Salir Salir

Año Legislativo:XVII LEGISLATURA
Sesión:SEGUNDA
Tomo No.5

Hide details for Contenido del TomoContenido del Tomo
859

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:(3 de Octubre DE 2001).

Se solicita a los honorables Diputados que están trabajando en las diferentes Comisiones, que por favor bajen, que vamos a principiar la Sesión; lo mismo a los Secretarios de la Junta Directiva.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

BAYARDO ARCE CASTAÑO
ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
MARCO ANTONIO CASTILLO ORTIZ
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
STEADMAN FAGOT MULLER
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
REINALDO LAGUNA MAIRENA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
WILLIAM MEJIA FERRETI
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
GUADALUPE DOLORES SANCHEZ BLANDON
WILLIAM SCHARTZ CUNNINGHAM
PABLO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GAYLE
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
EDNA ADELA STUBBERT FLORES
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
ISMAEL JOSE TORRES CALERO
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY  URCUYO MALEAÑOS
MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
AUGUSTO VALLE CASTELLON
LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

Constatación del quórum: 57 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se abre la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a iniciar la Sesión con la LEY PARA EL REGIMEN DE CIRCULACION VEHICULAR E INFRACCIONES DE TRANSITO, que está en la Agenda Base, Tomo II, Punto 2.1.
DICTAMEN
Managua, 23 de Junio del 2000.



DOCTOR
IVAN ESCOBAR FORNOS
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
SU DESPACHO.

Estimado Doctor Escobar:

Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, en conjunto con la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción, de conformidad con el Artículo 49, 50 y 51 del Estatuto General y de los Artículos 56 y 67 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, nos reunimos el día 31 de Mayo del corriente año para proceder a dictaminar el Proyecto de Ley de Reforma al Decreto N° 278, INFRACCIONES DE TRANSITO, mismo que fuera remitido a esta Comisión para su respectivo dictamen de forma conjunta entre las Comisiones referidas. De igual manera, hemos resuelto incorporar a este dictamen el Proyecto de Ley de Derogación del Decreto N° 84-99, ACTUALIZACION DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES DE TRANSITO, pues ambos abordan la misma temática, ámbito y materia, en virtud de lo cual decidimos presentar de forma conjunta el correspondiente dictamen sobre dicho proyecto que en su momento fuera presentado por los honorables Diputados Edwin Castro Rivera, Wálmaro Gutiérrez M., Víctor Hugo Tinoco, Dámaso Vargas Loáisiga y Carlos J. Palma, y que fue presentado en Primera Secretaría el 09 de Febrero del corriente año y remitido a esta Comisión el 03 de Marzo de este mismo año para su respectivo Dictamen. Después de haber realizado al respecto las consultas que se estimaron necesarias con las entidades involucradas con el tema que aborda el Proyecto de Ley, presentamos el siguiente Dictamen.

Durante el proceso de consultas se invitó a las Autoridades Superiores de la Policía Nacional, al Ministro de Hacienda y Crédito Público, quienes expresaron sus puntos de vista y consideraciones sobre el Proyecto de Ley de Infracciones de Tránsito, los que concluyeron que es necesario actualizar la Ley, cuyo objeto es establecer los requisitos y procedimientos para normar el régimen de circulación vehicular en el territorio nacional, con relación a las autoridades de tránsito, los vehículos de transporte en general, el Registro Público de la Propiedad Vehicular, la seguridad vial, la protección del medio ambiente, los seguros obligatorios, así como el otorgamiento y renovación del derecho de matrícula vehicular.

Además, también es objetivo de esta ley establecer las otras disposiciones de carácter normativo para fortalecer la protección y seguridad a la ciudadanía en lo que hace a la actualización del valor de las infracciones de tránsito existentes, la creación de nuevas disposiciones   relacionadas a las mismas y otros temas referidos a la problemática del tránsito peatonal, vehicular y de los semovientes.

Existe la necesidad de establecer las reglas generales del régimen de circulación vehicular en el país, así como la definición de nuevas infracciones que permitan disminuir el porcentaje de la accidentalidad, particularmente tomando en consideración la difícil realidad del sistema normativo de las infracciones de tránsito y el incremento de la accidentalidad y la fatalidad de los mismos. Las estadísticas policiales nos revelan los datos fríos de los accidentes de tránsito ocurridos en el país, los que se han incrementado en más del 100%, pasando de seis mil (6,000) que se produjeron en el año de 1994 a doce mil trescientos treinta y uno (12,331) en el año de 1998, y cuyos resultados han sido los siguientes: 468 personas fallecidas, 1,352 lesionados de gravedad y 2,379 personas con lesiones leves. Esta realidad y sus cifras dejaron un estimado de dieciséis millones ochenta mil ochocientos nueve córdobas y treinta y seis centavos (16,080,809.36) en daños materiales.

Las causas principales que dieron lugar a los 12,331 accidentes de tránsito en 1998, fueron las siguientes: a) 1,051 accidentes por giros indebidos; b) 992 accidentes por no guardar la distancia; c) 730 accidentes por interceptar el paso; d) 297 accidentes por no respetar la señal de ALTO; e) 250 accidentes por conducir en estado de EBRIEDAD; f) 246 accidentes por falta de precaución al retroceder; g) 135 accidentes por imprudencia peatonal, y otros de menor incidencia y de los cuales el 70.8% corresponden a la ciudad de Managua, siguiéndole el Departamento de León con un 5.1%, Matagalpa con un 4%, Masaya 3%, Chontales 2%, Chinandega 2%, Granada 1.8%, Estelí 1.8%, la RAAN 1.7%, Boaco 1.2%, Carazo, Nueva Segovia y Jinotega con 1.1% y el resto del país con porcentajes de 1% o menos, siendo el de menor porcentaje de accidentes en el año 98 el de la RAAS con el 0.4%.

En lo que corresponde al período de Enero a Septiembre del 99, se aplicaron un total de cuarenta y dos mil trescientos veinticinco (42,325) Infracciones de tránsito, presentándose una mayor incidencia en la violación del artículo 20, mala maniobra, con siete mil cuatrocientos setenta y dos (7,472); artículo 13, no atender las señales de tránsito, con cinco mil dieciséis (5,016); artículo 29, no portar circulación, tres mil noventa y seis (3,096); artículo 21, obstruir el tránsito, dos mil ochocientos setenta y dos (2,872); artículo 16, irrespetar la línea continua, dos mil setecientos setenta y cuatro (2,774); artículo 17, conducir vehículos en mal estado mecánico, dos mil cuatrocientos cuarenta y nueve (2,449); artículo 27, licencia vencida, dos mil trescientos noventa y dos (2,392); artículo 6, no tener licencia de conducir, mil cuatrocientos noventa y nueve (1,499); artículo 15, no respetar el alto, mil doscientos veintitrés (1,223); artículo 9, exceso de velocidad, mil ciento ochenta y seis (1,186); artículo 11, conducir contra la vía, mil ciento setenta y uno (1,171); artículo 30, exceso de pasajeros, mil ciento sesenta y cinco (1,165); artículo 38, mal estacionado, mil ciento siete(1,107), entre otros.

Otras infracciones oscilan entre novecientos noventa y tres y catorce, que van respectivamente, desde no tener placa, conducir con aliento alcohólico, transitar sin placa visible, no portar licencia, no guardar la distancia, estacionamiento en lugares prohibidos, servicio de transporte público sin autorización alguna, aventajar en pendiente, conducir en estado de ebriedad, aventajar en curvas, estacionamiento de buses fuera de bahías, andar circulación que no corresponda al vehículo, conducir con luces apagadas, no portar casco los motociclistas, conducir con placas vencidas, exceso de carga, conducir con puertas abiertas, no portar lonas los camiones, estacionamiento en paradas de buses, recoger pasajeros fuera de ruta, ruidos innecesarios, conducir fuera de ruta, estacionamiento en vía pública sin señal alguna, usar placa de otro vehículo, estacionamiento frente a hidrantes, desatender luz o sirena de Policía, Bombero y Cruz Roja, estacionamiento sobre aceras y estacionamiento frente a garajes.

El total de infracciones señaladas en el párrafo anterior, han producido solamente hasta Septiembre del año 99, quince millones quinientos sesenta y nueve mil veinticinco córdobas con doce centavos (C$ 15,569,025.12), en daños materiales; once mil ochocientos noventa y dos (11,892) accidentes con saldos de trescientos ochenta y seis muertos (386), 1,025 lesionados graves y 2,442 lesionados leves. De estos datos debemos destacar que accidentes por estado de ebriedad se han producido 532 con 26 muertos, 96 lesionados graves y 241 lesionados leves. Esto únicamente como meros datos de la realidad pasada.

Sobre este mismo tema, también tenemos que señalar que los ingresos derivados por infracciones de tránsito correspondiente al año 1998, fue de un total de C$ 3,310,000.00, de los cuales le correspondieron  C$ 1,655,000.00 a la Policía. Para  este año 1999, al mes de Septiembre el total recaudado era de C$ 3,157,054.66, de los cuales correspondió C$ 1,578,527.33, produciéndose una diferencia de C$ 152,945.34 menos con relación al total del año 1998.

En lo que hace a la ocurrencia de accidentes por años, nos encontramos que en los últimos cinco años se ha vivido una escala creciente, de 9,010 accidentes ocurridos en 1995 con 457 muertos; en 1996 se produjeron 8,783 accidentes, con un resultado de 395 muertos; en el año de 1997 se produjeron 10,424, con un resultado trágico de 439 muertos; en 1998 se tuvieron 12,331 accidentes, con un resultado trágico de 468 muertos; y para el año de 1999 se presentaron 15,849 accidentes, con un resultado trágico de 544 fallecidos. Esto nos refleja que la cantidad de accidentes incrementó en un 29% con relación al año de 1995.

De Enero del año 99 a Febrero del año 00, el comportamiento de la aplicación de las infracciones de tránsito fue el siguiente: Enero 7,196; Febrero 5,639; Marzo 4,640; Abril 4,207; Mayo 4,715; Junio 3,372; Julio 7,914; Agosto 3,359; Septiembre 6,718; Octubre 7,511; Noviembre 3,965; Diciembre 7,401; Enero 5,073, y en Febrero 6,845. Habiendo sido las de mayor frecuencia las siguientes: 17% Artículo 18 -mala maniobra; 15% Artículo 7 -desatender señales de tránsito; 7% Artículo 23 -obstruir el tránsito; 6% Artículo 36 -conducir sin placas o sin circulación; 5% Artículo 15 -adelantar en línea continua amarilla; 3% Artículo 44 -no reportar cambio de características en el vehículo; 3% Artículo 5 - conducir contra la vía; 2% Artículo 17 -giros indebidos; 2% Artículo 29 -estacionamiento en lugares prohibidos.

Del total de infracciones relacionadas, éstas se aplicaron de la manera siguiente: 1) Particulares el 85%; 2) Buses el 11% y 3) Taxis el 4%. Debemos señalar que todos los datos estadísticos relacionados han sido proporcionados por la Policía Nacional en diferentes gráficas que éstos han presentado a la Comisión, a través de la Dirección de Seguridad de Tránsito.

Con fundamento en estas circunstancias y los datos estadísticos nos sitúan ante la necesidad de tener que determinar que es necesario establecer una nueva Ley de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, dado que el alto índice de accidentalidad, a causa de los vehículos automotor, la falta de señalización y educación vial, tanto para el conductor como para el peatón, con resultados lamentables y trágicos en cuanto a pérdidas de vidas humanas, así como los daños materiales que de ellos se derivan, nos muestran una espiral en crecimiento de forma vertiginosa de los accidentes de tránsito, y que han llegado a ocupar las principales planas de los medios de comunicación social, radiales, escritos y televisivos, situación que nos lleva a la reflexión y nos obliga a establecer medidas de forma inmediata para frenar la creciente ola de accidentes de tránsito; razón por la que los miembros de las dos Comisiones referidas al inicio de este dictamen, solicitamos al Director General de la Policía Nacional, mayor presencia de los efectivos policiales en las calles de Managua, en donde por lo menos deben operar unos doscientos policías de tránsito ubicados en los sectores y puntos más controversiales e igualmente para el resto del país, otra cantidad que de una u otra manera contribuya a la regulación y disminución de los accidentes de tránsito; así como buscar un mejor mecanismo de control sobre los oficiales de tránsito, a fin de poder neutralizar la actividad "MORDEDORA" y la corrupción del agente de tránsito en sentido general, situación que debe  ser de forma objetiva y sustancial combatida, estando claros que esto es un proceso que implica el concurso de los mandos policiales, la denuncia del ciudadano y de la efectiva aplicación de la ley; esta última solamente constituye un factor coercitivo ante el hecho consumado, por lo que debe de constituirse en actuación de carácter preventivo en la accidentalidad.

Conscientes de que se ha incrementado el parque vehicular que circula en el territorio nacional, particularmente en la ciudad de Managua, y que a pesar de ese incremento no se ha mejorado la red vial, pues la que existe no presta las condiciones deseadas, y un tanto obsoleta, la falta de calles apropiadas para el tránsito del parque vehicular y la falta de rutas alternas y un sistema de señalización que permitan una mejor orientación a conductores y peatones, así como la falta de campañas educativas y de prevención de los accidentes de tránsito, y la falta de educación vial en sentido general. Por otro lado, pero en este mismo sentido, el tema de la regulación de la circulación del parque vehicular, nos encontramos con las actitudes temerarias e irresponsables de algunos sectores dentro del gremio de los profesionales  del volante, aspecto que hace más riesgosa la situación.

En la Iniciativa de Ley de Reforma al Decreto 278, se establecía la facultad al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que mediante Acuerdos o Resoluciones Ministeriales pudiera modificar o variar los montos relacionados a las infracciones de tránsito, mismas que sólo se pueden efectuar en virtud de una ley, tal y como lo establece el Artículo 114 de la Constitución Política de la República; también debemos indicar que al momento de aprobar la Ley de Aranceles de Tránsito en 1987, el Presidente de la República tenía funciones co-legislativas, razón por la cual se produjo el Decreto 14-94, Reforma a la Ley de Aranceles.

Hoy en día y de conformidad al Artículo 115 de la Constitución Política de la República, ésta es una facultad de la Asamblea Nacional, y la potestad del Presidente de la República únicamente es para dictar Decretos de tipo administrativo. Tomando en consideración que esta Ley trata de la calificación de las infracciones de tránsito, imposición de multas, suspensión de licencias de conducir, retiro de la circulación de vehículos en mal estado, legalmente es improbable que éstas puedan ser modificadas por medio de Acuerdo o Resolución Ministerial.

Hacemos mención de que la ley desarrolla los principios constitucionales siguientes: Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás y por la seguridad de todos y la causa justa  del bien común, principios constitucionales en base a las que nosotros, los legisladores, enfatizamos en que se debe promover la seguridad ciudadana y las exigencias del bien común, criterios a partir de los cuales se deben  adoptar regulaciones para el régimen de circulación de vehículos e infracciones de tránsito más severas, para que éstas permitan a la ciudadanía mayor seguridad y garantía frente a los profesionales del volante o de aquellos que conducen por motivos personales, y quienes en determinado momento cometen faltas o delitos con los medios de transporte que operan y sean merecedores de suspensiones temporales o permanentes, según sea el caso.

Finalmente debemos señalar que el conjunto de consideraciones de carácter general y las particulares aquí expresadas, resolvimos determinar que el Proyecto de Ley de Reforma al Decreto N° 278, Infracciones de Tránsito  y su Reforma, Decreto Ejecutivo N° 14-99, con la observación de que no se trata de una reforma parcial, sino de una Reforma Total, para que en lo sucesivo sea conocida como "LEY DE CIRCULACION VEHICULAR E INFRACCIONES DE TRANSITO".

En virtud de lo señalado anteriormente, y con fundamento en los Artículos 49, 50 y 51 del Estatuto General y del Artículo 56 y 67 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, en conjunto con la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción, conocimos el Proyecto de Ley de Reforma al Decreto N° 278, INFRACCIONES DE TRANSITO y su Reforma de 1994, por lo que presentamos el presente Dictamen FAVORABLE a las dos Iniciativas presentadas por los honorables Diputados, tanto en lo que hace a las infracciones de tránsito y el proyecto de Ley de Derogación del Decreto N° 84-99, denominado ACTUALIZACION DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES DE TRANSITO, presentado por Edwin Castro Rivera, Wálmaro Gutiérrez M., Víctor Hugo Tinoco, Dámaso Vargas Loáisiga, y Carlos J. Palma, con la observación de que se efectuó una Reforma Total, habiéndole denominado "LEY DE CIRCULACION DE VEHICULOS E INFRACCIONES DE TRANSITO", en la que se incluyó la derogación del Decreto N° 84-99, denominado ACTUALIZACION DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES DE TRANSITO", por lo que emitimos este DICTAMEN FAVORABLE para ser sometido a consideración del honorable Plenario y su posterior aprobación.

Managua, 23 de Junio del dos mil.
COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION


WILLIA MEJIA FERRETI
RENE ARAUZ LOPEZ

CARLOS HURTADO C.
ERNESTO ROMERO A.

CARLOS GARCIA BONILLA
JOSE M. SANCHEZ SANTANA


ANGELA RIOS PEREZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ M.
PEDRO J. RIOS CASTELLON

COMISION DE COMUNICACION, TRANSPORTE, ENERGIA Y CONSTRUCCION


WILFREDO NAVARRO M.
PEDRO MATUS GONZALEZ

CARLOS J. PALMA
EDWIN CASTRO RIVERA


JORGE A. MARTINEZ G.
GUILLERMO V. RAMOS D.


MARIO GUTIERREZ V.

EDUARDO RIZO LOPEZ

Hasta aquí el dictamen.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a la discusión en lo general.

Tiene la palabra el honorable Diputado José González Picado.

DIPUTADO JOSE GONZALEZ PICADO:

Gracias, señor Presidente.

Esta es una de las leyes que los ciudadanos han estado esperando como agua de Mayo; una ley que debe parar definitivamente los abusos, los atropellos, los graves y contundentes accidentes de tránsito que causan la pérdida irreparable de vidas humanas y costos materiales a la economía. Hay un gran incremento del parque vehicular en todo el territorio nacional, y particularmente en Managua; ese incremento no ha llevado apareado el mejoramiento de la infraestructura vial, la señalización, ni las campañas educativas para la prevención de dichos accidentes.

Hay algunas mejorías en términos de infraestructura, como la aprobación de los 50 millones de dólares del BID para la carretera Panamericana-Sébaco-Las Manos, sin embargo en otros lugares estas condiciones de mejoría en materia de infraestructura no han sido objetivas. En cuanto al tema de la regulación de circulación del parque vehicular, hay actitudes temerarias e irresponsables en sectores dentro de los gremios profesionales, y no hay condiciones de infraestructura para la protección peatonal.
 
Si nosotros observamos la capital, vemos la existencia de una gran cantidad de rotondas, pero no vemos la forma de la protección peatonal que se debe ir desarrollando. También nosotros vemos como muy importante en  esta Ley de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, las consideraciones de carácter general y particulares, y las mociones que puedan presentarse en el desarrollo de la misma ley para que ésta pueda ser objeto de una complementación importante.

En la creación del Consejo Nacional de Seguridad y Educación Vial, es importante la presencia del Ministerio de Transporte, de la Policía Nacional, de la empresa privada, de las asociaciones de transportistas, de los gobiernos municipales, de las compañías aseguradoras y cualquier autoridad de aplicación que se considere necesario.

Por consiguiente, esta Ley de Régimen de Circulación Vehicular entra dentro del menú de leyes que este Parlamento debe dotar, en términos jurídicos y legales, para contribuir a la prevención de los delitos y de las muertes por accidentes brutales que a diario ocupan las páginas de los medios de comunicación en este país y enlutan a la familia nicaragüense.

Muchas gracias, señor Presidente, por la atención prestada.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Maximino Rodríguez.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, ésta es una iniciativa que tiene mucho tiempo de estar acá en la Asamblea Nacional y que  nosotros, como Comisión de Defensa y Gobernación hemos venido trabajando desde hace mucho tiempo; sin embargo, al inicio, cuando se nos presentó ese proyecto, nosotros vimos que la cuantía en relación a la situación económica de los nicaragüenses era exagerada, por eso nos entretuvimos mucho tiempo para llegar a la conclusión y así mandar al Plenario el dictamen de ambas Comisiones. Pero el objetivo fundamental de este proyecto de ley, es  tratar de que las personas que irresponsablemente manejan a alta velocidad y que cometen múltiples delitos en contra de  la ciudadanía, en contra de los peatones, específicamente, no se queden impunes.

Hemos visto nosotros que los taxistas en Managua no respetan las señales de tránsito, y al final muchísimas víctimas han quedado en la calle. Por eso esta ley viene a resolver en parte, aunque la muerte de muchos hermanos nicaragüenses difícilmente se pueda sanear con una sanción pecuniaria que establece el proyecto de ley. Pero es importante que todos los legisladores estemos conscientes de que hay una gran cantidad de iniciativas de leyes como ésta, de mucha importancia para dotar de ese elemento jurídico a las instituciones encargadas de regular especialmente lo que es la Policía Nacional y Tránsito.

De tal manera que queremos pedir a todos los legisladores presentes, que trabajemos a tiempo completo para que esta iniciativa quede aprobada como ley, y así los nicaragüenses puedan acudir o puedan tener ese elemento jurídico, y que en los casos de agravios por las personas que manejan no sólo en Managua, sino a nivel nacional, no se queden ahí simplemente como una denuncia, y al final vamos a encontrarnos con  que muchísima gente ha perdido un miembro de su cuerpo, y los conductores irresponsables no han dicho nada. Es así que queremos llamar la atención, para que hoy podamos trabajar todo el día y aprobar esta ley que es de mucha importancia para los nicaragüenses.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado William Mejía Ferreti.

DIPUTADO WILLIAM MEJIA FERRETI:

Gracias, señor Presidente.

Desde hace tiempo y en forma reiterativa, nosotros como Diputados y representantes del pueblo veníamos escuchando en una forma agigantada el clamor que emanaba de este pueblo porque no existía una regulación de tránsito ni un mecanismo que le diese al peatón y a la persona que maneja un vehículo, seguridades específicas en cuanto a la protección de vida; y observábamos  con qué velocidad se producían una serie de lesiones y muertes, a través de personas que nunca supieron valorar o no han sabido valorar, todavía que estar al frente de un volante es demostrar sobre todo un alto grado de responsabilidad.

De ahí que cuando se presentaron los dos proyectos los fusionamos en uno solo, proyecto que se llamó Ley de Reforma al Decreto 278, Infracciones de Tránsito; y la otra ley que se denominó al final, para evitar tanta confusión, Ley de Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito. Si nosotros observamos y nos detenemos, en términos generales esta ley nos da prácticamente lo que se llama un marco jurídico, aunque no bien grande ni fuerte, pero sí por lo menos refleja todo el esfuerzo que nosotros -las dos Comisiones en conjunto- hicimos para tratar de plasmar y traer al seno del Plenario, un proyecto de ley que diera por lo menos, si no la respuesta completa, una respuesta que dejara ya más o menos establecido el camino para seguir más tarde haciéndole la reforma que pudiera completar.

Este proyecto de ley viene a salvar definitivamente todo lo que se llama el régimen de circulación vehicular. Hicimos énfasis sobre todo en la cuestión de la creación del Consejo y de la educación vial. Esto porque es necesario tener un organismo  que venga a concientizar que un régimen de circulación vehicular no puede quedar al azar; tiene que estar más o menos con la conciencia clara ese Consejo, de establecer mecanismos necesarios de viabilización, educación del peatón y educación también de la persona que va al frente de un volante.

Esto nos da a nosotros seguridad, no por el hecho de que vengamos a poner multas para tratar de buscar la manera cómo reprimir o controlar al infractor de la ley, si no porque  sienta la conciencia de que lo que está haciendo él en una comunidad es, que  a la vez que presta una función social, ésta tiene que ser efectivamente responsable; no es una función que venga a ser nada más con sentido utilitarista y minimizando, menospreciando la vida del ser humano o del peatón que circula en el otro extremo. Esta ley por eso viene, desde un punto de vista humanitario, a darle respuesta a todo ese clamor del pueblo en el sentido de encontrar un marco jurídico  -repito- donde puedan descansar sus pretensiones y buscar responsabilidades de las personas que cometan una infracción.

De tal manera que ahondando un poquito más, fuimos hacia el fondo diciendo que encontráramos medios para conciliar tal vez lo que se llama el  seguro del vehículo y el seguro peatonal; no es posible  que sólo se encuentre un vehículo que no responda por las infracciones que provoca, sino que tiene que responder  por los daños a terceros, y los daños en el propio vehículo y los daños de los  que van adentro como viajeros  en un vehículo. Esto nos dio la seguridad de que también en esta forma estábamos cubriendo estas áreas, y que fueron motivo de altas discusiones porque se suscitaron ciertos intrincados intereses, tratando de minimizar o tratando de buscar cómo se aplazara ese Capítulo.

Pero en el fondo nosotros consideramos que una ley de este calibre, si no tenía el seguro vehicular o el seguro para los peatones, también iba a ser infructuosa y se iba a quedar completamente en papel mojado. Porque ya es definitivamente doloroso escuchar que muchas veces el que está al frente del  volante del vehículo  provoca accidentes que son desastrosos, y los daños que le producen a terceras personas, al final sólo se quedan en papeleo y buscando abogados para ver de qué manera se logra algo, y la mejor forma de encontrarlo era buscar cómo se estableciera este seguro.

Porque nosotros sabemos -los que andamos en vehículo, capeándonos, evadiendo, manejando a la defensiva- que una persona que está al frente de un volante, de manera irresponsable produce un accidente y daños de alta consideración y lo único que dice es, aquí estoy todo, échenme preso, y lo demás que se produzca, venga por donde venga. Eso ya no es posible. De tal manera que este proyecto de ley en forma general reúne y asimila todas esas inquietudes de ustedes y el Plenario. Y  le pido a la bancada que lo aprobemos, porque encontramos en esto una posibilidad de seguir normando en una forma más sencilla y humana todo lo que se llama la circulación vehicular, las infracciones y la respuesta que le tenemos que dar con el seguro a todos aquellos que sufren cualquier clase de accidentes.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Emilio Márquez.

DIPUTADO EMILIO MARQUEZ:

Gracias, Presidente.

Esta ley la está esperando el pueblo con toda ansiedad, porque en primer lugar, los conductores actualmente están siendo víctimas de la arbitrariedad de la Policía; la Policía, a discreción del policía de tránsito, los multa con 300  ó 600 córdobas, y se lo triplica o se lo duplica cuando lo "boletean". Esto en cuanto a  los conductores, y no puede la Policía por sí y ante sí fijar semejantes multas; y también el pueblo que camina por las calles está esperando que alguien le dé un socorro por aquello de que cuando lo malmatan, lo quiebran o lo matan, ¿quién responde? Se le da casa por cárcel y ya está, se le acusa de un homicidio culposo y punto.

Yo creo que es necesario que nosotros actuemos y fijemos, que cuando un peatón sea atropellado, se le responda con una indemnización por lo menos para los medicamentos, por lo menos para la fisioterapia; siempre queda quebrado el peatón, y el dueño del vehículo simplemente tiene casa por cárcel y ya no pasó nada, ya fue condenado de un homicidio culposo, pero hasta ahí. Yo creo que esta ley va a venir a  darle una gran respuesta al pueblo, si fijamos la obligatoriedad de tener un seguro de vida que cubra a terceras personas, como decía el honorable colega William Mejía Ferreti, si es necesario, para que estas personas no sigan siendo víctimas.

La Dirección General de Transporte, y  el mismo Departamento de Tránsito de la Policía deben entender  que en Managua -y ya no se diga en las rutas foráneas-, sus calles son muy angostas, son muy mal diseñadas, que demasiados vehículos hay en Managua y que  eso lo debe  regular Transporte. Quiero decir con esto que no sólo es que el peatón o el conductor sea el responsable, sino el Estado como tal. Y aquí estamos hablando de la capital. (¿Presidente por la ley, me está escuchando? Doctor Dámisis, permítame).

Entonces no solamente es la responsabilidad del conductor o del peatón, sino de la planificación técnica que debe haber, porque, ¿le van a seguir metiendo más vehículos a Managua? Entonces nosotros tenemos que regular también esto. Yo respaldo y apoyo esta ley, porque es una ley que más que necesaria es urgente.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO:

Gracias, señor Presidente.

En esta Ley General de Tránsito que hemos venido trabajando desde hace más de un año, con el Diputado Mejía Ferreti  como Presidente de la Comisión de Defensa y con  la Comisión de Infraestructura,  creemos que es importante quitar las discrecionalidades a los organismos ejecutivos, llámese Ministerio de Gobernación, llámese Policía, llámese Alcaldía, que en una falsa apreciación modifican tributos y el usuario es el que sale afectado siempre. Es importante ir definiendo con claridad, qué es lo que se tiene que pagar,  además de las responsabilidades de los conductores y las responsabilidades de la Alcaldías.

Por eso creemos que es bien importante que estemos conscientes de la necesidad de esta ley, inclusive la determinación de las multas con bastante claridad,   porque todos en mayor o menor medida hemos sido afectados por las famosas malas maniobras que se aplican de una forma totalmente indiscriminada, sin saber a qué se refiere y en qué momento específico. Entonces por eso creo que es importante. Es una ley que tiene más de un año de estar consensuada, que tendrá algunos artículos, algunas situaciones que tendrán que mejorarse en el Plenario, pero en línea general creo que está bien.

Lo que sí me preocupa, sin quitarle validez a esta ley, es que perdamos la lógica del Código de Procedimiento Penal. Creo que aunque es importante la Ley de Tránsito y respaldada por esta bancada, no podemos de repente suspender la lógica de aprobación que llevábamos del Código de Procedimiento Penal; si hay trabas en algún articulado, pues okey, saltémoslo y prosigamos, porque al final con el tamaño que tiene la Ley de Tránsito y con el tamaño que tiene el Código Procesal Penal, no vamos a terminar aprobando ni una, ni otra.

Creo que es importante que retomemos el ritmo que llevábamos y la situación que en principio teníamos acordada, que es que trabajáramos sobre el Código de Procedimiento Penal, buscando su aprobación lo más rápido posible en esta legislatura. Ambas bancadas nos hemos comprometido públicamente con los electores y con organismos internacionales que han contribuido en la correcta modernización que requiere el sistema jurídico en Nicaragua. Entonces respaldamos esta Ley de Tránsito, pero también es un llamado a los miembros de la Directiva, para que retomemos la discusión del Código de Procedimiento Penal.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Froylán Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias, señor Presidente.

Es para proponer una moción que he platicado con Diputados de la otra bancada. Como dentro de esto no se norma el uso de placas para la Asamblea Nacional, es decir, aquí se andan utilizando unas placas muy bonitas, pero estas placas no están normadas legalmente, entonces tenemos  una moción para que las placas de la Asamblea Nacional lleven los colores azul y blanco, el diseño ya lo establecerá posteriormente el órgano encargado de eso.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Recuerde que estamos en lo general, está fuera de lugar esa moción.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Es una observación.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Carlos García.

DIPUTADO CARLOS GARCIA:

Gracias, señor Presidente.

Como miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, hemos estado discutiendo durante más de un año esta ley, y aun con este dictamen vamos a presentar algunas mociones que hemos recopilado con los agentes de tránsito de la Policía Nacional y algunos miembros de la sociedad civil. Esta ley tiene un carácter importante para la Nación nicaragüense, y la hemos tratado de modernizar un poco de acuerdo con las leyes internacionales de los demás países vecinos. En esta nueva ley vemos artículos nuevos que no están incluidos en la actual Ley de Tránsito, como por ejemplo el uso obligatorio del cinturón de seguridad. Yo creo que eso es importante, porque muchas veces el uso del cinturón de seguridad ha permitido a muchos conductores salvarles la vida, por lo  que nosotros no debemos estar al margen de que el cinturón de seguridad sea de manera obligatoria.

También hemos considerado -para tratar de disminuir un poco la contaminación ambiental- exigirle al transporte urbano colectivo -sobre todo a los buses- el uso del escape vertical en los buses colectivos. Además esta ley recoge la disposición de que aquel conductor que sea detenido por infracciones peligrosas, por ejemplo por estado de ebriedad, la Policía no va a tener la facultad de detenerlo, sino que lógicamente tendrá que pasar al Juzgado, donde se le va a imputar el cargo de exposición de personas al peligro. Yo creo que en la mayoría de los países de Latinoamérica y Europa esta competencia es del Juez, no es de la Policía; la Policía no tiene ninguna responsabilidad de detener a los conductores por infracciones de tránsito, ya sean éstas peligrosas o muy peligrosas.

También se está considerando el exceso de pasajeros en el  transporte urbano colectivo, pues aquí nosotros miramos a diario, buses, o camionetas o microbuses donde los ciudadanos parecen murciélagos pegados a las ventanas, a las puertas, inclusive en algunos casos a los techos de los buses; esta ley está regulando  que el transporte urbano colectivo no pueda llevar más de diez pasajeros de pie para evitar así accidentes futuros. Otra de las cosas que también se está regulando es el uso de timones en a la derecha  vehículos automotores. En Europa eso es normal porque se utiliza el carril izquierdo para conducir, pero en Nicaragua nosotros miramos vehículos aun con timones a la derecha.

Este proyecto de ley va a regular o va a sacar de circulación aquellos vehículos que tienen timón a la derecha, y aquellos talleres que puedan realizar los cambios de timón derecho a izquierda, deben tener  un certificado de la Policía o una autorización de la Policía para que ellos puedan realizar dichos cambios.

Otra de las cosas importantes también, es que se va a regular o se van a aplicar multas a aquellos buseros, aquellos transportes urbanos colectivos que no hacen uso de las bahías de paradas de buses, lo cual obstaculiza muchas veces el tránsito; y yo creo que por eso es que nosotros miramos mucha obstrucción de tránsito, porque los buses no usan las bahías de estacionamiento de buses.

Otra de las cosas importantes es que se crea el Fondo Nacional de Seguridad Vial. Esto es para que se pueda tener un fondo para construir más bahías de buses, para construir a lo mejor puestos peatonales para construir o adquirir semáforos peatonales, y muchas cosas más que vengan a darle seguridad tanto al peatón como al conductor. De manera general  nosotros vamos a realizar algunas mociones en su momento. Y creemos que ésta es una de las leyes más importantes que vamos a aprobar en estos últimos meses de esta legislatura.

Otra de las cosas importantes que se deja clara en esta ley, es que el aumento de las multas o la disminución de las mismas solamente puede ser reformado a través de una reforma a la misma ley, no a través de decretos ejecutivos como se hizo en un momento dado.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el último orador, honorable Diputado Pablo Martínez Téllez o su suplente.

DIPUTADO OSCAR DANILO PINELL TELLEZ:

Gracias.

Yo quería hacer referencia a algo que no está plasmado aquí y que tiene que ver con el abuso de la velocidad de los vehículos de transporte internacional que atraviesan nuestras carreteras, y que a veces se sienten los dueños de toda la carretera y han producido en los últimos meses grandes accidentes  pérdidas materiales y con pérdidas de vidas. Es lamentable cómo la Policía no ha utilizado los mecanismos necesarios para que en esas carreteras no se cometan esos abusos. En este Capítulo no aparece algo que tenga que ver con la regulación de ese transporte, que en los últimos años ha causado bastantes muertos.

Creo necesario incluir algo que regule, que controle y que vigile la circulación internacional por esas vías.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA:

Vamos a continuar con la discusión del CODIGO PROCESAL PENAL, en el Tomo II, Punto 2.5

Para retomar esta discusión, es oportuno informarles que queda pendiente la aprobación del Capítulo III, en vista de que en el artículo 135 de ese Capítulo, hay algunas posiciones que todavía no se han conciliado y se están esperando las mociones correspondientes para definir cómo quedaría ese artículo 135. Por lo tanto, vamos a comenzar o a continuar con el Capítulo IV.
Capitulo IV
Del Auxilio Entre Autoridades

Arto.136 Reglas Generales: Cuando un acto procesal se deba ejecutar por intermedio de otra autoridad, el Juez o Tribunal podrá, por escrito, encomendarle su cumplimiento.  No obstante, podrá utilizar otros medios electrónicos que garanticen su autenticidad.  La solicitud de auxilio judicial no estará sujeta a ninguna formalidad, sólo indicará el pedido concreto, el proceso de que se trate, la identificación del Juez o Tribunal y el plazo en el que se necesita la respuesta.

Arto.137 Comunicación Directa:  El Juez o los Tribunales podrán de conformidad con la ley dirigirse directamente entre sí o a cualquier autoridad o funcionario de la República, quienes prestarán su colaboración y expedirán los informes que le soliciten sin demora alguna.

Arto.138 Suplicatorio a Tribunales Extranjeros.  Respecto a los Tribunales Extranjeros, se empleará la fórmula de suplicatorio.  El Juez o Tribunal interesado enviará el suplicatorio al Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de la Corte Suprema de Justicia, para que lo tramite por la vía diplomática.

No obstante, se podrán dirigir directamente comunicaciones urgentes a cualquier Tribunal o autoridad extranjeros anticipando el requerimiento o la contestación formal.

Arto.139 Retardo.  Si el trámite de una solicitud o comisión es demorado, deberá reiterarse.  De no obtener respuesta en un plazo razonable, el Juez o Tribunal solicitante comunicará al Ministerio Público para que proceda de conformidad con la ley.

Arto.140 Comunicación de Policías y Fiscales.  En las tareas propias de las funciones que le atribuye este Código, los policías o fiscales se comunicarán con las autoridades nacionales, Jueces, o entre sí de forma directa y expedita.

Hasta aquí el Capítulo IV.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 136? No hay.

¿Objeciones al artículo 137? No hay.

¿Objeciones al artículo 138? No hay.

¿Objeciones al artículo 139? No hay.

¿Objeciones al artículo 140? No hay.

Vamos a someter a votación los artículos mencionados y el Capítulo IV Del Auxilio entre Autoridades.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Aprobado los artículos y el Capítulo referido.

Capítulo V.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
Capítulo V
De las Notificaciones, Citaciones Audiencias

Arto.141 Regla General:  Las resoluciones dictadas en la audiencia quedarán notificadas con su pronunciamiento.  Las dictadas fuera de audiencia se notificarán a quienes corresponda dentro de las siguientes cuarenta y ocho horas de dictadas, y no obligan sino a las personas debidamente notificadas.

En los complejos judiciales donde haya Oficina de Notificaciones se observará lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y su Reglamento.

Arto.142 Forma:  Al comparecer en el proceso, las partes deberán señalar, lugar y modo para oír notificaciones dentro del territorio en que se asienta el Juzgado o Tribunal, bajo apercibimiento de ser notificadas en adelante mediante la Tabla de Avisos por el transcurso de veinticuatro horas después de dictada la resolución, providencia o auto, si no lo hacen.

Cualquiera de los intervinientes podrá ser notificado personalmente en Secretaría del Juzgado o Tribunal.

Sin embargo, los defensores, fiscales y funcionarios públicos que intervienen en el proceso serán notificados en sus respectivas oficinas, siempre que éstas se encuentren dentro del asiento del Juzgado o Tribunal.

Cuando el interesado lo acepte expresamente, podrá notificársele por medio de carta certificada, telegrama, telefax, correo electrónico o cualquier otro medio electrónico de comunicación.  De ser así, el plazo correrá a partir del recibimiento de la comunicación, según lo acredite el correo o la oficina de transmisión.  También podrá notificarse mediante otros sistemas autorizados por la Corte Suprema de Justicia, siempre que no causen indefensión.

Arto.143 Notificaciones a Defensores y Representantes:. Si las partes tienen defensor o representante, las notificaciones serán hechas solamente a éstos, salvo que la ley o la naturaleza del acto exija que también sea notificado a las partes personalmente.

Arto.144 Práctica y Contenido:  Las notificaciones se practicarán entre las siete de la mañana y las siete de la noche y serán realizadas por los funcionarios de la Oficina de Notificaciones, los oficiales notificadores o secretarios de los Juzgados o Tribunales.

Las notificaciones se practicarán personalmente. Cuando no se encuentre en el lugar a la persona a quien va dirigida, el notificador así lo hará constar y entregará la respectiva cédula a cualquier persona mayor de dieciséis años de edad que habite en la casa del llamado a ser notificado.

La cédula de notificación contendrá:

1. Nombre del Juzgado o Tribunal y fecha de la resolución;

2. Nombre del notificado;

3. Nombre de la parte acusadora;

4. Nombre del o los acusados;

5. Causa de que se trata y número de expediente;

6. Contenido íntegro de la resolución que se notifica;

7. De ser el caso, nombre de quien recibe la cédula;

8. Lugar, hora y fecha de notificación;

9. Nombre y firma del notificador; y

10. Recurso a que tiene derecho y plazo de interposición.

Cuando la parte notificada o quien reciba la cédula se niegue a firmar, el notificador así lo hará constar en la cédula y en la razón que se asentará en el expediente.

Arto.145 Notificación por Edictos:  Cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona por ser notificada, de oficio o a solicitud de parte, el Juez solicitará a la Oficina de Cedulación que corresponda, informe acerca del domicilio que dicha persona tiene registrado.  Asimismo y de ser necesario se oficiará a la Dirección General de Migración para que informe sobre su salida al exterior o presencia en el país.  Con la información obtenida, si es posible, se procederá a efectuar la notificación.

Si a pesar de lo anterior no se logra obtener el domicilio de la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por edictos publicados en medios escritos de comunicación social de circulación nacional, con cargo al presupuesto del Poder Judicial cuando se trate de causas por delitos de acción pública.

Arto.146 Nulidad:  La notificación será nula, por causar indefensión, en los siguientes casos:

1. Cuando haya existido error sobre la identidad de la persona notificada;

2. Si la resolución ha sido notificada en forma incompleta o entregada en un lugar diferente del señalado;

3. Si no consta en la resolución que se notifica, cuya copia se acompaña, la fecha de su emisión;

4. Cuando no se haga constar en la cédula o en la razón asentada en el expediente, la fecha de la notificación;

5. Cuando falte alguna de las firmas requeridas;

6. Si existe disconformidad entre el original y la copia.

7. Cuando no pueda acreditarse la autenticidad del telegrama, telefax o correo electrónico empleado, o no sea recibido en forma clara y legible; y

8. En general, cuando el incumplimiento de alguno de los requisitos esenciales señalados en este capítulo cause agravio al llamado a ser notificado.

Arto.147 Citación: El imputado o acusado, las víctimas, testigos, peritos e intérpretes podrán ser citados por el Ministerio Público o los Tribunales cuando sea necesaria su presencia para llevar a cabo un acto de investigación o procesal.  Las personas a que se refiere este artículo podrán presentarse a declarar espontáneamente ante la Policía Nacional o el Ministerio Público.

Cuando sea de urgencia, podrán ser citados verbalmente, por teléfono, por correo electrónico, telefax, telegrama o cualquier otro medio de comunicación interpersonal, lo cual se hará constar.

Arto.148 Contenido de la Citación: La citación deberá contener:

1. Autoridad ante la cual se debe comparecer;

2. Nombre y apellido del citado;

3. Motivo de la citación;

4. Lugar, fecha y hora de comparecencia; y

5. Advertencia de que si la orden no se obedece, sin perjuicio de la responsabilidad penal correspondiente, la persona podrá ser conducida por la fuerza pública y pagar los gastos que ocasione, salvo justa causa.

Arto.149 Citación a Militares y Policías: Los militares
y policías, cuando sean llamados como testigos
o expertos, serán citados por conducto del superior jerárquico respectivo, salvo disposición especial de la ley.

Arto.150 Constancia: El resultado de las diligencias practicadas para efectuar las citaciones y notificaciones se hará constar de manera sucinta por quien la practicó.

Hasta aquí el Capítulo V.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Objeciones al artículo 141? No hay.

Objeciones al 142? No hay.

Objeciones al 143? No hay.

Objeciones al 144? No hay.

Objeciones al 145? No hay.

Objeciones al 146? No hay.

Objeciones al 147? No hay.

Objeciones al 148? No hay.

Objeciones al 149? No hay.

Objeciones al 150? Tampoco.

Vamos a someter a votación el Capítulo V, De las Notificaciones, Citaciones y Audiencias, y los artículos del 141 al 150.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo, y los artículos mencionados.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
Capítulo VI

De las Resoluciones Jurisdiccionales

Arto.151 Clases: Los Tribunales dictarán sus resoluciones en forma de providencias, autos y sentencias;  deberán señalar el lugar, la fecha y la hora en que se dictan. Dictarán sentencia para poner término al proceso;  providencias, cuando ordenen actos de mero trámite, y autos, para la resoluciones interlocutorias y demás casos.

Arto.152 Plazo: Los autos y las sentencias que sucedan a una audiencia oral serán dictados inmediatamente después de su cierre, salvo que este Código establezca un plazo distinto.

La inobservancia de los plazos aquí previstos no invalidará la resolución dictada con posterioridad a ellos, pero hará responsables disciplinariamente a los Jueces o Tribunales que injustificadamente dejen de observarlos.  Se exceptúa lo dispuesto para el plazo máximo para dictar sentencia.

Arto.153 Fundamentación:  Las sentencias y los autos contendrán una fundamentación clara y precisa.  En ella se expresarán los razonamientos de hecho y de derecho en que se basan las decisiones, así como del valor otorgado a los medios de pruebas.

En la sentencia se deberá consignar una breve y sucinta descripción del contenido de la prueba oral, antes de proceder a su valoración.  La simple relación de las pruebas o la mención de los requerimientos de las partes no reemplazará, en ningún supuesto, la fundamentación.

Cuando haya intervención de Jurado, la fundamentación de la sentencia será acorde con el veredicto.

Cuando la sentencia sea condenatoria, deberá fundamentar la pena o medida de seguridad impuesta.

No existirá fundamentación válida cuando se hayan inobservado las reglas del criterio racional, con respecto a medios o elementos probatorios de valor decisivo. Será insuficiente la fundamentación cuando se utilicen formularios, afirmaciones dogmáticas, frases rutinarias, una simple descripción de los hechos o la sola mención de los elementos de prueba.  Los autos y las sentencias sin fundamentación serán anulables.

Arto.154 Contenido de las Sentencias: Toda sentencia se dictará en nombre de la República de Nicaragua y deberá contener:

1. La mención del Juzgado, la fecha y hora en que se dicta;

2. El nombre y apellido del acusado y los demás datos que sirvan para determinar su identidad personal;

3. El nombre y apellido del Fiscal, de la víctima y, de ser el caso, del acusador particular o querellante, y su abogado;

4. La enunciación de los hechos y circunstancias que hayan sido objeto del proceso o Juicio;

5. La indicación sucinta del contenido de la prueba especificando su valoración;

6. La determinación precisa y circunstanciada de los hechos que el Juez estime probados;

7. La exposición de sus fundamentos de hecho y de derecho;

8. La decisión expresa sobre la culpabilidad o no culpabilidad del acusado, especificándose con claridad las sanciones que se impongan;

9. Las penas o medidas de seguridad que correspondan con su debida fundamentación y, de ser procedente, las obligaciones que deberá cumplir el condenado.  En las penas o medidas de seguridad fijará provisionalmente la fecha en que la condena finaliza y el centro penitenciario al que será remitido;

10. De ser el caso, el plazo dentro del cual se deberá pagar la multa;

11. Las costas y la entrega de objetos ocupados a quien el Tribunal considera con mejor derecho a poseerlos, sin perjuicio de los reclamos que correspondan ante los tribunales competentes;

12. La disposición sobre el comiso o destrucción de los objetos, sustancias, productos y efectos secuestrados en la forma prevista en la ley;

13. El acuerdo de prisión preventiva o su mantenimiento;

14. La referencia que deja a salvo el ejercicio de la acción por la responsabilidad civil en sede penal;

15. De ser el caso, el monto de los honorarios dejados de percibir por el defensor de oficio; y

16. La firma del Juez y del secretario que autoriza.

Arto.155 Sobreseimiento: El sobreseimiento se dispondrá mediante sentencia.  Procederá siempre que se haya iniciado el proceso, cuando exista certeza absoluta sobre alguna o algunas de las siguientes causales:

1. La inexistencia del hecho investigado;

2. La atipicidad del hecho;

3. La falta de participación del acusado en el hecho; o

4. Que la acción penal se ha extinguido.

Arto.156 Efectos del Sobreseimiento: Firme el sobreseimiento, cerrará irrevocablemente el proceso en relación con el acusado a cuyo favor se haya dictado, impedirá una nueva persecución de éste por el mismo hecho y hará cesar todas las medidas cautelares que contra él hayan sido dispuestas.

Arto.157 Correlación entre Acusación y Sentencia: La sentencia no podrá dar por probados otros hechos que los de la acusación, descritos en el auto de convocatoria a juicio o, en su caso, en la ampliación de la acusación.  Pero el Juez podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta, aun cuando no haya sido advertida con anterioridad y aplicará la pena que corresponda.

Arto.158 Costas procesales: Las decisiones que pongan fin a la persecución penal, la manden a archivar o resuelvan algún incidente, se pronunciarán condenando en costas procesales, sólo en los casos siguientes:

1. Cuando se advierta temeridad, malicia o falta grave de parte de los acusadores particulares, abogados o apoderados que intervengan en el proceso, sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria y de otro tipo en que incurran;

2. A la parte vencida en causa por delito de acción privada, sin perjuicio de acuerdo diferente alcanzado por las partes.

Las costas del proceso consisten en:

1. Las tasas judiciales;

2. Los gastos originados  por la tramitación del procedimiento; y

3. Los honorarios de los abogados, peritos, consultores técnicos e intérpretes que hayan intervenido en el proceso.

En el caso de varios condenados o a quienes se imponga una medida de seguridad en relación con un mismo hecho, el Juez o Tribunal establecerá el porcentaje de las costas que corresponderá pagar a cada uno de los responsables.

El secretario practicará la liquidación de las costas en el plazo de tres... (aquí hay un error, en el plazo de tres qué?, serán tres días?)... contados a partir de que la sentencia se encuentre firme.  De la  liquidación, se puede solicitar revisión ante el Juez o Tribunal de sentencia.

Arto.159 Decisión sobre el Destino de las Piezas de Convicción: Concluido el juicio, la Policía Nacional continuará la custodia de las piezas de convicción, salvo que el Juez haya ordenado su destrucción, devolución o entrega total o parcial con anterioridad.

En la sentencia, el Juez dispondrá su restitución a los legítimos propietarios, cuando sea procedente;  ordenará la destrucción cuando el objeto sea de ilícita posesión, y si se trata de armas de fuego cuya procedencia no haya sido suficientemente acreditada, serán entregadas en propiedad a la Policía Nacional o al Ejército de Nicaragua, según su naturaleza.  En los demás casos, cada seis meses el Juez ordenará el remate o venta al martillo.

Hasta aquí el capítulo VI.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Objeciones al artículo 151? No hay.

Objeciones al 152? No hay.

Objeciones al 153? No hay.

Objeciones al 154?

Tiene la palabra el honorable Diputado Luis Urbina Noguera.

Tiene la palabra el honorable Diputado Arnulfo Barrantes.

DIPUTADO ARNULFO BARRANTES MORAZAN:

Gracias, señor Presidente.

Es una pequeña moción al artículo 154, numeral 14: "Suprimir la parte final que dice, “en sede penal”. Esa es sencillamente la moción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tráigala, por favor.

Tiene la palabra el honorable Diputado Froylán Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias, señor Presidente.

Tengo dos observaciones: Una que ya hizo el honorable Diputado Carlos Hurtado y es una omisión muy importante. Aunque usted no ha llegado a ese artículo 158, no importa verdad?.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Cuando llegue al artículo 158 le cedo la palabra.

Observaciones al artículo 155? No hay.

Observaciones al artículo 156? No hay.

Observaciones al artículo 157? No hay.

Observaciones al artículo 158?

(Le ruego que haga la petición de hablar, porque ahorita tengo al Doctor Luis Urbina Noguera)

Tiene la palabra honorable Diputado Doctor Urbina Noguera.

DIPUTADO LUIS URBINA NOGUERA:

Gracias, señor Presidente.

Es para hacer dos pequeñas mociones que más bien una de ellas es de estilo, propiamente, en el artículo 158, que al hablar de las costas del proceso, dice el número 2: “Los gastos originados por la tramitación del procedimiento", debe cambiarse "procedimiento" por "proceso”. La moción dice: “Los gastos originados por la tramitación del proceso” que es la palabra correcta que debe usarse. Eso en cuanto a la primera parte.

También tengo sobre ese mismo artículo, en la parte final donde dice: “El Secretario practicará la liquidación”, la moción es que se ponga “El Secretario practicará la liquidación de las costas en el plazo de tres días contados..." Lo demás igual al artículo. Presento las mociones, ambas son de consenso.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS: 

Tráigalas por favor, Doctor Urbina.

Tiene la palabra el honorable Diputado Froylán Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias, señor Presidente.

Era referente a eso mismo, sobre la omisión que no decía cuánto tiempo. Pero está bien eso.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Objeciones al artículo 159? No hay.

Vamos a ver, Doctor Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias.

En el párrafo segundo dice: “En la sentencia el Juez dispondrá su restitución a los legítimos propietarios, cuando sea procedente; ordenará la destrucción cuando el objeto sea de ilícita posesión, y si se trata de armas de fuego cuya procedencia no haya sido suficientemente acreditada, serán entregadas en propiedad a la Policía Nacional o al Ejercito de Nicaragua, según su naturaleza”. Resulta que aquí tanto la Policía como el Ejército usan armas de guerra, y entonces esto podría provocar digamos un conflicto porque dice “según su naturaleza”. La Policía debería de usar armas llamadas de cacería, no armas de guerra, pero bueno, usa armas de guerra y ése es un hecho que no se puede negar.

Entonces si le ocupan un AK-47 a determinada persona, ¿a quién se le va entregar? ¿Al Ejército que por su naturaleza usa armas de guerra o a la Policía Nacional, que también las usa? Yo creo que habría que definir esto de una manera clara, para no provocar conflictos entre ambos cuerpos.  Este es un problema que necesitaría tiempo o consulta para ver cómo podría ser resuelto, porque yo no puedo. Yo digo que un AK-47 la Policía puede "receptarlo", ¿Pero qué pasa si lo reclama el Ejército como en ocasiones ha sucedido? Por aquí vi a un oficial del Ejército, tal vez él nos puede ayudar.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Diputado Ocampo, yo le sugeriría que se contactara con los miembros de la Comisión para que usted haga los análisis; dentro de los miembros de la Comisión hay personas muy versadas en el conocimiento de armas, como el honorable Diputado José González, que estoy seguro pues que con conocimiento apropiado va a hacer un análisis sereno para que la disposición quede redactada conforme a la realidad nacional. Yo creo que es válida su observación, Diputado Ocampo.

Tiene la palabra el honorable Diputado Carlos Hurtado.

DIPUTADO CARLOS HURTADO CABRERA:

Gracias, pero ya me aclaró el colega Diputado Barrantes.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Como declina el honorable Diputado Carlos Hurtado, tiene la palabra el honorable Diputado Pablo Sierra.

DIPUTADO PABLO SIERRA:

Yo entiendo, señor Presidente, que la Policía no está para que use armas de guerra, no es lo legal; es el Ejército el que usa armas de guerra. Si las usa la Policía es porque, bueno, eso es normal aquí; pero en este caso la ley cuando manda a usar armas de guerra es al Ejército, y a la Policía cuando se trata de las armas que está autorizada a utilizar.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Muy bien, Diputado Sierra Chacón. De todos modos como hay una inquietud, yo creo que vale la pena que los honorables miembros de la Comisión puedan hacer las observaciones pertinentes.

Vamos a someter a la consideración del Plenario dos mociones que están presentadas, y le voy a pedir al honorable señor Secretario que las lea para ser sometidas a la consideración o a votación del Plenario.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

La moción al párrafo final del artículo 158, dice: “El Secretario practicará la liquidación de las costas en el plazo de tres días contados..."

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Le quiero rogar a los distinguidos colegas, a ver si pueden escuchar las mociones para que puedan digamos valorarlas si son correctas y están ajustadas a la realidad. Además, queremos que ustedes procedan a hacer sus consideraciones.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Hay tres mociones: Una al artículo 154, y dos al artículo 158. Voy a leer la moción al artículo 154, numeral 14: "Suprimir la frase “en sede penal” por innecesaria, para que se lea así: “La referencia que deja a salvo el ejercicio de la acción por la responsabilidad civil."

Voy a leer una moción al artículo 158. En lo que se refiere a modificar en armonía con lo dispuesto en el numeral tres, debe sustituirse la palabra “procedimiento” por la palabra "proceso", para que se lea así: “Los gastos ordinarios por la tramitación del proceso." Casi es de forma esto.

Y la otra modificación al artículo 158 en la parte final que diga: “El Secretario practicará la liquidación de las costas en el plazo de tres días contados.."" Estas son las tres mociones presentadas.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Froylán Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias señor Presidente.

La moción que tengo para ese caso, es que se modifique en la parte que dice: "y si se trata de armas de fuego cuya procedencia no haya sido suficientemente acreditada, serán entregadas en propiedad a la Policía Nacional o al Ejército de Nicaragua, cuando se trate de más de cinco armas de guerra". Aquí al honorable Diputado González le parece bien, y don Carlos Hurtado opina que está bien. Paso la moción.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Pablo Sierra.

DIPUTADO PABLO SIERRA CHACON:

Señor Presidente: Le pido que someta esa moción por separado, porque entiendo que como la está presentando, más bien oscurece la decisión del Juez. Cuando es para el Ejército, si es arma de fuego, entonces tendría que aclarar que las armas cortas son para la Policía y las armas de fuego para el Ejército. Ahora, cuando estamos hablando de naturaleza, ya se entiende que se basa en lo que dice la ley. La ley dice que la Policía usa su arma de reglamento y el Ejército usa las armas que le permite la misma ley.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado, Doctor Pedro Matus González.

DIPUTADO PEDRO MATUS GONZÁLEZ:

Vea, aquí está bien clara la naturaleza de la Policía. El arma corta es de la Policía y el arma de guerra es del Ejército. Esa moción está mal ahí, está de más y va a confundir más la situación. Aquí está correcto.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Vamos a proceder a votar las tres mociones de consenso y la presentada por el Doctor Ocampo, relacionada con las armas, la vamos a dejar por último. Entonces se abre la votación de las mociones de consenso.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobadas las tres mociones de consenso.

Ahora vamos a someter a votación la moción presentada por el Doctor Ocampo.

Se abre la votación.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

¿Quiere que la lea? Se la leo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Quiere?  Okey, vamos a leerla.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

El artículo 159, párrafo segundo: "...o al Ejército de Nicaragua, cuando se trate de más de cinco armas de guerra.” Eso es lo que dice.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Les rogamos que prosigan a la votación.

Se va cerrar la votación.

Se cierra.

5 votos a favor, 48 en contra, 0 abstención. Queda rechazada la moción.

A votación los artículos y  el Capítulo correspondiente.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 5 en contra, 0 abstención. Aprobados los artículos, con las mociones comprendidas en el Capítulo VI, y el Capítulo mismo.

Se suspende la Sesión, y se convoca para mañana a las nueve de la mañana.




































SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: (04 de Octubre del año 2001.)

MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
MARCO ANTONIO CASTILLO ORTIZ
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
MARIO JOSE GUTIERREZ VASCONCELOS
SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
FANOR ANTONIO HERRERA PEREZ
CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
ARMANDO ISIDRO LOPEZ PRADO
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSOM GAYLE
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY URCUYO MALEAÑOS
AUGUSTO VALLE CASTELLON
SAUL ZAMORA DICARIO
DORA ODILI ZELEDON ZELEDON

Quórum 52 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se abre la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Se va a iniciar con el Adendum Nº 5, Punto I:  PRESENTACION DE LEYES.

1.19 LEY DE REFORMA A LA LEY 260, LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL.
Managua, 05 de Octubre de 1999.

Doctor
Iván Escobar Fornos
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Señor Presidente:

Con fundamento en el artículo 140 de la Constitución Política de la República y en los artículos 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional presentamos el Proyecto de Ley denominado "Ley de Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial", junto con la correspondiente Exposición de Motivos, a fin de que sea sometida a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional.

Este Proyecto de Ley, como su nombre lo indica, tiene por objeto reformar el artículo 26 de la mencionada Ley Orgánica, con la finalidad de procurar una mayor agilización en los asuntos de conocimiento ante la Corte Plena.

Solicito se le de el respectivo trámite a esta Iniciativa, de conformidad a lo previsto en la Constitución Política, el Estatuto General y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional.

Agradeciendo su atención a la presente, nos suscribimos de Usted.
Atentamente.


PEDRO JOAQUIN RIOS C.           EMILIO MARQUEZ ACUÑA

MARIO LIZANO G.
EXPOSICION DE MOTIVOS

Con fundamento en el artículo 140 de la Constitución Política y en los artículos 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, presentamos este Proyecto de Ley de Reforma a la Ley Nº 260 "Ley Orgánica del Poder Judicial", para consideración de la Asamblea Nacional.

El 7 de Julio del año de 1998 fue aprobada la Ley Nº 260 "Ley Orgánica del Poder Judicial", que fue promulgada y publicada en la Gaceta Nº 137 del 23 de Julio del mismo año.  Esta nueva Ley Orgánica, que vino a sustituir a la antigua Ley Orgánica de Tribunales, constituye un importante avance de reforma legislativa en la modernización de las Instituciones Públicas.

Quedó reflejado en ella un reordenamiento administrativo del Poder Judicial y una agilización en los procedimientos, en la búsqueda del fortalecimiento de la Administración de Justicia,  a la par de la creación de nuevas instituciones y organismos como la Mediación y la Defensoría Pública.

En el interés de contribuir a la mejor agilización de los numerosos procesos judiciales, se propone con esta iniciativa reformar el artículo 26 de la mencionada Ley Orgánica del Poder Judicial, para que el quórum de la Corte Plena se pueda formar con la presencia al menos de la mitad más dos del total de sus miembros, y que las resoluciones y acuerdos de la misma puedan adoptarse con más celeridad con el voto coincidente de la mitad más uno de sus integrantes.

El Proyecto de Ley que acompañamos a la presente Exposición de Motivos, creemos merece un atento estudio por la Asamblea Nacional en razón de la importancia de los asuntos que conforme la Constitución y las leyes le corresponde conocer y resolver a la Corte Plena.

Por las razones antes expuestas, solicitamos se le de a esta iniciativa la tramitación que señalan los artículos 141 de la Constitución Política, 43 y siguientes del Estatuto General, así como los artículos 83 y siguientes del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional.
Managua, 05 de Octubre de 1999.


PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON   EMILION MARQUEZ ACUÑA
MARIO LIZANO G.
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión de Justicia para su debido dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Siguiente punto 1.20: LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16 NUMERAL 1, DE LA LEY Nº 388 "LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES".
Managua, 28 de Septiembre de 2001.

Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado señor Ríos:

Adjuntamos a la presente, Proyecto de Reforma al Artículo 16 Numeral 1 de la Ley Nº 388 "Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones", con la correspondiente Exposición de Motivos.

Solicitamos se le de trámite a esta iniciativa para que pase a la Comisión correspondiente y sea conocida con posterioridad por el Plenario.

Aprovechamos para testimoniar a Usted, las muestras de nuestra consideración y aprecio.

Atentamente,

LUIS URBINA                           ERNESTO ROMERO
Diputado                              Diputado

EXPOSICION DE MOTIVOS
PROYECTO DE LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16 NUMERAL 1 DE LA LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES

En el año dos mil fue promulgada la Ley Nº 340 "Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones", publicada en las Gacetas Nº 72 y 73 los días 11 y 12 de Abril de ese año. Dicha Ley en su Arto. 114 creó la Superintendencia de Pensiones como el órgano de supervigilancia y control del Sistema de Ahorro para Pensiones, señalando que dicho órgano estará regido por una Ley Orgánica Especial.

En el presente año fue promulgada la Ley Nº 388 "Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones", publicada el 8 de Mayo de este año, en la Gaceta, Diario Oficial Nº 85.  Esta Ley tiene por objeto regular la organización, atribuciones, funciones, ámbito de competencia y funcionamiento de la Superintendencia.  En su Capítulo III contempla las disposiciones para el nombramiento del Superintendente y Vice-Superintendente, requisitos, inhabilidades, así como las facultades del Superintendente, señalando en su Arto. 16 numeral 1, la inhabilidad para dichos cargos de funcionarios y miembros de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral, salvo que seis meses antes de su elección hayan renunciado al cargo.

Lo anterior en este momento constituye una limitante para una serie de funcionarios y personas que han tenido la responsabilidad de elaborar y presentar el diseño del Nuevo Modelo del Sistema de Ahorro para Pensiones, y participar apoyando con sus conocimientos la aprobación legislativa del Nuevo Sistema y una vez aprobada dicha legislación han coadyuvado en medidas previas para su implementación como parte del Sistema, de Seguridad Social Nicaragüense, tarea que requiere de recursos humanos capacitados y con experiencia, que puedan impulsar la puesta en funcionamiento del Sistema. La precitada Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones es un instrumento jurídico de carácter complejo, y para la puesta en operaciones de dicho Sistema, se requiere un alto grado de conocimiento del tema por la complejidad del modelo.

Lo anterior trae como consecuencia la conveniencia de la participación de personas calificadas, en la primera escogencia de Autoridades del Organo Fiscalizador del Sistema, que hayan estado involucradas en la planificación, coordinación y desarrollo del Nuevo Modelo de Pensiones.

Por tal razón, presentamos a consideración de la Asamblea Nacional este Proyecto de Ley que tiene por objeto modificar el Numeral 1 del Artículo 16 de la Ley Nº 388 "Ley Orgánica de la Superintendencia  de Pensiones", con la finalidad de permitir en la primera elección del Superintendente de Pensiones y del Vice-Superintendente la participación de candidatos que puedan contribuir de modo efectivo, dada su experiencia y capacidad, en la puesta en marcha y desarrollo del Sistema de Ahorro para Pensiones que constituye una pieza fundamental de la Seguridad Social de nuestro país.

Por todo lo expuesto, con fundamento en el Arto. 140 numeral 1 de nuestra Constitución Política, sometemos a consideración de la Asamblea Nacional esta Iniciativa de Reforma al Artículo 16 Numeral 1 de la Ley Nº 388 "Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones".


LUIS URBINA                           ERNESTO ROMERO
Diputado                              Diputado.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión Económica, para su dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Continuando con el mismo Adendum Nº 5, punto II: DISCUSION DE DICTAMENES PRESENTADOS POR LAS DIFERENTES COMISIONES.

2.15 DECRETO DE AUTORIZACION DEL DECRETO EJECUTIVO NUMERO 76-2001, AUTORIZACION DE SALIDA DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA EL ARCHIPIELAGO DE GUADALUPE, EN LAS ANTILLAS MENORES.
DICTAMEN

Managua, 18 de Septiembre del 2001.


Licenciado
OSCAR MONCADA REYES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Licenciado Moncada:

Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, de conformidad a los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, nos reunimos para analizar la ratificación del Decreto Ejecutivo Número 76-2001, "DECRETO DE AUTORIZACION DE LA SALIDA DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA EL ARCHIPIÉLAGO DE GUADALUPE", mismo que fuera remitido por Primer Secretaría el 05 de Septiembre del corriente año a la Comisión de DEFENSA Y GOBERNACION, para su debido dictamen.

Los suscritos miembros de esta Comisión, hemos valorado que la autorización de salida del Pelotón compuesto por treinta y un efectivos del Ejército Nacional con su equipamiento de rescate y salvamento, al archipiélago de Guadalupe, localizado en las Antillas Menores, en donde recibirán entrenamiento para participar en ejercicios de rescate humanitario,  con el único fin y objetivo de poder brindar y prestar un mejor servicio a la Patria, lo que consideramos que es necesario, pues esto permitirá la actividad continua de preparación y especialización de las tropas del Ejército, así como el acercamiento  con los homólogos de otros ejércitos del mundo con quienes se debe de entrar en actividades de acercamiento pensando en la actividad de la globalización y el intercambio de experiencias.

De la misma manera, la salida de este contingente de soldados nicaragüenses, especialistas en rescate humanitario, permitirá alcanzar un mayor nivel de profesionalización del Ejército de Nicaragua, situación que permitirá a los nicaragüenses disponer de un grupo de soldados formados en calidad de especialistas en actividades de rescate humanitario de cara al inminente riesgo permanente en que vivimos los nicaragüenses, pues somos un país con un alto grado de riesgos a los desastres de origen antropogénicos, situación que nos hace más vulnerables frente a los embates de la naturaleza.

Esta situación nos permitirá dar continuidad a la consolidación de las relaciones entre las naciones y los respectivos ejércitos, relación de acercamiento que se inició a partir del inicio de la década de los noventa y que en esta nueva etapa de nuestra historia política en donde el desarrollo y consolidación de la democracia ha sido una de las principales preocupaciones de los últimos gobiernos y del actual, así como la mejoría de las relaciones políticas y diplomáticas con las diferentes naciones del mundo, pensando que nos permitan el desarrollo armonioso de las relaciones entre los Estados, así como la ayuda que nos podamos proporcionar y facilitar de manera recíproca, con el objetivo de proporcionar una asistencia a la sociedad nicaragüense y de las instituciones del Estado nicaragüense.

El conjunto de consideraciones de carácter general le permitieron a esta Comisión dictaminar el DECRETO EJECUTIVO NUMERO 76-2001, "DECRETO DE AUTORIZACION DE LA SALIDA DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA EL ARCHIPIELAGO DE GUADALUPE", es necesario, pues esto viene a contribuir al desarrollo de su especialización y por consiguiente contribuirán de manera exclusiva con su actuar y desarrollo de labores humanitarias que beneficiarán a la profesionalización del Ejército nicaragüense.

En virtud de lo referido anteriormente, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 93, 138, numeral 26) de la Constitución Política de la República, las Leyes Constitucionales, los Acuerdos, Tratados y los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, y con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, hemos resuelto y definido emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE al proyecto de Decreto referido y cuyo texto adjuntamos para que el honorable Plenario lo apruebe.

Managua, 18 de Septiembre del año dos mil.
COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION


WILLIAM MEJIA F.              
JOSE GONZALEZ PICADO

ERNESTO ROMERO A.              
ANTONIO RIZO ZAMORA

CARLOS HURTADO C.              
CARLOS GARCIA BONILLA

PEDRO J. RIOS CASTELLON

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.1 De conformidad a lo establecido en el Artículo 138, numeral 26) de la Constitución Política de la República, ratifícase el Decreto Ejecutivo Número 76-2001, mediante el cual se autoriza la salida de un Pelotón de treinta y un soldados del Ejército Nacional con su equipamiento de rescate y salvamento para que se dirijan al archipiélago de Guadalupe, en las Antillas Menores, en donde recibirán entrenamiento en rescate humanitario del 01 de Febrero al 25 de Marzo del año 2002.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la Ley.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Siguiente punto 2.16: DECRETO DE AUTORIZACION DEL DECRETO EJECUTIVO NUMERO 77-2001, AUTORIZACION DE SALIDA DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA A LA ISLA DE MARTINICA, ANTILLAS MENORES.
DICTAMEN
Managua, 18 de Septiembre del 2001.

Licenciado
OSCAR MONCADA REYES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Licenciado Moncada:

Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, de conformidad a los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, nos reunimos para analizar el DECRETO EJECUTIVO NUMERO 77-2001, "DECRETO DE AUTORIZACION DE LA SALIDA DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA LA ISLA DE MARTINICA", mismo que fuera remitido por Primer Secretaría el 06 de Septiembre del corriente año a la Comisión de Defensa y Gobernación, para su debido dictamen.

Los suscritos miembros de esta Comisión, hemos valorado que la autorización de salida del Pelotón compuesto por treinta y un efectivos del Ejército Nacional con su equipamiento de rescate y salvamento, a la Isla de Martinica, localizada en las Antillas Menores, en donde recibirán entrenamiento para participar en ejercicios de rescate humanitario  con el fin y objetivo de poder brindar y prestar un mejor servicio a la Patria, lo que consideramos que es necesario, pues esto permitirá la actividad continua de preparación y especialización de las tropas del Ejército nicaragüense, así como el acercamiento  con los homólogos de otros ejércitos del mundo con quienes se debe de entrar en actividades de acercamiento.

De la misma manera, la salida de este contingente de soldados nicaragüenses, especialistas en rescate humanitario, permitirá alcanzar un mayor nivel de profesionalización del Ejército de Nicaragua, situación que permitirá a los nicaragüenses disponer de un grupo de soldados formados en calidad de especialistas en actividades de rescate humanitario de cara al inminente riesgo permanente en que vivimos los nicaragüenses, pues somos un país vulnerable y con un alto grado de riesgos a los desastres de origen antropogénicos, situación que nos hace más vulnerables frente a los embates de la naturaleza.

Esta situación nos permitirá dar continuidad a la consolidación de las relaciones entre las naciones y los respectivos ejércitos, relación de acercamiento que se inició a partir del inicio de la década de los noventa y que en esta nueva etapa de nuestra historia política en donde el desarrollo y consolidación de la democracia ha sido una de las principales preocupaciones de los últimos gobiernos y del actual, así como la mejoría de las relaciones políticas y diplomáticas con las diferentes naciones del mundo, pensando que nos permitan el desarrollo armonioso de las relaciones entre los Estados, así como la ayuda que nos podamos proporcionar y facilitar de manera recíproca, con el objetivo de proporcionar una asistencia a la sociedad nicaragüense y de las instituciones del Estado nicaragüense.

Las consideraciones de carácter general permitieron a esta Comisión dictaminar el proyecto de "DECRETO DE AUTORIZACION DE LA SALIDA DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA LA ISLA DE MARTINICA", el que es necesario, pues esto viene a contribuir al desarrollo y especialización, por consiguiente contribuirán de manera exclusiva con su actuar y desarrollo de las labores humanitarias que beneficiarán a la profesionalización del Ejército nicaragüense.

En virtud de lo referido anteriormente, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 93, 138, numeral 26) de la Constitución Política de la República, las Leyes Constitucionales, los Acuerdos, Tratados y los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, y con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, hemos resuelto y definido emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE al proyecto de Decreto referido y cuyo texto adjuntamos para que el honorable Plenario lo apruebe.
Managua, 18 de Septiembre del año dos mil.
COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION


WILLIAM MEJIA F.              
JOSE GONZALEZ PICADO

ERNESTO ROMERO A.              
ANTONIO RIZO ZAMORA

CARLOS HURTADO C.              
CARLOS GARCIA BONILLA
PEDRO J. RIOS CASTELLON

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

Tiene la palabra Alberto Rivera.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA:

Muchísimas gracias, honorable señor Presidente.

Es para felicitar el aprobado de estos acuerdos que contribuyen a la profesionalización cada día más segura de nuestro Ejército Nacional.  Pero a  la vez, para rendirle un tributo a un ciudadano de La Concordia, de mi Departamento, Jinotega, que tuvo que ver y fue víctima de las armas interventoras en 1912. Me estoy refiriendo al General y Doctor Benjamín Francisco Zeledón Rodríguez, que hoy, 4 de Octubre, es el CXXII Aniversario de su muerte, (perdón), de su nacimiento y el LXXXIX Aniversario de su muerte.  Un tributo. Dado que se ha hablado de ejércitos, ha venido a mi memoria este gran hombre, héroe liberal y Héroe Nacional sin discusión alguna; un ciudadano de los mejores que ha nacido en Nicaragua, y como jinotegano me enorgullezco de que nació en La Concordia.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.

Aprobado en lo general.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.1 De conformidad a lo establecido en el Artículo 138, numeral 26) de la Constitución Política de la República, autorízase la salida de un Pelotón de treinta y un soldados del Ejército Nacional con su equipamiento de rescate y salvamento para que se dirijan a la Isla de Martinica, en las Antillas Menores, donde recibirán entrenamiento en la labor de rescate humanitario durante el período que comprende del 01 de Abril al 30 de Mayo del año 2002.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Continuando con el punto 2.17: DECRETO DE AUTORIZACION DEL DECRETO EJECUTIVO NUMERO 78-2001, AUTORIZACIÓN DE INGRESO DE UN CONTINGENTE DE TROPAS FRANCESAS AL TERRITORIO NACIONAL.
DICTAMEN
Managua, 18 de Septiembre del 2001.


Licenciado
OSCAR MONCADA REYES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Licenciado Moncada:

Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, de conformidad a los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional nos reunimos para analizar el Decreto Ejecutivo 78-2001, "DECRETO DE AUTORIZACION EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 DE ABRIL AL 3º DE MAYO DEL AÑO 2002 DE UN CONTINGENTE  DE TROPAS DE LA REPUBLICA DE FRANCIA", mismo que fuera remitido por Primer Secretaría el 06 de Septiembre del corriente año a la Comisión de DEFENSA Y GOBERNACION para su debido dictamen.

Los suscritos miembros de esta Comisión, hemos valorado que la autorización de ingreso de un contingente de tropas del Ejército de la República de Francia, mismo que se integra por treinta y un efectivos del mencionado Ejército, quienes participarán en ejercicios de rescate humanitario  con los miembros de las tropas homólogas del Ejército de Nicaragua.   Este contingente de soldados franceses estará bajo el resguardo del Ejército Nacional y su ubicación será en el Comando de Operaciones Especiales del Ejército de Nicaragua, el que se encuentra localizado en Managua, desde donde se desplazarán al Destacamento Militar Sur, ubicado en el Departamento de Río San Juan.

Los suscritos miembros de esta Comisión, hemos valorado que el desembarco y arribo de este contingente de tropas francesas a territorio nicaragüense, en el contexto de prepararse en conjunto con las tropas nacionales especialistas en ayuda humanitaria es necesario, pues esto permite el fortalecimiento de las relaciones socio-políticas y económicas entre los Estados de Nicaragua y de Francia y sus respectivos gobiernos.

Esta situación nos permitirá dar continuidad al acercamiento de las relaciones entre los Estados, las que se reiniciaron desde el inicio de la década de los años noventa y que en esta nueva etapa de nuestra historia geopolítica, en donde el desarrollo y consolidación de la democracia ha sido una de las principales preocupaciones del actual Gobierno, así como la mejoría de las relaciones políticas y diplomáticas con otros Estados, las que permiten un desarrollo armonioso de las relaciones entre Estados, pensando que este tipo de ejercicios nos ofrecen la posibilidad de trasmitir y adquirir nuevos conocimientos en esta materia; por lo que tenemos el deber de hacer saber que el contexto del arribo de este contingente obedece esencialmente a la imperiosa necesidad de formar y capacitar al Ejército Nacional.

El conjunto de consideraciones de carácter general le permitieron a esta Comisión dictaminar la ratificación del DECRETO EJECUTIVO NUMERO 78-2001, "DECRETO DE AUTORIZACION DE INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 DE ABRIL AL 3º DE MAYO DEL AÑO 2002 DE UN CONTINGENTE  DE TROPAS DE LA REPUBLICA DE FRANCIA", el que es necesario, pues esto viene a contribuir al desarrollo de las fuerzas armadas de Nicaragua.

En virtud de lo referido anteriormente, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 92, párrafo tercero de la Constitución Política de la República, de las Leyes Constitucionales, los Acuerdos, y Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, y con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, hemos resuelto y definido emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE al proyecto de Decreto referido y cuyo texto adjuntamos para que el honorable Plenario lo apruebe.
Managua, 18 de Septiembre del 2001.

COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION


WILLIAM MEJIA F.              
JOSE GONZALEZ PICADO

ERNESTO ROMERO A.              
ANTONIO RIZO ZAMORA

CARLOS HURTADO C.              
CARLOS GARCIA BONILLA
PEDRO J. RIOS CASTELLON

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 1 De conformidad a lo establecido en el Artículo 92 de la Constitución Política de la República, ratifícase el DECRETO EJECUTIVO N° 78-2001, mediante el cual se autoriza el ingreso al territorio nacional de un contingente de treinta y un soldados del ejército de Francia, quienes participarán en ejercicios de rescate humanitario, y cuya localización será en el Comando de Operaciones Especiales del Ejército de Nicaragua, ubicado en Managua y desde donde se desplazarán al Destacamento Militar Sur, Departamento de Río San Juan.
 
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

Tiene la palabra Alberto Rivera Monzón.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON:

Gracias, honorable señor Presidente.

Solamente para sugerirles que en ese artículo número 1, se estipule el período durante el cual van a permanecer esas tropas en el país, que no lo contempla, como en los dos anteriores decretos que sí está correcto.  Aquí cabría agregarle "durante el período del primero de Abril al 30 de Mayo del 2002".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Sí, tiene razón. De todos modos, si hacés la moción por escrito no vas a poner la fecha.

Vas a hacer la moción por escrito, honorable señor Diputado, ¿pero qué fecha le vas a poner?  No sabemos. Eso está malo.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON:

"Del primero de Abril al 30 de Mayo", dice en lo general.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

En la Exposición de Motivos. Póngalo pues en la moción.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON:

En lo general está ahí, solamente faltó en el artículo 1, honorable Presidente.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Lo único que hace es trasladar lo que está escrito en la Exposición de Motivos que se denomina, agregar "durante el período comprendido entre el primero de Abril al 30 de Mayo", dice aquí.  Al 3 de Mayo es.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Corríjalo.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

¿Corrijo aquí?

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Corríjalo.

Tiene la palabra Carlos García.

DIPUTADO CARLOS GARCIA BONILLA:

Es correcto, sólo era para decir que aquí tenemos al asesor de la Comisión, y es al 30 de Mayo.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Pero lo tenés malo en la Exposición de Motivos entonces.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pero si está malo en la Exposición de Motivos, se va a corregir.

Se somete a votación el artículo 1, con la moción corrigiendo la fecha.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1 y la moción.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a continuar con el punto III: la PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS, EN EL mismo Adendum.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
EXPOSICION DE MOTIVOS

Licenciado
OSCAR MONCADA REYES
Presidente de la
Asamblea Nacional
Su Despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, del inciso 2 del artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley 147 Ley de Personalidades Jurídicas sin Fines de Lucro "ASOCIACION PATRONATO DE REOS INTERNOS Y LIBERADOS DE CARAZO" (A.S.P.R.I.L. CARAZO),  constituida en escritura pública número treinta y tres, y escritura número cuarenta del Estatuto otorgada ante los oficios notariales del Licenciado Víctor Leonel Obregón Cerda en la ciudad de Jinotepe, a las cinco de la tarde del día veintisiete de Agosto del año dos mil uno.

Esta Asociación se constituyó, entre otros, con los siguientes objetivos:

a) Dar protección y asistencia moral y material a los reos y liberados, amparo a su familia y velar para que se provea a su representación jurídica con la contribución del Estado.

b) Protección del reo interno o liberado a fin de evitar su recaída en el delito y reincidencia.

c) Auxiliar al reo y completar su tratamiento correccional.

d) Lograr que el liberado conquiste una nueva posición en la sociedad que le permita vivir honestamente sin reincidir en el delito.

e) Vigilancia y asistencia del liberado, brindándole apoyo moral y material indispensables para que pueda encaminarse en la vida libre, de tal forma que se convierta en una persona útil en la sociedad.

f) Procurar trabajo al reo o liberado acorde a su vocación o aptitudes, a fin de adaptarlo en el medio social.

g) Ayudar a los liberados en cuanta dificultad puedan encontrar en su normal desenvolvimiento en la vida libre.

A fin de alcanzar su objetivo, sometemos a la consideración de los Honorables Diputados ante la Asamblea Nacional la presente iniciativa, para su aprobación en Plenario y luego a Comisión para su dictamen y aprobación.

Managua, veinticuatro de Septiembre del año dos mil uno.

Atentamente.
DOCTOR
WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO
DIPUTADO


LISTA DE PRESENTACIONES DE PERSONALIDADES JURIDICAS A ENVIARSE A COMISION:

3.70 ASOCIACION PATRONATO DE REOS INTERNOS Y LIBERADOS DE CARAZO (ASPRIL).

3.71 ASOCIACION DE DESARROLLO LOCAL ECONOMICO Y SOSTENIBLE DE BOACO (ADESBO).

3.72 ASOCIACION LA GRAN UNIFICACION DE LA IGLESIA DEL SEÑOR (LAGUNISE).

3.73 ASOCIACION DE PROMOTORES DE SALUD COMUNITARIA DE LA ZONA RURAL DE ROSITA (APROSACORR).

3.74 ASOCIACION MISIONERA EVANGELICA DE NICARAGUA (ASOMENIC).

3.75 ASOCIACION DE JOVENES  POR EL DESARROLLO COMUNITARIO (AJODEC).

3.76 ASOCIACION DE TECNICOS EN ANESTESIOLOGIA DE NICARAGUA (ATAN).

3.77 ASOCIACION NOROCCIDENTAL DE ORTOPEDISTAS Y TRAUMATOLOGOS (A.N.O.O.T.).

3.78 ASOCIACION NICARAGUENSE PARA LA PROMOCION DE LA PAZ (PROPAZ).

3.79 ASOCIACION MOVIMIENTO DE TEATRO POPULAR SIN FRONTERAS.

3.80 ASOCIACION DE PROMOTORES Y PROMOTORAS DE LA AGRICULTURA ORGANICA SOSTENIBLE EN TOTOGALPA.

3.81 ASOCIACION COMUNIDAD ECLESIAL DE BASE SANTISIMA TRINIDAD, SAN PABLO APOSTOL, COLONIA NICARAO (A.C.E.B.COLONIA NICARAO).

3.82 ASOCIACION DE IGLESIAS EVANGELICAS DE LA MISION BUTISTA MEDICO DENTAL DE NICARAGUA (A.I.E.M.B.M.D.N.).

3.83 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE (ADER).

3.84 ASOCIACION IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES PODER DE DIOS DE NICARAGUA INCORPORADA.

3.85 ASOCIACION DE ENFERMO DEL INGENIO SAN ANTONIO (ASDEENFISA).

3.86 ASOCIACION IGLESIA PENTECOSTAL FE Y SANTIDAD.

3.87 ASOCIACION CONCILIO INTERNACIONAL DE IGLESIAS EVANGELICAS EL PRINCIPE DE PAZ "EL BUEN CAMINO".

3.88 ASOCIACION RELIGIOSA DE LA IGLESIA PENTECOSTES DEL NOMBRE DE JESUCRISTO DE NICARAGUA.

3.89 ASOCIACION CENTRO PARA EL DESARROLLO TRANSFORMADOR "NEHEMIAS".

3.90 FUNDACION MANOS AMIGA ALTERNATIVA DE INGRESOS AMAS DE CASA.

3.91 FUNDACION FAMILIA DE NAZARET DE NICARAGUA.

3.92 FUNDACION ROBERTO TERAN

3.93 FUNDACION IBEROAMERICANAS DE LAS CULTURAS (FIBRAS).

3.94 FUNDACION NICARAGÜENSE PARA EL DESARROLLO LOCAL DEL MEDIO AMBIENTE (FUNDACION NICARAO).

3.95 FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE ESTELI (FUNDIE).

3.96 FUNDACION PARA EL DESARROLLO TECNOLOGICO OBRERO (FUNDETEO).

3.97 FUNDACION "ASOCIADOS PARA FINANCIAR LA OBRA SOCIAL EVANGELISTICA INDEPENDIENTE EN NICARAGUA (AFOSEI-NIC).

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Pasan a la Comisión de Defensa y Gobernación para su respectivo dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Siempre en el Adendum N°5, punto VI:

DISCUSIÓN DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS PRESENTADOS POR LA COMISION DE LA DEFENSA Y GOBERNACION

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
DICTAMEN

Managua, 10 de Septiembre del 2001.

Licenciado
OSCAR MONCADA REYES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los  suscritos Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, nos reunimos para dictaminar la solicitud de la Personalidad Jurídica de la ASOCIACION GRAND PRIX MANAGUA (GRAN PRIX MANAGUA), con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, presentada por el Diputado Wilfredo Navarro, en la continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el veintidós de Agosto del años dos mil uno.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:

1) Promover el deporte en todas sus modalidades; carreras de taxis, carros particulares, motos, cuadraciclos, espectáculos aéreos, maratones, rallies, boxeo, en fin todas las actividades que conlleven al desarrollo y promoción de toda forma de deporte;

2) Organizar eventos deportivos, de servicios de alimentos, bebidas y diversiones con el objeto de promover el turismo a nivel nacional e internacional, organizar eventos de esparcimientos culturales y educativos;

3) Desarrollar actividades para conseguir fondos y destinarlos a proyectos de desarrollo turístico, comunitario, construcción de canchas deportivas y campos de recreación, atención integral y capacitación a jóvenes de escasos recursos económicos, niños y niñas en situación de riesgo.

Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ALEJANDRO FIALLOS NAVARRO; Vicepresidente: LEONOR MORENO RUIZ; Secretario: ANIBAL CASTELLON LOPEZ; Tesorero: WALTER RENE PEREZ GUTIERREZ; Fiscal: EDGARD BOHORQUEZ OCAMPO; Primer Vocal: ENRIQUE SEVILLA GOMEZ; Segundo Vocal:  ALEJANDRO ABAUNZA ULLOA; Tercer Vocal: ENRIQUE OBANDO.

Los Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley Nº 147.

Asimismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a la dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 56, inciso 5 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION GRAND PRIX MANAGUA (GRAN PRIX MANAGUA).


Atentamente,
COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION


WILLIAM MEJIA FERRETI
PRESIDENTE
ERNESTO ROMERO ANGULO
PRIMER SECRETARIO

ANTONIO RIZO ZAMORA
MIEMBRO
CARLOS HURTADO CABRERA
MIEMBRO


PEDRO JOAQUIN RIOS
MIEMBRO
MAXIMINO RODRIGUEZ M.
MIEMBRO
CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO
JOSE M. SANCHEZ SANTANA
MIEMBRO
PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

Tiene la palabra Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias.

Voy a ser rápido, señor Presidente, únicamente para ver la mañana de hoy como una triste mañana en que llamo a la reflexión y hacerle un llamado a los colegas de la Comisión donde fue enviado el proyecto de ley que hoy muy diligentemente se trajo aquí, con nombres y apellidos, para modificar la Ley de Superintendencia de Pensiones, y que pudiera ser electo un funcionario del Ejecutivo que anda a gritos pidiendo su elección, y que no es lo mejor para un sistema de pensiones nuevo que va a entrar en Nicaragua. Es triste, daría risa si no fuera trágico, si no estuviéramos hablando del futuro de las pensiones de este país y de un sistema que podría funcionar.  

Pero si ya lo comenzamos con triquiñuelas baratas, metiendo un proyecto de ley para abrirle camino al señor Aguado, porque sabe que por la ley actual no puede ser electo, y que era lo correcto, entonces ahorita vienen en carrera colegas a meter cambios para que el señor Aguado pueda ser electo. Señores, ¿estamos pensando en Nicaragua o en qué?  Y me llena de tristeza el día de hoy, que seamos diligentes en esta Junta Directiva, en este Plenario, para tener la Sesión de hoy, exclusivamente para eso, para darse tiempo y meter el cambio de dos artículos a la Ley de la Superintendencia de Pensiones, para permitir la elección del señor Aguado, que no reúne las condiciones de probidad para ser el Superintendente de Pensiones de este país.

Señores, es peligroso que juguemos de esa manera con un proyecto del dinero de los trabajadores.   Espero que por honorabilidad los miembros de la Comisión denieguen y rechacen contundentemente ese proyecto de ley, o si no, esperemos que la mayoría liberal se regocije con el Ejecutivo una vez más, en contra de la probidad, de la esperanza y del futuro para Nicaragua.

Gracias, señores.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Adolfo Calero Portocarrero.

DIPUTADO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO:

Muchas gracias, señor Presidente.

Refiriéndome al tópico, sobre la Ley de Superintendencia de  Pensiones, lo que acaba de expresar el Diputado Castro es un aspecto muy limitado de la razón que puede tener esta reforma:  Yo la veo de esta manera, la Ley en cuestión a quien limita es a la Asamblea Nacional; es a esta Asamblea que no le permite elegir a la persona idónea porque ésta sea miembro del Poder Ejecutivo, miembro del Poder Judicial, miembro del Poder Legislativo o miembro del Poder Electoral. Sería ésta la única ley que le prohíbe o le limita a la Asamblea las facultades que tiene para nombrar a la persona idónea para algún cargo.

No existe limitación alguna para las elecciones que hace esta Asamblea; no hay limitación para elegir a los miembros del Poder Electoral; no hay limitación para elegir a los miembros del Poder Judicial; no hay limitación para elegir a Magistrados de la Corte Suprema; en fin, ésta es la única ley que hace excepción de esa facultad que tiene la Asamblea Nacional, y esta ley, a la que limita es a la Asamblea Nacional. O sea, pues, que no es una ley como dicen que está hecha a la medida para nombrar a fulano; es una ley que está hecha para limitar los derechos, las facultades, la potestad de la Asamblea Nacional, y yo creo que esa es la forma en que debemos de enfocar esta reforma.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OCAR MONCADA REYES:

Honorables Diputados: Tengo aquí petición para hablar de cuatro oradores: Dámisis Sirias, Rita Fletes, José Bravo Moreno y Wálmaro Gutiérrez. Si se van a referir a lo que estamos en este momento discutiendo, que es las personerías jurídicas, está bien; pero si no, por favor, está fuera del lugar, porque eso se envía a Comisión. Vamos a esperar el dictamen y entonces pueden discutir todos los honorables Diputados lo que a bien tengan.

Por eso les pido, les ruego,  a estas personas que ya están inscritas, que se refieran a las personerías jurídicas.

Dámisis Sirias tiene la palabra.

DIPUTADO DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Gracias, Presidente.

Yo creo que usted ha hecho una reflexión atinada, tengo muchos argumentos sobre el proyecto a que se refería  el honorable Diputado Edwin Castro, pero como está fuera de orden y fuera de lugar, voy a declinar la palabra, y me reservo el derecho de hacer uso de ella conforme al Estatuto, cuando se aborde el tema en el momento pertinente.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Rita Fletes.

DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:

Gracias, señor Presidente.

Yo no iba a hablar sobre el tema, yo me voy a referir, si usted se compromete a que después que debatamos sobre las personerías jurídicas a darme la palabra. De manera que yo lo dejo en sus manos y le pido que después que discutamos las personerías jurídicas, me dé la palabra, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra José Bravo.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO:

Gracias, Presidente.

Mire, yo creo que el hecho de que usted le haya cedido la palabra con este tema a dos Diputados, nos permite hacer algunas reflexiones.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Está fuera del lugar.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

Presidente, yo creo que...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: 

Por favor, un momento, habrá un momento oportuno para eso.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

No, yo creo que sí está fuera del lugar, pero lo que pasa es que usted le dio la palabra a dos Diputados con un tema y no veo...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: 

Prefiero haber cometido dos errores y no tres, así es que está fuera del lugar.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

Mire, Presidente, yo creo que en medio de todo que me niegue la palabra, yo quiero decirle que la presentación de esa iniciativa de ley es realmente un asunto vergonzoso, porque este señor ha estado trabajando en todo lo que es el Sistema de Ahorro de Pensiones, precisamente para administrarlo él.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: 

Lo decimos en su oportunidad, no tenemos suficiente tiempo.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

Permítame decirle. Yo estuve con él, lo recibimos en la Comisión de Educación y simplemente ése es el trasfondo por el que él se ha recorrido el país, y se ha recorrido países para traer consultores que le permitan a él. Yo creo que es una vergüenza incluso para los Diputados liberales, que simplemente les vengan a decir; miren, a éste ahora que se termina, nosotros queremos dejarlo bien parado", me parece una vergüenza.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: 

Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.

Se va a discutir en su oportunidad, si quieren apuntarse cuarenta Diputados, a cuarenta Diputados se les va a dar la oportunidad, tienen todo el derecho cuando se discuta.  Yo no estoy negando la palabra sobre el tema, nada más que estamos en otro tema.

Por favor, el señor Secretario, va a leer la lista de las personerías.

DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

La lista de presentación de personalidades jurídicas a ser aprobadas por este Plenario en lo general, son las siguientes:

6.29 ASOCIACION GRAN PRIX MANAGUA (GRAN PRIX MANAGUA).

6.30 ASOCIACION AFRICANA EN NICARAGUA/CENTROAMERICANA (AANCA).

6.31 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS COMUNIDADES RURALES (PODEMOS).

6.32 ASOCIACION DE PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA (APROUCA).

6.33 ASOCIACION DE CARPINTEROS, EBANISTA Y CONSTRUCTORES DE SIUNA (ASOCEC-SIU).

6.34 ASOCIACION NICARAGUENSE DE ASENTAMIENTOS URBANO Y RURAL (ANAUR).

6.35 ASOCIACION DE PRODUCTORAS AUDIOVISUALES NICARAGÜENSES (APROAN).

6.36 ASOCIACION ORGANIZACION DE MUJERES DISCAPACITADAS FATIMA-SAN MARCOS (OMDFAS).

6.37 ASOCIACION DE REPOSICION FORESTAL DE LA PAZ CENTRO-ASOROFOR-(PRO BOSQUE).

6.38 ASOCIACION CLUB DE PROPIETARIOS DE VEHICULOS CLASICOS DE NICARAGUA.

6.39 ASOCIACION MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL COMO EL RELAMPAGO (MICER).

6.40 ASOCIACION IGLESIA ESPIRITU SANTO DE DIOS PENTECOSTAL (IESDP).

6.41 ASOCIACION DE IGLESIAS FUENTE DE SALVACION SAN JUAN 1:14.

6.42 ASOCIACION MINISTERIO EVANGELIO EMBAJADORES DE DIOS.

6.43 ASOCIACION FE MUEVE MONTAÑAS.

6.44 ASOCIACION IGLESIA DE RESTAURACION FAMILIAR JESUCRISTO ES EL SEÑOR DE NICARAGUA.

6.45 ASOCIACION IGLESIA SANTIDAD EMMANUEL.

6.46 ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO INTERDENOMINACIONAL FARO DE LUZ.

6.47 ASOCIACION PRO DESARROLLO COMUNITARIO "LAUREANO MAIRENA".

6.48 ASOCIACION DE PRODUCTORES UNIDOS DE SANTA ROSA DEL PEÑON.

6.49 FUNDACION NUEVA ESPERANZA.

6.50 FUNDACION SAN JACINTO.

6.51 FUNDACION FLAVIO GALO.

6.52 FUNDACION TUNKI-WANKI (TUNKI-WANKI).

6.53 FUNDACION MICROFINANZAS Y DESARROLLO (M&D).

6.54 FUNDACION PARA LA SALUD Y LA EDUCACION DE LAS SEGOVIAS "FERNANDO VILLALANDA" (FUNDACION FERNANDO VILLALANDA).

6.55 FUNDACION MUJERES MULTIETNICAS DE LA COSTA ATLANTICA (FUMMUCA).

6.56 FUNDACION SERVICIO DE ASISTENCIA Y DESARROLLO GLOGAL (SADGLO).

6.57 FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIBLE DE LA COMUNIDAD (FUNDESISCO).

6.58 FUNDACION CONSTRUYAMOS TU FUTURO.

6.59 FUNDACION MEDICA ADVENTISTA DE NICARAGUA (FUNDEMAN).

6.60 FUNDACION ESPERANZA Y VIDA NUEVA.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado en lo general.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto.1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION GRAND PRIX MANAGUA (GRAND PRIX MANAGUA), sin fines de lucro, de duración indefinida, y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

Tiene la palabra Rita Fletes.

Tiene la palabra Víctor Talavera.

DIPUTADO VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE:

Presidente: Más que todo, como éstas se van a discutir en bloque, ésta es una observación en la 6.45, que ya se aprobó y que dice: ASOCIACION IGLESIA SANTIDAD EMMANUEL; y en lo particular dice IGLESIA SANTIDAD EMANUEL, para que se haga la corrección en su debida oportunidad.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Okey, tiene razón.

Entonces a votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el artículo 2.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto. 3 La ASOCIACION GRAND PRIX MANAGUA (GRAND PRIX MANAGUA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el artículo 3.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el artículo, y así toda la ley.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RÍOS CASTELLON:

Vamos a pasar al Adendum N° 2, Punto 5.2: ELECCIÓN  DEL FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA  Y FISCAL GENERAL ADJUNTO.
Managua, 25 de Enero de 2001

Doctor
PEDRO JOAQUÍN RÍOS
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Honorable Doctor:


En nuestro carácter de Diputados de esta Asamblea Nacional, y de conformidad a las atribuciones establecidas en el Arto. 138, inciso 9 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, venimos ante Usted a presentar la candidatura de la Doctora María Lourdes Bolaños Ortega.

Managua, 22 de Diciembre de 2000




Doctor
Oscar Moncada Reyes
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Moncada:

La Presidencia de la República, cumpliendo con lo dispuesto en el inciso 9 del Arto. 138 de la Constitución Política.

Cálmese Diputado, voy hacer lo que usted está diciendo.

Vamos a pedir la comprobación del quórum. Por favor, bórrense y vuélvanse a  marcar.¿Ya se marcaron? ¿Están los que están?

44 Diputados presentes. No hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA:

No habiendo quórum, se suspende y se cita para el martes a las nueve de la mañana.





















































CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA NUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

BAYARDO ARCE CASTAÑO
ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
MARCO ANTONIO CASTILLO ORTIZ
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
STEADMAN FAGOT MULLER
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
REINALDO LAGUNA MAIRENA
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
ARIEL LOPEZ LOPEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
WILLIAM MEJIA FERRETI
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
GUADALUPE DOLORES SANCHEZ BLANDON
WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GAYLE
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
EDNA ADELA STUBBERT FLORES
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
ISMAEL JOSE TORRES CALERO
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
AUGUSTO VALLE CASTELLON
LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

Constatación del quórum: 50 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se continúa la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a continuar esta Sesión con el Adendum N° 5, Presentación de Leyes:

Punto 1.17: DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE DESARROLLO N° 3504-NI, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE "REDUCCION DE LA POBREZA Y DESARROLLO LOCAL".

Managua, 17 de Septiembre de 2001


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Ríos:

Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio de Crédito de Fomento N° 3504-NI, "Reducción de la Pobreza y Desarrollo Local", con su correspondiente Exposición de Motivos.

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

Aprovecho para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.


Atentamente,
ARNOLDO ALEMAN LACAYO
Presidente de la República de Nicaragua


EXPOSICION DE MOTIVOS

El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo de la International Development Association, al obtener un préstamo concesional para financiar el "Proyecto de Reducción de la Pobreza y el Desarrollo Local.

El objetivo del Proyecto consiste en ejecutar una porción de la estrategia para reducción de la pobreza del Prestatario a través del FISE por medio de:

1. Mejorando el acceso de la gente pobre a infraestructura y servicios sociales y económicos;

2. Fortalecimiento de la capacidad local;

3. Desarrollar las redes de protección social.

El Proyecto comprende los siguientes componentes:

Parte A: Financiamiento de Subproyectos.

Parte B: Fortalecimiento de la Capacidad Local.

Parte C: Desarrollo de las redes de protección social.

Parte D: Gestión del Proyecto.

En los términos y condiciones establecidas en este Convenio, la International Development Association se compromete a otorgar al Gobierno de la República de Nicaragua un monto en varias monedas equivalentes a cuarenta y seis millones, setecientos mil Derechos Especiales de Giro (DEG 46,700,000.00) equivalentes aproximadamente a sesenta millones de dólares (US60,000,000.00), las cantidades que se desembolsen  con cargo a este financiamiento constituirá el "Préstamo".

El préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario en un plazo de cuarenta (40) años incluyendo diez (10) años de gracia, los pagos de amortización deberán ser en cuotas semestrales, pagaderas cada 15 de Abril y 15 de Octubre, a partir del 15 de Octubre del 2011 y finalizando el 15 de Abril del 2041. Cada pago, incluyendo el pago del 15 de Abril del 2021, será el uno por ciento (1%) de dicho monto principal, y cada pago subsiguiente será el dos por ciento (2%) de dicho monto principal.

El Prestatario pagará a la Asociación una comisión de compromiso sobre el principal del crédito no retirado ocasionalmente, a una tasa que establecerá la Asociación a partir del 30 de Junio de cada año, pero que no exceda la tasa de un medio de uno por ciento (1/2 de 1%) por año.

La comisión de compromiso se acumulará: i) desde la fecha sesenta días después de la fecha de este Convenio (la fecha de acumulación) a las fechas respectivas en las que los montos deberán ser retirados por el Prestatario de la Cuenta del Crédito o cancelados; y (ii) a la tasa establecida a partir del 30 de Junio inmediatamente precedente a la fecha de acumulación y a otras tasas que puedan ser establecidas de cuando en cuando. La tasa establecida a partir del 30 de Junio de cada año será aplicada desde la próxima fecha en ese año especificada en la Sección 2.06 de este Convenio.

La comisión de compromiso será pagada: (i) en los lugares que la Asociación razonablemente solicite, (ii) sin restricciones de ninguna clase impuestas por, o en el territorio del Prestatario; y (iii) en la moneda especificada en este Convenio para los propósitos de la Sección 4.02 de las Condiciones Generales, o en cualquier otra moneda elegible o monedas como se puedan designar o seleccionar de cuando en cuando de conformidad con las disposiciones de esa Sección.

El Prestatario pagará a la Asociación una comisión de servicio, a la tasa de tres cuartos de uno por ciento (3/4) de 1% anual sobre el monto principal del Crédito retirado y pendiente de cuando en cuando.

Las comisiones de compromiso y de servicio serán pagaderas semestralmente cada 15 de Abril y 15 de Octubre en cada año.

Por las razones anteriormente mencionadas, y con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Convenio de Crédito de Desarrollo N° 3504-NI, para financiar el proyecto de "Reducción de la Pobreza y Desarrollo Local".

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Continuando con la Agenda, Punto 1.18: Decreto de Aprobación al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
Managua, 12 de Septiembre de 2001


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Ríos:

Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, con su correspondiente Exposición de Motivos.

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

Aprovecho para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.


Atentamente,


ARNOLDO ALEMAN LACAYO
Presidente de la República de Nicaragua
EXPOSICION DE MOTIVOS

Nicaragua, mediante Decreto N° 60-01, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, se adhirió al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), que es un instrumento internacional eficaz que nos permitirá consolidar nuestra inserción en el campo de las inversiones a nivel internacional. Brinda especial ventaja, entre otras a la pequeña y mediana industria del país, a la innovación a nivel nacional y al campo educativo, especialmente en la formación de ingenierías (Química, Químico-Farmacéutico, Alimentos, Electrónico, Electricidad, Mecánica, entre otros). Permite la obtención de información científica y tecnológica para todos los sectores productivos de nuestro país, con una adecuada y oportuna divulgación tecnológica.

La iniciativa de aprobación al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), responde a la necesidad de fortalecer el sistema nacional de patentes, armonizándolo a un sistema internacional, de manera que sea de forma simplificada y económica; tal como lo han implementado otros países, entre ellos México, Costa Rica, Belice, Colombia, Cuba, Brasil, Ecuador, Estados Unidos de América. Igual importancia han reconocido los países como Argentina, Bolivia, Chile, El Salvador, Panamá, Uruguay y Venezuela, que están en proceso de adherirse a este importante Tratado, que hoy en día lo conforman 108 países miembros, tramitando más de 74 mil solicitudes de patentes de invención, que contienen información tecnológica de los últimos avances de la técnica y la ciencia. Nicaragua como Estado miembro del PCT podrá acceder a toda esa información.

El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), no representa pago de cuota adicional para Nicaragua, basta ser miembro de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMP) y del Convenio de París y nuestro país es miembro activo tanto de la (OMPI), como del Convenio de París para la protección de la propiedad industrial (Acta de Estocolmo) 1967, de los cuales Nicaragua es miembro.

Entre las principales ventajas que representa el PCT, se encuentran:

1. Ofrece a la economía y la industria nacional una base sólida para las inversiones y la transferencia de nuevas tecnologías y un estímulo para las actividades inventivas y educativas nicaragüenses. Promueve el establecimiento y desarrollo de industrias locales, como resultado de tecnologías avanzadas y de mayor inversión, permitiendo la generación de fuentes de trabajo o empleo local en beneficio de las pequeñas y medianas empresas, facilitándoles la posibilidad de nuevos mercados de exportación.

2. La oficina de Patentes de Nicaragua y sus usuarios se fortalecerán y ampliarán las funciones y competencia concedida por la Ley 354, Ley de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales, del 1 de Junio del 2000, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del día 22 y 25 de Septiembre del año 2000, al convertirse en oficina receptora y designada de solicitudes internacionales, que significará un aumento en las solicitudes provenientes del extranjero.

3. Facilita la obtención de la protección de una Patente en varios países, mediante la presentación de una sola solicitud internacional, en idioma español, con los mismos efectos que si hubiera solicitado una patente nacional en todos los Estados miembros del PCT. La fecha de presentación internacional tiene los mismos efectos que la fecha de presentación para las oficinas designadas.

4. Ofrece uniformidad de los requisitos formales en todas las oficinas, mayores controles en las oficinas receptoras y oportunidades de aplazar las decisiones de presentación de solicitudes de patentes, en el extranjero hasta un plazo de treinta meses, contados a partir de la fecha de prioridad.

5. La Oficina de Patentes nicaragüenses conserva el derecho de conceder o denegar el derecho a la patente, mediante el examen preliminar internacional, en cualquier campo técnico o científico.

6. La adhesión al PCT no requiere de ninguna contribución financiera por parte de Nicaragua.

La presente iniciativa de Aprobación al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), que presento ante la Honorable Asamblea Nacional, permitirá a nuestro país, contar con un sistema de patentes de invención armonizado e integrado con el resto de legislaciones modernas de otros países y brindará al público la seguridad jurídica en el ámbito internacional.

Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Aprobación del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión Jurídica para su dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a continuar con la Agenda Base, Punto 1.5: Código Procesal Penal.

Está aprobado hasta el artículo 159, en el Capítulo VI.

Vamos a continuar entonces con el Capítulo VII, del mismo Título; pero queda pendiente el artículo 135 y la aprobación de ese Capítulo III.

Capítulo VII, artículo 160 y siguientes.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo VII
De la Actividad Procesal Defectuosa

Arto.160 Principio: No podrán ser valorados para fundar una decisión judicial, ni utilizados como presupuestos de ella, los actos cumplidos con inobservancia de las formas esenciales y requisitos procesales básicos previstos en este Código, salvo que el defecto haya sido subsanado o no se haya protestado oportunamente y no se trate de un defecto absoluto.

Arto.161 Remedios: En cualquier momento antes de la notificación de la resolución y siempre que no implique una modificación esencial de lo resuelto, el Juez o Tribunal, de oficio, podrá reponerla así:

1. Rectificar cualquier error u omisión material;

2. Aclarar los términos oscuros, ambiguos o contradictorios en que estén redactadas las resoluciones; o

3. Adicionar su contenido si se ha omitido resolver algún punto controvertido en el proceso.

Arto.162 Protesta: Salvo en los casos previstos en el artículo siguiente, el interesado deberá reclamar la subsanación del defecto o protestar por él, mientras se cumple el acto o inmediatamente después de cumplido, cuando haya estado presente.

Si por las circunstancias ha sido imposible advertir oportunamente el defecto, el interesado deberá reclamar inmediatamente después de conocerlo.  El reclamo de subsanación deberá describir el defecto, individualizar el acto viciado u omitido y proponer la solución que corresponda.

Durante el juicio sólo podrá hacerse protesta de los defectos de los actos de la audiencia.

Arto.163 Defectos absolutos: En cualquier estado del proceso, de oficio o a petición de parte sin que se requiera de previa protesta, el Juez decretará la nulidad de los actos procesales cuando se constate la existencia de cualquiera de los siguientes defectos absolutos concernientes:

1. A la inobservancia de derechos y garantías que causen indefensión previstos por la Constitución Política, los tratados y convenios internacionales ratificados por la República y establecidos en el presente Código;

2. A la falta de intervención, asistencia y representación del acusado en los casos y formas que la ley establece;

3. Al nombramiento, capacidad y constitución de jueces o tribunales en contravención a lo dispuesto por este Código;

4. A la falta de jurisdicción o competencia objetiva o funcional;

5. A la obtención del veredicto o la sentencia mediante coacción, cohecho o violencia; y

6. Al defecto en la iniciativa del acusador, o del querellante en el ejercicio de la acción penal y su participación en el proceso.

Arto.164 Incidente de nulidad: La nulidad de los actos procesales distintos de las sentencias se tramitará mediante incidente.

Arto.165 Defectos no absolutos: Los defectos no absolutos serán anulables y deberán ser subsanados, siempre que sea posible, renovando el acto, rectificando su error o cumpliendo el acto omitido, de oficio o a solicitud del interesado.

Bajo pretexto de renovación del acto, rectificación del error o cumplimiento del acto omitido no se podrá retrotraer el proceso a períodos ya precluídos.

Al declarar la renovación o rectificación, el Tribunal deberá establecer, además, a cuáles actos anteriores o contemporáneos alcanza su declaración por conexión.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Observaciones al artículo 160?

Tiene la palabra el honorable Diputado Nathán Sevilla.

DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Lo que quiero plantear es que aquí nos ha venido de manera apresurada un proyecto de dictamen para la Ley Orgánica del Poder Judicial, supuestamente para ser aprobado hoy, para reformar el quórum de la Corte Suprema de Justicia y rebajarlo a diez Magistrados. Ya la Comisión de Justicia, su Presidente el Doctor Pereira Majano, nos está citando para hoy. Esta es una cuestión que conociendo la crisis en que está el Poder Judicial, haría aumentar más la crisis. El Doctor Julio Ramón García Vílchez, Magistrado de la Corte Suprema aparece hoy diciendo que desconoce toda validez de esas sentencias dadas por la Sala de lo Constitucional.

Y pide que como son nulas por el hecho de que aunque tuviera el derecho la Presidenta de la Sala de haber constituido la Sala con otro Magistrado no siguió el procedimiento adecuado, entonces se constituyó de manera ilegal, y por lo tanto cualquier resolución de esa Sala es nula. Y ha pedido que se reúna de nuevo la Sala de lo Constitucional con los miembros que de verdad la forman, para que se declare la nulidad de dichas sentencias y se salga de la crisis en que está sometido el Poder Judicial. Y ahora nos viene aquí el Doctor Pereira Majano, con un proyecto de dictamen para que nosotros vengamos aquí a ratificar las maniobras del Poder Ejecutivo de someter al Poder Judicial, cambiándole el quórum a la Corte Suprema de Justicia de doce a diez miembros, lo cual es totalmente contraproducente.

Por eso yo hago la denuncia en este momento, antes de iniciar este debate sobre el Código Procesal Penal que estamos aprobando, porque esto, además de apresurado, corresponde abiertamente a echarle más leña al fuego, atizar la crisis que hay en el Poder Judicial y que ha sido denunciada por el...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Volvemos a lo mismo, esto está fuera de orden, se va a discutir cuando venga el dictamen, o si se pone o no se pone, pero lo que estamos discutiendo...

DIPUTADO NATHAN SEVILLA GOMEZ:

Gracias, Presidente.

Estoy de acuerdo con usted y no voy a insistir más en el tema, pero quería plantearlo porque creo que esto nos vino de sopetón.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Después le doy a otro y entonces van a decir que como uno habló, y volvemos a lo mismo de siempre, se arma el relajito.

Doctor Noel Pereira Majano, sobre el Código.

DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:

Señor Presidente, gracias.

Yo me quería referir a la expresión del honorable colega Nathán Sevilla.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pero es que volvemos a lo mismo, distinguido colega, está fuera de orden.

DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:

Bueno, es un derecho de la Presidencia de una Comisión notificar para que concurran a discutir un proyecto de ley, es una cosa simple, sin ninguna suspicacia.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Por eso se pasó a Comisión. Usted cite a Comisión, los cita y se acabó. Usted sabe la metodología que hay para eso.

¿No hay objeciones al 160?

¿Objeciones al artículo 161? No hay.

¿Al artículo 162? No hay.

¿Al artículo 163? No hay.

¿Al artículo 164? No hay.

¿Al artículo 165? No hay.

Tiene la palabra el honorable Diputado Pablo Sierra Chacón.

DIPUTADO PABLO SIERRA CHACON:

Señor Presidente, muchas gracias.

El objeto de haber solicitado la palabra es para hacer una moción en el artículo 165, que lo que se sustituye es el epígrafe para adecuarlo al nuevo Código. Debe leerse así: "Subsanación". Los defectos, aun los absolutos deberán ser subsanados, siempre que sea posible renovando el acto, rectificando su error o cumpliendo el acto omitido, de oficio o a solicitud del interesado. Bajo pretexto de renovación del acto, rectificación del error o cumplimiento del acto omitido, no se podrá retrotraer el proceso a períodos ya precluidos.

Al declarar la renovación o rectificación, el Tribunal deberá establecer, además, a cuáles actos anteriores o contemporáneos alcanza su declaración por su conexión".

Esta moción está firmada por cuatro Diputados.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Es de consenso?

Tráigala por favor.

Vamos a someter a votación el Capítulo VII, el artículo  160, 161, 162, 163, 164 y la moción del 165.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VII, y los artículos antes mencionados.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO V
DE LAS MEDIDAS CAUTELARES

Capítulo I

Disposiciones Generales

Arto.166 Finalidad y criterios: Las únicas medidas cautelares son las que este Código autoriza. Su finalidad es asegurar la eficacia del proceso, garantizando la presencia del acusado y la regular obtención de las fuentes de prueba.

Al determinar las medidas cautelares el Juez tendrá en cuenta la idoneidad de cada una de ellas en relación con la pena que podría llegar a imponerse, la naturaleza del delito, la magnitud del daño causado y el peligro de evasión u obstaculización de la justicia.

En ningún caso las medidas cautelares podrán ser usadas como medio para obtener la confesión del imputado o como sanción penal anticipada.

Arto.167 Tipos: El Juez o Tribunal podrá adoptar, por auto motivado, una o más de las siguientes medidas cautelares personales o reales:

1. Son medidas cautelares personales:

a) La detención domiciliaria o su custodia por otra persona, sin vigilancia alguna o con la que el Tribunal ordene;

b) El impedimento de salida del país o el depósito de un menor;

c) La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, la que informará regularmente al Tribunal;

d) La presentación periódica ante el Tribunal o la autoridad que él designe;

e) La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el Tribunal;

f) La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o lugares;

g) La prohibición de comunicarse con personas determinadas, siempre que no se afecte el derecho de defensa;

h) El abandono inmediato del hogar si se trata de violencia doméstica o intrafamiliar, o de delitos sexuales, cuando la víctima conviva con el acusado;

i) La prohibición de despedir, trasladar de cargo o adoptar cualquier otra represalia en el centro de trabajo en contra de la denunciante de delito de acoso sexual;

j) La suspensión en el desempeño de su cargo, cuando el hecho por el cual se le acusa haya sido cometido prevaliéndose del cargo; y

k) La prisión preventiva.

2. Son medidas cautelares reales:

a) La prestación de una caución económica adecuada, de no imposible cumplimiento, por el propio acusado o por otra persona, mediante depósito de dinero, valores, fianza de dos o más personas idóneas o garantías reales;

b) La anotación preventiva en el Registro Público, como garantía por ulteriores responsabilidades;

c) La inmovilización de cuentas bancarias y de certificados de acciones y títulos valores;

d) El embargo o secuestro preventivo; y

e) La intervención judicial de empresa.

Arto.168 Condiciones generales de aplicación: Nadie puede ser sometido a medida cautelar si no es por orden del Juez competente cuando existan contra él indicios racionales de culpabilidad. Ninguna medida puede ser aplicada si resulta evidente que con el hecho concurre una causa de justificación o de no punibilidad o de extinción de la acción penal o de la pena que se considere puede ser impuesta.

La privación de libertad sólo procederá cuando las demás medidas cautelares sean insuficientes para asegurar la finalidad del proceso.

Arto.169 Proporcionalidad: No se podrá ordenar una medida de coerción personal cuando ésta aparezca desproporcionada en relación con la gravedad del delito, las circunstancias de su comisión y la sanción probable.

Arto.170 Motivación: Las medidas de coerción personal sólo podrán ser decretadas conforme a las disposiciones de este Código, mediante resolución judicial fundada.  Esta se ejecutará de modo que perjudique lo menos posible a los afectados.

Arto.171 Transgresión: Si se incumplen las condiciones impuestas en virtud de una medida cautelar, el Juez puede disponer la sustitución o la acumulación con otra más grave, teniendo en cuenta la entidad, los motivos y las circunstancias de la violación.

Arto.172 Revisión: El Juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares mensualmente, y cuando lo estime prudente las sustituirá por otras menos gravosas.

El acusado podrá solicitar la revocación o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad, cuando hayan cambiado las circunstancias que motivaron su adopción.  Sin embargo, si en la Audiencia Preliminar el acusado no dispuso de abogado defensor, éste podrá solicitar por escrito al Juez la sustitución de la medida cautelar antes de la siguiente audiencia, quien resolverá mandando a oír previamente al Ministerio Público.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 166? No hay.

¿Al artículo 167? No hay.

¿Al artículo 168? No hay.

¿Al artículo 169? No hay.

¿Al artículo 170? No hay.

¿Al artículo 171? No hay.

¿Al artículo 172? No hay.

Se somete a votación el Título V. De las Medidas Cautelares, Capítulo I, Disposiciones Generales, y los artículos antes mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y los artículos.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo II

De la Prisión Preventiva

Arto.173 Procedencia: El juez, a solicitud de parte acusadora, podrá decretar la prisión preventiva, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

1. Existencia de un hecho punible grave que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre prescrita;

2. Elementos de convicción suficientes para sostener, razonablemente, que el imputado es, con probabilidad, autor de ese hecho punible o partícipe en él; y

3. Presunción razonable, por apreciación de las circunstancias particulares, acerca de alguna de las tres siguientes situaciones:

a) Que el imputado no se someterá al proceso, porque ha evadido o piensa evadir la justicia;

b) Que obstaculizará la averiguación de la verdad, intimidando personas que deban declarar, ocultando elementos de convicción o de cualquier otra manera afectando el curso de la investigación; y

c) Cuando, por las específicas modalidades y circunstancias del hecho y por la personalidad del imputado, exista peligro concreto de que éste cometa graves delitos mediante el uso de armas u otros medios de intimidación o violencia personal, o dirigidos contra el orden constitucional o delitos de criminalidad organizada o de la misma clase de aquel por el que se proceda, o de que el imputado continuará la actividad delictiva.

En todo caso el Juez decretará la prisión preventiva, sin que pueda ser sustituida por otra medida cautelar, cuando se trate de delitos graves relacionados con el consumo o tráfico de estupefacientes, sicotrópicos y otras sustancias controladas o con lavado de dinero y activos provenientes de actividades ilícitas.

Arto.174 Peligro de evasión: Para decidir acerca del peligro de evasión de la justicia se tendrán en cuenta, especialmente, las siguientes circunstancias:

1. Arraigo en el país, determinado por el domicilio, residencia habitual, asiento de la familia, de sus negocios o trabajo y las facilidades para abandonar definitivamente el país o permanecer oculto.  La falsedad, la falta de información o de actualización del domicilio del imputado constituirá presunción de evasión de la justicia;

2. La pena que podría imponerse;

3. La magnitud del daño causado, y

4. El comportamiento del imputado durante el proceso o en otro proceso anterior, en la medida que indique su voluntad de someterse a la persecución penal.

Arto.175 Peligro de obstaculización: Para decidir acerca del peligro de obstaculización para averiguar la verdad se tendrá en cuenta, especialmente, la probabilidad fundada de que el acusado:

1. Destruirá, modificará, ocultará o falsificará elementos de prueba;

2. Influirá para que otros acusados, testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente, o inducirá a otros a realizar tales comportamientos; o

3. Influirá en los miembros del Jurado o en los funcionarios o empleados del sistema de justicia.

El motivo sólo podrá fundar la prisión hasta la conclusión del juicio.

Arto.176 Sustitución de Prisión Preventiva por Domiciliaria: El juez puede sustituir la prisión preventiva por prisión domiciliaria, entre otros casos, cuando se trate de:

1. Mujeres en los tres últimos meses de embarazo;

2. Madres durante la lactancia de sus hijos hasta los seis meses posteriores al nacimiento, o,

3. Personas valetudinarias o afectadas por una enfermedad en fase terminal debidamente comprobada.

Arto.177 Auto de Prisión Preventiva: La prisión preventiva sólo podrá decretarse por auto debidamente fundado, que deberá contener:

1. Descripción del hecho o hechos que se atribuyen al acusado;

2. Razones por las cuales el Tribunal estima que concurren los presupuestos establecidos en este Código; y

3. Cita de las disposiciones legales aplicables.

Arto.178 Lugar de Cumplimiento y Tratamiento de Acusado: Las personas contra quienes se haya dictado prisión preventiva cumplirán ésta en los centros penitenciarios del país, pero en lugares absolutamente separados de los que ocupan quienes hayan sido condenados.

El acusado será tratado, en todo momento, como inocente y teniendo en cuenta que se encuentra detenido para el solo efecto de asegurar su comparecencia en el proceso o, en su caso, el cumplimiento de la pena.

La prisión preventiva se cumplirá de tal manera que no adquiera las características de una pena ni provoque al acusado más limitaciones que las imprescindibles para evitar su fuga, la obstrucción de la investigación o que continúe en la actividad delictiva.

La prisión preventiva sufrida se abonará a la pena de prisión que llegue a imponerse.

Arto.179 Límite después de condena: La prisión preventiva nunca podrá exceder el tiempo de la pena impuesta por la sentencia impugnada y, de ser el caso, bajo responsabilidad, el Tribunal que conoce del recurso, de oficio o a petición de parte, deberá dictar auto ordenando la libertad inmediata del detenido.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Antes de someter a votación, yo quisiera que los honorables Diputados -este es un Código muy importante- pusieran un poquito más de atención a lo que se está discutiendo y a lo que se está leyendo, sobre todo la Comisión de Justicia, para que después no vayan a protestar.

¿Objeciones al artículo 173? No hay.

¿Al artículo 174? No hay.

¿Al artículo 175? No hay.

¿Al artículo 176? No hay.

¿Al artículo 177? No hay.

¿Al artículo 178? No hay.

¿Al artículo 179? No hay.

A votación el Capítulo II De la Prisión Preventiva, y los artículos que mencioné.

Se abre la votación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS;

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobados los artículos y el Capítulo.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
Capítulo III

De las Medidas Cautelares Sustitutivas

Arto.180 Procedencia: Siempre que los supuestos que motivan la prisión preventiva puedan ser satisfechos razonablemente con la aplicación de otra u otras medidas personales menos gravosas para el acusado, el Juez competente, de oficio o a instancia de parte, deberá imponerlas en su lugar, mediante resolución motivada.

Al decidir sobre la medida cautelar sustitutiva, el Juez procurará que la decisión adoptada, siempre que el caso lo permita, no perjudique o perjudique lo menos posible la actividad económica o familiar del acusado.

Arto.181 Cauciones: La sustitución de la prisión preventiva se concederá, según proceda, bajo caución juratoria, personal o económica.

La caución tendrá por exclusivo objeto asegurar que el acusado cumplirá las obligaciones que se le impongan y las órdenes del Juez o Tribunal y, en su caso, que se someterá a la ejecución de la sentencia condenatoria.  El Juez determinará la caución de modo que constituya un motivo para que el acusado se abstenga de infringir sus obligaciones.

Las cauciones se extinguen cuando la sentencia esté firme o cuando el Juez, de oficio o a solicitud de parte, las considere innecesarias o desproporcionadas.

Arto.182 Caución Juratoria: El tribunal podrá eximir al acusado de la obligación de prestar caución económica cuando su promesa de someterse al proceso, de guardar buena conducta, de no obstaculizar la investigación y de abstenerse de cometer delitos sea suficiente para eliminar el peligro de evasión, obstaculización o reincidencia.

Arto.183 Caución Personal: La caución personal consistirá en la obligación de pagar que el imputado asuma junto con uno o más fiadores solidarios, en caso de incomparecencia, la suma que el Juez fije al conceder la sustitución de la medida privativa de libertad.

1. Para la determinación del monto de la fianza el Juez tendrá en consideración los siguientes elementos:

a) La mayor o menor responsabilidad del acusado en los hechos investigados;

b) La gravedad del hecho atribuido;

c) Su situación económica; y

d) Su edad.

Queda absolutamente prohibido fijar una fianza de imposible cumplimiento.

2. Los fiadores que presente el acusado deberán ser de reconocida buena conducta, responsables, tener capacidad económica para atender las obligaciones que contraen y estar domiciliados en el país. Los fiadores se obligan a lo siguiente:

a) Que el acusado cumpla las restricciones impuestas por la medida cautelar sustitutiva;

b) Presentarlo a la autoridad que designe el Juez, cada vez que éste así lo ordene; y

c) Pagar la cantidad que se fije en el acta constitutiva de la fianza, si no presenta al acusado dentro del plazo que al efecto se le señale.

Arto.184 Caución Económica: La caución económica se constituirá depositando una suma de dinero o un cheque certificado, efectos públicos, bienes y valores cotizables, u otorgando prendas o hipotecas por la cantidad que el Juez determine. Los fondos o valores depositados se efectuarán a la orden del Tribunal y quedarán sometidos a privilegio especial para el cumplimiento de las obligaciones procedentes.

Esta caución sólo será procedente cuando de las circunstancias del caso surgiera la ineficacia de las modalidades de las dos cauciones precedentemente establecidas y que, por la naturaleza económica del delito atribuido, se conforme como la más adecuada.

Arto.185 Obligaciones del Acusado: Siempre que se otorgue libertad bajo fianza, el acusado se obligará, mediante acta firmada, a no ausentarse de la jurisdicción del Tribunal o de la que éste le fije, y a presentarse al Tribunal o ante la autoridad que el Juez designe en las oportunidades que se le señalen.  A tal efecto señalará el lugar donde debe ser notificado y bastará para ello que se le dirija allí la convocatoria.

Arto.186 Acta: Toda caución se otorgará en acta que será suscrita ante el Juez y el Secretario.  Cuando se trate de gravamen prendario o hipotecario, se agregará además al proceso el documento en que conste, y el Juez ordenará por auto la inscripción de aquél en el registro público correspondiente.

Arto.187 Incumplimiento: El acusado podrá ser objeto de una medida judicial de privación preventiva de libertad cuando voluntariamente se traslade fuera del lugar donde debe permanecer según lo ordenado por el Juez, o cuando aun permaneciendo en el mismo lugar no atienda, sin motivo justificado, la citación del Juez de la causa.

Si no puede ser aprehendido, la revocatoria de la medida sustitutiva podrá dar lugar a la ejecución de la caución.

Arto.188 Imposición de las Medidas: El Tribunal ordenará lo necesario para garantizar el cumplimiento de las medidas a que se refiere este Capítulo. En ningún supuesto se utilizarán estas medidas desnaturalizando su finalidad, o se impondrán otras cuyo cumplimiento sea imposible.  En especial, se evitará la imposición de una caución económica cuando el estado de pobreza o la carencia de medios del acusado impidan la prestación.

Arto.189 Ejecución de las Cauciones: Cuando se haya decretado la rebeldía del acusado o cuando éste se sustraiga a la ejecución de la pena, y se trate de caución económica, el Juez ordenará la transferencia a favor del Poder Judicial de los valores depositados en caución o la venta en remate público de los bienes hipotecados o prendados.

Si se trata de fianza personal, el Juez concederá un plazo de cinco días al fiador para que presente al acusado, advirtiéndole que si no lo hace o no justifica la incomparecencia, la caución se ejecutará.  Vencido el plazo, el Juez dispondrá la ejecución de la fianza a favor del Poder Judicial.

Arto.190 Cancelación de las Cauciones: La caución se cancelará y las garantías serán restituidas:

1. Cuando el acusado sea detenido por haberse acordado de nuevo la prisión preventiva;

2. Cuando se sobresea en la causa, se absuelva al acusado o, habiendo sido condenado, se le beneficie con la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad; y

3. Cuando el condenado se presente a cumplir la pena impuesta o sea detenido dentro del plazo fijado.

Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 180? No hay.

¿Al artículo 181? No hay.

¿Al artículo 182? No hay.

¿Al artículo 183? No hay.

¿Al artículo 184? No hay.

¿Al artículo 185? No hay.

¿Al artículo 186? No hay.

¿Al artículo 187? No hay.

¿Al artículo 188? No hay.

¿Al artículo 189? No hay.

¿Al artículo 190? No hay.

A votación el Capítulo III, De las Medidas Cautelares Sustitutivas, y los artículos que mencioné.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo III y los artículos mencionados.

SECRETARIO CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA:
TITULO VI

DE LA PRUEBA

Capítulo I

Disposiciones Generales

Arto.191 Fundamentación Probatoria de la Sentencia: Cuando se celebre juicio oral y público la sentencia sólo podrá ser fundamentada en la prueba lícita producida en éste o incorporada a él conforme a las disposiciones de este Código.

Cuando se deba dictar sentencia antes del juicio la fundamentación deberá ser la aceptación de responsabilidad por el acusado o el hecho que evidencie una de las causales del sobreseimiento.

Arto.192 Requisitos de la Prueba: Sólo serán objeto de prueba los hechos que consten en la causa.

El Tribunal podrá limitar los medios de prueba ofrecidos para demostrar un hecho cuando resulten manifiestamente repetitivos.  Asimismo, con el acuerdo de las partes, podrá prescindir de la prueba cuando ésta sea ofrecida para acreditar un hecho notorio o cuando exista acuerdo en que determinados hechos o circunstancias sean considerados como probados.

Arto.193 Valoración de la Prueba: En los juicios sin jurados, los jueces asignarán el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, con aplicación estricta del criterio racional, observando las reglas de la lógica.  Deberán justificar y fundamentar adecuadamente las razones por las cuales les otorgan determinado valor, con base en la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial.

Arto.194 Valoración de la Prueba por el Jurado: El Tribunal de Jurado oirá las instrucciones generales del Juez sobre las reglas de apreciación de la prueba, según el criterio racional, observando las reglas de la lógica, pero no está obligado a expresar las razones de su veredicto.

Arto.195 Protección de la Prueba: La autoridad correspondiente deberá adoptar las medidas necesarias de protección de testigos, peritos y demás elementos de convicción cuando sea necesario.

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 191? No hay.

¿Al artículo 192? No hay.

¿Al artículo 193? No hay?

Tiene la palabra Arnulfo Barrantes.

DIPUTADO ARNULFO BARRANTES:

Gracias, señor Presidente.

Una modificación al artículo 192. En el epígrafe debe decirse "objeto de la prueba". Y el párrafo dos debe leerse así: "El Tribunal podrá limitar los medios de prueba ofrecidos para demostrar un hecho cuando resulten manifiestamente repetitivos. Asimismo podrá rescindir de la prueba cuando ésta sea ofrecida para acreditar un hecho notorio o cuando exista acuerdo en que determinados hechos o circunstancias sean considerados como probados".

Es una moción de consenso, se la llevo señor.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a leerlo de nuevo, porque parece que uno de los Diputados de Matagalpa lo interrumpió.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a leerlo.

Artículo 192, párrafo dos, modificación: Epígrafe actual no sintetiza el contenido del artículo, y en el párrafo dos debe imprimirse mayor fortaleza a la disposición que facilita prescindir de la prueba frente a los hechos notorios, de forma tal que se leerá así:

"Objeto de la prueba. Sólo será objeto de prueba: "El Tribunal podrá limitar los medios de prueba ofrecidos para demostrar un hecho cuando resulten manifiestamente repetitivos. Asimismo podrá prescindir de la prueba cuando ésta sea ofrecida para acreditar un hecho notorio o cuando exista acuerdo en que determinados hechos o circunstancias sean considerados como probados". Varias firmas de mocionistas.

¿Es de consenso esta moción?

Señor mocionista, jefe de bancada, ¿es de consenso?

DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:

Sí, señor, se les dijo anteriormente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación la moción, para después ir sometiendo los demás artículos.

Se somete a votación la moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción del artículo 192.

¿Objeciones al artículo 193? No hay.

¿Al artículo 194? No hay.

¿Al artículo 195? No hay.

Vamos a someter a votación esos artículos y el Título VI, De la Prueba, en el Capítulo I, con la moción.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y los artículos.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
Capítulo II

Del Testimonio

Arto.196 Deber de Rendir Testimonio: Sin perjuicio de las excepciones previstas en el presente Código, toda persona tendrá la obligación de concurrir al llamamiento a juicio y de declarar la verdad de cuanto conozca, sin omitir ningún hecho relevante.

Cuando se cite a declarar a la víctima u ofendido, lo hará en condición de testigo.

Ningún testigo estará obligado a declarar sobre hechos que le puedan deparar responsabilidad penal a sí mismo.

Arto.197 Facultad de Abstención: Podrán abstenerse de declarar el cónyuge del acusado o su compañero en unión de hecho estable y sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, en línea recta o colateral.  Deberá informarse a las personas mencionadas de la facultad de abstención, antes de que rindan testimonio.

Arto.198 Exención de Obligación de Declarar: Toda persona a cuyo conocimiento, en razón de su propia profesión, hayan llegado hechos confidenciales que, conforme la ley, constituyan secreto profesional, deberán abstenerse de declarar.

Sin embargo, estas personas no podrán negar su testimonio cuando por escrito sean liberadas por el interesado del deber de guardar secreto.

Si son citadas, estas personas deberán comparecer y explicar las razones de su abstención. Si el Juez estima que el testigo invoca erróneamente la facultad de abstenerse o la reserva del secreto, ordenará su declaración mediante resolución fundada.

Arto.199 Citación y Negativa a Declarar: Los testigos serán citados por el Juez en la forma prevenida en este Código.  Si después de comparecer, un testigo se niega a declarar sin derecho a hacerlo, se le informará que podría incurrir en responsabilidad penal.  Si persiste en su negativa se pondrá ese hecho en conocimiento del Ministerio Público.

Arto.200 Aprehensión Inmediata: El Tribunal podrá ordenar, mediante resolución motivada, la aprehensión de un testigo cuando haya temor fundado de que evada su responsabilidad.  Esta medida no podrá exceder de veinticuatro horas.

Arto.201 Forma de la Declaración: Antes de comenzar la declaración, el testigo deberá ser instruido acerca de sus deberes y de las responsabilidades en que incurriría si falta a ellos, prestará promesa de ley y será interrogado sobre su nombre, apellido, estado civil, oficio o profesión, domicilio, vínculos de parentesco y de interés con las partes, y sobre cualquier otra circunstancia útil para apreciar su veracidad.

Si el testigo teme por su integridad física o la de otra persona, podrá autorizársele para no indicar públicamente su domicilio y se tomará nota reservada de él, pero el testigo no podrá ocultar su identidad ni se le eximirá de comparecer en Juicio.

Arto.202 Anticipo de Prueba Personal: Cuando se enfrente inminente peligro de muerte del testigo o si éste tiene la condición de no residente en el país e imposibilitado de prolongar su permanencia hasta el momento del Juicio o de concurrir al mismo, la parte interesada solicitará al Juez recibirle declaración en el lugar que se encuentre. Si aún no se ha iniciado proceso, la Policía Nacional o el Ministerio Público pueden solicitar al Juez la práctica de esta diligencia.

El Juez practicará la diligencia, si la considera admisible, citando a todas las partes, si las hubiere, quienes tendrán derecho de participar con todas las facultades y obligaciones previstas en este Código.

En casos de extrema urgencia, la solicitud podrá ser formulada verbalmente y se podrá prescindir de la citación a las demás partes.  Sin embargo concluido el acto se les deberá informar de inmediato, y si aún fuere posible podrán éstas pedir la ampliación de la diligencia.

De igual forma se procederá cuando quien estuviere en inminente peligro de muerte sea un perito que ya hubiere practicado el examen del objeto de la pericia y éste fuere irreproducible.

Este tipo de prueba anticipada podrá ser introducida lícitamente en el Juicio, solamente cuando el testigo o el perito estén imposibilitados de comparecer al mismo.

Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 196? No hay.

¿Al artículo 197? No hay.

¿Al artículo 198? No hay.

¿Al artículo 199? No hay.

¿Al artículo 200? No hay.

¿Al artículo 201? No hay.

¿Al artículo 202? No hay.

A votación el Capítulo II, Del Testimonio, en los artículos que mencioné.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y los artículos mencionados.

Vamos con el Capítulo III.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
Capítulo III

De los Peritos

Arto.203 Peritaje: Cuando sea necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica o materia para conocer o para apreciar un elemento de prueba, el Juez podrá admitir la intervención de un perito en el Juicio, para que exprese su opinión sobre el punto en cuestión.

Cuando la prueba pericial sea ordenada a propuesta del Ministerio Público o del acusado que no tenga capacidad económica, los honorarios de los peritos privados, determinados por el Juez o Tribunal, correrán a cargo del Poder Judicial. Si la prueba pericial es propuesta por alguna otra parte o por el acusado con capacidad económica, los honorarios periciales correrán a su cargo.

En todos los casos señalados, los emolumentos a los peritos deberán ser pagados por medio del Juez o Tribunal.

Arto.204 Idoneidad: Siempre que exista reglamentación de la ciencia, arte, técnica o materia relativa al punto por dictaminar, quienes sean propuestos como peritos deberán poseer título que certifique sus conocimientos.  Si no existe tal reglamentación o por obstáculo insuperable no se pueda contar con persona titulada, las partes propondrán a una persona que ellos consideren posee conocimientos sobre los elementos de prueba por apreciar.

A petición de parte, toda persona propuesta como perito deberá demostrar su idoneidad.  Para tal efecto la parte que lo propone la interrogará ante el Juez; la contraparte también podrá interrogarla.  Con base en el desarrollo del interrogatorio el Juez la admitirá o no como perito;  lo anterior no limita el derecho de las partes de cuestionar durante el juicio la idoneidad del perito admitido con base en información adquirida con posterioridad a este trámite.

Cuando por circunstancias excepcionales, la primera intervención de una persona propuesta como perito vaya a producirse durante el Juicio, el interrogatorio previo sobre su idoneidad se efectuará sin presencia del Jurado.

Arto.205 Peritación Psiquiátrica del Acusado: Si el acusado o su defensor pretende alegar que en el momento del delito aquél se hallaba en un estado de alteración psíquica permanente, de perturbación o de alteración de la percepción, circunstancias eximentes de la responsabilidad penal conforme el Código Penal, hará saber su intención al Ministerio Público y a las otras partes.  Esta comunicación se hará durante el período de intercambio de pruebas.

El Juez ordenará la práctica de una evaluación psiquiátrica por el médico forense designado por el Instituto de Medicina Legal.
Arto.206 Deber de Reserva: El perito deberá guardar reserva de cuanto conozca con motivo de su actuación y sólo podrá dar opiniones técnicas durante y dentro del proceso. Arto.207 Testigo Técnico: Es testigo y no perito quien declare sobre hechos o circunstancias que hubiere conocido casualmente, aunque para informar utilice las aptitudes especiales que posee en una ciencia, arte, técnica o materia. En este caso regirán las reglas de la prueba testimonial. Arto.208 Traductores e Intérpretes: El Juez admitirá un  intérprete idóneo cuando fuere necesario traducir documentos redactados o declaraciones por producirse en idioma distinto del español, aun cuando lo conozca. Arto.209 Excusa por Implicancia o Recusación: Serán causas de excusa por implicancia o recusación de los peritos las establecidas para los Jueces, excepto la circunstancia de haber intervenido como investigador técnico o experto, perito o intérprete en la misma causa. Hasta aquí el Capítulo III. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: ¿Objeciones al artículo 203? No hay. ¿Al 204? No hay.

¿Al 205? No hay.

¿Al 206? No hay.

¿Al 207? No hay.

¿Al 208? No hay.

¿Al 209? No hay. A votación el Capítulo III, De los Peritos, y los artículos mencionados. Se va a cerrar la votación. Se cierra. 57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo, y los artículos mencionados. SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Capitulo IV
De otros medios probatorios
Arto.210 Prueba Documental: En materia penal, la prueba documental se practicará en el acto del juicio, mediante la lectura pública de la parte pertinente del escrito o la audición o visualización del material, independientemente de que sirva de apoyo a otros medios de prueba. Arto.211 Información Financiera: El Juez puede requerir a las autoridades financieras competentes o a cualquier institución financiera, pública o privada, que produzca información acerca de transacciones financieras que estén en su poder. Arto.212 Información de Contraloría: Lo dispuesto en el artículo anterior es extensivo, en lo aplicable, a la información patrimonial, auditorías y demás  informes en poder de la Contraloría General de la República. Arto.213 Intervenciones Telefónicas: Procederá la interceptación de intervenciones telefónicas o de otras formas de telecomunicaciones, cuando se trate de: Arto.214 Interceptación de Comunicaciones Escritas, Arto.215 Orden de Secuestro: Las autoridades dispondrán que sean recogidos y conservados los objetos relacionados con el delito, los sujetos a decomiso y aquellos que puedan servir como medios de prueba. Cuando sea necesario, se requerirá al Juez orden de secuestro. Los efectos secuestrados serán identificados, inventariados y puestos bajo custodia segura. Arto.216 Identificación de Objetos Secuestrados u Ocupados: Cuando sea necesario para el esclarecimiento de los hechos, la Policía Nacional procurará la identificación de los objetos o cosas ocupadas o secuestradas como parte de su actividad investigativa. Arto.217 Allanamiento y Registro de Morada: Cuando el registro deba efectuarse en un lugar habitado, en sus dependencias, casa de negocio u oficina, el allanamiento y registro será realizado con orden judicial, la cual deberá solicitarse y decretarse fundadamente y por escrito. Arto.218 Solicitud: La solicitud de allanamiento, secuestro o detención contendrá la indicación de las razones que la justifican, el lugar en que se realizará y la indicación de los objetos, sustancias o personas que se espera encontrar en dicho lugar. Arto.219 Contenido de la Resolución: La resolución judicial que autoriza el allanamiento, secuestro o detención deberá contener: Arto.220 Formalidades para el Allanamiento: Una copia de la resolución judicial que autoriza el allanamiento y el secuestro será entregada a quien habite o posea el lugar donde se efectúe o, cuando esté ausente, a su encargado, y, a falta de éste, a cualquier persona mayor de edad que se halle en el lugar. Se preferirá a los familiares del morador. Arto.221 Exhumación de Cadáveres: Cuando en el curso de una investigación para esclarecer la identidad o la causa de la muerte de una persona, sea necesario proceder a la exhumación de su cadáver, la Policía Nacional o el Ministerio Público, según el caso, solicitarán la autorización judicial correspondiente y el apoyo del Instituto de Medicina Legal para su realización. Hasta aquí el Capítulo. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra el Doctor Eliseo Núñez. DIPUTADO ELISEO NUÑEZ: Señor Presidente.  

En este Capítulo, los artículos 213  y 214, han sido cuestionados por una diversidad de sectores. Lo que yo le pido no es que no se aprueben sino que los omitan, para que haya una mejor discusión y posteriormente salga un dictamen de consenso. Me refiero a los artículos 213 y 214. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:  Tiene la palabra José González Picado. DIPUTADO JOSE GONZALEZ PICADO; Gracias, señor Presidente: Efectivamente en la prueba documental, artículo 210, en la información de tipo financiera como elemento probatorio, no hay ninguna objeción, en la información de Contraloría tampoco. Sin embargo el artículo 213 de Intervenciones telefónicas donde se tipifican una cantidad de delitos, aparecen diez delitos, y luego aparece que la interceptación de comunicaciones procederá a solicitud expresa del Fiscal General de la República o del Director de la Policía Nacional. Distintos sectores, entre ellos profesionales, medios de comunicación y parte de la sociedad civil están planteando que no se deje esto muy abierto, a libre albedrío, dado que conocemos la forma en que se han politizado las instituciones.

Creo que en ese sentido hay que buscar la idoneidad en el nombramiento de estas autoridades, porque eso puede provocar que se use y abuse de este tipo de métodos, como es el control de intervenciones telefónicas, intercepción de comunicaciones escritas, telegráficas e inclusive electrónicas. Es decir, que se busque una forma en que el Poder Legislativo dé a los ciudadanos una ley de consenso que impida ese tipo de actuaciones, más allá de lo que puede ser por ejemplo el control del delito como el tráfico de armas, terrorismo, narcotráfico. Pero que no se abuse en el sentido de hacer esto una amalgama que pueda dar pie a acciones revanchistas o a la persecución etc. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Sí, pareciera de Estado policíaco, algunos de ellos. Tiene la palabra el Diputado Roberto Rodríguez. DIPUTADO ROBERTO RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente: Nosotros estamos de acuerdo con las consideraciones que han presentados los Diputados Eliseo Núñez y González, pero nuestra moción no va en la línea de contenidos, sino que queremos hacer una observación en el artículo 213. A como está redactado, parece como que si se están viendo cuestiones de intervenciones musicales. Aquí se habla de una acción de intervención telefónica, pero lo que se va a intervenir son, conversaciones, comunicaciones y no intervenciones de otro tipo. Por lo tanto proponemos que  en el artículo 213, el primer párrafo se lea de la siguiente manera: “Procederá a la intervención de las conversaciones telefónicas o de las otras formas de telecomunicaciones, cuando  de eso se trate”. Porque a la hora que se apruebe, después de las revisiones correspondientes, podría quedar redactado como “intervenciones”, y lo que se controlaría serían “conversaciones”. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra la honorable Diputada Lourdes Bolaños. DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS; Gracias, señor Presidente: En primer lugar estamos de acuerdo con la moción presentada por el colega Diputado, que es también una moción que tenemos de consenso, porque habíamos caído en el error de poner “intervenciones” y es “comunicaciones”. En segundo lugar, si la solicitud del Diputado Núñez es en el sentido de que lo dejemos a como hemos dejado el artículo 135, en aras de una discusión mejor, aunque sabemos que llevamos muchas horas discutiéndolo, sabemos que está restringido a un número determinado de delitos,  que es un Juez el que la decretará y en un período señalado.

Estamos seguros que el bien común priva sobre el bien privado, incluso la Constitución así lo permite. Pero en aras del consenso, creemos que lo podemos dejar para discutirlo mejor, y luego sacarlo a como vamos a sacar el artículo 135 que ya lo tenemos en esa forma. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra el honorable Diputado Carlos Fonseca Terán. DIPUTADO CARLOS FONSECA TERAN: Gracias, señor Presidente. Yo lo que quería tratar es de que se conozca un poco la esencia del artículo 213. Aunque considero que las preocupaciones que se han planteado son justas, sin embargo en las preocupaciones se refleja también la desconfianza natural que existe en los nicaragüenses hacia las instituciones, por una serie de causas que no vienen al caso mencionar en este momento; pero también tiene que ver con esto el desconocimiento de cuál es el espíritu y la esencia de esta propuesta que se hace. Ahorita la intervención de las comunicaciones telefónicas se da, pero no está sujeta a ningún tipo de regulación legal.

Entonces lo que hace esto es ponerle límites a esa intervención telefónica, que si no se hace, imposibilitaría una investigación eficaz de una serie de delitos que quedarían impune de otra manera; sin embargo necesita ser regulada por la ley, estableciendo una serie de límites que no voy a entrar en mayores detalles en estos momentos. Pero más bien esta propuesta lo que hace es proteger la privacidad de las comunicaciones y no al contrario, como aparenta, cuando no se conoce o no se analiza a fondo el contenido.

Aunque estoy completamente de acuerdo en que esto perfectamente puede ser revisado y mejorado en aras de que no quede pues ni el más mínimo temor de parte de la ciudadanía, que piense que se le está agrediendo su privacidad, cuando la intención es completamente lo contrario. Por eso también estoy de acuerdo en dejar esto para una posterior discusión y consenso. Muchas gracias.                                                                   PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra el Diputado Wálmaro Gutiérrez. DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ: Muchas gracias, colegas Diputados: Yo creo que nosotros no podemos ver el artículo 213 separado del artículo 214. Efectivamente la Comisión Técnica sirvió mucho a este legislador, porque de las primeras preocupaciones que tuve cuando leí este proyecto, fueron efectivamente estos dos artículos; no obstante, estoy persuadido de la inexistencia de roces constitucionales con estos dos artículos. Además, creo que es importante coincidir con Lourdes y con Carlos  sobre las reminiscencias que existen en el ciudadano relativa a la idoneidad para  juzgar delitos y poner sanciones por parte del Poder Judicial. Yo creo que es importante recordarle a los Diputados que por ejemplo existe un artículo 24 de la Constitución donde deja claramente establecido en su segunda parte que “Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común”. Si ustedes observan el caso del artículo 213,  hay una serie de delitos que aquí se están planteando  que realmente ofenden el interés común, y por otro lado que son delitos de alta complejidad, y se hace absolutamente necesario tener un mecanismo de instrucción sumamente técnico y especializado, que difícilmente se puede aprobar por los simples mecanismos técnicos de recaudación de pruebas que hasta ahora conocemos.

Es por eso que se habla de las intervenciones telefónicas y de la interceptación de comunicaciones escritas, telegráficas, y caligráficas. Pero también la Constitución de la República, en el artículo 26, parte in fine, establece que la ley fija todos los casos y procedimientos para el examen de documentos privados, libros contables y sus anexos, cuando sean indispensables para esclarecer asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, o por motivos fiscales. Las cartas o documentos y demás papeles privados sustraídos ilegalmente, no producen efecto alguno  en juicio o fuera de él.

Lo que está haciendo este artículo es viniendo a darle cauce procedimental a este precepto constitucional; sin embargo, para dejar mayor claridad y que este Plenario sepa con conciencia que está votando correctamente por este par de artículos que técnicamente están total y absolutamente sustentados, es que yo secundo la moción de los Diputados de dejar en suspenso la aprobación de estos artículos y por lo tanto la aprobación del Capítulo, y que sigamos adelante con la aprobación del resto del Código de Procedimiento Penal. Muchas gracias, señor Presidente. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra el Diputado Luis Urbina. DIPUTADO LUIS URBINA: Gracias, señor Presidente. Efectivamente todas esas intervenciones han sido pertinentes y positivas respecto a las intervenciones telefónicas. La mía es para ratificar la moción hecha por el Diputado Rodríguez,  de que está mal redactado el primer párrafo del artículo 213, porque pone: “Procederá a la interceptación de intervenciones telefónicas”. Es para suprimir “las intervenciones” y poner “comunicaciones”, que es la palabra apropiada. La moción hecha por el Diputado Rodríguez fue presentada únicamente por él, pero esa moción ratifica la que ya se había hecho anteriormente de consenso con todas las bancadas de esta Asamblea. Así es que presento esta moción para que se proceda a corregir la redacción, eliminando la palabra “intervenciones” y sustituyéndola por “comunicaciones”. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra William Schwartz. DIPUTADO WILLIAM SCHWATZ: Gracias, señor Presidente. Yo me sumo a la idea de dejar esto para después, dado que en estos momentos nosotros estamos viendo crisis en las instituciones del Estado, como el Poder Judicial, Poderes del Estado que no acatan las sentencias del Poder Judicial, como el Poder Electoral. Pudimos ver como el Poder Electoral se negó a cumplir una sentencia que dictó El Tribunal de Apelaciones. Y producto de eso, se va a cometer este 4 de Noviembre una injusticia con la Región Autónoma del Atlántico Sur. Lo que viene a confirmar nuevamente que las Regiones del Atlántico siguen estando discriminadas, porque aquí sucede lo que no sucede en ningún país del mundo. Sucede ahora que con esa resolución del Consejo Supremo Electoral... PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:            Usted sabe que está fuera de orden, yo lo estoy dejando, pero  estamos discutiendo sobre el 213. Está fuera de orden, usted lo sabe. DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ: No estoy fuera de orden, y estoy diciendo que se va a cometer una injusticia. Además creo que aquí es el lugar donde yo lo puedo decir, porque ustedes no permiten, hacen este tipo de Sesiones que nunca terminan y entonces nunca hay Previos, así que uno tiene que hacerlo; pero no estoy fuera de orden.   PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Eso es cuestión del Plenario, si quiere mañana dejamos abierto todo. El Plenario me lo dice y yo acato. DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ: No estoy fuera de orden, estoy justificando por qué no hay confianza en las instituciones y por qué yo no puedo confiar en que se puedan intervenir los teléfonos de la gente, porque aquí todo se politiza. Y decía que se va a cometer una injusticia, porque aquí un Departamento como Chontales, con noventa y ocho mil electores, va a tener derecho a tres Diputados, contra ciento setenta y siete mil electores de la Región Atlántico Sur, que sólo van a poder elegir dos. Dígame usted si no es una injusticia, y quiere que me calle.

No me puedo callar señor Presidente estas cosas porque van en contra, y por eso no podemos confiar en que se pueda dejar esta situación abierta, porque existe este tipo de injusticia que se va a cometer el 4 de Noviembre con una de las partes de la Costa Atlántica, y ustedes lo saben.  Eso fue un atentado con ventaja y alevosía,  porque el Consejo Supremo Electoral en contubernio con ustedes... (¿Qué querés Eliseo, que me corten? ¿Que querés?). PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Tiene la palabra el Doctor Eliseo Núñez. DIPUTADO ELISEO NUÑEZ: La Bancada del Frente Sandinista creo que está de acuerdo  que la moción que nosotros hicimos  de no discutir el artículo 213 y el artículo 214, sea lo correcto para que podamos llegar a un consenso posteriormente. Y yo lo que le decía al Diputado Schwartz, es que estamos discutiendo una ley que es trascendental para los próximos cien años en Nicaragua.   PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: Bueno, vamos a someter a votación. Vamos a ver si hay objeciones en el 210. No hay.

¿En el 211? No hay.

¿En el 212? No hay.

Vamos a dejar el 213 y el 214 pendientes. ¿Al 215? No hay.

¿Al 216? No hay.

¿Al 217? No hay.

Vamos a someter lo que  he leído: 215, no hay; 216, no hay; 217, no hay; 218, no hay; 219, no hay; 220, no hay; 221 no hay. Vamos a someter a votación esos artículos que mencioné, pero no vamos a someter a votación el Capítulo IV,  porque están pendientes el 213 y el 214. A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobados los artículos  mencionados.

Vamos con el Libro Segundo, De los Procedimientos. SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO: Arto.222 Facultad de Denunciar: Toda persona que tenga noticia de un delito de acción pública podrá denunciarlo verbalmente o por escrito ante el Ministerio Público o la Policía Nacional. El denunciante tendrá derecho a que se le extienda copia de la denuncia. Arto.223 Obligación de Denunciar: Tendrán obligación de denunciar los delitos de acción pública: Arto.224 Desestimación de la Denuncia: Si el hecho denunciado no constituye delito o falta o es absurdo o manifiestamente falso, el Ministerio Público desestimará la denuncia. Arto.225 Solicitud de Informe: Si transcurridos veinte días después de presentada la denuncia la Fiscalía no ha interpuesto acusación,  la víctima o el denunciante pueden acudir ante el Ministerio Público solicitando su informe o el de la Policía Nacional sobre el resultado de la investigación. Si es necesario, el Fiscal concederá a la Policía un plazo de cinco días para que rinda su informe acompañando las diligencias practicadas. Con el informe de la Policía, el Fiscal dispondrá de un plazo de cinco días para resolver en forma motivada sobre el ejercicio de la acción. Arto.226 Ejercicio de la Acción Penal por la Víctima:   Si el superior jerárquico del Fiscal confirma la resolución de éste o transcurrido el plazo fijado  no se pronuncia sobre la impugnación, mediante la que se prescinde total o parcialmente del ejercicio de la acción penal, la víctima podrá ejercerla directamente interponiendo la acusación ante el Juez competente. Hasta aquí el Capítulo. PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:  ¿Objeciones al artículo 222?

¿Al 223? No hay.

¿Al 224? No hay.

¿Al 225? No hay. ¿Al 226? Tiene la palabra al honorable Diputado Nathán Sevilla. DIPUTADO NATHAN SEVILLA: Muchas gracias, Presidente. Es para hacer una propuesta de modificación donde se aclara la redacción, y se incluye el supuesto de auxilio judicial a la víctima constituida en acusador particular, para que se lea así: “Ejercicio de la acción penal por la víctima. Si el superior jerárquico del Fiscal confirma la resolución de éste o transcurrido el plazo fijado no se pronuncia sobre la impugnación, la víctima podrá ejercer directamente la acción penal, interponiendo la acusación  ante el Juez competente, salvo que se trate de los casos en que se aplicó el principio de oportunidad.

Si es necesario, la víctima podrá solicitar auxilio judicial para que el Ministerio Público, la Policía Nacional o cualquier otra entidad pública o privada facilite o apoye la obtención de determinado medio de prueba. El Ministerio Público podrá intervenir en cualquier momento del proceso para ejercer la acción penal pública, sin detrimento del derecho del acusador particular de continuar ejerciendo la acción iniciada”.

Esta moción está firmada por Diputados de  diferentes bancadas. PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS: Diputado Sevilla, ¿esta  es moción  de consenso?

Okey. Entonces vamos a someter a votación la moción de consenso,  los artículos del 222 al 225, y quedaría la moción que reforma el 226. Lo sometemos a la consideración de ustedes.       A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobados los artículos de la moción.

Vamos a votar el Capítulo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo I del Título I.

Capítulo II, Señor Secretario. SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
Arto.227 Criterios Científicos: La investigación de delitos será efectuada y registrada por la Policía Nacional conforme las reglas lógicas, técnicas y métodos científicos propios de tal actividad, salvo las limitaciones establecidas en la Constitución Política, los tratados y convenios internacionales ratificados, y la ley. Arto.228 Investigación: La Policía Nacional realizará las actividades de investigación necesarias para el descubrimiento y comprobación de hechos presuntamente delictivos. El resultado de su investigación será presentado como informe al Ministerio Público. El informe policial deberá contener como mínimo lo siguiente:
Arto.229 Retención: Si en el primer momento de la investigación de un hecho, no fuere posible individualizar inmediatamente al presunto responsable o a los testigos, y no pudiere dejarse de proceder sin menoscabo de la investigación, la Policía Nacional podrá disponer que ninguno de los presentes se aleje del lugar por un plazo no mayor de tres horas. Arto.230 Atribuciones: Los miembros de la Policía Nacional tendrán las siguientes atribuciones: Arto.231 Detención Policial:  Procederá  la detención por la Policía Nacional, sin necesidad de mandamiento judicial, cuando el autor del hecho punible sea sorprendido en el momento de cometerlo, sea perseguido huyendo del sitio del hecho o se le sorprenda en el mismo lugar o cerca de él con armas, instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan presumir su participación inmediata en el hecho. Arto.232 Deberes: La Policía Nacional tendrá, además de otros deberes establecidos en la ley, los siguientes: Arto.233 Reconocimiento de Personas:  La Policía Nacional podrá  practicar el reconocimiento de una persona para identificarla o establecer que quien la menciona efectivamente la conoce o la ha visto. Arto.234 Pluralidad de Reconocimientos: Cuando varias personas deban reconocer a una sola, cada reconocimiento se practicará por separado, sin que las personas se comuniquen entre sí. Si una persona debe reconocer a varias, el reconocimiento de todas podrá efectuarse en un solo acto. SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO: Arto.235 Reconocimiento por Fotografía: Cuando sea necesario reconocer a una persona que no esté presente ni pueda ser habida, su fotografía podrá exhibirse a quien deba efectuar el reconocimiento, junto con otras semejantes de distintas  personas, observando en lo posible las reglas precedentes. Arto.236 Requisa:  La Policía Nacional podrá realizar la requisa personal, cuidando el pudor, siempre que haya motivos suficientes para presumir que alguien en forma ilegal porta arma u oculta entre sus ropas pertenencias u objetos relacionados con el delito o los lleva adheridos a su cuerpo. Arto. 237 Inspección Corporal: Cuando sea estrictamente necesario por la naturaleza del delito investigado, si hay probabilidad fundada de comisión de un hecho delictivo, se procederá a la inspección corporal  de cualquier persona respetando su pudor e integridad. Cuando la inspección afecte las partes íntimas deberá efectuarse por persona del mismo género. Arto.238 Investigación Corporal: Siempre que sea razonable y no ponga en peligro la salud, se podrá proceder a la investigación corporal, con o sin consentimiento de la persona investigada, a practicar exámenes de fluidos biológicos y otras intervenciones corporales, las que se efectuarán siguiendo procedimientos técnicos o científicos por expertos del Instituto de Medicina Legal, del Sistema Nacional Forense o, en su defecto, por personal paramédico. Sólo se procederá a practicar exámenes de fluidos biológicos en la investigación de hechos delictivos que hayan podido  ser causados por el consumo de alcohol o cualquier otra sustancia que pueda alterar el comportamiento humano y en la investigación del delito de violación, de conformidad con el principio de proporcionalidad y con autorización judicial previa o convalidación judicial posterior. Arto. 239 Registro de Vehículos, Naves y Aeronaves: La Policía Nacional podrá registrar un vehículo, nave o aeronave sin que medie consentimiento de su conductor, piloto o propietario, por razones previstas en la legislación aplicable a la materia o probabilidad fundada de la comisión de un delito. Arto.240 Levantamiento e Identificación de Cadáveres: Cuando se trate de muerte violenta, se encuentre un cadáver y no se tenga certeza sobre la causa de muerte o identificación, o se sospeche que una persona falleció a consecuencia de un delito, la Policía Nacional deberá practicar la inspección en el lugar de los hechos, disponer la diligencia de levantamiento del cadáver y la peritación y el examen médico legal correspondiente para establecer la causa de muerte y las diligencias necesarias para su identificación. Arto.241 Allanamiento sin Orden:  Podrá procederse al allanamiento sin previa orden judicial,  cuando: Arto.242 Allanamiento de Otros Locales:  El allanamiento de locales públicos, establecimientos de reunión o recreo, mientras estén abiertos al público y no estén destinados a habitación, no requerirá de autorización judicial. Tampoco regirán las limitaciones horarias establecidas para el allanamiento y registro de morada. Arto. 243 Clausura de Locales: Cuando para averiguar un hecho punible grave sea indispensable clausurar un local o movilizar cosas muebles que, por su naturaleza o dimensiones, no puedan ser mantenidas en depósito,  se procederá a asegurarlas, según las reglas del secuestro. Arto.244 Devolución de Objetos:  Será obligación de las autoridades devolver a la persona legitimada para poseerlos y en el mismo estado en que fueron ocupados, los objetos secuestrados que no estén sometidos a decomiso, restitución o embargo,  inmediatamente después de realizadas las diligencias para las cuales se obtuvieron. Arto.245 Piezas de Convicción: Las piezas de convicción serán conservadas por la Policía Nacional hasta su presentación en el Juicio a requerimiento de las partes. Las partes tendrán derecho de examinarlas, cuando lo estimen oportuno, siguiendo los controles de preservación y custodia que establezca la Policía Nacional. Hasta aquí el Capítulo. PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS: ¿Objeciones al artículo 227? No hay. ¿Al 228? No hay.

¿Al 229? No hay.

Al 230? No hay.

Tiene la palabra el honorable Diputado Carlos Hurtado. DIPUTADO CARLOS HURTADO: Gracias, Presidente en Funciones. Es  relación al punto 1, en la última parte, dice: “No obstante, tomará todas las medidas necesarias para la atención y auxilio debido de las víctimas y para proteger testigos, dentro de sus posibilidades”. A mí me parece que eso de “dentro de sus posibilidades”, es algo que no queda claro; pues la responsabilidad en este caso de la Policía, y en todo caso de los legisladores, es darle a la Policía los recursos suficientes para que efectivamente proteja a los testigos, sin dejar eso a medias tintas. O sea, mi propuesta concreta es que simplemente quede “para proteger  a los testigos”, punto. Y no dejar  ese elemento ahí, “de acuerdo a sus posibilidades”.

Así es que yo pasaría esa moción para que se proteja a los testigos". PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS: Yo quisiera rogarle a los honorables miembros de la Comisión de Justicia, que tomaran en consideración las inquietudes que se están presentando aquí por los Diputados, para que puedan hacer cualquier aclaración, cuál es la intención, en caso que se amerite reformar tal como está el dictamen. El Diputado Hurtado ha hecho una observación muy válida y quisiéramos que tomaran nota los Diputados.

¿Objeciones al artículo 231? Tiene la palabra el honorable Diputado Sergio García. DIPUTADO SERGIO GARCIA PINELL: Lo que quería era ver si es posible dejar para posterior discusión este artículo 231, ya que hay reserva de las diferentes bancadas en cuanto a que se está sobrepasando las funciones que se le dan a la Policía, y sería bueno discutirlo en una forma más detenida para su posterior aprobación, en estos mismos días. Sólo sería dejar este artículo para posterior aprobación del Capítulo. Gracias. PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS: Tiene la palabra el honorable Diputado Nathán Sevilla. DIPUTADO NATHAN SEVILLA: Bueno, respecto a la propuesta de que el  231 se deje para una posterior discusión, el único argumento por el que se puede dejar es porque no está presente el principal cuestionador de algunas cosas, como es Wilfredo Navarro, que no vino hoy; esperamos que esté mañana presente, porque si no no se va a aprobar el Código, si seguimos esperando a Wilfredo Navarro. Porque aquí la objeción acerca de darle la facultad a los jefes de Policía de detener, nosotros la estábamos subsanando con una propuesta de que esa facultad la tengan únicamente en el caso de que ahí no haya Juez o que esté fuera de las horas del despacho judicial, en la jurisdicción del jefe policial.

Para que pueda ejercer esa capacidad de dar una orden de detención, dentro de doce horas después de haber conocido la información sobre un peligro inminente  de que se comete un delito, que ocasionaría una pena privativa de libertad. Solamente en el caso de que no haya Juez ahí, o que estén fuera de las horas del despacho judicial. Con esa limitante, que la hemos consultado con varios Diputados de la bancada liberal, y están de acuerdo, se podría solucionar el problema, salvo que no está presente don Wilfredo hoy. Lo otro es lo que propuso el Diputado Hurtado, que nos parece razonable  a los miembros de la Comisión de Justicia que somos de la bancada del Frente Sandinista, de suprimir esa última parte de ese primer inciso. Gracias. PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS: Tiene la palabra el honorable Diputado Carlos Fonseca Terán. DIPUTADO CARLOS FONSECA TERAN: Gracias Presidente en funciones. En primer lugar quiero respaldar la moción del Diputado Carlos Hurtado, porque es importante dejar bien claro el deber que tiene la Policía de prestar el auxilio y la protección debida a la víctima y a los testigos.  Sobre la propuesta de dejar suspenso el 231, me parece que esto conlleva un problema, y es que todo el que tenga una que otra cosita sobre algún artículo, en vez de plantearla claramente, va a comenzar a decir dejemos esto para después, y a ese paso vamos a terminar dejando todos los artículos para después, y aquí de lo que se trata no es de eso pues.

Yo estoy de acuerdo con los anteriores que se han venido posponiendo, porque es notorio el poco consenso que tienen; sin embargo en este caso hay un amplio consenso y me parece que no amerita abusar de este recurso de ir posponiendo determinados artículos. Me parece que en este caso que habla de delitos flagrantes, no es un caso que amerite realmente suspenderlo para después. Muchas gracias. PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS: Tiene la palabra la honorable Diputada Lourdes Bolaños. DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS: Gracias, señor Presidente. En primer lugar creo que este artículo sí fue suficientemente debatido; la Comisión Técnica y la Comisión de Justicia lo consensuaron plenamente. Es decir, aquí no hay un resquicio de dudas que pueda interpretarse que va en detrimento de los derechos humanos del pueblo nicaragüense; aquí se trata de delitos de flagrancia, previstos. Además, aquí se viene  a modificar alguna práctica que se ha tenido, donde la Policía detiene sin autorización, incluso, y aquí se viene a garantizar que son los jefes de las delegaciones de Policía los únicos que bajo su responsabilidad personal podrán emitir una orden de detención. Es decir, va a  haber responsabilidad administrativa, va a penalizarse a un jefe de Policía que irresponsablemente emita una orden de detención. Actualmente están muy al garete y como decíamos en los artículos anteriores, estábamos dejando al arbitrio de la Policía algunas actividades. Esto lo que viene es a limitar a la Policía, es a limitarla para que no cometa abusos en el futuro, para que sean los jefes -creo que es una de las mejores Policías la que tenemos- los que garanticen; dice aquí, "bajo su responsabilidad penal",  ellos son los que van a garantizar que van a garantizar  que esa orden de detención va a ser sin menoscabo de los derechos humanos de quienes van a retener.

Así es que con la moción de dejarla para un futuro, vamos a estar haciendo un Código dos veces; en esto ha habido consenso de todos los Diputados de la diferentes bancadas que conforman la Comisión de Justicia, para que este artículo se pase. Por lo tanto, no estoy de acuerdo en que se pase posteriormente a discusión, sino que lo sometamos a votación en este momento. Gracias, señor Presidente. PRESIDENTE EN FUNCIONES PEDRO JOAQUIN RIOS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Eliseo Núñez Hernández.

DIPUTADO ELISEO NUÑEZ HERNÁNDEZ: Presidente.   Ambos habíamos conversado, el Doctor Sergio  García y otros Diputados sobre este artículo, nosotros no nos oponíamos cuando es en la comisión misma del delito, sino que este párrafo al final señala que no será considerado como de persecución actual; o sea que está claro que no es un delito cometido en el momento, por lo tanto no puede ser que la Policía tuviera esa discrecionalidad absoluta. Sin embargo, con la moción que ha presentado Nathán Sevilla, yo creo que se viene a subsanar este señalamiento; y es un señalamiento que no solamente mi persona hace, sino que el Doctor Sergio García Pinell, y el Doctor Wilfredo Navarro, que no está aquí presente. Yo creo que si el Doctor García Pinell estimara a bien que con esta moción, en que “solo en  aquellos lugares donde no exista Juez, pueda actuar la Policía”, estaríamos subsanando esta incomodidad que nosotros sentíamos con este artículo. Yo creo que el Doctor García Pinell debería tomar la palabra sobre esto, para que avancemos. PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Sergio García Pinell.

DIPUTADO SERGIO GARCIA PINELL: Sí, yo estoy de acuerdo con la moción de Eliseo, porque de alguna manera se subsana ya la indefensión en que quedarían los ciudadanos en muchos lugares donde no hay Juzgado.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS:

Traiga la moción, por favor.

Tiene la palabra el honorable Diputado Carlos Hurtado.

DIPUTADO CARLOS HURTADO CABRERA:

Gracias.

Es en relación al artículo 232, inciso 4). Estamos hablando en este Capítulo, de la actuación policial. Entonces en  la última parte del artículo se habla esencialmente del momento de la detención, y  comprende un período de tiempo relativamente corto, en este artículo se consigna -a como en otros anteriormente- el derecho del detenido de poder comunicarse con una persona. En otras palabras, se está dando la autorización a la Policía para que le facilite la comunicación al detenido; sin embargo en la última parte se está restringiendo el derecho del detenido y, repito, en  un momento que es relativamente corto.

El inciso 4) se lee de esta manera: Apercibir al detenido que desde el centro de su detención comunique por cualquier medio su situación a quien considere oportuno. (y continúa, y ésta es la parte a la que me refiero.) Este derecho puede ser restringido con autorización judicial cuando pueda afectar la marcha de la investigación". A mí me parece que eso no cabe ahí. Es decir, si el ciudadano tiene derecho a hacer esa llamada tiene que hacerla, punto; y en ese período de tiempo tan corto, cómo se va a determinar si va a obstaculizar o no va a obstaculizar la  investigación? Queda ahí una nebulosa, queda un nivel de discrecionalidad bastante amplio que viene a restringir  el derecho del ciudadano.

A  mí me parece que en este caso no debería de tener esa "colita" este inciso del artículo 232, y simplemente debería de consignarse con claridad meridiana el derecho del ciudadano a comunicarse con quien él lo desee. Yo voy a pasar la moción para que esto se elimine.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE  DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado William Mejía Ferreti.

DIPUTADO WILLIAM MEJIA FERRETI:

Muchas gracias, Presidente.

Yo creo que es mejor someter ya votación, porque así como estamos procediendo en este análisis de este Código, de manera bastante superficial, no a fondo,  cada quien pasa una serie de reformas o mociones y al final vamos a concluir completamente en que este Código lo hacemos de nuevo, o vamos a estudiar de nuevo en la Comisión Económica, o todos lo que han intervenido en esto van a tener que hacer nuevos esfuerzos para valorarlo. Será porque todo mundo ahorita está viendo que hay que meter alguna moción u otra acá, pero ninguna de esas mociones es de fondo.

Lo que señala en el 238, que está proponiendo  ahorita el Diputado García de que la Policía no puede hacer eso; y lo  otro que dice Nathán, que sólo cuando no hayan Jueces, ¿qué cosa es eso? Esto no está estableciendo o diciéndole claramente, señor, que  es cuando lo vea in fraganti. Es decir, si  la Policía se va a quedar de manos cruzadas viendo pasar a un tipo en una forma veloz o "despayada", como decimos, que  está cometiendo un delito, ¿se va a quedar así de  brazos? y si no  Juez en ese lugar, voy a esperar que la Policía madure una resolución o tal vez un pensamiento para decir, ahora es tiempo, voy a ir a pedirle a este Juez  que me dé la autorización para...?

No estás en un caso de allanamiento, sino que es  algo in fraganti, una acción incontinente, una medida necesaria. ¿Cómo voy a estar justificando esto para que le pidan después que sólo donde no hay Juez pueda actuar así la Policía? ¡Qué barbaridad! Entonces, qué es lo que estamos haciendo? ¿Dónde va a quedar el interés de la ciudadanía o de la víctima? Me parece que no es así.  Dejemos el artículo tal como está para que no haya problema; esa es una moción clara. ¿Me explico, señor Presidente?, por favor...

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS:

Mi querido colega, usted sabe que éste es un Plenario de debates y aquí tenemos que escucharlos a todos. En consecuencia, las mociones que aquí se presenten las vamos a someter a la consideración de ustedes o de todo el Plenario; así es que por eso lo estamos debatiendo.

Tiene la palabra el Doctor Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias, señor Presidente.

Es una observación al artículo 231. En cuanto a los jefes de delegación que bajo su responsabilidad personal puedan emitir órdenes de captura, eso de "responsabilidad personal" no le entiendo. Ahora, que  si ya lo hizo bajo su responsabilidad personal, será algo suyo, pues, no es una función administrativa sino que está disponiendo de lo suyo, en su casa, ahí si  es personal; pero en relación a lo que dice aquí, está haciendo un acto público. Uno. Parece que algunos de los señores Diputados aquí presentes, que creo que de uno u otro bando estuvimos presos bajos los distintos regímenes políticos, ya se nos olvidó lo que puede significar la segunda parte o la parte final del inciso 4),artículo 232, en cuanto al derecho de comunicarse con alguien, con el defensor o con un familiar.

Es decir, si se deja así, este derecho puede ser restringido con autorización judicial. Entonces primero me detenés, y cuando vos querrás pedís la autorización judicial, o primero pedís la autorización judicial y después me detenés. Dos.

Prohibir este derecho constitucional, además es poner en calidad de desaparecido al reo; es inconstitucional, para comenzar, y convierte en clandestino al reo. ¿Acaso se les olvida que sus familiares, estuvieran, presos con quien estuvieran andaban pegando carrera para todos lados? En mi caso, a la orden del General Somoza se podía llegar a hablar con él y preguntarle dónde estaba.

En el caso de alguno de ustedes, ¿con quién se podía llegar a la oficina del Jefe de la Seguridad del Estado o del Ministro Borge a preguntar por uno de ustedes? Por favor... Que no se nos olvide que esto lo estamos legislando para el pueblo nicaragüense y que  ésta es una situación peligrosa. Además de que es inconstitucional, no se debe dejar al arbitrio de ningún señor que esté al mando, pertenezca al partido que pertenezca o al régimen que pertenezca. Por eso apoyo la moción que dice que se debe suprimir esa última parte; debe comunicarse, le guste  o no le guste.

Que mejoren sus técnicas, que mejoren los medios y que estudien; más los policías para que puedan hacer un mejor trabajo y que no se les vaya el delincuente; pero estos, señores, no lo dejemos así. Apoyo esa moción.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Pablo Sierra.

DIPUTADO PABLO SIERRA:

Es lamentable, señor Presidente, que se hagan este tipo de objeciones cuando creo yo  -por lo que estoy mirando- que no han estudiado a fondo este dictamen. Cuando decía él “responsabilidad personal”, lo dice como que si fuera lo de su casa; responsabilidad de la persona, es de él como policía y no responsabilidad de la policía; es de él como policía, no como padre de familia. Y no es responsabilidad de la Policía, porque ¿a quién le daríamos después el cargo de lo que él cometió? ¿a la Policía en general? Se le tiene que hacer a la persona como policía, por eso es responsabilidad de la persona del policía.

Y también estamos tratando de circunscribir un Código Penal, un procedimiento, a procedimientos de orden político, en momentos en que cada quién que está gobernando lo estima. Porque se hacía referencia  de cuando el General Somoza mandaba a echar preso, o cuando los sandinistas mandaban a echar presos a gran cantidad de nicaragüenses. Pero aquí estamos viendo la cuestión de los delitos, y cuando pusimos esta cláusula o el fin de este inciso 4), o de este numeral 4), es porque hay una serie de delitos que ya han sido mencionados su especialidad, que no se pueden publicar ni dar la oportunidad de estar comunicándose; por ejemplo, en un delito de narcotráfico no se le debe dar al narcotraficante la oportunidad de estar llamando a fulano para que diga que están investigando tal cosa, que hay que cubrir esto o hay que cubrir lo  otro.

Y esto se refiere también al tráfico de órganos, o al  caso de  lo que llamamos trata de blancas, y todas esas situaciones, si nosotros no ponemos cortapisas también a ese procedimiento que los mismos detenidos saben usar, porque tienen una técnica muy especial cuando se han metido a este tipo de delitos, y son delincuentes profesionales. Por eso pido al Diputado Carlos Hurtado que retire la moción, o si no, entonces no la apoyemos, porque estamos tratando de explicar por qué fue que se le puso.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE  DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Hay seis oradores sobre el mismo tema, y algunos que están repitiendo. Vamos a buscar cómo hacer una síntesis que nos lleve a un acuerdo real.

Tiene la palabra la honorable Diputada Lourdes Bolaños

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

En realidad estábamos discutiendo el artículo 231 y de repente pasamos al 232. En ese sentido, en el inciso 4), quiero referirme para apoyar exactamente lo expuesto por el colega Diputado Pablo Sierra Chacón, que en realidad encierra el espíritu con el que fue hecho este inciso; y además, con sólo leer el inciso 5,) ya queda más que demostrado donde dice que, hay que posibilitar la comunicación del detenido con su abogado. Y es muy importante eso, en relación a que  debe estar garantizada la defensa del detenido. No hay limitaciones en cuanto a la defensa del detenido, está garantizado a todo lo largo del Código, incluso dice que la primera comunicación es para su abogado.

Con la tecnología que ahora tenemos, hay tantas facilidades de celulares que incluso pueden comunicarse a todo el mundo..¿Y qué vamos a hacer con delitos graves como el terrorismo, el narcotráfico ó, el tráfico de órganos? No vamos a ponerle limitación y restringir esas facultades. Además, hay que tener en cuenta que son esas personas las que van a estar detenidas; porque hay personas que no son dañinas para la sociedad, que no deberían estar detenidas. Por ejemplo Panchito Mayorga, si ha hecho daño es en la parte fiscal; él está con su celular y está llamando a todas partes y está defendiéndose desde la cárcel.

Ese tal vez no debería de estar preso, debería de estar sometido a una de las medidas cautelares que en este Código se están estatuyendo. Así es que consideremos la gravedad de los delitos y tengamos presente que el que va a estar detenido no es por ser  es una mansa paloma, sino porque  es grave  lo que ha cometido; y tenemos derecho a tenerlo preso por la seguridad ciudadana, por el bien común y por la sociedad en que vivimos. No podemos dejar esto descubierto, en aras de los derechos humanos de la mayoría de los nicaragüenses.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS:

Yo creo que vale la pena tomar algunas acciones, porque ambos tienen razón. En base a  una fementida expresión de que se va a ir el delincuente;  o que se va a comunicar con otro, pueden cometerse abusos y arbitrariedades. También pudiera cometerse lo que dice la Doctora Bolaños, porque es cierto que pudiera dársele la oportunidad al reo de que se escape o que se pierdan las evidencias del delito en eso estamos totalmente de acuerdo.

Como alguien decía que no puede darse como desaparecido un reo, entonces una forma de subsanarlo sería que la autoridad pregunte al que está privado de libertad a quién quiere comunicarle su detención, para que no lo haga de una manera directa sino que lo haga a través de la autoridad: Avise a mi casa que estoy detenido, punto. Y el que va a dar la información, quién lo va hacer es el que  informa, pero no dice quién. Así sería lo correcto al principio. Bueno, sería una forma de subsanarlo. De todos modos vamos a darle la palabra a este distinguido jurista, honorable Diputado Noel Vidaurre Arguello.

DIPUTADO NOEL VIDAURRE ARGUELLO:

Muchas gracias, señor Presidente en funciones.

Yo entendía que estábamos viendo el artículo 231, y me parece que hay que hacer algunas observaciones en la misma línea o en la línea parecida a las que han hecho  algunos de los honorables colegas que me han precedido en el uso de la palabra. Yo creo que la facultad contenida en el párrafo 3) del artículo 231, debe ser ciertamente una facultad limitada y regulada, no puede quedar como está aquí con absoluta claridad. No puede ser que los jefes de las delegaciones de la Policía Nacional aún cuando sea bajo su responsabilidad personal, puedan emitir orden de detención contra quienes haya probabilidad fundada de la comisión de un delito.

Esa probabilidad fundada, ciertamente, en primer lugar está a criterio de la Policía y no de nadie independiente. De manera pues que la Policía se convertiría en Juez y parte, calificaría las probabilidades fundadas y al mismo tiempo ordenaría la detención. A mí me parece que si existe Juez, que es la autoridad competente para ordenar la detención en todos los casos, aun cuando exista la probabilidad fundada de que esa persona cometió un delito, debe pedirse una orden judicial de detención; y solamente en aquellos casos en donde no pueda inmediatamente conseguirse una autoridad judicial, pueda proceder la detención dentro de las doce horas siguientes a la suposición de que hay un delincuente que tiene probabilidades fundadas de haber cometido ese delito.

Definitivamente en cualquier país civilizado funciona así. La Policía no tiene, bajo ninguna circunstancia, la potestad absoluta, sino en ciertos casos específicos, como en el caso del párrafo primero del artículo 231, que ese es delito flagrante aquí y en cualquier parte del mundo. La Policía, sin orden de nadie va y captura al delincuente porque lo agarró flagrante, pero si no hay delito flagrante esto se puede prestar para cualquier tipo de venganzas personales, para cualquier tipo de situaciones políticas, para cualquier tipo de consideraciones mucho más allá de las que debería normalmente tenerse.

Yo no estoy de acuerdo definitivamente con este artículo, con este párrafo tercero tal y como está, porque es dejar... y no estoy diciendo aquí que no haya jefes de delegaciones policiales con la absoluta sensatez como para hacerlo solamente en los casos en que corresponde, no lo estoy diciendo, al contrario, probablemente la tienen, pero para qué vamos a legislar situaciones que no son correctas y que no obedecen a una -digamos- filosofía jurídica determinada.

A mí me parece que debemos reformar este artículo, que debemos limitar esa posibilidad de detención de la Policía y que no debe quedar abierto señor Presidente en funciones.

Definitivamente la facultad -y eso tiene que quedar muy claro- de ordenar la detención de un ciudadano corresponde única y exclusivamente a la autoridad judicial, y en los casos previstos por la ley, como el caso del delito flagrante, corresponde a la Policía Nacional; pero la regla general tiene que ser que solamente se puede detener a alguien cuando hay una orden judicial. Dejar más a criterio de la Policía las probabilidades fundadas, me parece a mí que es convertirla en Juez y parte.

Yo catalogo si la probabilidad es fundada y yo ordeno la detención, no.

En todo caso debe haber otra autoridad que catalogue si la probabilidad es fundada y entonces yo detengo; pero si  yo voy a catalogar y además a detener, eso es totalmente fuera de lugar en un país civilizado en donde se deben respetar claramente los principios generales del derecho.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS:

Efectivamente las consideraciones que se han presentado sobre los diferentes artículos y disposiciones contenidas en este Capítulo son encontradas, y yo creo que hay que darle un poquito más de análisis.

Vamos a continuar este debate el día de mañana, por lo cual se suspende la Sesión, y convocamos para el día de mañana a las nueve de la mañana.


































PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se le hace un llamado a la Junta Directiva, que se haga presente para poder iniciar la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON: (10 de Octubre de 2001).

NELSON ARTOLA ESCOBAR
ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
ROGER CASTELLON ORUE
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
EDWIN CASTRO RIVERA
NOEL JOSE DELGADO CUADRA
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
JOSE MANUEL ESPINOZA CANTILLANO
STEADMAN FAGOT MULLER
LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
ARMANDO ISIDORO LOPEZ PRADO
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
WILLIAM MEJIA FERRETI
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
CARLOS JOSE PALMA ALVARADO
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
GUADALUPE DOLORES SANCHEZ BLANDON
WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GAYLE
EDNA ADELA STUBBERT FLORES
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
ISMAEL JOSE TORRES CALERO
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY URCUYO MALEAÑOS
DAMASO VARGAS LOAISIGA
MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
SAUL ZAMORA DICARIO
LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

Constatación de quórum: 61 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se continúa la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a continuar con el Código Procesal Penal, que está en el Tomo II de la Agenda Base. Dejamos aprobado el artículo 226.

Están leídos los artículos 227 al 245, quedamos en el debate de esos artículos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Estamos en la discusión del Código.

Tiene la palabra José Bravo.

Continúan Steadman Fagot, Carlos Hurtado.

Bueno, si ustedes quieren vamos a los Previos, esa es cosa de ustedes, porque si yo principio con esto no terminamos nunca.

No, yo soy demócrata, si el Plenario quiere que vayamos a los Previos, suspendemos el Código y vamos a los Previos, no hay ningún problema.

(No es solamente la voluntad de la Junta Directiva, estimado Diputado, es la voluntad del Plenario).

Tiene la palabra, para después continuar con el Código.

DIPUTADO JOSE BRAVO:

Presidente.

La semana pasada en esta Asamblea Nacional se reunieron una cantidad de Alcaldes que están reclamando el desembolso de 40 millones de córdobas que debían de haberse entregado. De los gastos corrientes del Presupuesto del año pasado, se entregaron 17 millones 500 mil, que ha sido lo que se ha venido entregando de manera regular; y de inversiones son 70 millones. Prácticamente ciento una Alcaldías de las ciento cincuenta y dos, están ya sin capacidad de pago de planillas. El Presidente de la República presentó la iniciativa de reformar el Presupuesto, beneficiando solamente a cinco Alcaldías: a la de Santa María, a la de Macuelizo, a la de Mozonte, a la de Ciudad Antigua y de Terrabona.

De estos Municipios conozco cuatro, Presidente, y esos cuatro en realidad están en igualdad de circunstancias con los otros. Le voy a poner dos ejemplos de Alcaldías liberales: la de San Nicolás de Oriente y la de San Juan de Limay. Entonces realmente de esos 70 millones, es necesario el desembolso de los 40 millones últimos, para ya presentar el Presupuesto del año 2002, y no se le ha hecho este desembolso. Nuevamente, igual que hice  hace un año -ustedes tienen en el archivo de la Primera Secretaría, que me recibieron a las 11:45 de la mañana del 4 de Octubre del año 2000, cuando presenté una solicitud de interpelación al Ministro de Hacienda y Crédito Público-, el día de hoy, 10 de Octubre del 2001, estoy presentando también la misma solicitud que dice así:

"Honorable señor Presidente:

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, en uso de nuestras facultades constitucionales, consignadas en el artículo 138, numeral 4) de nuestra Constitución Política, y los artículos 88 y 90 del Estatuto General de este Poder del Estado que usted tiene en las manos, Presidente, comparecemos ante usted a pedir, como en efecto pedimos, sea interpelado y comparezca ante el Plenario de esta Asamblea Nacional, el Licenciado Esteban Duque Estrada, en su calidad de Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Honorable Presidente: Los suscritos, el día 5 de Octubre del corriente mes y año, recibimos la visita de una delegación de Alcaldes de diferentes Municipios del país. Esta delegación estaba compuesta por Alcaldes electos de las nóminas de los diferentes partidos existentes en Nicaragua, y traían como misión manifestarnos su preocupación por la falta y eficacia en la ejecución por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de las transferencias a las municipalidades aprobadas por esta Asamblea Nacional en el Presupuesto General de la República del 2001.

De lo manifestado por los señores Alcaldes, los suscritos comprobamos que, efectivamente a la fecha, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con dificultades apenas ha cumplido con cerca del 40 por ciento de las transferencias presupuestadas, sobre todo en lo referente a gastos de capital. Esta situación manifestada por los señores Alcaldes, ha sido una práctica reiterada de parte de este Ministerio. En ocasiones anteriores se ha denunciado ante este Poder del Estado los incumplimientos en las transferencias hechas hacia las municipalidades, tal como sucedió en el Presupuesto de 1999, referido al huracán "Mitch".

Asimismo en ocasiones anteriores hemos solicitado la interpelación del Ministro de esta cartera, derecho que se nos ha negado, convirtiéndonos de esta manera en cómplices de esta práctica ilegal. Recuerden que el año pasado pudimos haber hablado del caso del BANIC, y precisamente por no haber aceptado la interpelación, ha sido el escándalo más grande que ha habido en este país en asuntos económicos y está todavía pendiente la interpelación. O es que estos Ministros van a pasar sobre la Constitución y las leyes de este país?

Por tal razón, y en base a lo anterior expuesto, y siendo el Ministro de Hacienda y Crédito Público el principal responsable conforme la Ley N 51, Ley de Régimen Presupuestario, de la ejecución, control, evaluación y liquidación del Presupuesto General de la República, los suscritos pedimos a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, interpele al Licenciado Esteban Duque Estrada y comparezca ante el honorable Plenario de este Poder del Estado, e informe y responda por el incumplimiento de las obligaciones que le han sido conferidas por la ley, de acuerdo a la naturaleza de su cargo.

Aprovechamos la ocasión para reiterarle las muestras de nuestro aprecio.
Atentamente,

Diputado José Ernesto Bravo, Guillermo F. Alemán, Pablo Martínez, Bayardo Arce, Nathán Sevilla, Wálmaro Gutiérrez, Edwin Castro, Víctor Hugo Tinoco, William Schwartz, Steadman Fagot, y otros.

Si usted recuerda, teníamos trece Diputados de diferentes bancadas el año pasado, ésta es la segunda demanda de interpelación, y estamos solicitando que antes de que venga el Presupuesto del 2002, por favor, tengamos aquí al Ministro de Hacienda. Está pendiente también lo de la Contraloría, Presidente. Todos los años ha sido necesario el esfuerzo de este Diputado para hacer que venga el Contralor de la República, cosa que debería ser normal que de tiempo en tiempo se nos dijera cómo va la ejecución del Presupuesto.

Este año realmente no sabemos a qué altura, qué parte del Presupuesto ha sido ejecutado, y es un escándalo que a todo mundo en todos los Ministerios se le está diciendo que no hay fondos aquí en la Asamblea Nacional; a los trabajadores, a los Diputados les están pagando cuando quieren, y simplemente el pretexto es que no hay fondos. ¿Por qué no nos explican a nosotros que somos los que aprobamos el Presupuesto, Presidente?

Gracias.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a continuar con el Código. Está leído el Capítulo II, De la Actuación de la Policía. Ayer se suspendió la Sesión en el debate de los artículos 227 al 245.

Aquí tenemos mociones que están pendientes. Tenemos una moción de consenso del...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Discúlpeme, señor Secretario, pero es que también tenemos pendiente el artículo 135, y no se ha aprobado el Capítulo que lo contiene.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Está también pendiente el 213 y 214. Hay que salir de esos primero, para seguir con lo demás.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Okey. Voy a dar la palabra en el orden en que me la han pedido. Tiene la palabra el Diputado Steadman Fagot.

DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

Señor Presidente:

Aquí hay articulados y algunos párrafos que no encajan con ciertas realidades. Por ejemplo, cuando se dice que cuando se produce la detención de una persona, los funcionarios policiales deberán informar en un término no superior a las doce horas al Ministerio Público. Si yo soy un policía, capturé a alguien en Komoatla, yo necesito tres días para informar que lo capturé, no dos, tres días, porque no hay manera de informar. Para trasladar a la cárcel más cercana y reportar desde Raití a Waspán, yo necesito cinco días, señor Juez. Eso si los raudales están bien, de buen humor, es decir, si no hay creciente; porque si hay creciente, ese soldado o policía, más el reo detenido, pasarán quince días sin comunicación porque no hay. Y en estos casos, qué?

Yo he escuchado a abogados, y los he visto por supuesto de cerca, frente a un Tribunal decir -¿cómo le llaman al quórum ese que existe? Jurado, le llaman, jurado son términos de abogados-, este señor tiene ya tantos días de haber sido capturado, suéltenlo. Y efectivamente tenía diez días. Al onceavo día se aparecieron con él en Puerto Cabezas, ¿y el término probatorio? ya llevan de diez a once días, sin informar que está preso; doce días y va en camino apenas. Y no me diga que la Policía tiene motores de doscientos caballos para salir desde el rincón más alejado, a cinco horas a Puerto Cabezas, porque no es cierto, no los tiene; tampoco tienen radio ni fax, y no sé si informar por radio es válido.

Aquí estamos hablando de otro mundo, aquí hay que hacer otro Código diferente. En fin, aquí habemos noventa y tres Diputados pensando como managuas y no como hijos de Tuapíni de Kucra o Sandy-Bay, esta es otra nota. Este abogado, a pesar de que la Policía lo agarró "con la masa en las manos", ustedes ya saben de qué hablo, deben imaginárselo-, Olímpicamente tiene que soltarlo porque va contra la ley. La ley te dice tantos días, y vos a los tantos días todavía lo tenés enchachado en un rincón del mundo porque no hay capacidad para cumplir con lo que nosotros, sin pensar en Tuapí, estamos poniendo aquí en el papel. No hay cómo. Probame que sí se puede y yo te voy a probar lo contrario.

Este Código lo estamos haciendo para Boaco, para Chinandega, para Managua, donde sí te podés comunicar a ciencia cierta en dos horas, en tres horas, en un día, en dos días; pero esto no es cierto para aquellos que vivimos en una lejanía del resto del país. ¿Qué recomiendan éstos? Bueno, como las cosas las estamos haciendo de carrera y a nuestra manera, hay que hacer otro Código para estas regiones, un Código ajustado a la realidad. Esto más, si para el Presidente Moncada, robar una gallina significa ciento ochenta días detenidos en mi comunidad no, en mi comunidad significa tres días de obras públicas, más la devolución de la gallina, y pelonearlo. Eso es ley, que no está escrito; pero esto no lo vas a imponer...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tráigame una moción por favor, Fagot.

DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

Que hagamos otro Código para esas lejanías que tienen identidad diferente. Este Código no sirve, sólo sirve para Managua, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

De acuerdo, en la próxima legislatura prepárela.

DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

Es correcto, hay que preparar otro Código, porque éste es pensando a favor de Managua, no pensando en otras identidades, en otras costumbres, en otras tradiciones donde se han hecho leyes sin tener Código escrito.

Gracias, señor Presidente. No se olvide de este recital.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Para la próxima.

Tiene la palabra el honorable Diputado Carlos Hurtado.

DIPUTADO CARLOS HURTADO:

Gracias, Presidente.

Yo creo que este Código no invalida de ninguna manera las costumbres que son ley en las comunidades indígenas a las cuales el Diputado Fagot está haciendo referencia. Por lo tanto, esas costumbres -digo yo- siguen vigentes; esto no toca esas costumbres que nosotros apoyamos y respetamos y que son parte del acervo nicaragüense. Pero, bueno, Presidente, quería referirme al artículo 232 del Capítulo II De la Actuación de la Policía Nacional, y en concreto a una moción de consenso sobre el artículo 232. Estamos hablando del punto 4) del artículo 232, y que la moción se trabajó de la siguiente manera.

Se había dicho -y fue una moción mía- que el derecho del detenido de avisar a quien él estime conveniente, no puede ser restringido; y efectivamente la Constitución de la República así lo contempla, que el derecho de las personas detenidas no puede ser restringido. Entonces bajo esa luz es que la Comisión trabajó esa moción; a la luz del contenido del artículo 33 de la Constitución, y la propuesta es que el punto 4) se lea de la siguiente manera: "Informar de su detención y permitir al detenido informar él mismo a su familia o a quien estime conveniente". Así es que paso la moción de consenso, Presidente, y espero que el Plenario la apruebe.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado William Mejía.

DIPUTADO WILLIAM MEJIA:

Muchas gracias, Presidente.

Como en el estudio y aprobación de este proyecto se han venido quedando rezagaditos  ciertos artículos que hasta cierto punto vienen a ser un bolsón por el que después vamos a tener que volver otra vez hacia atrás; para evitar que se dé esa situación, nosotros hemos consensuado en el Título IV del Capítulo III, en el artículo 135 que fue motivo de alta discusión y de una gran polémica; lo consensuamos después con todos los asesores y los diferentes miembros de la Comisión, y llegamos a la conclusión de que había necesariamente que hacerle una reforma, y esta reforma queda establecida así.

Lo leo en alta voz para que todos pongan atención, y si creen que hay alguna objeción, pues que lo digan, pero definitivamente lo sentiría mucho porque fue producto de un estudio de muchas horas, junto con todos los elementos de la Comisión y los asesores, para dar a luz esta reforma del artículo 135. Esto dice así:

Arto. 135. Modificación:

- Incluir en el primer párrafo, solicitud fundada del Ministerio Público y previa audiencia al acusado.

- Declarar con la debida fundamentación la complejidad de la causa que producirá los siguientes efectos.

Se invierte el orden del numeral respecto del número 3). Se sustituye "prisión preventiva" por "medidas cautelares".

Agregar un tercer y cuarto párrafo, al final del artículo, el cual se leerá así, ya con estas modificaciones:

"Arto. 135 Asunto de Tramitación Compleja: Cuando se trate de causas sobre hechos relacionados con actividades terroristas, legitimación de capitales, tráfico internacional de drogas, delitos bancarios o tráfico de órganos o de personas, el Juez, a solicitud fundada del Ministerio Público, expresado en el escrito de acusación y previa audiencia al acusado, podrá declarar en forma motivada la tramitación compleja de la causa que producirá los siguientes efectos:

1. Los plazos para interponer y tramitar los recursos se duplicarán.

2. En la etapa del juicio los plazos establecidos en favor de las partes para realizar alguna actuación y aquellos que establecen un determinado tiempo para celebrar la audiencia, se duplicarán.

3. Cuando la duración del juicio sea mayor de treinta días, el plazo máximo de la deliberación se extenderá a cinco días y el de dictar la sentencia a diez días.

4. El plazo ordinario de las medidas cautelares se podrá extender hasta un máximo de doce meses. Una vez recaída sentencia condenatoria, hasta un máximo de seis meses.

La resolución que disponga que el asunto es de tramitación compleja, deberá ser adoptada a más tardar en la audiencia inicial y será apelable por el acusado.

El recurso de apelación tendrá un trámite preferencial y será resuelto dentro de tercero día, sin oír nuevas razones del Ministerio Público.

La declaración de complejidad de la causa podrá ser revocada en cualquier momento, de oficio o a petición de parte".

Esta es una moción de consenso.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tráigala, por favor.

Es que voy a someterla a votación. Como eso está en Capítulo anterior, el 135, en el Capítulo III Del Control de la Duración del Proceso, voy  a someter eso a votación porque no está aprobado ni el Capítulo.

Vamos a someter a votación la moción de consenso para el artículo 135, para después someter a votación el Capítulo, porque los demás están aprobados.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción de consenso.

Ahora vamos a someter a votación el Capítulo III, y les voy a explicar qué contiene el artículo 132 al 135.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo, y los artículos.

Vamos a seguir dando la palabra.

Tiene la palabra Lourdes Bolaños.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

En relación a lo expuesto por el colega Diputado Steadman Fagot, en realidad nosotros sí estábamos pendientes de todo lo que ocurriría a lo largo y ancho de nuestro país, y preocupados por eso es que habíamos puesto doce horas, porque lo ideal sería que en cuanto hubiese un detenido, inmediatamente se avisara al Ministerio Público. Hay que aclarar -sigo expresándolo- que no vamos a tener la misma forma de justicia que tenemos actualmente; esperamos que en un año de vacatio legis que va a tener este Código, la Fiscalía General de Justicia o el Ministerio Público, tenga en cada uno de los Municipios un representante, un Fiscal Auxiliar, que eso es lo que está previsto en este Código.

Entonces en este año esperamos -eso sí lo espero- aprobar un presupuesto coherente con las facultades y las obligaciones que va a tener el Ministerio Público, que va a ser de gran trascendencia. En eso sí estoy de acuerdo con Steadman, en esa solicitud que está haciendo, porque es de vital importancia que la formación de los cuadros del Ministerio Público, que los Fiscales Auxiliares sean lo mejor de lo mejor de los abogados de Nicaragua, para que en verdad pueda haber una verdadera y real justicia.

Pero en aras de lo que dice el Diputado Fagot, tenemos una moción de consenso y es en relación al tercer párrafo. Donde dice "dentro de las doce horas", le vamos agregar "más el término de la distancia". Eso vendría a solucionar el problema de que el término de la distancia es el que se va a justificar, para inmediatamente ponerlo a la orden del Ministerio Público; y además tenemos que estar claros de que no todos los enjuiciados van a ser encarcelados, sino que van a ser los de mayor gravedad. Esperamos que las cárceles en realidad no estén llenas de gente inocente, que por cosas mínimas estén encarcelados; esperamos una justicia distinta, y por lo tanto presento esta moción que está firmada por el colega Carlos Fonseca, el Doctor Urbina, el Doctor Barrantes, Steadman Fagot, y quien la presenta.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿A qué artículo se estaba refiriendo?

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

En el artículo 131, vamos a presentar la moción que va a decir: "Se agrega en el último párrafo: En el plazo de doce horas, referido en el párrafo anterior, no se incluirá el término necesario para establecer la comunicación con el Ministerio Público".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Traiga la moción, por favor.

Tiene la palabra el honorable Diputado Froylán Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias, señor Presidente.

Con respecto a lo que observábamos el día de ayer, yo dije que la disposición final del artículo 232, Deberes de la Policía, era inconstitucional, y en efecto así lo es porque viola el artículo 33, inciso 2.1, que en el mismo dice, dentro de las garantías mínimas del proceso de todo reo: "a que se informe de su detención por parte de la Policía, y él mismo a informar a su familia o a quien estime conveniente". Entonces esa última "colita" de que hablábamos y que el Ingeniero Hurtado ya metió una moción, es inconstitucional y debe desaparecer. La parte que dice: "este derecho debe ser restringido con autorización judicial, cuando pueda afectar la marcha de la investigación", que decíamos que convierte en desaparecido al reo. Es inconstitucional, por el artículo 33 -como ya dije-, inciso 2. 1, y viola también el artículo 34, inciso 4) y 11) del párrafo tercero de la Constitución.

Es preocupante que algunos colegas, tanto colegas Diputados como colegas abogados, digan que este Código es perfecto, y que este proyecto no debemos atrevernos a tocarlo como algunos lo hacemos aquí. Como bien dijo alguien ayer, estamos legislando para los próximos cien años, y esto es un problema que hemos venido arrastrando, que hay que aprobar las leyes, hay que aprobar los Códigos en carrera para que digan que trabajamos. Eso es incorrecto, estamos afectando a toda la población de Nicaragua, a los nicaragüenses y a los extranjeros que se encuentran en nuestro territorio.

Por eso debemos ser cuidadosos y no tratar de que se mantenga la misma posición de que, cuando el hombre está preso no se debe escapar, no se le debe ir a nadie aunque sea inocente; que no importa, el preso es preso y ahí debe quedarse hasta que a alguien se le ocurra que puede salir. Ese tipo de posiciones que nosotros estemos plasmando en nuestros Códigos, a estas alturas, en este siglo, por favor, señores, nos retrotrae a la Edad Media.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Por eso ya hay una moción.

Es que usted está hablando que aun a pesar de la moción, -por lo menos es lo que yo medio pude comprender-, es inconstitucional. ¿Eso es lo que está diciendo?

Entonces si eso es así, por favor, traiga una moción.

Tiene la palabra.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Correcto. Hay sólo una pequeña cuestión ahí en la moción del Ingeniero, y es que dice "a la mayor brevedad posible", no es a lo inmediato, esa es la parte inconstitucional de esa moción. La moción está bien, la apoyo, pero que se le cambie eso porque siempre deja a criterio del apresador, del individuo que tiene al otro en sus manos, sólo porque él tiene el poder coercitivo del Estado, a que lo haga cuando él quiere. Que el Ingeniero le cambie eso y estamos al cien.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Hay alguna otra moción? ¿No hay ninguna moción?

Entonces vamos a someter a votación las mociones leídas para las reformas a los artículos, y después vamos a someter a votación el Capítulo, porque ya están leídas las demás mociones del Capítulo.

Si quieren que les lea las mociones, a pesar de que han sido leídas, no hay ningún problema.

Que lean las mociones, por favor.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a comenzar con la moción al artículo 230, después al 231 y al 232, son los artículos en que tenemos mociones.

En el 230, es la última parte: "No obstante tomará todas las medidas necesarias para la atención y auxilio debido a las víctimas y proteger a los testigos". Esta es moción de Carlos Hurtado.

La otra moción al artículo 232, dice así: Modificación. Se agrega un último párrafo que se leerá así: En el plazo de doce horas, referido en el párrafo anterior, no se incluirá el tiempo necesario para establecer la comunicación con el Ministerio Público.

Voy a leer la moción al 232. Modificación. Se sustituye el contenido del numeral 4), por el precepto constitucional contenido en el artículo 33,  2.1), de forma que se leerá así: "Informar de su detención y permitir al detenido, informar él mismo a su familia o a quien estime conveniente".

Estamos claros: "Informar de su detención y permitir al detenido informar él mismo a su familia o a quien estime conveniente".

¿Está bien?

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se someten a votación las mociones anteriormente leídas.

Se abre la votación.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Puede estar esta ley en contra de la Constitución, pero siempre prevalece lo que dice la Constitución.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobadas las mociones.

Vamos a someter a votación todo el Capítulo II De la Actuación de la Policía Nacional.

A votación.

Se suspende la votación.

Yo les había preguntado que si no había otra moción. Estaba aquí la pantalla en blanco, nadie pidió la palabra; entonces la culpa es de ustedes, señores, discúlpenme.

Yo tengo aquí la pantalla y nadie me pide la palabra, ¿cómo hago?

Y ahorita no me han pedido la palabra; todavía no se han apuntado.

Tiene la palabra el honorable Diputado Luis Urbina.

DIPUTADO LUIS URBINA:

Gracias, señor Presidente.

Lo que pasa es que hemos estado discutiendo este Capítulo hasta el artículo 232; ahora usted tiene que someter a la opinión de la Asamblea el 233, el 234 y así sucesivamente, hasta completar el Capítulo.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Lo que pasa es que me están informando que eso se hizo ayer, lo hizo Dámisis.

Eso es lo que me informaron, pero de todos modos para que no haya ninguna duda, lo voy a hacer, a pesar de que me están diciendo que se hizo ayer.

¿Objeciones al artículo 232? No hay.

¿Objeciones al artículo 233? No hay.

¿Objeciones al artículo 234? No hay.

¿Objeciones al artículo 235? No hay.

¿Objeciones al artículo 236? No hay.

En el artículo 237 había una moción que ya está aprobada.

¿Objeciones al artículo 238? No hay.

¿Objeciones al artículo 239? ?Había una moción?

?Al 238? Tiene la palabra el Doctor Urbina.

DIPUTADO LUIS URBINA:

Gracias, señor Presidente.

Hay una moción de consenso para el artículo 238. Para hacer más rígido y controlado judicialmente el procedimiento en caso de investigación corporal, el artículo se leerá así, agregándole nada más una frase: "Siempre que sea razonable y no ponga en peligro la salud, se podrá proceder previa autorización judicial debidamente motivada a la investigación corporal, a practicar exámenes"; y todo lo demás igual el artículo. Presento la moción.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación la moción del Diputado Urbina referente al artículo 238, que fue leída.

Se somete a votación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción.

¿Objeciones al artículo 239? Había una moción al respecto, que está aprobada.

¿Ocampo pidió la palabra?

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Vea, en este caso me parece que sería conveniente dejar plasmado, porque es correcto lo del registro, la autorización del registro, pero resulta que a veces por falta de conocimiento de un policía, puede ir más allá de la autorización legal y establecer registro. No quiero ser el defensor del diablo, pero se podría establecer registro en vehículos que gocen de inmunidad por tratados internacionales o por la ley. Entonces ahí es donde yo quisiera agregarle que se exceptúan de esta disposición aquellos que gocen de inmunidad, por disposición legal o por los tratados internacionales.

¿Por qué digo esto? Porque sucede -por eso dije que no quería ser el defensor del diablo-, a veces sucede que hay  cosas de apreciación, y entonces viene el policía y dispone por apreciación, que alguien cometió una infracción y comienza, y cuando uno se identifica comienza a regañarlo. Esta cuestión creo que es inconveniente, y aquí jamás se ha observado o no se ha dispuesto en la ley algo sobre eso. No lo estoy diciendo por nosotros, o no sólo por nosotros, sino también para que se respete lo dispuesto en los tratados internacionales. Paso la moción.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Ese es para el 239?

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a leer la moción al artículo 239. "Agregar: Se exceptúan de este caso, quienes gocen de inmunidad por la ley o tratados internacionales".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión la moción.

Tiene la palabra Pablo Sierra.

DIPUTADO PABLO SIERRA:

Señor Presidente:

La moción que se está presentando ahorita está prevista en el Libro Primero, Título I, Capítulo I, en el artículo 19 del Código que se está estudiando. El artículo 19, dice lo siguiente:

"Extensión y Límites: La jurisdicción penal se extiende a los delitos y faltas cometidos, total o parcialmente en el territorio nacional, y a aquellos cuyos efectos se producen en él, así como a los cometidos fuera del territorio nacional conforme el principio de universalidad que establece el Código Penal, salvo lo prescrito por otras leyes y por tratados o convenios internacionales ratificados por Nicaragua.  Se exceptúan los límites de jurisdicción relativos a personas que gocen de inmunidad y a los menores de edad".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene de nuevo la palabra el Diputado Ocampo.

(Yo).

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Precisamente lo que dije antes se lo voy a ilustrar con una experiencia. Un día de estos un policía me paró, y le dije: mirá, aquí está, yo gozo de inmunidad. Usted sí, pero el vehículo no, me dijo. Entonces ellos van a estudiar la Ley de Tránsito, pero si no la conocen al dedillo, si no es más clara, nos vamos a encontrar con eso. Cuando vea usted, señor Presidente, a excepción de que usted anda un policía ahí ?verdad?, y anda resguardado, si no, le desbaratan el vehículo, se lo abren, sólo porque el policía piensa que la ley no se lo prohíbe, y como lo que no es prohibido es permitido, él puede hacerlo.

Yo creo que se debe dejar claro que aquello se refiere a personas, y esto se refiere a registro de vehículos.  De todas formas, si se presentase por ejemplo un caso de un diplomático que se sospecha que está metido en cuestiones de narcotráfico, para eso hay legislaciones internacionales que también lo afectan, o se están haciendo; eso está dentro de los delitos de lesa humanidad, y ya hay por lo menos avances al respecto. Pero nosotros estamos aquí en Nicaragua y estas experiencias nos pasan a nosotros y le pueden pasar a un extranjero, y se molesta por eso.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Lourdes Bolaños.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

En este sentido yo quiero decir que inmunidad no es impunidad, y vamos a verlo en el artículo 251, donde claramente la propuesta de artículo dice que cuando la acción penal dependa de un procedimiento previo de privación de inmunidad, el Ministerio Público no podrá realizar actos que impliquen una persecución penal, sólo practicará las investigaciones necesarias para asegurar los elementos de prueba. Eso significa que si sabemos que se está cometiendo un delito que tiene inmunidad, nosotros tenemos que perseguirlo para captar la prueba, para asegurar la prueba, para investigar; eso no quiere decir que no se vaya a realizar el juicio, el antejuicio, y es por eso que queda expresamente señalado ahí.

Lo que pasa es que a veces no hemos leído el contexto general, pero está previsto ese caso. Entonces, una cosa es la inmunidad personal y otra cosa es que en la persecución del delito tenemos que tomar medidas para investigar y para tener la prueba con que se va a demandar a una persona aunque sea inmune.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

De nuevo tiene la palabra el Diputado Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Dije que no quería ser defensor del diablo, y en efecto sólo estoy tratando de que la ley quede clara. Si un Diputado -vamos a ser más claros- ha cometido un delito, ¿cuál es el procedimiento? Primero lo desaforan y  todo, entonces le podrán hasta registrar, darle vuelta a la casa, a los vehículos, al perrito y a todo. Pero aquí está bien clara la situación, habla de la Policía, habla de un alto administrativo que está ejerciendo el policía, que está allá parqueado en Ochomogo, por ejemplo, y ahí registran a todo mundo. Yo no tengo miedo de que me registren, porque ni siquiera ando lo que tengo autorizado, que es una pistola corta. Yo no tengo ningún miedo, mucho menos que vaya a traer una cincuenta en la valijera del carro.

Es que no es eso. Si estamos hablando de la ley, respetemos la ley y seamos más claros en las disposiciones legales. Hablo de que esto debe contemplar esa situación. Si cometemos un delito, quien lo comete está claro, si no hay impunidad, pero nosotros tenemos un procedimiento especial como lo tienen los agentes diplomáticos extranjeros, y es sólo para evitar roces en el territorio, contra quien sea. Esa es la situación. Yo no estoy llamando a que se nos dé impunidad a nosotros, ni a ningún diplomático extranjero. Que se deje claro para los policías que aplican esto allá en la carretera, allá donde están, que inmediatamente que se identifican, hasta ahí llega su función.

Tiene todo el derecho a parar mi vehículo, lo tiene, yo no lo discuto, pero en cuanto me le identifico, ya supo quién soy, entonces ahí ya sabe cómo atenerse a la ley. Pero si él no conoce toda la disposición clara, ¿qué va a hacer? El puede darle vuelta al vehículo si quiere y se acabó, y después a pegar el grito aquí, que de aquí vaya a apelaciones o yo no sé a dónde, a la Jefatura de la Policía, etc.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Okey. Como ya está presentada la moción, vamos a votarla.

Tiene la palabra Armando López, antes de la votación.

DIPUTADO ARMANDO LOPEZ:

Gracias, Presidente.

Solamente es para decirle, Presidente, que he escuchado las intervenciones del Diputado Ocampo, y su moción creo que es muy valedera, porque en derecho se dice que "lo que abunda no daña", y yo creo que debe quedar bien claro, bien especificado; aunque como decían aquí los asesores, el artículo 19 refiere algo al respecto, especialmente en la parte individual, pero no especifica bien claro que traspasa también al vehículo. En los Estados Unidos está bien claro eso en las leyes de allá, y creo que se han modernizado en cuanto a que también el respeto es a la persona en forma individua; pero cuando sale a la calle en su vehículo, sus derechos constitucionales y civiles deben seguirse respetando en lo que se refiere a su vehículo, porque el vehículo se considera como que es la extensión de su casa de habitación en la calle.

Por lo consiguiente, yo apoyo la posición y la moción del Diputado Ocampo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Sí, yo estoy de acuerdo, incluso voy a votar por esa moción, pero aquí se sigue. Tiene la palabra Carlos Fonseca.

DIPUTADO CARLOS FONSECA:

Gracias, señor Presidente.

Yo no sé cuál es la preocupación de estos colegas de que les registren los vehículos, si aquí mientras más orden, más seguridad haya en este país, es mejor para todos los nicaragüenses. Yo no sé porqué vamos a estar aquí haciendo el cuadro de que estamos muy preocupados por los derechos de los inmunes, si la inmunidad es algo que ni debería existir. ¿Por qué estamos preocupados por éso? Yo creo que ésa no tiene que ser la preocupación de nosotros, estar poniéndole tantas cosas, protegiéndonos nosotros, ¿qué es eso? Si nosotros no necesitamos eso. Es decir, el que está tranquilo, el que está con su conciencia tranquila no necesita estar en ese plan.

Estamos supuestamente ahorita apoyando la lucha contra el terrorismo, y sin embargo aquí, quienes dicen que están en contra del terrorismo, están preocupados porque no quieren que les registren los vehículos a los inmunes; y a los que se nos ha señalado como terroristas, estamos más bien preocupados para que se registre a todo el que se tenga que registrar, para que aquí no haya ningún tráfico de terrorismo, ni nada por el estilo, ninguna acción terrorista que la Policía no pueda investigar. Eso no afecta la inmunidad del Diputado. Yo creo que no podemos estar nosotros legislando de esta manera, aquí no cabe eso de que "lo que abunda no daña", ésta no es una sentencia, es un Código que va a regir por un siglo más o menos y no podemos estarle metiendo cuestiones que no vienen al caso.

Yo creo que no hay ninguna necesidad de introducir eso, de agregar eso para estarse protegiendo aquí; eso no es correcto hombre. Yo creo que no se puede abusar de la inmunidad, y tenemos que buscar nosotros más bien cómo preocuparnos para que la misma no se convierta en impunidad, como dijo la Diputada Bolaños.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra William Mejía Ferreti.

DIPUTADO WILLIAM MEJIA FERRETI:

Gracias, Presidente.

Todos los argumentos están enfocados a que como nosotros somos Diputados u otros funcionarios que tienen categoría especial, se les mantenga por supuesto esa imagen de los que dicen, quitá, quiero pasar, apartate porque a mí no me importa que tu policía o tu centro tal esté realizando investigaciones en torno a un delito. Es decir, lo que se llama llevar la bandera de la protección fiel que como Diputado, como Ministro, como tal, a mí no me puede tocar nadie. Entonces se está olvidando de que efectivamente este Código está luchando por plasmarse, a fin de que se encuentren los mecanismos necesarios para penetrar en el delito.

Si el delito tiene barrera en su investigación, al final tenemos que fracasar, porque si este delito de una u otra manera se ve vinculado a alguien que tenga esa estatura, desde ahí te dice, se paró, no puedo llegar, la Policía se pone en un plan de decir: no puedo encontrar mecanismos para penetrar esa barrera infranqueable, por la inmunidad que tienen estos funcionarios, quiebra completamente todo un programa o proyecto que desarrolla la Policía para la investigación de ese delito.

Hasta cierto punto, sería egoísta, ¿y por qué no decirlo?, seríamos como patrocinadores de que la impunidad se generalice. Yo no encuentro ningún motivo para que alguien como policía, ya me lo han hecho, me han detenido y después me dan la disculpa, señor usted disculpe, pero ya revisaron, hicieron todas las auscultaciones y se dieron cuenta de que no hay nada. En situaciones muy especiales, cuando ya nacen estas cosas que a nosotros en Nicaragua nos puede poner con los pelos erizos, ¿vamos a estar limitando también a que la Policía no desarrolle actividades de ese tipo,  sólo porque nosotros estamos revestidos de ese traje tremendo, brillante, de que somos inmunes. Hasta cierto punto no.

Yo creo que la Policía tiene que desarrollar esas actividades, ¿por qué no decirlo? Sin conocerte nada o sin tomar tu consentimiento de repente tú te encuentras en un centro, te aparcas, y alguien, sabiendo que tú eres una persona inmune, que no te pueden registrar, te introducen involuntariamente alguna cosa que tal vez es un elemento que sirve para la prueba de la Policía, y tú lo estás ignorando. Así, de una u otra manera te conviertes en vehículo fácil para penetrar u ocultar los medios de prueba que la Policía está buscando, y tal vez sin tu consentimiento.

No quiere decir con eso que te vayan a violentar o minimizar tu estatura de gente inmune, pero sí vas a cooperar, porque si nosotros sabemos que todos estamos en la obligación de buscar los métodos para declarar, para encontrar, para detectar el delito, pues entonces, señores, ¿por qué nos vamos a sentir un poquito como erizos? Qué piel más suave y más sensible la que tenemos nosotros los inmunes. ¿Será posible entonces que a través de esta inmunidad también nosotros vayamos a propiciar cualquier situación para que fracase la Policía en su investigación? Por eso, señor Presidente, no me parece que se dé esa excepción, porque aquí no estamos para calificarnos; y además de que tenemos la inmunidad, que nos pongan en otro pedestal, por favor...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Como esto es interminable, vamos a declararlo suficientemente discutido.

Vamos a someter a votación la moción de Ocampo. Los que estén a favor, que voten en verde; los que estén en contra, que voten en rojo.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Los que están a favor de la moción, tienen 3 votos; los que están en contra, 48. Rechazada la moción.

¿Objeciones al 240?  

Si es para alguna objeción, tiene la palabra Noel Delgado.

DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA:

Presidente.

Qué barbaridad, siempre que te pido la palabra nunca me la das, pero qué vamos a hacer.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Discutieron sobre el mismo punto quince oradores, yo creo que es más que suficiente para declararlo así.

DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA:

Pero yo era el 16, Presidente. ¿y a usted quién le ha dicho muchas veces que tiene la sabiduría del sacerdote?

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES: 

Siga hablando entonces, por favor.

DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA: 

¿Idiay, ahora para qué?  Cuando ya de todas maneras es tarde, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al 241? No hay.

¿Objeciones al 242? No hay.

¿Objeciones al 243? No hay.

¿Objeciones al 244? No hay.

¿Objeciones al 245? No hay.

A votación el Capítulo, con todas las mociones y los artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

50 votos a favor, 2 en contra, 1 abstención.  Está aprobado el Capítulo, y los artículos.

Ahora vamos al Capítulo III, con el artículo 246.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo III
De las Diligencias de Investigación que Requieren
Autorización Judicial


Arto.246 Autorización Judicial: Para efectuar actos de investigación que puedan afectar derechos consagrados en al Constitución Política cuya limitación sea permitida por ella misma, se requerirá autorización judicial debidamente motivada.

En caso de urgencia se practicará el acto sin previa autorización, pero para su validez quedará supeditado a la convalidación del Juez, la que será solicitada dentro de un plazo de veinticuatro horas. Si el Juez apreciara además que en la práctica del acto se ha incurrido en delito, pondrá el hecho en conocimiento del Ministerio Público.

Si esta autorización es decretada luego de celebrada la Audiencia Preliminar o la Inicial, según se trate, el defensor deberá ser notificado y tendrá derecho a estar presente en la práctica del acto.

Arto. 247 Forma de Llevar al Juicio los Resultados de los Actos de Investigación: La información de interés para la resolución de la causa, que conste en actas u otros documentos redactados para guardar memoria de los actos de investigación, se incorporará al juicio a través de la declaración testimonial de quienes directamente la obtuvieron mediante percepción personal.

Los expertos no oficiales que hayan intervenido en los actos de investigación adquirirán la condición de peritos si son declarados idóneos como tales por el Juez.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo 246?

Tiene la palabra la honorable Diputada María Lourdes Bolaños.

DIPUTADA MARIA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

Es para completar la idea del artículo 246, para que quede mejor concebida. Porque se dice en el párrafo primero, que “para efectuar actos de investigación que puedan afectar derechos consagrados en la Constitución Política cuya limitación sea permitida por ella misma, se requerirá autorización judicial debidamente motivada". En este sentido quedaba muy amplio el concepto, y por lo tanto queremos determinar qué Juez será el que va a dar esa autorización.  Por eso consideramos que se debe agregar, después de "motivada", "por cualquier Juez del Distrito de lo Penal, con competencia por razón de territorio, y una vez iniciado el proceso, es competente para otorgar la autorización el Juez de la Causa".

Después va a decir: "En caso de urgencia se practicará el acto sin previa autorización, pero su validez quedará supeditada -ese es el cambio que se tiene que hacer- a la convalidación del Juez, la que será solicitada dentro de un plazo de veinticuatro horas. Si el Juez apreciara además que en la práctica del acto se ha incurrido en delito, pondrá el hecho en conocimiento del Ministerio Público". Esta es una moción de consenso al artículo 246.  Firman: Doctor Pereira Majano, Nathán Sevilla, María Lourdes Bolaños, Mónica Baltodano, Carlos Fonseca, William Ferreti.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al 247?  No hay.

Vamos a someter a votación la moción presentada por la honorable Diputada María Lourdes Bolaños, o sea la que ya fue leída.

Vamos a votar.

Se abre la votación.

Les rogamos que hagan uso del derecho al voto, honorables Diputados.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 2 en contra, 1 abstención.  Aprobada la moción.

A votación el Capítulo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el Capítulo III, con sus correspondientes artículos.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo IV
De la actuación del Ministerio Público

Arto.248 Colaboración y Participación Directa:  El Ministerio Público, en su condición de órgano acusador, podrá dar a la Policía Nacional directrices jurídicas orientadoras de los actos de investigación encaminadas a dar sustento al ejercicio de la acción penal en los casos concretos.

Cuando el Ministerio Público lo considere conveniente, podrá participar en el desarrollo de las investigaciones y en el aseguramiento de los elementos de convicción, sin que ello implique la realización de actos que, por su naturaleza, correspondan a la Policía Nacional.

Arto. 249 Registros: El Ministerio Público llevará los registros y resúmenes de actividades que estime convenientes para el control de la investigación, y no está obligado a notificar de las diligencias de investigación a las personas investigadas aún no sometidas a proceso.

Arto. 250 Llamamiento:  Toda persona citada por el Ministerio Público deberá atender el llamamiento, bajo apercibimiento de conducción forzosa para la práctica de diligencias relativas al ejercicio de la acción penal en caso concreto, y podrá hacerse acompañar por abogado.

Los funcionarios y empleados del Estado están obligados a proporcionar al Ministerio Público toda información de la cual dispongan con ocasión del desempeño de su cargo, cuando aquél la solicite.

Arto. 251 Antejuicio: Cuando la acción penal dependa de un procedimiento previo de privación de inmunidad, el Ministerio Público no podrá realizar actos que impliquen una persecución penal.  Sólo practicará los de investigación necesarios para asegurar los elementos de prueba, cuya pérdida sea de temer y los indispensables para fundamentar la petición de dicho procedimiento.  Concluida la investigación esencial, el Ministerio Público presentará la acusación ante el Juez competente y pedirá a éste solicitar la tramitación de la desaforación ante la autoridad que corresponda.

Arto. 252 Atribuciones Relacionadas con el Ejercicio de la Acción: Para el ejercicio o disposición de la acción penal, el Ministerio Público tendrá las siguientes atribuciones:

1. Valorar el informe policial y ordenar por escrito a la Policía Nacional, si es necesario, que profundice o complete la investigación e indicar las diligencias que estime oportunas para tal efecto;

2. Citar a personas que puedan aportar datos relacionados con el hecho que se investiga; y

3. Realizar las actividades que considere necesarias para la búsqueda de elementos de convicción, conforme a la ley.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo  248? No hay.

¿Objeciones al 249? No hay.

¿Objeciones al 250? No hay.

¿Objeciones al 251? No hay.

¿Objeciones al 252? No hay.

A votación los artículos, y el Capítulo IV.

Voten, colegas.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobados los artículos, y el Capítulo expresado.

Título II, señor Secretario.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
TITULO II
DEL JUICIO POR DELITOS
Capítulo I
Disposiciones generales

Arto.253 Aplicación:  Las normas previstas en este Título se aplicarán al enjuiciamiento de los delitos, con las modificaciones de plazos y formas que se establecen para los delitos menos graves.

Arto. 254 Inicio del Proceso.  Si hay reo detenido, el proceso penal se inicia con la realización de la Audiencia Preliminar.  Cuando no lo hay, el proceso iniciará con la Audiencia Inicial.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo  253? No hay.

¿Objeciones al 254? No hay.

A votación los artículos, y el Capítulo I del Título II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el Capítulo I del Título II, con los correspondientes artículos.

SECRETARIO CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA:
Capítulo II
De la Audiencia Preliminar

Arto.255 Finalidad.  La finalidad de la Audiencia Preliminar es hacer del conocimiento del detenido la acusación, resolver sobre la aplicación de medidas cautelares y garantizar su derecho a la defensa.

Arto.256 Comparecencia:  Dentro de las cuarenta y ocho horas de su detención, las autoridades correspondientes presentarán a la persona detenida ante el Juez, para la realización de la Audiencia Preliminar.

En esta audiencia el Fiscal deberá presentar la acusación ante el Juez competente.  Si este requisito no se cumple, el Juez ordenará la libertad del detenido.  El Fiscal entregará al acusado una copia de la acusación.

Arto.257 Admisibilidad de la Acusación: El Juez analizará la acusación y la admitirá si reúne los requisitos establecidos en el presente Código.  En caso contrario, la rechazará.

El Juez que se considere incompetente, remitirá la causa de forma inmediata a quien corresponda, conforme a la ley.

Arto.258 Corrección de Errores.  La corrección de simples errores materiales o la inclusión de algunas circunstancias que no modifican esencialmente la acusación ni provocan indefensión se podrá realizar durante la audiencia, sin que sea considerada una ampliación de la acusación.

Arto.259 Modificación de la Acusación:  Durante el curso del proceso, y hasta antes del inicio del juicio, el Fiscal podrá ampliar la acusación, mediante la inclusión de un nuevo hecho que modifique la calificación jurídica o la pena o resulte conexo.  En este caso se brindará al acusado un plazo razonable, en criterio del Juez, para preparar su defensa.

Arto.260 Derechos del Acusado en la Audiencia Preliminar:  Admitida la acusación, el Juez procederá a informarle al acusado en forma comprensible sobre los hechos y su calificación jurídica.

El Juez preguntará al acusado si tiene defensor privado.  Si no lo ha designado, le indicará que tiene la opción de nombrarlo.  Si el acusado es incapaz de afrontar los costos de un defensor privado o no quiere contratarlo, se procederá a designarle un defensor público o de oficio, según corresponda, en la forma prevista en el presente Código.

La inasistencia del defensor a esta audiencia no la invalida.  En consecuencia, la designación del defensor no será motivo para suspenderla.

El Juez informará al acusado sobre su derecho de mantener silencio.

Arto.261 Caución: El Juez procederá a determinar, provisionalmente, si se debe aplicar una medida cautelar al acusado, de acuerdo con las normas de este Código.  Si determina que es innecesaria, ordenará su libertad.

Arto.262 Intervención de la Víctima:  En su condición de parte, la víctima tiene derecho de participar en esta audiencia, aun cuando no le haya sido notificada, y podrá opinar respecto de la medida cautelar que se adopte en contra del acusado, pero deberá señalar domicilio para futuras notificaciones. Su inasistencia no suspenderá la audiencia ni la viciará de nulidad.

Arto.263 Ejercicio de la Acción:  En los delitos de acción pública, en cualquier momento del proceso, la víctima podrá constituirse como acusador particular.  Al efecto, si así lo requiere, el Juez pondrá a su disposición los resultados de la investigación. La parte podrá solicitar en un plazo de diez días, y el Juez en su caso autorizar la práctica complementaria de actos de investigación.

Arto.264 Fijación de Audiencia Inicial:  Si el Juez ordena la prisión preventiva del acusado, procederá a fijar una fecha inferior a los diez días siguientes para la realización de la Audiencia Inicial.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo  255?

Tiene la palabra el honorable Diputado Steadman Fagot Müller.

DIPUTADO STEADMAN FAGOT MÜLLER:

Volvemos otra vez al mismo asunto. Dice en el artículo 256, Comparecencia: "Dentro de las cuarenta y ocho horas de su detención".  ¿Es imposible que los abogados hagan algo ahí para componer esto, porque las experiencias en lo personal me han dicho otra cosa. Yo he sido carcelero en mi comunidad, y esperando un pipante para llevarlo a Waspán, he pasado siete días con el reo detenido y amarrado ahí  en la propia casa comunal. ¿Y cómo lo vamos a trasladar?  No hay manera, pero tampoco podemos soltarlo, porque no se trata de una ratería, no se trata de una cuestión doméstica, sino de una violencia mayor y hay que llevarlo, cueste lo que cueste.

No hay comunicación -repito-, no hay transporte, y ahí lo tenemos doce días.  Y sabemos que se le han violado los derechos que tiene, sí, pero tampoco se le puede soltar, y ahí lo tenemos amarrado en contra de la ley; pero ahí lo tenemos porque tampoco se le puede soltar -repito-,  y lo presentamos a los doce ó quince días; no es cuando nos “ronque”, sino cuando las condiciones lo permitan. De tal manera que hay que exceptuar de todo este articulado lo que tiene que ver con el atraso de nuestro país, en materia de transporte, en materia de comunicación, en materia de infraestructura, porque no encaja con nuestras realidades.  Y mirá qué bonito lo que dice allí: "Si este requisito no se cumple, el Juez ordenará la libertad del detenido".  Antes de que caiga en una cárcel o en manos de la Policía, ya está libre, y eso que fue agarrado con la masa en las manos.  Señores abogados, compongan esto, que no sirve.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra, Doctor Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias, señor Presidente.

El Diputado Fagot ha dicho una gran verdad.  Una de las fuentes del Derecho -como ustedes los abogados saben- es la realidad; la realidad objetiva, sobre todo, es la primera fuente del Derecho, y el Código es muy moderno, muy amplio, es todo, pero desgraciadamente no contempla situaciones como las que ha señalado el Diputado Fagot. Pero bueno, la ley es objetiva, y dentro de la objetividad de la ley que desde este momento estamos aprobando, aquí que se han preocupado tanto por los narcotraficantes, un individuo acusado de narcotraficante que lo agarren allá en el río Coco, en San Carlos, y no lo puedan sacar de allí, a excepción de que viaje en un helicóptero; y a veces ni los helicópteros pueden llegar. Entonces ya está libre por violación de término, pues por estar detenido ilegalmente, el Juez tiene que ordenar su excarcelación.

Bueno, además de eso quiero hacer otro señalamiento al artículo 256, y es que está incompleto. Este artículo debe ser comparado con otros artículos de la misma ley, con el 133, 134 y el 264.   En él se dispone que dentro de las cuarenta y ocho horas de su detención, el reo debe ser presentado ante el Juez, para la realización de la audiencia preliminar. ¿Cuál es la importancia de la omisión que voy a presentar en este caso, o la moción para presentar esta omisión? Que en estos precisos momentos, el juicio comienza cuando la Policía  dentro de las cuarenta y ocho horas presenta el expediente al Juez; pero realmente no es el señor Juez quien recibe el expediente, sino el Secretario, que es el órgano de comunicación con el Juez.

Si el señor Juez no se encuentra en el Juzgado, la práctica es que el Secretario firma el recibido y el reo ya está legítimamente detenido, porque ya está a la orden del Juez, con sólo el trabajo que realizó la Policía. En este caso, aunque se habla del Juez, estamos claros que no es el Juez el que va a estar recibiendo, ni la acusación del Fiscal, ni del otro, sino que se presenta ante el Secretario y no ante el Juez en persona. Entonces para que el juicio comience, según el artículo 134, que dispone la duración del proceso y habla de que sea de tres meses a partir de la primera audiencia, que es la audiencia preliminar.  

En este artículo queda a criterio del Juez otorgar la audiencia preliminar. ¿Qué sucede?  Que el reo, con sólo haberlo llevado al Juzgado, con que el Fiscal presente la acusación, que a pesar de que se hace mucho énfasis en la oralidad, venimos a caer en lo mismo, que sea escrita. ¿Por qué? En el párrafo segundo del artículo 256, se dice que en esa audiencia el Fiscal va a presentar una copia de la acusación al reo.  Las copias no se dan orales, ¿verdad? No le va a decir: "ve, la copia es ésta”, y se pone a hablar  No, se la va a dar escrita.

Hay unos elementos aquí que se cruzan, que no representan el espíritu de la ley.  ¿Entonces por qué dije el 134? Porque el hombre ya superó las cuarenta y ocho horas, y la Policía o el Fiscal lo pone a la orden del Juez; y si está el hombre a la orden del Juez, se supone que está debidamente detenido, está legalmente detenido. La audiencia preliminar se efectúa hasta cuando el Juez pueda, a lo inmediato si puede, pero lo puede hacer también cuando a él se le ocurra, o cuando se lo permitan los otros juicios que tiene pendiente, y el hombre puede tirarse más de los tres meses legalmente detenido. Pero a ver quién quiere que le regalen un día más de cárcel, además de que violan su legítimo derecho a la defensa. ¿Qué queda en estos casos?, me decían los asesores de la Corte.  

Fíjate que en el artículo 133, podés recurrir de queja.  Bueno, ahora se hacen las quejas a través de la Inspectoría o a través de la Comisión Disciplinaria de la Corte. Ni siquiera le contestan a uno la queja que mete contra los Jueces, mucho menos que le contesten a un pobre reo, cuando van a ser miles de reos los que van a estar recurriendo ahí; entonces pasarán otros tres meses para que le toque el turno de que le contesten los señores éstos.

En el artículo 264, se establece no más de diez días para la fijación de la audiencia inicial, ya no son tres meses, sino que están superados los tres meses y días. A como me decía alguien ahí, que no sé si tendrá razón o no sabe nada de derecho, que en un país le dicen: "mirá, te vamos a poner la pena de veinte años más un día"; tiene que decir ese día para que sea hoy, para que los veinte años comiencen a correr mañana.  

Señores, en concreto la moción que voy a presentar es, que para salvaguardar los intereses del reo, para una mejor ejecución de la justicia, esa acción preliminar se dé en cuanto se presente el expediente o se presente el reo ante el Juez. La moción para el artículo 256, párrafo primero:  "Dentro de las cuarenta y ocho horas de su detención, las autoridades correspondientes presentarán a la persona detenida ante el Juez, para la realización de la audiencia preliminar, la cual se realizará inmediatamente". Lo que yo propongo es agregar a ese artículo, “la que se efectuará en el acto inmediatamente”.  Lo hablé con los asesores de la Corte hace días  y ellos me dijeron que estaban de acuerdo, para que la cosa quedara más clara, y que iban a apoyar mi moción si era necesario.  

Paso la moción.  Está firmada por el Doctor Rodríguez, y Froylán Ocampo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Traiga la moción.

Tiene la palabra el Diputado Alberto Rivera Monzón.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZÓN:

Muchas gracias, honorable señor Presidente.

Solamente es para hacer una observación. En el párrafo número tres del artículo 260, dice: "La inasistencia del defensor a esta audiencia no la invalida  -la inasistencia-.  En consecuencia, -ahí hace falta una palabra “no”- la no designación del defensor no será motivo para suspenderla".  Se instruye, pues, que el espíritu del legislador ahí sería la no designación del defensor, porque a como está ahí, dice: "En consecuencia, la designación del defensor no será motivo para suspenderla".  Lo lógico es “la no". Para la Comisión de Estilo,  simplemente agregarle ese "no".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Eso no es de Comisión de Estilo, pues te cambia todo; es de fondo.

Tráigalo, por favor.

Tiene la palabra Lourdes Bolaños.

DIPUTADO LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, da la oportunidad de seguir repitiendo que los esquemas del juicio inquisitorial en los que hemos sido instruidos, en los que nos hemos preparado, es difícil desalojarlos en dos o tres días, máxime cuando de repente no leemos más allá de donde estamos. Es decir, la audiencia preliminar simplemente es la indagatoria, pero no puede ser nunca la indagatoria que se acostumbra el día de hoy, donde va el indagado a declarar ante un Secretario; nunca podrá ser eso. Porque el juicio oral o público señala específicamente, principios fundamentales como es el principio de mediación, en que tiene que estar presente el Juez; si no está él presente, es vicio de nulidad.  

Entonces es cierto que se tienen que dejar algunos registros, algunas constancias de lo que se hace, porque vamos a llegar a un Jurado a dictar una sentencia, pero eso no significa que se revierta la oralidad del juicio.  La oralidad del juicio es fundamental. Por lo tanto, los esquemas  del pasado o los esquemas que vamos a mantener por uno o dos años en el futuro, van a ser los mismos en la medida en que nos vamos transformando y buscando un juicio distinto o formándonos  en un sistema acusatorio distinto.

Por consiguiente, yo considero que la audiencia preliminar se está garantizando, que es lo que la Constitución dice de las cuarenta y ocho horas. Yo no entiendo cómo unos colegas Diputados, de repente dicen que la Constitución no se cumple, y  se molestan porque cumplimos con la Constitución. Lo que está aquí estatuido es simplemente lo que la Constitución nos manda, del término de cuarenta y ocho horas, presentarlo ante un Juez competente que va a estar ahí presente, porque va a estar formado de otra manera distinta, en un sistema acusatorio distinto, en un sistema de oralidad.

Por otro lado, con respecto a la moción del colega Monzón, quería decirle que el problema es que si no hay defensor, inmediatamente se tiene que nombrar, por eso es que no se suspende el juicio. O sea que la redacción está correcta y por eso es necesario que así quede, es de fondo el poner el "no".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:
 
Tiene la palabra Maximino Rodríguez.

DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:

Muchas gracias, Presidente.

Es que existe la preocupación de Steadman, y hemos venido redundando en el mismo asunto.  En primer lugar existe el término de la distancia, más treinta kilómetros por día. Lo que pasa es que para tener cierta noción del asunto que se está tratando, hay que tener también conocimiento científico de lo que se trata; por eso a veces es difícil opinar cuando no se tiene ese conocimiento científico de lo que se está hablando.  

De tal manera que si nos ponemos a reformar y a reformar, como bien decía aquí William ayer, no sería un Código; sería un Código que mañana o pasado mañana va a haber que hacerle reformas.

Entonces, yo quisiera pedirle a los parlamentarios que respetemos el dictamen de la Comisión de Justicia, porque específicamente está fundamentado en algo científico, en algo que no lo inventaron ellos, porque ya hay una disposición de lo que es el término de la distancia y los treinta kilómetros por día, y lo mismo los antejuicios y todo eso. El artículo 94 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley 260, habla un poco de cosas que a lo mejor para el que no tiene conocimiento técnico de la ley, difícilmente va a poder coincidir con el dictamen de la Comisión de Justicia, que es la encargada de presentarnos aquí este trabajo a los parlamentarios.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Steadman Fagot.

DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

Yo creo que los abogados aquí deben sentarse a hacer una moción que vaya a mediar en este problema.  ¿Qué pasa aquí?  El asunto no debe ser complejo. Me acaban de informar que es una cuestión constitucional el asunto de las cuarenta y ocho horas, y esta ley puede estar por encima de la Constitución. Les aseguro que si los delincuentes mayores se dan cuenta de esto, al menos el territorio de donde soy originario se va a inundar de delincuentes, porque saben perfectamente bien que si los capturan allí, y como no hay helicóptero para trasladar al capturado, ellos van a poner un abogado, y un leguleyista sin asco los saca de la cárcel porque los vamos a entregar hasta quince o veinte días después, cuando las condiciones nos permitieran. Eso va a pasar.

Y les voy a exponer aquí un caso donde viví esa experiencia. Lo  encontramos in fraganti -como se suele decir-, la niña llorando y el hombre allí -no es cuestión de cuento, es cuestión que lo ves allí-; y si no me equivoco  y la mente no me engaña, lo tuvimos doce días.  Cayó un torrencial  aguacero del demonio, no había gasolina en el momento, no había tráfico, y lo entregamos a los doce días. Vino entonces un abogado alegando en la Policía de Waspán, que ni siquiera lo habíamos trasladado a Puerto Cabezas. En Guatemala hay un fusilamiento, en Nicaragua no hay eso, pero ameritaba una privacidad de libertad fuerte de muchos años. Y por poquito lo sacan en Waspán, alegando el vencimiento de estos plazos que aparecen aquí.  Tuvimos que poner mano dura e intimidar al abogado.

Miren lo que hicimos. Violando la Constitución, intimidamos al abogado para que se retirara de Waspán. Idiay -me dice-, entonces no vamos a cumplir con la ley. Bueno, cómo vamos a cumplir con la ley, si la ley dice: violen cuantas veces quieran porque no hay cárcel; eso es lo que me está diciendo esta ley, en esas condiciones, en esa situación.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Estimado Diputado Fagot, si quiere presente concretamente una moción para que avancemos.

DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

Si ya me dijeron que aquí no hay nada que hacer porque la Constitución dice "cuarenta y ocho horas", y no podés hacer nada.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Entonces estamos perdiendo el tiempo.

DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

Lo que quiero decir, y tenés razón, estamos perdiendo el tiempo; pero estemos claros de que estamos dejando zonas extensas de Nicaragua al libre albedrío para cometer cualquier acto horrible de esta naturaleza y que van a salir libres, porque así lo consideramos los “padres de la Patria”, y no tomamos en cuenta otros territorios, más que el Pacífico dominante. Y ahí está el resultado, ahí están las consecuencias que porque dice la ley, que porque dice la Constitución, ¡Ah, bueno! Porque dice la ley, sigamos haciendo estas cosas. De tal manera que pónganse en mi lugar un momentito; pónganse en mis pantalones.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Pero tenemos que reformar la Constitución, mi estimado Diputado Fagot. Es decir, usted sabe que la Constitución es la ley suprema, y ninguna ley puede estar sobre ella.  De manera que en este momento tenemos que sujetarnos a lo dispuesto en la Carta Magna, para que a posteriori podamos entrarle a un debate como el que usted está planteando.

Tiene la palabra el honorable Diputado Froylán Ocampo.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Gracias, señor Presidente.

Es para hacer hincapié en lo siguiente: Con mi moción yo no estoy discutiendo la legalidad, por favor. Veo que aquí existe un celo propio de socios de una empresa, y que cuando hacemos alguna observación a las leyes, vienen de la Comisión. Con todo el respeto que la Comisión me merece yo vine aquí, me eligieron, y hasta me pagan para venir a hacer mi trabajo dentro de lo poco que conozco de Derecho. Yo creo que mi obligación es dar mi opinión en todo aquello que crea que no está correcto. Al Código Penal apenas le hicimos aquí una observación, después que dijeron que era lo más bello de este mundo. Después de que yo hice ciertas observaciones, nos pasaron cincuenta mociones que son buenas, porque vienen ya de común acuerdo, con los otros, no con todos.

Con todo el respeto que se merecen, si yo formara parte de esa Comisión, ténganlo por seguro que con cosas como éstas vendría mi voto en contra.

Yo no tengo por qué aceptar aquí que me digan que porque viene de la Comisión y porque hay gente mucho más inteligente que yo, tengo que quedarme callado. ¿Entonces qué haría? Le diría a Noel que me preste su pañuelo, y vengo a firmar. Por favor, la situación no es ésa. Aquí se han hecho observaciones válidas. Fagot tiene razón en las observaciones, pero también es cierto que la Constitución tiene una disposición que no se puede variar, y ni modo, adiós, que les vaya bien a los reos, sea por lo que sea, por muy doloroso o feo que sea el delito que han cometido.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Estimado Diputado Ocampo, estamos totalmente de acuerdo con su posición. Aquí venimos a debatir, y si lo que las Comisiones hicieran es lo correcto, no vendrían aquí a someterse a debate en el Plenario; pero la verdad es que precisamente estamos debatiendo lo que han aprobado las Comisiones, y en este caso la Comisión de Justicia. No es lo perfecto, posiblemente, pueden equivocarse también nuestros colegas miembros de la Comisión, y precisamente por eso estamos en el debate.

Lo que quisiéramos es que cuando haya algo que efectivamente se considere que hay que mejorarlo o modificarlo, presentemos una moción concreta para someterla a debate.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Estoy defendiendo mi moción, porque se me aludió de manera directa. Vea, en mi moción yo no estoy discutiendo, lo dije, lo que pasa es que... Bueno, tienen todo el derecho los colegas de estar hablando de otras cosas más importantes que esto, pero no me escucharon; entonces, no tienen derecho a decir que yo no dije lo que quise decir y que creí correcto. Yo no estoy discutiendo la legalidad de la detención del individuo cuando lo llevan  dentro de las cuarenta y ocho horas. Yo dije claro que no es el Juez, porque aquí dice el Juez, pero es falso; no es el Juez el que recibe esto, señores, es Secretaría, porque es el órgano de comunicación que va para allá.  

Pero independientemente de que sea el Juez o no sea el Juez, aquí lo que yo estoy tratando de defender es el derecho de cualquier nicaragüense que, con culpa o sin culpa sea procesado, a que se le comience de inmediato el juicio de acuerdo a la Constitución, y el juicio comienza cuando se ha fijado la audiencia preliminar, porque si se fija, después de la audiencia, que no tiene apellido, pasará mucho tiempo; ya le están regalando diez días más de detención. Mi intención es que la persona que caiga detenida, sea culpable o  no sea  culpable -ese no es mi problema, sino del que lo va a juzgar,- inmediatamente comiencen a correr los términos para que no esté detenida ni un solo día, ni una sola hora, si ese individuo es inocente.  

Ahora, si fuera culpable, y decimos como es culpable ahí que se quede, como en el tiempo de la Edad Media, ¿entonces para qué venimos aquí a hablar de Códigos modernos y a decir de derechos del reo y a violar la Constitución? Como dijo usted, no perdamos el tiempo ¿verdad?. Pero estoy  fijando con esta observación, con esa “colita”, que comience inmediatamente el proceso, desde el momento en que el reo llega ante el Juez, que se presenta la acusación en contra de él. El párrafo siguiente dice: "Si el Fiscal no presenta la acusación en ese momento, el Juez ordena la libertad del reo". Miren cuánta importancia tiene la situación. Ahora, si no se la quieren ver, porque yo soy un atrevido que está aquí atacando un proyecto que es casi celestial, me disculpan.

Pero la verdad es que yo soy abogado litigante, yo no soy abogado de escritorio. Antes de venir a la Asamblea me ganaba -y todavía me gano- el gallopinto diario litigando, más haciendo otros trabajos. Por eso les digo, yo no estoy en un escritorio; yo veo estos casos a diario, y ahora me toca imaginarme lo que viene con el juicio oral. Ideay, es oral, pero la acusación que debe presentar el Fiscal es escrita, no es oral. Entonces, por favor, ¿este Código es mixto?.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Pero cuál sería la moción concreta que usted tiene sobre esto?.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

La moción ya la presenté, estoy aclarando, estoy defendiendo mi moción en el sentido...

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Vamos a someterla entonces a votación.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Fijar el comienzo del juicio en la diligencia preliminar, "el comienzo del juicio", no la legalidad. El hombre está detenido legalmente yo no discuto eso; pero inmediatamente la audiencia preliminar debe ser a lo inmediato para que al hombre le comiencen a correr los términos que establece este mismo Código.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

De acuerdo, vamos a votarla.

Tiene la palabra el  honorable Diputado Edwin Castro Rivera.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Tiene razón mi querido converso al estar llamando a la legalidad de la Secretaría. Yo quería realmente en este Código hacer un llamado rápido a todos a que lo leamos y lo estudiemos un poquito, porque si no, nos trabamos a cada rato. Pero yo quería referirme, si me dan licencia un segundo, a otra cosa. Quería recordarles que nuestro colega Alberto Jarquín se encuentra todavía hospitalizado y que ha tenido algunas recaídas infecciosas. Y precisamente me estoy acordando de él, porque hoy es el aniversario de su natalicio.  

Hoy Alberto está cumpliendo años, y en homenaje al cumpleaños de Alberto Jarquín y por su condición de accidentado en el hospital, me tomé la libertad -con anuencia de la Presidencia- de hacer este pequeño recordatorio, que creo que es justo, y es correcto que todos los colegas el día de hoy en que está de cumpleaños nuestro querido hermano Alberto Jarquín, por lo menos lo recordemos, ya que todavía continúa en el lecho del Hospital Militar.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Desde la Asamblea y hasta su lecho de enfermo, a nuestro colega Alberto Jarquín le enviamos nuestro sentimiento de solidaridad y que pronto se restablezca, para bien de su familia y para bien de sus amigos y compañeros que lo estimamos.

Vamos a someter a votación la moción presentada por el honorable Diputado Froylán Ocampo. Ojalá los colegas hayan escuchado sus argumentos, para que a la hora de votar, pues no lo hagan sin conocimiento del porqué de la moción.

Vamos a leer la moción, para luego someterla  a votación.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Es sobre el artículo 256. Dice así: Párrafo primero. "Dentro de las cuarenta y ocho horas de su detención, las autoridades correspondientes presentarán a la persona detenida ante el Juez, para la realización de la audiencia preliminar, la cual se realizará inmediatamente".

Me parece que está muy buena, es del hábeas corpus.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:
 
Se abre la votación.

Verde a favor de la moción, y rojo en contra de la moción presentada por el honorable Diputado Campos.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobada la moción.

¿Objeciones al artículo 257? No hay.

¿Objeciones al artículo 258? No hay.

¿Objeciones al artículo 259? No hay.

¿Objeciones al artículo 260? No hay.

¿Objeciones al artículo 261? No hay.

¿Objeciones al artículo 262? No hay.

¿Objeciones al artículo 263? No hay.

¿Objeciones al artículo 264? No hay.

A votación los artículos, y el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el Capítulo, y los respectivos artículos.

Capítulo III.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo III
De la Audiencia Inicial

Arto.265 Finalidad: La finalidad de la Audiencia Inicial es determinar si existe causa para proceder a juicio, iniciar el procedimiento para el intercambio de información sobre pruebas, revisar las medidas cautelares que se hayan aplicado y determinar los actos procesales que tomarán lugar de previo al juicio. Cuando no se haya realizado audiencia preliminar, serán propósitos adicionales de la audiencia inicial la revisión de la acusación y la garantía del derecho a la defensa.

El acusado, su defensor y el Ministerio Público deberán estar presentes durante esta audiencia.  Las otras partes pueden estar presentes y se les notificará previamente acerca de la fecha y sitio de la audiencia.

Si el acusado no se hace acompañar de su defensor a esta Audiencia, se modificará la finalidad de ésta, adoptando la establecida para la Audiencia Preliminar.

Arto. 266 Solicitud de Citación o Detención:  Cuando el imputado no esté detenido, el Ministerio Público, con base en la investigación de la Policía Nacional o la que haya recabado, presentará la acusación al Juez y en ella solicitará su citación o detención para la audiencia inicial.

Arto. 267 Suspensión por Incomparecencia del Acusado: Si habiendo sido debidamente citado, el acusado no comparece por causa justificada, el Juez fijará nueva fecha para la celebración de la audiencia.  Si la falta de comparecencia del acusado es injustificada, se suspenderá por un plazo de veinticuatro horas, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía.

Cuando la audiencia inicial se convoque luego de realizada la audiencia preliminar, y se produzca la ausencia injustificada del defensor, se tendrá por abandonada la defensa y se procederá a su sustitución.  En este último caso la audiencia no podrá celebrarse antes de veinticuatro horas, después de haber asumido el cargo el defensor sustituto.

Arto.268 Sustento de la Acusación:  El Ministerio Público y el acusador particular, si lo hay, deberán presentar ante el Juez elementos de pruebas que establezcan indicios racionales suficientes para llevar a juicio al acusado.

Si en criterio del Juez, los elementos de prueba aportados por la parte acusadora son insuficientes para llevar a juicio al acusado, así lo declarará y suspenderá la Audiencia por un plazo máximo de cinco días para que sean aportados nuevos elementos probatorios.  Si en esta nueva vista, los elementos de prueba aportados continúan siendo insuficientes, el Juez archivará la causa por falta de mérito y ordenará la libertad.

El auto mediante el cual se ordena el archivo de la causa por falta de mérito no pasa en autoridad de cosa juzgada ni suspende el cómputo del plazo para la prescripción de la acción penal.  No obstante, si transcurre un año, contado a partir de la fecha en que se dictó dicho auto, sin que la parte acusadora aporte nuevos elementos de prueba que permitan establecer los indicios racionales a que hace referencia el primer párrafo de este artículo, el Juez, de oficio o a petición de parte, dictará sobreseimiento.

Arto.269 Inicio de Intercambio de Información y Pruebas.  El Fiscal y el acusador particular, si lo hay, deberán presentar un documento que contenga la siguiente información:

1. Un listado de aquellos hechos sobre los cuales en su criterio existe acuerdo y no requieren de prueba en el juicio;

2. Un listado de las pruebas por presentar en el juicio y de las piezas de convicción en poder de la Policía Nacional o del Ministerio Público;

3. Si se ofrecen testigos, debe indicarse el nombre, datos personales y dirección de cada uno de ellos.  Si la parte requiere que el Tribunal emita una citación a cualquier testigo, ésta se debe solicitar;

4. Cuando sea procedente, lista de personas que se proponen como peritos e informes que han preparado; y

5. Los elementos de convicción obtenidos por la Policía Nacional o el Ministerio Público que puedan favorecer al acusado.

El Fiscal, bajo responsabilidad disciplinaria y, de ser el caso, el acusador particular, tendrán la obligación de presentar la anterior información durante la Audiencia Inicial, con indicación general y sucinta de los hechos o circunstancias que se pretenden demostrar con cada medio de prueba.  No se podrán practicar en juicio medios de prueba distintos de los ofrecidos e incluidos en la información intercambiada, salvo que tal omisión se haya producido por causas no imputables a la parte afectada y que se proceda a su intercambio en la forma prevista en este Código.

Arto. 270 Declaración del Acusado:  El acusado no tiene ningún deber de declarar en este acto.  Si lo quiere hacer, el Juez le informará sobre su derecho de mantener silencio y las consecuencias de renunciar a ese derecho.

Arto. 271 Admisión de Hechos.  Si el acusado espontáneamente admite los hechos de la acusación, el Juez se asegurará de  que la declaración sea voluntaria y veraz.  También le informará que su declaración implica el abandono de su derecho a un Juicio oral y público.

Si lo estima necesario, ordenará la recepción de prueba en una audiencia que deberá celebrarse en un plazo no mayor de cinco días.  Si la prueba recibida arroja dudas sobre la culpabilidad del acusado, rechazará la declaración de culpabilidad y ordenará la continuación del proceso.  De lo contrario, señalará fecha y hora, dentro de los siguientes quince días, durante los cuales ambas partes podrán presentar pruebas y alegatos acerca de la sentencia por imponer, la cual será impuesta al final de este plazo.

Arto. 272 Auto de Remisión a Juicio: Oídas las partes, el Juez, si hay mérito para ello, en la misma Audiencia Inicial dictará auto de remisión a juicio, que contendrá:

1. Relación del hecho admitido para el juicio;

2. Calificación legal hecha por el Ministerio Público;

3. Fecha, hora y lugar del juicio; y

4. Términos en que se cumplirán las diligencias preparatorias del Juicio.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo  265? No hay.

¿Objeciones al artículo  266? No hay.

¿Objeciones al artículo 267? No hay.

¿Objeciones al artículo 268? No hay.

¿Objeciones al artículo 269? No hay.

¿Objeciones al artículo 270? No hay.

¿Objeciones al artículo 271? No hay.

¿Objeciones al artículo 272? No hay.

A votación los artículos, y el Capítulo III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 2 abstenciones.  Aprobado el Capítulo III,  y sus correspondientes artículos.

Capítulo IV.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
Capítulo IV
De la organización del Juicio

Arto.273 Exhibición de Prueba:  El encargado de la custodia de los documentos, objetos y demás elementos de convicción, deberá garantizar que éstos estén disponibles para su examen por las partes, desde el momento en que cada una de ellas los ofreció como elementos de prueba y hasta antes del juicio.

Los elementos de carácter reservado serán examinados privadamente por el Tribunal.  Si son útiles para la averiguación de la verdad, los incorporará al proceso resguardando la reserva sobre ellos, sin afectar el derecho de las partes a conocerlos.

Arto.274 Intercambio de Información: Cuando se trate de delitos graves, dentro de los quince días siguientes a la Audiencia Inicial, la defensa debe presentar al Ministerio Público y al acusador particular, si lo hay, un documento con copia al Juez, que contenga el mismo tipo de información presentada por éstos durante dicha audiencia.  En las causas por delitos menos graves este plazo será de cinco días.

De la misma forma que se estableció para la parte acusadora, la falta de inclusión de medios de prueba en esa información impedirá su práctica en el juicio, salvo que se haya producido por causas no imputables a la parte afectada.

Si la estrategia de la defensa se limita exclusivamente a la refutación de las pruebas de cargo, así lo deberá manifestar por escrito al Ministerio Público y al acusador particular si lo hay, con copia al Juez, dentro del término señalado, bajo apercibimiento de declarar abandonada la defensa si no lo hace. En este último caso se procederá a la sustitución del defensor en la forma prevista en este Código, otorgándose un nuevo plazo de igual duración para la realización del intercambio.

Arto.275 Ampliación de la Información:  Si sobreviene o se descubre un nuevo elemento probatorio, una vez intercambiada la información, a más tardar diez días antes de la fecha de inicio del juicio, las partes deberán ampliar e intercambiar nuevamente la información suministrada conforme el procedimiento establecido.

Arto. 276 Controversia:  Cualquier desavenencia de las partes sobre la información intercambiada podrá ser comunicada por cualquiera de ellas al Juez, quien resolverá en la Audiencia Preparatoria del Juicio.

Arto.277 Inadmisibilidad de la Prueba: Las partes podrán solicitar la inadmisibilidad de la prueba por razones de ilegalidad, impertinencia, inutilidad o repetitividad, lo que será resuelto por el Juez en la Audiencia Preparatoria del Juicio con práctica de prueba.

Arto.278 Práctica del Examen Pericial:  Los exámenes de las cosas objeto del dictamen pericial, propuestos por cualquiera de las partes, deberán ser practicados al menos quince días antes del inicio del juicio y sus resultados remitidos inmediatamente al Juez y a la contraparte.

Cuando el dictamen sea irreproducible por peligro de desaparición o alteración de la cosa sobre la que recae, se deberá practicar con presencia de la parte contraria, salvo que razones de urgencia lo impidan.

Arto. 278 Audiencia Preparatoria del Juicio: A solicitud de cualquiera de las partes, se celebrará Audiencia Preparatoria del Juicio, dentro de los cinco días anteriores a la celebración del Juicio oral y público, para resolver:

1. Cuestiones relacionadas con las controversias surgidas en relación con el intercambio de la información sobre los elementos de prueba;

2. La solicitud de exclusión de alguna prueba ofrecida;

3.- Precisar si hay acuerdo sobre hechos que no requieran ser probados en juicio; y

4.- Ultimar detalles sobre organización del juicio.

Arto.280 Diligencias de Organización:  Recibidos los informes, la Secretaría del Tribunal citará a los testigos y peritos admitidos, solicitará los objetos y documentos requeridos por las partes y dispondrá las medidas necesarias para organizar y desarrollar el juicio público.

Será obligación de las partes coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos que hayan propuesto para el juicio.  El Tribunal les brindará el apoyo necesario por medio de la citación, sin perjuicio del uso de la fuerza pública si fuera necesario.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 273? No hay.

¿Objeciones al 274? No hay.

¿Objeciones al 275? No hay.

¿Objeciones al 276? No hay.

¿Objeciones al 277? No hay.

¿Objeciones al 278? No hay.

¿Objeciones al 279? No hay.

¿Objeciones al 280? No hay.

Vamos a someter a votación esos artículos junto con el Capítulo IV De la Organización del juicio.

A votación.

Se va cerrar la votación.

Se cierra.

56 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el Capítulo, y los artículos.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Capítulo V

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo V

Del Juicio Oral y Público

Arto.281 Principios:  El juicio se realizará sobre la base de la acusación, en forma oral, pública, contradictoria y concentrada.

Arto.282 Inmediación:  El juicio se realizará con la presencia ininterrumpida del Juez, todos los miembros del Jurado, en su caso, la parte acusadora, el acusado y su defensor;  podrán participar adicionalmente las otras partes.  Sin autorización del Juez, ninguno de los participantes podrá abandonar la sala de juicios.

Cuando además del Ministerio Público haya acusador particular, la no comparecencia de éste no suspenderá la celebración del juicio.

Sólo podrá dictar sentencia el Juez ante quien se han celebrado todos los actos del juicio oral.  Asimismo, no podrá participar en la deliberación ni concurrir a emitir veredicto el miembro del Jurado que no haya estado presente en forma ininterrumpida en el juicio.  Esta disposición rige también para el miembro suplente del Jurado.

El acusado no podrá alejarse de la audiencia sin permiso del Tribunal.  Si rehúsa permanecer, será custodiado en una sala próxima y para todos los efectos podrá ser representado por el defensor.  Si la acusación es ampliada, quien presida la audiencia lo hará comparecer para los fines de la intimación que corresponda.

Si su presencia es necesaria para practicar algún reconocimiento u otro acto, podrá ser compelido a comparecer a la audiencia por la fuerza pública.

Si el defensor no comparece a la audiencia por causa injustificada, se considerará abandonada la defensa y corresponderá su reemplazo inmediato.

Arto.283 Grabación:  El juicio y, de ser el caso, la audiencia sobre la pena serán grabados en su totalidad y la grabación se deberá conservar.  Mediante la grabación se podrá verificar la exactitud de lo establecido en la sentencia sobre lo manifestado por los testigos y peritos, y cualquier incidencia suscitada en el juicio.

Arto.284 Limitaciones a la Libertad del Acusado: Si el acusado que se halla en libertad no comparece injustificadamente al juicio, el Juez podrá ordenar, para asegurar su presencia en él, su conducción por la fuerza pública e incluso variar las condiciones por las cuales goza de libertad, e imponer algunas de las medidas cautelares previstas en este Código.

Arto.285 Publicidad: El juicio será público. No obstante, el juez podrá restringir  el dibujo, la fotografía o la filmación de los miembros del Jurado, de algún testigo o perito, y regular los espacios utilizables para tales propósitos.

Excepcionalmente y con carácter restrictivo, el Juez podrá resolver que se limite el acceso del público y de los medios de comunicación al juicio por consideraciones de moral y orden público, cuando declare un menor de edad u otros casos previstos por la ley.  La resolución será fundada y se hará constar en el acta del juicio.

Desaparecida la causa de la restricción, se hará ingresar nuevamente al público.  El Juez podrá imponer a las partes el deber de guardar secreto sobre los hechos que presenciaron o conocieron, y así se hará constar en el acta del juicio.

Arto.286 Prohibiciones de Acceso:  Por razones de disciplina y capacidad de la sala, el Juez podrá ordenar el alejamiento de personas o limitar la admisión a determinado número.

Arto. 287 Oralidad: La audiencia pública se desarrollará en forma oral, tanto en lo relativo a los alegatos y argumentaciones de las partes como a las declaraciones del acusado, a la recepción de las pruebas y, en general, a toda intervención de quienes participen en ella.  Durante el juicio, las resoluciones serán fundadas y dictadas verbalmente en forma clara y audible por el Tribunal y se entenderán notificadas desde el momento de su pronunciamiento, dejándose constancia en el acta del juicio.

El principio de oralidad no excluye la posibilidad que durante el juicio puedan ser incorporados para su lectura:

1. Las pruebas que se hayan recibido mediante la diligencia de anticipo jurisdiccional de prueba, sin perjuicio de que las partes o el Tribunal exijan la comparecencia personal del testigo o perito, cuando sea posible;

2. La prueba documental, informes y certificaciones; y

3. Las actas de las pruebas que se ordene practicar durante el juicio, fuera de la sala de audiencias.

Arto.288 Concentración:  El Tribunal realizará el juicio durante los días consecutivos que sean necesarios hasta su conclusión.  Se podrá suspender por un plazo máximo de diez días, sólo en los casos siguientes:

1. Cuando no comparezcan testigos, peritos o intérpretes, cuya intervención sea indispensable, siempre que no pueda continuarse con la recepción de otras pruebas hasta que el ausente comparezca o sea conducido por la fuerza pública; y

2. Cuando el Juez, miembro del Jurado, el acusado, su defensor, el representante del Ministerio Público o el acusador particular se enfermen a tal extremo que no puedan continuar interviniendo en el juicio.

Arto.289 Decisión sobre la Suspensión:  El Juez decidirá la suspensión y anunciará el día y hora en que continuará el juicio.  Dispondrá los recesos que considere necesarios.  Ello valdrá como citación para todos los miembros del Jurado y las partes.

Arto.290 Interrupción: Si el juicio no se reanuda a más tardar diez días después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser iniciado de nuevo, so pena de nulidad.

Arto.291 Dirección y Disciplina: El Juez presidirá y dirigirá el juicio, ordenará la práctica de las pruebas, exigirá el cumplimiento de las solemnidades que correspondan, moderará la discusión y resolverá los incidentes y demás solicitudes de las partes.  Impedirá que las alegaciones se desvíen hacia aspectos inadmisibles o impertinentes, pero sin coartar el ejercicio de la acusación ni el derecho a la defensa.

También podrá limitar el tiempo del uso de la palabra a quienes intervengan durante el juicio, fijando límites máximos igualitarios para todas las partes o interrumpiendo a quien haga uso manifiestamente abusivo de su derecho.

Del mismo modo ejercerá las potestades disciplinarias destinadas a mantener el orden y decoro durante el juicio y, en general, las necesarias para garantizar su eficaz realización.  Podrá corregir en el acto imponiendo las sanciones previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y su Reglamento, las que podrán ser recurridas ante el superior jerárquico de la autoridad sancionadora en el término de tres días.

Arto.292 Delitos en Audiencia: Si durante cualquier audiencia celebrada en el proceso, incluyendo el juicio, se comete un delito, el Fiscal solicitará de inmediato al Juez ordenar el levantamiento de un acta con las indicaciones pertinentes y la detención del autor, a fin de que el Ministerio Público proceda a la investigación.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 281?

Tiene la palabra Jorge Samper Blanco.

DIPUTADO JORGE SAMPER BLANCO:

Gracias, señor Presidente.

Yo quisiera hacer aquí algunas preguntas a los miembros de la Comisión, porque si usted ve este Capítulo, señor Presidente, los Jueces de lo Penal van a tener una carga de trabajo inmensa, y estoy pensando en este momento en Managua, donde tengo entendido que existen únicamente ocho Jueces de Distrito de lo Penal, y aquí estamos hablando de un juicio oral y público donde los Jueces van a estar hasta casi diez días, señala uno de estos artículos. Pero yo quisiera preguntar, cuántos juicios en este momento están viendo estos ocho Jueces de lo Penal, para poder calibrar la carga que ahora van a tener, al tener Jurados por diez días en donde tendrán -según esta propuesta- que estar exclusivamente en un solo caso, porque si no estaríamos aprobando esto de una manera irreflexiva.

Quisiera preguntarle al Presidente de la Comisión, si ellos tuvieron a mano el conocimiento de cuánto  -por lo menos en Managua, ya no digamos en todo el país-,si  solamente hay ocho jueces de Distrito de lo Penal, qué carga de trabajo tienen actualmente, y si se corresponde esta carga de trabajo con este nuevo procedimiento donde los Jueces tendrán que estar en un solo caso hasta diez días.  Quisiera que evacuara esa consulta para poder opinar sobre este Capítulo.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

No estando el señor Presidente de la Comisión, quisiera que algún otro miembro de la Comisión contestara, si acaso oyeron. Lourdes Bolaños.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que la discusión es la mejor oportunidad que uno tiene para conocer más a fondo la diferencia abismal entre un sistema y el otro. Tengo entendido que según cifras de la Policía, el año pasado hubo alrededor de cincuenta y cinco  mil detenidos, y  de ésos eso sólo tres mil -si no me equivoco llegaron a jurado y a juicio. Lógicamente para tener conocimiento de qué es lo que estamos planteando, hay que seguir un hilo desde el primer artículo hasta el final.  Nosotros aquí tenemos un principio ya aprobado, ya constituido, que es el Principio de Oportunidad, donde en los delitos menores, en los delitos menos graves, va a haber la oportunidad de sentarse a  hacer una mediación.

En este acto de la mediación que va a ser ante el Ministerio Público, es donde se va a descargar la   carga judicial que tienen los Jueces actualmente para poder solucionar el problema que bien ha dicho el Diputado Samper. Es decir, van a haber  varias escalas para  entablar el proceso.  Además de eso o, algo muy importante es que en el juicio inquisitorial, o es negro o es blanco, o es culpable o es inocente; en este caso va a haber un arreglo extrajudicial en los casos de, un accidente, un accidente de tránsito que ya se hacen las mediaciones entre las partes.

Pero si se lleva a juicio ahorita, tiene que llegar hasta el final para la condena de inocencia o la resolución de absuelto. Ahora no, en cualquier momento del juicio se va a poder hacer un arreglo, una mediación, y se va a poder solucionar el conflicto.

Entonces es muy diferente, y nosotros esperamos que esa carga que recae actualmente en los Jueces, sea completamente disminuida a los delitos más graves, que son los que verdaderamente van a llegar a jurado.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Doctor Eliseo Núñez.

DIPUTADO ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ:

Era sobre el mismo tema. Definitivamente yo quisiera que nos relacionáramos y nos remitiéramos al artículo 55,  el cual habla de las condiciones legales del ejercicio del principio y la  oportunidad, y existe la mediación, la precedencia de la acción, el acuerdo y la suspensión condicional de la persecución. Estos son cuatro vías de escape para que no se llegue al final; por lo tanto, si nosotros sacáramos un porcentaje igual en cada una de estas partes, nosotros estaríamos viendo que apenas un 20  por ciento son los que van a llegar al Jurado, así que es disminuida; si hay cinco mil casos, nosotros estamos hablando a lo sumo de unos mil casos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Jorge Samper.

DIPUTADO JORGE SAMPER BLANCO:

Gracias, señor Presidente.

Bueno, lamentablemente lo que me están diciendo aquí, es que estamos trabajando en base a que posiblemente si se da la mediación en lo penal, que no hay tradición en el país sobre este tipo de trámites, exceptuando relativamente hace poco, según señala la Doctora Bolaños, es que van a disminuirse los casos que van a ir a Jurado por los cuatro escapes que señala también el Diputado Núñez. La verdad es  que yo no creo que aquí si a alguien le matan un familiar, si alguien sufre un problema de un accidente grave o cualquier otro delito, porque estamos aquí hablando ya de delitos contra las personas, delitos contra la propiedad o contra robos, asaltos, todo ese tipo de temas que se dan en la parte penal, no veo  que una persona fácilmente acepte que una vez que le mataron a un familiar vaya a una mediación y que ahí no más  se arregle.

O qué tipo de delito. Porque si estamos hablando de que tres mil van, y son delitos graves, la verdad es  que aquí está esto planteado en base al subjetivismo y al voluntarismo, porque ahora van a estar planteados cuatro escapes y posiblemente ahora se disminuyan; ésa fue la respuesta que se me dio. Yo creo, señor Presidente, que debemos de tener más cuidado; y sigo insistiendo en que es preferible actuar un poco más despacio y en todo caso dejar para más adelante la de aprobada este tipo de artículos.

Porque aquí no se me dijo absolutamente nada, ni se sabe cuántos son los Jurados que efectivamente se están llevando a cabo y simplemente se está confiando en que las personas puedan ponerse de acuerdo en un trámite de mediación, y muchas veces este trámite de mediación va a significar también que se mueva la plata alrededor de los casos penales. Yo creo realmente que lo más sano sería no aprobar este Capítulo, e incluso no seguir aprobando el resto de artículos de este Código Procesal Penal, que no sabemos en muchas ocasiones -por la falta de conocimientos y de información- lo que verdaderamente estamos aprobando.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Muchas gracias, señor Presidente.

La verdad es que yo quisiera aclararle a todos los honorables miembros del Parlamento nicaragüense, de que a veces aquí se hacen algunas argumentaciones que distan mucho de la verdad; por ejemplo, me llamó la atención poderosamente un argumento del Diputado Samper donde hablaba de que no existía tradición sobre la mediación. Recordemos que nosotros aprobamos e instituimos la mediación desde que aprobamos la Ley Orgánica del Poder Judicial, y se sorprenderían de la incidencia en la tramitación procesal que ha tenido la mediación en el Derecho, fundamentalmente en el Penal nicaragüense.

Así que yo quisiera primero aclarar eso; o sea, no es cierto ese planteamiento sobre que no existe una base de antecedentes sobre la mediación en este país. Por otro lado, el problema es un problema de concepción, el Diputado Samper pareciera ser que continúa inclinándose al procedimiento actual que nosotros tenemos, que es absolutamente atosigante, es lento, en función de la administración de justicia y que crea como consecuencia la retardación. Evidentemente  nosotros tenemos a un Juez que no instruye, es un Juez que se dedica a tiempo completo, única y exclusivamente a la realización de Jurado. Normalmente existen otros países, como por ejemplo Costa Rica, donde se plantea que los Jurados tienen un término de duración no mayor de tres horas.

En otras palabras, nosotros estamos frente a un Código que viene procesalmente a agilizar la administración de justicia. Es por eso que este planteamiento -como muchos de los otros planteamientos del Diputado Jorge Samper- choca contra una realidad que es un Código moderno, un Código actual, un Código de avanzada que debe  ser apoyado por el Plenario de esta Asamblea Nacional. Y pido la aprobación de los artículos y el Capítulo de este Código de Procedimiento.

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO:

Quedó evidenciada y desnudada la realidad y el planteamiento de Jorge que es no querer un nuevo Código de Introducción Penal, y que lo ha dicho aquí y ha dado entrevistas usando medias verdades, precisamente para bombardear el Código; y hoy lo dijo claramente: no sigamos aprobando el Código. Si ésa ha sido la intención de Jorge, no son argumentos, porque realmente todos saben que en el sistema actual, cuando comenzás un proceso no podés interrumpirlo, tenés que terminarlo. Y precisamente no son los casos graves los que tienen atosigado el sistema, porque la mayoría de juicios que se abren no son casos graves, y él lo sabe, y sabe que precisamente la respuesta rápida que le dio Eliseo es correcta.

Pero así como no le interesa oír, ahorita, porque sólo le interesa oírse a sí mismo, hoy quiere venir a pedirnos que no sigamos legislando para modernizar la justicia. Queridos colegas Diputados, yo creo que ustedes son suficientemente inteligentes y no como dice Jorge, que venimos a discutir algo que no sabemos; ustedes han estado estudiando este Código, y si él no lo ha leído y viene a aprobar algo que no sabe, es problema de Jorge Samper. Entonces yo creo que sin mayor dilación debemos respaldar y apoyar este Código.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Pablo Sierra.

DIPUTADO PABLO SIERRA CHACON:

En su primera intervención el Diputado Samper se refirió a que  un Jurado puede durar diez días, pero lo que dice el artículo que es la suspensión no puede durar más de diez días, cuando se suspende el Jurado.

La realidad es que si nosotros vemos el principio de mediación y recordamos muchos años atrás, la mediación tuvo una gran validez cuando habían Directores de Policía en los años 70, donde se arreglaban una serie que en realidad eran delitos y se miraban y no llegaban a los Juzgados: aunque generalmente se discutía el robo de tal vez una, dos, tres o diez gallinas.

Pero yo recuerdo el primer juicio que yo llevé hace cuarenta años más, o menos, que fue por el robo de una tijera que usa la costurera; y actualmente con este sistema no va a existir ese tipo, eso no va a ser un delito, va a ser una simple falta que no va a llegar hasta jurado. Y si vemos y vamos a los penales, hay una cantidad de jóvenes presos allí esperando juicio, prácticamente por algo que no es de gran trascendencia, pero que el sistema actual así lo establece. Y si vemos, aún en este Código, la mediación va poderse hacer en una oficina,  privadamente los abogados que se dediquen a la mediación van a establecer sus oficinas respectivas y allí se va discutir, y va a tener validez legal.

Yo creo que el nuevo sistema va a limpiar en mucha cantidad las cárceles, porque allí están gente que hasta cierto punto no están detenidas justamente; por eso pido que le demos seguimiento al Código.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Carlos Fonseca.

DIPUTADO CARLOS FONSECA TERAN:

Gracias, Presidente.

Yo sólo quería agregar sobre este tema que se está discutiendo, que además de que la gran mayoría de los delitos son delitos menores y que este es el tipo de delito que está contemplado para la mediación, que es lo que agilizaría la impartición de justicia, haría posible terminar con la triste realidad que tenemos hoy, donde más de cuarenta mil nicaragüenses pasan por las cárceles y solo tres mil aproximadamente son encontrados culpables. Además de eso y de todo lo que ya se ha dicho aquí, se habla mucho del homicidio como algo que no amerita pasar por la mediación.

Sin embargo hay un tipo de homicidio que es el homicidio culposo que es un delito menor donde con la debida participación de la víctima, que en este caso ya no es el fallecido sino que son los familiares, se puede llegar a la solución del conflicto a través de la mediación, ya que según los principios actuales lo que se pretende no es el castigo sino la solución del conflicto. Es la filosofía que preside la impartición de justicia actualmente, y esto no es arbitrario porque es con participación de las personas que han sido afectadas por el delito cometido.

Por otro lado, el objetivo fundamental de esto es que los pobres no sigan cayendo presos por delitos menores como los que aquí se han mencionado. Ahora se han abordado, según entiendo se pidió que se opinara sobre el artículo 281, ¿así es? Señores de la Mesa Directiva, ¿estamos en el 281?  Pero ya se ha opinado sobre otros artículos como por ejemplo el 288, donde se habla de la suspensión del juicio; entonces yo no sé si ya que se han abordado otros artículos, cabe introducir una moción sobre otro artículo que no es el 281. Yo tengo una moción para el 288, que ya se ha mencionado este artículo, y aunque no tiene que ver con el tema que se ha mencionado, no sé si es el momento para introducirla o es después.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

En este momento yo no tengo ninguna moción, solamente ha sido argumentación verbal. Moción no tengo ninguna.

DIPUTADO CARLOS FONSECA:

¿No? Yo pregunto. ¿ estamos en el 281?

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Estamos en el artículo  281.

DIPUTADO CARLOS FONSECA TERAN:

Entonces me apunto para el 288 para introducir esta moción.

Gracias.

RESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 281? No hay.

¿Objeciones al 282? No hay.

¿Tiene moción?

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Una observación que puede llevar la moción. El artículo 282,tercer párrafo: Solo podrá dictar sentencia el Juez ante quien se han celebrado todos los actos del juicio oral", creo que debería de ser más concreto: el "Juez de Distrito" Porque el Jurado se da ante el Juez de Distrito, no se va a dar ante el Juez Local, estamos claros de eso; pero donde hay ocho  Juzgados, como en Managua, el Juez queda demasiado ambiguo. Si creen pues que vale, si no que se vaya así. De todas maneras no soy el patrón de la Suprema.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Carlos Fonseca Terán.

DIPUTADO CARLOS FONSECA TERAN:

Queremos aclararle al Diputado, que hay otros artículos donde se establece claramente la competencia y que esto resuelve la preocupación que él tiene, donde se establece qué tipo de delito tiene, que ver cada Juez en cada instancia.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 282? No hay.

¿Objeciones al 283? Como no. Tiene la palabra.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Voy a sustentar mi moción. No se preocupen que los vaya atrasando, pero con cierta lógica.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

No, no me está atrasando, si yo estoy para servirle.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Se habla de grabación, pero grabación, ¿en qué forma? Con video, con cinta magnetofónica? Acuérdense lo que esto significa. Significa que cada Juzgado va a ser dotado de un módulo de grabación de lo que sea,  hablamos de presupuesto y estamos en Nicaragua, y de lo que más nos quejamos aquí es que no hay presupuesto. Uno. Dos; lo más viable, lo más práctico, lo que se hace y es lo que se podría hacer, es que sea mecanografiado también.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Los miembros de la Comisión, por favor.

DIPUTADO FROYLAN OCAMPO:

Si tiene lógica paso la moción, si no no los atraso.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Lourdes Bolaños.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

En ese sentido es mejor dejar abierta la grabación porque puede ser esa la forma que tenga el Tribunal; si tiene una cámara de video puede ser un video, si tiene grabadora chiquita o una grabadora grande, es más barato que mecanografiar y que poner personal, y volvemos a un juicio escrito.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

O de memoria.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA:

O de memoria, sí.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Eliseo Núñez.

DIPUTADO ELISEO NUÑEZ:

Presidente:

Es que yo quería aclararle a él, que se imagine que si todos los juicios volvieran a ser mecanografiados, adónde los van a guardar? El espacio que necesitarían sería una  bodega grande, muy grande, para guardar todo lo escrito; además que volvemos al juicio escrito, como dijo la doctora, y creo yo que es más caro, mucho más caro porque tiene que estar pagando personal, tiene que estar viendo que alguien esté tomando nota totalmente; mientras que en el otro, precisamente la grabación es más barata.

PRESENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 283? No hay.

¿Objeciones al 284? No hay.

¿Objeciones al 285? No hay.

¿objeciones al 86? No hay.

¿Objeciones al 287. No hay.

¿Objeciones al 288? No hay.

Carlos Fonseca.

DIPUTADO CARLOS FONSECA:

Gracias señor Presidente.

En este artículo, el párrafo que lo preside se presta a cierta confusión, porque pareciera que la suspensión es una sola vez por el plazo máximo que aquí se establece; es decir, no queda claro. Entonces para evitar esa confusión, para que quede claro que el juicio precisamente por el tipo de causal que está aquí establecido se puede suspender varias veces; para que eso no se preste a ningún problema, aquí hay una moción que quiero presentar y según la cual este párrafo se leería de la siguiente manera:

"Concentración:  El Tribunal realizará el juicio durante los días consecutivos que sean necesarios hasta su conclusión.  Se podrá suspender cuantas veces sea necesario por un plazo máximo total se le agregaría la palabra "total") de diez días en los casos siguientes",  y todo lo demás seguiría igual.

Y el "total" es porque lo que tiene que ver  es que la sumatoria en caso de que se suspenda varias veces, no se pase de diez días.  Esta es una moción de consenso y la paso a introducir inmediatamente.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación la moción.

Se abre la votación.

Se va cerrar la votación.

Se cierra.

58 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención. Aprobada la moción.

¿Objeciones al artículo 289? No hay.

¿Objeciones al 290? No hay.

¿Objeciones al 291? No hay.

¿Objeciones al 292? No hay.

Vamos a someter a votación el Capítulo V, Del Juicio Oral y Público, los artículos antes mencionados, y la moción que ya está aprobada.

A votación.

Se va cerrar la votación.

Se cierra.

56 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Aprobado el Capítulo y los artículos mencionados.

Se suspende la Sesión, y se cita para el  próximo martes 16, a las nueve de la mañana.

El martes, por favor, para seguir y poder terminar si es posible el mismo martes todo el Código. Que se pongan de acuerdo, por favor, los señores abogados.
CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA DIECISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSÉPTIMA LEGISLATURA).

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

BAYARDO ARCE CASTAÑO
NELSON ARTOLA ESCOBAR
MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
EDWIN CASTRO RIVERA
LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA
NOEL JOSE DELGADO CUADRA
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
ARMANDO ISIDRO LOPEZ PRADO
ARIEL LOPEZ LOPEZ
AUGUSTO LOPEZ GONZALEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
WILLIAM MEJIA FERRETI
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
MARIA HAYDEE OSUNA
CARLOS JOSE PALMA ALVARADO
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
GUILLERMO RAMOS DUARTE
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GAYLE
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
ISMAEL JOSE TORRES CALERO
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY URCUYO MALEAÑOS
SAUL ZAMORA DICARIO
LEONIDAS  ZUNIGA MOLINA

Constatación del quórum: 68 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se abre la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Señores Diputados, vamos a comenzar la Sesión con el Adendum N° 6, punto 2.22: Ley de reforma a la Ley No. 260, Ley Orgánica del Poder Judicial. (Dictamen de Mayoría y de Minoría).

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

DICTAMEN
Managua, 9 de Octubre del 2001.

Licenciado
Oscar Moncada Reyes
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, ha estudiado con detenimiento el Proyecto de Ley de Reforma a la Ley N° 260, "Ley Orgánica del Poder Judicial", para su debido dictamen.

La Comisión ha constatado que los actuales requisitos para la formación del quórum y la adopción de Resoluciones por parte de la Corte Plena, son excesivos y en la práctica contribuyen a que el despacho de los asuntos jurisdiccionales se realicen de forma lenta y tardía incurriéndose en retardación de justicia y engavetamiento de casos por intereses políticos. La ciudadanía merece una justicia oportuna y expedita y no puede estar sujeta a vaivenes coyunturales y a trabas burocráticas que distorsionan el deber fundamental de la Corte Plena, que es impartir justicia.

En efecto, la Corte Plena tiene asignada a nivel jurisdiccional conocer y resolver:

1. Los recursos de inconstitucionalidad de la ley.

2. Los conflictos entre los distintos Poderes del Estado.

3. Los recursos de apelación en contra de las disposiciones recaídas en procesos especiales de responsabilidad con formación de causa.

4. La ratificación o no de la Declaración de Inconstitucionalidad, declarada por Sentencia Firme en caso concreto.

5. Los conflictos de competencia entre las Salas de la Corte Suprema.

6. Las excusas por implicancia y recusaciones contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Asimismo tiene otras atribuciones como:

7. Nombrar y destituir por causa justificada a los Magistrados de los Tribunales de Apelaciones, Jueces de Distrito y Locales, Médicos Forenses y Registradores Públicos.

8. Nombrar y destituir a los directores de los órganos auxiliares.

9. Extender autorización a los Abogados y Notarios para el ejercicio profesional, lo mismo que suspenderlos y rehabilitarlos.

10. Aprobar el Proyecto de Presupuesto del Poder Judicial y vigilar su ejecución.

11. Conocer y resolver el recurso de revisión por las resoluciones de las comisiones de Administración, Carrera Judicial, y Régimen Disciplinario.

12. Crear, organizar e integrar comisiones especiales.

13. Nombrar al Presidente y Vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia e integrar la composición de las Salas.

Tantas responsabilidades y competencias no pueden esperar a que el quórum se pueda reformar o que se pueda conseguir el número de votos necesarios para tomar un acuerdo o dictar sentencia.

La Comisión considera necesario modificar el quórum de la Corte Plena que en el Arto. 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es de las tres cuartas partes del total de sus miembros y el número de votos necesarios para tomar decisiones que es de los dos tercios del total de Magistrados, simplificándolos por la mitad más uno del total de sus miembros, tanto para el quórum como para tomar decisiones. En ese mismo sentido considera pertinente hacer extensiva esta reforma al Arto. 31 en lo que se refiere al quórum y número de votos que necesitan las Salas en que está dividida la Corte Suprema para tomar decisiones.

Por tales razones, la Comisión considera que este Proyecto de ley es necesario, está bien fundamentado y no se opone a la Constitución Política, ya que ésta no regula lo referente al quórum ni al número de votos necesarios para dictar sentencia, sino que remite a la Ley de la materia que en este caso es la Ley Orgánica del Poder Judicial, que es una Ley Ordinaria y por tanto puede ser reformada con votación ordinaria. Asimismo este Proyecto de Ley no se opone a las leyes constitucionales ni a los Tratados Internacionales ratificados por el Estado nicaragüense.

En consecuencia, los suscritos miembros de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional dictaminamos favorablemente el proyecto de Ley de Reforma a la Ley N 260, "Ley del Poder Judicial" y solicitamos al Plenario su aprobación.

COMISION DE JUSTICIA

NOEL PEREIRA MAJANO        
PRESIDENTE                
PABLO SIERRA CHACON
SEGUNDO VICE PRESIDENTE

LUIS URBINA NOGUERA        
PRIMER SECRETARIO              
ARNULFO BARRANTES
MIEMBRO

WILLIAM MEJIA FERRETI      
MIEMBRO                        
SERGIO GARCIA PINELL
MIEMBRO

DIP. MARIA HAYDEE OSUNA.

Hasta aquí el dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Se va a leer el Dictamen de Minoría.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Managua, 10 de Octubre del año 2001.


Doctor
PEDRO JOAQUIN RIOS
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable señor Presidente:

Por medio de la presente y en uso de nuestros derechos, le estamos remitiendo el presente Dictamen de Minoría del Proyecto de Ley Denominado "LEY DE REFORMA A LA LEY N° 260 LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL". Acompañamos a la presente el texto del Dictamen de Minoría, así como las copias correspondientes.

Sin más por el momento, aprovechamos la presente para reiterarle las muestras de nuestra consideración y estima.

Atentamente,

MÓNICA BALTODANO.


DICTAMEN DE MINORIA

Los suscritos Diputados por el Frente Sandinista de Liberación Nacional ante la Asamblea Nacional y miembros de la Comisión de Justicia, con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y 90 y 91 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, presentamos el siguiente Dictamen de Minoría sobre el Proyecto de Ley denominado "LEY DE REFORMA A LA LEY N° 260 LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL", para que previo trámite, sea considerado por el Honorable Plenario de este Poder del Estado.

Los suscritos, presentamos nuestra oposición a un DICTAMEN FAVORABLE a la Reforma del Arto. 26 de la Ley 260, "LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL", que pretende disminuir el quórum del máximo Tribunal de tres cuartos (3/4) a la mitad más uno de sus miembros, por las razones siguientes:

1. En primer lugar debemos señalar que el Proyecto de Reforma de la Ley 260, propuesta por la Bancada del PLC, refleja de manera diáfana y transparente la voluntad dictatorial que pretende imponerse en el seno de la Corte Suprema de Justicia. Dicha propuesta rompe y lesiona gravemente el Principio de Independencia y Coordinación Armónica de los Poderes del Estado consagrado en el artículo 129 de la Constitución Política de la República. El proyecto de reforma objeto del presente dictamen ni siquiera por cortesía fue, ya no digamos consultado, sino comunicado a los Honorables Magistrados de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.

2. En segundo lugar el Proyecto de Reforma a la Ley 260, agrede, atropella y despoja a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de uno de sus más elementales atribuciones y derechos como es el derecho de iniciativa en materias propias de su competencia. (Arto. 140, numeral 3 de la Constitución Política de la República). Lo que los Diputados Liberales, orientados por el Poder Ejecutivo, pretenden reformar es nada más y nada menos que la LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL, sin siquiera consultarla con este Poder del Estado y despojándola y desconociéndole el derecho constitucional de iniciativa en esta materia.

3. Este proyecto de Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentada por la Bancada de PLC, tiene por objeto romper el amplio consenso en la aplicación de la justicia desde el Poder Judicial, adecuando los mecanismos que los obliga a ello, pretendiendo imponer de forma soluciones arbitrarias e ilegales que se ajusten a sus mezquinos intereses. El Poder Judicial está muy deteriorado a raíz de resoluciones calificadas de ilegales por distintos miembros de ese máximo Tribunal, emitidas por la Sala de lo Constitucional, con un quórum cuya integración irregular ha generado una profunda crisis de credibilidad por la intervención abierta del Poder Ejecutivo en la ejecución de estas acciones a través de los Magistrados que responden a las directrices del PLC.

4. Consideramos que la concreta aplicación de la justicia demanda de cambios mucho más profundos en el Poder Judicial y que la modificación del quórum propuesta lejos de contribuir a resolver esta problemática viene a profundizar aún más la crisis planteada en el Poder Judicial.

Por tal razón, en base a todo lo antes expuesto, los suscritos Diputados por el Frente Sandinista de Liberación Nacional ante la Asamblea Nacional y miembros de la Comisión de Justicia, presentamos nuestro DICTAMEN DE MINORIA DESFAVORABLE al Proyecto de Ley denominado: "LEY DE REFORMA A LA LEY N 260 LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL".

Managua, diez de Octubre del año dos mil uno.


MÓNICA BALTODANO.

Hasta aquí el Dictamen de Minoría.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

El último orador es Eliseo Núñez.

Honorable Diputada Lourdes Bolaños.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

En realidad hay algo que lamentar hoy, y es el Dictamen de Mayoría, porque lo que nos está demostrando es la inmadurez no sólo jurídica, sino política, con que los Diputados liberales -que yo los respeto mucho como juristas- hayan hecho esto que está atropellando la democracia. Porque democracia no sólo es tener tres Poderes en el Estado, ni decir que somos democráticos; democracia es más lo sustantivo, lo de fondo, el consenso, el acuerdo, la voluntad de muchas personas que se unen para hacer algo.

Yo estaba leyendo casualmente un libro costarricense muy importante "Una oportunidad para reflexionar", en ocasión del 25 Aniversario del Ministerio Público de Costa Rica, donde dice que todo en el Estado se relaciona, y para que funcione la democracia tiene que existir un peso y un contrapeso. Es por eso que decía que es sumamente importante que entre mayor sea la cantidad de personas que intervengan en una decisión, mejores podrán ser las respuestas y se lograría mayor optimización y eficiencia en un Estado. Y además dice: Entre mayor concentración exista en la toma de decisiones, tanto funcionales como administrativas, mayor será el riesgo de errores, preferencias y arbitrariedades.

Yo creo que hay que reflexionar por eso, porque no es casual que la Constitución, en su inciso 5 del artículo 164, dice y define claramente que el quórum debería ser de las tres cuartas partes de los miembros, para nombrar a los Magistrados de los Tribunales de Apelaciones, porque lógicamente esas tres cuartas partes, ese consenso, es esa reflexión que necesitamos para la justicia en Nicaragua. Entonces yo me pregunto, cómo vamos a poder transitar hacia la democracia, si aquí estamos cortando de tajo ese consenso, esa toma de conciencia, esa toma de decisiones que tenemos que asumir; aquí estamos hundiendo en una atolladero al Poder Judicial, más de lo que lo han hundido.

Reflexionemos, por favor, y lógicamente que esto va a tener un remedio, tiene que tener un remedio en la próxima legislatura, no lo dudo. Vamos a estar a tres meses de cambiarlo, pero aquí estamos atropellando a la democracia, y digan lo que digan aquí, el autoritarismo es lo que va a cambiar, llámense cinco o cuatro, pero es un autoritarismo, es unipersonal lo que va a campear en la Corte Suprema de Justicia. Y digo: ¿tendrán tanta gente para nombrar? ¿Tendrán tantas personas probas que van a ocupar esos cargos? ¿Tendrán tanta sapiencia para hacer resoluciones honestas en el futuro? Yo dejo esa inquietud.

Y es lamentable que aquí nos estemos atrasando en esta ley que no tiene razón de ser, cuando tenemos cosas fundamentales por construir, que es aprobar el Código de Procedimiento Penal, que ese sí va a llevar un sistema de peso y contrapeso contra las arbitrariedades del Poder Judicial, contra lo que ustedes están atentando ahora contra la democracia, y espero que en cuatro meses se les derrumbe esto que están construyendo hoy.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO:

Gracias, señor Presidente.

Hoy merece un aplauso la prepotencia legislativa en esta honorable Asamblea Nacional. La Constitución Política, a la cual nos debemos todos nosotros, dice en su artículo 129: "Los Poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral, son independientes entre sí y se coordinan armónicamente, subordinados únicamente a los intereses supremos de la Nación y a lo establecido en la presente Constitución". Creo que la reforma que hoy nos traen, no está ni en el espíritu, ni en la sapiencia, ni en la letra de este artículo de norma constitucional. Aquí vamos a pretender reformar la Ley Orgánica de un Poder del Estado, sin siquiera haber tenido la obligación estatutaria de consultar a la Corte Suprema.

Aquí ni siquiera se le pidió el parecer a los honorables Magistrados de la Corte Suprema; ni siquiera se les llamó a Comisión, ni siquiera al Presidente Plata, ya para llenar formalidades. Sabemos que el Presidente Plata iba a responder a estos intereses. Por lo menos, colegas Diputados, hubieran procedido a cumplir con la norma; a cumplir con el procedimiento; ya no hablemos a cumplir con los altos intereses de la Nación y la Patria. Venir hoy olímpicamente y probablemente una mayoría parlamentaria a modificar el quórum de un Poder del Estado, sin ni siquiera saber qué es lo que piensan ellos, eso lo mínimo que se llama es prepotencia legislativa, si no rayar en una violación de la norma constitucional y de nuestros propios Estatutos que nos manda a consultar las leyes con las instituciones, los organismos a los cuales son afectados por ella.

Hablamos aquí de que lo quieren hacer para agilizar, para fomentar la democracia interna en el Poder Judicial, argumentan que es para que exista mayor independencia, menos apoliticidad. Señores, yo tengo cuatro años de estarle proponiendo a la Junta Directiva que impulsemos la Ley de Carrera Judicial, que eso sí vendría a crear una verdadera independencia de los criterios de los Jueces y de la justicia, y aquí la mayoría liberal se ha opuesto en la Junta Directiva a apoyarlo. Por eso es que el día de hoy, para no jugar a la demagogia política que es a lo que están jugando con esta reforma, los honorables Diputados Leonel Téller, Wálmaro Gutiérrez y quien les habla, hemos introducido a esta honorable Asamblea Nacional, la Ley de Carrera Judicial.

Reto a mis colegas de la Junta Directiva a que vuelvan a engavetarla y que no apoyemos la Ley de Carrera Judicial, que digamos que Nicaragua no tiene suficiente estatura jurídica como para tener una Ley de Carrera Judicial, como me lo han manifestado en esta Junta Directiva. Creo que por ahí debemos aplicar las cosas y no venir politiqueramente a cambiar el quórum, o como se me dijo hoy; vamos a cambiar el quórum para elegir al Presidente de la Corte la próxima semana. Qué coyunturalistas y qué absurdo, fue una confesión clara; estamos cambiando el quórum para elegir al Presidente. Es totalmente no pensar en la justicia de este país.

No entiendo, colegas Diputados, su forma de ver la justicia; no entiendo, colegas Diputados, su forma de ver la armonía entre Poderes; no entiendo su forma de ver los altos intereses de la Nación y la Patria.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Bayardo Arce.

DIPUTADO BAYARDO ARCE:

Muchas gracias, Presidente.

Realmente si uno viera este dictamen precipitado con criterio eminentemente partidista, hasta podríamos estar alegres del cambio. Aquí nadie ignora que a mediados del próximo año vencen su período cinco Magistrados de la Corte y que vamos a tener que renovar a esos cinco Magistrados de la Corte, y que por lo tanto esa
correlación coyuntural que se está buscando ahorita, pues lógicamente se cambiará el próximo año. Porque yo creo que con todo y los ardides y manipulaciones que se quieren hacer de las encuestas, ya hace rato los amigos liberales están claros de que no hay dos por uno en los resultados de las elecciones del cuatro.

Pero es lamentable que esta Asamblea tenga que dar este tipo de espectáculos ante la comunidad internacional. Yo recuerdo que este proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial fue apoyado por la AID, por el Banco Mundial, por el BID. Se formó desde la Asamblea anterior una Comisión Nacional en la que había delegados del Poder Judicial, delegados de la Asamblea, delegados del Ejecutivo que trabajaron con expertos extranjeros dentro de un programa de modernización y fortalecimiento del Poder Judicial durante años.

Inclusive, recuerdo que Magistrados hoy, como Carlos Guerra, que presidía en ese momento la Comisión de Justicia, tuvieron arduas negociaciones aquí con los miembros de la Corte Suprema cuando se discutía esta ley, y hasta hubo capítulos enteros que los dejamos para reflexiones posteriores, como cuando se trataba de normar en la ley los requerimientos para la destitución de los Magistrados, si éstos no cumplían con la ley. Y los miembros de la Corte dijeron que por qué ellos iban a ser el único Poder que iba a tener mecanismos de destitución y no los otros, y quedó pendiente una ley de destitución de todos los funcionarios electos de la Asamblea.

Pero ahora con esa visión coyunturalista se trae de manera precipitada este proyecto que nos pone en entre- dicho con esos programas de cooperación que ha recibido el país, pone en entredicho a la Asamblea, pero sobre todo pone en entredicho a los colegas liberales que se precipitaron en esto. Yo me he preguntado, qué es lo que hay detrás de esto. Me decía Edwin que alguien le comentó que era la elección que viene de los dignatarios de la Corte el próximo 25 ó 26 de Octubre. A mí me da la impresión de que pueden haber cosas más de fondo, porque la Corte Suprema de Justicia está en una situación de crisis por las arbitrariedades que se han cometido recientemente. Yo creo que así como la historia del mundo, ahora hay que dividirla entre antes y después del 11 de Septiembre, lamentablemente la historia del Poder Judicial en Nicaragua hay que dividirla antes y después del fallo de la Sala Constitucional, que atropelló a los Magistrados y a todo el mundo y se organizó con los amigos y no con los nombrados. Y me extraña ver firmas de gente que en estos cuatro años y nueve meses, aun en bancadas contrarias los he visto tratando de mantener una actitud rectilínea, como el colega Barrantes o el colega Urbina que preside la Comisión Anticorrupción.

Yo me pregunto si detrás de esto no habrá el hecho de que hay sesenta y siete casos en que la Contraloría General de la República desde 1997 para acá, ha encontrado presunciones penales en casos investigados y todos están amparados en la Corte Suprema, todos están ahí, no sólo evadiendo el cumplimiento de la ley, evadiendo el esfuerzo por luchar contra la corrupción, sino también evadiendo la obligación de retribuirle al Fisco más de ciento y pico de millones de córdobas en glosas que involucran esos sesenta y siete casos. Porque no creo que sea tan simple, que sea para la elección de dentro de una semana. Porque para tranquilidad de los amigos liberales, no se nos ocurriría ver a una Corte rompiendo quórum diez días antes de la elección y dando las excusas para que otros rompan quórum en el Consejo Supremo Electoral. Entonces creo que el trasfondo puede ser mayor.

Y como ya lo señaló el coordinador de nuestra bancada, se ha roto la independencia de los Poderes, no se ha tomado en cuenta para nada a la Corte Suprema; incluso oí a alguien decir por ahí que se había consultado al Doctor Francisco Plata, y el Doctor Francisco Plata tuvo la entereza ayer de negar que le hubiera sido consultado absolutamente nada. O sea que ni siquiera a nivel individual se les consultó para hacer este adefesio. Así que lo único que a uno le queda, viendo las realidades en las que estamos, es lamentarnos del espectáculo ante la comunidad internacional que ha querido ayudar a fortalecer el Poder Judicial y a modernizarlo; insistir en esa línea con la Ley de Carrera Judicial que han presentado unos colegas y en todo caso darle tiempo al tiempo.

Porque al fin de cuentas, como decía al comienzo, si el juego es de partidismo coyuntural, cuando venga la elección de los nuevos cinco Magistrados nos veremos las caras con el nuevo quórum y con la nueva dinámica que así se le está creando a un Poder Judicial, que cuando le aprobamos la ley, queríamos que fuera un órgano colegiado de consenso donde se pusieran las mejores capacidades en conjunción para sacar los mejores resultados para la justicia.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Nathán Sevilla.

DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

Gracias, señor Presidente.

Como miembro de la Comisión de Justicia, también suscribo el Dictamen de Minoría, como los suscribimos todos los Diputados de la Bancada del Frente Sandinista que participamos en una discusión dentro de la Comisión de Justicia, para argumentar el total desacuerdo con esta reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debido a los señalamientos que aparecen en este Dictamen de Minoría, en los que nosotros dejamos clara constancia de que aquí se está violentando ese principio constitucional de la independencia de los Poderes y de la armonía que debe existir entre los Poderes del Estado; al mismo tiempo, el hecho de que aquí con esta reforma se apartó a un lado completamente al Poder Judicial, que tiene iniciativa de ley y ni siquiera se le consultó.

Y por otro lado está el aspecto de lo que se ha reiteradamente planteado, de que si se hizo una Ley Orgánica del Poder Judicial buscando un amplio consenso, con mucho tiempo de estudio, con la cooperación internacional de por medio, y si se buscó el camino del consenso entre las bancadas, especialmente entre las bancadas mayoritarias que llevan la mayor responsabilidad en el país para cultivar esa política de búsqueda de consenso que es consustancial al ejercicio de la democracia, ahora se retrocede hacia la actuación dictatorial con una visión de corto plazo, con una visión de intereses mezquinos que están ahí a la vuelta de la esquina y se echa fuera de borda toda una política de tratar de crear una cultura nueva en este país de democracia y búsqueda de consenso.

Entonces planteamos también en el debate interno de la Comisión, que el cambio de estas reglas del juego, que momentáneamente pueden venir a favorecer algunos intereses de los Diputados del PLC o del Poder Ejecutivo,  después del 4 de Noviembre se va a revertir eso indudablemente, porque va a haber una nueva Asamblea Nacional y vamos a poder corregir estos entuertos. Pero de lo que sí dejamos constancia, es que lamentamos que los partidos políticos, como el PLC, no estén suficientemente maduros para sostener una posición que en un momento dado creyeron que era la mejor, como era la de rendirle tributo y ser consecuente con esa búsqueda del consenso.

El Frente Sandinista se mantiene leal y fiel a la búsqueda del consenso en Nicaragua, y pensamos que la unidad de los nicaragüenses es necesaria para enfrentar todo tipo de problemas que nos aquejan, independientemente de que estemos en un proceso electoral y que el día 4 de Noviembre va a haber un cambio en el país. Independientemente del cambio que se produzca, esa política seguirá siendo valedera y seguirá contribuyendo a la verdadera democracia en este país. Por ahora no nos queda más que lamentar, y por supuesto tampoco vamos a participar dando aquí nuestro voto en esa dirección, sino que preferiríamos abstenernos completamente de participar en este tipo de decisiones.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Noel Pereira Majano.

DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:

Gracias, señor Presidente.

Realmente estas reformas tienen por objeto agilizar la situación judicial en Nicaragua. Hemos dado un ejemplo bastante triste en cuanto a la cuestión de la retardación de justicia: están los amparos, que muchos no se resuelven; sentencias que están empolvadas por muchos años en las distintas Salas de la Corte Suprema de Justicia; justicia que no se verifica a tiempo, y la justicia tardía no es justicia. Entonces, ¿cuál es el fundamento de esta resolución de llegar a modificar el quórum? Lo encontramos en que están las pasiones políticas atrasando verdaderamente el ejercicio del derecho de los ciudadanos, y, como tal, el artículo 24 de la Constitución Política de la República, en su inciso segundo viene a darnos la razón, cuando dice: "Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común.

El bien común exige que no estemos dando una posición pública que causa verdaderamente tristeza al pueblo nicaragüense. Hemos visto cómo en el Consejo Supremo Electoral se paró -porque yo quiero, decían algunos Magistrados- el hecho de concurrir a formar quórum. ¿Qué haríamos? Los menos van a estar sobre los intereses de los más, que es el pueblo nicaragüense, y el Poder Legislativo tiene la obligación de darle justa respuesta al pueblo nicaragüense. Como consecuencia nosotros entendemos que en estos pleitos que han habido en la Corte Suprema de Justicia, se ha quebrantado la disposición que determina cuáles son las obligaciones de los Magistrados, y una de las principal es mantener la debida discreción sobre los asuntos sometidos a su conocimiento.

No hemos mantenido discreción, sino que nos hemos ido en discusiones de campanario que han causado verdaderos revuelos, alteraciones y sobresaltos al pueblo nicaragüense. Hay que poner remedio; cuando se hizo el aumento de los Magistrados que integrarían la Corte Suprema de Justicia, creamos una situación caótica, porqué cuando muchos concurren a querer opinar en un caso y los intereses políticos forman el centro del actuar, definitivamente estamos creando la Torre de Babel. Estoy de acuerdo en estas reformas, estoy de acuerdo en la reforma del artículo 26 y del artículo 31, ¿En beneficio de qué?

De una justicia rápida, una justicia adecuada y que se pueda en cierta forma terminar con aquello de que las cosas no pasan porque hay intereses individuales, colectivos o políticos de por medio. Pido al señor Presidente y a la honorable Asamblea que aprueben estas reformas al quórum.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

Muchísimas gracias, señor Presidente.

Muy buenos días, honorables Diputados.

El día de hoy nos encontramos discutiendo un dictamen de un proyecto de Ley de Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, y no quisiera andar sobre los pasos que anteriormente han dado con mucho acierto algunos colegas Diputados, hablando sobre el desafortunado hecho de que la Corte no haya tomado participación alguna en la reforma a su propia ley; ni que este proyecto de ley viene a tirar por el cesto de la basura una serie de iniciativas administrativas internas que han sido acompañadas por el apoyo innegable de la comunidad económica internacional.

Verdaderamente hay algunos criterios que a mí me suenan más que preocupantes, tristes y desafortunados, porque la verdad es que aquí nosotros estamos frente a la lógica de un partido altamente desgastado, que como sienten los estertores de la muerte política el 4 de Noviembre, pretenden de alguna manera de entronizarse y tratar de utilizar a algunos Poderes del Estado para tratar de mantener alguna cuota o prebendarismo político posterior a las elecciones. Y no me preocuparía tanto que fuera en algunas otras instituciones públicas del Estado que se dé este fenómeno, como en la Corte Suprema de Justicia, como en el Poder Judicial.

Porque si en un momento determinado la misma Asamblea Nacional atraviesa por una crisis, o el mismo Poder Ejecutivo atraviesa por una crisis, son crisis de carácter transitorio y que de una u otra manera con un acuerdo político podrían superarse. Pero una profundización de la crisis en un Poder, como el Poder Judicial, que es el administrador de la justicia y el garante de la administración de justicia en este país, definitivamente sienta un precedente histórico funesto para el desarrollo de este país, de esta Nación. Hace unos cuantos días, yo estaba solicitándole al Plenario de esta Asamblea Nacional, que en la recta final de este Poder del Estado tratáramos de aprobar iniciativas que quitaran ese sentimiento del nicaragüense promedio, de levantarse todos los días por la mañana con la preocupación de saber si tendría o no Nicaragua por la tarde.

Desgraciadamente aquí se está haciendo todo lo contrario, este tipo de iniciativa atropellante a otro Poder del Estado, no solamente atropella al Poder Judicial, sino que crean una inestabilidad en toda la administración de justicia, que toca los cimientos de la sociedad nicaragüense. Porque si entre otras cosas nosotros estamos hablando de querer fomentar un clima de inversión en este país, ¿ustedes -honorables Diputados- creen que fomentaríamos el clima de inversión con este tipo de iniciativas de ley? Y es que no solamente estamos hablando de que si va o no a rebajarse el quórum de los dos tercios a la mitad más uno.

Es que si ustedes observan el proyecto de ley de la forma en que fue redactado, cuando aquí se plantea que la Corte Plena en su quórum se formará con la presencia de la mitad más uno de los Magistrados, estás hablando de que el quórum se formaría aprobando esta iniciativa, con nueve Magistrados.

Pero luego de eso, el resto del artículo plantea lo siguiente: "Toda resolución o acuerdo de Corte Plena, requerirá del voto coincidente de por lo menos la mitad más uno del total de sus integrantes". ¿Qué significa esto de la forma en que está redactado este artículo? Corte plena se forma con nueve, y una vez integrada la Corte Plena, con la mitad más uno de sus integrantes se toman decisiones.

En otras palabras, cinco Magistrados estarían tomando decisiones en todo el Poder del Estado, y no lo digo yo; aquí si la voluntad del legislador proyectista dictaminador liberal fue otra, déjenme decirles de que a como está redactado este artículo, dice absolutamente lo contrario. Porque por lo menos si hubieran buscado cómo salvar en la redacción de que las decisiones de Corte Plena se tomarán con la mayoría de los miembros de la Corte Suprema de Justicia, para estar claros que el quórum se forma con nueve y que las decisiones se toman por lo menos con nueve. Pero si usted integra una Corte de nueve y dice que se van a tomar decisiones con la mayoría de sus integrantes, ¿con cuántos integrantes se está formando esta Corte Plena?

Se está formando con nueve y por lo tanto quienes toman decisión son cinco. Eso es matemático, honorables Diputados. ¿Y qué sucede detrás de todo este desbarajuste y embrollo legal? Que detrás de esto existen serias preocupaciones, porque aquí podría darse el fenómeno de que cinco Magistrados de la Corte Suprema de Justicia tomen resoluciones de supuesta Corte Plena, donde resuelvan recursos de inconstitucionalidad de la ley, ojo!, estén hablando y dirimiendo discordia sobre conflictos en los diferentes Poderes del Estado, estén hablando de conocer y resolver los recursos de revisión de las resoluciones de la Comisión de Administración, Carrera Judicial y Régimen Disciplinario.

O sea que por decisión de cinco Magistrados habría una barrida de Magistrados, Jueces de Distrito y Jueces Locales de este país. Y no lo estoy diciendo yo, honorables Diputados, estoy única y exclusivamente leyendo lo que dice el dictamen mayoritario liberal presentado aquí en el Adendum; lo estoy planteando con el proyecto de ley en la mano. Lejos de despolitizar la administración de justicia y lejos de fortalecer y buscar cómo sacar de la crisis a este Poder Judicial, lo que ustedes, honorables Diputados están haciendo, es echándole una palada de tierra a la poca credibilidad que le queda a uno de los Poderes más importantes de este país, como es el Poder Judicial.

Y es que a mí me llama poderosamente la atención los planteamientos por ejemplo del Diputado Pereira Majano, cuando tampoco recuerda que en el artículo 165, dice que "Los Magistrados y Jueces, en su actividad judicial, son independientes y solo deben obediencia a la Constitución y a la ley. ¿Será que este dictamen está garantizando la independencia del Poder Judicial? Señores, todo lo contrario, lo que están es sometiendo a la administración del Poder Judicial a los designios de un partido político; eso es lo que están haciendo en el Poder Judicial. Es por eso que también nosotros no solamente nos vamos a la retórica y nos vamos a las palabras.

En los diferentes medios de comunicación se ha planteado sobre la necesidad de la despolitización del Poder Judicial, y se hace absolutamente necesario darle estabilidad a los Jueces, darle estabilidad a los Magistrados y evitar que desde la Presidencia de la República -sea quien sea el próximo Presidente-, estén levantando un teléfono para decirle a un Juez o a un Magistrado, cómo votar en determinada sentencia. Es por eso que los miembros de la Bancada del Frente Sandinista, Diputado Edwin Castro Rivera, su servidor y el Diputado Leonel Téller, estamos presentando -como en efecto lo hacemos el día de hoy- ante la Primer Secretaría de este Poder del Estado, el anteproyecto de Ley de Carrera Judicial.

Aquí no estamos hablando, aquí estamos haciendo, queremos fortalecer realmente el Poder Judicial; y no es con este tipo de "pastafrola" que se va hacer; se va hacer tratando de institucionalizar a los Jueces, dándole independencia a los Jueces y Magistrados; y lo más importante, dándole seguridad jurídica al pueblo de Nicaragua. Es por eso que el día de hoy presento al Primer Secretario también esta iniciativa, como ya lo hicimos en su despacho, y solicitamos por principio, por decencia, por moral, que no le echemos más leña al fuego a una crisis que ya no solamente es del Poder Judicial, es una crisis que se va a llevar en banda a todos los nicaragüenses.

Muchas gracias, y buenos días.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Pedro Joaquín Ríos.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS:

Yo quisiera aclarar que en el artículo 1, que más adelante vamos a leer, está claro en su segundo párrafo, que se respeta lo que dice la Constitución en el artículo 164, en su inciso número 5, que dice: "Nombrar y destituir con el voto favorable de tres cuartas partes de sus miembros, a los Magistrados de los Tribunales de Apelaciones".

Eso dice nuestra Constitución en el artículo 164, inciso 5.

Y en el artículo 1, de esta ley que reforma al artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dice textualmente: "Sin perjuicio de los casos en que la Constitución Política establezca otro tipo de mayoría". Lo que significa que se está dejando bien claro que no se está haciendo nada inconstitucional, y que tanto la destitución como la elección de Magistrados se les deja  a las tres cuartas partes del Pleno. No se está reformando la Constitución, señores, ni se está violentando. Así que me disculpa don Wálmaro, pero está diciendo algo incorrecto.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Pablo Sierra.

DIPUTADO PABLO SIERRA:

Señor Presidente.

Creo que tienen razón los del Frente Sandinista en decir que hoy es un día triste porque se reforma la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. Yo entiendo el decir de ellos, porque han pretendido manejar tanto todos los Poderes, manteniendo un quórum sin asistir. Lo vimos hace poco en el Consejo Supremo Electoral, que no se tomaba una resolución simplemente porque tres Magistrados no asistían. No se está terminando con el consenso como se quiere decir, se está terminando con la inoperancia de muchos Magistrados que se amparan en un quórum para no formarlo y no trabajar. Tenga la absoluta seguridad que si este quórum es reformado, los dieciséis Magistrados de la Corte Plena ahí van a estar discutiendo del problema y aprobándolo con el debido consenso. Y no como hemos visto aquí algunos consensos que dicen moción consensuada, platicaron dos y ya es consenso.

Con verdadero consenso van a asistir a la reunión aunque no quieran trabajar. ¿Por qué? Porque les va a interesar que las resoluciones sean verdaderas. Así, señor Presidente, que más bien las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia, en pleno y en las Salas, van a ser discutidas con la asistencia de todos los Magistrados, porque con este quórum, con esta reforma, los estamos obligando a que se reúnan y no simplemente porque no nos conviene que se resuelva tal amparo o tal recurso presentado a la Corte sino que duerma el sueño de los justos, como algunos del 92 que todavía no han sido resueltos y que actualmente se están notificando, dándole trámite a recursos que ya no tienen ningún valor, ni ningún interés, ni siquiera para las partes que lo presentaron.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Guillermo    Ramírez Cuadra.

DIPUTADO GUILLERMO RAMIREZ CUADRA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Observo con verdadera sorpresa el alegato político que hacen los colegas de la bancada sandinista, en cuanto a la utilización de una presión política a consecuencia de esta reforma, cuando es todo lo contrario, a partir de esta reforma deja de ser la conformación de las Salas un mecanismo de presión política. Cuando se establece un quórum, se está estableciendo el mínimo, pero eso no nos impide la concurrencia de todos los Magistrados. Y como muy bien decía aquí el colega Diputado Pablo Sierra, esto lejos de significar un retardamiento de la justicia, porque justicia tardía no es justicia, va a forzar a que los Magistrados concurran, porque bien saben ellos que su presencia va a modificar la conformación del quórum.

Sí, la mitad más uno es lo mínimo, pero si concurren los dieciséis Magistrados, las resoluciones se toman con los porcentajes que establece la ley. Entonces esto lo que viene a hacer es un mecanismo de garantía para la ciudadanía nicaragüense, que al margen de  cualquier inclinación política, van a estar obligados los Magistrados a concurrir tanto a conservar la Corte en pleno, como también a conformar las diferentes Salas. Por lo tanto, quiero decirles que apoyo plenamente, con plena conciencia, considerando que esta reforma es lo mejor para todos los nicaragüenses, para el bienestar y el bienandar de la justicia en Nicaragua, e insto a mis compañeros colegas Diputados a que también apoyemos de esta manera la reforma.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado José Bravo Moreno.

DIPUTADO JOSE BRAVO MORENO:

Gracias, Presidente.

Honorables Diputados de la bancada liberal: Me parece que ustedes están en este momento dejando una herencia negativa, muchos de ustedes ya no van a ser Diputados, y no van a ser Diputados porque no les eligió el capataz del Partido Liberal. Me extraña que un jurista con historia, como el Presidente de la Comisión de Justicia, realmente se preste a lo que aquí está pasando.  Ya ustedes, Diputados, convirtieron este Poder del Estado en una Secretaría Legislativa del Poder Ejecutivo, y ahora están haciendo del Poder Judicial exactamente lo mismo que han hecho con este Poder del Estado.

¿Cómo es posible que ustedes realmente hayan cerrado los ojos sobre todo lo que ha significado el abuso del Poder Ejecutivo en este país? Ustedes van a salir como cómplices de todos los robos, desfalcos, y de todo lo que en este país ha sido saqueo de los bienes del Estado. Conozco a muchos de ustedes que no participan del robo directo, pero aparecen como cómplices; y a ustedes que les gustan los dichos de su Presidente, tanto peca el que se roba la vaca como el que le amarra la pata. Creo que es importante que ustedes realmente se den cuenta de que estas decisiones abonan al establecimiento en este país de una dictadura, y este pueblo a las dictaduras les cobra caro, ustedes ya lo han experimentado.

Quiero invitarles a ustedes a la reflexión, allí tienen a unos consultores del Poder Judicial; estaban para entrar a esta Sala el día de hoy, más o menos sesenta Jueces, que probablemente no han venido porque no creen lo que ustedes están haciendo, sesenta Jueces a quienes no se les ha consultado: están los ocho Jueces de Distrito; están los ocho Jueces Locales del Crimen; están seis Jueces y sus suplentes de los Juzgados Civiles de Distrito; están cuatro Jueces de los Juzgados Locales Civiles, dos Jueces del Trabajo, y un Juez de los Jueces Menores. ¿Cómo es posible que a toda esta gente no se les consulte? ¿Qué significa para ustedes legislar, Diputados?  ¿A quiénes consultan ustedes sus leyes? ¿A quién realmente recurren?

Pregunten a los asesores que tiene el Poder Judicial, que los tienen a su lado, cuándo se ha recurrido a ellos para consultarles de la importancia de esta reforma. Creo que es importante que ustedes se den cuenta que han instalado en este país la profanación de los Poderes del Estado; la democracia pasa por la división de los Poderes del Estado, y ustedes han hecho de todos los Poderes del Estado, simplemente Secretarías subalternas al Poder Ejecutivo, y no al Poder Ejecutivo, al poder del actual Presidente de la República. Y desde aquí habría que invitar al pueblo de Nicaragua, exactamente a cobrar estos abusos, porque los abusos en este país no han sido simplemente los abusos del Poder Ejecutivo.

Aquí ustedes al volverse cómplices recuerden todas las deudas que tiene el Poder Ejecutivo y sus Ministros, con el pueblo de Nicaragua: saquearon bancos, pagaron salarios, pagaron indemnizaciones no previstas en las leyes de este país, y si ustedes no consultan siquiera a los técnicos, a la gente que ustedes mismos han contratado, ¿cómo van a consultar a la ciudadanía sobre las leyes que aquí se han discutido? Creo que es importante que se den cuenta que no tiene consenso en el Poder Judicial y que ustedes están causando un cisma en uno de los Poderes del Estado. A partir de hoy, ustedes dividen el Poder Judicial. Ustedes, Diputados, tienen que cargar en su conciencia la crisis que en este momento se está dando en el Poder Judicial.

Han sido ustedes los que han intentado comprar Magistrados; han sido ustedes del Partido Liberal, que le atribuyen a Bolaños ser de las manos limpias, ¿dónde está el Presidente de la Comisión de Transparencia del Poder Ejecutivo? Ese es el candidato que tienen.  Ustedes realmente están profanando lo más sagrado; han profanado ya en lo religioso a los de Camino Cristiano, pues los han hecho decir falsedades; han hecho que ellos aparezcan ante su feligresía realmente como impostores; todo lo que ustedes les han hecho en los “spot” publicitarios de estos días, se los van a cobrar a ellos, por estar aliados a ustedes, todas las iglesias evangélicas.  

Hay gente que merece respeto, la ciudadanía nos mandó aquí para que fuéramos realmente los ejecutores de su voluntad.  Pero ustedes no, ustedes vinieron aquí por la voluntad de un ciudadano, que aunque sea el primer ciudadano por el lugar que ocupa en la Nación, no es la única voluntad. Recuerden entonces ustedes, colegas Diputados, yo quiero decir que el día que se enjuicie a Esteban Duque Estrada, a Noel Ramírez, a Noel Sacasa, al “Tigre” Quintana, ustedes estarán al lado; ustedes han sido realmente los cómplices de todos los robos, de todos los desfalcos, de toda la quiebra de los bancos que han desaparecido en este país.

Recuerden, el Diputado Arce decía que hay sesenta y siete casos que han tenido realmente impunidad y que no ha habido forma de que en el Poder Judicial se hayan hecho escuchar. Ustedes, honorables abogados, juristas que están de asesores en el Poder Judicial, lleven este mensaje al Poder Judicial: díganles que los Ministros de Estado, comenzando por el Ministro de Hacienda, han desacatado la voluntad del Poder Judicial en este país, que Esteban Duque Estrada tiene nueve casos y que la Contraloría General de la República ha querido realmente llamarlo para que rinda cuentas.

Creo que es importante que recuerden que nosotros desde este Poder del Estado vamos a tener la iniciativa no solamente de los Diputados a quienes la Directiva no da pase a las demandas de interpelación, ya tenemos dos demandas de interpelación para el Ministro de Hacienda y Crédito Público, y ahora la demanda que estamos haciendo, también como lo manda el artículo 140, a ver si es cierto que la Directiva no va a dar pase a esta interpelación. El artículo 140 de la Constitución, en su inciso cuarto, da poder para que cinco mil ciudadanos puedan tener iniciativa de ley, y ellos nos están acompañando para interpelar y enjuiciar al Ministro de Hacienda y Crédito Público. Y esto va hacia el Poder Judicial, ustedes de todo esto se han hecho cómplices al querer abusar de lo que les ha encomendado el pueblo, recuerden que el Poder Judicial...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene más de quince minutos, honorable Diputado, ya se ha pasado cinco minutos.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

Usted casi se ha pasado dos años, Presidente, abusando de este Poder del Estado, así que discúlpeme que asuma mi responsabilidad. Y esto lo hago en primer lugar Presidente, lo hago porque...

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Por respeto a mí mismo, no le contesto.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

Usted es libre, soberano e independiente como yo, reclamo la soberanía e independencia, sobre todo amparado por los que me eligieron, y me eligieron no para venir aquí simplemente a decirle a ustedes que está bien; vine aquí, porque el pueblo paga todo lo que aquí se hace. Y además, no se está trabajando en este Poder del Estado. ¿A qué se han dedicado? Si no fuera por iniciativa de las Comisiones, del Presidente que quiere en las Comisiones, aquí realmente ya se podría haber cerrado este Poder del Estado.

Y no voy a seguir, porque ustedes como tienen prisa, ya el que les ordena les dijo que hay que sacar hoy este asunto, porque esa es la tarea que les han encomendado y recurre aquí a los Alcones, que dicen que son limpios, a los Camino Cristianos, que realmente yo no se dónde está el camino y dónde está el cristianismo. Todo esto yo quiero dejarlo planteado y decirles que no comparto el día de hoy esa injusticia; y de ese abuso de poder, la bancada sandinista no participa.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Dámicis Sirias.

DIPUTADO DAMICIS SIRIAS:

Gracias, Presidente.

A veces se quiere defender lo indefendible y se usan expresiones peyorativas y a veces ofensivas; pero la verdad es que éste es nuestro quehacer y hay que escuchar.  A veces en el ambiente flota un aire de paranoia o de síndrome de honradez, y qué sé yo más, pero la verdad es que voy a centrarme en el tema. Se ha dicho aquí, por nuestros colegas de la bancada sandinista, que se está atropellando la democracia con este proyecto de ley;  que mientras más personas intervienen en una decisión, es más efectiva; que los Magistrados están politizados, y que estamos violentando la independencia de los Poderes. Algunas cosas son ciertas, pero son verdades a medias, porque no es cierto que se está atropellando a la democracia, porque precisamente la democracia se sustenta en el debate público, donde se cuestionan las ideas y donde se someten a la consideración por voto de la mayoría.

A veces la intervención de mayores personas o de mayor cantidad de miembros en la toma de decisiones es efectiva, pero hemos observado que en este honorable Poder Judicial, más bien lo que ha habido es entrabamiento, porque efectivamente hay una marcada intención o apoyo a orientaciones políticas, que no debiera de ser, pero desafortunadamente lo es.  A veces le dan una consigna a un Magistrado de que no haga quórum, y rompe el quórum y lo que hay es un entrabamiento en la administración de justicia, lo que viene en grave perjuicio a la sociedad nicaragüense.

Es por esta razón, que los Diputados liberales hemos presentado a la consideración de este honorable Plenario, este proyecto de ley que venga a beneficiar al pueblo nicaragüense, en la correcta administración de justicia. Históricamente y por antonomasia, las resoluciones en un cuerpo colegiado se toman por mayoría simple, y así está consignado en nuestra Carta Magna, que hay votación calificada para cosas de muchísima trascendencia, y es el caso que ya está establecido en la Constitución de la República, que ya leía el Secretario hace unos minutos, y en ningún momento se pretende con este proyecto de ley violentar, ni a la Constitución, ni al ejercicio de sus funciones de los honorables miembros Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Por esa razón es que considero que se está defendiendo lo indefendible, porque lo único que se está buscando con esta ley, es precisamente hacer ágil y dinámica la toma de decisiones, la emisión de resoluciones, y en ningún momento se ha roto ese equilibrio que debe existir entre los Poderes del Estado, ni tampoco estamos invadiendo el campo que corresponde a ese honorable Poder del Estado como es el Poder Judicial, porque es competencia nuestra, y además una obligación legislar en beneficio de las grandes mayorías, en beneficio del pueblo nicaragüense. Por eso, mis queridos colegas, yo los insto a que reflexionen los que aún no están compenetrados de los beneficios que trae este proyecto de ley, que se sumen a este esfuerzo en la correcta administración de justicia.

Muchas gracias.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Antes que le den la palabra al siguiente orador, quiero anunciarles que en mi oficina, en la Primera Secretaría, está el proyecto de Ley de Presupuesto para el próximo año, los Diputados, después de la Sesión, pueden pasar a recogerlo porque tienen que firmar que lo recibieron.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Jorge Samper.

DIPUTADO JORGE SAMPER:

Muchas gracias, señor Presidente.

Lamentablemente nos encontramos frente a una iniciativa de ley, a un dictamen que responde indudablemente a una situación estrictamente coyuntural, y además no  solamente coyuntural en este caso, sino producto del acuerdo político o del pacto -más conocido popularmente- que ustedes, señores liberales llevaron a cabo con el Frente Sandinista. Y quiero razonar mi no a este proyecto, porque indudablemente esta reforma viene a debilitar aún más de lo que está debilitado por ustedes el Poder Judicial. y ahora no vengan a rasgarse vestiduras, ustedes son los culpables de que el Poder Judicial se encuentre en la situación que está.

Porque nadie más que ustedes fueron los que acordaron que se aumentara de doce a dieciséis Magistrados; nadie más que ustedes fueron los que nombraron a los Magistrados partidarios que están ahí; ustedes fueron los que han llevado al descalabro al Poder Judicial. Así que no vengan a rasgarse las vestiduras ahora; aquí no me vengan a decir que ahora con nueve Magistrados van a venir a hacer quórum, no sé yo si a lo mejor más adelante uno de esos Magistrados en estos meses se pasa al otro bando, porque lo que existe en la Corte Suprema de Justicia son dos bancadas a como aparentemente hay aquí en la Asamblea Nacional.

Entonces vamos a estar sujetos a que si uno de los Magistrados se pasa a otra de las bancadas, tampoco va a haber quórum y van a venir a hacer otra reforma para ponerla en ocho. Es completamente absurdo lo que ustedes están planteando. Y esta propuesta que nosotros planteamos en la Ley Orgánica, el Doctor Pereira Majano recuerda muy bien que esta propuesta nosotros la recogimos precisamente del quórum de la Corte Suprema de Justicia de  los Estados Unidos, porque decíamos que había que darle la estabilidad y la majestuosidad a la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua, teniendo un quórum que precisamente  permitiera decisiones ponderadas.

Aquí no me vengan ahora con otro cuento, esa fue la razón por la que nosotros pusimos los dos tercios. Cuando habían los doce Magistrados no había ningún problema con que se reuniera el quórum de los dos tercios; fue cuando ustedes metieron esta partidarización de la Corte Suprema de Justicia, y ahora vamos a estar legislando porque quieren ustedes tener nueve, ocho; y si más adelante la bancada se les disminuye a ustedes por resultados -qué se yo- de un cañonazo, de los resultados electorales, ¿van entonces a disminuirla?

Aquí de repente me parece que estamos legislando en el período del noventa, leyes a la carrera y coyunturales. Yo estoy totalmente en desacuerdo con esto, estoy en contra de esto.  

Aquí hay que ir al fondo y en todo caso habría que revisar lo que ustedes mismos en conjunto con el Frente Sandinista provocaron en el país. Y hay hasta voces que dicen que estas reformas lo que vienen es a tratar de ahondar es la crisis para aquí convocar a una Asamblea Nacional Constituyente y desconocer los resultados del cuatro de Noviembre. Yo no sé lo que están pretendiendo realmente, esto es completamente absurdo, una reforma estrictamente coyuntural que no tiene ningún sentido ni ninguna lógica, cuando hay una Corte Suprema de Justicia dividida en dos bancadas, producto precisamente del pacto libero-sandinista. Yo me opongo a una reforma de esta naturaleza, pues no sé cuál es realmente el fondo y no sé si es verdad, porque cuando se dice que si el río suena, piedras trae; lo que quieren aquí es profundizar una crisis para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente y desconocer los resultados del cuatro de Noviembre, o tratar de salir adelante a los resultados del cuatro de Noviembre.

Yo me opongo a esta propuesta, y verdaderamente llamo a la reflexión a los Diputados liberales que van a aprobar esta reforma. Mejor dediquémonos a legislar con sentido de Nación, con cosas que aquí verdaderamente se requieren y no con temas estrictamente coyunturales que no tienen ningún sentido, ni ninguna lógica. Desde ya anuncio mi voto en contra de este proyecto.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Alberto Rivera Monzón.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON:

Muchísimas gracias, honorable señor Presidente.

Yo considero, como representante del Departamento de Jinotega, ese gran Departamento que tiene peso para que se le escuche, para que se le oiga por su producción y por su población. Considero que es oportuna esta reforma, porque la retardación de justicia nos ha golpeado permanentemente; yo he sido crítico de la existencia de Jueces que nunca son removidos de sus cargos y que siempre están dictando sentencias que  laceran, que lastiman y que son motivo de críticas y lamentos de nuestros ciudadanos, pero que se quedan esos lamentos en el aire.

A propósito de lamentos, quiero lamentar las expresiones de distinguidos parlamentarios, como del Doctor Wálmaro Gutiérrez y el Reverendo Ernesto Bravo, cuando con términos groseros se refieren a su mismo partido, porque yo no acepto que sea al liberalismo al que se han referido, pues el liberalismo, después de doscientos doce años de la Revolución Francesa de 1789, ha luchado y ha defendido los principios fundamentales de libertad, igualdad, fraternidad y justicia social; y los sandinistas provienen de ese robusto tronco del liberalismo.

El Partido Liberal no es un movimiento ni un frente coyuntural, estamos por la justicia social. Y estoy de acuerdo con que el consenso es fundamental, es válido, pero en este caso en Nicaragua ha sido imposible y el consenso se ha convertido en una barrera, en un atraso, en un impedimento para que haya justicia. Por tanto, esta reforma debe de hacerse con el espíritu parlamentario, el espíritu de legislador para que este quórum venga a solventar los problemas que se han llegado a eternizar a la Corte Suprema de Justicia, y viene a convertirse esta reforma en un instrumento facilitador para que una vez conformado ese quórum, se puedan tomar las resoluciones del caso en los determinados momentos coyunturales o momentos en que se reclame la justicia por parte de nuestra población.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Ultimo orador, Eliseo Núñez.

DIPUTADO ELISEO NUÑEZ:

Yo me asombro cuando miro a un Frente Sandinista siendo defensor de la juridicidad, de la legalidad del Poder Judicial.  En su Constitución de 1986 -le contesto a don Wálmaro-, el único que podía presentar ternas era el Presidente de la República -llámese Daniel Ortega-, era el único que podía presentar ternas a la Asamblea  para poder elegir Magistrados. Había una dependencia absoluta, vertical de parte de Daniel Ortega para el Poder Judicial. Y defienden  la juridicidad, y en su Constitución de 1986 hablan de que la justicia emana del pueblo  y será impartida en su nombre. Y hoy, Daniel Ortega anda diciendo que la democracia representativa ya se agotó y ahora lo que necesita es la democracia participativa  -léase-, que la justicia retorna a las manos del pueblo porque la Revolución es fuente de derecho.  

Bajo este principio, ¿cuántos muertos hay en Nicaragua? Bajo este principio, ¿cuántos nicaragüenses fueron y fuimos sometidos a cárceles, a torturas, a confiscaciones, a extradiciones? ¿Cuántos nicaragüenses hoy descansan en una fosa, bajo este principio que la Revolución es fuente de derecho?  Y ahora Daniel Ortega la quiere implementar a través de su democracia participativa; lo que pasa es que ahora en su discurso ya lo ha cortado, porque ya le dijeron que dejara  de seguir diciendo disparates. Pero, señores, eso es lo que están defendiendo. Y se venden sus fichas que tienen dentro del Poder Judicial, cuando en televisión la Magistrada Ligia no sé qué, Ligia Molina, llamó a la población a defenderlos y a protestar frente a la Corte Suprema de Justicia porque el pueblo es el que le paga los salarios, y tenían que ir a protestar y poner piquetes de protesta frente a la Corte Suprema de Justicia.

los Jueces, que anoche salieron diciendo que iban a venir a protestar a la Asamblea Nacional, porque no podíamos nosotros legislar.  Ese es el Poder Judicial del Frente Sandinista, eso es lo que interpretan ellos como leyes, eso es lo que interpretan como orden jurídico. Señores, Nicaragua no puede seguir viviendo bajo un terrorismo judicial, el Frente Sandinista cuando quiere pasarle la cuenta a alguien, sencillamente llama a uno de sus Jueces y lo procesa. Ahorita la Policía está inventando cargos para cualquier ciudadano que no es sandinista, y después en consonancia con los Jueces le abren el proceso.  Necesitamos limpiar el Poder Judicial, y no se ha limpiado porque hay un veto de unos cuantos Magistrados para que no pueda limpiarse este Poder Judicial.  

Aquí no hay una sola causa abierta contra un Juez, porque son protegidos y la ciudadanía es la que está desprotegida, no los Jueces. Señores, creo que no puede seguir teniendo poder de veto un hombre como Marvin Aguilar, que fue miembro de los Tribunales Populares Antisomocista y ahora tiene el poder de veto en la Corte Suprema de Justicia para que no se pueda llevar a cabo ninguna resolución de esta Corte. Aquí lo que se está tratando de implementar es hacer expeditas las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia. Aquí no dice que el tope es la mitad más uno, sino que pueden estar integrados todos los Magistrados, que vayan a trabajar, que concurran a las Salas porque nadie los va a rechazar, y solamente así es que podemos sacar resoluciones.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

49 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención.  Aprobado en lo general.

A discusión en lo particular.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 1 Se reforman los artículos 26 y 31 de la Ley Nº 260 "Ley Orgánica del Poder Judicial", publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Nº 137 del 23 de Julio de 1998, el que se leerá así:

Arto.26 Quórum.  La Corte Plena formará quórum con la presencia de por lo menos la mitad más uno del total de sus miembros.  Toda Resolución o Acuerdo de Corte Plena requerirá del voto coincidente de por lo menos la mitad más uno del total de sus integrantes, sin perjuicio de los casos en que la Constitución Política establezca otro tipo de mayoría .

Arto.31 Además de lo dispuesto en relación a la Corte Plena, para efectos jurisdiccionales, la Corte Suprema de Justicia se divide en cuatro Salas:

1. Sala de lo Civil;

2. Sala de lo Penal;

3. Sala de lo Constitucional;

4. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Cada Sala estará formada por un número no menos de tres Magistrados electos anualmente de entre sus miembros en Corte Plena, con el voto favorable de por lo menos dos tercios del total de sus integrantes. Cada Magistrado podrá integrar permanentemente hasta un máximo de dos Salas.

Cada Sala formará quórum con la presencia de por lo menos la mitad más uno del total de sus miembros.  Toda Resolución o Acuerdo de cada Sala requerirá del voto coincidente de por lo menos la mitad más uno del total de sus integrantes.

En la elección de los miembros de cada Sala, deberá elegirse a sus respectivos suplentes para los casos de ausencia, excusa por implicancia o recusaciones.  

Hasta ahí el artículo 1.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se va a someter a discusión el artículo 1.

El último orador, José Dámicis Sirias.

Tiene la palabra para el artículo 1, Adolfo Calero Portocarrero.

DIPUTADO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO:

Sería, señor Presidente, hacer la observación de que tanto el artículo 26 como el artículo 31, han demostrado claramente que no ayudan, más bien entorpecen la expedición de la justicia, y la justicia tardía -como se ha dicho aquí varias veces- ya no es justicia. Estas reformas darán agilidad, darán expedición, darán rapidez a las decisiones de la Corte. Hasta el momento una minoría ha hecho rehén a una mayoría, y ya vemos cómo la falta de quórum ha entorpecido el desenvolvimiento en la administración de la justicia.  

Estas reformas son para hoy, para mañana, para pasado mañana, bajo el gobierno que sea, y como dice el dicho, "lo que es bueno para el ganso, es bueno para la gansa".

Gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Edwin Castro Rivera.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Corrección histórica para mi amigo Eliseo. "La Revolución es fuente de derecho”, fue dicho por uno de los pensadores y formadores de la Revolución Liberal en la Revolución Francesa".  ¿Oíste Eliseo? Robespiere fue el de esa frase, formador de tu pensamiento liberal, y vos venís a hacer apología. Y gracias, porque una mentalidad difícil como la tuya, reconoce históricamente que la Revolución Popular Sandinista es una verdadera Revolución histórica en Nicaragua.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra la honorable Diputada María Lourdes Bolaños.

DIPUTADA MARIA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

En realidad voy a volver a intervenir porque amerita que se discuta esto a más profundidad, a pesar de lo que han hecho.  Pero quería reflexionar sobre esa mayoría más uno. ¿Saben lo que significa? Simplemente dejar las trascendentales discusiones de Nicaragua en manos de cinco electos, de cinco privilegiados, eso significa. Y sigo insistiendo aquí, ¿cuándo vamos a llegar en realidad a tener una visión de Nación, una visión de Patria? Si aquí se están repartiendo como que fuera un pastel la Corte Suprema de Justicia. Para que exista justicia, existen mecanismos de justicia; es decir, si no estoy de acuerdo con lo que la mayoría pretende, existe en la Asamblea el Dictamen de Minoría que a veces es el que tiene la razón y el que en realidad habría que pensarlo.  

En la Corte Suprema, casi nunca se estaba de acuerdo, excepcionalmente ahora se está de acuerdo en todo, pero para eso existe el voto razonado, ¿y por qué no trabajar en los votos razonados para así cumplir con la justicia? O será que le estamos dejando a que no piensen y solamente se le imponga el verticalismo y el autoritarismo del Ejecutivo, que es lo que se viene a quitar con los tres poderes famosos de Montesquieu. El totalitarismo es el que venimos a constituir el día de hoy en la Corte Suprema de Justicia, y ustedes nos critican a nosotros de que hemos sido totalitarios; yo fui Magistrada de la Corte Suprema de Justicia y en cantidad de veces no estuve de acuerdo y firmaba un voto razonado porque no quería avalar lo que la mayoría decía.

¿Por qué no se hace éso si hay mecanismos? Esos mecanismos habría que cumplirlos, pero simplemente aquí estamos en la vía simplista y lo que queramos coyunturalmente reformémoslo y hagamos lo que quieran.  Yo les llamo a la reflexión, y critico a los Magistrados de uno y otro lado, porque hay que pensar y hay que actuar como Nicaragua, y hay suficientes razones para emitir votos razonados en cualquier instancia. Si no queremos avalar lo que la mayoría indica, razonémoslo, justifiquémoslo, y ese voto tal vez va a hacer jurisprudencia en el futuro. No estamos pensando hacer jurisprudencia, pienso que si estamos limitando a un simple quórum las determinaciones más importantes de Nicaragua, nos estamos embruteciendo cada día, cuando no hacemos pensar nuestro cerebro, nuestra voluntad y la formación jurídica que tenemos.  

Hay votos razonados, hay dictámenes de minoría ¿y qué nos pasa? ¡Ah!, simplemente reformemos lo que no nos gusta. Ustedes sí son totalitarios, ustedes son autoritarios, porque esto es lo que estamos sembrando y espero que los frutos los cultiven  ustedes. Porque estamos dejando completamente atada la justicia, sin pensar, sin justificar y simplemente presentémonos y votemos las sentencias que vienen hechas desde el Ejecutivo. Porque, ¿quién no sabe que las últimas sentencias llegaban desde el Ejecutivo ya hechas? Sabemos donde se hicieron, sabemos cómo se han tramado y simplemente buscaban dóciles corderos magistrados que sólo llegaban a firmar una sentencia. No les obligan, y ahora estamos peor. Voten los que quieran simplemente actuando con un código aliado al Ejecutivo, hecho a la manera del Ejecutivo, y eso sí es totalitarismo, compañeros.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Víctor Hugo Tinoco.

DIPUTADO VICTOR HUGO TINOCO:

Gracias, señor Presidente.

Yo quería hacer una reflexión sobre este tema y las perspectivas que hay para Nicaragua, para tratar de salir adelante. Lo primero que quiero decir es que yo creo que la democracia no es una gran patraña detrás de la que se esconden grupos de poder que se pelean la hegemonía en cada momento del desarrollo político de la historia de una Nación. Yo creo que la democracia es un instrumento, un mecanismo, con el cual las sociedades pueden funcionar de manera mejor, que a través de una lucha permanente por el dominio absoluto de un grupo político subordinando, anulando y negando los derechos de las otras fuerzas políticas y de los otros sectores de la sociedad.

Estoy convencido también, de que eso no se construye de la noche a la mañana sino que es un norte hacia el cual los seres humanos, y en el caso específico nuestro, los nicaragüenses, tenemos que avanzar. Yo creo que las instituciones pueden ser perfeccionables, que no se perfeccionan de la noche a la mañana, pero también creo que pueden empeorar.  Y lo que estamos viviendo ahora es un caso precisamente de cómo las cosas pueden empeorar, igual que pueden haber empeorado en otras circunstancias y situaciones. Yo no creo que el futuro de Nicaragua, las posibilidades de que salgamos del atraso económico, las posibilidades de ubicarnos en el concierto internacional como un país respetado, que se respeta a sí mismo, pasen por este tipo de truculencias y de maniobras.

Yo creo que pasa porque tratemos de buscar una salida y que efectivamente hay que revisar a fondo el tema de partidarización de las instituciones. Yo creo que efectivamente la gente que está en las instituciones son seres políticos, pero la diferencia está en que esos seres políticos que están en las instituciones del Estado, sepan entender que se deben a las leyes y a determinadas normas de convivencia en la sociedad y no a determinados intereses de momento de un grupo político o de otro y que esa es su contribución en la sociedad. Pienso que el problema no es el acuerdo político del Frente Sandinista y el PLC del año dos mil, sino que eso le dio continuidad al fenómeno de la partidarización de las instituciones en nuestro país, inclusive, podríamos llegar a aceptar que lo profundizó.  

Pero es que entonces los nicaragüenses tenemos que ver hacia el futuro. ¿Creemos o no creemos en que el futuro de este país está en el entendimiento entre dos partidos políticos y que las instituciones deben reflejar de manera mecánica ese entendimiento, o creemos que debemos buscar salida para fortalecer la independencia de las instituciones principales de este país, como la Corte Suprema de Justicia, como el Poder Electoral y la Contraloría. Este es un debate que va a estar planteado a los partidos y no sólo a los Diputados del próximo período, las decisiones sobre este tema tendrán que ser decisiones partidarias porque aquí está en juego el futuro de Nicaragua.  

Si llegamos a la conclusión de que los acuerdos bipartidarios no son la solución de los problemas, de la estabilidad y el desarrollo económico de este país, tenemos que explorar nuevas vías que le den fortaleza a las instituciones de este país, le den confianza al pueblo nicaragüense, y a esa gran masa de nicaragüenses que no está en ninguno de los partidos políticos de Nicaragua. Vamos a tener ese reto, no ahorita, y ojalá  estos cambios que se están haciendo, que creo son enormemente miopes y dañinos para los intereses nacionales, para la imagen del país, para la credibilidad de las instituciones, sólo tengan que ver con la elección ahorita del próximo veinticinco de Octubre, en donde van a elegir a un Presidente y que estaban con miedo que el Frente Sandinista le fuera a romper el quórum, pues entonces no iban a poder elegir;  ojalá sólo fuera éso.

A mí lo que me preocupa es que responda a una concepción, a una concepción donde ya no es ni siquiera el bipartidismo, no es ni siquiera el entendimiento entre los partidos, lo que se ve como el mecanismo para entenderse, sino la imposición de una fuerza sobre otra; y la imposición de una fuerza sobre otra sólo lleva contradicciones más profundas, a inestabilidad más profunda y nuestra historia está cargada de eso. Cuando el somocismo aquí se fortaleció, se fortaleció porque los que estaban en las instituciones como este Poder Legislativo, fueron incapaces de frenar el fortalecimiento de la dictadura somocista que trajo como consecuencia la reacción de una revolución en Nicaragua, también con sus méritos y con sus excesos y con sus defectos.  

Vamos a tener que revisar eso y ojalá que lo empecemos a revisar el próximo año, que vamos a elegir a cinco Magistrados. Aquí la reflexión política que se tiene que hacer la sociedad nicaragüense y los partidos, es si vamos a volver a lo mismo en Julio del próximo año. ¿Vamos a volver a elegir -según como queden las elecciones- a tres sandinistas y dos liberales, dos liberales y tres sandinistas? ¿Es ésa la solución al problema de la credibilidad de las instituciones y de la Corte Suprema de Justicia? Yo creo que hay que hacer una reflexión a fondo en este país, los que van a estar como Diputados, los que están en los partidos, para tratar de darle una esperanza  y una salida a este pobre país.

De tal manera que yo no valoro esta decisión de cambiar lo del quórum, más que como un error que termina de poner en crisis lo que ya venía estando en crisis.  Yo no creo que esto mejore las cosas; que solucionen más rápido en función de los intereses de un partido. No va a mejorar las cosas, no le va a dar más credibilidad; no le va a dar más legitimidad, podrán resolver algunos asuntos puntuales, pero el país va a seguir en crisis.
Ojalá esto se pueda resolver por el bien de los nicaragüenses, con serenidad y con certeza el próximo año, por los próximos parlamentarios y por los partidos políticos que tienen que tomar una decisión a dónde está el futuro de Nicaragua.

Si está en la imposición de una sola fuerza política de las instituciones, si está en el equilibrio bipartidario, o si está en caminar hacia la búsqueda de la independencia en las instituciones de este país.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra William Schwartz.

DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que esta Asamblea Nacional, este Poder del Estado debe velar por mejorar, por hacer que las otras instituciones y los otros Poderes del Estado funcionen de manera armónica, funcionen en coordinación por el bien de la Nación.  Pero oyendo la intervención de algunos, diría yo, hasta de manera cavernaria, cuando te dicen aquí que con esta reforma, -aun en contra de lo que dice la Constitución se va a facilitar que limpiemos el Poder Judicial de un montón de Jueces. Entonces me digo yo, si es que esta Asamblea está promoviendo el revanchismo a través de reformas que hace.

Porque eso es lo que yo puedo percibir cuando gente que se quiere congraciar porque estuvieron en desgracia con sus jefes, como Eliseo Núñez, que ahora está queriéndose congraciar con Alemán porque estuvo en desgracia, y quiere quedar bien ahora; dando declaraciones cavernarias que “vamos a limpiar el Poder Judicial de Jueces sandinistas". Pero parece que se contradice con el Secretario mismo de esta Asamblea, porque está claro en la Constitución que no se puede, porque según la Constitución, en su artículo 164, se necesitarían las tres cuartas partes para destituir o nombrar a los Tribunales de Apelaciones.  

Pero lo que yo veo es que vienen con una mentalidad revanchista, ¿o será que quieren proteger a los implicados en esos sesenta y siete recursos de amparo de los que aquí se habla? ¿Será éso lo que quieren proteger? Yo veo que esta reforma no contribuye a la estabilidad del país, no contribuye a la estabilidad de la Corte Suprema de Justicia que ya está en crisis. Y yo quisiera pensar que hay todavía algunos Diputados liberales que pueden reflexionar y no votar por este artículo número uno, porque no veo en qué va a contribuir, en qué va a agilizar. ¿Por qué va a agilizarse la justicia?

Aquí la justicia se agiliza si hay voluntad de los que están formando parte de ese cuerpo colegiado que no ha habido hasta ahora. Ahí hay recursos de amparo que están metidos cuando habían doce y ahora hay dieciséis; hay recursos de amparo de años, que nunca se resolvieron. Entonces no veo yo en qué viene a contribuir esto a la agilización de la justicia; lo que sí veo es que viene a responder a los intereses de una persona, de la cual ustedes agarraron la seña; a eso es lo que veo que responde esta reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Es una pena la imagen que estamos dando ante el mundo, que cuando tenemos un determinado problema coyuntural, vamos a remediarlo lesionando a uno de los Poderes que deberíamos  cuidar como el ojo de la cara, como es el Poder Judicial.  Es lastimoso que este Poder del Estado esté siendo manoseado por  quien debe velar para que ese Poder tenga una verdadera independencia.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra José González Picado.

DIPUTADO JOSE GONZALEZ PICADO:

Gracias, señor Presidente.

Creo que es importante el debate que se ha abierto sobre un tema que definitivamente tiene que ver con todos los nicaragüenses, tiene que ver con la gobernabilidad democrática, tiene que ver con la justicia, con la equidad, tiene que ver con la necesidad de un gobierno estable, tiene que ver con las garantías para todos los ciudadanos. La pregunta que yo me hago es, ¿qué está sucediendo? Cuando del Poder Ejecutivo nos vienen constantemente este tipo de iniciativas de ley urgentes del Gobierno, y el Poder Legislativo contribuye o facilita que esa actitud se siga presentando, cuando todos sabemos que Loock, y luego Montesquieu, propusieron la necesidad de la separación de los tres Poderes del Estado; el Poder Legislativo, para la elaboración de las leyes; el Poder Ejecutivo, para hacerlas cumplir; y un Poder Judicial, para considerar cuando las leyes han sido vulneradas.

Pero aquí estamos asistiendo de forma reiterativa a un elemento que afecta precisamente a esa independencia, esa separación y esa necesidad de que exista el peso y contrapeso de los distintos Poderes del Estado.  Al producirse esa concentración de Poderes en uno solo, el resultado que está viendo no sólo la comunidad internacional sino el pueblo de Nicaragua, el soberano que tanto señalamos en los discursos, entonces estamos asistiendo al afianzamiento de una actitud absolutista que nos preocupa por los elementos que ha vivido a lo largo de la historia el pueblo nicaragüense. Si logramos esa separación de los Poderes, definitivamente la libertad va a estar garantizada, porque históricamente hemos sabido que no puede un Poder del Estado anular a los demás Poderes, ni mucho menos concentrar de forma absoluta dichos Poderes.

Por esa razón, colegas legisladores y en particular a los colegas de la bancada liberal, les digo que definitivamente se están apartando de esas conclusiones que forman parte del pensamiento liberal, universal, acerca de la separación de los Poderes, donde el momento en que fueron expuestas han despertado un interés extraordinario en todo el mundo y forman parte del Estado de Derecho y de la gobernabilidad democrática. El llamado es en esa dirección, a que no provoquemos más problemas de gobernabilidad democrática que los que ya vive el pueblo de Nicaragua.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Luis Urbina Noguera.

DIPUTADO LUIS URBINA NOGUERA:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que los honorables Diputados que me han precedido se están saliendo fuera de orden.  La discusión sobre la ley en forma general ya pasó, ahorita lo que se está discutiendo son los artículos particulares, creo que es para presentar mociones.
Yo quiero presentar una moción, para que se adicione  la palabra " sentencia" en el  primer párrafo del artículo 26; y también en el tercer inciso del artículo 31, que se agregue la palabra "sentencia", y  se leerá así:

"Arto. 26 Quórum.  La Corte Plena formará quórum con la presencia de por lo menos la mitad más uno del total de sus miembros. Toda sentencia (es lo que se va a agregar), resolución o acuerdo de Corte Plena requerirá del voto coincidente de por lo menos la mitad más uno del total de sus integrantes".

Es decir, agregar la palabra sentencia, anteponérsela a resolución y a acuerdo de Corte Plena.   Y también agregárselo cuando dice en  que “Cada Sala formará quórum con la presencia de por lo menos la mitad más uno del total de sus miembros. “Toda sentencia, resolución o acuerdo", y todo lo demás igual.  Firman, Luis Urbina N., Arnulfo Barrantes, y Róger Castellón.  Presento la moción.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Ultimo orador, José Dámicis Sirias.

DIPUTADO DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Gracias, Presidente.

Sólo para decirles y pedirles a mis colegas que votemos favorablemente porque conviene  hacer más ágil el proceso de dictar resoluciones por el Tribunal Supremo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación la moción de don Luis, que la lea el señor Secretario.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Esta moción es al artículo 1, para reformar el artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

"Quórum.  La Corte Plena formará quórum con la presencia de por lo menos la mitad más uno del total de sus miembros.
Toda sentencia, resolución o acuerdo de Corte Plena requerirá del voto coincidente de por lo menos la mitad más uno del total de sus integrantes, sin perjuicio de los casos en que la Constitución Política establezca otro tipo de mayoría". Parece correcto.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A votación la moción.

Se va a cerrar la votación.

Se va a cerrar la votación.

50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobada la moción.

Vamos a someter a votación el artículo 1, la reforma ya está aprobada.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el artículo 1.

Artículo 2.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 2 La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se somete a votación.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.  Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

Se suspende la Sesión, y se cita para el próximo martes a las nueve de la mañana.





















CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA VEINTITRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA)

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se solicita a los  señores miembros de la Junta Directiva, hacerse presentes para iniciar la Sesión, así como los honorables Diputados que están trabajando en las diferentes Comisiones, por favor.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

BAYARDO ARCE CASTAÑO
ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
EDWIN CASTRO RIVERA
NOEL JOSE DELGADO CUADRA
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
MARIO JOSE GUTIERREZ VASCONCELOS
FANOR ANTONIO HERRERA PEREZ
REYNALDO LAGUNA MAIRENA
EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
ARMANDO ISIDORO LOPEZ PRADO
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
J0RGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
WILLIAM MEJIA FERRETI
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
OSCAR MONCADA REYES
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
CARLOS JOSE PALMA ALVARADO
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ANGELA RIOS PEREZ
EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
JORGE ALBERTO SAMPER BLANCO
JOSE MARIA SANCHEZ SANTANA
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GAYLE
EDNA ADELA STUBBERT FLORES
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
ISMAEL JOSE TORRES CALERO
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY URCUYO MALEAÑOS
MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
AUGUSTO VALLE CASTELLON
DAMASO VARGAS LOAISIGA
SAUL ZAMORA DICARIO
DORA ODILI ZELEDON ZELEDON
LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

Constatación  del quórum: 67 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se abre la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a comenzar con el Adendum N 6, Punto I: PRESENTACION DE LEYES.

1.21: DECRETO DE APROBACION DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL ORGANISMO INTENACIONAL REGIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA(OIRSA).

MManagua, 17 de Septiembre de 2001.


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Señor Ríos:

Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), con su correspondiente Exposición de Motivos.

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

Aprovecho para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMAN LACAYO
Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICION DE MOTIVOS

En 1947, México, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, unieron esfuerzos para hacer frente a la plaga nominada Langosta Voladora, conocida como "Chapulín" que destruía cultivos en la región. Ante este desafío, los Ministros de Agricultura crearon el Comité Internacional para el Combate de la Langosta (CICLA).

En 1953, gracias al éxito obtenido, establecieron de manera permanente el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), al suscribir el Segundo Convenio de San Salvador. El 15 de Mayo de 1987 en la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, se suscribe el Convenio Constitutivo de  OIRSA con el cual se abrogó el Segundo Convenio de San Salvador y es actualmente el marco jurídico que se encuentra vigente. Nicaragua aprobó ese Convenio Constitutivo por Decreto Legislativo N° 977, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 40 del 27 de Febrero de 1995 y ratificado por Decreto Ejecutivo N° 8-95, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 58 del 23 de Marzo de 1995.

El objetivo de este Convenio es "facilitar el desarrollo económico y social de la región, mediante una producción agropecuaria sana y de calidad ambientalmente aceptable, para satisfacer las necesidades de la población humana".

Las funciones del Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA) en Nicaragua, son las siguientes:

a) Apoyar la investigación fitozoosanitaria;

b) Coordinar con el sector privado la identificación de problemas sanitarios y la solución de los mismos;

c) Administrar el Servicio de Tratamientos Cuarentenarios en plantas, animales, productos, subproductos y medios de transporte.

d) Promover la modernización y el fortalecimiento de las estructuras en protección y sanidad agropecuaria de los países miembros;

e) Concertar acciones para prevención, control, erradicación de plagas y enfermedades de impacto socio-económico;

f) Desarrollar programas de capacitación y divulgación;

g) Asesorar en la armonización de leyes, reglamentos y otras normas agrosanitarias;

h) Apoyar la globalización y la apertura comercial.

La sede está en San Salvador, y en cada país cuenta con una representación que coordina las actividades técnicas y administrativas.

El OIRSA está administrado por un Director Ejecutivo, nombrado por el Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (CIRSA), el cual está integrado por los Ministros de Agricultura y Ganadería de los países miembros.

El establecimiento de OIRSA ha traído consigo importantes beneficios a nivel de sanidad agropecuaria, que sumados a la oportuna intervención de expertos sanitaristas de los gobiernos, la industria y sociedad civil, de manera conjunta, han llevado a cabo labores de prevención, control y/o erradicación de plagas y enfermedades, logrando disminuir sus daños tanto en la economía nacional como en la doméstica.

Se destacan como logros alcanzados, la erradicación de la fiebre porcina clásica del área del sur de Rivas, cuya primera etapa finalizó exitosamente en Octubre del 2000, y se espera que la segunda etapa dé inicio durante el año 2002. Así también, se trabaja en la actual ejecución del Proyecto Moscamed y proyecto VINIFEX-República de China.

OIRSA ha contribuido al desarrollo económico de Nicaragua desde su constitución, prestando el apoyo técnico, científico y material que son esencialmente necesarios para los proyectos agropecuarios sanitarios  y fitosanitarios, por medio de planes de desarrollo y programas a plazo que en sus debidas oportunidades han aportado soluciones efectivas para el control y erradicación de enfermedades tales como la Fiebre Porcina Clásica, la enfermedad de Newcastle la influenza aviar, la salmonelosis y pulorosis, así como otras enfermedades vacunas. En el contexto actual, OIRSA ha encaminado sus objetivos hacia el desarrollo de estos proyectos con una visión más real desde el punto de vista de la vulnerabilidad regional ante los desastres naturales, proyectando sus trabajos y objetivos hacia un desarrollo más integral y preventivo ante los retos que enfrenta actualmente la región.

El Convenio Constitutivo del Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), fue suscrito por Nicaragua el 15 de Mayo de 1987 y aprobado por la Asamblea Nacional mediante Decreto Legislativo N° 977 del 16 de febrero de 1995, el cual fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial el 27 de Febrero de ese mismo año. El artículo 35 de dicho instrumento, estipula que los países miembros de OIRSA establecerán oficinas de representación en sus respectivos países. Esto constituye la base legal para la iniciativa del establecimiento de OIRSA en nuestro país.

La ratificación por parte del Gobierno de Nicaragua del presente Acuerdo, proporcionaría el marco jurídico necesario para que este importante organismo de cooperación y desarrollo agropecuario, ejecute sus programas y proyectos con una mayor representatividad, acrecentando el nivel de cooperación más directamente y le ampliaría a su vez el margen de gestión para obtener cooperación en coordinación con las otras instituciones del Estado de Nicaragua que podrían participar en dichos proyectos de desarrollo. Asimismo, OIRSA se perfila como un órgano de ejecución en materia agropecuaria a través del cual la cooperación internacional podría aportar sus recursos para el desarrollo de estos proyectos.

Por las razones expuestas, y con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Organismo Internacional Regional de  Sanidad Agropecuaria (OIRSA) para el establecimiento de una Oficina de Representación.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión de Reforma Agraria y Asuntos Agropecuarios.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

1.22: LEY QUE AUTORIZA  AL PODER EJECUTIVO LA CONDONACION DE ADEUDOS A FAVOR  DE DISCAPACITADOS DE GUERRA DEL EJERCITO  DE NICARAGUA Y RESISTENCIA NICARAGUENSE.
Managua, 05 de Octubre del 2001.


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Secretario Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Ríos:


La presente comunicación es para introducir formalmente a la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de "Ley que Autoriza al Poder Ejecutivo la Condonación de Adeudos a favor de Discapacitados de Guerra del Ejército de Nicaragua y Resistencia Nicaragüense".

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Ley.

Reciba Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,


ARNOLDO ALEMAN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

EXPOSICION DE MOTIVOS

La presente Ley, tiene como objetivo condonar los saldos deudores de Discapacitados de Guerra del Ejército de Nicaragua y Resistencia Nicaraguense, a quienes en los años de 1993 a 1995, el Banco de la Vivienda de Nicaragua (BAVINIC), les entregó una vivienda, la cual no han podido pagar, considerando que carecen de suficientes recursos económicos, que les permita sustentar las necesidades básicas de sus familias.

Ante múltiples gestiones del Ministerio de la Familia, a través de la Dirección General de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables, hemos considerado de suma importancia, se apruebe una Ley que permita condonar los saldos deudores que existen a favor del BAVINIC, facilitándose de esta forma, que éstas familias conformadas por Discapacitados de Guerra del Ejército de Nicaragua y Resistencia Nicaragüense, adquieran la propiedad de los inmuebles que habitan.

Por todo lo expuesto, y con fundamento en el inciso 2, del Arto. 140 de nuestra Constitución Política, someto a consideración de esa Honorable Asamblea Nacional, la aprobación de la presente iniciativa de "Ley que Autoriza al Poder Ejecutivo la Condonación de Adeudos a favor de Discapacitados de Guerra del Ejército de Nicaragua y Resistencia Nicaragüense".

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión de Defensa y Gobernación.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

1.23: LEY  QUE AUTORIZA  AL PODER EJECUTIVO LA CANCELACION DE ADEUDOS Y COMPRA VENTA DE VIVIENDAS DE INTERES SOCIAL.

Managua, 02 de Octubre del año 2001.


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Secretario Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Ríos:

La presente comunicación es para introducir formalmente a la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Ley que Autoriza al Poder Ejecutivo la Cancelación de Adeudos y Compra Venta de Viviendas de Interés Social".

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Ley.

Reciba Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,


ARNOLDO ALEMAN LACAYO
Presidente de la República de Nicaragua
EXPOSICION DE MOTIVOS

En el año 1998 el Directorio del BAVINIC autorizó una rebaja en los precios y reestructuración de la deuda, lo que no fue suficiente, en contraste con la crisis económica que ha afectado las zonas donde se ubican los Proyectos de Viviendas de Interés Social.

Ante múltiples gestiones de familias con menores ingresos interesadas en obtener un techo para ampararse, hemos considerado de suma necesidad y urgencia atender este llamado, con la promulgación de una Ley que les permita poseer una vivienda digna.

Este Proyecto de Ley tiene como objetivo favorecer a las Familias nicaragüenses de escasos recursos económicos, con una vivienda, por medio del Programa de Viviendas de Interés Social, impulsado por el Poder Ejecutivo, a través del Banco de la Vivienda de Nicaragua (BAVINIC).

Se pretende cumplir con este objetivo, de la siguiente forma:

1. Los créditos otorgados por el BAVINIC, previamente a la presente Ley, podrán ser cancelados con una cuota final de CINCO MIL QUINIENTOS CORDOBAS (C$ 5,500.00), en virtud de lo cual los adjudicatarios pasan automáticamente a ser dueños de las viviendas que habitan.

2. En las nuevas operaciones de compra venta, por medio de los cuales se autorice adquirir estas viviendas, por el hecho de que las familias de menores ingresos enteren un monto de CINCO MIL QUINIENTOS CORDOBAS (C$ 5,500.00) será suficiente para obtener un techo propio.

Por todo lo expuesto, y con fundamento en el inciso 2 del Arto. 140 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Honorable Asamblea Nacional, la aprobación de la presente Iniciativa de "Ley que Autoriza al Poder Ejecutivo la Cancelación de Adeudos y Compra Venta de Viviendas de Interés Social".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

1.24: LEY QUE ADICIONA A LA LEY N°. 373 "LEY DE RECONOCIMIENTO  A DERECHOS  ADQUIRIDOS DE LOS HABITANTES DEL BARRIO "ISAIAS GOMEZ"

Managua, 25 de Septiembre del año 2001.


Doctor
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho.


Estimado Dr. Ríos Castellón.

El motivo de la presente es para solicitarle instruya el trámite del presente Proyecto de Ley denominado LEY DE ADICION A LA LEY N° 373, LEY DE RECONOCIMIENTO A DERECHOS ADQUIRIDOS DE LOS HABITANTES DEL BARRIO "ISAIAS GOMEZ", para que sea conocido por la correspondiente Comisión y posteriormente aprobado por el Plenario de esta Honorable Asamblea Nacional.

Sin más a qué hacer referencia, le saludo.


Atentamente,

LIC. NATHAN SEVILLA GOMEZ
Diputado
Asamblea Nacional

EXPOSICION DE MOTIVOS

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, en uso de nuestras facultades constitucionales, fundamentados en el Estatuto General y Reglamento Interno de este Poder del Estado, presentamos a la consideración de los Honorables Diputados esta iniciativa de ley que hemos denominado: LEY DE ADICION A LA LEY N° 373, LEY DE RECONOCIMIENTO A DERECHOS ADQUIRIDOS DE LOS HABITANTES DEL BARRIO "ISAIAS GOMEZ".

El día 13 de Diciembre del año dos mil, esta Asamblea Nacional reconoció los derechos adquiridos por los habitantes del Barrio Isaías Gómez para que se les extendieran sus respectivas escrituras y que pudiesen gozar de las prerrogativas definidas por las leyes en lo que se refiere a las propiedades. Sin embargo, existen situaciones que no son previstas por las leyes y que es necesario buscarles solución.

Convencidos que es un deber de los legisladores llenar los vacíos de las leyes que se encuentran vigentes en nuestro sistema jurídico, y que particularmente respecto a esta Ley ya hemos iniciado un proceso en el cual son centenares los beneficiarios, solicitamos sea conocido por el Plenario de esta Asamblea Nacional este Proyecto de Ley para ser aprobado por la misma.

Managua, veinticinco de Septiembre del año dos mil uno.
NATHÁN SEVILLA GÓMEZ
DIPUTADO PROPIETARIO

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión de Población y Desarrollo para su dictamen.

1.25: LEY CREADORA DE IMPUESTO A LOS BIENES Y SERVICIOS DE PROCEDENCIA COSTARRICENCE.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Los suscritos diputados ante la Asamblea Nacional, fundamentados en el artículo 140 de la Constitución Política de la República y los artículos 4 y 44 del Estatuto General, sometemos a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional la iniciativa de "Ley Creadora de Impuesto a los Bienes y Servicios de Origen Costarricense".

La presente iniciativa está motivada en la decisión del Gobierno de la República de Costa Rica de aprobar una partida presupuestaria destinada a iniciar una demanda ante la Corte Internacional de La Haya en contra de la República de Nicaragua, mediante la cual ese vecino país pretende realizar patrullaje con guardias armados en el Río San Juan.

Lo anterior constituye una agresión que afectaría gravemente la soberanía de nuestro país y que además violenta, el Tratado Cañas-Jerez y el Laudo Cleveland. ante esta nueva amenaza consideramos necesario actuar con espíritu nacional y tomar a lo inmediato las previsiones legales que sean necesarias, de tal manera que Nicaragua envíe a Costa Rica un claro mensaje de que no se permitirán actos que violenten la soberanía de nuestro país; en tal sentido consideramos oportuno la aprobación de una ley que grave con un 35% los productos de origen costarricense.

Esta iniciativa de ley tiene como precedente la Ley N° 325 Ley Creadora de Impuesto a los Bienes y Servicios de Procedencia u Origen Hondureño y Colombiano, presentada por el Excelentísimo Señor Presidente de la República, Dr. Arnoldo Alemán Lacayo, y que de forma unánime fue aprobada por la Asamblea Nacional el 6 de Diciembre de 1999, como respuesta al Tratado de Delimitación Marítima suscrito entre Honduras y Colombia y que afecta parte de las áreas territoriales marítimas de Nicaragua.

Por lo antes expuesto, solicitamos se le dé a esta iniciativa de Ley Creadora de Impuesto a los Bienes y Servicios de Origen Costarricense, la tramitación  establecida por el artículo 141 de la Constitución Política y el artículo 43 y siguientes del Estatuto General de la Asamblea Nacional.

Managua, ocho de Octubre de dos mil uno.


PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON

HERIBERTO GADEA MANTILLA

DAMICIS SIRIAS VARGAS
ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ

PEDRO MATUS GONZALEZ
OSCAR MONCADA REYES

ARIEL LOPEZ LOPEZ
ROGER CASTELLON ORUE

HENRY URCUYO MALEAÑOS
SERGIO GARCIA PINELL


Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión del Exterior y a la Económica, para su estudio y dictamen.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Siempre en el Adendum N 6, seguimos con  el Punto III: PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS: Punto  3.98 y siguientes.
EXPOSICION DE MOTIVOS


Doctor
OSCAR MONCADA
Presidente
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley N° 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro", presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la "ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA COMUNIDAD INDIGENA DE MONIMBO" (APADICIM) , Asociación civil sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número ciento ochenta y cuatro, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado Daniel Salvador Torres Alvárez en la ciudad de Masaya, el día treinta de marzo del año dos mil uno.

Esta Asociación se constituyó con los siguientes objetivos:

a) Contribuir al desarrollo socio cultural de la población para el mejoramiento de sus condiciones de vida.

b) Promover la participación organizada de la comunidad en la búsqueda de solucionar sus propias necesidades.

c) Promover el desarrollo de proyectos socio comunales para solventar necesidades de los sectores marginales de la población urbana y rural.

d) Promover la preservación y mejoramiento del medio ambiente.

e) Promover y apoyar las campañas educativas en salud, dirigidas a la población.

Por lo antes expuesto, considero que la "ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA COMUNIDAD INDIGENA DE MONIMBO" (APADICIM) , Asociación civil sin fines de lucro es de gran beneficio para la sociedad nicaragüense, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de ser acogida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.

Managua, primero de Octubre del año dos mil uno.
Lic. Jorge Martínez González
Diputado
Asamblea Nacional

Lista de las Personalidades Jurídicas a presentar:

3.98 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA COMUNIDAD INDIGENA DE MONIMBO (APADICIM).

3.99 ASOCIACION DE AFECTADOS DE LOS TERROMOTOS DEL 6 Y 7 DE JULIO DE 2001.

3.100 ASOCIACION NICARAGUENSE DE EGRESADOS DE CATIE.

3.101 ASOCIACION CENTRO NICARAGUENSE DE ESTUDIOS DE DERECHOS (CENED).

3.102 ASOCIACION CENTRO DE ESTUDIO BIBLICO BASICO.

3.103 ASOCIACION DE PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL SOSTENIBLE EN EL CAMPO (APRODISCAM).

3.104 ASOCIACION CRISTIANA POR LA RESTAURACION DE LA IGLESIA (ACRI).

3.105 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MUJER (APADEIM).

3.106 ASOCIACION PARA EL FINANCIAMIENTO, CAPACITACION Y DESARROLLO SOCIAL.

3.107 ASOCIACION PARA EL DESARROLO COMUNITARIO S-XXI (ASDECOM-S-XXI)

3.108 ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONAL DE LEON.

3.109 ASOCIACION PARA LA REHABILITACION DE LA COMARCA DE PALO GRANDE (ASOREPAL).

3.110 ASOCIACION CENTRO DE RESTAURACION EL BUEN PASTOR.

3.111 ASOCIACION CONSEJO NICARAGUENSE DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (CONIMIPYME).

3.112 ASOCIACION IGLESIA CAMINO BIBLICO DE NICARAGUA.

3.113 FUNDACION NICARAGUENSE PARA LA DIABETES.

3.114 FUNDACION LA ESPERANZA DE SU LLAMADO (ESDEVO).

3.115 FUNDACION PARA EL DESARROLLO ESPIRITUAL Y HUMANO SED DE JUSTICIA (FUNDEH AIDEL).

3.116 FUNDACION PARA EL DESARROLLO Y LA PAZ DE CENTROAMERICA (FUNDEPCA).

3.117 FUNDACION PARA EL DESARROLLO RURAL IMABITE (FIBA).

3.118 FUNDACION PROFESIONALES ASOCIADOS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA (PADIN).

3.119 FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS RESERVAS SILVESTRES PRIVADAS DE NICARAGUA (RSP).

Hasta aquí la presentación de personalidades Jurídicas.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Todas pasan a la Comisión de Defensa y Gobernación, para su dictamen.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

Managua, 1 de Octubre de 2001.


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Primer Secretario de la Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Dr. Ríos Castellón:


Adjunto a la presente le remito el Proyecto de "Ley que autoriza al Poder Ejecutivo a permutar con la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), varios lotes de terrenos pertenecientes al Estado", con su correspondiente Exposición de Motivos.

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Ley. Asimismo, reitero mi solicitud hecha en la Exposición de Motivos para que se le dé el trámite de urgencia, con fundamento en el párrafo 5 del artículo 141 Cn.

Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,

ARNOLDO ALEMAN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), es propietaria del bien inmueble inscrito bajo el N° 36,939, Asiento 4, Folio 267 del Tomo 804 y Folio 44 del Tomo 2010, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua, situado en las cercanías del Centro Comercial Managua, con un área de nueve mil quinientos sesenta y siete punto cinco mil doscientos cuarenta y dos metros cuadrados (9,567.5242 Mts2), con un valor catastral de C$ 6,078.899.50 (Seis millones setenta y ocho mil ochocientos noventa y nueve córdobas con cincuenta centavos), propiedad que se encuentra ocupada desde los años 80 por la Delegación Policial del Distrito Cinco de la ciudad de Managua, siendo materialmente imposible su devolución.

Por su parte, el Estado de Nicaragua es dueño de cinco bienes inmuebles ubicados en el lugar llamado Asese, jurisdicción del Departamento de Granada, inscritos bajo 1) el N 19.148, Folios 258 al 263 del Tomo 289, Asiento 1, con un área de cinco hectáreas con seis mil cuatrocientos metros cuadrados (5 Has. 6,400 Mts2); 2) el N 19.150, Folios 275 al 281 del Tomo 289, Asiento 1, con un área de siete hectáreas con tres mil cuatrocientos metros cuadrados (7 Has. 3,400 Mts2); 3) el N 19.147, Folios 253 al 257 del Tomo 289, Asiento 1, con un área de Nueve hectáreas con Dos mil quinientos metros cuadrados (9 Has. 2,500 Mts2); 4) el N 13.341, Folio 154 del Tomo 266, Folio 167 del Tomo 276, Asiento 7, con un área de Cinco hectáreas ( 5 Has.) y 5) el N 13.362, Folios 164 y 165 del Tomo 276, Asiento 8, con un área de Tres hectáreas con Cuatro mil trescientos metros cuadrados (3 Has. 4,300 Mts2), todos de la Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Granada, con un valor catastral total de C$ 3,967,055.28 (Tres millones novecientos sesenta y siete mil cincuenta y cinco córdobas con veintiocho centavos).

Debido a que el Gobierno de la República tiene como política fundamental en materia de derecho de propiedad, la devolución o compensación de los bienes inmuebles que de una u otra manera fueron afectados por actos de expropiación, confiscación u ocupaciones, y para solucionar el reclamo de propiedad presentado por la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), el Poder Ejecutivo puede permutar como un equivalente a la restitución material del bien al reclamante, otros inmuebles propiedad del Estado de valores similares.

Que los bienes inmuebles propiedad del Estado objeto de la permuta, según valoraciones catastrales actualizadas, tienen un monto superior a los establecido en el Arto. 1 de la Ley 204 Reforma a la Ley de Disposiciones de bienes del Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos, por lo que, cumpliendo con lo señalado en el mencionado artículo y con fundamento en el Artículo 140, numeral 2) de la Constitución Política, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Ley denominado "Ley que autoriza al Poder Ejecutivo a permutar con la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), varios lotes de terrenos pertenecientes al Estado". Asimismo, con fundamento en el párrafo 5 del artículo 141 Cn., solicito se le dé trámite de urgencia, a la presente Ley, para que sea aprobada por esa Honorable Asamblea Nacional.

Hasta aqui la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A pesar de que viene con  trámite de urgencia, siempre se ha acostumbrado que lo mandemos a la Comisión. Esperamos que la Comisión Económica pueda hacer el dictamen lo más rápido posible, por favor, ya que esto viene con carácter de urgencia. Se le da una semana a la Comisión Económica para que dictamine.

Pasa a la Comisión Económica.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Pasamos al Adendum N 7, Punto I:PRESENTACION DE LEYES.

1.26: DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE CREDITO ENTRE  EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA, Y EL INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA(ICO) PARA FINANCIAR EL "PROGRAMA DE EQUIPAMIENTO DE TALLERES Y LABORATORIOS PARA DIVERSAS UNIVERSIDADES DE CIENCIAS E INGENIERÍA".

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
MManagua, 4 de Octubre de 2001.


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Señor Ríos:

Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio de Crédito "Programa de Equipamiento de Talleres y Laboratorios para diversas Universidades de Ciencias e Ingeniería", con su correspondiente Exposición de Motivos.

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

Aprovecho para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

Atentamente,
ARNOLDO ALEMAN LACAYO
Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo del Gobierno del Reino de España, al obtener un crédito, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) para financiar el "Programa de Equipamiento de Talleres y Laboratorios para Diversas Universidades de Ciencias e Ingeniería".

Este Programa está destinado al fortalecimiento de la enseñanza e investigación de las universidades miembros del Consejo Nacional de Universidades (CNU), incluyendo instalación, mantenimiento y capacitación.

En los términos de este Convenio, el Gobierno del Reino de España ha concedido al Gobierno de la República de Nicaragua un Crédito con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), hasta por una suma de Cinco Millones de Dólares (US$5,000,000.00)

Este Convenio está integrado por los anexos I,II,III,IV y V que se agregan.

La cantidad total dispuesta con cargo al "Crédito" será amortizada en el plazo de 16 años, incluyendo un periodo de 5 años de gracias, mediante 23 semestralidades iguales, siendo el vencimiento de la primera cuota de amortización del principal a los 60 meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente convenio.

Las cantidades utilizadas con cargo al "Crédito" devengarán un interés a favor del ICO desde la fecha de cada utilización hasta la de amortización del dos (2) por ciento anual, con vencimientos semestrales. El cálculo de intereses se realizará tomando en cuenta el número de días naturales efectivamente transcurridos y se tomará como divisor 360 días.

Se aplicará una Comisión de Disponibilidad del 0,15% por año a todos los importes que no hayan sido utilizados durante el período de disponibilidad, comenzando a aplicarse a los tres meses de la entrada en vigor del Convenio. El cálculo de la comisión se realizara teniendo en cuenta el número de días efectivamente transcurridos y tomando como divisor 360 días.

Se aplicará una Comisión de Gestión de 0,15% al importe total del crédito.

Por las razones anteriormente mencionadas, y con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, se somete a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Convenio de Crédito, para financiar el "Programa de Equipamiento de Talleres y Laboratorios para Diversas Universidades de Ciencias e Ingeniería".

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

El Diputado Sirias, que venga a ocupar su escaño, por favor.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

1.25: LEY DE CARRERA JUDICIAL.

Managua, 16 de Octubre de 2001.




Doctor
PEDRO JOAQUIN RIOS
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Honorable Doctor:

El abajo firmante, Diputado del Frente Sandinista de Liberación Nacional, en base a la Constitución de la República, Leyes Generales y el Estatuto y Reglamento Interno de este Poder del Estado, por medio de la presente le remito iniciativa de Ley denominada "LEY DE CARRERA JUDICIAL", así como el respectivo Texto de Ley y Exposición de Motivos.

Esperando la misma sea atendida, nos despedimos de usted con el testimonio de nuestra más alta estima.


Atentamente,


WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO LEONEL TÉLLER SÁNCHEZ
EDWIN CASTRO RIVERA

EXPOSICION DE MOTIVOS

De acuerdo a la Constitución Política, los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral, son independientes entre sí y subordinados únicamente a los intereses supremos de la Nación. Corresponde al Poder Judicial impartir la justicia en nombre del pueblo de Nicaragua, para lo cual los jueces y magistrados deben ser imparciales e independientes.

Se ha establecido el principio supremo de Carrera Judicial en nuestra Carta Fundamental, para garantizar que los Jueces y Magistrados estén supeditados exclusivamente a la Constitución, la ley y su conciencia, y que al juzgar los conflictos sometidos a su conocimiento no exista injerencia alguna capaz de intimidar o de obligar a resolver por razones ajenas al ordenamiento jurídico o a las establecidas en el proceso judicial. La experiencia de los pueblos demuestra la necesidad de este principio como resguardo de la independencia e imparcialidad del Poder Judicial, que implica el nombramiento y ascenso de los que ejercen la magistratura mediante concursos públicos de capacidad y méritos y la consideración de las condiciones subjetivas de honorabilidad.

La Constitución Política establece en el artículo 159 in fine del primer párrafo el principio de Carrera Judicial y manda que éste sea regulado por la ley. No obstante, después de más de cuatro años de vigencia de la Carta Magna, no se ha creado la ley que desarrolla el referido mandato, lo cual se ha traducido en una serie de problemas, limitaciones y presiones de carácter político que impiden confianza de parte de la ciudadanía hacia la judicatura.

La percepción de politización del Poder Judicial y de simpatías o preferencias partidistas de los Jueces constituye uno de los problemas más graves del sector justicial, lo que conjuntamente con procedimientos de nominación y ascenso ajenos a la capacidad y los méritos o la falta de conocimiento de las razones justificativas de la designación o de concursos públicos, producen al menos vinculaciones subjetivas capaces de incidir en el contenido de las resoluciones judiciales, o simplemente generan desconfianza en la sociedad.

Igual problema ocurre con las funciones administrativas atribuidas a la Corte Suprema de Justicia, cuyas atribuciones en esa materia le hacen descuidar las propias como máximo Tribunal de la Nación, con el consecuente rezago de los casos de mayor trascendencia nacional. Además, las funciones administrativas permiten a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia la posibilidad de influir o manipular a jueces y magistrados de los Tribunales de Apelaciones puesto que pueden imponer sanciones administrativas o propiciar privilegios que generan vínculos de dependencia.

Para que funcione un Estado Republicano se requiere de un Poder Judicial capaz de hacer cumplir las leyes sin que exista duda o falta de credibilidad en los Jueces y Magistrados o subordinación entre ellos. No debe existir influencia, condicionamiento, participación o incidencia ajena a las leyes, por eso el Juez o Magistrado en funciones tiene como único derecho político el de elegir, y desde que ocupa el cargo no puede participar en política partidista activa, por cuanto una postura e identificación ideológica comprometida anula la independencia y la imparcialidad o por lo menos genera la presunción legítima de sujeción, identidad o vinculación con intereses políticos en detrimento de sus decisiones.

Uno de los problemas más graves del Estado de Derecho en Nicaragua es la falta de independencia de los Jueces y Magistrados. Cierto es que el bipartidismo enriqueció la posibilidad de consenso en las decisiones judiciales de los órganos colegiados y disminuyó el absolutismo en el sector, sin embargo la actual crisis del sistema de justicia producida por las posturas y pugnas políticas evidencia que el Poder Judicial no es el seno de contiendas ideológicas o de posiciones parciales, puesto que las decisiones que allí se deben adoptar no son políticas sino jurídicas y se refieren a la justicia como bien supremo de la Nación y del pueblo nicaraguense; por lo que es urgente para avanzar, que cualquier gobierno y los partidos políticos acepten y tengan conciencia de que el sector justicia no es un lugar o espacio de lucha partidista y que por lo tanto, en aras del bien nacional, de la certidumbre jurídica y de la seguridad ciudadana, de la tranquilidad y el progreso, deben abandonar obligatoriamente la tentación de incidir en la judicatura y crear condiciones para que los Jueces y Magistrados al resolver estén sometidos directamente a las leyes.

Como una prueba de la sinceridad política y del apego y respeto a la Constitución Política, los partidos políticos representados en la Asamblea Nacional, por respeto al pueblo nicaragüense y convicción democrática, deben aprobar una Ley de Carrera Judicial que regule el ingreso y ascenso de Jueces y Magistrados mediante concursos públicos de méritos y capacidad, en donde se establezca la honorabilidad para optar al cargo y se termine para siempre la dependencia, la sujeción y la manipulación del sistema de justicia.

Hemos llegado a un punto de la historia en donde no se puede gobernar con eficiencia ni cumplir con los propósitos, programas, planes de desarrollo, sin un Poder Judicial que reúna las características que exige la Constitución Política.

Con estos fundamentos se presenta a la Asamblea Nacional la iniciativa de Ley de Carrera  Judicial.

LEONEL TELLER SÁNCHEZ.
EDWIN CASTRO RIVERA
WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO.

16/10 del 2001.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Pasa a la Comisión de Justicia, para el correspondiente dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a volver al Adendum N 6, Punto II: EN DISCUSION DE DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEYES PRESENTADOS POR LAS DIFERENTES COMISIONES.

Tenemos proyectos de leyes para discutir y aprobar, que son muy importantes.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

219: DECRETO DE APROBACION DE LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Managua, 03 de Octubre del año 2001.


Licenciado
OSCAR MONCADA REYES
Presidente
Asamblea Nacional de Nicaragua
Su Despacho.


Estimado Señor Presidente:


Los suscritos miembros de la Comisión de Salud, Seguridad Social y Bienestar de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, nos reunimos este día para proceder a la elaboración del Dictamen del Proyecto de Decreto de "APROBACION DE LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD".

Esta iniciativa fue enviada a la Asamblea Nacional para su correspondiente aprobación, por el señor Presidente de la República de Nicaragua, Dr. Arnoldo Alemán Lacayo, el día 22 de Agosto del 2001 y remitida a esta Comisión el día 19 de Septiembre del corriente año, para su debido dictamen.

Este proyecto de Decreto fue aprobado en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala, el día 07 de Junio de 1999, durante el vigésimo noveno período ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (O.E.A.), actividad que se desarrolló el día 08 de Junio de ese mismo año, en la que 20 Estados de la organización suscribieron el Convenio, entre los cuales se encuentra la República de Nicaragua, cuya representación suscribió la aceptación de dicho Convenio.

En tal contexto, esta Comisión considera que la discriminación, los prejuicios y la intolerancia, han sido razones que han perjudicado las relaciones humanas, porque al encontrarse presentes como actitudes en el comportamiento de la persona humana desde tiempos antiguos, el deseo o intento por hacer realidad los principios de igualdad y no discriminación entre todos los seres humanos, ha impulsado u obligado a la comunidad internacional a adoptar declaraciones y convenios inclinados  combatir en forma efectiva toda forma de discriminación, cualquiera que fuere la modalidad, el origen de éste, con la finalidad de incorporar a los discapacitados de una u otra manera a todas las actividades humanas que traiga beneficio a la sociedad.

Se ha llegado a la convicción de que la intolerancia y la discriminación, son comportamientos sociales que las actuales generaciones han heredado y es necesario superarlas eliminando todo tipo de barreras, arquitectónicas, laborales, deportivas, sociales, etc.

Este Convenio es beneficioso para las personas con discapacidad, tomando en cuenta que aproximadamente el 10% de la población nicaragüense se ubica en este segmento poblacional.

Entre los principales objetivos de este Convenio, se encuentran los siguientes:

1. Las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, transporte, comunicaciones, viviendas, recreación, educación, deporte, acceso a la justicia, los servicios policiales y las actividades políticas y de administración.

2. Que los edificios, vehículos e instalaciones que se constituyan o fabriquen, faciliten el transporte, la comunicación y el acceso para las personas con discapacidad.

3. Eliminar los obstáculos arquitectónicos para facilitar el acceso y uso a las personas con discapacidad.

4. Asegurar que las personas encargadas de aplicar la presente Convención y la legislación interna en la materia, estén en capacidades de hacerlo.

Por tales razones, la Comisión Dictamina favorablemente el Proyecto de Decreto de "APROBACION DE LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD".

También dejamos establecido que para la elaboración del presente dictamen nos hemos fundamentado en el Arto. 138, inciso 12 de nuestra Constitución Política; en consecuencia, sometemos a la consideración del Plenario de la Asamblea Nacional el presente dictamen para su correspondiente aprobación y el texto del Convenio aludido para su aprobación.
Atentamente,

LIC. RITHA FLETES ZAMORA
Presidenta
PEDRO MATUS GONZALEZ
Primer Vice Presidente

DIP. FRANCISCO DE P. ESPINOZA NAVAS
Segundo Vicepresidente
DIP. EMILIO MARQUEZ ACUÑA
Primer Secretario

DIP. HERIBERTO GADEA MANTILLA
Segundo Secretario

JOSE DE JESUS MIRANDA
Miembro
LIC. OMAR CABEZA LACAYO
Miembro

Hasta aquí el dictamen.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

A discusión en lo general.

Tiene la palabra la honorable Diputada Lourdes Bolaños.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

Yo quiero referirme en este momento a algo muy especial. Tenemos ya tres Sesiones plenarias y no...

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Honorable Diputada, discúlpeme, pero en este momento estamos aquí discutiendo el tema Decreto de Aprobación de la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. Si alguien va a hablar sobre el tema, le cedo la palabra, si va a cambiar el tema yo le ruego que lo dejemos para el final.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Yo creo que tengo derecho a hablar. En primer lugar estoy de acuerdo con la firma de ese Tratado y la aprobación de esa Comisión Interamericana, pero en lo que no estoy de acuerdo es que sigamos manteniendo Códigos que están violando los tratados y convenios que seguimos firmando; y mientras no tengamos un Código Procesal Penal aquí aprobado, vamos a seguir violando todas esas convenciones. Aquí estamos violando hasta los derechos de nosotros, que como Comisión de Justicia  hemos venido trabajando en este Código.

Por el simple voluntarismo y autoritarismo de un Diputado, se ha dejado de seguir discutiendo ese Código tan importante en Nicaragua y hemos venido a discutir cualquier cosa. Y yo digo, ¿a qué le temen? ¿por qué no traen sus argumentos aquí? Es que ni siquiera presentan argumentos, y tenemos ya un mes de atraso, cuando uno de los problemas más importantes que tiene el pueblo nicaragüense es la debilidad y la desconfianza en la justicia en Nicaragua, y este Código vendría a remediar parte de esa desconfianza. ¿Por qué no lo discutimos? Esa es mi pregunta. Porque aquí viene la Junta Directiva y se abanica con el resto de Diputados; aquí vienen a hacer lo que quieren y ni siquiera se nos consulta en algo que es tan importante para Nicaragua.

Esa es mi solicitud. Porque si Wilfredo Navarro no quiere seguir discutiendo este Código, que lo diga abiertamente. Que venga a trabajar aquí, que no sólo venga a apretar el botón cuando lo llaman a apretar el botón...

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Honorable Diputada, le ruego que por favor se centre en lo que estamos discutiendo.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

En eso me estoy centrando, señor, porque de qué sirve que sigamos aprobando Convenciones Internacionales de las formas de discriminación contra los Derechos Humanos, si aquí tenemos Códigos que están violando los derechos humanos; es lo que tenemos que ir eliminando primero a lo interno, señor; a eso es que me estoy refiriendo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Diputada, es facultad de la Junta Directiva dirigir la Sesión.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Eso no es democracia, porque nunca nos ha oído,  señor con  nosotros aquí hacen lo que quieren.

PRESIDENTE JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Me perdona Diputada, pero es una facultad estatutaria y usted lo sabe correctamente.

DIPUTADA LOURDES BOLAÑOS:

Es que se nos están violando los derechos que nosotros tenemos como Asamblea. La Asamblea tiene que decidir. Si hemos comenzado a discutir este Código, se debería de seguir discutiendo. Por qué, por la voluntad de un Diputado, que quién sabe a qué le teme. Si el teme...

PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Pedro Joaquín Ríos.

DIPUTADO PEDRO JOAQUIN RIOS:

Yo sólo quiero decirle aclararle  a la Diputada Lourdes Bolaños, que  no pierda la dulzura de su carácter. Escúcheme, doña Lourdes, yo le voy a hablar con toda tranquilidad y calma. Estos decretos que estamos leyendo, si pasan los sesenta días y no los hemos aprobado, quedan aprobados automáticamente y queda en ridículo esta honorable Asamblea. Permítame, doña Lourdes, yo estoy de acuerdo con usted en que es importantísimo el Código Procesal Penal, y que peleó aquí dentro del seno de esta Junta Directiva para que sigamos con él; pero yo le suplico a usted y a todos los demás Diputados no interrumpir el proceso de aprobación de estos dictámenes porque son necesarios.

Tenemos mucho trabajo, doña Lourdes, tenemos mucho trabajo y hay que leer bastantes cosas aquí. Y vamos a seguir con el Código Procesal Penal, yo le prometo que  lucharé por ello; nosotros no nos debemos ir de aquí sin aprobar ese Código. Yo estoy de acuerdo en ese sentido con usted.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Conforme el orden de petición de hablar, le corresponde al honorable Diputado Nathán Sevilla.

Quisiera preguntarle si es sobre el tema, Doctor Sevilla.

Es que mire, vamos a discutir el Código Procesal Penal, no lo estamos suspendiendo. Lo que pasa es  -ya dio una explicación el señor Secretario del porqué, que- además queremos avanzar en algunas cosas que son urgentes, y sabemos que vamos avanzando en los Códigos que tienen un articulado bastante extenso.

Honorable Diputado Nathán Sevilla, tiene la palabra.

DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

Muchas gracias, señor Presidente, por ser tan comprensivo con el derecho que tenemos los parlamentarios de hablar en este Plenario, y comprendo su difícil rol de querer imponer siempre el orden; pero a veces su derecho no es mayor que el de los demás Diputados, tiene que ser un poco comprensivo. Nosotros estamos preocupados realmente porque la discusión  del Código Procesal Penal  está parada,  y queremos pedirle una explicación a la Junta Directiva de qué razones hay para parar el debate de aprobación. Se dice que es porque el Diputado Wilfredo Navarro se opone, pero no sabemos porqué se está oponiendo, si ya la Comisión de Justicia dictaminó favorablemente y ya habíamos aprobado una parte importante del Código Procesal Penal, y entonces había un compromiso de darle la celeridad al caso para que se aprobara en esta legislatura. Algunos especulan que el temor a la aprobación del nuevo Código Procesal Penal y el nuevo Código Penal, es porque va a llevar ante la justicia a quienes han cometido actos de corrupción; y que tienen miedo de aprobar este Código Procesal Penal, este nuevo Código Penal. Pero si es éso, o sea cual fuere la causa, necesitamos saberla, y es lo que le pedimos a la Directiva que nos aclare.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Yo le voy a aclarar lo mismo que le estaba diciendo el Primer Vice-Presidente. Muchísimos miembros de la bancada liberal no quieren pasar ahora a discusión el Código, van hacer una pequeña revisión; entonces, si nosotros sometemos a aprobación el Código se vuelve a chocar de nuevo y nunca vamos a pasar.

Muchos de los abogados de nuestra bancada no quieren en este momento hacerlo hasta que se pongan de acuerdo. Déjenlos que se pongan de acuerdo en un par, o en  cinco artículos, que creo que es en lo que están un poco en desacuerdo, y después se pasa sin ningún problema. Eso es lo único. Nosotros estamos claros de que hay que aprobarlo, y que el trabajo que se ha hecho es plausible y que se va a aprobar sin ningún problema, pero tengan calma, por favor.

Tiene la palabra el Diputado Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO:

Presidente:

Estoy obligado a hablar, porque mis colegas directivos prácticamente trajeron la discusión de la Junta Directiva al Plenario, y quiero que el Plenario  quede claro de las posiciones de cada uno de nosotros. Nosotros en la última reunión de Junta Directiva, tanto el Diputado Gutiérrez como yo, estuvimos en total desacuerdo en interrumpir el proceso del Código. Nosotros planteábamos que se siguiera la discusión del Código, y que si había un artículo específico que hubiera problema o desacuerdo, que lo saltáramos y siguiéramos trabajando como hemos hecho hasta ahorita.

La verdad es que se planteó  que diéramos hasta el día de hoy, y ahora con honestidad vamos a decir, que  por cuatro a dos se impuso la mayoría en la Directiva de la Asamblea Nacional, y por eso es que el día de hoy no se va a discutir el Código. Yo asumo el compromiso que ellos plantearon y que hoy lo traigo aquí públicamente, que era por esta Sesión y por esta semana, porque esta situación no puede seguir eternamente. Es decir, en  esta Sesión y esta semana los Diputados de la bancada liberal, que por favor expresen sus opiniones en contrario o lo que tengan a bien decir, porque eso se lo hemos pedido al jefe de bancada hace rato.

El jefe de bancada ha estado de acuerdo en que sigamos la discusión del Código, y  tengo que reconocerlo aquí, que a nivel de jefaturas de bancadas nos hemos puesto de acuerdo; sin embargo en la Junta Directiva, el señor Presidente, el Primer Secretario, y  el Primer Vice-Presidente plantearon esta situación el día de hoy, y por eso es que el día de hoy no se está discutiendo el Código. Yo espero que en la próxima Sesión sigamos discutiendo el Código Procesal Penal que tanto espera la población.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Doctor Noel Pereira Majano.

DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:

Gracias, señor Presidente.

Yo creo que aquí hay un malentendido. Realmente no creo que haya ninguna aviesa intención de la Junta Directiva en cuanto a que  su oportunidad le llegue al Código. Entendemos nosotros que se va discutiendo todo por orden. El hecho de que haya unos vacíos, eso se puede pasar adelante; pero en un futuro esperamos que se apruebe en esta legislatura, tal como ha dicho el Doctor Pedro Joaquín Ríos, Realmente el Código es bueno para la vida de Nicaragua. También quiero expresar claramente que el Gobierno de la República, ni ningún elemento del liberalismo, ni ningún elemento de este Gobierno, tiene miedo de nada. Tienen miedo los cobardes; los que no son cobardes no tienen miedo y enfrentan las realidades. Nos sometemos a lo que diga la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, y como Presidente de la Comisión de Justicia, soy el principal interesado en que esto se apruebe -y se va a aprobar-, pero las alusiones en ese sentido, creo que son pecaminosas, absurdas y reprochables.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Yo creo que está suficientemente aclarado, por favor. Yo ruego a los abogados que conforman la bancada liberal, que en algunos de los artículos que  tienen alguna duda, de una sola vez ya se pongan de acuerdo para que se pueda discutir la próxima semana.

Tiene la palabra Dora Zeledón Zeledón.

DIPUTADA DORA ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Realmente es muy importante que estemos aprobando el día de hoy este Decreto de aprobación de la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. Eso es en lo que hemos venido insistiendo desde los últimos casi cinco cuatro años y medio, mas ya completamos cinco, la necesidad de que este Parlamento se dispusiera a legislar en beneficio de las personas, en beneficio social de los que nos eligieron para estar aquí en este Parlamento.

Yo quisiera hacer algunas reflexiones en torno a este Convenio, en el sentido de que es importante que una vez que lo aprobemos, también se ponga en práctica un plan nacional de implementación de lo que este Decreto está planteando.

Porque lo que hemos visto es que se aprueban leyes muy positivas y hemos luchado en este Parlamento para aprobar leyes muy positivas en beneficio de la sociedad, como es el Código de la Niñez y la Adolescencia, pero a tres años de aprobado, hoy por hoy no  existe un plan nacional de implementación del Código de la Niñez, ni Presupuesto en ninguno de los presupuestos últimos, ni siquiera en este del 2002, a pesar de la enorme demanda que hay de parte de la niñez y la adolescencia nicaraguense, dé que se le de respuesta a través de programas y proyectos.

Ante la ausencia de una política clara de gobierno, la ley queda en el aire, igual puede quedar este Decreto. Las personas con discapacidad también tienen un aspecto que lo trata el Código de la Familia. Hemos insistido permanentemente en este Parlamento en que la Comisión de la Mujer, Juventud, Niñez y Familia de la Asamblea Nacional, ya tiene un dictamen alternativo, una propuesta de dictamen alternativo para que la discutamos con la Comisión de Justicia, pero es hoy por hoy y dicen que el Código de la Familia no es prioridad y nosotros nos vamos a ir de este Plenario sin haberle dado al pueblo de Nicaragua un Código de la Familia.

El único país de Centroamérica que no tiene un Código de la Familia es Nicaragua. Asimismo nos vamos a ir, y espero que no nos vayamos porque efectivamente hay un proyecto de Ley de Igualdad de Oportunidades que también trata a las personas con discapacidad, a las mujeres con discapacidad, que está dictaminado por consenso; pero  aquí no ha habido un interés de parte del Parlamento de la República de aprobar una ley que garantice los derechos económicos, políticos, sociales y culturales de las mujeres de Nicaragua, a pesar de que es un proyecto que ya tiene más de treinta y cuatro mil firmas de respaldo presentadas en la Asamblea Nacional, a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional.

Señores Diputados y señoras Diputadas. Este va a ser el único Legislativo que en los últimos veinte años no pasó ni una sola legislación en beneficio de las mujeres nicaragüenses. Ni una sola. Si esta Ley de Igualdad de Oportunidades no es pasada y en ella  también se establecen derechos para las mujeres con discapacidad. Pero también las personas con discapacidad están siendo más afectadas por el problema del hambre, la miseria y la desnutrición y hay un proyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, también ampliamente consultado con las instituciones relevantes del Estado, con las organizaciones relevantes de la sociedad civil y está estancado aquí en el Plenario.

Es decir, no ha habido la disponibilidad, ni la disposición de los Diputados de las Comisiones correspondientes de dictaminar de manera seria este proyecto de seguridad alimentaria y nutricional. Yo espero, señores Diputados y señoras Diputadas, que no nos vayamos, que no lleguemos al quince de Diciembre sin haber aprobado la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, y  sin haber dictaminado el Código de la Familia. En esa dirección, yo también quiero insistir en que debe de aprobarse el Código de Procedimiento Penal.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto.1 Aprobar la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación en contra de las Personas con Discapacidad, aprobada en la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, el 7 de Junio de 1999, durante el Vigésimo Noveno Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto.2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS:

Punto 2.20 DECRETO DE APROBACION  DEL CONTRATO DE PRESTAMO No 1081/SF-NI "PROGRAMA DE ATENCION INTEGRAL A LA NIÑEZ NICARAGUENSE, II ETAPA".
25 de Septiembre del 2001.


Doctor
OSCAR MONCADA REYES
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado señor Presidente:


La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO N° 1081/SF-NI,“PROGRAMA DE ATENCION INTEGRAL A LA NIÑEZ NICARAGUENSE ,II ETAPA”.

La Comisión, en relación con este Contrato de Préstamo, ha valorado los siguientes factores:
FIRMA DEL ACUERDO:

Que este Contrato de Préstamo No. 1081/SF-NI, fue suscrito por la República de Nicaragua y Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 31 de Julio de 2001.
OBJETIVO GENERAL:

El objeto principal del Programa, es asegurar la atención integral y continua del niño (a) vulnerable desde su gestión hasta su ingreso a la educación primaria, para romper la transmisión de la pobreza entre generaciones y lograr un mejor desarrollo, salud y estado nutricional de los niños.
OBJETIVOS ESPECIFICOS:

1) Ampliar la cobertura de atención integral de PAININ I (Programa de Atención Integral de la Niñez Nicaragüense), aplicando una focalización basada en criterios de vulnerabilidad infantil.

2) Mejorar la calidad de atención.

3) Fortalecer el marco institucional a cargo de la rectoría, supervisión y financiamiento de los programas de atención a la niñez.
CONDICIONES GENERALES:

MONTO DEL PRESTAMO

El monto total del préstamo es por la suma de VEINTICINCO MILLONES DE DOLARES (US$25,000,000.00), o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua.

AMORTIZACION, INTERESES Y COMISION:

El préstamo deberá ser amortizado por el prestatario en un plazo de cuarenta años, contados a partir de la fecha de la firma del Contrato, mediante sesenta cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos diez años y seis meses, contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato. El prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diario del préstamo, intereses del uno por ciento (1%) por un año hasta los diez años, contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato, y del dos por ciento (2%) por año desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los seis meses de la fecha de la firma del presente Contrato.

Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del prestatario, durante el período de desembolso y en la fecha establecida en el párrafo anterior.

Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del prestatario, éste pagará una comisión de crédito del uno y medio por ciento (1 2%) por año, que empezará a devengarse a los doce meses, contados a partir del 18 de Julio de 2001, fecha en que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó la resolución relativa a este financiamiento. Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, en la misma fecha estipulada para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las estipulaciones especiales. Esta comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que se hayan efectuado los respectivos desembolsos, o haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento.

Del monto del financiamiento se destinará la suma de US$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES) que equivalen al uno por ciento (1%) para cubrir los gasto del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del prestatario.

El prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa el equivalente de US$2,780,000.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL DOLARES), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del prestatario.
ORGANISMO EJECUTOR:

Se establecerá como organismo ejecutor el MINISTERIO DE LA FAMILIA (MIFAMILIA).
DICTAMEN DE LA COMISION

La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y condiciones generales del Contrato de Préstamo y, CONSIDERANDO:
Que este crédito es altamente concesionario por el plazo de cuarenta años que incluye diez años de gracia y que dicho crédito estará destinado a asegurar la atención integral y continua de niños (as) vulnerables desde su gestación hasta su ingreso a la educación primaria.

Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1081/SF-NI APROGRAMA DE ATENCION INTEGRAL A LA NIÑEZ NICARAGÜENSE, II ETAPA, por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.

Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado.

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

WILFREDO NAVARRO MOREIRA
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS

CARLOS HURTADO CABRERA
JOAQUIN RIOS CASTELLON

WALMARO GUTIERREZ MERCADO
OSCAR MONCADA REYES

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

Tiene la palabra la honorable Diputada Rita Fletes.

Tiene la palabra Dora Zeledón Zeledón.

DIPUTADA DORA ZELEDON ZELEDON:

Gracias, señor Presidente.

Quiero intervenir para efectivamente dar mi respaldo, ya que no tuve la oportunidad de firmar el dictamen para este tipo de recursos, que son tan necesarios para impulsar el Programa de Atención Integral y Continua a la Niñez Nicaragüense II Etapa, con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo, a ser ejecutado por el Ministerio de la Familia. Yo sólo quisiera hacer algunas observaciones en función de mejorar la redacción de este proyecto de Decreto.

Y es que no se hable de niños vulnerables, y que cuando se hable de niños o de niñez, se hable de las y los niños, porque en el Código de la Niñez quedó claramente establecida la diferencia que hay entre niñas y niños y que hay que darles una atención diferenciada. Asimismo que en lugar de hablar de niños vulnerables que se hable de niñas y niños en condiciones difíciles o en situación de riesgo, para que el lenguaje de este Decreto se adecúe a lo que establece el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto. 1 Apruébase el Contrato de Préstamo No. 1081/SF-NI, suscrito el 31 de Julio de 2001, entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con domicilio en los Estados Unidos de Norteamérica y el Gobierno de la República de Nicaragua, por un monto de veinticinco millones de dólares (US$25,000.000.00) para financiar el Programa de Atención Integral a la Niñez Nicaragüense II Etapa, formando parte de este Contrato los Anexos del mismo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

Hasta aquí el artículo y la ley.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Punto 2.21
DICTAMEN

Managua, 3 de Octubre del 2001.

Licenciado
OSCAR MONCADA REYES
Presidente de la
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión del Exterior, nos reunimos el día tres de Octubre del corriente año para dictaminar sobre la aprobación o no de la Adhesión al Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que presten Servicio a la Aviación Civil Internacional, el cual fue remitido a esta Comisión para su dictamen, el 14 de Junio del corriente año.

Este Protocolo es complementario del Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil, el cual fue hecho en Montreal, el 23 de Septiembre de 1971, y el Protocolo el 24 de Febrero de 1988. Nicaragua es Estado parte del Convenio, y el Presidente de la República publicó Decreto de Adhesión al Protocolo, Decreto No. 48-01, Gaceta No. 81 del 2 de Mayo del año 2001; faltando únicamente la aprobación por parte de la Asamblea Nacional, de la adhesión a este Protocolo complementario.

Objetivos del Protocolo:

Este Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que presten servicio a la Aviación Civil Internacional, tiene como objetivo complementar el Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil de 1971.

El Convenio de 1971 establece que comete delito toda persona que ilícita e intencionalmente realice actos de violencia contra una persona, aeronave en vuelo y destruya la aeronave en vuelo. Siempre en todo el articulado del Convenio se refiere solamente a las aeronaves en vuelo o en servicio una vez cerradas las puertas del avión.

El Protocolo, motivo de nuestro dictamen, agrega en los artículos 2 y 5 del Convenio, un párrafo que establece que también comete delito quien ejecute actos de violencia, además de las aeronaves en vuelo o en servicio, también en los aeropuertos, en todas sus instalaciones y en las aeronaves que no estén en servicio pero que estén situadas en los aeropuertos; incluso cuando el acto cometido ponga en peligro o pueda poner en peligro la seguridad del aeropuerto.

En el artículo 2 se agrega un artículo y 2 incisos referidos a los aeropuertos. En el Arto. 5 del Convenio se regula la extradición en los casos de delitos cometidos en las aeronaves en vuelo y en servicio; ahora en este Protocolo complementario, se incluye también un párrafo que regula la extradición en los casos de los delitos cometidos en los aeropuertos o en aeronaves que no estén en servicio y que se encuentran en los aeropuertos.

Finalmente, este Protocolo, para los países que ya han ratificado el Convenio como en el caso de Nicaragua, entrará en vigor 30 días después del depósito del instrumento de adhesión.

Vinculación con el Ordenamiento Jurídico:

Los delitos contemplados en este Protocolo están tipificados en nuestro Código Penal vigente y en el Proyecto de Código Penal aprobado este año en lo general. Los delitos comprendidos en este Protocolo, motivo de nuestro dictamen, son aquellos cometidos en el Aeropuerto Internacional, en contra de personas y en contra de las instalaciones del Aeropuerto y las aeronaves fuera de servicio.

Los delitos contra las personas, son las que ocasionan la muerte, tales como asesinato y homicidio, así como lesiones y exposición de personas al peligro y contra los bienes o patrimonio del Estado como el Aeropuerto y sus instalaciones, que podrían ser los delitos contra la seguridad común, contra la seguridad y los medios de transporte y comunicación; y otros delitos que puedan ser tipificados de acuerdo con nuestro Código Penal vigente y el Proyecto de Código Penal, lo que permite la aplicación del Protocolo sin problemas.

La ejecución de este Protocolo le corresponderá a las autoridades encargadas de la seguridad del Aeropuerto Internacional, que es el Ejército Nacional, y al Poder Judicial. De igual manera, el artículo del Protocolo referido a la extradición, está acorde con lo establecido por nuestra Legislación y Tratados Internacionales sobre Extradición.

Importancia del Protocolo:

Este Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que presten servicio a la Aviación Civil Internacional, del 24 de Febrero de 1988, es un instrumento internacional que abarca o incluye los aeropuertos y sus instalaciones como parte importante de la aviación civil internacional.

Este Protocolo permite darle una mayor seguridad internacional a los aeropuertos, sobre todo conociendo que los actos de violencia en la aviación civil, pasan por los aeropuertos, se introducen a los aviones a través de los aeropuertos, por lo que es de primordial importancia que Nicaragua se adhiera a este Protocolo que será positivo para la seguridad de la aviación civil internacional.

La adhesión a este Protocolo contribuirá a ampliar un poco el marco jurídico internacional de Nicaragua contra el flagelo del terrorismo internacional.

Dictamen de la Comisión:

Los suscritos miembros de la Comisión del Exterior, fundamentados en el artículo 138, inciso 12 de nuestra Constitución Política, en los artículos pertinentes del Estatuto General de la Asamblea Nacional y de su Reglamento Interno, dictaminamos FAVORABLEMENTE la aprobación de la Adhesión de Nicaragua al Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que presten servicio a la Aviación Civil Internacional, el cual no se opone a nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales y Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.

En consecuencia, sometemos a la consideración del Plenario de la Asamblea Nacional el presente Dictamen, Decreto de aprobación y el texto del Protocolo, los que adjuntamos y les solicitamos su aprobación en lo general.
Atentamente,

COMISION DEL EXTERIOR

ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
FANOR HERRERA
ROGER CASTELLON ORUE
GUILLERMO RAMOS
MA. LOURDES BOLAÑOS
VICTOR HUGO TINOCO

VICTOR M. TALAVERA

Hasta aquí el dictamen

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN:

Arto. 1 Apruébase la Adhesión de Nicaragua al Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que presten servicio a la Aviación Civil Internacional, hecho en Montreal el 24 de Febrero de 1988.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN:

Prosiguiendo con el mismo Adendum No. 6, DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS, PRESENTADOS POR LA COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION.
DICTAMEN

Managua, 24 de Septiembre del 2001

Licenciado
Oscar Moncada Reyes
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, nos reunimos para dictaminar la solicitud de la Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN AVIVAMIENTO INTERNACIONAL DEL EVANGELIO (AIDEL), con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua, presentado por el Diputado Almaro Gutiérrez Mercado en la continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XVII Legislatura de la Asamblea Nacional, celebrada el cuatro de Septiembre del dos mil uno.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar y difundir el Santo Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios, la Biblia y de esta forma fortalecer los valores morales y espirituales de las personas, desarrollando aptitudes y comportamientos de solidaridad, respeto mutuo que contribuyen a mejorar en los hombres y las mujeres una conducta de amor y bien para sí y el de sus semejantes; 2) Creación de institutos bíblicos de capacitación, dirigidos a hombres y mujeres para su formación ministerial, como ministros capacitados en la conducción espiritual y moral de la sociedad frente a la cual se encuentren trabajando.

Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por Presidente: ROBERTO CARLOS BENAVIDES; Vicepresidente: FRANKLIN CRUZ HILL; Secretario: ELEYDA AGUILERA; Tesorero: JAMILETH CRUZ DE BENAVIDES; Vocal: GEORGINA LOPEZ; Fiscal: ADONIS RODRIGUEZ.

Los Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Asimismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 56, inciso 5 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION AVIVAMIENTO INTERNACIONAL DEL EVANGELIO (AIDEL).
Atentamente,

COMISIÓN DE DEFENSA Y GOBERNACIÓN

WILLIAM MEJÍA FERRETI JOSÉ GONZÁLEZ PICADO
PRESIDENTE PRIMER PRESIDENTE


ANTONIO RIZO ZAMORA CARLOS HURTADO CABRERA
MIEMBRO MIEMBRO

MAXIMINO RODRÍGUEZM. CARLOS GARCÍA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO

La lista de Asociaciones:

ASOCIACIÓN AVIVAMIENTO INTERNACIONAL DEL EVANGELIO (AIDEL)

ASOCIACIÓN CRISTIANA LA SEMILLA

ASOCIACIÓN CONCILIO ASAMBLEAS DE IGLESIAS CRISTIANAS UNIDAS EN NICARAGUA (A.I.C.U.N.)

ASOCIACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO SOCIAL E INTEGRAL DE NICARAGUA (I.D.S.I.N.)

ASOCIACIÓN CENTRO REGIONAL DE RESOLUCIÓN ALTERNA DE CONFLICTOS NEGOCIACIÓN, CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN Y ARBITRAJE (C.R.A.C.)

ASOCIACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO FORESTAL Y AGROPECUARIO DE OCCIDENTE (ADEFOR)

ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS COMUNIDAD SANTA ROSA O SANTA ROSA COMMUNITY ASSOCIATION (ASARO)

ASOCIACIÓN DE PASTORES INDÍGENAS PARA EL DESARROLLO DEL WANGKI (APASIDEW).

ASOCIACIÓN LA CAPILLA DEL CALVARIO

ASOCIACIÓN DE MUJERES INDÍGENAS DEL RÍO COCO (A.M.I.-RÍO COCO).

ASOCIACIÓN UNIDOS POR LA VIDA Y LA FAMILIA EN LAS SEGOVIAS (AUVIFAS).

ASOCIACIÓN PROPIETARIOS DE PEQUEÑOS HOTELES DE NICARAGUA.

ASOCIACIÓN AMERICAN LEGIÓN.

ASOCIACIÓN PARA LA JUVENTUD DE LEÓN (AJL).

ASOCIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN, ARBITRAJE COMERCIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL ACENTRO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE O (CCAPI).

ASOCIACIÓN DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DEL SERVICIO MILITAR PATRIÓTICO (ADEG-SMP).

ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES ECOLÓGICOS DE NICARAGUA (APRENIC).

ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE IMPORTADORES DE LLANTAS (ANIDELL).

FUNDACIÓN NICARAGÜENSE DEL MEDIO AMBIENTE (FUNDIMA).

FUNDACIÓN SAN JUAN BAUTISTA.

FUNDACIÓN MUSEO ARCHIPIÉLAGO DE SOLENTINAME

Hasta aquí el Dictamen y la lista de las Asociaciones y Fundaciones para su dictamen.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION AVIVAMIENTO INTERNACIONAL DEL EVANGELIO (AIDEL), sin fines de lucro, de duración indefinida, y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

Votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.3 LA ASOCIACIÓN AVIVAMIENTO INTERNACIONAL DEL EVANGELIO (AIDEL), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

Tiene la palabra Alberto Rivera Monzón.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON:

Muchas gracias, honorable señor Presidente.

Sólo para hacer una observación a la Comisión de Defensa y Gobernación. Me llaman la atención dos Asociaciones: la Asociación de Propietarios de Pequeños Hoteles de Nicaragua y la Asociación Nicaragüense de Importadores de Llantas. no sé quienes son ni nada en particular, solamente me parece que son nombres es imposible que personas así trabajen sin fines de lucro; importadores de llantas, asociaciones de hoteles. Me parece que quién sabe para que sean si no tiene objetivo de lucro; de todas maneras hago la observación a la honorable Comisión de Defensa y Gobernación sobre estos casos, porque entiendo que las asociaciones que nosotros aprobamos a granel son con el objetivo de este noble Parlamento de ayudar a que realmente sean asociaciones al servicio de la sociedad, y sin fines de lucro.

Gracias, honorable señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Pedro Joaquín Ríos.

DIPUTADO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Yo quisiera aclararle que el objeto del negocio de la llanta es un negocio, son negocios muy particulares; pero la Asociación en sí, no puede tener fines de lucro porque tiene que cumplir con los requisitos de ley, como usted lo menciona. Entonces nosotros le estamos dando personería jurídica a una Asociación que no puede tener fines de lucro; si tiene fines de lucro está incumpliendo con la Ley 147, e inclusive está sujeta a cancelársele la personería jurídica, porque es muy clara esa Ley 147 en ese sentido.

O sea que pueden existir, pero siempre y cuando no se repartan dividendos

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se supone que te van a regalar la llanta.

Tiene la palabra Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

Yo creo que el comentario es válido para hacer una aclaración general a todo el magno Plenario de la Asamblea Nacional. Recuerden, honorables Diputados, que la personalidad jurídica que nosotros aprobamos aquí es totalmente diferente de los asociados que la integran. Es probable y es seguro -como en efecto aquí se observa- que los miembros de esta Asociación evidentemente tienen un giro comercial; pero la Asociación como tal, todo lo que son sus estatutos, reglamentos y los fines, no conllevan dentro de su seno los fines de lucro.

Es por eso que vos miras asociaciones como la Asociación de Bancos, que aunque todos los bancos tienen el lucro por antonomasia, la Asociación como tal no tiene giro bancario; o asociaciones de ganaderos de algún tipo, o algún otro tipo de gente que trabaja en giros comerciales que sí perfectamente bien pueden constituir una Asociación para poder proteger sus derechos como miembros de la misma; pero la Asociación no tiene giros de lucro, ni tiene giros de carácter económico comercial, Diputado.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Correcto.

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

62 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención. Aprobado el artículo 3.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

58 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Aprobado el artículo 4, y así toda la ley y todas las Asociaciones.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

En el adendum No.5, Punto 2.15: LEY QUE DECLARA Y DEFINE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE BOSAWAS.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

Managua, 19 de septiembre de 2001.
DICTAMEN

Doctor
OSCAR MONCADA R.
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor:

La Comisión del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, ha procedido a dictaminar el “Proyecto de Ley que declara y define la Reserva de la Biosfera de Bosawas”, enviado por el Ejecutivo el pasado trece de Julio del presente año.

En este sentido, la Comisión realizó consultas con el Ministro del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales, MARENA, y el Director de la Secretaría Técnica de Bosawás, como principales impulsores de la Iniciativa, quienes expusieron la importancia y relevancia de la misma.

La Comisión tuvo conocimiento que la Reserva constituye el quince por ciento del territorio nacional con aproximadamente unos dos millones de hectáreas, un alto potencial para el desarrollo agroforestal y un importante potencial ecológico en su biodiversidad como lo constituyen los nichos ecológicos del Cerro Saslaya y Kilambé; además de la relevancia climática de la captación de carbono atmosférico global que se produce en Bosawás, se debe considerar la relevancia étnica-cultural, al ser la Reserva el centro de vida de las dos etnias de mayor representación, como son los miskitos y mayagnas, conocidos comúnmente como Sumos.

Otro aspecto importante, es que en el marco geográfico a nivel centroamericano, la Reserva de Bosawás, junto con la Reserva de Patuca y la Reserva del Río Plátano, en Honduras, constituyen el denominado Corredor Biológico Mesoamericano.

Son prácticamente tres zonas de bosques que constituyen eco regiones de gran importancia a nivel bioregional, ya que está conformada por un reservorio único e invaluable de comunidades bióticas, recursos genéticos y especies que aseguran la estabilidad y diversidad ecológica del área, pero que a su vez son vulnerables en lo que respecta a su estado final de conservación. Un aspecto muy importante es que su gran cobertura territorial vinculada con las masas boscosas de la Reserva del Río Plátano en Honduras, garantiza la diversidad genética, la libre movilidad, adecuada reproducción y sustento de especies mayores, algunas de ellas en peligro de extinción.

La Reserva abarca también cuatro Cuencas importantes: Prinzapolka, Río Grande de Matagalpa, Río Wawa y Río Coco que viene a ser un límite natural fronterizo, además de participar en esta conformación los territorios de los Municipios de Wiwilí de Jinotega, Wiwilí de Nueva Segovia, el Cuá-Bocay, Waslala, Bonanzas, Siuna y Waspán.

Estos aspectos, entre otros, sentaron las bases de los argumentos para presentarle a la UNESCO la propuesta de reconocer como Reserva de Biosfera a varios territorios de áreas legalmente protegidas, que comprende la Reserva Natural de Bosawás, el Cerro Kilambé, el Macizo de Peñas Blancas, los Cerros Cola Blanca y Banacruz, y el Parque Nacional Saslaya, lo cual fue aceptado por esa Organización y en el marco del Programa sobre el Hombre y la Biosfera, por decisión del Consejo Internacional de Coordinación del Programa se extendió certificación de que el 15 de Diciembre de 1997, se aprobó e inscribió a Bosawás como parte de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera, lo cual fue reconocido por ese mismo organismo el 28 de Octubre de 1998, con el fin de facilitar la cooperación y los intercambios regionales e internacionales como Primera Reserva de Biosfera en nuestro país.

Sin embargo, aun cuando existe este reconocimiento internacional la Reserva no se escapa a las amenazas y destrucción de sus recursos, como el despale de sus bosques motivado por el avance de la Frontera Agrícola, la degradación de las Cuencas Hidrográficas, incendios, colonización descontrolada y el uso inadecuado de la tierra, todo lo cual hace necesario el ordenamiento de la Reserva y a su vez garantizar el respaldo jurídico mediante una ley de este tipo, a como lo dispone la Ley General del Medio Ambiente, en donde se contemplen los límites generales, incluyendo los límites de las Areas Protegidas que la conforman y las autoridades responsables de la administración de la Reserva.

En cuanto a los límites establecidos en el Proyecto de Ley, la Comisión conoció que estos corresponden a los presentados a la UNESCO que sirvieron para aplicar a la nominación y el reconocimiento, para lo cual se contó con el decidido apoyo y colaboración del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, INETER.

Con relación a la zonificación de la Reserva, se retomaron los procesos de zonificación local basados en los Planes de Ordenamiento Territorial Municipal, quedando constituidas tres zonas.

Zona Núcleo, que asegura la protección a largo plazo y permite conservar la diversidad biológica, vigilar los ecosistemas menos alterados y realizar investigaciones y otras actividades perturbadoras.

Zona Tampón o Zona de Amortiguamiento, que circunda la Zona Núcleo o colinda con ella y que se utiliza para actividades de cooperativas compatibles con prácticas ecológicas racionales, que incluyen la educación ambiental, la recreación, el turismo ecológico y la investigación aplicada y básica.

Zona de Transición, en la que pueden desarrollarse actividades agrícolas, asentamientos humanos y otros usos donde las comunidades locales, los organismos no gubernamentales, los científicos, grupos culturales y el sector económico, puedan trabajar conjuntamente en la administración y desarrollo sostenible de los recursos de la zona.

La Comisión, una vez conocido todos estos planteamientos y revisado el texto el Proyecto de Ley, considera y está de acuerdo con lo formulado en la Exposición de Motivos, en la necesidad de dar el respaldo jurídico a la Primera Reserva de Biosfera de Nicaragua, definiendo en un solo cuerpo normativo su categoría, límite y administración de la misma.

Esta Iniciativa de ley, incorpora entre sus aspectos más importantes el reconocimiento de la UNESCO como Reserva de la Biosfera Bosawás; la conformación territorial municipal; las áreas protegidas legalmente que integran la Reserva, y la autoridad responsable del cumplimiento y seguimiento de lo establecido en la ley.

El Proyecto de Ley destina un solo capítulo para establecer los límites con rutas y coordenadas bien definidas de la Reserva de la Biosfera, igualmente otro capítulo para definir los límites y extensión de las áreas Protegidas que pertenecen a la Reserva: La Reserva Natural de Bosawás; el Parque Nacional Saslaya; Reserva Natural Cerro Kilambé; Reserva Natural Macizos de Peñas Blancas; Reserva Natural Cerro Cola Blanca y la Reserva Natural Cerro Banacruz.

Se crea la Comisión Natural de la Reserva de la Biosfera Bosawás como órgano de consulta obligatoria, su integración y funciones; asimismo, se crea la Secretaría Técnica de Bosawás, como una dependencia desconcentrada del MARENA con la principal responsabilidad de administrar la Reserva, entre sus funciones.

Por último, el Proyecto de Ley establece que en un plazo no mayor de ciento veinte días, el INETER en coordinación con la Dirección General de áreas Protegidas del MARENA, deberán confirmar o modificar los límites y derroteros de la Reserva y las áreas Protegidas, lo que deberá ser publicado oficialmente en la Gaceta.

La Comisión es unánime en considerar que con la anterior, se puede dar cumplimiento a los compromisos internacionales en cuanto a satisfacer los criterios de conservación, desarrollo y apoyo logístico dentro de la Reserva, además de lograr obtener y mantener el apoyo de organismos internacionales como la GTZ, que ha estado a la cabeza de la cooperación en los últimos años y últimamente el Gobierno Británico que ha aportado financiamiento para finalizar con los programas del presente año, con perspectivas de recibir más apoyo en los próximos años.

Por lo antes expuesto, la Comisión considera que este Proyecto de Ley es necesario y que no se opone a la Constitución Política ni a las demás leyes de la República, por lo que con fundamento en lo establecido en la Constitución Política de Nicaragua, el Estatuto General y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, DICTAMINA FAVORABLEMENTE el "PROYECTO DE LEY QUE DECLARA Y DEFINE LA RESERVA DE LA BIOSFERA BOSAWAS" recomendando al Honorable Plenario su aprobación en lo general y en lo particular. Adjuntamos texto del Proyecto de Ley para su conocimiento.

Atentamente,


COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES


AUGUSTO C. LOPEZ GONZALEZ
ISMAEL TORRES CALERO

LEONIDAS ZUNIGA
ARMANDO LOPEZ P.

SALVADOR H. GUILLEN
FELIX H. CASTILLO F.

MIGUEL A. CASCO G.
EDUARDO CALLEJAS D.

Hasta aquí el Dictamen.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

Tiene la palabra el honorable Diputado Augusto López González.

DIPUTADO AUGUSTO LOPEZ GONZALEZ:

Gracias, Presidente.

Para nadie es desconocido que Nicaragua cuenta con Bosawás, la Segunda Reserva de Biosfera que constituye parte del denominado Corredor Biológico Mesoamericano, situación que nos abre las puertas para que Nicaragua salga adelante en todos los programas de desarrollo sostenible. Esta reserva constituye el 15 por ciento del territorio nacional, con aproximadamente de dos millones de hectáreas que constituyen un alto potencial para el desarrollo agroforestal y un potencial ecológico en su biodiversidad que los constituyen los nichos ecológicos del cerro Saslaya y Kilambé.

Como jinotegano observo la relevancia que tiene la aprobación de esta ley que delimita la zona buscando, no se siga abriendo las puertas a la frontera agrícola, que tanto nos está perjudicando, disminuyendo potencialmente el control biológico y disminuyéndole las oportunidades de desarrollo a las etnias como son las miskitas y mayagnas, conocidas comúnmente como sumos. Además de esta circunstancia, la Reserva de Biosfera de Bosawás cuenta con cuatro cuencas hidrográficas sumamente importantes, que es deber de todos los nicaragüenses defenderlas.

Todos estos aspectos biológicos y étnicos representan un punto de partida muy fuerte en el desarrollo sostenible, que sienta las bases para el reconocimiento a varios territorios de áreas legalmente protegidas que corresponden a Kilambé, Peñas Blancas, Parque Nacional Saslaya, Cerro Cola Blanca, y Bonacruz; aun cuando existe este reconocimiento internacional, no se escapa a las amenazas y destrucción de sus recursos, lo cual hace necesario en el menor tiempo posible el ordenamiento de la Reserva y a su vez garantizar el respaldo jurídico mediante la aprobación de esta ley tan importante para Nicaragua, en donde se contemplan los límites generales incluyendo los límites de las áreas protegidas y las autoridades responsables de la administración de la Reserva.

La Comisión del Medio Ambiente, conociendo todos estos planteamientos, da el respaldo jurídico a la Primera Reserva de Biosfera de Nicaragua y a la segunda de Latinoamérica, que da cumplimiento a los compromisos internacionales en cuanto a satisfacer los criterios de conservación, desarrollo y apoyo logístico dentro de la Reserva. Además se logra obtener y mantener el apoyo de organismos internacionales como la GTZ, que ha estado a la cabeza de la cooperación en los últimos años, al igual que el gobierno británico.

Finalizo solicitando al honorable Plenario de este Congreso su aprobación en lo general y particular. Espero que todos nuestros colegas Diputados no salgan expertos en estas áreas de topografía y agrimensura tratando de descontinuar la aprobación de esta importante ley, ya que ésta ha sido delimitada y manejada con sumo cuidado por todos los profesionales que existen en INETER y que son de primera clase dentro de nuestro territorio y a nivel de Latinoamérica. Espero la colaboración de todos para la aprobación de este importante proyecto de ley.

Muchas gracias.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Alberto Rivera Monzón.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZÓN:

Muchísimas gracias, honorable señor Presidente.

Ante un dictamen de tanta importancia, me permito felicitar a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en especial al Ingeniero José Augusto López, digno representante de Managua, pero hijo dilecto del Departamento de Jinotega; felicidades por esta iniciativa que viene a constituir una justa defensa de esos recursos de nuestro Departamento de Jinotega, como son el cerro de Kilambé y el Macizo de Peñas Blancas.

Yo quisiera que en los próximos días o en próximas fechas hagamos y apoyemos también un proyecto que amplíe la defensa de toda la Cordillera Isabelia, que poco a poco se mueren sus reservas, se muere su flora y se mueren sus bellas especies de aves, como el Quetzal, que para nosotros es un digno ejemplo de la libertad, del amor a la libertad. Mis felicitaciones entonces a la Comisión, al Ingeniero López, y gustosamente insto a todos los honorables parlamentarios a aprobarla.

Gracias, honorable Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a dejar aprobada en lo general esta importante ley, que es un poquito larga para leerla.

Vamos a pasar al Adendum No. 7, Punto 2.24: LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16, NUMERAL 1) DE LA LEY 388, LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES.

DICTAMEN

12 de octubre del 2001

Doctor
OSCAR MONCADA REYES
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Moncada.

La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16 NUMERAL 1 DE LA LEY No. 388, LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES.

La Comisión en relación a esta Adición, ha considerado lo siguiente:
ANTECEDENTES

En el año dos mil fue promulgada la Ley No. 340, de Sistema de Ahorro para Pensiones, publicada en las Gacetas 72 y 73 los días 11 y 12 de abril de ese año. Dicha Ley, en el artículo 114 creó la Superintendencia de Pensiones como el Organo de Supervigilancia y control del Sistema de Ahorro para Pensiones, señalando que dicho órgano estará regido por su propia Ley Orgánica.

En el presente año fue promulgada la Ley No. 388, Ley Orgánica de Superintendencia de Pensiones, publicada el 8 de Mayo de este año en La Gaceta, Diario Oficial No. 85. Esta ley tiene por objeto regular la organización, atribución, función, ámbito de competencia y funcionamiento de la superintendencia. En su Capítulo III contempla las disposiciones para el nombramiento del Superintendente y Vice-Superintendente, sus requisitos e inhabilidades, señalando en su artículo 16 las inhabilidades para dichos cargos; precisando el inciso 1 del artículo precitado, que los funcionarios y miembros de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral, salvo que seis meses antes de su elección hayan renunciado al cargo.
CONSIDERACIONES

La anterior inhabilidad en este momento constituye una limitante para una serie de funcionarios y personas que son conocedoras del tema, inclusive varios de ellos han tenido la responsabilidad de elaborar y presentar el diseño del Nuevo Modelo del Sistema de Ahorro para Pensiones y participar apoyando con sus conocimientos la aprobación Legislativa del Nuevo Sistema y aprobado éste, han coadyuvado en el diseño para su implementación como parte del Sistema de Seguridad Social Nicaragüense, tarea que requiere de recursos humanos capacitados y con experiencia, que puedan impulsar la puesta en funcionamiento del Sistema.

La continuidad en la gestión del desarrollo del Sistema por personas conocedoras de la reforma estructural, dan confianza al inversionista y mayor grado de seguridad al cotizante.

La Ley de Sistema de Ahorro para Pensiones es un instrumento jurídico de carácter complejo, y para la puesta en operaciones de dicho Sistema, se requiere de un alto grado de conocimiento por la especialidad del modelo.

Lo anterior trae como consecuencia la conveniencia de la participación de personas calificadas, en la primera escogencia de autoridades del Organo Fiscalizador del Sistema que hayan estado involucradas en la planificación, coordinación y desarrollo del nuevo Modelo de Pensiones.

Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE el PROYECTO DE LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16, NUMERAL 1, DE LA LEY No.388, LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.

Anexamos el Proyecto de Ley dictaminado.


COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO.


WILFREDO NAVARRO MOREIRA
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS

DORA ZELEDON ZELEDON
BAYARDO ARCE CASTAÑO

CARLOS HURTADO CABRERA
PEDRO JOAQUIN RIOS C.

WILLIAM MEJIA FERRETI
WALMARO GUTIERREZ MERCADO
OSCAR MONCADA REYES

Hasta aquí el dictamen, de la Comisión Económica, Finanzas y Presupuesto.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

Perdón, hay un Dictamen de Minoría que lo va a leer Wálmaro.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
DICTAMEN DE MINORIA

Los suscritos Diputados por el Frente Sandinista de Liberación Nacional ante la Asamblea Nacional y miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuestos, con fundamento en los artículos 49 del Estatuto General y 90 y 91 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, presentamos el siguiente Dictamen de Minoría sobre el Proyecto de Ley denominado "LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16 NUMERAL 1 DE LA LEY No. 388, LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES", para que previo trámite, sea considerado por el Honorable Plenario de este Poder del Estado.

Los suscritos, presentamos nuestra oposición a un DICTAMEN FAVORABLE a la Reforma del Arto. 16, numeral 1 de la Ley 388, ""LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES", por las razones siguientes:

1. En el proceso de dictamen de la Ley Creadora del Sistema de Ahorro para Pensiones, unas de las principales preocupaciones de los diferentes sectores involucrados y sujetos a esta ley, eran las seguridades que el sistema presentaba para el futuro del dinero de los asegurados bajo el mismo. Una de las garantías que con bombo y platillos se anunció, inclusive con la venia de los organismos internacionales, fue el que se estableció en la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, aprobada hace año y medio, de que todo funcionario público que aspire a ser Superintendente debía renunciar a su cargo seis meses antes de la elección.

2. El Proyecto de Reforma presentado por los diputados liberales del PLC, irrespeta este marco de seguridades ofrecidas a través de la ley a los nicaragüenses pensionados bajo este sistema y pretende hacer de la Ley No. 388, una ley exclusiva para una persona, violando el principio de que las leyes son generales. Este Proyecto de Reforma viola la ética parlamentaria y refleja el poco respeto que los diputados liberales tienen por la institucionalidad del país, acomodando la ley a sus intereses personales y partidarios.

Por tal razón, en base a todo lo antes expuesto, los suscritos, Diputados por el Frente Sandinista de liberación Nacional ante la Asamblea Nacional y miembros de la Comisión Económica, presentamos nuestro DICTAMEN DE MINORIA DESFAVORABLE al Proyecto de Ley denominado: "LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16 NUMERAL 1 DE LA LEY No. 388, LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES".

Managua, dieciséis de Octubre del año dos mil uno.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

Luis Urbina último orador.

Tiene la palabra Bayardo Arce Castaño.

DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:

Muchas gracias, Presidente.

Si no fuera porque esta Reforma pone de manifiesto el claro temor del PLC, de que ya es inevitable la derrota electoral y que por lo tanto tienen que buscar cómo dejar colocada a su gente, no tendría tanta repercusión; porque para mí, ésta es una muestra más de cómo en ese acto desesperado se está pisoteando todo el esfuerzo de la comunidad internacional para fortalecer la institucionalidad del país. Yo recuerdo que incluso esta ley se dejó de un año para otro, buscando que tuviera el máximo de consenso.

Aquí los organismos internacionales gastaron una buena cantidad de plata, para que muchos colegas que están aquí viajaran por lo menos en dos ocasiones a Chile, a ver la experiencia chilena; creo que también enviaron periodistas, gastando plata de los organismos internacionales. Porque se nos pretendía vender este sistema, por un lado como la panacea para garantizar el futuro de los jubilados y por otra parte como el instrumento que iba a asegurar la correcta administración de una importante fuente de ahorro interno que eran las pensiones puestas en manos de una administración privada.

Durante todo el tiempo en que aquí recibimos al Licenciado Martín Aguado, a su equipo, y en que hablamos con los organismos internacionales, se nos quiso ponderar esto como un instrumento técnico por excelencia, apolítico; y por eso quedó plasmado en la ley que quienes estaban en cargos políticos no iban a poder optar a esta responsabilidad, salvo que lo hicieran con el suficiente tiempo de antelación pues apenas se pusieron seis meses; hay otras instituciones a las que se les pide un año de retiro, a fin de que esos funcionarios demostraran con esa renuncia su disposición de actuar técnicamente ante un organismo técnico.

El hecho de que ahora a la carrera se mande una reforma, echa por el traste todo ese discurso de años aquí; porque esta ley -insisto- llevó dos legislaturas trabajarse, y se ve que el único interés que priva es dejar colocadas fichas; porque si hubieran otros intereses, hubiera venido una reforma más profunda. Además las fichas están claras, y quieren sacarlas de la Asamblea y del Poder Ejecutivo, porque somos los únicos que nos estamos quitando esa inhibición. Qué repercusiones va a tener eso para la buena administración de los fondos de los pensionados.

Qué repercusión va a tener para que haya una fuente de ahorro interno que ayude al desarrollo económico del país? Qué repercusión tendrá en la voluntad de cooperación de la comunidad internacional y de los organismos multilaterales que estuvieron respaldando -insisto- con mucha plata la elaboración de este proyecto? Pues habrá que verlo en el tiempo en que esta ley pueda caminar, porque recuerdo que tal vez ya pensando en esto, éste es un funcionario de una gran trascendencia al que se decidió elegir por una mayoría simple, y no importaba que no tuviera el consenso de la Nación, aunque va a manejar la plata de toda la Nación.

Pero dicen que en Derecho las cosas a como se hacen se deshacen, entonces si ahora hay una determinada correlación de votos para atropellar todo un proyecto que se vendió como el gran modernizador, y a su vez -repito- éste es un reflejo de que en el PLC no hay confianza en la victoria y por lo tanto quieren dejar a sus fichas colocadas, pues en una nueva Asamblea también, a como se está haciendo esto se va a deshacer, aunque Nicaragua siga dando un espectáculo deplorable a la comunidad internacional; y es que trabajos de años, con técnicos y asesores de muchos países, a última hora se cambian para dejar colocada a una ficha determinada.

Con esto estamos queriendo dejar claro que la bancada sandinista rechaza esta Reforma, Reforma además que se quiso meter aquí incluso a la carrera en un Adendum, cuando la Directiva no la había programado; que se dictaminó en la única Sesión de la Comisión de Asuntos Económicos a la que se ha convocado bajo el título de puntos varios, ni siquiera se dijo para qué querían esa reunión, y donde si no ha sido por el retraso, la precipitación de haber querido meter eso en el Adendum sin comprobar a la Directiva, ni siquiera hubiéramos podido presentar un Dictamen de Minoría.

Ustedes responderán por los jubilados y por lo que pueda pasar con esa fuente de ahorro interno, tomando en cuenta el ejemplo de lo que ha pasado con los fondos del INSS, a como se han manejado hasta el día de hoy.

Muchas gracias.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado José Bravo Moreno.

DIPUTADO JOSE BRAVO MORENO:

Gracias, señor Presiente.

Esta ley es casi del mismo estilo con el que siempre se ha recurrido con determinado énfasis en esta Asamblea. En la Comisión de Educación, Medios de Comunicación, Cultura y Deportes, recibimos varias veces al señor Martín Aguado, precisamente después de esa gira en la que supuestamente querían tener la asesoría de la experiencia del Seguro Social de Chile; realmente siempre el pretexto fue la preocupación del Gobierno por los sectores que debían asegurarse en este país. Creo que el final está siendo prácticamente el corolario de lo que muchas veces nosotros los Diputados de la bancada sandinista teníamos como reserva, teníamos como inquietud.

Para todo mundo en este país, es como muy conocida la crítica que se ha hecho al Seguro Social, de ser la caja chica, una de las cajas chicas que ha tenido este Gobierno, precisamente para manejar cosas partidarias.
Yo creo que la aprobación de esta Reforma es exactamente la peor de las recomendaciones que se pueda hacer para los organismos internacionales que estuvieron apoyando esta iniciativa. En todo lo que es el Seguro Social, realmente hay un asunto de modernización en los estados actuales; sin embargo, ponerle nombre y apellido, y si ustedes ahora comienzan a comunicarse con los organismos que estuvieron financiando, apoyando, asesorando al Seguro Social en Nicaragua, van a encontrarse con la enorme sorpresa de que es prácticamente una institución que está naciendo viciada y a la que ellos no recomendarían.

A mí me parece que normalmente, colegas Diputados, lo que estamos haciendo es lo que decía el Diputado Arce. Puede ser que sea una postura derrotista: nosotros ya perdimos. Es decir, no nos importa lo que vaya a aparecer en el Seguro Social, al fin y al cabo también es un asunto que es mala recomendación. Están queriendo curarse en salud, están queriendo proteger todo lo que ha significado la mala administración del Seguro Social; eso interpretaría cualquier organismo que estuvo apoyando todo este proceso de legislación. Y en ese sentido, yo quiero recordarles que esos organismos han pedido consenso, y el no consenso -porque no vamos a votar en la bancada sandinista- en este momento les está diciendo, no cuenten con nuestro voto para este tipo de cosas.

Porque en primer lugar es un abuso con la solidaridad. Los organismos que han sido solidarios con nosotros, realmente han sido organismos que han venido a tratar de que Este estado sea un Estado moderno, funcional, acorde con las demandas que están exigiendo los tiempos modernos; sin embargo esta forma de estar reformando una ley para elegir Superintendente de Pensiones al señor Martín Aguado, ya tiene nombre y apellido. Si aquí sale Martín Aguado electo como Presidente de este organismo, vamos a tener exactamente el reclamo de los organismos internacionales.

Ustedes tienen la palabra, ustedes tienen la oportunidad de votar en esta ley, pero mal recomendando a su partido y mal recomendando al Gobierno que ha dirigido el partido de ustedes.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WALMARO GUTIÉRREZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Efectivamente he tenido la oportunidad de leer el anteproyecto de ley; la verdad es que ya han abundado en atropellos en el proceso de formación de esta reforma. Me resulta realmente vergonzoso ver de qué forma la Asamblea Nacional ha venido reduciéndose a una simple Secretaría Legislativa del Poder Ejecutivo, y lo peor del caso es que nosotros aquí tenemos una de las evidencias más claras. Yo no quisiera tal vez introducirme a los efectos de carácter ético, o que si es correcto o no es correcto que la misma Asamblea Nacional y los miembros del Poder Ejecutivo legislen ante sí y para sí y en beneficio de sí, una reforma tan absurda como ésta.

Para poder tener una óptica en perspectiva de lo que nosotros estábamos discutiendo hoy, tuve la oportunidad y me introduje a investigar en el Diario de Debates de la Asamblea Nacional, porque la verdad es que aquí nosotros a veces no tenemos memoria histórica de lo que hacemos y de lo que decimos en esta Asamblea Nacional. Es por eso que el día de hoy, acá tengo en mi poder el Diario de Debates donde están todos y cada uno de los argumentos de los diferentes Diputados de esta Asamblea Nacional que justificaron la aprobación de la Ley de la Superintendencia de Pensiones. Y particularmente hablando del artículo 16, tengo un hallazgo sumamente interesante, y creo que sería muy oportuno que todos los Diputados de esta Asamblea Nacional tuvieran conocimiento.

A la altura de la discusión del artículo 16 de la Ley de la Superintendencia de Pensiones se planteó inicialmente que la redacción del artículo 16 era, aparte de confusa, totalmente insuficiente. Y es por eso que los Diputados Bayardo Arce Castaño, Wálmaro Gutiérrez, William Mejía Ferreti y Wilfredo Navarro Moreira, presentaron una moción de consenso que fue aprobada por 70 votos, 0 en contra y 0 abstención, donde estaban subiendo de tres a seis meses el término en que debía de renunciar cualquier funcionario de los Poderes del Estado, para poder ser candidato al cargo de Superintendente de Pensiones. Aquí lo tengo en el Diario de Debates, y obra en el Diario de Debates.

Pero es más. Luego de eso, relación a lo que se planteaba del primer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, con mucho tino el Diputado Guillermo Ramírez Cuadra dijo que esa otra limitante le resultaba absurda, cuando normalmente las limitantes estaban entre el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Entonces se aprobó otra moción de consenso, agregando a los seis meses el hecho de que no fuera el primer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, sino que fuera al cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, la imposibilidad o inhibición para poder ser candidato a la Superintendencia de Pensiones. Esto es lo que está en el Diario de Debates, en el artículo 16.

Es ahora que los mismos Diputados estamos discutiendo, que hay que quitar esas inhibiciones para que supuestamente miembros del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo ahora vengan y puedan ser postulados a este cargo. Es una vergüenza que en esta Asamblea Nacional se continúe con una lógica de legislar como que aquí fuéramos sastres del mandatario de turno o de los funcionarios de turno. Si aquí nosotros ya dimos un mensaje claro a la Nación, relativo a garantizar un sistema de pensiones transparente, honesto y dedicado a salvaguardar los intereses de los pensionados, ¿ustedes creen que sería realmente oportuno aprobarlo ahora con esta Reforma, si todos dijeron unánimemente que estaban totalmente de acuerdo con estas inhibiciones? Y no lo digo yo, lo dijeron ustedes, y obra en el Diario de Debates.

Es por eso, honorables Diputados, que solicito que por respeto a la memoria histórica... Es más, ¿por qué en vez de venir a reformar la Superintendencia de Pensiones, no aprobamos la Ley Orgánica del Seguro Social, que sí le da una cantidad de prerrogativas a los que no están dentro de la Superintendencia de Pensiones? Porque no están pensando en legislar para el pueblo; porque están pensando en legislar para un funcionario, y eso es desleal, eso inmoral y es antiético, y es por eso que en la población, en gran medida en las encuestas de opinión siempre tenemos un estado de descalificación desfavorable.

Es por eso que el día de hoy pido, con todo el respeto que se merece esta Asamblea Nacional, que por principio, por honorabilidad parlamentaria, a los mismos Diputados que firmaron esta moción de consenso, que también rechacen esta vergonzosa reforma a la Ley de Superintendencia de Pensiones.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Si las dos bancadas rompieron quórum, ¿qué van a estar comprobando? No hay quórum.

Se suspende la Sesión, y se avisará por telegrama.












CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA VEINTICINCO DE OCTUBRE DE 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMO-SEPTIMA LEGISLATURA).

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
NOEL JOSE DELGADO CUADRA
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
MARIO JOSE GUTIERREZ VASCONCELOS
SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
ARMANDO ISIDORO LOPEZ PRADO
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
WILLIAM MEJIA FERRETI
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GALEY
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
ISMAEL JOSE TORREZ CALERO
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY URCUYO MALEAÑOS
AUGUSTO ADRIAN VALLE CASTELLON
SAUL ZAMORA DICARIO
LEONIDAS ZUNIGA MOLINA

Constatación: 49 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se continúa la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

En el Adendum Nº 7, 2.24 LEY DE REFORMA AL ARTICULO 16, NUMERAL 1 DE LA LEY 388, LEY ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES.

El Dictamen de Mayoría y Minoría, fueron leídos en la Sesión anterior, que se suspendió por falta de quórum.

Entonces, está abierto el debate, el Presidente va a dar la palabra.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Estábamos en la discusión en lo general. Va a seguir la discusión en lo general porque ésta es una continuación de la Sesión anterior.

El último para hacer uso de la palabra es Emilio Márquez Acuña.

Tiene la palabra José Bravo Moreno.

DIPUTADO JOSE BRAVO MORENO:

Gracias, Presidente.

En primer lugar quiero al menos conservar la compostura y la dignidad. Espero realmente, señores miembros de la Junta Directiva, que esto que se hace así, tan oculto, tan mañosamente para convocar, es la primera Sesión que se convoca para trabajar en todo el período electoral; en todo el período de 97, es la primera vez y no con intenciones sanas, sino con intenciones perversas. Queridos colegas, o estoy aquí porque me interesa lo que en este Poder del Estado se hace, me eligieron precisamente, para que defendiera los derechos de mis electores, y voy a permanecer aquí hasta el último día, no para hacerme campaña, no para engañar al pueblo, sino simplemente para que por mi medio todos mis electores sean testigos de las barbaridades que se cometen en este Poder del Estado; este Poder del Estado que ha sido secuestrado por una persona y por un partido, y no se puede decir que es el partido que está interesado en el bienestar y el futuro de este pueblo.

Ahorita acaban de acomodar la forma de reunirse, porque acaban de decir que está continuando una Sesión interrumpida; sin embargo, recuerden la forma de interrumpir y examinen los Estatutos y la forma de convocar de nuevo. Yo no he recibido telegrama, pero hay otros Diputados de este Parlamento que lo han recibido, y tengo testimonio, tengo copia. De tal manera que está haciendo un acto ilegal. Ustedes que van a ser reelectos, que andan llenándose la boca de que van a hacer caminos de democracia, ¿cuál democracia? Si ustedes han convertido este Poder del Estado en una Secretaría Legislativa del Poder Ejecutivo, del Presidente Alemán. Muchos colegas que están aquí, no van a ser Diputados, no van a ser inmunes.

El otro día se lanzaron en contra de todo el Poder Judicial, reformaron la Ley Orgánica del Poder Judicial, y tenían más de cuarenta Jueces que van a enjuiciar; ustedes van a estar desarmados, van a ser exactamente los responsables de todo el saqueo que se ha hecho durante este período. Ustedes tienen ahora una cantidad de acusaciones, y yo espero realmente que algún día en este país se haga justicia. Están que van a enjuiciar a fulano de tal... ¿Cómo van a enjuiciar, si ustedes tienen las manos manchadas? Ustedes, Diputados, el único respeto que hoy se merecen es que el pueblo, ese pueblo pobre que los eligió con esperanza para que defendieran sus intereses, se sientan manoseados. Yo quisiera invitar a los medios de comunicación el día de hoy, para que sean testigos de la democracia que puede ofrecer el Partido Liberal.

Siempre ha habido necesidad de sacarlos a la fuerza, desde Zelaya, a Somoza; realmente han sido ustedes los que propician las situaciones violentas en el país. ¿Cómo es posible que en realidad ahora estén aspirando a la Presidencia de la República, a ser fuertes en este Poder del Estado, cuando nunca les ha interesado el pueblo? Ustedes el día de hoy están cerrando el período electoral para el que el pueblo les eligió, con una triste postura.

Creo que es imperdonable que ustedes le anden hablando a la gente de austeridad, que le anden hablando de que hace falta reducir algunas cosas, cuando ocultamente no vienen ahorita ustedes de comerse un banquete que lo paga el pueblo? No se reunieron ustedes para mandar a pedir la comida al Inter Continental? Y quién paga eso? No van a decir que se lo sacaron ustedes de la bolsa; ustedes, los que vinieron de otros lados los mandaron a traer, y el pretexto fue comida. ¿Cómo aspiran a puestos públicos? Aquí hay Diputados que incluso están aspirando a la Fiscalía General de la República, y yo creo que es indigno que una persona así, con esta forma de proceder aspire a puestos públicos. ¿Cómo aspiran a ser reelectos?

Wilfredo Navarro: Yo creo que deben de cerrarse la boca a partir de ahora, todos los que son candidatos. Maximino: ¿Cómo van a ir a Matagalpa a decir que es la respuesta y la propuesta de futuro? Creo que es importante estar aquí interviniendo, porque queremos ser testigos para decirle al pueblo todo lo que ha pasado. Yo voy a sacar la votación que ustedes van a hacer, y no piensen, ustedes ya me conocen. Yo no soy legislador solamente aquí, yo soy legislador del pueblo, y les prometo que los nombres de ustedes van a quedar grabados en la conciencia de los pobres de este país.

Y a los medios de comunicación les quiero decir que son exactamente una de las pocas defensas que tiene el pueblo, y que deben de transmitir esta triste forma de concluir un período electoral. Entonces hagan lo que ustedes quieran, están en el poder, igual que estuvo Zelaya; están en el poder igual que estuvo Somoza; han hecho exactamente los mismos abusos por los que ustedes alguna vez han querido lavarse las manos criticando. Ahí se encuentran por ejemplo los conservadores, pero no los conservadores de Saborío, sino los conservadores que están aquí, los ALCONES que realmente dan vergüenza. ¿Qué diferencia tienen?

Se convierten en cómplices de este acto, que es un asalto al erario público, porque están eligiendo a Martín Aguado para que les guarde las espaldas. Ustedes saben que están "pegados" con todos los abusos que el Instituto de Seguridad Social ha hecho y que lo convirtieron precisamente en una caja chica, para esta campaña electoral; están "pegados" y por eso están corriendo, por eso están apurados ustedes el día de hoy. Carlos Hurtado: Qué le vas a decir a tu gente? Yo creo que es importante que les digás que también formás parte de los asaltantes de este período 97-2001.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Realmente, causa preocupación y casi hilaridad sino fuera trágico, que hoy estamos una vez más contribuyendo a eliminar el Estado de Derecho en Nicaragua. Querido señor Presidente, usted sabe que en su despacho usted personalmente recibió el día 23 de Octubre una carta de mi oficina, en donde le señalaba algunas irregularidades de la Sesión del día de hoy, que obviamente don Dámicis Sirias va a tratar de justificar lo injustificable, pues ha pasado leyendo ayer y hoy todos los manuales. Pero cuando la ley expresamente dice algo, es difícil interpretar otra cosa. Ya decía alguien que no hay más sordo que el que no quiere oír, ni más ciego que el que no quiere ver.

Y lo que sí voy a decir hoy, aunque no sea escuchado porque ya hay una consigna de modificar la ley, sí quiero que quede registrado en el Diario de Debates, para que precisamente sirva de argumentación jurídica la ilegitimidad de la Sesión del día de hoy; una Sesión que debe ser declarada inexistente; por tanto, todos los que estamos aquí hoy, no tenemos ninguna razón jurídica de actuación. Precisamente esa fue una de las razones del 96, y muy alegremente cuando se quieren violentar las normas que nos rigen a nosotros mismos, mi querido amigo, así es. Sí existimos, pero el ser humano es el único capaz de actuar con irracionalidad; esa es la ventaja que tenemos los seres humanos, el poder actuar con irracionalidad, y precisamente esa es una de las actuaciones del día de hoy.

Quiero recordar los hechos: Cuando vio el señor Presidente que la Sesión de hace dos días quedó interrumpida a la altura de casi la una y pico de la tarde, -porque don Eliseo Núñez, muy inteligentemente comenzó a romper el quórum- coincidente con la Bancada del Frente Sandinista. Es más, yo no sé si Eliseo se me estaba anticipando y haciéndome el trabajo, lo cual le agradezco mucho, y al no haber quórum, no tuvo más el Presidente, de acuerdo al artículo 14 del Reglamento que suspender la Sesión porque no había quórum. Y en la inexperiencia -O no sé- del Presidente, dijo: "Se suspende la Sesión y se convocará por telegrama". Consta en el Diario de Debates que tenemos certificado.

Sorpresa mía, cuando a las dos de la tarde me doy cuenta que por decisión unipersonal del Presidente, marcó fecha y hora para el día de hoy, y dijo: "Manden telegrama para convocar a todo mundo a la Sesión, para el día jueves a las dos de la tarde". Primer error. El artículo 27 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, ley interna, porque es ley que fue aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, sancionada por el Presidente de la República y publicada en La Gaceta, Diario Oficial, ese Estatuto que establece las funciones del señor Presidente, en ningún momento le autoriza a él a convocar Sesiones, ni a determinar la continuidad por sí mismo en día y hora determinada.

Porque sus funciones están determinadas en el artículo 28, y en el artículo 28 no dice absolutamente nada de eso, y nuestra Constitución de la República dice Que ningún funcionario tiene más funciones que las que exclusivamente la Constitución y las leyes de la República le den. Y además la práctica, así lo establece el artículo 27, que es la Junta Directiva la que tiene esa facultad. Es más, honorables Diputados, si ahorita nos retiráramos cuatro de los miembros de esta Junta Directiva, la Sesión no podría continuar porque quien preside y dirige las sesiones del Plenario no es el señor Presidente, es la Junta Directiva, que es un cuerpo colegiado de siete miembros.

Y eso lo hemos respetado todo el tiempo; sin embargo, yo no sé si hoy, por un desliz o a lo mejor el señor Presidente quería que entráramos en esta ilegalidad para evidenciar que es un Martín Aguado el que debe ser electo, porque de los que se ha rumorado ahí (Martín, Wong) hombré, el único que reúne los requisitos de ley es don Carlos Siles, que ha venido aquí a acompañarnos, es el único de los que se ha rumorado, y además porque todavía no tenemos ternas.

El día de hoy se acaba de modificar aquí una ley, para permitir después que don Martín Aguado, que parece ser, Diputado Bravo, que fue el que pagó el almuerzo del Inter, no con los impuestos sino con el dinero de los asegurados, porque no fue la bancada liberal la que lo pagó, mucho menos la Asamblea Nacional, que no tiene presupuesto para esas cosas.

Entonces fue don Martín Aguado quien generosamente mandó el almuerzo del Inter Continental para que pudieran estar aquí cumplidos los 49 Diputados que hicieron el quórum. Pero además de la convocatoria ilegal y la convocatoria por telegrama -está su caso, en donde no le ha llegado su telegrama, y así tengo varios casos-. Pero además, no se nos citó con tiempo. Hay honorables colegas Diputados que les llegó hasta hoy el telegrama, y tengo la certificación de ENITEL, de los días y la hora de entrega, que también va a constar en el recurso de esta ilegalidad.

Vamos a hacer este acto con la claridad que ustedes están haciendo un acto de ilegalidad y de inexistencia, para tratar de elegirlo el próximo martes; y desde ya les aviso, van a ser convocados, honorables Diputados; prepárense para venir el próximo martes a sesionar, pues todo esto no tendría sentido si no vienen el martes de nuevo, para que con 48 votos elijan al señor a don Martín Aguado. Entonces tienen que venir hoy, y por favor, vengan el próximo martes para cumplir: lo que tienen que cumplir, elegir a alguien por el que hoy están reformando la ley, para elegirlo el martes.

Pero el martes se van a encontrar con otro problema, que no sé cómo van a solucionarlo, un candidato que sigue siendo inelegible, porque es un candidato que no le han suspendido, porque no está en la Reforma que sea solvente con el Sistema Financiero Nacional.

Entonces van a tener que venir el martes a como vinieron hoy, y para que no lo olvide, señor Presidente, hay que citarlos cuando suspenda la Sesión, el martes a las nueve de la mañana, para que mañana que estemos en Directiva, aún sin haber publicado la reforma en La Gaceta porque no creo que haya tiempo, usted va a someternos las ternas donde los propuestos todavía no pueden ser, porque no se ha modificado la ley.

Y mañana usted nos va a proponer en la Directiva a Martín Aguado, para una reforma que se hace hoy, que mañana no va a estar vigente y que usted va a querer que la Junta Directiva la apruebe y le envíe a Agenda.

Ese es el camino de forzar a que entre un camello en el ojo de una aguja, porque es más fácil eso; es decir, eso es lo que estamos haciendo, forzando la entrada del camello. Pero, nos preguntamos: ¿Cuál es la razón verdadera en todo este esfuerzo galopante contra tiempo e irregularidad, ilegalidad tras ilegalidad? Hombré sólo tiene una solas razón, y es por lo único que me satisface estar aquí: es una aceptación anticipada de la derrota electoral del 4 de Noviembre.

Porque si ustedes estuvieran convencidos de que van a ganar el 4 de Noviembre y ustedes van a ser los mismos Diputados después del 4, -y les recuerdo que ustedes tienen trabajo hasta el 9 de Enero del próximo año-, no vemos ninguna lógica humana entendible para hacer todo de esta forma atropellada. La única razón es que ya el partido de ustedes que les ha pedido venir aquí en contra de la campaña que tienen que hacer, estén aceptando anticipadamente la derrota electoral. Y tengan miedo, que ante una correlación diferente externa -porque interna sigue la misma- ustedes quieran dejar ya anclado a don Martín Aguado con estas ilegalidades.

Pero no sólo lo van a dejar anclado, lo van a dejar mal anclado, lo van a dejar mal electo, lo van a dejar de una forma irresponsablemente electo para manejar un proyecto que deberían de cuidarlo más, porque es el proyecto de sus nietos.

Muchas gracias, colegas Diputados.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

Muy buenas tardes, honorables Diputados.

Los dos Diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, han sido abundantes en argumentos jurídicos para declarar en todos los extremos la ilegalidad en la convocatoria de esta Sesión; es por eso que por respeto a la misma concurrencia, por respeto al mismo Plenario de esta Asamblea Nacional, no profundizaré en una serie de detalles que pueden aún soportar más los argumentos de esta Sesión absolutamente irregular. Realmente, cuando nosotros observamos este cuadro, este triste cuadro de los últimos días de esta Asamblea Nacional, lo único que provoca es mucha lástima, puesto que no fuimos capaces como Diputados de honrar el hemiciclo de esta Asamblea Nacional, que de principio debería de ser el lugar sacrosanto donde concurran los intereses populares, que para eso fue concebido en la Constitución.

Pero tampoco fue posible, y ya no es posible a estas alturas del campeonato. Porque me hubiera sentido más satisfecho, si antes de llamar a Sesión para tocar este tema, primero nos hubiéramos metido en el debate sobre la discusión que tiene casi siete meses en la Agenda Legislativa, sobre la reforma a la Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, donde en alguna medida, para paliar los efectos negativos de la privatización del sistema, se le daban una serie de beneficios a los ancianos en este país. Y de alguna manera se hubiera justificado la presencia de los honorables Diputados en esta Asamblea Nacional. Pero no fue así desgraciadamente no fue así.

Yo conozco de muchos Diputados liberales que están en esa bancada, a los cuales les tengo profundo respeto y que entre ambos hemos tenido una amistad de años; es una verdadera pena que las circunstancias y los acontecimientos los envuelvan en una vorágine tan triste. Pero sucede, honorables Diputados, que el día de hoy quisiera aprovechar este inocuo debate, porque al final del cuento se sabrán, ya se saben sus resultados para decirles, no sólo sobre la legalidad o ilegalidad, porque al final del cuento el funcionario que salga electo de una reforma aprobada en una Sesión ilegal se convierte en un funcionario putativo.

Porque eso es lo que será el funcionario que salga aprobado de esta Reforma, un triste funcionario putativo, mientras una nueva Asamblea Nacional con dignidad venga y realmente formule el correcto proceso de formación de la ley, y haga un nombramiento por probidad, por capacidad, por conocimiento, por experiencia y por amor a la Patria; lo hará el nuevo Parlamento Nacional estamos seguros que lo va a hacer un nuevo Parlamento Nacional; le quedan los días contados en ese cargo putativo a la persona que salga electa.

Pero quiero aprovechar ahorita que los medios de comunicación se encuentran presentes para denunciar -como en efecto denuncio- que obra en mi poder en las diferentes Gacetas, Diario Oficial, acuerdos presidenciales donde se plantea la compra de bonos del Tesoro del Estado de la República de Nicaragua. ¿Y saben quién compra más de 200 millones del Tesoro, para supuestamente provocar liquidez en las arcas del Estado: el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, que en este momento está siendo manejado por Martín Aguado.

Cuando nosotros venimos aquí y nos opusimos a la reforma al Sistema de Pensiones, el gran argumento que ustedes tenían en esos escaños y que Martín Aguado defendió en esa esquina, es que ya no querían que el INSS siguiera siendo caja chica de los gobiernos de turno, y por eso se privatizaba el Sistema; ustedes mismos lo dijeron, y Martín Aguado ahí lo dijo también. Y ahora, por Acuerdo Presidencial se están sustrayendo más de 200 millones de córdobas para la compra de bonos del Tesoro, para supuestamente darle liquidez al Estado de la República de Nicaragua, en un abierto y brutal contrasentido, manoseando el dinero de todos los cotizantes del Instituto Nicaragüenses de Seguridad Social.

Ese es el funcionario por el cual ahora todos ustedes, honorables Diputados, están poniendo en entredicho la facultad parlamentaria de legislar por el pueblo. Yo creo que su presencia aquí es digna de mejores líderes, y yo no hablo al peso de la lengua porque ustedes me conocen, cada vez que yo digo algo lo fundamento con la Constitución y con las leyes, y yo puedo demostrar que en La Gaceta, Diario Oficial, aparece el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y también INISER comprando bonos del Tesoro del Estado, para provocar liquidez en el Estado. ¿Ese tipo de funcionario es al que ustedes quieren llevar ahora a la Superintendencia de Pensiones?

Señores, por dignidad, por amor propio y por amor a la Patria, por amor a los cotizantes, por amor al pueblo y por amor a un proyecto de Nación, abran los ojos, abran los ojos, porque a quien pretenden incorporar ahí, es un mentiroso, vino a decir aquí que no quería que el INSS siguiera siendo caja chica y continúa siendo caja chica en acuerdos Presidenciales que están ahí en La Gaceta, Diario Oficial. Y yo no voy a mentir en semejantes cosas, porque mi prestigio está de por medio.

Así que, honorables Diputados, una vez estando claro sobre la ilegalidad del acto, sobre la inconstitucionalidad del mismo, pero lo más importante, sobre la falta de capacidad, de principios, honorabilidad y falta de amor a la Patria, condeno los extremos de los resultados de esta Sesión Plenaria, y ojalá que por un poquito de amor propio, de esas ternas desaparezca el señor Martín Aguado.

Muchas gracias, y buenas tardes.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Adolfo Calero Portocarrero.

DIPUTADO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO:

Muchas gracias, señor Presidente.

Cuando en esta Asamblea, se eligió como Magistrado de la Corte Suprema al Doctor Iván Escobar, escuchamos esos mismos argumentos: que estábamos contra la ley, que estábamos irrespetando la ley, que iban a presentar un amparo en contra de esa elección, elección que ha sido aplaudida por el pueblo nicaragüense. En esta ocasión hemos venido a reformar una ley que en su momento fue mal concebida, mal escrita o no se dieron cuenta de lo que contenía el artículo 16; y es cierto, hubo miembros de esta Asamblea a favor de exponer esas limitaciones. Es entendible que haya limitaciones para cargos de elección popular, los cuales están en la Constitución, que están en la ley.

Pero es inconcebible que haya limitaciones a la potestad que tiene esta Asamblea, para elegir a funcionarios como es el caso del Superintendente de Pensiones, sea quien sea. Hace un rato dijeron que había en esta Asamblea candidatos Diputados que podían ser candidatos para la Fiscalía General de la República, un puesto muy importante para el país. Sin embargo, esa ley no prohíbe que miembros del Poder Legislativo sean electos para esa posición; no prohíbe a la Asamblea elegir a la persona idónea, a la persona adecuada, y por ende se tienen candidatos o precandidatos o aspirantes en esta Asamblea a ocupar el cargo de Fiscal General de la República.

No hay razón por la cual se pongan esas limitaciones a la Asamblea. Es a la Asamblea las limitaciones, esta ley atenta contra la potestad de la Asamblea. Podrán tener otras consideraciones, pero para mí la consideración principal es ésa, a la Asamblea no se le puede amarrar, no se le puede prohibir. Esto es más o menos como la propuesta que hizo Agustín Jarquín, de desmilitarizar una parte del Río San Juan ¿Qué quiere decir eso? Que el Ejército de Nicaragua, llamado a defender la soberanía, llamado a defender la integridad territorial, no podría circular en esa parte militarizada del Río San Juan, le estaría prohibido, y el Río San Juan es una parte vital del territorio nacional.

Lo mismo se está haciendo ahora, prohibiendo esta ley, prohíbe a la Asamblea que elija a la persona idónea para ocupar el cargo. ¿Por qué? Porque esa persona no renunció seis meses antes. Y ese es mi argumento principal, no está en las consideraciones, no está en el dictamen que hizo la Comisión Económica, pero es una consideración que yo quiero que compartan todos los señores Diputados, que estoy seguro van a estar de acuerdo. Así es que yo no veo que esos argumentos que ha presentado la bancada sandinista sean legítimos.
Ahora, en cuanto a que el Seguro Social facilite a este Gobierno salir adelante en situaciones de crisis; que una institución nicaragüense apoye a otras instituciones nicaragüenses, para salir de problemas, para salir de crisis...

Por un lado critican que no hay suficiente medicina, no hay suficiente esto, que no hay plata para el café, que no hay plata para tal, que no hay plata para cual, y quieren amarrarle los brazos para que una institución que es también del Estado apoye a otra institución del Estado, apoye a los nicaragüenses a salir del problema. Ahora ya no es como en los años 80, que este país quedó endeudado o lo endeudaron en 12 mil millones de dólares y están pichicateando 300 millones de córdobas o algo así. No veo yo, no conjugo yo esas distintas actitudes. Yo estoy a favor, de esta Reforma, pido que sea aprobada. Y una última consideración: La Constitución de los Estados Unidos, la Constitución más vieja, más antigua escrita, ha sido enmendada o ha sido reformada veintidós veces.

Hay leyes que aunque las cree esta misma Asamblea, que al nacer nacen obsoletas, que al nacer nacen con equivocaciones, con errores, ahí tenemos la Ley 285, contra los Estupefacientes y las Drogas, esa ley va a ser reformada próximamente ¿Por qué? Porque no contempla, no considera una serie de factores que hay que tomar en cuenta para poder aplicar la ley en contra del narcotráfico, en contra del lavado de dinero, etc., etc. etc.

Muchas gracias, y espero pasar esta ley por las razones que acabo de exponer.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Víctor Hugo Tinoco.

DIPUTADO VICTOR HUGO TINOCO:

Gracias, señor Presidente.

Aparte de que suscribo completamente la valoración de carácter jurídico que hicieron los compañeros de la bancada sandinista que me han precedido, sobre la ilegalidad e ilegitimidad de este procedimiento, de esta convocatoria, y por ende de la elección que piensan realizar la próxima semana, yo he estado tratando de indagarme qué es lo que hay detrás de esta corredera. Y tratando de ser constructivo, uno dice, bueno, a lo mejor es que a los muchachos estos del Gobierno, del área financiera, que son buenos alumnos del Fondo Monetario Internacional los están presionando y les dijeron que ya deben cumplir -porque eso es parte del plan interino que tiene amarrado el Gobierno con el Fondo Monetario Internacional- y que hay que elegir ya, porque si no se incumple el plan interino y entonces le va a ir mal a este país.

Tratando de ser indulgente, me ponía a pensar que a lo mejor era esa la razón por la cual están pegando estas carreras tan desaforadas, porque está fuera de toda la experiencia anterior. Pero yo he estado leyendo el plan interino que firmó este Gobierno, y que es el marco económico que rige ahorita -que se supone que rige ahorita- nuestro país, y en ese plan interino entre el Fondo Monetario Internacional y el Gobierno de Nicaragua, hay un conjunto de medidas macroeconómicas y un conjunto de medidas de reformas estructurales del Estado.

Efectivamente, dentro de las reformas estructurales del Estado, en este documento, en el número 19 dice lo siguiente: "En el último trimestre del 2001, será introducido un sistema de pensiones de cuentas individuales manejado por el sector privado.

Para tal fin, la Superintendencia de Pensiones otorgará las licencias de operación para el manejo de los fondos en Noviembre" dice el acuerdo interino. Esto a mí me lleva a pensar que a lo mejor era con esto que estaban tratando de cumplir y que no querían aceptar el plan interino. Pero cuando yo me pongo a revisar el calendario, inclusive de este compromiso estructural, que es lo del Fondo de Pensiones; yo me encuentro que ya está totalmente desfasado y totalmente incumplido. Yo encuentro que en el cuadro número tres, en las Reformas al Sector Público, cuando habla de las Reformas al Sistemas de Pensiones, dice: "Establecer y hacer operativa la Superintendencia de Pensiones, fecha: Agosto del 2001".

Está desfasado totalmente, ya no pudo este Gobierno cumplir el plan interino con el Fondo Monetario Internacional, tenían que haber hecho esto en Agosto del 2001, ya estamos a finales de Octubre y no lo han cumplido. Entonces, ¿cuáles son las carreras para hacerlo ahorita en carrera y no dentro de quince o veinte días? Si ya en la misma reforma estructural de la Reforma del Sistema de Pensiones tiene cuatro meses de desfases; ya en aspectos esenciales de la reforma del Estado se ha incumplido. Vean los otros aspectos: Cambiar ENEL, vender la planta generadora, fecha: Agosto del 2001. Totalmente incumplido, no se ha podido vender, ni se va a poder vender, creo yo, la planta generadora.

Es decir, los compromisos que el Gobierno asumió con el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, para cumplir este acuerdo interino, este acuerdo macroeconómico, ya está en sus aspectos estructurales totalmente incumplido y totalmente desfasado.

Y si te retirás de los aspectos superestructurales y te vas a las políticas macroeconómicas y empezás a ver cuáles son los compromisos que este Gobierno adquirió con el Fondo Monetario Internacional, en términos de políticas macroeconómica, en el compromiso número 14 de las políticas macroeconómicas dice:

"El Programa establece como meta un incremento en las reservas internacionales de 50 millones de dólares en el 2001 (en el año que estamos),lo que implica -dice el compromiso- un incremento de cerca de 170 millones de dólares durante el segundo semestre, asumiendo la eliminación de la deuda doméstica flotante. Estas metas -dice son consistentes con los reportes planteados en el gasto, y van a hacerse en base a los ingresos de privatización estimados en 115 millones de dólares. Están estimando para este segundo semestre, ciento quince millones de dólares en privatización y desembolsos externos del BID, del orden de los 80 de dólares.

¿De dónde va a agarrar este Gobierno 115 millones de dólares en este segundo semestre? No hay forma que cumpla, está totalmente incumplido este Programa, no sólo desde el punto de vista de las reformas estructurales del Estado y de las instituciones, sino también desde el punto de vista de las metas macro económicas, de las políticas macroeconómicas totalmente incumplidas; no hay forma. Aunque se vendiera ENITEL, son 30 millones los que van a entrar con ENITEL, independientemente del problema jurídico que hay detrás de éso, son 30 millones de dólares. ¿Dónde salvás la diferencia de 85 millones de dólares para cumplir con este programa macroeconómico que tenés con el Fondo Monetario Internacional?

¿Qué quiero decir con esto? Que esto ya está incumplido, que esto ya no es referencia. Entonces, ¿por qué corren? ¿Cuál es la carrera para reformar ahorita esto? ¿Cuál es la carrera para elegir a Martín Aguado? No es un compromiso con los organismos internacionales; por lo tanto, no es presión de los organismos internacionales que elijan a Martín Aguado ahorita. Es necesidad política -como decía Edwin anteriormente-, es simple y sencillamente necesidad política partidaria. Saben que van a perder, y aun si no perdieran, tienen temor que después del 4 de Noviembre, teniendo el Frente Sandinista cuarenta o cuarenta y cinco Diputados, aunque aquí sigan sólo treinta y cinco sandinistas, se les puede descomponer la correlación de fuerza y los que son sus aliados ahora, no van a votar por ustedes y no van a poder elegir a Martín Aguado.

Simple y sencillamente es interés politiquero partidario. Es una lástima que estemos jugando con esa lógica y con esa dinámica, cuando el tema de las pensiones, el dinero de los ahorrantes, el dinero de los cotizantes que son cientos de millones de dólares, es sumamente delicado.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Eliseo Núñez.

DIPUTADO ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ:

Presidente.

Me refiero al alegato que hacía don Edwin Castro, con respecto a la convocatoria para la continuación de esta Sesión. Yo quisiera decirle a don Edwin que se equivocó en el artículo, no es el 128 es el 28. Y yo quisiera decirle que el Estatuto General de la Asamblea, en su artículo 28, no 128, como está señalado en la carta que él envió- señala dentro de las funciones del honorable señor Presidente de la Asamblea Nacional, "dirigir las Sesiones de la Asamblea Nacional".

El Reglamento Interno, en concordancia con la anterior disposición, en su artículo 13 dispone que "Una Sesión podrá suspenderse a juicio del Presidente, quien determinará día y hora en que debe de reanudarse. No es la Junta Directiva, señores.

"Para suspender, la Sesión, el Presidente usará la frase, "Se suspende la Sesión", y para reanudarla, dirá "Continúa la Sesión". Vaya al Diario de Debates, don Edwin, y va a ver que don Oscar Moncada cumplió con estas palabras sacramentales, porque cuando suspendió la Sesión lo que dijo fue literalmente: "Las dos bancadas rompieron quórum", ¿Qué vas a estar comprobando si no hay quórum? Se suspende la Sesión, se avisará por telegrama"; no dijo "se convocará", "se avisará", y en ninguna parte del Estatuto señala, señor, que tienen que darse las cuarenta y ocho horas. ¿Sabe para qué tienen que darse las cuarenta y ocho horas? Cuando hay Adendum, cuando hay nuevos puntos a discutirse, cuando hay documentación parlamentaria que hacer llegar.

Aquí es simple y llanamente la continuación de la Sesión suspendida el lunes; por lo tanto, no tiene ningún asidero legal. Y a don Wálmaro quisiera decirle, que está señalando "desvíos para la compra y sustentar los fondos de reserva del Estado, de los bonos del Estado, señor, ¿sabe usted cuánto paga el INSS para hacer política partidaria al Frente Sandinista al año? ¿Sabe cuánto es la carga que el Frente Sandinista le dejó a todos los trabajadores y a los empleadores para quedar bien con su membresía? 240 cuarenta millones de córdobas al año. Hay actualmente más de cuarenta mil pensionados no contributivos que significa una erogación del aporte de la patronal en 1.5 por ciento del aporte de la patronal para sustentar a los cuadros políticos del Frente Sandinista.

Señores, estaba bien si querían ayudar a sus correligionarios, pero lo hubieran hecho de las partidas de los fondos del Estado, haciéndole traslado y no usando esas partidas para el Ministerio de Defensa, que dejó enjaranado al país.

Y van a pasar quince años, don Edwin, para que esta enorme carga que Reinaldo Antonio Téfel, cuando metió cincuenta mil pensionados del Frente Sandinista, a cargo de los actuales trabajadores para quebrar el Seguro Social, pase para que se pueda limpiar el Seguro. ¿Por qué no lo señalan? ¿Por qué no lo dicen? ¿Quiénes son los mayores depredadores del Seguro Social, Sino es el Frente Sandinista?

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Ultimo orador anotado, tiene la palabra Emilio Márquez Acuña.

DIPUTADO EMILIO MARQUEZ ACUÑA:

Gracias, Presidente.

Realmente que oyendo a los colegas Diputados sandinistas, es asombroso el cinismo, veo y oigo al colega José Bravo, que nos amenaza con los Jueces, nos dice asaltantes; con una gran boca dice "asaltantes"; y yo bajo mi memoria y desde que me inicié como líder sindical, llevo treinta y cinco años y nunca oí a José Bravo -tal vez será que viene del fondo de la montaña-, nunca lo oí hablar por los trabajadores; mucho menos a Wálmaro que sale del colegio a la Asamblea. Ya lo decía el Doctor Eliseo, si el gran destructor del Seguro Social fue el sandinismo.

¿Dónde están los hospitales? Dónde están las policlínicas, dónde está la atención que se le daba al que cotizaba? Simplemente aplicaron el igualitarismo vulgar, y entonces crearon el Sistema Unico de Salud y desapareció el Seguro como por arte de magia. Ya lo decía el Doctor Eliseo Núñez, el señor Reinaldo Antonio Téfel, que fue Diputado, lo acabó de arruinar, lo quebró. ¿Y por qué el escándalo del Diputado Bravo cuando dice: "¡Y, qué barbaridad, qué horror!, Primera vez en cinco años que estamos sesionando en la tarde. Bueno, porque hasta ahora es Diputado. Yo fui Diputado cuando Doña Violeta, y entrábamos a las nueve de la mañana y salíamos a las tres de la madrugada. ¡Ideay!, si para eso nos pagan aquí.

¿Y cuál es el alboroto con la ley? Si se trata de reordenar una ley, bueno, la aprobamos le dejamos ese artículo y que ahora es necesario reformarlo, y "las cosas a como se hacen en Derecho -dicen- así se deshacen. Entonces, yo no le veo cuál es el escándalo. ¿Y cómo es que dicen que han cambiado? El señor Bravo está distorsionando el discurso de Daniel, porque yo no veo que ha cambiado, si aquí nos está amenazando y nos están diciendo que esperemos después del 4 que ganen. Esas amenazas no abonan a nada.

Yo creo que lo que ha cambiado es el lila, el chicha, el color, ahora son multicolores, ahora son arco iris, y yo creo que eso está influyendo en Toño Lacayo, porque Toño Lacayo también ya sacó su arco iris. Bueno, está bien, yo creo que es justo y necesario reformar la ley, para que se vaya a elegir al Superintendente, que es Martín Aguado, o cualquiera que sea, a alguien tenemos que elegir. Y por qué no "clavean" cuando elegimos los Magistrados del Consejo Supremo Electoral? Son Magistrados sandinistas. ¿Por qué no "clavean" cuando elegimos en la Corte Suprema, a los Magistrados también? Ve, yo creo que es pura "cháchara" lo que están diciendo ellos.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

Vamos a lo particular.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.1 Se reforma el artículo 16, numeral 1, de la Ley Número 388, "Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones", publicada en La Gaceta Nº 85 del 8 de Mayo del corriente año, el cual se leerá así:

"Arto. 16...1)Los funcionarios y miembros del Poder Judicial y del Electoral, salvo que hayan renunciado a dicho cargo seis meses antes de su elección, así como los cónyuges y parientes de éstos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad..."

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

Tiene la palabra José Bravo Moreno.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Ultimo orador, Maximino Rodríguez.

DIPUTADO JOSE ERNESTO BRAVO MORENO:

El argumento sigue siendo el mismo, yo creo que tema es el de fondo y que después van a manosear la voluntad de los Diputados liberales, incluso yo creo que es un irrespeto para ellos. Aquí hay unos cuantos que se creen los genios y a los Diputados simplemente los han usado, les voy a poner el ejemplo de Luis Durán. A Luis Durán lo trajeron para que fuera la solución de las propuestas de lucha contra la pobreza; 23 mil 500 dólares mensuales pagados a una persona y el pueblo sigue peor. Yo creo que aquí ya los tiempos pasaron. Es decir, que Martín Aguado es lo último que tiene Nicaragua para asumir esta Superintendencia de Pensiones.

A mí me parece realmente un irrespeto a la inteligencia de los nicaragüenses, pero sobre todo a la inteligencia de los Diputados liberales.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Miguel Casco González.

DIPUTADO MIGUEL CASCO:

Gracias, señor Presidente.

Creo que es bueno ubicarnos en lo que estamos discutiendo, porque a veces pareciera que estamos queriéndole cambiar, escucho algunas discusiones que pareciera que lo que está en discusión es cambiar la bandera de Nicaragua o el nombre del país. Estamos de cara a la reforma de un inciso, de un artículo de una ley ordinaria, donde el contenido de la misma sigue igual, y donde la Bancada del Frente Sandinista participó en la discusión y aprobación de esa ley; el contenido de la misma sigue igual, al grado que no podrán optar a este cargo funcionarios del Poder Judicial y el Poder Electoral; el resto de funcionarios si pueden optar.

O sea, se mantiene aún con la reforma, el hecho de que los funcionarios del Poder Judicial y el Electoral no pueden participar como candidatos a un cargo, el resto sí, es lo que está en discusión. Por supuesto, es comprensible la rasgadura de las vestiduras de los colegas de la bancada del frente. Me sorprendió mucho escuchar al Diputado Wálmaro Gutiérrez, cuando hablaba de que "en este sacrosanto altar de la Patria" -refiriéndose al hemiciclo- se han hecho muchas cosas". Efectivamente comparto con él que en este Poder del Estado quienes han confundido la impunidad con la impunidad, han mancillado este poder del Estado al estar aquí desde esta Asamblea.

Por lo tanto, creo que es correcto que se esté discutiendo en este momento y no creamos que es un asunto determinante, es la reforma de un inciso, de un artículo de una ley ordinaria que mantiene su contenido, y salva y preserva el hecho de que los funcionarios del Poder Judicial y del Poder Electoral, a menos que renuncien con seis meses de anticipación, podrían optar a ese tipo de cargos.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Maximino Rodríguez.

DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:

Muchas gracias, señor Presidente.

Es para recordarle al Diputado Bravo, que simplemente estoy cumpliendo con la citatoria. A mí se me mandó un telegrama para sesionar hoy, y creo que es nuestra obligación comparecer ante el Plenario a cumplir con el mandato del pueblo. De tal manera que simplemente, me parece a mí, que es un poco irresponsable, perverso, un individuo que dice haber sido sacerdote de este país, ¿cómo sería cuando predicaba el Evangelio. Aquí podemos hablar muchísimas cosas que no nos gustan, pero me gustaría que verdaderamente seamos sinceros en nuestro diálogo, conversación o debate.

Aquí se atribuyen los izquierdosos de Chile, que son los precursores, o los que salvaron a Chile del colapso económico que estaba allá en el 70, y no se dan cuenta que fue el mismo dictador Pinochet, que sacó de la crisis económica a este país, con la Administradora de Fondos de Pensiones y que ahora administran 39 mil millones de dólares. Pero tienen ellos un "spot" en la televisión queriendo engañar al pueblo, diciendo que la Convergencia allá en Chile ha dado resultado. Siempre se han caracterizado por la demagogia y la mentira, y eso lo comprobamos aquí, cuando un señor que dice haber sido sacerdote quiere tergiversar una función legislativa que nos compete a todos nosotros.

En consecuencia, quiero invitarlo para que venga a legislar cuando le convoque la primera Secretaría. Si vemos los aspectos jurídicos, nos damos cuenta que ese artículo 28 establece cuándo el Presidente puede citar a la continuación de la Sesión, y bien decía Eliseo aquí, que si hay cosas nuevas, es necesario que a los legisladores se les presente tal situación, con cuarenta y ocho horas de anticipación y no en una continuación viendo los mismos temas que se quedaron pendientes. De tal manera, Diputado Bravo, lo invito a usted, que yo se que es un político frustrado, porque recuerdo cuando usted andaba en la consulta popular -entre comillas,- cuando ni los mismos sandinistas de Estelí lo quisieron apoyar para que se reeligiera.

Por eso, pues, yo creo que es de reconocer su preocupación y quiere atacar a quienes estamos corriendo como candidatos. Pero yo quiero decirle que tengo mi frente en alto y que cumplo con mis obligaciones, hoy vengo aquí a sesionar porque me han citado.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación el artículo primero.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 2 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

Tiene la palabra Ariel López López.

DIPUTADO ARIEL LOPEZ LOPEZ:

Gracias, señor Presidente.

Yo solamente quiero reformar el artículo 2, que dice, deberá leerse así: "La presente ley entrará en vigencia al momento de su publicación en cualquier medio de circulación nacional, sin perjuicio de su ulterior publicación en el Diario Oficial La Gaceta".
Paso la moción.

Está bien escrito, así es. Para que no se preocupe usted, don Edwin.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tráigame por favor la moción, Diputado.

Se va a someter a votación la moción del Diputado Ariel López, y si quiere mejor la lee, por favor, Secretario.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

El artículo 2, deberá leerse así:

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿En sustitución del artículo 2?

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Sí.

El artículo 2 deberá leerse así: "La presente Ley entrará en vigencia en el momento de su publicación en cualquier medio de circulación nacional, sin perjuicio de su ulterior publicación en el Diario Oficial La Gaceta."

Por favor, un poquito de respeto y de silencio. El dice que debe ser en un Diario de circulación escrito. Se lo pongo, pero no hagan alboroto. Escrito, ya está, yo les entiendo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación la moción que sustituye el artículo 2, por esta moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobada la moción que sustituye el artículo 2, y así toda la ley.


SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Aprobada esta ley, vamos a pasar al Adendum Nº 5, vamos a ver lo de Bosawás. La Ley de Demarcación de Bosawás, es leer, leer y leer.

Bueno, la Directiva decide que no vamos a leer esa ley.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

La Directiva decide que se suspende, la Sesión, y se cita para el próximo martes a las nueve de la mañana.





























CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

BAYARDO ARCE CASTAÑO
MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
EDWIN CASTRO RIVERA
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
JOSE MANUEL ESPINOZA CANTILLANO
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
MARIO JOSE GUTIERREZ VASCONCELOS
SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
REYNALDO LAGUNA MAIRENA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
ARMANDO ISIDORO LOPEZ PRADO
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
ANTONIO RIZO ZAMORA
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
WINSTON SIMPSON GAYLE
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
LEONEL TELLER SANCHEZ
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY URCUYO MALEAÑOS
NOEL VALDEZ RODRIGUEZ
AUGUSTO VALLE CASTELLON
DAMASO VARGAS LOAISIGA
SAUL ZAMORA DICARIO
LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

Constatación del quórum: 65 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Continúa la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a iniciar con el Adendum N° 8, punto I: PRESENTACION DE LEYES. 1.29: LEY DE FOMENTO Y PROMOCION DE LA CINEMATOGRAFIA Y LAS ARTES AUDIOVISUALES.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Managua, 10 de Octubre de 2001.


Doctor
Pedro Joaquín Ríos
Primer Secretario
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Sus manos.

Estimado Doctor Ríos:

Por medio de la presente nos permitimos presentar ante la honorable Junta Directiva de la Asamblea Nacional, para ser sometido ante el Plenario, el Anteproyecto de Ley de Fomento y Promoción de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales", el cual adjuntamos y que consta de: Exposición de Motivos; Anteproyecto de Ley.

Agradeciendo su amable atención, nos suscribimos enviando nuestras mejores muestras de consideración y respeto.
Atentamente,
EXPOSICION DE MOTIVOS

La necesidad de normar la actividad cinematográfica y audiovisual nace con los primeros artistas nacionales, los que utilizando las nuevas técnicas a su disposición, han venido expresando y proyectando la identidad y la cultura nacional en distintos escenarios. Dentro de la evolución del arte cinematográfico y audiovisual nicaragüense nos podemos remontar a casi medio siglo de historia, período durante el cual, se han ido plasmando y conservando, independientemente del soporte material, algunos fragmentos de nuestra historia; así como, acumulando una serie de producciones que constituyen una variada muestra de la expresión artística nicaragüense. Nicaragua cuenta con una de las filmografías más extensas en el área centroamericana, lo cual ha contribuido a una mayor difusión de la realidad y la cultura nicaragüense, tanto dentro como fuera del país.

En lo referente a la actividad cinematográfica y audiovisual, en virtud de la Ley existe una protección determinada en la Carta Magna. La Constitución en su artículo 30 establece que "Los nicaragüenses tienen derecho a expresar libremente su pensamiento en público o en privado, individual o colectivamente, en forma oral, escrita o por cualquier medio". En su artículo 127, establece que "La creación artística y cultural es libre e irrestricta". Dice también que "El Estado procurará facilitarles los medios necesarios para crear y difundir sus obras y proteger sus derechos de autor". Encontramos también que en Septiembre de 1979 se dio la creación del Instituto Nicaragüense de Cine, por medio del Decreto N° 100 de la Junta de Reconstrucción Nacional de la República, sin embargo este Instituto dejó de funcionar desde inicio de los años noventa.

En 1987, se funda la Asociación Nicaragüense de Cinematografía denominada como ANCI, con el objeto de fomentar dentro del marco jurídico del país, la creación y el desarrollo de la cinematografía nacional en todas sus formas. Los cineastas y artistas audiovisuales nacionales han venido consolidando su estructura gremial; así como, sentando las bases de un movimiento de productores independientes, que les ha permitido continuar trabajando en esa profesión a pesar de enfrentar una situación muy adversa y no contar con ningún tipo de apoyo de las estructuras del Estado.

ANCI ha estado siempre pendiente de la regulación y protección de esta actividad, es así como fundamentados en el hecho de que la cinematografía no fue tomada en cuenta dentro de los códigos vigentes, los que datan de inicios de siglo. En Enero de 1989, por medio de su representante legal, proponen ante la Honorable Asamblea Nacional a que se inste al Poder Ejecutivo a suscribir la revisión a la Convención Universal sobre Derechos de Autor de París de 1971 y también para que se elabore un Proyecto de Ley de Derechos de Autor en Nicaragua, propuesta que fue aceptada y que vino a concretizarse con la promulgación de la Ley N° 312, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del 31 de Agosto de 1999. Hemos visto cómo el gremio de los cineastas ha venido a beneficiar a todo el sector artístico y creativo del país con esta iniciativa.

Este Anteproyecto de Ley, permitirá sentar las bases legales para que el país cuente con las normas necesarias y suficientes, que faciliten la creación de instancias para la promoción sostenida del arte y de la industria cinematográfica y audiovisual. El hecho de que cineastas se hayan puesto al frente de la elaboración de este Proyecto de Ley, les permite ofrecer soluciones a los problemas más apremiantes que afectan a este sector en la actualidad y proponer un proyecto de futuro que fomente y promueva esta expresión artística y desarrollar esta industria.

Esta propuesta ha sido concretizada, gracias al apoyo oportuno y decidido del organismo HIVOS de Holanda, quienes han brindado el financiamiento para poder elaborar el Anteproyecto de Ley en su totalidad.

Dentro de las legislaciones que fueron estudiadas y consultadas para la elaboración de este Anteproyecto de Ley, podemos mencionar las siguientes:

Ley Cinematográfica de México;

Reforma a la Ley Cinematográfica de México;

Reglamento a la Ley de la Industria Cinematográfica de México;

Ley de Cine de la República Federativa de Brasil;

Ley Audiovisual de Brasil;

Ley de Cinematografía de Bolivia;

Ley de Cine de Argentina;

Proyecto de Ley de Antipiratería de videos de los países del Mercosur;

Legislación Cinematográfica del Reino Unido;

Reforma a la Ley de Cine de Perú;

Ley General de Espectáculos Públicos de Costa Rica;

Ley Cinematografía de España;

Ley de Derechos de Autor de Nicaragua;

Reglamento a la Ley de Derechos de Autor de Nicaragua;

Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas;

Documentos varios de la OMPI sobre derechos de autor.

Si tomamos en consideración que la actividad del arte y la industria del cine y el audiovisual, constituyen una expresión cultural generadora de identidad social, representativa a la vez, de una industria de características económicas especiales.

Que ante las históricas y estructurales dificultades de integración del cine y el audiovisual nacional a los grandes circuitos de distribución, es imperativo estimular su producción, difusión y conservación, como forma independiente de comunicación y como actividad industrial de alta potencialidad productiva.

Que dentro de los objetivos de protección cultural y de desarrollo industrial implícitos en el apoyo a la cinematografía nacional, constituye un inicial aporte el armonizar y normar esta actividad.

Que la obra cinematográfica y audiovisual es la conjunción indisoluble de una propuesta artística y de lenguaje distintivos, de un conjunto de imágenes en movimiento y un soporte material que lo hace posible, ante lo cual, la acción del Estado tendiente a su protección, conservación, restauración y difusión es sumamente necesaria.

Que de conformidad a las recomendaciones de la 21 Reunión de la Conferencia General de la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, se convocó a todos los Estados miembros a proteger físicamente el patrimonio de imágenes en movimiento en condiciones técnicas especiales, dado su grado de vulnerabilidad proveniente de la naturaleza del soporte material, el cual, expuesto a la inclemencia de los elementos de la naturaleza y el mal manejo, puede sufrir inclusive su destrucción total. A pesar de que Nicaragua ha dado algunos pasos en esa dirección, por medio de la Declaratoria de Patrimonio Artístico y Cultural de la Nación, Archivo Fílmico de la Cinemateca Nacional, Decreto 20-99, publicado en La Gaceta 47 del 9 de Marzo de 1999; sin embargo el archivo fílmico nacional se encuentra en la actualidad en condiciones muy inadecuadas.

Que por ser el soporte material de la obra cinematográfica y audiovisual un bien mueble extraordinariamente vulnerable, se requiere asegurar la preservación de esta parte especialmente frágil del patrimonio cultural de la Nación, a través de acciones técnicas de mantenimiento, restauración y duplicación, entre otras.

Que en concordancia con la Constitución Política de la Nación, es preciso que el Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Ministerio de Educación Cultura y Deportes, debe fomentar la conservación, preservación y divulgación; así como el desarrollo artístico e industrial de la cinematografía y el audiovisual nicaragüense.

Que es necesario incentivar la actividad cinematográfica y audiovisual en todos sus aspectos artísticos, educativos y de industria.

Por todo lo antes expuesto, después de haber consultado este proyecto ampliamente con los sectores relacionados y ante la falta de una unidad en la normativa de la actividad cinematográfica y audiovisual en el país, consideramos que es de suma importancia que la Honorable Asamblea Nacional, acepte, discuta y apruebe este Anteproyecto de Ley, que vendrá a sentar las bases para regular, promover y fomentar el arte y la industria cinematográfica y audiovisual.


DIP. ORLANDO MAYORGA
DIP. NOEL DELGADO

DIP. ERNESTO BRAVO
DIP. ANTONIA MORALES

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión de Educación para su dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a continuar con el mismo Adendum N° 8, Punto 1.30: LEY GENERAL DE TURISMO.
Managua, 24 de Octubre del 2001.


Doctor
PEDRO JOAQUIN RIOS C.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Doctor Ríos:

Reciba un caluroso saludo de parte de la COMISION ESPECIAL DE TURISMO, extensivo a los Honorables miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional.

En mi calidad de Presidente de la misma, le estoy remitiendo el Proyecto de Ley denominado: LEY GENERAL DE TURISMO, con su respectiva Exposición de Motivos.

Sin más a que referirme, aprovecho la ocasión para testimoniar las muestras de mi consideración y respeto.

Atentamente,

LIC. JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
Presidente
Comisión Especial de Turismo
Asamblea Nacional

EXPOSICION DE MOTIVOS


Doctor
OSCAR MONCADA REYES
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Señor Presidente:

Los suscritos Diputados ante la Honorable Asamblea Nacional, fundamentados en el inciso 1 del Artículo 140 y 141 de nuestra Constitución Política, presentamos formalmente el Proyecto de Ley denominado: LEY GENERAL DE TURISMO.

Nuestro país necesita de leyes ágiles y modernas que regulen la actividad turística, leyes que jueguen un rol específico, y es por esta razón que consideramos de vital importancia este proyecto de Ley General de Turismo, que será el instrumento jurídico que programe, dirija y ejecute la actividad turística nacional.

Para el desarrollo e incremento del turismo, se necesita implementar mecanismos de conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, priorizando el equilibrio económico y social.

Desde el año de 1979, con la creación del Decreto N° 161, Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo, se ha venido regulando la actividad turística en nuestro país; de este instrumento jurídico se originaron otros, tales como: Reglamento de Las Agencias y Operadoras de Viajes, Reglamento de los Rentacar, Reglamento de los Guías Turísticos, Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas (R.E.A.T.), entre otros. En el año de 1992, con la Reforma a la Ley 190, Ley Creadora de los Ministerios de Estados, se crea el Ministerio de Turismo; ambas instituciones se rigieron por el mismo instrumento (Decreto N°. 161). Es hasta el 11 de Agosto del año 1998, que la Comisión Especial de Turismo dictamina favorablemente el Proyecto de Ley y posteriormente queda aprobada la Ley N°. 298, Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo, dando paso a una Ley moderna y acorde a la realidad turística nicaragüense.

Con la aprobación de esta Ley, se permite la descentralización de funciones conllevando a la celebración de acuerdos y convenios con las municipalidades, sector privado y entidades de gobierno vinculados al sector turismo, todo esto con la finalidad de apoyar y fomentar la inversión en zonas de desarrollo turísticas, como en los Municipios.

Además se crea un Fondo Nacional de Turismo, que permitirá la elaboración de estudios y proyectos en zonas con potencial turístico, dar mantenimiento y promoción a los centros turísticos conforme a planes maestros desarrollando, preservando el equilibrio y comercialización de los servicios turísticos, capacitaciones, entre otras.

Nuestro país necesita darle a la actividad turística la dimensión que le corresponde, para consolidar el desarrollo económico y social, así como garantizar y brindar al inversionista nacional y extranjero instrumentos sólidos que generen confianza.

Por las razones ut supra expuestas, y fundamentados en el artículo N°. 140, inciso 1 y 141 de nuestra Constitución Política, nosotros, los miembros de la Comisión Especial de Turismo, sometemos a consideración del Honorable Plenario el Proyecto de Ley denominado: LEY GENERAL DE TURISMO.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasa a la Comisión de Turismo.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Siguiendo con el Adendum N° 8, al Agenda del día, vamos a ver el punto VI: DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONERIA JURIDICA.

Perdón, tiene razón, primero vamos a ver el punto III: PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS, después vamos a ver la discusión, por el orden.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
EXPOSICION DE MOTIVOS

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, y con fundamento en los Artos. 138 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua, en los Artos. del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley N°. 147, "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro", presento la solicitud de otorgamiento de la Personería Jurídica denominada "ASOCIACION NICARAGUENSE DEL MARAÑON".

La Asociación se constituye, entre otros, con los siguientes objetivos fundamentales:

1. Velar por los intereses de las actividades que se dediquen los productores privados al cultivo del marañón y estimular el incremento de la producción del marañón.

2. La Asociación podrá, por medio de su representante legal, asesorar a los productores de marañón, sobre todas las leyes que tengan relación con las formas de producción y los mecanismos legales para producir este producto no tradicional.

3. Fomentar y mejorar la producción de marañón de los Asociados, en todos los niveles. Desarrollar actividades para la compra y uso de sus Asociados de maquinaria y equipo e insumos agropecuarios propios para el cultivo de esta fruta.

4. Desarrollar actividades socio-educativas o científicas encaminadas a mejorar los niveles sociales y técnicos de los Asociados.

El domicilio principal de la entidad será en el Municipio de la ciudad de Chinandega, Departamento del mismo nombre; no obstante podrá establecer oficinas en cualquier parte de la República de Nicaragua o fuera de ella, y su duración es por tiempo indefinido.

Por todo lo antes expuesto, someto a consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional la presente Iniciativa de Personería Jurídica de la mencionada Asociación, a fin de que sea acogida por el Plenario y remitida a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, quince de Octubre del dos mil uno.

EDUARDO CALLEJAS DESHON
Diputado.

La lista de la personalidades solicitadas es la siguiente:

3.120 ASOCIACION NICARAGUENSE EL MARAÑON.

3.121 ASOCIACION DE LEÑATEROS SAN BENITO (ALSB.)

3.122 ASOCIACION TERESIANA CARMELITANA.

3.123 ASOCIACION MINISTERIO DE LIBERACION Y LEVANTAMIENTO ESPIRITUAL EN DIOS HAREMOS PROEZAS SALMOS 60-12.

3.124 ASOCIACION IGLESIA CENTRO MISIONERO NUEVA VIDA.

3.125 ASOCIACION CENTRO CASA HOGAR JERUSALEM (CENJER).

3.126 ASOCIACION AMIGOS POR LA DEMOCRACIA.

3.127 ASOCIACION PARA LA PREVENCION PRENATAL.

3.128 ASOCIACION AMERICANA NICARAGUENSE PARA EL DESARROLLO (AMENID).

3.129 ASOCIACION EL PAN DE CADA DIA.

3.130 ASOCIACION CRISTO CONMIGO.

3.131 ASOCIACION MISION MENONITA NICARAGUENSE.

3.132 ASOCIACION CONGREGACION COMPAÑIA DE MARIA (A.C.C.M.).

3.133 ASOCIACION PRO DESARROLLO COMUNAL NORTE Y SUR (ASPREDECOM).

3.134 ASOCIACION DE COMARCAS RURALES DE LA FRONTERA DEL PACIFICO SUR DE NICARAGUA (ASOSUR).

3.135 ASOCIACION ALIANZA INTERNACIONAL DE REFORESTACION EN NICARAGUA (AIRES-NIC).

3.136 ASOCIACION INSTITUTO NICARAGUENSE DE INVESTIGACION Y CAPACITACION AMBIENTAL (INICA).

3.137 ASOCIACION INDIGENA PARA EL DESARROLLO DEL RIO COCO (WANGKI IDIANKA DAKNIKA PAWANKA DUKIARA) "WINDPAD".

3.138 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS DE CABLES (ADPEC).

3.139 ASOCIACION VOLUNTARIADO ECOLOGICO DE RESCATE A LA DIVERSIDAD (VER-D).

3.140 ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO "PADRE RAFAEL MARIA FABRETO".

3.141 ASOCIACION UNIVERSIDAD THOMAS MORE.

3.142 ASOCIACION INTERNET DE NICARAGUA.

3.143 FUNDACION APOSTOL SANTIAGO (FUNASAN).

3.144 ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO RURAL (ADER).

3.145 FUNDACION GUADALUPE DE NICARAGUA.

3.146 FUNDACION DE EXCOMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS POR LA PAZ Y RECONCILIACION "AUGUSTO CESAR SANDINO" (FEXCOMCOHPRACS).

3.147 FUNDACION ASISTENCIAL CONTRA LA POBREZA.

3.148 FUNDACION PARA ADOLESCENTES IXBALANQUE (FUNPAIX).

3.149 FUNDACION GENERACION FELIZ.

3.150 FUNDACION NICA-AMOR A LO NUESTRO (FUNICAN).

3.151 FUNDACION PARA EL DESARROLO Y EJECUCION DE PROYECTOS SANITARIOS Y AMBIENTALES (FUNDEPSA).

3.152 FUNDACION JOSE ALFONSO CUADRA GARCIA.

3.153 FUNDACION NICARAGUENSE PARA LA MODERNIZACION AGRICOLA (FUNIMODA).

Hasta aquí las personalidades presentadas.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Pasan a la Comisión de Defensa y Gobernación para su dictamen.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Siguiendo con el Adendum N° 8, pasamos al punto II: DISCUSION DE DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEYES PRESENTADOS POR LAS DIFERENTES COMISIONES.

2.25: DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE CREDITO DE DESARROLLO N° 3504-NI, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA), PARA FINALMENTE EL PROYECTO DE "REDUCCION DE LA POBREZA Y DESARROLLO LOCAL".

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
DICTAMEN

Managua,11 de Octubre del 2001.


Doctor
OSCAR MONCADA REYES
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE CREDITO DE DESARROLLO N° 3504-NI, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE "REDUCCION DE LA POBREZA Y DESARROLLO LOCAL". La Comisión, en relación con este Convenio de Crédito, ha valorado los siguientes factores:
FIRMA DEL CONVENIO

Que este Convenio de Crédito Número 3504-NI, fue suscrito entre el señor David de Ferranti, Vicepresidente Regional para América Latina y el Caribe, por parte de la International Development Association (IDA) y el Doctor Alfonso Ortega Urbina, Embajador de Nicaragua en Washington, en nombre y representación del Gobierno.
OBJETO DEL CONVENIO:

El objetivo del Proyecto consiste en ejecutar una porción de la estrategia para reducción de la pobreza del prestatario a través del Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE), por medio de:

1) Mejorando el acceso de la gente pobre a infraestructura y servicios sociales y económicos.

2) Fortalecimiento de la capacidad local.

3) Desarrollar las redes de protección social.
COMPONENTES:

Para el logro de los objetivos mencionados anteriormente, el proyecto financiará los siguientes componentes:

PARTE A: Financiamiento de sus proyectos.

PARTE B: Fortalecimiento de la capacidad local.

PARTE C: Desarrollo de las redes de protección social.
PARTE D: Gestión del proyecto.
CONDICIONES GENERALES:

MONTO DEL PRESTAMO:

El monto total del crédito es por la suma en diversas monedas, equivalente a cuarenta y seis millones, setecientos mil Derechos Especiales de Giro (DEG 46,700,000.00) equivalentes aproximadamente a sesenta millones de dólares (USC$ 60,000,000.00). Las cantidades que se desembolsen con cargo a este financiamiento constituirá el préstamo.

AMORTIZACION, INTERESES Y COMISION:

El crédito deberá ser amortizado por el prestatario en un plazo de cuarenta años, incluyendo diez años de gracia. Los pagos de amortización deberán ser en cuotas semestrales, pagaderas cada quince de Abril y quince de Octubre, a partir del quince de Octubre del 2011 y finalizando el 15 de Abril del 2041. Cada pago, incluyendo el pago del 15 de Abril del 2021, será el uno por ciento (1%) de dicho monto principal, y cada pago subsiguiente será el dos por ciento (2%) de dicho monto principal.

El prestatario pagará a la Asociación una Comisión de compromiso sobre el principal del crédito no retirado ocasionalmente, a una tasa que establecerá la Asociación a partir del 30 de Junio de cada año, pero que no exceda la tasa de un medio de uno por ciento 1/2 de 1%) por año.

La comisión de compromiso se acumulará: 1) Desde la fecha, sesenta días después de la fecha de este Convenio (la fecha de acumulación) a las fechas respectivas en las que los montos deberán ser retirados por el prestatario de la cuenta del crédito o cancelados; y 2) A la tasa establecida a partir del 30 de Junio, inmediatamente precedente a la fecha de acumulación y a otras tasas que puedan ser establecidas de cuando en cuando. La tasa establecida a partir del 30 de Junio de cada año será aplicada desde la próxima fecha en ese año especificada en la sección 2.06 de este Convenio.

El prestatario pagará a la Asociación una comisión de servicio, a la tasa de tres cuartos de uno por ciento (3/4 de 1%) anual sobre el monto principal del crédito retirado y pendiente de cuando en cuando.

La comisión de compromiso y servicio serán pagaderas semestralmente cada quince de Abril y quince de Octubre en cada año.
ORGANISMO EJECUTOR

Se establecerá como organismo ejecutor al Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE).
DICTAMEN DE LA COMISION

La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y condiciones generales del Convenio de Crédito y, CONSIDERANDO: Que este crédito es altamente concesionario por el plazo de cuarenta años que incluyen diez años de gracia y que dicho crédito estará destinado a mejorar el acceso de la gente pobre a infraestructura y servicios sociales y económicos, a fortalecer la capacidad local y desarrollar las redes de protección social, y que este crédito resulta favorable para la República de Nicaragua debido a las condiciones del mismo.

Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE CREDITO DE DESARROLLO N° 3504-NI, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE "REDUCCION DE LA POBREZA Y DESARROLLO LOCAL", por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.

Anexamos el Proyecto de Decreto dictaminado.
COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

WILFREDO NAVARRO MOREIRA

JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
BAYARDO ARCE CASTAÑO

PEDRO JOAQUIN RIOS C.
WILLIAM MEJIA FERRETY

WALMARO GUTIERREZ MERCADO
OSCAR MONCADA REYES

Hasta aquí el dictamen.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

Vamos a la lectura en lo particular.

Arto.1 Apruébese el Convenio de Crédito de Desarrollo N° 3504-NI, suscrito el 6 de Junio del 2001, entre el Gobierno de la República de Nicaragua y la International Development Association (IDA), por un monto de diversas monedas, equivalente a cuarenta y seis millones, setecientos mil Derechos Especiales de Giro (DEG 46,700,000.00) equivalentes aproximadamente a sesenta millones de dólares (US 60,000,000.00), en los términos y condiciones establecidos en el Convenio de Crédito de Desarrollo, para financiar el "Proyecto de Reducción de la Pobreza y Desarrollo Local".

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

Arto.2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos al último punto del Adendum N°. 8.

VI: DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS PRESENTADOS POR LA COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION.
DICTAMEN
Managua, 10 de Octubre del 2001.


Licenciado
Oscar Moncada Reyes
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, nos reunimos para dictaminar la solicitud de la Personalidad Jurídica de la ASOCIACION DE DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE DE BOACO (A.D.E.S.B.O), con domicilio en el Municipio de Boaco, Departamento de Boaco, presentada por el Diputado Manuel Ernesto Romero Angulo, en la continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XVII Legislatura de la Asamblea Nacional, celebrada el dos de Octubre del dos mil uno.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover programas y proyectos por el derecho a la vida de todas las familias de nuestro Departamento; 2) Promover la creación de un hábitat digno para la familia en general, con su participación activa y sostenible; 3) El desarrollo humano integral, procurando obtener o lograr en todos los proyectos que se emprenda por la Asociación, la participación activa de los beneficiados como de otros sectores de la población, y elaborar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos integrales que conlleven beneficio social y fortalezca al hombre, a la familia y a la comunidad.

Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: EVA TABLADA DE CRUZ; Vicepresidente: JOAQUIN ARCIA; Secretario: BOSCO ROMERO TRUJILLO; Tesorero: ALBERTO TABLADA INCER; Fiscal: MYRIAM LARGAESPADA RODRIGUEZ; Primer Vocal: MELVIN ROMERO ANGULO; Segundo Vocal: ARMANDO INCER BARQUERO; Tercer Vocal: CLAUDIA SOFIA RIZO MENDIETA.

Los Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley N° 147.

Asimismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 56, inciso 5 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE DE BOACO. (A.D.E.S.B.O.).
Atentamente,
COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION
JOSE GONZALEZ PICADO
PRIMER VICE-PRESIDENTE

ERNESTO ROMERO ANGULO
PRIMER SECRETARIO
ANGELA RIOS PEREZ
SEGUNDO SECRETARIO

ANTONIO RIZO ZAMORA .
MIEMBRO
MAXIMINO RODRIGUEZ M
MIEMBRO

CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO

Voy a leer la lista de las demás Personerías Jurídicas.

6.82. ASOCIACION DE DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE DE BOACO (A.D.E.S.B.O).

6.83. ASOCIACION BLOQUE PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (BLODI).

6.84. ASOCIACION DIAMANTE.

6.85. ASOCIACION PRO PERSONAS CON ENFERMEDADES DE LA PIEL (A.P.E.P.)

6.86. ASOCIACION CENTRO DE ADORACION DE LA IGLESIA DEL SEÑOR.

6.87. ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO LA PESCA MILAGROSA.

6.88. ASOCIACION HERMANDAD DE IGLESIAS FUNDAMENTALES "HERMANDAD DE IGLESIAS FUNDAMENTALES".

6.89. ASOCIACION PARA LA INVESTIGACION Y EL DESARROLLO CULTURAL DE ESTELI (AIDCE).

6.90. ASOCIACION CULTURAL PARA PROMOCION Y LA ENSEÑANZA ARTISTICA QUETZALTCOATL.

6.91. ASOCIACION CLUB DE CAZA, PESCA Y TIRO DEPORTIVO "EL TIRADOR".

6.92. ASOCIACION DE TECNICOS Y PROFESIONALES DE PALACAGUINA (ATETROPAL).

6.93. ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE NUEVA GUINEA (ADENG).

6.94. ASOCIACION DE ALIANZA INTERCOMUNAL PARA LA CONSERVACION Y EL DESARROLLO DE LA ZONA DE MAHOGANY (ALICODEZMA).

6.95. ASOCIACION UNIVERSIDAD CRISTIANA AUTONOMA DE NICARAGUA (UCAN).

6.96. ASOCIACION CONSEJO DE DESARROLLO COMUNITARIO (CODECO).

6.97. ASOCIACION PARA LA CONSERVACION DE LA VIDA SILVESTRE (AVS).

6.98. ASOCIACION DE JOVENES POR EL DESARROLLO COMUNITARIO (AJODEC).

6.99. ASOCIACION MOVIMIENTO DE TEATRO POPULAR SIN FRONTERAS (MOVITEP-SF).

6.100. ASOCIACION NICARAGUENSE PARA LA PROMOCION DE LA PAZ (PROPAZ).

6.101. ASOCIACION MOVIMIENTO POR LA DEFENSA Y LA DIGNIDAD DE CORN ISLAND.

6.102. ASOCIACION SOMOTO VIC (ASOMVIC).

6.103. ASOCIACION DE OTORRINOLARINGOLOGIA DE NICARAGUA (AORLN).

6.104. ASOCIACION DE ALIANZA INTERCOMUNAL DE KUKRA RIVER.

6.105. ASOCIACION DE PRODUCTORES DE PITAHAYA DE NICARAGUA (APPINIC).

6.106. ASOCIACION ASAMBLEA DE IGLESIAS PENTECOSTALES DE JESUSCRITO (A.I.P.J.)

6.107. ASOCIACION AMIGOS DEL BARRIO (ASAB).

6.108. FUNDACION AMBIENTE, SALUD Y ALIMENTACION PARA EL FUTURO (FASAF).

6.109. FUNDACION ESPERANZA Y DESARROLLO O HOPE AND DEVELOPEMENT FOUNDATION.

6.110. FUNDACION SOLIDARIDAD CALASANCIA (SOLCA).

6.111. FUNDACION MANOS AMIGA ALTERNATIVAS DE INGRESOS AMAS DE CASA.

6.112. FUNDACION IBEROAMERICANA DE LAS CULTURAS (FIBRAS).

6.113. FUNDACION FAMILIA DE NAZARET DE NICARAGUA.

6.114. FEDERACION "RED NICASALUD".

Hasta aquí la lista.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión en lo general.

A votación.

Se va a terminar la votación.

Termina.

68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE DE BOACO (A.D.E.S.B.O.) sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Boaco, Departamento de Boaco.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.3 La ASOCIACION DE DESARROLLO ECONOMICO SOSTENIBLE DE BOACO (A.D.E.S.B.O.), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 3.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A discusión.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 4, y así todas las Asociaciones.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a pasar al Punto V: PUNTO ESPECIAL, último punto que queda en el Adendum N 8.

5.6: ELECCION DEL SUPERINTENDENTE Y EL VICE-SUPERINTENDENTE DE PENSIONES.

Managua, 26 de Octubre de 2001.


Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Señor Secretario:

Con fundamento en el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, me permito presentar a esa Honorable Asamblea Nacional, la terna para elegir al Superintendente de Pensiones.

1. Lic. Oscar Martín Aguado Argüello.
2. Dr. Cairo Melvin Amador Arrieta.
3. Lic. Marco Antonio Narváez Baca.

Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

ARNOLDO ALEMAN
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Octubre 15, 2001.

Dr. Pedro Joaquín Ríos
Secretario
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho

Estimado Señor Secretario:

Debidamente instruido por el Consejo Directivo de COSEP, presentamos a usted, terna para el cargo de Superintendente de Pensiones, a los señores: Dr. Cairo Amador Arrieta, Lic. Gilberto Wong, y al Dr. Marco Narváez, los cuales sabrán desempeñar el cargo con mucha eficiencia y responsabilidad.

Con renovados testimonios de mi especial aprecio, salúdole
Afectuosamente,

ANASTASIO SOMARRIBA B.
Presidente

Tenemos las dos ternas: la del Gobierno y la de la Empresa Privada.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a elegir de las ternas que mandaron, tanto del Ejecutivo como de la Empresa Privada, si alguno de los Diputados lo somete como moción y los presenta como candidatos.

Aquí hay dieciséis oradores, se va a cerrar con Angela Ríos.

Se cierra con Angela Ríos desde el momento en que dije que se cerraba.

Vuelvo a repetir que tienen que presentar los señores Diputados a los candidatos, tanto del Poder Ejecutivo como del COSEP, si los Diputados los quieren nombrar; pero recuerden que esto es exclusivamente del Ejecutivo. Yo les digo, porque así dice la ley.

Tiene la palabra Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO:

Señor Presidente:

Quisiera que en esta Junta Directiva fuéramos relativamente serios. El Primer Secretario incluyó en la Agenda una terna presentada por el COSEP, violando la ley y jugando con la Empresa Privada. Es un total irrespeto a la Empresa Privada, porque sabe el Primer Secretario que el artículo 14 dice, -y lo leo-: "El Superintendente y Vice-Superintendente serán nombrados por la Asamblea Nacional de ternas enviadas por el Presidente de la República para ejercer sus funciones en el término de cinco años, pudiendo ser reelectos para nuevos períodos".

En ningún momento dice la ley, que Asociaciones de la sociedad civil pueden enviar ternas y ser incluidas. Ese es un jueguito del señor Secretario para decirle a la Empresa Privada, los estamos considerando, cuando él sabe que es totalmente falso e ilegal, es una burla al empresariado privado de este país, es una burla más que se hace. Porque no creo que la Directiva no conozca la ley, si la acaba de reformar el jueves, y además estuvieron hoy discutiendo seriamente en la mañana. Por eso venimos tarde a iniciar esta Sesión.

Y todavía el señor Secretario se pone a leer la terna del COSEP. Seamos más serios, señor Secretario, por favor. No nos burlemos de la Empresa Privada de este país; no nos burlemos de los trabajadores, que es de quienes estamos hablando el día de hoy, y no tratemos ahorita de decir que elijamos de la terna de la Empresa Privada o de la terna de la Presidencia, pues sabe el señor Secretario que de lo único que puede elegir es de la terna del Presidente, la otra no existe. Entonces no venga aquí con pantomimas, que ya no le luce, ya está grandecito, señor Secretario, para ese tipo de jueguitos aquí.

Además, queridos colegas, ¿no es un secreto a voces que hoy pretenden elegir a don Martín Aguado? Si por eso reformaron la ley el jueves, no fue por otra cosa. Es decir, ya los periódicos han abundado en el porque no puede ser electo don Martín Aguado. Es más, hoy va a quedar demostrado también, que además de lo que ha salido en los periódicos, que además de este cheque que ya salió publicado en los periódicos, con la ejecución de una póliza de fidelidad de empleado, cuando se ejecuta una póliza de fidelidad de empleado es porque aceptás -¿cómo lo digo para no decir ladrón?- Bueno, me dice mi colega que hay que llamar las cosas por su nombre, que fuiste ladrón en el cargo, entonces ejecutás la póliza y le quedás debiendo a la empresa aseguradora.

Y eso no lo digo yo, lo dice don Martín Aguado en Escritura Pública. Aquí está, Escritura Pública hecha en un arreglo extrajudicial con don Guillermo Ruiz Tablada; y además una Escritura Pública posterior también, la Escritura N° 5 de otro arreglo sobre reclamo y cumplimiento de la póliza, en donde inclusive pone un artículo que dice que nadie la podrá publicar porque cae bajo las cláusulas de sigilo bancario este arreglo. Pero además va a quedar demostrado el día de hoy, honorables colegas, periodistas, pueblo de Nicaragua, que el señor Martín Aguado es ciudadano americano; debería ser Superintendente de Pensiones de los Estados Unidos, no de Nicaragua, pero aún así, lo van a elegir ustedes, porque ésa es la orden acordada hoy en la mañana.

Pero además no quedamos ahí porque ahorita hay otra ficha más: El señor Martín Aguado tiene causa abierta por estafa interpuesta por los señores William Gurdián, "Chepe" Pallais, Jorge Granera y Pepano Terán, en el Primer Juzgado del Distrito del Crimen de Managua. Y pueden comprobarlo todos ustedes, es causa abierta que está en momento de sentencia. A ése es al que van a elegir ustedes hoy, para que queden claros. Si ya no les bastó que desfalcara a un banco; si ya no les bastó que fuera ciudadano americano, a lo mejor se conmueven por esta estafa promovida por honorables ciudadanos leoneses, coterráneos de Martín y míos, que está a punto de sentencia, y probablemente don Martín Aguado va a ser sentenciado por estafa en el Juzgado Primero del Crimen de Managua.

Es más, se lo dije a los honorables colegas liberales con tiempo para que comprueben que lo que estamos diciendo es totalmente cierto, para ver si así ellos actúan con responsabilidad ante los ciudadanos nicaragüenses, ante los trabajadores menores de cuarenta años que quieren ver, cuando lleguen a viejos, que sus pensiones no se han perdido. Pero hoy vamos a ser testigos de la elección de don Martín Aguado; vamos a ser testigos de que diecinueve Diputados liberales que están pidiendo el voto de la reelección, junto con sus aliados, hoy van a votar porque se continúe la corrupción en Nicaragua. Esos Diputados que están a escasos cinco días pidiendo el voto a los electores y a las electoras nicaragüenses, hoy están diciéndole; sí podemos continuar con la corrupción en Nicaragua, y nosotros vamos a permitir que se continúe con la corrupción en Nicaragua.

Qué triste futuro el de este Parlamento con estos Diputados, con esta forma de votar el día de hoy. Por eso es que les anticipamos que nuestra Bancada del Frente Sandinista no va a participar de este juego, vamos a actuar con seriedad. Pero además, ahora vienen con otra mejor; para querer lavarse la cara, van a tratar de elegir de Vice-Superintendente a don Cairo Amador -se los estoy anticipando- que viene en la terna de Vice, para decir, le hicimos caso a la Empresa Privada. Pero nosotros con seriedad habíamos dicho: señores empresarios, propongan al Superintendente, no al Vice; si al Vice lo relegan en la ley, no tiene ninguna función.

Siguen jugando con la Empresa Privada, siguen queriéndole dar atol con el dedo. Lástima que mi querido amigo Narváez, que está allá atrás, bien podría ser un buen Superintendente porque tiene experiencia bancaria; y Cairo podría ser también un buen Superintendente, pero lo van a elegir de Vice para decir, estamos medio cumpliendo, que fue lo que decidieron hoy en la mañana. ¡Qué triste futuro el de este país, y qué negro futuro el de los contribuyentes al Fondo de Pensiones! Gracias a Dios, gracias al pueblo, faltan cinco días para cambiar esta situación.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado José Bravo Moreno.

DIPUTADO JOSE BRAVO MORENO:

Gracias, Presidente.

Me parece que lo que estamos realizando el día de hoy, es un acto serio en el que esta Asamblea Nacional debe reflexionar. Primero: Además de todas las anomalías, de todas las cosas que ustedes han escuchado esta mañana y las que hemos dicho en el transcurso de la reforma a la ley para elegir a esta persona, me parece que es importante lo que ha dicho Edwin hace un momento. Es decir, estamos eligiendo a una persona que de acuerdo a la Constitución Política de la República, no ha renunciado a su ciudadanía a tiempo y están proponiéndolo, y lo están proponiendo por algo.

Se dice que tampoco ha renunciado a su trabajo en el Seguro Social, y hoy en la mañana, colegas, entregaron la carta de renuncia. Es impresionante cómo quieren jugar, en primer lugar con los Diputados; éstos que están ahora como candidatos, están proponiéndole al pueblo que van a ser de un nuevo estilo. ¿Cómo va a creer el pueblo nicaraguense en esta propuesta? Si es una propuesta halada de los pelos, una propuesta en la que están abusando de todo. Miren, esta mañana yo tuve un programa de una hora en la Radio Ya, y cantidad de pensionados están pidiendo exactamente que este señor no sea electo Superintendente de Pensiones, porque saben que hasta ahora no han tenido ningún apoyo del Seguro Social para ellos.

Es decir, que lo que ha hecho éste es proteger a una camarilla y enriquecerse él, es más, abusando contra viento y marea de todo lo que se puede abusar. Yo creo que el Presidente Alemán supone la ignorancia de los directivos de esta Asamblea Nacional, y supone una ignorancia crasa en todos los Diputados que van a elegir hoy a esta persona, que me parece una ofensa. Es importante que este período lo terminemos con dignidad. Hay muchos de ustedes que no tienen razón para arrastrarse frente a personas de tan poco valor. El Presidente Alemán no ha sido una persona que ha tenido estatura de mandatario.

Quién no recuerda los desmanes, la vulgaridad con que trata a los medios de comunicación, con que trata a sus funcionarios? Si parecen peones de hacienda, desde Diputados, directivos del Parlamento; Diputados en el hemiciclo, parecen simples peones de una hacienda, ejecutando los mandatos que él les ordena. Y está a pocos días de terminar su período, recuerden, Arnoldo Alemán se va y algunos de ustedes siguen hipotecando su dignidad. Miren, si esta persona es electa, recuerden que dentro de pocos días un Parlamento nuevo va a tener que cambiarlo, precisamente por las anomalías, por las irregularidades, y van a quedar en ridículo todos ustedes que están respaldando este tipo de abusos.

Miren, nosotros vamos a tener a doña Miriam Arguello como Procuradora General de Justicia, y ustedes saben de quién estoy hablando. Es decir, están adelantándole el trabajo, porque doña Miriam en este momento está recabando toda esta información que ustedes han provocado. Yo creo que por misericordia con una persona con un historial tan negro, como el que tiene don Martín Aguado, ustedes no lo deberían de haber expuesto. Si es su amigo, si es amigo del Presidente Alemán, lo deberían de haber cubierto de manera mucho más sutil.

Yo creo que ustedes, queridos Diputados, queridos colegas liberales, al terminar su período, están presumiendo de ser aliados de los Estados Unidos, pero a lo mejor ellos no están muy contentos de ser aliados de ustedes; deben estar temerosos por toda la información de perversión, de fraude, de abuso del poder que están cometiendo. Creo que ustedes, señores observadores internacionales, deben saber con quiénes estamos compitiendo en este momento. Estamos compitiendo realmente con tramposos, pues si así han enredado las cosas en este Parlamento, que es un lugar público, donde todos nosotros tenemos el derecho en representación del pueblo a manifestar todo lo que nosotros encontramos, ¿qué será lo que hacen con los campesinos, con los obreros, con aquellos que no tienen la información suficiente?

¿Qué están suponiendo, que el pueblo nicaraguense va a seguir siendo el ignorante, al que le han puesto la montura y el aparejo para subirse en ellos? Miren, el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, dice que "Son inhábiles para este cargo de Superintendente de Pensiones, los que hayan participado directa o indirectamente en infracciones graves de las leyes o normas de la República". Ustedes tienen datos, de la manera en que esos 600 mil dólares fueran perdidos en el BAMER, los 127 mil dólares perdidos por servicios no prestados, los 400 mil dólares, y más de un millón de córdobas pagados a personas no identificadas, ¿Realmente creen ustedes que en este país, que lo han reducido al hambre y a la miseria, esto no sea un delito?

Yo creo que como legisladores deberían de estar ustedes pensando. Miren Haroldo Montealegre, sea lo que sea, también es un liberal de ustedes, a quien realmente le están dando la espalda a pesar del esfuerzo que él ha hecho por mantenerse como liberal. Según la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, este señor no podrá celebrar contratos de préstamos del Seguro Social, con personas naturales o jurídicas no vinculadas con la Superintendencia de Pensiones, para ejecuciones de labores específicas. Y aquí tienen a este hombre que lo ha hecho, abusando de una Ley Orgánica que él debería de manejar y ser el ejemplo de conducción.

Ustedes, diecinueve candidatos para el futuro período han manifestado ante el pueblo, con Enrique Bolaños como su candidato, que van a luchar contra la corrupción. ¿Cuándo van a luchar contra la corrupción, si a las puertas de ser electos están ustedes diciéndole al pueblo que están dispuestos a recetarle más de lo mismo que durante cinco años le han recetado? ¿Qué candidatos le están proponiendo ustedes? ¿Qué candidatos, si ustedes que le están proponiendo al pueblo que les elijan, quieren decirle: nosotros también tenemos esa conducta? Eso es lo que le están diciendo al pueblo, le están diciendo que Enrique Bolaños no va a luchar contra la corrupción.

Miren, no sean dundos, ustedes realmente están creyendo en la lucha contra la corrupción del Partido Liberal? Yo les decía hoy en la radio, que en México se dice: "pélese", cuando le dicen a alguien que se corra. Yo les quisiera decir a ustedes también, "pélense" del PLC, porque los van a "pegar".

Yo creo que en este interés de elegir a Martín Aguado, contra viento y marea, hay algo más de lo que los medios de comunicación han transmitido, más de lo que ellos han revelado, y que en esto hay unos que están "pegados" y quizás otros que no están "pegados".

Yo creo, queridos colegas Diputados, que es un desprestigio y nosotros no vamos a participar, ya lo dijo nuestro coordinador, no vamos a participar de esto. Hay gente enlodada que se está llevando en las espuelas al resto de la bancada, están llevándose y enlodando a quienes no tienen necesidad. Yo conozco a muchos de ustedes, colegas Diputados, que no participan de esto; sin embargo, los han agarrado -como dije antes- simplemente como peones, como ejecutores de órdenes que les da el dueño de la hacienda. Y yo creo que el Presidente Alemán se ha equivocado, Nicaragua desde el 19 de Julio de 1979 dejó de ser la hacienda de Somoza, y aquí tienen un pueblo que ustedes saben cómo reacciona frente a quienes les ultrajan y maltratan.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Ya hay quórum, querido Vice-Presidente.

Tiene la palabra el honorable Diputado Nathán Sevilla.

DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

Gracias, Presidente en funciones.

Nos vemos obligados a hacer uso de la palabra, porque no podemos callar ante un hecho insólito como el que se va a producir hoy, al venir a nombrar aquí al señor Martín Aguado para este cargo de Superintendente de Pensiones, estando bajo serias acusaciones públicas y con causa abierta en el Primer Juzgado de Distrito del Crimen de Managua, habiéndose verificado aquí -como lo planteó el Diputado Edwin Castro- que este señor reconoció, al haber firmado un compromiso de pago mediante una póliza de Seguro, haber tomado indebidamente fondos que eran públicos.

Y por último, la denuncia de que es un ciudadano norteamericano y todo esto, no se está tomando en consideración aquí, se va a pasar por encima de las evidencias claras. Se viene a ratificar una voluntad política del Gobierno de Arnoldo Alemán y de Enrique Bolaños, de mantener o de colocar en posiciones claves el manejo de la economía de este pueblo, a personas que están descalificadas para esos cargos; están totalmente descalificadas para poder ejercer esos cargos. Teniendo en Nicaragua tantas personas honestas y capaces que pueden ocupar un cargo como éste por qué se empecinan? Cuál es el empeño de venir a imponer el nombramiento de este señor Martín Aguado? ¿Qué es lo que hay detrás de éso? Cuáles son los negocios turbios que hay detrás de esa cuestión?

Evidentemente lo que aquí se produzca hoy como nombramiento, es espurio y tendrá que ser rectificado de inmediato por el nuevo Gobierno. Lo importante es que el pueblo de Nicaragua debe estar atento sobre este tipo de nombramiento el día de hoy, y sepa que existe una voluntad del partido gobernante de mantener la corrupción en Nicaragua a toda costa. Y que también existe una voluntad totalmente contraria de parte de la Bancada del Frente Sandinista en esta Asamblea Nacional de oponerse y no prestarse a este juego; razón por la cual hemos decidido únicamente intervenir en este debate para oponernos a este nombramiento, pero no hacerle el juego al nombramiento mismo, no dar el voto y no participar en este acto que será bochornoso, indudablemente.

Y es bueno que también reflexionen algunos de los Diputados que no perteneciendo a las filas del partido de gobierno, también podrían estar siendo llevados a la complicidad con este nombramiento, si dan su voto a favor del señor Martín Aguado.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

Muy buenos días, honorables Diputados.

El día llegó, porque la verdad es que nosotros no podemos observar la elección del día de hoy, como un acto aislado de todo el procedimiento anómalo e ilegal, desde la misma reforma a la Ley de Superintendencia de Pensiones. Y tal como en el principio habíamos planteado, todos los actos derivados de un acto nulo, evidentemente acarrean su consecuencia. Es por eso que el resto de colegas de la Bancada del Frente Sandinista han planteado las reservas que se tienen contra uno de los postulados del Presidente de la República en esta terna; pero creo que no podemos perder de vista que, independientemente de quien salga electo, la elección es absolutamente nula porque su génesis es absolutamente ilegal.

Y hago este planteamiento, porque tal y como la vez pasada les demostré para qué sirven los Diarios de Debates, en este mismo Diario de Debates quiero que quede constancia de que todo lo hecho por estos Diputados de la Asamblea Nacional, que tenga que ver con la espuria reforma al Sistema de Pensiones, es absolutamente ilegal. Pero entrando al caso concreto relativo a las elecciones, es realmente triste el nivel de degradación en que ha caído la bancada de gobierno, amigos y colegas de esta Asamblea Nacional, con los cuales he tenido cuatro años y diez meses de compartir y que hemos tenido diferentes planteamientos, diferencias de opiniones, pero que sí conozco a la mayoría de ellos y de la altura moral que hasta ahora han venido profesando.

Cuando se hacen planteamientos como los de venir aquí a nombrar a un Superintendente de Pensiones, consta en el Diario de Debates, consta ahí de que todos ustedes dijeron que para descontaminar el Sistema de Pensiones, había que hacer una reforma profunda y una privatización integral del Sistema; y que había que poner de Superintendente de Pensiones a una persona proba, honesta, capaz, técnica, y una serie de malabares más que plantearon, para soportar la tesis de la privatización del Sistema de Pensiones.

El asunto es que esta Asamblea Nacional tiene memoria histórica, y el día de hoy viene aquí una terna planteadas por el Presidente de la República, porque al COSEP no se le dio participación de tipo alguno, y esto que quede claro: aquí la única bancada que planteó que iba a apoyar los planteamientos de ternas del COSEP, fue la Bancada del Frente Sandinista. En la propuesta viene de candidato número uno, el señor Martín Aguado. El día de ayer, para darle seguimiento a los medios informativos, venía planteando este señor que supuestamente fue objeto de una trama montada por el Banco Mercantil, y fundamentalmente por el señor Haroldo Montealegre.

Sucede que nosotros, los Abogados y Notarios Públicos de la República de Nicaragua, como fedatarios del Estado, damos fe y obra cierta en nuestras escrituras públicas; y en la escritura pública de la ciudad de Managua, de las cuatro de la tarde del día 31 de Agosto de mil novecientos noventa y ocho, ante los oficios notariales de Auxiliadora Gurdián, en la escritura número tres, se dice textualmente en el planteamiento segundo donde comparece Martín Aguado, que "Durante el período en que fungió como Gerente General del Banco Mercantil, Sociedad Anónima el señor Oscar Martín Aguado, quien es mayor de edad, casado, economista y de este domicilio, se realizaron una serie de operaciones mercantiles anómalas, de las que resultaron pérdidas hasta por la suma de 461 mil 895 dólares con 55 centavos.

Esto no lo digo yo, no lo dice la Bancada del Frente Sandinista, lo dice un fedatario del Estado, donde comparece el señor Martín Aguado, y ofrece la póliza de fidelidad para poder cubrir los actos anómalos realizados en el Banco Mercantil. Y yo como funcionario público estoy seguro de que no he hecho transacciones anómalas, por qué voy a ofrecer que se pague con la fianza planteada ante INISER, por operaciones de las cuales yo no tengo responsabilidad? Por qué razón? A ver, explíquenme eso. Pero acto seguido, en la escritura número cinco del Acuerdo Extrajudicial sobre reclamo y cumplimiento autorizado por Elizabeth Cantillano Cruz, Abogado y Notario Público, comparece el señor Guillermo Ruiz Tablada, en representación de INISER, y dice que como producto de las operaciones mercantiles y administrativas, el Instituto Nicaragüense tiene que pagar esos 550 MIL DOLARES.

En otras palabras, dónde está el ardid por el cual -supuestamente- se está haciendo víctima a este señor Martín Aguado? Pero vámonos a la ley: El artículo 15, en su acápite a), es claro y lapidario: "Ser nicaragüense y de reconocida probidad y se va a demostrar en el Plenario de esta Asamblea Nacional, que Martín Aguado, tiene ciudadanía norteamericana y que tiene serios problemas con la justicia nicaragüense, y ya lo han planteado el Diputado Edwin Castro y otros Diputados que me han antecedido en el uso de la palabra. Primer requisito por el cual Martín Aguado no puede ser Superintendente de Pensiones.

Pero luego de eso se plantean las inhabilidades en el artículo 16, y luego de haber salvado de manera atropellada lo que decía el primer punto, se les olvidó, colegas Diputados, reformar el punto número tres del mismo artículo, el punto número cuatro del mismo artículo y el punto número seis del mismo artículo, para que pudieran haber hecho a Martín Aguado candidato viable y sin inhabilitaciones para la Superintendencia de Pensiones. Cuando ese tipo de reformas atropelladas se aprueban así, ésas son las consecuencias que generan estos actos. Porque en el caso particular, aquí hay una renuncia supuestamente de Martín Aguado, y quiero llamar a la reflexión aquí en esto:

El día de hoy en la mañana quedaron claros de que Martín Aguado tenía una inhabilidad, porque no cumplía lo planteado en el artículo 16, punto tercero relativo a que en el caso particular de los directores, no podían ser candidatos a la Superintendencia mientras no hayan renunciado; entonces viene una supuesta renuncia del 15 de Octubre de Martín Aguado al Presidente de la República, que obra aquí en manos del Primer Secretario. Imagínense la forma en que el señor Martín Aguado, viene y sienta esa responsabilidad con el pensionado de este país, al extremo tal, como cuando se sacude las pulgas y dice: "Yo ya no soy Director del INSS, ya puedo ser candidato.

Y la Constitución de la República, en el artículo 130, párrafo segundo, dice literalmente lo siguiente: "Todo funcionario del Estado debe rendir cuenta de sus bienes antes de asumir su cargo y después de entregarlo". Yo no veo aquí una rendición de bienes de Martín Aguado, en el momento de la renuncia de su cargo, y tampoco estoy viendo una entrega ordenada del INSS hacia su sucesor. En otras palabras, una debacle en el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, que -dicho sea de paso- ha continuado siendo bajo la administración de Martín Aguado, la caja chica del Ejecutivo; y no lo digo yo, lo dicen acuerdos ministeriales donde tienen 220 millones de córdobas comprados con bonos del Tesoro, que sencillamente no tienen soportes en el Presupuesto General de la República para el año 2002.

Esa es la persona que se pretende elegir el día de hoy de Superintendente de Pensiones. Y es que nosotros no venimos a decir que venga y que lo que diga la Bancada del Frente Sandinista es lo que se haga, señores. Señores, nosotros estamos abonando para que aquí realmente se pueda proteger la plata del cotizante. Es más, el cacareado discurso de la honradez de Enrique Bolaños, fue el día de hoy también emplazado, no dice que va a combatir la corrupción. Hombré, aquí combatir la corrupción es que si vos tenés algún problema con la justicia, primero lo resolvés y después venís a ser candidato de lo que sea.

Y peor aún, no me jugués con las cotizaciones de los nicaragüenses, que es un pueblo tan empobrecido por las políticas tributarias de este país, es un pueblo tan empobrecido por las políticas económicas y monetarias, y para colmo van a poner a dos o tres sinvergüenzas a manejar una institución, que venga y sencillamente se robe la plata de todos los nicaragüenses cotizantes. Si realmente el discurso de la honradez de Enrique Bolaños fuera cierto, en este momento, los diecinueve candidatos a Diputados que actualmente son Diputados, deberían estar votando en contra de una candidatura tan cuestionada como la de Martín Aguado el día de hoy.

Es por eso, honorables Diputados de esta Asamblea Nacional, que independientemente de todo, siempre quiero terminar este planteamiento como los planteamientos anteriores: Estamos a tiempo de cerrar una legislatura, tratando de darle cierto nivel de legitimidad y cierto nivel de ilegitimidad a esta Asamblea Nacional, porque el funcionario que quede electo ahora será, primero por un acto anómalo, y segundo está totalmente cuestionado hasta por los medios. Concuerdo con todos los extremos del editorial de La Prensa; es más, el mismo editorial de La Prensa dice que inmediatamente que asuma el nuevo gobierno, el primer reto que tiene que hacer es democionar o destituir a este sujeto que ahora pretende ocupar la Superintendencia de Pensiones.

Y lo harán Diputados no sólo de la Convergencia Nacional, yo estoy seguro que muchos otros nuevos Diputados de la próxima Asamblea Nacional van a asumir ese reto histórico. Es por eso, señores Diputados, que pido en nombre del pueblo de Nicaragua que reflexionemos, que en nombre de los cotizantes de esta privatización que sangra, que elijamos a un verdadero Superintendente de Pensiones y no a un testaferro de bienes ajenos y mal habidos.

Muchas gracias, y buenas tardes.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Bayardo Arce.

DIPUTADO BAYARDO ARCE:

Muchas gracias, Presidente.

El artículo 138 de la Constitución de la República, en sus numerales 7, 8 y 9, norman los procedimientos que esta Asamblea debe seguir para la elección de todos los cargos que nos corresponde designar en los otros Poderes del Estado. Ciertamente, cuando se aprobó ese artículo 138, con sus incisos 7, 8 y 9, no existía la Superintendencia Administradora de Pensiones. Pero es obvio que si existe una lógica para que esta Asamblea designe a los funcionarios del Poder Judicial, del Poder Electoral, de la Contraloría, de la Superintendencia de Bancos, de la Procuraduría de Derechos Humanos, etc., esa lógica debería de ampliarse a esta nueva institución, que nos corresponde a nosotros elegir, y en ese sentido debió haberse constituido aquí una Comisión que examinara las candidaturas propuestas por el Presidente.

De tal manera que en la dinámica de esa Comisión, por una parte candidatos mal presentados no tuvieran que pasar la vergüenza de que se les exhibieran sus faltas de idoneidad en este Plenario, porque la Comisión podría haber dictaminado previo el examen. Pero además, eso hubiera permitido que esa Comisión Especial pudiera analizar de manera cabal si los candidatos propuestos eran idóneos o no. En otras palabras, con esta elección que se nos ha traído aquí, se están obviando dos prácticas de democracia y de transparencia que han caracterizado a este proceso en la Asamblea.

Por un lado que los candidatos sean consultados con la sociedad civil, porque aquí -como ya explicaba el Ingeniero Edwin Castro- se puso de pegoste una propuesta del COSEP, y después hay otro pegoste de una propuesta que creo que es de la Federación de Universidades Privadas, ninguno de los cuales tienen facultades para enviar propuestas. Pero no se les consultó a ellos, no se consultó a dos asociaciones que representan a los pensionados del Seguro Social, a los cuales yo recuerdo que el Doctor Wilfredo Navarro, como Presidente de la Comisión de Asuntos Económicos, convocó cuando estábamos dictaminando la ley. Entonces, si aquí vamos a elegir a unas personas que van a manejar la plata futura de todos los trabajadores, ellos eran inevitablemente sujetos de una consulta.

Como también lo debían haber sido los empresarios, lo debían haber sido instituciones dedicadas al mundo de la banca y las finanzas, y ninguno de esos procedimientos se siguió, entonces ni tenemos consultas para esta escogencia, ni tenemos examen de las candidaturas. Y ahora lo que tenemos aquí, son unas candidaturas deleznables; porque en primer lugar, a mí me resulta deleznable que los honorables miembros del COSEP -que fueron con la mejor intención propuestos al Presidente, después de la invitación que en el INCAE les hiciera el Comandante Daniel Ortega, de que fueran ellos quienes propusieran a los candidatos- fueron ocupados de relleno en dos propuestas, en la del Superintendente y en la del Vice-Superintendente.

Pero además de que se les usó de relleno, por lo que veo se pretende utilizar a uno de esos honorables candidatos para encubrir, para tratar de atenuar la falta de idoneidad del candidato principal; porque como ya está claro en el artículo 14, se dice que "el Vice-Superintendente asistirá en el ejercicio de sus funciones al Superintendente", eso es todo; pueda que lo asista en servir el café en las reuniones del Consejo Directivo, o lo asista en ordenar los papeles sobre los que se van a tomar notas, o llevándole el celular o el portafolios para las llamadas.

Es en verdad un triste papel para honorables representantes de un organismo al que el Frente Sandinista le quiso dar un papel preponderante; en el manejo de un organismo que yo insisto, no sólo va a manejar las pensiones de todos los trabajadores de este país, sino más importante aún, y tal vez la parte más peligrosa, va a manejar la principal fuente de ahorro interno que va a garantizar los fondos de la inversión privada en el futuro. La experiencia chilena, la experiencia suramericana a la cual fueron supuestamente a conocer aquí una cantidad de Diputados -si es que no fueron a pasear-, la experiencia mexicana, la salvadoreña, es que ahí se acumula tal cantidad de dinero, que eso sirve para dinamizar la economía.

Y por eso pensamos que lo más idóneo era que fueran empresarios quienes la manejaran; pero aquí se les está resignando al simple papel de asistir a un señor que no es idóneo. Yo no sé si los señores del COSEP tienen problemas de comunicación, si sus representantes en los organismos del Estado no los informan -creo que por aquí andan algunos de ellos, si es que no se han ido-; es bueno que sepan, que el 31 de Agosto, en la sesión 171 de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones, el señor Manuel Gurdián, Intendente de Seguros, informó con preocupación el estado de casi quiebra técnica en que se encontraba y se encuentra el INISER; todo esto respaldado por una auditoría externa, y donde se mencionaba entre las causas de los problemas financieros que tiene INISER, deudas del señor Oscar Martín Aguado, sin ninguna garantía para INISER.

Me imagino que los representantes del sector privado en la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones, le han de haber informado al COSEP, que el 31 de Agosto, en la sesión 171 se estaba dejando claro la falta de idoneidad del señor Aguado para un cargo. Porque si este señor tiene deudas con una institución supervisada por la Superintendencia de Bancos, sin ninguna garantía para esa institución que está en dificultades financieras, ¿cómo le podemos confiar las pensiones de los nicaragüenses y la fuente de ahorro interno para la reactivación económica? Pero además, ¿cómo se le puede confiar ese dinero a un señor que le pagó 127 mil dólares a una empresa consultora de nombre Green Hill, de él mismo, por trabajos que no hizo? Y si mañana este señor agarra los reales de los pensionados y se comienza a pagar él solo consultorías?

Pero además este señor pagó más de 400 mil dólares en comisiones a una empresa que se llama TRANSCOMSA, para que le llevaran plata del Seguro Social, fíjense ustedes. ¿No es corrupción pagar comisiones al Gobierno para que deposite plata en determinado banco privado? Aquí la Comisión Anticorrupción de don Luis Urbina, debería de investigar al Presidente del Seguro Social de esa época, que permitía que la plata de los asegurados se pusiera en un banco privado a cambio de unas comisiones bastante generosas: 400 mil dólares.

Pero el colmo es que el Licenciado Aguado -ayer lo oí en la televisión- dice "que él no sabe quiénes son los que recibían las comisiones. Y si mañana este señor agarra los reales de los asegurados, ese gran fondo de ahorro interno para reactivar la economía y comienza a pagar comisiones para que se coloquen en determinadas Administradora de Pensiones? Por ejemplo dicen que hay una Administradora de Pensiones en la que está asociado uno de los yernos de Alemán, así hipotéticamente hablando, un señor ecuatoriano. ¿Y si paga comisiones para que ahí se maneje nuestra plata, y después nos dice que él no sabe a quién le pagó, con nuestra plata de los asegurados, con nuestra fuente de ahorro interno? No hay idoneidad.

Pero además, efectivamente si uno lee las Gacetas, se da cuenta que el 15 de Agosto y el 13 de Agosto compró, primero 50 millones de córdobas de bonos del Tesoro para financiar el funcionamiento del Gobierno, y el 15 de Agosto compró cuatro bonos por 220 millones de córdobas para financiar el funcionamiento del Gobierno. En otras palabras, el señor Aguado ha permitido que el Seguro Social siga siendo la caja chica del Gobierno. Pero el colmo de esto es que el Gobierno ni siquiera le cubre las espaldas, porque esas colocaciones fueron a un año de plazo. En otras palabras, deberían de pagarse el 15 de Agosto del año 2002, y si nosotros vemos aquí, el servicio de deuda interna del Proyecto de Presupuesto que nos envió el Gobierno, dice que va a pagar bonos del Tesoro al INSS, 51 millones de córdobas de amortización, 9 millones de intereses, para un total de 60 millones.

Compró bonos por 270 millones y sólo le están asegurando pagar 60 millones, y si este señor mañana agarra los reales de los pensionados, la plata que va a ser la fuente de recursos de ahorro interno para reactivar la economía y se la presta de esa manera a los gobiernos, o a los amigos, ¿qué va a pasar con nuestras pensiones? ¿Qué va a pasar con las fuentes de reactivación económica? Nos va a venir a decir como dice en esta escritura ¡Ah!, es que yo no quería tener un pleito legal, pues, y entonces yo preferí pagar el seguro de infidelidad".

Fíjense bien, que sólo el hecho de que el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros haya tenido que pagar por él una fianza de infidelidad, significa que ese hombre no es un fiel manejador de recursos, si no, no se paga un recurso de infidelidad. Pagar el recurso de infidelidad significa que no es fiel manejador de recursos; ¡ah!, y él dice que lo hizo para evitar un pleito. Estoy admirado de cómo se evita un pleito pagando 500 mil dólares. Pero vean qué grave. Resulta que INISER le pagó al Banco Mercantil 550 mil dólares, pero después se fue él y se arregló con INISER para que le dieran un finiquito para cerrar todo esto y quedó de pagar de eso, 303 mil 850 dólares. En otras palabras, INISER perdió 247 mil dólares.

Entonces es un señor que hace perder a una institución del Estado, que también maneja fondos del Estado, porque en INISER están aseguradas las instituciones del Estado, las empresas del Estado. Nosotros mismos los Diputados estamos asegurados con INISER. Y a propósito, este año ahí andaban "claveando" un montón porque no les pagaban en INISER los seguros médicos. Es que no habían reales, y en parte no habían reales porque gente como Martín Aguado no pagaba sus deudas y no tenían cómo ejecutarlo porque no habían garantías. Pero el colmo es que ya Martín Aguado, de arranque había hecho perder 250 mil dólares a INISER, porque INISER pagó una póliza de 550 y después negoció con él que con 303 cerraba el caso. ¿Cómo va a ser idóneo?

Y ya para colmo, el artículo 16 de la Ley de Superintendencia que habla de las inhabilidades, son inhábiles para ocupar este cargo. El inciso 4), dice: "Los insolventes o con juicios pendientes en materia de cobro o concurso, y los quebrados". Y resulta que el señor tiene un año con un juicio pendiente, por haber quebrado los fondos del equipo de béisbol de León, por haberlos estafado; de tal manera que unos señores que espero no digan que son sandinistas, porque a este señor William Gurdián, no lo tengo registrado en las listas del Frente en León; a José Pallais, tampoco lo tengo registrado como militante del Frente en León; Jorge Granera, más bien salió ahí medio "pegado" con unas ventas de piedras, con Víctor Guerrero, COERCO, MTI, y no lo tengo como militante de León; Pepano Terán, total, tiene un juicio pendiente.

Si uno revisa, hay una, dos, tres, cuatro, cinco, seis, siete, ocho causas para no ocupar este cargo. Hay por lo menos cinco que no cumple Martín Aguado, cómo lo van a elegir, si hay por lo menos cinco causas? La única explicación que tengo, porque además los colegas liberales dicen que van a ganar, Bolaños dice que va a ganar; entonces Bolaños quiere tener ahí gente con la que puede hacer "bisne". El domingo dijo que no quería tener checazos -me contaron-, que no iba a permitir checazos. Aquí tiene un especialista en checazos, le vuela cheque a Green-Hill, le vuela a TRANSCOMSA, se vuela cheques a él mismo, por indemnización. Este es maestro de checazos.

Y los diecinueve Diputados que van de candidatos nos dejan claro que Bolaños sí quiere tener este tipo de gente para financiar las elecciones, para financiar su salario por detrás, para financiar quién sabe qué cosa, porque de lo contrario no estarían pasando semejantes barbaridades. Menos mal que aquí en las causales de remoción a este señor, con los mismos 48 votos se le podrá quitar cuando exista o sobrevenga alguna de las causales de inhabilidad, que ya mencioné como seis, cuando sus actuaciones contravengan la ley, o cuando haya una condena firme que a lo mejor le cae por la acusación que le hacen por haber estafado al pobre equipo de León.

Como ha sucedido en todas estas cosas que Bolaños y Alemán han mandado a meter a última hora, concluyo diciendo que mi consuelo es que todas éstas son muestras de derrota, son muestras de dejar fichas aunque sea unos meses, y cómo el domingo estas cosas van a comenzar a cambiar, nos vemos en las nuevas votaciones el próximo año cuando tengamos que destituir estos pésimos nombramientos.

Gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Víctor Hugo Tinoco.

DIPUTADO VICTOR HUGO TINOCO:

Presidente:

Voy a ser breve porque realmente ya se ha dicho bastante sobre lo inoportuno y lo absurdo de estar haciendo esta elección el día de hoy. Yo resumiría que este día se va a recordar -como decía Guillén- como el día en que en paisito pusieron al gato a cuidar la leche; ojalá no dure mucho eso. Yo sólo quiero decir que están en riesgo las cotizaciones de sesenta mil cotizantes, y también las pensiones que van a quedar en el sistema viejo, porque la Superintendencia va a meterse en el sistema viejo, no sólo en el sistema nuevo con las Administradoras de Pensiones.

Don Martín Aguado, tremendamente cuestionado por toda la sociedad, va a ir a manejar nada más y nada menos que 2 mil millones de córdobas; éso es lo que va a ir a manejar Martincito Aguado; 2 mil millones de córdobas cada año, es lo que va a manejar este señor tremendamente cuestionado por toda la sociedad, desde posiciones de derecha hasta posiciones de cualquier tipo en Nicaragua; y dos mil millones que no son de él ni del Presidente Alemán, que son de los cotizantes, donde Martín Aguado va a tener tremendos poderes para darle aceptación a una administradora, quitarle la aceptación a otra y manejar con mucha discreción las cosas.

Yo tengo entendido que el primer paso fue reformar la ley, para que Martincito pudiera ser el administrador; el segundo paso es nombrarlo; y el tercer paso la próxima semana, en cuanto se publique, es que ya bendice las dos primeras Administradoras de Pensiones: Una, la que ya se mencionaba, la del yerno ecuatoriano; y entiendo que hay otra, porque me han dicho que ya vieron escritura de constitución del hermano del padrino presidencial; otra del hermano de don Jaime Morales Carazo, el señor René Morales Carazo, que también ya está metido en el negocio y listo para ver como maneja los 2 mil millones de córdobas, que va a estar cuidando el gato que estamos señalando, el señor Martín Aguado. Esa es la verdad, y con esa irresponsabilidad se está haciendo esto a la carrera.

Yo creo que los cotizantes nicaragüenses deben estar clarísimos de que así como va si eso no se cambia en el próximo Gobierno, hay riesgo tremendo de que se pierda una buena parte de ese dinero. Hay un riesgo real, verdadero, a partir de los antecedentes; eso es fuertísimo, eso es serio. Yo creo por eso que el planteamiento que aquí se ha hecho, aunque ustedes hoy decidan nombrar a este señor totalmente cuestionado, para manejar esto, hay que cambiarlo inmediatamente después, en cuanto se pueda hacer, si es posible antes del próximo año o si no el año siguiente, todo eso es posible.

Yo insisto, los cotizantes deben estar claros de que los 2 mil millones de córdobas anuales van a estar en juego, van a estar manejados ahí. Yo no creo que Martín Aguado tenga más experiencia ni más capacidad de supervisión que Noel Sacasa, y Noel Sacasa en la Superintendencia de Bancos ha dejado que quiebren cuatro bancos. Qué garantías tengo yo de que este señor que tiene mucho menos solvencia personal y moral va a cuidarte los 2 mil millones de córdobas, como deben ser cuidados, y más con las Administradoras de Pensiones que vienen ya a ser aprobadas?

Y, finalmente, quiero decirles a los otros asegurados, a los que vamos a quedar en el sistema viejo, que ya viene el otro golpe también; porque todo lo que va a ser el INSS, los que vamos a quedar en el sistema viejo, va a ser regulado por una ley que ya mandó el Presidente de la República, la Ley Orgánica, que va a manejar esa institución, la que viene a golpear a los asegurados, a los pensionados y a los jubilados, a los que quedamos en el sistema de los mayores de cuarenta y tres años; ahí viene otro golpe a los nicaragüenses.

Pero los nicaragüenses tienen la posibilidad de cambiar estas cosas y de hacer sentir su protesta y su denuncia el 4 de Noviembre.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Jorge Martínez González.

DIPUTADO JORGE MARTINEZ GONZALEZ:

Gracias, señor Presidente.

Hoy quisiera señalar tres elementos en esta vorágine de anomalías, indiferencias, violaciones al Estado de Derecho, y la corrupción que campea en todos los niveles y en todas las instituciones del Estado, una de ellas es el terrorismo electoral en algunos lugares, como en mi ciudad natal Masatepe, donde una señora, Azucena Aguirre, está inyectando odio a los fiscales y miembros de las Juntas Receptoras de Votos.

Otro elemento es la actitud violatoria incluso del Código Penal de Nicaragua, de la Licenciada Gladys Sánchez, quien como Delegada del Ministerio de Educación en Masatepe, se dio a la tarea de otorgar constancias de estudio y de egresados a personas que iban a estar en las Juntas Receptoras de Votos, y que sin embargo no tenían la calidad que dice la ley.

La ley establece que para que una persona esté como miembro de la Junta Receptora de Votos, debe tener aprobado el tercer año de secundaria, y esta delegada del Ministerio de Educación en Masatepe, hizo aparecer en esas constancias a personas como bachilleras, sin embargo eran estudiantes de segundo año nocturno.

A otras las hizo aparecer como aprobadas del tercer año, sin embargo tenían pendiente clases de ese tercer año. Decía que esto es parte de la vorágine en que este Gobierno se ha visto inmerso, porque en la desesperación que se está teniendo, son capaces incluso de cualquier acto anómalo e irregular para conseguir propósitos insospechables.

Y el tercero es precisamente el que se está discutiendo el día de hoy, que totalmente en contra de la ley y el cuestionamiento que tiene el señor Martín Aguado, ya la orden está dada: va a ser nombrado Superintendente de Pensiones e, incluso, tal a como se manejaba aquí en este Plenario, van a estar en peligro las cotizaciones de más de sesenta mil cotizantes, y eso es algo que nosotros debemos evitar e impedir. El pueblo de Nicaragua es precisamente el que este 4 de Noviembre tiene que garantizar con su voto que no se sigan cometiendo más abusos y más corrupción en este país.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Leonel Téller Sánchez.

DIPUTADO LEONEL TELLER SANCHEZ:

Gracias, mi querido Diputado.

Yo traía un pañuelo blanco listo por si no me dejaban hablar. Mire, he escuchado y leído documentación que me ha dejado los pelos parados, y estoy sumamente sorprendido de que antes de una elección nacional, los Diputados correligionario del PLC y sus aliados de Camino Cristiano y otros, hayan decidido elegir al Superintendente de Pensiones. Ahora -diría yo- lo sacaron del Estadio como hijo de un ex-jugador de béisbol del equipo de León. Y por qué menciono eso? Porque veo que directivos del equipo de León, tienen metida una demanda en el Juzgado Primero de Distrito de Managua, por fraude al equipo de béisbol de León, equipo en que jugó mi padre; debe de estar brincando en la tumba en el cementerio de Guadalupe, el hombre.

Es ciudadano de los Estados Unidos de América, y yo voy a darle copia a los señores y señoras miembros de la prensa, y a los miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, donde dice: "La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de Nicaragua, certifica nacionalidad del señor Oscar Martín Aguado Argüello, norteamericano". Yo voy a pasarle a los señores miembros de la prensa y a la Mesa Directiva este certificado. Yo he visto a varios candidatos a Diputados del PLC y sus aliados sentarse con la sociedad civil, sentarse con el COSEP y hacer una serie de promesas y compromisos de que van a apoyar al Consejo Superior de la Empresa Privada a desarrollar este país.

Pero por otro lado hacen todo lo contrario, con esta elección donde pretenden llevar a alguien que está cuestionado con documentación sobre su actuación como funcionario público y como funcionario de un banco privado. Están aquí sentados, el Doctor Cairo Melvin Amador y el Licenciado Marco Antonio Narváez Baca, que han sido propuestos por el Consejo Superior de la Empresa Privada; y además, la Federación Coordinadora Superior de Universidades Privadas, parte de nuestra sociedad civil, también han propuesto para el cargo de Vice-Superintendente de Pensiones, al Licenciado Leonardo Torres Céspedes.

Tres hombres que no tienen ningún tipo de recuestionamiento y que son más nicas que el pinol.

Pero aquí lo que pretenden elegir es a alguien que hasta los bates del equipo de béisbol se llevó, de acuerdo a la demanda que hay en el Juzgado Primero de Distrito del Crimen de Managua, entre otras serie de cuestionamientos que han sido publicados en medios nacionales escritos y radiales. Sin embargo, yo veo que pretenden elegir al ciudadano de los Estados Unidos de América Oscar Martín Aguado Arguello al cargo Superintendente a pesar de una serie de cuestionamientos cuando tenemos a tres ciudadanos profesionales, intachables, sentados aquí. Y pretenden poner de Vice al Doctor Cairo Melvin Amador Arrieta, cuando sabemos bien que la ley dice que el Vice-Superintendente más que nada actúa de acuerdo a lo que le delega el Superintendente, o sea que está como llanta de repuesto.

Yo creo que ésa es una forma bien fuerte de maltratar a los hombres y mujeres de empresa de este país representados en el COSEP, y a la Federación de Universidades Privadas, cuando este Gobierno, el PLC, y mis amigos correligionarios liberales dicen que quieren trabajar con la sociedad civil; pero aquí lo que se impone a través de los Diputados del PLC y sus aliados es la voluntad del señor Presidente de la República. Yo lo lamento por el COSEP, quienes después de todo con sus impuestos pagan nuestro salario, lo lamento por COSEP por las universidades privadas, y lamento que el talento de profesionales distinguidos como el de Leonardo Torres Céspedes, como el de Cairo Amador Arrieta y Marco Narváez Baca, sean desperdiciados para manejar -como decía Víctor Hugo Tinoco -alrededor de 2 mil millones de córdobas anualmente.

Yo verdaderamente lo lamento, y creo que ha sido una decisión totalmente errada el tratar de llevar esta elección a cabo, ahorita, pues eso demuestra que los Diputados que vamos a venir a esta Asamblea Nacional, electos por la casilla en el Partido Conservador, vamos a tener que venir a trabajar para revertir una serie de decisiones a esta Asamblea Nacional, que definitivamente no son de acuerdo a lo que es una economía de libre mercado, como la que pretendemos apoyar en Nicaragua y que definitivamente no viene a ser coherente con las promesas que se le han hecho al COSEP, pero que por otro lado mis hermanos y correligionarios liberales del PLC y de otras bancadas, hacen todo lo contrario. Le agradezco la oportunidad que me da de hablar y ya no hago uso del pañuelo blanco.

Muchas gracias.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Dámaso Vargas, o su suplente.

DIPUTADO LUIS BARBOSA CHAVARRIA:

Creo que el día de hoy el pueblo de Nicaragua va a ser testigo una vez más de cómo galopa la corrupción, y cómo en este Parlamento donde se debieran de estar haciendo leyes que favorezcan al pueblo, realmente se están haciendo leyes que favorecen a personas y a un partido. Se vendió la idea de que el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social tenía que privatizarse; y los trabajadores que aglutinados en el Frente Nacional de los Trabajadores protestamos, fuimos agredidos, fuimos encarcelados, tuvimos heridos, pero este Parlamento aprobó la privatización de las pensiones. Los trabajadores pedimos que se auditara el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, y se opuso totalmente el señor Martín Aguado.

Los asegurados, los cotizantes, vamos a estar en peligro permanente, porque hoy se pretende elegir a un señor que tiene postgrado en quiebra de bancos, y como se ha dicho aquí, la Superintendencia de Bancos no ha sido capaz de parar la quiebra de los bancos. Y cómo al señor Martín Aguado, que hoy están conociendo los periodistas y el pueblo de Nicaragua, que tiene un oscuro pasado, se le pueden entregar las pensiones del pueblo trabajador, de los trabajadores que cotizan diariamente para que su vejez la puedan disfrutar, pero la van a disfrutar según parece, el señor Martín Aguado y su camarilla que hoy pretenden elegirlo.

Hoy por la mañana fueron llamados por el capo presidencial, que les dio la orden: Hay que elegir al muchacho, al muchacho que tiene buenas notas, al muchacho que es especialista en quiebra de bancos, al muchacho que sabe transferir fondos de los pensionados para que sean usados en la campaña liberal. Así se están usando los fondos de los pensionados, y nos van a entregar quebradas esas Administradoras de Pensiones y después, ¿quienes las vamos a pagar?: el pueblo trabajador, con sus impuestos, con el señor Martín Aguado, si llega a ser electo aquí con la complicidad de los Diputados liberales y otros que dicen que iban a legislar a favor del pueblo, hoy lo vamos a ver, y quieren ser nuevamente Diputados.

Vamos a darle a conocer al pueblo la lista de estos Diputados que hoy quieren poner a manejar el dinero de los cotizantes en manos de un delincuente, porque eso es Martín Aguado, un delincuente, un norteamericano que quiere ser electo por estos Diputados. Nosotros los trabajadores rechazamos contundentemente esa posición y llamamos a los representantes de los trabajadores, como a "Chepón", como a Márquez, que representan trabajadores, que no le den el voto a ese señor corrupto, que recuerden a sus afiliados que son cotizantes.

Nosotros tenemos claro que el señor Bolaños, si acaso fuera el Presidente, que lo dudo, quiere tener su caja chica personal asegurada con el señor Martín Aguado; esa es la jugada, Martín Aguado; va a facilitar el dinero. Nosotros podemos decir que los cotizantes tenemos todavía una llave, y la llave es para que nosotros podamos entrar a esas Administradoras de Fondos de Pensiones, tiene que ser voluntario, no me pueden exigir como en el INSS, que el empleador me tiene que emplanillar, y los trabajadores no nos vamos afiliar a esas Administradoras de Fondos de Pensiones porque está en peligro nuestro dinero.

Fue violada la Constitución, metimos recursos de amparo, pero eso no les importó a los que dicen que están para proteger al pueblo y los que quieren volver a ser electos. Aquí galopa la corrupción, y que viva la corrupción eligiendo a Martín Aguado.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Eliseo Núñez.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ:

Es doloroso para una bancada que hace aproximadamente dos meses incidía en las decisiones de esta Asamblea, hoy, después de la demostración de fuerza de todas las bancadas democráticas, cuando se dejó a la vera a la bancada sandinista, que durante tres años había venido chantajeando a la Asamblea Nacional para imponer y repartirse cargos, hoy tienen razón en protestar, en gritar, en señalar; pero yo les aseguro que si no se hubieran dado esas circunstancias del aglutinamiento de las bancadas democráticas, ahí estaría el Frente Sandinista votando a cambio de la Vice-Superintendencia.

Sencillamente durante tres años lo hicieron, pero hoy, precisamente porque no se les puede conceder porque nos cansamos, y el liberalismo y las bancadas democráticas se cansaron de su chantaje, hoy están gritando. Y aquí vienen con mentiras, absurdos y falsedades, falsedades; como es no tomar en cuenta una sentencia del Tribunal de Apelaciones del 12 de Mayo de 1998 en la cual se sobresee definitivamente el caso de Martín Aguado, puesto que dice la sentencia que podía suscribir en nombre del banco toda clase de contratos y operaciones bancarias propias del giro del banco.

De manera que si el banco conviene en celebrar con la procesada el uso del servicio de fondos no confirmados, consistente en pagar los cheques de la procesada en el momento de su presentación a las ventanillas del banco y cobrara con esa operación un servicio de suma libremente consentida, señores, no hay estafa en ningún lado, no hay ninguna violación; sencillamente la sentencia manda a decir que la Junta Directiva del banco y todos los accionistas, en virtud de haberle concedido un poder general de administración que lo facultaba a suscribir en nombre y representación del banco toda clase de obligaciones, y crédito en general para asumir y suscribir, y para celebrar en nombre del banco toda clase de contratos y operaciones bancarias propias del giro del banco.

Aquí el pleito ha sido por unas comisiones autorizadas por Martín Aguado, que estaba dentro de sus facultades, y aunque mentirosamente dicen que fueron comisiones dadas al INSS, fueron comisiones dadas a personeros del banco, por conseguir fondos para el banco, no para comprar a instituciones del Estado, como quieren falsamente decir o como aquí aducen, de que hay una escritura pública en la cual se confiesa o sentencia sobre un delito.¿Desde cuándo los notarios somos Jueces? ¿Desde cuándo tenemos más facultades que aquella que nos confiere la ley? Si la Constitución manda que el único Poder capaz de juzgar y conocer lo juzgado es el Poder Judicial, y el Poder Judicial ya juzgó, ya hay una sentencia del Tribunal de Apelaciones.

Cuando se trata de señalar por lo dolido que se está, se busca cualquier argumento y se olvida realmente de la sustentación, o también viene la peregrina idea de decir que Martín Aguado es norteamericano y que no puede ser Superintendente porque tiene un impedimento. ¿Ya se olvidaron que ustedes aprobaron la doble nacionalidad y que sólo se está impedido de ejercer cargos de elección popular cuando se tiene que presentar previamente la renuncia? Ya se les olvidó lo que hicieron? Se les olvida la ley y, cómo manejarlas, y hablan de que el INSS ha invertido en CENIS en bonos del Tesoro y en bonos de indemnización.

Si, ha invertido 2 mil millones de córdobas que es lo que tiene en fondos el INSS, en esos bonos para asegurar y garantizar que no pase a como ha pasado actualmente a los bancos privados, que en los bancos privados ya tenemos una cadena de quiebras en las cuales si fueran distribuidos estos 2 mil millones de córdobas en los bancos privados, tocaría 180 ó 200 millones de córdobas por banco, y habría un enorme riesgo en que el asegurado iba a perder su dinero. ¿O es que el Frente Sandinista quería que los 2 mil millones de córdobas se los depositaran en el INTERBANK para que pasara a engrosar la enorme piñata y la enorme repartición que hicieron con el INTERBANK?

Eso es lo que querían, por eso están protestando, porque están invertidos en bonos del Estado, en bonos del Tesoro, en CENI´S y en bonos de indemnización; están protestando porque les han quitado de la boca el pastel. Señor Presidente, el Presidente de la República mandó una terna en la cual no hay orden de prelación, por lo tanto me permito presentar ante la Junta Directiva y ante este Plenario la candidatura del señor Martín Aguado Arguello, quien tiene todas las características y calidades suficientes para el ejercicio de este cargo.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Noel Pereira Majano.

DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:

Gracias, señor Presidente.

Le doy explicaciones porqué ésta ha sido una Sesión cansada donde se han dicho un poco de mentiras. Es grave ver cómo se miente cómo no se sabe o cómo se oculta la verdad. Definitivamente se dicen cosas de personas que no han venido preparadas para este debate, o bien que están preparadas para causar distorsionamiento de la verdad. Se dice que la locura es el precio de los débiles y de los prisioneros, porque el prisionero definitivamente cuando está en la cárcel, le pasa la de nuestros amigos del otro lado de la ribera, cuando sólo pueden decir Dirección Nacional ordene.

Por esta razón se viene a mantener una verdad sin sentido, sin lógica, sin razón de ninguna clase; por allá veía yo que hay una serie de argumentos que ni siquiera se asemejan a la verdad, esta serie de argumentos que ya el Doctor Núñez en una parte expresó, que realmente ningún ciudadano nicaragüense por haber tomado otra nacionalidad pierde la nicaragüense. Desde ese momento nos encontramos con que los señores sandinistas, o no se fijaron cuando aprobaron eso, o bien están padeciendo de amnesia, o es una cuestión a propósito.

Se habla de que qué barbaridad de candidato, cómo van a elegir a un candidato corrupto. Candidatos son los que quieren optar a la Presidencia, candidatos son los que quieren optar a Diputados, candidatos son aquellos que van a llegar en esta justa electoral a ser juzgados por el pueblo. Descobijémonos, veamos a ver si estos candidatos han cometido macrodelitos en Nicaragua, y nos encontramos al Partido Sandinista que definitivamente cuándo ya había ganado Doña Violeta, en ese lapso, casi a mil personas ellos le dieron la nacionalidad; a eso le llamamos la "piñata de la soberanía". ¿Son delincuentes o no son? Son, han cometido el delito de lesa Patria.

Preguntémonos nosotros ahora que hablamos de Martín Aguado -y me dolió que alguien dijo que era un delincuente-, digamos, quién tiene inscrito en el Registro propiedades que eran de personas a quienes se las arrebataron, de los amigos que están sentados al otro lado de la ribera. ¿Quienes tienen casas, que viven en ellas y que no les pertenecían, ¿Son corruptos o no? La Chana no le puede decir puta a la Juana, porque ella tiene una cola mayor. En consecuencia, creo que están desfasados quienes han hablado en una forma tan grosera, tan grotesca y tan falta de un criterio superior de don Martín Aguado, a quien no se le ha probado ningún delito.

Luego veo a nuestro amigo Castro, que él saca; ésta es la escritura, ésta es la escritura. No, ésa es una fotocopia que conforme la ley de fotocopia no vale nada, tiene el valor de un periódico que ya se leyó, ya es una cosa que no tiene ningún valor. Cómo van a estar hablando así, personas que no están estudiando Derecho, personas que no saben realmente dónde está la verdad y dónde está la no verdad? También nos encontramos en una forma clara -que yo lamento mucho-, que el señor Téller quiere ser el líder, pero tiene que estudiar primero. ¿Cómo va a estar diciendo que Martín Aguado es un norteamericano? Que vaya a consultar el artículo 20 de la Constitución, que dice que no se pierde la nacionalidad.

Para ser libre hay que merecer credibilidad. No se ha elegido a la persona, cuando se pasea en las páginas y las cuartillas de un periódico para exhibicionistamente querer mantener algo a costa del pudor de la dignidad y del honor de terceras personas. Cuando tengamos la verdad, realmente mereceremos credibilidad y entonces así pasaremos bajo la arcada del respeto del pueblo nicaragüense. Quiero explicar claramente que aquí se están cometiendo cosas completamente inauditas, ¿por qué? Porque nosotros nos encontramos con el artículo 34 de la Constitución Política de la República, ¿ y quién le ha probado al Doctor Alemán un delito? ¿Quién le ha probado un delito a Martín Aguado? Nadie.

Y este artículo constitucional dice que se presume la inocencia mientras no se pruebe la culpabilidad de una persona. ¿Cómo es posible que se esté hablando de delito, cuando constitucionalmente ya se establece en qué consiste el asunto de ser delincuente o no? Vamos a hacer una cosa, estamos hablando de que estos Diputados liberales deberían de tener vergüenza en el próximo período. Vergüenza se tiene para apoderarse de lo ajeno; vergüenza se tiene para tratar de calumniar a las personas, para ocultar verdaderamente el rabo, que con el robo se ha puesto aquí en Nicaragua para que el pueblo nicaragüense se adormezca; vergüenza se puede tener cuando vamos a un periódico y atacamos a una persona que no se puede defender porque no le dan la oportunidad de una rectificación.

Vergüenza se tiene al atacar a alguien si verdaderamente no tenemos la prueba exacta para ello. Este pueblo ha sido víctima de los traficantes de la verdad; este pueblo ha sido víctima de aquellos que han jugado con la dignidad y la conciencia de Nicaragua, y cada nicaragüense se yergue airoso porque se estremece definitivamente ante la situación que la historia ya reprueba de aquellos que serán derrotados en esta justa electoral.

Es aviesa la posición de los elementos del Frente Sandinista y sus acólitos cuando están tratando de crear una situación conflictiva, haciendo que el candidato a la Presidencia liberal tome "gresca" contra aquellos que lo estamos llevando al poder con nuestro voto.

Esa es una situación aviesa, porque aunque se vista de chicha, aunque destiña su color, Daniel siempre será el Danielito de las travesuras, aquel que tocó en el tinglado de la cuestión delictiva para luego burlarse del pueblo nicaragüense. Aquí se comete terrorismo de distintas maneras: poniendo una bomba; se comete terrorismo quitando las propiedades ajenas, se comete terrorismo también calumniando a las personas; se comete terrorismo quebrando a propósito los bancos para quedarse al margen del castigo; se comete terrorismo cuando somos innobles en cuanto a nuestro actuar en la vida privada nuestra.

Quiero decir, señores, que don Martín Aguado cuenta con la venia y el respaldo de esta bancada, y esta bancada realmente me ha pedido que secundemos lo expresado por nuestro amigo y dilecto Diputado que lo proclamó. Definitivamente vamos a creer una cosa; nos vamos a ir llenos de honor de esta Asamblea, se culminará este año y nosotros hemos entrado en las páginas de la historia como las víctimas de unos chantajistas que nos quisieron arrinconar para crear leyes malvadas que han venido a escarnecer al pueblo nicaragüense. Por ahí anda un huele pega, por allá está otro impune, por allá está otro que comete delitos ¿ y esas leyes salieron de dónde? Salieron definitivamente del tabernáculo maculado por delitos del Frente Sandinista que les dio la venia.

Señor Presidente, le pido que nosotros ignoremos los ataques contra don Martín Aguado, porque realmente no se le ha probado ningún delito, se han dicho cosas que no son verdades. Aquí tenemos nosotros la ley que regula estas atribuciones que le van a dar a él en esta elección y no tiene ningún impedimento. Realmente creemos que nuestra devoción por la ley nos hará que verdaderamente a nosotros nos respete la historia y también tendrá su condena para aquellos que la han mancillado.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Dámicis Sirias.

DIPUTADO DAMICIS SIRIAS:

Gracias, señor Presidente.

Mis colegas de bancada -tanto el Doctor Núñez como el Doctor Pereira Majano- han sido contundentes en sus argumentos para reargüir los argumentos fantoches de nuestros colegas de la bancada de enfrente. Aquí en este hemiciclo ha campeado la diatriba, el insulto, y de una manera irresponsable se trata a sus colegas con epítetos altamente groseros y fuera de todo contexto social y cordial. Pero no me extraña esa actitud de mis colegas, porque sobre todo cuando quieren deslegitimar una causa buena, recurren a esas estrategias. Innegablemente que toda la cortina de humo que se ha lanzado sobre esta elección, no tiene más que un contenido eminentemente político de cara al triunfo electoral indiscutible de la fórmula Bolaños -Rizo.

Quieren manchar la personalidad transparente de ese candidato que los liberales y nuestros aliados llevamos a esta contienda; y como les decía el Diputado Eliseo Núñez, todo obedece a que ya el pueblo definió por quién hay que votar, con sendas concentraciones extraordinarias en los cuatro puntos cardinales de nuestra geografía nacional. Ayer nomás, en Juigalpa, Departamento de Chontales, se hacía una extraordinaria concentración de fe en los candidatos, de fe en el liberalismo, y por eso es que ahora quieren deslegitimar a un ciudadano que tiene gran capacidad en estas cosas como es el Licenciado Martín Aguado, que también me permito secundarlo.

Se ha venido hablando insistentemente de corrupción, y lamentablemente yo me pregunto, qué será mayor corrupción; deber y pagar como es el caso de Martín Aguado, que se decía que debía y ahí están las evidencias de pago, o los que se han apropiado de cosas ajenas y no las han pagado, ni las han devuelto.

Yo dejo flotando en el ambiente, qué es más corrupción, Y que el pueblo de Nicaragua juzgue; no somos nosotros los Jueces, sino que va a ser el pueblo de Nicaragua el que va a dictar su veredicto y el que va a recoger la historia para ver quién es quién.

Mi colega Wálmaro, de una manera sutil reconocía el triunfo electoral del liberalismo y la alianza, cuando decía que va a ser un reto para don Enrique Bolaños. Vean que interesante cómo ya ha reconocido, lo que pasa es que subconsciente los traiciona y saben que están convencidos de su derrota electoral el próximo 4 de Noviembre, así es que no hay forma de tratar de revertir esta acción porque el pueblo ya definió. Me decía un colega -distinguido directivo del Frente Sandinista- todo lo que están argumentando nuestros colegas de bancada va a salir en todos los medios de comunicación en primera plana y a ocho columnas, y los argumentos de ustedes van a salir allá en una gacetilla, tal vez en La Tribuna. Vean qué interesante confesión.

Entonces yo le decía: en realidad, le digo, eso vale tener los medios a su favor. Yo en realidad no creo que la Prensa Nacional, que la considero objetiva, no vaya a hacer un equilibrio real de los argumentos que se han expuesto en este Plenario; también en las noticias debe ser, son medios de comunicación social, mi querida colega. Pero bueno, mis queridos amigos, yo creo que ya no cabe más cómo reargüir estos argumentos de nuestros estimables colegas de la bancada sandinista, porque ya estamos convencidos de que no es más que perseguir un fin político para querer deslegitimar el triunfo indiscutible de la Alianza Liberal el próximo 4 de Noviembre.

Muchas gracias, colegas.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el Diputado Emilio Márquez Acuña.

DIPUTADO EMILIO MÁRQUEZ ACUÑA:

Gracias, Presidente.

Realmente querer oponerse a la elección del Presidente de la Superintendencia de Administración de Fondo de Pensiones, es como querer detener el tiempo y querer borrarle de la mente al pueblo como quien borra un escrito en un pizarrón, escrito con tiza. No es posible. Cuando se ha venido argumentando, siento que realmente es una ofensa a la inteligencia del pueblo nicaragüense. Es una ofensa, porque quienes hablan lo hacen como que se lo están planteando a niños que acaban de llegar a su adolescencia, y es una grosería eso de armar toda una perorata para enmascarar la verdadera esencia de las cosas, de la historia.

Oigo voces que se levantan defendiendo, rasgándose las vestiduras para defender a los trabajadores, y eso es totalmente falso. ¿Por qué hasta ahora? Yo les pregunto, ¿por qué hasta ahora? Por qué cuando estuvieron once años en el poder, Daniel Presidente; de ipso-facto Daniel por once años Presidente, primero con las armas y después con un arreglo de unas elecciones amarradas donde el pueblo no era tomado en cuenta. Recuerdo que cuando se constituyó el Consejo de Estado se asignaban de dedo las delegaciones en este Parlamento, y aquí el difunto Carlos Núñez decía: "a discusión", "a votación". Ni un suspiro dejaba, y al que se oponía le caía la aplanadora.

Yo no recuerdo -si la memoria no me falla- que alguien se haya atrevido a decirle delincuente de manera directa y en público a Daniel Ortega, y ahora olímpicamente aquí se le dice ladrón, delincuente, a Martín Aguado; hombré si Martín Aguado es corrupto, es delincuente, entonces hay que procesarlos a los dos, porque al que lo dice, a sabiendas y si tiene evidencia y no lo ha procesado, no lo ha denunciado ante un tribunal competente, es un encubridor, entonces hay que procesarlos a los dos. Para nadie es un secreto en este país, que todos estos discursos que se tiran no es más que para enmascarar el asalto al pueblo, el robo al pueblo; eso sí se puede probar, eso sí es tangible, desde el más pequeño hasta el más grande.

Y ahí está Daniel Ortega, que si gana no entrega la casa y si no gana tampoco la entrega, ¿y entonces? Yo le voy a regalar un espejito a cada uno para que se miren el rostro -yo no sé que rostro se ponen cuando hablan de corrupción-, y les voy a regalar un taco de jabón para que se laven bien las manos porque chorrean sangre y lodo. Para hablar de corrupción hay que tener limpias las manos, tener toda la solvencia moral para decirle a otra persona corrupta, delincuente, ladrón, y toda la diversidad de epítetos. Yo no sé por qué no se acuerdan que el Diputado Reynaldo Antonio Téfel, quien posteriormente fue el Ministro que desbarató el Seguro Social.

Yo no sé por qué no se acuerdan que cuando hacíamos las huelgas nos echaban presos, y nos decían contrarrevolucionarios, y nos decían economicistas, a las centrales, a los obreros de una línea democrática.

Yo no sé por qué no se acuerdan cuando se inventó un Decreto, crearon el Fondo para Combatir el Desempleo. Cuántos empleos generaron? Cuándo rindieron informe de ese fondo para combatir el desempleo? Yo me acuerdo de Lucío Jiménez de Dámaso Vargas; yo me acuerdo de Carlos Borge y de toda una serie de líderes que asaltaban los locales de la centrales democráticas e independientes; y hoy hacen huelgas, queman llantas, levantan adoquines, gritan, atropellan y realizan un sindicalismo terrorista, porque eso es terrorismo.

El cerebro a uno no se le congela, el cerebro en el pueblo está claro, activo. Yo no sé por qué no recuerdan cuando le exigían una carta del CDS al trabajador y si no la llevaba estaba corrido; cuando le exigían hacer el trabajo gratuito, voluntario, el rojinegro. Yo no sé por qué se les olvida, cuando exigían ir a prestar el servicio o la reserva, o si era joven tenía que ir a prestar el Servicio Militar obligatorio, luego lo regresaban en una bolsa, en unas cajas selladas. ¿Por qué se nos va a olvidar eso. Entonces, cuando aquí oigo que se desgarran gritando corrupción, revisemos la corrupción, revisémosla desde 1979 al 96; revisémosla, porque a una cantidad de gente le quitaron la finca, la quitaron el ganado, le quitaron la casa, el carro se lo quemaron, hicieron barbaridades.

Hombré, reprimían a la Iglesia, los sacaban desnudos como al padre Carballo; como se lo hicieron a Bernardo de Cuapa ¿Cómo se va a olvidar éso? ¿Es mentira que censuraban la prensa, es mentira que al que hablaba contra la Revolución -en la misma cuadra estaba el "oreja" del CDS, que a la vez era Seguridad del Estado-, lo mandaban al chipote, o lo mandaban a Palo Alto, o lo mandaban a la Zona Franca? Ahora, gracias al triunfo de la democracia, gracias al triunfo de la paz, ahora esas cárceles son centros de trabajo, son generación de empleo, son generación de la mitigación del hambre del pueblo.

No se quiere reconocer que las carreteras de todo el país, incluso las de la capital, estaban desbaratadas; y no se quiere aceptar ahora que cuando agarramos una carretera desde el 7 Sur llega hasta Sapoá, hasta Peñas Blancas, hasta la frontera, y que ahí pasa el conservador, ahí pasa el liberal, ahí pasa el sandinista, ahí pasa de todo y no se le daña su carro.
No se quiere aceptar ahora que desde Izapa hasta Chinandega hay una carretera muy buena.

No se quiere aceptar que se están construyendo, revistiendo, recarpeteando las carreteras; que la carretera Panamericana que va al Guasaule va haciéndose nueva; la carretera que va al Tuma - La Dalia, a la Tronca, a Rancho Grande, donde está saliendo la cosecha, donde estamos beneficiando al campesino, donde está entrando la energía eléctrica para que el campesino tenga oportunidad de ver su televisor, de poner un refrigerador, de poner un negocio, que se vaya generando el progreso de este país y Nicaragua tenga otra cara.

¿Por qué ahora hacemos tantas chácharas? No tienen razón. Y en este caso del señor Martín Aguado, ¿cuál es el miedo si ustedes mismos dicen que van a ganar? Entonces lo pueden quitar y poner a otro. No se trata de Martín Aguado aquí, el asunto es salir adelante, porque hay que echar a andar las cosas de conformidad con la ley. A los medios de comunicación y al pueblo lo desinforman, porque no le dicen que la misma ley tiene una serie de exigencias para el funcionario que vaya a ocupar este cargo, no es tan fácil; pareciera que no participaron en la elaboración de la Ley de Fondo de Pensiones, la ley es regulada, tiene una serie de restricciones, no es que se va entronizar y que va a quebrar un banco y se robó los reales. Si una Administradora de Fondos de Pensiones, tiene que depositar primero 20 millones de dólares para que pueda funcionar, y tiene que tener plenas garantías; para eso es la Superintendencia también para que vigile.

No es la Superintendencia la que va a estar metiendo las manos en las recaudaciones, son las empresas privadas, las Administradoras de Fondos de Pensiones. No sé por qué nos enredamos. Hombré, votemos por esta ley, votemos por la aprobación del señor Martín Aguado. Yo les pido a todos mis colegas que así sea para que salgamos adelante.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado José González Picado.

DIPUTADO JOSE GONZÁLEZ PICADO:

Gracias, señor Presidente.

Hoy hemos escuchado los argumentos por los cuales no se debe de proceder al nombramiento del Superintendente del nuevo Sistema de Pensiones, para dar posibilidad a que se puedan nombrar ternas de consenso a través de organizaciones en donde participen los asegurados, los trabajadores, la Empresa Privada, mediante un mecanismo que se ha utilizado en muchas naciones que han logrado salir adelante mediante el ejercicio democrático de esa práctica; sin embargo, no responsabilizamos a los colegas de la bancada de gobierno del PLC por la prisa con que se quiere hacer este nombramiento. Digo no los responsabilizamos, en tanto que ha sido la conducta y la práctica del actual Gobierno el de nombrar y enviar este tipo de orientaciones partidaristas que luego que se aprueban sin tener un amplio consenso, provocan situaciones que verdaderamente afectan al país, afectan la transparencia en el manejo de los recursos, afectan a las instituciones que luego no tienen independencia, no tienen consenso y no existen mecanismos para efectivamente buscar solución a los problemas de Nicaragua. Un verdadero Estado de Derecho es aquel en donde las instituciones y la ley estén por encima de los individuos, y en donde las inmunidades no contribuyan a las impunidades; un verdadero Estado de Derecho pasa por la despartidarización de las instituciones democráticas, hoy por hoy seriamente cuestionadas por el pueblo o la sociedad civil.

Deberíamos hoy estar cerrando previo a las elecciones del 4 de Noviembre, con medidas para atacar el desempleo, la hambruna y la corrupción; sin embargo es triste el papel que estamos haciendo en el Parlamento, al venir a comprobar que esta persona que se está señalando ha sido tildada en los medios de comunicación y que se han dado a conocer actos de fraude y corrupción en los que se encuentra directamente involucrado. Sin embargo, vemos nosotros que se impone esa conducta a lo largo de estos años del ejercicio parlamentario, de ser la caja de resonancia del Poder Ejecutivo.

Ese descomunal éxodo campo - ciudad, ese exilio económico de más de un millón doscientos mil nicaragüenses, el abandono y la frustración de la juventud, el machismo y la exclusión hacia los sectores femeninos de este país, se ve incluso reflejado en los debates del Parlamento, en donde definitivamente no hay el menor acto de respeto hacia las compañeras mujeres, no se atacan los problemas de descentralización presupuestaria a ciento cincuenta y un Municipios, la exclusión hacia la Costa Caribe nicaragüense; en definitiva no se habla de un proyecto de Nación que demande la participación plural, que se anteponga a cualquier arreglo de cúpula o componenda.

Por esa razón, colegas parlamentarios, creo que estoy totalmente de acuerdo que no es la descalificación, no son los epítetos, sino la propuesta de consenso de forma constructiva y madura la que puede sacar adelante a este país; Pero no es tratando de imponer antojadizamente al señor Aguado con que vamos a resolver los problemas de este país. Por esa razón creo que lo mejor es que se vuelva a la posición de una Comisión en donde puedan participar los asegurados, los trabajadores, las empresas privadas y no pongamos como se dice popularmente al gato a cuidar la leche.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra la honorable Diputada Rita Fletes.

DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:

En aras de la democracia, para que todos los Diputados hablemos y tengamos participación, yo cedo mi palabra públicamente, señor Presidente, al Doctor Noel Vidaurre.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Yo corté la palabra hasta Angela Ríos, Noel está por último, tendría que dársela a otros que también están.

Tiene la palabra la última oradora Angela Ríos, o bueno que hable ella; si ella quiere, que hable ella. No hay sustitución.

DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:

Presidente, yo voy hablar.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Hable, por favor.

DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:

Me cabe la razón para decirles que lo que van a hacer ustedes, Diputados Liberales, es ponerle el sello a la corrupción en Nicaragua. Muy bien dice su candidato Bolaños, y yo les digo, arremánguense las mangas, arremánguense las mangas contra la corrupción, esos diecinueve Diputados que van a estar en la próxima legislatura, que se van a reelegir, están sellando la corrupción en Nicaragua. Hermanos periodistas, hagan caso omiso a lo que les dijo Dámicis ¿Qué Gobierno ha sido el que los ha tratado peor a ustedes, a los que ha empujado, les ha pegado, les ha dicho barbaridades a todos los periodistas en Nicaragua, y ahora vienen a lavarse las manos y a decir que sólo los sandinistas violentamos a los medios de comunicación.

Qué mentira más grande, Señor mío! Ahí está Eloísa Ibarra. ¿Qué mejor ejemplo de mujer que Eloísa Ibarra, que ha sido objeto de violencia por parte del Presidente Arnoldo Alemán? Pero aquí lo vamos a tener, aquí vamos a tener a Alemán, y aquí vamos a tener a esos diecinueve Diputados para reformar esta ley corrupta y a ese funcionario corrupto que ustedes quieren nombrar en este momento. Y aquí no hablemos de techos de vidrio, Doctor Pereira Majano, porque en cada familia tenemos un pasado y tenemos que respetarlo. Yo creo que los que tenemos cola no debemos señalar la cola de otros. Y no quiero hacer referencia a lo que le estoy diciendo, pero respete porque todos tenemos techo de vidrio.

De manera que hoy ustedes están poniéndole el sello a la corrupción, se están remangando las mangas, como dice el candidato Bolaños, y sigue la corrupción en Nicaragua; están remangándose las mangas y remangando al pueblo trabajador, a todos los asegurados. De manera que sigan ustedes con sus triquiñuelas y apañando a un cúmulo de corruptos; sigan ustedes haciendo corrupción en Nicaragua, que después del 5 de Noviembre vamos a ver a esos corruptos en todos los poderes judiciales, y se los prometemos. No les decimos que se arremanguen las mangas, porque además el Frente Sandinista y el gobierno de la convergencia va a gobernar para todos.

Dios mío, ¿por qué se murió el Doctor Roberto Terán? Roberto Terán estuviera aquí cabildeando hace una semana o quince días para que al COSEP lo respeten. El Doctor Cairo Amador va de relleno, ustedes lo saben perfectamente, va de relleno y se están limpiando las manos y diciéndole al COSEP, te pusimos a Cairo Amador, te lo pusimos de relleno. Al COSEP le pasa esto por politizar esa organización que tenía en su máximo líder A don Roberto Terán, muy eficientemente y despolitizado; eso le pasa al COSEP por creer en la corrupción; eso le pasa al COSEP por creer... y Cairo Amador, ponete las pilas porque tenés que cuidar bien esa Superintendencia, porque si no te van a embadurnar a vos de corrupción y de robos.

De manera que, señor Presidente, van a elegir como siempre lo han hecho, pero ésta se la cobran los pensionados y los trabajadores de Nicaragua, se la cobra todo Nicaragua.

Gracias, Junta Directiva.

PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

Ultimo orador, Angela Ríos.

DIPUTADA ANGELA RIOS PEREZ:

Muchísimas gracias, señor Presidente.

Ciertamente que el nombramiento como Superintendente de Pensiones del señor Martín Aguado, evidencia el irrespeto a este Parlamento y se violenta la institucionalidad del país que cada día es más frágil. Porque el señor Aguado, además de los gravísimos problemas que ocasionó en el Banco Mercantil, en su condición de Gerente General, también tiene cuentas pendientes como funcionario público en su condición de Presidente del INSS con un número considerable de cotizantes, porque en el proceso de privatización -y me duele que a muchos colegas Diputados y Diputadas se les olvide qué es lo que pasó en el proceso de privatización del INSS, se desechó la aspiración justa de un sistema previsional para la totalidad de los trabajadores.

Más bien se optó por un negocio de minorías y también por polarizar más el ingreso y cubrir riesgosamente a una parte del sector laboral. Para el cargo de Superintendente de Pensiones se necesita una persona que reúna criterios técnicos y profesionales de calidad, pero también paralelamente, que sea honesta, que transmita confianza, que transmita transparencia, y más bien el señor Martín Aguado tiene todas las características contrarias. Que quede constancia en esta Asamblea Nacional, de que no todos los Diputados y Diputadas cometerán el error de elegir al señor Martín Aguado. Confío mucho en que después del 4 de Noviembre, el nuevo Gobierno analizará y revisará exhaustivamente este nombramiento y procederá a revocar el mismo.

Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Siendo el último orador, vamos a someter a votación la carta del Presidente de la República donde nos manda la terna para elegir al Superintendente de Pensiones.

El Diputado Eliseo Núñez propuso a Oscar Martín Aguado, lo mismo que lo secundó Pereira Majano. Vamos a someter a votación para candidato, a Oscar Martín Aguado, como Superintendente de Pensiones.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 2 en contra, 0 abstención. Queda electo como Superintendente de Pensiones, Oscar Martín Aguado Argüello.

Vamos a la otra elección.

Se escuchan propuestas para Vice de la Superintendencia de Pensiones, también sobre la carta enviada por la Presidencia de la República.

El último orador sería, Noel Delgado Cuadra.

Tiene la palabra Noel Vidaurre.

Aquí estás apuntado, era para la anterior?

DIPUTADO NOEL VIDAURRE:

La palabra, señor Presidente, yo la quería para la anterior. En el caso del Vice-Superintendente de Pensiones, bueno, no tengo nada que decir, únicamente que he oído que se va a nominar al señor Cairo Amador, que ha sido presentado por el COSEP; pero no tengo nada que decir en este caso del Vice-Superintendente, porque mi intención era tomar la palabra en el caso del Superintendente. Así que retiro la palabra.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Como no.

Tiene la palabra Guillermo Ramírez Cuadra.

DIPUTADO GUILLERMO RAMIREZ CUADRA:

Gracias, señor Presidente.

Decía el Diputado Edwin Castro: yo respeto a la Empresa Privada, pero él es una persona que no conoce la Empresa Privada porque nunca transitó por ella. Yo respeto a la Empresa Privada, porque vengo de la Empresa Privada; tan vengo de ella, que mi abuelo fue cuatro veces el Presidente de la Cámara de Comercio de Managua. Mi familia llevó durante cincuenta años una relación estrecha con la Empresa Privada, y por ese mismo respeto que yo le tengo a la Empresa Privada es que hoy, en aras de mantener su futuro y que no vuelva a sufrir la destrucción que sufrió en los años ochenta durante el régimen sandinista, declino mi candidatura a favor del candidato del COSEP, el Doctor Cairo Manuel López. Perdón, Amador.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra el honorable Diputado Roberto Rodríguez.

DIPUTADO ROBERTO RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

Me honra en esta tarde presentar al Doctor Cairo Melvin Amador Arrieta, a quien tengo el honor de conocer desde hace más de veinticinco años y con quien fuimos colegas de trabajo en la industria nicaragüense; hombre honorable, profesional del Derecho, profesional de la Economía, para quien pido y lo presento como el Vice Superintendente de Pensiones, y para quien pido el voto unánime.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Emilio Márquez.

DIPUTADO EMILIO MARQUEZ:

Gracias, Presidente.

Para mí también es un honor apoyar la candidatura del Doctor Cairo Amador, a pesar de los pesares. En asunto y en relación al Código del Trabajo, pues me tocó legislar, me tocó negociar el famoso veto del Código del Trabajo y tengo muchos años de conocerlo como un gran hombre, con una gran capacidad en Administración de Empresas, hombre muy capaz en asuntos del Derecho; y también como decía un colega, es un hombre probo. Realmente quiero una estabilidad, un equilibrio que representa el Doctor Amador, en el asunto de la Superintendencia de Fondos de Pensiones. Yo quiero que la Empresa Privada me oiga, y también para refrescarles la memoria, porque hoy veo que hay algunos empresarios que se llaman de convergencia y que apoyan candidaturas que ya tuvieron su oportunidad en este país.

Les quiero refrescar la memoria. El 21 de Octubre de 1988, (perdón), de 1981, fue el Frente Sandinista el que precisamente reprimió con saña al COSEP, a la Empresa Privada; estuvieron conmigo encarcelados en El "Chipote", posteriormente en la Zona Franca, el Ingeniero Enrique Dreyfus, Benjamín Lanzas y el señor Gilberto Cuadra, y se les escapó Reinaldo Hernández porque andaba fuera del país. Pero esos son hechos, no palabras como se dice, esos son los hechos, esas son las evidencias, eso es lo tangible. Así es que me extraña sobremanera que alguien diga pobrecita la Empresa Privada, se están burlando de la Empresa Privada. No.

La Empresa Privada tiene que jugar su rol, tiene que jugar su papel de inversionista, de generadora de empleo para este país; en este Gobierno se ha venido dando la descentralización de todo el aparato estatal, de todo lo que habían centralizado los sandinistas bajo una economía centralizada y planificada. Ahora oigo voces que reclaman participación de la sociedad civil y eso me alegra, porque antes no le consultaban nada, sino que se daban nada más los Decretos de plaza, y punto; decretos de Daniel Ortega, Decretos que los Comandantes decretaban en cualquier plaza del país. Y yo respaldo al Doctor Amador.

Muchas gracias, Presidente.

DIPUTADO DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Yo quiero hacer una salvedad breve. Primero, secundar por supuesto la candidatura de este distinguido profesional del sector privado, como es el Doctor Cairo Amador Arrieta, hombre distinguido y que contribuye al impulso del desarrollo económico del país; y a la vez rectificar que yo sé que mi colega y amigo también, el Doctor Guillermo Ramírez Cuadra, no se refería al Doctor Cairo Manuel López, sino al Doctor Cairo Amador Arrieta, y vale la rectificación, para fines del Diario de Debates.

Muchas gracias.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Tiene la palabra el honorable Diputado Leonel Téller.

DIPUTADO LEONEL TELLER:

Muchas gracias, señor Presidente.

En vista de que nos han amarrado las manos y no es al Consejo Superior de la Empresa Privada a quien le dimos la verdadera dirección de los Fondos de Pensiones, me hubiera encantado que el Doctor Cairo Amador Arrieta hubiera sido el Superintendente y no el Vice. Obviamente que estoy como miembro del Estado nicaragüense para ser facilitador de la Empresa Privada; me hubiera encantado que tomáramos en cuenta para tal vez el cargo de Vice, al Doctor Marcos Narváez, pero fue sustituido por un candidato muy polémico. Así es que, a como le dije yo al Presidente del COSEP y al Doctor Amador, no me queda más que demostrar mi respaldo hacia la iniciativa privada, a los hombres y mujeres generadores de empleo sostenible, que pagan con los impuestos los salarios de los Diputados y otros Funcionarios del Gobierno.

Y ni modo, me hubiera gustado poder votar por dos candidatos del COSEP, y bueno, lo hago por mi amigo el Doctor Amador, que sí tiene la capacidad. Y lamento por don Marcos Narváez no poder votar por él, por decisión de la bancada liberal y de sus aliados; y también lo lamento por el Licenciado Somarriba, propuesto por las universidades privadas.

Muchas gracias.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Ultimo orador, el Diputado Noel Delgado.

DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA:

Muchas gracias, señor Presidente.

En esta oportunidad, la Empresa Privada está recibiendo algo más de lo que se merece. Este país tiene que tener presente las famosas huelgas de 1979, hasta llegar al 19 de Julio con la caída del dictador Anastasio Somoza. Fue la Empresa Privada la que puso la fuerza que necesitaba el pueblo de Nicaragua, para llamar a una huelga general que terminó con lo que ya conocemos, un 19 de Julio, donde Nicaragua tenía grandes esperanzas, pero que desgraciadamente esas esperanzas se tornaron en noches de luto, en noches de dolor, en noches de sacrificios, y noches que no queremos recordar, ni días, ni mañanas.

Sirvan mis palabras, como miembro de la bancada conservadora, para apoyar a un conservador como es Cairo Melvin Amador Arrieta; hombre conocido en el ámbito nacional, que reúne las condiciones de ley, administrador, economista, abogado, sociólogo, maestro universitario. Creemos nosotros que es un empresario conservador reconocido, de prestigio nacional e internacional, experto en el ramo económico y financiero. El Gobierno sandinista se dio el lujo en el período de 1980 a 1983, cuando lo tuvo para lujo de ellos, en el Ministerio de Comercio Exterior, como Director del Departamento Jurídico; representó al Gobierno de Nicaragua en las negociaciones de la "Fruit Company" en 1992, y en 1993 también en la negociación del Banano, que tan necesarias eran esas divisas para Nicaragua; ahí estaba Cairo Amador al frente de la representación del Gobierno.

Es un hombre amigo de los periodistas, amigo de los trabajadores, siempre ha estado tratando de que los trabajadores tengan un salario justo por su trabajo. Es amigo de los profesionales, y es amigo de todo mundo y por sobre todo, amigo de la mediana y pequeña empresa, a quienes con su esfuerzo los asesora para salir adelante. En el seno de la Asamblea Nacional, estuvo presente cabildeando en una serie de leyes que son de beneficio para el país, como son: la Ley del Medio Ambiente, el Código Laboral, la Ley de Justicia Tributaria, la Ley Municipal, la Ley de Hidrocarburos, Ley de Minas, y Ley de Sistema de Ahorro para las Pensiones, hacia donde lo estamos enviando hoy, con la seguridad de que tendrá que transformarse en un fiscal, por llamarlo así, del dinero que depositaremos los asegurados.

Desde ya creemos que hará funciones importantes para todos los trabajadores nicaragüenses. Y al presidente del COSEP, mi querido amigo Anastasio Somarriba, en hora buena, porque el Consejo Superior de la Empresa Privada empieza a tomar posiciones importantes que creemos que más adelante la sociedad civil debe tener por el bien de toda Nicaragua.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación al candidato propuesto, Carlos Melvin Amador Arrieta.

Vamos a abrir la votación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado, queda electo como Vice-Superintendente, el Doctor Cairo Melvin Amador Arrieta.

Tiene la palabra el honorable Diputado Adolfo Calero Portocarrero.

DIPUTADO ADOLFO CALERO PORTOCARRERO:

Gracias, señor Presidente.

Quiero presentar a la Junta Directiva un proyecto de Declaración sobre comentarios equis con respecto al Río San Juan, por candidatos del FSLN, y pido que esta Declaración sea sometida al Plenario y votada por este Plenario. El proyecto de Declaración dice así: "A la puerta de elecciones nacionales, tanto en Nicaragua como en Costa Rica, el candidato presidencial del FSLN, Daniel Ortega, propuso a los costarricenses, cito: "el desarrollo conjunto del Río San Juan". Según el Diario La Nación, el Canciller Rojas consideró positivos los planes de Ortega.

En Nicaragua se escucharon voces de protesta de parte de funcionarios de gobierno, de miembros de la Comisión del Exterior de la Asamblea Nacional y de periodistas nicaragüenses, a quienes poco tiempo después insultaría el Presidente tico, Licenciado Miguel Angel Rodríguez. El candidato a Vice Presidente, Agustín Jarquín, también del FSLN, agrega, que tanto él como Ortega han planteado al Presidente Rodríguez desmilitarizar una franja del Río San Juan, en el borde fronterizo. (Nuevo Diario del 15 de Octubre). Los nicaragüenses no podemos permitir que alguien, y menos aún candidatos presidenciales, usen como plataforma electoral la cesión de nuestro territorio.

Nicaragua tiene dominio y sumo imperio sobre el Río San Juan, ni una parte de éste constituye un borde fronterizo, es todo nicaragüense. ¿Cómo pueden pretender los candidatos sandinistas que a nuestro Ejército Nacional, llamado a defender nuestra soberanía e integridad territorial, le sea prohibido el acceso a partes vitales del territorio nacional? También el candidato presidencial tico, Abel Pacheco, ha mostrado su beneplácito con la oferta sandinista que carece de mutualidad, no hay un "quid procuo", se trata de una dádiva de carácter electorera a costa del territorio netamente nicaragüense.

Es altamente sospechoso que tanto Jarquín como Rodríguez y Pacheco, pertenezcan a la OIDCA, Organización Internacional Demócrata Cristiana, transnacional política que ya está interviniendo en política interna nicaragüense a través de un Diputado chileno de la misma organización. Como contraparte de semejante abuso de Ortega y Jarquín, el Gobierno de Costa Rica ha contemplado en su nuevo Presupuesto una partida de un millón de dólares para demandar a Nicaragua ante la Corte Internacional de La Haya. Condenamos esta propuesta antipatriótica, demandamos una exhaustiva investigación del trasfondo de la misma, y exhortamos al pueblo nicaragüense a estar alerta en la defensa del patrimonio nacional y nuestra integridad territorial. Recordemos el Golfo de Nicoya y la Península de Guanacaste.

Someto este Proyecto con el respaldo de las firmas de cincuenta y tres Diputados de esta Asamblea Nacional.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra Edwin Castro Rivera.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Señor Presidente:

Como Directivo de esta honorable Asamblea Nacional y de acuerdo al procedimiento establecido en este Parlamento, por lo delicado de la situación, y que tiene que ser además repartido previamente a todos los Diputados, esta moción debe entrar a Primera Secretaría como corresponde y ser vista en la Directiva para incluirse en el próximo Adendum. Espero que la decisión sea tomada de acuerdo a lo que ya habíamos visto en Directiva.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Sí, pasa a Secretaría porque hay que hacer la reproducción y repartirla entre todos los Diputados.

Se suspende la Sesión.

Voy a citar por telegrama.






CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se le solicita a Pedro Joaquín Ríos, por favor que se acerque aquí a la Mesa Directiva para poder iniciar la Sesión, que es el único que está faltando.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

NELSON ARTOLA ESCOBAR
MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
EDWIN CASTRO RIVERA
LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
MARIO J. GUTIERREZ VASCONCELOS
SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
REYNALDO LAGUNA MAIRENA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
WILLIAM MEJIA FERRETI
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
CARLOS JOSE PALMA ALVARADO
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GAYLE
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
EDNA ADELA STUBBERT FLORES
VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY ENRIQUE URCUYO MALEAÑOS
DAMASO VARGAS LOAISIGA
MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
SAUL ZAMORA DICARIO
DORA ODILI ZELEDON ZELEDON
LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

Constatación de quórum: 66 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se abre la Sesión.

Tiene la palabra Wálmaro Gutiérrez.

DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

Muy buenos días, honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, y periodistas.

En mi carácter de miembro de la Junta Directiva, y con la venia de la Junta Directiva en pleno, quería primero solicitar a todo este Parlamento nacional, que en base a los acontecimientos trágicos suscitados la mañana de ayer, donde una gran cantidad de personas murió en un fatal accidente de aeronáutica que ha llenado de luto, fundamentalmente al pueblo de la hermana República Dominicana, sin detrimento del pronunciamiento oficial que solicitaría se le delegara a la Comisión del Exterior de esta Asamblea Nacional, enviando mensajes de condolencias al pueblo y Gobierno de República Dominicana, que esta Asamblea Nacional dedicara un minuto de silencio a todos los fallecidos en el trágico accidente del día de ayer.

Muchas gracias, señor Presidente.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a seguir con el Código Procesal Penal que está en la Agenda Base. Está aprobado hasta el artículo 292, Capítulo V, Título II, del Libro Segundo.

Están pendientes de ser aprobados los artículos 213 y 214 del Capítulo IV, del Título VI.

Entonces, señor Secretario, sigamos con el artículo 293.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo VI
De la Intervención de Jurado

Arto.293 Derecho a Juicio por Jurado: Todo acusado por la presunta comisión de un delito grave tiene derecho a ser juzgado por un Jurado, excepto en las causas por delitos relacionados con el consumo o tráfico de estupefacientes, sicotrópicos y otras sustancias controladas o con lavado de dinero y activos provenientes de actividades ilícitas. En todos los casos, los juicios en las causas por delitos menos graves se realizarán sin Jurado.

El acusado con derecho a ser juzgado por Jurado puede renunciar a dicho derecho y ser juzgado por el Juez de la causa. Al efecto, deberá manifestar expresamente esta renuncia a más tardar diez días antes de la fecha de inicio del juicio.

Cuando no haya jurado, el Juez tendrá la responsabilidad de resolver acerca de la culpabilidad o inculpabilidad del acusado, así como sobre la pena y las medidas de seguridad que correspondan.

Arto.294 Selección Aleatoria: En sesión pública, celebrada dentro de las veinticuatro horas anteriores al inicio del juicio que corresponda realizar, el Juez de Distrito involucrado, siguiendo un procedimiento de selección aleatoria, escogerá a un número suficiente de candidatos a miembros de Jurado para intervenir en la causa de que se trate, teniendo en cuenta el número de partes en el proceso; este número en ningún caso deberá ser menor de doce personas.

En los complejos judiciales con dos o más Juzgados de Distrito que requieran efectuar la selección de candidatos para celebrar juicios, los Jueces involucrados la realizarán en forma coordinada a fin de evitar que una misma persona sea seleccionada como candidato a miembro de Jurado en más de un Tribunal.

Arto.295 Citación de los Candidatos a Jurados: El Juez ordenará lo necesario para la citación a candidatos de Jurado a fin de que comparezcan el día señalado para la vista de juicio oral en el lugar en que se haya de celebrar, con dos horas de anticipación.

La cédula de citación contendrá un cuestionario en el que se especificarán las eventuales causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición que los candidatos a Jurados designados vienen obligados a manifestar, así como los supuestos de excusa que por aquellos puedan alegarse.

Arto.296 Entrevista a Candidatos y Recusación: Al iniciar el Juicio oral, los acusadores y defensores podrán realizar a cada uno de los candidatos a miembro de jurado, las preguntas que considere conveniente. El Juez controlará su pertinencia.

Finalizadas las entrevistas, cada una de las partes podrá recusar hasta dos Jurados sin expresión de causa. Repuestos los recusados, sólo procederá la recusación con expresión de una de las causales de recusación señaladas para los Jueces. Las partes plantearán y probarán las recusaciones en la audiencia de integración.

Arto.297 Integración: Resueltas las excusas por implicancia o las recusaciones, el Juez designará a los candidatos que integrarán el Tribunal de Jurado, el que estará compuesto por cinco miembros titulares y uno suplente.

Si por causa justificada no puede continuar en el juicio uno de los miembros del Jurado, se incorporará al suplente siempre que haya estado presente desde su inicio. De faltar otro, se podrá continuar con la presencia de los otros cuatro de los miembros.

Arto.298 Función del Juez en el Juicio por Jurado: El Juez presidirá el juicio y resolverá todas las cuestiones legales que se susciten e instruirá al Jurado, al momento de su finalización, acerca de las normas por tener presentes en sus deliberaciones.

Arto.299 Portavoz: Como acto inicial del juicio, el Juez tomará promesa de ley a los miembros del Jurado, titulares y suplentes, quienes seguidamente escogerán, por mayoría, un portavoz. Las funciones de éste serán las de dirigir las deliberaciones, elaborar el acta y representar a los Jurados en la comunicación con el Juez.

Arto.300 Advertencia: Al inicio del juicio, el Juez informará al Jurado del deber de no conversar entre ellos mismos ni con cualquier otra persona, acerca de cualquier asunto relacionado con el juicio. Asimismo les indicará que no deben llegar a ninguna conclusión acerca de cualquier materia relacionada con el juicio hasta que éste finalice.

Arto.301 Funciones: Los miembros del Jurado en el ejercicio de sus funciones actuarán con arreglo a los principios de imparcialidad y sumisión a la ley. El Jurado se limitará a determinar la culpabilidad o no culpabilidad del acusado. Se requerirán al menos cuatro votos coincidentes, manifestados en forma secreta por medio de bolas blancas o negras, depositadas en una urna preparada al efecto, para que haya veredicto de culpabilidad o no culpabilidad del o los acusados.

Si el Jurado no llegara a un veredicto en un plazo máximo de setenta y dos horas, será disuelto y se convocará a nuevo juicio con nuevo Jurado. Si en este segundo juicio, vencido el plazo tampoco se lograra veredicto, el Juez dictará sentencia absolutoria. El tiempo consumido en la realización del primer juicio no se abonará al cómputo del plazo máximo de obtención de la sentencia.

Arto.302 Abandono de la Sala: Cuando los miembros del Jurado abandonen la sala de audiencia, el Juez puede ordenarles que se mantengan juntos bajo custodia o les puede permitir que se separen. En este caso, les advertirá de nuevo que no conversen con nadie acerca de este asunto, ni que visiten el lugar donde sucedió el delito.

Concluida la audiencia de cada día, cada Jurado se retirará a su residencia, salvo que el Juez estime imprescindible que se mantengan juntos pero aislados del resto de la comunidad.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 293? No hay.

¿Objeciones al artículo 294? No hay.

¿Objeciones al artículo 295? No hay.

¿Objeciones al artículo 296? No hay.

¿Objeciones al artículo 297? No hay.

¿Objeciones al artículo 298? No hay.

¿Objeciones al artículo 299? No hay.

¿Objeciones al artículo 300? No hay.

¿Objeciones al artículo 301? No hay.

¿Objeciones al artículo 302? No hay.

Vamos a someter a votación el Capítulo VI, De la Intervención de Jurado, con los artículos que antes mencioné.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VI, y los artículos mencionados.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo VII
Del Desarrollo del Juicio

Arto.303 Apertura: En el día y hora fijados, el Juez se constituirá en el lugar señalado para el juicio, verificará la presencia e identidad de las partes, sus defensores y, si es el caso, de los miembros del Jurado.

Luego de tomar la promesa de ley a los miembros del Jurado, declarará abierto el juicio y ordenará al Secretario dar lectura al escrito de acusación formulado por el Ministerio Público y por el acusador particular, si lo hubiera. Seguidamente el Juez explicará al acusado y al público la importancia y significado del acto, advertirá a las partes que en ningún momento se deberá hacer mención de la posible pena que se pueda imponer al acusado y, si procede, informará al Jurado acerca de los hechos en los que las partes están de acuerdo y en consecuencia no requerirán ser probados durante el juicio.

A continuación se procederá, en forma sucinta, a la exposición en el orden de las acusaciones por el Fiscal y el acusador particular, si hay, y seguidamente a la exposición por el defensor de los lineamentos de su defensa.

Arto.304 Trámite de los Incidentes: Si existen cuestiones incidentales sin resolver aún, serán tratadas en un solo acto, a menos que el Juez resuelva hacerlo sucesivamente o diferir alguna, según convenga al orden del juicio.

El debate de las cuestiones incidentales se realizará sin presencia del Jurado.

Arto.305 Clausura Anticipada del Juicio: En la etapa de Juicio, con o sin jurado, hasta antes de la clausura del Juicio, el juez puede:

1. Decretar el sobreseimiento, si se acredita la existencia de una causa extintiva de la acción penal y no es necesaria la celebración o conclusión del juicio para comprobarla;

2. Dictar sentencia cuando haya conformidad del acusado con los hechos que se le atribuyen en la acusación;

3. Dictar sentencia absolutoria cuando se evidencie que la prueba de cargo no demuestra los hechos acusados.

Arto.306 Práctica de Pruebas: Después de las exposiciones de apertura, se procederá, en el mismo orden en que ellas se efectuaron, a evacuar la prueba, y en el orden que cada parte estime. Cuando se trate de dos o más acusados, el Juez determinará el orden en que cada defensor deberá presentar sus alegatos y pruebas.

Si en el transcurso del juicio llega a conocimiento de cualquiera de las partes un nuevo elemento de prueba que no fue objeto del intercambio celebrado en la preparación del juicio, para poderla practicar, la parte interesada la pondrá en conocimiento de las otras partes a efecto de que preparen su intervención y de ser necesario soliciten al Juez la suspensión del juicio para prepararse y ofrecer nuevas pruebas. El Juez valorará la necesidad de la suspensión del juicio y fijará el plazo por el cual éste se suspenderá, si así lo decidió.

Arto.307 Testigos: Antes de declarar, los testigos no podrán comunicarse entre sí, ni con otras personas, ni ver, oír o ser informados de lo que ocurra en el juicio. No obstante, el incumplimiento de la incomunicación no impedirá la declaración del testigo, pero el Juez o el Jurado, según el caso, apreciará esta circunstancia al valorar la prueba.

El Juez moderará el interrogatorio y, a petición de parte o excepcionalmente de oficio, evitará que el declarante conteste preguntas capciosas, sugestivas o impertinentes; procurará que el interrogatorio se conduzca sin presiones indebidas y sin ofender la dignidad de las personas.

Después de que el Juez tome la promesa de ley al testigo, la parte que lo propone lo interrogará directamente. A continuación la contraparte podrá formular repreguntas al testigo y, terminadas éstas, la parte que lo propuso podrá nuevamente formularle preguntas limitándose, en esta oportunidad, a la aclaración de elementos nuevos que hayan surgido en el contra interrogatorio realizado por la contraparte.

Después de su declaración, se informará al testigo que queda a disposición del Tribunal hasta la finalización del juicio, que puede permanecer en la Sala o retirarse, y de ser necesario podrá ser llamado a comparecer nuevamente a declarar cuando así lo requiera cualquiera de las partes. Estas podrán solicitar que un testigo amplíe su declaración cuando surjan elementos o circunstancias nuevos o contradictorios con posterioridad a su declaración.

Arto.308 Peritos: Los peritos admitidos serán interrogados inicialmente por la parte que los propuso sobre el objeto del dictamen pericial. La contraparte también podrá interrogarlos.

Los peritos responderán directamente a las preguntas que les formulen las partes. Podrán consultar notas y dictámenes, sin que pueda reemplazarse su declaración por la lectura. Al igual que cuando se trata de los testigos y por los mismos motivos, luego de su declaración, el perito quedará a la orden del Tribunal y, a solicitud de parte, podrá ser llamado a ampliar su declaración.

Arto.309 Actividad Complementaria del Peritaje: Si para efectuar las operaciones periciales es necesario, a petición de parte, el Juez podrá ordenar la presentación o el secuestro de cosas o documentos y la comparecencia de personas.

Arto.310 Inspección Ocular: Si para conocer los hechos se hace necesaria una inspección ocular, a solicitud de las partes, el Juez podrá disponerlo así y ordenará las medidas necesarias para llevarla a cabo en presencia del Jurado y las partes.

Arto.311 Declaración del Acusado y Derecho al Silencio: El acusado tiene derecho a no declarar. Si decide hacerlo, el Juez previamente le advertirá del derecho que le asiste de no declarar; de que de su silencio no podrá derivarse ninguna consecuencia que le sea perjudicial; de que si declara lo hará previa promesa de ley y en la forma prevista para la declaración de los testigos y de que, en tal caso, su declaración se valorará como cualquier medio de prueba.

Durante el juicio, no deberá hacerse mención alguna al silencio del acusado, bajo posible sanción de nulidad.

El acusado podrá en todo momento comunicarse con su defensor, sin que por ello la audiencia se suspenda; para tal efecto se le ubicará a su lado. No obstante, no lo podrá hacer durante su declaración o antes de responder a preguntas que se le formulen.

Arto. 312 Nuevas Circunstancias del Hecho: Si durante la práctica de la prueba surgieran circunstancias nuevas, no contempladas en la acusación, que puedan modificar la calificación jurídica del hecho objeto del juicio, el Fiscal podrá ampliar la acusación incorporando esas circunstancias.

De procederse así, el Juez informará al defensor acerca del derecho que le asiste de pedir la suspensión del juicio para ofrecer nuevas pruebas o preparar su intervención y, de ser así, fijará el plazo por el cual se suspenderá el juicio.

Arto.313 Objeción: Las partes, sus abogados y los Fiscales podrán objetar fundadamente las preguntas que se formulen, así como las decisiones que el Juez adopte en cuanto a ellas. Si es rechazada la objeción, el interesado podrá pedir que se registre en el acta del juicio.

Arto.314 Debate Final: Terminada la práctica de las pruebas, el Juez concederá sucesivamente la palabra al Fiscal, al acusador particular si lo hay, y al defensor, para que en ese orden expresen los alegatos finales, los que deberán circunscribirse a los hechos acusados, su significación jurídica y la prueba producida en el juicio. No podrán leerse memoriales, sin perjuicio de la utilización parcial de notas para ayudar la memoria.

Seguidamente, se otorgará al Fiscal y al defensor la posibilidad de replicar y duplicar, para referirse sólo a los argumentos de la parte contraria.

En ningún supuesto los alegatos finales podrán hacer referencia alguna a la posible pena o al silencio del acusado.

El acusado tendrá derecho a la última palabra al final del acto del juicio.

Arto.315 Uso de la Palabra: El Juez impedirá cualquier divagación, repetición o interrupción en el uso de la palabra. En caso de manifiesto abuso de la palabra por los abogados de las partes, el Juez llamará la atención al orador y, si éste persiste, podrá limitar prudentemente el tiempo del alegato, para lo cual tendrá en cuenta la naturaleza de los hechos en examen, las pruebas recibidas y el grado de dificultad de las cuestiones por resolver. Al finalizar el alegato, el orador expresará sus conclusiones de un modo concreto.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 303? No hay.

¿Objeciones al artículo 304? No hay.

¿Objeciones al artículo 305? No hay.

¿Objeciones al artículo 306? No hay.

¿Objeciones al artículo 307? No hay.

¿Objeciones al artículo 308? No hay.

¿Objeciones al artículo 309? No hay.

¿Objeciones al artículo 310? No hay.

¿Objeciones al artículo 311? No hay.

¿Objeciones al artículo 312? No hay.

¿Objeciones al artículo 313? No hay.

¿Objeciones al artículo 314? No hay.

¿Objeciones al artículo 315? No hay.

Vamos a someter a votación el Capítulo VII, Del Desarrollo del juicio, y los artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VII, y los artículos que lo contienen.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo VIII
Del veredicto, el Fallo y la Sentencia

Arto.316 Instrucciones al Jurado. Las instrucciones al jurado constituyen un conjunto de normas generales de Derecho necesarias para que éste pueda rendir un veredicto conforme a la ley y los hechos según los determine. Se instruirá al Jurado en los siguientes temas:

1. Valoración de la prueba sobre la base del estricto criterio racional;

2. Los elementos del tipo penal sobre el cual se basa la acusación, expresados de acuerdo con los hechos sobre los que ha versado la prueba;

3. La presunción de inocencia y el derecho de no declarar;

4. Culpabilidad; y

5. Cualquier otro que, en criterio del Juez, garantice que las deliberaciones se realizarán dentro del marco constitucional y legal.

Además de lo anterior, el Juez:

1. Indicará a los miembros del Jurado los hechos y circunstancias sobre los cuales deben decidir en relación con el acusado;

2. Informará que si tras la deliberación no les ha sido posible resolver las dudas que tengan sobre la prueba deberán decidir en el sentido más favorable al acusado;

3. Advertirá a los miembros del Jurado que no aprecien aquellos medios probatorios cuya ilicitud o invalidez haya sido declarada;

4. Se abstendrá de informar al Jurado, so pena de nulidad del juicio, sobre la sanción que podría ser impuesta si recayera un veredicto de culpabilidad; y

5. Advertirá a los miembros del Jurado que no deberán abstenerse de votar.

Arto.317 Derecho a Proponer Instrucciones Adicionales: En cualquier tiempo, antes de iniciar los alegatos conclusivos, las partes podrán formular por escrito y presentar al Juez propuestas de instrucciones adicionales al Jurado, con copia a la parte contraria. Si el Juez deniega cualquier instrucción propuesta por las partes, fundamentará su decisión verbalmente y se dejará constancia de ello en el acta de juicio.

Arto.318 Impartición de Instrucciones: Finalizados los alegatos conclusivos, el Juez en público impartirá verbalmente las instrucciones al Jurado, las que se transcribirán en el acta del juicio.

Arto. 319 Deliberación y Votación: Seguidamente el Jurado se retirará a la sala destinada a la deliberación.

La deliberación será secreta y continua, sin que ninguno de los miembros del Jurado, bajo responsabilidad, pueda revelar lo que en ella se ha manifestado ni comunicarse con persona alguna hasta que hayan emitido el veredicto. El Juez deberá adoptar las medidas oportunas al efecto. Por ningún motivo podrá el Juez estar presente en la deliberación y votación.

El Portavoz asumirá la función de coordinador y moderador de los debates durante la deliberación y votación. De estimarse necesario, el Jurado podrá suspender la deliberación para solicitar al Juez aclaraciones sobre aspectos técnico- jurídicos, que serán realizadas por él en presencia de las partes. Además, podrá solicitar al Juez las piezas de convicción y pruebas documentales que considere necesarias para su análisis.

Cuando a instancia del Portavoz o de cualquiera de sus miembros, el Jurado considere suficientemente debatido el o los asuntos sometidos a su conocimiento, se procederá a votar en forma secreta, depositando en la urna correspondiente las bolas blancas o negras, pronunciándose sobre la culpabilidad o no culpabilidad del acusado. Si son varios los cargos o varios los acusados, se votará en forma separada cada uno de ellos. Este procedimiento se repetirá cuantas veces sea necesario hasta obtener el veredicto. De lograrse acuerdos parciales, la deliberación continuará en los aspectos pendientes pero, mientras no haya decisión sobre la totalidad de los asuntos por resolver, no habrá veredicto.

Finalmente, el Jurado acordará el veredicto y decidirá sobre la culpabilidad o no culpabilidad del acusado.

Arto. 320 Decisión: En los juicios con Jurado, el acta de veredicto debe indicar lugar, fecha y hora en que se produce y señalar si él o los acusados son o no culpables de cada uno de los delitos por los que se les acusó. Debe ser firmada por todos los Jurados y leída por el Portavoz en la audiencia pública.

En los juicios sin Jurado, finalizados los alegatos de las partes, el Juez pronunciará su fallo, el que igualmente declarará la culpabilidad o no culpabilidad del o los acusados en relación con cada uno de los delitos por los que se les acusó. De ser necesario, el Juez podrá retirarse a reflexionar sobre su decisión por un plazo no mayor de tres horas.

Concluida la lectura del veredicto del Jurado, el Juez ordenará a sus miembros retirarse del local de la audiencia. Previamente les advertirá acerca de la obligación que tienen de abstenerse de comentar aspecto alguno acerca de la deliberación, votación y veredicto, so pena de incurrir en responsabilidad penal.

Al finalizar sus labores, cada uno de sus cinco miembros y el suplente percibirán una compensación en concepto de dieta, equivalente a un día del salario que corresponde a los Jueces de Distrito de lo Penal.

Arto.321 Efectos del Veredicto: El fallo o veredicto vincula al Juez; el veredicto es inimpugnable.

Si el fallo o veredicto es de no culpabilidad, el Juez ordenará, salvo que exista otra causa que lo impida, la inmediata libertad del acusado que esté detenido, que se hará efectiva en la misma sala de audiencia, la restitución de los objetos afectados al proceso que no estén sujetos a comiso y las inscripciones necesarias. Cuando el veredicto de no culpabilidad se funde en alguna causal eximente de responsabilidad penal, se deberá dejar constancia de ello en el acta de veredicto.

Cuando el fallo o veredicto sea de culpabilidad, el Juez deberá imponer la medida cautelar que corresponda y señalará el momento de realización de la audiencia sobre la pena e informará a la víctima del derecho que le asiste de intervenir en dicha audiencia.

Arto.322 Debate Sobre la Pena: Conocido el fallo o veredicto de culpabilidad, el Juez procederá a calificar el hecho y, en la misma audiencia o en audiencia convocada para el día inmediato siguiente, concederá sucesivamente el uso de la palabra al Fiscal, al acusador particular si lo hubiere y al defensor, para que debatan sobre la pena o medida de seguridad por imponer. Seguidamente ofrecerá la palabra al condenado por si desea hacer alguna manifestación. El Juez podrá limitar razonable y equitativamente el tiempo de las intervenciones. En este trámite se aceptará la práctica de la prueba pertinente.

Arto.323 Plazo Para Sentencia: Dentro de tercero día contado a partir de la última audiencia, bajo responsabilidad disciplinaria, y en nueva audiencia convocada al efecto, el Juez procederá a pronunciar la sentencia que corresponda, según lo establecido en este Código.

La sentencia quedará notificada con la lectura integral que se hará de ella en la audiencia que se señale al efecto. Las partes recibirán copia.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Observaciones al artículo 316? No hay.

¿Observaciones al artículo 317? No hay.

¿Observaciones al artículo 318? No hay.

¿Observaciones al artículo 319? No hay.

¿Observaciones al artículo 320? No hay.

¿Observaciones al artículo 321? Si hay.

Tiene la palabra el honorable Diputado Alberto Rivera Monzón.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON:

Gracias, honorable señor Presidente.

Solamente es una observación en el segundo párrafo del artículo 321, que dice: "Si el fallo o veredicto es de no culpabilidad, el Juez ordenará, salvo que exista otra causa que lo impida, la inmediata libertad del acusado que esté detenido, que se hará efectiva en la misma sala de audiencia, la restitución de los objetos afectados al proceso... Entiendo que debe ser al procesado, y ahí dice proceso. Solamente esa observación, honorable Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Yo creo que está correcto porque es al proceso, los que afecten al proceso, no es a la persona.

Gracias, honorable Diputado Rivera Monzón.

¿Objeciones al artículo 322? No hay.

¿Objeciones al artículo 323? No hay.

A votación el Capítulo VIII, Del Veredicto, el Fallo y la Sentencia, y sus correspondientes artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VIII, y sus respectivos artículos.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO III
DEL JUICIO POR FALTAS

Arto.324 Ambito Objetivo: Se seguirá el procedimiento descrito en el presente Título, para conocer y resolver las faltas penales.

Arto.325 Acusación: La víctima, la autoridad administrativa afectada o la Policía Nacional, según el caso, están facultados para interponer de forma verbal o escrita la acusación ante el Juez local competente. Cuando se interponga verbalmente, se levantará acta de la misma.

La acusación por la comisión de una falta deberá contener como mínimo lo siguiente:

1. Identificación del imputado, su domicilio o residencia o el lugar donde sea hallado;

2. Descripción resumida del hecho con indicación de tiempo y lugar;

3. Indicación de los medios de prueba;

4. Disposición legal infringida, salvo que se trate de la víctima; y

5. Identificación y firma.

Arto.326 Inadmisibilidad: La acusación será declarada inadmisible cuando:

1. El hecho no revista carácter penal;

2. La acción esté evidentemente prescrita;

3. Verse sobre hechos delictivos; o

4. Falte un requisito de procedibilidad.

Si se declara inadmisible, el Juez devolverá al acusador el escrito y las copias acompañadas, incluyendo la decisión debidamente fundada. Si los requisitos son subsanables, el Juez dará al acusador un plazo de cinco días para corregirlos. En caso contrario la archivará.

El acusador podrá proponer nuevamente la acusación, por una sola vez, corrigiendo sus defectos si es posible, con mención de la desestimación anterior.

Arto.327 Audiencia Inicial y Mediación: Admitida la acusación, el Juez citará a las partes a la Audiencia Inicial. En el momento de recibir la acusación, el Juez interrogará a las partes sobre la previa celebración de trámite de mediación y lo promoverá, si procede, en la forma prevista en el presente Código.

Arto.328 Libertad del Acusado: El acusado permanecerá en libertad, pero podrá ser detenido por el tiempo estrictamente necesario para hacerlo comparecer a audiencia, cuando injustificadamente no se haya presentado en la Audiencia Inicial.

Arto.329 Defensa: Desde el inicio de este procedimiento, el acusado tiene derecho a estar asesorado por un defensor, quien podrá ser abogado o, en su defecto, egresado o estudiante de Derecho, o entendido en esta materia, de reconocida honorabilidad y debidamente autorizado en la forma prevista por la ley.

Arto.330 Convocatoria a Juicio: Fracasada la mediación, el Juez Local convocará al juicio y librará las órdenes necesarias para incorporar a éste los medios de prueba en poder de la Policía Nacional u otra institución del Estado.

Arto.331 Juicio: Las partes comparecerán a la audiencia con todos los medios probatorios que pretendan hacer valer.

El Juez oirá brevemente a los comparecientes, apreciará conforme el criterio racional los elementos de convicción presentados y absolverá o condenará en el acto expresando claramente sus fundamentos. La sentencia se hará constar en el acta del juicio.

Si no se incorporan medios de prueba durante el juicio, el Juez decidirá sobre la base de los elementos acompañados con la acusación.

Arto.332 Supletoriedad: En lo que sea compatible con la simplicidad y celeridad del Juicio por Faltas se aplicará lo dispuesto para el Juicio por Delitos sin Jurado.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo 324? No hay.

¿Objeciones al artículo 325? No hay.

¿Objeciones al artículo 326? No hay.

¿Objeciones al artículo 327? No hay.

¿Objeciones al artículo 328? No hay.

¿Objeciones al artículo 329? No hay.

¿Objeciones al artículo 330? No hay.

¿Objeciones al artículo 331? No hay.

¿Objeciones al artículo 332? Tampoco hay.

Vamos a votar por el Título III, Del Juicio por Faltas, y por los artículos ya referidos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo, el Título, y sus respectivos artículos.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO IV

DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Capítulo I

Del Régimen Jurídico

Arto.333 Supletoriedad: En los asuntos sujetos a procedimientos especiales son aplicables las disposiciones establecidas específicamente para cada uno de ellos en este Libro. En lo no previsto, y siempre que no se opongan a ellas, se aplicarán las reglas del Juicio por Delitos.

Hasta aquí el artículo, y el Capítulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Vamos a votar el Título IV, De los Procedimientos Especiales, Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo II
Del Proceso Penal en Contra del
Presidente o del Vicepresidente de la República

Arto.334 Competencia: Conforme lo establece el párrafo quinto del artículo ciento treinta de la Constitución Política, en las causas penales en contra del Presidente o del Vicepresidente de la República, una vez privados de su inmunidad, la Corte Suprema de Justicia en pleno es el órgano judicial competente para procesarlos.

Sin detrimento de la facultad del Ministerio Público de llevar a cabo los actos de preservación de aquellos elementos probatorios cuya pérdida sea de temer y de realizar los actos de investigación indispensables para fundamentar la petición, la Fiscalía General de la República o el acusador particular presentará directamente ante la Asamblea Nacional la solicitud de privación de inmunidad del funcionario de que se trate.

Arto.335 Plazo para Presentar la Acusación: Dentro de los cinco días posteriores a la aprobación del Decreto de Privación de Inmunidad por la Asamblea Nacional o a la presentación ante su Secretaría de la renuncia voluntaria, la Fiscalía General de la República o el acusador particular deberá presentar la acusación respectiva ante la Corte Suprema de Justicia, solicitando la celebración de la Audiencia Inicial y la respectiva notificación del funcionario acusado.

Arto.336 Procedimiento: Para el procesamiento de estos funcionarios se seguirán las normas del Juicio por Delitos sin Jurado, con las siguientes particularidades:

1. Sólo cuando el presunto delito haya sido cometido en el ejercicio de su cargo y no haya sido cometido en perjuicio del Estado, la defensa del funcionario acusado podrá ser asumida por el Procurador General de la República;

2. No procederá ninguna forma de aplicación del principio de oportunidad por parte del Ministerio Público;

3. La duración máxima del proceso, independientemente de la detención o libertad del acusado, será de noventa días, contados a partir de la Audiencia Inicial;

4. El plazo para que la Corte Suprema de Justicia dicte la sentencia correspondiente será de quince días, contados a partir del fallo absolutorio o condenatorio; y

5. Contra las resoluciones dictadas en este proceso sólo cabrá el recurso de reposición.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo 334? No hay.

¿Objeciones al artículo 335? No hay.

¿Objeciones al artículo 336? No hay.

A votación el Capítulo II y sus respectivos artículos.

Se abre la votación.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo con sus respectivos artículos.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo III

De la Revisión de Sentencia

Arto.337 Procedencia: La acción de revisión procederá contra las sentencias firmes y en favor del condenado o de aquél a quien se haya impuesto una medida de seguridad, en los siguientes casos:

1. Cuando los hechos tenidos como fundamento de la condena resulten inconciliables o excluyentes con los establecidos por otra sentencia penal firme;

2. Cuando la sentencia condenatoria se haya fundado en prueba falsa o en veredicto ostensiblemente injusto a la vista de las pruebas practicadas;

3. Si la sentencia condenatoria ha sido pronunciada a consecuencia de prevaricato, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta o cualquier otro delito cuya existencia se haya declarado en fallo posterior firme, salvo que se trate de alguno de los casos previstos en el inciso siguiente;

4. Cuando se demuestre que la sentencia es consecuencia directa de una grave infracción a sus deberes cometida por un Juez o Jurado, aunque sea imposible proceder por una circunstancia sobreviniente;

5. Cuando después de la condena sobrevengan o se descubran nuevos hechos o nuevos elementos de prueba que, solos o unidos a los ya examinados en el proceso, evidencien que el hecho o una circunstancia que agravó la pena no existió, que el condenado no lo cometió o que el hecho cometido no es punible o encuadra en una norma más favorable;

6. Cuando deba aplicarse retroactivamente una ley posterior más favorable, o cuando la ley que sirvió de base a la condenatoria haya sido declarada inconstitucional; o

7. Cuando se produzca un cambio jurisprudencial que favorezca al condenado, en las decisiones de la Corte Suprema de Justicia o sus Salas.

La revisión procederá, aun cuando la pena o medida de seguridad haya sido ejecutada o se encuentre extinguida.

Arto.338 Sujetos Legitimados: Podrán promover la revisión:

1. El condenado o aquel a quien se le ha aplicado una medida de seguridad; si es incapaz, sus representantes legales;

2. El cónyuge, el compañero en unión de hecho estable, los parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, si el condenado ha fallecido;

3. El Ministerio Público; y

4. La Defensoría Pública.

La muerte de quien haya promovido la revisión, durante el curso de ésta, no paralizará el desarrollo del proceso. En este caso, las personas autorizadas para ejercer la acción impugnatoria podrán apersonarse a las diligencias; en su defecto, se operará la sustitución procesal en la persona del defensor.

Arto.339 Formalidades de Interposición: La revisión será interpuesta, por escrito, ante el Tribunal competente. Contendrá, bajo pena de inadmisibilidad, la concreta referencia de los motivos en que se basa y las disposiciones legales aplicables. Se acompañará, además, la prueba documental que se invoca, indicando, si corresponde, el lugar o archivo donde ella está.

Asimismo, deberán ofrecerse los elementos de prueba que acreditan la causal de revisión que se invoca.

En el escrito inicial, deberá designarse a un abogado defensor. Si no lo hace, el Tribunal lo prevendrá, sin perjuicio de la designación de un defensor público o de oficio, según corresponda, cuando sea necesario.

Arto.340 Declaración de Inadmisibilidad: Cuando la acción haya sido presentada fuera de las hipótesis que la autorizan o resultara manifiestamente infundada, el Tribunal, de oficio, declarará su inadmisibilidad, sin perjuicio de la prevención correspondiente cuando se trate de errores formales.

Arto.341 Efecto Suspensivo: La interposición de la revisión no suspenderá la ejecución de la sentencia. Sin embargo, en cualquier momento del trámite, el Tribunal que conoce de la acción podrá suspender la ejecución de la sentencia recurrida y disponer la libertad del sentenciado o sustituir la prisión por otra medida cautelar.

Arto.342 Audiencia: Admitida la revisión, la Sala Penal del Tribunal de Apelación o de la Corte Suprema de Justicia, según corresponda, dará audiencia dentro de los diez días siguientes al Ministerio Público y a las partes que hayan intervenido en el proceso principal para que comparezcan con los medios de prueba que funden la acción o se opongan a ella. La diligencia se celebrará con la participación de los intervinientes que se presenten, quienes expondrán oralmente sus pretensiones.

Son aplicables en lo que corresponda, las disposiciones sobre audiencia oral en el Juicio por Delitos.

Arto.343 Sentencia: Dentro de los diez días siguientes a la celebración de la audiencia, el Tribunal rechazará la revisión o anulará la sentencia. Si la anula, remitirá a nuevo juicio cuando sea procedente o pronunciará directamente la sentencia que corresponda en derecho.

En la revisión, independientemente de las razones que la hicieron admisible, no se absolverá, ni variará la calificación jurídica, ni la pena, como consecuencia exclusiva de una nueva apreciación de los mismos hechos conocidos en el proceso anterior o de una nueva valoración de la prueba existente en el primer juicio.

Arto.344 Reenvío: Si se efectúa una remisión a un nuevo juicio, en éste no podrá intervenir ninguno de los Jueces o Jurados que conocieron del anterior.

En el nuevo juicio de reenvío regirán las disposiciones del artículo anterior y no se podrá imponer una sanción más grave que la fijada en la sentencia revisada, ni desconocer beneficios que ésta haya acordado.

Arto.345 Efectos de la Sentencia: La sentencia ordenará, si es del caso:

1. La libertad del acusado;

2. La restitución total o parcial de la suma de dinero pagada en concepto de multa. Cuando se ordene la devolución de la multa o su exceso, deberá calcularse la desvalorización de la moneda;

3. La cesación de la inhabilitación y de las penas accesorias, de la medida de seguridad; y

4. La devolución de los efectos del comiso que no hayan sido destruidos. Si corresponde, se fijará una nueva pena o se practicará un nuevo cómputo.

La sentencia absolutoria ordenará cancelar la inscripción de la condena.

Arto.346 Publicación de la Sentencia que Acoge la Acción de Revisión: A solicitud del interesado, el Tribunal dispondrá la publicación de una síntesis de la sentencia absolutoria en un medio de prensa escrito, sin perjuicio de la publicación que por su cuenta realice el acusado.

Arto.347 Rechazo: El rechazo de una solicitud de revisión y la sentencia confirmatoria de la anterior no perjudicarán la facultad de ejercer una nueva acción, siempre y cuando se funde en razones diversas.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 337? No hay.

¿Objeciones al artículo 338? No hay.

¿Objeciones al artículo 339? No hay.

¿Objeciones al artículo 340? No hay.

¿Objeciones al artículo 341? No hay.

¿Objeciones al artículo 342? No hay.

¿Objeciones al artículo 343? No hay.

¿Objeciones al artículo 344? No hay.

¿Objeciones al artículo 345? No hay.

¿Objeciones al artículo 346? No hay.

¿Objeciones al artículo 347? No hay.

A votación el Capítulo III, De la Revisión de Sentencia, y los artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo, y los artículos.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO V

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EXTRADICIÓN

Arto.348 Régimen Jurídico Aplicable: A falta de tratado o convenio suscrito y ratificado soberanamente por Nicaragua, las condiciones, el procedimiento y los efectos de la extradición estarán determinados por lo dispuesto en el presente Código, que se aplicará también a los aspectos que no hayan sido previstos por el tratado o convenio respectivo.

Arto.349 Alcance: La extradición es activa o pasiva y alcanza a procesados y condenados como autores, cómplices o partícipes de delitos cometido dentro o fuera del territorio nacional. Los nicaragüenses no podrán ser objeto de extradición del territorio nacional.

Arto.350 Competencia: La facultad de conceder o denegar la extradición corresponde a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, pero las decisiones que ésta tome se pondrán en conocimiento del Estado requirente o requerido por medio del Poder Ejecutivo. En este último caso, se acompañarán los mismos documentos y se llenarán los mismos trámites que exige esta Ley para todo país que los solicite.

Arto.351 Extradición Activa: Cuando se tenga noticia de que se encuentra en otro Estado una persona contra la cual el Ministerio Público haya presentado acusación y el Juez competente haya dictado una medida cautelar de privación de libertad, o se trata de una persona que deba descontar una pena privativa de libertad, la Fiscalía General de la República interpondrá solicitud de extradición ante la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia con copia de las actuaciones en que se funda.

La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro del plazo de treinta días contados a partir del recibo de la documentación pertinente, declarará si es procedente o no solicitar la extradición y, en caso afirmativo, remitirá lo actuado a la Fiscalía General, adjuntando toda la documentación necesaria y exigida en el país requerido para tales efectos.

Arto.352 Solicitud de Medidas Cautelares y Tramitación: El Poder Ejecutivo podrá requerir al Estado donde se encuentra la persona solicitada su detención preventiva y la retención de los objetos concernientes al delito, con fundamento en la solicitud formulada por el Ministerio Público, según lo establecido en el presente Código.

El Ministerio de Relaciones Exteriores certificará y hará las traducciones cuando corresponda, y presentará la solicitud ante el Estado extranjero en el plazo máximo de sesenta días.

Arto.353 Extradición Pasiva: Si un gobierno extranjero solicita la extradición de alguna persona que se halle en territorio nicaragüense, la Fiscalía General de la República remitirá la solicitud a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia con la documentación recibida.

Arto.354 Concurso de Solicitudes de Extradición: Si dos o más Estados reclaman a un mismo individuo en razón de distintas infracciones, se dará preferencia al hecho más grave conforme a la ley nacional; si son de igual gravedad, tendrán preferencia los Estados con los cuales exista tratado o convenio de extradición.

Si las distintas reclamaciones se hacen por un mismo hecho, se preferirá la del Estado donde se cometió éste y, en todo caso, la del país del que sea súbdito o ciudadano el reo, sin perjuicio de la regla precedente relativa a convenios.

Arto.355 Extradición Informal Urgente: La extradición se puede solicitar por cualquier medio de comunicación, siempre que exista orden de detención contra el acusado y la promesa del requirente de cumplir con los requisitos señalados para el trámite.

En este caso los documentos de que habla el artículo siguiente se deberán presentar ante la Embajada o Consulado de la República, a más tardar dentro de los siguientes diez días contados a partir de la detención del acusado. Se deberá dar cuenta de inmediato a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia y remitirle la documentación a fin de que conozca y resuelva.

Si no se cumple con lo aquí ordenado, el detenido será puesto en libertad y no podrá solicitarse nuevamente su extradición por este procedimiento sumario.

Arto.356 Trámite: Cuando la extradición sea solicitada, se observarán los siguientes trámites:

1. El requerido será puesto a la orden de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, la que le designará defensor público o de oficio al imputado si no lo tiene.

2. Mientras se tramita la extradición, el imputado podrá ser detenido preventivamente hasta por el término de dos meses.

3. El Estado requirente deberá presentar:

a) Los datos de identificación del imputado o reo;

b) Documentos comprobatorios de un mandamiento o auto de detención o prisión judicial o, en su caso, la sentencia condenatoria firme pronunciada;

c) Copia auténtica de las actuaciones del proceso, que suministren prueba o al menos indicios razonables de la culpabilidad de la persona de que se trata; y

d) Copia auténtica de las disposiciones legales sobre calificación del hecho, participación atribuida al infractor, precisión de la pena aplicable y sobre la prescripción.

Las copias auténticas a que hace referencia este artículo, deberán ser presentadas con las formalidades exigidas por la legislación común. Si la documentación es presentada sin observar estas formalidades o está incompleta, el Tribunal solicitará por la vía más rápida el o los documentos que falten.

4. Terminado ese trámite, se dará audiencia al imputado, su defensor y el Ministerio Público hasta por veinte días, de los cuales diez días serán para proponer pruebas y los restantes para evacuarla.

5. Los incidentes que se promuevan durante la sustanciación de las diligencias, serán decididos por la Sala, la que desechará de plano toda gestión que no sea pertinente o que tienda, a su juicio, a entorpecer el curso de los procedimientos.

6. Dictará resolución concediendo o negando la extradición dentro de los diez días siguientes a los plazos indicados anteriormente y podrá condicionarlo en la forma que considere oportuna. En todo caso, deberá solicitar y obtener del país requirente, promesa formal de que el extraditado no será juzgado por un hecho anterior diverso ni sometido a sanciones distintas a las correspondientes al hecho o de las impuestas en la condena respectiva, copia de la cual el país requirente remitirá a nuestros tribunales.

7. De lo resuelto por la Sala de lo Penal cabe recurso de reposición dentro del término de tres días que comenzarán a correr al día siguiente de la notificación.

Arto.357 Forma de Realizar la Entrega: Cuando la extradición sea denegada, el reo será puesto en libertad; si se concede, será puesto a la orden del Ministerio Público y de la Policía Nacional, para su entrega. Esta deberá hacerse conjuntamente con los objetos que se hayan encontrado en su poder o sean producto del hecho imputado, lo mismo que de las piezas que puedan servir para su prueba, siempre que ello no perjudique a terceros.

Arto.358 Plazo para Disponer del Extraditado: Si el Estado requirente no dispone del imputado o reo dentro de los dos meses siguientes de haber quedado a sus órdenes, será puesto en libertad.

Arto.359 Cosa Juzgada: Negada la extradición de una persona por el fondo, no se puede volver a solicitar por el mismo delito.

Arto.360 Carga de Costos: Los gastos de detención y entrega serán por cuenta del Estado requirente.

Hasta aquí el Capítulo y el Libro.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 348? No hay.

¿Objeciones al artículo 349? No hay.

¿Objeciones al artículo 350? No hay.

¿Objeciones al artículo 351? No hay.

¿Objeciones al artículo 352? No hay.

¿Objeciones al artículo 353? No hay.

¿Objeciones al artículo 354? No hay.

¿Objeciones al artículo 355? No hay.

¿Objeciones al artículo 356? No hay.

¿Objeciones al artículo 357? No hay.

¿Objeciones al artículo 358? No hay.

¿Objeciones al artículo 359? No hay.

¿Objeciones al artículo 360? No hay.

A votación el Título V, y los artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Título V, y los artículos que lo contienen.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
LIBRO TERCERO

DE LOS RECURSOS

TITULO I

DDISPOSICIONES GENERALES Y RECURSO DE REPOSICION
Capítulo I

Disposiciones Generales

Arto.361 Principio de Taxatividad: Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos.

Arto.362 Legitimación: Podrán recurrir en contra de las decisiones judiciales las partes que se consideren agraviadas y a quienes la ley reconozca expresamente este derecho. Cuando la ley no distinga, tal derecho corresponderá a todos.

Aun cuando haya contribuido a provocar el vicio objeto del recurso, el acusado podrá impugnar una decisión judicial cuando se lesionen disposiciones constitucionales o legales sobre su intervención, asistencia y representación.

El defensor podrá recurrir autónomamente en relación con el acusado, pero éste podrá desistir de los recursos interpuestos por aquél, previa consulta con el defensor, quien dejará constancia de ello en el acto respectivo.

Arto.363 Interposición: Para ser admisibles, los recursos se interpondrán en las condiciones de tiempo y forma que se determinan en este Código, con indicación específica de los puntos impugnados de la decisión. Si se desea solicitar vista oral se deberá manifestar en esta oportunidad.

Durante las audiencias únicamente puede ser interpuesto y admitido el recurso de reposición.

Arto.364 Impugnación de Declaración de Inadmisibilidad: Contra el auto que declare la inadmisibilidad de un recurso de apelación o de casación, procede el recurso de reposición en el término de ley y, mientras éste se tramita, se interrumpe el plazo legal establecido para recurrir de apelación o de casación.

Arto.365 Recurso de Hecho: De igual forma, contra el auto que declaró la inadmisibilidad de un recurso de apelación o de casación o contra el que lo confirma al resolver su reposición, cabe recurrir de hecho.

El recurso de hecho deberá ser interpuesto ante el órgano competente para conocer del recurso de apelación o de casación según el caso, en el término máximo de tres días, contados a partir de la notificación del auto impugnado; se deberá acompañar copia del recurso declarado inadmisible y del auto que así lo declaró o confirmó. En él se deberán expresar los agravios ocasionados por el auto impugnado y los alegatos de derecho que el recurrente estime pertinente.

El órgano competente resolverá el recurso de hecho dentro de los cinco días siguientes a su recepción. Si estima que el recurso interpuesto fue debidamente rechazado, así lo declarará en forma motivada y archivará las diligencias. En caso contrario, lo admitirá y ordenará al Juez de instancia notificarlo a la parte recurrida para que conteste, continuando la tramitación que corresponda.

Arto.366 Efecto Extensivo: Cuando en un proceso haya varios acusados y uno de ellos recurra, la decisión favorable será extensible a los demás, a menos que se base en motivos exclusivamente personales.

Arto.367 Efecto Suspensivo: La interposición de un recurso suspenderá la ejecución de la decisión, salvo que expresamente la ley disponga lo contrario.

Arto.368 Desistimiento: El Ministerio Público podrá desistir de sus recursos en escrito fundado. El defensor no podrá desistir del recurso sin autorización expresa del acusado manifestada por escrito o de viva voz en audiencia pública.

Las otras partes, o sus representantes, también podrán desistir de los recursos, sin perjudicar a los demás recurrentes; pero cargarán con las costas que hayan ocasionado, salvo acuerdo en contrario. Si todos los recurrentes desisten, la resolución impugnada quedará firme.

Arto.369 Objeto del Recurso: El recurso atribuirá al órgano competente el conocimiento del proceso sólo en cuanto a los puntos de la resolución a que se refieren los agravios, sin perjuicio de conocer y resolver sobre aspectos constitucionales o violación de los derechos y garantías del procesado.

Arto.370 Renuncia a Vista Oral: En los recursos de apelación y casación, una vez recibidos los autos en la sede del Tribunal de Alzada y habiendo éste proveído la radicación de los autos ante sí, no se requerirá convocar a audiencia oral cuando no lo haya solicitado ninguna de las partes o cuando no deba recibirse prueba oral, quedando el recurso en estos casos en estado de fallo.

Arto.371 Prohibición de Reforma en Perjuicio: En los recursos de apelación y casación, cuando la decisión haya sido impugnada únicamente por el acusado o su defensor, no podrá ser modificada en su perjuicio. Los recursos interpuestos por cualquiera de las partes permitirán modificar o revocar la decisión en favor del acusado.

Arto.372 Rectificación: Los errores de derecho en la fundamentación de la decisión impugnada que no hayan influido en la parte dispositiva, no la invalidarán, pero serán corregidos; así como los errores materiales en la denominación o el cómputo de las penas.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 361? No hay.

¿Objeciones al artículo 362? No hay.

¿Objeciones al artículo 363? No hay.

¿Objeciones al artículo 364? No hay.

¿Objeciones al artículo 365? No hay.

¿Objeciones al artículo 366? No hay.

¿Objeciones al artículo 367? No hay.

¿Objeciones al artículo 368? No hay.

¿Objeciones al artículo 369? No hay.

¿Objeciones al artículo 370? No hay.

¿Objeciones al artículo 371? No hay.

¿Objeciones al artículo 372? No hay.

A votación el Título I, De las Disposiciones Generales y Recurso de Reposición, con el Capítulo I y los artículos antes mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Título I, y los artículos que lo contienen.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo II

Del Recurso de Reposición

Arto.373 Procedencia: El recurso de reposición procederá contra las resoluciones dictadas sin haber oído a las partes, a fin de que el mismo Tribunal que las dictó, examine nuevamente la cuestión y dicte, de inmediato, la decisión que corresponda.

Arto.374 Trámite: Salvo en las audiencias orales, en que se deberá plantear en el acto, este recurso se presentará mediante escrito fundado, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de la resolución impugnada.

Admitido el recurso, el Juez convocará a audiencia pública en un plazo no mayor de tres días, con el propósito de oír a las partes y resolver.

Cuando el recurso se interponga durante una audiencia oral, el Tribunal oirá en el acto a la parte contraria y resolverá de inmediato. La decisión que recaiga se ejecutará en el acto.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 373? No hay.

¿Objeciones al artículo 374? No hay.

A votación el Capítulo II, Del Recurso de Reposición.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo, y los artículos 373 y 374.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO II
DEL RECURSO DE APELACION
Capítulo I

De la Competencia y la Apelación de Autos

Arto.375 Competencia: Serán competentes para conocer del recurso de apelación contra autos y sentencias, las Salas Penales de los Tribunales de Apelación y los Jueces de Distrito, en los casos previstos en el presente Código.

Arto.376 Autos Recurribles: Serán apelables los siguientes autos:

1. Los que resuelvan una excepción o un incidente que no implique terminación del proceso;

2. Los que decreten una medida cautelar restrictiva de la libertad;

3. Los que recojan un acuerdo entre las demás partes sin haber oído a la víctima previamente;

4. Los que pongan fin a la pena o a una medida de seguridad, imposibiliten que ellas continúen, impidan el ejercicio de la acción, o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena; y

5. Los demás señalados expresamente por el presente Código o la ley.

Arto.377 Condiciones para Recurrir: La parte agraviada interpondrá el recurso de apelación por escrito fundado ante el Juez que dictó la resolución recurrida en el plazo de tres días desde su notificación, y en él deberá expresar los motivos del agravio.

La apelación de autos no suspende el proceso.

Arto.378 Contestación: Admitido el recurso, se mandará a oír a la parte recurrida por un plazo de tres días dentro del cual podrá presentar su oposición por escrito. Una vez recibida la contestación, el Juez remitirá las actuaciones al órgano competente para conocer de la apelación, para su resolución.

Arto.379 Tramitación: Radicada la apelación ante el órgano competente, el recurso se tramitará, en lo pertinente, en la forma prevista para la apelación contra sentencias.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 375? No hay.

¿Objeciones al artículo 376? No hay.

¿Objeciones al artículo 377? No hay.

¿Objeciones al artículo 378? No hay.

¿Objeciones al artículo 379? No hay.

A votación el Título II, Capítulo I, y los artículos mencionados.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo, y los artículos.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo II
De la Apelación de Sentencias

Arto.380 Sentencias Apelables: El recurso de apelación cabrá contra todas las sentencias dictadas en primera instancia por los Jueces Locales y de Distrito.

Arto.381 Interposición: La parte agraviada interpondrá el recurso de apelación por escrito fundado ante el Juez que dictó la resolución recurrida y en él deberá expresar los motivos del agravio. El plazo para la interposición será de tres días para el caso de las sentencias dictadas por los Jueces Locales, y de seis días para las dictadas por los Jueces de Distrito, ambos contados desde su notificación.

Arto.382 Contestación: Admitido el recurso, lo será en ambos efectos y se mandará a oír a la parte recurrida por un plazo de tres días, en el caso de las sentencias dictadas por los Jueces Locales, y seis días, para las dictadas por los Jueces de Distrito; dentro de estos plazos se deberá presentar su oposición por escrito.

No obstante si la parte recurrente solicita la realización de audiencia pública o si la parte recurrida la estima necesaria, ésta podrá limitar su respuesta a reservarse el derecho de contestar los agravios directamente en la audiencia pública.

Una vez recibida la contestación, el Juez remitirá las actuaciones al órgano competente para conocer de la apelación.

Arto.383 Emplazamiento y Audiencia: Recibidos los autos, si fuera procedente, el Tribunal competente convocará, en un plazo no mayor de cinco días a partir de la recepción, a audiencia oral para que las partes comparezcan y fundamenten su recurso y su contestación mediante la expresión de los argumentos que consideren oportunos.

La vista se desarrollará en lo no previsto expresamente en este Capítulo, de acuerdo con las normas del Juicio por Delitos sin Jurado que resulten de aplicación.

Arto.384 Prueba: Las partes podrán pedir la realización de actos de prueba para fundar su recurso o contestación. Se admitirá únicamente la que pueda practicarse en la audiencia.

Sólo se permitirá la práctica de prueba que no se haya practicado en la primera instancia sin culpa del recurrente, la que se ignoraba en la instancia por el apelante y la que fue indebidamente denegada al impugnante.

Arto.385 Resolución: El órgano competente dictará la resolución fundadamente en el plazo de cinco días.

La resolución no podrá condenar por hecho distinto del contenido en el auto de remisión a juicio o en la ampliación de la acusación, pero sí podrá declarar la nulidad del juicio y ordenar la celebración de uno nuevo ante diferentes Juez y Jurado, si fuere el caso.

Las resoluciones recaídas en el recurso de apelación en causas por delito grave son impugnables mediante el recurso de casación, excepto las que confirmen sentencias absolutorias de primera instancia. Contra la resolución que resuelva el recurso de apelación en causas por faltas penales y delitos menos graves, no cabrá ulterior recurso.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 380? No hay.

¿Objeciones al artículo 381? No hay.

¿Objeciones al artículo 382? No hay.

¿Objeciones al artículo 384? No hay.

¿Objeciones al artículo 385? No hay.

A votación el Capítulo II, De las Apelaciones de Sentencias, y los artículos mencionados.

A votación.

quedan aprobados los artículos citados.

SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO III
DEL RECURSO DE CASACION
Capítulo I
De los Requisitos

Arto.386 Impugnabilidad: Las partes podrán recurrir de casación contra las sentencias dictadas por las Salas de lo Penal de los Tribunales de Apelación en las causas por delitos graves, excepto las que confirmen sentencias absolutorias de primera instancia.

Arto.387 Motivos de Forma: El recurso de casación podrá interponerse con fundamento en los siguientes motivos por quebrantamiento de las formas esenciales:

1. Inobservancia de las normas procesales establecidas bajo pena de invalidez, inadmisibilidad o caducidad, si el interesado ha reclamado oportunamente su saneamiento. No es necesario el reclamo previo de saneamiento cuando se trate de defectos absolutos o de los producidos después de clausurado el juicio;

2. Falta de producción de una prueba decisiva, oportunamente ofrecida por alguna de las partes;

3. Cuando se trate de sentencia en juicio sin Jurado, falta de valoración de una prueba decisiva, oportunamente ofrecida por alguna de las partes;

4. Si se trata de sentencia en juicio sin Jurado, ausencia de la motivación o quebrantamiento en ella del criterio racional;

5. Ilegitimidad de la decisión por fundarse en prueba inexistente, ilícita o no incorporada legalmente al juicio o por haber habido suplantación del contenido de la prueba oral, comprobable con su grabación, y

6. El haber dictado sentencia un Juez, o concurrido a emitir el veredicto un miembro del Jurado en su caso, cuya recusación, hecha en tiempo y forma y fundada en causa legal, haya sido injustificadamente rechazada.

Arto.388 Motivos de Fondo: El recurso de casación podrá interponerse con fundamento en los siguientes motivos por infracción de ley:

1. Violación en la sentencia de las garantías establecidas en la Constitución Política o en tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República; y

2. Inobservancia o errónea aplicación de la ley penal sustantiva o de otra norma jurídica que deba ser observada en la aplicación de la ley penal en la sentencia.

Arto.389 Recurso Unico: Cuando la impugnación de la sentencia se funde en motivos de forma y de fondo, todos ellos deberán ser incorporados en un único recurso.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 386? No hay.

¿Objeciones al artículo 387? No hay.

¿Objeciones al artículo 388? No hay.

¿Objeciones al artículo 389? No hay.

Vamos a someter a votación, Título III, Capítulo I, y los artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Título III, y el Capítulo I, De los Requisitos.

SECRETARIO WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo II
Del Procedimiento

Arto. 390 Interposición: El recurso de casación será interpuesto por escrito ante la Sala Penal del Tribunal de Apelación que conoció y resolvió el recurso de apelación, en el plazo de diez días, a contar desde su notificación.

El escrito deberá citar concretamente las disposiciones legales que se consideren violadas o erróneamente aplicadas y expresar con claridad la pretensión. Deberá indicarse por separado cada motivo con sus fundamentos. Fuera de esta oportunidad no podrá aducirse otro motivo. Se deberá acompañar copia para cada una de las otras partes.

El recurso será tramitado en un expediente y resuelto en una sola sentencia.

Arto. 391 Ofrecimiento de Prueba: Cuando el recurso se fundamente en un defecto de procedimiento o se discuta la forma en que fue llevado a cabo un acto, en contraposición a lo señalado en las actuaciones, en el acta o registros del juicio o en la sentencia, en el mismo escrito de interposición se ofrecerá prueba destinada a demostrar el vicio.

Arto.392 Inadmisibilidad. Cuando la Sala Penal del Tribunal de Apelaciones estime que el recurso no es admisible, así lo declarará fundadamente. El recurso de casación será declarado inadmisible cuando:

1. Presente defectos formales que impidan conocer con precisión el motivo del reclamo;

2. Contra la resolución no quepa este medio de impugnación;

3. Se haya formulado fuera de plazo; y,

4. La parte no esté legitimada.

Si la razón de la inadmisibilidad obedece a defectos formales que sean subsanables, el Tribunal los especificará y concederá un plazo de cinco días al interesado para su corrección. La omisión o el error en las citas de artículos de la Ley no será motivo de inadmisibilidad del recurso, si de la argumentación del recurrente se entiende con claridad a qué disposiciones legales se refiere.

Si transcurre el plazo citado sin que se haya saneado el recurso o habiendo contestado persista algún defecto, el Tribunal declarará su inadmisibilidad por resolución fundada, quedando firme la resolución impugnada.

Los defectos formales en la exposición de alguno de los motivos del recurso no impedirá la admisibilidad de éste en cuanto a los otros motivos.

Arto.393 Contestación: Admitido el recurso, se mandará a oír a la parte recurrida por un plazo de diez días dentro del cual deberá mediante escrito presentar su contestación; no obstante, si la parte recurrente solicita la realización de audiencia pública o si la parte recurrida la estima necesaria, ésta podrá limitar su respuesta a reservarse el derecho de contestar los agravios directamente en la audiencia pública.

Una vez recibida la contestación, la Sala remitirá las actuaciones a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, para su resolución.

Arto. 394 Notificaciones: La Sala de lo Penal de la Corte Suprema notificará sus decisiones en las direcciones dentro del asiento del Tribunal, que las partes indiquen en el recurso, con al menos tres días de antelación a la realización de la audiencia.

Arto.395 Plazo para Resolver: Recibido y radicado el recurso en la Sala de lo Penal, se procederá a dictar sentencia en el plazo máximo de treinta días, siempre que no se requiera convocar a audiencia oral.


Arto.396 Audiencia Oral: Si al interponer el recurso o al contestarlo, alguna de las partes ha solicitado la celebración de audiencia oral o deba recibirse prueba oral para la demostración del vicio señalado en el recurso, la Sala fijará fecha para su realización dentro de los quince días siguientes a la recepción del recurso a trámite.

La audiencia se celebrará en el día y hora fijados, con asistencia de los miembros de la Sala y de las partes que concurran. La palabra será concedida primero al abogado del recurrente y luego a las demás partes. Si es necesaria, la prueba se practicará de la forma dispuesta en este Código.

Clausurada la audiencia o no celebrada por inasistencia de las partes, la Sala pasará a deliberar y dictará sentencia fundadamente, en el plazo máximo de treinta días.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 390? No hay.

¿Objeciones al 391? No hay.

¿Objeciones al 392? No hay.

¿Objeciones al 393? No hay.

¿Objeciones al 394? No hay.

¿Objeciones al 395? No hay.

¿Objeciones al 396? No hay.

Someto a votación el Capítulo II, Del Procedimiento, con los artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y los artículos.

SECRETARIO WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo III
De la Decisión

Arto.397 Inobservancia o Errónea Aplicación de la Ley Sustantiva. Si la resolución impugnada ha inobservado o aplicado erróneamente la ley sustantiva, el Tribunal de Casación, sobre la base de los hechos esenciales fijados por la sentencia del Juez, la casará y dictará a continuación otra de acuerdo con la ley aplicable. No obstante, aun tratándose de una alegación sustantiva, podrá proceder conforme al artículo siguiente, cuando la sentencia no contenga una adecuada relación de hechos probados.

Arto.398 Invalidación Total o Parcial. Cuando haya que declarar con lugar el recurso por un motivo distinto de la violación de la ley sustantiva, el Tribunal de casación invalidará la sentencia impugnada y, si no es posible dictar una nueva sentencia ajustada a derecho, procederá a anular también el juicio en que ella se haya basado o los actos cumplidos de modo irregular y remitirá el proceso al Juez que dictó la resolución recurrida para que lleve a cabo la sustanciación que determine el Tribunal de Casación.

Cuando no anule todas las disposiciones de la resolución, el Tribunal de Casación establecerá qué parte de ella queda firme por no depender ni estar esencialmente conexa con la parte anulada.

Arto.399 Rectificación: Los errores de derecho en la fundamentación de la sentencia impugnada, que no hayan influido en la parte resolutiva, no la anularán, pero serán corregidos. También lo serán los errores materiales en la designación y cómputo de las penas.

Arto.400 Prohibición de la Reforma en Perjuicio: Cuando el recurso haya sido interpuesto sólo por el acusado, o en su favor, ni el Tribunal de Casación ni el Juez que dictó la resolución impugnada, en caso de un nuevo Juicio, podrán imponer una sanción más grave que la impuesta en la sentencia casada o anulada, ni desconocer los beneficios que ésta haya acordado.

Arto.401 Libertad Definitiva del Acusado: Cuando por efecto de la sentencia de casación deba cesar la prisión preventiva del acusado, la Sala ordenará directamente la libertad.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al artículo 397? No hay.

¿Objeciones al 398? No hay.

¿Objeciones al 399? No hay.

¿Objeciones al artículo 400? No hay.

¿Objeciones al 401? No hay.

Se somete a votación el Capítulo III, De la Decisión, y los artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo III, De la Decisión, y los artículos.

SECRETARIO WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO:
LIBRO CUARTO
TITULO I

DE LA EJECUCION DE LA SENTENCIA

Capítulo I

De la Ejecución Penal

Arto.402 Derechos: El condenado podrá ejercer, durante la ejecución de la pena, los derechos y las facultades que le otorgan la Constitución Política, los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos ratificados por Nicaragua, las leyes penales, penitenciarias y los reglamentos, y planteará ante el Tribunal que corresponda las observaciones, recursos e incidencias que con fundamento en aquellas reglas, estime convenientes.

Arto.403 Competencia: La sentencia será ejecutada por los Jueces de Ejecución cuya competencia será establecida en el acuerdo de nombramiento dictado por la Corte Suprema de Justicia.

El Juez de la causa será competente para realizar la fijación de la pena o las medidas de seguridad, así como de las condiciones de su cumplimiento.

Arto.404 Incidentes de Ejecución: El Ministerio Público, el acusador particular, el querellante, el condenado o su defensor podrán plantear ante el competente Juez de Ejecución de la pena, incidentes relativos a la ejecución, sustitución, modificación o extinción de la pena o de las medidas de seguridad.

Estos deberán ser resueltos dentro del plazo de cinco días, previa audiencia a los demás intervinientes. Si fuera necesario incorporar elementos de prueba, el Juez de ejecución, aun de oficio, ordenará una investigación sumaria, después de la cual decidirá.

Los incidentes relativos a la libertad anticipada y aquellos en los cuales, por su importancia, el Juez de Ejecución de la pena lo estime necesario, serán resueltos en audiencia oral, citando a los testigos y peritos que deben informar durante el debate.

El Juez de Ejecución decidirá por auto fundado. Contra lo resuelto, procede recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal de Apelación, en cuya competencia territorial ejerza sus funciones el Juez de Ejecución correspondiente; la interposición del recurso de apelación no suspenderá la ejecución de la pena.

Arto. 405 Suspensión de Medidas Administrativas: Durante el trámite de los incidentes, el Juez de Ejecución de la pena podrá ordenar la suspensión provisional de las medidas de la administración penitenciaria que sean impugnadas en el procedimiento.

Arto.406 Defensa: La labor del defensor culminará con la sentencia firme, sin perjuicio de que continúe en el ejercicio de la defensa técnica durante la ejecución de la pena. Asimismo, el condenado podrá designar un nuevo defensor y, en su defecto, se le podrá designar un defensor público o de oficio, en la forma prevista en el presente Código.

El ejercicio de la defensa durante la ejecución penal consistirá en el asesoramiento al condenado, cuando se requiera, para la interposición de las gestiones necesarias en resguardo de sus derechos. No será deber de la defensa vigilar el cumplimiento de la pena.

Arto.407 Atribuciones de los Jueces de Ejecución: Los Jueces de Ejecución ejercerán las siguientes atribuciones:

1. Hacer comparecer ante sí a los condenados o a los funcionarios del Sistema Penitenciario, con fines de vigilancia y control.

2. Mantener, sustituir, modificar o hacer cesar las penas y las medidas de seguridad, así como las condiciones de su cumplimiento;

3. Visitar los centros de reclusión, por lo menos una vez al mes, con el fin de constatar el respeto de los derechos fundamentales y penitenciarios de los internos, y ordenar las medidas correctivas que estimen convenientes;

4. Resolver, con aplicación del procedimiento previsto para los incidentes de ejecución, las peticiones o quejas que los internos formulen en relación con el régimen y el tratamiento penitenciario en cuanto afecten sus derechos;

5. Resolver, por vía de recurso, las reclamaciones que formulen los internos sobre sanciones disciplinarias;

6. Aprobar las sanciones de ubicación en celdas de aislamiento por más de cuarenta y ocho horas; y

7. Dar seguimiento y controlar el cumplimiento de las penas no privativas de libertad.

Arto.408 Unificación de Penas: Cuando se hayan dictado varias sentencias de condena contra una misma persona o cuando después de una condena firme se deba juzgar a la misma persona por otro hecho anterior o posterior a la condena, un solo Juez unificará las penas, según corresponda.

La unificación de penas será efectuada por el Juez que impuso la última de ellas observando lo dispuesto en la Constitución Política. De su decisión deberá informar a los Jueces que impusieron las condenas previas y al Juez de Ejecución competente.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo 402? No hay.

¿Objeciones al 403? No hay.

¿Objeciones al 404? No hay.

¿Objeciones al artículo 405? No hay.

¿Objeciones al 406? No hay.

¿Objeciones al 407? No hay.

¿Objeciones al 408? No hay.

A votación el Título I, Capítulo I, Libro Cuarto, y sus respectivos artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y los respectivos artículos.

SECRETARIO WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo II

De las Penas y Medidas de Seguridad

Arto.409 Ejecutoriedad: La sentencia condenatoria deberá quedar firme para originar su ejecución. Inmediatamente después de quedar firme, se ordenarán las comunicaciones e inscripciones correspondientes. El Tribunal ordenará la realización de las medidas necesarias para que se cumplan los efectos de la sentencia.

Arto.410 Cómputo Definitivo: El Juez de sentencia realizará el cómputo de la pena, y descontará de ésta la prisión preventiva y el arresto domiciliario cumplidos por el condenado, para determinar con precisión la fecha en la que finalizará la condena.

El cómputo será siempre reformable, aun de oficio, si se comprueba un error o cuando nuevas circunstancias lo tornen necesario.

Arto.411 Enfermedad del Condenado: Si durante la ejecución de la pena privativa de libertad, el condenado sufre alguna enfermedad que no pueda ser atendida adecuadamente en la cárcel, que ponga en grave riesgo su salud o su vida, el Juez de Ejecución de la pena dispondrá, previo los informes médicos forenses que sean necesarios, la internación del enfermo en un establecimiento adecuado y ordenará las medidas necesarias para evitar la fuga.

Si se trata de alteración psíquica, perturbación o alteración de la percepción del condenado, el Juez de Ejecución, luego de los informes médicos forenses que sean necesarios, dispondrá el traslado a un centro especializado de atención.

Las autoridades del establecimiento penitenciario tendrán iguales facultades, cuando se trate de casos urgentes; pero la medida deberá ser comunicada de inmediato al Juez de Ejecución, quien podrá confirmarla o revocarla. Estas reglas son aplicables a la prisión preventiva en relación con el Tribunal que conozca del proceso, y a las restantes penas en cuanto sean susceptibles de ser suspendidas por enfermedad.

El tiempo de internación se computará a los fines de la pena, siempre que el condenado esté privado de libertad.

Arto.412 Ejecución Diferida. El Juez de Ejecución de la pena podrá suspender el cumplimiento de la pena privativa de libertad, en los siguientes casos:

1. Cuando deba cumplirla una mujer en estado de embarazo o con un hijo menor de edad; y

2. Si el condenado se encuentra gravemente enfermo, o padece de enfermedad crónica grave y la ejecución de la pena pone en peligro su vida, según dictamen médico forense.

Cuando cesen estas condiciones, la sentencia continuará ejecutándose.

Arto.413 Medidas de Seguridad: Las reglas establecidas en este Capítulo regirán para las medidas de seguridad en lo que sean aplicables.

El Juez examinará, periódicamente, la situación de quien sufre una medida. Fijará un plazo no mayor de seis meses entre cada examen, previo informe del establecimiento y de los peritos. La decisión versará sobre la cesación o continuación de la medida y, en este último supuesto, podrá ordenar la modificación del tratamiento.

Cuando el Juez tenga conocimiento, por informe fundado, de que desaparecieron las causas que motivaron la internación, procederá a su sustitución o cancelación.

Arto.414 Ejecución de Penas no Privativas de Libertad. Las penas no privativas de libertad y las accesorias se ejecutarán en la forma más adecuada para sus fines, en colaboración con la autoridad competente.

Hasta aquí el Capítulo.

En el artículo 412, por un error de lectura, en el punto número uno, es: " Cuando deba cumplirla una mujer en un estado de embarazo o con un hijo menor de un año de edad". Para que conste en Diario de Debates.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

¿Objeciones al artículo 409? No hay.

¿Objeciones al 410? No hay.

¿Objeciones al 411? No hay.

¿Objeciones al 412?

Tiene la palabra el honorable Diputado Alberto Rivera Monzón.

DIPUTADO ALBERTO RIVERA MONZON:

Muchísimas gracias, honorable señor Presidente.

Allí dice "Ejecución diferida". Solamente es una observación, porque como decía el honorable Diputado Wálmaro, para que quede en el Diario de Debates. Porque se nos ha criticado con el Código de la Niñez y la Adolescencia, de algunos errores que se consideran por parte de la sociedad, por ejemplo, en el ámbito periodístico. Y aquí dice: "El Juez de Ejecución de la pena podrá suspender el cumplimiento de la pena privativa de libertad, en los siguientes casos:

“Cuando deba cumplirla una mujer en estado de embarazo o con un hijo menor de un año de edad".

Yo considero que esto no lo vamos a cambiar, ahora ya estamos aprobando este Código, pero nos deja la observación. Ojalá que no se instruya a delincuentes, en este caso a mujeres que puedan cometer delitos a sabiendas de que puede ser suspendida su prisión, a sabiendas que la ley no podría hacer nada cuando estén embarazadas o con un hijo menor de un año. Ojalá que esto no se dé, solamente dejo esta reflexión, honorable señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Acuérdese, honorable Diputado Rivera Monzón, que la suspensión es a criterio del juzgador y que mientras pasaron las razones por las cuales tiene que suspendérsele la libertad, es eventual, en cuanto pasaron las cosas, vuelve de nuevo a pagar la pena.

Tiene la palabra la honorable Diputada María Lourdes Bolaños.

DIPUTADA MARIA LOURDES BOLAÑOS:

Gracias, señor Presidente.

En realidad, este Código tiene esa característica muy especial, hemos estado pendiente de los derechos humanos de las mujeres, porque no es fácil, pues un hombre nunca ha tenido un embarazo, ni las condiciones en que una mujer tiene que vérselas, embarazada y presa; además, cuando tiene un hijo menor, también son condiciones especiales que nosotras tenemos. Lógicamente que no la pueden sentir ustedes, pero las mujeres que participamos en la Comisión de Justicia, sí estuvimos pendientes, porque somos mujeres, porque somos madres y por el respeto a los derechos humanos que como tales tenemos.

Y otra cosa muy importante sobre la que hay que llamar la atención es que los hombres de la Comisión de Justicia nos apoyaron plenamente en todas nuestras posiciones que tuvimos a lo largo de la discusión de este Código. Así es que, compañeros, no es cuestión de risa, es cuestión de saber que cuando engendramos un hijo, tenemos unas condiciones especiales que van más allá de la sensibilidad humana que puede haber.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

Estamos de acuerdo, querida Diputada.

Sí, es verdad que los hombres no lo sentimos, pero valoramos ésa situación.

¿Objeciones al artículo 413? No hay.

¿Objeciones al artículo 414? No hay.

A votación el Capítulo II, De las Penas y Medidas de Seguridad, y sus respectivos artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y sus respectivos artículos.

SECRETARIO WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO II

Capítulo Unico

De la Coordinación Interinstitucional

Arto.415 Comisión Nacional: Créase la Comisión Nacional de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia Penal de la República, la que estará integrada por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia y el de su Sala Penal, el Fiscal General de la República, el Presidente de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, el Director de la Defensoría Pública, el Director Nacional de la Policía Nacional, el Director de la Auditoría Militar, el Director del Instituto de Medicina Legal y el Director del Sistema Penitenciario Nacional. La Comisión elegirá anualmente de su seno un Coordinador y un Secretario y se reunirá trimestralmente en forma ordinaria y extraordinariamente, cuando así lo considere.

Cuando lo estime necesario, la Comisión podrá invitar a participar en sus sesiones, con voz pero sin voto, a representantes de las Asociaciones de Abogados, Decanos de las Facultades de Derecho, representantes de Comisiones de Derechos Humanos, y otras entidades que puedan contribuir con sus objetivos.

Arto.416 Atribuciones: En plena observancia y respeto a la independencia y autonomía de cada una de sus instituciones integrantes, son atribuciones de la Comisión Nacional de Coordinación Interinstitucional del Sistema de Justicia Penal de la República, las siguientes:

1. Coordinar acciones institucionales encaminadas a garantizar la implementación del proceso de reforma procesal penal, la efectiva capacitación de los operadores del sistema y facilitar los medios para el desempeño de sus respectivas funciones;

2. Intercambiar criterios acerca de propuestas de políticas institucionales que demande la modernización del sistema de justicia penal y mejore la eficiencia del servicio que prestan al país;

3. Evaluar periódicamente las acciones institucionales referidas en el inciso primero e informar a la ciudadanía, en conjunto o por separado, sobre los resultados obtenidos;

4. Formular recomendaciones en materia de política criminal; y

5. Cualquier otra que contribuya con la realización efectiva de la justicia penal.

Arto.417 Coordinación en otros Niveles: A nivel Departamental y Municipal se organizarán y funcionarán comisiones de coordinación interinstitucional del Sistema de Justicia Penal integradas por los respectivos representantes de las instituciones que forman parte de la Comisión Nacional. Las comisiones departamentales y municipales elegirán anualmente de su seno un coordinador y un secretario, y se reunirán en forma ordinaria una vez al mes y extraordinariamente cuando así lo determinen.

Las comisiones departamentales y municipales se constituirán en instancias de coordinación, seguimiento y evaluación de la implementación de las atribuciones señaladas en el artículo anterior en las que participen sus instituciones integrantes, en los niveles de circunscripción judicial, distrital y municipal, que contribuyan con la implementación de la reforma procesal en cada nivel y la superación de obstáculos o problemas que ésta enfrente.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al 415? No hay.

¿Objeciones al 416? No hay.

¿Objeciones al 417? No hay.

Voy a someter a votación el Título II, Capítulo Unico, De la Coordinación Interinstitucional.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y los artículos que lo contienen.

SECRETARIO WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO:
TITULO III
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Capítulo I
Disposiciones Transitorias

Arto.418 Fortalecimiento Institucional: En los dos años siguientes a la entrada en vigencia del presente Código, la Asamblea Nacional hará las provisiones de fondos presupuestarios al Ministerio Público y al Poder Judicial para fortalecer institucionalmente al Ministerio Público y a la Dirección de Defensores Públicos, de forma tal que puedan incrementar el número de fiscales y defensores públicos hasta satisfacer las necesidades del servicio y extender su cobertura a la totalidad de Municipios del país.

Arto.419 Delitos Graves y Menos Graves: Mientras no entre en vigencia el nuevo Código Penal, a los efectos del presente Código Procesal, se entenderá por delitos graves aquellos a los que se puedan imponer penas más que correccionales y delitos menos graves aquellos a los que se puedan imponer penas correccionales.

Arto.420 Ejecución de Penas: Mientras no sean nombrados los Jueces de Ejecución a que hace referencia el presente Código, las funciones asignadas a éstos serán desempeñadas por los correspondientes Jueces de Sentencia.

Hasta aquí el Capítulo.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

¿Objeciones al 418? No hay.

¿Objeciones al 419? No hay.

¿Objeciones al 420? No hay.

A votación el Título III del Capítulo Primero y los
artículos mencionados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado los artículos 418, 419 y 420.

SECRETARIO WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO:
Capítulo II
Disposiciones Finales

Arto.421 Sustitución: En adelante, cuando la legislación haga referencia al Código de Instrucción Criminal y a la sigla "In.", se entenderá se refiere al presente Código Procesal Penal de la República de Nicaragua y a la sigla "CPP".

Arto.422 Legislación Penitenciaria: A más tardar a la fecha de entrada en vigencia del presente Código, la Asamblea Nacional deberá haber aprobado una nueva legislación en materia penitenciaria que armonice la institucionalidad y el funcionamiento del actual Sistema Penitenciario Nacional, a las normas que en materia de ejecución de sentencia establece el presente Código.

Arto.423 Reforma: El presente Código Procesal Penal de la República de Nicaragua reforma:

1.El numeral 1 del Art. 48, el Art. 56, el párrafo segundo del Art. 94, el Art. 169, el Art. 218, deroga el numeral 4 del Art. 48 y adiciona un nuevo Art. 51 (bis) y un nuevo Capítulo V (bis) al Título VIII Del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, todos de la Ley Nº 260 "Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 137 de 23 de Julio de 1998, los que se leerán así:

Competencia de los Juzgados de Distrito de lo Penal:

Arto.48 Los Juzgados de Distrito de lo Penal son competentes para:

1. Conocer y resolver en primera instancia los procesos por delitos que merezcan penas graves.

"Los Jueces de Ejecución de Pena:

Arto. 51 (bis) Los Jueces de Ejecución de Pena controlarán que las penas y de las medidas de seguridad se ejecuten observando sus finalidades constitucionales y legales, y tendrán las atribuciones que les señale la legislación procesal penal".

Arto.56 Los Juzgados Locales de lo Penal son competentes para:

1.Conocer y resolver en primera instancia los procesos por delitos menos graves y faltas penales.

2.Las demás que la ley establezca”.

Mediación previa"

Arto.94 En materia penal, la mediación se llevará a efecto en la forma establecida en el Código Procesal Penal.”

Personal auxiliar”

Art.169 Bajo la denominación de personal al servicio de la Administración de Justicia, están comprendidos los Secretarios Judiciales, los Médicos Forenses, Registradores Públicos, Peritos Judiciales, Facilitadores Judiciales Rurales, así como los miembros de cuerpos que se creen por ley para el auxilio y colaboración con los Jueces y Tribunales.

Facilitadores Judiciales Rurales Capítulo V (bis)

De los
Facilitadores Judiciales Rurales”

Art.200 (bis). Los Facilitadores Judiciales Rurales constituyen un cuerpo al servicio de la Administración de Justicia. La Corte Suprema de Justicia mediante acuerdo regulará su organización, funciones, calidades, requisitos y sistema de ingreso, formación y perfeccionamiento.

Defensa de oficio".

Art.218 La Defensa de Oficio es una función social que, en las localidades donde no exista la Defensoría Pública, la ejercerán los abogados litigantes; aquéllos que la asuman tendrán derecho a deducir el monto de los honorarios dejados de percibir en su declaración de renta anual.

El cumplimiento del deber de asesoría jurídica y defensa técnica de los imputados, se hará por rotación entre los abogados de la localidad y en su defecto, entre los egresados de las Escuelas de Derecho de Universidades autorizadas y sólo a falta de estos últimos, por estudiantes o entendidos en Derecho; en todo caso el ejercicio de este deber no podrá ser superior a cinco oportunidades por cada año.

La Sala Penal del Tribunal de Apelación anualmente autorizará el ejercicio de la Defensa de Oficio en las localidades de su circunscripción que así lo requieran; a tales efectos, la Secretaría de la misma llevará un registro y control de los abogados y egresados de Derecho, a cuya falta comprobada por ésta, en los casos necesarios procederá a la autorización de pasantes o entendidos en Derecho".

2. El Inco. 4 del Arto. 10 de la Ley Nº 346 "Ley Orgánica del Ministerio Público", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 196 de 17 de O Octubre de 2000, el que se leerá así:

4. Ejercer la acción penal en los delitos de acción pública y disponer de ésta en los casos previstos por la ley".

Arto.424 Derogaciones: El presente Código Procesal Penal de la República de Nicaragua deroga:

1. El Código de Instrucción Criminal de Nicaragua de 29 de Marzo de 1879 y sus Reformas, incluyendo:

a) La Ley Nº 1647 publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 159 de 17 de Julio de 1971;

b) El Decreto Nº 129 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 46 de 1 de Noviembre de 1979;

c) Los Arts. 3 y 4 del Decreto Nº 644 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 42 de 21 de Febrero de 1981;

d) La Ley Nº 107 publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 173 de 10 de Septiembre de 1990;

e) La Ley Nº 124 publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 137 de 25 de Julio de 1991;

f) La Ley Nº 134 publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 170 de 11 de Septiembre de 1991;

g) La Ley Nº 164 publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 235 de 13 de Diciembre de 1993;

h) La Ley Nº 214 publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 67 de 12 de abril de 1996; y

i) La Ley Nº 232 publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 192 de 10 de Octubre de 1996;

2. El Decreto Nº 225 "Ley de Recurso de Casación" publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 203 de 23 de Septiembre de 1942;

3. El Decreto Nº 1527 "Liquidación de Penas de los Reos", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 16 de 20 de Enero de 1969;

4. El Decreto Nº 428 "Procedimientos Penales para la Extradición", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 200 de 2 de Septiembre de 1974;

5. El numeral 4 del Art. 27, los numerales 8 y 9 del Art. 33, los numerales 5 y 6 del Art. 41, numeral 5 del Art. 48 y el Art. 217 de la Ley Nº 260 "Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 137 de 23 de Julio de 1998.

6. El Art. 4 del Decreto Nº 63-99 "Reglamento de la Ley Nº 260 « Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua»", publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 104 del 2 de Junio de 1999.

7. Cualquier otra Ley o Decreto que se oponga o contradiga las disposiciones del presente Código.

Arto.425 Régimen Transitorio: El presente Código se aplicará en todas las causas por delitos graves iniciadas con posterioridad a su entrada en vigencia.

Los juicios y recursos por delitos y faltas iniciados con anterioridad, se continuarán tramitando hasta su finalización conforme el procedimiento con que fueron iniciados.

Por un período de dos años, contado a partir de la entrada en vigencia del presente Código, se continuará aplicando a los juicios y recursos en causas por delitos menos graves y faltas penales, el procedimiento sumario regulado en el Código de Instrucción Criminal de Nicaragua de 29 de Marzo de 1879 y sus Reformas, el cual se incorpora al presente Capítulo. Durante este período, el trámite de mediación a que hace referencia el presente Código se realizará ante el Juez Local competente. De la misma forma, los juicios y recursos por delitos menos graves y faltas que, con base en el párrafo anterior, se inicien y tramiten en los Juzgados Locales durante el período señalado, se continuarán tramitando hasta su finalización conforme el procedimiento con que fueron iniciados.

Arto.426 Vigencia: El presente Código será publicado en La Gaceta, Diario Oficial, y entrará en vigencia doce meses después de su publicación, con excepción de las normas contenidas en el Título II, Capítulo Unico "De la Coordinación Interinstitucional", que entrará en vigor a partir de la publicación antes citada.

Hasta aquí el Capítulo.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los días del mes de del dos mil uno.


PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Por Tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, de del dos mil uno.
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Hasta aquí todo el Capítulo, los artículos y toda la ley.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación las Disposiciones Finales.

¿Objeciones al artículo 421? No hay.

¿Objeciones al 422? No hay.

¿Objeciones al 423? No hay.

Diputado Rodríguez.

DIPUTADO ROBERTO RODRIGUEZ:

Gracias, señor Presidente.

En el artículo 423, hay un problema de orden y es que dice:

Competencia de los juzgados de distrito de lo Penal:

Arto. 48 Los Juzgados de Distrito de lo Penal son competentes para:

1. Conocer y resolver en primera instancia los procesos por delitos que merezcan penas graves:

Pero no tiene ni dos, ni tres. Entonces, no es lógico que exista un uno, si no va acompañado de una secuencia lógica; es una cuestión de orden metodológico, un uno, no puede ir solo. Entonces, es para que revisen eso.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

De la Comisión, Edwin Castro por favor.

DIPUTADO EDWIN CASTRO:

Es sólo para aclararle al Diputado Rodríguez, que lo que estamos es reformando algo existente, y lo que estamos reformando es el inciso 1) del artículo 48 de la Ley Orgánica de Tribunales. Es decir, no estamos reformando toda la ley, existen varios numerales, se está reformando el uno nada más. En el artículo 48, si te vás a la Ley Orgánica del Poder Judicial, se está reformando el item 1); el resto de item quedan iguales a como está en la ley.

Yo creo que hemos concluido una ley necesaria para Nicaragua me decía Maximino que la terminamos en dos meses, y que es un logro de esta Asamblea Nacional y de todos los Diputados de esta Asamblea Nacional, que hayamos tenido como tarea fundamental una reforma importante para el andar de Nicaragua.

Por lo tanto, creo que todos los Diputados el día de hoy estamos, para bien, cumpliendo con nuestro país y con la historia de Nicaragua.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación el artículo 421. No hay objeciones.

¿Objeciones al 422? No hay.

¿Objeciones al 423? No hay.

¿Objeciones al 424? No hay.

¿Objeciones al 425? No hay.

Solamente esos artículos vamos a someter a votación, porque faltan dos artículos pendientes donde hay mociones, exacto y hasta por último vamos a someter, después de aprobar las mociones, el último artículo que es la vigencia de la ley. A votación esos artículos mencionados.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado esos artículos.

Se oyen mociones a los artículos 213 y 214, que habían quedado pendientes.

Honorable Diputado Noel Pereira Majano.

DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:

Gracias, señor Presidente.

Al artículo número 213, párrafo 1, se propone la siguiente modificación:

"Corregir la redacción, que se leerá así:

"Intervenciones telefónicas: Procederá la interceptación de intervenciones telefónicas o de otras formas de telecomunicaciones, cuando se trate de:

1. Terrorismo;

2. Secuestro extorsivo;

3. Tráfico de órganos y de personas con
propósitos sexuales;

4. Delitos relacionados con estupefacientes,
psicotrópicos y otras sustancias controladas;

5. Legitimación de capital, o lavado de dinero y activo;

6. Tráfico internacional de armas explosivas y vehículos robados".

Firman esta moción, María Lourdes Bolaños, Noel Pereira Majano, Víctor Manuel Talavera, y otros compañeros más.

Esta moción tiene una gran importancia en cuanto a la cuestión de tutelar los derechos de los ciudadanos, por cuanto el artículo 24 de la Constitución Política de la República determina que los derechos del individuo estarán sometidos a los intereses generales, a los intereses de la sociedad. Esta es una sociedad que no puede vivir viendo la impunidad y cómo se ahoga definitivamente ante los delitos que vienen en forma ascendente, asfixiando la seguridad ciudadana. Razón por la cual, pido a la honorable Asamblea que apoye esta reforma.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Tiene la palabra la honorable Diputada Mónica Baltodano.

DIPUTADA MONICA BALTODANO:

Gracias, señor Presidente.

Abonando a la intervención del Doctor Pereira Majano, habría que señalar que precisamente por inquietudes del Plenario, se redujo la lista de delitos que serían causal, para proceder a solicitar ante el Juez la intervención telefónica, para evitar su utilización con fines políticos, y por eso se eliminó de la lista anterior. Por ejemplo hechos punibles que impliquen corrupción de funcionarios públicos; hechos punibles que impliquen delincuencia económica organizada de grave repercusión en la economía nacional. Por poner dos ejemplos.

En consecuencia, también con las inquietudes planteadas por el Plenario, nos pusimos de acuerdo en la modificación del artículo 214, que diría así: "Agregarle al primer párrafo, "comunicaciones escritas, telegráficas y electrónicas, cuando se trate de los delitos a los que se refiere el artículo anterior, previa solicitud ante Juez competente". Y sigue igual el resto del artículo.

Se cambiaría, "interceptación de comunicaciones escritas, telegráficas y electrónicas". Procederá a la interceptación de comunicaciones escritas, telegráficas y electrónicas, cuando se trate de los delitos a los que se refiere el artículo anterior, previa solicitud ante el Juez competente, con clara indicación de las razones que la justifican y de la información que se espera encontrar en ella. La resolución judicial mediante la cual se autoriza esa disposición, deberá ser debidamente motivada. "eso cambiaría el texto, y con esta última redacción, se le daría fuerza a la intervención del Juez y la motivación debida frente a la solicitud o la resolución que dicte el Juez.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Vamos a someter a votación las mociones que modifican los artículos 213 y 214.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones. Aprobadas las mociones de los artículos 213 y 214.

Vamos a someter a votación el Capítulo IV del Título VI, que contiene los artículos 213 y 214, modificados.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones. Aprobado el Capítulo y los artículos que contiene ese Capítulo; y además, los artículos 213 y 214 que habíamos dicho que estaban reformados por las mociones.

Ahora vamos a someter a votación el artículo 426, que es la vigencia en cuanto al Código se refiere como ley.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

65 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones. Aprobado el artículo 426.

Ahora vamos a someter a votación el Capítulo II, que contiene los artículos del 421 al 426.

A votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo de Disposiciones Finales, y así toda la ley.

Se suspende la Sesión, y se cita para mañana a las nueve de la mañana.

Por favor, vengan mañana lo más puntuales posible que les sea.




























PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

A los señores miembros de la Junta Directiva, por favor que vengan a presidir para poder iniciar la Sesión.

Se les recuerda que dijimos a la nueve de la mañana, ya son las diez y media.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

BAYARDO ARCE CASTAÑO
NELSON ARTOLA ESCOBAR
MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
ROGER CASTELLON ORUE
ANGELES CASTELLON CASTRO
FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
EDWIN CASTRO RIVERA
LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA
FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
STEADMAN FAGOT MULLER
LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN
FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
FANOR ANTONIO HERRERA PEREZ
REINALDO LAGUNA MAIRENA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
ARIEL LOPEZ LOPEZ
EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE
GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
ANTONIO RIZO ZAMORA
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
JORGE ALBERTO SAMPER BLANCO
JOSE MARIA SANCHEZ SANTANA
WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
WINSTON SIMPSON GAYLE
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
ISMAEL JOSE TORRES CALERO
LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
HENRY URCUYO MALEAÑOS
MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
DAMASO VARGAS LOAISIGA
SAUL ZAMORA DICARIO
LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

Constatación del quórum: 72 Diputados presentes. Hay quórum legal.

PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

Se abre la Sesión.

SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

Vamos a iniciar con la lectura del Proyecto de Ley del Presupuesto para el año 2002.

En el Adendum No. 7, punto 1.27: LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA 2002.
Managua, Octubre 15 del 2001.



Doctor
Pedro Joaquín Ríos Castellón
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Ríos:

En cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política de la República de Nicaragua, tengo el agrado de dirigirme a usted, para remitir por su digno medio, a la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley Anual de Presupuesto General de la República 2002. Le acompaña a este Proyecto de Ley su correspondiente Exposición de Motivos.

Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable al referido Proyecto de Ley.

Aprovecho la ocasión para testimoniar a usted, las muestras de mi consideración y aprecio.


ARNOLDO ALEMAN LACAYO
Presidente de la República de Nicaragua
PROYECTO DE LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA 2002
EXPOSICION DE MOTIVOS

En cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Nicaragua, por su digno medio, someto a la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Ley de Presupuesto General de la República del ejercicio presupuestario 2002, para su conocimiento, discusión y aprobación.

El proyecto en referencia se enmarca dentro de un programa de mediano plazo, y con ello se aborda el esfuerzo fiscal necesario para hacer viable la estrategia de reducción de la pobreza, promover el crecimiento económico sostenible y mantener la estabilidad de los precios.

En este contexto, el Presupuesto juega un papel importante, pues debe apuntar hacia la sostenibilidad de las finanzas públicas, profundizando la reforma del Estado y buscando una mayor eficiencia del gasto. Como resultado de lo anterior, el déficit fiscal se verá reducido, tal como se plantea en el Proyecto de Presupuesto del 2002. Esta disciplina fiscal debe ser conciliada con el objetivo de reducción de la pobreza, lo que exigirá una organizada reasignación de recursos, ligada a la priorización de programas, y un esfuerzo importante en la coordinación de políticas públicas.

En el marco macroeconómico, el efecto de los términos de intercambios adversos, las dificultades bancarias, los efectos negativos en la agricultura derivados de los fenómenos naturales y los menores niveles de financiamiento externo, han incidido en un crecimiento moderado de la actividad económica de un 3.0 por ciento en el 2001. Para el año 2002 se estima que el crecimiento económico comenzará a acelerarse, alcanzando una tasa de 3.7 por ciento en términos reales, cuya base fundamental continúa siendo el sector agropecuario e industrial. A la par, la oportuna coordinación de las políticas monetarias y fiscales lograrán mantener una tasa de inflación acumulada del 6 por ciento. Respecto a la política cambiaria, el proyecto de Presupuesto se basa en el deslizamiento cambiario preanunciado del 6 por ciento para el año, con una tasa promedio de C$ 14.2 por dólar.

Cabe advertir que los aspectos estructurales que afectan las cuentas fiscales continuarán incidiendo en la rigidez del gasto, en especial del gasto corriente. En este sentido y dentro del marco de las restricciones macroeconómicas, se requiere que los gastos corrientes y de capital, salvo el servicio de la deuda pública y aquellas transferencias por mandato constitucional, se enmarquen dentro de un proceso de racionalización. Por lo tanto, es importante limitar su expansión, mejorar su eficiencia y a la vez apoyar a los grupos más vulnerables de la población.

Dentro del contexto anterior, y sin olvidar el marco de las restricciones presupuestarias y la coherencia con los objetivos de la estrategia de reducción de la pobreza, la política fiscal pretende el desarrollo de los siguientes objetivos:

* Continuar consolidando el ajuste fiscal, a los efectos de reducir los desequilibrios de las finanzas públicas y permitir que el programa fiscal sea consistente con las metas y objetivos del año 2002, en materia de inflación y de crecimiento económico.

* Asignar y propiciar el uso eficiente de los recursos, dado la escasez de los mismos.

* Asegurar un programa de inversión pública que priorice la estrategia de reducción de la pobreza y el desarrollo económico del país, tomando en cuenta la disponibilidad real de los recursos internos y externos.

* Mejorar la transparencia de las operaciones del gobierno, incorporando en los presupuestos todos los ingresos y gastos fiscales y mejorando el desarrollo del sistema de gestión financiera, para concretar la descentralización de las operaciones de las instituciones.

* Continuar con los esfuerzos de reorientar el gasto hacia programas y proyectos de mayor rentabilidad social, para combatir y reducir la pobreza extrema.

* Ampliar la base gravable y mejorar la eficiencia en la administración tributaria.

* Honrar los compromisos de la deuda pública, tanto externa como interna.

En cuanto al Presupuesto General de Ingresos, éste se estima en C$ 8,370.1 millones, lo que representa una carga fiscal del 22.3 por ciento respecto al PIB. En términos absolutos, está estructurado por ingresos corrientes la cantidad de C$ 8,364.2 millones, de los cuales la mayor recaudación proviene de ingresos tributarios en un 91.8 por ciento, en tanto que los ingresos de capital ascienden a C$ 5.9 millones.

La estimación de los ingresos se sustenta en la optimización de la aplicación de las normativas legales vigentes, en el crecimiento de la actividad económica del país, las tendencias en las variaciones de precios y en los esfuerzos administrativos orientados a ampliar la base de contribuyentes.

Basado en los objetivos de la política fiscal, el monto del Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2002 asciende a la cantidad de C$ 12,787.3 millones, cifra que es menor un 10.4 por ciento del Presupuesto vigente y refleja una participación del 34.0 por ciento respecto al Producto Interno Bruto (PIB). De conformidad con el monto anterior, los gastos corrientes ascienden a C$ 8,591.5 millones o sea el 67.2 por ciento del gasto total, en tanto los gastos de capital por C$ 4,195.8 millones, absorben el 32.8 por ciento respectivamente.

La sostenibilidad de las cuentas fiscales para los próximos años requiere que se realicen ajustes en la trayectoria de gastos del Gobierno Central. A raíz del huracán Mitch, enmarcados en el programa de reconstrucción y financiado con recursos externos, el Gobierno Central ejecutó importantes programas de inversión pública dirigidos a los sectores e infraestructura principalmente.

Sin embargo, esa extraordinaria asistencia internacional se ha venido agotando, lo que acompañado con unos ingresos fiscales que se han visto afectados por la desaceleración de la actividad económica durante el 2001, las dificultades bancarias y los ingresos de las privatizaciones que han sufrido retrasos, ha llevado a una revisión de las metas de gastos y financiamiento del Presupuesto del presente año. Para no generar presiones sobre la estabilidad macroeconómica, se hizo necesario que la política fiscal, en especial los desembolsos de fondos para gastos fuese coherente con las disponibilidades de los recursos.

Continuando con los ajustes iniciados en el año 2001, como consecuencia de menores fuentes de financiamiento, en el año 2002 se hace imperante una racionalización tanto del gasto corriente como el de capital, a los afectos de no generar presiones sobre la estabilidad macroeconómica. Por tanto, el presupuesto de gasto que se está enviando se reduce en términos reales, en particular el de inversión que alcanzará el 11.2 por ciento del PIB, con los cuales se está regresando a los niveles de 1996.

El Proyecto de Presupuesto que se envía estima una reducción del déficit fiscal, en términos del PIB. Se espera pasar de 17.0 por ciento que tiene el presupuesto vigente, o 12.9 por ciento que presentan las proyecciones revisadas del mismo a 11.8 por ciento en el 2002. En relación a la necesidad de financiamiento neto para cubrir dicho déficit del 2002 de C$ 4,417.2 millones, la suma que proviene de donaciones externas será de C$ 3,535.5 millones de financiamiento externo neto el monto de C$ 277.2 millones y de financiamiento interno neto C$ 604.5 millones.

Los gastos, según la clasificación por finalidad y función, o sea según la naturaleza de los servicios que las instituciones brindan a la comunidad, muestran que se continúa atendiendo de manera prioritaria los gastos sociales. En ese sentido, el Presupuesto se enmarca en la estrategia de crecimiento y reducción de la pobreza.

Lo anteriormente expuesto, se detalla en el siguiente cuadro:


Presupuesto de Gastos 2002
Estructura del Gasto por Finalidad y Función
(Millones de córdobas)

CONCEPTO
MONTO
%
%DEL PIB
Social
    Educación

    Salud

    Servicio Social y Asistencia Social

    Vivienda y Servicios Comunitarios

    Servicios Recreativos y Culturales

    Servicios Económicos

    Defensa y Orden Público

    Administración Gubernamental
      Deuda Pública (Intereses)
      5,137.7

      2,480.9

      1,684.5

      448.4

      476.7

      47.2

      2,309.4

      1,468.9

      1,603.8

      2,267.5
      40.2

      19.4

      13.2

      3.5

      3.7

      0.4

      18.1

      11.5

      12.5

      17.7
      13.7

      6.6

      4.5

      1.2

      1.3

      0.1

      6.1

      3.9

      4.3

      6.0
      Total12,787.3100.034.0


      Debo señalar que en los últimos cinco años es importante el esfuerzo que mi gobierno ha realizado para incrementar el gasto social, lo cual es el reflejo de la priorización que se le ha dado a este sector. Para el 2002 el gasto social, particularmente en educación y salud, continuará teniendo un rol relevante en la asignación de los recursos, con énfasis en los objetivos de la estrategia de reducción de la pobreza. En este esfuerzo, los programas y proyectos estarán dirigidos particularmente a mejorar el acceso de los servicios de la educación primaria y de atención primaria en salud, así como en seguridad alimentaria y nutricional.

      También serán de prioridad el fortalecimiento de la red de seguridad para proteger a los grupos más vulnerables de la población nicaraguense, elemento de estrategia para combatir la extrema pobreza. Sin embargo, el elemento central de sostenibilidad de la estrategia para aliviar la pobreza será la generación de empleos a través de una economía en fuerte crecimiento, en un entorno adecuado para el aumento de la inversión privada.

      Es importante indicar que este Presupuesto respeta las asignaciones constitucionales y por leyes específicas. Para la Corte Suprema de Justicia, el presupuesto asciende a C$ 391.9 millones, en donde se incluye además del 4.0 por ciento constitucional, el producto de los ingresos del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil que ascienden a C$ 57.1 millones. Para las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior, el monto asignado es de C$ 650.1 millones. De este monto, C$ 590.1 millones son para gastos corrientes y se corresponden con los acuerdos entre el Gobierno y las Universidades y C$ 60.0 millones para gastos de inversión.

      Además, se incorporan los efectos de la Ley N° 339 "Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reformas a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos", y un monto de transferencias de C$ 87.5 millones para las Alcaldías Municipales, como parte de la política de descentralización. Adicionalmente, a las Alcaldías se les está apoyando con los recursos del proyecto PROTIERRA II, contemplado en el presupuesto de INIFOM, y de otros recursos asignados en los presupuestos de las instituciones para fomentar el desarrollo de los Municipios.

      A su vez, es importante destacar las mayores asignaciones de presupuesto de gastos de funcionamiento de las siguientes instituciones:

      * C$ 100.0 millones para reajuste salarial al magisterio nacional. Además se mantiene el bono mensual que está recibiendo este año el magisterio y asignaciones presupuestarias para incorporar 1,280 nuevos maestros.

      * C$ 60.5 millones para incremento salarial al personal de la Policía y la incorporación de 462 cargos nuevos. Además se le está dotando de mayores recursos para sus gastos de funcionamiento, como parte de su plan de modernización.

      * C$ 70.0 millones para incremento salarial del Ejército.

      * En el caso del Consejo Supremo Electoral, el presupuesto contempla el gasto de las elecciones regionales estimadas en un monto de C$ 107.2 millones, cifra que incluye una partida presupuestaria de C$ 20.9 millones para reembolsar los gastos de la campaña electoral en que hayan incurrido los partidos políticos o alianzas de partidos que participen en dichas elecciones.

      También encontrarán en este Proyecto, de Presupuesto el compromiso de continuar apoyando a las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, para las cuales se asignan mayores recursos para sus gastos operativos y para la ejecución de obras y proyectos que han manifestado son prioritarios, además de los programas y obras que harán los Ministerios y otras instituciones, en esas regiones.

      Se incorporan además asignaciones para atender requerimientos planteados por instituciones que son parte del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres Naturales, habiéndose asignado al Sistema Nacional una partida de C$ 9.0 millones para el fondo de desastres.

      No está de más señalar que para el año 2002, se ha contemplado todo el servicio de deuda externa, en el entendido que una porción importante de ésta se obtendrá financiamiento a través del alivio interino de la deuda externa bajo la iniciativa HIPC, particularmente del BM, BID, BCIE y el Club de París.

      Finalmente, es oportuno manifestar a los Honorables Diputados que este Proyecto de Presupuesto contiene el esfuerzo fiscal para darle sostenibilidad a la Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de Pobreza (ERCERP), y en este sentido se ha incorporado el uso del alivio interino de la deuda externa, asociada a la iniciativa HIPC. Para el año 2002, los gastos de capital destinados a esta estrategia suman un monto de C$ 2,994.2 millones y con ello se garantiza el compromiso del Gobierno con la ciudadanía y la comunidad internacional. El monto anterior representa el 28.5 por ciento del gasto total sin intereses de la deuda y el 8.0 por ciento del PIB. Adicionalmente a través del gasto corriente se destinan recursos relacionados con programas de combate a la pobreza, en un monto de C$ 2,836.7 millones, es decir el 27.0 por ciento del gasto total sin intereses de la deuda y el 7.5 por ciento del PIB.

      Por todo lo expuesto, con fundamento en el numeral 2 del artículo 140 de nuestra Constitución Política y en cumplimiento a la Ley del Régimen Presupuestario, someto a la consideración de la Asamblea Nacional el Proyecto de la Ley del Presupuesto General de la República para 2002, esperando que los Honorables Diputados que integran esa Asamblea den una acogida favorable y una pronta aprobación en la forma como ha sido estructurado.

      ARNOLDO ALEMAN LACAYO
      Presidente de la República de Nicaragua

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      En cuanto al Presupuesto General de la República, quiero decirles lo siguiente: Ante la imperiosa necesidad por el tiempo -en cuanto al tiempo se refiere-, se pasa desde ahora a la Comisión Económica el Proyecto de Presupuesto del año 2002, y en vista de que los honorables Diputados tienen en su poder el anteproyecto desde hace un mes, desde este momento principia a correr el tiempo de los veinte días de que habla el Estatuto; sin perjuicio de que el señor Ministro de Hacienda el próximo martes venga a explicar a la honorable Asamblea Nacional, los detalles del Presupuesto General de la República, y a su debida presentación. Gracias.

      Pasa a la Comisión Económica.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a continuar con el Adendum N° 5, Punto 2.18: LEY QUE DECLARA Y DEFINE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE BOSAWAS.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Estaba en la Agenda del Día, la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, aprobada en lo general; pero en vista de que hay ciertos desacuerdos, estoy esperando que me digan si ya están de acuerdo o no hay acuerdos.

      Entonces se va a pasar para el próximo martes, porque los dos Presidentes de Comisiones están pidiendo un poco más de tiempo.

      Vamos a pasar al punto de Bosawás.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      La ley de la Biosfera de Bosawás está aprobada en lo general. Vamos a votar si se ve por capítulos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Esto está aprobado en lo general, y vamos a someter a votación si se aprueba por capítulos.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado por capítulos.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      DISPOSICIONES GENERALES

      CAPITULO I

      Arto.1 La presente Ley, tiene por objeto declarar y definir la Reserva de la Biosfera Bosawás, en adelante la Reserva, precisando las Areas Protegidas que la conforman, límites de la misma y su administración.

      Arto.2 Para los efectos de la presente Ley, la Reserva de Biosfera Bosawas, es la reconocida e incorporada en el marco del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB), a la Red Mundial de Reservas de Biosfera de la UNESCO, del 28 de Octubre del año 1998.

      Arto.3 La Reserva de la Biosfera Bosawás está conformada por los territorios de los Municipios de Wiwilí de Jinotega, Wiwilí de Nueva Segovia, Cuá-Bocay, Waslala, Bonanza, Siuna y Waspán. Este último solamente en su sector occidental, de conformidad con los límites descritos en el artículo 7 de la presente Ley.

      Arto.4 Se incorporan a la Reserva de la Biosfera Bosawas las siguientes Areas Protegidas:

      a) Reserva Natural Bosawás.

      b) El Parque Nacional Cerro Saslaya.

      c) Reservas Naturales Cerro Kilambé y Macizo de Peñas Blancas, ubicados en el Departamento de Jinotega; y los cerros Cola Blanca y Banacruz, ubicados en la Región Autónoma del Atlántico Norte.

      Arto.5 El Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA), a través de la Dirección General de Areas protegidas, será la encargada del control y seguimiento a lo establecido en la presente Ley.

      Arto.6 Los criterios utilizados para la zonificación de la Reserva de la Biosfera Bosawás, son los establecidos internacionalmente por la UNESCO, tomando en consideración los límites políticos-administrativos de los Municipios que están dentro de la Reserva, con el fin de una mejor conservación, protección, manejo y la sostenibilidad socio-ambiental de la Reserva.

      Hasta aquí el Capítulo I.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      ¿Objeciones al artículo 1?

      Diputado Rodríguez.

      DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:

      Señor Presidente.

      En el artículo 1, dice: "La presente Ley, tiene por objeto declarar y definir la Reserva de la Biosfera Bosawás, en adelante la Reserva". Eso quiere decir que ya está conceptualizada la Reserva; sin embargo se comete el siguiente error: en el artículo 2, se vuelve a hablar de la Reserva de la Biosfera Bosawás, y ya está conceptualizado en el 3, en el 4, en el 6, en el 8. Por lo tanto, yo llamo al orden metodológico, es elemental, cuando algo ya está conceptualizado, universalmente ya está definido, y en vez de estar diciendo "La Reserva de la Biosfera", que se diga "la Reserva", porque en el artículo 1 ya está debidamente definido.

      Gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Rodríguez, esto es asunto de estilo. Lo que se podría decir es que todo lo que diga Bosawás, en el primero está bien, lo demás que diga "Reserva".

      Exactamente, perfecto.

      Tiene la palabra José González Picado.

      DIPUTADO JOSE GONZALEZ PICADO:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Unicamente para señalar la importancia que tiene la declaración y definición de dicha Reserva. Y un llamado al Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales, que tiene una Dirección de Areas Protegidas, que definitivamente está haciendo muy poco por la protección de dichas áreas. Yo creo que es pertinente que el Ministerio de los Recursos Naturales y esta Dirección de Areas Protegidas estén a la altura de las exigencias que tiene el impacto ambiental adverso en materia ambiental. Yo creo que es importante señalar en este artículo 5, la importancia, la prioridad, la prevención de la contención de esa frontera agrícola, del despale y del manejo indebido de la Reserva como tal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      ¿Objeciones al artículo 1? No hay.

      ¿Al artículo 2? No hay.

      ¿Al artículo 3? No hay.

      ¿Al artículo 4? No hay.

      ¿Al artículo 5? No hay.

      ¿Al artículo 6? No hay.

      A votación las Disposiciones Generales y los artículos del 1 al 6.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo I, y sus artículos que lo contienen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      CAPITULO II

      LIMITES DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA BOSAWAS

      Arto.7 Los límites de la Reserva de la Biosfera Bosawás, son los siguientes:

      Límite Norte: Se inicia en la desembocadura del caño La Leona con el río Poteca hasta su desembocadura en el río Coco, sobre el que sigue aguas abajo hasta la confluencia con el caño Ipri Tingni.

      Límite Sur: El límite se inicia en la confluencia de los ríos Lisawé y Tuma, con coordenadas 1309'00"N y 8448'09"W, siguiendo aguas arriba del río Tuma hasta la confluencia con el río Yaoska, y sigue aguas arriba de este último hasta un punto con coordenadas 1320'42"N y 8530'18"W, de donde sigue en dirección Suroeste 4,5 kilómetros hasta la cima del cerro El Bote (cota 1,191). Continúa en la misma dirección 1,25 kilómetros hasta la cima del cerro Las Carpas (cota 1,203) con coordenadas 1319'95"N y 8533'09"W. Desde el punto anterior, continúa por 0.7 kilómetros al Oeste, encontrando la cabecera de un caño sin nombre, en un punto con coordenadas 1319'05N y 8533'33"W. Sigue aguas abajo de dicho caño hasta su confluencia con el río Lana Arriba en un punto con coordenadas 13!19'57"N y 8535'24"W. Continúa en línea recta con dirección Suroeste a una distancia de 1.5 kilómetros hasta interceptar con la curva de nivel de 800 metros en el punto con coordenadas 13'19'32"N y 8536'04"W.

      Continúa sobre la curva 800 metros bordeando el cerro Peñas Blancas, pasando por el poblado de Santa Lucía hasta interceptar un afluente del río Lana Arriba, con coordenadas 1317'58"N y 8536'16"W. A partir de este punto se continúa el río aguas arriba hasta su cabecera y continúa en línea por una distancia de 650 metros con dirección Noreste hasta interceptar un punto en la cabecera del río Babaska, con coordenadas 1317'31"N y 8535'25"W, siguiendo la dirección del río aguas abajo a una distancia aproximada de 1.5 kilómetros hasta interceptar con el camino en las coordenadas 1316'41"N y 8535'37"W, siguiendo con dirección Noreste.

      Continúa por el camino por una distancia de 2 kilómetros, pasando por el río La Nueva hasta interceptar en la carretera La Dalia-Siuna, con coordenadas 1315'38"N y 8535'55"W; siguiendo en dirección Oeste franco, continúa por la carretera a una distancia de 4.5 kilómetros, pasando por San Miguel hasta interceptar el río El Bijao, con coordenadas 1313'55"N y 8537'07"W, continúa aguas arriba por el río Bijao hasta el punto con coordenadas 1314'31"N y 8537'17"W. para dirigirse en dirección Suroeste en línea recta por una distancia de 4 kilómetros hasta interceptar con la curva de nivel de los 1,100 metros en las coordenadas 1313'42"N y 8539'17"W.

      De este punto continúa sobre la curva de nivel de los 1,100 metros, pasando por la comarca Peñas Blancas hasta la intersección del caño Gusanera con el camino Buenos Aires-Bocaycito. Continúa aguas abajo del río Gusanera hasta su confluencia con el río El Cuá, en un punto con coordenadas 1328'20"N y 8546'00"W. Sigue aguas debajo del río Cuá hasta su confluencia con el río Coco, sobre el que sigue aguas arriba hasta la confluencia con el caño La Tasajera (San Bartolo) en un punto con coordenadas 1330'37.03"N y 8553'0.97" W.

      Límite Este: Se inicia en la confluencia del caño Ipri Tigni en el río Coco (Segovia o Wangki), continúa aguas arriba del caño Ipri Tigni hasta la confluencia de otro caño sin nombre, con coordenadas 1439'10"N y 8412'33"W; prosigue aguas arriba de dicho caño hasta su cabecera situada a 4.05 kilómetros al Sureste del cerro Muku Hill (cota 490) con coordenadas 1432'48"N y 8418'00"W; el límite continúa 800 metros en dirección Suroeste hasta la cabecera del caño Sukuwas localizada a 3.95 kilómetros al Sureste del cerro Muku Hill, con coordenadas 1432'30"N y 8418'19"W; para seguir luego aguas abajo del caño Sukuwas hasta su desembocadura en el río Wawa en un punto con coordenadas 1428'28"N y 8412'09"W.

      En este punto continúa aguas arriba del río Wawa hasta llegar a su confluencia con el caño Pauta Tingni, en las coordenadas 1421'00"N y 8418'15"W. Continúa aguas arriba del caño Pauta Tigni hasta su cabecera, en un punto con coordenadas 1416'40"N y 8420'07"W, de donde sigue en dirección Sur 3.8 kilómetros hasta la cima del cerro Bolivia (cota 719.3) en un punto con coordenadas 1414'38"N y 8420'02"W, donde gira en dirección Suroeste por una distancia de 26 kilómetros, llegando a la cúspide del cerro La Tigra (481 metros) en un punto con coordenadas 1401'05.4"N y 8427'07.8"W.

      Continúa hacia el Oeste sobre la divisoria de las cuencas de los ríos Kukalaya y Sunsún hasta una cima de 361 metros, con coordenadas 1400'45"N y 8427'18"W, donde gira hacia el Suroeste en línea recta por una distancia de 5.7 kilómetros al Noroeste hasta llegar a la confluencia del caño Españolina con el río Tungki, en un punto sobre la carretera que conduce de Rosita a Bonanza, con coordenadas de 1358'25.9"N y 8429'06.22"W; y continúa aguas arriba hasta su confluencia con el río Bambana, en un punto con coordenadas de 1355'03"N y 8427'42"W, para seguir sobre este último aguas arriba hasta su confluencia con un caño sin nombre, en un punto con coordenadas 1352'28"N y 8430'44"W, continuando en línea recta al Sureste hasta la cota de elevación 201, con coordenadas 1352'17"N y 8430'23"W.

      Y de este punto con dirección Sureste hasta la cota 244 de coordenadas 1351'43"N y 8430'09"W. De este punto, sigue en dirección Suroeste hasta la cota 424, con coordenadas 1350'05"N y 8430'20"W; continuando en dirección Sureste hasta la cota 247, con coordenadas 1349'39"N y 8429'59"W. Desde este punto, el límite sigue en dirección Suroeste hasta la cota 137, con coordenadas 1348'52"N y 8430'13"W; para continuar en dirección Suroeste hasta un punto de coordenadas 1347'59"N y 8430'48"W que intercepta con el límite municipal Siuna-Rosita; siguiendo el límite municipal con dirección Sureste en línea recta por 18 kilómetros hasta llegar al sitio conocido como El Empalme, en la unión de las carreteras Mina Rosita-Siuna, con coordenadas 1340'02"N y 8426'30"W.

      Sigue en dirección Suroeste 26.5 kilómetros hasta llegar a la cima del cerro Sunsun (235 metros), punto con coordenadas 1329'25"N y 8436'20"W; y siempre en esa dirección, en línea recta, por 33.9 kilómetros hasta el cerro Waylawas, con coordenadas 1313'32"N y 8445'42"W. Sigue en dirección Suroeste 9.45 kilómetros hasta la confluencia de los ríos Lisawé y Tuma, en un punto con coordenadas 1309'00"N y 8448'09"W.

      Límite Oeste: El límite inicia en la confluencia de los ríos Gusanera y El Cuá, el cual sigue aguas abajo hasta su confluencia con el Río Coco, siguiendo la trayectoria de este último aguas arriba hasta su confluencia con el río la Tasajera, (San Bartolo), con coordenadas 1330'38"N y 8553'03"W; continúa en dirección Noreste por una distancia de 11.2 kilómetros, pasando por la cima de Fila Ventilla (cota 1,242) hasta llegar a la falda Este del cerro El Chapín (cota 1,101), donde gira en dirección Noreste por 6 kilómetros, pasando por cerro El Refugio (cota 1,061) hasta la confluencia de la quebrada Las Dificultades con el caño El Diablo.

      A partir de este punto, continúa en dirección Noroeste hasta la cima del cerro El Ocote (cota 842), sigue en dirección Noreste por 5 kilómetros hasta la cima del cerro Chachagüita (cota 1,202); continúa 1.8 kilómetros en dirección Noroeste hasta la cabecera de una quebrada sin nombre, sobre la que sigue aguas abajo hasta su confluencia con el río Congojas, y continúa aguas debajo de éste hasta un punto con coordenadas 1348'48"N y 8552'18"W; continúa en dirección Noreste por 1.6 kilómetros, pasando por una altura de 802 metros, hasta la cabecera de quebrada La Leona, sobre la cual sigue aguas abajo hasta su desembocadura en río Poteca, donde dio inicio la delimitación descrita.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el artículo 7 del Capítulo II, que es el único artículo del Capítulo.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 7 y el Capítulo II.

      Lectura del Capítulo III.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      CAPITULO III

      LIMITES DE LAS AREAS PROTEGIDAS QUE CONFORMAN LA
      RESERVA DE BIOSFERA

      Arto.8 Los límites y áreas de extensión de las áreas protegidas que pertenecen a la Reserva de Biosfera, serán los siguientes:

      1) Reserva Natural Bosawas: Comprende los territorios ubicados en la parte Sur del curso medio del río Coco, con un área aproximada de 7,500 kilómetros cuadrados, que comprende principalmente la región del Río Bocay, el Cerro Saslaya y el Río Waspuk, la cual tendrá los siguientes límites:

      Al Norte: Desde el primer raudal del Río Coco en Tilba Hill, siguiendo aguas arriba sobre el curso hasta la confluencia del caño Ulwaskin, sirviendo como lindero la actual frontera con Honduras en este sector.

      Al Oeste: Continúa por el caño Ulwaskin rumbo a sus cabeceras en el cerro Galán, hasta llegar a su cumbre, donde se encuentra el punto de triangulación geodésica llamado Galán 1223; luego se dirige por 14 kilómetros en línea recta y con rumbo Sureste hasta la confluencia del Río Bocay y su tributario el río Tapal.

      Al Sur: El límite sigue aguas arriba del Río Tapal hasta sus cabeceras en el cerro Kum, donde se encuentra el punto de triangulación llamado Tapal 803. Continúa luego por 8 kilómetros con rumbo Sureste, atravesando el río Kum hasta la cota altitudinal 812, situada entre los valles de los ríos Kum e Iyas, para bajar seguidamente por el caño Paslama hasta su confluencia en el Iyas. A continuación el límite desciende por el río Iyas hasta la confluencia del caño Waswalita; continúa en línea recta hasta la unión de los caños Aguas Calientes y Micaela siguiendo el curso del río Aguas Calientes hasta su intersección con la carretera Waslala-Siuna. Continúa por la orilla Norte de la carretera Waslala-Siuna, hasta el paso del río Labú.

      A partir del punto anterior, la demarcación continúa río arriba del Labú hasta un punto con coordenadas 1339'56"N y 8500'49"W, y continúa en dirección Noreste por una distancia de 2.3 kilómetros hasta un punto con coordenadas 1340'43"N y 8500'0.10"W, ubicado en la cabecera del río La Pimienta. De este punto sigue en dirección Noreste hasta un punto con coordenadas 1341'18.5"N y 8458'48.5"W, ubicado al Sureste de la cota 515 del cerro El Corral. Desde el punto anterior, la demarcación continúa en dirección Noreste por una distancia de 1.2 kilómetros, hasta un punto con coordenadas 1341'49"N y 8458'45"W, ubicado sobre el curso del Río Danlí, para continuar en dirección Noroeste por una distancia de 2.7 kilómetros hasta un punto con coordenadas 1343'14"N y 8458'45"W.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      A partir de este último punto, la demarcación continúa bordeando el cerro Aguas Calientes, siguiendo por una distancia de 1 kilómetro en dirección Sureste, hasta llegar a un punto con coordenadas 1343'0.50"N y 8458'23"W, siguiendo en direccción Noreste hasta el punto con coordenadas 1343'10"N y 8457'55"W, localizados entre las cotas 821 y 481 de este cerro, para continuar hasta un punto con coordenadas 1343'29"N y 8457'44"W, ubicado al Sureste de la cota 542 del mismo cerro.

      A partir de este punto, la demarcación se dirige con rumbo Noreste por una distancia de 3.9 kilómetros hasta el punto con coordenadas 1345'37.8"N y 8457'31.8"W sobre la rivera del río Majagua, y de este punto se dirige hacia el Norte en línea recta por 4.5 kilómetros hasta la confluencia del caño Inocente con el río Waní; sigue luego hacia el Noreste remontando las lomas de Pijibay y se dirige hacia la confluencia del río Wasmak con el Ulí. Continúa aguas arriba por el Ulí y luego sobre su afluente Lawas hasta el cerro de este mismo nombre.

      Al Este: A partir del cerro Lawas la demarcación endereza con rumbo Norte por 10 kilómetros, atravesando el río Kuabul hasta encontrar el Caño Winunakwas, al cual sigue aguas abajo hasta su confluencia en el río Kaska. Prosigue por este río hasta su desembocadura en el río Waspuk. Continúa aguas abajo por el curso del Waspuk hasta el salto Yahuk, cerca de Klisnak, situado a unos 8 kilómetros antes de la desembocadura del Waspuk en el río Coco. A partir del Salto la línea sigue unos 6 kilómetros al Oeste hasta la loma de 126 metros situada junto a la cabecera occidental del caño Bakakam Tingni; luego se prolonga en ese mismo rumbo por 3 kilómetros hasta una loma de 105 metros situada en las cabeceras del caño Big Almuk. Sigue la línea a continuación hacia el Noroeste por 5 kilómetros, hasta una loma de 201 metros en las cabeceras del caño Nasma Almuk y por otros 5 kilómetros hasta la loma de 157 metros junto al caño Swawas otros 5 kilómetros hasta la loma de 157 metros junto al caño Swawas.

      Continúa por igual trecho y en ese mismo rumbo hasta la confluencia de los ríos Sang Sang y Murwas Tingni. Desde este punto la línea se dirige hacia el Oeste por 9.5 kilómetros hasta encontrar la confluencia del Paiwas Tingni con el río Umbra; remonta este río hasta encontrar su afluente Waspuput Tingni. A continuación la demarcación se dirige hacia el Noroeste por 4.5 kilómetros hasta el punto culminante en la cota 290 de la loma que separa en este sector la cuenca del Umbra de la del Nawawas.

      De este punto se dirige a la confluencia de este último río con el afluente Priman Tingni. A partir de esta confluencia la demarcación sigue hacia el Norte a una colina de 261 metros, situada en la cabecera del Barkadia Tingni y se prolonga en esa misma dirección por 13 kilómetros, cruzando las cabeceras del Siksikwas Tigni, hasta llegar al río Coco, a los raudales del Tilba Hill, donde dio inicio la demarcación descrita.

      2. Parque Nacional Saslaya: El Parque Nacional Saslaya, comprende los macizos montañosos de los cerros Saslaya y El Toro y la parte alta de la cuenca del río Waní, estando delimitado:

      Al Norte: Por el cerro Kipih Asang o cerro Santa Cruz, las cabeceras del río Wasmak y Makauh Was, hasta llegar al cerro Tukruh Asang.

      Al Oeste: Por la ribera Este del río Amaka y la parte alta de la cuenca del río Iyas.

      Al Sur: Delimitado por las laderas de los cerros El Ocote, Rancho Grande y Aguas Calientes.

      Al Este: Por los cerros Come Negro y El Plátano, la ribera del caño El Coco y los cerros Buenavista y Piedra Colorada.

      Sus límites son los siguientes:

      Límite Norte: Inicia en la ribera Oeste del río Amaka en el punto ubicado en las coordenadas 1401’07”N y 8506’01”W, a 0.4 kilómetros en dirección Suroeste de la cota 292; siguiendo en dirección Sureste a una distancia de 7.5 kilómetros hasta llegar a la cota 407 con coordenadas 1400’31”N y 8502’10”W; continúa en línea recta con dirección Sureste por una distancia de 2.4 kilómetros hasta llegar a la cota 692, con coordenadas 1359’22” N y 8501’28” W; siguiendo en dirección Sureste por una distancia de 2.5 kilómetros hasta llegar al punto en las coordenadas 1358’9.5”N y 8500’50”W ubicado en la cota 736.

      Siguiendo en línea recta con rumbo Sureste, por una distancia de 2.67 kilómetros, hasta llegar al punto con coordenadas 1357’30”N y 8459’31”W en el río Wasmak; continúa siguiendo el curso hacia arriba por el río Wasmak, entre las cotas 386 y 452, hasta llegar al punto con coordenadas 1357’19”N y 8458’29”W al Sur de la cota 686; continúa en línea recta con dirección Sureste hasta el punto ubicado en la cota 863, para seguir siempre en dirección Sureste hasta alcanzar el punto en la cota 948 en el cerro Santa Cruz; continúa en dirección Sureste hasta un punto en la cota 683 del cerro Santa Cruz, en las coordenadas 13º52’52"N y 84º56’29.9”W.

      Límite Este: Desde el punto anterior en la cota 683 del cerro Santa Cruz, continúa en dirección Suroeste por una distancia de 3.1 kilómetros hasta llegar a la cota 642 del cerro El Naranjo; siguiendo con rumbo Noroeste por la ribera del arroyo sin nombre que desemboca en el caño El Coco. A partir de este punto, sigue por la ribera del caño El Coco con dirección Sur, hasta llegar a la confluencia del caño Inocente con el río Waní, desde donde se orienta con rumbo Sur por 4.5 kilómetros, hasta el punto con coordenadas 13º45’37.8”N y 84º57’31.8” sobre el río Majagua, continuando hacia el Sur por 3.9 kilómetros hasta el punto con coordenadas 1343’29”N y 8457’44”W, ubicado al Sureste de la cota 542 del cerro El Corral.

      Límite Sur: Desde el punto anterior, continúa en línea recta con dirección S24W por una distancia de 0.75 kilómetros, hasta llegar al punto con coordenadas de 1343’10”N y 8457’55.0”W, bordeando el cerro Aguas Calientes; continúa en línea recta en dirección Suroeste por una distancia de 0.89 kilómetros, pasando entre las cotas 821 y 481 del cerro Aguas Calientes, hasta llegar al punto con coordenadas de 1343’0.50”N y 8458’23.0”W; sigue en línea recta con rumbo Noreste por una distancia de 1 kilómetro y al Noroeste de la cota 481 hasta llegar al punto con coordenadas 1343’14.0” N y 8458’53.0”W, para seguir en línea recta con rumbo Sureste por una distancia de 2.7 kilómetros hasta llegar al punto con coordenadas 1341’49.0”N y 8458’45”W sobre la ribera del río Danlí.

      Continúa en línea recta con rumbo Suroeste por una distancia de 1.2 kilómetros hasta llegar a un punto con coordenadas de 1341’18.5”N y 8458’48.5”W, ubicado al Norte de la quebrada Las Lajas y al Sureste de la cota 515; continúa en línea recta con rumbo Suroeste por una distancia de 2.3 kilómetros entre las cotas 649 al Noroeste y 611 al Sureste hasta llegar al punto con coordenadas 1340’43.0”N y 8500’0.10”W, ubicado en la cabecera del río La Pimienta; continúa con rumbo Suroeste por una distancia de 2 kilómetros hasta llegar al punto con coordenadas 1339’55”N y 8500’44”W; siguiendo con rumbo Noroeste en línea recta por una distancia de 2 kilómetros hasta llegar al punto con coordenadas 1340’06.5”N y 8502’05.0”W, ubicado al Sur del cerro Rancho Grande. Continúa con rumbo Suroeste, a una distancia de 7.4 kilómetros, pasando por la cota 822, hasta llegar al punto con coordenadas 1339’24.3”N y 8505’46.5”W entre las cotas 1046 y 618 en las cabeceras del río El Ocote; siguiendo en línea recta con dirección de Noroeste por una distancia de 0.5 kilómetros hasta llegar al punto con coordenadas 1339’41.9”N y 8506’05.0”W; siguiendo con rumbo Noroeste a una distancia de 4.2 kilómetros, hasta llegar al punto con coordenadas 1341’4”N y 8506’24.4” W; continúa con rumbo Noroeste por una distancia de 2 kilómetros hasta llegar al punto con coordenadas 1342’06.1”N y 8507’28.5”W, ubicado al Noroeste de la cota 702 del cerro El Toro entre los ríos Tres Bocas y el Chipote.

      Límite Oeste: Continúa desde el punto anterior en dirección Noreste, por una distancia de 2.5 kilómetros, hasta llegar al punto con coordenadas 1343’31.0”N y 8506’34.7”W, en las cabeceras del río Iyas; siguiendo en dirección Noroeste por una distancia de 3.75 kilómetros, atravesando el caño El Toro en las cabeceras del río Waní, hasta llegar al punto con coordenadas 1345’44.4” N y 8507’11.4” W; continúa con rumbo Noroeste por una distancia de 5.6 kilómetros al Sur de un arroyo en el parteaguas de los ríos Amaka y Waní, hasta llegar a la cota 841, con coordenadas 1347’17”N y 8509’53”W. A partir de este punto, continúa por la ribera Oeste del río Amaka desde su cabecera hasta el punto ubicado en la coordenada 1401’07”N y 8506’01”W, a 0.4 kilómetros en dirección Suroeste de la cota 292, donde dio inicio la delimitación descrita.

      3. Reserva Natural Cerro Kilambé: Está delimitada dentro del siguiente perímetro: desde el cerro Buenavista (1,068 msnm) con coordenadas 1339’03”N y 8542’52”W, siguiendo por el parteaguas al Suroeste hasta interceptar con el Río Yakalwas, siguiendo aguas arriba 500 metros; siguiendo éste hacia el Suroeste por el parteaguas, hasta empalmar con la curva de nivel de los 900 metros, siguiendo la trayectoria de la curva de nivel bordeando el cerro en mención hasta interceptar con el Valle Los Condegas, con coordenadas de 1333’10”N y 8540’10”W.

      De este punto continúa por el camino hacia el Noreste hasta llegar a la cota 902 con coordenadas 1334’56”N y 8538’45”W; de este punto se sigue al Noroeste por el parteaguas, hasta interceptar con la curva de nivel de los 800 metros, siguiendo esta curva de nivel y bordeando el cerro hasta interceptar el poblado de Santa Rosa, en el punto con coordenadas 1337’00”N y 8539’11”W; de este punto se sigue en línea recta en dirección Norte franco hasta llegar al punto con coordenadas 1337’18”N y 8539’11”W, en donde se intercepta la curva de nivel de los 800 metros; continúa por la trayectoria de la curva de nivel hacia el Noroeste, bordeando el cerro hasta llegar a un camino en el punto con coordenadas 1339’20”N y 8542’18”W, de este punto siguiendo en línea recta en dirección Suroeste se llega al punto inicial de estos límites.

      4. Reserva Natural Macizo de Peñas Blancas: El límite inicia en la cota altitudinal 800, con coordenadas 1319’17”N y 8539’09”W, ubicada al Noreste del poblado de San Antonio. Desde este punto el límite continúa hacia el Noreste sobre la curva de nivel de 800 metros bordeando el cerro y continúa pasando por el poblado de Santa Lucía hasta interceptar un afluente del río Lana Arriba, con coordenadas 1317’58”N y 8536’16”W. A partir de este punto se continúa el río, aguas arriba, hasta interceptar con el límite departamental, con coordenadas de 1317’23”N y 8535’47”W.

      Continúa en línea recta por una distancia de 650 metros con dirección Noreste, hasta interceptar un punto en la cabecera del río Babaska, con coordenadas 1317’31”N y 8535’25”W, siguiendo la dirección del río, aguas abajo, a una distancia aproximada de 1.5 kilómetros hasta interceptar con el camino, en las coordenadas 1316’41”N y 8535’37”W. Siguiendo con dirección Noreste, continúa por el camino por una distancia de 2 kilómetros, pasando por el río La Nueva hasta interceptar en la carretera que conduce al poblado de San Miguel, con coordenadas 1315’38”N y 8535’55”W; siguiendo en dirección Oeste franco continúa por la carretera a una distancia de 4.5 kilómetros, pasando por San Miguel hasta interceptar el río El Bijao, con coordenadas 1313’55”N y 8537’07”W.

      Continúa aguas arriba, por el río Bijao hasta el punto con coordenadas 1314’31”N y 8537’17”W, para dirigirse en dirección Suroeste en línea recta por una distancia de 4 kilómetros hasta interceptar con la curva de nivel de los 1,100 metros, en las coordenadas 1313’42”N y 8539’17”W. De este punto continúa sobre la curva de nivel de los 1,100 metros, pasando por la comarca Peñas Blancas, hasta la intersección del caño Gusanera con el camino Buenos Aires-Bocaycito, pasando por Santa Marta, San Cayetano, Santa Julia y Santa Isabel, hasta el punto con coordenadas 1319’37”N y 8540’06”W; a partir de este punto, el límite sigue el curso de la curva de nivel 800 metros, hasta llegar al punto en que dio inicio la demarcación descrita.

      5. Reserva Natural Cerro Cola Blanca: El límite inicia en la cota 261, con coordenadas 1407’44”N y 8426’42”W. Continúa recorriendo una distancia de 2.1 kilómetros con dirección Noroeste hasta llegar a un punto de la curva de nivel de 200 metros, con coordenadas 1408’56”N y 8426’59”W, continuando sobre la trayectoria de la curva de nivel de los 200 metros y pasando por el río Caño Negro hasta llegar a un punto con coordenadas 1409’27”N y 8428’32”W. Desde este punto, continúa en línea recta en dirección Noroeste por una distancia de 3.6 kilómetros hasta llegar a un punto con coordenadas 1409’40”N y 8430’32”W.

      El límite sigue en dirección Suroeste sobre la trayectoria de la curva de nivel de los 200 metros, interceptando un ramal del río El Pijibay, continuando siempre por la curva de nivel de los 200 metros y pasando por el lugar Bil Tingni e interceptando dos afluentes del río Bil Tingni Tara, pasando por la bifurcación del río Las Latas, y continúa hasta llegar a un punto de la curva 200 metros, con coordenadas 1403’50”N y 8433’12”W. A partir de este punto, continúa sobre una quebrada, aguas arriba, hasta un punto con coordenadas 1403’35”N y 8433’05”W.

      En este punto, continúa sobre el parteaguas de las dos quebradas en dirección Sureste, siguiendo aguas abajo del tributario Suroriental de la quebrada Kitrini, para continuar aguas arriba del tributario Noroccidental de la misma, hasta llegar a la intersección del mismo con la curva 200 metros en un punto, con coordenadas 1403’09”N y 8432’07”W. Desde este punto, el límite continúa sobre la trayectoria de la curva 200 metros, atravesando los caños San Isidro, Mukuswas y Buenavista, hasta llegar al punto con coordenadas 1404’27”N, y 8428’32”W, desde donde continúa en línea recta con dirección Noreste, por una distancia de 7 kilómetros, atravesando el caño Kukalaya, hasta llegar al punto en que dio inicio la demarcación descrita.

      6. Reserva Natural Cerro Banacruz: El límite inicia en la cota 381 en dirección Este de la comunidad El Dos, en las coordenadas 1349’30”N y 8437’43”W, y continúa por el parteaguas con dirección Noroeste, hasta interceptar el río La Tortuga, en las coordenadas 1349’47”N y 8437’38”W, el que a su vez intercepta con el río El Arenaloso, por el cual continúa el límite aguas abajo hasta llegar a su confluencia con el río Way, siguiendo el curso del mismo aguas arriba, hasta un punto con coordenadas 1353’20”N y 8439’30”W.

      De este punto, el límite continúa en línea recta con dirección Noreste por una distancia de 2 kilómetros hasta llegar a la cota 622, con coordenadas 1354’15”N y 8439’10”W, y continúa en línea recta con dirección Noreste por una distancia de 4.3 kilómetros, hasta llegar a la intercepción en el Río Bambana, en las coordenadas 1355’30”N y 8437’20”W. Desde este punto, sigue el curso aguas abajo del río Bambana, dejando a la derecha el lugar conocido como La Bodega, hasta el punto de coordenadas 1356’10”N y 8435’10”W, continuando en línea recta en dirección Noreste por una distancia de 3.6 kilómetros hasta la cota 465, con coordenadas 1357’05”N y 8433’20”W.

      De este punto se dirige en línea recta en dirección Sureste por una distancia de 2.5 kilómetros hasta llegar a la cabecera del caño Santa María, con coordenadas 1356’35”N y 8432’10”W siguiendo el curso del mismo, aguas abajo, hasta su confluencia con uno de sus tributarios en el punto con coordenadas 1356’10”N y 8430’30”W. De este punto sigue en línea recta en dirección Sur, por una distancia de 1.3 kilómetros, hasta interceptar con el río Kalmata en las coordenadas 1355’35”N y 8430’30”W.

      A partir de este punto, continúa la trayectoria de la curva de nivel de los 100 metros hasta el punto con coordenadas 1352’42”N y 8430’43”W, y desde este punto toma rumbo Sur hasta la desembocadura de un caño sin nombre en el río Bambana, en un punto con coordenadas 1352’28"N y 8430’44"W; continuando en línea recta al Sureste hasta la cota de elevación 201 con coordenadas 1352’17”N y 8430’23”W, y de este punto con dirección Sureste hasta la cota 244, de coordenadas 1351’43”N y 8430’09”W.

      De este punto, continúa en dirección Suroeste hasta la cota 424, con coordenadas 1350’05”N y 8430’20”W, continuando en dirección Sureste hasta la cota 247, con coordenadas 1349’39”N y 8429’59”W. Desde este punto, el límite sigue en dirección Suroeste hasta la cota 137, con coordenadas 1348’52”N y 8430’13”W, para continuar en dirección Suroeste hasta la cota 255, de coordenadas 1347’50”N y 8430’53”W, y siempre en dirección Suroeste hasta la cota 317 con coordenadas 1347’27”N y 8431’42”W. De este punto sigue en línea recta con dirección Suroeste hasta la cota 251, con las coordenadas 1347’11”N y 8432’17”W, y continúa en dirección Suroeste hasta la cota 353, con coordenadas 13°46'10"N y 84°33'48"w.

      Hasta aquí el capítulo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el Capítulo III, y el artículo 8 que contiene el Capítulo III.

      A votación, por favor.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 8 y el Capítulo III.

      SECRETARIO WALMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
      CAPITULO IV

      DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA RESERVA

      Arto. 9 La Comisión Bosawás, creada en el Decreto Número 44-91, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 208 del 05 de Noviembre de 1991 y su reforma, Decreto No. 32-96 publicado en La Gaceta No. 60 del 02 de Abril de 1997, artículo número 3, pasa a ser la Comisión Nacional de la Reserva de la Biosfera Bosawás, o simplemente la Comisión Nacional Bosawás que será un órgano de consulta obligatoria para el manejo de la Reserva.

      Estará integrada por los siguientes miembros permanentes:

      a) El Ministro del Ambiente y los Recursos Naturales, quien la preside.

      b) El Ministro Agropecuario y Forestal o su delegado.

      c) El Director de la Oficina de Titulación Rural (OTR) o su delegado.

      d) El Director del Instituto Nacional Forestal o su delegado.

      e) El Presidente del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte o su delegado.

      f) El Alcalde de Wiwilí de Jinotega.

      g) El Alcalde de Wiwilí de Nueva Segovia.

      h) El Alcalde de Cuá-Bocay.

      i) El Alcalde de Waslala.

      j) El Alcalde de Siuna.

      k) El Alcalde de Bonanza.

      l) El Alcalde de Waspán.

      m) Un representante de cada uno de los siguientes bloques de comunidades: Mískitu Indian Tasbaika Kum, Mayangna Sauni Bu, Kipla Sait Tasbaika, Mayangna Sauni As, Sikilta y Li Lamni Tasbaika Kum.

      La Comisión podrá invitar a participar en sus reuniones, con voz pero sin voto, a otras entidades u organismos cuando lo considere necesario.

      Arto. 10 Serán funciones de la Comisión Nacional de Bosawás, las siguientes:

      a) Proponer las políticas para el manejo y protección de la Reserva.

      b) Gestionar asistencia financiera, técnica y científica para la conservación de la Reserva.

      c) Establecer coordinaciones con la Secretaría Técnica de Bosawas.

      d) Recibir informes anuales de la Secretaría Técnica de Bosawas, sobre la situación de los Proyectos y Programas que ejecuten o finalicen los organismos y organizaciones no gubernamentales dentro de la Reserva.

      e) Realizar consultas técnicas a la Secretaría Técnica de Bosawas.

      Arto. 11 Las actividades que se desarrollen en la Reserva se regirán por lo establecido en la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, el Reglamento de Areas Protegidas de Nicaragua y la presente Ley.

      Arto. 12 La Comisión Nacional Bosawas tendrá una duración indefinida. Su domicilio estará en la ciudad de Managua.

      Arto. 13 La Comisión financiará sus actividades con las partidas que para tal fin se le asignen en el Presupuesto General de la República, además con las donaciones y legados que reciba, por fideicomiso o cualquier actividad que genere ingresos dentro de la Reserva.

      Hasta aquí el Capítulo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el Capítulo IV y sus artículos.

      ¿Hay objeciones al artículo 9? No hay.

      ¿Al 10?, No hay.

      ¿A1 11? No hay.

      ¿Al 12? No hay.

      ¿Al 13? No hay.

      Se abre la votación para estos artículos y el Capítulo IV.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo IV, y los artículos que lo contienen.

      SECRETARIO WALMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
      CAPITULO V
      DE LA SECRETARIA TÉCNICA DE BOSAWAS

      Arto. 14 Se crea la Secretaría Técnica de Bosawas como una dependencia desconcentrada del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA), con la responsabilidad de administrar la Reserva de la Biosfera Bosawas.

      Arto. 15 La Secretaría Técnica de Bosawas tendrá sus oficinas en la ciudad de Managua y podrá establecer sedes o representaciones en cada uno de los Municipios que integran la Reserva de la Biosfera Bosawas.

      Arto. 16 La Secretaría Técnica de Bosawas estará a cargo de un Director nombrado por el Ministro del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA).

      Arto. 17 Serán funciones de la Secretaría Técnica de Bosawas entre otras:

      a) Dirigir, organizar y administrar la Reserva de la Biosfera de conformidad a las políticas, normas y demás regulaciones que se aprueben.

      b) Proponer y participar en la elaboración de políticas, normas y regulaciones a aplicarse en la Reserva.

      c) Elaborar las propuestas y participar en los procesos de análisis y aprobación de los planes de manejo y co-manejo de la Reserva.

      d) Participar en la elaboración y/o propuesta de supervisión de las regulaciones ambientales en los programas o proyectos de turismo, desarrollo, investigación o cualquier otra actividad que se realice en la Reserva.

      e) Participar con los Organos Centrales de MARENA en el otorgamiento de permisos y contratos de administración a personas naturales o jurídicas que realicen actividades de carácter educativo, científico, recreativo, turístico o de prestación de servicios u otra actividad compatible con los fines y objetivos de la Reserva, cada una de las Areas Protegidas que la integran y sus respectivas Zonas de Amortiguamiento.

      f) Proponer la ejecución del monitoreo y evaluación, así como coadyuvar en la fiscalización para la correcta ejecución de los Permisos o Contratos e informar a las autoridades competentes en caso de comprobarse el incumplimiento de los términos del contrato con relación a las medidas de protección al ambiente y los recursos naturales.

      g) Asegurar y dar seguimiento a los acuerdos y/o compromisos que resuelva la Comisión y asegurar el funcionamiento de la misma.

      h) Proponer y gestionar las acciones necesarias para que las instituciones del Estado, organismos no gubernamentales, proyectos y donantes, actúen en forma coordinada y sobre la base de los planes de manejo y normas técnicas que se dicten para el área de la Reserva.

      i) Llevar control y coordinación de la ejecución y finalización de proyectos, programas y demás actividades que realizan en la Reserva de la Biosfera Bosawas, presentando informe anual a la Comisión Nacional de Bosawas de los resultados obtenidos.

      La Secretaría Técnica podrá proponer medidas correctivas o necesarias cuando se compruebe incumplimiento de los términos establecidos en los Planes de Desarrollo de la Reserva, o en las medidas de protección al medio ambiente y los recursos naturales.

      j) Administrar los fondos e ingresos a que se refiere el Arto. 13 de esta ley.

      Hasta aquí el Capítulo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el Capítulo V, y los artículos que lo contienen.

      Artículo 14. ¿Hay objeciones? No hay.

      ¿Al 15? No hay.

      ¿Al 16? No hay.

      ¿Al 17? No hay.

      A votación ese Capítulo, con los artículos mencionados.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo V, y los artículos que lo contienen.

      SECRETARIO WALMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
      CAPITULO VI
      DISPOSICIONES TRANSITORIAS

      Arto. 18 En un plazo no mayor de ciento veinte días a partir de la publicación de la presente Ley, el INETER, en coordinación con la Dirección General de Areas Protegidas del MARENA, deberán confirmar o modificar los linderos y derroteros establecidos en los Artos. 7 y 8 de la presente Ley, lo que deberá ser publicado en La Gaceta, Diario Oficial.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el Capítulo VI, y el artículo 18.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo y el artículo 18.

      SECRETARIO WALMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
      CAPITULO VII
      DISPOSICIONES FINALES

      Arto. 19 Se derogan los Decretos siguientes:

      a) Decreto Número 44-91, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 208 del 05 de Noviembre de 1991 y su reforma, Decreto No. 32-96 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 60 del 02 de Abril de 1997.

      b) Decreto No. 17-89 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 207 del 02 de Abril de 1971, y cualquier otra disposición que se le oponga.

      Arto. 20 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

      Hasta aquí el Capítulo, y toda la ley.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación.

      Tiene la palabra el Diputado Rodríguez.

      DIPUTADO ROBERTO RODRIGUEZ:

      Gracias, señor Presidente.

      En el artículo No. 9 aparece como integrante de la Comisión Nacional de la Reserva, el Director de la Oficina de Titulación Rural (OTR) o su delegado. Y desde que aparece la OTR, eso quiere decir que estamos hablando de colonización, y la colonización en la Reserva es peligrosa. El Doctor López nos ha explicado que la OTR tendría una función importantísima, pero estaría dirigido exclusivamente a darle atención a los Mayangnas, a los Sumos y diferentes tipos de agrupaciones indígenas de nuestra Nación, y está correcto.

      Sin embargo, existe el riesgo de que en el futuro eso sea ampliado y que muchos del Pacífico lleguen y se puedan tomar miles de manzanas carrileando la frontera y la conviertan en una zona completamente desplegada. Por esa razón tengo una moción con el respaldo del ilustre Diputado Augusto López, el Diputado Wilfredo Navarro, Froylán Ocampo, Ismael Tórrez, y se leerá de la siguiente manera: Proponemos un artículo nuevo N° 19, que diga de la siguiente manera: "Las funciones de la OTR serán establecidas por el Reglamento de esta ley".

      Paso la moción señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Lea la moción, por favor.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Dice: Moción a la Ley que declara y define la Reserva de la Biosfera de Bosawas, artículo 19, nuevo: "Las funciones de la OTR serán establecidas por el Reglamento de esta ley". Firman, Augusto López, Roberto Rodríguez, Ismael Tórrez, y otra firma más que no le entiendo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Jaime Bonilla.

      DIPUTADO JAIME BONILLA:

      Espéreme un segundo. Presidente. Es algo de estilo, pero que es importante y se nos pasó. Es en el artículo 9, simplemente pienso que a la Comisión se le olvidó que en la representación para la Comisión dice. "El Alcalde de Wiwilí de Jinotega", y debería decir. "El Alcalde de Wiwilí y Nueva Segovia, el Alcalde de Siuna". Si no están los Alcaldes no podría participar esta gente o un representante de ellos en esa Comisión, perfectamente pueden estar impedidos por enfermedad. La lógica es que la Comisión de Estilo tome en cuenta que también allí participen, o su delegado, a como está en el caso de los Ministros o el Director de OTR, etc.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      No es de estilo, pero tenes que mocionarlo.

      DIPUTADO JAIME BONILLA:

      Okey, ya lo paso y póngalo a votación. Que se le agregue “o su delegado en el caso de la representación de los Alcaldes".

      PRESIENTE OSCAR MONCADA REYES:

      No, la espero porque de todos modos voy a someterlo a votación, y como es el final de la ley y estamos por capítulos, mejor te espero.

      Vamos a someter primero a votación la moción, pero que la lea porque hay una reforma.

      Léala por favor, con la reforma.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN:

      La moción dice así: "Las funciones de la OTR respecto a esta ley, serán establecidas por el Reglamento de esta ley". Aunque es repetitivo, pero está claro, eso se compone en estilo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Y el otro artículo nuevo sería.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN:

      El artículo 9, dice aquí, ¿o nuevo?

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      El artículo 9 no lo podés modificar porque ya está aprobado.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLÓN:

      En caso de los Alcaldes se agrega "o sus delegados". Pero no sé qué artículo es.

      PRESIDENTE ÓSCAR MONCADA REYES:

      No podés con el artículo 9 porque ya está aprobado.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLÓN:

      Entonces no se puede.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación la primera moción.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobada la moción. Vamos a someter a votación el Capítulo VII.

      ¿Hay objeciones al 19? No hay.

      ¿Al artículo 20? No hay.

      A votación el Capítulo VII porque ya está, y los artículos porque ya está incluida la moción, ya está votada.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. A aprobado el Capítulo VII, y los artículos 10 y 20, y así toda la ley.

      Se suspende la Sesión, y se cita para el próximo martes a las nueve de la mañana.

      CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      NELSON ARTOLA ESCOBAR
      MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
      ARNULFO BARRANTES MORAZAN
      MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
      JAIME JOSÉ BONILLA LÓPEZ
      JOSÉ ERNESTO BRAVO MORENO
      EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
      MIGUEL ANGEL CASCO GONZÁLEZ
      ROGER CASTELLÓN ORUE
      ANGELES CASTELLÓN CASTRO
      FELIX HERNÁN CASTILLO FLORES
      MARCO ANTONIO CASTILLO ORTIZ
      STEADMAN FAGOT MULLER
      LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
      RITHA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
      CARLOS ALBERTO FONSECA TERÁN
      HERIBERTO GADEA MANTILLA
      SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
      WALMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
      MARIO J. GUTIÉRREZ VASCONCELOS
      SALVADOR HERNÁNDEZ GUILLEN
      CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
      REYNALDO LAGUNA MAIRENA
      ARIEL LOPEZ LOPEZ
      EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
      ARMANDO ISIDORO LÓPEZ PRADO
      EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
      JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
      FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
      PEDRO PABLO MARTÍNEZ TELLEZ
      PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
      ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
      VICTOR M. MIRANDA VARGAS
      OSCAR MONCADA REYES
      CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
      GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
      MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
      CARLOS JOSÉ PALMA ALVARADO
      NOEL PEREIRA MAJANO
      FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
      GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
      PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
      ANGELA RIOS PEREZ
      ANTONIO RIZO ZAMORA
      ERNESTO ROMERO ANGULO
      JOSE MARIA SANCHEZ SANTANA
      NATHAN SEVILLA GÓMEZ
      PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACÓN
      WINSTON SIMPSON GAYLE
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
      EDNA ADELA STUBBERT FLORES
      VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
      LEONEL EUGENIO TELLER SÁNCHEZ
      LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
      HENRY URCUYO MALEAÑOS
      AUGUSTO VALLE CASTELLÓN
      SAUL ZAMORA DICARIO
      DORA ODILI ZELEDON ZELEDON
      LEÓNIDAS ZUÑIGA MOLINA

      Quórum con 61 Diputados presentes. Hay quórum legal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Continúa la Sesión. Si ustedes recuerdan, en la Sesión pasada habíamos quedado en que el señor Ministro de Hacienda iba a hacer su exposición del Presupuesto de la República, a pesar de que por ganar tiempo y por decisión de la Junta Directiva ya lo habíamos pasado a Comisión. Entonces para adelantar esto, vamos a invitar al señor Ministro de Hacienda para que pase por favor a hacer su exposición.

      Señor Ministro, puede empezar su exposición.

      INGENIERO ESTEBAN DUQUE ESTRADA - MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO:

      Muchísimas gracias, señor Presidente.

      Honorable señor Presidente de la Asamblea Nacional;

      Señores Miembros de la Mesa Directiva;

      Honorables Diputados;

      Como todos los años, tengo hoy el honor de comparecer ante ustedes en lo que probablemente va a ser la última presentación de Presupuesto que me va a tocar hacer delante de ustedes. Al final de la presentación les vamos a entregar a todos los Diputados una copia de este documento, donde está con muchísimo más detalle del que yo voy a presentar, explicado la lógica del proyecto de Presupuesto de la República para el año 2002. Y allí contiene este documento siete secciones: uno es el contexto macroeconómico; después los indicadores fiscales de 1996 al 2002; después el tema de la política presupuestaria, y el balance fiscal; el Presupuesto de Ingresos, y el Presupuesto institucional 2002; y después, al final, hay una serie de gráficos explicativos.

      En el documento hay suficiente detalle del proyecto en términos de su descomposición por institución. En el Presupuesto de Ingresos, está también detallado cómo se han estimado los ingresos este año por ingreso. Yo creo que este documento, junto con el libro que ya ustedes recibieron, debe ser un complemento muy útil para el análisis del proyecto de Presupuesto del 2002.

      Desde luego este proyecto, es un proyecto de Presupuesto preparado bajo la óptica y siguiendo los lineamientos de políticas de este Gobierno, y por lo tanto no se puede esperar que este proyecto de Presupuesto recoja los lineamientos que puede tener el Presidente electo y que obviamente son muy propios de él y de su equipo económico; ellos tendrán que ver qué ruta toman cuando ya estén en funciones.

      Yo, el día de hoy me voy a concretar a hacer una presentación sumaria del Presupuesto, pero lo suficientemente extensa y clara para que comprendamos por lo menos la lógica del Ejecutivo en la elaboración de este proyecto. Durante el año 2001 la economía nicaragüense se ha desarrollado en un entorno diferente al que habíamos estado experimentando los años anteriores. Hemos tenido una serie de elementos adversos: los precios de nuestros productos primarios han caído, especialmente el precio del café; los precios del petróleo estuvieron muy por encima de lo que habíamos anticipado; hemos sufrido un deterioro general en los términos de intercambio; tuvimos una crisis sin precedente en el Sistema Financiero Nacional, que afectó seriamente el nivel de reservas internacionales del país y del Banco Central en particular.

      Hemos tenido no sólo menores niveles de financiamiento externo, sino que también un tardío acceso a los mismos durante este año; y por último tuvimos la incertidumbre en la economía que produjo el proceso electoral, que era lógico que incidiera de alguna manera en las variables económicas. Estos factores han provocado un desaceleramiento en la economía que esperábamos, cuando formulamos el proyecto de Presupuesto del 2001, que fuera a un ritmo de crecimiento del 5.5 por ciento. En realidad la economía va a crecer este año alrededor únicamente de un 3 por ciento.

      Para el año 2002, o sea dentro del contexto de la elaboración de este proyecto de Presupuesto, trabajamos con una tasa de 3.7 por ciento en términos reales. Esta tasa, a la luz de lo que está ocurriendo con la economía mundial y el desaceleramiento que se espera a nivel global, podría inclusive resultar un poco optimista. La inflación, sin embargo, esperamos que siga controlada tal como se ha venido manteniendo durante estos cinco años, y no esperamos que sea muy superior a la tasa de deslizamiento que es de un 6 por ciento nominal. El tipo de cambio que se estima, basado en ese nivel de deslizamiento, es de 14.2 córdobas promedio por dólar.

      En la gráfica que están viendo ustedes, están las principales variables macroeconómicas en que se han basado pues las cifras del Presupuesto del 2002. O sea, esta es la cifra de la columna operativa, y ahí tenemos, del 96 para acá, cómo se han venido desarrollando las variables. Tengo que decirles que en esto del PIB nominal, del Producto Interno nominal -visto aquí arriba- un estudio que ha realizado recientemente el Banco Mundial y un análisis que ha realizado el Fondo Monetario, han permitido determinar que en realidad hay una subvaluación en el Producto Interno Bruto con las cifras oficiales del PIB.

      Y ya se están dando los pasos para tener una nueva serie, y probablemente a inicios del año 2002 vamos a tener un PIB revisado, ya que va a ser probablemente alrededor de un 50 por ciento superior a las cifras que demuestran esta serie. Aquí en este gráfico vemos cómo ha ido el comportamiento con relación al producto de los ingresos del Gobierno Central. Como vemos, los ingresos venían subiendo, como porcentaje del PIB hasta llegar al año 98, y después han venido teniendo una baja con relación al producto; estuvieron un poquito arriba del 25 por ciento en el año 98, y después han venido descendiendo. En este año -el año 2002- nosotros esperamos que se mantengan en un nivel parecido al del año anterior, alrededor de un 22 por ciento del Producto Interno Bruto.

      El gasto corriente, o sea el gasto de funcionamiento del Gobierno Central, se ha tratado de mantener constante con relación al PIB, y como ven, se ha logrado más o menos tener éxito en este intento. Aunque en el Presupuesto del 2001 se esperaba tener una cifra mayor, la verdad es que la proyección que estamos viendo actualmente está más o menos alrededor de un 22 por ciento, y el proyecto del Presupuesto que le estamos presentando a la Asamblea mantiene más o menos ese mismo nivel de gasto corriente.

      En el gasto de capital, sin embargo, vemos claramente el efecto Mitch, que es éste. Tradicionalmente las inversiones, los gastos de capital del Gobierno estaban un poco por debajo del 10 por ciento. Como se venían desarrollando las variables económicas en el año 98, íbamos a tener un déficit, o tuvimos un déficit de únicamente el 3.26 por ciento del producto, y si la economía se hubiera seguido desarrollando de esa manera, probablemente en el 99 o en el 2000 se hubiera cerrado el déficit presupuestario; pero vino el Mitch, y el gasto de capital se disparó a niveles sin precedentes en la historia presupuestaria de Nicaragua, alcanzando casi un 20 por ciento del producto en el año 99.

      Después, en el 2000 fue un poco menos; en el Presupuesto del 2001 habíamos calculado un gasto parecido al del 99, sin embargo el gasto real que estamos proyectando es alrededor de un 13 por ciento del PIB, y en el Presupuesto del 2002 estamos un poco por encima del 10 por ciento, tratando de volver a alcanzar los niveles pre-Mitch, que son los que se consideran sostenibles para la economía, dado el nivel de asistencia externa que se espera que, según lo que han indicado las agencias internacionales con las perspectivas del nuevo Gobierno, pueden volver a alcanzar los niveles que teníamos antes del 2001.

      Esta es la gráfica que les he presentado a ustedes desde el principio. En todas las presentaciones del Presupuesto, que es la composición del gasto, la distribución del gasto, lo que es gasto social, lo que es seguridad y defensa, intereses, y los otros gastos. Como se ve, en el período 91-96 tuvimos un promedio de 38.93 por ciento de gasto social, y en el período desde el 97 hasta lo que se está proyectando gastar en el 2001, tenemos un poquito menos, un 36.47 por ciento. El proyecto de Presupuesto que ustedes tienen en su poder, tiene un 40.2 por ciento de porcentaje de gasto en el gasto social.

      El otro tema que yo quisiera tratar, es el tema de los indicadores fiscales. Ahí más o menos estamos viendo en números lo que ya vimos en los cuadros, y se están haciendo algunos análisis de lo que es el ahorro corriente, que son los ingresos corrientes menos los gastos corrientes y otros indicadores, y el desarrollo de las principales variables del Presupuesto con relación al PIB. Obviamente con este Presupuesto, y dado los supuestos del caso, mantendría Nicaragua en el año 2002 la estabilidad financiera que se ha venido teniendo en este quinquenio que concluye el 10 de Enero.

      El Presupuesto de Ingreso para el año 2002, lo estamos proyectando en 8 mil 370 millones de córdobas, que a pesar de que es menor a la proyección que teníamos en el Presupuesto del 2001, sin embargo representa un incremento del 9.3 por ciento con relación a la proyección que tenemos actualmente sobre las cifras que van a terminar al cierre del año 2001, y ese nivel de ingresos fiscales representa un 22.3 por ciento del PIB. El gasto público se está calculando en 12 mil 787 punto 3 millones de córdobas, que es un 5.8 por ciento superior a la proyección de la ejecución real para el 2001; obviamente que es inferior a lo que habíamos presupuestado para el 2001, pero es mayor de lo que realmente vamos a ejecutar.

      Obviamente este Presupuesto del 2002, lo que refleja es un ajuste en la economía a los niveles pre-Mitch, para lograr un desempeño fiscal que sea congruente con los recursos que se tienen y también congruente con el mantenimiento de las metas de estabilidad financiera.

      También en este Presupuesto se han tomado en cuenta dos cosas: Se han tomado en cuenta los requerimientos que exigen la iniciativa HIPC para Nicaragua; y también el documento aprobado ya, y muy alabadamente, en los organismos internacionales del combate a la pobreza. Estimamos que del Presupuesto total, el 54.2 por ciento del gasto, sin incluir intereses, es gasto de combate a la pobreza; y 2 mil 994 millones de córdobas, o sea el 8 por ciento del PIB, es gasto de capital dedicado específicamente a programas que son designados como de combate a la pobreza; eso es mayor que el 7.1 por ciento que se tenía previsto este año en el documento original de combate a la pobreza.

      Esa es la composición del gasto social: Educación recibe un 48.3 por ciento del gasto social; Salud el 32.8; Vivienda y Servicios Comunitarios 9.3; y Servicios Sociales y Servicios Recreativos, Culturales y Religiosos, el resto. En relación al déficit global, la proyección muestra que estamos en 4 mil 417 millones, que en términos de porcentaje del PIB, es un 11.8 por ciento; después de donaciones, el déficit se reduce a un 2.3 por ciento del PIB.

      Lo bueno de esto es que tenemos una tendencia a reducir del 6.2 por ciento de déficit con relación al PIB en el año 2000, y una proyección del 6.3 por ciento en el 2001, a niveles de 2.3 por ciento; o sea que vamos encaminándonos hacia la eliminación del déficit. La eliminación del déficit a largo plazo es una necesidad en esta economía. El Gobierno Central debe procurar y caminar en esa dirección de ser fiscalmente autosostenible, a ése es más o menos el camino que se tiene que llegar. Los objetivos específicos que se pueden conseguir, se pueden siempre lograr en el ajuste del gasto del capital y el direccionamiento del gasto de capital hacia las prioridades de cada administración.

      Y con la indicación de que en el documento que se les va a entregar está en detalle institución por institución, cada una de las instituciones, lo único que me queda es agradecerles, señores Diputados, la atención que me han prestado, y decirles y despedirme de ustedes porque probablemente ya ésta es la última comparecencia que yo voy a tener el gusto de hacer.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Ningún anteproyecto de ley genera discusión, eso es bien sabido de todo. Esto ya pasó a Comisión, y después de la Comisión va a generar discusión de todo el Plenario. Así es que voy a citar para mañana a las nueve de la mañana, y se suspende la Sesión.

















      CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA VEINTUNO DE NOVIEMBRE DEL 2001 , CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      NELSON ARTOLA ESCOBAR
      ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
      MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
      JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
      RAFAEL OMAR CABEZAS LACAYO
      EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
      MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
      ROGER CASTELLON ORUE
      ANGELES CASTELLON CASTRO
      FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
      EDWIN CASTRO RIVERA
      FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
      JOSE MANUEL ESPINOZA CANTILLANO
      STEADMAN FAGOT MULLER
      RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
      CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN
      FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
      CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
      SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
      ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
      JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
      WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
      MARIO JOSE GUTIERREZ VASCONCELOS
      SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
      CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
      ALBERTO FRANCISCO JARQUIN SAENZ
      ARIEL LOPEZ LOPEZ
      ARMANDO ISIDRO LOPEZ PRADO
      AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
      EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
      JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
      FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
      PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
      PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
      ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
      JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
      VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
      OSCAR MONCADA REYES
      LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
      RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
      JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
      GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
      MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
      CARLOS JOSE PALMA ALVARADO
      LEONEL PANTIN WILSON
      NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
      FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
      GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
      PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
      ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
      ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
      ANTONIO RIZO ZAMORA
      MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
      GUADALUPE DOLORES SANCHEZ BLANDON
      JOSE MARIA SANCHEZ SANTANA
      WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
      NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
      PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
      WINSTON SIMPSOM GAYLE
      LEONEL EUGENIO TELLER SANCHEZ
      VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
      ISMAEL JOSE TORRES CALERO
      LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
      HENRY URCUYO MALEAÑOS
      MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
      DAMASO VARGAS LOAISIGA
      SAUL ZAMORA DICARIO
      LEONIDAS ZUNIGA MOLINA

      Quórum: 69 Diputados presentes. Hay quórum legal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Continúa la Sesión.

      Se informa les ruega a los señores Diputados que están en las diferentes Comisiones, que vamos a iniciar la Sesión.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a iniciar esta Sesión con el Adendum Nº 9,punto I:PRESENTACION DE LEYES:

      1.34 DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE "PRESTAMO NUMERO 1089/SF-NI, PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES".

      Secretario.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ:

      EXPOSICION DE MOTIVOS

      El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al obtener un préstamo concesional con cargo a los recursos del Fondo para Operaciones Especiales para financiar el "Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de Pensiones".

      El objetivo principal del Programa es apoyar la reforma del actual Sistema de Pensiones, a fin de contener el costo fiscal que representa el esquema actual y, en su lugar, establecer un sistema de contribución definida que sea financieramente sostenible.

      Para alcanzar los objetivos propuestos, el Programa desarrollará actividades dentro de las cinco (5) áreas principales de reforma propuesta en el Programa, que comprende:

      a) El establecimiento de un marco jurídico adecuado para el financiamiento del nuevo Sistema de Pensiones;

      b) Implantación de la reforma del actual Sistema de Pensiones;

      c) Establecimiento de los arreglos institucionales para la supervisión y previsión de servicios;

      d) Establecimiento de un plan financiero para los costos de transición;

      e) Iniciación del proceso de implantación del nuevo Sistema de Pensiones. Todo ello, de acuerdo con las acciones y condiciones específicas indicadas en las Cláusulas 4.02, 4.03 y 4.04 de las Estipulaciones Especiales del Contrato de Préstamo y con los principios descritos en la Carta de Política Sectorial a la cual se hace referencia en la Cláusula 6.03 de las mismas Estipulaciones Especiales.

      En los términos de este Contrato, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se compromete a otorgar al Gobierno de la República de Nicaragua un Préstamo con cargo a los recursos del Fondo de Operaciones Especiales (FOE), hasta por una suma de treinta millones de dólares (US$30,000,000.00) o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con cargo a este financiamiento constituirán el "Préstamo".

      El préstamo deberá ser amortizado por el prestatario en un plazo de cuarenta (40) años contados a partir de la fecha de firma del Contrato, mediante sesenta (60) cuotas semestrales consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos diez años (10) y seis (6) meses contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato.

      El Prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del préstamo, intereses del uno por ciento (1%) por año hasta los diez años contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, y del dos por ciento (2%) por año desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los seis meses de la fecha de firma del presente Contrato.

      Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del Prestatario, durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.

      Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, éste pagará una comisión de crédito del medio por ciento (1/2 %) por año, que empezará a devengarse a los doce (12) meses contados a partir del 10 de Octubre de 2001, fecha en que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó la Resolución relativa a este financiamiento.

      Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, en las mismas fechas estipuladas para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las Estipulaciones Especiales.

      Esta comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que:

      (i) Se hayan efectuado los respectivos desembolsos; o

      (ii) Haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento, de conformidad con los Artículos 3.12, 3.13 y 4.02, de estas Normas Generales y con las pertinentes de las Estipulaciones Especiales.

      Del monto del financiamiento, se destinará la suma de trescientos mil dólares (US$300,000,00), que equivale al uno por ciento (1%), para cubrir los gastos del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales, y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 1089/SF-NI "Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de Pensiones".
      ARNOLDO ALEMAN LACAYO
      Presidente de la República

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      A continuación, en el Adendum Nº 2,punto 5.2, ELECCION DEL FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA Y FISCAL GENERAL ADJUNTO.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
      Managua, 22 de Diciembre de 2000.


      Doctor
      Oscar Moncada Reyes
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Doctor Moncada:

      La Presidencia de la República, cumpliendo con lo dispuesto en el inciso 9 del Arto. 138 de la Constitución Política y Arto. 37 Inciso I y II de la Ley Nº 346 "Ley Orgánica del Ministerio Público", presentó a esa Honorable Asamblea Nacional el día 12 de Diciembre de 2000, la terna correspondiente para la elección del cargo de Fiscal General de la República, integrada por:

      1. Dr. Julio Centeno Gómez.

      2. Dr. Ignacio Castillo Masís.

      3. Dr. Encarnación Castañeda Miranda

      Para ser congruente con la convocatoria emitida por la Honorable Asamblea Nacional al respecto, por medio de la presente ratifico dicha terna y solicito se dé cumplimiento al mandato de la elección.

      Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.


      Atentamente,

      ARNOLDO ALEMAN
      Presidente de la República de Nicaragua


      En el mismo punto.
      Managua, 25 de Enero de 2001.


      Doctor
      PEDRO JOAQUIN RIOS
      Primer Secretario
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Honorable Doctor:

      En nuestro carácter de Diputados de esta Asamblea Nacional y de conformidad a las atribuciones establecidas en el Arto. 138, inciso 9 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, venimos ante Usted a presentar la candidatura de la Doctora María Lourdes Bolaños Ortega, actual Diputada, quien llena todos los requisitos de Ley para ocupar el cargo de Fiscal General Adjunto.

      Le adjuntamos Currículum Vitae de la Dra. Bolaños Ortega.


      Atentamente,


      EDWIN CASTRO RIVERA
      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      WALMARO GUTIERREZ MERCADO

      DICTAMEN

      Managua, 13 de Febrero del 2001



      Doctor
      Oscar Moncada Reyes
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional ha analizado con detenimiento la terna de candidatos propuestos por el Presidente de la República, para el cargo de Fiscal General de la República y la propuesta para el cargo de Fiscal General Adjunto presentada por los Diputados Edwin Castro Rivera, Bayardo Arce Castaño y Wálmaro Gutiérrez Mercado.

      Por primera vez en la historia de Nicaragua se elige un Fiscal General de la República y un Fiscal General Adjunto, cargos que fueron creados por mandato constitucional, en virtud de la Ley Número 330 "Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua", que reformó los párrafos primero y segundo del numeral 9 del Arto.138, que otorgó a la Asamblea Nacional la atribución de elegirlos.

      La Comisión analizó los Currículum Vitae de los candidatos de la terna presentada por el Presidente de la República, Doctores Julio Centeno Gómez, Ignacio Castillo Masís, y Encarnación Castañeda Miranda, así como el de la candidata presentada por los Diputados Castro, Arce y Gutiérrez, Dra. María Lourdes Bolaños Ortega, pudiendo constatar que son abogados con más de diez años de ejercicio profesional, de moralidad notoria, están en pleno goce de sus derechos políticos y civiles, son mayores de treinticinco años de edad y menores de setenta y cinco años y reúnen todos los requisitos y calidades que se les exige a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

      Por otra parte, no se encuentran en las incompatibilidades previstas en el segundo párrafo del numeral 9 del Arto.138, ya que no tienen vínculos de parentesco con el Presidente de la República, en caso de los propuestos en la terna respectiva, ni con los Diputados proponentes en el caso de la candidata a Fiscal General Adjunto. No son miembros de Directivas Nacionales, Departamentales o Municipales de ningún partido político.

      La Comisión ha encontrado que todos los candidatos están debidamente calificados para el cargo que han sido propuestos y son idóneos para ser electos, en consecuencia la Comisión de Justicia dictamina que los candidatos, Doctores Julio Centeno Gómez, Ignacio Castillo Masís y Encarnación Castañeda, cumplen con todos los requisitos para ser electos como Fiscal General de la República, y la Doctora María Lourdes Bolaños, cumple con todos los requisitos para ser electa como Fiscal General Adjunta, de conformidad con el numeral 9 del Arto.138 Cn., y las calidades previstas en el Arto.161 Cn.

      En virtud de lo anterior, presentamos el presente Dictamen Favorable al honorable Plenario de la Asamblea Nacional para proceder a la respectiva elección del Fiscal General de la República y del Fiscal General Adjunto.

      COMISION DE JUSTICIA


      NOEL EREIRA MAJANO
      PRESIDENTE
      EDNA STUBBERT FLORES
      VICEPRESIDENTE

      PABLO SIERRA CHACON
      SEGUNDO VICEPRESIDENTE
      LUIS URBINA NOGUERA
      PRIMER SECRETARIO

      ARNULFO BARRANTES
      MIEMBRO
      WILLIAM MEJIA FERRETI
      MIEMBRO


      CARLOS FONSECA TERAN
      MIEMBRO
      SERGIO GARCIA PINELL
      MIEMBRO

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el dictamen, pero antes vamos a darle la palabra al señor Eliseo Núñez.

      DIPUTADO ELISEO NUÑEZ:

      Señor Presidente.

      Tomo la palabra para dos puntos. En el primer punto, yo quería señalar que el dictamen es uno solo en el sentido de que está dictaminando favorablemente para los candidatos a Fiscal y al Fiscal Adjunto; por lo tanto, yo creo que la votación como es con respecto al dictamen tiene que ser en conjunto, para el Fiscal y el Fiscal Adjunto. Segundo, yo quisiera proponer ya la candidatura de don Julio Centeno Gómez como Fiscal, apoyando las ternas propuestas, puesto que éste es la persona más idónea que existe en Nicaragua para el desempeño de ese cargo, puesto que ya tiene cuatro años de estar completamente compenetrado en lo que es profesionalización y el quehacer en este nuevo cargo.

      El estuvo en el fortalecimiento de la AID, a través del Itchem USA, contó con el apoyo técnico de la AID, durante tres años, para el programa y capacitación integral de todos los Procuradores Penales de la República, específicamente con la Procuraduría de la Niñez y Adolescencia; es autor del Reglamento de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y ha obtenido el apoyo para el Ministerio Público de las instituciones latinoamericanas. Por lo tanto, creo yo que si se trata del cargo específico para el Ministerio Público, la persona más adecuada es el Doctor Julio Centeno Gómez, por lo tanto, lo estoy proponiendo dentro de la lista presentada.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra el Diputado Edwin Castro.

      DIPUTADO EDWIN CASTRO:

      Gracias, señor Presidente.

      Realmente aquí tenemos un solo dictamen, por lo tanto, es totalmente procedimental que se haga la votación de acuerdo al dictamen entre Fiscal y Fiscal adjunto, secundando así, la moción correcta presentada por don Eliseo Núñez. En el caso del Fiscal Adjunto sólo hay un proponente en el dictamen, por lo cual queremos secundar a la Doctora María Lourdes Bolaños, ex-Magistrada de la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua y por ende tiene suficientes méritos y suficientes conocimientos y bagaje para conformar una nueva institución, sumamente importante para el quehacer en Nicaragua. Por eso creo que debemos el día de hoy votar por don Julio Centeno para Fiscal y doña María Lourdes Bolaños para Fiscal Adjunto.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra la última oradora Angela Ríos.

      Tiene la palabra Leonel Téller.

      DIPUTADO LEONEL TELLER:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      No voy a comentar sobre la capacidad de los dos candidatos, pero sí es meritorio hacerle un llamado a la sociedad civil organizada especialmente de Nicaragua porque es verdaderamente una lástima que solamente la clase política sea la que tiene candidatos. Creo que hubiera sido idóneo que tanto la sociedad civil organizada como este primer Poder del Estado hubieran interactuado, intercambiado puntos de vista y que la sociedad civil organizada a través de como lo manda la ley, hubiera presentado como el COSEP presentó candidatos para el cargo de Superintendente de Pensiones; desafortunadamente fue ignorado el que la sociedad civil hubiera presentado candidatos para estos dos cargos de alta responsabilidad.

      Yo creo que estar ausente es un error, es mejor hacer la lucha y estar presente. Hoy vemos que estos cargos nuevamente continúan politizando las instituciones del Estado. Y, repito, sin poner en duda la capacidad profesional de estos dos ciudadanos, sí veo como un error que continuemos politizando las instituciones del Estado. Voy a concluir invitando públicamente a ambos candidatos -que en efecto cuentan con los votos- para decirles que tienen un reto monstruoso; y que en vista del factor tiempo, el Doctor Centeno, el saliente Procurador de Justicia, no pudo concluir una serie de situaciones que las heredará, las va a heredar al futuro Procurador, el Doctor Oscar Herdocia, distinguido ciudadano de León.

      Señores, futuro Fiscal General y Adjunto, quiero decirles que hay ocho bancos quebrados en este país, una pérdida absorbida por el Estado, por las reservas del Banco Central de casi quinientos millones de dólares que los contribuyentes nicaragüenses vamos a tener que reemplazar y financiar con nuestros impuestos. Aquí solamente ha habido un juicio en el caso del Banco del CAFE, y se conocen de ocho sociedades anónimas que participaron y son cómplices en la quiebra del último banco, en el cual el Estado tenía intereses, como es el BANIC. Señor Fiscal futuro y señora Fiscal Adjunta futura, el reto que ustedes tienen ante el pueblo de Nicaragua, y el prestigio de Nicaragua ante la comunidad internacional, que ha desembolsado dinero en cantidades monstruosas, quiere respuesta, quiere justicia, quiere juicios, quiere presos, quiere a los corruptos en su lugar.

      Ese es el reto -Doctor Centeno y Doctora Bolaños - que tienen ante el pueblo de Nicaragua, y aunque no sea el caso, pero el futuro Procurador de Justicia, el Doctor Oscar Herdocia, también es co-partícipe de este reto de poner en su lugar, que no es nada menos que la cárcel a los responsables por esa pérdida de casi quinientos millones de dólares en ocho bancos. Tampoco se puede ignorar -y con esto termino- las más de sesenta mil seiscientas firmas que le están pidiendo a este Poder del Estado, así como también al Ente Fiscalizador del Estado, y por ende al Procurador de Justicia y a los futuros Fiscales de este país, que se investigue a una serie de personas que han tenido un acelerado incremento de su patrimonio personal, malversando el erario público para beneficio personal.

      Todas estas situaciones, Doctor Centeno, Doctora Bolaños, Doctor Herdocia, Contralores y señores Diputados, no podemos ignorarlas. Nicaragua tiene que transformarse, Nicaragua debe de dejar de tener instituciones del Estado politizadas, y debe ser la sociedad civil junto con los Poderes del Estado, los responsables de lograr esa transformación para modernizar el Estado, para cambiar el marco jurídico institucional que tiene secuestradas a las instituciones democráticas de Nicaragua.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra el honorable Diputado William Mejía Ferreti.

      DIPUTADO WILLIAM MEJIA FERRETI:

      Muchas gracias, Presidente.

      Es oportuno dejar claro que esta intervención no obedece a ningún criterio de vista, porque si bien es cierto que los candidatos son perfilados de antemano y que el que los propone valora que tienen requisitos, tienen méritos, e incluso tienen su aceptación, definitivamente es una cuestión muy personal porque es subjetiva, y desde ese ángulo se les puede respetar o no se les puede respetar. Pero a nosotros, como Diputados, lo que nos interesa acá, es que no se manosee, no se violente lo que se llama el Estatuto y Reglamento de esta Asamblea. En ningún momento, si usted lee esos Reglamentos y Estatutos, por el hecho de que haya un dictamen, que lo dan para todos los que presentaron como candidatos a Fiscal y Fiscal Adjunto, esto no quiere decir que ustedes van a amalgamar para tratar de obviar.

      Es decir, no le dan la oportunidad a cada Diputado para valorar individualmente las cualidades, los errores, los defectos, incluso todo aquello que puede ser un perfil del elemento que viene a ser propuesto como candidato. Y si ustedes piensan que usar ese método es para obviar el que cualquiera que tenga inquietudes, que cualquiera que tenga principios, aquel Diputado honesto que sienta que se le está cercenando su decisión y tirarlo de una vez para todos, señores, entonces para qué estamos acá, si perfectamente pudieran presentar una sola terna, así como quieren hacerlo ustedes, no escojan a nadie, y ésta es la que proponemos y se acabó.

      No, señores, cercenarle la conciencia al Diputado es decir, vos no tenés nada que hacer en este Parlamento puesto que sos un instrumento, o si no sos instrumento sos cosa; y lo peor que le puede pasar a un Diputado es que lo tilden de cosa. Negarle la calidad de pensante, negarle la capacidad de justicia y conciencia, negarle el momento para elegir, es anteponerse directamente a su principio y sobre todo a su espíritu. Si ustedes no creen en éso, por favor, yo diría ¿para qué nos eligieron Diputados, si aquí cada quien es un ente pensante? Si ustedes no se sienten gente pensante porque quieren ser todos amalgamados en una sola vez, es cuestión de ustedes. Pero es cuestión de tener valor, es cuestión de darle el valor también al otro, y es cuestión de tener dignidad, de respetarse a uno mismo para no quitarle ni siquiera un ápice del derecho de elegir y de servir y poder escoger.

      Si ése es el método, bendito sea Dios que retrocedimos un año, cinco o cien; si no es ese el método, reconozcamos entonces, que es el capricho voluntario de los que dirigen. Si no existe, si los Estatutos no existen para ustedes, tampoco los Reglamentos, bendito sea Dios que estamos completamente en la ignorancia. Pero a estas alturas, yo creo que es necesario que cada quien tome para escoger y hacer uso de su derecho en una forma individual; no montemos al otro en un mismo caballo, ninguno de los dos se parece, porque cada quien tiene sus propias cualidades, uno mejor que el otro, y así dar la oportunidad que a cada quien que escoja sepa valorar y que su voto emitido con conciencia diga que es por ésto que estoy votando, no por el tumulto, porque eso ya me huele a lo que nosotros conocemos como tumulto, no hay cosa para definir, es sólo masa el que actúa.

      Y ustedes, señores de la Mesa Directiva, tienen esa obligación de separar y darle la oportunidad a todos los Diputados de saber que es uno, por uno porque el Estatuto lo establece de esta manera.

      Gracias, Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Mónica Baltodano. Como se borró Angela Ríos, el último orador es Steadman Fagot.

      DIPUTADA MONICA BALTODANO:

      Gracias, señor Presidente.

      En ocasión de esta importante elección, quisiera intervenir para expresar mi tristeza, porque yo tenía expectativas de que después de varios meses en la que varios partidos, en particular el Partido Liberal y el Frente Sandinista hicieron un compromiso, hicieron un discurso, hicieron una promesa de fortalecer la institucionalidad de Nicaragua, buscando que los nombramientos de cargos y responsabilidades, respondan a la necesidad de apartidarizar, de volver verdaderamente instancias donde prevalezca el profesionalismo, la justicia en todas las instituciones del Estado.

      Yo hubiera esperado -porque fue una promesa de ambos partidos- que en esta ocasión se procediera en el caso de los nombramientos, a mecanismos en los que se tomaren en consideración los criterios de las instituciones de la sociedad civil, de las organizaciones populares, y que además se cumpliera de esa manera con el mandato constitucional que obliga a hacer consultas a la ciudadanía. Por ejemplo, está establecido así en el caso de los Conjueces; desgraciadamente seguimos con la misma dinámica, y hago esta reflexión de carácter general, sin ánimo de quitarle méritos a ninguno de los candidatos que están aquí siendo propuestos; de ninguna manera.

      Más bien es como una reflexión de carácter general, porque el hecho de llevar en mancuerna a los dos candidatos, al Fiscal, y al Fiscal Adjunto, creo que no es la mejor manera de darle opciones a este Poder y a los integrantes de este Poder del Estado a escoger de manera individual. Desgraciadamente William Mejía, yo creo que vos incluso votaste de esa misma manera cuando se eligió al Superintendente y al Vice Superintendente de Bancos, y yo en aquella ocasión me opuse porque era la manera de que un funcionario de mucho prestigio como es el Superintendente, arrastrara a un Vice-Superintendente que estaba incluso vinculado a malos manejos en el BANIC, creo que es un señor LLanes.

      Entonces, yo quería votar por el que iba de candidato a Superintendente, pero no por el Vice -Superintendente, y de esa manera obligan a uno a tener que votar mancornadamente, y eso yo creo que realmente no es ni serio, ni legal -nada más que en este país se violan las leyes a cada rato-, ni ético; no es ético, porque le quitan a cada uno de nosotros el derecho a escoger y a votar por uno y no votar por otros. Me hubiese gustado que dentro de la lógica, por ejemplo mi bancada empujara ya con fuerza el tema de la Ley de Carrera Judicial, o el de la Ley de Carrera Civil o de la Carrera Municipal, para que los nombramientos se correspondan con procesos transparentes de oposición y no a procesos de amarres partidarios. Todos dieron compromisos y se comprometieron a no seguir en lógica de amarres y de pactos.

      Yo he pagado la osadía de desafiar ese tema, y después todos le volaban al pacto. Pero esto es una continuidad de lo mismo y es lamentable. Y digo que es lamentable, porque yo en lo personal respaldo la candidatura de María Lourdes Bolaños, y es la única que tiene aquí el respaldo de las organizaciones de mujeres, de las organizaciones feministas. Y respaldo a María Lourdes Bolaños- porque dentro de la Comisión de Justicia, sin ser ella miembro de esa Comisión, no faltó nunca a trabajar en el dictamen del Código Procesal Penal; porque tiene la humildad de estudiar y aprender nuevas cosas para desarrollar su trabajo; y porque nos representa dignamente a las mujeres, no a las mujeres sandinistas, si no a las mujeres nicaragüenses.

      Porque ya ella en el pasado, por la defensa de los derechos de la mujer tuvo que pagar costos de intransigencias y de sanciones por no seguir líneas; y porque confío y creo que va a estar en esa función, no respondiendo a los intereses de mi partido -aunque yo ame a mi partido- sino porque creo que se va a poner por encima de ésos y va a perseguir, porque esa función de la Fiscalía; desgraciadamente no es la de defender, es la de acusar y es la de presentar pruebas y es la de conseguir evidencias y es la de trabajar para abrir causas. Y yo creo que ella va a trabajar para abrirle causas a todos los corruptos, vengan de donde vengan, que se hayan enriquecido al amparo del erario público, que le hayan robado la sangre a los nicaragüenses, porque robar del erario público es robarle la sangre a los nicaragüenses.

      Ojalá que ella y el Doctor Centeno -y hay que dar el beneficio de la duda al Doctor Centeno-, realmente persigan a todos estos corruptos, persigan a los que trafican con droga, persigan al crimen organizado, persigan a quienes desde los hogares o desde fuera de los hogares cometen violencia contra las mujeres y los niños; y es una rama donde estoy segura que María Lourdes va a saber ser justa. En resumen, me molesta que nos impongan la votación en pareja porque creo que no es correcto, no es justo, ni es ético.

      Lamento que no rompamos la lógica de los amarres y de los entendimientos cuando se comprometieron ambos partidos a hacer de cara a la votación del pueblo. Pero no puedo dejar de respaldar a María Lourdes y de expresarle a ella y a quien resulte electo, en este caso seguramente el señor Centeno, demandarles que este voto obligado así, medio mancornado y medio amarrado, por favor que aunque el pecado haya sido original, redímanse haciendo una buena gestión al frente de esa altísima responsabilidad a la que van a acceder hoy a través de esta votación.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra José González Picado.

      DIPUTADO JOSE GONZALEZ PICADO:

      Gracias, señor Presidente.

      Definitivamente estamos ya en las vísperas de concluir nuestro período como legisladores, y estamos heredando la elección de un cargo trascendente para la vida institucional de Nicaragua. Un cargo que representa la confianza de la sociedad civil nicaragüense en la ineludible tarea de enfrentar los retos de rescatar las instituciones democráticas, hoy severamente deterioradas por nuestra propia responsabilidad. De acuerdo a la ley que creó el Ministerio Público, se estila que el Fiscal General y el Fiscal Adjunto deben ser electos de forma similar a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, es decir, la argumentación que han hecho Mónica y el Doctor Mejía Ferreti.

      Pero más triste que eso es el hecho de que se han establecido ya como camisa de fuerza los mecanismos de elección, dejando al legislador en una situación prácticamente de que si te corrés te tiro y si te parás te mato; y a la sociedad civil, huérfana de participar en eso que señalamos tanto, como la posibilidad soberana de ejercer su participación a través de su representante electo democráticamente. Ciertamente es que el dictamen es la opinión de una Comisión, recomendando al Plenario la aprobación o no de esta elección o de cualquier proyecto de ley. Pero sólo quiero recordar que éste debe ser motivado, expresando razones jurídicas, políticas o filosóficas que lo respalden. No obstante, es el Plenario quien debe de tomar la soberanía para el ejercicio de dicha votación.

      Por otro lado, la votación es el acto por medio del cual los Representantes ante la Asamblea Nacional declaran su voluntad sobre determinado asunto que se somete a nuestra consideración; sin embargo, de nada sirve que tengamos estatutariamente y por Reglamento Interno de la Asamblea Nacional esas facultades, cuando ya de antemano se dice, soy Diputado electo y seré Presidente de ese Poder del Estado, oriento que se elija al Superintendente de Pensiones y oriento que se ponga al Procurador como futuro Fiscal de la Nación.

      Eso, colegas Diputados, definitivamente es algo que desalienta a los pueblos, es algo que va en contra del espíritu y la concepción democrática que manda a la división y la separación de los Poderes, que manda a la supremacía de la ley, por encima del absolutismo y el hegemonismo y que deja huérfanos a los nicaragüenses de verdaderas representaciones democráticas, sin nada por su papel profesional, por su notabilidad y por su participación en defensa de los más sagrados intereses de la comunidad. Definitivamente, nosotros creemos que esas libertades democráticas de las que tanto hablamos en el mismo Poder Legislativo, nosotros hemos votado en contra de ese espíritu de independencia.

      Por esa razón, señor Presidente, quiero decirle que lamentamos mucho que el Doctor William Mejía Ferreti no aparezca hoy como un candidato, o al menos haber dejado la opción de que corriese como candidato.

      Nos parece que las exclusiones en cualquier partido político, son una forma de exclusión a la democracia. Desde este escaño, quiero que conste en Acta; que esas formas de exclusión solamente traen como consecuencia la polarización; definitivamente son parte del pecado original, pero mantienen a nuestros países como perros y gatos, cuando deberíamos estar realmente buscando la estabilidad, la gobernabilidad, el combate a la extrema pobreza, y poniéndonos a la altura de los nuevos retos que requiere el país, que es la senda democrática, atacando los problemas de injusticia social.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Ultimo orador, Diputado Steadman Fagot.

      DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

      Gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra el penúltimo orador.

      DIPUTADO STEADMAN FAGOT:

      Gracias, señor Presidente.

      Quiero ahondar un poco en el mismo sentido de la Diputada Mónica Baltodano. Ahora resulta que Centeno Gómez va a tener mi voto por la Lourdes Bolaños, y mi otro compromiso era con William Mejía Ferreti, pero no aparece el nombre de William. Honestamente, cuánto me hubiera gustado a William Mejía Ferreti con la Doctora María Lourdes Bolaños; esa era mi fórmula. Ahora resulta que viene así, y yo pensé también que William Mejía tenía alguien que lo propusiera y otro que lo secundara. En todo caso, eso no debe ser problema para la mayoría de la bancada liberal, ellos van a cumplir orden y punto, y las órdenes aquí no se discuten, ni en Cafarnaún o sea, tienen que cumplirlas. Lamentablemente, William Mejía, by, by.

      María Lourdes, usted cuenta con mi apoyo, cuente con mi voto. Y quiero contrariar un poco, -aprovechando el micrófono- a lo que dijo el Diputado Leonel Téller, que por primera vez pienso que voy a oponer. Dijo dos cosas: una, que va a dejar varios trabajos sobre el camino. Ningún trabajo en el camino va a dejar, porque ningún trabajo inició Centeno Gómez. Ninguno. ¡Ay!,si hubieran robado gallinas estuvieran enchachados, pero a los grandes no hay que tocarlos. Diputado, perdóname que voy a seguirte contrariando un poco, ahora con Oscar Herdocia Lacayo, el nuevo Procurador nombrado por el Presidente electo. Vos esperás verlos tras las rejas -son palabras tuyas-, ¡Ay! hermano, si Bolaños, en cuatro años Vice- Presidente no vio absolutamente nada, ¿vos creés que Oscar Herdocia lo va a ver? Por favor, seamos más objetivos con las cosas.

      No va a ver nada, el Presidente electo sólo vio transparencia, no vio oscuranas. ¿y, con qué autoridad moral va a echar preso a Byron Jerez? ¿con qué autoridad política va a echar preso a Eduardo Mena si cuando estuvo cuatro años de Vice-Presidente eran ciudadanos ilustres, notables. ¡Ideay!, ahora, Bolaños es el que está enchachado, está amarrado de pie y cabeza; misión casi imposible es echar a las rejas a estos "padrinos". Misión imposible. De ahí que pensar que vamos a poner en la bartolina o me van a poner...o en su defecto, hay proyectos y trabajos que se están dejando en el camino, no es cierto, no es cierto.

      De tal manera que cuando aquí estamos votando, hay que estar claros, yo voy por la María Lourdes, y Centeno va a tener mi voto por la mancomunación. Y por lo demás, señores de la bancada liberal, cumplan la orden que se les dio y no discutan. Cinco años pasamos aquí sin discutir, sin señalar, sin decir, y ahora vamos a venir a decir que William Mejía no va. ¿Cómo va a ir? No puede. Por lo demás, suficientemente discutido, señor Presidente, mándenos a votar, porque estamos listo a votar y a cumplir las órdenes que nos mandó.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      Tiene la palabra la última oradora honorable Diputada Angela Ríos.

      DIPUTADA ANGELA RIOS:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Con muchísima atención he leído el dictamen de la Comisión de Justicia emitido el 13 de Febrero del 2001, y he consultado con miembros de esta Comisión para valorar si en el dictamen recomiendan este tipo de elección, es decir en fórmula, y en ninguno de los párrafos del dictamen está expresada esta forma de elección; mas bien los firmantes de este dictamen dicen respaldar a todos los propuestos incluyendo una terna enviada por el Presidente de la República. Entonces es evidente que es una arbitrariedad de la Junta Directiva y un estilo altamente autoritario el procedimiento de elección en fórmula, es decir en dupleta, porque yo respaldo a la Doctora Bolaños por su calidad profesional.

      No obstante, es mi criterio y consideración personal, que el Doctor Julio Centeno Gómez no es la persona idónea para desempeñar este cargo. Esta elección, en términos de condición personal y humana de ambos propuestos, de ambos candidatos, el candidato y la candidata es sumamente contradictoria. Fijémonos bien, la Doctora Bolaños tiene el respaldo de distintas organizaciones de mujeres; en cambio el señor Centeno Gómez tiene un tema pendiente con la sociedad civil, y más específicamente con las mujeres nicaragüenses, y es reconocer que no ha cumplido como padre de familia que aún niega la pensión de alimento que le corresponde a su hijo. Ese es el candidato, el Fiscal General, que honorables Diputados, en un acuerdo realizaron, irrespetando realmente la candidatura de la Doctora Bolaños con este señor que no goza del aprecio de las mujeres en general.

      Muchísimas gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      De acuerdo a la moción del Diputado Núñez y debidamente secundada, vamos a someter a votación al Doctor Centeno Gómez como Fiscal, y a María Lourdes como Fiscal Adjunto, y también de acuerdo al dictamen, esto en ninguna forma está violentando los estatutos generales ni el Reglamento Interno.

      Se somete a votación al Fiscal Julio Centeno Gómez y al Fiscal Adjunto, María Lourdes Bolaños.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      70 votos a favor, 4 en contra, 4 abstenciones. Quedan electos el Doctor Julio Centeno como Fiscal, y María Lourdes Bolaños como Fiscal Adjunto.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      En el mismo Adéndum no.2, 5.4: ELECCION DE UN MIEMBRO SUPLENTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.
      Managua, 10 de Mayo del 2001


      Doctor
      Oscar Moncada Reyes
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Señor Presidente:

      La Comisión Especial para la elección del Miembro Suplente de la Contraloría General de la República, creada en la continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XVII Legislatura, celebrada el día 26 de Abril del corriente año. La Comisión quedó integrada por los siguientes honorables Diputados: Iván Escobar Fornos, quien la preside, Edwin Castro, Nelson Artola, Dámicis Sirias, Wilfredo Navarro y Carlos Hurtado.

      Para darle cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 9 del artículo 138 de la Constitución Política, la Asamblea Nacional, por Resolución Nº 088-2001, convocó a la elección del Miembro Suplente del Consejo Superior de la Contraloría General de la República, en sustitución de la Dra. Claudia Frixione.

      Asimismo se convocó al Presidente de la República y a los Diputados de la Asamblea Nacional para que en listas separadas propongan candidatos para el cargo de Miembro Suplente del Consejo Superior de la Contraloría General de la República, dentro de un plazo de quince días contados a partir de la publicación de la Resolución número 088-2001, la que fue publicada en día 26 de Abril del 2001.

      Con fecha 3 de Mayo, la Comisión recibió de la Primer Secretaría la candidatura del Dr. Vicente Chávez Fajardo, propuesto por el Frente Sandinista de Liberación Nacional, junto con el Currículum Vitae.

      No se recibió ninguna otra propuesta de candidatura, por lo que la Comisión procedió a convocar en audiencia al Dr. Vicente Chávez Fajardo, la que se verificó el día nueve de Mayo, con el objeto de verificar si estaba incurso en las prohibiciones establecidas en el numeral 9 del Arto. 138, así como para acreditar si estaba debidamente calificado para el cargo.

      Al efecto se procedió a formularle las siguientes preguntas:

      1) ¿Tiene vínculos de parentesco con el Presidente de la República o con los Diputados proponentes? A lo que respondió que no.

      2) ¿Es miembro de Junta Directiva Nacional, Departamental o Municipal de Partido Político?

      3) ¿Considera Usted que está debidamente calificado para ejercer el cargo de Miembro Suplente del Consejo Superior de la Contraloría?

      A lo que contestó que es Abogado y Notario Público, que ha estudiado en el marco legal del Estado, los Municipios y las Regiones Autónomas y conoce todas las leyes y reglamentos que regulan la Administración Pública en general y en especial la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.


      De las respuestas a las preguntas formuladas, hemos encontrado que el candidato está debidamente calificado para el cargo para el que ha sido prepuesto y es idóneo para ser electo. En consecuencia, la Comisión Especial para la elección del miembro Suplente de la Contraloría General de la República, dictamina que el Dr. Vicente Chávez Fajardo cumple con todos los requisitos y no está incurso en ninguna prohibición constitucional para ser electo como Miembro Suplente de la Contraloría General de la República.
      COMISION ESPECIAL PARA LA ELECCION DEL MIEMBRO
      SUPLENTE DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA


      IVAN ESCOBAR FORNOS
      EDWIN CASTRO RIVERA

      NELSON ARTOLA
      WILFREDO NAVARRO
      CARLOS HURTADO

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión el dictamen.

      Tiene la palabra el honorable Diputado José Ernesto Bravo.

      Ultimo orador será el honorable Diputado Nathán Sevilla.

      Tiene la palabra el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez.

      DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Muchas gracias, señor Presidente en funciones.

      En este caso particular, tomo la palabra de manera rápida, única y exclusivamente para expresar mi respaldo a la candidatura del Doctor Vicente Chávez Fajardo, egresado de la Facultad de la Universidad Nacional Autónoma en la Carrera de Leyes; ha sido un estudioso del Derecho, y creo de que va a tener las suficientes capacidades, cualidades, idoneidad, capacidad y probidad para poder ejercer ese cargo que tanto necesita el Estado de la República de Nicaragua, y creemos que es un significativo aporte que la institución política Frente Sandinista hace a la Contraloría General de la República. Es por ello que solicito a todo el Plenario de la Asamblea Nacional, respaldar en todos sus extremos la candidatura del Doctor Vicente Chávez Fajardo.

      Muchas gracias y buenas tardes.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      Tiene la palabra el último orador, honorable Diputado Nathán Sevilla.

      DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Es para secundar la candidatura del Doctor Vicente Chávez Fajardo, conocido por muchos de nosotros como una persona muy seria y muy responsable, a la vez que tiene la capacidad suficiente para ejercer este cargo como lo expresó él personalmente ante la Comisión Dictaminadora Especial. Es por eso que le damos nuestro total respaldo a la candidatura del Doctor Vicente Chávez Fajardo, para que sea miembro de la Contraloría.

      Gracias.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      Después de haber escuchado al último orador, vamos a proceder a la votación.

      Se abre la votación.

      Está abierta la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      Como están votando y me han solicitado que se continúe la Sesión, por favor, vamos a votar de nuevo.

      Se abre la votación.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Queda electo Contralor Suplente.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      A continuación, vamos a pasar a la elección del miembro del Consejo Directivo de INE.
      Managua, 12 de Febrero del 2001.
      DICTAMEN


      Doctor
      PEDRO JOAQUIN RIOS
      Secretario
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Doctor Ríos:

      En esta fecha le informamos que la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción de la Asamblea Nacional, se ha reunido con el quórum legal, con la finalidad de analizar la propuesta de ternas y de revisar los currículum de los candidatos propuestos por el Presidente de la República para elegir a un miembro del Consejo Directivo de INE, de entre los candidatos siguientes:

      1. ING. ARTURO ROA

      2. ING. RAÚL SOLÓRZANO

      3. DR. MARIO ALONSO

      El Presidente de la República envió dicha propuesta a nuestra Asamblea Nacional, fundamentado en el artículo 138 de la Constitución Política y nosotros, basándonos en lo que establece el artículo 9 de la Ley N° 271, Ley de Reforma a la Ley Orgánica del INE, procedimos a los análisis correspondientes para el presente dictamen.

      Dentro del estudio realizado, procedimos a invitar a los candidatos incluidos en dicha terna para escuchar la defensa de sus currículum y conocer respuestas a las preguntas de los miembros de la Comisión. Informamos que solamente se presentó a dicha entrevista el Ingeniero Arturo Roa.

      Hemos verificado que el Ingeniero Roa tiene un buen dominio del sector eléctrico y una amplia experiencia desde 1952 al 2001, por lo que la Comisión está en capacidad de recomendar al Ingeniero Arturo Roa, por su magnífico currículum y calidad profesional en el ramo de la industria eléctrica, reuniendo todas las cualidades y requisitos establecidos por la ley para desempeñar el cargo en mención.

      Dado en la ciudad de Managua a los doce días del mes de Febrero de 2001.
      COMISION DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE, ENERGIA Y CONSTRUCCION

      ING. JAIME BONILLA
      PRESIDENTE
      DR. PEDRO MATUS GONZÁLEZ
      PRIMER VICEPRESIDENTE


      DR. JORGE SAMPER BLANCO
      SEGUNDO SECRETARIO
      DR. EDUARDO RIZO
      MIEMBRO

      LIC.VÍCTOR MIRANDA
      MIEMBRO
      ING.GUILLERMO RAMOS
      MIEMBRO

      SR. CARLOS PALMA
      MIEMBRO

      Hasta aquí el dictamen.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión el dictamen.

      A votación. De acuerdo al dictamen, el Ingeniero Arturo Roa.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el dictamen. Queda electo el Ingeniero Arturo Roa.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a pasar a la elección de los dieciséis Conjueces.

      Señores Diputados, por favor, en el Adendum N° 2, punto 5.5: ELECCION DE DIECISEIS CONJUECES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

      Se les ha hecho circular una lista de dieciséis Conjueces, porque hubo que sustituir a algunas personas que no estaban de acuerdo en ser electas y renunciaron; por lo que les ruego que tomen más en consideración la lista que se les hizo circular, que es la que está en el Adendum.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      LISTADO DE PROPUESTA DE CONJUECES:

      William Villagra Gutiérrez

      Carlos Bayardo Romero

      María Lourdes Aguirre Vargas

      José David Zamora Pastora

      Patricia Delgado Sáenz

      José Ignacio Miranda Chamorro

      Juan Pablo Obando

      Virgilio Gurdián

      Jorge Quintana Vargas

      Francisco Fernando Blandino Aburto

      Luis Humberto Guzmán

      Orlando Barreto Argüello

      María Auxiliadora Meza Gutiérrez

      Oscar Tenorio

      Laureano Arcia Villanueva

      Yamila Karím Conrrado

      Ahí está la lista de los dieciséis propuestos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Quiero someter a la honorable Asamblea, a los dieciséis Conjueces de una sola vez.

      ¿Perdón?

      No. Quiero someterlo a la honorable Asamblea; pueden votar, si ustedes quieren, uno por uno; voten en contra, si quieren de una sola vez; lo votan de una sola vez, lo someto a la honorable Asamblea, precisamente por eso.

      Vamos a someter a votación, verde si es conjunto, rojo si es por separado, uno por uno.

      Se abre a votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      55 votos a favor de que sea conjunto, 8 en contra, 0 abstención.

      Se va a someter a votación el listado de los Conjueces, los que fueron respectivamente leídos y de conocimiento de toda la Asamblea.

      Se abre la votación.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Quedan nombrados los Conjueces.

      Vamos a citar para juramentación de todos los nombrados, sea en el Plenario o en presencia de toda la Junta Directiva.

      Se suspende la Sesión, y se cita para el próximo martes a las nueve de la mañana.

      Vamos a citar por telegrama, posiblemente sea martes o miércoles, pero mejor vamos a citar por telegrama.


































      CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Los Diputados que están en el Mezzanine, por favor bajar porque vamos a iniciar la Sesión.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      NELSON ARTOLA ESCOBAR
      ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
      MARIA LOURDES BOLAÑOS ORTEGA
      JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
      JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
      RAFAEL OMAR CABEZAS LACAYO
      ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
      EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
      ROGER CASTELLON ORUE
      MARCO ANTONIO CASTILLO ORTIZ
      EDWIN CASTRO RIVERA
      NOEL JOSE DELGADO CUADRA
      FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
      JOSE MANUEL ESPINOZA CANTILLANO
      SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
      CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
      JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
      MARIO JOSE GUTIERREZ VASCONCELOS
      CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
      ALBERTO FRANCISCO JARQUIN SAENZ
      ARIEL LOPEZ LOPEZ
      EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
      PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
      ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
      JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
      VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
      OSCAR MONCADA REYES
      RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
      GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
      LEONEL PANTIN WILSON
      NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
      GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
      PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
      ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
      EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
      ANTONIO RIZO ZAMORA
      MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
      JORGE ALBERTO SAMPER BLANCO
      GUADALUPE DOLORES SANCHEZ BLANDON
      PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
      WINSTON SIMPSON GAYLE
      VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
      LEONEL EUGENIO TELLER SANCHEZ
      LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
      HENRY URCUYO MALEAÑOS
      AUGUSTO VALLE CASTELLON
      SAUL ZAMORA DICARIO
      DORA ODILI ZELEDON ZELEDON
      LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

      Constatación del quórum: 49 Diputados presentes. Hay quórum legal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se continúa la Sesión.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a tomar del Adendum N 9, punto 1.34, PRESENTACION DE LEYES:

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
      Managua, 24 de Octubre de 2001.


      Doctor
      Pedro Joaquín Ríos Castellón
      Secretario
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Señor Ríos:

      Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo N° 1084/SF-NI "Programa Socio Ambiental y Desarrollo Forestal II (POSAF II)" con su correspondiente Exposición de Motivos.

      Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

      Aprovecho para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

      Atentamente,


      ARNOLDO ALEMAN LACAYO
      Presidente de la República de Nicaragua
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al obtener un préstamo concesional con cargo a los recursos del Fondo para Operaciones Especiales para financiar el "Programa Socioambiental y Desarrollo Forestal II".

      El objetivo principal del Programa es mejorar las condiciones socioeconómicas y la calidad de vida de las poblaciones de las cuencas prioritarias y disminuir el impacto de los desastres naturales sobre ellas, mediante el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos renovables. De esta forma, el Programa persigue contribuir a mejorar el desarrollo económico y la sostenibilidad ambiental de las cuencas prioritarias de Nicaragua.

      Específicamente este proyecto busca:

      a) Elevar el nivel de ingresos y la calidad de vida de los productores rurales asentados en cuencas prioritarias por medio del manejo sostenible de los recursos naturales renovables;

      b) Disminuir el impacto de los desastres naturales en dichas cuencas;

      c) Capacitar a la población y apoyar su organización para el manejo de los recursos naturales.

      En los términos de este Contrato, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se compromete a otorgar al Gobierno de la República de Nicaragua un préstamo con cargo a los recursos del Fondo de Operaciones Especiales (FOE), hasta por una suma de treinta y dos millones setecientos mil dólares (US$ 32,700.000.00) o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con cargo a este financiamiento constituirán el Préstamo.

      El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario en un plazo de cuarenta (40) años contados a partir de la fecha de firma del Contrato, mediante sesenta (60) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos diez (10) años y seis (6) meses contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato.

      El prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del Préstamo intereses del uno por ciento (1%) por año, hasta los diez (10) años contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato y del dos por ciento (2%) por año, desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los seis (6) meses de la fecha de firma del presente Contrato.

      Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del prestatario, durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.

      Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, éste pagará una comisión de crédito del 1/2% por año, que empezará a devengarse a los doce (12) meses contados a partir del 12 de Septiembre del 2001, fecha en que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó la Resolución relativa a este financiamiento.

      Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, en las mismas fechas estipuladas para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las Estipulaciones Especiales.

      Esta comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que: (i) se hayan efectuado los respectivos desembolsos; o (ii) haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento, de conformidad con los artículos 3.12, 3.13 y 4.02 de estas Normas Generales y con las pertinentes de las Estipulaciones Especiales.

      Del monto del financiamiento se destinará la suma de trescientos veintisiete mil dólares (US$327,000.00) que equivale al 1% para cubrir los gastos del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales, y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.

      El Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa el equivalente de cinco millones trescientos mil dólares (US$ 5,300.000.00) sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario. De este monto, tres millones de dólares (US$3,000.000.00) corresponden a cofinanciamiento paralelo del Fondo Nórdico de Desarrollo (FND), y dos millones trescientos mil dólares (US$2,300.000.00) corresponden al aporte local.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo N° 1084/SF-NI "Programa Socioambiental y Desarrollo Forestal II (Posaf II).

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Continuamos con el punto 1.32: DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO N°. 1086/SF-NI "PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL".

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
      Managua, 22 de Octubre de 2001.


      Doctor
      Pedro Joaquín Ríos Castellón
      Secretario
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Señor Ríos:

      Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo N° 1086/SF-NI "Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal", con su correspondiente Exposición de Motivos.

      Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

      Aprovecho para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

      Atentamente,


      ARNOLDO ALEMAN LACAYO
      Presidente de la República de Nicaragua
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al obtener un préstamo concesional con cargo a los recursos del Fondo para Operaciones Especiales para financiar el "Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal".

      El objetivo principal del Programa es incrementar la capacidad institucional y financiera de los Gobiernos Municipales para hacer frente a los crecientes desafíos del proceso de urbanización y mejorar sus servicios e infraestructuras locales.

      Específicamente este proyecto busca:

      a) Fortalecer institucionalmente a las municipalidades participantes de manera que mejoren su capacidad financiera y eficiencia en la prestación de servicios municipales;

      b) Promover un desarrollo urbano ordenado y ambientalmente sostenible;

      c) Fortalecer al INIFOM para que contribuya a mejorar la oferta de capacitación y asistencia técnica municipal, desarrolle instrumentos y sistemas de gestión municipal, y amplíe su capacidad de análisis y de elaboración de propuestas en materia de desarrollo municipal.

      En los términos de este Contrato, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se compromete a otorgar al Gobierno de la República de Nicaragua un Préstamo con cargos a los recursos del Fondo de Operaciones Especiales (FOE) hasta por una suma de doce millones de dólares ((US$12,000.000.00) o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con cargo a este financiamiento constituirán el Préstamo.

      El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario en un plazo de cuarenta (40) años contados a partir de la fecha de firma del Contrato, mediante sesenta (60) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos diez (10) años y seis (6) meses contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato.

      El Prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del préstamo intereses del uno por ciento (1%) por año hasta los diez (10) años contados a partir de la fecha de firma de presente Contrato y del dos por ciento (2%) por año desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los seis (6) meses de la fecha de firma del presente Contrato.

      Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del Prestatario, durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.

      Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, éste pagará una comisión de crédito del 1/2% por año, que empezará a devengarse a los doce (12) meses contados a partir del 19 de Septiembre de 2001, fecha en que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó la Resolución relativa a este financiamiento.

      Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, en las mismas fechas estipuladas para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las Estipulaciones Especiales.

      Esta comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que: (i) se hayan efectuado los respectivos desembolsos; o (ii) haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento, de conformidad con los artículos 3.12, 3.13 y 4.02 de estas Normas Generales y con las pertinentes de las Estipulaciones Especiales.

      Del monto del financiamiento se destinará la suma de ciento veinte mil dólares (US$120,000.00) que equivale al 1% para cubrir los gastos del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales, y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.

      El Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa el equivalente de tres millones de dólares (US$ 3,000.000.00) sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo N° 1086/SF-NI "Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal".

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Siguente punto 1.33: "DECRETO DE APROBACION DE ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR PARA LA PROTECCION Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS".

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
      Managua, 10 de Octubre del año 2001.


      Doctor
      Pedro Joaquín Ríos Castellón
      Secretario Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Doctor Ríos:

      La presente comunicación es para introducir formalmente a la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto "DE APROBACION DE ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR PARA LA PROTECCION Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS".

      Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

      Reciba Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
      Atentamente,

      ARNOLDO ALEMAN LACAYO
      PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      En Nicaragua la actividad pesquera representa el segundo rubro en valor de exportaciones del país, constituyendo un ingreso anual de divisas estimado en más de 90 millones de dólares, brindando ocupación y empleo aproximadamente a treinta mil nicaragüenses.

      Una de las zonas importantes de la pesca en Nicaragua es el Golfo de Fonseca y su salida al Océano Pacífico, en donde la fauna acuática representa la principal fuente de utilización y es la base económica de la región. En ella se practica intensamente la pesca y la recolección de peces, crustáceos y moluscos, entre las que se cuentan el pargo (serranidae), mero, lisa, corvina, jurel y bagre. Merece especial atención la intensidad de la pesca de tiburones y sus familiares cercanos: pez sierra y pez martillo (squalidae).

      En esta zona, la población, cada día, demanda mayor uso de los recursos naturales, particularmente recursos para la subsistencia, y esto ha creado una situación problemática en el Golfo, donde la degradación de los recursos vivos es una constante característica, por diversos factores que perjudican los recursos costeros y la pérdida del hábitat e interrupción de los ciclos de vida de los peces, moluscos y crustáceos de importancia económica y ecológica, entre los que cabe citar:

      1. Los sedimentos, las variaciones estacionales en las comunidades con agua dulce y agua salada, las cuales pueden derivarse de las prácticas inadecuadas del manejo de las cuencas.

      2. El contrabando que se hace de otros recursos marinos, tales como: ostras, conchas, huevos de tortuga, cangrejos, peces, etc.

      3. La sobreexplotación de los recursos pesqueros, el desarrollo de la agricultura camaronicultura y de la industria, así como de la contaminación ambiental.

      Así también, el desconocimiento de la importancia de un desarrollo sostenible de los recursos marinos costeros, ha conducido a promover acciones tendientes a su destrucción, dando paso a actividades productivas, que producen ingresos inmediatos pero que en el largo plazo se vuelven improductivos y muchas veces costosos para los gobiernos y la sociedad.

      A todo ello, es importante agregar la inexistencia de normas y reglamentos que regulen tanto el aprovechamiento de los recursos pesqueros, como el desarrollo sostenible de los mismos.

      Debido a que en el Golfo de Fonseca también es Estado ribereño de la República de El Salvador, surge la necesidad de implementar de manera conjunta (Nicaragua y El Salvador) actividades relacionadas con la pesca, en aras de mantener su hábitat natural y equilibrio ecológico.

      El objetivo del presente Acuerdo es asegurar el desarrollo sostenible de los recursos pesqueros en la zona en que se empalman las aguas de Nicaragua y El Salvador en el Golfo de Fonseca. Para ello, los Estados Partes se comprometen a establecer de manera conjunta un sistema de ordenación y desarrollo sostenible de la pesca, con base en sus respectivos planes nacionales. Para alcanzar tal fin, las autoridades responsables de ambos Estados tomarán las medidas necesarias para coordinar la administración, conservación, exploración y explotación de los recursos vivos del mar.

      De igual forma, Nicaragua y El Salvador, para garantizar una gestión racional de la actividad pesquera, se otorgan en el área del Acuerdo, libertad de pesca, únicamente en los ámbitos de la pesca artesanal, deportiva o de esparcimiento y los sujetos y embarcaciones dedicados a la actividad pesquera, la realizan de acuerdo al principio de la legalidad, en tal sentido deberán sujetarse a las normas y reglamentos de la República, obteniendo de previo los correspondientes permisos, patentes y matrículas de registro de las embarcaciones.

      Pese a los compromisos adquiridos, los Estados Unidos parte, en ejercicio de su soberanía, se reservan el derecho de emitir regulaciones relativas a la implantación de temporadas de libre captura y de veda; de establecer zonas abiertas y cerradas a la explotación; del uso de determinados aparejos de pesca y a la prohibición de captura total o parcial de especies o grupos de especies, así como aplicar cualquier otro tipo de medida que se relacione directamente con la conservación de todos los peces y otros recursos vivos en el área del Acuerdo.

      Con el objetivo de velar por el cumplimiento del Acuerdo, dentro de sus disposiciones los Estados Parte constituyen la Subcomisión de Cooperación Pesquera en el marco de la Comisión Binacional Nicaragua-El Salvador, la que estará integrada por cinco representantes de cada Estado, siendo en el caso de Nicaragua, las autoridades nacionales siguientes: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Fomento Industria y Comercio, Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, Ministerio de Defensa y Fuerza Naval de Nicaragua, así como también dicha Comisión integrará un Comité Mixto entre ambos Estados y establecerá su propio reglamento y mecanismo de trabajo.

      Este instrumento respeta la normativa internacional relativa al régimen de navegación internacional, paso inocente y seguridad. Así como lo relativo a la lucha contra toda actividad ilícita.

      Existe un vínculo estrecho entre la conservación del medio ambiente y el aprovechamiento de los recursos naturales. Es así como puede apreciarse que el desarrollo económico de Nicaragua no puede prescindir del aprovechamiento de los recursos vivos en el Golfo de Fonseca y en el Océano Pacífico.

      Para asegurar la conservación de los recursos en el área del Acuerdo, Nicaragua y El Salvador, a través de la cooperación, buscan relacionar aspectos legales, administrativos e institucionales para la solución de un problema específico, como lo es la degradación en el Golfo de Fonseca que amenaza con la extinción de los recursos pesqueros.

      Siendo la pesca una actividad orientada a la generación de empleo, ingreso en divisas y medio de subsistencia, se hace imprescindible asegurar la existencia de los recursos pesqueros. En este sentido, Nicaragua y El Salvador, a través del Acuerdo, se brindarán mutua colaboración.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a consideración de esa Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Decreto de Aprobación de "ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR PARA LA PROTECCION Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS".

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión del Exterior para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a pasar en el mismo Adendum N° 9, Punto II: DISCUSION DE DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEYES. Esto lo tenemos que votar.

      PUNTO 2.26: DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE CREDITO, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA (ICO) PARA FINANCIAR EL "PROGRAMA DE EQUIPAMIENTO DE TALLERES Y LABORATORIOS PARA DIVERSAS UNIVERSIDADES DE CIENCIAS E INGENIERIA".

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
      DICTAMEN
      26 de Octubre de 2001.


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE CREDITO, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA (ICO) PARA FINANCIAR EL "PROGRAMA DE EQUIPAMIENTO DE TALLERES Y LABORATORIOS PARA DIVERSAS UNIVERSIDADES DE CIENCIAS E INGENIERIA". La Comisión, en relación con este Convenio de Crédito, ha valorado los siguientes factores:
      FIRMA DEL CONVENIO:

      Que este Convenio de Crédito fue suscrito entre el Señor Federico Ferrer Delso, Director General de Negocios, en nombre y representación del Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO) y el Ingeniero Esteban Duque Estrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua.
      OBJETO DEL CONVENIO:

      Este programa está destinado al fortalecimiento de la enseñanza e investigación de las Universidades miembros del Consejo Nacional de Universidades (CNU), incluyendo instalación, mantenimiento y capacitación.
      CONDICIONES GENERALES:

      MONTO DEL PRESTAMO

      El monto total del crédito es por la suma de cinco millones de dólares (US$5,000,000.00).

      AMORTIZACION, INTERESES Y COMISION

      La cantidad total dispuesta con el cargo al crédito será amortizada en el plazo de 16 años, incluyendo un período de gracia de 5 años, mediante 23 semestralidades iguales, siendo el vencimiento de la primera cuota de amortización del principal a los 60 meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

      Las cantidades utilizadas con el cargo al crédito devengarán un interés a favor del ICO desde la fecha de cada utilización hasta la de amortización del dos por ciento (2%) anual, con vencimientos semestrales. El cálculo de intereses se realizará tomando en cuenta el número de días naturales efectivamente transcurridos y se tomará como divisor 360 días.

      Se aplicará una comisión de disponibilidad del cero punto quince por ciento (0.15%) por año a todos los importes que no hayan sido utilizados durante el período de disponibilidad, comenzando a aplicarse a los tres meses de la entrada en vigor del Convenio. El cálculo de la Comisión se realizará teniendo en cuenta el número de los días efectivamente transcurridos y tomando como divisor 360 días. Se aplicará una Comisión de Gestión del cero punto quince por ciento (0.15%) al importe total del crédito.
      ORGANISMO EJECUTOR

      Se establecerá como organismo ejecutor al Banco Central de Nicaragua (BCN), Institución que en su carácter de agente financiero del Gobierno de la República de Nicaragua y en virtud de este Convenio, ha sido autorizado por el Prestatario para llevar a cabo la ejecución del Convenio en orden a la imputación de operaciones, disposición de fondos, reembolso de principal e intereses y demás trámites derivados de la ejecución del Convenio.

      DICTAMEN DE LA COMISION

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y condiciones generales del Convenio de Crédito y, CONSIDERANDO: Que este crédito es altamente concesionario por el plazo de dieciséis años que incluyen cinco años de gracia, y que dicho crédito estará destinado al fortalecimiento de la enseñanza e investigación de las Universidades miembro del Consejo Nacional de Universidades (CNU), y que este crédito resulta favorable para la República de Nicaragua debido a las condiciones del mismo.

      Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, leyes constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE CREDITO, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA (ICO) PARA FINANCIAR EL "PROGRAMA DE EQUIPAMIENTO DE TALLERES Y LABORATORIOS PARA DIVERSAS UNIVERSIDADES DE CIENCIAS E INGENIERIA", por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.

      Anexamos el Proyecto de Decreto dictaminado.

      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO


      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
      CARLOS HURTADO CABRERA

      PEDRO JOAQUIN RIOS C.
      WALMARO GUTIERREZ MERCADO

      OSCAR MONCADA REYES

      Hasta aquí el Dictamen.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a discusión en lo general.

      A votación en lo general.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 1 Apruébese el Convenio de Crédito, suscrito el 6 de Septiembre del 2001, entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO), por un monto de Cinco Millones de Dólares (USC$ 5,000,000.00), para financiar el "Programa de Equipamiento de Talleres y Laboratorios para Diversas Universidades de Ciencias e Ingeniería", formando parte de este Convenio los anexos del mismo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto.2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2 y así toda la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Continuando, vamos a pasar al Adendum N° 10, Punto 2.29: DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO N 1089/SF-NI "PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES".

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
      DICTAMEN
      Managua, 22 de Noviembre de 2001.


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO N° 1089/SF-NI "PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES". La Comisión, en relación con este Contrato de Préstamo, ha valorado los siguientes factores:
      FIRMA DEL CONVENIO:

      Que este Contrato de Préstamo Número 1089/SF-NI, fue suscrito el 23 de Octubre del 2001, entre el señor Eduardo Balcárcel, Representante del Banco Interamericano del Desarrollo (BID), y el Ingeniero Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua.
      OBJETO DEL CONVENIO:

      El objetivo principal del Programa es apoyar la reforma del actual sistema de pensiones, a fin de contener el costo fiscal que representa el esquema actual y en su lugar, establecer un sistema de contribución definida que sea financieramente sostenible.
      COMPONENTES:

      Para el objetivo mencionado anteriormente, el proyecto financiará los siguientes componentes:

      1) El establecimiento de un marco jurídico adecuado para el financiamiento del nuevo sistema de pensiones.

      2) Implantación de la reforma del actual sistema de pensiones.

      3) Establecimiento de los arreglos institucionales para la supervisión y previsión de servicios.

      4) Establecimiento de un plan financiero para los costos de transición.
      CONDICIONES GENERALES:

      MONTO DEL PRESTAMO

      El monto total del crédito es hasta por una suma de treinta millones de dólares (US$30,000,000.00) o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua.

      AMORTIZACION, INTERESES Y COMISION:

      El crédito deberá ser amortizado por el Prestatario en un plazo de cuarenta (40) años, incluyendo un período de gracia de diez (10) años, contados a partir de la fecha de la firma del contrato, mediante sesenta (60) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos diez (10) años y seis (6) meses contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato.

      El Prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del préstamo, intereses del uno por ciento (1%) por año, hasta los diez años contados a partir de la fecha de firma del presente contrato, y del dos por ciento por año (2%), desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El pago se efectuará a los seis meses de la fecha de firma del presente Contrato.

      Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del prestatario, durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.

      Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del prestatario, éste pagará una comisión de crédito del uno y medio por ciento por año (1 1/2%) que empezará a devengarse a los doce (12) meses contados a partir del diez de Octubre del 2001, fecha en que el directorio ejecutivo del Banco aprobó la resolución relativa a este financiamiento.

      Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América en las mismas fechas estipuladas para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las estipulaciones especiales.

      Del monto del financiamiento se destinará la suma de trescientos mil dólares (US$300,000,000.00) que equivale al uno por ciento (1%) para cubrir los gastos del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales, y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.
      ORGANISMO EJECUTOR

      Se establece como organismo ejecutor la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República de Nicaragua (SETEC).
      DICTAMEN DE LA COMISION

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y condiciones generales del Convenio de Crédito, y CONSIDERANDO: Que este crédito es altamente concesionario por el plazo de cuarenta (40) años y un período de gracia de diez (10) años, y que dicho crédito estará destinado a apoyar la reforma del actual sistema de pensiones y que este crédito resulta favorable para la República de Nicaragua debido a las condiciones del mismo.

      Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, leyes constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO N° 1089/SF-NI "PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES", por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.

      Anexamos el proyecto de Decreto dictaminado.
      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO


      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS

      CARLOS HURTADO CABRERA
      PEDRO JOAQUIN RIOS C.
      OSCAR MONCADA REYES

      Hasta aquí el dictamen.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión en lo general.

      Tiene la palabra Bayardo Arce Castaño.

      DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:

      Gracias, Presidente.

      Como podrá observar en este Contrato de Préstamo para el Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de Pensiones, el Frente Sandinista y, sus Diputados en la Comisión, nos hemos abstenido de firmar el Dictamen. Normalmente la posición del Frente ha sido respaldar toda gestión de cooperación económica internacional con el país, pero en este caso nos encontramos con dos problemas que determinaron nuestro no respaldo a este préstamo con el BID. En primer lugar cuando aquí se aprobó la Ley Creadora del Sistema de Pensiones, nosotros objetamos la misma por tener dudas de su constitucionalidad, y aunque fue aprobada por la mayoría parlamentaria, nosotros optamos por introducir un recurso ante el Poder Judicial porque creemos que este sistema estaba rozando los principios constitucionales.

      Posteriormente vino aquí un proyecto de reformas a esa ley, para crear la condiciones a fin de que funcionarios del Ejecutivo asumieran la administración de un programa que se decía estratégico para el país; también en esa ocasión expresamos nuestra oposición a esa reforma, que contradecía toda la filosofía con la que se nos había pretendido vender el sistema.

      También en ese caso, la mayoría parlamentaria optó por imponer el cambio para favorecer la elección del Presidente Ejecutivo del INSS. Y de igual manera recurrimos contra esa reforma atropellada que se hizo de la ley, para facilitar una elección que consideramos violatoria de toda la filosofía de sistema.

      Después la mayoría liberal procedió a elegir al Licenciado Aguado, con lo cual también nosotros estuvimos en desacuerdo. Tomando en cuenta todo eso, nos parecía poco consecuente venir nosotros ahora a facilitar el financiamiento de un programa que tenemos recurrido por inconstitucional, que hemos recurrido por la violación que ha habido desde nuestro punto de vista a la ley, en todo su montaje, hasta la elección misma del funcionario principal. De ahí que nuestra posición fue no participar en ese dictamen y por lo mismo, ya que ésta ha sido toda una dinámica acordada y decidida por la mayoría liberal, la Bancada Sandinista ha decidido dejarle toda la responsabilidad a la Bancada Liberal y nos abstendremos de votar en esta votación.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Quiero manifestarle que ni yo, ni los miembros de la Junta Directiva que componemos la Bancada Liberal sabíamos de la negativa del Frente Sandinista de aprobar este préstamo, en absoluto, es primera noticia que tenemos sobre eso. Me gustaría que el Presidente de la Comisión Económica, con los miembros del Frente Sandinista, volvieran a discutir eso y quitar esto de la Agenda, por el momento.

      Se suspende la Sesión, y se cita para el próximo martes a las nueve de la mañana.













































      CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA CUATRO DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA.(DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Le rogamos a los señores miembros de la Junta Directiva, por favor, que se acerquen aquí al hemiciclo, que ya vamos a iniciar la Sesión.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
      ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
      EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
      MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
      ROGER CASTELLON ORUE
      ANGELES CASTELLON CASTRO
      FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
      EDWIN CASTRO RIVERA
      NOEL JOSE DELGADO CUADRA
      FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
      JOSE MANUEL ESPINOZA CANTILLANO
      LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
      RITHA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
      HERIBERTO GADEA MANTILLA
      SERGIO DE JESUS GARCIA PINEL
      ERNESTO MERCEDES GARCIA QUIROZ
      JOSE M. GONZALEZ PICADO
      CARLOS HURTADO CABRERA
      ALBERTO FRANCISCO JARQUIN SAENZ
      REINALDO LAGUNA MAIRENA
      ARIEL LOPEZ LOPEZ
      AUGUSTO LOPEZ GONZALEZ
      EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
      JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
      FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
      PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
      PEDRO ALEJANDRO MATUZ GONZALEZ
      WILLIAM MEJIA FERRETI
      ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
      JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
      VICTOR M. MIRANDA VARGAS
      OSCAR MONCADA REYES
      LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
      RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
      JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
      GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
      CARLOS JOSE PALMA ALVARADO
      LEONEL PANTIN WILSON
      NOEL PEREIRA MAJANO
      FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
      FRANCISCO PEREZ GOMEZ
      GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
      PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
      ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
      ANTONIO RIZO ZAMORA
      MAXIMINO RODRIGUEZ MATINEZ
      MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
      GUADALUPE DOLORES SANCHEZ BLANDON
      JOSE MARIA SANCHEZ SANTANA
      WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
      PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
      WINSTON SIMPSON GAYLE
      VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
      ISMAEL TORREZ CALERO
      LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
      HENRY URCUYO MALEAÑOS
      MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
      SAUL ZAMORA DICARIO
      LEONIDAS ZUÑIGA MOLINA

      Constatación del quórum: 60 Diputados, presentes. Hay quórum legal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se abre la Sesión.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Vamos al Adendum No. 9, Punto III. PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS.

      3.154 ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DIRIOMITO (ACODID).

      3.155 ASOCIACION DE EMPLEADOS DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE TELECOMUNICACIONES (ENITEL) “ADENITEL”.

      3.156 ASOCIACION “ACRISTO SANA” TITULO DE GRANADA, NICARAGUA (ASOCIACION “CRISTO SANA”).

      3.157 ASOCIACION DE INICIATIVAS Y HERMANAMIENTOS DE EL CASTILLO (ASIHIERCA).

      3.158 ASOCIACION IGLESIA PENTECOSTAL UNIDAD HISPANA (IPUNHIS).

      3.159 ASOCIACION FUERZA UNIDA RESISTENCIA NICARAGÜENSE (A.F.U.R.N.)

      3.160 ASOCIACION MINISTERIO DE DIOS EL DADOR ALEGRE 2 CORINTIOS 9:1.15(MEDIDA).

      3.161 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTERCOMUNITARIO DE CARAZO (ASODICAZ).

      3.162 ASOCIACIÓN PARA EL PROGRESO DE RIVAS LA ESPERANZA (ASPRORIVAS-LA ESPERANZA).

      3.163 ASOCIACION PARA EL PROGRESO DE MADRIZ (APROMAZ).

      3.164 ASOCIACION MISIONEROS CRISTIANOS EN ACCION (AMCEA).

      3.165 ASOCIACION PRO-DEFENSA DE LA VIDA, LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS VALORES DE LA FAMILIA MADRICENSE (ADVIDHUFAM).

      3.166 ASOCIACION CIVIL PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE NICARAGUA (ADECON LA COLMENA)

      3.167 ASOCIACION AMIGOS DE CHINANDEGA.

      3.168 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y COMUNITARIO DE YALI (ASDICOY).

      3.169 ASOCIACION DE MORFOLOGOS DE NICARAGUA (AMORNIC).

      3.170 ASOCIACION DE GANADEROS DE CIUDAD DARIO (ASOGADA)

      3.171 FUNDACION SIEMPRE VIVA.

      3.172 FUNDACION LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE DE PROFESIONALES DEL DERECHO (FULACADE)

      3.173 FUNDACION CORDILLERA VERDE H2O.

      3.174 FUNDACION CRISTIANA GANAR ALMAS PARA CRISTO PROVERBIO 11:30

      3.175 FEDERACION COORDINADORA DEL TRANSPORTE CENTROAMERICANO (C.T.C.)
      EXPOSICION DE MOTIVOS


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley No. 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DIRIOMITO” (ACODID), Asociación civil sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número ciento cuarenta y tres (143), otorgada ante los oficios notariales del Licenciado José Antonio Padilla Meléndez en la ciudad de Masaya, el día diecisiete de Mayo del año dos mil uno.

      Esta Asociación se constituyó, entre otros, con los siguientes objetivos:

      a) Promover el Desarrollo Integral de la Comunidad de Diriomito.

      b) Promover la Educación.

      c) Promover el Desarrollo Integral de la Salud en la Comunidad (Preventiva y Curativa).

      d) Promover y desarrollar Proyectos Infantiles y Juveniles dirigidos al crecimiento de una niñez y juventud sana.

      e) Promover la protección y conservación de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente de la Comunidad.

      Por lo antes expuesto, considero que la “ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DIRIOMITO” (ACODID), Asociación civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para los habitantes de la Comunidad de Diriomito y para el país en general; considero importante que los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional le den acogida en el Plenario, para que luego pase a la Comisión de Defensa y Gobernación para su respectivo dictamen y su posterior aprobación.

      Managua, siete de Noviembre del año dos mil uno.
      LIC. JORGE MARTINEZ GONZALEZ
      Diputado
      Asamblea Nacional

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Todas las Asociaciones leídas pasaran a la Comisión de Defensa y Gobernación, para su dictamen.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Continuamos en el Adendum No. 9, con el Punto IV INICIATIVA DE LEY CON TRAMITE DE URGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.

      4.4: LEY DE MODIFICACION A LA LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA 2001.
      Managua, Octubre 29 del 2001

      Doctor
      Pedro Joaquín Ríos Castellón
      Primer Secretario de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Doctor Ríos:

      Me permito hacer llegar a Usted, Proyecto de Ley de Modificación a la Ley No. 377, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2001, con su correspondiente Exposición de Motivos, que en calidad de iniciativa remito a la Honorable Asamblea Nacional.

      Este Proyecto de Ley de Modificación tiene por objeto incorporar en el Presupuesto General de la República 2001, gastos adicionales necesarios e imprescindibles del Consejo Supremo Electoral, por un monto de C$ 213.9 millones, a los efectos de llevar a feliz término el proceso electoral.

      Igualmente, en dicho Proyecto de Ley se contempla para su aprobación un artículo en donde se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a incorporar en el Presupuesto vigente, los desembolsos que se efectúen en forma proporcional de los recursos provenientes de la venta de las acciones de ENITEL, a distribuirse conforme lo dispuesto en la Ley No. 293 y Ley No. 389, “Ley de Reformas a la Ley No. 210, Ley de Incorporación de Particulares en la Operación y Ampliación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones”.

      Espero que los Honorables Diputados den una acogida favorable a este Proyecto de Ley, que es de mucha importancia para la buena marcha del proceso electoral.

      Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

      Atentamente,
      ARNOLDO ALEMAN LACAYO
      PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      Con fundamento en el numeral 2 del artículo 140, y los numerales 3 y 13 del artículo 150, ambos de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley de Modificación a la Ley No. 377, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2001.

      La presente Modificación del Presupuesto General de la República 2001, tiene como objetivo fundamental ampliar el Presupuesto del Consejo Supremo Electoral, a fin de dotarlo de un financiamiento complementario para los gastos de las elecciones, que actualmente se llevan a cabo para elegir Presidente, Vicepresidente, Diputados a la Asamblea Nacional y Diputados al Parlamento Centroamericano.

      En el momento de la remisión del Proyecto de Presupuesto General de la República 2001, se estimaba que el gasto de estas elecciones sería de C$445.1 millones. Actualmente esas cifras se han revisado, y a la luz de los desembolsos que se han efectuado y las perspectivas del resto del año, así como las demandas de recursos de la Policía y del Ejército para la vigilancia de las mismas, se hace necesario una ampliación al presupuesto de ese Poder del Estado de C$213.9 millones. Lo anterior para llevar a feliz término estas elecciones. Debo señalar que en este momento se incluye la suma de C$36.9 millones que corresponden a un hipotético caso de que exista una segunda vuelta, y que tanto el Consejo Supremo Electoral, la Policía y el Ejército de Nicaragua han demandado.

      En consecuencia, la solicitud de Modificación del Presupuesto General de Egresos asciende a C$213.9 millones, de los cuales C$149.7 millones corresponden a gastos corrientes y la suma de C$642.2 millones se destinan a gastos de capital, entre maquinaria y equipos.

      En lo relativo al financiamiento, dada la necesidad y lo imprescindible del gasto que se está ampliando, se estima que el monto de C$213.9 millones se obtendrá a través de nuevo financiamiento interno, para lo cual habrá que aumentarse dicho rubro.

      También es objeto de este Proyecto de Modificación del Presupuesto General de la República 2001, el hecho de que en la Ley No.293 y Ley No.389, “Ley de Reformas a la Ley N°210, Ley de Incorporación de Particulares en la Operación y Ampliación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, establecen que los recursos provenientes de la venta de las acciones de la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (ENITEL) se distribuirán, de conformidad con lo dispuesto en dichas leyes. Es el caso que la venta se ha efectuado y una parte de los recursos, de acuerdo con la modalidad de pagos, será recibido en este año y por lo tanto se requiere cumplir con la Ley, en cuanto a la distribución proporcional y uso de los recursos.

      En este sentido, se está proponiendo un artículo adicional a la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2001, a los efectos de que se autorice al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para distribuir en forma proporcional esos recursos, conforme lo establece la Ley N° 293 y Ley N° 389, e incorpore en el Presupuesto General de la República vigente, los desembolsos y usos de los mismos.

      Por las razones expuestas, y con fundamento en el numeral 2 del Artículo 140 de nuestra Constitución Política, reitero a los Honorables Miembros de la Asamblea Nacional, la necesidad de que este Proyecto de Modificación que someto a su consideración, lo apruebe tal como ha sido estructurado.

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión Económica, para que a la brevedad posible hagan el dictamen para poderlo discutir aquí en el Plenario, si es posible, mañana o el próximo martes, pero preferiríamos mañana.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Ahora vamos al Adendum 10, Punto I: PRESENTACION DE LEYES.

      1.37: LEY DE REFORMA A LA LEY No.59, LEY DE DIVISION POLITICA ADMINISTRATIVA Y CREACION DEL MUNICIPIO DE SAN JOSE DE BOCAY.


      Managua 21 de Noviembre del 2001.
      EXPOSICION DE MOTIVOS


      Licenciado
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Licenciado Moncada:

      El suscrito Diputado de la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 140, numeral 1) de la Constitución Política, del artículo 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, en ejercicio y uso del derecho que me confiere la Constitución Política de la República y el Estatuto General de la Asamblea Nacional, presento esta iniciativa de ley para que se le dé el trámite que corresponde dentro del proceso de formación de la ley.

      Exprésole que dicha iniciativa tiene un origen y fundamento en una petición y demanda histórica de los pobladores de esta parte de la geografía nacional, con los que he venido sosteniendo desde hace cuatro años una serie de reuniones, y con los que hemos analizado la necesidad administrativa, económica-social y política de la población, considerando particularmente que el poblado de San José de Bocay, localizado sobre la ribera del río Bocay y el cual forma parte del actual Municipio de El Cuá-Bocay, Departamento de Jinotega, constituye un “puerto de montaña” para los pobladores de los alrededores de San José de Bocay, punto por el que pasa una cuantiosa cantidad de productos de origen agropecuario para el consumo básico de la población jinotegana y del resto de la población del Norte y del Pacífico nicaragüense.

      Durante los años de la década de los ochenta, esta zona fue afectada por la guerra fratricida que azotó el país entero, fue esta situación que impidió en gran medida el desarrollo socio-económico de la región, que por medio de la presente Iniciativa de Ley proponemos que se constituya en Municipio, región en donde se ha venido destacando la producción agropecuaria en sentido general.

      En la actualidad este punto de la geografía forma parte integrante del municipio conocido como El Cuá-Bocay, teniendo como cabecera y sede del gobierno municipal el poblado de El Cuá; sin embargo, por el desarrollo y crecimiento poblacional, así como por la capacidad económica lograda por el poblado de San José de Bocay y la mejor perspectiva y proyección urbanística que dicho centro poblacional tiene con relación a la actual cabecera municipal es que se aspira a la creación del Municipio de San José de Bocay, pues está demostrado que económicamente tiene la capacidad para sostener la administración municipal.

      En otro sentido, también hay que señalar que para los habitantes de San José de Bocay resulta altamente tedioso y hasta engorroso las gestiones de orden administrativo, tales como pago de impuestos, trámites de inscripción y defunciones en el Registro Civil de las Personas, registro de fierros, guías de venta de ganado, así como los asuntos de índole judicial, pues en todos los casos, la población debe desplazarse desde San José de Bocay y sus alrededores hasta El Cuá, sin embargo este movimiento desde grandes distancias se hace sumamente complicado debido al precario sistema de transporte intra-municipal, y que en consecuencia implica una inversión costosa por el tiempo y el dinero que deben de invertir los pobladores en la movilización y desplazamiento para poder realizar las diligencias requeridas.

      Hay otros elementos, tales como las actividades vinculadas al pago que deben realizar los pobladores en concepto de impuestos o tributos, así como el pago de tasas locales y el pago de derechos por parte de cada uno de los ciudadanos de San José de Bocay a las autoridades del gobierno municipal de El Cuá, y de los cuales los pobladores no reciben ningún tipo de beneficio, sea como obras de progreso o en otras formas, situación que ha provocado en la población un sentimiento de frustración, por lo que han demandado durante los últimos cuatro años que se les eleve política y administrativamente por medio de ley al rango de Municipio, por lo que debemos resaltar que dentro del proceso de desarrollo y ordenamiento territorial, el Municipio como unidad básica del territorio nacional, constituye uno de los principales elementos para la parte referida a la política-administrativa, pues éste, el Municipio, se constituye en el elemento principal y estratégico junto con la política organizativa y la descentralización del Estado.

      El desarrollo y el fortalecimiento de la municipalización y su gestión han sido beneficiados con el proceso de descentralización del territorio, dando lugar a la aparición de nuevos Municipios que han de contribuir al desarrollo socioeconómico del territorio y la población del Municipio, refirmando de esta forma que la unidad básica del territorio es la parte esencial para el desarrollo del país, pensando en que es el Municipio el ente autónomo por excelencia y al que se le debe de proporcionar los instrumentos legales y administrativos necesarios para su desarrollo y sus actuaciones. Es a partir de estos elementos que algunos núcleos poblacionales se han empezado a preocupar por la transformación de sus territorios en unidades administrativas independientes como primer eslabón del desarrollo, es decir, el surgimiento de nuevas unidades básicas territoriales o Municipios, situación que les permite mejores niveles de desarrollo en lo vinculado a lo socioeconómico dentro del territorio que le corresponde al Municipio, situación que le permite establecer un centro de gravitación que le permite atender la demanda de los servicios que tiene la población en general.

      En virtud de lo anteriormente señalado, y con fundamento en los artículos 140, numeral 1) de la Constitución Política, del artículo 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, el suscrito Diputado por el Departamento de Jinotega, en nombre y representación de mis electores y del pueblo jinotegano, solicito se le dé el trámite que corresponde a esta Iniciativa de Ley para que el honorable Plenario le dé el trámite que corresponde dentro del proceso de formación de la ley para su posterior aprobación por el mismo.

      A este proyecto de ley se le adjunta la documentación siguiente:

      1. Certificado del Instituto Nacional de Estadísticas
      y Censos; y

      2. Dictamen técnico para la creación del nuevo Municipio de San José de Bocay y la designación de la cabecera municipal, elaborado por el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER).
      Managua, 21 de Noviembre del año dos mil uno.


      ALBERTO RIVERA MONZÓN.

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión de Defensa y Gobernación, junto con la Comisión Municipal, para su debido dictamen.

      Por favor, al honorable Diputado Wilfredo Navarro lo solicitamos aquí en la Junta Directiva.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Continuamos con el mismo Adendum No. 10, en el punto III: PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
      Managua, 12 de Septiembre del 2001.
      EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Honorable Señor Presidente:

      El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presentamos la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN EXCOMBATIENTES HISTORICOS 18 DE MAYO ESTELI (A.E.H.18 ME.) Asociación civil sin fines de lucro, de interés social, moral, apolítica, de duración indefinida, patrimonio propio, con domicilio en la ciudad de Estelí. Constituida en Escritura Pública número ciento setenta y uno (171), ante los oficios notariales del Licenciado LEONIDAS MAIRENA CENTENO, del día treinta y uno de Agosto del año dos mil uno.

      ASOCIACION EXCOMBATIENTES HISTORICOS 18 DE MAYO ESTELI(A.E.H.18ME.), se constituyó bajo los siguientes objetivos y fines:

      1. Promover proyectos habitacionales de los asociados y familias de escasos recursos y carezcan de su casa de habitación.

      2. Crear una oficina de gestión permanente para los excombatientes y otros sectores.

      3. Crear programas de educación técnica vocacional y profesional para los excombatientes y su núcleo familiar.

      4. Crear fondos revolventes para financiar a los asociados que deseen desarrollarse de manera independiente.

      Por lo antes expuesto, considero que la ASOCIACION EXCOMBATIENTES HISTORICOS 18 DE MAYO ESTELI (A.E.H.18.ME.), es una Asociación sin fines de lucro y de vital importancia e interés para el desarrollo social, económico y profesional de los excombatientes a nivel nacional, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida por el Plenario y remitirla a Comisión para su debido dictamen y posterior aprobación.


      Atentamente,


      LIC. JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
      DIPUTADO

      Hasta aquí la Exposición de Motivos

      Se presentan la siguientes Asociaciones, junto con esta Exposición de Motivos:

      3.176. ASOCIACIÓN EXCOMBATIENTES HISTORICOS 18 DE MAYO ESTELI (A.E.H.18.ME.).

      3.177. ASOCIACION IGLESIA CRISTIANA CRISTO A LAS NACIONES DE NICARAGUA.

      3.178. ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO CAMPESINO DE NUEVA GUINEA (ACODECNUG).

      3.179. ASOCIACION GRUPO MALINCHE ZONA SUR DE NANDAIME (ASOCIACION MALINCHE NANDAIME).

      3.180. ASOCIACION CONSEJO MUNDIAL DE IGLESIAS CRISTIANAS (CMIC).

      3.181. ASOCIACION NICARAGÜENSE DE ENFERMOS DE PARKINSON.

      3.182. ASOCIACION ORGANIZACION POR LAS REIVINDICACIONES PARA LOS DESALZADOS (OPREDES)

      3.183. ASOCIACION CRISTIANA PARA LA ATENCION INTEGRAL EN SALUD EN DIOS HAREMOS PROEZAS (ACPAIS).

      3.184. FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMANO DE NICARAGUA, ACCION VERA PAZ (FUNDACION ACCION VERA PAZ).

      Hasta aquí la Presentación de Personalidades Jurídicas y la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión de Defensa y Gobernación, para su dictamen.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Entonces continuamos en el Adendum 10, Punto VI: DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS PRESENTADOS POR LA COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION.
      DICTAMEN

      Managua, 12 de Noviembre del 2001.


      Licenciado
      Oscar Moncada Reyes
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Presidente:

      Los suscritos Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, nos reunimos para dictaminar la solicitud de la Personalidad Jurídica de la ASOCIACION UNION NICARAGÜENSE DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (CONIMIPYME), con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua, presentada por el Diputado José Ernesto Bravo Moreno, en la continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el dieciséis de Octubre del dos mil uno.

      Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: La promoción, desarrollo y defensa de los intereses de las MIPYME´s nicaragüenses; 2) Fomentar la organización y unidad gremial de los distintos sectores de las MIPYME's; 3) Contribuir al desarrollo de la economía nacional y en particular de las MIPYME´s en general; 4) Propiciar el mantenimiento y desarrollo de las relaciones instituciones, fluidas y constructivas, entre los factores de la producción.

      Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: FLORA VARGAS; 2) ZACARIAS MONDRAGON; Secretario: DONALD PORRAS; Tesorero: JUAN PABLO HERRERA; Vocal: CESAR ISMAEL BERMUDEZ RODRIGUEZ; Fiscal: GILBERTIO ALCOCER LOPEZ.

      Los Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No.147. Asimismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

      Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 56, inciso 5 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de personalidad jurídica.

      Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de personalidad jurídica a la ASOCIACION UNION NICARAGÜENSE DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (CONIMIPYME).

      Atentamente,

      COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION

      WILLIAM MEJIA FERRETI
      PRESIDENTE
      ERNESTO ROMERO ANGULO
      PRIMER SECRETARIO

      ANTONIO RIZO ZAMORA
      MIEMBRO
      JOSÉ MARIA SANCHEZ SANTANA
      MIEMBRO

      CARLOS HURTADO CABRERA
      MIEMBRO
      PEDRO JOAQUÍN RÍOS
      MIEMBRO
      MAXIMINO RODRÍGUEZ M.
      MIEMBRO

      Junto con este Dictamen se presentan las siguientes Asociaciones:

      6.115. ASOCIACION UNION NICARAGÜENSE DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (CONIMIPYME).

      6.116. ASOCIACION AMERICANA NICARAGÜENSE PARA EL DESARROLLO (AMENID).

      6.117. ASOCIACION UNIVERSIDAD THOMAS MORE (UTM).

      6.118. ASOCIACION EDUCATIVA LASALLISTA.

      6.119. ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION DEL DEPARTAMENTO DE RIVAS (A.D.E.D.E.R.).

      6.120. ASOCIACION PATRONATO DE REOS INTERNOS Y LIBERADOS DE CARAZO (ASPRIL-CARAZO).

      6.121. ASOCIACION DE COMERCIANTES DEL MERCADO CENTRAL (ACOMERCEN).

      6.122. ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS DE CABLES (ADPEC).

      6.123. ASOCIACION PARA EL FINANCIAMIENTO, CAPACITACION Y DESARROLLO (AFCADES).

      6.124. ASOCIACION CENTRO NICARAGUENSE DE ESTUDIOS DE DERECHO (CENED).

      6.125. ASOCIACION MINISTERIO DE FE INTERNACIONAL.

      6.126. ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO INTERNACIONAL DE PRISIONES “CRISTO LIBERTA” (MEIPCL).

      6.127. ASOCIACION IGLESIA PENTECOSTAL EBEN-EZER EN NICARAGUA.

      6.128. ASOCIACION MISION EVANGELICA TABERNACULO DE SANTIDAD ESPIRITU SANTO Y FUEGO (MESYF).

      6.129. ASOCIACION MINISTERIO DE CARIDAD PAN Y VIDA (MICAPYV).

      6.130. ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO EL ALFARERO “EL ALFARERO”.

      6.131. ASOCIACION MISION IGLESIA EVANGELICA DE CRISTO.

      6.132. ASOCIACION MINISTERIO EVANGELICO PODER DE DIOS PENTECOSTES.

      6.133. ASOCIACION MINISTERIO GLORIA A DIOS DE NICARAGUA.

      6.134. ASOCIACION CONCILIO PENTECOSTES FUENTE DE AGUA VIVA EN NICARAGUA.

      6.135. ASOCIACION DE IGLESIA FUENTE DE JACOB SAN JUAN 4.14.

      6.136. ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO Y COMUNITARIO (MECOM).

      6.137. ASOCIACION PRIMERA IGLESIA LATINA LIBRE EN NICARAGUA.

      6.138. ASOCIACION MISIONERA EVANGELICA DE NICARAGUA (ASOMENIC).

      6.139. ASOCIACION LA GRAN UNIFICACION DE LA IGLESIA DEL SEÑOR (LAGUNISE).

      6.140. ASOCIACION IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES PODER DE DIOS DE NICARAGUA INCORPORADA (IGLESIA MISIONERA PODER DE DIOS).

      6.141. ASOCIACION RELIGIOSA DE LA IGLESIA PENTECOSTES DEL NOMBRE DE JESUCRISTO DE NICARAGUA.

      6.142. ASOCIACION CENTRO PARA EL DESARROLLO TANSFORMADOR “NEHEMIAS” (CENTRO NEHEMIAS).

      6.143. ASOCIACION CONCILIO INTERNACIONAL DE IGLESIAS EVANGELICAS EL PRINCIPE DE PAZ “EL BUEN CAMINO”.

      6.144. ASOCIACION IGLESIA PENTECOSTAL FE Y SANTIDAD.

      6.145. ASOCIACION DEL ENFERMO DEL INGENIO SAN ANTONIO (ASDEENFISA).

      6.146. ASOCIACION COMUNIDAD ECLESIAL DE BASE SANTISIMA TRINIDAD SAN PABLO APOSTOL, COLONIA NICARAO (A.C.E.B.COLONIA NICARAO).

      6.147. ASOCIACION CENTRO DE ESTUDIO BIBLICO BASICO (CEBIBA).

      6.148. ASOCIACION CENTRO DE RESTAURACION “EL BUEN PASTOR”.

      6.149. FUNDACION JOSE ALFONSO CUADRA GARCIA.

      6.150. FUNDACION PARA EL DESARROLLO DEL MEDIO AMBIENTE “FUNDACION DIRIANGEN”.

      6.151. FUNDACION DE BASES DE EXCOMBATIENTES DE LA RESISTENCIA INDIGENAS POR LOS DERECHOS A LA TIERRA DE LA COSTA ATLANTICA DE NICARAGUA (INDIAN KLUNA IWANKA TASBAYKA LAKA AIKLAKLABRIKA NA NIK).

      6.152. FUNDACION ALBERGUE DE MUJERES NICARAGÜENSES LA BUENA ESPERANZA (FUNAMUBE).

      6.153. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL IMABITE (FIBA).

      6.154. FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE ESTELI (FUNDIE).

      Hasta aquí los dictámenes.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión en lo general.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      A discusión en lo particular.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION UNION NICARAGÜENSE DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (CONIMIPYME), sin fines de lucro, de duración indefinida, y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

      Hasta aquí el artículo.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

      Hasta aquí el artículo.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.3 La ASOCIACION UNION NICARAGÜENSE DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (CONIMIPYME), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

      Hasta aquí el artículo.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

      Hasta aquí el artículo 4, y el Decreto.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo, y así toda la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Continuamos con el Adendum No. 9, en el Punto VI: DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS PRESENTADOS POR LA COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION.

      Vamos a leer el Dictamen.
      DICTAMEN

      Managua, 12 de Noviembre del 2001.


      Licenciado
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Presidente:

      Los suscritos Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, nos reunimos para dictaminar la solicitud de la Personalidad Jurídica de la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO-S-XXI)(ASDECOM-S-XXI), con domicilio en el Municipio de Sébaco, Departamento de Matagalpa, presentada por el Diputado Maximino Rodríguez Martínez, en la continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el dieciséis de Octubre del dos mil uno.

      Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo rural y urbano, teniendo como principio general la mejoría de la población rural y urbana en cuanto a vivienda y servicios públicos básicos, a través de la gestión ante el Gobierno y cooperación internacional; 2) Promover la justicia social a través de la capacitación, orientación y participación ciudadana; 3) La reafirmación de la identidad cultural nicaragüense; 4) Conservación, uso racional y sostenible del medio ambiente; 5) Promover aquellas actividades que sirvan de facilitador para el desarrollo local, los gobiernos municipales del país, así como la cooperación de los diferentes Municipios entre sí y de estos Municipios con similares de otros países interesados en tal actividad, y la obtención de recursos económicos y técnicos para financiar proyectos determinados.

      Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MAXIMINO RODRIGUEZ; Vicepresidente: SANDER QUINTANA GARCIA; Secretario: RAMON OBANDO VISCAYS; Tesorero: GUILLERMO GARCIA DUARTE; Vocal: JOSÉ EVENOR PERALTA GONZALEZ; Fiscal: ALBERTO MARTINEZ CACERES.

      Los Miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147. Asimismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a la dispuesto en la Constitución Política.

      Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 56, inciso 5 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de personalidad jurídica.

      Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de personalidad jurídica a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO-S-XXI (ASDECOM-S-XXI).

      Atentamente,
      COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION

      WILLIAM MEJIA FERRETI
      PRESIDENTE
      ERNESTO ROMERO ANGULO
      PRIMER SECRETARIO

      CARLOS HURTADO CABRERA
      MIEMBRO
      DAMISIS SIRIAS VARGAS
      MIEMBRO

      PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN
      MIEMBRO

      MAXIMINO RODRÍGUEZ M.
      MIEMBRO

      A continuación vamos a leer la lista de las Personerías Jurídicas:

      6.115. ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO-S-XXI (ASDECOM-S-XXI).

      6.116. ASOCIACION CRISTO RESUCITADO.

      6.117. FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS RESERVAS SILVESTRES PRIVADAS DE NICARAGUA (RED DE RESERVAS SILVESTRES PRIVADAS).

      6.18. FUNDACION ROBERTO TERAN (FUNDACION R.T.).

      Hasta aquí la lista.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      A discusión en lo particular.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto.1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO-S-XXI (ASDECOM-S-XXI), sin fines de lucro, de duración indefinida, y con domicilio en el Municipio de Sébaco, Departamento de Matagalpa.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación

      se cierra.

      56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RÍOS CASTELLON:

      Arto.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto.3 LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO-S-XXI (ASDECOM-S-XXI), estará obligada al complimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 3.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 4, y así toda la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a pasar al Adendum 10, Punto II: DISCUSION DE DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEYES PRESENTADOS POR LAS DIFERENTES COMISIONES.

      2.30: LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A LA DONACION DEL BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO E IDENTIFICADO CON EL NUMERO REGISTRAL 122,278, A FAVOR DE LA ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO, CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA Y (CECRISDEFA).
      DICTAMEN

      8 de Noviembre del 2001.


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A LA DONACION DEL BIEN INMUEBLE, PROPIEDAD DEL ESTADO E IDENTIFICADO CON EL NUMERO REGISTRAL 122,278 A FAVOR DE LA ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA (CECRISDEFA).

      La Comisión, en relación a este Proyecto de Ley, ha valorado los siguientes factores:

      1) La Asociación civil sin fines de lucro CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA, (CECRISDEFA), es una organización con domicilio en la ciudad de Managua, habiéndose otorgado su personalidad jurídica mediante el Decreto 1881, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 84.

      2) La Asociación CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA (CECRISDEFA), desde su constitución ha venido desarrollando una labor social sin fines de lucro, respondiendo de esta manera a dos mil seiscientas familias (2,600) que viven en una situación de extrema pobreza, ubicados en las comunidades de “Lomas de San Judas” y “Tierra Prometida”.

      3) CECRISDEFA cuenta con una escuela para educación preescolar y primaria, atendiendo a una población de aproximadamente cuatrocientos niños (400) de Preescolar y Primaria.

      4) CECRISDEFA ha constituido un comedor infantil en donde se atienden a cien niños (100) menores de seis años, con alimentos canalizados por el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y Feed The Childrens; estos cien niños son seleccionados dentro de los más pobres y necesitados de la comunidad.

      5) CECRISDEFA, también cuenta con un edificio en el que funcionan cuatro Albergues (4), en el que se prestan albergues a niños huérfanos que han quedado sin padre y madre como producto de la guerra, droga o desastres naturales. En la actualidad ya se encuentran operando a plena capacidad dos de los cuatro albergues atendiendo a una población de 24 niños.

      6) Las edificaciones antes mencionadas y en los que operan los programas de enseñanza preescolar y primaria, comedor infantil y albergues para niños huérfanos, todos ellos impulsados por CECRISDEFA, están ubicadas en terrenos propiedad del Estado en el asentamiento progresivo conocido como Lomas de San Judas. Estos terrenos le fueron facilitados de manera pacífica por los pobladores de este asentamiento humano, como una forma de colaborar con el Estado nicaragüense en la solución de los problemas económicos y sociales.

      7) Dentro de sus planes para el año 2001, CECRISDEFA proyecta iniciar la construcción de una Policlínica Médica, un Centro de Enseñanza Secundaria y un Instituto Técnico Vocacional para jóvenes y adolescentes.

      8) De tal manera que habiendo sido titulado este asentamiento en su totalidad por parte del gobierno y considerando la importancia de la obra desarrollada por CECRISDEFA, es importante y justo que esta Organización cuente dentro de su patrimonio con un terreno propio, debidamente legalizado y por esta razón solicitamos el apoyo del Estado requiriendo la donación de este terreno en el que puedan continuar construyendo infraestructura adecuada para cumplir con los diferentes programas.
      CONSIDERANDO

      Que mediante este Proyecto de Ley se pretende autorizar al Poder Ejecutivo la donación del Bien Inmueble propiedad del Estado, identificado con el Número Registral 122,278, a favor de la Asociación civil sin fines de lucro CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA (CECRISDEFA).

      Que dicho proyecto no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, Dictaminamos Favorablemente el PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A LA DONACION DEL BIEN INMUEBLE, PROPIEDAD DEL ESTADO, E IDENTIFICADO CON EL NUMERO REGISTRAL 122,278, A FAVOR DE LA ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA (CECRISDEFA), por lo que solicitamos al Honorable Plenario su aprobación respectiva.

      Anexamos el Proyecto de Ley dictaminado.
      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO.



      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS

      DORA ZELEDON ZELEDON
      BAYARDO ARCE CASTAÑO

      CARLOS HURTADO CABRERA
      PEDRO JOAQUIN RIOS C.

      WALMARO GUTIERREZ MERCADO
      OSCAR MONCADA REYES

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión en lo general.

      Tiene la palabra el honorable Diputado Noel Delgado Cuadra.

      DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA:

      Gracias, señor Presidente en funciones.

      Si se me permite en esta oportunidad, tal vez no manifestarme sobre el particular, pero se hace necesario, señor Presidente, honorable Junta Directiva, honorables Diputados, como un homenaje a la prensa nicaragüense, a la prensa nacional, ya que el día de ayer fue sepultado en Jinotepe, Departamento de Carazo, uno de los periodistas más brillantes y educador a la vez, como es el Licenciado Leonel Delgado López, quien se distinguió por su verticalidad política de dirigente, de maestro, de periodista.

      Fue el Licenciado Leonel Delgado López un luchador permanente a favor del magisterio nacional. Y aunque las nuevas generaciones de los periodistas quizás no lo puedan recordar, pero hay mil anécdotas sobre su trabajo desarrollado tanto en los medios de comunicación hablados como en los escritos; fue una pluma brillante en el diario La Prensa, compañero del Diputado Bayardo Arce, donde los dos cubrían la fuente parlamentaria en aquellos días.

      Leonel también fue un sandinista inclaudicable. En los momentos de la campaña política siempre se manifestó a favor de su partido, y eso tiene que ser admirado por las nuevas generaciones, porque el Licenciado Leonel Delgado López siempre anduvo al lado de los desvalidos, al lado de los que no tienen techo, de los que no tienen trabajo; fue precursor de la Asociación de Periodistas de Nicaragua, en una organización que se llamaba Asociación de Periodistas de Oriente.

      Sirva este momento, honorable Presidente en funciones, para rendirle homenaje a una de las plumas más brillantes que hoy reposa en la santa tierra y que ha sido bien recibido -nosotros tenemos la seguridad- por nuestro Señor.

      Gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión en lo general.

      (Estamos en el tema. No lo pidió? Okey).

      DIPUTADO NOEL DELGADO CUADRA:

      Es que estábamos pidiendo a la vez, en honor a ese hombre grande del periodismo nacional, brindarle un minuto de silencio.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      Quisiera rogarles a nuestros queridos colegas parlamentarios, para evitar deslucir una cosa tan hermosa como la petición que hacía en medio de una discusión de un proyecto, que hubiéramos dejado concluir la discusión del proyecto de ley y después hubiera sido más hermoso, no que lo confundimos; no obstante, pues, bien merecido tiene el homenaje que le hemos brindado el extinto y distinguido periodista.

      Por lo tanto, les ruego que nos centremos en este tema, y si hay otras cosas pues al final las vamos a discutir, por favor.

      Tiene la palabra el honorable Diputado, Licenciado Bayardo Arce Castaño. No?

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      A discusión en lo particular.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto.1 Se autoriza al Poder Ejecutivo para que del remanente de la propiedad del Bien Inmueble propiedad del Estado, inscrito bajo el No. 122,278, Tomo 1910, Folio 1 al 3; 9 y 12, Asiento 1 de la Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua, efectúe una donación de un Lote de Terreno, con un área de 8,244.86 metros cuadrados equivalentes a 11,694.63 varas cuadradas, comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Propiedad de INMINE, Finca de AGROMAC y Tierra Prometida; SUR: Restos de la Finca Santa Ana, propiedad del Estado; ESTE: Finca propiedad de Mongens Erichen; OESTE: Resto de la Finca Santa Ana, propiedad del Estado, No. Catastral 2952-3-08-000-N/C, a favor de la Asociación Civil sin fines de lucro CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA (CECRISDEFA).

      Hasta aquí el artículo 1.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto.2 El Poder Ejecutivo mediante acuerdo autorizará al Procurador General de Justicia para que comparezca ante la Notaría del Estado, a suscribir la respectiva Escritura de Donación a favor de la Asociación civil sin fines de lucro CENTRO CRISTIANO DE DESARROLLO FAMILIAR FE MUTUA (CECRISDEFA).

      Hasta ahí el artículo 2.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Artículo 3, que allí aparece como 4, pero es el 3.

      Arto.3 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo, y así toda la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a pasar al siguiente punto, si me hace usted el favor, señor Secretario.

      SECRETARIO CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA:

      2.31:LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A PERMUTAR CON LA FEDERACION DE ASOCIACIONES GANADERAS DE NICARAGUA (FAGANIC) VARIOS LOTES DE TERRENOS PERTENECIENTES AL ESTADO.
      DICTAMEN
      29 de Octubre del 2001.

      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho

      Estimado Señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A PERMUTAR CON LA FEDERACION DE ASOCIACIONES GANADERAS DE NICARAGUA (FAGANIC), VARIOS LOTES DE TERRENOS PERTENECIENTES AL ESTADO.

      La Comisión, en relación a este Proyecto de Ley, ha valorado los siguientes factores:

      1) La Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), es propiedad del Bien Inmueble inscrito bajo el No. 36.939, Asiento 4 Folio 267 del Tomo 804 y Folio 44 del Tomo 2010, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua, situado en las cercanías del Centro Comercial Managua, con un área de Nueve mil quinientos sesenta y siete punto cinco mil doscientos cuarenta y dos metros cuadrados (9,567.5242 Mts.2), con un valor catastral de seis millones setenta y ocho mil ochocientos noventa y nueve córdobas con cincuenta centavos (C$6,078.899.50), propiedad que se encuentra ocupada desde los años 80 por la Delegación Policial del Distrito Cinco de la ciudad de Managua, siendo materialmente imposible su devolución.

      2) El Estado de Nicaragua es dueño de cinco bienes inmuebles ubicados en el lugar llamado Asese, jurisdicción del Departamento de Granada, inscritos bajo: 1) El No. 19.148, Folios 258 al 263 del Tomo 289, Asiento 1 con un área de cinco hectáreas con seis mil cuatrocientos metros cuadrados (5 Has. 6,400 Mts.2); 2) El No. 19.150, Folios 275 al 281 del Tomo 289, Asiento 1 con un área de siete hectáreas con tres mil cuatrocientos metros cuadrados (7 Has. 3,400 Mts.2); 3) El No. 19,147, Folios 253 al 257, del Tomo 289, Asiento 1 con un área de nueve hectáreas con dos mil quinientos metros cuadrados (9 Has. 2,500 Mts.2); 4) El No. 13.341, Folio 154 del Tomo 266, Folio 167 del Tomo 276, Asiento 7 con un área de cinco hectáreas (5 Has.) Y 5) El No. 13.362, Folio 164 y 165 del Tomo 276, Asiento 8 con un área de tres hectáreas con cuatro mil trescientos metros cuadrados (3 Has. 4,300 Mts.2), todos de la Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Granada, con un valor catastral total de tres millones novecientos sesenta y siete mil cincuenta y cinco córdobas con veintiocho centavos (C$3,967.055.28).

      3) El Gobierno de la República de Nicaragua, tiene como política fundamental en materia de derecho de propiedad, la devolución o compensación de los bienes inmuebles que de una u otra manera fueron afectados por actos de expropiación, confiscación u ocupaciones, y que para solucionar estos problemas de propiedad el Poder Ejecutivo puede permutar como un equivalente a la restitución material del bien al reclamante, otros inmuebles de propiedad del Estado de valores similares.
      CONSIDERANDO

      Que mediante este Proyecto de Ley se pretende autorizar al Poder Ejecutivo a permutar con la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), varios lotes de terrenos pertenecientes al Estado. Que dicho proyecto no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, y que el mismo está en armonía con el artículo 1 de la Ley número 204, “Reforma a la Ley de Disposiciones de Bienes del Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos”, y con el artículo 140, numeral 2 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, los suscritos Diputados de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, Dictaminamos Favorablemente el PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A PERMUTAR CON LA FEDERACION DE ASOCIACIONES GANADERAS DE NICARAGUA (FAGANIC), VARIOS LOTES DE TERRENOS PERTENECIENTES AL ESTADO, por lo que solicitamos al Honorable Plenario su aprobación respectiva.

      Anexamos el Proyecto de Ley Dictaminado.

      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS

      DORA ZELEDON ZELEDON
      BAYARDO ARCE CASTAÑO

      CARLOS HURTADO CABRERA
      PEDRO JOAQUIN RIOS C.

      WALMARO GUTIERREZ MERCADO
      OSCAR MONCADA REYES
      WILLIAM MEJIA FERRETI

      Hasta aquí el dictamen.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión en lo general.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.

      A discusión en lo particular

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.1 Se autoriza al Poder Ejecutivo para que efectúe permuta con la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), mediante la cual, el Estado traspasa a la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), los bienes inmuebles de su propiedad, inscritos bajo: 1) El N°19,148, Folios 258 al 263 del Tomo 289, Asiento 1; 2) el N° 19,150, Folios 275 al 281 del Tomo 289, Asiento 1; 3) El N° 19,147, Folios 253 al 257, del Tomo 289, Asiento 1; 4) El N° 13,341, Folio 154 del Tomo 266, Folio 167 del Tomo 276, Asiento 7; y 5) El N° 13,362, Folios 164 y 165 del Tomo 276, Asiento 8, todos de la Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Granada y el Estado adquiere de la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC), el bien inmueble inscrito bajo el N° 39,939, Asiento 4, Folio 267 del Tomo 804, Folio 44 del Tomo 2010, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua.

      Hasta aquí el artículo 1.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.2 El Poder Ejecutivo mediante Acuerdo autorizará al Procurador General de Justicia, para que comparezca ante la Notaría del Estado, a suscribir la Escritura Pública de Permuta respectiva a favor de la Federación de Asociaciones Ganaderas de Nicaragua (FAGANIC).

      Hasta aquí el artículo.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.3 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

      Hasta aquí el artículo.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 3 y así toda la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Continuamos con el Adendum N 9,en el Punto 2.27

      DICTAMEN
      Managua, 14 de Noviembre del 2001.


      Licenciado
      Oscar Moncada Reyes
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Presidente:


      El día veinticuatro de octubre del presente año, el Primer Secretario de la Asamblea Nacional, remitió a la Comisión de Población y Desarrollo Comunal, el Proyecto de Ley de Adición a la Ley N° 373, Ley de Reconocimiento a Derechos adquiridos de los habitantes del Barrio "Isaías Gómez", para su correspondiente dictamen.

      ANTECEDENTES

      Con fecha 13 de Diciembre del año dos mil, se aprobó en la Asamblea Nacional, la Ley de Reconocimiento a Derechos Adquiridos de los habitantes del Barrio "Isaías Gómez", la que fue publicada en La Gaceta número 23 del primero de Febrero del presente año, la que reconoce los derechos que tienen los habitantes de dicho barrio para gozar del Decreto N° 309 de la Ley de Condonación de Adeudo del 14 de Febrero de 1988.

      El presente Proyecto de Ley a dictaminarse, tiene como finalidad otorgarles, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Patrimonio Familiar, Escrituras de Propiedad para las madres y los hijos o el padre y los hijos que habitan en el Barrio "Isaías Gómez", para que gocen de las prerrogativas definidas por las leyes en lo que se refiere a las propiedades.

      Los suscritos miembros de la Comisión, al estudiar con detenimiento el Proyecto de Ley y revisado la documentación relacionada con el mismo, analizamos que es importante reconocer que en nuestro país existe una gran cantidad de hogares en los que el núcleo familiar está integrado únicamente por la madre y los hijos o el padre y los hijos, los que tienen iguales deberes que cumplir con el núcleo familiar; mismos que se encuentran establecidos en nuestra Constitución Política, por lo que consideramos necesario se les extienda Escrituras de Propiedad a los ya mencionados en el caso respectivo.

      Por tales razones, los suscritos miembros, fundamentados en el Arto. 138, inciso 1) de la Constitución Política y en los Artos. 44 y 50 del Estatuto General de la Asamblea Nacional; decidimos Dictaminar Favorablemente el Proyecto de Ley de Adición a la Ley N 373, Ley de Reconocimiento a Derechos adquiridos de los habitantes del Barrio "Isaías Gómez", por lo que sometemos a la consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, el presente dictamen, dado que el mismo no se opone a la Constitución Política, a las Leyes constitucionales ni a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Nicaragua.

      Adjuntamos el texto del mismo y les solicitamos su aprobación.

      COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO COMUNAL


      REYNALDO LAGUNA MAIRENA
      PRESIDENTE
      FRANCISCO PÉREZ ORTEGA
      PRIMER VICEPRESIDENTE

      FRANCISCO PÉREZ GÓMEZ
      SEGUNDO VICEPRESIDENTE
      ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ
      MIEMBRO

      AUGUSTO C. LÓPEZ GONZÁLEZ
      MIEMBRO

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión en lo general.

      Tiene la palabra el honorable Diputado Nathán Sevilla.

      DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Este proyectito de ley, parece que viene a ayudar a resolver en la vida real un problema que normalmente está presente, pero que no se le ha prestado la debida atención, y es cuando la familia tiene un jefe que puede ser la mujer o el hombre, pero el otro no está en la casa, no vive ahí, tiene otra vida separada, aparte. Entonces se dificulta el mecanismo de la legalidad, del beneficio social que se aprobó en la Asamblea Nacional hacia estas familias, si no se les da la posibilidad de que los cabezas de familia solteros, que tienen la carga familiar, que viven en esa casa, puedan acceder a tener el derecho pleno de la propiedad de esa casa.

      Y con este proyectito se está resolviendo esa situación favorablemente hacia esta comunidad que ha estado entrabada, y que no ha podido recibir el beneficio de la ley que fue aprobada en esta Asamblea Nacional para esos efectos.

      Muchas gracias, Presidente.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      Tiene la palabra el honorable Diputado Reynaldo Laguna.

      DIPUTADO REYNALDO LAGUNA:

      Gracias, señor Presidente.

      Nosotros hicimos la consulta sobre esta ley, que es anexar un nuevo artículo a la Ley 373, y descubrimos que era necesario dictaminar favorablemente, ya que en este barrio se encuentran pobladores que quedaban fuera de la ley, ciudadanos hombres o mujeres o hijos que no tenían derecho a adquirir documentos producto de la Ley 373. Por lo tanto, la Comisión encontró necesario que se dictaminara favorablemente y para corregir ese defecto que había quedado en esta ley y podamos darle respuesta a ciudadanos, que tengan derecho a obtener sus documentos de seguridad, ya sea de sus lotes o de sus viviendas, estoy haciendo un llamado a todos los honorables Diputados para que votemos favorablemente esta ley.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general. A discusión en lo particular.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto.1 Por ministerio de la presente Ley, adición a
      la Ley N° 373, Ley de Reconocimiento a Derechos Adquiridos de los Habitantes del Barrio "Isaías Gómez", un artículo, el que se leerá de la siguiente forma:

      Artículo 3. Sin perjuicio de lo establecido
      por la Ley de Patrimonio Familiar y para el preciso caso del Barrio "Isaías Gómez", las escrituras mencionadas en el Artículo 2 de la Ley 373, en el caso en que el núcleo familiar esté conformado únicamente por la madre y los hijos o el padre y los hijos, éstas podrán ser extendidas a nombre de uno de los cónyuges y sus hijos.

      Hasta aquí el artículo 1.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Se va a leer el último artículo, pero antes de leerlo quiero felicitar a las señoras del Barrio Isaías Gómez.

      Arto 2. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo, 2 y así toda la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a continuar, para después cederle la palabra al Procurador de los Derechos Humanos, que nos está esperando muy pacientemente.

      Vamos a continuar con el Adendum N° 1.

      2.8: LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA.

      DICTAMEN
      Managua,5 de Diciembre del 2000.


      Doctor
      Oscar Moncada Reyes
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su despacho.

      Señor Presidente:

      La Comisión de Justicia ha estudiado con detenimiento el Proyecto de Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, que le fuera remitida para su debido dictamen.

      La Comisión tomó nota de las inconstitucionalidades que contenía el Proyecto de Ley, señaladas en el documento de observaciones elaborado por la Asesoría Jurídica y de la comunicación enviada con fecha 29 de Noviembre del 2000, por el Doctor José Denis Maltez Rivas en su carácter de Sub-Procurador General de Justicia de la Procuraduría General de Justicia, en donde informa a esta Comisión sobre las modificaciones que han realizado al Proyecto original, para adecuarlo a las sugerencias señaladas por la Asesoría de la Comisión, en el documento de observaciones al Proyecto de Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia.

      Con estas modificaciones, el Proyecto de Ley se adecúa al marco jurídico constitucional y adquiere coherencia con el ordenamiento legal vigente.

      No existiendo ya ningún inconveniente de tipo legal o constitucional, la Comisión de Justicia dictamina favorablemente el Proyecto de Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, la que en el dictamen se conocerá como Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. El presente proyecto dictaminado no se opone, contradice, ni altera la Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados o Convenios Internacionales ratificados por el Estado de Nicaragua.

      La Comisión considera que este Proyecto de Ley es necesario debido a que la Ley Orgánica de la Procuraduría que se encuentra vigente data del año 1979 y a estas alturas se encuentra obsoleta.

      Solicitamos al Plenario su aprobación en lo general y en lo particular.

      Adjuntamos el texto del dictamen con las modificaciones enviadas por la Procuraduría General de Justicia ya incorporadas.

      SERGIO GARCÍA PINELL
      PRESIDENTE
      PABLO SIERRA CHACÓN
      SEGUNDO VICEPRESIDENTE

      VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
      PRIMER SECRETARIO
      MARIA LOURDES BOLAÑOS
      SEGUNDA SECRETARIA

      LUIS URBINA NOGUERA
      MIEMBRO

      ARNULFO BARRANTES MORAZÁN
      MIEMBRO

      WILLIAM MEJÍA FERRETI
      MIEMBRO
      NOEL PEREIRA MAJANO
      MIEMBRO
      NATHÁN SEVILLA GÓMEZ
      MIEMBRO

      CARLOS FONSECA TERÁN
      MIEMBRO
      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión en lo general.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      Vamos a someter a la consideración del honorable Plenario, si la discusión se hace por capítulos.

      Está a discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Verde si es por capítulos. Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      65 votos a favor, 0 en contra 0 abstención.

      Se va a discutir por Capítulo.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      CAPÍTULO I

      De la Procuraduría General de la República

      Arto.1. (Objeto y Naturaleza):

      La Procuraduría General de la República adscrita al Poder Ejecutivo con independencia funcional, tiene a su cargo la representación Legal del Estado de la República de Nicaragua en lo que concierne a los intereses y a las materias que la presente ley determine, con funciones específicas de Asesoría y Consulta de los órganos y entidades estatales. Sus dictámenes serán de obligatorio cumplimiento dentro de los órganos del Poder Ejecutivo.

      Arto.2. (Atribuciones):

      Son atribuciones de la Procuraduría General de la República las siguientes:

      1. Ejercer la Representación Legal del Estado en los negocios de cualquier naturaleza que se ventilen o deban ventilarse en los Tribunales de Justicia.

      2. Representar al Estado en todos los actos y contratos que deban formalizarse en escritura pública.

      3. Brindar asesoramiento, rendir informes y evacuar dictámenes que acerca de cuestiones legales le soliciten los Organismos Públicos.

      4. Elaborar los estudios jurídicos que le encomiende el Poder Ejecutivo.

      5. Intervenir en la defensa del ambiente con el fin de garantizar el derecho constitucional de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

      6. Representar al Estado como persona privada en causas penales, civiles, laborales, contencioso administrativo, constitucional, agrarias, ambientales, de finanzas, en asuntos sobre propiedad ya sea como demandante o demandado.

      7. Conocer de las resoluciones del Procurador de Derechos Humanos y prestar a los órganos del Estado la asesoría necesaria para su debida observancia.

      8. Mediar y servir como árbitro de equidad o derecho en asuntos cuya solución pueda interesar al Estado.

      9. Asistir con carácter consultivo a las reuniones del Poder Legislativo cuando sea convocado por el Poder Ejecutivo.

      10. Representar los intereses del Estado en todos los demás asuntos que señalen las leyes especiales del país.

      11. Velar por los intereses de la Hacienda Pública.

      12. Garantizar que los títulos de propiedad y de crédito del Estado se guarden en los archivos respectivos y proceder a la reposición de los que se hubieren perdido.

      13. Supervisar que las actuaciones de los funcionarios y empleados del Estado en el desempeño de sus funciones estén ajustadas a derecho.

      14. Colaborar con los procesos de Contrataciones Administrativas del Estado, procurando que se cumpla con las normas establecidas en la ley y reglamento de contrataciones.

      15. Emitir dictamen previo sobre los contratos o convenios internacionales que el Poder Ejecutivo proyecte celebrar, cuando la Constitución Política requiera la aprobación del Poder Legislativo.

      16. Pedir informes a las oficinas públicas sobre datos ilustrativos que requiera la Procuraduría General de la República para el fiel cumplimiento de sus atribuciones.

      17. Ser parte en las diligencias en que los Tribunales deban oír al Ministerio Público en las Leyes de las materias.

      18. Cualesquiera otras atribuciones que le sean otorgadas por ley.

      Hasta aquí el Capítulo I.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      ¿Objeciones al artículo 1? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 2? No hay.

      A votación los dos artículos y el Capítulo.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo I y sus respectivos artículos.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      CAPITULO II
      De la Organización de la Procuraduría General de la República

      Arto.3 (Organización):

      Para el cumplimiento de sus funciones la Procuraduría General de la República estará integrada por: Procurador General de la República, Sub Procurador General de la República, la Notaría del Estado y demás órganos, y sus correspondientes funciones que el Reglamento de la presente Ley establezca.

      Para la atención de asuntos que por lo específico de la materia lo ameriten, se podrán designar Procuradores especiales con las mismas facultades de representación atribuidas al titular.

      Arto.4 (Dirección Superior):

      El Procurador General y el Sub-Procurador General conforman la Dirección Superior de la Procuraduría General de la República, máximo órgano de dirección de la Institución, la cual estará asistida por los órganos de apoyo mencionados en el artículo anterior y por aquellos que sean necesarios crear para el buen desempeño y funcionamiento de la Institución, todos los cuales serán definidos reglamentariamente.

      Arto.5 (Procurador Auxiliar):

      En el ejercicio de sus funciones se considerarán Procuradores Auxiliares de la Procuraduría General de la República todos aquellos Abogados que trabajen en los Ministerios y demás dependencias de los Poderes Estado y presten servicios de Asesoría Jurídica, pudiéndoseles delegar la Representación del Estado para asuntos específicos cuando el Procurador General de la República lo estime conveniente.

      El Reglamento de la presente ley establecerá las normas de coordinación armónica que regirán entre la Procuraduría y las oficinas jurídicas de los Ministerios y demás dependencias de los Poderes del Estado.

      Arto.6 (Notaría del Estado):

      La Notaría del Estado, órgano de la Procuraduría General de la República, podrá tener por designación de ésta, las Notarías que las necesidades del servicio requieran. Los Notarios del Estado serán nombrados por el Procurador General de la República a tiempo completo con sueldo fijo. Para el desempeño de sus funciones deberán utilizar el Protocolo del Estado, el que estará destinado exclusivamente para el otorgamiento de escrituras, referentes a actos y contratos en que sea parte o tenga interés el Estado.

      El Protocolo del Estado se compondrá de tantas Notarías como Notarios se nombren para tal efecto. Cada una de estas deberá llevar la razón de apertura y cierre anual, firmada y sellada por el responsable de la Dirección, bajo la que se encuentra el Departamento de la Notaría del Estado, y se regirá de acuerdo a las disposiciones que establece la ley de la materia, debiendo además identificarse con un número especial de la Notaría a que corresponda, y con la mención del año respectivo. Estas deberán conservarse en las Oficinas de la Notaría del Estado, bajo la custodia del Procurador General de la República.

      Los honorarios que pudieran corresponder al Notario, según el arancel establecido en el Código de Aranceles Judiciales, ingresarán al fondo común del Estado a través del procedimiento fiscal correspondiente.

      Hasta aquí el Capítulo II, y los artículos 3, 4, 5 y 6.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      ¿Objeciones al artículo 3? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 4? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 5? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 6? No hay.

      A votación el Capítulo II y los artículos respectivos.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo II y sus respectivos artículos.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      CAPÍTULO III
      Del Procurador General de la República

      Arto.7 (Del Procurador General de la República):

      El Procurador General de la República es el Funcionario Ejecutivo Superior de la Procuraduría General de la República, con rango de Ministro de Estado; tiene a su cargo su Representación Legal, judicial y extrajudicial, así como la administración de la Institución.

      El Procurador General de la República y el Sub Procurador General serán nombrados por el Presidente de la República ante quien tomarán posesión de sus cargos.

      Arto. 8. (Calidades):

      Para ser Procurador General de la República y Sub-Procurador General se requiere las mismas calidades que la Constitución Política en su artículo 161 establece para los Magistrados de los Tribunales de Justicia.

      Arto.9 (Requisitos de Elegibilidad):

      Los demás Procuradores deberán reunir los requisitos de elegibilidad con respecto a la de edad y capacidad profesional, que para tal efecto se establecerán en el Reglamento de esta ley. En ningún caso podrán ser nombrados a este cargo los que estuvieren enjuiciados o cumpliendo condena, ni los que hubieren sido condenados por la comisión de cualquier delito y los que no observaren una conducta ejemplar. El procedimiento de selección estará regulado en el Reglamento de esta ley.

      Arto. 10 (Nombramiento):

      El Procurador General de la República y el Sub-Procurador General, prestarán la promesa de Ley ante el Presidente de la República, y los Procuradores ante el Procurador General de la República. Del nombramiento, aceptación y promesa se levantará un acta, la cual será suficiente atestado para acreditar la correspondiente personería.

      Arto.11. (Representación de la Procuraduría):

      La Representación de la Procuraduría General de la República le corresponde al Procurador General, quien podrá delegarla al Sub- Procurador General o en algunos de los Procuradores, para uno o varios asuntos o para comparecer en uno o varios actos o contratos notariales de acuerdo a las necesidades de la Procuraduría, mediante respectivo acuerdo; y aun por la vía telegráfica, radiográfica, télex, telefacsímil, correo electrónico o cualquier otro medio tecnológico.

      Arto.12 (Funciones):

      1. Ejercer la Representación Legal del Estado tanto en los asuntos judiciales como extrajudiciales.

      2. Autorizar los Reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

      3. Presentar la memoria anual de las labores de la Procuraduría General de la República.

      4. Autorizar exclusivamente por sí o por delegación específica, los dictámenes evacuados por la Institución, que serán vinculantes para el Poder Ejecutivo y sus dependencias.

      5. Velar porque los funcionarios de la institución desempeñen fielmente su cargo y deducirles responsabilidades en que puedan incurrir.

      6. Dirigir, organizar y administrar la Procuraduría General de la República, para lo cual podrá dictar los reglamentos y disposiciones pertinentes y tomar las medidas y providencias que sean necesarias.

      7. Pedir informe a todos los funcionarios, empleados públicos e instituciones y exigirles que cooperen con él, en las diligencias que necesite llevar a cabo en el ejercicio de sus funciones.

      8. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Institución de acuerdo con las normas y Reglamento respectivo.

      9. Comparecer en Representación del Estado, con previa autorización del Presidente de la República extendida mediante Acuerdo Ministerial respectivo, al otorgamiento de los actos o contratos que deban formalizarse en Escrituras Públicas.

      Arto. 13 (Funciones del Sub Procurador General):

      El Sub-Procurador General desempeñará las funciones que le delegue directamente el Procurador General de la República.

      Arto. 14.(Sustitución):

      El Sub Procurador General sustituirá al Procurador General de la República en caso de ausencia, falta temporal o legítimo impedimento; así como en los casos de ausencia definitiva hasta cuando se nombre el nuevo Procurador General de la República.

      Hasta aquí el artículo 14, del Capítulo III.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      ¿Objeciones al artículo 7? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 8? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 9? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 10? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 11? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 12? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 13? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 14? No hay.

      A votación el Capítulo III y sus respectivos artículos.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo III y sus respectivos artículos.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      CAPITULO IV
      Actuación Asesora y Consultiva de la Procuraduría
      General de la República

      Arto. 15 (Dictámenes):

      Las instituciones u órganos de la Administración Pública por medio de sus máximos representantes, podrán solicitar asesoría o consultar el criterio técnico jurídico de la Procuraduría General de la República.

      Las instituciones u órganos de la Administración Pública, deberán acompañar la opinión de la asesoría legal respectiva, como requisito indispensable para evacuar el dictamen. Los dictámenes firmes tendrán carácter obligatorio dentro del Poder Ejecutivo y sus dependencias y se harán efectivos a través de las autoridades competentes en la jerarquía de las respectivas instituciones.

      Los dictámenes firmes podrán ser objeto de revisión por las instituciones agraviadas ante la Procuraduría General de la República, dentro del término de diez días después de notificado el dictamen firme. El Procurador General de la República tendrá un plazo de treinta días para resolver lo que estime conveniente, agotando con ello la vía administrativa.

      Su incumplimiento acarrea responsabilidades administrativas de multa, equivalente a tres salarios del funcionario responsable, sin perjuicio de responder con su patrimonio por cualquier pérdida o daño patrimonial que sufra el Estado nicaragüense como consecuencia directa de su desobediencia.

      Hasta aquí el Capítulo IV.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      ¿Objeciones al artículo 15? No hay.

      A votación el Capítulo IV, y el artículo 15.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo IV y el artículo 15.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      CAPÍTULO V
      Actuación Procesal de la Procuraduría General de la República

      Arto. 16 (Notificaciones):

      Las Oficinas de la Procuraduría General de la República serán tenidas por las autoridades judiciales y administrativas como casa señalada para oir las notificaciones que correspondan, sin necesidad de señalamiento especial.

      Arto. 17 (Exenciones Fiscales):

      La Procuraduría General de la República usará papel común en toda clase de juicio y actuaciones, y no estará obligada a suplir especies fiscales ni a presentar pliegos de papel sellado para ningún trámite o incidente. Gozará de franquicia postal, radiográfica y telegráfica en el cumplimiento de sus deberes.

      Podrá pedir a cualquier oficina de Gobierno, Institución u Organismo del Estado, informes y certificaciones con sus respectivas copias que estime conveniente para tramitar y fundamentar asuntos de su competencia, las que deberán extenderse en papel común, exentos de todo impuesto o tasa.

      Arto.18.(Suministro de Copia y Citación de Testigos):

      Los Tribunales Jurisdiccionales y Administrativos están obligados a:

      1. A suministrar por una sola vez a la Procuraduría General de la República, copias de todos los escritos y documentos que se presenten en los juicios en que sea parte o tenga interés el Estado.

      2. A suministrarles copias de todas las resoluciones, actas y diligencias, ya sean probatorias o de cualquier otra naturaleza que se practiquen durante la tramitación de los juicios o negocios. Esas copias irán selladas y firmadas por el Secretario del despacho.

      El Tribunal respectivo está obligado a cumplir sin costo alguno para la Procuraduría General de la República, con lo dispuesto en el presente artículo, so pena de nulidad de las subsiguientes actuaciones procesales.

      Arto. 19 (Representación en Juicio):

      Los funcionarios de la Procuraduría General de la República representan al Estado con las facultades correspondientes a los Mandatarios Judiciales según la legislación común, con las siguientes restricciones:

      Recibir dinero, dar recibos, efectuar cancelaciones, condonar deudas en todo o en parte, allanarse o desistir de las demandas o reclamaciones en los negocios, o someterlos a la decisión de árbitros.

      No obstante el Presidente de la República, a través de una autorización especial otorgada por Acuerdo Presidencial, podrá disponer la suspensión de algunas de las restricciones señaladas en este artículo, asimismo de forma excepcional el arbitraje podrá operarse, sin requerimiento de la autorización especial antes señalada, en todos aquellos casos autorizados por la ley.

      Asimismo estarán sujetos a las siguientes prohibiciones procesales: Dejar de establecer las demandas o reclamaciones, en las que deban intervenir como actores; omitir la contestación de la demanda, dejar de presentar las pruebas que le correspondan rendir o abandonar las que hayan propuesto, no interponer oportunamente los recursos que sean procedentes.

      Arto. 20(Prohibición de Desempeñar Otros Empleos Públicos):
      Es prohibido a los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de Justicia servir en cualquier otro cargo o empleo público. Esta prohibición no comprende los cargos docentes.

      Arto.21 (Prohibiciones):

      Quien desempeñe en propiedad cualquiera de los cargos citados en esta ley, no deberá ejercer la Abogacía aunque esté con licencia o separado temporalmente de su puesto por cualquier causa, excepto respecto a sus negocios propios, de su cónyuge o de los parientes por consanguinidad en todos los grados o en la colateral hasta el segundo grado inclusive.

      Arto. 22 (Impedimento):

      Los Funcionarios de la Procuraduría General de la República no podrán intervenir como tales en los negocios y reclamaciones en que tengan interés directo y en los que, de manera análoga, interesen a su cónyuge o a los parientes de ellos, consanguíneos o afines en todos los grados y la colateral hasta el segundo grado inclusive.

      Lo que en contrario de dicho precepto se hiciere, aparte de acarrear responsabilidad al funcionario transgresor no producirá efecto alguno. La nulidad consiguiente deberá ser declarada aun de oficio por los Tribunales de Justicia cuando la intervención se hubiere producido ante estos.

      Hasta aquí el Capítulo V.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      ¿Objeciones al artículo 16? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 17? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 18? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 19?

      Tiene la palabra Nathán Sevilla.

      DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

      Muchas gracias, Presidente.

      El objetivo de una moción de reforma en el párrafo cuarto de este artículo es darle más claridad, donde dice: "Asimismo estarán sujetos a las siguientes prohibiciones procesales: Dejar de establecer las demandas o reclamaciones..." Entonces el Doctor Noel Pereira Majano y yo, presentamos la moción que diría en su segunda línea: "Dejar de interponer", en vez de "dejar de establecer", para darle más claridad.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      ¿Objeciones al artículo 20? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 21? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 22? No hay.

      Vamos a someter a votación todos los artículos antes
      mencionados, junto con la moción de consenso.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el Capítulo V, y los artículos 16 al 22, junto con la moción.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      CAPÍTULO VI
      Disposiciones Transitorias y Finales

      Arto.23. (Transitorio):

      Mientras se organiza el Ministerio Público, la representación en juicio de esta Institución, será ejercida por la Procuraduría General de la República.

      Arto.24 (Reglamento):

      El Presidente de la República elaborará el Reglamento correspondiente en el plazo que determine la Constitución Política.

      Arto.25 (Derogación):

      La presente ley deroga el Decreto No. 36 del 8 de Agosto de 1979 y sus posteriores reformas.

      Arto.26 (Entrada en Vigor):

      La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

      Dada en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los del mes del año dos mil.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      ¿Objeciones al artículo 23? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 24? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 25? No hay.

      ¿Objeciones al artículo 26? No hay.

      Vamos a someter a votación el Capítulo VI, con los artículos que mencioné.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el Capítulo VI y los artículos 23 al 26, y así toda la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a ver la última ley, para después escuchar el informe de nuestro paciente Procurador de los Derechos Humanos.

      Ya vamos a terminar, sólo son dos artículos, en el Adendum N° 10.

      2.29: DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO NO. 1089/SF-NI "PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES".
      DICTAMEN
      22 de Noviembre del 2001


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Está leído. Tiene razón, Doctor, ya se leyó y vamos a discusión en lo general.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a discusión en lo general.

      Tiene la palabra Francisco Espinoza Navas.

      DIPUTADO FRANCISCO ESPINOZA NAVAS:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Como es en lo general, yo quiero hacer una moción en el considerando número I en su parte final, para que se le agregue lo siguiente:

      "Dichos recursos conforme al anexo único del Contrato de Préstamo, serán utilizados para:

      a) Reembolsar el 100 por ciento del costo de divisas de importaciones elegibles, hasta por el equivalente de 29 millones 700 mil dólares de los Estados Unidos de América.

      b) Cubrir los gastos de inspección y vigilancia generales del Banco hasta por 300 mil dólares de los Estados Unidos de América.

      Firmamos esta moción: Saúl Zamora Dicario, Francisco Espinoza Navas y Maximino Rodríguez. Paso la moción.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Bayardo Arce Castaño.

      DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:

      Muchas gracias, Presidente.

      La semana pasada este proyecto se presentó, y en nombre de la Bancada sandinista expresábamos que pese a que el Frente sandinista ha tenido una clara posición de respaldar toda operación externa con el país, sea ésta a través de préstamos o donaciones, en esa ocasión teníamos que abstenernos de votar, debido a que este proyecto venía formulado como un financiamiento al programa del Sistema de Pensiones privatizada; sistema que como todos saben, el Frente Sandinista ha cuestionado en su constitucionalidad, y ante el cual tenemos introducido un recurso de inconstitucionalidad pendiente de fallo en la Corte Suprema de Justicia.

      De igual manera también nos habíamos opuesto a la precipitada reforma que se hizo a la Ley Creadora de la Superintendencia de las Administradoras de Pensiones, para facilitar la elección de un funcionario del Ejecutivo; y también contra esa reforma precipitada tenemos otro recurso introducido.

      Resulta que después de nuestra acción se han dado algunas cosas, por un lado esclarecedoras del verdadero objetivo del préstamo, aunque a su vez insólitas, porque en primer lugar el único organismo que de manera oficial y por escrito se pronunció aclarando el contenido de este préstamo, fue el Instituto de Seguridad Social, que no tiene vela en el entierro, porque se supone que el INSS no es más que un ente ahora supervisado por la Superintendencia de las Administradoras de Pensiones.

      Pero a su vez el Ministro de Hacienda cuando concurrió la semana pasada a la Comisión de Asuntos Económicos a pronunciarse sobre el proyecto de Presupuesto, aclaró que realmente estos fondos no eran para el Sistema de Pensiones, ni tampoco como decía el Dictamen, que el organismo ejecutor era la Secretaría Técnica de la Presidencia, sino que estos fondos son una ayuda del BID para balanza de pagos y el organismo ejecutor es el Ministerio de Hacienda, lo cual pone en evidencia que la forma en que se preparó el dictamen también fue precipitada.

      Porque los Diputados liberales de la Comisión que habían dictaminado favorablemente, lo que hicieron fue repetir lo que decía la primera parte del Convenio y no repararon en una cláusula un poco exótica -a mi juicio- también del BID, porque por una parte se decía que este préstamo era, como dice el título, Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de Pensiones pero viene una cláusula que remite el uso del préstamo a un anexo único y ese anexo único, dice que la plata no es para el Sistema de Pensiones sino que es para balanza de pagos. Es decir, un mecanismo yo diría un poco transparente del mismo BID, tal vez en su afán de ayudar a la balanza de pagos del país.

      Ahora los colegas liberales de la Comisión Económica, recurrieron a otros colegas liberales para rectificar este error y dejar claro lo que debió haber estado claro desde un comienzo, y es que estos treinta millones de dólares los está dando el BID para ayudar a la balanza de pagos del país, porque de lo contrario no existirían recursos ni siquiera para terminar el ejercicio económico de este año. De tal manera que nosotros, de acuerdo a la política que ha seguido el Frente Sandinista, no tenemos ninguna oposición a que vengan estos recursos para ayudar a la balanza de pagos de Nicaragua, y por lo tanto, para ayudar al balance macroeconómico del país.

      Lo que sí es importante, aunque ya estamos terminando nuestra vida como Asamblea, pero algunos de nosotros vamos a seguir aquí en la otra legislatura, pues yo espero que los colegas que queden en las próximas legislaturas tengan más cuidado a la hora de examinar este tipo de proyectos, para que haya la transparencia de la que tanto se está hablando para el futuro del país. Porque es ilógico que el BID nos dé un préstamo para algo, y nos ponga un anexo diciendo que es para otra cosa.

      Es ilógico que nosotros dictaminemos que la plata se va a ocupar para una cosa y ahora resulta que es para otra. Y es ilógico que cuando nosotros consecuentemente con el recurso (de inconstitucional), que tenemos decimos que no vamos a votar, quien salga a aclarar sea un organismo supervisado y no el Ministerio de Hacienda. Pero, visto que esto se ha aclarado y que el país requiere los recursos, la bancada sandinista va a respaldar este proyecto que está sometido en lo general, partiendo de que en el articulado va a quedar preciso que estos 30 millones de dólares vienen para ayudar a la balanza de pagos del país.

      Gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Felicito a la Comisión Económica por haberse puesto de acuerdo; conversando, perfectamente se puede llegar a un acuerdo, sobre todo cuando estaba en duda para qué se iba a ocupar el préstamo.

      El último orador es Leonel Téller Sánchez, y tiene la palabra Maximino Rodríguez.

      DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:

      Gracias, Presidente.

      Con la moción que estamos presentando se aclara un error numérico, que son 300 mil dólares y aquí están hablando de 300 millones de dólares. De tal manera que con la moción que hemos presentado, queda claro el asunto.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Leonel Téller Sánchez.

      DIPUTADO LEONEL TELLER SANCHEZ:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Obviamente no voy a repetir lo que dijo el Diputado Arce, porque fue muy claro en su exposición; sin embargo, hay un tema referente a la balanza de pagos que el Gobierno saliente entrega al Gobierno entrante. Tampoco voy a poner en tela de duda las buenas intenciones de una institución multilateral financiera como es el BID, ya que también mi hermano es funcionario del BID en Washington, tiene el honor de presidir el sindicato único a nivel mundial de los trabajadores. Pero sí me preocupa que la Bretton Woods se preocupa por fortalecer la balanza de pagos de Nicaragua, pero que nosotros los nicaragüenses en nuestras instituciones secuestradas por el actual marco jurídico institucional no protegemos la balanza de pagos.

      En el mes de Marzo se vencen 400 millones de dólares en CENIS que fueron vendidos para poder conseguir este dinero y reforzar las reservas brutas del Banco Central, porque aquí han quebrado ocho bancos, que representan un golpe para las reservas brutas y las reservas netas del Banco Central de 496 millones de dólares. Obviamente tenemos que apoyar y dar el voto para aprobar un préstamo que viene a fortalecer nuestra balanza de pagos, indudablemente. Pero adónde está la justicia y adónde están los 496 millones de dólares que éstos gángsteres. le han pasado ahora a los contribuyentes nicaragüenses para poderlos pagar con nuestros impuestos? allí están los Centeno Roque, en su mansión en Las Colinas, y otra serie de gángsteres.

      Y seguimos endeudando al país, debilitando nuestra capacidad financiera como país y desprestigiándonos en las firmas internacionales de inversiones de capitales, en las Bolsas de Valores de New York, de Londres, de Hong Kong y de Tokio, y tenemos que recurrir a préstamos. Por qué el Fiscal General de la República y el Procurador, hoy que estamos cambiando la Ley del Procurador de Justicia, no procesan a esos gángsteres para que aparezcan los 496 millones de dólares que se han robado y que sólo hay un preso? Verdaderamente que aquí, si te corrés te tiro y si te quedás te mato. Nos obligan a endeudar el país para reforzar la balanza de pagos, pero las instituciones -la Contraloría, la Fiscalía, la Procuraduría, la Superintendencia de los Bancos- permiten que anden estos gángsteres libres y ahí están los 496 millones de dólares, menos 30 millones, entonces son 466 millones de dólares los que venimos a reforzar con un préstamo.

      Voy a concluir únicamente llamando a la reflexión y diciendo que a mí me consta que a este Gobierno se le iba a dar la iniciativa HIPC. ¿Por qué me consta? Porque yo fui jefe de gabinete del Ministerio de Cooperación Externa, en el gobierno de la triple transición de la Presidenta Chamorro, y sé que estaba de tocar la iniciativa HIPC para fortalecer la balanza de pagos de este país, y tratar de poner a los niveles de las exportaciones del BID esa balanza de pagos, hacer un país solvente a Nicaragua y atractivo para la inversión extranjera. Pero los corruptos y los gángsteres no permitieron -aunque tiraron una fiesta para celebrar la iniciativa HIPC- que se fortaleciera verdaderamente por nuestra capacidad, nuestra transparencia y nuestro buen Gobierno la iniciativa HIPC.

      Y los siete acreedores del Club de París, en donde yo participé en una negociación que dilató veinticinco horas consecutivas, que no venga a mí el actual Presidente del Banco Central, a darme excusas inaceptables, del porqué no nos han dado la iniciativa HIPC, y porqué el Club de París y sus siete acreedores no nos han condonado la deuda. Como Embajador ante Bruselas, me tocó conseguir y ratificar una concesión de suspensión de tres años de servicios de deuda con el Club de París, que se cumple y va contra nuestra balanza de pagos el año entrante de 200 millones de dólares, más 400 millones de dólares en bonos que tuvo que vender el Banco Central para cubrirle las espaldas a nuestras reservas brutas y que nuestra macro-economía no se descalabrara por culpa de los corruptos que saquearon estos ocho bancos.

      Señores, invito a los Diputados que van a repetir, invito a la sociedad civil y a los medios de comunicación que han hecho un trabajo por excelencia, que sigan presionando para que a los corruptos y a los gángsteres se les ponga en el único lugar donde pertenecen, que es la cárcel. Y que el nuevo Fiscal General de la República, y el Procurador General de la República, don Oscar Herdocia, a quien le voy a ir a entregar la solicitud para que se investigue a una serie de gángsteres, pues no han hecho nada, ni esta Asamblea ha hecho nada por quitarle la inmunidad a quienes la tienen, para poder ser investigados, y tampoco la Contraloría ha podido iniciar una investigación con aquellos que ni siquiera tienen inmunidad. ¡Que vergüenza!

      Así es que, ni modo, por el país voy a tener que apretar el botón; pero verdaderamente me da asco ver cómo aquí, el que roba una gallina y un chancho cae preso, y el que se ha robado 496 millones de dólares, bien gracias. ¡Felices navidades!

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someterlo a votación en lo general, junto con la moción de Maximino, sobre el error que en vez de 300 mil dólares decía "300 millones de dólares". Así es, verdad?

      Vamos a someterlo a votación en lo general, con el adendum por supuesto.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado en lo general con el Adendum.

      En lo particular.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO Nº 1089/SF-NI
      "PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES"

      Arto.1 Apruébase el Contrato de Préstamo Nº 1089/SF-NI, suscrito el 23 de Octubre del 2001, entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con domicilio en los Estados Unidos de Norteamérica y el Gobierno de la República de Nicaragua, por un monto de treinta millones de dólares (US$30,000,000.00) para financiar el "Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de Pensiones".

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra Ernesto Romero.

      DIPUTADO ERNESTO ROMERO:

      Gracias, señor Presidente.

      En este artículo 1, introducir un párrafo nuevo al artículo, para darle mayor claridad a los destinos de los fondos de este Contrato, el cual se va a leer así: "Dichos recursos conforme al anexo único del Contrato de Préstamo serán utilizado para:

      a) Reembolsar el 100 por ciento del costo en divisas de importaciones elegibles hasta por el equivalente de 29 millones 700 mil dólares, de los Estados Unidos de América.

      b) Cubrir los gastos de inspección y vigilancia generales del banco hasta por 300 mil dólares de los Estados Unidos de América.

      Firman: don Pedro Matus, don Pablo Sierra Chacón y Ernesto Romero.

      Paso la moción.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación la moción que viene a reformar el artículo 1, y a la vez el resto del artículo 1.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto.2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

      En la Orden del Día, en Punto Especial está la presentación del Informe Ordinario Anual del Honorable Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.

      Le rogamos que pase por favor, para que lea su informe.

      Se pide orden en la Sala, por favor, y tengamos el respeto de escuchar al señor Procurador.

      PROCURADOR GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, DOCTOR ISIDRO BENJAMIN PEREZ FONSECA,

      Con la emoción de quien regresa al Alma Máter y encuentra a los queridos compañeros.

      Muy buenos días, honorables señor Presidente de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, Licenciado Oscar Moncada; Honorables Miembros de la Junta Directiva; Honorables Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional; Compañeros de la Procuraduría;

      Honorables y estimables miembros de los medios de Comunicación.

      El presente Informe Ejecutivo Anual, corresponde al período comprendido entre el 10 de Noviembre del año 2000 y el 9 de Noviembre del 2001, que de acuerdo con la Ley 212, artículos 46 y 18, numeral 13, el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos está obligado a presentar el 10 de Diciembre de cada año, a la Honorable Asamblea Nacional. Es un resumen de las acciones relevantes del Organismo que, desde la perspectiva del planeamiento y ejecución de las tareas fundamentadas en tres ejes de trabajo: fortalecimiento institucional, promoción, y defensa de los derechos humanos de las personas, en todo el territorio nacional y de quienes habitan en el exterior, se presentará a la Honorable Asamblea Nacional, tal como manda la Ley, el 10 de Diciembre, pero felizmente antedatado a esta fecha.

      La Procuraduría identifica el contenido del artículo 4 de su Ley 212, con la misión que le confió la Honorable Asamblea Nacional por medio de esa ley, la que aparece enriquecida y precisada al fijarle el deber de emplear, como vías o mecanismos, la educación, defensa, promoción y divulgación de los Derechos Humanos.

      La Procuraduría se percibe como el organismo estatal que en su materia muestra un comportamiento positivo en todos los actos de su desempeño y que por ello, genera y goza de confianza, credibilidad y respeto entre la sociedad civil, entes y funcionarios gubernamentales y de la comunidad internacional. Lo decimos porque hay pruebas de ello, felizmente acreditadas.

      CONTEXTO NACIONAL:

      Aspecto Socioeconómico:

      El año 2001 estuvo signado, igual que el 2000, por un espíritu electoral marcado por niveles de polarización que poco a poco terminaron con la exclusión de las fuerzas políticas distintas al FSLN y el PLC. Ello tan sólo profundizó, desde la perspectiva de derechos humanos, la dramática realidad en que ha vivido la población nicaragüense en los últimos quinquenios.

      Nicaragua es el tercer país más pobre de América Latina, con un Producto Interno Bruto percápita que no supera los 500 dólares anuales, según el Informe de Desarrollo Humano del Programa de Naciones Unidas (PNUD,2000). Según datos del documento "Estrategia Reforzada de Reducción de la Pobreza", elaborado por el Gobierno de Nicaragua, cerca de la mitad de la población, 2.3 millones de personas, son pobres.

      Los datos del documento indican que gran parte de la población carece de la capacidad para comprar la mitad de los 53 productos que contiene la canasta básica, y más aún para pagar los costos de servicios como agua, luz, etc., ya que los mismos han venido aumentando sus tarifas considerablemente en los último años.

      Según el informe del 2000 del Programa de Desarrollo Humano (PNUD), en Nicaragua desde el año 1991 ha habido una reducción del gasto público en salud, lo que se traduce en disminución de planes y programas que garanticen a la población una atención digna. Nicaragua es uno de los países de América Central, que mantiene una de las tasas más altas de mortalidad infantil, y datos oficiales del Ministerio de Salud reportan 40 defunciones por cada mil nacimientos vivos; del mismo modo indican que el 20% de la población rural no dispone de servicios de salud. El 15% de esta población se ubica en la Región Central y en la Costa Caribe de Nicaragua. El 23.7% de niños y niñas menores de 5 años padecen de desnutrición crónica y llegan casi al 50% en el campo.

      Respecto al Derecho de Acceso a la Educación.

      Se puede afirmar que en el año 99 quedaron 500 mil niños y niñas sin acceso al pre escolar; 180 mil fuera de primaria y 450 mil de la secundaria.

      Con relación al índice de deserción escolar, Nicaragua también presenta las cifras más altas en América Central. El 45% de la niñez en primer grado, no logra llegar al segundo; más de 130 mil abandonan la escuela cada año, y solamente el 25% que inicia la primaria logra concluirla. Datos oficiales refieren que, en la actualidad, aproximadamente 20 de cada 100 nicaragüenses no saben leer y escribir.

      En relación a las elecciones 2001:

      El 4 de Noviembre del año en curso se realizaron las elecciones nacionales. El pueblo nicaragüense, en uso de sus derechos constitucionales, asistió a las urnas electorales a depositar su voto para Presidente y Vice-presidente de la República, Diputados de la honorable Asamblea Nacional y del Parlamento Centroamericano. Las razones que mueven a la población a participar activamente en la votación son dignas de análisis y reafirman que los nicaragüenses están por la institucionalidad y por la consolidación de la democracia, razón suficiente para que los gobernantes actúen en forma consecuente y coherente.

      La realidad económica, social y política del país demanda la existencia de un Plan de Nación, en donde todos los esfuerzos estén dirigidos a luchar contra la pobreza; a atacar la falta de transparencia en el manejo de los fondos públicos; al desarrollo de la gobernabilidad y a la apertura de nuevos espacios para la misma, en donde la población incida de una manera real y efectiva en los aspectos más importantes de la vida nacional.

      Ocupándonos de nuestra Institución, diremos que ella tiene tres ejes de funcionamiento. La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, para su efectivo funcionamiento, determinó desarrollar sus acciones en tres grandes ejes que se conjugan con las prioridades prevalecientes, los que se refieren a: Fortalecimiento Institucional, Promoción, y Defensa de los Derechos Humanos.

      El fortalecimiento institucional alude a la consolidación estructural y a su ejercicio definido en todo Nicaragua; al mejoramiento de la calidad y ampliación de los casos asumidos, ya sea a instancia de parte o de oficio.

      La defensa y promoción constituyen dos tareas consustanciales a los Derechos Humanos, lo que constituye el quehacer permanente del Organismo.

      Es importante señalar que todo el trabajo de la Procuraduría, se organiza, ejecuta y evalúa con enfoque de género, generacional y multicultural.

      Ocupándonos de los Recursos Económicos necesarios para mantener el proceso administrativo y sustantivo de la Procuraduría, ellos fueron obtenidos de dos fuentes: El Presupuesto estatal, y la cooperación externa.

      El Presupuesto que la Procuraduría solicitó para el año 2001, fue de C$23.900,000.00 (Veintitrés millones novecientos mil córdobas), que fue reducido a sólo C$13,000,000.00 (Trece millones de córdobas), lo que provocó una drástica disminución del personal, lo mismo que de los proyectos y programas planificados para el presente año.

      Se espera que en el anteproyecto de Presupuesto del año 2002, el cual fue presentado oportunamente al Ministerio de Hacienda y ha sido analizado recientemente con la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de esta honorable Asamblea, cuyo monto llega a C$23.300,000.00 (veintitrés millones trescientos mil córdobas), y se espera que sea aprobado para que en el próximo año se posibilite el desarrollo de los tres ejes principales: Defensa, Promoción, y Fortalecimiento Institucional. En este punto, estamos abiertos a todo diálogo y comprendemos que si la Procuraduría necesita recursos, también lo necesitan los maestros, el sector salud, la Policía, etc., etc. Por eso esperamos que el fructífero y positivo diálogo ya existente continúe para la obtención de fondos justos y equitativos para todos.

      Merece especial mención la cooperación externa, la importante ayuda financiera que durante todo el año suministraron varios organismos y agencias internacionales de cooperación, cuyo aporte económico apoyó la creación o mantenimiento de programas sustantivos en las Procuradurías Especiales de la Niñez, de la Mujer, y de los Pueblos Indígenas.

      En cuanto a la Defensa de los Derechos Humanos, la realización de la labor de defensa en la Procuraduría se lleva a cabo a través del trabajo coordinado de las Procuradurías Especiales con la Dirección de Defensa, quien recibe las denuncias a través de dos vías: denuncias a instancia de parte y denuncias asumidas de oficio.

      Las investigaciones realizadas en el año 2000-2001, han dado como resultado un diagnóstico de las formas de violación de los Derechos Humanos de la población nicaragüense por parte de los funcionarios de la administración pública. En este sentido vale la pena mencionar la constatación de la violación del derecho a una justicia pronta y eficiente, la ausencia de la garantía de la seguridad ciudadana en las zonas rurales del país; comportamiento inadecuado con la niñez, la adolescencia, con las mujeres, con los pueblos indígenas y comunidades étnicas, con los adultos mayores, el incumplimiento de la legislación laboral, la ineficiencia en la prestación de servicios públicos esenciales, entre otros.

      La Procuraduría, durante el período, recibió un total de un mil ciento tres denuncias (1,103), de las cuales en ciento ochenta y nueve (189) casos las víctimas fueron mujeres mayores de 18 años; en cuatrocientos cincuenta y cinco (455), fueron niños, niñas y adolescentes; en 71, correspondieron a los pueblos indígenas y comunidades étnicas. Las denuncias tramitadas mediante expediente ordinario, por ser de competencia de la Procuraduría, de las 1,103, se tramitaron mediante expediente ordinario 479, de las que de conformidad a los artículos 28 y 38 de la Ley 212, fueron resueltas 321. (No quiero cansarles con detalles tan específicos, sobre todo que de esto ustedes tendrán su debido ejemplar). Del total de denuncias recibidas, 609 de ellas, se tramitaron a través del procedimiento de orientación.

      Debemos mencionar las denuncias tramitadas a través de la conciliación. La conciliación para la Procuraduría ha sido un método alternativo de resolución de conflictos. La procuraduría facilita el diálogo a fin de encontrar un procedimiento equitativo, pacífico y cooperativo para su solución, a fin de lograr acuerdos entre los demandantes, tendientes a la obtención de resultados que satisfagan a las partes. Del total de denuncias recibidas, 15 de ellas se tramitaron a través de este método. En cuanto a las denuncias recibidas por Departamento, tenemos que Managua tiene 765, Granada 41, Carazo 18, León 22; después nos ocupamos de las denuncias recibidas por las instituciones, como la Policía Nacional, el Poder Judicial.

      En cuanto a la clasificación de las denuncias, según los derechos violados. Esta Procuraduría ha considerado necesario hacer una clasificación de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución Política y en los distintos instrumentos internacionales de protección de los Derechos Humanos que fueron objeto de denuncia por parte de la población nicaragüense. La clasificación es la siguiente: Derechos individuales, derechos económicos y sociales, derechos de la familia, derechos de los pueblos indígenas y comunidades étnicas, derechos del medio ambiente.

      Los derechos individuales: Constituyen los derechos y garantías fundamentales de la persona, son inherentes a ella y, por tanto, de estricto cumplimiento por parte del Estado y la sociedad nicaragüense. En este período se conocieron un total de 472 derechos violados. Los derechos económicos, sociales y culturales: Son derechos que giran alrededor del concepto de justicia y de calidad de vida, requieren un orden social y equitativo para desarrollarse. Su satisfacción depende de la política estatal, de la asignación de los recursos disponibles, de la solidaridad de la sociedad. En este período se conocieron un total de 87 derechos violentados.

      Derechos de la Familia: Comprenden el conjunto de relaciones materiales, jurídicas ideológicas y morales que se suscitan entre madres, padres e hijos. En este período se conocieron un total de 28 derechos vulnerados.

      Algo importante, vital y determinante en estos tiempos, son los Derechos del Medio Ambiente: Según nuestra Constitución Política, en su artículo 60, los nicaragüenses tenemos derecho a habitar en un ambiente saludable, por lo que es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y los recursos naturales. En este período se conocieron un total de 25 derechos afectados.

      Derechos de los pueblos indígenas y comunidades étnicas: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección. No habrá discriminación por ningún motivo. Asimismo las comunidades de la Costa Atlántica tienen el derecho de preservar y desarrollar su identidad cultural, dotarse de sus propias formas de organización social y administrar sus asuntos locales conforme a sus tradiciones. En este período se conocieron un total de 34 derechos vulnerados. Por otra parte, la Procuraduría brinda atención a grupos considerados especialmente vulnerables, entre los que se destacan: Poblaciones migrantes, privados de libertad, personas con capacidades diferentes, personas de la tercera edad, niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo, personas afectadas con VIH, y víctimas de violencia intra familiar, entre otros.

      La promoción y la educación en Derechos Humanos, propician el crecimiento de las personas en cuanto a su capacidad para defender y tutelar sus derechos. En el eje de promoción, las tareas realizadas durante este período se clasifican de la siguiente manera: Educación formal, no formal, divulgación, investigación propositiva y Centro de Documentación.

      La educación formal: El trabajo se centró en actividades conjuntas con el Ministerio de Educación, en sus diferentes instancias, y en el control del cumplimiento de la Ley 201, por parte de esa Institución y de los Ministerios de Defensa y de Gobernación. En este aspecto, se lograron principalmente los avances siguientes:

      Se promovió el estudio de la Constitución Política en 42 centros educativos en los Departamentos de Jinotega, Matagalpa, Chinandega, León, Carazo, Masaya y Managua.

      Se establecieron relaciones de coordinación y de control con delegaciones departamentales y municipales del MECD, en León, Chinandega, San Marcos, Jinotepe, Masaya, Jinotega y Matagalpa.

      Se elaboró un Plan Interinstitucional, Ministerio de Educación-procuraduría, para la implementación de actividades de educación formal y no formal en Derechos Humanos, en todo el Sistema Educativo Nacional.

      Se incluyó en el calendario académico del Ministerio de Educación, la celebración del Día de la Constitución Política.

      Se establecieron relaciones de coordinación con el Centro Superior de Estudios Militares, General José Dolores Estrada.

      Se reiniciaron relaciones con los altos mandos de la policía Nacional, a fin de realizar seguimiento a los
      programas de la Academia de Policía "Walter Mendoza".

      Inclusión de guías metodológicas sobre derecho de niñez y adolescencia de segundo a sexto grado.

      En cuanto a la educación no formal: Los principales avances en la educación no formal, en Derechos Humanos, fueron:

      Realización de cinco foros sobre aspectos relacionados con niñez, mujer y pueblos indígenas.

      Encuentros y conversatorios con diversas universidades.

      Capacitación a líderes comunales.

      Capacitación sobre derechos humanos, género, Código de
      la Niñez y la Adolescencia.

      Capacitación sobre Derechos Humanos, dirigida a facilitadores judiciales rurales del centro y norte
      del país.

      Capacitación a funcionarios y funcionarias del Sistema
      Penitenciario Nacional.

      Es para nosotros una gran satisfacción, hacer pública las felices relaciones habidas entre la Procuraduría, el Ejército y la policía.

      En cuanto a divulgación: La Procuraduría se propone, educar y promover la defensa de los Derechos Humanos a través de los distintos medios de comunicación y por medio de publicaciones producidas por la Institución.
      La investigación propositiva: Tiene como objetivos impulsar, organizar y desarrollar procesos de investigación multidisciplinaria sobre la situación de grupos particulares, tendencias sociales, problemas de sectores, territorios y presuntas violaciones de Derechos Humanos. Los resultados de las investigaciones sirven de insumos para la formulación de propuestas de reformas legislativas y de políticas públicas.

      En este aspecto se realizaron los estudios siguientes:
      Nivel de acceso y la calidad de atención de los servicios de salud que presta el MINSA a la población
      nicaragüense.

      La situación de los Derechos Humanos de las y los trabajadores nicaragüenses.

      Todo lo relativo a la gratuidad de la educación en Nicaragua y capacidad e incidencia pública de las mujeres.

      Nuestro Centro de Documentación, promueve y divulga el ejercicio y defensa de los Derechos Humanos, posibilitando a trabajadores, estudiantes y público en general, la consulta y el estudio de la teoría y de los documentos que nacional e internacionalmente se refieren a los Derechos Humanos.

      Fortalecimiento institucional de la institución.

      Se refleja en el aumento de las capacidades físicas y humanas de cada una de las áreas en que está conformada la Institución. Comprende dos grandes aspectos: Coordinación con el Estado y sociedad civil, y organismos internacionales.

      En el ámbito nacional. Con el propósito de promocionar y defender los Derechos Humanos de la población, se desarrollaron una serie de coordinaciones interinstitucionales con distintas entidades públicas, privadas, religiosas, organismos no gubernamentales, con el fin de facilitar el trabajo investigativo que a través de las denuncias, llegan a esta Institución de parte de los habitantes del país.

      En el ámbito internacional: se ha fortalecido la firma de convenios de cooperación sobre temas específicos como son, niñez, adolescencia, mujer, pueblos indígenas y comunidades étnicas. A través de estos financiamientos se desarrollaron los recursos humanos de la Institución, y sólo de esa manera fue posible llevar a efecto algunos programas que no pudieron ser financiados por el Presupuesto Nacional.

      Hablando de nuestros principales logros: Logramos alcanzar lo que más apreciamos: el reconocimiento público, como una institución de credibilidad caracterizada por la transparencia y el apartidismo en el desempeño de su misión, y siempre con apego a la legalidad.

      Cumplir con la fase de investigación y resolución de casos, aun cuando el número de denuncias se incrementó y el personal se redujo sensiblemente.

      Se nombró al Procurador Especial de los Pueblos Indígenas y a un delegado del mismo en la zona del Triángulo Minero, gracias al financiamiento de organismos donantes y al esfuerzo institucional en los aspectos referentes a la logística.

      Se ha mantenido la coordinación con organismos nacionales e internacionales que apoyaron la labor institucional. Hemos participado en eventos de carácter internacional, tanto en calidad de expositores de experiencias y conocimientos, como en el de sujetos de perfeccionamiento.

      Hablando de nuestras dificultades: La primera ha sido naturalmente, la escasez de recursos económicos, lo que condujo a reducir de forma cuantitativa las labores de defensa y promoción. Resistencia por parte de ciertos funcionarios de la administración pública, para colaborar en el proceso de investigación. La falta de cumplimiento de las autoridades a las recomendaciones emitidas por el Procurador, para la restitución de los derechos violados.

      En este particular, quiero hacer énfasis en el sentido de que en nuestro país, lo relativo a Derechos Humanos es algo novel; así como una vez fue novel en las leyes laborales y no le hacía ninguna gracia a un empleador pagar prestaciones laborales; así como fue novel el Seguro Social, y en el sector privado en los años 57, 58 fue puesto e impuesto a golpe de culata de la Guardia Nacional, así ahora, todo lo relativo a Derechos Humanos, es algo reciente, novel, y por consiguiente, tenemos que ser comprensivos y tolerantes, porque así como ahora hay cultura en cuanto al pago de las prestaciones laborales; así como ahora hay cultura en cuanto al pago de las prestaciones que velan por la salud de los trabajadores, tenemos la firme convicción de que en un futuro reciente, también haya cultura de Derechos Humanos en nuestra Nicaragua.

      A eso, hay que agregar la falta de conocimiento de la Ley 212, por parte de los funcionarios de la administración pública y de la población en general, y eso es algo que nos toca, que nos atañe, y tenemos la obligación de hacerlo culturizar en derechos humanos.

      En nuestras acciones futuras: Se perfila en atención al criterio de la Procuraduría, el inicio de un período esperanzador, ya que asume la conducción del país un nuevo gobierno cuyas promesas atrajeron la atención de la ciudadanía y en él depositaron su confianza. La atención a la población en el ámbito social, cultural, político y económico, debe traducirse de manera concreta en el mejoramiento de sus Derechos Humanos. De acuerdo con lo anterior, el quehacer de la Institución para el año 2002, contemplará un contenido de trabajo en dos dimensiones fundamentales: el de las políticas por aplicar, y el plan estratégico trienal. Como resultado del análisis del trabajo realizado, la Procuraduría presenta a la administración pública, las siguientes recomendaciones:

      - Que los funcionarios de la administración pública, acaten el cumplimiento de la Ley 212 en cuanto a la respuesta, a los requerimientos y cualquier otra actividad de investigación, que el Procurador y sus delegados realicen en el cumplimiento de sus funciones.

      - Que los funcionarios de la administración pública acaten las recomendaciones emitidas por el Procurador, a través de las resoluciones, a fin de restituir los derechos vulnerados y de contribuir con la institucionalidad del país, en cuanto a la vigencia del Estado de Derecho, de legalidad y de Derechos Humanos a nuestra población.

      - Que los funcionarios del Poder Judicial, hagan un esfuerzo por disminuir el número de casos referidos a retardación de justicia, ya que eso violenta las normas constitucionales y los instrumentos internacionales en materia de protección, en lo que se refiere a una justicia pronta, expedita y equitativa.

      - Que el Ministerio de Educación, continúe la transformación curricular en la educación secundaria. El Ministerio de Educación ha tenido con nuestra Institución una marcha y relaciones positivas que esperamos mejoren.

      - Que las Comisiones de la Asamblea Nacional, permitan a la Procuraduría tener acceso a la información sobre los proyectos de ley vinculados a la vida social, económica, cultural y política del país, a fin de que ésta pueda emitir sus criterios al respecto, en cuanto a la defensa y promoción de los Derechos Humanos.

      - Que el Consejo Supremo Electoral, en conjunto con la honorable Asamblea Nacional, realicen una revisión a la Ley Electoral, en cuanto al cumplimiento del principio constitucional referido al pluralismo político, que asegura la existencia y participación de todas las organizaciones políticas en la vida nacional.

      - Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, realice los desembolsos a todas las instituciones, claro, en la medida de las posibilidades reales, para que funcione la justicia equitativa.

      Que el Ministerio de Educación, respete y garantice la gratuidad de la educación.

      Para concluir este informe, deseo reconocer el grado de confianza que los habitantes de Nicaragua han venido depositando en la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. De igual forma, felicitamos a todos los funcionarios y funcionarias de las instituciones públicas y privadas, que de manera sistemática colaboraron en el trabajo realizado por la Institución, lo que incluye, por supuesto, a los organismos y agencias internacionales de cooperación, así como los organismos no gubernamentales de la sociedad civil, ya que sin su valioso aporte habría sido imposible la realización efectiva de nuestra misión.

      Es necesario, es vital, realzar, hacer énfasis en que no todo ha sido un desierto, no todo ha sido desolación; sí, han habido puntos de fertilidad y de aspectos y realizaciones positivas; sí, hemos tenido y encontrado funcionarios y funcionarias que nos han respondido debidamente con ética y con apego a la legalidad.

      De la misma manera, de forma muy especial, reconozco la meritoria labor realizada por cada uno de los compañeros trabajadores y trabajadoras de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos que, con su incansable mística y disciplina, posibilitaron las acciones contenidas en este informe de gestión.

      La ley nos faculta para hablar en este informe como lo hemos hecho, pero quiero enfatizar, que todos -ustedes y nosotros- podemos y debemos por Nicaragua luchar para mejorar en todos los aspectos.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se le agradece al honorable Procurador su informe ante la Honorable Asamblea Nacional.

      Se suspende la Sesión, y se cita para el próximo martes a las nueve de la mañana.

      Hay cuatro oradores aquí, para darle a uno, necesito darles a todos; usted sabe que esto no genera ninguna discusión.

      Muchas gracias.











      CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA ONCE DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      NELSON ARTOLA ESCOBAR
      MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
      ARNULFO CONSTANTINO BARRANTES MORAZAN
      JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
      JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
      RAFAEL OMAR CABEZAS LACAYO
      ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
      EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
      ROGER CASTELLON ORUE
      ANGELES CASTELLON CASTRO
      EDWIN CASTRO RIVERA
      LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA
      NOEL JOSE DELGADO CUADRA
      FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
      STEAMAN FAGOT MULLER
      LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
      RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
      CARLOS ALBERTO FONSECA TERAN
      FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
      SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
      CARLOS SALOMON GARCIA BONILLA
      ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
      JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
      WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
      MARIO JOSE GUTIERREZ VASCONCELOS
      SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
      CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
      REINALDO LAGUNA MAIRENA
      AUGUSTO CESAR LOPEZ GONZALEZ
      EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
      ARIEL LOPEZ LOPEZ
      EMILIO JOSE MARQUEZ ACUÑA
      JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
      FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
      PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
      PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
      ORLANDO MAYORGA SANCHEZ
      WILLIAM MEJIA FERRETI
      ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
      JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
      VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
      OSCAR MONCADA REYES
      LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
      CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
      GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
      MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
      LEONEL PANTIN WILSON
      NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
      FRANCISCO JAVIER PEREZ GOMEZ
      GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
      GUILLERMO RAMOS DUARTE
      ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
      EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
      ANTONIO RIZO ZAMORA
      MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
      MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
      JOSE MARIA SANCHEZ SANTANA
      WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
      NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
      PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
      WINSTON SIMPSOM GAYLE
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
      VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
      LEONEL TELLER SANCHEZ
      VICTOR HUGO TINOCO FONSECA
      LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
      MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
      DAMASO VARGAS LOAISIGA
      SAUL ZAMORA DICARIO
      DORA ODILI ZELEDON ZELEDON
      LEONIDAS ZUNIGA MOLINA

      Constatación del quórum: 73 Diputados presentes. Hay quórum legal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se abre la Sesión.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Va a iniciarse la Sesión con el Adendum N° 6, DISCUSION DE DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEYES PRESENTADOS POR LAS DISTINTAS COMISIONES.

      Punto 2.23: LEY DE AMPLIACION DEL PLAZO DE VIGENCIA ESTABLECIDO EN LA LEY DE RESTABLECIMIENTO DE LA LEY COMPLEMENTARIA DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Señor Secretario, antes de iniciar con el Adendum N° 6, tengo a tres personas aquí apuntadas: Pedro Matus, Nelson Artola, y Edwin Castro; antes de discutir la ley, vamos a darle la palabra a ellos tres.

      Tiene la palabra el Diputado Pedro Matus.

      DIPUTADO PEDRO MATUS:

      Gracias, señor Presidente.

      Hoy se está recordando los tres meses de la tragedia de Nueva York y Washington, donde murieron miles de ciudadanos. Los países democráticos están recordando esa fecha, y les pido un minuto de silencio en conmemoración de esa tragedia de cinco mil y pico de personas que murieron allí.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Un minuto de silencio...

      Tiene la palabra Nelson Artola.

      DIPUTADO NELSON ARTOLA:

      Gracias, señor Presidente.

      Estimados colegas, permítanme hacer reflexiones específicas en relación al LIII Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que precisamente se cumplía el día de ayer. Hace cincuenta y tres años hubo un acontecimiento de gran trascendencia para la historia de la humanidad: el 10 de Diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los países miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera distribuido, expuesto, leído y comentado, en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción.

      El tema más importante, el porque hoy estamos hablando de derechos humanos, es la universalidad de los mismos. A pesar de la existencia de más de ciento noventa países en el mundo, de al menos cuatro religiones principales con una multiculturalidad de razas, y por lo tanto de cosmovisiones de diferentes formas de entender la vida; a pesar de todo esto, la naturaleza humana acordó que existen unos determinados valores que deben ser compartidos por todos, a pesar de existir tantas diferencias. Tenemos que poner en relieve, como hitos importantes en la historia de la humanidad, primero la decisión de las naciones de establecer un nuevo catálogo de hermanamientos, en donde todas la sociedades deben respetar para poder ser una sociedad civilizada, y en segundo lugar que este catálogo de hermanamientos se haya podido legar a obligación jurídica internacional.

      Como acontecimiento importante en la historia de nuestro país, fue el reconocimiento que se hizo a la necesidad de la promoción y protección como condición necesaria para el desarrollo humano de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

      La Asamblea Nacional de Nicaragua fue la encargada, en representación del pueblo de Nicaragua, de tomar la decisión de incorporar esa voluntad internacional, del respeto a los derechos humanos, a través de la Asamblea Nacional Constituyente en 1987, encargada de consultar, discutir y aprobar la Constitución Política de la República, siendo en la actualidad la que nos rige, elevando a rango constitucional los derechos consignados en la Declaración.

      Uno de los grandes propulsores de los derechos fundamentales en el mundo, fue el Doctor Norberto Boglio; éste afirmaba el propósito de la Declaración Universal, que el problema que se nos presenta en torno a los derechos humanos no es filosófico sino jurídico y en sentido más amplio político; no se trata tanto de saber cuáles y cuántos son estos derechos, cuál es su naturaleza y su fundamento, si son derechos naturales e históricos, absolutos o relativos, sino cuál es el modo más seguro para garantizarlo, para impedir, que a pesar de las declaraciones solemnes, sean continuamente violados.

      La Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Nacional, tiene sin duda por misión, la promoción y formulación de legislación que reconozca y garantice el respeto de los derechos humanos y desarrollar acciones dirigidas a la tutela de los derechos humanos de la persona, a través de investigaciones en asuntos públicos y privados que puedan lesionar o poner en peligro la vigencia de la libertad, la justicia, la dignidad de la persona humana.

      El papel de las instituciones del Estado y la Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz, es parte del primer órgano del mismo, conforme a la naturaleza del Estado nicaragüense, según la Constitución Política, que es un Estado Social de Derecho; no deben ser espectadoras o simples guardianes del respeto de los derechos de las personas, sino que deben de actuar activamente para convertirse en instituciones de carácter interventor en los asuntos sociales.

      Además, la Comisión es responsable por vigilar el cumplimiento efectivo de las leyes de protección de derechos fundamentales, para lo cual se establece como función propia de la Comisión, la realización de visitas a instalaciones o lugares que consideren necesario para denunciar la violación de los derechos humanos, y tomar las medidas de carácter legislativo que destine necesarias. En este sentido, por la naturaleza de su trabajo y el tema de los derechos humanos, que se presenta de forma transversal en todos los aspectos de la vida jurídica nacional, la Comisión está obligada a realizar muchas actividades más que las tradicionalmente concedidas como propias de un Poder Legislativo.

      Dentro de las principales funciones, la Comisión Pro-Derechos Humanos:

      - Promueve la vinculación de trabajo existente en ésta y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, como principal órgano de protección y promoción de los derechos humanos, desempeñando un papel de coordinación en las esferas de los derechos humanos y realzando la importancia de los derechos humanos a nivel internacional y nacional.

      - Promueve la ratificación y la aplicación nacional de las normas internacionales.

      - Contribuye a la preparación de nuevas normas.

      - Presta apoyo a los órganos de derechos humanos.

      - Reacciona ante las violaciones graves de los derechos humanos.

      - Lleva a cabo actividades y operaciones en el ámbito de los derechos humanos.

      - Difunde conocimiento y presta servicios consultivos de información y asistencia técnica sobre derecho.

      El tema de los Derechos Humanos no es un tema acabado, como diría Enmanuel Kent, "el hombre es la medida de todo". Hoy diríamos que el hombre y la mujer es la unidad y medida de todo, por lo tanto, esta Comisión deberá de esforzarse por promover la realización de los derechos humanos fundamentales de los nicaragüenses, promoviendo y protegiendo el disfrute efectivo de todos los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales, ya que todos los derechos de carácter civil, cultural, económico, político y social, tienen igual importancia y han de ser promovidos y protegidos sin discriminación, ha de garantizarse el ejercicio y el gozo de todos los derechos a la mujer y al hombre, en condición de igualdad.

      Señor Presidente, quisiera terminar mi intervención, citando textualmente un párrafo del Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "La Declaración Universal de Derechos Humanos, tiene que ser el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin que tanto los individuos, como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades y aseguren por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universal y efectivo, tanto entre los pueblos de los estados miembros, como entre de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

      Muchísimas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A los honorables Conjueces, la disculpa de la Junta Directiva, porque el último orador era Edwin Castro, pero dos Diputados más se han sumado, a pesar que dije yo que eran tres oradores; que por favor tengan la amabilidad de esperarnos, que ya los vamos a juramentar.

      Tiene la palabra el Ingeniero Edwin Castro Rivera.

      DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

      Gracias, señor Presidente.

      Queríamos rápidamente informar a los colegas del Plenario, que el día de hoy, de acuerdo a lo "mandatado" por la Junta Directiva, tuvimos una sesión de trabajo con los Directores del Ente Regulador de Energía Eléctrica (INE). Vinieron en pleno los tres Directores con su cuerpo de especialistas, en la cual participaron, don Wilfredo Navarro como Presidente de la Comisión Económica, Maximino Rodríguez, como Directivo de esta Asamblea Nacional, Reinaldo Laguna, como Presidente de la Comisión de Población, don Pedro Joaquín Ríos, Primer Secretario de esta Asamblea Nacional, y quien les habla, en el carácter de Vice-Presidente. A manera de conclusión, podemos informarles que el Ente Regulador ha rechazado por falta de llenar los procedimientos y requisitos, la solicitud del 32 por ciento de incremento de la tarifa de energía eléctrica que pretendían fuera vigente a partir de estas navidades.

      Es decir, esa solicitud ha sido rechazada, Unión Fenosa tendrá a bien responder a más tardar el próximo viernes, rehaciendo la solicitud, la que esperamos, de acuerdo a los tiempos, que en los próximos sesenta días no exista ninguna posibilidad de resolución de incremento de tarifas, y que platicando con los Directores, definitivamente no puede andar por los porcentajes solicitados por Unión Fenosa, si acaso fuera indispensable un incremento tarifario en la energía eléctrica, que tan preocupado tenía al pueblo de Nicaragua y que nosotros, como sus representantes, debimos acoger esa preocupación.

      Así también se acordó hacer una investigación en los precios de venta de referencia de los diferentes generadores en base a la disminución del precio internacional del bunker, principal combustible para la generación de la energía eléctrica en Nicaragua. Entonces esto queríamos informarle al Plenario en esta última Sesión.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se felicita a la Comisión por el éxito obtenido.

      Tiene la palabra José González Picado.

      DIPUTADO JOSE GONZALEZ PICADO:

      Gracias, señor Presidente.

      En primer lugar, para exhortar al Gobierno y a los distintos Poderes del Estado, a cerrar filas en el diseño de una estrategia común de defensa de nuestra soberanía, fortaleciendo a la Cancillería, a su "staff" jurídico, independientemente de su filiación política; dado que hay una resolución y un esfuerzo de Nicaragua, que ha incoado en el Tribunal de la Haya una demanda jurídica sobre los derechos soberanos con relación a Colombia. También exhortar a este Plenario sobre la grave crisis económica internacional, dado que ya los propios Estados Unidos y Japón han aceptado la existencia de una recesión económica, lo que obliga a un mayor esfuerzo de austeridad.

      Vemos con buenos ojos los anuncios que ha hecho el Gobierno, en el sentido de las medidas de austeridad que van a aplicarse, pero también que se dirijan esfuerzos en el área social y en el aspecto de la producción, esto de cara al Presupuesto que va a ser aprobado próximamente. Y, finalmente, quería pedirle a los honorables colegas del Parlamento un minuto de silencio por la memoria de los colegas parlamentarios José Cuadra, el querido y recordado Cuco Sánchez, Diputado Orlando Flores, el Diputado Vega, y demás colegas que no están físicamente con nosotros, pero que dejaron su huella imborrable en la memoria del pueblo de Nicaragua.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A los honorables Conjueces, se les llama por favor para tomarles la promesa de ley, en vista de que la Sesión era para las diez de la mañana, han estado esperando pacientemente y queremos ser cortés toda la Asamblea. Les rogamos que se acerquen para tomar la promesa de ley.

      Estimadas Damas; estimados caballeros. Bienvenidos.

      Tengan la gentileza de levantar su mano derecha, por favor. ¿Prometéis solemnemente ante Dios, la Patria, nuestros Héroes nacionales y por vuestro honor, respetar la Constitución y las leyes, los derechos y las libertades del pueblo y cumplir fielmente y a conciencia los deberes del cargo que se os ha conferido?

      CONJUECES: "Sí, prometemos".

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      "Si así lo hiciereis la Patria os premie, y si no, ella os haga responsables". Quedan cada uno de ustedes en sus respectivos cargos, y muchas felicidades.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      Acta N° 45

      En la ciudad de Managua, a las once y quince minutos de la mañana del día once de Diciembre del año dos mil uno, presentes en la continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la Decimoséptima Legislatura, ante el Presidente de la Asamblea Nacional, Licenciado Oscar Moncada Reyes, y el Secretario que autoriza, Doctor Pedro Joaquín Ríos Castellón, los Doctores Lilliam Villagra, Carlos Bayardo Romero, María Lourdes Aguirre, J. Luis Zamora, Patricia Delgado Sáenz, Ignacio Miranda Chamorro, Juan Pablo Obando, Jorge Quintana García, Luis Humberto Guzmán, Orlando Barreto Argüello, Auxiliadora Meza, Oscar Tenorio, Laureano Arcia Villanueva, y Doña Yamila Karin, presentes con el objeto de tomar posesión de sus cargos de Conjueces de la Corte Suprema de Justicia, para el que fueron electos a las once y treinta minutos de la mañana del día veintiuno de Noviembre del año dos mil uno y dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 138, numeral 7 y 163 de la Constitución Política, de pie y con el brazo derecho en alto, el Presidente de la Asamblea Nacional les expresó:

      "¿Prometéis solemnemente ante Dios, la Patria, nuestros héroes nacionales y por vuestro honor, respetar la Constitución Política y las leyes, los derechos y las libertades del pueblo y cumplir fielmente y a conciencia los deberes del cargo que se os ha conferido? Y habiendo respondido. "Sí prometemos", les reprodujo: Si así lo hiciereis, la Patria os premie, y si no, ella os haga responsables". Quedando en posesión de sus cargos para el que fueron electos, en fe de lo cual se suscribe la presente Acta de Toma de Posesión, por los señores Conjueces de la Corte Suprema de Justicia, por el Presidente de la Asamblea Nacional y el Secretario que autoriza.

      Les voy a suplicar que pasen en orden a poner su firma.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      Vamos a continuar con la Sesión.

      Tiene la palabra el honorable Diputado Miguel Angel Casco.

      DIPUTADO MIGUEL ANGEL CASCO:

      Gracias, señor Presidente.

      Yo había pedido inicialmente la oportunidad de comunicarme a este Plenario, para expresar mi preocupación como miembro de la Comisión de Derechos Humanos y de este Parlamento, expresar mi preocupación en esta oportunidad, porque este Parlamento no tuvo la capacidad de poder brindar la gracia del indulto que en otros años en el contexto de la Navidad este Parlamento ofrece a nicaragüenses, hombres y mujeres, que habiendo cumplido los requisitos básicos para ser beneficiarios del indulto, en estas fechas importantes de reintegración familiar, de unificación de la sociedad, como otros años, este Parlamento hoy ante la sociedad, ante los familiares que esperaban una respuesta diferente, encontramos que por contradicciones internas, por aplicación de legalismos en otros casos, no fue posible brindar la gracia del indulto a un grupo de mujeres que estaban esperando una resolución ponderada de este Parlamento.

      La Comisión de Derechos Humanos, en el contexto del Día de las Madres, entregó a la Junta Directiva una iniciativa con noventa y tres nombres propuestos, lo único que se necesitaba es que la Junta Directiva pasara a la Comisión esa lista para su dictamen, para ver de esas noventa y tres mujeres, cuántas de ellas, tal vez veinte, tal vez treinta, eran beneficiadas con este indulto. Algunos Diputados se aferraron al legalismo de que mientras no estuviera aprobada la Ley de Indultos, no se puede dar más indultos en este país, lo que indica que si pasan cinco o seis años sin aprobarse esa ley, no habrá indultos en Nicaragua. Otros Diputados expresaban que mientras la Comisión investigadora no diera a conocer los resultados de los problemas suscitados en los indultos pasados, mientras ese resultado no se conociera, no era posible dar indultos; tampoco se conocen oficialmente esos resultados.

      Yo quisiera expresar una vez más esta preocupación y pedirles a los Diputados presentes, que van a continuar en el próximo período en este Parlamento, que hagan lo posible, que a lo mejor en el primer trimestre de este próximo año se haga efectiva la aplicación del indulto, pues es una pena que este Parlamento y Estado, en su expresión máxima, no hayan podido ofrecer ni un indulto a una mujer, a una familia en esta Navidad. Es triste que mientras nosotros vamos a estar libres, vamos a estar disfrutando de muchas cosas, hay mujeres que merecían estar con sus familiares, que merecían estar con sus hijos, que merecían estar con sus hermanos en esta Navidad, y por habernos aferrado a un principismo y a un legalismo no fue posible eso. Pena por esta decisión, pero esperamos que sea corregido en los próximos días o meses, para no decir años.

      Que disfruten de la Navidad de las personas que podían haber estado en sus casas y que no pudieron por las contradicciones y por muchas cosas internas de este Parlamento.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      Tiene la palabra el honorable Diputado Emilio Márquez.

      DIPUTADO EMILIO MARQUEZ:

      Gracias, Presidente.

      En relación a la Ley de Implementación de Ampliación del Plazo de Vigencia establecido en la Ley de Restablecimiento de la Ley Complementaria de Partidas de Nacimiento, yo quería hacer una moción al artículo 1. Está bien. Después le ruego me facilite porque quiero también hacer algunos señalamientos, pues bien vale la pena desde este Parlamento hacer mi enérgica protesta en relación a las pretensiones de Unión Fenosa. Qué mal regalo le quieren dar a los nicaragüenses, y yo quiero expresar mi respaldo total a las medidas que el Ingeniero Enrique Bolaños, en su calidad de Presidente de la República, de los nicaragüenses, le ponga coto a este asunto.

      Bien decía don Enrique, que nadie puede estar por encima de la ley, y yo creo que aquí por más son español que venga, ya no es el tiempo de los espejitos, ya no hay oro sobre la faz de la tierra, del territorio nicaraguense, hay que extraerlo de grandes profundidades. De tal manera que a estos señores se les aprobó una ley en la que nosotros no dimos una patente de corso para que a su libre arbitrio le suban al costo de la energía. Deben reflexionar, que así como Diriangén, que así como el Cacique Nicarao, con sus flechas, con sus arcos, también hoy los nicaragüenses más que un alicate tienen un machete como para decir, no me corte ahí: eso deben saberlo los españoles, algunos de esos señores que no van a venir a enriquecerse a costa de la miseria, del sacrificio del pueblo nicaragüense. Esto lo quiero manifestar a propósito de que se tiene esa pretensión.

      Y miraba un reportaje que nos hacia circular el Presidente de la Comisión del Medio Ambiente. En relación a esto, no sé, nuestro colega Augusto López, aquí hace aparecer a los Diputados, el periodista, no sé cuando, sí tuvimos tiempo para atender también el asunto del medio ambiente. Otra cosa es quiénes al margen de la ley violan y transgreden y ponen en peligro nuestro medio ambiente, pero sí realmente avanzamos, hicimos algo, y debe de seguirse luchando. Yo creo que los nuevos Diputados también tendrán esa sensibilidad humana de ver cómo nuestro medio ambiente se va poniendo en riesgo. Yo creo que no es que no se haya hecho nada.

      yo quería también referirme a este asunto que decía el hermano Casco, con relación a los indultos en esta Asamblea, yo no me siento culpable de que no puedan estar esas mujeres en las casas con sus hijos, hay un niño que salía ahí pidiendo que su madre estuviera en esta Navidad, pero nosotros no somos responsables de los actos de terceras personas, cuando violentan y transgreden la ley, cuando caen en un delito. Ahora, lo más grave en este asunto es que la Comisión de Derechos Humanos tiene un entredicho ahí y hemos dicho que tenemos un proyecto de ley que va a regular los indultos; no pueden seguirse dando los indultos así, que sale hoy y mañana está delinquiendo otra vez.

      No podemos poner en riesgo la seguridad de los nicaragüenses, la seguridad ciudadana de una persona, pensemos en eso. Pero con esta ley, que espero que en la próxima legislatura salga aprobada, yo creo que va a haber una normativa, para que los indultos salgan. Y realmente así es la vida, unos están libres, otros están detenidos, otros están en proceso, pero qué le vamos a hacer, el deseo de uno es una cosa y lo que la vida ofrece es otra cosa.

      Muchas gracias, Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Señor Secretario, lectura de la ley.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a proceder entonces con la ley que habíamos mencionado en el Adendum N° 6, punto 2.23
      DICTAMEN
      Managua, 26 de Septiembre del 2001.


      Licenciado
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente
      Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Señor Presidente:

      El día veinte del corriente mes, el Primer Secretario de la Asamblea Nacional remitió a la Comisión el Proyecto de Ley de Ampliación del Plazo de vigencia establecido en la Ley de Restablecimiento de la Ley Complementaria de Partidas de Nacimiento, Ley N° 141, para su debido dictamen.

      Los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Municipales, estudiaron con detenimiento el proyecto de ley y revisaron la documentación relacionada con el mismo. Encontrándose en el estudio de la misma, que aún sigue siendo necesaria la agilización del trámite de la reposición de Partidas de Nacimiento mediante la ampliación del plazo de vigencia de la Ley Complementaria para la Reposición de Partidas de Nacimiento, ya que el procedimiento establecido en nuestro Código Civil para el caso, no le da la agilidad requerida.

      Existe una gran cantidad de personas que no tienen Partidas de Nacimiento. En la búsqueda de solución a esta situación, el Consejo Supremo Electoral con apoyo de UNICEF, está desarrollando un proyecto de inscripción de niños y niñas en 9 municipios del país; también está apoyando la inscripción de 17,500 jóvenes de 16 años de edad en 33 municipios; y asimismo, la Red de Alcaldes Amigos y Defensores de niños y niñas, conjuntamente con INIFOM, desarrollan una campaña para inscribir a niños y niñas que están en la misma situación. De no aprobarse este proyecto de ley, estas personas estarán en situación de ilegalidad y además se verán obligadas a realizar los trámites judiciales ordinarios que son sumamente costosos y burocráticos para ellas, las que en su mayoría provienen de sectores sumamente empobrecidos del país.

      Por estas razones, que son las mismas expresadas por el honorable Diputado Wilfredo Navarro en la Exposición de Motivos del Proyecto de Ley que hemos dictaminado, los suscritos miembros, fundamentado en el Arto. 138, inciso 1) y a los Artos. 44, 45 y 50 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, decidimos dictaminar favorablemente el Proyecto de Ley.

      En consecuencia, sometemos a la consideración del Plenario de la Asamblea Nacional el presente Dictamen, dado que el mismo no se opone a la Constitución Política de la República ni a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua. Por lo antes expuesto, adjuntamos el texto del mismo y les solicitamos su aprobación.


      DR. JOSÉ DÁMICIS SIRIAS V.
      PRESIDENTE
      LIC. ERNESTO ROMERO A.
      SEGUNDO VICEPRESIDENTE

      DR. GUILLERMORAMIREZ C.
      MIEMBRO
      LIC. HERIBERTO GADEA M.
      Miembro
      DR.MARIO GUTIÉRREZ V.
      MIEMBRO
      ING. JOSÉ MANUEL ESPINOZA
      MIEMBRO

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión en lo general.

      Tiene la palabra Emilio Márquez.

      DIPUTADO EMILIO MARQUEZ:

      Gracias, Presidente.

      Es que yo quería presentar una moción, más bien es un agregado al artículo 1, en donde se establezca el plazo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      No estamos en el artículo 1, estamos en lo general.

      Discúlpeme, Diputado.

      DIPUTADO EMILIO MARQUEZ:

      Entonces yo tengo una observación al artículo 1.

      Muchas gracias, Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra el Diputado Pablo Sierra.

      DIPUTADO PABLO SIERRA:

      Señor Presidente.

      Me place que esta ley se esté discutiendo, porque en realidad con la vigencia de esta ley, le vamos a dar respuesta a muchos campesinos, a mucha gente pobre, que por nuestra propia cultura no vemos la necesidad o no ven la necesidad de inscribir las partidas de nacimiento de sus hijos, y en estos momentos en que hay una recesión económica, que poco a poco viene resolviéndose en cierta forma, vamos a darle la oportunidad a toda esta gente pobre de reponer las partidas de nacimiento sin gastar, asistiendo a los Juzgados Locales, para que de una manera rápida y no con el trámite corriente que se hace en los Juzgados de Distrito, que duran varios meses para poder reponer su partida y pagar en abogado. Espero que todos los colegas comprendamos esa situación y le demos su aprobación a esta ley.

      Gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A votación en lo general.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto.1 Se amplía el plazo de vigencia establecido en la Ley de Restablecimiento de la Ley Complementaria de Reposición de Partidas de Nacimiento, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 195, el día 13 de Octubre de 1999, hasta el 31 de Diciembre del año 2002.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Edwin Castro.

      DIPUTADO EDWIN CASTRO:

      En este artículo, por consenso de bancadas -creo que la moción la va a presentar por escrito Emilio Márquez- hemos quedado en que debe darse una última oportunidad a trámites especiales de reposición de partidas de nacimiento. Ha sido un comentario generalizado de los asesores jurídicos de la Junta Directiva, y en consulta con el mismo Consejo Supremo Electoral, que es necesario el ordenamiento en sistemas ordinarios, que es correcto para concluir el sistema de cedulación, pero que no podemos estar eternamente prorrogando excepciones, que es lo que hemos venido haciendo con estas prórrogas de trámites especiales de las partidas de nacimiento.

      Porque también es común que con estas prórrogas, si bien es cierto se facilita en el campo, también se facilitan los abusos que se han venido generando en Nicaragua, en donde se reponen partidas de nacimiento con otros fines, inclusive hasta para disminuirse las edades, y eso es socialmente reconocido en este país. Entonces a Nicaragua, que queremos irla metiendo a la institucionalización y al orden, creemos que es correcta la solicitud del Consejo, para concluir el sistema de cedulación que ya está por terminar. Por eso es que entre bancadas hemos acordado que el artículo 1 va a decir que por última vez se prorroga y por espacio de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la ley.

      Eso es lo que hemos acordado con la Directiva, con el mocionista que hizo la moción, don Wilfredo Navarro y con el Consejo Supremo Electoral, que era uno de los interesados en esta solicitud. Creemos que es correcto, que es prudente, y en base a eso la Bancada del Frente Sandinista se ha comprometido a respaldar esta ley.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Emilio Márquez.

      Tiene la palabra Pablo Sierra.

      DIPUTADO PABLO SIERRA:

      Señor Presidente:

      Con la intervención anterior, que quiere establecerse y por acuerdo de bancada y yo ser parte de la bancada y de la directiva de la bancada, no nos hemos dado cuenta de esos seis meses que se quieren limitar. Yo abogo porque se mantenga lo que dice el dictamen, hasta el 2002, porque cuando se habla de institucionalización, deberíamos estar pensando en que si se va a reformar o a emitir un nuevo Código Civil, para que sea acorde y sea a nuestra verdadera necesidad de ver la cultura y ver los problemas que hay en el campo, y especialmente en la gente de muy escasos recursos.

      Si bien es cierto que se aboga por seis meses, debe ser un mínimo del año, como se está estableciendo en el dictamen. Nosotros, la bancada, creemos que debe ser el año para poder responder a la necesidad; y si es por institucionalización, pensemos en que se reforme el Código Civil o en lo especial, al Registro del Estado Civil de las Personas.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Emilio Márquez.

      DIPUTADO EMILIO MARQUEZ:

      Gracias, Presidente.

      Yo quería proponerle a los honorables Diputados, que al artículo 1, se le haga el siguiente agregado. En la parte final del artículo a partir de donde dice 2002, se le ponga "hasta por seis meses y por última vez". Esa es mi moción, porque el artículo en sí está amplio, está abierto y no tiene un plazo perentorio, porque también nuestros conciudadanos deben ir dando pasos hacia ser más responsables. Lo que decía don Pablo, el que sea un campesino, no significa que pueda obviar su responsabilidad de que cuando nace un niño, pues lo vayan a inscribir; actualmente hay muchos que tienen hasta tres o cuatro nombres, porque se los cambian en regiones recónditas de nuestro país. Entonces para que ya le vayamos dando un orden institucional, voy a pasar mi moción para que se le haga ese agregado al artículo 1.

      Muchas gracias, Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Estamos observando en la Junta Directiva, que no hay acuerdo de bancada, vamos a esperar de que se pongan de acuerdo en los seis meses o en todo el año.

      Entonces ni modo, va a pasar esto para la siguiente legislatura.

      Se suspende la Sesión, y se cita para mañana a las nueve de la mañana.






















































      CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA DOCE DE DICIEMBRE DEL 2001 CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA).

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se solicita a los miembros de la Junta Directiva que por favor asistan al Plenario para poder iniciar la Sesión.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      NELSON ARTOLA ESCOBAR
      MONICA SALVADORA BALTODANO MARCENARO
      JAIME JOSE BONILLA LOPEZ
      JOSE ERNESTO BRAVO MORENO
      RAFAEL OMAR CABEZAS LACAYO
      ADOLFO CALERO PORTOCARRERO
      EDUARDO BERNARDO CALLEJAS DESHON
      MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ
      ROGER CASTELLON ORUE
      FELIX HERNAN CASTILLO FLORES
      EDWIN CASTRO RIVERA
      LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA
      NOEL JOSE DELGADO CUADRA
      FRANCISCO DE PAULA ESPINOZA NAVAS
      LUIS ENRIQUE FIGUEROA AGUILAR
      RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
      FRANCISCO HERIBERTO GADEA MANTILLA
      SERGIO DE JESUS GARCIA PINELL
      ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
      JOSE MERCEDES GONZALEZ PICADO
      MARIO J. GUTIERREZ VASCONSELOS
      SALVADOR HERNANDEZ GUILLEN
      FANOR ANTONIO HERRERA PEREZ
      CARLOS ANTONIO HURTADO CABRERA
      ALBERTO FRANCISCO JARQUIN SAENZ
      ARIEL LOPEZ LOPEZ
      EDUARDO JOSE LOPEZ MEZA
      ARMANDO ISIDORO LOPEZ PRADO
      JORGE ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ
      FRANCISCO JOSE MARTINEZ LARIOS
      PEDRO PABLO MARTINEZ TELLEZ
      PEDRO ALEJANDRO MATUS GONZALEZ
      WILLIAM MEJIA FERRETI
      ENRIQUE MEMBREÑO ORTEGA
      JOSE DE JESUS MIRANDA HERNANDEZ
      VICTOR M. MIRANDA VARGAS
      OSCAR MONCADA REYES
      CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      RAMON ELISEO NUÑEZ HERNANDEZ
      JOSE DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
      GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
      MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
      CARLOS JOSE PALMA ALVARADO
      LEONEL PANTIN WILSON
      NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
      FRANCISCO JAVIER PEREZ ORTEGA
      FRANCISCO PEREZ GOMEZ
      GUILLERMO RAMON RAMIREZ CUADRA
      GUILLERMO VIRGILIO RAMOS DUARTE
      PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON
      ANGELA DEL ROSARIO RIOS PEREZ
      ALBERTO FRANCISCO RIVERA MONZON
      EDUARDO JOSE RIZO LOPEZ
      ANTONIO RIZO ZAMORA
      MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
      MANUEL ERNESTO ROMERO ANGULO
      JORGE ALBERTO SAMPER BLANCO
      GUADALUPE DOLORES SANCHEZ BLANDON
      JOSE MARIA SANCHEZ SANTANA
      WILLIAM SCHWARTZ CUNNINGHAM
      NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
      PABLO DEL SOCORRO SIERRA CHACON
      WINSTON SIMPSON GAYLE
      VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE
      LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
      HENRY URCUYO MALEAÑOS
      MARTHA HERIBERTA VALLE VALLE
      DAMASO VARGAS LOAISIGA
      DORA ODILI ZELEDON ZELEDON
      LEONIDAS ZUNIGA MOLINA

      Constatación del quórum: 71 Diputados presentes. Hay quórum legal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se abre la Sesión.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Vamos a iniciar la Sesión con el Adendum Nº 11,Punto I: PRESENTACION DE LEYES:

      1.38:DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL (OMI).
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      Nicaragua se adhirió al Convenio Relativo de la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental, adoptado por la Conferencia Marítima de las Naciones Unidas, celebrada en Ginebra el 6 de Marzo de 1948, y sus Enmiendas contenidas en las Resoluciones A 358 de 1975, A-400 de 1977 y A-450 de 1979.

      Mediante la Resolución Nº 735 de 1993 de la Asamblea de la Organización Constitutivo Marítima Internacional se adoptaron las enmiendas que tienen por objetivo ampliar el número de miembros del Consejo para que esté integrado por 40 en vez de 32, los que son elegidos por la Asamblea. Consideramos que las enmiendas son de orden administrativo y representan un beneficio para nuestro país, dado que la adopción no implica ninguna obligación financiera, sino por el contrario la ampliación del Consejo permitirá la participación de ocho países adicionales en dicho Organo Ejecutivo de la Organización Consultiva Marítima Internacional, que para nuestro país en desarrollo significa una oportunidad para estar representados en dicho organismo.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional, el Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional (OMI).

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión del Exterior para su debido dictamen.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      1.39: DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CENTRO PARA LA PROMOCION DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA EN CENTROAMERICA (CENPROMYPE).

      Managua, 14 de Noviembre de 2001.

      Doctor
      Pedro Joaquín Ríos Castellón
      Secretario Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Señor Ríos:

      Adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio Constitutivo del Centro para la Promoción de la Micro y Pequeña Empresa en Centroamérica (CENPROMYPE), con su correspondiente Exposición de Motivos.

      Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.

      Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.

      ARNOLDO ALEMAN LACAYO
      Presidente de la República de Nicaragua
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      El sector de la micro, pequeña y mediana empresa (PYME), tiene una importancia estratégica en el desarrollo socioeconómico del país, por su capacidad inherente de empleo, innovación y crecimiento, lo cual provee muchos beneficios a la sociedad.

      Se hace necesario mejorar la coordinación interinstitucional de las entidades, organizaciones y proyectos que apoyan al sector de la pequeña y mediana empresa, tanto a nivel nacional como regional, con el objetivo de evitar la duplicación de esfuerzos, optimizar el uso de los recursos y asegurar el aprovechamiento de experiencias exitosas.

      Es interés del Gobierno de la República de Nicaragua fomentar el desarrollo de este sector y promover el desarrollo de la economía, orientando recursos provenientes de la cooperación externa para mejorar sus niveles de productividad.

      Dicho interés se enmarca dentro de la responsabilidad que tiene el Estado de generar las condiciones para el crecimiento económico del país y reducir la pobreza, mediante una más decidida participación de aquellos agentes que atienden a la micro, pequeña y mediana empresa. En este sentido el día 15 de Junio de 2001, los Presidentes de las Repúblicas Centroamericanas, suscribieron el Convenio Constitutivo del Centro de Promoción de la Micro y Pequeña Empresa en Centroamérica, cuyo objetivo fundamental es contribuir al desarrollo productivo de la micro y pequeña empresa (MYPE), así como mejorar la calidad de vida y el empleo de las personas que trabajan en ellas a través del fortalecimiento de las entidades públicas y privadas que las apoyan, ampliando la cobertura de los servicios de desarrollo empresarial y financiero de la MYPE, optimizando así su calidad y buscando la eficiencia de las entidades que los prestan.

      El Centro, en el marco de la Alianza para el Desarrollo Sostenible (ALIDES), tendrá a su cargo, entre otras, las siguientes tareas:

      1. Realizar estudios e investigaciones, especialmente en áreas no suficientemente exploradas, de nivel básico, aplicado y especializado, siempre con una finalidad propositiva, así como sistematizar aquellas experiencias que hayan demostrado su validez e implementar aquellas que hayan demostrado su utilidad.

      2. Diseñar y desarrollar productos y servicios innovativos en el campo empresarial y financiero para fomentar la competitividad de la MYPE, incluyendo el desarrollo de metodologías, contenidos y herramientas para la prestación de servicios.

      3. Dinamizar y desarrollar el mercado de los servicios a favor de la micro y pequeña empresa.

      4. Intercambiar información y experiencias, así como facilitar foros y debates sobre la MYPE.

      5. Medir y evaluar los resultados e impactos de la promoción empresarial de las micros y pequeñas empresas.

      6. Gestionar fondos para proyectos propios o de las entidades relacionadas con la promoción de la MYPE.

      7. Prestar servicios, entre otros, de asistencia técnica, capacitación y consultoría.

      Las actividades desarrolladas por el Centro a nivel regional y por las instancias nacionales en conjunto con el Centro, a nivel nacional, vendrán a propiciar un mejoramiento de las normas y prácticas de gestión de las micros y medianas empresas, así como su tecnología y sus productos, lo cual se traducirá en un fortalecimiento de su posición en el mercado, ya sea en el ámbito nacional como en el regional, en el que estas micros, pequeñas y medianas empresas se enfrentarán inevitablemente a la competencia internacional en un futuro no muy lejano.

      Es entonces necesario para Nicaragua proceder a la aprobación por parte de la Honorable Asamblea Nacional, del presente Convenio Constitutivo del CENTROMYPE. Dado el cumplimiento de sus objetivos, implementación de sus programas, así como la ejecución de sus proyectos, Nicaragua se vería ampliamente beneficiada al impulsarse de manera más significativa, el desarrollo sustancial de sus micros, pequeñas y medianas empresas.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio Constitutivo del Centro para la Promoción de la Micro y Pequeña Empresa en Centroamérica (CENPROMYPE).

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Continuamos siempre en el Adendum Nº 11.

      1.40:DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESION DE LOS ATENTADOS TERRORISTAS COMETIDOS CON BOMBAS.
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      En las últimas décadas la sociedad ha sido víctima de uno de los peores flagelos: el terrorismo, que es un hecho expresivo de violencia que se le puede ver durante toda la historia (conquistas, guerras) con sus más variadas formas de expresión y crueldad.

      El terrorismo se constituye así, tanto en el ámbito interno como en el mundial, como en una vía abierta a todo acto violento, degradante e intimidatorio, y aplicado sin reserva o preocupación moral alguna. No es, por lo tanto, una práctica aislada, reciente ni desorganizada, pero no por ello estructurado.

      Los fines buscados por esta forma de "guerra" no convencional pueden tener fines políticos, religiosos, culturales, y lisa y llanamente la toma del poder por un medio totalmente ilícito. Por dichas causas, el mundo se ve sacudido diariamente con noticias de atentados producidos en vía pública, donde pierden la vida gente inocente y totalmente a esa "guerra" o intereses diversos.

      El terrorismo no conoce fronteras, sus orígenes igual pueden encontrarse en cualquier continente del orbe y sus atentados pueden perpetrarlos en cualquier país del mundo, por lo que se impone la necesidad de que la comunidad internacional luche de manera conjunta y coordinada contra este flagelo. En tal sentido, el Señor Kofi Annan, Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, manifestó el día 25 de Septiembre del año en curso:

      "Hoy el terrorismo amenaza a todas las sociedades y a todos los pueblos, y cuando el mundo toma medidas contra sus autores, se nos ha recordado a todos la necesidad de afrontar toda la serie de condiciones que permiten el crecimiento de ese odio y esa depravación. Tenemos que oponernos más resueltamente a la violencia, al fanatismo y al odio. Las Naciones Unidas deben continuar su labor mientras combatimos los males de nuestros tiempos -conflictos, ignorancia, pobreza y enfermedad-. Con esto no se pondrá fin a todas las fuentes de odio y a todos los actos de violencia, hay quienes odiaran y matarán incluso si se han corregido todas las injusticias. Pero si el mundo puede demostrar que seguirá adelante, que preservará para crear una comunidad internacional más fuerte, más justa, más generosa y más auténtica por encima de las diferencias de religión y de raza, el terrorismo habrá fracasado.

      Tampoco debe dudar nadie de que el mundo entero está resuelto a luchar contra ese flagelo todo el tiempo que sea necesario. De hecho la respuesta mundial más elocuente que han recibido hasta ahora los ataques de la semana pasada ha sido el compromiso de los Estados de todas las creencias y todas las regiones a actuar con firmeza contra el terrorismo. En un momento como éste, el mundo se define no sólo afirmándose a favor de algo sino también en contra de algo. Las Naciones Unidas y la comunidad internacional deben tener el valor de reconocer que lo mismo que hay objetivos comunes hay enemigos comunes. Para derrotarlos, todas las naciones de buena voluntad deben aunar sus fuerzas en un esfuerzo conjunto que abarque todos los aspectos del sistema mundial abierto y libre que tan atentamente han explotado los autores de las atrocidades de la semana pasada.

      Las Naciones Unidas ocupan una posición singularmente propicia para promover ese esfuerzo. Ofrecen el foro necesario para formar una coalición universal y pueden dar legitimidad mundial a la reacción contra el terrorismo a largo plazo. Los convenios y convenciones de las Naciones Unidas proporcionan ya un marco jurídico para muchas de las medidas que deben adoptarse con el fin de erradicar el terrorismo, incluida la extradición y el enjuiciamiento de los perpetradores, así como la represión del blanqueo de dinero. Es preciso que estos instrumentos se apliquen plenamente".

      El Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas fue aprobado por la Asamblea General de la ONU en la 72ª Sesión Plenaria, el 15 de Diciembre de 1997.

      Mediante este instrumento se procura denegar "refugios seguros" a personas requeridas por atentados terroristas con bombas, obligando a cada Estado Parte a enjuiciar a tales personas en el caso de no extraditarlos al Estado que ha solicitado la extradición.

      Los Estados también se comprometen a adoptar las medidas que sean necesarias para que los actos criminales de los que trata este Convenio, en particular los que obedezcan a la intención o el propósito de crear un Estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en determinadas personas, no puedan justificarse en circunstancia alguna por consideraciones de índole política, filosófica, ideológica, racial, étnica, religiosa u otra similar, y sean sancionados con penas acordes a su gravedad.

      Mediante este instrumento se establece que comete delito quien intencionalmente entregue, coloque, arroje, detone un artefacto explosivo u otro artefacto mortífero en o contra un lugar de uso público, una instalación pública o gubernamental, red de transporte público o una instalación de infraestructura. También comete delito quien participe en la comisión de uno de estos actos ilícitos o contribuya de algún modo a la comisión de ellos.

      Una característica importante es que varios de los aspectos de esta Convención, tales como la extradición, no serán de aplicación cuando el delito se haya cometido en un solo Estado, el presunto delincuente, las víctimas sean nacionales de ese Estado y el presunto culpable se halle en el territorio de ese Estado y ningún otro Estado esté facultado para ejercer la jurisdicción de acuerdo a lo que se establece en el Convenio.

      Los delitos que trata este instrumento se considerarán incluidos entre los que dan lugar a extradición, en todo tratado de extradición concertado entre Estados Partes con anterioridad a la entrada en vigor de este Convenio. Los Estados Partes se comprometen a incluir tales delitos como casos de extradición en todo tratado sobre la materia que concierten posteriormente entre sí. Adicionalmente los Estados podrán considerar este Convenio como base jurídica necesaria para la extradición con respecto a los delitos por él tratados, siempre respetando las condiciones exigidas por la legislación interna del Estado al que se ha hecho la solicitud.

      Para los fines de la extradición o de la asistencia judicial recíproca ninguno de los delitos de que trata este Convenio se considerará delito político, delito conexo a un delito político ni delito inspirado en motivos políticos. En consecuencia, no podrá rechazarse una solicitud de extradición o de asistencia judicial recíproca formulada en relación con un delito de ese carácter, por la única razón de que se refiere a un delito político, un delito conexo a un delito político inspirado en motivos políticos.

      Los Estados Partes cumplirán las obligaciones que les incumben en virtud de este Convenio, de manera compatible con los principios de la igualdad soberana, la integridad territorial de los Estados y la no-intervención en los asuntos internos de otros Estados.

      Adicionalmente nada de lo dispuesto en este Contrato facultará a un Estado Parte, para ejercer su jurisdicción en el territorio de otro Estado Parte ni para realizar en él funciones que estén exclusivamente reservadas a las autoridades de ese otro Estado Parte por su derecho interno.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión del Exterior para su dictamen.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Continuamos en el Adendum 11.

      1.41: DECRETO DE APROBACION DEL 2 CONTRATO DE PRESTAMO N°.1088 SF-NI, PROGRAMA PARA LA REHABILITACION DEL TRAMO SAN LORENZO- MUHAN (CARRETERA MANAGUA-RAMA)”.

      EXPOSICION DE MOTIVOS

      El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al obtener un préstamo concesional con cargo a los recursos del Fondo para Operaciones Especiales, para financiar el "Programa para la Rehabilitación del Tramo San Lorenzo-Muhan" de la Carretera-Rama.

      El objetivo principal del Programa es reducir los costos de transporte y facilitar la movilización de pasajeros y carga entre la zona atlántica y el interior del país, para contribuir a la reactivación de la producción agrícola y ganadera de la zona y a la integración de las comunidades con el resto del país.

      Específicamente este proyecto busca:

      1. La rehabilitación del Tramo San Lorenzo-Muhan de la carretera Managua-Rama, la cual constituye la principal vía terrestre de comunicación hacia el Atlántico;

      2. La modernización de la organización institucional del sector vial;

      3. La implementación de nuevas estrategias para mejorar el mantenimiento vial.

      En los términos de este Contrato, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se compromete a otorgar al Gobierno de la República de Nicaragua un préstamo con cargo a los recursos del Fondo de Operaciones Especiales (FOE), hasta por una suma de treinta y cinco millones de dólares (US$35,000,000.00) o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con cargo a este financiamiento constituirán el "Préstamo".

      El préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario en un plazo de cuarenta (40) años contados a partir de la fecha de firma del Contrato, mediante sesenta (60) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos diez (10) años y seis (6) meses contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato.

      El Prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del préstamo, intereses del uno por ciento (1%) por año hasta los diez años contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato y del dos por ciento (2%) por año desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los seis (6) meses de la fecha de firma del presente Contrato.

      Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del Prestatario, durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.

      Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, éste pagará una comisión de crédito del 1/2% por año, que empezará a devengarse a los doce (12) meses contados a partir del 10 de Octubre de 2001, fecha en que el Director Ejecutivo del Banco aprobó la Resolución relativa a este financiamiento.

      Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, en las mismas fechas estipuladas para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las Estipulaciones Especiales.

      Esta Comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que (i) se hayan efectuado los respectivos desembolsos; o (ii) haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento, de conformidad con los Artículos 3.12, 3.13 y 4.02 de estas Normas Generales, y con las pertinentes de las Estipulaciones Especiales.

      Del monto del financiamiento, se destinará la suma de trescientos cincuenta mil dólares (US$350,000.00), que equivale al 1%, para cubrir los gastos del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales, y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.

      El Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa el equivalente de siete millones de dólares (US$7,000,000.00), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario.

      Por las razones expuestas, con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de esa Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto de Aprobación del "Contrato de Préstamo Nº 1088/SF-NI, "Programa para la Rehabilitación del Tramo San Lorenzo-Muhan (carretera Managua-Rama)".

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      Pasa a la Comisión Económica para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      1.42 LEY CREADORA DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION DE LA EDUCACION SUPERIOR (SINEAES).
      EXPOSICION DE MOTIVOS


      Sr. Presidente
      Asamblea Nacional
      Oscar Moncada Reyes
      Su Despacho.

      Desde hace varios años, con el surgimiento de las universidades privadas en Centroamérica y Nicaragua, se ha venido planteando de manera recurrente el tema de la EVUALUACION DE LA CALIDAD en la Educación Superior con el objetivo subyacente de generar una redefinición de los rumbos estratégicos de las instituciones Universitarias públicas y privadas, de tal manera que el quehacer educativo de las mismas adquiere renovados perfiles de pertinencia histórica y excelencia científica.

      Las universidades públicas, miembros del CNU y adscritas al CSUCA, han desplegado importantes esfuerzos en torno a la configuración del SISTEMA CENTROAMERICANO de EVALUACION y ACREDITACION de la EDUCACION SUPERIOR S.I.C.E.V.A.E.S., y han iniciado experiencias puntuales de auto evaluación institucional con prometedores resultados.

      Por su parte, las universidades privadas legalmente reconocidas por el CNU, pero que no forman parte orgánica de esta entidad, en virtud de la voluntad taxativa de la Ley 89 de Autonomía; también han comenzado a desplegar sus iniciativas en el marco de la ASOCIACION DE UNIVERSIDADES PRIVADAS DE CENTROAMERICA (AUPRICA) y han iniciado el proceso de configuración de sus unidades de auto evaluación institucional.

      En esas circunstancias es obvio que el país debe tener UN SOLO SISTEMA DE EVALUACION Y ACREDITACION aplicable tanto a las universidades públicas, como a las universidades privadas, siempre que en el mismo se garantice un tratamiento equitativo, justo y absolutamente equilibrado, base y esencia de la credibilidad de cualquier sistema de esta naturaleza.

      El proyecto de Ley que presentamos a continuación, se perfila efectivamente con esas características y tiene entre otros, los siguientes atributos técnicos y políticos:

      1. Ratifica el principio de incorporación progresiva y voluntaria de las universidades nicaragüenses a los procesos de evaluación y acreditación institucional y de programas.

      2. Garantiza una representatividad balanceada y justa de las universidades públicas y privadas en los equipos técnicos y reserva de pares evaluadores que ejecutarán las actividades de evaluación de las instituciones interesadas.

      3. Asegura un procedimiento de elección alternativa y periódica de los principales órganos políticos y técnicos del sistema, a fin de generar un proceso dinámico de renovación sin la pérdida de la experiencia técnica acumulada.

      4. Genera una dinámica participativa en la que las instituciones obtienen ventajas estratégicas de su incorporación al sistema por la obtención de planes de mejora continua y programas de seguimiento a la superación de los problemas detectados.

      4. Garantiza a los alumnos usuarios de la Educación Superior, y al país, una formación universitaria de alta calidad, sometida al riguroso examen de organismos técnicos surgidos del mismo seno de las universidades participantes.

      5. El proyecto de Ley, también ha previsto que los procesos de evaluación se desarrollarán en forma progresiva, iniciando el ciclo con las experiencias de auto evaluación voluntariamente impulsadas por las instituciones interesadas.

      Por supuesto, damos por sentado que la aprobación y construcción del sistema de evaluación, y por ende, el establecimiento de su marco jurídico, debe estar precedido de un amplio proceso de consulta con todos los interesados.

      Esperamos que el presente proyecto de Ley, brinde la oportunidad institucional de establecer el MARCO LEGAL necesario para garantizar el SALTO DE CALIDAD de la EDUCACION UNIVERSITARIA NICARAGUENSE.

      Diputado Leónidas Centeno.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión de Educación para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:


      1.43:LEY DE RESTRICCION DE PUBLICACIONES Y DIVULGACIONES PRONOGRAFICAS.

      EXPOSICION DE MOTIVOS
      Managua, 3 de Diciembre del 2001.


      Licenciado
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Licenciado Moncada:

      Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, de conformidad al numeral 1) del Artículo 140 de la Constitución Política de la República, de los artículos 4, numeral 2) y del Artículo 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, presentamos esta Iniciativa de Ley, "LEY DE RESTRICCION DE PUBLICACIONES Y DIVULGACIONES PORNOGRAFICAS", a fin de que ésta se constituya en el instrumento jurídico por medio del cual se proceda a la regulación y restricción de la importación, distribución, comercialización o reproducción de gráficas, videos, cintas cinematográficas o audiovisual, o de cualquier otro material o propaganda pornográfica en la cual se sintetice el conjunto de normas y disposiciones sobre la materia.

      No se trata de limitar la libertad de expresión, ni restringir el derecho a la información veraz, ambos derechos consignados en el artículo 30 y en el 66 Cn., respectivamente, si no más bien de brindar protección a los valores morales y las buenas costumbres de la sociedad nicaragüense, así como brindar cierta seguridad a los ciudadanos que habitan y circulan de manera libre en el territorio nacional, quienes se ven expuestos por este tipo de materiales al ser expuestos de manera pública y sin control alguno en todo el ámbito social.

      Esta iniciativa de Ley se origina en la preocupación de querer preservar los valores morales de las nuevas generaciones de la sociedad nicaragüense y que así se trasladen de forma generacional, situación que debe de ser una preocupación del Estado nicaragüense y de sus autoridades y dar respuestas que generen satisfacción, tranquilidad y seguridad ante las diferentes autoridades de la sociedad y sus integrantes.

      Esta situación presupone la necesidad de disponer de una ley que se integre a nuestro ordenamiento jurídico para normar situaciones que se pueden constituir en conductas delictivas, pensando en que cuyo contenido contenga normas que controlen y regulen de manera previsora esas nuevas conductas delictivas que en el futuro se pudieran derivar.

      Las nuevas formas delincuenciales desarrolladas en el ámbito de las personas que las promueven y practican, sobrepasan la previsión de las conductas preestablecidas y tipificadas en el decimonónico catálogo de delitos contra la moralidad y las buenas costumbres, pues la lesión y puesta en peligro de bienes jurídicos que este tipo de delincuencia produce, no se puede reducir únicamente al simple daño causado al patrimonio moral que tenemos los nicaragüenses, pues éste va más allá, porque también causa daño a los bienes jurídicos que pertenecen a la sociedad nicaragüense, particularmente las relaciones que se generan de forma derivada con el tráfico de tales mercancías en el mercado nicaragüense con relación a la sociedad.

      El conjunto de consideraciones de carácter general y las específicas expresadas en esta Iniciativa de Ley, nos han permitido a los proyectistas determinar que el Proyecto de "LEY DE RESTRICCION DE PUBLICACIONES Y DIVULGACIONES PORNOGRAFICAS" es una necesidad real para establecer las normas jurídicas básicas socialmente necesarias, además no se trata de un proyecto de Ley que genere roces con el ordenamiento jurídico nicaragüense, sino más bien por el contrario, éste viene a darle fortaleza.

      En virtud de lo expuesto y señalado anteriormente, y con fundamentos jurídicos señalados, los suscritos miembros presentamos el presente proyecto de Ley para el debido y correspondiente trámite de formación de la Ley, hasta su respectivo dictamen favorable y su posterior aprobación por el Plenario.

      Managua, 3 de Diciembre del 2001.


      WILLIAM MEJIA FERRETY
      LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
      ARIEL LOPEZ LOPEZ
      LUIS ALBERTO URBINA NOGUERA
      MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
      VICTOR MIRANDA VARGAS
      SERGIO GARCIA PINELL
      ERNESTO ROMERO ANGULO
      WINSTON SIPSON GAYLE
      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      GUILLERMO RAMIREZ CUADRA
      ROGER CASTELLON ORUE
      FRANCISCO ESPINOZA NAVAS
      MARIO LIZANO GUTIERREZ
      JAIME BONILLA LOPEZ
      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión de Educación y a la Comisión de Justicia para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      1.44:LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY SOBRE CARACTERISTICAS Y USO DE LOS SIMBOLOS PATRIOS.
      Managua, 3 de Diciembre del 2001.


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Señor Presidente:

      Con fundamento en el Arto. 140 Cn., y en los Artos. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, le remito el Proyecto de Ley denominado "LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY SOBRE CARACTERISTICAS Y USO DE LOS SIMBOLOS PATRIOS", junto con la correspondiente Exposición de Motivos, a fin de que sea sometida a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional.

      Solicito se le dé trámite correspondiente a esta Iniciativa, a fin de que pueda ser conocida y aprobada por el Plenario de la Asamblea Nacional.

      Agradeciendo su fina atención a la presente, le reitero mis muestras de consideración y estima.

      DR. PEDRO MATUS
      DIPUTADO BANCADA LIBERAL

      EXPOSICION DE MOTIVOS

      Con fundamento en el Arto. 140 Cn., y en los Artos. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional presento ante la Asamblea Nacional, para su debida aprobación el Proyecto de Ley denominado "LEY DE REFORMA PARCIAL A LA LEY SOBRE CARACTERISTICAS Y USO DE LOS SIMBOLOS PATRIOS".

      Este Proyecto de Ley tiene por objeto reformar parcialmente la ley sobre características y uso de los Símbolos Patrios con el propósito de elevar y fomentar el patriotismo en las ciudades y en las futuras generaciones de manera integral, en todo lo referente a nuestros Símbolos Patrios.

      Es de primordial importancia que cada ciudadano tome conciencia del verdadero significado que tiene cada uno de los Símbolos Patrios y del respeto que deben tener hacia los mismos, valores que deben ser rescatados en virtud de la decadencia que han venido sufriendo dichos valores.

      Debemos terminar con la anarquía de la confección y uso de nuestros Símbolos Patrios Nacionales, tenemos como ejemplo los escudos que está en el frontis norte y sur de uno de los edificios más calificados de nuestro país, como es el Palacio Nacional, hoy Palacio de Cultura, donde el escudo contraviene la Ley, pues parece que es el escudo de El Salvador. Nuestro escudo nunca ha tenido cañones, corona de laurel, banderas, etc. El escudo de Nicaragua es un triángulo equilátero que tiene en su interior el arcoiris, el gorro frigio, cinco volcanes y los océanos Atlántico y Pacífico, y en su exterior la leyenda circular que dice: "República de Nicaragua, América Central"; dicha Leyenda no debe estar enmarcada en círculos concéntricos.

      El Ejército Nacional y la Policía Nacional usan nuestro escudo incorrectamente en uniformes, quepis y en cuadros alusivos, ya que le falta la leyenda "República de Nicaragua, América Central".

      Este proyecto de Ley establece la obligación del Poder Ejecutivo de facilitar a los estudiantes de centros escolares del Estado, y ciudadanía, el número de banderas nacional necesarias para ser enarboladas en sus hogares a precio de costo; la responsabilidad de las entidades públicas o privadas; de los particulares y empresas de acondicionar los edificios correspondientes con materiales alusivos o a las fiestas patrias; el deber de todos los medios de comunicación de difundir anuncios, comentarios, etc., relacionado con las festividades patrias.

      Managua, 3 de Noviembre del dos mil uno.
      PEDRO MATUS GONZALEZ
      Diputado.


      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pasa a la Comisión de Educación para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:


      Vamos a pasar ahora al Punto III: PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS.
      EXPOSICION DE MOTIVOS

      Licenciado
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Distinguido Señor Presidente:

      El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley Nº 147, "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro", presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION DE AMOR PASTORAL EN NICARAGUA, (AAPEN), Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Nº 43 y 44, otorgada ante los oficios notariales de la Lic. Fátima Renata Garay Portocarrero, en la ciudad de Managua, el día doce de Octubre del dos mil uno.

      Esta Asociación se constituyó, entro otros, con los siguientes objetivos:

      A) Crear un Comité Interdenominacional Pastoral Evangélico de todas las denominaciones independientes.

      B) Establecer un reglamento interno, con el fin de beneficiar a los miembros del Comité con una pensión de retiro después de cinco años continuos.

      C) Crear clínicas médicas y odontológicas en beneficio de la familia pastoral integrada (Pastor, esposa e hijos).

      D) Tener relaciones denominacionales e interdenominacionales con todos los organismos evangélicos de Nicaragua y el mundo.

      E) Crear un Comité Ejecutivo presidido por un Pastor que se encargue de distribuir las donaciones al Comité Pastoral, el que sólo puede ser nombrado por la Junta Directiva en pleno.

      Por lo antes expuesto, someto a consideración de los Diputados de la Asamblea Nacional la presente Iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario, y luego pasada a Comisión para su respectivo dictamen y su posterior aprobación.

      Managua, 28 de Noviembre del año dos mil uno.

      VICTOR MANUEL TALAVERA H.
      DIPUTADO
      Asamblea Nacional

      A continuación vamos a leer la lista:


      3.185 ASOCIACION DE AMOR PASTORAL EN NICARAGUA (AAPEN)
      3.186 ASOCIACION ADUANEROS INDEPENDIENTES.

      3.187 ASOCIACION INSTITUTO CENTROAMERICANO DE RELACIONES INTERNACIONALES Y AMBIENTALES (ICRA).

      3.188 ASOCIACION IGLESIA APOSTOLICA UNIDAD DE JESUCRISTO EN NICARAGUA (IGUAGENIC).

      3.189 ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO MINISTERIO CRISTO VIENE.

      3.190 ASOCIACION AMIGOS DEL FUTURO

      3.191 ASOCIACION DE ACCION AL METODO NATURAL (AMEN)

      3.192 FUNDACION SIEMPRE VERDE PARA EL DESARROLLO AGRICOLA Y SOSTENIBILIDAD Y/O EVERGREEN FOUNDATION FOR AGRICULTURAL DEVELOPMENT &SUSTAINABILITY.

      3.193 FUNDACION DE MUJERES DESMOVILIZADAS EX COMBATIENTES DE GUERRA DE LA RESISTENCIA NICARAGÜENSE, DEL EJERCITO NACIONAL Y DEL MINISTERIO DE GOBERNACION POR LA RECONCILIACION, LA PAZ Y EL DESARROLLO (FUNMDEGPAZRD).

      3.194 FUNDACION CINEMATOGRAFICA CAMILA FILMS.

      3.195 FUNDACION NICARAGUENSE PARA LA PROMOCION, PROTECCION Y EL DESARROLLO DE LAS FAMILIAS (ENFAMILIA).

      Hasta aquí la lista y la Exposición.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      Pasan a la Comisión de Defensa y Gobernación para su dictamen.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      IV: DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS PRESENTADOS POR LA COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      EXPOSICION DE MOTIVOS

      Licenciado
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Distinguido Señor Presidente:

      El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley, Nº 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro", presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION ORGANIZACION DE DISCAPACITADOS, PENSIONADOS Y ASEGURADOS DEL MINISTERIO DE GOBERNACION (ODISPA-MINGOB). Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública del doce de Octubre del año dos mil uno. Esta Asociación se constituyó con los fines de crear un Comité Interdenominacional para apoyar a estos discapacitados y pensionados del Ministerio de Gobernación, crear un Comité presidido por ellos mismos de entre sus miembros.

      Por lo antes expuesto, someto a consideración de los Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de la Asamblea Nacional.

      Managua, 9 de Noviembre del año dos mil uno.

      Hasta aquí la Exposición de Motivos.

      La lista de las Personalidades Jurídicas a aprobarse:

      6.150 ASOCIACION ORGANIZACION DE DISCAPACITADOS, PENSIONADOS Y ASEGURADOS DEL MINISTERIO DE GOBERNACION (ODISPA-MINGOB).

      6.151 ASOCIACION DE SOLIDARIDAD HUMANA DE SANTO DOMINGO DE LAS SIERRAS (ASOHUMANA SANTO DOMINGO).

      6.152 ASOCIACION PARA LA REHABILITACION DE LA COMARCA DE PALO GRANDE (ASOPREPAL).

      6.153 ASOCIACION DE DAMAS ESTELIANAS RADICADAS EN MANAGUA (ADERMA).

      6.154 ASOCIACION NICARAGUENSE DE MARAÑON (ANIMAR)

      6.155 ASOCIACION INDIGENA PARA EL DESARROLLO DEL RIO COCO (WANGKI IDIANKA PAWANKA DUKIARA) (WINDPAD).

      6.156 ASOCIACION PRO DE DESARROLLO COMARCAL NORTE Y SUR (ASPRODECOM).

      6.157 ASOCIACION NICARAGUA CASA GRANDE (NICALPULLI).

      6.158 ASOCIACION INTERNET DE NICARAGUA (AIN).

      6.159 ASOCIACION AMIGOS POR LA DEMOCRACIA "AMIGOS POR LA DEMOCRACIA".

      6.160 ASOCIACION VOLUNTARIADO ECOLOGICO DE RESCATE A LA DIVERSIDAD (VER-D).

      6.161 ASOCIACION CONGREGACION COMPAÑIA DE MARIA (ACCM).

      6.162 ASOCIACION CRISTO CONMIGO.

      6.163 ASOCIACION MISION MENONITA NICARAGÜENSE O MISION MENONITA.

      6.164 ASOCIACION DE PASTORES INTERDENOMINACIONAL DE LEON (APIL).
      6.165 ASOCIACION IGLESIA CAMINO BIBLICO DE NICARAGUA.

      6.166 ASOCIACION TERESIANO CARMELITANA DE NICARAGUA (AZTECAN).

      6.167 ASOCIACION EL PAN DE CADA DIA.

      6.168 ASOCIACION MINISTERIO DE LIBERACION Y LEVANTAMIENTO ESPIRITUAL EN DIOS HAREMOS PROEZAS SALMO 60:12.

      6.169 ASOCIACION IGLESIA CENTRO MISIONERO NUEVA VIDA.

      6.170 ASOCIACION CENTRO CASA HOGAR JERUSALEM (CENJER).

      6.171 ASOCIACION ORGANIZACION DE MUJERES DISCAPACITADAS DE LA DALIA.

      6.172 ASOCIACION ORGANIZACION DE MUJERES CON DISCAPACIDAD FORJADORAS DEL MILENIO.

      6.173 ASOCIACION ATENCION A LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA EN RIESGO DE ALCOHOLISMO Y DROGADICCION (ANARAD).

      6.174 ASOCIACION PREVENCION PRENATAL.

      6.175 ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DEL BARRIO SILVIO GONZALEZ MENA DE DIRIAMBA (COMITE DE BARRIO SILVIO GONZALEZ).

      6.176 ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO RURAL (ACODER).

      6.177 ASOCIACION DE TECNICOS Y PROFESIONALES PARA EL DESARROLLO DEL TROPICO HUMEDO (ATEPRODETH).

      6.178 FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE ALTERNATIVAS MUNICIPAL QUE IMPULSA GESTIONES DE OBRAS SOCIALES, UNIENDO NUESTRO INTERES DE DESARROLLO Y DE OTROS SERVICIOS (AMIGOS UNIDOS).

      6.179 FUNDACION DE EXCOMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS POR LA PAZ Y RECONCILIACION "AUGUSTO CESAR SANDINO" (FEXCOMCOHPRACS).

      6.180 FUNDACION NICA-AMOR A LO NUESTRO (FUNICAN).

      6.181 FUNDACION PARA EL DESARROLLO ESPIRITUAL Y HUMANO "SED DE JUSTICIA" (FUNDEH).

      6.182 FUNDACION NACIONAL E INTERNACIONAL DE CULTURA CARLOS MARTINEZ RIVAS "CARLOS MARTINEZ RIVAS".

      6.183 FUNDACION NICARAGÜENSE PARA LA DIABETES (FND).

      6.184 FUNDACION PARA EL DESARROLLO Y LA PAZ DE CENTROAMERICA (FUNDEPCA).

      6.185 FUNDACION TELETON o FUNTE.

      6.186 FUNDACION PARA EL DESARROLLO Y EJECUCION DE PROYECTOS SANITARIOS Y AMBIENTALES (FUDEPSA).

      6.187 FUNDACION PARA ADOLESCENTES IXBALANQUE (FUNPAIX).

      6.188 FUNDACION ASISTENCIAL CONTRA LA POBREZA (FACOP).

      6.189 FUNDACION GENERACION FELIZ (GENFE).

      6.190 FUNDACION PARA EL DESARROLLO F. MARTINI (F. MARTINI).

      Hasta aquí la lista.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión en lo general.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:
      LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
      En uso de sus facultades,
      HA DICTADO
      El siguiente:
      DECRETO

      Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION ORGANIZACION DE DISCAPACITADOS, PENSIONADOS Y ASEGURADOS DEL MINISTERIO DE GOBERNACION (ODISPA-MINGOB), sin fines de lucro, de duración indefinida, y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto. 3 La ASOCIACION ORGANIZACION DE DISCAPACITADOS, PENSIONADOS Y ASEGURADOS DEL MINISTERIO DE GOBERNACION (ODISPA-MINGOB), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 3.

      SECRETARIO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 4, la ley, y toda la lista que se ha leído para las personerías jurídicas de las Asociaciones.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Siempre en el Adendum 11, Punto.

      II: DISCUSION DE DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEYES PRESENTADOS POR LAS DIFERENTES COMISIONES:

      2.32: DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO N°. 1086/SF-NI, PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL.
      DICTAMEN
      4 de Diciembre del 2001.


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.

      Estimado Señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO Nº 1086/SF-NI, "PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL". La Comisión, en relación con este Convenio de Crédito, ha valorado los siguientes factores:
      FIRMA DEL CONVENIO:

      Que este Convenio de Crédito Número 1086/SF-NI, fue suscrito entre el Señor Mario Mejía, Representante del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y el Ingeniero Esteban Duque Estrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua.
      OBJETO DEL CONVENIO:

      El objetivo principal del Programa es incrementar la capacidad institucional y financiera de los gobiernos municipales para hacer frente a los crecientes desafíos del proceso de urbanización y mejorar sus servicios e infraestructuras locales.
      COMPONENTES:

      Para el logro de los objetivos mencionados anteriormente, el proyecto busca:

      1) Fortalecer institucionalmente a las municipalidades participantes de manera que mejore su capacidad financiera y eficiencia en la prestación de los servicios municipales.

      2) Promover un desarrollo urbano ordenado y ambientalmente sostenible.

      3) Fortalecer al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM), para que contribuya a mejorar la oferta de capacitación y asistencia técnica municipal, desarrolle instrumentos y sistemas de gestión municipal y amplíe su capacidad de análisis y de elaboración de propuestas en materia de desarrollo municipal.
      CONDICIONES GENERALES:

      MONTO DEL PRESTAMO:

      El monto total del crédito es por la suma de Doce Millones de Dólares (US$12,000.000.00), o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua.

      AMORTIZACION, INTERESES Y COMISION:

      El crédito deberá ser amortizado por el prestatario en un plazo de cuarenta años, contados a partir de la fecha de la firma del Contrato, incluyendo un período de gracias de diez años de gracias, mediante sesenta cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos 10 años y 6 meses contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato.

      El Prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del préstamo, intereses del uno por ciento (1%) por año hasta los diez años contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, y del dos por ciento (2%) por año, desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los 6 meses de la fecha de firma del presente Contrato.

      Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del Prestatario durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.

      Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, éste pagará una comisión de crédito del uno y medio por ciento por año (1 1/2 %), que empezará a devengarse a los doce meses contados a partir del 19 de Septiembre del 2001, fecha en que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó la resolución relativa a este financiamiento.

      Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, en la misma fecha estipulada para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las estipulaciones especiales.

      Esta comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que:

      1) Se hayan efectuado los respectivos desembolsos.

      2) Haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento, de conformidad con los artículos 3.12, 3.13 y 4.02, de estas normas generales y con las pertinentes de las estipulaciones especiales.

      Del monto del financiamiento se destinará la suma de Ciento Veinte Mil Dólares (US$120,000.00) que equivale al (1%) para cubrir los gastos del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales, y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.

      El Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa el equivalente de Tres Millones de Dólares (US$3,000.000.00), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario.
      ORGANISMO EJECUTOR

      Las partes convienen en la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento del Banco, serán llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio del Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM).
      DICTAMEN DE LA COMISION

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y condiciones generales del Convenio de Crédito, y CONSIDERANDO: Que este crédito es altamente concesionario por el plazo de cuarenta años que incluyen diez años de gracia y que dicho crédito estará destinado a incrementar la capacidad institucional y financiera de los gobiernos municipales y que este crédito resulta favorable para la República de Nicaragua debido a las condiciones del mismo.

      Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO Nº 1086/SF-NI, "PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL", por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.

      Anexamos el Proyecto de Decreto dictaminado.

      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      CARLOS HURTADO CABRERA
      PEDRO JOAQUIN RIOS C.
      OSCAR MONCADA REYES

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión en lo general.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto. 1 Apruébase el Contrato de Préstamo Nº 1086/SF-NI, suscrito el 8 de Octubre del 2001, entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con domicilio en los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de Nicaragua, por un monto de Doce Millones de Dólares (US$12,000.000.00) para financiar el "Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal", formando parte de este Contrato los Anexos del mismo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      2.33 DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE PRESTAMO Nº 1084/SF-NI. "PROGRAMA SOCIO-AMBIENTAL Y DESARROLLO FORESTAL II (POSAF II).

      DICTAMEN
      4 de Diciembre del 2001.


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE PRESTAMO Nº 1084/SF-NI, "PROGRAMA SOCIO AMBIENTAL Y DESARROLLO FORESTAL II (POSAFII)". La Comisión, en relación con este Convenio de Crédito, ha valorado los siguientes factores:

      FIRMA DEL CONVENIO:

      Que este Convenio de Crédito Número 1084/SF-NI, fue suscrito entre el Señor Mario Mejía, representante del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y el Ingeniero Esteban Duque Estrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua.
      OBJETO DEL CONVENIO:

      El objetivo principal del Programa es mejorar las condiciones socioeconómicas y la calidad de vida de las poblaciones de las cuencas prioritarias, y disminuir el impacto de los desastres naturales sobre ellas, mediante el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos renovables. De esta forma el Programa persigue contribuir a mejorar el desarrollo económico y la sostenibilidad ambiental de las cuencas prioritarias de Nicaragua.
      COMPONENTES:

      Para el logro de los objetivos mencionados anteriormente, el Proyecto busca:

      1) Elevar el nivel de ingresos y la calidad de vida de los productores rurales asentados en cuencas prioritarias, por medio del manejo sostenible de los recursos naturales renovables.

      2) Disminuir el impacto de los desastres naturales en dichas cuencas.

      3) Capacitar a la población y apoyar su organización para el manejo de los recursos naturales.

      CONDICIONES GENERALES:

      MONTO DEL PRESTAMO:

      El monto total del crédito es por la suma de treinta y dos millones setecientos mil dólares (US$32,700.000.00), o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua.

      AMORTIZACION, INTERESES Y COMISION:

      El crédito deberá ser amortizado por el Prestatario en un plazo de cuarenta años, contados a partir de la fecha de la firma del Contrato, incluyendo un período de gracia de diez años de gracia, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse después de transcurridos 10 años y 6 meses contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato.

      El Prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del préstamo, intereses del uno por ciento (1%) por año hasta los diez años contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, y del dos por ciento (2%) por año desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los 6 meses de la fecha de firma del presente Contrato.

      Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del Prestatario durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.

      Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, éste pagará una comisión de crédito del uno y medio por ciento por año (1 1/2 %), que empezará a devengarse a los doce meses contados a partir del 12 de Septiembre del 2001, fecha en que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó la resolución relativa a este financiamiento.

      Esta comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América en la misma fecha estipulada para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las estipulaciones especiales.

      Esta comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que:

      1) Se hayan efectuado los respectivos desembolsos.

      2) Haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento, de conformidad con los artículos 3.12, 3.13 y 4.02, de estas normas generales y con las pertinentes de las estipulaciones especiales.

      Del monto del financiamiento se destinará la suma de trescientos veintisiete mil dólares (US$ 327,000.00) que equivale al (1%), para cubrir los gastos del Banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en la posible iguales, y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.

      El Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa el equivalente de cinco millones trescientos mil dólares (US$5,300.000.00), sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del prestatario. De este monto, tres millones de dólares (US$3,000.000.00) corresponde a cofinanciamiento paralelo del Fondo Nórdico de Desarrollo (FND), y dos millones trescientos mil dólares (US$2,300.000.00) corresponden al aporte local.
      ORGANISMO EJECUTOR

      Las partes convienen en que la ejecución del Programa, y la utilización de los recursos del financiamiento del Banco serán llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA).

      DICTAMEN DE LA COMISION

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y condiciones generales del Convenio de Crédito, CONSIDERANDO: Que este crédito es altamente concesionario por el plazo de cuarenta años que incluyen diez años de gracia, y que dicho crédito estará destinado a mejorar las condiciones socioeconómicas y la calidad de vida de las poblaciones de las cuencas prioritarias y disminuir el impacto de los desastres naturales sobre ellas, mediante el uso y el aprovechamiento sostenible de los recursos renovables, y que este crédito resulta favorable para la República de Nicaragua, debido a las condiciones del mismo.

      Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados dictaminamos favorablemente el PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE PRESTAMO Nº 1084/SF-NI, "PROGRAMA SOCIO AMBIENTAL Y DESARROLLO FORESTAL II (POSAFII)", por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.

      Anexamos el Proyecto de Decreto dictaminado.
      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO


      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      CARLOS HURTADO CABRERA
      PEDRO JOAQUIN RIOS C.
      OSCAR MONCADA REYES


      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión en lo general.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto.1 Apruébase el Contrato de Préstamo Nº 1084/SF-NI, suscrito el 8 de Octubre del 2001, entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con domicilio en los Estados Unidos de América, y el Gobierno de la República de Nicaragua, por un monto de Treinta y Dos Millones Setecientos Mil Dólares (US$32,700.000.00) para financiar el "Programa Socio ambiental y Desarrollo Forestal II (POSAF II)".

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2, y así toda la ley.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      2.37: LEY DE RESIDENTES PENSIONADOS Y RENTISTAS.
      7 de Diciembre del 2001.


      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente de la Asamblea Nacional
      Su Despacho.


      Estimado Señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud del PROYECTO DE LEY DE RESIDENTES PENSIONADOS Y RESIDENTES RENTISTAS.
      ANTECEDENTES:

      El Gobierno de la República de Nicaragua, ha venido promoviendo la inversión en turismo y actividades conexas, con el fin de estimular esta actividad. El primer paso que se dio en esa dirección, fue el contenido de los artículos 12 y 17 de la Ley de Justicia Tributaria y Comercial que preservó la exoneración a los residentes pensionados y rentistas, y las relativas a inversiones hoteleras y centros de diversión, estableciendo al mismo tiempo un régimen tributario especial para la inversión hospitalaria.

      El paso decisivo en este sentido, fue la promulgación de la Ley de Incentivos para la Industria Turística y Hotelera de la República de Nicaragua, la que ha dotado de instrumentos jurídicos eficientes y modernos para una promoción efectiva de la actividad turística en general, la actual de las más modernas en Latinoamérica.

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, ha considerado los siguientes factores:

      1) El número de individuos que alcanza la edad jubilatoria está aumentando mundialmente; esta acelerada tendencia está poniendo gran presión en las sociedades desarrolladas para proporcionar los servicios de apoyo en el futuro. El aumento en el número de personas que alcanzan esta edad, incluyen muchos que desean permanecer activos y participar en actividades propias de una vida de buena calidad. Un número creciente de estas personas provenientes de Estados Unidos y Canadá están emigrando por necesidad y por que así lo desean a otros países, como por ejemplo a Costa Rica, México y el Caribe, donde el costo de vida es mucho más bajo y donde la disponibilidad de personal de apoyo es más accesible. En la medida que sube el costo de vida en Estados Unidos y en Canadá, este éxodo aumentará. Además de los ciudadanos americanos y canadienses, habrán también nicaragüenses en los Estados Unidos y Canadá que estarán dispuestos a retornar a su patria, trayendo consigo sus ahorros y reembolsos del seguro social.

      2) Nicaragua cuenta con muchos de los requisitos para convertirse en uno de los países más atractivos en donde estas personas puedan establecer residencia. En efecto, el buen clima favorece el estilo de vida al aire libre, la proximidad a los Estados Unidos a sólo dos horas permite viajar por placer, salud o hacer compras relativamente fácil, un país bonito con amplias posibilidades para el desarrollo de comunidades integradas para jubilados.

      3) Se estima que la pareja pensionada que estarían interesados en esta oportunidad, tendrá un ingreso mínimo de cincuenta mil dólares por año (US$50,0000.00). Se cree que Nicaragua podría tener un potencial mínimo de recibir a largo plazo unas 6,000 familias pensionadas, lo que representaría un ingreso anual de US$ 300 millones de dólares anuales, lo que representará un ingreso considerable para la economía. Estos cálculos no incluyen ingresos adicionales indirectos, tales como mayor turismo, viajes exploratorios por parejas interesadas en investigar la posibilidad de establecerse en Nicaragua, y viajes por familias y amigos para visitar a los jubilados pensionados. Tampoco incluye la generación de empleo que esta emigración acarrearía, que se calcula en por lo menos tres personas por familia, lo que representaría unos 18,000 empleos adicionales.

      4) La Ley actual de Residentes Pensionados y Residentes Rentistas promulgada el 31 de octubre de 1974, ha quedado obsoleta y no sería eficaz para lograr exitosamente una promoción masiva y agresiva de Nicaragua como destino preferencial para los pensionados y rentistas. La Ley actual adolece de inadecuados topes monetario y de trámites burocráticos que dificultarían la aplicación exitosa en la actualidad.

      5) Esta propuesta de Ley, es una Ley simple y flexible que agilizaría grandemente los trámites para obtener la calidad de residentes pensionados o rentistas; aumentando sin embargo, en forma significativa las penalidades por infracción a la ley. Un aspecto muy atractivo es el de permitir a los proyectos que apoyen el esfuerzo de incentivar esta actividad que gocen de los beneficios consignados en la Ley de Incentivos para la Industria Turística y Hotelera de la República de Nicaragua, reconociendo así el carácter de turismo especial que tiene la afluencia de pensionados y rentistas, además con esta nueva ley se le esta dando mayor seguridad jurídica a los Pensionados Rentistas, ya que en esta Ley se está unificando la legislación referente a este tema en un solo cuerpo legal.

      DICTAMEN DE LA COMISION

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los factores del proyecto de ley y CONSIDERANDO: : Que este Proyecto de Ley representará un aumento considerable en los ingresos para la economía de nuestro país y que se estará promoviendo de manera significativa la industria turística.

      Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados Dictaminamos Favorablemente el PROYECTO DE LEY DE RESIDENTES PENSIONADOS Y RESIDENTES RENTISTAS, por lo que pedimos al Plenario su aprobación respectiva.
      Anexamos el Proyecto de Ley Dictaminado.
      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO


      WILFREDO NAVARRO MOREIRA
      BAYARDOARCECASTAÑO


      CARLOS HURTADO CABRERA

      PEDRO JOAQUIN RIOS C.
      WALMARO GUTIERREZ MERCADO

      OSCAR MONCADA REYES
      Hasta aquí el Dictamen.

      PRESIDENTE JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión en lo general.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado en lo general.

      Discusión en lo particular.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto. 1 La presente Ley tiene por objeto regular el ingreso al país de personas bajo las categorías de "RESIDENTES PENSIONADOS" o "RESIDENTES RENTISTAS".

      Hasta aquí el artículo 1.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto. 2 Para los efectos de esta ley, se entenderá por "Residentes Pensionados": a aquellas personas que hayan sido pensionadas o jubiladas por Gobiernos, Organismos Oficiales o Empresas Particulares de sus respectivos países, y "Residentes Rentistas": aquellas personas que gocen de otro tipo de rentas estables permanentes generadas en el exterior. La categoría de Residentes Pensionados o Residentes Rentistas, se extiende para efectos migratorios, al cónyuge, a los hijos y a los otros dependientes de quienes obtengan la condición de Residentes Pensionados o Residentes Rentistas.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto. 3 Para la obtención de la residencia, los interesados deberán comprobar por los medios legales correspondientes, que disfrutan de rentas permanentes y estables generadas o provenientes del exterior no menores de mil dólares mensuales (US$1,000.00), moneda de los Estados Unidos de América. Los Residentes Pensionados y los Residentes Rentistas, mil quinientos dólares mensuales (US$1,500.00) o su equivalente en otra moneda.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra Jaime Bonilla.

      DIPUTADO JAIME BONILLA:

      Es que por sólo la razón de obtener del exterior mensualmente mil dólares mensuales o mil quinientos dólares mensuales, para obtener las categorías que ahí se señalan, me parece mínimo. Hay otras razones por las cuales se puede obtener categoría de residentes pensionados en otros países.

      Recuerdo que en Costa Rica por ejemplo se decía que el que deposite en un banco tico ochenta mil dólares en cuenta de ahorro, puede obtener esa categoría y en los Estados Unidos a mí me han dicho que con cien mil dólares que usted deposite en el banco, también obtiene una categoría de residente.

      Entonces yo creo que el hecho de que por sólo mil dólares mensuales que van a llegar al país y que a lo mejor ni los voy a recibir posteriormente, se está dando esa residencia y a mí juicio ésta realmente es una exigencia mínima. Ojalá la Comisión pudiera explicarnos un poco más criterios que a mí juicio son realmente insuficientes para que se pueda estar otorgando esas categorías que aquí se están señalando.

      Gracias.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Yo quisiera que los miembros de la Comisión que dictaminaron esto, me explicaran en el artículo 3, dice:" Para la obtención de la residencia, los interesados deberán comprobar por los medios legales correspondientes, que disfrutan de rentas permanentes y estables generadas o provenientes del exterior no menores de mil dólares mensuales (US$1,000.00), moneda de los Estados Unidos de América. Los Residentes Pensionados y los Residentes Rentistas, mil quinientos dólares mensuales".

      ¿A quienes se refiere anteriormente en los mil dólares? O sea que se contradice el mismo artículo. Lo que yo diría es que dejáramos únicamente mil quinientos dólares en la parte última del artículo, si les parece.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Wilfredo, por favor, sobre el artículo 3.

      Vamos a darle de nuevo la palabra a Jaime Bonilla.

      DIPUTADO JAIME BONILLA:

      Es que allá el honorable Secretario General de la Asamblea, está expresando una contradicción en el artículo, por un lado se habla de que el residente pensionado, mil dólares, pero por otra vía también se señalaba que el pensionado y el rentista, mil quinientos dólares, hay una contradicción en el mismo artículo realmente, pero por otra parte, cuál es la garantía de que esos mil quinientos dólares o mil dólares van a estar viniéndole mensualmente a este hombre o a esta mujer o a este joven, porque una vez obtenida la residencia, a los dos meses ya no le está viniendo ningún real, pero quedó con la residencia.

      En otros lugares se exige para obtener esas categorías de residente, una entrega en una banco, un ahorro en un banco, una cuenta en un banco por ochenta mil dólares en Costa Rica, era antes, no sé ahora y en los Estados Unidos cien mil dólares. Entonces qué beneficio es el que está obteniendo Nicaragua para dar esa categorías, si perfectamente son incumplibles las que estamos señalando ahí.
      Gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Acordate que dice rentas permanentes y estables en el artículo, la dificultad está entre los mil quinientos y mil dólares que es contradictorio.

      Tiene la palabra Carlos Hurtado.

      DIPUTADO CARLOS HURTADO CABRERA:

      Gracias, Presidente.

      Es en relación a los comentarios que algunos colegas han hecho. Yo estoy claro de que lo que aquí se establece en cuanto al monto, ya sean mil o mil quinientos dólares son requisitos mínimos y creo que justamente ese es el espíritu de la ley en tratar de incentivar, -como se dice en la exposición de motivos- el hecho de que vengan aquí gente que no va aportar exclusivamente esta cantidad mensualmente, sino que se presupone de que ellos van hacer aportes adicionales: lo que van a consumir, lo que van a gastar, lo que van a invertir.

      Y esta experiencia que ha sido tremendamente, tremendamente y subrayo la palabra, exitosa en otros países, ha dejado grandes beneficios y creo que al poner ese requisito mínimo, que no necesariamente es todo lo que va a dar, creo que es suficiente para otorgar el estatus de pensionado, residente rentistas.

      Por otro lado, yo creo que la forma en cómo se va a comprobar el ingreso y la utilización de esos fondos, creo que si bien podría estar contenido aquí en la ley, pero más bien pienso que es materia reglamentaria, usualmente como ocurre con los residentes, hablemos de los residentes extranjeros en este país, que no tienen ninguna categoría de rentistas ni nada, simplemente residentes, cada cierto tiempo ellos tienen que ir a migración a renovar sus papel y para eso tienen que presentar una serie de documentación.

      Igual sucede en el caso de los residentes pensionados y los residentes rentistas, cada cierto tiempo que se establecerá en el reglamento, ellos deberán de comprobar a través de los mecanismos que se establezcan a través del movimiento de sus cuentas bancarias, a través del cambio de la moneda, que sé yo, en el Banco Central o a donde sea, que efectivamente estuvieron ingresando el mínimo que se establece en la ley.

      Y para finalizar, yo creo que ese comentario de que las rentas mínimas mil dólares que aparece en el artículo 3, debería de quitarse y dejar establecido un mínimo de mil quinientos dólares.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Bayardo Arce.

      DIPUTADO BAYARDO ARCE:

      Gracias, Presidente.

      Es que la observación que hace el Ingeniero Bonilla, en cuanto a la necesidad de tener un control sobre este privilegio, es válida y revisando yo ahorita el dictamen que firmamos, me percataba de que se nos escapó un mecanismo que precisamente tiene esta ley en otros países como Costa Rica y es que las pensiones que recibe estos pensionados tienen que ser canalizadas a través de bancos instalados en Costa Rica, que es lo que permite comprobar de que efectivamente están llegando las pensiones.

      Porque se puede dar el caso, como bien dice él, que le des el privilegio, alguien te meta los menajes, y después ya no reciba ni un peso y entonces todo el cálculo se va al carajo. En la ley de Costa Rica, se establece que el pensionado que recibe este beneficio tiene que estar recibiendo las transferencia de la pensión a través de bancos instalados en el territorio costarricense, que es lo que debemos de poner aquí que tiene que ser a través de bancos instalados en el sistema nicaragüense, que es lo que permite después, si se suspenden los envíos, señalar que hubo violación a la ley y por lo tanto cortar los beneficios y obligar al pago de los impuestos.

      Entonces hay que hacer una moción de reforma en el artículo pertinente que establezca que el beneficiario tendrá que estar recibiendo sus pensiones a través de un banco instalado en el país.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Moción por escrito Diputado.

      Tiene la palabra Nathán Sevilla.

      DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

      Muchas gracias, Presidente.

      Aunque aprobamos en lo general la ley, porque consideramos que puede ser beneficiosa para el país, pero en lo particular surgen algunas dudas, ya la que planteó Bonilla por ejemplo que está siendo secundada por Bayardo, y que se habla aquí, yo creo que podemos estar cayendo también en una ilusión óptica, de creer que todo ese dinero de los pensionados se tiene que gastar en Nicaragua, porque inclusive aunque obligáramos, como está diciendo aquí por ese mecanismo que los ticos emplean, a que las pensiones se canalicen por transferencias a través de bancos que operan en Nicaragua, quién nos garantiza que no van a repatriar ese dinero y van a vivir aquí una vida tan modesta como puedan para mantener sus ahorros en el exterior.

      Entonces por una parte hay que ver eso y por otro lado veo que en el artículo 9 se está planteando que pueden trabajar, prestar servicios profesionales a entidades del gobierno, entes autónomos o institutos de enseñanza superior y ni siquiera los pensionados nicaragüenses se les permite trabajar en Nicaragua. Con la Ley de Carrera Docente nosotros luchamos para que a los maestros jubilados se les permita trabajar en otro empleo, sin que pierdan la pensión y aquí le estamos dando este derecho a estos pensionados extranjeros de que puedan trabajar en las entidades del gobierno, entes autónomos o institutos de enseñanza superior.

      A mí me parece que esto deberíamos más bien regresarlo a la Comisión y que se trabaje más a fondo este proyecto de ley y que si hay experiencia en otros países se analice bien eso, porque estamos aprobándolo muy a la carrera.

      Muchas gracias, Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Eliseo Núñez.

      DIPUTADO ELISEO NUÑEZ:

      Yo quiero permitirme antes de entrar al tema, felicitar a todos los Diputados, porque siendo ya la última Sesión, sin embargo aquí tenemos presentes 82 Diputados, el 90 por ciento, que en los anales y los registros de esta Asamblea Nacional, nunca habían asistido el 90 por ciento de Diputados ya en las últimas sesiones, más tratándose de Diputados que no van a repetir, sin embargo la responsabilidad, la disciplina demostrada por todos el día de hoy, es digna de, esto demuestra que son responsable y buenos patriotas.

      Señor Presidente, el desarrollo de México se debió a la desgracia de una guerra civil en España, en la época franquista en los mejores intelectos fueron trasladados a México, porque México los acogió como hijos, igual pasa con los países desarrollados del cono sur, como es Argentina y Chile que debido a la Segunda Guerra Mundial, después de la Segunda Guerra Mundial fueron acogidos inmigrantes alemanes y han contribuido y hoy por hoy Argentina es un país ya desarrollado, igual también en lo que es oriente, con el caso de Hong Kong.

      Hoy yo siento que debemos los Diputados defender nuestra soberanía, pero creo que más se defiende nuestra soberanía, abriéndonos hacia el futuro. Yo creo que debemos estar cansados ya de que el gobierno de Nicaragua, los gobiernos que han pasado invierten en los hijos de Nicaragua, en educación, salud y una vez que alcanzan ciertos niveles de educación emigran y se llevan tras de sí la inversión de capital que durante tantos años le costó al pueblo de Nicaragua. Cuando se nos va alguien se bachilleró o un profesional, esto ha sido a costo del sacrificio y del esfuerzo de todos los nicaragüenses y se lo estamos trasladando a los otros países nuestras mejores gentes.

      Aquí no se ha tomado en cuenta que con esta Ley de Pensionados, los jubilados que van a venir nos van a traer la experiencia adquirida y vamos a obtener gratuitamente ese enorme acervo cultural-técnico que tanto nos hace falta. Creo yo que no solamente se tiene que estar señalando las pensiones, sino analizando y viendo los beneficios que trae esta ley a Nicaragua, no solamente los beneficios económicos, sino los beneficios tecnológicos, los beneficios de cultura y sobre todo el fortalecimiento democrático.

      El que ya tiene una renta de mil dólares en Nicaragua, desde luego que se los envían, es una renta que está por encima del ingreso percápita de la mayoría, del 80 por ciento de los nicaragüenses, por lo tanto, va a venir y va a generar un flujo de dinero que nos va a beneficiar, se calcula que nos pueda beneficiar hasta en unos trescientos millones de dólares en dinero circulante, que recuerden que trescientos millones de dólares circulando ustedes lo multiplican por tres y significan mil millones dólares en las calles que nos va a beneficiar.

      Así que creo yo que no podemos estar con esas pequeñas sutilezas e impidiendo el desarrollo de Nicaragua.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Por favor se lea la moción del artículo 3.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Hay dos mociones para el artículo 3.

      "Para la obtención de la residencia, los interesados deberán comprobar por los medios legales correspondientes, que disfrutan de rentas permanentes y estables generadas o provenientes del exterior no menores de mil quinientos dólares o su equivalente en otra moneda".

      Suprimiendo lo de mil dólares.

      Y la otra, el agregado que se le va hacer, es un segundo párrafo dice así: "La pensión durante esté en vigencia la residencia deberá ser recibida por el beneficiario a través de bancos instalados en Nicaragua, documentos que deberán ser presentados regularmente ante la instancia correspondiente".

      Firman: Jaime Bonilla, Bayardo Arce.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      No se contradicen las dos mociones, más bien se complementan, entonces vamos a hacer de las dos mociones, una sola moción.

      A votación.

      Se complementan las dos mociones.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 3 y las mociones.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Arto. 4 Los nicaragüenses que hayan residido en el exterior permanentemente por más de diez años y que comprueben el disfrute de una renta generada en el exterior en las condiciones estipuladas en el artículo precedente, podrán obtener los beneficios que se establecen en esta Ley.

      También podrán asimilarse a la condición de "Residentes Pensionados", los nacionales que obtuvieren en el país una pensión o jubilación procedente de otros Gobiernos, Organismos Oficiales foráneos o Empresas Extranjeras establecidas en el país, siempre que tal renta se genere en el exterior.

      Las personas amparadas por esta Ley, gozarán de franquicia arancelaria y de la exención de todos los impuestos de importación vigentes, por una sola vez, para la introducción de su menaje de casa. En las solicitudes podrán amparar a sus dependientes para los efectos migratorios.

      En el caso de traspaso de bienes referidos en este artículo, realizado dentro de los tres años siguientes de su ingreso al territorio nacional, deberán cancelarse los impuestos que fueron eximidos. El reglamento podrá establecer excepciones muy calificadas en caso de pérdida total del artículo del menaje de casa.

      Hasta aquí el artículo 4.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra Miguel Casco González.

      DIPUTADO MIGUEL CASCO GONZALEZ:

      Señor Presidente, con algunos colegas Diputados que hemos conversado en esta mañana, creemos que hay que reducir el período, creemos que diez años es mucho, hay nicaragüenses que han estado a lo mejor ya por cuatro, cinco, seis años residiendo en otro país y sería bueno que fueran beneficiados. Tenemos una moción que diga que en vez de diez años, sean cinco años, que hayan residido de manera permanente en el exterior.

      Vamos a pasar esta moción a la Mesa.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Estamos esperando la moción.

      Tiene la palabra Dámicis Sirias.

      DIPUTADO DAMICIS SIRIAS :

      Gracias, Presidente.

      Yo quisiera hacer un comentario y es en relación a la fracción segunda del artículo cuarto, donde veo como una incongruencia, dice que:

      "También podrán asimilarse a la condición de "Residentes Pensionados", los nacionales que obtuvieren en el país una pensión o jubilación procedente de otros Gobiernos, Organismos Oficiales foráneos o Empresas Extranjeras establecidas en el país, siempre que tal renta se genere en el exterior".

      Si aquí se le está dando al extranjero un estatus de residente, es absurdo que a un nicaragüense se le pretenda dar residencia a través de esta ley, cuando por derecho propio lo tiene, me parece que debe ser eliminado esta segunda parte del artículo.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      Tiene la palabra el honorable Diputado Jaime Bonilla.

      DIPUTADO JAIME BONILLA:

      Es que, Vicepresidente, usted tiene la razón, los nacionales no tienen por qué tener esa calificación, los nacionales son nicaragüenses y tiene derecho a pasaporte nicaragüense, es decir sería que a un nicaragüense lo estamos mandando hacia atrás, como que si fuese extranjero.

      Me parece que ahí la ley es totalmente, cae en el absurdo, sería importante que la Comisión dijera a qué obedece ese párrafo.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a suspender la discusión de esta ley y vamos a ver si la Comisión de nuevo se reúne y se pone una mejor redacción que sea más consistente y vamos a pasar al punto especial para el que se citó a esta reunión, que es la discusión del Presupuesto de la República.

      Entonces se va a suspender la discusión de esta ley.

      Vamos al Presupuesto.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Punto 2.35 Ley Anual de Presupuesto de la República para el año 2002.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Decisión, es el Presupuesto General de la República.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:
      DICTAMEN
      Managua,7 de Diciembre del 2001.


      Licenciado
      Oscar Moncada Reyes
      Presidente - Asamblea Nacional
      Su Despacho

      Señor Presidente:

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, se reunió el 6 de Diciembre del corriente año con el propósito de culminar el Dictamen del Proyecto de Ley Anual de Presupuesto General de la República, correspondiente al Año 2002.

      Una vez recibido el Proyecto de Ley antes mencionado la Comisión inició el proceso de consultas con algunas de las Instituciones. En ese sentido, la Comisión realizó audiencias con la Contraloría General de la República, Procuraduría de Derechos Humanos, Corte Suprema de Justicia, Consejo Supremo Electoral, Ministerio Público, Ministerio del Trabajo, Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC), Consejo Nacional de Planificación Económica y Social y la Confederación General de Trabajadores de la Educación de Nicaragua (CGTEN-ANDEN) quienes expusieron en detalle sus políticas, planes y programas a desarrollar durante el corriente año y sus consideraciones sobre el Proyecto de Presupuesto enviado por la Presidencia de la República, presentando además sus necesidades y solicitudes específicas.

      Por otra parte, comparecieron ante la Comisión, delegados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría Técnica de la Presidencia quienes ampliaron y explicaron detalles de las partidas presupuestarias de este Proyecto de Ley, que a juicio de los miembros de la Comisión no estaban lo suficientemente sustentado.

      La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto desea hacer las siguientes consideraciones:

      1. El proyecto de Presupuesto de Ingresos se estima en C$ 8,370.1 millones de córdobas lo que representa un incremento del 9.3 por ciento a las cifras preliminares proyectadas del 2001 y refleja una mayor eficiencia en la administración tributaria. Su participación en el PIB es del 22.3%.

      2. El Presupuesto Total de Gastos asciende a C$ 12,787.3 millones de córdobas, cifra que se incrementa en 5.8% con respecto a lo estimado a ejecutar en el 2001.

      3. Consciente que el Ministerio de Gobernación y especialmente la Policía Nacional requiere de un mayor presupuesto para hacer frente a las necesidades de seguridad ciudadana, el Proyecto de Presupuesto contempla un aumento nominal a este Ministerio de C$ 90.5 millones de córdobas lo que significa un incremento porcentual de 16.48 con respecto al 2001, aunque reconocemos que el monto aprobado, todavía es insuficiente ante la ingente tarea de brindar la seguridad ciudadana. Este incremento incluye un aumento salarial al personal de la policía y la incorporación de 462 cargos de policía. Asimismo, el Proyecto de Ley Anual de Presupuesto General de la República incorpora en el presupuesto asignado al Ministerio de Defensa un reajuste salarial para los soldados del Ejército Nacional.

      4. También el Presupuesto incluye un reajuste salarial al magisterio nacional por la cantidad de C$100 millones. Además se mantiene el bono mensual que está recibiendo el magisterio y asignaciones presupuestarias para incorporar 1,280 nuevos maestros.

      5. La Comisión consideró necesario incrementar el presupuesto a las Alcaldías Municipales por la cantidad de C$ 44.6 millones de córdobas.

      6. La Comisión decidió aprobar la asignación de C$ 36.8 millones para financiar proyectos de apoyo a la comunidad y becas para estudiantes de escasos recursos.

      7. Es importante destacar que la Comisión consideró necesario incrementar el presupuesto de gasto de algunas instituciones, tales como la Corte Suprema de Justicia, Contraloría General de la República, Consejo Supremo Electoral, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, Ministerio Público, con el propósito de mejorar el funcionamiento y eficiencia de dichas instituciones, tendiente a continuar con el proceso de desarrollo institucional de las mismas.

      8. Otro aspecto relevante del Gasto Público, son los proyectos de inversión destinados a la estrategia de reducción de la pobreza, hasta por un monto de C$ 2,994.2 millones que equivalen al 8% del PIB.

      9. Finalmente, la Comisión reconoce que en el actual Proyecto de Presupuesto del 2002 se eleva el pago de los intereses de la deuda externa hasta por la suma de C$ 1,687.1 millones de córdobas. Sin embargo, señalemos que para el año 2002 se ha contemplado todo el servicio de la deuda externa, en el entendido que una porción importante de ésta se obtendrá financiamiento a través del alivio interino de la deuda externa bajo la iniciativa HIPC, particularmente del BM, BID, BCIE y el Club de París. Este hecho debe ser motivo de reflexión por los diferentes sectores sociales y políticos del país a fin de que conjuntamente aceleremos las opciones de consenso que permita el ingreso de Nicaragua a la Iniciativa de los Países Pobres Altamente Endeudados.

      10. La Comisión ha incluido en el texto de la Ley las regulaciones básicas que se desprenden de la Constitución y de la Ley de Régimen Presupuestario.

      En virtud de las consideraciones generales expuestas en este dictamen y de la forma en que recibimos las distintas mociones presentadas, los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, atendimos los aportes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre las Partidas que podrían ser afectadas. La Comisión con fundamento en los artículos 49 al 51 y 81 al 83 del Estatuto General y artículo 65 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, y habiéndole encontrado conforme lo prescrito en la Constitución Política de la República y la Ley de Régimen Presupuestario, dictamina favorablemente el Proyecto de Ley Anual de Presupuesto General de la República 2001, (aquí dice del 2001, es del 2002) con las modificaciones que se detallan en el Arto. 3 del Proyecto de Ley.

      COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO

      WILFREDO NAVARRO M.
      OSCAR MONCADA REYES

      BAYARDO ARCE CASTAÑO
      WALMARO GUTIERREZ
      CARLOS HURTADO CABRERA
      PEDRO JOAQUIN RIOS

      WILLIAM MEJIA FERRETI

      Discúlpenme, hay una mala lectura, por el relajo que se tenían las damas, leí otro artículo, no es cierto, era un relajo el que tenían aquí.

      Bueno, voy a leer la Ley del Presupuesto General, para el año 2002.

      "La presente Ley Anual de Presupuesto General de la República del año 2002, tiene por objeto regular los ingresos y egresos ordinarios y extraordinarios..."

      Entonces la lectura está bien, el error está en el último párrafo nada más, que dice: "Proyecto de Ley Anual de Presupuesto General de la República 2001", es del año 2002, eso es todo "con las modificaciones que se detallan en el Arto. 3 del Proyecto de Ley".

      Hasta la Exposición de Motivo del Presupuesto General de la República para el año 2002.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión en general.

      Tiene la palabra José Bravo Moreno.

      Ultimo orado, Miguel Casco González.

      DIPUTADO JOSE BRAVO MORENO:

      Gracias, Presidente.

      Creo que es importante la lucha que durante estos años se ha tenido de cara al incremento del Presupuesto a las municipalidades, con este Presupuesto, con este aumento que se hace precisamente en el dictamen, creo que estamos llegando apenas al 1 y medio por ciento. Las municipalidades que van a ser el reducto donde se defienda la soberanía, en esta etapa de globalización en que los Estados están precisamente reduciéndose, es importante que esta lucha, los Diputados que van a continuar, tomen conciencia de que aquí para defender la soberanía nacional las municipalidades van a ser los baluartes.

      Esta conquista ha significado para muchos de nosotros, dolores de cabezas, contradicciones, incluso malos entendidos hasta entre compañeros, pero lo cierto es que sigue habiendo a pesar de este incremento, municipalidades en nuestro país que carecen de recursos suficientes, aún para el funcionamiento ordinario.

      Por esto señor Presidente, queridos colegas, sobre todo quiero instar a los colegas Diputados que van a continuar en el próximo período a que aquellas aspiración que se ha planteado del 8 por ciento para las municipalidades, realmente no deje de ser una bandera de este Parlamento. El Parlamento va a ser lo que en el futuro será el ordenamiento de funcionamiento del Estado, esa descentralización entonces colegas pasaría por este énfasis.

      Y otra cosa Presidente, yo lamento al final de este período, la poca atención que se le ha dado al seguimiento de la ejecución del Presupuesto, ha sido hasta este momento y vamos a hablar del Presupuesto del año 2001, en el que no hemos podido tener el informe exacto del porcentaje de ejecución que han hecho los ministerios y entes autónomos de este país, ésto debería ser una condición indispensable, antes de aprobar cualquier presupuesto siguiente.

      Quiero reconocer también en la Comisión Económica, el esfuerzo que han hecho por adecuar algunas cosas, aquí quedan deficiencias enormes, las luchas del futuro pasan también por los derechos humanos; se le han asignado a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, la cantidad de tres millones de córdobas más, a lo que el Presupuesto original traía. Creo que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos no va a poder ejercer su labor, la labor que esta Asamblea Nacional le ha encomendado, precisamente porque se le encomiendan tareas a organismos a quienes no se les respalda debidamente.

      Entonces, Presidente creo que es importante que también se nos informe a los Diputados de los proyectos que aparecen en el número nueve, el apoyo a las comunidades, con una cantidad de treinta y seis millones, ochocientos mil córdobas, porque esos proyectos cuando quedan indefinidos creo que es indispensable que al menos al irnos nosotros sepamos qué destinos van a tener estos recursos.

      Ojalá querido Presidente que este Presupuesto que el Presidente electo va a tener que acomodar porque se le está heredando un país casi en escombros, con una economía casi imposible de conciliar. Yo quisiera entonces desde ya invitar a Ingeniero Bolaños, a que con su equipo de expertos revise ésto y que las enmiendas, las reformas que vaya hacer, a lo mejor para poder funcionar, las pueda hacer quizás en el primer trimestre.

      Gracias, Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Maximino Rodríguez.

      DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Definitivamente que nosotros como representantes del norte, seguimos siendo, como decía José Rizo en su campaña "los pueblos del olvido". Año con año nosotros vemos en el Presupuesto que la mayoría de las partidas se asignan al Pacífico y este año no es la excepción; cuando la Comisión Económica nos mandó ahí una circular, que presentáramos proyectos en esa Comisión, mandamos los Diputados de Matagalpa un documento donde hablábamos de recursos para la pavimentación de la carretera San Ramón a Muy Muy, porque vimos en algunos ministerios, muchos rubros que no tienen sustento, no hay programas, no hay proyectos, en un ministerio más de mil millones, no aparecen sustentados.

      Es por eso que nosotros, los seis de Matagalpa, cinco creo que firmamos una moción para que se nos asignara los recursos para esa vía tan importante como es San Ramón - Muy Muy. Sin embargo en el dictamen no aparece, pero sí vamos a presentar la moción para que los colegas parlamentarios puedan apoyarnos, porque Matagalpa no puede quedar aislada, porque tenemos la carretera de Boaco a Rio Blanco y la cabecera departamental está completamente en el olvido.

      Pero también me llama mucho la atención cuando vemos una asignación para la pavimentación de El Guayacán a Jinotega, posiblemente los proyectistas o no saben qué estaban haciendo o pretenden darnos atol con un dedo, como dicen, porque con un millón de córdobas que ellos hablan, asignados a esa carretera, que son entre doce, trece kilómetros, no se puede pavimentar con un millón, si un kilómetro tiene un costo aproximado de trescientos mil dólares, son como cuatro millones de córdobas.

      De tal manera que quiero llamar la atención para que todos como representantes de nuestras regiones, veamos si en este Presupuesto ya no es posible, al menos el año que viene los que vamos a quedar aquí, revisar de manera exhaustiva el proyecto del Presupuesto que nos manda el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, porque desgraciadamente la mayoría de los Ministros son del Pacífico, entonces quizás no conocen el norte, no se dan cuenta que el norte es como el epicentro de la producción de todos los rubros, ahora nuestra gente inmersa en los no tradicionales, pues es una buen apoyo a la economía nacional, sin embargo no se retribuye a los norteños esos impuestos que se pagan.

      Y viendo aquí, que yo creo que es la primera vez que las universidades reciben más del 6 por ciento, como lo establece la Constitución Política, se le está asignando aquí un 7.09 por ciento, es importante apoyar la educación, pero es importante que los personeros, el CNU y todos los que están inmersos en el manejo de esos recursos, puedan rendir cuentas claras a la sociedad nicaragüense, porque los fondos que se asigna a todas estas instituciones, parte de ella es del impuesto que pagan los nicaragüenses.

      Sin embargo nos damos cuenta que muchísimos jóvenes nicaragüenses que se bachilleran no pueden accesar a las universidades, porque están elevando los aranceles, quizás arriba de lo que cobra una universidad privada, por eso nosotros también debemos de hacer algo para que las universidades que son subsidiadas por el Estado, deben de rendir cuentas claras y deben de darle apoyo a esos jóvenes de escasos recursos, no importándole el color político, porque ya nos hemos dado cuenta, éste año 2001 les dimos 519 millones y el año 2002, son 590 millones para la educación superior, es decir para las universidades y los centros técnicos que reciben del Estado ese subsidio.

      Por eso Presidente, quiero terminar diciendo que usted va a estar aquí con nosotros el año que viene y muchos de los que están aquí también estarán con nosotros y quiero pedirles su solidaridad para que el norte como tal pueda tener verdaderamente lo que necesitamos, o al menos ayudarnos un poco, porque estamos viendo que la mayoría de los ministros actuales y los que van a entrar en el nuevo gobierno, son del Pacífico y no sabemos si van a tener la misma mentalidad de los actuales ministros.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra el Diputado Wálmaro Gutiérrez.

      DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

      Muchas gracias, señor Presidente; muy buenos días honorables Diputados.

      El día de hoy nos toca discutir y aprobar la última Ley de Presupuesto General de la República que esta Asamblea Nacional conocerá en este quinquenio, una Ley del Presupuesto General de la República, realmente diferente a las leyes que anteriormente se han aprobado.

      Inicialmente porque la verdad es que en la Comisión Económica se hicieron ingentes esfuerzos para poder dar abasto o como mínimo, medianamente abasto a todas las necesidades de todas las instituciones presupuestadas que con toda justicia estaban demandando más presupuesto por parte de estas partidas y por parte de esta Asamblea.

      Sin embargo, nosotros observamos que Nicaragua a nivel internacional se encuentra en una situación económicamente deficiente, al hecho mismo que en este momento es la primera vez en varios años que vamos a tener que cargar un servicio completo de la deuda, eso nos deja casi mil setecientos millones de córdobas, lo que significa casi un 30 por ciento de los ingresos ordinarios que ya tienen un destino específico, pagar servicio de la deuda y eso limita de manera drástica la capacidad de maniobra, la capacidad de dirigir recursos hacia otras actividades.

      Pero por otro lado nosotros estamos frente a un Presupuesto General de la República que aunque se apruebe en este momento, va a tener que sufrir obligatoriamente reformas presupuestarias para el año que viene, puesto que si ustedes observan el Presupuesto General de la República del 2002, con todos los planteamientos de campaña del partido ganador de estas elecciones, son dos historias económicas absolutamente diferentes y yo estoy seguro que la nueva Asamblea Nacional vendrá con un compromiso con el pueblo, de que todas esas promesas de campaña, realmente se hagan compromisos plasmados y aprobados en el Presupuesto General de la República.

      Es por eso de que los planteamientos como los que ha hecho mi colega Bravo, o como los que ha hecho Maximino, no pueden entenderse como con una lápida encima, como al no aprobarse hoy, ya no se puedan aprobar, habrá un segundo momento de discusión presupuestaria donde efectivamente muchos de los planteamientos de estas instituciones y de estos Diputados, definitivamente deben de tener eco y repercusión en esta reforma presupuestaria para el año 2002.

      Por otro lado, honorables Diputados, el Presupuesto General de la República para el 2002 no es otra cosa que no sea un consolidado de toda la práctica presupuestaria de estos cinco años de gobierno, donde no se expresan desgraciadamente muchas novedades, sin embargo no se le puede señalar la culpa solamente a los Presupuestos anuales, es que esta Asamblea Nacional jamás tuvo la voluntad política de tomar al toro por los cuernos y verdaderamente matar el mal de raíz y es que no es a través de la aprobación de un Presupuesto Anual de la República que vas a resolver problemas como los tan mataquiados de la transparencia.

      Cinco años consecutivos se pasaron diciendo en esta Asamblea Nacional, que era absolutamente necesario fortalecer la transparencia de las instituciones públicas del Estado, en lo que hace a su gasto y señalamos en los diferentes medios de comunicación, que ministros y viceministros tenían abiertas discrecionalidades para manejar el gasto, sin embargo jamás se tuvo la entereza de discutir, ni de aprobar una nueva Ley de Régimen Presupuestario, que definitivamente son las reglas del juego que vienen a determinar cómo venís a soportar y cómo venís a ejecutar y como venís a rendir todas las partidas presupuestarias que se aprueban en esta Asamblea Nacional.

      Ojalá eventualmente, uno de los primeros compromisos de esta Asamblea Nacional sea, aprobar una verdadera nueva y moderna Ley de Régimen Presupuestario para no continuar en este mismo tipo de problema y en este mismo tipo de discrecionalidades.

      Por otro lado, estoy seguro que en los próximos presupuestos, sin queremos abonar a la transparencia, es parte importante y medular que los Diputados conozcan el Plan de Inversiones Públicas. Aquí nosotros aprobamos grandes partidas, pero yo les puedo demostrar que tanto en el Presupuesto 2001, como en el Presupuesto 2002 como en el Presupuesto 99, 98 y 97, que nos tocó aprobar, jamás, jamás, salió un documento exhaustivo del Plan de Inversiones Públicas. Personalmente he conseguido el Plan de Inversiones Públicas por amistades que he logrado granjear y que me han podido conseguir el detalle de las inversiones, Departamento por Departamento y Municipio por Municipio. Un beneficio que la mayoría de los Diputados de esta Asamblea Nacional desgraciadamente no tuvieron.

      Es por eso, señores Diputados, que el día de hoy, al aprobar este tipo de Presupuesto General de la República, se hace con un solo objetivo: tratar de abonar de alguna manera a la sanidad presupuestaria de este país. Porque no puede ser posible que esta Asamblea Nacional, ni siquiera apruebe un Presupuesto General de la República para el año que viene y que automáticamente entre a funcionar la propuesta del Ejecutivo tal y como fue presentada. No puede ser. Y además que se pone al país en condiciones sumamente difíciles de cara a la Inserción a la Iniciativa de Países Pobres Altamente Endeudados, que dicho sea de paso, aquí tengo el memorando de los últimos seis meses con el BID, Banco Mundial, en que supuestamente el Gobierno se comprometió a hacer una serie de reformas estructurales, y de todos no se cumplió ninguno de los compromisos.

      En otras palabras, se está dejando al nuevo Gobierno prácticamente sin plata para una ejecución presupuestaria del primer trimestre del año que viene, van a haber serios problemas, y ojalá que la próxima Asamblea Nacional actúe en consecuencia con ello y que trate de resolverlo. Supuestamente en este Presupuesto General de la República hay 5 mil 500 millones de córdobas, supuestamente destinados al combate de la pobreza. Hombré, habría que ver primero cuántos de esos programas realmente se van a ejecutar, porque normalmente se ejecutan entre el 60 y 70 por ciento del Plan de Inversiones Públicas.

      Y segundo, que una gran cantidad de estos proyectos tienen que ser revisados porque no corresponden al combate de la pobreza en este país. Y eso porque los mismos personeros del BID, en una última reunión que se tuvo en Washington con ellos -hace exactamente una semana-, dejaron planteado que no existían temas como por ejemplo el fomento de la vivienda para este país. ¿Qué mejor forma de poder paliar el problema de la pobreza que tener planes directos para el fortalecimiento de la construcción de viviendas para familias de escasos recursos? Enséñenme dónde está en este Programa de Combate contra la Pobreza. No está. No existe.

      Es más, si nosotros nos ponemos a ver detalladamente las cifras, señores Diputados, y se hace un análisis para cumplir los postulados por los cuales el Presidente electo -y que va a asumir el año que viene- aplique los compromisos de campaña, se necesitan no menos de 2 mil 587 millones de córdobas, y eso tendrán que ver de alguna manera cómo se aplican en este Presupuesto. Y aquí está un consolidado de todas las promesas de campaña con números, y esas son las promesas de campaña que nosotros tenemos obligatoriamente que honrar con el pueblo nicaragüense, como Asamblea Nacional, porque al pueblo no se le miente. La Bancada del Frente Sandinista estará demandando que todas esas promesas de campañas se hagan realmente unos compromisos cumplidos en el Presupuesto General de la República.

      Para finalizar, honorables Diputados, quiero agradecer la atención brindada, porque este es el último Presupuesto que nos toca discutir. Hemos aprendido, fundamentalmente yo, de todos ustedes, he tenido una retroalimentación enorme. Quiero agradecer el apoyo de mis compañeros de bancada; quiero agradecer el apoyo de toda la Asamblea Nacional; y quiero que sepan que siempre van a tener en este servidor un permanente, un verdadero amigo y servidor.

      Muchas gracias y buenas tardes.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Nelson Artola.

      DIPUTADO NELSON ARTOLA:

      Gracias, señor Presidente.

      Realmente este Proyecto de Presupuesto, este Dictamen de Presupuesto que estamos discutiendo para su aprobación en lo general, deja de manera clara la fracasada política económica que el gobierno del Doctor Alemán ha venido aplicando durante sus cinco años de mandato constitucional. un presupuesto del mismo calibre, del mismo corte de los que hemos conocido en años anteriores, 4 mil millones de córdobas de déficit, éste es el Presupuesto de la limosna, y se tiene que andar con el sombrero de nuevo a nivel internacional para ver qué se recoge.

      Pero además, señor Presidente en funciones, que está muy emocionado por esta nueva trampa que le tiran al pueblo de Nicaragua, con un Presupuesto que le va a dar menos salud a Nicaragua; le va a dar menos educación a Nicaragua; va a haber menos empleo para el país. Ese es el Presupuesto que ustedes han presentado el día de hoy. Dice un rubro destinado a las Alcaldías, que es vital el fortalecimiento del poder local en el país, y se le asignan 44 millones 600 mil córdobas a las Alcaldías.

      Yo recuerdo que el año pasado aprobamos para las Alcaldías 87 millones y medio de córdobas, y el Ministro de Hacienda y Crédito Público violó flagrantemente la Ley Anual de Presupuesto General de la República, al no entregarle lo que en ley le correspondía a las 151 Alcaldías de Nicaragua, y a estas alturas del juego, de esos 87 millones y medio que le asignamos aquí en la Asamblea Nacional a las Alcaldías, se le deben 40 millones de córdobas. Señor Presidente en funciones, son 40 millones de córdobas que ya no se le van a entregar.

      ¿Ese es el aumento que le están dando a las Alcaldías? Les aprobamos 87 millones y medio para el año 2001, no le entregan 40 millones, y aquí sale una cifra diciendo que hay un aumento para las Alcaldías de 44 millones. Más bien se les queda debiendo, porque el deslizamiento de una plata que aquí no se les ha entregado no se toma en cuenta. De tal manera que las Alcaldías de Nicaragua ya tienen otro panorama más oscuro que el que han tenido actualmente; los pobladores no van a tener la posibilidad de tener -valga la redundancia- proyectos de carácter social que puedan impulsar las Alcaldías.

      Las nóminas de pago que andan por un año, año y medio, las que menos tienen son siete meses, que no han pagado planillas de las Alcaldías de Nicaragua, pues yo creo que ya el pago en estas Alcaldías va a ser un sueño. Pero la verdad es que aquí no estamos destinando lo que realmente necesitan las Alcaldías del país que son más eficientes para administrar y ejecutar recursos, son más transparentes. Lamentablemente en este Presupuesto no se ha escuchado la voz de la Procuraduría de Derechos Humanos, la demanda de la Procuraduría de Derechos Humanos.

      Un Estado y una Nación se miden en su avance por la vigencia de los derechos humanos. No podemos hablar de un Estado de Derecho, no podemos hablar de una democracia, si no funciona a cabalidad la institución que esta Asamblea Nacional ha creado para que tutele los derechos humanos de los nicaragüenses. La hicimos nacer con un presupuesto de 22 millones de córdobas y por su independencia con el Poder Ejecutivo y por su beligerancia en la labor de los derechos humanos, se le castigó en el Presupuesto de este año sólo asignándole 13 millones de córdobas en vez de premiarla por esa independencia con el Ejecutivo y por esa beligerancia para la promoción y protección de los derechos humanos.

      Pero de frente al 2002, lo que se le entrega es una migaja, se le reajustan 3 millones de córdobas y su presupuesto apenas llega a 15 millones. Ni siquiera la partida de nacimiento se le asigna en cuanto a presupuesto se refiere. Pero bueno, por ahí oímos hablar a personeros del Gobierno que los derechos humanos van, que los derechos humanos vienen; y a la hora de medir la verdadera voluntad política de impulsar este proyecto de todos, se cercena por la vía económica, la altura que debe ir adquiriendo esta Institución, para prestigio nacional e internacional de los nicaragüenses.

      Por si fuera poco, señor Presidente, hay que llamar poderosamente la atención en este Presupuesto, de que las partidas que están asignadas a instituciones que tienen que estar vigilantes en el combate contra la corrupción, son partidas presupuestarias desnutridas, que amarran las manos y las posibilidades de que estas instituciones cuiden los reales del pueblo de Nicaragua. Expertos en la materia nos han dicho que a cinco años de gestión, en el gobierno del Doctor Alemán, la corrupción ha llegado a niveles de llevarse 5 mil millones de dólares, equivalentes a 700 mil millones de córdobas.

      Con toda esa plata aquí nosotros estuviéramos aprobando Presupuestos Generales de la República sin ningún déficit, en el orden de siete mil presupuestos con toda esa plata; siete mil presupuestos estaríamos aprobando aquí para muchos años en este país. Por suerte, señor Presidente, que el próximo año vamos a tener aquí al responsable de la rendición de cuentas sobre este tema, como Diputado de esta Asamblea Nacional, donde estoy seguro que con valentía vamos a pedirle cuentas, que el pueblo tiene confianza que lo hagamos aquí en el seno de esta Asamblea Nacional.

      Muchísimas gracias, señor Presidente, y gracias por hacerse el sueco con este tema.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra el honorable Diputado William Schwartz.

      DIPUTADO WILLIAM SCHWARTZ:

      Gracias, señor Presidente.

      La Costa Atlántica de Nicaragua es la región del país más empobrecida. Y digo más empobrecida, porque la Costa Atlántica posee el potencial de recursos naturales más grande que tiene el país. El desarrollo de Nicaragua pasa por el desarrollo de la Costa Atlántica, porque en el resto del país ya casi no hay nada que explotar, ya se lo llevaron todo. Por suerte en la Costa Atlántica tenemos a los indígenas, a las etnias, que son los mejores garantes de poder explotar los recursos naturales de manera eficiente y sostenible. Eso lo ha demostrado la historia, no sólo en Nicaragua; lo ha demostrado en todas partes del mundo.

      Sin embargo, en este Presupuesto yo sigo viendo que con ese potencial de desarrollo le siguen asignando migajas, con esas migajas no se puede potenciar todo ese recurso que se tiene. Entonces, ¿cuáles son los grandes gastos de capital que hay para la Región Autónoma del Atlántico Sur? Hacer un andencito, una planta eléctrica para una comunidad, algunas callecitas. A eso es lo que le llaman gasto de capital en la Costa Atlántica. Quisiera saber si el potencial pesquero y el potencial forestal que tiene la Costa Atlántica se pueden desarrollar con andencitos y con plantitas eléctricas. Yo creo que estamos siendo miopes, la riqueza de este país está allí, y fomentando estos rubros es que este país puede salir adelante.

      Entonces yo veo que vamos a seguir el mismo camino. Es una pena. La carretera más mala de Nicaragua es la carretera al Rama, y yo veo que aquí le vuelven a asignar para este año 37 millones; estoy viendo que en cinco años consecutivos le asignaron 50 millones, y esa carretera al Rama, sigue siendo la carretera más mala de Nicaragua. Es una carretera de 300 kilómetros, hay que viajar ocho horas para llegar, 300 kilómetros, que el chofer más malo como yo, lo hacemos en cuatro horas. Pero hay que hacerlo en ocho horas porque ésa es la carretera más mala, y le siguen asignando presupuesto. ¿Qué se hizo toda esa plata.

      Yo creo que esta Asamblea Nacional en estos cinco años está en deuda con la Costa Atlántica, por todas esas razones. Fíjense que no se aprobó la Reglamentación de la Ley de Autonomía, volvió a estar engavetada cinco años, porque esa Junta Directiva no tuvo voluntad de sacarla; eso me dijo el Presidente de la Comisión Etnica, y simplemente estoy repitiendo lo que me dijo Pantin. Pantin lo que me dijo -y además lo dijo públicamente en un debate- es que la reglamentación de la Ley de Autonomía y la demarcación de tierras comunales no había salido porque no había voluntad de este Gobierno. Así lo dijo, claramente, yo solamente lo estoy repitiendo.

      Y así es como vemos este Presupuesto, y no veo cómo con estas migajas pretendemos que la Costa Atlántica se desarrolle, y por ende Nicaragua. No veo en este Presupuesto, por ejemplo, la carretera a Nueva Guinea - Bluefields, que es una propuesta de gobierno de Alemán. Alemán prometió la carretera Nueva Guinea - Bluefields; Bolaños la volvió a prometer, y no la veo en el Presupuesto, y eso que el Presidente de esta Comisión Económica es Vice-Presidente del CEN del Partido Liberal, que son los que formulan -me imagino yo- la estrategia económica de este país; sin embargo no veo esas cosas.

      Señor Presidente, yo no creo que con 26 millones, 13 millones de córdobas que le dan a la Costa Atlántica vamos a ver a los costeños salir de la extrema pobreza en que viven. Y eso no lo digo yo, lo dicen los estudios de UNICEF, lo dicen los estudios de la ONU, que las regiones más pobres, paupérrimas, que hay en este país, la mayoría de ellas está especialmente en la Costa Atlántica. Y si no vayan a ver la Cruz de Río Grande, vayan a ver a todos esos lados la situación de pobreza, y con este tipo de estrategia económica no veo yo... El agro es importante, pero yo creo que con solamente el agro no vamos a salir de esta miseria, necesitamos cosas más estratégicas, explotar verdaderamente los recursos naturales como la pesca.

      La Ley de Pesca la dejamos tirada ahí, la ley de bosque, y el fomento que se necesita a través del Presupuesto General de la República. Entonces, señor Presidente, nosotros hemos quedado en deuda; y digo nosotros, porque desgraciadamente yo estaba aquí también, pero los principales deudores con la Costa Atlántica son los que dirigen esta Asamblea Nacional y este Gobierno.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra el Diputado Jorge Samper.

      DIPUTADO JORGE SAMPER:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Nuevamente vamos a discutir la ley más importante del año, e igual que en los cuatro años anteriores vamos a discutirla con una venda en los ojos. Porque aquí en estos cuatro años anteriores jamás se ha rendido un informe, o esta Asamblea Nacional se ha dignado a buscar o a ejercer la función que le corresponde de acuerdo a la Constitución Política, que es la de controlar el ejercicio de la gestión presupuestaria y el de conocer cómo se invierte el dinero del pueblo de Nicaragua. Sin embargo, yo creo que hay un agravante en este año, y es la pretensión de aprobar un Presupuesto que sabemos que en los próximos tres meses va a tener que ser modificado, por lo tanto se vuelve sospechosa esta aprobación.

      Se vuelve sospechosa porque aquí están los Diputados de gobierno, y no sé si los Diputados de oposición, que he visto que algunos se han pronunciado en contra, aun cuando está firmado por uno de ellos el dictamen, de pretender amarrar las manos del próximo Gobierno. Porque en ningún momento, en ningún examen que se haga de este Presupuesto pueden encontrarse los ejes que el candidato liberal tuvo en su campaña de gobierno: ni generación de empleos, ni educación, ni vivienda, que fueron los principales ejes de campaña del Ingeniero Bolaños, están reflejados en esta Presupuesto General de la República.

      Y peor aún, con este dictamen que se nos ha presentado, donde únicamente vemos incrementados los gastos corrientes, ya sabemos lo que significa gastos corrientes, que en la mayoría de los casos son aumentos salariales y no necesariamente una mayor cantidad de puestos de trabajo, aun cuando fueran puestos de trabajo burocráticos. Y así vemos ese incremento a la Asamblea Nacional, con 10 millones de córdobas de más, en detrimento del Proyecto de Vivienda Civil, Piso y Techo del BAVINIC de 5 millones de córdobas.

      Es decir, estamos destinando un mayor aumento salarial a la próxima Asamblea Nacional, y suprimiendo la posibilidad de dar vivienda, aun cuando sea únicamente piso y techo, para el pueblo de Nicaragua; 10 millones a la Corte Suprema de Justicia, suprimiendo la posibilidad de fortalecer la soberanía nacional con la construcción de oficinas de Migración en el olvidado Río San Juan, y que únicamente por demagogia muchas veces los políticos se refieren. Y si seguimos analizando este Presupuesto, vamos a seguir encontrando cómo esta modificación incluso lo único que pretende es incrementar los gastos corrientes en detrimento -como decía- de los gastos de capital que sí obviamente generan nuevos empleos, sí obviamente promueven el desarrollo del país.

      Y aquí se están eliminando proyectos de electrificación rural, proyectos de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica; se está eliminando el censo agropecuario; se está eliminando la rehabilitación y mantenimiento de caminos secundarios y el proyecto de revestimiento de carreteras; es decir, todos los proyectos generadores de empleo y por supuesto de algunos avances en el desarrollo del país. Señor Presidente, en concreto, esta propuesta y este dictamen deben ser rechazados por esta Asamblea Nacional, y dejar el plazo de tres meses que otorga la Ley Anual de Presupuesto, para que sea el próximo Gobierno el que envíe las modificaciones correspondientes y no seamos aquí -o ustedes la mayoría- los que quieran amarrar al próximo Gobierno, porque esa parece ser la intención sospechosa de este dictamen.

      Mi propuesta concreta es, señor Presidente, y voy a presentar la moción por escrito, que se rechace este proyecto para dejar el plazo de tres meses que señala la Ley Anual de Presupuesto para que se apruebe en la próxima Asamblea, y pueda el nuevo Ministro de Hacienda venir a presentar a esta Asamblea Nacional las modificaciones que ellos deben hacer de acuerdo a su plan de campaña de empleo, educación y vivienda.

      Finalmente, como ésta es mi última intervención en esta legislatura -porque entiendo que no va a haber más Sesiones-, quisiera también dar las gracias a mis compañeras Diputadas, a todos los colegas Diputados, tanto de la bancada liberal como de la bancada sandinista, como de las distintas bancadas que se conformaron aquí en la Asamblea Nacional de los Diputados independientes, que en estos cinco años, a pesar de los pesares, a pesar de la reforma constitucional y la reforma electoral que han sido un "blandón" negro en la historia del Parlamento Nacional, hemos tratado de contribuir en el desarrollo legislativo y hemos buscado cómo mejorar al pueblo de Nicaragua.

      Y en mi nivel como Diputado, he presentado aquí distintas iniciativas y distintas mociones para que esta representación que me fue asignada y conferida por el pueblo de Nicaragua en las elecciones del 96, se cumpliera a su cabalidad.

      Paso a presentar mi moción por escrito para que este dictamen sea rechazado. Y de acuerdo, señor Presidente, al Estatuto General y al Reglamento de la Asamblea Nacional, debe usted someterlo en primer lugar a votación.

      Gracias, y paso a presentar por escrito mi moción.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra José González Picado.

      DIPUTADO JOSE GONZALEZ PICADO:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Definitivamente el tema del Presupuesto convoca a la sociedad nicaragüense a participar en el anhelado proceso de gobernabilidad democrática, en la anhelada construcción de los consensos, en la urgencia y vigencia de un proyecto de Nación, dado que los graves problemas económicos que vive Nicaragua y su entorno son verdaderamente dramáticos. Los propios Estados Unidos y Japón, han dicho que están en una recesión económica; por consiguiente, el ejercicio presupuestario debería de ser un ejercicio verdaderamente democrático, un ejercicio que posibilite la participación de los trabajadores, de la Empresa Privada, de las instituciones del Gobierno, y también de todos y cada uno de los legisladores.

      Sin embargo, debemos señalar que en este ejercicio presupuestario nuestras mociones presentadas en tiempo y forma, que representan el anhelo y las esperanzas de desarrollo de 15 Municipios, de las Regiones Autónomas y de los electores de nuestras respectivas circunscripciones, se ven realmente frenadas o muchas veces excluidas por distintas razones que no son realmente dadas a conocer al pueblo nicaragüense.

      Aquí nos han entregado el proyecto de Presupuesto del 2002, y realmente después de leer cuatrocientos cincuenta y nueve páginas, buscando, escudriñando cuáles son las asignaciones presupuestarias que le corresponden a nuestros Departamentos, a nuestros Municipios, en razón de su peso económico, social, productivo, cultural e histórico, lo que encontramos es realmente una verdadera burla a las esperanzas y expectativas de nuestros conciudadanos. Señores de la Junta Directiva, colegas de la Comisión Económica y de Presupuesto:

      No podemos sacar adelante a Nicaragua si no reactivamos la economía, y si no se reactiva la economía de Nicaragua que apenas araña los 600 millones de dólares de exportación, que tiene un déficit comercial de 1,100 millones de dólares, porque estamos importando 1,700 millones de dólares, vamos a seguir con el lastre de los déficit de nuestra economía. Debemos vernos en el espejo de otras naciones como Argentina, en donde realmente hay un verdadero desastre económico, y vamos hacia ese despeñadero si no hay un detente, si no hay seriedad, si no hay una verdadera democracia participativa, representativa en el ejercicio del Presupuesto del 2002 y en los futuros Presupuestos que se han de aprobar aquí en este Plenario.

      Realmente, Nicaragua se encuentra eclipsada económicamente, y no sólo vamos a ver el eclipse en las próximas horas sino que en el futuro; si no hay una reorientación seria, sensata, madura, profesional, ética, no vamos a salir adelante. Comparto plenamente la exhortativa de los colegas parlamentarios, de que hay que atacar la corrupción, que hay que reducir los salarios, pero también hay que ponerle una verdadera inyección a la economía. Si hay carreteras para los Galopes y las Chinampas ¿por qué no va haber para el Norte de Nicaragua, donde se produce la carne, la leche, el arroz, los frijoles, y en donde los políticos llegan a hacer proselitismo, porque consideran que es la segunda fuerza en importancia electoral del país?

      Pero una vez electos, en sus curules y en sus sillas presidenciales o en sus flamantes Ministerios, se olvidan de esas promesas. Creo que debe haber una profunda reflexión de todos los colegas parlamentarios, para que honremos los compromisos con el pueblo de Nicaragua, con la Constitución y con los desafíos que enfrenta el país. Los magníficos llanos de Sébaco, Jalapa y Pantasma, reclaman financiamiento para producir el alimento que tanto necesita Nicaragua. Ya debemos dejar de andar mendigando en la comunidad internacional.

      La ganadería, con sólo la producción de queso que se da en esas importantes zonas de Chontales, Boaco, Matagalpa, Jinotega, genera más de 60 millones de dólares por la exportación de queso, y ya no tienen que sacarlo a El Salvador u Honduras, sino que empresas inversionistas como PROLACSA y PARMALAT están haciendo un esfuerzo serio. Sin embargo no hay carretera, de Sébaco a Matagalpa prácticamente son veintiocho kilómetros, como caminos para mulas o trochas para carretas guiadas por bueyes.

      ¿Cómo es posible, colegas legisladores, que a las regiones de más importancia productiva las tengamos virtualmente aisladas? Cuando leo la asignación de un millón de córdobas para el Departamento de Jinotega, me pregunto: ¿Se están burlando de los colegas y de los electores de Jinotega? Pero cuando veo que no aparece ni un solo centavo para las carreteras de Matagalpa, me pregunto: ¿Quiénes elaboran el Presupuesto? ¿Cuál es la verdadera facultad que tiene un legislador para que sean tomadas en cuenta las mociones? No venimos a mendigar, venimos a exigir lo que por derecho y por capacidades productivas les corresponde a nuestros Departamentos.

      De ahí la importancia de que reconsideren la moción que en tiempo y forma hemos presentado todos los Diputados del Departamento de Matagalpa. Y quiero reconocer el apoyo que dieron los Diputados Maximino Rodríguez, Nelson Artola, Enrique Membreño, Antonio Rizo, Róger Castellón, Francisco Pérez, y también el respaldo de Angela Ríos, Bayardo Arce, Mónica Baltodano y quien les habla, para presentar dos mociones que en su momento las vamos a entregar a la Junta Directiva:

      La moción de construcción de la carretera que une al Municipio de San Ramón con Muy - Muy, para mejorar el transporte, para mejorar la producción, para generar alternativas para esas regiones desvastadas por la crisis de la caficultura, con el cual este Parlamento tiene un compromiso, que es moral, que es ético, pues en manos del señor Presidente de esta Asamblea se presentó en tiempo y forma una propuesta integral de la Comisión de Producción, Distribución y Consumo, para buscar alternativas a esa crisis que aún está latente.

      Colegas parlamentarios, de nada sirve incrementar los presupuestos de la Policía y del Ejército para enfrentar los problemas del delito y la inseguridad ciudadana, si a la par no incrementamos los presupuestos para la producción, para la generación de empleo y para los aspectos socioeconómicos de todos los nicaragüenses. De ahí la importancia de tomar en consideración estas mociones que están dirigidas básicamente a las carreteras e infraestructuras productivas de esos dos importantes Departamentos. Y también en el área de la educación, donde el Instituto Nacional Eliseo Picado en reiteradas ocasiones ha presentado al Ministerio de Educación, a este Plenario y a la Junta Directiva, la asignación para un auditorio de la máxima Alma Mater de Matagalpa, que cuenta con más de seis mil estudiantes.

      Así que esas mociones serán presentadas en tiempo y forma y cuentan con el respaldo de los gobiernos locales, de la sociedad civil, de los productores. Y vamos a estar atentos. Aun cuando estemos por razones de todos conocidas, fuera de la Asamblea Nacional, vamos a estar más próximos, más cerca de los ciudadanos, con la sociedad civil, buscando que se concreticen las leyes que no pudimos el día de hoy concluir en este período, entre ellas la de Seguridad Alimentaria y Nutricional, la Ley de Oportunidades que han demandado hoy nuestras colegas parlamentarias, y otras leyes tan importantes para el desarrollo, para la inversión, para la economía y para la gobernabilidad democrática.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Ultimo orador, Miguel Casco González, tiene la palabra.

      DIPUTADO MIGUEL ANGEL CASCO GONZALEZ:

      Gracias, señor Presidente.

      Efectivamente estamos ante una iniciativa de ley como es el Presupuesto General de la República, que seguramente va a sufrir modificaciones sustantivas en el primer trimestre de este próximo año, donde el nuevo Gobierno tratará de adecuar el Presupuesto a su estrategia de gobierno. Yo creo que este Plenario y los Diputados que estarán a partir del próximo año, deberíamos cambiar la lógica de la aprobación del Presupuesto; creo que más que aprobar cifras, es más importante aprobar ejes programáticos de acción.

      Aquí nosotros venimos a aprobar cifras, a éste le quitamos o le ponemos cifras, pero un país no se mueve únicamente con cifras, los ejes programáticos de acción de un Estado, aprobarlo y darle prioridad a esos ejes programáticos que definan una visión económica de Estado, ese ejercicio se puede hacer; discutir las prioridades del Estado nicaragüense y después ponerle el Presupuesto. Pero nosotros aquí venimos a aprobar cifras de acuerdo a lo que se presenta, sin discutir.

      Y lo quiero repetir los ejes programáticos de acción pudieran desprenderse de un Estado que no tiene clara la lógica económica hacia dónde va el país, y cuáles son los rubros, programas y proyectos que se van a potenciar de cara a una visión de largo plazo. Lamentablemente en Nicaragua nosotros seguimos siendo cortoplacistas. ¿Cuándo en este país por ejemplo vamos aprobar una estrategia económica de cinco, diez, veinte años? Con costo aprobamos un Presupuesto para un año. Eso indica que todavía estamos muy débiles en este asunto. Yo lo quiero remarcar, porque creo que la columna vertebral del este país debe ser la situación económica.

      Quiero pasar a un elemento puntual. La honorable Comisión Económica de este Parlamento, que creo es la Comisión que concentra la mayor cantidad de poder en esta Asamblea -y según he visto manejan ese poder de manera discrecional-, nos entregó a todos los Diputados una circular en la que se nos pedía con fechas límites presentar mociones para ser consideradas en la Comisión Económica. Por lo conversado con la mayoría de los Diputados, la honorable Comisión Económica no tomó en cuenta la mínima porción de mociones de los Diputados; me parece que ésa es una falta de respeto, si las mociones de los Diputados no van a ser tomadas en cuenta, sería preferible que no nos pidan que hagamos mociones.

      Nosotros vamos a los sectores, hablamos con la gente y les planteamos la posibilidad de que en el Presupuesto se incorpore una moción para el desarrollo de ese barrio, tal fue el caso de una reunión en el barrio Leningrado, con una asamblea de ciento veinte pobladores; ellos me piden presentar a esta Asamblea un pequeño presupuesto de 120 mil córdobas para la iluminación de las principales calles de ese barrio y así enfrentar de alguna manera a la delincuencia. Yo voy a regresar a ese barrio a informarles que la Comisión Económica no incluyó esa propuesta como las demás de los Diputados.

      Pregunto entonces, ¿cuál es el criterio con el que la Comisión Económica actúa? llenar un simple formalismo, o asumir el asunto con responsabilidad? Y aquí quiero hacer una pregunta que hice hace un año, me quiero referir al punto 19 del desglose de distribución de recursos, donde hay una partida de 3 millones 500 mil córdobas para instituciones benéficas; este mismo rubro apareció el año pasado y yo pregunté a la Comisión Económica, por favor dennos a conocer la lista de esas instituciones benéficas. La repuesta que me dieron desde el podium de la Presidencia en aquel momento, es que eso estaba dentro de la discrecionalidad de la Comisión Económica.

      O sea, aquí se aprueban partidas y no se sabe quién recibe esas partidas, y hasta hoy no hemos conocido a qué instituciones benéficas respaldaron con esos 3 millones y medio de córdobas del año pasado, y no se sabe a quiénes van a respaldar con estos otros 3 millones y medio de córdobas. Me parece que eso es una discrecionalidad, un poder de la Comisión Económica que debe quedar claro; porque aquí, si pedimos que afuera se actúe con transparencia, adentro también, y si le asignamos 100 córdobas a una institución, eso debe de reflejarse en un informe.

      Entonces yo pregunto: Esos 3 millones de córdobas que se aprobaron el año pasado para instituciones benéficas ¿cuáles fueron esas instituciones benéficas? ¿Adónde fueron esos 3 millones de córdobas? Creo entonces que es muy importante esta situación, y reitero que esta Asamblea como primer Poder del Estado debe cambiar la lógica de aprobación de Presupuestos; antes de aprobar cifras aprobemos ejes programáticos de acción. Por último, señor Presidente, por lo escuchado ésta es la última Sesión Ordinaria y el sábado 15 la Sesión Solemne. Yo pregunto, ¿Esta Asamblea no va a conocer el informe del Presidente de la República? ¿Será hasta el próximo año? ¿No habrá informe que conozca esta Asamblea? ¿Quedará ese vacío o lo van a pasar por vía fax?

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se va a someter a votación en lo general el Presupuesto General de la República.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      67 votos a favor, 5 en contra, 0 abstención. Queda aprobado en lo general.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 1 La presente Ley Anual de Presupuesto General de la República 2002, tiene por objeto regular los ingresos y egresos ordinarios y extraordinarios de la administración pública, determinar los límites de gastos de los órganos del Estado y mostrar las distintas fuentes y destinos de todos los ingresos y egresos, los que son concordantes entre sí, e incluye la forma de financiamiento del déficit fiscal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra Jaime Bonilla.

      DIPUTADO JAIME BONILLA LOPEZ:

      Presidente:

      Es que en la discusión que tuvimos de la Ley de Presupuesto 377 del 2001, hubo un vacío importante que resolvimos y es que todos estos datos se refieren a algo, o se relacionan con algo, y es con el Proyecto de Presupuesto que envió el Ministro de Hacienda a la Asamblea Nacional. Todos estos datos, más esos detalles que no se tocan de ese Proyecto de Presupuesto, quedan integrados a esta ley, pero no se menciona esa realidad en ninguna parte de esta ley que estamos discutiendo ahora, y quedan datos sin ninguna referencia o en dónde es que aterrizan, a qué es que están referidos, y qué entonces documento base es el que les da vida.

      Por esa razón es que para resolver ese problema que hay en el artículo 2 y en el artículo 4 -lo hicimos en la ley el año pasado- me permito proponer una moción de segundo párrafo al artículo 1, y ya no será necesario volver a tocar ese tema, que diga lo siguiente: A los montos de ingresos, egresos, así como las modificaciones de incrementos y reducciones presupuestarias, se relacionan en la presente ley conforme al contenido expresado en el texto enviado a la Asamblea Nacional como Proyecto de Presupuesto General de la República por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Los detalles contenidos en dicho proyecto de Presupuesto son parte integrante de la presente. Y eso es importante también, porque todos los programas y proyectos de cada una de las instituciones públicas deben quedar selladas, deben ser cumplidas como parte de la Ley de Presupuesto de la República. Yo he revisado este proyecto y no encuentro dónde es que está esa referencia, si en algún lado está, pues pido disculpas, pero de todas maneras hago la moción por escrito.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Está al final del artículo 3.

      Bueno, vamos a someter a votación el artículo 1, con la moción.

      A votación la moción con el artículo.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 1.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto.2 Apruébase el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2002 por un monto de C$8,370,122,405.00 (OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS CINCO CORDOBAS NETOS), descompuesto en C$8,364,177,365.00 (OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTICUATRO MILLONES CIENTO SETENTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTICINCO CORDOBAS NETOS) de ingresos corrientes y C$5,945,040.00 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTICINCO MIL CUARENTA CORDOBAS NETOS) de ingresos de capital, que forman parte de la Ley de acuerdo a la distribución por fuente de ingresos.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 2.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 3 Apruébase el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2002, en la suma de C$12,787,342,676.00 (DOCE MIL SETECIENTOS OCHENTISIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTISEIS CORDOBAS NETOS), distribuidos en C$8,643,499,388.00 (OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTITRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTIOCHO CORDOBAS NETOS) para gastos corrientes y
      C$4,143,843,288.00 (CUATRO MIL CIENTO CUARENTITRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTIOCHO CÓRDOBAS NETOS), para gastos de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismo, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley; se incluye en esta distribución las modificaciones de incrementos y reducciones que a continuación se detallan:

      I. Increméntese o asígnese, en su caso, las partidas presupuestarias de las Instituciones siguientes:

      1. A la Asamblea Nacional, la cantidad de C$10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE CORDOBAS NETOS), para Gastos Corrientes.

      2. A la Corte Suprema de Justicia, la cantidad de C$15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE CORDOBAS NETOS), distribuidos de la forma siguiente: la suma de C$10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE CORDOBAS NETOS), para Gastos Corrientes y la suma de C$5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE CORDOBAS NETOS) para Gastos de Capital.

      3. Al Consejo Supremo Electoral, la cantidad de C$10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      4. A la Contraloría General de la República, la cantidad de C$8,067,043.00 (OCHO MILLONES SESENTISIETE MIL CUARENTITRES CORDOBAS NETOS) para Gastos y Transferencias Corrientes.

      5. A la Preservación de las Ruinas de León Viejo, la cantidad de C$500,000.00 (QUINIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes, los que serán administrados por El Instituto Nicaragüense de Cultura.

      6. A las Alcaldías Municipales, la cantidad de C$44,600,000.00 (CUARENTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL CORDOBAS NETOS), distribuidos de la forma siguiente: la suma de C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes y la suma de C$42,600,000.00 (CUARENTIDOS MILLONES SEISCIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos de Capital.

      7. Al Ministerio Público, la cantidad de C$8,000,000.00 (OCHO MILLONES DE CORDOBAS NETOS), para Gastos Corrientes.

      8. A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, la cantidad de C$3,000,000.00 (TRES MILLONES DE CORDOBAS NETOS), para Gastos Corrientes.

      9. A Proyectos de Apoyo a las Comunidades, la cantidad de C$36,800,000.00 (TREINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos de Capital, los que serán asignados equitativamente por cada Diputado.

      Cada Diputado, a través de la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional, autorizará los desembolsos y destinos de este monto el cual deberá tramitarse ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

      10. A la Asociación de Scouts de Nicaragua, la cantidad de C$1,000,000.00 (UN MILLON DE CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      11. A la Iglesia Parroquial de San Sebastián de Yalí, la cantidad de C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      12. A la Parroquia Santa Ana de Nindirí, la cantidad de C$500,000.00 QUINIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      13. A la Fundación Amigos del Zoológico nicaragüense (FAZOONIC), la cantidad de C$750,000.00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      15. Al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Estelí, la cantidad de C$100,000.00 (CIEN MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      16. A la Federación del Cuerpo de Bomberos de Nicaragua, la cantidad de C$500,000.00(QUINIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos corrientes.

      17. A la Asociación Nicaragüense de Alcaldes Democráticos (ANAD), la cantidad de C$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      18. A la Universidad Popular de Nicaragua (UPONIC), la cantidad de C$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CORDOBAS NETOS)para Gastos Corrientes.

      19. A las Instituciones Benéficas, la cantidad de C$3,500,000.00 TRES MILLONES QUINIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) para Gastos Corrientes.

      II Redúcese las Partidas Presupuestarias de las siguientes instituciones:

      1. A la Secretaría de Acción Social, la cantidad de C$ 5,0000.000.00 (CINCO MILLONES DE CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital al Proyecto MITCH/SAS.

      2. Al Ministerio de Gobernación, la cantidad de C$ 9,969,000.00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTINUEVE MIL CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital desglosados de la siguiente forma: Al Proyecto Construcción Delegación Policía Nacional Ocotal, la suma de C$3,969,000.00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTINUEVE MIL CORDOBAS NETOS); al Proyecto Nuevo Complejo de Seguridad Personal de la Policía Nacional, la suma de C$ 2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CORDOBAS NETOS) y al Proyecto Construcción Oficinas Migración y Extranjería San Carlos - Río San Juan, la suma de C$ 4,000.000.00 (CUATRO MILLONES DE CORDOBAS NETOS).

      3. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la cantidad de C$ 25,000,000.00 (VEINTICINCO MILLONES DE CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital, desglosados en la siguiente forma: Al Proyecto Rehabilitación y Mantenimientos de caminos secundarios, la suma de C$ 20,000,000.00 (VEINTE MILLONES DE CORDOBAS NETOS), y al Proyecto Revestimiento de Carretera, la suma de C$ 5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE CORDOBAS NETOS).

      4. Al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, la cantidad de C$ 42,600,000.00 (CUARENTIDOS MILLONES SEISCIENTOS MIL CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital al Proyecto de Municipios Rurales PROTIERRA II, con recursos de préstamos externos del Banco Mundial, cantidad que será asignada a las Alcaldías Municipales.

      5. Al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), la cantidad de C$ 5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital al Proyecto III Censo Nacional Agropecuario.

      6. Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER), la cantidad de C$ 1,737,058.00 (UN MILLON SETECIENTOS TREINTISIETE MIL CINCUENTA Y OCHO CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital desglosados de la siguiente forma: Al Proyecto Digitalización y Publicación de Atlas Climático de Nicaragua, la suma de C$ 562,292.00 (QUINIENTOS SESENTIDOS MIL DOSCIENTOS NOVENTIDOS CORDOBAS NETOS), y al Proyecto Tercera Edición Mapa Relieve República de Nicaragua, la suma de C$ 1,174,766.00 (UN MILLON CIENTO SETENTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTISEIS CORDOBAS NETOS).

      7. Al Instituto de Desarrollo Rural (IDR), la cantidad de C$ 1,000,000.00 (UN MILLON DE CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital, al Proyecto de Repoblación y Mejoramiento Genético de la Ganadería.

      8. A la Comisión Nacional de Energía (CNE), la cantidad de C$ 21,750,000.00 (VEINTIUN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CORDOBAS NETOS) en Gastos de Capital, al Proyecto de Electrificación Rural.

      9. Al BAVINIC, la cantidad de C$ 5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE CORDOBAS NETOS) en Gastos de Capital, al Proyecto Programa de Apoyo a la Vivienda Civil (Piso y Techo).

      10. A la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica, la cantidad de C$ 10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital, desglosados de la siguiente forma: al Proyecto Conexión Subestación Tipitapa - Santa Bárbara - PTA Nicaragua, la suma de C$ 468,770.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA CORDOBAS NETOS); al Proyecto Modernización de la Subestación Planta Nicaragua, la suma de C$ 468,770.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA CORDOBAS NETOS); al Proyecto Rehabilitación Subestación Nandaime, la suma de C$ 1,181,960.00 (UN MILLON CIENTO OCHENTIUN MIL NOVECIENTOS SESENTA CORDOBAS NETOS); al Proyecto Rehabilitación Subestación Rivas, la suma de C$ 1,201,840.00 (UN MILLON DOSCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CORDOBAS NETOS), al Proyecto Subestación Monte Fresco, la suma de C$ 1,678,660.00 (UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA CORDOBAS NETOS), al Proyecto Línea Momotombo León, la suma de C$ 2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CORDOBAS NETOS), al Proyecto Sistema Scada Cent. Nac. Carga, la suma de C$ 2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CORDOBAS NETOS) y al Proyecto Subestación Ticuantepe Segunda Etapa, la suma de C$ 1,000,000.00 (UN MILLON DE CORDOBAS NETOS).

      11. Al Instituto contra el Alcoholismo y Drogadicción, la cantidad de C$ 1,000,000.00 (UN MILLON DE CORDOBAS NETOS), en Gastos Corrientes.

      12. Al Sistema Nacional para Prevención Mitigación y Atención de Desastre, la cantidad de C$ 2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital, en la Partida Presupuestaria Otros Aportes (Fondos para Desastres).

      13. A la Dirección General de Ingresos, la cantidad de C$ 7,000,000.00 (SIETE MILLONES DE CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital en la Partida Presupuestaria Otros Aportes.

      14. A la asignación para indemnización a Trabajadores, la cantidad de C$ 5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE CORDOBAS NETOS), en Gastos Corrientes.

      15. Al Centro de Adoración Familiar, la cantidad de C$ 360,985.00 (TRESCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTICINCO CORDOBAS NETOS), en Gastos de Capital.

      16. A la Iglesia Parroquial de Niquinohomo, la cantidad de C$ 100,000.00 (CIEN MIL CORDOBAS NETOS), en Gastos Corrientes.

      17. A la Iglesia Parroquial San Rafael del Norte, la cantidad de C$ 700,000.00 (SETECIENTOS MIL CORDOBAS NETOS), en Gastos Corrientes.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión el artículo 3.

      Tiene la palabra Dora Zeledón Zeledón.

      Ultimo orador, Nathán Sevilla.

      DIPUTADA DORA ZELEDON ZELEDON:

      Gracias, señor Presidente.

      Quiero intervenir sobre el tema del Presupuesto, hoy que efectivamente es para muchos y muchas la última Sesión en este Plenario, y hacerlo sobre lo que tiene que ver con las asignaciones presupuestarias y sobre la formas en que se hace el Presupuesto; algunas consideraciones que me parece importante a tomar en cuenta para la próxima legislatura, y eso tiene que ver con la necesidad de eliminar las debilidades que hemos tenido a lo largo de estos cinco años, en cuanto a los procedimientos para la ejecución o para la elaboración del Presupuesto.

      La información que a esta Asamblea le llega es una información precaria, en términos de necesidades reales de las instituciones en función de lo ejecutado o no, para poder tener realmente la información que nos permita tomar decisiones en cuanto a la asignación presupuestaria en base a lo que efectivamente una institución puede hacer. Pero aquí muchas instituciones arrastran año con año proyectos, y se les siguen asignando recursos, es hoy y no ha sido posible que nos brinden de manera detallada, constante y pertinente, todos los procesos de ejecución presupuestaria por cada una de las instituciones a las cuales les hemos dado un monto presupuestario año con año.

      No puede ser que este Plenario o estos Diputados y Diputadas que somos electos por el pueblo, no tengamos al detalle toda la información en cuanto a la ejecución presupuestaria de cada una de las instituciones del Estado. Asimismo, yo quiero decir que hay que tomar con mayor seriedad en la legislatura próxima la asignación de los escasos recursos, y priorizar fundamentalmente a aquellos sectores de la población que han sido marginados año con año de partidas presupuestarias en este Parlamento. Y me refiero al tema de la niñez en situación de riesgo. Aquí no han habido partidas, a pesar de las propuestas de que asignen recursos a la niñez en riesgo, y tampoco veo partidas en esa dirección en este Presupuesto, que si bien es cierto que va a ser revisado el año que viene, pero aquí no hubo posibilidad de integrar partidas para apoyar a la niñez en situación de riesgo.

      No ha habido, ni hay partida para impulsar programas y proyectos para las mujeres, para el desarrollo de la mujer rural, para el desarrollo de la mujer, para actividades económicas que vayan a paliar el problema del desempleo, del hambre y de la desnutrición. Aquí no hay interés por disponer partidas necesarias para enfrentar el problema dramático de la producción, de la inseguridad alimentaria. Aquí le dieron la espalda al Proyecto de Seguridad Alimentaria Nutricional; es hoy, y ese proyecto de ley se quedó sin ser dictaminado, el Presidente de la Comisión de Producción y Consumo y el Presidente de la Comisión Económica no le dieron la importancia que tiene un proyecto tan importante que permitiría disponer de recursos para garantizar que el pueblo de Nicaragua esté protegido contra el hambre y la desnutrición.

      También han sido abandonados temas de estratégica importancia para el desarrollo sostenible de este país, como son los jóvenes de este país; los derechos humanos, en fín, lo social ha tenido un abandono, no ha habido realmente sensibilidad de que a partir del estudio minucioso de todos y cada uno de los recursos con los que contamos hayan podido haber sido destinados para enfrentar esa dramática situación que enfrenta la niñez nicaragüense, las mujeres nicaragüenses, el problema del estancamiento productivo. Yo creo, estimados colegas, que hoy que estamos terminando nuestro período, debemos continuar incidiendo de alguna manera para que la próxima legislatura evite que se siga marginando a estos sectores tan importantes de la población que ya mencionaba.

      Y en esa dirección yo quiero agradecer a mis colegas mujeres, hombres Diputados, a los medios de comunicación que han estado acá durante estos últimos cinco años acompañándonos en un esfuerzo de trabajo tan duro, y esperamos que los próximos cinco años, realmente le den a la población de Nicaragua los frutos que demanda de los y las electas por el pueblo.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      Tiene la palabra el honorable Diputado Miguel Angel Casco.

      DIPUTADO MIGUEL ANGEL CASCO:

      Gracias, señor Presidente.

      Haciendo uso de lo que establece el Reglamento Interno de la Asamblea, quiero entregar a la Junta Directiva las mociones de reforma o de modificación al Proyecto del Presupuesto 2002, que fueron entregadas en tiempo y forma a la Comisión Económica, y que dado que no fueron tomadas en cuenta y el Reglamento nos permite presentarlas al Plenario, quiero hacer entrega de las mismas, señalando que estas mociones que están para ser atendidas en el artículo 3, que está en discusión, se afecte la partida del rubro 3.19 que tiene que ver con las instituciones benéficas; de ese rubro, afectarlo para estas mociones que voy entregar a la Mesa.

      Considerando que ésta seguramente es mi última participación en este Plenario, en el uso de la palabra, quiero invitar a todos los colegas parlamentarios que tenemos vida jurídica hasta el nueve de Enero, a sumar esfuerzos para el fortalecimiento de lo que se está constituyendo, como es el foro permanente de ex-parlamentarios nicaragüenses, que un grupo de Diputados estamos introduciendo a Primera Secretaría, esta constitución, con el objetivo de aglutinar a todos los ex-parlamentarios que durante las legislaturas anteriores han participado y que hemos de alguna manera recibido la formación del Estado. Creemos que la labor del Diputado electo por el pueblo no debe terminar una vez que cesan las Sesiones; yo creo que la labor de un Diputado que se siente representante del pueblo es continuar trabajando en y desde el pueblo para beneficio de los sectores.

      Por otro lado, es importante reconocer que todos los Diputados hemos recibido un beneficio del Estado, el Estado ha invertido en nosotros, y nosotros estamos en la responsabilidad de seguirle retribuyendo al Estado esa inversión que ha hecho en nosotros. Es desde esa perspectiva que queremos continuar en esta lucha parlamentaria, fortaleciendo el trabajo de esta Asamblea, fortaleciendo el trabajo de los debates, y hemos constituido el Foro Permanente de Ex-Parlamentarios Nicaragüenses, donde ya estamos estableciendo contactos con Foros de Parlamentos de otros países del mundo, con el objetivo de constituir una instancia beligerante en apoyo al pueblo y en apoyo también a este Poder legislativo.

      Así que invitamos desde ya, a todos los ex-parlamentarios, para cuando les llegue la invitación a la Asamblea Constitutiva, formar parte de esta Asamblea. También vamos a abocarnos con los legisladores que han estado desde el año 1980 en este Parlamento hasta el día de hoy.

      Muchas gracias.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Nelson Artola.

      Por favor, mociones.

      DIPUTADO NELSON ARTOLA:

      Gracias, señor Presidente.

      Una moción en concreto, relacionada directamente con la necesidad de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de la República de Nicaragua, y es asignarle 22 millones de córdobas, moción que presenté en tiempo y forma durante el proceso de dictamen de la Comisión Económica, y que esta partida sea afectada del monto asignado a la Presidencia de la República, que es de 250 millones 340 mil 053 córdobas. Va firmada por varios Diputados. Se la presento, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra Maximino Rodríguez.

      DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Es para presentar una moción al artículo 3, punto II: Es un inciso nuevo, sería el 18: "Apruébase una partida presupuestaria hasta 2 millones de córdobas para la construcción del Auditorio del Instituto Nacional Eliseo Picado de la ciudad de Matagalpa. Los fondos deben de ser utilizados del Programa del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, del Programa 11, Educación Primaria". Este Ministerio tiene 105 millones para construcción de escuelas, pero no dice de manera específica cuáles son las escuelas, y tenemos entendido que el FISE es el que hace la mayoría de las escuelas en este país. En consecuencia, como va para la misma Institución, creemos nosotros que no afecta a la misma. Presentamos la moción diez Diputados. Voy a pasarle a la Secretario.

      Muchas gracias, Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Tiene la palabra la Diputada Mónica Baltodano.

      DIPUTADA MONICA BALTODANO:

      Gracias, señor Presidente.

      Quiero presentar tres mociones para este mismo artículo 3. Una es apoyar un proyecto denominado Sirviendo para Vivir Mejor de la Asociación Pro-Mejoramiento de los Asentamientos Humanos Espontáneos. Solicito que se le asigne un aporte de medio millón de córdobas para fortalecer la gestión de los asentamientos en el proceso de ordenamiento y titulación. Firman esta moción: Mónica Baltodano, José González, Miguel Angel Casco, Dora Zeledón, Luis Alvárez y Jorge Samper. Y también agregar otro inciso nuevo que dice: "Destinar partida de 20 millones de córdobas que aparecen en el Presupuesto como Reconstrucción de Viviendas del MITCH, asignados a la Presidencia, y destinar estos fondos para las alcaldías, específicamente para el proceso de ordenamiento de los asentamientos humanos espontáneos.

      Firman esta moción, Mónica Baltodano y José González.

      Y la tercera moción, que fue presentada por AMUNIC en la Comisión Económica, sustituiría el texto que aparece en el inciso 6) actual: "Increméntese la partida denominada Alcaldías, dentro del rubro Asignaciones a Entes Descentralizados y Otras Instituciones, a 175 millones, equivalentes al 2 por ciento de los ingresos presupuestados. Adicionalmente se trasladan 42 millones 600 mil córdobas de las partidas del INIFOM del Proyecto Municipios Rurales Pro-Tierra II, con recursos del Banco Mundial, para las Alcaldías". Firman esta moción: José González, Mónica Baltodano, Jorge Samper, Rita Fletes, Victor Hugo Tinoco, Nathán Sevilla y otros compañeros.

      Presenté esta última moción, señor Presidente, porque en la campaña recién pasada, el partido de gobierno, el Partido Liberal Constitucionalista no quiso firmar frente a las redes de municipalistas y frente a los Alcaldes, en dos ocasiones que se convocaron a los candidatos a la Presidencia y Vice-Presidencia. No firmaron la solicitud de AMUNIC de transferir al menos un 6 por ciento de los ingresos, y adujeron que estaban por una transferencia gradual, por un incremento de las transferencias paulatino. Es más, se comprometieron con los alcaldes del PLC, a entregarles este año 2002, un equivalente del 2 por ciento de los ingresos, y por eso es que AMUNIC se presentó ante la Comisión Económica con una solicitud de apenas el 2 por ciento, cuando en realidad el mandato de su plenario fue del 6 por ciento.
      ¿Por qué esta resistencia no sólo del Ejecutivo, sino del Legislativo a incrementar las partidas destinadas a los Municipios? ¿Es porque no hay recursos, es porque no hay de dónde sacar? Yo diría que más bien se trata de un esquema, de un enfoque de administración del Presupuesto, que abunda en centralismo, que abunda en autoritarismo, que abunda yo diría en discrecionalidad incluso. ¿Por qué? Porque los fondos son los mismos, del mismo cuero salen las coyundas, no podemos inventar de otras fuentes; pero uno encuentra cuando lee la letra menuda del Presupuesto, que en la Presidencia van a ejecutar un Programa de Reconstrucción Solidaria por una cantidad de 22 millones de córdobas, o que hay un Programa de Empleo Comunitario de 6 millones 250 mil córdobas, o hay un Programa de Viviendas del Mitch de 20 millones de córdobas.

      Esto es con fondos del Estado, con fondos del tesoro.
      O uno encuentra que el Instituto de Desarrollo Rural va a ejecutar 427 millones de córdobas, o que el FISE va a ejecutar 570 millones de córdobas y entonces uno se pregunta, y yo se lo decía a los miembros de la Comisión Económica. Recientemente en un evento que asistimos en Guatemala, el FISE de El Salvador no ejecuta nada; ejecuta el 0 por ciento; lo que hace el FISE es gestionar recursos externos y el 100 por ciento de los recursos que gestiona lo ejecutan las municipalidades. Ese es el FISE de El Salvador. Aquí el FISE tiene 570 millones de córdobas. Entonces son los mismos recursos, y uno encuentra cuando lee la letra menuda de lo que hace el FISE, que hacen calles, que hacen andenes, que hacen pequeñas obras de electrificación, que hacen pequeñas obras de drenaje, que le corresponderían ejecutar a las municipalidades.

      Ahora uno se pregunta, ya llevamos tres períodos de renovación de autoridades locales a través de elecciones desde el 90; las autoridades locales, su legitimidad emana del mismo voto de la que emana la legitimidad de los señores representantes o del Presidente de la República. Es el mismo voto, nada más que es un voto localizado en un Municipio, pero son los mismos electores, la legitimidad de un Alcalde o de un Concejal está dada por el voto popular.

      Entonces mientras ellos tienen el mandato, pero además nosotros aquí le aprobamos una ley a los Municipios -una ley presupuestaria-, y en esa ley presupuestaria los obligamos a ir a hacer cabildos, a ir a hacer consultas con la ciudadanía, a vincularse directamente con la comunidad. Y qué pasa? Que la comunidad llega con expectativas. Mientras ellos tienen las responsabilidades, tienen la responsabilidad que significa el voto y la confianza ciudadana, otros son los que manejan los recursos, otros que no han pasado por procesos electorales y que utilizan esos recursos con mucha discrecionalidad, con costos administrativos altísimos, porque mientras los Alcaldes andan en vehículos sencillos, los funcionarios de estas instituciones andan en grandes camionetonas.

      O mientras los funcionarios de las municipalidades ganan salarios de hambre, los funcionarios de estas instituciones grandes ganan salarios que no se ganan ni siquiera en los Estados Unidos. Entonces es una ilógica seguir trabajando con un Presupuesto basado en una concepción centralista, en una concepción autocrática, en una concepción de separación de la autoridad del pueblo. Y por eso es que volvimos a insistir con nuestra moción de incrementar las partidas, porque hay de donde sacar; lo que hay que hacer es un rediseño, una reingeniería de nuestras mentes, de nuestras lógicas, de la lógica centralista y avanzar en una lógica de descentralización.

      ¿Y por qué les digo esto? Ahorita en El Salvador están peleando el 8 por ciento, ya llevan tres años las municipalidades ejecutando el 6 por ciento. Claro, allá la oposición ganó el Parlamento, y entre los dos partidos de oposición hicieron una mayoría, ahí se pudo, se puede, claro que sí, la cosa es cambiar el disco duro y hacerle reingeniería descentralizadora para que realmente se fortalezca el poder local, el poder de las autoridades para dar respuesta a las grandes expectativas que se crean en las elecciones locales y en los cabildos.

      Por lo tanto, insistimos que se puede, con voluntad política y con un Parlamento más autónomo; con un Parlamento más independiente de esa lógica centralista del Gobierno, se podrían apoyar procesos de descentralización, procesos de empoderamiento local, que es al fin de cuentas un proceso de empoderamiento de la ciudadanía común y corriente.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Ultimo orador, Nathán Sevilla.

      DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

      Gracias, señor Presidente.

      Entiendo que la Comisión trabajó un artículo 3, con muchas modificaciones de aumento y de disminuciones y que estas mociones tenían que haberse presentado, a como se estableció en el procedimiento a seguir; y en lo que se ha aprobado ya, está claro que se habla de 100 millones de aumento para el Magisterio Nacional. Entonces yo no propongo cambiar ese artículo 3, pero sí la moción de consenso que está firmada por miembros de las bancadas más fuertes, de un artículo nuevo que diga: "Para evitar la discrecionalidad o arbitrariedad en la forma de cómo se distribuyen esos 100 millones de córdobas, que diga que los cien millones de córdobas para aumento de sueldo al Magisterio Nacional, deberán ser distribuidos equitativamente entre todos los docentes de aulas y personal técnico y administrativo, en la educación pública estatal, en centros autónomos y en los centros privados subvencionados".

      Lo decimos porque ya está contemplado eso, y lleva la firma de José Ernesto Bravo, Angeles Castellón, Wilfredo Navarro, Bayardo Arce, Jorge Martínez, Nathán Sevilla.
      Presento la moción.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter primero a votación el artículo 3, de acuerdo a como viene en el dictamen.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      51 votos a favor, 3 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el artículo 3, de acuerdo a como viene en el dictamen.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 4 El exceso del Presupuesto General de Egresos sobre el Presupuesto General de Ingresos, constituye el Déficit Fiscal. Para financiar el Déficit Fiscal, se obtiene financiamiento proveniente de donaciones externas y de financiamiento externo e interno neto.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      (Una vez aprobado, las mociones se desechan, usted lo sabe de sobra).

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      53 votos a favor, 0 en contra 0 abstención. Aprobado el artículo 4.

      Vamos a la lectura del artículo nuevo.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Aquí hay una moción del artículo nuevo: Cien millones de córdobas para aumento de sueldo de los maestros del magisterio nacional, deberán ser distribuidos equitativamente entre todos los docentes de aulas y personal técnico y administrativo, en la educación pública estatal, de centros autónomos y en los centros privados subvencionados".

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Que aclaren por favor.

      Que se aclare por favor.

      Tiene la palabra Edwin Castro.

      DIPUTADO EDWIN CASTRO:

      Gracias, señor Presidente.

      Colegas Diputados: Entendemos que esta moción inclusive fue discutida con colegas Diputados liberales. No se están creando 100 millones más, fue un error de lectura, tal vez no se apreció la lectura del Secretario, que dijo: 100 millones para tal cosa. No, los 100 millones que ya aprobamos en el artículo 3, los que ya aprobamos, los que ya están en el artículo 3 que venía en la moción, lo que está diciendo el articulado es que se distribuya entre todos los maestros, en sueldo... Es decir que no se están creando 100 millones más, sería improcedente porque ya aprobamos el artículo de incremento.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Pero sí es que está claro (es que en el artículo anterior se aprobaron los 100 millones, ¿cómo se van a distribuir esos 100 millones? Eso es lo que está diciendo el Diputado Sevilla.

      Tiene la palabra Nathán Sevilla.

      DIPUTADO NATHAN SEVILLA:

      Gracias, señor Presidente.

      Bueno, la moción es como usted dice, pero ha surgido aquí una propuesta de enmienda que puede ser válida y es pequeña. Dice que cuando se habla de personal docente, está todo mundo de acuerdo, personal técnico también, pero cuando se habla de personal administrativo existe el temor de que los cargos burocráticos altos se chupen el aumento. Entonces agregar: "y administrativo hasta Directores de Centros".

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Correcto.

      Se somete a votación la moción.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo nuevo.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 5 Estímase la necesidad de financiamiento neto para cubrir el Déficit Fiscal del Presupuesto General de la República para el ejercicio presupuestario 2002, en la suma de C$ 4,417,220,271.00 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SETENTIUN CORDOBAS NETOS).

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 5.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 6 El financiamiento neto estimado, de conformidad al artículo anterior, está compuesto por la suma de C$ 3,535,551,276.00 (TRES MIL QUINIENTOS TREINTICINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTIUN MIL DOSCIENTOS SETENTISEIS CORDOBAS NETOS) en Donaciones Externas; C$ 277,218,502.00 (DOSCIENTOS SETENTISIETE MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS DOS CORDOBAS NETOS) en concepto de financiamiento externo neto; y C$ 604,450,493.00 (SEISCIENTOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTITRES CORDOBAS NETOS) de financiamiento interno neto.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 6.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 7 Los créditos presupuestarios asignados por la presente Ley, constituyen límites máximos a gastar por cada organismo e institución.

      Se prohíbe que los organismos y los funcionarios a cargo de la instituciones presupuestadas, efectúen gastos por encima de las asignaciones consignadas en este Presupuesto. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público no reconocerá deudas de ninguna institución u organismo del Estado que haya asumido compromisos sin existir la respectiva autorización de dicho Ministerio por intermedio de la Dirección de Presupuesto.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 7.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 8 Los gastos de los organismos que se financien con rentas con destino específico (Ingresos Propios), sólo podrán ser sujetos de desembolsos si existieran los fondos confirmados previamente en las cuentas de la Tesorería General de la República del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los cuales serán de uso exclusivo del organismo depositante.

      Si durante el período de ejecución del Presupuesto General de Egresos que aprueba la presente ley, los organismos que recaudan rentas con destino específico alcanzaran montos de recaudación superiores a los previstos en el Presupuesto General de Ingresos, la suma confirmada de incremento deberá ser incorporada al Presupuesto General de la República mediante crédito adicional y su desembolso se ejecutará conforme a programación acordada con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra el Diputado Wálmaro Gutiérrez.

      DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

      Una moción para el segundo párrafo del artículo 8, el que se leerá de la siguiente manera: "Si durante el período de ejecución del Presupuesto General de Egresos que aprueba la presente ley, los organismos que recaudan rentas con destino específico alcanzaran montos de recaudación superiores a los previstos en el Presupuesto General de Ingresos, la suma confirmada de incremento deberá ser informada a la Asamblea Nacional, quien autorizará su incorporación al Presupuesto General de la República, definiendo el concepto del ingreso y los conceptos de gastos o inversiones en que se aplicará. El aumento de los créditos para gastos e inversiones autorizadas por la Asamblea Nacional, se ejecutarán conforme programación acordada con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público".

      Una moción de consenso, presentada a Primer Secretaría.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el artículo 8 y la moción de consenso.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      49 votos a favor, 4 en contra, 1 abstención. Queda aprobado el artículo 8, y la moción.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 9 Todas las donaciones internas o externas que financien programas y proyectos de los organismos e instituciones presupuestados, deberán ser canalizadas a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conforme las correspondientes disposiciones legales según sea el caso. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgará los desembolsos, previa presentación de la programación correspondiente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 9.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 10 Los organismos presupuestados quedan facultados para incorporar al presupuesto de la institución, el producto de las donaciones de bienes y recursos, así como los desembolsos de préstamos concesionales aprobados por convenios y leyes, destinados a proyectos y programas, y cuyos montos no se hayan previsto en este Presupuesto.

      La programación y registro de la ejecución presupuestaria se hará conforme al Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoría de la Contabilidad Gubernamental, y de acuerdo a las Normas de Ejecución y Control Presupuestario.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 10.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 11 El alivio interino proveniente del pago de servicio de la deuda externa bajo la iniciativa HIPC, destinado a la reducción de la pobreza, está incluido dentro de los límites del Presupuesto General de Egresos, tanto corriente como de capital, aprobados en esta Ley Anual de Presupuesto General de la República. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, elaborará informes trimestrales y los remitirá a la Asamblea Nacional, de conformidad al artículo 13 de la presente Ley.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 11.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 12 Todos los organismos sujetos a las disposiciones de la Ley de Régimen Presupuestario, deben presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público su programación trimestral de compromisos y la programación detallada por mes del gasto devengado, así como la programación física de sus proyectos de inversión. Esta presentación se efectuará anticipadamente en las fechas y condiciones que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Dirección de Presupuesto.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 12.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 13 Todos los organismos e instituciones que se financien, total o parcialmente, con fondos del Presupuesto tanto de origen interno como de donaciones y desembolsos de préstamos externos, están obligados a presentar a la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a más tardar dentro de los primeros veinte días de cada trimestre de que se trate, los resultados e informes de la ejecución financiera y física del presupuesto del período anterior.

      El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conforme a los registros del Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoría, remitirá un informe trimestral de la ejecución presupuestaria financiera a la Asamblea Nacional a través de su Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, con copia a la Contraloría General de la República, a más tardar dentro de los primeros treinta días siguientes a cada trimestre de que se trate.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra Wálmaro Gutiérrez.

      DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:

      Es una moción de agregado al artículo 13, que sería un párrafo tercero, que diga de la siguiente manera: "Una vez concluido el período anual del Presupuesto aprobado en la presente ley, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentará a la Asamblea Nacional para su finiquito, un informe final de la ejecución presupuestaria física y financiera dentro del primer trimestre del año siguiente".

      Hasta aquí la moción.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el artículo 13 y la moción de consenso.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 13, y la moción de consenso.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 14 Todos los organismos del sector público presupuestado, que legalmente recaudan o perciben ingresos a su nombre o a nombre del Estado nicaragüense, en concepto de aprovechamiento, concesiones, derechos, licencias, matrículas, multas, recargos o cualquier tipo de tributo y/o servicios administrativos, deberán enterarlos en las cuentas que en conjunto se designen al efecto con la Tesorería General de la República. El cobro de cualquier tipo de servicio que se realice en las instituciones estatales deberá hacerse mediante boleta fiscal y dicho cobro deberá tener un fundamento legal, para lo cual deberá abocarse con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Si no cumplen estos requisitos, ninguna persona está obligada a pagar dichos cobros y los funcionarios que los ordenaren incurrirán en delito.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 14.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 15 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dará seguimiento físico y financiero a los proyectos contemplados en el Plan de Inversiones que forman parte de la presente Ley. Este Ministerio queda facultado para no suministrar fondos de contrapartida local para la ejecución de los mismos, si los organismos no cumplen con los requisitos establecidos de presentación de los informes de avances físicos y financieros alcanzados, así como del registro de los recursos externos, todo ello de conformidad a la presente Ley y la Ley del Régimen Presupuestario.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 15.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 16 Las instituciones públicas o privadas que reciban aporte del Gobierno Central quedan obligadas a informar mensualmente del uso de los recursos recibidos, según establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección de Presupuesto. Esta información también deberá remitirse a la Contraloría General de la República. El incumplimiento de esta disposición implicará la suspensión temporal de la transferencia.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 16.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 17 El control del Presupuesto General de Ingresos y de Egresos de la República corresponde al Poder Ejecutivo, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y de las facultades propias de la Asamblea Nacional que establecen las leyes de la materia.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 17.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 18 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público destinará a la Policía Nacional, el cincuenta por ciento de la sumas que ingresan por multas y el setenta y cinco por ciento de las sumas que ingresan por aranceles y servicios de tránsito (Decreto N° 276), liquidación de mercadería y medios decomisados, pagos por servicios, permisos y licencias policiales y demás resultantes de la actividad de la Policía Nacional, a fin de elevar la capacidad operativa de la misma. El monto correspondiente de los conceptos antes señalados, será liquidado y transferido mensualmente al Ministerio de Gobernación para ser utilizado por la Policía Nacional, de acuerdo con las Normas de Ejecución y Control Presupuestario.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 18.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 19 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público pagará directamente la facturación de los servicios básicos de energía eléctrica, agua potable y teléfonos de todos los organismos presupuestados, y se le faculta para que deduzca el monto de dichos servicios de los créditos presupuestarios. Las autoridades de cada institución u organismo serán responsables del cumplimiento oportuno de tales obligaciones.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 19.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 20 El Gobierno de la República, en el marco del Programa de Reforma y Modernización del Estado y con el apoyo de Organismos Internacionales, continuará impulsando el proceso de descentralización con la transferencia de servicios y recursos a los efectos de mejorar la gestión y eficiencia en la prestación de los servicios públicos. En consecuencia, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público apoyará y dará seguimiento a los esfuerzos para la descentralización presupuestaria y autonomía en la administración de los recursos en los Ministerios de Salud y de Educación, Cultura y Deportes.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      A votación.

      Un momento.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 20.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 21 Se asigna a las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior, incorporadas en la Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior, la suma de C$ 590,100,000.00 (QUINIENTOS NOVENTA MILLONES CIEN MIL CORDOBAS NETOS) en transferencias corrientes, lo que comprende el 7.09% del Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2002.

      Adicionalmente se le asigna en el gasto de capital un monto de C$ 60,000,000.00 (SESENTA MILLONES DE CORDOBAS NETOS) para inversiones.

      Las Universidades y Centros de Educación técnica Superior están obligados a informar a la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a más tardar dentro de los veinte días de cada trimestre de que se trate, el uso de los recursos recibidos y un informe de la ejecución física y financiera del programa de las inversiones del período anterior. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección de Presupuesto, dará seguimiento a los desembolsos de conformidad a las Normas de Ejecución y Control Presupuestario que rijan para ese año.

      PRESIDENTE EN FUNCIONES JOSE DAMICIS SIRIAS:

      A discusión.

      Tiene la palabra la honorable Diputada Mónica Baltodano.

      DIPUTADA MONICA BALTODANO:

      Gracias, señor Presidente.

      Quisiera que antes de este artículo 21, se incluyera un nuevo artículo, o sea inmediatamente después del 20 y en consideración a que este artículo se refiere al tema de la descentralización, que está muy bonito y lo veo yo como un completo "guiri", "guiri", ese artículo 20, porque habla que la descentralización va, que la descentralización viene, pero la descentralización implica recursos y éstos son totalmente inexistentes en el proyecto presentado y que está siendo aprobado en esta mañana. El artículo nuevo es para subsanar un déficit de este dictamen y tiene que ver con la distribución de los 87 millones, que es la transferencia aprobada que forma parte del proyecto del Presupuesto.

      Estos 87 millones, pues, tienen que distribuirse de alguna manera. Entonces nuestra moción de consenso es que: "La Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Nacional, en coordinación con INIFOM, AMUNIC, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, será responsable de:

      a. Establecer los montos de recursos que corresponden a cada Municipio, del total de transferencias para los mismos y aprobados en este Presupuesto. La distribución se hará en base a la fórmula utilizada en los ejercicios 1999 y 2000, con los ajustes que se corresponden y priorizando a los Municipios de menores ingresos.

      b. Proponer al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la normativa de ejecución de las transferencias.

      La segunda parte de la moción dice:

      "Se establece que del total de los fondos transferidos a los Municipios, se deberán utilizar 80 por ciento para inversiones y 20 por ciento para gastos corrientes, este último como límite máximo, porque hay Municipios que gastan un poco menos en Gasto Corriente. Los fondos deberán ser entregados directamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a cada uno de los Municipios". Firman: Leonel Pantin, Wilfredo Navarro, Bayardo Arce, Mónica Baltodano y Ernesto Romero.

      Quiero complementar que en el Presupuesto aparece que se le trasladaron a los Municipios 42 millones de los fondos de Pro-Tierra, y hay Diputados que se andan llenando la boca que dicen que aumentamos las transferencias de los Municipios, que antes era el 1 por ciento y ahora es el 1.5 por ciento. Es falso de toda falsedad, esos 42 millones están asignados y ya están siendo ejecutados por las municipalidades, porque los fondos eran para las municipalidades y son fondos del Banco Mundial; de manera que no son transferencias, porque las transferencias son las que van de recursos del Tesoro. Por lo tanto, que quede claro que lo que se aprobó es mantener la transferencia en el mismo monto que se aprobó el año pasado que es el 1 por ciento.

      Finalmente, señor Presidente, quiero tomarme unos minutos, porque esta es mi última intervención como Diputada en este Parlamento, por lo menos en este período, en el próximo período no voy a ser Diputada y aunque mis colegas han abundado en agendas que quedan pendientes y en temas que quisimos que se hubieran debatido, yo no quisiera ocupar estos minutos para eso, porque habrán espacios y foros donde deberemos seguir luchando por leyes en favor de la descentralización, en favor de la mujer, en favor de los derechos de los sectores a los que nos debemos.

      Yo más bien quisiera aprovechar unos minutos para agradecer profundamente a todo el personal de esta Asamblea Nacional, a los periodistas parlamentarios de los cuales nos sentimos bien pagados, o sea, fueron a mi juicio vitales para la lucha contra la corrupción, para la lucha por la independencia de este Poder del Estado, y en lo personal siento que dieron cobertura a los esfuerzos que hicimos en el seno del este Parlamento. Quiero agradecer a esa gente que casi nunca le agradecemos, pero que fueron vitales para nuestro trabajo; a las compañeras de Protocolo que con gran dedicación atendieron todos los requerimientos.

      Algunas veces y al principio de nuestra legislatura tuvimos que protestar contra abusos de algunos Diputados -algunos muy contados-, de trato con las compañeras de Protocolo que han sido excelentes. A los compañeros del servicio de aquí de las computadoras y del sonido, siempre humildemente puntuales atendiéndonos; a las compañeras y compañeros de la Cafetería, que nos dieron no sólo su café y el fresco, sino que nos ayudaron con su sonrisa y su espíritu siempre de servicio. En Especial, quiero agradecerle a doña Alma, a María José Chévez, que creo que ha sido una extraordinaria Administradora. A los asesores; a las secretarias; a las compañeras de Finanzas, en especial a doña Conchita; a los compañeros de Servicios Generales, en especial a la compañera que siempre nos atendió a darnos los cupones.

      A las de la Biblioteca, ese rinconcito que muy poco se visitó, muchos Diputados no visitan la Biblioteca, pero que en realidad da un excelente servicio, vos les pedís las Gacetas y te las dan ahí nomás; es un excelente servicio el que da esa Biblioteca de la Asamblea Nacional. A las compañeras de reproducción -y hablo de compañeras porque la mayoría en realidad en esta Asamblea son mujeres-, en especial a la Directora Merceditas y a todas ellas, por lo menos yo, cada vez que recurrí a reproducción de libros o a reproducción de materiales, ellas nos apoyaron. A las Recepcionistas; al personal de la limpieza y a todo el personal que se me ha escapado, quiero agradecerle de manera muy personal, y a todos ustedes hermanos y hermanas colegas Diputados y Diputadas, a todos.

      Estos últimos años todos ustedes me ayudaron a mí, con cariño o con críticas, con reconocimientos o con ataques. Agradezco incluso los ataques de mi propia bancada, porque me ayudaron a crecer en tolerancia y en paciencia. Y agradezco a todos, porque creo que estos cinco años no han sido en vano. Independientemente de la valoración que tengo del rendimiento de este Parlamento al pueblo de Nicaragua, creo que al final de cuentas, eso es parte del crecimiento de la Nación. Y en esta última intervención en esta Sesión, quiero agradecerles a todos profundamente por ayudarme en lo personal a crecer, a ser mejor y estar siempre dispuesta en otros espacios a seguir luchando por lo mismo: una Nicaragua mejor para todos los nicaragüenses.

      Muchas gracias, señor Presidente.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Muchas gracias a usted.

      Vamos a someter a votación el artículo nuevo, que me están diciendo que está por consenso.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo nuevo.

      Y ahora vamos a someter a votación el Artículo 21, que ya fue leído, que sería 22 ó 23, dependiendo de como vaya.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo 21.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 22 De conformidad con los artículo 4 y 70 de la Ley No.388, Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, autorícese al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para afectar la partida de Financiamiento Interno expresado en el artículo 6 de la presente Ley, en la suma de C$36,751,597.00 (TREINTISEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTIUN MIL QUINIENTOS NOVENTISIETE CORDOBAS NETOS), para asignarse a la Superintendencia de Pensiones. El monto antes señalado será transferido de acuerdo con las normas de ejecución y control presupuestario que rijan para este año.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra Bayardo Arce.

      DIPUTADO BAYARDO ARCE:

      Gracias, Presidente.

      Voy a proponer un artículo nuevo, antes de este referido al financiamiento del Sistema de Pensiones. Como quedó claro con la aprobación del artículo nuevo propuesto por la Diputada Baltodano, hay que distribuir los fondos a las Alcaldías en un 80 por ciento para capital y 20 por ciento para gastos corrientes. En el proyecto original, los 87 millones y medio ya traían una distribución en esas proporciones, pero nosotros incorporamos aquí esos fondos del Banco Mundial del Programa Pro-Tierra, de común acuerdo con el Banco Mundial, y esos traen una distribución distinta. De tal manera que sin este artículo que voy a sugerir no se podría cumplir con el principio del 80 y el 20 por ciento.

      Entonces la moción de consenso sería un nuevo artículo antes de éste. Establecería que de las asignaciones de los entes descentralizados y otras instituciones... Modifíquese lo siguiente:

      "a) Transfiérase del gasto de capital del Programa de Alcaldías Municipales, la suma de 6 millones 920 mil córdobas para ser asignados al gasto corriente del mismo Programa. (-Eso logra a equivaler la transferencia-). Y transfiérase del gasto corriente del Programa de la DGA, 250 mil córdobas para ser asignados al Foro de Cultura".

      Con eso se logra el 80 y el 20 por ciento para las Alcaldías. La moción es de Wilfredo Navarro, Wálmaro Gutiérrez y Bayardo Arce.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter a votación el artículo nuevo de consenso.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el otro artículo nuevo.

      Vamos a someter a votación el artículo 22, que ya fue leído.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 22.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 23 En lo no previsto en la presente Ley, se regirá por lo dispuesto en la Ley No. 51, Ley del Régimen Presupuestario y sus Reformas.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      Tiene la palabra Maximino Rodríguez.

      DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:

      Muchas gracias, señor Presidente.

      Es para proponer un artículo nuevo, de consenso, y dice lo siguiente: "El monto total de las asignaciones presupuestarias consignadas en el acápite 9, del Arto No. 3 de la presente ley, deberá ser desembolsado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a favor del organismo ejecutor, la Asamblea Nacional, a más tardar en el transcurso del primer semestre correspondiente al año 2002, con el objetivo de agilizar una mayor eficiencia a la ejecución del mismo, observando en todo caso las regulaciones contempladas en la Ley de Régimen Presupuestario y sus Reformas Especiales en lo recomendado al Arto No. 27, párrafo segundo de esta ley." Es la Ley de Régimen Presupuestario.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Vamos a someter el otro artículo nuevo, de consenso.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el otro artículo nuevo.

      A votación el artículo 23 que ya fue leído.

      Se abre la votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Aprobado el artículo 23.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:

      Arto. 24 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial, y de lo establecido en el Artículo 41 de la Ley del Régimen Presupuestario.

      Hasta aquí el artículo, y toda la ley.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A discusión.

      A votación.

      Se va a cerrar la votación.

      Se cierra.

      54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Queda aprobado el artículo, y así toda la Ley del Presupuesto.

      SECRETARIO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
      DICTAMEN

      Managua, 24 de Abril del 2001.

      Doctor
      OSCAR MONCADA REYES
      Presidente
      Asamblea Nacional
      República de Nicaragua
      Su Despacho.

      Estimado Dr. Moncada Reyes:

      Los suscritos Diputados y Diputadas, miembros de la Comisión de la Mujer, Niñez, Juventud y Familia de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, recibieron el mandato de la Honorable Junta Directiva de dictaminar la Iniciativa de Ley denominada "LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES".

      La Comisión se reunió para realizar la elaboración del presente dictamen. De conformidad a los procedimientos establecidos, se examinaron los motivos que fundamentan la Iniciativa de Ley y se encontró una amplia exposición en donde los y las proponentes expresan las razones que justifican la necesidad de la ley.

      Durante el proceso de dictamen conocimos que la Iniciativa de Ley fue elaborada sobre la base de las recomendaciones del estudio diagnóstico "Mujeres Brechas de Desigualdad: Bases para la Elaboración de una Ley de Igualdad de Oportunidades", el cual refleja las condiciones desiguales en que viven las mujeres actualmente, por lo que se tomó como el fundamento que sustenta la necesidad de esta Ley, éste contiene abundante información, con indicadores cuantitativos y cualitativos que reflejan las condiciones económicas en que viven las mujeres, las cuales se analizan a partir del acceso de las mujeres a la propiedad, tierra, tecnología, crédito, empleo, participación en la población económicamente activa, así como el tiempo que invierten en el trabajo productivo y reproductivo. Igualmente refieren los problemas de las mujeres con relación a salud, acceso a la educación, participación política y toma de decisiones, así como los escasos recursos que se asignan para promover el progreso de las mujeres.

      La Iniciativa de Ley fue sometida a un amplio proceso de consultas en la fase previa a su presentación en 14 Departamentos del país y la Región Autónoma del Atlántico Sur. En ese proceso participaron representantes de Organismos No Gubernamentales, Sociedad Civil, Instituciones del Estado, Movimiento Amplio de Mujeres, Universidades, Sindicatos, Entes Autónomos, Concejales Regionales y Locales, quienes discutieron y recomendaron modificaciones a la propuesta en lo referido a la política de empleo, salud, educación, violencia e inclusión de medidas para mujeres que viven en las Regiones Autónomas.

      También discutieron e incluyeron sus aportes y recomendaciones, que en su momento efectuaron, los siguientes Ministerios de Estado: Ministerio de Recursos Naturales y del Ambiente, quienes incluyeron el capítulo de política ambiental con enfoque de género; Ministerio de Industria y Fomento, quien propuso el capítulo de los servicios públicos; el Ministerio de la Familia y el Instituto Nicaragüense de la Mujer aportaron sobre las políticas de empleo, la mujer rural y la formulación de la política de lucha contra la violencia intra familiar y sexual.

      Los Ministerios de Salud, Educación, Trabajo y la Procuraduría de los Derechos de la Mujer validaron la propuesta y reafirmaron que para promover la política de la mujer se requiere de recursos.

      Finalmente se analizó la constitucionalidad de la ley, encontrando que la misma es congruente con las disposiciones 27 y 48 de la Constitución referido al derecho de igualdad formal y la igualdad real de hombres y mujeres, así como a los principios 4 y 5 de la Normativa Constitucional referidos a la dignidad humana y no discriminación; de igual forma, se observa en el texto de la propuesta la inclusión de disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Eliminar la Violencia Contra las Mujeres, ambas ratificadas por el Estado de Nicaragua.

      OBJETIVOS DE LA LEY:

      Esta Ley tiene como objetivo dotar a las mujeres de un Instrumento Jurídico que proteja y promueva sus derechos y obligue al Estado y a la sociedad nicaragüense a establecer medidas encaminadas a la promoción de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, a través del diseño y ejecución de una política de Estado que contribuya a superar las desigualdades que, por razones de género, persisten en lo económico, político, social y cultural en detrimento de las mujeres.

      La política prioriza medidas y acciones en el empleo, en el desarrollo de la mujer rural, medio ambiente, acceso, disposición y control de recursos que potencien el desarrollo económico de las mujeres, así como medidas para las políticas de salud y educación, violencia, participación política y toma de decisiones.

      MODIFICACIONES A LA INICIATIVA DE LEY:

      Las modificaciones fueron de carácter formal en cada uno de los capítulos de la Ley; sin embargo, hubieron temas de mucho debate y referente a la Política Educativa la Comisión de la Mujer, Niñez, Juventud y Familia estableció que las adolescentes que durante el período escolar resultasen embarazadas no podrán ser objeto de discriminación, maltrato, ni exclusión por su condición.

      Reconocemos el trabajo realizado para presentar una Iniciativa de Ley con un fundamento sociológico, jurídico, político y claro que permitió a la Comisión realizar su proceso de dictamen sin muchos contratiempos.

      CONSIDERACIONES FINALES:

      La Comisión considera que en Nicaragua el cumplimiento de los derechos de las mujeres es una tarea pendiente debido a obstáculos sociales, culturales, económicos y políticos que impiden el ejercicio, goce y disfrute de estos derechos en las mismas condiciones que los hombres. La normativa constitucional establece la igualdad jurídica entre hombres y mujeres; sin embargo, existen brechas significativas que reflejan las condiciones desiguales en que viven las mujeres.

      La Comisión de la Mujer, Niñez, Juventud y Familia considera que esta Ley, además de ser un instrumento de Derecho, se convertirá en un aporte esencial para la planificación de acciones y medidas que a corto, mediano y largo plazo garantizarán los derechos de ciudadanía de las mujeres e impulsarán el desarrollo humano individual y el desarrollo sostenible del país con equidad de género.

      Por lo antes expuesto, la Comisión Permanente de la Mujer, Niñez, Juventud y Familia de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, procediendo de conformidad con los artículos 50 y 51 del Estatuto, y al artículo 71 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictamina favorablemente y de manera unánime la "LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES", ya que ésta no contraviene la Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Convenios Internacionales.

      Managua, veinticuatro de Abril del año dos mil uno.
      COMISION DE LA MUJER, NIÑEZ, JUVENTUD Y FAMILIA

      DIPUTADA DORA ZELEDÓN Z.
      PRESIDENTA
      DIPUTADA ANGELES CASTELLÓN
      PRIMER VICEPRESIDENTA

      DIPUTADA MARTHA HERIBERTA VALLE V.
      SEGUNDA VICEPRESIDENTA
      Diputada Ritha Fletes
      PRIMER SECRETARIA

      DIPUTADO SALVADOR HERNÁNDEZ
      SEGUNDO SECRETARIO
      DIPUTADO LEONEL TÉLLER
      MIEMBRO

      DIPUTADA ANABELL ROMERO
      MIEMBRO
      DIPUTADA JOSÉ DE JESÚS MIRANDA
      MIEMBRO


      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      A los miembros de la Junta Directiva, por favor que ocupen sus asientos para formar el quórum, y verificar si hay quórum.

      Hay 42 Diputados, no hay quórum.

      Se levanta la Sesión.

      (Himno Nacional).























































      SESION SOLEMNE DE CLAUSURA DE LA DECIMOSEPTIMA LEGISLATURA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CELEBRADA EL DIA QUINCE DE DICIEMBRE DEL 2001, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA.

      SECRETARIO PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON:

      Comprobación de quórum: Hay quórum legal.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:

      Se abre la Sesión.

      (Himno Nacional).

      Muy buenos días, damas y caballeros.

      Doctor Iván Escobar Fornos y Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia;

      Honorables Magistrados del Consejo Supremo Electoral;

      Honorables Miembros de la Corte Centroamericana de Justicia;

      Excelentísimos y Honorables Miembros del Cuerpo Diplomático;

      Honorables Miembros del Gabinete de Gobierno;

      Honorables Miembros del Ejército Nacional;

      Honorables Miembros de la Policía Nacional;

      Honorable Señor Herty Lewites Rodríguez, Alcalde de Managua;

      Honorables Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional;

      Señoras y Señores Periodistas Parlamentarios;

      Invitados Especiales;

      Amigos todos:

      En estricto cumplimiento a lo preceptuado en el numeral 4 del artículo 28 del Estatuto de la Asamblea Nacional, y en el artículo 6 del Reglamento Interno, vengo ante ustedes, Honorables Diputados, en mi calidad de Presidente de la Asamblea Nacional, a rendir el Informe Legislativo sobre las actividades e iniciativas de este cuerpo legislativo realizadas durante el año 2001.

      Es esta ocasión muy singular, especialmente signada por la historia, porque concluye hoy el ciclo de Sesiones Ordinarias del Decimoséptimo Período Legislativo, y concluye también nuestra labor como legisladores, dentro de un ambiente de democracia plena y de venturoso propósito por consolidar un futuro mejor para todo el pueblo de Nicaragua.

      Somos parte de una jornada histórica en la que a pesar de las críticas, que sin visión de futuro nos hicieron, contribuimos de manera destacada durante este período, a concertar acuerdos y a asumir compromisos lo suficientemente importantes como para permitirnos legislar, y consecuentemente hacer posible todas las reformas de avanzada que tuvieron como meta consolidar el sistema democrático. Un sistema en el que coexistieron todos los partidos políticos vigentes, estableciendo el marco adecuado para el desarrollo, dentro del más genuino pluralismo. Fuimos y constituimos una legislatura excelente en una época particularmente importante para la Nicaragua de hoy y para la Nicaragua del mañana.

      En el Estado moderno se impone el compromiso de los legisladores para emitir leyes dentro de los conceptos que implican valores éticos ineludibles; leyes con objetivos claros, estrictamente conducidos a procurar alivio y solución a los problemas palpitantes que conmueven a la sociedad, que es la pobreza extrema y la ignorancia; leyes de beneficio común para robustecer la institucionalidad y el verdadero gobierno por el pueblo y para el pueblo.

      Este ha sido un propósito muy bien definido en esta Asamblea Nacional, en donde legisladores -repito- legisladores con sentido patriótico y profundas convicciones ciudadanas, nos entregamos sin tregua en esta jornada de cinco años. El bienestar de nuestros conciudadanos fue la meta que se destacó en esa dura labor, más allá de los intereses partidarios. Lo que un día se criticó acremente, mañana, con la calma y meditación que el tiempo se encarga de madurar, la sociedad acepta lo que antes rechazó.

      El ejercicio del poder presupone elevados valores éticos y consecuentemente, nuevas y adecuadas actitudes políticas que impidan la formación de grupos cuyos intereses son ajenos al pueblo. Es una nueva forma de hacer política; toda una estructura de pensamiento moderno, esa fue la respuesta que demandaba y demanda la Nación en un franco proceso de cambio hacia una nueva realidad.

      La Asamblea Legislativa debe caminar a la vanguardia de las luchas sociales y debe coincidir en la finalidad de unir esfuerzos con todas las expresiones políticas del país, con todas las organizaciones que trabajen por ese cometido y, principalmente, con todos los hombres y grupos en los que prevalezca el ánimo del progreso.

      Bajo el color azul y blanco de nuestro cielo, el que alguna vez Rubén Darío describió como "...el nicaragüense sol de encendidos oros...", la Asamblea Nacional aspira a enlazar a la sociedad con el poder institucional, precisamente para cumplir con las justas demandas del pueblo. Dentro de este espacio político, que luce a veces tan controversial, tan confrontativo, prevalecen nuestros principios por representar los intereses nacionales; por proyectar las necesidades regionales; por legislar en busca de soluciones a los problemas locales, con una clara y fundamentada disposición de contribuir a la estabilidad política de la Nación.

      En atención de la urgente demanda del sector social, y equilibrando cuidadosamente nuestra vulnerable situación económica, desde la Asamblea, legislamos en materia económica y social, con un claro objetivo orientado a que nuestro país incremente el ingreso, y en consecuencia mejore la calidad de vida de todos los nicaragüenses. Nicaragua necesita establecer sólidamente un modelo económico participativo que estimule y oriente a las fuerzas del mercado.

      El Estado, debe promover y estructurar un equilibrio responsable entre la libertad de los individuos y las necesidades básicas de la Nación. Ciertamente, legislamos por la reforma social destinada a disminuir la pobreza, para combatir nuestras limitaciones agoviantes y, el sub desarrollo, sin perder las perspectivas del respeto, la libertad y el fortalecimiento de nuestros valores democráticos.

      Podría ser realidad que con hambre, la democracia vive en constante peligro, pero es más cierto todavía que sin libertad los pueblos se caminan hacia la esclavitud. Nuestro territorio es amplio y fecundo, surcado por ríos caudalosos, coronados por las crestas de nuestras montañas segovianas, agitado por las fuerzas incontenibles de nuestros volcanes, que con su "ignea materia" ha forjado el carácter indomable y valiente de nuestro pueblo nicaragüense. Nuestro paisaje que se impone sorprendentemente por la repetida naturaleza de sus lagos y las lagunas, es el paisaje que vivifica minuto a minuto nuestro sentido de la dignidad y la integridad de nuestras tierras con sus mares adyacentes.
      Desde esta Asamblea, legislamos para preservar nuestra soberanía en su verdadero sentido, desde la libertad y la autodeterminación sin condiciones hasta la obligación ineludible de impedir cualquier penetración territorial, cualquier pretensión encaminada a sojuzgar el destino de nuestra Patria. Legislamos profundamente convencidos de que la defensa de la soberanía, es la primera línea de fuerza moral del pueblo nicaragüense; dicho de otra forma, cada pulgada, cada milímetro de nuestra tierra y cada gota de agua de nuestro mar territorial, será defendido por la totalidad de nuestra inteligencia en materia de Derecho y Tratados Internacionales, y por la fuerza en razón de nuestra soberanía.

      Legislamos para darle a Nicaragua un nuevo rumbo, una nicaragua independiente, segura, progresista y democrática. Durante el transcurso del Decimoséptimo Período Legislativo, se incrementó la apertura de la Asamblea Nacional, dirigida a promover la participación de la Sociedad Civil. Para la elaboración de Proyectos de leyes se promovió y se dio un fluído de intercambio de ideas con los diferentes sectores de la Sociedad, actividad que deja considerable registro de positivas experiencias, funcionarios de Gobierno, de la Sociedad Civil. Los expertos contribuyeron de manera relevante a una juiciosa pre-discusión de todos los temas legislativos que por naturaleza y trascendencia de su contenido se decidió recurrir a la más amplias consultas.

      Estas experiencias han marcado en Nicaragua una nueva concepción de la conciencia parlamentaria nicaragüense, forman parte de este informe las diversas actividades llevadas a cabo por los Departamentos administrativos de la Asamblea Nacional, cuya labor está contenida en las siguientes páginas de esta reseña, en la que podrá observar en detalle cronológico las leyes, los decretos y resoluciones aprobadas en esta legislatura.

      A lo largo de estos cinco años de activa legislatura y dinámica función parlamentaria, todos nosotros hemos representado al pueblo con dignidad, hemos discutido nuestros puntos de vista, sustentándonos en las bases filosóficas, ideológicas y políticas que nos identifica; hemos debatido, sosteniendo en lo que cada uno en particular asume como verdad, un mecanismo lo suficientemente sabio y práctico para encontrarnos después de la reflexión necesaria con la obligatoriedad de sumar las diferentes verdades, hasta encontrar con la única verdad, la que se identifica con el alma colectiva de nuestra sociedad.

      En la solemnidad de esta Asamblea Nacional, bajo la serena y acuciosa mirada del Creador, que siempre estuvo omnipresente cuando defendimos y discutimos con pasión, lo que creíamos justo, encontramos al final, la oportuna unidad apacible y fraterna, la calma natural que corresponde a toda persona civilizada, y los resultados fueron logrados lejos del odio que enferma el alma, apartados de los revanchismos que fomentó las dolosas luchas fraticidas. Al final, siempre nos sentimos satisfechos y profundamente realizados, porque hemos podido comprobar que en materia legislativa y en política parlamentaria, verdaderamente hemos crecido.

      Queridos Diputados, durante estos cinco años de trabajo parlamentario, he observado que aunque militamos en diferentes bancadas, siempre existió entre nosotros camaradería, tolerancia y sobre todo amistad, que creó una atmósfera necesaria de valor inapreciable que redundó en beneficio de la Asamblea Nacional y en beneficio de la República.

      Ha llegado el momento de despedirnos, de darnos el fraternal abrazo como buenos nicaragüenses; ha llegado el momento de agradecerles por su trabajo valioso y a veces incomprendido por la sociedad. Por ese trabajo siempre en beneficio del país, y en procura siempre también del engrandecimiento de nuestra amada Nicaragua. Que Dios los bendiga.

      Muchas gracias.

      SEÑORA ANA LORENA SAENZ DIRECTORA DE PROTOCOLO:

      Vamos a solicitarle a la honorable concurrencia que a continuación del Himno Nacional, permanezcan en sus lugares, porque continuará la ceremonia de entrega de la bandera y la Constitución al Presidente de la Asamblea Nacional, quien la resguarda hasta la Legislatura del 2002.

      PRESIDENTE OSCAR MONCADA REYES:


      Muchas gracias a todos por su asistencia.

      Se levanta la Sesión.

      (HIMNO NACIONAL).




      Managua,Nicaragua 2001.