En agosto del mismo año 2005 se tenía una versión más depurada y revisada del proyecto de Tratado. El CEJ recomendó al Consejo Monetario Centroamericano su adopción, a la vez que redactó una exposición de motivos que sirviese como guía para comprender su importancia y que explicara el contenido de la normativa propuesta.
Con base en lo anterior, en su 244a Reunión (noviembre 2005, San Salvador), el Consejo Monetario Centroamericano aprobó la Resolución CMCA/RE-06-244-05, mediante la cual recomendó a los países de la región la suscripción del Tratado de Pagos e instó a sus miembros a efectuar las gestiones necesarias para su suscripción.
Durante el año 2006, tanto el Consejo Monetario como su Secretaría Ejecutiva y especialmente los seis bancos centrales miembros, se dieron a la tarea de presentar el Proyecto de Tratado de Pagos recomendado por el Consejo Monetario Centroamericano a las instancias gubernamentales pertinentes. Se ideó una estrategia que, a primera vista pudo aparentar ser compleja y larga, y que consistía en plantear ante los señores Presidentes de las seis repúblicas que nombraran a su Gobernador de Banco Central como su plenipotenciario para la firma del Tratado, y que ésta se hiciese mediante un proceso de suscripción sucesiva.
El Tratado fue suscrito por República Dominicana y Nicaragua en junio; por Costa Rica en julio, por Guatemala en agosto, por Honduras en noviembre y por El Salvador en diciembre de 2006.
De esta manera, el Tratado de Pagos constituye un paso significativo en el cual la búsqueda del fortalecimiento y armonización de los sistemas de la región, que supera los objetivos trazados originalmente en los documentos de aprobación del Proyecto. Su entrada en vigencia permitirá a todos nuestros países incorporarlo a su derecho interno, -era lo que les estábamos planteando- con un rango superior, un cuerpo de normas que al reflejar los estándares internacionales más relevantes sobre la materia, otorgará la suficiente seguridad jurídica a los sistemas ya existentes y a los que se constituyan en el futuro, sean estos nacionales o regionales.
Garantizará las potestades de los Bancos Centrales en cuanto a la reglamentación y vigilancia de los sistemas, así como, las competencias del Consejo Monetario Centroamericano en relación con los sistemas de naturaleza regional.
Suscripción del Tratado sobre Sistemas de Pagos y Liquidaciones de Valores de Centroamérica y República Dominicana.
El Consejo Monetario Centroamericano (CMCA) en reunión sostenida el día 18 de noviembre del año 2005 emitió una resolución basada en la propuesta que elaboró el Comité de Estudios Jurídicos del Consejo Monetario Centroamericano referente al “Tratado sobre Sistemas de pagos y Liquidaciones de valores de Centroamérica y República Dominicana” para proponer su suscripción e instar a los miembros del Consejo Monetario Centroamericano para que cada quien efectúe la gestión para la suscripción del mismo.
En Gaceta, Diario Oficial No. 94 del 16 de mayo de 2006 el Presidente de la República, ingeniero Enrique Bolaños Geyer, autorizó al doctor Mario Arana Sevilla en su calidad de presidente del Banco Central de Nicaragua para que en nombre y representación de Nicaragua suscribiera el Tratado sobre Sistemas de Pagos y Liquidación de Valores en Centroamérica y República de Nicaragua.
El veintinueve de junio del año dos mil seis fue firmado en el marco de la 246ª reunión del Consejo Monetario Centroamericano en Punta Cana, República Dominicana, con la participación de Gobernadores de Bancos Centrales, Ministros de Finanzas, y Superintendentes de Bancos y Valores de Centroamérica y del país; lo suscribieron el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana, licenciado Héctor Valdez Albizú y el presidente del Banco Central de Nicaragua, doctor Mario Arana Sevilla.
Una vez firmado el tratado la Presidenta del Consejo Monetario en el mes de enero de 2007 depositó el documento original suscrito ante la Secretaría General del SICA (Sistema de Integración Centroamericana), entidad que será la depositaria de este instrumento internacional.
1- Garantizará la seguridad jurídica de los sistemas que funcionan en cada uno de los Estados de la región y de los sistemas regionales de pagos que existan o que llegasen a existir, así como las transferencias de fondos y valores que se cursan por medio de ellos. 2- Impulsará la integración financiera de la región como parte de la aspiración a la unión de nuestros países. 3- Fortalecerá las competencias de los Bancos Centrales así como de las del Consejo Monetario Centroamericano. 4- Regulará adecuadamente al derecho internacional privado, al determinar la normativa aplicable en caso de que en un sistema participen entidades de diversas nacionalidades. 5- Estimulará el trato supranacional y comunitario que debe de dársele en el futuro a otras áreas, tales como la vigilancia y supervisión de sistemas financieros, la adopción de estándares contables y la supervisión consolidada de bancos y otras entidades financieras. 6- Mejorará las condiciones para el intercambio comercial y financiero en la región. Este instrumento internacional fue propuesto por el Consejo Monetario Centroamericano a todos sus Estados miembros: Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y República Dominicana, como una normativa indispensable para fortalecer y armonizar los sistemas de pagos de los países miembros y su interconexión regional, una vez entre en vigencia. El tratado establece una base legal sólida para definir los derechos y obligaciones de administradores, participantes y reguladores, y para regular su funcionamiento incluso en momentos de crisis financiera. El tratado incorpora los estándares internacionales más relevantes sobre la materia, ajustándolos a la realidad y a las necesidades de los países miembros del Consejo y constituye un importante factor de armonización, con vistas al desarrollo y a la integración financiera de la región. Además asegurará el buen funcionamiento y desarrollo de los mercados financieros, así como de la economía en general. La solidez y seguridad de estos sistemas es un requisito indispensable para mantener y promover la estabilidad financiera.
A discusión el dictamen en lo general. A votación el dictamen en lo general. Se abre la votación. Se cierra la votación. Se va a cerrar la votación. 51, votos a favor, presentes 32, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el dictamen en lo general.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 1 Aprobar el “Tratado sobre Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores de Centroamérica y República Dominicana”, suscrito por la República de Nicaragua en Punta Cana, República Dominicana, el veintinueve de junio del año dos mil seis.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 1. Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra. DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO: Brevemente, Presidente. En este caso particular, creo que es importante y más para los conocedores de la materia jurídica, de que en el Código de Comercio se planteaba el manejo de los Títulos Valores, seguramente el doctor Pereira Majano, y otros honorables diputados que manejan este tema, teníamos nosotros el problema que para poder transar Títulos Valores debíamos tener el título en la mano. Con la aprobación de la nueva Ley de Mercado de Capitales se garantizó la figura de la inmaterialización de los títulos. Este convenio Centroamericano en alguna medida viene, de forma tardía porque lo que este convenio plantea es que tengamos la oportunidad de transar estos títulos con la inmaterialización y obligaba a Nicaragua a adecuar su legislación interna para que no tuviéramos que andar con el rollo de Títulos Valores para poder efectuar la transacción en el Mercado Internacional. De suerte tal que ya no va a ser necesaria la adecuación de la legislación interna para la aplicación efectiva de este Tratado porque ya Nicaragua goza de la existencia de la figura de la inmaterialización de los Títulos Valores para la transacción en las bolsas bursátiles. Muchas gracias, Presidente. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A votación el artículo 1. Se abre la votación. Se cierra la votación. Se va a cerrar la votación. 51, votos a favor, presentes 32, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 2. A votación el artículo 2. Se abre la votación. Se cierra la votación. Se va a cerrar la votación. 48, votos a favor, 35 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2 y con él se aprueba el Decreto de aprobación del “Tratado sobre Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores de Centroamérica y la República Dominicana”. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Continuamos en la Agenda Base, remitimos a los diputados al Punto II: Presentación de Decretos y Leyes: Punto 2.19: “DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 1897/BL-NI, FIRMADO EL 04 DE DICIEMBRE DE 2007 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), POR UN MONTO DE VEINTE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DESTINADOS A FINANCIAR EL “PROGRAMA DE DESARROLLO DE REDES DE SALUD, FASE I”, QUE SERÁ EJECUTADO POR EL MINISTERIO DE SALUD (MINSA)”.
En consecuencia, proponemos en la misma moción:
Redúcese las partidas presupuestarias de las siguientes instituciones:
1. Servicios de la Deuda Pública Interna, C$356 millones 600 mil 816 córdobas netos en gasto corriente, distribuidos en C$100 millones 587 mil 172 en el rubro de bonos bancarios correspondientes al concepto de Amortización, y C$256 millones 13 mil 644 córdobas netos en el rubro de bonos bancarios correspondiente a intereses.
62 votos a favor de que el artículo 2 quede a como está, 12 presentes, 14 votos a favor de que el artículo 2 se reforme, 0 abstención. Se aprueba que el artículo 2 quede a como está, y por consiguiente las mociones quedan rechazadas.
Arto. 3 El exceso del Presupuesto General de Egresos sobre el Presupuesto General de Ingresos constituye el déficit fiscal. Estímese la necesidad de financiamiento neto para cubrir el déficit fiscal del Presupuesto General de la República para el ejercicio presupuestario 2008, en la suma de C$5,516,437,149.00 (CINCO MIL QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS).
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
65 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
Arto 4. Para cubrir el déficit fiscal, se obtiene financiamiento proveniente de donaciones externas y de financiamiento externo e interno neto. El financiamiento neto estimado, de conformidad al artículo anterior, está compuesto por la suma de C$5,230,163,794.00 (CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en donaciones externas, C$3,721,876,447.00 (TRES MIL SETECIENTOS VEINTIÚN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en concepto de financiamiento externo neto, menos C$3,435,603,092.00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL NOVENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) de financiamiento interno neto. Este incluye amortización interna por C$3,186,975,659.00 (TRES MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), emisión de Bonos de la República de Nicaragua o letras de tesorería por C$873,000,000.00 (OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), y en aumento de disponibilidades C$1,121,627,433.00 (UN MIL CIENTO VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS).
A discusión el artículo 4. A votación el artículo 4. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 65 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 5 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento de sentencia firme ejecutoriada del Juzgado de Distrito Civil y Laboral por ministerio de ley de la ciudad de Rivas, emitida a las 8:00 a.m. del 7 de marzo del año 2007, deberá entregar a los jubilados del MINSA que beneficia dicha sentencia, el monto que les corresponde en los términos y condiciones que en la misma sentencia se indican, hasta completar el total que aprovisiona el presente Presupuesto General de la República, para honrar esta obligación legal del Estado. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 5. A votación el artículo 5. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 65 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el artículo 5. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 6 El Presidente de la República deberá enviar a la mayor brevedad posible, una iniciativa de reformas al Presupuesto General de la República para el año 2008, con detalle específico de las diferentes fuentes de financiamiento creadas como consecuencia del ahorro por refinanciamiento de deuda, ahorro en el gasto corriente, exceso confirmado en las metas previstas de recaudación, entre otros, con el fin de reorientar estos recursos para la creación de un fondo que permita enfrentar y mitigar el impacto negativo en la economía nacional producto del incremento en la tarifa por consumo de energía eléctrica como consecuencia del alza en los precios internacionales del petróleo y sus derivados. Así mismo, para garantizar el justo y necesario incremento en el salario de los maestros, trabajadores de la salud, soldados del Ejército de Nicaragua y miembros de la Policía Nacional, asegurando así un incremento mínimo total del 16% para estos sectores. Igualmente se asume el compromiso de incluir una partida en la reforma presupuestaria 2008, para asistir al sector de los trabajadores del mar en la Costa Caribe durante los cuatro meses de la época de veda en el presente año. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 6. Diputado Enrique Sáenz Navarrete, tiene la palabra. DIPUTADO ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE. Gracias, Presidente. Nosotros tenemos una moción que va en la línea de la argumentación que presentamos en su oportunidad, en cuanto a la renegociación del servicio de la deuda pública programada para el 2008 y su reasignación para ajustar el salario de maestros y trabajadores de la salud. La moción dice así: “Se instruye al Poder Ejecutivo a renegociar la reducción sustancial del servicio de la deuda pública interna originada en la emisión de Cenis programada para el año 2008. Los recursos liberados de esta reducción se asignarán de la siguiente manera: C$182 millones 920 mil, 900 córdobas netos al Ministerio de Educación para aumento salarial adicional a todos los trabajadores de este Ministerio; C$173 millones 679 mil 916 córdobas netos en los mismos reglones presupuestario antes señalados en el inciso al Ministerio de Salud para el aumento salarial adicional de todos los trabajadores de este Ministerio; 20 millones de córdobas netos en el rubro de gastos corrientes de Servicios Personales, Rentas del Tesoro, adicionales a lo establecido en la presente ley y adicionales a lo establecido como Aumento Salarial Adicional en el inciso I numeral 2 de la misma, al Ministerio de Salud para incremento salarial especial, adicional, distribuidos equitativamente entre todos los médicos generales y médicos especialistas que trabajan en jornadas laborales completas en el Ministerio de salud”. Paso la moción, señor Presidente. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: Diputado Norman Zavala Lugo, tiene la palabra. DIPUTADO NORMAN ZAVALA LUGO. Gracias, señor Presidente. Mi bancada también propone reformar el artículo 6 de la Ley Anual de Presupuesto General de la República 2008, el que deberá leerse de la siguiente manera: “Arto.6 El Presidente de la República deberá enviar a la mayor brevedad posible, una iniciativa de Reforma al Presupuesto General de la República para el año 2008, con detalles específicos de las diferentes fuentes de financiamiento creadas como consecuencia del ahorro por refinanciamiento de deuda interna, ahorro en el gasto corriente, exceso conformado en las metas previstas de recaudación, entre otros, con el fin de reorientar estos recursos para la creación de un fondo que permita enfrentar y mitigar el impacto negativo en la economía nacional, producto del incremento en la tarifa por consumo de energía eléctrica, como consecuencia en el alza de los precios internacionales del petróleo y sus derivados. Así mismo, para garantizar el justo y necesario incremento en el salario de los maestros, trabajadores de la salud, soldados del Ejército de Nicaragua y miembros de la Policía Nacional, asegurando así un incremento mínimo total de 400 millones de córdobas distribuidos entre estos sectores. Igualmente se asume el compromiso de incluir una partida en la reforma presupuestaria 2008, para asistir al sector trabajadores del mar en la Costa Caribe durante los cuatro meses de la época de veda en el presente año”. Paso la moción, señor Presidente. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: Hay nuevamente dos mociones presentadas para modificar el artículo 6 del Dictamen aprobado, la del diputado Sáenz Navarrete y la de Norman Zavala. Entonces, votaremos así: Primero, los que estén de acuerdo en que el artículo 6 quede como está votan en verde, y los que estén de acuerdo en modificarlo con las mociones votan en rojo. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 64 votos a favor de que el artículo 6 quede a como está en el Dictamen ya aprobado, 10 presentes, 15 votos a favor de que el artículo 6 se modifique, 0 abstención. El artículo 6 queda a como está en el Dictamen aprobado. Artículo 7. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 7 En el marco del fortalecimiento institucional de las municipalidades y con el fin de garantizar mayor participación, eficacia y transparencia en la ejecución del Programa Bono Productivo Alimentario (Hambre Cero), este programa deberá ser coordinado con los Concejos Municipales de las Alcaldías en los territorios en los cuales tendrá aplicación este programa. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 7. Diputado Fabricio Cajina, tiene la palabra. DIPUTADO FABRICIO CAJINA LOÁISIGA: Gracias, señor Presidente. En el caso del “Programa Hambre Cero”, quiero aquí llamar a todos los hermanos diputados a que hagamos una reflexión sobre el impacto que éste puede tener si lo reconvertimos y lo empujamos con otro programa que a la vez sea productivo. Este programa tiene por debilidad que fue concebido como un programa más ganadero que productivo. Con el mismo bono que se le está queriendo ayudar a una familia campesina, si lo convertimos en un programa de granos básicos podemos ayudar hasta cuatro o cinco familias campesinas y lograr al menos cien mil manzanas de producción de granos básicos, que ya se sabe lo que eso significa. Quiero invitarlos a que efectivamente demos buen uso a los recursos de este país, y a que empujemos este programa para que sea un generador de granos básicos, que es el potencial que los pequeños productores tienen en Nicaragua, además, que lo veamos mas allá de ser un programa de propuestas políticas de diferentes opciones y que lo distribuyamos de una manera equitativa. Yo miré la distribución que hacen en el departamento de Boaco, diez o doce veces más para la municipalidad de Boaco con fines meramente políticos; igual lo miré en la distribución que estaban haciendo para el departamento de Matagalpa, -para que mi amigo Sadrach vaya distribuyendo esos bonos-. Efectivamente, a Matagalpa le están asignando una cuota importantísima de los bonos productivos que se están queriendo distribuir este año. Si queremos darle efectivamente buen uso a los recursos de este país, atendámoslo de una manera que genere impacto; si este programa lo hacemos libra por libra mejorado, vamos a tener la producción de frijoles y maíz a los precios que este pueblo necesita. Creo que esos son los grandes debates que deberíamos de empujar, y aquí los invito a que pensemos en Nicaragua, en los productores y en los consumidores de este país. Carlos Langrand también va a presentar una moción nuestra. Gracias. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: Diputado Enrique Sáenz Navarrete, tiene la palabra. DIPUTADO ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE: Gracias, Presidente. Nosotros estamos de acuerdo con parte del contenido de este artículo específicamente en lo relativo a la participación de los concejos municipales de las alcaldías, sin embargo pensamos que por la naturaleza del programa debe contemplarse una participación más amplia, y conforme a lo establecido en la Ley de Participación Ciudadana, incorporar la participación de los Comités de Desarrollo Municipal. En consecuencia, nuestra moción se lee así: “Se instruye al Poder Ejecutivo, a ejecutar lo fondos del Programa Productivo Alimentario conocido como “Programa Hambre Cero” y todo programa gubernamental de carácter municipal en coordinación con las alcaldías y los Comités de Desarrollo Municipales, constituidos de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana”. Paso la moción, señor Presidente. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra. DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ: Gracias, Presidente. En la Comisión Económica hemos sostenido, que la pobreza no tiene banderas, ni inclinaciones ideológicas ni religiosas, y por lo tanto, el enfoque de los diputados es promover programas y proyectos que verdaderamente contribuyan a erradicar esta pobreza, sobre todo en las poblaciones que son más afectadas. Recordemos que los programas y los proyectos los ejecutan las instituciones de gobierno con los fondos públicos que todos los nicaragüenses contribuimos en mayor o menor medida. Este programa pasó de 185 a 395 millones, monto que creemos incrementa sustancialmente las oportunidades de los campesinos y los productores pequeñitos, para poder resolver sus necesidades apremiantes en el territorio. Pero también, señor Presidente, colegas, permítanme decirles que la transparencia no es mala. A la bancada oficialista le hago un llamado asimismo, a que transparentemos el uso de estos fondos, porque tal vez lo que estamos haciendo hoy va a tener consecuencias negativas mañana, sobre todo por la discriminación de la que estamos siendo objeto en este programa de gobierno que ejecuta el Magfor y que lo coordinan los CPC, aunque ustedes pareciera que lo ignoran, pero sí claramente hay discriminación, por lo menos en Telica, en Larreynaga, aunque me diga Odell que no es cierto, yo lo puedo llevar y le puedo dar las listas de los beneficiarios, y ahí no hay liberales, ni ALN, ni conservadores, ahí, si no te afiliás al CPC no tenés chance. Por eso es que quisiera pedirle al colega productor Douglas, que respalde esta iniciativa, porque, a como lo hemos conversado, la pobreza no tiene banderas. Precisamente el Programa “Hambre Cero” queremos que sea para los sectores más chiquititos, más pobrecitos, sin demagogia, tratando de hacer un esfuerzo de nación con estos programas. Hagamos un gesto de buena voluntad. La propuesta nuestra también recoge que se incluya a los Comités de Desarrollo Municipales, ahí están también los CPC, la sociedad civil, la UNAG, eso es lo que nosotros queremos, no es que quisiera ser yo el que reparta alegremente para mi candidatura a la alcaldía o a la concejalía, sino para que tengan beneficios los nicaragüenses, los más chiquititos, los más pobrecitos. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: Pase su moción, por favor. DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ: La moción, señor Presidente -y gracias por su tiempo y su paciencia-, dice así: “En el marco del fortalecimiento institucional de las municipalidades y con el fin de garantizar mayor participación, eficacia y transparencia en la ejecución del Bono Productivo o alimentario “Hambre Cero”, este programa deberá ser coordinado con los consejos municipales de la alcaldía, según la Ley No. 40, Ley de Municipios, y los Comités de Desarrollo Municipales según la Ley No. 475, Ley de Participación Ciudadana, en aquellos municipios donde el programa tenga ámbitos de acción en los territorios en los cuales tendrá aplicación este programa. Dicha disposición será de obligatorio cumplimiento”. Paso moción, señor Presidente. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: Tenemos entonces dos mociones que proponen incluir la coordinación, aparte de los concejos municipales, con los Comités de Desarrollo Municipal. Entonces vamos a hacer el mismo procedimiento. Los que estén de acuerdo con que se mantenga el artículo 7 a como está en el Dictamen ya aprobado votan en verde, los que estén de acuerdo que se modifique con las mociones presentadas, que es una sola, votan en rojo. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 57 votos a favor de que el artículo 7 quede como está en el Dictamen ya aprobado, 11 presentes, 20 votos a favor de que el artículo 7 se modifique, 0 abstención. El artículo 7 queda como está en el Dictamen aprobado. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto 8. Los créditos presupuestarios asignados en el presupuesto de la presidencia de la República, previstos en la presente ley y destinados para atender los gastos de servicios de energía eléctrica, agua y alcantarillados, teléfonos, télex y telefax nacionales e internacionales, así como el destinado al pago de servicios de vigilancia y protección física, no podrán ser utilizados para cancelar facturas de consumo localizados en bienes inmuebles y/o activos que no sean patrimonio estatal, o en servicio de vigilancia privada. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 8. A votación el artículo 8. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 69 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 8. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 9 Instrúyase al Ministerio de Salud para que realice todas las gestiones que sean necesarias y efectivas para cubrir las urgentes necesidades de atención médica y medicamentos de los afectados por el Nemagón y las personas afectadas por insuficiencia renal crónica. Para lograr estos objetivos, se podrá hacer uso del ahorro interno, recursos propios del Ministerio y a lo inmediato, en forma ágil y eficaz, proceder a hacer las gestiones de búsqueda de recursos ante la cooperación nacional e internacional. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 9. A votación el artículo 9. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 68 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 9. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 10 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público destinará a la Policía Nacional, el cincuenta por ciento de las sumas que ingresen por multas y el setenta y cinco por ciento de las sumas que ingresen por aranceles y servicios de tránsito, liquidación de mercadería y medios decomisados, pagos por servicios, permisos y licencias policiales y demás resultantes de la actividad de la Policía Nacional, a fin de elevar la capacidad operativa de la misma. El monto correspondiente de los conceptos antes señalados, será liquidado y transferido mensualmente al Ministerio de Gobernación para ser utilizado por la Policía Nacional, de acuerdo con las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario. El Ministerio de Gobernación remitirá a la Contraloría General de la República y a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, un informe trimestral del uso y destino de los ingresos referidos en este artículo. PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 10. A votación el artículo 10. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 68 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 10. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 11 Los entes autónomos y gubernamentales, así como las empresas del Estado que transfieran recursos financieros adicionales al Gobierno Central en concepto de apoyo presupuestario, deberán transferirlos a la Tesorería General de la República, quien abrirá una cuenta en el Banco Central de Nicaragua. Cualquier uso específico deberá ser previsto en el Presupuesto General de la República y registrarse en la ejecución presupuestaria del Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoría (SIGFA). PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ: A discusión el artículo 11. A votación el artículo 11. Se abre la votación. Se va a cerrar la votación. Se cierra la votación. 66 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 11. SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: Arto. 12.Sin perjuicio de lo establecido en la Ley No.466, Ley de Transferencias Presupuestarias a los Municipios de Nicaragua y de conformidad al Artículo 85 de la Ley No.550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, para los desembolsos de las Transferencias Municipales por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a las Alcaldías Municipales, se aplicarán las siguientes disposiciones presupuestarias: a) La transferencia corriente anual aprobada será desembolsada mensualmente en doce cuotas iguales. La primera, segunda y tercera serán efectuadas previo cumplimiento por parte de las alcaldías municipales de los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley No.466, “Ley de Transferencias Presupuestarias a los Municipios de Nicaragua”. Para poder acceder a los nueve desembolsos restantes, las municipalidades deberán registrar de previo en el Sistema TRANSMUNI el correspondiente informe trimestral de gastos corrientes ejecutados con las transferencias entregadas en el trimestre anterior. Esta ejecución deberá corresponder como mínimo al 75% de los desembolsos entregados, el remanente del 25% deberá ser informado en el transcurso del año.