Debates
Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:4 de Julio del 1996Fechas Posteriores Debate:
Fecha Aprobación:31 de Julio del 199609, 10, 11, 23, 24, 25, 30/07/1996
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" LEY DE LA POLICÍA NACIONAL "

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CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO CUATRO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA MARTES VEINTISEIS DE MARZO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA (DOCEAVA LEGISLATURA).


PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Continuamos con el Orden del Día: PRESENTACION DE LEYES. 2.1 LEY DE LA POLICIA NACIONAL.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:

"Estimado señor Presidente:

Para consideración de la Honorable Asamblea Nacional estoy remitiendo el Proyecto de Ley denominado LEY DE LA POLICIA NACIONAL, junto con la correspondiente Exposición de Motivos.

Este proyecto de Ley permitirá que la Policía Nacional cuente con una estructura moderna y funcional; con miembros profesionales y especializados en la carrera policial y con una mayor interacción entre la Policía y la Comunidad.

Asimismo reafirma el control de la autoridad civil sobre el cuerpo policial por el Presidente de la República y el Ministro de Gobernación.

Solicito que se le dé el tramite correspondiente a esta iniciativa para que pueda ser conocida y aprobada por el Plenario.

Con un cordial saludo para Usted y los demás distinguidos miembros de la Asamblea Nacional, me suscribo.


Atentamente,

VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

EXPOSICION DE MOTIVOS


"Desde finales de 1993, la Policía Nacional inició una consulta interna para la elaboración de una propuesta de Proyecto de Ley de la Policía Nacional, que llegue a sustituir a la actual Ley Orgánica, contenida en el Decreto No. 45-92, que fue emitido el 5 de septiembre de 1992.

Con posterioridad a esas consultas el Ministerio de Gobernación presentó a la Presidencia de la República este Anteproyecto de Ley que permitiría dar una fisonomía nueva a la institución Policial, como resultado del análisis interno y externo de sus problemas y de la necesidad de continuar en el proceso de su profesionalización.

Con esta propuesta de Ley, la Policía contaría con una estructura más moderna y funcional. Se ha especializado la carrera policial, se plantea una mayor interacción entre la Policía y la comunidad, se define claramente el control de la autoridad civil por parte del Presidente de la República y del Ministro de Gobernación, quien puede auxiliarse del Vice-Ministro del ramo, se dispone un sistema de control interno para prevenir las posibles violaciones a los derechos ciudadanos de parte de los miembros de la Policía Nacional y se ha contemplado la emisión de un Reglamento disciplinario.

La profesionalización de la actividad policial ha sido uno de los aspectos principales que contiene el Proyecto de Ley, se propone la modificación de los grados de la Policía Nacional, con el objeto de diferenciar claramente ante la sociedad el trabajo policial del militar. La naturaleza civil de la Policía Nacional se hace patente entre otros en el hecho de que la obediencia debida no tiene el sentido ni el alcance rígido de la obediencia a la orden del mando clásico, sino a la Ley. El carácter civil sin embargo, no priva la capacidad jurídica para emplear la fuerza, para repeler en términos proporcionales la violencia actual e inminente contra los derechos de las personas.

Ello no es incompatible con la sujeción de sus miembros a una disciplina exigente y rigurosa tal y como lo contempla el Proyecto de Ley. También este proyecto plantea dentro de la carrera policial dos escalafones diferenciados, el Escalafón Ejecutivo y el Escalafón de Oficiales, el primero se implementará de manera que ingresen a la Policía Nacional todos aquellos ciudadanos que quieran hacer carrera dentro de la Policía Nacional con un nivel mínimo de Primaria aprobada y podrán concluir ésta, 25 años después, siendo especialistas en la actuación y servicios policiales. Serán los operadores o ejecutores directos de la actividad policial en las diferentes especialidades.

Para ingresar al Escalafón de Oficiales se requerirá obtener el titulo de bachiller, cursar y aprobar tres años de preparación en la Academia de Policía. Esto permite la debida especialización en la dirección, administración y control de los recursos humanos, materiales y financieros. De esta manera los que ingresen a este Escalafón concluirán sus carreras dentro de la institución, treinta años después, pudiendo llegar a Oficiales generales de la Policía Nacional.

La nueva estructura orgánica y los escalafones, garantizarán la especialización del Policía o de los miembros de esta institución en cualquiera de las ramas: investigativa, preventiva o de gestión. Asimismo, la Ley facilitará una clara división del trabajo tanto a nivel nacional como a nivel territorial.

Se han establecido requisitos claros para el ingreso del personal, un proceso de evaluación y clasificación más exigente.

Por otra parte, el proyecto contempla que la Policía esté integrada a un régimen de Seguridad Social, también establece como un derecho la defensoría policial para sus miembros, esto debido a que la profesión policial expone a riesgos sumamente altos, tanto de su vida como de denuncias penales por intervenciones policiales. Se hace necesario entonces que se le brinde asistencia en su defensa a los policías que resulten objeto de procesos penales por actuaciones en ejercicio de sus funciones.

Se deja tambien claramente establecido que en la carrera policial, tanto en la jerarquía de grados como de cargos se tendrá la oportunidad de ascender con base en criterios de responsabilidad, experiencia, capacitación y méritos en su trayectoria. Así el policía como cualquier otro profesional podrá proyectarse hacia los niveles más altos dentro de la institución.

El texto del proyecto reconoce los principios de las Naciones Unidas establecidos en la Resolución No. 169/34 de la Asamblea General en el año 1979, relacionados a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en cuanto al uso de la fuerza y las armas de fuego, así como las recomendaciones de incorporarlos en las leyes, los códigos de conducta o las reglas éticas orientadas a fomentar una más reflexiva y sensible en la institución policial, dentro del marco de los principios de actuación acogidos por el mismo proyecto.

Este conjunto de normas contenidas en el Proyecto de Ley permitirá el fortalecimiento de la institucionalidad de la Policía Nacional y que esta brinde servicios de manera más efectiva, así como un mayor acercamiento a la comunidad y a la sociedad civil en general".

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Pasa la iniciativa del Proyecto de Ley de la Policía Nacional, para su dictamen, a la Comisión de Defensa y Gobernación.

Antes de continuar, queremos señalar que esta iniciativa y su correspondiente dictamen que tendrá que evacuar en su momento la Comisión de Defensa y Gobernación, es sumamente importante dentro de la Construcción del Estado de Derecho y la sujeción de los mandos de la Policía a la autoridad civil.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA CUATRO DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (XII LEGISLATURA).

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

En el Adendum número uno tienen ustedes en el punto 4.19, La Ley de la Policía Nacional, entonces vamos a darle lectura al Dictamen.


DICTAMEN

"Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación de la Asamblea Nacional, nos reunimos para dictaminar el Proyecto de Ley de la Policía Nacional enviado por la Presidente de la República. Previo a dictaminar este Proyecto de Ley, examinamos detenidamente todos los antecedentes jurídicos, siendo entre otros los siguientes:

1. Reglamento de Policía del 25 de octubre de 1838.

2. Creación de la Guardia Nacional del 15 de mayo de 1927.

3. Disolución de la Guardia Nacional.

4. Creación del Ministerio del Interior de agosto de 1980.

5. Ley de Funciones Jurisdiccionales de la Policía, Decreto 559 de noviembre de 1980.

6. Ley Orgánica del Cuerpo de Policías Voluntarios de noviembre de 1983.

7. Constitución Política de 1987.

8. Ley de Funciones de la Policía Sandinista, Ley N° 65, de octubre de 1989.

9. Ley de Funciones de la Policía Nacional en materia de auxilio judicial, de marzo de 1992.

10. Decreto 45-92, Ley Orgánica de la Policía Nacional, septiembre de 1992.

11. Reformas Constitucionales de 1995.

12. Ley de Grados Militares del Ministerio del Interior de diciembre de 1988.

13. Decreto Ley 1-90, Ley Creadora de los Ministerios de Estados de mayo de 1990 y sus reformas de enero de 1992.

14. Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar de Nicaragua de 1994.

Asimismo, la Comisión realizó una serie de consultas con los diferentes sectores económicos, sociales, políticos, gremiales y militares, quienes expresaron sus criterios, aportes y recomendaciones sobre el Proyecto de Ley de la Policía Nacional, compareciendo o enviando sus observaciones por escrito los siguientes sectores:

1. Policía Nacional.

2. Corte Suprema de Justicia.

3. Ejército Nacional.

4. Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC).

5. Consejo Nacional de Universidades.

6. Jueces de Distrito del Crimen.

7. Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH).

8. Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH).

9. Asociación Nicaragüense de Derechos Humanos (ANDH).

10. Asociación de Juristas Democráticos.

11. Cámara de Comercio Americana de Nicaragua (AMCHAM).

También realizamos un estudio de derecho comparado con leyes de Policía de otros países, siendo estos: Guatemala, El Salvador, Costa Rica, Panamá, Colombia, Chile (Ley de los Carabineros y Policías de Investigación), Argentina (la Policía Federal), Bolivia, España, Francia, Uruguay.


ASPECTOS GENERALES

En la Ley de Reformas Constitucionales, Ley No. 192, vigente desde el 15 de junio de 1995, se reformaron los capítulos más importantes y sustanciales de la Constitución, entre estos está el Título V, de la Defensa Nacional, que contiene el Arto. 97 que expresamente dice: "La Policía Nacional es un cuerpo armado de naturaleza civil. Tiene por misión garantizar el orden interno, la seguridad de los ciudadanos, la prevención y persecución del delito y los demás que le señale la ley. La Policía Nacional es profesional, apolítica, apartidista, obediente y no deliberante. La Policía Nacional se regirá en estricto apego a la Constitución Política, a la que guardará respeto y obediencia. Estará sometida a la autoridad civil que será ejercida por el Presidente de la República, a través del Ministerio correspondiente.

Dentro de sus funciones, la Policía Nacional auxiliará al Poder Jurisdiccional. La organización interna de la Policía Nacional se fundamenta en la jerarquía y disciplina de sus mandos".

Estamos conscientes los miembros de esta Comisión dictaminadora, que por primera vez en la historia legislativa de este país en materia policial, se legisla de una forma seria y responsable, creando un nuevo sistema policial de naturaleza o civil al servicio de toda la comunidad. Por ello este proyecto de Ley de la Policía Nacional, además de responder a las exigencias actuales del Estado de Derecho y su modernización, también se norma de forma coherente y ordenada su naturaleza institucional, funciones, régimen jurídico, principios básicos de actuación, estructura orgánica, especialidades nacionales, competencia, órganos de apoyo, responsabilidad, régimen disciplinario, jerarquía de mando, escalafón, nombramientos, permanencia, rotación, baja, retiro, jubilación y el juzgamiento a miembros de la Policía. Es decir, este proyecto de ley contiene todo el marco institucional y su campo de relación con la comunidad a la que debe servir en todo momento y además desarrolla de forma clara y transparente los principios establecidos en la Constitución Política, tales como:

1) Conservación de su neutralidad política.

2) Acción policial preventiva antes que represiva.

3) Auxilio de forma efectiva Poder Jurisdiccional.

4) Mantener la diferencia de forma coherente entre las fuerzas militares que tienen una función defensiva de la patria y la fuerza policial que tiene una función civil a cargo del Orden Interno y Seguridad Ciudadana.

5) Cuerpo armado de naturaleza civil.

6) Participación de sus miembros, son apartidistas, obedientes y no deliberantes.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:

Toda sociedad democrática precisa de los mecanismos que aseguren el cumplimiento del orden constitucional y su consiguiente ordenamiento jurídico, que es precisamente el sistema legal de todo Estado de Derecho.

Uno de los principales mecanismos de que se vale nuestra sociedad es justamente obtener un buen servicio de la Policía, la cual está sometida al principio de jerarquía y subordinación del Poder Ejecutivo, velando por el cumplimiento de la Constitución Política y las demás leyes en beneficio siempre del bien común y el bienestar de la sociedad en su conjunto.

Al respecto, la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución tomada sobre el Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, ya establece los principios básicos de la actuación de los miembros de los colectivos policiales, quienes deberán imponer y respetar la Constitución Política, servir permanentemente a la comunidad, tener como finalidad el debido orden y como criterio orientador de su actuación el secreto profesional, el respeto al honor y dignidad de la persona, la subordinación a la autoridad y la responsabilidad en el ejercicio de sus funciones; estos principios básicos están contenidos en ese proyecto ley.

Fueron notables e importantísimos los aportes de los diferentes representantes de los sectores más connotados de nuestra sociedad civil y política, y también muy significativo el valioso apoyo de los altos oficiales del aparato policial.

La Comisión dictaminadora también analizó y enriqueció este proyecto de Ley de la Policía Nacional con todos los aportes recibidos, siendo los aspectos específicos más sustanciales de este proyecto de ley, los siguientes:

1. El control de la autoridad civil sobre la Policía en la persona del Presidente de la República, está contenido claramente en el nombramiento del Director de la Policía. Al igual que el control y seguimiento de la autoridad judicial en relación con la investigación de delitos y el apoyo para el cumplimiento de sus resoluciones. Asimismo, el control del Procurador General de la República sobre los miembros de la Policía y el control de la Contraloría sobre el manejo de fondos se deja establecido en el proyecto de ley.

2. Naturaleza civil de la Policía, principio que se deja establecido en cuanto a sus funciones y misiones con respecto a las del Ejército Nacional. Nos referimos al carácter civil que no la priva de la capacidad de emplear las armas, para repeler en términos proporcionales toda violencia actual o eminente contra los derechos de las personas, así como de la aplicación de una disciplina exigente y rigurosa de sus miembros.

3. Apartidismo de sus miembros, principio debidamente establecido, así como el de ser apolíticos.

4. Policía-Comunidad, vínculo que se deja normado en diferentes disposiciones del proyecto, como una obligación de los miembros de esta institución, la actividad policial se define en el proyecto ley como de carácter comunitario, preventivo, educativo, ecológico, solidario y de apoyo judicial.

5. Policía-Gobierno Municipal, esta relación permite la coordinación ordenada y coherente en beneficio de la comunidad.

6. Principio de obediencia debida, definida como el deber ineludible que tienen los miembros de la Policía de cumplir con la Constitución Política y las leyes antes que a las órdenes de sus superiores, diferenciándose así de la obediencia rígida militar.

7. El empleo de las armas se deja definido de acuerdo a las recomendaciones de los organismos de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

8. Policía-Servicio. Los miembros de la Policía forman parte de una institución de servicio público a cargo del Estado, orientado en su prestación a garantizar y mantener el orden público interno y el ejercicio de las garantías constitucionales.

Es preciso señalar que se crea en esta ley, la carrera policial que históricamente en Nicaragua nunca ha tenido vigencia, de igual forma se crea también la Comisaría de la Mujer y la Niñez, a fin de dar atención especializada a mujeres y niños en el caso que estos sufran violencia física, psicológica y sexual de parte de terceras personas.

La Comisión dictaminadora trabajó con sumo cuidado, porque está bien claro que las leyes de policía y de seguridad obligan a todos los que habitan en el territorio nacional; esta es una regla general en todos los países del mundo.

Finalmente, este proyecto de ley institucionaliza a la Policía Nacional a través de una ley que le da garantía de estabilidad institucional.

La Comisión dictaminadora considera que el proyecto de Ley de la Policía Nacional es conveniente y necesario para el país, estando bien fundamentado, cumple con los principios, disposiciones y garantías constitucionales, no se opone a la Constitución Política y su Reforma Parcial ( Ley No. 192), ni a las leyes constitucionales, ni a los tratados internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.

Por esas razones y estando acorde con los Artos. 50, 51 del Estatuto General y el Arto. 56 y 89 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación emitimos nuestro Dictamen FAVORABLE al Proyecto de Ley de la Policía Nacional. Adjuntamos para una mejor ilustración a los miembros del Plenario, además del Proyecto de Ley, los cuadros que contienen: el Organigrama de Jefatura Nacional de la Policía; Escalafón de la Carrera Policial y los años de servicio requeridos por escalafón, por lo que solicitamos su unánime aprobación al presente Dictamen".

Atentamente,


COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION


ADAN ROBLES PEREZ ROBERTO URROZ CASTILLO
PRESIDENTE PRIMER VICE-PRESIDENTE

RAUL VENERIO GRANERA GUSTAVO TABLADA ZELAYA
SEGUNDO VICE-PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO

OMAR CABEZAS LACAYO NICOLAS BRENES ROJAS
SEGUNDO SECRETARIO MIEMBRO

DORIS TIJERINO HASLAM DAVID BLANCO NUÑEZ
MIEMBRO MIEMBRO

ALONSO PORRAS DIAZ ADAN FLETES VALLE
MIEMBRO MIEMBRO

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión el Proyecto de Ley de la Policía Nacional.

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez Rodríguez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

A mí me parece que es un clima propicio para discutir y analizar el dictamen de la Comisión. Me parece que es importante, para ilustración señor Presidente, en este tema, la presencia ya sea del Ejecutivo o de la Jefatura de los mandos de la Policía, por algunas preguntas que podamos hacer los Diputados, tomando en cuenta que en esta ley es importante, es bueno tomar algunas consideraciones de los distintos aspectos que estamos tocando. Eso es lo primero. En segundo lugar, me parece que el análisis y el estudio que ha hecho la Comisión dictaminadora ha sido muy importante alrededor del derecho comparado con los distintos países, la reunión que ha tenido con los mandos de la Policía, con distintos sectores, para traernos un dictamen aquí a la Asamblea Nacional.

Yo estoy totalmente de acuerdo con el dictamen en lo general y voy a votar a favor del dictamen. Entonces me parece señor Presidente, que en la otra parte nosotros dejamos lo que es la Ley de Cooperativas, y me gustaría un pronunciamiento suyo alrededor de si es que vamos a discutir todo este dictamen o lo vamos a dejar en una parte, para continuar con lo que es la parte que tenía que tocarnos con la Ley General de Cooperativas alrededor del artículo 118. Entonces nos gustaría, y en el caso mío, que tuviera algún pronunciamiento alrededor de eso señor Presidente.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ;

Gracias, Presidente.

Yo comparto la opinión del Diputado Gámez, que la discusión de esta ley por lo menos en lo particular debería ser con presencia de los mandos de la Policía, y me imaginé que no están aquí porque ni nosotros mismos sabíamos que se iba a introducir a discusión el día de hoy; pero sí creo que deberíamos avanzar hasta el punto de dejarla aprobada en lo general.

Como miembro de la Comisión quiero decir que nosotros hicimos un amplio trabajo de consulta, buscando cómo los criterios de los sectores más amplios de la sociedad que tienen que ver con la Policía Nacional fueran incorporados y tornados en cuenta a la hora del dictamen.

Con mucho orgullo, como miembro de la Comisión, creo que logramos una ley de mucho consenso nacional. Nosotros consultamos -y no diróa consultamos, "consultamos" es un término que no refleja los sectores que participaron. Nosotros trabajamos esta ley con la Corte Suprema de Justicia, y los Magistrados de la Corte se integraron en una especie de Comisión con nosotros para trabajar aquellos aspectos de la ley, aquellos artículos que desde el punto de vista del Poder Judicial les inquietaban en relación a su vinculación con la Policía, al rol del Poder Judicial, al rol de la Policía Nacional y los mecanismos y naturaleza de la relación.

Además de la Corte Suprema de Justicia, también trabajamos con la Asociación de Municipios de Nicaragua, con el Consejo Nacional de Universidades, con la Jueces del Distrito del Crimen; además como dije, de la Corte Suprema en pleno, con el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, con la Comisión Permanente de Derechos Humanos, con la Asociación Nicaragüense de Derechos Humanos, con la Asociación de Juristas Democráticos, con la Cámara de Comercio Americana de Nicaragua, y con representantes del Ejército. Y logramos Presidente, con todos estos sectores un enorme consenso y respaldo de la ley; la Comisión tuvo una posición bien abierta, yo diría que un 25 ó 30 por ciento de los artículos de esta ley, son propuestas de las Comisiones de Derechos Humanos, son aportes de la Corte Suprema de Justicia.

Creemos que en el proceso de institucionalización del país, en el proceso de organizar un verdadero Estado de Derecho, una vez que ya han sido aprobadas unas reformas constitucionales profundas; que ha sido aprobada una Ley del Ejército, la Ley de Organización Militar que institucionaliza el Ejército; que estamos en proceso de dictaminar la Ley de Organización de los Tribunales, que van a sentar las bases de la nueva Organización del Poder Judicial; esta Ley de la Policía es una de las piezas claves que nos faltan para completar este proceso de ordenamiento institucional del país.

Queremos pedirle al Plenario lograr ese consenso entre las bancadas de la Asamblea Nacional, que la Comisión logró con los sectores de la vida nacional que fueron tornados en cuenta y que trabajaron con nosotros en el dictamen; y aprobar en lo general este dictamen, que como decíamos, es un paso importante adelante en la Organización de un verdadero Estado de Derecho.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Les rogamos a los asistentes a la Asamblea Nacional, que guarden un poco de silencio, porque de lo contrario nos vamos a ver obligados -la Junta Directiva- a restringir los pases, porque el eco no deja escuchar a los Diputados en el plenario. Por favor, se les ruega que guarden un poco de silencio.

Tiene la palabra el Diputado Juan Francisco Castillo.

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Gracias, Presidente.

Presidente, una de las cosas que casualmente yo iba a decir es que ya son varios los días en que aquí en la Asamblea no se puede escuchar la intervención de los parlamentarios, son demasiados fuertes los comentarios que se hacen alrededor y uno no puede, verdaderamente hay una desconcentración total en el plenario. Por otro lado, yo estoy totalmente de acuerdo en que pasemos a aprobar en lo general el proyecto de ley que presentó la Policía, o la Comisión a la que le concierne este asunto.

Sin embargo, me llama la atención de que una ley también muy importante, como es la Ley de Cooperativas, sea suspendida su discusión simplemente porque se presenta un sindicato y de una manera indirecta causa el temor en algunos parlamentarios, sólo porque el artículo 118 no les parece. Yo creo señor Presidente, que se nombró una Comisión para que estudiara o presentara una propuesta para el artículo 118, y hasta donde yo tengo entendido ya ese artículo prácticamente tiene un consenso dentro del Parlamento.

Entonces, yo le solicitaría a usted, señor Presidente -aunque no me esté escuchando- que por favor pasemos a aprobar en lo general la Ley de la Policía y continuemos con la Ley de Cooperativas.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Andrés Robles Pérez, Presidente de la Comisión de Defensa.

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Gracias, Presidente.

Haciéndome eco de todas las intervenciones, tanto de los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación como de otros amigos también parlamentarios, yo quería pedirle a la honorable Directiva de este Poder del Estado, que sometamos a consideración del plenario esta ley, porque es de suma importancia para el país. Y estoy pidiéndole desde ya al plenario que preste atención porque esta ley la necesita el país, esta ley es de importancia para todos los nicaragüenses. La Comisión hizo un trabajo -a como ya lo decía el Diputado Porras- de consenso nacional, se estudiaron leyes de diferentes países y se consensuó prácticamente con toda la sociedad nicaragüense.

Por consiguiente, creo que además de ser de vital importancia para Nicaragua, también en el momento que estamos pasando, que es de un trabajo parlamentario con muchos baches, quizás antes de retirarnos de vacaciones esta ley podría quedar aprobada. Entonces, yo quería pedirle señor Presidente, que sea sometida a discusión al menos en lo general, y después avancemos en lo particular.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Queremos aclarar, en nombre de la Junta Directiva, que no hay vacaciones.

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

Realmente, en esta presentación de la Ley de la Policía, la Ley Orgánica, yo tengo que manifestarle señor Presidente...

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Se les ruega nuevamente a los asistentes que por favor guardemos silencio, si no, nos vamos a ver obligados a suspender la Sesión, porque no se escucha. Hay muchos Diputados acá que se están quejando ante nosotros de que no han escuchado el debate. Por favor, porque si no, nos vamos a ver obligados en el futuro a restringir los pases.

Continúa en el uso de la palabra el Diputado Iván Madriz, rogándoles a todos prestar atención.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Le agradezco mucho señor Presidente, que haya hecho usted hincapié en que los presentes guarden silencio para poder continuar nuestro trabajo, y escuchar así las intervenciones de cada uno de los miembros de esta honorable Asamblea.

Le decía anteriormente, que la presentación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, es un paso trascendental que en esta transición va a dar la Asamblea Nacional, en el sentido de institucionalizar la vida de un órgano que ha hecho esfuerzos por profesionalizarse, y así lo ha demostrado.

Señor Presidente, le decía que es difícil el camino de la transformación de la nueva aceptación, de la nueva forma de ver un escenario, principalmente en nuestro país, en donde en sin número de ocasiones la incomprensión, la intolerancia no deja avanzar los criterios claros de reconciliación y entendimiento y de un nuevo quehacer político nacional. Yo quiero manifestar que esta ley viene realmente a crear un nuevo status, o el status requerido en el momento histórico que estamos viviendo, por un organismo como la Policía Nacional, que ha hecho esfuerzos muy grandes por salvaguardar la estabilidad, la paz y el orden de este país.

Señor Presidente, tenga la plena y absoluta seguridad que desde este escaño estaré presente, dando mis opiniones y respaldando todos y cada uno de los artículos de esta ley, con el vigor necesario, porque lo considero que así debe ser.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

Nuevamente rogamos al público guardar silencio y la compostura debida, hay que darle el respeto debido a esta Asamblea, por favor.

Tiene la palabra don Noel Sánchez.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Pedí la palabra únicamente para decirles con mucha pena, que nuestra Asamblea Nacional Legislativa, desgraciadamente parece más un "hemicirco", que un hemiciclo, ya esto es insoportable, vamos tendiendo a ser una cancha de gallos aquí, eso es todo. Pido que se corrija eso por la Junta Directiva, porque es obligación y derecho de la Junta Directiva hacer eso.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

Nosotros queríamos manifestar, en nombre del Frente Sandinista de Liberación Nacional, nuestro apoyo a la aprobación esta mañana de la Ley de la Policía, de forma general, porque consideramos que esta institución no puede continuar su funcionamiento a partir de decretos de carácter Ejecutivo; no puede estar una institución tan sensible como la Policía, al vaivén de los gobiernos que se vayan sucediendo. A como al Ejército se le dio un Código de Funcionamiento, a la Policía también -que son hombres armados que cumplen una función muy importante en la sociedad- hay que darle una ley general, que incluso yo pienso que debe tener para sus reformas una votación calificada, para que las mayorías de turno no puedan reformar esta ley de una manera tan sencilla.

La Policía Nacional ha venido sufriendo un conjunto de transformaciones, se ha venido profesionalizando cada vez más, desde el punto de vista técnico, desde el punto de vista jurídico y hace falta acompañar a esta modernización que en la vida, en la práctica, en los hechos ha venido sufriendo la Policía, con una ley que institucionalice esos logros alcanzados y que le permita continuar profesionalizándose y continuar modernizándose. Y particularmente somos del criterio de que esta ley podría permitirle a la Policía mejorar sus relaciones con la sociedad civil.

Esta modernización de la Policía, tiene que ver también con que tiene que encontrar los mecanismos de relación entre la Policía y la sociedad civil, entre la Policía e instituciones gubernamentales, entre la Policía y las manifestaciones callejeras, entre la Policía y la protesta popular; creemos que esta ley podría servir de mucho para el mejoramiento de las relaciones de la Policía con la sociedad en su conjunto.

Entonces Presidente, como el tiempo es corto, yo le sugeriría que a esta altura ya se pueda ir declarando el debate suficientemente discutido y podamos proceder a la votación de la ley en lo general.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Muy brevemente, sólo para expresar nuestro respaldo a este dictamen sobre la Ley de Policía en lo general. Me parece que vamos a legislar en la organización policial en un momento muy importante y muy oportuno cuando el tema de la seguridad pública, o más bien de la inseguridad pública ha cobrado extraordinaria importancia, habida cuenta del alarmante desarrollo de la delincuencia social que produce mucha inestabilidad en la sociedad nicaragüense.

Me parece que en términos generales el dictamen se ajusta a las aspiraciones que hemos venido manejando para el desarrollo del proceso de profesionalización de la institución policial, y que cabe en la discusión en lo particular hacerle los ajustes, las correcciones, las adaptaciones que tenemos en observación y que vamos a presentar oportunamente.

De modo que solamente quería dejar expresado para el registro correspondiente en el Diario de Debates, nuestra aprobación, nuestro respaldo a este dictamen en lo general, y por supuesto nos reservamos el derecho de presentar nuestras observaciones y propuestas en la discusión particular. Solamente eso.

Muchísimas gracias, señor Presidente.


PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:


Tiene la
palabra el Diputado Aníbal Martínez Núñez.


DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:


Gracias, Presidente.

Es también para ofrecer mi respaldo total y el de mi partido a la Ley de la Policía. Enmarcar a la Policía en un círculo legal es bien sano para el país, y es muy oportuno en este momento de tanta crisis que vive la Nación, que los policías conozcan sus deberes, sus derechos y las penas que pueden ocurrir cuando transgredan esos derechos y esos deberes; eso es bien importante en el país. De manera que en lo general cuenta con el apoyo nuestro el proyecto de ley.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Dámaso Vargas Loáisiga.

DIPUTADO DAMASO VARGAS LOAISIGA:

Yo quisiera expresar también mi respaldo a este dictamen, pedir que efectivamente lo aprobemos en lo general, de manera que luego en su discusión en lo particular nos permita continuar fortaleciendo la modernización y la actualización de la Policía; las normas actuales en relación al Estado de Derecho que se conforma en Nicaragua, que se han establecido; y además que la ley pueda respaldar la demanda de recursos que han estado planteando los jefes de policía, para enfrentar la situación de delincuencia por la que atraviesa el país.

Al expresar mi respaldo a la ley, quiero también manifestar mi preocupación sobre tendencias en el uso desmedido de fuerzas y medios que la Policía ha venido realizando en el enfrentamiento a protestas pacíficas como las de Radio Corporación, a protestas cívicas también que han realizado estudiantes, trabajadores de distintos sectores. Pienso que también la ley debe contribuir a ejercer determinadas regulaciones en el uso de las fuerzas y medios que se utilizan para enfrentar lo que son las protestas cívicas, las protestas pacíficas de los ciudadanos, en virtud de defender los derechos que la Constitución y las leyes les otorgan.

De manera que pienso que la ley también debiera de incidir en estos elementos que señalo; y reitero mi respaldo en lo general al dictamen, para que luego -igualmente como han planteado otros compañeros de mi bancada y de otras bancadas- podamos entrar a discutir el dictamen en lo específico, en lo particular, con presencia de los mandos de la Policía, con especialistas que nos permitan ir adecuando la normativa legal a los conocimientos técnicos, al desarrollo y a la modernidad que ha venido obteniendo la Policía Nacional.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado José Cáceres Vásquez.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Gracias, señor Presidente, por el halago tan efusivo que hace.


PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Es el tratamiento oficial a los Diputados.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Cosa que muy pocas veces se acostumbra. Realmente voy a ser breve. Es para expresar mi respaldo a esta Ley de la Policía, ya que realmente es una ley que viene a estabilizar a este cuerpo castrense, que está entre el vaivén de diferentes ejercicios políticos. Yo precisamente he estado de acuerdo en que este cuerpo castrense esté al servicio de la sociedad civil, y precisamente es por esa razón que voy a apoyar, aunque cuando se discuta en lo particular voy a exponer algunas ideas que realmente tengo que hacer.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Muchas gracias honorable.

Tiene la palabra el Diputado Raúl Venerio Granera.

DIPUTADO RAUL VENERIO GRANERA:

Gracias, señor Presidente.

Yo también quería en esta oportunidad apuntarme para unir mi voz y mi voluntad en favor del dictamen que la Comisión de Defensa y Gobernación, ha tenido con esta ley. Quisiera ser puntual en señalar algunas de las noblezas que esta ley, además de noble -novedoso- trae a la sociedad civil y al pueblo nicaragüense, en esta concepción democrática de lo que significan los cuerpos armados, y en este caso la Policía Nacional. Yo diría que esta ley no solamente se ajusta a los tiempos modernos, no solamente se ajusta a los tiempos de la profundización democrática y a la profesionalización de nuestras instituciones como tal, sino que abarca puntos medulares en el apoyo de esta consolidación.

En primer lugar, esta ley habla sobre puntos específicos, como lo es la conservación de su neutralidad política. La neutralidad política de los órganos armados de Nicaragua, ha sido un tema que a través de nuestra historia ha sido muy controversial, puesto que conocemos en esta historia cual había sido el pensamiento de las diferentes fuerzas armadas a través de la historia de Nicaragua. Señala también en uno de sus puntos en que se sustenta que la acción policial es eminentemente preventivo, antes que represiva. Lógicamente la Policía Nacional en este momento, por problemas que es de todos conocidos está pasando por momentos muy difíciles en cuanto a la consecución de recursos y de presupuesto. Pero en la medida en que el país tenga la capacidad o ir proporcionándole a los cuerpos de la policía las diferentes especialidades de la Policía, pues lógicamente el precepto de ser una institución preventiva, más que represiva, se irá haciendo una realidad.

Otro punto muy importante que en esta ley se establece, es el auxilio de parte de la Policía, de una forma efectiva, al Poder Jurisdiccional; este fue un tema bastante discutido. La Comisión tomó en consideración los diferentes aportes que se le hicieron a las mismas, y creemos que es un punto que también va a ayudar definitivamente y decididamente a la consolidación de la Policía Nacional. Hay otro punto que se señala, y es que mantiene de una forma coherente una diferencia entre las fuerzas armadas de otra índole, puesto que como en la misma ley se señala, la Policía Nacional es un cuerpo armado, pero de naturaleza civil.

Esto viene a ser un concepto, de que si bien es cierto ha estado supuestamente intrínseco en el pensamiento de los nicaragüenses en el pasado, nunca efectivamente se ha llevado a cabo. Y, por último, la participación de sus miembros. Son apartidistas, obedientes y no deliberantes. Esto también creo que es una novedad en la historia de Nicaragua y algo que efectivamente va a venir a fortalecer el sistema democrático en Nicaragua.

Por lo antes expuesto, quiero cerrar diciendo que en toda sociedad democrática precisan efectivamente, como aquí señalamos, el cumplimiento del orden constitucional y su consiguiente ordenamiento jurídico; y esta ley no solamente garantiza esto, sino que garantiza la profesionalización de la Policía Nacional.

Por tanto, señor Presidente, señores colegas, yo insto a que de inmediato procedamos a aprobar en lo general este anteproyecto de ley.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tenemos anotados a los siguientes Diputados: Leónidas Duarte, Delvis Montiel Díaz, Luisa del Carmen Larios, y Nardo Sequeira Báez; aquí cerramos la lista de oradores.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Actualmente el marco jurídico que cubre a la Policía es la Ley 144, que es la Ley de Funciones de la Policía; este marco jurídico verdaderamente es muy estricto para la situación actual en la cual se desenvuelve esta institución. En el anteproyecto de ley que se nos presenta hoy en el plenario, se vienen a establecer los criterios de la carrera policial, viene a darle mayor profesionalidad a esa institución y al mismo tiempo como cuerpo castrense establece una serie de principios fundamentales que a través de nuestra historia, verdaderamente nunca esta institucion, el cuerpo castrense ha tenido, como es ser una institución civil.

Creo que esta es una novedad que entra a este plenario y en este sentido es necesario, ante los fenómenos sociales, reformar y darle mayor marco jurídico a esta institución -a la Policía Nacional-para que pueda enfrentar los fenómenos que está atravesando, como la delincuencia, como son una serie de delitos que se cometen, como ahí mismo se establece, y que de una u otra manera ha venido esta Policía desarrollando sin ningún marco jurídico, en el sentido de la Comisaría de la Mujer, atenciones a niños, etc., que son importantes para la sociedad.

Así que yo respaldo este anteproyecto de ley, y en ese sentido doy mi voto favorable para que sea aprobada dicha ley, e insto a los demás colegas para que desarrollemos y modernicemos esta institución.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel Díaz.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

Naturalmente nos encontramos ante la presentación de un dictamen de una ley de suma importancia en el país, como es la Ley de la Policía Nacional. Toda sociedad, naturalmente, para poder desenvolverse y desarrollarse necesita de cuerpos armados civiles para mantener el marco constitucional, el orden jurídico; para hacer cumplir las leyes; para el desarrollo de las instituciones democráticas; para el fortalecimiento del Estado de Derecho; para el desarrollo de las diferentes funciones y actividades que un gobierno democrático desea implementar, para mantener el orden interno, para la seguridad de los ciudadanos, para prevención y persecución de los delincuentes.

Es importante hacer notar que por primera vez realmente se está legislando sobre una materia tan importantísima, que desvincula naturalmente a esta institución de todo ligamento de carácter político y partidarista. En este dictamen dice que la Policía debe conservar su neutralidad política, debe ser preventiva, antes que represiva, lo cual es muy importante, muy significativo. También sirve como auxiliar del Poder Jurisdiccional, es un cuerpo armado de naturaleza civil. Todo esto naturalmente nos llena de satisfacción, nos llena de alegría y nos da como cierta seguridad de que en realidad vamos caminando con pasos positivos hacia la consolidación del proceso democrático emprendido en Nicaragua.

Yo creo que estamos cumpliendo con lo establecido en las reformas constitucionales; en el artículo 97 de las reformas constitucionales, se habla de la creación de la Policía como un cuerpo armado de naturaleza civil, apartidarista, con neutralidad política, y para proteger el orden interno y la seguridad ciudadana. Lógicamente que quizás haga falta todavía ponernos más a tono con los tiempos modernos y con el desarrollo del desenvolvimiento de las diferentes áreas que pueden ser objeto de acción, de mantenimiento y de persecución del delito y de la delincuencia, y de la ejecución de las diferentes resoluciones judiciales.

A nosotros nos gustaría, nos habría gustado que se hubiera establecido y no quedará limitado totalmente, como lo está aquí en esta ley, que la Policía Nacional es la única institución de carácter armado, cuerpo armado de carácter civil que existe en Nicaragua, y va a prestar auxilio al Poder Judicial para la persecución de la delincuencia y la ejecución de las resoluciones. Nos hubiese gustado que no quedara en esa forma, que es totalmente limitativo; me hubiera gustado que se hubiera creado, dejar abierta la puerta para la creación de una Policía judicial.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Rogamos al señor Diputado hacer la conclusión de su exposición.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ;

De todas formas es un avance positivo, como he dicho. Nosotros damos nuestro respaldo, la bancada del Partido de Acción Nacional (PAN) da este respaldo a este esfuerzo, pero consideramos que faIta mucho que hacer. Y al mismo tiempo que se ha elaborado un proyecto de ley, también queremos que en el Presupuesto Nacional de la República se le dé a la Policía Nacional una partida suficiente para dignificar a ese cuerpo tan importante del país, que nos sirve para la protección de nuestra seguridad personal y para el mantenimiento del orden interno del país.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Muchas gracias, señor Diputado.

Tiene la palabra la Diputada Luisa del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:

Gracias, Presidente.

Realmente al encontrarme con el Proyecto de Ley de la Policía Nacional ya dictaminado, valorado y evaluado por la Comisión respectiva, me llena de mucha satisfacción, porque de alguna manera estamos dando respuesta a un problema integral en el cual nuestra sociedad se debate. Pero también es valioso recibir este anteproyecto, y recibirlo además ya dictaminado, cuando uno ha conocido el esfuerzo, el trabajo, la disposición y el alto sentido de responsabilidad con que fue procesado previamente, para haber podido ser enviado a la autoridad respectiva en materia de que esto fuese enviado a la Asamblea Nacional.

Creo además, que efectivamente estamos haciendo los pasos importantes en materia de crear una sociedad eminentemente civilista y fundamentalmente registrándose entre los valores de la legalidad y encaminándose a un verdadero Estado de Derecho. Cuando uno se topa con la presentación, o nos topamos con la presentación primaria de este proyecto presentado por los altos mandos de la Policía, presentado directamente por el Comandante Guido, había que valorar efectivamente la alta actitud de responsabilidad con que los mandos de la Policía habían procesado esta iniciativa.

Por eso, considero que es importante el que ya lo estemos discutiendo, que tengamos toda la disposición y la mente abierta para poder dotar de los elementos legales y de la juridicidad necesaria, para que el anteproyecto cumpla con todos los requerimientos que nuestra sociedad demanda en el contexto en que nos encontramos. Y me parece que el apoyo, el respaldo que las diferentes bancadas y los diferentes colegas parlamentarios le han dado a la iniciativa, es altamente valioso.

Por eso yo me sumo a los colegas que han planteado su disposición, apoyo y respaldo a la discusión del proyecto y que pasemos a discutirlo en toda su integralidad, como digo, con una mente abierta, dispuesta a resolver las situaciones que en el orden de la situación de la Policía y en el orden de acercar a la sociedad civil a una sociedad eminentemente civilista, comprometamos nuestro mayor esfuerzo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias.

Tiene la palabra Nardo Rafael Sequeira; ahí cerramos y procedemos a votar

DIPUTADO NARDO RAFAEL SEQUEIRA BAEZ:

Gracias, señor Presidente en funciones.

Efectivamente, creo que en este proceso de democratización de Nicaragua, era necesario -y es necesario- que la Policía Nacional tuviera un marco jurídico, un estamento jurídico que definiera sus funciones en las complicadas subdivisiones en que la Policía se constituye. Efectivamente, en lo general el proyecto de ley lo vemos muy bueno, aunque tal vez en lo particular vamos a hacer los ajustes necesarios. Es importante que esta ley haya recogido directamente de la sociedad civil los aportes necesarios; muy importante porque se define claramente en la ley la obediencia a la autoridad civil, la coordinación que debe existir entre la Policía Nacional con las autoridades municipales, con los Gobiernos Municipales; eso es muy necesario, porque efectivamente a veces había problemas entre ellos.

Y una cosa muy importante también es la creación en esa ley de la Policía Voluntaria, y ojalá que esta Policía Voluntaria y la Policía Municipal sea nombrada en conjunto con las autoridades del lugar, donde realmente van a prestar funciones tanto la Policía Voluntaria como la Policía Municipal, es importante. De manera que en mi carácter personal y en nombre de la bancada de la Alianza Liberal, damos el apoyo a esta importante ley.

Muchas gracias.


PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:


Se abre la votación del dictamen en lo general.

Parlamentarios, a hacer uso de su derecho al voto.

Todavía 23 Diputados no han votado; 14 colegas no han votado.

Vamos a cerrar la votación.

El Diputado Elí Altamirano, Duilio Baltodano Mayorga, Nicolás Bolaños, José Cáceres Vásquez, Edmundo Castillo, Alfredo César, Mirna Cunningham, Guillermo Chavarría, Adán Fletes Valle, Azucena Ferrey, Luis Humberto Guzmán, Alvin Guthrie, Hernaldo González, Adolfo Jarquín Ortel, Wilberto Lara, Luisa del Carmen Larios, Julio Marenco, Roberto Moreno, Eduardo Paladino, Alejandro Pérez Arévalo, Doris Tijerino, Roberto Urroz, Nicasio Zeledón Zeledón.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

69 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 9 Diputados no votaron. Se aprueba el dictamen en lo general.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 1. La Policía Nacional es un cuerpo armado de naturaleza civil y profesional, apolítico, apartidista y no deliberante. La Policía Nacional se regirá en estricto apego a la Constitución Política de la República a la que debe respeto y obediencia, es el único cuerpo policial del país y tiene por misión, proteger la vida, la integridad y la seguridad de las personas, el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, la prevención y persecución del delito, la preservación del orden público y social interno, velar por el respeto y preservación de los bienes propiedad del Estado y de los particulares y brindar el auxilio necesario al Poder Judicial y a otras autoridades que lo requieran conforme a la ley para el cumplimiento de sus funciones.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión el artículo.

Quisiera hacer una moción antes de conceder la palabra a los Diputados que están anotados. Al tratarse de un cuerpo armado de naturaleza civil y profesional, apolítico, apartidista y no deliberante, dice que la Policía Nacional se regirá en estricto apego a la Constitución Política de la República. Debe ser además "a las leyes", para sujetarlas a todo el ordenamiento jurídico. Paso la moción por escrito al Secretario.

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez Rodríguez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Estoy totalmente de acuerdo con la propuesta del Presidente, me parece que es correcta. Sólo una cosa señor Presidente. Cuando en los comentarios en lo general habían varias inquietudes de varios Diputados, la primera fue que cuando pasáramos a lo particular, era necesario la presencia tal vez de miembros de la Jefatura de la Policía, y ya están ellos aquí. En segundo lugar, que habíamos dejado la Ley General de Cooperativas, y la otra propuesta fue que se aprobara en lo general y que pasáramos inmediatamente a la Ley General de Cooperativas. Se pidió el pronunciamiento del Presidente, que en ese entonces era Ortel el que estaba dirigiendo la Junta Directiva. Entonces, me gustaría después de aprobar este artículo primero, estando de acuerdo con la propuesta suya, que hubiera algún planteamiento por parte suya señor Presidente.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Magdalena Ubeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Yo recuerdo Presidente, que durante los debates de las reformas constitucionales, se pensó muy profundamente en dejar establecido constitucionalmente en el Capítulo del Poder Judicial, la creación de una Policía Judicial. Muchos jueces, muchísimos jueces se quejan de falta de respeto y de desobediencia por parte de los policías que auxilian a este Poder; esta situación se podría corregir si se crea un cuerpo policial dependiente del Poder Judicial. Recuerdo yo muy bien que fue parte de ese espíritu, de que se elevara al 4 por ciento sobre el Presupuesto General de la República el asignado al Poder Judicial, parte de ese espíritu correspondía a la posibilidad de la creación de una Policía Judicial.

Hago todo este preámbulo porque estoy haciendo moción para imprimir una reforma en este primer artículo de la Ley de la Policía Nacional, para no cerrar la posibilidad de crear un cuerpo de Policía Judicial. Además de aceptar como muy válido lo que usted propuso Presidente, en la quinta línea introducir esta proposición. Donde se dice, "es el único cuerpo policial del país", mi propuesta es que se diga, "en tanto no se cree la Policía Judicial". El artículo en lo demás continuaría como está. Voy a pasar ahora mismo por escrito mi moción.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

Nosotros en la Comisión valoramos la propuesta que está haciendo doña Magdalena, y asimismo lo discutimos con los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia -yo casi podría decir con Corte plena, porque estaban once de doce Magistrados-, y se llegó a un acuerdo con ellos en el sentido que está aquí planteado, o sea que los Magistrados no aceptan esto. Vimos en la Comisión lo peligroso que era dejar abierta la posibilidad de la creación de diferentes cuerpos policiales. Una cosa es el concepto que puedan haber en coordinación con las Alcaldías, policías municipales que dependen de la Policía Nacional y que están trabajando con las Alcaldías y otra cosa es que puedan haber inspectores judiciales que están bajo el Poder Judicial, pero que son parte del cuerpo policial único.

Y esto lo valoramos con detenimiento, porque ya en el pasado se han dado situaciones de crisis que han tenido que ver con las posibilidades de dejar abierta la existencia de varios cuerpos policiales en el país, y eso consideramos que en las situaciones políticas de Nicaragua, que todavía no son muy estables que digamos, dejar abierta la posibilidad de varios cuerpos policiales, es muy arriesgado. No corramos muy largo, aquí hubo un intento de Arnoldo Alemán de crear una Policía Municipal; y al mes... qué al mes, a los dos días el ex-Presidente Daniel Ortega aquí, presente, anunció que iba a crear su propio cuerpo de milicias, en respuesta a la policía de Arnoldo Alemán.

Entonces aquí, para la estabilidad del país, nosotros valoramos en la Comisión y lo discutimos con los Magistrados de la Corte Suprema, que era fundamental que sólo pudiera haber un único cuerpo policial que no dejara las puertas abiertas a que caudillos, a que Alcaldes, a que líderes de la Resistencia, etc., pudieran tener la opción de crear distintos cuerpos policiales en el país. Otra cosa diferente es -como decía antes y la misma ley lo establece- que puedan haber policías municipales, por parte de la Policía Nacional adscritos a los Alcaldes; que puedan haber inspectores judiciales como parte de la Policía Nacional, trabajando bajo la tutela del Poder Judicial, pero bajo un único cuerpo policial nacional.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tenemos anotados a los siguientes Diputados para intervenir sobre este artículo: Dora María Téllez, Omar Cabezas Lacayo y Ramón Gámez Rodríguez. No habiendo nadie más, cerramos la lista con estos tres nombres.

Tiene la palabra Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Me extraña mucho Presidente, esa reflexión de la Comisión, por dos razones: En primer lugar, yo considero que no hay ningún riesgo para la estabilidad institucional con la creación de varios órganos policiales, esos son problemas de apreciación, de políticas institucionales que un país determine. El hecho de que hayan varias organizaciones políticas institucionales, nunca da lugar a que a cualquier individuo, ciudadano en calidad de lo que sea, decida formar su propio órgano armado.

Y yo digo que me extraña la reflexión de la Comisión por dos razones: Este debate fue completamente cerrado en la reforma constitucional, y yo estaba consultando el artículo de la Constitución, incluso la posición de muchos de nosotros los que nos inclinábamos a que debía de haber una policía judicial, además de la Policía Nacional; y el debate en ese momento, y tal como quedó establecido en la Constitución, elimina las posibilidades de una policía judicial. Y me extraña la reflexión de la Comisión, que venga a decir aquí que por acuerdo con la Corte no hay policía judicial.

No, es porque la voluntad constitucional, y así quedó expresada, es que no haya. Y yo digo, contra mi propia opinión; mi opinión es que debería existir una policía judicial y debería existir una policía municipal, pero la Constitución dice lo contrario. No hay lugar para un planteamiento fuera del que está establecido en la Constitución, y este mismo debate se reprodujo en ese momento y quedamos en que solamente era un órgano policial.

Yo no he escuchado cómo doña Magdalena redactó su moción, pero si ella la redacta en el sentido que dice la Constitución, "La Policía Nacional auxiliará al Poder Jurisdiccional", es decir, como creación de un instrumento dentro de la Policía, para auxiliar al Poder Jurisdiccional, no habría ningún problema en relación con la Constitución; si está redactada como policía judicial, sí sería completamente inconstitucional.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

La moción presentada por doña Magdalena Ubeda de Rodríguez, dice en la quinta línea: "Introducir después de, "es el único cuerpo policial del país, en tanto no se cree la Policía Judicial"; el resto del artículo igual.

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

La redacción que plantea doña Magdalena Úbeda de Rodríguez, implica que es una policía aparte a la Policía Nacional; esto implica que doña Magdalena, con buena intención quizás, está haciendo un planteamiento inconstitucional, porque la Constitución en sus reformas, como lo explicaba Dora María, es totalmente clara. De forma que yo ruego a la Mesa que declare improcedente la moción, porque no se puede someter una moción que viola la Constitución Política; y está tan claro en el artículo que no hay ni posibilidades de interpretación de texto, del espíritu de la ley; además que todos sabemos cuál fue el espíritu que nos animó cuando aprobamos ese artículo. Yo rogaría que se declare improcedente.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Tiene la palabra Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Secretario.

Es que a mí me parece que hay que dejar el artículo 1, sólo con el planteamiento y la propuesta que hace el Presidente, por otra razón fundamental, ya lo decían Dora María y Omar Cabezas. A mí me parece que en el Capítulo VIII, de acuerdo al dictamen, donde habla del auxilio judicial, ahí vamos a tocar este tema. Por tal razón, me parece que ahí vamos a abordarlo aquí en la Asamblea Nacional, y cuáles son los cambios que podamos hacer; Porque en primer lugar, violenta la Constitución como lo decía; y en segundo lugar, aquí hay un tema específico sobre lo que es el auxilio judicial, que es donde vamos a tocar este tema. Nada más señor Secretario.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación el artículo primero.

Se abre la votación.

Perdón, se abre a votación dentro del artículo primero, la primera moción presentada, que es la que yo presenté para añadir "y las leyes".

Alonso Porras, asumió el dictamen? Expresamente? Está bien.

En ese caso, al haber asumido el dictamen Omar Cabezas, vamos a votar.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, es que yo quiero reclamar aquí, porque se está sometiendo a votación una moción que es inconstitucional. Usted no ha declarado improcedente la moción de doña Magdalena, que es inconstitucional; con la de él estamos de acuerdo, pero ya está entrando a votación y no ha declarado improcedente la moción inconstitucional de doña Magdalena. Con la suya estoy de acuerdo y la respaldo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Vamos a votar las mociones en el orden en que fueron presentadas; en su momento se va a anunciar.

Vamos a votar en primer lugar la moción presentada. Al haber sido asumido el dictamen, tal y como está expresado, vamos a votar en primer lugar por el dictamen.

Se abre a votación el dictamen. :

A votación.

Se cierra la votación.

48 votos a favor del dictamen, 10 en contra, 4 abstenciones; 16 votos presentes.

No pasa en consecuencia ninguna moción. La que yo había presentado está tan bien recogido su espíritu en el artículo 9, que la otra moción, digamos, no hubo necesidad de referirse a su constitucionalidad o inconstitucionalidad.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 2. La Policía Nacional es jerárquica, tiene a su cargo la totalidad de la actividad policial, la ejerce con su Jefes, Oficiales y personal adecuado, centralizados bajo un solo mando y escalafón. Se rige por la más estricta disciplina de sus miembros y la observancia de la Ley. Su uniforme, distintivos, escudo, bandera y lema son de uso exclusivo.

La Policía Nacional tendrá su domicilio en la Ciudad de Managua y podrá establecer Delegaciones en cualquier lugar de la República.

Los miembros de la Policía Nacional no podrán realizar proselitismo político, ni dentro ni fuera de la institución, ni desempeñar cargos públicos de carácter civil.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión el artículo.

Tiene la palabra doña Magdalena Ubeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Yo lamento que no se haya tomado en cuenta su moción, en el sentido de que la Policía sólo va a ser obediente a la Constitución y no a otras leyes del país; eso es gravísimo, en mi concepto. Quiero decir que no hay ninguna inconstitucionalidad en mi moción, aunque sea cosa pasada -que no debía ser pasada-, porque la Constitución no dice de ninguna manera que la Policía Nacional es el único cuerpo civil armado del país. De manera que no hay inconstitucionalidad, en el artículo 97 no dice que es el único cuerpo armado del país.

De modo que mi moción, que ya no pasó, yo la voy a dejar vigente para cuando haya oportunidad de introducirla. Podíamos haberle dado una vuelta, si no hubiera esa oposición cerrada de ciertos elementos en esta Asamblea Nacional, a todo lo que viene de este lado y sobre todo de mi persona, cosa que no tiene ninguna importancia; podríamos haber dicho que dentro de la Policía Nacional se creará una policía especial para el auxilio del Poder Judicial. De modo que yo protesto por esta decisión festinada que no dio lugar a nada más, en el sentido de que no hay inconstitucionalidad en mi moción, porque yo primero consulté la Constitución y no hubo oportunidad de que yo defendiera mi moción.

Gracias, Presidente.


PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

Es sobre el artículo 2, Presidente. Yo nunca he entendido este artículo, a mí me parece que los miembros de la Policía Nacional cuando visten uniforme, es decir en su carácter de tales, los policías no pueden realizar proselitismo político, ni dentro ni fuera de la institución; pero en su carácter de ciudadano y vestido de civil yo no le veo ningún problema francamente, me parece que se están violentando sus derechos políticos.

Si yo mal no recuerdo, esto lo dejamos claro también en la discusión de la reforma constitucional, no recuerdo bien en donde está eso, tal vez alguien sabe, tal vez la Comisión puede aclarar algo de eso.

La Constitución no le prohíbe ese proselitismo político en su carácter de ciudadano común y silvestre, y yo quisiera que aquí se introdujera algo que diga: "Los miembros de la Policía Nacional en ejercicio", ejerciendo como tales. Es decir, no es lo mismo que un policía se eche un trago con uniforme a que se eche un trago sin uniforme, son cosas diferentes. Voy a presentar una moción.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

No habiendo ninguna moción...

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel Díaz.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

Para ser congruente con lo que aprobamos en el dictamen, y en relación con la moción de modificación a la última parte del artículo 2, donde habla que "Los miembros de la Policía Nacional no podrán realizar proselitismo político, ni dentro ni fuera de la institución, ni desempeñar cargos públicos de carácter civil"; estoy viendo aquí, en los aspectos generales del dictamen, que dice que el proyecto de ley contiene todo el marco institucional y su campo de relación con la comunidad a la que debe servir en todo momento, y además desarrolla de forma clara y transparente los principios establecidos en la Constitución Política... Además de la conservación de su neutralidad política, el inciso 6) dice: "Participación de sus miembros. Son apartidistas, obedientes y no deliberantes".

Entonces, yo no puedo entender cómo podría ser la Policía o los miembros que la componen, apartidistas, si al mismo tiempo van a hacer proselitismo político cuando estén fuera de sus cuarteles o de sus centros de trabajo; lógicamente lo que no se le puede quitar es el derecho de tener una voluntad o una intención política, o de ejercer su derecho al sufragio universal, el derecho al voto como ciudadano. Pero realizar proselitismo político fuera de la institución, esta en contradicción con los mismos principios aprobados, de que la Policía es apartidista o apartidarista.

No es lo mismo, y yo no le veo y no encuentro ninguna lógica cuando se habla de que una cosa es la Policía cuando está de uniforme y otra cosa es la Policía o el policía cuando está vestido de civil, es decir cuando anda libre, en franquicia, le dieron la franquicia, dicen, entonces anda libre y puede vestir de civil. Eso se le permite para realizar o acudir a ciertos actos donde no es necesario llevar el uniforme todo el tiempo.

Hay algunas personas y algunos miembros de la Policía que les gustaba tanto lucir el uniforme que acudían uniformados a todas partes.

Incluso hay Presidentes y Jefes de Estado que acuden a las reuniones de los diferentes organismos internacionales vestidos de militar, como el señor Fidel Castro, que lo ha hecho ya en la OEA y en las Naciones Unidas; y no se presenta realmente como se debería de presentar un Jefe de Estado en un cónclave de esa naturaleza. Pero bueno, esas son cosas de él, ése es su gusto y no se lo prohíben.

Pero no le veo yo que una cosa sea la Policía cuando está uniformada y otra cosa es el policía cuando está vestido de civil, no está usando el uniforme, siempre es el mismo policía.

No puede tener doble carácter simplemente por cambio de uniforme; y violaríamos y estaríamos en contra de lo que ya aprobamos en el dictamen en lo general, de que la Policía, o sea la participación de sus miembros son apartidistas, obedientes y no deliberantes. Entonces sería una incongruencia total decir que la Policía podría, o los policías podrían ejercer proselitismo político fuera de sus recintos, fuera de la institución, fuera de sus centros de funciones, fuera de sus centros de labores; estaríamos violando totalmente y contradiciéndonos nosotros mismos.

De manera que no se le quite en ningún momento a la Policía, o a los miembros de la Policía, el derecho de votar y de elegir a cualquier ciudadano por elección popular. Y yo asumo el dictamen tal como está redactado, me parece que es lo más correcto, lo más ordenado, lo más coherente y lo más adecuado.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado William Ramírez.

DIPUTADO WILLIAM RAMIREZ SOLORZANO:

Gracias, Presidente.

Yo no veo cómo un policía en ejercicio de sus funciones y mientras esté fungiendo como policía, aunque ande de civil, deje de ser policía. Yo no veo a un mando de la Policía en una manifestación, de civil, enfrentándose a otros policías uniformados, con un rango superior. Yo creo que efectivamente una cosa es el derecho que tiene a ejercer su voto y otra cosa es que ande haciendo proselitismo político, sea de civil o vestido de militar, son dos cosas muy diferentes. Yo respaldo el dictamen así como está, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

Tenemos anotados en el uso de la palabra, además del Diputado Alonso Porras Díaz, a Nicasio Zeledón Zeledón, a Leónidas Duarte, y me reservo el uso de la palabra.

Se cierra la lista.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, yo no creo que el hecho de que no se exprese de manera directa en la Constitución lo que aquí se está planteando por parte de Dora María Téllez, quiere decir eso que la Constitución lo permite. Dicho de otra manera. La Constitución no tiene todas las normas ni todas las reglas que un Estado tiene, para eso hay leyes. Ni puede tener la Constitución todas las normas de un Estado. Entonces precisamente en esta ley es que vamos a establecer ese precepto, aunque no esté en la Constitución.

Yo no creo que ese argumento, sea un argumento sólido desde el punto de vista jurídico; si pretendemos aquí que lo que no está en la Constitución es permitido, hombre, entonces mejor suspendamos la Asamblea Nacional y no hagamos una sola ley más.

Yo creo que es inadmisible que un policía aunque ande de civil vaya a hacer activismo político, yo no me ubico viendo al Comandante Caldera colgando su uniforme, o al Comandante Montealegre colgando su uniforme y después yéndose a un barrio. O ya no digamos a nivel de los Comandantes de Regimiento; no ubico al Jefe de la Policía de la Paz Centro, colgando su uniforme y después yéndose a un mitin político en la plaza de la Paz Centro.

Yo quiero defender el dictamen tal y como está, porque me parece que es muy peligroso que aquí dejemos abierta la posibilidad de que exista por parte de los policías, aunque anden de civil, una participación en un bando político de forma activa, lo que no le inhibe de tener su pensamiento, su conciencia, su opinión y su derecho a votar. Y como digo, no es un argumento jurídico sólido venir a plantear que lo que la Constitución no establece, no está prohibido; si eso fuera así, levantemos la carpa de la Asamblea Nacional y no sigamos haciendo leyes, porque las leyes son para eso, para completar el marco de ordenamiento jurídico del país.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Ya aprobamos el artículo 1 de esta ley, y en su segunda línea dice que la Policía Nacional es un cuerpo armado de naturaleza civil, profesional, apolítico, apartidista, quiere decir que no puede hacer ningún tipo de proselitismo político; y por si esto fuera poco, no deliberante. Esa frase que ya hemos aprobado, no puede ser más congruente con lo que se establece en el segundo. De tal manera que me parece a mí que con una muy buena intención, a la Diputada Téllez parece que la agarró un poco descuidada la discusión de este artículo; por querer preservar todos los derechos que a su bien y su real saber quisiera otorgarle a la Policía, se precipitó un poco.

Lo que yo quisiera es que por economía parlamentaria y porque no nos metamos a una discusión bizantina en este artículo que está tan claro, hombre, que retire su moción; aunque no la he oído la moción, me imagino que viene por ahí la idea, preservar en esta ley el derecho de la Policía a hacer proselitismo político; creo que sería lamentable, no podríamos entendernos. Estoy totalmente de acuerdo con los que me han antecedido, que no puede ser que el cuerpo policial tenga ese derecho de ejercer proselitismo político, en ninguna forma, no le veo yo cómo entenderlo.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA:

Muchas gracias, señor Presidente, por darme la posibilidad de intervenir.

Sólo quisiera ilustrar a todos los Diputados con un criterio más para considerar tal como está el dictamen. La Policía no sólo actúa en su trabajo de uniforme, o sea que también dentro de su actividad profesional su actuación es sin uniforme; las actuaciones públicas de la Policía son uniformadas en forma general; y las actuaciones investigativas en términos generales, son actuaciones que no llevan necesariamente el uniforme,

Entonces, es un criterio que es importante y que sería muy difícil de delimitar cuando anda uniformado en función del servicio, y cuando no anda uniformado en función del servicio.

Creemos importante dejar el dictamen como está, porque la cohesión también de la Policía y la influencia que puede existir, la presión política y cualquier proselitismo puede llegar a tener algún precio en la parte coercitiva, (perdón), en la parte de cohesión de la Policía Nacional. Eso es lo que quisiera yo dejarles a ustedes como un elemento más de criterio para que tomen su decisión.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Aunque tiene la palabra en este momento el Diputado Leónidas Duarte, me informa el Secretario que la Diputada... Tenemos una información contradictoria aquí que nos gustaría aclarar, si Dora María Téllez ha retirado o no su moción. Si? Entonces nos manifiesta que su moción ha sido retirada.

En consecuencia, no habiendo moción a discutir, se somete a votación el artículo segundo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 23 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 3. Son funciones de la Policía Nacional, entre otras, las siguientes:

1) Cumplir y velar por el cumplimiento de las Leyes, Reglamentos, Decretos y demás disposiciones, ejecutando las órdenes que reciba de las Autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias.

2) Investigar las faltas y delitos perseguibles de oficio y cuando fuere requerida su actuación en los delitos de acción privada.

3) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones que emanen de las Autoridades Judiciales.

4) Auxiliar y proteger de manera inmediata a toda persona que así lo requiera y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.

5) Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicas, vías de comunicación terrestre, costas, centros y establecimientos que por su interés así lo requieran.

6) Coadyuvar en la coordinación con el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales y el Ejército de Nicaragua, en la vigilancia y protección de los recursos naturales y del medio ambiente.

7) Organizar la seguridad y protección del Presidente y Vicepresidente de la República, asimismo resguardar la Casa Presidencial y sus residencias.

8) Proporcionar protección a los Presidentes de los Poderes del Estado.

9) Organizar la seguridad y protección a los Jefes de Estado, Jefes de Gobiernos, y Presidentes de Poderes de Estado que visitan el país, así como a aquellas altas personalidades nacionales y extranjeras que la Presidencia de la República o el Ministro de Gobernación determinen.

10) Custodiar y vigilar las sedes y residencias de los miembros del Cuerpo Diplomático, de acuerdo a los Convenios Internacionales.

11) Mantener y restablecer, en su caso, el orden público y la seguridad ciudadana y solicitar al Presidente de la República el apoyo del Ejército de Nicaragua en casos excepcionales, de acuerdo al Arto. 92 de la Constitución.

12) Prevenir la comisión de actos delictivos y cualquier forma de amenaza a las personas y sus bienes que por las vías de hecho se pretendan ejecutar.

13) Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la seguridad pública y estudiar, planificar y ejecutar métodos y técnicas de prevención de la delincuencia.

14) Coadyuvar en coordinación con los órganos de Defensa Civil del Ejército y participar en las tareas de defensa civil en los casos de graves riesgos, catástrofes o calamidad pública.

15) Vigilar e inspeccionar los locales y actividades cuya autoridad otorgue la Policía Nacional.

16) Colaborar y prestar auxilio en reciprocidad, a las Policías de otros países conforme lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales y leyes del país.

17) La autorización, reglamentación, inspección, control y suspensión en su caso de las Entidades y Servicios Públicos y Privados de Seguridad y Vigilancia, sean personas naturales o jurídicas, así como el control de su personal y sus medios de actuación.

18) Exhortar a las personas naturales o a los representantes de las Empresas que prestan servicio de protección y custodia privada a auxiliar a la fuerza pública.

19) Autorizar, controlar, suspender, decomisar y otorgar permisos relativos a la posesión y comercio de armas de fuego, municiones y explosivos de uso civil.

La autorización a negocios de ventas de armas, municiones y explosivos deberá ser ratificada por el Ministro de Gobernación.

20) Llevar el registro nacional de vehículos y de conductores; asimismo, regular, expedir y controlar la documentación referida al tránsito, así como la vigilancia y regulación operativa del mismo.

21) Prevenir e investigar los accidentes de tránsito.

22) Sancionar las faltas y contravenciones de policía y de tránsito.

23) Mantener, organizar y autorizar el Servicio de Archivo y el Registro Nacional de antecedentes policiales.

24) Organizar, dirigir y controlar la Policía Voluntaria.

25) Reunir, asegurar y ordenar científica y técnicamente las pruebas y demás requisitos necesarios para la investigación de las faltas y delitos y su posterior remisión a la autoridad competente cuando corresponda.

26) Recibir denuncias de los ciudadanos sobre faltas y delitos y su remisión a la autoridad competente cuando así lo disponga la Ley.

27) Investigar y detener de conformidad con la ley, a los presuntos responsables de faltas o delitos.

28) Recibir declaraciones en la forma y con las garantías que establezca la ley.

29) Citar o entrevistar a todas las personas que pudieran aportar datos de interés a las investigaciones que realice.

30) Ejercer autoridad a través de sus Jefes respectivos en el ámbito que la ley les faculte.

31) La investigación de los delitos relacionados con la droga y el lavado de dinero y bienes de procedencia ilegal.

32) Los delitos relacionados en contra de la economía del país.

33) Las demás que le otorgan las leyes y disposiciones vigentes.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión el artículo 3.

Tiene la palabra el Diputado José León Talavera.

DIPUTADO JOSE LEON TALAVERA SALINAS:

Presidente, tengo una moción para mejorar la redacción del inciso 6), que está referido al papel que la Policía debe cumplir, contribuyendo a la protección del ambiente y los recursos naturales. La redacción que propongo diría lo siguiente: "Coadyuvar en coordinación con el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales y las Alcaldías Municipales, en la vigilancia y protección del ambiente y el aprovechamiento racional de los recursos naturales".

El cambio tiene que ver con incorporar a los gobiernos locales como instancia de coordinación, con la Policía, por los nuevos mandatos que están recibiendo las Alcaldías en la protección del ambiente. También me parece que no tiene sentido incluir en este artículo al Ejército de Nicaragua, que en su propia Ley Orgánica ya tiene un mandato específico de colaborar con la protección del ambiente.

Paso la moción a la Directiva.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra doña Magdalena Úbeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Es respecto al numeral 16) del artículo tercero, quisiera una explicación, porque el numeral dice: “Colaborar y prestar auxilio en reciprocidad, a las Policías de otros países, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales y leyes del país”. Porque yo entiendo que podría ser una colaboración en cuestiones civiles, digamos en el caso de desastres. Y mi pregunta a los dictaminadores de la Comisión, es ésa, ¿hasta dónde llega ese auxilio? Porque supongamos que en El Salvador la Policía no se da abasto –es un ejemplo- para reprimir a un grupo de gente que se esté levantando en contra de alguna institución o gobierno, ¿podría ir esta Policía nuestra a ayudar a los policías salvadoreños?

Esa es mi preocupación, hasta dónde llega el alcance de esa reciprocidad. Por favor, una explicación a los que colaboraron en el dictamen de esta ley.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES FONSECA:

Gracias, Presidente.

A propósito de la inquietud de doña Magdalena, el inciso claramente establece que la colaboración y prestar auxilio en reciprocidad conforme a lo establecido en los tratados o acuerdos internacionales, es expresamente el marco que está establecido en los acuerdos y los tratados internacionales de cooperación.

Voy a referirme a una cosa reciente, a propósito de acuerdos y tratados. Recientemente en el ámbito del Parlamento Centroamericano se firmaron acuerdos, por ejemplo, para cooperación sobre control y circulación de vehículos robados en el área centroamericana, este es un tema que está específicamente delimitado; entonces claramente la cooperación en ese campo.

En el campo de la cooperación para el control de drogas y otro tipo de delitos internacionales también se firman, y deberán firmarse eventualmente acuerdos internacionales; los límites de la cooperación quedan establecidos específicamente en esos tratados.

Gracias, Presidente.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción para modificar el inciso 6) del artículo 3: “Coadyuvar en coordinación con el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, las Alcaldías Municipales y Gobiernos Regionales, en la vigilancia y protección del ambiente y del aprovechamiento racional de los recursos naturales”. De Chepe León Talavera.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Se ruega a los honorables Diputados ocupar sus escaños.

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se le ruega a los señores Diputados votar.

No han votado los Diputados Delvis Montiel, Roberto Moreno, Eduardo Paladino, Alejandro Pérez Arévalo, Alonso Porras Díaz, Francisco Rivera, Andrés Robles Pérez, Fidelina Rojas de Cerda, Nilo Manuel Salazar, Luis Sánchez, Nathán Sevilla, Alfonso Smith, Víctor Manuel Talavera Huete, Roberto Urroz Castillo, Doris Tijerino, Dámaso Vargas.

Se va a cerrar la votación.

Tampoco han votado los Diputados: Adolfo García Esquivel, Francisco José Duarte, Guillermo Chavarría, Moisés Hassan Morales, José Cáceres Vásquez, y yo que estoy votando en este momento.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 1 en contra, ninguna abstención; 19 Diputados no votaron.

El Diputado José León Talavera, aparentemente ha votado en contra de su propia moción.

Pese al voto en contra, ha sido aprobada su propia moción de reforma al inciso 6) del artículo 3.

Tiene la palabra doña Magdalena Úbeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Si no hay más anotaciones o alusiones, yo tengo un numeral más que sería el numeral 34), pero no quisiera adelantarme, pues si alguien tiene otros numerales, entonces vamos a presentar el Doctor García Esquivel y yo un numeral más, que dice así: "En su caso, actuar como policía judicial". Para que quede de una vez por todas incluida, aun cuando en el primer artículo dice algo de esto, que quede ya como un mandato de la Policía, cuáles son sus funciones y que tiene que actuar como policía judicial. Paso por escrito la moción para el último numeral del Doctor García Esquivel y de esta servidora.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Doctor Adolfo García Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Presidente, en realidad lo que yo estoy tratando con esta moción que hago, y que me secunda y apoya la honorable Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez, es tratar de armonizar otras leyes con la Ley de Policía. Resulta que hay en un proyecto que está orientado precisamente, y que fue elaborado de acuerdo y en armonía con la Corte Suprema de Justicia, para que efectivamente exista un cuerpo policial para que funcione exclusivamente como policía judicial precisamente, y esto está contemplado en la Ley Orgánica de Tribunales.

Esta Ley Orgánica de Tribunales es una de las leyes más modernas que van a existir en Nicaragua y que establece las bases, la estructura para la administración de justicia, la cual no se puede llevar adelante sin el auxilio de una policía específica que precisamente tendrá que ver con el cumplimiento de resoluciones, de todas las resoluciones del orden judicial como organismo unitario de la administración de justicia.

De tal manera que aunque aquí no se aprobara esta disposición -pero claro, lo lógico es que desde ya esté prevista esta situación- entonces, yo formulo de tal manera la disposición de ese literal, que vendría a ser el número 33), y el 33) va a pasar a ser número 34) porque es la última disposición en cuanto a los literales contenidos en el artículo 3 de este dictamen.

En consecuencia, yo lo que estoy tratando es de armonizar algo que ya está previsto; es decir, anualmente el Ministerio de Gobernación va a poner un número definido a la orden del Poder Judicial, a la orden de la Corte Suprema para que funcione como policía judicial, que va a auxiliar a la administración de justicia, específicamente en ese orden. Por eso el numeral y la moción que yo propongo dice: "En su caso, actuar como policía judicial"; como una de las atribuciones o facultades de la Policía Nacional. Entonces, yo les ruego el apoyo a esta disposición, a este literal, que precisamente está previendo desde ya situaciones que se van a dar y que están contempladas en el proyecto de nueva Ley Orgánica de Tribunales.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Yadira Centeno González.

DIPUTADA YADIRA CENTENO GONZALEZ:

Gracias, Presidente.

Yo quiero apoyar la moción de doña Magdalena, porque nosotros tenemos aquí el anteproyecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y hay un capítulo donde se refiere a la policía judicial, entonces quiero apoyar. Yo sé que se ha dicho que es inconstitucional esto, pero no es cierto.

Nosotros en la semana pasada que estuvimos en un seminario sobre esta ley, nos comprometimos a que en la Ley de la Policía íbamos a poner las funciones de la Policía Judicial.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Lectura a la moción de doña Magdalena Úbeda de Rodríguez y del Doctor Adolfo García Esquivel. Que diga: "En su caso, actuar como Policía Judicial". Repito. "En su caso, actuar como Policía Judicial".

Tiene la palabra el Diputado Raúl Venerio Granera.

DIPUTADO RAUL VENERIO GRANERA:

Gracias, Presidente.

Yo creo que a partir de la lectura y la comprensión de la propuesta de doña Magdalena y del Doctor García Esquivel, no se trata de no crear otra Policía sino que salga del seno de la Policía Nacional, creo que inclusive los miembros de la Comisión dictaminadora estarían de acuerdo.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Yo creo que es importante que en este momento quede constancia, sobre todo para cuando se produzca la interpretación de la ley, que la moción, según lo que yo he entendido también, es que no se trata de crear un cuerpo especial que se llame Policía Judicial, sino actuar como Policía Judicial dentro de la misma unidad de la Policía Nacional. Y es ése el sentido, y habiéndose captado -creo yo, veo el asentimiento de varios colegas-, pasaríamos inmediatamente a votarlo.

Tiene la palabra el Diputado Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES FONSECA:

Para abundar en el tema y que quede preciso para el Diario de Debates, el Capítulo que estamos discutiendo nosotros se llama De las funciones de la Policía. Entonces, expresamente dentro de las funciones de la Policía, eventualmente podrá tener la función judicial, no es crear otra cosa.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación la moción de consenso, o más bien digo, la votación conjunta García Esquivel-Úbeda Rodríguez.

Se abre la votación.

Cuatro colegas no han votado.

Se va a cerrar la votación.

No han votado todavía los Diputados Guillermo Chavarría, Moisés Hassán Morales, José Cáceres Vásquez.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 20 colegas no votaron.

Vamos a votar ahora por todo el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 26 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 4. La Policía Nacional actuará de oficio para el cumplimiento de las funciones que por ley le sean atribuidas.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusión el artículo.

A votación el artículo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 1 en contra, ninguna abstención; 18 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Antes de pasar al siguiente Capítulo, quisiera solicitarle al plenario respaldara la moción de que en lo siguiente sigamos discutiendo esta ley bajo el sistema de aprobación por capítulo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tienenla palabra sobre la moción presentada, los Diputados Aníbal Martínez y Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:

Gracias.

Efectivamente, es para respaldarla porque así es como podemos avanzar, agilizar un poco más y hacer menos aburrida la discusión.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Muchas gracias por la agilidad.

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo felicito al Ingeniero Bonilla por esa moción, y le brindo mi apoyo.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Juan Francisco Castillo, supongo que es en el mismo sentido.

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Claro que sí, Presidente.

Hoy el Primer Secretario ha estado muy brillante y yo creo que también merece nuestro respaldo para que se apruebe por capítulos la Ley de la Policía.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Yo creo que el Secretario se siente regocijado porque además ha sido aplaudido.

A votación la moción brillante del Secretario.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 14 Diputados no votaron. Creo que esta fue una moción respaldada con entusiasmo.

En este instante suspendemos la Sesión para continuarla el próximo día martes a las nueve de la mañana.

Un pequeño recordatorio. Estamos tratando de ver si pudiéramos trabajar los días martes, miércoles y jueves, para no utilizar ni los lunes, ni los viernes, a condición de que hagamos el esfuerzo de empezar lo más temprano posible, y de por sí vamos a trabajar de corrido inclusive la tarde.

De manera que si lo hacemos de manera eficiente, a lo mejor pudiéramos nada más trabajar en el futuro dos días a la semana, dependiendo de la eficiencia nuestra.

Muchas gracias.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA NUEVE DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (DOCEAVA LEGISLATURA).

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Continúa la Sesión.

Le hacemos un llamado a todos los Diputados que se encuentran en el Mezzanine, que por favor se hagan presentes aquí ante el hemiciclo del Plenario.

Habíamos quedado por disposición de la Junta Directiva, de que no habría sesión de Comisiones cuando hubiera Sesión del Plenario.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:


CAPITULO TERCERO

DE LA LEY DE LA POLICIA

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE ACTUACION


Arto. 5 Los miembros de la Policía Nacional en el cumplimiento de sus funciones se adecuarán en todo a los principios fundamentales de actuación recogidos en la presente Ley, con especial atención a las exigencias de los Derechos Humanos, a su profesionalismo y a su condición de servidores públicos.

Arto. 6 La Policía Nacional regirá sus actuaciones de acuerdo al Reglamento Interno de Ética de la Institución, el que será aprobado por el Ministro de Gobernación, a propuesta del Director General de la Policía Nacional.

Arto. 7 La actuación y eficacia de los miembros de la Policía Nacional se determinan en el espíritu del Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, promulgado por las Naciones Unidas y se adecuarán a los siguientes principios fundamentales:

1) Legalidad.

Respeto absoluto a la Constitución y las Leyes de la República.

2) Profesionalismo.

La labor policial es una profesión. Sus miembros deberán:

a) Recibir instrucción académica que les permita una formación integral, con énfasis en los derechos humanos, la instrucción ética y de servicio comunitario.

b) Actuar con integridad y dignidad. En particular, deberán abstenerse de todo acto de corrupción, oponerse a él resueltamente y denunciarlo al Superior respectivo.

c) Actuar con absoluta neutralidad e imparcialidad, sin discriminación alguna, en el entendido de que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección.

d) Sujetarse en sus actuaciones a los principios de jerarquía y subordinación. La obediencia debida en ningún caso podrá amparar órdenes o acciones que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a las leyes.

e) Llevar a cabo sus funciones con total dedicación, decisión y sin demora, debiendo intervenir siempre en cualquier tiempo y lugar, se hallare o no de servicio, en defensa de la Ley y del orden público.

f) Guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan con ocasión del desempeño de sus funciones, salvo que en el ejercicio de las mismas la Ley les indique lo contrario.

3) Tratamiento a los Detenidos:

Los miembros de la Policía Nacional deberán:

a) Identificarse debidamente como tales en el momento de efectuar una detención.

b) Velar por la vida e integridad física de las personas a quienes detuvieran o que se encuentren bajo su custodia y respetarán el honor y la dignidad de estas.

c) Cumplir y observar con la debida diligencia los trámites, plazos y requisitos constitucionales y legales, cuando se proceda a la detención de una persona.

4) Relaciones con la comunidad:

a) Establecer intercambios y colaboración con las distintas Organizaciones de la Sociedad Civil, con el fin de implementar conjuntamente la solución a problemas de las comunidades.

b) Observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos, manteniendo una actitud de colaboración y eficiencia en los servicios que presta la institución.


5) Uso racional de la fuerza y empleo de armas de fuego.


Los miembros de la Policía deberán:

a) Utilizar sólo la fuerza necesaria para evitar un daño grave inmediato e irreparable; rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, cuando otros medios resulten ineficaces.

b) Utilizar armas de fuego solamente en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas; o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida, o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad, o para impedir su fuga, y sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos; o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para el orden público y de conformidad con los principios a que se refiere el párrafo anterior.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión el Capítulo III, Principios Fundamentales de Actuación.

Observaciones al artículo 5.

Queremos hacerle un llamado a los asistentes ante esta Asamblea Nacional. Por favor guarden un poco de silencio, de lo contrario nos vamos a ver obligados a recortar los pases de todos los visitantes acá.

Observaciones al artículo 5.

Artículo 6.

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Gracias, señor Presidente.

A mí me parece que dejar a la elección el Reglamento Interno de Ética de la Institución no es muy apropiado. Yo considero que antes se debería formular un Reglamento para estudiarlo y aprobarlo aquí porque eso es muy delicado; la Asamblea Nacional debe conocer ese Reglamento, antes de aprobar este artículo.

Sostengo eso, porque en este mundo como humanos que somos podemos cometer equivocaciones, y ya una vez aprobado este Reglamento de Ética, eso sería la ley. Tratándose que de aquí depende tanto el honor y la integridad de las personas civiles como de los miembros de la Policía Nacional, pudiera prestarse o estar sujeta a interpretaciones indebidas, y me parece que se debiera de nombrar una Comisión de Ética que redactara el anteproyecto para dicho Reglamento. Además, hay que tener en cuenta que las leyes las reglamenta el Ejecutivo de acuerdo con la Constitución y no le correspondería al Ministerio de Gobernación directamente.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Considero que la aportación que había hecho anteriormente el honorable Diputado que me antecedió en la palabra, sólo que tuviera un rango constitucional la ley o el Reglamento debería de ser aprobada aquí, creo que siempre ha sido facultad de los reglamentos que se han aprobado dentro de los órganos del Poder Ejecutivo; eso mismo sucedió con la Ley 209, que tuvo que haber sido reglamentada, etc. Yo considero que no es necesario conformar una Comisión Especial para venir a discutir un Reglamento. El Reglamento en todo caso tiene efecto sobre el funcionamiento interno de esta institución que es la Policía Nacional, y no estamos hablando que en este caso sería sobre efectos para terceras personas, como son los derechos que están establecidos en la Constitución o en las leyes mismas.

Creo que verdaderamente no tiene razón, por lo tanto yo asumo el dictamen a como está.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Primer Secretario Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Estamos en el debate sobre el artículo 6 de este Capítulo III. Don Noel Sánchez nos señala que el Reglamento Interno de Ética de la Institución debe ser conocido o aprobado por la Asamblea. A mi juicio, el ser conocido no es ningún problema; que nosotros digamos acá que a este artículo 6 se le adicione que dicho Reglamento será conocido por la Asamblea Nacional, una vez que sea aprobado por la institución que corresponda, a propuesta del Director General de la Policía Nacional, y que luego sea conocido por la Asamblea Nacional; me parece que en este orden no habría ninguna dificultad. En lo que no nos podríamos poner de acuerdo es en cambiar la norma constitucional; de que es al Poder Ejecutivo y sus instituciones a quienes les corresponde la aprobación del Reglamento.

Por ejemplo, el Reglamento de la Ley General del Medio Ambiente lo estará haciendo el Ministerio de Recursos Naturales. De igual manera, la reforma a la Ley General de Instituciones de Seguros que acabamos de aprobar, está la Superintendencia de Bancos que va a ser la que elabore dicho Reglamento, y luego lo aprobará con la Presidencia de la República. Entonces, una norma de esta naturaleza que tiene rango constitucional no podríamos cambiarla aquí, pero el ser conocido, en eso estaríamos de acuerdo y para eso solamente seria suficiente decir que dicho Reglamento una vez aprobado sera enviado para que sea conocido por esta Asamblea Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Alejandro Solórzano.

DIPUTADO ALEJANDRO SOLORZANO FERNANDEZ:

Primero quiero expresar mi complacencia y felicitar a la Policía porque ya se inicia en serio la discusión de este proyecto que tanto necesita; y en segundo lugar ya el Diputado y miembro de la Directiva, Primer Secretario Jaime Bonilla le explicaba al colega, que realmente la reglamentación de las leyes le corresponde al Poder Ejecutivo. Quiero explicar que el Reglamento de la Ley del Medio Ambiente y Recursos Naturales se está haciendo mediante la participación mixta que he planteado varias veces acá, pero eso como una deferencia del Ejecutivo, es decir, como invitando a que también el Legislativo participe en la elaboración de este Reglamento, pero es una deferencia que hace el Ejecutivo.

Sería bueno que el resto de Comisiones procuren trabajar en una Comisión mixta, en todas y cada una de las leyes, para que haya un trabajo armónico y coordinado entre el Legislativo y el Ejecutivo. De manera que, repito, mis felicitaciones a la Policía Nacional, y que realmente estaba equivocado el colega, le corresponde al Ejecutivo por ley constitucional el reglamentar las leyes que aquí se llevan a cabo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el segundo Vice-Presidente, Doctor Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo creo que la ley que estamos discutiendo aquí es de suma importancia, la podría calificar como una ley histórica porque a través de la historia, en la Asamblea, el Congreso o el Parlamento, han habido pocas discusiones sobre una ley de la Policía; no sé si es el primer antecedente en la historia legislativa sobre esta situación. Primer punto. Segundo punto, señor Presidente. Yo creo que hay que hacer una distinción en el sentido que lo que la Policía quiere es un Reglamento Interno de Ética, pues lo lógico es que cada institución va a establecer por una autonomía propia y soberana, cuáles son los conceptos de conducta de sus miembros en un momento determinado.

No creo que aquí podríamos discutir nosotros el Reglamento de Ética de un funcionario, o podríamos discutir el Reglamento de Ética del Cuerpo Marítimo; estamos hablando de un Reglamento de Ética, que es el que establece las normas de conducta de la Policía, y son ellos en el actuar diario y cotidiano los que tienen la plena soberanía, indudablemente, para establecer cuáles son esas normas de conducta.

He visto una preocupación, como si se le está quitando aqui al Poder Ejecutivo una facultad exclusiva y excluyente, que es la de poder reglamentar las leyes.

La Policía Nacional es una dependencia del Poder Ejecutivo, y aquí se está diciendo bien claro que será primero propuesto por el Director General de la Policía y, segundo que debe ser aprobado por el Ministerio de Gobernación, o sea un elemento que forma parte del Poder Ejecutivo. Se está cumpliendo lo que dice la Constitución, no se está violentando ningún precepto constitucional. Hay que distinguir lo que es ley y lo que es reglamento, las leyes tienen una manera perenne y estática en su funcionamiento; el reglamento debe ser ágil, debe estar continuamente en unas regulaciones para ir adecuando el movimiento social que se va dando, para ir reglamentando esas nuevas situaciones que se dan.

Por ejemplo, me acuerdo que cuando en el Código Penal no estaba penado el aspecto de las drogas, el narcotráfico, y no era un hecho ilícito o un delito, se tuvo que sacar una ley en la que se determinara el narcotráfico como un delito, para que se pudiera considerar en Nicaragua como delito. Entonces, Presidente, voy a asumir el dictamen así como está, creo que es apropiado que sea cada institución la que se dé su propio Reglamento, y en especial que se establezcan sus normas de conducta, que es lo que quiere decir aquí, un Reglamento de Ética de la Institución. También hay que ver que el Poder Ejecutivo sacó un Decreto Ejecutivo, donde decía que se iban a publicar en La Gaceta, Diario Oficial, todos los decretos ejecutivos y reglamentos, y como en La Gaceta existe la presunción "Juris Tantum", de que todo lo que se publica en La Gaceta debe ser conocido, o es una ley para el ciudadano normal y corriente, lógicamente al publicarse en La Gaceta, todo mundo lo va a conocer. En concreto, señor Presidente, aunque la inquietud planteada por el honorable colega Doctor Sánchez Cuadra es muy lógica, es muy sensata, yo diría que esta disposición es apropiada y que continuemos y sometamos a discusión este artículo, ya que dos Diputados hemos asumido el dictamen tal como está.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Raúl Venerio Granera.

DIPUTADO RAUL VENERIO GRANERA:

Gracias, Presidente.

Presidente, sin querer caer en una posición reiterativa yo quiero aportar un tanto en cuanto a este Capítulo. Aquí ha sido señalado muy correctamente por honorables Diputados juristas que me antecedieron en la palabra, el derecho que tiene el Poder Ejecutivo de reglamentar esta ley. Durante el proceso de dictamen, no solamente la Comisión de Defensa y Gobernación hizo consultas con diferentes organismos, tanto del Estado como fuera del Estado, para sacar esta ley que no solamente es histórica por su naturaleza, sino también de gran importancia para el país.

El Ingeniero Bonilla señalaba que, independientemente de que es una facultad del Ejecutivo, bien pudiera invertirse el orden para que sea posible que esta Asamblea conociera siquiera el Reglamento de la Policía; sin embargo, yo creo que es propio de la organización y un derecho inherente al Poder Ejecutivo, redactar y velar por la reglamentación de esta ley. De tal manera que yo como miembro de la Comisión dictaminadora quisiera apoyar el dictamen tal y como está.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada María Ramírez Guerrero.

DIPUTADA MARIA RAMIREZ GUERRERO:

Gracias.

No quiero repetir lo que ya varios Diputados señalaban, sin embargo yo quiero decir dos cosas: Primero, yo creo que hay que hacer una diferencia de lo que es la reglamentación en sí de todo el proyecto de ley, que es atribución exclusiva del Ejecutivo, y de un Reglamento muy específico a propuesta de la Policía, que es referido a la ética, en este caso de la Policía. O sea, son dos cosas completamente distintas, la reglamentación general de la ley y un Reglamento específico al tema de la ética. Eso por un lado.

Estoy totalmente de acuerdo que es una atribución que debe darse a propuesta de la Policía, para ser ratificada por el Ministerio de Gobernación; yo no le veo sentido que posteriormente sea conocido por la Asamblea Nacional, porque estoy de acuerdo con lo que mencionaba el Doctor Castillo, que eso ya queda a decisión de cada ciudadano si lo quiere conocer en La Gaceta o lo quiere solicitar, porque es conocerlo para que, si de todos modos ahí no habría ninguna atribución que venga a autorizar o desautorizar el Reglamento que se elabore, entonces no tendría mucho sentido que la Asamblea tenga acceso a esa información. Yo estaría de acuerdo con los que acogieron el dictamen y pediría que votáramos a favor del mismo.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Carlos Manuel Morales, y procedemos a la votación.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES FONSECA:

Gracias, Presidente.

Yo quiero llamar la atención no solamente sobre este artículo 6 que estamos discutiendo, relativo al Reglamento Interno de Ética de la Institución, sino llamar la atención en el sentido de que este Capítulo III en su conjunto se llama Principios Fundamentales de Actuación, y que hace referencia a temas que están vinculados a la conducta de la Policía y temas que están vinculados a la ética, asuntos que por demás son inseparables. Entonces, yo más a lo que quería hacer referencia es a que tomemos en cuenta que este Capítulo III de Principios Fundamentales de Actuación, está poniendo un antecedente que creo que no tiene muchos precedentes en Centroamérica y en América.

Y es que está diciéndose que todos estos reglamentos de los que se está hablando, están de acuerdo a las exigencias de derechos humanos, a la Carta de Naciones Unidas y también a documentos de Naciones Unidas, relativo a lo que deben ser los principios éticos y de conducta de la Policía. Yo veo que esto es trascendental y vale la pena reflexionar la importancia que tiene para la legislación que estamos haciendo, para la legislación que estamos elaborando, que veamos la trascendencia que tiene: que a la par y al frente de la mayoría de los países con una legislación muy moderna, están poniéndose como principios inspiradores de esta legislación de la Policía, los documentos y tratados sobre Derechos Humanos y los documentos y tratados que sobre los cuerpos de Policía tiene Naciones Unidas. Yo creo que esto es trascendental y eso debe ser lo más importante.

En segundo lugar, yo quiero repetir esa función indeclinable que tiene por la vía constitucional el Poder Ejecutivo para reglamentar y hacer los reglamentos de todas las leyes que nosotros aprobemos, y eso solamente de esa manera puede ser. Pero de todas formas y para efectos del Diario de Debates, debe quedar perfectamente claro que si en todo caso se hiciera esa indicación en el artículo, si acaso se hiciera esa reforma y se aceptara esa reforma, y pasara por la votación esta reforma de que la Asamblea debiera de conocer estos Códigos, debe quedar perfectamente claro que es conocer exclusivamente, y que no tiene ninguna atribución ni capacidad por la vía de la ley para reformar los reglamentos que se han sido aprobados por los Ministerios correspondientes.

Yo quisiera hacer esa precisión, que en todo caso es nada más un conocimiento y que no tiene ninguna afectación sobre los procedimientos que mencionaba. Por lo demás, yo acepto y quisiera llamar a los colegas a que votáramos por el dictamen tal cual está.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario me informa que no hay ninguna moción en la Mesa, Diputado Noel Sánchez.

Entonces vamos a pasar al artículo 7.

Observaciones al artículo 7.

Tiene la palabra el Diputado Aníbal Martínez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:

Gracias, Presidente.

En este artículo el encabezamiento es un poco oscuro; además de ser él un error de sintaxis completa porque tiene muy mala construcción, es un galimatías completo; la eficacia no se mide en ningún Código, ni se hace por el espíritu de un Código; la eficacia se hace por las actitudes que puede conseguir el hombre, y se puede agregar la eficiencia, por educación, por ejercicio, por un poco de cosas. Entonces, mi propuesta es que esto pase a la Comisión de Estilo para que lo mejoren y lo dejen más claro, si debería de decir: "La actuación de los miembros de la Policía Nacional se determina en el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley", etc., etc. Y eso dejaría claro el artículo 7.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

La preocupación suya, lo que le entiendo es que tal vez se resuelve quitando la palabra "eficacia".

La preocupación suya se resuelve quitando la palabra "eficacia”, eso es lo que quiere decir?

Tiene la palabra don Aníbal Martínez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUNEZ:

Yo estaba proponiendo que la arreglen, que se le diera a arreglar a la Comisión de Estilo; y si le quitamos la palabra "eficacia", se mejora, también hay que mejorarla: "La actuación de los miembros de la Policía Nacional se determina", se deberá determinar por el Código de conducta. Quitar "el espíritu del Código" también. Que "el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley". Eso lo dejaría mucho más claro.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Estamos entendidos que no hay moción.

Observaciones al inciso 1) Legalidad.

2) Profesionalismo.

3) Tratamiento a los Detenidos.

4) Relaciones con la Comunidad.

5) Uso racional de la fuerza y empleo de armas de fuego.

Vamos a abrir votación por el Capítulo.

Se abre la votación.

Se llama a los Diputados presentes a que hagan uso de su derecho al voto, en uno u otro sentido, por favor.

Se encuentran 26 Diputados sin hacer uso de su derecho al voto.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo III.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:


CAPITULO IV

DE LA ESTRUCTURA ORGANICA


Arto. 8. La Policía Nacional, para el cumplimiento de sus funciones, contará con la estructura siguiente:

a) Jefatura Nacional.

1) Director General.

2) Sub-Directores Generales.

3) Inspector General

b) Organos de Especialidades Nacionales

l) Investigaciones Criminales.


2) Investigación Económica.


3) Investigación de Drogas.

4) Seguridad Personal.

5) Seguridad Pública.

6) Seguridad de Tránsito.

c) Organos de Apoyo Nacionales:

1) Academia de Policía.

2) Administración General.

3) Asesoría Legal.

4) Asuntos Internos.

5) Archivo Nacional.

6) Finanzas.

7) Interpol.

8) Laboratorio de Criminalística.

9) Personal.

10) Relaciones Públicas.

11) Secretaría Ejecutiva.

12) Técnica Canina.

d) Delegaciones Policiales.

1) Departamental.

2) Distrital.

3) Municipal.

e) Estructuras consultivas:

1) Consejo Nacional.

2) Consejo de Especialidades.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión el Capítulo IV, De la Estructura Orgánica.

Observaciones al artículo 8, en su inciso a), Jefatura Nacional.

Observaciones al inciso b), Organos de Especialidades Nacionales.

Observaciones al inciso c), Organos de Apoyo Nacionales.

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

En relación con los órganos de apoyo nacional, mi impresión es que aquí se confunden los que son órganos de apoyo de los que son funciones, y esto puede introducir rigidez en el manejo administrativo y en la eficiencia administrativa de la organización de la Policía. Por ejemplo Personal, puede ser una función y puede ser un órgano de apoyo, puede ser una función que asuma la Secretaría Ejecutiva, o pudiera ser un órgano de apoyo. Si nosotros lo dejamos aquí como órgano de apoyo, estamos comprometiendo a que se cree una estructura separada para manejar estos asuntos, y yo francamente creo que doce órganos de apoyo son un exceso, desde el punto de vista organizativo.

Lo mismo por ejemplo cuando nos encontramos con Asesoría Legal, que puede ser un órgano de la Secretaría Ejecutiva, como un órgano de apoyo separado, y varias cosas más. Entonces yo diría que en lugar de donde dice "Organos de Apoyo", deberíamos ponerle "Funciones Nacionales", tiene una Jefatura Nacional, unos Organos de Especialidad Nacional" y unas funciones. Los órganos de apoyo serían: la Academia, un órgano de apoyo; Asuntos Internos, probablemente; Laboratorio de Criminalística, sí. Pero Relaciones Públicas perfectamente puede depender de una Secretaría Ejecutiva; Asesoría Legal también, y cosas que tienen que tener otra organización.

Al dejarse como órganos de apoyo, estamos definiendo una estructura organizativa. Entonces yo me inclinaría a poner un artículo que diga de la manera siguiente, para simplificar esto:

"Organos de Apoyo Nacionales:

1) Academia de Policía.

2) Administración General.

3) Archivo Nacional.

4) Asuntos Internos.

5) Laboratorio de Criminalística.

6) Técnica Canina.

Y poner otro punto que diga: "Las demás funciones administrativas". Para poderle dar flexibilidad a que no necesariamente se estructuren de otra manera. Por ejemplo, quedan fuera: Personal, Relaciones Públicas. (Es difícil rearmar esto así). O dejamos exclusivamente los órganos de apoyo, que son: Academia, Asuntos Internos, Archivo Nacional, Laboratorio de Criminalística, Técnica Canina; y el resto colocarlo como funciones administrativas. Voy a tratar de elaborar mi propuesta para pasarla a la Mesa.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez Rodríguez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

En este Capítulo IV, en el artículo 8 se habla claramente que "La Policía Nacional, para el cumplimiento de sus funciones contará con la estructura siguiente", y describe cada una de estas estructuras. Yo no estoy muy de acuerdo con la propuesta de Dora María, de tomar una decisión; creo que es importante escuchar a los representantes de la Policía, qué criterios tienen alrededor de esto. Voy a decir las razones del porqué. En primer lugar, aquí esta hablando de órganos de apoyo nacionales con que la Policía debe contar, y los enumera cada uno de ellos. O sea, son instancias ya sean administrativas, instancias ejecutivas nacionales de apoyo a la Policía, por eso yo no haría ninguna separación como lo está planteando Dora María.

Me parece que son importantes los comentarios que pueda hacer algún miembro de la Comisión dictaminadora, o los comentarios que puedan hacer los representantes de la Policía Nacional. Considero que debemos aprobarlo tal y como está en el dictamen, pero antes de tomar esa determinación señor Presidente, que antes de tomar una determinación, porque yo estoy de acuerdo a como está en el dictamen, me parece que habla claramente de lo que es la estructura, y habla claramente de cuáles son esos órganos de apoyo nacionales que describe en toda la numeración. Pero es importante que le diera la palabra señor Presidente, ya sea a un miembro de la Comisión o a uno de los representantes de la Policía, para tomar un criterio exacto de cómo lo conciben ellos.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra don Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias, señor Presidente.

Nosotros planteamos esta estructura organizativa, partiendo de que la Policía Nacional funciona con base en una organización jerárquica y estructurada de acuerdo al siguiente criterio. A nivel jerárquico funcionamos a través de las Jefatura Nacional, donde están establecidos los mandos superiores de la Policía Nacional. La Policía Nacional, además su razo de ser, está en las Especialidades Nacionales, en Investigaciones Criminales, en Investigaciones de Drogas, en Criminal, Económica, etc. esas son la razón de ser de la Policía Nacional; en ellas están las funciones fundamentales de la Policía, expresadas a través de una estructura para poder ejecutar esas funciones. Sin las estructuras no podemos ejecutar, y sin los hombres y sin los miembros.

De igual manera, tenemos unas estructuras para apoyar a estas actividades de la Policía. Para el funcionamiento de estas estructuras especializadas de la Policía requerimos de estructuras de apoyo, y estas estructuras de apoyo que estamos ahí describiendo se dividen fundamentalmente en dos: unas estructuras de apoyo, digamos especializadas, son el Laboratorio de Criminalística, que apoya directamente las actividades de investigación criminal o de drogas, etc., de acuerdo a requerimiento, lo mismo que a solicitudes que pueden hacer los Tribunales de Justicia.

Lo mismo tenemos con Archivo Nacional y la Técnica Canina. O sea que hay actividades de apoyo o estructuras de apoyo, que su razón de ser está dirigida a la misma actividad de la Policía; pero también tenemos actividades, o estructuras que requieren ser creadas para apoyar la actividad administrativa, o sea, son estructuras administrativas. Qué administran estas estructuras? Administran el personal de la Policía Nacional; los recursos materiales, como es la administración general; y también administran los recursos financieros. Digo esto desde el punto de vista fundamental.

Por lo tanto, nosotros hemos dividido de esta forma la estructura de la Policía. No podría existir una Policía o una estructura cualquiera, cualquier organización, si no tuviera una administración que viera los recursos materiales; una administración que viera los recursos humanos, porque la Policía consta de muchos recursos humanos, requiere de una estructura de personal fuerte, porque no sólo es administrar a las personas desde el punto de vista de ingresar, sino de toda la carrera policial que se está planteando en esta ley.

Así que requerimos de estructuras fuertes que apoyen el resto de actividades y estructuras de la Policía. Entonces, mas o menos ésa es la idea y el criterio que nosotros planteamos y por eso la dividimos y la estructuramos así, no sé si esto le da a ustedes algunos criterios para tomar su decisión.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias, Comandante Franco Montealegre, Inspector General de la Policía.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.


DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Es que efectivamente pareciera ser que este Capítulo le da rigidez aparentemente innecesaria a la organización de la Policía; incluso en un inicio, en la Comisión, yo era del criterio que este Capítulo debería suprimirse por completo y sólo dejar la referencia a la existencia de los órganos nacionales y una definición general. Y argumentaba en esa ocasión, que al establecer por ley que tiene que haber una organización con cada una de estas instancias, se le estaba amarrando las manos a la Jefatura de la Policía, para después hacer cambios organizativos -cuando requiera para la efectividad del trabajo adecuar mejor su organización-, y por ejemplo poníamos que en algún momento la Técnica Canina puede ser parte del Laboratorio, por que no?

Entonces, así como esta en la ley, estamos amarrando que tiene que ver la Técnica Canina por un lado y después el Laboratorio por otro, o que Relaciones Públicas puede ser parte de la Secretaría. Ese efectivamente era mi criterio en ese momento, que se le estaba poniendo demasiada rigidez a la organización interna y que después iba a atentar contra un modelo flexible que la misma Policía iba a requerir más adelante, en la búsqueda de una mejor efectividad.

Sin embargo, los compañeros de la Policía en la Comisión, nos convencieron de la necesidad de que quedaran enlistados los órganos aquí establecidos, con una variante que yo creo que salva la preocupación que señalaba Dora María, y es que le dejábamos establecido que la estructura y cargos de mandos establecidos en esta ley, podrán ser modificados por criterios de efectividad y orden, a propuesta del Director General de la Policía Nacional, para evitar la rigidez de que quedaran amarrados por ley, a una forma de organización que en determinado momento no podía corresponderse con la realidad. Entonces, a mí me parece que esta salida salva el problema de la rigidez.

Y yo sería del criterio que si al Título le pusiéramos "Organos y Funciones de Apoyo", en vez de solamente "Organos de Apoyo", eso contribuiría aun más a esa búsqueda de flexibilidad y de poder tener un modelo organizativo que se pueda ir adecuando sin rigideces, a cada momento y a cada situación, que sería en todo caso lo que yo apoyaría como cambio. Pero me parece entonces que poniéndole como Título "Organos y Funciones de Apoyo Nacional", dejando claro que esta estructura y cargos de mandos pueden ser modificados en cualquier momento por criterios de efectividad, sin necesidad de que haya una ley para aprobarlo, sino que a criterio o a propuesta de la Policía misma. Viéndolo así, no miro el problema de la rigidez, y defendería el dictamen tal y como está. En concreto, la única moción que yo introduciría es ponerle "Organos y Funciones de Apoyo Nacional" como título.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Por favor, esperamos la moción.

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Quiero leer mi moción Presidente. Y lo que Alonso decía es correcto, lo que pasa es que el no da la solución. Mi preocupación es la siguiente. Primero, que esto planteado como estructura es sumamente ineficaz; y segundo que planteado como estructura compromete el Presupuesto Nacional. Entonces, aquí no es que vamos a aprobar una estructura sin presupuesto, aquí estamos aprobando una estructura y comprometiendo presupuesto. Así que mi propuesta sería la siguiente: Artículo 8, literal c) , diría de la manera siguiente: Organos de Apoyo Nacionales para cumplir las siguientes funciones básicas", y el resto igual. Esta redacción permite que se organicen los órganos de apoyo y se defina la estructura a posteriori, dependiendo de la efectividad que se quiera lograr.

Segundo, se deja establecido que estas son funciones básicas y que puedan haber otras funciones, no necesariamente estas, y ahí muere. Entonces, repito la moción: "c) Órganos de Apoyo Nacionales para cumplir las siguientes funciones básicas": Y el resto, la numeración del 1 al 12, quedaría igual.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES FONSECA:

Gracias, Presidente.

Yo voy a retirar la moción que tenía, porque lo que yo tenía previsto más bien era agregar al inicio del Capítulo IV, donde aparece el artículo 8, poner nada más: "La Policía Nacional para el cumplimiento de sus funciones podrá contar con la siguiente estructura", y dejamos intacto el resto del Capitulo. Eso da flexibilidad para que se ajusten de acuerdo a las necesidades de cada momento las diversas estructuras, y no cambiamos el resto del articulado.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Segundo Vice-Presidente, Doctor Edmundo Castillo Ramírez.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, la propuesta de moción de Dora María realmente recoge las preocupaciones y las inquietudes que nosotros habíamos expresado en la Comisión, me sumo a ella y retiré la mía, creo que está mejor logrado el espíritu de lo que se pretende.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Necesitamos a uno de los Secretarios.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Para el inciso c) del artículo 8, tenemos la siguiente moción de Dora María Téllez: "Que el encabezado diga: "c) Órganos de Apoyo Nacionales para cumplir las siguientes funciones básicas".

1) Academia de Policía.

2) Administración General.

3) Asesoría Legal.

4) Asuntos Internos.

5) Archivo Nacional.

6) Finanzas.

7) Interpol.

8) Laboratorio de Criminalística.

9) Personal.

10) Relaciones Públicas.

11) Secretaría Ejecutiva.

12) Técnica Canina.

Entonces, el único cambio es el encabezado.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a abrir la votación.

A votación.

Estamos votando la moción de la Diputada Dora María Téllez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Para cambiar el encabezado del inciso c). "Que en vez de Órganos de Apoyo Nacionales, diga: "Órganos de Apoyo Nacionales para cumplir las siguientes funciones básicas".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto: Delvis Montiel, Roberto Moreno, Noel Sánchez, Daniel Ortega, Marcia Quezada, María Ramírez, Ubaldo Ríos, Francisco Rivera, Andrés Robles, Fidelina Rojas de Cerda, Domingo Sánchez, Nardo Rafael Sequeira, Alejandro Solórzano, Gustavo Tablada, Víctor Manuel Talavera, Daniel Tate, Reinaldo Antonio Téfel, Magdalena Úbeda, Roberto Urroz Castillo, Fernando Zelaya, Nicasio Zeledón.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Se aprueba el inciso c), con la moción de Dora María Téllez.

Observaciones al Inciso d), Delegaciones Policiales.

Observaciones al Inciso e) , Estructuras Consultivas.

A votación el Capítulo IV, De la Estructura Orgánica.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Se aprueba el Capítulo IV de la Estructura Orgánica.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:


CAPITULO V

DE LA DEPENDENCIA


Arto. 9. La Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil y será ejercida por el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación.

Arto. 10. Bajo la autoridad del Ministro de Gobernación corresponderá al Director General el Mando, la Dirección y Administración de la Policía Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.

Arto. 11. La Jefatura Nacional de la Policía Nacional es el Órgano de máxima dirección bajo el Mando del Director General e integrada por tres Sub-Directores Generales y del Inspector General. Los Sub-Directores Generales estarán a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión.

Arto. 12. En cada Departamento y con sujeción a las directrices del Ministro al cual informará, el Delegado Departamental de Gobernación supervisará la actuación de la Policía Nacional, sin perjuicio de la dependencia jerárquica, funcional y operativa de la Policía del Departamento ante el Director General de Policía.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Observaciones al Capítulo V, De la Dependencia. Artículo 9.

Tiene la palabra el Diputado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Presidente, he quedado un poco con el síndrome de la "y" copulativa. Dice aquí que "La Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil y será ejercida por el Presidente de la República". Da la impresión de que la Policía Nacional será ejercida por el Presidente de la República; eso es lo que se lee, teniendo en cuenta la "y" copulativa de Toño Lacayo. De manera que yo quisiera que se corrigiera esa idea y que diga: "La Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil, que será ejercida". Es decir, la autoridad civil será ejercida por el Presidente de la República. "La Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil, la cual será ejercida por el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación".

Muchas gracias por permitirme esta observación copulativa, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Por favor, quedamos a la espera de la moción.

Tiene la palabra el Segundo Vice-Presidente, Doctor Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Es más o menos la misma inquietud, pero quiero que conste en el Diario de Debates lo siguiente. La Policía Nacional está sometida a las autoridades civiles; eso es algo que debe quedar bien claro y por eso hago una distinción en lo que se refiere al concepto general y abstracto de que la Policía está sometida a las autoridades civiles. Pero el otro aspecto es el de jerarquía, que su superior inmediato será el Ministro de Gobernación, y posteriormente el Presidente de la República. Pero la manera cómo está redactado da a entender que la autoridad civil a la cual está sometida la Policía, es únicamente al Ministro de Gobernación y al Presidente de la República, lo cual no es lógico.

La Policía tiene vinculaciones con las autoridades judiciales, y cuando una autoridad judicial dicte una resolución correspondiente, indudablemente de parte de la Policía hay el cumplimiento o el acatamiento de esas resoluciones judiciales; pero la manera cómo está redactada da a entender que la autoridad civil está únicamente representada por el Ministro de Gobernación y a su vez por el Presidente de la República, lo cual no es así. No sé si el Licenciado Luis Sánchez presentó una moción, me gustaría que la leyera para ver si quedó claro que es a las autoridades civiles, en una parte.

Y en la otra es el sometimiento jerárquico, que es lógico que tiene que depender del Ministerio de Gobernación como una instancia inmediata superior y, como una última instancia el Presidente de la República. Pero no es que quede en forma excluyente, que solamente se hace caso al Ministro de Gobernación y no hacen caso a las otras autoridades civiles. Voy a ver si el Licenciado Luis Sánchez me permite hacerle alguna enmienda a su moción, para que presentemos una moción de conjunto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JAROUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura a la moción del Diputado Luis Sánchez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción de don Luis Sánchez dice así para el artículo 9: "La Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil, la que será ejercida por el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Yo estoy de acuerdo con la moción del Diputado Luis Sánchez. Quiero pedirle a mis vecinos que dejen concentrarse a uno aquí en la discusión, al compañero Mauricio Valenzuela y a William Ramírez. Lo que a mí me preocupa Presidente, es la moción que hizo Mundo Castillo, porque si Mundo lee en el Capítulo siguiente que tiene que ver con el auxilio judicial, entonces ahí está muy claramente establecido todo lo que tiene que ver respecto a la dependencia de la Policía en relación con el Poder Judicial.

Más bien aquí lo que se está tratando de abordar, es la ubicación de la Policía dentro del Poder Ejecutivo y como se engarza bajo la autoridad del Poder Ejecutivo, lo cual no niega que más adelante quede claro en el Capítulo correspondiente, lo que tiene que ver con la dependencia en relación con el Poder Judicial.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

Realmente aquí hay que aclarar una cuestión que es sumamente delicada en cuanto a la moción o intervención que ha hecho el Doctor Edmundo Castillo, cuando él quiere que se ponga en plural, "las autoridades civiles", cuando está expresamente bien redactado el artículo número 9, que es "la autoridad civil", porque si no, sería una anarquía de todos los pedazos de autoridad civil que existen, y queriendo tener injerencia directa con la Policía; cuando tiene una representación bien clara que la ejerce el Presidente de la República, a través del Ministerio de Gobernación o el Ministro competente, cuando él designe.

Pero de lo contrario, poner en plural, sería anarquizante que todos los pedazos que conforman el Poder civil recurran a querer que la Policía esté bajo su tutela, cuando ya está bien definido en la Constitución que su tutela está bajo la Presidencia de la República, y esta la ejerce a través del Ministerio de Gobernación; eso es inaceptable desde mi punto de vista, y no se puede dar esa pluralidad porque sería anarquizante. Y si bien es cierto que el Diputado Luis Sánchez quiere suprimir la "y", no altera en ninguna forma la redacción del artículo; por lo tanto yo creo que debe quedar.

Por un lado, yo respaldo la moción del Diputado Sánchez, pues si él la quiere así un poco mejor redactada, por ese trauma que dice que él tiene con la "y" copulativa, no importa; pero su redacción de singular a plural la autoridad, eso es inaceptable, porque vendría a ser una anarquía entre las partes que conforman el poder civil, bien claro establecido que se ejerce a través del Presidente, y él delega en el Ministerio de Gobernación en este caso.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias, Diputado Iván Salvador Madriz.

Lo único es que el Segundo Vice-Presidente Doctor Edmundo Castillo, no ha presentado moción.

Tiene la palabra el Diputado Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Hago propio señor Presidente, los brillantes razonamientos del Diputado Iván Madriz. Y en cuanto a la moción del Licenciado Luis Sánchez, que también apoyó, únicamente le haría la observación, -porque está muy de moda ahora, con el buen uso de la gramática, para no cometer yerros futuros- del verbo estar que aquí está empleado en futuro, se emplee en presente. Que diga la moción de don Luis Sánchez; si acaso él me apoya: "La Policía Nacional está sometida", etc. De otra manera pudiera decirse que estará en un futuro incierto e indeterminado, no; está sometida. Ese es el objetivo de mi moción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

En cuanto a lo que se menciona del presente artículo, considero que en la misma Constitución de la República está establecido que el Presidente de la República es el que ejerce en este sentido, y el que representa a las autoridades militares, a las instituciones militares. Estoy de acuerdo con lo expresado por el Diputado Iván Salvador Madriz, de que dejar en plural "autoridades", verdaderamente se vuelve una anarquía, no se sabe a quién es que se va a acatar. Las leyes son bien claras, el auxilio judicial lo plantean los Códigos, y es obligación y está bien claro también en los artículos anteriores que se debe a la Constitución, se debe a las leyes, etc.

Entonces, no puede ir en contravención de las mismas leyes, de la misma Constitución, la institución que se llama Policía. Aquí quiero presentar la siguiente moción: Que se suprima en el presente artículo señor Presidente, la palabra "a través del Ministro de Gobernación", y que quede: "La Policía estará sometida a la autoridad civil y será ejercida por el Presidente de la República", nada más. La facultad del Presidente de la República se le delega por medio de la ley, por medio del decreto presidencial al Ministerio de Gobernación o a cualquiera otra institución, porque queda bien claro en la misma Constitución de la República que la Policía es una institución. Entonces, yo hago la presente moción a la Junta Directiva.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Segundo Vice-Presidente, Doctor Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

En realidad esta discusión es muy importante y creo que todos estamos de acuerdo, lo único es dejar constancia para que quede en el Diario de Debates. La observación que hace el Doctor Fernando Zelaya, de la manera como está redactada, es decir, en vez de "estará", que es futuro, lo lógico es que diga como él menciona: "La Policía Nacional está sometida", no es "que estará", que es un futuro aleatorio. Yo había planteado aquí, que cada vez que nos trajeran un proyecto de ley, hicieran dos cosas la Dirección Jurídica: Uno, que se examinara y se le dijera a la Directiva si estos proyectos de leyes tienen la legalidad correspondiente.

Y el otro, ya que tenemos un Secretario "ad perpetum", como es el Doctor Julio Ycaza Tijerino, pues que también viera lo del aspecto gramatical. Como dice don Luis Sánchez, el famoso pleito de la "y" y de la "o", para evitarnos este aspecto. Yo lo que quería dejar es que este criterio conste en el Diario de Debates, es decir, que la Policía como el Ejército, están sometidos a las autoridades civiles. Es la misma relación, que es la autoridad civil, el sometimiento, la que está como una autoridad superior, en lo que se refiere el aspecto genérico.

Ahora, en lo que se refiere el aspecto jerárquico, es lógico que la Policía Nacional tenga una estructura jerárquica y en esa estructura jerárquica es en la que he estado insistiendo, para separar el concepto político muy importante de sometimiento de la Policía a las autoridades civiles; eso no significa que sea una anarquía, en el sentido de que si la Policía va a estar sujeta a un juez o no va a estar sujeta a un juez, eso es absurdo. Porque en el Código de Procedimiento Civil, estoy seguro que el Diputado abogado que habló, sabe que cuando hay una orden judicial, es la Policía la que coopera con ese mandamiento judicial; además, la Constitución habla de que la sentencia es de ineludible cumplimiento.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo García Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESOUIVEL:

Gracias, Presidente.

Realmente por cuestión de orden, y sobre todo por una cuestión fundamental, el Presidente de la República es la máxima autoridad de este país, y representa a los organismos armados, Ejército y Policía. Entonces, yo voy a mocionar para que de manera especial se haga hincapié en que La Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil, ejercida por el Presidente de la República. Pero, simultáneamente, para que de acuerdo con la ley esté obligada también a obedecer las instrucciones, órdenes emanadas de los Tribunales de Justicia, porque no podemos dejar de lado a una función fundamental como es la administración de justicia, que es el pilar en este país para resolver los problemas de todo orden: en el orden político, en el orden social, en el orden económico, en el orden privado, en el orden mercantil, en todos los órdenes.

Entonces, si bien es entendido que la Policía obligadamente estará presta a colaborar y ayudar a los Tribunales de Justicia para darle cumplimiento a sus mandatos, resoluciones y demás; sin embargo no hay una disposición concreta que contemple esa situación, para poder de esa manera que se entienda que la Policía también está obligada a cumplir las normas, resoluciones y mandatos de los Tribunales de Justicia, que son fundamentales en este país. Por eso yo digo, en el artículo 9, que la Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil ejercida por el Presidente de la República, y a los Tribunales de Justicia competentes.

Porque resulta que el Presidente de la República, como máxima autoridad y Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, está precisamente representando también al Ministerio de Gobernación. Entonces, no hay necesidad de mencionar al Ministerio de Gobernación, es una cuestión de estricto orden jurídico parlamentario, que hay que entenderlo bien. De tal manera que mi posición es esa, y yo para el artículo 9 hago esa moción que diga: "La Policía Nacional estará sometida a la autoridad civil ejercida por el Presidente de la República, y a los Tribunales de Justicia competentes". Porque todo lo demás está sobreentendido.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Discúlpeme por hacer uso de la palabra por segunda ocasión, no es mi costumbre pero lo considero necesario en esta oportunidad. En primer lugar, quisiera reconocer y acogerme a la observación y mejoramiento de moción que ha hecho el Doctor Fernando Zelaya Rojas. En segundo lugar, quisiera aclarar lo siguiente, Presidente. Cuando se discutió la Reforma Constitucional, en lo que se refería específicamente al artículo 97, que tiene que ver con la Policía, ahí quedó claro el concepto de obediencia y mandato, al mismo tiempo, de esta institución; y se dijo en la frase final del primer párrafo de ese artículo, como quedó en la Constitución: "Estará sometida a la autoridad civil que será ejercida por el Presidente de la República, a través del Ministerio correspondiente".

Cuando se aprobó esta disposición constitucional, se dejó entendido por supuesto, que al aprobar la Ley Orgánica, la Ley de la Policía Nacional, ahí se iba a establecer necesariamente, cual es ese Ministerio correspondiente, porque en la Constitución podía quedar de esa manera, pero en la ley específica no puede quedar de esa manera abierta. Es aquí precisamente, en el Capítulo que estamos discutiendo y aprobando Presidente, que es "De la Dependencia", donde debe quedar establecido cuál es ese Ministerio; no cualquier Ministerio, sino este Ministerio. Digo esto, en relación con la moción que presentó el estimado Diputado de la Bancada Sandinista.

En cuanto a lo que señala el Doctor Adolfo García Esquivel, me parece que no es admisible tampoco; no es admisible, porque no puede ser que una institución como la Policía, quede bajo esa incertidumbre de mando; que el Poder Judicial, que un Magistrado, un juez, el juez de este o de otro Distrito puede tener ese tipo de mando, de autoridad; puede ser el ejecutor de esa autoridad civil constitucional que únicamente le compete al Presidente de la República por medio del Ministro de Gobernación.

Sería dispersar ese mando y por lo tanto llevar a la institución a una especie de desorden. La atribución, la obligación de la Policía en cuanto al cumplimiento de las resoluciones y las órdenes del Poder Judicial está claramente establecida en el artículo 3; no estaba yo lamentablemente cuando se aprobó, pero entiendo que quedó como dice aquí: Numeral 3) del artículo 3. "Son funciones de la Policía Nacional cumplir y hacer cumplir las resoluciones que emanan de las autoridades judiciales".

Está absolutamente claro. Llevarlo al extremo de poner que la autoridad civil, repito, se ejerce por medio del Ministro de Gobernación y las autoridades judiciales, sería sentar una base de desorden institucional, de dispersión de autoridad muy peligroso para la Policía misma y para la sociedad en general, que depende en su seguridad de la protección y de la capacidad de acción de la institución policial. Por eso es que yo me opongo a esas mociones señor Presidente, y reitero la que yo propuse y que fue reforzada por el Doctor Fernando Zelaya Rojas.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Presidente, yo quiero asumir la argumentación de Luis, sobre este asunto. Efectivamente la Constitución es sumamente clara cuando se refiere al esquema de subordinación y dependencia que la Policía como institución, que está consignada en la Constitución, tiene respecto a la autoridad civil; y también es muy clara cuando se refiere a sus atribuciones o a sus funciones como auxilio judicial. De manera que son dos cosas diferentes. Yo quiero respaldar la moción que Luis presentó, y que afinó el Doctor Zelaya; y tal vez avisar un poco que para el artículo 10 y el artículo 12, yo quiero proponer unas mociones que resuelven un poco el problema de las funciones del Ministerio de Gobernación, que aparecen dispersas y poco claras en esta dependencia.

Entonces, para el artículo 12 tengo una nueva redacción que deja muy claramente planteadas cuáles son las atribuciones del Ministro de Gobernación en relación con la Policía. Entonces, respaldo la propuesta de Luis, afinada por el Doctor Zelaya, y me reservo mis mociones para los próximos artículos.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Queremos dar la bienvenida al Director General de la Policía, el Comandante Fernando Caldera.

El Secretario dará lectura a la moción del Diputado Luis Sánchez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Artículo 9. "La Policía Nacional está sometida a la autoridad civil, la que es ejercida por el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra Iván Salvador Madriz, y procedemos a votar.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

Solamente es para reiterar mi adhesión a esa moción presentada por el Diputado Luis Sánchez. Ya está bien claro que la pluralidad no es pertinente, de decir a las autoridades, ni tampoco decir al final de que estará sometida también al Poder Judicial, porque eso sería convertir a una Policía en una Policía Judicial, y ya tiene sus atribuciones bien expresas. Y además quisiera manifestarle, señor Presidente, para dejar bien clara esa discusión, que la potestad del cumplimiento, obediencia y dirección de la Policía, las tiene el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a abrir la votación sobre la moción del Diputado Luis Sánchez.

A votación.

Rogamos a los Diputados ejercer su derecho al voto.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, ninguno en contra, 2 abstenciones. Se aprueba la moción del Diputado Luis Sánchez.

Observaciones al artículo 10.

Antes de darle la palabra a la Diputada Dora María Téllez, quiero anunciar al plenario que le hemos solicitado al Presidente de la Comisión de Comunicación y Transporte, el Ingeniero Roberto Urroz, al Diputado Juan Galán y al Diputado Nathán Sevilla, a ver si pueden reunirse con las cooperativas, referente al artículo 118. Hoy a las doce y treinta tienen una reunión con una cooperativa acá en el Mezzanine, solicitándole ver cómo se llega a un consenso lo más pronto posible. Esto demuestra la voluntad que tiene la Asamblea Nacional de llegar a una solución efectiva, y no como se ha estado manejando en diferentes medios, como que nosotros no tenemos intención de que se llegue a una solución.

Tiene la palabra Dora María Téllez, para observaciones al artículo 10.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Tengo una moción para el artículo 10, que está de acuerdo con una moción posterior para el artículo 12. Este artículo 10 tiene un defecto y es que está mal redactado, de manera que a lo que se refiere, que es al Director General, no aparece claramente planteado. Mi moción está en el sentido de dejar muy claramente, que su referencia principal es al Director General. Y para el artículo 12, dejar sólo lo que se refiere al Ministro de Gobernación. Entonces, el artículo 10 diría lo siguiente: "Corresponde al Director General de la Policía Nacional, el mando, la dirección", etc., el resto igual. Paso la moción a la Mesa.

Y en el artículo 12, dejaría en mi moción todo lo relativo al Ministro de Gobernación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le dará lectura a la observación del artículo 10.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

El artículo cambiaría a la forma siguiente:

Arto. 10. Corresponde al Director General de la Policía Nacional, el mando, la dirección y administración de la Policía Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Es en el mismo orden que ha presentado la moción la Diputada Téllez, la respaldo totalmente porque así la tenía yo también escrita. Así que me adhiero a la moción de la Diputada Téllez.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Gracias, señor Presidente.

Si no me equivoco, yo estoy apreciando ahí que la moción de la distinguida Diputada Dora María Téllez le está quitando la autoridad al Ministro de Gobernación, pasándosela directamente al Director General de la Policía. No estoy de acuerdo con esa moción y mantengo el dictamen.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Tal vez es un problema de lectura y el Diputado Sánchez no comprendió que en el artículo 10 se refiere a la autoridad del Director General de la Policía. Para que quede más claro, para el artículo 12 voy a proponer una moción que se refiere específicamente a la autoridad del Ministro de Gobernación. Para completar la autoridad, en el noveno está la autoridad del Presidente de la República y el Ministro; en el décimo la del Director General; en el once el de la Jefatura Nacional; y en el doce mi propuesta es que quede el Ministro de Gobernación.

Voy a leer mi propuesta para el 12, para que quedemos más o menos claros cuál es la idea. Diría lo siguiente: "El Ministro de Gobernación ejercerá su autoridad a través del Director General; también lo hará a través de sus delegados departamentales, los cuales supervisarán la actuación de la Policía Nacional, sin perjuicio de la dependencia jerárquica, funcional y operativa propia de la Policía". Entonces, ya en el artículo 12, queda muy claramente todo lo que se refiere al Ministro de Gobernación: ejerce su autoridad a través de dos vías, tiene mando sobre el Director General, y a través de los delegados departamentales supervisa la actuación de la Policía. Por eso es que la redacción mía para el artículo 10, es más bien para afinar que cada artículo quede en lo que le corresponde ser.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario leerá nuevamente la moción de la Diputada Dora María Téllez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

El artículo 10, de acuerdo con la moción de Dora María Téllez, quedaría así: "Corresponde al Director General de la Policía Nacional, el mando, la dirección y administración de la Policía Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a abrir la votación.

Se abre la votación sobre la moción de la Diputada Dora María Téllez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

El sistema es de aprobación por Capítulo, el dictamen no se vota, sólo se votan las mociones; si las mociones no se aprueban, queda el dictamen.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Ya habíamos aprobado ese sistema.

Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto. Se encuentran pendientes de ejercer su derecho al voto: Delvis Montiel, Andrés Robles, Fidelina Rojas de Cerda, Nilo Manuel Salazar, Luis Sánchez, Nardo Rafael Sequeira, Gustavo Tablada, Daniel Tate, Fernando Zelaya.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 3 en contra, 6 abstenciones. Se aprueba la moción de la Diputada Dora María Téllez.

Observaciones al artículo 11.

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Gracias, no tengo ninguna observación que hacer.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Doctor Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Es que me da la impresión de que este artículo ya es una repetición del artículo 10, que aunque ya fue modificado por la moción de la Diputada Téllez, repite nuevamente que la Jefatura Nacional es el órgano de dirección. Allá dice que corresponde al Director General el mando y la administración, es más o menos lo mismo, me parece a mi, salvo mejor opinión por supuesto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Primer Secretario, Ingeniero Jaime Bonilla.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Estoy tratando de entenderle al Doctor Zelaya Rojas, que él está proponiendo que el artículo 11 quedase de la siguiente forma: "La Jefatura Nacional de la Policía está integrada, o estará integrada por el Director General, tres Sub-Directores Generales y el Inspector General; los Sub-Directores Generales estarán a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión".

Es decir, eliminar la parte que dice: "es el órgano de dirección bajo el mando de..."

PRESIDENTE ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

El Doctor Zelaya tiene razón en lo siguiente. Efectivamente Doctor, aquí la confusión es entre el Director General y la Jefatura Nacional. En el artículo anterior, en el artículo 8 se define como Jefatura Nacional a la reunión del Director General, los Sub-Directores y el Inspector; pero en el artículo 10, nosotros le otorgamos el mando, la dirección y la administración al Director General, lo cual es correcto. El problema aquí es cuando dice, el órgano de dirección bajo el mando de dirección (un poco repetitivo también), integrada por tres Sub-Directores". Es decir, cuando habla de órgano de dirección, entiendo yo que esa es su preocupación. La Jefatura Nacional como órgano de dirección, pero ya la hablamos aprobado así en el octavo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Doctor Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Es para evitar cualquier tipo de contradicción. El artículo 10, con la reforma de la Licenciada Téllez, ya le otorga el mando al Director General; ahora resulta que el artículo 11 vuelve a entregarle el mando al Director General, integrado dice, por tres Sub-Directores Generales y por el Inspector; da la impresión como que hay una división de mandos. Quién es entonces el que manda en la Policía? O es el Director General, o son todos en conjunto la Dirección General. Esa es mi observación. Habría que aclarar eso, tal vez la Licenciada Téllez que está más al tanto de los movimientos policiales internos, pudiera ella redactar mejor la cosa.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Es que yo francamente no comprendo cuál es la raíz del enredo, viendo la organización militar del Ejército, que aprobamos aquí, en el Ejército hay un mando que es el Jefe o el Director del Ejército; pero a la vez hay un Estado Mayor General -que es un órgano colegiado- que resume desde su punto de vista colegiado la dirección de la institución, que está subordinada al mando único del Jefe del Ejército. De alguna manera la figura que se está aquí planteando es similar: en la Policía hay un Director General, que es un mando único; pero a la vez, por debajo del Director General hay un órgano colegiado de mando, que es la Jefatura Nacional que está integrada por los Sub-Directores Generales y el Inspector General, que serían una especie de Estado Mayor de la Policía, hablándolo en términos más comunes.

Entonces, yo no miro que el artículo esté demás ni que esté repetido, porque el artículo anterior ya aprobado se refiere a las facultades del Director General como mando personal de la Policía, y aquí se refiere a la existencia de un órgano colegiado -como decíamos- siempre subordinado al mando personal; pero que constituye el equipo superior de dirección de la Policía, que se llama Jefatura Nacional de la Policía, integrada por las personas ya señaladas.

Creo que no está demás, es necesario, porque quitarlo significa que desaparezca de la Policía la instancia colegiada de mandos, y no puede desaparecer; tiene que existir la instancia colegiada de mandos, lógicamente subordinada al Jefe de la Policía. Entonces, creo que el artículo debe quedar tal y como está, que no es de más ni representa palabras sobranceras, sino que representa una necesidad organizativa de un órgano colegiado de mandos que se llama Jefatura Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Es que yo no le veo ningún embrollo al asunto, simplemente el artículo 11 lo que hace es como decía Alonso Porras, aclarar más el asunto y darle el carácter de colegiado, y no de un solo jefe que va a haber en todas las Direcciones. Si leemos con detención, el espíritu del legislador en la moción que puso la Diputada Téllez dice: "Corresponde al Director General, el mando, la dirección y administración de la Policía Nacional". No leo lo demás, sino para encontrarle la coherencia. Esa es una cosa.

La Jefatura Nacional de la Policía cambia, es el órgano de dirección bajo el mando del Director General; y dice luego, e integrada por tres Sub-Directores Generales, más el Inspector"; y ya se encarga de decir a cargo de que los Sub-Directores Generales. Y como ya hemos venido corrigiendo esa legislación de futuro, también aquí lo que habría que hacer nada más -no sé si podrá corresponder a la Comisión de Estilo-, es ir quitando todo eso de "estarán", que le da una existencia de futuro a la ley, y esto ya debe quedar.

Por tanto, dice acá: "Los Sub-Directores Generales están a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión". Es decir, no sé si puedo explicarme, la verdad es que el artículo tal a como está, sólo dándole la redacción de estilo, yo creo que estaría de lo más ajustado posible a lo que queremos legislar.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Fernando Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias, señor Presidente, por la palabra.

Quiero hacer un saludo a todos los Diputados y expresar de parte de los mandos de la Policía Nacional, que nos sentimos profundamente emocionados en este momento en que la Asamblea Nacional está discutiendo una ley trascendental para la vida de la Policía Nacional, y para la vida de la seguridad del orden público y la protección de los nicaragüenses. Quería pronunciarme en relación con el tema. La Policía Nacional es una institución civil con una característica particular donde debe combinarse la necesaria jerarquía institucional para el cumplimiento de las misiones, con una necesaria instancia de métodos de dirección colegiada.

Entonces, para nosotros este artículo en la forma como está redactado es importante, porque establece un coordinador, establece un mando principal; pero también establece una instancia colegiada para la toma de decisiones importantes en el trabajo de la Policía. Nosotros creemos que es importante, aunque puede parecer aparentemente contradictorio, para nosotros es muy importante dejar este artículo tal como está redactado, por el necesario desarrollo institucional de la Policía.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Utilizo mi última oportunidad, Presidente. Efectivamente, el Doctor Zelaya tiene razón, este artículo tal como está redactado implica una duplicidad en el mando, en la dirección de la Policía. Pero hay algo más grave todavía, que en ningún artículo posterior se definen las atribuciones de la Jefatura Nacional, de manera que no se sabe cuáles son las competencias de esa Jefatura Nacional. A mí me encanta si la Jefatura Nacional el día de hoy tiene muy buenas relaciones con el Jefe de la Policía, y no hay problemas de competencia en el mando. Pero mañana, si hay contradicciones en el mando, no queda suficientemente aclarado en la ley, cuáles son las atribuciones de la Jefatura.

Y tal como queda redactado este artículo, esta Jefatura queda con las mismas atribuciones del Director de la Policía en materia de dirección de la Policía Nacional, no en materia de mando. Y la ley tampoco define mucho, le da atribuciones al Director, le da atribuciones a los órganos en consulta, le da atribuciones a los Sub-Directores Generales; pero la Jefatura Nacional queda como un fantasma y esto sí es muy serio, porque no puede establecerse competitividad entre la Jefatura Nacional y el Director General, sino complementariedad, la complementariedad de un órgano colegiado de debate y toma de decisiones ejecutivas y el Director General.

La pregunta del millón es, si la Jefatura Nacional considera y toma una decisión por mayoría, -porque es un órgano colegiado-, diferente a la que toma el Director General, cuál se impone? La ley no deja claro esto. Hay que hacer una redacción que establezca las atribuciones de la Jefatura Nacional y que especifique con claridad, que la Jefatura Nacional de la Policía es un órgano de dirección ejecutiva que lo diferencia del Director General; porque para eso es el Director General, y la Jefatura Nacional será un órgano de consulta o un órgano colegiado de dirección ejecutiva de la Policía.

Pero quiere decir que más adelante tiene que haber un artículo que defina claramente cuáles son sus atribuciones. Aquí no dice que va a aprobar el Presupuesto la Jefatura Nacional, sí o no; el proyecto de Presupuesto de la Policía; si esa Jefatura Nacional va a aprobar las propuestas de Reglamento, si o no; esa Jefatura Nacional va a aprobar los planes operativos si o no; o esa Jefatura Nacional va aprobar los planes de capacitación de la Academia de Policía sí o no. No está claro.

Entonces, yo diría que en este artículo 11 dejáramos una redacción que puede ser la siguiente: "La Jefatura Nacional de la Policía es un órgano de dirección ejecutiva, integrado por el Director General, los Sub-Directores Generales y el Inspector General"; y después lo que dice ahí: "Los Sub-Directores Generales estarán a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión". Mientras tanto, con el apoyo de los Jefes de la Policía tal vez podemos preparar para el Capítulo VII, que establece la competencia de cada órgano, un artículo que especifique cuáles son las atribuciones de esa Jefatura Nacional, y dejar claramente diferenciado lo que le preocupa al Doctor Zelaya con justa razón.

Yo voy a pasar a la Mesa mi moción de nueva redacción de este artículo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Es correcto lo que decía la Diputada Dora María Téllez, alrededor de este artículo número 11. En el artículo 8 aprobamos que la Jefatura Nacional va a estar compuesta por tres componentes: el Director General, los Sub-Directores y el Inspector General, en toda la redacción del artículo 11 aparece lo mismo; lo único que establece es que "estarán a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión", esa es la única distinción que existe entre el artículo 8, inciso a) y el artículo 11. En cuanto a la preocupación que tenía el Diputado Zelaya, yo no le veo ninguna contradicción con lo que está establecido en el artículo 10.

Sí, yo creo que este artículo debe dejar bien claro cuáles son las competencias de la Jefatura Nacional de la Policía, además las que están a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión. O sea, qué se entiende por la gestión. Dejar bien claro cuáles son las facultades, si la gestión... O inclusive, puede servir para la cuestión del presupuesto, puede ser para situaciones de estudio, que más adelante si son los que van a proponer el asunto de los grados militares, etc.

Es el órgano consultivo, qué sé yo, alguna serie de competencias que tienen que dejar bien delimitados los cargos. En ese sentido yo apoyo la moción que hacía la Comandante Dora María Téllez alrededor de que este artículo tiene que dejar bien claras las competencias de la Jefatura Nacional.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

Estábamos siguiendo el debate, y yo quisiera llamar la atención sobre cómo está estructurado el cuerpo general de la ley. El Capítulo IV establece la estructura orgánica: la Jefatura, los órganos de especialidades nacionales, los órganos de apoyo, las delegaciones policiales, las estructuras consultivas; y el Capítulo V establece la dependencia entre cada una de estas estructuras. Es posible que como estamos acostumbrados a la cuestión de la vida civil, a veces nos cueste un poco comprender cómo funciona una institución de carácter armado.

Tal como decía Dora María, el artículo 9 deja muy claro que la dependencia a la autoridad civil va a ser ejercida por el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación. El artículo 10 establece que bajo la autoridad del Ministro de Gobernación le va a corresponder al Director General, el mando ie la Policía, la dirección y la administración; pero el Director de la Policía, para poder ejercer el mando, la dirección y la administración, se apoya en algo que se llama la Jefatura Nacional de la Policía.

Esta Jefatura Nacional de la Policía, el artículo 11 dice que es el Órgano de Dirección bajo el mando del Director General; es decir, aquí ya está claro que el jefe de este órgano llamado Jefatura Nacional, está supeditado al Director General de la Policía. El Director lo que hace es apoyarse en esta estructura para ejercer el mando, como se apoya también en otras estructuras que son las delegaciones policiales, estructuras consultivas y órganos de especialidades nacionales.

Yo quiero llamar la atención en el sentido de que de esta ley se van a derivar Presidente, un conjunto de reglamentos. Aquí hay un montón de reglamentos que tendrá que aprobar el Director de la Policía; no podemos pretender en esta ley hacer toda la reglamentación de la vida institucional de la Policía, como del Código Militar del Ejército se están derivando una gran cantidad de reglamentos de cada una de las armas, de cada uno de los órganos que se derivaron del Código Militar.

Yo estaría de acuerdo en que se enumere la competencia de la Jefatura Nacional, pero para mí no me queda ninguna duda de que aquí en la Policía haya un mando vertical que arranca del Presidente de la República, que sigue al Ministro de Gobernación, que sigue al Director de la Policía; el Director de la Policía no puede dirigir solito, entonces conforma una Jefatura Nacional para apoyarse y dirigir. El artículo está muy claro y dice que está bajo el Director General. Es decir, no hay ninguna duda de que sí es un Consejo deliberante y que sí entra en contradicción la autoridad de esta Jefatura Nacional con el Director, porque está bajo; eso en lenguaje militar significa subordinado a.

Entonces, no me queda a mí ninguna duda de que si ahorita los mandos tienen buena relación con el Director General y que si después, más adelante va a ser otro tipo de relación, en el caso de la materia policial no hay vuelta de hoja. El artículo dice: "bajo la autoridad del Director General", obviamente yo creo que hay que establecerle -ya que estamos creando esta Jefatura Nacional-algunas atribuciones pertinentes, pero no veo mucho la razón del planteamiento que está haciendo mi hermana Dora María Téllez. Y recuerden que el resto queda a nivel de los reglamentos.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura a la moción de la Diputada Dora María Téllez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Arto. 11. "La Jefatura Nacional de la Policía es un órgano de dirección ejecutiva, integrado por el Director General, los Sub-Directores Generales y el Inspector General".

El resto igual.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Están anotados el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón, Fernando Zelaya Rojas, Luis Sánchez Sancho y el Diputado Alonso Porras Díaz; ahí cerramos la lista y vamos a proceder a votar luego.

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente, pero es que con la moción de Dora María Téllez, sí se desvirtúa el artículo, se desvirtúa -para aclaración del Licenciado Sánchez-, porque aquí está "más claro que como canta un gallo", como dice nuestro pueblo: "La Jefatura Nacional de la Policía, es el Órgano de Dirección bajo el mando del Director General e integrada". La moción de la Diputada Téllez está quitando que es bajo la dirección, y ahí sí queda confuso el artículo; queda confuso porque no se sabe quién es el que va a mandar, si el Director General o la Jefatura Nacional. Si le quitamos "bajo el mando del Director General e integrada por", ahí sí queda confuso.

Por tanto, estoy de acuerdo en que sea un órgano ejecutivo, y solicitaría a la Diputada Téllez agregar, simple y llanamente, "ejecutiva" después . de la frase "dirección", y en eso yo la apoyaría. Leerla de la siguiente manera: "La Jefatura Nacional de la Policía, es el órgano de dirección ejecutiva, bajo el mando del Director General e integrada por tres Sub-Directores Generales, más el Inspector General". Que no tiene atribuciones? Sí tiene atribuciones, los Sub-Directores Generales están a cargo de las áreas y ya quedan específicas: de investigación, prevención y gestión, no hay ninguna confusión con respecto al mando jerárquico de la Policía.

Yo no sé si la Diputada Téllez quiere ponerse de acuerdo conmigo para dejarlo con mayor claridad, simplemente agregando después de la frase "dirección ejecutiva", "bajo el mando del Director General", que es lo que la moción de la Diputada Téllez suprime. Por tanto, yo quiero asumir el dictamen, con el agregado de "ejecutiva".

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Esta discusión se ha originado por una inquietud que yo provoqué. Quiero yo explicar en qué consiste verdaderamente mi inquietud. La Policía es un cuerpo armado de naturaleza civil, lo cual parece que es contradictorio desde su origen, porque los cuerpos armados son generalmente de naturaleza militar, pero en realidad la técnica moderna hace que la Policía sea un cuerpo armado, y lo es precisamente armado por ser jerárquico, que quiere decir que va de arriba para abajo. El Presidente de la República es el primer Policía de este país, lo sigue el Ministro de Gobernación, le sigue el Director General de la Policía, y así sucesivamente hasta el último raso; eso quiere decir jerárquico. Al redactarse este artículo tal como está, da la impresión que al crear una Jefatura Nacional integrada, es decir, formando parte consustancial de esa Jefatura, los Sub-Directores tienen tanto mando como el Director, esa es mi preocupación. La Licenciada Téllez parece que está tratando de ordenar eso con una moción que en alguna manera corrige lo que a nuestro entender -por lo menos al mío- puede ser un elemento futuro de inconformidad policial y de discrepancias fundamentales dentro de la Policía, lo cual es gravísimo, pudiera ser gravísimo.

Por consiguiente, es a eso a que se ha contraído mi inquietud, dejar despejado en esta ley que ya estableció que la Policía es un cuerpo armado de naturaleza civil, que ya estableció que es jerárquica, que ya viene poco a poco estableciendo los mandos de arriba para abajo, y cuando llegamos a la Jefatura Nacional encontramos este problema de que si en realidad los Sub-Directores tienen mandos, son parte de la Jefatura Nacional o no lo son. Porque, qué podría pasar mañana si un Sub-Director General le dice al Director General; "hay que hacer esto porque yo soy parte integrante de la Jefatura Nacional"?

Podría tener razón, y se puede formar un cisma dentro de la Policía que la misma ley tal vez impensadamente, tal vez un poco negligentemente por nuestra parte no previó; la cuestión está en prever. Yo no pude escuchar la moción de la Diputada Téllez, que me imagino debe ser muy bien redactada y muy inteligente, como suelen ser todas sus mociones. Me gustaría que el señor Secretario fuese tan amable de leérmela, porque es posible que yo me vaya a poner de acuerdo con ella para que pasemos adelante en este pequeño pegón que tenemos.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Artículo 11, de Dora María Téllez: "La Jefatura Nacional de la Policía, es el órgano de dirección ejecutiva, integrada por el Director General, los Sub-Directores Generales y el Inspector General"; el resto igual.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES FONSECA:

Gracias, Presidente.

Yo quiero hacer un comentario sobre esta discusión, y aunque tengo una propuesta para un artículo posterior, quiero aprovechar la oportunidad para explicar la vinculación que esa propuesta que haré para un artículo posterior, tiene que ver con lo que estamos discutiendo. En resumen, lo que está en discusión es cómo conciliar el aspecto vertical del mando de la Policía, por un lado; y por otro lado, con la naturaleza colegiada de ese órgano que aparece en el artículo llamado Mando de la Policía, que se presta a equívocos. Y yo comparto la preocupación de distintos Diputados en el sentido de que sí efectivamente se presta a equívocos, y debe quedar de manera muy clara esa naturaleza jerárquica que establece esta ley.

Entonces, yo quiero hacer una referencia y les ruego que consulten lo que es el Capítulo VII que sigue, que se llama De la Competencia. Ese Capítulo VII en su artículo 16 dice: "Son atribuciones y deberes del Director General de la Policía Nacional", y después enumera desde la a) hasta el inciso b) todo lo que son las atribuciones y deberes del Director General de la Policía Nacional que, como ya sabíamos, es el subordinado inmediato del Ministro de Gobernación, y este a su vez es subordinado inmediato del Presidente de la República.

Entonces, repito, en su oportunidad yo me reservé el derecho de presentar una propuesta de un nuevo artículo 17, que está vinculado a este tema y que más o menos diría lo siguiente: "Para el cumplimiento de sus funciones establecidas en el precedente artículo 16, el Jefe de la Policía se auxiliará del mando". Repito, nada más quiero adelantar esta discusión para ver que más adelante, en su momento, haré la propuesta formal. No me estoy saltando el orden de la discusión, sino que nada más quería ilustrar con este tema que tiene que ver con la definición clara del mando vertical y clara dependencia en su orden de Presidente, el Ministro y el Jefe; entonces, nada más quería ilustrar. Y por lo demás, gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Estamos en la discusión del artículo 11.

Tiene la palabra el Diputado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Yo pienso que cualquier observación o moción que tienda a mejorar un artículo o todo un articulado de un proyecto de ley, debe ser bien considerado, bienvenido, y en la medida de lo posible aprobado. Sin embargo, en este caso Presidente, yo tengo mis dudas, porque leo y releo el articulado propuesto en el dictamen y yo lo veo completamente claro, y me parece que la intervención del Comandante Caldera para aclarar este punto, todavía lo dejo más transparente, está claramente definido qué cosa es la Jefatura Nacional. En el Capítulo VII, en la secciones I, II, III, están definidas las atribuciones y deberes del Director General, de los Sub-Directores, del Inspector.

Como explicaba el Comandante Caldera, se trata de una modalidad democratizante, porque esa es la línea general que impregna a esta legislación y otras sobre materias parecidas, es decir, un desarrollo, una profundización del proceso de democratización de Nicaragua. Aquí no podemos estar hablando de conceptos abstractos ya superados, acerca de la verticalidad y acerca de supuestos poderes absolutos. La preocupación que expresaba el Doctor Fernando Zelaya, acerca de que en algún momento un Sub-Director podría invadir esferas de mandos del Director General o asumir atribuciones que no le corresponden eso es absurdo, no puede ser. No puede ser, porque nadie -y en este caso ninguno de los Sub-Directores- puede tener más atribuciones que las que la ley le está señalando precisamente en este Capítulo VII, que es el que define las competencias.

Cada Sub-Director General va a tener las competencias, las atribuciones y los deberes que están señalados aquí expresamente en esta legislación. Si se tratara sin embargo, como dije al comienzo, de mejorar, de aclarar, con mucho gusto habría que acogerlo constructivamente y aprobarlo; pero a mí me parece que a veces hay modificaciones o propuestas que en vez de aclarar pueden más bien enredar. De modo Presidente, que yo creo que así como está en el dictamen es que debería quedar aprobado, porque ha sido suficientemente analizado, detalladamente depurado por la Comisión dictaminadora -según tengo entendido-, y además está bastante bien.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Tiene la palabra Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Yo entiendo la preocupación del Doctor Fernando Zelaya y de Dora María Téllez, en el sentido de que quede en una ley como está, nítidamente y claramente establecida la verticalidad del mando y las jerarquías, y que no puedan haber confusiones posteriores en donde por una indefinición de la ley, un Sub-Director se sienta que puede insubordinarse o ser igual al Director General. Efectivamente, sí creo que las propuestas hechas no resuelven sino que empeoran; la propuesta, la moción de Dora María lo que hace es señalar que la Jefatura es un órgano ejecutivo, y deja al mismo nivel al Director General con los Sub-Directores, porque dice: La Jefatura Nacional, es un órgano ejecutivo integrado por el Director, los Sub-Directores y el Inspector; o sea que está prácticamente ahí eliminando toda referencia a grados y a jerarquías.

Entonces, a mí me parece que el artículo está bien a como está en el dictamen, está correcto a como está en el dictamen; pero para mejorarlo y que quede todavía con las palabras castellanas más exactas, voy a hacerle una modificación que diga lo siguiente: "La Jefatura Nacional de la Policía es el órgano de dirección subordinado al Director General e integrada por..." Lo demás igual. Ya si la palabra "subordinado" no es clara en el lenguaje castellano, yo creo que ya no habría otra cosa que poner ahí.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción de Alonso Porras dice: "Arto. 11. La Jefatura Nacional de la Policía es el órgano de dirección subordinado al Director General e integrada por tres Sub-Directores Generales y el Inspector General. Los Sub-Directores Generales estarán a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión".


PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

La Diputada Dora María Téllez ha informado a la Mesa que retira su moción y se reserva el derecho para un artículo nuevo, artículo 17.

Actualmente solamente tenemos en nuestra Mesa la moción del Diputado Alonso Porras; el Secretario le va a dar lectura para luego someterla a votación.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"La Jefatura Nacional de la Policía es el órgano de dirección subordinado al Director General e integrada por tres Sub-directores Generales y el Inspector General. Los Sub-Directores Generales estarán a cargo de las áreas de investigación, prevención y gestión".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Abrimos la votación.

Se va a cerrar la votación.

16 Diputados no han hecho uso de su derecho al voto.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención. Se aprueba la moción del Diputado Alonso Porras, referente al artículo 11.

Observaciones al artículo 12.

Tiene la palabra la Diputada Leticia Herrera Sánchez.

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Es una moción de artículo 12 -que ya había hablado yo de ella- sobre el Ministro de Gobernación, y diría lo siguiente: "El Ministro de Gobernación ejercerá su autoridad a través del Director General; también lo hará a través de sus delegados departamentales, los cuales supervisarán la actuación de la Policía Nacional, sin perjuicio de la dependencia jerárquica, funcional y operativa propia de la Policía".

Paso la moción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura a la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción para el artículo 12: "El Ministro de Gobernación ejercerá su autoridad a través del Director General; también lo hará a través de sus delegados departamentales, los cuales supervisarán la actuación de la Policía Nacional sin perjuicio de la dependencia jerárquica, funcional y operativa propia de la Policía".

La moción, repito, es para cambiar el artículo 12 y se lee así: "El Ministro de Gobernación ejercerá su autoridad a través del Director General; también lo hará a través de sus delegados departamentales, los cuales supervisarán la actuación de la Policía Nacional sin perjuicio de la dependencia jerárquica, funcional y operativa propia de la Policía".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión la moción de la Diputada Dora MaríaTéllez, referente al artículo 12.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La Diputada Dora María Téllez, dueña de la moción, acepta cambiar la "y" por "u", que diga: "sin perjuicio de la dependencia jerárquica funcional u operativa propia de la Policía", por aquello que dijo el Licenciado Sánchez.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Estamos en la discusión de la moción presentada por la Diputada Dora María Téllez.

Vamos a abrir la votación.

Se abre la votación.

Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 1 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba la moción referente al artículo 12, de la Diputada Dora María Téllez.

Vamos a la votación del Capítulo V, De la Dependencia; todo el Capítulo.

Se abre la votación.

Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto.

Vamos a cerrar la votación: William Ramírez, Mauricio Valenzuela, Hernaldo Zúniga.

Vamos a cerrar la votación. Se cierra la votación.

65 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo V, De la Dependencia, incluyendo las mociones respectivas.

Capítulo VI, Del Organo Consultivo y del Consejo de Especialidades, artículo 13. El Secretario le da lectura.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:

Arto. 13. Como Órgano Consultivo y asesor de la Policía Nacional se establece el Consejo Nacional de Policía, presidido por el Director General e integrado por la Jefatura Nacional, los Jefes de Especialidades Nacionales, Jefes de Órganos de Apoyo, Jefes de Delegaciones Departamentales y de Distritos de la Ciudad de Managua; se invitará a cualquier otro mando que el Presidente del Consejo considere oportuno. Su trabajo se desarrollará en las Comisiones que al efecto se establezcan.

Arto. 14. El Consejo de Especialidades estará integrado por los Jefes de los Órganos de Especialidades y presidido por el Director General de la Policía o su Delegado y tendrá funciones de Organismo Técnico Asesor de la Jefatura Nacional.

Arto. 15. Cada uno de estos órganos se reunirá en sesiones ordinarias de acuerdo a su Reglamento y en sesiones extraordinarias cuando el Director General de Policía convoque.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

A discusión el artículo 13.

Tiene la palabra la Diputada Leticia Herrera Sánchez.

DIPUTADA LETICIA HERRERA SANCHEZ:

Gracias, Presidente.

En el artículo 13, yo voy a presentar una propuesta más que todo de forma, a lo que es el contenido del artículo, pero que sí le daría más claridad y más énfasis realmente al órgano que estamos tratando ahí de conceptualizar; y yo propongo que diga lo siguiente: "El Consejo Nacional de Policía es el órgano consultivo y asesor de la Policía Nacional". (Punto y seguido). "Estará presidido por el Director General e integrado"; lo demás igual, hasta "Managua". Donde dice: "De la Ciudad de Managua", ahí se pone punto y que siga diciendo lo siguiente: "El Presidente del Consejo tendrá facultad de invitar a cualquier otro mando que considere oportuno y necesario". Como ven, es de forma, pero que sí le da mejor ordenamiento y más énfasis a la autoridad atribuida al órgano. Paso la propuesta.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

La Diputada Leticia Herrera, tiene mucha razón en la presentación de este articulo. Vamos a esperar a ella que redacte en calma este artículo.

Observaciones al artículo 14.

Observaciones al artículo 15.

Como no podemos aprobar el Capítulo, vamos a esperar que la Diputada nos presente la moción para aprobar el artículo 13 y después entrar a la votación del Capítulo VI, Del Órgano Consultivo y del Consejo de Especialidades.

El Secretario va a dar lectura a la moción de la Diputada Leticia Herrera.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción de la Diputada Herrera, es para que el artículo 13 se lea de la siguiente forma: "El Consejo Nacional de la Policía, es el órgano consultivo y asesor de la Policía Nacional. Estará presidido por el Director General e integrado por la Jefatura Nacional, los Jefes de Especialidades Nacionales, Jefes de Órganos de Apoyo, Jefes de Delegaciones Departamentales y Distritos de la Ciudad de Managua. El Presidente del Consejo tendrá facultad de invitar a cualquier otro mando de la Policía que considere oportuno y necesario. Su trabajo se desarrollará en las Comisiones que al efecto se establezcan".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

En realidad es una redacción muy buena, bien clara, pero como es una moción, se somete a discusión la moción presentada por la Diputada Herrera.

A votación.

Se abre la votación.


PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación. .

64 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención; 10 Diputados no votaron.

A votación el Capítulo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 22 Diputados no votaron.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:


CAPITULO SEPTIMO

DE LA COMPETENCIA

SECCION I


Arto. 16 Son atribuciones y deberes del Director General de la Policía Nacional, las siguientes:

a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las Leyes, Reglamentos, Decretos, Resoluciones y demás disposiciones que se relacionen con la actividad propia de la Policía Nacional.

b) Impartir las medidas conducentes a la conservación del Orden Público y la Seguridad ciudadana.

c) Cumplir y hacer cumplir los Convenios Internacionales de Policía.

d) Organizar y dirigir los órganos y servicios de la Policía Nacional conforme a la presente Ley y su Reglamento.

e) Proponer al Ministro de Gobernación para su aprobación, los planes anuales de la Policía Nacional.

f) Informar oportunamente al Ministro de Gobernación de los acontecimientos relevantes ocurridos en el Territorio Nacional.

g) Garantizar el cumplimiento de las órdenes que emanen del Presidente de la República y del Ministro de Gobernación.

h) Revisar las resoluciones administrativas de las distintas dependencias de la Policía.

i) Administrar los recursos materiales y financieros, de la partida del Ministerio de Gobernación del Presupuesto General de la República, a la Policía Nacional.

j) Corregir y sancionar las irregularidades en el servicio de policía, conforme los reglamentos respectivos.

k) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Nacional de Policía y del Consejo de Especialidades.

l) Representar a la Policía Nacional y delegar esta función cuando lo juzgue necesario, en el funcionario policial que crea conveniente.

m) Otorgar los actos y concertar los contratos que expresa o tácitamente estuvieren comprendidos dentro del giro ordinario de la actividad de la Policía, inclusive aquellos que fueren consecuencia necesaria de los mismos, salvo los que la Ley prohíba.

n) Otorgar mandatos generales de administración con todas o algunas de las facultades a que se refiere el inciso anterior, a los funcionarios policiales que estime conveniente.

ñ) Establecer relaciones de cooperación policial con Organismos Internacionales con aprobación del Ministro de Gobernación, de acuerdo a la Constitución Política.

o) Proponer al Ministro de Gobernación la firma de Protocolos de Colaboración y Ayuda con otras dependencias del Gobierno.

p) Solicitar al Ministro de Gobernación autorización para ausentarse temporaImente y designar en uno de los Sub-Directores su sustituto en el mando.

q) Atender de forma directa o a través de los Sub-Directores las áreas y órganos en los que por razones de división del trabajo organice la Policía.

r) Dictar órdenes, disposiciones y elaborar manuales que garanticen el cumplimiento de la presente Ley y su Reglamento, para el funcionamiento apropiado de la Policía Nacional.

s) Otorgar los grados policiales desde el Escalafón Ejecutivo a Oficiales Subalternos, de conformidad con lo establecido en la Ley y los Reglamentos.

t) Proponer la creación y otorgar Condecoraciones Policiales y hacer las propuestas de policías que tengan méritos al Ministro de Gobernación, para las Condecoraciones que éste y el Presidente de la República otorguen.

u) Establecer la coordinación con el Comandante en Jefe del Ejército, para la efectiva realización de las acciones, misiones y funciones en el marco de las Leyes y Reglamentos.

v) Ejercer las demás funciones y facultades que le corresponden de conformidad con la ley, los Reglamentos y disposiciones de la materia.


SECCION II

DE LOS SUB-DIRECTORES GENERALES


Arto. 17. Los Sub-Directores Generales dependen directamente del Director General de la Policía y tienen las atribuciones siguientes:

a) Reemplazar temporaImente al Director General cuando sea designado.

b) Atender las áreas preventivas, investigativas y de gestión de acuerdo a la decisión del Director General.

c) Ejecutar los asuntos o tareas encomendadas por el Director General de la Policía, para el desarrollo normal del Órgano.

d) Ejercer las funciones del Director General en caso de ausencia definitiva con el requisito esencial de ser el Sub-Director General de mayor antigüedad en el cargo, mientras no se nombre al nuevo Director General.


SECCION III

DEL INSPECTOR GENERAL


Arto. 18. El Inspector General depende directamente del Director General y sus atribuciones son las siguientes:

a) Velar por el fiel cumplimiento de la Constitución, las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales que afectan a la Policía Nacional, cuidando de la oportuna y justa corrección de las faltas en que incurran sus miembros.

b) Garantizar la observancia del respeto a los Derechos Humanos.

c) Inspeccionar las distintas Unidades de la Policía Nacional, a fin de constatar el funcionamiento de estas y el buen servicio de los miembros.

d) Vigilar por el prestigio de la institución, disponiendo las investigaciones necesarias ante los reclamos que formulen autoridades o particulares en relación a la conducta policial, así como sobre la violación de los derechos y garantías consignados en la Constitución, por parte de la Policía y sus miembros.

e) Verificar el cumplimiento de las instrucciones y órdenes del Director General.

f) Atender a las Organizaciones de Derechos Humanos, tanto nacionales como internacionales.

g) Cualquier otra que le asigne el Director General de la Policía.


SECCION IV

ESPECIALIDADES NACIONALES


Arto. 19. Los Organos de Especialidades Nacionales ejercerán facultades rectoras de asesoramiento, normadoras, de control, análisis, estadísticas, evaluación y ejecución de la actividad correspondiente.

Arto. 20. Investigaciones Criminales, es la especialidad encargada de la investigación de las faltas y delitos, así como de la elaboración de los expedientes investigativos para su posterior remisión a las autoridades correspondientes.

Se creará bajo su dependencia la Comisaría de la Mujer y la Niñez, a fin de dar atención especializada en casos de violencia física, psicológica y sexual en contra de la mujer y la niñez.

Arto. 21. Seguridad Pública, es la especialidad responsable de las funciones fundamentales de prevención y auxilio a través del servicio, vigilancia y patrullaje, otorgamiento de permiso de armas, explosivos y otros relativos a su materia.

Arto. 22. Seguridad de Tránsito, es la especialidad encargada de regular, controlar y contribuir a la solución de los problemas viales, el registro de propiedad vehicular, expedición y control de licencia de conducción, circulaciones y placas e investigar accidentes de tránsito, mediante actividades técnicas especializadas y de servicios de patrullaje en las vías y normas de circulación vial.

Arto. 23. Investigaciones Económicas, es la especialidad encargada de las investigaciones relacionadas a los delitos de orden económico, fiscal y aduanero y legitimación ilegal de capitales.

Arto. 24. Investigación de Drogas, es la especialidad encargada de la investigación especializada de los delitos relacionados con la tenencia, el expendio y el tráfico internacional y nacional de drogas, así como del lavado de dinero y bienes económicos producto de este delito.

Arto. 25. Seguridad Personal, es la especialidad a la que corresponde la protección del Presidente y del Vice-Presidente de la República, los Presidentes de los Poderes del Estado, funcionarios y demás personalidades que se determinen, lo mismo que la protección a sedes diplomáticas.


SECCION V

ORGANOS DE APOYO NACIONAL


Arto. 26. Los Órganos de Apoyo Nacional, tienen la responsabilidad de planificar y administrar los recursos humanos, materiales y financieros de la Institución; obtener información, asesorar y prestar servicios auxiliares, técnicos científicos o de otra índole y hacer las proposiciones pertinentes para el mejor desarrollo de cada actividad.

Su estructura y cargos de mandos podrán ser modificados por criterios de efectividad y orden, a propuestas del Director General de la Policía Nacional y aprobados por el Ministro de Gobernación.

Arto. 27. A la Academia de Policía le corresponde la formación profesional, capacitación y desarrollo de aspirantes y de los policías en servicio activo, su capacitación y desarrollo en la Institución.

Arto. 28. Administración General, cumple las funciones de la administración, adquisiciones, logística, mantenimiento de equipos, recursos, comunicaciones, armamento, avituallamiento y transporte con que cuenta la Policía Nacional.

Arto. 29. La Asesoría Legal, tiene las funciones de asesorar y evacuar consultas en materias que impliquen estudios jurídicos especiales, emitir pronunciamientos en materia de Leyes de Policía, redactar proyectos de leyes, reglamentos, disposiciones, convenios, actos y contratos en estas materias y en otras que le encomiende la Jefatura Nacional.

Arto. 30. Asuntos Internos, le corresponde investigar las denuncias que Autoridades y particulares o de oficio formulen en relación con el comportamiento de los miembros de la Policía Nacional.

Arto. 31. Archivo Nacional, ejerce el control, asistencia técnica y procesamiento del registro de antecedentes policiales en apoyo a las Especialidades y Delegaciones de la Policía.

Arto. 32. Finanzas, es la encargada de la administración, control y distribución financiera de los recursos de la Policía.

Arto. 33. La Oficina Central Policía Internacional (INTERPOL), será la encargada de servir de enlace ante la Organización Internacional de Policía Criminal y los demás países afiliados a dicha organización. El Jefe y Representante de la Oficina Central de Nicaragua, de la Policía Internacional, es el Director General de la Policía Nacional. El Ejecutivo de esta Oficina tendrá nivel de Oficial Superior y será nombrado por el Director General, ante quien responderá directamente.

Arto. 34. El Laboratorio de Criminalística, tiene como misión fundamental la realización de peritajes por medio de métodos, técnicas y conocimientos científicos, y de medicina forense, en apoyo a la función policial, de los Tribunales de Justicia y de otros Órganos que así lo requieran de acuerdo a la Ley.

Arto. 35. Personal, es el Órgano encargado de la ejecución de las políticas generales de Personal y Seguridad Social establecidos por el Ministerio de Gobernación, y las políticas particulares de la Policía Nacional aprobadas por el Ministro de Gobernación y a propuesta del Director General de la Policía, y tiene bajo su responsabilidad el manejo y control del movimiento de personal en la Policía Nacional.

Arto. 36. Relaciones Públicas, es el Órgano encargado de difundir las publicaciones, mensajes y notificaciones a medios de información pública.

Arto. 37. La Secretaría Ejecutiva, es el organismo encargado de recibir, evaluar, planificar, informatizar, organizar, metodizar, asesorar y procesar la información con el objeto de apoyar las decisiones de la Jefatura Nacional; así como recibir y custodiar la documentación remitida a la Dirección General o despachada por ella y cumplir las funciones que determinen las órdenes e instrucciones que le imparta el Director General, y dirigir el Puesto Central de Mandos.

Arto. 38. Técnica Canina, es la encargada del mantenimiento y desarrollo de los recursos técnico-caninos de la Policía.


SECCION VI

DELEGACIONES POLICIALES


Arto. 39. Las Delegaciones Policiales son las expresiones organizadas de Policía estructuradas jerárquicamente, que ubicadas en determinados territorios tienen bajo su responsabilidad las funciones ejecutivas y de autoridad determinadas por las Leyes.

Arto. 40. De acuerdo a la División Política Administrativa del País, existirán delegaciones Policiales con las estructuras adecuadas a criterios de índice poblacional, actividad delictiva y complejidad económica social, así como otras de carácter específicamente policiales.

Arto. 41. En las Delegaciones Policiales se crearán las estructuras necesarias de las Especialidades Nacionales y de apoyo que ejercerán por función ejecutora dentro de la Delegación.

La Policía Nacional, de común acuerdo con las Alcaldías Municipales, podrán destinar fuerzas bajo el mando del Jefe de la Delegación de Policía Departamental y cumplirán funciones de vigilancia y otras que disponga la Ley de Municipios en sus respectivas jurisdicciones, asumiendo las Alcaldias su Presupuesto correspondiente a esta fuerza.


SECCION VII

DE LA POLICIA VOLUNTARIA


Arto. 42. La Policía Voluntaria, es un cuerpo auxiliar y de apoyo de la Policía Nacional, con estructura orgánica adscrita y subordinada a las Delegaciones de Policía, la integran ciudadanos nicaragüenses, que previo proceso de selección, preparación y juramentación, acepten las condiciones del servicio de forma voluntaria, temporal y gratuita.

Los miembros de la Policía Voluntaria tendrán derecho a lo contemplado en el artículo 63, incisos d), e), f) , h) , i) , m) y n) , así como una compensación equitativa de parte del Estado, en caso de lesiones o muerte al momento de prestar servicio o a consecuencia de este.

Arto. 43. Para integrar a la Policía Voluntaria se requieren los requisitos siguientes:

Ser nicaragüense.

No tener antecedentes penales.

Tener 18 años cumplidos.

Ser apto psíquica y físicamente.

Estar en pleno goce de sus derechos ciudadanos.

Cumplir con los requisitos administrativos de ingreso.

Arto. 44. Los miembros de la Policía Voluntaria realizarán principalmente tareas de apoyo, de prevención, vigilancia, seguridad pública y tránsito, las que deberán llevar a cabo debidamente identificados y tendrán condiciones de agentes de la autoridad, a fin de garantizar el mantenimiento del orden y la seguridad ciudadana. Mientras se encuentren en cumplimiento de sus misiones, estarán sujetos a los principios fundamentales de actuación y régimen disciplinario.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión el Capítulo VII, De la Competencia, Sección I, artículo 16.

Observaciones al artículo 16.

Tiene la palabra el Doctor Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, Presidente.

En realidad mi observación es por el Título. El Título dice: "Capítulo VII, De la Competencia, Sección I", y en términos legales no existe esa metodología. Los Códigos son el Libro y se divide en títulos, después en capítulos y después en artículos; el establecer: Sección I, o Sección II, o Sección III, no existe en los Códigos que nosotros tenemos en este ordenamiento jurídico, y mal haríamos nosotros el sacar una ley donde no existe esa metodología del ordenamiento jurídico.

En concreto Presidente, mi criterio es que se supriman los conceptos: "Sección I" y subsiguientes, porque no está acorde con nuestro ordenamiento jurídico. En los Estados Unidos existen las secciones, los párrafos, etc., pero aquí en nuestro ordenamiento jurídico no existe el término "Sección". No sé si hay necesidad de presentar una moción, o basta con que tome nota la Comisión de Estilo y se suprima ese concepto de "Sección". Me reservo mi derecho para el inciso h).

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Le solicitamos al Doctor Edmundo Castillo presentar su moción, porque la Asesoría Jurídica nos dice a nosotros que si hay secciones; entonces lo que se haría es someter aquí a votación la moción de él.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Bueno, tengo la moción aquí por escrito: "Eliminar la división por secciones, de esta ley". Esa es la moción del Doctor Castillo Ramírez, solamente eliminar las secciones, como subdivisión dentro de cada Capítulo, pero que queden los capítulos y queden los artículos y los subtítulos por supuesto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Luis Sánchez.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Bueno, yo creo que sí, es mi opinión que si cabe dividir un texto de ley en secciones; entiendo que los Códigos por ejemplo se dividen en secciones. Pero me parece Presidente, que los miembros de la Comisión dictaminadora deberían -en estos y otros casos similares- pedir la palabra y hacer aclaraciones del porqué, qué razones, qué motivaciones tuvieron para redactar un Título, un Capítulo o cualquier cosa de estas que a veces se presentan como temas de controversias. Deberían de ayudarnos los ilustrados miembros de esa Comisión, para avanzar en la aprobación de esta ley.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a darle la palabra al Presidente de la Comisión dictaminadora, don Andrés Robles.

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Gracias, Presidente.

En realidad esto fue motivo de discusión, y cuando hicimos Ia consulta a la Corte Suprema de Justicia, ellos estuvieron totalmente de acuerdo que así se quedara. Hubieron algunas opiniones en que se cambiara, pero por una sugerencia de la Corte Suprema de Justicia dejamos esto, con este Capítulo de esa manera. Así que yo sólo le podría trasladar la opinión de la Corte Suprema de Justicia, Presidente.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

Yo creo que tenemos bastante bien cargada la Agenda Legislativa con muchas leyes; además esta es la que tiene mayor importancia. Yo quiero que tomemos una decisión en cualquier sentido y continuemos por favor discutiendo lo sustantivo de la ley.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo García Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

En realidad, nuestro sistema institucional en relación con Códigos, excepcionalmente en uno u otro Código se ha utilizado la titularidad de secciones, pero eso va contra el espíritu normativo de codificación que se utiliza en todos los Códigos de este país. El hecho de introducir secciones no es que sea un pecado grave, porque la Sección en nuestro sistema institucional de codificación viene a ser como tema dentro de un Capítulo, que a su vez subdivide los títulos. De tal manera que esto aparentemente no tiene trascendencia, pero sí tiene trascendencia porque sirve para confundir a los abogados, y sobre todo sirve para confundir a los que no son abogados. En otros países se utiliza lo de las secciones, porque es otro el espíritu institucional de codificación, es lo que nosotros sub-dividimos, dándole una titularidad al tema que se va a desarrollar. Aquí viene a ser lo de la Sección, pero da la casualidad que la Sección no te da ni siquiera una idea de cuál es el tema de la Sección, y nosotros en nuestras instituciones, en nuestros Códigos le damos una denominación al tema. Así que si utilizamos esa cuestión de las secciones, realmente estamos desnaturalizando el espíritu institucional de codificación de este país.

Estaría bien si la Sección a su vez tuviera una denominación titular para identificar el tema que se va a tratar en la Sección comprendida dentro de diferentes artículos, en un orden más o menos armónico. De tal manera que esta es una cuestión excepcional que realmente trae a confusión, y si trae a confusión a los abogados, con mucha mayor razón a los legos, a las personas que no conocen de leyes, ni de orden cronológico, ni de orden institucional de codificación. Yo diría que apoyáramos la tesis del Doctor Edmundo Castillo, que no está tratando de salirse de los cauces, todo lo contrario, quiere mantener el espíritu de codificación del cual están impregnados todos los Códigos y el sistema de codificación en todas las estructuras del Estado organizado bajo una ley.

Entonces, yo voy a apoyar la tesis del Doctor Edmundo Castillo, y no porque me resulte indiferente, sino porque no quiero que llamemos o llevemos a confusión a los que van a leer este Código, esta ley. De tal manera que, insisto, yo voy a apoyar que se suprima eso de las secciones; eso está bien en otros países en donde es otro el espíritu en la integración de los Códigos y de las leyes.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Es que yo estoy de acuerdo en que haya secciones, que haya secciones en los distintos libros o Códigos de un sistema jurídico; pero en una ley como esta, recargarla con secciones es innecesario. A mí me parece que mantener la subtitulación es suficiente.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Para avanzar, vamos a someter a votación la moción del Doctor Edmundo Castillo; la lee el Secretario.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"Eliminar la división, por secciones de esta ley".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Diputado Ray Hooker, íbamos a iniciar la votación.

Vamos a abrir la votación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

26 votos a favor, 30 en contra, 7 abstenciones. Se rechaza la moción.

Observaciones al artículo 16.

Inciso a).

Inciso b).

Inciso c).

Inciso d).

Inciso e).

Inciso f).

Inciso g).

Inciso h).

Tiene la palabra el Doctor Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Como decía un Diputado amigo mío, el problema es que somos abogados y tenemos mentalidad legalista y comprendemos la importancia de las leyes; por eso es que a veces están los errores -como decía muy bien don Luis Sánchez- de la "y", o bien de la "o", porque no se redactan bien las leyes. En este punto señor Presidente, me gustaría que el Alto Mando de la Policía tomara nota sobre esta cuestión. Y es que al establecerse que el Director General de la Policía Nacional tiene la facultad de revisar las resoluciones administrativas, de las distintas dependencias de la Policía, se está cargando al Director General de una serie de facultades para poder resolver conflictos.

Por ejemplo, tenemos en el Reglamento de Policía el artículo 20 -que los abogados le llamamos el 20-POL-, que significa que los empleados de Policía tienen el deber de defender contra las vías de hecho a todas las personas, su libertad, su honor, su propiedad. Este es un artículo muy importante, que inicia un procedimiento administrativo. Tenemos también que la Policía tiene facultad para regular el cierre y la apertura de caminos rurales; tenemos también que la Policía tiene la facultad cuando se resuelve en la materia de tránsito, la cuestión de los daños y la resolución de los daños; tenemos también que la Policía regula cuando una cantina se pone cerca de una iglesia y se manda a cerrar un establecimiento.

Entonces, en esta Ley de Reglamento de Policía de Nicaragua que todavía está vigente, se le está dando a la Policía una serie de características, facultades, etc. Tan es así que en la famosa ley de 1873, que los abogados conocemos como el procedimiento gubernativo, los policías o los jueces de policía tienen que resolver a verdad sabida y buena fe guardada. Tal vez alguien va a decir, bueno, son bizantinismos jurídicos sobre esta cuestión, son temas jurídicos que no nos interesan. jClaro que nos interesa! Nos interesa porque debemos sacar unas leyes lógicas y sensatas, y cuando no sacamos unas leyes lógicas y sensatas y sencillamente porque alguien lleva la corriente, después vienen los errores.

Este artículo señor Presidente, es muy importante. Tan importante, que en vez de ser un solo inciso, yo diría que se estableciera un Capítulo, no una Sección, que esa palabra, ese término de Sección es absurdo, no existe en nuestra metodología jurídica; en nuestra técnica jurídica no existe la palabra Sección. Yo diría que este artículo es tan importante que debiera de haber un Capítulo o un Título que dijera: "De las Instancias Administrativas", para que pudiéramos establecer lo que en el Reglamento de Policía se llama "El procedimiento gubernativo", ya que la Policía tiene una serie de facultades, de caminos, cierre de empresas, el 20-POL de Policía, la cuestión de las sanciones, suspensiones de licencias, etc.

No lo podemos resolver, no lo podemos aprobar en un inciso corriente; se necesita establecer un procedimiento gubernativo uniforme y establecer como es que vamos a regular esas diferentes competencias. En concreto señor Presidente, mi moción posiblemente derrotada, es que este inciso h) , que es tan importante, se vea como un Capítulo o una Sección -como dicen ustedes-, "De las Resoluciones", o bien "De las Instituciones Administrativas". Yo quisiera señor Presidente, y estoy seguro que la voz calificada del Comandante Caldera o de su Cuerpo que estime conveniente, contaría o explicaría de las necesidades y las estructuras de Policía, que no podemos aislar en un solo inciso, es algo tan importante.

En concreto señor Presidente, voy a pasar mi moción; pero agradecería que usted tomara nota y que le pidiera el criterio al Comandante Caldera.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Caldera.

Tiene la palabra el Doctor Edmundo Castillo.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Como no, señor Presidente, estoy redactando la moción; pero me gustaría escuchar el criterio del Comandante Caldera, por favor.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Es que estamos ahorita aquí consultando con los compañeros de la Policía. Nosotros lo vemos de la siguiente forma: Primero, que es muy importante lo que el Diputado Castillo ha señalado; sin embargo, nosotros proponemos que quede así como está: "Revisar las resoluciones administrativas de las distintas dependencias de la Policía", y ya el desencadenamiento de cómo se manejaría la aplicación de las distintas resoluciones. La revisión, los mecanismos de revisión de las distintas resoluciones quedaron más bien de cara al reglamento de esta ley, porque es muy difícil ahorita meterse a querer definir todo eso en este proceso de discusión. Entonces, que pudiera quedar más como facultades reglamentarias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

No hay moción. Vamos al inciso i).

Observaciones al inciso i).

Observaciones al inciso j).

Observaciones al inciso k) .

Observaciones al inciso l).

Observaciones al inciso m).

Observaciones al inciso n).

Observaciones al inciso ñ).

Observaciones al inciso o).

Observaciones al inciso p) .

Observaciones al inciso q) .

Observaciones al inciso r).

Observaciones al inciso s).

Observaciones al inciso t) .

Observaciones al inciso u).

Observaciones al inciso v) .

Sometemos a votación el artículo 16. Abrimos la votación.

Lo que pasa es que yo quería votar este artículo debido a que contiene -ustedes mismos han expresado- atribuciones que se refieren a la competencia del Director General de la Policía; pero si el Plenario considera que no se debe votar, no lo votamos, retiramos la votación y vamos al artículo 17. Es que es normal reconocer.

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

Muchas gracias, Presidente.

Yo quiero reconocer su reconsideración de la votación. Intervengo para presentar un nuevo artículo 17, Presidente, lo que habíamos hablado en relación con la Jefatura Nacional de la Policía, que diría lo siguiente: "Son atribuciones de la Jefatura Nacional:

1. Proponer al Director General los planes anuales de la Policía Nacional.

2. Proponer el proyecto de Presupuesto de la Policía.

3. Revisar los planes operativos nacionales.

4. Proponer las normas y manuales internos de funcionamiento.

5. Proponer el otorgamiento de condecoraciones policiales.

6. Evaluar periódicamente el funcionamiento de los órganos y delegaciones de la Policía Nacional".

Esto resuelve ya lo que le preocupaba al Doctor Zelaya. Entonces, presento mi moción de nuevo artículo 17, a la Mesa.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura a la moción de consenso sobre el artículo 17.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ :

Artículo 17, moción de Dora María Téllez:

"Son atribuciones de la Jefatura Nacional:

1. Proponer al Director General los planes anuales de la Policía Nacional.

2. Proponer el proyecto de Presupuesto de la Policía.

3. Revisar los planes operativos nacionales.

4. Proponer las normas y manuales internos de funcionamiento.

5. Proponer el otorgamiento de condecoraciones policiales.

6. Evaluar periódicamente el funcionamiento de los órganos y delegaciones de la Policía Nacional".

Este es un artículo nuevo que estaría antes del que estaba y que aparece en el dictamen como artículo 17.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN:

A discusión la moción de artículo nuevo.

Tiene la palabra el Diputado Luis Sánchez.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Estoy de acuerdo con la moción de la Diputada Dora María Téllez, con el espíritu y el contenido de la moción de artículo 17, pero me parece que le hace falta una precisión para evitarnos confusiones . Dice:

"Son atribuciones de la Jefatura Nacional:

1. Proponer al Director General los planes anuales de la Policía Nacional.

2. Proponer el proyecto de Presupuesto de la Policía". Sólo arriba dice "proponer al Director General", y en los otros acápites no dice a quién, entonces queda un poco en el aire; habría que precisar eso. No sé si Dora María estará de acuerdo con eso. Eso sería todo Presidente, que se precise que es proponer al Director General los planes anuales, el proyecto de presupuesto tal y tal.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Yo estoy de acuerdo Presidente, con el señalamiento de Luis, y voy a hacer la corrección en la moción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario lee nuevamente la moción para proceder a votar.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de artículo nuevo:

"Son atribuciones de la Jefatura Nacional:

1. Proponer al Director General los planes anuales de la Policía Nacional.

2. Proponer al Director General el proyecto de Presupuesto de la Policía.

3. Revisar los planes operativos nacionales con el Director General.

4. Proponer al Director General las normas y manuales internos de funcionamiento.

5. Proponer al Director General el otorgamiento de condecoraciones policiales.

6. Evaluar periódicamente el funcionamiento de los órganos y delegaciones de la Policía Nacional".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Abrimos la votación.

Se abre.

Estamos en la votación del artículo nuevo propuesto por la Diputada Dora María Téllez.

Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención. Se aprueba el artículo nuevo, referente a la moción de la Diputada Dora María Téllez.

Observaciones al artículo 17 del Dictamen.

Inciso a).

Inciso b).

Inciso c).

Inciso d).

Observaciones al artículo 18, de la Sección III, Del Inspector General.

Artículo 18, inciso a).

Observaciones al inciso b).

Inciso c).

Inciso d) .

Inciso e).

Inciso f).

Inciso g).

SECCION IV, ESPECIALIDADES NACIONALES. Artículo 19.

Observaciones al artículo 19.

Observaciones al artículo 20.

Observaciones al artículo 21.

Observaciones al artículo 22.

Observaciones al artículo 23.

Observaciones al artículo 24.

Observaciones al artículo 25.

SECCION V, ORGANOS DE APOYO NACIONAL.

Artículo 26.

Artículo 27.

Artículo 28.

Articulo 29.

Artículo 30.

Artículo 31.

Artículo 32.

Artículo 33.

Artículo 34.

Artículo 35.

Artículo 36.

Artículo 37.

Articulo 38.

SECCION VI, DELEGACIONES POLICIALES.

Observaciones al artículo 39.

Observaciones al artículo 40.

Artículo 41.

SECCION VII, DE LA POLICIA VOLUNTARIA.

Observaciones al artículo 42.

Artículo 43.

Artículo 44.

Tiene la palabra el Diputado José Cáceres.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Realmente me gustaría que me diera una explicación sobre lo que llamarían la Policía Voluntaria, ya que realmente para mí, la Policía es un cuerpo castrense institucionalizado; y para mi verdaderamente la Policía Voluntaria no puede estar enmarcada dentro de un Reglamento, dentro de una ley. Yo quisiera que me explicara, es decir la Comisión, en que se basa para tener dentro de este cuerpo castrense lo que le llaman Policía Voluntaria.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas, miembro de la Comisión de Defensa.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

Yo como segundo Secretario de la Comisión perfectamente podría hacer la aclaración, pero teniendo aquí a toda la Jefatura de la Policía, yo creo que lo más propio es que sean ellos los que ilustren al Plenario. Yo le pediría al Comandante Caldera, o al Comandante Montealegre, o al que designe el Comandante Caldera, que efectivamente nos hable un poco a todo el Plenario, que ilustre acerca de lo que es la doctrina y filosofía de la Policía Voluntaria.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a concederle la palabra al Diputado Julio Marenco, previamente a la contestación del Comandante Caldera .

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Yo quería aprovechar, ya que va el Comandante Caldera a responder a esta pregunta del Diputado, más que todo como una inquietud. Este artículo 44 dice que los miembros de la Policía Voluntaria realizarán principalmente tareas de apoyo, de prevención, de vigilancia, de seguridad pública y de tránsito. La inquietud radica en lo siguiente. Se trata de que todo el cuerpo de policía, que es un cuerpo experimentado, sepa comportarse, reciba educación para comportarse en determinadas situaciones de peligro, cómo debe de actuar; y un policía voluntario que no tiene la preparación de este policía que ha recibido una educación y una práctica por años, debe andar armado en determinadas situaciones, y pudiera actuar precipitadamente, poniendo en riesgo la vida del ciudadano.

Mi pregunta es que si el policía voluntario que va a ser apoyo, prevención, que va a andar con policías de carrera, va a andar armado también. Hago esta pregunta, porque se podrían dar hechos como el caso ahí en Bello Horizonte, de que alguien pueda actuar precipitadamente por no tener la experiencia ni la preparación que tiene un policía de carrera; que un policía voluntario pueda andar armado o no. Dependiendo de la respuesta que nos dé el Comandante Caldera, yo propondría un agregado en este artículo 40, que en ningún caso el policía voluntario andará con armas de fuego. No sé qué tipo de redacción podríamos ponerle. Pero que este apoyo debe o no debe andar armado, este policía voluntario, esa es mi pregunta. Es conveniente o no es conveniente que ande armado?

La presento como inquietud Comandante; dependiendo de su respuesta haríamos la moción.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Quiero agradecer a los Diputados, que se haya introducido este tema porque me parece que es muy importante y tenemos varias observaciones que hacer. Primero, que el Decreto No. 13-47 de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, establece la creación de la Policía Voluntaria. Es decir, la Policía Voluntaria legalmente existe en Nicaragua, no es un cuerpo ilegal, nosotros lo estamos introduciendo dentro de la Ley de Policía para darle a nuestra ley un todo orgánico; nos parece que no debería estar fuera de la ley un cuerpo tan importante.

Yo quiero señalar también, que hoy en casi todos los países del mundo, aun en los países desarrollados existe el concepto de incorporación de la sociedad civil a la participación y apoyo a las labores de la Policía; porque a veces se ha querido entender como falta de profesionalidad la no participación de apoyo de la población civil en la Policía, y es al contrario; es un síntoma más bien de profesionalidad. Sin ir muy largo, en la Ciudad de Miami existe lo que se llama Miami Citizen Patrol, que es participación de la población de la Ciudad de Miami, y es una Policía además, con un gran presupuesto, con grandes recursos técnicos; sin embargo, en Miami Citizen Patrol incorpora a la población en la labores de prevención del delito y de seguridad ciudadana.

Entonces, para nosotros es importantísimo dentro del rasgo de profesionalidad, la participación de la población dentro de las labores de prevención de la Policía Nacional. Ahora bien, el elemento central aquí ha de ser -de cara a la pregunta del Diputado Marenco-, la preparación y capacitación de los miembros de la Policía Voluntaria; indudablemente que ese es un elemento que debe prevalecer para evitar que se cometan los errores y accidentes. El otro elemento que también es importante, es que en este trabajo la labor policial es un trabajo sumamente difícil, aun los mismos policías con entrenamiento, con capacitación, con conocimiento de las leyes a veces cometen errores.

Pero bueno, en general la Policía Voluntaria ha existido en los últimos años, ha existido prácticamente a lo largo de la vida de la Policía y han sido muy pocos los incidentes -yo diría escasísimos los incidentes- en que policías voluntarios se han visto involucrados en cometer delitos a la hora que están cumpliendo funciones de seguridad y prevención. Y lo otro que también quiero recalcar, es que no todos los policías voluntarios andan armados. Aquí hay muchos policías voluntarios ejerciendo sus funciones desarmados, inclusive policías profesionales que hacen labor de prevención del delito andan desarmados. Porque en parte esto está vinculado a problemas económicos de la Policía, y en parte también a una doctrina que nosotros hemos venido impulsando en la labor policial, que donde un policía pueda cumplir una función de prevención del delito y no es necesario que esté armado, no tiene por qué estarlo, aun el profesional, ya no digamos el voluntario.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Estamos en el artículo 44. Les anunciamos que tenemos en lista a Ramón Gámez, Carlos Gallo, Luisa del Carmen Larios, José Cáceres, Fidelina Rojas, Luis Sánchez, Omar Cabezas, ahí vamos a cerrar la lista.

Tiene la palabra Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

No sé si Cáceres preguntó sobre la Policía Voluntaria, si a lo mejor él no está de acuerdo que se introduzca en la ley; eso fue lo que le entendí. Yo creo que el problema no es si andan armados o andan desarmados. A mí me parece que ese no es el problema; uno de los problemas de fondo es el problema presupuestario, primero. Segundo elemento. Cubrir todo el territorio nacional para la prevención, para atacar el delito, para hacer acciones contra aquellos ciudadanos que violan la ley, y verdaderamente la Policía Nacional, su personal profesional, de acuerdo al presupuesto que tiene no puede cubrir todo el territorio. Voy a decir algunos ejemplos:

En los territorios de las zonas campesinas donde a veces sólo está un representante de la Policía, con un apoyo también de otro policía profesional, en un territorio por ejemplo de unos cinco mil, de unos diez mil habitantes, requiere del apoyo ciudadano, y yo creo que también tiene que ver esto con la transformación que se ha venido haciendo de la Policía en esta realidad nacional. O sea, la Policía es la que tiene mayor comunicación con la sociedad, por distintas razones y por el carácter mismo de la Policía y por el papel también que tiene que jugar en prevención del delito.

Y la Policía Voluntaria no es una cosa casual, o sea la Policía Voluntaria como ya lo explicaba, es una necesidad en este país; si no, lo otro que podríamos resolver es aumentar el presupuesto de la Policía para que se integren más miembros a la Policía, y en las condiciones económicas en que vive este país y que va a seguir viviendo, eso va a ser muy difícil. Fijémonos bien que le toca a la Comisión de Gobernación cada vez que discutimos el presupuesto, la Policía solicita más recursos, necesita más vehículos, necesita más combustible; en la actualidad a veces se tiene que conseguir combustible con sectores privados para poder resolver.

Esas son las realidades que tenemos en el país. Por tal razón, yo no creo que el problema es si andan armados o desarmados. Yo creo que también vamos a discutir en esta misma parte, lo que tiene que ver con el artículo 63, que tiene relación con los miembros de la Policía, los derechos que estaban contemplados en el artículo 63. Y ahí dice cuáles son los incisos que me parece que son correctamente bien analizados por la Comisión dictaminadora, con el análisis que han venido haciendo.

Pero me parece que si la discusión está en el sentido de analizar la verdadera realidad, de ver cuál es el problema de fondo y la transformación que debe tener la Policía Nacional con la sociedad civil, me parece que dejar en la ley lo que es la Sección VII, De la Policía Voluntaria, es lo correcto, porque nosotros no podemos apartar una realidad y lo que es de hecho hay que hacerlo de derecho. Por tal razón, me parece que la Comisión en el análisis que hizo con el articulado que tiene, se corresponde con la realidad, tanto de la Policía como la realidad a nivel nacional.

Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Raúl Venerio.

DIPUTADO RAUL VENERIO GRANERA:

Gracias, Presidente.

Yo quería brevemente hacer dos acotaciones en cuanto a la inquietud que tenía mi querido amigo Diputado Julio Marenco.

En primer lugar, en el artículo 42 se señala claramente que para ser miembro de la Policía Voluntaria, se tiene que pasar previamente un proceso de selección, preparación y juramentación, aceptando las condiciones del servicio, etc. Es decir, debemos entender que la Policía Voluntaria tiene un entrenamiento y una preparación operativa para poder servir de apoyo a los policías regulares en las diferentes misiones que cumplen.

Yo creo que también es trascendente señalar la importancia que tiene el cuerpo de Policías Voluntarios en la Policía Nacional, en un país como Nicaragua, inclusive existiendo -como señala el Comandante Caldera- en países desarrollados estos cuerpos de policías que auxilian a la Policia regular. Para poner un ejemplo que nos pueda venir a ilustrar un tanto la importancia que este Cuerpo tiene en los países, según las Naciones Unidas, por ejemplo en los países desarrollados existen algunos parámetros, algunas cifras de policías voluntarios o policías regulares por cada cien mil habitantes.

Aquí se señala que en los países desarrollados -entendiendo como países desarrollados países que tienen cuerpos de policías debidamente equipados, con un fuerte y sustentoso presupuesto-existen doscientos cincuenta policías por cada cien mil habitantes.

Yo quisiera llamar la atención a los compañeros parlamentarios en este sentido, que creo que es importante irlo entendiendo para comprender la importancia que tiene el cuerpo de Policías Voluntarios. En los países subdesarrollados, por cada cien mil habitantes se presume que debe haber trescientos setenta y cinco voluntarios; y en casos de países como Nicaragua, donde tenemos una Policía con un presupuesto francamente raquítico, tenemos ciento cincuenta y siete policías por cada cien mil habitantes.

Entonces, esto creo que nos debe llamar la atención a los parlamentarios, para darnos cuenta de la importancia que tiene la Policía Voluntaria de asistir a las diferentes misiones que cumple la Policía Nacional. De aquí también se desprende que lógicamente a medida de que esta Asamblea Nacional y la capacidad que tenga el país para darle mayor presupuesto a la Policía regular, pues lógicamente en esa medida vamos a tener o se va a tener la posibilidad de reducir el número de policías voluntarios.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Carlos Gallo.

DIPUTADO CARLOS GALLO OSEJO:

Gracias, Presidente.

Sobre este punto de la Policía Voluntaria, quiero expresar algunas consideraciones que espero no vayan a ser siempre calificadas cono peligrosas, cuando se presentan iniciativas que realmente tienen una naturaleza de duda sobre la propuesta que está en este articulado. Primero, pienso que el orden público no es un asunto que es monopolio o de exclusiva responsabilidad de la Policía Nacional. El orden público se construye con la participación de instituciones como la Policía Nacional, pero también el conjunto del Estado y fundamentalmente de la ciudadanía, que tiene que aportar a la construcción de un orden público.

Por lo tanto, entiendo que la Policía Voluntaria ha aparecido como una necesidad frente a los problemas que una institución enfrenta, de escasez de recursos y a veces de tareas que realmente requieren del concurso de la población; pero también es una verdad que nosotros conocemos hechos donde se ven involucrados agentes y miembros de la Policía Nacional. Y de la manera en que está incluso aquí redactado este artículo, señala que cumplen tareas de apoyo, pero que también tienen la condición de agentes de la autoridad, a fin de garantizar el orden y la seguridad ciudadana.

Yo creo que necesitamos realmente encontrar la salida, que no sea la de darle ese status a la Policía Voluntaria. Yo no creo que se vaya a ideologizar este punto y que se vea como una propuesta de restringir las facultades de la Policía Voluntaria, como una posición política, como afectar los intereses de la institución. Pero aquí nosotros encontramos que en un Municipio existe un Jefe de Policía, con cinco policías que son parte de la institución y que recurre a pedir diez, quince policías voluntarios, de los cuales después se pierde el control, la jurisdicción de estos agentes y que funcionan también igual que otros agentes de orden público, donde por la escasa calificación o profesionalización, se cometen abusos de autoridad y hasta afectaciones en la vida de los ciudadanos.

Yo tengo en mi memoria dos hechos recientes en la ciudad de Managua, donde se han visto involucrados policías voluntarios. Entonces quisiera Presidente, centrar el espíritu de esta propuesta. Si lográsemos aquí una reglamentación que evite por ejemplo el que anden armados realmente; y segundo, dejar ahi expuesto cuáles son las responsabilidades que asume la institución para calificar, para lograr también profesionalismo en la conducta de los agentes del orden público que están de apoyo a la Policía Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Están apuntados los Diputados: Luisa del Carmen Larios, José Cáceres, doña Fidelina Rojas de Cerda, Licenciado Luis Sánchez, Omar Cabezas Lacayo y Andrés Robles Pérez; se cierra con Andrés Robles Pérez.

Tiene la palabra Luisa del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:

Gracias, Presidente.

Realmente yo tengo una pregunta y una reflexión sobre este asunto. Estamos entrando precisamente a tratar de prevenir el delito y hacer más cívica la participación de todos los ciudadanos frente a la responsabilidad de prevenir el delito. Lo que preguntaba el colega don Julio Marenco, sobre si debían estar armados o no debían estar armados, yo me pongo en su lugar y sobre la base de que han habido algunos casos en que policías voluntarios se han visto involucrados en algunos incidentes, y esto como que no cubre el nivel de la responsabilidad cuando se dice que era un policía voluntario. Ese es el caso.

Por lo menos yo conozco de uno que ocurrió en el sector donde yo resido, y después no hubieron responsabilidades. Por supuesto que también estamos en la vía de prevención, estamos pendientes de capacitar a esos elementos, a los cuerpos policiales o a la Policía Voluntaria, que obedece a esos niveles de prevención. El que anden o no armados, como decía Ramón Gámez, si debe preocuparnos. Se trata de plantearnos cuáles van a ser los niveles de control frente a esta situación; cómo hacer que la ciudadanía sienta la confianza adecuada y el nivel de protección que se le está dando a través de estar dentro de su sector o dentro de los niveles donde se mueve un policía voluntario.

Cuántas serían más o menos, para conocer, porque estoy clara que van a tener que expresar sobre el aspecto interno, pero por lo menos tener una visión más global de que estamos pensando en esta materia y cuáles van a ser los grados de control, prevención, preparación y compromiso incluso a los que se tengan que determinar. Y también como decía Ramón Gámez, aquí cuando uno se pone a revisar el número de incisos en los cuales se tocan sus limitaciones, la lógica es que si vamos a estar de acuerdo con ello porque van a prestar un servicio a la sociedad, deben ser al menos remunerados dentro de las cuestiones más básicas, más sustantivas.

Pero también estamos en este país con la visión presupuestaria. Cuando esto entra a tocar lo que es el nivel de presupuesto, generalmente uno supone que esto va a tener un peso, y la verdad es que no quisiera creer que ya se está pensando en la posibilidad de hecho; cada vez que tocamos términos económicos, niveles de tener presente esta situación, pues también tenemos la amenaza de un posible hecho. Y finalmente aquí hay algo que también es importante que nos digan, aunque es al final.

Aquí se nos ha reseñado que la Policía Voluntaria ya está incluso creada por un decreto, aquí con esta ley la estamos ratificando; si ese decreto existe la estamos ratificando. Pero al finalizar esta ley, hay una disposición que dice: "Todo lo que se le oponga". Entonces yo quisiera que si fuese así, no van a haber después incompatibilidades a la hora de la aceptación de este Capítulo, tal y cual está siendo presentado.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Va a presentar alguna moción, Diputada?

Tiene la palabra don José Cáceres Vásquez.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Todos los oradores que me antecedieron han dado algunas indicaciones sobre la materia. Realmente yo no estoy, y no es que no esté de acuerdo con la existencia de la Policía Voluntaria; pero realmente lo que aquí en esta ley debe quedar claro es que exista una manera de identificación, lo que es un policía de línea, un policía fijo, un policía que realmente es un policía de carrera; no es que vaya a pegar carrera, sino de una profesión, que realmente sea esa su carrera profesional, de policía. Un policía realmente que vaya a servir de apoyo, que sea identificado con un uniforme diferente al de la Policía profesional, para que de esa manera se identifique ante la sociedad civil.

Yo estoy completamente de acuerdo en que incluso debe llevar un distintivo. Y lo que realmente me gustaría es que durante esté en servicio de apoyo, que porte su arma de reglamento; pero que durante ese policía no esté en funciones, no tiene permiso de andar armado, porque eso podría poner en mal nombre a un cuerpo castrense, a un cuerpo armado como es la Policía, que está evidentemente al servicio de la sociedad civil. De tal manera que por eso yo voy a presentar una moción y la voy a firmar, para que le dé lectura el Secretario.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Por favor, pase a la Mesa la moción cuando la tenga redactada. Tiene la palabra doña Fidelina Rojas de Cerda.

DIPUTADA FIDELINA ROJAS DE CERDA:

Gracias, señor Presidente.

No estoy tan de acuerdo en la creación -que ya está creada la Policía Voluntaria-, primero, porque en la Policía Voluntaria hay gente que no ha sido escogida por currículum ni por recomendación de personas honorables; he visto en algunos lugares que la gente corre a meterse a la Policía Voluntaria, gente que afecta mucho a la sociedad. Señor Presidente, yo quiero preguntar si esta Policía Voluntaria va a estar sujeta al mandato de nuestra Constitución Política, el artículo 97 dice que debe ser apolítico, apartidista, obediente y no deliberante.

También he visto a esos que dicen ser policías voluntarios que andan participando en política; yo no sé si es porque mal los han formado o no están formados todavía, sólo tienen el título. Qué pasa cuando a veces estos jóvenes o personas ya adultas les da la Policía un mandado que hacer, vestidos de policías y armados? Llegan a los andenes de donde viven, no dan la circulación libre en los andenes, sino que cruzan la motocicleta mientras ellos están almorzando, tomando guaro, eso porque yo los he mirado; están bebiendo guaro, están disgustándose y hablando palabras feas ahí delante de todo mundo que los está mirando.

Y además cuando ya están pasaditos de tragos comienzan a volar balas, poniendo en serio peligro la vida de niños que circulan por los andenes y a la gente que está quietamente en su casa. Yo quisiera saber señor Presidente, si la Policía va a tener el cuidado de escoger para la Policía Voluntaria a gente honorable, que sea gente respetuosa de las leyes y de la Constitución, que sean hombres o jóvenes o mujeres -porque ahora veo bastante mujeres- que por lo menos se porten bien en su casa, porque si en su casa no se portan bien, mucho menos que le van a dar buen trato a la ciudadanía. Me parece que a pesar de su voluntariedad, deben comportarse correctamente. Me gustaría que nos explicaran eso para tomar mi decisión de votar a favor o en contra.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

A solicitud del Comandante Fernando Caldera, se le da la palabra.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias.

Nosotros queremos insistir en lo siguiente. Para nosotros constituye una necesidad real de trabajo la Policía Voluntaria. De cara a la pregunta que hacía ahorita la Diputada Rojas, yo quiero decir lo que en el artículo 42 se contempla: "Previo proceso de selección", eso significa que tiene que ser escogido entre las personas más notables de la población, preparación y juramentación. Nosotros del volumen de quejas que la Policía recibe en cuanto a errores, violentaciones a los reglamentos y leyes, la verdad es que de los miembros de la Policía Voluntaria es el menor volumen de quejas que recibimos; recibimos muchísimas más quejas de parte de los mismos profesionales que de las fuerzas voluntarias. Eso está en los archivos nuestros, el volumen de quejas, esa es la verdad.

Pero qué pasa? El voluntario es una persona que trabaja temporalmente, no es permanente, y actúa en respaldo a las labores de la Policía. Si en un país desarrollado esta participación ciudadana es una necesidad, en una Nicaragua como la que tenemos, con una Policía como la que tenemos, con las dificultades que tenemos, se vuelve una necesidad mayor. Yo quiero insistir en eso, el coartar la participación ciudadana de las labores de prevención del delito, sería una cuestión sumamente riesgosa para las labores que la Policía hace.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Licenciado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Muchas gracias, señor Presidente.

Presidente, aunque en nuestro Sistema legislativo parlamentario no existe el procedimiento de suspensión de debate y leyes, esto es una decisión, una voluntad solamente de la Junta Directiva y aun del Presidente; sin embargo, a mí me parece que sería aconsejable suspender este debate y voy a argumentar rápidamente el porqué. Con este tema estamos llegando de nuevo a la naturaleza de la Policía, de la institución policial. Pero no solamente a eso, sino también a uno de los problemas cardinales de la situación que vive actualmente Nicaragua, el problema de la inseguridad, el problema de orden público, el problema de las garantías que necesita la población pacífica, civil, trabajadora o desocupada, pero honrada y pacífica, para convivir adecuadamente.

Es obvio, es evidente, es comprensible que la institución policial actual no tiene capacidad material, numérica, aunque pueda tener mucha, muchísima Buena voluntad para cumplir las funciones que le atribuye, que le da la Constitución y el ordenamiento legal y su propia razón de existencia.

De manera que se ve lógico, comprensible, necesario, que haya algún mecanismo de complementación a la Policía para que pueda medianamente atender el cumplimiento de sus responsabilidades. Yo pienso que el hecho de que una persona use indebidamente un arma de fuego en contra de otra, no se debe a que si tiene o no tiene un entrenamiento o una preparación técnica o profesional, policial o militar. No, hay muchísimas personas.

Es más, la mayoría de la gente que ahora en este país usa armas de fuego o armas cortantes en contra de otras personas, no tienen absolutamente nada que ver ni con la Policía ni con el Ejército; o ciudadanos comunes y corrientes o delincuentes o pandilleros, etc. No es ése el problema. Si de eso se tratara, me parece que la ley a lo sumo, lo que habría que hacer es ampliar las condiciones, los requisitos de entrenamiento, de selección del personal que va a ejercer la función complementaria de policía voluntario, porque está señalando ahí que tiene que pasar por un proceso de entrenamiento, de preparación. Quizás habría que mejorarlo, porque en todo caso la Policía, a mi juicio, necesita esos mecanismos de complementación.

El problema es el orden público, y por eso decía que esto tiene que ver con la naturaleza de la institución policial. El problema de la Policía es que ella es la única encargada de velar por el orden público, y no, toda la sociedad, todos nosotros estamos obligados a velar por que haya un orden en términos generales. Es una acción, a mi juicio, recíproca; el policía no debe tener solamente una función represiva, aun cuando una de sus funciones es represiva, porque tiene que perseguir, combatir y castigar el delito; pero también tiene funciones de prevención y eso quiere decir educativo, pedagógico, tiene que tener entonces aceptación de parte de la comunidad.

La ciudadanía debe sentirse representada y protegida por el policía, al que le debe respetar y no temer; el único que tiene que temer al policía es el delincuente. Pero el ciudadano pacífico, común y corriente, lo que tiene que hacer es respetar, confiar en el policía, que no solamente es un instrumento para combatir el delito, sino también para educar a la comunidad, para contribuir a la formación cívica, a la responsabilidad ciudadana de la gente. Yo conversaba este tema con mi amigo el Diputado Carlos Gallo, que tengo aquí a la derecho, donde se ubica ahora habitualmente y le decía: Bueno, pero si vas a sustituir la Policía Voluntaria tenemos que crear algo, un mecanismo, un instrumento que sirva para esa función complementaria.

De manera que es un problema, a mi juicio, bastante serio, profundo; a mí me gustaría por ejemplo, conocer datos estadísticos, cuál ha sido el comportamiento, cuál es el resultado, cuáles han sido los efectos del ejercicio de la Policía Voluntaria en Nicaragua en los últimos años, cómo comparativamente se puede valorar ese comportamiento, ese efecto en relación con otros países, de manera que podamos tener, como dice doña Fidelina, una mejor comprensión de este problema que no es sencillo sino que es profundo, para tomar una decisión adecuada. Yo comprendo las preocupaciones, reservas de algunos colegas que representan un sentimiento de cierto sector de la población muy importante, pero hay que balancear aquí ese sentimiento, esa reserva, con las necesidades de otro orden que nos permitan contribuir a que verdaderamente por medio de esta ley vamos a ayudarle a la población, a la ciudadanía a recuperar su confianza, su tranquilidad, su estabilidad por medio de la preservación del orden público.

Por eso es que Presidente, reconociendo y determinando que no hay aquí suspensión sine die de debates porque lo solicita un Diputado, que debería de haber; sin embargo, yo les recomiendo, les sugiero que suspendan el debate y que nos permitan ilustrarnos en esta materia, y luego venir a decidir sobre tan importante asunto.

Muchísimas gracias, señor Presidente, y perdone el abuso de haber hablado tanto en este punto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JAROUIN ORTEL:

Vamos a comprobar el quorum.

Por favor, vuelvan a activar sus aparatos.

67 Diputados presentes.

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

Estaba escuchando con atención la intervención de doña Fidelina y el Diputado Luis Sánchez. Yo creo que la naturaleza de la Policía, Presidente, ya quedó claramente establecida en el artículo 1, en el artículo 2 y en el artículo 3, ahí está la naturaleza institucional de la Policía. Así que yo no veo por qué tengamos que discutir o suspender la discusión, porque estemos entrando a la naturaleza de la Policía, si esto ya quedó claramente establecido en el artículo 1, en el artículo 2 y en el artículo 3.

Alrededor del tema que nos ocupa, que es la Policía Voluntaria, yo quiero insistir en recordar que no estamos discutiendo si creamos o no, queridos colegas, la Policía Voluntaria, sino que estamos discutiendo si la incluimos en esta ley, que es una suerte de Código policial, y/o hacemos esta ley de la Policía y dejamos en el Decreto de la Junta de Gobierno del 83, si no me equivoco, a la Policía Voluntaria, o tomamos la decisión de eliminar la Policía Voluntaria, que es la impresión que tengo de alguna intervención.

No estamos discutiendo si creamos o no la Policía Voluntaria, es si la reglamentamos y queda en esta nueva ley moderna, contemporánea de la Policía Nacional; o creamos esta ley contemporánea, moderna que está a tono con cualquier ley de policía de América Latina y de Europa, y al mismo tiempo dejamos un parche alrededor de la Policía Voluntaria con una ley de 1983. Ese es el tema que nos ocupa. Alrededor de la bondad de la existencia de la Policía, yo quisiera decir que la Policía Voluntaria no es solamente por incorporar a la sociedad civil con una filosofía de democratizar la Policía, como se hace en otros países, en Costa Rica, que hay Policía Voluntaria, en Miami, en Venezuela.

Para mí, la naturaleza de la Policía Voluntaria es que este país con este Producto Interno Bruto, este país con esta recesión económica, esta Asamblea Nacional todos los años nos vemos entre la Virgen y San José, entre Dios y María cuando vamos a aprobar el Presupuesto General de la República, porque la ciudadanía reclama presupuesto para la educación, y la ciudadanía reclama presupuesto para salud, y la ciudadanía se queja de que no hay la debida seguridad ciudadana.

Los productores dicen que los secuestran a cada rato; la Cámara Americana pidiendo recursos por la inseguridad que hay aquí, el Consejo Superior de la Empresa Privada pidiendo recursos para la Policía, Su Eminencia Reverendísima Monseñor Obando pidiendo recursos para la Policía, porque la inseguridad ciudadana no se aguanta. Y todos los años queridos colegas, nosotros nos vemos en la obligación de estar entre Dios y la Virgen, de si le aumentamos a Salud o si le aumentamos a la Policía Voluntaria, porque los recursos económicos son pocos y tan importante es la salud y la educación, como que se pueda producir en el campo, como que no lo asalten en un semáforo, como que no lo maten en la calle.

De ahí es que viene en los países del Tercer Mundo y en América Latina, la necesidad queridos colegas de alivianar el Presupuesto General de la República. La cuestión fiscal, lo que los contribuyentes enteran no da para que la Policía pueda dar una seguridad ciudadana suficiente; no da para que sirvan de auxiliares del sistema judicial; no da lo suficiente para que aclare el delito, uno llama a la Policía, y que no tienen gasolina, que no tienen medios para ir a ver un robo. Esas son las necesidades objetivas de creación de la Policía Voluntaria, que son gastos que no se hacen.

Y eso lo hacen en Miami, que es el coloso del Norte en materia económica, con mucha mayor razón estamos nosotros los latinoamericanos y los nicaragüenses obligados a alivianar esta situación. Esa es la filosofía de la Policía Voluntaria. Aquí el Ejército de este país, queridos colegas, la Policía Nacional de este país ha dado una increíble muestra de venir estando a tono con los tiempos modernos en este país. Quién puede negar aquí que estamos frente a unos compañeros policiales camisas celestes y pantalones azules, y es que el cambio del uniforme reflejó un increíble cambio conceptual de la naturaleza de la institución.

El profesionalismo de la Policía, su evolución, la ha reconocido Naciones Unidas, la ha reconocido el Gobierno de Estados Unidos, la ha reconocido la Policía de los Estados Unidos, las policías latinoamericanas, el INTERPOL. Sería triste que nosotros los legisladores no reconozcamos el profesionalismo y la evolución increíble que ha tenido la Policía. Y digo esto, por el discurso y la intervención de doña Fidelina que puede meter ruido, menos mal que ese discurso lo dijo el 25 de abril de 1990, pareciera que no han pasado seis años.

Pero la mayoría de los colegas de las dos bancadas, tanto lo que fue la UNO como el FSLN, creo que hemos evolucionado lo suficiente, que hemos madurado lo suficiente para reconocer en estos hombres que están ahí, en esa institución de la Policía; lo que han reconocido otros gobiernos y otros organismos internacionales policiacos y de otra naturaleza; cuando además en la ley querido Presidente, está que hay un proceso de selección; y que además no nos olvidemos que también tendrá que ser reglamentada.

Entonces, yo quiero pedirles hermanos, que si no queremos, cuando vengamos a aprobar el Presupuesto de este Octubre, que va a ser el Presupuesto que vamos a dejar para 1997... Termino Presidente, nada más diciendo que va a ser muy difícil para nosotros poder escoger en la cuestión presupuestaria, si no le damos a la Policía esa oportunidad de continuar poniéndose a tono con las otras policías del mundo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

El Secretario le dará lectura a la moción que está en la Mesa y luego procederemos a votar.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción para cambiar el artículo 44, por la siguiente redacción: "Los miembros de la Policía Voluntaria realizarán principalmente tareas de apoyo, de prevención, vigilancia, seguridad pública y tránsito, tareas que deberán llevar a cabo debidamente identificados con uniforme y distintivos propios, y tendrán condición de agentes de la autoridad a fin de garantizar el mantenimiento del orden y la seguridad ciudadana. Mientras se encuentren en cumplimiento de sus misiones, estarán sujetos a los principios fundamentales de actuación, régimen disciplinario y a las demás leyes de la República".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Abrimos la votación.

Se abre la votación.

Moción de José Cáceres.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Faltaba decir: "y el cumplimiento del artículo 97 de la Constitución Política".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto.


Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, ninguno en contra, 3 abstenciones. Se aprueba el artículo 44.

A votación el Capítulo VII.

Abrimos la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Se aprueba el Capítulo VII.

Capítulo VIII, AUXILIO JUDICIAL.

SECRETARIO JULIO MARENCO CALDERA:


CAPITULO VIII

AUXILIO JUDICIAL


Arto. 45. En la investigación del delito, la Policía Nacional ejecutará las órdenes e instrucciones que en materia de su competencia reciba de las autoridades judiciales utilizando las facultades de investigación que le otorgan las leyes y reglamentos, observando en todo momento los procedimientos establecidos en la Constitución y demás leyes de la República.

Arto. 46. La Policía Nacional en materia de auxilio judicial tendrá las siguientes obligaciones:

a) Investigar las faltas penales y los delitos de acción pública y cuando fuere requerida su actuación en los delitos de acción privada.

b) Practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para la comprobación de los delitos, faltas penales y el descubrimiento de los culpables.

c) Detener a los presuntos culpables.

d) Recoger los efectos, instrumentos y pruebas del delito, a fin de ponerlos a la orden de la autoridad judicial.

e) Auxiliar a la autoridad judicial en cuantas actuaciones deba realizar fuera de su sede y requieran la presencia policial.

f) Garantizar el cumplimiento de las órdenes y resoluciones de la autoridad judicial.

g) Cualquier otra de la misma naturaleza en que sea necesario su cooperación o su auxilio y le ordenare la autoridad judicial.

Ato. 47. La Policía Nacional deberá entregar al Juez competente el expediente investigativo, el cual deberá ser lo más completo posible para facilitar la decisión judicial y deberá contener las diligencias practicadas hasta entonces, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Auxilio Judicial.

Asimismo, remitirá a la orden del Juez competente los detenidos si los hubiere, las pruebas y objetos que provinieron del delito o estuvieran relacionadas con su ejecución.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión el Capítulo VIII, Auxilio Judicial.

Observaciones al artículo 45.

Artículo 46, inciso a); Inciso b); Inciso c); Inciso d); Inciso e); Inciso f) ; Inciso g).

Artículo 47.

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Es que en este artículo, en la parte final se habla de la Ley Judicial. Quisiera preguntarle a los juristas y a la Comisión, si existe esa Ley Judicial a la que "mandata" este artículo, porque si no existe habría que eliminarlo.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Inspector General Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

La Ley de Auxilio Judicial es la Ley 144 aprobada por la Asamblea Nacional, yo la tengo por aquí, si me dan un momentito... Está totalmente vigente y fue Ley de Funciones de la Policía Nacional en Materia de Auxilio Judicial aprobada en marzo de 1992 por la Asamblea Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Vamos a abrir a votación del Capítulo VIII.

Se abre la votación.

Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo VIII.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:


CAPITULO IX

DE LA CARRERA POLICIAL

SECCION I

NORMAS GENERALES


Arto. 48. La carrera policial estará basada en criterios de profesionalidad y eficacia. El Gobierno a través del Ministerio de Gobernación promoverá las condiciones más favorables para una adecuada promoción humana, social y profesional de los miembros de la Policía Nacional, de acuerdo a principios de objetividad, igualdad de oportunidades, méritos y capacidad.

Arto. 49. Los miembros de la Policía Nacional son servidores públicos que en virtud del nombramiento y en el ejercicio de sus funciones, prestan servicio de orden público a la comunidad nacional de forma permanente y reciben su remuneración con fondos del Estado fijados en el Presupuesto General de la República.

Arto. 50. El régimen laboral de los miembros de la Policía Nacional se ajustará a lo previsto en la presente ley, su reglamento y a las políticas generales de personal del Ministerio de Gobernación y a las especiales de la Policía Nacional, aprobadas por el Director General de la Policía.

Arto. 51. En el ejercicio de sus funciones, los miembros de las fuerzas de policía son representantes de la ley y gozan a estos efectos del carácter de agentes de la autoridad y de la protección otorgada por el Capítulo I, del Libro II del Código Penal, relativo a "Delitos contra la Autoridad y sus agentes".

Arto. 52. En los casos en que sea admisible fianza para los indiciados por delitos o faltas en contra de miembros de la Policía en servicio o aun cuando no lo estén, si la agresión es relacionada a sus funciones, el monto de la misma deberá ser el más alto imponible.


SECCION II

DE LAS RESPONSABILIDADES


Arto. 53. Los miembros de la Policía Nacional son responsables personal y directamente por los actos que en ejercicio de sus funciones profesionales lleven a cabo, y que infrinjan o vulneren las normas legales y los reglamentos que los rigen.

Arto. 54. Las Autoridades de la Policía Nacional, cuando tengan conocimiento de que un miembro de la Policía ha actuado en contravención a los principios fundamentales de actuación, lo someterán al régimen disciplinario si se tratare de faltas administrativas, o lo pondrán a la orden del Tribunal competente si se tratara de falta o delito.

Arto. 55. Los miembros de la Policía Nacional que por actos u omisiones derivados del servicio fueren encausados, permanecerán detenidos durante la secuela del proceso en las Unidades de Policía.


SECCION III

REGIMEN DISCIPLINARIO


Arto. 56. La disciplina policial se garantiza a través del estricto cumplimiento de las normas, jerarquía y principios de actuación de sus miembros, contemplados en el Reglamento disciplinario, el que será propuesto por el Director General de la Policía Nacional y aprobado por el Presidente de la República y refrendado por el Ministro de Gobernación.

Arto. 57. La Policía Nacional se sujetará al Régimen Disciplinario que garantice los principios de jerarquía y subordinación y el respeto a los principios éticos y profesionales establecidos en los Principios Fundamentales de actuación.

Arto. 58. La iniciación de una causa penal contra miembros de la Policía Nacional, no impedirá la incoación y tramitación del expediente disciplinario correspondiente, que se resolverá de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional.

Arto. 59. Las faltas y sanciones disciplinarias, así como su procedimiento, se regularán de acuerdo al Reglamento Disciplinario, el que establecerá la adecuada sanción por la infracción de los Principios Fundamentales de actuación que se mencionan en esta ley y de aquellos otros propios de una organización como la policial, estructurada, jerarquizada y disciplinada.

Arto. 60. No podrán imponerse sanciones disciplinarias sino en virtud de la previa instrucción del procedimiento disciplinario correspondiente que será oral y basado en principios de sumariedad y celeridad.

Arto. 61. El procedimiento disciplinario deberá observar las garantías precisas para el indiciado, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión en la sanción aplicada por el mando. Toda sanción tendrá la instancia de apelación correspondiente.

Arto. 62 La aplicación del Reglamento Disciplinario estará a cargo de los distintos niveles jerárquicos de la Policía Nacional, teniendo el Director General las máximas facultades de aplicación.


SECCION IV

DERECHOS PROFESIONALES


SECRETARIO JULIO MARENCO CALDERA:

Arto. 63. Los miembros de la Policía Nacional tendrán derecho:

a) A una remuneración justa que contemple su nivel de formación y especialidad, riesgo, categoría, grado, antigüedad, nivel académico y responsabilidad.

b) A la preparación personal, así como a los estudios especializados que se propongan.

c) A un Seguro de Vida obligatorio. El monto, plazos y forma de pago será determinado en el Reglamento de la presente ley.

d) Al transporte terrestre gratuito en los medios colectivos de movilización, en el ejercicio de sus funciones.

e) A un defensor en los juicios que tengan que enfrentar como consecuencia del ejercicio de sus funciones.

f) Al avituallamiento y la técnica necesaria para su presentación y seguridad personal.

g) A optar a programas de viviendas, por lo que el Estado deberá proporcionar recursos para generar políticas al respecto.

h) A optar a centros de recreación y comisariatos de uso exclusivo de sus miembros.

i) A recibir asistencia de salud a cargo del Estado, en caso que resulten heridos por actos del servicio.

j) A vacaciones anuales y al descanso semanal, permisos que por razones de urgencia, embarazo y otras que se establezcan en las leyes y reglamentos internos para el personal de la Policía Nacional.

k) A obtener promociones en el cargo y ascenso en grado de acuerdo a la Ley y al respectivo reglamento.

l) A estar afiliados al Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación.

m) A las asignaciones que correspondan por razones de servicio, tales como gastos de transporte, viáticos por alimentación, hospedaje y por razón de destino o residencia, así como todos los otros gastos, los que se ajustarán a las normas que estipule el Ministro de Gobernación.

n) Al derecho de recibir el cien por ciento (100 %) de su salario como pensión, en caso de muerte en cumplimiento del deber o a consecuencia de éste, de acuerdo a lo establecido en las leyes y reglamentos vigentes sobre la materia.

ñ) A recibir los gastos de parte del Estado relativos al funeral, en caso de muerte en servicio o a consecuencia de éste.


SECCION V

JERARQUIA


Arto. 64. La jerarquía en la Policía Nacional está determinada por el grado que ostenta el funcionario y por el cargo que desempeñe.

La correspondencia entre la jerarquía del cargo y del grado será determinada por la Ley y su Reglamento.

Arto. 65. La jerarquía que proviene del cargo o función que se desempeña es transitoria, la jerarquía que proviene del grado se adquiere de por vida, no pudiendo privarse de ella sino mediante Sentencia Ejecutoriada de autoridad competente o de acuerdo al Reglamento Disciplinario.

Arto. 66. Los grados establecidos en esta Ley son los únicos que se impondrán a los miembros de la Policía Nacional, siendo de uso exclusivo.

Arto. 67. El escalafón y grados policiales son:

1. Escalafón de Oficiales:

a) De Oficiales Generales:

Primer Comisionado.

Comisionado General.

b) De Oficiales Superiores:

Comisionado Mayor.

Comisionado.

Sub-Comisionado.

c) De Oficiales Subalternos:

Capitán

Teniente

Inspector

2. Escalafón Ejecutivo:

Sub-Inspector

Sub-Oficial Mayor

Sub-Oficial

Policía

3. Aspirante:

Cadetes

Alumnos

Arto. 68. La jerarquía de los cargos en la Policía Nacional será la siguiente:

a) Director General

b) Sub-Director General e Inspector General

c) Director, Jefe División

d) Jefe Departamento y/o Oficina

e) Jefe Sección o Unidad

f) Primer Oficial

g) Oficial

h) Ejecutivo

Los cargos establecidos en los incisos c), d) , e) , podrán contener cargos de Sub-jefes con la jerarquía del inmediato inferior.

Arto. 69. Escalafón Ejecutivo:

El ingreso a la Policía será a través de Convocatoria Pública y la clasificación en el curso correspondiente que la Academia de Policía desarrolle, en el grado de alumno con el requisito mínimo de Sexto Grado de Primaria aprobado, para el ingreso a Policía, y con Tercer Año de Secundaria aprobado para el grado de Sub-Oficial y con las promociones a los siguientes grados de este nivel otorgados por el Director General de la Policía Nacional.

Escalafón de Oficiales:

Oficial Subalterno.

El ingreso será por convocatoria pública y clasificación en el curso correspondiente que la Academia de Policía desarrolle en el grado de Cadete, con el requisito de escolaridad de Bachiller, y por promoción interna por el procedimiento de ascenso proveniente del grado de Sub-Inspector, aprobado por el Director General de la Policía.

Oficiales Superiores:

Promoción interna por el procedimiento de ascenso para el personal procedente del grado de Capitán, aprobados por el Ministro de Gobernación.

Oficiales Generales:

Promoción por el procedimiento de ascenso para el personal procedente del grado de Comisionado Mayor aprobado por el Presidente de la República.

El grado de Primer Comisionado se otorgará por el Presidente de la República al Director de la Policía Nacional. Los Sub-Directores Generales y el Inspector General recibirán el grado de Comisionado General.

Arto. 70. Para los ascensos en grados conforme esta Ley y sus reglamentos se tendrán en cuenta los criterios fundamentales, el tiempo de permanencia en el grado, evaluación positiva del mando, nivel académico, cursos para optar al grado superior y que el cargo ocupado corresponda a dicho grado. Al Director de la Policía Nacional le corresponde hacer las propuestas de ascenso en grado al Presidente de la República y al Ministro de Gobernación, según corresponda.


SECCION VI

TIEMPO MINIMO EN EL GRADO


Arto. 71. El tiempo mínimo en el grado, para ascender al grado inmediato superior, será el siguiente:

Escalafón de Oficiales:

Oficiales Generales:

a) Primer Comisionado

b) Comisionado General

Oficiales Superiores:

a) Comisionado Mayor

b) Comisionado 5 años

c) Sub-Comisionado 5 años

Oficiales Subalternos:

a) Capitán 5 años

b) Teniente 6 años

c) Inspector 5 años

Escalafón Ejecutivo:

a) Sub-Inspector 5 años

b) Sub-Oficial Mayor 4 años

c) Sub-Oficial 4 años

d) Policía 3 años


SECCION VII

SITUACIONES DEL PERSONAL


Arto. 72. La Policía Nacional está compuesta por:

Personal de Planta

Personal Auxiliar

Personal de Servicio.

Arto. 73. De acuerdo al artículo anterior se definirá al personal de la siguiente manera:

a) Personal de Planta:

Los miembros de la Policía Nacional que ingresan y promocionan en la Institución de acuerdo a lo establecido en esta Ley y están sujetos al régimen disciplinario policial

b) Personal Auxiliar:

Aquel que ingresa por contratación especial en virtud de su calidad técnica, científica o profesional y se rige bajo régimen y disciplina policial y no podrán ascender a grado mayor que el de Comisionado.

c) Personal de Servicio:

Es aquel que ingresa a través de un contrato con límite de tiempo, asignándosele una labor determinada y se rige por las Leyes laborales respectivas.

d) Al personal relacionado con los incisos anteriores le serán definidos sus cargos en la Plantilla correspondiente, de acuerdo a disposiciones del Director General de la Policía Nacional.

Arto. 74. Las situaciones administrativas en que puede encontrarse el Personal de Planta y Auxiliar de la Policía Nacional es el siguiente:

a) Servicio activo

b) Reserva

c) Comisión de Servicio Externo

d) Servicio Pasivo.

Arto. 75. Se encuentran en Servicio Activo:

Los que han sido nombrados y desempeñan un cargo previsto dentro de las respectivas plantillas orgánicas de la Policía Nacional.

Los que se encuentran en Comisión de Servicio interno en los órganos de la Policía, tanto dentro como fuera del país.

Los que disfruten de vacaciones reglamentarias.

Arto. 76. Se encuentran en situación de Reserva los que aun permaneciendo en Servicio Activo estén separados de sus cargos orgánicos, los que conservan sus derechos plenos con las excepciones que estipula el Reglamento de esta ley.

Están de reserva:

a) Como consecuencia del cumplimiento de una sanción disciplinaria.

b) Los desaparecidos en acto de servicio o con ocasión del mismo, mientras no se decrete la presunción judicial de su fallecimiento.

c) Los que padezcan enfermedad o incapacidad laboral temporal, mientras no se determine su incapacidad permanente.

d) Por causa penal que lleve consigo la separación del cargo, hasta que recaiga sentencia definitiva.

e) Por sentencia judicial condenatoria cuando la pena sea privativa de libertad por delitos culposos y no exceda de un año.

f) A petición propia cuando sea aceptado por el Jefe Superior de la Estructura correspondiente y aprobado por el Sub-Director General de la respectiva área.

g) Los desubicados por causas ajenas a su voluntad que se encuentren sin ubicación laboral.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:

Arto. 77. Se encuentran en Comisión de Servicio Externa los que bajo nombramiento o disposición Oficial presten sus servicios en otros organismos que no son la Policía Nacional, y se le acreditará el tiempo de Servicio para efectos de tiempo de permanencia en el grado, con el nivel y grado que le corresponde.

Arto. 78. Se encuentran en situación de Servicio Pasivo, para efecto de los beneficios pertinentes, los jubilados, los discapacitados y los retirados, siendo estos últimos los que por motivos expresados en esta Ley gozan del retiro y de las prestaciones definidas en ella.


SECCION VIII

NOMBRAMIENTOS, PERMANENCIA, ROTACION Y BAJAS


Arto. 79. El Director General de la Policía Nacional, sera nombrado por el Presidente de la República a propuesta del Ministro de Gobernación, entre los miembros de la Jefatura Nacional de la Policía, teniendo como requisito ostentar el grado de Comisionado General.

Arto. 80. Los Sub-Directores Generales y el Inspector General de la Policía Nacional deberán ser nombrados por el Ministro de Gobernación, dentro de los miembros de la Policía Nacional que ostenten el grado de Comisionado Mayor y Comisionado General, a propuestas del Director General de la Policía Nacional.

Arto. 81. Los Jefes de Direcciones de Especialidades Nacionales serán nombrados por el Director General de Policía, de los Oficiales en servicio activo de la Policía Nacional que ostenten grados de Oficiales Superiores.

Arto. 82. Los otros cargos de categoría de Jefes no contemplados en el articulo anterior, hasta la jerarquía de Oficial inclusive, serán nombrados por el Director General de la Policía para lo cual pedirá propuestas del Jefe Superior de la Estructura correspondiente.

Arto. 83. Los nombramientos de cargos Ejecutivos, seran propuestos por los respectivos Jefes Superiores, así como el ingreso de los cargos de Personal de Servicio y aprobados por el Director General de la Policía Nacional.

Arto. 84. La Rotación es el proceso por el cual los miembros de la Policía Nacional son trasladados de un cargo a otro de igual jerarquia o escalafón, después de haber permanecido por el periodo de tiempo determinado en la presente Ley.

Arto. 85. Promoción es el acto por el cual un miembro de la Policía Nacional pasa a un cargo de superior jerarquía o escalafón, producto del desempeño de su trabajo y la valoración del mando correspondiente.

Arto. 86. Democión es el descenso de un cargo en jerarquia o escalafón de un miembro de la Policía, después de la valoración que de su trabajo hace el mando correspondiente o que esta sea determinada por una sanción disciplinaria.

Arto. 87. El período establecido de permanencia en los cargos para los Oficiales de Policía es el siguiente:

a) El Director General de la Policía Nacional tendrá una permanencia de cinco (5) anos en el cargo y concluido este periodo pasara a Retiro, una vez nombrado el nuevo Director General de la Policía que traspasara el mando en acto solemne.

b) Los Sub-Directores e Inspector General, ocuparan su cargo por cinco años prorrogables.

c) Los Directores de los Organos de Especialidades Nacionales, Jefes de Divisiones de Organos de Apoyo Nacionales y los Jefes de Delegaciones Policiales, Departamentales y Distritos, ocuparan sus cargos por tres anos prorrogables.

d) El resto de los cargos ocupados por Jefes y Oficiales Policiales tendrá un período de dos (2) a tres (3) anos pudiendo prorrogarse según las necesidades del servicio, procurando preservar la Especialidad adquirida.

e) Concluidos los períodos estipulados en los incisos "b" al "d" del presente artículo, podrán ser trasladados a ocupar otro cargo de igual o mayor nivel, de acuerdo al desempeño de sus funciones y a los requisitos establecidos para el cargo que corresponda.

Arto. 88. Las Autoridades facultadas para hacer el nombramiento podrán ordenar la rotación, promoción, democión y baja de un miembro de la Policía de acuerdo a la Ley y su Reglamento. Cuando por razones del servicio haya necesidad de ocupar un cargo vacante, se podrá ordenar la rotación o promoción, contando con el consentimiento expreso del Oficial afectado.

Arto. 89. Causara baja en la Policía Nacional el Personal de Planta y Auxiliar, por alguna de las siguientes causas:

a) Renuncia, previo tramite de aceptación que sera regulado por el Reglamento de esta ley.

b) Haber sido condenado por la Comisión de Delitos Dolosos, y en delitos culposos cuando la pena sea mayor de un ano, mediante Sentencia Judicial firme.

c) Por acciones que afecten con su actitud al prestigio de la Institucion, contemplado en el Reglamento Disciplinario e impuesto por la Instancia correspondiente.

d) Término de Contrato.

e) Por fallecimiento.

f ) Por incapacidad permanente.

g) Por abandono de servicio.

h) Por retiro.

i) Por jubilación.

Arto. 90. No podrá ser reincorporado a la Institucion, ningún Policía que haya causado baja por haber incurrido en una 0 de las causales de los incisos b), c), f), g), h), e i), del Articulo anterior.

Arto. 91. La aprobación, reducción o aumento del numero de cargos que integran la Policía Nacional, as! como el monto salarial, sera aprobado por el Ministro de Gobernación a propuesta del Director General de la Policía Nacional, dentro del marco del Presupuesto General de la República.


SECCION IX

RETIROS Y JUBILACION


Arto. 92. Retiro, es la salida de un miembro de la Policía Nacional de los Oficiales contemplados por esta Ley, con los beneficios que ostentaba al momento de estar activo y quienes podrán ser llamados por el Presidente de la República a cumplir misiones específicas en casos extraordinarios.

Arto. 93. Causarán retiro Ios Oficiales Superiores con los grados de Comisionado General y Comisionado Mayor, cuando hayan agotado toda posibilidad de promoción y rotación en la Policía Nacional, sin haber cumplido el tiempo de servicio ni la edad requerida para la jubilación.

Arto. 94. Con respecto a lo establecido en el artículo anterior, el Ministro de Gobernación es el facultado para disponer el retiro del Comisionado General y Comisionado Mayor, a propuesta del Director General de la Policía Nacional.

Arto. 95. Los Oficiales que pasen a retiro ascenderán al grado inmediato superior como un reconocimiento de honor al desempeño de sus funciones, a propuesta del Director General de la Policía Nacional.

Arto. 96. El haber por retiro, tanto para el Director General como para los Oficiales mencionados en el artículo 90 de esta Ley, comprenderá la suma de todos los beneficios y prestaciones económicas y materiales y de seguridad que por razón de su grado y cargo que ostenta y que recibirá hasta su jubilación. Los procedimientos para la ejecución de los haberes por retiro, estarán establecidos en el Reglamento de la presente ley.

Arto. 97. La jubilación en la Policía Nacional será otorgada a sus miembros que ingresen desde el Escalafón Ejecutivo al haber cumplido veinticinco años y a los de Escalafón de Oficiales a los treinta años de servicio activo; o por razón de edad, cincuenta años para la mujer y cincuenta y cinco años para el varón, dependiendo del plazo adquirido primero.

En aquellos casos en que el miembro de la Policía adquiera el del tiempo y no la edad y solicite su permanencia en la Institución, es al Director General de la Policía a quien le corresponderá su aprobación de acuerdo a los intereses de la Institución.

Los plazos para la jubilación, a los miembros de la Jefatura Nacional no se aplicarán para poder acceder al cargo inmediato superior, o permanecer en la Jefatura Nacional por un período más.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión el Capítulo IX de la Carrera Policial, Sección I, Normas Generales.

Observaciones al artículo 48. Artículo 49. Artículo 50. Artículo 51. Artículo 52.

Sección II, De las Responsabilidades. Artículo 53, Artículo 54. Artículo 55.

Sección III, Régimen Disciplinario. Artículo 56. Artículo 57. Artículo 58. Artículo 59. Artículo 60. Artículo 61. Articulo 62.

Tiene la palabra el Diputado José Cáceres

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Es para el artículo 63, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Sección IV, Derechos Profesionales. Artículo 63.

Observaciones al inciso a).

Observaciones al inciso b).

Observaciones al inciso c).

Inciso d).

Inciso e).

Inciso f).

Inciso g).

Inciso h).

Tiene la palabra el Diputado José Cáceres.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Es que en el inciso i) del articulo 63 de esta ley, dice así: Mi) A recibir asistencia de salud a cargo del Estado, en caso que resulten heridos por actos del servicio". Me parece a mí que el policía no solamente está expuesto a recibir heridas, sino que está expuesto a recibir enfermedades de cualquier índole, por la intemperie a que está expuesto. Y yo creo que un miembro que esté con alguna enfermedad, sea del páncreas, sea del corazón, sea de cualquier índole, yo creo que no prestaría con suficiente voluntad un servicio. Por eso es que yo voy a mocionar para que se le agregue al último párrafo del inciso i) del artículo 63, y que diga: " u otras enfermedades". Nada más.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

(Corte de cinta original) ... y no necesariamente incluir en caso de resultar herido por actos de servicios, ya ahí englobaría todo y diría: "A recibir asistencia de salud permanente a cargo del Estado". Yo voy a pasar mi moción por escrito.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Ingeniero Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Es que cuando se dice, "A recibir asistencia de salud permanente", eso valdría aun si dejaran de pertenecer a la Policía; lo lógico es que esta iniciativa se indujera en otro orden, con una forma de redacción parecida a la siguiente:

"Inciso i) A recibir asistencia de salud a cargo del Estado, en caso que resulten heridos por actos del servicio o por enfermedades durante pertenezcan a la Policía Nacional".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Tanto en este punto como en los que vienen, en el inciso i) y en el: inciso 1), el régimen que está establecido, a mi juicio convierte el régimen de seguridad social integral para los policías, en un régimen de menor nivel y de menor oferta que el que se establece para el trabajador ordinario. El trabajador ordinario tiene derecho a servicios de salud por su cotización en el Seguro Social, se enferme por razones de trabajo o no se enferme por razones de trabajo; tiene derecho ahora a servicios de salud en la clínica que escoja, en el lugar que determine y lo paga con sus colillas de cotizaciones, hasta un monto determinado; derechos a consultas externas y derecho a hospitalización.

Tal como está redactado este inciso i), la asistencia de salud está disminuida para los policías, digamos sólo para los casos en que resulten heridos; tiene razón la propuesta que hace Cáceres en relación a la asistencia de salud, que debería decir: "A recibir asistencia de salud a cargo del Estado", punto. Planteo esto porque el régimen para el trabajador ordinario incluye pensión en caso de discapacidad temporal o permanente, jubilación en caso de retiro, cobertura en caso de muerte y cobertura de salud; ese es el régimen ordinario.

De aquí en adelante y sobre todo en los incisos que vienen vamos a discutirlo. El planteamiento que se hace de Régimen de Seguridad Social, es un planteamiento incompleto, a mi juicio. Entonces, yo estaría de acuerdo en que se deje en el inciso i) , claramente establecido: "A recibir asistencia de salud a cargo del Estado", punto; que no precise si es porque están heridos o si es por servicio, o si es que se enfermaron de catarro, o si es que están embarazadas, o lo que sea, simplemente el derecho de recibir la asistencia de salud.

Yo estaría de acuerdo con la moción de Cáceres en ese sentido. No sé si Iván Salvador ya se puso de acuerdo con Cáceres.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Doctor Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

En este mismo orden de ideas, de clarificar los derechos de la Policía, señor Presidente, yo hago moción para que en el inciso c) , se establezca con claridad que ese seguro de vida obligatorio debe ser pagado por el Estado, porque pareciera -si lo dejamos así como está redactado- de que pudiera ser también interpretado como que es pagado por el propio policía. Hago moción en ese sentido.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ;

El inciso 1) dice: "A estar afiliados al Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación". Este régimen, si no ha sido cambiado, es exactamente igual al Sistema de Seguridad Social que cubre a los trabajadores de Nicaragua; por consiguiente, si este Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación todavía es igual a como era antes, no tiene ningún sentido hacerle el agregado que están proponiendo para el inciso i) , porque la Seguridad Social no cubre a los heridos y por eso es que se hace esa excepción, o mejor dicho se complementa la ley, el Régimen de Seguridad Social con el inciso i).

Aquí el error es que debería de haber estado primero en el inciso i) el Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, y en el inciso 1) .hubiera estado el de la Asistencia de Salud a cargo del Estado, en casos que resulten heridos por actos del servicio. Pero si ha habido cambios, a mi me gustaría que los compañeros que están aquí representando a la Policía nos digan si cubre o no cubre el Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, todo lo que Dora María dijo que no cubre. Entonces yo solicito la opinión de los Directores de la Policía.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Tiene la palabra el Diputado Moisés Hassan.

DIPUTADO MOISES HASSAN MORALES:

Voy a formular una observación semejante a la que acaba de formular el Licenciado Téfel. Evidentemente hay que saber de que se trata o que derechos tiene un afiliado al Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, para ver si no se está haciendo aquí una cosa como albarda sobre aparejo, se está complicando un poco innecesariamente. Pero por otra parte, yo quería hacer también una observación más de fondo, si la observación esta tiene que ver con la existencia de un Régimen de Seguridad Social aparte para el Ministerio de Gobernación.

Porque si existe un Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación para cubrir cosas comunes que pueden afectar a cualquier persona, independientemente de donde trabaja, se podría también asegurar que hay razón para que exista un Régimen de Seguridad Social del Ministerio de la Construcción y Transporte, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Salud y de todos los Ministerios de este país. Este es un rescoldo de una etapa del gobierno pasado en el que todos los Ministerios querían tener su propio servicio, alegando que los servicios que prestaban las restantes instituciones del Estado no servían para nada.

Entonces, como no sirve para nada el Ministerio de la Construcción, decía el MIDINRA: yo tengo que tener mi propia unidad de Construcción. Y lo mismo decían otros. Es un rescoldo de esa etapa, y además que es una connotación porque también se origina de otra fuente, tiene una connotación un poco de casta; el Ejército ya tiene también su propio Régimen de Seguridad Social. Entonces como que se ve una especie de casta militarizada que tiene su propio servicio de Seguro Social. A me parece que todos los nicaragüenses que están empleados en el Estado o empleados en el sector privado, deben estar amparados por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.

Y no puede ser que estemos creando instituciones de Seguro Social en cada Ministerio, si se considera que sus miembros deben tener algún tratamiento especial, porque entonces todos pensaríamos que tenemos que tener un tratamiento especial.

Obviamente el caso de la Policía y el tratamiento especial que debe tener la Policía está contemplado dentro de este inciso i) , es decir, es el caso especial en el que por las características del trabajo de un policía puede resultar herido, entonces ahí se contempla un caso especial. En todo lo demás, entiendo yo, cualquier trabajador debe tener iguales ventajas o desventajas, por último, si las quiere ver en la práctica; pero al policía, hay que darle ventajas adicionales, y esas ventajas adicionales están establecidas acá.

Está claramente establecido que pueden tener, deben recibir asistencia de salud por el Estado cuando resulten heridos; y está claro que deben recibir apoyo especial del Estado en caso de muerte en servicio a consecuencia de este, que es lo que debe contemplarse. Son las únicas cosas que debe tener un policía, por encima del resto de los trabajadores del Estado o del país, para contemplar las características propias de su oficio. En resumen, tengo en esto una observación de fondo, que es cuestionar la existencia del Régimen de Seguridad Social del Ministerio del Interior así como del Ministerio de Defensa o del Ejército Nacional.

Y una observación que coincidía con la que presentaba el Licenciado Téfel, de que no tiene sentido estar hablando de recibir servicios del Estado cuando el régimen de Seguridad Social del Ministerio del Interior es parte de los servicios del Estado, porque el Ministerio de Gobernación no es ajeno al Estado nicaragüense. De manera que estas observaciones quería dejarlas formuladas y sentadas muy claramente, para ver qué consideración se le puede dar a este tipo de planteamiento.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Cerramos la lista con el Diputado Alonso Porras Díaz.

Vamos a solicitar al Inspector General de la Policía, el Comandante Franco Montealegre, hacer uso de la palabra.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Primero hay que aclarar sobre el Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, para ilustrarlos a ustedes. El Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación tiene diecisiete años de existir, nosotros hemos cotizado por diecisiete años a este régimen, y se supone que cuando salgamos jubilados ahí nos van a garantizar nuestra pensión por jubilación o por discapacidad, etc, de acuerdo a la reglamentación que existe en cuanto al régimen particular del Ministerio de Gobernación.

Habría que pensar qué pasa si este régimen desaparece, qué pasará con los diecisiete años cotizados, no sólo de los policías sino del resto de miembros del Ministerio de Gobernación, o sea es una realidad que existe, que esta ahí. Qué pasa con los dos mil quinientos pensionados que existen en este momento en este régimen, que están ahí? O sea, hay una realidad concreta que no podemos obviar, yo quería hacer esta rápida aclaración, porque existe. Por otro lado, nosotros establecimos el resto de derechos porque no están contemplados en este régimen. O sea que cuando hay un policía herido nosotros tenemos que buscar recursos de donde sea para dar esa asistencia, y queremos que esto sea una obligación del Estado.

Por eso es que establecíamos este derecho, en particular, y veíamos en la Comisión de Defensa y Gobernación la necesidad de establecer estos otros tipos de derechos, para que el policía esté seguro cuando vaya a cumplir su misión, su trabajo, su servicio a la comunidad, que actúe con toda seguridad y sepa que va a tener un respaldo institucional si es herido en el cumplimiento del deber, o que su familia va a tener un respaldo si cae en cumplimiento de su deber. Por eso establecemos esos dos, tres o cuatro derechos que van ligados a la seguridad del policía, y que envuelve una actuación de el en cuanto a su decisión de cumplir con el deber y las misiones que se le han encomendado.

Si nosotros no establecemos ese respaldo la acción del policía se vuelve tímida, aquí tenemos que respaldar; tenemos que respaldar y garantizarle al policía que va a estar cubierto, que por lo menos va a tener estas garantías.

Por otro lado, el Régimen de Seguridad Social lo que establece son pensiones, y eso no va a cargo; nosotros cotizamos el 4 por ciento mensual, y el 11 por ciento es parte de la cotización patronal que se le llama, así que ya es una obligación establecida para todos los trabajadores. Pero en este caso el policía necesita una condición especial, unos derechos especiales y son los que hemos establecido en este momento.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Me voy a explicar mejor. Tal como está redactado esto, ningún policía tiene ninguna garantía actualmente, ni siquiera cuando saliera esta ley, y yo voy a explicar por qué razón. El Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, jurídicamente no existe. Es decir, al día de hoy y al día de mañana que esta ley salga, ningún policía tiene ningún derecho consignado por ninguna ley, en una circunstancia que cualquier trabajador asalariado tiene un derecho protegido por la Ley de Seguridad Social.

No es cierto que aquí exista un Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, no hay ese régimen, no existe, no esta creado por ley, por tanto no le concede derechos a ningún policía. Eso es lo primero que hay que tener en consideración. Segundo, voy a terminar demostrando que no existe el régimen. La pensión de salud que reciben los policías no está financiada por las cotizaciones que le son deducidas a los policías, esta financiada por el Presupuesto General de la República; y el día que aquí la Asamblea Nacional decida que recorte el presupuesto de Salud el Ministerio de Gobernación, se acabaron los derechos de salud de los policías porque no están financiados por ningún régimen de Seguridad Social; eso es gravísimo.

Es decir, no depende la atención de salud de la Seguridad Social, depende del Presupuesto gubernamental. Tercero, ciertamente los policías tienen diecisiete años de cotizar, pero el Estado no, que es el empleador. Por qué? Porque el régimen no existe. El Gobierno de Nicaragua desde el año 1995, a insistencia de la Comisión Económica de la Asamblea, estableció una primera cotización para el Ministerio de Gobernación, incompleta en relación a lo que adeudaba al INSS. Para el ano 1996, se estableció por segunda vez una cotización incompleta. Que les quiero decir con eso? No hay ninguna garantía, ni legal, ni financiera que le de cobertura al régimen de jubilaciones de ningún policía. Quiero ser sumamente categórica porque no existe, y lo que se propone en el inciso i) y lo que se propone en el inciso 1) , es la prolongación de una inseguridad de régimen para el policía.

La propuesta nuestra es hacer un régimen de verdad, y yo estoy de acuerdo con lo que dice Moisés, apuntar aquí a que el policía va a estar en un Régimen de Seguridad Social que no ha sido creado, es como que le prometan una vivienda a un nicaragüense y ultimadamente un empleo; eso esta en la Constitución, que todos los nicaragüenses tienen derecho al trabajo, pero no tienen empleo. No se puede dejar aquí a los policías sujetos a un Régimen de Seguridad Social inexistente, que existe de la mera voluntad administrativa del Ministerio de Gobernación, y además incompleta, que ha estado recibiendo cotizaciones ilegalmente, que no recibe cotizaciones del Estado, que no tiene los fondos para pagar las pensiones de jubilación y pensiones por incapacidad a los policías, y que con esos fondos no está cubriendo la atención en salud.

Por eso es que en la propuesta de inciso i), yo estoy de acuerdo con lo que dice Iván Salvador, una cosa categórica que diga: "A recibir asistencia de salud a cargo del Estado", punto. Y cuando lleguemos a la parte del Régimen de Seguridad Social, entonces hay que ser más categórico todavía y decir que están en el Régimen de Seguridad Social del Estado de Nicaragua, en el INSS. Entonces me pueden preguntar a mí, y cómo hacemos con los diecisiete años de cotización? Esos son derechos adquiridos, esas cotizaciones no pueden estar perdidas, el Ministerio de Gobernación tiene que enterar esas cotizaciones al INSS y el Estado de Nicaragua tiene que poner la contrapartida que no ha puesto en diecisiete años, porque los derechos de los policías tienen que ser respetados. Ese es el problema que está en el fondo.

Otra cosa es que digamos: en consideración al riesgo que corre el policía, su jubilación será el cien por ciento del salario con el que se retiró, y la parte que no cubre el INSS la cubrirá el Presupuesto del Gobierno; excelente, no hay ningún problema. Que las discapacidades permanentes y temporales... La diferencia entre lo que cubre el INSS y el salario que devengaba el policía va a ser cubierto por el Presupuesto, tampoco hay ningún problema y tampoco representa ninguna carga financiera enorme para el Estado; es una carga financiera mínima y que además yo creo que es elemental. Esa es otra norma diferente que le garantiza al policía su situación.

Qué hacer con las pensiones en caso de guerra? Las pensiones en casos de guerra existen, porque hay transferencias que en el Presupuesto de la República se le hacen a los pensionados, no porque ese Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, que no existe, le haga transferencia ninguna.

Entonces yo propondría, Presidente, que terminemos este debate y no tomemos decisión. Tal vez habría que hacer un artículo especial dedicado a lo que son las garantías de Salud y Seguridad Social de los policías, con seriedad, y no dejarlo colgado de un hilo aquí, porque aquí están colgados de un hilo jurídica, administrativa y financieramente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUÍN ORTEL:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

Yo quisiera secundar a Dora María en el sentido de que creo que deberíamos de darnos un tiempo Presidente, creo que hemos trabajado bastante por el día de hoy y que deberíamos de descansar, continuar mañana y coger con la mente fresca esta cuestión de la Seguridad Social. Creo que es un problema bien complejo y que Dora María ha sido bastante amplia planteando los distintos aspectos que esto conlleva. Así es que yo solicitaría y secundaría lo de Dora María.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUÍN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Yo quisiera antes de tomar la palabra, saber si el Comandante quiere responderle a Dora María Téllez. Quisiera saber si quiere responderle a Dora María Téllez, y me reservo la palabra después de que él hable. Pregúntele por favor, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante de Regimiento Franco Montealegre.

FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias.

Sólo quisiera dar dos detalles. Realmente hay un problema tal como lo plantea la Diputada Téllez, que hay una ilegalidad en el Régimen de Seguridad Social y esa es una realidad que nosotros la veíamos y prácticamente la discutimos en la Comisión de Gobernación, fue uno de los puntos de mayor preocupación nuestro y de otro órgano del Ministerio de Gobernación. Esta redacción llevó el consenso de parte de la Comisión de Gobernación. Nosotros estaríamos dispuestos siempre y cuando se garanticen los derechos de los policías y se garantice también la Seguridad Social del policía, para ver cómo se hace.

Por otro lado, realmente el régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación ha recibido el 11 por ciento presupuestado todos los años, eso es lo que yo conozco; sí lo ha recibido, es entregado mensualmente por el Ministerio de Finanzas; y el otro, el 4 por ciento de parte de lo que cada uno de nosotros aporta. Pero bueno, yo creo que habría que darle vuelta. Por otro lado, para enmendar eso, en los artículos transitorios de la ley, el artículo 108 dice: "Mientras no se dicte la Ley Orgánica de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, se aplicará el Reglamento de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación".

Ese es un artículo transitorio que la Comisión vio para efectos de enmendar un poco el problema de la existencia o juridicidad de este Régimen de Seguridad Social que existe en el Ministerio de Gobernación, y concretamente funciona, como les decía yo, y los datos que les daba son datos más o menos actualizados.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Habíamos quedado en que íbamos a agotar la lista con el Diputado Alonso Porras. Dejemos el debate para continuarlo mañana, porque habíamos programado -la Junta Directiva- trabajar hasta las cuatro de la tarde. Queremos hacerles un anuncio antes de suspender la Sesión. Que la Comisión integrada por la Junta Directiva, por el Presidente de la Comisión de Comunicación, Transporte y Energía, el Ingeniero Roberto Urroz, y el Presidente de la Comisión de Reforma Agraria, Juan Galán, además del Diputado Nathán Sevilla, han llegado a un consenso con las diferentes cooperativas, es un artículo 118 referente a la Ley de Cooperativas.

El Diputado Roberto Urroz se ha comunicado con el Ministro de Finanzas, el Doctor Emilio Pereira, y se van a presentar dentro de pocos momentos aquí a la Asamblea, en una de las oficinas, porque van a consensar lo que ya lograron llegar a un acuerdo con las cooperativas. La idea es agotar y buscar el consenso, eso es lo que esta Asamblea está haciendo, está trabajando y queremos dejarlo claro, porque hoy los medios de comunicación están trabajando y diciendo que nosotros no hacemos nada por buscarle una solución al conflicto que está planteado.

Nosotros tenemos toda la buena intención y hoy en la mañana hemos estado trabajando con los cooperativistas a los cuales les decimos que agradecemos la atención que ustedes han prestado a la Comisión que ha estado trabajando.

La idea de este Parlamento es buscar siempre el consenso y darle solución a los problemas que están planteados.

Se suspende la Sesión para continuarse mañana a las diez de la mañana.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA DIEZ DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (DOCEAVA LEGISLATURA)

Buenos días estimados colegas Diputados. Estamos presentes 55 miembros de esta Asamblea Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Continua la Sesión.

El día de ayer habíamos quedado en la discusión del inciso i) del articulo 63; le hemos pedido a la Comisión de Defensa que trabaje un proyecto de moción para este inciso, a partir del inciso i) al inciso ñ) , y nosotros continuaríamos con el articulo 64.

Repito, la Comisión de Defensa buscaría cómo trabajar desde el inciso i) del articulo 63 hasta el inciso ñ); para mientras nosotros continuaríamos con la discusión en el articulo 64.

Continuamos la Sesión en el articulo 64. Le solicitamos al Secretario, Ingeniero Jaime Bonilla o a cualquiera de ellos, estar presente.

Está solicitando la palabra la Diputada Miriam Argüello. Tiene la palabra.

DIPUTADA MIRIAM ARGÜELLO MORALES:

Señor Presidente en funciones, dadas las circunstancias que se nos han quitado los Previos en esta Asamblea Nacional y que nosotros como Diputados tenemos muchas veces urgencias ante solicitudes de la ciudadanía, me permito en este momento leer, muy corto, esto que necesito para presentarlo al Plenario.

CONSIDERANDO

1. Que con fecha 10 de abril del corriente año, a solicitud de cuarenta y ocho parlamentarios, este Plenario de la Asamblea Nacional resolvió solicitar a la honorable Junta Directiva de esta Asamblea, rendir informe ante el Plenario en Sesión Especial sobre seis temas especificados en esa resolución y que una vez conocido el referido informe, se autorizaba a la Comisión Especial para investigar la corrupción en Ministerios y Entes del Estado, a examinar cualquier aspecto que dicha Comisión considerara oportuno investigar, para dejar claro la transparencia en el manejo de los fondos públicos realizados por esta institución.

2. Que han pasado tres meses de esa resolución y la Directiva no ha presentado ningún informe como lo establece dicha resolución, los suscritos Diputados mocionan: "Que se instruya al Presidente de la Asamblea Nacional, a proceder de inmediato a dar sus instrucciones a las diferentes dependencias administrativas y de transporte de la Asamblea Nacional, para que la Comisión Especial para investigar la corrupción en Ministerios y Entes del Estado, proceda a efectuar la revisión del manejo administrativo de esta Asamblea, a partir de Abril de 1990 al día de hoy.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis".

Lo amparan cincuenta y seis firmas de Diputados, cincuenta y siete firmas. Esto señor Presidente, se debe a que la ciudadanía cuestiona continuamente a esta Comisión investigadora de la corrupción, por estar investigando en las otras instituciones del Estado y no hacerlo a lo interno de la Asamblea Nacional.

Por lo tanto, pido a este Plenario votar a favor de esta moción, para que esta Comisión investigadora de la corrupción, pueda proceder de inmediato a revisar las cuentas administrativas de los seis años en esta Asamblea Nacional.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Sección V, Jerarquía.

Observaciones al artículo 64.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, yo quiero respaldar a la Doctora Argüello, porque ella está introduciendo una moción y tiene, como parlamentaria y por respeto a las cincuenta y seis firmas de Diputados que están ahí respaldando eso, todo el derecho de que esa moción sea votada por este Plenario. Pero yo quiero además referirme a otra cosa. A mi me parece que no es correcto que esta Asamblea Nacional no pase a lo inmediato a discutir el tema de las cooperativas; yo creo que la Ley de la Policía es muy importante y la hemos estado respaldando, mi bancada ha estado respaldándola plenamente, pero también creo que es importante la estabilidad del país, la tranquilidad de los ciudadanos de Managua y el derecho de los cooperativistas.

No es posible que Managua este paralizada por tres días seguidos y esta Asamblea continúe dándole las espaldas a esta situación. Mi bancada -del Movimiento Renovador Sandinista- le exige a la Junta Directiva proceder a poner en agenda de discusión el tema de las cooperativas. Yo creo que mas acuerdos con el Gobierno no van a haber aquí; ya llevamos en comisiones con el Gobierno una enorme cantidad de días y es imposible llegar a un acuerdo con él, porque está empeñado en su política neoliberal y no va a aceptar ningún tipo de entendimiento con las cooperativas. Entonces, no perdamos el tiempo y no continuemos dándole la espalda a esta realidad; le pido proceder a incluir el tema de las cooperativas y agotar el tema de las cooperativas en este Plenario.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Quiero informarle a todo el Plenario, que hay una Comisión que ayer fue nombrada, integrada por Roberto Urroz y Juan Galán, que está negociando ahorita con el Gobierno, buscando el consenso posible.

Así que por favor, no le metamos tanta presión a este asunto, porque se está haciendo todo lo posible para que llegue a una feliz solución.

Queremos informarle al Plenario, que la moción que ha presentado la Diputada Miriam Argüello vamos a discutirla ante el Plenario después que nosotros aprobemos todo y que votemos este Capitulo de la Ley de la Policía. Vamos a entrar a ese tema por el orden, porque no podemos en este momento, cuando se pidió la discusión, observaciones al articulo 64, estar mocionando por otro punto. Además, la Junta Directiva, los cuatro miembros o cinco miembros que estamos aquí, hemos acordado por unanimidad abordarlo después de esta discusión.

Observaciones al artículo 64.

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Paso Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Estoy de acuerdo en que se busque el consenso con el Ejecutivo; le agradecería al Presidente que me escuche puesto que tiene que ver con este asunto tan importante. Estoy de acuerdo en que se busque el consenso con el Ejecutivo, pero no estoy de acuerdo que eso sea de hule; por consiguiente, la Junta Directiva debe darle un término de horas a esa Comisión que está discutiendo con el Ejecutivo, para que este mismo día sea sometido el problema de las cooperativas al Plenario.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Diputado Reinaldo Antonio Téfel, usted tiene razón, pero eso lo he informado desde el día de ayer, que le había solicitado al Presidente de la Comisión de Transporte, al Presidente de la Comisión de Reforma Agraria y al jefe de la Bancada Sandinista, Nathán Sevilla, integrar una comisión y buscar el consenso con los cooperados. Ya se reunieron, ya llegaron a algo, están consensando con el Poder Ejecutivo una Comisión integrada por el Ministro de Finanzas y el Ministro del Trabajo. El día de ayer se reunieron, hoy tienen que presentar una solución al respecto; lo que pasa es que tal vez usted ayer no escuchó lo que yo había informado.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, yo creo que el planteamiento es muy sencillo: que no nos vayamos hoy los Diputados de esta Asamblea Nacional, sin votar el artículo del movimiento cooperativo y dejar resuelto eso; haya acuerdos o no haya acuerdos con el Poder Ejecutivo, deberíamos a las doce del día -lo más tarde- estar aquí en este Plenario votando ese artículo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Ingeniero Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Me da la impresión que a veces entre nosotros no nos escuchamos y como que queremos hacer bandera de un problema social que todos compartimos. El Presidente en funciones ha dicho con claridad que la Directiva está más que de acuerdo en que en el día de hoy abordemos el problema de la Ley de Cooperativas, y aprobemos la Ley de Cooperativas el día de hoy aunque nos vayamos a las doce de la noche. Pero, por favor, estamos en la Ley de la Policía y primero terminemos la Ley de la Policía y que inmediatamente después sigamos con la Ley de Cooperativas, hasta terminar la ley; y esperamos que la asistencia del día de hoy sea mucho mas que la que tenemos en este momento.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez, esperando que no haga campaña electoral.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

En primer lugar, yo creo que si lo hacen por campaña es un error político, y no por responsabilidades parlamentarias. Entonces, si esa es la resolución, yo le solicito al Plenario que también agilicemos la aprobación de la Ley de la Policía, estamos claros? Esa es la solicitud que hago al Plenario.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Alejandro Solórzano.

DIPUTADO ALEJANDRO SOLORZANO FERNANDEZ:

Desde el día de ayer estaban aquí muchas Cooperativas reclamando ya la discusión y aprobación de la Ley General de Cooperativas. Se ha discutido aquí sobre el articulo 118, donde se buscan las exoneraciones totales de toda importación...

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Diputado Alejando Solórzano...

DIPUTADO ALEJANDRO SOLORZANO FERNANDEZ:

Con el problema de las Cooperativas agropecuarias también, algunas que son muy poderosas y que importan...

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Diputado Alejandro Solórzano, estamos en la observación del artículo 64.

DIPUTADO ALEJANDRO SOLORZANO FERNANDEZ:

Si, pero es que yo quiero hacer una protesta porque no me puedo quedar callado. Las palabras de Alonso Porras en los términos que lo hace, es como diciéndole a los Diputados que porque a él se le antoja no se van a poder mover de aquí hasta que no se resuelva ese problema, y a la vez está montando una campaña electoral para ganarse el voto de los que están siendo afectados por esta cuestión de las Cooperativas; cosas falsas de parte de Alonso Porras. Yo le pedirla que actuemos como Diputados, para legislar en beneficio de todos y no para estar haciendo aquí campañas proselitistas de cara al 20 de octubre.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Observaciones al artículo 64.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

Observaciones al artículo 65.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Aquí en el artículo se menciona que "La jerarquía proviene del cargo o función que se desempeña" -en ese sentido es transitoria-, "La jerarquía que proviene del cargo se adquiere de por vida, no pudiendo privarse de ella sino mediante sentencia ejecutoriada..."

Anteriormente hemos aprobado también, a partir del artículo 65 sobre el régimen disciplinario, donde habla en el sentido de que puede dejar y cesar de sus funciones un militar -en este caso un funcionario de la policía- producto del régimen disciplinario, no necesariamente a través de una sentencia ejecutoriada.

Estamos hablando de que sentencia ejecutoriada es la que se lleva en los Juzgados. Entonces, yo nada más quería aquí que los señores miembros de la Dirección de la Policía me aclararan si un policía, por ejemplo en el caso que se dio el suceso del policía de la Estación Cuatro -que es conocido- que fue absuelto por la vía del Juzgado jurisdiccional y por la vía administrativa fue penado, en este caso perdería o no perdería el grado. Esa es una de mis inquietudes.

Porque si por la via administrativa se le encuentra culpable, creo que seria una de las razones también de cómo se perdería el grado. Simple y sencillamente para hacer la moción si se incluye o no por la vía administrativa.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

No hay moción.

Tiene la palabra el Inspector de la Policía, Comandante de Regimiento Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE:

Gracias por la palabra, señor Presidente.

Voy a tratar de explicar el artículo 65. La jerarquía de la Policía, como se dice, está establecida en dos formas. Una por el cargo, o sea cual es la función que uno desempeña, cualquiera, desde el mínimo, desde el regulador, hasta el Director General de la Policía. Y el otro es el grado que se adquiere, como lo dice más adelante, por el tiempo, por la responsabilidad que se ocupa, etc. Pero el cargo se pierde cuando es nombrado en otro cargo, cuando es trasladado, remocionado, etc.

Pero el grado también se puede perder. . . Y cuando se pierde el grado? sólo establecemos dos formas: cuando hay una sentencia ejecutoriada de un juez que dice, igual que un juez reduce mis derechos; igual en este caso, si es sometido por un delito y es sentenciado, puede perder el grado también. Entonces sería por la acción de una sentencia judicial.

Y la otra, cuando por vía administrativa disciplinaria ha cometido este policía un acto grave que pone en riesgo la institucionalidad, que va contra el mismo prestigio de la Policía, etc., de acuerdo al reglamento disciplinario que ya se dejó establecido que será aprobado por el Presidente de la República. Va a establecer cuál es la pena, cuáles son los requisitos para perder el grado a causa del reglamento disciplinario, como una sanción disciplinaria.

Estas son las dos posibilidades, y el grado no puede quedar para siempre. Aunque se cometa un delito el policía va a mantener el grado, o cuando comete una infracción grave -y esto tiene que ser muy grave- puede ser rebajado en un grado, si es capitán pasa a teniente, eso puede ser una sanción disciplinaria. No es que va a irse de la Policía porque no amerita esa sanción disciplinaria, pero sí amerita tomar una medida que sea fuerte, que sea ejemplar para mantener el prestigio de toda la institución, para sancionar de algún modo estos hechos que ha dado lugar el policía, cualquier policía que sea.

Entonces, ese es el objetivo de establecer que el grado se pierde de esta manera, no sé si con eso he explicado, si no, estaría dispuesto a ampliar más.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Observaciones al artículo 66.

Observaciones al artículo 67, Inciso 1): Escalafón de Oficiales.

Tiene la palabra el Diputado Aníbal Martínez Núñez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:

Gracias, Presidente.

Yo debo confesar mi ignorancia en asuntos militares y quiero hacer un pregunta en esto de los escalafones porque aquí veo que dice: "De Oficiales Generales, Primer Comisionado"; hay un primero y debe haber un Segundo Comisionado, y no lo encuentro en ninguna parte. Yo quisiera saber cual es la diferencia entre el Primer Comisionado y un Comisionado General; y después sigue por allá Comisionado Mayor y Comisionado, sin nada más, simple y sencillamente; y un Sub-Comisionado. Yo le rogaría al Comandante Montealegre que me haga el favor de explicarme eso.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Con gusto contestamos esta pregunta. Se definieron en la Policía los escalafones y se dejaron dos escalafones, estamos hablando de jerarquías. La policía desde el punto de vista jerárquico es piramidal, esto significa que en la cúspide está la máxima autoridad en decisión y en mando, y por tanto en esta cúspide tienen que irse planteando los cargos, el cargo de Director General, pero también a la par tiene que plantearse el grado jerárquico en que ese cargo va a ser ocupado. Entonces, nosotros empezamos que dentro de los oficiales de la Policía Nacional, va a estar compuesto por los oficiales Generales que estarían en la cúspide de esta pirámide jerárquica.

Inmediatamente después empezarían los oficiales superiores; y en la base de los oficiales de esta pirámide jerárquica estarían los oficiales subalternos, y abajo de ellos estaría el escalafón ejecutivo con los otros grados. Creo que para ilustración de ustedes, existe una tabla que se les adjuntó donde se establece esta escala; esta escala tiene que ver con la carrera policial. Entonces, el Primer Comisionado, como dice mas adelante en los nombramientos, es el Director General de la Policía, ese grado le corresponde al Director General de la Policía; los Comisionados Generales corresponden a los Sub-Directores y al Inspector General de la Policía.

Y después, y más o menos siguiendo esa escala que les explicaba, le sigue el Comisionado Mayor que serían los Jefes de Especialidades Nacionales y de Apoyo; después estarían los Comisionados y los Sub-Comisionados.

Y así llegamos a la escala de los subalternos, en la que estarían los Capitanes, Tenientes e Inspectores. Entonces, el Primer Comisionado, que es el Jefe de Director de la Policía Nacional, queremos remarcar que el grado más alto que puede obtenerse en esta escala jerárquica, es el grado más alto.

Así como en el Ejército, cuando hablamos de grados tal vez nos suene un poco más particular, hablamos de Sub-Teniente, Teniente y Capitanes, Mayores, Tenientes Coroneles y Coroneles, y después General de Brigada o Mayor General, etc., hacia arriba o General de Ejército, aquí nosotros hablamos de estos grados. La cúspide de la pirámide jerárquica la ocupa el Primer Comisionado. No sé si con esa explicación dejaría satisfecho al Diputado.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Víctor Manuel Talavera Huete.

DIPUTADO VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Gracias, Presidente.

Cuando se nos suministró la Ley de la Policía, la primera inquietud sobre los escalafones fue precisamente esta: De dónde viene el origen de estos nombres de Primer Comisionado, Comisionado Mayor, Comisionado General, Sub-Comisionado? Yo tengo entendido hasta donde sé, que en la mayoría de los países centroamericanos se mantienen los antiguos grados, y presumo que la idea general es mantener en Centroamérica los mismos grados; no sé si en algunos países de Centroamérica existen estos grados policiales dentro del escalafón de la Policía. Porque no sé de dónde viene, si es de origen español, si es de origen francés, si es de origen centroamericano, si es de origen suramericano, porque había que saber de dónde vienen estos grados policiales y el porqué de su aplicación, cuando casi siempre la costumbre en Nicaragua había sido ya los grados verdaderamente establecidos.

Quisiera una explicación de los altos jefes militares para saber el origen de estos y si existen en algunos países de América Central.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO;

Gracias, Presidente.

Es para responder la inquietud de don Aníbal Martínez, pero ya el Inspector General Franco Montealegre más o menos aclaró que esos no son, colegas, grados militares. Precisamente una de las modernizaciones que introduce esta ley, es que establece los grados policiales, que es otra cosa. La Policía durante un buen tiempo ocupó más o menos los grados que ocupaban los ejércitos; después los del Ministerio del Interior, que era otra connotación; y ahora ya estos grados son grados de una profesión moderna, que es la cuestión policial, que si bien están armados, no es una organización de carácter militar castrense clásica, sino que es una cuestión totalmente distinta; de ahí que los escalafones sean distintos.

Ya vemos que hay un escalafón superior, que los oficiales Superiores y los Oficiales Subalternos; hay otro escalafón que es el Escalafón Ejecutivo, y si mal no recuerdo empieza con su Inspector y concluye con Policía; y un tercer escalafón que es el de Aspirante, que es el muchacho cadete, que es alumno de la escuela:

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Diputado Omar Cabezas, ocupe el micrófono.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

De manera tal, que ya en los cargos están grados, que no se parecen a los grados clásicos militares porque son distintos, y hay un grado de Comisionados en General. Y obviamente como hay distintos tipos de Comisiones, al Comisionado mas importante se le llama Primer Comisionado para distinguirlo de lo que es el Comisionado General; el Comisionado Mayor o el simplemente un Comisionado; más aun de un Sub-Comisionado. Entonces, yo diría que aprobemos esos artículos tal como están, no tratemos de hacerlo con analogía comparaciones con la vida militar, que esta es otra cosa estrictamente policial.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Gracias, señor Presidente.

Pensando en las finanzas del Estado, hay aquí una cosa que me llama la atención. Si el Director General de la Policía va a ser también el Primer Comisionado, yo quiero que el Comandante Montealegre nos explique si eso involucra dos salarios, uno por Director de la Policía y el otro por Comisionado. Le agradecería que diera la palabra al Comandante Montealegre.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Primero habría que aclarar la cuestión de los nombres, que creo que lo preguntaba alguno de los Diputados. A nivel de Centroamérica existen dos países que tienen esta nomenclatura, a partir de los oficiales superiores que nosotros establecemos; o sea los nombres de los Comisionados. En el Salvador y Panamá Comisionado, Sub-Comisionado, y Comisionado General nada más que en Panamá el nombre de Sub-Comisionado no existe y se llama Mayor. 0 sea, el mismo nombre del grado militar de los ejércitos se llama Mayor, Comisionado y Comisionado General.

Por otro lado, en los Estados Unidos todos los Jefes de la Policía se llaman Comisionados y Sub-Comisionados, pero allí la organización de la Policía es diferente, no es nacional sino que es municipal, por su propia característica que tiene entonces de ahí vienen los grados que nosotros estamos utilizando. Con esto, insisto, queremos separar los grados militares, para que queden totalmente identificados cuáles son los grados policiales. Actualmente los grados que nosotros portamos se llaman Comandante, Comandante de Regimiento, etc., son grados militares y queremos romper eso. Primero, hay una cosa en la que yo quisiera insistir, para destacar los grados policiales como están aquí, y que quede distinguidas estas diferencias para todos los ciudadanos.

Por otro lado, creo que preguntaban si ganamos por los grados, ganamos por el cargo nada más y hay un complemento creo de cuarenta córdobas por el grado, a partir del grado de Sub-Teniente en este momento, pero lo que se paga es el cargo. Ahora, en los mismos derechos que ustedes aprobaron, en el artículo 63 habla del salario que debe tener el policía, que el primer inciso habla de cuál es la remuneración que debe tener el policía, y dice:

a) "A una remuneración justa que contemple su nivel de formación, especialidad, riesgo, categoría, grado, nivel académico y responsabilidad"

Cuando hablamos de esto significa que se tienen que reconocer el grado en el salario conjunto del policía. Entonces, con esto mismo yo quisiera responderle que está incluido dentro de la remuneración el reconocimiento del grado del policía. Hay una escala igual, una escala salarial, y en este momento, como decía, va de cuarenta pesos a trescientos cincuenta córdobas el grado máximo, en este momento así esta. No son dos salarios, es parte del salario y por eso está aquí; por eso les leo tal como quedó el inciso a), que fue lo primero que se planteó, la remuneración justa, y entendemos que remuneración justa es lo que está planteado aquí formación, especialidad, riesgo, categoría, grado, nivel académico y responsabilidad. Esto debe tener correspondencia, y conforma el salario único del policía.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias.

Quizás el señor Comandante Montealegre, como estaba conversando con otra persona no captó bien mi pregunta. Mi pregunta es clara y fácil de contestarla señor Comandante. Que si el Director General de la Policía tiene un salario por ese cargo, y si como Primer Comisionado tiene otro salario. Simplemente esa es mi pregunta.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Está contemplado dentro de la remuneración de cualquiera, del Director General de la Policía, que no tiene doble salario, su salario es uno. El cheque dice su salario base, su antigüedad, años de servicio, su grado y salario neto al final. El Cheque, la colilla de pago que nos dan a nosotros, dice el salario neto de esos tres, es un solo salario. No si con esto respondo a su pregunta, si no, puedo tratar de buscar otra explicación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A la orden.

Observaciones al artículo 68.

Observaciones al 69, Escalafón Ejecutivo.

Tiene la palabra Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

Es que yo quería introducir una moción en este artículo como un párrafo. Quiero explicarlo. A como estaba planteado el ingreso a la Policía, aquí uno puede ingresar como cadete o como alumno. Para ser cadete se requiere ser bachiller, y si uno sale de cadete opta directamente al grado de Inspector. Si uno sale de alumno, pues a lo sumo llegará en sus treinta años de servicio al grado de Inspector. Entonces surge esta inquietud: hombre, si alguien de tercer año de secundaria entra, ya no puede entrar de cadete porque no es bachiller, tiene que entrar de alumno; y de acuerdo a como está planteado, esta persona de tercer año de secundaria aunque se bachillera y aunque se graduara de abogado después tendría que pasar todo el proceso de los treinta años, para apenas aspirar a ser Inspector.

No existe aquí, a como quedó redactado, el estímulo a la superación técnica y educativa de aquellos que no ingresaron como cadetes, o sea de agentes de línea. Entonces, mi moción va dirigida a abrir ese espacio, alguien que no es bachiller pero si alcanza el bachillerato y se destaca como policía, pueda ser estimulado y enviado a la Academia, pudiendo entonces "bypassear", avanzar más rápidamente y no esperar los treinta años que requería para llegar a lo sumo al grado de Inspector. La moción dice lo siguiente:

"Agregar al artículo 69, en el párrafo segundo. De los Oficiales Subalternos, un párrafo que diría así: "Podrán optar además al grado de Inspector, los miembros de la Policía Nacional provenientes del Escalafón Ejecutivo con nivel académico de bachiller, y que por méritos hayan sido seleccionados y aprueben el curso de la Academia de Policía correspondiente". o sea, si un miembro del Escalafón Ejecutivo estando ya en la Policía tiene el bachillerato y se destaca puede optar a la Academia y puede optar entonces al grado de Inspector. Paso mi moción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le dará lectura a la moción.

SECRETARIO JULIO MARENCO CALDERA;

Moción del Diputado Alonso Porras: "Agregar al segundo párrafo referido a los oficiales subalternos, un párrafo que diría así: "Podrán optar además al grado de Inspector, los miembros de la Policía Nacional provenientes del Escalafón Ejecutivo con nivel académico de bachiller, y que por méritos hayan sido seleccionados y aprueben el curso de la Academia de Policía correspondiente".Alonso Porras.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Gracias, Presidente.

Es que precisamente estaba comentando aquí con unos colegas diputados, que en toda la ley no se establece el principio básico de ingreso del ciudadano nicaragüense que quiere ser policía, creo que esta es la oportunidad de establecerlo. Entiendo que se celebra un contrato; el que quiere ser policía y aprueba el examen y de acuerdo a la convocatoria, llega y firma un contrato con las autoridades de Policía, es un contrato de trabajo por un tiempo determinado, con el objeto de que pueda haber una relación de tipo laboral estado-ciudadano para ejercer ese oficio de policía o esa profesión.

Tal vez pudiéramos en este artículo de acuerdo con los señores de la Policía y con la Comisión, establecer algo que diga: "El ingreso a la Policía se hará a través de la convocatoria pública, previa clasificación que haga la Academia de la Policía y por medio de un contrato laboral que suscribirá el ingresante con las autoridades respectivas por un tiempo determinado", para poder arrancar desde esa base todo lo demás. Porque de otra manera queda como que el policía llegó ahí por inspiración divina y no se sabe como entró; no, hay que establecerlo, me parece, con el basamento jurídico necesario.

Dejo a la consideración de ustedes y del Plenario, para que amplíen esta idea que se ocurre tal vez un poco precipitadamente, porque andaba buscando en todo el proyecto de ley como era el ingreso y hasta aquí encuentro la posibilidad de establecerlo.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL;

Nosotros tenemos establecido que la forma de ingreso es a como esta en la ley, a través de la convocatoria pública, y la clasificación del curso correspondiente de la Academia de Policía, después seria el nombramiento del policía, una vez que ha clasificado, que ha pasado sus cursos para aprender a ser policía. No tenemos valorados contratos -más adelante se va a ver- para los oficiales que entran a nivel Ejecutivo y a nivel de planta, porque el compromiso es hacer carrera dentro de la Policía durante el período que está establecido aquí, que es veinticinco años para los ejecutivos y treinta anos para los oficiales.

Nosotros no entramos a la Policía para estar un año o dos años, entramos a la Policía bajo un compromiso de hacer carrera en la Policía por treinta años, y el contrato lo hacemos en cuanto está nuestro nombramiento, y tal vez sería importante y estoy de acuerdo en aclarar un poco esto; sería a través del nombramiento, después de haber pasado los cursos y clasificado en los cursos de la Academia de Policía, que inmediatamente hay un contrato.

Más adelante se habla de dos tipos de personal que habría en la Policía. Hablamos del personal de planta, que casualmente son los oficiales operativos que ingresan por este sistema, y el personal auxiliar, que sí entra por contrato y que son contadores públicos, profesionales, técnicos, pues la Policía no va a empezar a preparar un contador para meterlo después a la Policía, sino que sencillamente los contratamos; y otro, asume después de su nombramiento como policía, y ese sí tiene un contrato determinado que va a depender de la contratación misma.

Entonces, nosotros queremos hacer la diferencia entre el personal que entra por este sistema de ingreso, que pasa por la Academia, y que una vez pasada la Academia, a su nombramiento queda contratado por treinta años prácticamente, y sí es oficial, porque es una carrera. No estamos hablando aquí de un contrato temporal, estamos hablando de una inversión que el Estado está haciendo para la seguridad de todos, y esa inversión tiene que ser de largo plazo, de treinta años o veinticinco años, dependiendo de donde eI ciudadano decida ingresar a la Policía, a nivel ejecutivo o a nivel oficial.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL.

Tiene la palabra el Diputado Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS;

Precisamente señor Presidente, lo que dice el señor Inspector General de la Policía, es en lo que yo baso mi inquietud. Porque -y que me corrija la Policía que sabe por supuesto más que yo de eso- yo veo la cosa así: Se hace la convocatoria pública en los periódicos del país. Está abierta la convocatoria para ingresar a la Policía Nacional, a todos los ciudadanos entre tal y tal y cual edad, lo que sea, pueden venir a tal oficina para hacer un examen. Pasa a la Academia, la Academia examina a esa persona, a ese ciudadano que tiene por supuesto todos los requisitos previos: buena conducta, no tiene juicios, etc., está en posesión de sus derechos civiles y políticos o lo que sea, y una vez aprobado, esa academia dice:

Este señor va a ser policía porque ya tiene aprobado el sexto grado; y hasta ahí llega, ese es su rango de ingresado. O si no, si ya es bachiller, pues podrá ser sub-oficial, y en el momento que ya lo dictamina la Academia de Policía, va a firmar un contrato, porque de otra manera no hay una vinculación jurídica; porque a pesar de que hay una vinculación orgánica necesita una vinculación jurídica, alguien que va ahí y firma un contrato de que quiere ser policía, acepta el escalafón asignado y empieza a trabajar. Eso que me dice el Comandante de que es un contrato por treinta años, eso es muy difícil que suceda, porque hay que considerar que esta es una Policía pagada, no es obligatoria.

Y aquí sólo se establece señor Presidente, en el artículo subsiguiente, en el artículo 73, solamente en el Personal de Servicio se habla de un contrato con límite de tiempo. Fíjese usted en el artículo 73, inciso c), solamente esos están sujetos a las leyes laborales, ¿me explico? Ahí es donde creo que cabe una aclaración, para darle una sustentación jurídica o laboral un poco más firme a esta situación, para que podamos arrancar con buen pie, porque de otra manera no me parece, no me suena muy bien y no queda un poco firme la situación de los que ingresan.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Edmundo Montenegro.

DIPUTADO EDMUNDO MONTENEGRO:

Gracias, señor Presidente.

Siguiendo la secuencia de la exposición del Diputado Zelaya, en una reunión que tuvimos con el Comandante Montealegre y otros más, en relación con los contratos y a la forma cómo se iba a desenvolver la Policía, y la mentalidad que había de elevar su nivel profesional, dijo lo siguiente: Nosotros tratamos de que el policía pueda optar o mejorar su condición social y militar, obteniendo un puesto digamos de abogado, médico o de cualquier otra manera, e inmediatamente si a esta persona la Policía le dejaba y llegaba a obtener un puesto, este señor prácticamente estaba perdido para el Ejército, porque ya con el sueldo pequeño que ganaba en el Ejército no podría mantenerse, entonces era una persona que prácticamente se salía de la planilla, o de la planilla o del contrato.

Por eso en lo que habla el Doctor Zelaya tiene razón en cuanto a los contratos; no es como dice Montealegre, que un contrato de treinta años podría ser objeto de detener la intención o la mejora del nivel de un individuo que está queriendo mejorar su carrera; tendrían que ponerse de acuerdo para darle de alta a este hombre que obtuvo un título de doctor o de ingeniero o de cualquier otra cosa, y que ya quiere ganar más. Entiendo que el contrato no debe ser por treinta años, que deberían de limitarlo a un contrato de tiempo tal vez más práctico e indeterminado, que cualquiera de las dos partes le pueda poner fin y no estar sujeto a esa cuestión de los contratos de un tiempo determinado.

Creo que esa modificación si es que los señores la oyeron, deberían de tomarla en cuenta para que nosotros la hagamos una realidad.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Me ha llamado la atención las expresiones que decía el Diputado Zelaya; entiendo un poco la preocupación de él, sobre cuál es la modalidad o la forma de ingreso, una vez que ha sido aprobado por la Academia o que quede como policía de línea la persona que se somete. Al elaborar un contrato de trabajo, se le debe dar una naturaleza que verdaderamente se pueda apegar a las leyes y al Código del Trabajo, y eso da por ende, o llama la atención de que la Policía por pedir un aumento salarial pueda ponerse en huelga. Entonces, se desvirtúa un poco al poner un contrato de trabajo, al hacer y dejar bien claro aquí en la ley, decir que una vez salido de la Academia o en la forma de ingreso, se tiene que elaborar un contrato de diferentes significados.

Todos nosotros estamos claros de lo que es un contrato, tanto por la vía civil como por la vía laboral. ¿Entonces, qué sucede? El artículo 97 de la Constitución deja bien claro, que la Policía Nacional es un cuerpo armado de naturaleza civil; y aquí hay un híbrido, porque el sentido de su naturaleza es un cuerpo armado que al mismo tiempo es civil, y sucede que la forma de ingreso del policía es llenar una ficha para empezar la carrera policial, y no puede venir aquí más adelante a decir, bueno, hombre, ...si se ha quedado bien claro cuáles son las causales para poder salirse de esta carrera policial, etc.

Yo considero que la forma en que está establecida no cabe aquí un contrato, nada más es una formalidad, los elementos sustanciales están claros. Yo lo recogería a como está en el dictamen, porque se puede entender que yo como policía, que es una carrera, puedo más adelante, si no me siento satisfecho, ir a solicitar ante el Ministerio del Trabajo, etc., por la naturaleza misma de un contrato amparado ante la ley. Yo creo que esto se puede prestar a malas interpretaciones, y la forma es la preocupación que tiene el Diputado Zelaya, que se llena una ficha para poder empezar su carrera policial.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel Díaz.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Gracias, señor Presidente en funciones.

Es una lástima que no se nos haya explicado de acuerdo a este escalafón de orden jerárquico y del orden ejecutivo, solamente se nos dio una explicación en cuanto al primer escalafón, y podríamos decir del cargo más alto entre los Oficiales Generales, que le corresponde al Director General de la Policía; y luego los otros son nombres que realmente obedecen a una terminología muy académica-policial y no a lo que estamos acostumbrados nosotros a escuchar en Nicaragua: un Director General, un Teniente, un Capitán, un Sub-Teniente, un Inspector de la Policía.

Pero a eso de Comisionado Mayor, Comisionado, Sub-Comisionado, no se le encuentra mucho sentido; y por ejemplo en el Escalafón Ejecutivo habla de Sub-Inspector, y posteriormente dice Sub-Oficial Mayor y no dice Oficial-Mayor; habla de Sub-Inspector y no habla de Inspector; entonces habla de un Sub-Inspector Ejecutivo, después de un Sub-Oficial Mayor; y no habla de Oficial. Los Oficiales están en el Escalafón jerárquico, y este es un escalafón ejecutivo: Sub-Oficial Mayor, Sub-Oficial, otro Sub-Oficial, y policía. Por otro lado, se dice que para ser policía se necesita haber aprobado el sexto grado y tener tres años en la Academia policial. Se entiende que ésta es la persona que ingresa a la Policía, para ser policía y desempeñar ese cargo, para pertenecer a esa institucion armada de naturaleza civil.

En cuanto a las personas que por razones de conocimiento técnico o científico se les contrata para desempeñar ciertos cargos, están más bien relacionados a las situaciones de índole personal, y que la Policía Nacional está compuesta por personal de planta, personal auxiliar y personal de servicio. Del personal auxiliar, en el b) se dice que es aquel que ingresa por contratación especial por su calidad técnica, científica o profesional, se rige bajo régimen y disciplina policial, y no podrán ascender a grado mayor que el de Comisionado.

El de servicio, ingresa a través de un contrato con limite de tiempo, asignándosele a una labor y se rige por las leyes laborales respectivas. Ahí está donde se le va a pagar, cuánto se le va a pagar; es un contrato que se hace con ese personal del servicio. Naturalmente que dentro del escalafón policial, los grados y las funciones que corresponden están determinados en el régimen interno de la Policía: cuánto va a ganar por ejemplo un Teniente, un Capitán, un Sub-Teniente, cuánto va a ganar un Comisionado, cuánto va a ganar un Sub-Oficial.

En las situaciones administrativas (articulo 74), se puede encontrar el personal de planta y auxiliar de la Policía, y es el siguiente: Servicio Activo, Reserva, Comisión de Servicio Externo, y Servicio Pasivo. No les entiendo yo, como es que se puede realizar un servicio pasivo; me gustaría me dieran una explicación respecto a eso. Y lo que yo acabo de decir y de leer, podría ilustrar un poco para que sigamos adelante en la discusión de esta ley tan importante, como la otra que tenemos pendiente también; pero no debemos estar entreteniéndonos en muchas sutilezas y en muchas definiciones.

Sería bueno que se nos aclarara, cuándo es realmente que se da un contrato laboral que se refiere a este personal auxiliar o al personal de planta, que va a desempeñar una función especial y se le va a dar un grado; y además de darle un grado tiene un término; y además de tener un término, un contrato, un plazo; también tiene un salario de acuerdo con ese grado. Y la función que va a desempeñar por ejemplo un médico, un abogado o asesor, un Ingeniero, etc. Así que me gustaría que se nos diera una explicación más amplia al respecto, que le pasara la palabra al Comandante Montealegre para que nos explicara sobre este escalafón, y sobre todo hacer la diferenciación entre lo que es la Policía en línea y lo que es la Policía Auxiliar y la Policía de Planta.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE. INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Quisiera disculparme un momento, desgraciadamente estaba en otra discusión aquí y no pude escuchar todo lo que el Diputado estaba hablando. Pero según me explican, nosotros tratamos de establecer dos escalafones, a nivel ejecutivo y a nivel de oficiales, para especializar a los policías, dependiendo del área y las funciones que van a desarrollar. En el Escalafón ejecutivo están las personas o los miembros de la Policía que se van a dedicar a desarrollar y a ejecutar y a operar las funciones de la Policía: un investigador, un oficial operativo que le llamamos nosotros, un Regulador de Tránsito. Dentro de esa área ejecutiva se van a ir especializando con el tiempo y cada vez que ascienda a otro nivel de grado jerárquico, o sea de policía.

¿Para ser policía, qué se requiere en este momento? Se requiere pasar por la Academia tres meses y medio, y una vez que sale de la Academia y ha cumplido con los requisitos, se le daría de acuerdo a esta ley el grado de policía. Tres años después, de acuerdo al tiempo establecido pasaría al grado de Sub-Oficial, después de haberse preparado a este policía que estaba en escalafón anterior, y se le daría también en la Academia la capacitación necesaria; así iría subiendo en este nivel jerárquico, hasta llegar al tope de la escala ejecutiva. En este tope estaría acumulando la experiencia de todo el tiempo que gastó en ascender en los grados, más la preparación que se le tiene que dar al miembro de la policía. Entonces, aquí tendríamos dos cualidades: una que es la experiencia y otra que es la capacitación.

Estos policías a nivel ejecutivo son los que van a ejecutar las tareas de la Policía Nacional. En el Escalafón de Oficiales lo que pretendemos es especializar a los Oficiales, después que han cursado tres años en la Academia de Policía -en este momento son tres años-. Y aquí están todos los compañeros que tienen los grados y las charreteras amarillas, son compañeros que están a nivel ahorita de Cadetes, cursando tres años en la Academia de Policía, y después que ellos logren concluir esa carrera, salir con el grado de Inspector. ¿Qué queremos enseñarles a estos compañeros? Queremos enseñarles a administrar los recursos de la Policía, administrar los recursos materiales, los recursos humanos y los servicios de la Policía Nacional.

¿Cuáles son los servicios de la Policía Nacional? Servicios de Investigación, Servicios de Seguridad Publica, Servicios de Protección Personal, etc. Esos compañeros van a ascender a partir de Inspectores hasta llegar a Primer Comisionado, cuando lleguen a ser Directores Generales de la Policía. Entonces, ellos van a adquirir en cada grado que vayan subiendo, la preparación y la experiencia para administrar los recursos de la Policía. El curso de tres años se llama Administración Policial, por eso mismo. Por eso hemos establecido esas dos categorías, estos dos niveles de escalafones. No sé si con eso dejo contestada la pregunta del Diputado, si no, pues con gusto podría ampliar algo más, si se le quedó algo más.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Tiene la palabra el Segundo Vice-Presidente, Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Muchas gracias, señor Presidente.

En realidad el tema que puso a debate el Diputado conservador Doctor Fernando Zelaya Rojas, es muy interesante porque lo lógico es que cuando ingrese una persona a un cuerpo, es que firme como primera cosa un contrato, y debe ser un contrato con tiempo determinado. Voy a presentar un aspecto propiamente humano: ¿Qué pasa si yo ingreso a la Policía, y una vez ingresado a la Policía, con el enorme entusiasmo que pudiera tener, yo ya no quiero seguir en la Policía? Me van a obligar -con la buena intención del espíritu de cuerpo castrense, que tiene diez años, quince años, veinte años- a quedarme en ese Cuerpo, cuando a lo mejor no llenó mis aspiraciones, o bien considero que debo regresar por equis o ye motivos familiares.

Entonces, lo que dice el Doctor Fernando Zelaya tiene mucha razón, es necesario que la persona que vaya a ingresar, firme un contrato de tiempo determinado. Yo comprendo la preocupación de las altas autoridades en el sentido de que esa persona que ingresó a la Policía, el Estado, o mejor dicho la Policía, con la enorme escasez de recursos que tiene ya invirtió en esta persona, y ya significa un gasto de educación, un gasto de presupuesto; y ahora no nos podemos dar el lujo de decir, bueno, a esta persona la bachilleramos, por ejemplo le dimos sueldo, etc., y ahora todo mundo va a querer -como no tienen la posibilidad económica de bachillerato- hombre, van a ingresar a la Policía para que la Policía los mantenga y le dé el grado de bachillerato, y una vez recibido el grado de bachillerato, bueno, hasta aquí nomás llego, y mientras tanto la Policía perdió ese presupuesto.

Esa es la primera inquietud que hay que ver. La segunda es, ¿cuál es el tipo de contrato...? Presidente, agradecería.. .

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Por favor, queremos solicitarle a los asistentes que guarden un poco de silencio, si no la Junta Directiva se va a ver obligada a restringir los pases.

Muchas gracias.

Continúe el Segundo Vice-Presidente Edmundo Castillo.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Muchas gracias, señor Presidente en funciones.

La segunda inquietud es la que plantea el Doctor Zelaya. ¿Qué tipo de contrato? Si es un contrato laboral en el cual están incluidos todos los beneficios laborales, o es un contrato sui géneris especial que entra dentro del servicio público, entre los servidores públicos. Ese beneficio la Policía también tendría que tantearlo, porque aquí la voluntad que hay es de profesionalizar; y no sólo de profesionalizar, sino que la persona tenga estímulos económicos, estímulos morales, estímulos humanos, si no, no va a funcionar con mucha eficiencia. Esa es una realidad que debe de haber.

Después está el aspecto del retiro. En otras partes hay lo que le llaman el " discharge" voluntario de aquella persona que se quiere retirar voluntariamente, por razón de edad, por razones familiares, etc. y aunque es verdad que existe todo eso, eso está regulado en el articulo 89, en el inciso h) que habla de retiro; pero no habla de retiro voluntario, y ese retiro tiene que ser consultado con las otras autoridades. hay una serie de inquietudes que planteó el Doctor Fernando Zelaya. Y en lo que se refiere al articulo 79, de los nombramientos, permanencia, rotación y bajas; establezcamos una reglamentación un poco más clara en ese sentido, pero que vaya recogiendo ya la Policía las inquietudes para plantearlas oportunamente.

Primero es la conveniencia de un plazo; segundo, si es un contrato de trabajo o un contrato sui géneris; tercero, la posibilidad del retiro voluntario. Porque aquí habla simplemente del retiro, pero no especifica si el retiro es voluntario, y voluntario significa de su propia voluntad. Porque si voluntario significa que tiene que ser aceptado, ya esas son dos condiciones diferentes. Estas inquietudes que estamos planteando, como ustedes pueden observar, es con el interés de que saquemos esto con dos visiones diferentes; una de los representantes de la sociedad civil, y buscar un criterio indudablemente de beneficio y de lógica, pensando en los cambios de situaciones.

En concrete señor Presidente, hago la reserva especial para que cuando se vea la sección -llamada así, "sección"- 79 en adelante, incorporar los criterios que el Doctor Fernando Zelaya y otros distinguidos parlamentarios hemos planteado, para presentar digamos una moción con el visto bueno de la Policía, porque indudablemente aquí hay un criterio, una filosofía de esta Policía y la cual no queremos romper, más bien queremos darle una visión de conjunto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS;

Presidente, aquí me he propuesto redactar -un poco aceleradamente el artículo 69, tal como me parece que debiera quedar, para solucionar de una vez por todas este diferendo que ha surgido en cuanto a la redacción y en cuanto al necesario basamento legal que debe tener el ingreso policial, desde el punto de vista laboral. Me siento muy fortalecido con las expresiones de apoyo del Doctor Castillo quien es un reconocido especialista en Derecho Laboral, y que ha sido gran defensor de la Empresa Privada en los aspectos laborales. Para esta moción Presidente, para la redacción del artículo 69, le rogaría a los señores de la Policía del ala izquierda, que le pusieran atención, para ver si están de acuerdo, diría así:

"El ingreso a la Policía se hará por convocatoria pública y de acuerdo a la clasificación que verifique la Academia de Policía, previo examen a que se deberá sujetar el sustentante, cuya cualidad una vez que haya aprobado el examen será el Policía si ha aprobado el sexto grado de primaria, y el Sub-Oficial si ha aprobado el tercer año de secundaria. Una vez verificada esa clasificación, el ingresante deberá firmar su ficha de ingreso". Fíjense bien que ya le cambié el concepto de contrato de trabajo, porque hubo una observación que me hizo un estimable colega quien dijo que podíamos llevarlos incluso a la huelga, huelga de la Policía que hemos visto en otros países, que se declaran en huelga también cuando las prestaciones laborales no son adecuadas.

Pero en fin, ya no le llamamos contrato, sino que le llamamos ficha de ingreso, donde se acepta el ingreso voluntario al cuerpo de la Policía Nacional y la sujeción plena a los dictados de la Constitución Política y de las leyes de la República en materia policial. De esa naturaleza arrancaría, -me parece a mí-, con toda normalidad, todo lo demás, estos dictados de esta ley en cuanto a promociones, clasificaciones, retiros, etc; me parece que tal vez esto soluciona. Se lo voy a pasar señor Presidente, para que usted lo someta a discusión, si es del caso.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR;

Muchas gracias, señor Presidente.

Es para cumplir con los requisitos parlamentarios, pues toda moción necesita el respaldo de un Diputado. Yo respaldo la moción del Diputado Fernando Zelaya, me parece muy atinada, ese es el basamento jurídico legal del nacimiento de la contratación para ingresar a una institucion policial.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

El Secretario le dará lectura a la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Agregar al artículo 69 un párrafo segundo, en los "Oficiales Subalternos": Podrán optar, además al grado de Inspector, los miembros del Escalafón Ejecutivo de la Policía Nacional, que durante su período de servicio y por espíritu de superación alcancen el nivel académico de Bachiller, siempre y cuando hagan los méritos para ser seleccionados por la Academia y aprueben el curso correspondiente", "Ser seleccionados para la Academia", porque quien selecciona, según la aclaración que me da el mocionista, serían los mandos.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Doctor Zelaya.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Una moción de Fernando Zelaya Rojas para sustituir el encabezado, el párrafo que está después de "Escalafón Ejecutivo" y antes del "Escalafón de Oficiales", sustituirlo por la siguiente redacción: "El ingreso a la Policía se hará por convocatoria publica". Doctor Zelaya. Leo lo que el Doctor Zelaya está mocionando, para que sustituya ese párrafo que él mociona, lo que está escrito entre "Escalafón Ejecutivo" y "Escalafón de Oficiales".

La redacción que nos presenta el Doctor Zelaya es: "El ingreso a la Policía se hará por convocatoria pública y de acuerdo a la clasificación que verifique la Academia de Policía, que deberá ser para los ciudadanos que hayan aprobado el sexto grado de primaria, para la clasificación de policía; y para los que hayan aprobado el tercer año de secundaria, para la clasificación de Sub-Oficial. Una vez verificada la clasificación, el ingresante deberá firmar su ficha de ingreso, donde acepte su ingreso voluntario". Esta es la moción del Doctor Zelaya. Continúa en una segunda hoja que estaba escondida: "...acepte su ingreso voluntario y la sujeción plena a los dictados de la Constitución Política y las leyes en materia policial".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Yo quiero respaldar la moción del Doctor Fernando Zelaya, me parece que aclara bastante y ordena mejor los procedimientos de ingreso a la Policía; y a la vez mantener mi propia moción, porque no son contradictorias. Es decir, la moción del Doctor Zelaya lo que hace es ordenar de manera mucho más clara el ingreso; la moción mía lo que hace es darle posibilidad a un policía que está en el Escalafón del Ejecutivo, y si se supera en sus estudios personales, pueda avanzar mas rápidamente en la promoción de grados de lo que está establecido en la ley. Entonces respaldo la del Doctor Zelaya, y pido el respaldo de él para mi moción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a proceder a la votación de la moción del Doctor Fernando Zelaya Rojas, referente al párrafo después de "Escalaron Ejecutivo".

Se abre la votación.

Se les pide a los Diputados ejercer su derecho al voto. Están pendientes: Edmundo Montenegro, Roberto Moreno, William Ramírez, Francisco Rivera, Andrés Robles, Domingo Sánchez, Víctor Manuel Talavera, Dámaso Vargas, Nicasio Zeledón, Hernaldo Zúniga.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Se aprueba la moción presentada por el Doctor Fernando Zelaya Rojas, para sustituir el párrafo después de "Escalaron Ejecutivo".

Vamos a someter a votación la moción del Diputado Alonso Porras, referente a un segundo párrafo, después de donde está "Oficial Subalterno".

Se abre la votación.

Se les pide a los Diputados ejercer su derecho al voto. Noel Sánchez, Ubaldo Ríos, Andrés Robles, José Enrique Siles, Nicasio Zeledón, Hernaldo Zúniga. Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, ninguno en contra, 3 abstenciones. Se aprueba el agregado del segundo párrafo, moción correspondiente al Diputado Alonso Porras.

Observaciones al artículo 70, Sección VI. Tiempo mínimo en el grado.

Observaciones al artículo 71. Escalafón de Oficiales: Oficiales Superiores, Oficiales Subalternos, Escalafón Ejecutivo.

Sección VII,

Situaciones del Personal.

Artículo 72.

Artículo 73. Inciso a); inciso b); inciso c); inciso d).

Artículo 74.

Artículo 75.

Artículo 76.

Artículo 77.

Artículo 78.

Sección VIII

Nombramientos, permanencia, rotación y bajas.

Artículo 79.

Artículo 80.

Artículo 81.

Artículo 82.

Artículo 83.

Artículo 84.

Artículo 85.

Artículo 86.

Tiene la palabra el Segundo Secretario, don Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA;

Gracias, Presidente.

Quiero presentar una moción sobre este artículo 86. En el artículo 64 que ya aprobamos se determine los dos tipos de jerarquía: la jerarquía por cargo y el escalafón y grados. En el artículo 65 habla de que en la jerarquía del cargo puede ser democionado, que la jerarquía del cargo se adquiere temporalmente, mientras se ejerza ese cargo; pero la jerarquía a través del escalafón es de por vida -o sea, el grado es de por vida- y sólo puede ser democionado a través de sentencia ejecutoriada.

Este artículo 86 está de esta manera, donde define qué cosa es la democión y dice: "Democión es el descenso de un cargo en jerarquía o escalafón de un miembro de la Policía después de la valoración que de su trabajo hace el mando correspondiente o que esta sea determinada por una sanción disciplinaria". A como está redactado el 86, se refiere al cargo y al grado; y aquí se contradice con lo que hemos aprobado en el artículo 65. Por lo tanto, yo presento esta moción de redacción de este artículo 86, que diría así: "Democión es el descenso de un cargo en jerarquía, después de la valoración que de su trabajo hace el mando correspondiente o que esta sea determinada por una sanción disciplinaria.

En el caso de escalafón y grados, solamente mediante sentencia ejecutoriada".

O sea, retomando lo del artículo 65, pero diferenciando los dos

tipos de democión. Paso mi moción a la Mesa.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"Articulo 86. Cambiar su redacción por la siguiente: "Democión, es el descenso de un cargo en jerarquía, después de la valoración que de su trabajo hace el mando correspondiente o que esta sea determinada por una sanción disciplinaria. En el caso de escalafón y grados, la democión será solamente mediante sentencia ejecutoriada".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Señor Presidente, le ruego que me aclare si todavía estamos haciendo observaciones a los artículos de la Sección Octava en su totalidad. Es que quisiera hacer una observación al articulo 79, si todavía estoy en tiempo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Ya pasó, estamos en el artículo 86.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Ah, qué lastima!

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Raul Venerio Granera.

DIPUTADO RAUL VENERIO GRANERA:

Gracias, señor Presidente.

Solamente para aportar mi apoyo a la moción hecha por el colega Marenco, donde se deja clara la democión en cuanto a cargo y el requerimiento para tal; y la democión en cuanto a grados. En conclusión, señor Presidente, solamente para apoyar la moción del Diputado Julio Marenco.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Señor Presidente, yo creo que la aclaración es bien pertinente. Nosotros cuando hablamos aquí, nada más hablamos de cargos. Tal vez sugeriríamos que no se meta la parte del grado, o sea del escalafón, porque ya tiende a confundir el grado y el cargo. Cuando hablamos de democión, nosotros solo estamos hablando de la parte de los cargos, no de la parte del grado. Entonces, creo que el grado sería a como lo vimos en el otro, solo a través de sentencia judicial o el establecimiento de una sanción disciplinaria, como ya habíamos explicado. Entonces, no hay que confundir la parte del grado.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura a la moción presentada por el Diputado Julio Marenco, y procedemos a votar.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción de artículo 86 propuesta por el Diputado Julio Marenco dice: "Democión es el descenso de un cargo en jerarquía, después de la valoración que de su trabajo hace el mando correspondiente o que esta sea determinada por una sanción disciplinaria. En el caso de escalafón y grados, la democión será solamente mediante sentencia ejecutoriada".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a abrir la votación.

El Secretario le da lectura nuevamente, rogándoles que guarden un poco de silencio.

SECRETARIO ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Es una moción para sustituir lo que está escrito como artículo 86, por lo siguiente: "Democión es el descenso de un cargo en jerarquía, después de la valoración que de su trabajo hace el mando correspondiente o que esta sea determinada por una sanción disciplinaria. En el caso de escalafón y grados, la democión será solamente mediante sentencia ejecutoriada".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Abrimos a votación la moción del Diputado Julio Marenco.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

22 votos a favor, 24 en contra, 11 abstenciones.

Se rechaza la moción.

Observaciones al artículo 87.

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, estimado señor Presidente.

En la última línea del acápite a), se lee así: "...General de la Policía que traspasara el mando en acto solemne". Eso esta muy confuso. Yo hago la moción de que se lea así: "A quien traspasara el cargo en acto solemne", porque el mando no es trasferible. Paso a moción.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura a la moción de Noel Sánchez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Artículo 87, inciso a). "Que la última línea diga: "... a quien traspasara el cargo en acto solemne".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión.

Tiene la palabra la Diputada Luisa del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:

Gracias, Presidente.

Lo que pasa es que yo sí estoy de acuerdo con lo que plantea el inciso, la lógica es que estamos hablando de la Policía, la cual tiene controles en los escalafones y determina mandos. Por lo tanto, la verdad es que si es coherente con el proyecto, el traspasar el mando al nuevo Director, de manera que yo realmente asumo el dictamen tal cual está presentado.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA;

Gracias, señor Presidente.

Aquí hay un inciso que dice: "El Director General de la Policía Nacional tendrá una permanencia de cinco años en el cargo". Él ha sido nombrado para el cargo, y lo que él va a transmitir es el cargo, no es el mando. Insisto yo sobre eso.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Doctor Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Lo que pasa es que si entrega el cargo, el cesa en su funciones totalmente, y por ende se entiende implícitamente que entrega el mando; no es que el cargo va a estar por un lado y el mando va a andar por otro lado, es lo mismo. Entonces, se caería en la conclusión anterior, y el mismo Diputado había hecho la pregunta, si tenía dos salarios. Y se quedó bien claro de que es uno solo, aunque tiene dos funciones una misma persona. Es lo mismo en este sentido, al momento de entregar, entrega todo, entrega el mando a quien lo sustituye, junto con el cargo que tiene de Director General, así se entiende. Por lo tanto, yo asumo el dictamen a como está, aquí no es que va a tener el mando, y el cargo lo va a tener otra persona.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Yo me había apuntado, así que voy a hacer uso de la palabra en mi carácter de miembro o de Diputado normal y corriente; lo lógico es que el Presidente estuviera aquí, para yo estar en la llanura -como dicen- y poder intervenir.

Yo estoy de acuerdo con la moción del Doctor Noel Sánchez, por varias razones; el término de mando es un principio de autoridad, significa un imperio que se da como consecuencia, porque usted tiene un cargo, no es un mando el que vas a traspasar. Es decir, el mando en sí no significa nada, significa imperio, significa poder; es el cargo el que te da ese mando, esa dirección, esa posibilidad de conducción. En concreto, apoyo la moción y voy a pedir al Secretario que nuevamente la lea, porque no habiendo ninguna otra persona en el uso de la palabra, vamos a someterla a votación.

Secretario, por favor.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Entonces el inciso a) del 87 diría así: " El Director General de la Policía Nacional tendrá una permanencia de cinco (5) años en el cargo y concluido este período pasará a Retiro. una vez nombrado el nuevo Director General de la Policía a quien traspasará el cargo en acto solemne".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se abre la votación.

Con 35 votos a favor, 26 votos en contra, 4 abstenciones, se aprueba la moción presentada por el Doctor Noel Sánchez Cuadra.

El Secretario va a explicar, él ha hecho el cómputo.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

36 a favor, 26 en contra, 4 abstenciones, 66 en total, entre 2, 33, más 1, 34. Pasó.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

La ventaja es tener un ingeniero que es bueno a la matemática. Por favor, observaciones al inciso b).

Observaciones al inciso c).

Tiene la palabra el Doctor Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Es que me quiero referir a la votación pasada Presidente, únicamente por el orden. Aunque yo respeto las habilidades matemáticas del Ingeniero Bonilla que es un ingeniero magnífico, sin embargo lo que dice la Constitución y el Estatuto es que las mociones pasan con el voto afirmativo de la mayoría de los miembros presentes; y ustedes en esa votación anterior, en que habían 39 votos en contra, o sea no votaron en favor de la moción, y sólo 36 afirmativo en ese sentido, salvo que esté errado.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Para una aclaración al Doctor Zelaya. La suma de los votos afirmativos, más los votos negativos, más las abstenciones, nos da la votación total de 66. Ahora lo que se dice es: mayoría absoluta más uno, afirmativa, y eso le da 34, y si esta votación 66 entre 2 más 1, le da 34, es la mayoría absoluta. Entonces, al haber habido 36, la moción pasó.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Si usted suma señor Secretario...

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Vamos a chequear luego esto un poco más.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Como no, como no, como no, lo que usted diga.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Inciso c).

Doctor Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS VICENTE DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo mas bien quería mocionar sobre el inciso b), si se puede, si no pues... Tenía una consulta, porque dice "cinco años prorrogables", en el caso de los Sub-Directores. Prorrogable se entiende en términos amplios, de que puede ser prorrogable en la fecha en que se pueda; entonces tenía unas inquietudes alrededor de eso.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Lamentablemente ya estamos en un inciso diferente, y sentar un precedente para usted, después otro Diputado lo reclamaría, entonces no habría igualdad.

Tiene la palabra la Diputada Luisita del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:

Presidente, yo tengo para el inciso d) una observación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Usted tiene observaciones para el inciso d) , como no, aquí la tengo apuntada. Perfecto.

Tiene el uso de la palabra la Diputada Luisita del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:

Gracias, Presidente.

Lo que pasa es que yo tengo una observación sobre este inciso, él dice que el resto de los cargos ocupados por jefes y oficiales policiales tendrá un período de dos a tres años, pudiendo prorrogarse según la necesidad del servicio. Me parece que al dejar la ambivalencia, lo ambiguo entre dos y tres, no nos permite una solidez ni en materia de cumplimiento, ni en materia de cargo como tal. De manera que si la intención es garantizar y estabilizar responsabilidad en el mismo, el período máximo de tres años, que es por el que puede ser prorrogado, me parece que sería más eficiente y le permitiría mayor compromiso. De manera que yo voy a mocionar para que se deje el de tres años, pudiendo ser prorrogados.

Gracias, llevo mi moción.

PRESIDENTE EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Como no, esperamos su moción en la Mesa.

Tiene la palabra el Licenciado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo no tengo ninguna moción sobre eso, porque realmente en esto de los tiempos de duración en el cargo me parece que no es cuestión de subasta, me gusta tres, me gusta dos, me gusta cinco, me gusta diez. Yo lo que quisiera Presidente, es precisamente alrededor de esto, si pudiera tener una explicación de cuales son los criterios que se usan para establecer estos tiempos que son, por ejemplo para el caso del Director, ya está aprobado cinco años, Sub-Director e Inspector, cinco anos prorrogables; Directores de Organos Especializados, etc., tres años prorrogables; y el resto dice dos a tres años.

¿Cuáles son los criterios que se usan para establecer esta permanencia en los cargos correspondientes? No sé si los señores oficiales de los mandos policiales, o de la Asesoría Jurídica o de la Comisión, serían tan amables de brindarme esta información.

Muchas gracias, Presidente Castillo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Yo agradecería que el Comandante Franco Montealegre o alguno de los miembros de la Policía que escucharon la inquietud que planteó el Licenciado Luis Sánchez Sancho, se la pudieran responder por favor.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Partiendo del servicio, en términos generales hablamos de treinta años. Yo creo que la mayoría de los Diputados tienen un cuadro parecido a éste y otro donde habla de los años acumulados de servicio, yo quisiera auxiliarme de eso. Partiendo de los Sub-Directores, hablamos de cinco años por el tiempo que ocupa el Director General o sea, no queremos estar haciendo recambios o promocionando oficiales en menos tiempo, porque eso nos crearía un cuello de botella en la Jefatura de la Policía.

Para que ingrese un nuevo Sub-Director, tiene que irse uno de los que están ahorita en los cargos ocupados en este momento, y que ya hablamos que la Jefatura la componen, el Director General, que cuando cumple cinco años se va de retiro; inmediatamente de eso tiene que haber una recomposición en la Jefatura de la Policía y, esa recomposición es que, uno de los Sub-Directores o el Inspector General tiene que ser nombrado Director General, e inmediatamente de eso queda una vacante en el resto de la Jefatura de la Policía.

Esa vacante tiene que ser llenada por otro de los oficiales que tiene menor nivel, que son los Comisionados Generales o los Comisionados; entonces esa vacante viene de ese lado.

Si nosotros ponemos que los Sub-Directores sean de tres años, tendríamos que estar de todos modos prorrogando; mientras no salga el Director General, tendrían que estar dando vueltas entre ellos mismos, porque no hay para donde ir, si no sale el Director General de la Policía Nacional. Esa es una de las razones por las que debe que tener más o menos el mismo tiempo en el cargo. O sea, cuando se va el Director General, salen los Sub-Directores y uno de ellos ocupa el cargo, deja vacante y sube otro. Esto es como un domino, y es parecido al resto de cargos de abajo, nada más que abajo hay mas elasticidad porque hay mas cargos, entonces podemos tener mayor flexibilidad. Además, nos morimos, también nos discapacitamos o cometemos errores, por ellos nos sancionan y tenemos que pagar.

Tenemos que dejar la posibilidad de este tipo de promoción para el resto de órganos de la Policía Nacional, por eso hablamos de ese tiempo de servicio: tres años para los Directores de Órganos de Especialidades Nacionales, y para el resto hablamos de tres años prorrogables. Eso da seis años que más o menos tienen que coincidir también con el nombramiento del Director General.

Es como un dominó que va subiendo. Y en relación con el resto de cargos que decía, ahí es mayor la flexibilidad.

Nosotros estaríamos de acuerdo que se deje en tres años prorrogables; lo que ahí buscamos, como ustedes ven, es preservar la especialidad.

Si este oficial está en Investigación Criminal, dejarlo lo más posible en esa especialidad porque a eso se ha preparado, y no trasladarlo a otra especialidad de Seguridad Pública, Seguridad Personal, etc., sino preservarle su especialidad, ahí podemos ser más flexibles y por eso hablamos de estos tres años. Y otro más importante que establecemos, son los tiempos de servicio, es para que todos los policías sepan que tienen plazo en sus cargos, y que no crean que van a pasar toda la vida de jefes de Chinandega, jefes de León, o de cualquier otro lugar, sino que cada tres años se les evalúa y se valora si es necesario que quede ahí o sea trasladado. No sé si con eso explico la situación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

El Secretario va a leer la moción de la Diputada Luisa del Carmen, para después su posterior votación.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Que la segunda línea del inciso d), diga "un período de tres años, pudiendo prorrogarse".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Aquí tengo anotado al Doctor Leónidas Duarte, no se ha abierto la votación.

Doctor, por favor.

DIPUTADO LEONIDAS VICENTE DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

El compañero Montealegre decía que lo que se busca en la base es mayor especialidad; y supuestamente las formas de ingreso y todo lo que hemos aprobado anteriormente, busca la especialización. Y los cargos de arriba, los cargos ejecutivos, verdaderamente son cargos de administración. Y yo veo contradictorios los términos, y desgraciadamente pasó el inciso c), que también es contradictorio porque es más corto el tiempo. Si buscamos la especialización, es más corto el tiempo que los cargos ejecutivos de arriba; y aunque sean prorrogables por otros tres años más, la verdad es que el término es corto y crea inestabilidad en la misma línea; hablamos de las bases, de los cargos de abajo.

Yo no sé si la Diputada Luisa del Carmen Larios aceptaría que su moción se pudiera ampliar y que quede un solo término para todos los cargos, y si hay rotación, que haya rotación de un solo. Por consiguiente, si estamos buscando la especialización -como bien han dicho los mandos de la Policía- debe haber una uniformidad en término de la rotación de los mandos. Si la base es la que requiere de especialización, estamos hablando de donde se dan los conflictos, y estamos hablando de una serie de cosas; entonces ha tenido conocimiento de los fenómenos que se han presentado y todo eso, y estarlos cambiando constantemente crea inestabilidad dentro de la misma escala de mandos, en el escalafón del que se ha hablado anteriormente.

Consideraría yo -no sé si la Diputada estaría de acuerdo- que se pusiera el término de cinco años para los mismos cargos ejecutivos, siendo estos prorrogables. No sé si está de acuerdo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se le da la palabra al Diputado Alonso Porras, y después viene el Doctor Iván Salvador Madriz, con el cual cerramos la lista de oradores.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo quiero defender el dictamen tal y como está, porque los conceptos expresados en este artículo, o sea el período de dos a tres años, obedecen a la práctica y a la experiencia que ha existido en la Policía en estos años. Se deja abierta la puerta, por si alguien está bien y no es necesario su cambio, pueda estar hasta seis años ahí, para eso está abierta la puerta. Pero también se deja abierta la puerta, para que si a los dos años hay que cambiar de un lugar a otro lado, por necesidad del servicio a un Jefe de Policía municipal, se puede hacer ese cambio sin que aparezca ni como democión, ni como castigo. Entonces yo defiendo el dictamen así como está.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

El último orador, el Doctor Iván Salvador Madriz. Tiene la palabra el Doctor Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

He decidido intervenir en esta ocasión en este artículo 87, porque realmente su redacción está correcta, y en ese sentido me halaga mucho el que haya coincidido con Alonso Porras en este pensar y sentir, porque dependiendo del escalafón así es la duración de rango, duración del tiempo, por lo tanto la ecuación es perfecta. Ese es un ordenamiento intrínsecamente militar, intrínsecamente del cuerpo de la institucion, y variarlo es crear una confusión.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se abre la votación de la moción de la Diputada Luisa del Carmen Larios.

Se va a cerrar la votación.

Con 5 votos a favor, 35 votos en contra, y 7 abstenciones, no se aprueba la moción de la Diputada Luisa del Carmen Larios.

El Primer Secretario, que es ingeniero, va a explicarle al Doctor Fernando Zelaya las matemáticas que él ha hecho, para darles las explicaciones del caso.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Doctor Zelaya, en primer lugar ese procedimiento para decir que la moción se aprueba o no, data desde los años anteriores, no es ahora, y es en razón de los siguientes conceptos. Primero, que Diputados presentes es la suma de los "Si," de los "No" y de las abstenciones. Segundo, que en el articulo 141 de la Constitución aprobamos lo siguiente: "Los proyectos de ley, decretos, resoluciones, acuerdos y declaraciones requerirán para su aprobación del voto favorable de la mayoría absoluta de los Diputados presentes".

Vamos ahora a hacer mayoría absoluta. La mayoría absoluta, de acuerdo con el Reglamento en su artículo 108 dice: "Es absoluta la que consta de al menos de la mitad más uno de los Representantes presentes". Esto quiere decir que 33 más uno vuelve a hacer 34.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Vamos a dar -por una referencia muy especial, por su antigüedad de parlamentario- al Doctor Fernando Zelaya el uso de la palabra; pero nosotros en la Directiva estamos sumamente interesados en dos puntos esenciales: uno, la moción que presentó la Doctora Miriam Argüello; y lo otro, ya hay una resolución sobre el artículo 118. Entonces, por favor Doctor Zelaya, sea preciso, conciso y rápido.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Muchas gracias por la deferencia. Yo creí que tenía derecho como Diputado a pedir la palabra por alusión personal, y además el Reglamento y el Estatuto establecen hasta cuánto tiempo puedo extenderme en una intervención, usted tendrá el derecho de interrumpirme si me paso de ese tiempo; no se trata de ser preciso, conciso y rápido, ¿qué es eso? Pero yo quiero aclararle al Ingeniero Bonilla lo siguiente. En la votación de la moción del distinguido Diputado Noel Sánchez Cuadra, al artículo 87 -aquí la tengo en mi poder- votaron 36 Diputados Sí, votaron 26 No, 4 se abstuvieron, y 9 no votaron, lo que viene a hacer un total de 75 votos presentes en la Sesión.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Aclaración Doctor Zelaya, es que esos nueve no se toman en cuenta para la suma total.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

¿Cómo y por qué? Y desde cuándo señor Secretario? Si son los votos presentes. El hecho de que no quieran ejercer el voto esa es otra cosa, están presentes en la Sesión. De manera que los votos favorables en este caso fueron 36, y los votos no favorables que incluyen a los que se abstuvieron, a los que no votaron y a los que dijeron que no, suman 39; la mayoría absoluta en este cómputo sería de 38 y sólo 36 votaron. Luego, de acuerdo con la sana interpretación matemática del Reglamento, esa moción no fue aprobada. Lo lamento por mi amigo don Noel, que tenía tal vez algún interés en que se aprobara, pero no pasó esa moción de acuerdo con la interpretación que yo hago de la Constitución Política y el Reglamento.

La señorita Dora María Téllez, es una matemática muy brillante también, me gustaría que ella... Me remito a ella también y a su juicio matemático, a ver si esto es así o no es así.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Licenciado Reinaldo Antonio Tefel Vélez.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Ya se ha explicado en varias ocasiones -tanto esta Directiva como dos Directivas anteriores- que cuando los de la AID pusieron ese "chunche"que está enfrente, cometieron el grave error de los ausentes ponerles presentes; y entonces las Directivas dijeron, interpretaron que eso que ahí aparece como presentes son ausentes, porque no hay forma de constatar que están presentes, o que están en el baño, o que están en los pasillos, o que marcaran y se fueran, o están allá... la única manera sería que cada vez que se vaya a votar, hay comprobación del quorum, lo cual sería irracional. Por consiguiente, lo que las Directivas anteriores y esta decidieron -y tuvieron el respaldo del Plenario hace menos de diez días sobre este punto que ya se discutió- es lo que debe prevalecer. Inclusive, le dijimos a la Directiva que no anduviera cambiando las reglas del juego, como quiere ahora el ilustre jurisconsulto Zelaya.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Sería útil aclarar que la Directiva está haciendo un instructivo, que los vamos a presentar al Plenario para que lo aprobemos y que dejemos una regla clara. La intervención del Licenciado Téfel ha sido sumamente clara, y se les pide observaciones sobre el inciso e). Tiene la palabra el Diputado Andrés Robles Pérez.

Estamos en el inciso e).

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Gracias, Presidente.

Lo que iba a decir, ya lo dijo la colega.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra Luisita del Carmen Larios.

Inciso e).

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA;

Gracias, Presidente.

Yo la había pedido inmediatamente después que terminó la votación sobre mi moción, y era para pedirles que por favor cuando vayan a someter una moción a votación, nuevamente la lean, porque a veces se echan a perder en función de no haberse leído en el momento de ser votadas. Mi moción incluso había sido respaldada por el Comandante de la Policía, pues consideraba que la moción era factible, y a mí me dio la impresión de que la votación negativa fue falta de conocimiento sobre la misma.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Licenciado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Presidente, no voy a hacer ninguna observación, ni moción. Solamente quería pedirle lo siguiente, y es que cuando se vaya a votar una moción, antes de proceder a la votación que se lea por ultima vez, ¿me explico? Antes de tomar ya, o pedir la votación, hay que leerla por última vez, para precisar uno finalmente por qué y cómo es que va a votar.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Observaciones el artículo 88.

Tengo dos personas apuntadas en el artículo 88. ¿No hay nadie que se va a apuntar para cerrar? Se cierra con la Diputada Dora María Téllez.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

Previo al 88, Presidente, estoy tratando de meter un nuevo inciso en el 87.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Como no, tiene usted la razón.

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

Gracias, Presidente.

Es para meter un nuevo inciso en el artículo 87, el inciso f) , que se refiere a la cantidad de veces que puede ser prorrogado un cargo de los que denunciamos anteriormente. En el caso de los Directores Generales, Sub-Directores Generales e Inspectores; en el caso del Director General son cinco años, y nos vemos; en el caso de los sub-Directores e Inspectores Generales dice que son cinco años prorrogables. Mi propuesta es que se pueda prorrogar una sola vez, es decir "hasta diez años". En el caso de los contemplados en el c) y en el d), mi propuesta es que puedan prorrogarse hasta dos veces, es decir una máximo de nueve años en el cargo. Entonces, paso la moción a la Mesa, y diría así: "Los cargos contemplados en el inciso b), sólo podrán prorrogarse una vez. Los cargos incluidos en el inciso c) y d), podrán prorrogarse dos veces".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

El Secretario va a dar la primera lectura a la moción de la Diputada Dora María Téllez.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:

Inciso f): "Los cargos contemplados en el inciso b), sólo podrán prorrogarse una vez. Los cargos incluidos en los incisos c) y d), podrán prorrogarse dos veces" . Dora María Téllez.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Sobre esa moción que presentó la Diputada Dora María Téllez, se han apuntado los Diputados Juan Francisco Castillo y Ramón Gámez Rodríguez. No hay ningún otro Diputado más que se va a apuntar? Se cierra la lista con esos dos Diputados.

Juan Francisco Castillo.

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Gracias, Presidente.

Quiero respaldar la moción que acaba de hacer la señorita Dora María Téllez, ya que esto le va a permitir a los policías que vienen de abajo, tener un poquito de oportunidad de llegar a subir de escalafón. Entonces las personas que en este momento están ocupando un cargo pues que no sea prorrogable por vida, sino que eso le da un rango al jefe de la Policía o a la autoridad correspondiente de jugar en ese ámbito y poder todos tener igualdad de oportunidades.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez.


DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ;

Gracias, señor Presidente. ;

Yo más bien le pediría una explicación a los mandos de la Policía con respecto a la propuesta de Dora María; yo estoy totalmente de acuerdo con la propuesta, y estoy claro de que las leyes no son retroactivas; estamos haciendo una ley, y hay una parte en el artículo 106, que habla del nuevo Director General de la Policía; esto queda claro en las Disposiciones Transitorias y Finales. La pregunta mía es a los mandos de la Policía, en esta propuesta que esta haciendo Dora María. En qué podría afectar el comportamiento, el ordenamiento y funcionamiento de la Policía en el momento actual, tomando en cuenta de que varios miembros de la policía en esos casos no sólo tienen dos años, tres años, sino que tienen cinco y hasta seis años, por lo menos lo que nos damos cuenta.

Entonces, nos gustaría que nos explicara, que nos ampliara para tomar una decisión alrededor de la propuesta que hace Dora María Téllez.

Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Comandante Fernando Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA:

Muchas gracias.

Quiero empezar explicando nuestra posición, dejando claro que ya no soy parte interesada en la cuestión del Director General estamos claros, el Director General cumple sus cinco años y sale, no hay ningún problema. En el Capítulo de los Sub-Directores Generales e Inspector General nosotros compartimos el criterio, pero queremos hacer algunas salvedades. Que debe ser prorrogado por un período, prorrogable por un periodo, como efectivamente sí se prorroga, y si se prorroga se estanca el proceso de promoción interna, pero con la siguiente observación: Prorrogable por un período, para que quede la cosa clara: "por un período más y sin menoscabo"... Eso habría que ver cómo se redacta, la posibilidad que tenga mientras esté en el cargo, de su derecho a ser candidato a Director General de la Policía.

Eso sí es importante que quede claro, que la prórroga de un período más no le perjudica a un funcionario de ese escalafón, la opción que tiene por derecho a ocupar el cargo de Director de la Policía. En el caso de los Órganos de Especialidades Nacionales, no tenemos inconveniente en que pueda haber prórroga por dos períodos. Y el otro criterio que queremos dejar sentado es que si el funcionario no está en edad de jubilación, pasaría a retiro de acuerdo a como la presente ley establece la categoría del retiro. Nosotros queremos dejar estos pequeños detalles, deben quedar dilucidados en la Ley, porque si no, se ocasiona un problema ahí.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Per segunda vez, el Secretario va a leer la moción de la Diputada Dora María Téllez.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:

Moción: Los cargos contemplados en el inciso b) , sólo podrán prorrogarse una vez; los cargos incluidos en los incisos c) y d), podrán prorrogarse dos veces".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se somete a votación.

Se abre la votación.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA:

Por aclaración, ¿me permite la palabra?

En el cargo d) , yo creo que hay que dejar libre el tiempo de prórroga, no se pueden establecer dos períodos porque a veces hay cargos de oficiales especialistas, y a veces le conviene a la Institución tener a una persona hasta diez años, quince años en ese cargo. Si lo dejamos con camisa de fuerza habría que quitar a veces a buenos policías, a buenos funcionarios con un alto nivel de especialización ahí indefinidamente. Yo solicitaría dar la oportunidad de poder...

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Comandante, tiene usted toda la razón, pero estamos en votación. Cualquier observación, por favor, por respeto.

Se va a cerrar la votación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Se cierra la votación.

42 votos a favor, ninguno en contra, 10 abstenciones. Se aprueba la moción.

Observaciones al artículo 88.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Yo aquí quería introducir la moción para un nuevo artículo. En la Comisión de Defensa y Gobernación dejamos un vacío que creo que es muy grave. Establecimos el artículo de los nombramientos, pero no le dejamos la facultad al Presidente de la República de la destitución del Director Nacional de la Policía, y a mí me parece que si el Presidente puede nombrar al Jefe, puede destituirlo también. Yo estoy aquí mocionando un articulo nuevo que dice lo siguiente: "El Presidente de la República podrá remover al Director General de la Policía, por las siguientes causales:

a) Por insubordinación.

b) Por transgredir con sus opiniones o actuaciones la apoliticidad o apartidismo de la Policía Nacional.

c) Por haber sido condenado por sentencia firme por la comisión de delito que merezca pena más que correccional; y

d) Por incapacidad física o mental declarada de conformidad con la ley". Introduzco esta moción, que también va a ser respaldada por el Diputado Omar Cabezas.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario da lectura a la moción presentada por Alonso Porras por primera vez.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción de artículo nuevo: "El Presidente de la República podrá remover al Director General de la Policía, por las siguientes causales:

a) Por insubordinación.

b) Por transgredir con sus opiniones o actuaciones la apoliticidad o apartidismo de la Policía Nacional.

c) Por haber sido condenado por sentencia firme por la comisión de delito que merezca pena más que correccional.

d) Por incapacidad física o mental declarada de conformidad con la ley".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión.

Están anotados en la lista: Juan Francisco Castillo, Ramón Gámez Rodríguez, Delvis Montiel Díaz, Reinaldo Antonio Téfel. ¿Hay alguno más referente a la discusión de esta moción? Cerramos la lista con el Diputado Raúl Venerio Granera.

Tiene la palabra Juan Francisco Castillo.

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Gracias, Presidente.

Sí, más o menos era en esa línea mi intervención. La ley señala que el Presidente hace el nombramiento del Jefe de la Policía; sin embargo nos decía la misma ley lo que manifestaba el Diputado Porras. Yo creo que la moción del Diputado Porras es bien clara, bien acertada y merece el respaldo de todo este Plenario.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

El compañero Alonso nos comentaba que en el trabajo que hizo la Comisión, meramente se les pasó por alto y se dejaba un vacío en la ley, que es grave pues si no tomamos una decisión aquí en la Asamblea Nacional, y que es incluir en esta parte como artículo nuevo después del artículo 88, sobre las causales de destitución. Me parece que son muy importantes para dejarlas claras en la ley. Por tal razón, nosotros le dijimos a Alonso que respaldábamos la propuesta de él, la estamos apoyando totalmente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

Estoy de acuerdo que se hacía necesario que se presentase una moción en ese sentido que presentó el Diputado Porras, porque viene realmente a llenar un vacío que no está aquí contemplado en la ley, y que si bien lo notó la Comisión dictaminadora, lo dejó como para último momento, pero la moción es bien intencionada, están correctas las causales. Pero haciendo una relación entre el artículo 86 y el artículo 65, el Diputado en su moción habla de remoción, y la remoción en el artículo 86 es el descenso de un cargo de jerarquía; y el artículo 65 dice: La jerarquía que proviene del cargo o función que se desempeña es transitoria. La jerarquía que proviene del grado se adquiere de por vida y no se puede privar sino por sentencia ejecutoriada". Eso es en cuanto al grado o al cargo.

En cuanto a la función es de acuerdo con el reglamento disciplinario. Yo estoy de acuerdo que en el último escalafón, o sea el primero, como es el de Director General de la Policía, pues ya no hay otro superior que lo vaya a remover ni lo vaya a sustituir, no lo va a pasar de Director General de la Policía a Sub-Director, eso sería una remoción. Entonces, yo le pediría al mocionista que cambiara el término, que en lugar de "remoción" dijera "destitución del cargo", bien claro, para evitar dudas a ese respecto.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

En general estoy de acuerdo con la moción del Diputado Porras, pero respecto al segundo inciso me suena un poco subjetivo; no sé si se pudiera poner en una forma más objetiva donde habla de la remoción por causa de opiniones. No hago ninguna moción, expreso nada más mi inquietud al respecto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Raúl Venerio.

DIPUTADO RAUL VENERIO GRANERA:

Gracias, Presidente.

Yo también quería referirme efectivamente a la moción del Diputado Porras. En términos generales también estoy de acuerdo en que la ley tiene esta laguna que hay que resolver con respecto a la ley; pero comparto también la preocupación del Diputado que me antecedió en el uso de la palabra en cuanto al inciso b) , que se refiere exclusivamente a las causales de democión; "transgredir con sus opiniones políticas", eso es muy discrecional y subjetivo, y creo que efectivamente deberá o debiera de hacerse una redacción que deje menos discrecional y menos subjetivo ese inciso b).

Porque aquí hay que recordar también que el policía como ciudadano tiene derecho a expresar sus opiniones, sus simpatías políticas, etc., y no vaya a ser que en determinado momento se pueda mal interpretar este asunto y crear un problema en el cargo general dentro de la Policía.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Fernando Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, JEFE NACIONAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Yo quería señalar también la misma preocupación alrededor del inciso b) , me parece que es muy discrecional; y el problema en esencia es que la Policía es una institucion que todos los días esta sometida a presión, a actuación, a un marco de tensiones, de dificultades y controversias, en que la posición del Director General es una posición muy difícil. Yo no creo, yo no dudo que se pudiera mejorar esa redacción, que no quedara tan fácil, porque eso es prácticamente como dejar al Director de la Policía pegado con saliva.

Entonces, yo creo que es importante revisar eso, sobre todo por la incidencia cotidiana que tiene la Policía en la vida nacional. Todos los días. De cualquier actuación fácilmente se podría decir; no, esa fue una actuación política, y estamos listos; y además de eso me acusan todos los días a mi.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Voy a proponerles una redacción del inciso b), que lime pues las preocupaciones expresadas aquí por algunos Diputados y por la Policía misma, refiriéndome a lo que la misma ley establece; porque la ey establece en su artículo 1 la apoliticidad y el apartidismo de la Policía. Es decir, simplemente dejaría así: "Por violar lo establecido en las disposiciones del artículo 1 de la presente ley" .

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura por segunda vez a la moción de artículo nuevo del Diputado Alonso Porras.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"El Presidente de la República podrá destituir al Director General de la Policía, por las siguientes causas:

a) Insubordinación

b) Por violar lo establecido en el articulo 1 de la presente ley.

c) Por haber sido condenado por sentencia firme por la comisión de delito que merezca pena más que correccional.

d) Por incapacidad física o mental declarada de conformidad con la Ley.

e) Por fallecimiento".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Abrimos a votación la moción. La moción es del Diputado Alonso Porras.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, uno en contra, ninguna abstención. Se aprueba la moción del Diputado Alonso Porras, por un artículo nuevo.

Observaciones al artículo 88 del Dictamen.

Al artículo 89, inciso a).

Inciso b).

Inciso c).

Inciso d).

Inciso e).

Inciso f).

Inciso g).

Inciso h).

Inciso i) .

Observaciones al artículo 90.

Artículo 91.

Artículo 92.

Artículo 93.

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Para estar acorde con el artículo que se aprobó anteriormente, que fue el mocionado por la Diputada Dora María Téllez, aquí en este artículo dice que "causará retiro a los oficiales superiores con grados de Comisionado General, Comisionado Mayor", estamos hablando sólo de los cargos ejecutivos. En el artículo nuevo que se aprobó -no sé si fue el 87 u 88, mocionado- dice que "sólo podrán ser prorrogables por un período más -decíamos- en caso de los cargos ejecutivos; posteriormente venía diciendo hasta dos veces más; si ya no tienen opción para poder subir y todo eso, se entiende que estos cargos se pasan a retiro, que era a lo que hacía referencia el Comandante Caldera. Y quedaría escueto y quedaría contradictorio.

Entonces, mi propuesta es que causarán retiro los oficiales que están de acuerdo al articulo que se aprobó, por no cumplir, por vencerse las prórrogas de ellos en los cargos que ostentaban, y cambiarle lo de "Comisionado General y Comisionado Mayor".

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Me parece Dora María, que Duarte hizo una referencia al artículo que aprobamos sobre lo que es un período más, dos períodos más. Las explicaciones que dieron los mandos de la Policía, a mí me parece que en este artículo 23, es de otra cosa que se está hablando, y además me gustaría que lo aclararas Dora María. Y además, de la propuesta de Dora María, yo le entendí que cuando se da un período a los primeros de una vez son diez años, la otra de dos veces son nueve años, pero estos pueden ocupar cualquier cargo o sea que no es que pasan a retiro, ni son sacados de la Policía, sino que dejan de estar en esa responsabilidad y puede ponerlo la Policía en otra responsabilidad.

Eso es lo que yo entendí. Por esa razón se contradice con lo que plantea y con la propuesta que hace el compañero Duarte. Entonces, me gustaría esa aclaración, y para el Diario de Debates también.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Habla el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

La propuesta de moción que voy a pasar dirá lo siguiente: "Pasarán a retiro los oficiales cuando hayan agotado toda posibilidad de promoción y rotación en la Policía Nacional, quienes hayan cumplido el tiempo establecido y la edad requerida". Porque, qué es lo que pasa? Hay una contradicción. Dice lo siguiente, que para los oficiales superiores el tiempo de vida son treinta años; con la propuesta de Dora María Téllez, que se aprobó ese artículo, puede un oficial superior de las estructuras ejecutivas ser retirado en diez años, porque ya no tiene posibilidad de subir.

Eso fue lo que entendí cuando inclusive uno de los Comandantes de la Policía decía, hombre, si ya no puede ostentar a seguir más arriba, puede pasar a retiro, se decía. Segundo, lo mismo sucede con los que son prorrogables hasta dos veces; si seguís vos en el mismo cargo -por decir algo- de Jefe en la Estación de Policía, ese es tu cargo y ya no podés ostentar a otro más; y si ya cumpliste los nueve años de prórroga; entonces a dónde más si ya no podés subir, ¿y qué es lo que te queda? El retiro, según lo contemplado implícitamente en ese artículo.

A menos que sea lo contrario, o hayan entendido lo contrario, o hayamos aprobado lo contrario, que pueda aclarar el mando de la Policía, entonces este articulo iría totalmente incongruente con el artículo que hemos aprobado de acuerdo a la moción; aunque el espíritu no haya sido, en el caso de Dora María Téllez, que tenga que salir a retiro implícitamente lo deja establecido; estemos claros de eso, de las consecuencias del artículo que hemos aprobado.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Yo creo que hay una confusión, y me parece que en el Diario de Debates debe quedar claro lo que aprobamos anteriormente. Yo creo que así lo entendieron los mandos de la Policía, cuando se dejaba la prórroga por una vez; cuando se dejaba la prórroga por dos veces era estar en estas responsabilidades. O sea, después de cumplir esas responsabilidades por una vez, o por dos veces, los mandos de la Policía pueden ocuparlos en cualquier otro cargo que considere. Eso es lo que nosotros entendimos del artículo que aprobamos, que fue la propuesta de Dora María y que no es lo que interpreta el compañero.

A mí me gustaría escuchar cuál es la apreciación que también tenía el mando de la Policía alrededor de este artículo, porque si es así como dice el compañero, me parece que es incorrecto. Lo correcto es la concepción que nosotros aprobamos de esa parte del artículo, no es que se manda a retiro. Por lo menos eso es lo que yo entendí y que debe quedar claro en el Diario de Debates, para no cometer un error, si no tendríamos que subsanarlo con alguna propuesta alrededor de esto. Me gustaría escuchar señor Presidente, qué es lo que entendieron también los mandos de la Policía alrededor de esto, para salir de ese embrollo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Antes de darle la palabra al Comandante Franco Montealegre, queremos solicitarles nuevamente a los asistentes que guarden un poco de silencio. A veces intervienen ustedes ahí y nosotros no escuchamos, no les entendemos muy bien, el sonido es malo.

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Quisiera dar la siguiente explicación para hacer la diferencia entre retiro y prórroga de cargos. En la prórroga significa que vamos a poder estar, como decía, hasta dos veces en los cargos menores, hasta nueve años en el mismo cargo; una vez, que es la primera, y dos veces más. Pero después de eso pasa a otro cargo de la Policía Nacional, y puede pasar dentro de ese nuevo cargo otros nueve años más, y así sucesivamente; o tres pues, porque eso depende, si es promocionado se va a los tres años y en ese nuevo puede pasar de tres a nueve años en ese cargo. En la Policía Nacional hay casi más de cinco mil cargos, entonces hay espacio.

Entonces, ¿qué es el retiro? El retiro es cuando ya no hay espacio. El caso más claro -y voy a empezar por ahí- es el del Director General. Cuando el Director sale ¿para dónde va? Todavía él en este caso no tiene tiempo de jubilación porque todavía le hace falta. En el caso del Comandante Caldera, se va a retirar con diecisiete años de servicios, y estamos hablando de que el tiempo son treinta años para la jubilación; y ahora con la prórroga que se dejó establecida de una vez para los Sub-Directores, en el caso de los Sub-Directores, ellos, después cuando se les termine la primera prórroga ¿para dónde van? Tienen que salir de la Institución. ¿Y cómo salen de la Institución si todavía no tienen la edad de jubilación? Tienen que salir por retiro.

Esa es la diferencia, e igual pasaría con aquel jefe que ha rotado por seis años; durante sus treinta años de servicios puede darse el caso que haya agotado todos los cargos a ese nivel, cuestión que no se va a dar a menudo. Prácticamente el retiro aquí queda dispuesto, por eso lo poníamos en la cúspide, porque es la única posibilidad que se da, y para no poner a los ejecutivos, porque los ejecutivos tienen amplitud, pueden subir desde policía hasta donde se les agote su tiempo, no tienen problema.

El problema es en la cúspide, cuando se cierra la pirámide y no hay espacio, y a estas personas que ya no tienen espacios por efectos de la ley tiene que dárseles una salida lógica que se llama "retiro". No sé si con eso explico y dejo más clara esa situación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura a la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción para cambiar la redacción del artículo 93, de Leónidas Duarte: "Causarán retiro los oficiales cuando hayan agotado toda posibilidad de promoción y rotación en la Policía Nacional, sin haber cumplido el tiempo de servicio ni la edad requerida para la jubilación".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a abrir la votación.

Estamos votando la moción del Diputado Leónidas Duarte.

Faltan 56 Diputados por votar. Manuel Morales, Alonso Porras, Ubaldo Ríos, Francisco Rivera, Andrés Robles, Luis Sánchez, Víctor Manuel Talavera, Dora María Téllez, Saturnino Tijerino, Carlos Zamora, Fernando Zelaya, Nicasio Zeledón, Hernaldo Zúniga.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

13 votos a favor, 39 en contra, 10 abstenciones. Es rechazada la moción.

Observaciones al artículo 94.

Observaciones al artículo 95.

Observaciones al artículo 96.

Observaciones al artículo 97.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Es que este artículo tiene alguna relación con lo que se dejó pendiente del Régimen de Seguridad Social, es decir, la edad de la jubilación está ligada directamente al tipo de régimen. Yo pediría que no se apruebe y que se salte este artículo, que quede pendiente.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Sí, lo que haríamos ahí es que el artículo 63 y el artículo 97 se sustraigan del Capítulo, votamos el Capítulo, y esos dos quedaran pendientes para cuando discutamos esa parte; pero si se va a someter a votación el Capítulo ahora por el Presidente, sería en el entendido que el 63 y el 97 no estarían incluidos en este sistema de aprobación por capitulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Habla el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO VICENTE DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Tengo entendido que la moción que hace el honorable Secretario de la Junta Directiva, es que se sustraigan los artículos 96 y 97, ¿o no?

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Solamente el 97; sobre el 96 ya habíamos preguntado las observaciones, no hubo y así quedo. Es el 97 y el 63.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a abrir la votación por todo el Capítulo VIII, sin incluir el artículo 63 y el 97.

Se abre la votación.

Hacemos la aclaración: don Aníbal Martínez tiene razón de que en el Dictamen ustedes encuentran que hay dos novenos, dos capítulos novenos; estamos votando el Capitulo IX y vamos a corregir el siguiente.

Se va a cerrar la votación, no sin antes solicitarle a los Diputados que no han hecho uso de su derecho al voto, que lo efectúen. Noel Sánchez, Roberto Moreno, Ubaldo Ríos, Luis Sánchez, Nardo Rafael Sequeira, Nathán Sevilla, Gustavo Tablada, Víctor Manuel Talavera, Fernando Zelaya, Nicasio Zeledón y Hernaldo Zúniga.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Se aprueba el Capítulo IX, sin los artículos 63 y 97.

Capítulo IX del Dictamen.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Por resolución de la Junta Directiva cambiamos el Orden del Día y regresamos nuevamente con la Ley de la Policía.

Todo el tiempo hemos hecho esperar a los señores policías acá por este tema y el acuerdo que hemos tenido es que inmediatamente después de este artículo íbamos a continuar con la Ley de la Policía; faltan aproximadamente diez artículos del Capítulo X, según el dictamen es el séptimo. Capitulo X.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:



CAPITULO X

DEL REGIMEN ECONOMICO


Arto. 98. Los recursos financieros destinados a la Policía Nacional en el Presupuesto General de la República a través del Ministerio de Gobernación serán administrados por la Policía Nacional, por medio de sus Organos de apoyo de administración y finanzas, bajo la supervisión y vigilancia del Ministerio de Gobernación. La Policía, Nacional informará al Ministro de Gobernación de manera periódica del uso de los fondos asignados. Cualquier otro ingreso extraordinario estará regulado por las leyes y Reglamentos de la República.

Arto. 99. Los gastos para actividades especiales por servicios confidenciales orientados por el Ministro de Gobernación serán liquidados por el responsable de gastos y autorizados por el Director General de la Policía Nacional, y el detalle y soporte de los mismos serán mantenidos en custodia por el Responsable de gastos y serán manejados por finanzas de la Policía en forma global, sujeto a la fiscalización de las autoridades competentes.

Arto.100. La adquisición de bienes y servicios deberá contar la disponibilidad de fondos en el ejercicio en que le serán suministrados. Se exceptúan los bienes adquiridos por donación.

Arto.101. La Direccion General de la Policía Nacional estará sujeta a la fiscalización, supervisión y auditoriaje del órgano encargado del control del Ministerio de Gobernación en lo que respecta al cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en la actividad administrativa y financiera conforme a la Ley Creadora de la Contraloría General de la República y otras leyes pertinentes.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Quiero señalarle al Plenario, que la semana próxima la Asamblea Nacional no va a sesionar para aumentar un poco el trabajo de las Comisiones; y la Junta Directiva entonces acordó para tener esa semana libre sesionar jueves y viernes nada más, y tenemos toda la semana siguiente para trabajo de Comisiones o lo que ustedes crean conveniente.

De esta manera entonces continuaría esta Sesión el día de mañana jueves como de costumbre a las nueve de la mañana.

Se suspende entonces la Sesión.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA ONCE DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (DOCEAVA LEGISLATURA).

Quorum con 56 Diputados presentes.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Continúa la Sesión.

Queremos hacerle un anuncio a los Diputados, de que por petición de la Policía que actualmente está consensuando el artículo 63 y 97, vamos a continuar de acuerdo a decisión de la Junta Directiva con la Ley de Cooperativas, en el artículo 119, para mientras la Comisión de Defensa y la Policía se ponen de acuerdo en el Régimen de Seguridad Social.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA 23 DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (DOCEAVA LEGISLATURA)

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Continuamos la Sesión con la ley de la Policía Nacional, el Secretario dará lectura.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS;


CAPITULO IX

Arto. 98. Los recursos financieros destinados a la Policía Nacional en el Presupuesto General de la República a través del Ministerio de Gobernación serán administrados por la Policía Nacional, por medio de sus Organos de Apoyo de Administración y Finanzas, bajo la supervisión y vigilancia del Ministerio de Gobernación. La Policía Nacional informará al Ministro de Gobernación de manera periódica del uso de los fondos asignados. Cualquier otro ingreso extraordinario estará regulado por las leyes y reglamentos de la República.

Arto. 99. Los gastos para actividades especiales por servicios confidenciales orientados por el Ministro de Gobernación, serán liquidados por el responsable de gastos y autorizados por el Director General de la Policía Nacional, y el detalle y soporte de los mismos serán mantenidos en custodia por el Responsable de gastos y serán manejados por Finanzas de la Policía en forma global, sujetos a la fiscalización de las autoridades competentes.

Arto. 100 La adquisición de bienes y servicios deberá contar con la disponibilidad de fondos en el ejercicio en que le serán suministrados. Se exceptúan los bienes adquiridos por donación.

Arto. 101 La Direccion General de la Policía Nacional estará sujeta a la fiscalización, supervisión y auditoriaje del Organo encargado del control del Ministerio de Gobernación, en lo que respecta al cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en la actividad administrativa y financiera conforme a la Ley Creadora de la Contraloría General de la República y otras leyes pertinentes.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Observaciones al artículo 98.

Tiene la palabra el Diputado Andrés Robles Pérez.

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Gracias, Presidente.

A este artículo 98, nosotros queremos hacerle una reforma que dice así: "De conformidad con el artículo 61 y 82, numeral 7) de la Constitución de la República, se establece el Régimen Especial de Seguridad Social y Desarrollo Humano, para el personal de la Policía Nacional y el personal de las demás dependencias del Ministerio de Gobernación". En vez de como esta redactado, agregar esta moción de nuevo artículo, y aquí hay otros artículos más para ir discutiendo artículo por artículo, la creación de la seguridad social y desarrollo humano de la Policía Nacional.

Este sería un nuevo Capítulo, en este caso sería el Capítulo XII.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Don Andrés, permítame. Tengo entendido que lo que usted está leyendo es un nuevo artículo de un nuevo Capítulo, que no sustituye al artículo 98, ni al 99, ni al 100, ni al 101. Ese Capítulo lo tendremos que aprobar tal como está ahí en el dictamen; es lo que he entendido yo que ustedes han elaborado.

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Es correcto, señor Secretario

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Entonces, usted no tendría observaciones al artículo 98?

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Observaciones al artículo 99, por favor.

Observaciones al artículo 100.

Observaciones al artículo 101.

A votación el Capítulo X.

Se abre la votación.

Aprobado el Capítulo X, Régimen Económico, con 53 votos a favor,

ninguno en contra, ninguna abstención.

El Secretario va a dar lectura al siguiente artículo.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Dado que dejamos el Capítulo anterior sin aprobar, porque el artículo 97 quedó a la espera de una nueva redacción, y además dentro de ese mismo Capítulo dejamos el 63, desde el inciso n) hasta el último de ese artículo, que no lo aprobamos porque se requería de esas nuevas normas para que quedara garantizada la seguridad social y el desarrollo humano del cuerpo de la Policía, y además por correspondencia dejamos el artículo 97 también sin aprobar.

Vamos a leer entonces los incisos del artículo 63 que no habían sido aprobados; después el artículo 97 que no fue aprobado, y una vez hechas las observaciones a esos incisos y al artículo 97, pasaríamos a aprobar el Capítulo que dejamos en espera.

Entonces regreso al artículo 63, para que recordemos por donde estábamos. Voy a leer todo el artículo 63, y después la propuesta de artículo 63 que fue consensuada por la Comisión y el sector de la Policía.

Arto. 63 Los miembros de la Policía Nacional tendrán derecho:

a) A una remuneración justa que contemple su nivel de formación y especialidad, riesgo, categoría, grado, antigüedad, nivel académico y responsabilidad.

b) A la preparación personal, así como a los estudios especializados que se propongan.

c) A un seguro de vida obligatorio. El monto, plazos y forma de pago será determinado en el Reglamento de la presente Ley.

d) Al transporte terrestre gratuito en los medios colectivos de movilización en el ejercicio de sus funciones.

e) A un defensor en los juicios que tengan que enfrentar como consecuencia del ejercicio de sus funciones.

f) Al avituallamiento y las técnicas necesarias para su presentación y seguridad personal.

g) A optar a programas de viviendas, por lo que el Estado deberá proporcionar recursos para generar políticas al respecto.

h) A optar a centros de recreación y comisariatos de uso exclusivo de sus miembros.

i) A recibir asistencia de salud a cargo del Estado, en caso que resulten heridos por actos del servicio.

j) A vacaciones anuales y al descanso semanal, permisos que por razones de urgencia, embarazo y otras que se establezcan en las leyes y reglamentos internos para el personal de la Policía Nacional.

k) A obtener promociones en el cargo y ascenso en grado de acuerdo a la Ley y al respectivo Reglamento.

l) A estar afiliados al Régimen de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación.

m) A las asignaciones que correspondan por razones de servicio, tales como gastos de transporte, viáticos por alimentación, hospedaje y por razón de destino o residencia, así como todos los otros gastos, los que se ajustarán a las normas que estipule el Ministro de Gobernación.

n) Al derecho de recibir el 100 % de su salario como pensión en caso de muerte, en cumplimiento del deber o a consecuencia de este, de acuerdo a lo establecido en las leyes y reglamentos vigentes sobre la materia.

ñ) A recibir los gastos de parte del Estado, relativos al funeral en caso de muerte en servicio o a consecuencia de este.

Voy a pedirle entonces al Presidente, que pregunte ahora por las observaciones del inciso i) en adelante, y luego entonces leer las propuestas que ya han sido distribuidas de acuerdo a la Comisión de Defensa y Gobernación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Observaciones al inciso i).

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Propuesta de nuevo inciso i) : "El Estado asumirá la atención médica de carácter preventiva, curativa y rehabilitativa, cualesquiera que fuera la causa de su estado mórbido, con el objetivo de conservar, restablecer o mejorar la salud de los policías".

Esto entraría como una moción, la cual habría que votar como moción por el Plenario de la Asamblea.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL:

Gracias, Presidente.

Un poquito tratar de ubicarme, trataría de revisar el artículo 63; entiendo que fue aprobado el 63 hasta antes del inciso i).

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Así es.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Esta en discusión la moción del nuevo inciso i).

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REINALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Tal como informo al Plenario el Comandante Franco Montealegre, entre la Comisión, la Policía y otros Diputados que nos agregamos llegamos a un consenso, y por eso le solicitamos a los que habían hecho mociones que las retiren. Quiero leer el consenso al cual se llegó para el artículo 63, y que a partir del inciso i), debiera de leerse así:

i) El Estado asumirá la atención médica de carácter preventiva, curativa y rehabilitativa, cualesquiera que fuera la causa de su estado mórbido, con el objeto de conservar, restablecer o mejorar la salud de los policías.

j) A vacaciones anuales y al descanso semanal, permiso que por razones de urgencia, embarazo y otras que se establezcan en las leyes y reglamentos internos para el personal de la Policía Nacional.

k) A obtener promociones en el cargo y ascenso en grado de acuerdo a esta Ley y al respectivo Reglamento.

l) A las asignaciones que correspondan por razones de servicio, tales como gastos de transporte, viáticos por alimentación, hospedaje y por razón de destino o residencia, así como todos los otros gastos, los que se ajustarán a las normas que estipule el Ministro de Gobernación.

m) En caso de muerte en cumplimiento del deber o a consecuencia de éste, recibirán sus beneficiarios una pensión complementaria hasta llegar al cien por ciento de su salario cuando procediere; esta diferencia será cubierta por el Estado a través del Presupuesto anual de la Policía.

n) El Estado subsidiará los gastos fúnebres de los policías muertos en cumplimiento del deber o a consecuencia de éste".

Como ustedes pueden fijarse, aquí se está hablando exclusivamente de la Policía Nacional, pero en el Capítulo que ya informó el Presidente de la Comisión, un Capítulo nuevo que sería el Capítulo XII de Seguridad Social y Desarrollo Humanos, ahí se establece la seguridad social tanto para el personal de la Policía Nacional como para el personal de las demás dependencias del Ministerio de Gobernación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Quiero aclararle el procedimiento que vamos a seguir al Diputado Reinaldo Antonio Téfel. Nosotros en este artículo 63 habíamos aprobado hasta el inciso h) , hay un dictamen que fue presentado sobre el inciso i) , j), k) , l), m) , n) y n) . En el i) , hay una propuesta de consenso; nosotros vamos a someter a la discusión la propuesta de consenso y luego vamos a proceder a votar cada uno de los incisos respectivos, o sea siguiendo el procedimiento que está establecido.

Tiene la palabra el Diputado José Cáceres.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Bueno, en el inciso i) , yo fui uno de los que pasó una moción a esta Mesa Directiva, y luego hubieron algunas mociones más donde yo tuve que retirar la mía para agregarme a una moción, no recuerdo si era del Diputado Julio Marenco, donde decía: "A recibir asistencia de salud a cargo del Estado". Pero me parece que ese inciso i) fue más ampliado; no sé si así es la cosa, pero me gustaría sí escuchar de parte de los representantes de la Policía, para ver si ellos realmente están de acuerdo con esta moción consensuada.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Con gusto le contestamos su inquietud. Nosotros esto lo trabajamos junto con el representante de la Comisión, el Diputado Téfel y...

(CAMBIO DE CINTA ORIGINAL) y con esta redacción queda claro en qué consiste la asistencia médica; por eso hablamos de la atención médica preventiva, curativa y rehabilitativa. Por ejemplo, si un policía es herido puede recibir su atención curativa; pero también es responsabilidad del Estado rehabilitarlo. Por eso es que fuimos en eso más precisos, para que no hubiera posibilidades de que esto se pudiera estirar o encoger, para tratar de beneficiar concretamente a los policías. No sé si con eso le doy respuesta a sus inquietudes.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Es para quedar clara de lo que estamos discutiendo; entiendo que estamos discutiendo el inciso i) , nada más. Yo quisiera que ustedes me explicaran qué mociones hay para volver un poco a recordarnos del tema en que estábamos, porque el inciso i) lo dejamos hace como tres semanas. Hay una moción que yo entiendo está proponiendo Reinaldo Antonio ahorita; creo que había una moción de Iván Salvador y mía. Entonces quisiera saber en qué estado están las mociones en la Directiva, en cuanto el Ingeniero Secretario termine de conversar, para ver cómo podemos pronunciarnos y abreviar la discusión.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción que teníamos era que el inciso i) dijera: "A recibir asistencia de salud a cargo del Estado, en caso que resulten heridos por actos del servicio o por enfermedades, mientras estén al servicio de la Policía Nacional".

La moción de Reinaldo, que es la de consenso, que ya fue leída por él es la única moción que tenemos.

Entonces leemos de nuevo la nueva propuesta de inciso i) , que también leyó don Reinaldo Antonio Téfel: "Inciso i) El Estado asumirá la atención medica de carácter preventiva, curativa y rehabilitativa, cualesquiera que fuera la causa de su estado mórbido, con el objetivo de conservar, restablecer o mejorar la salud de los policías".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Se va a abrir la votación sobre esta moción de consenso.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Cerramos la votación.

51 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención. Se aprueba la moción de consenso sobre el inciso i).

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Presidente, sobre el inciso j), ya leyó la propuesta de consenso de Reinaldo Antonio Téfel, podríamos simplemente volverla a leer y si alguien tiene observaciones la somete a discusión, si no votaríamos rápidamente.

El nuevo inciso j), propuesto por consenso es el siguiente: "A vacaciones anuales y al descanso semanal, permiso que por razones de urgencia, embarazo y otras que se establezcan en las leyes y reglamentos internos para el personal de la Policía Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Vamos a abrir la votación.

Se abre la votación.

Estamos votando el inciso j), que es moción de consenso. Se les ruega a los Diputados ejercer su derecho al voto.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Se aprueba la moción de consenso referente al inciso j).

El Secretario le da lectura al inciso k), moción de consenso.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Si hay mociones, debo de explicar que el inciso k) es idéntico al propuesto. De tal manera que lo que deberíamos decir es que sobre este inciso no hay observaciones.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

No hay observaciones sobre el inciso k.

El Secretario le da lectura al inciso l) , que es moción de consenso.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Nuevo inciso l) : A las asignaciones que correspondan por razones de servicio, tales como gastos de transporte, viáticos por alimentación, hospedaje y por razón de destino o residencia, así como todos los otros gastos, los que se ajustarán a las normas que estipule el Ministro de Gobernación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Abrimos la votación sobre la moción de consenso.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención. Se aprueba la moción de inciso l), moción de consenso.

El Secretario le da lectura al inciso m), moción de consenso.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La propuesta para inciso m) es la siguiente, y ya fue leída por el Doctor Reinaldo Antonio Téfel.

Inciso m) . En caso de muerte en cumplimiento del deber o a consecuencia de éste, recibirán sus beneficiarios una pensión complementaria hasta llegar al cien por ciento de su salario cuando procediere, esta diferencia será cubierta por el Estado a través del presupuesto anual de la Policía.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Es para hacer una pregunta porque me parece que hay una duplicación de fondos para el mismo fin. En el inciso c) de este artículo dejamos establecido un seguro de vida obligatorio para todos los policías, y aquí estamos estableciendo una pensión en caso de muerte. Entonces, yo quisiera preguntar con qué nos quedamos, con el seguro de vida obligatorio, que se supone que sea una pensión que recibe de una sola vez la familia, o con la pensión en caso de muerte.

En el caso de la pensión, quisiera preguntarle a los mocionistas si esta pensión es indefinida, es decir, si esta pensión se mantiene en el caso de los hijos dependientes, aun cuando los hijos hayan tenido la mayoría de edad; y si una vez que los hijos tengan la mayoría de edad se les sigue otorgando la pensión, y quienes son los beneficiarios que calificarían para este tipo de pensión. Mas bien lo que quisiera es que me respondan un poco las preguntas para poder expresar mi opinión, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Doctor Edmundo Castillo.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias, Presidente.

Creo que vale la pena aclarar las inquietudes de la Diputada Téllez. Aquí al cuerpo castrense o a la Policía se le quieren dar dos tipos de garantías, para ponerlo así, un seguro de vida obligatorio, y además el seguro que establece -valga la redundancia- el Régimen de Seguridad Social. La verdad de las cosas es que la cuestión de la Seguridad Social, sus pensiones, es decir no existen las cláusulas de la indexación, o sea el reajuste monetario cuando hay devaluaciones de la moneda. Y en la práctica se da que a lo mejor una persona cotizó cuando la moneda estaba fuerte, para hablar en términos económicos, y que cuando ya reunió todas las cotizaciones correspondientes, se da el hecho de que lo que recibe como pensión no está acorde a su dignidad humana, etc.

Entonces, previendo esa situación es que se da un seguro de vida obligatorio, es decir, hay un doble beneficio; lógicamente el seguro de vida obligatorio va a tener en la contratación que haga la Policía con la empresa privada, estatal o lo que sea, una serie de riesgos especiales, de montos a pagar especiales, por ejemplo tres meses por un año de servicio, cantidades proporcionales, etc. Según lo que he entendido, lo que se quiere dar es partiendo de la realidad económica de las pensiones, que son muy pobres y a veces existen numerosas familias, y la pensión de orfandad o de viudez son muy mínimas, entonces se ha querido como complementar, lo cual ocurre en la empresa privada y ocurre en ciertos Ministerios.

Entonces, en base a estas realidades es que se esta tomando un seguro de vida obligatorio y el Régimen de Seguridad Social.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Yo quisiera que me aclaren sobre los beneficiarios. Yo le agradezco mucho al Doctor Castillo su ilustrativa explicación, pero además quiero que me aclare la Comisión, que quiere decir "una pensión complementaria cuando procediere", quien define cuando precede. Es decir, quien define que le van a otorgar la pensión complementaria a la familia del policía cuando este muere, quien define la procedencia. No es taxativo que sea así. Es decir, alguien pudiera decir que no precede entregar la pensión. Entonces quisiera que me explicara la Comisión o los mocionistas, qué quiere decir "cuando procediere".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE. INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias señor Presidente, por la palabra.

Quisiéramos nosotros explicar la diferencia entre el seguro de vida obligatorio y la pensión por muerte en cumplimiento del deber, o sea que nosotros lo vemos como dos cosas diferentes. Una es una contrastación obligatoria -como una indemnización podríamos decir -que se hace no sólo en la mayoría de la empresas donde hay riesgos. En el caso de la Policía los riesgos son superiores al resto de la sociedad, y nosotros esperamos que haya una acción que venga a disminuir, no el riesgo de muerte, sino las consecuencias que para la familia tiene la muerte de un policía. Como decían los Diputados, este es un complemento en dinero que recibe la familia de una sola vez, cuando es el seguro de vida.

En este momento la Policía tiene un seguro de vida, lo que pasa es que lo pagamos compartido entre el Estado y el policía, y creemos que esta es una obligación del Estado, porque el policía no está poniendo en riesgo su vida por una decisión, sino por la necesidad de la sociedad de mantener el orden público, y por tanto ese riesgo hay que cubrirlo. Y en lo del seguro, es obligatorio para todos los policías, tanto para los que mueren en cumplimiento del deber, como los que mueran por causas naturales. En cambio en la pensión estamos planteando que sea solamente en cumplimiento del deber, y hablamos de una pensión que llegue al cien por ciento del salario del policía, porque el Seguro Social no cubre el cien por ciento del salario del policía.

Entonces, esa es la diferencia, que queremos que el Estado sea complementario para que la viuda del policía no viva con nada más el 50 ó 25 por ciento que le da la seguridad social, sino que tenga una pensión digna para ella y los hijos del policía muerto en cumplimiento del deber. Aquí no estamos incluyendo a los policías que mueren por causa natural, estamos nada más incluyendo -y esto quiero reiterarlo- a los que mueren en cumplimiento del deber, nada más. El año pasado hubieron treinta y dos policías muertos en cumplimiento del deber, y quisiera aprovechar para darles un dato: la Policía corre diez veces riesgo que cualquier ciudadano común y corriente en este país.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Yo le agradezco mucho la explicación del carácter de las pensiones que dio el Comandante de la Policial, Franco Montealegre, pero hice dos preguntas que nadie me ha respondido: Primero, cuando se extingue la pensión, y la ley es muy clara. ¿La pensión por ejemplo, se mantiene aun cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad? Sí o no. ¿Quién la define? Aquí no queda claro quién la define, porque después hay una inseguridad, cualquier día le dicen a la gente, hasta aquí te la completo; como los chavalos ya tienen dieciséis años no te la sigo dando, o sí te la sigo dando. No queda claro, y debe quedar claro si es indefinida o tiene un plazo, en el caso de los hijos dependientes en mayoría de edad.

En el caso de los padres, cuando son dependientes directos, hasta que fallecen; en el caso de la esposa o viuda, hasta qué edad tiene que tener una calificación, para que la gente tenga seguridad de a qué tiene derecho. Y segundo, yo le preguntaba a los mocionistas, que cuando dice "cuando procediere", a qué se refiere. ¿Quién es el que define cuándo procede? Frente a dos policías fallecidos en cumplimiento del deber, quién define cuándo procede a darle la pensión y cuándo no. A mí me suena un poco raro, porque se supone que la pensión es en general para los que mueren en cumplimiento del deber, no debería de haber ahí un criterio de si procede o no procede. Procede siempre que mueren en cumplimiento del deber. Pero tal vez este "procediere" tiene algún significado que la Comisión pueda explicarnos.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias.

Para tratar de explicarle esta situación y tal vez salir de esta duda, quisiera dejar aquí a la Comandante María Leticia Valle para que trate de darles una explicación a ustedes.

COMANDANTE MARIA LETICIA VALLE - POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Estos complementos de pensión van a llegar en el caso de los hijos hasta la mayoría de edad; en el caso de los padres son vitalicias. Ahora, el término "cuando procediere", tiene que ver con el reglamento de la seguridad social. En general a un policía que muere en cumplimiento de su deber, se le calcula la pensión sobre el cien por ciento del sueldo; pero sucede a veces que sólo hay un beneficiario de pensión, y ningún beneficiario opta a más de 25 por ciento. Si hay más de tres beneficiarios de pensión, el seguro social le va a dar el cien por ciento del sueldo, si murió en cumplimiento del deber; si hay menos de tres beneficiarios, el Seguro Social no le da el cien por ciento, aunque haya muerto en cumplimiento del deber; en ese caso la Policía solicita un complemento de pensión.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Muchas gracias, Presidente.

Pero, ¿dónde está lo que ella dice? Es decir, ¿en qué reglamento?, ¿en qué norma?, ¿en que papel está establecido que lo que ella dice se aplica?

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE - INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias, señor Presidente.

Eso es lo que se establece en la seguridad social y tenemos que establecerlo en el reglamento de la Ley de la Policía Nacional; este es nuestro planteamiento, si no pues habría que agregarle aquí eso para que quede tranquilidad en todos, nosotros no tenemos ningún problema en ese sentido.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra un hombre que sabe de estas cosas, Reynaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Precisamente para que no hubiera esa confusión, yo le había pedido a la Mesa Directiva que primero aprobáramos el Capítulo XII, Seguridad Social y Desarrollo Humano, porque todas las inquietudes de la Diputada Téllez están resueltas en ese Capítulo. Si nosotros hubiéramos aprobado primero ese Capítulo, todas esas preguntas estarían contestadas; pero estamos viendo precisamente dos puntos que tienen referencia a ese Capítulo. Entonces, yo efectivamente le pediría al Plenario paciencia, para que aprueben estos dos artículos que quedaron en el aire y luego pasemos a aprobar el Capítulo donde está todo eso señalado.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Juan Francisco Castillo.

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Gracias, Presidente.

Con las explicaciones que daba don Reynaldo, yo creo que deberíamos de proceder ya que esto se encuentra en el otro Capítulo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

La otra inquietud que tengo señor Presidente, es que leyendo el Capítulo XII sobre la seguridad social, no quedo muy claro; y con las inquietudes que tiene Dora María, no sé si podría entrar en una contradicción a la hora que estuviéramos discutiendo y aprobando el Capítulo XII sobre la seguridad social.

Entonces, la propuesta mía sería a lo mejor que no aprobáramos esta parte, porque yo estoy totalmente de acuerdo con las inquietudes y las observaciones que hace Dora María; y que lo dejáramos en suspenso en esa parte y pasáramos a discutir lo del Capítulo XII.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

El Secretario dará lectura a una moción de Dora María Téllez sobre el inciso.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

En la parte que corresponde al inciso m) , donde dice "cuando procediere", agregar -de acuerdo a la moción de Dora María Téllez- "cuando procediere de acuerdo a lo que se establece en la presente Ley y su Reglamento". Con eso resolveríamos esa inquietud de don Ramón Gámez.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención, 18 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La propuesta de inciso n), es la siguiente: "El Estado subsidiará los gastos fúnebres de los policías muertos en cumplimiento del deber, o a consecuencia de este". Esa es la nueva propuesta de inciso n), que ya había sido leída por Reynaldo Antonio Téfel.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Observaciones.

A votación el nuevo inciso n).

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 27 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Ahora, en el dictamen tenemos un inciso n) . La Comisión por favor, los que consensuaron esto. En el dictamen tenemos un inciso n) que dice: "A recibir los gastos de parte del Estado relativo al funeral, en caso de muerte en servicio o a consecuencia de éste". Porque si no va en él, en el nuevo articulado, en la nueva propuesta, habría que hacer una moción de supresión de este inciso n).

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

No se necesita hacer moción para suprimirlo; simplemente ya aprobamos uno en sustitución de éste, y queda automáticamente suprimido. Aprobamos uno que dice que el Estado subsidiará los gastos fúnebres, etc., que es igual exactamente al n; no se pueden aprobar dos incisos con el mismo contenido. Ese es un asunto de ingeniería jurídica.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Dejamos para la Comisión técnica la redacción final de esto, porque yo no estoy tan claro.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Observaciones al artículo 97.


SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La propuesta de artículo 97 es la siguiente: La jubilación será otorgada a los miembros de la Policía después de prestar 25 años de servicio en el Escalafón Ejecutivo, ó 30 años en el de Oficiales, hasta recibir la pensión por vejez. También estos podrán solicitar la aprobación de la jubilación anticipada a los 20 años de servicio, al Director General de la Policía.

El monto de jubilación corresponderá al porcentaje del último salario recibido de acuerdo al tiempo de servicios prestados: 25 años el 75 por ciento; 30 años el 80 por ciento. Para la jubilación anticipada para ambos escalafones será del 50 por ciento. Los fondos para financiar la jubilación provendrán del 75 por ciento del Presupuesto del Estado; del 25 por ciento de los decomisos hechos al contrabando por parte de la Policía Nacional; del aporte no mayor del 5 por ciento del salario del policía; donaciones públicas o privadas.

El fondo proveniente del policía será entregado a éste cuando cause baja de la institución sin que se le haya otorgado la jubilación, siempre y cuando cumpla por lo menos tres años de servicio cuando el aporte de él sea mayor que el monto de la jubilación a recibir. En aquellos casos en que el policía cumpla con el tiempo de servicio máximo y no la edad para optar a la pensión por vejez, podrá solicitar su permanencia en la Institución y traer al Director General de la Policía quien lo aprobará de acuerdo a los intereses de esta Institución.

Los fondos que componen el Programa de Jubilación serán manejados por la seguridad social, quien podrá invertirlo exclusivamente en programas que beneficien a los miembros de la Policía Nacional".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Observaciones al artículo.

Observaciones a la nueva moción.

Tiene la palabra el Diputado Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Yo estoy totalmente de acuerdo con la nueva moción, pero tengo una observación en cuanto al monto de la jubilación, que dice: "corresponderá al porcentaje del último salario recibido"; y ahí quiero decir lo siguiente: ¿Este monto del salario será con mantenimiento de valor, o no es con mantenimiento de valor? Hay instituciones que lo señalan con mantenimiento de valor o los ajustes que se le hagan a ese cargo posterior a su jubilación. Hago esta observación, por lo siguiente: El policía gana poco, y si no se deja bien claro eso, al cabo de cinco o seis años el policía va a estar recibiendo una pensión de miseria, muy lejos de la realidad.

Entonces, antes de hacer una moción, yo quería consultarle cuántos son los miembros de la policial, y si se le pone con mantenimiento de valor o haciendo los ajustes correspondientes que se hagan posteriormente con ese cargo. No tengo una redacción adecuada al mismo, pero quería ver si era factible esta situación; porque si se deja así, al cabo de cinco años un policía estaría recibiendo una pensión de miseria. Me gustaría escuchar sobre mi inquietud, al Comandante Franco Montealegre.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Estamos totalmente de acuerdo con la inquietud planteada, Creemos que no, tal vez no se podrida establecer con mantenimiento de valor, porque mantenimiento de valor es una cosa que puede estar hoy y mañana no, de acuerdo pues a las decisiones del gobierno y a la políticas económicas. Pero si, con el otro planteamiento creo que sería lo más justo establecer una revalorización de la jubilación a como se establece en la seguridad social. Podríamos poner eso de acuerdo al sistema, la valorización de acuerdo a los criterios de la misma seguridad social que está ahí planteada, porque esto tiene que ver con las posibilidades económicas del fondo que se va a establecer.

Entonces, tiene que haber una revalorización de la jubilación de acuerdo al mismo criterio de la seguridad social, que se revalorice la pensión cada dos o tres años; así que creo que es justo y necesario ese aporte que está siendo enfocado.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra don Reynaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

La Ley General de Seguridad Social, que rige para todo tipo de seguridad social que haya en el país, establece que cada vez que el costo de la vida se empeora y que hay devaluaciones monetarias, etc., se revisarán las pensiones de acuerdo con las posibilidades económicas de la institución; esa es una ley general que se tiene que establecer, que se tiene que cumplir tal como lo señaló precisamente el Comandante Franco Montealegre.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Una moción de consenso para el inicio del segundo párrafo, que diga así: "El monto de la jubilación será revalorizado continuamente de acuerdo con la Ley de Seguridad Social, y corresponderá al porcentaje del último salario". Todo continúa igual. Esta es la moción de consenso de don Julio Marenco, Jaime Bonilla y Reynaldo Antonio Téfel.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación el artículo 97 con la moción incluida.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 19 colegas no votaron.

En este momento vamos a someter a votación el Capítulo IX con los artículos que se le han integrado.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstención; 22 colegas no votaron.

Queda aprobado el Capítulo IX con todas sus reformas y adiciones de la carrera policial.

En este momento les participamos a los señores colegas Diputados y al público en general, que tal y como ha sido anunciado en algunos medios, llega dentro de unos minutos al Aeropuerto Internacional el Excelentísimo señor Guenadi Selezmior quien es Presidente de la Duma estatal de la Federación de Rusia; viene en un avión expresamente fletado para ese efecto de una visita al Parlamento nicaragüense y al Poder Ejecutivo, y su delegación está integrada de manera pluralista de varios partidos políticos existentes en ese país y de varios altos funcionarios y Diputados de la Asamblea Nacional de ese país.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA 24 DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (DOCEAVA LEGISLATURA)

Se levanta la Sesión, y continúa mañana como de costumbre, a las nueve de la mañana.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Buenos días estimados Diputados. Tenemos 66 presencias esta mañana.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Continua la Sesión.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Capítulo XII de la Ley de la Policía. Este es un Capítulo nuevo que han introducido, dado los planteamientos que han surgido a lo largo del debate sobre el tema de la Seguridad Social y el Desarrollo Humano de la Policía Nacional.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:


SECCION I

REGIMEN, APLICACIÓN Y PRESTACIONES


Arto. 1. De conformidad con el artículo 61 y 82, numeral 7) de la Constitución de la República, se establece el Régimen Especial de la Seguridad Social y Desarrollo Humano para el personal de la Policía Nacional y el personal de las demás dependencias del Ministerio de Gobernación.

Arto. 2. Créase con este propósito el Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano, que en adelante se denominará simplemente como el Instituto o con las siglas ISSDHU, como una institucion autónoma del Estado con patrimonio propio, personalidad jurídica y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, cuyo objeto principal es organizar, ejecutar y administrar la seguridad social y fines de desarrollo humano. Tendrá duración indefinida. Su domicilio será la ciudad de Managua, pudiendo abrir oficinas en cualquier lugar de Nicaragua.

Arto. 3. El Régimen Especial de Seguridad Social será obligatorio para:

a) El personal de planta y auxiliar de la Policía Nacional.

b) El personal de Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería, Bomberos de Nicaragua y demás dependencias que tenga o pueda tener el Ministerio de Gobernación.

c) El personal que conforma el Instituto.

El personal civil estará cubierto por el régimen general de la seguridad social del Estado.

Arto. 4. El régimen especial en materia de seguridad social protegerá las contingencias propias de la vida y el trabajo, y cubre las siguientes prestaciones:

a) Pensión por discapacidad.

b) Pensión por vejez.

c) Pensión por muerte.

d) Asignaciones familiares.

e) Indemnizaciones.

f) Auxilio funerario.

g) Subsidio de lactancia.

h) Prestaciones para prótesis y órtesis.

Arto. 5. La discapacidad permanente, es la situación del afiliado que después de haber estado sometido a los servicios médicos curativos y rehabilitativos, presenta reducciones anatómicas y funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva, y previsibles, definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Se reconocen tres grados de discapacidad: parcial, total y gran discapacidad.

Tendrá derecho a la pensión de discapacidad por causa común, el afiliado mayor de 55 años que haya cotizado tres años dentro de los últimos seis años que precedan a la fecha de la causa que dio origen a la discapacidad. Cuando la causa discapacitante sea por razones de su trabajo, no se requieren períodos de cotización para calificar.

El instituto elaborará la Tabla de Valuación de Deficiencias y/o Discapacidades de origen laboral, la que en ningún caso será inferior a la establecida por el Código del Trabajo.

Arto. 6. La pensión por vejez es la prestación a que tienen derecho los afiliados que han cotizado al régimen un período igual o mayor a 15 años, y haber cumplido 55 años de edad.

En caso de que el afiliado estando en condición de activo ha cotizado al menos cinco años, tendrá derecho a una pensión mínima al cumplir 60 años de edad.

Arto. 7. La pensión por muerte es la prestación a que tienen derecho los familiares de los afiliados o pensionados directos que se detallen en la reglamentación correspondiente.

El derecho a esta prestación concurre para los beneficiarios del afiliado fallecido por causa común, que haya cotizado tres años dentro de los últimos seis años que precedan a la fecha de su muerte. Si fallece por riesgo profesional no se requiere período de cotización.

Arto. 8. Las asignaciones familiares tienen como propósito contribuir al sostenimiento de la familia dependiente del pensionado por vejez o discapacidad, y forman parte de las prestaciones que estas pensiones otorguen.

Arto. 9. Se entiende por indemnización la prestación a que tienen derecho los afiliados, cuando sufran lesiones con secuelas no discapacitantes ocasionadas por riesgo profesional. Las secuelas no discapacitantes concurren cuando el afiliado sufre una disminución física inferior o igual al 33%, que no le impide ejercer sus labores habituales.

La cuantía se establecerá por el grado de discapacidad declarada, multiplicada por el monto de la pensión que le correspondería por discapacidad permanente total, y el resultado a su vez por 60 mensualidades.

Arto. 10. Auxilios funerarios es la prestación destinada a subsidiar el costo de los servicios fúnebres del afiliado y del pensionado por discapacidad y vejez.

Arto. 11. El subsidio de lactancia es la prestación a que tienen derecho los hijos menores de los afiliados o pensionados directos, durante los primeros seis meses de su vida.

Arto. 12. Los pensionados directos tendrán derecho al suministro, renovación y mantenimiento de aparatos de prótesis, solamente en los casos en que estos son requeridos por la causa discapacitante que originó su pensión.

En el caso de afiliados activos que sufran accidentes de trabajo que ameriten el uso de aparatos para su rehabilitación, éstos serán suministrados por el Instituto en forma temporal.

Arto. 13. El afiliado que causare baja habiendo efectuado cotizaciones efectivas durante cinco años o más, podrá continuar como afiliado voluntario para los efectos de conservar sus derechos y mejorar su futura pensión. La facultad de acogerse a esta opción, se extinguirá seis meses después de haber dejado de ser cotizante obligatorio del régimen.

El afiliado voluntario deberá pagar mensualmente el total de cotizaciones vigentes para el financiamiento de las prestaciones a que tendrá derecho, es decir, específicamente para las ramas de discapacidad común, vejez y muerte común, sin solución de continuidad con el período de afiliación obligatoria.

Arto. 14. El régimen especial de pensiones establecido en la presente ley, se coordinará con otros regímenes a los efectos de determinar, en el caso de afiliados que cotizaron para distintos regímenes, las reglas de acumulación de los tiempos de servicio, el derecho a las pensiones, el monto de las mismas, la responsabilidad financiera de las instituciones y las demás normas que fueren pertinentes.

Arto. 15. Los afiliados que hubiesen cotizado un período igual o mayor a 15 años, tendrán derecho a solicitar la pensión por vejez, discapacidad o muerte de conformidad a las reglamentaciones establecidas, con independencia de que a esa fecha se encuentren o no en servicio activo.

Arto. 16. El régimen especial en materia de desarrollo humano, tiene como propósito favorecer y contribuir a la elevación de la calidad debida de los afiliados y sus núcleos familiares, coadyuvando a su formación: cultural y profesional.

El Instituto estará facultado para extender en forma gradual y progresiva su régimen de prestaciones y servicios, atendiendo el grado de eficiencia que ostente la organización administrativa del mismo, la situación económica y necesidades más urgentes de la población afiliada y las posibilidades técnicas de prestar los servicios. Toda modificación deberá ser objeto de un estudio actuarial previo, y sólo podrá ser aprobado si se cuenta con el financiamiento adecuado.

Con estas finalidades se promoverán y desarrollaran, entre otros, los programas siguientes:

a) Planes de desarrollo.

b) Programas de préstamos personales o hipotecarios.

c) Pensiones complementarias.

d) Administración de programas de jubilación de la Policía Nacional, dispuesto en el artículo.

e) Administración de programas de jubilación de demás dependencias del Ministerio de Gobernación.

Arto. 17. El Instituto asumirá sin solución de continuidad la administración del programa de compensación solidaria por muerte o discapacidad profesional. A esta prestación tienen derecho:

a) Los beneficiarios que el afiliado activo hubiese designado cuando ocurra su fallecimiento en el restablecimiento del orden público, la seguridad ciudadana o por actos en ocasión del servicio; y

b) El afiliado activo que por razones de su trabajo sufra discapacidad total.

El financiamiento de este programa estará a cargo del Estado, quien lo incluirá anualmente en el Presupuesto General de la República.


SECCION II

PATRIMONIO Y ADMINISTRACIÓN


Arto. 18. Para el cumplimiento de sus finalidades, el Instituto contará con patrimonio propio, proveniente de las siguientes fuentes:

a) Las cotizaciones de los afiliados.

b) Las cotizaciones que le corresponden al empleador.

c) El aporte del Estado establecido por la Ley del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.

d) Los fondos provenientes de las fuentes a) y b) recaudadas antes de la vigencia de la presente Ley.

e) Las asignaciones especiales que autorice el Gobierno Central, para cubrir los déficit que eventualmente presenten.

f) Las transferencias, herencias, legados y donaciones que sean aceptadas por el Instituto.

g) Los rendimientos, intereses y utilidades obtenidas de las inversiones realizadas.

h) Los inmuebles propiedad del Estado que por ministerio de esta Ley pasarán legalmente a ser propiedad del Instituto.

i) Las cesiones o donaciones de bienes y/o recursos que el Estado realice con el propósito de conservar, mejorar y otorgar derechos a la población afiliada.

j) Cualesquiera otros valores, bienes o recursos que se le asignen al Instituto o que este adquiera a cualquier título.

En lo previsto en el inciso h), el Registrador Público procederá a realizar el traspaso respectivo a la vista de La Gaceta en donde se publique la presente ley. El traspaso de dichos bienes estará exento de cualquier impuesto fiscal.

Arto. 19. Para financiar el régimen especial de seguridad social y desarrollo humano, el afiliado enterará como cotización mensual el 4% de su salario. El empleador cotizará el 11% mensual de los salarios totales pagados al personal sujeto de cobertura.

Arto. 20. El Consejo Directivo es la autoridad máxima del Instituto, y a quien corresponde la dirección, orientación, administración y determinación de las políticas del mismo.

El Consejo Directivo está constituido por:

a) El Ministro de Gobernación.

b) El Sub-Director General del Área de Gestión de la Policía Nacional.

c) Dos miembros de la Policía Nacional.

d) Un miembro del Sistema Penitenciario.

e) Un miembro de Migración y Extranjería.

f ) Un miembro de la Direccion de Bomberos.

g) El Jefe de la División General de Personal del Ministerio de Gobernación.

h) Un representante del INSS.

i) Un miembro de la Asociación de Pensionados.

El Ministro, el Sub-Director General de la Policía Nacional y el Jefe de la Direccion General de Personal, serán miembros del Consejo Directivo por el tiempo que permanezcan en sus cargos.

Los miembros indicados en los incisos c), hasta el f), durarán dos años en sus funciones y podrán ser designados por un nuevo período dentro de su categoría, debiendo para ello estar en servicio activo.

Las resoluciones del Consejo Directivo serán adoptadas por mayoría simple del total de sus miembros. El Consejo Directivo normará las disposiciones necesarias para asegurar su funcionamiento y lo relativo a sus normas disciplinarias.

Arto. 21. El Ministro de Gobernación presidirá el Consejo Directivo, y en ausencia temporal de éste asumirá la responsabilidad el Ministro en funciones. Será el representante legal del Instituto; en tal carácter comparecerá en los actos y contratos que éste celebre y en toda clase de juicios y procedimientos administrativos, como actor, demandado o tercerista. Con autorización previa del Consejo Directivo, podrá delegar en el Director Ejecutivo la representación legal para el ejercicio de las funciones antes expresadas.

Arto. 22. Son atribuciones principales del Consejo Directivo:

a) Ejercer la dirección del Instituto de acuerdo con las facultades otorgadas por esta Ley y el Reglamento General del Instituto.

b) Presentar al Presidente de la República, para su aprobación o reforma, el Reglamento General del instituto.

c) Autorizar, vender, hipotecar, constituir prenda, o arrendar los bienes del Instituto.

d) Aprobar las normas y procedimientos que sean necesarios para el funcionamiento del Instituto.

e) Estudiar y aprobar el proyecto de presupuesto, su ejecución y la política salarial del Instituto.

f) Acordar la concesión de nuevos beneficios de conformidad con las posibilidades financieras del régimen.

g) Conocer las peticiones, recursos y apelaciones de los afiliados o de sus beneficiarios en los casos que corresponda.

h) Nombrar o remover al Director Ejecutivo y al Auditor del Instituto .

i) Conocer el Informe anual de las operaciones del Instituyen, y tomar las decisiones que juzgue conveniente.

j) Autorizar las operaciones o actividades financieras que redunden en beneficio del Instituto.

k) Las otras que le establezcan las leyes y Reglamentos.

Arto. 23. El Director Ejecutivo es la más alta autoridad administrativa del Instituto y actuará como Secretario, con derecho a voz, del Consejo Directivo.


SECCION III

DISPOSICIONES COMUNES


Arto. 24. En case de graves alteraciones al orden público, desastres naturales o emergencia nacional, el Estado velará por la solvencia económica del Instituto, a fin de cumplir con las obligaciones previstas para los afiliados afectados por la situación que se presente.

Arto. 25. El Instituto deberá constituir las reservas técnicas para garantizar el desarrollo y cumplimiento de las prestaciones establecidas en esta Ley. Las reservas técnicas y los fondos del Instituto se invertirán en las máximas condiciones de seguridad y rendimiento.

Arto. 26. El Instituto publicará anualmente el balance de su gestión. Estará sujeto a la inspección y vigilancia de una auditoría interna que ejercerá labor de control y asesoría sobre las operaciones del Instituto, y dependerá del Consejo Directivo.

La Contraloría General de la República ejercerá los controles que por la ley le han sido encomendados.

Arto. 27. Se mantiene el sustento legal de las prestaciones concedidas a la fecha por el concepto de discapacidad, vejez o muerte, por el Ministerio de Gobernación.

El Instituto asumirá la administración y pago de estas prestaciones por los montos que actualmente tiene cada una, otorgados de conformidad con las normas de seguridad social establecidas en el Ministerio de Gobernación, y estas prestaciones se seguirán ajustando a lo que ellas disponían, hasta su existencia.

Arto. 28. El Instituto gozará de las siguientes exenciones: exención de toda clase de impuestos, tasas y contribuciones fiscales, directas o indirectas, establecidas o por establecerse, que puedan pasar sobre sus bienes muebles o inmuebles, rentas o ingresos de cualquier clase, o sobre los actos jurídicos o contratos que celebre.

Arto. 29. El Instituto tendrá derecho de prelación sobre cualquier otro acreedor por las sumas que adeuden los afiliados, los pensionados o sus beneficiarios.

Arto. 30. En todo lo no previsto en el Reglamento General del Instituto, se aplicarán en forma supletoria las disposiciones de la Ley y el Reglamento General de Seguridad Social del Instituto Nicaragüense de Seguridad (INSS).

Arto. 31. Mientras no se dicte el Reglamento del Instituto, se aplicarán las normas establecidas en el Orden 029-94 del Ministerio de Gobernación, del 24 de noviembre de 1994, en lo que no se le oponga. Se faculta al Consejo Directivo para emitir los acuerdos, órdenes y resoluciones que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Arto. 32. Los bienes que pasan a ser patrimonio del Instituto son:

Predios ubicados frente al edificio del Ministerio de Gobernación, Managua, Número 22322, Tomo 286, Folio 281, Asiento 5to.

Número 22323, Tomo 286, Folios 196-197, Asiento 4to.

Número 22325, Tomo 286, Folio 204, Asiento 3ro.

Número 23048, Tomo 300, Folio 186, Asiento 4to.

Número 36614, Tomo 495, Folio 273, Asiento 2do.

Edificio "Plaza el Sol", Número 66831, Tomo M22, Folio 90 al 97, Asiento 2do.

Inmuebles ubicados de la Martinizing una cuadra y media al sur, Managua, Número 14418, Tomo 466, Folio 57, Asiento 9no.

Número 13605, Tomo 29, Folio 142, Asiento 5to.

Complejo Carlos Roberto Huembes, Managua, Número 29318, Tomo 447, Folio 15, Asiento 4to.

Número 28876, Tomo 1568, Folio 225-6, Asiento 3ro.

Número 22601,Tomo 425 y 521, Folio 111 al 130 y 218, Asiento 6to.

Número 70035, Tomo 1183, Folio 75, 76 y 82, Asiento 1ro. Numero 45344, Tomo 639, Folio 250-51, Asiento 2do.

Hotel "Lomas del Mar", Huehuete, Carazo. Número 14229, Tomo 299, Folio 176 y 177, Asiento 4to.

Número 10009, Tomo 254, Folio 253 y 258, Asiento 1ro. Clínica León, Número 28687, Tomo 528, Folio 140, Asiento 3ro.

Imprenta Carretera Norte, Managua, Número 33343, Tomo 1433, Folio 182, Asiento 3ro.

Casa en Jinotega, Número 239, Tomo 1ro., Folio 238, libro de inscripción provisional.

Centro El Oyate, Chontales, Número 1450, Tomo 164, Folio 14, Asiento 15.

Gasolinera "La Cachorra", costado este Olof Palme, Managua. Centro Recreativo Motastepe, Managua.

Taller y Gasolinera Policía Nacional, León, frente al Cementerio Guadalupe.

Clínica Granada, frente a la Estación del Ferrocarril.

Clínica Matagalpa, Hotel Ideal 1 cuadra al sur, media cuadra abajo.

Taller de la Policía Nacional, Carretera Sur, número 60108, Tomo 980, Folio 42142 y 143, Asiento 3ro. y 4to.

Número 60109, Tomo 950, Folio 3039, 103, Asiento 3ro. y 4to.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Queremos hacer un anuncio para ordenar la discusión. Este capítulo nuevo va a ser colocado después del Capítulo X que se refiere al régimen económico, y antes del Capítulo XII Del Juicio a Miembros de la Policía. Para la discusión de este nuevo capítulo vamos a enumerar del 1 al 32; posteriormente de acuerdo a la numeración, cuando ya este ordenándolo, van a enumerarlo adecuadamente. Así que para que ordenemos la discusión, del 1 al 32, es este nuevo Capítulo.

A discusión el nuevo Capítulo "Seguridad Social y Desarrollo Humano".

Observaciones sobre el artículo 1. Tiene la palabra Doris Tijerino Haslam

DIPUTADA DORIS TIJERINO HASLAM;

Gracias, señor Presidente.

Esta es una inquietud compartida con el Doctor Castillo. En este artículo hacen referencia a los artículos constitucionales que respaldan los derechos de los nicaragüenses en cuanto a sus prestaciones sociales, el 61 y el 82; sin embargo restringe en este derecho, en el caso de la Policía y el resto del personal del Ministerio de Gobernación, al numeral 7) que habla solamente de pensiones de vejez. Es decir, no se les reconoce derecho a un trabajo con trato digno y humano; no se les reconocen derechos; no se les reconoce derecho a un salario igual por trabajo igual; no se les reconoce ser remunerados en moneda de curso; no se reconoce que su salario mínimo es inembargable.

Es decir, esos son derechos básicos de todos los nicaragüenses que trabajan, indistintamente en donde trabajen. Quizás el numeral 5), que tiene que ver con la jornada laboral, podría ser la unida excepción que por la vía del reglamento de la Ley se resuelva, porque ahí habla de la jornada laboral de ocho horas, y ya sabemos que el policía, que el bombero, que los campaneros de prisiones -salvo aquellos que trabajan a veces en los aspectos administrativos del Ministerio-, pues tienen jornadas de veinticuatro, cuarenta y ocho, setenta y dos y a veces hasta de semanas continuas de trabajo.

Es decir, tienen un régimen laboral especial y eso lo entendemos, y es necesario. Pero el resto de derechos, pues no entendemos nosotros cuál es la razón por la cual deba restringírseles y considerar que estos son unos trabajadores con un mínimo de derechos garantizados. Entonces, el Doctor Castillo -que también va a referirse, entiendo a lo mismo- y yo, hemos acordado una moción en relación con este artículo, y es que se suprima el numeral 7) y quede redactado de la siguiente manera: "De conformidad al artículo 61 y 82 de la Constitución de la República"; y de ahí sigue igual. Doris Tijerino, Edmundo Castillo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

El Secretario le da lectura.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"Sección I del capítulo nuevo, para el artículo 1. Que se suprima el numeral 7) , debiendo quedar redactado: "De conformidad al artículo 61 y 82 de la Constitución Políticas de la República".

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusión.

Tiene la palabra el Doctor Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Es que de la manera a como está redactado el artículo que estamos discutiendo y que dice lo siguiente: "de conformidad al artículo 61 y 82, numeral 7) de la Constitución Política, se establece el régimen especial de la seguridad social", etc., etc., aquí se pueden dar dos tipos de interpretaciones: el primer tipo de interpretación consiste en que se ha señalado el numeral 7) del artículo 82 de la Constitución, debido a que este es el Capitulo de seguridad social; la manera como está redactado parece como que nos estamos fundamentando en el Régimen Especial de Seguridad Social, en base al inciso 7) del artículo 82. Esa es la manera como se da a entender.

Pero la verdad de las cosas es que el policía, como todo ser humano tiene sus derechos laborales; y aquí en este artículo 82 hay una serie de incisos en que todos los trabajadores tienen derechos. Por ejemplo, en el inciso primero, el salario igual por trabajo igual; dos, ser remunerado en moneda de curso legal; tres, inembargabilidad del salario mínimo; cuatro, las condiciones de trabajo; quinto, la jornada laboral de ocho horas -la Comandante Tijerino ha explicado una serie de razones, y que podría haber una discrepancia sobre eso-; el sexto, estabilidad en el trabajo; e inciso séptimo, seguridad social.

La manera a como esta redactado da a entender que única y exclusivamente el Régimen de Seguridad Social es en base, al inciso 7), y que por una cuestión de lógica jurídica o logia elemental, en todos los otros incisos no tiene el policía la proyección que establece la Constitución Política. Entonces estamos presentando una moción que consiste en eliminar el concepto de numeral 7), para dejar con claridad meridiana la protección que va a tener el policía en base al artículo 61, que es el que establece el derecho a la seguridad social; y el artículo 82, que es el derecho a las condiciones que tienen todos los trabajadores.

No sabemos si esta moción que estamos presentando de consenso, va a tener una incidencia negativa en la labor del policía, porque indudablemente la cuestión de trabajo tiene una serie de diferencias. Por ejemplo, no es lo mismo el horario de trabajo en el caso de los menores de edad, en el caso de las mujeres, en el caso de los que manejan dirección, confianza o administración, que tienen puestos de responsabilidad y que son un número mayor de horas, y el concepto normal de que todo trabajador labora las ocho horas normales.

Yo quisiera señor Presidente, antes de que se someta a votación, saber el criterio sobre esta moción que nosotros estamos presentando la Comandante Doris Tijerino y mi persona, Edmundo Castillo Ramírez, para ver si es lógico y si no va a tener en vez de un efecto positivo, vaya a tener una incidencia negativa en ese desempeñar de la Policía que está encargada del orden público.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE - INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

No tendríamos ninguna oposición al planteamiento en relación al artículo 82, porque son los derechos del ciudadano nicaragüense en término general; pero nosotros dejamos establecido en el 63 los derechos especiales del policía, donde se establecen las condiciones de trabajo, donde se retoma mucho de este artículo y se plasman ahí en ese artículo 63. Se planteaba el numeral 7), porque se refería especialmente al aspecto de la seguridad social, y como estamos hablando del Capítulo de la Seguridad Social, queríamos referirnos a que en base a este artículo constitucional, el policía tenga derecho a optar a esta seguridad social.

Por eso es que nosotros lo recogimos del artículo 82, numeral 7; y los otros los dejamos impuestos dentro del artículo 73 -si mal no recuerdo- que ayer fue aprobado, en cuanto a sus derechos a la remuneración, el derecho a las vacaciones, el derecho al salario, a las condiciones que tiene que garantizar el Estado para el trabajo, y no hablábamos ahí -no sé si se acuerdan ustedes de la seguridad que se tiene que dar en cuanto al equipo que debe tener el policía para trabajar.

Lo único es que habría un problema en el inciso 5) sobre la jornada laboral. Como decía la Comandante Tijerino, la Policía y la mayoría de los órganos trabajamos normalmente ocho horas, pero cuando hay que trabajar más de ocho horas la jornada no termina en ocho horas; además, se están planteando ocho horas de trabajo en turno, pero cuando la necesidad del servicio obliga, el trabajo va más allá de las ocho horas. Nosotros no podemos condicionarnos exactamente, totalmente a eso, porque entonces habrían problemas y habría que revisar. Con eso yo quisiera dejar planteadas pues nuestras inquietudes respecto a ese artículo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Ingeniero Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Es que luego de la moción de Doris Tijerino y el Doctor Castillo y posteriormente las palabras de Franco Montealegre sobre este artículo, yo en realidad no veo ningún avance que este artículo le deje a la ley, ni al Régimen de Seguridad Social y Desarrollo Humano que pretendemos. Para mí sería suficiente comenzar con el artículo 2: "Créase el Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano". Y en el artículo 3, que se habla del Régimen Especial de Seguridad Social, poner también: "Se establece el Régimen Especial de Seguridad Social, que será obligatorio para..."

Pero aquello de establecer en un artículo 1, que de conformidad a tal o cual artículo de la Constitución Política se crea un régimen especial, me parece que es inocuo, que no tiene sustancia la creación de este artículo. Y voy a decir la razón principal que agregada a las que he mencionado, me mueve a dar esas expresiones. La razón principal es que no es en este punto que se está creando el régimen especial para esta ley. La seguridad social en esta ley comenzó desde que hablamos de jubilaciones, como dijo Franco, en el artículo 63, y antes de eso en la secciona anterior del capítulo anterior, en donde se habló de jubilaciones.

Entonces, venir hasta ahora a crear el régimen especial de seguridad, posterior a lo que ya se ha avanzado al respecto en los capítulos o secciones anteriores, me parece como que no encaja, como que le falta calidad jurídica a esta ley al crear ese Régimen de Seguridad Social y Desarrollo Humano, muy después de otros temas ligados a la misma naturaleza de este capítulo nuevo, que ya se han visto durante la discusión y se han aprobado durante la discusión, previo al establecimiento de este régimen especial.

Me parecería a mí que por esa calidad jurídica debemos resguardar la aprobación de esta ley, y mejor suprimiéramos este artículo y comenzar en la parte del artículo 2 señalando: "Créase el Instituto de Seguridad Social..." Y el arranque del artículo 3 que diga: "Se establece el Régimen Especial de Seguridad Social, el que será obligatorio para... " De esa manera salvamos esas preocupaciones que les he mostrado.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ;

Presidente, yo me inclinaría por el planteamiento de Jaime Bonilla, para no hacerlo largo. Voy a tratar de redactar con él una moción de cómo podría quedar, pero bajo el espíritu de que podríamos empezar en el artículo 2, perfectamente estableciendo la creación del régimen de seguridad social y el Instituto. O sea, yo sí primero diría: "Créase el Régimen Especial de Seguridad Social, para los miembros de la Policía Nacional, el Ministerio de Gobernación y sus dependencias". Con este propósito, créase el Instituto tal y tal, así de esa manera pues. Entonces vamos a redactarla Jaime y yo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Están anotados Luisa del Carmen Larios, Magdalena Ubeda, Noel Sánchez, Adolfo García, Doris Tijerino, Edmundo Castillo y Dora María Téllez.

Tiene la palabra la Diputada Luisa del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA:

Gracias, Presidente.

Realmente yo estoy de acuerdo con la moción que presentan Doris Tijerino y Edmundo Castillo, porque está determinando que si estamos creando esta nueva ley, y estamos creando precisamente una institución que garantice la seguridad social del cuerpo que se llama Policía Nacional. ¿Por que no vamos a dejarlo contemplado y conceptuado bajo los conceptos que deja precisamente la Constitución? Estoy de acuerdo con la moción de sustituir el numeral 7) porque se reduce efectivamente la actividad y la participación a la que se está aspirando en el concepto de la ley.

Por lo tanto, yo creo que los argumentos que presenta el Primer Secretario pueden ser válidos en algunos aspectos, pero no reduce la sustantividad con lo que le estamos dejando, el establecimiento a partir de la Constitución. Por lo tanto, yo respaldo la moción que presentan Doris Tijerino y Edmundo Castillo, porque considero que es coherente con el propósito que se está planteando al emitir este régimen de seguridad social.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Tiene la palabra la Diputada Magdalena Ubeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Quiero decir que yo simpatizo con la Policía Nacional, y hago esta premisa por lo que se me ha dicho que yo soy visceral, aunque también Presidente, son vísceras el cerebro y el corazón. La opinión que yo voy a expresar no se refiere a un artículo sino a todo el capítulo que han elaborado estos dos miembros de la Directiva de la Asamblea Nacional. Este Régimen Especial de Seguridad Social, fuera y por encima de la seguridad social del Estado, que cobija a todos los ciudadanos trabajadores comunes y corrientes, es en mi concepto, ofensivo, improcedente e injusto, por selectivo.

Crea para la Policial un estatus diferenciado, exclusivo, y así que coloca a los miembros de la Policía en un plano de superioridad intolerable. ¿Por qué no se abre mejor un capítulo dentro de la seguridad social nacional, para la Policía Nacional, para que no continuemos los nicaragüenses creando castas en este país? Yo estoy absolutamente clara de que la Policial merece estar dentro de la seguridad social, pero de la seguridad social que involucra a todos los ciudadanos de este país.

De manera que no estoy de acuerdo con este Capítulo elaborado por estos dos miembros de la Directiva de esta Asamblea Nacional. Posiblemente no se tome en cuenta mi opinión, pero que quede en el Diario de Debates, que yo estoy en contra de esta condiciono selectiva que se le atribuye a la Policial.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Ingeniero Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Doña Magdalena, este Capítulo es un Capítulo que elaboró la Comisión de Gobernación y Defensa, dados los planteamientos, no fue elaborado por ningún directivo de esta Junta Directiva. Doña Magdalena, ¿me escuchó lo que le aclaré? Es que este Capítulo no fue elaborado por ningún miembro de la Junta Directiva, fue elaborado por la Comisiono de Defensa y Gobernación, en consulta con la Policía Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Gracias, señor Presidente.

A mi me ha llamado mucho la atención, que hasta que el señor Secretario había terminado de leer este anteproyecto nos fue entregado a nosotros. Creo que esto debe ser objeto de un estudio detenido porque es un anteproyecto muy delicado. Yo le pido a la honorable Mesa Directiva que posponga esto para que lo estudiemos, y con un término apropiado de tiempo podamos venir a discutirlo aquí.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias.

Yo quisiera preguntarles a todos los honorables Diputados si tienen ese folleto.

La verdad es que no todos lo tienen, porque...

Tiene la palabra el Primer Secretario Jaime Bonilla.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

A mí me consta que ayer por la mañana se entregó este Capítulo, aquí me lo pasaron dejando a mí la gente de. . . Es más, quien lo mandó a reproducir fue la misma Policía porque no había papel. Y aclaro esto, que la sección de reproducción de aquí de la Asamblea dijo ayer en horas de la mañana que no tenía papel, entonces ellos proveyeron de este papel y se repartió acá.

Yo estoy claro que existe alguna escasez de esto en algunos de los escaños, y se ha mandado a reproducir más todavía para distribuirlo a cada uno de los miembros. No sé, pues, si sea necesario, siendo que se comenzó la distribución el día de ayer por la mañana, suspender la Sesión y continuarla el día de mañana en este punto; porque yo estoy claro y de acuerdo en que es importante que todo mundo esté compenetrado de lo que estamos discutiendo. Aquí no se trata de ir a mansalva.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

En vista de que hay ciertos Diputados que no tienen el proyecto de este nuevo Capítulo, vamos a suspender la Sesión para continuarla mañana; y por favor que se lo pidan a la señorita de Protocolo, para que mañana no vengamos con el mismo problema. Es un capítulo muy importante, y por eso decidimos suspender la Sesión y continuarla mañana a las nueve de la mañana.

Bueno, están en la lista: Adolfo García Esquivel, Doris Tijerino, Edmundo Castillo Ramírez, Dora María Téllez, Alonso Porras, Reynaldo Antonio Tefel, Adán Fletes Valle, Iván Salvador Madriz, Magdalena Úbeda de Rodríguez, Raul Venerio Granera, Julio Marenco, Marcia Quezada, Andrés Robles y Víctor Manuel Talavera.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEIS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA 25 DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (DOCEAVA LEGISLATURA).

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Quorum con 52 Representantes presentes.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Ayer quedamos en una discusión sobre el artículo 1, en donde se presentaron dos mociones: una moción de Doris Tijerino y Edmundo Castillo, y otra moción de Alonso Porras y Jaime Bonilla.

La moción de Doris Tijerino expresa que sobre este primer artículo del capítulo nuevo de Seguridad Social y Desarrollo Humano, se suprima lo que dice el numeral 7), debiendo quedar redactado: "De conformidad al artículo 61 y 82 de la Constitución Política de la República, se establece el Régimen Especial de Seguridad Social y Desarrollo Humano, para el personal de la Policía Nacional y el personal de las demás dependencias del Ministerio de Gobernación".

La moción de Alonso Porras y Jaime Bonilla expresa una supresión de lo que está escrito como artículo 1, que más bien eso se integre al artículo 2 y que se redacte de la siguiente manera: "Se establece el Régimen Especial de la Seguridad Social y Desarrollo Humano, y con tal propósito créase el Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano que en adelante se denominará simplemente como el Instituto"; y seguiría leyéndose tal como está escrito este artículo 2).

Eso con el objeto de evitar la citación de los artículos de la Constitución Política, porque eso sería una situación parcial, dejando a lo mejor otras situaciones igualmente importantes, o bien otras leyes que son igualmente importantes, y que en correspondencia a ella se estaría creando este Régimen Especial de Seguridad Social y Desarrollo Humano.

Entonces, en este punto es que quedamos el día de ayer; continuaría el debate alrededor de las mociones.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado don Reynaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Quería expresar que participo de la preocupación de doña Magdalena de no fomentar la creación de castas. Desde siempre he estado en contra de las castas privilegiadas, sean estas de origen económico, social, aristocrático o seudo religioso. Yo he luchado toda mi vida por una sociedad democrática que se acerque lo más posible a la igualdad y a la fraternidad, dentro de la libertad, de la equidad y de la justicia social. Por esa razón me llamaba la atención que en países como los Estados Unidos, Canadá, México, Europa Occidental, Sur American, donde existen sistemas de seguridad social y nacional, funcionaran simultáneamente sistemas especiales para los ejércitos y los policías.

Hice mis investigaciones y me encontré con una respuesta de índole eminentemente técnica y no política, ni ideológica, y la razón es sencilla. Los sistemas nacionales de seguridad social para la población civil, no están en capacidad de asumir el alto costo económico del alto riesgo que conlleva la actividad militar, así como la de la Policía; inclusive en época de paz la Policía tiene más riesgo que el ejército. Por esa razón fue que aprobamos por gran mayoría la seguridad social del Ejercito dentro del Código Militar, y no para crear castas; son otros los factores históricos, sociológicos, económicos y culturales los que promueven las castas. Por todas las razones mencionadas, ahora estoy seguro que todos aprobaremos la seguridad social de la Policía Nacional y de los otros cuerpos similares del Ministerio de Gobernación.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Magdalena Úbeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Muchas gracias Presidente, pero no tengo más remedio que querellarme de nuevo ante la honorable Junta Directiva, por la discriminación de que me siento objeto por no habérseme proporcionado este nuevo Capítulo que yo ayer creía era creación de dos miembros de la Junta Directiva; hasta me ha inducido esta falta de información a decir una necedad, atribuyéndole su creación y su paternidad a los miembros de la Asamblea Nacional. Yo hubiera destinado la noche anterior -anoche- a estudiar este Capítulo, pero ni siquiera tengo conocimiento del porqué no nos ha sido proporcionado.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra para atender la discriminación, el Secretario Jaime Bonilla.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Mas bien es una aclaración bien sencilla. Cuando ayer terminaba la Sesión y suspendiéndose precisamente porque no tenían el documento en mano, se les dijo -lo dijo Adolfo Jarquín- que no se fueran sin el documento que se estaba reproduciendo.

En este instante ya se va a entregar a cada escaño, pero, hay cosas que no están en nuestras manos resolver, ni hacemos lo posible cada uno por su solución. No costaba nada esperarse un rato para llevarse ese documento; pero en este momento yo le entrego uno a usted dona Magdalena, para que estemos en una discusión plena, y en menos de cinco minutos yo le garantizo que lo van a tener en las manos cada uno de los parlamentarios.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra la Diputada Doris Tijerino.

Pero creo que vale la pena aclarar, antes de darle la palabra a la Diputada, que el suscrito y la Diputada Doris Tijerino no hemos elaborado este documento y que ayer, a pesar de ser miembro de la Directiva, se nos entrego este documento.

Tiene la palabra la Diputada Doris Tijerino.

DIPUTADA DORIS TIJERINO HASLAM:

Gracias.

A pesar de que ya está suficientemente claro, quiero además agregar que en nada me avergonzaría haber elaborado esta propuesta, porque es una propuesta justa; es una propuesta necesaria, en donde se dejan claras las cosas mediante ley. Aquí se habla mucho del Estado de Derecho, de un pretendido Estado de Derecho, pero no se tienen leyes claras. Entonces, a mí me parece que no precede estar solicitando que se elimine, en función de lo que ya el Diputado Reynaldo Téfel aclaraba, a propósito de las castas.

Las castas aquí no las está creando esta ley, las castas aquí existen por razones del desarrollo económico y social que hemos tenido. Existen los que tienen derecho a todo y que ni siquiera necesitan de un seguro social, y los que no tienen derecho a nada y que tienen que andar mendigando una pensión de salud. En relación con el porqué, Reynaldo aclaraba; sin embargo yo quería también agregar, que yo veo el problema desde otra óptica. Yo veo al policía trabajando 24 por 24, más 24 por 24, o al compañero de los bomberos cayéndose de un andamio cuando va a apagar un incendio para proteger vidas y capitales que no son de sus familias. Yo veo a los compañeros del Sistema Penitenciario conviviendo con enfermedades, conviviendo con situaciones realmente duras y difíciles.

A mí me parece que sí son necesarias estas instituciones, a como efectivamente nosotros decimos; cuando se ve afectada nuestra integridad física o de nuestros capitales, pegamos alaridos porque no hay policías a la media noche cuidándonos. Entonces tenemos que corresponder en igual medida. Por ejemplo, a un oficial de policía, a un oficial de SINACOI, a los bomberos, a un oficial de prisiones, o de Migración, se les dificulta incluso adquirir un simple seguro de vida, el común y corriente que se contrata aquí en el país, porque están considerados, como los miembros del Ejército, en situaciones riesgosas.

Yo quería sin embargo profundizar sobre mi propuesta, ya en relación con la propuesta de Alonso y de Jaime, y yo voy a decir por qué. El artículo 63 protege -y lo hace enumerativa mente- una cierta cantidad de derechos que efectivamente están ahí consignados; pero el artículo 82, para mencionar uno, es un derecho de los nicaragüenses -constitucionalmente establecido en el artículo 82-que no se puede embargar el salario mínimo, salvo por razones de pensiones alimenticias; en el 63 ni en ningún otro artículo, lo está consignando la ley, a no ser que como yo me perdí parte de la discusión y hayan suplido en otros artículos este.

Hemos estado consultando, y sabemos que decir que se crea este Instituto porque a nosotros se nos ocurrió decir que se crea este Instituto en base a un artículo constitucional, tiene una diferencia sustantiva. Así que yo quisiera reiterar, y solicito al mismo tiempo a los Diputados el respaldo a la moción del Doctor Castillo y mía -que entiendo ha sido respaldada también por el Licenciado Téfel- para que se elimine el numeral 7) , y que quede solamente: "artículos 61 y 82 de la Constitución de la República".

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Doctor Adolfo García Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Resulta que el día de ayer quedó una lista de honorables Diputados que supuestamente eran los que iban a intervenir esta mañana, y resulta que se ha hecho caso omiso de esto y se ha apartado; en este momento tenía el listado el señor Presidente en funciones, el Licenciado Adolfo Jarquín Ortel; entonces eso se ha violentado acá. Pero por otro lado, a mí me llama la atención que aquí rompamos normas de orden parlamentario, y de práctica parlamentaria y de normas estatutarias y reglamentarias, que son las que obligadamente deben observarse aquí dentro en este hemiciclo, para regular y normar las gestiones de esta Asamblea.

Por ejemplo en este caso, aquí tengo yo un texto que me fue entregado y que dice: Capítulo XII, Seguridad Social y Desarrollo Humano. Estoy claro que aquí cualquiera de los honorables Diputados tiene el privilegio y el derecho de mocionar para introducir artículos, o modificar artículos o artículos nuevos, pero no tenemos derecho a introducir aquí todo un capítulo. Ese ya es otro cuento, son otros cien pesos, y estamos violentando normas estatutarias. Además, todo ese texto de todos estos artículos, no tienen numeración, por un lado. Por otro lado, obligadamente esto debió conocerlo la Comisión Especial, la Comisión correspondiente, y no que vamos a venir aquí dentro del Plenario: ve, voy a mocionar para discutir, para presentar y discutir todo un capítulo, no; todo esto no lo conoció la Comisión, eso no se puede estar haciendo.

Es decir, esto más bien denota irresponsabilidad y falta de seriedad en la legislación, en la estructuración de la legislación de este país. Entonces, yo voy por la seriedad en ese sentido, por el orden, para que se cumpla con las normas estatutarias. Por otro lado, si yo me quiero referir a algo, a qué número me voy a referir, a cuál artículo, si hay todo un Título aquí, y ninguno tiene número. Además, yo había pedido la palabra desde ayer y me correspondía intervenir acá. En el artículo primero que aprobamos de la Ley de la Policía, como disposiciones fundamentales, se dice artículo primero.

Dice el artículo primero: "La Policía Nacional es un cuerpo armado, de naturaleza civil y profesional, apolítico, apartidista y no deliberante. La Policía Nacional se regirá en estricto apego a la Constitución de la República, a la que debe respeto y obediencia". Y aquí estamos violentando precisamente la Constitución. La Policía Nacional es un organismo estrictamente de orden civil; obligadamente el Instituto Nacional de Seguridad Social, en su Ley Creadora dice "que nadie puede crear ninguna institución, ni igual ni similar para prestar servicios de seguridad social en este país". Es único y para los civiles.

Y si la Policía es una institución civil, no puede crear la Policía un instituto de seguridad social, porque según la Ley Creadora del Instituto de Nacional de Seguridad Social, solamente el Instituto de Seguridad Social puede prestar esos servicios. Y si este es un organismo civil, de naturaleza civil, como dice la definición en el artículo 1, obligadamente tiene que someterse o ajustarse a las normas de la Ley Creadora del Instituto Nacional de Seguridad Social. Eso por un lado.

Por otro lado no es cierto, porque aquí en uno de los primeros artículos se invoca el artículo 61 y 82 de la Constitución; más bien están violentando esos artículos. A mí lo que me interesa, por la seriedad de la legislación, es que nos ajustemos a la Constitución, y obligadamente dice aquí en el artículo primero que ya aprobamos, que "la Policía debe respeto y obediencia a la Constitución", y aquí la estamos violentando. Y voy a repetir de nuevo, que no se pueden introducir aquí títulos enteros o completos, como es en este caso sobre todo obligadamente; tenemos derecho a mocionar por artículos nuevos, por modificar o retomar artículos que están dentro del dictamen, y aquí yo no sé si esto es parte del dictamen.

Este es un Título que vamos a discutir aquí sin que lo haya conocido la Comisión correspondiente; entonces estamos violentando cuestiones de orden fundamental y a la Constitución misma. Por otro lado, vean lo que se quiere: En uno de tantos artículos, que no sé cuál número es, dice: Artículo 20. Los bienes que pasen a ser patrimonio del Instituto son: predios ubicados frente al edificio del Ministerio de Gobernación, Managua, números tales y cuales, Número 22322, Tomo 286, Folio 281, Asiento 5to.; de tal manera que con un simple artículo, por ejemplo, la Policía Nacional pone aquí los números registrales de todas las propiedades que tiene nuestro amigo, el honorable Diputado Herty Lewites, y pasan de una vez a propiedad de la Policía.

O los bienes del Ejecutivo por ejemplo, bienes del Estado, con simplemente meter aquí el número registral de una propiedad del Estado o de cualquiera de los honorables Diputados pasa a ser propiedad de la Policía; eso no puede ser así, hombre. Y no puede ser así porque estamos violentando la Constitución, y además hay que cumplir con las normas registrales; es decir, nadie puede disponer de un bien o inscribir un bien, si no se encuentra ajustado a la cadena registral. Estamos violentando todo el instituto del Registro Público de la Propiedad de Nicaragua.

Entonces, no podemos estar haciendo esas locuras. Se supone que nosotros como Diputados somos gente seria y queremos hacer las leyes lo mejor de lo mejor, no hacer las leyes a la bulla, a la brava; esto no puede ser así. Entonces, yo insto con todo el respeto a la Junta Directiva, para que meditemos y reflexionemos bien estas cosas. Por otro lado, en lo que se refiere al Registro de la Propiedad, al Registro Publico de la Propiedad Inmueble de Nicaragua, hay principios que no podemos violentar. Nadie puede disponer de una propiedad, si en sus antecedentes y en su cadena registral no hay una inscripción para que pueda funcionar una transmisión del anterior propietario al nuevo propietario.

Además, tenemos un principio registral, dice un principio del derecho: "Prior tempore, potior iure", es decir, primero en tiempo, primero en derecho. Pero el primero en tiempo es primero en derecho, siempre que exista en la cadena registral el antecedente que sólo puede transmitir quien registralmente tiene derecho a transmitir. No es cuestión de que aquí en este artículo, tales y cuales números registrales y asientos, tomos, folios, son de la Policía; no hombre, eso no puede ser así. En su momento, en relación con este artículo yo mocionaría. Este es un proyecto para someterlo a consideración en su caso, pero yo creo que primero hay que definir aquí, hay que reflexionar y decidir qué efectivamente estamos haciendo, ¿estamos cumpliendo con la Constitución para crear el Instituto de Seguridad de la Policía?

Y yo creo que eso no lo podemos hacer, porque si aquí en una definición aprobamos que la Policía es un organismo estrictamente de naturaleza civil, obligadamente está sometido a la Ley Creadora del Instituto Nacional de Seguridad Social, y aquí lo que podemos hacer es ajustar esa situación. Con todo respeto le diría a la Junta Directiva que se nombre una Comisión Especial, para que no cometamos un grave error; y es más, le estaríamos haciendo un mal favor a la institucion de la Policía, por la cual todos tenemos un gran respeto y a cuyo proyecto todos aquí tenemos la mayor simpatía para pasarlo y aprobarlo; pero no lo vamos a pasar y a aprobar cometiendo violaciones a la Constitución.

Entonces, yo insisto en que se nombre una Comisión Especial para estos efectos. Y por otro lado, les ruego a todos los honorables Diputados que reflexionemos para poder tomar una decisión en relación con la creación del Instituto de Seguridad Social de la Policía. Hay otras disposiciones que estamos queriendo violentar aquí. El artículo 39-54 por ejemplo, inscrito un título traslativo de dominio de los inmuebles, no podrá inscribirse ningún otro que lo contradiga...(CAMBIO DE CINTA ORIGINAL)... tendría ningún valor si está violentando normas registrales. Y no es cuestión de que aquí vamos a decir en un artículo, fulano es dueño ya; no, hay otras cosas que están de por medio. En consecuencia, insisto en que se nombre esta Comisión y que reflexionemos para tomar una decisión sobre la creación del Instituto de Seguridad Social de la Policía.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Vamos a pedirles a los Diputados que cuando estemos discutiendo un tema, se refieran específicamente a ese tema. Primera cosa.

Segunda cosa. Cuando yo tomé la Presidencia, había una lista totalmente diferente a la que existía; esa es la razón por la que me acordé que usted estaba de primero Doctor Adolfo García, y en esta lista estaba de último, entonces le di la palabra de tercero. Es decir, aquí lamentablemente se pierden las listas o se borran las listas, y tenemos que someternos con la lista que tenemos a la vista, no con la lista anterior.

Tiene la palabra el Ingeniero Jaime Bonilla, para aclarar los conceptos del Doctor Adolfo García.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

En primer lugar, voy a dar mi punto de vista muy particular sobre lo de la lista. Una lista pudo haber quedado ayer, pero esos Diputados no están presentes a la hora que comienza la Sesión. La lógica es que el que vino y estaba y recuerda que se anotó, se anote. Bueno, pero el problema es que simple y llanamente el problema de la lista es un problema del momento en que estamos en la discusión, y esa discusión debe realizarse de acuerdo al interés de los parlamentarios.

Yo no sé bien si le entendieron con precisión al Doctor García Esquivel, porque yo creo que él entiende que este Capítulo nuevo... Yo creo que él sabe... Doctor García Esquivel, yo entiendo que usted conoce que este Capítulo nuevo es un Capítulo que entrega acá a la Secretaría la Comisión de Defensa y Gobernación que dictaminó la ley; o sea, es parte que se incorpora al dictamen inicial, eso llena la legalidad de la propuesta. Además, que fue decisión del Plenario la creación de este articulado, para darle garantías de seguridad social al trabajador de la Policía Nacional, a la vida del policía que trabaja allí, para que sienta que su institución en determinado momento le va a responder a él y a su familia. Esto en un orden.

En otro orden voy a decirle, porque yo no sé si le comprendieron bien cuando dicen que usted se expresó, por que esto debe discutirse por artículo. El sistema que hemos aprobado para esta ley, es discusión por capítulos, y entonces este Capítulo no puede ser discriminado para ser discutido por artículo, si la discusión que hemos aprobado para esta ley es por capítulo, de tal manera que es totalmente posible. Y, finalmente, el artículo 50 del Estatuto dice que "El dictamen de la Comisión podrá ser favorable o desfavorable. Tratándose de una ley nueva, la Comisión podrá hacer reformas o adiciones o supresiones al proyecto de ley o presentar una nueva redacción". De tal manera que todo es coherente con nuestro sistema jurídico para la aprobación de la formación de una ley.

Muchísimas gracias, Doctor.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Están apuntados el Diputado Nilo Manuel Salazar, Edmundo Castillo Ramírez, Adán Fletes, Luis Sánchez Sancho, Alonso Porras Díaz, Doris Tijerino Haslam, Reynaldo Antonio Téfel, Dora María Téllez, Juan Francisco Castillo; se cierra la lista con el Diputado Juan Francisco Castillo.

Tiene la palabra Nilo Manuel Salazar.

DIPUTADO NILO MANUEL SALAZAR AGUILAR:

Gracias, señor Presidente.

Realmente el día de ayer se hablaba de la suma necesidad de tener los documentos en manos. De las mociones que se están haciendo en estos momentos, pueden haber posiciones muy positivas y pueden haber algunas posiciones en que realmente uno tenga sus inquietudes. Sin embargo, se trató de decir ayer -se trató porque yo no lo escuché-, que teníamos que quedarnos como niños a la orden de un mando, que hasta que saliera el documento los Diputados debíamos irnos de este Parlamento. Yo no estoy de acuerdo con esa posición que se señaló, de que una vez que estuviera el documento aquí debíamos estar sentaditos; porque la Junta Directiva así lo decía, se iba a estar sentado aquí. Yo no acepto esos criterios.

Por otro lado, hoy lo dice Jaime, bueno, que, los culpables somos nosotros porque no cumplimos con el mandato de la Junta Directiva, y no tenemos el documento en mano; esa es una salida que tampoco la veo muy responsable; sin embargo, el tema está planteado y hay diferentes opiniones, porque, por ejemplo aquí se dijo que seguridad social integral se debe ver en varios aspectos; se mira como seguridad social, el seguro social que para mí es un simple ente cobrador, que paga pensiones, que paga jubilaciones, que paga subsidios, que mira ciertas cosas; pero la realidad es que esa tal seguridad social, en la práctica no es lo que nosotros vemos como integridad social.

O sea que en la práctica, el seguro social es simplemente un departamento de cobranza, pero realmente lo que vemos como integridad de seguridad social no la ven los trabajadores mismos, que son desde el punto de vista reclamantes y dueños. Y ahora viéndolo desde el punto de vista de la Policía, también deja muchas inquietudes, porque habría que ver si realmente el Ministerio de Gobernación ha enterado lo que se llama aporte a la seguridad social, para decir que van a estar protegidos. O habría que ver realmente si la decisión en lo que aquí estamos hablando, los aportes de seguridad social, en lo que se llama el empleador el 11 por ciento y lo que se llama el 4 por ciento por parte de quienes pagan directamente el seguro de su salario.

También habría que ver el otro punto del 50 por ciento, que nadie lo ha mencionado, de la obligación del Estado en lo que se llama los aportes para seguridad social, pues tampoco nadie ha dicho nada de eso. Entonces, hay una serie de inquietudes que ante lo que se ha venido planteando uno se siente bastante incómodo; y nos están mandando a los que no tenemos documento en mano que no votemos, o nos abstenemos. Pero si no hay documento en mano, yo no voy a votar, mejor me abstengo porque no se lo que voy a estar votando; porque una cosa es leer un documento y otra cosa es tener el documento en la mano y poder estar diciendo, o estar mocionando y estar viendo en qué nos contradecimos en la ley.

Decía por ejemplo el Diputado, en este caso García Esquivel, que no puede haber otra cuestión, que hablemos de seguridad social; la verdad es que en este país aquí hemos quedado hablando algunas cosas que en la práctica existen. Ahora, aquí se da el lujo el Instituto de Seguridad Social de hacer una serie de arreglos, ya no con lo que dice el Decreto 35 de la ley de 1979, sino que ahora es el propio Ministro, como no tiene ni representación de los trabajadores, es el dios y señor, el que toma su medicina y dice qué es lo que se va a hacer en este país, que ahora hay un montón de arreglos con las empresas privadas, estatales, como medicamento provisional.

Entonces, aquí existe una serie de enredos, y la realidad de las cosas es que no se ha podido darle una respuesta. Así que yo creo que lo mejor hubiera sido haber visto los puntos, los artículos de la ley de la Policía que hacen falta por discutir; mientras, hubiéramos examinado realmente qué es lo que está en las mociones, porque yo entiendo una moción de esa naturaleza, de tantas voluntades buenas que pueden haber, pero si no hay documento en manos uno no puede precisar.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Edmundo Castillo.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Pareciera que a veces nos olvidamos de que las leyes tienen una finalidad determinada para regular un techo social determinado, eso es un principio elemental de derecho; si vamos a sacar, si vamos a regular una cuestión laboral, la ley laboral tiene que tener unas características especiales; si vamos a regular hechos mercantiles, entonces el derecho mercantil tiene que tener la característica de esa condición. Aquí estamos hablando no de un régimen de seguridad social para trabajadores normales y corrientes, y esa es una realidad que la Policía, la mayor actividad de su trabajo, en un 80 por ciento es de riesgo. No es lo mismo que el trabajador normal y corriente, son casos de excepción; son casos de excepción porque tienen la obligación de guardar el orden público, como el Ejército, de guardar la soberanía.

Entonces, no es un trabajador que se pueda decir que allá ocasionalmente, en un año tuvo un accidente y entonces se va a amparar en el seguro social; no tengo a mano los índices de lesiones que han sufrido, ya no de amenazas, de presiones, etc. y otras que son lesiones tangibles. Pero la verdad es que un policía en el desempeño de sus labores, no es lo mismo que el trabajador normal y corriente que está trabajando en una empresa. Un trabajador normal y corriente no recibe amenazas de muerte, no recibe lesiones físicas o insultos, etc.; guardar el orden público es bien difícil.

Cuando la Comandante Doris Tijerino y mi persona, Edmundo Castillo Ramírez presentamos esta moción, habíamos también leído el artículo 63 donde se establecen los derechos laborales; pero si analizamos en términos comparativos el artículo 63 aprobado, con lo que dice la Constitución en su artículo 82, hay una serie de beneficios que lo dice la Constitución, pero que no lo dice el artículo 63. Por ejemplo en el artículo 82 se habla de que el sueldo mínimo, el salario mínimo es inembargable, a menos que sea por cuestiones alimenticias. También otro punto que lo dice la Constitución y no el 63, es que no se le debe pagar al trabajador en especie como antes se pagaba, sino que se le debe pagar en la moneda de curso legal.

Entonces, esa es la razón por la cual nosotros estamos haciendo la mención de que exista aquí, que se suprima el inciso 7) y que se dejen únicamente el artículo 61 y 82, porque se da a contrario sensu, que como se dice de conformidad al artículo 61 y 82 numeral 7) , ahí se ve una especificidad, y eso es un señalamiento de que el régimen está fundamentado en el inciso 7), y a contrario sensu da a entender en los otros incisos, que la Policía no tiene esos beneficios.

Claro que alguien podría decir, bueno, es un principio constitucional. Pero estas son leyes especiales. Claro que una ley especial no deroga los principios constitucionales, pero lo primero es que lo que abunda no daña. Segundo, que puede prestarse a que un juez al aplicar esta ley vaya a entender que ha habido una concesión especial, por ser un cuerpo especial. En concreto, tanto la Diputada Doris Tijerino como mi persona, Edmundo Castillo Ramírez, mantenemos nuestra moción y pedimos al Plenario que tenga a bien apoyarnos.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Voy a tratar de contribuir a que esta ley la podamos aprobar lo más rápidamente posible, sin que esto signifique que vamos a ser ligeros en su aprobación. Hay una lista bastante grande, que está cerrada en el Diputado Juan Francisco Castillo; pero además de la lista de ayer, quedan una serie de personas que hoy no se registraron y ya están aquí.

No se si eso significa que dejan de insistir en hacer use de la palabra al no estar anotados; sin embargo quiero llamar la atención en que hay distintas maneras de ir entorpeciendo la aprobación de una ley y una de ellas es armar extensas discusiones para que no se apruebe.

En el orden sigue el Diputado Ivan Salvador Madriz, y una vez mas quisiera recordarles, centrémonos en el punto que estamos. El punto en que estamos son dos propuestas: la propuesta del Doctor Castillo y mía, y la propuesta de Alonso Porras y Jaime Bonilla, que tienen que ver con el articulo nuevo numero 1, que viene en el Capitulo XII.

Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Indiscutiblemente este tema hay que verlo bajo el punto de vista de una forma singular, atinada, proporcionada, de la cual estoy sumamente sorprendido, de esa versatilidad que tiene el Doctor Castillo, y en este tema ha sido muy atingente con los principios reales de diferenciación entre un trabajador común y corriente, y el trabajador como tal de custodia del orden publico, como es el policía. Yo quiero sumarme a esta posición, ya que este Régimen de Seguridad Social es un régimen de seguridad social especial, y tiene que ser especial cuando en su fundamentación en el articulo 61 y 82, y fundamentalmente en el 82 numeral 7), en las atribuciones que tiene la Constitución para los trabajadores, ellos solamente se circunscriben en el numeral 7).

Y es ahí donde cabe insistir la razón de la especialidad de este Régimen de Seguridad Social; porque si no fuese así, fuese general en todos los incisos que están contemplados en el articulo 82, y entonces estaría dentro del marco de la generalidad del trabajador común y corriente que existe en este país. Por lo tanto, el fuero especial de la Policía se circunscribe en una seguridad social especial, no hay ninguna contravención a una seguridad social general; por el contrario, esa diferenciación se hace por razones de que el trabajo que ellos realizan esta impregnado en un 80 por ciento como decía el Doctor Castillo, del riesgo que se lleva; y los trabajadores en general tal vez lleven un 20 por ciento de riesgo.

Y ellos llevan un 80, y por eso necesitan una seguridad social especial; son ellos los que exponen la vida por el orden, por la seguridad ciudadana, custodiando los bienes y personas de este país. Por lo tanto, yo no estimo que se este creando tampoco una casta; que castas pueden haber en este país, como si estamos hablando del Ejercito chileno, o de la marina chilena, o de Argentina, o de otros países; eso es estar hablando disparates.

Aquí no hay ninguna casta, ellos son gente humilde, sencilla, que conforman estos cuerpos que nosotros tenemos y estamos a punto de institucionalizar, y que va a ser un orgullo para esta Asamblea Nacional al momento de que nosotros terminemos estos periodos que tenemos establecidos en esta legislatura, habiendo institucionalizado al Ejercito Nacional de Nicaragua y ahora a la Policía Nacional de Nicaragua.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Adán Fletes.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE;

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo quiero aclarar algunas cosas y llamar la atención del Plenario sobre este tema. Lo primero de esto es señalar que el dictamen de la Comisión de Defensa y Gobernación no incluye este Capítulo; ese dictamen yo lo firme, y ese dictamen no contiene ese Capitulo. Por lo tanto, las observaciones de procedimiento del Doctor Adolfo García son valederas, por eso creo que partir de esa información inexacta de que estaba contenido en el dictamen, me parece que es un procedimiento también incorrecto. El segundo factor que me parece también importante y que en esto el Plenario debiera dar un respaldo total, es que realmente esta institucion de protección a los policías y a otros funcionarios del Ministerio de Gobernación debe ser aprobada; pero estos capítulos, este Capitulo que se ha agregado, no es mas que una parte de un anteproyecto de ley mandado en Octubre de 1995 por la señora Presidente de la República.

Es un proyecto de ley que contiene ciento cuarenta y tres artículos, que es este que estoy levantando y que se ha hecho de eso un resumen. Creo que por las características de las instituciones a las que se refiere, esta Institucion necesita este tipo de protección especial. Me parece que el tercer factor importante en esto, también es que debido al tiempo que nos queda, las organizaciones e instituciones quieren que estas leyes sean aprobadas lo mas pronto posible, y tienen razón. Por eso me parece que la aprobación de este Instituto debe ser de urgencia también para la Asamblea Nacional; pero a mi juicio, debe ser parte de un dictamen de la Comisión de Defensa y Gobernación, por eso me parece que debe pasar a la Comisión con carácter de urgencia.

Deseo señalar que el que aparece como segundo artículo de este Capítulo XII, es el articulo primero de ese proyecto de ley; el siguiente articulo es aproximadamente el cinco; el cuarto que aparece aquí es el 22 de la ley. De tal manera que creo que amerita un dictamen particular. El otro factor que a mi me parece importante, es que esta es la creación de una institución que pertenece al Ministerio de Gobernación, y que insertarlo en una ley de la Policía es incorrecto. Yo no creo que sea adecuado insertar esta Institución dentro de una ley de la Policía, cuando esta Institución protege mas allá de la Policía, protege a Migración y Extranjería, protege a los bomberos y al Sistema Penitenciario, que son instituciones parte de la Policía; por eso me parece totalmente incorrecto introducir esto como un artículo de la ley de la Policía.

Y el último factor como observación para el camino de este Capítulo XII, es que aquí hay que tomar en cuenta no solamente a la Dirección General de Bomberos adscrita al Ministerio de Gobernación, porque tanto riesgo y tanto capital ajeno también defiende la Federación de Bomberos Voluntarios que no está adscrita al Ministerio de Gobernación. Entonces, hay que buscarles también a estos bomberos que no están dentro del Ministerio de Gobernación, una protección social; no se le puede dejar tampoco a ellos en el aire.

Por eso solicito a la honorable Junta Directiva que metamos esto en un procedimiento de lo mas correcto posible, y yo creo que la Comisión de Defensa y Gobernación puede comprometerse a que este Capítulo reducido, este Título reducido, pueda estar siendo presentado de nuevo en la próxima semana al Plenario, para que el Plenario también con un procedimiento correcto lo apruebe. Yo creo y comparto la preocupación de que esta Institución debe crearse, debe aprobarse lo más pronto posible. Comparto el criterio también de que debe haber una protección especial a estas organizaciones que pertenecen al Ministerio de Gobernación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM;

Bien, en aras de la verdad, quiero explicar que el jueves de la semana antepasada, este Plenario aprobó que la Comisión de Defensa y Gobernación revisara una serie de artículos que habían quedado pendientes, que son justamente los que ayer evacuamos, y la Comisión de Defensa y Gobernación utilizó la semana pasada para reunirse. Yo sé que el Licenciado Fletes estaba con problemas de salud, sé que no estaba acá, entonces obviamente no pudo asistir a las reuniones. Este proyecto fue revisado por la Comisión de Defensa y Gobernación, entregado a la Secretaría por el Presidente de la Comisión, y la única persona que fuera de la Comisión asistió fue el Licenciado Tefel, que se le consultó precisamente aquellas cosas que tenían que ver con la seguridad social.

Pero yo quiero decirle una cosa Licenciado Fletes, ese proyecto al que usted está haciendo alusión, efectivamente esta en el Poder Ejecutivo, pero el Poder Ejecutivo aquí no lo ha enviado; ese proyecto que esta en la Comisión de Defensa y Gobernación incluso está sometido a un proceso de revisión para firmar la exposición, actividad que no hemos realizado.

El proyecto de seguridad social al que usted está haciendo alusión está en el Ejecutivo; yo no sé qué están haciendo con él, pero obviamente interés de traerlo no tienen. Y yo quiero decirle una cosa: El día de ayer al mediodía el Ministro de Gobernación a través de yo no sé qué instancia del Gobierno -no sé si es Finanzas o Procuraduría de la Propiedad- empezó a devolver los bienes del Estado haciendo caso omiso a la Ley 169 y entregando a particulares los bienes del Estado.

Tal vez por eso es que el Ejecutivo no quiere enviar esa Ley aquí, y no quiere que hoy se discuta ni se apruebe, ni este Instituto ni los bienes que van a componer el Instituto, porque tal vez ganan tiempo y terminan de entregar todo ya.

Eso es lo que ha estado sucediendo, pero la verdad es que la Comisión de Defensa y Gobernación, sí se reunió con los miembros que llegaron a la reunión la semana pasada, sí dictaminamos y sí se entregó a través de los canales correspondientes en la Secretaría.

Me pongo de acuerdo con el Licenciado Fletes en una cosa muy importante, y es que efectivamente hay que pensar en todas aquellas cuestiones que pudiéramos dejar por fuera y que deben estar contenidas en una ley, en un Capítulo como este de esta ley.

Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidenta.

Es una vaina ese manejo que le están dando a la Asamblea Nacional de "dime que te diré" de controversias, de polémicas entre los miembros de la Junta Directiva o quien está presidiendo en ese momento, con cada discurso que hacemos los Diputados de abajo. No es el procedimiento para el debate de la Asamblea Nacional, será el procedimiento para "Aprendamos Democracia" de Mario Amador, en el Canal 6, pero no es para manejar la Asamblea Nacional. Si a los miembros de la Junta Directiva no les gusta lo que dice el Diputado de abajo, tienen que aguantarse y hasta que les toque su turno expresar su opinión; pero no pueden estar entrando en polémica, en confrontación de ideas, en controversias, con el de abajo, eso no es correcto.

Por otra parte y hablando siempre de procedimiento, tampoco es cierto que los que quedaron inscritos el día anterior deban obligatoriamente ser los primeros en hablar al día siguiente; si se inscriben nuevamente de primero, pues tendrán precedencia para ser inscritos de primero, pero nada mas. En los períodos anteriores, Presidenta y Secretario, la Asamblea tenía aspectos peores, pero también tenía aspectos mejores que ahora, uno de los mejores era la organización y la disciplina; había una mejor participación, una más consistente disciplina parlamentaria y mayor respeto a los procedimientos universales de la costumbre parlamentaria y los que están establecidos en el Reglamento y en el Estatuto.

De manera que cuando uno quedaba pendiente la tarde anterior, venía de primerito y bien tempranito para apuntarse antes que los demás; eso es lo que precede, eso es lo que hay que hacer. Claro que si el Presidente que quedó presidiendo la tarde anterior se comprometido a darle primero la palabra a los que quedaron anotados, pues de alguna manera tiene que cumplir ese compromiso, siempre y cuando estén aquí, porque no se le puede dar la palabra a quien no está presente. Por otro lado, yo quiero solidarizarme con los que están defendiendo este capítulo de la seguridad social para los miembros de la Policía y de otras dependencias el Ministerio de Gobernación, porque me parece que es un acto elemental de justicia y de derecho.

No me parece que haga muy bien la Asamblea Nacional estarle regateando a los miembros de la institución policial y de las otras dependencias del Ministerio de Gobernación este derecho, porque tienen pleno y absoluto derecho a su seguridad social por las razones que ya se han apuntado y que no quiero ye entrar a repetir. Yo me precio de conocer un poco la realidad de este sector tan importante de nuestra institucionalidad porque tengo parientes en la Policía; y no tengo parientes allá arriba en los altos mandos sino que en los cuadros, con la gente que trabaja cotidianamente como se ha dicho aquí, de sol a sol, en enormes jornadas por una paga bastante, pero bastante reducida.

Y déjenme decirles que yo me siento orgulloso de esos parientes que le sirven a la comunidad, que le sirven al público en esa institución que no es suficientemente considerada y tampoco retribuida. Decirle a la Policía que se vaya a la seguridad social de Simeón Rizo es burlarse de ella. Yo no sé ustedes, pero yo he sido asalariado durante muchísimo tiempo de mi vida, y para mí el seguro social de Simeón Rizo es un impuesto al trabajador, eso no es seguridad social, incluso es una burla. Y aquí hay algunos y jubilados, es una burla la que les hacen con el sistema de pensiones y de jubilaciones, que es una miserable cantidad de dinero a cambio de toda una vida consagrada al trabajo y al servicio de la sociedad nicaragüense.

De manera que, repito, condenar o decir que la Policía vaya al seguro social de Simeón Rizo, es condenarla a nada y a burlarse de ella. Por otra parte, mi posición en este aspecto Presidenta, no es sólo por razones sentimentales y parentela, es también política. El problema de seguridad pública en este país es uno de los tres problemas mas importantes al que urge dar solución lo más pronto posible, y no se va a dar solución al problema de la seguridad pública si la sociedad, si el Estado, en este caso la Asamblea Nacional, no apoya como se corresponde en el funcionamiento, la consistencia y la seguridad en primer lugar, de la misma institución policial, para que pueda luego darnos seguridad a los demás.

Finalmente, me parece que es una tontería alegar inconstitucionalidad en este caso. La Constitución, a mi juicio -y he participado primero en la aprobación de la Constitución original y luego en la reforma constitucional- es muy clara al respecto. Incluso en esos artículos que se han mencionado, se dejó la palabra ley, refiriéndose a Seguridad Social en minúscula. No quedó en mayúscula para que no se pudiera entender que se refería a una ley específica, en este caso la Ley Creadora del Seguro Social, de Simeon Rizo, no; es la ley, la ley genéricamente; puede ser la ley del Ejército, cuando se refiere a la seguridad social de los miembros del Ejército o puede ser la Ley Orgánica de la Policía, cuando se refiere a la seguridad social de los policías.

Así lo veo yo de absolutamente claro, y ésta entendí yo que fue la intención que se tuvo cuando se redactó y aprobó de esa manera los artículos correspondientes a seguridad social que están en nuestra Constitución Política de la República. De manera que yo me adhiero a quienes se han pronunciado en esto, a mi ex-correligionaria, la Presidenta Doris Tijerino, y les pido que apoyemos esto, y que dejemos este testimonio para la posterioridad, que aprobemos esta ley y particularmente esta disposición de inmensos significados de justicia social; pero además de inmensa significación, para fortalecer la seguridad pública de todos los nicaragüenses de la cual tanto estamos necesitados.

Muchísimas gracias, señora Presidenta.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

El artículo 28 del Estatuto de la Asamblea, dice que entre las funciones de la Junta Directiva y el Presidente, está la de dirigir las Sesiones del Plenario y el debate.

En el uso de la palabra Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidenta.

Esta discusión se vino con el pretexto de dos mociones: una moción de Jaime Bonilla y mía y otra moción de Doris Tijerino y Edmundo Castillo. La verdad es que sobre este pretexto hemos entrado a un debate en lo general y no en relación con las mociones presentadas; sin embargo, para evitar pretextos y para evitar darle largas a la discusión, Jaime Bonilla y yo nos hemos puesto de acuerdo en retirar nuestra moción, porque consideramos que lo importante es la discusión y asumir el proyecto tal a como esta, y no nos agarramos de un asunto que es casi de forma para generar toda esta polémica que se ha generado.

Sin embargo, aquí se han dado argumentos que yo creo que es importante también rebatir en lo general. Efectivamente este Capítulo fue elaborado por la Comisión de Defensa y Gobernación; el Presidente de la Comisión, Andrés Robles, luego de que se suspendió la discusión por acuerdos del Plenario, convocó a una reunión de la Comisión, en la Policía, en donde se nos hizo una extensa exposición de como funcionaba actualmente el Régimen Especial de Seguridad Social, y fue sobre esa base que tomamos la decisión de irnos por ese camino de respaldar el Régimen Especial de Seguridad Social. Y ahí estuvimos la mayoría de los miembros de la Comisión, los que acudimos al llamado del Presidente de la Comisión a esta reunión.

En segundo lugar, se ha argumentado aquí de que este Capitulo es inconstitucional. Yo no sé adónde la Constitución establece el monopolio del INSS; la Constitución lo que establece es el derecho de los trabajadores a ser afiliados a un regimen de seguridad social, y lo establece en su articulo 82; pero en ningún lado la Constitución dice que el único régimen de seguridad social que debe de existir en Nicaragua es el INSS, en ningún lado, y si no lo dice, pues que me digan entonces donde esta lo inconstitucional de esta propuesta.

En tercer lugar, aquí se ha dicho que se está tratando de fomentar una casta, especial; lo dijo doña Magdalena y lo dijeron varios Diputados, que por qué iba a haber un régimen diferente de la Policía en relación con el resto de los trabajadores. Hombre, yo creo que habría casta especial si aquí se estuviera permitiendo que los policías no cotizaran al igual que cotizan todo el resto de los trabajadores del país, pero aquí se está estableciendo en esta ley, que la Policía y los funcionarios del Ministerio de Gobernación van a aportar su 4 por ciento igual a como lo aporta cualquier trabajador nicaragüense. Entonces, no miro por qué si sus obligaciones son las mismas, estamos diciendo que se está dando privilegios y formando castas especiales.

Y la pregunta de fondo aquí, es si la Policía merece o no merece un régimen especial de seguridad. Y yo no me quiero meter a argumentar eso porque suficientes argumentos han sido dados por Mundo Castillo, por Luis Sánchez, por Iván Salvador Madriz y otros Diputados. Hombre, aquí el riesgo de la Policía no es el riesgo del resto de trabajadores. Y si aquí se le dio al Ejército, y la mayoría de los Diputados de esta Asamblea votó porque el Ejército tuviera un régimen especial y un instituto de previsión social, hombre, por que no se le va a dar a la Policía, que está en igual riesgo que el Ejército? Y además, en la medida en que la estabilidad del país se va afianzando y la paz se va afianzando los policías están en mayor riesgo que los militares del Ejército.

En la medida en que la paz se va afianzando los militares del Ejército van a ir regresando a sus cuarteles y los de la policía van a estar combatiendo la delincuencia en las calles, y van a estar asumiendo similares o mayores riesgos. Entonces, si aquí se aprobó para el Ejército, ¿por que no se le va a aprobar a la Policía?

Y quiero decir además lo siguiente. Este regimen especial existe desde hace muchísimos años, o sea, aquí no se está inventando algo nuevo; aquí se está simplemente dándole un marco jurídico a un sistema de seguridad que tiene diecisiete años de existencia. Y aquí este sistema de seguridad en este momento mantiene a cinco mil beneficiarios de pensiones de policías, o ligada al Ministerio de Gobernación que murieron o están lisiados por la guerra, y hay cinco mil beneficiarios que están siendo soportados por este régimen especial. Venir aquí a quitar este regimen especial, significa simplemente dejar en el aire a estos cinco mil beneficiarios o pasarlos a recibir un sistema inferior de pensiones, que es lo que da Simeón Rizo.

Entonces, Jaime Bonilla y yo retiramos nuestra moción en aras de que se termine esta discusión, y con ello que suspenda pues la lista de oradores señora Presidente; porque suspendiéndose el motivo de la discusión, no tiene por qué haber más oradores discutiendo. Creo que los que no han recibido el documento que fue distribuido el día martes en esta Sesión por el personal de la Secretaría, razón por la cual se suspendió ayer la discusión para darle tiempo a los Diputados que decían no haberlo recibido a que lo fueran a reclamar, hombre, pues si se suspendió ayer y no lo reclamaron, que lo vayan a reclamar ahorita; pero me parece que no debemos continuar atrasando esta discusión.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

A pesar de que estoy en el uso de la palabra, atendiendo el llamado del Diputado Porras y para no irritar a mi ex-correligionario Luis Sánchez, vamos a consultar. Están en la lista el Diputado Reynaldo Téfel, Dora María Téllez, Juan Francisco Castillo; entonces le correspondería al Licenciado Reynaldo Téfel el uso de la palabra.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Yo sólo quiero referirme a la mala lectura que se hizo del artículo primero de esta ley y que ya fue aprobado; porque se hacía un énfasis sobre la naturaleza civil, pero se tragaban como si fuera un confite bien chiquito, que es un cuerpo armado, y eso diferencia totalmente. Y después este artículo primero habla de todas las funciones que tiene la Policía, que no son las mismas funciones que tienen unos trabajadores o empleados de una empresa privada o de un Ministerio. Por consiguiente, se retorció totalmente el artículo primero con el objeto de negarles a los policías este derecho de seguridad social, y como dijo muy bien el Diputado Luis Sánchez, para mandar dice a los policías al seguro social de Simeón Rizo, que según dice y yo estoy de acuerdo con el Diputado Luis Sánchez, es una burla sangrienta para la Policía.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Ya se ha hecho bastante larga, efectivamente, la discusión. Yo solamente quiero respaldar el proyecto de ley, respaldar este proyecto de capítulo a como ha sido presentado, en el sentido le crear un régimen especial de seguridad social un instituto. Yo creo que el debate es un debate muy bueno, yo misma he tenido dudas de si es apropiado o no crear un régimen especial de seguridad social y un instituto, que creo que es la duda natural que tiene todo el mundo frente a la necesidad de fortalecer instituciones.

Pero creo que el propio debate en el Plenario, las propias discusiones que hemos tenido a lo largo de esta semana son suficientemente ilustrativas para demostrar la necesidad de que tanto la Policía como el resto del personal del Ministerio de Gobernación -que tienen un régimen especial de trabajo, están sometidos a una disciplina diferente a la del resto de trabajadores ordinarios del Estado y de trabajadores de la sociedad en general -puedan contar con un régimen especial que sepa darles verdaderas garantías, acorde a las circunstancias de trabajo y a las circunstancias en las cuales ellos laboran.

De manera que yo quiero ratificar mi respaldo a la creación de este régimen especial y del instituto, y quiero nada más dejar -para efecto del récord- mi interpretación sobre este tema de los derechos constitucionales de la Policía. En este Capítulo de lo único que estamos hablando es del derecho a la seguridad social, en este caso de los policías. Este Capítulo no limita los derechos constitucionales que en términos generales establece la Constitución de la República para los policías en otros campos de la vida social, de la vida política, económica del país.

Es decir, ninguna alusión a un artículo constitucional que se establezca en este artículo puede considerarse como una interpretación limitativa de los derechos generales que los policías tienen y que la Constitución establece. Presidente, doy pues mi respaldo en general al Capítulo, por que creo que este debate en lo general ha sido muy beneficioso, y en particular al artículo; pero quisiera que me pudieran leer de nuevo, una vez que termine el debate, las mociones que están discutiéndose para poder tomar una decisión al respecto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Juan Francisco Castillo.

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES;

Gracias, Presidenta.

Yo comparto el sentimiento expresado por todos los Diputados que han venido respaldando este proyecto sobre lo que es específicamente la seguridad social y desarrollo humano hacia la Policía. Al mismo tiempo quiero aprovechar para hacer un llamado a nuestros colegas Diputados para que no tratemos de politizar este proyecto de ley, porque ya los argumentos expresados por los colegas anteriores han sido suficientes y convincentes en el sentido de que ningún ciudadano común y corriente corre el mismo riesgo que un trabajador de la Policía, que es el que ve por la seguridad de cada uno de nosotros.

Tenemos un sinnúmero de ejemplos, antecedentes que ha venido poniendo la Policía en todo, desde lo que es el año 90 hasta la fecha, donde ellos se han venido profesionalizando y han venido demostrando sobre todo lo que es velar por la seguridad de la ciudadanía. Yo muchas veces me he preguntado cuántos Diputados han muerto y cuantos policías han muerto en el cumplimiento de su deber; yo creo que esa es una pregunta que nos debemos de hacer todos, y en qué circunstancias han muerto estos Diputados y en que circunstancias han muerto estos policías.

Comparto el sentimiento del Diputado Adán Fletes, en el sentido de incorporar en este proyecto a los bomberos voluntarios. Lamentablemente -y yo me refiero a los bomberos voluntarios- nada tienen que ver con este proyecto; los bomberos voluntarios son una cosa aunque el fin de ellos es el mismo, pero nada tiene que ver lo uno con lo otro. Yo quisiera que en esta ley sean incluidos estos bomberos voluntarios, pero lamentablemente hasta donde yo tengo entendido no se puede, son dos cosas totalmente diferentes.

Al mismo tiempo yo entiendo que es el mismo riesgo, pero yo quisiera respaldar este proyecto también, porque para mí hoy en día es muy poca la diferencia que tiene un miembro de la policía con un miembro del Ejército. Y es más, diría yo corre más riesgo el miembro de la Policía que el miembro del Ejército. Y es por esa razón que debemos de igualar este régimen y si es posible pues superarlo un poco más; porque hoy en día hay algunos policías que se integran a este cuerpo simplemente como un medio de supervivencia porque no hay fuentes de trabajo, pero en el futuro cuando este país arranque verdaderamente en la parte económica, hay muchos policías que van a abandonar ese cuerpo porque no tiene ningún incentivo.

Y es ahí donde este régimen de seguridad debe servir también como un incentivo y un aliciente hacia los miembros de la Policía.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Habiéndose agotado la lista, entonces vamos a votar.. Antes vanos a dar lectura a la última y única moción de consenso que quedó en la Mesa.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Moción, para que el artículo 1 del capítulo nuevo se lea de la siguiente forma: "De conformidad al artículo 61 y 82 de la Constitución Política de la República, se establece el Régimen Especial de la Seguridad Social y el Desarrollo Humano, para el personal de la Policía Nacional y del Ministerio de Gobernación y sus dependencias".

Este sería el artículo tal como quedaría de acuerdo con la moción del consenso; la moción es la siguiente: "De conformidad al artículo 61 y 82 de la Constitución Política de la República, se establece el Régimen Especial de la Seguridad Social y Desarrollo Humano para el personal de la Policía Nacional y el Ministerio de Gobernación y sus dependencias".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM;

Los mocionistas son Doris Tijerino, Edmundo Castillo, Alonso Porras; el Ingeniero Bonilla se sumo a esta moción.

A votación.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, ninguno en contra, 3 abstenciones; 11 colegas no votaron. Queda aprobada la moción de consenso sobre el artículo nuevo de este Capítulo.

Observaciones al artículo 2 de este nuevo Capítulo. Observaciones al artículo 3 de este nuevo Capítulo. Tiene la palabra el Diputado Aníbal Martínez Núñez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:

Gracias, Presidente.

Mi observación es para el inciso b) , que literalmente dice: "El personal del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería, Bomberos de Nicaragua y demás dependencias que tenga o pueda tener el Ministerio de Gobernación". Yo quiero presentar una moción para suprimir,"Bomberos de Nicaragua", y más adelante" o pueda tener". Las razón es para evitar que haya confusión, además que después venga a ser reclamado esto por la Federación de Bomberos de Nicaragua, donde dice," pueda tener el Ministerio de Gobernación", De manera que propongo la redacción de la manera siguiente: "Inciso b) El Personal del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería y demás dependencias que tenga el Ministerio de Gobernación". Paso por escrito la moción.


PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado José Cáceres Vásquez.

DIPUTADO JOSE CACERES VASQUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que voy a hacer uso de la palabra buscando la misma línea que ha presentado el Diputado Aníbal Martínez. Realmente yo estoy de acuerdo con que el artículo 3 de este capítulo consensuado, en el inciso b) quede así: "El personal del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería", pero realmente la moción del Diputado Aníbal Martínez me parece que está un poco más amplia. Yo diría que también se sacaría de esta ley "los Bomberos de Nicaragua y demás dependencias que tenga o que pueda tener el Ministerio de Gobernación".

Realmente yo tenía preparada una moción, que es la siguiente: Eliminar la segunda y la tercera línea del inciso b) del artículo 3 del Capítulo consensuado, que se leerá así: "El personal del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería". Pero realmente en esa moción que está presentando don Aníbal Martínez, deja la tercera línea donde dice o pueda tener el Ministerio de Gobernación". Yo me voy a agregar a esa moción de don Aníbal Martínez porque realmente los Bomberos de Nicaragua es una institución civil, lo mismo que es la Cruz Roja Nicaragüense, como son los Boy Scout; y entonces realmente la Policía va tomar todas esas instituciones como propias y sería un monopolio de la Policía.

El Benemérito Cuerpo de Bomberos, que realmente no está aquí, que no está en esta ley, es decir...Sinceramente yo quisiera que esto como dice en el inciso c) de este mismo artículo: "El personal civil estará cubierto por el régimen general de seguridad social"; por eso es que yo voy a apoyar mejor la moción de don Aníbal Martínez en este caso.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ;

A mí me resulta difícil respaldar la iniciativa de don Aníbal Martínez, y yo voy a dar algunas razones que a mí me resultan preocupantes: Una, que ahí dejamos a la voluntad de quienes mandan en el Ministerio de Gobernación, la adscripción o el incluir a los bomberos, y esto yo lo veo realmente discriminatorio para un sector que nace como voluntario dentro del Cuerpo de Bomberos, dentro de los muchos. A mi juicio, ahí debe quedar este sector tal como se denomina ahora en el Ministerio de Gobernación y que son de planta; debe decir Cuerpo de Bomberos de Nicaragua, para que quede garantizado que ellos como una dependencia también van a obtener esos privilegios en la Ley, que no son tan privilegios como se pudiera pensar, sino la garantía ante el oficio y el enorme riesgo por la actividad a que se dedican. Van a tener ellos con su familia, en caso de problemas, algún tipo de beneficio la seguridad social de esta gente que se dedica a este trabajo. Pero quiero ir mas allá: no solamente debemos incluir con su nombre al Cuerpo de Bomberos que está de planta al servicio de los problemas de incendios o demás, sino que también pensemos en otros. Si un obrero que en aras de dar un servicio social es voluntario dentro de los bomberos y trabajando bajo la dirección de los que están de planta, ¿qué pasa si se muere y cómo queda la familia de ese obrero?. Es cierto que él trabaja y él gana un salario en otro lado, pero esa familia no va a tener las garantías.

Yo creo que alguien que se dedica a una labor social que es meritoria, y que es de alto riesgo y que no recibe salario además porque trabaja en otro lado, a esa persona que se dedica a ese trabajo y que es voluntario, ¿q garantías se le da? ¿qué es lo que le vamos a dar en términos de beneficio si le pasa algo?

Porque hay bomberos obreros que han muerto y han sido voluntarios y las familias quedan en la indigencia. Nosotros deberíamos de pensar en esa gente que se mete ahí y que los levantan a las dos de la madrugada para ir a resolver un problema de incendio en los Departamentos, en el interior del país, en Managua; deberíamos de ir más allá y no disminuir. Yo creo que este sector debe quedar en el inciso b) , de la siguiente forma: "El personal del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería, Cuerpo de Bomberos de Nicaragua y demás dependencias que tenga o pueda tener el Ministerio de Gobernación", así que debería de quedar; y deberíamos de pensar en un artículo para el que es voluntario, en qué forma se le va a garantizar a la familia, si son obreros o sufren los riesgos de ese oficio. Entonces, yo dejo esa preocupación, esa reflexión, para mejorar la ley y proteger no solamente a los que están de planta, sino a los que son voluntarios y pertenecen a familias y que quieren dar un servicio social.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Noel Sánchez.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA;

Muchas gracias, señora Presidente.

Acabo de acordar con el Ingeniero Jaime Bonilla, y que don Aníbal Martínez tiene razón en su proyecto o moción porque los bomberos voluntarios no son cotizantes, y si no cotizan no pueden estar sujetos a que el Estado aporte por ellos, porque el Estado aporta por aquel que también cotiza o aporta. Entonces, me parece que quien lleva la razón es don Aníbal, y me adhiero a la moción que él está presentando.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Ramón Gámez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señora Presidenta.

Yo quería hacerle un llamado al Plenario. En primer lugar yo quería recordar un poco cuando estuvimos discutiendo y aprobando el Código Militar, que logramos buscar un consenso entre los Diputados y las Fuerzas Armadas y el Gobierno, y que nosotros en primer lugar tratamos de garantizar lo que las Fuerzas Armadas tenían hasta ese momento y con las transformaciones que tenían que hacer en el siguiente tiempo. Y el artículo 3 a como está planteado en un documento, que es de consenso también con la Policía, con el Ministerio de Gobernación; y con la Comisión de Defensa y Gobernación, porque aquí no podemos venir a cambiar a nuestro gusto y antojo lo que ya está hecho y lo que ya es una realidad en una institución.

Y en segundo lugar quiero decir que este artículo 3 señala tres aspectos, que dicen claramente que si llegáramos a tocar uno de ellos vamos a crear mayores problemas de los que ya se pueden tener. En primer lugar, el inciso habla del personal de planta y auxiliar de la Policía Nacional. El segundo inciso habla de lo que es el Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería, Bomberos de Nicaragua, y demás dependencias que tenga y pueda tener el Ministerio de Gobernación, porque también cada día va haciendo transformaciones y debemos dejar garantizado en la ley que son válidas las que pueda hacer.

Tercero, habla del personal que conforma el instituto. Y un párrafo final que dice "El personal civil estará cubierto con el régimen general de seguridad social del Estado". Entonces, me parece que si venimos a tocar este artículo como está, yo creo que crearíamos conflictos serios. Yo quería plantearle a los compañeros Diputados que fuéramos respetuosos de la esencia de lo que es ese acuerdo también de este Capítulo número XII, que es consensuado con la Comisión y con la Policía. Digo esto porque a veces somos muy mezquinos, a veces los Diputados no miramos la magnitud de los problemas o de las decisiones que debemos de tomar. Voy a decirlo de otra manera.

Ya hemos tocado tres Diputados lo que son los bomberos, y sin embargo es la institución que en cualquier situación de incendio, desastres naturales, son los primeros que tienen que estar ahí y para defender a la población civil. En ese sentido los riesgos son cada día mayores, bomberos que han muerto en servicio, bomberos que han salido quemados, bomberos que por los desastres naturales han tenido enfermedades, y quien les garantiza como decía aquí Jaime Bonilla, a su familia y a el una seguridad social por el trabajo y por el aporte que brindan a la sociedad civil, algo que no podemos hacer los Diputados porque eso es competencia de ellos. Por tal razón, yo quería hacer un llamado a los Diputados para que el articulo 3 lo dejáramos tal y como está.

Y lo que plantea don Aníbal verdaderamente yo no estoy de acuerdo con la propuesta de Aníbal, esa es una discriminación y me parece que es un problema mezquino. Yo creo que aunque son tres Diputados y habló también otro compañero de los bomberos voluntarios, acaso en esta ley de la Policía no estamos dejando y dejamos claramente a la Policía Voluntaria; y la Policía Voluntaria que presta un servicio a la sociedad civil, y apoya a una institucion que por problemas presupuestarios no puede ser una institución con un gran personal profesional, y sin embargo esta Policía voluntaria tiene también algunos derechos, igual como tiene los deberes y las obligaciones. Por tal razón, yo apoyo el artículo tal como está y solicito a los Diputados que lo apoyemos de esta manera.

Muchísimas gracias, señora Presidenta.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

La Junta Directiva considera que no hay un problema de voluntades o de malas voluntades en este planteamiento. Quería sin embargo anunciar dos cosas: una, que cerramos la lista en el noveno orador que es el compañero Diputado Leónidas Duarte. Y dos, que vamos a pedirle, porque entendemos que hay un problema de comprensión en la naturaleza de los cuerpos de que se está hablando, creemos que hay una suerte de confusión entre lo que es el Cuerpo de Bomberos de planta -que es de lo que se habla en ese articulo- y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios, que creo que es a lo que Juan Francisco Castillo se estaba refiriendo.

Entonces, vamos a pedirle al Comandante Héctor Sevilla, Jefe del Cuerpo de Bomberos, que haga una explicación breve de cuál es la razón por la que están incluidos en ese artículo.

COMANDANTE HECTOR SEVILLA - DIRECTOR GENERAL DE BOMBEROS;

Sobre la aclaración que nos solicitaba, en Nicaragua hay dos instituciones bomberiles; una de carácter voluntario que está organizada alrededor de la Federación de Cuerpos de Bomberos de Nicaragua, y una organización bomberil del Estado que vela por la prevención, el combate de incendios y lo que es el rescate y salvamento en todas sus variedades. En este sentido, aquí nosotros estamos hablando de la Dirección de Bomberos de Nicaragua adscrita al Ministerio de Gobernación, que es la sucesora de lo que se conoce jurídicamente como el Sistema Nacional Contra Incendios.

El Decreto 1-90, el Decreto de la Ley Creadora de los Ministerios de Estado, donde se crea en su Capítulo II el Ministerio de Gobernación, el artículo 3 de esta ley señala que corresponden al Ministerio de Gobernación las siguientes funciones y atribuciones. La número 12 señala que es función del Ministerio de Gobernación la dirección, administración y funcionamiento del servicio de protección contra incendios del país. Posteriormente el Decreto 64-90 del mes de Diciembre de 1990, referente a la Ley Orgánica del Ministerio de Gobernación, ratifica esa misma función y atribución del Estado de dirigir y administrar el funcionamiento del servicio de protección contra incendios.

En su articulo 10, señala que las Direcciones Nacionales del Ministerio de Gobernación serán: la Dirección General de la Policía Nacional, Dirección de Migración y Extranjería, Dirección del Sistema Penitenciario Nacional, Dirección de Bomberos de Nicaragua, Secretaría General y otras Direcciones de apoyo y aseguramiento. En su artículo 14 la Ley Orgánica del Ministerio de Gobernación señala, y leo textualmente. "Los bomberos de Nicaragua se organizan en una dirección bajo la responsabilidad de un Director Nacional de Bomberos, a fin de prevenir y neutralizar los incendios y sus secuelas, así como realizar trabajos de salvamento y rescate durante catástrofes, desastres naturales, y accidentes.

Para tal efecto deberá promover y dirigir a nivel nacional la organización de Bomberos Voluntarios como fuerzas cooperantes de la especialidad. Serán funciones de los bomberos la prevención, la extinción, el salvamento y rescate". Como se puede observar, el Estado asume la responsabilidad de dirigir la prevención, la extinción, el rescate y salvamento, sin negar la participación de cualquier ciudadano que voluntariamente desee participar en estas instituciones para prestar un servicio de salvar la vida y los bienes de nuestros conciudadanos. Posteriormente en el año 93, esta Asamblea Nacional mediante Decreto número 634, otorgó personalidad jurídica a la Asociación Civil Cuerpos de Bomberos Voluntarios de Nicaragua, que están adscritos tal como señala la Ley Orgánica del Ministerio de Gobernación, como fuerzas cooperantes de la Dirección General de Bomberos.

En este caso de lo que se trata aquí con este régimen de seguridad social es reconocer los derechos en materia de seguridad social, que los miembros profesionales y permanentes de la Direccion de Bomberos de Nicaragua del Ministerio de Gobernación, han tenido o han venido cotizando durante estos diecisiete años de existencia de esta Institución. No se plantea aquí cubrir en este régimen a los bomberos voluntarios, tanto a los que están en la Federación de Cuerpo de Bomberos, como los bomberos voluntarios adscritos a la Direccion General de Bomberos por dos razones.

En primer lugar, los bomberos voluntarios pueden o tienen, en su mayor caso son trabajadores, empleados de alguna institución o de alguna empresa, etc., y como tales cotizan a un régimen de seguridad social nacional, el Instituto Nacional de Seguridad Social. Plantear incluirlos en esta legislación es estar obligándolos a una doble cotización; en primer lugar no sabemos si ellos tienen esa disponibilidad, y en segundo lugar también para estar adscritos a este régimen tendrían que cotizar como cotizamos todos los miembros de la Dirección de Bomberos y de las distintas instituciones del país.

Nosotros como bomberos, conociendo el riesgo, y la exposición de la vida en todo momento de nuestras actuaciones, estamos totalmente de acuerdo que se debe pensar en proteger a los bomberos voluntarios en cuanto al riesgo y la peligrosidad de sus vidas, pero creo que no es en el marco de este régimen que es propio de los funcionarios y de los cotizantes del Ministerio de Gobernación. Caso específico creo que aquí para ninguno de los honorables Diputados es desconocido que hace tres, o cuatro meses nosotros tuvimos un accidente donde tuvimos tres muertos, y los tres muertos eran bomberos voluntarios; pero y como no hay una protección hacia ellos, hasta el momento no se les ha dado ninguna pensión y ningún beneficio a sus familiares y a sus hijos.

Creo que ese es un tema que posteriormente debe tomarse en consideración. Entonces, en síntesis, aquí estamos hablando del régimen de seguridad social para los bomberos profesionales y permanentes que cumplen con la función de prevenir y extinguir incendios en representación del Estado nicaragüense.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Adán Fletes.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE:

Gracias, señora Presidente.

Yo quería enfatizar de nuevo sobre este artículo. El lamento mío es que los bomberos, la Federación de Bomberos de Nicaragua, de bomberos voluntarios no esté protegida, cuando corre los mismos riesgos que corre el Cuerpo de Bomberos adscrito al Ministerio de Gobernación. Es una lástima, porque la discusión de las mociones en el artículo primero no dieron margen para eso; la discusión se basó en un aspecto de carácter general y no discutimos específicamente las mociones que habían sido presentadas, una en la que usted participaba; sin embargo me parece que hay que respaldar la inclusión en este inciso b), de los bomberos de Nicaragua; yo creo que es una necesidad.

La preocupación que me asalta también ahora, es que cómo se protege a los bomberos voluntarios que realmente a nivel de riesgos corren los mismos también y no son contribuyentes del seguro social, me parece que ellos deberían estar a su vez incluidos; por lo tanto voy a respaldar la permanencia en este inciso de los bomberos de Nicaragua.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

Gracias, Presidenta.

Don Aníbal Martínez y yo, Presidenta, nos hemos puesto de acuerdo en una moción para salvar la confusión que había. La preocupación justa de don Aníbal, era que no se confunda donde dice Bomberos de Nicaragua con Bomberos Voluntarios, de manera que hemos redactado una moción que aclare el inciso b) de este articulo tercero del Capítulo de la Seguridad Social, que diría de la manera siguiente: "El personal del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería, Bomberos de Nicaragua como dependencia del Ministerio de Gobernación y demás dependencias del mismo Ministerio"; el resto igual. Entonces dejar ólo el "de".

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIA:

Gracias, Presidente.

Efectivamente, a mí me cabe, me entra una duda aquí, pues yo respaldo la moción y me parece que es una salida correcta; la duda que me entra es la siguiente: En el caso de la Policía se está incorporando dentro del sistema al personal auxiliar de la Policía, o sea que se está incorporando al personal de planta y al auxiliar, y entiendo que la auxiliar es la Policía Voluntaria. Entonces, si no es así, retiro totalmente lo dicho y respaldo la moción de Dora María y de don Aníbal.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Juan Francisco Castillo.


DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Gracias, Presidenta.

Yo creo que después de una larga discusión y de las aclaraciones que hizo el representante de Gobernación, de los bomberos, yo creo que está bien claro el porqué los bomberos de Nicaragua tienen que estar cubiertos por este régimen. Yo sigo respaldando además la inquietud de don Adán Fletes, pero lamentablemente, como he expresado anteriormente, no se puede. Sin embargo yo quisiera hacerle una consulta a nuestros asesores, que si se pudiera meter un artículo donde se pueda decir que este régimen también cubre a los bomberos voluntarios, siempre y cuando estos coticen al Estado. Sería otro inciso.

Pero refiriéndome específicamente a este, yo quisiera apoyar la moción que está firmada por Dora MaríaTéllez y don Aníbal Martínez.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Reynaldo Tefel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Ya a estas alturas lo único que quiero agregar es que hace un rato un grupo de periodistas me transmitió la inquietud que había precisamente de parte de los bomberos, que les habían dicho que algunos Diputados los iban a eliminar; por dicha, ya mi buen amigo Aníbal Martínez se puso de acuerdo con Dora María Téllez y se dejo incólume a los bomberos de Nicaragua.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Yo estoy aquí en la lista, voy a hacer uso de la palabra como Diputada. Yo entiendo la preocupación, pero es que no es tan fácil resolverlo en un solo artículo, por eso yo me planteo la siguiente situación: Encima de que un voluntario es voluntario, pretenderíamos hacerlo pagar un seguro social por un servicio social que ellos están prestando sin goce de salario. Yo creo que los cuerpos voluntarios, tanto de la Policía como de la Direccion de Bomberos deben tener un régimen especial, y que es obligación del Estado y del Ministerio de Gobernación garantizarles sus prestaciones.

Y pienso que eso se resuelve en las leyes orgánicas de estas instituciones y no precisamente en este Capítulo, porque sería...O ver si en este Capítulo podemos dejar si acaso no está establecido, un artículo especial para los voluntarios. Es decir, las obligaciones del Estado se deben asumir, y que esto no signifique que tengan que trabajar de gratis y además pagarle a la institución una cuota mensual, para que alguna vez sea cubierto con una prestación social, porque ya sabemos que aunque estemos hablando de un régimen especial de seguridad social, no hay tal especialidad.

El del escaño del Doctor Aguirre.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ.

Gracias, señora Presidenta.

La verdad es que no hay que confundir el sebo con la manteca. Uno, estamos hablando de las entidades del Ministerio de Gobernación y sus dependencias. Explicaba bien el Comandante Jefe de los bomberos, que de acuerdo al artículo Decreto - Ley 1-90, artículo 3, que son las facultades del Ministerio de Gobernación, en su inciso 12) establece que una es el administrar la dependencia de los bomberos. La Constitución de la República establece en su artículo 150, inciso 4), que es facultad de ellos dictar decretos ejecutivos en materia de administrativa. Así que el Ejecutivo tiene la facultad de ordenar los órganos que necesita para poder administrar esta sociedad, este país, y de esa manera, a través de ese Decreto 1-90 deja establecido dentro de las facultades que tiene el Ministerio de Gobernación la dependencia de los bomberos, antiguamente conocida como SINACOI. Existe la preocupación, quizás en el Plenario, por el asunto de que tanto riesgo corren los bomberos que están de planta como también los voluntarios.

Considero que este artículo debe quedar tal y como está, porque estamos hablando y decimos que el Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano abarca únicamente a todas aquellas dependencias del Ministerio de Gobernación; estamos hablando en este caso de que son militares, y ésa es la gran diferencia que existe en un instituto con otro. Creo sí, que es necesario, viendo tal situación, el mocionar un artículo que en su caso diría de la siguiente manera: "En el caso de los bomberos voluntarios, en caso de accidentes, muertos, el Estado garantizará una pensión de gracia igual a la que corresponde a los bomberos cubiertos por el Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano".

Si este artículo no cabe dentro de todo este Capítulo XII de la Seguridad Social, debe por lo menos quedar en un transitorio, para que pueda cubrir en este caso el problema que tenemos sobre los bomberos voluntarios. Entonces decía, volviendo a la moraleja del inicio, no se puede confundir el sebo con la manteca; entonces, que quede el artículo tal como está. Yo recojo el dictamen y hago la moción de un artículo nuevo, que salva en este caso la situación de los bomberos voluntarios; y no se debe castigar -hago un énfasis- al Instituto de Seguridad Social, que abarca a los militares o a los de planta conocidos, sino es el Estado, porque ellos cotizan al Estado la seguridad social.

Entonces, que se equipare en este sentido por los méritos mismos que realizan dada la gravedad, los riesgos y todas las cosas que los otros colegas han mencionado.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Bueno, vamos a explicar por favor. El Doctor Duarte ha asumido el dictamen, según entiendo; don Aníbal Martínez había presentado una moción y la retira; y hay una moción de conjunto de don Aníbal Martínez y Dora María Téllez.

Vamos a pedirle por favor al Secretario, que lea esta moción por segunda vez para que estemos enterados.

SECRETARIO ALVIN GUTHRIE RIVERS:

Moción presentada por Aníbal Martínez y Dora María Téllez: "El personal del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería, Bomberos de Nicaragua como dependencia del Ministerio de Gobernación y demás dependencias del mismo Ministerio".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Por haber asumido el dictamen, tiene la palabra el Licenciado Reynaldo Antonio Tefel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Siguiendo el procedimiento establecido de votar solamente las mociones, se vota la moción de consenso de Aníbal Martínez y Dora María Téllez.

Se abre la votación.

Con 52 votos a favor, ningún voto negativo y 1 abstención, se aprueba la moción de Aníbal Martínez y Dora María Téllez.

Observaciones sobre el inciso d).

Tiene la palabra el Licenciado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO;

Gracias, Presidente.

Quiero saber primero si el párrafo final forma parte del inciso c) , o se va a ver independientemente. Está bien, es en el párrafo final; entonces es en el próximo párrafo que tengo algo.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se va a ver independientemente.

No hay observaciones en el inciso c), entonces vamos a la parte in fine que dice: "El personal civil estará cubierto por el régimen general de la seguridad social del Estado".

Tiene la palabra el Licenciado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Muchas gracias, Presidente.

Tal vez en lo fundamental es una duda. Dice este párrafo que usted llamó in fine, "El personal civil estará cubierto por el régimen general de la seguridad social del Estado". De acuerdo con el artículo 97, como todos sabemos la Policía es una institución de naturaleza civil, por lo tanto todos los miembros de la Policía y todos los miembros de los cuerpos del Ministerio de Gobernación son civiles; es decir, toda la gente que forma parte del personal en sus distintas ramas son civiles, y constitucionalmente la naturaleza de la Policía es civil.

Entonces, me parece que hay una contradicción ahí. Es decir, el personal que conforma todo lo que se define en los incisos aprobados y luego el personal civil; ¿cuál es el personal civil, el personal no armado, el personal no uniformado? Como le dije, más que todo es de una duda, y quisiera que por favor me la aclararan para poder votar, porque si se trata de eso pues se debería decir, el personal no armado, o el personal no uniformado.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Como no, con mucho gusto. La Policía, aunque su función es mantener el orden público, indudablemente tiene un aspecto castrense; pero dentro del régimen de la Policía hay personas que no forman parte de la Policía y trabajan en el aspecto civil de ella; eso es lo que hemos entendido, es que son personas que trabajan, secretarias, etc. o cualquier otro tipo que no están dentro de la Policía, pero que sÍ están prestándole servicio a esa Institución, ese es el concepto.

Tiene la palabra don Aníbal Martínez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:

Gracias, Presidente.

Es que yo tengo las mismas dudas, las mismas inquietudes del Licenciado Sánchez, y estaba viendo que o hay que hacer dos cosas: suprimir el párrafo mantenerlo pero cambiándole la redacción que diga: "El personal de planta", el personal encargado de determinada acción, que no sea policía por ejemplo, estará cubierto por el régimen general de la seguridad social. Esa es mi duda también.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Para aclaración se le va a dar la palabra al Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a tratar de aclarar eso, aunque es difícil desde el punto de vista de establecer la naturaleza civil de la Policía. Nosotros entendemos que la naturaleza civil de la Policía viene dada por la actuación, el tipo de actuación que hace y el tipo de instrucciones que hace dentro de la sociedad; sin embargo, nosotros nos diferenciamos del cuerpo armado militar porque nuestra organización, nuestra estructura y dirección es diferente, pero también tenemos similitudes en cuanto a la jerarquía que nos hace en ser iguales, por decir así.

Entonces, a nosotros la consideración de la naturaleza civil no nos hace plenamente civiles, sino que casualmente habla de naturaleza civil porque si no se hubiera establecido en la norma constitucional en un cuerpo civil; pero la naturaleza es lo que hace la especialidad, que no es militar, por lo tanto somos policías, no somos militares, porque la definición sería decir la Policía es militar, no; somos policías, nuestra naturaleza civil es la naturaleza de policía, que es nuestra misión que nos da nuestra propia función. Entonces, eso es lo que nosotros hemos tratado de establecer.

Por otro lado, en lo que fue aprobado cuando se hablaba del personal de la Policía, se establecieron tres tipos de personal: el personal de planta, el personal auxiliar, y por último el personal de servicio, que el personal de servicio, tal como quedó definido, que tiene derechos y obligaciones de acuerdo al Código Laboral, dice lo aprobado. Entonces, nosotros por eso planteamos que sólo cubre para este caso la seguridad social, el personal de planta y auxiliar, que son podríamos decir los afectos al régimen y a la disciplina que esta ley establece, y que son los que van a cumplir funciones básicamente públicas de seguridad.

Por otro lado, nosotros no podíamos meter a los civiles en términos generales en esta ley, porque cortando el régimen, porque normalmente los civiles vienen del régimen civil, o sea del régimen general. Y cuando sean trasladados a este régimen o cuando sólo van a cotizar un año, ¿qué va a pasar con ellos? Posiblemente van a perder sus cotizaciones y van a perder ciertos derechos que puedan haber adquirido, por estar cotizando con otro régimen. Entonces, si nosotros lo dejamos abierto a que ellos sigan cotizando o que trabajen en este caso en la Policía Nacional como personal de servicio, ellos no van a perder nunca su régimen de seguridad social, y van a poder optar a sus derechos cuando cumplan con las determinadas cotizaciones que el Seguro tiene.

Si nosotros no diferenciamos esto, va a quedar muy en el aire. Por otro lado, en el Ministerio de Gobernación hay una realidad política, ahora el Ministerio de Gobernación está estructurado diferente de como era estructurado antes, cuando la mayoría de la cúpula, de la jerarquía del Ministerio de Gobernación incluso era también considerada como Militar; ahora la mayoría de la cúpula del Ministerio de Gobernación no es considerada militar. ¿Adónde van ellos?, ¿van a este mismo régimen? Ellos quieren quizás por un período determinado pero depende de una decisión política porque la mayoría de ellos son cargos de confianza, y si los obligamos a incorporarse a este régimen van a perder sus derechos.

Entonces, esta es más o menos la explicación que en este momento puedo darles. De todos modos si hay alguna pregunta, con gusto trataré de explicarla.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias, por la aclaración.

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

En realidad en las aclaraciones del Comandante Montealegre yo quedo con varias dudas. Primero, cuando la Constitución dice que la Policía Nacional es una entidad de naturaleza civil, quiere decir que es civil, punto. No quiere decir que es una especie de civiles, que también son una especie de militares, no, no quiere decir eso; quiere decir que son civiles. Yo estaba revisando aquí la Constitución y no hay duda ninguna al respecto, no creamos a la Policía Nacional como institucion militar. No se parece al Ejército, ni en sus funciones, ni en las misiones que cumple en la sociedad, ni en la estructuración jerárquica.

Esta ley que estamos aprobando cambia por completo la estructuración jerárquica de la Policía Nacional, de Io contrario la Policía tendría generales, coroneles, tenientes coroneles, capitanes, mayores, etc. , y si Io que hemos dejado aquí es una estructura que cada vez más se asimile a una estructura que es mucho más funcional para un órgano de naturaleza civil.

Yo creo que deliberadamente al modificar, al reformar los artículos de la Constitución relativos a la Policía y al Ejército, Io de naturaleza civil quedó claramente establecido.

Segundo, el personal de servicio es personal de la Policía, sí o no, y yo creo que Luis Sánchez ha puesto el punto correctamente. Nosotros aprobamos en el artículo 72 que la Policía Nacional está integrada, por personal de planta, personal auxiliar y personal de servicio. Si la Policía Nacional está integrada por personal de planta, personal auxiliar y personal de servicio, la pregunta es, ¿por qué en el régimen de seguridad social se saca al personal de servicio? Es completamente contradictorio.

Estamos haciendo un régimen de seguridad social para el personal de planta y auxiliar de la Policía, del Sistema Penitenciario, Migración y Extranjería, demás dependencias del Ministerio de Gobernación, personal del Instituto, y se saca al personal de servicio; no tiene ningún sentido sacar al personal de servicio. Lo que le preocupa al Comandante Montealegre es que esta gente está cotizando actualmente en el Instituto de Seguridad Social, pero eso se puede resolver mediante un artículo transitorio en el cual se establezca que tiene continuidad en sus derechos y que va a haber un acuerdo entre el INSS y el Ministerio de Gobernación; que este Instituto garantice que estas prestaciones se trasladen junto con el traslado de la cotización y el traslado de la inscripción como afiliado al Régimen Especial de Seguridad Social que estamos creando.

De manera que no perderían nada, el personal de servicio más bien ganaría. El problema es que ese personal de servicio tiene un doble carácter; para exigir se le exige con disciplina de la Policía pero para el reconocimiento de la seguridad social se le manda al régimen civil. Yo estaría de acuerdo con Luis Sánchez, y sería del criterio de eliminar este inciso y sustituirlo por uno que le de claridad a la situación del personal de servicio, porque en el inciso a) quedó solamente el de planta y auxiliar. De manera que aquí debería de haber un inciso b), que diga, que el personal de servicio también estará el Regimen Especial de Seguridad Social, por este régimen pues; que incluya al personal de servicio de la Policía, que es parte del personal de la Policía Nacional. Yo paso mi moción por escrito a la Mesa.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Diputado Juan Francisco Castillo.

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Presidente, después de haber escuchado a Dora María, yo solamente le pediría a ella que si en realidad lo que pide es eliminar el inciso c) es diferente a eliminar el último párrafo; porque una cosa es el inciso c), y lo que estamos discutiendo en este momento es el último párrafo; son dos cosas diferentes. Ya el inciso c) se aprobó.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Ya está aprobado el inciso c) , lo que estamos discutiendo es la parte final o in fine, como dicen los abogados, y lo que dice es: "El personal civil estará cubierto por el Régimen Especial de Seguridad Social del Estado".

¿Terminó su intervención?

DIPUTADO JUAN FRANCISCO CASTILLO MORALES:

Disculpe Presidente, yo entiendo, pero habló de inciso y no estamos hablando de un inciso, estamos hablando del último párrafo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Doctor Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo más o menos iba a hacer una exposición igual a la que hizo la distinguida Diputada Dora María Téllez, entonces lo único que me queda es sumarme a la moción que ella está presentando porque la considero muy acertada.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Comandante Fernando Caldera para aclarar sobre este punto, por favor.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Yo creo que el carácter civil de la Policía Nacional está claro en la Constitución de la República y en este proyecto de ley que se está aprobando por la Asamblea Nacional...(CAMBIO DE CINTA ORIGINAL...) un régimen natural en sí, pero somos policías, no somos ni militares, ni civiles en el sentido estricto de la palabra; somos policías porque tenemos un régimen, una organización, una definición de misiones especiales y somos policías. Esto para aclarar nuestra posición en la parte filosófica.

Ahora bien, a lo que aquí se refiere personal civil, realmente es el personal de servicio, ¿por qué no queremos que estén en el régimen nuestro?, Por una razón muy sencilla: esto está de cara a las señoras que limpian, cocinan, o secretarias, para permitir la libre contratación de ellas. Una secretaria podría entrar a la Policía, trabajar tres años, le ofrecen un mejor salario en otro lado y se sale de la Policía y se va a trabajar a otro lado, y le mantienen su régimen de seguridad social ordinario.

De tal forma que nos mantendrían en una camisa de fuerza, donde nosotros muchas veces tenemos que poner en cargos de secretarias a personal que no está preparado, porque no tenemos hoy por hoy ninguna facilidad para tener una libre contratación de personal con algunas capacidades, con algunas habilidades en la calle, porque tenemos un régimen especial. Entonces, por eso se creó el régimen de servicio, que permite que una persona entre por ejemplo, de cocinera en la Policía; pero mañana viene alguien y le dice: "Mira, venite para trabajar conmigo"; se va y se mantendría siempre en un mismo régimen.

Hoy por hoy ese personal se va de la Policía y perdió su acumulado en el régimen de seguridad que hasta ahora teníamos, simplemente es para tener una libertad de contratación y una libertad de movilidad de ese personal que objetivamente actualmente existe. Ahora bien, todo el que está adentro ahorita, todos los que somos parte de la policía de acuerdo a esta ley tenemos la opción de seguir siendo de este mismo régimen que tenemos ahorita. El problema es para adelante, la posibilidad de contratar gente nueva e integrarla a trabajar a la Policía y que a lo mejor tiene quince años, diez años, doce años de estar cotizando en el INSS, se va a estar tres, cuatro años en la Policía, porque de repente le sale una oferta mejor y se va y no sale perjudicada.

Yo veo muy confuso estar agarrando una partida del INSS, pasársela al Régimen de Seguridad Social, al Instituto, venírsela a quitar de nuevo porque la persona decidió regresar otra vez a trabajar a una empresa; y seguir cotizando otra vez con el INSS; yo lo veo un poco complicado. Entonces, a mí me parece que en todo caso lo que se podría decir es: "El personal de servicio de la Policía Nacional," y ya queda claro.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se cierra la lista de oradores con el Licenciado Adán Fletes Valle.

Tiene la palabra el Diputado Ray Hooker Taylor.

DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:

Presidente, la Diputada María Ramírez, Doris Tijerino, Dora María Téllez y Ray Hooker, tenemos la siguiente moción: Que el último párrafo se lea de la siguiente manera: "El personal de servicio también será cubierto por el Régimen Especial de Seguridad Social". ¿Por qué estamos haciendo esta propuesta? En primer lugar, tal como está redactado el artículo fomenta la discriminación en el personal que labora en la Policía Nacional, y acuérdense que de acuerdo a la Constitución Política de la Nación, se prohíbe la discriminación en cualquiera de sus formas; y no podemos estar mediante esta ley permitiendo el fomento de la discriminación en un cuerpo tan importante como la Policía Nacional.

Entonces lo que estamos proponiendo es que todo el personal que trabaje en la Policía, sea cubierto por ese Régimen Especial de Seguridad Social. Ahora, en cuanto a la dificultad del traslado de las contribuciones, tanto de los policías como del personal de servicio, de un sistema al otro, esa es una dificultad que existe en toda la institución, y abarca no solamente al personal de servicio; porque muchos policías salen de la Policía a trabajar en otras instancias del sistema productivo o del Estado y al salir de la Policía también los derechos adquiridos no se pierden, tiene que haber algún sistema de transferencia de esos derechos adquiridos.

También cuando alguien que ha estado trabajando en otras instancias del Sistema nacional y comienza a trabajar con la Policía, obviamente no pierde los derechos adquiridos en la instancia anterior en que trabajaba. Entonces, debido a eso estamos mocionando que el personal de servicio también sea cubierto por el Régimen Especial de Seguridad Social. Las dificultades administrativas o contables pueden con relativa facilidad ser solucionadas.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Licenciado Luis Sánchez Sancho.

DIPUTADO LUIS SANCHEZ SANCHO:

Gracias, Presidente.

Es interesante la moción multipersonal que ha presentado en este momento el Diputado Ray Hooker,que me invitó a firmar pero que yo no firmé por la razón que voy a exponer. Es interesante, digo porque pone en evidencia frente a las críticas muy fuertes que está recibiendo esta institución parlamentaria últimamente, y que contrario a algunas cosas que se dicen de esta institución, hay aquí mucha sensibilidad social, mucha preocupación por no cometer injusticias y por el respeto escrupuloso a la igualdad de todos los nicaragüenses ante la ley. Creo que ese es el espíritu de esa moción, que no se vaya a cometer la injusticia de discriminar a un sector de trabajadores de ciertos beneficios supuestos o reales de carácter social.

Pero creo que también debe analizarse la posibilidad de cometer otra injusticia. Yo entiendo Presidente, que a partir del principio de que los derechos deben ser y son correlativos a las obligaciones, a las responsabilidades, que al establecer un régimen de seguridad social especial, particular, con los miembros de la Policía y de los otros cuerpos del Ministerio de Gobernación, es para hacer un reconocimiento solidario de la sociedad, un reconocimiento justo a las responsabilidades, los riesgos, los peligros, las amenazas, que de hecho sufren constantemente en el ejercicio de su delicada profesión.

Dicho en otras palabras, el riesgo que corre un policía, un bombero, un oficial del Sistema Penitenciario, etc., no es el mismo riesgo que sufre una secretaria, o una cocinera, o una afinadora. No estoy calificando la naturaleza, la calidad del trabajo; todo trabajo es socialmente útil en cualquier lugar que se desempeñe; todo trabajo es socialmente útil y dignificador de la persona. Estoy refiriéndome a la característica de esta legislación, que es compensar por medio de un Sistema adecuado de seguridad social, los riesgos, los peligros que implica particularmente el desempeño de las responsabilidades en esta institución y en estos cuerpos.

Entonces, si a una persona que pertenece al personal de servicio ordinario se le cubre con las mismas prerrogativas de seguridad social, se está desnaturalizando, se podría desnaturalizar esto. Y en otro sentido, como lo explicaba el Comandante Caldera me parece que bastante bien, el Comandante Caldera, se estaría forzando a la gente que pertenece al servicio ordinario y sujeto a una rotación igualmente ordinaria en el personal, a someterse, a la jerarquía, a la disciplina y a las obligaciones que implica el servicio en la institución, pongamos por caso, estrictamente policial.

De manera que yo creo que hay que tener sumo cuidado en esto, porque, si se trata de preocuparnos -como efectivamente nos estamos preocupando- por la seguridad social de los otros sectores laborales, yo creo que aquí lo que deberíamos de comenzar a hacer es reformar, modificar a fondo la Ley General de la Seguridad Social, y no permitir de nuevo en uso de las facultades constitucionales que tiene ahora la Asamblea Nacional, que venga un Ministro aquí a decir: Yo no cumplo con esa ley de la Asamblea Nacional sobre la seguridad social porque no me da la gana cumplirla. Eso es lo que deberíamos de comenzar a hacer, para ir mejorando paulatinamente la cobertura de seguridad social ordinaria del Estado para los demás sectores de trabajadores.

Pero en lo que respecta a esta ley y a esta institucion de la Policía y demás cuerpos jerarquizados del Ministerio de Gobernación, a mí me parece que efectivamente lo que corresponde es dejar la excepción, y creo que lo que sugería el Comandante Caldera es lo indicado. Yo me permitiría o me permito mejor dicho, presentarlo como una moción mía que diga así este último párrafo, que usted hermosamente lo definió como in fine, que diga: "El personal de servicio estará cubierto por el Régimen General de la Seguridad Social del Estado". Se la voy a pasar a la Mesa señor Presidente.

Muchísimas gracias por la atención.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Licenciado Adán Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE:

Gracias, señor Presidente.

Cuando estábamos dando el respaldo a la seguridad social para las instituciones que forman parte del Ministerio de Gobernación, lo hicimos con un criterio, de que por el nivel de riesgo de estas instituciones había la obligación de darles una protección especial; ningún otro trabajador corría este tipo de riesgo y en razón de eso legislamos de esa manera. Yo sigo expresando que es un problema meter a un instituto que es del Ministerio de Gobernación, dentro de una parte de ese Ministerio que es la ley de la Policía. Me parece un procedimiento incorrecto de presentación y de todo haber dado este paso.

Pero además, es evidente que el personal de servicio no corre los riesgos que corre la gente que viste el uniforme de la Policía. Sin embargo, cuando se habla de las otras instituciones, del Cuerpo de Bomberos, del Sistema Penitenciario Nacional, Migración y Extranjería, no se hace diferencia si hay personal que viste uniforme o que no lo viste; si en caso lo hubiera, están cubiertos, pero en el caso de los policías no están cubiertos. En el artículo 73, cuando se habla del personal auxiliar que dice que el que ingresa por contratación especial, en virtud de su calidad técnica, científica o profesional, ese está cubierto. Entonces tiene razón el Diputado Ray Hooker cuando dice que hay discriminación, porque el personal de servicio también ingresa por contratación especial, por un tiempo que no es indefinido, porque no hace carrera ahí tampoco.

Entonces, si se protege al personal que entra en virtud de su calidad técnica, científica o profesional, también se debe proteger al personal que está en servicio. Por eso, yo aunque creo que el espíritu de este proyecto de ley estaba destinado a proteger los riesgos especiales de un personal muy particular, pero en vista de que ha sido aprobada la aceptación del personal auxiliar en el inciso a) , yo voy a respaldar el inciso como ha sido presentado por

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el Diputado Ray Hooker, para evitar la discriminación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Nuestro Secretario va a dar lectura a las dos mociones; hay una mocion de consenso. Segunda lectura.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Tenemos entonces dos mociones para este ultimo parrafo. Una es de Ray Hooker, Dora Maria Tellez y dos firmas mas, William Ramirez y una firma mas ilegible, que dice, que este ultimo parrafo diga asi: "El personal de servicio tambien sera cubierto por el Regimen Especial de Seguridad Social".

Y la mocion de Luis Sanchez, que diga de esta manera: "El personal de servicio estara cubierto por el Regimen General de Seguridad Social del Estado".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se abre a votacion la mocion de consenso de Ray Hooker, Dora Maria Tellez, y el Licenciado Adan Fletes que la asumio.

Se abre a votacion.

Se cierra la votacion.

Con 44 votos a favor, ningun voto negative y 9 abstenciones, se aprueba la mocion presentada por Ray Hooker, Dora Maria Tellez y Adan Fletes.

El Secretario le va a dar lectura al articulo nuevo, despues de este que hemos aprobado.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Es que la discusion alrededor de los bomberos voluntaries, recordemos que nos llevo a una reflexion y a una propuesta de articulo nuevo; ese articulo nuevo dice asi: "El Estado asumira el pago de una indemnizacion y pension a los policias y bomberos voluntaries que fallezcan y se discapaciten por razones profesionales. El monto de las mismas se regira por las disposiciones que esta ley establezca para los policias y bomberos permanentes".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO

Se abre a discusion la mocion presentada. Don Anibal MartInez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ:

Gracias, Presidente.

Yo lo que quiero es que me aclaren, como es eso, cuando se habla de los bomberos a que el Estado va a asumir, va a asumir la de los bomberos voluntaries, va a asumir la Policia; que por favor me la vuelva a leer don Jaime.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Por segunda vez el Secretario va a dar lectura a la moci6n.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Con gusto, don Anibal, se la vamos a volver a leer; si usted quier« que se la vuelva a leer otra vez tanbien otra vez.

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La mocion dice: "El Estado asumira el pago de una indemnizacion y pension a los policias y bomberos voluntaries que fallezcan o se discapaciten por razones profesionales. El monto de las mismas se regira por las disposiciones que esta ley establezca para los policias y bomberos permanentes".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Pedimos a los mocionistas, ya que el concepto de razones profesionales no es muy tecnico, no es un concepto tecnico de seguridad social, no se si ellos aceptan el concepto de riesgos profesionales, que es el concepto que se ocupa en la seguridad social. Como esta es una mocion que ellos han presentado, nosotros no la podemos modificar. Me gustaria saber si los mocionistas aceptan ese cambio.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

O sea, el cambio que se haria es: "por los riesgos de su oficio".

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Se abre la votacion.

Ya estamos en la votacion, y la hemos leido varias veces. Entonces estamos en votacion. Se cierra la votacion.

Con 49 votos a favor, ninguno en contra, 1 abstencion, se aprueba la mocion de Doris Tijerino, Doctor Duarte, y el Ingeniero Jaime Bonilla.

Articulo 4 del Capitulo nuevo. Se abre a discusion.

Observaciones.

Nadie se ha apuntado. Se abre a observaciones el artículo 5.

No habiendo Observaciones, se abre a discusion el artículo 6.

No habiendo personas apuntadas, se abre a observaciones el artículo 7.

No habiendo oradores, se abre a observaciones el articulo 8.

No habiendo oradores apuntados, se abre el articulo 9 a observaciones.

Observaciones al artículo 10.

Observaciones al artículo 11.

Observaciones al artículo 12.

Observaciones al artículo 13.

Observaciones al artículo 14.

Observaciones al artículo 15.

Observaciones al artículo 16.

Observaciones al artículo 17

Entiendo aquí que hay una moción de Doris Tijerino y Edmundo Castillo Ramirez. Le entrego la Presidencia para poder intervenir democráticamente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Vice-Presidente Edmundo Castillo.

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DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Gracias, Presidente.

Esta es una mocion que ha sido consultada con el departamento legal y los mandos de la Policia, ya que la manera como esta redactado este articulo y que dice asi: "El institute asumira sin solucion de continuidad, la administracion del Programa de Compensacion Solidaria por muerte o discapacidad profesional", aparentemente se cree, o se podria interpretar como que hay tres tipos de beneficios; el del seguro social especial, el del seguro vida y este programa de compensacion solidaria. Entonces, ellos nos han explicado que este concepto de programa de compensacion solidaria es el mismo seguro de vida que ya se habia aprobado.

En concrete, para dar una mayor aclaracion; con la previa consulta que se hizo con ellos, estamos presentando Doris Tijerino y Edmundo Castillo Ramirez, la siguiente mocion: "El Institute asumira sin solucion de continuidad la administracion del seguro de vida. Los beneficiados tendran derecho a", y sigue igual. Presentamos a la Mesa la mocion de consenso.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Antes de que el Secretario de lectura a la mocion, les recordamos a los jefes de bancadas que a las dos y treinta en el despacho de la Presidencia vamos a tener una reunion, con el proposito de ir trabajando sobre las listas presentadas tanto por los Diputados como por el Poder Ejecutivo para Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, y Procurador y Sub-Procurador de Derechos Humanos.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La mocion es sobre el articulo 17, que en el encabezado dice: "El Institute asumira sin solucion de continuidad, la administracion del Programa de Compensacion Solidaria por muerte o discapacidad profesional. A esta presentacion tienen derecho:"

La propuesta de cambio para ese encabezado es la siguiente: "El Institute asumira sin solucion de continuidad la administracion del seguro de vida a los afiliados a este regimen. Los beneficiados tendran derecho:". Entonces ese es el cambio propuesto.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

A discusion la mocion.

A votacion la mocion.

Se abre la votacion.

Se va cerrar la votacion.

Se cierra la votacion.

Se aprueba la mocion con 49 votos, ninguno en contra, ninguna abstencion; 23 colegas no votaron.

Observaciones al artículo 18.

Tiene la palabra el Diputado Noel Sanchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA;

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo tengo en mente la creacion de un articulo nuevo que seria en este caso el numero 18, tratando de defender las cotizaciones que hagan los policias o personal de servicio, una vez que renunciaran a la entidad y pasaran a otro trabajo, con el fin de que el

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instituto de seguridad especial traspasara las cotizaciones que ellos han hecho al Institute Nacional de Seguridad Social. La mocion dice asi: Articulo nuevo, numero 18: En el caso de que un miembro del personal de policia o de servicio renunciara al cargo y se retirara de la Institucion, el Institute traspasara de oficio el total de las cotizaciones realizadas por los renunciantes al Institute Nacional de Seguridad Social, toda vez que el renunciante se hubiese afiliado a este ultimo. Paso la moción.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Adán Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE;

Gracias, Presidente.

Como lo que esta sometido a discusion es el articulo 18 de este Capitulo, voy a referirme a el. En relacion al inciso h) dice: "Los inmuebles propiedad del Estado que por ministerio de esta ley pasaran legalmente a ser propiedad del Institute y se especificaran en el articulo tal", no aparece el numero del articulo; pero ademas, por formalidad yo creo que el Plenario de esta Asamblea, antes de aprobar este inciso debiera tener la lista de esos inmuebles propiedad del Estado a que hace referencia este inciso. Me parece que no seria muy adecuado aprobar este inciso si nosotros no tenemos esta lista de los inmuebles.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

De acuerdo al orden en que se han dado las intervenciones y habiendo una mocion de articulo nuevo presentado, la observacion que nos hacia en este momento el Licenciado Adan Fletes Valle la dejamos para posteriormente sin perjuicio de que pueda volver a intervenir al respecto cuando se toque ese tema. De manera que el Secretario daria lectura a la mocion de articulo nuevo que ha sido propuesta por el Diputado Noel Sanchez Cuadra.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

El articulo nuevo como 18, dice: "En el caso en que un miembro del personal de policia o de servicio renunciara al cargo y se retirara de la Institucion, el institute traspasara de oficio el total de las cotizaciones realizadas por los renunciantes al Institute Nacional de Seguridad Social, toda vez que el renunciante estuviese afiliado a este ultimo."

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

El Diputado Noel Sanchez Cuadra se ha acercado a la Mesa y serial a que esta retirando en este momento su mocion; de manera que habiendo sido retirada la mocion, retomamos la discusion en torno al articulo 18.

Tiene la palabra el Diputado Adan Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE;

La lista aparece en la pagina numero diez de este Capitulo, y yo no habia llegado a leer hasta esa pagina porque realmente este proyecto lo distribuyeron hasta el dia de hoy, sin embargo yo quiero referirme siempre a este tema. Yo no estoy seguro sobre estas propiedades; es importante la anotacion que se ha hecho sobre ellas, pero tengo una preocupacion porque no conozco realmente a que se refiere cada una de ellas. Por ejemplo, en la pagina once aparece una casa en Jinotega, y uno no sabe cual casa es esa, si esa casa esta siendo reclamada por algun dueno original de ella. Luego aparece una imprenta en la Carretera Norte y no conozco cual imprenta es esa, no se si hay un reclamo sobre esta propiedad.

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El Plenario de esta Asamblea ha discutido en varias ocasiones el tema de la propiedad, y si nosotros a traves de la aprobacion de este inciso aceptamos la voluntad que a veces se ha itenido de tratar de exigir respeto a la propiedad privada, me parece que cometerlamos un error sin mayor informacion sobre estas propiedades. Hay una clinica en Leon por ejemplo, aqui aparece en la misma pagina 11; no se, no tenemos la informacion los miembros de este Plenario sobre como se llama esa clinica, cual clinica, cual es el status de esa clinica, como son afectadas por las propias leyes que aqui se han dictado; hay un Hotel Lomas del Mar, en Huehuete, Carazo, que tampoco uno sabe si hay reclames, como estan esos reclamos.

Si nosotros aprobamos este inciso de ese articulo y hacemos traspaso de esas propiedades, violentando leyes que nosotros hayamos aprobado con anterioridad, cometerlamos un error. En razon de eso yo solicitaria que sobre estos inmuebles se diera a este Plenario una mayor informacion. Puede ser que uno u otro Diputado conozca en detalle alguno de esos casos, pero no se trata de que uno o dos Diputados conozcan esos casos, sino que este Plenario este consciente de la situacion legal de esas propiedades para poder realizar su traspaso efectivo al Institute, tal como esta senalado en el inciso de ese articulo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA;

Gracias, Presidente.

Es para referirme a la inquietud del Diputado Fletes. Este inciso h) , es claro cuando dice: "Los inmuebles propiedad del Estado". Se supone que cuando se habla en el inciso h) de "los inmuebles propiedad del Estado", se esta refiriendo a todo este listado; ya conocer el origen come los obtuvo el Estado no es competencia de nosotros, ni obstaculo para aplicar esta ley. Yo quiero recordarle que el ano pasado ya esta Asamblea Nacional aprobo la ley de punto final de la propiedad, que todo esta remitido, los problemas de propiedad en este pais estan para resolverse conforme lo dispuesto en esa Ley de la Propiedad.

Por lo tanto no vamos nosotros cada vez que tengamos que hablar de esto, hacer una nueva interpretacion de esa ley, y no es competencia de nosotros venir a dirimir los problemas de propiedad, sino que para eso esta ya en vigencia esa Ley de la Propiedad. Una de las cosas que si le falta a este listado, es a que Registro Publico se refiere, no senala mayor informacion, solo habla del numero de la propiedad, el tomo, el folio, el asiento, pero no dice de que registrb publico. En este pais hay tantos Registros Publicos como Departamentos hay en el pais; a cual de ellos se refiere, tal vez eso si seria necesario aclarar. Por lo tanto, yo respaldo el dictamen porque no deja duda de que estas son propiedad del Estado.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL.

Tiene la palabra Ivan Salvador Madriz. Tiene la palabra Dora Maria Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

En realidad este planteamiento de Adan es un planteamiento clave. Todo lo que hemos venido discutiendo del Institute no tendria ningun sentido si el Institute no tiene un patrimonio que respalde los derechos, las obligaciones que habiamos creado en virtud de la

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ley. Si nosotros actuamos consecuentemente, a lo largo del debate de hoy por la manana nemos concedido derecho, hemos contraido obligaciones y tenemos que a esos derechos y esas obligaciones otorgarles un respaldo efectivo. Normalmente un Institute de estos se crearia con dos fuentes principales; es decir, al crearse como institute nuevo, se crearia mejor dicho con una sola fuente si lo crearamos de cero, y esa es una aportacion del Estado para la conformacion inicial de la Institucion.

Ese aporte del Estado por la via de presupuesto, es decir, bueno, se asigna una cantidad de dinero de tanto para organizar este Institute y que comience a operar, y unos ciertos activos para que pueda responder por su responsabilidades. En el caso de esta ley estamos tratando de crear este Institute de una manera un tanto original diria ye, y es no provocando una erogacion adicional de presupuesto del Gobierno, sine mas bien trasladando bienes que actualmente son del Ministerio de Gobernacion, pero que no necesariamente son del giro de su oficio. Por ejemplo, el Hotel Lomas del Mar, no es del oficio del Ministerio de Gobernacion, en realidad es una hotel; o el Centre Recreative Motastepe, nada que ver con el oficio del Ministerio de Gobernacion.

Esta misma logica seguimos cuando al aprobarse el Codigo Militar se establecio que aquellas propiedades que no eran instalaciones militares propiamente dichas, fueran transferidas como activos al Instituto.

Yo me pongo de acuerdo sin embargo con la preocupacion de Adan de que deberiamos tener una explicacion, propiedad por propiedad, en que situacion estan; y yo quisiera tambien solicitarsela a los funcionarios del Ministerio de Gobernacion que se encuentran aqui. ademas quisiera una explicacion de las que no estan, que yo conozco que son propiedad del Ministerio de Gobernacion.

Por ejemplo, hay unas bodegas construidas frente a La Subasta, que las construyo el Ministerio del Interior no me acuerdo en que ano exactamente, pero es precisamente frente a la Subasta; un complejo enorme de bodegas que no aparece en la lista y son propiedad del Ministerio de Gobernacion, porque fueron construidas efectivamente por el Ministerio del Interior. Entonces, yo quisiera por ejemplo saber por que esa propiedad no aparece en esta lista, yo tengo el certificado registral de esta propiedad y el certificado registral lo que dice es que es propiedad del Estado.

Y yo quiero recordarle a la Asamblea Nacional, que en Junio de 1994 la Asamblea aprobo la Ley 169 que se refiere a la disposicion de los bienes publicos, de los bienes del Estado mediante ley. La Ley 169 obliga a que cualquier enajenacion, devolucion, venta o regalo de propiedad del Estado tenga que hacerse mediante ley, y de esas bodegas yo tengo la constancia del Registro Publico, y hasta hace un mes estaban en poder del Estado, son propiedad del estado, por tanto no pueden dejar de aparecer; ademas no son del giro del Ministerio de Gobernacion, y seria un bien que yo creo que es conveniente que pase a manos del Institute.

La decision para el legislador se reduce a un asunto sumamente simple, desde mi perspectiva. ^Prefiere el legislador vender el Hotel "Lomas del Mar", o prefiere transferirlo como patrimonio de un Institute que tiene como finalidad respaldar los derechos y las obligaciones que hemos contraido en virtud de la ley que aprobamos? Yo francamente creo que es preferible trasladarlo como patrimonio del Institute y no vender lo. Y me queda la preocupacion de Adan Fletes: ^.Habra reclames sobre esta casa de Jinotega, o será objeto de devolución? O al dueño ya le pagaron indemnizacion en bonos, qué será...?Eso creo yo que amerita más bien una explicación relativamente sencilla.

Pero en términos generales, es una propiedad -cualquiera que sea-que sigue siendo propiedad del Estado al dia de hoy y que el Gobierno hoy proceda a su devolución, en términos generales estas

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propiedades no tenian reclamantes o sus reclamantes eran del Decreto 3. Y yo quiero recordar que a los reclamantes del Decreto 3, la Ley de Propiedad les remacho la liquidacion de suiderecho a reclame.

De manera que la opcion es; primero crear un patrimonio que respalde las obligaciones que hemos contraido en la ley; segundo crear ese patrimonio sin costo adicional para el Presupuesto del Gobierno, que es muy importante cuando hay falta de dinero, si no le entregamos patrimonio al Institute, hay que asignarle una cantidad de dinero muy importante para poder crear ese respaldo.

Yo quiero recordar que el fondo que asignamos al Institute de Prevencion Social Militar, fue producto de la venta de los helicopteros -unos veinte millones de dolares- de manera que aqui estariamos hablando de una cifra importante; o se lo damos en dinero o se lo damos en activos. cCual es la ventaja de transferirselo en activos? Que estos activos solamente tienen dos destines; o se venden porque no son de giros del Ministerio de Gobernacion, o se le entregan en patrimonio al Instituto.

La opcion obvia: es preferible entregarselos en patrimonio al Instituto.

Si la Asamblea incluso, si el Gobierno quisiera devolver una propiedad, tiene que hacerlo por ley, no se puede devolver ejecutivamente porque se trata de un procedimiento de liquidacion de una enajenacion anterior, y de una nueva enajenacion; de manera que no se puede hacer fuera de la ley, tiene que hacerse necesariamente por ley.

Entonces las opciones que tenemos son; crear el patrimonio, transferir estos activos o transferir una cantidad de presupuesto importante. Y yo si me pongo de acuerdo con el Diputado Adan Fletes, en que seria interesante e importante para la Asamblea conocer la lista de estos activos que estan aqui, mas o menos el detalle de su situacion.

Y yo quisiera que me respondieran en <§ue situacion estan las bodegas construidas en la decada de los ochenta y que no estan incluidas en esta lista que viene.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Noel Sanchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Muchas gracias, senor Presidente.

Senor Presidente, honorables miembros de la Junta Directiva, honorable Plenario; yo creo que muchos de nosotros tenemos conocimiento del estado delicadisimo de salud en que se encuentra el colega Doctor Edmundo Montenegro, el fue victima de una embolia pulmonar, se encuentra en el Hospital Militar recluido y esta careciendo completamente de recursos economicos para afrontar los gastos que se le vienen encima, por lo cual quiero hacer del conocimiento de nuestro Presidente, Doctor Cairo Manuel Lopez, lo siguiente:

Estimado Senor Presidente:

Tengo el agrado de dirigirme a usted en ocasion de comunicarle el caso del Diputado Edmundo Montenegro Miranda, quien sufrio una embolia pulmonar y se encuentra en estado delicado internado en el Hospital Militar, sin disponer de recursos economicos para solventar los gastos de hospitalizacion, atencion medica y medicinas que requiere con urgencia en este caso.

En consecuencia, le solicito en mi propio nombre y en nombre de la familia del Diputado Montenegro su valioso apoyo, a fin de que por

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su digno medio se le facilite la ayuda econdmica necesaria para solventar los gastos medicos.

Al respecto le adjunto constancia del Hospital Militar, la que por si sola se explica.

Sin mas a que referirme, atentamente le saludo. •

Noel Sanchez Cuadra Diputado Asamblea Nacional.

Esperamos la buena colaboracion de la Presidencia de la Asamblea Nacional y de la Junta Directiva, para el estimado colega don Edmundo Montenegro Miranda.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Le ruego al Diputado Noel Sanchez Cuadra que nos haga llegar esa comunicacion a la Mesa Directiva.Y mientras usted estaba leyendo la carta tomaba el parecer de los colegas de la Junta Directiva, y aprovecho para senalar lo siguiente:

A menudo se nos presentan estos casos. Entre otros, hemos atendido el caso del Diputado Roberto Laguna, companero nuestro de trabajo en esta Asamblea Nacional, cuando fue atropellado por un vehiculo, a principles del ano 96, al Diputado Eli Altamirano que tuvo una recaida por motives de infarto, al Diputado Adolfo Garcia Esquivel, al Diputado don Alejandro Alonso Jiron, y muchas otras personas mas que nan tenido que ser hospitalizadas en determinados momentos y en determinadas circunstancias.

Pese al riesgo de ser mal interpretados, la Junta Directiva ha tornado la resolucion en este momento, -cuando usted leia don Noel-,sobre esa solicitud, que pese al riesgo de ser mal interpretados, la solidaridad humana se va a imponer, y esta Junta Directiva ha resuelto apoyar economicamente los gastos de hospitalizacion para salvarle la vida al companero Diputado Edmundo Montenegro Miranda.

En este estado de la Sesion, suspendemos esta Sesion para continuarla el proximo martes, quedando anotados los siguientes Diputados; Danilo Aguirre Solis,(perdón), Leonidas Duarte, Adan Fletes Valle, Juan Francisco Castillo, Andres Robles, etc.

Se suspende la Sesion para continuarla manaña.

CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO SEI3 DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA MARTES 30 DE JULIO DE 1996, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MANANA (OCTAVA LEGISLATURA).

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

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Estamos 58 Diputados presentes.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Continua la Sesion.

Ley de la Policía. Estabamos en la Seccion segunda: Patrimonio y Administracion, y habiamos solicitado al respecto observaciones al articulo 18.

Tiene la palabra el Diputado Adan Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE:

Muchas gracias, señor Presidente.

En la Seccion ultima me toco referirme a una serie de propiedades que pasarian a ser parte del patrimonio del institute conocido con las siglas ISSDHU y llamado Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano. Yo plantee la inquietud de que hay aqui una lista de propiedades de la que este Plenario no tiene informacion ni seguridad sobre en que estado se encuentran estas propiedades; aparece el numero de registro, aparecen los tomos, los folios y los asientos. Este es un tema bien delicado para la Asamblea Nacional, el tomar una decision sin tener la informacion pertinente.

Yo hacia referencia por ejemplo a estas clinicas en Granada, en

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Matagalpa, casa en Jinotega, imprenta en la Carretera Norte; nosotros comprendemos que una institucion como esta necesita un patrimonio, ya sea en bienes o en efectivos; la intencion en mi observacion no es quitarle patrimonio a este Institute que yo estoy tambien apoyando, sino tratar de que nosotros no cometamos ningun error en materia de propiedad, para que no lesionemos el concepto de la propiedad privada, ni afectemos tampoco otras leyes.

No se si funcionarios del Ministerio de Gobernacion o algun otro colega, puede tener una informacion exacta sobre todas estas propiedades que se estan destinando a ser parte del patrimonio; si yo no tengo como Diputado esta informacion, me parece que no tendria la decision de votar a favor de un articulo como este, porque me parece que es de mucho riesgo en el concepto de propiedad, cualquier decision que esta Asamblea tome sin tener la informacion adecuada.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Moises Hassan Morales.

Tiene la palabra la Diputada Doris Tijerino Haslam.

DIPUTADA DORIS TIJERINO HASLAM;

Gracias, senor Presidente.

Yo pienso que el Diputado Adan Fletes tiene razon cuando dice que debemos estar seguros de que es lo que estamos aprobando, pero creo que se apresura en su preocupacion porque actualmente estamos en el articulo 18; y de ahi el inciso h) que es el que mueve a la preocupacion del Diputado Fletes, dice que "Los inmuebles propiedad del Estado, que por ministerio de esta ley pasaran legalmente a ser propiedad del Instituto", se especifican en otro articulo. Es decir, es en el articulo 23 -mas adelante- que vamos a ver el listado de los inmuebles. Yo creo que la redaccion que tiene el inciso no debe preocupar al Diputado Fletes, y no habria problema en su aprobacion.

Si se quiere estar claro de la situacion legal de los bienes inmuebles que aparecen en el articulo 23, lo que precede es solicitarle a Gobernacion un informe detallado; porque al igual que decia la Diputada Dora Maria Tellez lo que nos deberia de preocupar es: por que estan solos estos bienes inmuebles, que se ban hecho otros bienes inmuebles, a donde y a quien le quedaron y en que situacion legal. Es decir, cuantas devoluciones se ban hecho pasando por encima de la Ley 169, de que manera.

Tengo entendido, tengo informacion de que estan utilizando algunas formas juridicas, legales, desde el punto de vista estricto de la ley, pero cue'stionable desde el punto de vista moral y etico, porque en vez del traspaso de la propiedad estan utilizando una permuta; la forma juridica de permuta, para tapar lo que realmente se esta haciendo con el caso de las bodegas, que es una de las cosas que seguramente preocupo, y en donde se sabe que ban habido presiones de la Embajada Americana porque es una ciudadana americana la reclamante y la que va a salir beneficiada con ese bien inmueble. Asi que yo diria que mas bien nos centraramos sobre la discusion del articulo 18.

Y en relacion a la preocupacion que tiene que ver con el articulo 23 -en relacion al articulo 23 que es donde se ve el listado- la preocupacion deberia ser a la inversa, mas bien preocuparnos por saber donde esta por ejemplo, creo que todavia esta en poder de Gobernacion un bien que quedaba alia por el Siete Sur, que ahorita en muy malas condiciones se le adjudico a un proyecto social llamado "Centro Amigo", y era un bien inmueble propiedad de Gobernacion que tenia las condiciones para tener a los chavalos, y

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los fueron a meter a unas instalaciones en donde no hay condiciones, se mojan todos, como si esos menores no merecen atención.

Por que? Porque el Ministerio de Gobernación hace devolucion de los bienes que no le pertenecen, porque son del Estado, y que en todo caso estan bajo su custodia. Así que yo quisiera que no demoráramos la aprobación de este artículo en donde se establecen más bien las cosas que vendrían a formar parte de este patrimonio en términos bien generales; y yo no sé si habría la capacidad, porque me ha llamado la atención que no está presente ni el Vice-Ministro, ni el Ministro de Gobernación para que nos respondieran sobre la situación legal de estos bienes. Pero viene un artículo más adelante que incluso por los articulos que se han aprobado -el Diputado Téfel me corrige-, ni siquiera es el 23, es el 32, hay tiempo de pedir ese informe detallado sobre estas propiedades.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Leonidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Es válida la inquietude del Diputado Adán Fletes alrededor de argumentar la situacion legal de las propiedades, esto de cara cuando lleguemos al artículo 23. Aquí decía anteriormente la Diputada Tijerino que este inciso h) se refiere y deja bien claro, que explícita y taxativamente dice: "Los inmuebles propiedad del Estado". Estamos hablando aqui de que no estamos transfiriendo bienes particulares de una persona a patrimonio de esta institución nueva que se está creando, para que pueda server de fondo para la seguridad social.

Considero que la Ley 209 que fue aprobada por este Plenario de la Asamblea Nacional, es bien clara al decir que son duenos de aquellas propiedades, todos aquellos que han sido beneficiados por : las leyes y que ya han pasado por el proceso de revision, si estas propiedades pertenecen al Estado, ya sea por cualquiera de las leyes, 383, 380, etc., cualquier ley anterior. Y aqul fue aprobada tambien una ley que es conocida como la OCI, la Oficina OCI. Si la persona hizo uso de su derecho o no, eso es ya a titulo individual; si ya precluyo o no ese derecho, aqui no podemos estar velando por los intereses individuales, si precluye o no precluye ese derecho, ; si lo hizo ante la OCI.

Consideroqueesbienclaroyexplicito-insisto-esteincisoh),aldecirquelosquesevanatransferirparapropiedadopara fondo de este Institute son los inmueblespropiedaddelEstado,esbienclaro;yadespuespasamosadelimitarenelarticulo23,cualesson,siestananombredepropiedaddelEstadoonoestananombredepropiedaddelEstado;yaquitendrian quehacerunaexposicion-enesecaso-losagentesdelaPolicíaodelMinisteriodeGobernacion,sobrelos certificadosregistrales,etc.,acomoestánahí,paraquepuedasurtirefecto.Peroencuantoaesteinciso, insistoque es bien claro, es explicito de que son propiedades del Estado las que se van a transferir.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Ramón Gámez Rodríguez.

DIPUTADO RAMON GAMEZ RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que estamos tocando una parte muy modular cuando estamos

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hablando de un patrimonio. Un institute si no tiene un patrimonio, de nada sirve el resto de la ley. Estoy consciente del proceso que nosotros determinamos, que se debia hacer en la Ley de Estabilidad de la Propiedad, de las propiedades que estan en manos del Estado o las propiedades que estando en posesion de instituciones del Estado tienen que pasar un proceso como lo determinamos. Voy a decir lo siguiente. Por ejemplo, queda claro que cualquier reclame del antiguo propietario, en primer lugar tiene que pasar por un colador, por la resolucion de la Comision Nacional de Revision de Conf iscaciones. .. Y en el caso tambien cuando haya un bien del Estado -para el caso de indemnizacion- se tiene que resolver de esta manera.

Yo tenia una pregunta alrededor de eso, porque me parece que es importante la informacion que se ha pedido para saber si estas propiedades estan ya a nombre del Estado; rotundamente si estan a nombre del Estado, yo no veo ningun problema en la ley dejar un patrimonio al Institute de Seguridad Social. Si queria preguntar lo siguiente a los companeros de la Policia. . . A ver si pueden escucharme los companeros de la Policia. Christiam, companero Christiam Pichardo, queria hacer una pregunta a los representantes de la Policia, a ver si Reinaldo los deja un ratito para que puedan responder a una pregunta que quiero hacerles. Es que estaba revisando el listado donde habla de los terrenos, de las clinicas.

Yo soy de Las Segovias y tengo la escritura de compra de la Clinica "Santa Martha", que se dio en el tiempo cuando Christiam era representante y el que coordinaba el Ministerio. Esta clinica fue comprada y esta a nombre del Estado, segun lo que yo se, hay una escritura alrededor de eso; y el ano pasado nosotros -varios Diputados de la Region- recogimos un listado de los companeros miembros del Ministerio de Gobernacion y la Policia, porque habia un tramite para regresar la clinica, no se de que manera, y verdaderamente los usuarios del servicio estaban preocupados porque se iban a quedar sin ninguna clinica que es para la atencion de los companeros de la Policia, los del Ministerio de Gobernacion y los familiares.

En el listado que he estado revisando no aparece Esteli. En un caso particular, yo queria que me explicaran las razones, el porque no viene en este anteproyecto. Primero las razones. Y en segundo lugar, es que si hay una disposicion de devolver algo que ya se compro, aqui nos puede reafirmar mas esto el companero Christiam Pichardo. Estaba hablando tambien con Carlos Manuel Morales, que era el Delegado de la Presidencia y que estuvo tambien metido en todo este proceso. Por tal razon senor Presidente, quiero hacer dos cosas:

En primer lugar, yo creo que es importante la informacion de todas estas propiedades, si estan a nombre del Estado -que yo no le veo ningun problema-, y si todavia no hay una definicion de acuerdo a la Ley de la Propiedad, de que esten a nombre del Estado. Eso es lo primero. Lo segundo es, por que no aparece la clinica de Esteli, que cubre lo que es la parte de la I Region, cuando se compro, teniendo la escritura. Y no se si fue olvido o si se cayeron las letras en esta parte del documento. Pero me parece que este es un reclame fuerte tambien de los que estan en la Policia y el Ministerio de Gobernacion. Esas dos preguntas senor Presidente.

Muchisimas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Vice-Presidente Edmundo Castillo Ramirez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Muchas gracias, senor Presidente.

En realidad las inquietudes que planted el Licenciado Adán Fletes,

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la Comandante Doris Tijerino y distintos parlamentarios, hasta cierto punto son muy logicas senor Presidente, y es que el documento que tenemos a la vista no nos da los elementos de juicio necesarios para poder determinar la resolucion correspondiente. Es verdad que hay un articulo -no hay numeracion aqui- que dice: "Los bienes que pasan a ser patrimonio del Institute son: 1) predios ubicados frente al edificio del Ministerio de Gobernacion en la ciudad de Managua".

iCuales son esos predios que estan alii ubicados? Es decir, hay los datos registrales; pero si tomamos en cuenta que cada dato registral es una propiedad, entonces estamos viendo que solamente frente al edificio de Gobernacion se estan expropiando o traspasando cinco inmuebles de cuyas dimensiones, extensiones y linderos no se tiene una informacion. En igual forma se menciona aqui un inmueble ubicado por la "Martinizing", es decir, tambien esta en la misma situacion; y hay otro que dice, el Complejo "Carlos Roberto Huembes". £Es que se esta traspasando todo el Complejo "Carlos Roberto Huembes" a este Institute?

Porque como no hay una division, separacion, aclaracion de esa situacion, entonces tenemos una serie de dudas razonables, y hubiera sido apropiado que de previo nos hubieran dado la informacion registral o una ubicacion, o una descripcion un poco mas clara de la ubicacion del inmueble, de la extension del inmueble, de su titularidad anterior. Porque hay una verdad, y es que aqui vemos que hay muchas personas que estan reclamando su propiedad, y al pasar esto al Ejercito o al Institute de la Policia (perdon), es decir, el dueno que a lo mejor tiene una resolucion a favor, va a tener un logico temor para hacer un reclame a la Policia.

Entonces, aqui no hay los elementos de juicio apropiados, porque se dice "Los inmuebles propiedad del Estado". Pero la verdad es que la Ley de la Propiedad es un problema muy serio, aqui no existe una titularidad clara de que es lo que pertenece al Estado y que es lo que pertenece a los particulares, y no quisiera que bajo esa expresion se entendiera de que estamos haciendo una expropiacion sin seguir el procedimiento normal que establece la ley.

Y mas ahora que con las reformas a la Constitucion Politica, toda expropiacion significa pago en efectivo y un justo precio en esta cuestion, esto resulta debido a que, repito, -como ha explicado muy bien el Licenciado Adan Fletes-, no tenemos los elementos de juicio. Es verdad que se dice "Los inmuebles propiedad del Estado", pero el mismo Estado ni siquiera sabe cuales son los que le pertenecen o no, ipor que? Porque se ha roto una cadena registral, han habido muchos reclames, hay contradicciones entre lo que resuelve una institucion estatal con otra; entonces no vamos a meter a este Institute que tiene una finalidad de seguridad social, a un problema, a una laguna tremenda como es la situacion de la propiedad privada.

Aqui indudablemente hay un acto de buena fe porque parte de los bienes que se estan senalando indudablemente son clinicas: la clinica de Leon; el Centre Recreative, que me imagine tiene sus fines bien claros; la clinica de Granada, frente a la Estacion del Ferrocarril; la clinica de Matagalpa, lo cual hay una adecuacion o una concordancia entre el Institute y el bien que se esta expropiando. Eso en lo que estoy viendo a simple lectura. Pero en lo que se refiere a otros inmuebles, el Complejo "Carlos Roberto Huembes", pues, que finalidad va a tener ese Complejo al ser expropiado; la Imprenta, el Centro Recreative, una casa en Jinotega. Me imagine que ya son lugares departamentales que estan siendo ocupados.

Entonces, bajo ese concepto de una duda muy razonable expuesto por distintos parlamentarios, pues nos gustaria que nos dieran una aclaracion de los antecedentes registrales, de la verdadera situacion de esto; si efectivamente lo que estamos haciendo es un

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traspaso o una expropiacion, que lo que va a significar es pago efectivo y desde luego una carga financiera para el Estado. En concrete senor Presidente, solicitaria de usted que pidiera al Comandante Franco Montealegre o a quien estimen ellos conveniente, darnos unos mayores elementos de juicio sobre estas inquietudes que tenemos, para dar una decision logica y sensata.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Andres Robles.

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Gracias, Presidente.

Quisiera entender lo que el Doctor Castillo Ramirez quiere decir; el esta preocupado por el asunto de la propiedad y realmente que asi ha sido el siempre, bien preocupado por la legalidad de la propiedad en Nicaragua. Yo no estoy preocupado senor Ramirez, no estoy preocupado porque se perfectamente que casi el 90 por ciento de los senores que se fueron de Nicaragua debian mas de lo que tenian, entonces no me llega a mi ninguna preocupacion. Asi es que por ese lado quiero que quede claro que aqui no se trata de darle a nadie (perdon) , lo que no le corresponde, sino lo que le corresponde.

Yo conozco muchos de estos bienes que fueron comprados y estan a nombre del Estado, pero pertenecen al Ministerio de Gobernacion. Y en este momento lo que estamos haciendo es un desglose para que esos bienes pasen a este Institute, que es la seguridad social de los policias, o sea, el fondo con lo que van a iniciar ese Institute de Seguridad Social de la Policia. Si tenemos una policia mal pagada como la que tenemos, si queremos que la Policia nos de o surtan los efectos para los cuales fue creada, que es la proteccion del ciudadano, la seguridad interna de este pais, pues tambien creo que si les pedimos estamos obligados a darles, y en este caso si no se les puede pagar un buen sueldo, cuando menos que tengan un retire digno, que es lo que se pretende con este Institute.

De todas maneras, si me sumaria un poco a lo que usted dijo ya por ultimo, y es que ahi tenemos nosotros a las personas que conocen mas como es que esta esto, el estado en que estan estos bienes y que nos den una explicacion que se que la tienen a mano; pero sin el temor que usted esta senalando, porque estoy seguro que, cien por ciento, que aqui se le ha devuelto a gente que deberia de estar, bueno, no diria presa, pero que no tiene razon de tener lo que tiene o de haber recibido lo que se le devolvio. Y usted sabe que estoy diciendo la verdad, lo sabe perfectamente.

Pero de todas manera senor Presidente, me voy a sumar a la ultima posicion del Diputado Castillo, y que el Comandante Montealegre o el Comandante Pichardo nos den una explicacion mas clara del asunto.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Reinaldo Antonio Tefel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ;

Una solicitud al senor Presidente, es que por favor enderece la discusion del articulo 18, porque es el colmo que un miembro de la Directiva se haya pasado quince minutos, o sea, cinco minutos mas de lo que senala el Estatuto, hablando sobre el articulo 33. Me parece de que no hay un buen orden en la discusion, y que aunque sea miembro de la Directiva hay que llamarle la atencion para que discuta el articulo 18 y no el 33. El articulo 18 en el inciso h),

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que es el que ha provocado problemas, es clarlsimo, no esta hablando de futuras confiscaciones, pues ya no existen en la Constitucion confiscaciones, ni esta hablando de i futuras expropiaciones, ni esta hablando de ningun arrebato.

Dice: "Los inmuebles propiedad del Estado". cQue significa eso en castellano clarisimo? Que son los inmuebles que en el momento que saiga esta ley, estan legitimamente en manos del Estado. Entonces todo eso que se dijo son elucubraciones que no tienen que ver en absolute con el inciso h) del articulo 18, que es el que estamos discutiendo. Ahora, como hay varies Diputados que han pedido aclaracion sobre el articulo 33 6 32, pues no se, ahi que el Presidente decida si es este el momento para que se hagan las aclaraciones o si va a ser cuando lleguemos al articulo 32.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledon.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Me preocupa de que este articulo ya va a llevarse casi dos Sesiones de trabajo, y a mi real entender senor Presidente, esto esta bien claro, clarisimo. Yo quiero argumentar mas en la direccion que estaba haciendolo el Licenciado Tefel. Lo que provoc6 la polemica precisamente es el inciso h) del articulo 18, y a todos nos asalta la duda aca, cuando se trata de meter algun analisis a una propiedad chiquita, grande, mediana, lo que sea, en este pais, porque hay problemas de propiedad, nadie lo ignora.

Pero agarrar este argument© de que hay problemas de la propiedad para estancar parlamentariamente un trabajo que hay que sacar a flote... No quiero decir que lo vamos a hacer a la carrera, sin analisis, no; aqui se creo una Comision Especial para elaborar este documento, y este documento tengo entendido que es un documento de consenso entre la Comision parlamentaria y los representantes de la Policia sujetos de la ley. Por tanto yo queria agregar, no solo, leyendo el inciso h) para mayor aclaracion de lo que hablaba el Licenciado Tefel, el inciso h) dice lo siguiente: "Los inmuebles propiedad del Estado que por minister!© de esta ley pasaran legalmente a ser propiedad del Institute".

Y se especifican en el articulo que no tiene nombre, que ya sabemos cual es, que es el 33. En su inciso i), para mayor aclaracion dice lo siguiente: "Las pensiones o donaciones de bienes y/o recursos que el Estado realice y con el proposito de conservar, mejorar y otorgar derechos a la poblacion afiliada, y cualesquiera otros valores, bienes y recursos que se le asignen al Institute y que este adquiera a cualquier titulo". En lo previsto el inciso h) , para mayor aclaracion dice: "El Registrador Publico procedera a realizar el traspaso respective a la vista de La Gaceta, en donde se publique la presente ley; el traspaso de dichos bienes estara exento de cualquier impuesto fiscal".

Cualquier argumentacion que aqui los parlamentarios podamos hacer alrededor de esto senor Presidente, sale sobrando, porque estas cuestiones se van a arreglar a traves del Gobierno, con sus bienes para un Institute que es del Gobierno, para mejorar todo lo relative a los servicios de la Policia; y el Registrador Publico por supuesto que no traspasara al Institute aquellas propiedades que tengan litigios y que no esten claramente establecidas en el Registro de la Propiedad como propiedades del Estado. Me parece que estar aqui argumentando algunas otras cosas, es simplemente retrasar la discusion de la presente ley, que me parece que tiene suficientes argumentos para que nosotros pasemos ya a la votacion y le demos este instrumento importante, necesario, valido a la Policia Nacional.

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Señor Presidente, por tanto yo solicito que pasemos a votar; y en la cuestion de legalidad tendra que hacerlo el Gobierno a traves del Registro Publico de la Propiedad, ellos son Ios que se van a encontrar con el problema. Aqul yo creo que ni el Comandante Montealegre esta en capacidad de presentarnos cada una de las escrituras de estos bienes, ni de decirnos tales y cuales no son del Estado, y tales o cuales son del Estado. Por tanto, esa es una cuestion legal que tendra que ver en principio la asesorla legal de la Presidencia con el Registrador Publico de la Propiedad, por ministerio de esta ley.

Muchas gracias, senor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra la Diputada Dora Maria Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

Es para pedir que si por favor le piden informacion al Ministerio de Gobernacion, porque estamos en una gran discusion filosofica y lo fundamental, que es la informacion, no la heraos escuchado. Nada mas eso, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra Nardo Rafael Sequeira.

DIPUTADO NARDO RAFAEL SEQUEIRA BAEZ:

Gracias, señor Presidente.

Cuando se metio a consideracion el dictamen de esta ley, la bancada de la alianza liberal emitio su aceptacion y su beneplacito. Pero en realidad nos hemos encontrado en el transcurso de la discusion de este tema, de este importantIsimo tema, de esta importantisima ley, con problemitas, y el problema que se ha presentado es que este Capitulo efectivamente fue sacado de la manga de la camisa y esa es la dificultad en la que nos encontramos. Realmente, a pesar de que la Comision tuvo conocimiento, cuando nos dieron esta ley no fue incluido este Capitulo y esa es la dificultad en que nos encontramos, por eso hemos tardado mas en este Capitulo, que tiene quince o veinticinco articulos mas de lo que tiene el articulado de la ley. Efectivamente este es el problema.

Como decía el Doctor Adolfo Garcia Esquivel en su intervencion de la semana pasada, realmente este nuevo Capitulo insertado sorpresivamente, es violatorio directamente de Ios Estatutos y claramente esta definido en el articulo 50; esto hubiese sido objeto de una nueva ley, de un nuevo dictamen y por eso es que nos encontramos ante esta situacion. Pero bien, ya se comenz6 a discutir y estamos en eso, a pesar de ser violatorio de Ios Estatutos y que muy bien fue expuesto por el Doctor Garcia Esquivel y por otros parlamentarios.

Referente a este articulo que estamos discutiendo, yo estoy de acuerdo en la posicion expuesta por el Doctor Edmundo Castillo; efectivamente nosotros debemos tener una mejor informacion sobre esto, porque realmente muchos bienes fueron pasados al Estado bajo confiscacion o al amparo de la Ley 85 y 86, que son objeto tambien ahorita de revision; y entonces puede ser que muchas propiedades de las que estan mencionadas y que forman parte o que quieren formar parte del patrimonio, sean objeto de reclame por parte de sus duenos. Por eso estoy tambien claro en lo expuesto por Dora Maria, de que pidamos informacion al Ministerio de Gobernacion y que exponga claramente si todos esos bienes estan ya claros, si efectivamente el Estado indemnizo a sus duenos o si fueron objeto

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de expropiación en el gobierno anterior. For eso es que nos encontramos en este problema. Yo quisiera pues escuchar al Ministerio de Gobernacion, y si acaso no tiene ahorita la informacion completa, suspender la discusion de este articulo -que es lo mas conveniente y lo mas prudente- y proseguir con la discusion de los articulos siguientes.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Noel Sanchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA;

Muchas gracias, senor Presidente.

Yo entiendo que toda ley debe estar basada en la justicia, porque la ley es para proteger un derecho. Supuestamente el Gobierno de Nicaragua esta en posesion de muchisimas propiedades que aun no han sido devueltas a sus legitimos duenos o no han sido debidamente indemnizadas, por lo tanto, no se puede considerar propiedad legal estatal aquello que legalmente no pertenece al Gobierno. Basado en esto yo pido a la honorable Junta Directiva que se solicite a los Registradores Publicos de los diferentes Departamentos donde esten inscritas las propiedades que aparecen aqui con estos numeros registrales, para que evacuen los antecedentes registrales que correspondan a estas propiedades, y luego recurrir a la OCI a ver si estas propiedades, que algunas de ellas fueron confiscadas, ya fueron legitimamente indemnizadas a sus verdaderos duenos.

Solicito a la honorable Mesa Directiva que tome en cuenta esta solicitud para los Registradores, tanto el de Managua como de los otros Departamentos donde se encuentren inscritas estas propiedades enumeradas en este anteproyecto de ley.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Secretario Jaime Bonilla.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

La Mesa tiene una dificultad importante y es que se presentan objeciones a este articulo, pero mociones no se presentan a la Mesa. Si no se presentan mociones a la Mesa para decir que cambio o como es que queremos quede redactado este articulo, el articulo pasaria tal a como esta. Lo importante es que la peticion o las observaciones se presenten por escrito a la Mesa, diciendo cual es la redaccion que queremos de dicho articulo.

Perdonenme, pero en otro orden, tambien ya estamos procediendo a pedirle al Ministro de Gobernacion que llegue hasta aca para que pueda evacuar algunas consultas como tal.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Adolfo Garcia Esquival.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL;

Gracias, Presidente.

En ocasion anterior yo me referi a este pretendido articulo. Realmente seria largo de hablar porque los argumentos sobran en relacion a justificar la oposicion a este articulo; sin embargo, a pesar de las anormalidades e irregularidades que se han cometido violentando el Estatuto y el Reglamento, y violentando la

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Constitucion, voy a ofrecerles una solucion para que ese articulo diga mas o menos lo siguiente: "Todos los bienes, derechos y acciones cuyo dominio haya adquirido legalmente la Policia Nacional y le pertenezcan de acuerdo a las leyes, a los contratos, a las normas registrales vigentes y a las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente ley, pasaran a integrar el patrimonio del Institute".

Esto obligadamente tiene que ser asi, porque no se puede aqui aprobar un articulo que adjudique determinadas propiedades, mencionando sus numeros registrales, el tomo, el folio del asiento, porque eso se presta a muchas fechorias y se presta a corrupcion. De tal manera que por ejemplo, aqui la Policia se puede apropiar de bienes que son de otra persona y que estan inscritos a nombre de otras personas; ademas, no sabemos si han sido objeto de expropiacion, de conf iscacion; no sabemos si se ha cumplido con las normas especificas de la Ley de Expropiacion; no sabemos si se han seguido los tramites obligados de la confiscacion.

Por otro lado, hay normas registrales del Institute de la Propiedad y hay normas del dominio, que aunque las digamos aqul, que aunque le asignemos esas propiedades, esa disposicion de ese articulo no tiene ningun valor, y desde ya yo invoco la nulidad y esto va a obligar a un amparo. Entonces para no meternos a esos problemas, yo sugiero que el articulo diga: "Todos los bienes, derechos y acciones cuyo dominio haya adquirido legalmente la Policia Nacional y le pertezcan de acuerdo a las leyes, a los contratos, a las normas registrales vigentes y a las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente ley, pasaran a integrar el patrimonio del Instituto".

De otra manera va a funcionar el recurso, va funcionar la nulidad, y aunque se diga aqui eso, no tiene ningun valor porque no podemos violentar los principios registrales. En primer lugar hay un principio romano que dice "Prior tempori potior juri", (primero en tiempo, primero en derecho), nadie puede trasmitir sin que en su antecedente registral tenga derecho a trasmitir. Entonces por mucho que aqui escribamos a nombre del Institute de la Policia, no tiene ningun valor si en el antecedente el Institute o quien le trasmite no tendria derecho para trasmitirle al Institute; si el Estado no era dueno registralmente no le puede ceder, vender, donar al Institute, ni traspasar ningun bien.

Otra disposicion dice: "Inscrito un titulo traslativo del dominio de los inmuebles, no podra inscribirse ningun otro que lo contradiga" ,;,Entonces ustedes quieren violentar eso? Hombre, yo creo que aqui los honorables colegas son personas serias y si estamos aqui tratando de legislar, estamos tratando de hacerlo con responsabilidad, con seriedad, cumpliendo las normas parlamentarias, la practica parlamentaria; no que simplemente los bienes inmuebles, numeros tales, cuales, tomo, folio, pasan al Institute. jVe que lindo!, eso es corrupcion, eso es irregularidad, eso es ilegalidad, eso es violentar la Constitucion, eso es violentar el Estatuto.

Entonces para evitar eso, yo les propongo esta mocion que la vuelvo a repetir: "Todos los bienes, derechos y acciones cuyo dominio haya adquirido legalmente la Policia Nacional y le pertenezcan de acuerdo a las leyes, a los contratos, a las normas registrales vigentes y a las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente ley, pasaran a integrar el patrimonio del Instituto". Esta propuesta la hago para facilitarles y salir del problema. La tengo por escrito, aun cuando en el fondo yo no este de acuerdo porque este Capitulo aparecio del cielo, pum, y cayo aqui. Idiay, ese Capitulo no se conocio en la Comisi6n, bajo el tramite y el procedimiento establecido en el Estatuto y en el Reglamento; pero no es cuestion que va a caer del cielo y aqui va a ser aprobado.

Entonces, yo solaftente para facilitar el probleaa estoy proponiendo

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una solucion juridico registral y parlamentaria para salir de este obstaculo. Voy a pasar mi mocion por escrito, la que someto a consideracion de todos lo honorables Diputados para su aceptacion y demas efectos.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Ivan Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR;

Muchas gracias, senor Presidente.

Vamos a tratar senor Presidente, con la atencion de los distinguidos parlamentarios, de ver como encontramos una redaccion jurldica que de un marco exacto y satisfaga de una manera amplia la situacion actual que el Institute va a tener y a partir de estos mementos, frente a lo que van a ser los distintos bienes del Institute. Yo propongo una redaccion de la siguiente manera: "Los bienes del Estado que posee el Ministerio de Gobernacion legalmente, a excepcion de aquellos destinados a la administracion y funcionamiento propio del mismo, pasaran a ser parte del patrimonio del Institute, debiendo la Presidenta de la Republica efectuar la transferencia de dichos bienes en el termino de noventa dias a partir de la publicacion de la presente ley, quedando a salvo el derecho de terceros".

Con esto senor Presidente, se viene a solventar y asegurar la legalidad de la posicion, la adquisicion de los bienes que va a tener el Institute.

Muchas gracias, senor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Anibal Martln«« Ntiftez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:

Gracias, Presidente.

Yo querla adherirme a la posicion del Doctor Garcia Esquivel y a la del Doctor Castillo Ramirez. Es sumamente importante que nosotros establezcamos aqui leyes claras, con una transparencia tal que pueda ser orgullo de este Parlamento. De no aceptarse esa tesis, yo propondria tambien la suspension de la discusion para buscar informacion veraz y correcta, en los antecedentes que presenten los Registradores Publicos de los Departamentos en donde se encuentran ubicados los inmuebles.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

El Secretario le va a dar lectura a la mocion.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La mocion de un nuevo inciso h) , asi es, estamos cambiando el inciso h) por esta nueva redaccion para el articulo 18 del proyecto de Capitulo nuevo que fue presentado. Entonces, la nueva redaccion para el inciso h) es la siguiente: "Los bienes del Estado que posea el Ministerio de Gobernacion legalmente, a excepcion de aquellas destinadas a la administracion y funcionamiento propio del mismo, pasaran a ser parte del patrimonio del Institute, debiendo la Presidenta de la Republica efectuar la transferencia de dichos bienes en el termino de noventa dias a partir de la publicacion de la presente ley, quedando a salvo el derecho de terceros".

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Comandante de la Policia Maria Leticia Valle.

COMANDANTE MARIA LETICIA VALLE, FUNCIONARIA DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Vamos a tratar de aclarar el asunto de la propiedad de los inmuebles, que estamos proponiendole a esta Asamblea; a decir verdad, fuimos cuidadosos en esto y queremos puntualizar lo siguiente: Los predios ubicados frente al edificio del Ministerio de Gobernacion son predios baldios que los tiene el Ministerio de Gobernacion inscritos en el Registro Publico a favor del Estado y Gobierno de la Republica, y bajo su administracion fueron expropiados por la Ley de Expropiacion de Predios Baldios en el Casco Urbano de Managua, en 1984. El Edificio "Plaza del Sol", inscrito a favor del Estado y Gobierno de la Republica, fue comprado en su totalidad a la empresa Flamingo Investmen Corporation.

El Inmueble ubicado de la Martinizing una y media al sur, Managua, con el numero 14418, fue confiscado a Ricardo Arróliga Sandino, quien ya tiene su indemnizacion en la Oficina de Cuantificacion de Indemnizaciones, pertenece actualmente en el Registro Publico, a la Corporacion de Radio Difusion del Pueblo (CORADEP), y lo utiliza la Division de Seguridad Social del Ministerio de Gobernacion. El 13605, propiedad del Banco de la Vivienda, lo utiliza el Ministerio de Gobernacion, la Division de Seguridad Social. El Complejo "Carlos Roberto Huembes", es el complejo hospitalario. Las cinco propiedades que se detallan allí fueron compradas, las primeras cuatro, la primera a Mirna Ocon Dever. la segunda a David O. D'Cohen, las otras dos a Evaristo Ocón Inversiones, todas inscritas a favor del Estado y Gobierno de la Republica.

El Hotel Lomas del Mar, en Huehuete, también fue comprado, está inscrito a favor del Estado y Gobierno de la Republica. La Clinica de León, propiedad anterior de Ramiro Ortiz Mayorga, fue perdida en una venta forzada, está a nombre del Banco Nicaragüense y fue comprada por el Ministerio del Interior en 1988, falta que el Banco Nicaragüense nos entregue la escritura.

La Imprenta en la Carretera Norte, el Estado y Gobierno de la Republica es dueno de la mitad indivisa de esta propiedad que fue confiscada a Teresa Blandon de Lovo Cordero; el senor Lovo Cordero ya introdujo en la Procuraduria de la Propiedad su reclame para la indemnizacion de esta parte confiscada a su esposa; en la actualidad esta inscrita a favor del Estado y Gobierno de la Republica; la otra parte de la propiedad pertenece a la senora Nelli Blandon de Ortiz, esta es una propiedad indivisa. Esta casa de Jinotega, queda en San Rafael del Norte, esta inscrita en el Registro Publico, fue comprada por nosotros y aun no esta hecho el traspaso definitivo.

Centro "El Oyate", Chontales, propiedad comprada a la familia de Maria Ernestina Ugarte Morales, es la Sucesion de Israel Ugarte, comprada en su totalidad e inscrita a favor del Estado y Gobierno de la Republica. Gasolinera "La Cachorra", fue construida con fondos del Estado y se encuentra en dieciocho lotes, todos propiedad del Estado por la Ley de Expropiacion de Predios Baldios en el Casco Urbano de Managua. Centro Recreative "Motastepe", propiedad de la Sucesion de Jose Leonidas Maradiaga, fue comprado a todos sus sucesores; nosotros tenemos los documentos y estamos en el proceso de legalizacion.

La Clinica Granada, a favor del Estado y Gobierno de la Republica, fue comprada al Ferrocarril. La Cllnica Matagalpa fue comprada a la senora Lidia Arauz de Castillo, esta la tenemos en proceso de legalizacion. El taller que tiene la Policia Nacional en las

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inmediaciones de la Mercedez Benz, es un taller que en su Asiento Primero pertenecía a Somoza; el Asiento Segundo a CONDECOSA, una empresa de Somoza; en el Asiento Tercero pasó a ser propiedad del Banco de la Vivienda y lo tiene actualmente en posesión el Ministerio de Gobernacion desde el año 1979.

Nosotros queremos decirles que la mayoría de estos inmuebles, con la excepción de los predios baldíos ubicados frente al "Silvio Mayorga", y las instalaciones de la gasolinera construida por el Ministerio, fueron comprados, tenemos los documentos, y para los Diputados que quieran verlos también tenemos los certificados, registrales de toda la historia registral de cada una de las propiedades. De tal manera que cuando afirmamos aquí que pertenecen al Estado y Gobierno de la República, es porque asi están en el Registro Público.

Quisiera ademas agregar que mucho de este patrimonio se compro con fondos de la seguridad social del Ministerio de Gobernacion, y es por eso que estamos pidiendo este traspaso. Dado que la seguridad social nunca tuvo personeria juridica, estos bienes tuvieron que . comprarse a favor del Estado y Gobierno de la Republica. Es de esta manera que ahora queremos legalizar la compra que se hizo con estas cotizaciones.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Hernaldo Zúniga.

DIPUTADO HERNALDO ZUNIGA MONTENEGRO:

Honorable Asamblea: Observo que el artículo objeto de la moción presentada por el Doctor García Esquivel establece en una forma bien clara los bienes que pasan a ser del patrimonio del Instituto, enumerando sus números, tomos, folios, asientos, etc., en una lista que abarca un número de propiedades bastante apreciable, con lo cual venimos a establecer que estas propiedades, por el sólo hecho de esta disposición pasan a ser del Instituto. Estimo que esto se opone diametralmente a toda la jurisprudencia y a todas las leyes existentes sobre la propiedad en Nicaragua, en la cual se establece que en la propiedad, lo que garantiza la tenencia de los bienes son los títulos con los cuales se adquirieron.

Y aqui esta disposición está asumiendo que esa ...(CAMBIO DE CINTA ORIGINAL)... es contrario totalmente a derecho, esto vendrla a crear incluso un caos, un estado caotico en el concepto legal que tenemos nosotros acerca de los bienes y acerca de la forma en que estos se adquieren. Yo, por tanto apoyo la mocion del Doctor Garcia Esquivel, porque estimo que esta mas en armonia y mas en consonancia con nuestras disposiciones legales y con nuestra jurisprudencia patria.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Secretario Jaime Bonilla.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Para este debate es importante tomar en cuenta lo siguiente: que la mocion del Doctor Garcia Esquivel es para el encabezado del articulo 32, asi es que reza el encabezado que nos hace el Doctor Garcia Esquivel (no lo veo aca), por tanto seria aclararlo. Y la propuesta que nos trae Ivan Salvador Madriz, es para el articulo 18. De tal manera que yo no veo que hayan mas mociones para este articulo 18, que el presentado por el Doctor Ivan Salvador Madriz. La mocion del Doctor Garcia Esquivel estara en discusion en el articulo 32.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel Díaz.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

En esta Asamblea Nacional, sin solucion de continuidad se han dado una serie de aberraciones juridicas, desde el Decreto 3 y el Decreto 38 que nunca fue explicado, mas una serie de decretos, desde la Ley de Ausencia por seis meses para aquellas personas que perdian sus propiedades; la aberrante Ley 85 que en su articulo 3 declara la expropiacion de bienes de personas que nunca fueron confiscadas, y por el simple hecho de que alguien las tenia en su poder y se suponla que estaban a nombre del Estado, Procuradores de los Departamentos interpretando erroneamente dicha Ley 85 y tambien la Ley 86 otorgaron titulos a nombre del Estado, y sin estar inscritas muchas propiedades a nombre del Estado pasaron a particulares.

Pero el caso que nos encontramos se refiere a muchas propiedades y a bienes inmuebles que estan en poder del Estado, es decir, estan inscritas a nombre del Estado, y aqul se debe aclarar una cosa muy bien: aqul no esta definido que cosa son los bienes propiedad del Estado, los inmuebles propiedad del Estado y que cosa son los inmuebles que estan inscritos a nombre del Estado. Entonces hay una confusion, se entiende que lo que esta inscrito a nombre del Estado son inmuebles propiedad del Estado y asignados al Ministerio de Gobernacion, y otros que fueron asignados al Ejercito y que tambien se hizo lo mismo en la ley que regulo esa carrera, la Ley del Ejército.

Así como también a la derrota del Frente Sandinista muchas propiedades y bienes pasaron a las universidades y otras pasaron al Banco de la Vivienda, y la Ley de Expropiacion de 1984 no indemnizo a sus legitimos duenos, de manera que eso no esta legalizado. Tambien nuestra Constitucion prohibe la confiscacion, y una expropiacion donde no hay indemnizacion de inmediato y que sea justa, se convierte en una confiscacion.

Por parte de la responsable de manejar -digamos-, la legalidad, la supuesta legalidad de estos predios urbanos, nos ha venido a contar como esta la situacion legal de estas propiedades, y nos encontramos que unas estan siendo reclamadas y que otras han sido confiscadas, y se dice que las personas estan reclamando sus propiedades o que estan buscando como se les indemnice en la Oficina de la OCI.

El Gobierno de Nicaragua no se ha preocupado absolutamente en nada, en tratar de resolver el problema de la propiedad y cree que la solucion del problema de la propiedad radica en que sin investigar a fondo, se declare que no se pueden devolver las propiedades, y por consiguiente se manda a indemnizar, se manda a la OCI para que se le ponga un precio, y luego al Ministerio de Finanzas para que entreguen unos bonos sin respaldo legal, lo que significa una nueva usurpacion, una nueva estafa.

De manera que nosotros no podemos -los legisladores- o sea las personas que conocemos a fondo como se maneja la Ley de la Propiedad, como debe haber la concatenacion en las inscripciones registrales, pegar esos saltos y avalar estas situaciones de ilegalidad que se estan dando aqul. Porque ese inciso que se esta discutiendo tiene relacion con este articulo 32, y mientras esto no se desligue, no podemos nosotros votar acerca de la aprobacion del inciso h), objeto de la discusion del articulo 18.

De manera que hay otras propiedades incluso que no estan a nombre del Estado, no estan inscritas, no son propiedad del Estado, no son inmuebles propiedad del Estado; esta es una inscripcion

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provisional, y las inscripciones provisionales se dan cuando no se dan los documentos, no se enteren los documentos legales para hacer el traspaso correspondiente. Y ya estamos diciendo ', que son propiedad del Estado, y apenas hay una inscripcion provisional que sabemos que tiene una duracion de seis meses, y ya se le esta traspasando. Aqui no hay ninguna descripcion de estas propiedades, no tienen extension, no tienen linderos, no tienen ubicacion precisa.

Decir que todos los predios que estan frente al Ministerio de Gobernacion pasan a ser propiedad del Estado, es ambiguo y es confuso, aunque se le den numeros registrales no sabemos a fondo si esos numeros registrales corresponden o no corresponden al Estado y si fueron legitimamente adquiridos. Pero aqui no fueron legitimamente adquiridos porque se trata de una expropiacion que se dio en el ano 1984, la cual no se le pago a sus legitimos duenos y equivale a una confiscacion.

Y nosotros lo hacemos por un principio de legalidad y de respetuosidad a la Constitucion Politica de la Republica, que prohibe las confiscaciones de Nicaragua. Esta rigiendo una Constitucion con una reforma donde se establece que no hay confiscaciones en Nicaragua, por lo tanto esta expropiacion y todas estas propiedades que pasaron por una expropiacion que no fue declarada, ni fue pagada, ni fue indemnizada en forma justa a sus legitimos duenos, equivale a una confiscacion. Y no vamos a avalar, ni ratificar confiscaciones, ni expropiaciones y mas confiscaciones de este Gobierno y de esta Asamblea Nacional, opuestos en su mayoria por personas y Representantes interesados en que la ilegalidad de estas propiedades continue y haya una confusion en el registro y en el derecho a la propiedad.

De manera que la ley que dictamos sobre la estabilidad a la propiedad, tampoco da estabilidad a la propiedad; hay una serie de recursos sobre esa ley, que no han sido todavia dictaminados ni resueltos por la honorable Corte Suprema de Justicia; y no podemos decir que eso ya esta terminado, que ya legislamos sobre la Ley de la Propiedad y que en la propiedad aqui en Nicaragua ya hay estabilidad. Aqui hay una injusticia notoria y una injusticia digamos agresiva en contra de las personas que fueron objeto de persecuciones, contra las personas que se les aplico la Ley de la Ausencia, y aquellas personas que por revanchismo politico les aplicaron los Decretos 38 y otros Decretos del gobierno anterior, del sistema imperante en la decada pasada.

De manera que yo me opongo terminantemente a la aprobacion de ese inciso porque no considero que esto esta bien claro, no esta, mientras no se haga una demostracion aqui de que realmente esto fue bien adquirido y legitimamente adquirido, comprado por el Estado, no forzado. No porque haya llegado a ser inscrito a nombre del Estado, por confiscaciones o expropiaciones que nunca se aclararon, nosotros vamos a dar nuestro voto a favor de ese inciso, ni del articulo 32 que se menciona mas adelante; incluso ese articulo 18 esta imprecise, y no se pueden aprobar imprecisiones. De manera, pues, que me opongo terminantemente al articulado tal a como esta en este nuevo Capitulo, y tambien me opongo a la moci6n presentada por el senor Madriz pues no va a darle solucion a este problema.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Están anotados los siguientes Diputados: Dora María Téllez, Jaime Bonilla, Adolfo García Esquivel, Roberto Laguna García, y aquí cerramos la lista.

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

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DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Yo estaba escuchando al Diputado Delvis Montiel, y en realidad me parece que el esta peleando contra molinos de viento, yo creo que el estaba discutiendo sobre otra ley. Digamos que este es un debate -el debate que plantea Delvis aqui-, es un debate de la Reforma Constitucional, llevamos como un ano de rezago pues, y es el debate de la Ley de Propiedad. Desgraciadamente estas son cosas ya resueltas, para gusto o disgusto, pero son cosas resueltas. Pero hay otras cosas que ya estan resueltas, que son todavia muchisimo mas importantes. La Asamblea Nacional en virtud de la Reforma Constitucional y de la Ley 169, tiene las atribuciones de enajenar los bienes del Estado; la Ley 169 se aprobo en Junio de 1994 y esta vigente.

Yo quiero recordarle aqui a los Diputados que en Junio de 1994 cuando discutimos esa ley, se insistio mucho en que se necesitaba garantizar transparencia en el proceso de enajenacion de bienes del Estado, que habia sido hasta ese momento poco conocido y en algunos casos, de dudoso procedimiento, y que a la Asamblea Nacional le correspondia este proceso de enajenacion de bienes del Estado. Ahora resulta que cuando estos asuntos vienen a la Asamblea Nacional, la Asamblea Nacional se va a pisar los callos diciendo que no puede hacer nada, que esta todo confundido, que estamos todos enredados, que no sabemos si es asi o no es asi, que no metamos los asientos registrales porque esa es una cosa que no es asi en la ley. Y nadie ha dicho que es asi, ni es asi; puede ser, como puede no ser.

Yo no le veo ningun problema que aqui, como ha sido enajenacion de una propiedad del Estado se senalen asientos registrales; al contrario, lo que nos estamos es desenredando para que despues no se cometa una equivocacion y no se diga que era este inmueble y no el inmueble contiguo. Todo lo contrario, es decir, un acto de enajenaci6n tiene que ser lo mas precise posible, no lo mas impreciso posible, porque jidiayl, aqui se puede decir: se entrega al Institute de Prevision, o no se que, los inmuebles que quedan en Huehuete, y ahi nos podemos llevar en el saco a dos o tres, entonces si estaria de acuerdo con Delvis, ahi si podemos confiscar.

Pero cuando se trae una lista taxativa de bienes, no hay duda ninguna de que estamos hablando, y a menos que esta Asamblea asuma que los jefes de la Policia y los funcionarios del Ministerio de Gobernacion que estan aqui mienten rotundamente junto con la Comision de Defensa y Gobernacion, a hacernos la propuesta que esta aqui, entonces tenemos que concluir en que hay que aprobar este punto. A menos que nosotros digamos: la Comision de Defensa y Gobernacidn esta confiscando en esta ley, y una vez que hemos tenido la informacion que dio la Comandante Maria Leticia Valle, hombre, tenemos que tomar decisiones. 0 acaso no son propiedad del Estado esos bienes? Son o no son propiedad del Estado esos bienes, o vamos a dejar que el Ministerio de Gobernacion los venda por mutuo propio y ni cuenta se va a dar la Asamblea?

Entonces si se nos acabo la preocupacion, pero la Asamblea va a tener que renunciar a lo que son sus atribuciones constitucionales y a las atribuciones senaladas en el articulo 169. Y es totalmente contradictorio que esta Asamblea brinque con lo que tiene que aprobar y no brinque con lo que no se da cuenta; aqui si, el dicho tiene toda razon de ser: "ojos que no ven corazon que no siente". Se estan devolviendo, hay una resolucion de devolucion del predio donde estan las bodegas del Ministerio de Gobernacion, y en la devolucion estan regalando las bodegas y la Asamblea no brinca, ^verdad? Hay otras resoluciones y la Asamblea no brinca, no se da cuenta. Yo digo que seamos series. Yo por eso pedi; veamos que los funcionarios del Ministerio de Gobernacion nos expliquen en detalle la situacion de cada propiedad.

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Hombre, si aqui hay una propiedad que ya fue indemnizada, esa es propiedad del Estado. Si el dueno hizo la "cola" en la OCI y recibio sus bonos de que estamos discutiendo nosotros, siendo mas "papistas que el Papa"? Si hay propiedades que fueron compradas por el Minister io de Gobernacion, £cual es el pecado de que las instituciones del Estado compren propiedades? £O es un pecado que el Gobierno de la Republica compre propiedades? jidiay, si las compro las compro y el que las vendio las vendio, punto! Y eso esta registrado legalmente, si no no vendrian aqui los registros correspondientes y estariamos hablando en el aire de las propiedades que se van a enajenar.

Entonces Presidente, primero me parece que es totalmente inadecuado que la Asamblea Nacional renuncie a hacer uso del derecho que tiene, de la potestad que tiene y de la obligacion que tiene de resolver los asuntos correspondientes a la enajenacion de bienes del Estado. Segundo, mucho mas grave seria y mucho mas irresponsable seria que la Asamblea Nacional haya creado un Institute, establecido derecho, concedido derecho y lo deje sin active. Eso seria gravisimo, esa es una burla verdaderamente.

Es decir, se crea un Institute, se establecen unos derechos y ahora se queda sin activos. Eso es una burla absoluta porque le estamos diciendo a la gente, aqui esta el papel, aqui tenemos un monton de derechos, pero no hay con que darselo; mas o menos lo que Simeon Rizo le dijo a los jubilados: "Si, las pensiones estan aqui en la ley -dice Simeon Rizo- pero no me da la gana cumplir la ley". Hay que transferirle unos activos a ese Institute, si no para que lo creamos, y para que creamos los derechos y para que discutimos tanto sobre esos derechos.

Tercero, la explicacion ha sido dada por los funcionarios del Ministerio de Gobernacion, inmueble por inmueble, a menos que nosotros aqui accedamos que ahi estan mintiendole a la Asamblea Nacional, lo cual seria gravisimo. Asumimos que ellos tienen la documentacion que puede certificar que esas propiedades estan a nombre del Estado, de lo contrario seria un solemne disparate venir a mencionar aqui asientos y libros registrales. Yo quisiera pues pedirle Presidente, que aprobemos este punto tal a como esta; el articulo efectivamente que presenta Ivan Salvador es mas adelante, no corresponde al inciso de este articulo que estamos discutiendo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Secretario Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Esta vez lo que tengo que decir no es propiamente como Secretario, sino como un simple Diputado, como un colega ciudadano de esta Asamblea. Ciertamente el Institute ya lo creamos, el dilema esta en que el patrimonio de ese Institute sea un patrimonio transparente, sea un patrimonio que legalmente y con legitimidad le vaya a pertenecer a ese Institute; he revisado detenidamente la mocion de Ivan Salvador Madriz y la primera frase con que inicia esta mocion es la siguiente: "Los bienes que legalmente sean del Estado".

Si un bien legalmente le pertenece al Estado, me parece a mi que no habria problema si despues de cumplir otros requisites senalados en el mismo articulo, llegue a ser patrimonio de ese Institute, para garantizarle una vida mas o menos tranquila a los que se dedican a las labores de una u otra indole en la Policia Nacional. Porque el problema es que a los policias, dado ese nuevo cariz, esa nueva proyeccion que tiene, aceptada ya por todos los nicaragiienses -a mi juicio-, se les debe dar un trato mas digno que el que han tenido; mueren y no tiene nadie con que sufragar, la familia queda en la indigencia, y nosotros estamos viendo como no sea asi, o no continue siendo asi.

Entonces repito, analizando el articulo de Ivan Salvador Madriz,

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comienza diciendo: "Los bienes que legalmente sean del Estado". Y segundo requisite, que esten en uso del Ministerio de Gobernacion o de la Policia Nacional. Si estan en uso, bueno, ya se reune un requisite que le puede dar continuidad, si hay legalidad del bien. Pero me parece a mi que es importante hacer resaltar un requisite que es fundamental en esta ley, y es que da la posibilidad de que un bien que esta en uso del Ministerio de Gobernacion o de la Policia regrese a su dueno, y es que aqui queda a salvo el derecho de terceros.

A mi juicio la recuperacion del inmueble aunque este en uso de ellos, si hay alguien que lo esta reclamando, se esta dejando la posibilidad de que la imprescriptibilidad del derecho privado permanezca. Y un tercer requisite que se esta dejando es, que quienes tienen en sus manos darle viabilidad y devolucion a los bienes de los privados, a los bienes de los que originalmente fueron duenos, darles posibilidades a la permanencia del derecho de la propiedad privada, continue quedando en esas manos, y eso es porque el articulo que presenta Ivan Salvador Madriz dice: "debiendo la Presidente de la Republica efectuar la transferencia".

Es decir, aunque haya legalidad, aunque este en uso y estando el derecho de terceros a salvo, es la Presidente de la Republica la que finalmente va a hacer la transferencia; si ahi es donde estan introducidos todos los reclames, es ahi tambien en ese mismo Poder del Estado que se va a dar la devolucion; y al quedar consignado en el articulo, queda garantizada la permanencia del derecho de los reclamantes. De tal manera -perdonenme estimados amigos- que yo no veo ningun problema de sustituir la redaccion del inciso h) por esta redaccion, en tanto a mi juicio, esto es lo que los privados duenos originales han estado queriendo, que queden garantizados sus derechos en las leyes que aqui aprobamos.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Doctor Hernaldo Zúniga.

DIPUTADO HERNALDO ZUNIGA MONTENEGRO:

Honorable Asamblea: Yo voy a permitirme cuestionar al Ingeniero Bonilla, porque esta sentando una serie de criterios que no son los que nosotros estamos exponiendo aqui; aqui estamos hablando de la forma, no es posible. Yo le preguntaria a el, que si a el le consta y ha visto que todas estas propiedades tienen los titulos, como que son del Instituto. Si el ha visto los titulos, yo retiro lo dicho y me abstengo incluso de seguir hablando; pero aqui tenes que ver primero los titulos para que nosotros podamos votar de que estas propiedades efectivamente pueden pasar al Institute.

Si a mi me ensenan todo lo que esta aqui en esta lista, yo gustosamente, sin ningun inconveniente voto por el articulo. Pero a mi no me consta, y yo como legislador no voy a poner que todas estas propiedades que estan en el articulo a mi me consta que son del Institute y que pasan para el Institute. Yo creo que es asi, y lo digo porque estan intimamente relacionados, no hay una separacion entre ellos, uno tiene que ver con el otro, y mas tarJe vamos a ver eso. De manera que yo no creo que pueda ser posible, y por primera vez se va a ver en una cuestion legislativa, que se le de el derecho de dominio de posesion a una serie de propiedades por medio de un articulo, sin ver los titulos y sin ver nada.

Por favor Ingeniero, yo le pediria a el, el es un gran ingeniero y lo reconocemos como un gran ingeniero, pero de jurisprudencia y de ley no sabe absolutamente nada.

Gracias, senor Presidente.

938 PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene derecho por la ley y alusión a la ingeniería jurldica, el Secretario Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ;

Solamente, y es muy sencilla mi respuesta. Yo estoy discutiendo el inciso h) del articulo 18, la discusion que me presenta ahora el Doctor Hernaldo Zunica -eminente jurista, y yo lo reconozco tambien- es alrededor del articulo 32. En el articulo 32, pidamosle a la Policia que aqul esta, que para cada propiedad nos vaya presentando su escritura -que ellos dicen que ahl las tienen- y en este campo entonces nos vamos a ahorrar una enorme discusion.

Ademas, aqul don Julio Marenco, que lo tenla al lado me decia: "ya con este inciso h), no es necesario que seamos casuisticos alrededor del articulo 32 sobre cada propiedad". Pero de todas maneras si se insiste en que el articulo 32 quede con esa enumeracion taxativa, expresiva, manifiesta, impllcita de cada propiedad, entonces en ese campo que la Policla nos vaya mostrando las escrituras que segun ellos obran en su poder en este momento de este debate acalorado.

Muchlsimas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Christian Pichardo.

COMANDANTE CHRISTIAN PICHARDO, FUNCIONARIO DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias, señor Presidente de la Asamblea, por darme esta oportunidad y poder aclarar que de toda la lista de propiedades que estamos tratando de que pase a ser patrimonio de la seguridad social, tenemos toda la documentación registral para que podamos aclarar sobre esto. Es decir, las tenemos aquí presentes para poder explicar una por una la legalidad de estos bienes que están administrados por el Ministerio de Gobernación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo García Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESOUIVEL;

Gracias, Presidente.

Esta es una cosa bien delicada, pues, aqui nada tiene que ver la cuestion ideologica, nada tiene que ver lo politico, esta es una cuestion de estricto orden juridico y eso es lo que me llama a mi la atencion, por eso es que intervengo. Voy a empezar con el Ingeniero Bonilla. El Ingeniero Bonilla nos dice que la mocion del honorable Representante y querido amigo Ivan Salvador le parece bien porque dice "dejando a salvo el derecho de terceros". Estoy hablando con el Ingeniero Bonilla, para que me escuche bien. Entonces, como el Ingeniero Bonilla dice que le gusta esa mocion porque dice "a salvo el derecho de terceros", £pero que va a pasar o que es lo que pasa? Las propiedades se van a inscribir a nombre del Institute, iy en que queda el derecho de los terceros?

Ah... solo porque dice "dejando a salvo el derecho de terceros", pero van a inscribir las propiedades a nombre del Institute. Esa no es ninguna razon legal, ni mucho menos ninguna razon moral para yo estar de acuerdo con eso. Cuando va a inscribir las propiedades a nombre de la Policia, a nombre del Institute, ahl usted se conforma Ingeniero Bonilla, con solo decir "dejando a salvo el derecho de los terceros", cuando ya inscribieron la propiedad a nombre de la

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Policia. No hombre no. Lo siento mucho, pero esta es una cuestion de orden juridica. Entonces, esas palabras de dejar a salvo el derecho de terceros esta violentando precisamente los derechos de terceros, porque ya va a quedar inscrita la propiedad a nombre del Institute de la Policia Nacional y eso no es permisible. Eso por un lado. Yo lo que estoy proponiendo es suprimir el literal o inciso h) del articulo 18, e incluir mi mocion aqui, sustituyendo el literal". Eso es lo que propongo.

Por otro lado, en la historia parlamentaria de este pais, nunca, por ningun motivo mediante una ley se ha violentado el principio de la juridicidad, de la jurisdiccion, que es exclusiva de la Corte Suprema de Justicia, y aqui mediante un articulo dentro de una ley, estamos violando el articulo 129 y estamos violando el articulo 159 de la Constitucion que dice: "Las facultades jurisdiccionales de juzgar y ejecutar lo juzgado corresponden exclusivamente al Poder Judicial". Y aqui estamos sustituyendo al Poder Judicial, nos estamos convirtiendo en tribunales, nos estamos convirtiendo en jueces y eso en la historia parlamentaria de este pais nunca ha pasado.

Por otro lado, el articulo 129 de la Constitucion establece que "Los Poderes Legislative, Ejecutivo, Judicial y Electoral son independientes entre si y se coordinan armonicamente, subordinados unicamente a los intereses supremos de la Nacion y a lo establecido en la presente Constitucion". Y entonces aqui estamos invadiendo facultades que son exclusivas del Poder Judicial y nos estamos convirtiendo en Juzgado, nos estamos convirtiendo en Tribunal para resolver sobre el tuyo y el mio, a la brava, a la bulla y sin ningun sosten ni soporte de orden legal.

Por otro lado, en dónde están las escrituras; quién es el notario que las hizo, cómo se hizo la inscripción del antecedente para que pueda traspasarle a la Policia o al Instituto de la Policia? Quien era el dueno anterior de esas propiedades? Tiene el cedente el derecho de traspasarle al Instituto de la Policia? Yo lo que no quiero es que violentemos la ley, por eso es que yo pido sustituir el literal h) con mi mocion y dejar de tal manera que diga el literal h): "Los inmuebles propiedad del Estado que por ministerio de esta ley". Vean que lindo, aqui el Ingeniero Bonilla tiene una propiedad que es la Numero 16832, Tomo 450, Folio 120, Asiento 129, Asiento Tercero, con solo meter estos numeros y estos asientos aqui en esta ley, es duena la Policia y se roba la propiedad al Ingeniero Bonilla, que ingenuamente esta apoyando esta disposicion tal como la quieren aprobar.

Vean que lindo, simplemente metiendo el numero aqui de una propiedad de Daniel Ortega, personalmente no la va a ceder, ni que lo maten, ya pasa a propiedad del Institute de la Policia. Una propiedad de la Presidenta, con solo poner el numero, el Tomo, el asiento, el folio, ya dona Violeta dejo de ser duena de esa propiedad y paso al Institute de la Policia, por arte de bulibuloque; con solo poner aqui esa propiedad de Dona Violeta ya pasa a poder y a propiedad de la Policia o del Institute de la Policia. Eso es lo que estamos haciendo.

Entonces para eso es que yo propongo suprimir ese inciso y cambiarlo por esta disposicion: "Todos los bienes, derechos y acciones cuyo dominio haya adquirido legalmente el Ministerio de Gobernacion o a traves del Estado y le pertenezcan de acuerdo a las leyes, los contratos, las normas registrales vigentes y las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente ley pasaran a integrar el patrimonio del Institute", y asi no perjudicamos a nadie. Y esas propiedades en su momento van a ser inscritas a nombre del Institute de la Policia Nacional. Asi resolvemos el problema y ya hubieramos hace dos horas avanzado; pero por el empefio de mantener una ilegalidad que se presta a corrupcion no hemos avanzado.

Entonces mi propuesta es que se suprima el literal h) tal a como

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está y se discuta, se analice y se vote a favor de esta mocion, que de esa manera resuelve, y no le quitamos ni una propiedad. Voy a leer la de nuevo: "Todos los bienes, derechos y acciofies cuyo dominio haya adquirido legalmente el Ministerio de Gobernacion o a traves del Estado y pertenezcan de acuerdo a las leyes, los contratos, las normas registrales vigentes y las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente ley, pasaran a integrar el patrimonio del Instituto".

De tal manera que ese inciso, o sea el literal h) dice: "Los inmuebles propiedad del Estado que por ministerio de esta ley pasaran legalmente a ser propiedad del Instituto". Y se especificaran en el articulo. Vean, aqui le estamos traspasando ya propiedades al Instituto, que estan incluidas en un articulo que todavia no se ha aprobado. Ve que lindo, como cuestion caida del cielo pues, ya es dueno sin que ni siquiera nosotros hayamos aprobado este articulo.

Entonces yo insisto, mociono, insisto en mi mocion para que el inciso diga: "Todos los bienes, derechos y acciones cuyo dominio haya adquirido legalmente el Ministerio de Gobernacion o a traves del Estado y pertenezcan de acuerdo a las leyes, los contratos, la normas registrales vigentes y las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente ley, pasaran a integrar el patrimonio del Instituto". Hay que ver aqui que no es el derecho publico el que regula estas situaciones, sino que es el derecho privado, y es precisamente por eso, insisto que se mantenga que siempre los traspasos esten de acuerdo con las leyes, con las leyes mercantiles, con el Registro y las demas disposiciones civiles, y pasan esos bienes a nombre del Instituto. Insisto en mi mocion y la paso por escrito.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Yo francamente creo que son muy comprensibles los resquemores que estan expresando una serie de Diputados, alrededor de venir aqui a votar con los ojos cerrados por un articulo que trasladaria a la Policia una serie de propiedades sobre las cuales existe dudas razonables -y mas que razonables- de su origen. La dirigencia de la Policia anda aqui la documentacion que acredita el origen de cada una de esas propiedades y que vendria a abrirle los ojos a aquellos que tienen dudas, y darles la informacion necesaria para poder tomar una decision de la manera mas apropiada.

Entonces yo quisiera sugerirle a la Mesa Directiva y a usted senor Presidente, que en aras de ahorrar tiempo en el debate y ademas de hacer una votacion lo mas justa posible no yendonos por prejuicios de ningun lado, ni de este lado, ni del otro lado, que por que mejor no nos saltamos este articulo que nos ha trabado durante toda la manana, avanzamos en la aprobacion del resto de los articulos de la ley y organizamos una reunion con los jefes de bancadas y todos aquellos Diputados que asi lo quieran, que puede ser hoy mismo por la tarde, mientras la gente de la Policia le saca fotocopias a todos los documentos que andan para hacer un juego de documentos; que de chance pues de avanzar en la ley, y al mismo tiempo de organizar esta reunion, visitar y recibir la informacion que se necesita, para tener claridad sobre el origen de las propiedades.

Entonces mi sugerencia concreta es que avancemos, saltemonos este punto, avancemos aprobando el resto de la ley; que convoque la Junta Directiva a una reunion especial con los jefes de bancadas y todos los Diputados que asi lo quieran, con los mandos de la

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Policla, para que la Policia demuestre el origen legitimo de todas y cada una de esas propiedades; saquemos de juego la lista de aquellas propiedades que no convenzan por su origen, y dejemos jugando dentro de lo que seria trasladado al Institute, aquellas propiedades que claramente la Policia y el Ministerio de Gobernacion demuestren que tienen un origen sano. Pero demosle oportunidad para recibir, demosnos la oportunidad los Diputados de recibir esa informacion, y demosle la oportunidad a la Policia de entregarnos y de demostrarnos esa informacion.

Entonces Presidente, esta es mi mocion, la voy a pasar por escrito si es necesario; pero yo creo que mas bien es una decision de la Junta Directiva y potestad de la Junta Directiva, que sin necesidad de ningun tipo de votacion avancemos en el resto del articulado y convoque a una reunion de jefes de bancadas y demas Diputados, para ver el origen de las propiedades. Ademas, sugiero que sea hoy mismo, podemos hacer esa reunion a las dos de la tarde, a las tres de la tarde, para no seguir retrasando esta decision.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ;

Tiene la palabra el Licenciado Adan Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE;

Gracias, Presidente.

Yo quiero respaldar la mocion del jefe de bancada del Movimiento de Renovacion Sandinista, porque me parece que realmente esa mocion ayuda al avance de esta discusion y a aprobar de manera mas adecuada los articulos. Yo quisiera tambien solicitarle a la Doctora que nos ha facilitado la informacion sobre cada uno de estos casos de las propiedades, que ella en el transcurso de las horas que faltan hiciera entrega de una carta al Secretario de la Junta Directiva de la Asamblea, en la detallara el estado real de cada una de esas propiedades. Es para que quede digamos como documentacion, como algo escrito en propiedad de la Asamblea Nacional.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra don Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Gracias, Presidente.

Tanto la mocion del Diputado Madriz como la mocion del honorable Diputado Garcia Esquivel, despues de agregar "quedando a salvo los derechos de terceros", si ustedes analizan cada una de las mociones, son iguales, no tienen contradiccion alguna; pero la discusion del inciso h) de este articulo se dedico al articulo 32 que no hemos aprobado. Tanto con la mocion del Diputado Ivan Salvador Madriz como con la de Adolfo Garcia Esquivel, ya no tiene razon de ser el articulo 32; este articulo 32 puede ser suprimido, porque no deja de tener razon que nosotros en una ley tuvieramos que poner todas las escrituras, hacer revision de la historia registral de cada una de las propiedades, no tendria razon.

Por asunto de sanidad -diria yo- o de conocimiento del Plenario, estaria de acuerdo con la propuesta de Alonso Porras de ir a conocer la historia registral de cada uno de estos, pero nos va a tomar demasiado tiempo, dpara que ir a conocer? Por transparencia tal vez conocerla, pero la pueden conocer hoy, manana o pasado manana, pero nosotros podriamos ir avanzando. A como esta la redaccion de estas dos mociones, cualquiera de ellas son buenas, ya

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no tiene razon de ser el articulo 32; si se aprueba este inciso h), ya sea con la moción de "Fito" o de Ivan Salvador, yo voy a mocionar para que el articulo 32 sea suprimido.

Entonces, dejemos de discutir sobre este artículo 32, aprobemos cualquiera de estas mociones, vamos a suprimir el articulo 32 y avancemos. Toda la discusión se ha centrado en un artículo que ya no tiene razon de ser, aprobemos cualquiera de estas mociones que no son contradictorias. Por lo tanto, yo pediría señor Presidente, que sometiéramos a votación estas dos mociones, y con cualquiera de ellas yo me reservo el derecho en su momento oportuno a pedir la supresión del articulo 32.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Tiene la palabra el Doctor Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

Señor Presidente, a mí me parece que Julio Marenco ha señalado concretamente lo que está ocurriendo, pues se estaba hablando de una sustitución del inciso pertinente al inciso h) y no se estaba hablando del artículo 32. Pero bien, cuando en mi mocion, en la parte final yo digo que "queda a salvo el derecho de terceros"... (señor Presidente, yo necesito que usted me escuche). Cuando yo digo en mi mocion, en su parte final que queda salvaguardado el derecho de terceros, está bien claro. El derecho de terceros no había sido salvaguardado,ni está salvaguardado, lo estamos
salvaguardando en el preciso momento en que yo hago esa mocion, y si es aprobada; pero los bienes ya están inscritos, supuestamente ya están legalizados, y ahora con este artículo y mi mocion que presento, logro salvaguardar el derecho de terceros.

Ahí es donde mi querido y buen amigo el Doctor García Esquivel no ha visto la dimension de la propuesta: en ningun momento ha estado salvaguardado el derecho de terceros, lo estamos salvaguardando hasta en la parte final de mi mocion, donde si ya queda salvaguardado el derecho de terceros. Que si hay algun bien que no esté legalmente adscrito al Ministerio de Gobernacion y no sea propiedad del Estado realmente, legitimamente, tendra el tercero un derecho de reclamacion; y eso no estaba por ningun lado, es hasta ahora que podria estar, si es que mi mocion es aprobada.

Después cuando el Doctor Garcia Esquivel habla de la serie de datos registrales que hay de las distintas propiedades en cuanto al Instituto, empieza a cuestionar que qué hizo esa escritura, que dónde fue inscrita, que por qué la inscribieron, que si pagó impuesto. Eso está como cuando murió un abogado, señor Presidente, y le dijeron: Bueno, usted no puede estar aqui -le dicen- usted va para el infierno. No, le dice, un momentito, y quién sos vos? Yo soy Pedro, le dice. A ver dame tu partida de nacimiento. Le presenta la partida de nacimiento, y le dice: Bueno, y qué me probas con esto? Dame el nombramiento del Registrador. . . entonces, hasta donde vamos a llegar?

Es decir, para mí es una situación bien engorrosa, muy poco seria y me parece señor Presidente, que la propuesta de mocion sí es una propuesta seria, una propuesta ajustada a una situación jurídica pertinente, no impertinente. Si me parece impertinente la intervención del Doctor García Esquivel por que realmente se ha excedido en su carácter dubitativo, pero bueno, habría que ver y analizar.

Muchas gracias, señor Presidente.

(Hace falta la página 943)

944 inciso h) del artículo 18 del Instituto de la Ley de Policía.

Por lo tanto señores de la Directiva y señores colegas Diputados, quiero plantearles que no atrasemos más la aprobación de esta ley tan importante, porque en días anteriores habían aquí más representantes de la Policía que Diputados y que personal de la Asamblea Nacional, por varios dias, hoy también. Creo que estos señores también tienen sus propias ocupaciones, tienen muchas funciones que cumplir y no es correcto -a mi criterio- que los estemos teniendo por mucho tiempo aquí en la Asamblea Nacional. Por lo tanto, quiero asumir el articulo 18 con su inciso h) tal a como esta, y pido a todos los colegas Diputados y a la Directiva que se someta a votacion y no atrasar más esta discusión.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

La Junta Directiva por mayoria de tres a dos, decidio posponer la votacion del articulo 18 y dejarlo pendiente para el dia de manana, entonces pasariamos al articulo 19...CAMBIO DE CINTA ORIGINAL)... quedan invitados para manana a las siete y media de la manana, en el edificio donde esta la jefatura de la policia, para profundizar sobre este inciso h) del articulo 18.

No hay lectura del artículo 19, lo que pasa es que el Secretario me presiona para que diga "Plaza del Sol", y yo lo digo "Plaza El Sol", y me confundo.

Observaciones al articulo 19.

Observaciones al artículo 20.

Observaciones al artículo 21; 22; 23; 24, 25; 26; 27; 28; 29; 30; 31.

Procedemos a votar el Capitulo IX, sin incluir el articulo 18 y el articulo 32, que estan en el Capitulo nuevo; esos dos articulos estan vinculados entre si, que son los que evacuariamos el dia de manana. Me reserve desde ya el derecho para incluir una mocion en el articulo 32.

Se abre la votación.

Faltan seis Diputados, algunos de los cuales estan presentes y no votan.

Vamos a cerrar la votacion.

Con 63 votos a favor, ninguno en contra, 4 abstenciones, queda aprobado el Capitulo IX, con excepción del artículo 18 y artículo 32.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:


Capítulo XII

De Juicio a Miembros de la Policía


Arto. 102. Los tribunales competentes para juzgar a los miembros de la Policía Nacional se regulan por lo establecido en el articulo 93 de la Constitucion Politica y las leyes de la República.

Cuando se produjere la detencion de cualquier miembro de la Policia Nacional, ademas del cumplimiento efectivo de los requisites generales que proceden en la detencion de cualquier ciudadano conforme la legislacion vigente, debera ponerse esta en conocimiento inmediato del superior respective, manteniendolo separado del resto de los detenidos, tanto en el proceso como en el

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cumplimiento de su sentencia.

Arto. 103. La iniciativa de la accion penal, en delitos comunes de oficio o a peticion de parte, correspondera a la Procuradurla General de Justicia. En caso de solicitud de parte, la Procuradurla General de Justicia debera pronunciarse en un plazo no mayor de cinco días.

La resolucion de la Procuradurla General de Justicia podra ser recurrida dentro del tercer dia ante el Tribunal de Apelaciones correspondiente, quien resolvera en un plazo no mayor de ocho dlas. Este tramite sera considerado de naturaleza administrativa y de la resolucion del Tribunal de Apelaciones podra recurrirse ante la Corte Suprema de Justicia.

En los lugares donde no hubiere Procurador, el Juez Local recibira la demanda o acusacion y le dara el tramite correspondiente ante el Procurador de Jurisdiccion o el Procurador General en su defecto.

Arto. 104. La Jurisdiccion que conozca de un procedimiento, conocera asimismo de todas sus incidencias.

Los miembros del cuerpo de policias voluntaries cuando sean procesados por la comision de delitos o faltas ocurridas en ocasion del cumplimiento del servicio policial, estaran sujetos a lo establecido en el presente Capítulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Observaciones al 102.

Dora Maria Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Espereme un segundo Presidenta, es en el 103 donde tengo yo...

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Observaciones al 103.

Dora María Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidenta.

Quisiera que me explicara un poco la Comision este asunto. Me da la impresion este 103, de que un particular no puede acusar a un policla, si no es a traves de la Procuraduria. ^Es asi no? Yo quisiera que algun miembro de la Comision me explique la fundamentacion de esto.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Queremos pedirle al Comandante Franco Montealegre qua auxilie al Plenario en este tema.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL:

Muchas gracias, señora Presidente, por la palabra.

sí, yo querla decir que la accion penal tiene que iniciarse a traves de la Procuraduria General de la Republica, y es correcto a como lo estaba interpretando la Diputada Tellez. Quiero agregar que esta accion tambien esta escrita en la Ley del Codigo Militar, en

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su Capítulo II, donde habla de límites y cuestiones de competencia, sección primera, "Ámbito de la Competencia", para ilustrar aquí a la Asamblea Nacional.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias Presidenta.

Efectivamente, este es un punto que ya fue abordado en el Codigo Militar, y no se trata de darle impunidad ni inmunidad a la Policia, un particular si puede acusar a un policia; lo que se esta planteando es que para hacerlo, lo haga a traves de la Procuraduria General de Justicia los argumentos que se dieron sobre esto en su oportunidad, en la discusion del Codigo Militar fueron abundantes, en el sentido de que por su actividad y por su naturaleza los oficiales de policia viven enfrentados a una serie de situaciones y de contradicciones con mucha gente, es decir, con los delincuentes, con los narcotraficantes.

Incluso, tiene contradicciones de caracter politico, y aqui lo nemos visto en muchas ocasiones alrededor de las movilizaciones, en el control del orden de las movilizaciones, etc. Entonces, dejar expuestos a los oficiales de policia a que puedan estar siendo sometidos de forma directa a acusaciones por supuestos delitos vinculados a la naturaleza de su actividad, es dejarlos con las manos arriba, porque entonces aqui el narcotraficante, el delincuente va a estar de manera constante pasando facturas y desquitandose de los policias, metiendoles acusaciones en los Juzgados.

Y va a tener con frecuencia suspendido al Jefe de la Policia, suspendido al Jefe Departamental de Policia, suspendido al oficial de un territorio determinado, al meterle acusaciones de distinta naturaleza, como una forma de estar pasando facturas y de estar hostigando a La Policia. Entonces, se valoro pues que era conveniente ratificar lo que ya se habia aprobado en el Codigo Militar, estableciendo que cualquier acusacion fuera a traves de la Procuraduria General de Justicia, para efectos de darle a la Policia un espacio y una proteccion propia de la naturaleza de su propio oficio.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Dora María Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidenta.

En realidad, en el Codigo Militar se dejo esto consignado en su cobertura, en caracter transitorio. De cara a la Policia, yo no estoy convencida Presidenta de que deba dejarse ese tramite tan engorroso que ciertamente resguarda a la institucion policial del hostigamiento, pero tambien afecta los derechos de los ciudadanos cuando son estos ciudadanos los quejosos frente a un delito comun que pudo haber sido cometido por un policia. De tal manera que si la Procuraduria no resuelve este particular, tiene que ir al Tribunal de Apelaciones, y si el Tribunal de Apelaciones no resuelve, tiene que ir a la Corte Suprema de Justicia y ahi se puede morir sin que le resuelvan el problema; es muchisimo mas sencillo el tramite de desaforacion de los Diputados.

Yo francamente creo que deberia dejarse resguardado, pero no se exactamente -tal vez algunos abogados que estan aqui sepan-, los derechos del ciudadano comun y silvestre no quedan adecuadamente resguardados aqui, y mucho menos en aquellos lugares, en los

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pueblos, en los Municipios mas lejanos, la situacion queda mucho mas seria que la que esta planteada aqui. Aqui tal como esta yo veo imposible hacer una acusacion, a menos que el Procurador decida desestimar, puede irse desestimando hasta que llegue a la Corte Suprema. Yo dejaria sentada mi preocupacion, no tengo desgraciadamente una mocion sobre esto estaba mas bien concentrada en el Capitulo de la Seguridad Social, pero si quiero expresar mi preocupacion en este tema.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Magdalena Ubeda.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, senora Presidenta.

En el mismo sentido de Dora Maria, que ya casi dijo la Diputada Dora Maria lo que yo tenia que decir. Yo crei que en el parrafo cuatro de este articulo 103, estaba explicada esta situacion de que no habria que recurrir para la aplicacion de la justicia en el caso de los policias que delinquen, puesto que dice: "En los lugares donde no hubiere Procurador, el Juez local recibira la demanda o acusacion y le dara el tramite correspondiente ante el Procurador de esa jurisdiccion".

Yo quisiera que la Comision que elaboro esto, nos explicara si este trato preferencial es solo para los policias que operan en Managua, porque aqul parece haber una contradiccion, se habla de la Procuraduria General de Justicia pero despues se dice que en los lugares donde no haya Procurador, el Juez va a instruir sobre el caso. Yo voy a proponer una mocion por escrito, como decia la Diputada Dora Maria Tellez, eludiendo eso de la Procuraduria General y dejamos nada mas Procuraduria, puesto que actualmente hay Procuradores en todos los Departamentos.

Me voy a permitir Presidente, pasar esta mocion por escrito en el sentido de que se eluda eso, de que sea el Procurador General el que conozca de estas situaciones en la justicia.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Adolfo Garcia Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Gracias, honorable Presidenta.

Estoy realmente extranado de ver como llegaron a la conclusion de redactar esta disposici6n, si el articulo 103 violenta la Constitucion. En los anos anteriores habia un monopolio de la accion penal, hasta el ano 91 en que el monopolio de la accion penal se borro de los Codigos. La Ley 124 restablecio el derecho ciudadano para la denuncia, para la acusacion, y es a partir de ahi que no existe ningun monopolio de la accion penal. En consecuencia, no se puede mediante este articulo violentar la liberacion de la accion; la liberacion de la accion penal es una disposicion constitucional, legal, que esta contemplada en la ley especial que es el Codigo de Procedimiento Criminal, el Codigo de Instruccion Criminal, y precisamente para eso fue que la Ley 124 derogo el monopolio de la accion penal.

Como me podrian explicar los dictaminadores de este proyecto, o justificar el violar la Constitucion que dice en su articulo 182 que la Constitucion Politica es la carta fundamental de la Republica, las demas leyes estan subordinadas a ella. No tendran valor alguno las leyes, tratados, ordenes o disposiciones que se le opongan"... y este articulo se opone a la Constitucion porque quiere a medias instaurar el monopolio de la accion penal. Por otro lado, el articulo 159 de la Constitucion dice que las facultades

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jurisdiccionales de juzgar y ejecutar lo juzgado corresponden exclusivamente al Poder Judicial"

En consecuencia, no se puede reservar para el Procurador, la decision de si da o no lugar a tramitar una denuncia o una acusacion, porque ese es un derecho privilegiado de todos los ciudadanos para acusar a cualquier persona, sea policia o no sea policia. En el caso de los policias, cuando estos cometen un delito comun, todos los ciudadanos de este pais tienen derecho a denunciarlo o acusarlo y procesarlo conforme las leyes ordinarias. For otro lado, dice aqui en el proyecto, que "La resolucion de la Procuraduria General de Justicia podra ser recurrida dentro del tercer dia. Y ademas dice que ese tramite es considerado de naturaleza administrativa. jComo hicieron semejante aberracion!

Yo creo, honorables Diputados, que aqui por lo menos pretendemos ser serios, ademas yo no tengo nada contra la Policia; yo lo que quiero es que hagamos las cosas bien, que nos ajustemos a la Constitucion, que nos ajustemos a la ley, que nos ajustemos al Estatuto de esta Asamblea, que nos ajustemos al Reglamento de esta Asamblea. Entonces no podemos mediante esta ley violentar el principio de la liberacion de la accion penal a la cual todos los nicaragüenses tienen derecho; y aqui se les quiere limitar, restringir y controlar ese derecho que esta sustentado en la Constitucion, que es la Ley Suprema de la República.

Entonces quiero que me expliquen, como es que esa Comision ha considerado de naturaleza administrativa la sumision de los ciudadanos a un procedimiento caprichoso a traves del Procurador General de Justicia, cuando el Codigo de Instruccion Criminal, que es la ley especial para regular estas cuestiones, dice que todos los ciudadanos tienen derecho a denunciar o acusar incluso a un policia cuando ha cometido un delito comun. Quiero que me explique esa Comision como hicieron para conformar y elaborar esta disposicion aberratoria y violatoria de la Constitucion.

Esas serian mis preguntas honorable Presidenta, y no quiero que se entienda mal, yo lo que quiero es hacer bien las cosas, yo no tengo nada contra la Policia; todo lo contrario, estoy abogando para que esta Institucion supere en cuanto a dignidad para cada uno de los miembros de la Policia, en cuanto a un mejor estatus, un mejor nivel de vida. Pero en cuanto a eso yo quiero que hagamos las cosas en forma legal, ajustados a la ley y a la Constitucion.

Espero que me pueda contestar estas interrogantes la honorable Comision.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Doctor Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señora Presidenta.

Los colegas que anteriormente hablaron, han expresado que se ha violado la Constitucion; bien claro lo ha dejado en su exposicion el Doctor Garcia Esquivel, al decir que en este sentido se viola el articulo 27 de la Constitucion; que todo mundo es igual ante la ley, y cual es el privilegio que en este sentido podria tener una persona para tener un tramite especial. El Codigo Penal deja claramente establecido quienes son los que tendrian los tramites especiales, estamos hablando cuando son los Alcaldes, estamos hablando cuando a un mismo Comandante, que es el Jefe del Departamento de la Policia, no se puede ir a un Tribunal comun y corriente a acusarlo, sino ante la Corte de Apelaciones.

Nada más deja a efecto eso y la Constitución es bien clara en ese

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sentido; despues, el resto es el tramite comun para todas las personas. Aqui se confundieron diferentes tipos de jurisdicciones y la naturaleza misma del juicio, y el Capitulo mismo establece -del que estamos hablando nosotros- sobre los juicios a miembros; no estamos hablando de juicios administrativos, que les da un doble tramite; un juicio administrative puede tener un silencio administrative hasta cuando pueda tener una resolucion, y en este caso quedo el derecho de la persona que entablo la demanda a la accion penal, entablado en silencio ahi.

Y bueno, la doctrina lo que establece es que seis meses despues se presume la negativa, pero si en este caso como miles de resoluciones no hay, "quedamos en veremos". La verdad es que las garantias quedan establecidas para cualquier ciudadano en todo proceso penal, en todo proceso judicial y en el articulo 34 de la Constitucion se dejo bien claro y explicito. En ese sentido no estoy de acuerdo con la mocion anterior. Y la pregunta misma que hacia el Doctor Esquivel, de que sentido tiene o llevo a que se dejara el procedimiento especial. No cabe la mocion hecha por la Diputada Fidelina, de quitar "Procuraduria General" por "Procuraduria", la verdad es que se violenta todo un proceso y toda la Constitucion, esa es la realidad. O sea, la mocion de quitar "General no basta como tal, la verdad es que habria que dejar de que tanto de oficio como a peticion de parte, uno puede entablar el juicio en los Tribunales de Justicia correspondientes aqui en Nicaragua, y no con todo este tramite especial que existe. Yo esa es la mocion que haria, que tanto en la iniciativa de la accion penal de los delitos comunes, como de oficio o a peticion de parte, se puedan entablar en los Juzgados correspondientes comunes, simple y sencillamente. Esa es la mocion que yo hago alrededor de eso, y tambien en el sentido de que la Comision de Gobernacion nos pueda explicar el porque este articulo y esta forma en corao fue redactado.

Muchas gracias, señora.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Mirna Cunningham.

DIPUTADA MIRNA CUNNINGHAM KAIM:

Gracias, Presidenta.

Yo tengo una inquietud en relacion al planteamiento de este articulo. Primero por que la Procuraduria en algunas regiones, por ejemplo en el Atlantic©, esta basicamente en lo que es la cabecera de la Region y no hay ninguna presencia en los Municipios. Yo solo quiero comentar un caso que ocurrio en Waspan. Hace unos meses yo llegue a Waspan, y llego una familia porque estaba un miembro de su familia detenido. Cuando pregunte cual era el problema me respondieron que el domingo anterior, en el juego de beisbol el Jefe de la Policia habia actuado de Juez y el que estaba detenido habia sido "coach" de un equipo, y como cantaron de una forma diferente, el "coach" canto que era "safe" y el Juez canto que era "out", el policia lo echo preso porque dijo que era irrespeto a la autoridad.

Yo fui a hablar con el Jefe de la Policia, y no lo solto porque dijo que efectivamente era irrespeto a la autoridad y que el Juez en Waspan no tenia nada que ver en el asunto. O sea, lo que quiero es que tratemos de poner un articulo que pueda aplicarse en todo el territorio, tener un articulo que diga que se va a pasar al Tribunal de Apelaciones en las Regiones Autonomas, porque no existe Tribunal de Apelaciones en la RAAN, se tiene que ir hasta Matagalpa. En los ultimos siete anos solo han habido dos recursos de amparo que han llegado al Tribunal de Apelaciones, que han sido los dos casos de los Gobernadores, nadie mas llega al Tribunal de Apelaciones porque nadie viaja hasta Matagalpa.

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La Procuradurla esta en Puerto Cabezas, que queda tambien a cienes de kilometres de muchos lugares en donde hay actuacion de la Policia. Entonces a ml me parece que deberla de redactarse!de forma en que pueda realmente el ciudadano acudir al Juez local, y en el caso de las Regiones Autonomas tal vez a los Jueces Comunales. Pero me gustaria tal vez con dona Magdalena, revisar un poco como redactar ese artículo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Andrés Robles Pérez.

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Gracias, Presidente.

En realidad esta ley, fue una ley que la Comision la trato con sumo cuidado, y por eso como que quisiera ponerme de acuerdo con algunos de los colegas que tratan de buscar a donde ponerle una aguja. Despues de buscar consenso con todos los organismos: Derechos Humane, Jueces, Corte Suprema de Justicia, en fin, con todo lo que nosotros crelmos que podia darnos todos los elementos de juicio para hacer una ley potable, se llego a la conclusion que debla de quedar asi, y quien le puso el sello a todo esto fue la Excelentisima Corte Suprema de Justicia.

Asi es que yo no quisiera pasar por encima de ese Tribunal, quisiera creer que nos dijeron lo mejor que ellos tenian y lo mas que ellos sablan y aqul quedo plasmado en la ley. Asi es que para los colegas que son abogados y que piensan que las cosas estan por su lado, yo les diria que hagan la consulta a la Excelentisima Corte Suprema de Justicia y ahl encontraran una respuesta, pues tal vez la mla en este memento no satisface, pero si creo que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia se las va a dar.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra don Julio Marenco.

Tiene la palabra Doris Tijerino Haslam.

DIPUTADA DORIS TIJERINO HASLAM:

Gracias, señor Presidente.

Yo no soy abogado, pero tengo que creer que lo que los abogados dicen pues podrla ser asi. Yo lo que conozco es por la experiencia, y se lo que le pasa a la Policia cuando la actividad policial, bien de prevencion o de investigacion, estorba a la delincuencia; entonces empiezan a surgir las acusaciones falsas, empiezan a entorpecer la labor del Policia precisamente porque les molesta. Yo no digo que los policias no cometen delitos, obviamente si, para eso hay una inspectorlas, para eso tienen todo un cuerpo especializado para investigar la actuacion y las acusaciones de la poblacion en relacion al comportamiento anomalo, o considerado anomalo por los ciudadanos.

No se si esa es la manera de resolverlo, pero efectivamente yo si creo que hay que hacer una redaccion que nos permita a nosotros garantizarle al cuerpo policial determinada garantla -y valga la redundancia- en el ejercicio de sus funciones. Normalmente cuando el policia comete un delito comun y es descubierto, bien por denuncia o bien por investigacion, la verdad es que va detenido. Incluso, para ml en esta ley hay una suerte diria yo de abuso, o de exceso, para no llamarle abuso, porque dice en alguna parte de la ley que cuando se considere que un policia esta exonerado de una culpa, el mando todavia puede revisar la actuacion y sancionarlo.

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Entonces, me parece a ml que si hay que establecer un procedimiento especial, y quisiera que vieramos esto con calma y no desde la autosuficiencia de aquellos que por ser abogados consideran que hay cosas que no se pueden decir y no se deben decir. Yo creo que los abogados que estan aca, lo que tienen que hacer es ayudarnos a resolver de manera correcta una situacion que esta planteada y que necesita una respuesta; nosotros simplemente no vamos a pasarle la cuenta a los policias y dejarlos ahora sujetos a que cualquiera ' puede llegar a poner ante un Juez una denuncia, y ese Juez mandar efectivamente a suspender la accion del policia, simple y sencillamente porque nosotros creemos a veces que lo que no hicimos o no decimos nosotros, eso no sirve y no esta bien.

Yo quisiera pedirle al Presidente, que le ceda la palabra al Comandante Montealegre, que ademas de policia es abogado y puede tal vez ayudarnos a corregir esto, dado que ademas tiene la funcion de la inspectoria, y la experiencia de que es lo que sucede en cuanto a la supuesta indefension de la poblacion ante la Policia.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

El Secretario le va a dar lectura a la mocion de Leonidas Duarte.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Es importante que en la discusion alrededor de este articulo 103, se tome en cuenta la mocion de don Leonidas Duarte, que es la que se va a votar porque es la unica que tengo aca para el 103.

La mocion de don Leonidas Duarte es: sustituir los cuatro parrafos que estan ahi del 103, por la simpleza siguiente: "La iniciativa". . . No, no es en el termino despectivo, sino en el resumen siguiente; La mocion es: "La iniciativa de la accion penal en delitos comunes, de oficio o a peticion de parte, se estableceran en la jurisdiccion ordinaria". El quiere sustituir todos esos cuatro parrafos por esta sintesis que el considera que es lo mas conveniente.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

A discusion.

Le damos la palabra al Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo quisiera decir algunas razones tambien, y poner algunos ejemplos concretes de que lo que se ha planteado aqui no es una cuestion de privilegios, sino que es consecuencia de la actividad policial, de la actuacion del policia. Si nosotros recordamos unos hechos dolorosos para todos, los del 13 de Diciembre, aqui hubo acciones en que la Policia tuvo que intervenir de acuerdo a su responsabilidad constitucional de mantenimiento del orden publico. Posteriormente de estos hechos se entablaron demandas, denuncias ante todas las cabezas de mando de la Policia Nacional, desde el Director General de la Policia, hasta el jefe que ese dia manejaba al grupo de policias de la Brigada Especial.

Si esa accion hubiera sido encaminada directamente ante los Tribunales de Justicia, qué es lo que hubiera pasado? Inmediatamente hubiera tenido que suspenderse de su actividad policial de administracion de la Policia, al Director General de la Policia; de administracion y supervision, al Jefe de la Policia en

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Managua; a suspender a todo este escalafon demando de sus actuaciones y separarlos de la Policia. Entonces esto conspira contra la administracion general de la Policía.

Por otro lado, les voy a poner un ejemplo que todavía no ha ocurrido en este país, pero puede darse en la medida que la delincuencia se va desarrollando. Estamos hablando de la delincuencia organizada; la delincuencia organizada a traves del narcotráfico, por ejemplo, perfectamente a través de todas sus influencias y capacidad económica que tienen, pueden estas organizaciones delictivas acusar en los Tribunales communes a todas las cadenas demand y a todos los policias, para separar a la Policía o a los jefes de la Policía que en ese momento les estorban.

Y eso qué es lo que traería a la policia? Cuál sería el resultado para el país? Sería un resultado negativo.

Nosotros no estamos pidiendo privilegios, estamos pidiendo por la accion que desempeña el policía, que no es igual a todas las acciones y las actividades que hace el ciudadano común; estamos pidiendo garantías para proteger no solo a la Policia en su actuacion policial, sino a toda la ciudadania. Este es un argumento general. Por otro lado, aquí en esta Asamblea Nacional se aprobó el Código Militar, y en el Código Militar está aprobado y dice exactamente igual, y lo puedo leer en el artículo 42, párrafo segundo:

"La iniciativa de la accion penal de oficio o a peticion de parte corresponde a la Procuraduria General de Justicia; y en caso de solicitud de parte la Procuraduria General de Justicia deberá pronunciarse en un plazo no mayor de cinco días". Nosotros lo que estamos haciendo es copiando este articulo. Por que los miembros del Ejercito van a tener esa garantía, no privilegio, garantía ante las acciones, y no la Policía que es quien esta todos los dias enfrentándose a la delincuencia? Y no sólo a la delincuencia, sino enfrentando las acciones de orden público que afectan muchos intereses de unos en un momento y de otros, entonces vamos a estar sujetos a este tipo de vaivenes.

Creo que lo que decía el Diputado Robles es importante, la Corte
Suprema estuvo de acuerdo con estos planteamientos, así que yo
quisiera dejar esa reflexión ante ustedes.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra doña Magdalena Ubeda de Rodríguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ:

Gracias, Presidente.

Infortunadamente, la Honorable Corte Suprema de Justicia no es infalible. Respecto al artículo 42 del Codigo Militar, lo consideramos parcial, excepcional e injusto. Consideramos aquí que los militares sean tratados con todas estas prerrogativas, pero muchos en esta Asamblea nos opusimos a que el artículo quedara a como quedó. Ahora, respecto a la Procuraduría de Justicia, no es la Justicia misma, es una especie de intermediaria o de subsidiaria de la Justicia. Como yo no soy abogado, había pedido que no se remitieran los casos delincuenciales de la Policía a la Procuraduría General, sino a las Procuradurías Departamentales.

Porque pensé yo: tal vez juzgué de manera muy mediatista al propio Procurador de mi pueblo, el Procurador de Esteli, que es active y justiciero, y quise hacer, o pretend! hacer, o algo me impulso a: hacer una generalización de estas calidades, que realmente me hizo reflexionar. No existen en todas las Procuradurías el alegato de la

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Doctora Cunningham. De manera que yo retiro mi propuesta de hacer una mocion en este sentido y me adhiero absolutamente a la propuesta del Doctor Leonidas Duarte. Creo firmemente que !el delito debe ser conocido, cuando es comun debe ser conocido por la justicia común, por las judicaturas correspondientes.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES;

Gracias, Presidente.

Yo queria llamar la atencion acerca de los principios que eventualmente conforman un articulo de esta naturaleza. En el caso de la Policia, nosotros estamos hablando de una organizacion que aplica la ley en dos situaciones, uno, por lo que podriamos llamar flagrantes y evidentes violaciones de la ley, ya sean estas vinculadas a delitos o faltas; y otra cuando actua por la via de mandamientos judiciales, cuando actua por la via de sentencias de jueces o de autos o disposiciones de jueces.

Entonces, hay dos ambitos claramente definidos que distinguen la actuacion policial en todos los paises del mundo. Uno que es el orden publico, en lo que tiene que ver con actividades que se suceden de manera cotidiana, en cada momento y en muchas circunstancias y que no necesariamente tienen que ver con comision de delitos, sino como repito, con simples comisiones de falta. Me estoy refiriendo a violaciones de las normas de transito, a violaciones de las normas de policia, en terminos de la conducta publica.

Estas dos actividades, repito, o mejor dicho estos dos tipos de derechos que protege la Policia, estos dos tipos de campo de aplicacion de la Policia, hace que por su naturaleza la Policia este normal y cotidianamente mas expuesta que otras actividades jurisdiccionales, a las contradicciones publicas. Yo le mencionaba, a uno de los colegas le ponia un ejemplo y le decia, -y vamos a hablar de un delito-, que si hay un evento delictivo y dos personas que participan nada mas en esa actividad, el delincuente que es capturado in fraganti en la comision de ese delito y el policia que lo capture, y en el forcejeo el policia golpea a este delincuente capturado in fraganti, ^quien va a determinar, quien tiene la verdad y quien tiene la ley.

Aqui evidentemente a los cuerpos de policia se les ha trasladado unas atribuciones que son por la ley para que protejan el orden. De repende este delincuente y no me quiero meter a eventos de tipo politicos o de violencia social en las calles, que son mas complicados, sino que a un evento de tipo publico como el de la misma Doctora Cunningham, que facilmente se presta a condiciones para cometer arbitrariedades y se desnaturalice la actividad de la Policia.

La actividad de la Policia podria estar siendo cuestionada en base a lo que se ha alegado aqui, de que todos somos iguales ante la ley; podria ser cuestionada en el cumplimiento de aquellas funciones que la misma ley le ha dado; podria ser cuestionada en que ponga el orden, porque de repente en ese cumplimiento de poner el orden uso la violencia fisica, y para eso es que estan establecidos dos procedimientos totalmente distintos. Entonces aparte de este alegato, pienso que habria que trabajar mas en este articulo, por lo siguiente: en primer lugar, para que quede claro en la redaccion de que el principio constitucional que establece la igualdad ante la ley queda establecido.

Pero aparte, que quede la proteccion de la misma ley a las

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funciones que en este caso los policlas cumplen por mandate mismo de la ley, y que no vaya a ser esta misma ley la que este metiendo contradicciones para aquellas actividades que le esta autorizando en el mantenimiento del orden publico. Entonces, repito, habrla que trabajar, podriamos trabajar un articulo que deje claramente establecido lo que es la preocupacion de una estimable serie de colegas aqul, ya que todos somos iguales ante la ley y que no hay diferencias, tampoco que se este violando el principio constitucional que quedo tambien en la Constitucion y el Codigo Militar, de que los delitos comunes no tiene fuero especial.

Pero en tercer lugar -y eso nos interesa a todos como ciudadanos-es importante que quede perfectamente clara y protegida la funci6n social de orden publico que la Policia tiene.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Comandante Fernando Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA - DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias.

En mi opinion personal y de los companeros que estan ahi con nosotros, este punto es muy importante y es clave para nosotros. En primer lugar, quiero decir que lo voy a abordar nuevamente desde la perspectiva de un funcionario de la Policia Nacional que esta proximo a salir de la Institucion, que no tengo un interes de manera personal en este asunto. A mi me parece que esta decision es trascendental y grave. £Por que es grave?. Les voy a poner la situacion mas factible que pueda ocurrir:

Mariana hay una situacion de alteracion del orden publico en Managua, hay una situacion de tension, hay una actuacion policial de por medio, y hacen contra el escalafon de mando de la Policia, nueve denuncias en los nueve Tribunales de Distrito del Crimen, nueve denuncias en los Tribunales locales y la Policia esta amarrada de las manos e inhabilitada para funcionar, y ahi que se resuelva por otra via cualquier tension que haya en Managua. Yo quiero que eso quede claro hoy y salvar responsabilidades de que esa cuestion se alerto en su momento.

En ningun momento este articulo en primer lugar, inhibe la actuacion y la detencion inmediata, de acuerdo a la ley penal en Nicaragua, al funcionario de la policia que este cometiendo un delito y que es detenido in fraganti; esto esta referido a las acusaciones y a que haya un tramite que permita a la Procuraduria de Justicia realizar una investigacion. Yo estoy claro que este articulo en otro tipo de sociedad, en otro modelo no es necesario; pero en un pais como Nicaragua, en las condiciones de esta epoca, de esta era, este articulo es necesario para una institucion como la Policia para evitar que por los vaivenes y las tensiones politicas en este pais se inutilice el cuerpo policial.

Inclusive, esto se puede hacer hasta en una operacion Je envergadura nacional, simplemente con llevar una denuncia a cada Juzgado del pais contra sus escalafones de mando, y esta lista la Policia. A mi me parece -y eso hay que tenerlo claro- que esto no se trata de ninguna inmunidad, el concepto de inmunidad es otro y ustedes perfectamente lo saben; este simplemente es un tramite que permite filtrarle a la Procuraduria de Justicia del Gobierno de turno, lo que puede ser una campana de acusaciones para tratar de neutralizar el actuar policial, de lo que es realmente la denuncia de delitos que se cometen por funcionarios de la Institucion.

Yo quiero en ese sentido apelar por la estabilidad del pais, velar por la funcionabilidad de la Policia, por garantizar el actuar

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policial en cualquier momento de crisis y que este articulo sea aprobado tal a como esta en el anteproyecto que aprobo la Comision de Defensa y Gobernacion. Ademas, quiero insistir en otro ;elemento que ya ha sido citado y que me parece es relevante: esto fue revisado por la Corte Suprema de Justicia y aprobado; los principales jueces del pais estuvieron de acuerdo y no refutaron este articulo. Yo lo digo de cara al senalamiento que hay de que esto es una violacion constitucional; perfectamente los Magistrados de la Suprema lo hubieran dicho si lo hubieran considerado asi. Yo nuevamente les reitero y les pido que aprueben este articulo tal a como esta presentado por la Comision de Defensa y Gobernacion, de cara a la estabilidad de Nicaragua y de cara a la actuacion policial en mementos decisivos y delicados.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Leonidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señora Presidenta.

Yo creo que aqui no hay que confundir los tipos de delitos, una cosa son los delitos comunes y otra es cuando se cumple el deber. Aqui aprobamos a partir del articulo 3 una serie de incisos donde se establece bien claro, cuales son las funciones de la Policia; si un policia actuando en cumplimiento de su deber, el ladron atenta contra su vida, eso tambien estci establecido en el Codigo Penal y no es necesario repetirlo. Aqui si se atenta contra la vida, se defiende, y ahi hay una causal donde estan los eximentes, los agravantes, y es conocido porque la mayoria de los policias tambien son abogados.

Entonces c.que sucede? No hay que confundir ese tipo de delitos que se cometen cuando estas cumpliendo tu deber, que podes propasarte, etc; y el otro que es el delito comun, normal. Para el delito comun, normal, es llevar un tramite administrative donde pueda haber un silencio administrative que lleva seis meses. Entonces, por favor, £cuando va a haber respuesta?, es la pregunta del millon c.C6mo va a ser el asunto? Entonces <Lque no se viola el principle constitucional? Por favor...

Yo creo que si el temor es que no va a quedar preso, si la misma Policia tiene cuarenta y ocho horas para investigar el delito y remitirlo a las instancias de la jurisdiccion correspondiente, que eso esta establecido tambien en la Constitucion, es la misma Policia quien va a investigar, es la misma Policia; no entiendo yo entonces, cual es el temor a que vaya a una jurisdiccion ordinaria. Insisto en que aprobemos las funciones de la Policia, que se establece bien claro cuales son, en su papel, en servicio active, y que esta cubierto por el fuero militar. Esa es una cosa.

Otro elemento:'iQue sucede si vas en auxilio jurisdiccional, te dan la orden para que vayas a desalojar y no quiere desalojar la gente por las buenas? Viene la Policia y desaloja, abre las puertas. Es el Juez el que da la orden, estan a la orden del Juez y no estan cometiendo ningun delito. Insisto, no confundamos los elementos viendolos desde un punto de vista que se Hainan delitos, diciendo que cuando te propasas o cuando golpeas a los manifestantes que vienen aqui a la calle Simon Bolivar y se propasan, tiran piedras, etc., vienen la Policia y tiene que contestar, eso es otra cosa, esos son otros elementos.

Y si bien es cierto, decia el Comandante Caldera aqui, de que ya el no se preocupa porque ya sale, pero siempre para todos los Comandantes -y eso lo establece el Codigo de Instruccion Criminal-hay un procedimiento especial que no lo conocen los Juzgados comunes, sino la Corte de Apelaciones. Ese es un tramite especial que existe. Entonces estamos hablando de aquellos delitos comunes, y por eso decimos "jurisdiccion ordinaria", porque se respeta todo

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el escalafon que existe, los mismos Comandantes tienen preferencias y entonces no son conocidos por los Juzgados de Distrito; ya sea del tipo que sea, mas que correccional la pena, etc., va para el Tribunal de Apelaciones. Eso lo establece bien claro el Codigo de Instruction Criminal.

Entonces, yo no se cual es la confusion que existe en ese sentido, de que si vos golpeas a un manifestante, puede este venir a denunciarte a La Policia; pero simple y sencillamente estas en cumplimiento de tu servicio, y el fuero lo atrae. Eso hay que verlo ya desde el punto de vista de la jurisdiccion como tal, que es lo que atrae mas y habria que verlo, porque ese es otro elemento que hay que dejarlo bien claro en el articulo 104, con todas sus insidencias que dice bien claro ahi, que a eso yo tendria que agregarle otra cosa, pero ya eso es otro elemento.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Secretario Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Yo quiero asumir el dictamen tal a como esta en el articulo 103. Y la mocion de mi estimado amigo Leonidas Duarte, es como suprimir el 103, Leonidas. O sea, mas que hacer esta redaccion sencilla, seria practicamente suprimir el 103. Seria mejor, antes de aprobar tu mocion decir que suprimamos el 103..(Cambio de Cinta Original)... Crear inmunidad y claro que hay delitos; lo importante que tenemos que hacer, es hacer funcionar las instituciones de este pals.

Tenia mis dudas en cuanto a si se violaba el articulo 27 de la Constitucion, donde dice que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual proteccion.

Me pregunto yo, <J,no estamos violando este articulo 27, si lo interpretaramos asi, con la inmunidad de nosotros? ^No se esta violando con la inmunidad de los Ministros? No es tan facil venir a acusar a un Diputado, ni a un Ministro; precisamente, si bien es cierto en el caso de la inmunidad nuestra y de los Ministros la iniciativa de la accion penal la tiene cualquiera, pero si aqui hay un procedimiento mucho mas engorroso para la acusacion de un Diputado o de un Ministro, que el que tenga la accion, la iniciativa de la accion penal que quede reservada para la Procuraduria General de Justicia.

Entonces si es ese el caso, diria yo que no se viola el articulo 27, sino que se hace como filtro para arreglar una serie de problemas, y sobre todo los problemas que tiene que enfrentar a diario la Policia Nacional. Que con esta ley se van a quitar los abuses que pudieran cometer algunos policias... Yo estoy de acuerdo que no. Que con esto vamos a incrementar los abuses que pudiera cometer la Policia... Yo creo que tampoco ni vamos a pensar que el Procurador va dedicarse a ser un protector de la Policia, o a dedicarse a ocultar delitos de la Policia. Yo no quiero pensar en sentido negative de las instituciones de este pais.

Yo quiero pensar que este procedimiento es para evitar precisamente la perdida de tiempo que pueda tener alguien que esta enfrentandose constantemente a problemas conflictivos. iCual es el origen de la inmunidad de los Diputados? £.Cual es el origen de la inmunidad de los Ministros? Para evitar perdidas de tiempo, que por un voto de nosotros alguien venga a acusarnos sencillamente y se le ocurra estar haciendole una demanda a aquellos Diputados que no estan de acuerdo con sus votos. Ese es el origen de la inmunidad.

Entonces ipor que se ocupo ese procedimiento? Para que la Comision respectiva, para que la Asamblea Nacional pueda analizar si esa es una acusacion, que le podriamos llamar de puro revanchismo, o para

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atrasar las labores de este Legislative; o si son acusaciones verdaderamente que requieran llevar a juicio a un Diputado o a un Ministro. Precisamente ese es el espiritu con que se ha redactado este articulo 103, para estar evitando acusaciones que vendrlan a montones hacia todos los mandos de la Policla Nacional. Que la Procuraduria vaya a convertirse en complice de los delitos de algunos policias, eso ya es especulacion, eso ya es otra cosa. Entonces, no pensariamos en ninguna institucion si pensamos asi negativamente.

Yo quiero partir de que la Procuraduria va a funcionar, y quiero partir de hacer un reconocimiento positivo sobre estas actuaciones que pueda tener la Procuraduria. No se viola ningun aspecto constitucional con el articulo 103; y si bien es cierto se suprimio con una ley especial el monopolio de la accion penal para la Procuraduria, no se contradice que en una ley especial exclusivamente para la Policia restablezcamos esta iniciativa de accion penal, unica y exclusivamente para la Procuraduria General de Justicia.

Por lo tanto yo respaldo este articulo 103, tal a como esta. Que si alguien va a violar esta ley, esos son otros cien cordobas y no quiero especular en estos momentos; pero si considero que esto es lo mas adecuado en las circunstancias actuales de Nicaragua y para el buen funcionamiento de este cuerpo policial, que vive enfrentando situaciones conflictivas a cada momento. Por lo tanto asumo el dictamen tal a como esta, senor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Adolfo Garcia Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL;

Gracias, Presidente.

Con todo respeto, en esta ocas ion yo voy a secundar y apoyar la mocion del honorable Diputado Leonidas Duarte, por muchas razones. En primer lugar, en este pais constitucionalmente esta establecido el principio de legalidad, y este articulo tal como esta presentado en el dictamen violenta el principio de legalidad que esta establecido en el articulo 34, numeral 11 y en el articulo 160 de la Constitucion Politica de este pais.

Precisamente en este pais no hay fuero atractivo, y si nosotros aprobamos este articulo, estamos violentando la prohibicion constitucional de que en este pais no hay fuero atractivo.

Por otro lado, estamos violentando el principio de legalidad, porque nadie podra ser sustraido de su juez competente, porque cuando el delito es comun u ordinario, debe ser conocido por el Juez comun de la justicia ordinaria. Estos son principios constitucionales que yo no los estoy inventando, estan ahi en la Constitucion. Por ejemplo el articulo 160 de la Constitucion, dice mas o menos lo siguiente: "La administracion de la justicia garantiza el principio de la legalidad, protege y tutela lo derechos humanos mediante la aplicacion de la ley" -la ley ordinaria-en los asuntos o procesos de su competencia".

Por otro lado, el articulo 33 tambien establece que todo mundo, todo ciudadano tiene derecho a un procedimiento legal eso dice el articulo 33. Y el articulo 34 tambien establece el principio de legalidad, en armonia con el articulo 160 de la Constitucion. Y el articulo 34 en el numeral 2), establece como garantia de legalidad que todo mundo, todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado sin dilaciones por Tribunal competente establecido por la ley. Dice, no hay fuero atractivo y esto es mas que suficiente para no seguir en esta discusion.

Aqui lo que se quiere es sustraer a un policia de la justicia ordinaria por un delito ordinario, para llevarlo con el fuero

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atractivo a otro procedimiento de privilegio, de discriminacion. For eso el artlculo 34 dice, como derecho y en armonia con el principle de legalidad, "A ser juzgado sin dilaciones por tribunal competente establecido por la ley". Y la ley establece que el Tribunal competente por un delito comun, es el Tribunal ordinario. Y sigue diciendo este inciso 2), "No hay fuero atractivo".

Asi es que no podemos sustraer por un delito ordinario o comun, a un policia que cometio ese delito; no lo podemos llevar a una jurisdiccion de excepcion, porque ese es otro Juez que no esta autorizado por la ley; no es el Juez competente, porque el Juez competente por un delito ordinario comun es el Juez ordinario, de la justicia ordinaria. Eso es sensiblemente sencillo. Entonces, yo voy a secundar la mocion que nos ha presentado el honorable Diputado Leonidas Duarte, por todas esas razones, y con todo respeto voy apoyar esa mocion.

Muchas gracias, honorable Junta Directiva.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel Diaz.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ;

Gracias, señor Presidente.

El Doctor Garcla Esquivel, ha dado suficientes sustentaciones para la oposicion a la redaccion del articulo 103 del dictamen, y ha mencionado una serie de articulos constitucionales, entre ellos el articulo 160, que establece el principio de la legalidad; el artlculo 34, inciso segundo, que habla del Juez competente y que no hay fueros atractivos; y otros como la Ley 124 y el articulo 159 de la Constitucion. Nosotros ya aprobamos en el articulo 102 que los Tribunales competentes para juzgar a los miembros de la Policia Nacional, se regulan por lo establecido en el articulo 93 de la Constitucion Politica y por las leyes de la Republica.

Cuando leimos el articulo 93, dice que "El Ejercito de Nicaragua es una institucion nacional, de caracter profesional, apartidista, apolitico, obediente y no deliberante. Los miembros del Ejercito deberan recibir capacitacion civica y en materia de derechos humanos". Los delitos y faltas -analizados y comprobados estos por miembros del Ejercito y la Policia- estrictamente militares, cometidos por miembros del Ejercito y la Policia, repito, seran conocidos por los Tribunales Militares establecidos por la ley. "Los delitos y faltas comunes cometidos por los militares y policias seran conocidos por lo Tribunales comunes". Yo no se que es lo que estamos aqui discutiendo.

Ahora, el asunto es que no es que no vaya a conocer la justicia ordinaria, sino que estamos hablando del principio del monopolio de la accion penal, que ya fue abolida y que es una conquista constitucional y una conquista democratica. Esto es viejo, estaba establecido en el Codigo Penal vigente y el Codigo de Instruccion Criminal, que todas las personas tienen derecho de denunciar los delitos comunes.

Solamente en la decada pasada se abolio ese derecho de la iniciativa privada y se le concedio esas facultades a los Procuradores Generales o Delegados de Procuraduria en los Departamentos, del monopolio de la accion penal, y dependia de estas personas el entablar o no entablar una accion penal; y a la vez tenia facultades incluso de resolver sobre eso, decia, no hay delito y se acabo, iba a un Tribunal de Apelaciones el ofendido y ahi terminaba el asunto.

Aqui vienen con una serie de cosas, donde si es cierto que puede un Procurador negarse a entablar una accion penal, adquiere el derecho de recurrir ante el Tribunal de Apelaciones quien dictara una

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sentencia de caracter administrativo, lo cual ya se ha dicho que es un disparate juridico.

No puede un Tribunal de Apelaciones conocer de eso y decir que es administrativo, para ir despues a un recurso de amparo ante la Corte Suprema de Justicia, esto es estar haciendo largas las cosas. Pero en el articulo 159 estan bien claras las cosas. Dice: "Las facultades jurisdiccionales de juzgar y ejecutar lo juzgado corresponde exclusivamente al Poder Judicial. Los Tribunales Militares solo conoceran las faltas y delitos estrictamente militares, sin perjuicio de las instancias y recursos ante la Corte Suprema de Justicia".

Entonces aqui lo que se esta discutiendo no es que los Tribunales comunes no vayan a conocer de los delitos comunes; lo que se esta discutiendo y queriendo restablecer es el monopolio de la accion penal, para dejarsela estrictamente a los Procuradores Departamentales, a la Procuraduria General de Justicia o a los Procuradores de jurisdiccion. De manera que eso ya esta abolido, eso es estar violando la Constitucion, porque unicamente son los Tribunales de Justicia los que tienen las facultades de juzgar y ejecutar lo juzgado, y no puede un Procurador estar diciendo si, esto es delito o esto no constituye delito y esta es mi resolucion, y vamos a un juicio de caracter administrativo que no es administrativo, eso seria mas bien ocurso.

De manera que en esto se estarlan violando francamente los derechos de igualdad establecidos para los ciudadanos, porque tan ciudadano es el policia, como ciudadana es la persona que ha sido ofendida, y a esta persona tambien se le esta poniendo una carga de estar peleando en contra del Procurador que se niega a atenderlo, y hacer que se entable la accion penal para procurar la Justicia de los Tribunales ordinaries . De manera que a mi me parece que este articulo ya no tiene cabida.

Nosotros hemos avanzado en eso, ya conocemos por experiencia los resultados de los Procuradores Generales de Justicia, lo vimos precisamente en el caso que aqul se investigo sobre la defraudacion y el delito cometido por el senor Tony Ibarra. El senor Tony Ibarra, segun la Contraloria General de la Republica, dictamino que habia una presuncion de responsabilidad penal y sometio el caso a la Procuraduria General de Justicia; la Procuraduria General de Justicia dicto una resolucion donde decia que no habia delito en este caso y ahi quedo.

Entonces el hizo las veces de Juez, el hizo las veces de Tribunal de Justicia ordinaria, y en ese caso se esta violando la Constitucion a como esta actualmente redactada, y como estaba en ese tiempo redactada, corresponde a los Tribunales de la Justicia ordinaria juzgar y ejecutar lo juzgado; no se le puede dar esa facultad a los Procuradores Generales de Justicia y a los Delegados de las Procuradurias y a los Procuradores de jurisdiccion. Por lo consiguiente, es inconstitucional ese articulo 103, y yo me adhiero realmente -aunque sea repetitiva podriamos decir porque ya estS en otra ley contemplada- a la mocion presentada por el Doctor Leonidas Duarte .

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Vice-Presidente Edmundo Castillo Ramírez.

DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, senor Presidente.

En realidad hemos tenido una platica muy provechosa, y es que se plantean dos inquietudes que es necesario clarificarlas. Por un lado tenemos a la Policia, y vamos a presentar hechos para podernos

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explicar, como el caso de lo que ocurrio aqui en la Asamblea. La policia cumpliendo su obligacion tuvo que poner el orden publico, eso indudablemente creo que dio como consecuencia que muchas personas quisieron acusar por lesiones, por una serie de circunstancias a los policias que estaban cumpliendo con la obligacion de su deber.

Como ocurre tambien en la experiencia, que a veces un policia echa preso a un ladron, y de pronto aparece a los dos o tres dias esa misma persona y le presenta en los Juzgados una acusacion correspondiente por lesiones, por injurias y calumnias, por otra cuestion. Entonces hay que dejarle a la Policia indudablemente una proteccion, tomando en cuenta la dificil labor que desempena, porque con los que estan trabajando o los que estan enfrente no son palomitas de San Nicolas, son delincuentes, son delincuentes que se las conocen todas, que saben todo, que buscan las razones para que en la debilidad humana presentarle una circunstancia y despues presentarle una acusacion.

Si nosotros no estamos muy conscientes de esa situacion y le dejamos a la Policia el concepto de la posibilidad de que cualquier delincuente lo pueda acusar, posteriormente la realidad que vamos a tener senor Presidente, es que ningun policia va querer ejercer o va a querer cumplir su obligacion o su deber de mantener el orden publico. Entonces vamos a tener una Policia timorata, con miedo de decir, si me excedo o no me excedo en el cumplimiento de mis funciones. Si esto fuera una relacion sencilla laboral, una relacion civil; pero esta es una relaci6n cuya esencia es reprimir, o es decir, evitar y/o reprimir el delito; y la otra parte indudablemente es un delincuente.

Entonces tenemos que buscar una formula para dejarle a la Policia una especie de circulo de proteccion, para que aquellos hechos en los cuales ellos nan participado reprimiendo el delito, no les traiga como consecuencia o como efecto, es decir, acusaciones.

Por otro lado, tenemos que tomar tambien en cuenta cualquier exceso o cualquier abuso que pudiera darse en un policia, ya no en el cumplimiento de su deber, sino como un civil normal y corriente que hace abuso de su autoridad, y como abuso de esa autoridad logicamente tiene que recibir la sancion correspondiente.

En esta mocion que estamos presentando, se habla de que la Procuraduria General de Justicia, como una formula intermedia, es la que va a resolver; porque se supone primero que el Procurador General de Justicia es el que representa al Estado; se supone que su funcion basica es vigilar el bien comun, ser el representante de la sociedad ofendida por los delitos que cometen las personas, y son los que van a ver a inicios y evitar que cualquier delincuente posteriormente vaya a hacerle una acusacion.

Estamos ante una realidad, aqui el narcotrafico tiene placa, paga muy bien, presenta circunstancias y otras cuestiones; entonces si los dejamos aqui sin proteccion y no establecemos una figura civil, porque al establecer aqui la Procuraduria estamos estableciendo una institucion del Estado, institucion civil que va a tener tambien la preocupacion de darle a la Policia la proteccion, pero tambien evitar que la Policia abuse de sus funciones o abuse de su poder.

Yo la unica observacion que tengo senor Presidente, es quitar el concepto de la Procuraduria General de Justicia, porque al decir, Procuraduria General de Justicia, estamos hablando de la mas alta autoridad, y la verdad es que en la Procuraduria existe una estructura: La Procuraduria Civil, la Procuraduria Penal, la Procuraduria Laboral, y si le estamos dando cargo o una obligacion de presentar o de resolver al Procurador, que es la mas alta autoridad, estamos haciendo hasta cierto punto, algo que no es logico y que no es sensato.

Por otro elemento es que la Procuraduria General, solaifcente tiene

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asiento aqui en el Departamento de Managua, y es verdad que aqui se dice "en los lugares donde no hubiere Procurador, el Juez local recibira la demanda o acusacion". Entonces yo coincido icon este articulo, la mocion que presento es quitar el concepto "General de Justicia" y dejarlo de "Procurador" o "de la Procuraduria", sin darle el mas alto cargo a esa autoridad, que es la que debe de iniciar ese proceso, y que sea la Procuraduria la que determine que es el Procurador Penal el que va a iniciar la accion correspondiente.

Paso a la Mesa mi moción.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Anibal Martínez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUNEZ;

Gracias, Presidente.

Yo solo es para pedirle que constate el quorum, en la pizarra habemos 79 Diputados y aqui no los hay; que nos borremos y que recojan las tarjetas tambien.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Vamos a comprobar el quorum, de manera que le solicitamos aqui al senor del control que nos borre la pizarra a fin de que podamos registrarnos.

Comienza la reinscripcion.

Estamos reinscribiéndonos.

SEGRETARIP JAIME BONILLA LOPEZ:

De acuerdo al examen realizado, tenemos 62 presencias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, senor Presidente.

La verdad es que terminando de revisar bien la Constitucion, en ningun momento le da facultades a la Procuraduria General de Justicia, o a las Procuradurias Departamentales, para poder dictaminar casos, esa es la verdad. Entonces aqui estamos hablando del nuevo monopolio, querramos o no, sobre la accion penal, aqui dice bien claro el articulo 159 de la Constitucion: "Los Tribunales de Justicia forman un sistema unitario, cuyo organo superior es la Corte Suprema de Justicia. El Poder Judicial recibira no menos del cuatro por ciento..." "Las facultades jurisdiccionales de juzgar y de ejecutar lo juzgado corresponden exclusivamente al Poder Judicial".

Esto es bien claro, aqui no le esta dando ninguna facultad a la Procuraduria General de Justicia de poder venir a dictar una sentencia administrativa, que es la peor locura en que tambien hemos seguido insistiendo. Y dice: "Los Tribunales Militares solo conoceran las faltas y delitos estrictamente militares, sin perjuicio de las instancias y recursos ante la Corte Suprema de Justicia". Entonces, la verdad es que independientemente de que aqui se ha dicho que no se violan principios constitucionales, si se violan los principios constitucionales; y hemos aclarado una y mil veces mas, cuales son esos principios. Estamos hablando del

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artlculo 159 del artlculo 27 y del artlculo 93 de la Constitucion.

Entonces, la verdad es que hemos venido confundiendo cuales son los delitos comunes y cuales son los estrictamente militares. AquI no estamos hablando de fuero militar, esa es otra cosa. Y ademas, no hay que confundir, bien claro esta, cuando vos cometes un delito ejerciendo las funciones militares, son estrictamente distintas las cosas. El ejemplo mismo que ponia el Comandante Caldera aqui, de la movilizacion del 6 por ciento, aqul los que se movilizaron por el 6 por ciento estaban cometiendo delito; estrictamente hablando apegado a derecho, esa es la realidad. En el articulo 3 de esta ley que aprobamos, queda bien establecido cuales son sus funciones: acatar la ley, hacer prevalecer el derecho, el Estado Derecho de esta sociedad.

Entonces, yo no se verdaderamente cual es el miedo, cual es la contradiccion que hay alrededor de este fenomeno, hombre, de que en una movilizacion si te propasas y los golpeas mucho te pueden entablar una pena. Estas cumpliendo, estas ejerciendo la ley, no tenes por que ser arrastrado a una jurisdiccion comun. Son dos cosas distintas, la verdad es esa. Aqui simple y sencillamente se estan violando los principios constitucionales, y quiero insistir de que mantengo mi mocion a como fue presentada.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ

El Secretario dara lectura a la mocion presentada.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

La mocion del colega Diputado Leonidas Duarte para sustituir el articulo 103 en sus cuatro parrafos, es por la redaccion siguiente. Sustituye los cuatro parrafos del 103, por un solo parrafo que dice lo siguiente: "La iniciativa de la accion penal en delitos comunes de oficio o a peticion de parte, se establecera en la jurisdiccion ordinaria".

Firma la mocion don Leónidas Duarte.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Ivan Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR;

Muchas gracias, senor Presidente.

A mi me parece que el analisis que ha hecho el Diputado Leonidas Duarte, con todo el respeto que se merece, es muy simplista. Y digo que es muy simplista, porque esta situacion debe ser analizada con profundidad, en el sentido de que trasladar a la justicia ordinaria a situacion de un cuerpo policial, en una forma sin ningun parametro, es muy delicado y muy peligroso. Digo que es muy delicado y muy peligroso, porque en un hecho cualquiera se puede revestir una acusacion en delito comun o aseverando delito comun, no siendolo.

Esto senor Presidente, pondria en riesgo la actividad, el desarrollo del cuerpo policial; una serie de demandas de esta naturaleza incoadas contra los mandos en distintos Juzgados, tendria por objetivo su paralizacion, en su labor investigativa, o en su labor de preservar el orden publico estaria siendo perturbada. No es cierto que simplemente se este haciendo un tanto de monopolio de la accion penal cuando la denuncia vaya puesta ante el Procurador, porque el Procurador va a dar respuesta en un termino ya senalado, y si la persona que ha interpuesto esa denuncia no es accedida por la Procuraduria, inmediatamente puede recurrir ante el Tribunal de Apelaciones respective. Ya es un

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Tribunal colegiado quien va a hacer la observacion, si fue interpuesto y da cabida a la acusacion o denuncia que se ha hecho ante la Procuradurla.

Por tal razon senor Presidents, yo creo que el articulo esta perfectamente bien hilvanado, ademas deja bien clara la posicion que ha hecho el Doctor Castillo cuando ya no se hable de la Procuraduria General de Justicia, que seria el Maximo Tribunal de la Procuradurla General con sede aqui en Manaqua, sino que solo se diga "La Procuraduria11, que en este caso serian las Procuradurias departamentales. Y deja salvaguardada la situacion en aquellos lugares donde no existe Procuraduria, que es en la parte final donde sera el Juez local el que dara la tramitacion respectiva y la pasara al Procurador Departamental.

Por lo tanto senor Presidente, a mi me parece que el articulo esta correcto y lo asumo tal a como esta redactado, con la salvedad que ha hecho el Diputado Edmundo Castillo.

Muchas gracias, senor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Secretario Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ;

Es importante hacer una consulta. En este debate ya prolongado, importante es tomar nota de que el articulo 93 expresa taxativamente lo siguiente: "Los delitos y faltas comunes cometidos por los militares y policias seran conocidos por los Tribunales comunes". El articulo 103, tal a como esta propuesto, en su primer parrafo dice: "La iniciativa de la accion penal en delitos comunes correspondera a la Procuraduria General de Justicia". Y ahi me parece a mi que no encajamos; dentro de lo que es la unidad de trabajo del Poder Judicial, ahi a mi juicio se violenta lo que manda la Constitucion, y es la iniciativa de accion penal en los Tribunales comunes.

No puede entenderse la ley en forma amplia, en este caso, debe entenderse en forma restrictiva. <-.Y que quiero decir con esto? Que toda redacci6n que hagamos aca, sobre cualquier ley ordinaria, tiene que fijarse en los limites que manda la Constitucion. Es mi punto de vista de Ingeniero, que no quiere ir mas alia que de Ingeniero, con sentido comun aplicado a estos casos; no quiero sobrepasar esos conocimientos tan "vericueteados" que tienen los abogados. Yo quiero simplemente exponer una cosa, que a mi juicio debemos resguardar, y es que a esta ley tan importante no la dejemos sujeta a los riesgos del veto; que a mi juicio, este aspecto que esta en un solo parrafo, muy simple, redactado en la Constitucion, manda que los delitos y faltas comunes cometidos por militares o por policias deben ser conocidos por los Tribunales comunes".

Eso debe quedar claramente expresado aca, y dentro de esos limites es que debe regirse el 103. Y eso es lo que pasa cuando Leonidas esta manteniendo a capa y espada, y contra el juicio de varios o de muchos su mocion, cuando manda a la jurisdiccion ordinaria los delitos comunes de los policias. Deberiamos -a mi juicio- darle un poco mas de reflexion, y entonces yo le solicitaria a los abogados que por favor senalaran si estamos limitando en ese articulo 103, tal a como esta dictaminado, si estamos respetando lo que manda la Constitucion o no lo estamos respetando y me iria bajo esas luces en la votacion del debate.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

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DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ;

Gracias, Presidente.

Es que yo pienso que no se necesita ser abogado para entender las cosas que estan claramente escritas. A veces los abogados pretenden atribuirse dotes y dones de una logia y que solo ellos pueden interpretar la sagradas escrituras del derecho; y la verdad es que lo que establece el articulo que leyo el Secretario, es la jurisdiction de los Tribunales de Justicia para los delitos comunes y eso no esta siendo negado en este articulo.

Este articulo 103, al establecer la iniciativa de la Procuraduria General de Justicia, no esta negando la jurisdiccion de los Tribunales para los delitos comunes; los policias que caigan en delito comun van a ir a parar a los Tribunales de Justicia, en la jurisdiccion de los Tribunales de Justicia.

Lo que esta diciendo aqui, es lo siguiente: esta diciendo, "hombre, para proteger de alguna manera a la institucion de la Policia, y a los policias, cuando hayan acusaciones contra policias la Procuraduria de Justicia va a darle tramite a esas acusaciones"; va a ser a traves de la Procuraduria de Justicia, ipara que? Para evitar que se esten usando falsas acusaciones para retardar la Justicia. Pero cuando sean delitos cometidos por los policias, van a ir a parar a los Tribunales de Justicia ordinaries, por delitos comunes. O sea, ahi no miro ninguna incongruencia, el delito comun del policia va a un Tribunal de Justicia ordinario, va a un Juzgado a traves de la Procuraduria, o sea, a traves de la iniciativa de la Procuraduria, pero va al Juzgado; aqui no estamos diciendo que va a otro lado.

La verdad de las cosas es que yo creo que asi a como esta en el dictamen deja garantizados a los ciudadanos, no deja en indefension a los ciudadanos, ni a cualquier ciudadano que haya sido objeto de agresion o delito por parte de un policia, de un delito comun por parte de un policia que haya sido robado por un policia, violado por un policia, asaltado por un policia; ese ciudadano no queda en indefension y tiene un canal establecido para llevar su acusacion ante los Tribunales de Justicia, que es la Procuraduria de Justicia. Eso es lo que esta diciendo este articulo y eso no es violatorio a la Constitucion, ni esta sacando de la competencia de los Tribunales de Justicia ordinaries los delitos comunes, ni esta dejando en indefension a los ciudadanos. En indefension estarian quedando los policias, cuando se venga aqui con intencion clara de paralizar a la Policia o de perjudicar y tomar venganza contra acciones de policias en el cumplimiento de su deber; cuando quitemos este articulo y los dejemos sin ningun tipo de proteccion y de garantia, y ser sujetos de venganza a traves de acusaciones falsas en los Tribunales de Justicia.

Esto quiere decir una cosa, que aqui no solo los Diputados tienen inmunidad, aqui hay procedimientos especiales -y los abogados lo saben bien- para los mismos Alcaldes; un Alcalde no puede ser acusado, no puede ser acusado directamente, tiene un procedimiento especial que los abogados lo manejan mejor que yo, y entre ellos esta el Codigo de Instruccion Criminal. Ci por que para un Alcalde se deja un procedimiento especial' Porque en la naturaleza de su funcion se considera que el Alcalde puede ser objeto de acusaciones; que en el cumplimiento de sus responsabilidades como Alcalde tiene que haber un procedimiento especial que lo prote]a. Y si esta establecido para los Alcaldes, y si esta establecido para los Diputados, <Lpor que no va estar tambien establecido un procedimiento especial para los policias, que en el cumplimiento de sus funciones se hacen de muchisimos enemigos, y se hacen de enemigos politicos por represion en movilizaciones y en manifestaciones, y se hacen de enemigos del narcotrafico por echar preso al narcotraficante, y se hacen enemigos de los delincuentes, y se hacen enemigos de media humanidad?

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Entonces aquí estamos diciendo, policía cumplí tu deber, y por cumplir tu deber, hacete enemigo de medio mundo, pero no te van a dar ningun procedimiento especial que te de alguna proteccion y garantla contra todos esos enemigos que te has echado por defender a la sociedad. Eso es lo que estamos aqul practicamente concluyendo con esos argumentos. Y entonces decimos: hombre, si al Diputado por cumplir con su deber le dames el procedimiento, y se lo damos al Alcalde tambien, y se lo damos a los Ministros, pero no se lo damos a los policlas, ve que maravilla, ha, jve que maravilla! y estamos diciendo que violamos la Constitucion, cuando la verdad es que no es asl.

Yo incluso podria inhibir a la Corte Suprema de expresarse, de dictar sentencia, no se, de fallar de inconstitucionalidad, porque fue la Corte Suprema, con una Comision la que mejoro este articulo, y no podrian pronunciarse por inconstitucionalidad porque ellos mismos fueron los que mejoraron este articulo. Entonces yo digo que lo que es bueno para el ganso, es bueno para la gansa. Y quiero respaldar el dictamen tal a como esta, en el entendido de mejorar la redaccion, que se entienda que cuando dice la Procuraduria General, no hablamos del Procurador General, sino de la Procuraduria en cualquier lugar de Nicaragua; o sea, respaldo la redaccion propuesta por el Doctor Castillo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, INSPECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL:

Realmente a nosotros, ante las exposiciones que hemos oido, nos crea una gran preocupacion. Hemos dicho que no queremos ningun privilegio, lo que queremos es una garantia, y dentro de eso quiero poner un ejemplo rapido en relacion a los jueces. Los jueces dentro de su trabajo tienen una garantia tambien para poder -y valga la repeticion-garantizar la sentencia justa y de acuerdo a su criterio, como lo manda la ley; no se le procesa igual. La actividad de la Policia no va en beneficio del policia, va en beneficio de toda la sociedad, y yo quisiera insistir en eso. Nosotros cuando actuamos, no actuamos para beneficiar al policia, sino para beneficiar a aquel que puso la denuncia, a aquel que ha visto en peligro sus bienes.

Nosotros creemos que el articulo 93 cuando habla de que los delitos y faltas cometidos por militares y policias seran conocidos por los Tribunales comunes, esta hablando de los delitos. pero quien, antes de eso, va a calificar el delito? Nunca hemos pretendido salirnos del conocimiento de los Tribunales comunes, siempre hemos planteado que tiene que ser conocido cuando el delito sea calificado, y por tanto nosotros creemos que antes hay que pensar en quien va a calificar el delito, eso es lo que pretendiamos nosotros.

Para dar ese chance, el planteamiento del Procurador lo veiamos como una figura que esta fuera de la Policia; ni siquiera planteamos a alguien dentro de la Policia, estamos planteando a alguien que esta afuera, que es parte digamos de las autoridades civiles, con lo cual queriamos garantizar esta supervision de la actuacion de la Policia y de las autoridades civiles. Por lo tanto, creemos que aqui lo que va a quedar, no es mas que quedar una Policia atada a cualquier capricho de cualquier ciudadano, o grupo de ciudadanos que se ha visto afectado por la actuacion policial, por treinta y cuatro mil detenidos que la Policia retuvo en el ano 1995, y cada uno de ellos puede poner una denuncia contra estos policias.

Entonces, esa es la realidad y quiero ver qué va a pasar.

Muchas gracias.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

En este momento y ante circunstancia, la Junta Directiva visto que estaba prevista una reunion a las dos treinta de la tarde en el despacho del Secretario, de jefes de bancadas, para continuar conversando alrededor del tema de la eleccion de Magistrados a la Corte Suprema de Justicia, suspendemos la Sesion para continuarla el dia de mañana, a las nueve de la manana, quedando anotados entre otros, los siguientes Diputados: Adolfo Garcia Esquivel, Ivan Salvador Madriz, Dora Maria Tellez, Julio Marenco, Andres Robles Perez, Leonidas Duarte, y Doris Tijerino Haslam.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Buenos dias, estimados Representantes y amigos, estamos presentes 69 Diputados.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Continua la sesion.

Estaba anotado para hacer uso de la palabra, siempre con las observaciones al articulo 103, el Diputado Adolfo Garcia Esquivel.

tiene la palabra Diputado Garcia Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Gracias.

Realmente, yo quisiera hacer una aclaracion por lo que hace a mi en lo personal, y a una gran mayoria de los Diputados. Nosotros comprendemos la inquietud de la institucion policial, sobre todo para el buen funcionamiento del Institute de Seguridad Social y Desarrollo, para garantia y proteccion de los miembros de la Policia. Como decia, una gran mayoria de los honorables Diputados estamos de acuerdo y encontramos logica la preocupacion de la institucion policial.

Nosotros, repito, no tenemos en absolute nada contra la Policia, todo lo contrario, queremos legalmente dejar garantizado a todos los miembros de la Policia la proteccion, garantia y prestaciones que son logicas para esta Institucion y para los miembros que la integran, por los numerosos peligros y exposiciones en los cuales se ven envueltos y que hasta hoy no han tenido ninguna garantia, no han tenido garantia de ninguna clase. Por supuesto, el hecho de que nosotros tengamos simpatia para regular a la institucion policial con normas, ya con su ley esa simpatia no significa que por ello vamos a permitir que aqui, en la aprobacion de esta ley se cometan violaciones a la Constitucion.

Entonces nuestra preocupacion ha sido esa, dejar efectivamente bien protegido a todos los miembros de la Policia, creando el Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humanos; por eso fue que en lo que se refiere al listado que tiene relacion entre el articulo 18 literal h) , y el articulo 32, realmente no lo pudimos permitir porque esto nunca se ha hecho; desde que existe Parlamento en este pais, Camara de Diputados, Camara del Senado, Asamblea Legislativa, nunca se ha hecho que dentro de una ley aparezca un listado, para de esa manera asignarle bienes a un organismo, cualquiera que sea.

Porque esto en realidad es irregular y se puede prestar para muchas violaciones a la Ley Suprema de este pais, y efectivamente nosotros, en ese animo y sobre todo tratando de evitar lo que se ha estado dando en este sentido; porque hay bienes inmuebles que pr&cticamente, legalmente le corresponden a la Policia, y sin embargo por cuestiones irregulares dentro de la administracion publica del Estado, de un dia para otro ese bien ha sido burlado porque no se le ha asignado a la Policia, y el Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano necesita dichos bienes para

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que pueda funcionar.

Porque de otra manera, estarlamos creando un elefante blanco que no podrla soportar el manejo de la administracion, para darle esa verdadera proteccion a todos los miembros de la Policla. For eso nemos estado insistiendo en que no debemos permitir violaciones a la Constitucion, y por el hecho de que tengamos simpatla por este proyecto de ley, eso no significa que vamos a cometer barbaridades en la aprobacion de esta ley, eso no. Una cosa es que tengamos simpatla y otra cosa es que hagamos las cosas en forma legal, como corresponde y como lo exige la responsabilidad de todos y cada uno de los integrantes de este Parlamento.

Por eso yo he encontrado bien que el honorable Jefe de la Policla, Comandante Caldera, haya solicitado un encuentro y cambio de impresiones, para tratar de encontrar una solucion juridico practica para resolver el problema del escollo que se ha presentado, y para poder continuar discutiendo esta ley hasta su culminacion y aprobacion. Precisamente despues de ese escollo, que nos hizo perder mucho tiempo, pasamos al articulo 103, y tambien encontramos otro problema.

Yo decia que con esa disposicion del 103, efectivamente se viola el articulo 93, el articulo 27 el articulo 159 de la Constitucion, que establece que la facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado le corresponde en forma exclusiva a los Tribunales de Justicia; y sobre todo en el articulo 93, se establece que los delitos comunes cometidos por el Ejercito y la Policia seran conocidos por los Tribunales de Justicia, y en el mismo sentido; pero a contrario sensu, los delitos estrictamente militares seran conocidos. Es decir, los delitos estrictamente militares cometidos por los miembros del Ejercito y la Policia seran conocidos por los Tribunales Militares.

Esos son dos presupuestos, principios que no podemos violentar, que no los podemos hacer a un lado. En consecuencia, este articulo 103, efectivamente violenta esos presupuestos, violenta esas disposiciones constitucionales y por otro lado violenta la liberalizacion de la accion penal que se obtuvo a traves de la Ley 124, mediante la cual se derogo el monopolio de la accion penal. Entonces, si nosotros queremos obligar a un ciudadano a que vaya primero a la Procuraduria para que se determine si puede o no puede el ciudadano acudir a los Tribunales de Justicia, a interponer las acusaciones o denuncias pertinentes, entonces le estamos violentando su derecho.

Y le estamos violentando su derecho de igualdad en cuanto a la administracion de Justicia, que es igual para todos los ciudadanos, para todos los nicaragiienses. Por ese motivo yo he objetado esta disposicion del 103; tal a como esta en el dictamen, no lo podemos permitir. Lo que yo quiero en el fondo, es que nos ajustemos a la disposicion constitucional, que por un lado establece lo relative a la accion penal para todos los ciudadanos y por otro lado establece que los delitos y faltas cometidas por los miembros del Ejercito y de la Policia seran conocidos por los Tribunales comunes. Entonces, yo quiero que cumplamos con esa disposicion.

De nada sirve que aprobemos esta disposicion tal a como esta en el dictamen, ipor que? Porque eso va impedir que esta ley entre en vigencia, porque obligadamente por un lado eso va a obligar al Ejecutivo a vetar esta ley. Y por otro lado despues del veto, esto daria lugar a un recurso, porque cualquier ciudadano tiene derecho constitucional de interponer el recurso para proteger un derecho y garantia constitucional, que es el de la accion penal. Entonces de nada serviria que estemos discutiendo aqui, y aprobando ese articulo tal a como esta en el dictamen, porque eso va a ser objeto de un recurso, y ademas va a ser objeto del veto.

Esta es una cuestion bien simple, que no ofrece ninguna dificultad; no ofrece ninguna dificultad entender el articulo 93, el 27 y el

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159 de la Constitucion, no lo podemos obviar. Entonces, lo que yo veo es que para mí es urgente que ya la institucion policial tenga su ley, que va a regular todas las situaciones que tienen que ver con las funciones y activldades de la Policla. En consecuencia, por lo que he dicho y senalado, yo les pediría a los honorables colegas que nos ajustemos a la Constitucion.

Es decir, de nada sirve que aprobemos el artículo, porque eso daria lugar a que esta ley no entrara en vigencia; esto va a dar lugar a que la ley sea vetada por el Ejecutivo. Y la cuestion es bien simple, porque esos articulos, el 93 y el 159 son tan claros y evidentes, que con una interposicion de un recurso en diez lineas, cualquier Tribunal va reconocer que el articulo tal a como esta propuesto, violenta la Constitucion y va a declarer con lugar el recurso y no va entrar en vigencia la ley de la Policia. Y la gran mayorla de los honorables Diputados, y yo, estamos de acuerdo en hacer una ley que entre en vigencia ya, lo mas inmediatamente posible.

Entonces, yo ruego reflexion, a los honorables Diputados, en relacion a este articulo 103, para que apoyemos la mocion del honorable Diputado Leonidas Duarte, que es la que se ajusta a la disposicion constitucional y a lo dispuesto en relacion a la liberalizacion de la accion penal, a la cual como garantia constitucional tienen derecho todos los ciudadanos de este país.

Muchas gracias, con todo respeto a los honorables Diputados y a la honorable Junta Directiva.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Ray Hooker Taylor.

DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:

Presidente, quiero solicitar la autorizacion de la Junta Directiva, para informar acerca de la situacion tragica que estan viviendo los habitantes de los Municipios de Laguna de Perlas, Kukrahill, de la Barra del Rio Grande, de El Tortuguero, y otras. El dia lunes, junto con un equipo de doce tecnicos, hicimos una visita a las zonas afectadas, y la situacion que vive la poblacion es tragica, definitivamente es tragica. Todas las cosechas de la poblacion de estos cinco Municipios: Municipio de Kukra-Hill, Municipio de Laguna de Perlas, Municipio de la Cruz de Rio Grande, el Municipio de la desembocadura del Rio Grande, el Municipio de El Tortuguero, todas las cosechas estan destruidas, todo lo que son platanos, bananos, arroz, maiz, esta en el suelo, todas las frutas de los arboles frutales.

Las frutas maduras y las frutas verdes estan en el suelo, lo que significa que en los proximos dias, en los proximos seis meses del proximo ano, esta poblacion va a estar padeciendo de hambre generalizada. Tambien quiero destacar la situacion de la salud, todos los pozos fueron inundados, en algunos casos por las aquas del Oceano Atlantico, en otros casos por las aguas de la Laguna ie Perlas; esto significa que la situacion de agua potable es sumamente preocupante. A consecuencia de la contaminacion de las fuentes de agua potable y la falta de medicamento y de atencion medica de parte de las autoridades, hay probabilidades de epidemias generalizadas.

Hay buena voluntad de los trabajadores de la salud en la Region, pero no tienen medios para movilizarse y no tienen gasolina y combustible, ni medicamentos para atender a la poblacion. En esas circunstancias, significa que si no se toman las medidas pertinentes, rapidamente epidemias de distintos tipos se van a generalizar en estos cinco Municipios. En la comunidad de Tasbapauni, por ejemplo, la Laguna de Perlas se junto con el Oceano Atlantico por unas horas formando una sola masa de agua, solamente

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porque la gente sabe manejarse en las aguas es que no tuvimos desastres mas contundentes.

La situacion de los bosques: Atravese junto con el equipo parte del rlo Wawashan, los bosques a ambos lados del rlo estan seriamente golpeados, bastante afectados; acuerdense que esta region fue devastada en 1988 por el Huracan Juana"; algunos anos despues, estos mismos bosques estan siendo afectados otra vez, lo que significa que la recuperacion que se habla logrado se ha perdido. Muchos de los Pescadores perdieron sus aperos de pesca, entonces esta combinacion de la destruccion de los cultivos y la perdida de los aperos de pesca, aumenta la probabilidad de hambre y epidemia generalizadas en la Region; mas de dos mil manzanas de cultivo nan sido destruidos.

Hay que alabar la iniciativa propia de la poblacion. Realmente la poblacion por iniciativa propia hizo los preparatives necesarios para enfrentarse de una manera creativa y dinamica a la situacion; no ha habido una respuesta apropiada y adecuada del Gobierno Central. Ayer por ejemplo, ninguna autoridad del nivel nacional habia llegado a las areas afectadas. En Tasbapauni la situacion fue tal, que los muertos sallan de los cementerios debido a que se formo una sola masa de agua entre la Laguna de Perlas y el Oceano Atlantico; sin embargo la poblacion no ha recibido medicamentos ni ninguna atencion, y no por falta otra vez -repito- de los trabajadores de la salud, ellos tienen la voluntad de trabajar pero no tienen los medios, no tienen el combustible, ni tienen los medicamentos.

La situacion de la educacion esta tambien bastante afectada porque en casi todas las comunidades las escuelas han tenido que ser utilizadas como refugios para la poblacion; los supervisores y los responsables de la educacion tampoco han tenido los medios para constatar la situacion del desastre generalizado. Si no se emprende con urgencia un programa para ayudar a la poblacion a sembrar rapidamente los cultivos danados, se va a prolongar por mucho tiempo mas el hambre en una poblacion que ha estado sufriendo durante muchos anos.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Diaz.

Tiene la palabra la Diputada Dora Maria Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Este tema del articulo 103, nos lleva por varias discusiones. Yo creo que la preocupacion deriva del hecho de que colocar al Procurador como instancia jurisdiccional, es verdaderamente una anomalia en terminos juridicos. Efectivamente colocar al Procurador, tal a como esta redactado el articulo 103, para estimar o desestimar una denuncia y colocandole como segunda instancia el Tribunal de Apelaciones y luego a la Corte Suprema, convierte al Procurador en un Juez; y el sistema judicial no comienza con el Procurador, comienza con los jueces.

Estamos hablando aqui del caso de delitos comunes, es decir, no son delitos causados por el servicio policial lo que esta establecido en el Codigo Militar; estamos hablando aqui de la comision de delitos comunes por policias y de la defensa de los derechos de los ciudadanos a presentar demandas frente a la instancia jurisdiccional, frente al Juez, en el caso de que sean violados sus derechos por un policia, es decir, en el caso de que hayan sido victimas de un delito comun, cualquiera que este sea.

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La Policla planteaba aqui el problema de la indefension respecto a lo que puede ser una avalancha de demandas hechas contra policias, en venganza por el servicio policial. Yo tiendo a creer que hay un sobredimensionamiento por parte de la Policla de lo que puede ser la actuacion de la sociedad en relacion al trabajo de la misma Policia; no es cierto que hay treinta mil familiares de los treinta mil detenidos, que van a poner demandas para acusar a policias por delitos o actos cometidos en el cumplimiento del servicio, estamos hablando aqui especificamente de delitos comunes.

En realidad no hay ninguna razon para sustraerlos del fuero ordinario. Yo respaldo la posicion de Leonidas Duarte para dejar a la Policia sometida al fuero ordinario; hemos estado tratando de buscar una salida en el caso de que las acusaciones sean por actos derivados del servicio policial, pero en realidad no hemos podido encontrar todavia hasta ahora esta salida. Tal vez el Doctor Castillo que sabe de estas cosas, o Leonidas, pues, tiene la posibilidad de encontrar ahi, que una vez que el caso este en el juzgado pueda haber digamos una estimacion de la denuncia por el juez, de tal forma que efectivamente no de tramite a lo que pueden ser denuncias falsas y hostigamientos a la Policia.

Pero si estariamos partiendo de que todos los casos de delitos comunes van al Juez de la jurisdiccion ordinaria, en primer lugar; y en segundo, que la iniciativa de la accion penal corresponderia a los ciudadanos particulares o a la propia Procuraduria. De manera que yo esperaria Presidente, la propuesta que tiene Leonidas, a ver si logramos destrabar un poco la inquietud que tenemos en esto.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra la Diputada Miriam Argüello Morales.

DIPUTADA MIRIAM ARGÜELLO MORALES;

Gracias, Presidente.

La manana de hoy tuvimos una conversacion en un desayuno al que fuimos invitados los jefes de bancadas por los jefes de la Policia Nacional, dada la inquietud -entiendo yo- que hubo en este Plenario el dia de ayer, en relacion a que no se conocia la procedencia y el listado de esas propiedades a las cuales hacia referencia el proyecto de ley, para efecto de servir como soporte al Institute de Asistencia Social o de Prevision Social de la Policia. Nos fue presentada una lista de todas las propiedades a las que hacen referencia, y nos encontramos con un listado mayoritario de propiedades las cuales fueron adquiridas por el Estado a traves de normal escritura de compra-venta.

Es decir, que los verdaderos duenos, legitimos duenos de esas propiedades, vendieron por su espontanea voluntad al Estado esos bienes. Nos ensenaron sus record registrales, sus historias registrales relacionadas con esas propiedades; y habia otro bloque mas pequeno de propiedades, que unas de ellas fueron sujetas de expropiacion y otras a traves de confiscacion. Estuvimos conversando y discutiendo, y al menos yo exprese ahi un criterio, porque ellos proponian que si no era posible poner todo el bloque de las propiedades para la creacion de ese Institute, que se separaran aquellas propiedades en las cuales no habia ninguna duda que su trasmision era normal de acuerdo a la ley, dentro de la normalidad de una escritura de compra-venta.

Yo me manifeste y me manifiesto ahora, en el sentido que considero que habiendo una trasmision perfectamente normal y voluntaria de los legitimos duenos de esas propiedades al Estado, yo no veo por que no puedan ser tomadas esas propiedades de una vez y puestas como un bien de ese Institute de Prevision Social, dejando por separado aquellas propiedades que fueron objeto de expropiacion o de confiscacion, para ser analizadas su procedencia y su situacion legal a traves de una comision conformada por medio de la

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Contraloria General de la Republica.

Pero he escuchado aqul nuevamente el criterio del Doctqr Garcla Esquivel, que fue esgrimido incluso ahi, y yo crel que ya al final de la conversacion habiamos quedado de acuerdo en esa posibilidad; pero escucho nuevamente el criterio de que como no se ha acostumbrado en ninguna ley a especificar propiedades, el invoca violacion constitucional. Yo quisiera pedirle al Diputado Garcia Esquivel que me senalara especificamente en la Constitucion de la Republica a donde dice que eso no puede hacerse, y que articulo especificamente de la Constitucion de la Republica se viola al hacerse eso.

Porque incluso, el manifestaba primero que nosotros no nos podiamos convertir en Tribunales de Justicia. Yo creo que los Tribunales de Justicia son para esclarecer o determinar litigios o litis; pero cuando ha habido una transaccion normal, a traves de una escritura de compra-venta normal, con todas la voluntades expresadas ahi, no hay ninguna litis; entonces nosotros no nos estariamos convirtiendo en ningun Tribunal de Justicia. Ademas, esta Asamblea Nacional esta facultada por la Constitucion para hacer cosas mayores, como para autorizar la tranmision de los bienes del Estado que quiera hacer el Ejecutivo, como para aprobar o no los tratados, convenios, concesiones y todo lo que quiera hacer el Ejecutivo.

Entonces yo no veo la razon del porque esta Asamblea Nacional no pueda autorizar en una ley, que unos bienes que estan normalmente trasmitidos, sin ninguna duda, no puedan ser puestos a disposicion de ese Institute de Prevision Social. Es decir, yo quisiera que me senalaran el punto especifico en donde la Constitucion prohibe hacer la especificacion de unos bienes, porque dado que en el proyecto hay dos tipos de bienes, unos trasmitidos normalmente y otros que fueron, digamos, tornados por expropiacion y otros por confiscacion, para poder hacer esa separacion. Repito, yo crei que ya habia quedado salvada esa situacion esta manana cuando habiamos de eso, porque yo no le encuentro la violacion constitucional.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL;

Tiene la palabra el Diputado Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES;

Gracias, Presidente.

Yo preferirla esperar la propuesta que esta preparando la Comisi6n, y despues me reserve el derecho de hacer uso de la palabra.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ;

Presidente, es que primero quisiera que me aclaren cual de los dos temas se esta discutiendo, porque la verdad es que he escuchado indistintamente Diputados hablar del patrimonio y Diputados hablar de la cuestion judicial; para poder intervenir quisiera que me aclararan eso, y asi no intervenir fuera de orden.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Estamos discutiendo el articulo 103.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

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Gracias.

Ayer se dieron argumentos alrededor de que lo que se habla dejado por esta misma Asamblea establecido en el Codigo de Organizacion Militar, respecto a que la competencia de los organos judiciales comunes y militares habia sido una disposicion transitoria, lo cual no es cierto. Esta Asamblea Nacional, en el Capitulo II, Seccion I, articulo 42, dejo de manera muy clara y nada transitorio un procedimiento especial para los militares en servicio activo, y ese procedimiento especial dice lo siguiente:

Articulo 42 del Codigo Militar: "Cuando el delito o falta cometida por miembros del Ejercito fuera comun, sera conocido por Tribunales de la jurisdiccion ordinaria; la iniciativa de la accion penal de oficio o a peticion de parte correspondera a la Procuraduria General de Justicia. En caso de solicitud de parte, la Procuraduria General de Justicia debera pronunciarse en un plazo no mayor de cinco dias. Si la Procuraduria no emite resolucion alguna en el plazo establecido, se entendera como negativa y se procedera conforme quedo establecido".

Y aqui practicamente estoy leyendo algo muy similar, incluso mas duro de lo que el articulo 103 esta proponiendo, y fue una ley aprobada por este Plenario, fue una ley aprobada por esta Asamblea Nacional y recuerdo yo que con suficiente cantidad de votos, es decir, con holgura de votos, con mucho consenso. Ahora me sorprende venir a escuchar argumentos de inconstitucionalidad, incluso por gente, por Diputados que en esa oportunidad no dieron esos argumentos. Entonces, aqui esta Asamblea aprobo un Codigo de Organizacion Militar que dice exactamente lo mismo que esto que estamos estableciendo a la Policia, y muchos de los que estan hoy argumentando, no argumentaron inconstitucionalidad, ipor que vienen entonces ahora a argumentar inconstitucionalidad?

Ademas, yo quisiera preguntarle a nuestros eminentes juristas, cual es la situacion legal que se crearia si se viene a votar aqui un dictamen por inconstitucionalidad, en que queda la Ley de Organizacion Militar que fue aprobada exactamente igual. O sea, que alguien por favor me consteste esta pregunta: si aqui se vota esto por inconstitucional, en que queda la Ley de Organizacion Militar que dice exactamente lo mismo y fue aprobada por esta Asamblea. Yo le solicitaria, pues, a la Junta Directiva o a la Asesoria Juridica una respuesta sobre este asunto, porque no puede ser que aqui aprobamos un Codigo de Organizacion Militar para el Ejercito y no es inconstitucional; y para la Policia lo mismo y si es inconstitucional.

Yo creo, y vuelvo a insistir que sin pretender darmelas de abogado, hombre, este articulo 103 no esta proponiendo sacar los delitos comunes de la jurisdiccion ordinaria de los Tribunales; lo que esta estableciendo es un procedimiento, un canal para la denuncia de esos delitos comunes. Aqui lo que se esta proponiendo, en el articulo 103, es un fuero especial, no se esta proponiendo un fuero militar, un fuero policial; lo que se esta estableciendo es un procedimiento para la denuncia, denuncia que al fin y al cabo llega a caer al Tribunal de Justicia Ordinario, y en ese sentido no es violatorio de la Constitucion.

Entonces, por favor que me constesten los que estan hablando de inconstitucionalidad, en que quedaria el Codigo de Organizacion Militar que fue aprobado con un texto identico al que estamos ahora discutiendo y cuestionando.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra Edmundo Castillo Ramirez.

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DIPUTADO EDMUNDO CASTILLO RAMIREZ:

Muchas gracias, Presidente.

Creo que vale la pena contestarle al Diputado Alonso Porras. Hay que recordar que primero aprobamos nosotros la Ley Militar y a los muchos meses hicimos las reformas a la Constitucion Politica; recordemos que la reformas a la Constitucion Politica, su publicacion fue un caso de meses, de meses de situacion problematica en la Asamblea y que nos dio como consecuencia, para que la Presidenta de la Republica lo pudiera hacer, firmar la famosa Ley Marco que es un adefesio juridico. Primera cosa.

Segundo, hay lo que se llama ley posterior, que deroga la ley anterior; o sea que la ley ultima, que en ese caso es la Constitucion, derogo o modified la Ley Militar anterior. Es verdad, hay una contradiccion, pero cuando existen contradicciones de leyes, que es lo que se conoce como antinomia, leyes que se oponen, en ese caso lo que prevalece es la Constitucion de la Republica. Esa es la explicacion que le daria a sus inquietudes. Lo otro es que tres personas estamos buscandole solucion a este problema, porque estamos conscientes de que a la Policia se le debe dar garantlas para que cumpla con su deber y evitar que los delincuentes se aprovechen del derecho de la iniciativa penal para estarla acusando criminalmente.

Pero por el otro lado, tenemos una Constitucion Politica o un articulo de la Constitucion Politica que es bien claro, que establece que el Poder Judicial es el que debe conocer. En terminos de Derecho Procesal Civil o Criminal, conocer es lo que se llama el derecho de la accion, que se debe presentar la acusacion en los Juzgados. Entonces no podemos, la iniciativa de la accion, su resolucion de si precede o no precede, dejarla en una autoridad administrativa como es el Procurador General de Justicia. Y en ese articulo tal a como esta redactado, se establece un procedimiento administrative extenso, de tal manera que primero el Procurador la recibe y despues hay un tramite sin plazo; segundo, hay una resolucion, esa resolucion va al Tribunal de Apelaciones; y por ultimo va a recurso de casacion.

Entonces, practicamente hay un empantanamiento o hay digamos un atraso administrative a un derecho constitucional, que consiste en la iniciativa que tienen los ciudadanos de pedir el auxilio ante los jueces correspondientes. Ante esos dos polos, por un lado el principle constitucional, y por el otro, el interes de la realidad juridica o realidad practica que existe en la Policia, los tres, el Doctor Duarte, el Doctor Garcia, que es especialista en Derecho Penal, hemos estado buscando una solucion y vamos a presentar un proyecto en el cual tenga el ciudadano el derecho de la iniciativa de presentarlo a los juzgados, o sea, respetar la garantia constitucional de que son los jueces los que van a conocer.

Despues estamos estableciendo ahi un procedimiento, un procedimiento de mandar a oir al organismo de la Policia, *1 encargado de los asuntos internos o al de Investigaciones Criminales de la Policia, para que este haga un proceso, y dentro de un plazo fatal de diez dias emita un dictamen y ese dictamen va ir donde el Juez. Tambien estamos viendo el caso de que pasaria si al mandar a oir ese dictamen de diez dias, la Policia nunca contesta por querer ayudar a algun amigo, etc., en una ayuda mal entendida, entonces ahi se esta aplicando el concepto del silencio administrative al silencio judicial, que si pasado un termino de diez dias, el Organo de Asuntos Internos o el de Investigaciones Criminales de la Policia no da una respuesta, el Juez debe seguir el proceso correspondiente.

Entonces en esa etapa de procedimiento: uno, que se debe respetar la Constitucion Politica y tiene el ciudadano el derecho de presentarlo ante las autoridades. Dos, que se manda a oir al organismo policial en un termino fatal, y que si en ese término

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fatal no da una respuesta, da como consecuencia que el Juez continúe con la causa. Yo no tengo a mano la mocion que se va a presentar, porque tambien queremos que saiga algo -digamos- en consenso o con el criterio practice de la vida real o las situaciones reales que tiene la Policia. Pero hay una moción que va a ser presentada por el Doctor Garcia, el Doctor Duarte y mi persona y que vamos a someter a consideración de ustedes.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Mientras se busca el consenso sobre el artlculo 103, la Junta \Directiva, vamos a pasar al articulo 104. :

Observaciones al articulo 104.

Tiene la palabra la Diputada Dora Maria Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

En realidad, el 104 y el 105 son parte del mismo debate, sería conveniente mejor pasar al 106. ;

PRESIDENTE EN FUNCIONES ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Tiene la palabra Leonidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, señor Presidente.

Sobre el articulo 103, lógicamente ayer expresábamos que se violentaban algunos artículos de la Constitución de la República, y que es lógica la preocupación de la Policia cuando se cometen delitos en ejercicio de sus funciones y puedan venir policias, (perdón), delincuentes a acusar a los policías a consecuencia de esto, de que me pusiste una bolsa de marihuana, etc., o una serie de cosas. Hemos llegado al consenso con los órganos de la Policia, de un articulo que quedaría de la siguiente manera, que sería el articulo 103, y se va a leer de la siguiente forma:

"La iniciativa de la accion penal en delitos comunes, de oficio o a peticion de parte, se entablara en la jurisdiccion ordinaria. Cuando las autoridades judiciales reciban denuncias o acusacion en contra de miembros de la Policia Nacional, el Juez que conozca de la misma, de previo y especial pronunciamiento ordenara al Organo de Asuntos Internes, o en su defecto a Investigaciones Criminales de la Policia Nacional, que proceda a la investigacion de esta, quien en el termino de diez dias habiles entregara el expedients investigative, prorrogable a criterio del Juez. En caso de silencio en ese plazo por las autoridades de Policia quedara autorizado el Juez, para la continuacion del proceso. El Juez, despues de tener el expediente investigative, mandara a oir al Procurador para que dentro de tres dias habiles y fatales exprese su criterio, y el Juez valorara si es procedente o no la continuacion del proceso penal".

Entonces, es la mocion que en consenso se ha llegado con la Policia, con las autoridades nacionales de la Policia, y firman esta mocion el Doctor Garcia Esquivel, el Doctor Edmundo Castillo Ramirez y mi persona.

Gracias.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Mocion de cambio para el articulo 103: "La iniciativa de la accion penal en delitos comunes, de oficio o a peticion de parte, se

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entablará en la jurisdiction ordinaria. Cuando las autoridades judiciales reciban denuncias o acusacion en contra de miembros de la Policia Nacional, el Juez que conozca de la misma, de;previo y especial pronunciamiento ordenara al Organo de Asuntos Internes, o en su defecto a Investigaciones Criminales de la Policia Nacional, que proceda a la investigacion de esta, quien en el termino de diez dias habiles entregara el expediente investigative, prorrogable a criterio del Juez. En caso de silencio en ese plazo por las autoridades de Policia, quedara autorizado el Juez para la continuacion del proceso. El Juez, despues de tener el expediente investigative, mandara a oir al Procurador para que dentro de tres dlas habiles y fatales exprese su criterio, y el Juez valorara si es procedente o no la continuacion del proceso penal".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Secretario, lea de nuevo el articulo mientras estan afinando la mocion de consenso.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Mocion del articulo 103, es la siguiente: "La iniciativa de la accion penal, en delitos comunes, de oficio o a peticion de parte, se entablara en la jurisdiccion ordinaria. Cuando las autoridades judiciales reciban denuncias o acusacion en contra de miembros de la Policia Nacional, el Juez que conozca de la misma, de previo y especial pronunciamiento ordenara al Organo correspondiente de la Policia Nacional, que proceda a su investigacion.

Dicho Organo, en el termino de diez dias habiles entregara el expediente investigative; este plazo sera prorrogable por una vez, a criterio prudencial del Juez. Una vez transcurrido el plazo y en caso de silencio de las autoridades de la Policia, el Juez continuara el proceso.

El Juez, despues de tener el expediente investigative, mandara a oir al Procurador para que dentro de tres dias habiles y fatales exprese su criterio, y el Juez valorara si es procedente o no la continuacion del proceso penal".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Diaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ;

Yo miro que este articulo se acerca bastante a lo que estamos buscando; solamente que aqui en lo que estamos todos -creo yo- de acuerdo, es en la necesidad de establecer algun tipo de mecanismo especial que le de proteccion a la Policia para no ser hostigada, para no ser retardada en su trabajo por acusaciones falsas con animo de estar hostigando. Yo le haria dos mejoras que a mi juicio -a ver si el mocionista esta de acuerdo- creo que terminaria de completar ese animo. la mejora es que donde se dice que cuando el Juez reciba denuncias, pueda aclarar que se trata de denuncias de particulares.

Creo que no esta mal dejarlo claro, porque pueden ser denuncias por delitos comunes de instituciones del Estado, etc., y no deberia de haber un procedimiento protector o especial para la Policia; anadirle eso y dejar claro que son denuncias de particulares. Y en segundo lugar Presidente, yo introduciria un parrafo que diga que "Los policias sujetos a investigacion y proceso judicial por denuncia de sus cargos, no podran ser suspendidos de sus funciones hasta que exista sentencia firme condenatoria".

Lo digo, porque precisamente uno de los objetivos a proteger con el espiritu de este articulo es no estar vulnerando la institucion policial, en el sentido de que se venga una cadena de denuncias contra el escalon de mando de la Policia, y de acuerdo a la ley

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todo el escalon de mando de la Policia deberia de ser suspendido, en tanto no se esclarezca a nivel del Juez o del Tribunal competente si es inocente o es culpable; y podriamos tener suspendido al Jefe de la Policia, al Segundo Jefe de la Policia, al Jefe de Managua y al Jefe de Investigacion, o al Jefe de Narcotrafico, por poner un ejemplo.

Entonces, el punto de la suspension del trabajo, que tal vez es lo que mas estamos buscando como proteger, porque no buscamos como proteger al policia como sujeto, sino que estamos buscando como proteger al trabajo que ese hombre esta desarrollando; me parece que esa parte del trabajo que el hombre esta desarrollando no queda claro, y de acuerdo a las leyes, en este momento si el Juez da curso a la denuncia, entonces inmediatamente deberia ese policia ser suspendido de la responsabilidad de sus funciones.

Entonces, yo creo que esta "colita" al decir que "no sera suspendido de sus funciones hasta que exista una sentencia firme", pues terminaria de completar el objetivo que estamos buscando: darle una proteccion al trabajo policial, sin violar la Constitucion -a como se ha argumentado aqui- y sin lesionar los derechos ciudadanos. Entonces no se si los mocionistas se pondrian de acuerdo conmigo en estas dos propuestas que estoy introduciendo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra Dora Maria Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO;

Gracias, Presidente.

Yo me quiero poner de acuerdo con la mocion de Leonidas y la primera mocion de Alonso, que me parece un poco sobrancera, pero no importa pues; pero no con la ultima mocion de Alonso. Es decir, por un lado hay que garantizar que la Policia y los policias no sean hostigados de gusto; pero por otro lado hay que garantizar a la ciudadania. No hay ninguna razon por la cual un policia que esta ya en un proceso judicial pueda seguir ejerciendo como policia, si lo que tiene en la mano es una autoridad, es decir, ejerce una autoridad; una vez que el Juez ya ha decidido dar curso al proceso, debe quedar suspense de sus funciones como policia.

Otra cosa es que no quede suspense de sus derechos, de sus derechos no, sigue recibiendo su salario, no pierde derecho a su escalafon, todos los derechos los mantiene, lo unico que no mantiene es el ejercicio de sus funciones policiales. £Por que? Porque implica ejercicio de autoridad. Ciertamente puede salir inocente, por eso es que conserva toda su prerrogativa y derechos, pero puede salir culpable tambien. En todo caso habria que dejarle al Juez que una vez que el decida iniciar el proceso, que le de curso al proceso, queden suspensas las funciones, el ejercicio de sus funciones como policia.

Eso es lo menos que como garantia al ciudadano podemos poner. De manera que yo estaria opuesta a esa segunda mocion de Alonso, a menos que la condicione, es decir, a la fase preliminar que se esta estableciendo en el articulo 103, que va a tener el Juez.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ;

Gracias, senor Presidente.

Creo que con la mocion que estaba haciendo el Diputado Alonso Porras, para adicionar a la propuesta de mocion que habiamos hecho, en cuanto al planteamiento de agregarle "particulares", restringe

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la moci6n, porque verdaderamente dejaria ese procedimiento solo para los particulares. Entonces estamos hablando de que se deje abierto para todo tipo, venga de oficio, venga a peticion de parte, a como sea, tiene que llevar ese procedimiento. Verdaderamente restringiria, deberia ser en estricto sensu la propuesta que realiza el Diputado Alonso Porras.

Y sobre agregarle la "cola" de la que se hablaba ahi, de no suspenderles las funciones, eso lo habiamos platicado con los altos mandos de la Policia, y les deciamos, ique pasa? Bueno, en la fase instructiva, en el articulo 102 aprobamos que no va a estar el policia encarcelado con la gente, sino que va a estar en la unidad. cEntonces que sucede? ique pasa si en la fase instructiva al hombre se le imputa "AP", el auto de formal prision? Sus derechos se le suspenden, quedan suspendidos sus derechos hasta que el llega al Jurado, y si el Jurado lo absuelve, el vuelve; la misma Constitucion es bien clara al establecer que el vuelve a adquirir sus derechos ciudadanos, y por lo tanto no se le puede venir y revertir.

En este sentido, la pena de que le quedo suspendido el escalafon, que le quedo suspendido el salario, se le tienen que restituir; eso es bien claro en la Constitucion. Entonces esta de mas -creo yo-establecerlo, porque ya esta establecido el procedimiento en el Codigo Penal, en el Codigo de Instruccion Criminal lo de sus derechos; en la misma Constitucion, en los Derechos Laborales, que cada ciudadano al momento que es absuelto, vuelve a recobrar sus derechos ciudadanos. En ese sentido creo que no cabe la ultima parte de la mocion establecida por el Diputado Alonso Porras.

Porque si se le establece un "AP", seria verdaderamente en ese sentido violatorio. jldiay!, la misma Constitucion establece que si se te imputa un delito se te suspenden tus derechos. Pero aqui no se le quitarian los derechos, quedan suspenses, no es que quedan extintos, son dos cosas distintas.

Entonces si el Jurado lo absuelve, el recobra sus derechos, no se le afecta en su antigiiedad; eso inclusive lo habiamos hablado con los altos mandos de la Policia, que tiene que ser salvado en el Reglamento de la Policia.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO;

Gracias, Presidente.

Yo pienso que si todos hacemos un esfuerzo por acercar las posiciones, podemos lograrlo buscando un equilibrio entre que la sociedad civil quede protegida de las eventuales arbitrariedades o anomalias del cuerpo policial, a como tambien esta no sea una policia de miedosos, inhibidos, porque puedan sentirse a merced de ser hostigados por la delincuencia de este pais que cada vez adquiere formas mas agresivas, sobre todo con la introduccion de los aspectos del narcotrafico en nuestro pais.

A mi me da la impresion, y yo simpatizo con la mocion del colega Alonso Porras, porque creo que vendria a redondear de una manera equilibrada la proteccion que necesita el ciudadano civil y la proteccion que necesita la Policia. Fijense bien colegas, que esto es muy importante: Si se suspende en el cargo al jefe policial, desde la unidad de transito de un Departamento, desde el Jefe de Seguridad Publica de un Municipio, o desde el Jefe de Antinarcoticos de una Estacion de Policia, o nacional, si se suspenden los cargos, perfectamente podria desestabilizarse la Policia en cosa de un mes; en cosa de un mes fuerzas poderosas de

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la mafia, fuerzas poderosas de la delincuencia, sencillamente le destituyó y le sacó del cargo a treinta, cuarenta, cincuenta funcionarios, que son los primeros especialistas en el trabajo.

¡Ojo con lo que estamos discutiendo! El camino más expedito para desestabilizar no solamente el cuerpo policial, sino para golpear el ánimo y la moral del Policía contra la delincuencia, es ponerle como una espada de Damocles que él puede perder el cargo. Pero además, me parece una gran injusticia, porque se está sancionando al policía desde antes, se le están quitando derechos mas allá de lo que la misma ley permite; una cosa es que el deje de trabajar y otra cosa es que se le destituya de su cargo por una presuncion; es dejar a toda la jefatura de la Policia, desde el Director General hasta el más pequeño jefe, como hoja en el verano, en una total indefensión.

No puede ser correcto que se le suspenda del cargo por una presuncion, porque sencillamente cualquier persona civil, cualquier organizacion de banda de roba-carros que tanto abundan, cualquier organización de narcotráfico que esté ocupando nuestro pais, de lavado de dolares, etc., el camino más fácil de desestimular a la Policía para que no se meta a fondo a golpear la delincuencia, es teniendo encima, en sus distintos niveles una espada de Damocles y que puedan ser destituidos de sus cargos. Y a esta gente le estamos creando una carrera policial, desde que entran a los diecisiete años a la Academia de Policía, hasta que se jubilan a los cincuenta o cincuenta y cinco años.

No se puede jugar con la carrera de ellos, ni se puede permitir que una organizacion delincuencial poderosa meta en cuestion de dias, una total inestabilidad en el mando de la Policia. Lo que Alonso Porras esta planteando no es descabellado, Dora Maria. Alonso lo que esta planteando es que se continue el caso, pero que el hombre no sea castigado de antemano, que no sea sancionado de antemano; se le esta juzgando por una cuestion en que incluso se esta metiendo a la Procuraduria Penal para que se pronuncie, a ver si amerita el caso; le estamos dando todavia una prorroga de discrecion del Juez, y encima de eso porque no sabemos si es inocente o culpable el policia, lo castigamos, lo sancionamos de antemano destituyendolo del cargo.

Recuerden que en la cuestion militar y en la cuestion policial el castigo, la sancion, el bochorno mas grande que se le puede hacer a uno de ellos es destituirlo de su cargo, y lo estariamos destituyendo antes de ser declarado culpable. Y un ultimo elemento que yo quiero reforzar, lo que decia el colega Alonso Porras, es que al hacer esto se esta desestabilizando a la Policia. Yo le rogaria a mi amigo Leonidas Duarte, le rogaría a "Fito", a nuestro querido "Fito", le rogaría a todos que aceptemos esa ayuda, ese reforzamiento que está planteando el Diputado Porras.

Y ya de una vez démosle estabilidad a la sociedad y estabilidad a la Policía, con un artículo sabio, que yo creo que es la combinación colectiva de la inteligencia de Leónidas, de la inteligencia de "Fito" y lo que ha planteado nuestro querido hermano Alonso Porras.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES FONSECA;

Quisiera por favor escuchar la moción del Diputado Leónidas Duarte, y posteriormente me reservo el derecho de hacer uso de la palabra.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Vamos a rogarle al Secretario dar lectura a la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

"La iniciativa de la accion penal en delitos comunes, perseguibles de oficio, o a peticion de parte, se entablara en la jurisdiccion ordinaria. Cuando las autoridades judiciales reciban denuncias o acusaciones de particulares en contra de miembros de la Policia Nacional, el Juez que conozca de la misma, de previo y especial pronunciamiento ordenara al Organo correspondiente de la Policla, proceda a su investigacion.

Dicho Organo, en el termino de diez dlas habiles entregara el expedients investigative; este plazo sera prorrogable por una vez, a criterio prudencial del Juez. Una vez transcurrido el plazo y en caso de silencio de las autoridades de la Policia, el Juez continuara el proceso. El Juez, despues de obtener el expediente investigative, mandara a oir al Procurador para que dentro de tres dias habiles y fatales exprese su criterio, y el Juez valorara si es procedente o no la continuacion del proceso penal".

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES FONSECA:

Gracias.

Yo querla tener la oportunidad de escuchar nuevamente la mocion de este tema que ha sido tan controvertido, para hacer las siguientes reflexiones: Yo lo que quisiera plantear al honorable Plenario es: cuales son los bienes juridicos que estan siendo defendidos en este articulado o en este articulo. Yo creo que vale la pena que reflexionemos en que hay bienes juridicos de dos tipos, o que tienen que ver con dos sectores de la sociedad. Y repito, quiero hacer esta reflexion para efectos del Diario de debates.

Uno de los bienes juridicos que esta quedando establecido, de acuerdo a la mocion del Diputado Leonidas Duarte, es aquel que tiene relacion con las garantias constitucionales y que tiene que ver con los derechos ciudadanos y con el derecho de ejercer las acciones de acuerdo al articulo 193 que esta en nuestra Constitucion. Ese es un tipo de bien juridico. El otro tipo de bien juridico que tambien esta protegido -creo en esta propuesta de articulo del Diputado Duarte- consiste en aquel que tiene que ver con la necesaria proteccion y seguridad que necesita la autoridad, en este caso policial, para el pleno y seguro ejercicio de las funciones que la misma Constitucion y la ley le esta entregando.

Entonces, hay dos tipos de bienes juridicos, hay dos tipos de personas juridicas que nosotros estamos protegiendo: los derechos del ciudadano en su conjunto, y hacer prevalecer los principios de la Ley y la Constitucion y evitar el abuso; y por otro lado estamos nosotros protegiendo en este caso al Organo encargado de la seguridad, que es la Policia, y encargado de que pueda cumplir efectivamente sus funciones. Yo quisiera hacer estas reflexiones para efecto del Diario de Debates, y tambien para efectos de reflexion de mis colegas del Plenario.

Porque si de artificio se trata, a proposito de lo mencionado por algunos distinguidos colegas, por ejemplo, a como estaba el articulo 103 original que estamos reformando, en el ultimo parrafo donde decia que "en los lugares donde no hubiere Procurador, el Juez local recibira la demanda", ya imagine que de acuerdo a como esta este articulo, era posible entablarle una demanda a un policia de Moyogalpa, entablarle una demanda en un juzgado de Totogalpa. Era perfectamente legal a como estaba ese articulo original, y efectivamente detener la gestion de la Policia.

En cambio, repito, en esta propuesta del Diputado Duarte, a como esta, se quedan preservados dos intereses de la sociedad: los que

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tienen que ver con los derechos ciudadanos y las garantias ciudadanas, y tambien los que tienen que ver con la garantla para ] el pleno y legal derecho de las actividades de la Policla Nacional, al margen y en contra de cualquier maniobra. For eso pido que apoyemos esta mocion de consenso.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo García Esquivel.


DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Gracias, Presidente.

En relacion a la inquietud del honorable colega Diputado Alonso • Porras, hablando con el Jefe de la Policla, Comandante Caldera, :. habiamos convenido en relacion a esa inquietud de Alonso, que eso i lo regulara el Reglamento policial, y a ese respecto yo tenia una propuesta para resolver el problema. Pero en vista de que el Comandante Caldera aceptaba y acept6 que eso quedara dentro de las facultades contempladas en el Reglamento, pues yo omiti referirme a esta propuesta que yo tenia y que resuelve la inquietud de Alonso.

Como tambien esta es una cuestion diferente, es decir, como cuestion moral de lo contemplado en el articulo 103, en la propuesta del honorable Diputado Leonidas Duarte, esa solución a que se refiere y le inquieta a Alonso, obligadamente debe estar contemplada en una nueva disposición, en un articulo nuevo, y yo lo tenía aquí, y dice así. "En el trámite señalado en el artículo anterior (que es el 103), tendrá participación el ofendido o promotor de la acción penal. La denuncia de particulares presentada en los tribunales comunes contra policias, no suspende los derechos de los policias en cuanto a escalafón, tiempo de servicio, salario y demás prestaciones, sino a partir de la sentencia condenatoria firme. El policía permanecerá en su unidad pero suspense en sus funciones".

Y esto de la suspension de funciones es logica, porque no es concebible que alguien que está denunciado o acusado ande desempeñando la función policial, eso sería un contrasentido. Por eso digo al final de esa propuesta que yo tengo redactada hace ya mucho rato, "que el policía permanecerá en su unidad pero suspenso en su función". Pero esta propuesta yo no la introduje ahí, porque, por un lado sería como un artículo nuevo y por otro lado el honorable Jefe de la Policia aceptó que eso sería o está contemplado dentro de la materia del Reglamento. Entonces, sólo para complacer la inquietud de Alonso es que hago mención de esto, pero esto sería en su caso como un articulo nuevo, no como parte del artículo que estamos discutiendo, que es el 103, y es el que se refiere a la propuesta que nos presentó el honorable Diputado Leónidas Duarte.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Marcia Quezada Abarca.

DIPUTADA MARCIA QUEZADA ABARCA;

Gracias, señor Presidente.

El articulo 103, a como esta en el dictamen yo lo considero mas adecuado, agiliza mas cuando existen abuses de parte de las autoridades de la Policia, ipor que? Porque el tramite ante la Procuraduria General de Justicia es un tramite mas que todo

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administrativo, por el cual las personas que vayan a poner la denuncia no van a necesitar abogados, sino que eso lo va a agilizar con mas facilidad. Ahora, con respecto a lo que ya nemos dicho, las autoridades tienen tramites especiales, como cuando se va a enjuiciar a un Alcalde, que no se hace como ordinariamente se hace, sino que tiene que ser directamente en el Tribunal de Apelaciones. Eso ya esta establecido.

Yo considero que la Policia debe tener un margen de defensa porque si no tendriamos casos diarios ante los Juzgados; y aqui tambien deja resuelta la situacion de que puede irse a un Juzgado local cuando no exista Procurador. Entonces, yo lo miro mas de acuerdo a la realidad que vivimos aqui en Nicaragua, y mas adecuado y mas agil para impartir la justicia en nuestro pais. Porque es cierto que existen algunos abusos, no es una generalidad pero existen algunos abusos, y esto garantiza que se agilice mas a como esta el articulo 103; por eso yo lo asumo tambien porque esta mas adecuado.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Andres Robles.

DIPUTADO ANDRES ROBLES PEREZ:

Gracias, Presidente.

Despues de oir tantas discusiones, despues de oir tantas opiniones, no me queda mas que regresar al momento cuando estabamos dictaminando esta ley, en donde tuvimos que buscar opiniones diferentes de toda la sociedad: opinaban los jueces, opinaban los derechos humanos, opinaba la Corte Suprema de Justicia, opinaba la sociedad civil en su conjunto. Una de las grandes preocupaciones que hubo fue que la Policia, o que un policla o los policias se enfrentan todos los dlas al delito, todos los dlas estan expuestos a lo que aqui se esta discutiendo, y hubo un momento donde nosotros comparabamos el porque nosotros tenemos inmunidad.

iQue pasa cuando nosotros estamos haciendo una ley que roce con los intereses de alguien, y si nosotros no tuvieramos inmunidad y alguien nos viene a acusar? cQue pasaria con este Parlamento y que harlamos nosotros? Yo siento Presidente que me tengo que aferrar y tengo que abrazar ese dictamen, no podemos cambiarlo porque esta es la reflexion de toda la sociedad nicaragiiense, no es la opinion de la Comision, no es la opinion de un sector. Yo se que los abogados son muy defensores del derecho, pero la verdad es que aqui tenemos que aplicar tambien lo que es la logica y lo que es la justicia.

Como vamos a esperar que un policia con las manos atadas, va a ir a combatir -por decir algo- al narcotrafico, y que mientras ellos andan con cinco centavos los otros disponen de millones y millones de dolares. Por eso es que esta ley o este articulo lo dejamos asi Presidente, y yo quisiera que sometiera a votacion esta ley y ya de una vez terminemos con esto, porque si no, parece que vamos a pasar aqui todo el ano. Creo que no vamos a poder satisfacer a todos los colegas, yo comprendo, ellos tienen sus inquietudes, ellos tienen sus razones, pero no podemos pensar que la Policia no las tiene tambien.

Yo me quisiera poner en el lugar de un policia, a ver que voy a hacer como policia, a ver que voy a hacer yo actuando como policia, de cara a intereses que ya sabemos que son muchos y variados. Asi es que, Presidente, yo quisiera un poco de reflexion, que actuemos un poco desapasionados y busquemos la forma de sacar esta ley que creo que vendria a estabilizar a ese cuerpo que se llama Policia Nacional. Asi es que, Presidente, sometamos esto a votacion, y le rogaria a los colegas que nos pusieramos un poco a pensar en grande.

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Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

La verdad es que aunque parezca peyorativo, cansado esto, quiero insistir en algo. For un lado, no se trata con esta mocion presentada de consenso de afectar los derechos individuales que tienen los ciudadanos, establecidos en la Constitucion de la Republica; y en segundo lugar, tampoco se trata de afectar a la Institucion que hace prevalecer el orden publico. Esta es una mocion que la misma Constitucion de la Republica le da la jurisdiccion de resolver y de decidir bien claro, en este caso se le da al Poder Judicial, con esta mocion que fue presentada se establece.

Y aqui no se esta quitando un procedimiento, el procedimiento siempre sigue establecido; lo que se deja bien claro es que el Organo competente de poder determinar si va o no va a proceder es el organo jurisdiccional. Eso para dejar bien claro sobre lo que decla la Oiputada Marcia Quezada. Insisto sobre la version que decla el Diputado Omar Cabezas y Alonso Porras. Lo que establece el articulo 38 de la Constitucion, es que la ley no tiene efecto retroactivo, excepto en materia penal cuando favorezca al reo, y vamos a lo siguiente:

La mocion es que no se le quite el cargo, que no se le quiten todas las prerrogativas; y la misma Constitucion lo establece, que nadie se presume culpable hasta que no se demuestre lo contrario, siempre se presume que es inocente. ^Entonces, que sucede? Que si se le imputa el "AP", hay fuertes presunciones, y aqul el Estado imputa el delito y se lo carga y por eso hay la declaracion con cargo del reo, la toma de filiacion y un monton de cosas que hay en el procedimiento penal donde ya a esa persona se le imputa el delito.

i.Cual es el problema? Que si tiene el "AP", el mismo Codigo Penal dice que quedan suspenses los derechos y no se le quita el cargo y no tiene nada, entonces cual es la suspension de los derechos; se viola la ley. Si esta persona es absuelta en el Jurado, la misma ley establece en el articulo 38 de la Constitucion, que como tiene efecto retroactivo en caracter penal, se le restituyen todos sus derechos, su cargo, su escalafon; no pierde antigiiedad, no pierde salario, no pierde nada. Entonces, esta fue una mocion -insisto- de consenso con las autoridades de la Policia, y lo dejamos bien claro.

El problema es que la ley establece que cuando se le imputa el "AP" entonces estarlamos violentando la misma ley en ese sentido; por eso insisto en que mantengo la mocion a como fue presentada, e insto a la Junta Directiva a que votemos. Creo que ha sido suf ientemente debatido este tema y considero que esta bien claro el asunto, hemos mencionado y ayer se hablaba de los articulos que senalaban sobre la Constituci6n. Hemos llegado ya a una mocion de consenso donde bien claro dejaba el Diputado Carlos Manuel, el asunto de que aqui se defienden dos intereses juridicos, los de los ciudadanos y los de la Institucion, que prevalece con esta mocion de consenso.

Por eso insisto e insto a la Junta Directiva, porque considero que este tema ha sido suficientemente debatido. Creo que la mocion de consenso resuelve el problema de los dos instrumentos juridicos que estan en funcion de prevalecer los derechos que estan establecidos y que la ley misma lo determina, y por lo tanto solicito a la Mesa que sometamos este punto a votacion.

984

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Secretario Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Gracias, Presidente.

Yo quiero asumir el dictamen tal como esta, y quiero asumir este dictamen porque la ley debe ser pareja y la Constitucion debe interpretarse bien tanto para un lado como para otro debe interpretarse bien. A mí me ha gustado la preocupacion por los ciudadanos que han demostrado estos honorables Diputados, pero esa preocupación de los ciudadanos, la indefensión de la poblacion civil debiera ser preocupacion para otros aspectos tambien de la ley. Y yo quiero hablar con toda claridad acá, de que la inmunidad de nosotros los Diputados, la inmunidad de los Ministros y Vice-Ministros, la inmunidad de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo Supremo Electoral, no hay nada que obligue a un ciudadano a que esta Asamblea Nacional pueda quitarle la inmunidad a todos estos funcionarios.

No quisiera entrar en innumerables casos que hay, pero aqui la inmunidad se le puede quitar a alguien si esta Asamblea Nacional logra un amplísimo consenso, y no hay autoridad ni instancia que pueda obligar a la Asamblea Nacional a agilizar y desaforar a alguien de su inmunidad; ahí si la población civil está totalmente desprotegida y aquí nadie se preocupa por eso. Nadie se preocupa por eso. Hay una preocupación extrema cuando estamos haciendo un poquito, pudiéramos decir, una dosis engorrosa, un procedimiento para evitar los abusos que se puedan dar en entorpecer la autoridad de la Policla.

Se ha dicho acá tambien, de que se ha violado la Constitucion con el artículo 103; se cumple la Constituci6n con el articulo 93 i cuando dice: "Los delitos y faltas comunes cometidas por los | militares y policias seran conocidos por los Tribunales Comunes". El 103 dice que van para los Tribunales Comunes. Lo unico que tiene que ser, la iniciativa de la accion penal la hace la Procuraduria | General de Justicia, y si en un término de cinco días este Procurador, suponiendo que va a hacerse cómplice de ese delito del policía -suponiendo-, el ciudadano recurre al Tribunal de Apelaciones para que este Tribunal de Apelaciones revise el caso y se pronuncie tambien, y ya esta en manos del Poder Judicial exclusivamente.

Entonces, cuál es la preocupación? La moción de consenso de Leónidas Duarte incluye al Procurador, pero el Procurador puede entrar a ver estos casos con o sin que la ley lo diga; el Procurador tiene facultades para intervenir en cualquier momento del juicio en representacion del Estado, sin necesidad de que la ley lo diga. Lo unico que hace la mocion de Duarte, es dar un poco mas de tiempo pero no la solucion de lo que se pretende con el articulo 103. A mí me gustarla que esa preocupación se tuviera pero para revisar quien obliga a la Asamblea Nacional a desaforar a alguien durante determinado tiempo, para que ese ciudadano pueda llevar a alguien que goza de inmunidad ante los tribunales.

Entonces, yo creo que los argumentos han sido de una falsa proteccion a los ciudadanos; a los ciudadanos hay que protegerlos de los mas poderosos, no de los menos poderosos, y los mas poderosos si que estan muy, pero muy protegidos en este pais en contra de esa sociedad civil. Por lo tanto, yo respaldo el 103 y voy a votar por el articulo 103 tal como esta en el dictamen.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

(Falta la página 985)

986 inconstitucionalidad, por estar rebasando los limites constitucionales, es una lastima que eso no se este considerando, porque es lo que llevo a esa mocion de consenso que Leonidas Duarte ha introducido, respaldada incluso por bastantes parlamentarios.

Digo entonces que venir de nuevo a acoger al dictamen, ique es lo que contiene? Contiene que el Juez no participa, que el primer nivel es el de la Corte de Apelaciones y eso no es lo que dice la Constituci6n; la Constitucion lo que dice es que los delitos comunes de los policlas pasan a los tribunales comunes; y cuando no participa un Juez, la primera instancia de la autoridad judicial, estamos rebasando los limites constitucionales. Si eso no es claro, perdoneme, yo les digo que no estamos legislando en respeto al sistema juridico fundamental que nos rige, que es la Constitucion; y estamos dejando que una ley tan importante como esta, pueda quedar suspensa un buen tiempo mientras se dirime en la Corte una sentencia alrededor del recurso que se puede introducir por cualquier ciudadano en este pals.

Pues yo digo, si aqul consideramos y unanimemente decimos y aceptamos que esta ley es fundamental, es importante y en tiempo record nos hemos comprometido y nos nemos convencido de que lo que estamos aprobando es por el respeto y el carino a la Policia, y al trabajo y a los riesgos que la Policia corre, mal hacemos ahora en no atender tanto debate que respecto a este tema hemos tenido. Me parece entonces que echar por la borda todos esos criterios vertidos es una lastima, es lamentable, repito, y por eso digo que la mocion la deberiamos de acoger, honorables amigos parlamentarios.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Delvis Montiel Díaz.

DIPUTADO DELVIS MONTIEL DIAZ:

Gracias, señor Presidente.

En el mismo sentido que lo expresaba el honorable Secretario de la Junta Directiva, es bastante lamentable que despues de tantas intervenciones y de tanto esfuerzo en la busqueda de una redaccion en que haya consenso entre el representante de la Policia Nacional y este Poder del Estado, se venga nuevamente a retroceder y a tratar de influir para que el articulo 103 del dictamen quede tal a como esta. Realmente este esfuerzo viene a salvar la dificultad y la peligrosidad, de que se le dan facultades que no le corresponden determinar al Procurador General de Justicia, o al Procurador delegado en los Departamentos, o al Procurador de la jurisdiccion correspondiente.

Este mismo articulo 103, en su ultima parte le da la razon a esta moción: dice que en los lugares donde no hubiere Procurador el Juez recibira la demanda o acusacion y le da el tramite correspondiente ante el Procurador de jurisdiccion o Procurador General en su defecto. Qué quiere decir? Que la parte ofendida o cualquier ciudadano tiene la libertad y la libre iniciativa de entablar denuncia en los Juzgados correspondientes, lo puede hacer ante el Juez local, y el Juez local tiene que darle participacion al Procurador, que es el representante del Estado y es el representante de la sociedad, y cuando hablamos de representante de la sociedad esta representando todo.

De manera que lo que se esta buscando con esta mocion de consenso, es realmente salvar ese escollo, evitar caer en esa inconstitucionalidad de darle facultades que no le corresponden a un Procurador General de Justicia, de determinar a su criterio si una accion o un hecho es delictivo o no es delictivo, si es comun y pertenece a la Justicia ordinaria, o es de la jurisdiccion

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militar, o es un delito cometido en el ejercicio de sus funciones y por tanto tiene que ser juzgado por un Tribunal diferente de la justicia ordinaria.

Entonces en los delitos comunes la lógica nos indica y nos dice que si se afecta a un ciudadano, pues naturalmente que este policla tendra que sufrir, tendra mejor dicho que enfrentar la denuncia ante la justicia ordinaria; y ahl estan iguales, estan iguales tanto el ciudadano, el ofendido, como la parte supuestamente opresora. Ese es el objetivo: salvar esa dificultad, y no darle facultades que no le corresponden a un Procurador General de Justicia, de determinar si va o no a entablar una accion por un hecho que se supone es un hecho delincuencial cometido por un miembro de la Policia.

Aqui se ponen muchos casos y los ponen demasiado diflciles. Los casos dificiles los ponen en cuanto a que la Policia se enfrenta al narcotrSfico, que la Policia se enfrenta a la banda de secuestradores, plagiadores; naturalmente que cuando se va a enfrentar a esa clase de delincuentes no va a ir un policia, no van a ir dos policias, se tiene que preparar un cuerpo bien fortalecido, bien equipado para hacerles frente. No se va a exponer a un policia, ni a dos policias, porque seria como mandarlos a la muerte, y la persona, el funcionario, el superior respectivo seria responsable de la muerte de ese policia.

Porque enviarlo ante una banda de delincuentes con armas poderosas o superiores y bien equipados, pues seria realmente enviarlo a la muerte. Yo no creo que la Policia con este grado de profesionalismo que ha obtenido en estos ultimos anos y que se le reconoce, vaya a cometer semejante insensatez. Por lo tanto, mi intervencion va encaminada a ese objetivo, a apoyar esa mocion, la consensuada entre varies parlamentarios, el Diputado Leonidas Duarte, el Diputado Martinez, Edmundo Castillo, y el Doctor Adolfo Garcia Esquivel que se ha preocupado mucho para mejorar la redaccion, y que queden bien tutelados y bien protegidos los intereses de ambas partes.

Los intereses de la sociedad civil por un lado, de los ciudadanos comunes y corrientes, y los intereses de la Policia como cuerpo armado de naturaleza civil, que tiene una funcion especial en esta sociedad, la de salvaguardar el orden publico y mantener la estabilidad y proteger a la ciudadania en general y de la propiedad.

De manera que mi intervencion va encaminada en ese sentido, a apoyar la mocion de consenso. Y le pediria a la honorable Junta Directiva y al senor Presidente que determine, que ya este articulo esta suficientemente debatido, la mocion esta cuestionada, sin embargo existe en el ambiente el espiritu de apoyar esa mocion ...(CAMBIO DE CINTA ORIGINAL).

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

El Secretario dará nuevamente lectura a la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Mocion de articulo 103: "La iniciativa de la accion penal en delitos comunes, perseguibles de oficio, o a peticion de parte, se entablara en la jurisdiccion ordinaria. Cuando las autoridades judiciales reciban denuncias o acusaciones de particulares en contra de miembros de la Policia Nacional, el Juez que conozca de la misma, de previo y especial pronunciamiento ordenara al organo correspondiente de la Policia, proceda a su investigacion.

Dicho Organo, en el termino de diez dias habiles entregara el expediente investigative; este plazo sera prorrogable por una vez, a criterio prudencial del Juez. Una vez transcurrido el plazo y en caso de silencio de las autoridades de la Policia, el Juez

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continuará el proceso.

El Juez, despues de obtener el expediente investigative, imandara a oir al Procurador para que dentro de tres dlas habiles y fatales exprese su criterio. El Juez valorara si es precedents o no la continuacion del proceso penal".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votacion la moción.

Se abre la votaci6n.

Estamos votando en este momento la moci6n.

Se va a cerrar la votacion.

Se cierra la votacion.

41 votos a favor, 20 en contra, 3 abstenciones; 10 Diputados no votaron, en consecuencia se aprueba la moci6n.

Observaciones al artlculo 104.

Tiene la palabra el Diputado Leonidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Muchas gracias, Presidente.

Yo querla hacer la siguiente propuesta en este artlculo 104, para que en la parte ultima se adicione "y faltas administrativas", por lo siguiente: Dice que "La jurisdiccion que reconozca de un procedimiento, conocera asimismo sus incidencias". Porque sucede que si estamos hablando de un delito principal y es absuelto por el delito principal, viene y tal vez Auditoria Militar, como se violentaron algunos procedimientos del Reglamento Militar, entonces despues le imputa una pena porque violento el Reglamento Militar, cuando fue absuelto por el delito principal. Entonces es ilogico. Yo quiero adicionar ahi de que tambien el Juez que conozca de un procedimiento, debera conocer asimismo tanto de las incidencias como de las faltas administrativas.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Secretario Jaime Bonilla.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ;

Esta es una consulta a los abogados, porque como uno no es abogado sino ingeniero, solo el sentido comun es el que nos guia, entonces el sentido comun a mi me dice que no es "reconozca" sino que "conozca". Yo quisiera saber si los abogados me respaldan en esa tesis.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Bueno, esto debio de haberlo atendido -me imagine- la Comision respectiva que elaboro este dictamen. Evidentemente como senala nuestro Secretario, con mucho tino e intuicion juridica, navegando como dirla alguien en el proceloso mar del derecho, no es "reconozca" sino que "conozca", evidentemente; debe haber aqui un lapsus calami, diria tambien alguien, algun latinista.

En consecuencia, tiene la palabra el Secretario Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

989 '
Gracias, Presidente.

Yo quiero saber si las faltas administrativas tiene que;verlas un Juez. Si, yo quiero saber de la Asesoria Juridica, si esas faltas administrativas tiene que verlas el Juez; yo creo que no. For lo tanto, yo asumo el dictamen y le pediria a Leonidas Duarte que retire esto, yo creo que ademas es hasta improcedente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Carlos Manuel Morales.

DIPUTADO CARLOS MANUEL MORALES:

Yo quisiera una explicacion mas o menos en la misma direccion del Diputado Julio Marenco, porque toda esta larga discusion alrededor del articulo 103, fue para que al final nos pusieramos de acuerdo en un asunto, y es reafirmar el hecho de que existe una sola jurisdiction; y toda la larga discusion fue para determinar precisamente, que no tenia por que haber un procedimiento especial en una jurisdiccion especial, aun para los delitos de naturaleza comun, todo fue para reafirmar eso.

Entonces de repente este articulo 10, no termino de entender que cosa es lo que estS haciendo aqui, mas aun con la argumentacion que el Diputado Duarte dio en la presentacion de su articulo, donde argument© que las falias, (perdon), si eran falias al Reglamento, que todo eso tenia que pasar a la misma autoridad. Entonces, no termino de estar convencido de la pertinencia de este articulo 10. Asi es que solicitaria una explicacion.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Adolfo Garcia Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL;

Gracias, Presidente.

Quiero referirme a este articulo 104 y a la propuesta de mocion que nos hace el honorable Diputado Duarte. La verdad es que en el articulo 93 de la Constitucion y en el articulo 159, se establece para los tribunales de justicia la facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado, y por otro lado para conocer de los delitos y faltas. Eso es lo que esta estipulado en el Codigo Penal, esa competencia y la jurisdiccion de los tribunales comunes es exclusiva para los delitos y faltas.

Las cuestiones de orden administrative no estan contempladas en el esplritu del articulo 93 de la Constitucion, y como aqui estamos con una cuestion moral en relacion a los delitos y faltas militares, por lo que hace a las cuestiones de orden administrative las contempla el Reglamento de la Ley de Jurisdiccion y Competencia Militar. Por un lado. Asi es que por lo que hace a las cuestiones de orden administrative, pues realmente no tiene por que conocerlas el tribunal comun porque de acuerdo con el Codigo Penal, solo conoce de los delitos y faltas. En lo que se refiere a las cuestiones de orden administrative a sus violaciones y demas, esas son cuestiones internas de orden reglamentario.

Asi es que yo realmente le rogaria con todo respeto al honorable Diputado Duarte que nos retirara su mocion, porque en todo caso la honorable Junta Directiva goza de la facultad y de la atribucion de decir que es improcedente. Entonces, yo no quisiera solicitar que se declare improcedente y le ruego respetuosamente al Doctor Duarte que retire su mocion, para que no contemplemos un elemento ajeno, que es del orden administrative, en una cuestion de orden penal o de orden militar.

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Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Leónidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Sobre la mocion propuesta yo quiero aclarar lo siguiente. Si bien es cierto lo que decla el Diputado Carlos Manuel, la discusion que tuvimos en el 103 nada tiene que ver con el 104. Aqui se establece -en el articulo 104- que la jurisdicción que conozca de un procedimiento puede ser militar o puede ser la jurisdiction de los tribunales comunes, estamos hablando de la Auditorla Militar, estamos hablando de la jurisdiction. "Quien conozca de un procedimiento conocera asimismo de sus incidencias". Entonces que sucede? Pongo el ejemplo del hecho que se dio del policia en la Estacion Cuatro:

El policia de la Estacion Cuatro fue juzgado porque cometio un delito, ahi hubo un homicido -no se como fue tipificado por el Juez-, entonces le puso el auto de prision y despues fue a Jurado; el Jurado lo encontro inocente y lo absolvio. Entonces, despues vino la Auditorla Militar, el fuero militar, la jurisdiccion militar y dice: hombre, como vio!6 el Reglamento que dice que a tal hora tal cosa... rempujado el hombre por tantos anos. Es ilogico que si estas absuelto por el delito principal, que porque tenes penas accesorias vengas a ser penado. Eso es ilogico, inconcebible.

Y aqui en el articulo 56 se habla del Regimen Disciplinario, yo por eso puse "faltas administrativas", porque nosotros lo aprobamos a partir de la Seccion Tres en el Regimen Disciplinario pusimos "faltas administrativas", que asi se llamaba ese tipo, por qué?, porque esta violentando el Reglamento Administrative de como portar el arma, de como el Reglamento, de todo un mont6n de cosas. Si yo uso en la hora indebida el arma, y esta establecido en el Reglamento que la debo usar de las ocho a las cinco de la tarde -por decir algo- y la utilice a las siete de la noche, entonces violente el Reglamento y por el Reglamento me van a rempujar -por decirlo en terminos populares-, y fui absuelto por el delito principal. Eso es ilogico, verdaderamente.

Entonces, que el Juez que conozca, tiene que conocer tambien de las faltas, tiene que conocer del ambito; si esta conociendo del delito principal, eso es lo mas logico, iporque, que es lo que pasa?, que va a ser juzgado dos veces. Es cierto que no es por el mismo delito, porque uno es el delito de homicidio y el otro fue por faltas administrativas, violacion del Reglamento y todo eso; son dos cosas distintas, es correcto. <-.Entonces que es lo que pasa? Al mismo tiempo, y ahi el ilustre Doctor Esquivel, gran penalista, puede decir si yo no me acuerdo, si es el articulo 89 6 90 de Codigo Penal que dice que el Juez va a fallar tanto por el principal como por el accesorio y va a imputar la pena de acuerdo al delito principal; si mal no recuerdo es lo que dice el Codigo Penal (para aquellos que son penalistas).

Lo mismo estoy trasladando en este caso de esta esfera. Entonces el Juez que conozca, que tiene la jurisdiccion y dice: yo estoy conociendo un delito comun, aqui se violento el Reglamento Administrative de la Policia -por decir algo-, entonces hombre, el falla en funcion de eso; no que lo absuelven por un lado y despues viene a ser juzgado por el fuero militar, por la jurisdiccion militar, y ¡juás! lo clavan de nuevo. Eso es ilógico, es inconcebible.

Es en base a ese ejemplo que estoy haciendo esta moción y que quede constancia en el Diario de Debates.

Porque si bien es cierto dice el Código Penal que nadie puede ser juzgado dos veces por la misma causa, aunque aquí no se juzga dos

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veces por la misma causa, aqui estamos hablando de acumular acciones. iQuien acumula a quien? La causa principal acumula las accesorias, ese es un principio del Derecho Procesal y aqui no podemos obviar eso. Simple y sencillamente es lo que quiero dejar externado, es distinto a lo planteado en el articulo 103, que es otra discusion y otro ambito de la Constitucion.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra don Fernando Zelaya.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Ya habia yo declinado el honor de usar la palabra, porque todas las explicaciones que nan dado con anterioridad son suficientes para dejar claro que la inclusion de este articulo es totalmente innecesaria. Quiero yo coincidir con el senor Secretario, en que la palabra "reconozca" esta muy mal empleada, sera "conozca" en todo caso. Y en segundo lugar, tambien yo queria agregar que la jurisdiccion no conoce de ningun problema, el que conoce es el Juez, que es el que ejerce la jurisdiccion. Si que hay una pesima redaccion en este articulo, y ademas es totalmente innecesario porque es regla general de Derecho Procesal, que lo que esta aqui quede establecido.

Asi es que yo me sumo a las anteriores, me parece innecesario ya seguir discutiendo sobre eso.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Fernando Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias, señor Presidente.

Yo comparto totalmente el criterio del Doctor Zelaya, parece que este articulo ya es innecesario. Pero ademas de eso, la propuesta hecha por el Diputado Duarte, si mal no recuerdo contradice los articulos 58 y 62 de esta Ley ya aprobada por la Asamblea Nacional. El 58 dice: "La iniciacion de una causa penal contra miembros de la Policia Nacional no impedira la incoaccion y tramitacion de expediente disciplinario correspondiente, que se resolvera de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Disciplinario de la Policia Nacional".

Y el 62 dice: "La aplicacion del Reglamento Disciplinario estara a cargo de los distintos niveles jerarquicos de la Policia Nacional, teniendo el Director General las maximas facultades de aplicacion". Entonces, esa propuesta contradice los dos articulos que acabo de leer y nosotros respaldamos la propuesta del Diputado Zelaya.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Dora Maria Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO!

Gracias, Presidente.

Es nada mas para respaldar la supresion de este articulo de la ley, en realidad no tiene nada que hacer ahi. Pero lo que quiero preguntar es si hay alguna mocion escrita al respecto y si no, tal vez el ilustrisimo ingeniero juridico Jaime Bonilla la escribe a

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nombre de todos nosotros, ya que esta ahl cerca del Presidente.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Tendríamos entonces dos mociones: una, la del Diputado Duarte, de agregar después de "incidencias", "y faltas administrativas"; y otra moción que es la de Dora María Tellez en consenso con don Adolfo García Esquivel, de suprimir el articulo 104.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO;

Gracias, Presidente.

Yo quisiera tambien contribuir con los colegas del Plenario a que quitemos ese articulo 104, porque estci de sobra; peor aun seria agregarle lo de las faltas administrativas, no solamente por lo que decia el Comandante Fernando Caldera, sino porque se vuelve anti-constitucional. El articulo 93 de la Constitucion Polltica dice que "Los delitos y faltas estrictamente militares, cometidos por miembros del ejercito y la policia, seran conocidos por los tribunales militares establecidos por la ley". Es decir, no pueden ser por los tribunales de justicia.

Pero en otro orden, tambien -Leonidas que ha estado tan brillante no se por que se le habra "chispoteado" en esta ocasion- violarla la Ley 164, que es la Ley de Reforma al Codigo de Instruccion Criminal, que textualmente dice: Articulo 1; El articulo 3 se leera asl: "Se procedera en juicio ordinario a la averiguaci6n y sancion de los delitos cuyas penas sean mas que correcionales. Se procedera en juicio sumario a la averiguacion y sancion de: a): Los delitos cuyas penas tengan penas correccionales; y b) : las faltas penales". Es decir, ademas de que esta sobrando porque ya esta en los articulos que Fernando Caldera dijo, estarla violando el articulo 93 de la Constitucion Polltica y estarla violando el 3 de la ley que acabo de referir. Asl es que yo creo que vamos apoyar todos a "Fito" y a Dora Maria.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Nardo Rafael Sequeira.

DIPUTADO NARDO RAFAEL SEQUEIRA BAEZ;

Gracias, senor Presidente.

Creo que es logico lo expuesto por el Diputado Cabezas, realmente este articulo es sobrancero, completamente sobrancero, es innecesario, el que conoce lo principal conoce lo accesorio. De manera que yo optarla por eliminar el articulo 104.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo García Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL;

Gracias, Presidente.

La propuesta que yo pase por escrito es que se suprima este articulo, ipor que? Bueno, porque en el Codigo de Procedimiento Criminal, en el Codigo de Instruccion Criminal, ya estan establecidos los postulados o los principios generales que forman

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los pilares de la estructura procesal. En consecuencia, ahl se establece precisamente este principio: que el que conozca en propiedad de un procedimiento, conocera asimismo de todos los incidentes e incidencias que se den dentro del mismo. Asi es que esto no es necesario.

Por otro lado, por cuestion estatutaria de esta Asamblea, tal como lo decla el honorable Diputado Reynaldo Antonio Tefel, como aqui hay dos posiciones contradictorias y como yo estoy procediendo y apoyando tambien, y de acuerdo con Dora Maria para que se suprima este artlculo, entonces no tendria razon de ser la mocion del Doctor Duarte, porque primero habra que resolver si se suprime o no se suprime el articulo, y si se suprime no tiene ninguna razon estatutaria ni legal la mocion del Doctor Duarte; por lo cual, yo pido que sometamos a votacion la supresion del articulo 104, y si se aprueba, queda sin ningun sentido ni objetivo la mocion del Doctor Duarte.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Vamos a someter a votacion en el orden logico de las cosas, la mocion de suprimir el artículo o no suprimirlo; la moción concreta es de supresión del articulo.

Se abre la votacion.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votacion.

60 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstencion; 14 colegas no votaron. Gana la mocion en consecuencia de suprimir ese artículo.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Antes de entrar al Capitulo de las Disposiciones Transitorias...

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Observaciones al articulo 105.

Tiene la palabra el Diputado Juan Francisco Castillo.

Vamos a someter a votacion todo el Capitulo XII, del Juicio a Miembros de la Policía.

Se abre la votación.

Vamos a cerrar la votación.

Se cierra la votacion.

57 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstencion; 16 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

Antes de pasar al Capitulo de los transitorios, vamos al articulo 18 y al articulo 32, que quedaron para ser votados como articulos. Entonces, recordemos que para el inciso h) del articulo 18 teniamos dos mociones: una del Doctor y abogado notable, Ivan Salvador Madriz, y otra tambien del magnifico Abogado, Doctor Garcia Esquivel.

La mocion del Doctor Ivan Salvador Madriz dice asi: "Los bienes que legalmente sean del Estado y que esten en uso del Ministerio de Gobernacion o la Policia Nacional, a excepcion de aquellos destinados a la administracion y funcionamiento propio de los

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mismos, pasaran a ser parte del patrimonio del Institute, debiendo la Presidenta de la Republica efectuar la transferencia de dichos bienes en el termino de noventa dlas a partir de la publicacion de la presente Ley, quedando a salvo el derecho de terceros".

La mocion del Doctor Garcia Esquivel dice: Para inciso h) : "Todos los bienes, derechos y acciones cuyo dominio haya adquirido legalmente el Ministerio de Gobernacion o a traves del Estado y le pertenezcan de acuerdo a las leyes, los contratos, las normas registrales vigentes y las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente ley, pasaran a integrar el patrimonio del Institute de la Policla Nacional, quedando a salvo los derechos de terceros".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A discusion las mociones, la de Adolfo Garcla Esquivel y la de Ivan Salvador Madriz.

El Plenario nos pide que la vuelva a leer el senor Secretario, despacio y con buena letra, dicen.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ;

La mocion del Doctor y abogado notable, Ivan Salvador Madriz, es la siguiente: "Los bienes que legalmente sean del Estado y que esten en uso del Ministerio de Gobernacion o la Policla Nacional, a excepcion de aquellos destinados a la administracion y funcionamiento propio de los mismos, pasaran a ser parte del patrimonio del Institute, debiendo la Presidenta de la Republica efectuar la transferencia de dichos bienes en el termino de noventa dias a partir de la publicacion de la presente Ley, quedando a salvo el derecho de terceros" .

La mocion del Doctor y buen abogado Garcia Esquivel, dice asi: "Todos los bienes, derechos y acciones cuyo dominio haya adquirido legalmente el Ministerio de Gobernacion o a traves del Estado y le pertenezcan de acuerdo a las leyes, los contratos, las normas registrales vigentes y las disposiciones civiles y mercantiles de la materia, a la entrada en vigencia de la presente Ley, pasaran a integrar el patrimonio del Institute de la Policia Nacional, quedando a salvo los derechos de terceros".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Diaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ ;

Gracias, Presidente.

Yo mas bien queria una aclaracion. Hoy en la manana, entiendo, hubo una reunion que fue a la que se convoco el dia de hoy a los jefes de bancadas, en la cual me decian, (yo no asisti) , que habian llegado al acuerdo de respaldar una lista de propiedades que estan claramente definida su origen que fueron compras legales, transparentes. En aras de que se agilice la discusion en el Plenario, yo le pediria a los miembros de la Junta Direct iva que estuvieron ahi en esa reunion, que por que no nos habian un poco del espiritu general de lo que fue recogido ahi, para no perder tiempo en esta discusion y despues perder tiempo en otra, cuando hay una vision mas de conjunto pues, de un consenso que se Iogr6 ahl.

que no nos plantean ese espiritu de consenso, que entiendo se logro hoy por la manana? La Doctora Argiiello -creo yo-, me decian que habia ido, o alguno de los que estuvieron presentes.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Doctora Miriam Argüello. Darle audio por favor.

DIPUTADA MIRIAM ARGÜELLO MORALES:

Esta mañana mas o menos yo hice un relato de lo que tuvimos en ese desayuno. Se converse y hubo ahl un planteamiento de los miembros de la Policia, el cual despues de que dimos varios criterios, practicamente yo entendl que habiamos llegado a un consenso; por eso es que me sorprendio cuando escuche al Doctor Garcia Esquivel plantear nuevamente las cosas de otra manera, a como el habia sostenido de previo en la reunion,

Pero en sintesis, lo que la Policia nos planteo, una vez que discutimos, es que para fines de que pudiera quedar algo ya concrete en esta ley, que pudieran separarse de los bienes que estan planteados para pasar a la Policia -en el proyecto, en el dictamen-, que se separaran todos aquellos bienes que ellos nos estaban demostrando alii, con sus historia registral, que habian sido vendidos al Estado por los propios duenos, se hace una escritura de compra-venta normal.

Es decir, con toda la voluntad del dueno, se hace una escritura de compra-venta y se le vende un bien a equis persona, y en este caso era el Estado, que fueron pues adquiridos por el Estado a traves de una escritura de compra-venta hecha por la propia voluntad del dueno; que se separaran bienes y que esos quedaran especificados en esta ley. Y que el grupo de bienes que estan en manos de la Institucion y que fueron objeto de expropiacion y otros de confiscacion, que eso se nombrara una comision compuesta por el Contralor General de la Republica, un miembro de la Policia, y si no me equivoco, el Director General de la Policia Nacional y el Ministro de Gobernacion.

Para una Comision, para que en el termino m&ximo de 30 dias, despues de aprobada la presente ley, realice un inventario de los bienes inmuebles en posesion del Ministerio de Gobernacion, y determine cuales pasaran a ser patrimonio del Institute de acuerdo a lo establecido en el articulo 18, inciso h) de la presente ley. 0 sea que todo aquello que pueda tener los visos de que pueda haber un reclame o una indemnizacion, que eso no quedara plenamente establecido de que ya pasaba a propiedad del Institute

Ahora parece que aqui hay una confusion, pues se ha manejado como que el Institute es de la Policia, y yo tengo entendido que el Institute no es de la Policia, que el Institute es una institucion, un ente autonomo que no pertenece a la Policia; porque creo que en estas dos mociones que presentaron, aparece como que el Institute es de la Policia, y eso no es asi. Entonces aqui esta correcto, aqui dice, en el articulo 2 de la ley "que el Institute es una institucion autonoma del Estado, con patrimonio propio, personalidad juridica, etc.

En sintesis eso es lo que esta manana conversamos, y yo entendi que a ultima hora ya todos estabamos mas o menos de acuerdo en eso. Por eso me sorprendi cuando escuche al Doctor Garcia Esquivel, volver a replantear una tesis que el planteo al principio de la conversaci6n esta manana. Eso es lo que yo puedo reportar.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra la Comandante Maria Leticia Valle.

COMANDANTE MARIA LETICIA VALLE-FUNCIONARIA DE LA POLICIA NACIONAL:

Gracias, senor Presidente.

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La propuesta que nosotros planteamos en la manana y que fue discutida, es que el articulo 18, inciso h) quedara igual; que en el articulo 32, la lista de los bienes fuese sustituida por los bienes que el Estado adquirio por compra-venta, que estan detallados y que se anexaron sus certificaciones registrales; y que en las Disposiciones Transitorias se creara una Comision Especial -como indicaba la Doctora Argiiello- para revisar el resto de propiedades que posteriromente pasarian a formar parte del patrimonio del Institute.

La dificultad que nosotros vemos en las dos mociones presentadas, es que no se deja establecido un patrimonio concrete de entrada para este Institute, y eso nos preocupa. Aqui existen -y lo demostramos- nueve inmuebles u echo que fueron adquiridos por compra-venta, y planteabamos que en esos inmuebles no hay ningun derecho en litigio y que por tanto podian pasar desde ahora a ser propiedad del Institute, sin perjuicio de que se revisen inmuebles posteriores.

Entonces, repito el planteamiento: dejar igual el inciso h) del artlculo 18; y en el articulo 32, sustituir la lista de propiedades por la que se le entreg6 hoy en la manana al Secretario de la Asamblea, el Ingeniero Bonilla. Y agregar en los transitorios, la creacion de una Comision para que revise el resto de propiedades que podrian pasar al Institute.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Dora Maria Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

A mi me parece esa propuesta satisfactoria, en el sentido siguiente. Primero, que despeja la preocupacion que varies de los Diputados expresaron aqui, en relacion al origen de las propiedades, si hay o no litigio respecto a ellas, y resuelve todos los asuntos que hay que resolver. Pero, el problema en este articulo ha sido, Presidente, que estamos discutiendo dos artlculos a la vez. La Comandante Valle nos ha presentado tres propuestas, y yo digo que deberiamos enfrentar una por una. Primero, que el articulo 18, inciso h) , quede tal a como esta. Yo mas bien le haria una propuesta, que es suprimir desde donde dice y se especifican en el articulo tal, porque eso es lo que mete el enredo. Deberia decir, "los inmuebles propiedad del Estado que por ministerio de esta ley pasaran legalmente a ser propiedad del Institute". Voy a pasar mi mocion a la Mesa.

Una vez que lo aprobemos, (CORTE)... vamos al articulo de la lista. El Ingeniero, Secretario, abogado Jaime Bonilla, tiene la lista en sus manes y yo confio nos la va a leer, para poder aprobar rapidamente eso. Y el articulo transitorio, yo entiendo que el Doctor Garcia Esquivel anda una propuesta de articulo transitorio que a mi me parece buena; yo tengo un agregado que hacerle a su propuesta, y esa la podriamos discutir en tercer lugar. Entonces, yo paso la mocion para suprimir la "colita" del inciso h) , articulo 18.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo.

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO;

Gracias, Presidente.


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Es para adherirme a la metodologla que esta planteando la Comandante Dora Maria Tellez, porque simplifica el procedimiento; deberlamos pasar a votar su mocion, pasar al 32 y posteriormente al ultimo articulo donde se plantea la Comision.

Gracias, Presidente.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Tenemos tres mociones: la del Doctor Ivan Salvador Madriz, la del Doctor Garcia Esquivel para inciso h), y ahora la de la Diputada Dora Maria Tellez, que como inciso h), quiere que quede...

Tenemos una noticia nueva, la noticia nueva es que el Diputado Ivan Salvador Madriz retira su mocion y la deja en reserva para un transitorio, y apoya la mocion de Dora Maria Tellez.

La mocion de Dora Maria Tellez es eliminar del inciso h) del dictamen: "y se especifican en el articulo tal"; que quede solamente "los inmuebles propiedad del Estado que por Ministerio de esta ley, pasaran legalmente a ser propiedad del Institute".

Habrían solamente dos mociones, la de Dora Maria Tellez y la del Doctor Garcia Esquivel.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo Garcia Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESOUIVEL;

Gracias, Presidente.

Bueno, en relacion a este inciso h) hemos iniciado la discusion, pero nos hemos estado confundiendo. Vean, en la Plaza del Sol, efectivamente conversamos, cambiamos impresiones para tratar de encontrar una solucion. La verdad es que no se puede crear un Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano, sin que esta instituci6n tenga bienes para que funcione, tenga un patrimonio; entonces la preocupaci6n es encontrar la solucion juridica para que efectivamente el Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano, no sea un elefante blanco pues, es decir, que creamos un institute, pero es un institute que no tiene bienes, ni medios para proporcionarle a los miembros de la Policia las atenciones y prestaciones que se supone un institute de seguridad social debe prestarle a los miembros de la Policia.

Por un lade, como parte de la solucion del problema, convenimos de consenso en un articulo transitorio, que yo lo voy a presentar despues del articulo, despues del septimo transitorio. Entonces, convenimos en crear una Comision Especial presidida por el Contralor General de la Republica, por el Ministro de Gobernacion y por el Director General de la Policia Nacional; convenimos de consenso en crear esta Comision Especial que estara conformada por el Contralor General de la Republica, el Ministro de Gobernacion y el Director General de la Policia Nacional, esto para resolver determinados problemas que existen en relacion a ciertas propiedades que habian sido incluidas en la lista que aparecia en el dictamen. Eso por un lado.

Por otro lado, yo diria que la mocion de Dora Maria Tellez se mejorara, porque el concepto quedaria suprimiendo la cuestion de la referencia a un articulo que no se ha discutido, ni se ha aprobado y que supuestamente debe estar mas adelante, y no es logico que hagamos referencia a ese articulo que no ha sido discutido, ni aprobado. En esto estoy de acuerdo con Dora Maria, pero si el articulo queda diciendo: "los inmuebles propiedad del Estado que por Ministerio de la ley pasaran legalmente a ser propiedad del Institute," en realidad ese concepto practicamente no dice nada, le falta algo ahi pues.

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Habrla que agregarle algo para completarlo, porque el concepto quedarla en el aire. Y por otro lado, yo habia propuesto una mocion para conformar el articulo h) , que dice lo mismo, y conforma el fondo de la cuestion, y evade un problema que nos creaba pues, porque ahora ya retire su moci6n Ivan Salvador Madriz. El honorable Diputado y querido amigo, decia "que los inmuebles pasaban a formar parte del patrimonio del Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano, y que quedaba a salvo el derecho de los terceros;" pero eso no se puede.

Es decir, los bienes van a ser inscritos a favor del Institute, pero los que supuestamente tienen reclames que hacer sobre esos bienes, idiay, van a pasar a inscribirse a nombre del Institute y cual derecho le esta reservando a los terceros? Es decir, con solo el hecho de decir "quedando a salvo los derechos de terceros", no estamos resolviendo ningun problema, porque estamos pasandole los bienes al Institute, y con solo decir "quedando a salvo los derechos de terceros," vamos a obligar al que a lo mejor es el verdadero dueno, a un juicio, cuando ya la propiedad esta inscrita a nombre del Institute, y eso no puede ser asi.

Por otro lado, la posesion no es ningun titulo de dominio, no podemos asignarle en base a una posesion, que puede ser una posesion discutible, puede ser un titulo Colorado u otras figuras juridicas que se pueden dar del hecho posesorio o la posesion de hecho, que son cosas diferentes, pero que no conforman un titulo de dominio. Entonces, eso no puede ser el patron, ni la referencia para adjudicarle como titulo, en base a una posesion, un inmueble a equis persona o al Institute en este caso.

Entonces, una parte del problema se resuelve con lo que de consenso hemos convenido para formularlo como un articulo transitorio, despues del articulo 107. Eso por un lado. Por otro lado, yo mantengo mi mocion como literal h) de este articulo 18, y con esa mocion y el articulo transitorio de consenso se resuelve el problema en todos los angulos, cuando la Comision Especial va a determinar en un momento dado, limando las irregularidades que hay en relacion a los titulos o a los modos de adquirir, o las adquisiciones que a traves del Estado haya obtenido el Institute, o a obtener el Institute.

En un momento dado, esa Comision Especial se va a poner de acuerdo, va a hablar con el Ejecutivo y el Ejecutivo obligadamente va a tener que acceder a traspasar esos bienes que realmente y legalmente le deben de corresponder al Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano de la Policia, y que precisamente esos bienes van a garantizarle las atenciones, las prestaciones, las garantias de seguridad, a y cada uno de los miembros de la Policia. Asi es que, honorables Diputados, yo voy a mentener mi mocion que es para resolver una parte del problema, y la otra parte se resolvera con el transitorio que hemos convenido que no lo leo pues para no alargar la cosa.

Asi es que le agradezco mucho la atencion a la honorable Junta Directiva. Yo mantengo mi mocion como letra h) del articulo 18, y cuando lleguemos al 107, despues del 107, voy a presentar la otra faceta del problema, resumida en un articulo transitorio, creando la Comision Especial a que me he referido.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adan Fletes Valle.

DIPUTADO ADAM FLETES VALLE;

Gracias, Presidente.

A mi me parece que en la reuni6n de hoy por la manana hubo una

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importante contribución de parte de la Policia Nacional y de parte del area jurldica que ellos tienen. De un total de unas trece propiedades, seis de ellas se encuentran que realmente estan a nombre del Estado, y otras estan todavia en un proceso un poco diferente. Yo creo que hay que reconocer esa contribucion, porque ello ayuda a que el problema de la propiedad y el funcionamiento tambien ordenado de la tarea legislativa se vaya desarrollado mejor.

A mi me parece que el inciso h) podria quedar tal como se encuentra en el dictamen; creo que la parte decisiva esta en el articulo 32 y en el articulo transitorio. El haber abierto la discusion sobre estas propiedades que pasarian a ser parte del Institute, me parece que fue una actitud sana, oportuna y muy favorable, de tal manera que quiero respaldar el inciso h) tal a como esta en el dictamen.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA;

Gracias, Presidente.

Yo quiero referirme, aunque eso lo vamos a discutir en el inciso transitorio...(CAMBIO DE CINTA.ORIGINAL)... a que tome decisiones administrativas, ni de ninguna indole, porque eso seria inhibir a la Contraloria para sus revisiones a posteriori de la ejecucion administrativa y de la conduccion de los bienes del Estado. Yo solo queria referirme a eso, porque de acuerdo como lo senalaba el Doctor Garcia Esquivel, el elemento principal y fundamental era la Contraloria General de la Republica en esa Comision, donde considero que no podemos obligar a la Contraloria a traves de ley, a involucrarse en decisiones de este tipo, porque seria inhibirla para todas las revisiones a posteriori que ella tenga que hacer en ese campo.

Entonces, como esto es importante, yo queria pronunciarme por adelantado, ya que el Doctor Garcia Esquivel vinculaba esa Comision con las decisiones que se tienen que tomar en cuanto a este inciso h) . Por lo tanto, yo quiero solicitar que la Contraloria de la Republica sea excluida de esa Comision. Ahora, yo me pronuncio por el inciso h) , siempre y cuando no se especifique un articulo que todavia no hemos discutido; no podemos hablar del articulo 32 cuando ese articulo todavia no lo hemos discutido. Entonces, yo estoy totalmente de acuerdo con la mocion de Dora Maria Tellez.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra don Fernando Zelaya Rojas.

DIPUTADO FERNANDO ZELAYA ROJAS:

Muchas gracias, senor Presidente.

Ya estaba un poco perdido, yo no se ni por donde andabamos. Corremos el riesgo -creo yo-, de volvernos a meter en una discusi6n como la que origino, provoco -segun entiendo-, un copioso desayuno, que aunque obsequio la Policia a los jefes de bancadas, no se si la intencion sera volver a obtener de la Policia otro desayuno para el dia de manana. De todas maneras, Presidente, queria referirme comenzando con una pequena observacion para el senor Secretario, quien dijo que el no era abogado sino que era ingeniero, como lavandose las manos pues de que no conocia las interpretaciones del derecho; a lo cual yo quiero decirle que el derecho como sentido comun, es tan importante y tan racional como la matematica.

Si dos y dos son cuatro, tambien una posicion juridica tiene que

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corresponder a otra para obtener un resultado, que es la ley o la sentencia. Yo observe que las dos mociones, tanto la del Doctor IvSn Madriz como la del Doctor Garcia Esquivel, a -cuyos calificativos de brillantes abogados yo me sumo-, eran logicas para la inclusion en este articulo h). Yo habia hecho algunas observaciones acerca de ambas mociones, que mereclan alguna aclaracion, y por aqul andaba haciendo algunas observaciones incluso escritas.

El Doctor Ivan Madriz decia que... habia una cosa que no le entendi en su mocion, dice que ya la retire porque la va a introducir en un capltulo especial de las Disposiciones Transitorias; no se como puede caber ahl. De todas maneras es aqui, creo yo, donde cabia esa mocion, y aqui cabia la mocion tambien del Diputado Adolfo Garcia Esquivel. Lo que yo les iba a proponer era que los dos las juntaran, se fusionaran para hacer una sola mocion en ese sentido, desbrozando las cosas que a mi entender, eran erradas.

Por ejemplo, habia una oscuridad en la mocion del Doctor Garcia Esquivel, que decia que aquellos bienes que eran de pase a propiedad del Estado, que esta usando la Policia, con excepcion de aquellas que son de su uso particular, no se como decia, yo no entendi como era esa parte, eso habria que componerlo. Y lo mismo el Doctor Garcia Esquivel, que decia "que los bienes adquiridos legalmente por la Policia," y luego daba una serie de agregados de como era esa legalidad de adquisicion.

Yo creo que con solo decir legalmente es suf iciente para establecer lo que el Codigo Civil dice sobre los medios de adquirir la propiedad: que cuando se cumple con esos medios ya es adquirida legalmente. Sin necesidad de la redundancia que del Doctor Garcia Esquivel, en un exceso de dejarlo lo posiblemente establecido. De todas maneras, en sintesis, quiero decir que la mocion de la Diputada Tellez tiene un sentido logico tambien, que es que no pasan porque la Presidente de la Republica va a hacerlos que pasen, no; pasan por imperio de la ley, por el ministerio de la misma ley, pasan ya a la propiedad de la Policia, si eso es lo que deseamos establecer. Claro que el Poder Ejecutivo dictara la providencia necesaria para la carpinteria legal y registral de como ir a proceder a la inscripcion en favor de este Institute de Prevision Social Policial, que es lo que se pretende crear.

En ese sentido, yo les sugeriria a los dos mocionistas, que vuelvan otra vez para atras, se unan en sus mociones, las desbrocen de los errores que puedan contener, y la aprobemos. Luego con la observacion que hizo la Diputada Tellez. El Doctor Garcia dice, que se resevo la palabra tambien para un articulo transitorio, donde crea el una Comision Especial para ir a examinar, -ya me la presento aqui-, la sanidad de la adquisicion de los bienes de la Policia. Francamente, hombre, en mi oportunidad tambien me reservare yo el derecho de usar la palabra para hacer algunas observaciones sobre esa mocion.

Por consiguiente, le sugiero a los honorables mocionistas que se pongan de acuerdo, fusionen sus mociones, y yo votaria porque esa mocion con la observacion de la Diputada Tellez, quede como articulo o inciso h) de este articulo, y resolvamos el problema de una vez por todas.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Leonidas Duarte.

DIPUTADO LEONIDAS DUARTE SUAREZ:

Gracias, senor Presidente.

La propuesta que ha hecho Dora Maria Tellez, considero que llena

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los vacíos que el dia de ayer sosteniamos, en el sentido de que tanto en el procedimiento de que discutamos, parte por parte este asunto de la propiedad que va a ser tranferida para el Institute, a como tambien en la propuesta hecha en el inciso h) . Yo no veo por que el inconveniente, y me extrana que el colega, Doctor Garcia Esquivel este renuente a que ya sean transferidas estas propiedades, cuando si ya hay una compra-venta, hay consentimiento de las partes, el objeto es licito, verdad, hombre, ^cual es el hecho, la razón o motivo para que no sean transfer ides inmediatamente, si el contrato es perfecto y ademas estan en escritura publica, de lo cual da fe un notario?. Pues yo no entiendo la razon verdaderamente. Estoy de acuerdo en el sentido que se decia ayer, que se esgrimia el argumento de que en las propiedades que fueron confiscadas, habria que ver si el acto de la confiscacion era nulo o no era nulo. Entonces, ver todas aquellas pequeneces procesales que existen de los incidentes, si realmente es transferida legalmente o no esta propiedad del Institute, para que asi posteriormente no puedan tener tanto y sean afectados el Institute en su patrimonio, como tambien los terceros que tengan el derecho al reclame de la propiedad, que puede ser perseguible de acuerdo al Codigo Civil.

Entonces, yo secundo la mocion hecha por Dora Maria Tellez, en el termino de que discutamos parte por parte. Y respaldo el inciso h), tal a como fue presentado por la Dora Maria Tellez, en el sentido de que llegue hasta "el institute" la mocion y sea suprimido lo del articulo. Y que despues veamos el glosario de propiedades que vayan a ser transferidas, que de acuerdo a lo esgrimido por la Policia y los jefes de bancadas que asistieron el dia hoy por la manana a la reunion, hay propiedades que ya estan en poder del Estado, que el contrato es perfecto y no hay ningun resquemor o duda del procedimiento y origen de la propiedad para ser transferida al Institute.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Adolfo Garcia Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Presidente, es para cierta aclaracion de orden y aclaracion obligada. En mi mocion para la letra h) del articulo 18, yo hago referencia al Institute, pero no esta completada en realidad ahi, verdaderamente es el Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano, o sea que es el Institute el que va a brindar la garantia, proteccion y prestaciones a los miembros de la Policia. Esta es una aclaracion obligada en mi mocion, que debe entenderse que yo me estoy refiriendo a los bienes o patrimonio del Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano de la Policia o el Ministerio de Gobernacion, como quiera; mas adelante se aclara ahi en una disposicion.

Por otro lado, me quiero referir a lo que dice el literal h) del articulo 18. La honorable Diputada Dora Maria Tellez mociona para que el inciso quede hasta donde dice "propiedad del Institute", pero realmente aqui el concepto no queda claro porque queda en suspense; y por otro lado si aqui fuera aprobado legalmente no debe ser asi, por que? Porque segun este literal, todos los bienes que estan a nombre del Estado son del Institute y eso no es asi. Eso no puede ser asi. Tal como quedaria el literal h), todos los bienes que estan a nombre del Estado, todos los bienes inmuebles que estan a nombre del Estado son del Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano, lo cual no puede ser.

Ese es un detalle aparentemente tonto, simple, pero no; efectivamente si uno lee bien, lo que estamos haciendo es pasandole todos los bienes del Estado, todos los bienes que estan inscritos a nombre del Estado se los estamos pasando al Instituto de

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Seguridad Socia y Desarrollo Humano, lo cual no es posible. Entonces habra que buscar la solucion que nos ofrecia el honorable Diputado Fernando Zelaya, de que se junten, que se pongan de acuerdo las dos mociones, la del Diputado Ivan Salvador Madriz y la que yo he mocionado, me parece que esa seria la mejor solucion.

Porque realmente con la mocion de la Diputada Dora Maria Tellez, lo que se esta haciendo es traspasando todos los bienes que estan inscritos a nombre del Estado al Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano de la Policia.

Y en realidad legalmente eso no puede ser asi, sencillamente como parte de la logica juridica que tiene nuestro honorable Ingeniero juridico y flamante Secretario de esta Asamblea, realmente con esa logica yo la asumo, y estaria de acuerdo en consensuar las dos mociones para resolver el problema. Pero voy a insistir en este tema, tal a como quedaria la mocion de Dora Maria, todos los bienes que estan inscritos a nombre del Estado pasarian a nombre del Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano de la Policia, lo cual no puede ser.

Entonces, para estos efectos lo mejor es hacer el consenso de las dos mociones y asi resolveriamos el problema. Claro, el Doctor Zelaya decia que con solo decir "legalmente", lo que pasa es que se esta hablando como patrimonio del Institute, de bienes, bienes inmuebles, de acciones, de valores en general, porque lo tienen todas las instituciones de este tipo de seguridad social, y en ese caso como las normas reguladoras en cuanto a valores y demas y acciones las regula el Codigo de Comercio, pues yo hago alusion al Codigo de Comercio, que es el que regula esa materia.

Y efectivamente, siempre que legalmente el Estado haya adquirido e inscrito a su nombre el inmueble o lo que sea, porque en efecto el Estado aunque lo haya inscrito legalmente, puede haberlo inscrito ilegalmente, entonces eso tampoco. Por eso una parte del problema lo soluciona o lo va a solucionar esa Comision que hay Especial, porque sucede que en el listado que nos habian presentado, mencionando el numero registral de las propiedades, el tomo, el folio, el asiento, hay propiedades que realmente su traspaso, su adquisicion o su inscripcion no estan legalmente hechas porque han violado la cadena registral.

Entonces, no estoy pretendiendo crear problemas, pero es que eso se dio, nosotros no podemos violentar una practica parlamentaria; desde que existe la Asamblea, o Camara de Diputados, o Camara del Senado en este pais, nunca en una ley se han adjudicado bienes, con el simple hecho de mencionar en una lista el numero registral, el tomo, el folio, el asiento, eso no es asi; esa seria una mala practica un precedente nefasto, por eso es que queremos hacer las cosas de manera legal.

Entonces, Presidente, le rogaria que me escuche, respetuosamente le pediria a la Junta Directiva que continuara discutiendo los articulos 6 y 7 para poder ponernos de acuerdo en un consenso en cuanto al literal h) del articulo 18, eso es lo que pediria pues. Mas o menos las dos mociones pretenden lo mismo, pero hay cuestiones en las cuales tendriamos que ponernos de acuerdo para que sea una sola mocion; mientras tanto que no se detenga la discusion y que continue con el articulo 106 y el 107, para mientras llegamos a un consenso en el literal h) del articulo 18. Asi es que con todo respeto le pido eso a la Junta Directiva.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Las ultimas palabras no quedaron registradas, si por favor puede repetirlo.

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DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Bueno, lo que le ruego a esa Junta Directiva, con todo respeto, es que continuen discutiendo el artículo 106 y 107, para poder hacer una mocion de consenso entre el Doctor, honorable colega Diputado, Doctor Ivan Salvador Madriz y la mocion que yo he presentado para la letra h) del artículo 18.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledon Zeledon.

DIPUTADO NICASIP ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Aqui hay que tener una paciencia exagerada, pero de todos modos ese es el trabajo nuestro. Yo desde el principio no le he encontrado nada a los alegatos del Doctor Garcia Esquivel, cada dia me parecen ! mas contradictories, y que me dispense. El ultimo alegato presenta ' como lo mas fundamental de reformar, de acuerdo a su mocion para el inciso h) , que no queda -dice- establecida la creacion del > Institute. Me parece un argumento fuera de tono, porque en el articulo 2 de este consenso queda creado y yo voy a leer una parte: "Crease con este proposito el Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano, que en adelante se denominara simplemente como el Instituto".

De qué referencia habla, si según la moción de Dora María Tellez, queda hasta "el Instituto," en consonancia a la ley, en consonancia a lo que ya está aprobado. De qué referencia por tanto habla el Doctor García Esquivel en ese sentido? Si es lo que viene precisamente a darle coherencia a la norma, inciso h), leído como mil veces en todos estos dos días: "Los inmuebles propiedad del Estado que por ministerio de esta ley" Dice él en su alegato, aquí no, no queda claro, dice, porque todas las propiedades del Estado se adjudicarán al Instituto. No, Doctor Garcia Esquivel, lo que esta ley exprese, eso es todo; si son seis, son seis, no son todas las propiedades del Estado. Por eso, decía, hay que tener paciencia pues.

Aqui precisamente las especificidades se van a dar en el artículo 32, y no hay necesidad de poner referencias, porque el Institute ya está creado. No le encuentro por tanto asidero, ni argumento de que el Doctor García Esquivel, después que se ha hecho la reunion alia, que no tuve la oportunidad de ir ahora a Plaza del Sol, pero que aquí se vino con un acuerdo legítimo que desenrolla toda esta cuestiónquehemos estadodiscutiendoconclaridad. Desgraciadamente su moción pierde vigencia con estos planteamientos que ha hecho la Comandante y con los que han hecho los demas Diputados; pierde vigencia Doctor García Esquivel, su mocion, y mejora la mocion de Dora Maria, que es en concordancia con lo que aquí está previsto.

Pero si de todas maneras quiere usted que quede alguna referencia en el inciso h) , todavia tenemos cancha, tenemos lugar, tenemos forma, dejémoslo en el transitorio y refirámoslo pues, si es que no es suf iciente el articulo 2 que aqui esta consignado y que yo acabo de leer. Por tanto senor Presidente, yo le sugiero que como esto esta harto discutido y creo yo que hemos llegado ya a un consenso de que lo vamos a hacer en tres formas, yo le solicito encarecidamente que pasemos a votar la mocion de Dora Maria Tellez, luego pasemos al 32, y luego nos pongamos de acuerdo en el transitorio, que esto desenrolla todos los obstáculos que hasta hoy nos mantienen en este artículo.

Muchas gracias, señor Presidente.

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PRESIDENTE EN FUNCIONES DORIS TIJERINO HASLAM:

Reynaldo Tefel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Despues del Diputado Nicasio, practicamente no deberla de hablar, pero como han habido algunos Diputados que han hablado hasta diez veces y cada vez quince minutos, confundiendo y revolviendo aguas clarisimas, quiero respaldar a Nicasio con lo siguiente. El artlculo 18 dice: "Para el cumplimiento de sus fines el Institute contará con patrimonio propio proveniente de las siguientes fuentes: h) Los inmuebles propiedad del Estado, que por ministerio de esta ley pasaran legalmente a ser propiedad del Institute".

Entonces, es totalmente absurdo y sin ninguna racionalidad decir que este h) esta diciendo que son todos los inmuebles propiedad del Estado, cuando, como lo senalo Nicasio, dice claramente que por ministerio de esta ley, pasaran legalmente a ser propiedad del Institute; o sea, solamente los inmuebles que van a pasar al Instituto.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Vamos a votar el articulo 18, en el incise h), la mocion que existe unicamente ya sobre la Mesa; el resto ha sido retirada y consensuada para posterior discusión. Vamos a votar en consecuencia, en el incise h), la moción de Dora María Téllez.

Se abre la votación.

Se está votando la moción de inciso h).

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votes a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 15 colegas no votaron.

Ahora vamos a votar todo el articulo 18 con sus incisos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 14 colegas no votaron.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Y ahora entraría a discusion el articulo 32, y estarla el dictamen que fue leido allci nomas, y una mocion de articulo 32, de acuerdo a las conversaciones bajo el copioso desayuno de que hab!6 el Doctor Fernando Zelaya Rojas. Entonces, dado ese copioso desayuno, resulto esta mocion para que del articulo 32, su redaccion sea la siguiente: "Los bienes inmuebles propiedad del Estado que formaran parte del patrimonio del Institute, son los siguientes:

a) EDIFICIO PLAZA EL SOL.

Finca 66-831, Tomo 11-22, Folio 97-8, Asiento Segundo, del Registro Público de Managua.

b) COMPLEJO CARLOS ROBERTO HUEMBES:

Finca 29-318, Tomo 447, Folio 15, Asiento Cuarto. Finca

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22-601, Tomo 425, folio 218, Asiento Octavo.

Finca 28-676, Tomo 15-68, Folio 225-6, Asiento Tercero.

Finca 700-35, Tomo 11-83, Folio 79-82, Asiento Segundo.

Todos del Registro Publico de Managua.

c) HOTEL LOMAS DEL MAR, HUEHUETE:

Finca 14-229, Tomo 299, Folio 176, 177, Asiento Cuarto, en el Registro Publico de Jinotepe.

d) CENTRO EL OYATE EN CHONTALES:

Finca 14-50, Tomo 164, Folio 148, Asiento 15.

En el documento que nos dieron dice "asiento 14".

COMANDANTE MARIA LETICIA VALLE, FUNCIONARIA DE LA POLICIA NACIONAL:

En el documento que entregamos hoy, dice "Asiento 15". El asiento 14 es una rectificacion de la desmembración, y el certificado registral dice "Asiento 15".

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

e) CLINICA EN INMEDIACIONES DEL FERROCARIL:

Finca 40-91, Folio 269-70, Tomo 48, Asiento Cuarto, en el Registro Publico de Granada.

f) GASOLINERA "LA CACHORRA":

Finca 28-32, Tomo 602, Folio 164, Asiento Cuarto.

Finca 25-37, Tomo 1388, Folio 128, Asiento Séptimo.

Finca 58-71, Tomo 634, Folio 271, Asiento Noveno.

Finca 85-63, Tomo 186, Folio 195, Asiento Tercero.

Finca 10873, Tomo 173, Folio 223, Asiento Cuarto.

Finca 16722, Tomo 947, Folio 110, 151, Asiento Tercero.

Finca 7639, Tomo 103, Folio 189, Asiento Cuarto.

Finca 10764, Tomo 228, Folio 175, 226, Asiento Tercero.

Finca 339, Tomo 185, Folio 23, Asiento Quinto.

Finca 2566, Tomo 182, Folio 195 y 224, Asiento Noveno.

Finca 18449, Tomo 755, Folio 143, Asiento Cuarto.

Finca 1482, Tomo 72, Folio 75, Asiento Septimo.

Finca 48116, Tomo 701, Folio 173, Asiento Cuarto.

Finca 14354, Tomo 87, Folio 291, Asiento Cuarto.

g) INMUEBLES UBICADOS EN LAS INMEDIACIONES DEL EDIFICIO CENTRAL DEL MINISTERIO DE GOBERNACION:

Finca 22-322, Tomo 286, Folio 281, Asiento Quinto.

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Finca 22-323, Tomo 286, Folio 296 al 97, Asiento Cuarto.

Finca 22-325, Tomo 286, Folio 204, Asiento Tercero.

Finca 23-048, Tomo 300, Folio 186, Asiento Cuarto.

Finca 36-614, Tomo 495, Folio 273, Asiento Segundo.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo.

Tiene la palabra el Diuptado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Gracias, Presidente.

Me parece que el consenso alcanzado hoy en la manana es muy positive, para identificar hoy en esta lista las propiedades que tienen un origen claro y que pueden de inmediato pasar a ser parte del patrimonio, y dejar luego la formacion de la Comision que va a dilucidar el resto de las propiedades. Mi observacion es mas bien en la redaccion que leyo el Diputado Bonilla, darle alguna congruencia o alguna correspondencia con ese acuerdo, porque el encabezado que dice es el siguiente: "Articulo 32. Los bienes que pasan a ser patrimonio del Institute son"(y trae el listado), dando la impresion como que estos son los unicos bienes. Mas adelante estamos dejando la Comision que va a definir los otros bienes.

Entonces, yo sugeriria o voy a mocionar para que el encabezado sea: "Los bienes que de inmediato a la publicacion de la presente ley, pasan a ser patrimonio del Instituto, son los siguientes", Para diferenciarlos de los que posteriormente quedarian y ponerle una fecha tope.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adan Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE:

Gracias, Presidente.

Me fue un poco dificil seguir la lectura que hacia el Secretario en el orden que lo estaba leyendo el. Me parece que para entrar tambien a discutir y votar sobre esta parte del articulo todos los miembros de este Plenario Presidente, debieran de tener una copia de este material que va a ser sometido a discusion; me refiero aproximadamente a cinco paginas que es donde aparecen descritas las propiedades y el contenido -digamos- de esas propiedades, para que cada miembro del Plenario sepa por que esta votando.

Y me imagine que asi como a nosotros nos ayudo este material informative que dio la Policla, podria ayudar tambien en el debate de este Plenario, para hacer mas fluida la aprobacion de este articulo. Por ejemplo, cuando se habla de la gasolinera conocida como "La Cachorra", esta compuesta por trece fincas, entonces es util que el Plenario sepa mas o menos quienes son los duenos de esas fincas, cuales son sus nombres y apellidos. Es una cuestion informativa que me parece util. Y luego cuando se habla de los predios ubicados frente al Edificio Silvio Mayorga, se esta hablando de cinco fincas diferentes, y luego estan otros cuya diferenciacion es mas facil.

Me parece que esto podria ser bien util -a mi juicio- para que el peso de esta decision, aunque el numero de votos siempre da el mismo resultado cuando una mocion gana, yo creo que es mejor cuando la decision se toma con una conviccion bien completa, con una

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informacion bien amplia.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Anlbal Martlnez Núñez.

DIPUTADO ANIBAL MARTINEZ NUÑEZ:

Gracias, Presidente.

Es solo porque la preocupacion del Diputado Alonso Porras Dlaz ya esta cubierta en el articulo 18 que acabamos de aprobar, del inciso h) que acabamos de aprobar y en el i) que dice: "Las sesiones o donaciones de bienes y recursos que el Estado realice con el proposito de conservar, mejorar y otorgar derecho a la poblacion afiliada". De manera que la preocupacion de el ya no es valida.

Gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Vista la solicitud presentada por el Diputado Adan Fletes Valle, de reproducir la lista de propiedades, la Secretaria de la Asamblea Nacional acaba de proceder a su reproduccion la cual seria entregada posteriormente a los miembros del Plenario.

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeledón Zeledón.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Es que tenia el temor de que esta propuesta del honorable Diputado Adan Fletes nos catapultara a dos semanas mas, y no tenemos el Reglamento; porque segun el Reglamento, los Diputados debemos tener a la vista lo que vamos a legislar cuarentiocho horas antes; y si en este caso se va a aceptar esa peticion del Diputado, yo tendria cuarentiocho horas para ver si voto o no voto en esas circunstancias. Ese temor es el que yo tengo, vamos a suspender en este momento la Sesion para verla despues del 10 de Agosto? Esa sería una pregunta que me lleva inmediatamente a hacerla obligadamente.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Reynaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Yo entiendo la preocupacion del Diputado Adan Fletes, pero habiendo estado hoy en la manana los jefes de bancadas con la Policia, y habiendo llegado ahl a un conocimiento directo de los hechos que algunos ponian en duda, y teniendo nosotros -cada una de las bancadas- confianza en nuetros jefes de bancadas, yo creo que lo que se podria hacer es que para mayor informacion nuestra se nos distribuya eso, pero que no se atrase la aprobacion de este articulo. Yo creo que deberiamos de proceder a votar este articulo.

Porque como bien dice Nicasio, nos pasariamos dos semanas mas sin aprobar esta ley, y mientras tanto, ustedes saben que hay una desesperacion angurrienta en este gobierno por privatizar todo a la mayor velocidad posible, y lo estan haciendo en todas partes sin cumplir con la legislacion que ha sido aprobada aqui en la Asamblea. Por consiguiente, yo creo que debemos aprobar lo mas pronto posible esta ley.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo Garcla Esquivel.

DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Presidente, voy a insistir en este tema, y para ello debo decir lo siguiente. En mi historia parlamentaria de este pais, no ha habido ni se ha utilizado ese expediente para asignar propiedades. Yo he dicho las razones por las cuales comparto con la Policia la preocupaci6n que crear un Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano de la Policia, sin que tenga bienes. Para facilitar la prestacion de los derechos y garantias y prestaciones para los miembros de la Policia, es logico que el Instituto tenga bienes; pero en la historia parlamentaria del pais, no se ha utilizado este expediente para asignar bienes en esta forma.

Aqui ha habido Congreso, Camara de Diputados, Camara del Senado, Consejo de Estado, y ahora Asamblea Legislativa, y este expediente no se ha utilizado. Es mas, pues, yo le preguntaria al honorable Secretario, cuantas propiedades leyo el ahi, tendria que ver el listado para poderme contestar. Entonces vean, yo quiero salvar mi responsabilidad. Yo no puedo permitir que como Diputado, que trato de hacer las cosas en forma legal, se haga el ridicule. De todas esas propiedades, con solo una que resulte un problema, porque su verdadero dueno judicialmente haga el problema, o como sea, yo me consideraria faltar a la seriedad, faltar a la responsabilidad, y ademas quedar en ridicule con una sola propiedad que aparezca en discusion de esa lista.

Pero yo no me puedo permitir el lujo de quedar en ridiculo y f altar a la seriedad, porque ademas parlamentariamente no es el procedimiento. Yo decia ayer algo relacionado con esto, que de esta manera el Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano de la Policia, podria hacerse dueno de un solo plumazo, con solo aprobar este articulo de propiedades por ejemplo que pertenecen a Jose Leon Talavera, o a mi querido amigo Omar Cabezas, o a Guillermo Chavarria, o a la honorable Diputada Miriam Argiiello, o a Nardo Sequeira, o a Fernando Zelaya, y ya con eso Fernando Zelaya deja de ser dueno, con solo que aparezca ahi metido el numero registral, el tomo, el folio, el asiento de la propiedad de todos estos honorables Diputados que he citado, y eso no puede ser asi.

Esto se maneja y se resuelve en otro nivel, por eso en parte yo acepte crear la Comision Especial. Asi es que yo me voy a abstener en cuanto a la votacion de este articulo. De tal manera que por lo que hace a este articulo que senala e identifica con numero registral el tomo, folio y asiento de los bienes que van a conformar el patrimonio del Instituto, yo me voy a reservar mi derecho a no votar.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Comandante Franco Montealegre.

COMANDANTE FRANCO MONTEALEGRE, FISCAL GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, senor Presidente.

Nosotros estabamos viendo la discusion que se esta planteando, y para evitar que quede algun minimo de duda, en relacion a nuestra transparencia y a lo que queremos para nuestros fines, valoramos que de la propuesta que leyo el Diputado Bonilla, Secretario de la Asamblea, se extraigan los predios baldios y el que habla de la gasolinera La Cachorra. Para facilitar la aprobacion de este articulo que es tan importante para nosotros, esto quedaria en el transitorio cuando la Comision revise toda la situacion legal que

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está planteada; y si esto va a proceder, pues creemos y tenemos la esperanza y el optimismo de que ahi se va a poder resolver, y va a ser incorporado posteriormente al patrimonio del Institute que tanto lo necesita.

Muchas gracias.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

De acuerdo con lo que ha dicho el Comandante Franco Montealegre, el articulo 32 quedaria unicamente con el Edificio Plaza El Sol, Complejo Carlos Roberto Huembes, Hotel Lomas del Mar, El Oyate, las clinicas en las inmediaciones del Ferrocarril en Granada, y luego los inmuebles en las inmediaciones del Edificio Central del Ministerio de Gobernacion; se eliminaria todo lo que es la Gasolinera "La Cachorra" y esas inmediaciones que pasaron a ser propiedad del Estado, o cuando se expropio el casco urbano de Managua.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Vice-Presidente, Doris Tijerino Haslam.

DIPUTAPA DORIS TIJERINO HASLAM;

Gracias.

A mf me parece que estamos cayendo en una trampa, y me preocupa que asi como ahora, primero hay que ver esta lista, luego puede venir otro Diputado preocupado por ir a ver los libros en el Registro en cada uno de los lugares, y podriamos llegar incluso a plantearnos que hay que ir a ver hasta los protocolos de los abogados, algunos de los cuales realmente habria que verlos, pero no a proposito de este articulo. No estoy tan segura de lo que el Diputado Bonilla dice en relacion a que fueron terrenes expropiados los del casco urbano, porque yo recuerdo que hubo donaciones que se hicieron en esa epoca, de todo lo que son las ruinas, algunas de las cuales despues los antiguos duenos volvieron a reclamar los derechos.

Yo creo que nos estamos confundiendo de manera innecesaria. Cuando discutimos el C6digo Militar, el problema era que el patrimonio del Institute de Seguridad Social del Ejercito no estaba claro, porque no venia aqui la lista detallada de las cuestiones que iban a pasar o de los bienes inmuebles que iban a pasar a formar parte de este Institute; se toma entonces el cuidado la Comision de que en este proyecto de ley quedaran especificados, para evitarnos la discus ion que por no estar en la otra ley tuvimos, y los mismos Diputados que entonces hicieron uso de la palabra para pedir que se incluyera en la ley el listado de esos bienes inmuebles, son ahora los que dicen que no se puede por la ley.

Yo siento que estamos retorciendo las cosas, para poner tacticas dilatorias y facilitar negociaciones con estas propiedades. Yo quisiera sumarme a la peticion de Nicasio y de Reynaldo Tefel, en el sentido de que si ya hubo una reunion con jefes de bancadas, si ya vieron los documentos, procedamos a aprobarlo; a no ser que toda comisidn que de aqui sale de este Plenario, despues viene y es sospechosa de complicidad, no se con quien, nadie va a confiar, y no vamos a poder entonces establecer comisiones para trabajos especiales. Yo creo que hay que partir de la confianza que tenemos en los jefes de las bancadas.

Si no es asi, tendriamos que ir uno por uno de los Diputados a revisar todos los libros, todos los documentos, y esto seria cuento de nunca acabar. Asi es que yo quiero sumarme a aquellos que dicen que hay que aprobar inmediatamente este articulo; ya suficientemente nemos dilatado esta discusion.

Gracias.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, yo quiero adherirme al consenso que se logro hoy en la manana y que fue expresado por la Doctora Miriam Argtiello, alrededor de las propiedades que claramente se documentaron en la manana, las escrituras de compra-venta a sus propietarios anteriores. Lo ha dicho la Doctora Argiiello, aqui lo que se esta haciendo es que del listado inicial, simplemente dejar aquellas propiedades que hoy por la manana se ensenaron sus historias registrales y se ensenaron las escrituras de compra-venta normales, o sea, propiedades que no fueron expropiadas, propiedades que no fueron confiscadas, sino que fueron compradas a sus antiguos propietarios y que los jefes de bancadas tuvieron la oportunidad en la manana de ver los documentos.

A ese consenso yo me adhiero sin ningun temor, no miro por que darle enredo a esto. Y yo si quisiera, con lo planteado por Nicasio, para que no quede ninguna sombra de duda de la legalidad de esto, esta lista que se esta introduciendo el dia de hoy, no requeria tener cuarentiocho horas de haberse introducido, porque en el articulo 32 del dictamen aparece el listado inicial en donde todas estas propiedades estaban incluidas. Lo que aqui se esta haciendo es una moci6n para depurar lo que esta en el dictamen, entonces no requiere cuarentiocho horas sino que es una mocion que varia un dictamen que ya estaba entregado con el tiempo legal.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Nardo Rafael Sequeira Báez.

DIPUTADO NARDO RAFAEL SEQUEIRA BAEZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo quisiera aclarar un poco esta situacion. Quizas la pequena confusion que ha habido es debido a la lectura que dio el senor Secretario en la manana, de una gran cantidad de propiedades que no fueron objeto de consenso y forman parte del Institute. En lo que se quedo en la manana, fue en las propiedades compradas por el Estado e inscritas a su nombre y que estan en este documento, no directamente las propiedades adquiridas de conforimidad con la Ley de Expropiacion de Predios Baldios; porque para eso es acordemonos- que se va a formar la Comision que va en el articulo transitorio, donde se va a hacer una revision.

Incluso quiero recordarles que hubo una inquietud de la Doctora Argiiello, en el sentido de que ella pedia que se hiciera una revision desde el ano 1937, porque realmente podian haber cosas dudosas, tanto en el tiempo de Somoza como en el tiempo del perlodo del gobierno anterior... (CAMBIO DE CINTA ORIGINAL) ... comprados por el Estado e inscrita a su nombre, y que estan claramente visibles pues en el documento que todos tenemos en este momento, y por eso fue que se form6 la Comision integrada por el Contralor, por el Director General de la Policia y el Ministro de Gobernacion.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adán Fletes Valle.

DIPUTADO ADAN FLETES VALLE;

Gracias, Presidente.

En el material que hoy tuvimos en la manana, en la reunión

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desayuno, hay varias llneas generales. De todas las propiedades que tenemos nosotros descritas en este artlculo que estamos discutiendo, las autoridades de la Policla lo vieron posiblemente en seis areas: unas que fueron adquiridas por confiscacion, otra que es el Complejo de Almacenes La Subasta; otra de inmuebles comprados que aun no estan inscritos a favor del Estado; otra que se refiere a inmuebles inscritos a favor del Estado, una mas que se refiere a inmuebles inscritos a favor del estado por declaracion de utilidad publica; y otra seccion que se refiere a compradas por el Estado.

Ellos ahora quieren que se incluya solamente aquellas que dicen compradas por el Estado, o sea que eso excluye a cinco de las seis secciones en las que estaban divididas estas propiedades. Creo que la Secretaria esta reproduciendo ese material que nos va a servir a nosotros bastante, para efectos de estar bien claros sobre cuales son las propiedades que van a ser sometidas en esta votacion. Cuando se revela el interes de que a este Institute pertenezcan solo las compradas por el Estado, me parece que incluso reducimos mas todavla los riesgos de cualquier dificultad.

Hoy en la manana nosotros establecimos un consenso sobre las compradas por el Estado, las declaraciones de utilidad publica y de inmuebles inscritos a favor del Estado. Y ahora la Policla considera que estas propiedades tambien pasen a ser parte del trabajo de la Comision, o sea que ellos han reducido bastante aquel con junto de propiedades en que hay, sin duda alguna, una gran exactitud porque estan definidas como compradas por el Estado. De tal forma que al momento de recibir el Plenario ese contenido de dos hojas, yo creo que la votacion se puede hacer mas precisa. Me parece que de esta manera resolvemos el impasse que se ha presentado alrededor de este tema.

Yo quiero valorar tambien de manera significativa, de nuevo, el gesto de la Policia, tratando de que nosotros aprobemos esta ley, obteniendo ellos una ley que regula las funciones de toda la organizacion, y que ademas le da al Ministerio de Gobernacion un Institute que cobija no solamente a la Policia, sino a los bomberos, a Migracion, etc.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Reynaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

Yo queria decir que en realidad, en la discusion de esta parte de la ley, ha habido falta de seriedad, falta de confianza y consideracion. Falta de seriedad precisamente de quien ha hablado de falta de seriedad, porque ha hablado once veces, cuando los Estatutos dicen que solo se pueden hablar tres veces, y ha hablado quince minutos cada vez, lo que suman ciento sesenta y cinco minutos. Esa es falta de seriedad, falta de consideracion y falta de respeto a nosotros que, como bien dice Nicasio, hemos tenido que tener una paciencia de Job para poder aguantar repitiendo cada vez lo mismo.

Falta de confianza y consideracion a los jefes de bancadas que estuvieron hoy en la manana, que fueron testigos nombrados por nosotros ayer en el Plenario para que fueran a esa reunion, no solo a desayunarse -como parece que paso con algunos-, sino para darse cuenta y atestiguar aqui de lo que vieron. Y ademas, es tambien falta de confianza y de consideracion a los Jefes de Policia, al suponer que nos estan "metiendo gato por liebre", a pesar de que dieron ahi los documentos. Por eso yo insisto en que ya se debe de votar, porque estan de verdad abusando de la paciencia de este Plenario.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Miriam Argüello Morales.

DIPUTADA MIRIAM ARGÜELLO MORALES:

Gracias, Presidente.

En realidad yo ya estoy cansada, y tendria que estar en el Ministerio de Relaciones Exteriores viendo como es que vamos a gastar los reales que no nos ban dado, pero aqui estamos. Yo creo que ya es demas seguir discutiendo este asunto, todos nemos sido clarlsimos en nuestras exposiciones, tanto los miembros de la Policla como nosotros. Yo ya intervine dos veces clarificando que unicamente aquellos bienes que han sido vendidos normalmente a traves de una escritura de compra-venta, como se hace en terminos normales, es lo que se va a pasar por ministerio de la ley, y lo otro va a quedar en estudio.

Yo creo que seguir repitiendo la misma cosa ya es demas. En el Diario de Debates van a estar registradas cinco horas sobre esto, en el que podemos comprobar que por lo menos el 90 por ciento de los que nos nemos expresado aqul, nemos coincidido en lo mismo y nemos repetido lo mismo. Ahora, que no haya preocupacion, entiendo yo que porque en el pasado no se ha hecho eso en los Congresos, en las Asambleas, en los Consejos de Estado y todo eso, yo me preocuparla si esto fuera violatorio de la Constitucion; pero no siendo violatorio de la Constitucion y solamente que porque nunca se ha hecho, eso a mi no me preocupa, porque tenemos que estar claros todos aqul, que en este pals ya estSn sucediendo cosas que nunca hablan sucedido antes.

La realidad es que por primera vez en la historia de Nicaragua hay un Poder Legislative que no obedece a las consignas del Ejecutivo, y no porque eternamente en este pals se obedecieron las consignas del Ejecutivo, no vamos a poder ser verdaderos independientes ahora. Entonces, yo creo que esos argumentos mas bien nos cansan y abusan de nosotros que tenemos tantas cosas de por medio. Yo pido que de inmediato se pase a la votacion.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Leónidas Duarte.

Tiene la palabra el Diputado Omar Cabezas Lacayo

DIPUTADO OMAR CABEZAS LACAYO:

Gracias, Presidente.

Por economía parlamentaria quiero que me permita, como se dice en juego, pasar. Paso.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Noel Sánchez Cuadra.

DIPUTADO NOEL SANCHEZ CUADRA:

Gracias, señor Presidente.

A mí una cosa que me llama la atención aqui, donde dice "síntesis de los inmuebles que serían trasladados al Instituto," en el segundo párrafo dice: "Complejo Roberto Huembes, ubicado en el sector de las Piedrecitas Managua, propiedad donde se han efectuado inversiones importantes por parte del Ministerio". Quiero aclarar en primer lugar, que yo no tengo la menor duda de que la Policía quiera proceder con toda honestidad, con toda rectitud, con toda decencia en la adjudicacion de estos bienes en favor del Institute, pero aqui yo encuentro una cuestión.

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Hay una senora que se llama Margarita Cohen, que está reclamando propiedades que le han sido confiscadas. Aqui aparece el nombre de ella, Margarita Cohen, en la finca numero 28-876 en escritura hecha el 23 de Septiembre de 1983, inscrita con los numeros tales y tales Yo quiero reservarme el derecho de abstenerme de ir a esta votacion, si es que se realiza hoy, hasta tanto no averigue con esta senora si esa propiedad realmente le fue comprada a ella o no; porque hay que recordar que el Ministerio del Interior hacia adquisiciones antojadizas y con escrituras como se le viniera en la mente. Eso creo que es irresponsable aquí.

For lo tanto, yo hare abstencion en mi voto en lo relative a esto, hasta tanto no asegure a traves de esta senora si ella vendio o si no ha vendido, si ha sido legalmente indemnizada. Quiero hacer esta aclaracion con todo respeto a la Policia Nacional.

Muchas gracias.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra Saturnino de los Santos Tijerino.

DIPUTADO SATURNINO DE LOS SANTOS TIJERINO JIMENEZ:

Gracias, Presidente.

Yo fui uno de los jefes de bancadas que asistio a este desayuno trabajo con los miembros de la Policia Nacional, y en su oportunidad nos hicieron llegar un dossier con toda la documentacion necesaria, que incluso obra en poder del senor Secretario. Si tan necesario fuera, yo creo que seria conveniente se mandase a reproducir y hacerselo llegar a todos los colegas Diputados, para que tengan en su poder todas las escrituras publicas que nos hicieron llegar hoy por la manana, porque asi se terminaria de una vez por todas con todas las inquietudes que se han manifestado de parte de alguno de los colegas.

Porque yo considero que con toda la transparencia y la buena voluntad que nos hicieron llegar estos documentos, donde estan asentados en el Registro Público y firmados por los abogados que llevaron e hicieron esas escrituras, yo no veo la razon para estarnos atrasando y retrasando la aprobacion de esta ley.

Yo me sumo a lo que antes dijeron que se pase a la votación.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra la Comandante Maria Leticia Valle.

COMANDANTE MARIA LETICIA VALLE, FUNCIONARIA DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Entre los documentos que les entregamos hoy a los jefes de bancadas se encuentra un certificado registral firmado por el Registrador Publico de Managua, que dice que la finca inscrita 28-876 pertenece al Estado de la Republica de Nicaragua, quien la adquirio por compra hecha a Zenia Alejandrina, David Lester, y Philip Margarita, los dos primeros son Ode Cohen y la ultima Cohen Cussen, quien en esa epoca eran menores de edad y estuvieron representados por su padre. Aqui dice: "El Registro Publico no es un indicative declarative de dominio." Esto es lo que dice el Registro Publico y esto asi fue, esta propiedad fue comprada; si a la senora se le confiscaron otras, no podemos decirlo, pero esta en particular fue comprada.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Suficientemente discutido el tema, el Secretario dara lectura a la mocion para proceder a la votacion.

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SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

La moción quedó reducida, la de Nicasio Zeledón, que la retoma de lo que es la propuesta de la Policía, como articulo 32: "Los bienes inmuebles propiedad del Estado, que conforme al inciso h) del artlculo 121 -que es el que discutimos antes- y que formaran parte del patrimonio del Institute, a la fecha de la publicacion de la presente ley, son las siguientes:

a) Edificio Plaza El Sol"

Ya tienen ustedes ahi el documento que tiene todos los agregados de la numeracion de la finca.

Finca 66-831.

b) Complejo Carlos Roberto Huembes: Finca 29-318, Finca 22-601, Finca 28-876, Finca 735.

c) Hotel Lomas del Mar de Huehuete, finca 14-219.

d) El Oyate Chontales, Finca 14-50.

e) Clínica inmediaciones del Ferrocarril: Finca 40-91.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votacion la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 1 en contra, 6 abstenciones.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:


Capítulo XIII

Disposiciones Transitorias


Arto.106. El nuevo Director General de la Policia será nombrado por el Presidente de la República el 5 de septiembre de 1996, entre los miembros de la Jefatura Nacional de Policía y tomará posesión de su cargo el 20 de Diciembre de 1996.

Los Sub-Directores Generales y el Inspector General serán nombrados por esta única vez, además de lo establecido en el artículo 80, dentro del grado de Comisionado.

Arto.107. Los grados otorgados de acuerdo a la Ley No. 54, Ley de Grados del Ministerio del Interior, con anterioridad al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley, se convalidarán de acuerdo a los criterios establecidos por la institución.

Quedan vigentes para el resto de órganos del Ministerio de Gobernacion, los grados contemplados en la Ley de Grados Militares del Ministerio del Interior, publicada en La Gaceta No. 246, del 27 de septiembre de 1988.

Arto.108. Mientras no se dicte la Ley Orgánica de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación, se aplicará el Reglamento de Seguridad Social del Ministerio de Gobernación.

Arto.109. Esta Ley deroga el Decreto No. 45-92 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 172, del 7 de septiembre de 1992, y cualquier otra disposición que se le oponga. Se faculta al Presidente de la República para dictar el Reglamento de la presente Ley, de acuerdo al artículo 150 numeral 10) de la Constitución Politica".

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Cuando se repartio el Capitulo nuevo, habia tambien una propuesta de dos transitorios; uno de ellos, un articulo transitorio, es el siguiente: "Los ex-miembros del Ministerio de Gobernacion que hayan laborado en su servicio por cinco aftos o mas, podran afiliarse a la seguridad social en forma facultativa, si asi lo desean, solicitandolo al Institute en un plazo no mayor a los 180 dias despues de aprobada esta Ley".

Otro articulo para transitorio:

"En un lapso no mayor a un año a partir de la publicación de la presente Ley, el Ministerio de Gobernacion ejecutara el traslado formal de las funciones, atribuciones, bienes y recursos de la Division de Seguridad Social, al Institute".

Y finalmente el 110:

Arto.110. La presente Ley entrará en vigencia al momento de su publicación por cualquier otro medio de comunicación.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Observaciones al artículo 106.

Tiene la palabra el Comandante Fernando Caldera.

COMANDANTE FERNANDO CALDERA, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL:

Muchas gracias, señor Presidente.

En relacion al articulo 106, nosotros habiamos considerado originalmente en la Policia, la conveniencia de que no se fijara el proceso de transicion en el periodo de Septiembre, sino que fuera posterior, el cambio de cargo a como se fija ahora en la ley. Sin embargo, es voluntad de la Presidente de la Republica que el cambio de cargo o de mando de la Policia Nacional se realice el 5 de Septiembre; y en atencion a esta voluntad de la Presidencia de la Republica nosotros, los mandos de la Policia Nacional, hemos acogido el compromise de respaldar la decision de Dona Violeta de que se realice este cambio el 5 de Septiembre de 1996.

En tal circunstancia, solicito a la Asamblea Nacional que autorice pues en la presente ley, el cambio del 5 de Septiembre del 96, y que en esa misma fecha tome posesion el nuevo Director de la Policia Nacional.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGUELLO:

Gracias, Presidente.

No se si le entendi bien al Comandante Caldera, que la misma fecha de nombramiento sea la toma de posesion; yo creo que eso no es adecuado. En realidad la toma de posesion requiere de un proceso que debe cumplirse una vez nombrado el nuevo Jefe, es decir, hay que convocar a los jefes -entiendo yo-, a hacer la presentacibn oficial del nuevo Jefe; hay que hacerle entrega con inventario de la Jefatura, etc.; hay que buscar un finiquito de la Contraloria; hay que hacer las actas de entrega; todo eso toma un tiempo.

Entonces yo quisiera tambien proponer lo siguiente, "Tomara posesion a mas tardar quince dias despues del nombramiento". Para dejarles un plazo de quince dias para realizar una entrega ordenada.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Ivaá Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Señor Presidente, muchas gracias.

Es para respaldar, senor Presidente, la mocion presentada por la honorable Diputada Dora Maria Tellez, de que se haga ese cambio pertinente, para asi estar de acuerdo con lo que ha solicitado nuestra Presidenta Dona Violeta Barrios de Chamorro.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Secretario Julio Marenco.

DIPUTADO JULIO MARENCO CALDERA:

Gracias, Presidente.

Tenía mis serias inquietudes sobre este artículo 106. El recibir un finiquito y en asuntos administrativos no hay prescripcion, por el hecho de que el nuevo Comandante tome posesion el mismo dia; ademas, pueden pasar quince, veinte dias y hasta un mes, para auditoriar una entidad del Estado. Yo no veria inconveniente en que sea de inmediato, y quiero aclarar por que debe ser inmediato.

Esto del mando de la Policia, son mandos verticales, va a haber un periodo de quince dias, veinte dias, un mes, donde queda uno nombrado y en posesion un saliente; eso ocasiona un vacio sumamente peligroso en los mandos, en un mando vertical como la Policia. En el presente, veamos lo que sucede y lo que va a suceder el 20 de Octubre en este pais.

Los ministros van a dejar de tener esa tuerca que tienen hoy; el mismo Presidente electo, el mismo presidente en posesion va a dejar de tener una fuerza de mando y se va a dar un vacio entre noviembre, diciembre; hasta la nueva posesion, o toma de posesion del nuevo Presidente, toda la atencion se va a centrar en el Presidente electo; pero como es un periodo de transicion en que hay que hacer ahi la entrega formal seria, pues normal. Pero en una unidad como la Policia, quince dias, o veinte dias, o un mes, donde exista un jefe nombrado y un saliente en posesion del cargo, se ocasiona un vacio sumamente peligroso.

El asunto de los finiquitos, problema de los inventarios, el asunto de ir a presentar al Jefe, esos son asuntos administrativos que se pueden dar en el transcurso que sea necesario, pero ya nombrados y ya tomando su posesion. Por lo tanto, yo me pronuncio en que la toma se posesion sea el mismo dia del nombramiento, no hay ningun problema por razones administrativas. Paso mi mocion a la Mesa, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Diputado Alonso Porras Díaz.

DIPUTADO ALONSO PORRAS DIAZ:

Presidente, yo quiero exponer aquí las consideraciones de la Comisión cuando consignamos esta propuesta en el dictamen. Creo pues que es encomiable la disciplina de la subordinación de la Policia a la Presidenta de la Republica, pero en la Comision valoramos que este cambio de la Jefatura de la Policia caia en el pleno centro de la campana electoral, en el momento mas duro de la

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campaña electoral, y cualquier persona aquí que ha trabajado en una organizacion, sea esta de naturaleza empresarial, institucional, estatal, etc., sabe que el cambio de un jefe implica una transicion y un desajuste transitorio, pero lo implica, y máxime cuando en el caso de la Policía no es solo un movimiento el que se hace.

Porque no es el movimiento del jefe saliente al jefe entrante, sino que el jefe entrante sale a su vez del Consejo de la Policia, Consejo que queda entonces con un vacio, que tiene que ser sustituido por otro oficial que esta en un organismo inferior, y se va desarrollando una cadena de cambios en la jerarquía de mandos que afecta la estabilidad de la Institución, que si esto fuera en condiciones normales no importa, pero estamos hablando de toda esta situacion de inestabilidad y de cambios en el momento mas duro de la campana electoral.

En la Comisión nos parecio de lo mas inoportuno, entonces, crear esa situacion de inestabilidad en plena campana. No es cierto lo que dice Julio Marenco de que al haber un jefe nombrado y otro que todavla no ha entregado se crea un vacio; en el Ejercito no paso con Joaquln Cuadra, nombrado desde Septiembre y Humberto Ortega sin entregar hasta el mes de Febrero del ano siguiente, paso cinco meses y ahi no hubo ningun vacio de mando. Las estructuras de mando estan acostumbradas a un estilo jerarquico en el cual el jefe es el jefe hasta que entrega.

Es decir, francamente Presidente, me parece que, aqui no se trata de caprlchos, pues, la Comision valoro que era una imprudencia afectar la transicion y caer en una inestabilidad en plena campana electoral.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Ray Hooker Taylor.

DIPUTADO RAY HOOKER TAYLOR:

Presidente, apoyo la mocion de la Diputada Dora Maria Tellez, quince dlas es mas que suficiente. La propuesta de la Diputada Tellez dice que a mas tardar quince dias, entonces eso tambien incluiria la propuesta del Diputado Julio Marenco; porque si la Policia lo quiere hacer el mismo dia, lo puede hacer el mismo dia porque la propuesta es a mas tardar quince dias despues. Entonces, apoyo la mocion de la Diputada Dora Maria Tellez que tambien incluye si asi lo desea la Policia, la propuesta del Diputado Julio Marenco.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MAORIZ AGUILAR:

Muchas gracias, señor Presidente.

Nosotros aqui estabamos consensuando una mocion senor Presidente, con don Anibal Martinez, incluso con los mandos de la Policia, porque ellos solicitaban de que el 20 de Agosto nombre la Presidenta de la Republica al nuevo Comandante y tome posesion el 5 de Septiembre. Eso es todo lo que ellos solicitan, y lo cual yo se lo he pasado como una mocion, y respaldo esta decision que ellos quieren, de esa forma, que no altera en nada.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

El Secretario dará lectura a las mociones.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Primera moción, de Dora María Téllez: "Y tomará posesión de su

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cargo a más tardar quince dlas despues del nombramiento"

Y la segunda moción es: "El nuevo Director General de la Policía, será nombrado por el Presidente de la República el 20 de agosto de 1996 entre los miembros de la Jefatura Nacional de la Policía y tomará posesión el 5 de septiembre del mismo año".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Estas han sido las dos mociones que han sido recibidas en la Mesa. Vamos a votar en primer lugar la moción de Dora María Téllez.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

33 votos a favor, 3 en contra, 15 abstenciones, 9 no votaron.

A votación la moción de Iván Salvador Madriz y Aníbal Martínez.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

21 votos a favor, 25 en contra, 2 abstenciones. Gana la primera moción.

Observaciones al articulo 107.

Observaciones al articulo 108.

Tiene la palabra Dora María Tellez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Gracias, Presidente.

Es para hacer una propuesta. En realidad tengo dos mociones, una de nuevo articulo 108, y una para sustituir el articulo 108. Entonces voy a hacer primero la nueva, un nuevo articulo que es una mocion de consenso con el Doctor Adolfo Garcia Esquivel, el Doctor Ivan Salvador Madriz y la suscrita. Dice asi: "Se crea una comision presidida por el Contralor General de la Republica, el Ministro de Gobernacion y el Director General de la Policia Nacional, para que en el termino maximo de treinta dias despues de aprobada la presente Ley, realice un inventario de los bienes inmuebles restantes en posesion del Ministerio de Gobernacion y determine cuales pasaran a ser patrimonio del Institute, de acuerdo a lo establecido en el articulo 18, inciso h) de la presente Ley.

Pasaran a ser parte del patrimonio del Institute, todos aquellos bienes, derechos y acciones que no esten directamente destinados a la administracion y funcionamiento propio del Ministerio de Gobernacion. En su caso y en su oportunidad, de los bienes del Estado, este traspasara gratuitamente al Institute de Seguridad Social y Desarrollo Humano los inmuebles que ahi asignara dicho Organismo, dentro de los ciento veinte dias posteriores a la promulgacion de la presente Ley". Paso la mocion del nuevo articulo 108.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Adolfo García Esquivel.

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DIPUTADO ADOLFO GARCIA ESQUIVEL:

Presidente.

Yo estoy de acuerdo con la mocion, desde luego que yo la firme pues y la redacte en parte, unicamente tengo un inconveniente en cuanto al Contralor. Dora Maria. Resulta que el Contralor, en un momento dado, en un caso dado tendría que conocer del problema relative al manejo de bienes del Estado, entonces no lo podemos meter en esa Comision porque lo estariamos inhibiendo; de tal manera que habrla que integrarla con otra persona. For ejemplo, el Ministro de Gobernacion practicamente es un delegado del Ejecutivo, desde luego que es un Ministro de su Gabinete; entonces habría que integrar con otra persona más, porque el Procurador también tendría problemas en un momento dado.

Yo le rogaria que pensemos que otro funcionario, otro delegado del Ejecutivo; yo diria el Ministro de Finanzas, el Ministro de Economía u otro delegado que nombrara el Ejecutivo pues, un delegado nombrado por el Ejecutivo, el Ministro de Gobernacion y el Director General de la Policía Nacional, para que integren esos tres la Comision Especial. Entonces asl aclararia la mocion Presidente, para que se tome a consideración por el honorable Plenario.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Diputado Reynaldo Antonio Téfel.

DIPUTADO REYNALDO ANTONIO TEFEL VELEZ:

No solamente no puede el Contralor General, por las razones que acaba de dar el Diputado, sino tambien porque la Ley de la Contralorla General lo inhibe a tomar parte en ninguna actividad administrativa. Yo tengo una mocion concreta, porque la sugerencia que el hacia era de dos del Ejecutivo y no me parece conveniente. Yo creo que esta muy bien el Ministro de Gobernacion, esta muy bien el Director de la Policia, y me parece que el otro debe ser el Presidente de la Comisidn Permanente de Defensa y Gobernacion de la Asamblea Nacional. Esa es mi mocion, quiero ver si la aceptan los otros dos, si no yo hago una mocion diferente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra la Diputada Magdalena Ubeda de Rodriguez.

DIPUTADA MAGDALENA UBEDA DE RODRIGUEZ;

Gracias, Presidente.

Es una pregunta, y le ruego no decir que esta fuera de lugar. Por qué en la votación pasada, no habiendo tenido suficientes votos la primera moción, ganó de hecho, porque la segunda no ganó?

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

La primera votación, dona Magdalena, que fue la moción de Dora María Téllez, tuvo los siguientes votos: 33 votos a favor, 3 en contra y 15 abstenciones, sumados dan 51 votos. La mitad más uno hubiese sido 26, al haber sacado 33 votos, sacó 7 votos más.

Tiene la palabra el Diputado Iván Salvador Madriz.

DIPUTADO IVAN SALVADOR MADRIZ AGUILAR:

Muchas gracias, senor Presidente.

A mí me parece que está bien la propuesta que está haciendo el Diputado Reynaldo Antonio Téfel, de agregar pues al Presidente de la Comisión de Defensa y Gobernación. Pero me parece a mí señor

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Presidente, que tal vez por cansancio se está tratando de incluir en este artículo una gran cantidad de delegaciones a esta Comisión, y lo que se va a dar al final es que vamos a crear una Comisión tan extensa, tan difícil, porque el Doctor García Esquivel estaba proponiendo que fuera tambien el Ministro de Finanzas, fuera el Ministro de Economia. A mi me parece que deberiamos de saber exactamente que entre menos numeros en una Comisidn es mas efectiva; que solamente queden los tres que se ha senalado, pues.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra el Diputado Nicasio Zeled6n, luego tiene la palabra la Diputada Luisa del Carmen Larios y cerramos la lista.

DIPUTADO NICASIO ZELEDON ZELEDON; Gracias, senor Presidente.

Voy a ser bastante breve. Desgraciadamente la Ley Organica de la Contraloria no nos permite designar a un miembro de cada institucion; sin embargo me parece que la propuesta del Licenciado Tefel es la mas coherente y la mas correcta, porque a partir de lo que esta proponiendo el Doctor Garcia Esquivel, dos del Ejecutivo, practicamente no dice nada, aqui hay que "mandatar" por ley. Y yo me adhiero a la mocion que hace el Licenciado Tefel, que es: el Director de la Policia, el Ministro de Gobernacion y el Presidente de la Comision de Defensa y Gobernacion de la Asamblea Nacional.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ;

Tiene la palabra la Diputada Luisa del Carmen Larios.

DIPUTADA LUISA DEL CARMEN LARIOS MORA;

Gracias, Presidente.

Realmente, yo considero que es importante la definicion en el marco de la creacion de la Comision, y lo que se esta procurando fundamentaImente es dentro del piano de accion administrativa, conocer efectivamente ese inventario y tratar de conocer y de definir como va a ser, quienes van a ser los reasignados, en funcion de lo que se supone propiedad del Ministerio de Gobernacion y que va a ser trasladado administrativamente y en propiedad hacia el Instituto. De tal manera que tambien entiendo el espiritu de los colegas Diputados cuando pretendemos crear en eso el maximo de transparencia, y por ello se piensa tambien en el Contralor o en la Contraloria.

Tambien me parece que en el fondo, la situacion de designar a un miembro de la Asamblea Nacional como parte de esta Comision es importante. Pero si lo que queremos es una Comision funcional que responda precisamente a determinar de una buena vez la acci6n administrativa y la posesion de sus bienes hacia el Instituto, tenemos que pensar en quienes son los que en esta materia pueden decidir; y por tal razon yo creo que quien debe estar en esa Comision es el Ministerio de Finanzas en la persona del Ministro, porque es quien al fin define quienes son las partes en materia del Estado, la reasignacion, la definicion y el estatus que va a llevar la posesion que se le va a determinar al Instituto.

De manera que yo creo que a esa misidn se le debe determinar que es el Ministro de Finanzas quien al final va a determinar la posesi6n de los bienes del Estado. Paso la mocion por escrito.

Gracias, Presidente.

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

Tiene la palabra el Vice-Presidente Adolfo Jarquín Ortel.

DIPUTADO ADOLFO JARQUIN ORTEL:

Muchas gracias, señor Presidente.

Yo he entendido la mocion del Diputado Reynaldo Antonio Téfel, la he entendido de la siguiente manera: El Contralor General de la República no puede estar inmerso en esta asignacion de propiedades, lo lógico es que se necesita una persona independiente al Poder Ejecutivo que dé fe a esa asignación de propiedades, por eso es que él ha propuesto que sea el Presidente de la Comisión de Defensa. Yo me pongo de acuerdo con él; porque si ustedes estan proponiendo que sea el Ministro de Finanzas, francamente pierde, se desnaturaliza la moción que ha hecho el Diputado Téfel, se desnaturaliza.

Aquí lo que se necesita es que haya una persona representando al Poder Legislativo, porque no puede ser la Contraloría General de la República la que esté por lo menos vigilando o viendo cómo es que se asignan esas propiedades. Por lo tanto, yo solicito a todos ustedes que apoyemos la moción de Reynaldo Antonio Téfel y no le estemos buscando más problemas a esto, buscando cómo el Ministro de Finanzas esté dentro de esta Comision; porque francamente estaría el Ministro de Gobernacion, el Ministro de Finanzas y nadie, ninguna otra persona de otra institución independiente.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Bueno, tenemos tres mociones para aprobar el artículo transitorio, que en conjunto Adolfo García Esquivel, Dora María Téllez, Aníbal Martínez, y otros han presentado.

Entonces, la moción original es la siguiente: "Se crea una Comisión integrada por el Presidente de la Comision de Defensa y Gobernación, el Ministro de Gobernación, el Director General de la Policia Nacional, para que en el término máximo de treinta días después de aprobada la presente Ley, realicen inventario de los bienes inmuebles en posesión del Ministerio de Gobernación y
determinen cuáles pasarán a ser patrimonio del Instituto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 121, inciso h) de la presente Ley.

Pasarán a ser parte del patrimonio del Instituto, todos aquellos bienes, derechos y acciones que no estén directamente destinados a la administracion y funcionamiento propio del Ministerio de
Gobernación.

En su caso y en su oportunidad, de los bienes del Estado, este traspasará gratuitamente al Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano los inmuebles que se deben asignar a dicho
Organismo, dentro de los ciento veinte dias posteriores a la promulgación de la presente Ley".

La siguiente moción es la de Luisa del Carmen Larios, que la
retira. Sólo tenemos la mocion que leí.

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

La moción de Dora María Téllez y otros.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

47 votos a favor, ninguno en contra, 6 abstenciones; 7 colegas no

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votaron.

Observaciones al artículo 108.

Tiene la palabra Dora María Téllez.

DIPUTADA DORA MARIA TELLEZ ARGÜELLO:

Para complacer aquí al público, esta es la última moción que presento y no es para sustituir el artículo 108, porque el 108 estaba diseñado cuando no estaba creado el Instituto, pero ahora ya está creado el Instituto; solamente hay que resolver un vacío que quedó. En el caso de la Policía, le establecimos los derechos a la salud en un artículo que por inquietud de don Salvador Madriz se originó y que quedó muy bien redactado; luego establecimos el Instituto, que cubre la seguridad social. Pero tenemos un problema:

Al personal del Ministerio de Gobernación lo dejamos sin derecho a salud, entonces yo propongo aquí un artículo que resuelve este vacío de la ley, y dice de la manera siguiente: "El Estado asumirá la atención de salud de carácter preventiva, curativa, y rehabilitativa, cualesquiera que fuera la causa de su estado mórbido, con el objetivo de conservar, restablecer o mejorar la salud del personal del Ministerio de Gobernación que se señala en el artículo 13 del Capítulo XII de esta Ley".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

El Secretario dará lectura a la moción.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Sustituye al artículo 108, así es? Dora María, su moción sustituye a lo que está escrito como 108?

Moción para nueva redacción de artículo 108: "El Estado asumirá la atención de salud de carácter preventivo, curativo y rehabilitativo, cualesquiera que fuera la causa de su estado mórbido, con el objetivo de conservar, restablecer o mejorar la salud del personal del Ministerio de Gobernación que se señala en el artículo 3 de esta Ley".

PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votacion la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

47 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 10 no votaron.

Observaciones al artículo 109.

Observaciones al artículo 110.

Tiene la palabra el Secretario Jaime Bonilla.

SECRETARIO JAIME BONILLA LOPEZ:

Moción del Diputado Cairo Manuel López: Que el artículo 110 se lea: "La presente Ley entrará en vigencia al momento de su publicación en cualquier medio de comunicación escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial".

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PRESIDENTE CAIRO MANUEL LOPEZ SANCHEZ:

A votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Vamos a votar.

49 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 4 no votaron.

Vamos a votar ahora el Capítulo XIII, Disposiciones Transitorias y Finales.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

52 votos a favor, ninguno en contra, ninguna abstención; 5 colegas no votaron. De esta manera hemos aprobado esta tarde la Ley de la Policia Nacional.

Se suspende la Sesión, y trabajaríamos el próximo martes como de costumbre, a las nueve de la mañana; quedamos citados.




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