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Tipo Iniciatiava:Ley
Fecha Inicio Debate:7 de Marzo del 2000
Fecha Aprobación:7 de Marzo del 2000
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" LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE "

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CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA MIERCOLES 2 DE FEBRERO DEL AÑO 2000. (DECIMOQUINTA LEGISLATURA).


SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN:

TOMO I, PRESENTACIÓN DE LEYES. 4.1: LEY CREADORA DEL MUNICIPIO EL AYOTE.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:
Managua, 14 de Diciembre de 1999.

Doctor
IVÁN ESCOBAR FORNOS
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

Con fundamento en el Arto. 140 Cn., y en los Artos. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, le remito el Proyecto de Ley denominado "LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE", junto con la correspondiente Exposición de Motivos, a fin de que sea sometida a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional.

Este proyecto de ley tiene como objetivo la creación del Municipio de El Ayote, ya que la comunidad del Ayote ha alcanzado un desarrollo económico, cultural e integral de la población en general.

Le adjunto el Dictamen Técnico del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INITER) que es favorable a tal solicitud.

Solicito se le de el trámite correspondiente a esta Iniciativa, a fin de que pueda ser conocida y aprobada por el Plenario de la Asamblea Nacional.

Agradeciendo su fina atención a la presente, le reitero mis muestras de consideración y estima.

Dr. PABLO SIERRA CHACÓN
Diputado Departamental

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Con fundamento en el Arto. 140 Cn., y en los Artos. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, someto a consideración de ella misma la Ley Creadora del Municipio de El Ayote para su debida aprobación, el Proyecto de Ley denominado "LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE".

Estando el poblado de El Ayote ubicado en la parte Noroccidental del Municipio de El Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur (R.A.A.S) y siendo administrada por un Delegado de la Alcaldesa de El Rama y que cuenta con los VERDADEROS ELEMENTOS NECESARIOS PARA SU CREACIÓN, como son LA POBLACIÓN, ya que tiene una cantidad considerable de pobladores, tanto en el casco urbano como en el rural y que por todos sus habitantes habituales residentes suman 13,931, los que distribuidos en la parte urbana llegan a 2,931, más una buena cantidad de transeúntes y en la parte rural 11,000, los que moran en 22 comarcas de esas misma comprensión territorial. EL TERRITORIO tiene una vasta comprensión territorial, la que por su posición geográfica es totalmente apta para la agricultura en casi todos sus rubros, lo mismo que es excelente para la ganadería, es decir POSEE UNA RIQUEZA IMPONENTE, BASTANTE CONSIDERABLE PARA SOSTENER LOS SERVICIOS MUNICIPALES OBLIGATORIOS.

El Ayote ES UNA REGIÓN TOTALMENTE PRODUCTIVA y se comercializan mensualmente 1,200 reses, 1,500 cerdos, 2,500 quintales de queso, más arroz de secano, frijoles, maíz, verduras, contando con un comercio en el que se movilizan aproximadamente de 3,000 a 5,000 ciudadanos los días viernes y sábados. Con esto reafirmo que cuenta con los elementos económicos suficientes para su total mantenimiento. Además posee un equipamiento completo, tanto en lo social como en su infraestructura física.

Es imperativo darle respuesta a toda la comunidad de El Ayote que por espacio de varios años ha venido solicitando que se le dé la categoría de Municipio y que se le de todo lo necesario para su funcionamiento. Esta petición de la creación del Municipio de El Ayote cuenta con el aval del Gobierno Regional Autónomo del Atlántico Sur (R.A.A.S), del Consejo Municipal de El Rama, Municipio al cual pertenece y con un informe positivo del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INITER).

Managua, catorce de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
Dr. PABLO SIERRA CHACÓN
DIPUTADO

PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

Pasa a las Comisiones de Gobernación y Municipal.


CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 7 DE MARZO DEL 2000. (XVI LEGISLATURA).

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Vamos a continuar desarrollando la Orden del Día en el Adéndum 6. Vamos a la Creación del Municipio de El Ayote.

SECRETARIO JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ:

Managua, 23 de Febrero del año 2000.
DICTAMEN

Doctor
IVAN ESCOBAR FORNOS
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Escobar:

Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, de conformidad a los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional y de la Comisión de Asuntos Municipales, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39, 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y de los artículos 89 y 90 del Reglamento Interno de la misma, nos reunimos para analizar el proyecto de "LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE", mismo que fuera remitido por Primer Secretaría el 07 de Febrero del año 2000 a las Comisiones de DEFENSA Y GOBERNACIÓN Y LA DE ASUNTOS MUNICIPALES para su debido dictamen.

En tal sentido, debemos expresar que se efectuó el proceso de consulta con las diferentes instituciones involucradas en la temática que aborda el referido Proyecto de Ley, tales como el Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, el Alcalde del Municipio de El Rama, el Representante de la Asociación de Municipios de Nicaragua y los Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Supremo Electoral de la República, con quienes se abordó la necesidad y conveniencia de proceder a la partición y desmembración de un nuevo Municipio del anterior Municipio de El Rama.

Dentro del proceso de desarrollo y ordenamiento territorial, el Municipio como unidad básica del territorio nacional, se constituye en uno de los principales elementos para la parte referida a la política – administrativa, pues éste, el municipio se constituye en uno de los elementos principales y estratégicos con la política organizativa y la descentralización del Estado.

Modernamente en Nicaragua el Municipio ha adquirido un nivel muy especial dentro del desarrollo histórico, particularmente en el plano legal y a partir de la Ley No. 59, Ley de División Política Administrativa y sus respectivas reformas y la No. 40, Ley de Municipios y su Reglamento. En esta última se han determinado las funciones, las responsabilidades y los alcances mismos que tiene el Municipio como unidad territorial y administrativa, por un lado; por otro, lo de la delimitación de las funciones de las autoridades en cuanto a su funcionamiento y coordinación con las demás instancias de orden organizativo y estructurales del Estado. También debe señalarse que es por medio del proceso de institucionalización y legalización del Municipio, con el cual los diferentes sectores de la sociedad han logrado ser parte integrante de las diversas actividades de la población en general en apoyo a los gobiernos locales.

El desarrollo y fortalecimiento de la municipalización y su gestión han sido beneficiados con el proceso de descentralización del territorio, dando lugar a la aparición de nuevos Municipios que han de contribuir al desarrollo socioeconómico del territorio y la población del Municipio, reafirmando de esta forma que la unidad básica del territorio es la parte esencial para el desarrollo del país, pensando en que es el Municipio el ente autónomo por excelencia y al que se le deben proporcionar los instrumentos legales y administrativos necesarios para su desarrollo y sus actuaciones.

Es a partir de estos elementos que algunos núcleos poblacionales se han empezado a preocupar por la transformación de sus territorios en unidades administrativas independientes como primer eslabón del desarrollo, es decir, el surgimiento de nuevas unidades básicas territoriales o Municipios, situación que les permite mejores niveles de desarrollo en lo vinculado a lo socioeconómico dentro del territorio que le corresponde al Municipio, situación que le permite establecer un centro gravitatorio que le permite atender la demanda de los servicios que tiene la población en general.

En el caso particular de la comunidad de El Ayote, históricamente ha pertenecido al Municipio de El Rama de la Región Autónoma del Atlántico Sur, contando con un buen nivel de organización territorial, ubicado en la parte Noroccidental del Municipio de El Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur; en la actualidad esta siendo administrado por un Delegado de la Alcalde del Municipio referido, situación de naturaleza administrativa que nos refleja que la comunidad de El Ayote cuenta con los elementos necesarios para su creación como Municipio.

El nuevo Municipio que se crea cuenta con una población de 10,759 habitantes, de los cuales 2,931, o sea el 21% corresponden a la población urbana, y 7,823, es decir, el 79% de los pobladores son rurales y habitan las 40 comarcas de esa misma comprensión territorial. Territorialmente cuenta con una extensión de 831 kilómetros cuadrados, o sea el 18% de la superficie del actual Municipio de El Rama, y que por su posición geográfica es apto para la práctica y desarrollo sostenible de las actividades agropecuarias en la mayoría de los rubros. Este Municipio que se crea, tiene una riqueza natural impresionante e imponente que le permite el desarrollo de las actividades económicas con ingresos bastantes y necesarios para el sostenimiento económico y financiero del Municipio, así como de los servicios municipales que se deben prestar de forma obligatoria a la población.

Debemos referirnos sobre algunos aspectos de orden histórico del Municipio que se crea, pues éste nació como un asentamiento de un grupo de personas que formaron parte de la Resistencia Nicaragüense, misma que se componía de veinticinco familias que residían en la comarca La Piñuela y que con el paso de los años se constituye en el poblado del El Ayote. En este punto geográfico se localizaba el cuarto enclave para la desmovilización de los ciudadanos que integraron la Resistencia Nicaragüense. Con el transcurso del tiempo el poblado fue creciendo de forma lineal hacia el sector sureste de forma irregular, sin plan de urbanización alguno y sin infraestructura de ninguna naturaleza; en la actualidad su crecimiento se expande hacia el sector oeste, noreste y el sureste.

Durante los años 80 se efectuó la ampliación de la carretera Juigalpa - Santo Domingo, esto permitió que la comunidad de El Ayote se convirtiera en un puerto de montaña con fuerte influencia de la población rural que se había asentado en el límite de la frontera agrícola en un perímetro de 30 kilómetros, fue así que alcanzo para el año 1998 la cantidad de 10,759 habitantes, de los cuales el 21% pertenecen a la población urbana y el 79% se localiza en el área rural. Ha sido alrededor de este núcleo poblacional que han inter actuado las otras comarcas y donde empiezan a surgir una serie de servicios de equipamiento social e infraestructura física, dándole mayor fuerza como puerto de montaña, particularmente por la incapacidad administrativa del Municipio de El Rama al no contar con la capacidad necesaria y requerida para atender a los 10,759 habitantes, mas los nuevos que llegan y se quedan radicando, principalmente por el problema de la falta de vías de acceso y comunicación para atender los intereses de la comunidad.

El territorio que comprende el Municipio que crea esta ley, es una región eminentemente agropecuaria y donde se destaca como principal actividad económica y financiera, entre otras actividades, las siguientes: la ganadería extensiva de doble propósito; en menor escala nos encontramos con la actividad porcina; y dentro de las actividades meramente agrícolas nos encontramos con cultivos tales como arroz, maíz, frijoles, hortalizas y verduras. También nos encontramos con la actividad del sector terciario con actividades comerciales de servicios ubicados en el centro poblado de El Ayote, actividad que más o menos involucra a unos 5,000 pobladores que realizan sus actividades comerciales.

Ecológicamente el territorio tiene las perspectivas siguientes: está ubicado en las tierras altas del trópico húmedo, y visto desde el punto de vista de los recursos hídricos, sobresale y destaca la sub-cuenca hidrográfica del río Siquia, el que pertenece a la gran cuenca hidrográfica del río Escondido que desemboca en el Mar Caribe. A pequeña escala nos encontramos con una micro-cuenca del río Nawwa, el río El Ayote y de manera parcial el río La Cusuca, que es compartido por los Municipios de Camoapa y La Libertad.

Desde el punto de vista forestal, el territorio ha sufrido de manera sistemática un proceso indiscriminado de deforestación efectuada por los madereros, la penetración campesina en el territorio para aumentar el tamaño de las aéreas cultivables y por los eventos de la naturaleza, tales como ciclones; esto ha representado por lo menos la destrucción y desaparición del 75% de los bosques primarios, situación a pesar de la cual este territorio conserva un alto potencial agroforestal con un 75% de suelos aptos para la actividad.

En cuanto a la petición de la creación de este Municipio, El Ayote, como parte integrantes de la Región Autónoma del Atlántico Sur, se dispone del aval del Gobierno Regional Autónomo de la región referida, así como del Concejo Municipal de El Rama, Municipio del cual se esta desmembrando el territorio con el que se constituye. Hemos tenido a la vista el Dictamen Técnico positivo del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, en el que se han reflejado los criterios que dan lugar al surgimiento del Municipio que se crea en virtud de esta Ley, y en el que se destacan los aspectos potenciales referidos a la capacidad para implantar sistemas agroforestales orientados a la producción forestal, conservación y reserva con pequeñas áreas de cultivos de granos básicos, raíces, tubérculos y cultivos permanentes. La fuerte presencia de fuentes superficiales de agua potable por medio de manantiales con la capacidad suficiente y necesaria para atender al total de la población del Municipio que se crea en virtud de la presente ley.

A los dos elementos anteriores les acompaña una red hidrográfica superficial situada en la parte alta de la cuenca, situación que nos hace presumir que ésta no esta contaminada, y a la vez permite la posibilidad de encontrar el desarrollo de la acuicultura y la construcción de pequeños embalses o presas destinadas al abastecimiento de agua potable; y en otro plano nos encontramos con un potencial hidroeléctrico en el sitio conocido como Tapalwas, en el río Siquia, con la capacidad para generar más o menos unos 30 MW de energía eléctrica.

Otro de los aspectos que debe señalarse, es que por la posición geográfica que ocupa el Municipio que se está creando, pues la función interegional con los Departamentos de Chontales, con el que se comunica a través del corredor de Santo Domingo - Juigalpa; con el Departamento de Matagalpa por medio del corredor en proyección de Bocana de Paiwas y Río Blanco. Existe otro canal de comunicación en proyección del Municipio que se crea con El Tortuguero, Ciudad Campana y Muelle de los Bueyes.

Debemos señalar que existen algunos problemas que deberán ser asumidos como reto, tanto por las autoridades en conjunto con la población y la ayuda que éstos puedan conseguir con organismos nacionales o internacionales, en lo que respecta a la utilización y sub utilización del suelo, situación causada a consecuencia de la sustitución del bosque por pastizales y por el uso de las laderas con cultivos de granos básicos a un nivel de subsistencia. Es con esta situación que el recurso suelo ha venido perdiendo la capa vegetal, con el agravante que representa la erosión hídrica causada por las frecuentes lluvias; además, la existencia de plagas que afectan los cultivos y plantaciones de cítricos, cacao y café, fundamentalmente.

Otros elementos que deben ser tornados en cuenta como problemáticos, son la escasez de agua subterránea, pues las condiciones geológicas son poco favorables para la existencia de acuíferos con fines de abastecimiento de agua potable. Los caudales de los pozos perforados que se conocen son menores de 30 galones por minuto. A esta situación debemos agregarle la contaminación del río Siquia a consecuencia de la actividad minera en la zona, particularmente la que se efectúa en La Libertad y Santo Domingo; a esto se le suma la contaminación que se deriva de las aguas servidas y las excretas del ganado que van a parar al lecho de este río.

El mayor reto a enfrentar a lo inmediato por este Municipio, es el establecimiento de una red vial terrestre sólida, a la que la principal actividad y predominante en la zona no ha contribuido ni tampoco ha permitido la conformación de una red de asentamientos humanos capaz de desarrollar la red vial necesaria.

Existen otros elementos que se constituyen en condicionantes, entre ellos tenemos lo relacionado a la necesidad de tener que superar la problemática que tiene el territorio y a la vez aprovechar en sentido positivo los recursos del mismo territorio, en donde las autoridades del Municipio que se crea junto a la población y la sociedad civil deberán de realizar esfuerzos para superar su problemática, sea con la actual estructura e infraestructura y la que puedan crear, procurando establecer una estructura de producción adecuada a una política de desarrollo sostenible integral. También deberán de buscar como efectuar a corto y mediano plazo un estudio y análisis relacionado al ordenamiento territorial en el territorio del nuevo Municipio que permita diseñar una estrategia integral en el territorio.

La realidad del territorio, desde el punto de vista del desarrollo sostenible, permite la creación de una nueva unidad básica administrativa en el territorio nacional, el Municipio, el que debe facilitar el desarrollo coherente y organizado de forma integral. Este desarrollo de debe orientar de cara a la tecnificación de las principales actividades, tales como la ganadería extensiva y otras actividades agropecuarias, tales como las agroforestales y las silvopastoriles que se realizan en el territorio del municipio que se crea.

La creación de este nuevo Municipio, El Ayote, exige atender los servicios básicos que demanda la población en lo que refiere a la administración de justicia, la agilización de los trámites administrativos, un sistema de recaudación municipal adecuado a las necesidades del Municipio, la creación del Registro Civil de las Personas, el Registro de Bienes Inmuebles, así como el mejoramiento de los servicios, tanto los sociales como los de infraestructura a la población asentada en el territorio y el mejoramiento de las actividades productivas y el sistema de comercialización. Estos aspectos permitirán tener un Municipio más organizado y ordenado, con mejores posibilidades de desarrollo y asumir las funciones que le deleguen el Gobierno Central o el Gobierno Regional, todo esto con la participación de la sociedad civil y sus organizaciones.

Este territorio que hoy se constituye en Municipio permitirá impulsar acciones de orden integral, sea que nazcan de iniciativas de las autoridades locales y sus pobladores o de las autoridades regionales o nacionales; esto incluye los niveles de organización y desarrollo urbanístico, tanto en el área urbana como la rural y pasará a ser un centro de servicios.

Los suscritos miembros de estas dos Comisiones, hemos valorado que es necesario para la formación del nuevo Municipio de El AYOTE, dar continuidad a la estructura y organización del territorio nacional, y que de esta manera se continúa conservando la estructura y coherencia del territorio de la Región Autónoma del Atlántico Sur; este territorio pasa a constituir un nuevo Municipio, situación que incluye lo relacionado a la codificación Catastral de lo que hasta hoy se ha conocido como EL AYOTE; la integración organizativa de los barrios y comarcas en el nuevo Municipio y su territorio. En lo que respecta a la unidad del territorio del Municipio, así como la preservación de las políticas urbanas y rurales en todo el territorio que lo integra, y el fortalecimiento de la gestión territorial, se constituyen en un avance y logro y que no representa lesión alguna a la gestión y la autonomía municipal, ni a la autonomía de las regiones del Atlántico nicaragüense.

El conjunto de consideraciones de carácter general le permitieron a las dos Comisiones dictaminadoras poder determinar que el Proyecto de "LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE", es necesario para una mejor y correcta a DIVISIÓN POLÍTICA ADMINISTRATIVA DEL PAÍS, que no se opone a la Constitución Política ni a las Leyes Constitucionales ni a los Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.

En virtud de lo anteriormente señalado, y con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de las Comisiones de Defensa y Gobernación y la de Asuntos Municipales, haciendo la aclaración correspondiente a que la creación del nuevo Municipio de EL AYOTE se inicia con el surgimiento del enclave para los desmovilizados de la Resistencia en los años 90, y que esta Ley creadora del nuevo Municipio de EL AYOTE, viene a modificar los límites y linderos y áreas del actual Municipio de El Rama, por lo que hemos resuelto y definido emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE al proyecto de Ley referido y determinado y cuyo texto adjuntamos para que el honorable Plenario lo apruebe.


Managua, 23 de febrero del año dos mil.

COMISIÓN DE DEFENSA Y GOBERNACIÓN


WILLIAM MEJIA FERRETI CARLOS HURTADO C.


ERNESTO ROMERO A. PEDRO J. RÍOS CASTELLÓN

CARLOS GARCÍA BONILLA JOSÉ M. SÁNCHEZ SANTANA

ANGELA RÍOS PÉREZ RENÉ ARÁUZ LÓPEZ

JOSÉ GONZÁLEZ PICADO

JOSE DAMICIS SIRIAS V.

COMISION DE ASUNTOS MUNICIPALES


JOSÉ DAMICIS SIRIAS

NELSON ARTOLA E.

MARIO LIZANO

MARIO GUTIÉRREZ

ERNESTO ROMERO ANGULO

JOSÉ M. ESPINOZA

MARCO CASTILLO ORTIZ

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión en lo general.

Hay cinco oradores inscritos. Alguien más quiere hablar, o cerramos con Eliseo Núñez Hernández?

Se le concede la palabra al honorable Diputado Carlos García Bonilla.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias, señor Presidente.

Hace quince días unos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación tuvimos la oportunidad de hacer una consulta in situ en la Comarca El Ayote para constatar si realmente esta comarca reunía las condiciones físicas, las condiciones poblacionales y las condiciones de infraestructura para ser elevada a un nuevo Municipio; estuvimos reunidos con las autoridades locales y con la población de dicha comarca, donde nos externaron que la comunidad de El Ayote tenía muchos elementos que la hacían propicia para ser elevada a un nuevo Municipio.

Aquí se hizo una valorización en cuanto al núcleo poblacional, el cual asciende a más de diez mil habitantes; es una zona rica en la producción de granos básicos y en la producción ganadera; cuenta con un complejo cívico donde albergaría lo que es la Alcaldía Municipal y las demás instituciones administrativas de la Alcaldía Municipal; cuentan con un sistema de agua potable de un mini-acueducto por gravedad; cuenta además con toda la infraestructura necesaria como escuela, centros de salud, iglesias, calles, que le dan la característica para formar un nuevo Municipio.

Cabe mencionar que hace diez años esta comunidad fue escenario de grandes guerras entre los miembros de la Resistencia y el Ejército, y hoy por hoy ha demostrado la comunidad de El Ayote, en diez años, que ha progresado cuantitativa y cualitativamente. Nosotros los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, haciendo uso de esta valorización y tomando en consideración que se está conservando la estructura y coherencia del territorio de la Región Autónoma del Atlántico Sur, dictaminamos favorablemente para la constitución de este nuevo municipio.

Cabe hacer mención que este nuevo municipio del El Ayote será parte integrante de la Región Autónoma del Atlántico Sur, como un derecho que tienen algunos Municipios que aún no han sido integrados al territorio de la Región Autónoma del Atlántico Sur y que siguen siendo administrados por algunos departamentos como Chontales y Matagalpa. Por lo que pido a mis hermanos Diputados su apoyo para el voto favorable para la creación de este nuevo Municipio.

Muchas gracias.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable diputado Pablo Sierra Chacón.

DIPUTADO PABLO SIERRA CHACÓN:

Gracias, señor Presidente.

A petición de los habitantes de la comarca El Ayote, presenté ante esta honorable Asamblea Nacional la petición para que se convirtiera la Comarca de El Ayote en Municipio; y lo hice porque tenía la plena convicción de que esta comarca tenía los suficientes elementos para convertirse en el ciento cincuenta municipio de Nicaragua, ya que es pujante en su situación económica y tierras de gran producción. Los días viernes y sábados de cada semana, el comercio ahí se da vendiendo los pobladores sus productos y comprando todo lo que ellos necesitan, llevado de diferentes lugares de Nicaragua, allí se mueven entre tres mil y cinco mil personas en esos dos días.


Los pobladores de El Ayote, que en su mayoría fueron miembros que participaron en la guerra de Nicaragua en los años 80, tienen la plena convicción de que la paz y el desarrollo sustituye perfectamente a los hombres que participan en la guerra, y se vinieron dando a la tarea de conformar su comarca con todos los adelantos necesarios para poder reclamar su formación. Y para los que no conocen, hago una invitación para que vayan a darse cuenta cuando una ciudadanía, un pueblo quiere superarse; allí crecieron con organización y buen funcionamiento de desarrollo; hicieron las gestiones pertinentes para que las diferentes organizaciones y en especial la CIAV – OEA, les ayudases para tener un centro cívico, para suficientes y necesarias como para albergar el nuevo Juez Local que va a funcionar allí.

Podemos decir que es un puerto de montaña, de grandes cualidades y que merece que nosotros aquí por unanimidad le demos el carácter de Municipio; tiene todas las facilidades y puede servir de ejemplo para muchos lugares que quieren desarrollarse para contribuir a la economía de Nicaragua. Tengan la absoluta seguridad de que llena todas las condiciones; tiene población, tiene riqueza, y algo mas: tiene sus ingresos suficientes en sus impuestos porque lo han venido demostrando desde que la Alcaldía de El Rama, la Alcaldesa doña Angelita Chow, nombró un delegado de ella en ese lugar y todos los impuestos que allí se recaudan allí mismo se invierten.

Tienen historia de trabajo; tienen historia de libertad y de democracia. Por eso les pido a los colegas Diputados que le demos unánimemente, hoy Día de la Mujer, ese tributo o ese reconocimiento a los pobladores de El Ayote, convirtiéndolo en este día 8 de Marzo como Municipio de Nicaragua.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Vamos ampliar con Lombardo Martínez, el último orador.

Se le concede la palabra al honorable Diputado Luis Figueroa Aguilar.

DIPUTADO LUIS FIGUEROA AGUILAR.

Gracias, señor Presidente.

He pedido la palabra para razonar mi voto por el municipio de El Ayote. Además de lo que los colegas diputados decían, y el compañero Chacón, quería decirles que el municipio de El Ayote comenzó en los años 80-87, con una base militar y se fue extendiendo hasta tener a estas alturas más de diez mil habitantes; hace unos dos o tres años que ellos empezaron a gestionar para tener su propia administración. Nosotros lo que hicimos en la zona de El Rama fue apoyarlos para que ellos hicieran todas sus gestiones para conseguir la reglamentación de su papelería; y estamos seguros que con la gestión que ellos hicieron, estaban construyendo para la descentralización de ese Municipio, cumpliendo así con la democracia que aquí se viene practicando.

Prácticamente, razonando mi voto, ellos tenían que hacer un largo viaje hasta El Rama, tenían que viajar mas de sesenta kilómetros para poder llegar a reunirse con la Alcaldía Central a la cual pertenecían, y miramos que era justa pues su independencia del Municipio de El Rama; como también la distancia, porque en algún momento ellos fueron atendidos directamente en Juigalpa, y también les tocaba largo. Entonces miramos que era razonable que ellos se independizaran.

Así que en nombre de nuestra bancada, queremos decirles que nuestro voto es para ellos, es para hacer justicia con esa población. A como decía el hermano Chacón, llena todos los requisitos para ser un Municipio muy rico, cuenta con buenos ríos, con buenos aguajes para el desarrollo ganadero y con un grupo de personas dispuestas a trabajar.

Eso sería todo, mi hermano.

Muchas gracias.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable Diputado José González Picado

DIPUTADO JOSÉ GONZÁLEZ PICADO:

Gracias, señor Presidente.

En la aprobación de la Ley Creadora del Municipio de El Ayote, es importante señalar que precisamente con las Leyes 40 y 261, este primer Poder del Estado creó la Ley de Municipios, y el Municipio se constituye en la unidad base de la División Política Administrativa del país. Se organiza y funciona con la participación de los ciudadanos, y son elementos esenciales del Municipio: el territorio, su población y su gobierno. Lo que más nos llamó la atención del Municipio de El Ayote –que hoy estamos creando con el voto de todos los parlamentarios- es la unidad que pudieron crear, independientemente que allí fue un bastión y un centro de operaciones bélicas, en donde hace unas décadas hermanos nicaragüenses morían infructuosamente. Hoy podemos señalar que en El Ayote hay verdaderamente armonía, estabilidad, paz y progreso.

Modernamente en Nicaragua el Municipio ha adquirido un nivel especial dentro de su desarrollo
histórico, particularmente en el plano legal, a partir de la Ley 59 de la División Política Administrativa. En ese sentido queremos señalar que la Región Autónoma del Atlántico Sur tendrá, a partir de ahora, una vez creada dicha ley, diez Municipios dentro de los que están: Paiwas, La Cruz
del Río Grande, Laguna de Perlas, Kukrahill, El Rama, Muelle de los Bueyes, Nueva Guinea, Bluefields, Corn Island, y el número diez que será el municipio de El Ayote.


Creemos que estos ciudadanos de El Ayote le han dado un ejemplo al pueblo de Nicaragua, porque en ese lugar se está haciendo un esfuerzo importante. Más de diez mil pobladores habitan, de los cuales unos tres mil están en el área urbana y unos siete mil en el área rural. Por otro lado, ellos significan el 18 por ciento de la superficie del Municipio de El Rama, con ochocientos treintiún kilómetros. Al referirnos a los aspectos de orden histórico de su municipio, nació como un asentamiento de personas que formaron parte de la ex-Resistencia, mismo que se componía de veinticinco familias de la comarca de La Piñuela, y que con el paso de los años se constituye en ese importante Municipio.

Nos llamó también la atención el hecho de que tienen su sede municipal, que recaudan un millón de córdobas, que tienen una fuerte presencia ganadera, que tienen vocación de productores agropecuarios y también de la rama porcina; también hay un fuerte mercado con las poblaciones del Pacífico. Sin embargo creo que la labor nuestra como legisladores no es solamente aprobarlos en ese sentido y elevarlos a la categoría de Municipio, sino luchar por el elemento central de la Ley de Municipios, que "mandata" a nivel constitucional que se le dé suficiente presupuesto para que puedan salir adelante.

Hay un gran contraste, colegas parlamentarios, entre las obras de progreso que se hacen a nivel de Managua y las carreteras que se encuentra en muy mal estado en ese importante Municipio productivo. De tal manera que además de darles nuestro respaldo para elevarlo a categoría de Municipio, que bien se lo merecen, también vamos a demandar suficiente presupuesto para que puedan reinvertirse los aportes económicos que dan a la economía nacional. ¡Ojo!, los señores de la Dirección Económica de este país y el primer Poder del Estado, deberíamos de estar preocupados por desarrollar programas agroexportadores, porque mientras sigamos nosotros importando 1,500 millones de dólares y exportando 650, no vamos a vivir en una situación de estabilidad económica.

Para que seamos autosostenibles tenemos que invertir en esos Municipios que nos están dando cada día, cada momento una lección de como hacer viable Nicaragua, que es produciendo, que es haciendo verdaderas reconciliaciones de bases, y que es luchando por sacar a Nicaragua, generando empleos, generando riquezas por el bien del país.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Eliseo Núñez.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ:

Gracias, señor Presidente.

La creación del Municipio El Ayote, además de representar la oportunidad para los habitantes de El Ayote, de esos habitantes en su mayor parte son ciudadanos heroicos que han luchado por la Patria, ciudadanos que con acierto escogieron al Doctor Pablo Sierra Chacón para que los apadrinara en la creación de este Municipio; también se le brinda la oportunidad al Municipio de El Tortuguero para poder tener acceso por vía terrestre hacia lo que es el Pacífico de Nicaragua. En la aprobación de este Municipio de El Ayote no solamente se beneficia al grupo de personas o de habitantes del propio Municipio, sino que trasciende más allá de los límites.

Pero yo quisiera aclarar que en el dictamen de la Comisión se omitieron dos Municipios: Los Municipios de la Región Autónoma Atlántica Sur, que corresponden al Municipio de El Tortuguero y la desembocadura de Río Grande, Karawala. Por lo tanto hago este señalamiento para que sea debidamente incorporado y señalado, porque la verdad es que no podemos estar omitiendo zonas tan importantes como es el municipio de El Tortuguero, que cuenta con treinta y cinco mil habitantes, y por lo tanto quisiera que se corrigiera este error. También quisiera aprovecha la oportunidad para felicitar en el Día Internacional de la Mujer, a todas las mujeres nicaragüenses.


Sinceramente les digo que para mí es por la tradición histórica que he señalado este día, pero los trescientos sesenta y cinco días del año es día de la mujer nicaragüense, porque es el principal baluarte en Nicaragua.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Honorable Diputado Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO ROBERTO RODRÍGUEZ;

Gracias, señor Presidente.

Hablar de El Ayote, es hablar de una comarca modelo en la República de Nicaragua. Aquí en nuestro país se ha entrado mucho a la moda, porque somos buenos a la moda: hablar de desarrollo sostenible; de todos los artículos habidos y por haber, los escritos y los que están por escribirse, todos se refieren al desarrollo sostenible. Y sin temor a equivocarme quiero decirles esta mañana, colegas Diputados, que la comarca de El Ayote es una comarca que ha logrado una sostenibilidad modelo, y que ese puerto de montaña -a como lo señalaba el Doctor Sierra Chacón- ha alcanzado dimensiones incalculables; y sin temor a equivocarme, ni se parece El Ayote a muchos Municipios que nosotros hemos creado, Municipios que se constituyen en cargas para el Estado.

Sin embargo, esto es un caso muy particular. El Ayote cuenta con sus propias ferias de fin de semana; tiene su subasta de ganado mayor y subasta de ganado menor; crea sus propias infraestructuras, calles; le paga a salud, a educación; le paga a la Policía y mantiene la seguridad. Es importantísimo en esta mañana, colegas Diputados, que nos sumemos a aprobar este importante nuevo Municipio para la República de Nicaragua, y que es modelo para las regiones del interior del país, del Pacífico.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable Diputado, Bayardo Arce Castaño.

DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:

Muchas gracias, Presidente.

Yo solo quería hacer un llamado de atención a los estimados colegas en lo que se refiere a la Ley de Municipios, porque aquí hemos estado creando nuevos Municipios en el transcurso de este año, y en ninguno de los casos nos hemos preocupado porque se cumpla la ley de asignarles una partida presupuestaria. Yo creo que la Comisión de Asuntos Municipales, antes de dictaminar un proyecto debería, con un estricto sentido político y organizativo abocarse, con el Ministerio de Hacienda para asegurarle los recursos pertinentes, si no lo que estamos creando son unidades territoriales que no van a tener capacidad de desarrollar la actividad -valga la redundancia- de desarrollo comunitario, que supone la existencia de un Municipio.

Entonces, al llamar la atención sobre esto, no lo hago para que ahora rechacemos la creación del Municipio de El Ayote, sino para que aprovechemos el Proyecto de Ley de Reformas al Presupuesto de 1999, que tenemos pendiente de discutir, a fin de solventar esa deficiencia no sólo con el Municipio de EL Crucero, Ciudad Sandino, con el Municipio de Cuapa, que son entre otros los que hemos venido creando del año pasado para acá.


Muchas gracias.


PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:


Se le concede la palabra al honorable diputado José Dámicis Sirias.

DIPUTADO JOSE DAMICIS SIRIAS:

Gracias, señor Presidente.

En realidad, siento mucha complacencia el escuchar voces alentadoras en apoyo al municipalismo, por una parte; y por otro lado para la constitución de uno de los Municipios como es El Ayote, enclavado en la parte nororiental del Departamento de Chontales, y que por muchos años estuvo integrado administrativamente al Municipio de Santo Domingo, creando una fuente de ingresos muy sustanciales para este Municipio de Santo Domingo.

Pero dentro de este ánimo, de deseo, de todo núcleo poblacional que llenando requisitos básicos aspiran a ser emancipados a través de formar un nuevo Municipio, creo que estamos haciendo una acción de justicia al apoyar la delegación de este importante poblado, perteneciente a la jurisdicción del Municipio de El Rama, -y como dije anteriormente, enclavado al noreste de Chontales- porque lleva un desarrollo sustancial, tanto en el aspecto económico como en el aspecto integral de su infraestructura y su desarrollo urbanístico también.

Por eso es que como Diputado que he estado apoyando esta justa petición de estos amigos de El Ayote, quiero sumarme y pedirles el voto a todos nuestros colegas Diputados para que El Ayote, la aspiración que han tenido los ayoteños hoy sea una realidad.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable Diputado Ernesto Romero Angulo.

DIPUTADO ERNESTO ROMERO ANGULO:

Gracias, señor Presidente.

Yo también quisiera aportar mi granito de arena para la conformación de este Municipio, en vista de que el 25 de Febrero la Comisión de Defensa y Gobernación nos hicimos presentes en esa comunidad para conocer más a fondo la situación, y nos dimos cuenta de un lugar que hace veinte años era un lugar inhóspito, un lugar donde ahí hubo un conflicto bélico, de guerra y que prácticamente esa zona se creó con sangre, sudor y lágrimas; y en tan poco tiempo, en menos de veinte años, esa gente no se sentó a lamentarse de los sucesos bélicos que habían, sino que allí la gente se quedo viviendo, y tanto de la ex-Resistencia como desmovilizados del Ejército se sentaron a trabajar y a mirar hacia un futuro.

Y en tan poco tiempo, Municipios o lugares como El Ayote han logrado un desarrollo que no todos los Municipios lo tienen, esta gente ha alcanzado un desarrollo que es envidiable y ejemplo en Nicaragua. Allí nos encontramos con una población casi de ocho mil habitantes, con un circulante semanal de un millón de córdobas que dejan los impuestos a esa comunidad. Nos encontramos que al año circulan casi cuarenta mil cabezas de ganado y casi cuarenta mil cerdos, maíz, frijoles y una organización increíble, servicio de agua potable y una infraestructura increíble. Yo creo que no todos los municipios tienen esa oportunidad de tener ese alcance económico.

Y en vista a la labor, al trabajo y al alcance en su infraestructura y en su alcance comercial, yo felicito a esa comunidad y pido a todos los miembros de esta Asamblea Nacional que demos la oportunidad de que El Ayote sea convertido en Municipio.


Muchas gracias.


PRESIDENTE IVÁN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable Diputado Lombardo Martínez.

DIPUTADO LOMBARDO MARTÍNEZ CABEZAS:

Gracias, señor Presidente.

Pienso interpretar el sentir de esta magna Asamblea, y me permito saludar a la comunidad de El Ayote, en los albores de su nacimiento a la vida municipal. Señor Presidente, quiero aprovechar este día para saludar a la mujer nicaragüense; pero también quiero aprovechar este día para motivar a esta magna Asamblea, y a la Comisión de Salud, para buscar como encontrar los mecanismos apropiados para construir un gran compromiso nacional. Quiero celebrar a la mujer nicaragüense, con el compromiso de que todos nos aboquemos para terminar con estas cifras trágicas de mortalidad materna, que colocan a Nicaragua entre los países donde el sistema de salud no protege plenamente a nuestras mujeres.

Y este es un fenómeno histórico, Presidente, y no es que el Gobierno no ha podido enfrentarlo, obviamente ha sido política del Gobierno querer desmantelar esas horribles cifras; pero la conclusión de los expertos es que no podrá nunca desmantelarse si no se aborda en una forma integral, la integración de la sociedad civil en su conjunto y sus principales actores con el Gobierno de turno. Pero resalta a la vista, señor Presidente de la Asamblea, algo que le presentare a la Licenciada Rita Fletes Zamora, honorable Presidente de la Comisión de Salud, y es que en 1998 murieron en Nicaragua ciento cincuenta y cinco mujeres, cuando se dio una huelga de cuatro meses por parte de los colegas médicos. Pero sorprendentemente, señor Presidente, en 1999, cuando ya no hay ninguna huelga, el número de muertes subió a casi ciento ochenta; es decir, veinticinco mujeres más murieron en el año en el cual no había huelga.

Esto es un dato interesante de analizarlo, señor Presidente; no es que tal vez los mecanismos de supervisión y de control se han debilitado un poco, y esto es importante, porque el Departamento que presenta la más elevada mortalidad materna es Jinotega, la RAAS y la RAAN; es ahí donde las autoridades tienen que poner permanentemente el dedo en la llaga y obligar a los directores de SILAIS a visitar las unidades, a ir a la zona rural y establecer los mecanismos de coordinación para que los casos de alto riesgo, puedan ir a los centros de atención especializada. Señor Presidente, este es un problema serio de analizar.

El otro punto, señor Presidente -y eso lo presentaré a la Comisión de Salud- es que al regresar a mi trabajo como médico en el servicio de salud- trabajo en el Hospital Vélez Paiz- he tenido contacto con pacientes que han venido de Costa Rica, y ellos me han informado que es una verdad "sotto voce" en la comunidad de nicaragüenses en Costa Rica, que puede alcanzar la cifra de quinientos mil, y que ya tendríamos derecho a controlar por lo menos la mitad del Poder Legislativo tico. Señor Presidente, sabemos -nos dicen estos pacientes- que los nicaragüenses que mueren ahí, en forma abusiva hacen uso de sus órganos para procedimiento de trasplantes.

No me opongo absolutamente a los trasplantes, esto es un instrumento válido en la medicina moderna; y tanto es cierto Presidente, que actualmente se han hecho cincuenta mil trasplantes de hígado, casi setenta mil trasplantes de corazón, y ochenta mil trasplantes de riñón.

Por lo tanto el trasplante ya es un mecanismo válido para restituir la salud a los ciudadanos del mundo. Pero señor Presidente, es un delito de lesa humanidad, y al mismo tiempo es un delito a los derechos humanos – ahora que estamos construyendo también una legislación universal- proceder a desmantelar los órganos de un paciente, y sin el consentimiento de sus familiares.

Eso es lo que Nicaragua debe protestar en el caso sea cierto, y la Comisión de Salud debe tomar vigencia en este asunto, porque es un asunto muy serio que tiene que ver con la nueva legislación mundial que se quiere construir dentro de ese proceso de globalización. Vuelvo a repetir; no nos oponemos a los trasplantes, pero si ahora que sabemos que hay un mercado de trasplantes, nosotros no sabemos el uso que se le esta dando a esos trasplantes, porque si se realizara en la Universidad de Costa Rica, podríamos pensar que se están respetando las normas éticas y las normas legales que la nueva bio-ética demanda.

Pero si estos conciudadanos nuestros, además de ser explotados en vida, son explotados como muertos, estaríamos ofendiendo los principios básicos de la convivencia civilizada, señor Presidente. Ruego pues a la Comisión de Salud que preside la honorable Diputada Fletes Zamora, proceder a darle seguimiento a esta denuncia que varios pacientes me han referido en mi consultorio público en el Hospital "Fernando Vélez Paiz.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le suplica a la Comisión de Salud tomar en consideración eso y hacer las comprobaciones, por supuesto con toda la prudencia y con toda la diligencia posible.

Ya que todos los oradores que estaban anotados terminaron de hablar, vamos a someter a votación.

Se abre la votación.

Votación en lo general, sobre la creación de El Municipio del Ayote.

Por favor, tomen sus asientos.

Esta abierta la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 81 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada en lo general.

Su lectura, vamos a lo particular.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

La siguiente:

LEY CREADORA DEL MUNICIPIO DE EL AYOTE



Arto. 1 El objeto de la presente Ley de Creación del Municipio de El Ayote, y cuyo territorio se desmembra del actual Municipio de El Rama; el territorio de este Municipio se localiza en la demarcación territorial de la Región Autónoma del Atlántico Sur, y que junto con los municipios de Paiwas, La Cruz de Río Grande, Laguna de Perlas, Kukrahill, El Rama, Muelle de los Bueyes, Nueva Guinea, Bluefields y Corn Island, integran la Región Autónoma del Atlántico Sur.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión el artículo.

Se le concede la palabra al honorable Diputado Carlos García Bonilla.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA;

Gracias, señor Presidente.

En el artículo 1, queremos hacer una moción, igualmente en el artículo 15, debido a que en estos artículos no se especifican dos Municipios que fueron creados en la Reforma a la Ley de División Política Administrativa, Ley N° 221, la cual tengo en mi poder, donde se crea el Municipio de El Tortuguero y el Municipio de la Desembocadura de la Cruz de Río Grande. La creación de estos dos Municipios fue aprobada el 31 de Mayo de 1996, que se desmembraban del Municipio de La Cruz de Río Grande, Región Autónoma del Atlántico Sur, que era el Municipio de El Tortuguero y el Municipio de Desembocadura de la Cruz de Río Grande.

Por lo que en el artículo número 1, y en el número 15, deben estar incorporados estos dos Municipios creados en la fecha que estoy diciéndole, dentro de la demarcación territorial de la Región Autónoma del Atlántico Sur. Vamos a pasar la moción, que la estamos elaborando en consenso con el Diputado Pablo Sierra Chacón. Yo quiero leerle, antes de finalizar, la reforma a la ley aprobada el 31 de Mayo de 1996, donde dice: "Artículo 2. Se crean los Municipios de El Tortuguero y la Desembocadura de la Cruz de Río Grande, adscritos a la Región Autónoma del Atlántico Sur". Vamos a pasar la moción para incorporar en el artículo 1 y en el artículo 15, estos dos Municipios, que no están incorporados en dichos párrafos por omisión de la Comisión de Defensa y Gobernación.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable Diputado William Schwartz.

DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM:

Gracias, señor Presidente.

Simplemente es para reafirmar lo que acaba de mencionar el Diputado Carlos García, que hay omisión de dos Municipios de la Región Autónoma Atlántico Sur. Lo que pasa es que parece que se confunden, no es lo mismo hablar del Municipio de la Cruz de Río Grande, que hablar del Municipio de la Desembocadura de Río Grande; son dos cosas diferentes. La Cruz de Río Grande tiene su sede, su cabecera en la Cruz de Río Grande. La Desembocadura de Río Grande tiene su cabecera en Karawala, que son las comunidades indígenas de Karawala, Sandy Bay, Walpa, La Barra de Río Grande; ese es un Municipio que se creó en la fecha que establecía el Diputado García. Parece que hay una confusión; incluso cuando nosotros fuimos a presentar nuestros proyectos, había esa confusión de la Cruz con la Desembocadura, que son dos cosas distintas.


Y el otro Municipio que hace falta, es el Municipio de El Tortuguero, cuya cede es Nuevo Amanecer, El Tortuguero. No son diez municipios, por lo tanto los que tienen la región, sino que son doce Municipios. Es simplemente reafirmar eso, y vamos a pasar la moción que acaba de mencionar el Diputado Carlos García.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ;

Señor Presidente.

Yo creo que de un solo plumazo no pueden desaparecer dos Municipios. Aquí hay una confusión con la ley publicada el 13 de Junio de 1996, la ley 221, que la relacionan con la Ley de 1991, en la cual no están incluidos estos dos Municipios, y se alega por parte de la Comisión de que no existen estos Municipios. Lo que hay es un vacío en cuanto a que no incluyeron en la creación de estos Municipios la demarcación, que nosotros tenemos que llenarla. Pero existen los dos Municipios; la prueba está en que el Alcalde de El Municipio del Tortuguero se llama Ramón Bello, y los de la Alianza ganaron con cuatro mil y pico de votos.

No puede ser posible que se esté aduciendo que como el artículo 3 de esta Ley 221, que fue para efectos únicamente de las elecciones en el 96, el Municipio de El Rama, Nueva Guinea, Muelle de los Bueyes, se aplicaran en la circunscripción electoral del Departamento de Chontales; no se puede estar supeditando este artículo -que es transitorio- al artículo 2, donde se crea específicamente el Municipio de El Tortuguero y la Desembocadura de Río Grande, donde abarca Karawala, Kara y todos los demás poblados que allí existen.

Creo que la Asamblea lo que tiene que hacer es llenar el vacío en el cual con esta ley no se dio la demarcación territorial de los Municipios; pero los Municipios existen, señor Presidente. Por lo tanto, estoy apoyando la moción conjunta que se esta haciendo.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se le concede la palabra al honorable Diputado Víctor Manuel Talavera Huete.

DIPUTADO VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Presidente:

Definitivamente se presenta aquí un vacío un poco complicado, ya que en La Gaceta No. 110, del 13 de Junio de 1996, en el artículo 12, se crearon los Municipios de El Tortuguero y la Desembocadura de Río Grande, para fines eminentemente electorales, de cara a las elecciones de 1996. Pero desafortunadamente -presumo- dada la urgencia en aquel momento no se hicieron los derroteros de estos dos Municipios, es decir, que no tienen linderos correspondientes. No se sabe cuál es el área geográfica o superficial de los mismos, ni las otras disposiciones de creación de un Municipio como el que estamos creando el día de hoy. Ante esto se deberá buscar una solución que verdaderamente no venga a complicar la situación jurídica en estos dos Municipios.

Por lo tanto habría que buscar una salida, o bien dejarlo sin aplicabilidad en este momento, y basados en el artículo 2, crear los derroteros de ambos Municipios; es decir, delimitar su área geográfica y sus correspondientes linderos, porque de lo contrario no se sabría de donde se tomó el área geográfica de estos dos Municipios, de El Tortuguero y la Desembocadura de la Cruz del Río Grande.


Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES ÓSCAR MONCADA REYES:

Vamos a esperar las mociones correspondientes para la demarcación. Entonces, ¿vas a hacer la moción correspondiente?

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

La recomendación que se ha logrado obtener por consenso, es que suspendamos esto y consultemos con INETER en la próxima semana, para mayor seguridad. Pasemos esta ley de creación, para que no nos equivoquemos, porque después el problema será más difícil resolverlo.

Vamos a regresar al Municipio de El Ayote, porque ya se hicieron las consultas a INITER y eso es fácil; con eso terminaríamos esta Sesión.

Pasemos de nuevo a El Ayote. ¿Ya con eso queda solventado el asunto?

Honorable Diputado Carlos García Bonilla, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias, señor Presidente.

Moción en el artículo 1. "Que se incorporen los Municipios de El Tortuguero y Desembocadura de la Cruz de Río Grande", en el artículo.1; y en el 15 la va a presentar el Diputado Schwartz: que también se incorporen allí dichos Municipios El Tortuguero, cuya cabecera es El Tortuguero y el Municipio de la Desembocadura de la Cruz de Río Grande, cuya cabecera es Karawala.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

¿Con eso quedamos ya? Entonces, vamos a abrir la votación.

Esta abierta la votación con la moción.

Esta abierta la votación.

Se va a cerrar.

Están votando.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción al artículo 1, y asimismo el mismo artículo 1.

Vamos a la lectura del artículo 2.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 2 El Municipio creado en el artículo anterior se delimita de la circunscripción territorial de la Región Autónoma del Atlántico Sur con los respectivos límites territoriales entre cada uno de los Municipios.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se abre la votación.

Están votando todavía.

Se va a cerrar.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 2.

Artículo 3.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 3 La circunscripción territorial del Municipio de El Ayote creado por la presente Ley se determina de conformidad a los límites territoriales elaborados y establecidos por el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS;

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.


El resultado es el siguiente: 64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 3.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:


Arto. 4 El territorio que corresponde al nuevo Municipio de El Ayote creado por la presente Ley, tiene una superficie de 831 kilómetros cuadrados, extensión que representa el 18% del total de la superficie del Municipio de El Rama y mismo del que se desmembra.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Esta abierta la votación.

Se va a cerrar.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 4.

Artículo 5.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ;

Arto. 5 Los límites territoriales correspondientes al Municipio de El Ayote son los siguientes:

a) El Ayote-Paiwas.

b) El Ayote-El Tortuguero.
c) El Ayote-El Rama.
Arto. 6 El Poder Ejecutivo designará una partida presupuestaria extraordinaria del Presupuesto General de la República, la que será aprobada por la Asamblea Nacional para cubrir los gastos y costos fijos del Municipio creado por la presente Ley.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Son los límites.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 5.

Vamos ahora al 6.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ;

Arto. 6 El Poder Ejecutivo designará una partida presupuestaria extraordinaria del Presupuesto General de la República, la que será aprobada por la Asamblea Nacional para cubrir los gastos y costos fijos del municipio creado por la presente Ley.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 6.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 7 Las autoridades municipales que administraran el Municipio creado por la presente ley, mismo que forma parte de la Región Autónoma del Atlántico Sur, serán nombradas de conformidad a lo establecido en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento de la Ley de Municipios, Decreto Ejecutivo N° 52-97 del cinco de Septiembre de mil novecientos noventa y siete, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 171, del ocho de Septiembre de mil novecientos noventa y siete.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.


El resultado es el siguiente: 67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 7.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ;

Arto. 8 Mientras la Asamblea Nacional no apruebe el Plan de Arbitrios del Municipio creado por la presente ley, se deberá de aplicar el Plan de Arbitrios Municipal, mismo que esta contenido en el Decreto Ejecutivo N° 455, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 144 del 31 de Julio de 1989.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 8. ón.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 9 La Corte Suprema de Justicia, de conformidad a la ley de la materia, en un plazo no mayor de ciento ochenta días establecerá los tribunales judiciales respectivos, mientras tanto continuarán funcionando los respectivos tribunales que en la actualidad prestan la atención correspondiente.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Jaime Bonilla López.

DIPUTADO JAIME BONILLA LÓPEZ;

Gracias.

En este artículo se señala que la Corte Suprema de Justicia establecería los tribunales judiciales en no mas de ciento ochenta días, éstos son seis meses; a partir de ahora entonces tendríamos que la segunda mitad de este año tendrían que establecerse estos tribunales. Sostengo que esto cambia el Presupuesto de esa Corte; esta es una complicación que podrían alegar para no hacerlo en el momento, en el periodo que estamos señalando en la Asamblea. Me parece que la lógica es expresar en la ley que esos tribunales deben de establecerse a partir de Enero del 2001, para que no haya ninguna evasiva al cumplimiento de la ley. Por eso es que propondría una moción, para que el artículo 9 diga:

"La Corte Suprema de Justicia, de conformidad a la ley de la materia establecerá en el Municipio de El Ayote, los tribunales de justicia respectivos, a partir de Enero del año 2001; mientras tanto continuaran funcionando los respectivos tribunales que en la actualidad prestan la atención correspondiente".

Presento la moción.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Bueno, entonces a votación la moción.

Están votando.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo nuevo.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 10 Las respectivas autoridades municipales, en un plazo no mayor de noventa días, deberán de impulsar y organizar el Registro del Estado Civil de las Personas de conformidad a lo establecido en la ley de la materia y de acuerdo a las directrices, normativas y metodología que al respecto emita el Consejo Supremo Electoral.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Honorable Diputado Jaime Bonilla, otra vez tiene la palabra.

DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

Presidente, aquí termina este artículo con el Consejo Supremo Electoral. Yo quería mocionar un segundo párrafo o un nuevo artículo -eso dependerá de la Comisión de Estilo para que ya quede establecido lo que se esta señalando para los diferentes Poderes del Estado, incluyendo las instituciones como INETER o INIFOM. Que quede establecido el mandato de la cedulación en esa circunscripción Municipal, a la vez de que no haya ninguna evasiva también para el Consejo Supremo Electoral, de integrar a este nuevo municipio en las próximas elecciones municipales.

Por eso me permitiría mocionar el siguiente artículo, o siguiente párrafo a este artículo número 10, que diga:
"El Consejo Supremo Electoral procederá de inmediato a establecer la oficina de cedulación correspondiente, a la vez integrará a esta nueva circunscripción a las próximas elecciones municipales".

Presento la moción por escrito.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo 10.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 11 En un plazo no mayor de noventa días, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales deberá de organizar y elaborar lo concerniente al Catastro del Municipio de El Ayote, así como el mapa oficial con sus respectivos límites y derroteros.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 12 Corresponde a las autoridades del Municipio de El Ayote la representación protocolaria del Municipio, así como la guarda y custodia de sus símbolos, distintivos y del archivo histórico.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 12.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 13 El Municipio de El Ayote, localizado en la Región Autónoma del Atlántico Sur, inmediatamente después de la entrada en vigencia de la presente ley, deberá de iniciar a recibir los ingresos que a la fecha hayan estado recibiendo las autoridades locales del Municipio de El Rama, comprendido en la Ley N° 59, Ley de División Política Administrativa y sus Reformas, y que le correspondan a su demarcación territorial, en concepto de tributo de los ciudadanos de sus respectivas circunscripciones territoriales.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 13.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 14 Reformase el párrafo primero del artículo 6 de la Ley N° 59, Ley de División Política Administrativa, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 189 del 6 de Octubre de 1989, el que se leerá así;

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 14.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 15 Refórmase el artículo 6, numeral VIII de la Ley N° 59, Ley de División Política Administrativa, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número 189, del 6 de Octubre de 1989, el que se leerá así:

Municipios: Cabeceras:

1. Paiwas Bocana de Paiwas

2. La Cruz de Río Grande La Cruz de Río Grande

3. Laguna de Perlas Laguna de Perlas

4. Kukrahill Kukrahill

5. El Rama El Rama

6. Muelle de los Bueyes Muelle de los Bueyes

7. Nueva Guinea Nueva Guinea

8. Bluefields Bluefields

9. Corn Island Corn Island

10. El Ayote EL Ayote
PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

Hay una moción.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Hay una moción de dos Diputados sobre el artículo 15. En la lista agregar al Municipio de Karawala como cabecera y El Tortuguero como cabecera de El Tortuguero. Como que se hacen doce Municipios y no como dice ahí, que son diez Municipios. ¿Esta correcto, mocionista?

Va a someterse a votación la moción.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

¿No hay objeciones de ninguna clase?

Entonces vamos a la votación.

Se esta votando.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

El resultado es el siguiente: 66 votes a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción y el artículo 15.

SECRETARIO JOSÉ DE JESÚS MIRANDA HERNÁNDEZ:

Arto. 16 La presente Ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE IVAN ESCOBAR FORNOS:

A discusión.

A votación.

El resultado de la votación es el siguiente: 66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo, y así toda la Ley de Creación.

Se suspende la Sesión, y se cita para mañana a las nueve de la mañana.

Puntual.




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