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Fecha de grabación:11/10/2010
Celia Herrera
Categoría:Sesión Especial
Número de Cassette:22
Año Legislativo:XXVI LEGISLATURA
Sesión:CUARTA
con alevosía por la conducta de aquel gobierno.

Y en su artículo 2 dice: “Nicaragua conservará ilesos sus derechos en toda la línea del Tránsito, desde San Juan del Norte por el río y el lago hasta San Juan del Sur, así como los que tiene en el Distrito de Guanacaste, sus tierras, sus boques y sus ríos.

Entonces, Martínez llama a Jerez, jefe del ala liberal, y acuerdan movilizar al pueblo de Nicaragua y armarlo para marchar hacia la frontera de Costa Rica y marchan ambos con el pueblo de Nicaragua armados hacia la frontera de Costa Rica, ante esa respuesta de Nicaragua, de una Nicaragua unida -y esa es la lección histórica- Costa Rica cede en sus pretensiones y lo que hace es mandar a encontrar a ese ejército con una comisión de paz, de esa situación es que surge el Tratado Jerez-Cañas, en diciembre del 57 y ratificado en abril del 58 y que ya todos conocemos su contenido y que aquí se ha hablado con abundancia de él; pero ahí no para el asunto y tampoco para ahí la ambición de nuestro vecino, resulta como el gobierno de Joaquín Zavala no había reconocido o más bien había desconocido el Tratado Jerez-Cañas por considerar que había sido hecho en una situación desfavorable para Nicaragua, entonces el Gobierno de Costa Rica tomando en cuenta que había otra vez guerras civiles en Nicaragua o al menos la perspectiva para haberlas reunido su Gabinete de Gobierno en marzo de 1876, acordó apoyar a los liberales nicaragüenses para que derrocasen el gobierno de Pedro Joaquín Chamorro “siempre y cuando”, dice el Gabinete de Costa Rica acuerde previamente con los jefes de ese partido el reconocimiento de los límites naturales de Costa Rica en el Lago y en el Río San Juan, es decir en toda su extensión, o sea, persisten en intentar apoderarse del río y del lago por tercera vez. Lógicamente lo ticos no lograron esta intención porque los liberales no cayeron en el anzuelo, pero para 1886 estando de Presidente, creo que el presidente Carazo, se logra hacer una comisión tripartita con el auxilio de El Salvador, para buscar como terminar de una sola vez el diferendo con Costa Rica. Nicaragua que ha sido siempre un país abanderado de la paz con sus vecinos, acordó en ese acuerdo tripartito que se buscaría un árbitro, y el árbitro escogido de común acuerdo por los delegados de Costa Rica y de Nicaragua fue el Presidente de Estados Unidos, Cleveland, a quienes sometieron la consulta de que si el Tratado Cañas-Jerez tenía validez y además diez puntos de dudosa interpretación que habían en el tratado, dos años después el presidente Cleveland da su Laudo ¿Qué es lo fundamental?, voy a citar tres cosas nada más del Laudo:

1. Señala que el tratado Cañas–Jerez es completamente válido.

2. Señala que Costa Rica no tiene ningún derecho de navegar con buques armados en el río, solamente con buques fiscales y con motivo de comercio.

3. Este es a mi juicio la parte más dual del Laudo. Dice: la República de Costa Rica no puede impedir que la República de Nicaragua con sus recursos ejecute dentro de su territorio las obras para impedir la obstrucción de la bahía de San Juan del Norte o para mantener libre la navegación del río o para mejorar la misma en beneficio común. Es decir la decisión de la Corte y además el derecho soberano de Nicaragua son los sustentos básicos para limpiar y dragar el río San Juan. Después en correspondencia al Tratado Matus – Pacheco que estando ya de Presidente Zelaya, se acuerda a través de éste que se formarán dos comisiones de ingenieros, una de Nicaragua, otra de Costa Rica con un árbitro internacional, escogido por el Presidente de Estados Unidos para delimitar la frontera y para amojonar la frontera, el escogido es un general, ingeniero de Estados Unidos de nombre E.P. Alexander, que es el que hace los cinco Laudos Alexander que delimitan la frontera y una nota final. Yo voy a referirme únicamente a dos de los Laudos, porque tienen que ver con las pretensiones de Costa Rica.

La frontera de Nicaragua con Costa Rica como planteaba el general Avilés, no es solamente el Río San Juan, sino que sus comienzos en Punta de Castilla es la parte sur de la laguna de Los Portillos hoy, de Harbour Heat antes y el primer caño que llega hasta el Río San Juan que es donde está la pretensión actual de Costa Rica de cercenarnos una parte de ese territorio. Después, en el segundo Laudo Cleveland hay una cosa importante que tiene que ver también con una situación actual. Costa Rica actualmente, nos decía el general Avilés, se resiste al amojonamiento, incluso el Delegado de Costa Rica en la ONU, perdón, en la OEA dijo el día de ayer que no se requería delimitar fronteras, porque el río era la frontera, sin embargo una discusión de un año con Cleveland, fue la necesidad de delimitar los puntos fronterizos desde Punta Castilla hasta las tres millas antes de El Castillo viejo, es decir eso está decidido desde 1898, hace más de 112 años. En el laudo tercero de Alexander, también hay otra cosa importante que señalar o que recordar, una pretensión de Costa Rica que también se mantiene hoy, es que la frontera en el río se medida en las aguas bajas del río, es decir en verano, cuando el río estaba seco y también fue otra discusión de un año. Al final después de estudios sustantivos que yo hice, -es lo que dijo Alexander-, por consiguiente declaro que la exacta línea de división entre los dos países es el borde de las aguas sobre la margen derecha cuando el río se halla en su estado ordinario, navegable por las embarcaciones y botes de uso general. Es decir el límite es cuando el río está en su estado navegable, de ahí la importancia de la limpieza y del dragado para ponerlo en su estado navegable.

En el Laudo cuarto también está otra cosa importante a tomar en consideración, que es la frontera que corre paralela al lago, que aquí ya no está junto al lago, sino que está dos millas separadas del lago, pero también había pretensión de Costa Rica en ese entonces, de que se midiese la orilla del lago en base a las aguas más bajas. Y el Laudo final es de que no, que se mide la orilla del lago en base al promedio de las aguas más altas de los últimos años y en base a todo el estudio que llevaba la gente del canal que era norteamericana, Alexander decide de que la línea de playa del Lago de Nicaragua la pone al nivel de ciento cien pies, según las marcas fijas de la comisión americana del canal, es decir, todo eso está definido en los Laudos anteriores. O sea, aquí ya no cabe discusión, cabe únicamente la ejecución por eso la posición del Gobierno de Nicaragua, que hay que pasar al amojonamiento para evitar cualquier problema en el futuro.

Y concluyo con esto. Una vez que concluyen los cinco Laudos de Alexander se da la nota final que es firmada por Alexander y por las dos comisiones, dice en su punto dos la nota final firmada por los tres países, por los dos países y el árbitro, “Con esta demarcación quedan concluidas todas las cuestiones que por límites indefinidos han tenido hasta hoy entre sí las Repúblicas de Nicaragua y de Costa Rica”; esto fue firmado en 1900, hace 110 años. O sea, hace 110 años está concluida la delimitación clara de la frontera entre Nicaragua y Costa Rica, pero hay más, el punto cuatro dice: “Al concluir sus funciones, los comisionados de las dos repúblicas en nombres de sus respectivos gobiernos, manifiestan al señor ingeniero árbitro, general E.P. Alexander, la gratitud de ambos países por la buena voluntad y rectitud con que ha desempeñado su cometido”.

Con esto quiero dar mis aportes para que estemos completamente convencidos los nicaragüenses que la frontera Nicaragua-Costa Rica está perfectamente delimitada y entonces en base a esto que les he leído quiero presentarles a los diputados de la Asamblea Nacional, una propuesta de Declaración de la Asamblea Nacional, para que la votemos el día de hoy en Río San Juan, como un gesto simbólico de apoyo decidido, material, soberano de la Asamblea Nacional, en la defensa de la integridad y soberanía de Nicaragua.

La Resolución dice así:
I

Considerando que el artículo 1 de la Carta Magna, establece que la soberanía es un derecho irrenunciable y fundamento de la nación nicaragüense y que es deber de todo nicaragüense preservar y defender estos derechos.
II

Que los instrumentos internacionales vigentes entre Nicaragua y Costa Rica determinan la frontera entre ambos países.
III

Que el Gobierno constitucional de la República de Nicaragua ha demostrado a la comunidad internacional, madurez y responsabilidad en el ejercicio de estos derechos soberanos.
IV

Que ha quedado demostrado en los foros internacionales que Nicaragua ha sido siempre respetuosa de los principios de buena vecindad y paz entre las naciones y que privilegia la solución de los conflictos en base al diálogo.
V

Que la visita del Secretario General de la OEA, José Miguel Insulsa, le permitió tener una mejor visión acerca de la verdadera situación en la frontera con Costa Rica y la justeza de las acciones de Nicaragua.
VI

Que el narcotráfico y el crimen organizado son una amenaza real para los países de la región y es deber de todos, su efectivo combate.
POR TANTO,
DECLARA,

Primero: En esta Sesión plenaria Especial de la Asamblea Nacional en San Carlos, Departamento de Río San Juan, en las márgenes del Río San Juan, respaldar las propuestas del Gobierno de Nicaragua ante la Organización de los Estados Americanos, para retomar el proceso de amojonamiento con Costa Rica por la vía del diálogo bilateral, en el marco de la comisión binacional.

Segundo: Reiterar nuestro apoyo al gobierno del Presidente Daniel Ortega, por las acciones emprendidas en defensa de la soberanía nacional, desarrollando la limpieza y dragado de nuestro Río San Juan y exhortamos al Gobierno de la República a continuar con dicho dragado.

Tercero: Brindar nuestro total apoyo y respaldo a las actividades que realizan el Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional en territorio nicaragüense en la lucha contra el narcotráfico, el crimen organizado y delitos conexos.

Cuarto: Agotar todos los mecanismos de diálogo sin perjuicio de la utilización de los recursos legales internacionales, disponibles para garantizar nuestros derechos soberanos.

Quinto: Agradecer las gestiones del Secretario General de la OEA, José Miguel Insulza por sus labores de facilitador para la solución de esta diferencia e instarlo para la continuación de su noble tarea en beneficio de ambas naciones.

Sexto: Dotar vía Presupuesto de la República, los recursos necesarios al Ejército de Nicaragua, a la Policía Nacional para garantizar la salvaguarda del dominio y sumo imperio sobre el Río San Juan y la integridad territorial y la lucha contra el narcotráfico, asimismo asignar los recursos necesarios para promover el desarrollo económico y social en la zona.

Dado en San Carlos, Departamento de Río San Juan, a los diez días del mes de noviembre del año 2010, publíquese en cualquier medio de comunicación nacional sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Sometemos por consiguiente a la decisión del el plenario de la Asamblea Nacional esta Declaración, los que estén de acuerdo que levanten la mano.

Se declara aprobada por unanimidad la Declaración.

Solamente para la formalidad, los que estén en desacuerdo que levanten la mano.

Nadie.

Los que se abstengan que levanten la mano.

Tampoco nadie.

Muchas gracias, compañeros.

Se cierra esta Sesión Especial dedicada a la defensa de la soberanía e integridad de Nicaragua en el Río San Juan.

ARTURO AGUIRRE, MAESTRO DE CEREMONIA:

Escucharemos las notas sagradas del Himno Nacional de Nicaragua.




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