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Año Legislativo:XXIII LEGISLATURA
Sesión:CUARTA
Tomo No.8

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(7 de noviembre del 2007).
Managua, 14 de diciembre de 2004
DP/536/04
Managua, 13 de Diciembre del 2005
Managua, 08 de Febrero del 2007.
Managua, 17 de Abril del 2007
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Sus Manos.

Estimado Ingeniero Núñez:

A través de la presente le remitimos Exposición de Motivos del Ante Proyecto de Ley denominado Ley de Oficialización de la Casa Presidencial del Gobierno de la República de Nicaragua.

Considerando que la República de Nicaragua es un Estado Soberano e Independiente, que estamos en un Estado Democrático, y que la democracia lo ejerce el pueblo a través de los instrumentos democráticos consignados en la constitución Política de la República y las leyes de nuestro país. De acuerdo a nuestra Carta Magna, en su artículo 132, queda establecido que la Asamblea Nacional es la representación del poder del pueblo.

Nosotros los suscritos diputados abajo firmantes, preocupados por los cambios de señales que el actual Gobierno del Presidente Daniel Ortega esta dando al pueblo de Nicaragua así como a la Comunidad Internacional, y a los Pueblos donantes, sometemos a la consideración del Honorable Plenario la Iniciativa de Ley de Oficialización de la Casa Presidencial del Gobierno de la República de Nicaragua.

A través de esta iniciativa es importante resaltar que la Casa Presidencial ubicada en las cercanías del Teatro Rubén Darío fue construida con recursos donados por el Gobierno de Taiwán, por lo que consideramos que es un irrespeto a este pueblo, para que ahora sin explicación el Presidente Daniel Ortega haya cambiado la sede de ese Poder del Estado.

Por tal motivo y preocupados por todas las anomalías y atropellos que este Gobierno está presentando y tomando con mucha responsabilidad el mandato del pueblo de Nicaragua de preservar el Estado de Derecho y salvaguardar los intereses del pueblo, sometemos a consideración la presente Iniciativa de Ley y le solicitamos se le de el trámite correspondiente.

Fundamentación:

Esta iniciativa la consideramos de primer orden por el respeto e institucionalidad que implica respetar las sedes donde operan nuestros poderes del estado, y no será por voluntad de una persona violando abiertamente nuestras leyes de la República, enviando una mala señal a los organismos internacionales y en general a la comunidad internacional, por lo que queremos exhortar a través de esta iniciativa al Gobierno de turno a ser coherente con su discurso de campaña y respetar nuestros estado de derecho.

Hasta aquí la fundamentación y Exposición de Motivos

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el siguiente Proyecto de Ley a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos.

SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:

Los remitimos al Punto 2.8: “LEY GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA”.
Managua, 17 de Abril del 2007

Managua, 8 de Marzo del 2007
Managua, 8 de Marzo del 2007

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional

Con fundamento en los Artículos 138 inciso 3 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, estoy presentando el siguiente proyecto de Ley denominado Ley de Promoción y Protección para las madres solteras cabezas de familia.

Tomando en cuenta que en la mayoría de los hogares nicaragüenses las mujeres son madres solteras y que enfrentan fuertes retos ya que además de ser el sostén de sus hogares deben encargarse de las labores domésticas y el cuidado de sus hijos, por tanto es un deber impostergable del estado brindarles apoyo para que existan mecanismos que les permita asegurar el desarrollo integral de sus familias.

Al respecto, la Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud realizadas en los años 1998 y 2001, demostró que entre un 59 un 57% de las mujeres se encuentran actualmente unidas respectivamente, reflejando que aproximadamente un 45% de las mujeres son cabezas de familia. Cabe resaltar que esta ley es complementaria a las iniciativas de leyes, aún no aprobadas por la Honorable Asamblea Nacional, tales como el Código de Familia, la Ley de Paternidad y Maternidad Responsable, la Ley del Patrimonio Familiar y la Ley de igualdad de Oportunidades de la Mujer, las que en su conjunto vendrán a fortalecer el marco jurídico en defensa de la familia y de los derechos y oportunidades de las mujeres, razones por las que también urgimos a los honorables diputados y diputadas a aprobar éstas iniciativas de leyes.

Fundamentos de Derecho:

Por lo que de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de Nicaragua en el capítulo IV, artículos 70 al 79, sobre los Derechos de Familia, el cual establece como primer derecho que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de ésta y del Estado y tomando en cuenta que la condición de la mujer ha avanzado en algunos aspectos trascendentales en los últimos años, por lo que se ha hecho indispensable proveerle diseñar, aplicar y ejecutar políticas y programas efectivos que contribuyan a promover el desarrollo político, económico, social y cultural de la mujeres madres solteras, cabeza de familia.

Por las razones antes mencionadas hemos desarrollado la presente iniciativa de Ley de promoción y protección para las madres solteras cabezas de familias.

Sin más a que hacer referencia, le saludamos.

Cordialmente,
Ramiro Silva Fabricio Cajina

Wilber López María Eugenia Sequeira

Normal Zavala Ramón Macías Luna

Pedro Joaquín Chamorro Augusto Valle

Adolfo Martínez Cole Carlos Langrand

Carlos García

Hasta aquí la fundamentación y la Exposición de Motivos

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el siguiente Proyecto de Ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

En la misma Agenda Base, Punto II: PRESENTACIÓN DE LEYES Y DECRETOS, vamos al Punto 2.11: “LEY ESPECIAL DE PROTECCIÓN A LAS FAMILIAS DE PARTOS MÚLTIPLES”.

Managua, 24 de Mayo del 2007

Managua, 24 de Mayo del 2007
Managua, 31 de mayo de 2007
Managua, 31 de Mayo de 2007

Managua, 21 de junio de 2007.
Managua, 07 de Septiembre de 2007.


Managua, 11 de Septiembre de 2007.
Managua, 11 de septiembre de 2007.

Managua, 17 de Septiembre de 2007.



Matagalpa, 28 de agosto de 2007.

Matagalpa, 28 de agosto del 2007.

Managua, Nicaragua
05 de septiembre del año 2007.


Managua, 5 de Septiembre del año 2007.

Managua, 27 de septiembre de 2007.
Managua, Nicaragua
31 de agosto de 2007.

Managua 28 de agosto del 2007.

Managua, octubre 09 de 2007.

Managua, 13 de junio del 2007.
Managua, 7 de noviembre del 2007.
(21 de noviembre de 2007)
Managua, 30 de octubre de 2007
Managua, 25 de octubre del 2007
Managua 02 de mayo de 2007
Managua, 31 de mayo del año 2007.
Managua, 31 de Mayo del año 2007.
Managua, 16 de Octubre de 2007
Managua, 26 de octubre 2007
Managua, 23 de octubre de 2007
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Ing. Núñez:

El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que me confiere el Arto. 140, inciso 1 de la Constitución Política de la República, presento para consideración del plenario la presente iniciativa de ley denominada: “LEY DE VIVIENDA DIGNA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA”.

Como es de todos conocidos el déficit habitacional que actualmente presenta nuestro país, se ha venido estudiando la posibilidad de contar con una ley que beneficie a miles de familias nicaragüenses, la cual tendrá un efecto positivo en la reactivación económica del país.

La misma ha sido objeto de una serie de sucesos relevantes que son necesarios destacar y son los siguientes:

Un conjunto de organizaciones sociales vinculadas al tema del hábitat, elaboraron esta iniciativa con el propósito de que la misma permita articular los esfuerzos, talentos y recursos de toda la sociedad para atender la vivienda de los más pobres.

Esta iniciativa ha sido consultada con profesionales de universidades, además con un estudio económico de factibilidad.

El Movimiento Comunal Nicaragüense, que en su historia aglutina a las demandas barriales, acogió esta iniciativa y la ha consultado en dieciocho (18) Foros Departamentales con más de 1,100 líderes de barrios.

Además de llevar a la práctica el precepto constitucional del Arto. 64 de la Constitución Política de la República que en sus partes conducentes dice:

“El Gobierno dará respuesta de manera ordenada a la demanda de viviendas de miles de nicaragüenses que no tienen techo seguro; impulsará un conjunto de medidas para hacer de la autoconstrucción una solución duradera y segura y al alcance de la mayoría, priorizando los asentamientos urbanos y rurales”, con lo cual coincidimos con las Prioridades del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, proceso en construcción permanente. Con estos fines se promoverá el acceso a que cada familia tenga una vivienda digna, con condiciones higiénicas adecuadas.

Este proyecto por tanto, representa el sentir y la posible solución del problema habitacional que padecen dos de cada tres familias en nuestro país.


Gustavo Porras Cortes.
Diputado Bancada FSLN

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el siguiente proyecto de Ley, a la Comisión de Infraestructura, Construcción, Transporte y Vías de Comunicación.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Continuamos al Punto V: DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.

Le pediríamos al Presidente de la Comisión, diputado Quiñónez la lectura del dictamen respectivo.

DIPUTADO ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER:

Adendum 004 Punto 5.38: ASOCIACIÓN CRISTIANA IGLESIA COLUMNA DEL ESPÍRITU SANTO.


Managua, 10 de octubre del 2007
Managua, 25 de octubre del año 2007.

Managua, 06 de noviembre del 2007.

Managua, 06 de noviembre del 2007.
Managua, 13 de noviembre del 2007.
(22 de noviembre de 2007).
Managua, 23 de noviembre de 2005
Managua, 12 de noviembre de 2007
SPPN-E-07-00851
Managua, 25 de octubre del 2007.

Managua, 24 de octubre del 2007.
(14 de diciembre de 2007).
Managua, 21 de Febrero del 2005.
Managua 25 de octubre de 2005

Managua 07 de noviembre de 2005
Managua, 06 de Diciembre del 2007

Managua, 06 de Diciembre del 2007


Managua, 6 de Diciembre del 2007.
Managua, 30 de noviembre de 2007.
Managua, 30 de noviembre de 2007.
Managua, 07 de Diciembre del 2007.
Managua, 07 de Diciembre del 2007.

Managua,Nicaragua 2008.