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Año Legislativo:XXVII LEGISLATURA
Sesión:PRIMERA
Tomo No.3

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INICIO DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA DIEZ DE MAYO DEL 2011, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA).

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días a todos y a todas.

Les pedimos a los miembros de la Junta Directiva que se hagan presentes aquí al estrado, para poder iniciar la sesión de hoy.

Faltando un cuarto para las diez de la mañana, vamos a pedirle a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
MARÍA DOLORES ALEMÁN CARDENAL
RODOLFO JOSÉ ALFARO GARCÍA
LUIS ULISES ALFARO MONCADA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
JORGE ALBERTO CASTILLO QUANT
PORFIRIO RAMÓN CASTRO ARÁUZ
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
EDUARDO JERÓNIMO GÓMEZ LÓPEZ
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
MIGUEL ÁNGEL MELÉNDEZ TRIMINIO
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
LEOPOLDO SALOMÉ NAVARRO BERMÚDEZ
RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
ALEJANDRO DEL CARMEN RUIZ JIRÓN
FRANCISCO JOSÉ SACASA URCUYO
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
FREDDY TORRES MONTES
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
ELMAN RAMÓN URBINA DÍAZ
AUGUSTO ADRIÁN VALLE CASTELLÓN
EDGAR JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Muy buenos días, compañero Presidente: Estamos presentes 58 diputados y diputadas; por tanto, hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

(HIMNO NACIONAL)

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Orden del Día No. 1, Punto VI: INICIATIVAS DE DECRETOS Y LEYES CON TRÁMITE DE URGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.

Punto 6.1: DECRETO DE RATIFICACIÓN DEL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES, NAVES Y AERONAVES DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y DE AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA HACIA PANAMÁ Y REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

Managua, 8 de Abril del 2011.


Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, adjunto remito con la correspondiente Exposición de Motivos, Fundamentación, y texto del articulado la "Iniciativa de Decreto Legislativo de Ratificación del Decreto No. 23-2011, que autoriza el ingreso al territorio nacional de efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América y la República Bolivariana de Venezuela, así como la salida del territorio nacional de efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia Panamá y República Bolivariana de Venezuela", al cual solicita se le confiera el trámite de urgencia que autoriza el artículo 141 párrafo quinto de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.

Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales.

Managua, 8 de Abril del 2011.



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos, Fundamentación, y texto del articulado, adjunto a la presente te remito "Iniciativa de Decreto Legislativo de Ratificación del Decreto No. 23-2011, que autoriza el ingreso al territorio nacional de efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América y la República Bolivariana de Venezuela, así como la salida del territorio nacional de efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia Panamá y República Bolivariana de Venezuela", al cual solicito se le confiera el trámite de urgencia que autoriza el artículo 141 párrafo quinto de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.


Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.

Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

El Estado de Nicaragua, privilegia la libre cooperación internacional, la que ha venido impulsando con espíritu de unidad en base al compromiso irrenunciable de asegurar el bien común, la promoción del desarrollo humano de los nicaragüenses y de su protección contra los embates provocados por fenómenos naturales. Nicaragua y sus instituciones, entre ellas el Ejército de Nicaragua, fundamenta sus relaciones internacionales en la amistad y solidaridad entre los pueblos y la reciprocidad entre los Estados.

El Ejército de Nicaragua, como una institución profesional de carácter nacional, mantiene actualmente magnificas relaciones de amistad y de cooperación internacional con Fuerzas Armadas de países de la región centroamericana, del hemisferio y del mundo, entre los que se encuentran los Estados Unidos de América, la República Bolivariana de Venezuela y la República de Panamá, lo que ha devenido en el fortalecimiento de las medidas de fomento de la confianza, de la paz, el desarrollo y la cooperación.

Una de las características de la institucionalidad son las tradiciones. Las instituciones militares tienen como fuente de cohesión y carácter corporativo, sus tradiciones y costumbres. Es por eso que, año con año, el Ejército de Nicaragua realiza ejercicios de intercambio con otros Ejércitos y Fuerzas Armadas, demostrando con ello su profesionalidad, sus conocimientos y habilidades adquiridos. Asimismo, se logra ejercitar la interoperabilidad en la realización de operaciones humanitarias conjuntas y combinadas.

Por tal motivo, se considera que sería altamente provechoso y significativo la participación del Ejército de Nicaragua y de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, República Bolivariana de Venezuela y la República de Panamá, en ejercicios militares de carácter humanitario, de atención a la población civil y resguardo de sus bienes ante emergencias o desastres naturales, mismos que tienen lugar de forma constante en nuestro territorio como en el extranjero. Atendiendo a que estos ejercicios, que involucran tanto la salida de tropas nicaragüenses fuera del país, como el ingreso de tropas, naves y aeronaves extranjeras a Nicaragua, se realizarán durante el segundo semestre del año 2011, por lo que, con el objetivo de lograr que estos ejercicios se cumplan en los plazos de tiempo previstos y en la forma establecida, se requiere, como así lo establece nuestra Constitución Política, la autorización de la Asamblea Nacional para cada una de las salidas de tropas nicaragüenses o el ingreso de tropas extranjeras.

En tal sentido, por efectos prácticos, de tiempo, por economía y tomando en cuenta que algunos ejercicios humanitarios se realizarán a partir del 1 de julio del año 2011, se solicita de una sola vez, para el segundo semestre del año 2011, la aprobación del Decreto Legislativo que autorice la salida e ingreso de tropas para la realización de los ejercicios militares humanitarios, los que se detallan de forma cronológica en el calendario de actividades enunciado a continuación:

1. Ingreso al territorio nacional de una (1) aeronave militar, para sobrevolar el territorio nacional en apoyo a los vuelos de los transbordadores de la Administración Aeronáutica Nacional y del Espacio de los Estados Unidos de América (NASA), del 1 de julio al 31 de diciembre del año 2011.

2. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en un intercambio sobre conocimientos de primeros auxilios con la Unidad Humanitaria y de Rescate, del 25 al 29 de julio del año 2011.

3. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa, de 30 efectivos militares, naves y aeronaves de la Fuerza Aérea del Ejército Nacional Bolivariano de Venezuela, para participar en ejercicio de intercambio de adiestramiento en operaciones de ayuda humanitaria, con personal del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre del año 2011.

4. Ingreso al territorio nacional de 50 efectivos militares de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, para participar en una jornada médica, del 6 al 20 de agosto del año 2011.

5. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa, de 25 efectivos militares de los Estados Unidos de América y una (1) aeronave de patrullaje marítimo, para participar en ejercicio de exploración aérea contra el narcotráfico, del 15 al 30 de agosto del año 2011.

6. Salida de 40 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la República Bolivariana de Venezuela, para participar en el desfile militar en celebración del bicentenario de la independencia, del 15 de junio al 10 de julio del año 2011.

7. Salida de 30 efectivos militares y 2 guardacostas del Ejército de Nicaragua, hacia la República de Panamá, para participar en el Ejercicio de las Fuerzas Aliadas PANAMAX 2011, del 11 al 30 de agosto del año 2011.
FUNDAMENTACIÓN

Con la realización de estos ejercicios prácticos de carácter humanitario, se acrecienta la calidad técnica y profesional de los miembros del Ejército de Nicaragua, al adquirir nuevos y modernos conocimientos doctrinales, científicos y técnicos. A la vez, que no presupone, desde el punto de vista económico, un impacto negativo al presupuesto al no existir erogaciones extra presupuestarias alguna para la institución militar.

En tal virtud, en mi calidad de Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua he decidido aprobar la salida de tropas del Ejército de Nicaragua, y el ingreso de efectivos militares, naves y aeronaves representativas de las Fuerzas Armadas de los países relacionados, lo cual me ha sido solicitado por el Comandante en Jefe del Ejército de Nicaragua, de conformidad con lo establecido en la Ley No. 181, Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar, que en su artículo 9, numeral 7, dice: "Son deberes y atribuciones del Comandante en Jefe del Ejército, garantizar la organización, adiestramiento, capacitación y movilización de las fuerzas del Ejército..."

Por lo antes expuesto, y con fundamento en lo establecido en el artículo 92 párrafo tercero, 138, numeral 26), ambos de nuestra Constitución Política, artículo 89 en su párrafo quinto y numeral 6) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a consideración de la Asamblea Nacional la presente Iniciativa.

Asimismo conforme lo establecido en el artículo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y artículo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia a la presente Iniciativa de Decreto Legislativo de Ratificación.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación de la "Iniciativa de Decreto Legislativo de Ratificación del Decreto No. 23-2011, que autoriza el ingreso al territorio nacional de efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América y la República Bolivariana de Venezuela, así como la salida del territorio nacional de efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia Panamá y República Bolivariana de Venezuela.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Decreto presentado, en lo general.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

En este día estamos escuchando de la solicitud de la Presidencia en el tema de permitir el ingreso de tropas a nuestro país y la salida también de nuestro Ejército. El argumento es profesionalización del mismo, intercambio de experiencias en el ámbito humanitario, y también en el tema del narcotráfico. Mencionan el ingreso de estadounidenses, de viaje hacia Panamá y hacia la República de Venezuela.

Creo que estos dos temas, Presidente, son importantes para los nicaragüenses. Se menciona también que será un año copioso en lluvias y todos sabemos que las lluvias conllevan también al tema de desastres naturales por aluviones, por inundaciones, afectaciones sobre todo a la población rural, así que nuestro Ejército pensamos que debe de ir adquiriendo más experiencia en el tema de estos desastres naturales, para estar listos en la mitigación, prevención y la atención de los mismos así que nosotros estamos viendo que es favorable el hecho de que nuestro Ejército vaya a profesionalizarse.

También en el tema, Presidente, del narcotráfico, nosotros sentimos que hemos pasado de ser una sociedad donde el tráfico de drogas antes se hablaba únicamente de cuantías menores y ahora hemos pasado a ser un puente; incluso hemos sido mencionados como laboratorios en el tema de anfetaminas. Presidente, quiero hacer un llamado de atención en este tema, principalmente porque nosotros nos hemos jactado de tener un país seguro, sin embargo, está agravándose la situación, la inseguridad ciudadana, lo estamos sintiendo en el campo. Nosotros hemos visto que el mismo Ejército a veces minimiza el tema de los grupos armados, y hacemos un llamado si es cierto que hemos tenido, relativamente comparándolo con los países centroamericanos, un país más estable y más seguro, también debemos de señalar que estamos perdiendo esta seguridad.
Así que el tema del narcotráfico es un tema integral, que no únicamente compete a nuestro Ejército, sino también a nuestro sistema judicial; nosotros vemos que la Policía, Presidente, está haciendo un gran esfuerzo para contrarrestar el narcotráfico, pero no solamente en el Ejército, no sólo en la Policía, sino en nuestro sistema judicial y la sociedad en su conjunto. Así que nuestro voto es favorable, pero hacemos el llamado para que todos los nicaragüenses entendamos que el tema del narcotráfico es un tema que nos compete a todos.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos entonces a la votación.

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Presidente, gracias por darme la oportunidad.

Estoy cien por ciento de acuerdo en que esta Asamblea otorgue la autorización para el ingreso, pero quería aprovechar para decirles a los norteamericanos, que son preocupantes los dos artículos que acaban de salir en El Nuevo Diario, según los cuales Nicaragua ha ascendido de ser nada más un país de tránsito en el triángulo norte de Centroamérica, a ser la bodega del narcotráfico.

Creo que los nicaragüenses, los centroamericanos, además de una visita, una simple visita de fuerzas armadas, necesitamos que se nos dé el respaldo total para combatir el narcotráfico, puesto que los principales afectados son ellos, Estados Unidos y Canadá. Ahí están, si es cierto que en Latinoamérica, en México, existen los “capos”, pero también en los Estados Unidos existen “capos”, porque la droga no se distribuye sola, la droga no camina sola, tiene que haber alguna organización donde están metidos los norteamericanos, gente norteamericana, no solamente mexicanos. Nosotros los nicaragüenses estamos haciendo un trabajo para ello; por lo tanto, además de que son bienvenidos, debemos aprovechar para decirle al Gobierno de los Estados Unidos que no solamente de “palmaditas” podemos estar viviendo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos entonces a la votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Decreto en lo general.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 1 Al tenor de lo dispuesto en los Artículos 92, párrafo tercero y el 138, numeral 26) de nuestra Constitución Política, se autoriza la salida de efectivos militares del territorio nacional e ingreso de efectivos, naves y aeronaves militares extranjeras al territorio nacional, de conformidad a la planificación de actividades durante el segundo semestre del año 2011, que comprende la salida de tropas nicaragüenses fuera del país y el ingreso de tropas, naves y aeronaves extranjeras con fines humanitarios hacia Nicaragua.

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2 Se autoriza la salida del territorio nacional de contingentes representativos del Ejército de Nicaragua y el ingreso de tropas con sus equipos, naves y aeronaves extranjeras detallados a continuación.
Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 15 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3 y con él se Aprueba el Decreto 23-2011 que autoriza la entrada de efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y de la República Bolivariana de Venezuela y que autoriza la salida de efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia Panamá y la República Bolivariana de Venezuela.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en la misma Orden del Día No. 1, Punto V: DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.

Punto 5.1: ASOCIACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS JURÍDICOS EL CENTRO, CIEJ.

Le pedimos al Presidente o Vicepresidente de la Comisión de Paz, Defensa y Gobernación la lectura del Dictamen.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:

DICTAMEN

Managua, 11 de noviembre del 2010.


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS JURÍDICOS, en adelante EL CENTRO, la que podrá identificarse con las siglas CIEJ, con domicilio en el Municipio de Managua, Jurisdicción del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Fomentar la eficiencia, eficacia y autonomía del sistema de justicia nicaragüense, 2) Promover el Desarrollo, acceso y competitividad de profesionales, estudiantes universitarios, trabajadores, pequeños y medianos empresarios a investigaciones y capacitaciones científicas en las ciencias jurídicas, que promuevan la investigación y el interés social, en el entendido de propiciar la cooperación mutua entre los sectores sociales que no tienen recursos para acceder a capacitaciones, investigaciones y asesoría jurídica civil, mercantil, municipal administrativo, laboral, penal, tributario, financiero, agrario y familiar.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, IVÁN FRANCISCO LACAYO BERRÍOS, Vicepresidente, NÉSTOR EMILIO LACAYO BLANCO, Secretario, FRANCISCO JOSÉ LACAYO, Tesorera, MARÍA AUXILIADORA ESCORCIA AGUILAR, Vocales, JAVIER DE JESÚS ESCORCIA AGUILAR Y RAMIRO EDUARDO LAÍNEZ MEDINA.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política de la República.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS JURÍDICOS, en adelante EL CENTRO, la que podrá identificarse con las siglas CIEJ.
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

MAXIMINO RODRÍGUEZ ÉLIDA MARÍA GALEANO C.
PRESIDENTE VICE-PRESIDENTE


VÍCTOR HUGO TINOCO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MIEMBRO MIEMBRO

CARLOS GADEA SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO MIEMBRO

GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Queríamos explicarle al plenario, ya que se estaba leyendo la Personería Jurídica de la Asociación Centro de Investigación y Estudios Jurídicos, que está aprobada por Decreto, el Dictamen viene por Decreto y de acuerdo a la Ley Orgánica, tiene que ser aprobada como Ley y con una serie de requisitos específicos que lo señala el artículo 83 de la Ley General de Educación que dice: “Los centros o Institutos de Estudios e Investigación, serán creados por la Asamblea Nacional, a través de ley. Esta ley determinará su régimen académico, científico, administrativo, patrimonial, estructura Y funcionamiento; todo ello sin perjuicio de adscripción o creación de Centros o Institutos conforme a la Ley 89, Ley de Autonomía de Instituciones de Educación Superior.”

Por tanto, el Dictamen que estábamos leyendo no es legal ni correcto, entonces tiene que ser devuelto a la comisión, para que sea aprobado por ley, como dice la Ley Orgánica. Por eso, solicitaría que se lea otro Dictamen para poder proceder y terminar la aprobación de las personerías jurídicas que sí están cumpliendo con lo que establece el Estatuto.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:

Está bien, Secretario, procedemos a leer un segundo Dictamen.

DICTAMEN

Managua, 23 de febrero del 2011.

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “RED DE COMUNICADORAS Y COMUNICADORES PARA EL ABORDAJE DEL VIH Y EL SIDA EN NICARAGUA”, pudiendo también utilizar las abreviatura “RED COMUNICADORES VIH”, con domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua. Presentada por la Diputada MARTHA MARINA GONZÁLEZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.

Esta Asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la conformación de mecanismos concertados y eficaces de vigilancia, promoción y defensa activa de los derechos humanos de las personas con VIH y otras ITS, 2) Contribuir al desarrollo de iniciativas legislativas y normativas que otorguen reconocimiento, protección y que promuevan los derechos de las personas con VIH y Sida.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por Presidente: KENIA REGINA SÁNCHEZ VADO, Vicepresidente, GIXA ELENA TORRES ROSALES, Secretario (a), EDITH SORAYA AGUIRRE GAITÁN, Tesorero, (a), MARÍA EUGENIA ALONSO DE LA LLANA, Fiscal, JOSÉ DE LA CRUZ ROBLETO, Primer Vocal, VÍCTOR MANUEL REÑAZCO SÁNCHEZ, Segundo Vocal, ANA CLEMENCIA URIARTE LAU.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “RED DE COMUNICADORAS Y COMUNICADORES PARA EL ABORDAJE DEL VIH Y EL SIDA EN NICARAGUA”, pudiendo también utilizar las abreviatura “RED COMUNICADORES VIH”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

ALEJANDRO RUIZ JIRÓN FILIBERTO RODRÍGUEZ L.
PRESIDENTE VICE-PRESIDENTE

MIGUEL ROSALES JOSÉ A. MARTÍNEZ
VICE-PRESIDENTE MIEMBRO

JENNY MARTÍNEZ GÓMEZ CARLOS GADEA AVILÉS
MIEMBRO MIEMBRO

EDUARDO MONTEALEGRE FRANCISCO SACASA
MIEMBRO MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos a la discusión del Dictamen en lo general.

A discusión el Dictamen en lo general.

Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Sí, señor Presidente.

De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, pido que por favor sea excluida de la aprobación una Asociación que tiene que ver con café Robusta. En primer lugar, porque a todas luces no es “sin fines de lucro”. Precisamente la producción de café Robusta tiende a hacer una producción comercial y está la gran discusión de que si la siembra de éste no va a venir a perjudicar la taza de excelencia del café nicaragüense que tanto ha costado, y creo que entrar por la vía de una ONG es el peor mecanismo. Por tanto, solicito que sea suspendida la aprobación de esa ONG.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos entonces a excluir de esta aprobación a la Asociación para su correspondiente revisión y posterior decisión.

Entonces a votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 19 presentes, 2 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

Diputado Freddy Torres Montes, tiene la palabra.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Muchas gracias, Presidente.

Dos observaciones. La primera, que de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, hoy tenía que haber previos aquí y por alguna razón no hubo previos. Considero que éso es de alguna manera ponerle un bozal a los diputados que aquí tenemos criterios que expresar, acerca de situaciones que vive este país alrededor de la Dirección General de Ingresos, la corrupción en la Alcaldía, lo que sucede en la Dirección General de Aduanas y otros temas que son de actualidad, por un lado.

Por otro lado, cuando veo que se suspende la aprobación de una Organización de Productores de Café Robusta, de manera apresurada, sin ningún criterio técnico se pide suspender, creo que no podemos ponerle un freno a la producción de café Robusta, que puede significar una ventana para que muchos pequeños productores puedan dedicarse a esa actividad, sin que necesariamente afecten al café de calidad que produce Nicaragua. Considero que tratar de conducir este país de manera atropellada, sin tener criterios claros del porqué o cómo deben de actuar o funcionar o qué cultivo debemos de impulsar o no, porque aquí no estamos hablando de sembrar marihuana, ni estamos hablando de sembrar coca, estamos hablando de un producto que ya se produce valga la redundancia, en Brasil.

Brasil produce café Arábigo y produce café Robusta, Vietnam y otros países lo producen, ¿por qué no Nicaragua? Porque hay algunas personas que creen que se pueden mezclar el Robusta y el no sé cuánto. Debo decirle, Presidente, Nicaragua importa café Robusta de Brasil, de Ecuador, de Vietnam y de otros países que lo traen para elaborar café soluble y otras cosas, ¿por qué no lo vamos a poder producir y tenemos que importarlo? Es que esas visiones mesiánicas no tienen cabida en la producción agropecuaria de Nicaragua. Para mí, haber suspendido la aprobación de esa organización o de esa ONG o como le queramos llamar o Asociación de Productores de Café Robusta, creo que es una visión que no se corresponde a un país que queremos desarrollar y que queremos atraer inversión y producir más, para que vengan más divisas a nuestro país.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Presidente, estoy perplejo de escuchar al jefe de la Bancada del Frente Sandinista, pidiendo que se suspenda, porque yo soy miembro de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos. Quiero decirle algo, Presidente, en el proceso en el cual nosotros aprobamos las solicitudes de organismos no gubernamentales y organismos de la sociedad civil, hay espacio para que si hay algún tipo de denuncia, de cuestionamientos, obviamente nosotros lo recibimos, en este caso nosotros firmamos esta solicitud de Personería Jurídica, pero no hemos visto objeción alguna. Considero que se ha violentado aquí lo que es la expresión de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos. En todo caso, la jefatura de bancada debió de estar más informada y ya que hay representantes del Frente Sandinista en esa comisión y habernos hecho sus consideraciones, venir aquí a decirnos cuando ya está en el Orden del Día, que se suspenda, creo que no hicieron bien el trabajo, ellos debieron hacer las consideraciones en tiempo y forma.

En segundo lugar, como productor quiero decir una cosa, Presidente, el hecho de argumentar que porque hay un café de alta calidad, decir que el café Robusta va a estar en demérito de la caficultura, es como venir a decirnos que el chancho criollo va a sentirse amenazado porque la raza Landrace o Duroc vayan a ser introducidos, eso es como venir a decir ahorita, Presidente, que la gallina criolla no va a poder tener eficiente producción por causa de la Hy Line Brown, creo que son argumentos que en este plenario no deberían de venir a esgrimirse. En todo caso, en tiempo y forma el jefe de bancada debió de haberse abocado con los representantes del Frente Sandinista en la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos. No debemos de poner restricciones y tapujos al hecho de que los pequeños productores, Presidente, pueden tener una alternativa de producción. Este debate es igual que cuando hablamos de maíz criollo y maíz híbrido, por lo tanto dejemos el debate en la comisión y que no sea en el plenario.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Odell Incer, tiene la palabra.

DIPUTADO ODELL ÍNCER BARQUERO:

Gracias, compañero Presidente.

Es para informales a los compañeros diputados y diputadas, que a la Comisión Económica en su oportunidad, llegó una fuerte delegación de cafetaleros de este país que cultivan café Arábigo, a oponerse rotundamente al cultivo del café Robusta, porque éste vendría a hacerle un perjuicio impresionante al país.

El café Robusta se cotiza en el mercado internacional a cincuenta dólares, en cambio el café Arábigo, que es el que exportamos, anda alrededor de trescientos dólares y había la amenaza sobre Nicaragua, porque como muchas veces en el mismo saco se introducen variedades, al ir Robusta revuelto con el café tradicional o Arábigo, significaría una penalización para este país. Claro que las comercializadoras no voy a dar nombres, se benefician de que vaya el Robusta, porque les cuesta más barato producir el café envasado. Es decir, lo traen, y por eso hablaba Freddy, que lo importan de Brasil, porque para ellos es más barato comprarlo a cincuenta dólares que comprarlo a doscientos o a trescientos dólares. Esa fue la razón que en cierto modo sin tener competencia para dictaminar, es decir esa iniciativa, pasó a Gobernación, pero nosotros apoyamos desde un primer momento a los cafetaleros que siembran el café tradicional de este país, porque el otro nos vendría a perjudicar.

Gracias, compañero.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Víctor Duarte, tiene la palabra.

DIPUTADO VÍCTOR DUARTE ARÓSTEGUI:

Gracias, señor Presidente.

Con el respeto que usted se merece, quiero exponer algo que está sucediendo en el Triángulo Minero para que los honorables diputados de este plenario se enteren. Sucede, señor Presidente, que hace aproximadamente tres días apareció supuestamente muerto un miembro del Poder Ciudadano. A raíz de eso, existe un caos en el municipio de Rosita, donde hay doce ciudadanos democráticos encarcelados y no les permiten llevarles alimentos ni agua en la Policía Nacional de Rosita, le están dando a esto un color político.

Quisiera, señor Presidente, que se forme una Comisión Especial de este Primer Poder del Estado, para que en conjunto con las autoridades correspondientes de la Policía y el Ejército, se lleve a cabo una investigación y podamos llevar la paz a ese municipio de las regiones autónomas. Creo que es una de las funciones de una de las comisiones, y por eso es mi petición. Espero sea escuchada por su persona, y que conformemos esa comisión especial y que hagamos presencia lo más pronto posible allá en Rosita, porque hay zozobra y caos en esa población.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Quiero aclarar que mi moción está sustentada en la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y es prerrogativa de cualquier diputado objetar una organización sin fines de lucro.

Señores, ¿una Asociación de Productores de Café es sin fines de lucro? ¿O se asocian para producir café? Si se asocian para producir café no puede ser ONG. Aquí estamos desvirtuando las ONG; es decir, no estoy poniendo ahorita a discusión -y creo que es una discusión que en algún momento vamos a tener- si es pertinente o no la siembra de café Robusta en Nicaragua. Y si se siembra, cómo hacer para no contaminar, para no mezclarlo, pero esa es otra discusión. Inclusive, Freddy bien lo encausó y debería ser eso una discusión de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto; pero venir a aprobar una asociación de cafetaleros que la lógica desde el momento en que están diciendo es para producir, y para obtener ganancia, no debería ser a través de una asociación sin fines de lucro. Por eso es que estoy objetando estas dos asociaciones. La del Pacífico y la del Atlántico.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Víctor Hugo Tinoco, tiene la palabra.

DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:

Gracias, Presidente.

Básicamente pido la palabra no para pronunciarme sobre el tema de fondo sobre si lo del café Robusta es o no es una amenaza, me causa preocupación que estemos frenando la posibilidad de que un grupo, cualquiera que sea, con cualquier interés, se quiera organizar y reivindique su derecho a tener una personalidad jurídica, eso es lo que me preocupa.

La práctica en este Parlamento, desde hace ya muchos años, había sido que por lo general, aquí parábamos una ONG sobre todo si había problemas de nombres o alguna cosa muy especial y por eso aquí no se para nada porque el principio lógico, democrático es que si alguien se quiere organizar en torno a un interés cualquiera, social, lo que sea, tenés que respetarle ese derecho. No estás aprobándole una ley, no estás aprobando beneficios, le estás aprobando su derecho a tener personería jurídica.

En la discusión, Edwin lo plantea ahora como si es un asunto que no es una ONG, sino que es empresarial, para producir lucro. Efectivamente eso, como dice Freddy, lo tenían que haber visto en la Comisión de Gobernación. No sé que habrá pasado ahí, pero en todo caso lo que elevo es mi preocupación de que estemos desde aquí tratando… o que podamos caer en la tentación de estarle negando el derecho a la gente de organizarse en función de sus intereses. Eso es lo que me preocupa a mí.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE POR LA LEY, JUAN RAMÓN JIMÉNEZ:

Tiene la palabra el diputado Wilfredo Navarro.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Gracias, Presidente por la Ley.

Voy a referirme a dos cosas: Uno, específicamente a lo que decía el diputado Víctor Duarte, que está sucediendo en la zona del Atlántico Norte; definitivamente cualquier crimen, cualquier delito debe ser sancionado y perseguido. Pero lo que está sucediendo en el Atlántico Norte es que a raíz de la muerte del jefe de los CPC de la zona, que no se sabe quién lo asesinó, porque llegaron cinco sujetos armados a llevárselo, se ha desatado una persecución contra connotados miembros del Partido Liberal Constitucionalista en la zona y lo que nosotros llevamos un recuento es que más de veinticinco miembros de nuestro partido están detenidos y no les permiten que reciban visitas y están prácticamente desaparecidos.

Entonces, lo que nosotros queremos independientemente que rechazamos cualquier crimen, cualquier delito o cualquier asesinato, exigimos que se haga una investigación como debe ser, no desatando persecuciones sin ningún control y sin ningún límite, sin ningún acto que se realice a través de las autoridades judiciales y tengan a las estructuras de nuestro partido, sometida al terror de una persecución política. Esa es la denuncia que estamos haciendo y es la denuncia que trae nuestro diputado Víctor Duarte, que por favor, dejen de estar acosando a los miembros del Partido Liberal, sólo porque se dio una situación de cinco criminales que asesinaron a un pobre hombre que estaba en su casa, que los miembros del Partido Liberal no tienen nada que ver en eso. Así que debe quedar bien claro eso, y demandamos de la Policía, y de las autoridades judiciales de la zona, que cumplan con su deber y no se presten a persecuciones políticas.

Ahora, en relación con la discusión del café y chanchos que se estaba diciendo aquí, quisiera decir algo. Miren, me parece que si bien es cierto la ley dice que no se debe permitir organizaciones con fines de lucro, que tengan un interés financiero o de ganancia, aquí no aparece, porque lo que nos viene es nada más el Decreto, entonces no sabemos si realmente es una asociación que tiene fines de lucro o no, esa es mi primera interrogación. Lo otro, es que “prima facie” nosotros no nos podemos ir a cercenar la creación de una asociación, porque estaríamos restringiendo el derecho constitucional que tiene el ciudadano de asociarse y además, el derecho de dedicarse a una actividad comercial, porque a nadie se le puede prohibir que coseche café Robusta, como decía Langrand, a nadie se le puede prohibir que críe chanchos indios y no se puede salir a decir que no puede haber una asociación de criadores de chanchos indios porque van a perjudicar a los chanchos de raza.

Entonces, me parece a mí que lo que cabe aquí es devolver este dictamen a la comisión para revisar si lo que dice Edwin, es correcto, que hay objetivo de lucro. Aquí hemos aprobado asociaciones de ganaderos, de criadores de frijol nuevo, de los mismos cafetaleros, del café que se cultiva en Nicaragua y no tienen fines de lucro, lo que tienen es objetivo de promover el desarrollo, el cultivo, la promoción, la mejoría y eso no son fines de lucro. Entonces, lo correcto sería Edwin, que devolviéramos estos dos dictámenes como vamos a devolver el dictamen del Colegio, para que en la comisión lo revisen y si se les pasó que hay algún objetivo de lucro, los quiten del dictamen, pero lo importante aquí es que no podemos prohibirle a los productores de café Robusta que se organicen y que creen una asociación para promover el desarrollo de su café, aunque sea un café chancho, pues. Eso es todo.

Entonces propondría eso, pero no cortaría de un tajo y sometería a votación del plenario que es lo que cabe de acuerdo al artículo 154 que dice: cuando se presentan las personarías y existe una que es protestada, es el plenario el que decide si se aprueba o no… Entonces antes de llegar a ese procedimiento, propondría que se devuelva a la comisión, se revise si tiene fines de lucro y que muera en la comisión.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Alejandro Ruiz, tiene la palabra.

DIPUTADO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Gracias, señor Presidente.

El trabajo que ha hecho la comisión es que cuando se meten los trámites de asociación llenen todos los requisitos. Como productores, tienen el derecho de organizarse, tienen el derecho a trabajar y definitivamente cuando uno se promueve, como se organizan los ganaderos, como se organizan los productores de diferentes rubros, tanto en el agro como en la parte de la carne, de alguna manera la promoción, el desarrollo del producto que se está promoviendo y se hacen asociaciones, no dejan de tener en alguna manera un fin que al final traen beneficios económicos, pero asociarse como gremio y esto fue lo que dictaminó la comisión, una asociación donde los productores de esta variedad de café se estaban organizando, se ve la parte no lucrativa que en el fondo puede tenerlo, porque es en el fondo. De todas maneras aceptaríamos que se regrese a comisión, pero además estamos viendo que dentro de la comisión tenemos miembros de todas las bancadas, y una vez que lleguen creo que también tienen que hacer una revisión exhaustiva y a la hora de hacer los dictámenes lleven las consideraciones respectivas, si no, pues de nada serviría el trabajo de la comisión, porque prácticamente ya aquí en el plenario es que se toma la decisión; prácticamente estaría siendo vetado todo y no estaríamos de acuerdo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Freddy Torres, tiene la palabra.
DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Presidente, creo que es importante que en la aprobación de estas asociaciones queden establecidas claramente los criterios. El Presidente de la Comisión, cuando surgió esta propuesta, explicó claramente que no hay ahí fines de lucro, y se hicieron las revisiones pertinentes. Creo que no podemos estar en este juego, por lo que les pediría a los jefes de bancada que se pronuncien alrededor de este tema. La verdad es que aquí hay situaciones que le competen a los jefes de bancada, y a veces uno se toma la libertad o la atribución de impulsar “equis o ye” iniciativa, y los otros jefes de bancada se quedan muy calladitos. Me parece que tiene que haber cohesión en lo que queremos hacer, porque les digo sinceramente, yo hablaba ahí con la directiva Alba Palacios y le preguntaba acerca de los Previos, y me dice que ningún jefe de bancada solicitó los Previos. Considero que la Junta Directiva de oficio debería de incluir en el Orden del Día la cuestión de los Previos, porque son expresiones necesarias del Parlamento hacer uso de ese punto para abordar los temas.

Pero volviendo al tema de la Asociación de Productores, no quisiera creer que aquí estamos a favor de “equis o ye” productores o en contra de algunos o a favor de otros; pienso que debemos revisar minuciosamente y apegarnos a lo que la comisión resuelva, porque hay una situación que es clara, todos los partidos políticos tenemos representante en la Comisión de la Paz, Defensa y Gobernación, ahí debería de haberse expresado cualquier situación. Entonces, creo que vale la pena pues aterrizar muy bien en lo que tiene que ver con esa asociación de productores, Presidente.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, Presidente.

Primero, sobre la preocupación que algunos diputados han expresado en relación con el asunto de la organización del pueblo creo que no deben tener temor, porque este Gobierno es el que ha dado más apertura para organizarse y poder dar fortalecimiento a la participación directa de la población.
Segundo, con todo el respeto que se merece la comisión y los miembros de la misma, considero que debería de leerse un poco más porque aparece claramente establecido en el literal f), que puede hacer cualquier tipo de negocio, puede vender, comprar, hipotecar, hacer contratos, o sea, se le dejó la puerta abierta, porque dice cualquier negocio. Entonces, creo que si es una organización de los trabajadores, o si es una organización de los productores, es válida, pero para fortalecer su organización y trabajar en función del mejoramiento de su gremio; sin embargo, lo que se acordó aquí, es aprobar una empresa de múltiples usos en los cuales pueda hipotecar, vender, comprar y hacer cualquier tipo de negocio.

Presidente, considero que debemos anular esta aprobación por el plenario, porque regresarla a la comisión es lo mismo, porque dice, y leo textualmente: “La Asociación podrá adquirir toda clase de bienes urbanos o rurales o de cualquier naturaleza, recibir préstamos, donaciones extranjeras y nacionales, vender, comprar, hipotecar toda clase de bienes muebles e inmuebles, celebrar todo tipo y clase de contrato y negocios jurídicos, o sea, una empresa totalmente abierta”, por lo tanto, creo que el planteamiento del diputado Castro es correcto, y aquí deberíamos de eliminar estas dos asociaciones, porque no tienen más que el objetivo de hacer negocio.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Javier Vallejos, tiene la palabra.

DIPUTADO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Me siento preocupado porque hoy se podría estar sentando un precedente que atenta contra el proceso de formación de la Ley, y en contra del trabajo de las propias comisiones. Creo que ha sido firmado este Dictamen, así como el resto de las ONG, por diputados de distintas bancadas, incluyendo el Frente Sandinista, pero precisamente, como dicen, la costumbre se hace ley. Desde que yo era miembro de la Junta Directiva se aprueban las personalidades jurídicas leyendo sólo una; asimismo, el trabajo que se efectuó en la comisión es el correcto, y ahí están los dictámenes favorables. Si en este momento la enviamos de nuevo a comisión, en ese caso creo que estaríamos hasta de cierta manera perdiendo la credibilidad sobre los miembros de la comisión que no hicieron un buen trabajo con los asesores. Por tanto le decía a Edwin ahorita, agarremos el paquete de las personalidades jurídicas y ya no las aprobemos todas en conjunto, hagámoslo una a una, porque no confiamos en la comisión.

Considero que si hay algo que ya estaba en la Orden del Día, y tenemos la opinión de uno u otro diputado tenga o no tenga la razón, la salida sería tomar esa personalidad jurídica y ahora en el plenario ponerla a discusión individualmente, y no decir que la vamos a sacar del paquete que envió la comisión, porque hasta en eso, cuando envían el paquete o el número de personalidades jurídicas incluso ha sido minuciosamente revisado por los miembros y por los asesores de la comisión. Creo que se estaría sentando un precedente lamentable en contra del proceso de formación de la ley y en contra del trabajo de las comisiones, porque entonces, de ahora en adelante lo que cabría es no aprobar las cincuenta o sesenta asociaciones que vienen en un grupo, sino irlas aprobando una por una; porque el sentido era que por la gran cantidad que existe y para darle celeridad y finalizar la formación del proceso de la ley se aprobaban en grupo.

Me pregunto, ¿cuántas de esas ONG o asociaciones que acabamos de aprobar tienen la misma observación que tenía el diputado Castro, que si son para lucrarse, para hacer negocio y no son sin fines de lucro? Entonces, creo que este plenario debe decidir, si es una moción la que presentó el diputado Castro, si realmente se excluye, o si con la aprobación que ya hicimos fue aprobada, porque creo que se cometió un error al ponernos a votar sobre el paquete completo sin haber aprobado la moción de Edwin.

Solamente, Presidente.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Porfirio Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO PORFIRIO CASTRO ARÁUZ:

Gracias, Presidente.

Yo diría que en el caso de este rubro que tienen la oportunidad hoy los cafetaleros, vemos que cuando estaba el gobierno de doña Violeta y después con el gobierno de Arnoldo, esos años el precio del café estuvo caído en el mercado internacional y muchos productores quedaron endeudados con el banco y les produjo pérdidas porque endeudaron sus propiedades, sus bienes; hoy que el precio ha mejorado, al darle oportunidad de entrar a este otro tipo, a estos productores se les está haciendo una competencia, en este caso negativa.

En el caso de la queja de estos productores que están trabajando el café, al entrar esta nueva variedad de otro país a bajísimo costo, viene a ocupar el espacio de nuestro café, que es producto de nuestra propia tierra, producto de nuestro esfuerzo, forjado por el trabajador de nuestra patria, Nicaragua; viene este otro a ocupar el lugar de ese rubro y podría en ese caso hacer bajar los costos. Entonces, tratar de sustituir el café de calidad de Nicaragua en cierto momento por la misma cantidad de café a los proveedores en forma tal vez oculta viene más bien a perjudicar a los productores. Por consiguiente, y de acuerdo con la petición de Freddy Torres, creo que hay que buscarles una alternativa, una solución a ese problema de los cafetaleros, ya que han pasado muchos años y ahora que está bueno el precio, se les está buscando cómo sustituir con otro café de baja calidad.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Alejandro Bolaños, tiene la palabra.

DIPUTADO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS:

Gracias, Presidente.

Quiero apoyar la argumentación de los diputados que han estado pidiendo que regrese a la comisión el análisis de este Dictamen. En relación con lo que estaba leyendo el diputado Zepeda, sobre algunas de las atribuciones de esta asociación sin fines de lucro, quiero dejar claro aquí que toda asociación, aunque sea sin fines de lucro, tiene las facultades para vender, para comprar, para hacer transacciones comerciales, para contratar; todas esas atribuciones las tiene una asociación sin fines de lucro porque así operan, vivimos en un mundo donde compramos y vendemos cosas. Sin fines de lucro significa que no genera ganancia, que no produzca dividendo, incluso puede tener excedentes productivos que se reinvierten dentro de las asociación; porque toda Asociación tiene que reponer sus equipos, sus inversiones, o sea que la operación de compra-venta, comercio, etc., es legítima.

Quisiera exhortar a los diputados de esta honorable Asamblea, a que pensemos de una manera juiciosa y que le demos chance a la comisión para que ellos resuelvan este dilema, de si esta asociación cabe o no cabe como una asociación sin fines de lucro. Creo que el tema es demasiado, hay diferentes opiniones y en este plenario no vamos a poder encontrar un consenso; en la comisión están representadas todas las bancadas y ahí se puede encontrar dicho consenso. Entonces, quiero exhortar a que votemos a favor de que regrese a la comisión el análisis de esta asociación.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra por segunda vez.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Presidente, seré breve, no me voy a extender mucho en el tema. Aquí hay un punto que nosotros debemos analizar. Por ejemplo, Presidente, en la Constitución dice que nosotros tenemos el derecho de organizarnos; también aparte de esta comisión existen instituciones del Estado como el Ministerio de Gobernación, el Ministerio de Hacienda, el Magfor, el INTA para regular precisamente el funcionamiento de estas organizaciones sin fines de lucro, por ejemplo las universidades, esto es en el debate, el cobro alto de los títulos ¿son con fines de lucro?, no son con fines de lucro. Bueno, ese es un tema para la Comisión, que le extiende lo que es la personería jurídica, y es al Ministerio de Gobernación, al Ministerio de Hacienda, y al Ministerio de Educación a los que les compete meter en cintura.

El hacer censura previa y decir que esta asociación no puede enajenar, que no puede alquilar, que no puede establecer contrato, es como decir que la UNAG no puede alquilar oficinas en León, no puede comprar muebles, es un debate, que en todo caso estamos estableciendo censura de previo y olvidándonos que hay instituciones que claramente regulan el funcionamiento de las ONG. Yo no me apunto, Presidente, para que violemos la Constitución una vez más y prohibamos de entrada el derecho de cualquier organismo a tratar de legalizarse; y menciono también que hay una ONG que se llama “Democracia Directa”, y nuestra Constitución dice que somos un sistema representativo. Pregunto al diputado Edwin Castro si también va a levantarse y decir, no puede ser aprobada esa Organización porque aquí está esa ONG también, Presidente, en los archivos de la Comisión de Gobernación.

Así que yo quisiera que le dejáramos ese trabajo en todo caso al Ministerio de Gobernación, al Ministerio de Agricultura si el café Robusta no es rentable, nadie lo va a sembrar, si el INTA piensa que el café Robusta va a ser polinización cruzada, que sea el INTA, que sea el Magfor y no seamos nosotros aquí.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos a cerrar el debate con el diputado Wilfredo Navarro.

Diputado Alan Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO ALAN RIVERA SILES:

Muy buenos días, Presidente.

Respaldo la moción para que se excluya esta ONG, porque si no, prácticamente se estaría aprobando a través de la Asamblea Nacional, la introducción de nuevas variedades, café, lo que afectaría la economía nacional. Para eso, para la valoración e introducción de nuevo cultivo y nueva semilla a nuestro país está el Ministerio de Agricultura y Ganadería, y también para que se dé la aprobación y el análisis de si es conveniente o inconveniente la introducción de café Robusta por medio de una ONG a Nicaragua; para eso está también el Magfor y las diferentes asociaciones de caficultores de Nicaragua; no se debe disfrazar la introducción de una variedad a través de una ONG, Presidente. Por lo tanto, respaldo que se retire esta ONG del Dictamen de Personalidades Jurídicas.
Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.

DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:

Gracias, señor Presidente.

Entiendo que acá estamos para aprobar organizaciones sin fines de lucro, y ésta, de acuerdo al Acta Constitutiva y lo que se ha leído aquí en la Asamblea Nacional, tiene fines de lucro. Desde ese punto de vista no cabe como una ONG, por lo que estaría de acuerdo con lo planteado por el diputado Castro; sin embargo, nunca he visto que aquí en esta Asamblea Nacional, cuando se pasan los dictámenes de las diferentes personería jurídicas de las organizaciones se objeten, porque han pasado ya por el escrutinio de la comisión respectiva y han sido aprobadas en un dictamen; esto podría abrir la puerta para que en el futuro en esta Asamblea tengamos un debate interminable cada vez que vayamos a aprobar una personería jurídica, porque vamos a tener que ir escudriñando una por una, como bien ha dicho el diputado Vallejos. Así que creo que lo más sano sería que este Dictamen regresase a la Comisión de Gobernación, para que ahí se evalúen a fondo los argumentos presentados y se presente nuevamente otro Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Douglas Alemán, tiene la palabra.

DIPUTADO DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ:

Gracias, Presidente.

La observación es sencillamente que cuando los productores nos agrupamos para la defensa de nuestros intereses gremiales nos constituimos en asociaciones sin fines de lucro, y venimos a la Asamblea Nacional a solicitar esa personería para desarrollar actividades que tienen que ver con los intereses gremiales; cuando los productores nos queremos organizar alrededor de un negocio y para tener lucro, simple y sencillamente vamos y nos inscribimos como sociedad en el Registro Mercantil.

Entonces, creo que el camino que ha elegido este grupo de productores para asociarse y hacer negocio fue equivocado, en el sentido de tratarlo a través de la Asamblea Nacional; eso debe ser tratado e inscrito en las instancias que corresponden. El rechazo a esta personería debió haberse dado desde su llegada a la Comisión de Gobernación, porque ahí debieron de haber orientado a este grupo de compañeros que o corregían la escritura constitutiva y eliminaban los temas de lucro, o sencillamente la llevaban a las instancias mercantiles que corresponde.

Por lo tanto, me uno a la posición de mis antecesores en que hay que rechazar esta personería, y en todo caso el grupo tiene los derechos de hacer una sociedad mercantil como la que constituimos los productores en distintos momentos de nuestro país.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Luis Ortega Urbina, tiene la palabra.

DIPUTADO LUIS ORTEGA URBINA:

Gracias, señor Presidente.

Como productor cafetalero que soy del Departamento de Boaco, no miro ningún problema en que se apruebe la personería jurídica de estos señores que quieren cultivar café Robusta. Digo esto porque en algunos países de África cultivan este producto y es usado como premezcla, es un café ácido, y como lo dije con anterioridad, se utiliza para premezcla, se vende con el precio referencial de la Bolsa de Valores de Nueva York. En Nicaragua cultivamos el café Arábigo y lo vendemos, perdón, con el precio referencial de la Bolsa de Londres y el café Arábigo se vende con el precio referencial de la bolsa de Nueva York. Actualmente el precio del café anda por el orden de los trescientos dólares en la posición mayo 2012; el café Robusta anda por el orden de los cien o ciento veinte dólares, ¡allá el productor que quiera sembrar!

Pero estos cafés, son ácidos y se utilizan para premezcla lo compran las comercializadoras como Café Presto, que elaboran ese producto con el café llamado yahuma, el café charbasca, el que se recoge del suelo que es el que tomamos como café Presto, y es un café ácido con un precio de comercialización muy bajo.
Por tanto, considero que no se le puede privar a los productores cultivar este tipo de café, aunque en realidad pues su producción es baja y no tiene mucha exigencia al cultivarlo. Así es que yo votaría a favor del otorgamiento de esta personería jurídica.

Muchísimas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Gracias, Presidente.

Yo he revisarlo la Escritura Constitutiva de estas organizaciones que pretenden ser sin fines de lucro, y definitivamente la experiencia que tengo como Secretario al revisar el documento, es que queda claramente demostrado que el objetivo de esta asociación es el lucro, cuando habla de comprar, vender, alquilar, etc., está desnaturalizando el carácter de asociaciones sin fines de lucro. Creo que en esta discusión debemos dejar a salvo el derecho que tienen las personas de asociarse, establecido en la Constitución, y además, el de producir lo que quieran; debe quedar bien claro que esta Asamblea Nacional no está prohibiendo que los caficultores que quieren cosechar el café Robusta, café Arábigo, café Catuay cualquier calidad de café, puedan organizarse para promover, propulsar el desarrollo de ese sector. Por lo que la Asamblea Nacional debe velar es porque no se le dé una personería jurídica a una organización que tiene fines de lucro.

Yo había propuesto que el planteamiento que se hizo aquí fuera remitido a la comisión, pero ya existe un dictamen; lo que se debió de haber hecho, y ya lo dijeron aquí, es que en la comisión debieron de haber revisado que tenía objetivos y fines de lucro, y decirle a los que solicitaban la ONG que cambiaran el pacto social y eliminaran esa cláusula que es la que vicia a la asociación, para que nosotros le demos la personería jurídica, pero como ya estamos aquí en el plenario, lo que cabe es rechazarla y prevenir a los asociados para que inicien nuevamente el proceso y que modifiquen el pacto social eliminando la cláusula que está estableciendo el carácter de fin de lucro.

Entonces, yo retiraría mi moción en el sentido de que se devuelva a la comisión, porque lo que tendríamos que devolver no es el dictamen; lo que tenemos que hacer es rechazarla y pedirle a las personas que hicieron la solicitud que cumplan con los requisitos que establece la ley de la materia.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Bueno.

Vamos entonces a pedirle al plenario que decida sobre el caso, pidiéndole al Primer Secretario que lea la moción presentada.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Existe una moción presentada por el diputado Edwin Castro que dice: Excluir de las ONG a aprobarse la Asociación de Productores de Café Robusta del Atlántico por su carácter de fines de lucro y la Asociación Pro cultivo de Café Robusta del Pacífico, que tienen el número 5.44 Y 5.45.

Bueno, había una propuesta mía, que ya la retiré, que era que se enviaran los dictámenes a la comisión para que fueran enmendados pero eso no se puede hacer porque ya hay dictámenes; entonces, tenemos que rechazarla aquí.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver, en la última intervención de Wilfredo, decía algo que creo que se debe rescatar, que se le regrese la solicitud a los solicitantes, para que la enmienden y la hagan sin fines de lucro. Agregaría eso a la moción presentada por Castro, que no se apruebe hoy y que se le envíe a los que solicitaron la asociación para que la enmienden.

Entonces, antes de votar, tiene la palabra Alejandro Bolaños.

DIPUTADO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS:

Gracias, señor Presidente.

Con todo el respeto, ¿por qué no ver las dos opciones?, una opción es esa que acaban de leer y la otra es que regrese a comisión, y votemos sobre esas dos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Agustín Jarquín, tiene la palabra.

DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:

Presidente, yo creo que la situación está clara en este sentido, y no va en detrimento de los proponentes, simplemente van a tener que enmendarlo, en todo caso, si es voluntad de ellos; se presentará más adelante, porque a como está presentado no cabe que aquí se apruebe, pues no es ese el sentido, los fines de lucro. Considero que no amerita más discusión, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Javier Vallejos, tiene la palabra.

Es el último orador.

DIPUTADO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Tal vez recordándole a Wilfredo, no es cierto que no pueda devolverse un dictamen porque ya haya sido hecho. Te recuerdo, la Ley de Costa ya estaba dictaminada, se regresó y se hizo un nuevo dictamen. A estas alturas, cuando la gota está por salir del caño de la tubería, decirles a quienes tal vez les ha tocado un año de impulsar esto a través de los diputados que firmaron y que les ayudaron a llevar el proceso, mirá, tomá tus papeles y buscá cómo volverla a presentar creo que es sentar un precedente insólito. O sea, existe un dictamen que fue regresado a comisión y que me acuerdo, que es el de la Ley de Costa; sí señor, y hay más de uno. Pero al final, pues aquí se lo dije a algunos diputados, me parece que hay otros intereses de fondo, porque tenemos hora y media de estar discutiendo algo que realmente tiene una salida rápida, y es que hubiésemos sometido al plenario el dictamen, y si en realidad el plenario soberano cree que no debe pasar porque no cumple o por el motivo que sea, o porque por mayoría lo rechace; sin embargo lo que estamos haciendo aquí es casi inventando.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bien, como no diputado, estamos claros.

A ver, para aclaración, esta Directiva nunca ha regresado un dictamen ya elaborado a la comisión, hemos dado tiempo para que la comisión o los jefes de bancada elaboren mociones sobre el dictamen y no hacer un nuevo dictamen.

Entonces, la propuesta que hay y que vamos a someter a la votación del plenario es que se excluya de la lista de aprobación a esta asociación, para que los autores enmienden su motivación y su fin.
Por lo tanto, sometemos a votación esa moción.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 8 en contra, 4 abstenciones, 16 presentes. Entonces se excluye la asociación de la lista de aprobaciones, y se encarga a Primer Secretaria, para que se comunique con sus autores para su correspondiente enmienda.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “RED DE COMUNICADORAS Y COMUNICADORES PARA EL ABORDAJE DEL VIH Y EL SIDA EN NICARAGUA”.

Hasta ahí.

¿Faltan?

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

¿Falta?

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Hay que agregarle “sin fines de lucro, duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua”.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 2 en contra, 27 presentes, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1, y toda la lista de asociaciones leídas por el Primer Secretario, excepto la ASOCIACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS JURÍDICOS EL CENTRO, CIEJ, y la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE CAFÉ ROBUSTA DEL ATLÁNTICO” “APROCAFÉ –ROBUSTA ATLÁNTICO”; “ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE CAFÉ ROBUSTA DEL PACÍFICO” “APROCAFÉ –ROBUSTA PACÍFICO”.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención, 25 presentes, se aprueba el artículo 2.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 3 La ASOCIACIÓN “RED DE COMUNICADORAS Y COMUNICADORES PARA EL ABORDAJE DEL VIH Y EL SIDA EN NICARAGUA”, y la Asociación RED de COMUNICADORES y COMUNICADORAS…

Entonces, las asociaciones antes leídas estarán obligadas al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

Diputado Javier Vallejos, tiene la palabra.

DIPUTADO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Sólo para que quede en el Diario de Debates. Hace hora y media se discutió en lo general todas estas asociaciones u ONG y demás y se votó, y hace diez minutos se excluyó una de ellas. Debo entender que técnicamente ya se había votado por esa que se está excluyendo apenas hace diez minutos, para cualquier efecto legal de los que propusieron o introdujeron esta iniciativa. Creo que aquí se ha violado de alguna manera la Ley Orgánica, no es posible que habíamos votado en lo general hace hora y media sin haberla excluido, porque esa votación de exclusión fue hace diez minutos, sumado al argumento que yo les decía.

Considero que se está actuando arbitrariamente y estamos dejando a las comisiones con la credibilidad por el suelo; hayan cometido error o no, había alguna otra manera de solventar esto, pero desgraciadamente aquí la mayoría decidió olvidarse que ya había votado por esa ONG, y hora y media después la excluye.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le recuerdo al diputado Javier Vallejos, que fue directivo de esta Asamblea, que se aprueban las asociaciones cuando se leen todas, si no se leen no se aprueban.

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Señor Presidente, para que conste en el Diario de Debates, que es exactamente como usted dijo, en el momento en que se leen las asociaciones, ése es el momento que te da la Ley Orgánica para objetar cualquiera asociación, ya sea por similitud en lo general o ya sea porque no cumplen los requisitos, y es obligación de este plenario verificar. Señores, este plenario no está para votar con ojo ciego, somos gentes pensantes todos nosotros, y si nos damos cuenta que una comisión cometió un error, tenemos la obligación de corregir ese error en el plenario.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Freddy Torres, tiene la palabra.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Muchas gracias, Presidente.

Con esta discusión alrededor de una ONG, a veces me parece que estamos en un país que no es el mío, aunque sé que vivo en él. Aquí por ejemplo las universidades, son ONG, y cobran por el título que le dan a los estudiantes, ¿y eso cómo se llama?, y las aprobamos sin fines de lucro, pero se lucran una pandilla de rectores y de gente que manejan las universidades en el Consejo Nacional de Universidades, y les cobran a otras universidades por ser parte del CNU; estos por lo menos tuvieron la franqueza de establecer y poner que van a comprar, que van a vender.

Ahora cabe la pregunta ¿y qué asociación es esa que en algún momento no compra, no vende, no hace transacciones? La finalidad sin fines de lucro significa que no van a repartirle dividendos a nadie y que se van a reinvertir en la misma asociación. A veces creo que venir aquí con demasiada franqueza a pedir la personería jurídica genera este debate, pero los que ya las tienen, insisto, como las universidades, cobran el título y una serie de cosas y nadie dice nada. Hay que revisar ese tema de las ONG, y ésta que nos ocupa, revisarla con mayor conciencia.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver, acabamos de excluir una Asociación de Centros de Investigaciones y Estudios, indicando que este tipo de entidades tiene que ser creada por ley y debe ser enviada a la Comisión de Educación, Cultura y Deportes; ninguna universidad creada aquí ha sido creada como ONG, sino por ley, entonces no es cierto lo que dice Freddy.

Bueno, de todos modos lo importante es que vamos a votar ahorita el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4, y con él se aprueban todas las asociaciones que fueron leídas por el Primer Secretario.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Continuamos con la Orden del Día No. 1, Punto IV: PRESENTACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.

Managua, 28 de Septiembre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina.

Estimado Doctor:

En mi carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE CIRUGÍA PLÁSTICA Y RECONSTRUCTIVA, SNCPR, estoy presentando ante Usted, solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de dicha Asociación. La Asociación tendrá su domicilio en la Ciudad de Managua, del Departamento de Managua. La Asociación es de naturaleza civil, no partidista, fue constituida mediante Escritura Pública No. cuarenta y nueve del día dos de septiembre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario José Alejandro Díaz Meza, con el objetivo de que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.

Adjunto a la presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivo.

Atentamente,

SANDRA MARÍA GUTIÉRREZ GÓMEZ
PRESIDENTE (SNCPR)

Y con ella se presentan las siguientes personalidades jurídicas:

4.2 “ASOCIACIÓN MINISTERIO LOS HIJOS DE DIOS” (AMLHID).

4.3 “ASOCIACIÓN IGLESIA CRISTIANA EL BUEN SAMARITANO” E.B.S. – EL BUEN SAMARITANO”.

4.4 “ASOCIACIÓN MINISTERIO LIBERANDO A LOS CAUTIVOS”. (AMLIC).

4.5 ASOCIACIÓN POR LA DEMOCRACIA, ENRIQUE BERMÚDEZ VARELA, (APDEBV).

4.6 ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGÉLICO CASA DE ISRAEL.

4.7 “ASOCIACIÓN AGRÍCOLA SOCIAL “JEHOVÁ MI FORTALEZA”, “ASAS-JEHOVÁ MI FORTALEZA”.

4.8 ASOCIACIÓN “UNIÓN NACIONAL DE PASTORES EVANGÉLICOS DE MASAYA”, “UNPEMA”.

4.9 “ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA” (DASNIC).

4.10 ASOCIACIÓN “MOVIMIENTO NACIONAL DE RETIRADOS DEL EJÉRCITO POPULAR SANDINISTA 31 ANIVERSARIO “SANDINO VIVE” “SANDINO VIVE”.

4.11 ASOCIACIÓN DE MUJERES UNIDAS, TRABAJADORAS DEL MAR, AMUTMAR.

4.12 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO LAS MANGAS.

4.13 ASOCIACIÓN CENTRO CRISTIANO PALABRA DE VIDA”, ACCPV.

4.14 “ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE ABOGADOS Y NOTARIOS” “ANAYN”.

4.15 “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS FAMILIAS URBANA Y RURAL DE NICARAGUA”, (ASDEFURN).

4.16 ASOCIACIÓN DE GANADEROS DE LA PAZ CENTRO, ASOGALPAC.

4.17 ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE POR UN MEDIO AMBIENTE ACÚSTICAMENTE SALUDABLE, “ACÚSTICA NICARAGUA Ong”.

4.18 “ASOCIACIÓN DE FIELES LAICOS PEQUEÑA ISRAEL”.

4.19 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MATAGALPA, (ASODESOFTMAT).

4.20 “ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL”, “APRORSE”.

4.21 ASOCIACIÓN COMITÉ CULTURAL JUVENIL DE LAS SIERRITAS DE SANTO DOMINGO.

4.22 ASOCIACIÓN “CENTRO PARA EL ESTUDIO Y EL ANÁLISIS DE LA REALIDAD SOCIAL” “CEARS”.

4.23 ASOCIACIÓN DE EDUCADORES PARA LA FORMACIÓN INTEGRAL TÉCNICA Y PROFESIONAL (ADEFITP).

4.24 ASOCIACIÓN COMUNITARIA BRISAS DEL ALMA “ASOBA”.

4.25 ASOCIACIÓN PUESTA DEL SOL, (APS).

4.26 ASOCIACIÓN HOTEL PUEBLO. (AMPHAO).

4.27 ASOCIACIÓN MUTUA DE SALUD IMPACTO DIVINO, MUTUA.

4.28 ASOCIACIÓN IGLESIA CRISTIANA “VIDA NUEVA”.

4.29 ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELÍSTICO IMPACTO DIVINO.

4.30 ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, (OVI).

4.31 ASOCIACIÓN DE MUJERES INICIATIVA TEJIENDO POR LA NATURALEZA, (ASOMUTENA).

4.32 “ASOCIACIÓN EVANGÉLICA LA GLORIA DE DIOS VISIBLE” “AEGLODIOSV”.

4.33 “ASOCIACIÓN IGLESIA CATEDRAL DE VIDA SHALOM INTERNACIONAL” (CATEDRAL DE VIDA SHALOM).

4.34 ASOCIACIÓN “COMISIONES DE JUSTICIA Y PAZ-DIÓCESIS DE LEÓN”, CJP-León.

4.35 ASOCIACIÓN CENTRO ESPECIALIZADO DE ATENCIÓN A LA MUJER, CEAMUJER.

4.36 ASOCIACIÓN DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTÓRICOS “MARIO ACEVEDO” (ANCYCHMA).

4.37 “ASOCIACIÓN DE JUBILADOS ORGANIZADOS DE SAN JUAN DEL SUR, “AJUOSJS”.

4.38 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BILLAR DE GRANADA, (ADEBIGRA).

4.39 “ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BILLAR DE MATAGALPA, (ADBIMAT).

4.40 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BILLAR DE CHONTALES, (ADBICH).
4.41 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BILLAR DE CHINANDEGA, (ADBICHI).

4.42 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE JINOTEGA, ASODEBAJI.

4.43 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE BOACO, ASODEBAB.

4.44 “ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE ENDOCRINOLOGÍA, DIABETES Y OBESIDAD” (ANE).

4.45 ASOCIACIÓN DE IGLESIAS EVANGÉLICAS MISIONERAS EL REBAÑO DE JESUCRISTO, “EL REBAÑO DE JESUCRISTO”.

4.46 ASOCIACIÓN “MINISTERIO CRISTIANO CAMINO DE FE”.

4.47 ASOCIACIÓN GENERAL JOSÉ SANTOS ZELAYA.

4.48 “ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE FÍSICO CULTURISMO DE LEÓN”. (ADEFIC-LEÓN).

4.49 FUNDACIÓN UN RAYO DE LUZ EN SUS MANOS; “RALUMA”.

4.50 FUNDACIÓN VIDA NUEVA (FVN).

4.51 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN, CIENCIA, ARTE Y TECNOLOGÍA, (FUDECAT).

4.52 FUNDACIÓN – PRO ADULTO MAYOR POR UNA VIDA MEJOR, “FUNPROADMA”.

4.53 FUNDACIÓN INDE-EDUCRÉDITO. INDE-EDUCRÉDITO.

4.54 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE SIUNA, FUNDESIUN.

4.55 FUNDACIÓN TENOLI (TENOLI).

4.56 “FUNDACIÓN CRUSTÁCEOS” (FUNDACRUS).

4.57 FUNDACIÓN DE PADRES CON HIJOS DE ESPINA BÍFIDA, (FUNDAPHEB)”.

4.58 FUNDACIÓN NICARAGÜENSE DE APOYO AL SECTOR SOCIAL, (FUNNICASS).

4.59 “FUNDACIÓN POR LA LIBERACIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD”, “FUNDACIÓN DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD”.

4.60 “FUNDACIÓN DANDO AMOR REINTEGRAMOS” (D A R).

4.61 FUNDACIÓN MANCOTAL.

4.62 FUNDACIÓN NICARAGÜENSE DE APOYO A PROGRAMAS SOCIALES, (FUNIAPS).

4.63 FUNDACIÓN DE PASTORES Y LÍDERES UNIDOS POR AMOR DEL DEPARTAMENTO DE RÍO SAN JUAN DE NICARAGUA (FUNAPUA-RSJNIC).

4.64 FUNDACIÓN DE EDUCACIÓN EL NIDO DE NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES DE JINOTEGA, “FUNYJOV”.
4.65 FUNDACIÓN RADIO ESTÉREO FE, (RAEFE).

Hasta aquí la presentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíen las solicitudes de Personalidad Jurídica a la Comisión de Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.

Les recordamos a todos los diputados y diputadas que pasado mañana, día 12, tenemos la Sesión Especial en Ciudad Rama para celebrar el Centenario de la Fundación de dicha ciudad y del municipio de El Rama.

Tienen ustedes el día de mañana para que puedan trasladarse a lugares aledaños o al mismo Rama para que estemos todos cumplidos a las diez de la mañana en la Sesión Especial.

Se suspende la sesión, y nos vemos el jueves en Ciudad Rama.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.






































SESIÓN ESPECIAL EN CONMEMORACIÓN DEL CENTENARIO DE LA CIUDAD Y EL MUNICIPIO DE EL RAMA, CELEBRADA EL DÍA DOCE DE MAYO DEL AÑO 2011, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días para todos y todas; estamos aquí convocados para la Sesión Especial dedicada al Centenario de la Ciudad y el Municipio de El Rama, la cual fue convocada para las diez de la mañana, ya son las diez y cuarto de la mañana, vamos a dar todavía unos minutos para iniciar la sesión.

Buenos días, vamos a iniciar sesión siendo las diez y veintidós minutos de la mañana, pidiéndole a nuestro Primer Secretario que nos verifique el quórum.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Presidente, hay quórum de ley para celebrar esta Sesión Especial en Conmemoración del Centenario de haber sido elevada a Ciudad y Municipio El Rama.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

MAESTRO DE CEREMONIA:

Nos ponemos de pie para escuchar las notas de nuestro sagrado Himno Nacional.

Himno Nacional

A continuación tendremos la invocación al Altísimo por el fraile Carlos Zúñiga, cura párroco de la iglesia San Isidro, El Rama.

CARLOS ZÚÑIGA, CURA PÁRROCO DE LA IGLESIA SAN ISIDRO, EL RAMA:

Queridos hermanos y hermanas Paz y Bien.

Un Centenario no puede pasar desapercibido a Dios, como pueblo creyente demos gracias a Él, que a lo largo de estos cien años nos ha mostrado su infinita misericordia. El gran apóstol Pablo nos invita a expresar este agradecimiento con Salmos, himnos, Cánticos inspirados y esto es lo que hacemos ahora. Escuchemos con atención una lectura bíblica:

Así la paz de Cristo reinará en sus corazones, pues para estos fueron llamados y reunidos, finalmente sean agradecidos, que la palabra de Cristo habite y se sienta a gusto en ustedes. Tengan sabiduría para que puedan enseñar y aconsejar unos a otros, canten a Dios de todo corazón y con gratitud Salmos, himnos y alabanzas espontáneas y todo lo que puedan decir o hacer háganlo en el nombre del Señor Jesús, dando gracias a Dios Padre por medio de él.

Palabra de Dios.

Vamos a entonar alabando al Señor, como nos exhorta San Pablo, el cántico de Daniel, muchos de ustedes tienen esta oración pueden acompañarnos.

Terminamos con la bendición de nuestro padre San Francisco de Asís, responden Amén.

Que el Señor les bendiga y les guarde. Amén.

Vuelva a ustedes su rostro y les conceda su favor. Amén.

Les mire benignamente el Señor y les conceda la Paz. Amén.

Y que la bendición de Dios Todo Poderoso, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, descienda sobre todos y nos acompañe siempre. Amén.

Gracias.

MAESTRO DE CEREMONIA:

Escucharemos a continuación la historia de El Rama, por el señor Augusto Chow Castillo.

SEÑOR AUGUSTO CHOW CASTILLO:

Muy buenos días.

Esta exposición la vamos a resumir por tiempos. La historia de El Rama comienza desde que la ciudad estaba ubicada al otro lado del río, ahí era un área muy pantanosa propensa a inundaciones, por lo tanto en los años de 1920 se trasladaron a este lugar, queda un poquito más alto y afectaba menos las inundaciones.

Se cuenta que el primer poblador de ciudad Rama, señor de apellido Andera, que fue el que fundó prácticamente aquí la ciudad. En los años de 1915 viene la Iglesia Católica con el padre Berardo Ciragui a fundar la primera parroquia ya como tal, pero anteriormente hubo un misionero español, Etanislao, que vino en los años 1890, era un médico, doctor en leyes. Es en 1911 durante el gobierno del señor Adolfo Díaz, que sale en La Gaceta 199 publicada la declaración de El Rama como ciudad. En diciembre de 1910 ya estaba elevada a ciudad, pero en La Gaceta se publicó hasta 1911. Posteriormente en los años 20 y 30 hubo un auge en el aspecto económico, vinieron unas transnacionales de los Estados Unidos, la United Fruit Company que exportaba todo lo que es el banano, para esa temporada también al lado del puerto La Esperanza, se instaló la empresa La Palma, que era para extracción de aceite de palma africana. Los productos de consumo venían desde los Estados Unidos, ya que no estaba la carretera a El Rama, dado que ésta llegó aquí en 1962, tardó un poquito más en venir a El Rama, hasta que se terminó la construcción del puente La Esperanza, que se conoce como puente Siquia.

En los años 60 El Rama únicamente contaba con tres calles y cuatro avenidas, propiamente aquí, en la salida de este gimnasio era la última calle que tenía El Rama, esto se amplía en 1988 después que pasó el huracán Joan, el cual destruyó mil viviendas, en la ciudad habían mil ciento catorce viviendas de las cuales únicamente quedaron de pie ciento catorce, mil las arrastró el huracán Joan, uno de los más fuertes y devastadores huracanes que ha pasado por la ciudad. En esta ciudad ha habido inundaciones, pero no de la magnitud del Joan, en vista de eso los pobladores, el alcalde del gobierno de ese tiempo pidió muchas ayudas, cabe reconocer una de las ayudas más fuertes fue la de Alemania, con siete millones y medio de dólares para construcción de seiscientas viviendas en tres barrios que son: el Germán Pomares, adoquinado, luz eléctrica. La Cruz Roja de la Media Luna, japonesa, cien viviendas, lo que se conoce hoy como Ciudadela, y cien viviendas más la Cruz Roja Internacional lo que se conoce en lugar de la Chichera, se volcó la ayuda después del huracán. Debemos hacer mención que anteriormente del huracán sólo teníamos tres calles, tres avenidas, el alcalde Vicente Cheng, que lo tenemos aquí presente, es el que hizo la apertura de las calles, porque aquí sólo habían andenes.

En los años 60 Rama era uno de los municipios más extensos de Nicaragua, siendo el primer municipio Waspán. A El Rama después de la erupción del cerro Negro, el gobierno de ese entonces, trasladó a todos los damnificados de León, a los demandantes de tierra, también de Chinandega, de todo Occidente, y fue con lo que se formó las Colonias de Nueva Guinea. Posteriormente en el período que era el Presidente del Senado el señor Pablo Rener, se fundó el municipio de Muelle de los Bueyes, y ya en los años ochenta el municipio de Paiwas y hace poco El Ayote, como pueden ver era un municipio de los más extensos en Nicaragua. Actualmente estamos sólo con cinco poblados de lo que era El Rama. En el presente la actividad económica más fuerte es la ganadería; hay un auge fuerte de los productos no tradicionales como es el cacao.

También hablaremos un poquito de la historia del transporte. Antes únicamente teníamos comunicación con la ciudad de Bluefields, de ahí eran los barcos que transportaban personas, cerdos, gallinas y todos los animales, ese era el transporte de todos los pobladores de El Rama hacia Bluefields, que era digamos, la cabecera departamental, gracias a Dios ahora con la apertura de la carretera hemos tenido un gran avance y la población del municipio anda alrededor de los casi cuarenta mil habitantes. Esta es la pequeña información que les quería dar.

Gracias.

MAESTRO DE CEREMONIA:

A continuación escucharemos las palabras de la licenciada Ualda Obando González, alcaldesa de El Rama.

LICENCIADA UALDA OBANDO GONZÁLEZ, ALCALDESA DE EL RAMA:

Buenos días honorables diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua; buenos días ingeniero René Núñez, Presidente de la Asamblea Nacional, doctor Wilfredo Navarro, Primer Secretario de la Asamblea Nacional; honorable señor Chin Mu Wu, Embajador de China Taiwán; señor Anastasio Paz, Vicealcalde de El Rama; doctor Arnoldo Alemán Lacayo, ex Presidente de la República de Nicaragua; señores concejales del gobierno municipal de El Rama; Fray Carlos Zúñiga, párroco de la iglesia San Isidro, El Rama; Comisionado Mayor, Marvin Castro Villalta, Jefe de la Policía Nacional de Zelaya Central; ingeniero Denis Obando, Alcalde del Municipio de Nueva Guinea; señor Alberto Gutiérrez, Alcalde del Municipio de El Ayote;, señor Gilberto Pérez, Alcalde del Municipio de Muelle de los Bueyes; señor Francisco Solano, Alcalde del Municipio de El Tortuguero; señor Rogelio Blandón, Alcalde del Municipio de La Cruz de Río Grande; señor Juan Obando, Alcalde de municipio de Boaco; señor Melvin Tali, Vicealcalde del Municipio de Bluefields; señor Justino Sevilla, Alcalde de la Villa de los Generales; invitados especiales, ex alcaldes de este municipio de El Rama, que también nos honran con su presencia, periodistas locales y nacionales que le dan cobertura a este evento tan especial que el día de hoy estamos celebrando. Bienvenidos sean todos a nuestro querido y bello municipio.

En primer lugar queremos darles gracias a Dios por prestarnos esta oportunidad de poder compartir estos momentos tan especiales con ustedes en esta fecha tan especial, como es la celebración del Centenario de El Rama, cien años de historia, cien años creciendo juntos, momentos históricos que nos permiten mostrar los logros de nuestro desarrollo en términos económicos, sociales, educativos y culturales. El municipio de El Rama por muchos años estuvo separado por pésimas condiciones de las carreteras, sin embargo, El Rama ya no es un lugar lejos o inalcanzable, hoy día puedo decir con mucho orgullo, que El Rama tiene grandes fortalezas, el inversionista hoy día sabe que aquí tiene acceso al desarrollo, porque somos un territorio rico en hato ganadero. Contamos con Wapí, el puerto de montaña más grande en Nicaragua y queremos decirle al mundo entero y a Nicaragua queremos enviarle un mensaje muy especial, que El Rama tiene cosas muy importantes que presentarles. A todos aquellos que creen y sienten que El Rama está lejos de la capital, ¡“NO”!, hoy estamos cerca, muy cerca de la capital de este país.

La unión de caminos entre los municipios de El Rama, y El Tortuguero, gracias al apoyo de la cooperación internacional, nos va a permitir alcanzar un alto crecimiento económico, es por ello que todos estos logros tienen su fundamento en las leyes y ordenanzas que protegen a nuestras comunidades en términos de protección y conservación de la biodiversidad, ya que esta misión es alcanzar el desarrollo protegiendo nuestras riquezas naturales para las futuras generaciones, mismas que fueron heredadas por nuestros antepasados y es por esas generaciones que hoy estamos celebrando un Centenario donde se promueve la participación de los jóvenes, en actividades culturales, deportivas, sociales y económicas.

Nos sentimos orgullosos, muy orgullosos, por haber logrado la celebración y la elección de la Reina del Centenario en un evento que se celebró el día primero de mayo, el día de todos los trabajadores de Nicaragua y tuvo una convocatoria de alto nivel, pues nuestra población acudió a esta celebración llena de honor y de orgullo por haber llegado a un momento histórico, para la próxima celebración de un futuro bicentenario.

Bajo nuestro gobierno municipal, se han creado condiciones que promueven la salud, la educación y la participación de todos nuestros conciudadanos, hoy por hoy El Rama se ha destacado por ser el eslabón que une al Atlántico con el Pacífico, somos privilegiados por poseer afluentes naturales como son: el río Siquia, el río Mico y el río Rama que unidos forman el caudaloso río Escondido, que nos comunica con la Costa Caribe de Nicaragua y el resto del mundo, lo cual lo convierte geográficamente en un punto estratégico para el país de Nicaragua.

En nuestra historia está reflejado que por esta vía se asentaron sociedades que contribuyeron al desarrollo de nuestro territorio, como es la sociedad china y es por esa razón que nos sentimos honrados de contar con la presencia del Embajador de China Taiwán, Señor Chin Mu Wu, quien a través de su Embajada ha contribuido al desarrollo en todos los sectores a favor de la República de Nicaragua. El pueblo de El Rama, es un pueblo trabajador e incansable en la búsqueda de superación profesional y personal, nos encontramos por ello celebrando ese espíritu de colaboración y fraternidad, con todos estos atributos deseo aprovechar la ocasión para solicitar al pueblo de China estrechar lazos de cooperación entre nuestro municipio y el Gobierno de China Taiwán, porque creemos en la voluntad que tienen hacia los países en vía de desarrollo como es el nuestro.

Por otra parte, el día de hoy quiero aprovechar este evento especial, ya que están presentes hoy los honorables Padres de la Patria, que este día sea para que volteen la mirada hacia nuestro municipio y se den cuenta que Rama está muy cerca de la capital y que nosotros también somos parte de Nicaragua. También quiero aprovechar la oportunidad para que los diputados de la Asamblea Nacional de este país, el día de hoy puedan escuchar las demandas de este municipio y una de ellas es que les estamos solicitando que los rameños necesitamos ser identificados, y estamos demandando la identidad de nuestro municipio, ya no podemos seguir perteneciendo un día a la RAAS y otro día a Chontales, los rameños nos merecemos ya tener una identidad, que digamos que somos de Zelaya Central, y por eso demandamos la creación de una nueva región o un nuevo departamento, nosotros somos ya, merecedores de una identidad que nos pueda representar en nuestro país, y poder decirles a todos nuestros conciudadanos que hoy nos acompañan, que vamos a seguir coordinando con la Asamblea Nacional y el Ejecutivo para que podamos tener el honor de poseer una identidad como ciudadanos que perteneceremos a una determinada región.

Al mismo tiempo quiero que nuestros diputados conozcan la situación de la cedulación, la identidad personal de cada ciudadano, que por ley y por derecho le corresponde a todo nicaragüense tener una cédula de identidad. Quiero decirles señores diputados, en El Rama, el 40% de la población no tiene documento de identidad, no tiene una cédula para poder hacer sus trámites legales como ciudadano, para decir que somos nicaragüenses y que al mismo tiempo somos rameños y que podemos entrar con un documento a hacer gestiones a un banco, a una alcaldía o a cualquier institución donde nos demandan ser identificados y hoy por hoy, de cada cien ciudadanos solamente sesenta ciudadanos portan cédula de identidad y el otro 40% tiene ese derecho que por ley nos corresponde. Así que a nuestros Padres de la Patria, que son los que hemos electo para que nos representen dignamente, con el respeto que ustedes se merecen, les pedimos en nombre del pueblo de El Rama y del gobierno municipal que levanten y volteen la mirada hacia nosotros, porque también merecemos ser nicaragüenses y tener igualdad de derechos.

No me resta más que decirles que nos sentimos muy contentos por este Centenario, cien años de historia, cien años creciendo juntos, porque en este día serán parte de nuestra historia y estas demandas permitirán que las próximas generaciones disfruten de lo que hoy nosotros no hemos podido lograr. Sean todos bienvenidos, de mi parte quiero agradecer grandemente a todos los diputados, a todos los invitados especiales, a todas las autoridades aquí presentes y a toda la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, que hoy acá nos honró e hizo todos los esfuerzos y quiero decirles que cuando hicimos el llamado a la Asamblea Nacional, para celebrar este Centenario a como debíamos de celebrarlo, siempre nos dijo el ingeniero René Núñez, Presidente de la Asamblea, el doctor Wilfredo Navarro, sí, vamos hacer lo posible, vamos a estar presentes y el día de hoy se ha hecho realidad y así como nos han escuchado para estar aquí en este humilde municipio, quiero que nos escuchen las peticiones y demandas que tenemos en nuestro territorio.

Muchas gracias y muy buenos días a todos.

MAESTRO DE CEREMONIA:

A continuación tendremos la intervención cultural del Colegio Nuestra Señora de Fátima, con el baile “La Culebrita”.

A continuación se hará la entrega de reconocimiento “Centenario El Rama” y hacemos un llamado a la licenciada Ualda Obando, alcaldesa de El Rama para que haga entrega de este reconocimiento al doctor Arnoldo Alemán Lacayo, ex Presidente de Nicaragua; alcaldesa por favor.

LICENCIADA UALDA OBANDO GONZÁLEZ, ALCALDESA DE EL RAMA:

En nombre del pueblo de El Rama y del gobierno municipal, quiero entregarle este reconocimiento a nuestro excelentísimo doctor Arnoldo Alemán Lacayo, ex Presidente de Nicaragua, y que también es parte de la historia de este municipio.

MAESTRO DE CEREMONIA:

Así mismo, se hará un reconocimiento al licenciado Anthoni Gayler Blansford, deportista destacado.

LICENCIADA UALDA OBANDO GONZÁLEZ, ALCALDESA DE EL RAMA:

Quiero hacer la entrega de este reconocimiento al joven por ser un deportista destacado y que viajó al mundo internacional a representar el deporte, en este caso fue privilegiado el municipio de El Rama y también es parte de nuestra historia.

MAESTRO DE CEREMONIA:

Procederemos en este momento a la entrega de reconocimiento y de las llaves de la ciudad al Excelentísimo Señor Chin Mu Wu, Embajador de la República de China Taiwán, por la licenciada Ualda Obando González.

LICENCIADA UALDA OBANDO GONZÁLEZ, ALCALDESA DE EL RAMA:

El gobierno municipal de El Rama en Celebración de su Centenario por haber sido elevado a la categoría de ciudad y el valioso aporte brindado a la población con descendencia china radicada en el municipio, tiene el honor de hacer entrega de las llaves de la ciudad al Excelentísimo Embajador de la República de China Taiwán, Señor Chin Mu Wu, dado en la ciudad de El Rama, a los doce días del mes de mayo del dos mil once.

MAESTRO DE CEREMONIA:

Tendremos las excelentísimas palabras del Señor Chin Mu Wu, Embajador de la República de China Taiwán.

SEÑOR CHIN MU WU, EMBAJADOR DE LA REPÚBLICA DE CHINA TAIWÁN:

Gracias.

Estimado ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la honorable Asamblea Nacional, miembros de la Junta Directiva, estimados diputados, diputadas, estimada alcaldesa, del municipio de El Rama, Ualda Obando González, los concejales y concejalas, doctor Arnoldo Alemán, ex Presidente de la República, estimada María Luisa Law, Presidenta de la Asociación de la Colonia china-nicaragüense. Hermanos y hermanas de ciudad Rama, muy buenos días, es un honor para mí y para la delegación que me acompaña participar en esta Sesión Especial en Conmemoración del Centenario de haber sido elevado a municipio y ciudad, El Rama, que coincide con el Centenario de la fundación de la primera República de Asia, la República de China.

Deseo aprovechar esta oportunidad para agradecer a la municipalidad de El Rama, en lo personal a la alcaldesa Ualda y a los concejales y concejalas por la amabilidad de entregarme estas llaves de la ciudad de El Rama, que me hace sentir muy orgulloso, esta llave de El Rama, una ciudad que tiene una relación muy especial, muy estrecha con mi país, con mi patria.

A finales del siglo XIX llegaron los primeros chinos a esta querida tierra, hasta el día de hoy han tenido tres alcaldes descendientes de chinos, eso nos hace sentir muy orgullosos; acá también hay un puerto que se llama, puerto Arlen Siú, ese es un orgullo de Nicaragua, una mujer revolucionaria, también descendiente china. Felicidades a todos los ex alcaldes de este municipio por su contribución al desarrollo de esta ciudad; a la alcaldesa Ualda que por la mañana hemos dado una vuelta en la ciudad, hemos visto la construcción de las calles, de las casas, es una señal de prosperidad, felicidades a la alcaldía de El Rama, a todos los hermanos, hermanas presentes, gracias.

MAESTRO DE CEREMONIA:

Escucharemos a continuación las palabras del ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días honorables miembros de la Junta Directiva, compañeros y compañeras, honorables diputados y diputadas, licenciada Ualda Obando, alcaldesa de El Rama, sus concejales y concejalas, doctor Arnoldo Alemán Lacayo y su esposa, doctor Chin Mu Wu y su esposa, Padre Carlos Zúniga, sacerdote de la parroquia de El Rama, invitados todos, compañeros rameños y rameñas, periodistas.

Colón en 1502 realizó su cuarto y último viaje a las tierras que había descubierto, en el transcurso de sus viajes tuvo el encuentro con uno de tantos ciclones que se aventuran por la Costa del Caribe, lo cual lo obligó a costear el continente descubriendo de esta forma lo que hoy se dice Centroamérica. Dicen los historiadores, que al dar la vuelta al cabo del norte de Nicaragua, exclamó “Gracias a Dios que salimos de esas honduras”, y supuestamente por eso Honduras se llama así, y el cabo Gracias a Dios también se llama así. Siguió Colón costeando, en este caso la costa de Nicaragua, para buscar como reparar sus naves, buscar agua potable y leña, encontrando una bahía donde salía un río y envió entonces un bote a buscar agua y leña, el río crecido por el huracán recién pasado ahogó a los tripulantes del bote, Colón le llamó entonces, el río del “Desastre”, ese río de 1502 es el mismo río que hoy se conoce como Río Escondido y que está formado por el río Siquia, el Mico y el Rama, y en cuya confluencia se asienta el poblado de El Rama, al que hoy le estamos celebrando su Centenario.

Hay que recordar que la Costa Caribe nicaragüense, nunca fue conquistada por los españoles, más bien se convirtió en un lugar impenetrable donde los aborígenes tuakas, miskitos, ramas, ulwas, zumos, mayagnas tenían pleno dominio en la zona y algunos que se aventuraron a intentar conquistar la zona y a evangelizar como los sacerdotes franciscanos Berdete y Monteagudo fueron aniquilados por los aborígenes, de modo que más bien los aborígenes hostigaban constantemente las poblaciones como Nueva Jaen que estaba en el Chontales de hoy, Nueva Segovia etc. Ya para 1641 una nave portuguesa cargada de esclavos negros encalló en los cayos miskitos, los esclavos se fugaron y se asentaron en la Costa de la Mosquitia, al comienzo hubo una lógica antipatía entre miskitos y negros, al final llegaron a cruzarse y de ahí surgieron los zambos y ya un siglo después en la Costa Mosquitia habían mil quinientos blancos, cuatro mil quinientos esclavos negros, y unos diez mil miskitos y zambos.

Todos sabemos que gran parte de las tierras descubiertas por Colón fueron saqueadas por la Corona española, llevando entre sus riquezas básicamente oro, plata y algunas especies embarcadas a España. Esto despertó la codicia lógica de los otros reinos portugueses, ingleses, franceses que mandaron a grupos de ciudadanos a asaltar los barcos españoles, estos grupos fueron llamados “piratas” y se asentaron básicamente en las islas del Caribe y en las costas de los países del Caribe, incluyendo la costa nicaragüense, por ello es que muchos lugares de la Costa del Caribe, lagunas, cabos, islas etc., llevan nombres que no son españoles, son ingleses, franceses o una combinación de nombres misquitos e ingleses. De esta realidad del asentamiento de los piratas en la Costa del Caribe, es que también surge lo que se llamó el Protectorado inglés del reino de la mosquitia que mantuvo en litigio a Inglaterra y España hasta el año de 1786 que firmaron el Tratado de París, que después en 1860, se tradujo en el Tratado de Managua, pero que no resolvió definitivamente el Protectorado inglés en la Costa Caribe de Nicaragua, sino hasta que Rigoberto Cabezas mandado por el presidente Zelaya, anexó la Costa del Caribe al resto del país, y desde entonces Nicaragua es un país único e indivisible.

El Rama actual tuvo por primeros pobladores a los Ulwas, que se asentaron en la parte del otro lado del río, queda una parte pantanosa, como dijo el historiador Chow que habló del caso, pero que un año después fue trasladada al sitio actual por su primer alcalde. En La Gaceta del martes 4 de octubre de 1887, el presidente Evaristo Carazo, emite un Decreto que su artículo 1 dice:

“Arto. 1 Erígese en el territorio adyacente a la reserva de los indios moscos un distrito judicial, administrativo y económico con el nombre de distrito del Siquia.”

Y en La Gaceta del sábado doce e noviembre del mismo año el mismo Presidente emite otro decreto que en su artículo 14 dice:

“Arto. 14 Se fundará en las inmediaciones de la boca del río Rama la población que llevará el nombre de El Rama y será la cabecera del distrito del Siquia.”

El Rama como ya dijeron los historiadores tiene una larga historia, pero básicamente ha sido un punto de referencia entre el Pacífico y el Caribe Nicaragüense, basta decir que en este lugar, en El Rama, se asentaron las tropas de Rigoberto Cabezas que anexó la mosquitia a Nicaragua, también en este lugar se dieron los principales combates entre las fuerzas de Zelaya y las fuerzas del general Juan José Estrada e igualmente El Rama fue centro de operaciones militares en 1926 durante la Guerra Constitucionalista.

Luego de la caída de Zelaya, asume Madrid y después de la caída de Madrid, asume un gobierno provisional formado por Juan José Estrada y por Adolfo Díaz, como Presidente y Vicepresidente, y es bajo la presidencia de Estrada que el 8 de diciembre de 1910 se da un Decreto donde El Rama es elevada a Ciudad y también el 28 de diciembre de ese mismo año El Rama es declarado Municipio; y todo esto fue publicado en La Gaceta No. 188 del 5 de enero de 1911. Que por su importancia voy a leerlo, dice lo siguiente:

El Presidente Provisional de la República Decreta:

1. Crear una Municipalidad en Ciudad Rama, en conformidad con las Leyes Vigentes.

2. Nombrar a las personas que deban desempeñar el Gobierno Municipal en aquella compresión Jurisdiccional, durante el próximo año; mientras se promulga la Ley Electoral definitiva, del modo siguiente:

Alcalde Propietario, don Dionisio Thomas, Suplente, Don Tomás Maní; Regidores, don Asilsio Medina, don José Drock, don Alfredo Walker y don Santiago Rivalle; Síndico, don Benigno Milla; Juez Local Propietario, don Moisés Medina; Juez Local Suplente, don Benito Robledo; Juez de Agricultura, don Gregorio Guido, Juez de Agricultura Suplente, don Secundino Porras.

Comuníquese.
Palacio Nacional
Nicaragua 28 de diciembre, Juan José Estrada y el Ministro de Gobernación Adolfo Díaz.

Como decían los que me antecedieron, El Rama ha tenido muchos alcaldes extranjeros, muchos rameños y muchos de otras localidades, bluefileños, boaqueños, chontaleños hasta leoneses ha tenido de alcalde. Haré una breve referencia a algunos alcaldes que hicieron obras de importancia en El Rama.

Dionisio Thomas, de origen alemán, traslado la ciudad al sitio donde hoy se encuentra.

Ángel Mallona, de origen español, construyó el alumbrado público y andenes en los puntos importantes del pueblo.

El alcalde Eleazar Meza, de León, sustituyó la Planta de Energía Eléctrica obsoleta y amplió el horario de servicio eléctrico. Además donó una cantidad significativa de terrenos para la construcción de viviendas de los pobladores.

La alcaldesa Guillermina Mallona, primera mujer rameña de alcalde, construyó andenes para varios barrios y el mercadito de los rameños.

Juan Bautista Ugarte, bluefileño, impulsó la ampliación de andenes a los barrios de la periferia y la construcción del parque municipal.

Francisco José Baena, construyó el rastro municipal y obras en las zonas campesinas de El Rama.

Y el alcalde Samuel Mejía Peña, de Boaco, realizó proyectos de importancia con apoyo europeo, como equipamiento vehicular de la Alcaldía, edificio del Mercado, extensión de Gimnasio Municipal y la construcción de algunos colegios.

Otros alcaldes rameños que hemos recogido, tal vez esto está incompleto, han sido los siguientes:

Guillermina Mallona, Juan Pablo Chamorro, Vicente Cheng Lee, Francisco José Baena, Luis Francisco Martínez, René Martínez y nuestra actual alcaldesa Ualda Obando.

También en el desarrollo de El Rama, aparte de la compañía extranjera, aparte de los rameños, ha tenido también una gran importancia e influencia la Iglesia Católica de Nicaragua, en especial los padres capuchinos. El primer Párroco residente en El Rama en 1890 fue Etanislao García, que construyó la primera Iglesia en 1900. El primer Párroco capuchino fue Berardo Cirauqui que estuvo aquí de 1915 – 1943. En 1947, llegó el primer párroco norteamericano, fray Wilfrid Bieberstein. Entre los capuchinos que más ha contribuido al desarrollo de El Rama, están el Padre Gregorio Snuko conocido como “Juñito” y el Padre José Goold, y otros. Los padres capuchinos además construyeron en las montañas aledañas diversas capillas para impartir enseñanzas, así en 1950 fundaron el Colegio de Nuestra Señora de Fátima, en 1957 crearon la Pastoral Educativa dentro de las escuelas campesinas proyecto que fue impulsado por Monseñor Salvador Schaffer, que en paz descanse. Y así, diversos proyectos impulsados por la Iglesia Católica apoyaron el desarrollo de esta Ciudad y el Municipio de El Rama.
El homenaje que hoy la Asamblea Nacional le rinde en el Centenario de esta Ciudad, se lo dedicamos a sus autoridades, a las autoridades de El Rama, a los ciudadanos de El Rama del campo y la ciudad, a la Iglesia y a todos aquellos que hicieron posible que esta Ciudad llegara con éxito y con desarrollo a su Centenario.

Muchas gracias, compañeros.

MAESTRA DE CEREMONIA:

Nos ponemos de pie para escuchar las notas de nuestro sagrado Himno Nacional.

Himno Nacional.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se cierra esta Sesión Especial.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.







































CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CELEBRADA EL DÍA VEINTICUATRO DE MAYO DEL 2011 CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA).

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días, antes de iniciar sesión y comprobar el quórum, queremos informarle al plenario, que de acuerdo a información recibida de parte de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, ya está dictaminada de forma favorable, la Asociación Unidad Nacional del Adulto Mayor; pero ambos ejemplares sólo tienen la firma de cinco diputados, por lo que les pedimos públicamente que firmen el Dictamen, aunque no estén aquí ahorita, al Presidente de la Comisión, Alejandro Ruiz, a Miguel Rosales, a Élida María Galeano, a Carlos Langrand, a Carlos Gadea, a Eduardo Montealegre, a Francisco Sacasa y a Enrique Quiñónez, para que pueda ser introducido hoy en Primera Secretaría y con la venia de ustedes, verlo mañana y sacar ya esa Asociación de los ancianos. Los que tengan comunicación con los compañeros referidos, que también se lo comuniquen. Carlos Langrand, le pedimos que pase por la Comisión de Gobernación firmando el dictamen de la Asociación de los Adultos Mayores, que falta su firma todavía.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Señor Presidente, quiero decirle con todo respeto, que esta es la primera ocasión que nos dicen de parte de la comisión, que firmemos esa Personería Jurídica, el procedimiento Presidente, administrativamente ellos revisan la Personería y la trasladan, digo esto, por declaraciones mentirosas en el sentido de que nosotros no queríamos firmar esta personería, todo lo contrario, apoyamos la Ley del Adulto Mayor porque sabemos que es una grita, una necesidad porque más de quinientos mil ancianos están desprotegidos.

Nuestra bancada respaldó….

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado, no estoy acusando, nada más sé que ya está el Dictamen favorable y que están recogiendo las firmas.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Muchas gracias, Presidente.

Me dirijo ahorita a estampar mi firma junto con el resto de diputados de nuestra bancada.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Alejandro Ruiz, tiene la palabra.
DIPUTADO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Buenos días, señor Presidente.

Desde la vez que estuvo aquí la delegación de los adultos mayores, nos comprometimos a tener el Dictamen en la semana siguiente. La semana pasada dije, “ya está listo el Dictamen”, pero por cuestiones de trabajo, y es comprensible, de los demás miembros de la comisión no se recogieron las firmas, pero hemos hablado con algunos diputados que vienen en camino, y pensamos que en el transcurso del día hoy estará listo el Dictamen en Primer Secretaría.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces, la idea es que se pase hoy a Primer Secretaría, para que lo veamos el día de mañana.

DIPUTADO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Así es, exactamente.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces vamos a pedirle a nuestra Tercer Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
CARLOS SALOMÓN GARCÍA BONILLA
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
EDUARDO JERÓNIMO GÓMEZ LÓPEZ
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
ÓSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
AUGUSTO ADRIÁN VALLE CASTELLÓN
EDGAR JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA
LÁZARO EDGARDO GARCÍA AGUILAR

Hay 49 diputados presentes, hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Remitimos a los diputados a la Orden del Día Nº 1 de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura.

Punto III DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 3.10: LEY ESPECIAL DE REGULACIÓN Y CONTROL DE SALAS DE JUEGO DE AZAR, CASINOS Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS.

Le solicitamos al Presidente o Vicepresidente de la Comisión de Gobernación que le dé lectura al Dictamen. Alejandro Ruiz, por favor lea el Dictamen.

DIPUTADO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Managua, 12 de agosto del 2002.
D I C T A M E N

Doctor
ARNOLDO J. ALEMÁN LACAYO
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, de conformidad a los artículos 49, 50 y 51 del Estatuto General y 56, 89 y 90 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, nos reunimos para analizar el proyecto de “LEY DE CASINOS Y SALAS DE JUEGO”, el que fue presentado en Primer Secretaría el 16 de Agosto del 2001, por el Poder Ejecutivo y que fuera remitido a esta Comisión por Primer Secretaría para su debido Dictamen el 20 de Febrero del 2002.

Esta materia en la actualidad está regulada por una serie de normas, que por ser de vieja data, se han constituido en disposiciones normativas anacrónicas y limitadas para los efectos de la regulación efectiva y práctica de los juegos de este tipo de establecimientos a los que comúnmente denominamos CASINOS Y SALAS DE JUEGO. En la actualidad, las condiciones reales nos establecen la necesidad de regular el funcionamiento de este tipo de establecimientos a los que también hay que agregarles otros locales que siendo de la misma categoría no se les considera Casinos o Salas de Juegos, pero que bajo la modalidad de salas de juego, casinos y máquinas tragamonedas, requieren de una regulación básica y estricta, por lo que se debe determinar la regulación de carácter jurídico, y así poder establecer en el país una política de promoción de la actividad turística nacional teniendo como referencia a dichos establecimientos, entre otros, por lo que se constituye un imperativo establecer ese régimen jurídico normativo, que además de legalizar el juego en el país, evite que desde la primera práctica de estos juegos se cometan ilícitos, tales como: lavado de dinero, enriquecimiento ilícito, entre otros.

Las actividades conocidas como juegos de azar, particularmente la de los casinos y bingos, deben ser reguladas, vigiladas, autorizadas y controladas, con el objeto de que la práctica de estos sea realizada bajo un estricto control y apego a la ley, que se le otorgue a los ciudadanos que los practican la seguridad jurídica que implica el principio de legalidad, procurando en todo los casos y en cada momento la protección de la sociedad en lo que hace a las buenas costumbres, la moral, la seguridad pública, la seguridad ciudadana y las buenas costumbres, la moral, la salud pública; de todo este conjunto de elementos integrados entre sí como un sistema, van a permitir la observancia de un buen orden y el bienestar general de los ciudadanos.

En otros países de América Latina, tales como Costa Rica, El Salvador, Venezuela, no existe reglamentación alguna sobre este tema, sin embargo, en otros Estados como República Dominicana, Panamá, y en las Comunidades Autónomas de España está pendiente la legislación sobre este tema; en otros se han adoptado leyes que regulan el funcionamiento de casinos y salas de juego. Su control ha permitido generar ingresos para el tesoro público y la promoción de turismo receptivo interno respectivamente.

En esta materia, los Estados Unidos tienen diferentes tipos de mercado, hay algunos de carácter abierto que funcionan en los Estados de Colorado, Mississipi y Nevada y otros de carácter cerrado que funcionan en los Estados de Iowa, Illinois, Lousiana, Missouri, South Dakota y New Jersey.

Por razones políticas, económicas y sociales, que son las que justifican plenamente la correcta y adecuada regulación de estas actividades conocidas como Salas de Juegos, Casinos y Máquinas Tragamonedas, y que en términos generales generan empleos directos e indirectos, así como la necesidad de buscar una alternativa para el desarrollo económico social del país, consideramos que Nicaragua debe de disponer de una ley que regule tales actividades.

Desde la perspectiva económica, y sobre la base del desarrollo regional y la necesidad de ampliar la infraestructura básica y los servicios, constituye uno de los principales elementos impulsores de la modernización del país con el propósito de ampliación la disponibilidad de recursos y la captación de divisas que contribuyan a la inversión con una orientación de beneficios para la administración pública y los administrados.

Esta iniciativa de ley es impulsada por autoridades del Poder Ejecutivo, tomando como punto de partida el pleno convencimiento, de que es indispensable regular todo lo relativo a las salas de juegos, casinos y máquinas tragamonedas, y tomando en cuenta que en los últimos años han proliferado en el país a través de las aperturas de casinos, bingos y la instalación de máquinas tragamonedas en locales y lugares no apropiados con un sistema de control y regulación limitados, tomando en cuenta que el juego contribuye a la captación de recursos al país a través de la industria turística la que también genera empleo a los nicaragüenses.

Esta iniciativa de ley permitirá que estos negocios paguen los impuestos que corresponden y generen empleo entre permanentes, temporales, con buena remuneración.

Algunos aspectos del Proyecto de Ley.

1. Se establece la competencia para la aplicación de la Ley al Ministerio de Gobernación a través de la Policía Nacional, pues la regulación de las Salas de Juegos, Casinos y Máquinas Tragamonedas debe de corresponder a dicha institución y por la íntima y directa vinculación con el factor de la seguridad pública y ciudadana, por ser de este tipo de empresa de un potencial atractivo para conglomeración de ciudadanos con diferentes hábitos y costumbres y posibles focos delincuenciales, sin perjuicio de la practica e impulso de la industria turística acompañada de la inversión de capital extranjero.

2.- Se establece la creación de un Comité Técnico Asesor para la supervisión y control de Salas de Juego, Casinos y Máquinas Tragamonedas, como un órgano consultivo, de estudios, coordinación y consulta de las actividades propiamente dichas y conexas.

3.- La elaboración de un listado de juegos permitidos y que se controlarán por medio de los catálogos de juegos, en el que se especificarán sus características y las denominaciones y modalidades de estos, así como los requisitos y reglas fundamentales, esenciales para su práctica y desarrollo; también se establecen las bases para una posterior regulación reglamentaria de cada uno de los diferentes juegos y sus modalidades.

4.- En este cuerpo normativo para el control administrativo se establece la obligatoriedad de la licencia de operaciones y la autorización previa de los juegos con carácter esencialmente normado por medio de reglas específicas, claras y precisas, así como los requisitos mínimos que deben de cumplir los titulares de las licencias de operaciones, las condiciones y requisitos básicos de los locales para su funcionamiento y el material del juego, así como aquellas personas que por ministerio de ley quedan imposibilitados de la práctica de los juegos.

5.- Se determina al Ministerio de Gobernación, como el encargado del registro oficial de Salas de Juegos, Casinos y Máquinas Tragamonedas, para que en coordinación con la Policía Nacional, actúe en las tareas y actividades directas y conexas susceptibles del control de las actividades relacionadas a este tema.

6.- Se establece un régimen de infracciones y sanciones que regulan los principios básicos, los que deben someterse el ejercicio de la potestad sancionadora de la autoridad competente para la aplicación de la ley, así como la concerniente a los derechos de los propietarios de las licencias de operaciones; también se establecen en la ley los principios que sustentan la necesidad de una legislación especial para las denominadas Salas de Juego, Casinos y Máquinas Tragamonedas, cuyo eje fundamental es el principio de legalidad, la incorporación del régimen de responsabilidad civil y penal, así como la prescripción de las infracciones y las sanciones.

7.- Un servicio especializado en máquinas de las denominadas Salas de Juegos, Casinos y Máquinas Tragamonedas, subordinado al Ministerio de Gobernación, que en conjunto con otras instituciones del Estado debe de cumplir y hacer cumplir la ley, así como ser vigilante de que todo lo que pase en tales establecimientos de diversión, y que los usuarios en general cumplan con las normativas vigentes de la materia, así como la persecución del juego clandestino.

Hasta hoy en día en Nicaragua la regulación de Salas de Juegos, Casinos y Máquinas Tragamonedas, también conocidos como juegos y apuestas está contenida en las disposiciones del Código Civil, en lo que hace a los artículos 3607 al 3624 inclusive; la Ley Nº 298, Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo, artículo 6, numeral 12) y su reglamento; la Ley Nº 228 Ley de la Policía Nacional, artículo número 3, numeral 15) y lo establecido en el Reglamento de la referida ley de la Policía Nacional, artículo 76, literal j); en la Ley Antidrogas y sus reformas, Capítulo V, artículo 31 al 37 inclusive; en la Ley 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua y su Reglamento; en el Decreto Nº 06 - 2001 referido a las competencias de la Lotería Nacional en materia de regulación de juegos, en el artículo 4, numeral 1).

El conjunto de consideraciones de carácter general le permitieron a esta Comisión Dictaminadora poder determinar que el Proyecto de “LEY DE SALAS DE JUEGOS Y CASINOS” es necesario para garantizar un mejor control y efectiva regulación de los establecimientos denominados Salas de Juegos, Casinos y Máquinas Tragamonedas, así como el establecimiento de un régimen tributario único y especial para su autorización y funcionamiento; en consecuencia, expresamos que esta iniciativa de ley no se opone a la Constitución Política, ni a las Leyes Constitucionales, ni a los Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.

En virtud de lo anteriormente señalado y con fundamento en los artículos 49, 50 y 51 del Estatuto General y 56, 89 y 90 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, haciendo la aclaración necesaria de que esta ley se constituirá en una ley especial para la autorización, regulación y control de las ya denominadas Salas de Juegos, Casinos y Máquinas Tragamonedas, con el objeto de que esta ley facilite y deje claramente determinadas a las autoridades de la administración pública el proceso para la autorización y funcionamiento de los establecimientos a regular con la ley, con la salvedad de que esta Comisión resolvió modificar el nombre de la Ley, por lo cual se determinó aprobar el presente DICTAMEN FAVORABLE y que esta sea denominada LEY ESPECIAL PARA LA REGULACIÓN Y CONTROL DEL FUNCIONAMIENTO DE SALAS DE JUEGO, CASINOS Y MAQUINAS TRAGAMONEDAS”, cuyo texto adjuntamos y por lo que solicitamos al honorable plenario lo apruebe.-
COMISIÓN DE DEFENSA Y GOBERNACIÓN

Firman:

Pedro Joaquín Ríos Iris Montenegro
René Herrera Fremio Altamirano

Jaime García Bladimir Pineda

Jaime José Cuadra José Figueroa

Daysi Trejos Elías Chévez

José Dámisis Sirias Francisco Sacasa Urcuyo

Hasta aquí el Dictamen de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos a la discusión en lo general.

Diputada Martha Marina González, tiene la palabra.

DIPUTADA MARTHA MARINA GONZÁLEZ:

Antes de comenzar señor Presidente y compañeros de la Junta Directiva, quiero solicitarles un minuto de silencio para la profesora Carmen Dávila Lazo, que fue maestra de generaciones por muchos años, pero además era la Presidenta de la Asociación para el Desarrollo de Chagüitillo, una profesora destacada en el accionar comunitario, hermana de la diputada Irma Dávila, por lo tanto solicito un minuto de silencio.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Un minuto de silencio.

Muchas gracias.

Diputado Salvador Talavera, tiene la palabra.

DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:
Muchas gracias, Presidente.

Quiero llamar la atención de todos los colegas diputados y diputadas, acerca de esta ley que fue introducida a inicios del año 2001. Esta es una ley que se debió aprobar desde hace muchísimos años, y por ser ésta una ley de importancia y prioridad suprema para los intereses de nuestra nación, y sobre todo para el bienestar de las futuras generaciones, deseo instarlos para que cuando llegue el momento de decidir entre aprobar por capítulo o por cada artículo, la aprobemos por artículo, porque esta ley hay que revisarla.

Además, quiero expresar que no estoy de acuerdo en que a esta ley se le dé una categoría de incentivo turístico, porque de eso no tiene absolutamente nada, lo único que hace es sacar y explotar los recursos de la clase trabajadora, por lo menos eso es lo que he visto en las diferentes ciudades, es una proliferación, una especie de epidemia de estos casinos que han aumentado en todas partes y los que más llegan a esos lugares son taxistas, obreros, personas de escasos recursos, que creen en sueños y que los mismos se harán realidad, y lo que hacen es ir a entregar los recursos que deberían llevar para la manutención de sus seres queridos. Para mí, éstas son escuelas que después obligan a que estas personas tengan que delinquir para poder llevar el sustento diario.

Presidente y colegas diputados, me parece que no deberíamos de subestimar esta ley, la que debió ser revisada en cada una de sus mociones previamente a su discusión el día de hoy. Sí me alegra que esté en el Orden del Día y que hoy por fin podamos discutirla y aprobarla, pero sería bueno que le pongamos garras y colmillos a esta guerra, para poner un freno a esta industria que está explotando a nuestros jóvenes y a nuestra clase trabajadora.

Muchísimas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Esta es una ley que tiene varios años de estar introducida como bien decía quien me antecedió, desde la legislatura pasada, desde los diputados anteriores y el día de hoy pretendemos llevarla a feliz término. Este proyecto de ley fue revisado, consensuado y elaborado un nuevo documento, por eso es que quisiera leer una carta, señor Presidente si me permite.

Managua, 24 de mayo del 2001.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado doctor Navarro:

Después de haber realizado una acuciosa revisión al Informe del Proyecto de Ley denominada Ley Especial de Control y Regulación de Casinos y Salas de Juego, emitido por la Comisión de Defensa y Gobernación de esta Asamblea Nacional y remitida a Secretaría el 7 de junio del 2004, código 200-111-75, los suscritos jefes de bancadas parlamentarias, le solicitamos reemplazar el texto del articulado remitido por la Comisión por el texto adjunto, para que sea éste el que se discuta en plenario.

Dicho texto está siendo entregado a todos los diputados de esta Asamblea Nacional. Esto obedece a que en el texto original existían detalles que tenían que ser mejorados, todo para que la ley sea de mayor beneficio para la ciudadanía.

Aprovechamos la ocasión para saludarle,

Atentamente,

Y firmamos los jefes de bancadas del BUN, del Frente Sandinista, del PLC, de la Bancada Democrática Nacional y del MRS, es decir, todas las bancadas parlamentarias.

Señor Presidente como es una ley larga, y de acuerdo a nuestra Ley Orgánica le solicitamos que sea discutida por capítulo.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Francisco Aguirre, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO AGUIRRE SACASA:

Muchas gracias, Presidente y buenos días.

En realidad tengo un punto de orden, Presidente. Honestamente, me informé de esta ley ayer en la noche, cuando una persona que por cierto no es de esta Asamblea, me mandó, el texto de la ley, sin la Exposición de Motivos ni el Dictamen que leyó hace un momento el diputado Ruiz, tuve la oportunidad de conocer el proyecto de ley, y en general lo puedo respaldar, pero quisiera entender, y tal vez el diputado Ruiz u otro diputado nos pudiera dar muy rápidamente el génesis de esta ley, porque para mí esta es una ley inicial, es la primera ley de casinos que tenemos, y es un tema muy delicado e importante. Entonces, quisiera que alguien nos explicara cómo es que ésto surgió y en qué comisión, porque en la Comisión Económica no se ha visto al menos en el tiempo que yo he estado ahí, y quisiera tener esa aclaración.

Gracias, Presidente.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Quiero aclararle al diputado Francisco Aguirre, en primer lugar, que existe una solicitud de los jefes de bancada para que se dispense la presentación del documento dentro del término de las 48 horas, pero entiendo que los diputados tienen el Dictamen desde el lunes, se les envió por el correo electrónico. Y en relación con la ley, ésta es una ley que tiene como diez o doce años de estar ahí, creo que desde el 2002. Entonces lo que se hizo fue un análisis y se revitalizó la ley, igual que pasó -si usted recuerda- el caso de la Ley de los Discapacitados, se preparó un Dictamen que se presentó a los jefes de bancada y ellos lo avalaron, entiendo que es la carta que leyó Edwin Castro, donde se solicita que por estar desfasado el Dictamen que se había elaborado en su momento y que es el que estaba en el Orden del Día, se incorpore este nuevo Dictamen que llena las preocupaciones que habían sobre esta ley, y en el debate, tratar de ver qué es lo que se puede cambiar y qué no. Pero no es cuestión que está apareciendo de la noche a la mañana, lo que estamos pretendiendo por la urgencia que tenemos de aprobar en esta legislatura leyes tan importantes como la Ley de Microfinanzas, la Ley de Defensa al Consumidor y la misma Ley de Casino, que son leyes rémoras, que traemos no sólo de esta legislatura, sino de períodos anteriores, entonces estamos tratando de darle la dinamia. Por eso les informamos que tanto la Ley de Microfinanzas y la Ley de Defensa al Consumidor por ejemplo, que requieren determinados ajustes, vamos a establecer este mismo procedimiento, para poder sacarlas sin que se les sature el contexto electoral que se va a dar en este año.

Ahora bien, lo que pretendemos es aprobarla en lo general hoy, y mañana que ustedes ya hayan digerido el contenido del Dictamen, comenzar la discusión, porque ya será más conocida y nos interesa que cada uno de ustedes esté compenetrado de estas leyes tan importantes, no sólo la de Casino, la de Micro financieras, la Ley de Defensa al Consumidor, hay otra serie de leyes que hemos priorizado en la Directiva para sacarlas este año y el mecanismo más rápido es éste que usamos con la Ley de Discapacitados. No se trata de aprobar a mata caballos una ley, estamos aprobándola en lo general y después ustedes tendrán que hacer los aportes, el día de mañana en lo pertinente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Muchas gracias, Presidente.

Efectivamente, he escuchado con bastante atención las intervenciones de mis colegas, y eso definitivamente demuestra la importancia y la necesidad de que en este país exista lo más pronto posible una regulación a esta industria de casinos, que es una realidad nacional, y que ya esta Asamblea Nacional desde el año 2001, tiene una obligación de plazo vencido, de darle un marco jurídico al desarrollo de esta industria, ¿y cuál es el objetivo fundamental de esto? Y atendiendo un poco las inquietudes justificadas del diputado Talavera, efectivamente hoy por hoy, la falta de un marco regulatorio en esta materia ha generado como consecuencia que la industria se desarrolle de manera irregular, de manera no controlada, y sin un enfoque que es de lo que carece la industria de casinos en este país. Con esta nueva propuesta que estamos el día de hoy trasladándole al plenario, sí se están creando las condiciones que garanticen que la industria de casinos se desarrolle con un enfoque fortalecedor, y dirigido fundamentalmente a la industria turística, lo que hoy en día no está sucediendo, reitero, por la falta de un marco jurídico que le dé dirección y objetivo a la industria de casinos. Esta industria no debe tener como objetivo fundamental tener salas de juego y casino, no, cuál es?, el objetivo de venir a regular y a darle direcciones para que este agente económico aporte, desde el punto de vista turístico, incluso hasta la fiscalidad de este país.

Entonces, habiendo hecho un examen del Dictamen de esta iniciativa presentada en el 2001, se realizó un trabajo de cambio total a esta iniciativa de ley, se mejoró sustancialmente el objeto, si ustedes leyeron el Dictamen, me imagino que así fue, porque tiene diez años de estar guindado en la Agenda y Orden del Día, si ustedes leen el objeto del Dictamen, se dan cuenta de que lo que pretende es regular los juegos, cuando realmente lo que aquí se tiene que hacer es desarrollar una regulación de la industria del juego, y que sea un organismo especializado, creado por este Poder del Estado, nombrado por el INTUR y ratificado por la Asamblea Nacional, quien se dedique a las regulaciones y a las normativas específicas del desarrollo de juegos. No le corresponde a esta Asamblea Nacional estar regulando los juegos de apuesta como tal, debe existir un ente regulador de esa actividad.

Lo que le corresponde a esta Asamblea Nacional, es regular la industria de casinos y salas de juego en el marco del fomento y desarrollo turístico nacional, para que estos agentes económicos realmente aporten con responsabilidad a la fiscalidad nacional, cosa que hoy en día no se está haciendo a como corresponde. Es más, la falta de este ordenamiento jurídico ha generado como consecuencia, la proliferación irresponsable de cantidades de salas, incluso sitios que ni siquiera son salas de juego, donde existen máquinas tragamonedas. Es de todos conocidos por ejemplo que existen máquinas tragamonedas en farmacias, en restaurantes, en discotecas, en bares, en cualquier tipo de centros de esparcimiento que no están dedicados exclusivamente a la industria del juego y que deben tener prohibiciones de acceso a nuestros menores de edad, para evitar enfermedades como la ludopatía, éso es lo que viene a regular esta nueva propuesta de ley, lo que desgraciadamente no traía el Dictamen que fue firmado en el año 2004.

Luego de eso, se desarrollan una serie de definiciones, muchas de ellas existentes en el actual Dictamen, pero desgraciadamente fuera totalmente de lo que es la legislación de casinos a nivel internacional, se desarrolló de mejor manera las definiciones de juegos de apuestas, de lo que es un casino, una sala de juego, de lo que son los catálogos de juegos, las máquinas tragamonedas, las mesas de juego, los juegos prohibidos, ¿qué es la normativa?, ¿quiénes pueden ser operadores?, aquí no puede ser cualquier persona natural o jurídica la que puede venir con una montaña de reales a poner un casino, si ni siquiera sabemos la procedencia de esos recursos; que si son de origen dudoso o no, para eso es que necesitamos esta regulación, para evitar que la industria de casinos sirva como un trampolín al lavado de dinero, eso es muy importante y está recogido en esta iniciativa de ley, también se incorporan principios, y quisiera destacar uno muy importante. Dentro de los seis principios básicos que establece esta iniciativa que es el número seis y que a mi criterio creo que ahí está el nudo gordiano y el corazón del objetivo del legislador en esta iniciativa, textualmente dice: “el funcionamiento de casinos y salas de juego, es una actividad permitida pero no estimulada por el Estado, en consecuencia, se considerará justificado que el Estado puede establecer medidas para evitar o contener la proliferación injustificada de casinos y salas de juego y la inadecuada fiscalización de los mismos…” creo que ahí está el verdadero espíritu que mueve este cambio radical de la iniciativa. Además se deja claramente establecido quién es la Autoridad de Aplicación. Hoy en día los diferentes integrantes de la industria de casinos, pagan en la municipalidad, pagan en la Policía, pagan en INTUR, pagan en diferentes lugares y hay una dispersión de atribuciones, porque obviamente no hay una regulación concentrada y al unísono, de lo que es la industria del juego, visto desde el punto de vista legal. Hoy, con esta iniciativa ya dejamos claro quién es la Autoridad de Aplicación de esta ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado, le queda un minuto para terminar.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Quién es la Autoridad de Aplicación de esta ley, en todo caso es el INTUR. Como me pidieron que explicara un poco más detenidamente la ley, para que todo el mundo quedara claro, pero bueno en síntesis, considero que esta iniciativa viene a mejorar significativamente el actual Dictamen, deja claro quiénes pueden ser operadores de juegos y quiénes definitivamente nunca pueden ser operadores de juego en este país. Esta ley no crea nuevos impuestos a la industria turística de casinos y salas de juego, porque para eso está la ley de esa materia que será discutida el año que viene en esta Asamblea Nacional, que es la nueva Ley de Equidad Fiscal, aquí lo que se establece son pagos por derechos de funcionamiento de las salas, pero no estamos hablando de nuevos tributos.

Por tanto, celebro que el día de hoy la Junta Directiva haya puesto en discusión este tema, les solicito a los honorables colegas que le den una buena leída a esta nueva propuesta y que una vez leída y persuadidos de la importancia y de la justificación de esta nueva propuesta, que le demos respaldo en lo general y en lo particular a esta iniciativa.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bien, gracias diputados.

Diputado Ramón González, tiene la palabra.

DIPUTADO RAMÓN GONZÁLEZ MIRANDA:

Gracias, señor Presidente.

En efecto, esta ley tiene más de once años que entró a la Asamblea Nacional, y quiero decirle a mis correligionarios, doctor Francisco Xavier y a Salvador Talavera, que tengan confianza en esta ley que está muy bien hecha, está totalmente diferente a la inicial, y la mejor explicación la acaba de dar ahorita el diputado Wálmaro Gutiérrez, que la dio de forma exhaustiva. La verdad es que si se le clavan los dientes y las garras como dice Salvador Talavera, a esta iniciativa de ley, creo que viene a promover el orden, porque hay mucho desorden en esta cuestión de casinos y salas de juegos, porque se han puesto incluso frente a escuelas o en tiendas que quedan cerca de éstas así mismo cerca de algunas iglesias, las que han protestado por poner este tipo de salas de juego. Además, considero que viene a promover la inversión a este país y no sólo éso, cuando digo promover el orden, hay mucho desorden y hasta corrupción en diferentes instituciones donde se ha permitido la entrada de estas máquinas de juego, sin exigir el pago correspondiente a cada una de ellas.

Así que les digo a mis correligionarios y hermanos diputados aquí en la Asamblea, que necesitamos aprobar esta ley que es muy buena y que nos traerá mucho provecho.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputada María Eugenia Sequeira, tiene la palabra.

DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA:

Gracias, Presidente.

Efectivamente, creo que fue bastante amplia la explicación presentada por el diputado Wálmaro Gutiérrez, referente al nuevo proyecto de Ley Especial para Control y Regulación de Casinos y Salas de Juegos. Definitivamente, no podemos continuar de manera desordenada con un sector tan delicado e importante, para la nación. Esta iniciativa viene a crear normas esenciales que se necesitan para tener los procedimientos y requisitos que requiere esta actividad, para que exista una manera clara de autorización, control y supervisión, y de la misma forma contar con la protección clara de nuestra niñez en este país. No podemos seguir permitiendo que en las pulperías haya maquinitas, exponiendo a la niñez a crear desde ya un vicio que no está realmente fomentando nuestro país.

Sin embargo, creo que esta ley reúne procedimientos muy técnicos y claros que van a permitir a la nación tener un ordenamiento sobre este sector, que nos permita realmente traer la transparencia en el procedimiento de los mismos. Así que, Presidente, creo que esta ley viene a beneficiar a la nación, por lo tanto le pido a los señores diputados de la Asamblea Nacional, que aprobemos de manera objetiva y técnica dicho procedimiento, hoy en lo general y mañana en lo particular.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.
DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias, Presidente.

Efectivamente, esta iniciativa la conocí desde hace como diez, doce años en este Parlamento, en ese entonces existía una discusión y puntos de vistas encontrados entre lo que sería la regulación de los casinos, salas de juegos y el tema de las máquinas, porque se consideraba que dejar establecido únicamente a los grandes hoteles o a los grandes establecimientos como los espacios que tendrían la prerrogativa para este tipo de actividad, excluía a cientos de pequeños negocios, los cuales consideraban que era injusto que se les excluyera. Recuerdo que eso se manejó en aquel entonces. En lo personal estoy totalmente de acuerdo en ordenar una industria como ésta, que además genera enormes ganancias y que se basa muchas veces en la dependencia emocional de las personas que llegan, incluso a hacerse adictas a este tipo de actividad, se dice que la adicción a los juegos a veces es más nociva que la adicción a las drogas o a otros fármacos, por lo tanto creo que su regulación es muy importante, y celebro que haya interés o en dar pasos firmes en este tipo de legislaciones.

Sin embargo, quiero llamar la atención a lo que se ha convertido ya en un recurrente mecanismo para modificar lo que está establecido en nuestra ley, respecto al procedimiento de formación de la ley. Si este Dictamen ya es obsoleto, lo que cabe es desestimarlo e iniciar un nuevo proceso de formación de ley, pero me parece que es un procedimiento anómalo el que los jefes de bancadas firmen una solicitud para sustituir literalmente lo que sería un dictamen, por un documento que en este momento nos está siendo entregado, y que no se recurra a lo que nosotros mismos dejamos establecido en la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, en donde se regula el procedimiento de formación de la ley.

Llamo la atención porque después la gente que se dice de oposición, está llorando cuando el poder recurre a este tipo de procedimientos para imponer algunas cosas. Por ejemplo, cuando se aprobaron las leyes militares en diciembre del año pasado, se hicieron con un procedimiento absolutamente ilegal y anómalo, porque era supuestamente trámite de urgencia, pero el debate no se hizo sobre las iniciativas de ley presentadas por el Ejecutivo, sino por un documento que no había sido pasado a ninguna comisión. Me parece que es anómalo y sienta malos precedentes para que este Poder del Estado funcione adecuadamente. Además, creo que esta premura, a mí por lo menos, se me vuelve sospechosa, porque en tubería hay importantísimas leyes dictaminadas con todos sus tiempos adecuados, por ejemplo, la Ley de Ética de la Función Pública, que me parece que es clave y además vital debatirla antes de que entremos a la campaña electoral, también está el Código de la Familia que ya tiene más de diez años de estar dictaminado y que fue consensuado por unanimidad, en la Comisión de Justicia y la Comisión de la Mujer, y aún no la discutimos. Entonces, ¿qué hay detrás de esta premura?, a mí me resulta sospechosa, y quiero tener la posibilidad de leer con detenimiento esto, que no es ningún dictamen, que no se apega a lo que dice nuestro instrumento que nos rige, por lo tanto, prefiero darle el beneficio de la duda a esta incógnita de qué es lo que está detrás de este interés, de esta premura por aprobar esta iniciativa de ley legislación de la sala de juegos. Sé, que los casinos son una fuente de financiamiento, de las campañas electorales, no solo aquí, sino en otras partes del mundo. Repito, ¿qué hay detrás de esta premura?, permítanme la duda y por lo tanto, permítanme abstenerse en el procedimiento de aprobación de esa ley.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Pallais, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ PALLAIS ARANA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Definitivamente, no me complace que estemos aprobando este Dictamen con premura, y no me complace porque lo considero incompleto y omiso, los nicaragüenses podemos discutir sobre las conveniencias o las desventajas de desarrollar y acoger la industria de casinos en Nicaragua, y esta discusión se ha dado en muchos países, pero allá donde ha habido consenso de permitirlo todos han coincidido, en que los casinos tienen que dar un aporte positivo muy fuerte al impacto fiscal del país, es decir, los casinos tienen que ser centros generadores de altísima contribución fiscal, y no veo en esta iniciativa ningún impacto fiscal positivo.

El diputado Wálmaro Gutiérrez nos dice que el próximo año tal vez va a haber una Ley Especial, y ésta tiene que ser una Ley Especial para los casinos, porque tiene que haber una autoridad central que esté permanentemente en esos casinos, para que sea efectiva la recaudación tienen que existir controles específicos, de más de contribuciones y tasas determinadas para esta industria, que es uno de los negocios más grandes, por eso las mafias en todo el mundo han estado e invierten en este tipo de negocio. Por eso se requiere una fuerte capacidad de control, de una autoridad central, que no la veo en esta ley.

Así que señor Presidente, observo un apresuramiento y descuido en no aprovechar para regular ya esa contribución social, que venga a compensar los perjuicios y los daños que los casinos sin duda ocasionan a la sociedad nicaragüense.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, Presidente.

Definitivamente, todos estamos conscientes que esta iniciativa es muy importante, y es tan así que para ello propongo que se discuta por artículo; el jefe o el coordinador de la Bancada del Frente Sandinista, creo que estaba proponiendo, no sé si con el concurso de otros jefes de bancadas que se discuta por capítulo. Todos hemos hablado de la importancia que existe en relación con este tema, porque en este tipo de negocio, nosotros tenemos que prever lo que sería la trata de personas, la prostitución, el crimen organizado, el lavado de dinero, entre otras cosas, daño a la salud pública que también lo plantean en la iniciativa. De tal suerte, que me parece que venir como mago a querer aprobar un Dictamen a sabiendas de la importancia de esta iniciativa, no es lo correcto. El gran problema en Nicaragua principalmente son las máquinas tragamonedas, y aquí varios colegas han dicho y personalmente he visto, muchísimas máquinas tragamonedas en los municipios, frente a las escuelas donde las niñas y niños dejan los diez o los cinco córdobas que les puede dar su papá para que se tomen un refresco en el colegio.

Por tanto, es importante legislar alrededor de ese tema, pero hay que hacerlo con la responsabilidad debida, por eso quiero pedirle a la Junta Directiva y a los mismos jefes de bancadas, que aprobemos en lo general el Dictamen y que vayamos trabajando artículo por artículo esta iniciativa, a fin de que, el día de mañana no se nos quede fuera alguna cosa que a lo mejor es de mucha importancia, y que por estar aprobando ligeramente el Dictamen, las dejemos fuera. Así que esta es mi recomendación, creo que es una iniciativa, un Dictamen importante para todos los diputados y principalmente para Nicaragua en materia económica, pero también en materia de seguridad, en materia de salud y nosotros como legisladores no podemos dejar fuera este tipo de situación.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Presidente, también me uno de alguna manera a las voces que expresan ciertas dudas en el tema de lo oportuno o no de esta ley, y digo esto, por lo siguiente: Cuando empecé mi trabajo como parlamentario, escuchaba que en las reuniones se hablaba de una famosa Ley de Casinos que venía y que no venía, también debo decir, que a veces se mencionaba que habían intereses de por medio y que se presionaba de alguna manera para que se pasara y otros para que no se pasara, es decir trataban de mantener en vilo para obtener algún tipo de rédito. Ciertamente aquí hay temas que tienen que ver con los ingresos que percibiremos los nicaragüenses y obviamente estos ingresos deben traducirse en mayor presupuesto para lo que más necesitamos, como es salud, educación, carreteras, viviendas, y como dice el diputado de la bancada económica, que esta no es una ley que procura estimular, sino que se entiende que ésta es una industria que ya está establecida y hay que regularla.

Mis comentarios son los siguientes Presidente: Yo recuerdo, cuando se hablaba del “peso del coronel”, y éste no era más que aquel que se daba a los guardias que tenían una ruleta, y que no estaban bajo control alguno, es decir, el fisco no recibía nada. En esta iniciativa de ley, quisiera preguntarle a la Comisión Económica, a su Presidente, Wálmaro Gutiérrez, si ellos cuantificaron cuánto significa para el ingreso público de la nación la entrada en rigor de esta ley, es decir, con cuanto más, qué porcentaje más van a crecer las recaudaciones fiscales, éso en primer lugar.

Segundo lugar, entiendo que está aparejado a esta industria de los casinos y juegos de azar el tema de la corrupción de menores, el de las drogas, el tema de la trata de blancas, del crimen organizado y por ningún lado en la iniciativa de ley veo que la Policía esté involucrada, y creo que debemos de fortalecer la ley en lo particular y aquellos estamentos de nuestro Poder Ejecutivo, tales como la Policía y la Comisión Económica dentro de la Policía Nacional y las oficinas que luchan contra el crimen organizado, que tengan cierta injerencia para prevenir precisamente estos males que nosotros debemos atacar.

Me parece, que es sano que establezcamos las regulaciones debidas, que la discrecionalidad no se vea en ninguna parte del articulado ni del reglamento, para que todos sepamos a qué nos estamos metiendo, ciertamente el casino está aparejado con el turismo, y los nicaragüenses estamos ávidos aquí de empleo, por lo tanto desde el punto de vista del empleo, como desde el punto de vista de estimular la economía, yo al menos no tengo ninguna reticencia en apoyar favorablemente, pero sí me uno, Presidente, a quienes también han expresado que no vayamos a debatirlo por capítulo, sino artículo por artículo para que demos tiempo con el objeto de que las aportaciones sean conducentes, a fin de que no abramos puertas a la discrecionalidad y que también ejerzamos un estricto control para prevenir el lavado de dinero, la corrupción de menores, el tráfico de blanca y el crimen organizado.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Presidente, si bien es cierto que muchos diputados han tenido cierta reticencia en que discutamos esta ley, porque dicen que por qué tanta premura, creo que es a la inversa la sospecha o la duda que yo tengo, y es ¿por qué esta ley ha estado tanto tiempo engavetada? ¿a quiénes les ha convenido tener esta ley, diez años en una comisión? ¿quiénes son los que se han beneficiado parando esta ley?, ¿quiénes son aquellos que realmente, por no empujarla, han beneficiado a un determinado sector?

Me parece, señor Presidente, que por el bien y la transparencia de Nicaragua y de esta misma Asamblea, esta ley tiene que ser aprobada y discutida. Yo le recomiendo a usted, para que no se preste a suspicacia, que esta ley la aprobemos artículo por artículo y no por capítulos enteros, porque en ella ya he visto, como en el artículo 10 o en otros artículos, algunas “piedritas” que se pueden ir presentando para favorecer a un determinado sector de los que están involucrados en este tema.

Señor Presidente, considero que se ha hecho una gran labor y una enorme decisión positiva el hecho de que ya empecemos a discutir esta ley, pero sí que lo hagamos artículo por artículo. Que no pase como en una amarga experiencia que tuve en la discusión de la Ley de Hidrocarburos, que por una enorme trasnacional me la atrasaron durante tres años.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.

DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:

Muchas gracias, señor Presidente.

Considero que esta es una ley buena, correcta, que llega en un momento oportuno, que ha estado engavetada por espacio de diez años, que ha sido analizada técnicamente, y creo que éste es un buen momento para aprobarla. Sobre la pregunta que si debe ser analizada artículo por artículo o por capítulo, creo que como es una ley importante y delicada debe ser analizada artículo por artículo; pienso que sí tenemos que darle todo el tiempo para ir aprobándola de esa manera; sin embargo, me parece que esta es una ley necesaria, que el tiempo que tiene esta ley de estar engavetada es excesivo y que el país necesita una ley que regule los juegos de azar, los casinos, los tragamonedas, lo cual ha venido pidiendo a gritos la sociedad nicaragüense, por eso vamos a votar a favor de este Dictamen.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Cerramos la lista de oradores con el diputado Freddy Torres.

Diputado Freddy Torres, tiene la palabra.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Muchas gracias, Presidente.

Recuerdo que en el año 79, cuando triunfó la Revolución Sandinista, vi en varios lugares de Nicaragua a las personas que en ese momento, alzadas en armas y triunfantes sobre el gobierno de Somoza, donde encontraban botellas de Whisky y de toda clase de licores las quebraban en las calles; me pareció un acto extremo, y parecía ser casi que íbamos a ser gobernados por un sistema musulmán, muerte al licor y a todas esas cosas.

Creo que ahora mismo -y hago referencia a esto porque son cosas difíciles de evitar que funcionen en los tiempos actuales, en el mundo actual- lo que cabe es precisamente una ley que regule y controle los casinos y las salas de juegos para que funcionen de manera adecuada; eso es parte de la libertad de comercio, es parte de la libertad de la empresa privada que funciona también en este tipo de negocios. No creo que sea pertinente rasgarse las vestiduras aquí y maldecir las salas de juegos. Yo confío en que las personas que han trabajado en esto lo han hecho de manera adecuada; la única preocupación que tengo es que aquí no podemos estar saliendo como los magos, sacando nada de un sombrero, como quien saca un conejo. Deberíamos de haber tenido la información con suficiente antelación a nuestros correos electrónicos, a nuestras respectivas bancadas; sin embargo, revisando rápidamente, porque ahora sí ya tengo el documento de esta ley, veo que están contemplados diferentes aspectos, que es lo correcto y pertinente hacer en una ley de esta naturaleza.

También considero que es correcto posponer para el día de mañana su discusión, para que tengamos más tiempo de revisarla con mayor detenimiento, pero dándole así una revisión a vuelo de pájaro, veo que está de manera adecuada, se ha trabajado bien; además, creo en el Primer Secretario, que me ha dicho que él estuvo trabajando en esta ley, y en realidad veo que está correcto hasta donde he podido revisar de manera rápida.

Me parece pues que debemos aprobar esta ley el día de mañana, ya sea artículo por artículo o capítulo por capítulo, porque creo que recoge las diferentes inquietudes que hay alrededor de una ley de esta naturaleza.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos entonces a la votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 0 en contra, 3 abstenciones, 12 presentes. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Remitimos a la Orden del Día Nº 1, PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES, Punto 2.35: DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES.

Managua, 16 de Marzo de 2011.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, me permito remitirle Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto de la "Iniciativa de Decreto de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Chile sobre Autorización para el ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, técnico y administrativo de las misiones diplomáticas y representaciones consulares", suscrito en Managua, a los veintidós días del mes de febrero del presente año, para que conforme a su solicitud se le conceda el trámite que corresponde.

Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.

Paul Oquist Kelley
Secretario Privado por Políticas Nacionales

Managua, 16 de Marzo de 2011.


Compañero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos y Fundamentación, adjunto a la presente te remito "Iniciativa de Decreto de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Chile sobre autorización para el ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, técnico y administrativo de las misiones diplomáticas y representaciones consulares", suscrito en Managua, a los veintidós días del mes de febrero del presente año.

Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.

Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
ANTECEDENTES

El Acuerdo entre la República de Nicaragua y la República de Chile sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, fue suscrito en Managua, Nicaragua el 22 de febrero del dos mil once por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Embajador de Chile en Nicaragua. Nuestro país ha suscrito este tipo de Acuerdos con varios países, entre ellos, el Reino Unido, Reino de España, Estados Unidos de América, México, Panamá, Argentina, Perú, Brasil y Costa Rica.

Este Acuerdo tiene por objeto permitir a los familiares, que sean "dependientes" de estos funcionarios diplomáticos, realizar actividades remuneradas en el país en donde dichos funcionarios se encuentren acreditados, todo de conformidad con las leyes del Estado receptor y en condiciones de estricta reciprocidad. Así se logra mejorar las condiciones de vida de los funcionarios diplomáticos, funcionarios consulares y sus familias.
FUNDAMENTACIÓN

La normativa de este Acuerdo se dirige exclusivamente al beneficio de los familiares que sean "dependientes" de los funcionarios diplomáticos, consulares, administrativos y técnicos de una de las Partes que laboren para Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares en el territorio de la otra Parte en condiciones de igualdad y reciprocidad.

El alcance de la aplicación de este Acuerdo no puede hacerse extensivo a ciudadanos comunes que carezcan de vínculos familiares con funcionarios diplomáticos o consulares. Esta autorización de ninguna manera implica el reconocimiento de títulos, grados o estudios realizados fuera del Estado receptor. Específicamente, el Acuerdo se dirige a permitir que los dependientes de los funcionarios diplomáticos y consulares -acreditados debidamente ante el Estado Receptor- puedan ejercer actividades remuneradas sin más restricciones que las establecidas por ley y en las mismas condiciones que los ciudadanos comunes o nacionales de dicho Estado.

No obstante, debe tenerse presente que el Acuerdo se fundamenta en el principio de "reciprocidad" del Derecho Internacional, el cual se materializa mediante la celebración de este Acuerdo, por medio del cual ambos países se comprometen a crear un adecuado marco jurídico que permita el ejercicio de actividades económicas y profesionales, dentro de su territorio, a las personas antes mencionadas que, para los efectos del Acuerdo, se les llamará "dependientes". En este caso concreto, la figura de "dependientes" comprende a los cónyuges de funcionarios diplomáticos y consulares y a sus hijos solteros dependientes menores de 25 años.

Por consiguiente, el Acuerdo faculta a los "dependientes" de ambas Partes a ejercer su profesión o actividades remuneradas con el consentimiento del Estado receptor. Este consentimiento se realizará' a través de la autorización expresa del Ministerio de Relaciones Exteriores de dicho Estado receptor y se sujeta al cumplimiento de la legislación correspondiente de dicho Estado.

Las disposiciones de este Acuerdo no contravienen nuestra legislación nacional, se ajustan a la normativa convenida en acuerdos anteriormente firmados por Nicaragua sobre esta misma materia, se aplicará en condiciones de reciprocidad y las Partes velarán por el cumplimiento de sus respectivas legislaciones internas para el ejercicio de las actividades remuneradas que de él se deriven.

Finalmente, para que el Acuerdo entre en vigor, es necesario el cumplimiento de los requisitos establecidos en los ordenamientos jurídicos internos de las Partes para la celebración de tratados internacionales.
IMPACTO PRESUPUESTARIO

Mediante la aplicación de este Acuerdo se permitirá el alcance de la estabilidad socio-económica de los funcionarios diplomáticos y sus "dependientes" y se beneficiará al Estado receptor con el intercambio de experiencias y conocimientos que se puedan derivar.

Este Acuerdo contribuirá al desarrollo personal, psicológico y emocional de los "dependientes", a su realización plena como individuos y a la estabilidad familiar, especialmente para las familias de aquellos funcionarios de menor rango en el escalafón diplomático.

La puesta en práctica de este Acuerdo no contempla inversión por parte del Gobierno de Nicaragua y no crea compromisos económicos y financieros para Nicaragua.

Bajo las condiciones mencionadas anteriormente, y con fundamento en el numeral 12) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89 párrafo 5to. numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a la consideración de la Asamblea Nacional, la "Iniciativa de Decreto de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Chile sobre Autorización para el ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, técnico y administrativo de las misiones diplomáticas y representaciones consulares" suscrito en Managua el 22 de febrero del dos mil once.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión del Exterior.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

En la misma Orden del Día No. 1, Punto 2.71: LEY DE INCENTIVO, FOMENTO Y DESARROLLO GANADERO.
Managua, 15 de abril de 2009.



DOCTOR
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL
SU OFICINA.

Doctor Navarro:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional, le remito el Proyecto de Ley de Incentivo, Fomento y Desarrollo Ganadero, para que por su digno medio sea presentada ante el Plenario de la Asamblea Nacional y de conformidad con los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y de los artículos 14 inciso 2, Arto. 90, 91 Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, se le brinde el trámite de ley correspondiente.

Adjunto al presente las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Ley y Exposición de Motivos.

Atentamente,

MAXIMINO RODRÍGUEZ M.
DIPUTADO PLC



Managua, 15 de Abril de 2009.


Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional, y con fundamento en el Arto. 138 inc. 1 y 140 Inc. 1 de nuestra Constitución Política y del Art. 14, numeral 2) y 91 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, le remitimos el Proyecto de Ley de Incentivo, Fomento y Desarrollo Ganadero, para que por su digno medio sea presentada ante el honorable Plenario de la Asamblea Nacional y se le brinde el trámite de ley que corresponde.

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, adjuntamos al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Ley y solicitud debidamente firmada por el suscrito.

Antecedentes y Justificación en el Sector Ganadero
Nicaragua principal comercializador de carne en Centroamérica


Desde los tiempos de la colonia, a Nicaragua se le había asignado el rol de país productor de ganado. Desde la Capitanía General de Guatemala, la aristocracia dominaba el comercio agrícola y Nicaragua debía vender obligatoriamente su ganado a precios fijados muy por debajo de su valor real.

Tras la independencia en 1821, la disponibilidad de mano de obra y las leyes altamente discriminatorias respecto del acceso de la tierra, garantizaron el poder del latifundio ganadero, que más tarde, entre 1920 y 1950 fue suplantado por la incorporación a la producción de inmensas extensiones cafetaleras; el esquema productivo de las haciendas bananeras y el boom algodonero promovieron una rápida expansión del comercio externo y ulteriormente incursionó en operaciones financieras, comerciales e industriales.

En los años 60 y 70 fue cuando más creció la ganadería nacional. El sacrificio de ganado se incrementó en aquellos años en un 250%, pasando de 133 mil 500 cabezas sacrificadas en 1960 a 465 mil 500 en 1979. En esos mismos años, las exportaciones pasaron de 3 millones a 94 millones de dólares.

Actualmente el hato ganadero de Nicaragua es el más grande de la región. Cerca de 6 millones de manzanas están dedicadas a esta actividad y según el último censo ganadero se aproxima a los 3 millones de cabezas. Sin embargo, con la extensión del hato, la Comisión Ganadera Nacional (CONAGAN), estima que éste no es menor a los 4 millones de cabezas (2 millones por debajo de la capacidad productiva del país).

Hato nicaragüense libre de enfermedades

Algunos elementos importantes son la ubicación geográfica y la sanidad de los hatos, que convierten la ganadería nicaragüense en una ventaja en relación con la de otros países.

Nicaragua, Australia y Nueva Zelanda son los únicos países ganaderos del mundo que en su historia no han sufrido ninguna de las dos peores enfermedades que afectan al ganado: la fiebre aftosa y la encefalopatía bovina, popularmente conocida como enfermedad de las “vacas locas”.

Mercado internacional demanda carne nicaragüense

La ganadería nicaragüense constituye uno de los rubros claves de exportación y representa dentro del Producto Interno Bruto, la actividad más importante de la economía nacional; aporta más del 30% del Producto Interno Bruto Agropecuario y aproximadamente un 10% del Producto Interno Bruto nacional, todo esto estimulado por los mercados de destino.

Centroamérica y Estados Unidos han sido los mercados tradicionales de la carne y el ganado en pie de Nicaragua, aunque Puerto Rico es también un importante comprador. Sin embargo, se han ido sumando otros países, ya sea porque se han firmado nuevos Tratados Comerciales con algunas naciones como Taiwán, o porque otros mercados están demandando el producto nicaragüense. La demanda internacional está creciendo y se han ido sumando a la lista de compradores Japón, Venezuela y Corea.

Nicaragua es el principal exportador de carne bovina de la región (US$300 millones en carne y ganado en pie en el 2007) seguido por Costa Rica (A septiembre del 2007 había exportado 8,5 millones de toneladas métricas, a un valor FOB de US$22,8 millones) y Honduras (cerca de 300 toneladas métricas). En el 2007 la exportación de carne industrializada se acercó a los 230 millones de dólares y la venta de ganado en pie sobrepasó los 40 millones de dólares, registrando un 11% de crecimiento en comparación al 2006.

Plantas procesadoras están certificadas por la FDA

En 1954 Nicaragua fue certificada para exportar a Estados Unidos, lo que la convirtió en el primer país de Latinoamérica en poder comercializar carne a ese país.

Con la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (TLC), durante los últimos cuatro años, el sector ganadero nicaragüense reflejó un crecimiento promedio de 8.4% anual en las exportaciones; ello fundamentado por la evolución en su tecnología, ya que en Centroamérica es el único país que cuenta con cinco plantas procesadoras de carne completamente equipadas, certificadas por el Departamento de Drogas y Alimentos de Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés).

Según cifras oficiales del Centro de Trámite de las Exportaciones (CETREX), Nicaragua sacrifica anualmente más de 500.000 cabezas, de la cual exporta a Estados Unidos un tercio de la producción, cifra que supera el doble del hato que tiene Costa Rica, cuyo sector de ganadería ocupa el segundo lugar en la región. Según fuentes relacionadas con el sector, este logro está basado en el sacrificio que asume un gremio que no dispone de financiamiento y que pese a muchas adversidades sigue manteniendo un crecimiento sostenido en la economía nacional y su expectativa es crecer a mejores tasas gracias a una mayor apertura del mercado estadounidense.

Hato Ganadero en peligro de reducción

La ganadería, con mayor presencia en el Atlántico, Centro y Norte del país, ocupa el primer lugar del subsector pecuario y genera, los 365 días del año, más de 600 mil empleos directos e indirectos.

El sistema de producción nicaragüense permite que unos 500 mil terneros sean destinados a la exportación de ganado en pie y a la producción de carne.

Las exportaciones de carne bovina han pasado de 110 millones de dólares en 2004, a 147 millones de dólares en 2006 y más de $200 millones el año 2007, según las estadísticas del Banco Central de Nicaragua (BCN) y el CETREX.

Las exportaciones de ganado en pie crecieron de 36.8 millones de dólares a 43.4 millones de dólares en 2005, y bajaron a 39 millones de dólares en 2006 y para el 2007 subieron el nivel, sobrepasando los 40 millones de dólares.

Organizaciones que aglutinan al sector ganadero señalan la existencia de anomalías en la salida de ganado en pie y el peligro de que se reduzca el hato. Si no se cumplen las regulaciones para exportar podría provocar que el país pase de ser un gran productor y fuerte exportador, a un importador de ganado.

Asimismo, desde que se formó el IFAGAN los ganaderos han sido esquilmados, los mataderos han utilizado una política indebida de no pagarles el ganado en canal caliente en su totalidad, lo cual no motiva a los ganaderos a la producción y desarrollo del mismo.

Beneficios de las exportaciones favorecen a pocas empresas

En Nicaragua existen 467 mataderos municipales y rastros rurales que se dedican a la matanza artesanal y están localizados en los pueblos y comunidades de todo el país. Por otro lado, en todo el país únicamente hay 5 mataderos industriales: Industrial Comercial San Martín, Nuevo Carnic, Macesa, Novaterra y Ganadería Integral VIZ Nicaragua, siendo los únicos autorizados para exportar a Estados Unidos y cuya producción está destinada a cubrir las demandas internacionales.

A la cabeza de las exportaciones de carne bovina en Nicaragua está Industrial Comercial San Martín, fundada en 1975 y de capital nacional. Su planta está capacitada para procesar 14.083 cabezas de ganado mensuales. Debido a que en el resto de los países centroamericanos son deficitarios en su producción de carne, Matadero San Martín proyecta exportar carne a Costa Rica a inicios del próximo año.

El Nuevo Carnic, que ocupa el segundo lugar en exportación, tiene alrededor de 45 años de existencia y ha pasado por diversas etapas empresariales. En la actualidad se procesan 450 cabezas diarias y está en marcha un proceso inversionista para subir a 600 cabezas al día. Destina el 80% de su producción al mercado internacional; abastece a Estados Unidos, Japón, Puerto Rico, Guatemala, El Salvador y Costa Rica, pero el que más carne compra es Estados Unidos en un 75%. El otro 20% queda en el mercado nacional.

La carne es uno de los productos que gozan de cuotas relativamente favorables dentro del TLC. La mayoría de los mataderos son de intermediarios privados, quienes en su mayoría, son los que tienen autorización para exportar, cuentan con tecnología moderna y tienen certificación para penetrar nuevos mercados y asegurarse aquellos donde ya han ingresado; por lo que los principales beneficios de las exportaciones favorecen, sobre todo, a estas empresas; muy pocos son los mataderos que reciben ayuda económica del Estado.

Sector ganadero requiere $400 millones para el ciclo 2008-2009

Los problemas que enfrenta el sector son muchos, entre otros, la fuerte baja de los precios internacionales que disminuye los márgenes de rentabilidad; el fuerte endeudamiento con el sistema financiero y los altos costos de producción relacionados con altos intereses bancarios; altos costos de combustible y energía eléctrica; el bajo nivel tecnológico.

El sector ganadero está demandando al gobierno que proceda a reglamentar el recién creado Banco de Fomento, conformando su Consejo Directivo para avanzar en la formulación de las políticas crediticias para el ciclo 2008-2009 y de esta manera revolucionar la actividad ganadera e impulsar el programa de retención de terneros y hembras en producción, para lo que se requiere de 400 millones de dólares. Piden al gobierno se destine a este Banco todos los recursos financieros que manejan el Fondo de Crédito Rural, el Instituto de Desarrollo Rural (IDR), y los fondos del Estado que maneja, hoy en día, la banca privada.

Al mismo tiempo, solicitan definir asistencia y transferencia tecnológica con las instituciones miembros del sector público agropecuario rural, entre los que se encuentran el Instituto Nacional Tecnológico Agropecuario (INTA), el MAGFOR, el IDR, FUNICA y la DEGECSA, que permita a los productores apropiarse de la tecnología ya aprobada a escala regional y prepararse técnicamente.

La iniciativa de CONAGAN de poner en práctica un Plan de Desarrollo Ganadero tiene como misión “Promover y desarrollar la actividad ganadera haciéndola moderna, competitiva y sostenible, económica, social y ambientalmente, en un marco de equilibrio" que se reflejaría en una buena producción, una mejor economía y mejor calidad requerida por el CAFTA.

Objetivos del Anteproyecto de Ley

El objetivo general de la presente iniciativa es el fomento de actividades competitivas de producción, distribución, adquisición y consumo de bienes y servicios ganaderos en el territorio nacional incentivando y promoviendo su participación en los mercados nacionales e internacionales que faciliten su consolidación y expansión.

Otro de los objetivos que persigue el presente proyecto es el aceleramiento de los procesos de innovación tecnológica (a través del acceso a dichos bienes) a lo largo de las cadenas y aglomerados productivos en los territorios rurales, así como el mejoramiento de las vías de acceso agroproductivas.
De igual forma pretendemos fomentar la diversificación de los mercados externos y facilitar los procesos de modernización e incremento de la competitividad de los mercados nacionales de bienes, servicios e insumos relacionados a la producción ganadera y la contribución a la reducción de la inseguridad alimentaria y nutricional de la población rural y urbana, con énfasis en los grupos vulnerables.
FUNDAMENTACIÓN:

Este proyecto de ley tiene su fundamento en el Arto. 99 de nuestra Constitución Política. El Estado es responsable de promover el desarrollo integral del país, y como gestor del bien común deberá garantizar los intereses y necesidades particulares, sociales, sectoriales y regionales de la nación y que de conformidad con el Arto. 80 de nuestra Constitución Política garantiza el derecho al trabajo como medio fundamental para satisfacer las necesidades de la sociedad, de las personas y es fuente de riqueza y prosperidad de la nación.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

Solicito a la Junta Directiva le dé el trámite que corresponde, y al honorable plenario, su discusión y aprobación.
Atentamente,
MAXIMINO RODRÍGUEZ M.
DIPUTADO PLC

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción Economía, Finanzas y Presupuesto.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Continuamos con la misma Orden del Día, Punto 2.92: LEY ESPECIAL PARA LA PROMOCIÓN DE LA REFORESTACIÓN Y SU APROVECHAMIENTO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 15 de Julio del 2010.


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:

Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 y 140 numeral 1) de la Constitución Política y de los artículos 14, numeral 2), 90, 91 de la Ley Nº 606, Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, presentamos esta iniciativa de ley denominada: LEY ESPECIAL PARA LA PROMOCIÓN DE REFORESTACIÓN Y SU APROVECHAMIENTO, para que sea considerada por este Poder del Estado y sea incluida en la agenda parlamentaria para su discusión y aprobación.
FUNDAMENTOS

Que al tenor de lo dispuesto en la Constitución Política de la República, la cual en sus disposiciones establece en el artículo 60 Cn. que: “Los nicaragüenses tienen derecho a habitar en un ambiente saludable; es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales”, así mismo el artículo…

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

…102 Cn. dispone que: “Los recursos naturales son patrimonio nacional. La preservación del ambiente y la conservación, desarrollo y explotación racional de los recursos naturales corresponden al Estado; éste podrá celebrar contratos de explotación racional de estos recursos, cuando el interés nacional lo requiera”. En otro sentido, la misma Constitución Política de la República establece que se garantiza el pleno derecho de las actividades económicas, sin más limitaciones que por motivos sociales o de interés nacional que impongan las leyes.

Esta iniciativa de ley que estamos presentando tiene como objeto promover, fomentar y desarrollar la cultura y el desarrollo del cultivo y producción de áreas aptas para la reforestación con bosques que contengan especies maderables con fines comerciales; así como promover la protección del bosque de regeneración natural que permita desarrollar un equilibrio entre las plantaciones desarrolladas por el hombre, debidamente certificadas, y las de regeneración natural, actividad que le corresponde a la autoridad competente.

En otro sentido se trata de fomentar la reforestación con el objeto de contribuir con la naturaleza y la conservación del medio ambiente y demás recursos naturales, producción de agua, oxígeno, preservación de especies en extinción o en peligro de extinción; además como un mecanismo o fuente de trabajo para los nicaragüenses del sector rural. Esta actividad debe ser vista como una actividad económica no tradicional que contribuya al desarrollo socio - económico de pequeños y medianos propietarios o poseedores de tierras aptas para la reforestación, recurso con pleno respeto a la integridad funcional y que a su vez sirva de aprovechamiento como fuente económico del productor del recurso natural.

Es importante destacar que la reforestación es la actividad cuyo proceso implica la renovación del recurso forestal debido a que cada vez es mayor el riesgo y la amenaza a la salud pública y el desarrollo socio económico de los nicaragüenses, por lo que a como se expresaba anteriormente la escasez de agua, el agotamiento de los suelos, la pérdida de los bosques, la contaminación del aire y del agua ponen en alto riesgo la existencia del ser humano en general y Nicaragua no escapa de este riesgo, pues hoy en día la mayor parte del territorio nacional está afectado por la deforestación inmisericorde.
Para los nicaragüenses, la reforestación debe ser un reto, que en la medida que la población va creciendo se va haciendo mayor la necesidad de viviendas, para lo cual se requiere madera, y para poder satisfacer esas necesidades todos debemos contribuir con el proceso de reforestación, pero debe brindarse un estímulo que permita motivar e incentivar la reforesta del país, de esa manera lograremos mejores niveles y calidad de vida. Para este tema se requiere de establecer los trámites, procedimientos y demás requisitos para realizar los trámites y gestiones que se requieran para la aprobación del aprovechamiento del recurso, al igual que para la inscripción en el Registro Forestal y el traslado del mismo.

La supervisión es parte esencial y le corresponde al INAFOR y a sus funcionarios cumplir con el proceso de supervisión y vigilancia, sin hacer simulaciones o actuar de forma coludida con los empresarios de la madera, asumiendo con auténtica responsabilidad la función pública y las obligaciones de su cargo, objetivo principal que debe estar orientado al cumplimiento de la obligación adquirida para la reposición del recurso forestal, el uso y disfrute del mismo al momento de la comercialización del mismo.

Al permitir la reforestación y la producción de materia prima para la industria terciaria, conllevaría a que se aminoren los gastos de producción y por ende el costo del producto ya terminado al cual se ha dado mayor valor agregado, para que posteriormente sea puesto a disposición de los consumidores finales, permitiendo que una vez puesto en el mercado local el costo del producto, esté al alcance del bolsillo de los nicaragüenses y la generación de nuevos empleos.

Otra ventaja que tienen los productores del recurso forestal es que lo que se encuentra ya establecido por ley sobre el aprovechamiento no comercial, lo cual permite que este sea usado por el dueño de la finca y exclusivamente para la misma. Se hace necesaria la reforestación para ir reponiendo los recursos que están siendo aprovechados, además de los bosques o plantaciones que después de un tiempo determinado ya han alcanzado su vida útil o que por desastres naturales se vean afectados.

Por todo lo antes expuesto, los suscritos Diputados sometemos a consideración de los miembros de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa de LEY ESPECIAL PARA LA PROMOCIÓN DE REFORESTACIÓN Y SU APROVECHAMIENTO que cumple con las formalidades correspondientes para su trámite, su dictamen y la correspondiente aprobación por el Honorable Plenario.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Siempre dentro de la Orden del Día No. 1, remitimos al Punto 2.95: LEY DE CREACIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCATIVO.

Managua, 15 de julio del 2010.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Los suscritos diputados de la Bancada de Unidad Nicaragüense (BUN), con fundamento en el inciso 1 del artículo 138, inciso 1 del artículo 140, de la Constitución Política; artículo 14, 90 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, por este medio presentamos para su discusión y aprobación del Plenario de la Honorable Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de LEY DE CREACIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCATIVO.

Adjuntamos la exposición de motivos, con tres copias y su soporte electrónico. Solicitamos se le dé el trámite de ley, y al honorable plenario la aprobación de este proyecto de ley.

Cordialmente,


Mario Valle Dávila Ana Julia Balladares

Juan Ramón Jiménez Guillermo Osorno Molina

Carlos Olivas Montiel Alfredo Gómez Urcuyo.


Managua, 15 de julio del 2010.


Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorable Señor Presidente:

Los suscritos diputados de la Bancada de Unidad Nicaragüense (BUN), con fundamento en el inciso 1 del artículo 138, inciso 1 del artículo 140 de la Constitución Política; artículo 14, 90 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, por este medio presentamos para su discusión y aprobación del Plenario de la Honorable Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de LEY DE CREACIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCATIVO.

Nicaragua adolece todavía de una cobertura tecnológica a nivel de zonas rurales y semi rural. Los bienes de la ciencia y la tecnología aún no llegan a las poblaciones más alejadas. El Presupuesto del Ministerio de Educación no da para crear kioscos tecnológicos en todo el país, por ejemplo. Mucho menos otras instituciones que tienen que ver con la ciencia y la tecnología, como el INATEC y la CONICIT.

No existe pues, una entidad que dé respuesta concreta a necesidades tan urgentes como la de llevar la tecnología de la comunicación a todos, sin excepción.

La presente iniciativa de ley crea la institución llamada FONDO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCATIVO, y crea un aporte educativo ciudadano para financiar dicho fondo.

Esta iniciativa de ley amplía el ordenamiento jurídico que rige la educación nicaragüense.
FUNDAMENTACIÓN

La Constitución Política de Nicaragua, establece en el Arto. 58 “Los nicaragüenses tienen derecho a la educación y a la cultura”. Este enunciado general debe ser concretado hasta el punto de que cada ciudadano cuente con instrumentos técnicos de real acceso a los bienes culturales y esto solo se logra brindándole las oportunidades de su desarrollo.

La Carta Magna, en el Capítulo Educación y Cultura, afirma que “la educación es factor fundamental para la transformación y el desarrollo del individuo y la sociedad” (116 in fine Cn).

Pero, nuevamente, ¿cómo es que la educación es factor de desarrollo para el individuo y la sociedad? sólo cuando este individuo dispone de modo inmediato de los adelantos de la tecnología que le permitan hacer más fácil su propio desarrollo y consecuentemente se involucre en los cambios de su comunidad.

La presente iniciativa de ley permitirá:

Promover la utilización de las Tecnologías de la Información en Comunicación (TIC), aplicadas a la educación, lo que verdaderamente la ubicará como un factor de desarrollo.

Asimismo, contribuirá a eliminar el empirismo en la educación porque va a promover la formación a distancia, la formación de la educación inicial, de la educación técnica, así como la promoción de la educación virtual.

Va a crear infraestructura de desarrollo al permitir disponer de módulos de paneles solares en las escuelas que no tengan acceso a la energía eléctrica.

Sigue afirmando el texto constitucional:

“Se fundamenta en nuestros valores nacionales, en el conocimiento de nuestra historia; de la realidad; de la cultura nacional y universal y en el desarrollo constante de la ciencia y de la técnica…” (117 in fine Cn).

Aquí se menciona el desarrollo constante de la ciencia y la técnica como fundamento de la educación y la cultura. Ciencia y técnica son dos conceptos correlativos con los de razón y práctica; en tanto la ciencia nos proporciona los datos de la verdad de los fenómenos naturales y sociales, sus leyes y categorías, la técnica le proporciona al hombre las herramientas operativas para que aplique en el trabajo diario, aquellas verdades.

De nada sirve construir un gran aparato estatal que persiga la mayor cobertura educativa, si los aprendizajes se quedan en la especulación, divorciada de la vida.

La educación tecnológica o educación con ayuda de la tecnología, es un presupuesto básico para el desarrollo. Hablamos de educación en sentido amplio, no sólo en el de la educación formal. Aquí estamos hablando de disponibilidad de teléfonos celulares, internet y cualquier otra terminal de telecomunicaciones, que se convierta en herramienta de desarrollo.

Por eso es que, el legislador constituyente, en su visión previsora declara: “Es deber del Estado formar y capacitar en todos los niveles y especialidades al personal técnico y profesional necesario para el desarrollo y transformación del país.” (119, 2do párrafo Cn).

Este presupuesto va más allá de cuatro paredes, alude a la formación mediante la capacitación y habilitación permanente de personas. Es pues, urgente, contar con una institución que se ocupe de la dotación de los instrumentos tecnológicos necesarios para lograr ese desarrollo de los recursos humanos que transformen el país.

En este sentido, la presente iniciativa de ley propone la creación de un FONDO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCATIVO, el cual, se financiará con la creación de un aporte educativo ciudadano de medio centavo dólar a las llamadas a celulares, tal como ya se ha establecido en otros países.

Este organismo descentralizado del Estado, deberá asegurar que en un futuro cercano cada maestro rural cuente con una computadora, que los productores tengan acceso a Internet, a través de la cual se capaciten de manera ágil en la inseminación artificial, en la aplicación de herbicidas, en el secamiento y empaque de sus cosechas, etc.

El legislador constituyente no estaba alejado de la realidad cuando postuló: “Los adultos gozarán de oportunidades para educarse y desarrollar habilidades por medio de programas de capacitación y formación.” (Arto. 122 primer párrafo Cn).

El FONDO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCATIVO está pensado entonces, como una entidad que mediante la dotación de las herramientas tecnológicas a destinatarios vinculados con la educación y la producción en las zonas rurales y alejadas, cumplirá ese presupuesto constitucional de formar y capacitar a adultos para que estos sean realmente agentes de su propio desarrollo y de sus comunidades y paralelamente, se convierte en un pivote curricular para el Ministerio de Educación, que tendrá la oportunidad de capacitar a sus maestros en todos los rubros o ejes programáticos que necesite.

Asimismo, desde la óptica del sector privado o empresarial, esta visión sería una oportunidad para crear un clima de negocios o más bien de hacer negocios.

Por otra parte, La ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales (TELCOR), Ley 200, en su Arto. 2 numeral 3 establece como una de sus funciones:

“Garantizar y promover la extensión de los servicios de Telecomunicaciones y Servicios postales en las áreas rurales”. 9) Proteger el derecho inalienable de los usuarios al acceso de los servicios”, del mismo Arto. 2.

El legislador derivado, también se adelantó a esta visión de desarrollo al asignarle a TELCOR que garantice los servicios tecnológicos en las zonas rurales, que es precisamente la zona de preocupación de nuestra iniciativa de ley.

En los artículos 10 y 17 de la misma Ley 200, se define el tipo de servicio que es la telefonía celular, considerándolo como de interés general:

“Arto 10. “Los servicios de interés general son aquellos que sin ser servicios públicos esenciales, son ofrecidos al público bajo esquema tarifario aprobado por TELCOR o se les puede permitir libertad de contratación con el usuario. En cualquier caso deben ser ofrecidos en condiciones de igualdad, regularidad y continuidad”

“Arto. 17. “La Telefonía Celular es un servicio de interés general, su licencia se otorgará a través de un proceso de licitación pública”.

SÍNTESIS DE LA INICIATIVA

La iniciativa establece que el FONDO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y EDUCATIVO “Es un organismo autónomo descentralizado, técnico y especializado, de duración indefinida, adscrito a la Presidencia de la República, con autonomía organizativa, funcional y programática, administrativa, financiera y de gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con jurisdicción nacional para ejercer las funciones que se le confieren en la presente ley”. Esto es así porque el desarrollo tecnológico y correlativamente la educación no son intereses privados, sino una función indeclinable del Estado. Entonces, EL FONDO nacerá como un Ente Descentralizado, bajo la rectoría sectorial de la Presidencia de la República, de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Reforma y Adición a la Ley 290, Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo, Ley 612, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 20 del 29 de enero del 2007.

Se establece un Consejo Directivo, presidido por un Presidente Ejecutivo, nombrado por el Presidente de la República, como el órgano de administración del Fondo.

El otro acto creador de la iniciativa es el de establecer un aporte educativo ciudadano de cinco milésimas por cada minuto aire consumido por llamadas a celulares en las modalidades de post pago y planes corporativos. Las empresas que ofertan servicios de telefonía celular, retendrán este aporte y lo remitirán a la Tesorería General de la República.

Debe hacerse hincapié que no se trata de un aumento en las tarifas de telefonía celular. En este sentido, la presente ley no altera en nada las atribuciones que la Ley 200 le establece a TELCOR como ente regulador de la materia tarifaria. El medio centavo equivalente numéricamente a cinco milésimas de dólar (US0.005) es un aporte especial que lo pagará el cliente por cada minuto consumido de telefonía celular.

Esta pequeña fracción permitiría recaudar anualmente alrededor de 16 millones de dólares, lo cual es un FONDO importantísimo para hacerle frente a las políticas de desarrollo tecnológico y educativo que persigue la presente iniciativa de ley.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuamos en el Orden del Día Nº 1, Punto 2.99: LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO A LA IGLESIA DE QUEZALGUAQUE.
Managua, 7 de Octubre del 2010.


Dr. Wilfredo Navarro.
Diputado
Primer Secretaría
Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Dr. Navarro.

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política y Artículo 14 Inc. 2,90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa denominada; “Ley que Declara Patrimonio Histórico a la Antigua Iglesia de Quezalguaque”, para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley. Acompaño a la presente las copias de ley y el debido soporte electrónico.


Sin más a que referirme, nos es grato reiterarle nuestras mayores muestras de aprecio y consideración.

Atentamente,


Filiberto Rodríguez Edwin Castro Rivera
Diputado Diputado
Bancada Alianza F.S.L.N. Bancada Alianza F.S.L.N.
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Gladis Báez José Ramón Sarria
Diputada Diputado
Bancada de la Alianza F.S.L.N. Bancada de la Alianza F.S.L.N.
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Diputado
Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos Diputados, ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política y Artículo 14 Inc. 2,90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley, la presente iniciativa de Ley denominada; “Ley que Declara Patrimonio Histórico a la Antigua Iglesia de Quezalguaque”.

La Constitución Política de Nicaragua establece queEl Estado protege el patrimonio arqueológico, histórico, lingüístico, cultural y artístico de la nación - Arto. 128.”- Este principio constitucional está legislado mediante la Ley No. 1142, Ley de protección al Patrimonio Cultural de la Nación, y sus reformas, publicadas en La Gaceta, Diario Oficial No. 97 del 29 de abril de 1982 y las reformas mediante Decreto No. 1237, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 88 del 19 de abril de 1983, establecen el deber del Estado y sus instituciones velar por la protección de los bienes culturales que conforman el patrimonio histórico, cultural y artístico de la nación, y la Asamblea Nacional mediante ley debe institucionalizar el estatus quo de los bienes nacionales que tienen valor patrimonial por su antigüedad, historia y tipología arquitectónica como es el caso de la ”.


FUNDAMENTACIÓN:

UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LA IGLESIA QUEZALGUAQUE.-

La iglesia de Quezalguaque, está ubicada a unos 15 minutos de la ciudad de León, carretera al departamento de Chinandega. En la actualidad tiene una extensión territorial de 44 Km2, siendo uno de los municipios más pequeños del departamento de León. Cuenta con su distribución territorial con doce comarcas (villas) filiales que están dedicadas en su totalidad a la virgen María bajo distintas advocaciones (Pedro José Escoto Espinal, año 2005, pág. 1).-

Valor Histórico por su antigüedad.

Según la Historia, el poblado Quezalguaque era un asentamiento indígena hermano del pueblo de Subtiava, centro indígena de gran prestigio durante la colonia. Existe una gran similitud en el frontispicio del templo de Quezalguaque y lo que fue el templo de Veracruz (Subtiava), con esto se establece su antigüedad (siglo XVII), a la vez que demuestra que este templo es de la época colonial e indígena.

Pero la de mayor importancia en el momento en que la ciudad de León se traslada de su antiguo lugar de asentamiento en las orillas del Lago Xolotlán, a su actual sitio en 1610.

Según Real cédula de Doña Mariana de Austria dirigida a don Diego Rodríguez Meléndez, en 1673, pide que se agregue a su jurisdicción los pueblos de Telica, Quezalguaque, Posoltega y Posolteguilla, este era el regidor de Subtiava. De los tres pueblos (Telica, Quezalguaque, Posoltega) es Quezalguaque quien mantiene el templo parroquial en su originalidad (Tejas, paredes de adobe, altares, y frontis). Un dato importante dentro de la historia de nuestro pueblo de Quezalguaque es el hecho de 1703, año de la muerte de Rodríguez Meléndez, quien dejó para la iglesia de nuestro lugar, parte de su tesoro, no sabemos qué fue lo que dejó, pero con ese dato aseguramos que nuestro templo estaba ya en pie en el año 1700.

La devoción a la virgen María de los Remedios nace en el momento en que España lucha contra los musulmanes, ella, La Virgen es el Remedio que nos ofrece Jesús, su hijo, como verdadero auxilio y Salvador. En Nicaragua el Santuario de Nuestra Señora de los Remedios ha hecho posible el descubrir la presencia de la Virgen en el acontecimiento histórico de un pueblo humilde, que no lucha contra musulmanes, sino contra todo aquello que aparta al hombre de la amistad con Dios.

Tradiciones religiosas vinculadas a la historia de la Iglesia.

Tradición de la llegada de la imagen de la Virgen de los Remedios a Quezalguaque:

En 1610 los habitantes de la ciudad de León se trasladaban de su antiguo lugar al sitio que actualmente ocupa. El poblado de Quezalguaque se comunica por el río con el pueblo indígena de Subtiava, teniendo un camino de tránsito que por mucho tiempo se ha usado y a la vez se usa, el de la zona de Avangasca, esta ruta es segura ya que en 1820 el sacerdote de Subtiava organizaba una peregrinación al templo de los remedios.

Pues bien cuenta la tradición que un grupo de personas que se dirigían al puerto de El Realejo eran dueños de una imagen de la Virgen María en la advocación de los Remedios, estos señores descansaron en la ribera del río, junto a un pozo de agua con un manantial limpio que le dio agua para tomar y calmar la sed, pasaron la noche en ese lugar y al día siguiente siguieron su camino.

Cuando habían caminado ya un trecho necesario para el descanso, se dan cuenta que en el nicho de madera en el que transportaban a la virgen, no se encontraba la imagen de la Señora, hacen viaje al lugar donde descansaron anteriormente y junto al pocito encuentran la imagen de la Virgen María, la toman en brazos y siguen su camino, por la noche deciden descansar cerca de una comarca que actualmente se llama Boquerón, Los Zanjones, al día siguiente deciden proseguir el camino y se dan cuenta que la imagen de la virgen no está con ellos, se regresan a buscarla y nuevamente la encuentran en el pocito, y así sucede una tercera vez, llegando a la conclusión que la Virgen se enamoró del lugar y desde ese momento la presencia de la Virgen de los Remedios acompaña a sus hijos de Quezalguaque.

El día 18 de cada mes, los feligreses acuden al santuario, de allí se dirigen en grupos al pozo, para traer agua, al regresar al templo participan de la Eucaristía, al final de la cual bendicen el agua y se ofrece una oración por la salud de los enfermos, después sale por las calles del pueblo en procesión solemne la imagen de la Virgen de los Remedios, transportada en manos de los fieles, durante el recorrido cada peregrino tiene la oportunidad de cargar la imagen, culminando con la bendición final en el templo.

La celebración principal de cada año inicia el 8 de febrero, con el novenario que nos prepara para su solemne celebración del 16 de febrero: con la bajada de la imagen de su camerino, dando inicio a los días grandes de las fiestas 16,17 y 18 de febrero.

El 17 de febrero: procesión del santuario al pozo, donde inicia la historia del pueblo. Por la noche la alborada la serenata y la diana al amanecer.

El 18 de febrero: se celebra la misa principal, por la tarde, y culminan las fiestas con la celebración de la octava el 25 de febrero, con la subida de la imagen a su nicho.

–Hasta aquí la cita-.

Importancia en su declaración.- Es importante que el Poder Legislativo institucionalice mediante ley el estatus de patrimonio histórico vinculado directamente a la histórica política, económica y social de Nicaragua.

Estos aspectos son importantes, para que sean considerados por todos y todas las Diputadas de la Asamblea Nacional para que apoyen en su proceso de formación de ley, su trámite expedito en la remisión a la respectiva comisión, un Dictamen Favorable y aprobación de la “Ley denominada; Ley que Declara Patrimonio Histórico a la Antigua Iglesia de Quezalguaque, del municipio de Quezalguaque, Departamento de León”, la que no se opone a la Constitución Política, ni a los interés es del Estado nicaragüense.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley, a la Comisión, de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social.

Se suspende la sesión y continuamos el día de mañana.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.










































PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días para todos y todas, vamos a iniciar sesión, faltando un cuarto para las diez de la mañana, pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria, que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
(25 mayo de 2011).

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
RODOLFO JOSÉ ALFARO GARCÍA
LUIS ULISES ALFARO MONCADA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
CARLOS SALOMÓN GARCÍA BONILLA
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
RAMÓN ANTONIO MACÍAS LUNA
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
ÓSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
CARLOS ANTONIO NOGUERA PASTORA
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
NÁSSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
MARIO VALLE DÁVILA
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Muy buenos días compañero Presidente, estamos presentes 47 diputados y diputadas, por tanto hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum 001, Punto V. DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE PERSONALIDADES JURÍDICAS. Punto 5.56: ASOCIACIÓN UNIDAD NACIONAL DEL ADULTO MAYOR.

Le pedimos al Presidente o al Vicepresidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, la lectura del Dictamen. Diputado Filiberto Rodríguez.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:
DICTAMEN

Managua, 05 de mayo del 2011.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN UNIDAD NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, la que se abreviará (UNAM), con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por la Diputada ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ, en la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de noviembre del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Aunar el esfuerzo de todos los asociados para que a las personas de la tercera edad se les reconozca y respeten sus derechos sociales tutelados bajo la legislación nicaragüense y el derecho internacional.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: PORFIRIO GARCÍA RAMÍREZ, Vice-presidente, LEONILA ALMA MARÍA ZAPATA, Primer Vocal, ANTONIO FANOR ROJAS SANDINO, Segundo Vocal, BARTOLOMÉ GUEVARA MATUTE, Tercer Vocal, ALEJANDRO CÉSAR SOLÍS TORRES.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN UNIDAD NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, la que se abreviará (UNAM),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRÓN FILIBERTO RODRÍGUEZ L.
PRESIDENTE VICE – PRESIDENTE

MIGUEL ROSALES ÉLIDA M. GALEANO
VICE-PRESIDENTE MIEMBRO

VÍCTOR DUARTE ARÓSTEGUI JOSÉ A. MARTÍNEZ
MIEMBRO MIEMBRO

JENNY MARTÍNEZ GÓMEZ CARLOS LANGRAND
MIEMBRO MIEMBRO

SALVADOR TALAVERA A. ENRIQUE QUIÑÓNEZ T.
MIEMBRO MIEMBRO


Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos a la discusión en lo general.

Diputado Salvador Talavera, tiene la palabra.

DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:

Muchas gracias, Presidente.

Solamente para que conste en el Diario de Debates; me ha llamado mucho la atención todo lo que se ha dicho alrededor de esta personería jurídica que han demandado los adultos mayores, quienes con todo el derecho que la ley les confiere deberían de haber tenido esta aprobación desde hace mucho tiempo, sin embargo ha quedado la impresión como que los irresponsables hemos sido los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, pero la verdad se tiene que decir aquí delante todo el plenario y es que muchas veces los notarios de este país son un tanto irresponsables, porque a la hora de que elaboran el Acta Constitutiva, que es un requisito que se exige para poder darle el debido trámite para su aprobación en los dictámenes que se elaboran en la comisión, ésta deben de venir claramente con cada una de las diferentes formalidades que ahí se exigen y si hay una observación, simplemente se tiene que mandar a subsanar.

Les pedí a los miembros que dictaminan normalmente, a los que revisan el tecnicismo de estas ONG en la Comisión de Defensa y Gobernación, y se me dijo que no es cierto que tenga tres años, tan solo se introdujo en mayo del año pasado, en marzo de este año se mandaron a subsanar varias observaciones y no es correcto que se pretenda señalar como que el personal técnico de la comisión es irresponsable ni tampoco que los miembros no hemos sabido atender las demandas de los adultos mayores, que le echen el clavo al notario que les hizo esa Acta Constitutiva. Por tanto pido a los colegas que aprobemos esta ONG, pero que en el futuro evitemos este tipo de situaciones, que los notarios manden a pedir cuál es cada uno de los requisitos y démosle la debida respuesta para que los cumplan a fin de que no exista ningún tipo de problema.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Víctor Hugo Tinoco, tiene la palabra.

DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO:

Gracias, Presidente.

Solo quiero decir que creo que en la historia de este Parlamento es la primera vez que para demandar una personería jurídica, se ha dado un tipo de movilización de calle de esta magnitud, y éso es bueno, ¿verdad? Espero que los adultos mayores, quienes tienen todo nuestro respaldo, puedan tener esa misma energía para el segundo paso que es precisamente, lograr las pensiones mínimas y ojalá que a este tema le encontremos una salida por lo menos provisional, mientras se discute hasta el próximo año, porque el Gobierno no quiere discutirlo este año. O sea, que logren las pensiones mínimas que es su objetivo de fondo. Los felicito porque están dando una demostración de civismo, de defensa de sus derechos, pero además los insto a seguir demandando a lo inmediato respuesta a su demanda básica, “pensión mínima”.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Alejandro Ruiz, tiene la palabra.

DIPUTADO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Si gracias, señor Presidente.

Creo que no hay que interpretar que las demandas y las movilizaciones que están efectuando los adultos mayores, las que están haciendo con mucho civismo se relacionan sólo al hecho de que se esté atrasando o no esta personería jurídica, ellos andan haciendo reclamos integrales, están haciendo sus reclamos al Seguro Social y han aprovechado su movilización para también presionar y agilizar su personería jurídica aquí en la Asamblea Nacional, asimismo para pedir el respaldo a muchas de sus demandas. Además, con mucha razón y principios nos están dando una muestra de civismo, ya que siendo nuestros adultos mayores, andan luchando por sus reivindicaciones, a las que tienen derecho, porque se las han ganado con el trabajo y todavía no han podido conseguir un cien por ciento de lo que ellos consideran justo.

Así que, la presión no es sólo por esta personería, porque en la primera movilización me reuní con ellos y les prometí en dos semanas y en ese período estaba el Dictamen, para ello donde hemos trabajado en la comisión liberando muchos tecnicismos de una escritura mal redactada, todo eso se superó y este Dictamen está aquí. De manera que la presión no ha sido sólo para la Asamblea Nacional, sino también para dejarse escuchar a fin de que nosotros en el momento correspondiente tengamos que respaldarlos en sus demandas, como son las pensiones reducidas y otras cosas que consideran injustas dentro del sistema de seguridad social y lo están logrando. De forma que la lucha es integral, tanto ante el INSS, como el hacer presión para hacerse sentir aquí en la Asamblea Nacional.

Creo que habiendo eliminado los procedimientos para aprobarla así, es una buena respuesta que ha dado la Junta Directiva haber sacado esta personería que llegó en octubre del 2010. O sea, tiene unos cuantos meses de estar en la comisión, no tiene mucho tiempo, la comisión le dio la respuesta adecuada, igualmente la Junta Directiva se la está dando hoy, asimismo ese respaldo que está recibiendo del plenario al aprobarla este día. Así que, todos votemos por unanimidad para apoyarles en su personería jurídica.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Creo que este esfuerzo que están haciendo los adultos mayores en acudir a este Poder del Estado, hay que dimensionarlo correctamente, nuestros adultos mayores una vez que ellos adquieren esa mayoría de edad, pues obviamente aún son seres humanos con vitalidad, con energía y ellos no quieren ser una carga para sus familias, y desgraciadamente a los sesenta años no encuentran empleo y desgraciadamente a los sesenta años es cuando más las enfermedades están afectando a este sector etario y ellos nos explicaban que algunos que han logrado las setecientas cincuenta cotizaciones, pues, con lo que les da el INSS a través de sus pensiones logran solventar de alguna manera sus costos de manutención, sin embargo ellos estiman que el diez por ciento de estos más de quinientos mil adultos mayores son quienes gozan de este beneficio.

En este día quisiera decirles a todos los colegas que eventualmente nosotros vamos a ser adultos mayores y que por un momento tratemos de pensar que pasaría si ese día llega y no contamos precisamente con ese cheque para darnos ese sustento, únicamente pensamos en alimentación, pero también tenemos que pensar en el tema de la educación de ellos, por eso nuestra bancada apoyó, Presidente, en octubre del año pasado la aprobación de la Ley del Adulto Mayor y lo hicimos después de reunirnos con ellos y de sensibilizarnos, porque ellos nos explicaban las necesidades más apremiantes, ellos hablaban del transporte, son personas que tal vez no tienen un vehículo, pero si ocupan el bus, ocupan el taxi y con una pensión, los que la tienen, no les alcanza. Nos hablaban también del tema de las medicinas, aquí no es cierto que los hospitales tienen el presupuesto para darles medicinas a los más de quinientos mil adultos mayores. Entonces tenemos que hacer un esfuerzo integral, cuidar en primer lugar el INSS, porque éste es la fuente que les va retribuir de manera ordenada a ese diez por ciento de los adultos mayores que están reclamando, pero también deberíamos de proponernos en el corto plazo, ir incorporando una mayor cantidad de adultos mayores para que ellos no vivan ni en la indigencia ni se sientan que son un estorbo en su casa. Esta mañana Presidente, ellos están solicitándonos, casi clamando para que nosotros les otorguemos esa personería jurídica, porque ésta y su asociación les va a permitir que la Ley del Adulto Mayor, que fue aprobada por nosotros, de alguna manera aterrice esos beneficios que les otorgamos con toda la buena voluntad, el cariño y el respeto que sentimos a nuestros adultos mayores. Así que nuestro voto, señor Presidente, también es favorable en esta mañana.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Juan Ramón Jiménez, tiene la palabra.

DIPUTADO JUAN RAMÓN JIMÉNEZ:

Gracias señor Presidente.

En primer lugar, quiero agradecer a los miembros de la comisión por esta prioridad; en segundo lugar, a mis hermanos miembros de la Junta Directiva que hemos puesto en la mesa hoy la discusión de esta personería jurídica y en tercer lugar, quisiera hacer una reflexión.

Quizá allá al fondo, allá afuera tenemos adultos, pero también tenemos que reconocer al menos yo, ya soy un adulto, creo que toda una serie de iniciativas que vengan de esta personería jurídica, van a beneficiarse ellos, más asimismo me voy a beneficiar yo, porque ya estoy en la etapa del adulto mayor. Y considero que es importante también reflexionar sobre cuánta experiencia acumulada está ahí al fondo y cuánta experiencia acumulada está ahí afuera, es una lucha cívica y pienso que hay que reconocer en este hemiciclo esa rica experiencia acumulada de cómo hacer lucha y obtener resultados.

¡Felicidades!, hoy les va a salir su personería jurídica. Creo que es importante que aquí todos los diputados de las distintas bancadas al unísono, apretemos a una voz de sí, votemos apretando el botón para que salga hoy su personería jurídica.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos a la votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 5 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se prueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN UNIDAD NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, la que se abreviara (UNAM), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 7 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se prueba el artículo 1.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Si Presidente, es una cuestión legal, el artículo 21 de la Ley 147, Ley General de Personerías Jurídicas establece que la representación legal de las asociaciones, debe hacerse con base en lo que determinen primero su escritura de constitución y sus estatutos, en el artículo sólo se incluyen los estatutos, por tanto si la aprobamos así, los adultos mayores pudieran tener problemas en el Ministerio de Gobernación para su inscripción. De manera que propongo una modificación al artículo para que se lea:

“La representación legal, de esta asociación será ejercida en la forma en que determinen su escritura de constitución y sus estatutos.
Es lo que determina la Ley 147 y que no puede ser violentada mientras no la deroguemos.

Paso la moción para que se vote.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada que modifica el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 9 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 3 La ASOCIACIÓN UNIDAD NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, la que se abreviará (UNAM), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 9 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 7 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4 y con él se aprueba la Asociación Unidad Nacional el Adulto Mayor.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Remitimos a los honorables diputados a la Orden del Día Nº 1, Punto III. DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 3.10: LEY ESPECIAL DE REGULACIÓN Y CONTROL DE SALAS DE JUEGOS DE AZAR, CASINOS Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS.

Debemos recordar que el informe no está modificado, lo que se va a modificar es el articulado, éso debe quedar claro, porque es algo que no se dijo el día de ayer y a lo mejor éso provocó algunas interferencias. El Dictamen y los planteamientos que hicieron los diputados no se están modificando, lo que se está modificando es el articulado para adecuarlo a los ajustes que se le ha hecho después de once años que ha permanecido durmiendo la ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces el día de ayer aprobamos el Dictamen en lo general, ahora vamos a lo particular los que estén de acuerdo porque se discuta por capítulo, votan en verde, los que estén de acuerdo porque se discuta por artículo votan en rojo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.

40 votos a favor de que se discuta por capítulo, 18 de que se discuta por artículo 0 abstención, 13 presentes. Se da la discusión por capítulo.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO I

Del objeto, de las definiciones básicas y los principios

Arto. 1 Objeto.

La presente Ley tiene por objeto establecer las normas, procedimientos y requisitos básicos para la autorización, regulación, control supervisión y funcionamiento de los casinos y salas de juegos, los cuáles serán permitidos en el país para mejorar el entorno económico, promover la industria e infraestructura turística, generar empleos e incrementar la recaudación de ingresos del Tesoro Público de la Nación.

Arto. 2 Definiciones Básicas. Para el cumplimiento del objeto y fines de la presente Ley y sin perjuicio de otras definiciones básicas que se pudiesen determinar en el Reglamento de la misma, cada vez que aparezcan en ella los términos siguientes, deben de entenderse de la siguiente manera:

1. Juegos de apuesta: Son aquellos juegos en que se debe apostar para participar, cuyas reglas de funcionamiento determinan ganadores y/o perdedores; y cuyos ganadores obtienen un premio en dinero o valorable en dinero, previamente establecido de acuerdo con las reglas del juego.

2. Casino: Establecimiento en donde se operan máquinas tragamonedas, mesas de juego, apuestas sobre competencias deportivas y/o cualquier otro juego de apuesta incluido en el catálogo de juegos aprobado por la autoridad de aplicación. Estos establecimientos son autorizados, regulados y supervisados por la Autoridad de Aplicación, sometiéndose a las disposiciones generales, requisitos y procedimientos que establecen la presente ley, su reglamento y normativas correspondientes. Las categorías bajo las cuales operan los casinos, serán las que establezca la presente Ley.

3. Salas de Juegos: Establecimientos autorizados en los cuales se explotan comercialmente máquinas tragamonedas, Estos establecimientos son autorizados, regulados y supervisados por la Autoridad de Aplicación, sometiéndose a las disposiciones generales, requisitos y procedimientos que establecen la presente ley, su reglamento y normativas correspondientes. Las categorías bajo las cuales operan las salas de juegos, serán las que establezca la presente Ley.

4. Catálogo de juegos: Relación ordenada de juegos de apuesta cuyo funcionamiento se considera lícito dentro de un Casino y que son aprobados mediante Resolución por la Autoridad de Aplicación.

5. Máquinas tragamonedas: Toda máquina electrónica o electromecánica, cualquiera sea su denominación, que permita al jugador un tiempo de uso a cambio del pago del precio de la jugada en función del azar y, eventualmente, la obtención de un premio de acuerdo con el programa de juego correspondiente.

6. Contadores de Metros de Máquinas Tragamonedas: Dispositivo electrónico que tiene como función registrar todas las apuestas en billetes y monedas, los pagos y el registro acumulado.

7. Mesas de juego: Aquellos juegos en los que se utilice naipes, dados y/o ruletas sobre una mesa, que admita apuestas del público y cuyo resultado puede permitir la obtención de un premio en dinero o valorable en dinero.

8. Apuesta sobre competencias deportivas: Aquellos juegos en los que el participante realiza una apuesta sobre un evento futuro vinculado al desarrollo y/o resultado de una competencia deportiva.

9. Otro juego de apuesta: Cualquier juego de apuesta que no califique como máquina tragamonedas, mesa de juego o apuesta sobre competencias deportivas y que a criterio de la Autoridad de Aplicación debe incluirse en el catálogo de juegos.

10. Juegos prohibidos: A los juegos de apuesta no autorizados por la Autoridad de Aplicación o que a criterio de ésta, no garanticen la aleatoriedad, imparcialidad y seguridad en su desarrollo y resultado, o que por sus características de fabricación o uso puedan inducir o afectar a menores de edad u otros grupos vulnerables.

11. Normativa: A las disposiciones de carácter general que para la mejor aplicación de la Ley y el Reglamento dicta la Autoridad de Aplicación.

12. Operador: A la persona natural o jurídica autorizada que bajo Permiso de Funcionamiento opera uno o más casinos y/o salas de juegos.

13. Licencia de operador: Al acto administrativo emitido por la Autoridad de Aplicación de conformidad con la presente Ley y sus normas reglamentarias que faculta a un Operador a solicitar el Permiso de Funcionamiento de uno o más casinos y/o salas de juegos, con el fin de hacerlos funcionar bajo su cuenta y responsabilidad.
14. Permiso de Funcionamiento: Al acto administrativo emitido por la Autoridad de Aplicación de conformidad con la presente Ley y sus normas reglamentarias, que permite a su titular operar un casino y/o sala de juegos en un establecimiento físico determinado, cumpliendo de previo y de forma permanente con todos los requisitos y procedimiento que establece la presente ley, su reglamento y demás disposiciones normativas emitidas por la autoridad de aplicación.

Arto. 3 Principios.

La actividad de los casinos o salas de juegos y la acción del Estado en el control de estos se sustenta en los siguientes principios:

1. Los operadores de casinos y salas de juegos deben garantizar que las máquinas tragamonedas, mesas de juego u otros juegos de apuesta que exploten sean desarrollados con honestidad, transparencia y trato igualitario.

2. Las actuaciones de la Autoridad de Aplicación debe garantizar el cumplimiento y apego a las disposiciones que establece el ordenamiento jurídico vigente relativo a la materia de casinos o salas de juegos y servir a la protección del interés general, estableciendo y aplicando las medidas necesarias para que grupos vulnerables como los menores de edad no resulten afectados con el desarrollo de esta actividad.

3. Las decisiones de la Autoridad de Aplicación cuando creen obligaciones, califiquen infracciones, impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adoptarse dentro de los límites establecidos por la presente Ley y su Reglamento, manteniendo la debida proporción entre los medios a emplear y los fines públicos que debe tutelar, a fin de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido. Los costos generados como consecuencia de la autorización, regulación, control y supervisión de los casinos y salas de juegos, serán entera responsabilidad de los operadores.

4. Los casinos y salas de juegos deben formar parte de la oferta de servicios turísticos del país y por lo tanto su infraestructura deben cumplir con las condiciones mínimas de calidad y seguridad que fije la ley de la materia, la presente Ley, su Reglamento y las Normativas de carácter general que emita la Autoridad de Aplicación.

5. Todo juego de apuesta que opere en Nicaragua debe desarrollarse en un casino y/o salas de juegos, excepto aquellos que mediante Ley se encuentren expresamente regidos bajo otro régimen jurídico específico. Ante la duda respecto al régimen jurídico que debe aplicarse a un juego de apuesta, la Autoridad de Aplicación indicada en la presente Ley determinará si califica como un juego bajo el ámbito de aplicación de la presente Ley.

6. El funcionamiento de casinos y salas de juegos es una actividad permitida pero no estimulada por el Estado, en consecuencia, se considera justificado que el Estado pueda establecer medidas para evitar o contener la proliferación injustificada de casinos y salas de juegos o la inadecuada fiscalización de los mismos, pudiendo establecer medidas objetivas y razonables que regulen el ejercicio de la libertad de empresa en este sector con el propósito de garantizar el orden público, la seguridad pública y la protección de grupos vulnerables.

El Reglamento de la presente Ley así como las normativas que emita la Autoridad de Aplicación deberá tener en consideración los Principios antes mencionados.

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo I.

Observaciones al artículo 1.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 2.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 3.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo I.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO II

De la Autoridad de Aplicación y sus funciones

Arto. 4 Autoridad de Aplicación.

Para los fines y efectos de la presente Ley y su Reglamento, se determina como Autoridad de Aplicación al Instituto Nicaragüense de Turismo, por medio de su Consejo Directivo, y será la Dirección de Casinos y Salas de Juegos es la encargada de ejecutar cumplir y hacer cumplir la ley, el reglamento de la misma y todas las normas, disposiciones y regulaciones dictadas por el Consejo Directivo del INTUR.

Corresponde al Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Turismo resolver en segunda y última instancia administrativa todo recurso relativo a la materia de casinos y salas de juegos y en particular en lo relativo al procedimiento de autorización, supervisión, fiscalización y sanción administrativa vinculado al funcionamiento de los casinos y salas de juegos en el país.

Arto. 5 Creación de Dirección.
Créase la Dirección de Casinos y Salas de Juegos, dependencia que se constituye en una Dirección del Instituto Nicaragüense de Turismo. La Dirección de Casinos y Salas de Juegos está bajo las directrices de la máxima autoridad administrativa de la institución, cumpliendo las disposiciones emanadas por el Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR).

La Dirección de Casinos y Salas de Juegos deberá contar con el personal técnico especializado, los recursos técnico materiales suficientes y necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Los funcionarios encargados por parte de la Autoridad de Aplicación, en el ejercicio de sus funciones, deberán garantizar pleno respeto y observancia de las disposiciones contenidas en la presente Ley, su Reglamento y Normativas Generales, las que no podrán exceder lo establecido en la presente Ley.

El nombramiento del funcionario encargado con rango de Director de la Dirección de Casinos y Salas de Juegos lo efectuará el Ministro del INTUR y será ratificado por el Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Turismo, de acuerdo a las normas y procedimientos internos de dicha institución.

Arto. 6 De las funciones de la Autoridad de Aplicación.

Para los fines y efectos de la presente Ley y su Reglamento se establecen las funciones de la Autoridad de Aplicación, siendo sus funciones las siguientes:

1. Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y su Reglamento.

2. Otorgar, modificar o cancelar las Licencias de Operador y Permisos de Funcionamiento de Casino y Salas de Juegos.

3. Emitir normativas generales y disposiciones particulares de cumplimiento obligatorio por parte de los casinos y salas de juegos, para la mejor aplicación de la presente Ley y su Reglamento.

4. Aprobar y modificar el catálogo de juegos, así como las reglas que rigen cada uno de los mismos.

5. Evacuar consultas relativas a la interpretación y aplicación de las normas administrativas emitidas para garantizar el cumplimiento de las funciones de la autoridad de aplicación.

6. Actuar como depositario de las máquinas tragamonedas, juegos de mesa, otros juegos de apuesta y/o material de juego decomisado y ocupado como consecuencia de infracciones administrativas, comisión de delitos, faltas o cuando éstas fuesen decomisadas mediante resolución firme de autoridad judicial competente.

7. Solicitar a la Comisión de Destrucción la inmediata destrucción de las máquinas tragamonedas, juegos de mesa, otros juegos de apuesta y/o material de juego que hubiesen sido decomisados o cuya tenencia y explotación fueren prohibida por esta Ley, cumpliendo con los requisitos que la misma establece para tal fin.

8. Las demás que señale la presente Ley o su Reglamento.

Arto. 7 De las funciones de la Dirección de Casinos y Salas de Juegos.

Para los fines y efectos de la presente Ley y su Reglamento se establecen las funciones de la Dirección de Casinos y Salas de Juegos, siendo sus funciones las siguientes:

Arto. 8 Del Recurso Administrativo.

Toda persona que considere perjudicado su derecho, como consecuencia de cualquier acto o resolución emitida por la Autoridad de Aplicación en el ámbito de la presente Ley y su Reglamento, podrá hacer uso de los recursos administrativos, en los plazos y procedimientos establecidos en la Ley N°290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, Publicada en La Gaceta No. 102 del 3 de Junio del año 1998 y su reglamento.

En todo lo relativo a la materia de casinos y salas de juegos, en particular en lo referido a los procedimientos de autorización, fiscalización, determinación de infracciones y aplicación de sanciones vinculadas al funcionamiento de los casinos y salas de juegos, el recurso de revisión se interpondrá y resolverá ante la Dirección de Casinos y Salas de Juegos. En caso que cualquiera de las partes decidiere apelar de la resolución emitida como consecuencia del recurso de revisión interpuesto, la misma será susceptible de apelación, en un solo efecto, la cual será interpuesta ante la Dirección de Casinos en el plazo legal determinado y trasladado ante el Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense de Turismo, quien para efectos de la presente Ley y su Reglamento, resolverá como segunda y última instancia, agotándose así la vía administrativa.
Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 4.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 5.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 6.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 7.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 8.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo II, con todos sus artículos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO III

De los Casinos, Salas de Juego y de los Juegos de Apuesta

Arto. 9 Creación de Categorías.

Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ley y su reglamento, Créase las siguientes categorías de casinos y salas de juego:

En caso de dudas en lo relativo a la categoría a la que pertenezca un determinado casino y/o sala de juego, facúltese a la Autoridad de Aplicación para definir y determinar tal situación, con los correspondientes efectos legales que ello implica.

Arto. 10 Requisitos de infraestructura de los Casinos y Salas de Juegos.

Los establecimientos en los que se pretenda operar un casino o sala de juegos deben contar como mínimo con: instalaciones sanitarias diferenciadas para damas y caballeros con habilitación correspondiente para personas discapacitadas, sistemas contra incendios, de ventilación artificial, área de juegos para fumadores o alquilado, sala y sistema de videos, salida de emergencia, sala de caja, controles de acceso al casino o sala de juegos, sistema para el registro de los contadores de metros de las máquinas tragamonedas, oficina administrativa y demás instalaciones que disponga el Reglamento y la normativa de aplicación general que para tal efecto emita la Autoridad de Aplicación. Así mismo, deberá cumplir con todas las disposiciones y medidas establecidas en las leyes relativas a la discapacidad, la salud y seguridad del público que concurre a ese tipo de establecimientos. Los casinos y salas de juegos deben reunir las condiciones de seguridad establecidas por la Dirección General de Bomberos del Ministerio de la Gobernación antes de iniciar operaciones.

Para iniciar el proceso de solicitud para el Permiso de Funcionamiento Temporal y luego definitivo, los casinos y salas de juegos deberán contar con la cantidad de máquinas tragamonedas y/o mesas en funcionamiento descritas en el artículo 9 de la presente Ley. En ningún caso se podrá explotar comercialmente máquinas tragamonedas o mesas de juegos de Black Jack, Baccarat, Craps, Ruleta, Texas Holdem, Póker y otros, como no sea en casinos o salas de juego autorizadas por la Autoridad de Aplicación.

Arto. 11 Personas con restricción de ingreso a Casinos y Salas de Juegos.

No podrán ingresar, permanecer o participar en los juegos desarrollados en los casinos y salas de juegos:

1. Los menores de 18 años de edad.

2. Las personas en evidente estado de alteración de la conciencia o aquellas que se encuentren bajo los efectos del alcohol o drogas.

3. Quienes por su actitud evidencien que podrían amenazar la moral, la seguridad o tranquilidad de los demás usuarios o el normal desenvolvimiento de las actividades del casino y sala de juego.

4. Quienes porten armas u objetos que puedan utilizarse como tales.

5. Los miembros de la Policía Nacional o del Ejército de Nicaragua, en el ejercicio de sus funciones. Se exceptúa a los miembros de la Policía Nacional cuando su presencia obedezca al cumplimiento de tareas de control y auxilio establecidas por la presente ley y su reglamento.

Arto. 12 Del Libro de Ocurrencias.

Cuando en un casino ocurriere un incidente del que resulte la prohibición del ingreso de una persona, este hecho deberá ser anotado en el Libro de Ocurrencias del Casino, indicando fecha y hora del incidente y un informe de los hechos, elaborado por el representante del casino o por el responsable de turno del casino al momento del suceso. Cualquier hecho de importancia a criterio del operador deberá ser anotado en este Libro, el cual podrá ser revisado por la Autoridad de Aplicación por medio de la Dirección de Casinos y Salas de Juegos.

Arto. 13 Del Reglamento Interno.

El Reglamento Interno de todo casino y sala de juegos deberá ser remitido a la Autoridad Competente para su correspondiente revisión y aprobación. La Autoridad de Aplicación deberá emitir la normativa de aplicación general correspondiente dentro de la cual todos los poseedores de una licencia de Operador deberán preparar y remitir el correspondiente reglamento interno. Será obligación del operador de casino colocar dicho Reglamento Interno en un lugar de acceso público dentro y fuera de las instalaciones del Casino.

Arto. 14 De la Admisión y Permanencia.

El titular de un casino y sala de juego puede reservarse el derecho de admisión y permanencia de los usuarios por causas objetivas establecidas en su reglamento interno siempre que dicho reglamento se encuentre en un lugar visible en el ingreso del casino y/ o sala de juegos, y que la Autoridad de Aplicación haya realizado la revisión y aprobación correspondiente.
Arto. 15 Requisitos técnicos de las máquinas tragamonedas:

Toda máquina tragamonedas que se introduzca, se instale o funcione en el territorio de Nicaragua debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Debe contener un porcentaje de retorno al público igual o mayor al 85% del ingreso teórico del programa de juego de la máquina tragamonedas.

2. Debe contar con contadores de metros de máquinas tragamonedas, de por lo menos seis dígitos que cumplan las siguientes condiciones mínimas:

a) Ser capaces de registrar e indicar la ganancia bruta que obtenga la máquina y mecanismos para garantizar la seguridad de dicha información.

b) Informar el total de fichas y/o dinero apostado, el total de fichas y/o dinero pagado, el total de fichas y/o dinero desviado al depósito de ganancias para aquellas máquinas activadas por monedas o fichas, el total de fichas y/o dinero pagado manualmente, el total de jugadas ganadoras que han resultado, el total de veces que la puerta principal de la máquina ha sido abierta y el total de jugadas realizadas.

c) Ser preservada la información por un mínimo de 180 días calendario en caso de falla o falta de suministro eléctrico. d) Ser capaces de exhibir el resultado e información completa de las dos última jugadas.

3. Las máquinas tragamonedas deberán mostrar en su exterior, una placa grabada, la cual no podrá ser removida. En dicha placa se indicará como mínimo: nombre del fabricante, número de serie asignado por el fabricante el cual deberá ser único, fecha de fabricación, nombre comercial y/o código del modelo de la máquina.

Arto. 16 Requisitos técnicos de las mesas de juego.

La Autoridad de Aplicación deberá incluir en el catálogo de juegos la descripción de las reglas y los materiales a ser empleado en los juegos de Ruleta, Black Jack, Póker, Craps, Baccarat, Texas Holdem y en otros, que de oficio o a solicitud de parte, considere necesario incorporar. Cuando el titular de un casino acredite que un juego nuevo de mesa se instalará en su Casino y requiere su registro en el catálogo de juegos, la Autoridad de Aplicación deberá incorporarlo de acuerdo a las reglas que proponga el titular, siempre y cuando se acredite y demuestre que el porcentaje de retorno al público es igual o mayor al 75%. Asimismo, deberá acreditarse el titular de los derechos de propiedad intelectual sobre el mismo y la autorización para que el titular del casino pueda hacer uso del juego en mención.

De no contar con el correspondiente Permiso de Funcionamiento no se podrá ejercer ningún tipo de explotación comercial con ningún tipo de las mesas de juego descritas anteriormente.
El material de juego deberá cumplir con los requisitos establecidos en los reglamentos de cada modalidad de juego establecido en el catálogo de juego. Tanto los dados como las barajas de naipes deberán tener el nombre del titular o del casino. Las mesas de juego deben contar con una caja que servirá exclusivamente para recibir de los usuarios, producto del expendio de fichas, el dinero así como los documentos técnicos de control que disponga la Autoridad de Aplicación.

Arto. 17 Requisitos técnicos de las apuestas sobre competencias deportivas.

La Autoridad de Aplicación deberá incluir en el catálogo de Juegos la descripción de las competencias deportivas, los tipos de apuestas que sobre ellas se pretenda desarrollar y las reglas para la participación y obtención de premios en este tipo de juego. Los operadores interesados en desarrollar apuestas sobre competencias deportivas en sus casinos deberán informar y solicitar a la autoridad de aplicación la autorización correspondiente en lo relativo a materiales y sistemas tecnológicos a ser empleados, así mismo deberá demostrar tener el derecho al uso de señales y otros medios técnicos requeridos para la aceptación de apuestas sobre competencias deportivas.

Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 9.

Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, Presidente.

Más bien quiero plantear una inquietud a los miembros de la comisión alrededor de lo que es el ordinal 4, Categoría “D”, porque dice de diez a dieciséis máquinas ¿qué pasa con las que tienen menos de diez máquinas? Entonces digo, porque sólo habla y ya pone un límite mínimo, ¿por qué es de diez?, si alguien quiere abrir o abre una mesa con cinco máquinas, ¿qué sucede?, por qué se da una indefinición. O sea, para mí debiera ser menos de diez o hasta dieciséis, no sé pues, éso le pregunto a la comisión para que me aclare.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Perdón, y en las categorías D y E tienen las mimas cantidades de habitantes.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Presidente, efectivamente uno de los objetivos que tiene esta ley es garantizar una reducción de la atomización de máquinas tragamonedas, nosotros no podemos seguir fomentando el hecho de que hayan establecimientos con una, con dos o con tres máquinas tragamonedas, tenemos que poner mínimos. Actualmente la mayor cantidad de máquinas tragamonedas que están diseminadas en el país se encuentran en establecimiento de una máquina en la puerta de una farmacia, en la puerta de un bar, en la puerta de un restaurante, eso ya no se puede seguir permitiendo, de suerte tal que la ley es clara, el mínimo de máquinas que debe haber en un determinado establecimiento, si hay menos de esas sencillamente es un local que no puede abrir y no puede funcionar. Los locales tienen categorías y tienen mínimos y máximos para funcionar, fuera de esas categorías y fuera de esos niveles sencillamente no puede ser denominado casino o no puede ser denominada sala de juego, y como consecuencia de eso, la aplicación, ejecución, o puesta en funcionamiento de esa máquina es sencillamente ilegal, decomisable y destruíble.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Observaciones al artículo 10.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 11.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 12.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 13.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 14.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 15.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 16.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 17.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 23 presentes, 2 abstenciones, 1 en contra. Se aprueba el Capítulo III, con todos sus artículos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
CAPÍTULO IV

De la Licencia de Operador y Permiso de Funcionamiento

Arto. 18 Requisitos para obtener la Licencia de Operador.

Para obtener el permiso de funcionamiento, previamente el interesado debe obtener la Licencia de Operador de Casino o Sala de Juego, ante la Autoridad de Aplicación. Para este propósito, el interesado debe presentar una solicitud adjuntando lo siguiente:

1.- Si es una persona jurídica, Copia debidamente autenticada por Notario Público, del testimonio de la escritura pública de constitución social y el estatuto debidamente inscrito en el registro público mercantil, incluyendo sus modificaciones si fuera el caso. Si es una persona natural, copia de su cédula de identidad o cédula de residencia.

2.- Constancia de inscripción ante la Dirección General de Ingresos, junto con la respectiva fotocopia debidamente autenticada por Notario Público, de la Cédula RUC vigente.

3.- Certificado de inscripción como comerciante, actualizado.

4.- Acreditación del representante legal a través del poder correspondiente.

5.- Listado de socios y directores de la empresa solicitante de la Licencia de Operador.

6.- Declaración jurada de los socios, directores, administradores en general y del solicitante en la que se declare el no encontrarse incursos en los impedimentos establecidos en la presente Ley.

7.- Formulario de investigación financiera y de antecedentes conforme al modelo que apruebe la Autoridad de Aplicación respecto del solicitante, de sus socios o accionistas y de sus administradores.

8.- Formulario de Aplicación ante la Autoridad Competente. Dicho formulario tendrá un costo de $ 2,000.00 (dos mil dólares netos) o su equivalente en moneda nacional según la tasa de cambio publicada por el Banco Central de Nicaragua, al momento de realizado el trámite.

9.- Constancia formal original de cuenta corriente emitida por un banco local o institución financiera debidamente autorizada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras con un saldo promedio mínimo de:
a) Cien mil dólares americanos o su equivalente en moneda nacional ($100,000.00), a las personas naturales o jurídicas que vayan a operar u operen uno o más casinos de categoría A.

b) Cincuenta mil dólares americanos o su equivalente en moneda nacional ($50,000.00) a las personas naturales o jurídicas que vayan a operar u operen uno o más casinos de categoría B.

c) Veinticinco mil dólares americanos o su equivalente en moneda nacional ($25,000.00) a las personas naturales o jurídicas que vayan a operar u operen uno o más Salas de Juegos de categoría C.

d) Diez mil dólares americanos o su equivalente en moneda nacional ($10,000.00) a las personas naturales o jurídicas que vayan a operar u operen únicamente salas de juegos de categoría D.

Si la persona natural o jurídica posee más de una cuenta corriente, entonces se podrá tomar la sumatoria de todas las cuentas corrientes, siempre y cuando la sumatoria equivalga a los montos descritos anteriormente. Estos fondos deberán mantenerse en los saldos mínimos establecidos en la presente ley, como respaldo para los clientes, a efectos de garantizar el pago de los premios en efectivo a los que se hayan hecho acreedores, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el inciso 2 del Arto. 33 de esta ley, o bien, para respaldar cualquier otra situación u ocurrencia propia de la industria de Casinos o Salas de Juegos, a criterio de la Autoridad de Aplicación. La fecha de dicha constancia no podrá anteceder de 15 días previos a la fecha de realización de la solicitud de la Licencia de Operador.

10.- Los demás requisitos que establezca el Reglamento de la presente ley.

Arto. 19 De la Fianza de Garantía.

Una vez cumplidos todos los requisitos establecidos en la presente ley y su reglamento relativos al trámite de solicitud de licencia de operador de casinos o salas de juegos, previo a la emisión de dicha licencia, el solicitante deberá presentar fianza de garantía bancaria a favor de la Autoridad de Aplicación de la presente ley, en base a los montos que a continuación se detallan:
Arto. 20 Contenido de la Licencia de Operador.

La resolución de la Autoridad de Aplicación que otorgue una licencia de operador de casino o sala de juegos debe indicar lo siguiente:

Arto. 21 Plazo de la Licencia de Operador.

La Licencia de Operador que se otorga en base a lo establecido en la presente ley y su reglamento tendrán una vigencia de 20 años, y podrá ser renovada.

Arto. 22 Naturaleza de la Licencia de Operador y del Permiso de Funcionamiento.

La licencia de operador y el permiso de funcionamiento correspondiente son de carácter nominativo e intransferible. Ninguna persona natural o jurídica podrá transferir, vender, ceder, arrendar o enajenar a ningún título, a favor de tercero, su licencia de operador, su permiso de funcionamiento, ni los derechos derivados de los mismos, en su caso.

Arto. 23 Modificación de la Licencia de Operador.

La variación de cualquiera de los datos contenidos en la Licencia de Operador deberá ser tramitada por el titular como una modificación de su licencia, debiendo presentar su solicitud de modificación en un período no mayor de 30 días calendario de ocurrida la variación. Los costos en que se incurra por efectos de este trámite, correrán por cuenta del solicitante.

Arto. 24 Renovación de la Licencia de Operador.

Para la renovación de una licencia de operador, el titular deberá solicitarlo ante la Autoridad de Aplicación con seis (06) meses de anticipación a la fecha de su vencimiento. La Autoridad de Aplicación verificará el cumplimiento de los requisitos y condiciones vigentes a la fecha de presentación de la solicitud. Los costos en que se incurra por efectos de este trámite, correrán por cuenta del solicitante.

Arto. 25 Requisitos para obtener el Permiso de Funcionamiento de Casino o Sala de Juegos.

Para obtener el Permiso de funcionamiento por cada casino, el titular de una licencia de operador de casino o sala de juegos debe presentar ante la Autoridad de Aplicación, una solicitud adjuntando lo siguiente:

1.- Copia de su licencia de operador otorgada por la Autoridad de Aplicación. 2.- Copia de los documentos que acreditan la propiedad sobre el inmueble donde se pretende ubicar el casino o sala de juego, o testimonio del contrato de arrendamiento celebrado en Escritura Pública. 3.- Relación detallada de las máquinas tragamonedas que solicita operar, indicando por cada una: el número de serie y modelo o código identificatorio del modelo que aparece en la placa exterior, nombre del fabricante, año de fabricación y programa de juego que funciona en la máquina. 4.- Relación numerada de mesas de juego que solicita operar indicando por cada mesa de juego, la modalidad de juego en caso la solicitud del permiso de funcionamiento sea para operar un casino. 5.- Relación de otros juegos de apuesta que solicite operar acreditando su registro en el catálogo de juegos. 6.- Copia de los documentos que acrediten el origen, la propiedad o posesión de las máquinas tragamonedas, programas de juego, mesas de juego y otros juegos de apuesta que solicita operar. 7.- Certificado de la Dirección General de Bomberos del Ministerio de Gobernación en el que se determina que el casino o sala de juegos reúne las condiciones de seguridad así como las características y especificaciones eléctricas en cuanto a prevención técnica de incendios. 8.- Certificado de Autoridad Competente del Ministerio de Salud en el que se determine que el establecimiento en el cual operará el casino o sala de juegos, cumple con todos los requisitos de prevención y control sanitario que determinan las leyes de la materia. 9.- Que el local en el cual se instalará el casino o sala de juegos deberá contar con la debida autorización por escrito de la Autoridad de Aplicación. Esta norma no aplicará si el permiso de funcionamiento o la constancia de traslado de permiso de funcionamiento fueron otorgados de previo a la entrada de vigencia de la presente ley. 10.- Presentar el plan de inversión y operación en el cual se detalla una inversión mínima de $200,000.00 (doscientos mil dólares netos) para iniciar operaciones, y que conlleve la creación como mínimo de 30 (treinta) puestos de trabajo directos. Este requerimiento aplicará para aquellos casinos que se encuentren contemplados dentro de las categorías A y B del artículo 9 de la presente ley. 11.- Certificación de Acta de Junta Directiva de la Sociedad a la fecha de la solicitud. 12.- Pago por derecho de funcionamiento, el cual será determinado de la siguiente forma: 13.- Los demás requisitos que establezca el Reglamento de la presente ley.

Una vez presentada la información descrita anteriormente y el pago correspondiente por derecho de funcionamiento, la Dirección General de Casinos y Salas de Juegos procesará dicha información, y si todo está ajustado a lo establecido en la presente ley y su reglamento, la Autoridad de Aplicación procederá a emitir el correspondiente Permiso de Funcionamiento Temporal. A más tardar 30 días posteriores al inicio de operaciones del casino, el operador deberá presentar toda la información para que la Autoridad de Aplicación pueda verificar el monto de la inversión realizada y la cantidad de puestos de trabajo directos generados. Si la Autoridad de Aplicación confirma que el operador ha cumplido con los requisitos, disposiciones y acciones que le fueron determinadas, procederá a emitir el Permiso de Funcionamiento definitivo en un plazo no mayor de sesenta días (60). Caso contrario, la autoridad de Aplicación está facultada y deberá cancelar el Permiso de Funcionamiento Temporal previamente otorgado.

Arto. 26 Contenido del Permiso de Funcionamiento de Casino o Sala de Juego.

La resolución de la Autoridad de Aplicación que otorgue un Permiso de Funcionamiento debe indicar lo siguiente:

Arto. 27 Plazo del Permiso de Funcionamiento.

El permiso de funcionamiento del casino y/o sala de juegos, que se otorga en base a lo establecido en la presente ley y su reglamento, será otorgado por un plazo de un (1) año. Este permiso deberá ser renovado de manera anual, cumpliendo con los requisitos que para tal fin establece la presente ley, su reglamento y los que determine por norma de aplicación general la Autoridad de Aplicación.

Arto. 28 Modificación del Permiso de Funcionamiento.

La variación de cualquiera de los datos contenidos en el permiso de funcionamiento deberá ser tramitada por el titular como una modificación de su permiso, debiendo presentar su solicitud de modificación en un período no mayor de 30 días calendario de ocurrida la variación. En el caso de la modificación del Permiso de Funcionamiento por incremento o retiro de máquinas tragamonedas, mesas de juego u otro juego de apuesta, la solicitud deberá presentarse con 15 días calendario de anticipación. Si la modificación es producto de un incremento en la cantidad de máquinas tragamonedas o mesas de juego en funcionamiento, el solicitante deberá cancelar de previo el diferencial entre el monto pagado inicialmente por el Permiso de Funcionamiento y el nuevo monto producto de las máquinas tragamonedas o mesas de juego que se incorporarán a funcionar en el Casino y/o Sala de Juego. En caso que la modificación corresponda a una disminución en la cantidad de máquinas tragamonedas o mesas de juego en operación, no operará reembolso alguno a favor del solicitante.

Arto. 29 Renovación del Permiso de Funcionamiento.

Para la renovación de un permiso de funcionamiento, el titular deberá solicitarlo ante la Autoridad de Aplicación a más tardar con un (01) mes de anticipación a la fecha de su vencimiento, para lo cual la Autoridad de Aplicación verificará el cumplimiento de los requisitos y condiciones vigentes a la fecha de presentación de la solicitud.

Arto. 30 Requerimientos para la Renovación del Permiso de Funcionamiento.

Una vez revisada la documentación por parte de la Autoridad de Aplicación, previa constatación de que el solicitante de la renovación del permiso de funcionamiento cumple con todas las disposiciones aplicables al caso, contenidas en la presente ley, su Reglamento y normativa vigente, bastará con el pago correspondiente del derecho de funcionamiento establecido en el numeral 12 del artículo 25, para que la autoridad de aplicación emita el nuevo permiso de funcionamiento.

Arto. 31 Comunicación a la Dirección General de Ingresos.

Una copia de cada licencia de operador y permiso de funcionamiento o de la modificación de los mismos tiene que ser notificado inmediatamente después de su expedición a la Dirección General de Ingresos, y a la Alcaldía Municipal correspondiente.

Hasta aquí el Capítulo IV.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IV.

Diputado Óscar Moncada, tiene la palabra.

DIPUTADO ÓSCAR MONCADA REYES:

Presidente, más bien quiero una aclaración, sobre todo de Wálmaro. En el artículo 18, acápite a) dice: “Cien mil dólares americanos o su equivalente en moneda nacional ($100,000.00), a las personas naturales o jurídicas que vayan a operar u operen uno o más casinos de categoría A”. Con esta redacción, supongo que si operan diez o veinte casinos, deberían de pagar solamente cien mil dólares; quisiera una explicación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Efectivamente, lo que te plantea la ley no es que pagués por casino, porque un operador puede tener diez, quince o veinte permisos de funcionamiento; no podemos confundir licencia de operación con permiso de funcionamiento. Para obtener la licencia de operación, el requisito es que debés tener la garantía; que el que está solicitando la licencia de operación tenga liquidez, que esté solvente, que tenga recursos estables y sólidos en el Sistema Financiero Nacional, por el monto de cien mil dólares. El objetivo no es que tenga cien mil dólares por cada una de las instituciones, salas o casinos, sino que pueda operar con un determinado permiso de funcionamiento; ése es el fin de ese artículo, que tenga la garantía, la persona que va a solicitar un permiso de funcionamiento, de ser una persona económicamente solvente, con recursos seguros y estables en el Sistema Financiero Nacional.

Además, recuerde también que tenemos ahí mismo establecida la obligación de inversión de doscientos mil dólares; por lo tanto, si vos le planteás una obligación de doscientos mil dólares a esta persona, al menos debería de tener la mitad de esos recursos metidos en una cuenta en el Sistema Financiero Nacional, para garantizar que efectivamente tiene voluntad de cumplir con los requisitos para obtener definitivamente la licencia de operación de casinos. Esos son los dos elementos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Estamos en el artículo 18.

Diputado Francisco Aguirre, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO AGUIRRE SACASA:

Presidente, yo tenía una inquietud, pero ya se me resolvió.
Tengo una moción para el artículo 19.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Siempre estamos en el artículo 18.

Diputado Salvador Talavera, tiene la palabra.

DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:

Gracias, Presidente.

Primero, me alegra que el diputado Wálmaro Gutiérrez haya hecho alguna aclaración, aunque en vez de aclararme, me dejó más enredado, le soy honesto, Presidente. En primer lugar, porque se supone que este artículo 18 tiene como único objetivo garantizar que las personas que son apostadores o que son jugadores, se les garantice su premio, por lo tanto nada tiene que ver con los otros depósitos que están relacionados con la emisión de permisos, y autorizaciones.

Es por eso que tengo una moción que trata de agregarle a cada uno de los acápites, a), b), c), y d), que cada uno de esos montos sea únicamente para el primer casino o sala de juegos, y cada adicional debe tener al menos el 50% de este valor, porque no es correcto que un casino opere con cien mil dólares para garantizar los premios que se saquen sus jugadores, y si tiene cien casinos, la misma cantidad, eso no tiene ninguna lógica. Porque este artículo es claro, en su descripción después del inciso, del acápite d) dice claramente que: “Estos fondos deberán mantenerse en los saldos mínimos establecidos en la presente ley, como respaldo para los clientes, a efectos de garantizar el pago de los premios en efectivo a los que se hayan hecho acreedores”.

Leo la moción al artículo 18, inciso 9) para agregar la siguiente frase al acápite a)”vayan a operar u operen un casino de categoría A. Se pagará el 50% de este valor por cada casino adicional”.

En el b) igualmente que se agregue después de la categoría B), “se pagará el 50% de este valor por cada casino adicional”.

En el c) se agregará igualmente después de categoría C), “se pagará el 50% de este valor por cada sala de juego adicional”.

En el d) después de la categoría D), “se pagará el 50% de este valor por cada sala de juego adicional”.

Paso moción, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Siempre en el artículo 18.

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias, Presidente.

Sólo quiero recordar que estamos opinando sobre un documento que no es el Dictamen de esta ley, o sea que no lo tiene ningún diputado, ni suscriben este documento porque no es un Dictamen, y quiero que quede claro en Acta, que estamos violentando el proceso de formación de la ley.

Segundo, tanto en la definición de las categorías de instituciones dedicadas a estas actividades, como en el artículo 18, queda bien claro lo que decía el diputado Wálmaro Gutiérrez, que el propósito es eliminar la competencia de los pequeños y medianos a los grandotes. Esto está bien clarito porque se hace una mescolanza cuando se habla de las categorías; ahora, cuando se habla de la obligación de determinar una cantidad en calidad de depósito, se mezcla salas de juegos con establecimientos donde operan máquinas tragamonedas. No es lo mismo un casino con salas de juegos donde se opera con grandes millonadas en apuestas, que máquinas tragamonedas; además, el sistema de las máquinas tragamonedas a veces es por concesión, como cuando se ponían las roconolas o se ponen las máquinas de chicle, un concesionario que va colocando a veces una, dos o tres máquinas en un lugar.

La intención de que hablaba el diputado Wálmaro es eliminar todo eso, habría que analizar la validez constitucional de ese tipo de procedimientos, porque sería contradictorio con lo que aquí opera en este país que es la ley de mercado. Me parece que si se hubiera dado espacio a un debate y discusión, no estaría ocurriendo esto. Ayer, en Radio Mundial estaban presentes precisamente gentes que dicen: “yo tengo mi establecimiento con diez máquinas tragamonedas”, ¿por qué no va a ser legal que él tenga diez en vez de quince, o que tenga cinco en vez de quince?, ¿Por qué? ¿Quién dice que no lo puede tener de cinco? ¿Sólo porque aquí queremos favorecer a los que tengan veinte, treinta, cuarenta? Esto pasa igualito como en otras leyes que vienen y operan para que los grandotes no tengan competencia. En un país como el nuestro, con tanto desempleo y tanta miseria, ¿a quién estamos queriendo beneficiar? Entonces, yo estoy de acuerdo con lo que decía el diputado Talavera, que si tenés cinco casinos, no te exijan cien mil dólares, porque si en ese casino vas a operar con millonarias apuestas, pues debería de ser mínimo por cada establecimiento, pero no confundirla, a mi juicio, con el tema de las tragamonedas, que es de otra naturaleza.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Estamos siempre en el artículo 18.

Diputada Xochilt Ocampo, tiene la palabra.

DIPUTADA XOCHILT OCAMPO ROCHA:

Gracias, compañero Presidente.

Yo lo que tengo es una curiosidad. Quisiera que me ubiquen en qué artículo es que estamos dejando claro que está prohibido el establecimiento de este tipo de casinos o salas de juego, cerca de colegios, hospitales y universidades. ¿En qué artículo sale? Porque me parece que debería de aparecer en el artículo 18, pero no lo encuentro. Entonces, considero importante que me respondan dónde aparece esa limitante o esa prohibición.
Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Yo quisiera llamar la atención para que no confundamos el término “Fianza de Garantía”, artículo 19, que es donde se garantizan las apuestas, por eso se llama fianza y garantía, con requisitos de licencias de operación; son dos cosas diferentes. Lo que el diputado Talavera planteó, son fianzas de garantía, no requisitos para la licencia de operación, que es otra cosa.

Por otro lado, para que no quede en el Diario de Debates una cosa incorrecta que decía la diputada Baltodano, este texto ayer -y lo dijo Wilfredo, Primer Secretario-, fue respaldado aquí por todos los jefes de bancada, Mónica, y todos ellos firmaron representando a todos los diputados de esta Asamblea Nacional que están en cada bancada, fue lo que ayer entregamos, y tiene como respaldo esas firmas. Es decir, ¿que no tenés firma? Como no, de todas las jefaturas de bancadas a como manda la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Estamos siempre en el artículo 18.

Diputado Augusto Valle, tiene la palabra.

DIPUTADO AUGUSTO VALLE CASTELLÓN:

Gracias, Presidente.

La verdad es que esta ley se ha engavetado por mucho tiempo porque habían intereses de beneficiar a los grandotes. La moción del diputado Talavera que, con todo respeto a mi hermano Salvador, beneficia a aquellos casinos que están en los cascos urbanos, sobre todo en Managua, y son millonarios. Hay que ver el mal menor con respecto a las diez máquinas; se necesita un establecimiento para involucrar esas diez máquinas y que no anden en los barrios; eso por un lado.

Por otro lado, el impuesto se paga por máquina, de tal manera que el que se paga en Managua es el mismo impuesto que se paga en Ocotal; por lo tanto, considero que es propio, certero y efectivo lo que dice el documento original, estando en contra de la moción del diputado Talavera.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

La diputada Baltodano efectivamente habla de que se está discriminando a los pequeños comerciantes que tengan instaladas diez máquinas o menos, y habla de una inversión de doscientos mil dólares, pero yo le pregunté al diputado Wálmaro Gutiérrez, quien hizo el comentario de que estarán excluidos de los de categoría C y D; es decir, el plan de inversión de los doscientos mil dólares no se les va a aplicar a ellos, y creo que eso de alguna manera subsana tal vez algún interés de que únicamente el que tiene grandes recursos pueda entrar en el negocio de los casinos y salas de juego. Por lo tanto, si esto es así, pienso de que alguna manera se hace justicia a aquellos comerciantes de salas y casinos de al menos diez a veinte máquinas tragamonedas.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Gracias, Presidente.

Quiero ser bien breve en estos comentarios. El día de ayer fui bien claro en plantear que la ley, de manera categórica, establece que el Estado nicaragüense tiene la obligación, tiene la responsabilidad fundamental de cuidar a sus conciudadanos, y es por eso que dice la misma, de manera clara, que la industria del juego es tolerada pero no promovida ni fomentada. Aquí no estamos hablando de empresarios que venden arroz, frijoles, azúcar, aceite, jabón, no es cierto. Estamos hablando de una industria sumamente delicada que, si le vamos a permitir que ejerza la función comercial en el país, tiene que ser bajo parámetros, bajo criterios, y fundamentalmente con estricta protección a los ciudadanos. Lo primero que debe quedar claro, por lo tanto, es que si existiera algún tipo de discriminación, sería una discriminación que iría a favorecer y proteger a los ciudadanos.

Lo segundo, no podemos decir aquí que pobrecitos los chiquitos, ¡oye!, el problema -y hay que entender a la industria aquí- es que existen dos grandes estamentos. Existen las salas de juego y casinos que son locales establecidos, que pagan sus impuestos, que contratan trabajadores con salarios de ley, que están afiliados a la seguridad social, que cumplen con todas sus obligaciones fiscales; y existe ese otro tipo de gente del cual habla la diputada Mónica Baltodano, que le llaman ruteros, que son esas gentes que andan dejando regadas máquinas tragamonedas en diferentes locales, que no tienen ninguna regulación, que sus máquinas ni siquiera están registradas. Por ejemplo, para información de ustedes, en la Dirección General de Aduanas con corte al año 2010, existen dieciocho mil máquinas tragamonedas ingresadas en el país, ¿cuántas tiene registradas la Policía Nacional?, quince mil doscientas. ¿Por qué?, porque esa dispersión lo único que provoca es relajo, falta de control, no tributan un córdoba al Estado nicaragüense.

Por lo tanto, el objetivo de esta ley de concentrar estas máquinas en establecimientos con un número determinado, es para poder darles seguimiento, darles formalidad, garantizar la recaudación tributaria y para la protección de los usuarios y consumidores de esta industria especial. Por eso es que creo que el artículo tal y como está, está correcto.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Cerramos la lista de oradores con Salvador Talavera.

DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:

Muchas gracias, Presidente.

Solamente quiero hacer alusión, porque hicieron varias alegorías acerca de querer tergiversar el espíritu de este artículo, y quiero leerlo textualmente en la segunda oración del último párrafo, que justifica el único propósito por el cual este artículo 18 debe ser aprobado conforme la moción que presenté, si es que en realidad ése es el espíritu o al menos que aquí haya un gato encerrado, y bien grande. Dice la segunda oración: “Estos fondos deberán mantenerse en los saldos mínimos establecidos en la presente ley, como respaldo para los clientes, a efectos de garantizar el pago de los premios en efectivo a los que se hayan hecho acreedores”. Esto nada tiene que ver con el artículo 19 que establece una fianza para casos de accidente de los jugadores o cualquier otro tipo de anomalías, nada tiene que ver con el tema de los premios, este artículo es para garantizar esto, y sigo creyendo que no es correcto que si nosotros estamos aprobando una ley para proteger a los usuarios de este tipo de juegos de azar, tengamos que darle la misma categoría de uno o más casinos, cada uno debe tener su propia garantía.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos entonces a votar la moción del diputado Talavera.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

5 votos a favor de la moción, 51 en contra, 0 abstención, 23 presentes. Se rechaza la moción presentada.

Observaciones al artículo 19.

Diputado Francisco Aguirre, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO AGUIRRE SACASA:

Muchas gracias, Presidente.

El artículo 18 y el 19, pensaba que era redundante porque los dos tocan sobre el tema de la reserva que deberían de tener los operadores para cubrir los premios mayores, pero se me aclaró que lo importante es que en las fianzas de garantía que aparecen en el artículo 19 no se pueden hacer efectivas inmediatamente, y que muchas de esas fianzas, Presidente, no necesariamente las dan los bancos, sino que podrían ser casas de seguro también. Entonces, tengo una moción de consenso que permitiría aclarar ese punto, y le voy a leer a usted verbalmente el texto y después le paso la moción.

“Arto. 19 Una vez cumplidos todos los requisitos establecidos en la presente ley y su Reglamento relativos al trámite de solicitud de licencia de operador de casinos o salas de juegos, previo a la emisión de dicha licencia, el solicitante deberá presentar fianza de garantía otorgada por una institución financiera regulada por la Superintendencia de Bancos a favor de la Autoridad de Aplicación de la presente ley, en base a los montos que a continuación se detallan”.

De esa manera se resuelve el problema, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Eduardo Montealegre, tiene la palabra.

DIPUTADO EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS:

No.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos entonces a la votación de la moción de consenso al artículo 19.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 19.

Observaciones al artículo 20.

No hay observaciones.

Diputada Xochilt Ocampo, tiene la palabra. Es sobre el artículo 21.

DIPUTADA XOCHILT OCAMPO ROCHA:

Gracias, compañero Presidente.

Me quedé esperando la respuesta de la prohibición de estos centros nocturnos que no estén cerca de los colegios, hospitales o iglesias, todavía sigo esperando esa respuesta; sin embargo, en el artículo 21 me quiero referir al tema de la vigencia de esas licencias.

Si revisamos la legislación de nuestro país, la Ley de Propiedad Intelectual nos habla de que para la licencia de una marca, de una patente, diez años es suficiente. Cuando vemos esta Ley de Casinos, considero que veinte años es bastante tiempo. Esa es la observación que quiero hacer, que por qué veinte años; tal vez los compañeros me pueden contestar esta pregunta, y también sobre la prohibición, repito, de la ubicación de estos centros nocturnos.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Observaciones al artículo 22.

Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, Presidente.

Si bien es cierto, el artículo 22 establece que no se pueden transferir ni vender las licencias. Me asalta una duda, y pido una aclaración. ¿Qué pasa cuando cierra un casino o una mesa de juego? ¿Qué pasa con los bienes?, porque obviamente al cerrar un casino, por cualquier razón, el dueño tiene todo el derecho de vender las cosas para poder resarcirse alguna parte de la inversión. ¿Qué pasa con las mesas de juego y las máquinas? ¿Las puede vender, trasladar concesionar, o está obligado por ley a presentársela a las autoridades para que ellas decidan que van a hacer con ese equipo que queda a partir del cierre del casino? Esa es la pregunta.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Dos cosas, Presidente, la primera es en relación con las disposiciones relativas a dónde puede y dónde no puede establecerse este tipo de establecimientos, diferentes leyes que ya existen en el país se han pronunciado sobre este tema, la más reciente fue la última reforma a la Ley de Equidad Fiscal, donde incluso incorporamos y aprobamos un régimen especial para los casinos y salas de juego, ahí se encuentran contenidas disposiciones de restricción sobre la materia.

Por otro lado, sobre la inquietud de los veinte años, el objetivo fundamental en relación con este tema, es dar una señal jurídica de estabilidad de inversiones serias, de inversiones responsables en esta materia. Es un error de fondo tratar de comparar los diez años de una licencia de una patente modelo de invención o diseño de utilidad con un permiso de operación para una industria donde se van a invertir millonarias cantidades de dinero, esperemos que así sea.

Y sobre la pregunta del maestro, yo sí se la quiero aclarar. Efectivamente, al ser esta una industria controlada, en el caso de que esta industria o alguno de los agentes de esta industria llegara a quebrar, en principio se desarrolla el procedimiento en base a lo que establece el Código de Comercio, a excepción de las máquinas y de las mesas de juego, porque esta misma ley es clara al decir que solamente los operadores con permiso de funcionamiento pueden tener mesas de juego y máquinas tragamonedas. Como consecuencia de eso, si existe un casino o una sala de juego que quiebra, puede perfectamente bien liquidar su inventario, a excepción de las mesas de juego y las máquinas tragamonedas, que tienen dos opciones, vendérselas a otros operadores del sistema o sencillamente pasar a la comisión de destrucción de juegos que también lo establece la ley en el artículo correspondiente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Observaciones al artículo 24.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 25.
Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 26.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 27.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 28.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 29.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 30.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 31.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo IV, con todos sus artículos y la moción ya aprobada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV, con todos sus artículos y la moción ya aprobada.

Capítulo V.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Sería el Capítulo V, de acuerdo al orden.

CAPÍTULO V

De los Operadores
Arto. 32 Impedimentos.

No podrá participar como socio, director, gerente, apoderado o trabajador de una persona natural o jurídica titular de una licencia de operador de Casino y/o sala de juegos, quien se encuentre contemplado en cualquiera de los casos siguientes:

1. Los funcionarios electos por sufragio universal, designación constitucional, ministros, viceministros, secretarios generales y directores de entes autónomos o descentralizados del Estado, mientras se encuentren en el desempeño de sus cargos.

2. Los funcionarios en el ejercicio de la función pública que por la naturaleza de su cargo se vinculen o participen directa o indirectamente en los procedimientos de autorización, fiscalización, vigilancia, control, supervisión y/o regulación de la actividad de casinos y salas de juegos. Esta prohibición rige hasta dos años posteriores al cese de funciones en virtud de su cargo.

3. Las personas que hubieren sido socios, directores o gerentes de una empresa sancionada con clausura parcial o total, o la cancelación de licencia de operación o permiso de funcionamiento del casino y/o sala de juegos, de conformidad a lo establecido en la presente ley y su Reglamento, siempre que hayan tenido tal condición desde la comisión del hecho que originó la aplicación de las sanciones respectivas.

4. Los que tengan juicios pendientes con el Estado, promovidos por este último, derivados de la aplicación y cumplimiento de las normas contenidas en la presente Ley y su Reglamento, mientras dure dicho proceso.

5. Las personas condenadas por sentencia judicial firme, por delitos cometidos durante los últimos siete años anteriores a la fecha de la solicitud de Licencia de Operador, o pretensión de participación en la Industria de Casinos y Salas de Juegos.

6. Los insolventes y los que se encuentren en proceso de quiebra o reestructuración empresarial y los declarados judicialmente quebrados.

7. Los sancionados con inhabilitación expresa para la explotación de este tipo de juegos.

8. Los declarados en estado de interdicción civil por medio de sentencia firme en los casos de los delitos de contrabando, fraude, defraudación fiscal, tráfico de migrantes ilegales o de estupefacientes, lavado de dinero, terrorismo y actividades conexas y quienes hubiesen cometidos delitos en contra de la administración pública, la salud pública, la seguridad nacional y ciudadana, aun cuando hubiesen sido rehabilitados.

9. Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios públicos vinculados por razón de sus servicios a los órganos administrativos y policiales competentes en esta materia.

10. Los militares en servicio activo y los integrantes de la Policía Nacional. Esta prohibición rige hasta dos años posteriores al cese de funciones en virtud de su cargo.

Queda expresamente prohibido participar de manera directa o indirecta, como jugador o apostante en los juegos y apuestas de cualquier tipo que se desarrollen en los casinos y salas de juegos, quienes sean socios, directores, gerentes, apoderados o trabajadores de la misma empresa, o sociedad a la que pertenezca el casino o sala de juego correspondiente. El Reglamento y la Normativa desarrollarán la materia.

Arto. 33 Obligaciones del Titular de la Licencia de Operador:

Sin perjuicio de las demás responsabilidades que el ordenamiento jurídico vigente y la presente ley le determinen al titular de una Licencia de Operador, éste deberá cumplir expresamente con las siguientes disposiciones:

1. Operar directamente con el permiso de funcionamiento de casino o sala de juegos y bajo su responsabilidad, los juegos autorizados expresamente en el correspondiente catálogo de juegos. 2. Cancelar de inmediato el pago correspondiente en concepto de premio, al usuario-ganador en los juegos que opere en su casino o sala de juegos. Se exceptúa de la presente disposición el pago del premio progresivo en las mesas de póker. En este caso, el operador tendrá que realizarlo a más tardar al siguiente día laboral hábil, una vez constatada la veracidad de la jugada. 3. Garantizar el adecuado funcionamiento de los juegos que opere en su casino o sala de juegos, todo conforme a la ley, el Reglamento y las Normativas dictadas por la Autoridad de Aplicación. 4. Garantizar la integridad y seguridad física de los usuarios de su casino y sala de juegos. 5. Garantizar el cumplimiento de la disposición que impide el ingreso de las personas indicadas en el artículo 11 de la presente ley. 6. Registrar y presentar la información que determine la Autoridad de Aplicación, y en especial las vinculadas a las transacciones con dinero, de acuerdo a los montos y criterios que establezcan las normas reglamentarias emitidas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, de conformidad con la Ley 316, “Ley de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras”, Ley 285, “Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Otras Sustancias Controladas; Lavado de Dinero y Activos Provenientes de Actividades Ilícitas”, así como de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y del Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC). 7. Establecer y garantizar la aplicación de un manual de prevención de lavado de dinero y activos para sus operaciones, dentro de los parámetros establecidos en el numeral 6 del presente artículo, según las normativas determinadas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. 8. Admitir únicamente los medios de pago establecidos por la Autoridad de Aplicación. 9. Mantener en operación, bajo responsabilidad, un sistema de vigilancia no visible al público que registre las operaciones diarias del casino, conforme las disposiciones del reglamento y normativa de la presente ley, así como mantener actualizado un sistema de registro de los metros de las máquinas tragamonedas para efectos de fiscalización. 10. Garantizar a los inspectores de juego, las facilidades necesarias que le permitan cumplir con sus funciones de control y fiscalización. 11. Comunicar dentro del mes siguiente de ocurrido, los cambios de socios y directores del titular y cualquier otro hecho de importancia establecido por el reglamento y normativa de la presente ley. 12. Presentar a la Autoridad de Aplicación, a más tardar en 4 (cuatro) meses posteriores al fin del periodo fiscal de la Persona Natural o Jurídica, un informe de auditoría financiera. Estas auditorías financieras únicamente podrán ser realizadas por aquellas firmas de auditoría que estén debidamente registradas ante la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA: 13. Garantizar que toda apuesta realizada en máquinas tragamonedas, mesas de juego, banca deportiva o cualquier otro tipo de juego debidamente autorizado por la Autoridad de Aplicación, sea únicamente en efectivo (moneda nacional o extranjera), o bien mediante la utilización de tarjeta de crédito, débito o cheque.
Arto. 34 Importación de máquinas tragamonedas y programas de juegos.

Solamente podrán importar máquinas tragamonedas, mesas de juego u otros juegos de apuesta, cualquier bien, parte, pieza o accesorio requerido para el funcionamiento de cualquiera de los juegos permitidos en el Catálogo de Juegos:

1. Las Personas Naturales o Jurídicas que tengan una licencia de operador.

2. Las Personas Naturales o Jurídicas que, no teniendo una licencia de operador de casino o sala de juegos, demuestren de manera suficiente que la importación de los equipos y bienes descritos en el presente artículo, vienen destinados para ser vendidos en el país, a favor de una persona natural o jurídica poseedora de una licencia de operador de casino o sala de Juegos. La forma de verificar tal circunstancia y los documentos que deban respaldar esta importación serán determinados en el reglamento de la presente ley y la normativa que se emita para tal fin.

Toda operación de importación de bienes determinados en el presente artículo, deberá contar con el oficio que autoriza la misma, emitido por la Autoridad de Aplicación, debiendo indicar en su contenido de manera expresa, la cantidad de máquinas o bienes, números de serie de cada una, marca y modelo y fecha de fabricación.

No se podrá realizar proceso alguno de importación de máquinas tragamonedas, mesas de juego u otros juegos incluidos en el catálogo de juegos o cualquier bien, partes, piezas o accesorios propios del giro del negocio de casino o sala de juegos, sin la debida autorización u oficio emitido por la Autoridad de Aplicación. Esto aplica tanto para los que tengan una licencia de operador como para aquella persona natural o jurídica que no sea titular de tal licencia.

La Autoridad de Aplicación adoptará las medidas administrativas y legales correspondientes, que permitan de manera eficaz, documentar, vigilar y controlar el ingreso de máquinas tragamonedas, programas de juego u otros juegos de apuesta al territorio nacional.

Hasta aquí el Capítulo V.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo V.

Observaciones al artículo 32.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 33.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 34.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo V.
Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra, la votación.

57 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo V, con todos sus artículos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO VI

De las Infracciones y Sanciones

Arto. 35 Prohibición Expresa.

Queda terminantemente prohibido importar, operar o desarrollar cualquier acción de comercio con juegos prohibidos en todo el territorio nacional. Estos juegos no podrán ser importados, fabricados, comercializados u operados en ninguna modalidad y bajo ninguna circunstancia. La Autoridad de Aplicación mediante Resolución motivada determinará los tipos de juegos prohibidos. Asimismo, queda prohibido operar o desarrollar cualquier acción de comercio con juegos de apuesta indicados en el catálogo de juegos, si el operador no tiene la licencia correspondiente y el establecimiento donde se operan no tiene permiso de funcionamiento respectivo. La infracción a la presente disposición será sancionada con el decomiso y destrucción de los bienes en cuestión, sin perjuicio de las sanciones administrativas o penales que correspondan a los sujetos infractores.

La Autoridad de Aplicación, con auxilio de la Policía Nacional, serán los responsables de la aplicación, verificación y cumplimiento de la presente disposición.

Arto. 36 Del Decomiso y Destrucción de Juegos de Apuesta.

Toda máquina tragamonedas, mesas de juego, programa de juego u otros juegos de apuesta que sean decomisado por incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente ley, por comercio ilícito, por violación a los derechos de propiedad intelectual o por incumplimiento de disposiciones tributarias, normas de carácter aduanero, o de etiquetado, serán destruidos o eliminados por las autoridades competentes sin responsabilidad para el Estado. Para esta destrucción se aplicarán métodos mecánicos inocuos al medio ambiente, de acuerdo a lo que establezca el reglamento de la presente ley.

Arto. 37 De las Sanciones.

Las infracciones establecidas en la presente ley, serán sancionadas administrativamente por la Autoridad de Aplicación. En el caso de imposición de multas, las mismas se impondrán de manera gradual, dependiendo de la gravedad del caso o de la reincidencia del mismo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que puedan derivarse.

Arto. 38 De la Sanción Administrativa e Impulso de la Acción Penal.

Cualquier persona que se sienta afectada por actos que contravengan las disposiciones establecidas en la presente ley y su reglamento, podrá interponer denuncia ante la Dirección de Casinos y Salas de Juegos, en caso de infracciones que merezcan sanción administrativa tales como la amonestación, la multa, el cierre temporal o clausura definitiva del local.

Cualquier persona que se considere afectada por un acto de comercio ilícito, en base a lo establecido en la presente ley y el Código Penal, podrá interponer denuncia ante la Policía Nacional o iniciar directamente acción legal ante el Ministerio Público.

Todo producto objeto de un acto de comercio ilícito, será destruido de conformidad con la presente ley. Todo lo establecido en el presente artículo puede ser promovido a solicitud de parte o de oficio.

Arto. 39 Orden de Prelación de las Sanciones Administrativas.

Una vez agotada medida de amonestación, se aplicarán las demás sanciones administrativas en el siguiente orden:

1. Multa que podrá ser desde $500.00 (Quinientos Dólares Netos) hasta $25,000.00 (veinticinco mil dólares netos) o su equivalente en córdobas, dependiendo del tipo de infracción o gravedad de los hechos. La gradualidad en la imposición de sanciones y el monto específico de las multas se definirán en el reglamento de la presente ley.

2. Los montos aplicables en concepto de multa, podrán ser cancelados ya sea en córdobas, según la tasa de cambio publicada por el Banco Central de Nicaragua, a la fecha de imposición de la correspondiente sanción, o en la moneda de los Estados Unidos de América.

3. Clausura definitiva del lugar, en cuyo caso quedarán sin efecto las autorizaciones que se hubieren otorgado al establecimiento. De manera simultánea se procederá al decomiso y destrucción de las máquinas tragamonedas, mesas de juego, programas de juegos y resto de bienes propios de la actividad de casino o salas de juegos, pertenecientes al infractor sancionado.

Arto. 40 Condiciones atenuantes.

Constituye infracción sancionable toda acción u omisión por la que se contravenga o incumpla lo establecido en la presente ley, su reglamento o las normativas emitidas por la Autoridad de Aplicación.

No obstante, deberán tenerse en cuenta como condiciones atenuantes de la responsabilidad por la comisión de una infracción administrativa, las siguientes:
1. La subsanación voluntaria del acto u omisión objeto de infracción, por parte del posible sancionado, con anterioridad a la notificación de la imputación de responsabilidad.

2. Error inducido por la administración mediante un acto o disposición administrativa confusa o contradictoria.

Arto. 41 Registro de Sanciones.

La Autoridad de Aplicación deberá llevar un registro público de las sanciones administrativas que imponga, el cual deberá conformarse tanto de forma consolidada por poseedor de una licencia de operación, así como por sanciones aplicadas por Casino y/o Sala de Juego o Permiso de Funcionamiento, el que constituirá precedente para la imposición de sanciones por conductas análogas. El reglamento de la presente ley regulará la materia y la normativa emitida por la autoridad de aplicación detallará la forma en que deberá llevarse el registro en mención.

Arto. 42 De la Comisión para la Destrucción de Juegos Prohibidos.

La Autoridad de Aplicación integrará, convocará y coordinará una Comisión para la Destrucción de Juegos Prohibidos, en la cual también se incorporarán como integrantes, un funcionario representante del Ministerio de Gobernación, un funcionario representante del Ministerio Público, y un representante miembro de la Policía Nacional, con el fin de dar cumplimiento a la resolución que ordene la destrucción inmediata y ordenada de aquellas máquinas tragamonedas, mesas de juego, otros juegos de apuesta y materiales relacionados que hubieran sido decomisados o cuya importación, explotación o tenencia fuere prohibida por esta ley. El acta de destrucción de dichos inventarios será firmada por los integrantes de esta Comisión. El procedimiento y demás elementos relativos a este tema, serán desarrollados en el reglamento de la presente ley y la normativa que para tal fin emita la Autoridad de Aplicación.
Arto. 43 Acta de Destrucción.

La destrucción se llevará a cabo previa acta de inventario detallando como mínimo la siguiente información: cantidad, número de serie de las máquinas tragamonedas o identificación de las características de los juegos de apuesta a destruir, lugar, fecha, nombre de los funcionarios que participan y firmas.

Las máquinas tragamonedas decomisadas por encontrarse en lugares sin el correspondiente permiso de funcionamiento de casino y/o sala de juegos, serán ocupadas y entregadas mediante acta a la Dirección de Casinos para su custodia hasta su destrucción.

Arto. 44 Plazo para Destrucción de Bienes Decomisados.

La Autoridad de Aplicación a través de la Dirección de Casinos y con la concurrencia del resto de instituciones integrantes de la Comisión para la Destrucción de Juegos Prohibidos, deberá garantizar la realización todas las gestiones y acciones pertinentes, relativas a la coordinación, programación y la correspondiente destrucción de todos aquellos bienes decomisados como consecuencia de la aplicación de sanciones contenidas en la presente ley y su reglamento, en un plazo no mayor de 15 días contados a partir de la fecha en que se procedió al efectivo decomiso.

Arto. 45 De la Resolución Motivada para la Destrucción de Maquinas Tragamonedas, Mesas de Juegos y demás juegos de apuesta.

Sin perjuicio de cualquier otro motivo fundado en la ley, será causa para la destrucción de máquinas tragamonedas, mesas de juego y otros juegos de apuesta, los siguientes:

1. Cuando de manera expresa y motivada, estos hayan sido determinados como juegos prohibidos, por la Autoridad de Aplicación, así como aquellos juegos de apuesta que han sido fabricados y diseñados para su uso o incitación al uso por parte de menores de edad, o aquellos que no cuentan con mecanismos técnicos idóneos que garantizan su seguridad e imparcialidad.

2. Máquinas tragamonedas u otros juegos de apuesta que por razones técnicas no pueden ser reparadas o que posean deficiencias inherentes que las hagan inapropiadas para su funcionamiento y/o que pueden presentar un peligro para los usuarios.

3. Máquinas tragamonedas u otros juegos de apuesta que se encuentran operando en casinos y/o salas de juegos que no cuentan con un Permiso de Funcionamiento.

4. Máquinas tragamonedas que no tengan o tengan deshabilitado el mecanismo de metros propios para una adecuada fiscalización.

5. Máquinas tragamonedas, mesas de juego u otros juegos de apuesta, piezas, partes o accesorios que hayan sido internados al país sin contar con los permisos y trámites correspondientes; o los que por cualquier motivo hayan sido declarados en abandono por parte de la autoridad aduanera, o sean objeto de contrabando aduanero.

6. Otros motivos que se determinen en las normas técnicas y que se apliquen de forma motivada en la correspondiente resolución de la Autoridad de Aplicación.

Arto. 46 Método de destrucción.

Corresponde a la Dirección de Casino y Sala de Juegos determinar la selección del método más indicado de destrucción, el lugar y las medidas de seguridad apropiadas a todas las fases: ocupación, traslado, destrucción y eliminación de los juegos de apuesta, mesas de juegos, juegos de apuesta, partes o accesorios. Para estos efectos, se deberá tomar en cuenta la cantidad, tipo de juegos de apuesta a destruir y las repercusiones medio ambientales.

Hasta aquí el Capítulo VI.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VI.

Observaciones al artículo 35.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 36.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 37.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 38.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 39.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 40.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 41.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 42.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 43.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 44.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 45.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 46

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo VI.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.
53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 28 presentes. Se aprueba el Capítulo VI con todos sus artículos.
Capítulo VII

Disposiciones Complementarias y Finales

Arto. 47 Régimen de Formalización.
Las empresas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley operen casinos y salas de juegos conforme a los alcances establecidos en la presente ley, cuentan con un plazo de 30 días calendarios para presentar una solicitud de formalización y/o renovación en su caso, ante la Autoridad de Aplicación para obtener la Licencia de Operador de Casino o Sala de Juegos y el o los Permisos de Funcionamiento correspondientes de Casino o Sala de Juegos de sus establecimientos respectivos.

La sola presentación de la solicitud con la previa verificación de parte de la Autoridad de Aplicación de la Dirección del Casinos y Sala de Juegos, así como la identificación de las máquinas tragamonedas y mesas de juego, le otorgará al solicitante un permiso de funcionamiento provisional de 3 meses y con 1 mes de anticipación al vencimiento de dicho plazo deberá presentar y cumplir todos los requisitos exigidos por la presente ley y su reglamento, para el funcionamiento legal de un casino o sala de juegos en Nicaragua.

Las empresas que no presenten su solicitud de formalización dentro del plazo establecido conforme al presente artículo ante la Autoridad de Aplicación y sigan operando casinos o salas de juegos al margen de las regulaciones aquí establecidas, estarán sujetas a las responsabilidades y sanciones administrativas y penales correspondientes, sin perjuicio de la clausura del establecimiento y decomiso de las máquinas tragamonedas y/o mesas de juego por parte de la Autoridad de Aplicación.

Arto. 48 Operaciones de juegos por internet.

Las operaciones de juegos por internet que sean desarrolladas por aquellos poseedores de una Licencia de Operador con uno o más Permisos de Funcionamiento, podrán ofrecer este servicio de entretenimiento a nacionales, residentes y turistas, para lo cual podrán operar directamente o asociarse con una empresa nacional o extranjera proveedora de la tecnología adecuada que garantice los estándares internacionales de confiabilidad, transparencia y seguridad. La operación de juegos por internet estará sujeta al pago del impuesto correspondiente tal y como lo determine la legislación tributaria común y su correspondiente reglamento. El reglamento establecerá los requisitos y obligaciones adicionales para la operación de estos juegos.

Arto. 49 Operaciones de bancas de apuestas deportivas.

Las operaciones de banca deportiva que sean desarrolladas por aquellos poseedores de una Licencia de Operador con uno o más Permisos de Funcionamiento, podrán ofrecer este servicio de entretenimiento a nacionales, residentes y turistas, para lo cual podrán operar directamente o asociarse con una empresa nacional o extranjera proveedora de la tecnología de software que garantice los estándares internacionales de confiabilidad, transparencia y seguridad. La operación de bancas de apuestas deportivas estará sujeta al pago del impuesto correspondiente tal y como lo determine la legislación tributaria común y su correspondiente reglamento. El reglamento establecerá los requisitos y obligaciones adicionales para la operación de estos juegos.

Arto. 50 Disposición Especial.

Con el fin de preservar y proteger las expresiones tradicionales del pueblo nicaragüense en ocasión de las celebraciones de sus fiestas patronales, cuando en ellas se desarrollen juegos de azar o apuestas, la Autoridad de Aplicación de la presente ley en coordinación con la Alcaldía Municipal correspondiente y la Policía Nacional deberán desarrollar por normativa general disposiciones que garanticen la transparencia en el desarrollo de estos juegos y la protección física y moral del ciudadano. Esta normativa será la única aplicable en estos casos.

Queda terminantemente prohibido a los Operadores de casinos y salas de juego, establecerse y operar como tal en ferias, hípicas o fiestas patronales que se desarrollen en ocasión de celebraciones religiosas o tradicionales en cualquier parte del territorio nacional. Así mismo, se prohíbe el uso y funcionamiento de máquinas tragamonedas en este tipo de actividades populares y de esparcimiento, las cuales en caso de ser detectadas, se procederá a su decomiso para su correspondiente destrucción en base al procedimiento establecido, sin perjuicio de las correspondientes acciones legales contra los infractores.

Arto. 51 Del Reglamento a la presente Ley.

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en base a lo que establece el artículo 150 de la Constitución Política de la República de Nicaragua. Así mismo, se faculta de manera expresa a la Autoridad de Aplicación para que emita las normativas que considere necesarias para garantizar la correcta aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ley y su reglamento.

Arto. 52 Derogaciones.

Deróguense las siguientes disposiciones comprendidas en el ordenamiento jurídico:

1. Los artículos 3607 al 3624 del Código Civil;

2. Los artículos 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 50 del Reglamento de Policía del 25 de Octubre de 1880;

3. La Ley del 24 de Noviembre de 1904, Reglamentación de las casas de juegos;

4. La Ley de Restablecimiento de las disposiciones del Reglamento de Policía relativos a juegos prohibidos;

5. Las facultades establecidas a la Lotería Nacional en los artículos uno, dos y tres del Decreto Ejecutivo numero 06 – 2001, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 28 del 8 de Febrero del 2001, referidos a cualquier tipo de juegos de apuestas, de destreza, electrónicos, de suerte o azar, o cualquier otra actividad similar independientemente de su naturaleza, modalidad o denominación;

6. Cualquier otra disposición que se oponga a la presente ley.

Arto. 53 Vigencia de la Ley.

La presente ley es de orden público y entrará en vigencia noventa días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Hasta aquí el articulado y la ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VII.

Observaciones al artículo 47.

Diputado Augusto Valle, tiene la palabra.

DIPUTADO AUGUSTO VALLE CASTELLÓN:

Considerando los derechos adquiridos de las personas jurídicas que operan juego de azar y que la ley no es retroactiva, como principio constitucional propongo sustituir la propuesta anterior por la siguiente:

Sin perjuicio de los derechos adquiridos, la persona natural o jurídica que a la fecha de entrada en vigencia la presente ley opera en casinos y salas de juegos y tengan sus permisos de operación vigente, quedan autorizados a seguir operando hasta el vencimiento de los mismos, cuando deberán hacer su trámite de renovación conforme a la presente ley.

Paso la moción, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver, observaciones al artículo 47.

No hay observaciones.

Entonces, hay una moción presentada por el diputado Augusto Valle, que señala que los casinos y salas de juegos que ya existen continúen operando y se acojan a esta ley hasta que se les venza el permiso de operaciones.

Vamos a pasar a votar la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

12 votos a favor de la moción, 44 en contra, 0 abstención, 26 presentes. Se rechaza la moción presentada.

Observaciones al artículo 48.
No hay observaciones.

Observaciones al artículo 49.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 50.

No hay observaciones.
Observaciones al artículo 51.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 52.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 53.

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Presentamos un nuevo artículo 53 para dejarlo con mayor claridad, el que diría lo siguiente:

La Autoridad de Aplicación de la presente ley está obligada a desarrollar todas las coordinaciones con la Policía Nacional con el fin de garantizar el orden público, la seguridad económica y la seguridad ciudadana. Por ministerio de la presente ley se reconoce y reafirma todos y cada una de las facultades y atribuciones que tiene por ley la Policía Nacional de Nicaragua.

Paso moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces vamos a votar la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención, 30 presentes. Se aprueba la moción presentada al artículo 53.

¿Hay alguna otra moción?

Diputada Xochilt Ocampo, tiene la palabra.

DIPUTADA OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA:

Sí, compañero Presidente.

Hay una moción de consenso, para agregar un nuevo párrafo, el cual leo textualmente.

Debe de colocarse en todos los locales de casinos y salas de juegos carteles vistosos previniendo delitos como la trata de personas y explotación sexual, así como la prohibición del uso de abuso de la imagen de la mujer, niños, niñas y adolescentes.

La propuesta era que fuese el último párrafo del artículo 51, pero como ya estamos en el 53, sería un nuevo artículo. Entonces, se queda exactamente como el último párrafo del artículo 51.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

44 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención, 36 presentes. Se aprueba la moción presentada.

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Quiero pedirles a los compañeros que estaban trabajando en las mociones que si bien es cierto, -Wilfredo, Wálmaro- que en la Ley de Equidad Fiscal aparece, pero creo que como esta es una Ley de Operación de Casinos y Salas de Juegos debe traerse un artículo nuevo donde se establezca la prohibición de que este tipo de casino o sala de juegos estén fuera del área de los colegios o de las iglesias, como lo tenemos establecido con los bares y cantinas y que también ya está éso en la Ley de Equidad Fiscal, pero como ésta es una Ley Especial que está regulando todo eso, creo que es correcto traerla a esta ley en un articulado.

Están preparando moción en este instante.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, Presidente.

Efectivamente respaldamos la propuesta que hace el diputado Edwin Castro; primeramente había manifestado la diputada Xochilt Ocampo la necesidad de prohibir la apertura de salas de juegos o casinos cerca de los centros de estudios, por lo tanto, respaldamos que se haga ese nuevo artículo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Augusto Valle, tiene la palabra.

DIPUTADO AUGUSTO VALLE CASTELLÓN:

Gracias, Presidente.

Antes de que cerremos la discusión de esta ley, quisiera preguntarle a la Comisión que trabajó este Dictamen, sobre el juego o las apuestas por internet. Las apuestas por internet deberían de ser reguladas a través de los casinos. En ese sentido quería preguntar sobre el artículo 48 que no estoy muy claro, Wálmaro, porque se habla de un reglamento, pero no se especifica en este artículo con respecto a las apuestas por internet.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Efectivamente, hay un artículo muy particular de esta ley, que establece que la Autoridad de Aplicación, debe desarrollarse en el reglamento y en la normativa disposiciones relativas a regular los juegos de apuestas cuando se dan por internet. Lo que no se puede hacer es prohibir y establecer que única y exclusivamente en casinos y salas de juegos se puede desarrollar este tipo de juegos de apuestas, porque sería casi como querer parar el mar con las manos, sencillamente sería decir no podemos prohibir el internet como tal, pero sí son regulados por la Autoridad de Aplicación, si se dan estos juegos en casinos y salas de apuestas.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos a votar la moción acerca de los casinos alejados de escuelas e iglesias.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Presidente, es que me quedé con la duda de lo que planteaba el diputado Valle, en el sentido de los derechos adquiridos y que la moción fue rechazada, pero es que hay alguna lógica cuando dice, lo que ya tienen su permiso y se les vence en determinada fecha no podés cercenarle ese derecho adquirido, sin embargo como la moción fue modificada quisiera plantear que demos a la “vacatio legis”, un período de un mes o de dos meses más, para así compensar en algo los derechos adquiridos que están ahí. Entonces, mi propuesta iría dirigida a que en lugar de decir una vigencia de 50 días, de 90 días, digamos una vigencia de 120 días o de 150 días mejor.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 27 presentes, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba la moción presentada.

Ahora pasamos a votar todo el Capítulo VII con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo VII con todos sus artículos y todas sus mociones ya aprobadas y con él se aprueba la Ley Especial de Regulación Control de Casinos y Salas de Juegos.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados a la Orden del día No. 1. Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES. Punto 2.118: LEY DE FOMENTO AL SECTOR CÁRNICO DE NICARAGUA.

Managua 21 de marzo de 2011.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional de Nicaragua
Su despacho.

Estimado Doctor Navarro:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política y artículos 14 inc. 2; 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de ley, la presente iniciativa de ley denominada Ley de Fomento al Sector Cárnico de Nicaragua.

Sin más que agregar, le saludo.
Atentamente,

Ing. Douglas Alemán Benavides
Diputado
Bancada FSLN
Asamblea Nacional


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



Diputado
Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política y artículos 14 inc. 2, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley, la presente iniciativa de Ley denominada “Ley De Fomento al Sector Cárnico de Nicaragua”.

La Constitución Política, establece la obligación del Estado en el desarrollo económico del país, promoviendo el desarrollo integral, siendo gestor del bien común, garantizando los intereses y las necesidades particulares, sociales, sectoriales y regionales de la nación, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de la población y realizando una distribución cada vez más justa de la riqueza; en este sentido, la norma reconoce el rol protagónico de la iniciativa privada, la cual comprende en un sentido amplio, a grandes, medianas y pequeñas empresas, micro empresas, empresas cooperativas, asociativas y otras reza los Artos. 98 y 99 Cn.

La Constitución Política, también reconoce el derecho de participación de los sectores productivos en la elaboración de los planes económicos de la nación según estatuye el Arto. 101 Cn., en ese sentido el Sector Cárnico, contribuye como rubro a la economía del país, mediante generación de empleos y de recursos por las exportaciones, así como el aporte al sistema de nutrición sana para toda la población.

La ganadería es una de las actividades económicas más importantes del país, esto haciendo una valoración integral de producto principal carne bobina en diferentes cortes, así como ganado en pie y los derivados, como los despojos comestibles, lo cual genera más de 600 mil empleos y aporta al país en concepto de ventas al exterior más de 400 millones de dólares. En el año 2009 Nicaragua percibió en concepto de exportaciones de carne bovina un total de 234.3 millones de dólares, 77.6 millones en exportaciones de queso; 51.9 millones de dólares en ventas de leche y 18.7 en exportaciones de ganado en pie para un total de 382.5 millones de dólares.- Pese a la importancia de este sector en las exportaciones totales del país, este sector carece de una ley particular que potencialice la legislación nacional y acuerdos y tratados de comercio que Fomenten al Sector Cárnico y esto justifica la presente iniciativa.-

FUNDAMENTACIÓN

El origen de la ganadería en Nicaragua se remonta a la llegada de los españoles a nuestro territorio, cuando el conquistador Pedrarias Dávila soltó un lote de ganado en la península de Rivas y éste se diseminó por las llanuras de nuestro país, ya que nuestras tierras desde entonces eran ricas en pasturas naturales y un clima tropical apto para el desarrollo ganadero.

Rápidamente pasó la ganadería a ser el principal rubro de exportación de nuestro país comercializándose carne seca y cueros principalmente con destino a Guatemala. Siendo posteriormente desplazado por la introducción del cultivo del café y más adelante por la introducción del algodón.

A pesar de eso la ganadería se ha mantenido siempre como un rubro de importancia nacional, ya que a la explotación Cárnica se le incorporó la producción de leche y sus derivados los que se han convertido en parte insustituibles de la dieta de los nicaragüenses.

A partir de los años 90 la ganadería fue casi proscrita tildada de ser depredadora del medio ambiente y negado todo apoyo externo y prácticamente casi todo apoyo interno. Sin embargo por la naturaleza de los ganaderos y su perseverancia este rubro no sólo se mantuvo, sino que fue creciendo de manera sostenida hasta convertirse nuevamente en el principal rubro de exportación de nuestro país y el principal productor de alimento para nuestro pueblo, así como la principal fuente de empleo en el campo y una de las más importantes generadoras de empleo indirecto en nuestros pueblos y ciudades.

Hoy en día gracias al respaldo que nuestro Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional ha brindado a los ganaderos nicaragüenses en el desarrollo de programas de crecimiento ganadero tales como, el programa productivo alimentario y el abastecimiento de los mismos por productores nacionales, la exportación de ganado en pie, la exportación de vientres, la apertura de nuevos mercados y la consolidación de los mercados históricos para nuestros productos tanto lácteos como cárnicos, hemos logrado a partir del 2007 al 2010 crecer sostenidamente un promedio anual del 23% respecto al año anterior respectivo, siendo el único rubro que muestra este comportamiento de crecimiento sostenido.

Datos oficiales del Gobierno, ubican a los productos cárnicos dentro de los principales productos de exportación del país, según datos cuantitativos de las exportaciones de los últimos cinco años han venido en crecimiento en los principales productos, lo cual se puede apreciar en el cuadro siguiente:
Producto
2006
2007
2008
2009
2010
Despojos Comestibles
5, 536, 201.16
9, 712,311.49
10, 942,086.49
8, 907,533.15
11, 121,127.34
Ganado Bovino
39, 339, 669.38
41, 918,940.00
27, 132,544.24
18, 799,573.10
21, 604,596.60
Carne de Bovino
151, 267, 323.98
183, 476,841.86
215, 122,337.99
234, 355,036.44
311, 671,399.68
Fuente: CETREX

Otro dato importante que sobresale de esta industria y actividad agropecuaria, es que Nicaragua exporta el 70 por ciento de la carne que Centroamérica vende en los mercados internacionales, lo cual refleja que el sector cárnico, está siendo dinámico, eficiente y constante en su desarrollo, a lo cual el Estado debe fomentar y promover esta actividad económica, para esto la presente iniciativa.

Siendo integral la visión responsable del desarrollo sostenible, ha existido acuerdo por parte de los actores de la actividad agropecuaria e incorporados en políticas del Estado, como es asignar el 20% de las fincas para fines forestales y así mantener un equilibrio ambiental, a lo cual se suma el respeto de la legislación ambiental como el hecho de las áreas destinadas a la protección de recursos hídricos donde se asigna un 25% para la protección forestal, además del cumplimiento de las normativas para las actividades en la cadena de la producción, la cuales han sido verificadas por los organismo del Estado como MARENA y MAGFOR.
También a nivel nacional los aportes para la alimentación y otras industrias, en el caso de los productos de consumo nacional como el consumo de carne propiamente dicho, otros productos el queso, crema, mantequilla, aportes a otras industrias como del sector de quesillo, rosquillas y calzado. Al respecto el Banco Central de Nicaragua, ha reflejado que el consumo nacional en el año 2009 fue de un 33 % del volumen de producción anual total que refleja 80 millones de libras, teniendo como resultado que somos autosuficientes para satisfacer la demanda interna, con la posibilidad de exportar un 67% de la producción, esto se puede apreciar en el cuadro indicativo que a continuación se expone:


Fuente: Informe Anual BCN 2009

LEGISLACIÓN COMPARADA.

Es importante incorporar en el análisis del presente proyecto, que a nivel internacional existen políticas de países que tienen esta industria y actividad agropecuaria, según los datos siguientes:

Esta iniciativa de fomento al sector cárnico, está dentro de la lógica de desarrollo económico de la nación, porque es un sector productivo que en base a esfuerzos propios se encuentra en la dinámica de competencia de mercado nacional e internacional, por tal razón se han identificado sus propias necesidades que requieren del respaldo decidido del Estado como un Plan Nacional de caminos ganaderos, atención a los costos de producción, medidas anticompetitivas, respaldo para ingreso a nuevos mercados, facilidades de acceso a créditos viables que permitan competitividad, obtención de tecnología moderna, facilidades en las gestiones administrativas gubernamentales, hacer conciencia a los productores de incorporar el elemento medio ambiente y desarrollo sostenible en la cadena productiva.

Se requiere una instancia de participación del sector público y privado como un consejo con el propósito fundamental de actuar con carácter de consulta, concertación y articulación para incidir de manera permanente en la gestión del desarrollo productivo de la carne y la diversificación de sus derivados, de la cadena productiva del sector cárnico y que involucren la participación de los agentes económicos, entidades públicas del gobierno central y locales y la sociedad civil, esta entidad no crea cargo al Presupuesto General de la República.

La presente iniciativa de ley está estructurada en seis capítulos que contiene lo anteriormente señalado en el fundamento de la presente iniciativa de ley, que a continuación se detallan:

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES, OBJETO Y NATURALEZA.

CAPÍTULO II DEL FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN DE CARNE BOVINA, LA INDUSTRIALIZACIÓN PARA SU PROCESAMIENTO E IMPULSO DE SU COMERCIALIZACIÓN

CAPÍTULO III DE LA SEGURIDAD DE LOS SEMOVIENTES

CAPÍTULO IV CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO DEL SECTOR CÁRNICO

CAPÍTULO V PROPÓSITO DEL CONSEJO

CAPÍTULO VI DEL PATRIMONIO

Por lo antes relacionado, presento la iniciativa denominada Ley de Fomento al Sector Cárnico de Nicaragua, la que no se opone a la Constitución Política, ni a ningún tratado internacional ratificado por Nicaragua, por tal razón solicitamos se le dé el trámite que por ley corresponde, sea envidada a Comisión para su consulta y dictamen y posterior aprobación.
Managua, 21 de marzo del año dos mil once.

Ing. Douglas Alemán Benavídez.
Diputado
Bancada FSLN
Asamblea Nacional


PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Producción Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en la misma Orden del Día No. 1, con el Punto 2.119: LEY DE INDULTO PARA 33 PERSONAS.

Managua, 27 de Abril del 2011

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Con fundamento en los artículos 138, numeral 3, y 140 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 14, numeral 2, y artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito la siguiente Iniciativa de Ley denominada Ley de Indulto, de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, por lo que solicito se le dé el trámite de ley correspondiente.

Acompaño a la presente, la Exposición de Motivos y el texto de ley correspondiente, así como las copias respectivas.


Sin más a que referirme, me despido de Usted.
Atentamente,


Alejandro Ruiz
Diputado


Managua, 27 de Abril del 2011.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 14, numeral 2, y artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presento la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto.

Fundamentación:

La Constitución Política de Nicaragua, concede el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional, en su artículo 138, numeral 3, que dice: “Son atribuciones de la Asamblea Nacional: 3) Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República”.

Por tanto, el indulto es el acto jurídico constitucional mediante el cual la Asamblea Nacional a través de una ley, perdona la pena de prisión a una o varias personas.

Nuestra Constitución Política, señala en el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del Pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, artículo 39, párrafo primero, que: “En Nicaragua el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad. Por medio del sistema progresivo promueve la unidad familiar, la salud, la superación educativa, cultural y la ocupación productiva con remuneración salarial para el interno. Las penas tienen un carácter reeducativo”.

Considero que a estos privados de libertad se les debe de brindar la oportunidad para que atiendan su salud y a su familia; de igual manera, se les dé otra oportunidad para que se reinserten a la comunidad en pro de la unión familiar, ya que ésta es el núcleo fundamental de la sociedad.

Por ello, estimo que dicha Iniciativa de Ley es idónea para que, una vez que se realice exhaustivamente un estudio y análisis de cada una de estas solicitudes las que suman 33 (treinta y tres) se pueda dictaminar, ya que son ciudadanos que han permanecido varios años recluidos y actualmente muchos de ellos se encuentran en delicado estado de salud.

Por todo lo antes expuesto, someto a consideración del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de Ley de Indulto y de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, sea enviado a la Comisión respectiva para su debido dictamen y posterior aprobación.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de la Paz, Defensa Gobernación y Derechos Humanos.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en la misma Orden del Día No. 1. Con el Punto 2.117: LEY CREADORA DEL INSTITUTO LATINOAMERICANO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA (ILIECT).

Managua, 08 de Marzo de 2011.


DOCTOR
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL.

Honorable Primer Secretario:

Con fundamento en el Arto. 140 De la Constitución Política de Nicaragua y en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le presento el Ante Proyecto de Ley denominado, “Ley Creadora del Instituto Latinoamericano De Estudio e Investigación De Ciencias Y Tecnología (ILIECT)”, con su correspondiente Exposición de Motivos y texto de ley a fin de que sea sometida a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional.

El Proyecto tiene como objetivo, la creación del Instituto Latinoamericano De Estudio e Investigación De Ciencias Y Tecnología (ILIECT) con la finalidad de contribuir al desarrollo humano y económico de la nación, apoyando a la educación superior en la formación y Actualización profesional a través de Postgrados en los niveles de especializaciones, maestrías y doctorados y la investigación científica en las diferentes áreas de las ciencias, Economía, Jurídica, Administrativa, Tecnológica y las disciplinas afines, todo ello conforme al artículo. 81 y siguientes de la Ley 582/2006, Ley General de Educación, de veintidós de marzo y publicada en La Gaceta No. 150, Diario Oficial, del jueves tres de agosto de dos mil seis.

Por lo que espero que dicho Proyecto de Ley sea incluido en Agenda en el menor tiempo posible y remitirlo a la Comisión respectiva para su aprobación por los diputados que dignamente integran este plenario de la honorable Asamblea Nacional.

Sin más a que ser referencia, me suscribo,

Atentamente,

Evertz Cárcamo Narváez
Diputado

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Diputado
Ingeniero René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y del Arto. 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, así mismo, con fundamento en el artículo 83 de la Ley General de Educación, Ley Nº. 582, Artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, me dirijo a usted para presentar el anteproyecto de Ley denominado: “LEY CREADORA DEL INSTITUTO LATINOAMERICANO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA (ILIECT).

ANTECEDENTES

El Instituto Latinoamericano de Estudio e Investigación de Ciencias y Tecnología (ILIECT) surge como una respuesta a la necesidad de fortalecer el proceso y desarrollo de institucionalización de la gestión pública, así como en la pequeña, mediana y gran empresa coherente con los aspectos normativos del desarrollo institucional y empresarial que experimenta el país, que exige líderes empresariales, servidores y funcionarios públicos emprendedores con principios y una visión de responsabilidad social con solidaridad además con un perfil profesional de competencia laboral tanto a lo interno como en lo externo de nuestro país.

Desde su fundación en el año 2005 como Fundación Fe y Esperanza, (FUNDAFE) Organización Civil, Cristiana sin fines de lucro inscrita y registrada conforme Decreto A.N. No 5418 publicado en "La Gaceta" Diario Oficial Número Ciento Cincuenta y Cinco (155), y debidamente inscrita bajo número perpetuo cuatro mil trescientos noventa y cuatro (4394), folio Número un mil quinientos treinta y dos (1532) al Folio un mil quinientos cuarenta y cuatro (1544), Tomo Primero (I), del Libro onceavo (11°) del Departamentos de Asociaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación; tiene como principal objetivo el de expandir sus funciones en beneficio de la sociedad, siempre dentro del área de la educación superior especializada, de manera tal, que pueda incidir con más efectividad en el desarrollo cognoscitivo de aquellos profesionales que deseen incursionar en área de Estudios e Investigación de Ciencias Económica, Jurídica, Administrativa y Tecnológica y sus demás ramas a fines. La Ley General de Educación, que consagra el derecho fundamental a la Educación, se encuentra vinculada axiológicamente al Estado Social de Derecho, y juega un rol importante en la consagración de derechos y garantías ciudadanas, de los Derechos Sociales y, en lo particular, en la Educación. En ese sentido, el Sistema Educativo Nacional, y en especial el subsistema de la educación superior, es considerada como un factor trascendental para la transformación y el desarrollo humano y sostenible de la sociedad nicaragüense.

Así, los Centros e Institutos de Estudios e Investigación científica, se convierten en presupuestos y espacios vitales para la formación de una conciencia crítica nacional a través de la formación del conocimiento especializado con la finalidad de que produzcan conocimientos de primer nivel, para contribuir al desarrollo humano, económico y a la gobernabilidad democrática de nuestro país y de la región, ello se vuelve aún de mayor interés para el país, si tomamos en consideración que el mundo se encuentra sumergido hoy por hoy, en un irreversible y veloz proceso de cambios y avances en diferentes áreas, generando una transformación sistémica con alcances globales.
FUNDAMENTACIÓN

Quisiera fundamentar el presente proyecto con la siguiente definición; Etimológicamente, la educación tiene dos significados: educare que significa “conducir”, llevar a un Hombre de un estado a otro; y educere que significa “extraer”, sacar algo de dentro del Hombre. Desde esta concepción considero que la educación es un proceso de aprendizaje y enseñanza que se desarrolla a lo largo de toda la vida y que contribuye a la formación integral de las personas, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creación de cultura, y al desarrollo de la familia y de la comunidad nacional, latinoamericana y mundial. Se desarrolla en instituciones educativas y en diferentes ámbitos de la sociedad. El desarrollo de una nación pasa, necesariamente, por una educación de calidad y por la realización de investigaciones científicas que permitan conocer la realidad del país y promover, de sus resultados, las acciones de transformaciones para su positiva configuración. Un país sin educación de calidad está condenado a la pobreza personal y económica y a la ausencia de una cultura democrática, un país sin investigación científica está condenado a no conocerse asimismo y, por tanto, forzado a la involución. Por tal razón, la Constitución Política de la República de Nicaragua, expresa que la “educación es una función indeclinable” y prioritaria en la agenda de gobernabilidad democrática del Estado, quien por mandato constitucional tiene como principio garantizar las condiciones necesarias para una educación de calidad, el progreso y desarrollo humano, económico, científico y tecnológico de grandes y extensas magnitudes. En tal sentido, la educación y la investigación debe ser considerada como una inversión, ambas deben de constituir los puntos rectores de la agenda para el desarrollo del país, y además, considerada como un eje transversal e indispensable en las democracias contemporáneas.

Así pues la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la Educación. La sociedad tiene la responsabilidad de contribuir a la educación y el derecho a participar en su desarrollo. Entonces la educación es una presentación sistemática de hechos, ideas, habilidades y técnicas para formarle o desarrollarle; La educación tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo. Mi reflexión es que La educación es un fenómeno que en la actualidad prepara a las personas para interpretar la realidad y fomentar la participación activa con un uso de razón adquirido a través del aprendizaje de valores tanto morales y de crecimiento de la persona, como intelectuales.

En el presente siglo Nicaragua tiene como eje transversal en su proyecto de nación buscar el desarrollo y con este salir de la pobreza en que hemos estado sumido, y considero que la educación es uno de los instrumentos fundamentales para lograr en este país un desarrollo integral en todas sus direcciones, permitiendo mejorar la calidad de vida de la sociedad como un todo; asimismo, reflexiono que si bien es cierto que El Estado garantiza el ejercicio del derecho a la educación; no se puede seguir dejando que el Estado nicaragüense asuma toda la responsabilidad en cuanto a garantizar por mandato constitucional una educación de calidad en todo los niveles, más bien insta a que todos los miembros de la sociedad nicaragüense debidamente organizados, se involucren con responsabilidad para hacer realidad ese gran proyecto.

Por las razones anteriormente expuestas y en base al artículo 83 de la Ley General de Educación la que establece con claridad lo siguiente: “Los Centros o Institutos de Estudios e Investigación, serán creados por la Asamblea Nacional, a través de Ley. Esta Ley determinará su régimen académico, científico, administrativos, patrimonial, estructura y funcionamiento; todo ello sin perjuicio de adscripción o creación de Centros o Institutos conforme a la Ley 89, Ley de Autonomía de la Instituciones de Educación Superior, en relación a lo anterior, es necesario crear mediante Ley el Instituto de Educación Superior que se denominará “Instituto Latinoamericano De Estudio e Investigación De Ciencias Y Tecnología (ILIECT), dirigido a la formación especializada a través de postgrados en los niveles de diplomados, especializaciones, maestrías y doctorados en las diferentes áreas de las Ciencias Jurídicas, Ciencias Sociales Políticas y Públicas, Ciencias Medicas, Ciencias Económicas Administrativas y Financieras, Ciencia De La Tecnologías y La Comunicación, sin perjuicio de incursionar en el estudio y la investigación científica dentro de las diferentes áreas y disciplinas afines.

Los objetivos fundamentales de El Instituto Latinoamericano De Estudio e Investigación De Ciencias Y Tecnología (ILIECT), recaerán sobre los siguientes criterios:
NATURALEZA:

Crear El Instituto Latinoamericano De Estudio e Investigación De Ciencias Y Tecnología (ILIECT) como una institución de carácter civil, social, educativa, cristiana, privada y sin fines de lucro. Dedicada a la actividad académica especializada y de investigación científica explícitamente en las siguientes áreas y disciplinas: Ciencias Jurídicas, Ciencias Sociales, Políticas y Públicas, Ciencias Médicas, Ciencias Económicas Administrativas y Financieras, Ciencia de la Tecnologías y la Comunicación, y cualquiera otra rama a fin.
MISIÓN:

ILIECT adopta como criterio fundamental contribuir al desarrollo institucional del país formando profesionales con excelencia académica, la promoción de la dignidad de la persona humana (el ser), inspirada por sus más profundos ideales (el deber ser); capacitada para la acción y el servicio (el hacer) y preocupada por la búsqueda del conocimiento en las más variadas formas del nivel superior (el saber). Está atenta a los procesos dinámicos de la cultura, promueve las capacidades superiores del ser humano en cada uno de los miembros de la sociedad para que se constituyan en sujetos activos de su propia historia, y desde ella, contribuyan en forma decidida y significativa a la construcción de un país con un estado social de derecho y desarrollado, y con mejor calidad de vida.
VISIÓN:

ILIECT, será uno de los más importantes Instituto de educación superior especializada del país, líder en excelencia académica con acreditación y proyección institucional, con alto grado de desarrollo científico y tecnológico, un profundo sentido ético, humanístico y social; participará de forma interactiva entre las redes de las comunidades académicas y científicas dentro de un mundo globalizado, en coherencia con las nuevas tendencias de la educación y la cultura; para un desarrollo sostenible, transparente con equidad y justicia social.

FINALIDAD:

ILIECT es una Institución de educación superior especializada, con régimen orgánico especial, dedicada a la docencia de postgrado, al estudio, la investigación científica, la difusión del conocimiento y el análisis permanente de los problemas del país que afectan el bienestar de la sociedad, sirviendo dentro de un marco ético y científico de excelencia académica, con adaptación a la solución de los problemas y necesidades de la sociedad.

Desde esta perspectiva contribuir al desarrollo humano, económico y tecnológico de la nación nicaragüense, a través de una educación superior especializada, ofreciendo mediante postgrado en los niveles de especialización, diplomados, maestrías y doctorados, sin perjuicio, que el ILIECT pueda contribuir en ese mismo sentido con investigaciones científicas en materia objeto y fin de este Instituto.

El Instituto Latinoamericano de Estudio e Investigación de Ciencias Económica, Jurídica, Administrativa Y Tecnológica (ILIECT) para cumplir con sus propósitos, fines y objetivos se regirá por los siguientes Principios:

Justicia
Libertad
Dignidad de la persona humana.
Democracia
Solidaridad
Equidad y Calidad
Ética y Moral
Honestidad
Responsabilidad

Ante la exposición de motivos, fines, fundamentación y principios, así como su visión y misión considero que El Instituto Latinoamericano de Estudio e Investigación de Ciencias Y Tecnología (ILIECT), cumple con los requisitos necesarios para expandir sus beneficios sociales mediante el cumplimiento de los objetivos antes descritos y relacionados.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración al plenario de esta honorable Asamblea Nacional, la presente iniciativa de Ley para su tramitación y proceso de formación de Ley, a fin que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deporte.

Adjunto a la presente, con copias de Ley, en original y fotocopias.
Atentamente,
Evertz Cárcamo Narváez
Diputado

Hasta aquí la Exposición Motivos
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en la Orden del Día Nº 1, con el Punto 2.34: DECRETO DE CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN ACADEMIA PROCREDIT LATINOAMÉRICA.

Managua, 15 de febrero del 2011.

Ingeniero
René Núñez Téllez.
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc. 5 del Arto, 138 y Arto, 140 de la Constitución Política de Nicaragua y el Inc. 2 del Arto. 14 y el Arto 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro estoy presentando la solicitud de CANCELACIÓN de Personalidad Jurídica la FUNDACIÓN ACADEMIA PROCREDIT LATINOAMÉRICA, sin fines de lucros, con domicilio en el municipio de Managua del Departamento de Managua. Fue constituido en Escritura Pública Numero. (20) celebrada antes los Oficios Notariales del Notario Hugo Antonio Beltrand Blandón, el veintiséis de Agosto del año dos mil nueve y otorgada su Personalidad Jurídica mediante Decreto Legislativo Número 5,807 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 201 (dos cientos uno) del veintitrés de octubre del año dos mil nueve.

Dicha Fundación fue disuelta y liquidada por la Asamblea General Ordinaria celebrada el veinticuatro de octubre del año dos mil nueve y que consta en Acta Número Uno de la Fundación.

Mediante Escritura Pública Número VEINTE ante los Oficios Notariales de la Notaria Hilda Alicia Pavón Barrantes celebrada el catorce de febrero del año dos mil once, la totalidad de los asociados de la Fundación comparecieron a DISOLVER, LIQUIDAR Y SOLICITAR CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA FUNDACIÓN ACADEMIA PROCREDIT LATINOAMÉRICA.

De conformidad con el Arto. 24 Inc. f) de la Ley 147, (ciento cuarenta y siete) “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCROS”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102, del veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y dos, y el Arto. 155 Inc. f) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo solicito que una vez llenado los requisitos de ley, otorguen la CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA FUNDACIÓN ACADEMIA PROCREDIT LATINOAMÉRICA.

Adjunto al presente Proyecto de Decreto, solicitud del Presidente de la Fundación, así como documentos que acreditan la existencia de la Fundación y las copias conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Atentamente.


Guillermo Osorno Molina
Diputado
Asamblea Nacional

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de la Paz, Defensa Gobernación y Derechos Humanos.

Se suspende la sesión y continuamos el día de mañana.














































SESIÓN ESPECIAL, DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, DEDICADA A LAS MADRES NICARAGÜENSES Y EN PARTICULAR A LAS MADRES DE LA ASAMBLEA NACIONAL; CELEBRADA EL DÍA VEINTISÉIS DE MAYO DEL 2011, CON CITA PARA LAS DIEZ DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA)

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días para todos y todas, son las diez en punto de la mañana hora en que deberíamos iniciar la Sesión, pero nos encontramos que varios de los que han sido delegados por las bancadas para intervenir en esta Sesión Especial no están presentes.

Entonces, vamos a darles diez minutos para que se hagan presentes, sino iniciamos sin ellos, desafortunadamente.

Buenos días de nuevo, vamos a iniciar la Sesión Especial dedicada a las Madres Nicaragüenses y en particular a las Madres de la Asamblea Nacional.

Vamos a pedirle a nuestra Segunda Secretaria, que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Muy buenos días, compañero Presidente, existe quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre esta Sesión Especial dedicada a las Madres Nicaragüenses.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MESA, MAESTRO DE CEREMONIA:

A continuación, tendremos las notas de nuestro Sagrado Himno Nacional.

Se da así por iniciada esta Sesión Especial en ocasión de la Celebración del día de la Madre Nicaragüense, que como todos sabemos es el 30 de mayo.

A continuación, escucharemos palabras de la diputada Ana Julia Balladares, quien habla en representación de la Bancada por la Unidad Nicaragüense.

DIPUTADA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Muy buenos días diputadas y diputados, trabajadoras de la Asamblea Nacional de Nicaragua y personal que labora en este Poder del Estado.

Es para mí un alto honor tener como responsabilidad hablar en representación de la Bancada por la Unidad Nicaragüense, así como de todas las hijas e hijos que nos desempeñamos en esta Institución de un ser único y maravilloso, la Madre. Madre, es palabra santa, madre palabra de amor, de entrega, de lucha, de amiga, de consejera, madre es la que está siempre en las buenas y en las malas, pero siempre está ahí.

La madre de hoy tiene un triple reto ante la sociedad, madre trabajadora, ya que en primer lugar se dedica al cumplimiento de sus funciones productivas, que son las tareas con que contribuye económicamente al hogar, cultivando la tierra, criando ganado, fabricando y vendiendo artesanías o realizando empleo remunerado. En segundo lugar, la madre desarrolla actividades reproductivas mediantes el cuidado y el fortalecimiento del hogar; incluyendo gestar y dar a luz, criar y educar a los hijos, velar por su salud, la preparación de los alimentos, la recolección de agua y leña, la compra de provisiones, los quehaceres domésticos y el cuidado de la familia. Finalmente, la madre realiza actividades comunitarias que incluyen en la organización colectiva de eventos sociales y servicios ceremonias y celebraciones, actividades para el mejoramiento de la comunidad, participación en grupo y organizaciones, en actividades de la política local y de otra índole. Cabe destacar que por lo general este triple rol de la madre, no es incorporado en los análisis económicos de las comunidades; por tanto, se considera no económica, carecen de una compensación monetaria y se excluyen de las cuentas nacionales de ingreso.

En lo personal, si cada una de nosotros y nosotras, hacemos una retrospectiva, recordaremos que de niños creíamos que mamá todo lo puede; que no siente cansancio, que no sufre; sin embargo, esa imagen que guardamos de ella poco a poco no coincide con lo que vemos cuando pasan los años. Entonces, descubrimos que mamá también sufre, se cansa, está triste, no tiene fuerza pero calla y ocultando el dolor, la vemos como una heroína que ha sobrevivido a grandes tragedias, llevándonos de la mano conteniéndonos y mostrándonos la vida siempre del lado más bello. De niños no entendíamos sus lágrimas, de adultos nos preocupa o no lo comprendemos; así como nosotros necesitamos tantas veces de la protección de esos brazos fuertes, de la comprensión de nuestro gesto o de nuestro silencio de nuestro dolor, ella también nos necesita, por eso deberíamos de detenernos y observarla, abrazarla y hacer que sienta que estamos ahí, que nos importa, que es valiosa y que de esta forma regresaremos a ella el más hermoso sentimiento que nos enseñó, el sentimiento que lleva paz y tranquilidad en los momentos difíciles de la vida, el que nos sostiene, el que minimiza el dolor, el que nos hace luchar por nuestros sueños e ideales, pero por sobre todo nos enseña dar sin pedir nada a cambio, el amor.

Se puede afirmar que la madre es el primer artífice de la historia, pues su influencia es fundamental en la vida familiar, económica, social y cívica, responsable junto con el padre de la procreación, la madre ejerce con él, en el seno de la familia una acción educativa decisiva, la influencia de la madre sobre la familia se proyecta en la ciudad, la vida nacional e internacional. Sus dones particulares de mujer, como su ternura, comprensión, entrega, paciencia y sacrificio implican un aporte básico sobre la formación de valores en los hijos, así como en el plano cultural económico, social y civil. Ella funda las bases mismas de los valores espirituales y morales de toda civilización. Estas realidades descritas son la esencia profunda del ser humano definen la misión de la madre en la familia; así como la misión irreemplazable de la familia en la sociedad.

La madre es la figura predominante de la familia nicaragüense, por eso otorgar un marco jurídico propicio para el bienestar de la familia, es apoyar a la madre en su desarrollo; la Constitución Política de la República de Nicaragua, establece un Capítulo específico denominado derechos de la familia; en él se señala que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de ésta y del Estado. Sin embargo, en Nicaragua los temas de familia han sido regulados en Nicaragua desde una óptica civilista, el derecho de familia se encontraba disperso en nuestro ordenamiento jurídico, podemos mencionar entre otros instrumentos relacionados al Código Civil de la República de Nicaragua, la Ley Orgánica del Patrimonio Familiar y de las Asignaciones Forzosas Testamentarias, la Ley de Adopción y sus Reformas, la Ley para la Disolución del Matrimonio por voluntad de una de las partes, y su Reforma a la Ley Reguladora de las Relaciones Madre, Padres, Hijos e Hijas, la Ley de Alimento y sus Reformas y la Ley de Responsabilidad Paterna y Materna y su Reglamento. Ahora cuando se apruebe el Código de la Familia, Nicaragua contará con una norma en materia de familia, que sea homologada y homogénea; en este sentido los esfuerzos dedicados al Código de la Familia por esta Asamblea Nacional están dando sus frutos y por mi parte dedico la cosecha a las madres nicaragüenses, pues este instrumento otorgará mayor oportunidad al desarrollo de la madre en el seno de la familia y en su desenvolvimiento como mujer.

Con el sobrevenir del tiempo, el desarrollo social, las políticas públicas del gobierno y con el pasar del siglo XXI, la mujer ha conseguido a base de esfuerzos una mayor relevancia en todos los campos de esta sociedad, pero al final del día, la labor que más las enorgullece es la de ser madre. Muy cierto es el dicho que reza: “El dinero no trae la felicidad” a ello se le puede agregar, que la felicidad viene de las manos con los logros alcanzados y la experiencia vividas, entre ellas, los recuerdos imborrables de amor de una madre hacia sus hijos e hijas; sin embargo, la madre de hoy se impone retos para hacer frente a un mundo cambiante, de no haber sido así, la etiqueta del sexo débil no estaría cayendo en desuso. En nuestro caso en concreto, la mujer emprendedora es la más sobresaliente y la que más elogio recibe, pero un mayor crédito tiene la que además de todo, es madre de familia, cabe destacar que el reconocimiento de esa voz más alta si se habla de una madre soltera, y sostén de su hogar. No olvidemos que varios roles se combinan en un solo personaje, el de la madre actual, por ejemplo ya no sorprende su incursión en las actividades públicas como la política, porque lo hemos visto con fuerza y claridad en los últimos años.

Para finalizar, les recuerdo que a una madre se le quiere siempre con igual cariño, aun después que no esté a nuestro lado. Esperamos que en un día como éste podamos demostrar nuestra gratitud al ser único, incomparable e insustituible y quiero decirles a las madres nicaragüenses, a los hijos e hijas, lo importante es que todos los hijos e hijas le digan a su madre “Te quiero” y que todos los días con ese “Te quiero”, nos satisfacen a nosotras las madres.

Y finalizo con esta frase: “La madre es una mujer de acción, la que siempre triunfa por los demás. “Feliz día de las madres”. Muchas gracias.



LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Acaban de escuchar las palabras de la diputada Ana Julia Balladares, quien hablaba en representación de la Bancada por la Unidad Nicaragüense en esta Sesión Especial, en la celebración del Día de la Madre Nicaragüense.

Seguidamente oiremos las palabras del diputado Andrés Zúñiga Mercado, quien hablará en representación de la Bancada del Movimiento Renovador Sandinista.

DIPUTADO ANDRÉS ZÚÑIGA MERCADO:

Sí, buenos días honorable Mesa Directiva del Parlamento Nacional, señores diputados, invitados especiales.

Hoy día estamos celebrando otro homenaje al día de la madre. En este caso los miembros de este Parlamento Nacional estarán por última vez cumpliendo con el término de esta administración 2007- 2011. Y probablemente muchos van a repetir, pero el próximo año serán nuevas caras si acaso los que estarán en este Parlamento.

En nombre de la Bancada del MRS, traemos un mensaje de felicitación para todas aquellas madres pobres, humildes, medianas, ricas porque el sentimiento de madre no tiene ni status ni calificaciones, es un sentimiento único, a la cual el creador ha dado esos sentimientos muy espirituales. No he escrito nada, sencillamente traigo ciertas reflexiones, porque creo que el compromiso de los legisladores no se trata de venir con mensajes ampulosos, solemnes, sino que participación debe ser de compromiso para con la sociedad nicaragüense.

Hace unos pocos meses me llamó la atención ver en la televisión a una serie de viejecitos y viejecitas poniéndose en huelga de hambre reclamando sus derechos que les han sido conculcados, incautados a pesar de que son derechos naturales, derechos universales y que en este bendito país siempre tenemos que llegar a situaciones extremas para arrancar un poco de esta miseria que se vive para lograr ciertos derechos, esta situación era en relación con la seguridad social. Hay que recordar que el Seguro Social lo mantienen los trabajadores de Nicaragua, todos los empleadores y empleados; sin embargo, a las clases menos favorecidas, les resulta difícil poder gozar de estos beneficios del Seguro Social. Aunque se logró algo, porque con los gobiernos anteriores no se había logrado nada, salieron bailando con gozo porque habían logrado que por lo menos los atendieran en las clínicas, como que si eso fuera un éxito extremado, cuando es una cuestión que está dentro de la Constitución de la República; pero el medio vuelto no se hizo esperar; se sabe que hay un anteproyecto de ley, en la cual se pedirá a todos los asegurados que para obtener la pensión se van a necesitar el doble de lo que actualmente se requiere que son, actualmente setecientas cincuenta cuotas y se quiere llegar a las mil quinientas y aumentar la edad de los sesenta años a los sesenta y cinco años.

Es realmente doloroso que un país como el nuestro, miserable, pobre, con alto índice de desempleo, llevemos a esas etapas a los jubilados, probablemente van a recibir sus pensiones en los cementerios. Creo que el compromiso de esta legislación y de la futura debe ser un compromiso con las madres de Nicaragua, porque no se trata de venir ahora y hablar de las bellezas de las madres, porque todas tienen también necesidades económicas y el único programa que existe en nuestros países desgraciados de América Latina es el Seguro Social, que a veces no da lo suficiente ni para comprarse un vigorón, que hoy es un plato de lujo. Ustedes van a un restaurante y un vigorón cuesta ochenta, noventa o cien córdobas.

Creo que esa debe ser la tarea del legislador que está aquí para representar los intereses del pueblo. En el transcurso de estos casi cinco años, qué es lo que hemos visto nada más, la noticia de los tránsfugas que se dan en este recinto y esa es la noticia del día y eso es lo que los periódicos persiguen, donde hay sangre, pero no donde deben haber reclamos de compromisos sociales.

Quiero terminar señalando algo que se relaciona con la clase de trabajadora sobre todo. Hay un señor que se llama Domingo Sánchez, alias “Chagüitillo”, un hombre que creo que si estuviera en los libros récord de guinness sería el hombre que más tiempo tuvo en las cárceles en tiempos de Somoza. El hombre que luchó tanto tiempo por las reivindicaciones sociales de los trabajadores tanto en los proyectos laborales como de Seguro Social, hace cuatro años aquí en este recinto se le aprobó una pensión de gracia que todavía no se le ha dado, probablemente el día que se decida se lo vamos a tener que llevar al cementerio. Nuestros compromisos deben ser más serios; a veces vemos en esta Asamblea que no dan ganas ni de hablar, porque unos están contando chistes, otros están en tertulias, otros están caminando por los pasillos; creo que la Asamblea tiene que ser más seria para la cual hemos sido electos.

Termino como comencé con un mensaje para todas las madres de Nicaragua, pobres, humildes, clase media, ricas, por que la mujer nicaragüense es el eje de la familia en Nicaragua y en América Latina y como bien dicen los sociólogos la familia es la base y fundamento de toda sociedad humana.

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Escuchábamos las palabras del diputado Andrés Zúñiga Mercado, hablando en representación de la Bancada del Movimiento Renovador Sandinista, en esta Sesión Especial en ocasión de la celebración del Día de la Madre Nicaragüense.

A continuación, palabras del diputado Pedro Joaquín Chamorro; quien habla en representación de la Bancada Democrática Nicaragüense.

DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:

Estimados colegas y amigos diputados y diputadas de las diferentes bancadas, en nombre de la Bancada Democrática Nicaragüense, quisiera este Día de las Madres rendir tributo, rendir homenaje a una persona muy especial que además de ser mi madre, en un momento muy importante en la historia de Nicaragua, creo que con sus genuinas características humanas logró ser la madre de todos los nicaragüenses y conducir a este país por la senda de la paz, de la reconciliación y la democracia. Es Violeta Barrios de Chamorro.

Traje este libro acá, no para leerles ningún capítulo de este libro que son sus memorias; sino para leerles la dedicatoria que nos puso a mi esposa y a mí.

Dice: “Pedro Joaquín, Martha Lucía y a todos mis nietos, besitos para todos, para que mis sueños sigan siendo realidades Violeta, “Teteta”. Porque así le decían o le dicen sus nietos “Teteta”. Pues mi madre es una persona muy humilde, nacida en el campo, no tuvo estudios universitarios, pero por sus dones el destino le tenía guardadas grandes responsabilidades. Se casó con un hombre político, Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, y su vida siempre estuvo en el filo de la navaja, en el filo del peligro. Mi padre fue conducido a la cárcel en muchas oportunidades y en una de tantas, también estuvo confinado a San Carlos, después de una de las carceliadas y desde ahí mi madre lo acompañó en un bote de remo y logró escapar hacia la vecina República de Costa Rica, por el Río Medio Queso, cercano pues es afluente del Río San Juan y ahí estuvimos nosotros algunos años en el exilio hasta que mi padre regreso a Nicaragua en lo que se llamó la insurrección o la revolución de Olama y Mollejones, para dar al traste con la dictadura de Somoza.

Mi padre fue capturado, como todos ustedes saben, y fue condenado por traición a la patria. Mi mamá nos decía a nosotros los cuatro hijos que estábamos muy pequeños entonces, que mi papá estaba en la aviación, y yo pensaba que mi padre estaba aprendiendo a ser piloto, como a mí me gustaba ser piloto, yo gozaba con que mi padre estuviera en la aviación; pero a mí me hacía falta mi padre. Entonces mi mamá en medio de todas las vicisitudes de la vida, los exilios, las carceliadas, mi papá le decía que un día a él lo iban a matar y que a ella le iba a tocar una gran responsabilidad, como presagiando ese día 25 de febrero de 1990 en que mi madre fue electa Presidenta de la República de Nicaragua. Le tocaron momentos muy difíciles de la historia, Nicaragua estaba saliendo de una guerra civil, habíamos pasado una división de hermanos nicaragüenses y una división en las familias nicaragüenses, mi madre con sus cualidades, una persona sencilla, sin ambiciones políticas, una persona humilde, una persona llena de amor al prójimo y a sus semejantes, logró reconciliar no solamente a su familia que estaba dividida a como estaba el resto de Nicaragua en dos bandos diametralmente opuestos, que los había llevado a la guerra y al derrame de mucha sangre, sino que también logró reconciliar a las familias nicaragüenses y el mayor homenaje que logró es, esta placita en este parque que queda a escasos metros de la Asamblea que le puso, el parque de la paz, en donde en un acto insólito en la historia de este país se enterraron miles de miles de armas que fueron entregadas por los miembros de la Resistencia nicaragüense, que voluntariamente convencidos que había llegado un nuevo día para Nicaragua, de paz, democracia, de reconciliación, las entregaron. Y mi madre no solamente las enterró, sino que las quemó y posteriormente en esa fosa inmensa le dejaron caer toneladas de cementos para que esas armas no volvieran nunca a ser usadas para derramar la sangre de nicaragüenses.

Esas cualidades de una persona sencilla, que habiéndolo obtenido la primera magistratura de la nación, no le gustaba circular por las calles de Managua con pitoretas ni asaltando los semáforos. A mí me decía: Pedro, que se paren en los semáforos, ella quería ser siempre una ciudadana sin ningún privilegio y cuando llegó el tiempo de entregar la banda presidencial, lo hizo con gran alegría, porque ella decía que le había tocado gobernar nacatamal, en su lenguaje sencillo y entregó el nacatamal a otro.

Y en el año de 1999- 2000 más bien cuando ya estaban soplando en Nicaragua los aires de una nueva elección a mi madre le llegaron a proponer -porque figuraba en las encuestas como la persona más popular del país- nuevamente que se lanzara a la Presidencia porque ella sería electa. Ya había transcurrido un período presidencial y ella podría volver a ser electa Presidente, de acuerdo a la Constitución de Nicaragua. Pero mi madre afortunadamente como mucha inteligencia declinó y se retiró a su casa, para dejar simplemente su ejemplo a las futuras generaciones.

Creo que es importante hablar el día de la madre de una madre que en un momento fue un ejemplo para Nicaragua y hoy en día, el día que celebramos el día de la madres en Nicaragua debemos de destacar esas cualidades que una persona sencilla, humilde, sin ínfulas de figuración, que pudo conocer a gobernantes de otros países; que le redujeran la deuda externa a Nicaragua de una manera muy sencilla, sin arrogancias y que nunca contestó al insulto con insulto, sino que siempre supo contestar con simpatía, con humildad y que supo unir en lugar de dividir. Y creo que cabe en este momento que vivimos en Nicaragua, en una nueva etapa electoral en que las pasiones políticas se vuelven otra vez a presentar, que sigamos y que recordemos su ejemplo. Creo que es un ejemplo que iluminó a este país, irradió a este país, y logró que este país se encausara por la senda de la paz y de la reconciliación de la democracia y del progreso en los años noventas; y creo que es hora de que todos también recordemos ese ejemplo que ella dejó y retomemos esta senda que ella nos dejó.

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Escucharon las palabras del diputado Pedro Joaquín Chamorro Barrios; hablando en representación de la Bancada Democrática Nicaragüense en esta Sesión Especial en ocasión de la celebración del Día de la Madre Nicaragüense.

A continuación, palabras de la diputada Reyna Jeannette Jerez, quien habla en representación de la Bancada Liberal.

DIPUTADA REYNA JEANNETTE JEREZ GARCÍA:

Buen día honorable Junta Directiva de este Parlamento, invitado especiales, diputadas y diputados, madres que nos honran con su presencia.

Es grato en este día tan especial expresar con mucho cariño y afecto palabras que embargan y salen de lo más profundo de mi corazón dedicadas a las madres, a todas esas madres del mundo y en especial a todas nosotras las madres.

El 30 de mayo es un día de celebración a la madre, sin olvidar que nuestro amor a la madre debe de ser expresado todos los días de nuestra existencia, ya que en ella encierran el vínculo terraqueo más tierno que une a la madre con cada uno de sus hijas e hijos. Los sentimientos y pensamientos de la madre ejercen una influencia poderosa sobre el legado que deja en sus hijos, ya que ser madre es la función más digna, humana e incomparable que rola en una mujer después de Dios hecho determinante que marca los sentimientos que abrigan las madres desde sus entrañas a sus hijos, es incomparable la protección, el cuidado, el amor y la capacidad que tiene la madre para estimular a lo puro, a lo noble, a lo elevado, no tiene rival; entre las influencias ejercidas por las personas, por la cultura y por la sociedad.

Las plegarias de nuestras madres iluminan y dirigen caminos hacia lo recto, a lo bueno y llenan de bendiciones a cada uno de sus hijos; la gran responsabilidad encomendada por Dios nuestro Señor a la madre es formar, educar con amor y dedicación dentro del seno de la familia, forjando principios éticos, morales, espirituales, para dejar un legado de hombres y mujeres amantes constructores de la paz y el desarrollo de su patria.

Este día de las madres la Bancada Liberal Constitucionalista felicita una vez más a todas las madrecitas de Nicaragua y especialmente a las madres trabajadoras que con su labor diaria hacen posible el trabajo y el alimento de sus hijos; no podemos obviar a las madres que trabajan en este Parlamento, que desde la más humilde afanadora hasta la profesional y diputadas que hoy celebramos nuestro día.

¡Felicidades a todas la madres! ¡Viva la madre nicaragüense!

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Escuchaban palabras de la diputada Reyna Jeannette Jerez, hablando en representación de la Bancada Liberal.

Seguidamente tendremos las palabras del diputado Evertz Cárcamo Narváez, hablando en representación de la Bancada Sandinista.

DIPUTADO EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ:

¿Cómo está mi gente?

Gracias. Buenos días a la Junta Directiva, a las madres presentes, madres trabajadoras de la Asamblea, a los niños que están allá arriba hemiciclo, también buenos días.

Hoy estamos celebrando el Día de la Madre Nicaragüense y como todo el año pasamos hablando de política, hoy no queremos hablar de política, queremos hablar de la madre nicaragüense, y por tener una buena madre nicaragüense estoy precisamente hoy aquí, frente a ustedes, representando a la Bancada Sandinista. Reciban los saludos de nuestro Partido el Frente Sandinista de Liberación Nacional; a todas las madres nicaragüenses que a través de nuestra historia han sido las protagonistas y únicas heroínas, por haber parido hombres y mujeres que han luchado hasta la muerte por la dignidad, la libertad, la independencia y la democracia hasta llegar a la patria que hoy tenemos para que nosotros y nuestros hijos, nietos y bisnietos vivamos en paz.

Las madres, son el soporte del primer núcleo de la sociedad que es la familia, es un principio sutil y enérgico que sin duda alguna no se puede describir su inmensidad, no hay una sola verdad absoluta de lo que es ser madre en Nicaragua. Es más allá del sacrificio, la terquedad y la inocencia, más allá de lo imaginable, no hay duda que la madre nicaragüense es admirada en el campo y en la ciudad. Madres, mujeres que han asumido el control de la historia dándole al pueblo a sus mejores hijos e hijas para la libertad de Nicaragua, lo han dado todo en medio de la pobreza o la riqueza, con la esperanza de que siga cambiando Nicaragua; ser madre es estar comprometida y convencida de que como leona defenderá fieramente hasta el último de sus cachorros para que sean libres, fuertes y sanos.

Madres que siembran la tierra con la fuerza de un volcán para el sustento diario, que recorre las calles, los caminos, campos, ríos, montañas, lagos y lagunas de nuestra Nicaragua, caminando fuertes para dejar huellas de las cuales quedan como ejemplo y por tanto hay que seguirlas. Nuestras honorables madres, a quienes verdaderamente les pertenece el título insigne, apreciables colegas, son ellas las madres de la patria, quienes juntas forman la Nicaragua, madre cristiana, socialista y solidaria.

¡Vivan las madres nicaragüenses! aquí las madres han sabido construir con fuerza y con valor la nueva Nicaragua; la Nicaragua encolochadas de sus ríos, como el Río San Juan, tiernas como las brumas de las montañas del norte, fuertes como nuestros volcanes, inmensa de amor como nuestros mares, olorosas como la flor de Sacuanjoche y bellas como las lagunas y lagos. Así es la madre nicaragüense. ¡Vivan las madres nicaragüenses!, únicas y originales en el mundo entero, porque aquí han parido hombres y mujeres guerreros, combatientes, artesanos, profesionales, artistas, poetas, músicos entre otros. Así que vivan nuestras madres nicaragüenses, como la gran madre patria, libre, soberana e independiente. ¡Vivan las madres de las y los nicaragüenses!

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Fueron las palabras del diputado Evertz Cárcamo Narváez, hablando en representación de la Bancada Sandinista en este homenaje a la celebración del día de la madre nicaragüense que es el 30 de mayo.

Seguidamente escucharemos las palabras de la diputada María Lydia Mejía, quien hablará en representación de la Comisión de Asuntos de la Mujer, Juventud, Niñez y Familia de esta Asamblea Nacional.

Con ustedes, la diputada María Lydia Mejía.

DIPUTADA MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES:
Buenos días, compañero René Núñez, Presidente de la Junta Directiva; miembros de la Junta Directiva; diputados y diputadas. Madres trabajadoras de la Asamblea Nacional, madres nicaragüenses de los medios de comunicación, madres trabajadoras de los mercados, madres privadas de libertad, madres del campo y la ciudad.

Hoy estamos en esta Sesión Especial con motivo de celebrar el Día de la Madre Nicaragüense, madres de nuestros héroes y mártires, madres de la Resistencia, madres que están también en el cielo, por qué no saludarlas también y a nuestra madre tierra. Las mujeres nicaragüenses hemos aprendido en el camino de la historia la universidad natural, la vida de ser madre emprendedora a la par de nuestros hijos e hijas.

Hoy, desde la Comisión de la Mujer, hemos estado trabajando para restituir los derechos a la mujer, a las madres nicaragüenses, derecho fundamental como es la aprobación del Código de la Familia, donde verdaderamente las mujeres madres constituimos una base fundamental en el ámbito de la familia. Tengamos claro que también hemos legislado y aprobado la Ley Especial de Protección a las Familias en las que hay Embarazos y Partos Múltiples, y estamos trabajando una Ley Especial Integral Contra la Violencia hacia la Mujer Nicaragüense. En el Estado de Nicaragua, la familia ha jugado un papel transformador para el hijo y la hija, es responsabilidad fundamental de las mujeres forjarlos dentro del papel político, económico y social. Hoy las mujeres estamos aportando directa e indirectamente a la economía de nuestro país, desde la administración de los Bonos Productivos, de los bancos de tierra, y en la participación directa en la Usura Cero. Ahí estamos las madres nicaragüenses, podemos decir también trabajadoras del Estado, con un Bono Solidario; además, desde nuestra participación directa en los roles que nos ha correspondido jugar, estamos respondiendo a nuestro papel de madre, de mujeres heroicas en la transformación de generaciones.

Madres nicaragüenses hoy tenemos que decir que el Día de las Madres no es sólo el 30 de mayo, Día de las Madres son los trescientos sesenta y cinco días del año, desde donde podemos nosotros jugar esa misión y esa bendición que nos corresponde de dar vida y garantizar las futuras generaciones. Dios les bendiga a todas y a todos y les pido perdón porque, qué culpa tienen los pobres de que yo me haya vuelto invisible? Cuando ya no tengamos a esas viejecitas que con tanto amor nos criaron, no cultivaron y nos mimaron en ese momento sabremos cuánto valían; cuando recordemos sus pleitos, regaños y nos asalte la amargura de no haberla atendido quizás será muy tarde. Ahora todavía es momento para comprenderlas y amarlas, sin olvidar de acurrucarla siempre, porque ellas nos han dado la vida, ellas nos han transformado y por ellas estamos todos aquí.

¡Viva la madre nicaragüense! ¡Feliz día, madre, en tu día!

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Fueron las palabras de la diputada María Lydia Mejía, hablando en representación de la Comisión de Asuntos de la Mujer, Juventud, Niñez y Familia de la Asamblea Nacional.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se cierra esta Sesión Especial, dedicada a las madres nicaragüenses.
A continuación tendremos la Sesión Especial dedicada a los niños nicaragüenses, por el Día Internacional del Niño, que es el primero de junio.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Atención, atención a las madres invitadas especialmente a estas sesiones, les rogamos, les pedimos, les informamos que pueden seguir tranquilas en sus lugares, porque viene la próxima sesión que está dedicada especialmente a la Celebración de la Semana de la Niñez; así que por favor pueden quedarse en sus respectivos asientos.

Gracias.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.












































SESIÓN ESPECIAL DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, EN CONMEMORACIÓN DEL DÍA DEL NIÑO, CELEBRADA EL VEINTISÉIS DE MAYO DEL AÑO 2011, CON CITA A LAS DIEZ DE LA MAÑANA. VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA.

NIÑA PRESIDENTA EMILI ALONSO BOJORGE:

Buenos días, señor Secretario ¿hay quórum de ley?

NIÑO SECRETARIO WILFREDO NAVARRO SOTOMAYOR:

Presidenta, hay quórum de ley para iniciar la Sesión Especial de la Semana de la Niñez.

NIÑA PRESIDENTA EMILI ALONSO BOJORGE:

Se abre la Sesión Especial dedicada al Día de la Niñez.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Bien, se acaba de iniciar esta Sesión Especial de la Asamblea Nacional, en ocasión de celebrarse la Semana de la Niñez y a continuación vamos a tener las palabras de la niña Camila Fernanda Jiménez Guevara, quien hablará en representación de la Bancada por la Unidad Nicaragüense.

Con ustedes la niña Camila Fernanda Jiménez Guevara.

NIÑA CAMILA FERNANDA JIMÉNEZ GUEVARA:

Honorable señor Presidente de la Asamblea Nacional, ingeniero René Núñez Téllez, miembros de la Junta Directiva, diputados y diputadas, medios de comunicación e invitados especiales, tengan muy buenos días.

Quiero agradecer esta mañana a todos y a todas por su invitación a acompañarlos a celebrar esta Sesión Especial el día nuestro, es realmente un honor para mí compartir la celebración del niño y la niña con todos ustedes. Los niños no somos el futuro, somos presente, futuro y futuro presente, somos los dos tiempos a la vez.

Hoy Día Internacional del Niño y la Niña, me honro en comparecer ante ustedes, -que además de legisladores son padres y madres- para demandar acciones más decididas traducidas en leyes que garanticen una mayor protección para nosotros. Queremos llamar la atención de los partidos políticos que participarán en las próximas contiendas electorales, para que sus candidatos a Presidentes, Vicepresidentes, diputados y diputadas hagan propuestas de fondo para nuestra protección como sector vulnerable, para que luego, ya convertidos en gobernantes y legisladores hagan de la ley un verdadero instrumento de convivencia pacífica, y no papel mojado. Hacemos llegar a ustedes nuestra esperanza, de que esa campaña electoral sea una verdadera fiesta cívica, cargada de propuestas factibles y no una campaña de violencia que aumente más la propia violencia intrafamiliar que muchos niños y niñas padecen. También deseo aprovechar esta tribuna, para solicitarle al Comandante Daniel Ortega que incremente más recursos económicos al Programa Amor, con el objetivo de descongestionar los semáforos donde muchos niños y niñas exponen sus vidas. Queremos coherencia entre los discursos, la ley y los actos para que la niñez se dedique a estudiar y jugar en paz y a crecer felices.

Y para concluir, compartiré un poema con todos ustedes.

SER UN NIÑO

Ser un niño es

tener entre sus vestidos.

tesoros y algún misterio,

soñar con ser tan grande

poder alcanzar el cielo

navegar en algún crucero.

Ser un niño es

tener en la tierra el cielo,

contender grandes batallas

y que nadie resulte muerto.

Ser un niño es

el amor más puro y sincero

es adivinarme el pensamiento

con solo buscar mis ojos,

mis ojos que están muy quietos

y sentir con sus tiernas manos.

todos los dolores que adentro llevo.

Sentarse sobre la rodilla

pedirme que lea un cuento.

Ser un niño es

Dios en un cuerpo pequeño

y lo mejor cuando te decimos

papito, mamita, cuanto te quiero.

Muchas gracias, y les deseo que pasen un feliz día.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Acaban de escuchar las palabras de la niña Camila Fernanda Jiménez Guevara, quien hablaba en representación de la Bancada por la Unidad Nicaragüense, en esta Sesión Especial dedicada en ocasión de la Celebración de la Semana de la Niñez.

Seguidamente escucharemos las palabras de la niña Kathy Mariana Jarquín Pérez, quien habla en representación de la Bancada Democrática Nicaragüense.

NIÑA KATHY MARIANA JARQUÍN PÉREZ:

Señor Presidente de la Asamblea Nacional y señores diputados, gracias por invitarnos a participar en esta Sesión Especial dedicada a los niños.

Los adultos siempre han dicho que los niños son el futuro de Nicaragua, pero yo les quiero decir que no es así, la verdad es que los niños somos el presente, porque Nicaragua es un país de niños, son más de dos millones de niños y niñas que tenemos sueños, aspiraciones y necesidades. Nicaragua es un país de niños que queremos estudiar, de niños que queremos vivir sanos y alegres, un país de niños que no queremos violencia, no queremos que nos traten con violencia ni que nos enseñen a ser violentos, Nicaragua es un país de niños que no queremos vivir en la pobreza, por eso nos preocupa ver que nuestros padres no tengan trabajo y nos preocupa que tengan que pedirle favores al Gobierno para poder mantenernos.

Nicaragua es un país de niños que queremos tener iguales oportunidades para todos, no sólo para los que estamos aquí, sino también para los niños del campo, que ahora están ayudando en la siembra y en el cuido del ganado; queremos oportunidades para los niños que están en los semáforos pidiendo o vendiendo agua helada, también para los que están en las casas cuidando de sus hermanitos, ellos también son parte de este país de niños y tienen derechos como nosotros. Para nosotros los niños, Nicaragua es una gran casa, es la gran casa de todos, y ustedes los diputados son escogidos para hacer las leyes que van a gobernar esta gran casa, las que debemos cumplir todas, esas leyes deben de ayudar a que los niños vivamos en paz, a que todos vayamos a la escuela, a que vivamos sanos y alegres, y a que nuestros padres tengan trabajo.

Señores diputados, ustedes tiene el deber de ayudar a construir desde hoy una mejor Nicaragua para el mañana, nos imaginamos que la tarea de ustedes es muy difícil y sólo les puedo aconsejar una cosa: que todos los días, cuando se sienten en este salón piensen en los niños de Nicaragua y sigan nuestro ejemplo, que somos los mejores maestros.

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA-MAESTRO DE CEREMONIA:

Acabamos de escuchar las palabras de Kathy Mariana Jarquín Pérez, una niña que hablaba en representación de la Bancada Democrática Nicaragüense. Y para continuar con el desarrollo de esta Sesión Especial en ocasión de celebrarse la Semana de la Niñez, tendremos una intervención cultural, de un coro de niños con el Himno del MILAF (Movimiento Infantil Luis Alfonso Velásquez Flores).

(Intervención Cultural)

Bien, acabamos de escuchar la intervención de un coro infantil interpretando el Himno del MILAF (Movimiento Infantil Luis Alfonso Velásquez Flores). Continúa con la palabra la niña Gloria Maritza Silva Lanuza, quien habla en representación de la Bancada Alianza Liberal Nicaragüense.

NIÑA GLORIA MARITZA SILVA LANUZA:

Buenos días diputados, diputadas e invitados especiales, hoy estamos celebrando el Día Internacional del Niño, declarado por la Asamblea de las Naciones Unidas, hace ya cuarenta y nueve años. Los derechos fundamentales son:

Pero hoy quisiera agregar dos puntos más a esta lista básica de derechos: que los niños de Nicaragua y los niños del mundo, tengamos derecho a la paz y a la vida, muchos son los niños que sufren a consecuencia de los adultos en sus juegos de poder y guerra. Si bien es cierto hemos avanzado mucho, pero hemos olvidado lo más importante, el derecho a que los niños disfrutemos como seres humanos, los niños queremos más cultura, educación, recreación, mejores instalaciones deportivas, ya que nosotros los niños, somos el presente y futuro de esta nación.

Que Dios les bendiga a todos.

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Eran las palabras de la niña Gloria Maritza Silva Lanuza hablando en representación de la Bancada Alianza Liberal Nicaragüense.

Continúa esta Sesión Especial en ocasión de celebrarse la Semana de la Niñez, ahora escucharemos palabras del niño Alejandro Rojas, de las Aldeas Infantiles SOS de Managua, hablando en representación de la Bancada del MRS.

NIÑO ALEJANDRO ROJAS:

Antes que todo, buenos días, estimados señores diputados y diputadas, periodistas, niñas, adolescentes, jóvenes, público en general presentes en este plenario.

El día de hoy estamos celebrando el Día Internacional de los Niños y Niñas, en representación de los niños que viven en las Aldeas Infantiles SOS, pido a todos los diputados que le brinden apoyo a nuestra organización para que muchos niños y niñas que viven en situación de riesgo puedan tener un lugar de cuido y protección, con un enfoque de derecho y una participación infantil que nos permita desarrollar las capacidades para que tengamos un futuro mejor y una sociedad con menos violencia, porque no todos los niños tienen el privilegio de estudiar. Agradezco esta oportunidad y espero que nuestros planteamientos sean atendidos aquí en el Parlamento y que sean del interés de todos los diputados.

Muchas gracias, les deseo un buen día.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MERZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Escuchaban las palabras del niño Alejandro Rojas, de las Aldeas Infantiles SOS de Managua, hablando en representación de la Bancada del MRS.

Tendremos otra intervención cultural en esta mañana, en ocasión de celebrarse la Semana de la Niñez, en este acto cultural interviene un grupo de niños del Movimiento Infantil “Luis Alfonso Velázquez Flores” de Tipitapa, un baile con una canción norteña, que lleva como título, “Caballito Cholenco”.

Bueno, eran unas preciosas niñas del Movimiento Infantil “Luis Alfonso Velázquez Flores” de Tipitapa, bailando esta canción norteña titulada “Caballito Cholenco”.

Continúa la Sesión Especial en Celebración a la semana de la Niñez aquí en esta Asamblea Nacional, a continuación escucharemos palabras del niño Wilfredo Navarro Sotomayor, hablando en representación de la Bancada Liberal.

NIÑO WILFREDO NAVARRO SOTOMAYOR:

Buenos días honorable señor Presidente de la Asamblea Nacional, honorables miembros de la Junta Directiva, honorables diputados y diputadas, niños y niñas presentes en este acto, distinguidos periodistas, invitados especiales. Mi nombre es Wilfredo Navarro Sotomayor, acabo de cumplir 12 años y curso el sexto grado en el colegio “Pierre & Marie Curie”. Una vez más, quiero agradecerle a la Bancada del Partido Liberal Constitucionalista, que nuevamente me permite dirigirme a ustedes, en ocasión de esta celebración tan especial como es la Semana de la Niñez Nicaragüense y por ello pido un aplauso para los niños y niñas nicaragüenses.

Nosotros en este día, somos la voz que representa el sentir de los niños y niñas de Nicaragua y del mundo, que reclamamos comprensión, respeto, cariño y amor; nuestra voz es la voz de Dios, que demanda leyes que nos protejan y nos favorezcan, nosotros somos el futuro y de la forma en que nos traten y eduquen, nuestros países definirán también su futuro en progreso y desarrollo. Que todos los adultos junten sus voluntades, pensamientos y acciones para darnos lo que merecemos, salud, educación, un techo digno, recreación, protección contra la violencia, discriminación y abusos. A todos los partidos políticos, a todos los funcionarios del Estado, a ustedes diputados y diputadas, a los ministros y ministras, a los jueces, magistrados, al Presidente de la República, a la empresa privada; les pido que apoyen programas para el desarrollo de la niñez, y que persigan y castiguen con firmeza el abuso y violencia contra nosotros. Necesitamos que la educación sea generalizada con contenidos y su obligatoriedad sea cumplida, como ya dije antes, que hayan verdaderos y completos programas de salud, habitacionales, de deporte, nutrición y diversión para los niños y niñas de Nicaragua. Demandamos no más violencia contra nosotros, no más niños y niñas en las calles y en los semáforos, no más niños y niñas desnutridos.
Hoy millones de niñas y niños sufren en el mundo muchos flagelos, como la participación en guerras, la marginación y la discriminación social, todo por el abandono de los gobernantes y las sociedades que no se preocupan verdaderamente por la niñez y su futuro. Se debe considerar que el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal tanto antes como después del nacimiento, por ello los niños y niñas, reafirmo, debemos gozar de una protección especial, para desarrollarnos física mental, moral y socialmente, y es responsabilidad de ustedes diputados y diputadas, respaldar y aprobar todas las leyes que se impulsen a favor de la niñez, deben aprobar la legislación que nos beneficie y frene la explotación física y la violencia contra nosotros, recuerden que nunca los hombres y las mujeres se enaltecen más como cuando se arrodillan para ayudar y proteger a un niño, a una niña. Hoy como el año pasado, quiero solicitarles a liberales, sandinistas, conservadores y a las diferentes corrientes políticas presentes en este hemiciclo, a las empresas y a los gobernantes, que se junten olvidando sus diferencias en torno a un solo objetivo, que no tiene ideologías, para hacer felices a los niños de Nicaragua.

Y para terminar, quiero hablar sobre un tema de gran importancia y de gran preocupación para todos los niños y niñas del mundo, y por ello les hago esta pregunta, ¿qué mundo ustedes los adultos, pretenden heredarle a la niñez?, ustedes los adultos preocúpense más por cuidar nuestra bella tierra, luchen contra el calentamiento global, no sigan destruyendo la capa de ozono, no continúen exterminando la flora y fauna del mundo, no acaben con los recursos de la naturaleza, no envenenen el agua de nuestros ríos, lagos y mares, por favor no nos hereden una tierra destruida y un mundo a punto de colapsar, por la falta de visión y respeto a las generaciones venideras, no abandonen a los niños, a sus hijos y a sus nietos.

¡Dios bendiga a Nicaragua!

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Acabamos de escuchar las palabras del niño Wilfredo Navarro Sotomayor, hablando en representación de la Bancada Liberal.

Tendremos otro momento cultural, viene a continuación la intervención de adolescentes del movimiento infantil “Luis Alfonso Velázquez Flores” (Milaf) de Mateare, municipio del Departamento de Managua, con el baile folklórico, que lleva por título “El viejo y la vieja”.

Bueno acabamos de presenciar esta estampa folklórica nicaragüense de “El viejo y la vieja” bailado por adolescentes del Movimiento Infantil “Luis Alfonso Velázquez Flores” (Milaf) de Mateare. Y se animaron diputados de la Directiva de la Asamblea Nacional acompañando este baile folklórico nicaragüense.

Seguidamente escucharemos las palabras de la niña Emili Alonso Bojorge, quien hablará en representación de la Bancada Sandinista.
NIÑA EMILI ALONSO BOJORGE:

Muy buenos días, ingeniero René Núñez, Presidente de la Asamblea Nacional y honorables padres de la patria, mi nombre es Emili Alonso Bojorge miembro de la red de niñas del Municipio de Ciudad Sandino.

Antes de todo, quisiera agradecer a los diputados y diputadas de la Bancada Sandinista por cedernos este espacio, especialmente a los diputados Edwin Castro, José Figueroa, Wálmaro Gutiérrez y Gustavo Porras. Quiero felicitar a todos los niños, niñas y adolescentes, no sólo por este día, sino por toda una semana dedicada a la niñez nicaragüense, de igual forma deseo saludar con mucho cariño, amor y respeto a todas las madrecitas nicaragüenses.

Nos encontramos nuevamente ante este digno y maravilloso Poder del Estado, representando orgullosamente a más del 53% de nuestra población como es la niñez y la adolescencia en nuestra linda Nicaragua, que día a día va creciendo con un panorama distinto a años anteriores. Hoy, la restitución de nuestros derechos ya es una realidad, con un gobierno que se preocupa por la niñez y es una responsabilidad de ustedes diputadas y diputados respaldarnos.

Gracias, presidente Daniel Ortega, gracias diputados y diputadas de la Bancada Sandinista y a todos y cada uno de los que conforman nuestro Gobierno de Unidad Nacional, por permitir que ya no existan cobros en nuestros centros escolares, porque se nos garantice la merienda escolar, que se impulsen las jornadas de vacunación, que se impulse el deporte, que se reparen los parques y centros escolares de los diferentes municipios, en que el mes de diciembre tengamos todos un mes de recreación, a través de los juegos mecánicos y un bello parque de diversión, y sobre todo, por garantizar la protección especial a los niños y niñas que lo necesitan.

Presidente y diputados, gracias por tratarnos como personas con derecho, estoy segura que si el niño mártir Luis Alfonso Velázquez Flores estuviera aquí, estaría muy contento, porque los derechos de los niños por los que tanto luchó y murió, ahora no son sólo palabras, sino hechos, pero sabemos que siempre van a exigir problemas por la pobreza que afecta al país y que nos golpea directamente, y que estos esfuerzos que se realizan tendrían mayor resultados si se contara con el apoyo de todos y cada uno de nosotros, de nuestros padres y madres, de la familia, la comunidad, de los medios de comunicación, para trabajar construir y avanzar.

Pero no hemos venido hasta aquí para hablarles de lo que ya conocen, sino que con nuestra visita queremos hacer uso de nuestro derecho a la participación y aprovechar también la oportunidad para que ustedes escuchen lo que queremos, lo que nos hace falta y lo que esperamos de ustedes. Pedimos la pronta aprobación del Código de la Familia y de la Ley del Feminicidio, para disminuir los índices de asesinatos y maltratos físicos contra las mujeres, no queremos más niñas y niños huérfanos o con problemas psicológicos ni con trastornos mentales, debido a la violencia contra nuestras madres, hermanas, tías, por el hecho de ser mujeres. La creación de un servicio telefónico gratuito de ayuda a la infancia, que permitirá a niños y niñas pedir asesoramiento y ayuda directamente cuando lo necesiten. Asignar mayores recursos en el Presupuesto Nacional, para impulsar programas y proyectos a favor de la niñez, como son: Programa Amor, Hambre Cero, para mejorar la calidad de la educación, mantener los programas de salud que son vitales para nuestra niñez. Continuar firmes con la lucha de la soberanía de nuestro Río San Juan, que es sólo nuestro, contribuir desde este importante espacio para que las elecciones se realicen en un ambiente cívico, sin violencia, donde triunfe la voluntad.

¡Que vivan, los niños, niñas y adolescentes! ¡Que viva Nicaragua! ¡Que viva nuestro héroe Luis Alfonso Velázquez Flores!

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Acabamos de escuchar las palabras de la niña Emili Alonso Bojorge, quien hablaba en representación de la Bancada Sandinista.

NIÑA PRESIDENTA EMELI ALONSO BOJORGE:

Se cierra la Sesión Especial Dedicada a los Niños.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA-MAESTRO DE CEREMONIA:

A continuación escucharemos las notas sagradas de nuestro Himno Nacional.

Himno Nacional.

Bueno, de esta manera concluye la Sesión Especial en ocasión de celebrarse la Semana de la Niñez, queda flotando en el ambiente de esta Asamblea Nacional, la ternura, la inocencia y el amor de estos niños.

Atención niños y niñas, les estamos invitando a una actividad recreativa para todos ustedes junto a sus familiares y acompañantes, en el parqueo del edificio “Benjamín Zeledón” de estas instalaciones de la Asamblea Nacional, quedan todos cordialmente invitados a este actividad recreativa.



















CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CELEBRADA EL DÍA SIETE DE JUNIO DEL AÑO 2011, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días a todos y todas las diputadas, vamos a iniciar sesión, faltando tres minutos para las diez de la mañana, pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el quórum.

A ver, sonido por favor.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

LUIS ULISES ALFARO MONCADA
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
ARMANDO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
JORGE ALBERTO CASTILLO QUANT
PORFIRIO RAMÓN CASTRO ARÁUZ
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
VÍCTOR MANUEL DUARTE ARÓSTEGUI
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
ALFREDO GÓMEZ URCUYO
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
RAMÓN ENRIQUE GONZÁLEZ MIRANDA
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
RAMÓN ANTONIO MACÍAS LUNA
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MIGUEL MELÉNDEZ TRIMINIO
ÓSCAR MONCADA REYES
EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
LUIS NOEL ORTEGA URBINA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
JOSÉ BERNARD PALLAIS ARANA
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
INDALECIO ANICETO RODRÍGUEZ ALANIZ
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
ALEJANDRO DEL CARMEN RUIZ JIRÓN
FRANCISCO JOSÉ SACASA URCUYO
JUAN ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
NÁSSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
FREDDY TORRES MONTES
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
ELMAN RAMÓN URBINA DÍAZ
MARIO VALLE DÁVILA
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Muy buenos días compañero Presidente, estamos presentes 52 diputados y diputadas, por tanto hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum No. 002, Punto II PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES.

Punto 2.120: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NÚMERO 4862-NI SUSCRITO EL 8 DE MARZO DE 2011 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA REPRESENTADA POR EL EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE NICARAGUA EN WASHINGTON Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA) DEL BANCO MUNDIAL.

Managua, 28 de abril del 2011.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, me permito remitirle la Iniciativa de Decreto de Aprobación del Convenio de Financiamiento No. 4862-NI suscrito el 08 de marzo del año 2011, entre la República de Nicaragua y la International Development Association (IDA) del Banco Mundial, para financiar el "Proyecto de Protección Social"; al cual solicito se le confiera el trámite correspondiente.


Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.

Doctor Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales

Managua, 28 de abril del 2011.


Compañero René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos y Fundamentación, adjunto a la presente te remito la Iniciativa de Decreto de Aprobación del Convenio de Financiamiento No. 4862-NI suscrito el 08 de marzo del año 2011, entre la República de Nicaragua y la International Development Association (IDA) del Banco Mundial, para financiar el "Proyecto de Protección Social", para que conforme a su solicitud se le conceda trámite correspondiente.

Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente,
Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

El Gobierno de la República de Nicaragua está comprometido en lograr que las familias tengan acceso a los servicios sociales y a fomentar la mejoría de estos servicios. El Plan de Desarrollo Nacional Humano (PNDH) 2009-2011, plantea una estrategia para reducir la pobreza y mejorar el desarrollo humano. El pilar fundamental de esta estrategia es continuar fomentando bienestar y equidad mediante la ampliación de las redes de salud, los servicios de educación y los programas sociales encaminados a incrementar las oportunidades para los más pobres ejecutando los programas con un enfoque multisectorial más coordinado. En particular, el objetivo es mejorar la situación para los niños que viven en situación de pobreza extrema al garantizar el uso de todos los programas de asistencias sociales pertinentes y servicios básicos por sus familias, en vez de ejecutar intervenciones aisladas. Un objetivo central es conseguir que todos los niños asistan regularmente y completen la escuela primaria mediante el grado seis. El Programa de Alimentación Escolar Integral desempeña una función crucial al apoyar este objetivo en los alimentos vulnerables o municipios extremadamente pobres.

Dentro del Sistema Nacional de Bienestar Social, el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN) ha desempeñado un papel importante al responder a las necesidades de los individuos y familias extremadamente pobres. El Ministerio de Familia, (MIFAN) aplica varios programas cuyo objetivo es mejorar los medios de vida de los individuos y las familias extremadamente pobres en todo su ciclo de vida. Estos programas comparten un enfoque común: una atención especial a la familia y la comunidad y la colaboración con otros Ministerios para facilitar el acceso de las familias a los servicios complementarios. La mayoría de los programas usan a profesionales {asistentes sociales, profesores, u otro personal especializado) para proporcionar la orientación personalizada para mantener a las familias (manejo centrado sobre tarea de intervenciones/caso). Uno de los programas pilotos del Ministerio, con la Dirección del Programa Amor, es el Programa "Niños en Riesgo", definida como grupo meta los niños en riesgo y adolescentes que están trabajando o no asistiendo a la escuela. El objetivo del programa es recuperar a los niños y logren asistir a la escuela al apoyar las mejoras en las prácticas y las condiciones socioeconómicas del núcleo de la familia, e integrando a ellos en los servicios existentes. Los asistentes sociales identifican y conocen a cada niño, desarrollan una relación con él/ella, se reúnen con su familia, prestan apoyo psicosocial y trabajan con la escuela y la familia para tener el retorno de niños hacia la escuela. Un examen reciente del Programa Niños en Riesgo realizado en el año 2009 observó que de un total de 10.670 niños que estaban participando en el programa, 6.976 había regresado a escuela.

Recientemente, el Ministerio de Familia, (MIFAN) ha empezado a orientar muchos programas reuniendo un conjunto común de resultados específicos, lo que se refiere a condiciones básicas de bienestar y bienestar social; MIFAMILIA (MIFAN) con los aportes de otros Ministerios, definió las condiciones mínimas para establecer una norma adoptada por las familias. Estas condiciones procuran mejorar el desarrollo de capitales humanos mediante el uso de los servicios públicos concentrándose en la familia, en particular niños, y en función de ellos se requiere el apoyo de los organismos múltiples públicos.

Basado en su experiencia reciente operativa (Niños en Riesgo, el programa de desarrollo del niño en la primera infancia, entre otros), y recomendaciones de la evaluación, el Ministerio de la Familia, (MIFAN) decidió que tenía que diseñar una estrategia ordinaria más integrada centrada en mejorar el bienestar de las familias extremadamente pobres. Apoyado por la asistencia técnica de la cooperación internacional, el MIFAN desarrolló el Modelo de Atención Integral Familiar Comunitaria para el Bienestar Social, que se incluye bajo el proyecto propuesto. La población destinataria son familias extremadamente pobres, 15% de todas las familias en Nicaragua 2 la selección de los Departamentos se realizó teniendo en cuenta dos variables: la tasa de extrema pobreza y el porcentaje de familias con niños que no asisten a la escuela primaria y/o que trabajan. El MIFAN se propone ejecutar el nuevo modelo, re-alineando sus programas existentes, por una visión de nación comenzando en el 2011. El modelo tiene tres elementos principales: (i) talleres educativos comunitarios; (ii) la orientación profesional familiar de uno en uno; y (iii) en el contexto de ambas (i) y (ii) la provisión de la información y las referencias a otros servicios sociales incluidos los programas de MIFAN disponibles al nivel local.

2. Utilizando los datos del Censo del año 2005, el programa estará dirigido a 26 Municipalidades ubicadas en 6 Departamentos del país (Matagalpa, Jinotega, León, Chinandega, Madriz y Estelí).

Con la ejecución del programa se pretende apoyar la visión global del Ministerio de la Familia, (MIFAN) de armonizar todos sus programas con el nuevo Modelo de Atención Integral Familiar y Comunitario para el Bienestar Social, y medir el impacto adicional de agregar un incentivo monetario a las intervenciones del modelo.

FINANCIAMIENTO DE LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA) PARA EL PROYECTO DE MEJORA DE LA SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA EN LOS SERVICIOS DE SALUD.

En este contexto, se implementará el "Proyecto de Protección Social " que tiene como objetivos: (i) promover el uso y referir a las familias a los programas y servicios existentes a nivel local, y (ii) apoyar a las familias en extrema pobreza en el mejoramiento de sus condiciones de vida y bienestar para un continuo desarrollo individual y familiar. En este contexto, el proyecto apoyará a MIFAMILIA, (MIFAN)en el desarrollo e implementación del Modelo de las subvenciones y de las becas familiares, para determinar si incorporar un incentivo monetario al modelo de atención tiene un impacto en que las familias logren y mantengan un conjunto de condiciones básicas de bienestar social.

La International Development Association (IDA) del Banco Mundial, apoyará el proyecto a través del Convenio de Financiamiento No. 4862-NI, suscrito el 08 de marzo del año 2011 por la República de Nicaragua, representada por el Embajador de Nicaragua en Washington. Este financiamiento es por un monto de DEG'sl2,800,000.00 (Doce Millones Ochocientos Mil Derechos Especiales de Giros), equivalente aproximadamente a US$ 19,500,000.00 (diecinueve millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), esta operación ha sido contratada con las condiciones financieras siguientes: Plazo 40 años, incluyendo 10 años de gracia, Tasa de interés 0%, Cargo por Compromiso (1/2 del 1%) sobre el Saldo No Retirado, Cargo por Servicio (3/4 del 1%) y Tasa de Amortización del capital: 1% (de 0 a 20 años) y 2% (de 20 a 40 años).
El préstamo será amortizado en US$ dólares estadounidenses, mediante 60 cuotas semestrales, consecutivas, pagaderas el 15 de febrero y el 15 de agosto de cada año.

Bajo estas condiciones financieras el préstamo contratado con la IDA, al momento de la firma es altamente concesional con un 63.04% y está en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público del año 2011.

La ejecución del proyecto está integrada por los siguientes componentes:

Componente 1: La mejora de las condiciones básicas del bienestar social de las familias en extrema pobreza (US$11,3 millones).

Componente 2: Fortalecimiento de las Capacidades del MIFAN (US$3,7 millones).

Componente 3: Apoyo al Programa de Alimentación Escolar Integral (US$4,5 millones).

Componente 1: La mejora de las condiciones básicas del bienestar social de las familias en extrema pobreza (US$11,3 millones).

Este componente, está integrado por tres subcomponentes que con las diversas actividades pretende mejorar las condiciones de familias extremadamente pobres mediante el apoyo a la aplicación gradual del Modelo de Atención Integral Familiar y Comunitario para el Bienestar Social.

Subcomponente 1.1. Basado en la comunidad Talleres Educativos (US$ 0,3 millones).

El objetivo de este subcomponente es proporcionar asistencia técnica a MIFAN para mejorar la organización, estructura y contenido de los talleres comunitarios de módulos destinados a promover la formación de capital humano dentro de la familia, la prevención de conductas de riesgo así como velar porque las familias conozcan los servicios sociales que están disponibles en su localidad y sepan como acceder a ellos. Sobre la base de temas existentes, MIFAN agregará nuevos talleres en áreas como la gestión financiera y conocimientos financieros, presupuesto familiar, el acceso al crédito, las habilidades de nivel de entrada de trabajo, y gestión de riesgos, entre otros. Los talleres serán entregados en una serie de 12 sesiones y se repite tres veces en la misma localidad durante la vida útil del proyecto. Este subcomponente financiará la mejora de los módulos existentes, el diseño de módulos de nuevo taller y los materiales educativos y otros insumos diversos para los participantes.

Subcomponente, 1.2. Consejería Familiar (US$ 0.5 millones).

El objetivo de este subcomponente es ofrecer un apoyo personalizado, a través de trabajadores sociales, dirigidas a las familias consejería para el desarrollo e implementación de sus Planes de Mejora de las Familias, incluido el suministro de, entre otras cosas, material de formación a los trabajadores sociales y materiales educativos para aconsejar a las familias relacionados con los planes de un asesoramiento.

Cuando los niños menores de 13 años trabajan y / o no van a la escuela, es una señal de que los padres tienen dificultades para llevar a cabo su papel como padres. Estos casos requieren una intervención familiar que consiste en un asesoramiento individual, trabajadores sociales profesionales de MIFAN se reunirán con las familias por lo menos una vez al mes durante dos años y trabajará en estrecha colaboración con estas familias en el desarrollo e implementación de un Plan de Mejora a las Familia. El plan ha de incluir las actividades y tareas que garanticen el retorno del niño / niños y niñas a la escuela y apoyar a la familia para evitar la deserción escolar.

Subcomponente 1.3. Familia subvenciones (transferencias)(US$ 10,5 millones).

Este sub-componente proporcionará subvenciones familiares a las familias dirigidas basadas en la comunidad de los departamentos participantes, incluyendo la entrega de las Becas de la Familia. Una familia de base comunitaria es una familia ubicada en cualquiera de las localidades seleccionadas pobres con niños menores de trece (13) años de edad que asiste con regularidad a los talleres de la comunidad. El pago de las subvenciones de la familia no comenzaría hasta el año 2012 con el fin de dar tiempo a la creación de capacidades relacionadas con la ejecución del modelo y para el desarrollo del Sistema de Información de Gestión.

Bolsa de Familia y responsabilidad compartida: El subsidio familiar será de US$20.0 por familia, por un período de dos años (US$ 240 por familia por año) condicionada a la asistencia regular de los padres a los talleres educativos basados en la comunidad.

Durante los dos años, los beneficiarios deben participar en al menos seis sesiones al año, para un total de al menos 10 sesiones durante la vida de la intervención. Las familias beneficiarias y el MIFAN entrarán en un acuerdo de subsidio familiar que establece los derechos y responsabilidades del Ministerio y el beneficiario. Para el beneficiario se incluirá información sobre las condiciones que deben cumplirse para recibir el subsidio familiar, así como las causas que podrían llevar a la suspensión de su recepción. Al inscribirse en el programa, las familias recibirán una carpeta con las opciones y las fechas de los talleres. Como una forma de rendición de cuentas, junto a las opciones taller será un cuadro donde el instructor de los beneficiarios y el taller tiene que firmar para verificar la asistencia y participación.

Componente 2: El fortalecimiento de Capacidades de MIFAN (US$3,7 millones).

Este componente se divide en tres subcomponentes:

Subcomponente 2.1: Fortalecimiento de la capacidad operativa y administrativa del MIFAN (US$1,1 millones).

Este subcomponente proveerá asistencia técnica a MIFAN para el fortalecimiento de su capacidad operativa para ejecutar el Modelo de Atención Integral Familiar y Comunitario para el Bienestar Social mediante: (i) la asignación de los programas sociales existentes dentro de las localidades seleccionadas pobres, incluyendo, la realización de las evaluaciones de esos programas sociales y, posteriormente, la difusión de los resultados de dichas evaluaciones, (ii) la mejora y validación de la familia MIFAN y el modelo de bienestar social basado en la comunidad, incluyendo la realización de talleres en el modelo MIFAN a las partes interesadas y el diseño y mejora de la falta de materiales educativos para la aplicación del modelo, (iii) el diseño y desarrollo de módulos de formación en la familia MIFAN y el modelo de bienestar social basado en la comunidad, la disposición de talleres y capacitación al personal en los modelos de formación y el suministro de materiales de capacitación de personal, (iv) el diseño de un modelo de bienestar cultural adoptada basada en la comunidad social para las poblaciones indígenas y étnicas sobre la base de los principios enunciados (v) el desarrollo y aplicación de auditorías sociales y los sistemas de quejas para mejorar la aplicación de base comunitaria MIFAN el modelo de bienestar social, y (vi) la realización de obras menores de rehabilitación a las oficinas MIFAN de apoyo a la ejecución del proyecto.

El plan de la MIFAN de formación (Plan Estratégico de Formación), incluye tres niveles de los programas curriculares desarrollados con la universidad nacional: un programa de especialización de postgrado para un equipo básico de 120 técnicos, un programa de postgrado de 420 técnicos de nivel departamental y un programa de certificación para 5.000 promotores sociales locales.

Subcomponente 2.2: Desarrollo e Implementación de un Sistema de Gestión ole la Información (US$ 0,4 millones).

Este subcomponente proveerá asistencia técnica a MIFAN para diseñar e implementar un sistema de gestión de la información para mejorar el diseño, ejecución y rendición de cuentas de su modelo de bienestar basado en la comunidad social. El MIFAN actualmente registra información sobre los participantes en sus programas, sin embargo, no hay conexión entre los diferentes registros. El registro se diseñará de tal manera que puedan ser utilizados por otros ministerios sociales con el fin de facilitar la coordinación, especialmente con los Ministerios de Salud y Educación.

Subcomponente 2.3 Gestión de Proyectos y Evaluación (US$ 2,2 millones).

Este subcomponente proveerá asistencia técnica a MIFAN para fortalecer la gestión de proyectos, coordinación, supervisión, seguimiento y evaluación a nivel central, regional y local, incluyendo, entre otras cosas, (i) el diseño y desarrollo de evaluaciones de impacto del proyecto, y (ii) la realización de las auditorias financieras del proyecto.

Componente 3. Apoyar el Sistema Integrado de Alimentación Escolar del Programa (US$ 4.5 millones)

Este componente brindará apoyo al programa PINE (por sus siglas en inglés), entre otras cosas la compra de insumos para mejorar los almuerzos escolares a los niños de la escuela pre-primaria y primaria ubicados en determinadas localidades pobres, incluida la distribución de tales comidas y la provisión de materiales educativos con la nutrición para los niños antes mencionados. El componente financiará el programa en los 26 municipios priorizados en el Componente 1 de este proyecto durante el segundo semestre del año escolar 2011 y el primer semestre de 2012 para cerca de 110 días, con el objetivo de promover la mejora de la asistencia a las escuelas públicas de primaria y estudiante retención. El costo estimado de la alimentación escolar es de aproximadamente US$ 0,17 dólares por niño, por día, incluyendo transporte, que es comparable a los costos unitarios de los programas de alimentación escolar en otros países de América Central. El costo también incluye el coste de modificar la modalidad de alimentos.

FUNDAMENTACIÓN

Por las razones anteriormente expuestas, y con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, se somete a consideración de la Honorable Asamblea Nacional, la solicitud de aprobación del Convenio de Financiamiento No. 4862-NI suscrito el 08 de marzo del año 2011, entre la República de Nicaragua y la International Development Association (IDA) del Banco Mundial, para financiar el "Proyecto de Protección Social".

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en el mismo Adendum 002, con el Punto 2.121: DECRETO DE APROBACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y LA REPÚBLICA DE CHILE, SUSCRITO EL 18 DE OCTUBRE DE 1999 Y PROTOCOLO BILATERAL ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHILE AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE, SUSCRITO EN MANAGUA EL 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2011.

Managua, 6 de Mayo de 2011.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, me permito remitirle Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto de la "Iniciativa de Decreto de Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Chile, suscrito el 18 de octubre de 1999 y Protocolo Bilateral entre la República de Nicaragua y la República de Chile al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito en Managua, el 22 de febrero del año dos mil once", para que conforme a su solicitud se le conceda el trámite que corresponde.


Sin más a que referencia, le saludo fraternalmente.

Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales.


Managua, 6 de Mayo de 2011.

Compañero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos y Fundamentación, adjunto a la presente te remito "Iniciativa de Decreto de Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Chile, suscrito el 18 de octubre de 1999 y Protocolo Bilateral entre la República de Nicaragua y la República de Chile al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito en Managua, el 22 de febrero del año dos mil once.


Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.
Daniel Ortega Saavedra.
Presidente de la República de Nicaragua.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS.

Nicaragua ha logrado ampliar sus exportaciones de manera sostenible durante las dos últimas décadas, debido en gran medida, a la apertura de nuevos mercados para los principales productos de exportación.

A finales de la década de los noventa, la suscripción del Tratado de Libre Comercio Nicaragua - México, marcó un giro en la historia comercial del país iniciando un periodo de gran actividad en el proceso de inserción a los mercados internacionales. Posteriormente, Nicaragua ratificó y puso en vigencia Tratados de Libre Comercio con República Dominicana, Estados Unidos de América (que incluye a Centroamérica y República Dominicana), Taiwán y el más reciente, Panamá que entró en vigencia en el año 2009.

En el marco de este proceso de apertura, las negociaciones para la firma de un Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile fueron lanzadas durante la II Cumbre de las Américas, celebrada en abril de 1998, en Santiago de Chile. En esa ocasión, los Presidentes de las Repúblicas de Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, acordaron acelerar el proceso de integración del hemisferio mediante negociaciones directas para celebrar un Tratado de Libre Comercio (TLC).

De esta manera, se dio inicio al proceso de negociación que culminó el 18 de octubre de 1999, con la suscripción del Texto Normativo del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile.

Salvo disposición en contrario, el Tratado es de aplicación bilateral entre Chile y cada país centroamericano considerado individualmente, disponiéndose en el mismo que para que el Tratado surta efectos entre Chile y cada país centroamericano, en los instrumentos de ratificación debe constar que los procedimientos y formalidades jurídicas han concluido con relación al Protocolo bilateral que contenga el Anexo 3.04(2)(Programa de desgravación arancelaria), relativo al Programa de desgravación arancelaria entre Chile y ese país centroamericano; la sección C del Anexo 4.03 (Reglas de origen específicas), aplicable entre Chile y ese país centroamericano; los Anexos I, II y III del Capítulo 11 (Comercio transfronterizo de servicios), relativos a las reservas y restricciones en materia de servicios transfronterizos aplicables entre Chile y ese país centroamericano; los Anexos 3.08 (Valoración aduanera), 3.10(6) (Restricciones a la importación y a la exportación) y 16.01 (Entidades) cuando corresponda; y otras materias que las Partes convengan.

El Tratado entró en vigencia entre Chile y el resto de países centroamericanos de la siguiente manera: Con Costa Rica, el 15 de febrero del 2002; con El Salvador, el 3 de junio del 2002; con Honduras, el 18 de julio del 2008 y con Guatemala, el 22 de marzo de 2010.

Con la firma del Protocolo Bilateral entre Nicaragua y Chile el 22 de febrero de 2011, se inician los trámites jurídicos necesarios para la puesta en vigor del Tratado para Nicaragua.

Cabe destacar que en Nicaragua, las negociaciones tanto del texto normativo como del Protocolo Bilateral estuvieron acompañadas por los sectores productivos del país, lo que permitió tomar en consideración sus intereses y sensibilidades, generando un proceso de retroalimentación entre los negociadores y los sectores productivos.

II. MARCO JURÍDICO.

Las negociaciones por parte de Nicaragua del TLC entre Centroamérica y la República de Chile se enmarcan, entre otros, en el respeto a la Constitución Política de la República, la Ley de Equidad Fiscal, Leyes del Sector Financiero, Metrología y Normalización, los Acuerdos Internacionales bajo la Organización Mundial del Comercio (OMC), las Normativas Centroamericanas (en las diversas materias pertinentes) y los Convenios suscritos bajo la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Los resultados de la negociación del texto normativo y la negociación del Protocolo Bilateral son congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo Humano que claramente establece la necesidad de mantener como ejes de la política comercial "la apertura comercial, la integración económica y facilitación del comercio, enfocándose en aumentar y diversificar las exportaciones potenciando los mercados actuales y facilitando el acceso a nuevos mercados. Para alcanzar este objetivo, se continuará creando condiciones que incentiven la producción exportable, sin menoscabo del mercado interno, a través de la aplicación, administración y negociación comercial. Asimismo, se continuará reforzando los vínculos con los principales socios y negociando nuevos tratados y acuerdos comerciales. *1

III. OBJETIVOS PARA NICARAGUA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE.

a. Incrementar y diversificar las exportaciones de Nicaragua con destino a Chile. La determinación de reglas previsibles, transparentes y claras de acceso y la ampliación de las condiciones de ingreso al mercado chileno, propician la diversificación de la oferta exportable y el crecimiento de los sectores productivos no tradicionales, condición fundamental para el crecimiento económico de Nicaragua.

b. Buscar un mejor equilibrio en las relaciones comerciales. En la actualidad la oferta exportable de Nicaragua hacia Chile es muy limitada, sin embargo se espera que con la entrada en vigor del Tratado las corrientes comerciales se agilicen e incrementen, sin mencionar las mayores posibilidades de inversión y coinversión.

Los principales bienes exportados por Nicaragua hacia Chile en el período 2005-2010 fueron azúcar de caña y ron, aunque el primero mostró un comportamiento irregular, no así el caso del ron, que reflejó ventas de forma regular y con tendencia ascendente. Otros rubros con exportaciones esporádicas son el alcohol etílico, calzado de cuero, libros y loza sanitaria.

Ministerio de Fomento, Industria y Comercio
COMERCIO EXTERIOR ENTRE NICARAGUA Y CHILE EXPRESADO EN MILES DE USD

Concepto 2005 2006 2007 2008 2009 2010
Exportaciones 3,961.4 1,189.1 3,547.9 3,941.2 5,940.4 5,328.1
Importaciones 12,731.8 34,609.2 41,801.2 56,759.0 15,471.8 21,130.6
Saldo (8,770.4) (33,420.0) (38,253.2) (52,817.8) (9,531.3) (15,802.5)
Total
Intercambios 16,693.2 35,798.3 45,349.1 60,700.1 21,412.2 26,458.7

Fuente: DGA

En el caso de las importaciones nicaragüenses desde Chile se registran productos como búnker, construcciones y sus partes, preparaciones alimenticias, fungicidas, gas butano, gasolina, herbicidas, libros, llantas nuevas, medicinas, abonos minerales, preparaciones para la industria de bebidas, entre otros. Chile podría convertirse en un gran suplidor de bienes industriales y algunas frutas.

c. Aumentar las inversiones de Chile en Nicaragua. Lo relativo a inversión se regula mediante la incorporación al Tratado del Acuerdo sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, firmado entre Nicaragua y Chile el 8 de noviembre de 1996 y actualmente vigente por un periodo de 15 años, prorrogables a partir del 24 de noviembre de 2001. Adicionalmente, es importante tomar en cuenta que el establecimiento de reglas jurídicas claras y previsibles en materia de comercio, dan mayor certeza a los sectores productivos promoviendo la inversión en los mismos.

d. Reforzar la competitividad de las empresas establecidas en Nicaragua, mediante la transferencia tecnológica.- Las nuevas realidades económicas y productivas mundiales y los procesos de apertura de mercados, requieren, además del desarrollo de capacidades productivas y la atracción de inversión extranjera directa, de un importante impulso a la competitividad de los diferentes sectores productivos. Se espera que el Tratado sirva como una herramienta que incentive la transferencia de tecnología, así como la apertura de nuevas inversiones en industrias de tecnología intermedia, mejorando por esta vía el nivel de vida de los nicaragüenses.

e. Establecer un régimen de intercambio comercial entre Nicaragua y Chile.- El Tratado contiene normativas que regularán el comercio de bienes y servicios, entre otros, a través del establecimiento de reglas claras, transparentes y estables que permitan el dinamismo necesario para promover un desarrollo productivo sostenible.

IV. DISPOSICIONES DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA CHILE.

A. Disposiciones en materia de comercio de bienes y reglas de origen.

A. 1 Aranceles

Objetivo.

Regular las condiciones de acceso de los productos en ambos mercados, mediante la aplicación de un Programa de Desgravación Arancelaria, la eliminación de barreras al comercio, la facilitación de la circulación de mercancías, así como otorgar un tratamiento no discriminatorio a las mercancías importadas desde la otra Parte en relación con los productos nacionales.

Alcance de las negociaciones.

• El ámbito de aplicación del Capítulo 3 (Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado) se extiende al comercio de mercancías entre Nicaragua y Chile, (para lo cual ambos países se comprometieron a eliminar progresivamente sus aranceles, de conformidad con el Programa de Desgravación acordado.

• El comercio de mercancías se fundamenta en el principio de Trato Nacional que implica igual tratamiento para las mercancías importadas con respecto a los productos nacionales.

A. 2 Reglas de Origen.

Las Reglas de Origen establecen las condiciones y requisitos relacionados con el origen y procedimientos aduaneros que deben cumplirse en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Nicaragua y Chile, para obtener el beneficio de las preferencias arancelarias acordadas en el Capítulo 3 (Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado).

B. Medidas de Salvaguardia, antidumping y compensatorias, medidas sanitarias y fitosanitarias, medidas de normalización, inversión, comercio de servicios, propiedad intelectual, solución de controversias y otras disposiciones del Tratado.

B. l Medidas de salvaguardias. El Tratado establece los mecanismos para la aplicación de medidas de salvaguardia durante el periodo de transición, que permitan la protección efectiva de los sectores productivos nicaragüenses frente a un incremento desproporcionado de las importaciones provenientes de Chile que puedan causar o amenazan causar un daño grave, o se presenten circunstancias críticas que causen daños difíciles de reparar. En materia de prácticas desleales de comercio (en el cual se incluyen dumping y medidas compensatorias) se confirman los derechos y obligaciones de las Partes derivados de los acuerdos pertinentes de la OMC y se preserva el derecho de iniciar una investigación y aplicar las medidas que correspondan.

B.2 Medidas sanitarias y fitosanitarias. Se establecen, entre otras, obligaciones en materia de transparencia y de que las medidas sanitarias o fitosanitarias no constituirán una restricción encubierta al comercio ni tendrán por objeto o efecto crear obstáculos innecesarios al mismo entre las Partes.

Por otra parte, se establece un Comité sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, el cual ofrece a las Partes, un foro de consulta técnica al momento de diferencias en la aplicación de alguna medida que pudiese tener un efecto restrictivo en el comercio.

B. 3 Medidas de normalización, metrología y procedimientos de autorización. Este Capítulo aplica a las medidas de normalización (las normas, los reglamentos técnicos y los procedimientos de evaluación de la conformidad), procedimientos de autorización y metrología, así como las medidas relacionadas con ellas, que puedan afectar, directa o indirectamente, el comercio de mercancías entre las Partes.

Para la elaboración o aplicación de sus medidas de normalización, procedimientos de autorización o metrología, cada Parte utilizará las normas internacionales vigentes o de adopción inminente, o sus elementos pertinentes, excepto cuando esas normas internacionales no constituyan un medio efectivo o adecuado para lograr sus objetivos legítimos, debido a factores fundamentales de naturaleza climática, geográfica, tecnológica, de infraestructura, o bien por razones científicamente comprobadas.

B.4 Comercio transfronterizo de servicios.

En términos generales, el TLC establece la aplicación de principios básicos que garantizan a los prestadores de servicios nacionales y chilenos un tratamiento no discriminatorio a través de las cláusulas de trato nacional y nación más favorecida, por otro lado también se garantiza a los prestadores transfronterizos de servicios de ambas Partes que no se les exigirá estar establecidos en el territorio de una de las Partes para poder prestar un servicio.

Es importante aclarar que estos principios están limitados en su aplicación por las reservas establecidas en los Anexos I, II y III del Capítulo 11, los cuales tienen como base la legislación nacional vigente.

El Capítulo aplica a las leyes, normas y reglamentos que regulan la prestación transfronteriza de los servicios en el territorio de ambos países. No obstante, el Tratado no aplica: a los servicios aéreos, servicios financieros, la contratación pública, los subsidios o donaciones otorgados por el Estado y los servicios bajo funciones gubernamentales.

Se prevé un Comité de Servicios Transfronterizo y anexos de reservas.

B.5 Servicios aéreos. Se establecen disciplinas generales sobre servicios aéreos, se incorporan por referencia los Acuerdos suscritos en la materia que se encuentren vigentes entre las Partes o los que se puedan negociar a futuro. En el caso de Nicaragua actualmente no contamos con Acuerdos en materia de servicios aéreos con Chile.

Se establece un Comité de Transporte Aéreo, que en el caso de Nicaragua estará integrado por la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transporte e Infraestructura, o su sucesora.

B. 6 Telecomunicaciones. El Capítulo aplica a todas las medidas que adopte o mantenga una Parte, relacionadas con el acceso y el uso de redes o servicios de telecomunicaciones y medidas relacionadas a la conexión de equipo terminal u otro equipo a las redes públicas de telecomunicaciones. No obstante el mismo no aplica a: "las medidas que una Parte adopte o mantenga en relación con la radiodifusión o la distribución por cable de programación de radio o televisión."
Finalmente, se contempla un artículo sobre monopolios, en donde las Partes se comprometen a la aplicación de medidas que prevengan un comportamiento del proveedor dominante que sea contrario a los principios de libre competencia.

B.7 Entrada temporal de personas de negocios. En este Capítulo se regula la entrada temporal de personas de negocios conforme al principio de reciprocidad y se establecen criterios y procedimientos transparentes para tal efecto. Asimismo, refleja la necesidad de garantizar la seguridad de las fronteras y de proteger la fuerza de trabajo nacional y el empleo permanente en sus respectivos territorios.

Se garantiza que las Partes permitan la entrada temporal de personas de negocios que cumplan con las medidas aplicables relativas a la salud y seguridad pública, así como las relacionadas con la seguridad nacional.

Se contempla una disposición particular sobre solución de controversias.

B. 8 Política de competencia. En este Capítulo se establece un mecanismo de colaboración efectiva entre Nicaragua y Chile en materia de política de competencia que permita, entre otros aspectos, que los beneficios del Tratado no sean menoscabados por prácticas comerciales anticompetitivas. De igual manera, procurarán avanzar hacia la adopción de disposiciones comunes para evitar dichas prácticas.

No obstante, cabe destacar que ninguna disposición del Tratado se interpretará en el sentido de impedir a las Partes designar o mantener un monopolio o empresas del Estado, siempre y cuando su legislación así lo permita.

B. 9 Compras del sector público. El principal objetivo de este Capítulo es maximizar las oportunidades de negocios de los proveedores y reducir los costos comerciales de los sectores público y privado de las Partes, garantizando la aplicación de los principios de igualdad, publicidad, eficiencia, Trato Nacional, no discriminación y transparencia en las contrataciones públicas de las Partes.

El Capítulo establece, entre otras, disposiciones sobre derechos y obligaciones generales; Trato Nacional y no discriminación; especificaciones técnicas; denegación de beneficios; procedimientos de impugnación; modificaciones a la cobertura; privatización; tecnología de la información; Comité de Contratación Pública; cooperación y asistencia técnica; relación con otros capítulos; y solución de controversias.

Mediante la aplicación del TLC los proveedores de las Partes tienen derecho a ser tratados como proveedores locales, evitando ser discriminados por razones de nacionalidad (Trato Nacional).

Además del principio de Trato Nacional, los proveedores se benefician de aquellas disposiciones que fortalecen la aplicación de los principios inherentes a la contratación pública, entre ellos publicidad, transparencia y suministro de información además del aprovechamiento potencial de las preferencias arancelarias acordadas en el Capítulo de Acceso al Mercado.

Las disposiciones del Capítulo de Compras del Sector Público otorgan certeza en las reglas del juego a aquellos proveedores que decidan participar en los procesos de contratación pública de las Partes, lo cual, aunado a las preferencias comerciales acordadas constituye un estimulo a la inversión, que podría redundar en oportunidades para los proveedores nacionales en general, quienes deben explorar las modalidades que les permitan acceder al mercado chileno en buenas condiciones (por ejemplo, alianzas estratégicas).

B.10 Asuntos administrativos y solución de controversias. No obstante ser de aplicación bilateral, el Tratado es de administración conjunta. Para efectos administrativos se establecen dos secciones. En la Sección A - Comisión, Subcomisión y Secretariado, se establecen las funciones de la Comisión de Libre Comercio, integrada por los Ministros de Comercio o las personas que éstos designen; de la Subcomisión Administradora, integrada por los funcionarios a cargo de la administración del Tratado y del Secretariado que será una oficina designada y notificada a la Comisión. La Sección B - Comités, subcomités y grupos de expertos, establece reglas generales para el funcionamiento de los respectivos comités, subcomités y grupos de trabajo, así como sus funciones y atribuciones.

La Comisión se reunirá por lo menos una vez al año, en sesión ordinaria y, a solicitud de cualquier Parte, en sesión extraordinaria. Las sesiones se llevarán a cabo alternando la sede entre las Partes. En el caso de Centroamérica se rotará sucesivamente en cada Parte, según orden alfabético.

El procedimiento de Solución de Controversias no aplica entre los países centroamericanos, consta de tres etapas: Consultas directas, intervención de la Comisión y Grupo Arbitral. Asimismo, se crean los procedimientos y definen los requisitos para la selección de los integrantes del grupo arbitral. Se prevé, el tratamiento en caso de urgencia para mercancías agrícolas perecederas, pescado y productos de pescado que sean perecedero, se regula la participación de las Terceras Partes en el procedimiento, la cual solamente podrá ser un país centroamericano, lo relativo a la información y asesoría técnica en una controversia, el cumplimiento del informe final y lo relativo a la suspensión de beneficios.

B. 11 "Excepciones y disposiciones finales. Se establecen disposiciones de efecto horizontal en el Tratado que permite a las Partes apartarse de las obligaciones del mismo, cuando concurran las condiciones ahí señaladas, relativas a seguridad nacional, balanza de pagos, divulgación de la información y tributación.

Adicionalmente, se incorporan al Tratado y forman parte integrante del mismo, los Artículos XX del GATT de 1994 y XIV del GATS, en materia de excepciones generales para el comercio de mercancías y servicios, respectivamente.

Se dispone que el Tratado tendrá duración indefinida y entrará en vigor entre Chile y cada país centroamericano, en este caso Nicaragua, el trigésimo día a partir de la fecha en que, respectivamente, hayan intercambiado sus correspondientes instrumentos de ratificación que certifiquen que los procedimientos y formalidades jurídicas necesarios han concluido y que para que el presente Tratado surta efectos entre Chile y Nicaragua, en los instrumentos de ratificación deberá constar que los procedimientos y formalidades jurídicas han concluido en relación con el Protocolo bilateral que contenga los anexos y secciones acordados.

B.12 Protocolo bilateral.

A continuación se presenta un breve resumen del contenido del Protocolo Bilateral de conformidad con lo dispuesto en el Párrafo 2 del Artículo 21.03 del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile:

- Anexo 3.04(2) (Programa de desgravación arancelaria), relativo al Programa de desgravación arancelaria entre Chile y Nicaragua:

Los plazos negociados por Nicaragua para la eliminación de aranceles a la importación de bienes originarios de Chile serán aplicados a cada producto. Las "categorías de desgravación" arancelaria van desde el acceso inmediato (0% a la entrada en vigor del Tratado), hasta la desgravación a un plazo 15 años.

Nicaragua brinda acceso inmediato para el 66% de los productos chilenos. El resto de productos chilenos se desgravará: 19.18% a 5 años, 10.78% a 10 años, y 2.55 % a 15 años.

Quedaron excluidos del programa de desgravación de Nicaragua productos sensibles como la carne bovina, cerdo, pollo, leche fresca y en polvo, embutidos, azúcar, cervezas, alcohol etílico y cueros. Otros productos como el aceite, café instantáneo y productos a base de café, algunos textiles y muebles de madera, se desgravarán en 15 años; otros textiles y el arroz, por ejemplo, serán desgravados en 10 años.

Por su parte Chile brinda a Nicaragua acceso inmediato al 97.62% del universo arancelario a la entrada en vigor del Tratado, además, unas 133 fracciones arancelarias gozarán de libre comercio en un plazo de 5 años.

Chile nos concede tratamiento preferencial en libre acceso a los principales productos de la oferta exportable de Nicaragua; es decir que a la entrada en vigor del Tratado estos productos podrán tener acceso inmediato al mercado chileno sin pagar aranceles, (carne bovino, mariscos, miel de abeja, café, lácteos y sus derivados, frutas y vegetales, cacao en grano o en polvo, galletas, vegetales en conserva, rosquillas, ron, cigarros, puros, madera y sus derivados, artesanías diversas incluyendo las hamacas, muebles de madera, de rotén y bambú).

Chile ofreció un tratamiento preferencial para el azúcar, conforme al cual, a partir del 1 de enero del 2012, este producto gozará de libre comercio una vez esté el Tratado vigente.

Chile excluyó de desgravación arancelaria productos como ganado bovino en pie, trigo y harina de trigo, glucosa, fructosa, cueros y pieles enteros, neumáticos usados y artículos de prenderla (ropa y zapatos usados).

La mayoría de productos que entrarán a Chile con cero arancel son productos que son exportados a otros países por pequeños productores y empresarios nicaragüenses, entre ellos, quesos, frutas y hortalizas, maní sin cáscara, mermeladas y jaleas, puros, manufacturas de madera, de rotén y bambú; textiles, zapatos, hamacas, manufacturas diversas.

- Sección C del Anexo 4.03 (Reglas de origen especificas), aplicable entre Chile y Nicaragua;

La Sección C del Anexo 4.03 incluida en el Protocolo contiene las reglas específicas bilaterales que aplicarán entre Nicaragua y Chile, las cuales corresponden a las condiciones productivas de Nicaragua, particularmente en el campo agropecuario. Estas reglas exigen que los productos tengan que ser totalmente obtenidos. Entre estos productos tenemos leche, quesos, café tostado o molido, café instantáneo, azúcar, cacao, embutidos, preparaciones de hortalizas, alcoholes, rones, entre otros.

En el sector industrial las reglas permiten incorporar materias primas de terceros países y con criterio de salto arancelario beneficiarse de las preferencias arancelaria, otorgando la flexibilidad necesaria para que estos sectores puedan beneficiarse del comercio preferencial.

Para el sector textil se cuenta con reglas muy flexibles de cambio de partida a favor de Nicaragua. Estas reglas permiten importar telas de terceros países y la confección de las prendas de vestir confiere origen.

- Anexos I, II y III del Capítulo 11 (Comercio
transfronterizo de servicios)
, relativos a las reservas y restricciones en materia de servicios transfronterizos aplicables entre Chile y Nicaragua;

De conformidad con el Tratado y con fundamento en la legislación nacional vigente, cada Parte establece reservas respecto de disposiciones legales y otras medidas que no cumplan con las reglas del Tratado. En otras palabras, si no se formulan reservas, rigen las reglas sobre Trato Nacional y Nación Más Favorecida. Estas reservas se especifican en los Anexos mencionados.

Cada Parte podrá renovar o modificar dichas reservas mediante su legislación nacional siempre que tales modificaciones o adiciones no las hagan más restrictivas. Algunas reservas formuladas por Nicaragua tienen relación, entre otros temas, con servicios turísticos; telecomunicaciones y servicios postales; tierras costeras, islas y bancos fluviales; Agua potable, alcantarillados sanitarios, recolección de aguas servidas y disposición de aguas servidas.

- Anexos 3.08 (Valoración aduanera), 3.10 (6) (Restricciones a la importación y a la exportación) y 16.01 (Entidades) cuando corresponda;

Con respecto al Anexo 16.01 (Entidades) relativo a la Contratación Pública, se acordó que dentro de un plazo de seis (6) meses a partir de la suscripción del Protocolo Bilateral, las Partes realizarán consultas sobre la aplicación del Capítulo 16 (Contratación Pública) y alcanzarán acuerdo sobre la Lista de Entidades de Nicaragua correspondientes al Anexo 16.01 (Entidades), el cual será parte integrante del Protocolo Bilateral.

Otras materias que las Partes convengan.

Con relación a otras materias, Nicaragua y Chile suscribieron un entendimiento relativo al Artículo 3.12 (Indicaciones geográficas) consistente en que Nicaragua dentro del término de tres (3) años, contados a partir de la fecha de entrada en vigor del Tratado para nuestros países, reconocerá la indicación geográfica "Pisco Chileno" como bebida espirituosa. Por consiguiente, Nicaragua no permitirá la venta de ningún producto como "Pisco Chileno", a menos que éste haya sido producido en Chile de acuerdo con las leyes y regulaciones de Chile que rijan la producción de dicha bebida. Lo anterior, es sin perjuicio de la notificación que Chile realice, de conformidad con el inciso segundo del artículo 3.12 (Indicaciones geográficas) del Tratado, y los derechos que Nicaragua pueda haber reconocido, además de a Chile, exclusivamente al Perú, en relación al "Pisco" y acordaron establecer mecanismos de cooperación comercial efectiva para el desarrollo de las indicaciones geográficas en Nicaragua.

Asimismo, con relación a subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias acordaron compartir el objetivo de lograr la eliminación multilateral de los subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias. En este sentido, cooperarán en el esfuerzo para lograr un acuerdo en el marco de la OMC, para eliminar los subsidios a la exportación, así como la reintroducción de éstos bajo cualquier forma.

Las Partes no podrán mantener, establecer o restablecer subsidios a la exportación sobre mercancías agropecuarias en su comercio recíproco bajo este Protocolo a partir de su entrada en vigencia.

En materia de Apoyos internos se acordó preservar los derechos y obligaciones derivadas del Acuerdo sobre la OMC.

Finalmente, con el ánimo de fortalecer los lazos de amistad, cooperación e integración entre ambas naciones, Chile brindará cooperación comercial a Nicaragua en las áreas que las Partes determinen de común acuerdo. Esta cooperación se hará efectiva en el menor tiempo posible y se iniciará con la identificación y desarrollo de los productos nacionales, bajo la figura jurídica de indicaciones geográficas o denominaciones de origen, según corresponda.

V. CONSIDERACIONES FINALES.

El presente Tratado y su Protocolo Bilateral se enmarcan, en los objetivos de apertura de nuevos mercados y atracción de inversión extranjera que el Estado de Nicaragua ha mantenido como parte de su política comercial y complementa los esfuerzos iniciados con el Tratado de Libre Comercio entre Nicaragua y México.

A través de este Tratado y su Protocolo, se consolidan nuevas oportunidades de exportación, y al mismo tiempo se crean perspectivas para la ampliación de flujos de inversión procedentes de la República de Chile.
FUNDAMENTACIÓN.

Con este Tratado se crean las bases para una mayor integración entre ambos países, a través del intercambio comercial en condiciones preferenciales, así como el establecimiento de normas que propiciarán mayores flujos de inversión.

La economía de Chile es considerada como una de las más desarrolladas de la región latinoamericana, cuenta con el índice de Desarrollo Humano más alto de dicha región. En el 2010 Chile se convirtió en el primer miembro pleno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en Sudamérica y segundo en América Latina, después de México, debido al reconocimiento en los avances económicos de las últimas décadas, al desarrollo social y a la fuerte reestructuración institucional.

El mercado de Chile es uno de los más atractivos de la región latinoamericana ya que cuenta con 17.2 millones de habitantes y su población posee un alto poder de compra. De acuerdo a datos del FMI se prevé que el PIB Real de Chile para el 2011 será de 71,218.33 miles de millones de dólares y su PIB per cápita medido a través del poder de paridad de compra (PPA)2 será de USD 15,882.85 dólares.

La economía chilena ha tenido un comportamiento dinámico en los últimos años, registrando un crecimiento promedio anual de 9%. Ésta es una economía abierta, cuyas exportaciones se concentran en el sector minero 60%, 30% de carácter Industrial y un 10% de exportaciones agrícolas, silvícola y pesqueras. Dentro del rubro industrial destaca la exportación de celulosa, madera, metanol, productos agroalimentarios como los hortofrutícolas, lácteos y pesqueros. Recientemente la industria forestal, del mueble, del salmón y del vino ha adquirido gran importancia en los montos de sus exportaciones.

Por su parte, Nicaragua cuenta con una población de 5.74 millones de habitantes y, según el FMI, se prevé que para el 2011 su PIB Real sea de 36.48 miles de millones de dólares y un PIB per cápita nominal equivalente a USD1,127.943.

Bajo las condiciones mencionadas anteriormente, y con fundamento en el numeral 12) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89 párrafo 5to. numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a la consideración de la Asamblea Nacional, la "Iniciativa de Decreto de Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Chile, suscrito el 18 de octubre de 1999 y Protocolo Bilateral entre la República de Nicaragua y la República de Chile al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Chile, suscrito en Managua, el 22 de febrero del año dos mil once".

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en el Adendum No. 002 con el Punto 2.123: LEY DE CÓDIGO PROCESAL LABORAL NICARAGÜENSE.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Estamos en el 2.123 del mismo Adendum, No. 002.

Managua 05 de abril de 2011.

Honorable Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado y Primer Secretario
Asamblea Nacional

Honorable Doctor Navarro:

Con instrucciones de la Excelentísima Doctora Alba Luz Ramos Vanegas, Magistrada Presidenta de este Supremo Tribunal, me permito remitirle Iniciativa de Ley del Anteproyecto del Código Procesal Laboral Nicaragüense, el cual fue redactado por la Comisión Laboral y aprobada por la Corte Plena el día diecisiete de marzo del año en curso, constando dicho anteproyecto con 159 artículos y 6 disposiciones complementarias, transitorias y finales.

La iniciativa de ley introduce el sistema oral y concentrado a los juicios laborales lo que facilitará la agilización de los procesos, posibilitando la aplicación eficaz de las normas internacionales del trabajo y la legislación laboral nacional, asimismo, dispone un sistema de conciliación administrativa y obligatorio previo al proceso judicial por la inmediación o presencia del juez.
En consecuencia de conformidad con el Arto. 140 inciso 3 de nuestra Constitución Política, le solicito respetuosamente que una vez revisado el cumplimiento de los requisitos formales de conformidad con los artículos 45 y 90 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, pueda por su digno medio enviarse la presente iniciativa de ley a la insigne Junta Directiva con el fin de que se efectúe el trámite que corresponda.

Con muestras de mi alta estima y consideración, le saludo,
Cordialmente
Rubén Montenegro Espinoza
Secretario
Corte Suprema de Justicia

Managua, 05 de abril de 2011.

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional

Estimado Ingeniero Núñez:

En mi carácter de Presidenta de la Corte Suprema de Justicia y de acuerdo con el derecho de iniciativa que la Constitución Política le otorga a este Poder del Estado de conformidad con el artículo 140 # 3, y cumpliendo los requisitos contemplados en la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, publicado en El Nuevo Diario, en su edición del 29 de diciembre de 2006 y en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero de 2007, tengo a bien presentar a la consideración de la Asamblea Nacional, la iniciativa de ley "Código Procesal Laboral Nicaragüense", que consta de 159 artículos y 6 disposiciones complementarias, transitorias y finales.

En el caso de la Corte Suprema de Justicia y correspondiendo a un órgano pluripersonal, la iniciativa fue elaborada y aprobada por la Corte Plena y el documento que la contiene se encuentra certificada por el Secretario de la Corte Suprema de Justicia en su carácter de fedatario público y órgano de comunicación.

Este Proyecto es la culminación de un largo proceso de diálogo social y consulta con la sociedad civil que se inició con la adopción del Programa de Trabajo Decente de Nicaragua, en el que se incluyó la necesidad de modernización y fortalecimiento de la administración de justicia laboral por iniciativa de la Corte Suprema de Justicia, y prosiguió con el informe técnico "Una visión del estado de situación de la administración de justicia laboral de Nicaragua y propuestas para su modernización y fortalecimiento", elaborado en julio del 2009 por la Oficina Internacional del Trabajo.

Exposición de motivos

Actualmente, el procedimiento laboral nicaragüense presenta una serie de dificultades en detrimento de los derechos de las partes en litis, y especialmente para los intereses de los trabajadoras y trabajadores, como la parte débil del proceso, en este sentido, es necesario la adopción de un nuevo procedimiento laboral que pretenda resolver las principales problemáticas que caracterizan a la Ley Adjetiva Laboral Vigente, entre las que se destacan las siguientes:

Procedimiento escrito, desconcentrado y carente de inmediación.

La existencia de un procedimiento totalmente escrito, con demasiadas estaciones procesales configurando un proceso absolutamente desconcentrado, con escasa presencia del juez en las numerosas diligencias, y con una carga procesal en aumento considerable en donde sólo se lograba resolver aproximadamente el 50% de los casos que gestiona con una ligera tendencia al empeoramiento.

El análisis de las estadísticas judiciales demostró que el actual sistema de juicios escritos no permite resolver los casos laborales en forma rápida, a pesar de tratarse de derechos sociales y en los que se litigan derechos fundamentales en el trabajo.

No existen estadísticas que den cuenta de la duración media de los procesos, pero los entrevistados han estado de acuerdo que los procedimientos laborales judiciales duran entre 4 y 5 años.

Carencia de justicia especializada

El número de jueces y magistrados especializados en materia laboral y de seguridad social es sumamente reducido respecto del total de la planta judicial con que cuenta el país. Sólo 10 jueces y magistrados especializados existían en el país, en el año 2009, frente a 211 jueces civiles y de juzgados únicos, que también deben atender y resolver casos de naturaleza laboral sin estar especializados en la materia.

Justicia laboral no unificada

En las nueve circunscripciones judiciales en las que está dividido el país existen igual número de Tribunales de Apelaciones, siendo el de Managua el único que cuenta con una sala especializada en materia de trabajo y de seguridad social. En cada uno de estos nueve Tribunales de Apelaciones terminan los procesos laborales iniciados en la instancia, lo que ocasiona la existencia de abundante jurisprudencia contradictoria, pues cada Tribunal de Apelaciones interpreta la ley conforme a su leal saber y entender, sin contarse con un órgano o procedimiento unificador.

Este problema se acrecienta por la existencia de 8 Tribunales de Apelaciones existentes en el país que no son de naturaleza especializada en lo laboral, sino en civil y penal, que se ven precisados a pronunciarse sobre casos laborales y de seguridad social en los que se aplican principios y normativa nacional e internacional sumamente especializada. El legislador ordinario no consideró preciso incluir una Sala de lo Laboral entre las cuatro Salas en que se divide la Corte Suprema para efectos jurisdiccionales, con lo que se carece actualmente de un cuerpo de doctrina jurisprudencial laboral, y desde luego, de criterios unificadores de las sentencias que se dictan por los tribunales inferiores de apelaciones.

Estos problemas serán resueltos con la efectiva aplicación de la recientemente promulgada Ley 755, que ha creado el Tribunal Nacional Laboral de Apelación, como instancia única de apelación.

Debilidad de la conciliación administrativa y judicial

No se regulan actividades pre procesales de carácter obligatorio como la exigencia de haber al menos intentado una conciliación administrativa previa a la interposición de la demanda. Estos actos pre procesales son cauces rápidos y eficaces para satisfacer pretensiones que permiten aligerar la carga de trabajo de los órganos judiciales a menor coste.

La administración del trabajo, en concreto el Ministerio del Trabajo, sería la institución administrativa más idónea para instaurar un sistema de conciliación administrativa debidamente profesionalizado y dotado de los medios de infraestructura (salas de conciliación y equipo) para intentar sistemáticamente conciliaciones. La instauración de un sistema de estas características requiere de la dotación presupuestal necesaria al Ministerio del Trabajo, que se justifica plenamente pues al final reduciría costos al Poder judicial. La experiencia demuestra que los sistemas de conciliación administrativas establecidos adecuadamente y con procedimientos apropiados, permite que con carácter prejudicial se solucionen entre el 40% y 60% de los reclamos que de otra forma recaerían en el Poder Judicial.

Acciones adoptadas

Dada la naturaleza eminentemente técnica y altamente especializada del derecho procesal del trabajo, la Corte Suprema de Justicia consideró conveniente la creación de una Comisión Laboral, que estuvo compuesta por magistrados, jueces y académicos universitarios, con el apoyo técnico de la OIT, fue creada por Acuerdo No. 58 del 12 de junio de 2009 y es presidida por el Magistrado de la C.S.J., Dr. Rafael Solís Cerda.

Esta comisión redactora elaboró hasta tres versiones integrales del anteproyecto (de 22 de abril de 2010; de 29 de agosto de 2010; y de 14 de octubre de 2010), que fueron puestas en conocimiento de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, como de la sociedad civil en general, para recabar observaciones y propuestas de modificación. En cada oportunidad se recibieron extensos, importantes y sólidos fundamentos escritos de la sociedad civil nicaragüense, con propuestas de redacción muy concretas, que fueron enriqueciendo el anteproyecto y lográndose cada vez mayor consenso.

A partir de la tercera versión de octubre de 2010 se dio inicio al estudio del anteproyecto por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia quienes elaboramos diversos informes de análisis jurídico del mismo, con énfasis en trascendentales opciones de política legislativa e introdujimos mejoras muy importantes.

Aspectos que aborda la iniciativa de Ley

El proyecto aprobado en el Capítulo I, Arto. 2 entre otros principios, introduce el sistema oral y concentrado de juicios laborales que permitirá que éstos se resuelvan en sólo unos meses en lugar de 4 ó 5 años, como es actualmente, posibilitando la creación de una cultura de cumplimiento de la legislación laboral nacional y de las normas internacionales del trabajo.
Asimismo, en dicho artículo se establece el principio de inmediación lo que significará que los juicios laborales se caracterizarán por la presencia directa del juez en el proceso, y además no de cualquier judicial, sino por jueces especializados en derecho del trabajo, al tenor de lo de los Artos. 6 y 7 del presente proyecto, referidos a la naturaleza de los órganos jurisdiccionales laborales, sustituyéndose así a los jueces civiles en la aplicación de la ley laboral.

Se dispone también en el Capítulo III denominado "De la Conciliación Administrativa y de la Reclamación Previa" Artos. 72 y 73 del proyecto, la instauración de un sistema de conciliación administrativa obligatoria previa al trámite judicial a cargo de un personal debidamente capacitado y profesionalizado bajo la dependencia del Ministerio del Trabajo, con lo que se espera que gran cantidad de casos se resuelvan en sede administrativa sin necesidad de llegar a la fase judicial.

Destaca también en el Título I "De las Modalidades Especiales del Proceso" el Capítulo I "De la Tutela de la Libertad Sindical y Otros Derechos Fundamentales" que establece en los Artos. 106 y siguientes, un procedimiento especial para la tutela de los derechos fundamentales en el trabajo con la posibilidad de solicitar una medida cautelar, lo que implicará la suspensión del acto impugnado y la restitución de los hechos a la situación anterior de producirse la violación. Este procedimiento abreviado y de carácter preferente será un instrumento muy útil para evitar la discriminación sindical, la discriminación por género y de cualquier otro carácter, sea directa o indirecta, así como para la protección de los demás derechos fundamentales.

De igual forma resulta novedosa la instauración del procedimiento especial para los conflictos jurídicos de naturaleza colectiva para solucionar los casos de afectación de intereses generales de un grupo genérico de trabajadores que versen sobre la aplicación o interpretación de una norma jurídica, convenio colectivo o práctica de la empresa. El proyecto implica la modificación más importante del Código de Trabajo nicaragüense desde su adopción.

De otra parte, una administración de justicia del trabajo eficaz favorece la creación de una cultura de cumplimiento y de un sistema de relaciones de trabajo basado en la cooperación y no el conflicto, lo que es esencial para favorecer el crecimiento económico y la creación de empleos.

Este Proyecto se encuentra en congruencia con la recientemente aprobada "Ley 755, Ley de Reforma y Adiciones a la Ley No. 260, Ley Orgánica del Poder judicial y Creadora del Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones", pues desarrolla el procedimiento de Apelación de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.
Fundamentación

La Constitución Política de Nicaragua declara el derecho al trabajo y a la seguridad social como derechos fundamentales de la persona y refiriéndose en particular a los trabajadores, proclama los derechos sociales y laborales propios de un Estado social de derecho, tales como el derecho a condiciones de trabajo que les asegure salario igual por trabajo igual en idénticas condiciones, sin discriminaciones por razones políticas, religiosas, sociales, de sexo o de cualquier otra clase; la inembargabilidad del salario mínimo y de las prestaciones sociales, en los términos regulados en la Ley; la integridad física en el trabajo, la salud, la higiene y la prevención de riesgos laborales; la limitación de jornada, junto con el descanso semanal de festivos y vacaciones remuneradas; la libertad, estabilidad y promoción en el trabajo; la seguridad social para la protección integral y medios de subsistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos profesionales, enfermedad y maternidad; y también a los familiares de los trabajadores, en caso de muerte. Se reconocen también, los derechos de huelga, la plena libertad sindical y a la negociación colectiva. Todos estos derechos son a su vez desarrollados y regulados en otras leyes, particularmente en el Código del Trabajo.

El anhelo y la necesidad social de que estos derechos positivos, enunciados con generalidad y en abstracto, se conviertan en realidad y en concreta justicia, hace preciso contar con un procedimiento judicial sencillo y ágil que permita una respuesta judicial más pronta.

Pero la rapidez no equivale a recortar o suprimir las garantías procesales o los trámites esenciales que cualquier procedimiento judicial ha de respetar para ser reconocido como tal. La justicia laboral ha de garantizar también satisfactoriamente el derecho a la tutela judicial efectiva, asegurando particularmente el fácil y libre acceso al proceso; la audiencia a las partes en condiciones de igualdad; el respeto a los principios de contradicción y defensa; la oportunidad de poder aportar y utilizar los medios de prueba pertinentes para acreditar los hechos relevantes que sustentan el derecho alegado en el proceso, sin que se produzca indefensión a ninguno de los litigantes; y también, un juego de recursos que además de limitar y equilibrar el poder del Juez y de las partes, contribuya a la unificación de criterios en las respuestas judiciales y con ello, a la seguridad jurídica, sin favorecer dilaciones ni abuso del proceso.

Estos principios de acceso al proceso debido, se reconocen en la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículos 8 y 10), que proclama el derecho de toda persona a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la Ley, así como a ser oída públicamente y con justicia, en condiciones de plena igualdad, por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones. La Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 8) reconoce también a toda persona el derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter. Similar prescripción encontramos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 14) al reconocer también a toda persona su derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, para la determinación de sus derechos u obligaciones.
Por esto se precisa contar con un procedimiento que además de célere, compense o nivele la posición de mayor poder que detenta el empleador, función ésta propia no sólo del ordenamiento sustantivo laboral, sino también del proceso judicial cuando plasma y aplica los derechos laborales. Si el derecho del trabajo disciplina y fija los límites al poder que detenta el empresario como titular de los medios de producción y en definitiva, de la empresa como organización en la que se inserta subordinadamente el trabajador, el proceso laboral ha de contar también con una regulación especial que permita limitar su mayor poder en relación a los actos procesales y su mayor disponibilidad de los medios de prueba.

La experiencia enseña que estas necesidades de libre acceso y celeridad en la administración de justicia, sólo se satisfacen en el seno de un proceso regido por los principios de gratuidad y oralidad, de un procedimiento nucleado en una única audiencia en la que el Juez cuente, además de conocimientos especializados en la materia, con amplias facultades de intervención para el descubrimiento y conocimiento de la verdad.

Sin embargo, la regulación concreta del procedimiento ha naufragado en la práctica, no sólo por no contar con juzgados de Trabajo especializados en todos los Distritos, sino porque la regulación concreta del procedimiento que hasta ahora se ha venido aplicando no se corresponde con un auténtico proceso verbal concentrado, en que tanto la pretensión como la defensa o resistencia frente a la misma, al igual que la proposición de prueba y su eventual admisión, se formulan o producen verbalmente en el trámite de la comparecencia ante el órgano jurisdiccional, esto es, en el acto de audiencia del juicio.

En el procedimiento verbal, solo la demanda es escrita en la instancia, siendo a partir de su recepción totalmente oral el procedimiento, incluido el trámite de su contestación y oposición de excepciones, que ha de producirse concentradamente en la audiencia. La oralidad permite al Juez ponerse en relación directa con las partes y con las pruebas que han de procurarse y traer a la vista, instando el auxilio previo del órgano jurisdiccional, de no disponer de las mismas. Ello claro está, al margen de que se puedan promover previamente actos preparatorios de la demanda o con posterioridad, solicitar determinadas actuaciones que puedan tener una trascendencia decisiva en el resultado de la litis.

A nuestro juicio y considerando el procedimiento laboral existente, hemos considerado que la aprobación de esta iniciativa acarreará beneficios indiscutibles a la aplicación de justicia y sus efectos e impacto económico son sumamente favorables.

La ley no contempla erogaciones presupuestarias adicionales a las que actualmente contempla el Presupuesto General de la República, pero que de haber son ínfimas consideradas el gran beneficio para los trabajadores y la economía en general.

Finalmente atendiendo a los fundamentos antes expresados, de conformidad con el Artículo 140 numeral 3 de la Constitución Política de Nicaragua, la Corte Suprema de Justicia somete a consideración de las y los honorables diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa de Ley "Código Procesal Laboral Nicaragüense", para que siga los trámites del proceso de formación de la ley que se establecen en el artículo 141 Cn. y el Título Tercero de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo hasta su aprobación, sanción-promulgación y posterior publicación.

No omitimos solicitar que por la alta prioridad que esta iniciativa sea a la mayor brevedad puesta en conocimiento de la Junta Directiva para su inclusión en la Agenda y el Orden del Día.

A continuación de esta exposición de motivos y fundamentación se anexa como parte integrante de la iniciativa de conformidad con el artículo 90 LOPL, el correspondiente texto del articulado del Proyecto del Código Procesal Laboral Nicaragüense.

La ciudadanía nicaragüense valorará también la aprobación de este proyecto como Ley porque es un beneficio concreto para los trabajadores y empleadores del país.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para expresarle mi estima y consideración.

Atentamente,
ALBA LUZ RAMOS VANEGAS
MAGISTRADA PRESIDENTA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

El Infrascrito Secretario de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, certifica el Acta que en sus partes conducentes, integra y literalmente dice:… ¿Sigo leyendo?
ACTA No 7

En la ciudad de Managua, a las doce y treinta y cinco minutos de la tarde… Hasta aquí….

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Remitimos a los honorables diputados siempre al Adendum 002, Punto 2.125: LEY QUE ESTABLECE LA GRATITUD EN EL PAGO DE LOS CHEQUES FISCALES EN EL SISTEMA BANCARIO NACIONAL.

Managua, 01 de Junio del 2011

Señor
SECRETARIO
Asamblea Nacional

Estimado Señor Secretario:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 de la Constitución Política y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría, la Iniciativa de Ley denominada “Ley que establece la gratuidad en el pago de los cheques fiscales en el Sistema Bancario Nacional”, al tenor de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley antes mencionada, para su debida tramitación.

Así mismo, acompaño las copias de ley, tanto en formato sólido como en formato electrónico para su inclusión en agenda por la Junta Directiva, su presentación ante el Plenario, y demás trámites del proceso de formación de la Ley.

Sin más a que referirme, aprovecho la ocasión para saludarlo.

Siempre más allá,
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Diputado.

Managua, 01 de Junio del 2011.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Diputado
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional en base a los artículos 140 y 141 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le estoy remitiendo, la siguiente iniciativa de ley, denominada “Ley que establece la gratuidad en el pago de los cheques fiscales en el Sistema Bancario Nacional”.

Los trabajadores del Estado que representan un porcentaje representativo de los trabajadores del país, se les obliga en las instituciones a usar tarjetas de débito en donde se les deposita sus salarios y prestaciones sociales, o se les paga a través del conocido cheque fiscal emitido por la Tesorería General de la República.

Es también una realidad que el Estado maneja los depósitos de sus recaudaciones fiscales, financieros y de la seguridad social en el sistema bancario, beneficiándose la banca de los retornos que puedan generar estos recursos del Estado, en los giros financieros y bancarios del Sistema Financiero Nacional.

Un resultado lógico del depósito de los recursos del Estado en los Bancos, debiera reflejarse en un excelente servicio y atención a los trabajadores del Estado en el cobro o cambio de los cheques fiscales y por dichas transacciones no deben establecerse cobros, limitaciones, en lo relativo a los días para el cobro, limitación de montos y otras condiciones especiales.

De una manera ilegal y arbitraria, el Sistema Bancario Nacional (pues no existe ley que los faculte), limita el hacer efectivos los cheques fiscales en ciertos días y fechas, a determinados montos y otras condiciones especiales, haciendo cobros por un servicio que es obligatorio para todos los bancos: cambiar un cheque fiscal. Con este accionar se limita el intercambio de un título valor entre los particulares y el Estado. Dificultando además a los trabajadores la obtención del pago de sus prestaciones sociales y su salario.
FUNDAMENTACIÓN

Queda claro que los bancos abusan de los trabajadores del Estado al limitarles en horas, días, montos, cobros y otras condiciones el cambio de un cheque fiscal, que por ser un título valor sin condiciones, debería ser pagado como se pagan los cheques girados por particulares que tienen sus cuentas en dichos bancos. La atención a los trabajadores del Estado en el cambio de sus cheques fiscales debiera ser más ágil e inmediata, ya que el Estado es un usuario de primera clase en dichos bancos, por sus transacciones y porque como ya dije antes, el Estado maneja sus recaudaciones fiscales, otros recursos financieros y de seguridad social en esos bancos, que le hacen una misión difícil a los trabajadores del Estado el cobro de sus cheques fiscales.

El establecer el pago de los cheques fiscales en días determinados o fechas, cobrar por el cambio del cheque, establecer montos límites u obligar a los trabajadores a depositar en cuentas personales el cheque y establecer plazos para los retiros en las cuentas de ahorro o cheques del trabajador y otras condiciones, es una ilegalidad y arbitrariedad que debe eliminarse.

Por lo que todos los Bancos del Sistema Bancario Nacional, deberán hacer efectivos los cheques fiscales emitidos a favor de los trabajadores del Estado, sin ninguna restricción de tiempo y monto, sin más requisitos que la presentación del cheque mismo y la cédula de identidad. Tampoco los bancos bajo ninguna circunstancia podrán obligar al beneficiario del cheque a depositarlo en una cuenta del Banco y en general, no podrán establecer más requisitos y condiciones para el cambio de los cheques, que los establecidos en la ley de la materia.

Debe ser totalmente prohibido el generar cualquier cobro por el servicio de cambio del cheque fiscal, siendo por tanto totalmente gratuito y deberá ser pagado inmediatamente en cualquier sucursal bancaria.

La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras deberán poner especial atención al cumplimiento de la presente ley, estableciendo en su caso las sanciones correspondientes por la violación de la misma.

HASTA AQUÍ LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y LA FUNDAMENTACIÓN

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Producción Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Siempre en el Adendum Nº 002, Punto 2.126: LEY GENERAL DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS.
Managua, 31 de Mayo del 2011.

Dr. Wilfredo Navarro.
Primer Secretaría
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Secretario:

Los suscritos Diputados ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 y 5 de la Constitución Política y artículo 14 inc. 2, 90, 91 y 168 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presenta para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley, la presente iniciativa denominada “Ley General de Gestión Integral de Residuos Sólidos”. Se adjunta a la presente las copias de ley y el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme,

Atentamente,

Diputada Diputado
Alba Azucena Palacios Benavídez Agustín Jarquín Anaya
Bancada Alianza Unida Nicaragua Bancada Alianza Unida
Triunfa Nicaragua Triunfa
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

EXPOSICIÓN DE MOTIVO

Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Estimado Ing. Núñez:
Con fundamento en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 y 5 de la Constitución Política y artículo 14 inc. 2, 90, 91 y 168 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se presenta para su inclusión en Agenda y que se le dé trámite de Ley, la presente iniciativa denominada “Ley General de Gestión Integral de Residuos Sólidos”.

Cada día, en promedio, cada habitante produce en la ciudad de Managua 0.7 Kg. de residuos sólidos por habitante, mientras que los pobladores del resto del país, en promedio, generan 0.50 Kg. por día. El último censo poblacional realizado en el año 2005 arroja un total de 5.142.098 habitantes y basándose en las cifras anteriores, los expertos estiman que la generación total de residuos sólidos a nivel nacional, alcanza la suma de 5, 759,150 toneladas por día.

En Nicaragua, sólo cuatro de cada diez hogares elimina la basura a través de un camión recolector o depositándola en un basurero o en un contenedor autorizado, esto quiere decir que la mayoría de los hogares, la basura la queman, entierran, arrojan a un predio vacío o bien, la lanzan a un río o quebrada.

Al igual que otros países del istmo y de la región, en nuestro país no se contemplan los costos económicos de la contaminación en sus diversas formas, por lo que no estamos conscientes del grado de deterioro ambiental que provoca el mal manejo de los residuos sólidos. Sólo por citar un efecto, se asegura que el exceso de residuos sólidos origina un agotamiento de los recursos vírgenes, lo que ha motivado la necesidad de encontrar formas efectivas para contrarrestar los efectos negativos.

En este sentido, el reciclaje se perfila como una alternativa viable para el tratamiento de los residuos sólidos, antes de utilizar otras formas como incineración, confinamiento, basureros, entre otras. Al respecto, cabe señalar que un 30% de los hogares nicaragüenses en la zona urbana emplea precisamente alguna de estas formas inadecuadas de manejo sólido; mientras en el sector rural alcanza el 95% de los hogares.

La Política Nacional sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos, elaborada en el año 2004, contempla un concepto sobre Manejo Integral de los Residuos (MIRES), y lo conceptualiza como “las actividades de separación, reutilización, reciclaje, co-procesamiento, tratamiento biológico, químico, físico o térmico, acopio, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos, individualmente realizadas o combinadas de manera apropiada, para adaptarse a las condiciones y necesidades de cada lugar, cumpliendo objetivos de valorización, eficiencia sanitaria, ambiental, tecnológica, económica y social.”

No obstante, en la actualidad ninguno de los 153 municipios del país practica el MIRES, ya que cumplen con alguno de los componentes por ejemplo recolección o disposición final, pero en ninguna municipalidad los residuos pasan por su revalorización, lo que es indispensable para el cumplimiento de cualquier política de manejo integral.

Asimismo, el MIRES establece el marco para la creación de instrumentos económicos que estimulen la inversión ambiental y permitan la internalización de los altos costos en que se incurren por el mal manejo de los residuos sólidos. Pero, para llevarlo a la práctica, se necesita una coordinación eficiente entre todos los actores involucrados, desde el recolector hasta las instituciones estatales encargadas de regular, pasando por la sociedad civil, las empresas y las municipalidades.

Según los datos que sustentan las bases de la Política de Residuos Sólidos, la recolección se realiza en la mitad de los 153 municipios, que significa un 49% aproximadamente, tomando en consideración que la flota de recolección no está dispuesta a un 100% y el factor de mantenimiento técnico, que es nulo, en algunas municipalidades. Aunado a ello la cobertura es parcial, debido a que algunas zonas son de difícil acceso, lo que implica que hay varias áreas en el país que carecen de este servicio.

En el caso de Managua, la mayor urbe nicaragüense, hay deficiencia en el sistema de recolección de residuos sólidos, porque solo hay pocos camiones recolectores y para abarcar a toda la capital se necesitan al menos entre 70 y 80 vehículos, según la Dirección General de Medio Ambiente y Urbanismo de la Alcaldía de Managua.

De los residuos recolectados en el país, un 94% es vertido en depósitos o botaderos a cielo abierto o son quemados para reducir su volumen. Por otra parte, los residuos hospitalarios e industriales, que en la mayoría de los casos son tóxicos o peligrosos, no cuentan con tratamiento especial y el personal que los maneja no está provisto de equipamiento de prevención.

El exceso de residuos que se originan todos los días, ha originado la posibilidad de emprender actividades de procesamiento de residuos desde la recolección y acopio de la basura, hasta su tratamiento e incorporación en los procesos productivos como materia prima.

En Nicaragua, hay un universo extenso de posibilidades para pequeñas y medianas empresas de emprendedores. Sin embargo, hace falta un cambio radical en la mentalidad de toda la población para poder visualizar la oportunidad que se presenta. Esto implica un cambio en la connotación, ya que “desechos” se le atribuye a aquel material que no tiene valor, mientras que “residuo” es todo aquel sobrante de una actividad que es valorizado y puede ser utilizado en otras actividades.

En las diferentes etapas del manejo de los residuos sólidos municipales, se encuentran personas que no son parte de las alcaldías o de empresas formales, sino que realizan actividades de acopio y recolección sin estar regulados, por lo que están insertos en el sector informal. Esta tendencia es característica de los países en vías de desarrollo, y usualmente la realizan las personas con escasos ingresos, sin empleo fijo y con baja calificación.

La cadena del reciclaje en Managua era responsable de la manutención y subsistencia de 1,157 personas en el 2004, la mayoría de las cuales trabajaban en el botadero municipal de Acahualinca, en Managua y cuyos ingresos mensuales derivados de la actividad varían desde C$ 600 por recolector hasta C$ 5,000 por acopiador.

Otro factor que se debe tomar en consideración es que la población debe asumir la responsabilidad de pagar por el servicio de recolección. Según datos de la Alcaldía de Managua, únicamente se recoge un 40% del total que se debería de cobrar. Anualmente la alcaldía gasta un aproximado de C$ 50 millones en recolección y sólo recuperan la mitad de lo invertido en concepto de pago por servicio.

En el caso de la capital, gran parte de los residuos sólidos son vertidos en botaderos como Acahualinca, contaminando el aire y el agua, porque se desprenden gases como el metano que acelera el proceso de calentamiento global y otros químicos que se filtran al subsuelo, contaminando los cuerpos de agua. Además, son factores que repercuten en el estado de salud de la población.

El reciclaje es una alternativa que brinda soluciones en el largo plazo, pero implica una serie de elementos para que se garantice el éxito, como la voluntad y disciplina de la población, un adecuado sistema coordinado por el Estado y; la empresa privada con base en incentivos que generen una utilidad ambiental y económica.

En Nicaragua no existe una industria propiamente del reciclaje. La cadena de este proceso está integrada principalmente por personas o empresas encargadas de recolectar y acopiar los residuos. En el país únicamente se recicla el plástico, el papel y el vidrio, actividades que está en manos de unas pocas empresas.

Actualmente se recicla más de 200,000 kilogramos de residuos plásticos al mes (polietileno baja y alta densidad) de los más de dos millones de kilogramos que entran al país en productos plásticos de uso directo (materia prima en bruto y empaques para la industria y comercio en general) e indirecto (sobre empaque de electrodomésticos, cubiertas, mesas, juguetes, etc.), actividad realizada por pocas empresas. De acuerdos a datos del CETREX, se informa que al mes de Octubre del año 2010, se exportaron alrededor de 42 millones de dólares en materiales de acopio para reciclar, lo cual nos indica que es un importante motor de la economía, e inclusive por encima de otros rubros.

Existe un fuerte interés por parte de otros países por comprar los materiales reciclables para generar productos reciclados que después venden a precios más competitivos que los producidos a nivel local. En el caso del papel, se exporta hacia El Salvador el principal país destino, seguido de Costa Rica y Ecuador. De igual manera se exporta chatarra y plástico hacia China como principal país de destino.

Lo que para los nicaragüenses es basura para estos países es materia prima que reduce los costos de producción; la motivación para importar estos materiales va más allá del interés por el medio ambiente, sino que les resulta económicamente efectivo, de lo contrario no estarían dispuestos a pagar millones de dólares en importaciones.

El reciclaje como parte de la estructura del manejo integral de residuos sólidos permite que los residuos sean valorizables, es decir, que tengan valor económico. Diversos estudios han comprobado que el reciclaje brinda un sinnúmero de ventajas sociales, económicas y ambientales. Entre éstas sobresale el ahorro de energía, la menor descompresión de los recursos vírgenes, el incremento de los productos tangibles y; la generación de empleos, entre otros.

La decisión respecto a la combinación de formas de manejo de los residuos a implantar en una municipalidad, está en dependencia de un diagnóstico sobre los volúmenes y tipos de residuos que se generen y en la disposición de recursos humanos, técnicos, materiales y financieros.

Ciertamente el reciclaje no es la solución absoluta, pero es la opción más viable en el largo plazo; sin embargo, se necesita que la población se apropie del concepto reducir – rehusar - reciclar y que las empresas conciban que esto no es sólo sostenible para el medio ambiente, sino que puede ser económicamente sostenible.

Para elaborar este proyecto de ley se realizó un proceso de consulta con el Ministerio Agro Forestal (MAGFOR), Procuraduría General de la República (PGR), Dirección de Medio Ambiente de la Alcaldía Municipal de Managua, en conjunto con la Comisión de Población y Desarrollo de este Poder del Estado; el Ministerio de Recursos Naturales y del Ambiente (MARENA) fue convocado, pero no remitieron sus consideraciones a pesar de haber insistido en que se pronunciaran al respecto, por ser un ente trascendental en la implementación de esta ley.

FUNDAMENTACIÓN

La Constitución Política de Nicaragua, concede a la Asamblea Nacional, en su artículo 138, numeral 1, lo siguiente: “Son atribuciones de la Asamblea Nacional: 1) Elaborar y aprobar las leyes y decretos, así como reformar y derogar los existentes.

La ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo en su artículo 14 numeral 2, expresa que: son atribuciones de los diputados: Presentar Iniciativas de Ley, Decretos, Resoluciones y Declaraciones.

Nicaragua al igual que el resto de los países de Centroamérica, comparten dificultades para el manejo de desechos sólidos tanto peligrosos como para los no peligrosos, en los sectores urbano y rural los que cada día aumentan producto del desarrollo y del uso de materiales desechables así como el uso de sustancias más complejas en la producción de bienes de consumo y es por esta situación que surge la necesidad de proponer iniciativas que faciliten la gestión ambiental relacionada la reducción en la fuente, al re uso, el reciclaje, y el manejo, eliminación y disposición final segura de estos desechos sólidos.

En Nicaragua existen normativas técnicas y decretos ejecutivos dispersos que declaran lineamientos y políticas en materia de desechos sólidos, los cuales fueron creados con un enfoque de comando y control sin antes incluir la promoción de enfoques de reducción en la fuente y producción más limpia, esta promoción de la aplicación de la gestión ambiental al final del tubo ha tenido muy pocos resultados en su aplicación ya que es un enfoque económicamente más caro que la reducción en la fuente y es poco adaptado a la realidad de las capacidades nacional.

En Nicaragua, el régimen jurídico de los desechos sólidos es disperso, lo que ha generado conflictos de competencias, vacíos en las normas técnicas que son obstáculos a procesos de gestión integral de los desechos sólidos que se transforman en barreras para lograr el desarrollo sostenible, falta de complementariedad entre la protección del ambiente, el desarrollo y el crecimiento económico, sumado a un comportamiento consumista exacerbado con el uso de bienes y servicios que generan gran cantidad de desechos sólidos que contaminan el ambiente y afectación a la salud, por lo cual es necesaria la evaluación, revisión, actualización y fortalecimiento de la legislación ambiental de manejo de desechos sólidos existentes.

ES URGENTE UNA LEY QUE CONSOLIDE ESTE MARCO LEGAL
DISPERSO

Entre los instrumentos legales se incluye la Política Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, La 274 y sus reformas, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y su reglamento, la Ley 40 y 261 Ley de Municipio y su reglamento, La Ley 641 Ley General de Salud, y su reglamento, Reglamento Sanitario de los Residuos Sólidos Peligrosos y no peligrosos, la Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense Ambiental para el Manejo, Tratamiento y Disposición Final de los Desechos Sólidos No Peligrosos (NTON 05-014-02) y la Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense Ambiental para el Manejo y Eliminación de Residuos Sólidos Peligrosos (NTON 05-015-02), todos ellos proveen el marco normador para la implementación de algunas acciones en materia de gestión de los desechos sólidos peligrosos y no peligrosos, sin embargo una Ley que integre este grupo de instrumentos dispersos y le dé una consolidación al marco legal existente se hace necesario en la actualidad.

Para asegurar el manejo eficiente de esta inmensa cantidad de residuos, se aprobó y está en vigencia desde hace cuatro, una Política Nacional sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos, cuya ejecución y monitoreo recae en primer lugar sobre las autoridades del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, MARENA. Sin embargo, poco se conoce de este marco jurídico y prácticamente no se pone en práctica, pese a que el manejo de los residuos está relacionado al desarrollo de una sociedad, a la salud de los pobladores y; a la protección del medio ambiente.

Un proyecto de Ley para la gestión integral de desechos sólidos como el que se pretende realizar incluye un cambio de paradigma en el tema del manejo de los residuos en nuestro país, adoptando un enfoque preventivo y distributivo en la responsabilidad de su manejo entre todos los sectores de la sociedad, de manera diferenciada, induciendo la adopción de procesos sustentables de producción y consumo, así como el manejo seguro y ambientalmente adecuado de los residuos.

Un nuevo elemento que genera mayor espacio jurídico para la elaboración de una propuesta de Ley que incluya y reconozca las relaciones de los recicladores y acopiadores que juegan un papel muy importante en el manejo de los desechos sólidos.

Una legislación moderna del manejo de desechos sólidos debería incorporar mejoras de administración, analizando el método utilizado para la disposición final e introduciendo mejoras de acuerdo a los avances tecnológicos; crear mecanismos básicos en la gestión ambiental que plantee la valorización de los desechos sólidos, creando capacidades y ambiente de negocios en el marco de la aplicación de sistemas de tratamiento a estos desechos, transformación y su comercialización, o disposición final en el marco de los convenios Internacionales.

Es necesario incorporar la sensibilización de todos los sectores económicos y financieros en la búsqueda de soluciones técnico científicas para fomentar el reciclaje, manejo de desechos sólidos, la aplicación de buenas prácticas en la gestión y manejo de desechos peligrosos y el cumplimiento de las normativas actualizadas en el marco de la gestión, manejo, reducción del uso de productos que generen este tipo de desechos así como su disposición final.

La necesidad de incrementar los mecanismos de comunicación, intercambio de información para el establecimiento de sistemas técnicos científicos de tratamiento a los desechos sólidos peligrosos y no peligrosos.

El proyecto de ley en estudio realiza un cambio de paradigma en el tema del manejo de los residuos en nuestro país, adoptando un enfoque preventivo y distributivo en la responsabilidad de su manejo entre todos los sectores de la sociedad, de manera diferenciada, induciendo la adopción de procesos sustentables de producción y consumo, así como el manejo seguro y ambientalmente adecuado de los residuos.

Hasta aquí la Exposición de Motivo y Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Medio Ambiente y los Recursos Naturales.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Nos remitimos a la Orden del Día No. 2 Punto II PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES.

Punto 2.116: LEY DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY No. 346, LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Managua, 15 de Marzo del 2011.

Señor
SECRETARIO
Asamblea Nacional

Estimado Señor:

En nuestra calidad de Diputados ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 de la Constitución Política y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría, la Iniciativa de Ley denominada “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 346, Ley Orgánica del Ministerio Público”, al tenor de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley antes mencionada, para su debida tramitación.

Así mismo, acompaño las copias de ley, tanto en formato sólido como en formato electrónico para su inclusión en agenda por la Junta Directiva, su presentación ante el Plenario, y demás trámites del proceso de formación de la Ley.

Sin más a que referirme, aprovechamos la ocasión para saludarlo.

Siempre más allá

Dr. Wilfredo Navarro Moreira Dr. José Pallais
Diputado Diputado

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Honorable Señor Presidente:

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, Wilfredo Navarro Moreira y José Pallais, con fundamento en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1, ambos de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 14 inciso 2; 90 y 91 de la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presentamos para su inclusión en agenda y trámite de ley, la presente iniciativa de reforma denominada LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY NO. 346 LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO, aprobada el 2 de Mayo del año 2000 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. del 17 de Octubre del mismo año.

El Ministerio Público a diez años de su creación y funcionamiento dentro del Sistema Procesal Penal, necesita fortalecer y adecuar su normativa funcional y sustantiva a los cambios de la institucionalidad, para enfrentar con mayor eficacia la persecución que a diario realiza contra la criminalidad común que se ha venido diversificando y sobre todo contra la nueva versión de criminalidad organizada que se extiende por el mundo, a través del fenómeno de la globalización y la modernización de las comunicaciones, de la expansión financiera y el uso del espacio, cuyos métodos ilícitos se vuelven a cada momento más sofisticados.

En la reciente Ley No. 735, “Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados”, en el artículo 42 se ampliaron las funciones vinculantes del Ministerio Público más allá del ámbito de los organismos del Estado hacia el ámbito de las particulares, en aquellos delitos que refiere dicha ley.

Sin embargo es necesario para que la actuación de ese órgano persecutor del Estado sea más integral y armónica que esa disposición del referido artículo 42 de la Ley No. 735, se incorpore al artículo 7. Vinculación de la Ley Orgánica del Ministerio Público, dejando claro que se amplía la facultad vinculante hacia las personas naturales y jurídicas, no solo en los delitos de Crimen Organizado; sino también en todos los delitos comunes graves y menos graves que persigue el Ministerio Público en representación de la sociedad y la Víctima del delito.

En relación a las funciones del Ministerio Público contenidas en artículo 10 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se le asignó a la institución en el numeral 6 de dicho artículo, Atribuciones para ejercer la acción civil en los casos previstos por la ley, dicha disposición va contra la propia naturaleza jurídica de la institución represiva, encargada de ejercer la acción penal, al convertirlo en actor civil ante los tribunales de esa competencia, regidos por procedimientos que no tienen claridez y que en la práctica en estos diez años no se ha ejercido, no sólo por no estar claro los procedimientos, sino porque el Ministerio Público no cuenta con Fiscales para esa materia civil.

En sustitución de ese numeral 6, se deja claramente contenida la Atribución del Ministerio Público de realizar investigaciones autónomas cuando sea pertinente, lo que ha venido materializando en estos diez años, fundada en normas establecidas en el Código Procesal Penal y en el Decreto 133-2000, Reglamento de la Ley Orgánica del Ministerios Público. Y es pertinente que se establezcan en su propia Ley Orgánica, sobre todo por los casos en que el Ministerio Público, conoce y que no admiten más que esa forma de investigación.

La criminalidad organizada, hace necesario que en la región vayan modificándose modelo de investigación y persecución de los delitos trasnacionales, no sólo con actores internos, sino también con el auxilio de autoridades de otros países que en uso de sus facultades de investigación y persecución, facilitan la obtención de la prueba ubicada fuera del territorio nacional.

Complementando las atribuciones del Ministerio Público para estos fines y que se cumpla de mejor forma con los compromisos internacionales contenidos en los convenios, tratados, convenciones y acuerdos regionales entre los Ministerios Públicos Centroamericanos e Iberoamericanos, se le adiciona al artículo 10 un inciso 9, para brindar mayor impulso a la Cooperación y Asistencia Jurídica Internacional, que desde hace diez años viene prestando y solicitando el Ministerio Público de Nicaragua en materia penal, con base en las disposiciones contenidas en el Decreto 133-2000, Reglamento de la Ley Orgánica, Convenios y Tratados y los Estatutos suscritos por los Fiscales Generales en los Órganos Regionales de los cuales forma parte el Ministerio Público de Nicaragua, como son la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos y el Consejo Centroamericano de Ministerios Público. Y ahora también fundada en la actualmente Ley No. 735 “Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados”.

En cuanto al artículo 24 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se adiciona en su parte final, un párrafo oportuno y de gran trascendencia para la estabilidad institucional, como lo contienen otras leyes orgánicas de instituciones importantes como la Ley Orgánica de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones y la Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua. Considerando que el Ministerio Público a través de sus actuaciones garantiza el orden público y la seguridad jurídica ciudadana.

El que de no contar con la representatividad que establece la ley, en estricto derecho, se vería afectado de nulidad dentro del Proceso de investigación y el proceso penal.
FUNDAMENTACIÓN

La presente iniciativa de Ley denominada LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO, LEY NO. 346, APROBADA EL 2 DE MAYO DE 2000 y Publicada en el Diario Oficial, La Gaceta del 17 de Octubre de 2000, no se opone en su contenido a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a las leyes 406, al Código Procesal Penal de la República de Nicaragua y 641, Código Penal de Nicaragua, así como a ninguna ley especial que rige la materia.

Estas disposiciones vienen a cumplir con el principio de estricta legalidad de la propia Ley Orgánica, disposiciones que relacionan al Ministerio Público y que se encuentran también en normas como en el Código Procesal Penal y Leyes especiales.

La reformas y Adicciones a la Ley Orgánica de esta institución vienen a beneficiar los resultados sustantivos en la persecución del delito, brindado mayor alcance en su enfrentamiento y persecución no sólo en el ámbito nacional, sino que también trasnacional, permitiendo mayor seguridad y garantía de los derechos las víctimas del delito y por ende de la sociedad en general.

El sostenimiento ininterrumpido de la institucionalidad que plantea esta reforma, visualiza un equilibrio del Sistema de Justicia y del Estado Social de Derecho.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

No remitimos al Adendum No. 002. Punto III – DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Para la discusión del Dictamen Punto 3.37: “LEY CREADORA DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN (IBESI).

Le pedimos al Presidente o Vicepresidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social, la lectura del Dictamen. Diputado Mario Valle, por favor.

Bien, como están preparando mociones para los dos Dictámenes del 3.37 y 3.38, vamos a continuar en el mismo Adendum No. 002 con el Punto 2.122: LEY DE INDULTO PARA 4 PERSONAS.

Managua, 16 de Mayo del 2011.

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Con fundamento en los artículos 138, numeral 3, y 140 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 14, numeral 2, y artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito la siguiente Iniciativa de Ley denominada Ley de Indulto, de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, por lo que le solicito se le dé el trámite de ley correspondiente.

Acompañamos a la presente, la Exposición de Motivos y el texto de Ley correspondiente, así como las copias respectivas.

Sin más a que referirnos,
Atentamente,

Diputados

Filiberto Rodríguez Brooklyn Rivera.
Managua, 16 de Mayo del 2011.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos Diputados ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 14, numeral 2, y artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presentamos la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto.

Fundamentación:

La Constitución Política de Nicaragua, concede el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional, en su artículo 138, numeral 3, que dice: “Son atribuciones de la Asamblea Nacional: 3) Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República”.

Por tanto, el indulto es el acto jurídico constitucional mediante el cual la Asamblea Nacional a través de una ley, perdona la pena de prisión a una o varias personas.

Nuestra Constitución Política, señala en el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del Pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, artículo 39, párrafo primero, que: “En Nicaragua el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad. Por medio del sistema progresivo promueve la unidad familiar, la salud, la superación educativa, cultural y la ocupación productiva con remuneración salarial para el interno. Las penas tienen un carácter reeducativo”.

Justificación:

Consideramos que a estos privados de libertad se les debe de brindar la oportunidad para que atiendan su salud y a su familia; de igual manera, se les dé otra oportunidad para que se reinserten a la comunidad en pro de la unión familiar, ya que ésta es el núcleo fundamental de la sociedad.

Por ello, estimamos que dicha Iniciativa de Ley es idónea para que, una vez que se realice exhaustivamente un estudio y análisis de cada una de estas solicitudes las que suman 4 (cuatro) se pueda dictaminar, ya que son ciudadanos que han permanecido varios años recluidos y actualmente muchos de ellos se encuentran en delicado estado de salud.

Por todo lo antes expuesto, sometemos a consideración del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de Ley de Indulto y de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, sea enviado a la Comisión respectiva para su debido dictamen y posterior aprobación.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Gobernación Derechos Humanos y Paz. Perdón. A la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Continuamos en el mismo Adendum 002, con el Punto 2.124: LEY DE INDULTO PARA 3 PERSONAS.

Managua, 25 de Mayo del 2011.

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Con fundamento en los Artículos 138, numeral 3, y 140 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito la siguiente Iniciativa de Ley denominada Ley de Indulto, de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, por lo que solicito se le dé el trámite de ley correspondiente.

Acompañamos a la presente, la Exposición de Motivos y el texto de Ley correspondiente, así como las copias respectivas.

Sin más a que referirme, me despido de Usted.

Atentamente,


DIP. FILIBERTO RODRÍGUEZ DIP. JOSÉ MARTÍNEZ


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos Diputados ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 14, numeral 2, y artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presentamos la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto.

Fundamentación:

La Constitución Política de Nicaragua, concede el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional, en su artículo 138, numeral 3, que dice: “Son atribuciones de la Asamblea Nacional: 3) Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República”.

Por tanto, el indulto es el acto jurídico constitucional mediante el cual la Asamblea Nacional a través de una ley, perdona la pena de prisión a una o varias personas.

Nuestra Constitución Política, señala en el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del Pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, artículo 39, inciso primero, que: “En Nicaragua el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad. Por medio del sistema progresivo promueve la unidad familiar, la salud, la superación educativa, cultural y la ocupación productiva con remuneración salarial para el interno. Las penas tienen un carácter reeducativo”.

Consideramos que a estos privados de libertad se les debe de brindar la oportunidad para que atiendan su salud y a su familia; de igual manera, se les dé otra oportunidad para que se reinserten a la comunidad en pro de la unión familiar, ya que ésta es el núcleo fundamental de la sociedad.

Por ello, estimamos que dicha Iniciativa de Ley es idónea para que, una vez que se realice exhaustivamente un estudio y análisis de cada una de estas solicitudes las que suman 3 (tres) se pueda dictaminar, ya que son ciudadanos que han permanecido varios años recluidos y actualmente muchos de ellos se encuentran en delicado estado de salud.

Por todo lo antes expuesto, sometemos a consideración del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de Ley de Indulto y de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, sea enviado a la Comisión respectiva para su debido dictamen y posterior aprobación.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuamos en el mismo Adendum 002, Punto IV – PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE OTORGAMIENTO DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.

Punto 4.66: ASOCIACIÓN IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS MISIÓN DEL ESPÍRITU SANTO.
Managua, 28 de marzo 2011.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro Moreira:

A través de la presente me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a aprobación del Plenario la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS MISIÓN DEL ESPÍRITU SANTO, o simplemente, IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS MISIÓN DEL ESPÍRITU SANTO, de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.

Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución y Estatutos, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.

Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de Usted,
Atentamente,


Manuel Pérez Parrales
Presidente
Asociación.

4.67 “ASOCIACIÓN CRISTIANA JESUCRISTO FUENTE DE VIDA ETERNA”, (A,C,J,F,V,E). (No. Reg. 20116862)

4.68 ASOCIACIÓN “IGLESIA CRISTIANA JESUCRISTO VIVE EN NICARAGUA” (ICJV en N). (No. Reg. 20116863)

4.69 ASOCIACIÓN DE TECNOLOGÍA Y EMPRENDIMIENTO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, (TecnoEmprenDeS). (No. Reg. 20116858)

4.70 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO VILLA CHAGÜITILLO. (No. Reg. 20116864)

4.71 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO LA BATEA. (No. Reg. 20116865)

4.72 ASOCIACIÓN “TABERNÁCULO DE RESTAURACIÓN CEDRO DEL LIBANO”, “T.R.C.L.”. (No. Reg. 20116866).

4.73 ASOCIACIÓN “CENTRO JURÍDICO AMBIENTAL DE NICARAGUA”, “CEJAN”. (No. Reg. 20116868).

4.74 ASOCIACIÓN “IGLESIAS SOLO JESUCRISTO SALVA HECHOS 4:12, (A.I.J.S). (No. Reg. 20116871).

4.75 ASOCIACIÓN “MINISTERIO EMMANUEL”, “M.E.”. (No. Reg. 20116872).

4.76 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DEL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO. (No. Reg. 20116873).

4.77 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO EL RAMA. (No. Reg. 20116874).

4.78 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DE LA GATEADA. (No. Reg. 20116875).

4.79 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DE SAN PEDRO DE LÓVAGO. (No. Reg. 20116876).

4.80 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE CHINANDEGA, ASODEBACH. (No. Reg. 20116880).

4.81 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE CARAZO, ASODEBAC. (No. Reg. 20116881).

4.82 ASOCIACIÓN DE BALONCESTO FEMENINO, ASOBAF. (No. Reg. 20116882).
4.83 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE MATAGALPA, ASODEBAMA. (No. Reg. 20116883).

4.84 “ASOCIACIÓN CRISTIANA DE DESARROLLO COMUNITARIO E INTEGRAL” (A.C.D.C.I). (No. Reg. 20116884).

4.85 ASOCIACIÓN DE LIDERAZGO Y DESARROLLO EN MADRIZ, ALDEMA. (No. Reg. 20116885).

4.86 “ASOCIACIÓN DE IGLESIAS PROFÉTICA OLAM Y LIDERES INTERDENOMINACIONALES DE EVANGÉLICOS EN NICARAGUA”, (A.I.P.O.L.I.E.N.). (No. Reg. 20116888).

4.87 “ASOCIACIÓN JESUCRISTO MI GUÍA” (AJEMIG). (No.Reg. 20116889).

4.88 “ASOCIACIÓN MINISTERIAL JEHOVÁ ES MI LUZ”, (A.M.J.E.M.L.) (No. Reg. 20116893).

4.89 “ASOCIACIÓN DE EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL”, “REANIMAF”. (No. Reg. 20116896).

4.90 FUNDACIÓN ENTRELAZANDO MUNDOS, F.E.M. (No. Reg. 20116857).

4.91 FUNDACIÓN “VISIÓN CRISTIANA UNA NUEVA ESPERANZA EN JESUCRISTO”. “VISIÓN CRISTIANA”. (No. Reg. 20116861).

4.92 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO TECNO ECOLÓGICO DE NICARAGUA, FUNDETEN. (No. Reg. 20116867).

4.93 “FUNDACIÓN PARA LA COOPERACIÓN DEL MIGRANTE”, “FUCOM”. Reg. (No. 20116870).

4.94 FUNDACIÓN DE DESARROLLO EL JÍCARAL, “(FUNDESJIC)”. (No. Reg. 20116877).

4.95 FUNDACIÓN CASIRA PARA LA PROTECCIÓN DE LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CASIRA. (No. Reg. 20116886).

4.96 FUNDACIÓN ARTÍSTICA XUCHIALT (FUNAX). (No. Reg. 20116887).

4.97 FUNDACIÓN MI ROSTRO, FUNDAMIR. (No. Reg. 20116890).

4.98 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL NICARAGÜENSE, “FUNDESINIC”. (No. Reg. 20116891).

Managua, 28 de marzo 2011.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

El suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capítulo III, Arto. 14, numeral 2, Arto. 89, párrafo 4, numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presento esta solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a las antes ya leídas que son Asociaciones sin fines de lucro, ASOCIACIÓN IGLESIA DE DIOS PENTECOSTÉS MISION DEL ESPÍRITU SANTO, Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número nueve (09), otorgada en la Ciudad correspondientes de Managua, Departamento de Managua, a la cuatro de la tarde del día quince de enero del año dos mil once, ante los Oficios Notariales de MARÍA ELSA JARQUÍN JARQUÍN, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

Esta Asociación se establece como Objetivo fundamental:

Para lograr sus objetivos esta Asociación podrá realizar todos los actos que se considere convenientes siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Asociación y Leyes de la República.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el proyecto de ley a la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación, y Derechos Humanos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuamos en el Adendum 002, con el Punto V.- DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.

Punto 5.57: “ASOCIACIÓN VECINOS DE CAPISTRANO (AVC)”.

Le pedimos al Presidente de la Comisión se sirva proceder a leer el Informe.

DIPUTADO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Buenos días, señor Presidente.

DICTAMEN
Managua, 29 de marzo del 2011.


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN VECINOS DE CAPISTRANO”, la que se podrá identificar con las siglas (AVC), con domicilio en el Municipio de Nindirí, Departamento de Masaya. Presentada por el Diputado: YASSER ENRIQUE MARTÍNEZ M., en la continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Fortalecer la seguridad e integridad de las personas y bienes de los residentes; 2) Promover el mantenimiento, mejoramiento y cuido de la infraestructura de uso público tales como calles, áreas verdes y servicios básicos, 3) Promover actividades de recreación, desarrollo personal e integración vecinal, en particular de la niñez, juventud y residentes mayores.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MARVIN ALBERTO SABALLOS RAMÍREZ, Vicepresidente; ROBERTO CALERO MAYORGA, Secretario; JUAN AGUSTÍN CHAVARRÍA VALDIVIA, Tesorero; ANA CELINA ESPINAL MAJANO, Fiscal; XIOMARA IVETTE ROCHA CHAMORRO, Primer Vocal; GONZALO CHAVARRÍA CENTENO, Segundo Vocal; DAYSI FRANCISCA CABRERA LÓPEZ.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN VECINOS DE CAPISTRANO”, la que se podrá identificar con las siglas (AVC).
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS.

Alejandro Ruiz Jirón Filiberto Rodríguez
Presidente Vice-Presidente

Elida María Galeano José Martínez
Miembro Miembro

Víctor Duarte Aróstegui Salvador Talavera Alaniz
Miembro Miembro

Francisco Sacasa
Miembro

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Conocido el Dictamen leído por el diputado Alejandro Ruiz, pasamos a la discusión del Dictamen en lo general.

Se abre la discusión.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN VECINOS DE CAPISTRANO”, la que se podrá identificar con las siglas (AVC), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Nindirí, Departamento de Masaya.

Y con ella se le otorga a las siguientes Asociaciones:

5.58 “ASOCIACIÓN IGLESIA BÍBLICA PENTECOSTÉS EFESIOS 6:17.

5.59 ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS MUJERES DEL CUÁ, “ADIMCUA”.

5.60 ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA, “AMURH”.

5.61 ASOCIACIÓN DE SERVICIOS ECUMÉNICOS DE FORMACIÓN CRISTIANA EN NICARAGUA, SEFCA-NIC.

5.62 ASOCIACIÓN COMUNITARIA VILLAS EN APOYO, “ASOVILLAS”.

5.63 “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LOS COMITÉS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO”, Red CAPS.

5.64 FUNDACIÓN CRISTIANA PARA AYUDA HUMANITARIA DR. HENNINGSTON OMEIR WEBSTER IN MEMORIAM, o por su nombre en inglés CHRISTIAN HUMANITARIAN HELP FOUNDATION DR. HENNINGSTON OMEIR WEBSTER IN MEMORIAM, “FUNCAH”.

5.65 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA VÍA LÁCTEA NICARAGÜENSE DR. UBEN RODRÍGUEZ VANEGAS, FUNDACIÓN UBEN RODRÍGUEZ.

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Presidente, en el caso de estas asociaciones, pediríamos a la Comisión de Gobernación, -para que me oiga el Presidente de la Comisión el diputado Alejandro Ruiz-, para no estar haciendo mociones, que cuando tengamos que aprobar estas personerías jurídicas, aunque sé que eso es cajonero, pero hay que incluirle en este artículo 2, porque dice: “La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos”.

Y de acuerdo a la Ley que otorga las personerías sin fines de lucros, se establece claramente que es su Escritura Constitutiva y sus Estatutos, no sólo los Estatutos.
Entonces, en la aprobación anterior también tuvimos que hacer una moción para que el Secretario Legislativo de la comisión tome nota y que en la próxima ya aparezca la escritura constitutiva y los estatutos. Por ahora, Presidente, vamos a hacer una moción para enmendarla y aprobarla ya con la moción que agrega “Escritura constitutiva”.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos a la votación del artículo 2 con la moción presentada por el diputado Wilfredo Navarro, que agrega al mismo “escritura constitutiva”.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, con la moción presentada que lo modifica.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto.3 La Asociación antes leída están obligadas al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión al artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 28 presentes. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión al artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 30 presentes. Se aprueba el artículo 4 y con él se aprueba toda la lista de asociaciones contenidas en el Dictamen leído por el diputado Alejandro Ruiz, y ratificado por nuestra Segunda Secretaria.

Se suspende la Sesión y continuamos el día de mañana a las nueve de la mañana.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.


































Buenos días, vamos a iniciar sesión faltando diez minutos para las diez de la mañana, pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
(08 de junio de 2011).

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
RODOLFO JOSÉ ALFARO GARCÍA
LUIS ULISES ALFARO MONCADA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
AMANDO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
JORGE ALBERTO CASTILLO QUANT
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
CARLOS JOSÉ GADEA AVILÉS
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
CARLOS SALOMÓN GARCÍA BONILLA
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
ALFREDO GÓMEZ URCUYO
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JASSER ENRIQUE MARTÍNEZ MONTOYA
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
MIGUEL ÁNGEL MELÉNDEZ TRIMINIO
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
CARLOS ANTONIO NOGUERA PASTORA
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
LUIS NOEL ORTEGA URBINA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
BROOKLYN RIVERA BRYAN
INDALECIO ANICETO RODRÍGUEZ ALANIZ
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
ALEJANDRO DEL CARMEN RUIZ JIRÓN
FRANCISCO JOSÉ SACASA URCUYO
JUAN ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
ELMAN RAMÓN URBINA DÍAZ
MARIO VALLE DÁVILA
EDGARD JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Muy buenos días, compañero Presidente: Estamos 57 diputados presentes; por tanto, hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Orden del Día No. 002, Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES.

Punto 2.2: DECRETO DE APROBACIÓN DE OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR CECILIO ERNESTO SOTO LARIOS.
Managua, 30 de mayo de 2007.
Dr. Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Dr. Navarro:

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Cecilio Ernesto Soto Larios, para que sea tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme y en espera de su atención, le saludamos.
Atentamente,


Lic. Filiberto Rodríguez López Lic. José Ramón Sarria M.
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Gladys Báez Ing. Sadrach Zeledón Rocha
Diputada Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Dr. Wálmaro Gutiérrez Mercado Lic. José Martínez Narváez
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Lic. Nery Nelson Sánchez Lazo Lic. Pedro Haslam
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Lic. Evertz Carcomo Narváez Ing. Jenny Martínez Gómez
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Ing. Agustín Jarquín Anaya Lic. Jasser Martínez M.
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Cecilio Ernesto Soto Larios.

El Decreto 1141, “Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria” del 22 de Noviembre de 1982, y sus reformas, presenta el asidero legal para conceder Pensiones de Gracia; a las personas inválidas o mayores de (60) sesenta años de edad que se encuentran en estado de necesidad o desamparo, de conformidad a las necesidades económicas del país, c) A los que hayan contribuido con su aporte a la cultura, también dispone que estas pensiones se otorgan, siempre que los beneficios no tengan familiares con posibilidades económicas para cumplir sus obligaciones, fundamento legal en el que se sustenta esta Iniciativa de Decreto.

El Señor Cecilio Ernesto Soto Larios, nació en la Comunidad El Guapotal – Tuna-Matagalpa, 22 de Noviembre de 1964, hijo de padres humildes, es artista actor de teatro nicaragüense reconocido a nivel nacional e internacional, en su vida artística viajó a Suecia, Holanda y Bélgica (1990), En Alemania participó en un intercambio cultural (1992), Noruega (1993), Estados Unidos y Canadá (1994-1995). Su actividad artística engrandeció al país, con las muchas participaciones internacionales como Director y artista en actividades relevantes. Dentro de los Reconocimientos se destacan: Medalla XX Aniversario APC, Reconocimiento por su calidad artística APC (2002), Festival Demólogos por su labor artística (CELCIT de Nicaragua-2006).

Estudios realizados:

Los trabajos realizados en el ámbito teatral son los siguientes:

Obras de Teatro Escritas:

El actor de teatro Cecilio Ernesto Soto Larios, ha caído en un estado de invalidez por motivo de salud, se encuentra afectado con insuficiencia renal crónica en etapa avanzada, está al cuido de su compañera de vida, y la familia no tiene la capacidad económica de respaldarlo.

Su mérito de artista de Teatro Nacional destacado a nivel nacional e internacional y su estado de salud crónico y desamparo económico, justifican y hacen merecedor al Señor Cecilio Ernesto Soto Larios, para que la Honorable Asamblea Nacional le conceda una Pensión de Gracia que le sirva como un pequeño reconocimiento a su aporte al arte y la cultura nacional, por lo que solicitamos le otorguen una Pensión de Gracia hasta por un monto de Cinco mil córdobas netos (5,000.00) mensuales.

Existe asidero jurídico y moral, que sustenta la posibilidad de reconocerle una Pensión de Gracia a este magnífico artista que ha contribuido a la promoción del arte y la cultura en todas sus manifestaciones.

Pedimos el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a ninguna ley ordinaria, para que le dé el trámite de ley, se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, treinta de mayo del año 2007.

Lic. Filiberto Rodríguez López Lic. José Ramón Sarria M.
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Gladys Báez Ing. Sadrach Zeledón Rocha
Diputada Diputado
Bancada Alianza Bancada Alianza FSLN

Dr. Wálmaro Gutiérrez Mercado Lic. José Martínez Narváez
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Lic. Nery Nelson Sánchez Lazo Ing. Pedro Haslam Mendoza
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Lic. Evertz Cárcamo Narváez Ing. Jenny Martínez Gómez
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Ing. Agustín Jarquín Anaya Lic. Jasser Martínez M.
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDOÑEZ:

Siguiendo la misma Orden del Día No. 2, pasamos al Punto 2.8: PENSIÓN DE GRACIA PARA EL SEÑOR FRANCISCO SOLÓRZANO PÉREZ.
Managua, 17 de Enero del año 2008.
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Junta Directiva
Asamblea Nacional

Estimado Dr. Navarro:

El suscrito Diputado, presenta a la consideración de la Asamblea Nacional, solicitud de la PENSIÓN DE GRACIA para que sea concedida al Señor FRANCISCO SOLÓRZANO PÉREZ.

Dado que el ante proyecto de Decreto de Ley cumple con los requisitos formales y de fondo, y está acorde con los principios y normas de nuestra Constitución lo presentamos a la consideración de la Junta Directiva, para que con la mayor brevedad posible pase a Comisión y pueda ser aprobado en la presente Legislatura de este año.
FIRMA

EVERTZ CÁRCAMO
Diputado



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional

El suscrito Diputado representantes ante la Asamblea Nacional de Nicaragua, con las facultades que nos otorga la Constitución Política de la República de Nicaragua en su Arto. 138, inciso, 19 que literalmente dice: Son atribuciones de la Asamblea Nacional, conceder Pensiones de Gracias y conceder honores a servidores distinguidos de la Patria y de la Humanidad, y basado en el Decreto 1141 del 22 de noviembre de 1982, y sus reformas; así como basados en la Ley 253, nos permitimos introducir la presente solicitud de Pensión de Gracia a favor del señor FRANCISCO SOLÓRZANO PÉREZ,

FUNDAMENTACIÓN

El Artista SOLÓRZANO PÉREZ, de setenta y nueve de edad nacido el veintinueve de enero del año mil novecientos veintinueve, quien desde la edad de doce años comenzó a tocar guitarra.

Don Francisco Padre tenía mandolina y se inclinó a tocar mandolina. Después de unos años comenzó a componer piezas musicales y como le gustó a la gente, dispuso a dedicarse a la composición de música. Con el tiempo compuso 14 piezas muy bonitas y melodiosas que llevan nombre de mujeres: Reyna Isabel, Erica, Amelia, te diré en secreto y otras.

En 1980, Wilmor López, llegó a San José de los Remates buscando compositores y por la fama de chico no le fue difícil encontrarse con él lo trajo a Managua y lo presentó en un concierto de música campesina allá por Montoya. Luego se le ocurrió grabar su música campesina se le hicieron las gestiones pero no se pudo, sino hasta 1994, que se grabó un CD titulado la mandolina de chico. Realizó presentaciones en la Radio 580, Canal 4 de televisión, Canal doce de televisión y a la casa de los tres mundo en la Ciudad de Granada, Clan de la Picardía, y otros lugares como Matagalpa, en Matagalpa obtuvimos un reconocimiento por ser el mejor mandolinista de Nicaragua.

Por las razones antes explicadas le solicitamos al Honorable Plenario que sea sometida a vuestro conocimiento para que se le brinde una Pensión de Gracia al señor FRANCISCO SOLÓRZANO PÉREZ. Hasta por un monto de CINCO MIL CÓRDOBAS MENSUALES, dando cumplimiento a la Constitución, a la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Asamblea Nacional.

Desde ya pedimos a la honorable Junta Directiva que una vez sometido el Ante Proyecto de Decreto sea enviado a Comisión para su debido dictamen, el que esperamos sea favorable para atender una vida que tanto requiere de nuestra labor.
EVERTZ CÁRCAMO
Diputado

Managua, 12 de Febrero del año 2008.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos con la misma Orden del Día No. 002, con el Punto 2.9: DECRETO DE OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA VITALICIA A FAVOR DEL SEÑOR MANUEL DE JESÚS VARGAS BENAVÍDEZ.
Managua, 03 de Marzo del 2008.
Señor
Secretario de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Secretario:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 Cn. y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría el Proyecto de “Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Manuel de Jesús Vargas Benavídez (El Gran Manolo)”, como se especifica en el artículo 90 de la Ley antes mencionada, para su debida tramitación.

Asimismo acompaño las copias de ley, tanto en formato sólido como en formato electrónico para su inclusión en agenda por la Junta Directiva y su presentación ante el Plenario.

Siempre más allá,
WILFREDO NAVARRO


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Señor Presidente:

El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que le concede el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y que se refiere a la pensión de gracia para cualquier ciudadano nicaragüense, que en alguna forma haya presentado servicios a la patria y que se encuentre en estado de necesidad o desamparo, solicito a la Secretaría de la Asamblea Nacional, acoja la presente petición de una Pensión de Gracia Vitalicia hasta por la suma de cinco mil córdobas mensuales (C$5,000.00) a favor del Señor Manuel de Jesús Vargas Benavides (El Gran Manolo), con cédula No. 001-050550-0043L, que ha prestado sus valiosos servicios a la ciudadanía al mantenerla informada a través de las noticias y manifestaciones culturales de toda índole. El Señor Vargas reúne las condiciones y méritos previstos en la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para Pensiones de Gracia”, y la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, artículo 30 numeral 20.

El señor Manuel de Jesús Vargas Benavídez consagró su vida a la comunicación y es conocido en el mundo de la comunicación con el nombre de El Gran Manolo, laboró en diversos medios de comunicación desde el año 1965, comenzando en Radio Mundial, la Voz de la Victoria, y en las Asociaciones de Artistas nicaragüenses con Rafael Gastón Pérez y otros.

FUNDAMENTACIÓN

El beneficiario señor Manuel de Jesús Vargas Benavides por dedicarse a la comunicación, se privó de otras actividades que le hubieran brindado facilidades económicas y oportunidades de adquirir bienes y satisfacer sus necesidades básicas, pero no lo hizo por amor a su carrera de comunicador. Y siendo de una edad madura, por carecer de recursos para su mantenimiento y por padecer de cáncer escamocelular, estado clínico, solicito se le conceda la Pensión de Gracia Vitalicia y se le dé el trámite correspondiente a esta iniciativa.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y la fundamentación.

Dr. WILFREDO NAVARRO
DIPUTADO ASAMBLEA NACIONAL


PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Continuamos con la Orden del Día No. 002, Punto 2.12: DECRETO DE OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR GIL HUMBERTO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ.
Managua, 27 de mayo de 2008.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2,30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa denominada Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Gil Humberto Rodríguez Hernández, para que sea tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos, Fundamento y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme y en espera de su atención, le saludamos.
Atentamente


Agustín Jarquín Anaya Xochilt Ocampo
Jenny Martínez Gómez

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a favor del Señor Gil Humberto Rodríguez Hernández.

El señor Gil Humberto Rodríguez Hernández conocido popularmente como “Soropeta”, nació en la Ciudad de Managua el ocho de septiembre de mil novecientos treinta y siete, hijo de padres humildes: Humberto Rodríguez y Gilma Hernández.

El Señor Gil Humberto Rodríguez Hernández, es un destacado artista del entrenamiento familiar, especialmente hacia la niñez con el juego del trompo, el cual es uno de los esparcimientos más populares de nuestra población. Por más de veinte años consecutivos ha aportado a la sana recreación de la población de nuestro país con una destreza y habilidad excepcional que lo ha caracterizado en la práctica de este reconocido juego popular a nivel nacional, que por la escasa inversión que requiere su práctica es accesible a las familias de escasos recursos económicos.

Soropeta, como lo llaman los chavalos, ha participado en diferentes eventos públicos brindando diversión y distracción a niños, jóvenes y adultos. En 1994 fue impulsador y promotor del Gran concurso Nacional de Trompos realizado en el Municipio de Ocotal Departamento de Nueva Segovia, y ha participado de forma destacada en múltiples eventos que se han organizado a nivel nacional, con el objetivo fundamental de brindar una recreación sana a la niñez y la juventud de nuestro país, tan asediada por las drogas y la pobreza.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL TROMPO

El juego del trompo con Manila es muy difundido en nuestro país. Su origen a nivel mundial es más bien incierto, aunque se tiene conocimiento de su existencia desde el año 4000 AdC, ya que se han encontrado algunos ejemplares, elaborados con arcilla, en la orilla del río Eufrates, hay rastros de trompos en pinturas muy antiguas y en algunos textos literarios que citan el juego. Así, es mencionado en los escritos de Marco Poncio Catón el mayor, 234-147 AdC, político e historiador romano. Además el trompo aparece en los escritos de Virgilio, destacándose en su obra Eneida (siglo 1 AdC). De la misma forma, se han hallado trompos pertenecientes a la civilización romana, en el museo Británico se conserva el trompo más antiguo del mundo, hallado en Tebas fechado en el 1250 AdC.

A Platón le servía como metáfora del movimiento y Aristófanes se confesaba aficionado al trompo. El poeta romano Ovideo (43-17 AdC) también menciona el trompo en sus poemas. Aulas Persius Flaccus (34-62), otro poeta romano, decía que “en su niñez tuvo mayor afición al trompo que a los estudios”. En el curso de unas excavaciones realizadas en Troya fueron encontrados unos trompos hechos de barro y otros ejemplares han sido desenterrados en Pompeya.

Los romanos y los griegos tenían este elemento como juguete, de igual manera las culturas de Oriente, China y Japón, quiénes fueron los artífices de su introducción en Occidente. En Japón, adultos y niños juegan al trompo convirtiendo este aspecto lúcido a un verdadero arte y de esta forma ejecutan numerosos espectáculos, de entre los que destaca aquel en el que justamente después de lanzar el trompo, lo recogen con una lienza y para hacerlo bailar en la palma de las manos o en paletas dobles pasando de una a la otra e incluso en ambas caras de la misma o en la hoja de un sable hasta terminar bailando en la punta.

Algunos pintores han utilizado trompos como motivo en sus cuadros, como el español González Ruiz (1640-1706), que en su obra Catedral de Toledo escenifica una partida de trompo. El pintor y grabador chileno, Pedro Lobos (1919-1968) utilizó en su temas el trompo. El Alemán Manfred Bluth en su obra Cuadro familiar (1979), de óleo sobre lienzo, incorpora en primer plano un trompo musical.

Poetas chilenos se han inspirado en este juguete, como Homero Arce (1901-1977), Alejandro Galas (1905-1938), que escribió Romance de la infancia o Trompo de 7 colores, Victoria Contreras Falcón (1908-1944) que escribió Trompo Dormido, o María Cristina Menares con Danza del Trompo Multicolor, incluido en su libro de poemas para niños Lunita Nueva. Asimismo, el peruano José Diez Canseo escribe sus Estamapas Mulatas en 1951 con el cuento “El trompo” donde narra como “Chupitos, un niño de diez años, juega al trompo a sus vecinos en el barrio del Rimac en Lima.

El trompo en un cuerpo que puede girar sobre una punta sobre la que sitúa su centro gravitatorio de forma perpendicular al eje de giro, equilibrándose sobre un punto gracias a la velocidad angular, que permite el desarrollo del efecto giroscópico. El diseño del trompo ha variado enormemente a lo largo de la historia diversificándose según la región. Tradicionalmente poseen forma cónica y son macizos, sin embargo se pueden encontrar diversas características según la región. Pese a las particularidades existentes, lo más esencial en el diseño del trompo es que su forma sea la adecuada para propiciar el efecto giroscópico.

En Nicaragua los trompos son hechos por artesanos y construidos con maderas duras (cedro, guayacán, entre otros) con el fin de crearles mayor resistencia. El trompo tradicional posee dibujos de forma horizontal a modo de bandas y con marcas en el cuerpo cumpliendo una función meramente decorativa.

La difusión y promoción de este juego es importante para contribuir a la formación de una niñez y juventud con valores para que sean buenos ciudadanos. El juego del trompo con manila promueve en los jóvenes y niños, el espíritu de sana competencia, la socialización, el arraigo de la identidad local, la auto estima y la aspiración a la excelencia.

De esta forma la promoción de este juego debiera ser impulsada tanto por las entidades nacionales educativas, deportivas y de jóvenes como por las instancias locales como las alcaldías, organizando concursos por barrios y escuelas para promover competencias que además generarían recreación.

El juego del trompo es entonces de un alto interés público y sus promotores como Soropeta merecen el apoyo de la comunidad y de las instituciones.

El promotor de este juego por más que se ha destacado a nivel nacional, entreteniendo a niños y jóvenes y promoviendo su ejercicio es el señor Gil Humberto Rodríguez Hernández, a quien popularmente se le conoce como “Soropeta”. Con mística, Soropeta ha dedicado su vida a cultivar esta disciplina y promoverla entre los muchachos y muchachas, para popularizarla.

FUNDAMENTACIÓN

Por haber dedicado su juventud a la promoción de este sano juego, el señor Gil Humberto Rodríguez, Soropeta, merece el apoyo del Estado mediante una pensión de gracia.

No obstante que en la actualidad el señor Gil Humberto Rodríguez Hernández, se encuentra afectado severamente en su salud, Continúa dedicando su vida, con entusiasmo y mística a la promoción del trompo con manila, él está al cuido de su esposa y ella no tiene la capacidad económica de respaldarlo ante estas enfermedades.

Gil Humberto Rodríguez Hernández o como le gusta que le llamen “Soropeta”, tiene un gran mérito como artista nicaragüense en el juego del trompo, que lo desarrolla con mucha habilidad y destreza. Su aporte a la cultura nacional es de excepcional valor pues no solo ha contribuido a que se mantenga esta práctica deportiva, sino que además de la recreación popular, ha promovido que muchos jóvenes y niños se motiven a practicarla. Hasta la fecha, pese a su edad y enfermedades que le aquejan, los años no pasan por su alto entusiasmo ni por su trompo y lo encontramos en actividades culturales deportivas y desfiles hípicos; siempre brindando distracción, entretenimiento y humos, con las excepcionales destrezas que le caracterizan al jugar el trompo. Por más de treinta años, el amor al trompo y a dar recreación a niños y jóvenes, alientan a Soropeta a recorrer el país.

El injusto sistema laboral y de seguridad social vigente, no facilita a Don Gil Humberto, igual que a los miles de adultos mayores del país, la solución de sus problemas de salud y sus necesidades de ingreso. Su estado de salud, sus servicios a la sociedad y el desamparo económico, justifican y hacen merecedor al señor Gil Humberto Rodríguez, para que la Honorable Asamblea Nacional le conceda una Pensión de Gracia que le sirva además como un reconocimiento a su aporte al arte a la recreación comunitaria y la cultura nacional, por lo que solicitamos se le otorgue una Pensión de Gracia hasta por un monto de tres mil córdobas netos (3,000) mensuales, que será de la partida del Presupuesto General de la República asignada para tal fin, representando un monto anual de C$36,000.000 (treinta y seis mil córdobas netos).

Por lo tanto, la dedicación de su vida al beneficio de la comunidad y el asidero jurídico y moral sustenta la acción legislativa de reconocerle una Pensión de Gracia a este artista popularmente conocido como “Soropeta”, que ha contribuido a la promoción del arte y la cultura con la habilidad natural de practicar el juego del trompo, que hoy en día ha despertado mucho entusiasmo, alegría, diversión en niños, jóvenes y adultos.

Por las razones anteriores, pedimos el respaldo de los Honorables Diputados y Diputadas ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a ninguna ley ordinaria, para que le dé el trámite de ley, se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación por el Honorables Plenario.

Managua, 27 de mayo de 2008.

Agustín Jarquín Anaya Xochilt Ocampo Rocha
Jenny Martínez Gómez

Hasta aquí la Exposición de Motivos

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en la misma Orden del Día No. 002, Punto 2.15: DECRETO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DE LA SEÑORA MERCEDES ELIETA RODRÍGUEZ MEJÍA.
Managua, 14 de octubre de 2008.
Dr. Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Primer Secretario:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República de la República y de los artículos 14 Inc. 2,30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor de la Señora Mercedes Elieta Rodríguez Mejía, para que se tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme y en espera de su atención, le saludo.

Atentamente,
Ing. René Núñez Téllez
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor de la Señora Mercedes Elieta Rodríguez Mejía.

La Constitución Política mediante la reforma constitucional de 1995, entre las funciones reformó la de “proponer” para establecer la de “Conceder pensiones de gracias y…, según indica el numeral 19 del Arto. 138”, haciendo sinergia a la decisión de los legisladores de la época que el 15 de Abril de 1994 aprobaron la Ley Creadora de Un Fondo de Reserva Para El Pago de Pensiones de Gracia (Ley No. 175) –misma que recientemente (2008) fue reformada mediante la Ley Nº 653, publicada en La Gaceta No. 112 del 13-06-2008- para lograr la instrumentalización de dicha potestad constitucional del Parlamento, al momento de otorgar una pensión de gracia bajo las causales establecidas en el Decreto 1141, “Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria” del 22 de Noviembre de 1982 –mismo que fue reformado tácitamente en cuanto al poder del Estado que otorga la pensión- entre éstas;

La presente iniciativa de Decreto de pensión de gracia a favor de la Señora Mercedes Elieta Rodríguez Mejía, quien nació en Estelí, las causales legales que amparan esta iniciativa es el hecho que la Señora Rodríguez Mejía es de aquella generación que les tocaba las peores condiciones de la posguerra mundial del 40, aficionada a la pintura, a la música, literatura, compañera en toda la vida hasta la muerte de su esposo el DOCTOR ALEJANDRO DÁVILA BOLAÑOS.

El doctor DÁVILA BOLAÑOS, escribió acerca de la Medicina Indígena y todos los experimentos, excavaciones en diferentes sitios de Nicaragua, estuvo su esposa, sufriendo todas las penalidades de la naturaleza, estuvo siempre en las noches, leyendo, oyendo, discutiendo los trabajos en nahual, las apreciaciones de “Rubén Darío, El Rojo”. Aportó a la sociedad nicaragüense, el primer ensayo del Güegüense, un diccionario y un Glosario de giro idiomático anual o bien de los ensayos sociológico y las propuestas políticas para Nicaragua.

MERCEDES ELIETA RODRÍGUEZ MEJÍA estuvo en las luchas contra el somocismo, en la defensa de la libertad de expresión, en la organización de los Sindicatos de obreros o de artesanos, motivaciones sociales que las defendió palmo a palmo con su marido y aunque no fue encarcelada, sí supo del hambre, la soledad, la discriminación o el buscar recursos para la alimentación de sus hijos: Alexis, Anabelle, Xilonem, Karelia, Néstor, Axel, Arlon y Alliam en momentos de la historia durante el período de Somoza. En la actualidad y a sus ochenta años de edad, goza de numerosos reconocimientos de quienes recibieron su afecto, protección y enseñanza de Maestra. Sin embargo, la enfermedad que padece no puede ser curada o mitigada con el pasado, aunque la conforta, y le llena de tranquilidad, pero además requiere de protección para evitar el avance de la misma y en consecuencia preservarle la vida por más tiempo, a esta nicaragüense que dadas sus condiciones no puede trabajar y necesita del apoyo económico del Estado.

FUNDAMENTACIÓN.

Los argumentos anteriores sustentan jurídica y socialmente la posibilidad de reconocerle una pensión de gracia a la Señora Mercedes Elieta Rodríguez Mejía, con suficiente justificación que la hacen merecedora para que la Honorable Asamblea Nacional le otorgue una Pensión de Gracia hasta por un monto de cinco mil córdobas netos (C$5,000.00) mensuales, lo que le significaría una erogación anual al Estado por el orden de Sesenta mil córdobas (C$60,000.00).

Solicito el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a ninguna ley ordinaria, para que se le dé el trámite de ley, se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, catorce de octubre del año 2008.
Ing. René Núñez Téllez

Hasta aquí la exposición de motivos

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuando en el Orden del Día No. 002, remitimos a los honorables diputado al Punto 2.16: Para la presentación del PROYECTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR SEBASTIÁN RAMOS NARVÁEZ.
Managua, 5 de Febrero de 2009.
Dr. Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Primer Secretario:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20. 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presenta la iniciativa de Decreto De Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Sebastián Ramos Narváez, para que sea tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme y en espera de su atención, le saludo.

Atentamente.
René Núñez Téllez
Diputado
Bancada FSLN
Asamblea Nacional

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presenta la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Sebastián Ramos Narváez.

La Constitución Política mediante la reforma constitucional de 1995, entre las funciones reformó la de “proponer” para establecer la de “Conceder pensiones de gracias y…, según indica el numeral 19 del Arto. 138”, haciendo sinergia a la decisión de los legisladores de la época que el 15 de Abril de 1994 aprobaron la Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia (Ley No. 175) –misma que recientemente (2008) fue reformada mediante la Ley Nº 653, publicada en La Gaceta No. 112 del 13-06-2008- para lograr la instrumentalización de dicha potestad constitucional del Parlamento, al momento de otorgar una pensión de gracia bajo las causales establecidas en el Decreto 1141, “Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servir a la Patria” del 22 de Noviembre de 1982 -mismo que fue reformado tácitamente en cuanto al poder del Estado que otorga la pensión- entre éstas;

La presente iniciativa de Decreto de pensión de gracia a favor del Señor Sebastián Ramos Narváez, quien nació en Diriamba, el 29 de Enero de 1940, las causales legales que amparan esta iniciativa es el hecho que el Señor Sebastián Ramos Narváez, es una persona de 69 años de edad, carente de medios que le permitan sobrevivir, ya que no cuenta con ninguna pensión del seguro social. El Señor Sebastián Ramos Narváez es una persona que dedicó toda su juventud y los años que fueron necesarios para luchar contra la dictadura oprobiosa del régimen somocista, hasta la liberación de nuestra patria. Además aporta a nuestra cultura por ser el escritor de obras literarias como “Cáscaras del Tiempo”, “Embarajustada tras la Vejes” y una novela inédita titulada “Abril Sangriento”.

FUNDAMENTACIÓN
Los argumentos anteriores sustentan jurídica y socialmente la posibilidad de reconocerle una pensión de gracia al Señor Sebastián Ramos Narváez, con suficiente justificación que lo hacen merecedor para que la Honorables Asamblea Nacional le otorgue una Pensión de Gracia hasta por un monto de Cinco mil córdobas netos (C$5,000.00) mensuales, lo que le significaría una erogación anual al Estado por el orden de Sesenta mil córdobas (C$60,000.00).

Solicito el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a ninguna ley ordinaria, para que se le dé el trámite de ley, se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, 5 de Febrero del año 2009.
René Núñez Téllez
Diputado
Bancada FSLN
Asamblea Nacional

Hasta aquí la Exposición de Motivo.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuando en el mismo Orden del Día No. 002, pasamos al Punto 2.19: Para la presentación del PROYECTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR RICARDO JOSÉ BONILLA ROMERO.

Managua, 13 de mayo del 2009.
Dr. Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Primer Secretario:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Ricardo José Bonilla Romero, para que sea tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme y en espera de su atención, le saludo.

Atentamente,

Ing. René Núñez Téllez
Diputado
Bancada FSLN
Asamblea Nacional


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Ricardo José Bonilla Romero.

La Constitución Política mediante la reforma constitucional de 1995, entre las funciones reformó la de “proponer” para establecer la de “Conceder pensiones de gracias y…, según indica el numeral 19 del Arto. 138-“, haciendo sinergia a la decisión de los legisladores de la época que el 15 de Abril de 1994 aprobaron la Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia (Ley No. 175) –misma que recientemente (2008) fue reformada mediante la Ley Nº 653, publicada en La Gaceta No. 112 del 13-06-2008- para lograr la instrumentalización de dicha potestad constitucional del Parlamento, al momento de otorgar una pensión de gracia bajo las causales establecidas en el Decreto 1141, “Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria” del 22 de Noviembre de 1982 –mismo que fue reformado tácitamente en cuanto al poder del Estado que otorga la pensión- entre éstas;

La presente iniciativa de Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Ricardo José Bonilla Romero, quien nació en Managua, el 03 de abril de 1942, las causales legales que amparan esta iniciativa es el hecho que el Señor Ricardo José Bonilla Romero, es una persona de 67 años de edad, carente de medios que le permiten sobrevivir, ya que no cuenta con ninguna pensión del Seguro Social. El Señor Ricardo José Bonilla Romero, es una persona que decidió 40 años de su vida al periodismo nacional.

FUNDAMENTACIÓN

Los argumentos anteriores sustentan jurídica y socialmente la posibilidad de reconocerle una pensión de gracia al Señor Ricardo José Bonilla Romero, con suficiente justificación que la hacen merecedora para que la Honorable Asamblea Nacional le otorgue una Pensión de Gracia hasta por un monto de Cinco mil córdobas netos (C$5,000.00) mensuales, lo que le significaría una erogación anual al Estado por el orden de Sesenta mil córdobas (C$60,000.00).

Solicito el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a ninguna ley ordinaria, para que se le dé el trámite de ley, se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, trece de mayo del año 2009.
Ing. René Núñez Téllez

Hasta aquí la exposición de motivo.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuando en el mismo Orden del Día No. 002 pasamos al Punto 2.20: Para la presentación del PROYECTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR MILCIADES POVEDA HERRERA.
Managua, 15 de mayo de 2009.
Dr. Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Primer Secretario:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor MILCIADES POVEDA HERRERA, para que se tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme y en espera de su atención, le saluda.

Atentamente,

Diputado
Edwin Castro Rivera
Bancada FSLN
Asamblea Nacional
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor MILCIADES POVEDA HERRERA.

La Constitución Política mediante la reforma constitucional de 1995, entre las funciones reformó la de “proponer” para establecer la de “Conocer pensiones de gracias y…., .según indica el numeral 19 del Arto. 138-“, haciendo sinergia a la decisión de los legisladores de la época que el 15 de 1994 aprobaron la Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia (Ley No. 175) –misma que recientemente (2008) fue reformada mediante la Ley Nº 653, publicada en La Gaceta No. 112 del 13-06-2008- para lograr la instrumentalización de dicha potestad constitucional del Parlamento, al momento de otorgar una pensión de gracia bajo las causales establecidas en el Decreto 1141, “Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria” del 22 de Noviembre de 1982 –mismo que fue reformado tácitamente en cuanto al poder del Estado que otorga la pensión- entre éstas;


FUNDAMENTACIÓN

La presente iniciativa de Decreto de pensión de gracia a favor de la Señor MILCIADES POVEDA HERRERA, es un hombre de 61 años de edad y ah dedicado su vida a la cultura nicaragüense, es músico y arreglista (guitarra), Fundador y Director de los Grupos Musicales: Cuarteto “Los Juglares”, Trío “Los Girasoles, Grupo Musical “Los de Palacagüina, Trío “Los Madrigales y desde el año 1998 imparte clases en el centro cultura “José de la Jara”, Col. Nicarao.

Ha dado grandes aportes a la Cultura nacional: primero, con sus arreglos musicales poniendo sazón, alegría y el sello nicaragüense a muchas composiciones; segundo, en el ejercicio académico, dando sus conocimientos teóricos – prácticos a muchas generaciones de músicos.-

Se destaca la participación del Señor MILCIADES POVEDA HERRERA junto a otros artistas nicaragüenses en el festival de Marimbas, Vibráfonos y Xilófonos realizados en Tuxtla Gutiérrez, donde participó como Grupo nicaragüense y por su magistral interpretación obtuvieron el 1er lugar, habiendo participado 62 nacionalidades de todo el mundo.

Los argumentos anteriores sustentan jurídica y socialmente la posibilidad de reconocerlo una pensión de gracia al Señor MILCIADES POVEDA HERRERA, con suficiente justificación que lo hacen merecedor para que la Honorables Asamblea Nacional le otorgue una Pensión de Gracia hasta por un monto de Cinco mil córdobas netos (C$5,000.00) mensuales, lo que le significaría una erogación anual del Estado por el orden de Sesenta mil córdobas (C$60,000.00).

Solicito el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua ni a ninguna ley ordinaria, para que se le dé el trámite de ley, se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, 15 de mayo de 2009.
Diputado
Edwin Castro Rivera
Bancada FSLN
Asamblea Nacional

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este siguiente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Siempre en el mismo Orden del Día No. 002, remitimos a los honorables diputados al Punto 2.21: PROYECTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR TOMÁS ALFONSO FLORES CALERO.
Managua, 15 de mayo de 2009.
Dr. Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Primer Secretario:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor TOMÁS ALFONSO FLORES CALERO, para que se tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirme y en espera de su atención, le saluda.
Atentamente,


Diputado
Edwin Castro Rivera
Bancada FSLN
Asamblea Nacional

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc. 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor TOMÁS ALFONSO FLORES CALERO, quien es conocido popularmente como TUN TUN.-

La Constitución Política mediante la reforma constitucional de 1995, entre las funciones reformó la de “proponer” para establecer la de “Conceder pensiones de gracias y…, según indica el numeral 19 del Arto. 138-“, haciendo sinergia a la decisión de los legisladores de la época que el 15 de Abril de 1994 aprobaron la Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia (Ley No. 175) –misma que recientemente (2008) fue reformada mediante la Ley Nº 653, publicada en La Gaceta No. 112 del 13-06-2008- para lograr la instrumentalización de dicha potestad constitucional del Parlamento, al momento de otorgar una pensión de gracia bajo las causales establecidas en el Decreto 1141, “Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria” del 22 de Noviembre de 1982 –mismo que fue reformado tácitamente en cuanto al poder del Estado que otorga la pensión- entre éstas;

FUNDAMENTACIÓN

La presente iniciativa de Decreto de pensión de gracia a favor del Señor TOMÁS ALFONSO FLORES CALERO, es un hombre de 67 años de edad y ha dedicado su vida a la cultura nicaragüense, es músico y arreglista (marimba), co-fundador de varias agrupaciones musicales: La Orquesta de Julio Mac Banco, Tun Tun y sus muchachos, Escuela de marimba “Flavio Galo”, Centro Cultural “José de la Jara”, entre otras.

Ha dado grandes aportes a la Cultura nacional: primero, con sus arreglos musicales poniendo sazón, alegría y el sello nicaragüense a muchas composiciones; segundo, en el ejercicio académico, dando sus conocimientos teóricos – prácticos a muchas generaciones de músicos.-

Se destaca la participación del Señor TOMÁS ALFONSO FLORES CALERO junto a otros artistas nicaragüenses en el festival de Marimbas, Vibráfonos y Xilófonos realizados en Tuxtla Gutiérrez, donde participó como Grupo nicaragüense y por su magistral interpretación obtuvieron el 1er lugar, habiendo participado 62 nacionalidades todo el mundo.

Los argumentos anteriores sustentan jurídica y socialmente la posibilidad de reconocerle una pensión de gracia al Señor TOMAS ALFONSO FLORES CALERO, con suficiente justificación que lo hacen merecedor para que la Honorable Asamblea Nacional le otorgue una Pensión de Gracia hasta por un monto de Cinco mil córdobas netos (C$5,000.00) mensuales, lo que le significaría una erogación anual del Estado por el orden de Sesenta mil córdobas (C$60,000.00).

Solicito el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, ni a ninguna ley ordinaria para que le dé el trámite de ley se envíe a la comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, 15 de mayo del 2009.

EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado
Asamblea Nacional

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Siempre en el Orden del Día No. 2 remitimos a los diputados al Punto 2.22 referido a una solicitud de cancelación de personería jurídica.



Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Managua.

Estimado doctor Navarro Moreira:

Reciba cordiales saludos de nuestra parte.
El motivo de la presente es para solicitarle la cancelación de la Personería Jurídica de la Fundación Esperanza, ubicada en la Paz Centro- León. Esta fundación fue formada hace seis años, pero en la actualidad ya no puede seguir funcionando debido a que no hay recursos económicos para su sostenibilidad y funcionamiento, ya que la fundadora se encuentra en estado de salud grave y no puede sostenerla.

Esperando su colaboración para la cancelación de la Fundación Esperanza.

Sin más a que referirnos, nos despedimos deseándoles éxitos en sus funciones.

Atentamente,


Sandra Carrión Mena Cristina Margarita Linarte
Presidente en función Secretaria
y representante legal

Maritza Varela T. Vilma Aguirre Reyes,
Tesorera Fiscal

Aldaída Nicolasa Corea Xiomara del Cármen
Vocal Vocal

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Managua, 21 de septiembre del 2009.


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado señor Presidente:

El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, Capítulo III, artículo 14, Nº 2, artículo 89, párrafo 4, numeral 2 y arto. 91 y en la Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro. Presentó la solicitud de cancelación de personalidad jurídica de esta fundación, Número perpetuo 2888. Fundación sin fines de lucro, constituida en escritura pública Nº 50, otorgada en la Ciudad de La Paz Centro, Departamento de León, a las 9: am del día 07 de mayo del año 2003, licenciado Javier Guido Hernández, abogado y notario público de la República de Nicaragua.

Esta Fundación se establece como objetivo fundamental: en el de contribuir en el desarrollo económico y social del municipio de La Paz Centro y sus comarcas, al impulsar los aspectos de: Educación primaria, secundaria y técnica.

En el estatuto de dicha fundación, capítulo VI, Arto. trigésimo, inciso B); la fundación decretará su disolución o cancelación por cualquiera de las siguientes causas: a) Por las causas establecidas en la Ley Nº 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y por decisión de los miembros tomada en sesión ordinaria o extraordinaria, convocada para tal fin, y con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros presentes y debidamente convocados.

Porque la situación económica no permite continuar sus operaciones por motivo de salud de la fundadora.

Para lograr sus objetivos, esta fundación podrá realizar todos los actos que considere conveniente siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Fundación y Leyes de la República.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario, y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,

Gladis Báez
Diputada
Asamblea Nacional

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de la Paz de Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuamos en la misma Orden del Día Nº 2 con el Punto 2.24: DECRETO DE CANCELACIÓN DE PERSONERÍA JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PROYECTO DE DESARROLLO COMUNITARIO GERMÁN POMARES.


Honorable señor diputado
Doctor Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Junta Directiva
Asamblea Nacional
Managua.

Estimado Secretario:

Por este medio le saludamos y aprovechamos para exponer ante Usted la petición de cancelación de la Personería Jurídica de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO GERMÁN POMARES, de la comunidad de Santa Elena, jurisdicción de Diriomo. Esta Asociación fue creada desde 1995, desde este tiempo de gestiones hasta 1999, logró funcionar con éxitos, con apoyo de organismos internacionales como Visión Mundial, quien nos facilitó desarrollar los proyectos con éxitos para que se beneficiaran los habitantes de la comunidad en mención.

Pero por falta de apoyo financiero a partir del año 2000, venimos en proceso regresivo hasta llegar al extremo de la disolución de la Asociación y es por esta razón que estamos solicitando la petición de cancelación de la Personería Jurídica.


Estefana del Carmen López G. Julio César Mercado
Coordinadora Secretario
Cándida Rosa Mondoy Espinoza
Tesorera


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 17 de octubre del 2009


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable señor Presidente:

La suscrita diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, Capítulo III, Arto. 14, numeral 2, Arto 89, párrafo 4, numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de cancelación de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN PROYECTO DE DESARROLLO COMUNITARIO GERMÁN POMARES, con Número Perpetuo 84, de la página 99 a la página 104, del Tomo II, Libro III del Registro de Asociaciones, constituida en Escritura Pública Número ciento setenta (170), que autorizó en la ciudad de Granada-Nicaragua, el doctor Horacio Bermúdez Cuadra, a las ocho y treinta minutos de la mañana del trece de diciembre del año mil novecientos noventa y cinco.

A como se expresa la palabra comunitario, la Asociación en todo momento se dedicó a construir con la comunidad Santa Elena, jurisdicción de Diriomo en las órdenes económico, social, cultural, construyendo caminos de acceso en todo tiempo y así sacar nuestros productos, introducir electricidad y el agua potable, así como construir escuelas, centros de salud, todas estas actividades se realizaron entre los años 1995 a 1999.

La Asociación puede disolverse por cualquier causa legal o por resolución de la Asamblea General y de acuerdo a esto último nos reunimos en Asamblea General Extraordinaria el día 7 de septiembre del corriente año a las 11: am y en Acta No. 164, registrada en Libro de Actas, acordamos su disolución por motivos de no tener recursos para seguir operando en dicha comunidad.

Este escrito está apegado a derecho y por lo antes expuesto, someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,


María Lidia Mejía
Diputada
Asamblea Nacional

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de la Paz Defensa, Gobernación, Derechos Humanos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuamos siempre en el Orden del Día No. 02, con el Punto: 2.28: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SR. FREDDY SANTIAGO BALDOVINOS HERRERA.

Managua, 23 de junio del 2010.


Señor
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Secretario:

En mi calidad de diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 14 inciso 2, 30, numeral 20, 89, numeral 12, 90 y 91 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, presento ante esta Secretaría, el Proyecto de Derecho de Pensión de Gracia a favor del señor Freddy Santiago Baldovinos Herrera, para que sea tramitada conforme ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico, para su inclusión en Agenda por la Junta Directiva y su presentación ante el plenario.

Siempre más allá.

Diputado Wilfredo Navarro.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 23 de junio del 2010.

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:

En mi carácter de diputado ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que me confieren los artículos 138, numeral 1 y 19, Arto. 140 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los Artos 14, inciso 2, Arto. 30, numeral 20), 89, numeral 12, Arto. 90 inciso 2), 91 de la Ley Nº 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, solicito a la Secretaría de la Asamblea Nacional acoja la presente solicitud de Pensión de Gracia Vitalicia a favor del Capitán Freddy Santiago Baldovinos Herrera, con cédula de identidad Nº 082-051144-0000U, quien por 17 años ha desempeñado una labor altruista en el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Managua, con el propósito de obtener los recursos económicos necesarios que faciliten a esta heroica institución atender los diferentes llamados que le realiza la población en caso de accidentes, incendios, derrumbes, inundación entre otras.

El Capitán Baldovinos Herrera, nació el cinco de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, realizó sus estudios primarios en el Colegio Bautista de Managua, (1951 a 1956), su primer y segundo año de secundaria los realizó en el Instituto Miguel de Cervantes, turno nocturno (1959 a 1961), en la Escuela Nocturna Nacional de Comercio (1962 a 1967), realizó sus estudios de Contador Privado, estudió Contaduría Fiscal en la Escuela Nacional de Contabilidad Fiscal (1959-1961) y en la Escuela de Comercio “El Progreso” (1962-1963). En cuanto a su trayectoria profesional, laboró en el Tribunal de Cuentas, Palacio Nacional (1959-1968), desde 1992 hasta la fecha se ha desempeñado como Gestor de Recursos Económicos en el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Managua, institución en la que ha sido un baluarte por su entrega personal en la consecución de un Benemérito Cuerpo de Bomberos beligerante para atender y resolver los llamados de la población en caso de siniestros, en la capacitación profesional constante del cuerpo bomberil, las que deben de estar acorde con las exigencias del mundo moderno, en cuanto a técnicas y atenciones a brindar a la población.

El Capitán Baldovinos Herrera, ha venido presentando serios problemas de salud, los que ha imposibilitado en algún momento la loable labor que realiza, sin embargo su entrega y deseo de servir a los demás lo impulsa a seguir adelante en la consecución de sus objetivos, por ello y en base a lo dispuesto en la Ley Nº 175, Ley Creadora de un Fondo de Pensiones de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia y sus reformas, el capitán Baldovinos Herrera es merecedor de una Pensión de Gracia por el servicio que ha prestado a la patria, por cuanto que a través de su gestión el Benemérito Cuerpo de Bomberos ha logrado salvar vidas y prevenir un sinnúmero de siniestros.

FUNDAMENTACIÓN

En base a lo dispuesto en el artículo 138, numeral 1, 19, Arto. 140, inciso 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y los Artos 14, inciso 2) Arto. 30, numeral 20, 89, numeral 12, Arto. 90, inciso 2), 91 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, el beneficiario Capitán Freddy Santiago Baldovinos Herrera, es merecedor de una Pensión de Gracia Vitalicia por su disciplinada, abnegada y mística labor que lo ha caracterizado como gestor de recursos económicos a lo largo de todos estos años en el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Nicaragua, por cuanto con esas gestiones logró en gran manera contribuir al fortalecimiento de la institucionalidad y la capacidad técnica del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Managua, privándose de realizar otras actividades que le hubieran brindado facilidades económicas y oportunidades de adquirir bienes y comodidades para satisfacer sus necesidades. En consecuencia, por ser de una edad avanzada, por encontrarse en delicadas condiciones de salud, solicito a los honorables diputados el respaldo a esta iniciativa para que se le conceda la Pensión de Gracia Vitalicia y se le dé el trámite correspondiente a esta iniciativa.


Wilfredo Navarro
Diputado
Asamblea Nacional

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum 002, Punto III – DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 3.37: LEY CREADORA DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIÓN (IBESI)

Le pedimos a la Vicepresidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social, la diputada Irma Dávila, la lectura del Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputada Dávila, tiene la palabra.

DIPUTADA IRMA DÁVILA LAZO:

DICTAMEN

Managua, 6 de Abril 2011.

Honorable Diputado
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Honorable Diputado Núñez:

La Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social, ha analizado la presente iniciativa de Ley Creadora del “LEY CREADORA DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN (IBESI)”, el que fue presentado en Primera Secretaría el 22 de febrero del año dos mil once, por el honorable diputado Wilfredo Navarro Moreira, y remitida a esta comisión el veintisiete de marzo del año dos mil once para su debido Dictamen.

Antecedentes:

La “LEY CREADORA DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN (IBESI)”, surge ante la necesidad que tiene Nicaragua de contar con una institución de educación de alto nivel académico y de investigación eficiente y competitiva y de alto grado de reconocimiento y prestigio nacional e internacional.
Informe de Consulta

La Comisión sometió a consulta la Iniciativa de Ley Creadora del Instituto Iberoamericano de Estudio e Investigación (IBESI), con el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA), Representado por El Dr. Orlando Mayorga Sánchez, Presidente del mismo, quien manifestó que no tienen ninguna objeción de que sea creado dicho instituto, ya que la Ley No. 582, Ley General de Educación en su artículo ochenta y tres, aprobada por la Asamblea Nacional el 22 de marzo del 2006 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 150 el 03 de agosto del 2006, ya que dicha ley faculta a la creación de este tipo de instituciones. Al Representante de la Cámara de Comercio (AMCHAM) Presidida por Dr. Yalí Molina, opinando que es necesario este instituto para que Nicaragua responda a las necesidades profesionales, científica, sociales y económicas de interés general.

También se consultó a los Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Magistrado Dr. Rafael Solís Cerda, expresando que la “LEY CREADORA DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN (IBESI)” cumple con las exigencias que la Ley General de Educación Ley No. 582 del 2 de agosto del 2006, Gaceta No. 150 del 3 de agosto 2006, establece para la creación de Institutos de esta índole y no hay roces con la Constitución, ni leyes constitucionales o los convenios suscritos y ratificados por Nicaragua. El Magistrado Antonio Alemán Lacayo, estudió con detenimiento dicha iniciativa y como resultado de dicho análisis consideró que “LEY CREADORA DEL INSTITUTO IBEROAMERICANO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN (IBESI) cumple con los requisitos que la Ley General de Educación prevé para la creación de entidades de esta naturaleza y no se opone a la Constitución, leyes constitucionales, Convenios Suscritos y ratificados por Nicaragua.

Consideraciones de la Comisión.

Las y los suscritos miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social, con el correspondiente asesoramiento jurídico podemos afirmar que la iniciativa de Ley Creadora del Instituto Iberoamericano de Estudio e Investigación (IBESI), promoverá el desarrollo académico científico de los profesionales en las disciplinas jurídicas en los niveles de posgrado de especialización, maestrías, doctorado y posdoctorado, cuyos grados gozarán del pleno reconocimiento legal, nacional e internacional (artículo 82 de la Ley 582, Ley General de Educación y sus reformas).

El IBESI responderá a las necesidades profesionales, científicas, sociales y económicas de interés general para la nación, sin pretender sustituir en ningún caso aquellas instituciones de educación superior o universidades que conforme a la normativa vigente también tienen la facultad de extender grados propios.

En virtud de lo antes expresado las y los suscritos diputados de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social y con fundamento en el artículo 138 de la Constitución Política, del artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo (Ley 606), hemos resuelto emitir DICTAMEN FAVORABLE de la iniciativa de Ley Creadora del Instituto Iberoamericano de Estudio e Investigación (IBESI), por considerarlo que no se contrapone a la Constitución Política, leyes ordinarias, ni a los convenios internacionales suscritos por el Estado de Nicaragua.

Diputados Miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación Social.

Mario Valle Dávila Irma de Jesús Dávila Lazos
Presidente Primera Vice Presidenta

Rodolfo José Alfaro G. María Dolores Alemán C.
Segundo Vicepresidente

Doris Zulema García Canales José Ramón Sarria M.

Venancia del C. Ibarra S. Evertz Cárcamo N.

Eduardo Jerónimo Gómez L. Wilber Ramón López N.

Norman de la T. Zavala L.

Hasta aquí el Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada Dávila.

Pasamos a discusión del Dictamen en lo general.

Diputado Brooklyn Rivera, tiene la palabra.

Bien.

Entonces, pasamos a la votación del Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

Ahora pasaríamos a votar si discutimos por capítulo o por artículo. Los que estén por capítulo votan en verde, los que estén por artículos, votan en rojo.

Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. La discusión se da por capítulo.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Capítulo I

Disposiciones Generales

Arto. 1 Objeto de la Ley. La presente ley tiene por objeto crear el Instituto Iberoamericano de Estudio e Investigación (IBESI), con base al artículo ochenta y tres de la Ley Nº 582, Ley General de Educación, aprobada por la Asamblea Nacional el 22 de marzo de 2006, y publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 150 del 3 de agosto de 2006.

Arto. 2 Creación y Naturaleza. Créese el Instituto Iberoamericano de Estudio e Investigación (IBESI), en adelante denominado IBESI, como una Institución educativa, académica, de estudios y de investigación científica, autónoma, de derecho privado y sin fines de lucro; con personalidad jurídica propia, patrimonio independiente y capacidad plena para adquirir derechos y obligaciones; y de duración indefinida y estará regulada por lo establecido en la ley de la materia, y sus Estatutos.

Arto. 3 Finalidad. El IBESI tiene por finalidad contribuir al desarrollo humano y económico de la nación, a la educación superior en la formación continuada y especializada a través de cursos, postgrados, diplomados, maestrías, doctorados y otros grados académicos, así como a la investigación científica en las diferentes áreas de la ciencia, las ciencias jurídicas, políticas, económicas y sociales, la cultura, la tecnología y disciplinas afines.

Arto. 4 Titulación. El IBESI tiene la facultad de extender títulos propios. Los estudios del IBESI están acreditados por diplomados, postgrados, maestrías, doctorados y otros grados académicos, en las diferentes áreas de la ciencia, las ciencias sociales, el derecho, la cultura, la tecnología y disciplinas afines: cuyos diplomas y títulos de formación continuada, especialistas, diplomados, postgrados, maestrías, doctorados y otros grados académicos, gozarán del pleno reconocimiento legal nacional e internacional. Asimismo tiene la facultad de realizar convalidaciones de estudios del mismo nivel realizados en otras universidades nacionales y extranjeras, para la continuación de los mismos en el IBESI; todo ello conforme al artículo 82 de la Ley Nº 582, Ley General de Educación, aprobada por la Asamblea Nacional el 22 de marzo de 2006 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 150 del 3 de agosto de 2006, y al Estatuto del IBESI.

Arto. 5 Principios. El IBESI, lleva a cabo sus finalidades con base a los siguientes principios:

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I.

Observaciones al artículo 1.

Diputado Augusto Valle, tiene la palabra.
Observaciones al artículo 2.

Observaciones al artículo 3.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 4.
No hay observaciones.

Observaciones al artículo 5.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo I.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Capítulo II

Régimen Académico, Científico, Administrativo y Financiero

Arto. 6 Régimen Académico. En conformidad con su naturaleza académica el IBESI, podrá crear, dirigir a administrar en todos los niveles, modalidades, sistemas y metodologías, todas las actividades académicas, docentes, investigativas y de extensión o servicio conducentes a la producción, desarrollo y transmisión del conocimiento y de la cultura en todos los campos de acción de la educación, en especial de la educación superior. También elaborar y aprobar sus planes y programas de estudio, de investigación, de publicación, de asistencia profesional, becas, pos doctorados, entre otras, conforme a sus Estatutos; los que podrán ser presenciales, virtuales a distantica entre otras.
Arto. 7 Régimen de investigación científica. La actividad investigadora del IBESI se entiende como el conjunto de acciones conducentes a la creación, desarrollo, actualización, perfeccionamiento y difusión de la ciencia, las ciencias jurídicas, políticas, económicas y sociales, la cultura, la tecnología y disciplinas afines, contribuyendo al progreso del conocimiento, de la innovación y de la creatividad, así como al desarrollo cultural, económico y social.
Arto. 8 Régimen Orgánico y Administrativo. Los Órganos de gobierno del Instituto Iberoamericano de Estudio e Investigación son la Asamblea General o Consejo de Gobierno, el Consejo Directivo o Junta Directiva Nacional, el Consejo Académico, y el Director y Vicedirector; las facultades de los mismos se determinan en los Estatutos del IBESI. El IBESI goza de autonomía orgánica, funcional y administrativa. Procederá a aprobar su Estatuto, integrar los Órganos de gobierno y elegir sus autoridades, también, tiene la facultad de disponer cuanto se refiere a la gestión administrativa y al nombramiento del personal administrativo correspondiente.
Arto. 9 Régimen Financiero o Económico. El IBESI, elabora su presupuesto interno y la gestión financiera, sin perjuicio de la rendición de cuentas y fiscalización, cuando haya recibido fondos provenientes del Presupuesto General de la República o de alguna entidad estatal, por la Contraloría General de la República.

Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 6.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 7.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 8.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 9.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Capítulo III

Patrimonio

Arto. 11 Patrimonio. El patrimonio del IBESI está conformado por sus bienes muebles e inmuebles, propiedades, derechos y todos los recursos que el Instituto obtenga para el cumplimiento de sus fines y principios. Dichos recursos, provenientes de ingresos privados estatales, nacionales o extranjeros, donaciones, herencias, legados y otros; así como los pagos y aranceles que recibe por los servicios y productos que ofrece el Instituto, entre otros, serán destinados a cubrir necesidades académicas, investigativas, de desarrollo, económicas, de infraestructura, de organización, funcionamiento y de inversión propias del Instituto en sus finalidades de estudios, de especialización y de investigación científica.

Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 11.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo III con su único artículo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo III.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Capítulo IV

Marco Legal

Arto. 12 El Instituto Iberoamericano de Estudios e Investigación (IBESI) tendrá como base legal los principios de la Constitución Política de Nicaragua en materia de educación, o cualquier otro principio constitucional que le fuera aplicable, la Ley Nº 582, Ley General de Educación, aprobada por la Asamblea Nacional el 22 de marzo de 2006 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 150 del 3 de agosto de 2006, en todo lo relacionado al Subsistema de la Educación Superior.

Arto. 13 El Instituto Iberoamericano de Estudios e Investigación (IBESI) estará sometido a la regulación del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA) de acuerdo al artículo 116 de la Ley Nº 582, Ley General de Educación, aprobada por la Asamblea Nacional el 22 de marzo de 2006 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 150 del 3 de agosto de 2006, en todo lo que la ley establece al respecto de la actividad académica.

Hasta aquí el Capítulo IV.


PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IV.

Observaciones al artículo 12.

No hay observaciones.
Observaciones al artículo 13.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo IV con todos sus artículos.
Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV con todos sus artículos.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Capítulo V

Disposiciones Transitorias y Finales

Arto. 14 Los miembros organizadores del IBESI, forman parte del Consejo Directivo Provisional del IBESI, hasta la convocatoria y conformación del definitivo una vez aprobados los Estatutos del mismo. Se identifican a los miembros organizadores, los mencionados en la fundamentación de esta ley.

Arto. 15 Vigencia. La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Hasta aquí el Capítulo V.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo V.

Observaciones al artículo 14.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 15.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo V.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo V y con él se aprueba la Ley Creadora del Instituto Iberoamericano de Estudios e Investigación (IBESI).

Saludamos la visita a la Asamblea Nacional, de estudiantes de Segundo Año de la Carrera de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Managua.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos con el mismo Adendum Nº 002. Punto 3.38: LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS.

Le pedimos al diputado José Ramón Sarria lea el Dictamen, por la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social.

DIPUTADO JOSÉ RAMÓN SARRIA:

Dictamen
Managua, 12 de abril 2011.

Honorable Diputado
Ingeniero René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Honorable Diputado Núñez:

La Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social, ha analizado la Iniciativa de Ley denominada “Ley Creadora del Instituto de Administración y Políticas Públicas” (IAP), el que fue presentado en Primera Secretaría el dos de junio del año dos mil diez, por el honorable diputado Agustín Jarquín Anaya y remitida a esta Comisión, el tres de febrero del dos mil once.

Antecedentes

La Iniciativa de “Ley Creadora del Instituto de Administración y Políticas Públicas” (IAP), surge como una respuesta a la necesidad de fortalecer el proceso de institucionalización de la gestión pública, coherente con los aspectos normativos del desarrollo institucional que experimenta el país, que exige funcionarios públicos de carrera, con un perfil profesional de clase mundial.

Desde su fundación, en el año 2007 como Asociación Instituto de Administración y Políticas Públicas, abreviadamente con las siglas IAP, es una Asociación sin fines de lucro, inicialmente constituida mediante escritura pública número dieciséis (16), aprobada por la Honorable Asamblea Nacional, mediante Decreto número (5506) de fecha nueve de septiembre del año dos mil ocho y publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número doscientos cinco (205) del viernes 24 de octubre de 2008 e inscrita actualmente ante el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación de Nicaragua bajo el número perpetuo cuatro mil doscientos sesenta y cinco (4265).

Tiene como principal objetivo el de expandir sus funciones en beneficio de la sociedad, siempre dentro del área de la Educación Superior Especializada, de manera que pueda incidir con más efectividad en el desarrollo cognoscitivo de aquellos profesionales que deseen incursionar en área de la Administración y Políticas Públicas y sus demás ramas afines.

En el marco del concepto de sociedad del conocimiento o universidad del siglo XXI, ya nadie pone en duda que la universidad cumple -y debe cumplir de mejor forma- un rol central y privilegiado en la generación de las condiciones que permitan un desarrollo económico sostenido, un escenario de mayor equidad distributiva y el fortalecimiento de las instituciones y valores humanos.

En este contexto, la calidad de la Educación Superior adquiere una importancia relevante, ya que se ha convertido en una demanda de la sociedad nicaragüense y centroamericana hacia la universidad en general (pública y privada).

Informe de Consulta:

La Comisión sometió a consulta la Iniciativa de “Ley Creadora del Instituto de Administración y Políticas Públicas” (IAP), con los sectores involucrados en el ámbito de su aplicación: Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA), Representado por El Dr. Orlando Mayorga Sánchez, Presidente del mismo, quien manifestó que no tienen ninguna objeción de que sea creado dicho instituto, ya que la Ley No. 582 Ley General de Educación en su artículo ochenta y tres, aprobada por la Asamblea Nacional el 22 de marzo del 2006 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 150 el 03 de agosto del 2006, ya que dicha ley faculta a la creación de este tipo de instituciones. Ministerio de Educación entre otros.

Se escuchó intercambios de experiencias, prácticas y conocimientos con el objeto de obtener los conocimientos superiores, metodológicos y necesarios en la formación de profesionales en áreas y especialidades de interés social, que permitan el desarrollo del país de conformidad a las necesidades educativas.

Consideraciones de la Comisión:

Las y los miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social, con el correspondiente asesoramiento jurídico, procedimos a realizar la consulta a la iniciativa de “Ley Creadora del Instituto de Administración y Políticas Públicas” (IAP). Como resultado, consideramos que el IAP es un Instituto de Administración y Políticas Públicas, de Educación Académica Científica, dirigida a la formación de profesionales en niveles de posgrados de especializaciones, maestrías y doctorados en las diferentes áreas de la Administración y Políticas Públicas.

Consideramos que la iniciativa de Ley Creadora del IAP, tiene como finalidad promover la formación académica integral de los profesionales a través de la investigación, la ciencia y la tecnología, contribuyendo con la transformación de la sociedad, que responda a su demanda de profesionales con grados académicos, científicos y con una visión de desarrollo sostenible.

Por todas las consideraciones antes expuestas, la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social y con fundamento en el artículo 138 de la Constitución Política, del artículo 65 y 100 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo (Ley 606). Dictaminamos Favorablemente la iniciativa de “Ley Creadora del Instituto de Administración y Políticas Públicas” (IAP), con la certeza, de que con el mismo se obtendrá un Instituto en el Sistema Educativo Superior de Postgrado, se encuentra bien fundamentado y no se opone a la Constitución Política, Leyes Constitucionales ni a los Tratados Internacionales; por lo que solicitamos a las y los honorables diputados de la Asamblea Nacional, el respaldo para la aprobación de este Dictamen.
DIPUTADOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Mario Valle Dávila Irma de Jesús Dávila Lazo
Presidente Primera Vicepresidenta

Rodolfo José Alfaro García María Dolores Alemán Cardenal
Segundo Vicepresidente

Doris Zulema García Canales Venancia del C. Ibarra Silva

José Ramón Sarria Morales Evertz Cárcamo Narváez

Eduardo Jerónimo Gómez López Norma de la T. Zavala Lugo
Wilber Ramón López Núñez

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos a la discusión del Dictamen en lo general.

A la votación del Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

Ahora, vamos a votar la forma de discusión, los que estén de acuerdo porque se discuta por capítulo, votan en verde, los que estén de acuerdo porque se discuta por artículo, votan en rojo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor que se discuta por capítulo, 27 presentes, 0 por artículo, 0 abstención.

La discusión es por capítulo.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Capítulo I

Disposiciones Generales

Arto. 1 Objeto de la Ley.

Arto. 2 Naturaleza.

Arto. 3 Misión.
Arto. 4 Visión.

Arto. 5 Finalidad.

Arto. 6 Principios

Arto. 7 Patrimonio.

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I.

Observaciones al artículo 1.

Diputado Brooklyn Rivera, tiene la palabra.

Diputado Salvador Talavera, tiene la palabra.

Tampoco hará uso de la palabra.

Observaciones al artículo 2.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 3.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 4.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 5.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 6.

Nadie pidió la palabra aquí, hasta ahora. Observaciones a cuál artículo?

Observaciones al artículo 7.

Diputada Venancia Ibarra, tiene la palabra.

DIPUTADA VENANCIA IBARRA SILVA:

Gracias, señor Presidente.

Presento moción de consenso al artículo 7, la cual dice:

Se suprime el segundo párrafo. El artículo se leerá así:

Arto. 7 Patrimonio

El Patrimonio del Instituto Administrativo y Políticas Técnicas, está conformado por sus bienes muebles e inmuebles, propiedades, derechos y todos los recursos que el Instituto obtenga para el cumplimiento de sus fines y principios. Dichos recursos provenientes de ingresos o fondos privados, estatales, nacionales o extranjeros, donaciones, herencias, legados, trabajos de investigación, contenidos curriculares y otros, así como los aranceles por los servicios que ofrezca el Instituto, los que serán destinados a cubrir necesidades académicas, investigativas, de desarrollo, infraestructura, equipamiento, organización, funcionamiento y de inversión propias para el funcionamiento del Instituto en sus finalidades de estudios y labor científica.

Paso moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos entonces a someter a votación la moción presentada que elimina el párrafo segundo del artículo 7.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 31 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que elimina el párrafo segundo del artículo 7.

Pasamos a la votación del Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 30 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo I con todos sus artículos y la moción ya aprobada.


SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Capítulo II.

Régimen Académico, Administrativo y Financiero

Arto. 8 Régimen Académico.
Arto. 9 Régimen Orgánico y Administrativo.

Arto. 10 Régimen Financiero o Económico. Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 8

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 9.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 10.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II con todos sus artículos.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Capítulo III

Organización y Representación.

Arto. 11 Órgano de gobierno
Arto. 12 Consejo Académico

Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 11.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 12.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 31 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo III con todos sus artículos.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Capítulo IV

Titulación y Marco Legal

Arto. 13 Titulación.

Arto. 14 El IAP tendrá como base legal los principios de la Constitución Política de Nicaragua en materia de educación o cualquier otro principio constitucional que le fuera aplicable, la Ley General de Educación, Ley Nº 582, aprobada por la Asamblea Nacional el veintidós de marzo del dos mil seis y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 150 del tres de agosto del dos mil seis, en todo lo relacionado al Subsistema de la Educación Superior.

Arto. 15 El IAP, estará sometido a la regulación del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA), de acuerdo al artículo 116 de la ley Nº 582, en todo lo que la ley establece al respecto de la actividad académica.

Arto. 16 La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IV.

Observaciones al artículo 13.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 14.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 15.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 16.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo IV.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

48 votos a favor, 30 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV con todos sus artículos y con él se aprueba la Ley creadora del Instituto de Administración y Políticas Públicas IAP.

Se suspende la sesión y continuamos el día de mañana.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.
























































PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días para todos los compañeros y compañeras.

Vamos a iniciar sesión a las nueve y cuarenta y dos minutos, pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
(9 de Junio 2011).

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
MIRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADYS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
VÍCTOR JOSÉ DUARTE ARÓSTEGUI
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
CARLOS JOSÉ GADEA AVILÉS
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
WILBER RAMÓN LÓPEZ NÚÑEZ
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JASSER ENRIQUE MARTÍNEZ MONTOYA
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
INDALECIO ANICETO RODRÍGUEZ ALANIZ
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
JUAN ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
FREDDY TORRES MONTES
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
MARIO VALLE DÁVILA
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Muy buenos días, compañero Presidente.

Estamos presentes 52 diputados y diputadas, por tanto hay quórum de ley.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados a la orden del Día No. 002, Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES, Punto 2.108. LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LOS ESTUDIANTES DE LAS REGIONES AUTÓNOMAS DEL CARIBE NICARAGÜENSE.

Doctor Carlos Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Dr. Navarro:

En mi calidad de diputado de este Poder del Estado con fundamento en el numeral 1 del Arto. 140 y 141 párrafo segundo de la Constitución Política de Nicaragua y de los artículos 14 numeral 2,90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo presento la siguiente iniciativa de Ley “LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, PARA LOS ESTUDIANTES DE LAS REGIONES AUTÓNOMAS DEL CARIBE NICARAGÜENSE RAAN Y RAAS” por la importancia de la presente iniciativa de ley, le solicito en mi calidad de diputado, sea sometida a consideración del honorable plenario de la Asamblea Nacional y de conformidad con el artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se dé el correspondiente trámite de ley.

Adjunto a la presente las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de ley.

Sin más a que referirme, me suscribo de usted.

Atentamente,


Ing. Víctor Manuel Duarte Aróstegui
Diputado Propietario A.N.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ing. René Núñez Téllez.
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado señor Presidente:

El suscrito diputado de conformidad en el Arto. 138 inciso 1 y el Arto. 140, inciso 1 de nuestra Constitución Política de la República de Nicaragua y los Arto. 14, inciso 2 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, le remito el proyecto de ley “LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, PARA LOS ESTUDIANTES DE LAS REGIONES AUTÓNOMAS DEL CARIBE NICARAGÜENSE RAAN Y RAAS” para que por su digno medio, sea presentada ante el honorable plenario de la Asamblea Nacional y le brinde el trámite de ley correspondiente.

Es de pleno conocimiento de toda la nación nicaragüense, que los estudiantes de ambas Regiones Autónomas de nuestra querida nación enfrentan grandes limitaciones y dificultades, para continuar sus estudios superiores tanto en dichas regiones, y estas se quintuplican cuando la especialidad que desean cursar es en el Pacífico nicaragüense, ahí ellos enfrentan los siguientes problemas: transporte, alojamiento, alimentación, comunicación, pagos completamente altos (dollars) etc., creando así una marcada diferencia social entre los estudiantes costeños y el resto del estudiantado nacional.

Por ello apelo a la consideración de cada honorable diputado de este Primer Poder del Estado, para que con un alto espíritu de hermandad y solidaridad se respalde esta importantísima iniciativa de ley.

FUNDAMENTACIÓN

Tomando en cuenta el artículo 27 de nuestra Constitución Política, el cual establece que: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección. No habrá discriminación por motivos de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma, religión, opinión, origen, posición económica o condición social.

Y de igual forma nos habla el artículo 58 de nuestra Constitución Política el cual establece que Los nicaragüenses tienen derecho a la educación y a la cultura y el Arto. 27 en concordancia con los artículos 89 primer párrafo, el que establece Las comunidades de la Costa Atlántica son parte indisoluble del pueblo nicaragüense y como tal, gozan de los mismos derechos… y Arto. 91 que establece que El estado tiene la obligación de dictar leyes destinadas a promover acciones que aseguren que ningún nicaragüense sea objeto de discriminación por razón de lengua, cultura y origen.

Así mismo el artículo 4 establece El Estado promoverá y garantizará los avances de carácter social y político para asegurar el bien común, asumiendo la tarea de promover el desarrollo humano de todos y cada uno de los nicaragüenses, protegiéndolos contra toda forma de explotación, discriminación y exclusión.

El artículo 5 inciso 3 establece que: El Estado reconoce la existencias de los pueblos indígenas que gozan de los derechos, deberes y garantías consignados en la Constitución Política (…)

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación.

Atentamente,
Ing. Víctor Manuel Duarte Aróstegui
Diputado Propietario de la RAAN
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Asuntos Étnicos Regímenes Autónomos y Comunidades y Asuntos Indígenas.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Orden del Día No. 1, Punto III: DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS, Punto 3.5. LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES DE MICROFINANZAS.

Mismo que fue aprobado en lo general el 29 de enero del 2004.

A continuación doy lectura de la siguiente solicitud.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:
El dos de Julio del año 2001, varios diputados de esta Asamblea Nacional presentaron ante Secretaría de la Asamblea Nacional la iniciativa de Ley denominada. LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES DE MICROFINANZAS, con fecha del 12 del mismo mes y año. El Plenario la remitió a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto misma que el 5 de septiembre del 2003 remitió el respectivo informe que contenía su Dictamen favorable y el texto del articulado. Fue aprobada en lo general el 29 de enero del 2004.

Este Proyecto de Ley tiene diez años de haber sido presentado y siete años de haber sido Dictaminado. Por ello se realizó un estudio producto de dicho documento y se actualizó su articulado; en base a lo antes expuesto los suscritos Jefes de las Bancadas Parlamentarias le solicitamos reemplazar el texto del articulado remitido por la Comisión, por el texto adjunto para que sea este el texto que se discuta en el Plenario y que la discusión de este Proyecto de Ley se realice por Capítulos.

Aprovechamos la ocasión para saludarle.

Atentamente.

Firman Jefes de Bancadas del FSLN, de la Bancada Democrática y del PLC.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

En vista de que ya fue aprobado el Dictamen en lo general; vamos entonces a someter a votación si discutimos por capítulo o por artículo.

Los que estén que se discuta por capítulo, votan en verde y los que estén que se discuta por artículo, votan en rojo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

41 votos a favor que se discuta por capítulo, ninguno que se discuta por artículo, presentes 7, 0 abstención. La discusión se da por capítulo.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO

OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES

Arto. 1 Objeto. La presente ley tiene por objeto el fomento y la regulación de las actividades de micro finanzas, a fin de estimular el desarrollo económico de los sectores de bajos ingresos del país.

Arto. 2 Finalidad. Son finalidades de la presente ley:

Arto. 3 Alcance. Quedan sujetas a las disposiciones de esta ley las Instituciones de Microfinanzas, en los términos definidos en la misma, cuya solicitud de registro y autorización para operar tiene carácter obligatorio, sujetándose a la regulación y supervisión de la Comisión Nacional de Micro finanzas.
Arto. 4 Definiciones. Para los efectos de la presente ley las definiciones establecidas en el presente artículo, tanto en mayúscula como en minúscula, singular o plural, tendrán los significados siguientes:

Hasta aquí el Capítulo Único.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos a la discusión del Capítulo I, con todos sus artículos.

Observaciones al artículo 1.

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Muchas gracias, señor Presidente.

De manera muy breve quisiera agradecer el respaldo de todas las bancadas mayoritarias de este Parlamento Nacional a esta iniciativa de Ley de Fomento y Regulación a las Micro finanzas de este país. Es una iniciativa de ley sumamente importante que viene a dar un compás de estabilidad, de tranquilidad, y lo más importante, de crecimiento del marco jurídico y estabilidad financiera a un sector que desde hace más de once años le ha solicitado al Parlamento nicaragüense, contar con un marco regulatorio y de gestión.

La falta de este marco regulatorio y de gestión, ha generado como consecuencia, que el mercado micro financiero se venga desarrollando de manera indisciplinada y que se hayan generado fenómenos indeseables en el entorno social nicaragüense. Observamos que mientras un sector de las micro financieras han hecho un excelente trabajo como herramienta de combate a la pobreza, desgraciadamente otro sector que se cobija bajo la bandera de microfinanciera, lo menos que ha hecho es ser una herramienta de combate a la pobreza.

Hoy en día, con esta ley, dejamos claramente definido qué tipo de micro finanzas queremos los nicaragüenses, qué tipo de instituciones micro financieras son las que queremos y demandamos los nicaragüenses, especialmente los que no tienen créditos y que no son sujetos de créditos del Sistema Financiero Convencional. Luego de éso, en esa relación económica que se da entre el que tiene la plata o sea la micro financiera y el necesitado del crédito, al no haber un marco regulatorio y de protección se hace evidente que se han venido realizando una serie de desmanes en contra de los usuarios del microcrédito.

Uno de los elementos que caracteriza esta propuesta que estamos discutiendo, es que hay un perfecto balance entre las facultades y la fortaleza legal de las micro financieras y las protecciones legales y el derecho legal de asistencia jurídica del Estado por parte del usuario del servicio micro financiero. Ahorita esa relación prácticamente se encuentra por la libre. El Estado nicaragüense y particularmente este Gobierno, apuesta a un sector micro financiero sólido, sano, estable sistémicamente, y lo más importante, que venga a combatir la pobreza y a hacer que los más pobres de este país que no están atendidos por el Sistema Financiero convencional tengan la oportunidad de acceder a recursos para crecer y para hacer crecer la producción nacional.

Ahora, aquí el hecho particular no es que el Estado esté interesado en intermediar en el microcrédito, lo importante es que el Estado apuesta a ser un regulador efectivo en esas relaciones que se desarrollan entre la micro financiera y el usuario del microcrédito, y en esta ley se crea un organismo regulador denominado Comisión Nacional de Micro finanzas o Conami.

Por otro lado, también esta Conami, además de ser vigilante de la buena relación entre el usuario de servicio micro financiero y el micro financiero como tal, tiene dos funciones que son primordiales para este país y para el Sistema Micro financiero en concreto, primero, la promoción de las micro finanzas, y segundo, el fomento a la actividad micro financiera, y aquí también el Estado de Nicaragua hace una apuesta fuerte, incorporando un artículo en el que establece el compromiso de hasta el 50% de los recursos del Banco de Fomento a la Producción para canalizarlos a través de las intermediarias micro financieras que combatan la pobreza, para que esos recursos le lleguen también al más pobre de este país.

Luego de eso hay una serie de protecciones muy particulares que esta ley incorpora y que le dan una cobija al usuario como tal, temas por ejemplo como la irrenunciabilidad del domicilio, la no capitalización de intereses, la tasa de interés efectiva para que no se anden inventando comisiones, gastos o cualquier otro tipo de subterfugio para incrementar de manera maliciosa y artificial la tasa de interés, son elementos que están aquí en esta Ley de Micro finanzas.
Además de eso, es importante destacar que esta Asamblea Nacional incorpora un artículo que tiene que ver con un control a los Organismos No Gubernamentales bajo los cuales se desarrollan figuras de carácter micro financiero; se ha visto que en esta Asamblea Nacional se aprueban estos organismos, y que con el devenir de los tiempos se terminan convirtiendo en Bancos. Aquí en esta ley se deja claramente establecido que para que haya una transformación de esa naturaleza en esa entidad, y como las cosas en derecho se deshacen de la misma manera como se hacen, tienen que volver de la misma forma en que vienen aquí a pedir la aprobación de la personalidad jurídica las ONG, de esa misma manera van a tener que liquidarse o disolverse y pedir la cancelación de las mismas si están interesados en transformarlas en una figura diferente a un Organismo No Gubernamental.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Para finalizar, Presidente, consideramos imperioso que en este país exista este marco regulatorio que le dé confianza al sector micro financiero, pero más importante a los “fondeadores” nacionales e internacionales del sector micro financiero.

Estamos plenamente seguros de que con esta ley la seguridad jurídica que genera va a permitir que haya mayor flujo de recursos internos y externos destinados al microcrédito, un microcrédito sano, estable y con todas las protecciones para el usuario del servicio microfinanciero.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Vean estamos discutiendo el tema en lo particular, lo que compete son las mociones a los artículos correspondientes; sin embargo, tomando en consideración que esta ley se aprobó en lo general en el año 2004, o sea hace seis años aproximadamente, con 68 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, y tomando en cuenta que los miembros de la Comisión Económica de ese entonces están todos aquí, excepto uno, vamos a permitir que en este Capítulo I del Título I se discuta como que fuese en lo general.

Tenemos sietes compañeros apuntados y vamos a cerrar con el diputado Odell Íncer Barquero.

Procede a tomar la palabra el diputado Víctor Hugo Tinoco.

DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:

Gracias, Presidente.

Me parece atinada su decisión, porque efectivamente este es un tema trascendental y no se puede restringir en este sentido el uso de la palabra.

La posición nuestra, Presidente, es que el contenido de esta ley es necesario y es pertinente; nosotros, sin embargo, tenemos una posición crítica a la misma y al espíritu con que se está trabajando ésta, pues se aplica y está diseñada de una forma dirigida sólo a unos actores de la actividad micro financiera y a otros no, por lo que creemos que eso es un error y un problema para Nicaragua, y que obedece a una lectura y a una visión política equivocada del Gobierno actual.

Esta ley efectivamente es importante porque va a regular centenares de micro financieras pequeñas y medianas, de todo tipo se califica, y como dice el texto IFIM, IMF, como querrás, el problema es que hay entidades jurídicas en este país que con características de cooperativas desarrollan el papel de financieras y de microfinancieras, que no van a estar cubiertas por esta ley por el enfoque que se le ha dado. Me refiero específicamente a la financiera o microfinanciera Caruna. ¿Cuál es el problema de Caruna?, que no es regulada por esta ley. Me van a decir, ¡ah, no!, es que Caruna podría voluntariamente acogerse para que esta ley la regule. ¿Pero quién me dice que Caruna va a hacer éso? no tengo ninguna garantía, además, tengo la absoluta certeza de que Caruna no se va a acoger para ser regulada por esta ley.

Entonces, nos encontramos con que una financiera o micro financiera de carácter cooperativo como es Caruna, que maneja 8,000 millones de córdobas, resulta que no es un Banco, por lo tanto, como no es un Banco no lo controla la Superintendencia de Bancos; tampoco es una micro financiera clásica, en consecuencia, como no es clásica no la regula esta ley. Es una cooperativa, pero como la Ley de Cooperativas no desarrolla en su articulado nada en relación específico al tema del control del crédito de las cooperativas, total que ni por esa vía se puede controlar. La realidad de este país es que aquí tenemos la empresa micro financiera más importante que actúa como financiera directa, como financiera de primer piso y como financiera de segundo piso, porque también le da dinero a otras micro financieras que no son reguladas por nadie, ni por la Ley de Cooperativas, ni por la Siboif, ni por el Banco Central. Este enfoque es totalmente incorrecto, aquí nosotros deberíamos de introducir algún tipo de disposiciones que permita tener supervisión sobre esa entidad financiera.

Por lo tanto, para concluir, Presidente, en vista de que aquí, igual que en el Presupuesto de la República, tenemos uno que es controlado y otro que no es controlado, también tenemos financieras controladas y micro financieras no controladas, nosotros no vamos a respaldar esta iniciativa de ley, no por su contenido, sino por su parcialidad y por favorecer a una determinada institución.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Nosotros hemos estudiado esta ley y reconocemos que en lo que respecta al tema del microcrédito, nuestra bancada es de la opinión de que únicamente se combate a la pobreza generando empleo, y precisamente es a través del microcrédito que estimulamos la actividad productiva, sobre todo en los ámbitos donde la pobreza se ensaña en los hogares. Por eso, tanto en el tema del microcrédito como en el tema de la defensa del usuario y del prestatario, nuestra bancada encuentra en el articulado situaciones interesantes que le benefician al usuario del crédito; en consecuencia no tenemos reserva alguna sobre todo cuando se habla de que no se va a renunciar al domicilio, o cuando se habla de que los intereses moratorios no van a pasar más allá del 25% de la tasa de interés real, donde dice que no se capitalicen intereses sobre intereses y que queda a criterio del prestatario del crédito el que se puedan capitalizar o no. Es nuestro sentir que aquí se asume y que las entidades de micro finanzas contribuyen positivamente al desarrollo de la nación, por eso nuestra bancada está apoyando sin reservas este articulado.

Sin embargo, lo expresamos ayer a la Bancada del Frente Sandinista, a la Bancada del PLC y también a los miembros de Asomif, en el tema siguiente, Presidente: En el artículo 3 y en el artículo 4, claramente se excluyen las cooperativas, no obstante, nuestra bancada es del criterio que si una cooperativa hace créditos tiene que hacerlo únicamente hacia los cooperados; no podemos apoyar el articulado de una ley donde va la discrecionalidad. Es decir únicamente van a ser reguladas las micro financieras por la Comisión Nacional de Micro finanzas, pero no así una cooperativa que está dando microcréditos no necesariamente a los cooperados. Estamos tomando distancia, y nuestra bancada no va a apoyar el articulado donde se está excluyendo, para nosotros, de una manera irregular, porque los créditos deben ser supervisados, y la Ley General de Cooperativas tiene vacíos en este tema. Los diputados de la bancada oficialista mencionan que el Infocop, nosotros no somos de ese criterio, nosotros decimos que si Caruna está dando microcréditos debe ser regulada por la Comisión Nacional de Micro finanzas.

Un punto más, Presidente. Pareciera como que se quiere cambiar el estilo y lo que se refiere a la Ley Orgánica en el tema del proceso de la formación de la ley cuando se sustrae del ámbito de las comisiones y se forman subcomisiones, que no son aprobadas por el plenario, y después lo que recomiendan estas subcomisiones no regresa a las comisiones correspondientes, esa fue una de las quejas de los miembros de la Comisión Económica. Nosotros, Presidente, tenemos que salvar todas aquellas formalidades y cumplir con la ley; si se hace una subcomisión para estudiar alguna ley en particular, eso debe regresar a la comisión, es decir, la Comisión Económica debió haber firmado también todas esas consideraciones.

Por lo tanto, nosotros insistimos que parte de nuestras consideraciones sobre el tema de las cooperativas no puede ser excluida de esta ley. En el tema del beneficio de los usuarios, estamos apoyándola; sobre el tema de que vengan más que recursos para que los “fondeadores” y las micro financieras puedan distribuir este crédito, estamos de acuerdo, Presidente.

Entonces, nuestro voto es de abstención en el tema que tenga que ver con la discrecionalidad para Alba caruna, porque no estamos de acuerdo en que no sea objeto de regulación.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Douglas Alemán, tiene la palabra.

DIPUTADO DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ:

Gracias, Presidente.

Cuando escucho a mis colegas mencionar a las cooperativas, me imagino cómo habrá sido la lucha y la discusión hace más de cien años, cuando surgió el movimiento cooperativo mundial que hasta el día de hoy le ha otorgado grandes logros, beneficios y desarrollo a la humanidad. Es increíble que estemos retrocediendo más de cien años para discutir la existencia o no de las cooperativas, simple y sencillamente porque hay un interés político particular fijado en contra de una cooperativa. Este día estamos discutiendo una ley de regulación y fomento a las organizaciones de micro finanzas que no tienen un marco jurídico; las cooperativas tienen un marco jurídico que es la Ley General de Cooperativas, y tienen una entidad rectora que es el Instituto de Fomento Cooperativo, ambas leyes aprobadas por esta Asamblea Nacional. Hay otras entidades crediticias que no son mencionadas, como son los Bancos, y que también hacen crédito, pero los Bancos también son regulados por la Superintendencia de Bancos como instancias y por la Ley General de Bancos.

Yo veo entonces que -como dicen mis colegas- esta ley es buena, me parece correcta, está correctamente elaborada, pero como no satisface mis intereses políticos particulares no la puedo apoyar, y bajo ese argumento se está atentando en contra del movimiento cooperativo y sus derechos conquistados durante más de cien años, simple y sencillamente porque se tiene un interés político, y yo diría politiquero en particular.

En Nicaragua hay más de tres mil quinientas cooperativas; en Nicaragua hay más de doscientos mil asociados; en Nicaragua hay más de trescientos ochenta y cuatro cooperativas de ahorro y crédito que a partir de los noventa, cuando fue desmantelado el sistema de créditos a los pequeños y medianos productores de este país, fue a los que logramos darles respuesta a esa demanda de crédito. Me llama la atención y me sorprende, porque fuimos los que logramos darles respuesta a esa demanda de crédito, y me llama la atención y me sorprende también, cuando colegas que son productores y que saben que mediante este mecanismo es que se ha logrado subsistir con el crédito dirigido a los pequeños productores, están ahora renegando de estas cooperativas.

Entonces, colegas diputados, les hago un llamado a ser responsables y serios. Estamos hablando de una ley para regular y fomentar a las asociaciones de micro finanzas, a la micro financieras que ya requieren una ley y que todos sabemos los problemas que se han generado en el país por la falta de un marco regulatorio. Los invito a ser responsables a votar y a respaldar este esfuerzo y no tratar de echar pie atrás con amplios sectores del país.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Eduardo Montealegre, tiene la palabra.

DIPUTADO EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS:

Muchas gracias, Presidente.

En primer lugar, creo que era importante la aclaración que usted hacía, de que esta ley había sido aprobada en lo general hace siete años. En segundo lugar, me parece sumamente importante que todos estemos claros de que en el crecimiento económico, para que haya bienestar económico y bienestar social, principalmente debe haber financiamiento; si hay financiamiento, va a haber crecimiento económico, por lo tanto va a haber lucha contra la pobreza, va a haber generación de empleos.

La generación de empleos no se hace a través de decretos, no se hace a través de conferencias de prensa, ni anuncios engañosos; se hace generando inversión, se hace generando financiamiento para aquellos actores que generan pequeños y micronegocios que generan empleos. Esa es la manera de que haya pre-bienestar económico en el país.

En ese sentido, esta ley que ayuda a regular y traer el financiamiento, es una ley positiva; sin embargo, existe un problema, y es que hay instituciones, como ya lo mencionaba el diputado Víctor Hugo Tinoco o el diputado Langrand, que van más allá de una actividad específica de lo que está en esta ley, y mucho más cuando es voluntaria y que se han vuelto instituciones que trascienden una actividad en particular, ya sea cooperativa, microfinanciera u otra naturaleza de financiamiento que, por los problemas que han habido en el pasado, necesitan regulación. No podemos tener una institución que sea supranatural por encima de cualquier institución regulatoria, y es ahí donde está el debate central, no es sobre esta ley. Nuestra posición ha sido clara, instituciones que capten recursos del público deben ser reguladas por la Superintendencia de Bancos; las cooperativas son reguladas por el Infocop, instituciones intermediarias de financiamiento van a ser reguladas por esta ley, y que se acojan, pero ¿qué pasa cuando una institución es regulada?, hace todas esas actividades. En otros países regulan a cada una de las instituciones, o una institución que es más fuerte regula a la otra.

El tema que tenemos que ver aquí es qué capacidad tiene Infocop para regular a una cooperativa como Caruna, que también intermedia recursos importantes. Creo que aquí debe salir un compromiso de revisar, de cambiar la Ley de Cooperativas, fortalecer Infocop, pero al mismo tiempo me parece que aquí en esta ley deberíamos de repensar un poco más, si ese voluntariado para ciertas actividades de micro financieras es suficiente o no. Porque si alguien no quiere, como lo decía Víctor Hugo Tinoco, sea financiera, o cooperativa o de otra índole, al final lo que tenemos es un Frankestein financiero. Entonces, lo que tenemos que hacer es regular, es buscar de alguna manera que no sea voluntario, y definitivamente Alba caruna no puede estar por encima de ninguna institución que regule la actividad en que ellos están.

Por lo tanto, en este Capítulo en particular, esa es nuestra posición como bancada, así que nos vamos a abstener porque no creemos que deba dejarse por fuera Alba caruna.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Francisco Aguirre Sacasa, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO AGUIRRE SACASA:

Muchas gracias, Presidente.

Usted recuerda que el martes, en este hemiciclo, yo me opuse con mucha energía a la discusión de la Ley de Fomento y Regulación de las Micro finanzas, porque estaba preocupado debido a que ésta no había sido enviada otra vez a nuestra comisión, no la conocíamos, no se nos repartió, por lo menos a mi no se me dio sino hasta después de esa sesión. Felizmente, Presidente, se logró postergar esta ley, se acordó incluso que iba a haber una sesión que trascendió a la Comisión Económica, en donde estaban representadas las bancadas principales de esta Asamblea para examinar todas las preocupaciones que teníamos.

Quisiera muy rápidamente tocar dos o tres de los puntos que han abordado los honorables diputados que hasta la fecha han hablado. Primer punto, como dijo Eduardo y que después se nos aclaró, esta no es una nueva ley, sino que la misma fue dictaminada en el año 2004 inicialmente y aprobada en lo general en esta Asamblea en el año 2006, por eso ahora no empezamos hablando en lo general sobre la ley, sino que entramos directamente a los artículos. A mí me convenció ese argumento de que uno podría pasar a darle un tratamiento expedito a esta ley, sobre todo después de que tuvimos la oportunidad de reunirnos los representantes de las principales bancadas, no sólo entre nosotros, sino con representantes del Cosep y de la Asomif, que indicaron en un almuerzo-trabajo que tuvimos ayer, que ellos apoyaban esta ley.

Segundo punto, Presidente, leyendo la carta de intenciones que firmó Nicaragua con el fondo monetario Internacional, que es la Institución que da el Imprimátur tan importante para Nicaragua y la conducción de su situación económica, está la aprobación de esta ley antes del receso legislativo, que es la condicionalidad más importante, fuera de las que son de cajón del FMI. Entonces, esta ley cuenta también con el apoyo del Fondo Monetario Internacional, y eso, por lo menos para mí es una cosa muy importante; pero creo que lo más trascendental de esta ley Presidente, es que deshace un colosal error que se cometió aquí en febrero del año 2010, cuando casi todos estos diputados que están aquí ahora, con excepción de este servidor suyo y otros votamos en contra de lo que se le llamó la “Ley No Pago”, que estableció un techo demasiado bajo, pero es un techo para los préstamos de las micro financieras.

Por eso es que después escribí un artículo de opinión en la prensa, diciendo que a los errores y a los problemas que tiene Nicaragua hay que agregarle uno más que es el riesgo parlamentario; pues con esta ley, en donde se quita ese techo pero se le ofrece también protección al usuario, al benefactor de esos créditos, se subsana esta situación, misma que le había costado, no a las micro financieras, sino que al pequeño y micro sujeto de crédito 70 millones de dólares en crédito que no recibió y que los obligó a oír a los usureros al buscar la plata para habilitarlo.

Entonces, Presidente, usted ve que no están mis colegas aquí ahora, es porque hay una confusión en mi bancada, por un compromiso anterior, sin embargo, estoy acostumbrado a ser el llanero solitario, lo fui en febrero del 2010 y lo voy a ser ahora. En cuanto a las preocupaciones de Eduardo, de Víctor Hugo y de Carlos sobre Alba caruna, yo también las tengo; creo que Alba caruna es una institución que hay que controlarla, pero eso se puede hacer en el contexto de una reforma, si es necesario, a la Ley de Cooperativas, que todos nosotros podemos aprobarla aquí y verla ya para darle transparencia a este sector de la ayuda venezolana, que no es castigando a las diecinueve micro financieras que apoyan esto y a los cientos de miles de factores de ellos que nosotros vamos a lograr eso. Por eso mi voto es por esta ley.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Francisco Jarquín, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO JARQUÍN URBINA:

Gracias, Presidente.

Este tema creo que es tan importante tanto para los prestatarios como para los prestadores y para la economía del país, que tenemos que tomarla con mucha responsabilidad y sin ningún sesgo político, Presidente. Estamos hablando de las micro finanzas, que se ha demostrado que son quienes han prestado a la mayor cantidad de pequeños y medianos productores; o sea que los pequeños y medianos productores que son el motor de la economía de este país, el acceso que han tenido es a los créditos de las micro financieras y muy poco a los Bancos. Entonces, es necesario hacer un equilibrio en todo esto; pero lo importante es que tanto los representantes de las micro financieras como el Fondo Monetario Internacional están de acuerdo con la ley, y esto tiene que ver con que nosotros caigamos en los extremos de que por querer regular las micro finanzas también vamos a ahuyentar las fuentes, los prestatarios o los “fondeadores”; sin embargo, también era necesario ordenar este gremio de las micro finanzas, porque nosotros vimos en varios años cómo pequeños y medianos productores al final que sacaron su crédito, pagaron las primeras cuotas de intereses y al final resultaba que por no tener ese control algunas micro financieras, éstos debían el total todavía del principal, cuando ya tal vez habían cancelado el 100%.

Entonces, ¿qué es lo que pasaba en ese momento?, parecía un auge, un despegue donde todos los productores estaban sembrando, estaban produciendo, pero al final de uno o dos años venía el gran retroceso, donde todos tenían que estar pagando incluso con sus mismas propiedades, o sea que había una situación incontrolable de parte de las micro financieras. Hablar ahora de que las cooperativas lógicamente tienen su ley, que es la Ley de Cooperativas, existe, que es la que regula esta actividad y también es uno de los amplios sectores que estimula la economía del país. Por lo tanto, como ya tienen sus controles, no podemos incluirlos también en la Ley de Micro finanzas; creo que de acuerdo al marco jurídico tiene que mantenerse y ser regulado siempre por la Ley de Cooperativas, no así el hecho de que son las micro financieras las que no tenían regulación.

En conclusión, estoy de acuerdo en que nosotros tenemos que respaldar esta ley, que hace un equilibrio tanto para los prestatarios como para las micro financieras, Presidente.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Odell Íncer, tiene la palabra.

DIPUTADO ODELL ÍNCER BARQUERO:

Gracias, compañero Presidente.

Definitivamente, parece ser que las baterías están puestas en Alba caruna, y como productor, desearía que hubiera mil Alba caruna en este país. Esta Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas es una Ley que va a regular el microcrédito en este país. Hasta el día de hoy ha regido la ley de la selva, en relación con el microcrédito y las microfinancieras que han dejado en la calle a miles de miles de nicaragüenses; también ha habido otros que han querido beneficiarse, y en determinado momento hicimos una Ley de reestructuración de adeudos que tienen que honrar el crédito, y con esta ley lo que pretendemos es eso, que haya más sensibilidad social, que haya más microcrédito en este país, más autoempleo. Pero al mismo tiempo que se honra el crédito, ya desearíamos, con la concesionalidad que se aprueban una cantidad de préstamos en este plenario, tenerla los particulares; de doscientas cuarenta y dos cooperativas de producción y de consumo que existen en este país, sólo Alba caruna es la que ha enfocado sus metrallas.

No obstante, existe la Ley General de Cooperativas, Ley 499, que es la que regula, también está el Reglamento de esa ley, que en el artículo 20 dice: “Para desarrollar su actividad financiera las cooperativas de ahorro y crédito podrán captar fondos de asociados, contratar préstamos con otras cooperativas, con organismos de integraciones nacionales e internacionales, con el Instituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo (Infocop)”, entonces, no sé a qué se debe tanto brinco estando el suelo tan parejo; es decir, inclusive he visto en la televisión algunos partidos políticos que quieren insertar en sus programas, algunos programas de este Gobierno de la Unidad, como la “Usura Cero”, que ha venido a resolver cincuenta mil problemas de la gente pobre.

Es decir, eso es lo que queremos nosotros y desearíamos quizás más, pero tendríamos que reformar la Ley Orgánica del Banco Central, por ejemplo cuando se contrata un préstamo y hay un mantenimiento de valor, que se lo saquen el mismo día que se les otorga el préstamo, y al final cuando uno va a pagar lo hace en dólares o en córdobas, pero los córdobas no los paga al tipo de cambio oficial sino a como se los vende el banco. En fin, invito a mis colegas a apoyar esta ley, porque he visto que en el pasado prácticamente muchas microfinancieras, a como decimos los nicaragüenses, se han vuelto como pulgueros en los departamentos, y ahí vemos aparejos, albardas, neveras, camas, sillas, es decir préstamos que se otorgaban en una forma leonina, ahora, en cambio prácticamente las sociedades anónimas, todas esas a las cuales se les otorga personalidad jurídica y que al día siguiente salen públicamente como microfinancieras, van a ser reguladas, quizás van a quedar los usureros, pero van a ser legalizados en el Código Penal.

Para finalizar, hermanos y hermanas, los invito a que seamos sensatos y que si queremos a este pueblo tengámosle piedad, porque aquí inclusive los tarjeta-habientes van a ser regulados y las redes de defensa de los consumidores también van a entrar en acción.

Muchísimas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Este era el último orador anotado cuando anunciamos, pero vamos a hacer la excepción con Pedro Joaquín Chamorro, rogándole que sea breve.

DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:

Muchas gracias, señor Presidente.

Solamente quería recalcar lo que ya ha sido dicho por algunos de nuestros colegas diputados, y es que la Cooperativa Alba caruna maneja cerca de 8,000 millones de córdobas y debería de ser controlada, ya sea por una ley de la Superintendencia de Bancos, aunque no reciba fondos públicos, o por esta ley. Tampoco podríamos decir que Alba caruna es una microfinanciera, dado el volumen de fondo que maneja, ¿verdad?, y menos podemos decir que es una cooperativa, porque no solamente maneja fondos de sus socios. Entonces, como ya lo dijo el diputado Eduardo Montealegre, es una especie de Frankestéin financiero que debería de ser controlada por alguna ley, y ése es el punto que queríamos hacer aquí, señor Presidente.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Hablaron en total nueve compañeros, compañeros nada más, no habló ninguna mujer, la ley en lo general. Entonces, ya refrescamos el contenido de la ley, su trascendencia, la preocupación general de cada uno de los diputados, ahora pasamos a la discusión en lo particular.

Observaciones al artículo 1.

Diputado Elman Urbina, tiene la palabra.

DIPUTADO ELMAN URBINA:

Buenos días.

Creo que ha habido un poquito de diferencia en cuanto a la presentación de esta ley, en que si se debe y no se debe regular a Alba Caruna a través de esta ley, pero creo que…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver diputado, ya concluimos la discusión en lo general, ya todos tuvieron oportunidades, si posee moción al artículo uno dígala, si no, por favor.

DIPUTADO ELMAN URBINA:

Seré puntual, si me lo permite.

En cuanto a las exclusiones de la ley….

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

No, le dije ya que ya pasamos ese aspecto.

Observaciones al artículo 2.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 3.

Diputado Víctor Hugo Tinoco, tiene la palabra.

DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO:

Gracias, Presidente.

De manera concreta y en la lógica de lo que planteamos en la discusión en lo general, nosotros tenemos una moción para el artículo 3, que en lo fundamental es en el segundo párrafo, esa moción diría algo así:

“De igual manera quedan sujetas a la disposiciones de esta ley, las cooperativas de ahorro y crédito, en sus operaciones con terceras personas que no formen parte de sus asociados”.
Esto lo proponemos porque es coherente con lo que dice la Ley General de Cooperativas en su artículo 7, el cual dice:

Arto. 7 “Son actos cooperativos los que realizan entre sí los socios y las cooperativas en cumplimiento de sus objetivos, -y dice después- las relaciones de las cooperativas con terceras personas no sujetas a esta ley, -a la ley de cooperativas,- no son actos cooperativos y se regirán por la legislación correspondiente”.

La legislación correspondiente, señor Presidente, es esta ley que estamos discutiendo. Entonces, nosotros queremos que aquí quede de alguna forma ya consignado o establecido, que complementariamente a lo que dice el artículo 7 de la Ley General de Cooperativas, que los que no son actividades entre los socios, son actividades microfinancieras o financieras que sí caen bajo el arbitrio de esta ley.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pase la moción diputado, por favor.

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

Artículo 3.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Presidente, es con respecto a la moción que acaba de hacer el MRS, me preocupa hondamente y quiero que le aclare por eso a Víctor Hugo Tinoco, que nosotros estamos facultando igualmente a la cooperativa, como si en esta anhelada ley se pretende autorizar sólo a las microfinancieras dándoles facultades de mérito ejecutivo en cualquier ejecución de alguna deuda y realmente nosotros se las trasladamos de igual forma a las cooperativas, por lo tanto, nosotros ya saldríamos del fuero ordinario y estaríamos mandándola a un fuero especial, estaríamos dándoles a todos la capacidad de una ejecución, ejecutiva sin mero derecho. De manera que quiero preguntarle a Víctor Hugo que si van contenidas en su moción estas facultades de la cooperativa, para que también cuando vaya a ejecutar a un socio no lo haga en la vía ordinaria, sino que la introduzca en la vía ejecutiva, como esta ley pretende más adelante hacerlo.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Muy bien, gracias diputado.

Vamos a someter a votación la moción presentada que dice, que en el artículo 3, también quedan sujetas a las disposiciones de esta ley, las cooperativas de ahorro y crédito en sus operaciones con terceras personas que no formen parte de sus asociados.

Entonces se abre la votación para votar esta moción, los que estén de acuerdo votan en verde, los que estén en contra votan en rojo.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

17 votos a favor de la moción, 45 votos en contra, 0 abstención, presentes 8. Se rechaza la moción presentada.

Observaciones al artículo 4, del Capítulo Único, del Título I.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo Único, del Título I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

48 votos a favor, 2 en contra, 13 abstenciones, 6 presentes. Se aprueba el Capítulo Único del Título I.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

TÍTULO II

COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS (CONAMI)

CAPÍTULO I

CREACIÓN, ATRIBUCIONES, ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO

Arto. 5 Creación.- Créase la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI) como ente autónomo del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones respecto de aquellos actos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones.

Arto. 6 Atribuciones de la CONAMI.- La CONAMI tendrá las atribuciones siguientes:
Arto. 7 Dirección y administración.- La CONAMI está conformada por los siguientes órganos de gobierno: Arto. 8 Presupuesto.- Las IMF sujetas a la supervisión, inspección, vigilancia y fiscalización de la CONAMI aportarán recursos para cubrir el presupuesto de inversiones y operativo anual de la misma. Dichos aportes serán en una proporción de hasta tres por mil anual sobre la base del valor de sus activos totales, de conformidad a lo que establezca el Consejo Directivo de la CONAMI mediante norma general. Las IMF deberán realizar el primer aporte desde el momento de su registro ante la CONAMI. Hasta aquí el Capítulo I del Título II. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos a pasar a la discusión del Capítulo I del Título II, pero previo vamos a permitir el ingreso al plenario de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Niños y Jóvenes Diabéticos de Nicaragua (APNJD) que vienen a solicitarle a los diputados y diputadas su contribución económica para el apoyo a esta asociación.

La asociación en el marco del Día Mundial de la Diabetes, que es el 14 de noviembre, está haciendo diversas actividades como hablatones culturales, colecta nacional, charlas instructivas, educación etc., y espera que ustedes puedan contribuir en efectivo o con tarjeta para esta noble causa. Confiamos en que todos ustedes se toquen el corazón y contribuyan con esta Asociación de Padres de Niños y Jóvenes Diabéticos.

Mientras ustedes contribuyen continuamos con la discusión.

Observaciones al artículo 5.

Diputado Carlos Gadea, tiene la palabra.

Observaciones al artículo 6.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 7.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 8.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo I, del Título II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 13 presentes, 1 en contra, 3 abstenciones. Se aprueba Capítulo I, del Título II.

Les pedimos a los niños que también pasen por la Junta Directiva para que den su correspondiente donación.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

CAPÍTULO II

CONSEJO DIRECTIVO

Arto. 9 Consejo Directivo.- El Consejo Directivo estará compuesto por cinco miembros propietarios con sus respectivos suplentes, nombrados por el Presidente de la República, de los cuales uno será el Presidente Ejecutivo de la CONAMI, quien lo presidirá, dos serán funcionarios o delegados del Poder Ejecutivo, y dos serán nombrados a propuesta del sector privado en consulta con los principales gremios empresariales de microfinanzas del país. Dichos nombramientos deberán ser ratificados por mayoría absoluta de la Asamblea Nacional.
Arto. 10 Requisitos.- El Presidente Ejecutivo y demás miembros del Consejo Directivo deben ser nicaragüenses, mayores de treinta años de edad, de reconocida integridad moral, solvencia económica y competencia profesional en las materias relacionadas con el cargo que van a desempeñar, debiendo contar al menos con un título universitario en Economía, Finanzas, Administración de Empresas, Derecho, Contabilidad u otra carrera afín a las responsabilidades del cargo. Arto. 11 Prohibiciones.- No podrán ser miembros del Consejo Directivo de la CONAMI: Arto. 12 Atribuciones del Consejo Directivo.- Corresponden al Consejo Directivo de la CONAMI las atribuciones siguientes: Arto. 13 Quórum y mayoría para toma de decisiones.- El quórum se conformará con la asistencia de tres de sus miembros y las resoluciones del Consejo se adoptarán por mayoría del total de los miembros presentes. En caso de empate, el Presidente Ejecutivo tendrá voto dirimente. El Consejo Directivo se reunirá al menos una vez al mes.

Arto. 14 Remoción.- Los miembros del Consejo Directivo de CONAMI solamente podrán ser removidos de sus cargos antes de la expiración del período correspondiente, si se presenta alguna de las siguientes causales:
Arto. 15 Secretaría del Consejo Directivo.- El Consejo Directivo contará una Secretaría cuyas funciones principales son: citar a las sesiones, levantar las actas del Consejo y certificar sus resoluciones. Asimismo, ejercerá las demás funciones que le confíe dicho órgano en su correspondiente Reglamento Interno. Las citaciones deberán ser remitidas a todos los miembros del Consejo, por cualquier medio de comunicación comprobable.
Hasta aquí el Capítulo II, del Título II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II, del Título II.

Observaciones al artículo 9.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 10.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 11.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 12.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 13.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 14.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 15.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo II, del Título II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo II, del Título II.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES:

CAPÍTULO III

PRESIDENTE EJECUTIVO

Arto. 16 Presidente Ejecutivo.- El Presidente Ejecutivo de la CONAMI es el funcionario principal de la misma, y tiene a su cargo la representación legal de la institución, tanto en lo judicial como en lo extrajudicial, así como la administración y el manejo de las gestiones propias de la entidad. Además, será el encargado de cumplir y hacer cumplir las normas y demás resoluciones dictadas por el Consejo Directivo de la CONAMI.
Arto. 17 Atribuciones del Presidente Ejecutivo. Son atribuciones del Presidente Ejecutivo las siguientes: Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 16.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 17.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo III, del Título II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.
54 votos a favor, 13 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo III, del Título II.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO IV

REGISTRO NACIONAL DE IFIM

Arto. 18 Registro Nacional de IFIM.- Créase el Registro Nacional de IFIM, adscrito a la CONAMI. Ésta última tendrá a su cargo los procedimientos de inscripción y control de dicho registro. Arto. 19 Solicitud de Registro.- Las IFIM, en general, podrán solicitar su inscripción en el Registro Nacional de IFIM para optar a los beneficios establecidos en la presente ley, previo cumplimiento de los requisitos legales y normativos. Dicha inscripción será obligatoria para las IMF definidas en la presente ley y constituye su autorización para operar en el mercado de microfinanzas. Arto. 20 Requisitos básicos para inscribirse en el Registro Nacional de IFIM.- Los requisitos básicos para inscribirse en el Registro Nacional de IFIM son los siguientes:
Arto. 21 Autorización de Registro.- Una vez cumplidos los requisitos establecidos en el artículo anterior, el Consejo Directivo de la CONAMI deberá pronunciarse sobre dicha solicitud en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles. Arto. 22 Beneficios de la inscripción.- Las IFIM que se inscriban en el Registro Nacional gozarán de los siguientes beneficios básicos:
Hasta aquí el Capítulo IV.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IV.

Observaciones al artículo 18.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 19.
Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 20.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 21.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 22.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo IV, del Título II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo IV, del Título II.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

CAPÍTULO V

REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN

Arto. 23 Regulación y supervisión.- La CONAMI será la instancia rectora, reguladora y supervisora de las IMF. En lo que respecta al resto de las IFIM registradas, la CONAMI regulará y supervisará únicamente lo relacionado con los requisitos de transparencia e incentivos que pudiese otorgar sobre la base de lo preceptuado en la presente ley. Arto. 24 Otros órganos reguladores y supervisores.- Aquellas IFIM registradas distintas a las IMF que sean reguladas y supervisadas por otras instancias administrativas, tales como la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, entre otras, les seguirán siendo aplicables de manera exclusiva las leyes respectivas y las normas emitidas por dichos órganos, respecto de su constitución y operaciones, salvo lo expresado en el artículo anterior.
Hasta aquí el Capítulo V.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo V.

Observaciones al artículo 23.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 24.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo V.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo V, del Título II.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES:

TÍTULO III

FOMENTO A LAS MICROFINANZAS
CAPÍTULO I

CREACIÓN DEL FONDO DE PROMOCIÓN DE LAS MICROFINANZAS (FOPROMI)

Arto. 25 Fondo de Promoción de las Microfinanzas (FOPROMI).- Créase un fondo especial de promoción a las microfinanzas denominado “Fondo de Promoción de las Microfinanzas” (FOPROMI), cuyos recursos serán administrados y contabilizados por la CONAMI en forma separada a su presupuesto operativo. Arto. 26 Financiamiento del FOPROMI.- El FOPROMI podrá ser financiado mediante: Arto. 27 Uso de recursos del FOPROMI.- Los recursos del FOPROMI serán utilizados para financiar las siguientes actividades y/o proyectos:
Arto. 28 Banco de Fomento de la Producción.- El Banco de Fomento a la Producción (PRODUZCAMOS), de conformidad con el objeto de la presente ley, establecerá programas para la canalización de recursos para el microcrédito a través de las IFIM registradas que comprueben eficiencia financiera y acrediten Certificación de Desempeño Social. Para este fin el Banco Produzcamos deberá disponer de hasta el cincuenta por ciento (50%) de los recursos de su cartera total. Produzcamos y CONAMI deberán suscribir acuerdos en los que se establezca la forma en que se dará cumplimiento a lo preceptuado en el presente artículo.

Arto. 29 Auditoría Financiera del FOPROMI.- Cada año, el FOPROMI será objeto de auditoría externa, la cual deber ser realizada por firmas de auditores registrados ante la Contraloría General de la República y de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y demás normas de la materia. Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a la Contraloría General de la República. Hasta aquí el Capítulo I, del Título III

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I.

Observaciones al artículo 25.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 26.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 27.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 28.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 29.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo I, del Título III, que va del artículo 25 al artículo 29.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO II

CERTIFICADOS DE DESEMPEÑO SOCIAL

Arto. 30 Criterios de evaluación.- La CONAMI establecerá, mediante norma general, los criterios objetivos para evaluar el grado de inclusión de los sectores de bajos ingresos de la sociedad en las actividades de las IFIM registradas, así como el cumplimiento de los preceptos de transparencia y protección al usuario de los servicios de microfinanzas establecidos en la presente ley. Dichos criterios deberán basarse en estándares internacionales y servirán de fundamento para las Auditorías de Desempeño Social que realice la CONAMI, ya sea de forma directa o delegada, y consecuentemente, para la emisión de los Certificados de Desempeño Social.
Arto. 31 Auditoría de Desempeño Social.- Cada IFIM registrada podrá solicitar de forma voluntaria a la CONAMI la realización de una Auditoría de Desempeño Social para evaluar el cumplimiento del objetivo social alcanzado en la intermediación del microcrédito. Arto. 32 Certificación de Desempeño Social.- Sobre la base de los resultados de las Auditorías de Desempeño Social, la CONAMI extenderá a las IFIM registradas una Certificación de Desempeño Social, la cual contendrá al menos la siguiente información: Arto. 33 Publicación de resultados de Certificación.- La CONAMI publicará en su sitio de Internet los resultados de las calificaciones, a más tardar treinta (30) días hábiles después de haber sido aprobado por su Consejo Directivo. Arto. 34 Financiamiento de las Auditorías de Desempeño Social.- Las Auditorías de Desempeño Social serán financiadas con recursos de la IFIM solicitante. Su costo será determinado por la CONAMI y notificado a la IFIM solicitante dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud. Dichos costos deberán publicarse siempre, con el detalle de su justificación, en el sitio de Internet de la CONAMI. Arto. 35 Beneficios de la Certificación.- Las Certificaciones de Desempeño Social emitidas por la CONAMI deberán ser utilizadas por PRODUZCAMOS u otros fondos públicos, como un parámetro para evaluar la conveniencia de canalizar recursos al microcrédito, a través de las IFIM certificadas. Los beneficios que se confieran deberán mantener una relación con el grado de calificación alcanzado en la Auditoria de Desempeño Social. Arto. 36 Distribución de beneficios.- El Consejo Directivo de la CONAMI establecerá mediante norma general los mecanismos de distribución de beneficios establecidos en la presente ley de acuerdo a las Certificaciones de Desempeño Social.

Arto. 37 Equipo de Investigación para Promoción de las Microfinanzas.- La CONAMI podrá conformar equipos técnicos o contratar consultorías para la investigación de temas relacionados con la promoción del microfinanzas, así como el desarrollo de estudios y metodologías que servirán de insumo para la elaboración de las estrategias de promoción al microcrédito y como base de consulta para las IFIM registradas.

Arto. 38 Fomento de alianzas.- La CONAMI fomentará la formación de alianzas, tanto nacionales como extranjeras, entre las IFIM registradas y organizaciones que faciliten la tercerización de servicios financieros distintos del microcrédito y/o servicios conexos no financieros, así como de alianzas de negocios entre IFIM nacionales registradas y sus similares extranjeras. Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Saludamos la visita de los estudiantes de la Carrera de Turismo de la UNAN, con sede en Matagalpa.

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 30.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 31.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 32.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 33.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 34.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 35.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 36.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 37.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 38.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo II, del Título III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo II, del Título III, con todos sus artículos.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES:

CAPÍTULO III

CENTRALES DE RIESGO DEL MICROCRÉDITO

Arto. 39 Central de Riesgo.- La CONAMI podrá establecer una Central de Riesgo de las IFIM, cuando lo estime necesario y cuente con los recursos suficientes para afrontar dicho proyecto. Una vez establecida, la CONAMI coordinará y velará porque las entidades registradas como intermediarias del microcrédito provean la información necesaria para alimentar dicha central. El suministro de información será de obligatorio cumplimiento para las IFIM registradas. El Consejo Directivo de la CONAMI emitirá norma de carácter general para regular dicho cumplimiento.

Arto. 40 Acceso a la Central de Riesgo.- Las IFIM registradas ante la CONAMI podrán obtener información de su central de riesgo, siempre y cuando se encuentren al día con el suministro de información y los demás requerimientos que establezca dicha entidad, de acuerdo a la norma general que se establezca para el caso, so pena de sanción.
Arto. 41 Consulta obligatoria del historial de crédito.- Con la finalidad de prevenir el sobreendeudamiento de los clientes, las IFIM registradas ante la CONAMI están obligadas a consultar la central de riesgo de dicha entidad o, al menos, una de las centrales de riesgos privadas autorizadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 39.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 40.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 41.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 7 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo III, del Título III, con todos sus artículos.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

TÍTULO IV

INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS (IMF)

CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL

Arto. 42 Constitución y organización.- Para su constitución, las IMF de carácter mercantil y las entidades sin fines de lucro, deberán cumplir con las disposiciones del Código de Comercio y de la Ley de Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, según corresponda. En el caso de constituirse bajo la figura de sociedades anónimas, las acciones deberán ser nominativas e inconvertibles al portador y estar totalmente suscritas y pagadas. Arto. 43 Representación legal.- Cada una de las IMF acreditará a su representante legal ante la CONAMI, de conformidad a lo establecido en su acto constitutivo, estatutos y demás normativas internas de las IMF. Arto. 44 Integración de la Junta Directiva.- La Junta Directiva de las IMF es electa por la Asamblea General de la institución en la forma establecida en sus estatutos. Estará integrada por un mínimo de cinco (5) miembros propietarios y el número de suplentes que determinen sus Estatutos. Los Directores durarán en el cargo un período no menor a un año ni mayor de tres años, pudiendo ser reelectos. La Junta Directiva deberá reunirse obligatoriamente al menos una vez al mes.

Arto. 45 Requisitos para ser miembro de la Junta Directiva.- Podrán ser miembros de la Junta Directiva de una IMF las personas naturales o jurídicas que sean accionistas o miembros de dicha institución, según el caso. Las personas naturales no podrán ser menores de treinta años de edad al día del nombramiento y de reconocida honorabilidad; de ellos, al menos uno deberá ser de reconocida competencia profesional afín a la naturaleza microfinanciera de estas entidades. En el caso de las personas jurídicas, estas ejercerán el cargo a través de un representante que cumpla con los mismos requisitos y que será responsable personalmente y en forma solidaria con su representada por sus actuaciones. Arto. 46 Impedimentos para ser miembro de la Junta Directiva.- No podrán ser miembros de la Junta Directiva de una IMF, y su elección carecerá de validez, las personas siguientes:

Arto. 47 Responsabilidades de la Junta Directiva.- La Junta Directiva de las IMF, sin perjuicio de las demás disposiciones legales y contractuales que le sean aplicables, tendrá entre otras las responsabilidades siguientes: Arto. 48 Auditoría Interna.- Sin perjuicio de las facultades conferidas a la CONAMI respecto de la vigilancia y fiscalización de las IMF, éstas deberán contar con un Auditor Interno a cuyo cargo estarán las funciones de inspección y fiscalización de las operaciones y cuentas de la IMF. El auditor interno deberá contar con al menos cinco años de experiencia en labores afines.
Arto. 49 Auditorías Externas.- El Consejo Directivo de la CONAMI podrá determinar mediante normas de carácter general los requisitos mínimos que reunirán las firmas de auditorías externas que deberán contratar las IMF, así como la información que, con carácter obligatorio, deberán entregar a la CONAMI acerca de la situación de las instituciones auditadas y del cumplimiento de sus propias funciones, como parte del proceso de supervisión auxiliada o delegada. Los auditores externos estarán obligados a remitir al Presidente Ejecutivo de la CONAMI copia de sus dictámenes y pondrán a su disposición los papeles de trabajo y cualquier otra documentación e información relativa a las instituciones auditadas. Arto. 50 Notificación de nombramientos.- Toda elección de miembros de la Junta Directiva o nombramiento del Ejecutivo Principal y del Auditor Interno de la IMF, deberá ser comunicada inmediatamente por escrito al Presidente Ejecutivo de la CONAMI acompañada de la hoja de vida respectiva, sin perjuicio de enviar a éste la certificación del acta de la sesión en que se efectuó el nombramiento, dentro de las posteriores setenta y dos horas de la firma del acta. Arto. 51 Gobierno Corporativo.- El gobierno corporativo es el conjunto de directrices y normas que regulan las relaciones internas entre la Asamblea General, la Junta Directiva, el ejecutivo principal, las gerencias, funcionarios y empleados; así como entre la institución, el ente supervisor y el público.
Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I, Título IV.

Observaciones al artículo 42.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 43.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 44.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 45.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 46.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 47.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 48.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 49.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 50.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 51.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo I.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 11 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo I del Título IV.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO II

PATRIMONIO, RESERVA Y EXCEDENTES

Arto. 52 Patrimonio o capital social mínimo.- El monto del Patrimonio o Capital Social Mínimo de las IMF, en caso tratarse de personas jurídicas sin fines de lucro o sociedades mercantiles, respectivamente, será de cuatro millones quinientos mil córdobas (C$4,500,000.00), suma que será actualizada cada dos años por la CONAMI, de acuerdo con las variaciones cambiarias de la moneda nacional con respecto al dólar de los Estados Unidos de América, de conformidad con el tipo de cambio oficial establecido por el Banco Central de Nicaragua.

Arto. 53 Reserva de Capital.- Las IMF con fines de lucro deberán destinar al menos el quince por ciento (15%) de sus utilidades netas para constituir una Reserva de Capital. Arto. 54 Excedentes de IMF sin fines de lucro.- En el caso de las IMF sin fines de lucro, en consideración a su naturaleza y contenido social, no podrán distribuir directa o indirectamente el excedente social entre sus asociados, directores, trabajadores, empleados o terceras personas. Dicho excedente social deberá ser incorporado en su totalidad al patrimonio de la entidad. Arto. 55 Estados financieros.- Las IMF formularán estados financieros anuales al cierre del ejercicio al treinta y uno (31) de diciembre de cada año y remitirán copia a la CONAMI de conformidad con lo que se establezca mediante norma de carácter general.
Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 52.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 53.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 54.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 55.
No hay observaciones.

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 08 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo II del Título IV.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO III

OPERACIONES AUTORIZADAS A LAS IMF

Arto. 56 Operaciones de las IMF.- Las IMF podrán efectuar las siguientes operaciones relacionadas al microcrédito:

Arto. 57 Prohibiciones.- Las IMF no podrán:

Arto. 58 Reserva en las operaciones.- Las operaciones activas y de prestación de servicios que las IMF celebren con sus clientes están sujetas a reserva, entendiéndose como tal, la información a la que pueden acceder las partes involucradas en la operación.

Se exceptúa de esta disposición:

Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 56.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 57.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 58.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo III.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 09 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo III con todos sus artículos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO IV

SANCIONES Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Arto. 59 Unidad de multa.- El valor de cada "unidad de multa" será el equivalente en moneda nacional al de un dólar de los Estados Unidos de América, conforme al tipo de cambio oficial establecido por el Banco Central de Nicaragua, vigente a la fecha de la imposición de la sanción. Las multas consignadas en la presente ley se pagarán a la Tesorería General de la República.

Arto. 60 Sanciones.- El Presidente Ejecutivo de la CONAMI, sobre la base del conocimiento que obtenga sobre situaciones irregulares de las IMF, podrá adoptar cualquiera de las siguientes acciones:

Arto. 61 Reincidencia.- En caso de una segunda infracción sobre un hecho ya sancionado dentro de un período de doce meses, de la misma naturaleza de los indicados en los artículos del presente capítulo, el Presidente Ejecutivo impondrá una sanción igual al doble de las unidades de multa impuesta en la primera infracción. La persona que incurriera por más de dos veces consecutivas, en las infracciones establecidas en el artículo 60 literal a) y d) de la presente ley, será removida de su cargo sin perjuicio de la sanción pecuniaria correspondiente.

Arto. 62 Facultad normativa del Consejo Directivo.- El Consejo Directivo de la CONAMI establecerá mediante normas generales, los montos de las multas dentro de los rangos establecidos en la presente ley adaptados a la gravedad de la falta. Arto. 63 Sanciones por operar sin autorización.- La CONAMI solicitará información financiera y contable a todas aquellas personas jurídicas que a su criterio deben cumplir con lo establecido en la presente ley. Para estos efectos citará a la parte, a fin que presente la información solicitada en el plazo establecido por el Presidente Ejecutivo de la CONAMI, quien decidirá en el término de ocho días hábiles si la entidad en cuestión está sujeta a los términos de la presente ley. Arto. 64 Medio auxiliar de aplicación.- La CONAMI en el cumplimiento de sus funciones podrá auxiliarse de la Policía Nacional, sin perjuicio de las responsabilidades legales en que hubieren incurrido los infractores. Arto. 65 Recursos de Revisión y Apelación.- Contra las resoluciones del Presidente Ejecutivo de la CONAMI cabe el recurso de revisión dentro del término de siete (7) días hábiles a partir de la fecha de notificación, teniendo quince (15) días hábiles para resolver.
Hasta aquí el Capítulo IV.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IV.

Observaciones al artículo 59.

Diputado Douglas Alemán, tiene la palabra.

¿No? OK.

Observaciones al artículo 60.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 61.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 62.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 63.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 64.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 65.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo IV del Título IV.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 3 abstenciones. Se aprueba el Capítulo IV del Título IV con todos sus artículos.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

TÍTULO V

PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES PROCESALES

Arto. 66 Juez Competente.- Será juez competente para conocer de las acciones prejudiciales o judiciales que entablen las IFIM registradas, el que corresponde al del domicilio que señale el deudor en el respectivo contrato de crédito. En caso que la demanda exceda la cuantía del juez antes referido, deberá conocer el juez superior jerárquico de aquel, en atención a la cuantía y territorialidad. Serán nulos los procesos judiciales que no cumplan con lo estipulado en el presente artículo. Arto. 67 Procedimientos Legales.- En el proceso de recuperación de los créditos en mora que entablen las IFIM registradas, la que se producirá por el solo hecho del vencimiento del plazo estipulado de cualquiera de sus cuotas, deberá observarse lo siguiente:
Arto. 68 Facultad de endosar créditos.- Previa notificación a deudores y fiadores, las IMF podrán endosar toda clase de títulos valores, permutar o ceder créditos a otras IMF, a sus acreedores financieros nacionales o extranjeros, y a instituciones supervisadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras.

Hasta aquí el Capítulo Único del Título V.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo Único del Título V.

Observaciones al artículo 66.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 67.

Tampoco hay observaciones.

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Señor Presidente, estoy elaborando una moción sobre el artículo 67, que sinceramente, es salvaje este artículo, nunca he visto algo igual, mejor le ponen la pistola a los deudores, porque cómo va a creer que dice: “con el vencimiento del plazo estipulado de cualquiera de sus cuotas…” Con solo una cuota que cualquiera falle en darla, entonces inmediatamente se vuelve exigible todo, todo el préstamo y puede ser ejecutado. Además, después los incisos c), d) prestan mérito ejecutivo. O sea que nosotros estamos prestándonos a esto, una cosa es regular a la microfinanciera y otra cosa es darle una pistola para que maten a todos sus deudores, creo que por lo menos se deberían de dar unas tres cuotas de plazo a alguien, para que pueda ser ejecutado, no con el vencimiento de una sola cuota, esto es totalmente una salvajada, es en contra de toda la población, es en contra de todo aquel que va a requerir un préstamo.

Sencillamente voy a presentar la moción, que no es consensuada, porque esta ley nos fue presentada de la noche a la mañana, no tuvimos la oportunidad de analizarla. No puede ser posible que nosotros nos estemos prestando en esta Asamblea para que dejemos en la calle a miles de miles, de pequeños comerciantes y de pequeños productores con solo que no paguen una cuota.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADA WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Vea Presidente, al margen de evitar entrar en cualquier tipo de polémica, el mismo Código Civil de la República de Nicaragua establece claramente, que una persona natural o jurídica cae en mora por el simple vencimiento de cualquiera de las estipulaciones que se establezcan en materia contractual y como efectos de pago en el contrato entre las partes.

En otras palabras, decir que con más de una cuota vaya a caer en mora, sencillamente estás trasgrediendo todo el ordenamiento jurídico que en materia de cobros y pagos existen, no solamente para las microfinancieras, sino para todas las entidades del sistema financiero nacional. Por lo tanto, al menos nosotros consideramos que en este caso particular es correcto y es procedente tener el fomento de la cultura de pago y el fomento de una cultura de pago en tiempo. Ahora, existen mecanismos claros que establece cuando exactamente caés en mora. De manera que nosotros creemos, que el artículo tal y como está redactado, responde a un tratamiento homogéneo de todas las instituciones financieras, y por otro lado fomenta y garantiza la cultura de pago en este país.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bien. Vamos entonces a oír la moción presentada. Secretario, por favor.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Esta moción del diputado Eliseo Núñez es en el artículo 67.- Procedimientos Legales.- es donde se dice: “la que se producirá por el solo hecho del vencimiento del plazo estipulado de cualquiera de sus cuotas”, él propone que se diga: “vencimiento del plazo estipulado en tres cuotas”, en lugar de ser una; entonces él pone tres. Ésa es la modificación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos entonces a la votación de la moción presentada por el diputado Eliseo Núñez al artículo 67.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

06 votos a favor de la moción, 16 presentes, 41 en contra, 3 abstenciones.

Se rechaza la moción presentada.

Observaciones al artículo 68.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo Único del Título V.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo Único del Título V.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

TÍTULO VI

PUBLICIDAD, TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN AL USUARIO

CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES VARIAS

Arto. 69 Veracidad de la publicidad.- Las campañas publicitarias que empleen las IFIM registradas para promover los servicios de microcrédito deberán ser veraces y no podrán ofrecer ventajas o condiciones para las cuales no estén autorizadas o no puedan cumplir. Tampoco podrán utilizar en su denominación social palabras que induzcan a confundir su naturaleza. Arto. 70 Obligación de informar a los clientes.- Las IFIM registradas deberán informar a sus clientes con toda claridad y transparencia, las condiciones financieras a que están sujetas las diversas operaciones activas, especialmente la tasa de interés efectiva referida en la presente ley, con su respectiva forma de cálculo. Arto. 71 Cláusulas de los contratos.- Sin perjuicio de las demás disposiciones que establece la presente ley y las que desarrolle la norma general que emita la CONAMI, las cláusulas de los contratos de microcrédito deberán ser suficientemente claras y precisas, evitando ambigüedades o errores que puedan generar afectaciones a los usuarios. La existencia y contenido de las cláusulas de los contratos de microcrédito deberán ser informadas de previo por las IFIM registradas a sus potenciales usuarios. Arto. 72 Determinación de las tasas de interés.- En los contratos que las IFIM registradas celebren con sus clientes, ambas partes podrán pactar libremente las tasas de interés. La tasa de interés moratoria será igual a la tasa de interés corriente pactada, más una cuarta parte de ésta. En este último caso, será la única penalidad que podrá cobrarse. Arto. 73 Tasa de interés efectiva.- La tasa efectiva es aquella que transparenta el costo o rendimiento efectivo del microcrédito. La tasa efectiva iguala el valor actual de todas las cuotas y demás pagos que serán efectuados por el cliente con el monto que efectivamente ha recibido en préstamo. Para este cálculo se incluirán todas las cuotas por monto del principal e intereses, todos los cargos por comisiones, los gastos por servicios provistos por terceros o cualquier otro gasto en los que haya incurrido la IFIM registrada, que de acuerdo a lo pactado serán trasladados al cliente, incluidos los seguros, cuando corresponda. La tasa efectiva será la única que podrá cobrarse a los usuarios de microcrédito. Arto. 74 Justificación de comisiones y gastos.- Toda comisión o gasto cobrable deberá expresarse en el contrato y formar parte de la tasa efectiva de conformidad con lo establecido en la presente ley. Arto. 75 Tasas de interés variable y fija.- Cuando se pacte tasa de interés variable deberá consignarse en el contrato la tasa de referencia a partir de la cual se determina la variabilidad de la tasa pactada, tales como Libor, Prime o cualquier otro índice de carácter público que permita de manera objetiva justificar la variación de la tasa convenida; no obstante, la variación únicamente puede efectuarse en el plazo establecido en el contrato para revisión de tasa, el cual no podrá ser menor a tres (3) meses. En este caso no se requerirá notificar ni obtener aceptación de parte del deudor. Arto. 76 Derechos del usuario del microcrédito.- Los usuarios del microcrédito tienen derecho a presentar reclamos a las IFIM registradas y a recibir de éstas, respuestas oportunas y fundamentadas por cobros indebidos y por el incumplimiento de las condiciones establecidas en la presente ley y en el respectivo contrato. Para tales efectos, las IFIM registradas deberán contar con personal y mecanismos efectivos para atender dichos reclamos.
Hasta aquí el Capítulo Único del Título VI.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo Único del Título VI.

Observaciones al artículo 69.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 70.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 71.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 72.

Diputado Elman Urbina, tiene la palabra.

DIPUTADO ELMAN URBINA DÍAZ:

Gracias, señor Presidente.

Estaba analizando el artículo 72 en cuanto a la determinación de la tasa de interés y quiero proponer una moción debido a los problemas que han ocurrido en cuanto a los pagos de los préstamos. Está claro en cuanto se dice el planteamiento a la tasa de interés corriente, pero cuando se habla del interés moratorio dice que debe ser igual a la tasa de interés corriente más la cuarta parte. Creo y voy a proponerlo como moción que debe agregarse en ese artículo que al final el monto total adeudado, es decir, ¿cómo lo explico?, que sólo genere intereses el monto principal. Que no se cobren intereses moratorios sobre capital más intereses corrientes y que al final el total adeudado por el cliente no supere el monto principal; porque vemos que hay personas que sacan cinco mil córdobas para sembrar una milpa de maíz y de repente los intereses corrientes más los interés moratorios, se le hacen más de cinco mil córdobas, se le pueden hacer hasta diez mil córdobas, yo he visto casos allá en el Departamento de Chontales de pequeños productores. Por lo tanto, quiero agregar esa moción si es posible.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pase por favor la moción por escrito.

Vamos a continuar viendo el resto de artículos mientras la moción llega.

Observaciones al artículo 73.
No hay observaciones.

Observaciones al artículo 74.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 75.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 76.

No hay observaciones.

A ver diputado, la moción por favor.

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Gracias, Presidente.

Solamente quería sugerirle al colega diputado que está formulando la moción a ese artículo, que se remita si es tan amable al artículo 57 relativo a las prohibiciones, donde se deja claramente establecido en el acápite f) la prohibición expresa de establecer tasas que recaigan de una sola vez sobre el monto total del préstamo, por tanto debe de calcularse sobre saldos deudores y es aplicable no sólo a la IMF, es aplicable a todas las IFIM; y en el acápite g) dice que queda terminantemente prohibido capitalizar intereses al principal, por lo tanto la moción aunque tiene mucha buena voluntad creo que es completamente innecesaria y no procedente, creo que lo ideal sería retirar la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado, la moción por favor.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

La moción al artículo 72 dice lo siguiente:

Al primer párrafo agregar que no debe generar intereses moratorios ni intereses (no se entiende bien) corrientes y al capital y que el total adeudado no sufra el monto del capital.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos a votar la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

01 votos a favor de la moción, 18 presentes, 45 en contra, 3 abstenciones.

Se rechaza la moción presentada.

Pasamos a votar el Capítulo Único del Título VI.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 15 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el Capítulo Único del Título VI con todos sus artículos.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

TÍTULO VII

DISPOSICIONES FINALES

CAPÍTULO ÚNICO

TRANSITORIEDAD Y VIGENCIA

Arto. 77 Obligación de registro.- Las IMF que a la entrada en vigencia de la presente ley cuenten con el patrimonio o capital social mínimo establecido en el artículo 52 de la presente ley, tendrán un plazo de seis (6) meses para registrarse ante la CONAMI, quedando sujetas a la supervisión de dicha entidad. Una vez registradas, el Consejo Directivo de la CONAMI por medio de norma general establecerá los plazos para que las IMF se ajusten a las demás disposiciones de la presente Ley, la cual no podrá exceder de dos años. Arto. 78 Nombramientos.- Los miembros del Consejo Directivo de la CONAMI deberán ser nombrados por el Presidente de la República dentro de los sesenta (60) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley. Arto. 79 Período normativo.- El Consejo Directivo de la CONAMI deberá dictar las normas generales referidas en la presente ley, en un plazo no mayor de doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la misma. Dicho plazo podrá ser prorrogado por un período adicional de doce (12) meses, mediante resolución fundada del Consejo Directivo de la CONAMI. Arto. 80 Presupuesto inicial de Operaciones de la CONAMI.- A partir de la vigencia de la presente ley y la elección del Consejo Directivo de la CONAMI, el Estado deberá asignar a esta institución, vía Presupuesto General de la República, recursos económicos por una sola vez y en un sólo monto, a determinar por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), sobre la base de una propuesta de presupuesto de gastos que le presentará el Consejo Directivo de la CONAMI, por medio de su Presidente Ejecutivo. Esta asignación deberá estar en correspondencia con las capacidades presupuestarias con las que cuente el Estado de la República de Nicaragua para sus operaciones. Arto. 81 Transformación de personas jurídicas sin fines de lucro en sociedades mercantiles.- Las personas jurídicas sin fines de lucro aprobadas por la Asamblea Nacional y que como parte de su función social realizan actividad económica de microfinanzas, que con posterioridad pretendan transformarse en sociedades mercantiles, no podrán hacerlo sin antes proceder a la disolución, liquidación y cancelación de la persona jurídica que les dio origen, de conformidad a lo establecido en la ley que rige a este tipo de entidades sin fines de lucro. Arto. 82 Vigencia.- La presente ley entrará en vigor ciento ochenta (180) días después de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Hasta aquí el Capítulo Único del Título VII.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo Único.

Observaciones al artículo 77.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 78.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 79.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 80.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 81.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 82.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo Único del Título VII.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 15 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo Único del Título VII y con él se aprueba la Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas.

Se suspende la sesión y continuamos según la programación ya aprobada.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.




































CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CELEBRADA EL DÍA VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO 2011 CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA).

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días, vamos a iniciar sesión siendo las diez y seis minutos de la mañana, pidiéndole a nuestro Primer Secretario que nos verifique el quórum.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

RODOLFO JOSÉ ALFARO GARCÍA
LUIS ULISES ALFARO MONCADA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
ALCALÁ BLANDÓN CRUZ
ARMANDO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
VÍCTOR MANUEL DUARTE ARÓSTEGUI
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
CARLOS JOSÉ GADEA AVILÉS
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
EDUARDO JERÓNIMO GÓMEZ LÓPEZ
ALFREDO GÓMEZ URCUYO
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ MIRANDA
RAMÓN ENRIQUE GONZÁLEZ MIRANDA
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
CARLOS JAVIER LANGRAND HERNÁNDEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
RAMÓN ANTONIO MACÍAS LUNA
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JASSER ENRÍQUEZ MARTÍNEZ MONTOYA
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
MIGUEL ÁNGEL MELÉNDEZ TRIMINIO
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
LEOPOLDO NAVARRO BERMÚDEZ
CARLOS WILFREDO NAVARRO MOREIRA
CARLOS ANTONIO NOGUERA PASTORA
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
JOSÉ BERNARD PALLAIS ARANA
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
EDGAR ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER
BROOKLYN RIVERA BRYAN
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
FRANCISCO JOSÉ SACASA URCUYO
JUAN ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
NÁSSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
ELMAN RAMÓN URBINA DÍAZ
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Presidente, están 60 diputados presentes; por tanto hay quórum de ley para iniciar la sesión.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Presidente, en la semana pasada el Parlamento sufrió un duro impacto por la muerte inesperada del diputado Noel Pereira Majano. Noel Pereira Majano, eso fue o será siempre un orgullo de este Parlamento, porque independientemente de sus diferencias ideológicas y políticas con los distintos diputados, fue una persona que siempre supo respetar y tener un trato afable, aun a pesar de momentos difíciles. Debemos recordar del diputado Pereira Majano, sus dotes de orador, su aporte que hacía en el plenario y los aportes que hacía en las comisiones, era un verdadero maestro, nosotros le decíamos maestro y se lo decíamos con todo el cariño y el respeto del mundo.

También fue un ejemplo del trabajo parlamentario, a pesar de su incapacidad física, él nunca fallaba a las sesiones y en las comisiones siempre estaba pendiente de sus aportes. Jurisconsulto de alto valor, especialista en derecho y una faceta que muchos no conocían, el maestro Noel Pereira Majano ejerció en la década de los setenta, 1974, en adelante como periodista y editorialista de varios medios de comunicación de Chinandega.

Ante su muerte, quisiera pedirle a este plenario, primero agradecer en nombre de la Bancada del PLC las muestras de pesar y de condolencia que hicieron por la pérdida irreparable del maestro Pereira Majano; agradecerle a la Junta Directiva, su presencia en pleno en las honras y exequias fúnebres en Chinandega y todas las muestras de solidaridad que hicieron para con su esposa e hijos. Les agradecemos en nombre de la familia doliente, este gesto individual y colectivo de esta Asamblea Nacional, que ha sabido, sabrá y continuará valorando la obra y el trabajo del maestro Pereira Majano. Por ello, además de hacer esta semblanza de mi maestro en esta mañana, quisiera pedirles un minuto de silencio por la muerte del maestro Pereira Majano, pero también un aplauso por su trabajo parlamentario.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Antes de otorgar el minuto de silencio, tiene la palabra el diputado Edwin Castro sobre el mismo tema.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Gracias, señor Presidente.

La Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional, si bien es cierto se hizo presente y rindió homenaje a un colega diputado, pero más que un colega diputado y quiero tomar las palabras de Wilfredo, a un maestro, en esta Asamblea Nacional. A un hombre que supo por encima de las diferencias políticas, trascender en este hemiciclo.

Noel Pereira Majano fue un maestro en derecho, fue un maestro en el Parlamento, fue un maestro como caballero. Este Parlamento realmente sufre la pérdida de alguien que aportó, durante varios años al trabajo parlamentario y que nos demostró que cuando se quiere con tenacidad, con fortaleza, se pueden lograr las cosas por Nicaragua. Por eso, queremos unirnos como bancada parlamentaria a este homenaje a Noel Pereira Majano, al maestro, al amigo, al parlamentario.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Nuestra bancada, Presidente, igualmente hizo acto de presencia, le correspondió al diputado Luis Callejas y a este servidor representar a la Bancada Democrática Nicaragüense en las exequias que se suscitaron en el Departamento de Chinandega.

Conocí al doctor Pereira Majano cuando me inicié en el año 2007 en este Parlamento y puedo decirle, Presidente, que el trato con el maestro Majano, como lo llama el PLC, siempre fue afable, siempre tenía una palabra sabia, llena de mucho contenido jurídico cuando habían temas jurídicos que se estaban debatiendo en la Asamblea, siempre acudí a él en momentos que ignoraba el alcance de una determinada ley. En mi Departamento se hablaba del doctor Pereira Majano como uno de los grandes penalistas de este país; creo que el paso del doctor Pereira Majano debería también servirnos a todos los diputados para que le demos honra a este Poder del Estado, porque ciertamente podemos tener nuestras diferencias, pero uno debe de ser firme en sus convicciones, debe privar siempre el respeto y jamás claudicar en lo que uno cree que es correcto.

Hoy Presidente, como miembro de la Bancada Democrática Nicaragüense, me uno a la familia del doctor Pereira Majano, al pueblo chinandegano y a los nicaragüenses que estamos conscientes que hemos perdido un hombre de bien. Esperemos que su legado sea recogido por los próximos diputados que van a honrar esta Asamblea Nacional.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Nos ponemos de pie para dar un minuto de silencio en memoria del doctor Noel Pereira Majano.

UN MINUTO DE SILENCIO.

Muchas gracias.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Remitimos a los honorables diputados al Adendum 3, Punto III Punto 3.39: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NÚMERO 4862-NI SUSCRITO EL 8 DE MARZO DEL AÑO 2011 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA REPRESENTADO POR EL EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE NICARAGUA EN WASHINGTON Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA)DEL BANCO MUNDIAL. Le pedimos al Presidente de la Comisión de Producción, que proceda a leernos el Dictamen para proceder a su discusión y posterior aprobación.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Managua, 9 de Junio del año 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos de parte de la Primer Secretaría, el día 7 de junio del año en curso para su respectivo dictamen, el Convenio de financiamiento No. 4862-NI, firmado el ocho de marzo del año dos mil once, por la República de Nicaragua representada por el Embajador extraordinario y Plenipotenciario de Nicaragua en Washington y la International Development Association (IDA) del Banco Mundial (BM) para financiar el “Proyecto de Protección Social”, por un monto en DEG´s 12,800,000.00 (Doce millones ochocientos mil Derechos Especiales de Giros), equivalente aproximadamente a US$19,500,000.00 (Diecinueve millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América).

I INFORME DEL CONVENIO.

1) Aspectos Generales.

El contrato de financiamiento No. 4862-NI se firmó el 08 de marzo del año 2011, entre el Gobierno de Nicaragua y la International Development Association (IDA) del Banco Mundial (BM). En nombre y representación de la República de Nicaragua, lo suscribió el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Washington. Este convenio fue presentado por el Poder Ejecutivo ante la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional el 09 de mayo del año 2011.

El convenio de financiamiento será ejecutado por el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN), con un periodo de ejecución prevista hasta el 31 de marzo 2015 inclusive.

2) Objeto General y Específico

2.1 Objetivo General: Promover el uso y referir a las familias a los programas y servicios existentes a nivel local y apoyar a las familias en extrema pobreza en el mejoramiento de sus condiciones de vida y bienestar para un continuo desarrollo individual y familiar.

2.2 Objetivos Específicos:

3) Componentes.

El proyecto lo integran tres (3) componentes:

3.1 Mejora de las condiciones básicas del bienestar social de las familias en extrema pobreza, mediante el apoyo a la aplicación gradual del modelo de atención integral familiar y comunitaria para el bienestar social.

3.2 Fortalecimiento de las capacidades institucionales del Ministerio de la Familia (MIFAN).

3.3 Apoyo al Sistema integrado de alimentación Escolar del Programa.

4) Costo, Financiamiento y Grado de Concesionalidad del Préstamo.

4.1 Monto del Préstamo: GEG´s a 12,800,000.00 (Doce millones ochocientos mil Derechos Especiales de Giros), equivalente aproximadamente a US$19,500,000.00 (Diecinueve millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), los que financiarán los componentes y sub componentes del proyecto, que se detallan a continuación:
Financiamiento por Componente
(Millones de Dólares)
Componentes y Subcomponentes
Monto
Componente 1
11.3
Talleres Educativos Comunitarios 0.3
Consejería Familiar 0.5
Subvenciones a familias 10.5
Componente 2
3.7
Fortal de la capacidad operativa y administrativa de MIFAN 1.1
Des. e Implem. de un sistema de gestión de la información 0.4
Gestión de proyectos y evaluación 2.2
Componente 3 (alimentación escolar)
4.5
TOTAL
19.5

4.2 Financiamiento

El financiamiento de los DEG´s 12,800,000.00 (Doce millones ochocientos mil Derechos Especiales de Giros), equivalente aproximadamente a US$19,500,000.00 (Diecinueve millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), ha sido contratada a cuarenta (40) años de plazo, incluyendo diez (10) años de gracia, con una tasa de interés del 0.0%, con un cargo por compromiso (1/2 del 1%) sobre el saldo no retirado, cargo por servicio (3/4 del 1%) y tasa de amortización del capital 1% (de 0 a 20 año) y 2% (de 20 a 40 años); el préstamo será amortizado mediante sesenta (60) cuotas semestrales consecutivas, pagaderas el 15 de febrero y el 15 de agosto de cada año.

Concesionalidad: Este convenio de préstamo está acorde con los lineamientos de las políticas de endeudamiento público del año 2011, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 133 del 14 de Julio del 2010, al contar con una concesionalidad del 63.04%, superior al mínimo establecido que es del 35%. Asimismo, cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley No. 477 “Ley General de Deuda Pública”.

Una vez ratificado este convenio, será incluido en una futura reforma presupuestaria, ya que actualmente no se encuentra incorporado como tal en el Presupuesto General de la República 2011.

II CONSULTAS.

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, una vez recibido el convenio de financiamiento, envió consulta por la vía escrita a la Licenciada Marcia Ramírez, Ministra de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN), el día 18 de mayo del año en curso, para que nos trasmitiera su opinión técnica y los parámetros utilizados para seleccionar los municipios y población a beneficiar con este proyecto. Asimismo para que explicara las expectativas del GRUN con este proyecto y los alcances esperados.
III CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

Los Integrantes de la Comisión de Producción, Economía, y Presupuesto, después de haber estudiado este convenio de préstamo, consideramos necesario la aprobación del mismo, ya que con este financiamiento el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN) armonizará todos sus programas con el nuevo modelo de atención integral familiar y comunitario para el bienestar social, con el que se logrará que las familias tengan acceso a los servicios sociales y a manifestar la mejora de estos servicios; continuar promoviendo bienestar y equidad mediante la ampliación de las redes de salud, los servicios de educación y los programas sociales encauzados a incrementar las oportunidades para los más pobres con un enfoque multisectorial, coordinado, respondiendo a las necesidades de los individuos y familias extremadamente pobres en todo su ciclo de vida; atención especial a la familia y la comunidad y la colaboración con otros ministerios para facilitar el acceso de las familias a los servicios complementarios.

Los estudios del proyecto fueron basado en datos del censo 2005, focalizando las variables siguientes: índices de pobreza, comunidades de alto riesgo, presencia de niños, niñas y adolescente en situación de riesgo, mayor deserción escolar, familias con niños que no asisten a la escuela y/o trabajan y presencia de los servicios de MIFAN, MINSA y MINED; por lo que el proyecto “Protección Social” beneficiará a 20,000 familias en extrema pobreza con niños menores de 13 años, en 26 municipios de 6 departamentos del país detallados a continuación.

(Aquí, solicito a los honorables diputados que prestemos especial atención porque se destaca particularmente los municipios que ustedes atienden y que este proyecto también pretende atender).

DEPARTAMENTOSMunicipios, % de hogares en Extrema Pobreza y % de hogares con niños que no asisten a primaria
MatagalpaTuma la Dalia (62.7%) y (26.5%),
Matiguás (59.2%) y (28.0%).
Río Blanco (57.7%) y (21.7%)
Matagalpa (37.1%) y (11.0%)
Ciudad Darío (31.2%) y (8.3%)
Sébaco (29.4%) y (9.2%)
JinotegaWiwilí (74.5%) y (21.0%),
El Cuá (65.9%) y (29.9%)
Santa María de Pantasma (65.3%) y (22.6%)
San Sebastián de Yalí, (51.3%) y (18.1%),
San Rafael del Norte (47.6%) y (15.1%),
Jinotega (45.7%) y (16.3%)
LeónLeón (19.5%) y (5.6%)
ChinandegaEl Viejo (44.7%) y (11.2%)
El Realejo (40.3%) y (10.0%)
Chinandega (29.4%) y (7.6%)
Chichigalpa (26.5%) y (6.7%)
Corinto (19.8%) y (3.9%)
MadrizSan Juan de Río Coco, (55.0%) y (19.4%)
Totogalpa (53.7%) y (16.3%)
Telpaneca (53.1%) y (19.4%)
San Lucas (52.3%) y (15.9%)
Somoto (30.1%) y (8.9%)
Yalagüina (29.4%) y (12.1%)
Palacagüina (24.8%) y (7.4%)
EstelíEstelí (24.0%) y (7.1%)

Fuente: En base al CENSO 2005

Estos son los municipios donde están focalizados los esfuerzos, no obstante este proyecto tiene cobertura a nivel nacional y pretenderá impactar en otros municipios en base a las propias disponibilidades presupuestarias con que cuente dicho proyecto.

La Comisión está consciente que las familias deben lograr y mantener un conjunto de condiciones básicas de bienestar social tales como: registrar los niños al nacer y contar con un certificado de nacimiento; recibir sus controles regulares de salud y nutrición; recibir sus vacunas correspondiente con la edad; que los niños en edad escolar (primaria) asistan regularmente a la escuela; los adultos principalmente los padres tenga acceso a la información para apoyar el desarrollo y el crecimiento de sus hijos, las familias deben estar informadas acerca de los programas sociales existentes en cada una de sus localidades, ejemplos: los de nutrición, desarrollo infantil, alfabetización de adultos, apoyo al trabajo entre otros, así mismo deben estar informadas acerca de los recursos de la comunidad a la que pertenecen.

El programa proyecto consta de tres componentes, en donde se diseñó una estrategia más integrada centrada en mejorar el bienestar de las familias extremadamente pobres, un objetivo central es lograr que todos los niños/as asistan regularmente y completen la escuela primaria hasta grado seis, así mismo el programa de alimentación escolar integral desempeña una función trascendental al apoyar estos objetivos, haciendo uso de profesionales tales como: asistentes sociales, profesores u otro personal especializado para proporcionar la orientación personalizada de manera conjunta con las familias.

El componente uno contiene tres sub-componentes, que incluyen una combinación de talleres educativos comunitarios, consejería familiar y becas familiares: Los talleres educativos comunitarios cumplen doble función la de promover la formación del capital humano dentro de la familia y la prevención de conductas de riesgo, así como velar porque las familias conozcan de todos los servicios sociales que están disponibles en su comunidad y sepan como acceder a ellos, la implementación de los talleres requiere un enfoque integrado de todos los ministerios e instituciones a nivel local, MIFAN será responsable de organizar y coordinar los talleres, proveer el material educativo y monitorear la asistencia a cada taller, mientras que el ministerio o institución relacionada con el tema será responsable de dirigir los talleres en sus correspondientes.

Consejería Familiar, es proporcionar atención especializada a las familias que tienen uno o más hijos que no van a la escuela y/o trabajan; las trabajadoras sociales trabajarán en estrecha colaboración con esas familias en el desarrollo e implementación de un plan de mejoramiento familiar ajustados a sus características, el cual debe incluir actividades y tareas que garanticen el retorno de los niños.

Becas familiares, consiste en entregar becas a todas las familias con hijos menores de 13 años de edad, condicionada a la asistencia regular de los padres a los talleres educativos comunitarios, el costo de la beca será de US$20.00 al mes, estas becas se suspenderán por las razones siguientes: los niños de 0 a 6 años que no asistan regularmente a los controles de salud y/o los niños en edad de educación primaria que no asistan regularmente a la escuela; las familias que no participan en las sesiones de consejería familiar o las que no cumplen de forma reiterada con los compromisos contraídos en el plan de mejoramiento familiar.

Por otra parte el componente dos, tiene como objetivo el fortalecimiento de la gestión eficiente y eficaz del modelo de atención integral familiar y comunitario para el bienestar social, a través del fortalecimiento de las capacidades operativas y administrativas del Ministerio de la Familia, el cual consiste en un mapeo de los programas sociales existentes en cada una de las localidades focalizadas, lo que incluye realizar un balance de todos los servicios sociales existentes a nivel local y realizar una evaluación rápida de la calidad de estos servicios, en donde además se diseñará e implementará un sistema para mejorar la información disponible sobre los beneficiarios de los programas sociales del MIFAN; para esto se requiere un registro único de beneficiarios a fin de mejorar la gestión eficiente y eficaz de los diversos programas, el que se diseñará de tal manera que puedan ser utilizados por otros ministerios del sector social con el fin de facilitar la coordinación necesaria en particular con los Ministerios de Salud y el Ministerio de Educación.

Así mismo el componente tres, apoyará la provisión de almuerzos escolares en las localidades seleccionadas y en otras adicionales, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar (PINE), que es un programa amplio de política nacional de seguridad alimentaria y nutricional enfocado hacia la niñez nicaragüense; este componente financiará el almuerzo y los gastos administrativos del programa, incluyendo el transporte de esta alimentación y la distribución de la comida a las escuelas; se entregará almuerzos escolares a los niños en preescolar y primaria, un niño, por día; con la bebida nutricional Incapirina, quien fue presentada por el Instituto Nutricional de Centro América y Panamá (INCAP), hace más de 30 años y tiene su historia en América Central principalmente en Guatemala. Esta bebida se compone de mezcla de soja, maní, sésamo; bebida rica en proteínas la cual no requiere refrigeración ni el trabajo de los maestros o padres para la preparación de los alimentos.

La Comisión desea manifestar el papel importante desempeñado por el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN), al reconocer y dar respuesta a las necesidades básicas de bienestar social de las familias extremadamente pobres; integrándolos a talleres dirigidos a promover la formación del capital humano dentro de la familia; evitando conductas de riesgo, a mejorar el conocimiento de los padres y el uso de los servicios así mismo el prestar aplicación personalizada a las familias con niños que no asisten a clase o trabajen, es una señal que los padres están teniendo dificultades para cumplir adecuadamente con sus roles parentales, por lo tanto estos casos requieren de una intervención de asesoría a las familias.

Finalmente, los miembros de la Comisión queremos destacar los esfuerzos que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN) está realizando de manera sostenida en el combate a la pobreza, principalmente la pobreza extrema en los sectores vulnerables de la población nicaragüense. Es importante destacar que la Asamblea Nacional en el 2011, ha aprobado importantes préstamos concesionales que serán ejecutados por el GRUN y que están directa o indirectamente relacionados con la mejora de los niveles de vida de la población pobre y vulnerable, principalmente la niñez. Entre estos préstamos podemos destacar los siguientes:

 Préstamo del Banco Mundial No. 48300/BL/NIC y Donación No. H6220-NI por US 21.0 millones para el Programa de Mejora de la Salud Familiar y Comunitaria en los servicios de salud, cuyo objetivo general es “Mejorar el acceso y calidad de los servicios preventivos y promoción de la salud y nutrición entre las poblaciones pobres y vulnerables”.  Préstamo del BID No. 2468/BL-NI por la suma de US$12.5 para el programa de atención integral a la niñez (PAININ) y cuyo objetivo general es “contribuir al desarrollo integral de los niños menores de 6 años en condiciones de pobreza extrema”.  Préstamo del BCIE No. 2012, para el Proyecto de apoyo para la inserción de los pequeños productores en las cadenas de valor y acceso a mercado, que permita a los pequeños productores rurales acceso a mejores mercados y precios que les garantice mejores ingresos y por ende mejoras en su nivel de vida.

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado el objetivo y condiciones generales de este decreto de aprobación del Convenio de Financiamiento No. 4862-NI, con fundamento en el artículo 138 de la Constitución Política, inciso 1, artículos 100 y 102 de la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua emitimos Dictamen Favorable, solicitando al honorable Plenario nos apoye en su aprobación.
Se adjuntan las firmas de los miembros de la Comisión.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

José Figueroa Aguilar René Núñez Téllez
Vicepresidente Integrante

Wilfredo Navarro Moreira Oscar Moncada Reyes
Integrante Integrante

Adolfo Martínez Cole Francisco Aguirre Sacasa
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Douglas Alemán Benavídez
Integrante Integrante

Ramiro Silva Gutiérrez Guillermo Osorno
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Todos ellos integrantes

Hasta aquí el Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado Wálmaro Gutiérrez.

Pasamos entonces a la discusión del Dictamen en lo general.

Diputada Irma Dávila Lazo, tiene la palabra.

DIPUTADA IRMA DÁVILA LAZO:

Gracias, compañero Presidente.

Pienso que es importante reconocer el esfuerzo que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional está realizando en el combate a la pobreza y sobre todo para las familias extremadamente pobres con niños y niñas en las comunidades de alto riesgo social.

La aprobación de este convenio es trascendental por sus componentes que son integrales y por eso es que la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto lo respaldamos unánimemente. Porque con este convenio se están beneficiando veinte mil familias de esos Departamentos con mayor índice de pobreza, donde está el norte de nuestro país, León y Chinandega, y por todo son veintiséis municipios. Este convenio va a permitir tocar temas tan sensibles como es el mejoramiento de las condiciones de vida de los niños y niñas menores de trece años a través del suministro de esa merienda escolar que se ha venido dando en las escuelas, y que ha permitido mejorar la calidad de la niñez integrante de esas familias.

Además, tendrán una ampliación de los servicios de salud y también de educación. De forma tal que eso evite la deserción escolar para que los niños asistan a las escuelas y puedan concluir su sexto grado. También es importante que en este convenio se va a trabajar lo que es la consejería familiar en la atención especializada a esas familias, las becas que van a permitir formar a esos niños y evitar esas conductas de riesgo, igual que los talleres educativos comunitarios.

El hecho de que se esté sometiendo a la ratificación este convenio, significa de que la República de Nicaragua con el IDA, en esta relación de colaboración internacional demuestra la total confianza que hay en nuestro gobierno y en nuestro país para celebrar este tipo de convenio con estos créditos concesionales. Por lo tanto, la Bancada del Frente Sandinista respalda con todo el corazón este proyecto tan sensible y esperamos el respaldo de todos los diputados y diputadas de este Parlamento nacional.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

Hay anotados ocho compañeros más. Cerramos la lista con el diputado Nery Nelson Sánchez.

Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, Presidente. Buenos días.

Leyendo un poco el Dictamen de la comisión, y si hacemos remembranzas de estos programas en los gobiernos anteriores, recuerdo que en Ciudad Darío, en La Dalia y en Terrabona, se implementó un programa de esta magnitud. Pero me sorprende que quienes acordaron firmar este préstamo, porque no es una donación, no es un regalo, el pueblo de Nicaragua tiene que pagar este préstamo, repito, quienes firmaron este convenio, se les olvidó que en el Departamento de Matagalpa hay municipios más pobres inclusive de lo que están insertos. Hablamos de Terrabona, un municipio extremadamente pobre, eso sin detrimento de lo que se tomó en cuenta con los demás municipios; pero creo que falta información, porque deberían de ser incluidos esos municipios.

En otro orden, me parece importante porque se van a beneficiar a más de veinte mil familias; pero ojalá el gobierno del señor Daniel Ortega, no manipule los recursos para hacerse campaña. Porque en esta Asamblea Nacional hemos aprobado cantidades de recursos para programas sociales, sin embargo a la hora de la distribución y la entrega, la bandera que usa el Gobierno es que es Ortega el que los está entregando. No es así, señores, estos son préstamos que el pueblo de Nicaragua tiene que pagar. En consecuencia Ortega no le está dando un centavo a ningún nicaragüense.

Nosotros respaldamos todos esos programas sociales como es, el Programa de “Hambre Cero”, “Usura Cero”, el “Bono Productivo”, pero nos damos cuenta que en el territorio lo que Ortega pretende es clientela política y además, excluyente, porque aquellos nicaragüenses que no comparten con él los excluyen de los programas y en esta Asamblea Nacional, aprobamos estos préstamos para que se los den a los que necesitan esos recursos, a los nicaragüenses más pobres indistintamente si son sandinistas, si son liberales o no lo son, por tanto, Presidente, creo que es importante que el gobierno central entienda que es una obligación la que tiene el señor Daniel Ortega de implementar esos programas, pero no para ganar clientela política. Así que, como siempre voy a espaldar con mi voto, para que se apruebe este préstamo, porque no es un regalo, y los nicaragüenses finalmente tenemos que pagar con nuestros impuestos.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.

Diputado José Ramón Villagra, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ RAMÓN VILLAGRA:

Gracias, señor Presidente.

Creo que el día de hoy vamos a aprobar un convenio de préstamo, que realmente va a venir a beneficiar a como se establece en el Dictamen a veinte mil familias nicaragüenses, ubicadas en territorios de extrema pobreza de nuestros Departamentos y por ende, el Departamento de Jinotega lógicamente está siendo beneficiado con los municipios de Jinotega, San Rafael del Norte, Yalí, Pantasma, El Cuá y Wiwilí.

Considero que este tipo de convenios de préstamos, vienen a ayudar a combatir la pobreza y extrema pobreza que existen en estas comunidades, pero además de eso yo creo que es importante señalar que aquí queda demostrada la confiabilidad de los organismos internacionales financieros hacia este gobierno. Y si hay confianza de los organismos hacia este gobierno es porque las cosas se están haciendo bien y van por buen camino.

Quiero decirle a mi colega Maximino que se le olvidó decir de que éste es un préstamo que tiene una concesionalidad del 63.04%, prácticamente casi es un regalo para el pueblo de Nicaragua de estos organismos financieros y lo que vamos a pagar es poco de este préstamo, pero se van a beneficiar a miles de familias; lo que pasa es que a veces no tenemos ojos para ver ni oídos para escuchar las cosas bien y decirlas claras al pueblo de Nicaragua.

Aquí hay una confianza clara y demostrada de los organismos internacionales, y creo que las familias de estas comunidades, cuando les llegue este beneficio van a sentirse alegres, estos padres de familias, estos niños que ingresen a las escuelas y les lleven sus almuerzos, porque sus padres en estas comunidades de extrema pobreza no tienen el sustento diario para enviarlos a la escuela, no tienen para darles la alimentación necesaria, y en este convenio de préstamo se establecen los programas necesarios a través del Ministerio de la Familia, y tengan plena seguridad los nicaragüenses que no se hará ningún tipo de campaña alrededor de estos préstamos concesionales que se están dando al pueblo de Nicaragua, porque sabemos que este gobierno trabaja arduamente para combatir la pobreza en nuestro país.

Así que, me sumo y también la Bancada del Frente Sandinista, a la aprobación de este convenio de préstamo tan importante en estos momentos que tanto lo necesitamos para el pueblo de Nicaragua.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputada Xochilt Ocampo Rocha, tiene la palabra.

DIPUTADA XOCHILT OCAMPO ROCHA:

Muchas gracias, compañero Presidente; buenos días.

Quiero referirme a la aprobación de este Decreto de Convenio de Préstamo, porque nuevamente reivindica que los niños y las niñas son los mimados de la revolución. Y esto no es un discurso de campaña, esto es en la práctica, ésta es la realidad.

Cuando nuestro Presidente, el comandante Daniel Ortega asumió la presidencia el diez de enero del 2007, el primero de los derechos restituidos para este pueblo, sobre todo para los infantes, fue el derecho a la educación gratuita, lo primero que hizo fue desprivatizar la educación, tal vez el diputado Maximino, a quien escuchaba criticar, no recuerda muy bien sus tiempos de estudio pero yo sí los recuerdo muy bien, porque recientemente asariaban a los niños en las escuelas si no pagaban la mensualidad, era un negocio la educación y con este gobierno se ha logrado restituir el derecho a la educación gratuita. Además de éso, el Gobierno ha logrado regresarle el derecho a los niños a la merienda escolar, no sólo el vaso de leche que le negó un diputado por aquí a los niños, sino la merienda escolar que es más complementaria, porque es un tema nutricional, ya no es únicamente el vaso de leche, sino que es un tema complementario. Los niños no pueden ir a la escuela con hambre.

También quiero referirme al recién pasado 12 de junio, ya que a nivel internacional es una fecha en la que se lucha por erradicar el trabajo infantil y evidentemente este Convenio de Préstamo va en la dirección de luchar contra el trabajo infantil, porque va a beneficiar a niños menores de doce años en estos Departamentos que se mencionan en el Dictamen, son más de seis Departamentos de nuestro país en donde los niños van a poder ir a la escuela, no tienen que trabajar, dado que las familias van a recibir un bono que garantiza el Gobierno para que estos niños vayan a la escuela y además lleven su estómago lleno, que puedan comer para que tengan un mejor desarrollo intelectual.

Para finalizar, quiero pedirle a los diputados y diputadas que respaldemos este préstamo de doce millones ochocientos mil derechos especiales de giros, tradúzcase en más de diecinueve millones de dólares, porque con esto el Gobierno continúa en la lucha por la igualdad de la sociedad, además la reivindicación de los derechos de las familias, fortalecer la familia como núcleo fundamental de la sociedad, y garantizarle que la economía va creciendo, pero no solo éso, lo importante es que la pobreza vaya disminuyendo.

Así que quiero felicitar este Convenio de Préstamo que está firmando el Gobierno y que nosotros vamos a ratificar, y no es campaña, simple y sencillamente es lo que este Gobierno está haciendo, porque es el único que vela por los pobres de este país y no como los gobiernos anteriores que se dedicaron solamente a robar el dinero del pueblo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.
Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Hay un adagio que dice, que a veces la mejor respuesta es el silencio, sobre todo cuando no se tiene fundamento cuando se habla.

Nuestra bancada Presidente, comprende que este préstamo va a solventar las necesidades sobre todo de los nicaragüenses en extrema pobreza, y no es ajeno que la pobreza extrema se ensaña principalmente en las áreas rurales. Compartimos con los gobiernos anteriores, y con los gobiernos que vendrán que es una responsabilidad de todos los nicaragüenses hacerle frente a este préstamo, es cierto que no tiene interés, es cierto que se paga a cuarenta años, pero vamos a tener que disponer del Presupuesto de la República, algunos años el uno por ciento, otros años el dos por ciento, es decir, todos los nicaragüenses estamos asumiendo compromisos.

Para nosotros Presidente, no hay senda al desarrollo si no se pasa por la educación. Este préstamo que ha sido presentado la mañana de hoy por la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, y firmado no sólo por los de la Bancada del Frente Sandinista, sino que las otras bancadas también lo firmaron, quiere decir que hay un compromiso de los partidos políticos, a que lleguen las transferencias a esas familias más pobres, celebramos el hecho de que se focalice esta ayuda y que no únicamente sea el asistencialismo con carácter electorero el que prive en los municipios de nuestro país. En el caso de León, están seleccionando municipios que la pobreza extrema está mayor al 19% y también nos hablan de lugares donde nuestros niños, alrededor de un 6% de ellos, no atienden la escuela primaria.

Colegas diputados, dejémonos de retórica barata, aquí la única forma de lograr que nuestros chavalos tengan completo el sexto grado de primaria, es asumiendo que en el Presupuesto de la República destinemos más del 7% y eso debería de ser una lucha de todos y no estar ahora levantando la voz por este préstamo de 19.5 millones de dólares. Verdaderamente si queremos que Nicaragua salga adelante, empecemos porque las ayudas vayan a todos los nicaragüenses, es cierto diputados, que en nuestros Departamentos hay exclusión por motivos partidarios, no vengamos a engañar aquí a decirle a la gente que no te hacen preguntas, nosotros sabemos que sí lo hacen, los CPC te piden cartas y te piden avales. Sin embargo, el respaldo de nuestra bancada a estos programas, a estos proyectos, y a los proyectos que vengan siempre y cuando sean dirigidos a los nicaragüenses más pobres y el contenido sea en el tema de educación para salir de la pobreza extrema y para desarrollarlos van a contar con nuestro voto favorable. Presidente, nuestra Bancada Democrática Nicaragüense en esta mañana, está dando su voto favorable en el entendido que estos programas y que estos proyectos van dirigidos a todos los nicaragüenses especialmente a los más pobres.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.

Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Definitivamente los programas a la niñez nicaragüense y sobre todo con un objetivo que es alcanzar el sexto grado universal, respaldando a los más pobres de este país, a los empobrecidos por políticas económicas que no han resuelto en Nicaragua ni en América Latina, debe ser una tarea de nación. Debe ser una tarea como bien decía Carlos Langrand, que nos debe unir. Los niños no tienen filiación partidaria que yo sepa, los niños no tienen militancia política que yo sepa, los niños tienen hambre y hambre de saber y eso es responsabilidad de los que tenemos filiación política, en donde todos debemos trabajar por ellos. Creo que esta es una oportunidad de abstraerse de la retórica política electoral, que pareciera que ya está tomando este Parlamento en este inicio de campaña electoral, superemos en este préstamo, en este programa esa retórica electoral.

El trabajar por la merienda escolar de más de veinte mil familias en Nicaragua en los municipios más pobres del país no debe contar con ningún voto desfavorable ni ningún objeción politiquera, porque son los niños los que nos lo están pidiendo, así como cuando cedimos nuestros escaños el Día del Niño, y alegremente los dejamos sesionar en nuestros escaños, hoy nos piden que concretemos esa acción, sin ver que réditos políticos electoreros voy a sacar o que críticas hago para salir más avanzado que todos, aquí son los niños más pobres los que nos piden unidad de criterio y unidad de acción, aquí debemos trabajar precisamente para lograr que Nicaragua mantenga el más alto índice centroamericano de sostenibilidad escolar, pero éso sólo lo podemos lograr si respaldamos precisamente la inversión en la merienda escolar, si respaldamos no un 7% del Presupuesto para la inversión escolar, ya está demostrado en este país, que es una educación mixta, privada y estatal, es más que ese pretendido 7%. Y lo que es más importante, es una educación integradora, donde está la familia trabajando, donde están los talleres educativos en este mismo préstamo, integrando con un enfoque incorporador y no un enfoque sectario a las familias de todos estos niños para garantizarles su atención, su participación en las escuelas rurales, en las escuelas más pobres de este país.

Por eso, queridos colegas diputados, les pedimos que no usemos a nuestros niños ni sus necesidades con cálculos políticos electoreros y votemos unánimemente esta solicitud de un préstamo concesional que nos va a sentar las bases para un sexto grado universal en Nicaragua.

Muchísimas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Anteriormente habíamos anunciado que el diputado Nery Nelson Sánchez era el último orador, pero por razones que desconozco, el sistema electrónico no lo tiene anunciado y el diputado Freddy Torres Montes se anotó posteriormente por lo que él será el último orador.

Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Gracias, Presidente.

Por la gestión de un gobierno y los resultados de la misma se valora hacia donde se dirige su política. En este caso, estamos viendo obviamente que el gobierno del comandante Daniel Ortega, está dirigido a enfrentar y resolver los problemas de la pobreza de nuestro pueblo, por lo tanto este esfuerzo que hoy vamos a aprobar de un acuerdo que permite obtener recursos para determinar políticas dirigidas a los sectores más pobres de nuestro país, pues, determinan ese interés y esa preocupación.

La restitución del derecho a la familia, en este caso de darle facilidades para poder optar a una mejor alimentación y preparación para la educación, también implica un deber de la familia. O sea, que aquí queda establecido claramente que la obligación del Estado de garantizar esas condiciones, implica la responsabilidad de la familia de garantizar la ejecución tal y como se establece en el convenio. Si analizamos vemos claramente que en el documento se refleja la obligatoriedad de la familia de garantizar la presencia no solamente en las actividades de preparación y conocimiento a través de la capacitación, sino garantizar la presencia de los niños y niñas en la escuela.

Normalmente se dice y se habla, -y eso quiero dejarlo sentado como educador-, de ir corrigiéndolo, porque en educación no existe deserción, ya que la deserción es un delito que la cometen los militares, lo que existe en el sistema educativo, es el retiro obligado de la escuela por razones de cambio de domicilio, por razones económicas o por razones que van más allá de la decisión del niño o de la niña de mantenerse o no en la escuela. Por lo tanto, cuando hablamos de deserción escolar estamos culpabilizando a los niños y niñas que están obligados por alguna razón a abandonar la escuela y lo que aquí se plantea con este proyecto es minimizar esas razones que obligan al niño y a la niña a retirarse de la escuela y darle la responsabilidad a la familia de garantizar la presencia en esa escuela.

Segundo, cuando se habla de política educativa, hay algunos que la parcializan y en este caso se está viendo con este programa, la política educativa integral del gobierno. Nosotros no podemos estar hablando de una batalla por el sexto grado, sin considerar la educación temprana o inicial que le llamamos de preescolar. O sea, que aquí viene a determinarse la base de lo que va a ser toda la estructura educativa para arriba; en primer lugar garantizando la nutrición, si no tenemos niños y niñas bien nutridos, bien alimentados, obviamente se dificulta el problema del aprendizaje, por lo tanto aquí se crea una base que es fundamental, que el niño y la niña llegue con una buena alimentación.

Tercero, es darle a las familias el componente educativo para que pueda apoyar desde la casa a la escuela en la preparación académica de los niños y niñas y obviamente se permite con esto una atención integral a los problemas y dificultades a través de las consejerías para poder orientar a las familias nicaragüenses en aquellos problemas que puedan enfrentar los niños y niñas durante su desarrollo educativo.

Por lo tanto, nos parece y solamente recuerdo y les digo a todos los diputados que me escuchan y a los periodistas, ¿quién no recuerda a su maestra de primer grado?, ¿por qué?, porque es la primera relación que se tiene con la escuela, el primer grado, pero en este caso, con este programa, se están creando las condiciones para que podamos tener a través del preescolar, esa base que fortalezca la educación y el desarrollo educativo. De manera que les solicito a todos y todas las diputadas que respaldemos unánimemente este préstamo para que obviamente podamos desarrollar una mejor educación para nuestro país.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Juan Ramón Jiménez, tiene la palabra.

DIPUTADO JUAN RAMÓN JIMÉNEZ:

Gracias, señor Presidente.

“Por el bien común”, creo que es una expresión muy bonita, “por el bien común”, “por el bien común”. Creo que este proyecto tiene que ver precisamente con eso, la esencia del bien común; y cuando decimos que hay variables como índice de pobreza, como comunidad en alto riesgo, niños y niñas adolescentes en situación de riesgo y cuando está focalizado un programa a estas comunidades de las partes más pobres del Norte y Occidente de nuestro país, creo que el gobierno está pensando por el bien común y no por el bien partidario, sino por el bien de cada uno de los nicaragüenses que habitan estos territorios.

También quiero decirles que no es un poquito de beneficiados, son veinte mil familias, donde la prioridad son los niños y niñas y como decía uno de los compañeros que me antecedió, no es el sentido del discurso partidario, es el sentido del bien común y creo efectivamente, que hoy cada uno de los diputados que estamos en este hemiciclo no vamos a abstenernos, todos estaremos presentes votando por este proyecto que beneficiará a nuestra niñez, no de forma focalizada, sino que de una manera integral este proyecto será para estas comunidades, tanto del Norte, como el Centro Norte y Occidente del país. Entonces, creo que todos con ese correcto sentido de buenos ciudadanos, de buenos representantes del pueblo, vamos a votar en esta mañana por el bien común.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Nery Nelson Sánchez, tiene la palabra.

DIPUTADO NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO:

Gracias, Presidente.

Creo que en mi Departamento que consta de nueve municipios, de ellos son favorecidos siete. Pienso que es muy importante que el pueblo de Nicaragua conozca lo que nuestro Gobierno de Reconciliación Nacional está llevando a cabo con diferentes programas hacia la niñez del Norte de nuestro país. Muchos nicaragüenses y muchos hermanos diputados también conocen la extrema pobreza de diferentes municipios de nuestro Departamento y considero que estos tres elementos importantes que lleva este programa, vienen a ayudar más a nuestra población campesina y aun cuando entre estas veinte mil familias de todo el Norte del país no salga un municipio como San José de Cusmapa, que es uno de los municipios más pobres de este país, creo que también va a ser cobijado con estos programas y con este convenio de financiamiento que ha hecho nuestro Gobierno. Por lo tanto, queremos decirles a todos los hermanos diputados, que en verdad para nosotros en el Norte del país, es una alegría que se llegue a fortalecer lo que es la salud integral que necesita nuestra población campesina, porque cuando vamos a esas comunidades vemos a familias con muchas dificultades a niños con problemas de salud y estimo que eso les va a venir a ayudar mucho. Así mismo el programa alimenticio para los niños de estas comunidades beneficiadas.

De manera que les pedimos a todos nuestros colegas diputados que aprobemos de inmediato este convenio de financiamiento para que nuestros niños en este lapso de tiempo puedan salir adelante con lo que mencionaban también otros diputados que me antecedieron. Creo que esto fortalecerá más a nuestra niñez, tanto en educación, como en la salud y en el tema alimentario en todo el territorio del Norte de nuestro país.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Cerramos la discusión con el diputado Freddy Torres Montes, quien tiene la palabra.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Muchas gracias, Presidente.

Me agrado muchísimo escuchar al diputado Edwin Castro, cuando dice que los niños no tienen ideología política. En tal caso yo pregunto, qué sentido tenía la Asociación de Niños Sandinistas, con pañuelos rojo y negro. Entonces yo pregunto, qué sentido tienen las escuelas de Matagalpa pintadas de color chicha y con vallas inundadas con propaganda del gobierno de Daniel Ortega. Es que aquí es bonito venir a decir que somos patriotas, que somos nicaragüenses, que los niños son una belleza, pero pongámoslo en práctica, no es solamente venir a figurar aquí y decir, que los niños no tienen ideología política, convirtámoslo en realidad, no volvamos a llevar niños a esas marchas, que los llevan ahí a ser parte de un proyecto político.

Felicito al Banco Mundial, y como nicaragüense debo agradecer el apoyo que tenemos de esas instituciones financieras para temas como éste, que vienen a palear la pobreza en esa zona, que vienen ayudar a nuestros niños, pero no es sólo venir a decir aquí que los niños no tienen ideología política, es que el gobierno de turno respete a los niños, que vaya la ayuda sin ningún distingo político, que vaya la ayuda sin que tengan que llevar una carta del CPC para que les den una vaquita y un chancho. Creo que el día que construyamos esa Nicaragua habremos avanzado realmente y no habrá necesidad de venir aquí histriónicamente a decir que los niños no tienen ideología política. En efecto no tienen y deben ser lo más sagrado de nuestra nación, porque son el futuro de cualquier país, pero repito y quiero concluir con esto. Pongamos en práctica lo que predicamos, porque la población está cansada de oír cuentos de caminos y cuando vamos a las realidades encontramos en las escuelas propaganda política, encontramos niños con pañuelos rojo y negro, encontramos banderas que andan ahí que dice alfabetización no se cuanto, pero tiene rojo y negro. Realmente es importante apoyar a esos sectores, pero la política dejémosla para otro momento, los niños son sagrados, son el futuro de Nicaragua respetémoslos verdaderamente.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Por alusión diputado Edwin Castro tiene la palabra. Por favor sea breve.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Seré muy breve, señor Presidente.

Realmente los niños hay que respetarlos y por éso no deben trabajar en las haciendas, por éso no deben ser trabajadores infantiles, por éso es que estamos protegiendo a los niños, por éso es que estamos evitando que ese capitalismo salvaje siga explotando a los niños en Nicaragua.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

¡Bueno, bueno!

Pasamos, a la votación del Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

68 votos a favor, 11 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:

Arto. 1 Se aprueba el Convenio de Financiamiento No. 4862-NI, suscrito el 08 de marzo del año 2011 por la República de Nicaragua, representada por el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Nicaragua en Washington Compañero Francisco Campbell Hooker, y la International Development Association (IDA), por un monto de doce millones ochocientos mil Derechos Especiales de Giro (DEG´s12,800,000.00), correspondiente aproximadamente a US$ 19,500,000.00 (diecinueve millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), para financiar el “Proyecto de Protección Social” que será ejecutado por el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN).

Hasta aquí el Artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

Diputado Víctor Hugo Tinoco, tiene la palabra.

¿No está?

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

68 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, y con él se aprueba el Decreto de Aprobación del Convenio de Financiamiento No. 4862- NI, suscrito entre la República de Nicaragua, y la International Development Association (IDA), del Banco Mundial.

Diputado José Figueroa Aguilar, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

Gracias, Presidente.

En días pasados fallecieron trágicamente en una zona próxima al Municipio de El Coral, los compañeros Rafael Rosales Aguilar, Paula Valle Salmerón y Marvin González Díaz. Estos compañeros cumplían con su deber de atender diferentes problemas que atraviesan pobladores de esta zona del Caribe Central de Nicaragua.

El compañero Rosales Aguilar, era hermano de la ex diputada de nuestra Asamblea Nacional, la compañera Mirna Rosales Aguilar que fue miembro de la Junta Directiva de nuestro Parlamento en varias legislaturas.

Quería solicitarle compañero Presidente un minuto de silencio por estos tres hermanos nicaragüenses.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

También el compañero Rosales Aguilar, era primo del diputado José Figueroa Aguilar.

Un minuto de silencio.

Muchas gracias.

Compañeros y compañeras del plenario, queríamos explicarles un acuerdo tomado por la Junta Directiva en su reunión de la semana pasada. Como todos ustedes saben, hay una polémica nacional a distintos niveles a través de los medios de comunicación, tanto hablados, escritos y televisivos, acerca de que si se reforma o no el Código de la Niñez y la Adolescencia, aprobado ya hace más de diez años. Algunas voces han insistido que lo más importante de una reforma, sería endurecer las penas a los menores, otros se han manifestado de forma contraria, otros han hablado de hacer una revisión integral de los Tres Libros del Código.

En la Junta Directiva tuvimos una discusión a fondo, para determinar cuál debería de ser el mensaje de la Asamblea Nacional a la sociedad nicaragüense acerca de este tema. Estamos convencidos y ahí estábamos todos los Directivos y todos los Jefes de Bancada, menos uno, y estamos convencidos que la Asamblea Nacional debe ser un juez que de forma equilibrada procure darle respuesta a esta problemática. Por esa razón, acordamos constituir una Comisión Especial integrada por la compañera Alba Palacios, que la presidirá, miembro de la Junta Directiva, el diputado Wilfredo Navarro, miembro de la Junta Directiva, la Presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer, Juventud, Niñez y Familia, la diputada María Dolores Alemán Cardenal, el Presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social, diputado Mario Valle, el Presidente de la Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas, diputado Brooklyn Rivera, por las características especiales que tiene la zona de la Costa del Caribe y por su carácter Autonómico y el diputado Presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, José Pallais Arana, para que esta Comisión cumpla dos misiones principales.

La primera, hacer una consulta nacional, convocando a todas aquellas instituciones estatales y gubernamentales que tienen que ver con la Niñez y la Adolescencia. Hicimos referencia a: Corte Suprema de Justicia, Ministerio de Gobernación, Penitenciaría Nacional, universidades, Policía Nacional, instituciones del Gobierno que ven la problemática de la Niñez y de la Adolescencia, instituciones no Gubernamentales que también ven esa problemática, Rectores de las universidades, los Jefes de Bancada de la Asamblea Nacional, con el propósito de recoger una visión integral de la problemática sobre este tema. Una vez recogida esa visión integral, esta Comisión Especial le dará un Informe al plenario, y a la vez cumplirá su segunda misión que es, con base en esa consulta nacional proponer si se reforma o no el Código y si hay necesidad de reformarlo, en qué materia se reforma el Código de la Educación, perdón, el Código de la Niñez y de la Adolescencia. Igualmente la Comisión tendrá que examinar todos aquellos elementos contemplados en la ley que todavía no han logrado ser cumplidos, y plantear las sugerencias, las propuestas o los elementos correspondientes para cumplir dicha ley.

Por lo tanto, voy a pedirle al doctor Wilfredo Navarro, Primer Secretario de la Junta Directiva que nos dé a conocer la Resolución adoptada por la Junta Directiva para su respectiva ratificación del plenario.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:


Resolución de Junta Directiva No. 8 del año 2011

Creación e Integración de la Comisión Especial, para la consulta Nacional sobre Reformas al Código de la Niñez y la Adolescencia


La Junta Directiva de la Asamblea Nacional.

Considerando.

I


Que se ha iniciado un debate Nacional sobre la conveniencia o no de la Reforma a la Ley No. 287, Código de la Niñez y la Adolescencia aprobado por la Asamblea Nacional el 24 de marzo del 1998 y este Poder del Estado no puede obviar la importancia del mismo.

II

Que es facultad de la Asamblea Nacional, crear Comisiones Especiales para efectuar estudios de una Legislación Específica, recopilar antecedentes en una materia determinada y es facultad de la Junta Directiva integrarlas.

III

Que la Junta Directiva, estima necesario la creación de una Comisión Especial para efectuar una consulta nacional entre los sectores relacionados con la administración de justicia, aprobación de políticas, ejecución de programas, proyectos y medidas de protección a favor de la Niñez y de la Adolescencia.

Por tanto en uso de sus facultades

Resuelve:

Primero. Solicitar al plenario la aprobación de la Creación de una Comisión Especial para la consulta nacional sobre Reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia, la que estará encargada de realizar una consulta nacional sobre la legislación relacionada con la Niñez y la Adolescencia, y elaborar un informe con sus recomendaciones haciendo las propuestas que estime convenientes para la Reforma a la Ley No. 287, Código de la Niñez y la Adolescencia y la Ley No. 351, Ley de Organización del Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y Adolescencia y la Defensoría de las Niñas, Niños y Adolescentes y la relación de estas normas con la Ley No. 641, Código Penal.

Segundo La Comisión Especial estará integrada por los siguientes:

Dos Miembros de la Junta Directiva y los Presidentes o Presidentas de la Comisiones de: Asuntos de la Mujer, Juventud, Niñez y Familia; Justicia y Asuntos Jurídicos; Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas y la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación Social.

Tercero. En la Consulta Nacional deberá tomarse en consideración la opinión de los siguientes:

Jefes de Bancada Parlamentarias, Corte Suprema de Justicia, Ministerio de Gobernación, Rectores de las universidades del país, Policía Nacional, Sistema Penitenciario Nacional, Fiscalía General de la República e instituciones Estatales que estén relacionadas con el tema y aquellas personas e instituciones que a juicio de la Comisión sean relevantes.

Cuarto. Integrarán la Comisión Especial para la Consulta Nacional sobre Reformas al Código de la Niñez y de la Adolescencia por la Junta Directiva, los siguientes miembros: La diputada Alba Palacios Benavídez, quien la presidirá y el diputado Wilfredo Navarro Moreira.

Dado en la Ciudad de Managua, sede constitucional del Poder Legislativo, en la Sala de Reuniones de la Junta Directiva, a los 15 días del mes de junio del año 2011.


Ingeniero René Núñez Téllez Doctor Wilfredo Navarro M.
Presidente de la Asamblea Nacional Secretario de la Asamblea Nacional

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay anotados compañeros.

Diputada María Lydia Mejía Meneses, tiene la palabra.

DIPUTADA MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES:

Gracias, compañero Presidente.

Lo felicito por haber conformado esta importante Comisión, nombrada con Presidente, para revisar de una vez por todas, tanta situación que ha tenido el Código de la Niñez. Consideramos que nosotros como un Poder Legislativo, tenemos que ver con suma preocupación la situación que vive nuestra niñez nicaragüense, si bien es cierto tenemos que ver las prioridades en función de la hechura de ese Código de la Niñez, que prácticamente en todo su andamiaje nunca le dieron la importancia a este Código; aun cuando el Libro Tercero habla claramente de todas las Obligaciones y Sanciones que este Código tiene en función de la niñez, por tanto las instancias que están siendo convocadas a la consulta creemos que deben de tener una madurez, una cohesión, porque este Código de la Niñez fue hecho en un tiempo con una economía y un desarrollo en este país que nunca los anteriores gobiernos tuvieron la mínima preocupación por la niñez nicaragüense.

Creo que cada uno de los miembros que componen esta Comisión Especial no van a pensar con arraigo político, sino que van a pensar con arraigo y posición de conciencia nacional para ver la situación de nuestra niñez que es el futuro de hoy el futuro de siempre para esta nación. Nosotros no podemos darnos el lujo de estar reformando cada día que pensemos y queramos meter todo aquello que se nos olvida en las leyes o en los Códigos. Compañeros que conforman esta Comisión Especial, miembros y Presidentes de las diferentes Comisiones, actuemos, pensemos y trabajemos con un carácter de nación por el futuro de nuestra niñez nicaragüense, que es la trascendencia y la composición de nuestra sociedad en el mañana.

Presidente lo felicito, creo que es importante que esta Comisión trabaje y sería posible bueno y positivo para nuestro país que se viera el resultado de esta Comisión de trabajo antes que finalice este período legislativo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.

DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:

Gracias, Presidente.

Felicitamos a la Junta Directiva por esta iniciativa para con el nivel que corresponde y la competencia de los integrantes, dar una atención, yo diría, casi holística de esta temática que por supuesto no se resuelve con solamente, como algunos compatriotas consideran, elevar las penas y nada más, normalmente la problemática es más de fondo.

Pero concretamente, Presidente, creemos que por naturaleza de la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios, las competencias que le establece la Ley Orgánica y el rol que juega la Comisión como coordinadora del Grupo Parlamentario Interamericano que ve los temas de la Agenda de El Cairo y Población de Naciones Unidas y los contactos y relaciones que tenemos precisamente con Unicef, Save the Children, Plan Internacional y este Organismo, estimamos con todo respeto y lo sometemos a consideración de la Junta Directiva y usted, que considere incorporar también a la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios en esta Comisión Especializada, que va a tener esta encomienda que ustedes le están asignando y que están sometiendo a consideración del plenario.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Creo que la decisión que ha tomado la Junta Directiva, ha sido la decisión más sabia, que esta Asamblea Nacional sirva de promotor, de facilitador de un diálogo de nación, porque éste es un problema de seguridad de toda la población nicaragüense, en el cual tienen que verse los diferentes ángulos; ya hemos visto ahorita públicamente que unos han reaccionado de un lado, otros han reaccionado de otro, hemos visto a Jueces de Familia hablando en contra, hemos visto la comunidad universitaria hablando a favor y en el fondo todos dicen lo mismo, debemos buscar la seguridad de las personas, asimismo buscar como salvar a los niños y no dejar que los utilicen.

Entonces, si esa es una lógica que nos une a todos, creo que es positivo establecer un diálogo nacional donde también se incorpore a las iglesias, tanto a las Iglesia del Caribe, a la Iglesia Morava, a la Iglesia Anglicana y a la Iglesia Evangélica y Católica de Nicaragua, ya que también tienen algo que decir, porque es un problema de moral pública. Considero que este va a ser un ejercicio altamente positivo que esta Asamblea Nacional va a promover. Y no creo en la respuesta maniqueísta que hasta ahora han pretendido alguna gente y algunos medios, por suerte una minoría, estás a favor de que se aumente la pena o no estás de acuerdo con que aumente la pena, porque el problema no se reduce a la pena, se reduce a una respuesta integral e integradora, a una visión de nación a una visión de sociedad, por tanto no puede ser únicamente, y repito, únicamente analizar las penas, si habrá que analizarlas pues, debemos analizarlas también, tampoco hay que ser cerrado a no analizar todo, hay que analizar todo y una visión integral es integradora, buscar una solución que nos garantice una seguridad ciudadana, pero que nos garantice también que nuestros niños y nuestros adolescentes no estén siendo usados en delincuencia común y mucho menos en delincuencia organizada.

Muchísimas gracias, señor Presidente, y lo felicito por la actitud tomada por la Junta Directiva.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Gracias, Presidente.

Quisiera iniciar respondiéndole la inquietud al diputado Edwin Castro, en cuanto a la integración de las iglesias y de otros sujetos activos de la sociedad que puedan aportar a esta consulta. El párrafo tercero de la Resolución dice claramente, que además de la Policía, de la Corte Suprema, la Fiscalía y todas las Instituciones del Estado que tengan que ver con el tema, la Comisión Especial tiene la facultad de llamar a las personas o instituciones que a su juicio puedan aportar. O sea, que no es una Comisión cerrada; por ejemplo, yo comparto el criterio del diputado Edwin Castro de que también las iglesias tengan participación en este debate.

Por la profundidad de la división que se está haciendo en la sociedad en torno a este tema, fui uno de los impulsores de la creación de esta Comisión ya que es tema de seguridad, pero también es tema de responsabilidad y el tema desintegral no sólo lo podemos ver desde la perspectiva de que si hay que disminuir la edad de la imputabilidad del menor o el incremento de la pena. Estoy de acuerdo totalmente que esto tiene que ser una cuestión integral, donde se incluya además el aporte de recursos para reducir la criminalidad de los adolescentes, el establecimiento de programas especiales para mejorar la educación de la niñez y de la adolescencia, pero además hay que crear los centros especiales de rehabilitación donde van a ir estos menores de edad para que tengan un tratamiento especial y se les dé una verdadera reeducación.

Ahora, quiero llamar la atención sobre algunas declaraciones que se han visto de personas que forjan opinión en la sociedad, como el caso del personero de Unicef o el mismo caso de voceros de la Policía, que han tratado de minimizar la muerte de ese estudiante universitario a manos de seis adolescentes. Hemos oído decir a estos señores, que sólo es un estudiante el muerto, que no es representativo dentro del índice y el número de actos delincuenciales que suceden a diario en Nicaragua; quiero decirles a estos señores que la muerte de ese estudiante, que ya estaba por graduarse en la UNI y que era la esperanza de su familia, no es el único hecho y si no, que le pregunten a María José Uriarte que trabaja en La Prensa, periodista de este diario, a quien también le asesinaron a su hija a la salida de su universidad por robarle igualmente un celular, y a esta Asamblea ya le ha tocado hacer el aporte, el diputado Cuadra fue asesinado por unos jóvenes, que cuando los capturaron sacaron su partida de nacimiento y le dijeron a la Policía, no me pueden hacer nada porque soy adolescente; y a esos muchachos les pagaron para que fueran asesinar al diputado.

Entonces, no es cuestión de cómo dice ese vocero de la Policía de que sólo es un estudiante muerto, con un estudiante que muera, con un nicaragüense que muera, es necesario ya tocar la fibra y la sensibilidad de la sociedad para hacer los cambios que necesita ese Código, y no necesitaba morir un estudiante o dos estudiantes para que se hicieran dichos cambios. Este Código de la Niñez ya necesita cambios, porque hemos cambiado el Código Penal y la tipificación penal no concuerda en tal caso, técnica y jurídicamente está ilegal, por eso desde ya tenemos que hacer cambios en este Código. Todos los días no sólo son asesinadas personas por estos adolescentes a quienes su partida de nacimiento les da la impunidad, todos los días hay robos, asaltos, violaciones, atracos realizados por éstos.

No me voy a meter a discutir acerca de que los dieciséis años de gobiernos neoliberales son los responsables de esto, porque yo pudiera responder a éso, señores el Código fue aprobado en el gobierno de Alemán, cinco años del gobierno de Bolaños pero ya llevamos cinco años en este gobierno y tampoco se ha visto una respuesta coherente y contundente a este tema que gravita sobre la seguridad de todos los nicaragüenses. Repito, no quiero meterme a un debate sobre quién es o no el culpable, lo único que hago es decir y responder a lo que se ha estado manifestando en los medios, que son los dieciséis años de gobiernos neoliberales los responsables de esta problemática, todos somos responsables, porque en el momento que pudimos tomar las decisiones, no lo hemos efectuado.

Entonces, pienso y tengo que hacer otro llamado, porque es importante hacerlo, aquí hay un montón de organismos de oportunistas, que montados sobre el tema de la niñez y de la adolescencia hacen pingo en ganancias y viven de esos recursos. Recuerdo cuando fui Ministro del Trabajo, había un grupo de organizaciones dedicadas a la erradicación del trabajo infantil, y específicamente destinadas a erradicar el trabajo en “la chureca”, habían más de cuatrocientas familias, cuatrocientos niños, -no me acuerdo exactamente- que había que sacarlos de “la chureca” cuatro años estuve de Ministro, se destinó para estos organismos nacionales, más de doce millones de dólares en los cuatro años; y no sacaron un solo niño de ese lugar, hasta ahora están saliendo los niños de dicha “chureca”, pero todos esos organismos que se dedicaban a trabajar para sacarlos de ahí, tuvieron cuatro años y doce millones de dólares y no hicieron nada porque ése es un negocio. De manera que la Asamblea debe tomar las medidas adecuadas para evitar este negocio, porque ya he oído por ahí unas organizaciones que andan diciendo, ve Unicef tengo un programa tal, yo quiero participar en esa consulta, necesito tantos miles de dólares, es un negocio, la Asamblea no va a permitir que este tema sirva para ser negocio de los mercaderes de la adolescencia.

Definitivamente mi apoyo al trabajo de esta Comisión, pero siempre manteniendo la visión de que es una cuestión que debe ser integral, los que sólo piensan que hay que cambiar la pena o en generar más imputabilidad en el menor, no está haciendo la tarea completa, la tarea completa está también en darle la oportunidad a estos menores para su rehabilitación y para su integración a la sociedad como ciudadanos ejemplares.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Cerramos esta lista de oradores con el diputado Carlos García Bonilla.

Antes de proseguir, queremos saludar a los estudiantes de primero y segundo año de la carrera de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, sede León.

Tiene la palabra el diputado Evertz Cárcamo.

DIPUTADO EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ:

Gracias, señor Presidente.

Bienvenidos estudiantes de León, el viernes estuve con ellos en la ciudad de León, hablándoles un poco del trabajo de la Asamblea.

Antes de todo, sobre el tema del Código de la Niñez quiero pedirle a esta Comisión que conformó la Asamblea Nacional, que no solamente consulte a organismos y a las iglesias, también que consulte a los padres de familia, porque el problema es social, no es político. El Código de la Niñez existe desde hace trece años, y si éste se hubiese implementado desde un inicio tuviéramos menos problemas, porque el trabajo de prevención es el trabajo que ayuda al desarrollo social de un país. Las personas y los hombres nacen buenos por naturaleza, la sociedad se encarga de corromperlos y después que los corrompe, los discrimina, por tanto, esto es un problema social que incumbe a todos los sectores políticos, sociales y económicos.

También quiero pedirles, que en esta Comisión tengamos oportunidad los diputados que estamos interesados en conocer acerca de este tema, que seamos invitados por lo menos a participar para opinar, sobre todo que aquí hay diputados que hemos trabajado con adolescentes, con jóvenes, además acá existen diputadas jóvenes y no se les tomó en cuenta en esta Comisión; creo que para hablar de los jóvenes hay que conocer el tema, por tanto debemos integrarlas.

Finalmente, quiero agradecer y felicitar a esta nueva Comisión que va a ver el Código de la Niñez, pero a su vez quiero pedirle y exigirle que no solamente sea una Comisión que va a estar ahí, sin funcionar; y estoy a la orden para trabajar en la misma, espero que se me permita participar en ella, ya que podré dar aportes, porque he trabajado con jóvenes, conozco el tema y como les digo, el problema es social, no es político ni económico, y la prevención es lo que nos va a dar a todos un mejor desarrollo y hablo en nombre de la Comisión de Población a la cual pertenezco.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Enrique Sáenz, suplente Andrés Zúñiga, tiene la palabra.

DIPUTADO SUPLENTE ANDRÉS ZÚÑIGA MERCADO:

Gracias, señor Presidente.

Creo que es correcto el camino que la Asamblea ha tomado, pero también quisiera decir ciertas acotaciones. Cada vez que estamos en determinado tema, como he estado observando en esto de la niñez, hacemos una alharaca de ellos, cuando es una obligación, es un derecho ciudadano y un derecho universal el proteger a la niñez. En relación con este tema, este es un problema que se ha suscitado no solamente en Nicaragua, sino en toda la pobretería de América Latina, especialmente en el Estado de México, donde podemos apreciar que prácticamente la delincuencia se ha tomado el Estado. Y como bien decía el diputado Navarro, el problema aquí no es de estar señalando culpable a este gobierno, al anterior o al otro o al futuro creo que el culpable aquí ha sido la sociedad entera de Nicaragua, de acuerdo a sus actuaciones, debido a sus actos de simpatía y de apoyo a dictaduras o a situaciones anómalas.

Debemos recordar que en política hay una axioma que dice, que mientras no haya estabilidad política es imposible tener un sistema económico y llevar a cabo proyectos sociales; y mientras nosotros no nos compongamos y ordenemos este relajo que se suscita dentro de la política de Nicaragua, va a ser muy difícil que nosotros andemos hablando que vamos acabar con la pobreza o que vamos acabar con la delincuencia. Siempre estamos hablando de que hemos aprobado un sinnúmero de leyes cuando en la realidad de cada ley que pasamos, la mayoría entran a las gavetas y se empolvan y generalmente, como decimos en muy buen nicaragüense, quedan a medio palo, porque ya en el Código de la Niñez, que se aprobó en 1998, se hablaba de Tribunales Especiales, de Jueces Especiales, de correccionales y nada de eso ha existido ni existirá, porque mientras no tengamos los recursos económicos y la buena voluntad política de efectuarlo, no lo vamos a corregir ni lo vamos a hacer.

Por tanto, quiero hacer una moción. Como bien decía el diputado Cárcamo este es un problema de orden social y también ha faltado un poco la coacción de la ley; pero considero que esta Comisión que ha conformado la Junta Directiva de la Asamblea, se debería auxiliar de una subcomisión formada por verdaderos especialistas que tienen que ver en este aspecto, como sociólogos, sicólogos y psiquiatras. Está bien consultar, pero creo que las consultas a veces no llevan a las mejores conclusiones, porque esta problemática es una cuestión de capacidad, sobre todo de conocimiento del orden de la mente y de estudios verdaderamente profundos para que nosotros podamos encontrar una solución a los problemas de Nicaragua.

Considero que se encontrará la solución a lo de la niñez siempre y cuando los adultos les den buenos ejemplos y la clase política también ponga los pies sobre la tierra y exprese la realidad de lo que verdaderamente se ha efectuado, además los trabajos sucios que se han hecho a través de nuestra historia republicana. Porque hay gente que dice en las calles, yo lo hago, ideay si lo hacen los políticos, porque no lo voy hacer yo. Pienso que debemos tener un sentido más de nación, de patria y hacer las cosas con más voluntad.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:

Muchas gracias, Presidente.

Escuché parte de lo que decía el Primer Secretario y lo percibí bastante preocupado por lo que ha pasado últimamente, cuando ésta es una cuestión de vieja data. Si bien es cierto, hay una buena cantidad de jóvenes que han caído en acciones reñidas con la ley, pero también creo que éste es un problema estructural, y no es llevando a la cárcel por treinta años o cien años a la persona, como vas a corregir la conducta. Es posible que estos jóvenes, si la pena en vez de seis es de quince años, cuando salgan de la cárcel vas a tener a un criminal en potencia; porque lo que se debe hacer es trabajar con esa juventud, para mí endurecer la pena no es la solución y si no veamos en los Estados Unidos de Norte América en algunos de sus Estados hay pena de muerte y en los Estados Unidos es donde existe una buena cantidad de grandes criminales; el delito no ha descendido en los Estados Unidos. Así mismo, veamos acá no más en Centro América, en Guatemala hay pena de muerte y ya los grupos del crimen organizado casi son dueños de Guatemala.

La implementación del Código de la Niñez y de la Adolescencia para mí ha quedado diminuta, no se ha cumplido, el Estado mismo está en deuda con esos programas, porque yo pregunto, cuáles son los centros de rehabilitación para esos jóvenes que tuercen la ley, son casi inexistentes. Hay estudios de varias oficinas de seguridad de Norte América que han dicho de que los grupos del crimen organizado reclutan a la juventud entre 16 y 22 años, es la edad que los jóvenes son fáciles de reclutar, por tanto es el momento donde los padres de familia y el Estado mismo deben de tomar muchas medidas para que nuestros jóvenes, nuestros adolescentes no caigan en manos de esos grupos del crimen organizado.

Por eso, desde que escuché que estaban planteando una iniciativa para reformar el Código de la Niñez me opuse rotundamente, porque no es la solución del problema, Presidente, cuando nosotros trabajamos el Código Penal nicaragüense, lo analizamos con muchísimos versado en la materia, con costarricenses, con españoles, mexicanos y yo hice una pregunta, ¿qué cuál es entonces el sentido de endurecer las penas, que si hay un análisis científico que nos permita determinar que endureciendo las penas el crimen va a desaparecer o al menos se va a reducir en parte?, y no me supieron contestar, y estoy totalmente seguro que endurecer la pena no es la solución, porque si no en los Estado Unidos y en la misma Guatemala, que hay pena de muerte, no hubiesen delincuentes, Presidente.

Así que, está bien que se forme la Comisión, pero personalmente considero que son temas estructurales, que la sociedad misma el Estado y todos los nicaragüenses tenemos una cuota de responsabilidad.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Cuando salió el debate público del tema de la iniciativa de ley, lo discutimos al interno de la bancada, es de nuestra consideración, Presidente, que lo que se está persiguiendo con elevar la pena no es ni más ni menos que la “Ley del Talión”, que aquí la sociedad va a tomar venganza contra los jóvenes y yo me pregunto, cuál será el siguiente paso una vez que se reforme y se aumente la pena de seis a doce o a quince años, acaso vamos hacer como los escuadrones que se encargan de acabar a los chavalos en la favela de Brasil o como se mencionó en algún momento, los escuadrones que se dedican a hacer limpieza de jóvenes en Guatemala, en Honduras.

Quisiera recordar en esta mañana, Presidente, que el artículo 35 de nuestra Constitución consigna claramente:… “Los menores transgresores no pueden ser conducidos a los centros de readaptación penal y serán atendidos en centros bajo la responsabilidad de organismo especializados”… También el artículo 39 dice que: “En Nicaragua, el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad”… Es decir, que las penas tiene un carácter reeducativo. Creemos que este Poder no puede reaccionar ni ser intimidado para que en un corto plazo dé respuesta a un problema, que yo no lo mencionaría que es solamente de la comunidad estudiantil, éste es un problema nacional. Aquí nosotros estamos viendo, cómo el crimen organizado se está apoderando de nuestra Nicaragua; pero el enfoque no puede ser punitivo, eso no va a corregir desde nuestra óptica. Este tema la sociedad en su conjunto debe responder de manera integral, creo que es el enfoque que nos va a conducir a una mejor respuesta. Así que haber formado esta Comisión Especial, creo que de alguna manera va a limitarse con diferentes concepciones filosóficas, con el tema de la pena, sobre el tema de la transgresión y tal vez como sociedad podamos enfrentar y dar una mejor respuesta.

Quiero hacer mención, Presidente, como dice el articulado de nuestra Constitución, que aquí nosotros no tenemos los espacios y los edificios donde se pueden albergar estos jóvenes transgresores, y aquí la sociedad en su conjunto, del Presupuesto de la nación debemos destinar estos fondos para que se pueda decir, el Código falló o no falló. Presidente, también es importante decirnos, después de 1998 hasta el día de hoy, cuál ha sido la efectividad en la reducción del crimen por parte de este sector etario.

Muchas gracias, Presidente y felicito la iniciativa de no trasladarla únicamente a una Comisión para que se dictamine la elevación de la pena.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Eduardo Gómez López, tiene la palabra.

DIPUTADO EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ:

Muchas gracias, Presidente.

Quiero felicitar a los estudiantes de Derecho de la Ciudad de León que hoy nos visitan, es un saludo muy especial, sobre todo hoy que estamos tratando de arreglar acá en la Asamblea el problema de la niñez, en cuanto a las penalidades que hay que darles a estos jóvenes que son escogidos, como bien se ha dicho aquí, por el crimen organizado, y tienen que hilar muy fino estas personas que van a tomar la decisión, los que son escogidos para hacer el estudio sobre estos jóvenes. En lo personal creo que se debería de hilar de tal manera que los que sean rescatables, ponerlos en instituciones para casualmente ser rescatados de este crimen organizado y los que cometen crímenes a la altura de los adultos, ser tratados como adultos y eso se está viendo en todo los países del mundo, que aquel joven que comete un delito con las características de una persona mayor, sea tratado de igual manera.

Aquí estamos haciendo uso de mucha demagogia cuando la verdad es que estamos tratando esos derechos de los jóvenes y de la niñez. Hoy, con anterioridad este tema se aprobó un préstamo que hizo el Gobierno de la República y hay que pagarlo, esto no es regalía. Escuché a muchos colegas hablar que este gobierno lo había hecho a favor de nuestra niñez, ese dinero que este gobierno gestionó, es casualmente para emplearlo en este sector y hay que pagarlo, insisto, porque se estuvo haciendo uso de demagogia, lo cual no cabe, no es un partido, no es un gobierno el que va a pagar esto, somos todos los nicaragüenses en el plazo de cuarenta años que se ha solicitado, por esto le ruego a la bancada que ha estado haciendo uso de la demagogia con este préstamo, que tenga el valor de hablar como un préstamo del Gobierno que hará por nuestra niñez algo en provecho y no un préstamo o dádiva de estos países que nos están ayudando.


He señalado en otras ocasiones, señor Presidente, la propaganda que se hace en las escuelas, en las calles, en las carreteras con los niños, no hablo de los que usan banderas o banderines para andar marchando y enfrentándose a cualquier persona que se oponga a este gobierno, si usted recorre, señor Presidente de esta digna Asamblea, se va a dar cuenta que niños uniformados están haciendo proselitismo en las carreteras, haciendo la señal del dos y poniendo el rótulo del FSLN a criaturas uniformadas, esto lo he dicho en la Comisión de Educación y no han hecho nada, hoy le pido a usted como Presidente, que recorra carreteras, así mismo la ciudad de Managua y se va a dar cuenta que esto que estoy diciendo es cierto. Además quiero decirle y voy a hablar que en el Departamento de Chinandega, donde me compete, en todas las escuelas hay propaganda del Frente Sandinista, ya no necesita más propaganda este partido lo que necesita es hacer uso de ese dinero en pro de la educación. Usted va a encontrar la bandera, así como propaganda escrita y de gente del Frente Sandinista y no sé si al fin y al cabo, como lo hacían en los años ochenta, cantan también su Himno.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Cerramos la lista de oradores con el diputado Carlos García Bonilla, quien tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias, Presidente.

Creo que no tenemos que politizar el tema de la reforma o no del Código de la Niñez y la Adolescencia, este es un tema que le compete a todos los nicaragüenses, para mí es un tema de interés nacional, un Código aprobado hace trece años y que yo considero que debe tener algunas reformas, ninguna ley cuando se aprueba es eterna, necesita de reformas, y creo que éstas debemos verlas desde dos ámbitos en la parte penal y la parte que le compete meramente al Estado y a la sociedad nicaragüense.

Cuando se aprobó este Código, se hizo con la finalidad de que los jóvenes o los adolescentes tuvieran un procedimiento especial dentro del proceso judicial, que no fueran los jueces comunes de los tribunales, de los juzgados los que le abrieran el proceso judicial, sino que se crearan los Jueces de Distrito para Adolescentes. Y considero que sí, ya la gota que derramó el vaso está llegando a su punto final, hay que entrarle. Por eso también felicito la decisión de que sea la Asamblea Nacional, la que se ponga al frente de este tema de interés nacional. Dinero para hacer cumplir el Código de la Niñez hay, hace poco aprobamos, si no mal recuerdo el año pasado, la Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisado y Abandonado, ahí hay fondos, hace poco menos de un mes se han incautado más de un millón de dólares al crimen organizado, hay bienes incautados, fincas, propiedades, semovientes, vehículos. Esa misma ley habla del procedimiento de subastas de esas propiedades incautadas al crimen organizado, hay fondos para hacer cumplir el Código. Este Código también manda que debe haber al menos en cada Departamento, un centro del sistema penitenciario para adolescentes, asimismo habla de los centros correccionales socio educativos, ahí están los fondos y ojalá que en esta consulta nacional, se disponga de ellos para la construcción de toda esta infraestructura necesaria a nivel nacional.

Oía decir a algunos diputados que quieren ser parte de esta Comisión Especial, la Ley Orgánica faculta a cualquier diputado a participar en la discusión de esa consulta nacional, soy promotor de una iniciativa de reforma, no estoy en la Comisión, pero ahí voy a estar a la hora de las consultas, quiero oír lo que va a decir el Estado, el Sistema Penitenciario, la Policía, los que trabajan con la niñez y la adolescencia, ahí voy a estar presente para emitir opiniones también y creo que cualquier diputado, decía Agustín Jarquín que quería estar en esa Comisión, asimismo Evertz, perfectamente pueden estar, nadie nos quita ese derecho a participar en esa gran consulta.

El día domingo, en el programa que tiene Evertz Cárcamo, la cámara matizona, miré que entró un muchacho que lo mandaban a decir que buscara a Karla, agarraron movido a un joven, y mire que irónico, el chavalo le decía al marido de Karla, si yo me llamo fulano, si aquí ando mi partida de nacimiento en la bolsa. Andaba la partida de nacimiento porque era un joven y así mismo caminan muchos jóvenes que delinquen en Nicaragua. Y quiero que esto no lo tomemos de una forma política, que lo hagamos como nicaragüenses pensando en Nicaragua, en nuestros hijos, en nuestros adolescentes, debemos adaptar la tipificación de los delitos que tiene el actual Código de la Niñez porque no corresponden a los establecidos en el nuevo Código Penal que aprobamos hace un par de años, habría que readecuarlo también esa parte penal.

Finalmente, Presidente una reflexión, ¿qué pasa con las secuelas que sufre la víctima?, ¿quién atiende a esa víctima?, niñas y niños que en los centros escolares también le son arrebatadas sus mochilas escolares, les ponen un cuchillo, una pistola, les roban sus celulares, los golpean y ellos igualmente sufren secuelas que les quedan durante toda su vida. Y una última reflexión, desgraciadamente en estos delitos de los adolescentes hay víctimas y victimarios, quiero ponerme en las dos posiciones, la madre o el familiar que visita al victimario en la cárcel y la madre o el familiar que visita a la víctima en el cementerio, sin embargo la madre o el familiar del victimario tiene la posibilidad en la cárcel de mirarlo de conversar con él, de abrazarlo, de tocarlo, de besarlo, en cambio la madre, el familiar o el amigo de la víctima no lo puede tocar ni conversar porque está en una tumba, y por lo menos la familia o el amigo del victimario tiene la esperanza de que algún día su hijo va a salir de la cárcel, no obstante la familia de la víctima, no tiene ninguna esperanza, porque su hijo, su familiar nunca va salir de la tumba.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos entonces a la ratificación de la moción especial hecha por la Junta Directiva.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 17 presentes, 1 abstención, 0 en contra. Se ratifica el Acuerdo de la Junta Directiva de crear una Comisión Especial para hacer las consultas al Estado, al Gobierno y a otras organizaciones y entidades para discutir si se reforma o no y hasta dónde el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Se suspende la sesión y continuamos el día de mañana.

Les recordamos a los miembros de la Comisión de Modernización que pasamos inmediatamente a reunión de la misma en este caso a los directivos y a los Jefes de Bancada que son integrantes de ella.

Buenos días.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.
























PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días a todos y todas.

Faltando once minutos para las diez de la mañana vamos a iniciar sesión, pidiéndole a la Segunda Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
(Miércoles, 22 de junio 2011).

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
MARÍA DOLORES ALEMÁN CARDENAL
RODOLFO JOSÉ ALFARO GARCÍA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
CARLOS JOSÉ GADEA AVILÉS
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
ALFREDO GÓMEZ URCUYO
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
RAMÓN ENRIQUE GONZÁLEZ MIRANDA
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
RAMÓN ANTONIO MACÍAS LUNA
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LESTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JASSER ENRIQUE MARTÍNEZ MONTOYA
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
OSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
JOSÉ BERNARD PALLAIS ARANA
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
EDGARD ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER
BROOKLYN RIVERA BRYAN
INDALECIO ANICETO RODRÍGUEZ ALANIZ
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
ALEJANDRO DEL CARMEN RUIZ JIRÓN
FRANCISCO JOSÉ SACASA URCUYO
JUAN ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
NASSER SILWANY BÁEZ
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Muy buenos días, compañero Presidente.

Estamos presentes 57 diputados y diputadas, por tanto hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum 003, Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES, Punto 2.127: DECRETO DE OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR JULIO CABRALES VENERIO.

Managua, 13 de Junio del 2011.

Señor
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Secretario:

Nosotros, Wilfredo Navarro Moreira y René Núñez Téllez en nuestro carácter de Diputados ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 Cn. y los artículos 14 inciso 2,30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley No.606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, presentamos ante esta Secretaría el proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor del Poeta Julio Cabrales Venerio, para que sea tramitada conforme la Ley No. 756, Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

Acompañamos a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico, para su inclusión en agenda por la Junta Directiva y presentación ante el Plenario.

Sin más a que hacer referencia, lo saludamos.
Atentamente,


Wilfredo Navarro Moreira René Núñez Téllez

Managua, 13 de Junio del 2011.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:

Nosotros, Wilfredo Navarro Moreira y René Núñez Téllez en nuestro carácter de Diputados ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que nos confiere la Constitución Política de la República de Nicaragua en su Arto. 138, numeral 1 y 19, Arto. 140, inciso 1), la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo en su Arto. 14, inciso 2, Arto. 30, numeral 20), Arto. 89, numeral 12, Arto. 90, inciso 2) y Arto. 91 y la Ley No. 756, Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en sus Artos. 2 y 3, presentamos la iniciativa de Decreto de Pensión de Gracia a favor del extraordinario poeta nicaragüense de los años sesenta y setenta JULIO CABRALES VENERIO.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

El poeta Julio Cabrales Venerio, nació el 4 de Octubre de 1944, hijo de la señora María Venerio y Luis Alberto Cabrales, uno de los iniciadores del movimiento de vanguardia de Nicaragua. Julio Cabrales Venerio se reveló como poeta a los 17 años, mostrando un precoz y original talento mientras finalizaba la secundaria en el Instituto Pedagógico de Managua. Su padre fue su mentor y corrector textual constante. El 7 de mayo de 1961 publicó sus primeros poemas en el suplemento dominical de La Prensa.

Su temática refleja un péndulo entre el misticismo y el amor humano, a veces con descripciones relampagueantes de instante o de epifanías, otras inmersiones en un espacio emocional lleno de misterios y visiones.

En 1962, becado por el Instituto de Cultura Hispánica, viajó a España en donde residió hasta 1965, ahí se relacionó con poetas españoles de generaciones anteriores como Luis Rosales y nicaragüenses, como Carlos Martínez Rivas, además de colaborar en las publicaciones Papeles de Son Armadans, Madrid-Palma de Mallorca y Cuadernos Americanos.

En 1966, ya de regreso, se inscribió en la Facultad de Humanidades de la UCA; pero los síntomas de su enfermedad mental, le impidieron continuar con sus estudios.

Respetados por todos siempre como el mejor y más profundo poeta, vivía una vida que oscilaba entre la bohemia y la religiosidad, la gracia y la culpa hasta que poco a poco fueron aflorando los síntomas de la esquizofrenia.

Su vida ha estado marcada de tragedias, empezando por el terremoto de Managua de 1972 que destruyó la casa familiar; la muerte al año siguiente de su padre el poeta de la generación de vanguardia Luis Alberto Cabrales, la muerte de su hermano mayor Alberto, que proveía el sustento a falta del padre, y la muerte de la madre, doña María Venerio, condujo a que este insigne poeta quedara abandonado en una casa en ruinas con su hermano Clarence, con problemas mentales, el que salió de su casa para nunca más regresar.
En la actualidad este extraordinario poeta nicaragüense, uno de los más importantes y complejos de su generación, a sus 66 años es prematuramente un anciano que sobrevive como mendigo en la carretera norte pidiendo limosnas y que duerme en un rincón de los restos de su casa, acosado por amenazas de desalojo y por visiones delirantes.

Con el propósito de que las nuevas generaciones conozcan sus poemas claves y reconocidos en nuestra literatura nacional, que nuestros escritores se sigan inspirando en sus escritos, es que recientemente el Centro Nicaragüense de Escritores reeditó el poemario “Ómnibus”, cuyos derechos de autor están siendo utilizados para adquirir parte de su tratamiento médico permanente.

Entre sus creaciones se destacan:
Antologías: Nueva antología/poesía nicaragüense. Managua, El Pez y la Serpiente, 1972. Musas en guerra. México, Joaquín Mortiz, 1987, prólogo, selección, bibliografía y notas de José Miguel Oviedo. Antología general de la poesía nicaragüense. Managua, Ediciones Distribuidora Cultural, Fondo Editorial INC-ASDI, 1994, introducciones, selecciones y notas de Jorge Eduardo Arellano. Flor y canto, antología de poesía nicaragüense, Managua, Centro Nicaragüense de Escritores / NORAD / PANAMÁ, 1998, por Ernesto Cardenal. Hija del día, artes poéticas nicaragüenses. Managua, Editorial Nueva Nicaragua, 1994, compilación e introducción de Julio Valle-Castillo. La generación del sesenta y setenta en Nicaragua. Managua, El Pez y la Serpiente, N.° 38, año 2000.

Sobre su obra esencial el poeta y crítico literario Edwin Illescas, ha expresado que “su ejemplar lección para la poesía de habla castellana radica en su forma de asir y expresar lo que está y no está en las profundidades del corazón. Esto basta para que sus grandes poemas y toda su poesía (sin porfía alguna) ocupen un solitario lugar en el mundo de los poetas iluminados”.

El escritor Sergio Ramírez Mercado se ha referido a él como “uno de los poetas más geniales y dramáticos de esta época. Julio es casi desconocido hoy en día en Nicaragua, olvidado, tan olvidado que muchos piensan que ha muerto. Y su historia personal es un drama. Desde muy joven perdió la razón, como Alfonso Cortés, de modo que sus poemas son de la adolescencia y la primera juventud, por tanto, su obra no es abundante, uno de esos poemas claves de nuestra literatura es el Espectro de la Rosa”.

El cineasta Ramiro Lacayo Deshon expresó “en un proyecto de cine documental, Sonata Inconclusa para enflorar un psiquis abolida, junto a la cámara de Frank Pineda, sobre Cabrales, su realidad como poeta que pierde la razón y que además termina siendo indigente. Se han olvidado completamente de su poesía, la poesía que no produce suficiente dinero como para sobrevivir, y terminan olvidados en una calle, dándoles un peso sin saber que se lo estás dando a un Genio Literario. “EL POETA DEL ÓMNIBUS, JULIO CABRALES”. Sonata Inconclusa, es a base de imágenes de la estremecedora “vida” actual de Julio, y geniales claros oscuros gracias a la cámara de Frank Pineda, que refleja ese mundo de un “Paraíso perdido” que de alguna proviene del poema de Cabrales “Sonata para enflorar tu psiquis abolida”, que tiene versos claves y premonitorios como éste: No preguntes por qué la araña/ tejió en estas soledades…”

Este documental sobre el poeta Julio Cabrales, con diez minutos de duración, tiene el estilo del “cinema verité”, conocido también como cine directo o cine de la realidad y su fundamento consiste en tratar de ser menos invasivo con el personaje y en no manipularlo.

Debido a su esquizofrenia, con Julio se trató de establecer una buena relación, se le filmó durante varios días en todo lo que hacía, ya fuera en su caso del barrio San Luis, así como en la calle por donde transita como indigente.

Reconocimientos:
Estudios sobre Julio Cabrales:

Estudios sobre Julio Cabrales: Napoleón Fuentes: “Julio Cabrales o una energía poética sin tregua”, en La Prensa Literaria, 17 de diciembre, 1967. Beltrán Morales: “Esbozo de un joven-Nota”, en La Prensa Literaria, 10 de mayo, 1970. Beltrán Morales: “Poesía última nicaragüense”, en Sin páginas amarillas, Managua, Ediciones Nacionales, 1975. Edwin Yllescas: “De paseo en Ómnibus con Julio Cabrales”, en La Prensa Literaria, Managua, 22 mayo 1976. Jorge Eduardo Arellano: “La poesía: síntesis panorámica y promociones”, en Literatura nicaragüense. Managua, Ediciones Distribuidora Cultural, 1997. Sergio Ramírez: “La literatura: antecedentes de la literatura nicaragüense, la poesía, la narrativa y el teatro”, en Enciclopedia de Nicaragua, Tomo II. Barcelona, Grupo Océano, 2002.

Semblanza de Julio Cabrales por Edwin Illescas:

Julio Cabrales, el verdadero, no es el que muchas personas (todo Managua) ven deambular por el estacionamiento de El Nuevo Diario, o en el cruce de la Carretera Norte y los Plásticos Modernos. Eso es un residuo de la vida y la tragedia que siempre se abatió sobre su familia; antes de 1930 y después.

Julio es un estupendo muchacho, alto, flaco, desgarbado, anteojudo con marcos de carey negro, narigudo, alocado, pero lleno de una gracia y de un humor fuera de serie.

No es que Julio fuera el gran polemista, el gran triturador de necedades que nada le decían. Bastaba una palabra suya y todo andamiaje de teórico-literario o socio-político caía martajado por su humor y por las risas de sus amigos que lo admiran y quieren sin ningún regateo actual, actualísimo.

Los adoradores de la iconoclasia se suicidarían si vieran la foto de Jorge Luis Borges y Julio Cabrales en la Fuente de la Cibeles. Todavía hoy me arranca una sonrisa. Por allá, el bastón y los ojos al cielo, por acá, la mano juguetona de Julio, cuyo rostro mira a la cámara fotográfica. ¿Fue Luis Rocha quien tomó esa foto? Pero esas no fueron las únicas búsquedas de Julio. Esencialmente, está su viaje al fondo de la poesía. Su búsqueda no era la forma, la formita, el bonito modo de decir el poema --tal ocurre con los grandes poetas--; él nació con la suya. Su ejemplar lección para la poesía de habla castellana radica en su forma de asir y expresar lo que está y no está en las profundidades del corazón. Eso basta para que sus grandes poemas y toda su poesía (sin porfía alguna) ocupen un solitario lugar en el mundo de los poetas iluminados.

Un poema de Julio Cabrales Venerio

Carta a mi Madre
Madrid, 20 de diciembre de 1963.

Te escribo para decirte
que tengo un nuevo conocido,
el otoño, con la fría brisa nordeste
soplando sobre álamos y plátanos de la India
en las aceras de Madrid;
y unas hojas cayendo unas sobre otras
amontonándose
llevadas por el viento a media calle,
agarradas en el aire por mi mano;
hojas secas, amarillas, crujientes,
recogidas por barrenderos en la madrugada
y más tarde en un montón
quemándose
y el humo grueso subiendo
entre las ramas desnudas, blancas, húmedas
al mediodía.

Ya es la época de Navidad.
Estamos en diciembre
¿Y cómo está la casa?
¿Estará floreciendo el pastor
junto al ramo negro?
¿No se ha secado el pozo
y el alcaraván va por el patio?
Ya has pintado por supuesto
el cuarto de Clarence del color crema
que aún quedaba en el pote.

Ya habrás hecho las diligencias de la casa
para esta época.
Y comprado el mantel blanco para la mesa
y llenado el florero de narcisos rojos del traspatio,
y encendido el cesto de rosas eléctricas
en la noche, para Nuestro Señor,
y cubierto de cortinas el cuarto de Alberto y su esposa.

esperando el nieto
por primera vez abuela,
y estarás contenta con la llegada del nieto
que conocerá tu buen olor.

Te veo en las tiendas acompañándote
como lo hacíamos siempre
rodeado de arbolitos cubiertos de luces
y el cielo negro pellizcado de estrellas,
y ese olor de Purísimas,
olor de madroños y triquitraques quemados,
manzanas, uvas y juguetes en el Mercado San Miguel.

Y sus alrededores,
candelas romanas en manos de los niños
y villancicos de pastores y del Niño Jesús
en la Catedral Metropolitana,
y mi luna de Nicaragua que es dulce y grande y buena
como tú.

Por las razones expuestas, por considerarse uno de los grandes poetas del país y estar entre los escritores e intelectuales como el poeta más dramático y genial de la Juventud de la generación de los años sesenta, por su legado a la poesía nicaragüense, por su aporte invaluable en el desarrollo de la cultura, el arte, la ciencia de nuestro pueblo. Solicitamos a la Secretaría de la Asamblea Nacional, acoja la presente solicitud de Pensión de Gracia Vitalicia para el extraordinario poeta JULIO CABRALES VENERIO, con la suma de cinco mil córdobas (C$5,000) mensuales de conformidad a lo establecido en los Art. 3 y 4 de la Ley 756, Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua del dieciséis de febrero del año dos mil once.

Desde ahora señalamos que no acompañamos cédula de identidad del poeta Cabrales Venerio, por carecer de ella por el estado de salud mental que lo agobia, sin embargo nadie puede dudar en Nicaragua de la existencia del Poeta Cabrales Venerio y de la vigencia de su obra poética y cultural.
FUNDAMENTACIÓN

De conformidad a lo dispuesto en el Arto. 138 numeral 1 y 19, Arto. 140, inciso 1) de la Constitución Política de la República de Nicaragua, Arto. 14, inciso 2, Arto. 30 numeral 20), Arto. 89, numeral 12, Arto. 90 inciso 2) y Arto. 91 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Artos. 2 y 3 de la Ley 756, Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicitamos se le conceda la Pensión de Gracia Vitalicia al poeta nicaragüense Julio Cabrales Venerio y se le dé el trámite correspondiente a esta iniciativa.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

Los proponentes de este escrito y de esta solicitud de pensión de gracia para el poeta Cabrales Venerio, quisiéramos solicitarles al plenario y en especial a la Comisión Económica y al Presidente de la misma –y quisiera que me escuchara el Presidente de la Comisión Económica en torno a esta solicitud de pensión de gracia para uno de los más grandes poetas de la década de los 60 que ha tenido Nicaragua, Julio Cabrales Venerio-, que por favor se le dé un trámite de urgencia por la importancia de este personaje y por las características de su situación casi de indigencia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, reiterándoles la solicitud de trámite de urgencia.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuando con el Adendum 003, pasamos al Punto 2.128: LEY NACIONAL DE BOMBEROS.

Managua, 02 de mayo 2011.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional

Estimado Señor Secretario:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en uso de las facultades que me confieren los artículos 138, numerales 1 y 19, Arto. 140, inciso 1) de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y los Artos. 14, inciso 2, Arto. 30, numeral 1), Arto. 90 y 91 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría el proyecto de ley denominada LEY NACIONAL DE BOMBEROS, para que sea tramitada conforme ley.

Acompaño a la presente:
Solicito, por la importancia de esta iniciativa de ley, la misma sea priorizada.

Sin más a que hacer mención aprovecho para expresarle mis muestras de consideración y estima.

Atentamente,

Alejandro Ruiz Jirón Wilfredo Navarro Moreira
Diputado Diputado
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 02 de mayo del 2011.

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional.

Estimado Señor Presidente:

El mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que me confieren los artículos 138, numeral 1 y 19, Arto. 140, inciso 1) de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y los Artos. 14, inciso 2, Arto. 30, numeral 1), Arto. 90 y 91 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”, solicito a la Secretaría de la Asamblea Nacional, acoja la presente iniciativa de ley denominada LEY NACIONAL DE BOMBEROS, con el fin de consolidar labor altruista de todos los Cuerpos de Bomberos existentes en nuestro país, con el propósito de obtener los recursos necesarios que faciliten a esta heroica institución atender los diferentes llamados que le realiza la población en casos de accidentes, incendios, derrumbes, inundaciones, entre otras.
CONSIDERANDO

Los Cuerpos de Bomberos surgen en Nicaragua en el año 1936 en la ciudad de Managua, formado por Bomberos Voluntarios como una necesidad de poder apoyar en los casos de incendio exclusivamente posterior al terremoto de 1931.

Con el paso del tiempo se fueron creando cuerpos de bomberos en los diferentes departamentos de Nicaragua, teniendo cada uno de ellos una organización independiente en su administración con sus Estatutos y Reglamentos.

En 1962, con el propósito de fortalecer la unidad bomberil, se crea la Federación de Cuerpo de Bomberos, quienes se fortalecían económicamente en gran parte a través del Instituto Nacional de Prevención de Incendios (INAPI), donde había asignaciones económicas destinadas a garantizar el funcionamiento y equipamiento de las instituciones bomberiles.

En 1979, con el triunfo del gobierno sandinista se crea a través del Ministerio del Interior el Sistema Nacional Contra Incendios (SINACOI), quien por imperio de la Ley sustituye todas las funciones de los Bomberos Voluntarios, quedando las instituciones bomberiles bajo el régimen militar eliminando así el voluntariado.

En 1992, con el gobierno de doña Violeta Barrios de Chamorro y atendiendo a la lucha de los Bomberos Voluntarios de la Federación de Cuerpo de Bomberos de Nicaragua, mediante el Decreto Ejecutivo 02-92, se ordena la restitución de bienes, derechos y acciones de todos los Cuerpos de Bomberos que conforman la Federación de Bomberos de Nicaragua. El gobierno por su parte crea la Dirección General de Bomberos formada como una Dirección del Ministerio de Gobernación, y estos a su vez crean como fuerza coadyuvante y adscrita al Ministerio de Gobernación a la Asociación Civil de Bomberos Voluntarios de Nicaragua, estableciéndose así las tres organizaciones de Bomberos existentes en nuestro país y que se mencionan en la presente ley.
FUNDAMENTACIÓN:

Que en Nicaragua no existen instituciones bomberiles que puedan servir en todo los municipios de nuestro territorio, y que en la actualidad la cobertura bomberil de estas tres instituciones no supera el 25% de los municipios de la nación, es necesario la existencia de estas instituciones para la proyección y fortalecimiento de las mismas bajo una organización en común para regular toda su actividad en materia de: prevención, extinción, investigación, rescate y salvamento y todas las especialidades que implican todas las emergencias. Por tanto, es necesario contar con todos aquellos bomberos, sean estos de carácter asalariados y voluntarios, ya que estos últimos tienen un rol muy importante para los efectos económicos de la nación, pues su función dentro del bomberismo es eminentemente VOLUNTARIA, sin implicar costos algunos, salvos aquellos beneficios que se generan de esta misma ley por el carácter y el servicio que de forma desinteresada han prestado arriesgando sus propias vidas, salvando vidas y propiedades.

En síntesis, a pesar de que los Cuerpos de Bomberos son instituciones consolidadas en la sociedad nicaragüense, el servicio que prestan confronta graves deficiencias:

a) De organización, coordinación y funcionamiento, que sólo puede ser resuelta mediante el establecimiento de una Coordinación Nacional y la determinación de una estructura y comando básico de cada uno de los Cuerpos de Bomberos.

b) De debilidad institucional, que impiden el buen funcionamiento, estabilidad y beneficios sociales acorde con la misión que cumplen.

c) De insuficiencia de funcionarios y distribución de unidades bomberiles en todo el país, la mayor parte se concentran en las principales cabeceras departamentales.

d) De falta de coordinación en sus parámetros de funcionamiento, formación y seguridad social del personal, requiriendo el diseño y ejecución de políticas bajo criterios de uniformidad y eficiencia.

Todas estas deficiencias pueden superarse a través de la ley que hoy estoy proponiendo, LEY NACIONAL DE BOMBEROS.

Por las razones antes expuestas, el suscrito Diputado solicita que la presente iniciativa sea sometida al conocimiento de la Honorable Junta Directiva y puesta a conocimiento del plenario para su correspondiente trámite de formación de ley a la brevedad posible para las consideraciones pertinentes por la Comisión Dictaminadora; conforme a lo establecido en el Arto. 138 numeral 1 y 19, Arto. 140 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y los Artos. 14 inciso 2, Arto. 30 numeral 1), Arto. 90 y 91 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de ley denominada LEY NACIONAL DE BOMBEROS.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación

Alejandro Ruiz Jirón Wilfredo Navarro Moreira
Diputado Diputado.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.

Saludamos a los jóvenes y las jóvenes estudiantes del Colegio Corazón de Jesús de la ciudad de Rivas, quienes son alumnos del quinto año.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES:

En el Adendum 003, vamos con el Punto IV: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE OTORGAMIENTO DE PERSONALIDADES JURÍDICAS, Punto 4.99: ASOCIACIÓN “HOGAR DULCE HOGAR DE NIÑOS (CHILDRENS HOME SWEET HOME)”.
Bluefields, 25 de Abril del 2011.

Doctor
WILFREDO NAVARRO.
Primer Secretario de la Junta Directiva
Asamblea Nacional
Managua, Nicaragua.
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro, reciba ante todo un cordial saludo.

Soy LIONA PONDLER HUMPHREYS, mayor de edad, soltera, enfermera, con domicilio y residencia en Laguna de Perlas, Región Autónoma del Atlántico Sur, portadora de la Cédula de Identidad ciudadana número: seis-dos-seis-uno-cinco-cero-tres-cinco-siete-cero-cero-cero-uno-F (626-150357-0001F); a través de la presente le informo lo siguiente:

Soy Presidente y representante legal de la asociación sin fines de lucro denominada “HOGAR DULCE HOGAR DE NIÑOS (CHILDRENS HOME SWEET HOME)”, la que fue debidamente constituida mediante Escritura Pública número Ciento Veintiséis, denominada “Constitución de Asociación Civil sin Fines de Lucro y Aprobación del Estatuto”, autorizada en el poblado de Laguna de Perlas, RAAS, a las diez de la mañana del día Cuatro de Octubre del año Dos Mil Nueve, ante los Oficios Notariales del Licenciado Peter Martínez Fox. (Adjunto copia de dicho documento).

Resulta Doctor Navarro, que para iniciar el funcionamiento normal de la asociación que represento y cumplir de esta manera con los propósitos y objetivos planteados, en beneficio de la niñez y adolescencia de la comunidad de la Cuenca de Laguna de Perlas, RAAS, es necesario contar con la personería jurídica de la misma, para ser reconocida como tal, ante la sociedad y autoridades locales, nacionales e internacionales.

Por lo tanto, a través de la presente misiva comparezco ante Usted, y le solicito de manera formal, dé TRÁMITE A LA PERSONALIDAD JURÍDICA de la Asociación sin Fines de Lucro “HOGAR DULCE HOGAR DE NIÑOS (CHILDRENS HOME SWEET HOME)”.

Adjunto a la presente encontrará todos los requisitos exigidos por la ley, para estos casos.

Sin otro particular, y en espera de su gran ayuda, me despido de Usted.

Fraternalmente,
LIONA PONDLER HUMPHREYS

4.100 ASOCIACIÓN CORAZÓN DE NIÑA, NICARAGUA”, (CDN, NICARAGUA).

4.101 “ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES INDEPENDIENTES Y PRESTATARIOS DE SERVICIOS DE MERCADOS MUNICIPALES DE NICARAGUA”.

4.102 “ASOCIACIÓN CLUB DEPORTIVO METROPOLITANO DE NATACIÓN DE LEÓN”, “ACDEPMETNA DE LEÓN”.

4.103 “ASOCIACIÓN DE NATACIÓN LOS GUAPOTES DE GRANADA”, “ASNAGUAP”.

4.104 ASOCIACIÓN DIMENSIONES DEL DESARROLLO, “DIDES”.

4.105 “ASOCIACIÓN DE REMO DEL DEPARTAMENTO DE MANAGUA”, (AREDEMAN).

4.106 ”ASOCIACIÓN DE CANOTAJE DEL DEPARTAMENTO DE MANAGUA”, (ACADEMAN).

4.107 “ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE CANOTAJE DE GRANADA”, (ADECAGRA).

4.108 “ASOCIACIÓN REGIONAL DE CANOTAJE DEL CARIBE SUR”, (ARDECCASUR).

4.109 “ASOCIACIÓN DE CANOTAJE DE SAN CARLOS, RÍO SAN JUAN”, (ASODCASANC-RSJ).

4.110 “ASOCIACIÓN DE CANOTAJE DEL DEPARTAMENTO DE LEÓN”, (ACADEL).

4.111 “ASOCIACIÓN DE REMO DEL DEPARTAMENTO DE LEÓN”, (AREDEL).

4.112 “ASOCIACIÓN DE REMO DE SAN CARLOS, RÍO SAN JUAN” (ASDRESANC-RSJ).

4.113 “ASOCIACIÓN REGIONAL DE REMO DEL CARIBE SUR”, (ARRCASUR).

4.114 ASOCIACIÓN DE PADRES DE NIÑOS CON CÁNCER Y SOBREVIVIENTES DE LEÓN, ASPANICASOLE.

4.115 ASOCIACIÓN IGLESIAS EL RABBI (ASIRABBI).

4.116 ASOCIACIÓN “IGLESIA PENTECOSTÉS EL CAMINO SAGRADO”,
“I.P.C.S. ISAIAS 35:8”.

4.117 FUNDACIÓN “LA NIÑEZ IDEAL CON LA COMUNIDAD ADULTA” “FNICCE”.

4.118 FUNDACIÓN DE EMPRENDEDORES SOCIOECONÓMICOS DE OCCIDENTE, (FUNDAEMPRES).

4.119 FUNDACIÓN RED PROFESIONALES DE NICARAGUA, BPN NICARAGUA.

4.120 “FUNDACIÓN AMOR Y ESPERANZA”, “FAE”.

4.121 “FEDERACIÓN DE CANOTAJE DE NICARAGUA”, (FEDECANIC).

Hasta aquí la Presentación de Solicitud de Otorgamiento de Personalidades Jurídicas.

PRESIDENTE POR LA LEY JUAN RAMÓN JIMÉNEZ:

Envíese a la Comisión de Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos con el Adendum 004, Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES, Punto 2.129: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA CARTA SUSCRITA EL 01 DE JUNIO DE 2011, PARA HACER EFECTIVA LA SUSCRIPCIÓN DE 25.123 ACCIONES DE CAPITAL ORDINARIO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (EL “BANCO”), CONSISTENTES EN 611 ACCIONES DE CAPITAL ORDINARIO PAGADERO EN EFECTIVO Y 24.512 ACCIONES DE CAPITAL ORDINARIO EXIGIBLE, DE CONFORMIDAD CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA RESOLUCIÓN TITULADA “AUMENTO DE US$ 70.000 MILLONES EN EL CAPITAL ORDINARIO AUTORIZADO Y LAS CORRESPONDIENTES CUOTAS DE SUSCRIPCIÓN.

Managua, 14 de Junio del año 2011.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Adjunto a la presente le remito por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, la iniciativa de Decreto de "Aprobación de la Carta suscrita por el Gobernador del Banco Interamericano de Desarrollo por Nicaragua, el 01 de junio de 2011, bajo referencia MHCP-DM-E-0675-06-11, la cual será presentada ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para hacer efectiva la presente suscripción de 25.123 acciones de Capital Ordinario del Banco Interamericano de Desarrollo (el "Banco"), consistentes en 611 acciones de Capital Ordinario pagadero en efectivo y 24.512 acciones de Capital Ordinario Exigible, de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución Titulada "Aumento de US$70.000 millones en el capital ordinario autorizado y las correspondientes cuotas de suscripción".)".

Adjunto documentación complementaria, de acuerdo con la ley.


Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.

Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales

Managua, 14 de Junio de 2011.


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89, párrafo 5to., numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, te remito la iniciativa de Decreto de "Aprobación de la carta suscrita por el Gobernador del Banco Interamericano de Desarrollo por Nicaragua, el 01 de junio de 2011, bajo referencia MHCP-DM-E-0675-06-11, la cual será presentada ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para hacer efectiva la presente suscripción de 25.123 acciones de Capital Ordinario del Banco Interamericano de Desarrollo (el "Banco"), consistentes en 611 acciones de Capital Ordinario pagadero en efectivo y 24.512 acciones de Capital Ordinario Exigible, de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución Titulada "Aumento de US$70.000 millones en el capital ordinario autorizado y las correspondientes cuotas de suscripción".)".

Adjunto documentación complementaria, de acuerdo con la ley.


Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.

Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

I. Antecedentes:

La Resolución AG-7/10 del 21 de julio de 2010, aprobada por la Asamblea de Gobernadores mediante la cual se aprueba el "Informe sobre el Noveno Aumento General de Recursos del Banco Interamericano de Desarrollo", contenidos en el documento AB-2764, el que propone un aumento de US$70.000 millones en el Capital Ordinario.

Para que se lleve a cabo la implementación del aumento arriba descrito en el Capital Ordinario del BID, se requiere que sus miembros hagan efectivas varias acciones, y una de las cuales es la adopción de la Resolución Titulado "Aumento de US$70.000 millones en el Capital Ordinario autorizado" y las correspondientes Cuotas de Suscripción, correspondientes a la República de Nicaragua, según la sesión 2 de la citada Resolución, suscribir 25.123 Acciones adicionales, consistentes en 611 acciones de Capital Ordinario pagadero en efectivo y 24.512 acciones de Capital Ordinario Exigible.

Al respecto, se presenta para su consideración y aprobación, carta suscrita el 01 de junio de 2011, bajo referencia MHCP-DM-E-0675-06-11, para presentarse ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), mediante la cual hará efectiva la suscripción de 25.123 acciones adicionales, consistentes en 611 acciones de Capital Ordinario pagadero en efectivo y 24.512 acciones de Capital Ordinario Exigible, de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución Titulada "Aumento de US$70.000 millones en el Capital Ordinario autorizado y las correspondientes cuotas de suscripción".

Asimismo, Nicaragua acuerda pagar la suma de US$7.370.757,18 a cuenta de su suscripción al Capital Ordinario pagadero en efectivo del Banco, mediante cinco cuotas, las primeras cuatro por un monto de US$1.471.738,75 cada una, y la quinta por un monto de US$1.483.802,18, que serán efectivas los días 31 de octubre de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, respectivamente, o en las fechas posteriores que determine el Directorio Ejecutivo, y de conformidad con las demás condiciones señaladas en la Resolución. Cada una de las cuotas deberá abonarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha efectiva correspondiente a la cuota.
FUNDAMENTACIÓN

Por lo antes expuesto, y con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89, párrafo 5to., numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a la consideración de la Asamblea Nacional, la Iniciativa de Decreto de Aprobación de la carta suscrita por el Gobernador del Banco Interamericano de Desarrollo por Nicaragua, el 01 de junio de 2011, bajo referencia MHCP-DM-E-0675-06-11, la cual será presentada ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para hacer efectiva la presente suscripción de 25.123 acciones de Capital Ordinario del Banco Interamericano de Desarrollo (el "Banco"), consistentes en 611 acciones de Capital Ordinario pagadero en efectivo y 24.512 acciones de Capital Ordinario Exigible, de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución Titulada "Aumento de US$70.000 millones en el capital ordinario autorizado y las correspondientes cuotas de suscripción".

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Producción Economía Y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos con el mismo Adendum 004, Punto 2.130: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2527/BL-NI, SUSCRITO EL 4 DE JUNIO DEL AÑO 2011 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).
Managua, 16 de Junio de 2011.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, me permito remitirle Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto de la “Iniciativa de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2527/BL-NI suscrito el 4 de junio del 2011 entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por un monto de US$20,000,000.00 veinte millones de dólares, para financiar el Programa Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en Municipios de Alta Vulnerabilidad Social, y que será ejecutado por el MINSA”, para que conforme a su solicitud se le conceda el trámite que corresponda.


Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.
Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales


Managua, 16 de Julio de 2011.


Compañero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos y Fundamentación, adjunto a la presente te remito “Iniciativa de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2527/BL-NI suscrito el 4 de junio del 2011 entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por un monto de US$20,000,000.00 veinte millones de dólares, para financiar el Programa Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en Municipios de Alta Vulnerabilidad Social, y que será ejecutado por el MINSA”, para que conforme a mi solicitud se le conceda el trámite que corresponda a la presente Iniciativa.


Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.

Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

I. Aspectos Relevantes.

El Gobierno de la República de Nicaragua, ha emprendido una estrategia para mejorar la cobertura, atención y servicios de la salud en Nicaragua, con el fin de dar respuesta a las necesidades de nuestra población. El Gobierno de Nicaragua junto con el Ministerio de Salud, se han propuesto ejecutar un nuevo Modelo de Salud Familiar y Comunitaria (MOSAFC). El cual se basa en dar acceso universal a la salud básica y a los servicios nutricionales con mayor énfasis en la promoción de la salud y prevención de enfermedades, en colaboración con organizaciones comunitarias locales recalcando la promoción, prevención, control epidémico y protección sanitaria, procurando la extensión de los servicios de salud a toda la población de Nicaragua, priorizando el acceso a la población más vulnerable incluidos grupos indígenas, mujeres, niños y ancianos.

El monto total del programa se estima en US$64,905,000.00, de los cuales el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) otorgará un monto de veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$20,000,000.00) incluidos en el “Programa Operativo 2011 del BID”, para financiar el “Programa Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en Municipios de Alta Vulnerabilidad Social”, el cual será ejecutado por el Ministerio de Salud (MINSA).

El objetivo del Programa es incrementar el uso de un conjunto de atenciones de salud materno-infantiles de buena calidad bajo el modelo de salud familiar y comunitaria (MOSAFC) en las poblaciones más vulnerables. Su fin es mejorar el estado de salud de esas poblaciones y reducir la desigualdad, contribuyendo al logro de los objetivos del milenio en cuanto a reducir la mortalidad infantil y materna.

II. Componentes del Programa (alcances relevantes).

Componente 1. Extensión de la cobertura de servicios materno infantil en 22 municipios de los SILAIS de la RAAN, Jinotega y Matagalpa.

Este componente apoyará la extensión de un conjunto de servicios de salud materno infantil, en adelante el “conjunto de servicios”, de calidad en dos sentidos: (i) por la ampliación del abanico de atenciones actualmente ofrecidas con las intervenciones de prevención y promoción; y (ii) por el mayor número de personas atendidas. Con los recursos asignados a este componente se financiará un costo fijo por persona cubierta, asociado a la provisión del conjunto de servicios para la población beneficiaria directa que son las mujeres en edad fértil (MEF) y los niños menores de 5 años.

Componente 2. Fortalecimiento de la capacidad resolutiva materno-infantil en los 22 municipios.

Este componente financiará equipamiento básico y capacitaciones para el personal responsable de prestar el conjunto de servicios en temas de calidad que contempla la pertinencia cultural y enfoque de género y registro.

Componente 3 Gestión, supervisión y evaluación.

Este componente financiará el costo de la administración del Programa, que incluirá un equipo para el seguimiento técnico del mismo desde las estructuras de línea del MINSA, mejorías a los sistemas de registro estadístico, la auditoría financiera del Programa, así como la asistencia técnica para los arreglos de monitoreo y evaluación.

III. Costo y Financiamiento del Programa.

El costo del Programa se estima en el equivalente de sesenta y cuatro millones novecientos cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$64,905,000.00) de los cuales US$20,000,000.00 otorgará el BID, y US$44,905,000.00 serán recursos adicionales, que el prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del programa.

Organismo Ejecutor:

El Organismo Ejecutor será el Ministerio de Salud (MINSA).

Beneficios:

Con este programa se beneficiarán aproximadamente más de un millón de personas, incluidos cerca de 190 mil mujeres en edad fértil y 260 mil niños menores de 5 años, en los 22 municipios dentro de los SILAIS de la RAAN, Jinotega y Matagalpa, basada en los indicadores estudiados.

IV. FINANCIAMIENTO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA EL PROGRAMA.

Para el financiamiento del “Programa Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en Municipios de Alta Vulnerabilidad Social”, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha otorgado al Gobierno de la República de Nicaragua representado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) un Contrato de Préstamo No. 2527/BL-NI, por un monto de Veinte Millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$20,000,000.00), suscrito el 4 de junio de 2011.

Condiciones Financieras:

(a) Financiamiento de Capital Ordinario (CO): El monto de US$10,000,000.00 serán otorgados a treinta (30) años de plazo, incluyendo seis (6) años de gracia, con una Tasa de interés Basada en LIBOR hasta la fecha de Determinación de la Tasa Base Fija.

(b) Financiamiento del Fondo para Operaciones Especiales (FOE): El monto de US$10,000,000.00 serán otorgados a cuarenta (40) años de plazo que incluye cuarenta (40) años de gracia, con una tasa de interés del 0.25% anual.

Una vez que el contrato haya entrado en vigencia, los intereses se pagarán en cuotas semestralmente, consecutivas y en lo posible iguales en las fechas determinadas de la suscripción del contrato de préstamo.
FUNDAMENTACIÓN

Bajo estas condiciones, el préstamo tiene un nivel de concesionalidad de 51.98% aproximadamente, calculada al momento de la firma del préstamo y está en armonía con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público del año 2011; publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 133 del 14 de julio del año 2010, a los objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2008-2011, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 115 del 18 de junio del año 2008 y a lo establecido en la Ley No. 477, “Ley General de Deuda Pública” y su Reglamento Arto. 50, numeral 3, y con fundamento en el numeral 12) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89 párrafo 5to. numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a la consideración de la Asamblea Nacional, la presente “Iniciativa de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2527/BL-NI suscrito el 4 de junio del 2011 entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por un monto de US$20,000,000.00 veinte millones de dólares, para financiar el Programa Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en Municipios de Alta Vulnerabilidad Social, y que será ejecutado por el MINSA”.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía Y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos en el mismo Adendum 004, con el Punto 2.131: LEY DE PROMOCIÓN DE LA EXCELENCIA ACADÉMICA EN CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN MEDIA.

Managua, 16 de Junio del 2011.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Navarro:

Con fundamento en los artículos 138, inciso 1 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua y artículo 14, inciso 2 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito el ante proyecto de ley denominado LEY DE PROMOCIÓN DE LA EXCELENCIA ACADÉMICA EN CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN MEDIA.

Con la correspondiente Exposición de Motivos, y texto de ley a fin de que sea sometida a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional.

Solicito dé trámite correspondiente a esta iniciativa, a fin de que pueda ser conocida y aprobada por el Plenario de la Asamblea Nacional.

Agradeciendo su amable atención a la presente, me despido de usted.

Atentamente,

ADOLFO MARTÍNEZ COLE
DIPUTADO PROPIETARIO

Managua, 16 de Junio del 2011.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional


SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Estimado Señor Presidente:

Con fundamento en los artículos 138, inciso 1 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua y el artículo 14, inciso 2 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, estoy presentando el siguiente proyecto de Ley denominado LEY DE PROMOCIÓN DE LA EXCELENCIA ACADÉMICA EN CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN MEDIA.

El Estado, además de garantizar el ingreso a la educación pública libre y gratuita, debe promover la excelencia académica en los centros de educación pública, mejorando el rendimiento académico de los estudiantes de secundaria.

Por lo que es importante reconocer moralmente y económicamente la excelencia académica como un medio en los mejores graduando de educación media en los colegios públicos del país para promover el rendimiento académico.

También es necesario que el Estado respalde económicamente a los mejores estudiantes graduados de educación media para continuar sus estudios de educación superior, aunque las universidades públicas no cobren aranceles, el estudiante necesita para transporte, material didáctico y hasta alimentación para tener un adecuado rendimiento, debido a que su familia alguna veces no se lo puede suministrar.

Por lo que es obligación de la familia, los docentes y el Estado, promover la excelencia académica de los estudiantes de educación media y respaldar a los mejores graduandos que se encuentran en pobreza, para continuar sus estudios en la educación superior a través de estímulos económicos.
FUNDAMENTACIÓN.

La presente iniciativa tiene como objetivo promover la calidad y rendimiento académico de los estudiantes de secundaria, apoyando a los mejores alumnos egresados con un estipendio para que les permita pagar los gastos adicionales a los aranceles que necesita el estudiante en la universidad.

Esta iniciativa se encuentra fundamentada en los objetivos y responsabilidades que establece nuestra Constitución Política en el Título VII, artículos 116, 117, 118, 119 y 121.

De conformidad a los artículos 138, inciso 1 y 140 de la Constitución Política y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presento la siguiente iniciativa de ley, la que puede ser financiada con la sobre recaudación o sub-ejecución que se refleja cada año en la ejecución presupuestaria.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Punto 3.48: DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LAS ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES.

Le pedimos al Presidente de la Comisión de Asuntos Exteriores, al diputado Francisco Aguirre Sacasa la lectura del Dictamen.

DIPUTADO FRANCISCO AGUIRRE SACASA:

Muchas gracias y buenos días colegas.

Managua, 16 de Junio del 2011.

INFORME DE CONSULTA Y DICTAMEN

DECRETO DE APROBACIÓN DEL “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES”.

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Exteriores de la Asamblea Nacional, nos reunimos para dictaminar el decreto de aprobación del “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES”, el cual fue remitido por el Presidente de la República a Primer Secretaría de la Asamblea Nacional, el 22 de marzo del 2011 y enviado a esta Comisión para su dictamen, el 8 de junio del 2011.
EXPOSICIÓN:

El presente Acuerdo bilateral y de índole laboral, fue suscrito en la ciudad de Managua, el 22 de febrero del año 2011, por los Ministros de Relaciones Exteriores del Gobierno de la República de Nicaragua y del Gobierno de la República de Chile.

Este tipo de Acuerdos los ha suscrito Nicaragua con otros países, entre ellos Perú, Costa Rica, Brasil, Panamá, México, Estados Unidos, y el Reino Unido.

OBJETIVO:

El Acuerdo permite a los familiares dependientes del personal diplomático, consular, técnico y administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares, acreditados en el Estado receptor, realizar actividades remuneradas, de conformidad a la legislación de cada Estado. Su ámbito de aplicación es solamente para el área diplomática y en condiciones de reciprocidad procura que todos los beneficiados logren mejorar sus condiciones de vida y gozar de un entorno familiar más cohesionado al asumir responsabilidades laborales, como dependientes de funcionarios diplomáticos.

Para fines del Acuerdo se entenderá como dependientes a los siguientes parientes:

 1) El/ la cónyuge, de conformidad con las leyes del Estado que envía.

 2) Los hijos solteros dependientes, menores de edad o los hijos solteros dependientes, menores de 25 años, que vivan a cargo de sus padres y que cursen estudios en centros de enseñanza superior, reconocidos por cada Estado.

 3) Hijos solteros dependientes que vivan a cargo de sus padres y tengan alguna discapacidad física o mental, pero en condiciones de trabajar.

El Acuerdo garantiza la igualdad de derechos y deberes laborales que tendrán los beneficiados en los países receptores, sin más restricciones que las establecidas por la ley y en las mismas condiciones que los ciudadanos comunes de los dos Estados suscriptores.

Cada dependiente, para llevar a efecto la actividad remunerada en cada país receptor, deberá contar con el consentimiento de dicho país, el cual lo extenderá de forma expresa a través del Ministerio de Relaciones Exteriores respectivo. El consentimiento referido anteriormente no implica el reconocimiento de títulos, grados o estudios realizados por el dependiente en su país de origen.

En el caso de familiares dependientes que gocen de inmunidad de jurisdicción civil o administrativa del Estado receptor de conformidad con la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961 o de conformidad con las normas de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de l963, dicha inmunidad no regirá con respecto a ningún acto u omisión realizado en el desarrollo de la actividad remunerada.

En el caso de familiares que gocen de inmunidad de jurisdicción penal del Estado receptor, dichas disposiciones se seguirán aplicando con respecto a cualquier acto realizado en el curso de la actividad remunerada, salvo en casos de delitos graves cometidos, para lo cual a solicitud del Estado receptor, el Estado que envía deberá considerar seriamente el retiro de la inmunidad de jurisdicción penal en el Estado receptor, al familiar dependiente involucrado.

El Acuerdo permitirá que los países receptores perciban el tributo fiscal que deberán aportar los trabajadores beneficiados con este y así mismo será el tratamiento en cuanto a los aportes de Seguridad Social.

La Misión Diplomática del Estado acreditante notificará a la Dirección de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor el comienzo y la terminación de la actividad laboral del familiar.

Este Acuerdo es de carácter indefinido, pero podrá ser denunciado por cualquiera de las partes en cualquier momento, a través de la vía diplomática.

Las diferencias con relación a la interpretación o aplicación del Acuerdo, deberán ser resueltas a través de consultas mutuas.

La puesta en práctica de este Acuerdo no contempla inversión por parte del Gobierno de Nicaragua y no crea compromisos económicos y financieros para nuestro país.
Consultas:

La Comisión realizó la consulta correspondiente, de conformidad a los Artos. 98 y 99 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, siendo ésta con el Ministerio de Relaciones Exteriores, específicamente con el Director de Soberanía de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, quien expuso que la aprobación de este Acuerdo traería una mejor estabilidad económica a los familiares de diplomáticos nicaragüenses acreditados en Chile y conllevaría a una mejor relación y confraternidad entre los pueblos de Nicaragua y Chile. No encontrando ninguna objeción para la aprobación del Acuerdo.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN:

Los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Exteriores, fundamentados en los Artos. 138, numeral 12) y 150 numeral 8 de nuestra Constitución Política; Arto. 50, numeral 1), Arto. 64, numeral 1), Arto. 89 numeral 3) y Arto. 124 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, dictaminamos favorablemente la aprobación del “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES”, el cual no se opone a nuestra Constitución Política, ni leyes constitucionales, así como a Convenios Internacionales ratificados por Nicaragua. En consecuencia, sometemos a consideración del plenario de la Asamblea Nacional, el presente dictamen y el Decreto de aprobación, los que adjuntamos y solicitamos su debida aprobación.

Atentamente,
COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES

FRANCISCO AGUIRRE SACASA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ
PRESIDENTE VICE-PRESIDENTA

JOSÉ PALLAIS ARANA ÉLIDA M. GALEANO CORNEJO
MIEMBRO MIEMBRO

CARLOS GADEA AVILÉS WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO
MIEMBRO MIEMBRO
LUIS ULISES ALFARO MONCADA
MIEMBRO


Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado Aguirre Sacasa.

Pasamos a la discusión en lo general del Acuerdo entre la República de Chile y la República Nicaragua.

A votación en lo general el Dictamen.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 1 Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Chile, sobre autorización para el ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, técnico y administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Diplomáticas”, suscrito en la ciudad de Managua, a los 22 días del mes de febrero del 2011.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.
58 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, anexándose como parte integral de este Decreto el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Chile, sobre autorización para el ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, técnico y administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares” y entrando en vigor internacionalmente conforme lo establece el artículo 138 numeral 12 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2 y con él se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Chile, para autorizar el ejercicio de actividades remuneradas a personas miembros de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares”.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

En el Adendum No. 004 vamos a continuar con el Punto 3.47: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL PERIODISTA RODOLFO JOSÉ TAPIA MOLINA.

Le pedimos al Presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, compañero Wálmaro Gutiérrez, la lectura del Dictamen.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 21 de Junio del 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del plenario el día 11 de mayo del año 2009 para dictaminar el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Rodolfo José Tapia Molina.

I

Informe de la Comisión

1.- De la Presentación de la Iniciativa.

El día 13 de octubre del año 2008, el Diputado Wilfredo Navarro Moreira, presentó en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2.- Objetivo.

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor del Sr. Rodolfo José Tapia Molina, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como Periodista y Comunicador, formador de grandes profesionales de la comunicación y luchador inclaudicable por la defensa de los Derechos Sociales, Humanos y Democráticos, características inherentes que identifican actualmente a la nación nicaragüense.

3.- Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el Numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

Así mismo, se consultó a la Asociación de Periodistas Parlamentarios, Asociación de Periodistas de Nicaragua y a la Unión Nacional de Periodistas de Nicaragua, quienes respaldaron de manera unánime tal iniciativa.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de los recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva Creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva Pensión de Gracia con su respectivo cargo económico.
II

Antecedentes

El Señor Rodolfo José Tapia Molina nació el 08 de Marzo de 1932 en la ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua. Desde su juventud se desempeñó como locutor de cabina en diferentes emisoras de gran prestigio y aceptación nacional tales como: Radio Xolotlán, Radio Continental, Radio Mil, La Voz de Nicaragua, Radio Noticias y Radio Mundial.

Se inició como periodista en Radio Mil, La Voz de Nicaragua, donde fundó el Radio Periódico EL TIEMPO EN MARCHA, en Radio Mundial en 1957 inició el noticiero Radio Informaciones, donde introdujo cambios fundamentales en la radio difusión nacional, dejando a un lado la tradicional lectura de las noticias de los diarios, y buscando sus propias noticias mediante el reporte directo en las fuentes informativas, inaugurando la entrevista mediante grabaciones en el lugar de los hechos y monitoreando emisoras extranjeras.

Con el pasar del tiempo el Sr. Tapia Molina ha desempeñado varios cargos muy ligado al quehacer periodístico e informativo tales como: 1964 – 1979: Director Fundador de la Agencia de Publicidad Tapia Molina, 1965 – 1967: Cofundador y Gerente Radio Libertad, 1980 – 1981: Subdirector del Departamento de Prensa del Sistema Sandinista de Televisión, 1983 profesor de Radio de la Escuela de Radio periodismo UNAN-Managua, 1986–1989 fue Director de Radio Sandino y en el año 2007: Director de Radio Informaciones. (hasta la fecha).

Dentro de sus actividades gremiales fue fundador y tesorero de la primera Junta Directiva de la Unión de Periodista de Nicaragua (UPN), miembro de la década del sesenta del Sindicato de Radio periodistas de Managua, participó beligerantemente en el Periodismo de Catacumba, fue fundador directivo de la Fundación de Periodismo y Cultura “William Ramírez Solórzano”, Fundador y Tesorero de la Alianza Radio Periodismo Asociados de Nicaragua (RAN) y Presidente del Comité de Ética del Colegio de Periodista de Nicaragua (CPN).


Han sido muchos y muy importantes las condecoraciones y reconocimientos al Noticiero Radio Informaciones y particularmente a su director Fundador Sr. Rodolfo Tapia Molina, las cuales por su trascendencia mencionamos, entre otros:

 1964. Premio Nacional “Monje de Oro”.

 1972. Diploma 20 Aniversario de la ONAP.

 1980. Diploma Cruzada Nacional de Alfabetización. ANDEN.

 Diploma de Honor, Empresa Artística PAINSA.

 1992 Mención especial UPN-APN, por sostener más de 20 años su aporte continuo a la Patria.

 1994. Diploma “Forjador Histórico del Periodismo”. UPN.

 1995 Diploma de Honor otorgado por la Junta Directiva del Teatro Nacional Rubén Darío.

 Diploma de Gratitud y Reconocimiento, Comedia Nacional de Nicaragua.

 1996. Diploma Reconocimiento al Mérito 18 Aniversario del Periodismo de Catacumbas.

 Diploma Periodista Ambientalista. MARENA.

 1997. Diploma de Declaratoria Especial de Ciudadano Distinguido de la Ciudad de Managua.

 Diferentes reconocimientos por parte de organizaciones y gremios, en conmemoración del 40 aniversario de vida Periodística.

 1998. Placa de Reconocimiento en conmemoración al 50 Aniversario de Radio Mundial.

 Diploma UNESCO Instituto de Investigaciones y Acción Social “Martin Luther King” UPOLI. “HISTÓRICA LABOR Y VALIOSO APORTE A LA COMUNICACIÓN SOCIAL DE NUESTRA PATRIA”.

 1999 Diploma otorgado por APN, reconociéndolo como El Decano de la Prensa Hablada.

 Pergamino de declaratoria de Huésped Distinguido de la Ciudad de León Santiago de los Caballeros.

 Galardón “Sol de Oro a la Excelencia” IMC, Agrupación de la Excelencia y Calidad en México.

 2000. Reconocimiento Especial de la UPN “Periodismo Merecedor de Premios Internacionales”.

 2001. Certificado CEOP, de EDITARTE reconociéndolo como el Noticiero preferido por los pobladores Urbanos de Managua”.

 2001. Diploma y Medalla Instituto Cultural Rubén Darío de Chile “Mérito Proyección Nacional e Internacional con Gran Prestigio”.

 2001. Diploma de Honor Museo Archivo Rubén Darío. Patrimonio Familiar Soriano Estrada y Liceo Lola Soriano.

 Micrófono de Oro, por su gran labor profesional, en el Primer Congreso Internacional de Locutores “Nicaragua 2001”.

 2002. Orden 150 Aniversario. Alcaldía de Managua, en “Reconocimiento a su destacada contribución al desarrollo y fortalecimiento de las reediciones y valores culturales de nuestra ciudad Capital”.

 Diploma IPADE, Por su “alta contribución al proceso de democratización de Nicaragua”.

 2003. Diploma UNI: “Reconocimiento a la Destacada Contribución al quehacer Universitario”.

 2004. Declaración de Ciudadano Distinguido de Managua.

 Galardón Nacional “Lo mejor de lo Mejor” APN.

 2004. Reconocimiento a la Labor Periodística. Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.

 Medalla al Mérito “Medio siglo a la orilla de la Historia”. Fundación Periodismo y Cultura “William Ramírez Solórzano”.
 “Orden 25 Aniversario de la Revolución Popular Sandinista”.

 Reconocimiento Honor al Mérito otorgada por la UPN.

 Reconocimiento como “El Decano del Periodismo” a Rodolfo Tapia Molina. Otorgado por ONAP.

 Designación como “Maestro de Generaciones”. Otorgado por la Asociación de Cronistas Deportivos de Nicaragua. ACON.

 2007. Orden Rigoberto Cabezas, Máxima Distinción Otorgada por la Asamblea Nacional a Comunicadores Sociales.

 Reconocimiento a su prolongada y eficiente labor periodística y el 50 aniversario de Radio Informaciones, El Decano. Otorgada por la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.

 Orden Independencia Cultural Rubén Darío. Otorgada e impuesta por el Presidente de la República Daniel Ortega Saavedra. Siempre en el año 2007.
III

Consideraciones de la Comisión.

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante e inclaudicable trayectoria periodística y social del Sr. Rodolfo Tapia Molina, quien a los 79 años de edad y con más de 50 años en el periodismo nacional y al frente del noticiero Radio Informaciones, se ha constituido hoy por hoy en uno de los más importantes iconos y referentes del Periodismo en Nicaragua. Su ejemplo de tenacidad, extraordinaria perseverancia, honorabilidad, e invaluables principios éticos y morales con los que ha desempeñado el apostolado del periodismo, lo hacen más que merecedor de este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios del Sr. Tapia Molina, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia por cuanto el distinguido periodista actualmente se encuentra en un estado de salud sumamente delicado, el cual sumado a su avanzada edad y grandes limitaciones económicas para hacerle frente a los diferentes padecimientos que le aquejan, le hacen estar en una situación de altísima vulnerabilidad.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de reserva Creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.

Después de haber analizado el curriculum y documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados informamos a los honorables diputados haber corroborado que el distinguido periodista Sr. Rodolfo José Tapia Molina, cumplen con creces los requisitos establecidos en la Ley No. 756 “ Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como ésta, estamos dando un mínimo y merecido reconocimiento al esfuerzo y dedicación de hombres y mujeres de prensa que día a día realizan una inestimable contribución a la sociedad nicaragüense y a su sistema democrático.
IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor del Sr. Rodolfo José Tapia Molina, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98, 99, 100 y 102 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.

Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO
Wálmaro Gutiérrez Mercado Freddy Torres Monte
Presidente Vicepresidente

José Figueroa Aguilar René Núñez Téllez
Vicepresidente Integrante

Wilfredo Navarro Moreira. Oscar Moncada Reyes
Integrante Integrante

Adolfo Martínez Cole Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante

Gustavo Porras Cortés Odell Íncer Barquero
Integrante Integrante

Guillermo Osorno Brooklyn Rivera Bryan
Integrante Integrante

Hasta aquí el Dictamen donde nos honramos aprobar esta Pensión de Gracia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado Gutiérrez.

Pasamos a la discusión del Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al periodista Rodolfo José Tapia Molina, identificado con Cédula de identidad No. 001-080332-0002H como reconocimiento a su distinguida trayectoria periodística y destacada labor en el marco de la promoción y defensa de los valores y principios democráticos del pueblo nicaragüense.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de cinco mil córdobas mensuales. (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A la votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de reserva Creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida Presupuestaria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Así mismo, este beneficio no será objeto de venta, traspaso, embargo o gravamen de ninguna especie; y sólo será entregado al Sr. Rodolfo José Tapia Molina, o a persona debidamente autorizada para ello.

Hasta aquí el artículo 4.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto. Publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5 y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor del periodista Rodolfo José Tapia Molina.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Continuamos con el Adendum No. 004, Punto el 3.46: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR DOMINGO ANTONIO SÁNCHEZ SALGADO.

Se le pide al Presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto leer su Dictamen.

Muchas gracias.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 21 Junio del 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Su despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del plenario el día 14 de septiembre del año 2007 para dictaminar el Proyecto de Pensión de Gracia a favor del Señor Domingo Antonio Sánchez Salgado.

Informe de la Comisión

1.- De la Presentación de la Iniciativa.

El día 8 de Agosto del 2007, los Diputados Víctor Hugo Tinoco, Enrique Sáenz y la Diputada Mónica Baltodano, respaldaron y remitieron para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2.- Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor del Señor Domingo Antonio Sánchez Salgado, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada y ejemplar trayectoria como dirigente político sindical y ex miembro del Consejo de Estado y de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.

3.- Consulta.
En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley # 756 “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional Contenida en el Numeral 19) del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmo que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.
II

Antecedentes

El Señor Domingo Antonio Sánchez Salgado, conocido como “Chagüitillo”, nace en Chagüitillo, Sébaco, Departamento de Matagalpa, el 20 de Diciembre de 1915, de donde por metonimia asume ese nombre de combate que lo distinguirá por el resto de su vida, en su lucha sindical, anti somocista y por la causa del Socialismo. Desde su temprana juventud se involucra en la lucha contra la dictadura somocista como activista del Partido Conservador de Nicaragua.

En agosto de 1944 se vincula con dirigentes sindicales y socialistas del recién fundado Partido Socialista Nicaragüense, obteniendo su militancia el 2 de abril de 1945 en la ciudad de Matagalpa. Su destacada actuación lo lleva a sufrir toda clase de vejámenes y torturas, dejando para la historia de Nicaragua el nada envidiable “récord” de más de 100 “carceleadas” en diferentes prisiones del país.

En 1948 sufrió ocho meses de cárcel conjuntamente con todo el Comité Central del Partido Socialista, regresando a Matagalpa para reorganizar el partido y a los sindicatos de la ciudad y del campo. El Sr. Sánchez Salgado supo combinar la lucha política antisomocista con la lucha sindical y por el socialismo, y logra aglutinar valiosos cuadros de la calidad de Carlos Fonseca Amador y Bernardino Díaz Ochoa, ambos héroes de la Revolución Popular Sandinista, que fueron asesinados por la Guardia Nacional.

En enero de 1950 en su confrontación cotidiana frente a las injusticias del somocismo y como dirigente socialista “Chagüitillo”, como ya se le conoce en el ambiente sindical, promueve y lucha enérgicamente por la Justicia Social, uno de los pilares fundamentales del socialismo. Los vejámenes y prisiones sufridas por Chagüitillo, su honestidad a toda prueba y su transparencia intachable, siempre presentes en toda su actuación, enaltecen su personalidad ejemplo de generaciones.

El Sr. Sánchez, con su larga militancia en el Partido Socialista Nicaragüense se ha ganado el derecho de ser condecorado con la Orden “Héroe del Socialismo” del Partido Socialista Nicaragüense. Su larga, incansable y fructífera trayectoria como defensor de los intereses de los trabajadores nicaragüenses y como militante indoblegable y rectilíneo del PSN, como connotado luchador contra la dictadura somocista incorporado en la Unión Democrática de Liberación (UDEL), donde representando al PSN, establece una Alianza revolucionaria con el Mártir de las Libertades Públicas, Dr. Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, lo hizo más que merecedor del homenaje que le otorgó el PSN y muchos más reconocimientos.

En Managua desarrolló sus actividades pero en escala nacional, por su dinamismo y capacidad hizo del sindicato de carpinteros, albañiles y similares, un verdadero destacamento sindical y bajo su dirección se conquistaron importantes leyes sociales en Nicaragua.

En 1980, fue representante de la CGT independiente en el Consejo de Estado, en 1985 fue candidato a la Presidencia de la República, quedando como diputado ante la Asamblea Nacional. En 1990 fue electo diputado por el FSLN, terminando su cargo el 10 de Enero de 1997 cuando la Dra. Myriam Argüello era la Presidente de la Asamblea Nacional.

El Señor Sánchez fue segundo secretario, también fue compañero del Dr. Wilfredo Navarro, en la Asamblea Constituyente en 1986. Por su destacada labor en la Campaña por la Constitucionalización del 6% para las Universidades, fue condecorado por el Consejo Nacional de Universidades. (C.N.U.).

En el año 2003, el Ministerio del Trabajo le otorga diploma reconociendo su ejemplo sindical, igual que los habitantes de la Colonia 14 de Septiembre.

En Villa Chagüitillo, fue nombrado “Hijo Dilecto” de dicha localidad. La Universidad Popular de Nicaragua (UPONIC), le otorgó el Título de Doctor Honoris Causa, y la Universidad Politécnica de Nicaragua (UPOLI), le otorgó el título de “Héroe Civil”, y la Orden de la Paz, “Martín Luther King”.
III

Consideraciones de la Comisión

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante trayectoria sindical y política del Señor Domingo Antonio Sánchez Salgado, quien a sus 96 años de edad y con más de 70 años de lucha por los derechos sociales y políticos de los trabajadores, incluyendo el haber sido diputado destacado en el Consejo de Estado y la Asamblea Nacional, su innegable humanismo y compromiso con la clase trabajadora, hacen meritorio este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios del Señor Domingo Sánchez Salgado, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario señalar que si la historia sindical de Nicaragua tiene un nombre ese nombre se conoce como “CHAGÜITILLO”, quien nunca dudo en exponer su vida por defender a la clase trabajadora, sobre todo a los carpinteros, albañiles y similares, a quienes aglutinó en un fuerte sindicato, con el que lograron importantes leyes sociales, sin dejar de mencionar la lucha frontal que hizo contra la dictadura somocista.

También esta Comisión considera necesario aprobar esta pensión de gracia, por cuanto este distinguido héroe sindical y destacado parlamentario actualmente se encuentra con severos problemas de salud de carácter crónicos y sistémicos, de lo que se tienen documentos clínicos que rolan en los archivos de esta Comisión, lo cual unido a las limitaciones económicas para hacerle frente a estos problemas y demás necesidades básicas, le hacen estar en una situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber leído la trayectoria político sindical y de lucha anti somocista del Sr. Domingo Sánchez Salgado, que fundamenta esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados informamos a los honorables diputados haber corroborado que el Sr. Domingo Antonio Sánchez Salgado, cumple los requisitos establecidos en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como éstas, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un modesto pero significativo respaldo económico, al esfuerzo y la dedicación de hombres y mujeres a la lucha por los derechos sociales y políticos de la clase trabajadora del pueblo nicaragüense.
III

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor del Sr. Domingo Antonio Sánchez Salgado, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98,99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable. Solicitamos al honorable plenario la aprobación del mismo.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Oscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Hasta aquí el Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Saludamos la visita de los estudiantes de la Escuela de Gestión y Desarrollo Comunitario de la Asociación Martín Luther King.

Bienvenidos.

A discusión el Dictamen en lo general.

Diputado Víctor Hugo Tinoco, tiene la palabra.

DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:

Gracias, Presidente.

Quiero saludar de manera muy especial esta decisión que se está tomando sobre Domingo Sánchez Salgado, “Chagüitillo”, un héroe de la lucha social, de la lucha sindical y de la lucha política y democrática en Nicaragua.

Creo que Domingo, al igual que otros como Rodolfo Tapia, a quien le acabamos de aprobar también su pensión de Gracia, y otras personas, son prohombres nicaragüenses que ameritan que en la Asamblea Nacional los tratemos como tales, como prohombres. Yo quería además de reconocer esta decisión, llamar la atención a un hecho muy concreto, para que mejoremos hacia delante. Lamento que le hayamos retrasado tanto tiempo a Chagüitillo esta Pensión, que los diputados del MRS la introdujimos en el año 2007, hace poco más de cuatro años, y es hasta ahora que se aprueba. Cuando la presentamos, Domingo Sánchez tenía 91 años de edad, ahora tiene 95 años de edad.

Lo que quiero señalar aquí, más que hacer críticas o recriminaciones sin sentido, es que por favor veamos hacia adelante por los hombres que han luchado por este país, por los hombres que han sido íntegros, que han sido honestos, independientemente de si son liberales, sandinistas, socialistas, conservadores, lo que sea, reconozcámoslos a tiempo y de manera oportuna. No cometamos el error que se cometió ahorita con Domingo, de haber atrasado tanto esta pensión, tal vez sólo porque la presentamos los diputados del MRS, o porque Domingo en aquel momento optó por respaldar la candidatura de Herty Lewites, pienso que ahí hubo una actitud de sectarismo que no tiene que ver con la Comisión Económica, sino que es un problema conceptual de nuestra política.

Mi llamado es que veamos hacia adelante, no cometamos estos mismos errores, no tengamos engavetados y congelados tanto tiempo los reconocimientos tan importantes para hombres tan eméritos como Domingo Sánchez, reconocimiento que ahora le estamos haciendo; porque esta pensión efectivamente más que el valor monetario, es el valor moral que tiene para el hombre. Estaba oyendo ahorita en el cafetín, que estaba ahí por casualidad cuando le aprobamos la pensión a Rodolfo Tapia Molina, y oía que Roberto Sánchez llamaba a Rodolfo Tapia y le comentaba que le habían aprobado la pensión ahorita y le decía Roberto, y estoy totalmente de acuerdo con él, de que era más que en lo material era un reconocimiento a su persona y a su trayectoria.

Entonces, evitemos cometer los mismos errores y las prácticas de frenar cosas que son dolorosas y que las diferencias políticas, ideológicas las tratemos de poner acorde y reconozcámosle sus valores a los hombres que lo merecen, de tal manera que saludo esta nueva actitud y espero que la podamos mantener hacia adelante en este Parlamento.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.

DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:

Muchas gracias, Presidente.

Quiero manifestar mi apoyo más entusiasta a la aprobación de esta pensión de gracia para el sindicalista y ex miembro de esta Asamblea Nacional, ex diputado Domingo Sánchez Salgado, quien compartió con mi padre mucho tiempo en la larga lucha antisomocista.

Quiero recordar tres cualidades de este extraordinario representante de la clase trabajadora nicaragüense. En primer lugar, su lucha inclaudicable para que Nicaragua tuviese un régimen democrático, la lucha contra Somoza; en segundo lugar, un hombre de características muy democráticas que sabía escuchar, y que supo llevar la lucha de los trabajadores al más alto nivel. Así que quisiera manifestar mi apoyo a esta merecida pensión de gracia y felicitar a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, por haber mocionado esta pensión de gracia y al mismo tiempo también quería manifestar mi felicitación, mi congratulación al diputado Wilfredo Navarro, por haber propuesto una merecida pensión de gracia también al periodista Rodolfo Tapia Molina, la que aprobamos recientemente.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Gracias, Presidente.

Quiero ser breve, porque creo que es mi obligación aclarar la posición de responsabilidad que ha tenido la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto en relación con este tema.

Efectivamente, nosotros fuimos los impulsores y dictaminadores de la primera ley que existe en este país, en relación con la regulación de la facultad constitucional que tiene esta Asamblea Nacional para la aprobación de pensiones de gracia. Nosotros consideramos de mucha responsabilidad, primero tener un cuadro, una estructura legal en la cual basar los diferentes dictámenes de las decenas de solicitudes de pensiones de gracia que presentan los diferentes diputados y diputadas del Parlamento nacional, con el objetivo de garantizar primero, que cuando una pensión de gracia se apruebe en base a requisitos que establece la Constitución y la ley. O sea, no es porque me cae bien, porque me cae mal, porque me cae regular, porque creo que es un gran hombre o porque creo que es una gran mujer; cada uno tiene sus propios criterios al momento de valorar a un ser humano.

Sin embargo, eso ya quedó a un lado, cuando se aprueba la ley que regula esta facultad constitucional y hoy en día, puedo asegurar que la Comisión Económica ha hecho un trabajo técnico, profesional, para la emisión de estos dictámenes de otorgamiento de pensiones de gracia, y que los hombres y mujeres que hoy vienen respaldados por la Comisión Económica para que se les otorgue esta Pensión de Gracia, es porque tienen el reconocimiento, los valores y los aportes a la sociedad nicaragüense y a la humanidad en su conjunto, que los hacen merecedores de este reconocimiento honorífico. Por lo tanto, de esa misma manera va a continuar trabajando la Comisión Económica y fue por eso que por algún tiempo abrimos un compás de espera hasta tener reunida este tipo de condiciones jurídicas legales.

Para finalizar, en nombre de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional y la Convergencia, respaldamos unánimemente esta Pensión de Gracia de Chagüitillo, que no voy hablar de él, porque creo que sus propios méritos hablan a gritos por este gran hombre, sindicalista y lo más importante, un gran ser humano y un gran nicaragüense.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputada Myriam Argüello, tiene la palabra.

DIPUTADA MYRIAM ARGÜELLO MORALES:

Gracias, Presidente.

Quiero dirigir unas cuantas palabras el día de hoy, para aplaudir la justicia que se hace en cuanto al otorgamiento de esta Pensión de Gracia para Chagüitillo. Me correspondió estar en esta Asamblea Nacional en los años 90, primero como Presidenta de ésta y luego como diputada, en la que también estaba Chagüitillo. Recuerdo que conversaba con él y me decía, “que a los trece años de edad, él andaba detrás del General Emiliano Chamorro, luchando junto con él y lo mandaban de correo porque era un chavalo de doce, trece años”, después entró en las luchas sindicales y fundó el Partido Socialista. Asimismo recuerdo cuando se hicieron las Reformas Constitucionales en 1995, y se discutió el artículo 147 de la “No Reelección Presidencial Continua”, dentro de los alegatos, Chagüitillo mantuvo una posición en relación con los derechos políticos individuales, de tal manera que al momento de votar los presentes en la Asamblea Nacional de todas las bancadas, sin excepción todos votaron a favor del artículo 147, salvo Chagüitillo que se abstuvo, no hubo ninguna votación en contra, pero Chagüitillo se abstuvo de votar.

Posteriormente, cuando terminamos la función de diputados en el año dos mil siete, Chagüitillo estuvo gestionando en el Seguro Social lo relacionado a las pensiones de Seguridad Social, él siempre consideró que la liquidación de esa pensión que se le hizo y que nos hicieron a algunos, no era correcta ni era justa, y que por lo tanto necesitaba una reconsideración, peleó por meses y meses y años, porque le hicieran una rectificación en la pensión de Seguridad Social y jamás pudo obtener esa rectificación.

Me hubiera gustado ver a Chagüitillo aquí en este momento y poderlo saludar personalmente, pero vaya para él toda mi consideración y aprecio, como el político y el sindicalista correcto, honesto, que jamás pospuso los intereses económicos y políticos personales por encima, si no que siempre pensó en Nicaragua.

Gracias Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

Cerramos con el diputado José Antonio Zepeda, quien tiene la palabra.

DIPUTADO ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, Presidente.

Efectivamente, para los dirigentes sindicales hablar de Chagüitillo, es hablar de ese proceso de institucionalización como es el sindicalismo. No se puede hablar dentro del movimiento sindical sin tomarlo como referencia de su lucha permanente y sistemática, y obviamente el fortalecimiento del trabajo sindical en función de lograr equilibrio social, de hacer una mejor distribución de la riqueza y de poder tener una democracia verdadera con justicia social.

Para nosotros como dirigentes sindicales, Chagüitillo es esa referencia, más allá de las personas, más allá de las posiciones que se puedan tener. Estudiamos ese esfuerzo, esa dedicación desde su central sindical, desde sus aportes en la lucha permanente en la construcción, y obviamente, en su lucha para lograr que el sindicalismo realmente se reconozca como una institución necesaria y fundamental para el desarrollo del país. Así que creemos que es bueno reconocer siempre estos esfuerzos, porque este es un reconocimiento que el sindicalismo en Nicaragua es fuerte y se requiere obviamente para fortalecer la democracia nicaragüense.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos a la votación en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al señor Domingo Antonio Sánchez Salgado, identificado con la Cédula Nº 448-201215-0000G, como reconocimiento a su distinguida trayectoria de lucha sindical y política, y por su contribución a la patria desde su escaño en el Consejo del Estado y la Asamblea Nacional.

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 29 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtudes del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de (C$ 5,000.00) cinco mil córdobas netos, los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 3 Para efectos de pago a la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de Reserva, creado por la Ley Nº 175 “Ley creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha del 15 de abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida Presupuestaria.

Hasta aquí el artículo 3.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todo los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que establecen en la Ley 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional, contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.
Hasta aquí el artículo 4.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 5 El Presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5 y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia, al Compañero Domingo Antonio Sánchez Salgado “Chagüitillo”.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Siempre en el Adendum 004. Punto 3.43: OTORGAMIENTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR, DEL SEÑOR RÓGER PÉREZ DE LA ROCHA.

Le solicitamos al Presidente de la Comisión de Producción Economía y Presupuesto, lea el Dictamen favorable.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Managua, 21 Junio del 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 5 de abril del año 2011, para dictaminar el Proyecto de Pensión de Gracia a favor del Señor Róger Pérez de la Rocha.
I

Informe de la Comisión

1. De la Presentación de la Iniciativa.

El día 18 de marzo del 2011, el Diputado Presidente de la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua, Ing. René Núñez Téllez, respaldó y remitió para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado, la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2. Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor del Señor Róger Pérez de la Rocha, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como Maestro y Pintor, con más de 40 años de brillante y destacada trayectoria artística y cultural en Nicaragua.

3. Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional Contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a éste se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.

II

Antecedentes

El Maestro y Pintor Róger Pérez de la Rocha, nace el 28 de marzo de 1949, en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua. A la temprana edad de 15 años ingresa a estudiar en la Escuela Nacional de Bellas Artes, donde se destaca como un adolecente prodigio. Durante su estancia en ese centro de estudios del arte, fue el centro de atención y cuido del maestro Rodrigo Peñalba, Director de la escuela. Asimismo, varios intelectuales como Carlos Martínez Rivas, Pablo Antonio Cuadra y Ernesto Cardenal, lo atendieron y reprodujeron sus tintas y dibujos en La Prensa Literaria y en la Editorial El Pez y La Serpiente. El poeta Ernesto Cardenal para terminar de formarle, se lo lleva al Archipiélago Solentiname, donde fundan juntos con los campesinos la Escuela de Pintura Primitivista.

En 1968 es favorecido con una beca del Instituto de Cultura Hispánica, para realizar estudios de pintura muralista en la Escuela Superior de Bellas Artes de San Fernando, en Madrid, España. De regreso de España pasa por México, donde el poeta Ernesto Mejía Sánchez le habló y le enseñó de los más grandes y renombrados muralistas mexicanos.

En 1971 fue el más joven pintor que se integra al grupo PRAXIS y ese mismo año en el primer Bienal de Centroamérica en San José, Costa Rica, le dieron una mención otorgada por el exigente tribunal de dicha bienal.

El poeta Julio Valle Castillo, señala que entre el período que estuvo en la Escuela de Bellas Artes de Nicaragua, la de Bellas Artes en Madrid y su regreso al país, Pérez de la Rocha empieza ilustraciones y dibujos que hacen ver con toda claridad su obra, lo que vendría después: “se trata de un pronto hallazgo de sí mismo, que dice de su precocidad…el cuerpo humano, facilidad innata y dominio, destreza que tendía hacia el virtuosismo, con el que después ha hecho alardes”.

En 1972 es nombrado director de la Escuela de Bellas Artes en la UNAN-León y Presidente de la Unión Nacional de Artista Plásticos (UNAP).

En 1975 realiza estudios de especialidad de grabados sobre metal en la Academia de San Carlos, México y es Miembro Huésped en el Taller de Gráfica Popular, donde practica litografía. En 1979 es Director Interino de la Escuela Nacional de Bellas Artes, Managua. En 1981 estudia grabados en metal en el Taller de Dimitri Papageorgou en Madrid, España.

En 1992 recibe un curso de litografía en el Taller de Bod Black Buont en New York, EE.UU.

De 1972 a 1999 ha hecho, entre otras, las siguientes exposiciones:
Ha recibido, entre otros, los siguientes premios y distinciones:

 Mención especial I Bienal Centroamericana, San José, Costa Rica.

 Primer premio de pintura, Ministerio de Cultura de Nicaragua.

 Premio Nacional de Pintura, Managua, UNAP.

 Entrega Orden Independencia Cultural Rubén Darío.

 Segundo lugar en el concurso Internacional de Pintura nicaragüense.

 Medalla de oro como ciudadano del siglo por la comisión 2000, Nicaragua.

 Primer lugar en el Certamen de Pintura a la Excelencia en la Tercera conferencia de los Estados partes de la Convención de Ottawa, Canadá.

 La UNAN, Nicaragua, lo honra con la distinción Honor al Mérito por la invaluable contribución a la cultura nacional.

El Maestro y Pintor Pérez de la Rocha ha sido y es amo y señor de la anatomía y el claroscuro, muchos le consideran el Rimbaud criollo y lo ubican en la familia de los impresionistas como Francisco de Goya, José Clemente Orozco, José Luis Cuevas, Guayasimín, Picasso, Francis Bacon, etc.

Después del triunfo de la Revolución en 1979, creó toda una iconografía sandinista, partiendo de la fotografía del general Augusto C. Sandino, de sus Generales y soldados, aunque señalamos que esta iconografía no fue exclusiva de Pérez de la Rocha, sino que casi todos los pintores con distintos lenguajes, buscaron hacer la misma como Fernando Saravia, Alejandro Aristegui, Leonel Vanegas, Orlando Sobalvarro, Armando Morales, Guillén y otros.

Sin embargo, la pintura de Pérez de la Rocha tiene un sello muy particular y según Valle Castillo “es uno de los testimonios nacionales más contundente de que la criatura humana está irremediablemente condenada y que el mundo, la sociedad, la historia, los accidentes, la guerra o la ciudad, son el infierno y purgatorio, aunque alguna vez creyó entrar en la tierra prometida. Todo lo cual corresponde a un artista que sabe qué es, porque es romántico de raza.

III

Consideraciones de la Comisión

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante trayectoria y labor artística del Maestro y Pintor Róger Pérez de la Rocha, quien a los 62 años de edad y con más de 47 años de pintar y enseñar las técnicas y los secretos de la misma, se ha destacado por su calidad, técnica, profundidad y diversidad de sus pinturas, superando grandes retos y manteniendo su gran humanismo y compromiso con su pasión, la Pintura. Por todo lo antes señalado, hacen meritorio este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios del Maestro y Pintor Róger Pérez de la Rocha, los suscritos integrantes de la Comisión, consideramos necesario señalar que la pintura de Pérez de la Rocha, ha demostrado estar a la altura de los grandes Maestro de la pintura mundial, ubicando el arte nicaragüense en un lugar preponderante en el plano internacional, gracias a la exposición de sus obras de Arte.

Después de haber leído la trayectoria artística de Pérez de la Rocha, que fundamenta esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos diputados informamos a los honorables diputados, haber corroborado que el Distinguido Maestro y Pintor Róger Pérez de la Rocha, cumple con creces los requisitos establecidos en la Ley No. 756, Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como ésta, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un modesto pero significativo respaldo económico, el esfuerzo y dedicación de hombres y mujeres del Arte y la Cultura Nacional, quienes con su trabajo y esfuerzo ubican en una posición cimera a nivel mundial el nombre de nuestro país, realizando un inestimable e imperecedero aporte al Arte Nacional.

IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor del Maestro y Pintor Róger Pérez de la Rocha, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No.756, “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98,99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.

Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.

COMISIÓN DE PRODUCCIÓN ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Óscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno
Integrante Integrante

Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Todos ellos integrantes.

Hasta aquí el Dictamen, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al Maestro y Pintor Róger Pérez de la Rocha, identificado con No. 001-280349-0005M, como reconocimiento a su distinguida trayectoria artística tanto a nivel nacional como internacional y su destacada labor como insigne maestro e inspiración de las actuales y nuevas generaciones de artistas nacionales.

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de cinco mil córdobas mensuales. (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida Presupuestaria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5 y con él se aprueba el Decreto de Pensiones Gracia, a favor del Maestro y Pintor Róger Pérez de la Rocha.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

En el mismo Adendum 004, Punto 3.44: PROYECTO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DE LA SEÑORA GRACIELA LEONOR ZELAYA VÉLEZ.

Le solicitamos al Presidente de la Comisión de Producción Economía y Presupuesto, diputado Wálmaro Gutiérrez, proceda a leer el Dictamen Favorable e Informe de la Comisión.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 21 junio del 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 5 de abril del año 2011 para dictaminar el Proyecto de Pensión de Gracia a favor de la Señora Graciela Leonor Zelaya Vélez.

I

Informe de la Comisión

1. De la Presentación de la Iniciativa.

El día 25 de junio del 2010, el diputado Wilfredo Navarro Moreira, respaldó y remitió para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado, la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo Dictamen y posterior aprobación.

2. Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo, es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor de la señora Graciela Leonor Zelaya Vélez, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor profesional y al servicio del Estado en diferentes instituciones por más de tres décadas, así como su participación en la defensa de los principios democráticos de la Revolución Liberal, liderada por su abuelo el General José Santos Zelaya.

3. Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley # 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional Contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.


II

Antecedentes

La señora Graciela Leonor Zelaya Vélez, nace el 29 de septiembre de 1934, en Managua. Sus estudios de Primaria y Secundaria los realiza en el Colegio Asunción de Managua, (1939- 1952). El Título de Bachiller en Ciencias, Letras y Filosofía lo alcanzó en el Instituto Nacional Central “Ramírez Goyena- Managua” en 1953. Sus estudios de Archivística, Bibliotecología, Correspondencia y Práctica Secretarial Ejecutiva los realiza en la AID - Managua, (1957-1962), y en la Escuela Nacional de Enfermería- Managua (1955-1958) realizó sus Estudios Básicos de Enfermería.

Su trayectoria profesional demuestra sus aportes en diferentes ámbitos de la vida política, cultural y social del país, en los años 1957 a 1960 se desempeñó como Asistente del Director General del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, en el período de 1960-1965 fungió como Asistente Privada de la Primera Dama de la República, en los años 1968 a 1978 fue la Responsable de Archivos y Correspondencias en la Empresa Aguadora de Managua. De 1992 a 1996 fue la Secretaria Privada y Asistente en el Despacho del Ministerio de Cooperación Externa Del Gobierno de la República de Nicaragua; en 1999 y hasta el año 2006 se desempeñó como la Segunda Secretaria del Escalafón del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, así mismo en el período que correspondió del 2002 al 2006 estuvo a cargo de la Coordinación de Asuntos Culturales en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

A lo largo de su vida la Señora Zelaya ha recibido diferentes galardones y reconocimientos como mujer destacada en Nicaragua. Otros reconocimientos de la Asociación de Mujeres Profesionales de Nicaragua en el año 1977. Asimismo diversos reconocimientos por su apoyo y promoción de diversos seminarios de ginecología y medicina general, también recibió reconocimiento de la Embajada de España por su destacada labor en el marco de la visita del Príncipe Carlos de España en 1998.

III

Consideraciones de la Comisión

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto la carrera profesional y servicios prestados al Estado por parte de la Sra. Graciela Leonor Zelaya Vélez, quien a los 77 años de edad y más de 30 años de servicio al Estado de Nicaragua, es ejemplo de mujer profesional y luchadora, con alto espíritu democrático, guardiana de los ideales de su abuelo, el General José Santos Zelaya y promotora permanente de los Principios y Valores de la Cultura e Historia de Nicaragua. Por todo lo antes señalado, hacen meritorio este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios de la Sra. Zelaya, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia, por cuanto esta distinguida profesional actualmente se encuentra con serios problemas de salud que le imposibilitan en gran medida garantizar su sustento y medicamentos, situación que unido a las actuales limitaciones económicas propias para hacerle frente al resto de sus necesidades más básicas, le hacen estar en situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber analizado los documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos diputados informamos a los honorables diputados, haber corroborado que la destacada profesional, Sra. Graciela Leonor Zelaya Vélez, cumple los requisitos establecidos en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como ésta, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un aporte económico modesto pero significativo, el esfuerzo, dedicación y compromiso de mujeres y hombres que de forma directa y destacada han prestados servicios distinguidos a la patria, exaltando los valores y principios del pueblo nicaragüense.

III

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor de la Sra. Graciela Leonor Zelaya Vélez, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756, “ Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98,99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.

Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro More
Integrante Integrante

Óscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno
Integrante Integrante

Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Todos ellos integrantes, y hasta aquí el Dictamen, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio a la Sra. Graciela Leonor Zelaya Vélez, identificada con Cédula No. 001-200934-0003N, como reconocimiento a su distinguida trayectoria pública al servicio del Estado nicaragüense y por mantener una constante promoción y difusión de los principios y valores culturales nacionales.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 29 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de cinco mil córdobas mensuales. (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 29 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de Reserva creado por la Ley No 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida Presupuestaria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, Publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 1 en contra, 23 presentes, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5, y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia, a favor de la Señora Graciela Zelaya Vélez.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuando con el mismo Adendum 004 Punto 3.42: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DE LA SEÑORA VICENTA DEL SOCORRO MAIRENA RODRÍGUEZ.

Pedimos al honorable Presidente de la Comisión de Producción, diputado doctor Wálmaro Gutiérrez, que proceda a la lectura del informe con el Dictamen correspondiente.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 21 junio del 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 13 de octubre del año 2008, para dictaminar el Proyecto de Pensión de Gracia a favor de la Señora Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez.

I

Informe de la Comisión

1. De la Presentación de la Iniciativa.

El día 13 de octubre del 2008, el diputado Presidente del Parlamento Nacional Ing. René Núñez Téllez, respaldó y remitió para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado, la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo Dictamen y posterior aprobación.

2. Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor de la Señora Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como luchadora por la libertad y la soberanía, en el contexto histórico de la resistencia popular contra la ocupación norteamericana de esa época, esposa y madre ejemplar que expuso su vida y la de sus hijos por los ideales de tener una patria libre y justa.

3. Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley # 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional Contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.
II

Antecedentes

La Señora Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez, nace en San Rafael del Norte, el 22 de enero de 1926. Desde muy joven se integra a la lucha y sufre en carne propia las injusticias y la represión contra el campesinado de la época, altamente comprometido con la lucha que se lleva a cabo especialmente en las montañas Segovianas de Nicaragua, con el fin sublime y decoroso de defender la Soberanía Nacional, combatiendo la injusta y vergonzosa intervención norteamericana. A pesar de haber quedado huérfana desde muy corta edad, esto no le impide tomar temprana conciencia de la triste realidad que vive y sufre el proletariado nicaragüense, por lo que desde diferentes formas y frentes de lucha se integra al movimiento anti intervencionista y de rescate al Decoro y la Soberanía Nacional. Ya siendo adolescente, la Sra. Mairena contrae nupcias con el Compañero Pedro Antonio Aráuz, quien fuera miembro del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional, Lugarteniente y Secretario Privado del General de hombres Libres Augusto C. Sandino y hermano de la Sra. Blanca Aráuz, quien se convertiría en esposa del General Sandino. Desde su posición de esposa, continúa apoyando de manera incondicional la lucha de su esposo, aun a riesgo de su propia vida y la de su familia.

Después del fallecimiento de su esposo, la Sra. Mairena junto con sus hijos continúa apoyando la lucha por una Nicaragua Libre, donde no se diera la explotación de campesinado y se eliminaran las desigualdades entre ricos y pobres. Durante todo ese tiempo y hasta el triunfo de la Revolución Popular Sandinista en 1979, la Sra. Mairena y su familia fue perseguida y acosada por la Guardia Nacional; expuesta en muchas ocasiones a la tortura y a la amenaza de muerte, se mantuvo firme e inclaudicable en sus principios e ideales revolucionarios, así como al honroso legado histórico de su esposo, el Compañero Pedro Antonio Aráuz.

III

Consideraciones de la Comisión

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la trayectoria y compromiso revolucionario de la Sra. Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez, quien a sus actuales 85 años de edad y más de 40 años de lucha, se ha mantenido firme e inquebrantable en su afán por conseguir una patria mejor para todos los nicaragüenses. Por los motivos antes señalado, se hace meritoria de este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios y la trayectoria de la Sra. Mairena Rodríguez, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia por cuanto esta distinguida mujer, madre y revolucionaria actualmente se encuentra atravesando serios problemas de salud que le imposibilitan en gran medida garantizar su sustento y medicamentos, situación que unido a las limitaciones económicas propias para hacerle frente al resto de sus necesidades más básicas, le hacen estar actualmente en una situación de alta vulnerabilidad.

La Historia de Nicaragua recoge fielmente el testimonio de la gesta heróica que se llevó a cabo para combatir la intervención norteamericana, así como a la posterior y no menos dañina y oprobiosa dictadura somocista, siendo mujeres como la Sra. Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez, al igual que muchos otros héroes defensores del Decoro y la Soberanía Nacional quienes llenan de orgullo el corazón de los nicaragüenses y se erigen ante las generaciones presentes y futuras como un digno ejemplo a imitar y emular.

Después de haber analizado los documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos diputados informamos a los honorables diputados del Parlamento Nacional, haber corroborado que la Sra. Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez, cumple con creces los requisitos establecidos en la Ley No. 756“, Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor de la Sra. Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756“, Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98,99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.

Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.

COMISIÓN DE PRODUCCIÓN ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Óscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno
Integrante Integrante

Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Todos ellos integrantes, hasta aquí el Dictamen.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio a la Sra. Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez, identificada con Cédula No. 321-220126-000V, como reconocimiento a su trayectoria y lucha inclaudicable por la defensa de los valores, principios democráticos y de justicia social del pueblo nicaragüense.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de cinco mil córdobas mensuales. (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida Presupuestaria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.


PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 29 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5, y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor de la compañera, Vicenta del Socorro Mairena Rodríguez.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum No. 003, Punto III DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 3.40: LEY DE INDULTO PARA CUATRO PERSONAS.

Le pedimos al diputado Filiberto Rodríguez, Vicepresidente de la Comisión, la lectura del Dictamen.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:
INFORME Y DICTAMEN

Managua, 7 de Junio de 2011.
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los suscrito miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 138, numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, y los artículos 50, 62, numeral 1; 98, 99, 100 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, reunidos el día 7 de Junio del presente año, hemos procedido a dictaminar una Iniciativa de Ley de Indulto. La Comisión luego de haberla analizado, concluye de la manera siguiente:

I. ANTECEDENTES:

El 18 de Noviembre del año 2010 se recibió de parte de Primer Secretaría una Iniciativa de Ley de Indulto para cuatro personas, presentada por los Diputados Carlos Gadea y César Castellanos, los propuestos en el proyecto de ley correspondiente a las personas siguientes:

II. INFORME:

La presente Iniciativa de Indulto, presenta a cuatro personas para el beneficio de la gracia del indulto: Juan Diego Bustamante Bravo; Bernardino Andrés Chavarría González; Ramón Gabriel Díaz González y Julio César González Tercero; todos de profesión Abogados, casados, con hijos, y del domicilio de Ocotal, Nueva Segovia. Estas personas cometieron el ilícito de Cohecho y Crimen Organizado, los que fueron sentenciados por la Juez de Distrito Penal de la Circunscripción de Ocotal, Nueva Segovia a una condena de 3 años de prisión e inhabilitación por igual término al ejercicio de la profesión como Abogados, sin embargo la defensa ante el Juez de Distrito Penal de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria de Estelí, solicitó el beneficio de suspensión de condena, misma que les fue otorgada y a la fecha se encuentran en sus respectivos domicilios, desde el 23 de Junio del año 2010, pero continúa la inhabilitación al ejercicio de la profesión como Abogados.

La Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos ha valorado estas solicitudes, tomando en cuenta las atenciones tales como:

Por las consideraciones anteriores, en sesión de la comisión se decidió por mayoría de votos aprobar y concederles la gracia del beneficio del indulto a las cuatro personas:

La Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, en aras de brindarles una oportunidad para que se reinserten a la sociedad y a su familia, sobre todo al cuido de sus hijos pequeños, ya que estos son los más perjudicados, y basándonos en el sentimiento humano que nos conmueve, hemos decidido otorgarles el beneficio de la gracia del indulto, con lo cual se le perdona la condena de prisión y la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de su profesión como Abogados, de tal forma que se les está restituyendo todos sus derechos civiles y quedando habilitados para ejercer su profesión.

Es importante mencionar que la Constitución Política de la República de Nicaragua, le otorga la facultad a la Asamblea Nacional de otorgar el beneficio de la gracia de indulto a las personas que han cometido delitos comunes, como en el caso que nos ocupa, además que la misma Carta Magna obliga obedecerla en todo momento en cuanto a sus principios y postulados de derechos fundamentales, lo que en este caso se han considerado como son los de:

Todos estos han sido considerados en su conjunto, por cuanto los beneficios en el presente indulto, son cabezas de familia en la cual tienen niños y niñas quienes indirectamente están siendo perjudicados, además del derecho al trabajo que les asiste a las personas referidas en el presente dictamen.

III. DICTAMEN:

En virtud de los antes expresado, y tomando en cuenta que la presente Iniciativa de Ley está bien fundamentada y no se opone a la Constitución Política, a las Leyes Constitucionales, ni a los Tratados o Instrumentos Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, DICTAMINA FAVORABLEMENTE, la Iniciativa denominada Ley de Indulto a favor de cuatro personas a) Juan Diego Bustamante Bravo, b) Bernardino Andrés Chavarría González, c) Ramón Gabriel Díaz González y d) Julio César González Tercero, recomendamos al Plenario su aprobación.
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUÍZ JIRÓN
PRESIDENTE

FILIBERTO RODRÍGUEZ JOSÉ A. MARTÍNEZ
VICEPRESIDENTE MIEMBRO

CARLOS LANGRAND JENNY MARTÍNEZ G.
MIEMBRO MIEMBRO

SALVADOR TALAVERA ALANIZ EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO

Hasta aquí la exposición de motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.
Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Se concede el beneficio de la gracia del indulto de la pena principal y sus accesorias derivadas de la misma según corresponda, a las personas siguientes:

1) BUSTAMANTE BRAVO JUAN DIEGO
2) CHAVARRÍA GONZÁLEZ BERNARDINO ANDRÉS
3) DÍAZ GONZÁLEZ RAMÓN GABRIEL
4) GONZÁLEZ TERCERO JULIO CÉSAR

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 2 La presente Ley, entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social, escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 3 Las autoridades del Sistema Penitenciario Nacional, procederán a poner en libertad a los internos que han sido beneficiados por la presente Ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 29 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3 y con él se aprueba la Ley de Indulto Dictaminada.

Se suspende la sesión y continuamos el día de mañana a las nueve de la mañana.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolivar.








































SESIÓN ESPECIAL DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, DEDICADA AL DÍA DEL MAESTRO NICARAGÜENSE, CELEBRADA EL DÍA VEINTITRÉS DE JUNIO DEL AÑO 2011, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA).

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Compañeras, vamos a iniciar la Sesión Especial dedicada al Día del Maestro Nicaragüense; vamos a dar sí unos minutos para que venga alguno de los tres Secretarios de la Junta Directiva, para iniciar la sesión.

Bien, ya podemos iniciar sesión, tenemos presente a la Segunda Secretaria y vamos a pedirle que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Muy buenos días, compañero Presidente, compañeros diputados; tenemos quórum de ley para iniciar esta Sesión Especial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre esta Sesión Especial dedicada al Día del Maestro Nicaragüense.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

A continuación vamos a escuchar las notas de nuestro sagrado Himno Nacional de Nicaragua.

HIMNO NACIONAL.

Se inicia así esta Sesión Especial en conmemoración del Día del Maestro Nicaragüense. A continuación escucharemos palabras de la licenciada Denia Olivares Hernández, quien habla en representación de la Confederación Nicaragüense de Trabajadores de la Educación y la Cultura, CONFENITEC. Queda con ustedes, la licenciada Denia Olivares Hernández.

LICENCIADA DENIA OLIVARES HERNÁNDEZ:

Muy buenos días honorables compañeros que presiden la mesa directiva en este solemne acto. Honorables diputados y diputadas, maestros y maestras de Nicaragua.

En nombre de la Confederación Nicaragüense de Trabajadores de la Educación y la Cultura, agradecemos la oportunidad para dirigirnos al magisterio nacional en este día tan glorioso que conmemoramos la gesta heroica del maestro Enmanuel Mongalo. Cuyo ejemplo debemos de continuar todos los docentes en nuestro quehacer diario impartiendo una educación de calidad, y luchando por nuestras reivindicaciones socioeconómicas, siempre en busca de una mejor vida y nivel de vida.

Queremos en este día reconocer públicamente los logros que el magisterio nacional ha alcanzado, la existencia de un Convenio Colectivo para todos los trabajadores de la educación con beneficios socioeconómicos y sindicales que han venido a resolver en parte alguna de las demandas de los trabajadores de la educación. Seguro de Vida Colectivo para todos los trabajadores docentes y administrativos del sector. Ajustes de salarios cada año, de acuerdo a lo que estipula la Ley General de Educación. Becas para la profesionalización de maestros de primaria para optar al título de profesor de Educación Media (PEM) El Bono Solidario, Socialista y Cristiano, que sí beneficia directamente a todos los trabajadores de la educación. La lucha constante por mejorar cada día la calidad de la educación y la batalla por el sexto grado, constituyen un gran reto y un desafío para toda la comunidad educativa y sociedad en general.

La alfabetización permanente y continúa de la misma es una tarea también de toda la comunidad educativa.

Así mismo queremos en este día puntualizar en esta Sesión Solemne, las dificultades que aún estamos enfrentando los trabajadores de la educación. Existen adeudos, desde el 2009 a la fecha, de sustituciones y liquidaciones de trabajadores del sector que no se han pagado. Existen atrasos en el desembolso por parte del Ministerio de Hacienda de los beneficios económicos que reciben los trabajadores de la educación a través del Convenio Colectivo vigente 2010-2012. El presupuesto asignado a educación no alcanza para mayor nombramiento de maestros, mayor cobertura escolar, construcción y mejores centros educativos y un salario digno para los maestros y maestras. El Bono Solidario si lo analizamos de manera integral y de buena fe, el INSS deja de percibir la cuota patronal y la de los trabajadores, lo que representan varios millones al año que serviría para mejorar la atención de los afiliados. La DGI deja de percibir en concepto de IR otra cantidad de plata, lo que aumentaría la gestión presupuestaria, en cambio si el bono se traslada al salario, los trabajadores aumentarían su básico y acumularían más recursos para su jubilación.

El magisterio nacional cuenta con una ley específica, la Ley de Carrera Docente y su Reglamento, donde se estipulan los derechos de las maestras y maestros, los organismos responsables de la aplicación de la presente ley son: el Ministerio de Educación por medio de la División de Recursos Humanos, la Comisión Nacional de Ley de Carrera Docente, las Comisiones Departamentales de Recursos Humanos, las Comisiones Departamentales de Carrera Docente. Actualmente, sólo están funcionando la Comisión Nacional de Carrera Docente y la Comisión Departamental de Carrera Docente de Managua. En los demás Departamentos, las comisiones fueron disueltas por los Delegados Departamentales del MINED y estos están asumiendo los casos de maestras y maestros que ahí llegan convirtiéndose en jueces y parte y dejando en la indefensión a los docentes. Compañeros diputadas y diputados: ¿cuándo derogaron la Ley de Carrera Docente? Por favor respóndanle al magisterio nacional.

El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social INSS no está asumiendo con los hospitales que atienden los programas de hemodiálisis para los trabajadores del sector de educación y otros sectores que padecen de infecciones renales crónicas y terminales, sobre los suministros de los medicamentos adicionales, el INSS le dice que el hospital donde se atienden les debe dar los medicamentos y aquí les dicen que es el INSS. Anteriormente los suministraba el INSS a través de su farmacia.

Por otra parte, a los guardas de seguridad que laboran en las escuelas y delegaciones, en meses anteriores les dejaron de pagar el séptimo día. Hubo una negociación con el Viceministro Treminio donde acordaron reembolsarlo, pero no se han cumplido los acuerdos.

Nuestras propuestas recogen el sentir de la mayoría de los trabajadores de la educación y son las siguientes:

1) Que se pague a la mayor brevedad posible los adeudos que el MINED debe a los trabajadores de la educación en concepto de sustituciones y liquidaciones, es un dinero ganado por servicio, por haber entregado parte de su vida a la educación en este país. Sobre todo para los maestros que se jubilaron en el 2009 y 2010 que entregaron lo mejor de su vida al magisterio y que aún no se les ha pagado su liquidación.

2) Que el Ministerio de Hacienda tramite de manera rápida el desembolso de los pagos de los beneficios del Convenio Colectivo a los trabajadores de la educación.

3) La educación y la capacitación es la llave para el desarrollo económico de la sociedad nicaragüense. Debe de procurarse un mayor presupuesto para educación, para que se pueda dar mayor cobertura escolar, construir y reparar más centros de estudios y un salario digno a todos los trabajadores de la educación.

Con todo respeto, proponemos al señor Presidente, comandante Daniel Ortega, que el Bono Solidario Socialista y Cristiano, pase a ser parte del salario de los trabajadores, pues como lo planteamos anteriormente, beneficia a tres instituciones, al INSS, al Ministerio de Hacienda y a los trabajadores.

Solicitamos a las autoridades superiores del MINED nombrar en todas las cabeceras Departamentales y Regiones Autónomas, a los presidentes de las comisiones departamentales de ley de Carrera Docente, que acaten las resoluciones que éstas emiten.

Exigimos al Presidente Ejecutivo del INSS que les proporcione los medicamentos adicionales a los compañeros trabajadores de la educación que están en el programa de hemodiálisis en los hospitales donde estos tienen Convenio.

Que los integrantes del Primer Poder de la República, le aclaren a la señora Ministra de Educación que la Ley de Carrera Docente no ha sido derogada y que está vigente.

El MINED debe de cumplir con el acuerdo firmado con los representantes de los guardas de seguridad que trabajan en las escuelas y delegaciones para el reembolso del séptimo día que les habían dejado de pagar.

Y para terminar, queremos felicitar en este día a todos los padres nicaragüenses por ser Día del Padre.

Muchas gracias.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Acaban de escuchar las palabras de la licenciada Denia Olivares Hernández quien hablaba en representación de la Confederación Nicaragüense de Trabajadores de la Educación y la Cultura, CONFENITEC.

A continuación hará uso de la palabra en esta Sesión Especial, celebrando el Día del Maestro Nicaragüense, el licenciado José Antonio Zepeda, quien hablará en representación de la Asociación Nacional de Educadores de Nicaragua, ANDEN. Queda con ustedes, el licenciado José Antonio Zepeda.

LICENCIADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA:

Buenos días compañeras, compañeros, compañero René Núñez Presidente de la Asamblea Nacional; estimadas diputadas y diputados miembros de la Junta Directiva; estimados diputadas y diputados presentes en este plenario; hermanas y hermanos maestros invitados a este acto; amigos periodistas; trabajadores de esta Asamblea.

Felicitamos a todos los padres en su Día, recordando al Padre de la Revolución Popular Sandinista Carlos Fonseca, ejemplo de abnegación y de solidaridad revolucionaria.

Permítanme destacar una referencia histórica de los orígenes legislativos de la fecha de celebración del Día del Maestro Nicaragüense. En 1915, por el Decreto No. 16, fechado el día 7 de octubre y aprobado por la Cámara del Senado, se establece como norma divulgar en todos los centros educativos la gesta de Enmanuel Mongalo. Conmemorando de esta manera, la gesta histórica de este maestro rural.

Pero, el 27 de enero de 1944, ya estando la dinastía en el gobierno, se declara el 11 de septiembre como homenaje al educador argentino, Domingo Faustino Sarmiento, como el Día del Maestro Nicaragüense. Parece que a la dinastía le molestaba recordar la derrota de las tropas norteamericanas en Nicaragua. El 3 de abril de 1978, por Decreto Nº 692, publicado en La Gaceta 119 del 1º de junio de 1978, se declara el 29 de junio como el Día Nacional del Maestro. Obviamente el lanzamiento del pueblo contra la dictadura era inminente, y el magisterio nacional después de la brutal represión de la dictadura, que significó intervenir la Casa del Maestro y declarar ilegal la organización sindical, estaba organizando y estructurando un nuevo modelo organizativo que lleva el nombre de la organización que me corresponde dirigir, ANDEN. Logrando de esta manera, incorporarse a la lucha por derrotar a la dictadura.

En 1981, el Consejo de Estado decreta que el Día del Maestro se celebrará el 18 de septiembre de cada año, fecha en la que cae combatiendo a la guardia somocista el educador Ricardo Morales Avilés. Hoy los maestros de Diriamba mantienen esa fecha como celebración del Día del Maestro diriambino.

El 20 de octubre de 1982, a través del Decreto 1123 y publicado en La Gaceta Nº 251 del 27 de octubre del año 1982, la Junta de Gobierno presidida por el comandante Daniel Ortega, declara héroe nacional a Enmanuel Mongalo y restituye el 29 de junio como el Día del Maestro Nicaragüense el cual celebramos hasta la fecha. Enmanuel Mongalo se registra entre los maestros latinoamericanos que han hecho historia, su dedicación a la educación se plasma en los escritos de historia y geografía que lamentablemente se han perdido en el tiempo. Enmanuel Mongalo está a la altura de José Martí, como maestro latinoamericano, de aportes a hechos históricos.

Algunos técnicos definen el cargo de maestra o de maestro, como el que imparte clases en primaria y secundaria. Sin embargo el docente para alcanzar los objetivos educativos organiza, dirige, planifica, asesora, orienta y facilita el conocimiento para sus estudiantes. Expresiones como cualquiera puede ser maestro se han escuchado, sin embargo no es igual instruir que enseñar. Porque esto último requiere de vocación, compromiso y sensibilidad social.

A lo largo de los años neoliberales, inculcaron en el magisterio que asimiláramos el no hay. Y nos mandaron a realizar “bisnes” como los que realizaron los que privatizaron los bienes estatales; nos encomendaron a Dios porque ellos llevaban el diablo del capitalismo por dentro. O bien, nos recetaban pastillas para que siguiéramos gritando nuestras demandas, que no eran escuchadas por los oídos “taponeados” de la insensibilidad social. Hemos avanzado en el reconocimiento social a los educadores, están definidas las políticas de gobierno dirigidas al sector magisterial; y si bien es cierto no alcanzamos lo ideal, pero hemos observado el interés y la decisión de buscar alternativas que permitan a las y los maestros enfrentar en mejor situación lo difícil de la vida.

El incremento salarial anual que aún es insuficiente, pero que hay una decisión de ir incrementándolo, el mejoramiento del Convenio Colectivo ampliando los beneficios sociales, la restitución del derecho a optar a una vivienda decente y al alcance de los ingresos del magisterio, el bono solidario que permite tener más ingresos económicos para las familias y lo más importante para los educadores, ser sujetos de las transformaciones educativas. Son entre otras, señales de la disposición y voluntad de dar respuesta a las necesidades del magisterio nacional. En la próxima integración de esta Asamblea, miraremos rostros de educadores que representarán a nuestro pueblo, porque sólo con un partido como el Frente Sandinista, es posible tener esta oportunidad, mientras que otros, sólo cuentan cuentos o manifiestan discursos huecos sin futuro.

Terminamos nuestra intervención leyendo un fragmento del poema “El Grito” de la educadora y poetisa Gabriela Mistral, escrito en 1922, en Santiago de Chile y que a ustedes se los entregamos íntegro. Ya Gabriela Mistral visualizaba el ALBA, visualizaba UNASUR, visualizaba la integración de las naciones latinoamericanas y decía:

Maestro: enseña en tu clase el sueño de Bolívar, el vidente primero. Clávalo en el alma de tus discípulos con agudo garfio de convencimiento. Divulga la América, su Bello, su Sarmiento, su Lastarria, su Martí. No seas un ebrio de Europa, un embriagado de lo lejano, por lejano extraño, y además caduco, de hermosa caduquez fatal. Describe tu América. Haz amar la luminosa meseta mexicana, la verde estepa de Venezuela, la negra selva austral. Dilo todo de tu América; di cómo se canta en la pampa argentina, cómo se arranca la perla en el Caribe, cómo se puebla de blancos la Patagonia.

Periodista: Ten la justicia para tu América total. No desprestigies a Nicaragua, para exaltar a Cuba; ni a Cuba para exaltar la Argentina. Piensa en que llegará la hora en que seamos uno, y entonces tu siembra de desprecio o de sarcasmo te morderá en carne propia.


Muchas gracias, compañeros.


LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Fueron las palabras del licenciado José Antonio Zepeda hablando en representación de la Asociación Nacional de Educadores de Nicaragua ANDEN en esta Sesión Especial en celebración del Día del Maestro Nicaragüense.

Seguidamente, tendremos las palabras del diputado Mario Valle Dávila, Presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Medios de Comunicación de la Asamblea Nacional. Queda con ustedes el diputado Mario Valle Dávila.

DIPUTADO MARIO VALLE DÁVILA:

Ingeniero René Núñez, Presidente de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, honorables miembros de la Junta Directiva, estimados colegas diputados, queridos directores y maestros invitados a esta Sesión Especial en honor a los maestros.

En nombre de los miembros de la Comisión de Educación, les enviamos nuestro más sincero y cordial saludo. Una delegación de colegas, de maestros, nos visitan. Y les solicito un aplauso para ellos, ya que ellos representan a casi cincuenta mil maestros de nuestro país.

Como me hubiera gustado que en esta Sesión Solemne hubiéramos estado la mayoría de los diputados; muchas veces criticamos mucho el Sistema Educativo nacional pero cuando nos toca rendir un homenaje a tan distinguidas personas que son los forjadores de nuestra juventud, y con todo y todo, soy Presidente de la sección obligatoria de la Asamblea, y que habíamos acordado que en las sesiones solemnes debíamos estar presentes todos los diputados, pues veo que una buena parte de los diputados, sobre todo los que más critican, no vinieron.

Según datos no oficiales, los delitos en los que se ven involucrados adolescentes han aumentado de manera alarmante. La reciente trágica muerte de un joven estudiante universitario a punto de graduarse, ha levantado el debate de la reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia para endurecer las penas a los jóvenes transgresores. Quizás resulte extraño que mi discurso en este día en que conmemoramos al Maestro, inicie de esta manera. Pero hay una buena razón para ello; recordando mis tiempos de juventud, se me viene a la mente el modo estricto y riguroso con lo que los maestros nos corregían, ¿cuántos de los presentes no recuerdan unas haladas de orejas?, muchos de los que hoy recordamos nuestros tiempos de colegio, lo hacemos convencidos de que ese trato riguroso sólo pretendía formarnos, hacernos hombres de bien. Muchos managuas recordarán a los “Osoritos”, al profesor Héctor García, del Maestro Gabriel, al maestro Ramón Chow Díaz, del Ramírez Goyena, los leoneses como no recordarán a doña Toyita Cándida, a don Humberto Ramírez, al maestro Emilio Vargas, al hermano Benito Santiago, a Rafael Guevara.

Representantes de esas plágides de profesores populares que supieron formar tantas generaciones de hombres de bien. Vienen a nuestras mentes Enmanuel Mongalo, Ramírez Goyena, Gabriel Morales, doña Chepita Toledo de Aguerri, para mencionar a varios.

Los tiempos han cambiado, hoy se ha llegado al extremo de que el maestro ha tenido que ceder su autoridad en las aulas de los colegios. La relación padre de familia-maestro, se ha ido perdiendo paulatinamente; el maestro está bajo la lupa del ojo inquisidor de la sociedad que le ha quitado ese rol de segundo padre, a propósito del Día del Padre, ese rol del segundo padre o madre, del que tanto se hablaba, los maestros en su mayoría ahora son extraños para las familias. Porque en aquellos tiempos los maestros no sólo le llamaban la atención a los estudiantes, sino también hablaban con los padres, los aconsejaban, los regañaban, cuando los padres entraban en conflictos o se desataba violencia intrafamiliar entre las familias, o cuando un niño llegaba golpeado a un colegio, los maestros se involucraban con la familia. Hoy en día los maestros están como a la defensiva, si son muy rigurosos, si tratan de restablecer la disciplina en el aula, no pueden hacerlo, porque la sociedad, de distintas formas les ha restado autoridad, es mucho menos de lo que pueden hacer fuera de las aulas.

Por otro lado, a pesar de los grandes esfuerzos que realiza el gobierno para garantizar el acceso a la educación, para lograr primarias para todos como una meta a corto plazo, para que haya seguridad en los colegios, el resguardo policial en los centros de estudios entre otros, no son suficientes, porque no es un problema que solo depende del Estado. Los distintos agentes de la sociedad, no hemos hecho lo suficiente, no estamos haciendo lo suficiente, debemos retomar la formación de nuestros jóvenes, de nuestros hijos, hijos en los ámbitos donde la educación debe ocupar un papel prioritario, la familia y las instituciones educativas. Pero hablemos de una educación integral, instrucción y formación con valores, estamos preparando a nuestros hijos para la vida, no perdamos de vida esto.

¿Qué vida queremos que nuestros hijos tengan en su futuro? Eso dependerá de la formación que estemos dispuestos a darles. A veces tengo la impresión de que estamos -sólo al Ministerio de Educación y en particular a los maestros- responsabilizándolos a ellos como los responsables por el futuro de nuestra juventud; también es indiscutible que la influencia que nuestro entorno ejerce sobre el desarrollo de las personas es determinante, los medios de comunicación y otros agentes pueden llegar a distorsionar gravemente la percepción del adolescente, consiguiendo que desvíen su atención hacia ámbitos claramente negativos, como puede ser la violencia, la intolerancia, el consumismo. Los medios, los dueños de los medios deben tomar conciencia del daño que provocan a la juventud cuando los exponen a material inadecuado a cualquier hora, aun a una edad en la que son muy inmaduros para manejarla.

No pretendo en mi alocución dar con la respuesta milagrosa a esta problemática, pero sí pretendo que tomemos conciencia que es un problema real, que si no lo manejamos de la manera correcta se nos puede salir de las manos, debemos empoderar a los maestros, debemos restaurar su autoridad en las aulas y fuera de ella, debemos de empoderar a unos maestros ejemplares, ejemplares en todos los ámbitos y este debe de ser su compromiso, queridos maestros.

Debemos salirle al paso a esta triste problemática, pero debemos de salirle al paso temprano, debemos promover firmemente la educación inicial, la educación inclusiva, la educación en valores, redefinir la educación en Nicaragua como una educación comprometida con la formación integral de nuestros jóvenes. Una educación comprometida con la ética y los valores que todo nicaragüense debe de poseer; los padres de familia deben comprometerse con la formación de sus hijos, siendo ejemplo en los hogares y siendo constante con el seguimiento de la educación de sus hijos en los colegios, deben de ir de la mano con los maestros, complementándose, tras un objetivo común, hacer de nuestros jóvenes, dignos herederos del futuro de nuestro país.

Hagamos esto para que no tengamos que endurecer las penas para los adolescentes, hagámoslo y ya las penas no serán necesarias. Simón Bolívar decía: “que el objeto más noble que puede ocupar el hombre es ilustrar a sus semejantes”; ustedes maestros, eligieron la ocupación más noble, gracias y mil veces gracias y muchas felicidades, maestros.

Buenos días.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Fueron las palabras del diputado Mario Valle Dávila, Presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación de esta Asamblea Nacional.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se cierra esta Sesión Especial dedicada a celebrar el Día del Maestro Nicaragüense.

LICENCIADO EDUARDO LÓPEZ MEZA, MAESTRO DE CEREMONIA:

Vamos a escuchar a continuación, las notas de nuestro sagrado Himno Nacional.

HIMNO NACIONAL.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolivar.













CONTINUACIÓN DE LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA).

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días para todos y todas, vamos a iniciar sesión, faltando catorce minutos para las diez de la mañana, y pidiéndole a nuestra tercera Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

MARÍA DOLORES ALEMÁN CARDENAL
LUIS ULISES ALFARO MONCADA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
ALCALÁ BLANDÓN CRUZ
ARMANDO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
PORFIRIO RAMÓN CASTRO ARÁUZ
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
EDUARDO JERÓNIMO GÓMEZ LÓPEZ
ALFREDO GÓMEZ URCUYO
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
WILBER RAMÓN LÓPEZ NÚÑEZ
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JASSER ENRIQUE MARTÍNEZ MONTOYA
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MIGUEL ÁNGEL MELÉNDEZ TRIMINIO
ÓSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
LEOPOLDO SALOMÉ NAVARRO BERMÚDEZ
RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
EDGAR ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER
BROOKLYN RIVERA BRYAN
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
ALEJANDRO DEL CARMEN RUIZ JIRÓN
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
FREDDY TORRES MONTES
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
MARIO VALLE DÁVILA
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Señor Presidente: Hay 52 diputados presentes, tenemos quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adéndum No. 004, Punto III: DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 3.41: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIONES DE GRACIA A FAVOR DE LOS PERIODISTAS: ALEJANDRO MAYORGA JARQUÍN, THELMA NIDIA GUERRERO MARENCO, LUIS EMILIO ARRÓLIGA OROZCO, CARMEN ROJAS CONRADO Y MAURICIO SOCORRO MATUTE y le pedimos al Presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, la lectura del Dictamen.

Aclaramos que en relación con estas solicitudes de pensiones de gracia que fueron enviadas para cinco periodistas en una sola solicitud, lo que procede es que sean pensiones de gracia individuales; por tanto, los dictámenes de la Comisión Económica en relación con el Punto 3.41 son separados en cada uno de ellos; así que se van a leer individualmente cada una de las pensiones de gracia por parte del Presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Buenos días, iniciamos con el Dictamen de Pensión de Gracia de la Señora Thelma Nidia Guerrero Marenco.
Managua, 21 de Junio del 2011.
DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 14 de febrero del año 2008 para dictaminar el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor de la
Señora Thelma Nidia Guerrero Marenco.

I

Informe de la Comisión

1.- De la Presentación de la Iniciativa.

El día 14 de febrero del 2008, diputados de todas las bancadas parlamentarias respaldaron y remitieron para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2.- Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor de la Señora Thelma Nidia Guerrero Marenco, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como Educadora, Periodista y líder comunitaria, que le permitió formar desde la docencia a generaciones de jóvenes, destacarse como periodista en pro de los derechos sociales y humanos de la población nicaragüense y participar de manera activa en su comunidad.

3.- Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el artículo 138, numeral 19) de la Constitución Política de la República de Nicaragua, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y crédito Público para lo de su cargo.

Así mismo, se consultó a la Asociación de Periodistas Parlamentarios, Asociación de Periodistas de Nicaragua y a la Unión Nacional de Periodistas de Nicaragua, quienes respaldaron de manera unánime tal iniciativa.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de reserva creada por la ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.
II

Antecedentes

La Señora Thelma Nidia Guerrero Marenco, nace en Rivas, el 5 de Octubre de 1943. Desde muy joven su vocación de ayudar a los demás, hace que se integre al sistema educativo nacional, como maestra, graduándose en la Escuela Normal de Carazo en 1964, profesión que ejerció durante más de 15 años. La Sra. Guerrero además en 1969 se gradúa de Licenciada en Periodismo, y desde esa época desarrolla la labor periodística alternándola con la docencia. Como maestra, la Lic. Guerrero se destaca entre 1964 y 1979, en Managua como maestra de primaria y secundaria de varios centros escolares entre ellos: Escuela 14 de septiembre, Centro Escolar Nicarao, Centro Escolar Tenderí y Centro Escolar Sagrada Familia, entre otros. A la par desempeña entre 1967 y 1979 su labor periodística en diversos medios como periodista y reportera entre los cuales se destaca: La Prensa, Radio Mundial, Radio Corporación, Radio Mi Preferida y Radio Continental entre otros. Asimismo, fue miembro activo y fundadora de la UPN y del Sindicato Nacional de Periodista. En la década de los 80s, labora en diversas instituciones del Estado como Policía Nacional, COIP, TELCOR e INIFOM. Entre 1983-1990 redactora reportera de Radio Sandino.

Desde el punto de vista social la señora Guerrero se ha destacado a lo largo de su vida en pro del desarrollo y ayuda a la población participando de manera activa y beligerante en diversas organizaciones como los Scouts de Nicaragua, Centro Dos Generaciones y colaborando con diversos programas no gubernamentales en pro de la niñez y jornadas de salud de beneficio a la población nicaragüense.

Dentro de los reconocimientos a la señora Guerrero están:

 Diploma de reconocimiento al mérito por su participación en el periodismo de Catacumbas, firmado por el Presidente Daniel Ortega, en marzo de 1996.

 Reconocimiento de la Unión de Periodistas de Nicaragua (UPN), por tener al menos 25 años de ejercer la labor periodística, en febrero de 1996.

 Huésped distinguido de la Ciudad de Huehuetenango, Guatemala, septiembre del 2006.

 Reconocimiento de ANDEN por su aporte en la Cruzada Nacional de Alfabetización. Agosto de 1980.

 Certificado de acreditación como periodista Scouts. Marzo de 1975.

 Otorgamiento de la Orden Municipal Juan Ramón Avilés de la Alcaldía de Managua por su dedicación, objetividad y alto contenido social y humano en el cumplimiento de su labor periodística, en el 2002.

 Y reconocimiento de la Unión de Periodistas de Nicaragua, Medalla Orden Julius Fucik, por 40 años de ejercicio profesional, 2005.
III

Consideraciones de la Comisión

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante y desinteresada trayectoria tanto docente como periodística y social en pro de la comunidad de la Sra. Thelma Nidia Guerrero Marenco, quien a los 68 años de edad y con más de 15 años de docencia y más de 40 años ejerciendo la noble labor periodística, se ha destacado en su comunidad y es reconocida a nivel profesional y gremial por su innegable labor, su ética y gran humanismo y compromiso social con la comunidad y la juventud nicaragüense. Por todo lo antes señalado, hacen meritorio este reconocimiento que le otorga la honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios de la Sra. Guerrero, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia por cuanto esta distinguida periodista se encuentra atravesando grandes problemas de salud y severas limitaciones económicas que la colocan en un estado de abierta vulnerabilidad.

Después de haber analizado el curriculum y documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos diputados informamos a la honorable Asamblea Nacional, haber corroborado que la distinguida Periodista y Educadora Sra. Thelma Nidia Guerrero Marenco, cumplen con creces los requisitos establecidos en la Ley No. 756. “Ley Reguladora de la facultad constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 14) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como estas, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un modesto pero significativo respaldo económico, el esfuerzo y dedicación de mujeres y hombres de prensa que día a día realizan una inestimable contribución a la sociedad nicaragüense y a su sistema democrático.
IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor de la Sra. Thelma Nidia Guerrero Marenco, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en la Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98, 99, 100 y 102 de la Ley 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable. Solicitamos al honorable plenario la aprobación del mismo.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Tórrez Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Oscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos a la discusión del Dictamen en lo general.

Diputado Alejandro Bolaños, tiene la palabra.

¿No?

Entonces a votación del Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 10 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 13 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Hasta aquí el artículo 3.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 13 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Hasta aquí el artículo 4.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 14 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Hasta aquí el artículo 5.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

62 votos a favor, 10 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5 y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor de la periodista Thelma Nidia Guerrero Marenco.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos siempre con el Punto 3.41 para la discusión del Decreto de Aprobación de Pensión de Gracia a favor del periodista Luis Emilio Arróliga Orozco y le pedimos al diputado José Figueroa, Vicepresidente de la Comisión de Producción Economía, y Presupuesto…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Un momento, Albita, por favor.

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Quisiera su indulgencia y de la Junta Directiva, porque el día de hoy no podemos dejar pasar el Bicentenario de la Independencia de Venezuela y recordar precisamente a ese prócer latinoamericano que luchó, que nos heredó sus ideales, y que siguen vigentes acerca de la Unidad latinoamericana, me refiero a Bolívar, el Libertador de América, el gran luchador por nuestros pueblos, por nuestra América, por nuestra integración. El día de hoy estamos en la celebración del Bicentenario precisamente del Grito de Independencia de Venezuela y de lo que sería en ese momento, la Gran Patria de Bolívar, y éso tuvo repercusiones inclusive en Centro América, ya que este año, también en El Salvador se celebra el Bicentenario de haber dado Centroamérica el Grito de Independencia.

Creo que en esta Asamblea Nacional, debemos rendir homenaje a esta fecha y pediría al menos un minuto de aplauso a Bolívar y al Bicentenario de la Independencia de nuestros pueblos.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay que recordar que Simón Bolívar el “Libertador”, no solamente fue el artífice de la Independencia de Venezuela, sino de Colombia; de Perú; el creador de Bolivia, y que junto con San Martín, con Guillén, fueron los responsables de la liberación de toda la América del Sur. Es decir, Bolívar ha trascendido un país y se ha convertido en un libertador continental. Únicamente para complementar lo que decía Edwin.

Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Gracias, Presidente.

Quiero esta mañana hacer ese reconocimiento al Bolívar “libertador”. Al Bolívar que con su espada recorrió América del Sur y los Andes para transformar y darle la libertad a los pueblos de América del Sur. Pero también es importante destacar, que al igual que las gestas de grandes hombres en el mundo, no pueden ser instrumentalizadas políticamente. La lucha de Bolívar así como la independencia de Estados Unidos, o la Revolución Francesa, son símbolos de la lucha por la democracia y las transformaciones en momentos muy difíciles para las sociedades del mundo, por eso mi reconocimiento a Bolívar, el Gran Libertador, el hombre que hizo posible que se rompieran las cadenas de la explotación en América Latina por el imperio español y que demostraron al mundo que los pueblos latinoamericanos pueden forjar su propio destino y su propio desarrollo.

Saludos a Bolívar y su gesta; pero no saludo a la instrumentalización que se quiere hacer de Bolívar, porque él no es patrimonio de unos cuantos, es patrimonio de América Latina, es patrimonio del mundo.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Creo que el mejor reconocimiento a Bolívar es efectivamente no hablar políticamente de él, sino históricamente. Entonces, no coincido con Wilfredo en parte de su discurso, donde intenta culpar a unos y exculpar a otros, pero eso es cosa particular de cada quien ¿no?, Lo importante para mí, es que Bolívar tiene una obra histórica, una obra ideológica, una trascendencia mundial y es un líder continental. Al respecto quiero recordar que en el segundo párrafo del artículo 9 de nuestra Constitución Política de Nicaragua dice lo siguiente. “Nicaragua aspira a la unidad de los pueblos de América Latina y el Caribe, inspirada en los ideales unitarios de Bolívar y Sandino”. Es decir, aquí está presente en este pueblo de Nicaragua, también la presencia de Bolívar junto con el pensamiento de Sandino.

Continuamos con la sesión.

Diputado Figueroa, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

Gracias, Presidente.

Vamos a dar lectura a un Dictamen de Pensión de Gracia del señor Luis Emilio Arróliga Orozco.

Managua, 21 de Junio del 2011.


DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del plenario el día 14 de febrero del 2008 para dictaminar el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Luis Emilio Arróliga Orozco.
I

Informe de la Comisión

1. De la Presentación de la Iniciativa.

El día 14 de febrero del 2008, diputados de todas las bancadas parlamentarias respaldaron y remitieron para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2. Objetivo.

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor del Señor Luis Emilio Arróliga Orozco, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como Periodista, por más de 40 años.

3. Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 de la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el Numeral 19) del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

Así mismo, se consultó a la Asociación de Periodistas Parlamentarios, Asociación de Periodistas de Nicaragua y a la Unión Nacional de Periodistas de Nicaragua, quienes respaldaron de manera unánime dicha iniciativa.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.

Antecedentes.

El Sr. Luís Emilio Arróliga Orozco, nace en León, el 08 de Diciembre de 1942. Es graduado en comunicación de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Sus primeros pasos en el periodismo lo hace como reportero de la Radio Mundial para Managua y Chinandega en el año 1963. Posteriormente, en el año 1964, funda el Noticiero el Vespertino, el cual es transmitido por diversas radios de Occidente, y que aún se transmite. El Sr. Arróliga, laboró como corresponsal del Diario Novedades y del Nuevo Diario, del cual es co-fundador. Entre 1980-1990 labora como corresponsal de Radio Informaciones. En el año 1996 funda el periódico la República Gráfica.

A lo largo de su carrera profesional el Sr. Arróliga es fundador de varias organizaciones gremiales de periodistas entre los que se destacan: fundador de la Asociación de periodistas de Chinandega; fundador de la Asociación de Periodistas de Occidente (1972); fundador de la Unión de Periodistas de Nicaragua, (UPN), fundador de la Asociación de Periodistas Parlamentarios (1990) y fundador del Colegio de Periodistas (2005).

Dentro de los reconocimientos al Sr. Arróliga están:

 Diploma de reconocimiento del Colegio de periodistas de Nicaragua, por fomentar la profesionalización, ética y humanismo en el periodismo.

 Reconocimiento de la Asociación de periodistas parlamentarios en el 2009, por su aporte invaluable al periodismo.

 Reconocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional en el año 1997.

 Reconocimiento de la Asociación de Periodistas PJCH de Chinandega por ser miembro fundador.

 Diploma del Foro Nacional de Cultura, Chinandega, reconociendo la labor informativa, en el año 2000.

 Reconocimiento de la Organización de Mujeres con Discapacidad, en el 2006, por su apoyo en la divulgación y cobertura de las actividades.
III

Consideraciones de la Comisión.

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto la labor periodística y trayectoria del Sr. Luis Emilio Arróliga Orozco, quien a los 69 años de edad y con más de 50 años ejerciendo la noble labor periodísticas, se ha destacado por su nivel profesional, su anegable labor, su ética y gran humanismo y compromiso social. Por todo lo antes señalado, hacen meritorio este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios del Sr. Arróliga, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia por cuanto este distinguido periodista actualmente se encuentra con severos problemas de salud de carácter crónicos y sistémicos, de lo que se tienen documentos clínicos que rolan en los archivos de ésta Comisión, lo cual unido a las limitaciones económicas para hacerle frente a estos problemas y demás necesidades básicas, le hacen estar en una situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber analizado el curriculum y documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados informamos a los honorables Diputados haber corroborado que el Distinguido Periodista Sr. Luis Emilio Arróliga Orozco, cumple los requisitos establecidos en la Ley No. 756 ”Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como ésta, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un modesto pero significativo respaldo económico, el esfuerzo y dedicación de hombres y mujeres de prensa que día a día realizan una inestabilidad contribución a la sociedad nicaragüense y a su sistema democrático.

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor del Sr. Luis Emilio Arróliga Orozco, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756 “ Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98,99, 100 y 102 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable. Solicitamos al honorable plenario la aprobación del mismo.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO
Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Oscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Miembros de nuestra Comisión

Hasta aquí el dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al Periodista Luis Emilio Arróliga Orozco, identificado con No. 081-081242-0002D como reconocimiento a su distinguida trayectoria periodística y destacada labor docente, en el marco de la promoción y defensa de los valores y principios democráticos del pueblo nicaragüense.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.

A discusión el artículo 1.

Diputada Venancia Ibarra.

No.

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Yo no he pedido palabra.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

¿No? Bueno.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 15 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de Cinco Mil Córdobas Mensuales. (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida presupuestaria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención.

Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

48 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto. Publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.
Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

48 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5 y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor del periodista Luis Emilio Arróliga Orozco.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos con el Adendum 004, con el Punto 3.41: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DE LA PERIODISTA CARMEN ROJAS CONRADO, dará lectura al Decreto, el Vicepresidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, diputado Freddy Torres.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Muchas gracias, Presidente.

Tenemos un Dictamen favorable.

Managua, 21 de Junio del 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del plenario el día 14 de febrero del 2008 para dictaminar el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor de la Señora Carmen Rojas Conrado.

I

Informe de la Comisión.

1.- De la Presentación de la Iniciativa.

El día 14 de febrero del 2008, diputados de todas las bancadas parlamentarias respaldaron y remitieron para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2.- Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor de la Señora Carmen Rojas Conrado, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como Educadora, Periodista y líder comunitaria, que le permitió formar desde la docencia a generaciones de jóvenes de Masaya, destacarse como periodista en pro de los derechos sociales y humanos de la población nicaragüense y participar de manera activa en su comunidad.

3.- Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el Numeral 19) del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

Así mismo, se consultó a la Asociación de Periodistas Parlamentarios, Asociación de Periodistas de Nicaragua y a la Unión Nacional de Periodistas de Nicaragua, quienes respaldaron de manera unánime tal iniciativa.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.
II

Antecedentes.

La Señora Carmen Rojas Conrado, nace en Masaya el 16 de mayo de 1936. Desde muy joven su vocación de ayudar a los demás, hace que se integre al sistema educativo nacional, como maestra, profesión que ejerció durante 40 años. La Sra. Rojas además desarrolla desde mediados de los sesenta la labor periodística destacándose como miembro activo del primer sindicato de radio periodistas en el período 1969-1979, logrando graduarse de Licenciada en Periodismo en 1989. A lo largo de su carrera periodística la Sra. Rojas fue reportera del diario La Prensa entre 1972-1978, se destaca como corresponsal de noticias en Radio Masaya. En la década de los 80´s es fundadora y corresponsal del Nuevo Diario.

Asimismo, se destaca como corresponsal de Radio Diriangén entre 1986-1989, corresponsal de Barricada entre 1990 y 1993, corresponsal de Radio 15 de Septiembre 1995-2003, corresponsal voluntaria de Radio El Pensamiento entre 1995-1998, y participa como reportera para varias revistas radiales a lo largo de su carrera profesional. Se destaca como miembro de la Asociación de Locutores de Periodistas y Publicistas de Nicaragua y es miembro activo de la Asociación de Periodistas Parlamentarios desde 1990.

Desde el punto de vista social la señora Rojas se ha destacado a lo largo de su vida en pro del desarrollo y ayuda a la población de Masaya y otros departamentos del país, labor que ejercía desde la Cruz Roja Nicaragüense de la cual se gradúa como Dama Voluntaria en 1965, fecha también en la que es nombrada Presidente de la Cruz Roja de la Juventud de Masaya.

De igual manera en el año 1973 se gradúa como Socorrista de la Cruz Roja Nicaragüense, asiste además a otros cursos relacionados y finalmente en los años 80´s, se entrega a las brigadas populares de salud y apoya la labor municipalista en esa ciudad.

Hemos sido testigos del gran trabajo y dedicación que en su oportunidad ha demostrado la Periodista Carmen Rojas Conrado, en la cobertura del quehacer parlamentario desarrollado por muchos de los diputados y diputadas que integran este Poder del Estado.

Dentro de los reconocimientos a la señora Rojas están:

Diploma de reconocimiento al mérito por su participación en el periodismo de Catacumbas, firmado por el Comandante Daniel Ortega, en marzo de 1996.

 Reconocimiento de la Asociación de Artistas de Nicaragua “Rafael Gastón Pérez”, por su invaluable apoyo al desarrollo, promoción y difusión del arte nacional, en febrero de 1999.

 Reconocimiento de la Alcaldía de Masaya por su prestigiosa labor a favor de dicha ciudad, en septiembre de 1999.

 Reconocimiento de la Unión de Periodistas de Nicaragua por su destacada labor en el ejercicio de la profesión, marzo del 2008.

 Premio nacional de Periodismo Rigoberto Cabezas, género, Editor-revista folclórica, marzo del 2000.

 Otorgamiento de la Orden Municipal Juan Ramón Avilés de la Alcaldía de Managua por su dedicación, objetividad y alto contenido social y humano en el cumplimiento de su labor periodístico, septiembre del 2004.

III

Consideraciones de la Comisión.

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante y desinteresada trayectoria tanto docente como periodística y social en pro de su comunidad de la Sra. Carmen Rojas Conrado, quien a los 75 años de edad y con más de 40 años de docencia y otra igual cantidad de años ejerciendo la noble labor periodísticas se ha destacado en su comunidad y es reconocida a nivel profesional y gremial por su abnegada e inclaudicable labor, su ética, gran humanismo y compromiso social con la comunidad y la juventud nicaragüense. Por todo lo antes señalado, hacen meritorio este reconocimiento que le otorga la honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios de la Sra. Rojas, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia por cuanto esta distinguida periodista actualmente se encuentra con serios problemas de salud que le imposibilitan en gran medida garantizar su sustento y medicamentos, situación que unido a las limitaciones económicas propias para hacerle frente al resto de sus necesidades más básicas, le hacen estar actualmente en una situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber analizado el curriculum y documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos diputados informamos a los honorables diputados haber corroborado que la distinguida Periodista y Educadora Sra. Carmen Rojas Conrado, cumple con creces los requisitos establecidos en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como ésta, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un aporte económico modesto pero significativo, el esfuerzo, dedicación y compromiso de mujeres y hombres de prensa que día a día realizan una inestimable contribución a la sociedad nicaragüense y a su sistema democrático.
IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor de la Sra. Carmen Rojas Conrado, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98,99, 100 y 102 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.

Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.

COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Óscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Hasta aquí. Paso iniciativa.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio a la Periodista Carmen Rojas Conrado, identificada con No. de Cédula 401-160536-0004X como reconocimiento a su distinguida trayectoria periodística y destacada labor docente, en el marco de la promoción y defensa de los valores y principios democráticos del pueblo nicaragüense.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de Cinco Mil Córdobas Mensuales. (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida presupuestaria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se conceden con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 5 El presente decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5, y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor de la periodista Carmen Rojas Conrado.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Siempre en el Adendum 004, continuamos con el Punto 3.41: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR ALEJANDRO MAYORGA JARQUÍN.

Le pedimos al Vicepresidente de la Comisión de Producción Economía, Finanzas y Presupuesto, diputado José Figueroa, la lectura del Decreto.

DIPUTADO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

Gracias.
Managua, 21 de Junio del 2011.
DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 14 de febrero del 2008 para dictaminar el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Alejandro Mayorga Jarquín.
I

Informe de la Comisión.

1.- De la Presentación de la Iniciativa.
El día 14 de febrero del 2008, Diputados de todas las bancadas parlamentarias respaldaron y remitieron para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2.- Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor del Señor Alejandro Mayorga Jarquín, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como Periodista, por más de 50 años.

3.- Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley # 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

Así mismo, se consultó a la Asociación de Periodistas Parlamentarios, Asociación de Periodistas de Nicaragua y a la Unión Nacional de Periodistas de Nicaragua, quienes respaldaron de manera unánime tal iniciativa.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva creado por la Ley # 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial # 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.

II

Antecedentes.

El Sr. Alejandro Mayorga Jarquín, nace en Managua, el 27 de Febrero de 1941. Sus primeros pasos en el periodismo lo hace como locutor en el año 1960, en la Radio La voz de las Segovias y en la Radio Ondas Sonoras y Ondas del Xolotlán. Para el año 1966, el Sr. Mayorga se incorpora a trabajar al noticiero 590, dirigido por Raúl Arana Selva. Durante la década de los años 70, el Sr. Mayorga labora para prestigiosos noticieros de ese entonces, entre ellos: noticiero Vértigo de la Noticia, dirigido por Eduardo Alvir y Francisco Rivas; noticiero El Pensamiento, en 1973, dirigido por Allan Téfel; noticiero Sucesos, en Radio Corporación, dirigido por William Ramírez y Esteban Quezada en 1974; noticiero Mundial, en Radio Mundial (1978), Radioperiódico El Momento, dirigido por Joaquín Absalón Pastora (1985), y actualmente y desde 1990 a la fecha, el Sr. Mayorga dirige el Radioperiódico El Nicaragüense, que se transmite por Radio Mundial.

Además, el Sr. Mayorga ha laborado en medios impresos importantes tales como Diario El Centroamericano, en León (1972) y en el Diario La Prensa en 1984. Asimismo, ha publicado muchos artículos de opinión y comentarios en diferentes revistas informativas.

El Sr. Mayorga se destaca como miembro de la Asociación de Periodistas de Nicaragua, desde donde impulsa y apoya al gremio periodístico, así como miembro de la Asociación de Periodistas Parlamentarios.

Dentro de los reconocimientos al Sr. Mayorga están:  Diploma de reconocimiento en grado Apóstol de la Comunicación, dado por la Asociación de Periodistas de Nicaragua PJCH, en diciembre del 2002.

 Diploma de reconocimiento por su labor en pro de la Asociación de Periodistas PJCH, dado en octubre del 2007.

 Diplomado en Comunicación Social con mención en Periodismo, dado por INATEC, en Junio del 2004.


III

Consideraciones de la Comisión.

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto la labor periodística y trayectoria del Sr. Alejandro Mayorga Jarquín, quien a los 70 años de edad y con más de 35 años ejerciendo la noble labor periodística, se ha destacado por su nivel profesional, su abnegada labor, su compromiso ético social y gran humanismo. Por todo lo antes señalado, se le hace merecedor de este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios del Sr. Mayorga, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia por cuanto este distinguido periodista actualmente se encuentra atravesando severos problemas de salud de carácter sistémicos y crónicos, a como se constata en documentos y epicrisis médica que rolan en los archivos de esta Comisión, lo cual unido a las limitaciones económicas para hacerle frente a este problema y demás necesidades básicas, le hacen estar en una situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber analizado el curriculum y documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados informamos a los honorables Diputados haber corroborado que el distinguido periodista Sr. Alejandro Mayorga Jarquín, cumple los requisitos establecidos en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como éstas, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un discreto pero significativo aporte económico, el esfuerzo y dedicación de hombres y mujeres de prensa que día a día realizan una inestimable contribución a la sociedad nicaragüense y a su sistema democrático.

IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor del Sr. Alejandro Mayorga Jarquín, con fundamento en el artículo 138, numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional, contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98, 99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable. Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.

COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente

Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Oscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno Molina
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Saludamos a los estudiantes del primer año de Derecho de la Universidad Centroamericana (UCA) que nos visitan el día de hoy.

A discusión el Dictamen en lo general.

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al Periodista Alejandro Mayorga Jarquín, identificado con No. de Cédula 001-270241-0011D como reconocimiento a su distinguida trayectoria periodística, en el marco de la promoción y defensa de los valores y principios democráticos del pueblo nicaragüense.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de cinco mil córdobas mensuales (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de Reserva Creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año aplicándolo a la correspondiente partida presupuestaria.

Hasta aquí el artículo 3.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional, contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Hasta aquí el artículo 4.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Hasta aquí el artículo 5.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5, y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor del periodista Alejandro Mayorga Jarquín.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuamos con el Punto 3.41: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL PERIODISTA MAURICIO SOCORRO MATUTE.

Le pedimos al Presidente de la Comisión de Producción que por favor proceda a la lectura del informe.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 21 de Junio del 2011.
DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Su despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 14 de febrero del 2008 para dictaminar el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Mauricio Socorro Matute.
I

Informe de la Comisión

1.- De la Presentación de la Iniciativa.

El día 14 de febrero del 2008, Diputados de todas las bancadas parlamentarias respaldaron y remitieron para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2.- Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor del señor Mauricio Socorro Matute, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada e ininterrumpida labor como Periodista, por más de 40 años.

3.- Consulta.

En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley # 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional Contenida en el Numeral 19) del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

Asimismo, se consultó a la Asociación de Periodistas Parlamentarios, Asociación de Periodistas de Nicaragua y a la Unión Nacional de Periodistas de Nicaragua, quienes respaldaron de manera unánime tal iniciativa.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a éste se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.

II

Antecedentes

El Sr. Mauricio Socorro Matute, nace en Matagalpa el 13 de Septiembre de 1937. Desde muy joven su vocación lo impulsa a trabajar en la labor periodística, primero en su natal Matagalpa y luego en medios de comunicación de la Capital y otros departamentos del país. El Sr. Matute es graduado en periodismo y tiene más de 40 años de ejercer dicha profesión. Su carrera periodística la inicia en Matagalpa en 1959, como corresponsal, laborando posteriormente a lo largo de su carrera profesional en diversos medios de comunicación tanto radiales como escritos, sobresaliendo por su alto profesionalismo, ética y compromiso con los sectores vulnerables y ejerciendo diversos cargos tales como Director de medios, redactor de planta y reportero. A lo largo de su carrera ha recibido diversos reconocimientos, lo cual comprueba la alta calidad de profesional y ser humano que caracteriza al Lic. Matute.

El Sr. Matute se destaca como miembro de la Asociación de Periodistas de Nicaragua, desde donde impulsó y apoyó al gremio periodístico, así como miembro de la Asociación de Periodistas Parlamentarios.

Dentro de los reconocimientos al Sr. Matute están:  Diploma de reconocimiento por sus 35 años de labor periodística, dado por la Asociación de locutores y publicistas de Nicaragua en Agosto de 1995.

 Diploma de honor por periodista destacado, dado por PRISMA en diciembre de 1997.

 Reconocimiento de la Asociación de Artistas de Nicaragua “Rafael Gastón Pérez”, en agosto de 1996, por su invaluable apoyo en el desarrollo, promoción y difusión del arte y cultura nacional.

 Reconocimiento de la Casa del Artista Nacional en agosto de 1995, por su aporte al desarrollo y difusión para mantener vivas nuestras raíces.

 Diploma de reconocimiento del INSS en Noviembre de 1988, por su apoyo en las labores de emergencia del huracán Joan.
III

Consideraciones de la Comisión

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante e inclaudicable trayectoria, tanto docente como periodística y social del Sr. Mauricio Socorro Matute, quien a los 74 años de edad y con más de 40 años ejerciendo la noble labor periodística, se ha destacado por su nivel profesional, su abnegada labor, su ética, gran humanismo y compromiso social. Por todo lo antes señalado, se hace merecedor de este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.

Además de los méritos propios del Sr. Matute, que hablan por sí mismos, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario aprobar esta pensión de gracia, por cuanto este distinguido periodista actualmente se encuentra con severos problemas de salud a nivel de la columna vertebral, con inminente peligro de quedar postrado en silla de ruedas y demás complicaciones orgánicas sistémicas, como se constata en documentos y epicrisis médicas que rolan en los archivos de esta Comisión, lo cual, unido a las limitaciones económicas para hacerle frente a estos problemas de salud y demás necesidades básicas, le hacen estar en una situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber analizado el curriculum y documentos que fundamentan esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados informamos a los honorables Diputados haber corroborado que el Distinguido Periodista Sr. Mauricio Socorro Matute, cumple con los requisitos establecidos en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como éstas, estamos dando un merecido reconocimiento y un discreto pero significativo respaldo económico, al esfuerzo y dedicación de hombres y mujeres de prensa que día a día realizan una inestimable contribución a la sociedad nicaragüense y a su sistema democrático.

(Cabe destacar que todos los periodistas a quienes el día de hoy se les aprobó pensiones, son integrantes plenos y activos de la Asociación de Periodistas Parlamentarios que cubren día a día el quehacer del Parlamento Nacional Nicaragüense).

IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor del Sr. Mauricio Socorro Matute, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98, 99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable. Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.

COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente


Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Oscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno Molina
Integrante Integrante

Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Hasta aquí el dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:

Gracias, Presidente.

Esperé hasta el último Dictamen para referirme a este esfuerzo y a este reconocimiento que se les está entregando hoy a estos periodistas, que algunos de ellos en lo particular y en lo personal nos acompañaron en los diferentes momentos que hemos vivido en las luchas por reivindicaciones y derechos laborales. Creo que es importante reconocer este esfuerzo de las mujeres y los hombres del periodismo, que a diario nos permiten y nos facilitan la comunicación y el mensaje a la población nicaragüense; este reconocimiento vale para todos los y las periodistas que a diario nos entrevistan, que a diario divulgan, que a diario comunican y que a diario están permanentemente informando a la población nicaragüense.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Evertz Cárcamo, tiene la palabra.

DIPUTADO EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ:

Gracias, señor Presidente.

Nosotros queremos agradecer el trabajo que se ha estado haciendo en la Comisión Económica y en las otras comisiones, para otorgar estas pensiones de gracia, precisamente a estos periodistas que son reliquia de periodismo, como Arróliga, de Chinandega, como Matute. Desde la semana pasada a esta parte son once las personas que tienen aprobado ese beneficio, que a partir del mes de julio ya pueden gozar de su pensión; aunque se les dice a los otros periodistas y deportistas que han introducido solicitud de pensión de gracia, que hay cuarenta solicitudes mas todavía para ser aprobadas en el trascurso del año y hay que esperarse un poquito.

Sólo quiero agradecer a la comisión, a los diputados y a la Junta Directiva, como periodista que soy, por estas pensiones de gracia aprobadas a estos grandes periodistas, por lo cual considero que de parte nuestra se merecen un aplauso.
Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al periodista Mauricio Socorro Matute, identificado con No. de Cédula 441-130937-0005L como reconocimiento a su distinguida trayectoria periodística, en el marco de la promoción y defensa de los valores y principios democráticos del pueblo nicaragüense.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de cinco mil córdobas mensuales. (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año, aplicándolo a la correspondiente partida presupuestaria.

Hasta aquí el artículo 3.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Hasta aquí el artículo 4.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, presentes 22 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta Diario Oficial. Por tanto. Publíquese.

Hasta aquí el artículo 5.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5, y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor del periodista Mauricio Socorro Matute Mejía.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos con el Adendum 004, con el Punto 3.45: DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR JOSÉ ANTONIO LAZO MORALES.

Le pedimos al diputado José Figueroa, Vicepresidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto la lectura del Dictamen.

DIPUTADO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

Managua, 21 Junio del 2011.

DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Su despacho.

Estimado Ing. Núñez:


Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 26 de septiembre del año 2007 para dictaminar el Proyecto de Pensión de Gracia a favor del señor José Antonio Lazo Morales.

I

Informe de la Comisión

1.- De la Presentación de la Iniciativa.

El día 03 de Agosto del 2007, diputados de diferentes bancadas parlamentarias, respaldaron y remitieron para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2.- Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor del señor José Antonio Lazo Morales, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada carrera artística de más de 50 años como compositor y cantautor nacional.

3.- Consulta.

En base al artículo 12, párrafo segundo y el artículo 13, literal e) de la Ley # 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a este se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de Reserva creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida, permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.
II

Antecedentes.

El señor José Antonio Lazo Morales, nace el 09 de Diciembre de 1922, en la Ciudad de Granada. Desde muy joven se interesa por la música y a pesar de su limitada formación académica, de manera autodidacta aprende los pases musicales y empieza a componer canciones, las que se constituyen con posterioridad en verdaderas obras de arte del pentagrama musical nicaragüense.

El cantautor y compositor Lazo Morales sin conocer a fondo el pentagrama musical y sin ejecutar profesionalmente instrumento musical alguno, creaba sus composiciones silbando y agregando letras en algunos casos, y se convierte en uno de los más grandes compositores de Granada y Nicaragua, siendo su música conocida y escuchada a nivel nacional e internacional, recogiendo en las mismas su sentir y admiración a la naturaleza.

Los reconocidos músicos y arreglistas Julio Max Blanco y Rigoberto Duarte resaltan como colaboradores del compositor granadino. Tuvo una activa participación radial en las originales Radio Sport y Radio Granada. Nuestro laureado compositor, maestro de la guitarra, de manos mágicas, tiene en su haber musical un total de 33 canciones que se han escuchado en radios locales e internacionales, destacándose entre otras; Romance Marino; Amor Clandestino, Siluetas de Mar, Aires de Montañas, El Chunche, Cuarto Menguante y la inolvidable “Balada Campestre”. Asimismo, inspirado en diferentes géneros musicales compuso obras tales como “No sé por qué”, “Capricho de la Naturaleza”, “Esclavo de su amor”, y “Balada Azul”, dedicada al insigne vate modernista de las letras castellanas, Rubén Darío.

Ha recibido innumerables reconocimientos por su destacada labor artística, siendo recibido uno de los más recientes en su ciudad natal “Granada”, por parte de la Alcaldía municipal en sesión ordinaria número 28 del veintinueve de mayo del año 2009, en la cual el Concejo Municipal de Granada, por acuerdo de unanimidad lo declaró hijo dilecto de la ciudad.

Ha recibido, entre otros, los siguientes premios y distinciones:  Diploma de Honor del Congreso de Nicaragua, en 1968, por su destacada labor en pro del arte nacional.

 Galardón de Oro, dado por la Asociación Representativa de Artistas Nicaragüenses, en 1977.

 Miembro de honor por parte de la Asociación Sandinista de Trabajadores de la Cultura, en 1982.

 Diploma al Mérito, por parte de la Asociación de Compositores y Autores de Nicaragua.

 Diploma de Reconocimiento del Centro Popular de Cultura “Fernando Gordillo”, en 1985.

 Diploma de Honor al Mérito, por el Club de Leones de Granada, en 1987.

 Diploma de Reconocimiento de la Asociación de promotores de la Cultura, en 1995.

 Hijo Dilecto de la Ciudad de Granada.

Estos y otros reconocimientos hacen del Sr Armando Lazo Morales, uno de los mejores y más reconocidos compositores Nacionales tanto dentro como fuera de nuestras fronteras nacionales.

III

Consideraciones de la Comisión.

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante trayectoria y labor artística en el campo musical y creativo del señor José Antonio Lazo Morales, quien a los 89 años de edad y con más de 50 años de componer e interpretar música nacional, se ha destacado por su calidad de música donde resalta su nacionalismo y admiración al poeta Rubén Darío, sin dejar de mencionar su calidad humana y actitud ejemplar ante su familia y la sociedad nicaragüense. Por todo lo antes señalado, hacen meritorio este reconocimiento que le otorga la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua.
Además de los méritos propios del señor José Antonio Lazo Morales, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario señalar que el Sr. Lazo Morales, actualmente se encuentra padeciendo severos problemas de salud de carácter crónicos y sistémicos, de lo que se tienen documentos clínicos que rolan en los archivos de esta Comisión, lo cual unido a las limitaciones económicas propias para hacerle frente a estos problemas y demás necesidades básicas, le hacen estar en una situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber analizado la trayectoria artística musical del Sr. Lazo Morales, que fundamenta esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados informamos al Honorable Parlamento Nacional, haber corroborado que el ilustre señor José Antonio Lazo Morales, cumple los requisitos establecidos en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como éstas, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un modesto pero significativo respaldo económico, el esfuerzo y dedicación de hombres y mujeres del arte y la cultura nacional, quienes con su trabajo y esfuerzo enaltecen a Nicaragua, nutren nuestro acervo cultural realizando una inestimable contribución al Arte Nacional.
IV

DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor del Señor José Antonio Lazo Morales, con fundamento en el artículo 138, numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98, 99, 100 y 102 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.

Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente


Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Oscar Moncada Reyes Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

Irma Dávila Lazo Gustavo Porras Cortés
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Guillermo Osorno Molina
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Hasta aquí el Dictamen.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

Diputado Javier Vallejos Fernández, tiene la palabra.

DIPUTADO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

En nombre de todos y todas las granadinas, quisiera agradecerle el trabajo de la comisión para favorecer con esta Pensión de Gracia al maestro Lazo Morales y darles las gracias, aunque tardó prácticamente tres años, en vista de la gran cantidad de personas que han tramitado esta Pensión de Gracia para este hombre que es un orgullo, no sólo de los granadinos, sino de todos los nicaragüenses, un hombre que ha contribuido con el arte y la música de nuestro país y que también es hijo dilecto de la Gran Sultana, de Granada, por todo su aporte cultural como compositor, como músico, como hombre de familia, como granadino, y que en alguna ocasión todos los granadinos hemos disfrutado de sus composiciones musicales, entre las más recordadas: Romance Marino, Amor Clandestino, El Chunche, en fin, más de treinta composiciones que lo han hecho ser merecedor del reconocimiento de la familia artística de este país. Así que agradezco y pido a los diputados de la Asamblea Nacional que apoyemos con nuestros votos esta pensión para el maestro Morales Lazo.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación el Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 1 Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al señor José Antonio Lazo Morales, identificado con cédula de identidad No. 201-091222-0005E, como reconocimiento a su distinguida trayectoria como Músico, Compositor y Cantautor Nacional, exponente destacado e insigne maestro de generaciones de Artistas Nacionales.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 31 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 2 La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de cinco mil córdobas mensuales. (C$5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 31 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 3 Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de Reserva Creado por la Ley No. 175, “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida presupuestaria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 30 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 4 La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756, “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en La Gaceta, Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 5 El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

A votación el artículo 5.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 30 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5, y con él se aprueba el Decreto de Pensión de Gracia a favor del compañero José Antonio Lazo Morales.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum 005, Punto III: DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS, Punto 3.52: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO No. 2527/BL-NI, SUSCRITO EL 04 DE JUNIO DEL AÑO 2011 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Le pedimos al diputado Wálmaro Gutiérrez, Presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, la lectura del Dictamen.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

DICTAMEN FAVORABLE

Managua, 30 de junio del 2011.

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos de parte de la Primera Secretaría, el día 27 de Junio del año en curso el Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2527/BL-NI, suscrito el cuatro de junio del 2011, por la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar el “Programa Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en Municipios de Alta Vulnerabilidad Social”, por un monto de US$20,000,000.00 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América), para su respectivo análisis y dictamen.

I. Informe del Convenio

1) Aspectos Generales

Este convenio se firmó, en nombre y representación de la República de Nicaragua, por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Sr. Alberto José Guevara Obregón y por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Sr. Luis Alberto Moreno, Presidente del BID, en fecha cuatro de junio del 2011, y fue presentado por el Poder Ejecutivo ante la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional el día 15 de Junio del 2011.

El Órgano Ejecutor del programa financiado con los recursos del presente préstamo será el Ministerio de Salud (MINSA).

2) Objetivo General

El Objetivo General del programa es incrementar el uso de un conjunto de atenciones de salud materno-infantil de buena calidad bajo el Modelo de Salud Familiar y Comunitaria (MOSAFC) en las poblaciones más vulnerables, el cual se basa en dar acceso universal a la salud básica y a los servicios nutricionales con mayor énfasis en la promoción de la salud y prevención de enfermedades, priorizando el acceso a la población en riesgo, incluidos grupos indígenas, mujeres, niños y ancianos; con el fin de mejorar su estado de salud, reduciendo la desigualdad y contribuyendo particularmente al logro de los objetivos del milenio relacionados con la reducción de mortalidad materno-infantil.

3) Componentes.

El presente convenio consta de tres componentes a saber:
3.1. Componente I. Extensión de la Cobertura de servicios maternos infantiles en 22 municipios de los SILAIS de la RAAN, Jinotega y Matagalpa.

Con los fondos asignados a este componente se apoyará la cobertura actual de un conjunto de servicios de salud materno infantil relacionados con atenciones de prevención y promoción, así como se prevé incrementar el número de personas atendidas. Entre las beneficiarias directas de estos servicios serán las mujeres en edad fértil (MEF) y los niños menores de 5 años; se trabajará en función de disminuir la mortalidad materna y neonatal, prevención, promoción y atención básica a la salud, atención al embarazo, parto y puerperio, atención al recién nacido; así mismo, acciones de vigilancia y promoción del crecimiento, desarrollo y aplicación del esquema de vacunas para menores de 5 años.

3.2. Componente II. Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva materno-infantil en los 22 municipios de la RAAN, Jinotega y Matagalpa.

Con estos recursos se financiará la adquisición de equipamiento básico y capacitaciones para el personal responsable de prestar el conjunto de servicios en temas de calidad que contempla la pertinencia cultural y enfoque de género y registro. Se mejorará el sistema de información, se repararán equipos en hospitales departamentales y de referencia nacional materno-infantil para apoyo al diagnóstico y para la atención de la población de municipios beneficiados, permitiendo de esta manera mejorar la capacidad resolutiva y extender gradualmente los servicios de calidad a la mayor parte de la población.

3.3. Componente III. Gestión, Supervisión y Evaluación.

Este componente financiara el costo de la administración del Programa, que incluirá un equipo para el seguimiento técnico desde las estructuras de línea del MINSA, mejorías a los sistemas de registro estadístico, la auditoría financiera del Programa y asistencia técnica en monitoreo y evaluación del desempeño de los resultados del Programa.

4) Costo, Financiamiento, Recursos Adicionales y Grado de Concesionalidad del Préstamo

4.1. Monto del Préstamo: US$20, 000,000.00 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América).

4.2. Costo del Programa: El costo total estimado del Programa es de US$64,905,000.00 (sesenta y cuatro millones novecientos cinco mil dólares de los Estados Unidos de América), de lo cual el financiamiento del BID a través del presente convenio de préstamo es del 30.81%, equivalente a US$20,000,000.00 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América). Los US$44, 905,000 restantes serán recursos que el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e ininterrumpida ejecución del Programa, los cuales se están gestionando con otras líneas adicionales de financiamiento externo y con recursos de esfuerzo fiscal.

Los recursos del BID, tienen la siguiente distribución:

Componentes/Actividades
Costo
(Millones de US$)
Porcentaje
COMPONENTE I
14.4
72%
Promoción y atención en salud de la mujer en edad fértil
5.0
Promoción del Crecimiento y Desarrollo para niños menores de 5 años y atención del recién nacido y vigilancia del desarrollo
9.4
COMPONENTE II
3.7
18%
Adquisición de equipamiento básico para los establecimientos de salud priorizados de la RAAN, Jinotega y Matagalpa
1.9
Fortalecimiento de la capacidad resolutiva de los servicios de salud en los establecimientos de salud beneficiarios
1.1
Capacitaciones integrales de calidad en temas de salud dirigidos a la atención materno-infantil
0.7
COMPONENTE III
1.9
10%
Administración del Programa
0.3
Auditoría financiera y asistencia técnica para los arreglos de monitoreo y evaluación
1.0
Imprevistos y costos financieros
0.6
TOTAL
20.0
100.0%

4.3. Financiamiento:

El financiamiento está integrado por Capital Ordinario y Fondo de Operaciones Especiales (FOE), a ser desembolsados por el Banco en cinco años y seis meses:

4.5. Concesionalidad:

Ponderando los datos anteriores, el grado de concesionalidad de este convenio de préstamo es del 51.98%, superior al mínimo establecido que es del 35% según los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2011, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 133 del 14 de Julio de 2010, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley No. 477 “Ley General de Deuda Pública”.

Este convenio de préstamo aun no se encuentra incorporado en el Presupuesto General de la República 2011; una vez ratificado por la Asamblea Nacional deberá ser incluido en futuros ejercicios presupuestarios, o vía reformas al ejercicio presupuestario del presente año.

I. CONSULTA DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto consultó con la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) sobre aspectos financieros de este convenio y con el Ministerio de Salud sobre el impacto social, el efecto directo en los municipios seleccionados, SILAIS específicos a ser beneficiados con el presente convenio de préstamo, todo con el fin de complementar la información existente sobre el mismo.

II. CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto consideran de suma importancia la aprobación de este convenio de préstamo, debido a que estos recursos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) incidirán significativamente en la inmensa tarea de acciones a desarrollarse para combatir los índices de mortalidad materna e infantil en Nicaragua, acción que forma parte preponderante de los compromisos del Gobierno de Nicaragua en su lucha contra la pobreza, siendo además una de las metas más importantes en el marco de los Objetivos y Metas del Milenio. Según datos proporcionados por el Ministerio de Salud, los presentes recursos económicos se focalizarán en tres departamentos, siendo estos RAAN, Jinotega y Matagalpa, en donde se presentan mayores cifras de muertes maternas, y en los cuales se identifica una concentración de municipios extremadamente pobres.

Los municipios que han sido priorizados por su alta vulnerabilidad son los siguientes:

Departamento de Jinotega:
1- Wiwilí
2- San José de Bocay
3- Santa María de Pantasma
4- El Cuá
5- Jinotega
6- San Sebastián de Yalí

Departamento de Matagalpa
1- Rancho Grande
2- San Dionisio
3- Terrabona
4- Tuma La Dalia
5- Ciudad Darío
6- Matiguás
7- Sébaco
8- Waslala
9- Bocana de Paiwas

Departamento de RAAN
1- Bonanza,
2- Mulukukú
3- Rosita
4- Siuna
5- Puerto Cabezas
6- Prinzapolka
7- Waspán

Con este programa se pretende beneficiar a una población meta de un millón de personas aproximadamente, incluidos cerca de 190 mil mujeres en edad fértil y 260 mil niños menores de 5 años.

Aparte de los indicadores de impacto de la reducción en la mortalidad materna y neonatal, así como reducción en los embarazos adolescentes en los departamentos beneficiarios; los indicadores de resultados previstos incluyen, entre otros, reducción en la necesidad de hospitalización de niños menores de cinco años por diarrea severa, incremento en la cobertura de Planificación Familiar, así como el incremento de atención en los partos atendidos en las Unidades de Salud que ofrecen servicios obstétricos de emergencia.

Es importante señalar que desde el punto de vista distributivo, este préstamo está bien enfocado, debido a que el 90% de los recursos financieros se concentran en gastos relacionados con atenciones directas a la población beneficiada, siendo el 72% de estos fondos destinados para el Componente I que comprende las atenciones de las mujeres y niños recién nacidos y menores de 5 años; el restante 18% serán destinados al mejoramiento del equipamiento básico de los centros de salud de municipios seleccionados, así como al fortalecimiento de capacidad resolutiva de estos centros y capacitaciones integrales de calidad en temas de salud dirigidos a la atención materno-infantil. Solamente un diez por ciento del total del préstamo está destinado a cuestiones administrativas de seguimiento y auditoría, las cuales aunque importantes para el éxito en el cumplimiento de los objetivos que persigue el programa, son acciones que no están directamente enfocadas en beneficiar a la población meta.
Es importante expresar que este convenio de préstamo, es complementario al Convenio de Préstamo No/48300 BL/NI y Donación No. H6220-NI, que suscribió el Gobierno de Nicaragua y la Internacional Development Association (IDA) del Banco Mundial por US$21.0 millones y que recientemente aprobó la Asamblea Nacional, cuyo objetivo es desarrollar el Modelo de Salud Familiar y Comunitaria (MOSAFC) es los departamentos de Chinandega, León, Chontales, RAAS, Río San Juan, Managua y la Zona Indígena de Alto Wanki; lo cual refleja coherencia en el compromiso integral del combate a la pobreza, integrando a más departamentos y municipios a nivel nacional en este sublime esfuerzo de llevar a mayor profundidad y con mejor calidad la atención en Salud a nuestro pueblo nicaragüense.


IV. DICTAMEN DE LA COMISIÓN

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado el objetivo y condiciones generales de este “Contrato de Préstamo No. 2527/BL-NI,” con fundamento en el inciso 1 del artículo 138 de la Constitución Política, artículos 100 y 102 de la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, emitimos DICTAMEN FAVORABLE y solicitamos al Honorable Plenario su aprobación.

COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO


Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente


Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante

Adolfo Martínez Cole Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante

Odell Íncer Barquero Douglas Alemán Benavídez
Integrante Integrante

Ramiro Silva Gutiérrez Guillermo Osorno
Integrante Integrante
Brooklyn Rivera Bryan
Integrante

Hasta aquí el Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

A discusión el Dictamen en lo general.

Diputada Irma Dávila Lazo, tiene la palabra.

DIPUTADA IRMA DÁVILA LAZO:

Gracias, compañero Presidente.

Me anima mucho que esta mañana el plenario de la Asamblea Nacional, está haciendo justicia aprobando estas Pensiones de Gracia, y aprobando Convenios para mejorar la salud familiar y comunitaria de aproximadamente un millón de personas, ciento noventa mil mujeres y dos ciento sesenta mil niños y niñas menores de cinco años, de los Departamentos de nuestra querida Matagalpa, Jinotega y la RAAN; estos Departamentos presentan las mayores cifras de muerte maternas, además es donde se concentran los municipios de extrema pobreza. El énfasis de este programa, es la prevención de enfermedades y la promoción de la salud, de esas poblaciones en riesgo y vulnerables como son las de nuestros Departamentos, el mismo atenderá a niños, mujeres, ancianos y a grupos indígenas, a través de un conjunto de servicios y atenciones de buena calidad, bajo el modelo de salud familiar. Para mí lo hermoso de este proyecto, es que viene a preservar la vida de las mujeres y la niñez, mediante la atención materno infantil, donde se cuidará y atenderá a la mujer en edad fértil, los partos, los embarazos, asimismo atenderemos los casos puerperios. En los caso de la niñez, se asistirán a todos los menores de cinco años, en función de disminuir la mortalidad infantil y los neonatos, de igual manera se va a prever las vacunas y la atención a los recién nacidos, esto es lo más sensible de este Convenio que hoy estamos discutiendo. Pero además, es importante saber que a través de este Convenio se van a adquirir nuevos equipamientos, y que vamos a poder habilitar a los hospitales de estos Departamentos, porque con los que cuentan ya dieron su vida útil y se encuentran totalmente caducos. También se está dando continuidad al combate contra la pobreza que decididamente viene haciendo el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional.

Por lo tanto les pido a todos los colegas, que respaldemos con nuestro voto la vida de las mujeres, y la vida de la niñez nicaragüense.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Nasser Silwany, tiene la palabra.

DIPUTADO NASSER SILWANY BÁEZ:

Muchas gracias, compañero Presidente.

Este Programa de Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en municipios de alta vulnerabilidad social, que será ejecutado por el Minsa, lleva las respectivas siglas Mosafc, es por un monto de 64 millones 905 mil dólares, y que el BID otorgara inicialmente 20 millones de dólares.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional formuló una estrategia de acuerdo a las necesidades básicas de los municipios más vulnerables de la nación, donde se dará mejor cobertura, atención y servicios de salud, acceso universal a la salud básica y al servicio nutricional; asimismo mayor énfasis en la promoción de la salud, prevención de enfermedades, control de epidemia y protección sanitaria la que se realizará con la colaboración de organizaciones comunitarias, priorizando el acceso a la población más vulnerable como son los grupos indígenas, mujeres, niños, ancianos, atención a la salud en lo que respecta a lo materno infantil; mejorar el estado de salud y reducir las desigualdades y la mortalidad infantil y materna, además que contribuye al logro de los objetivos del milenio y sus beneficiados serán aproximadamente más de un millón de personas como tal, ciento noventa mil mujeres en edad fértil, dos cientos sesenta mil menores de cinco años, basado en los indicadores de los Silais estudiados en estos veintidós municipios, tanto de la RAAN como Jinotega y Matagalpa.

Su financiamiento es altamente concesionario y anda por 51.98, casi el 52%, en un monto de 10 millones de dólares los que serán otorgados con 40 años de plazo, cuarenta años de gracia y un interés del 0.25% anual. Por tanto, les solicito a todos los y las diputadas que aprobemos sin ninguna vacilación, ya que este préstamo va en pro del desarrollo social y económico de nuestra nación.

Muchas gracias, compañero Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Ramón Villagra, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ RAMÓN VILLAGRA:

Gracias, señor Presidente.

Hoy, quiero sumarme a la aprobación de este importante Convenio de préstamo, porque realmente viene a beneficiar a miles de mujeres y niños menores de cinco años de nuestro Departamento. Es un préstamo que está enfocado a mejorar la atención de salud en un sector tan vulnerable como es la población de niños menores de cinco años, las mujeres que salen embarazadas en nuestras comunidades y que no son a veces bien atendidas; sin embargo aquí se está ampliando una red de atención para bajar los índices de mortalidad infantil en estos municipios tan sensibles, y que hoy están siendo beneficiados con este programa tan importante que va ser ejecutado por el Ministerio de Salud y por ende por los Silais de cada uno de los Departamentos.

Esperamos realmente que todos los diputados de esta Asamblea Nacional votemos por este tipo de préstamo, que beneficia a sectores importantes de nuestra población y vienen a mejorar la Salud en nuestras mujeres y niños menores de cinco años.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.

DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:

Gracias, Presidente.

Ciertamente deseaba compartir muy brevemente con los colegas, esta Iniciativa de Préstamo, ya que realmente es un préstamo importante porque no solamente -como bien señalaban- son los 20 millones iniciales, que es lo que estamos aprobando actualmente, sino que existe ya ahí el compromiso del prestatario, que en este caso es el BID, con 44 millones adicionales, o sea, para completar los sesenta y cuatro, para que continúen estos programas y en regiones donde hasta el día de hoy, a pesar de los esfuerzos que se han hecho, los niveles de pobreza de mortalidad infantil y materna son los más altos. Estamos hablando de Matagalpa, Jinotega en sus aspectos rurales y los municipios de la Región Atlántica Norte.

Nosotros saludamos eso.

Estuvimos recientemente en Siuna, en parte viendo todo el programa de gobernabilidad que está impulsando el Gobierno de la República, los felicitamos por esta iniciativa que por supuesto contará con el respaldo unánime de todos nosotros.

En segundo lugar, también quiero felicitar a la Comisión Económica que preside Wálmaro Gutiérrez, no solamente por evacuar iniciativas como éstas, con diligencia, sino que también gracias a la Ley de Pensiones de Gracia se está haciendo justicia con una cantidad de amigos y amigas con diferentes méritos, entre ellos varios periodistas que cubren en este Poder del Estado, otorgándoles esta Pensión de Gracia que mejorará un poco su calidad de vida.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Cerramos con el diputado Brooklyn Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO BROOKLYN RIVERA BRYAN:

Gracias, compañero Presidente.

Este convenio de financiamiento que estamos aprobando, realmente viene a contribuir en la ampliación de la cobertura a los municipios de los Departamentos del norte y del Atlántico, concretamente la RAAN, en lo que se refiere a la salud materna e infantil a nivel de los veintidós municipios, que en esta ocasión es como parte del complemento de los fondos de préstamo que nuestro gobierno está logrando, para asegurar los servicios de salud a los sectores más vulnerables del país.

Quisiera señalar, que el fin de semana recién pasado, estuvimos ahí, presenciando la inauguración de dos nuevos hospitales primarios en dos de los municipios más –digamos- abandonados que son, los municipios de Mulukukú y Prinzapolka. En Mulukukú es donde está la población campesina, los miembros de la ex – Resistencia, ellos participaron en la inauguración de este hospital, el que tiene una capacidad de treinta camas, muy moderno, con nuevos equipos y con muchos servicios especializados de salud. Prinzapolka es un municipio antiguo, pero muy abandonado, esta vez fue beneficiado con un hospital moderno, con diecisiete camas, con servicios que nunca habían visto, tanto de ginecología como de atención en salud para la niñez, servicios quirúrgicos e integrales de salud para las comunidades indígenas de Prinzaula y Prinzaullaun.

Realmente el presidente Ortega, tiene voluntad firme de seguir dando servicios a la población más vulnerable, estamos siendo testigos de todos estos beneficios. Entonces pedimos respaldo para este decreto, que viene a dar mayor servicio a la gente más necesitada de estos municipios de Jinotega, Matagalpa y la Región del Atlántico Norte.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces pasamos a la votación del Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2527/BL-NI, suscrito el 04 de junio del 2011, por la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Alberto José Guevara Obregón y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de US$20,000,000.00 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América), para financiar el “Programa Mejoramiento de la Salud Familiar y Comunitaria en Municipios de Alta Vulnerabilidad Social”, que ejecutará el Ministerio de Salud (MINSA).

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2 y con él se aprueba el Convenio de Financiamiento No. 2527/BL-NI suscrito por la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo BID.

Se suspende la sesión y continuamos el día de mañana a las nueve de la mañana.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolivar.

Managua,Nicaragua 2012.