. Si mal no recuerdo creo que eran ambos partidos los que señalaban que para en estos casos debía considerarse en lo fundamental los beneficios para el reo, y en ese sentido procurarle el camino expedito de tal manera, que ellos tuvieran soluciones prontas y oportunas. Indudablemente que aquí el problema además del señalamiento técnico que hacia el doctor Eduardo Coronado, creo puede integrar también en su nuevo petitorio la apreciación político, que es la de contar con un instrumento en la Revolución que le permita a todas aquellas personas confundidas, engañadas, o arrepentidas por las actividades que han estado realizando, tanto las comprendidas entre el 19 de julio hasta el 20 de agosto como las que en el futuro pueden apoyarse a este decreto, puedan contar con ese instrumento. De tal manera, que estaríamos sobre todo ante una decisión política que deberá traducirse si lo estima así el plenario en una resolución jurídica, creo que el señalamiento del doctor Eduardo Coronado tenía un elemento sano de ilustrar al plenario, aunque también me gustaría escuchar si es determinante en su criterio para tornar esta decisión política.

Por otra parte, a propósito de lo que señalaba el compañero Sixto Ulloa, presentando el informe de la Comisión y aludido al informe de nicaragüenses amparados al Decreto 1353; el Ministerio del Interior había enviado un resumen de los efectos de esta ley y creo que pueden calificarse como positivos, puesto que cada hombre en su mayoría o cada mujer que ha decidido acogerse a este decreto, de no hacerlo significaría un criminal en sentencia pero que recapacitando también pudieron acogerse a los beneficios de la Revolución e integrarse a la actividad política, económica y social del país. Compañeros del Ministerio del Interior, concretamente el Subcomandante José Figueroa envió el informe donde señala que hasta la fecha un total de 1,186 ciudadanos nicaragüenses están amparados al decreto por las siguientes vías: por la vía consular se han tramitado 354 solicitudes de ingreso al país a todas se les dio respuesta, una fue rechazada y cuatro renunciaron al amparo no retornando al país, señala que la mayoría de estas solicitudes han sido gestionadas por el alto comisionado de las Naciones Unidas de repatriación y ha correspondido a refugiados, secuestrados que se han encontrado en campamentos de territorio hondureño y costarricense. Por la vía de los desalzados, de los que entregan las armas, durante este período se han entregado 832 sujetos, estos en su mayoría han retornado por puntos ciegos y todas esas solicitudes han sido recepcionadas y tramitadas por las distintas delegaciones del MINT; por eso dije han retornado al país, los refugiados y secuestrados que se han escapado de los campamentos contrarrevolucionarios en Costa Rica y Honduras. A continuación ellos detallan las tablas de control de ciudadanos acogidos al decreto de Amnistía.

Por la vía consular en la Primera Región, de Estados Unidos, dos: de la Contrarrevolución, cuatro; de Honduras ciento cuarenta y siete; para un total de ciento cincuenta y tres; de la Segunda Región Cuarenta y tres de Estados Unidos, para el mismo total; de la Tercer Región Quince, de los Estados Unidos ocho, de la contrarrevolución dieciséis, de Honduras, uno que estaba en Guatemala, para un total de cuarenta; de la Cuarta Región, dos de los Estados Unidos, tres de la contrarrevolución, veintiocho que estaban en territorio Hondureño, dos que estaban en Guatemala para un total de treinta y cinco; de la Quinta Región dos de Estados Unidos, uno que estaba en territorio Hondureño, uno que estaba en México, para cuatro en total; de la Sexta Región, uno que estaba en los Estados Unidos, once de la contrarrevolución seis de Honduras para un total de dieciocho; en la primera Región Especial veintitrés de la contrarrevolución, veintitrés en Honduras, para un total de cuarenta y seis y en la segunda Región Especial uno en Estados Unidos, dieciséis en Honduras para un total de diecisiete, para integrar un total de trescientos cincuenta y cuatro.

En lo que se refiere a los desalzados tenemos en la Primera Región: trescientos un desalzados, ciento veintidós secuestrados, doscientos treinta y un refugiados para un total de seiscientos cincuenta y cuatro; en la segunda región, cuarenta y ocho desalzados para el mismo total; en la tercera Región, ninguno; en la cuarta cuarenta y siete desalzados para el mismo total; en la quinta Región ciento cuarenta y cinco desalzados; en la sexta Región seiscientos diecisiete desalzados; cuarenta y siete secuestrados, sesenta y cuatro refugiados para un total de trescientos veintiocho; en la primera Región Especial ciento trece desalzados, nueve secuestrados, quince refugiados, para un total de ciento treinta y siete; y en la segunda Región Especial cuarenta y cinco desalzados, ocho secuestrados, veinte refugiados; para un total de setenta y tres; en total 1,832 es la cantidad de ciudadanos nicaragüenses amparados al decreto en el período del 19 de julio al 19 de agosto; setecientos cincuenta y cinco fundamentalmente a través de los compañeros del Ministerio del Interior.

Me parece que es importante también tener en cuenta esta información para comprobar la eficacia de este Decreto y de nuevo reiterar, y sobre todo en este momento y respetando los criterios aquí vertidos, es importante que tomemos la decisión a partir de que este decreto beneficiará no al Gobierno ni al Sandinismo, ni a los partidos aquí representados, sino a todos aquellos campesinos secuestrados que han sido obligados por la contrarrevolución a tomar las armas y también a aquellas personas que habiendo huido del país han sido integradas por la fuerza y a aquellos que se arrepienten de sus actos contra el pueblo nicaragüense.

Tiene la palabra, el doctor Eduardo Molina.

REPRESENTANTE EDUARDO MOLINA PALACIOS:

Muchas gracias, señor Presidente.

Jamás voy a renunciar a la oportunidad de expresar en esta Asamblea un no a la amnistía a medias que nos están ofreciendo. Por todos lados se escucha el clamor del pueblo de Nicaragua pidiendo esa amnistía yo no sé por qué el Gobierno no ha dado libertad a muchos hombres y mujeres que se encuentran prisioneros y juzgados por los Tribunales de excepción, esperamos que en la Constitución se establezca que en Nicaragua no pueden existir Tribunales de Excepción. No sé por qué se han enfrascado los legisladores sandinistas a una amnistía total. No voy a decir que esta ley es mala, es nefasta, se podría decir que lo es y quienes hasta el tormento de traidores, nosotros despreciamos a los traidores, tanto a los que traicionan al frente como a los que traicionan a la contra, indiscutiblemente hay un mal mayor y un mal menor.

Compañero Presidente, colegas parlamentarios, lo que necesita Nicaragua es una amnistía amplia que cumpla con los verdaderos anhelos del pueblo de Nicaragua, como cuando estábamos en la Cumbre de Partidos Políticos, la comunidad partidaria de Nicaragua responsable que estaba interesada en la verdadera democratización de este país, suscribieron acuerdos en la Cumbre de Partidos Políticos y allí se dice que se iban a revisar los casos de muchos ciudadanos nicaragüenses que fueron juzgados por los Tribunales de Excepción, y aún no se han revisado esos casos, a los conservadores nos han dado algunos prisioneros políticos y conste que nos ha costado muchas posiciones políticas haber sacado esos prisioneros políticos.

Qué le cuesta al Frente Sandinista cumplir con los acuerdos de la cumbre en ese sentido, aprobando aquí la amnistía general que es lo que realmente necesita el pueblo nicaragüense, vamos a tener a las familias nicaragüenses contentas, vamos en realidad a dar un gran aporte a la paz a la concordia de Nicaragua, a la vez que vamos a tener oportunidad de incorporar estos elementos a la vía activa de la Patria. Estoy seguro que después de tanto años esa gente de algún modo ha sido ya rehabilitada para que puedan incorporarse al proceso de reconstrucción de Nicaragua porque es injusto que mientras ellos toman de reo a una campesina en la comarca del Cuá jurisdicción de Jinotega, porque le ha dado de comer a dos contrarrevolucionarios con hambre en su casa, se le dio a una amiga y la amiga se lo dijo a los del CDS, y el CDS la denunció y ya tenga cuatro años de estar presa, Efrén Mondragón que fue guardia, que quién sabe a cuantos combatientes del pueblo mató, y después se hizo contra, quién sabe a cuanta gente mató y que supuestamente porque se peleó con los de la contra se apega a la Ley de Amnistía y anda libre, cuando la pobre señora por dos tortillas con sal que le dio a los contrarrevolucionarios todavía está presa, dejando a sus hijos en la mendicidad, la Revolución los tira a la mendicidad? Está bien, esta Ley se tiene que aprobar porque es la voluntad de la mayoría aquí en la Asamblea pero no necesariamente es respuesta de la voluntad de la mayoría del pueblo de Nicaragua. Porque el pueblo de Nicaragua lo que quiere es una verdadera amnistía política y no la quiere parcial.

Muchas gracias, compañero Presidente.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Allan Zambrana Salmerón, tiene la palabra.

REPRESENTANTE ALLAN ZAMBRANA SALMERON:

Referente a los alcances de esta Ley de Amnistía nos damos cuenta que ha habido mil ochocientos treinta y dos contrarrevolucionarios armados que han depuesto las armas; sin embargo la cantidad de contrarrevolucionarios que han tomado las armas es mucho mayor en la fecha en que fue aprobada y promulgada esta Ley de Amnistía.

Nos parece que los propósitos políticos de esta ley, son utópicos, no es cierto, para ser realista que esta ley ha servido de un paso más hacia la paz, como románticamente se ha querido hacer ver, y tampoco ha servido para dividir las mismas filas contrarrevolucionarias, y además de eso se pretende prorrogar en un momento en que esta actividad armada contrarrevolucionaria ha alcanzado los mayores niveles de criminalidad contra el pueblo de Nicaragua. Es cierto que han habido comunidades y grupos de campesinos que han sido secuestrados o que se han visto obligados a refugiarse y que han sido en muchos ocasionados obligados a combatir contra su propio pueblo; sin embargo, la característica de esta Ley de Amnistía que se pretende prorrogar, no está dirigida a beneficiar exclusivamente a esos sectores, no tiene esos alcances, sino que tiene alcances aún mucho mayores que se perfilan como una concesión innecesaria a la contrarrevolución armada, que de por sí la ha rechazado, creemos que evitar que la contrarrevolución pueda ensanchar su base social no es a través de esta ley sino a través de un sinnúmero de medidas económicas, sociales y políticas que permitan involucrar a todos los sectores poblacionales del campo en favor de la Revolución Popular Sandinista. No es por simples y llanas intensiones que se alcanza la paz, se requieren alcances, medidas mucho más profundas que una ley de amnistía en los términos que ha sido promulgada. Por esta razón el Partido Comunista de Nicaragua se opone a la prórroga de esta ley, manifestando a la vez su interés con la aplicación sin equívocos de la justicia revolucionaria.

Reconocemos que existe cantidades de casos de personas que han sido acusadas de supuestos delitos contrarrevolucionarios y que todavía están en la cárcel, pero que han sido acusadas por intereses mezquinos, por egoísmos, o por conflictos de carácter personal o de carácter político; por lo tanto proclamarnos sí que se aplique sin equívocos la justicia, pero nos oponernos a buscar una supuesta convivencia nacional a través de vías utópicas, a través de vías que solamente significan motivo de argumentos para negociaciones políticas exteriores, pero que no han dado sus resultados porque los mismos imperialistas cuentan con suficientes armas para debilitar este tipo de concesiones.

Esta posición la expresamos no por el simple hecho de oponernos sino porque entendemos que alcanzar la paz en Nicaragua no es por esta vía que la lograremos, sino por la vía de un diálogo de salvación nacional.
Muchas gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Carlos Cuadra Cuadra, tiene la palabra.

REPRESENTANTE CARLOS CUADRA CUADRA:

Gracias, compañero Presidente.

En primer lugar queríamos, aunque tardíamente, saludar el intento del informe del compañero Presidente de la Asamblea que quiso hacer en condiciones bastante difíciles a los Representantes para que tuviéramos algún elemento al menos de juicio objetivo sobre los resultados de la aplicación de la ley llamada de amnistía.

Aparte de las consideraciones técnico-jurídicas que se pueden hacer y que efectivamente existen a pesar de las argumentaciones presentadas por el doctor Humberto Solís, porque efectivamente el plazo está vencido y por lo tanto no es una prórroga, porque es parte del articulado de la ley, el plazo de vigencia, y porque además la propuesta contempla un nuevo artículo que es convertir la ley en retroactiva. Por lo tanto, hay una serie de elementos nuevos que no corresponden a la ley y lo que se está pretendiendo aquí es discutir públicamente la prórroga de la Ley de Amnistía, por consiguiente si existen elementos técnicos-jurídicos que dificultan la discusión y la aprobación de la prórroga de la Ley. Sin embargo, hay que hacer una evaluación no simplemente numérica y cuantitativa que además es incompleta, sino política con la aplicación de la ley, y de sus objetivos fundamentales. Cuando la Ley se discutió, el Movimiento de Acción Popular Marxista Leninista presentó sus posiciones y en lo general señalamos y distinguimos que estábamos de acuerdo en que era un derecho legítimo de todo Estado y fundamentalmente en un Estado acosado, como el de Nicaragua por las fuerzas contrarrevolucionarias, que intentará utilizar los instrumentos jurídicos a su alcance para debilitar a esas fuerzas contrarrevolucionarias. Era una utilización de ese instrumento jurídico pero que sin embargo, no estábamos de acuerdo en la aplicación de la amnistía desde el punto de vista político y que se utilizara ese instrumento creyendo que efectivamente perdonando y olvidando, la actitud, los ataques contrarrevolucionarios y sus efectos íbamos a poder conseguir la paz.

Mantuvimos y vamos seguir manteniendo la posición de que el logro de la paz en Nicaragua implica necesariamente la derrota de la contrarrevolución. Seguimos señalando por lo tanto, que no es olvidando que vamos a lograr la paz en Nicaragua, sino derrotando esos intentos contrarrevolucionarios. Por supuesto también señalábamos que la utilización de este instrumento jurídico o los instrumentos jurídicos como formas de debilitar a la contrarrevolución tenía que ubicarse dentro de ese contexto y por lo tanto, no debían abrirse puertas para posibles y futuras reagrupaciones internas de la contrarrevolución con derechos políticos ganados a través de esta Ley de Amnistía.

También señalamos que esa ley al igual que lo hicimos con relación a la Ley de Amnistía a los Miskitos que fueron instrumentalizados a partir de una serie de condiciones que entonces señalamos, la utilización de esos instrumentos por si mismos no iban a posibilitar el debilitamiento de la contrarrevolución, que era necesario por lo tanto acompañarlas de medidas políticas revolucionarias, para no permitir la integración al trabajo político que realiza la contrarrevolución al interior de nuestro país a partir de frentes internos abiertos y permitidos por el proceso de institucionalización que se está dando, que permite la integración de nuevos elementos, la confusión de elementos campesinos, y que por lo tanto con el simple uso de ese instrumento jurídico no se iba a lograr el efecto político deseado. Tampoco íbamos a lograr deshacer la imagen internacional, no íbamos a lograr detener la actitud y la posición del Gobierno norteamericano y el imperialismo en general, puesto que las decisiones tomadas por ellos no se debían al mal comportamiento de los nicaragüenses ni al hecho de que existieran actitudes erradas, inflexibles o actitudes de deterioro o de inconsecuencia de la justicia aplicada en Nicaragua, sino que se verían en condiciones objetivas de la crisis internacional del capitalismo y a condiciones objetivas de lo que significa el triunfo alcanzado por las masas populares el 19 de julio en Nicaragua con relación a los proyectos y planes de recuperación, tanto del imperialismo como de la fuerza del capital en Centroamérica. No podíamos entonces perder la perspectiva.

En conclusión nuestro partido, no quiere argumentar simplemente a través de las dificultades técnico-jurídicas presentadas, sino fundamentalmente a través, en primer lugar de la falta de valoración política y de información que se dio para poder emitir un juicio con verdadero fundamento alrededor de la validez de esta ley.

En segundo lugar, mantenemos que los alcances de la ley no son los que debía de tener y lo que buscábamos era debilitar las fuerzas para poder avanzar en contra de la actividad contrarrevolucionaria en Nicaragua y lograr alcanzar la paz a través de su derrota. Por lo tanto nos pronunciamos en contra de su nueva aplicación o su prórroga como se dice aquí.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Eduardo Coronado Pérez, tiene la palabra.

REPRESENTANTE EDUARDO CORONADO PEREZ:

La Ley de Amnistía sabemos que es un instrumento más para conseguir la paz en Nicaragua, es un elemento interno para los externos, es un elemento que si bien no es suficiente abono para el camino hacia la paz, por eso estamos con la vigencia de la Ley de Amnistía y no como erradamente se ha dicho, con la prórroga.

Sabemos y estamos claros como dice Carlos Cuadra que posiblemente más se han sumado a la contrarrevolución pero también es cierto que los que se han acogido a la amnistía en el número que sea, aunque sea uno, es un rifle que dispara y se deja de disparar y es un nicaragüense que deja de matar, es un nicaragüense que deja de morir por dejar de esgrimir ese rifle. Por eso estamos en favor de la prórroga de la Ley de Amnistía porque es un elemento efectivo para el camino hacia la paz, porque permite la reflexión, por eso que hemos dicho y aquí lo vamos a sostener, que es necesario el diálogo nacional con las fuerzas bélicas de este país, porque viene a ser otro elemento interno al igual que la Ley de Amnistía que permitiría la reflexión, no para que tomen partido y espacio aquellos partidos trasnochados, obsoletos o anárquicos, sino que a los hombres que optan por la vía cívica se le dé todavía alguna oportunidad más, porque puede ser que ese canal no sólo nos traiga a los dos mil que se han acogido a la Amnistía.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante César Augusto Castillo, tiene la palabra.

REPRESENTANTE CÉSAR AUGUSTO CASTILLO LACAYO:

Gracias, señor Presidente.

El Partido Conservador no tuvo en la sesión de anoche un consenso sobre si íbamos apoyar esta ley o íbamos a hacer una ampliación de la misma, quedamos en libertad puesto que todos coincidíamos en que la ley es buena aunque hay una serie de fallas y que creemos que sacamos más provecho exponiéndoselas a ustedes los de la bancada mayoritaria, y buscando así en ustedes el eco necesario e indispensable a través de nuestra voz dicen los familiares, los padres y principalmente las madres de muchos de los que guardan prisión desde hace muchos años en las cárceles de Nicaragua. Es verdad que en la mayoría de los casos son reos que cometieron graves delitos y que están purgando su pena, por un pasado bien duro que esperamos que Nicaragua pueda superarlo; pero también es cierto que los nicaragüenses nos hemos caracterizado por tener un sentimiento noble hacia los demás y que no es demás acogerse a esos sentimientos en este momento que no es de paz, que hay intranquilidad y dolor en los hogares por tantos jóvenes que mueren en el Servicio Militar Patriótico luchando contra la contrarrevolución, que recibe apoyo internacional y que ha venido a enlutar el suelo nicaragüense.

No creo que el ánimo de la bancada mayoritaria exista un ánimo como el de un orador que escuché hace rato, que dijo que es mejor buscar cómo seguir guerreando, derramar más sangre, llevar más luto a todos los hogares nicaragüenses para poder encontrar la paz. No soy guerrero, no soy militar, ni he sido nunca una cosa de esas, pero me parece que no estoy diciendo mentira, creo que ese no es el camino, podrán haber muchos caminos mejores, y sugiero que ayuden con esa mayoría que tienen en esta asamblea a buscar el método, el artículo donde se puede incluir a muchas personas que merecen estar ya fuera de la cárcel, porque de lo contrario aunque la ley es buena la empequeñece la falta de elementos para sacar a otros más que están en la cárcel y que están a uno o dos años, o a seis meses de salir, y que en verdad han tenido buen comportamiento y han trabajado y se han desenvuelto bien en las cárceles que hasta los destacan en los periódicos, el Comandante Tomás Borge aparece en las fotos con ellos y vive hablando de ellos, especialmente con los nicaragüenses revolucionarios.

Por eso es que el Partido Conservador dejó en libertad a cada uno de sus miembros para que cada uno pudiera decir de acuerdo con sus capacidades y sus sentimientos algo a ustedes para que nos ayuden en la formación de una Ley de Amnistía que involucre a las personas que están en la cárcel; eso es lo que creemos que debemos hacer los nicaragüenses usando uno de tantos métodos que hay para conseguir la paz en Nicaragua, porque por un lado está el Gobierno, por otro lado están los organismos internacionales amigos de nuestro país; porque pude apreciar en mi viaje a Europa Oriental el deseo unánime de todos aquellos gobiernos en ayudar a Nicaragua y a su Revolución y me sentí muy orgulloso de ver el apoyo que recibe Nicaragua en ese aspecto. Mientras nos sometemos a ese juicio sereno posiblemente obtengamos más apoyo internacionalmente.

Posiblemente después de lo que he dicho alguien dirá que cómo vamos a darle oportunidad a los asesinos. Pero hay que hacer una revisión de todos esos presos acusados por un vecino; por un CDS, que están condenados a tres o cuatro años de prisión, de esos por lo menos hay mil. Compañeros de la Bancada Sandinista, cuando hagamos algo en favor de eso ustedes van a ver que se van a suavizar un poco las tensiones. Porque hay una cosa, los que viajamos en buses, los que vamos a los mercados, nos encontramos que si una hermana, una madre, un primo, de un preso que está en la Zona Franca o en cualquier otra cárcel de Managua habla de un problema de los muchos que vivimos a diario los nicaragüenses, el problemita se lo aumenta porque lleva dentro de él un resentimiento por aquel familiar que tiene en la cárcel; eso yo lo he podido constatar, si nosotros bajamos un poco la cantidad de presos también bajaría la tensión política. Esa es mi opinión personal, espero no estar equivocado en que voy a encontrar en ustedes eco, para que busquemos la forma cómo la amnistía no sólo cubra a los que entregaron sus armas, sino también a los que están en la cárcel, pues muchos que están ahí se merecen un perdón.

Gracias.

PRESIDENTE POR LA LEY CLEMENTE GUIDO CHAVEZ:

Representante Flor de María Monterrey, tiene la palabra.

REPRESENTANTE FLOR DE MARIA MONTERREY ESPINOZA:

Compañero Presidente, compañeros Representantes. Hemos escuchado las distintas posiciones de los compañeros Representantes, alrededor de un asunto que es fundamental; sin embargo, creo que hay dos elementos que para nosotros es importante resaltar.

En primer lugar creo que es un asunto de fondo que aquí estemos muy claros de quién es el enemigo principal de todo el pueblo nicaragüense y que en ese asunto no nos perdamos, no nos confundamos y no nos hagamos los confundidos, la amnistía no es asunto abstracto no puede serlo, menos ese dictamen que está precisamente relacionado con las circunstancias históricas que vivimos, está totalmente en correspondencia con nuestra situación.

El enemigo principal es el imperialismo y se concreta en un plan imperialista que nos ataca a todos los sectores como lo han dicho los compañeros, y a ese imperialismo es que nos vamos a enfrentar y el peligro de una intervención directa del imperio es lo que nos debe en este momento hacer reflexionar y además entender el contenido de ese dictamen, que es oportuno, patriótico, totalmente relacionado con la coyuntura que vivimos en la Región V, en la Región I y VI y en ese sentido el dictamen es completamente claro; y en el sentido político yo creo que no está nada oscuro.

El otro asunto es el del diálogo nacional que a propósito del pronunciamiento hablaron algunos de él; yo dejaría planteado el elemento de la amnistía que es lo que más interesa y conviene en este momento, pues el asunto del diálogo nacional del que se habla ya nosotros sabemos cuál es.

Pienso compañeros, que el dictamen está claro, que el que se quiere confundir se confunde, y el que quiere ver abstracto el asunto de la amnistía lo ve abstracto, y que ese sentido en la cuestión de la prórroga yo no veo por qué tanta confusión, si la cuestión de la amnistía precisamente está relacionada con la coyuntura, con circunstancias particulares, de acuerdo a la situación que vive la Revolución en este caso. Entonces, este dictamen no es un dictamen abstracto sino que es un dictamen enmarcado en las condiciones concretas que vive la Revolución Popular Sandinista, considero que es un trabajo oportuno, que recoge los intereses patrióticos revolucionarios y que debemos de inmediato apoyarlo, entenderlo, además sacar lecciones de qué manera se interpretan las cuestiones que dentro de la Asamblea Nacional con un interés patriótico se han venido desarrollando.

COMANDANTE CARLOS NÚÑEZ TÉLLEZ:

Representante Luis Sánchez, tiene la palabra.

REPRESENTANTE LUIS SÁNCHEZ SANCHO:

Gracias, compañero Presidente.

Sinceramente yo todavía no estoy totalmente claro sobre lo que se llamó aquí el aspecto técnico-jurídico del problema; desafortunadamente no pude escuchar los argumentos y explicaciones de los doctores Danilo Aguirre y Humberto Solís Barker, por los problemas del audio, de manera que mantengo una duda en cuánto a qué y cómo es lo que estamos haciendo, me refiero a la forma, no al aspecto técnico-jurídico ya que el dictamen habla, teniendo en cuenta el tiempo de aplicación de la mencionada ley. Yo no estoy claro de cuál es la diferencia entre el tiempo de aplicación y la vigencia de la ley, de manera que tal vez los compañeros de la Asesoría Jurídica podrían explicar mejor esta situación.

Pero entrando en materia, quisiera señalar que hemos estado y estamos de acuerdo totalmente con la Ley de Amnistía, al igual que con cualquier medida política, jurídica, legal que contribuya a avanzar en la conquista o en el restablecimiento de la paz.

Creemos compañero Presidente, que la paz se gana en los campos de batalla, en los Foros y en las instancias de carácter internacional, pero no solamente en los foros e instancias internacionales, se gana también a nuestro juicio y esto es muy importante, creando las condiciones políticas y sociales internas y estableciendo las garantías jurídicas y los dispositivos legales que tiendan a desalentar la participación en las actividades contrarrevolucionarias de esos elementos que han sido mencionados aquí por distintos diputados, oradores, que por múltiples razones se han incorporado a las actividades bélicas contrarrevolucionarias.

Creemos que es importante en este sentido el aliento y el impulso al desarrollo, al proceso de la democratización, de la institucionalización demócrata del proceso revolucionario, al saneamiento de la economía de la administración pública. Leyes como la de amnistía son elementos que ciertamente ya en conjunto pueden contribuir de una manera sensible al avance hacia ese anhelo de conquista o restablecimiento de la paz.

Los compañeros de la comisión dictaminadora hablan en el texto del dictamen de una cuestión muy importante y es la vocación y la política de paz del gobierno de Nicaragua que ciertamente nosotros la valoramos como tal, y hablan también de prorrogar el tiempo de la aplicación o la vigencia de la Ley de Amnistía, insisto en que no estoy claro en eso, para dar, dice, una nueva oportunidad a estos elementos sobre todo de la gente sencilla de pueblo, el campesino que por una u otra razón ha sido arrastrado a la vorágine de la contrarrevolución.

Compañero Presidente, creo que no sólo se trata de dar una nueva oportunidad, creo que esta Ley de Amnistía debe ser de carácter permanente, permanente mientras duren las circunstancias de esta guerra contrarrevolucionaria, de esta guerra de agresión que indiscutiblemente no será eterna, porque ciertamente y alguien lo decía estar prorrogando por tres meses, por cuatro meses, por seis, da •la impresión de que se trata de decisiones políticas de carácter coyuntural y no de una voluntad real, profunda, de convicción, por avanzar en esa conquista de la paz.

De manera que pensamos que aclarado ese aspecto jurídico realmente la Ley de Amnistía debe continuar en vigencia, debe seguir siendo un instrumento para ayudar a desalentar la participación de elementos sencillos en la contrarrevolución y que debe tener una vigencia indefinida para lo cual en su oportunidad, cuando se discuta en lo particular introduciremos una moción concreta al respecto.

Muchas gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Para aclarar al Representante Luis Sánchez, tiene la palabra la compañera María Lourdes Vargas Escobar.

COMPAÑERA MARÍA LOURDES VARGAS ESCOBAR:

Respecto a la confusión, hay leyes que son vigentes y pueden no ser eficaces. La vigencia de la ley significa que la ley no ha sido derogada ni de manera expresa, ni de manera tácita, ni por otra ley nueva que la contradiga, la eficacia de la ley es su aplicabilidad o no, en el caso de la Ley de Amnistía es una ley que es válida, es vigente, pero no eficaz porque en su Artículo cinco estableció un período de tiempo para hacerla efectiva, al concluir el 19 de julio de 1985, el plazo para beneficiarse de la amnistía, la ley se convierte en vigente pero no es eficaz. Por eso es que en el dictamen se establece que hay que hacer eficaz otra vez la ley y se establece otro nuevo plazo para poder obtener los beneficios de la amnistía, esa es la confusión que existía entre esos dos términos. Por otro lado, hay una mayor aclaración, en el Código Civil si el compañero lo desea se lo puedo pasar.

Gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TÉLLEZ:

Representante Onofre Guevara López, tiene la palabra.

REPRESENTANTE ONOFRE GUEVARA LÓPEZ:

Compañeros Representantes.

Hacer oposición es la cosa más fácil que se puede imaginar en cualquier parte e incluso en este Parlamento, creo que eso no es criticable, precisamente si están aquí los compañeros que no son Sandinistas, pues están en su derecho y en el deber de cumplir con la misma línea política de su partido, de hacer oposición al Frente Sandinista. Nosotros haríamos lo mismo si estuviéramos en ese caso, lo que quizás no haríamos es parcializar las cosas al extremo, o tener una óptica totalmente deformada de las situaciones reales que se dan dentro de la Revolución, precisamente porque entre más se confundan las cosas, mucho más difícil resulta encontrar las soluciones. Por ejemplo, no diríamos como el doctor Eduardo Molina, que el pueblo de Nicaragua está aclamando por una amnistía general, quién sabe cuál es la onda que sintoniza a ese pueblo el doctor Molina, porque la onda que uno puede sintonizar en la calle y en cualquier parte dentro de este pueblo, es que precisamente esta misma amnistía parcial no deberla darse porque piensa, como dijo Manuel Eugarrios, que se están haciendo demasiadas concesiones a quienes no lo merecen, Manuel ya dio la respuesta a eso.

Por otro lado, no se sabe de dónde sacan los compañeros que han intervenido, de que esta ley y la prórroga que aquí se está discutiendo fue concebida para darle soluciones definitivas a los problemas de la agresión mercenaria; creo que quién menos piensa eso y ha pensado eso es la representación del Frente Sandinista y el Gobierno revolucionario en su conjunto, pero sí es bueno no olvidar que esta amnistía parcial es una respuesta a situaciones bien concretas, que todos conocemos y por eso no se pueden menospreciar los resultados que en forma de cifras el Presidente de nuestra asamblea compañero Carlos Núñez, nos ha leído hace un momento. Cómo pueden despreciarse estas cifras, si fuéramos más objetivos diríamos que hay muchos partidos en Nicaragua que podrían elevar hasta en 1,832 la cantidad de miembros que tienen apuntados en su libro de inscripción partidaria. No son muchos, creo que en esta asamblea tampoco los hay. Entonces, como puede ser menospreciado el hecho de que esta cantidad de personas quedan acogidas a la amnistía en un período determinado, creo que es irresponsable decir que eso no ha servido para nada, ha servido para mucho.

Por otro lado, no se sabe por qué, ni de dónde se argumenta, porque no habría en que apoyar, aquí estamos descubriendo por primera vez que una Ley de Amnistía de este tipo, no va a acabar con la contrarrevolución y habría que preguntar, quién es el que sabe eso primero que nadie, si no es el Frente Sandinista que encabeza la defensa armada de la Revolución. Acaso el Frente Sandinista se está conformando con pedir aquí que se apruebe la prórroga de la vigencia de una Ley de Amnistía parcial, la respuesta se está dando todos los días en los frentes de batalla, que es necesario institucionalizar para complementar las condiciones de una democratización y una pacificación de Nicaragua y por qué estamos sentados aquí discutiendo esto, si no es porque el Frente sandinista encabezó una Revolución que precisamente es la que ha iniciado el proceso de constitucionalización y democratización de Nicaragua. Quién encabeza en el exterior una lucha diplomática por la Paz si no es precisamente el Gobierno revolucionario.

Entonces, creo que sería interminable mencionar en qué partes la gente que ha estado interviniendo y descubriendo el agua tibia acerca de que esto no va a acabar con la contrarrevolución, sería interminable. De manera que, creemos que con las explicaciones técnico-jurídicas que ya dio la Asesoría Jurídica sobre el particular de que esta ley no ha caducado, ni ha sido derogada de ninguna manera como dijo también Danilo Aguirre Solís, podemos pasar a aprobar esto en lo general y después que se tomen en cuenta las propuestas que ya se tienen, supongo, para discutirlo en lo particular.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TÉLLEZ:

Declaro suficientemente discutido el tema, pasamos a la votación.

¿Quiénes están de acuerdo con el dictamen presentado por la Comisión en lo general?

¿Los que están en contra?

¿Los que se abstienen?

Se aprueba el dictamen en lo general con setenta y dos votos a favor, tres en contra y una abstención.

Pasamos a la discusión en lo particular.

Artículo Primero

REPRESENTANTE DOMINGO SÁNCHEZ SALGADO:

Artículo l°: Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1985 el plazo establecido en el Artículo 5 en la Ley de Amnistía. Ley Número Uno, publicada en La Gaceta Diario Oficial Número 21 del 29 de enero del corriente año.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

A discusión el Artículo Primero.

Representante Carlos Alonso, tiene la palabra.

REPRESENTANTE CARLOS ALONSO GARCÍA:

Gracias, señor Presidente.

Queremos referirnos a los señalado en las consideraciones generales, de que esta amnistía está orientada a los nicaragüenses engañados, referidos contra su voluntad o víctimas del atraso político-ideológico, para que puedan abandonar la actividad contrarrevolucionaria y dejar de ser instrumento de la política de muerte que la administración Reagan impulsa en contra de nuestro país. Tal situación puede ser que continúe después del 31 de diciembre de 1985, y estos nicaragüenses en cualquier circunstancia que actúan como instrumento de la política agresiva norteamericana, puedan continuar ejerciendo tal actividad, creemos que sería conveniente que exista una actitud permanente hacia extender la amnistía a todos estos nicaragüenses, por tanto propongo que este Artículo uno se modifique de la siguiente manera: Artículo 1: se prorroga por tiempo indefinido la Ley de Amnistía publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 21 del 29 de enero del corriente año.

Muchas gracias, señor Presidente.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

¿Quiere traer su moción a la Mesa?

Para información del plenario, estaba constatando la cantidad de compañeros presentes, y corregir así la votación anterior por si acaso estaba equivocado; hay un total de setenta y ocho Representantes, de ellos setenta y cuatro votaron a favor del dictamen en lo general, tres votos en contra y una abstención.

La moción del compañero Carlos Alonso dice:

"Artículo l°: Se prorroga por tiempo indefinido la Ley de Amnistía publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 21, del 29 de enero del corriente año".

Doctor Eduardo Coronado, tiene la palabra.

REPRESENTANTE EDUARDO CORONADO PÉREZ:

En la misma línea de Carlos Cuadra, pensamos que este artículo debe quedar de la siguiente manera:

"Se decreta la vigencia por tiempo indefinido de la Ley de Amnistía publicado en La Gaceta el 29 de enero del corriente año". Y para aquellos que se han acogido a la amnistía le agregamos lo siguiente: "Esta ley es de carácter retroactivo para los que se hubieren acogido a ella". Fundamentamos la redacción de esta ley, en el aspecto de forma, cambiamos el término de prórroga por la vigencia, porque esta ley ya sufrió una solución de continuidad porque la expresa en su Artículo Cinco, que dice: "Los nicaragüenses que decidan acogerse a los beneficios y garantías de esta Ley, gozarán de un plazo que se inicia al momento de la publicación de la misma y concluye el 19 de julio de 1985, o sea que esta ley pierde vigencia por manifestación expresa de la misma y no tiene eficacia jurídica después del 19 de julio de 1985, pero de conformidad con la costumbre o la máxima jurídica existe lo que se llama la aplicación putativa de la ley o sea que una ley que ya feneció y se sigue aplicando por las autoridades competentes, esos actos cobran vigencia pero necesitan ser ratificados por una ley posterior que la convierta en vigente, porque toda ley no es más que el reflejo de una realidad, de un hecho, y la ley tiene que recoger ese hecho, a través de una norma jurídica. Es por eso, que nosotros introducimos esta redacción porque refleja o recoge en la forma y en el fondo, los vicios que adolece el proyecto de ley y se la vamos a pasar.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Rosario Altamirano López, tiene la palabra.

REPRESENTANTE ROSARIO ALTAMIRANO LÓPEZ:

Gracias, compañero Presidente.

Compañero Presidente, compañeros Representantes.

Queríamos externar nuestro criterio en el sentido de que el Artículo Uno, quede tal como está y queremos fundamentar un poquito nuestra aseveración.

Nos parece que si de acuerdo a la necesidad patriótica de hacer un esfuerzo más por lograr la paz, estamos aprobando que se prorrogue el plazo de aplicación de la Ley de Amnistía, a esto hay que ponerle el plazo máximo con el objetivo de que quienes se van a acoger a esta ley tengan un tiempo prudencial para pensarlo pero no un tiempo indefinido, porque recordemos que son gentes que aun cuando anden engañados, aun cuando por diferentes circunstancias de confusión, de ignorancia y de cualquier otro elemento objetivo que queramos argumentar sobre eso, anden en armas, mientras están ahí alzados, mientras están con la contrarrevolución están cometiendo crímenes. Entonces el plazo no puede ser indefinido, nosotros le vamos a dar una ley que abre una posibilidad a la paz, una ley que les abre la posibilidad de entregarse y deponer las armas, la cual no puede ser durante un tiempo indefinido, tenemos que decirle hasta qué fecha es damos plazo, si después de esa fecha no se acogieron que se atengan a las consecuencias; pero no puede ser de manera indefinida porque entonces no estaríamos actuando de manera justa, correcta, patriótica, ni con la intención de actuar en favor de la paz que es lo que nosotros como asambleístas estamos pretendiendo.

Muchas gracias, señor Presidente.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Doctor Humberto Solís Barker, tiene la palabra.

REPRESENTANTE HUMBERTO SOLIS BARKER:

Gracias.

Mantengo que no hay ninguna violación a la ley, en prorrogar esta Ley de Amnistía, repitiendo lo anterior en cuanto al principio Universal de la irretroactividad de la ley; sin embargo, en lo penal, es que la ley puede tener efectos retroactivos cuando benefician al delincuente, que es el caso actual y por lo tanto perfectamente puede ser prorrogada para que tenga aplicación con los que se han entregado del 19 julio a la fecha en que entre en vigencia esta prórroga.

En cuanto a declararla vigente indefinidamente, una Ley de Amnistía o un indulto o una ley de indulto, tienen por objeto casos concretos, situaciones determinadas, que se van presentando, y según vaya desarrollándose la realidad de esos hechos así se ve la oportunidad o no de decretar una Ley de Amnistía o una Ley de indultos, decir que es indefinida será como aceptar que será indefinida la guerra de agresión de la contrarrevolución. De manera que por razones de lógica y de realismo tiene que ser por períodos más o menos prorrogables según las circunstancias, así como puede no prorrogarse y llegar a su extinción final. De manera que mantengo que está correcto el proyecto.

En el Artículo Doce, del Estatuto de Derechos y Garantías de los Nicaragüenses, está establecido que si con posterioridad a la realización de algún delito, la ley dispone la imposición de una pena más leve el delincuente se beneficiará de ella; con mayor razón cuando queda abolida totalmente no sólo la pena, sino que incluso la responsabilidad penal. En el Código Penal está más clara todavía la retroactividad de la ley cuando favorezca al reo o al delincuente, de manera que sigo en desacuerdo con el buen amigo el doctor Eduardo Coronado en este aspecto jurídico, y apoyo el Artículo Primero tal como está.

Muchas gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TÉLLEZ:

En lo único que no estoy de acuerdo es en lo que se refiere al tiempo indefinido, pues creo que tenemos que medir los grados de la guerra, el incremento de ésta, los cambios de calidad, sus saltos, la injerencia de las fuerzas en el momento actual.

En recientes declaraciones dadas por cabecillas de la contrarrevolución se habla de que la ayuda de los veintisiete millones comienzan a entregarse a partir de diciembre, en partidas de nueve millones cada tres meses, pero al mismo tiempo es un salto de calidad que la contrarrevolución y especialmente la administración norteamericana quiere conseguir, está la de no solamente contar ahora con el aval político del Congreso, sino además buscar otros puentes de fondo para armar, entrenar, y lograr un crecimiento mayor de ese ejército contrarrevolucionario, que estamos de acuerdo en que la ley de amnistía no va a derrotar a la contrarrevolución pero sí la debilita.

Más de dos mil hombres se han entregado y se han acogido a la Ley de Amnistía, lo que puede significar una cantidad equivalente de fusiles, morteros, de RPG-7; ametralladoras, etc., y esa misma cantidad de manos disparando. En ese sentido creo que no vamos a decir que al haber amnistía vamos a terminar con la guerra, pero sí objetivamente un factor de debilitamiento, de contradicción y desmoralización de la contrarrevolución. Pero eso no es lo importante, cuando yo decía el tiempo indefinido, es porque tampoco podemos olvidar que en esos saltos de calidad, lo que Flor de María llamaba el enemigo principal, en este caso la Administración Norteamericana no solamente se contenta con armar un ejército de contrarrevolucionarios que han pretendido que llegue hasta más de treinta mil, pero que cada ofensiva se le ha disminuido precisamente por los golpes acertados de nuestro ejército, que también tratan de involucrar a mercenarios de otros países, tratan de involucrar también a otros países centroamericanos, ya sea consiguiendo su territorio o consiguiendo voluntarios.

Entonces, tenemos que graduar también las decisiones que tomemos pues una Ley de Amnistía no funcionaría en el caso de una intervención de los Estados Unidos o de otro tipo de fuerzas no necesariamente norteamericanas, donde pueden ir metido s los somocistas, quiero decir que en ese momento la correlación de fuerzas cambiarla la situación política y son otras decisiones las que se deberían tomar. Pero también me pongo de acuerdo con el compañero Domingo Sánchez, que desde este momento hasta el 31 diciembre de 1985 como que no ajusta cuando ha tenido mayor tiempo de duración, aunque en este sentido la presidencia de la comisión no señaló si había alguna consideración especial por la cual se presentaba esta fecha.

Por otra parte, me parece que la última parte de la moción del compañero Eduardo Coronado está contenida en la propuesta del Artículo Segundo no sé si él la mantendría, de todas maneras, yo propondría que se dijera:

Artículo l°: "Se decreta la vigencia hasta el 19 de julio de 1986 de la Ley de Amnistía publicada en La gaceta del 29 de enero del corriente año". La última parte está contenida en el segundo artículo la veríamos ahí. Esa sería mi corrección a la moción del doctor Coronado si él acepta.

Doctor Juan Manuel Gutiérrez, tiene la palabra.

REPRESENTANTE JUAN MANUEL GUTIÉRREZ:

Señor Presidente, pido disculpas a los juristas sobre todo a los que han intervenido, pues me parece que han entendido mal la cuestión de vigencia indefinida, la que no se refiere a que van a seguir cometiendo delitos los que ya se acogieron a la amnistía, así como el indulto es para los reos ya condenados eso el mismo artículo de la ley lo dice: "Se concede amnistía para todos los nicaragüenses que actualmente se encuentran involucrados en actividades contrarrevolucionarias, incluyendo aquellos de naturaleza armada que se entreguen o depongan sus armas ante la autoridad competente". La amnistía es un olvido del pasado, indulto es el perdón, de un delito cometido en el pasado, indefinida significa que en cualquier tiempo que aparezca un sujeto, un individuo, un miembro de los alzados en armas, no lo van a castigar pues está cubierto por esa ley, de manera que yo insisto apoyo la moción del doctor Eduardo Coronado.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Domingo Sánchez Salgado, tiene la palabra.

REPRESENTANTE DOMINGO SÁNCHEZ SALGADO:

Compañero Presidente, creo que usted dio una fórmula salomónica porque hasta el 31 de diciembre de 1985, como dice el proyecto es muy poco e indefinidamente es mucho, hasta el 19 de julio ya son diez meses y veremos qué es lo que pasa a esos diez meses. Decía el doctor Humberto Solís Barker, que indefinidamente es como que pensáramos que la guerra va a durar indefinidamente, lo mismo sería, decir hasta diciembre del 85 es como que si la guerra va a terminar en diciembre del 85, es decir ni el uno ni el otro tienen razón en sus argumentos, por eso me acojo a la propuesta de la presidencia, que sea hasta el 19 de julio de 1986. Y vuelvo a insistir sobre la aclaración del Artículo Primero porque según los jueces y los tribunales; la gente que está presa desde hace muchos meses; y dice las autoridades, "por actividades contrarrevolucionarias", pero el que no ha entregado ningún rifle porque no ha tomado las armas, ese no tiene derecho de ser protegido por la amnistía, pienso que ese tiene más derecho todavía que el que salió derrotado, entrega el ripio de la bomba y ya está protegido y queda en libertad. Hay casos tremendos, por ejemplo hay un par de mujeres, la esposa y la amante de un hombre que era subcomandante, dicen que era el Segundo Jefe de la Seguridad se hizo contrarrevolucionario y desde marzo ellas están presas, no las ponen a la orden de autoridad ni les dan libertad, únicamente están investigando por actividades contrarrevolucionarias, creo que desde marzo a este mes ya es tiempo de haberse dado cuenta si en realidad han cometido delito, mientras tanto Efrén Mondragón y quién sabe cuántos otros más, se han venido de la montaña de pelear, de incendiar, de matar, campesinos, ya están libres y hasta viajando. Por eso es que solicito se aclare, para que esa gente que por chismes que por cualquier otra circunstancia como el caso de estas señoras sean protegidas por la Ley de Amnistía, porque es una barbaridad que dos mujeres con hijos estén en la cárcel sin probarles nada, mientras tanto otros, compañero Presidente, andan gozando de libertad, y me acojo a su propuesta de que sea hasta el 19 julio de 1986.

Gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Danilo Aguirre Solís, tiene la palabra.

REPRESENTANTE DANILO AGUIRRE SOLIS:

Gracias, compañero Presidente.

Me acojo totalmente a la fórmula propuesta por la presidencia porque precisamente iba a señalar una contradicción entre las inquietudes técnicas del doctor Eduardo Coronado y el espíritu con que se ha estado defendiendo este proyecto. Tal como estaba concedido al principio sin que lo dijera la vigencia continuaba indefinida porque hablábamos de que era el plazo el que se estaba aquí prorrogando, de modo que el plazo iba a ser prorrogable cada vez que fuera conveniente. Pero al parecer este tipo de redacción, que precisamente sin mencionarlo le daba carácter indefinido al contenido en la Ley de Amnistía, se hubiera visto de alguna manera colocado en una situación de absurdo, de modo que la propuesta de la Presidencia me parece que satisface plenamente las dudas.

En cuanto a lo que decía Domingo Sánchez me parece muy justa su inquietud, sobre todo los paralelos que establece alrededor de los diferentes clases de reos, únicamente que no hay que olvidar que esta Ley de amnistía cobija a los que se entregan no a los que capturan.

Gracias.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Eduardo Molina Palacios, tiene la palabra.

REPRESENTANTE EDUARDO MOLINA PALACIOS:

Gracias, compañero Presidente.

En realidad nuestros colegas abogados, plantearon diferentes concepciones sobre lo que llamamos conflictos de leyes en el tiempo y en el espacio relacionado con la espontaneidad de esta misma ley. Cada uno de ellos podría escribir grandes tratados de este tema, pero la verdad señores, es que nosotros aquí tenemos que ser consecuente ya que nos estamos enredando en una serie de asuntos jurídicos y han sido definitivamente superados por la voluntad del poder real que existe en este pueblo. Esa voluntad del poder real que existe en este pueblo es que quiere dar amnistía parcial, nosotros solamente la tenemos que adecuar en norma jurídica. En ese sentido, existiendo una Ley de Amnistía y existiendo la voluntad de prórroga de esa ley pues prorroguemos la en los términos del Artículo número Uno, y existiendo ese conflicto de ley en espacio del tiempo relacionado con la heterogeneidad de esta ley, puesto que fue presentada tarde, aprobemos el artículo segundo tal como está y así solucionamos el problema y no nos metemos a engorroso argumentos jurídicos, que como les digo podemos escribir grandes tratados sobre ese asunto.

Estoy de acuerdo en la forma como está redactado íntegramente el Artículo Número Uno y no estoy de acuerdo en que se prorrogue la ley hasta el 19 de julio del próximo año porque quiero volverles a recordar a ustedes los sandinistas que a principio de año es la nueva legislatura y que lo que necesita Nicaragua es una amnistía completa, total, y no vamos a esperar hasta el 19 de julio que volvamos a discutir en lo general este asunto para decirles de nuevo aquí seriamente, con las formalidades y las consideraciones que ustedes se merecen, porque lo que Nicaragua necesita es una amnistía total y no esta receta, pero acomodémonos esta vez a esta receta; por lo que respetuosamente les pido a todos que aprobemos tal y como está el Artículo Número Uno hasta el 31 de diciembre, ya después en la nueva legislatura vamos a platicar de nuevo y le aplicamos la misma fórmula, tiene efecto retroactivo, ahí voy a estar de nuevo en esa nueva oportunidad.

Domingo Sánchez dirá lo mismo, la inquietud de Don Domingo es muy importante, y así nosotros deberíamos de poner en este ley, una nota interpretativa que deberá interpretarse como para todas las personas que de un modo u otro estén involucradas en actividades contrarrevolucionarias, porque esa inquietud de él es valedera se le pueden aplicar a cualquier ciudadano porque son demasiado radicales sobre todo los militares en la aplicación de la ley, son bien celosos en la seguridad del Estado con los contrarrevolucionarios con justa causa por lo que habría que apreciar de algún modo la inquietud de don Domingo, relacionada a la interpretación parcializada que hacen las organizaciones de la Seguridad del Estado en relación a la aplicación de esta Ley.

Estoy de acuerdo con el Artículo Uno tal y como está redactado y con el Artículo Dos, no veo por qué más discusión, necesitamos prorrogar la Ley de Amnistía, lo demás es plática de presos.

Muchas gracias, señor Presidente.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Representante Carlos Cuadra, tiene la palabra.

REPRESENTANTE CARLOS CUADRA CUADRA:

Gracias, compañero Presidente.

Quiero hacer algunas observaciones aunque desde el inicio ya votamos en contra en lo general y también estaremos en contra en los aspectos particulares. Sin embargo, quiero hacer unos señalamientos, algunos de carácter técnico-jurídico, a pesar de que no somos duchos en el asunto.

Me parece que la interpretación que hacía la Asesoría Jurídica con respecto a la vigencia de la ley, crea un problema, porque presentó a ley como indefinidamente vigente, es decir la vigencia de la ley es indefinida, la compañera María Lourdes Vargas dijo que la ley mantenía su vigencia, de lo que carecía era de aplicación actualizada, y considero que es inadecuada esa interpretación puesto que la ley en su Artículo prácticamente tiene el mecanismo de retiro de la vigencia de ley, le da un espacio a la ley en concreto, por lo tanto no puede ser indefinidamente vigente la ley, que de aquí a cinco años vamos a hablar de prórroga a la ley de Amnistía porque sigue vigente y después dentro de veinte años vamos a hablar nuevamente de ello porque sigue vigente la Ley. Eso no es cierto, la ley tiene en su Artículo cinco los términos de su vigencia; por lo tanto, lo que se está discutiendo aquí es una reforma, a la ley, tal y como aparece el otro proyecto que manda la Presidencia con relación al Decreto de la Reforma de Ley Creadora de las Licencias de Comercio, donde se introducen reformas a la Ley con un nuevo periodo de vigencia, eso en primer lugar.

En segundo lugar, aún con esa interpretación, está fuera de lugar tanto el título como lo de prórroga, puesto que la ley dejó de tener vigencia y también dejó de tener aplicación, entonces no puede ser prórroga porque que es lo que vamos a prorrogar, lo que ya no está vigente, y que no es aplicable porque en si misma tiene contenido el tiempo de su aplicación.

En tercer lugar quería hacer un comentario con relación a la confusión que presentaba Domingo Sánchez, resulta que ahora el contrarrevolucionario que se le agarre infraganti, en una acción llamémosle no armada, pero si contrarrevolucionaria, a los miembros de la Policía o de la Seguridad del Estado cuando pasen por la puerta al momento de capturarle, si ese individuo le dice que se acoge a la Ley de Amnistía, entonces éste ya no pasa a los tribunales y queda absuelto o peor aún, porque la interpretación que él hace es que a los que agarren infraganti le prueben el delito y una vez preso diga que se acoge a la Ley de Amnistía. Entonces, lo que estamos creando aquí es un mecanismo que está favoreciendo desde todas las perspectivas a la contrarrevolución que tiene la facultad de agredir en todos los términos a nuestro pueblo, al proceso revolucionario nicaragüense y sin embargo, tiene un portón impresionante por donde volver a salir para reactivar nuevamente sus actividades contrarrevolucionarias. Habría que aclararle al compañero porque no creo que queda ni siquiera flotando una interpretación de ese tipo porque podría después creerse que ya es una cuestión técnico-jurídica la que estamos discutiendo y no es cierto, la ley en ese orden es clara y no se da amnistía a los que son capturados, sino a los que se entregan voluntariamente y por lo tanto sería bueno que se aclara antes de votar por el punto.

Quería señalar también que en los términos y los períodos que se han venido proponiendo desconozco cuál de los criterios es el señalado por el Presidente porque según su propia explicación habló de que podrían ser fusiles, pero no conocemos efectivamente lo que es en términos políticos y no sólo de cantidad de fusiles, de morteros, de hombres, sino en términos políticos lo efectos reales que produjo en la población esa aplicación de esa ley, y que ha sido realmente un instrumento jurídico eficaz en contra de la captación de bases sociales de la contrarrevolución en esos espacios, o no ha surtido ningún efecto en ese ámbito; por lo tanto ese es el criterio que reclamábamos, esa es la valorización que creemos que debe ser oportunamente hecha para poder estar de acuerdo cuál es el tamaño y cuál es la amplitud del tiempo en que se deberla discutir nuevamente la vigencia.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

Aclaramos al compañero Carlos Cuadra su inquietud, de acuerdo a lo establecido se señala lo siguiente: "Se concede amnistía para todos los nicaragüenses que actualmente se encuentran involucrados en actividades contrarrevolucionarias incluyendo aquellas de naturaleza armada, que se entreguen y depongan sus armas ante las autoridades competentes". No tiene que ver nada en lo absoluto con los que están capturados.

¿Compañero Eduardo Coronado, mantiene su moción?

REPRESENTANTE EDUARDO CORONADO PEREZ:

Me sumo a la propuesta.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

El compañero Eduardo Molina mantiene su moción.

Entonces la propuesta del compañero Eduardo Coronado, modificado seria moción número uno: "Se decreta la vigencia hasta el 19 de julio de 1986 de la Ley de Amnistía publicada en La Gaceta del 29 de enero del corriente año".

La segunda moción es la presentada por el compañero Eduardo Molina de que el Artículo Primero quede tal como está.

¿Los que están de acuerdo con la moción número uno?

¿Los que están a favor de la moción número dos?

¿Los que se abstienen?

Se aprueba la moción número uno con setenta y cuatro votos a favor, la moción número dos obtuvo 3 y hubo una abstención por el MAP.

Artículo Segundo.

REPRESENTANTE DOMINGO SÁNCHEZ SALGADO:

Artículo 2°: Los nicaragüenses que se acogieron a la Ley de Amnistía en el período comprendido entre el 19 de julio de 1985 hasta la entrada en vigencia de la presente, les serán aplicables las disposiciones contenidas en la misma.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

A discusión el Artículo Segundo.

¿Quiénes están de acuerdo con el Artículo Segundo?

¿Quiénes están en contra?

¿Quiénes se abstienen?

Se aprueba el Artículo Segundo con setenta y seis votos a favor, dos en contra, ninguna abstención.

Artículo Tercero.


REPRESENTANTE DOMINGO SÁNCHEZ SALGADO:

Artículo 3°: La presente Ley entrará en vigencia, a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta Diario Oficial.

COMANDANTE CARLOS NUÑEZ TELLEZ:

A discusión el Artículo Tercero.

¿Quiénes están de acuerdo con el Artículo Tercero?

¿Quiénes están en contra?

¿Quiénes se abstienen?

Se aprueba el Artículo Tercero con setenta y seis votos a favor, dos en contra, ninguna abstención.



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