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Año Legislativo:XXII LEGISLATURA
Sesión:PRIMERA
Tomo No.1

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(15 de febrero de 2006):
Managua, 25 de Enero de 2006
Managua, 20 de enero de 2006
Managua, 25 de Enero de 2006
Managua 20 de enero de 2006
(16 de febrero de 2006)
Managua, 16 de diciembre de 2005.
Managua, 9 de noviembre de 2005



Managua, 13 de Febrero de 2006

Managua, 9 de febrero de 2006

Managua, 21 de octubre de 2005
Managua 15 de Febrero de 2006
Orlando Tardencilla
Delia Arellano.
Orlando Tardencilla
Delia Arellano
Managua, 8 de noviembre del 2005
Managua, 16 de diciembre de 2005
Managua, 23 de Enero del 2006.

Managua, 20 de Enero del año 2006.
Managua, 1 de diciembre de 2005

Managua, Martes 14 de Febrero de 2006

DICTAMEN

Ingeniero
Eduardo Gómez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado señor Presidente:

La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Honorable Asamblea Nacional, ha recibido el mandato de dictaminar EL PROYECTO DE ”LEY DE REFORMA A LA LEY No. 552, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS”. Remitido por la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional el día veintiséis de septiembre del dos mil cinco.
CONSIDERACIONES

El presente Proyecto de ”LEY DE REFORMA A LA LEY No. 552, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS”, remitido a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto para su respectivo dictamen, el día veintiocho de octubre de dos mil cinco.

Este Proyecto, es una iniciativa de Ley de Reforma a la Ley No. 552, “Ley de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras” presentada por el Diputado Wilfredo Navarro en la exposición de motivo expresa la necesidad de reformar dos artículos de esta ley:

Este artículo 14, viene a limitar la participación de los ciudadanos al establecer una edad al cargo de Superintendente o de Vice – Superintendente; esta disposición vulnera los derechos del ciudadano reconocidos en la Constitución Política de la República (Título IV Capítulo I Artículo 27, Capítulo II Artículo 47 de la) que pretendiendo optar al cargo no pueden hacerlo por ser mayor de sesenta años, creando desigualdad en el principio de que todos somos iguales ante la ley y que todo ciudadano tiene plenos derechos para optar a cargos públicos por lo que consideramos sea eliminado.

El artículo 19 numeral 10, tal a como está aprobada desvirtúa o confunde el papel del Consejo Directivo de la Superintendencia y el del Superintendente de esta institución.

- El Consejo Directivo es el de ser un órgano que dicta normas generales aplicables a las Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros.

- El del Superintendente es el de representante legal de la Superintendencia que ejerce su administración y además hace cumplir las normas generales dictadas por el Consejo Directivo.

Por lo antes expresado en este Dictamen y por la forma en que se ha procedido, los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, hemos resuelto emitir la presente DICTAMEN FAVORABLE A LA LEY DE REFORMA A LA LEY No. 552, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS”, recomendamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO.
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE

MARÍA HAYDEE OZUNA WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

BAYARDO ARCE CASTAÑO BLADIMIR PINEDA
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO

CARLOS NOGUERA PASTORA EDUARDO MENA
MIEMBRO MIEMBRO

RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER
MIEMBRO MIEMBRO

JOSÉ S.FIGUEROA A. ORLANDO TARDENCILLA
MIEMBRO INTEGRANTE

GUILLERMO OSORNO
MIEMBRO

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión en lo general.

Tiene la palabra el honorable diputado Miguel López Baldizón.

DIPUTADO MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN:

Gracias, señor Presidente.

Quisiera intervenir en dos temas: uno, el tema que se está tocando ahorita en este dictamen de ley. Pero también, antes quisiera pedirle respetuosamente a la Junta Directiva, que informara al plenario de la programación de agenda, de acuerdo a la reunión de hoy en la mañana, principalmente en lo relacionado a los temas que tienen que ver con el Tratado de Libre Comercio de Centroamérica, República Dominicana y los Estados Unidos, porque se nos ha dicho de manera muy directa que, dependiendo de la aprobación de estas leyes en la Asamblea Nacional, existe la alta posibilidad de que el primero de marzo, Nicaragua sea el primer país en Centroamérica en aplicar directamente los beneficios de este Tratado de Libre Comercio. Entendiendo que la Junta Directiva haya aprobado la mañana de hoy incorporar en un adendum los temas relacionados con el Cafta, lógicamente no habría chance para aprobarlo el día jueves, si aplicamos el requisito estatutario de estar al menos 48 horas antes en manos de los diputados. Esto nos llevaría a dos alternativas: o se decreta una sesión especial para el día viernes, o habría que convocar para la próxima semana, si acaso esto es parte del acuerdo.

Entonces quisiera pedirle, señor Presidente, que informara a este plenario sobre cuál va a ser el procedimiento a seguir en estas leyes que han sido enviadas con carácter de urgencia a la Asamblea Nacional, y que en este momento la responsabilidad es totalmente nuestra para la pronta aprobación de estas leyes.

Por otro lado, también quiero referirme al tema de la reforma a la Ley de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones. Y teniendo aquí la presencia del Superintendente de Bancos, el Licenciado Víctor Urcuyo, quisiera aprovechar que en la iniciativa de ley, donde se solicitó protección legal al Superintendente de Bancos, al Vice-Superintendente y a la Junta Directiva, esta iniciativa de ley fue dictaminada desfavorable, por la razón de que en la reforma parcial a la Constitución Política, en la Ley 520, se mencionó que todos los funcionarios nombrados por la Asamblea Nacional gozaban de inmunidad y que por esta razón se dictaminaba desfavorable este proyecto de ley.

Posteriormente, cuando se aprueba la Ley Marco por esta Asamblea Nacional, se determina que las reformas a la Constitución Política quedan suspensas hasta el 20 de Enero del año 2007, dejando de esta forma sin inmunidad al Superintendente de Bancos y al Vice-Superintendente de Bancos.

Yo quisiera someter ya la discusión en lo particular, y si es factible hacerlo, incorporar en un artículo que sea una disposición transitoria, a través de la cual se le otorgue protección legal al Superintendente, al Vice-Superintendente y a la Junta Directiva, por el período en el cual está suspensa la reforma a la Constitución Política. Quisiera escuchar a los miembros de la Comisión que han dictaminado esta reforma, si es factible hacer esto en este momento, o si habrá que esperar a la discusión del dictamen desfavorable.

Entonces, dos peticiones concretas, señor Presidente. La información de la Junta Directiva a este plenario, sobre el procedimiento en cuanto a las leyes del Cafta, con trámite de urgencia; y si es factible incorporar en esta reforma la protección legal temporal o transitoria, a los directivos de la Superintendencia de Bancos.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Contestándole a su pregunta, honorable diputado, hoy en la mañana nos reunimos y pasamos con trámite de urgencia la ley que usted está mencionando, así que ya se encuentra en Agenda.

Tiene la palabra de nuevo, el doctor Miguel López Baldizón.

DIPUTADO MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN:

Gracias, señor Presidente.

Me refiero a cuándo está programada la discusión de estas leyes. Conozco que de acuerdo a la reunión de la Junta Directiva, fueron incorporadas en un adendum; pero yo quisiera saber cuándo van a ser discutidas estas leyes, con trámite de urgencia.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

El día de hoy se está elaborando el Adendum, tienen que pasar 48 horas, así es que en la próxima sesión que tengamos aquí en la Asamblea, se pasarán esas leyes.

Tiene la palabra el honorable diputado Jaime Morales Carazo.

DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:

Gracias, Presidente.

También es una pregunta, al señor Presidente o a la señora Secretaria, que si está programada próximamente la iniciativa de decreto legislativo que introdujimos el 14 de febrero un grupo de diputados, para celebrar este año el 150 Aniversario de la Batalla de San Jacinto.

En esa oportunidad solicitamos que se le diera el mismo tratamiento especial que se le dio al hecho de conmemorar, celebrar y declarar al Güegüense, un personaje ficticio de nuestras realidades virtuales, que se le dispensaran esos mismos trámites; incluso, de inmediato se sometió a discusión, se aprobó y a los días siguientes estábamos celebrando sesión en Diriamba.

Como estas cosas tienen que programarse con anticipación, porque hay que hacer programas, comisiones, etc., pues yo me permitía solicitar que se le diera trato pronto, y que si ya estaba dentro de los planes de la Junta Directiva el someterlo a la consideración del plenario, con esa solicitud especial.

En cuanto a las observaciones a la propuesta de reforma a la Ley de Superintendencia, se retira la limitación de la edad que establecía el artículo primero, el cual señalaba que después de 60 años no podía ser, aduciéndose que violaba derechos constitucionales. Yo creo que debe de haber un límite, tanto en la edad de juventud, como en la de tiempo corrido, porque de todas maneras si se establece una limitación que sólo tiene que ser de 35 años en adelante, también se está violando la Constitución, el derecho y la igualdad. Ha habido presidentes menores de 35 años, no sé si la Constitución establece, un límite que tiene que ser de 33 ó 35 años. También para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia establece un máximo de 75 años, si mal no recuerdo, que no pueden ser electos. No veo razones de por qué tenga que darse ese tratamiento especial al que ocupe la Superintendencia; en lo demás, yo estoy de acuerdo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Lo tenemos como punto de Agenda, honorable diputado y lo vamos a tratar hoy.

Tiene la palabra el honorable diputado Edwin Castro Rivera.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Quería manifestarle a los honorables miembros de esta Asamblea Nacional, que los cinco proyectos de ley, con carácter de urgencia que el Ministerio de Economía envió a esta Asamblea Nacional, fue hasta el viernes en la tardecita, cuando en el diálogo lo vimos hace más de quince días. Cuando nos lo presentaron venían con enormes deficiencias, que inclusive todavía subsisten esas deficiencias.

En primer lugar, venía una reforma al Código Penal, en donde se querían establecer tipificaciones penales a las personas jurídicas. Es difícil mandar a echar presa a una empresa, normalmente las responsabilidades penales son para los representantes de las personas jurídicas, y si acaso hay sanción a la persona jurídica, tendrían que ser posteriormente a establecerse la culpabilidad de las personas naturales que representan a la persona jurídica. Después venían modificaciones, cuatro leyes en una sola ley, que ya se lograron separar. Pero el gobierno se tardó hasta el viernes de la semana pasada.

La Junta Directiva, muy diligentemente las vio hoy en la mañana, ya mandó a hacer el Adendum, pero no podemos nosotros violar los tiempos parlamentarios; no podemos responsabilizar a la Asamblea de lo que en concreto es responsabilidad del Ministerio del Mific; ellos se tardaron en la elaboración de esta ley, a sabiendas de que tenían plazos perentorios.

Nosotros inclusive, estuvimos hablando con el ministro Argüello, y ayer como bancada nos reunimos por más de tres horas, discutimos las leyes; expresamos nuestra voluntad de apoyar el trámite de urgencia, que sí queríamos analizar las leyes; y hoy sorpresivamente leo las declaraciones del ministro Alejandro Argüello, donde dice que ya es materialmente imposible que el primero de marzo entremos nosotros al programa del Cafta y que lo deja para el primero de abril, sin más razón; ni está hablando de estas leyes, está hablando de los tiempos que ya no dan.

Entonces, yo quería dejar claro esto, porque es muy fácil después venir a decir: la Asamblea tiene la culpa de los retrasos que normalmente hacen las instancias ejecutivas. El Ministerio del ministro Argüello, tuvo casi veinte días para reformar estas leyes y enviárnoslas a nosotros y se comió el tiempo, después que no nos responsabilicen a nosotros por los tiempos que fueron responsabilidades de otros. Nosotros como bancada estamos en disposición de apoyar, pero no podemos violentar los tiempos parlamentarios.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Marcos Aurelio Sánchez Gámez.

DIPUTADO MARCOS AURELIO SÁNCHEZ GÁMEZ:

Gracias, señor Presidente.

En el artículo primero de la reforma de la ley, veo que dice que el Superintendente podrá ser reelecto para nuevos períodos, pero no dice cuántos períodos, puede ser reelecto vitaliciamente.

Me gustaría que los mocionistas o los que aprobaron esta ley, nos dijeran si puede ser reelecto vitaliciamente o se le pueden poner dos períodos como máximo, o que no sean seguidos.

No sé si lo que quieren es aprovechar la experiencia del Superintendente, pero yo creo que se debe de poner siempre sabia nueva; en todo cargo público se debe de estar renovando, como se renueva el Presidente, los diputados y a todo se le debe poner un período, sobre todo cuando no son electos por el pueblo.

Así que me gustaría escuchar la opinión de los mocionistas al respecto, sobre cuál es la mentalidad de poner que se puede estar renovando y si es vitalicio este cargo, si no para hacer una moción al respecto.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

No hay nadie más en el uso de la palabra, pero hay una pregunta que se le haría al señor presidente de la Comisión Económica, para responder esa inquietud.

Don Marcos, ¿se la puede repetir por favor?.

DIPUTADO MARCOS AURELIO SÁNCHEZ GÁMEZ:

Estoy preguntando a la Comisión, si este cargo va a ser vitalicio, porque puede ser reelegido por nuevos períodos. Quería saber si es vitalicio el cargo, si se va a estar renovando, si se le va a poner la renovación de dos períodos.

Quería que me aclarara, si no hago una moción para ver por cuántos períodos puede ser reelecto, el Superintendente o si puede se reelecto discontinuamente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Wilfredo Navarro Moreira.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Yo quisiera decirle al diputado Marcos Aurelio Sánchez, que la propuesta del dictamen establece que podrá ser reelecto, porque lo que estamos tratando de garantizar es el principio constitucional de que lo que estamos modificando es la limitación que se establecía por la edad.

Ahora, si el diputado Sánchez quiere ponerle límites de dos, tres, cuatro, que haga la moción y que sea el plenario el que decida, porque nosotros lo único que tratamos de salvar en la Comisión Económica es la garantía constitucional de no hacer exclusiones por motivos de edad. Si él quiere poner limitaciones, como al Presidente de la República, o poner las variantes que él quiera, que las haga y el plenario decida, yo no tengo ningún inconveniente. Lo único que quisimos rescatar en el dictamen, fue precisamente la garantía constitucional y evitar las inhibiciones.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Jaime Morales Carazo.

DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:

Aprovechando al presidente de la Comisión Económica, don Wilfredo, para solicitarle una aclaración sobre la limitante de la edad. Si se trata de quitar la limitación, pues ahí queda una limitación que son los treinta y cinco años y creo que aquí nuestra ley establece que uno es ciudadano con todos los derechos a los veintiún años. Entonces, pudiera interpretarse en el sentido de que hay también una exclusión en donde se priva y se mutila ese derecho de igualdad.

Por otra parte, al eliminarse el límite de los 60 años, creo que en la Corte Suprema -no sé si me lo pueden aclarar- el límite para ser magistrado es setenta y cinco años, no puede ser electo si ya cumplió los 75 años; el principio tal vez de 35 a 75 pudiera ser mejor.

No sé si don Wilfredo pudiera dar algunas buenas razones en ese sentido, porque de todas maneras, así como está, se está violando el derecho que se pretende defender, porque se deja afuera a los que son menores de treinta y cinco años de edad y es ciudadano a los veintiún años.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Gracias, Presidente.

Este tipo de discusiones se sanan con la simple lectura de la Constitución Política, en el artículo 138 y siguiente. Primero, en el caso del artículo 1 y la pregunta que está planteando el diputado Sánchez, por Constitución de la República, hasta donde yo conozco, los casos donde se plantea que no puede haber reelección en períodos continuos son, el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República, y en el caso de los alcaldes.

No existe otra prohibición constitucional como para evitar o ponerle un valladar o una cortapisa a un ciudadano nicaragüense, que por haber ejercido el cargo del Superintendente en el período inmediato anterior, se mire inhibido en el inmediato posterior a elegir y ser electo, en este caso, a ser electo Superintendente.

Es por eso, de que este artículo está en plena consonancia con las disposiciones constitucionales sobre la materia, es la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, la única que tiene facultades constitucionales para decidir, quién va a ser o quién no va a ser Superintendente y Vice Superintendente.

Ahora, en el caso particular de la edad, yo quiero retrotraerme al numeral 9) del artículo 138, parte infine, donde se plantea, entre otros elementos, que estos cargos (el Superintendente, el Vice- Superintendente, el Fiscal General y demás) deben tener los mismos requisitos que establece la Constitución de la República para ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Y si usted revisa el artículo 161, numeral 4), dice claramente: "Haber cumplido 35 años de edad y no ser mayor de setenta y cinco años al día de la elección". Por lo tanto, lo que estamos haciendo es, trayendo parte del texto constitucional a la norma ordinaria legal, que es la reforma a la Ley 316, Ley de Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. Por lo tanto, creemos que el artículo tal y como está redactado en el dictamen, está absolutamente correcto y adecuado al texto constitucional.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Bayardo Arce Castaño.

DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:

Gracias, Presidente.

Yo no sé por qué estamos haciendo una tormenta en este vaso de agua. Cuando se aprobó la ley, se cometió un error y se le puso un tope a la edad del Superintendente, que es 60 años. Lo que estamos haciendo es quitando ese tope, eso es todo, no veo por qué se están armando un montón de discusiones.

La Constitución establece aquí, que la edad máxima para asumir un cargo es setenta y cinco años. Alguien que tiene setenta y cuatro años puede ser electo, setenta y cuatro años y medio, setenta y cuatro años y diez meses u once meses, puede ser electo. Entonces lo único que estamos proponiendo es que se quite ese error de ponerle un tope de edad de sesenta años. No hagamos una tormenta en un vaso de agua y aprobemos ese artículo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:

Yo quisiera entrar a reforzar lo que decía el Diputado Bayardo Arce. Aquí a veces abrimos debates sobre cosas intrascendentes, y a veces se nos pasan cosas que son de vital importancia en algunas leyes. Lo que trató de hacerse, es evitar una inconstitucionalidad que estaba en la ley, ponerle inhibiciones por razones de edad a un funcionario. Y aparte de lo que decía el Diputado Wálmaro Gutiérrez, que son fundamentos legales para establecer los 35 años, hay que recordar que éste es un cargo que tiene una alta responsabilidad, se requiere una serie de conocimientos en finanzas, en banca y eso sólo lo da la madurez y la experiencia. Por eso es que están los treinta y cinco años, como también se le pone a algunos cargos para ejercer en el Poder Judicial.

Entonces no busquemos problemas donde no los hay, y este artículo ya debería de estar votado y aprobado, Presidente.

Gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado en lo general.

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua,

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

La siguiente:

Ley de Reforma a La “Ley No. 552, LEY DE REFORMA A LA LEY 316” “LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 169 del 31 de agosto del 2005, en el que se leerá así:

Arto.1 Refórmese el artículo 14 de la Ley No. 552, LEY DE REFORMA A LA LEY 316, “LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS”, el que se leerá así:

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 1.

SECRETARIA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN:

Arto.2 Refórmese los numerales 2 y 10 del Artículo No. 19 No. 552, “LEY DE REFORMA A LA LEY 316 “LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 169 del 31 de agosto del 2005, en el que se leerá así:

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el artículo 2.

Tiene la palabra el honorable diputado Donald Lacayo Núñez.

DIPUTADO DONALD LACAYO NÚÑEZ:

Muchas gracias, honorable señor Presidente.

Yo quería brevemente, aprovechando la presencia del honorable y distinguido señor Superintendente de Bancos, que nos diera aquí al Plenario de la Asamblea Nacional una explicación más amplia sobre este artículo; por cuanto me da la impresión de que estamos dando facultades para que el Superintendente -y no es por él, es por el que vengan o los que venga, o si es reelecto, pues que sea reelecto o lo que sea- pero parece que estamos dándole facultades a una sola persona para intervenir cualquier banco.

"Resolver y ejecutar la intervención". Vuelvo y repito, resolver y ejecutar la intervención o solicitar la liquidación forzosa de las instituciones, tal y tal...

Yo quisiera que para mayor ilustración del Plenario, don Víctor Urcuyo diera alguna explicación. Si quiere mi micrófono, lo cedo con mucho gusto.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Wilfredo Navarro Moreira.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Volvemos a lo mismo. Esta reforma lo único que hace... esto ya está aprobado en la ley y había un error en el señalamiento del numeral 13), que en la ley aparecía numeral 12) y es lo que corresponde al numeral 13). Entonces en lo que estamos es corrigiendo un error técnico, gramatical que se hizo cuando aprobamos la ley.

Ahora, el Diputado Lacayo quiere que vengamos a revisar lo que ya aprobamos en el pasado, cuando la corrección que estamos haciendo es eminentemente técnica. Pero si la Presidencia quiere que el Superintendente comience a explicar lo que ya explicó cuando aprobamos la ley en un inicio, me parece que estamos gastando el tiempo en cosas intrascendentes nuevamente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Donald Lacayo Núñez.

DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:

Gracias, Presidente.

Yo sólo por economía parlamentaria, nada más, y no parar entrar en contradicciones con mi querido colega diputado Wilfredo Navarro. Pero hay una enorme verdad en todo esto, y es que todos los diputados tenemos derecho a que nos den explicaciones sobre determinados temas, pues cuando hicieron la ley, que yo no estaba aquí, (entre paréntesis), hace cuatro, o cinco años. Y no es que la culpa sea de los ausentes, como dice Fabio Gadea, pero de todas maneras, yo creo que lo que abunda no daña.

A lo mejor sería interesante que el Superintendente Víctor Urcuyo dé una explicación.

¡Ah! Perdón, dice que él no estaba de Superintendente en ese tiempo. Entonces si no estaba en ese tiempo, ahora está a cargo de la Superintendencia y no conoce la ley. Estamos muy mal. Esa es la intervención que quería hacer.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable diputado Bayardo Arce Castaño.

DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:

Muchas gracias, Presidente.

Insisto en que estamos haciendo tempestad en un vaso de agua, porque estamos haciendo tres ajustes técnicos a una ley que debido a que el Fondo Monetario exigió que se aprobara de urgencia, a lo cual siempre se ha opuesto el Frente Sandinista, ahí en el Mezanine, después de una reunión del Diálogo Nacional, con el Superintendente, el Banco Central, el Ministro de Hacienda, estábamos corriendo para cumplir ese absurdo, que después para nada sirve, como también nos hicieron correr con el Cafta y ahora tampoco sirve, porque era mentira que iba a entrar el primero de enero.

Entonces en esas carreras que tuvimos que pegar todos, se nos fueron unos errores técnicos y ahorita los estamos corrigiendo. Así es que no tiene sentido efectivamente pedirle al Superintendente que dé aclaraciones. Y no se trata de una ley vieja, doctor Lacayo, la acabamos de aprobar por las exigencias del Fondo. Y para satisfacción suya, tal vez le puede dar la sugerencia al licenciado Urcuyo, el jueves viene a darnos un informe de sus funciones, ahí adelántele qué cosas le inquietan de la Superintendencia y efectivamente nos ahorramos tiempo parlamentario en el tema.

Yo pido que someta a discusión y aprobemos el artículo 2.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Sin embargo, invito a tomar la palabra, si en algo lo requiere el señor Superintendente.

LICENCIADO VÍCTOR URCUYO, SUPERINTENDENTE DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS :

Honorables miembros de la Junta Directiva de esta Magna Asamblea Nacional;

diputadas y diputados.

En efecto, el comandante Bayardo Arce ha sido muy claro, muy preciso y muy exacto, al decir, junto con el diputado que tomó la iniciativa, Wilfredo Navarro, que esto es un error técnico nada más. Esta Ley General de Bancos fue ampliamente discutida, y aprobada en noviembre del año pasado.

Las facultades de intervención de un banco le corresponden al Superintendente bajo una serie de causales bien estrictas, que ahí se consignan, en la Ley General de Bancos. Obviamente, antes de intervenir a un banco, hay una serie de medidas que también la ley le obliga al Superintendente a tomar, antes de llegar a ese estado.

Aquí se trata de corregir simplemente un error de redacción en la ley, punto, señor Presidente, de eso se trata, única y exclusivamente.

Muchas gracias, honorable Asamblea.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias, señor Superintendente.

Tiene la palabra el honorable diputado Marcos Aurelio Sánchez.

DIPUTADO MARCOS AURELIO SÁNCHEZ:

Gracias, señor Presidente.
Yo no veo por qué se molestan los diputados cuando uno pide una aclaración a la comisión. Aquí en el Plenario, creo que los diputados podemos pedirle aclaración a la comisión, porque si no aprobáramos las leyes solamente en la comisión. Aquí no es para que nos vengan a regañar, porque yo he oído muchos discursos aquí que tampoco los quisiera oír. Uno tiene el derecho de hablar, preguntar y para eso están los presidentes y miembros de una comisión, señor Presidente.

Así que yo no admito que me estén regañando porque pido una aclaración, que me las satisfizo muy bien el diputado Navarro y el diputado Gutiérrez. Señor Presidente, aquí uno tiene derecho a preguntar y a opinar sobre las leyes que uno está aprobando, y yo no admito que me estén regañando en este plenario, de ninguno, mucho menos de un extraño.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 2.

SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:

Arto. 3 La presente Ley entrará en vigor a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de la publicación del veinte de enero del dos mil siete, y deberá ser publicada en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión el artículo 3.

Tiene la palabra el honorable diputado Carlos Gadea Avilés.

DIPUTADO CARLOS GADEA AVILÉS:

Señor Presiente: Terminando ya esta reforma, yo quería lamentar la pérdida irreparable de uno de los mejores alcaldes, como es el caso del ingeniero Elvis Pérez Ortez, fallecido el jueves pasado en un brutal accidente; lo que nos debe llamar a todos a las reflexión, sobre todo en este tipo de accidente, donde la mayoría es a causa del transporte pesado. Próximamente vamos a estar haciendo una iniciativa de reforma, para que estos vehículos pesados, cuando cumplan los diez años de fabricación, sean sustituidos completamente todo el sistema de dirección y de frenos para evitar este tipo de accidente.

Estamos lamentando la pérdida irreparable de un gran hombre, de un gran alcalde, y quisiera pedir al Plenario un minuto de silencio por la muerte de nuestro querido Alcalde del Jícaro, Nueva Segovia, Elvis Pérez Ortez.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 3 de la reforma a la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

Se suspende la sesión, y se cita para mañana a las nueve de la mañana.

Muchas gracias.

(22 de febrero de 2006).
Managua, 02 de Febrero 2006.

Managua, 25 de Noviembre de 2005.
DICTAMEN


Ingeniero René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Señor Presidente:

La Comisión Especial de Modernización de la Honorable Asamblea Nacional ha recibido el mandato de dictaminar EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. La Comisión en relación con este Proyecto ha valorado los siguientes factores:
ANTECEDENTES

Este Proyecto de Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua fue introducido a la Asamblea Nacional el 3 de Febrero del dos mil cinco y remitido a la Comisión Especial de Modernización para su respectivo dictamen, el 7 de Febrero de este mismo año.
OBJETO DEL PROYECTO

El Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua tiene como objeto dotar al primer Poder del Estado, de una Ley Orgánica que contenga, sustituya y amplíe el actual Estatuto General y el Reglamento Interno, vigentes ambos desde los comienzos de mil novecientos noventa y uno. Ambos cuerpos normativos han venido sufriendo reformas, adiciones y adecuaciones de acuerdo a las diferentes situaciones políticas e institucionales que este Poder del Estado ha enfrentado a lo interno y en su interrelación con los demás Poderes del Estado y la solicitud civil, por tal razón esta Comisión consideró oportuno la necesidad de una ley orgánica acorde con el avance del proceso democrático y la institucionalización del Estado nicaragüense.

La Comisión sostuvo diferentes encuentros con los sectores directamente involucrados con el quehacer de la Asamblea Nacional y sujetos de la Ley. El 7 de marzo del presente año se realizó la primera consulta de la ley con la participación de asesores, directores y jefes de área, lográndose la participación de 70 asistentes y obteniendo importantes aportes a la ley.

Los días 9, 10 y 14 de Marzo se realizó consulta a las bancadas Azul y Blanco y Camino cristiano, Partido Liberal Constitucionalista y Frente Sandinista de Liberación Nacional –en ese orden- con una amplia e importante participación de las y los diputados de la Asamblea Nacional. Tomando en consideración todos los aportes obtenidos la Comisión Técnica de la Comisión ha sostenido 15 encuentros a lo largo de estos nueve meses en los que la Comisión ha logrado la más amplia participación de sus miembros obteniendo por su medio los diferentes aportes de las bancadas y lográndose un amplio consenso.

La Comisión Especial de Modernización de la Asamblea Nacional ha considerado diversos aspectos de la técnica legislativa latinoamericana y española y del propio acervo acumulado en este período de vida unicameral de la Asamblea Nacional nicaragüense, los que citamos a continuación.
CONSIDERANDO:

1. En lugar del Estatuto General y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional elaboramos una “Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua” dividida en 6 títulos y 29 capítulos con 156 artículos.

2. La regulación de dichos Estatutos y Reglamento Interno se recogió en un solo cuerpo legal, eliminando numerosas repeticiones, tanto de palabras y frases como de normativas, armonizándolo en un todo y dejando la actividad reglamentaria para la elaboración posterior de cinco Reglamentos muy importantes y especializados, a saber: De Ética Parlamentaria; De la profesionalización, desempeño y evaluación de los funcionarios de la Asamblea Nacional; Reglamento para el personal administrativo; Del funcionamiento interno de la Dirección General de Asuntos Legislativos; y, Del funcionamiento interno de la División General de Asuntos Administrativos.

3. Se establece la soberanía y autoridad del Plenario, con capacidad de convocatoria, plena potestad decisoria y provee medios para evitar que se pueda paralizar el trabajo parlamentario.

4. Contiene, además de las principales definiciones, el establecimiento de un presupuesto seguro y sostenido con respecto al Presupuesto Anual de Ingresos de la República.

5. Regula también el funcionamiento de las sesiones del Plenario, los derechos y obligaciones de los Diputados señalando expresamente los deberes que tienen para con sus electores y para con los problemas de sus comunidades.

6. Estimulando la asistencia se disponen días y horas determinados para las sesiones aunque sin excesiva rigidez, y el tiempo de espera de una hora a los Diputados que faltan para completar quórum no tiene otro interés que fomentar la puntualidad.

7. También se regula, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Electoral, la suspensión y pérdida de los derechos de los Diputados y sus vacancias.

8. En el Título Segundo se establecen y regulan los Órganos del Poder Legislativo entre los cuales se incluyan las Comisiones Permanentes, Especiales y de Investigación y las Bancadas Parlamentarias que constituyen, éstas últimas, la expresión del panorama político representativo de la nación y de la composición de la Asamblea, razones que las hacen acreedoras de mayores posibilidades y potestades.

9. Se crean 3 Órganos Auxiliares: una Dirección General de Asuntos Legislativos, organizada en Direcciones y Departamento, que incluyen el Staff Jurídico, la Información Legislativa, el Diario de Debates, la Biblioteca y otras áreas. Las Comisiones dispondrán de asesoría legislativa y de asistencia parlamentaria, con capacidades de secretariado, obligados a impulsar y convocar reuniones y consultas, llevar al día las actas de las Comisiones y actuar como fedatarios de las actuaciones. Una División General de Asuntos Administrativos organizada en Divisiones y Unidades, que incluyen Divisiones de Recursos Humanos, Financiera, de Servicios Generales y otras áreas. Y, una Unidad de Auditoría Interna que será el órgano auxiliar que garantizará la transparencia de la Asamblea Nacional en el uso correcto de su presupuesto.

10. En cuanto al proceso de formación de la ley se eliminan trámites engorrosos favoreciéndose una agilidad y eficacia que permita aprovechar mejor el tiempo en la aprobación de las leyes, producir más legislación y eliminar la morosidad legislativa, hecho que se complementa con una figura de caducidad de iniciativas por falta de impulso o pérdida del interés.

11. En efecto, la obligatoriedad de entregar a los Diputados las Iniciativas y todos los documentos de trabajo con 48 horas de antelación, así como el manejo de la información total mediante ordenadores portátiles y el acceso a la red de información de la Asamblea Nacional, hacen innecesaria la lectura de largas y expresivas exposiciones de motivos y cartas introductorias en el Plenario, trámite que se explicaba en tiempos idos cuando el Plenario decidía, de previo, si tomaba o no en consideración determinada Iniciativa pudiéndola rechazar desde la entrada, mientras que hoy se pasa directamente a la respectiva Comisión resguardando el derecho de iniciativa de ley inherente a la condición de Diputado.

12. Trato similar se da al Dictamen cuando no existen objeciones; si bien es cierto que por disposición constitucional debe leerse en el Plenario, la presente ley antepone al párrafo que contiene el Dictamen propiamente dicho, una parte expositiva y a ésta sí se le puede dispensar su lectura, pudiéndose utilizar también la figura del Diputado informante.

13. Se posibilita, además que, pudiéndose aprobar una ley capítulo por capítulo debatiendo sólo aquellos artículos que contuvieren objeciones y generaren controversias, también se pueda aprobar, de esa misma manera, una ley no dividida en capítulos, avanzándose en la actividad legislativa. Siendo que la Secretaría de la Asamblea Nacional es la conexión natural con los otros Poderes del Estado que posean derecho de iniciativa de ley, se establece que estas iniciativas entren por esa vía.

14. Se regula el debate en las sesiones y en uno de sus títulos se tratan los casos especiales; se regulan y definen los Decretos, Resoluciones y Declaraciones, abandonando desordenadas designaciones variables como acuerdos, pronunciamientos y otras figuras de contenido repetitivo e incierto. El trabajo Parlamentario se simplifica cuando se suprimen duplicidades.

15. En la Ley Orgánica que presentamos tratamos de determinar el trabajo político que contiene la dignidad del Diputado, la acción política, y la actividad técnica de los funcionarios, cuyos actos son intrínsecamente obligatorios, de Derecho Administrativo, propiciándose como una consecuencia colateral, que el personal se halle desprovisto de actitudes políticas, al margen de los cambios según las voluntades electorales de la ciudadanía nicaragüense y como consecuencia generará estabilidad. Hemos tratado de proponer, también, otras normas de organización y procedimiento que, según juzgamos, imprimirán celeridad y serán de mucha utilidad en el ejercicio del quehacer parlamentario.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión Especial de Modernización de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y el fin que se pretende perseguir con este Proyecto de Ley y en base a las consideraciones anteriormente señaladas y que la misma no contradice nuestra Constitución Política ni Leyes Constitucionales, Los Suscritos Diputados DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE el Proyecto de EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, por lo que el pedimos al honorable Plenario su aprobación respectiva.

COMISIÓN ESPECIAL DE MODERNIZACIÓN


RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO

WILFREDO NAVARRO MOREIRA CARLOS NOGUERA PASTORA

ORLANDO TARDENCILLA MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN Z.

JOSÉ FIGUEROA AGUILAR EDWIN CASTRO RIVERA

ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER BAYARDO ARCE CASTAÑO

EDUARDO MENA CUADRA

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

A discusión en lo general el dictamen.

Tiene la palabra el honorable diputado Orlando José Tardencilla.

DIPUTADO ORLANDO TARDENCILLA:

Buenos días Junta Directiva; colegas, amigos.

Ciertamente pedí la palabra para un puntito distinto, pero en el camino también me motivó participar en la discusión en lo general de este proyecto de ley necesario, para no volverme redundante, porque mi firma en ese dictamen implica que asumo las consideraciones que ahí lo dice.

Es importante puntualizar la necesidad de que actualicemos el quehacer parlamentario en el tiempo. Tal y como nos lo está proponiendo el dictamen, resulta que una muy buena cantidad de tiempo de la presencia de los parlamentarios en este plenario, discurre como meros espectadores de las artes, de lectura de los honorables Secretarios de la Asamblea Nacional.

El hecho de estar sentados mucho tiempo ahí sin tener mayor nivel de participación, más que de meros espectadores, efectivamente proyecta o produce una visión de desgano o de desatención del plenario, sobre el tema del debate. Aunque tenemos que respetar los procesos de formación de ley y sus procedimientos, la verdad es que este tema hay que actualizarlo, como también hay que actualizar nuestra norma interna.

No es posible que aún se sigan editando y sean estudiados en las distintas universidades, nuestro Estatuto Interno y nuestro Reglamento y se analiza que por disposición estatutaria, al final del año, esta Asamblea Nacional tiene que aprobar un decreto delegatario de las facultades legislativas.

Muchos estudiantes de Derecho me han preguntado, por qué la Asamblea Nacional no le hace, no le cumple lo que dice la ley interna en la Asamblea, al Presidente Bolaños, sólo porque tenemos diferencias con él. Esos son cuestionamientos que me han hecho en algunas Facultades de Derecho y me muestran la norma interna; tengo que explicarles a estos sujetos del Derecho que esa norma fue derogada de manera expresa por las reformas constitucionales del 95. En consecuencia me dicen, qué están haciendo esas disposiciones aquí, cuando desde hace más de once años están derogadas. Por eso es que yo planteo la necesidad de actualizar el instrumento, como muy bien lo recomienda el dictamen en el propio proyecto.

También el tema de la modernización. Efectivamente la incorporación de instrumentos tecnológicos, la comunicación vía Internet y la comunicación que los diputados requieren por mandato constitucional, en el conocimiento de la ley, adecuar la norma que ya también nos lo trae el proyecto. Pero quizás lo más importante, por lo cual yo voy a apoyar en lo general y en lo particular esta iniciativa, es que de verdad debemos expeditar el proceso de formación de ley. El artículo 49 y siguientes del Estatuto, dan un plazo para que las Comisiones dictaminen, e incluso debo advertir que se está dando un fenómeno bien alegre, y desde la Junta Directiva, no solamente nosotros sino todas las Juntas Directivas pasadas, han permitido el que un proponente proponga y retire iniciativas de ley. Eso, desde el punto de vista técnico, jurídico, legislativo y hasta político es una barbaridad que se ha hecho de manera reiterada; repito, no por la directiva pasada sino por todas. La verdad es que la ley tiene una forma de entrada y una forma de salida, y debemos respetarla; nosotros aquí, simple y sencillamente por un ajuste de interés político, hacemos y deshacemos algo que no está permitido por la Constitución. Pero también están los famosos 30 días, los proponentes de una ley no saben a qué atenerse.

Aquí el principio “primero en tiempo, primero en derecho” eso está pasado por agua tibia, porque aquí es el interés político el que prima, por el principio del tiempo en que una iniciativa se presenta. Asimismo, entonces, sí creo que hay que revisar a fondo y con toda seriedad, y quiero hacerlo en el buen sentido crítico. La Constitución nos manda un procedimiento rígido en donde hay que leer la exposición de motivos para la presentación y los diputados no tenemos ninguna función más que estar de espectadores.

Entonces, para qué nos traen y nos ponen a leer unas grandes enciclopedias o justificaciones, si al final no tenemos ninguna función, que es determinar sobre ella. Por ello es que las famosas 48 horas, deben tener una funcionalidad concreta y eso va a reducir enormemente como lo propone el proyecto, el tiempo eficaz de discusión.

También quiero plantear algo que está generando conflicto en el Consejo Supremo Electoral, algo que está generando conflicto en la Corte Suprema y que nos genera conflicto aquí. Para los estimados colegas, se lo he dicho bilateralmente a la Junta Directiva, que sólo en el Parlamento de Nicaragua se expresa el quórum de cuatro formas. Se expresa en un voto sí, en un voto no, en un voto me abstengo, y en un voto aquí estoy. Ahí tenemos las tres formas de votar, y las cuatro expresiones de presencia: si, no, abstención y presente. Obviamente eso tenemos que corregirlo, porque si alguien está aquí presente y no vota si o no, evidentemente se abstiene. Pero no pueden darse esas cuatro expresiones que inducen a confusiones.

Asimismo, el tema de la famosa mayoría. Dice la Constitución en el artículo 141, que las decisiones normales de la Asamblea Nacional se toman por la mayoría de los votos presentes, es decir, con la mitad más uno, siempre y cuando haya 47. Hay una suerte de discusión que los colegas que nos acompañan, los profesionales de los medios de comunicación tienden a confundir, y es que creen que todo es con voto favorable de 47 votos, y la verdad es que se producen enormes confusiones en ese tipo.

Yo creo que ahora con esta ley, vamos a resolverlo de una vez para que no sigamos haciendo disparates en las leyes ordinarias, en las que incluso mediante leyes ordinarias, hemos mandado a ordenar en estas mismas leyes, votaciones calificadas de 56, como es el caso de las reformas, de los misiles y demás. O incluso, hemos otorgado inmunidades, o se pretendía otorgar inmunidades mediante leyes ordinarias, cuando es la Constitución la que lo establece. Esta iniciativa y este proyecto de ley, no responden a esto.

Por último, porque repito, no quiero abundar sobre lo que ya existe, es el tema que nos han demandado reiterativamente muchos diputados, y especialmente debo hacer honor a la demanda de don Jaime Morales Carazo. Aquí nunca se sabe lo que vamos a discutir. Nunca. La bendita Orden del Día, es una orden de prioridades políticas, que se acuerda incluso muchas veces aquí, sin tomar en cuenta, no me refiero necesariamente a esta Junta Directiva, sino a todas, al tenor de intereses políticos inmediatos.

Como nunca se sabe, es importante definir el tiempo y la obligatoriedad de no despegarnos de un tema hasta concluirlo. ¿Para qué? Para que no estemos en este vericueto de que tenemos leyes aprobadas en lo general hace tres años, tenemos leyes aprobadas en un artículo hace dos años, y tenemos leyes presentadas solamente el año pasado. Tenemos leyes que ni siquiera fueron presentadas en agenda base y ya hay adelantos. De tal manera que este instrumento nos viene a regular todo un proceso del que todos nos hemos quejado en algún momento y que ordena, viabiliza, facilita y expedita el proceso de formación de ley.

Por último, porque también tengo que atender una demanda que estoy seguro que Carlos Gadea me va a hacer en público; él solicitó por mi medio, a la Junta Directiva el día de ayer, que se le diera prioridad a la discusión del veto sobre el tema de los indultos.

Recojo la propuesta pública, aunque explico que el día de ayer, después de la visita y la reunión con la Comandancia General del Ejército, no se siguió abordando Orden del Día. Pero hoy públicamente quiero solidarizarme con la demanda para que debatamos y pongamos en vigencia lo que tengamos que poner en vigencia, el tema de indulto y resolvamos la situación de algunos que están ahí, y que lamentablemente no se les puede dar atención. También eso es parte del desorden que necesitamos resolver con esta ley.

Respaldo plenamente este dictamen, confío y espero que los estimados colegas del plenario, vamos a aprovechar este instrumento para poner nuestra casa en orden, para evitar las zancadillas, los goles, las bandidencias y los trucos que estamos viendo en otros Poderes del Estado, alrededor del manejo de plenario, quórum y demás.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado Edwin Castro Rivera.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que con este Dictamen de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, estamos cumpliendo con una deuda que tenía esta Asamblea desde 1995.

En 1995, cuando los honorables legisladores se convirtieron en Poder Constituyente derivados, e hicieron la reforma constitucional del 95, reformó más del 60 por ciento del articulado de nuestra Constitución Política; una reforma que la Corte Suprema la catalogó de forma parcial y que fue sumamente recurrida, trajo como consecuencia que un tercio, un poco más de un tercio del articulado del Estatuto y el Reglamento de esta Asamblea Nacional, fueran inaplicables por oponerse al espíritu y a la letra de la reforma constitucional.

Por otro lado, de las cosas extrañas que sucedieron en esta Asamblea en esa época, a un estatuto interno de funcionamiento se dio el trámite de ley, y se convirtió en una ley de la República. Cosa que normalmente en los Parlamentos eso no funciona así; y como el Estatuto se convirtió en ley, se creó un Reglamento, además del Estatuto. Entonces creímos conveniente en la Comisión de Modernización, después de más de año y medio de discusión, que era necesario dar un ordenamiento al funcionamiento de la Asamblea Nacional, además adecuarlo a las normas jurídicas de la misma.

Por eso creímos que lo mejor era crear una Ley Orgánica que ya lo tenían los otros poderes; ya habíamos aprobado la Ley Orgánica del Poder Judicial, hay una Ley Electoral que norma el funcionamiento del Poder Electoral, entonces era necesario que se creara una ley que regulase el funcionamiento de este Poder del Estado. Se trabajó con legislación comparativa, tanto de Argentina, Chile, México y de los países centroamericanos, los más cercanos; se trabajó en una amplia discusión en donde tuvieron un papel fundamental los abogados, asesores jurídicos de esta Asamblea Nacional, algunos con más de quince, veinte años de ejercicio profesional en la Asamblea Nacional.

Se trabajó en consulta con las direcciones generales y direcciones específicas, tanto funcionales como orgánicas de esta Asamblea Nacional; se hizo consulta externa también para tratar de mejorar el sistema.

Se trata, además, de actualizar el funcionamiento de esta Asamblea, a los momentos actuales de agilizar el trabajo legislativo con la población, y que esta Asamblea Nacional, sus actores fundamentales que son los honorables diputados, tengan ese papel de cara a la población, de cara al electorado y se le da un énfasis fundamental en esta Ley Orgánica, a la participación ciudadana, a la obligatoria consulta ciudadana, que ya lo veníamos haciendo con leyes específicas. Pero a la vez también, tratamos de hacer funcional los dictámenes de esta Asamblea Nacional y corrigiendo o fusionando comisiones que hemos recibido discusiones de entrelace de funciones, que convirtieran a las comisiones con mayor fortaleza, pero a la vez con mayor agilidad.

Ya que espero que en un par de meses podamos estar inaugurando el funcionamiento de 14 comisiones en el nuevo edificio de comisiones, creemos que la propuesta que se les trae es precisamente dejar a la Asamblea Nacional, de las 21 comisiones permanentes, en 14 comisiones permanentes, para que vean áreas específicas y que no pase por lo que a veces se quejan las comisiones, que en un semestre o en un año no reciben ningún análisis de leyes, y otras tienen un montón de trabajo que desarrollar.

Hemos querido con esta Ley Orgánica, también agilizar y determinar la prelación de leyes, que no sea a criterio de Junta Directiva que entre o no entre en tubería una ley, sino que se compute como ley apta para entrar a tubería. Pero a la vez también poder sacar de tubería aquel montón de iniciativas que duermen el sueño de los justos, o por falta de impulso legislativo, o por no encontrarse un consenso legislativo, o porque cayó en caducidad de aplicación y otras mucho más importantes entraron en la discusión. Que eso nos permita ir depurando por desuso las iniciativas de ley, que nos reduciría totalmente el enorme cuello de botella que existe en la tubería legislativa.

Con esos planteamientos generales, más la creación dentro de la misma Ley Orgánica del digesto legislativo, del intento de poner en un solo listado, cuáles leyes realmente están vigentes en el país y cuáles no, es el esfuerzo que queremos dejar este año para la nueva legislación de este país. Queremos que esta Ley Orgánica, de ser posible, se apruebe en este semestre, para que el segundo semestre sea de implementación, de ir transitando hacia esta nueva forma de trabajar y que los próximos legisladores que vengan, tengan ya la posibilidad de un trabajo más armónico, más ágil y más acorde con el momento histórico que viven.

Es por eso, honorables colegas, diputadas y diputados, que solicitamos a nombre de la Comisión de Modernización el apoyo y el respaldo unánime a esta iniciativa, de dotar a este primer Poder del Estado de una Ley Orgánica moderna, ágil y funcional.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Muchas gracias, Presidente.

Buenos días, honorables miembros de la Junta Directiva y plenario de esta Asamblea Nacional.

El día de hoy, estamos aprobando una iniciativa por medio de la cual va a poderse contar la historia legislativa de este país, a partir del antes y el después de la existencia de esta Ley Orgánica de la Asamblea Nacional. En efecto, han sido abundantes los argumentos que diferentes colegas diputados que me han antecedido en la palabra, han aportado en relación a las ventajas comparativas que trae la aprobación de este instrumento jurídico, que personalmente considero es uno de los instrumentos jurídicos donde se ha permitido el mayor nivel de participación de los diferentes actores parlamentarios.

Dicho sea de paso, no estamos hablando sólo de diputados, sino también del personal, los asesores y resto de trabajadores que laboran en este Poder del Estado. Es por eso que en mi carácter personal, como miembro de la Comisión de Modernización, que desde hace muchos años he tenido el honor y la satisfacción de pertenecer a ella, yo observo con mucha felicidad que en este momento hayamos tenido la voluntad política de aprobar una iniciativa de esta naturaleza.
Importante es destacar que con este instrumento prácticamente la Asamblea Nacional va a dar un giro de 180 grados en la eficiencia legislativa. Ojalá que nosotros sepamos valorar y sacarle el mayor provecho a este instrumento jurídico; recordemos que nosotros actualmente estamos regidos por normas jurídicas a las cuales les han caído como pesadas láminas de acero, dos reformas constitucionales que han hecho de muchos de los elementos y contenidos mismos del Estatuto y Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, elementos de muy poca practicidad, o inclusive la misma Corte Suprema de Justicia se ha visto en la necesidad hasta de declararlos inaplicables.

Es por eso que después de un instrumento jurídico de 1991, sobre el cual recayó una reforma constitucional de 1995, y una reforma constitucional del año 2000, prácticamente nosotros estábamos constituidos como “candil de la calle, oscuridad de la casa”, al no crear para nosotros mismos y para este Poder del Estado en que todos laboramos, una ley que venga prácticamente a mejorar el trabajo, la eficiencia y la calidad con que nosotros como diputados debemos y pretendemos laborar en este Poder del Estado.

Tampoco quiero en lo particular referirme al articulado de la ley, porque para eso habrá una discusión en lo particular, pero sí quiero referirme a un elemento que a mi criterio reviste de mucha importancia y que hay que tomarlo como un asterisco. Creo que ya lo habían mencionado algunos diputados anteriormente, pero para que conste en el Diario de Debates, es imprescindible, absolutamente necesario que a la par de la aprobación de esta Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, nosotros también aprobemos la Ley de Carrera Legislativa.

El elemento más importante de cualquier institución o empresa es el capital humano que posee. En esta Asamblea Nacional existen asesores, asistentes, personal administrativo, con una experiencia impresionante. Sin embargo, a veces se miran comedidos en la calidad de su trabajo por la inestabilidad, no que cada cinco años con cada cambio de gobierno y cada cambio de Asamblea los cobija, sino año con año, porque este plenario tiene la particularidad de que cambia su Junta Directiva anualmente; cada vez que cambia de Junta Directiva este Poder del Estado, todos los trabajadores entran en crisis, desde el más alto hasta el más bajo.

De esa sensación de inestabilidad nosotros tenemos la responsabilidad de quitársela a los trabajadores de la Asamblea Nacional, y empezar a medir la calidad, la capacidad, la eficiencia de los trabajadores y funcionarios de esta Asamblea Nacional, en base a eso y no en base a sus vinculaciones, inclinaciones o simpatías políticas o partidarias. Independientemente de que un funcionario sea proclive a un partido político determinado, si hace una excelente labor en esta Asamblea Nacional, no tiene por qué estarse preocupando si de repente la Junta Directiva está siendo presidida por un diputado que pertenece a una o a otra bancada determinada.

Yo creo que el aporte de la aprobación de esta ley legislativa es concomitante, y por lo tanto indispensable que se realice junto con la aprobación de esta Ley Orgánica de la Asamblea Nacional. De suerte tal, que sean como las dos alas de un pájaro, con un ala no puede volar bien, el ala de lo que es la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y el ala del fortalecimiento institucional a través del fortalecimiento de sus cuadros, de sus funcionarios y empleados de este Poder del Estado. Así vamos a tener institucionalmente un Poder más sólido y un Poder más eficiente.

Creo también que es importante agradecer la participación y el acompañamiento que el PNUD ha hecho a todo este esfuerzo, porque ahorita nosotros estamos viendo solamente una arista de todo este fenómeno, pero es que la modernización de la Asamblea Nacional es más que la aprobación de la Ley Orgánica de este Poder del Estado. En los diferentes enfoques que vienen a caer a la modernización de este Poder del Estado y en los diferentes esfuerzos que se han realizado para la modernización de este Poder del Estado, sí ha habido una institución que ha acompañado a este Poder del Estado en ello, ha sido el PNUD, y al cual quiero dar un público reconocimiento, y también para que quede constancia en el Diario de Debates del mismo.

En síntesis, honorables diputados, aquí nosotros estamos dando otro rumbo a la historia legislativa de este país, inclusive estamos tocando hasta el proceso mismo de formación de la ley; estamos haciendo que la Asamblea Nacional se redimensione en todas sus facetas, y al final del día, estamos heredando un Poder Legislativo a futuros legisladores, con mucha mayor capacidad de hacer esa demanda que nos hacen todos y todas las nicaragüenses, sin distingos de color político, religioso, o ideológico.

Por lo tanto, en nombre propio, y tal como lo planteaba también mi coordinador de bancada, en nombre de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional, aplaudimos y valoramos la aprobación de esta iniciativa, y solicitamos a todo el plenario de esta Asamblea Nacional una votación positiva, unánime a esta excelente iniciativa.

Muchas gracias, y buenos días.

PRESIDENTE EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Diputado José Figueroa Aguilar, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

Gracias, Presidente.

Efectivamente, como se ha dicho, esta iniciativa que se denomina Ley Orgánica del Poder Legislativo, es parte integral de un programa de apoyo a la modernización de la Asamblea Nacional, que se ha venido desarrollando a lo largo de este período legislativo, con el respaldo del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, conjuntamente con la Asamblea Nacional.

Este Programa incluye entre otros aspectos, además de la Ley Orgánica que ya ampliamente se ha hablado de ella y que se han presentado muchos argumentos por parte de los colegas que me han antecedido, este es un proyecto que además de que sintetiza lo mejor del Estatuto y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, es decir, de nuestra propia experiencia legislativa, también incorporan las mejores prácticas de trabajo legislativo de otras experiencias como la de Chile, Argentina y España.

Quería destacar que éste es un proyecto que cuenta con el consenso de todas las fuerzas políticas que tienen representación en la Comisión de Modernización de la Asamblea Nacional, y que va a ser un instrumento que va a permitir fortalecer el ejercicio del trabajo legislativo de los diputados de la Asamblea Nacional.
Pero quería aprovechar la oportunidad, y es no solamente para destacar el esfuerzo de esta Ley Orgánica del Poder Legislativo, sino que también el plan integral de modernización de la Asamblea, en donde incluidos otros esfuerzos que estamos haciendo, como es el programa que tiene que ver con la reorganización institucional de la Asamblea, para lo cual se ha avanzado, siempre con el acompañamiento de Naciones Unidas, con un diagnóstico y con un plan de reorganización que ya está discutido por la Comisión de Modernización y únicamente está pendiente su implementación.
Managua, 23 de agosto de 2005
(23 de febrero de 2006).

Managua,Nicaragua 2007.