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Año Legislativo:
XXI LEGISLATURA
Sesión:
PRIMERA
Tomo No.
3
Contenido del Tomo
1265
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
En algunas oportunidades anteriores, yo he presentado también sugerencias y mociones para que no esperemos a que pasen cuatro o cinco meses para que las Actas se produzcan, sino que en un período después de dos Sesiones de trabajo se pueda presentar la minuta de las Actas y que las Actas, también no sólo estén en los diskettes, sino que se den impresas para que pueda la Prensa Nacional y todos, tener acceso a lo que ha ocurrido.
Porque presentar Actas de hace cinco o seis meses, ¿quién se acuerda a veces de lo que pasó? Yo creo que cada semana de trabajo pudieran presentar la minuta de la Sesión anterior como anticipo del Acta formal y oficial. Es una consideración, no es una moción, sino para que la consideren dentro de los conceptos de modernización.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Delia Arellano, tiene la palabra.
DIPUTADA DELIA ARELLANO:
Gracias, señor Presidente, por concederme la palabra.
Me quiero referir solamente a lo que estábamos hablando anteriormente, y sólo les quiero decir que los trabajadores no tienen que pagar por los actos que hacemos nosotros; siempre la responsabilidad se la trasladamos a nuestros trabajadores, hombres y mujeres que dependen de ese salario para sustentar un hogar. Yo creo que ahí es donde nosotros debemos tener cuidado, no trasladar la responsabilidad a nuestros trabajadores.
Y quiero apoyar lo que dijo la Diputada Albertina, que si es posible que estemos aprobando Actas, por qué no aprobamos el Convenio que tenemos del préstamo de Mi Familia; recuerden que esto va a beneficiar a los sectores más vulnerables de nuestro país. Yo creo que es importante que en vez de estar aprobando estas Actas, aprobemos este Convenio de Préstamo de Mi Familia, para que eso empiece ya a funcionar para los sectores más desprotegidos de nuestro país.
Yo le suplico, señor Presidente, Junta Directiva, que discutamos y aprobemos este Convenio lo más pronto posible, porque ya está dentro de la Agenda y podemos aprobarlo.
Muchísimas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Entonces, sometemos a votación las Actas presentadas en el Adendum 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las Actas presentadas.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el Adendum 7, Punto 3.6: VETO PARCIAL DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA AL PROYECTO DE LEY N° 522, LEY GENERAL DE DEPORTES, EDUCACION FISICA Y RECREACION FISICA. (Dictamen desfavorable).
DICTAMEN
Managua, 15 de Marzo del año 2005.
Honorable Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
Los miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional, reunidos el día quince de Marzo del año dos mil cinco, con el fin de discutir y consensuar lo correspondiente a la Exposición de Motivos y el contenido de
VETO PARCIAL
, al Proyecto de Ley No.522, Ley General de Deportes, Educación Física y Recreación Física, aprobada por el Plenario el dos de Febrero del corriente año y enviado el VETO por el Presidente de la República a este Poder del Estado, el nueve de Marzo del dos mil cinco, y una vez realizado el análisis del mismo hemos considerado oportuno expresar las consideraciones siguientes:
Como se puede observar en el contenido y fundamento del VETO PARCIAL expuesto por el señor Presidente de la República, se asevera que es deber del Presidente de la República analizar los proyectos de ley que le remite la Asamblea Nacional para su sanción, promulgación y publicación a fin de garantizar que los mismos estén en concordancia con el ordenamiento jurídico de Nicaragua, y que contribuyan a su desarrollo y aplicación, todo ello en virtud de lo preceptuado en el artículo 129 CN, que establece la coordinación armónica entre los poderes del Estado, subordinados únicamente a los intereses supremos de la nación y a lo establecido en la Constitución Política.
En este sentido expone que existen Políticas Fiscales que impulsa el Gobierno de Nicaragua la cual constituye parte de los compromisos acordados con el Fondo Monetario Internacional, ya que contempla entre sus elementos fundamentales no solamente aumentar el universo del contribuyente, sino ampliar la base impositiva, reduciendo al mínimo las exenciones, exoneraciones y beneficios fiscales.-
El Veto Parcial del Presidente de la República lo invoca en las supuestas incongruencias de los Artículos 100, 101, 103 y 104 del Proyecto de Ley No. 522. Por ello al analizar tanto los fundamentos como las propuestas del
VETO,
consideramos que dichos artículos, y por ende el Veto no cuenta con ningún fundamento legal que lo sustente, determinando los miembros de esta Comisión, que dichas disposiciones y todo el cuerpo de la Ley No. 522 se conserven tal a como fueron aprobados por el Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, y que es innecesario cualquier reforma, ya que no varia sustancialmente el contenido de la Ley. Los artículos deberán quedar aprobados así:
Arto. 100:
El Estado aportará al menos para el presupuesto del deporte, educación, física y recreación, en concepto de impuesto selectivo al consumo de cigarrillos, rones y aguardientes, bebidas, gaseosas, y cervezas para el 2006-2007, el 5% para el 2008 y 2009, el 7.5% y a partir del 2010, el 10 %.
Arto. 101:
Destínese el cincuenta por ciento (50%) de las utilidades netas de la Lotería Nacional al presupuesto del deporte, la educación física y la recreación física.
Arto. 104
Gozarán de exoneración de pago por concepto de impuesto general al valor (IVA), las importaciones de equipos, material deportivo, así como materias primas para fabricarlos.
Los uniformes de competencia y de gala de las delegaciones que oficialmente representan a Nicaragua en eventos deportivos, gozarán de la exoneración de pago de todos los impuestos, previo aval de la federación correspondiente y del Consejo.
Por las razones y argumentos antes expresados y fundamentados en los Artos. 141 y 143 de la Constitución Política de Nicaragua y el Arto. 58 del Estatuto de la Asamblea Nacional, y siendo que las disposiciones aprobadas por el Plenario del Proyecto de Ley No. 522. Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física no violentan nuestra Constitución Política y otras leyes ordinarias, los miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes,
dictaminamos DESFAVORABLEMENTE el VETO
Parcial al Proyecto de Ley No. 522, Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física.
Atentamente,
Orlando Mayorga Sánchez
Presidente
Marcos Aurelio Sánchez
Primer Vicepresidente
Reynaldo Mairena Vallejos
Segundo Vice-Presidente
Fidel Moreno Briones
Primer Secretario
Benita Arbizú
Roberto Sánchez Tórrez
Guillermo Montenegro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el Dictamen Desfavorable al Veto.
Tiene la palabra el Diputado Orlando Mayorga Sánchez.
DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SANCHEZ:
Gracias, Presidente.
El objetivo del rechazo del Dictamen de la Presidencia en relación a la Ley de Deportes, se ha hecho con la consideración de los antecedentes de falta de inversión en esta área, y siendo que había una disposición plena de la recaudación de la Lotería, de dinero que no era usado de acuerdo a la filosofía presupuestaria y a la política de Gobierno también. En el primer Dictamen se consideró verdaderamente necesario asumir el 50 por ciento de las utilidades de la Lotería e integrarlo al Presupuesto para el área del deporte nacional.
Dependiendo de la perspectiva, cómo se nota esta inversión, es un hecho de que es mejor invertir para prevenir y no invertir para curar, y en este contexto el deporte cumple esa función, la función de prevenir y la función de desarrollar para que la juventud verdaderamente tenga acceso a las instituciones, a las diferentes federaciones y que puedan tener un fondo sustancial para que ellos se puedan desarrollar y de esa manera tener una digna representación del deporte a nivel nacional e internacional.
Quiero dejar bien claro en esta mañana también, que es totalmente falso que al quitarle o al asignarle este presupuesto al deporte, quedan irresponsablemente al margen otras necesidades sociales que no son competencia del Ministerio. Ahora nos encontramos con este Veto de parte del Ejecutivo, y consideramos que lo más viable era rechazar el Veto y mantener ese aporte, y no solamente ese aporte de parte de la Lotería, el 50 por ciento, que iniciará no en este año, ya que está el Presupuesto establecido, sino que estos fondos van a ser recibidos por las diferentes instituciones deportivas a partir del año 2006.
Es falso que solamente este aporte se le está entregando al deporte, también en una forma progresiva, a partir del próximo se le anexará el 5 por ciento de las utilidades que se perciben de las ventas o del impuesto que recauda el Estado acerca de los vicios, o sea los licores, el cigarrillo, el aguardiente, etc. Así es que a partir del próximo año el deporte va a tener un apoyo sustancial financieramente, que va a ser útil para el desarrollo de esos encuentros de jóvenes de barrios, deporte de barrios, escolares, y de esa manera vamos a ir desarrollando, previniendo que la misma juventud se enmarque en otra línea que no es la parte de la moral, el deporte, la recreación.
De manera que en esta mañana como Presidente de la Comisión de Educación, estoy solicitando a todos los Diputados que componen la Asamblea Nacional, que votemos a favor del rechazo del Veto y mantengamos la disposición legal ya tomada en el Dictamen anterior, para que este procedimiento y estos fondos se le otorguen al deporte a partir del año 2006, a como está establecido en ley. Así es que agradezco el apoyo total. Recuerden que ha sido una ley de consenso que fue aprobado con más de 80 votos el Dictamen, y esperamos que ahora se ratifique con nuestros votos esa voluntad moral, social y económica para el deporte nicaragüense.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Roberto Sánchez Torres.
DIPUTADO ROBERTO SANCHEZ TORREZ:
Gracias, señor Presidente.
Es muy grato aplaudir cuando en este deporte surgen atletas denominados de alto rendimiento. Me voy a referir al caso del boxeo profesional. Todavía a inicios de 1990 había resistencia para que este deporte se practicara de manera libre, sin embargo a través del tiempo hemos podido aplaudir y vanagloriarnos con el éxito de atletas como Rosendo Álvarez, como "Yambito" Gamboa, como Ricardo Mayorga, entre otros, quienes han querido arañar un poco la gloria de Alexis Argüello, y aunque no lo han alcanzado, pero al menos han llegado a ceñirse fajones de títulos mundiales para gloria de Nicaragua.
Pero es muy triste cuando nos encontramos con un Gobierno que desprecia el respaldo al deporte nicaragüense, y es por eso que nosotros en la Comisión de Educación, Medios de Comunicación, Cultura y Deportes, estamos conscientes de que este Veto tiene que ser rechazado. Y pedimos a los colegas que nos respalden, que nos apoyen en este rechazo para beneficio del deporte nicaragüense. Si queremos rescatar a nuestra juventud, si queremos jóvenes sanos con mente sana, tenemos que respaldar el deporte nicaragüense con esta Ley General de Deportes y con el respaldo económico, porque una ley sin respaldo económico, pues prácticamente no tendría razón de ser.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Bayardo Arce Castaño, tiene la palabra.
DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:
Muchas gracias, Presidente.
Obviamente que la posición de la Bancada Sandinista ya expresada por nuestros miembros en la Comisión respectiva, es apoyar el rechazo a este equivocado Veto que envió el Presidente de la República. Sin embargo creo propicia esta oportunidad, en que vamos a reafirmar la voluntad plasmada en la ley para hacer un par de observaciones, porque me parece que nosotros mismos a veces no ayudamos a fortalecer la justeza de nuestras causas.
Esta es una ley que como bien lo dice su nombre, se llama Ley General de Deportes, Educación Física y Recreación Física; y creo que nos hemos quedado concentrados únicamente en el deporte, y cuando hablamos del deporte, hablamos del deporte de alto rendimiento nada más. Y obviamente la pretensión de la ley, es como bien lo dice su título, apoyar la recreación física de todo el pueblo nicaragüense a través de las municipalidades, de las universidades, los centros de educación, apoyar igualmente la educación física desde todas las instituciones del Estado, y derivado de eso, como ahí nos van a ir saliendo atletas, pues seguramente vamos a fortalecer también el deporte de alto rendimiento.
Si el Gobierno hubiera actuado con inteligencia, se daría cuenta de que en la medida en que esta ley va estar vigente y sus propósitos se van a materializar, mucho se podrá ahorrar en gastos de salud; porque en la medida en que nosotros logremos que las nuevas generaciones crezcan sanas, en la medida en que se cultiven en la educación física y la recreación física, las demandas de salud van a ser menores. Pero desgraciadamente nuestros gobernantes no tienen esa visión, y lo único que pensaron es que les estaba tocando unos fondos que, aunque los manejen con transparencia y en obras sociales positivas, al fin de cuentas los manejan de manera discrecional.
Porque recuerdo cuando teníamos en debate esta ley, que compareció en un programa de televisión el Ministro de Educación, que en vez de ir a apoyar un área que le toca, porque es Ministro de Educación, Cultura y Deportes, llegaba a oponerse a la ley, Pero éste iba también acompañado de los administradores de la Oficina de Asistencia Social de la Presidencia, la tal ODAS, que es la que maneja la honorable Primera Dama, y en las justificaciones que ellos hacían, realizaba obras sociales de cómo la Primera Dama, lo cual nunca hemos puesto en duda, mencionó el administrador que el año pasado habían hecho 56 canchas deportivas, y si uno se pone a ver, el Instituto de Juventud y Deportes, adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, no ha hecho ni una.
De tal manera que lo que vemos en este Veto es un Presidente que está buscando cómo seguir controlando el manejo discrecional de fondos para que él y sus allegados se proyecten, porque si realmente lo que le preocupa es que haya las canchas deportivas, que se hacían desde ODAS, pues ahora va a tener seguro que se van a hacer desde el Consejo Nacional de Deporte, desde el Injude, que lo preside, y desde todas las federaciones de atletismo que van a recibir una parte de este presupuesto. Pero también si ha tenido esa visión, hubiera hecho los análisis de lo que se gasta en salud, por falta de una política preventiva que fundamentalmente se consigue con educación física, con estímulo deportivo, con recreación física.
Entonces, yo creo que nosotros los Diputados y los amigos de las federaciones de atletismo, a la hora que sigamos defendiendo esta justa ley, debemos de recalcar su carácter global, su carácter social, no dar la imagen de que estamos dando un presupuesto nada más para selecciones nacionales de deporte, sino que estamos dando un Presupuesto y estableciendo una normativa que obligue a las Alcaldías, a las universidades, a los centros de enseñanza, etc., a invertir en recreación física, en educación física y en deporte, para desarrollar una sociedad más sana en Nicaragua.
Y finalmente, hay una inquietud que tiene que ver con el artículo 103.
Yo recuerdo que cuando discutíamos, buscábamos cómo garantizar las exoneraciones sobre todo del material deportivo que se requiere para las selecciones nuestras que van al extranjero, para los torneos nacionales, para los torneos organizados, etc.
Y ahí se pone de manifiesto nuevamente la ceguera del Gobierno, porque un intercambio previo hubiera podido permitir precisar la naturaleza del espíritu de los Diputados. Nosotros creemos que es ilógico que los equipos que nos van a representar al extranjero, o los torneos que se organizan aquí, o las actividades que se organizan en educación física, recreación física y deportes, tengan que pagar impuestos por sus implementos.
Pero efectivamente, el mismo Consejo tendrá que ayudar a que la amplitud en la que quedó el artículo y que no corrigió el Presidente y que nosotros no podemos tocar, porque lo único que nos queda es decir sí o no a cada artículo, no vaya a volverse una ventanilla de abusos, porque efectivamente cualquiera puede comenzar a importar uniformes, a importar equipo de marcas, etc., que no siempre se ocupan con fines deportivos, y desnaturalizar de esa manera la ley.
Yo tengo plena confianza en que ahora que rechacemos este Veto se ratifique la ley, se instale el Consejo Nacional de Deportes. Ellos mismos van a hacer las propuestas reglamentarias que permitan que el espíritu de los Diputados que recogió a su vez la justa demanda de ellos, se encauce correctamente y podamos de esta manera contribuir a tener una sociedad más sana y deportista que nos represente más dignamente en el campo internacional.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
En vista de que ya está suficientemente discutido el tema, procedemos a votar el Dictamen Desfavorable sobre el Veto.
En verde los que rechazan el Veto, o sea los que están de acuerdo con el Dictamen desfavorable.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
57 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Se rechaza el Veto a la Ley de Deportes, Educación Física y Recreación Física.
Hay una solicitud de varios Diputados y Diputadas, para que sometamos al Plenario un proyecto de financiamiento para el Programa Mi Familia.
Eso ya está dictaminado por la Comisión Económica de forma favorable, sin embargo algunos Diputados y Diputadas quieren tener tiempo para revisarlo y para estudiarlo, y no queremos arriesgarnos hoy a someterlo al Plenario para que no alcance los votos requeridos o para que se pierda. Entonces, vamos a esperar que los Diputados y Diputadas estén claros para someterlo al Plenario.
Se suspende la Sesión.
Regresamos a Plenario el 5, 6 y 7 de Abril, y tenemos semana de Comisión a partir del Lunes de Pascua.
SESION SOLEMNE DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL EN HOMENAJE POSTUMO A SU SANTIDAD JUAN PABLO II, CELEBRADA EL DIA DOS DE ABRIL DEL AÑO 2005(VIGESIMA PRIMERA LEGISLATURA).
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Vamos a iniciar la Sesión Solemne en homenaje a Su Santidad Juan Pablo II pidiéndole a la Primer Secretaría que nos compruebe el quórum.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS:
Muy buenos días.
Señor Presidente, señores Diputados, hay quórum de ley para dar inicio a esta Sesión Solemne.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Se abre la Sesión Solemne en homenaje a Su Santidad Juan Pablo II.
OFICIAL DE PROTOCOLO:
Señoras y señores, en nombre de la Junta Directiva y de los Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional de Nicaragua, les damos la más cordial bienvenida.
Saludamos y agradecemos la presencia de los señores Presidentes y representantes de los Poderes del Estado, saludamos muy especialmente a Su Excelencia Reverendísima, Monseñor Jean Paul Gobel, Nuncio Apostólico y Representante de Su Santidad en Nicaragua; a los excelentísimos señores representantes del Cuerpo Diplomático y de organismos internacionales acreditados ante el Gobierno de la República; a los señores miembros del Gabinete de Gobierno, a Monseñor Jorge Solórzano, encargado de los asuntos administrativos, a Su Excelencia Reverendísima, Monseñor Bosco Vivas y Robelo, y a las distinguidas autoridades y representantes de la Iglesia Católica de Nicaragua; a los representantes del Parlamento Centroamericano; a distinguidos invitados especiales, amigos miembros de los medios de comunicación social, señoras y señores.
Nos ponemos de pie para escuchar notas de nuestro Himno Nacional.
OFICIAL DE PROTOCOLO:
Con el mismo respeto y reverencia, escucharemos el Himno Pontificio.
OFICIAL DE PROTOCOLO
:
La Santa Biblia dice en el libro de Juan 14:6:
"Yo soy el camino, la verdad y la vida, nadie viene al Padre si no es por mí".
La Bancada de Camino Cristiano Nicaragüense, se hace presente y nos dirige unas palabras a cargo del Diputado y representante de la Bancada, Reverendo Guillermo Osorno Molina.
DIPUTADO GUILLERMO OSORNO MOLINA:
Muy buenos días a todos, que Dios me los bendiga.
Honorable Junta Directiva, y su Presidente, Ingeniero René Núñez;
Señor Nuncio Apostólico, bienvenido y nuestros mayores dolores, como a todo el Clero Católico de Nicaragua y el mundo entero.
Hoy estamos acá en un homenaje a uno de los Papas más grande que ha habido en el sistema del papado dentro de la Iglesia Católica. Ha habido muchos Papas, Juan XXIII fue uno de los hombres que hizo cambio dentro de la misma Iglesia Católica, llevando el sistema carismático y catecumenado para tener una mejor formación del pueblo católico cristiano. Juan Pablo II, miraba muy de cerca lo que Juan XXIII había hecho, y podríamos considerar que la pérdida que ha tenido el mundo por la partida de Juan Pablo II lamentamos todos, aunque sabemos que ha pasado a un lugar mejor.
Nos lamentamos todos porque fue un hombre que hizo grandes revoluciones, grandes cambios, manteniendo el principio del cristianismo, un gran lector de la palabra de Dios, y dando como ejemplo en la vida del cristiano, cómo debe vivir en esta tierra. Ejemplo como su identidad, que fue siempre con los países más pobres en el mundo, cómo se supo identificar con ellos, cómo su posición de religioso nunca se plegó a ningún sistema político, sino que siempre denunció con la palabra profética las injusticias que se viven dentro de todas las naciones.
Un hombre que fue un fuerte crítico del sistema comunista, sistema totalitario, como también del sistema neoliberalista, un hombre que no se plegó a ningún tipo de sistema político, sino que supo mantener esa defensa por los pobres, por la gente pobre, tomando lo que la Biblia dice, que el que ayuda al pobre le presta a Dios. Un hombre humilde, sencillo, de una familia humilde pero dando el gran ejemplo al mundo y especialmente al pueblo cristiano católico, que todo aquel que se sabe esforzar y quiere hacer el bien en esta tierra puede lograr sus grandes objetivos; un líder religioso grande que ha tenido la Iglesia Católica, lo demostró en su actuar y dio el ejemplo de que Cristo no está dividido, que Cristo es uno, pues supo identificarse con todos los grupos religiosos que ha habido sobre la faz de esta tierra.
Un hombre que supo estar con los musulmanes, que supo estar con los ortodoxos católicos, y como gran testimonio de los cristianos llegó al muro de las lamentaciones en Jerusalén, oró e hizo su petición ahí, dando también una señal al mundo de que Cristo no está dividido y que las religiones muchas veces son las que han querido dividir el cuerpo de Cristo. Dio ese ejemplo, uniéndose dentro de la Iglesia Evangélica Protestante a hombres como Billy Grant, a hombres como Benny Hing, hombres grandes dentro de la Iglesia protestante, uniéndose y compartiendo el amor que se debe tener al prójimo, a la humanidad, y contribuir al evangelio genuino de Jesucristo nuestro Señor.
Juan Pablo II, esas muestras que dio de ser un gran hombre, un gran seguidor de Cristo, nosotros lamentamos hoy su partida, nos ha dolido la muerte de este hombre y por eso el mundo está triste. El ejemplo que él dio de no permitir el crimen en esta tierra, y supo defender los valores morales y espirituales dentro del concepto de la familia, de no permitir el divorcio dentro de la familia, sino la unidad de la familia. Un ejemplo grande dio con su mensaje a todas las naciones, al estar en contra de posiciones de aquellas personas que renuncian a la naturaleza que Dios les ha dado, de no diferenciar el sexo que Dios les ha establecido; fue un hombre muy enfático en esas posiciones.
Juan Pablo II fue el proveedor de la paz, de la justicia, para todas las naciones; fue el hombre que supo visitar a todos los pueblos y expresar su amor. La Iglesia Católica lamenta mucho esta pérdida como el mundo, pero nosotros como cristianos oramos a Dios para que el sucesor de Juan Pablo II sea un hombre que siga este mismo camino, que sea un hombre como se dice a través de los medios de comunicación, que él pedía que se mantuviera el mismo conservatismo dentro de la Iglesia.
Y creemos que las oraciones de millones de católicos y cristianos en el mundo Dios las escuchará, estableciendo este tipo de hombres que realmente vayan con el fin de contribuir con la paz de los pueblos, dando ejemplo a todo el liderazgo católico de no hacer partidarismo, de no estar inclinado hacia ningún sistema político partidario, sino siempre ser defensor de la justicia, y del pobre, en medio de todos los pueblos.
Nosotros en esta mañana, como Bancada de Camino Cristiano, como el Partido Camino Cristiano, nos unimos al dolor de todo el pueblo católico, nos unimos a este dolor que tienen, todo el mundo está conmovido y diferentes naciones han hecho la visita al Vaticano porque se reconoce la labor que un hombre bueno ha hecho. Todo el que hace el bien en esta tierra siempre será reconocido y siempre será alabado; Jesús dijo que todo el que hace el bien siempre tendrá su recompensa. Hoy a Juan Pablo II, dentro de todos los grupos religiosos en esta tierra se le reconoce como un gran hombre, defensor de los principios morales y espirituales que el género humano debe de tener en esta tierra.
Muchas gracias, estimados hermanos, amigos, en esta mañana.
Que Dios les Bendiga a todos.
OFICIAL DE PROTOCOLO:
En su calidad de Diputado, y como jefe de la Bancada Azul y Blanco, tendremos las palabras del Doctor Miguel López Baldizón.
DIPUTADO MIGUEL LOPEZ BALDIZON:
Muy buenos días, tengan todos ustedes; su Excelencia Reverendísima, Monseñor Jean Paul Gobel, Nuncio Apostólico de Su Santidad, Excelencia Reverendísima, Monseñor Bosco Vivas, Presidente de la Conferencia Episcopal.
Excelentísimos miembros de la Conferencia Episcopal.
Excelentísimos y honorables miembros del Cuerpo Diplomático y organismos acreditados en Nicaragua.
Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral; Honorables Diputados ante el Parlamento Centroamericano; Honorables señores miembros del Gabinete de Gobierno.
Honorables miembros de la Contraloría General de la República.
Doctor León Centeno Gómez, Fiscal General de la República.
Honorables miembros del Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional.
Señoras y señores miembros de la Junta Directiva.
Diputados y Diputadas ante la Asamblea Nacional.
Señoras y señores periodistas.
Invitados especiales.
Karol Josef Wojtyla nació el 18 de Mayo de 1920, en el pequeño pueblo de Wadowice, a unos 40 kilómetros de Cracovia.
Vino al mundo en una Polonia libre desde hacía menos de dos años, tras más de un siglo de ocupación, que repartió su territorio entre Prusia, Rusia y Austria. Segundo hijo de un matrimonio descendiente de campesinos y artesanos, pasó su infancia en una modesta vivienda ubicada en el número cuatro, en la calle Koscielna, ("calle de la Iglesia").
Su padre, un antiguo sastre, sirvió en la intendencia del ejército austriaco antes de incorporarse a las nacientes fuerzas armadas polacas. Cuando dio a luz al futuro Juan Pablo II, su madre Emilia tenía 36 años, una edad avanzada para la época, Lolel como lo llamaban por el diminutivo de su nombre, dio sus primeros pasos en medio de un clima de patriotismo y esfuerzo colectivo de reconstrucción. En la Polonia que emergió de la Primera Guerra Mundial, todo estaba por hacer, fusionar las tres antiguas zonas de ocupación en un Estado moderno, unificar administraciones y redes ferroviarias, crear un nuevo sistema legal, y resistir el avance del "Ejército Rojo" que quería atravesar su territorio para lanzar junto a los comunistas alemanes la revolución mundial.
Pese a la debilidad de la naciente democracia, la economía alcanzó un elevado ritmo de desarrollo impulsada por el surgimiento de una nueva clase media virtuosa y educada al estilo Occidental, mientras tanto el pequeño Loler jugaba al fútbol, asistía a misa y era casi siempre el primero de su clase en la escuela, era un niño vivaz, optimista y algo regordete, con especial predilección por los pasteles de crema de Wadowice. En uno de sus viajes pontificales a Polonia, cuando tenía 78 años, evocó públicamente esas delicias infantiles; sin embargo, su infancia fue marcada por dos grandes tristezas, su madre murió en 1929 y tres años más tarde su hermano Edmund, un médico 14 años mayor que él, sucumbió a una epidemia de escarlatina.
Desde entonces Karol creció bajo la tutela cariñosa pero severa de su padre. A los 15 años se inscribió en las juventudes maristas; recibió entrenamiento militar como todos los polacos de su edad en esa época, y se unió a un grupo de teatro aficionados; aún estaba lejos de descubrir su vocación religiosa.
Un día, el Arzobispo de Cracovia el príncipe Adam Sapieha, decidido a cumplir con sus planes, Karol Wojtgla se marchó a Cracovia e ingresó a la prestigiosa Universidad Jagellónica, casi tan antigua como la Sorbona, que en el siglo XV había acogido en sus aulas a Copérnico.
En Cracovia, capital intelectual de Polonia, la vida del futuro Papa dio un giro decisivo, del ambiente provinciano de Wadowice, pasó a seguir los cursos de respetados profesores y a codearse con estudiantes brillantes, algunos de los cuales se convertirían luego en conocidos escritores. El 24 de Junio de 1939 fue uno de los días más felices de la juventud de Karol Wojtyla, ajeno a los amenazantes ecos del discurso guerrero de Hitler que resonaban por toda Europa, ese día celebró con sus camaradas de estudio la exitosa finalización de su primer año en la Facultad de Filosofía y Letras. El virtuosismo del estudiante siempre había llamado la atención de sus compañeros, que en broma un día pegaron en la puerta de su dormitorio un cartel con la leyenda Karol Wojtyla, principiante de santo".
Una de las cosas que tiene que marcar la vida de todo creyente, es el ejemplo que nos ha dejado el Sumo Pontífice, de entereza en el trabajo por el bienestar del ser humano. Hay que ver la paciencia y la fuerza que ha tenido, es un ser ejemplar y un modelo de entrega a los demás. Protagonista clave del último cuarto del siglo XX, el Papa Juan Pablo II marcó con su carisma el rumbo de la Iglesia Católica, que ingresó en su tercer milenio de existencia bajo la firme conducción de un hombre tan atento a las cuestiones del espíritu como preocupado por la realidad terrenal de sus contemporáneos, así supo dominar lo doctrinario, lo pastoral, así como lo político, lo social y lo económico.
En el futuro, Juan Pablo II seguramente será recordado como el Pontífice que ayudó a precipitar la caída del bloque comunista, pero ésa es sólo una de las múltiples batallas que libró desde el trono de San Pedro, en el que cumplió 25 años el 16 de Octubre del 2003. También combatió incansablemente el aborto, denunció con firmeza las injusticias sociales y promovió el diálogo entre su Iglesia y otras religiones; el primer Papa que visitó una mezquita y una sinagoga. Fue asimismo el más viajero de la historia, recorrió casi dos millones de kilómetros en los cinco continentes, tomando contacto con realidades tan diversas como la de jóvenes homosexuales, enfermos de sida en San Francisco o los humildes trabajadores de las minas bolivianas de estaño.
Y así como supo dirigirse a los poderosos, también fue capaz de hacer vibrar a las multitudes, Primer Pontífice de la era electrónica global, multifacético y para algunos contradictorio, el polaco Karol Wojtyla tuvo la característica de haber sido un hombre de síntesis para conducir a su rebaño entre los escollos de la vida moderna. En los aspectos dogmáticos, por ejemplo, fue a la vez conservador y moderno, si es que esos conceptos tienen algún sentido para una iglesia que no razona en términos de décadas, sino de milenios.
En el seno de la Iglesia resistió las tendencias renovadoras que reclaman el fin del celibato de los curas y la ordenación de las mujeres; bajo su pontificado hubo sanciones y amonestaciones para los teólogos de la liberación, que en los años 80 exploraron los puntos de convergencia con los movimientos marxistas de América Latina, y también para los partidarios de una moral más laxa adaptada a los tiempos que corren. El Papa, que cuando era apenas obispo en Polonia, escribió que en el amor físico es un deber del hombre procurar placer a su pareja.
Desde que llegó a Roma nunca sesó de condenar las relaciones sexuales prematrimoniales y el uso del preservativo, incluso en estos tiempos del SIDA; además defendió contra viento y marea la indisolubilidad del matrimonio. Progresista respecto a los derechos y libertades del hombre, fue el primer vicario en criticar explícitamente la pena de muerte; desplegó siempre intensos esfuerzos por la solución pacífica de los conflictos; reclamó la condonación de la deuda a los países pobres y dedicó tres encíclicas a cuestiones socioeconómicas. "El nombre de la paz es el desarrollo social", dijo en algún momento.
Así como criticó a los regímenes comunistas, también puso su grano de arena para precipitar la caída de dictadores católicos como Ferdinand Marcos en Filipinas, Francois Duvalier en Haití, o Alfredo Stroesoner en Paraguay. Y tras el derrumbe del muro de Berlín, comenzó a condenar los excesos del capitalismo y a señalar el peligro de que una sola potencia dominara el escenario mundial. En busca de un hilo conductor en su pontificado, hay quienes señalan que el Papa siempre pareció actuar inspirado en las palabras de San Pablo en su Epístola a los Romanos: "Nolite conformari huit mundo", "No os acomodéis al mundo presente"), un mensaje que estimula el inconformismo y la no alineación.
Otros atribuyen sus aparentes contradicciones a su origen polaco. Cuando llegó a la cúspide de la Iglesia, Juan Pablo II procedía de un país en el cual los valores humanistas eran pisoteados por el totalitarismo, y la Iglesia amenazada se escudaba detrás del conservadurismo y la religiosidad popular. Quienes formulaban esa interpretación suponían, que condicionado por ese contexto, el pontífice vería los problemas del mundo a la luz de su experiencia personal.
Le tocó vivir de manera personal en su vida los excesos de los seres humanos en el poder, el nazismo, el comunismo, el terrorismo, el cual sufrió en carne propia. Nada había en él de provinciano; propio de un hombre del Renacimiento fueron sus múltiples matices, su inagotable interés por todos los ámbitos del conocimiento, y sobre todo, su afán de comprender al mundo entero de edificar la teoría universal de la humanidad, como quien construye una catedral piedra por piedra.
Tal vez sea éste el origen de su conservadurismo: mover una piedra de la catedral puede provocar su derrumbe, y ceder en un solo punto de la moral, corre el riesgo de restarle coherencia al conjunto, y en esto sí influye su origen polaco. Gracias, Juan Pablo II, por mostrarnos a Jesucristo vivo. Y con esta reflexión hago un llamado a todos los nicaragüenses a la paz, a la unidad, a la armonía, a la concordia, al diálogo y al entendimiento entre los nicaragüenses, como fiel reflejo de la vida ejemplar de Su Santidad Juan Pablo II.
Evitemos que Nicaragua vuelva a la noche oscura, y no por culpa de la crisis energética sino por la intransigencia y la intolerancia entre los hermanos nicaragüenses. Hoy sentimos el dolor como hijos que ven partir a su padre y pastor, pero nos llena de esperanza la gratitud que como pueblo de Dios sentimos hacia el mensajero de la vida que nos regaló, en una vida santa, la savia que necesitamos para anunciar el Evangelio y encontrarnos en la comunidad. Hoy, lo acompañamos en el gozo de su encuentro con Dios, en su propia pascua, es decir, su paso de esta vida a la presencia de Dios.
Nuestras condolencias a Su Excelencia Nuncio, Apostólico Jean Paul Gobel, a la Conferencia Episcopal, y a todos los católicos del mundo.
Juan Pablo II: te llora Nicaragua, te llora el mundo entero, te llora un nicaragüense que te admira, te respeta y te sigue.
¡Viva Juan Pablo II!, ¡Viva Nicaragua cristiana!, ¡María de Nicaragua, Nicaragua de María!.
Muchas gracias, que Dios les bendiga.
OFICIAL DE PROTOCOLO
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Tendremos las palabras de homenaje póstumo a cargo del Diputado de la Bancada del Partido Liberal Constitucionalista, Licenciado Carlos Noguera Pastora.
DIPUTADO CARLOS NOGUERA PASTORA:
Excelencia Reverendísima, Monseñor Jean Paul Gobel, Nuncio Apostólico de Su Santidad.
Excelencia Reverendísima, Monseñor Bosco Vivas, Presidente de la Conferencia Episcopal.
Excelentísimos miembros de la Conferencia Episcopal, y sacerdotes que los acompañan.
Excelentísimos y honorables miembros del Cuerpo Diplomático, y organismos internacionales acreditados en Nicaragua.
Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral.
Honorables Diputados ante el Parlamento Centroamericano.
Honorables señores miembros del Gabinete de Gobierno.
Honorables miembros del Ejército de Nicaragua y de la Policía Nacional.
Señoras y señores miembros de la Junta Directiva.
Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional; Señoras y señores periodistas.
Invitados especiales:
En nombre de la Bancada Liberal, ocupo este podium de la Asamblea Nacional de Nicaragua para expresar nuestro sentimiento de respeto a la memoria de un gigante de Dios y un hombre extraordinario de nuestro tiempo, Su Santidad Juan Pablo II, cuyo tránsito de este mundo al reino de los cielos hemos sido testigos. Ante su desaparición física nos queda expresar dos sentimientos, gratitud y dolor. Gracias, en primer lugar a Dios que nos regaló a un ser humano tan especial, un 18 de Mayo de 1920 en Wadowice, Polonia, bautizado con el nombre de Karol Joset Wojtyla, y que según nos relata el mismo Papa, al nacer en Mayo, mes consagrado a la Virgen María, lo primero que oyó fueron los cantos a la Virgen provenientes de una Iglesia vecina dedicada a nuestra señora.
De esta manera, el amor a la madre de Cristo sería una constante a través de su vida y precisamente por haber quedado huérfano a los nueve años, ese dolor de la pérdida de su madre que quedaría grabado en su corazón para el resto de su vida, sólo el amor a María Santísima pudo superar esa pérdida irreparable y que medio siglo más tarde lo expresaría al inscribir en su escudo de armas papal "totus tuos" que significa "todo tuyo". Durante los primeros años de juventud y adolescencia se distinguió por ser un joven disciplinado, dedicado a sus estudios, y además de ser un católico practicante, tenía la virtud de ser piadoso y místico. Indudablemente que su vida se vio impactada no sólo por la pérdida de sus seres queridos, sino también por la invasión de su Patria por la Alemania nazi y los horrores del holocausto, y sufrió cuando miles de sus compatriotas eran deportados a los campos de la muerte, como en Altzwich, que se encuentra en la propia Polonia y que durante su pontificado llegó a rendir homenaje a miles de muertos de uno de los actos de crueldad más grande en la historia de la humanidad, permitiéndole canonizar al padre polaco Maximiliano Colve, que había entregado su vida para salvar a un judío del exterminio.
Estudió para sacerdote en un seminario clandestino durante la Segunda Guerra Mundial hasta ordenarse y así comenzar su vida consagrada a Cristo y su Iglesia, camino que recorrió desde su nombramiento como Obispo Auxiliar, Arzobispo de Cracovia, y luego fue ordenado Cardenal por el Papa Pablo VI, después de su extraordinaria participación como Padre Conciliar en el Concilio Vaticano II. Durante los años de servicio en la Iglesia Católica polaca, después del nazismo, pasó a ser parte de la cortina de hierro; al ser su país dirigido por un régimen comunista, le sirvió al futuro Papa de una extraordinaria experiencia, así como cuando trabajó en la cantera y en la fábrica, dándole un conocimiento inmediato sobre la condición de los trabajadores que le sería de gran utilidad en su futura lucha contra el régimen comunista polaco.
Así llegamos al mes de Octubre, al lunes 16 de Octubre de 1978, cuando después de varios días y muchas votaciones, 99 Cardenales de 108, inspirados por el Espíritu Santo le habían dado el voto al Cardenal Wojtyla, convirtiéndose así en el nuevo Papa. Se había logrado algo inimaginable, elegir un Papa de un país satélite de la Unión Soviética, cuyo gobierno era ateo y marxista. Era el primer Papa no italiano en 450 años y además era un Papa joven, de 58 años. Así comienza el pontificado, de Juan Pablo II, llamado a ser sin duda uno de los más influyentes en la historia de la humanidad y cuya trayectoria de 26 años de pontificado, indudablemente excepcional, y que se puede definir como dinámico, espectacular y dramático acaba de finalizar en el tiempo.
Pero comienza para la historia como un legado del Sumo Pontífice, que fue pastor y maestro vigilante y firme de la fe en Cristo y su Evangelio, y consecuente con esa fe, sus primeras palabras dirigidas al mundo fueron: "No tengan miedo, abran sus puertas a Cristo", y estas palabras se cumplieron a cabalidad hasta el día de su muerte, porque fue el mismo Cristo que le abrió las puertas del reino de los cielos y de la eternidad. Pretender en un discurso resumir los 26 años de pontificado de Juan Pablo II, sería una tarea imposible, es por eso que mencionaré alguno de los actos más relevantes de este Papa misionero y peregrino.
Visitó más de 120 países de la tierra, llevando el mensaje de Jesucristo, junto con los valores de la libertad y de los derechos humanos. Afrontó al inicio serios problemas de la Iglesia: un Clero en crisis, disminución de vocaciones, seminarios a la deriva, teólogos rebeldes, el principio de autoridad cuestionado, el comunismo a la ofensiva en Europa y América Latina. Ante esto el Papa pidió la resolución de todos los problemas religiosos, sociales y políticos por medio del Evangelio, para superar todos los sufrimientos de la humanidad, sus dudas, sus negaciones, sus confusiones, sus tensiones, sus complejos, sus ansiedades.
Con voluntad de acero Juan Pablo II colocó a la Iglesia Católica en un definido camino teológico en diversos temas, el dogma, el papel de las mujeres, la distribución de la riqueza, la sexualidad, el aborto, dándole así a la Iglesia, una inmensa fuerza ante todo el mundo. Como Papa peregrino comienza a visitar el mundo. Cuando va a su Patria, Polonia, causó el delirio en sus compatriotas; y al recordarle a aquel pueblo el amor a Dios y a la Iglesia, nacía el germen de la libertad que a través de Solidaridad sería el principio del fin del comunismo en Polonia y que como efecto dominó posteriormente comenzaron a caer uno a uno los países de la Europa del Este, hasta la caída del muro de Berlín, y posteriormente el fin de la Unión Soviética.
La guerra fría había terminado y con ella el oprobioso sistema totalitario marxista leninista. El mismo Papa en su libro "Cruzando el umbral de la esperanza" nos dice -y abro la cita-: "El comunismo como sistema en cierto sentido se ha caído solo, se ha caído como consecuencia de sus propios errores y abusos, ha demostrado ser una medicina más dañina que la enfermedad misma", cierro la cita. También visitó nuestra América Latina, desde México a la Argentina, como mensajero de la esperanza, confiando a nuestros pueblos a la maternal protección de la Virgen morena del Tepeyac. Y Nicaragua, este pueblo tan querido y tan sufrido, como nos dijo el Papa, fue objeto de dos visitas, indiscutiblemente en dos ambientes completamente diferentes: uno, donde la intolerancia terminó con el irrespeto al vicario de Cristo, y la otra donde renacía la democracia.
Pero su mensaje de amor y esperanza para este pueblo nicaragüense vivirá siempre en nuestros corazones. Gracias, Santo Padre por haber venido a visitarnos. Durante su pontificado canonizó a más de 500 santos y 130 beatos, entre ellos a nuestra Sor María Romero; nos regaló a nuestro primer Cardenal en la persona de Su Eminencia Miguel Obando y Bravo, y que hoy va a ser el primer nicaragüense en la historia que votará para elegir un nuevo Papa. Buscó la unidad de los cristianos y con gran espíritu ecuménico se reunió con los líderes de las religiones más importantes del mundo; defendió con ahínco la cultura de la vida en contra de la cultura de la muerte; escribió 14 encíclicas y una gran cantidad de cartas y exhortaciones apostólicas.
También dejó su legado a los gobernantes parlamentarios y políticos en su discurso del 4 de Noviembre del año 2000, donde nos dice: "La preocupación esencial del hombre político debe de ser la justicia, una justicia que no se contenta con dar a cada uno lo suyo, sino que tiende a crear dentro de los ciudadanos la igualdad en las oportunidades, y por lo tanto favorecer a aquellos que por condición social, cultura o salud corren el riesgo de quedar relegados o de ocupar siempre los últimos puestos en la sociedad, sin posibilidad de una recuperación personal".
Y agregó más adelante: "Aquellos cristianos que se sienten llamados por Dios a la vida política, tienen la tarea ciertamente bastante difícil, pero necesaria, de doblegar las leyes del mercado salvaje a la justicia y la solidaridad. Ese es el único camino para asegurar a nuestro mundo un futuro pacífico, porque la paz es fruto de la justicia. El dolor, cargaste tu cruz sin quejarte; nunca rehusaste tu entrega al servicio de los demás.
Desde el atentado del 13 de Mayo de 1981 en la Plaza de San Pedro, donde la Virgen María desvió la bala que iba a tu corazón, por el parkinson que te fue minando tus fuerzas físicas, pero tu figura se agrandaba al tiempo que tu persona nos parecía más frágil pero manteniendo siempre un espíritu en alto. Por eso cuando algunos te dijeron que debías de renunciar les contestaste: "Si Cristo hubiera bajado de la cruz, yo tuviera derecho a renunciar". Y así, la noche del 2 de Abril del año 2005, Karol Wojtyla navegó en su procesión mística hacia la casa del Padre , porque el Señor fue aire para sus pulmones, bálsamo para sus heridas, y premio para su esfuerzo.
Santo Padre, tu ejemplo de hombre de Dios, tu cercanía con la humanidad, tu entrega al servicio de los demás, y el Evangelio vivirá para siempre en el corazón de los católicos del mundo y los hombres y mujeres de buena voluntad. Y termino con un pensamiento de Kasantaspi. "El que se ha unido a Dios adquiere tres grandes privilegios, la omnipotencia es un poder, la embriaguez un vino, y la vida es un fin".
Muchas gracias.
OFICIAL DE PROTOCOLO:
La Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional se hace presente en este homenaje póstumo a Su Santidad Juan Pablo II, y el Diputado y representante de la Bancada del FSLN, Tomás Borge Martínez, dirige unas palabras.
DIPUTADO TOMAS BORGE MARTINEZ:
Hablar de Juan Pablo II, Monseñor Jean Paul Gobel, es como hablar de un caballero andante. Wojtyla fue el carismático Cid Campeador de la Iglesia Católica, Monseñor Bosco Vivas, Abelardo Mata y Jorge Solórzano. Seguirá -lo digo también como si estuvieran aquí presentes Monseñor Brenes y Monseñor Miguel Obando y Bravo, obispos de nuestro afecto-, sin duda, cabalgando en medio de otras tormentas después de su muerte.
En la primera visita de Su Santidad a Nicaragua se produjo una situación tensa, dramática y compleja, no hubo intolerancia -Noguera-, unos días antes ocurrió la masacre de San José de Las Mulas, donde murió un puñado de jóvenes, 21 en total, integrantes todos ellos de la Juventud Sandinista, lo cual provocó en ese momento una herida que chorreaba sangre, había por lo tanto circunstancias de extremo dolor.
Durante la misa en la plaza, las madres de los caídos estaban presentes y comprensiblemente estaban emocionadas, y muy emocionadas: acababa de derramarse la sangre de sus hijos.
Hubo al mismo tiempo malos entendidos, insuficiente información mutua, circunstancias históricas singulares, no obstante que parte de esos malos entendidos se aclararon durante el encuentro de Su Santidad o con Su Santidad realizada en fecha posterior a la visita del Papa, por el entonces Presidente de Nicaragua, Daniel Ortega. Aquí tengo las palabras del Papa cuando lo visito Daniel:"Sean mis primeras palabras de sincera bienvenida a este encuentro que me permite manifestarle mis respetos personales", le dijo Su Santidad al Presidente de Nicaragua de aquel entonces.
Se aclararon en aquel momento algunos de esos malos entendidos, y aún se continúa insistiendo; lo acabamos de escuchar hace poco en numerosos medios de comunicación, también sobre aquellos hechos, señalándolos como una contradicción persistente entre el FSLN y la Iglesia.
Nosotros, monseñores, seguimos lamentando lo ocurrido, de verdad, y ya en su momento el Frente Sandinista pidió perdón a la Iglesia. El perdón desde luego fue concedido por la extraordinaria actitud de reconciliación de la Iglesia. Al contrario de la prédica de reconciliación y perdón de Su Santidad, hay quienes no nos perdonan; y el perdón al que lo pide y al que lo da ennoblece. No fue para nada casual que el Papa haya pedido perdón también, y eso lo enalteció. Pidió perdón por lo ocurrido durante la Inquisición, al género humano; le pidió perdón a los judíos porque no tuvo la Iglesia suficiente fuerza en su defensa durante la época del holocausto.
Pero hay otros que no nos perdonan a nosotros como nos perdonó la Iglesia, son aquellos que bendijeron la agresión contra Nicaragua, ésos no nos perdonan. No nos perdonan aquellos que jamás aceptarán nuestra existencia; no nos perdonan los neoliberales, los agresores del pueblo de Irak, los enemigos de la reconciliación y de los pobres, ésos no nos perdonan, ni nos van a perdonar nunca a como nos perdonó la Iglesia. La vida de este hombre, compañeros y amigos, por cuya muerte estamos conmovidos, fue de entrega sin límites -como dijo alguien aquí- a la reconciliación entre creencias religiosas diferentes, fue de un profeta del entendimiento, al parecer posible entre palestinos e israelitas, no nos olvidamos de la solidaridad de su santidad con el pueblo palestino. Fue un puente -lo señalaba Carlos Noguera, -creo, entre sectores de diferentes corrientes ideológicas; tuvo comunicación con cristianos de todas las denominaciones, con ortodoxos, judíos, y musulmanes, -fue tal vez la palabra exacta es-, ecuménico, despejado de sectarismos, sin sombras de mezquindad. Pocos seres humanos han predicado y puesto en práctica la reconciliación con tanta intensidad, pocos seres humanos se han identificado con los pobres con tan ardiente pasión, pocos seres humanos han sido tan enérgicos a como lo fue Juan Pablo II, al enfrentarse con las guerras de agresión cuando los arrodillados enviaban tropas contra el pueblo de Irak o apoyaban la intervención en Irak.
Juan Pablo II, sin dobleces, sin vacilaciones, erguido, se opuso a semejante crimen; su identificación con los pobres lo condujo, saben a qué? "al rechazo del neoliberalismo", casi no se menciona éso, hasta ahora no lo he oído esta mañana. Juan Pablo II fue uno de los intelectuales mejor dotado de su tiempo, levantó polvareda en sacristías, basílicas, sinagogas y conciencias. Al canonizar a Juan Diego le dio bendición santoral a los indígenas de América. El Vaticano, conservando criterios conservadores con los cuales nosotros -lo digo con toda honestidad- no coincidimos, asumió con Juan Pablo II una mayor tolerancia a las aspiraciones humanas acogidas bajo las banderas de la liberación social.
Cuando yo visité Polonia, Monseñores, y el socialismo gobernaba en ese país, a pesar de la actitud del Papa hacia ese régimen, me produjo sorpresa y admiración haber descubierto el profundo in disimulado orgullo de Jaruselsi y demás dirigentes de ese país por Juan Pablo II, y cuando yo les pregunté del porqué de aquella simpatía con un hombre que al parecer estaba en contradicción con ellos, me dijeron: "Es el polaco más relevante de nuestra historia".
Así son las cosas, no fue para nada casual la demanda del Papa para terminar el bloqueo contra Cuba, y la sentencia histórica de pedirle al mundo una mayor apertura hacia la isla revolucionaria. Fue Juan Pablo II, quien levantó el dedo acusador contra el capitalismo, llamándolo salvaje, referido desde luego a la codicia y a la mezquindad de la oligarquía y la brutalidad del neoliberalismo. Entonces,¿cómo no reconocer, respetar y admirar a este apóstol de la reconciliación?. Nosotros apenas somos sus discípulos cuando expresamos nuestra vocación reconciliadora, creando por ejemplo la Convergencia Nacional con históricos adversarios y abriéndonos la posibilidad del entendimiento de otras fuerzas políticas.
Pero bien, ¿cómo no reconocer, respetar y admirar al profeta entregado a la causa de los pobres? ¿Cómo no reconocer y respetar al hombre que se opuso al bloqueo contra Cuba, cómo no reconocer, respetar e inclinarse ante el soldado de la paz, el escudo de las agresiones contra pueblos indefensos? ¿Qué decir de semejante luchador por los derechos de los indígenas de América? Difícil es tomar una fotografía moral de un gran líder adversario, o ese gran líder adversario del individualismo.
Hoy se dará a conocer o ya se dio a conocer tal vez el testamento del Papa. Cuando yo salí de mi casa aún no había sido publicitado. No conocemos las palabras de ese documento que dicen que tiene 15 páginas, pero si conocemos su herencia, la herencia del Papa. Heredamos amigos, Monseñores, compañeros, Santidad, tu lucha contra el neoliberalismo, contra las guerras de agresión, tu aflicción por los pobres, por los indígenas, por los perseguidos, por los humildes, por los torturados. Hemos heredado esos pensamientos, esas concepciones de la vida: con pasión la heredamos y la asumimos. Las banderas del Frente Sandinista y de la Convergencia Nacional están enlutadas, tristes. Nos dolió de verdad, nos conmovió la muerte de Su Santidad. Ese hombre va directo a la beatificación y a la santidad.
Gracias.
OFICIAL DE PROTOCOLO:
La Iglesia Católica nicaragüense también siente en carne propia esta sensible pérdida, y para hacernos saber sus muestras de pesar, tendremos las palabras de Su Excelencia Reverendísima, Monseñor Bosco Vivas Robelo, Presidente de la Conferencia Episcopal.
MONSEÑOR BOSCO VIVAS Y ROBELO:
Excelentísimo Monseñor Jean Paul Gobel, Nuncio Apostólico de Su Santidad en Nicaragua.
Excelentísimos hermanos Obispos, Sacerdotes.
Honorables miembros de esta Asamblea Nacional; Honorables miembros del cuerpo Diplomático y organismos internacionales acreditados en Nicaragua.
Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral; Honorables Diputados ante el Parlamento Centroamericano.
Honorables señores miembros del Gabinete de gobierno.
Honorables miembros de la Contraloría General de la República.
Doctor Julio Centeno Gómez, Fiscal General de la República.
Honorables miembros del Ejército de Nicaragua y de la Policía Nacional.
Señores miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional.
Señoras y señores periodistas.
Invitados especiales.
Ponernos a contemplar la persona de Juan Pablo II es realmente impresionante, nos produce algo de vértigo, como contemplar la inmensidad del mar. Ante un mar sin límites, acuden a nuestra mente muchas ideas, reflexiones, ante Juan Pablo II, que seguramente será conocido por las generaciones, como Juan Pablo Magno, “El Grande”. Nos da a nosotros, los miembros de la Iglesia Católica, muchísimos motivos de reflexión, y nos preguntamos: ¿Qué tenía el Papa que atraía a los niños? Los niños dejaban los brazos de sus padres y lo buscaban instintivamente, para abrazar a Juan Pablo II; había como una afinidad entre el Vicario de Cristo y la infancia.
Es muy posible que los niños viendo al Papa, descubrieran lo que quizás los adultos no descubrimos: una pureza y limpieza de corazón muy grandes y una gran sencillez. ¿Qué tenía el Papa, y qué tiene el Papa Juan Pablo II, que causa entusiasmo entre los jóvenes? Realmente que las imágenes de Juan Pablo II, compartiendo con la juventud del mundo, no se borrarán de nuestras mentes. Posiblemente los jóvenes miraban en Juan Pablo II el pregonero de la verdad, en un mundo donde a ellos se les engaña tanto, ofreciéndoseles felicidad a cambio de placeres o de bienes o de posesiones materiales; ellos descubrían que Juan Pablo II tenía una verdad, con mayúscula, la verdad de Cristo.
Ante la mentira, la hipocresía que rodeaba y rodea a los jóvenes, descubrían en Juan Pablo II el hombre auténtico, coherente, de una sola pieza, y eso naturalmente que les cautiva a los jóvenes, que contrario a lo que pensamos no es el dinero o la fama lo que les cautiva realmente, sino precisamente la rectitud, los valores morales, aun a costa de exigencias. ¿Qué mira el hombre y la mujer en Juan Pablo II? Posiblemente al defensor de la institución fundamental de la humanidad, que es la familia.
Aquel que luchando contra la corriente y contra el dinero y el poder de quienes creen que por el poder o por el dinero pueden imponer sus modos de vida a otros, descubren a este hombre, quien con autoridad moral declara valientemente, que la familia es la base fundamental de la sociedad y que debe de ser salvaguardada, porque en ella, entre tantas cosas buenas, en ella se produce la vida, esa vida que es amenazada desde que comienza a existir en el seno materno, hasta los últimos momentos de la existencia.
Se ha llegado, lo sabemos, a Parlamentos, que han reconocido el aborto, y que incluso hemos sido testigos de cómo hay quienes aprueban el deshacerse del ser humano antes que le llegue la hora de Dios, y todo porque aparentemente a los ojos del mundo esos seres humanos ya no producen, solamente complican la vida de los demás, como podrían ser ancianos o enfermos crónicos. El Papa defiende la vida, es muy posible que eso sea lo que ha cautivado a tantos hombres y mujeres de la tierra, que haciendo una fila interminable recorren grandes espacios para detenerse un segundo y agradecerle al Papa lo que hizo por la familia.
¿Qué es lo que vemos los religiosos en Juan Pablo II? Un santo, un hombre de Dios, y hombre de Dios significa alguien que tiene su mirada puesta en el cielo, pero sus pies muy bien asentados sobre la tierra; ojos puestos en el cielo para atraer la bendición de Dios sobre la tierra, y los pies muy bien puestos en la tierra, para saber comprender, compartir y defender al ser humano. ¿Qué es lo que ven los pobres en Juan Pablo II? Un hombre que a pesar de estar rodeado de tantas riquezas materiales, está completamente desapegado de ellas; un hombre que valora al ser humano y los pobres se sienten valorados por Juan Pablo II, se sienten que hay quien les reconoce su valor, aunque otros juzguen que son de segunda o tercera o de categoría que ya no tiene lugar.
¿Y qué es lo que queremos ver los nicaragüenses en Juan Pablo II? Queremos verlo siempre, como lo vimos cuando nos visitó: el enviado de Cristo que reconoce los valores de este pueblo, que comparte con este pueblo su amor a Cristo, su amor a la Virgen, su fidelidad a la Iglesia y su lucha, aun cargando cruces para ir abriendo caminos, caminos que según el Papa, tienen que ser construidos con el diálogo sincero, con la construcción de la unidad, que no es uniformidad y con la lucha de la reconciliación que nos lleva a deponer odios, rencores y extender nuestras manos para sacar adelante el país, para hacer del bien común, la obra común.
Ante Juan Pablo II, como ante la inmensidad del mar, a veces es mejor quedarse callado.
OFICIAL DE PROTOCOLO:
En su calidad de representante de la Junta Directiva, y como Presidente de la Asamblea Nacional, las palabras del Diputado, Ingeniero René Núñez Téllez, que rinde homenaje póstumo a su Santidad Juan Pablo II.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Excelencia Reverendísima, Monseñor Jean Paul Gobel, Nuncio Apostólico de Su Santidad.
Excelencia Reverendísima, Monseñor Bosco Vivas Robelo, Presidente de la Conferencia Episcopal de Nicaragua.
Excelentísimos miembros de la Conferencia Episcopal.
Excelentísimos y honorables miembros del Cuerpo Diplomático y de organismos internacionales acreditados en Nicaragua.
Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral.
Honorables Diputados ante el Parlamento Centroamericano.
Señores miembros del Gabinete de Gobierno.
Honorables miembros de la Contraloría General de la República.
Doctor Alberto Novoa, Procurador General de Justicia.
Doctor Omar Cabezas Lacayo, Procurador de Derechos Humanos.
Doctor Julio Centeno Gómez, Fiscal General de la República;
Honorables miembros del Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional.
Señoras y señores miembros de la Junta Directiva y Diputados de la Asamblea Nacional.
Señoras y señores periodistas.
Invitados especiales.
“He venido como mensajero de la verdad y de la esperanza, a confirmarlos en la fe y dejarles un mensaje de paz y de reconciliación en Cristo”. Juan Pablo II, viaje a Cuba. Enero de 1998.
Luego del fallecimiento de Juan Pablo I, que fue uno de los Pontificados más cortos de la historia, nadie esperó que el Colegio Cardenalicio escogiese a uno de sus miembros casi desconocido, del cual algunos suponían que era africano y otros desconocían simplemente su nacionalidad: El Cardenal Polaco Karol Wojtyla, el primer Papa eslavo en la historia y el primero no italiano en 455 años, y lo más trascendental, el primer Papa originario de un país socialista en plena guerra fría.
Algunos dicen que fue un Papa de superlativos, porque al celebrar el 26 Aniversario de su pontificado, el Papa Juan Pablo II había recibido a 426 jefes de Estado, reyes y reinas, a 187 Ministros, 190 Ministros del Exterior, y había recibido cartas credenciales de 649 embajadores. Aún más, el pontificado de Juan Pablo II, es el tercer pontificado más largo de la historia, solamente superado por el de Pío IX que duró 31 años, y por el de San Pedro, que algunos historiadores indican que duró entre 34 y 37 años.
En su pontificado Juan Pablo II realizó 124 visitas pastorales fuera de Italia, 146 visitas pastorales en Italia, recorrió más de un millón 300 mil kilómetros, lo que representa darle 30 veces la vuelta al mundo y cubrir casi tres veces la distancia entre la tierra y la luna. Fue el Papa peregrino, como los antiguos apóstoles, recorriendo los caminos, en el caso de él, el mundo, para predicar la buena nueva. Visitó 133 países, de los cuales la mayoría no había recibido nunca antes a un Pontífice. Escribió 14 Encíclicas, 13 exhortaciones apostólicas, 11 constituciones apostólicas, 42 cartas apostólicas y 28 motu propio.
Proclamó 1320 beatos y canonizó 472 santos, convocó nueve Consistorios y nombró 232 nuevos Cardenales. Celebró más de 1000 audiencias semanales y recibió a unos 17 millones de fieles de todo el mundo, sin incluir, lógicamente, los jefes de Estado, que superan más de 1500 personas, y además dictó más de 20 mil discursos. Se caracterizó por ser un jefe de la Iglesia que abordó a profundidad la situación interna de la misma, ordenando el nuevo catecismo universal de la Iglesia, el primero en cinco siglos; haciendo cambios en el rosario, por primera vez en nueve siglos.
Publicó la Encíclica, Centésimo Annus, para conmemorar el 100 Aniversario de Rerum Novarum de León XIII, sobre la doctrina social de la Iglesia; ordenó por primera vez en 82 años, a tres sacerdotes en la extinta Unión Soviética; En la Segunda Sesión Plenaria del Colegio Cardenalicio, orientó trabajar en reformas a la Curia, en resolver la solvencia económica del Vaticano y en enfrentar la situación del Banco Ambrosiano. Promulgó el nuevo Derecho Canónico, anunció una comisión nueva teológica para la Iglesia Católica y Anglicana.
Rehabilitó oficialmente a Galileo, después de 359 años de haber sido condenado por la Inquisición, y en un documento sin precedentes, Su Santidad pide perdón, en nombre de los católicos que no pudieron ayudar a los judíos durante la persecución nazi en Europa. Igualmente pide perdón público, por el trato de la Iglesia a judíos, a herejes, a mujeres y a las minorías, y también solicita el perdón a las víctimas de abuso sexual por sacerdotes y otros clérigos, y reúne de emergencia a Cardenales de la Iglesia Católica de los Estados Unidos por el escándalo de los abusos sexuales en ese país.
Antes del pontificado de Juan Pablo II, la Santa Sede tenía relaciones diplomáticas con 85 países, hoy las tiene con 174 países, entre ellos Croacia, Eslovenia, Armenia, Aservayjan, Georgia, Moldavia, República Checa, República Eslovaca, Micronesia, El Reino Achemi de Jordania, Surinam, Camboya, Samoa, Tonga y otros países, es decir, relaciones en los cinco continentes, con países gigantes y con países pequeños. Le dio una naturaleza especial a las relaciones con la OLP y la Federación Rusa. Recibió las credenciales del Primer Embajador Británico ante la Santa Sede, desde el reinado de Enrique VIII y del Embajador de Suecia, después de siglos de separación.
El Pontífice Juan Pablo II, también estuvo pendiente de los conflictos bélicos que desgarran a la humanidad. De esta forma, en la Sexta Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos sobre “La penitencia y la reconciliación en la misión de la Iglesia”, envía un mensaje a los jefes de Gobierno de los Estados Unidos y la Unión Soviética, para que negocien y pongan fin a la carrera armamentista. Igualmente en una carta apostólica sobre Jerusalén, llama a ésta, Sagrado Patrimonio de todos los creyentes y encrucijada de paz para los pueblos de Oriente Medio.
Hace un llamado a la paz entre Argentina y Gran Bretaña en la guerra de las Malvinas. Realiza un encuentro privado con Yasser Arafat, líder del pueblo palestino para buscar la paz en Oriente, y hace un llamado a la paz en el Líbano, tras el asesinato del Presidente electo Gemayel. El Vaticano e Israel forman relaciones diplomáticas completas que buscan terminar con casi 2000 años de desconfianza entre cristianos y judíos. Organiza en Asís, una reunión de dirigentes religiosos del mundo para orar por la paz, y consigue una tregua de un día de todos los conflictos en el mundo, que coincide con ese día de oración.
Recibe en dos ocasiones a Andrés Gromiko, Canciller de la URSS, para abrir la comunicación con esta potencia mundial. Desde su lecho de hospital, hace un llamado por la paz en los Balcanes y organiza una oración en Asís con el mismo motivo. Organiza contactos de trabajo de carácter permanente y oficial, entre la Santa Sede y la OLP, y cuando se interrumpe el diálogo en Medio Oriente, hace un llamado a Arafat y a Netanyahu a reanudarlo. Abre relaciones diplomáticas con Libia y recibe a Mohamed Jalami, Presidente de la República Islámica de Irán. La Santa Sede firma la Convención que prohíbe las minas antipersonales y dona cien mil dólares a la Cruz Roja Internacional con ese propósito.
Recibe a Mijail Gorbachov, Presidente de la URSS y Secretario General del Partido Comunista. Envía un mensaje personal a Reagan y a Gorbachov, instándolos a buscar la paz en el mundo, con motivo de la reunión en Ginebra. Condena los bombardeos de la OTAN a Yugoslavia y organiza una reunión de alto nivel en el Vaticano para ver la situación de Kosovo, con embajadores de la Santa Sede, países de la OTAN y Consejo de Seguridad de la ONU. Recibe a Fidel Castro en el Vaticano y acepta realizar una visita pastoral a la Isla de Cuba. Denuncia la discriminación racial en Sudáfrica, y en un viaje a Sicilia ataca a la mafia siciliana.
También Juan Pablo II se preocupó por impulsar la comunicación entre otras iglesias, y entre la Iglesia Católica y los no creyentes. Fue el primer Papa que visitó una Sinagoga y oró con el Rabino principal de Roma, lo que ha constituido el mayor avance entre católicos y judíos. Igualmente fue el primer Papa que visitó un templo islámico, la Mezquita de Omayyad, encontrándose con el Gran Mufti de Siria, Jeque Aha mad Kuttaro.
También el Papa fue fustigador de las injusticias sociales, en su encíclica “El Redentor de los hombres”, señala lo siguiente: “Es bien conocido el cuadro de la civilización consumista, que consiste en exceso de bienes necesarios al hombre, mientras los demás sufren el hambre y muchas personas mueren por desnutrición” Esto en tela de juicio las estructuras y los mecanismos financieros, monetarios, productivos y comerciales que, apoyados en diversas presiones políticas, rigen la economía mundial”. La dilapidación -continúa- a ritmo acelerado de... “los recursos materiales y energéticos, comprometen el ambiente geofísico,... hacen extenderse continuamente las zonas de miseria y con ellas la angustia, frustración y amargura de las personas”.
Posterior a esta Encíclica, condenó al neoliberalismo, llamándole capitalismo salvaje. Igualmente condenó la discriminación de la mujer, de las minorías, la explotación sexual y estuvo pendiente de los males que aquejan a la humanidad, denunciando cada uno de ellos en su momento. Escribió cinco libros personales, entre ellos el más conocido, llamado “Cruzando el umbral de la esperanza”.
Juan Pablo II, es el Papa que más y mejor ha utilizado los medios de comunicación, y al respecto señaló: “Los que predicaron el Evangelio nunca imaginaron el papel de los medios de comunicación. La Iglesia no puede renunciar a estar cada vez más implicada en el mundo de la comunicación”. Y continúa señalando: Aquellos que trabajan para los medios de comunicación, deben ser conscientes de sus responsabilidades, sobre todo con los más débiles, expuestos sin protección alguna a programas violentos y que dan una imagen deformada del hombre, de la familia y de la vida. Pidió que, entre comillas, los medios de comunicación respeten siempre la verdad y los valores de la familia.
Karol Wojtyla, un sacerdote, Obispo, Arzobispo y Cardenal de la guerra fría, fue ungido Papa en los años de mayor tensión en el mundo bipolar del Siglo XX. Quienes pensaron y pensamos que Su Santidad guiaría su pontificado sólo por motivos ideológicos y por su experiencia personal, nos equivocamos; Juan Pablo II trascendió las razones ideológicas, trascendió a su tiempo y fue más allá, pensando en la humanidad.
Y mientras en Davos, un lugar de recreo Suizo, donde se reúnen los representantes de los países ricos para concluir que hay que globalizar el comercio, la economía y la pobreza; y también cuando los países pobres y subdesarrollados se reúnen en el antidavos y deciden que hay que globalizar las luchas, la resistencia y la esperanza; Su Santidad sabiamente pide, cuando arriba el nuevo siglo: “Que éste sea el siglo de la solidaridad”.
Muchas gracias.
OFICIAL DE PROTOCOLO:
Santo Padre, nuestro Papa peregrino, Su Santidad Juan Pablo II, Nicaragua, tu pueblo mariano y el mundo cristiano, hoy te rinden homenaje póstumo. Nicaragua siempre te llevará en el corazón.
Tendremos las palabras de Su Excelencia Reverendísima, Monseñor Jean Paul Gobel, Nuncio Apostólico de Su Santidad Juan Pablo II en Nicaragua.
MONSEÑOR JEAN PAUL GOBEL:
Excelentísimo Presidente de la Asamblea Nacional, René Núñez Téllez;
Señoras y señores miembros de la Junta Directiva y Diputados ante la Asamblea Nacional;
Excelencia Reverendísima, Monseñor Bosco Vivas, Presidente de la Conferencia Episcopal;
Su Excelencia, Monseñor Jorge Solórzano, Administrador Diocesano de la Arquidiócesis de Managua;
Su Excelencia, Monseñor Abelardo Matta, Obispo de Estelí;
Hermanos en el sacerdocio;
Excelentísimos colegas del Cuerpo Diplomático y representantes de organismos internacionales;
Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral;
Honorables Diputados ante el Parlamento Centroamericano;
Honorables señores miembros del Gabinete de Gobierno;
Honorables miembros de la Contraloría General de la República;
Honorables miembros del Ejército de Nicaragua y de la Policía Nacional;
Amigos periodistas;
Invitados especiales:
Agradezco a la Junta Directiva y a la Asamblea Nacional, este sentido homenaje al Papa Juan Pablo II, homenaje que ustedes como representantes del pueblo de Nicaragua en este Poder del Estado han querido expresar a la Santa Sede y a la Iglesia de Nicaragua. Veo en este gesto una manifestación de todo el amor de este pueblo hacia el Papa Juan Pablo II. Pues sí, el Papa, este Papa amó a Nicaragua, lo expresaba con muchos gestos y palabras de afectos. Cuando me despedí de él, antes de llegar a Nicaragua como Nuncio, me mencionó muchos nombres y me habló de su gran cariño para Nicaragua y para los nicaragüenses todos. Cariño es la palabra misma que él utilizó en castellano, pues el Papa amaba a Nicaragua, pero también se preocupaba por Nicaragua.
Hace poco tiempo decía Juan Pablo II a vuestro Embajador ante la Santa Sede, y lo cito: “En las dos visitas a su país, pude comprobar que los nicaragüenses son un pueblo alegre, dinámico, con profundas raíces cristianas y les deseo un porvenir sereno, en que todos pueden ser beneficiarios del constante desarrollo. Sin embargo, a lo largo de la historia han pasado muchas pruebas, a los desastres naturales como terremotos, huracanes, se han añadido años de enfrentamiento social y problemas internos que ha llevado a muchos de sus habitantes a vivir en situaciones de dificultad y pobreza, con las lacras que ello genera en todos los órdenes: Desintegración familiar, falta de acceso a la educación, problemas de vivienda y de atención sanitaria, entre otros”.
El Papa conocía muy bien la situación real de Nicaragua, pero no era pesimista. Hay motivos, dijo, para abrirse a la esperanza de un futuro mejor. Se detecta una mayor solidaridad, no sólo por parte de las naciones amigas, sino ante todo por parte de los mismos ciudadanos conscientes de la necesidad de participación. Son ellos, los nicaragüenses, quienes han de trabajar, con denuedo y tesón, para mejorar la propia Patria.
Son bien conocidas la laboriosidad, la fuerza moral, el espíritu de sacrificio de los nicaragüenses ante las adversidades, lo han demostrado tantas veces. Si bien es cierto que las ayudas externas son necesarias en ocasiones, se ha de tener presente que los mismos nicaragüenses, con las ricas cualidades que les distinguen, han de ser los protagonistas y artífices principales de la construcción cotidiana del país, comprometiéndose con esfuerzo y tesón a superar las dificultades, las situaciones difíciles tantas veces agravadas por la pobreza extrema de muchos, el desempleo o la falta de vivienda digna.
Las situaciones de extrema pobreza en cualquier lugar que se manifiesten son las primeras injusticias, su eliminación debe representar para todos una prioridad tanto en el ámbito nacional, como en el internacional. El Papa, pues, anima a todos, y cito: “Hacer frente a este mal, estas situaciones de extrema pobreza que no se pueden considerar endémicas, sino resultado de una serie de factores que hay que enfrentar con decisión y entusiasmo, de modo que se pueda mejorar verdaderamente la calidad de la vida de los nicaragüenses.
Dichos esfuerzos, unidos a los de la comunidad internacional, cuya ayuda debe ser bien administrada, con una gestión transparente, honesta y eficaz, son presupuestos imprescindibles para construir una sociedad pacífica, justa y solidaria que responda verdaderamente a los anhelos de los nicaragüenses y esté en consonancia con sus tradiciones. En esta lucha contra la pobreza, es también un factor importante la erradicación de la corrupción, que socava el justo desarrollo social y político de tantos pueblos”. Hasta aquí las palabras del Papa.
Honorables miembros de esta Asamblea Nacional, Juan Pablo II siempre ha comprendido y apreciado la vocación y misión de los dirigentes políticos, las dificultades y desafíos que encuentran en su trabajo. Muchas veces, en foros nacionales e internacional, a animados responsables políticos ha insistido sobre la nobleza de su vocación al servicio de la República. Al responsable político se dirigía el Papa en Octubre del 2000, a proponer un modelo de santidad política. Pues sí, para Juan Pablo II existe una santidad política, dedicar su vida al servicio de la República.
Es una vocación noble que necesita -y ustedes bien lo saben- dedicación, y abnegación, proclamando el Papa a Santo Tomás Moro, gran Canciller de Inglaterra, como patronos de los gobernantes y políticos, escribía: “Es útil volver al ejemplo de Santo Tomás Moro, que se distinguió por la constante fidelidad a las instituciones legitimas, precisamente porque en las mismas quería servir no al poder, sino al supremo ideal de justicia.
Su vida nos enseña que el Gobierno es antes que nada, ejercicio de virtudes. Convencido de este riguroso imperativo moral, el estadista inglés puso su actividad pública al servicio de la persona, especialmente si era débil o pobre. Gestionó las controversias sociales con exquisito sentido de equidad. Tuteló la familia y la defendió con gran empeño. Promovió la educación integral de la juventud, el profundo desprendimiento de honores y riquezas, la humildad serena y jovial. El equilibrado conocimiento de la naturaleza humana, así como la seguridad del juicio, basado en la fe, le dieron aquella confiada fortaleza interior que lo sostuvo en las adversidades y frente a la muerte.
Su Santidad brilló en el martirio, se forzó a través de toda una vida entera de entrega a Dios y al prójimo”. Fin de citación. Es cierto, como lo han dicho ustedes, que el Papa Wojtyla desempeñó un papel muy activo en la escena internacional, y eso no sorprende a nadie, ha sido una de las constantes de su largo pontificado, lo ha hecho a veces de forma muy enérgica, porque Juan Pablo no podía amar a Dios sin amar a la humanidad.
Lo he dicho ayer noche en la Catedral, y lo voy a repetir porque es importante: Ciertamente muchas veces el Papa ha hablado sobre asuntos sociales, económicos o de justicia social, como lo han hecho los Obispos de Nicaragua. ¿El Papa ha hecho política? No; sencillamente ha confirmado que el amor a Dios es auténtico solamente cuando camina a la par con el amor al prójimo, un amor que no es emocional y sentimental, sino más bien concreto, comprometido y eficaz.
El mensaje del Papa es muy claro, él nos dice que la persona humana, la familia y la sociedad son los protagonistas de la paz, que ofrecen el calor de un afecto cercano y constante, lejos del cálculo, de la traición y de la explotación. La familia de modo particular garantiza el clima de seguridad y confianza, que prepara a los niños y a los jóvenes, en hombres y en mujeres de bien y responsables. Afirma además Juan Pablo II que el Estado puede hacer mucho, facilitando medios y estructuras de ayuda para el progreso auténtico de la paz y el desarrollo.
La clave de todo, es el respeto a la dignidad de la persona, imagen de Dios. Y en eso Juan Pablo no innova nada, ésa es la línea de sus predecesores, Juan XXIII ya decía: “En toda convivencia humana bien ordenada y provechosa, hay que establecer como fundamento, el principio de que todo ser humano es persona, esto es, naturaleza dotada de inteligencia y de libre albedrío y que por tanto el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza. Estos derechos y deberes son para ellos universales, inviolables y no pueden renunciarse por ningún concepto”.
Hermanas y hermanos, representantes del pueblo de Nicaragua, el mejor homenaje que podemos hacer a este Papa Juan Pablo Magno, es la fidelidad a su mensaje y a su ejemplo.
Que Dios bendiga a Nicaragua. Que Dios bendiga a cada uno de ustedes y a sus familias.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Se cierra esta Sesión Solemne, dedicada a Su Santidad Juan Pablo II.
Managua, Nicaragua
2005
.
CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA DOCE DE ABRIL DEL AÑO 2005, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGESIMA PRIMERA LEGISLATURA).
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Iniciamos la Sesión, pidiéndole a la Primer Secretaría que nos confirme el quórum.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS
MARIA DOLORES ALEMAN CARDENAL
FREMIO ISABEL ALTAMIRANO MONTENEGRO
OCTAVIO RAMON ALVAREZ MORENO
BENITA DEL CARMEN ARBIZU MEDINA
FERNANDO JOSE AVELLÁN MARTINEZ
GLADIS DE LOS ANGELES BAEZ
JOSE DE LOS ANGELES CASTILLO OSEJO
JOSE DAVID CASTILLO SANCHEZ
PORFIRIO RAMON CASTRO ARAUZ
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
CARLOS JOSE GADEA AVILES
JAIME RENE GARCIA MANGAS
RUBEN DE JESUS GOMEZ SUAREZ
JORGE ULISES GONZALEZ HERNANDEZ
RAMON ENRIQUE GONZALEZ MIRANDA
VICTOR MANUEL GUERRERO IBARRA
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
RENE HERRERA ZUNIGA
ROBERTO JOSE LUNA
DONALD LACAYO NUÑEZ
ANA ESPERANZA LAZO ALVAREZ
REYNALDO ALEXANDER MAIRENA VALLEJOS
JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ
ORLANDO JOSE MAYORGA SANCHEZ
EDUARDO LUIS MENA CUADRA
VICTOR MANUEL MIRANDA VARGAS
OSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDON
GUILLERMO MONTENEGRO
LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
FIDEL ANTONIO MORENO BRIONES
SANTOS RENE NUÑEZ TELLEZ
ALFONSO RAUL ORTEGA URBINA
MARIA HAYDEE OSUNA RUIZ
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
LEONEL PANTIN WILSON
NOEL ORLANDO PEREIRA MAJANO
BLADIMIR PINEDA SOZA
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTEZ
EDGAR ENRIQUE QUIÑONES TUCKLER
NOEL ERNESTO RAMIREZ SANCHEZ
GABRIEL RIVERA ZELEDON
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MIRNA DEL ROSARIO ROSALES AGUILAR
RIGOBERTO HILARIO SAMPSON GRANERA
MARCO AURELIO SANCHEZ GAMEZ
ROBERTO SANCHEZ TORREZ
JOSE DAMICIS SIRIAS VARGAS
FREDDY SOLORZANO ALTAMIRANO
JORGE MIGUEL TORREZ MALESPIN
DAYSI RAFAELA TREJOS OROZCO
ALBERTINA URBINA ZELAYA
HENRY ENRIQUE URCUYO MALIAÑO
FELICITA LUCILA ZELEDON RODRIGUEZ
Muy buenos días, honorables Diputados.
Señor Presidente: Hay quórum de ley con 55 Diputados presentes.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Se abre la Sesión.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el Adendum 8, Punto 6.6: DECRETO No.10-2005 QUE AUTORIZA LA SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL DE UN CONTINGENTE DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA LA REPUBLICA DE CHILE, EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 9 AL 30 DE JUNIO DEL AÑO 2005, PARA PARTICIPAR EN EJERCICIOS ANTITERRORISTA "FUERZA COMANDO".
Managua, 7 de marzo de 2005
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Decreto No. 10-2005 que autoriza la salida del territorio nacional de un Contingente de Tropas del Ejército de Nicaragua hacia la República de Chile en el período comprendido del 9 al 30 de junio del año 2005, con el objetivo en participar en Ejercicios Antiterroristas "Fuerzas Comando".
Espero que esa Honorable Asamblea Nacional dé su autorización de acuerdo a lo establecido en el artículo 138 numeral 26 Cn., asimismo solicito se le dé trámite de urgencia, conforme al párrafo 5 del artículo 141 Cn.
Aprovecho la ocasión para testimoniar de Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Gobierno de Nicaragua por medio del Ejército, ha intensificado intercambios de experiencia con diferentes Ejércitos para consolidar lazos de amistad y cooperación con diferentes instituciones militares de otros países amigos que brindan su cooperación para preparar a los miembros de nuestro Ejército en la prestación de servicios de búsqueda, salvamento y rescate, evaluación y auxilio de la población civil afectada por acciones causadas por terroristas.
La salida de nuestro país de un contingente reducido de tropas de nuestro Ejército hacia la República de Chile, tiene como fin intercambiar experiencias mediante la realización de ejercicios de evacuación y seguridad, especialmente de ayuda humanitaria que nos prestarán en los diferentes aspectos, en beneficio del entrenamiento de nuestras fuerzas.
Por todo lo expuesto, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto, que autoriza la salida del Territorio Nacional de un contingente de nuestro Ejército hacia la República de Chile, para realizar con las Fuerzas Armadas de dicho país, Intercambio de Experiencia, en el período comprendido del 9 al 30 de junio del año 2005. Así mismo con fundamento en el párrafo 5 del artículo 141 de nuestra Constitución Política, solicito se le dé trámite de urgencia al presente Decreto.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión en lo general.
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
DECRETO NO. 10-2005
El Presidente de la República de Nicaragua
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto. 1
Autorizar para fines humanitarios la salida del territorio nacional y permanencia en la República de Chile, de un contingente compuesto por 10 efectivos Militares del Ejército de Nicaragua en el período comprendido del 9 al 30 de junio del año 2005, con el objeto de participar en Ejercicios Antiterroristas "Fuerza Comando", todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 138, numeral 26 de la Constitución Política de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 2
Enviar el presente Decreto a la Honorable Asamblea Nacional para su autorización.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3, y con él se aprueba el Decreto No. 10-2005.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el mismo Adendum 8, el Punto 6.7: DECRETO No.11-2005 QUE AUTORIZA LA SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL DE UN CONTINGENTE DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA LA REPUBLICA DE HONDURAS, EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 10 AL 30 DE ABRIL DEL AÑO 2005, PARA PARTICIPAR EN EJERCICIOS DE SALTO MULTINACIONAL DE PARACAIDISMO "IGUANA VOLADORA".
Managua, 7 de marzo de 2005
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Decreto No. 11-2005 que autoriza la salida del territorio nacional de un Contingente de Tropas del Ejército de Nicaragua hacia la República de Honduras, en el período comprendido del 10 al 30 de abril del año 2005, con el objetivo en participar en Ejercicios de Salto Multinacional de Paracaidistas "Iguana Voladora".
Espero que esa Honorable Asamblea Nacional dé su autorización de acuerdo a lo establecido en el artículo 138 numeral 26 Cn., asimismo solicito se le dé trámite de urgencia, conforme al párrafo 5 del artículo 141 Cn.
Aprovecho la ocasión para testimoniar de Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Gobierno de Nicaragua por medio del Ejército, ha intensificado intercambios de experiencia con diferentes Ejércitos para consolidar lazos de amistad y cooperación con instituciones militares amigas que brindan su cooperación para preparar a los miembros de nuestro Ejército en la prestación de servicios de búsqueda, salvamento y rescate, a la población civil afectada por fenómenos naturales o antropogénicos.
La salida de nuestro país de un contingente reducido de nuestro Ejército hacia la República de Honduras, para intercambiar experiencias mediante la realización de ejercicios de Salto Multinacional de Paracaidistas "Iguana Voladora", especialmente de ayuda humanitaria que nos prestarán en los diferentes aspectos, en beneficio del entrenamiento de nuestras fuerzas.
Por todo lo expuesto, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto, que autoriza la salida del Territorio Nacional de un contingente de nuestro Ejército hacia la República de Honduras, para realizar con las Fuerzas Armadas de dicho país, Intercambio de Experiencia, en el período comprendido del 10 al 30 de abril del año 2005. Así mismo con fundamento en el párrafo 5 del artículo 141 de nuestra Constitución Política, solicito se le dé trámite de urgencia al presente Decreto.
Hasta aquí la Exposición de Motivos
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión en lo general.
Diputado Bladimir Pineda, tiene la palabra.
DIPUTADO BLADIMIR PINEDA
Gracias, Presidente.
El tema que quería abordar no corresponde a la discusión en lo general. Mucho le agradecería, Presidente, que me autorice la participación en otro tema de carácter nacional, y que se circunscribe al Departamento de Río San Juan.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Entonces, a votación en lo general.
Se abre la votación.
Se cierra la votación.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
DECRETO No. 11-2005
El Presidente de la República de Nicaragua
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto.1
Autorizar para fines humanitarios la salida del territorio nacional y permanencia en la República de Honduras, de un contingente compuesto por 12 efectivos Militares del Ejército de Nicaragua en el período comprendido del 10 al 30 de abril del año 2005, con el objeto de participar en Ejercicios de Salto Multinacional de Paracaidistas "Iguana Voladora", todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 138, numeral 26 de la Constitución Política de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se cierra la votación.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto.2
Enviar el presente Decreto a la Honorable Asamblea Nacional para su autorización.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3, y con él se aprueba el Decreto No. 11-2005.
Tiene la palabra Bladimir Pineda Soza.
DIPUTADO BLADIMIR PINEDA SOZA:
Gracias, Presidente.
Quería referirme particularmente... y la verdad es que no es un caso particular, sino que es un caso de interés nacional y hasta mundial, es el caso de la Reserva Indio Maíz en el Departamento de Río San Juan. Recientemente salió publicado en los medios de comunicación un artículo que realmente debería de tenernos a todos asustados, se trata incluso hasta de violaciones a la ley por parte de entidades del Gobierno Central, que de una manera irresponsable han autorizado -incluso violando todo procedimiento y acuerdo institucional con las autoridades departamentales y nacionales- hasta puestos fronterizos distintos a lo establecido por la ley, para sacar madera.
Esto incluso ha sido vertical, desde la capital, desde Managua, definitivamente como en los mejores tiempos de la Colonia, han autorizado los funcionarios del Gobierno el saqueo de esta Reserva. Hay que hacer notar, agradecer y también pedir al Ejército y a la Policía, que continúen en esa posición patriótica de impedir el tráfico de madera por este puesto ilegal que están autorizando desde la capital las autoridades del Gobierno Central, específicamente la Dirección General de Aduanas. También hay que destacar en este caso la valentía de funcionarios intermedios departamentales, como el Delegado de INAFOR y el de la misma Dirección General de Aduanas, que se han opuesto a este tipo de medidas, a pesar del impulso que traen desde las autoridades superiores.
Yo creo que nos debe de ocupar en la Asamblea Nacional este tipo de tema, porque es de carácter nacional y, como dije, hasta de carácter mundial, porque recientemente la UNESCO declaró Patrimonio de la Humanidad esta Reserva. Yo creo que es necesario, señor Presidente y miembros de la Junta Directiva, formar una Comisión Especial para que investigue este caso. Está demás hacer más especificaciones, porque ha sido público a través de medios de circulación nacional esta denuncia. Y también agradecerle a Tatiana, la corresponsal del Diario La Prensa en Santo Tomás, Chontales y en Río San Juan, por esta investigación excelente que ha hecho respecto a este tema. De tal manera que resumiendo, me parece necesario que se forme una Comisión Especial.
Por mi parte, como miembro de la Comisión de Medio Ambiente de esta Asamblea Nacional, vamos a llamar a estos funcionarios. Pero me parece importantísimo la formación de una Comisión Especial para que investigue, porque realmente es un caso que puede desencadenar en actos de corrupción de gran envergadura. Estamos hablando de que incluso es un problema hasta de patriotismo, es un problema de frontera, en donde se están autorizando lugares que no están debidamente establecidos por la ley y por las instituciones del Gobierno, como salida y entrada por el territorio nacional.
Muchísimas gracias, Presidente, y ojalá que estas palabras no se las lleve el viento, y usted pueda ordenar, orientar la formación de una Comisión Especial que investigue a la brevedad posible este caso en la Reserva de Río San Juan.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Pase la moción por escrito, Diputado.
Tiene la palabra el Diputado Marco Aurelio Sánchez.
DIPUTADO MARCO AURELIO SANCHEZ:
Gracias, señor Presidente.
Yo quería respaldar las palabras del Diputado de Río San Juan, porque en realidad es triste ver cómo la madera sale por puntos ciegos en este país. Aquí a cualquier ciudadano que tiene un árbol en su casa y que ya tal vez le está estorbando y pide permiso para botarlo le ponen una serie de trabas. Vemos en muchas delegaciones de policía de las municipalidades, grandes cantidades de madera que se les quitan a muchas personas, que tal vez por equis o ye motivo no pudieron sacar los permisos o no llevan algo en regla. Sin embargo, aquí estamos permitiendo que las tucas salgan sin procesar y que no quede la madera para hacer muebles internamente en el país.
Yo creo que esto es un acto de corrupción, y me sumo y respaldo la actitud del Diputado de Río San Juan, porque tenemos que velar por los recursos madereros de este país. La madera es un bien precioso en el mundo, y pueden constatar lo que vale un mueble de madera en cualquier país desarrollado. Así pues que me sumo y respaldo la actitud, y pido que se forma esa Comisión para que se vea este problema tan serio, porque quien sabe desde cuándo están sacando madera por cualquier otro punto ciego de las fronteras de Nicaragua.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Rigoberto Sampson.
DIPUTADO RIGOBERTO SAMPSON:
Gracias, señor Presidente.
Ya que se está hablando de este tema, me parece que es muy oportuno, pero creo que no sólo se debe circunscribir a la zona del Río San Juan, también en el diario "Hoy" aparecen otras situaciones de este tipo, tal vez hasta más graves, en la zona de la RAAN, en la Región del Atlántico Norte, allí hay un despale enorme que incluso se califica como que las consecuencias van a ser tremendamente graves al ecosistema, provocado por empresas que han estado trabajando sin permiso y violando todas las leyes del medio ambiente.
De manera que yo respaldo esa moción, pero que se extienda a toda esta problemática no solamente a la de Río San Juan sino que también a la de la RAAN, incluso en algunas zonas de Occidente está sucediendo lo mismo. INAFOR está dando concesiones sin consentimiento de los mismos Municipios, violando la Ley Forestal, y creo que es algo que esta Asamblea tiene que tomar en cuenta. Yo creo que dentro de todos los problemas que hemos analizado nosotros, hemos dejado de lado esto que es fundamental; no podemos seguir permitiendo las cosas que están sucediendo con la explotación de los bosques en nuestro país y con la falta de vigilancia de nuestros recursos naturales.
Incluso, aquí hay varios proyectos de leyes que debieran de ser introducidos a la Agenda, en el Orden del Día, para aprobarlos, entre ellos de los delitos ambientales. Esta ley ya tiene meses de estar dictaminada, y yo los invitaría, además de apoyar la moción de formación de la Comisión, que también a la brevedad posible discutamos este tipo de leyes, para que tratemos de regular y además insistir con el Gobierno a que las leyes se cumplan, y si no interpelar a las autoridades competentes en esta área.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Tiene la palabra don José Castillo Osejo.
DIPUTADO JOSE CASTILLO OSEJO:
Gracias, señor Presidente.
Yo creo que lo peor que tenemos en Nicaragua es la anarquía, aquí existen las leyes prohibiendo todo, y donde no se cumple absolutamente nada. Aquí no es necesario poner postas para determinar y detectar quién trae, quién saca la madera y cómo la saca, con o y sin permiso. En cualquiera de las carreteras del Norte del país, usted va a encontrar las rastras, los camiones con los enormes rollos de madera, y no hay quien diga por qué, de dónde, cómo lo sacaste, quién te dio permiso. Yo creo que nosotros no solamente estamos para legislar, sino para vigilar el cumplimiento estricto de la ley. Si la Asamblea Nacional ha legislado sobre la prohibición del corte de madera en las Reservas, la misma Asamblea tiene que hacer que se cumpla esa ley, ya que el Ejecutivo no lo hace.
Si viajamos a la Costa Atlántica, da grima, da enfado ver cómo han asolado los enormes campos de madera preciosa. Y venimos caminando y vamos caminando hacia el Sur, ya asolamos el Norte, ahora vamos al Sur, que es la queja de nuestro querido amigo y colega Bladimir. Es importante el celo que demuestre la Asamblea Nacional en el cumplimiento de las leyes, pues de nada nos sirve estarnos quejando, de nada nos sirve estar diciendo que la ley prohíbe, si nosotros no la hacemos cumplir.
Creo, señor Presidente, que es importante lo que se ha señalado aquí, la organización, la construcción, la dirección o como quieran llamarle, de una Comisión que actúe directamente, que llame o investigue el por qué de la tala de nuestros bosques, y por qué estamos dejando todo asolado. Ayer presentaban los periódicos una fotografía que verdaderamente dan ganas de llorar, de entristecerse diariamente con lo que pasa en nuestro país.
Yo conocí en 1950 el Río Coco a la altura de Ocotal, había que pasarlo en bote, no existía el puente todavía, y era navegable; hoy ya sólo es arena a la altura del puente de Ocotal, y es un hilo de agua lo que corre ya en el Río Coco, debido a los enormes despales que han terminado con la protección de la cuenca de este fenomenal río. Señor Presidente, yo me sumo al clamor de Bladimir Pineda, me sumo y respaldo la idea de que se organice la Comisión para que verdaderamente demos seguimiento a lo que está pasando en nuestro país con la madera preciosa.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Vamos al Punto 3.28.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el mismo Adendum 8, Punto 3.28: DECRETO DE PRESTAMO No. 1545/SF-NI, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), PARA FINANCIAR EL "PROGRAMA DE APOYO A LA SECRETARIA DE COORDINACION Y ESTRATEGIA DE LA PRESIDENCIA (SECEP). (Dictamen Desfavorable).
Managua, 3 de Marzo de 2005.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, recibió el mandato de dictaminar la solicitud del
PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO No.1545/SF-NI, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE APOYO A LA SECRETARIA DE COORDINACION Y ESTRATEGIA DE LA PRESIDENCIA (SECEP), EL QUE TIENE MONTO DE US$7,777,780.00 (Siete millones setecientos setenta y siete mil setecientos ochenta dólares).
La Comisión luego de analizar y valorar el espíritu de este contrato de préstamo, considera importante expresar los siguientes puntos de vista:
ANTECEDENTES
FIRMA DEL CONVENIO
El 05 de Agosto de 2004, fue suscrito entre el Señor Eduardo Balcárcel, Representante del Banco Interamericano de Desarrollo en Nicaragua y el Doctor Eduardo Montiel Morales, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, el
contrato de Préstamo No. 1545/SF-NI. "Programa de Apoyo a la Secretaría de Coordinación y Estrategia de la Presidencia (SECEP)" (Publicado en la Gaceta #91 Diario Oficial del 11-05-04.
OBJETIVO GENERAL
Es enfrentar los retos económicos y sociales, logrando una mejor coordinación y eficiencia de la inversión pública con los fondos locales y externos, así como un mejor seguimiento de las inversiones y estrategias de crecimiento económico y desarrollo social, tanto en el ámbito nacional, como regional y municipal.
COSTO TOTAL DEL PROGRAMA
El costo total del programa se estima en el equivalente de siete millones setecientos setenta y siete mil setecientos ochenta dólares de los Estados Unidos de América (US$7,777,780.00).
MONTO DEL FINANCIAMIENTO
En los términos de este Contrato, el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID),
se compromete a otorgar al Gobierno de la República de Nicaragua, un préstamo con cargo a los recursos del Fondo para Operaciones Especiales (
FOE),
hasta por una suma de s
iete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$7,000,000.00)
o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con cargos a este financiamiento constituirán el "Préstamo".
ELEMENTOS GENERALES DEL CONVENIO.
El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el artículo 6.04 de las Normas Generales, el Prestatario se compromete a aportar oportunamente para la completa e interrumpidamente ejecución del Proyecto, se estima en el equivalente de
Setecientos Setenta y Siete Mil Setecientos Ochenta Dólares (US$777,780.00),
sin que esta estimación implique limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho artículo. Para computar la equivalencia en Dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso (c) del artículo 3.05 de las Normas Generales.
El Préstamo deberá ser totalmente amortizado por el Prestatario en un plazo de cuarenta (40) años contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota deberá pagarse a los diez (10) años y seis (6) meses contados a partir de la fecha de firme del presente Contrato.
El Prestatario pagará semestralmente sobre los saldos deudores diarios del Préstamo intereses del 1% por año, por diez (10) años contados a partir de la fecha de la firma del presente Contrato y del 2% por año desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos. El primer pago se efectuará a los seis meses de la fecha de firma del presente Contrato.
Los intereses serán abonados con recursos del financiamiento y sin necesidad de solicitud del Prestatario, durante el período de desembolso y en las fechas establecidas en el párrafo anterior.
Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, éste pagará una comisión de crédito del 1/2% por año, que empezará a devengarse a los doce (12) meses contados a partir del 30 de Junio de 2004, fecha de la Resolución del Directorio Ejecutivo del Banco en la que aprobó este financiamiento.
Esta Comisión se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, en las mismas fechas estipuladas para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las Estipulaciones Especiales.
Esta Comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que se hayan efectuados los respectivos desembolsos; o haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento de conformidad con los
artículos 3.12, 3.13 y 4.02
de las Normas Generales y con las pertinentes de las Estipulaciones Especiales.
Para aportar a la elaboración de juicio sobre el dictamen se incorpora literalmente el siguiente cuadro de distribución de los recursos.
COSTO Y FINANCIAMIENTO
(EN MILES DE US$)
Categoría Presupuestaria
BID
Local
Total
A.
Fortalecimiento Institucional
1,222,02
297.60
1,519.6219.5%
B.
Seguimiento evaluación de Impacto
540.00
360.00
900.0011.6%
C
Fortalecimiento SNIP
3,834.80
3,834.8049.3%
D.
Sistema de Gestión de Gobierno
894.50
894.5011.5%
E.
Otros
359.18
55.48
414.685.3%
F.
Costos Financieros
149.50
64.70
214.202.8%
Total General
7.000.00
777.78
7.777.78100.%
CONSIDERACIONES DE LA COMISION
La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado el objetivo y condiciones generales de este Decreto de Préstamo e interesados en contribuir de manera consecuente con el desarrollo económico del país, consideró vital para la ratificación de dicho decreto invitar a comparecer a los representantes de la Secretaría de Coordinación y Estrategia de la Presidencia (SECEP), con el ánimo de aclarar ciertas inconsistencias referente al contenido del Decreto, llegando a las consideraciones siguientes:
1.-) Se observó que la asignación de recursos planteado en este instrumento internacional no es consistente con el objetivo general planteado en el convenio para el desarrollo de nuestro país en el marco de la iniciativa HIPC, el cual debe ser la canalización de recursos concesionales con el fin de lograr fortalecimiento económico y contribuir al combate a la probreza. El préstamo en mención trae consigo altos componentes de inversión en consultorías, rubro justamente criticado por los honorables diputados de este parlamento y por la opinión pública nacional. Observamos con preocupación que de los más de 7.7 millones de dólares que incorpora este convenio, más de 6.1 millones de dólares es absorbido en consultoría. Visto por componentes, tenemos que en el componente referido al Fortalecimiento Institucional, el 92.3% corresponde a consultorías. Tanto al componente de seguimiento evaluación e impacto, así como el de Fortalecimiento al SNIP, se le asigna el 100% de sus montos respectivos, exclusivamente para consultoría. Y en el componente de Sistema de Gestión de Gobierno, el 95.6% corresponde también a consultoría. Ha sido una práctica que estos rubros de consultoría solo han servido para mantener una burocracia internacional, pagando mega salarios y demás beneficios profesionales totalmente alejados de nuestra realidad económica y que en lo concreto no dejan más que endeudamiento y frustración a nuestro país. Tal es el caso de la amarga experiencia tenida en este sentido con la propuesta de privatización de la seguridad social en nuestro país, de triste recordación y que solo dejó altos costos y deuda que ahora cargamos todos los nicaragüenses y que nos vemos obligados a cubrir con nuestros impuestos, detrimento de los sectores sociales empobrecidos y necesitados de apoyo económico.
ii.-) A la luz de la información que el mismo convenio nos proporcionó, procedimos a la convocatoria del órgano que aparece como ejecutor de estos fondos, el cual corresponde según el instrumento internacional referido a la SECEP, la cual compareció el jueves 3 de febrero del año en curso. La misma convocatoria tuvo como objetivo que este organismo explicara a los miembros de esta Comisión los motivos de semejante abultamiento en el componente de consultoría que presentaba el convenio. En ese momento los miembros de SECEP, coincidieron con nosotros en que tal y como estaba redactado cada uno de los componentes del convenio, de manera tan general e imprecisa, se prestaba a la posibilidad de manejo abiertamente discrecional de fondos por lo que se comprometieron inicialmente a enviar los supuestos estudios de prefactibilidad que se iban a financiar con el crédito aludido, fundamentalmente con el monto asignado al SNIP, información que llegó a manos de esta comisión con posterioridad, por misiva enviada por el señor Juan Sebastián Chamorro con fecha 4 de febrero de este año. Hay que destacar que ninguno de los estudios de pre-factibilidad que según esa masiva, se iban a realizar con este fondo, aparecen relacionados en el texto del convenio.
Con la información remitida reafirmamos la preocupación que esta falta de obligación y vinculación legal con el convenio que canaliza los fondos, permitiera el uso discrecional y arbitrario de los mismos por parte del organismo ejecutor, lo que no abona a la transparencia y eficiencia en el manejo de los recursos públicos. Por otro lado, nos llamó la atención que para los supuestos estudios solo se destinaba la mitad del préstamo y semejante cantidad de recursos, que ascienden al monto de 3.84 millones de dólares, a invertir en supuestos estudios de factibilidad, diseño y rehabilitación de carreteras, fueran ejecutados por una oficina de naturaleza tal como el SNIP, cuando tenemos a un órgano de gobierno con estructura de Ministerio, altamente especializado que podría ejecutar con mayor eficiencia y eficacia tal objetivo.
III.-) Está tan demostrada, la inadecuada distribución de los recursos contentivos de este convenio, que conciente de ello, el Señor Mario Franco, en su carácter de Secretario de Coordinación y Estrategia de la Presidencia de la República, envió misiva al Sr. Eduardo Valcárcel, Representante residente de BID, fechada el 1 de marzo de los corrientes, en el cual le solicita una reasignación de los mismos con una orientación diferentes, encaminada más a financiar lo ante posible, proyectos de alta prioridad para el país. De tal misiva rola copia en poder de esta comisión la que no pone a disposición de los honorables diputados para su consulta. No obstante en contestación a la misma, el Sr. Valcárcel hace saber que esta reorientación no se puede dar mientras no se ratifique el convenio tal y como fue pactado con el Ejecutivo, condición que consideramos inaceptable dado que el instrumento en si es totalmente insatisfecho y por lo tanto imposible de ratificar en todos sus extremos.
IV.-) Los suscritos miembros de esta comisión consideramos que este tipo de convenio de crédito, por muy ventajoso que sean los términos económicos y financieros en los que se contrata, estructurado tal y como se presenta, lejos de contribuir al desarrollo económico del país, sólo provoca un lesivo e innecesario endeudamiento en el marco de una economía evidentemente frágil y vulnerable, por lo que, sin detrimento de agradecer la expresión de apoyo y solidaridad que ha demostrado del organismo internacional que cede estos recursos, nos vemos en la imperiosa necesidad de no ratificar este convenio, hasta que los términos de referencia del mismo sean correcta y transparentemente orientado a paliar las grandes necesidades que atraviesa nuestro pueblo.
V.-) Instamos al Poder Ejecutivo a tomar las providencias necesarias con carácter inmediato para renegociar los términos de referencia del presente crédito, con el objetivo de permitir el acceso de estos fondos en un marco de transparencia y optimización de los recursos que notablemente pone a nuestra disposición la honorable cooperación internacional. De esta manera, desde ya, la Comisión de Asuntos económicos, finanzas y presupuesto, ofrece su apoyo a la ratificación, con la urgencia que los acontecimientos demandan.
DICTAMEN DE LA COMISION
Por todas las consideraciones relacionadas en el cuerpo del presente dictamen, los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Económicos Finanzas y Presupuesto con fundamento en el artículo 138 de la Constitución Política, inciso 1, artículo 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, hemos resuelto emitir el presente
DICTAMEN DESFAVORABLEMENTE AL "PROYECTO DE DECRETO DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO No.1545/SF-NI, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE APOYO A LA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ESTRATEGIA DE LA PRESIDENCIA (SECEP).
"Y, recomendamos al honorable Plenario
la aprobación de ESTE DICTAMEN DESFAVORABLE.
COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS, FINANZAS Y PRESUPUESTO.
BAYARDO ARCE CASTAÑO
Presidente
WALMARO GUTIERREZ MERCADO
Primer Vicepresidente
CARLOS NOGUERA PASTORA
Segundo Vicepresidente
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
JAMILETH BONILLA
Segundo Secretario
JOSE FIGUEROA AGUILAR
Miembro
RENE NUÑEZ TELLEZ
Miembro
ALBA PALACIOS
Miembro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión en lo general.
Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Buenos días, honorables miembros de esta Asamblea Nacional.
Gracias Presidente.
Quisiera solicitarles a todos los miembros de esta Asamblea, tal vez una particular atención a este Dictamen, porque es la primera vez que la Asamblea Nacional en uso de sus facultades -desde que tengo memoria histórica parlamentaria aquí en esta Asamblea- emite un Dictamen Desfavorable a un Convenio de Crédito. Por primera vez en la historia se hace esto, y la Comisión como tal expresó con mucha claridad en el Dictamen los motivos por los cuales era imposible apoyar este Convenio.
Desde el punto de vista jurídico, desde el punto de vista económico, desde el punto de vista social y fundamentalmente desde el punto de vista humano, aquí nosotros estamos viendo un instrumento de crédito internacional, que lejos de contribuir con el combate a la pobreza que tanto ha pregonado el Poder Ejecutivo, más en estos últimos tiempos, pretende arraigar a un conglomerado de asesores internacionales con megasalarios y otro tipo de beneficios, que prácticamente vienen a lucrarse de la pobreza, de la miseria y de la necesidad del pueblo de Nicaragua. Desde el punto de vista jurídico, éste es un Convenio de dudosa procedencia, y no lo decimos desde el punto de vista abstracto, lo decimos desde el punto de vista concreto.
Porque tal y como plantea este Convenio, que dice que es de fortalecimiento y apoyo institucional a la SECEP, y desarrolla una serie de componentes que estamos demostrando que son absolutas consultorías por más de siete punto siete millones de dólares. Cuando los Diputados de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto plateamos nuestras reservas a la estructura de este Convenio de la manera más ligera, algunos miembros del Poder Ejecutivo vinieron aquí a plantearnos que aprobáramos el Convenio tal y como estaba.
Y que eventualmente a la hora de ejecutar el Convenio, que nos pusiéramos de acuerdo en qué nosotros estábamos interesados y en qué no, para ejecutar estos fondos. Luego de eso, se le ocurre al señor Juan Sebastián Chamorro, que entonces una parte de los siete punto siete millones de dólares, o sea más de dos millones de dólares se ocupará en unos supuestos estudios de factibilidad para la realización de carreteras. ¿Qué es lo que les demuestra esto, honorables Diputados?
Que la ejecución de fondos de esta naturaleza, definitivamente deja un abierto margen de discrecionalidad al Poder Ejecutivo, el cual, con solamente la aprobación de un programa laxo como éste, después viene y hace cualquier barbaridad con los recursos del Estado. Los puede utilizar, desde pagar consultorías hasta estudios de factibilidad en carreteras, hasta la ejecución de canchas deportivas, pasando por lo que se les ocurra. Y si eso no es corrupción, honorables Diputados, definitivamente habría que revisar el concepto de corrupción en este país.
Sin embargo, nosotros le planteamos a esta gente que si tenían la firmeza de reorientar correctamente los recursos para el combate a la pobreza, que la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto les indicaba, que fueran con los organismos donantes a tratar de renegociar y hacer un Adendum a este Convenio. Un Adendum que dejará claro primero, que la ejecución de esta plata estaba en estricta coincidencia con el objetivo del Convenio; y segundo, que si el objetivo del Convenio quedaba claro que era para combatir la pobreza con planes y proyectos específicos destinados a paliar la pobreza de los nicaragüenses de este país, que la Comisión de Asuntos Económicos no tendría reparos en aprobar un Convenio de esa naturaleza.
Es más, el señor Mario DeFranco, consciente de que la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto estaba en la absoluta verdad, y que este crédito era además de una burla, un abuso, además de un abuso un atropello, y además de un atropello un vulgareo a la inteligencia básica del nicaragüense promedio, envía una carta al señor Valcárcel planteando la necesidad de hacer una reasignación de los recursos contenidos en este Convenio. Sucede que el señor Valcárcel, plantea que no es posible hacer una reasignación, porque el Convenio ya estaba pactado y fue inclusive hasta aprobado por el Directorio.
Y por lo tanto, que podía hacer muy poco desde su posición aquí en Nicaragua. Por otro lado, también es importante destacar los esfuerzos de la Comisión para desentrañar y desenmarañar convenios de esta naturaleza. Cuando nosotros estamos frente a serios problemas económicos como esta crisis energética, cuando nosotros nos enfrentamos a problemas de carácter presupuestario, para poder resolver las justas demandas de aumentos de salario del sector Salud, del sector Educación, del Ejército de Nicaragua, de la Policía Nacional, cuando esta Asamblea Nacional hace enormes esfuerzos por garantizar mayores transferencias a las municipalidades.
Cuando lo hace también para paliar la pobreza de las municipalidades, y que en alguna medida las municipalidades hagan obras en los Municipios que redunden en una mejoría de los estratos más empobrecidos de este país, nosotros nos topamos con convenios de esta naturaleza, que erizan los pelos. Es por eso, honorables Diputados, que ante la incapacidad del Gobierno, y ante la falta de sensibilidad de este Gobierno, ante la incapacidad real de este Gobierno de poder plantear convenios que vengan realmente a paliar o a combatir la pobreza, es que nosotros no podemos dictaminar favorablemente estos proyectos.
Hago la salvedad de que la cooperación internacional ha sido muy generosa con los nicaragüenses, y que han sido los gobiernos de turno, los gobiernos que les ha tocado administrar la cosa pública de este país, los que no han aprovechado las bondades de la cooperación internacional. La cooperación internacional no es infinita, es más, esta crisis del petróleo golpea no sólo a Nicaragua, golpea a todos los países del mundo, ricos, medianamente ricos, pobres, a todo el mundo golpea esta crisis energética; por lo tanto, se deja claro el carácter finito que tiene esta cooperación.
Y nosotros mal haríamos si la cooperación internacional, con lo generoso que ha sido con nosotros y adicionalmente con los serios problemas que estos países internamente enfrentan, y que aún enfrentando estos problemas agarran y le dan más de siete millones de dólares a Nicaragua para combatir la pobreza, nosotros no podemos venir y aprobar y permitir que un Gobierno deshonesto, desarraigado, con falta de transparencia y totalmente sin ningún tipo de argumento para poder manejar convenios de esta naturaleza, haga charanga con los recursos de la cooperación internacional.
Es por lo tanto, honorables Diputados de esta Asamblea Nacional, que atendiendo al buen juicio del pueblo nicaragüense, que en reiteradas ocasiones ha señalado este tipo de Convenio como una de las mayores fugas de recursos de la cooperación, para nada más que para mantener a ese grupo de diez, quince y hasta veinte mil dólares mensuales de salario, nosotros creemos que hay que ponerle un hasta aquí a este fenómeno que se ha venido desarrollando en países como el de Nicaragua.
Hay que votar favorablemente al Dictamen y desfavorablemente al Convenio, con un mensaje claro al Presidente de la República: esta Asamblea Nacional no vuelve a aprobar un solo convenio de crédito que no esté plenamente justificado como de combate a la pobreza de este país, que esté plenamente justificado con la estructura económica frágil que tiene este país, un convenio de crédito que el dinero procedente del mismo no venga a paliar las necesidades más sentidas de los más pobres de este país.
Es por eso, honorables Diputados, que yo pido aprobar en todos los extremos el Dictamen Desfavorable a este bochornoso Convenio de Crédito, que el día de hoy nos toca ratificar o no aquí en esta augusta Asamblea Nacional.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Gustavo Porras Cortés.
DIPUTADO GUSTAVO PORRAS:
Gracias, Presidente.
Bendito sea Dios que vamos a aprobar un Dictamen que es desfavorable a un Convenio de Préstamo de los sacrosantos organismos internacionales, de los cuales lo único que nos queda son las deudas a la población nicaragüense. Yo creo que debe ser una tónica permanente revisar a fondo cada uno de estos convenios, por muy difícil y engorroso que lo hagan para descifrar dónde está y dónde impactan. En el propio Ministerio de Salud, nosotros hemos identificado convenios cuyos nombres no corresponden con la realidad de la distribución del dinero, y en la mayoría de ellos, de cada dólar prestado, a duras penas diez centavos de dólar son los que impactan en la población nicaragüense.
Por lo mismo, y en el mismo sentido, hemos encontrado convenios en el área de Educación que tienen la misma lógica, de cada dólar prestado diez centavos impactan en la población y en la niñez nicaragüense, el resto queda en algo conocido, que ahora no lo ocultan en el nombre de este Convenio, como "reforzamiento institucional" y ahí van una cantidad de consultores, salarios, etc. De tal forma que yo pido que todos apoyemos el Dictamen de la Comisión Económica rechazando ese préstamo, que al fin y al cabo lo que iba a ser es un endeudamiento más, sin impacto en la población nicaragüense, sino en un área de manejo discrecional.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Bayardo Arce Castaño.
DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:
Muchas gracias, Presidente.
Después de la exposición de los colegas, no hay mucho que decir. La política del Frente Sandinista alrededor de la cooperación externa, había sido siempre respaldarla incondicionalmente, bajo el criterio de que correspondía a los nicaragüenses, después de luchar por el correcto uso de esa cooperación. Las cosas han cambiado. Por un lado tenemos una Ley de Endeudamiento Público que aprobó esta Asamblea, y en segundo lugar no existe un diálogo fluido y constructivo con el Poder Ejecutivo. Y para no ir muy largo, recientemente nos acabamos de encontrar con uno de esos misterios de la cooperación que pudieran estar encubiertos en este tipo de préstamos.
Todos recordamos que hace un par de semanas salió el Canciller de la República diciendo que ellos habían pagado la cuota de la Corte Centroamericana de Justicia, quinientos mil dólares. Todos sabemos que los quinientos cincuenta mil dólares los ocuparon para repartirse una indemnización de ciento ochenta mil dólares cada uno de esos Magistrados espurios, que se han atrevido a emitir un fallo queriendo negar la vigencia de las instituciones del país. Pues resulta, estimados colegas, que le hemos pedido al Ministerio de Finanzas un informe de cuáles son los fondos que iba a pagar la Cancillería a organismos internacionales en el 2004, y no aparece la Corte Centroamericana; revisamos los del 2005, y no aparece la Corte Centroamericana.
Pero el colmo de esto es que me comentaban amigos Contralores, que ya le mandaron a pedir cuenta a la Cancillería, y ahora la Cancillería dice que ellos no han pagado ese dinero, cuando el mismo Canciller apareció en una gran conferencia de prensa dando a conocer que ellos habían mandado los quinientos cincuenta mil dólares. Esto quiere decir que si nosotros seguimos aprobando préstamos con estos bolsones, como lo que se pretende con este préstamo del BID para la Secretaría de Coordinación y Estrategia de la Presidencia, lo que estamos es dando fondos para fomentar los sobornos, la corrupción, los desvíos de fondos, que es lo que estamos viendo en el Gobierno de Bolaños.
Por lo tanto, yo les pido a los colegas que apoyen el Dictamen Desfavorable de la Comisión Económica a ese préstamo, y que marquemos un hito al rechazar por primera vez en la historia de esta Asamblea, un préstamo oneroso y oscuro, que es el que ha mandado el Ejecutivo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Guillermo Montenegro.
DIPUTADO GUILLERMO MONTENEGRO:
Gracias, señor Presidente.
Señor Presidente: Precisamente el Ministerio de Salud solicitó hace más de cuatro años un apoyo por noventa millones de dólares provenientes del Banco Mundial. Estos noventa millones de dólares era para el proyecto de modernización del sector Salud, que incluía equipamiento y fortalecimiento de los hospitales. Hoy por hoy, la ciudadanía nicaragüense no tiene ni hospitales dignos, ni medicamentos, ni quirófanos adecuados, ni suturas, absolutamente nada más que dolor y miseria. Noventa millones de dólares que no saben explicarse como se gastaron en un lapso de tres años, y que con veinte millones hubiese sido suficiente para lograr disminuir la brecha en el presupuesto para el abastecimiento médico que dice tener el Minsa.
Son cien millones de córdobas por año, y hubiese bastado veinte millones para cubrir cuatro años en medicamentos que necesita la población. ¿Cómo es posible también, mis queridos colegas Diputados, que el Proyecto Pro Reconstrucción de América Central (PRAC), de la Comunidad Europea, también se haya conceptualizado para nuevos centros de salud y equipamiento? El 20 por ciento de ese préstamo se fue en asesorías técnicas y asesorías técnicas de extranjeros, que incluso trajeron una unidad técnica administrativa española para manejar los fondos a la discreción, a vista y antojo como quieren estos señores.
De tal forma, señor Presidente, que sabemos que el Proyecto de Modernización del Sector Salud, del Banco Mundial, la mayoría fue gastado en asesorías técnicas, e incluso para pagar dobles salarios a algunos directores de Silais, incluyendo a la Directora del Silais Managua del Proyecto PRAC. Por lo que hoy que solicita el Ministerio de Salud cincuenta millones de dólares más para el Proyecto de Modernización del sector Salud, le recuerdo a la Ministra y a sus asesores, que recuerden que hay un pueblo vejado por el dengue, la malaria, el rotavirus que no nos han dado cuenta, el rotavirus, que cobró la vida de niños, 64 niños que murieron, y que ya los fueron a enterrar, que dejaron sus rostros impregnados en sus madres y en sus hogares y que no los verán nunca más.
Hubo una epidemia y nadie llamó a comparecer a la Ministra aquí a este Plenario porque en cualquier país civilizado hubiese sido destituida por el Presidente de turno. ¿Cómo es posible que se les olvide a todos que ha habido hepatitis, que ha habido meningitis, todo en un contexto de epidemias?.
Señores, por eso exijo que si viene un proyecto a la Comisión, Económica tenga también conocimiento la Comisión de Salud, para que se pronuncie si es adecuada la inversión que se va a hacer, y que también la señora Ministra y sus funcionarios vengan a dar cuenta aquí al pueblo de Nicaragua, de cómo se utilizó esa plata, a ver si es viable ese nuevo proyecto que están solicitando de cincuenta millones de dólares.
Muchísimas gracias, y tengan buenos días.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Doctor Noel Pereira Majano.
DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:
Gracias, señor Presidente.
Al fin hubo un 15 de Septiembre. Definitivamente no es lícito, ni real, ni honorable estar siempre aprobando los créditos sin estudiarlos, sin hacerle ninguna objeción, sólo por ir acomodado a intereses determinados de la Presidencia de la República. Realmente la Asamblea Nacional está asumiendo su papel, posición que le ha granjeado oposición y críticas de parte del Poder Ejecutivo y de las comparsas que rielan en un sentido determinado en detrimento de la estructura moral de este centro que significa la Asamblea Nacional.
Realmente este momento que debió haber existido ya, no requiere un aplauso sino que una reprimenda para los Diputados que graciosamente hemos estado aprobando situaciones lesivas contra el interés de la República. Siempre y cuando se verifiquen actos que perjudican a los demás, siempre y cuando se verifican actos que son notas disonantes en cuanto a la cuestión relativa del derecho, la razón y la verdad, surge una voz que se opone. Recordemos nosotros que en el Senado romano, en las grandes discusiones que existían entre los grandes oradores de la antigüedad, cuando Cicerón dijo en una frase lapidaria que los siglos han recogido contra Catilina, el gran conspirador: "Quousque tanden Catilina auteri patientia nostra".
Ya no queremos que sigan abusando de nuestra paciencia, razón por la cual hoy nos oponemos y debemos sentir sonrojo, porque nunca nos habíamos opuesto. Es indudable, señor Presidente, que este Convenio es una cosa lesiva para Nicaragua, se han abultado los gastos en asuntos innecesarios, aquí se han abultado gastos para cuestiones relativas a asesoramiento y cosas, que vienen a gastarse el fondo real y no llega a su propio destino. Por esta razón nosotros aquí en esta Asamblea Nacional estamos dando un principio de dignidad la que ya hemos perdido, la que ya hemos enlodado porque hemos sido verdaderamente, como decía la historia, cerdos de la piara de Epicuno, que aplaudimos y rielamos en los caminos de la sociedad, dando vergüenza por nuestra actuación.
Si nos critican por ser sinceros, magnífico.¿Cómo es posible que se nos ataque porque no aceptamos la idea inconstitucional de la Corte Centroamericana de Justicia? ¿Cómo es posible que nosotros seamos atacados porque somos los garantes del fuero sagrado de la Constitución Política de la República en este recinto? Razón por la cual, señor Presidente digo, ya ha recuperado su dignidad la Asamblea, ya no seremos más siervos de la gleba, y nuestro interés nacional está en ir adelante, a despecho de los insultos de todas las cosas que nos han señalado en el camino en forma adversa.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Gracias, señor Presidente.
Vamos entonces a pasar a la votación.
Los que estén de acuerdo con el Dictamen Desfavorable, votan en verde; y los que no, en rojo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
68 votos a favor del Dictamen Desfavorable, 0 en contra, 0 abstención. Se rechaza el préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo para financiar a la Secretaría de Coordinación y Estrategia de la Presidencia de la República.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el Adendum 9, Punto 1.18: DICTAMEN DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA ELECCIÓN DE MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
Managua, 2 de marzo de 2005
DICTAMEN
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional.
Honorable Señor Presidente:
La Comisión Especial para la Elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, creada por el Plenario de la Asamblea Nacional el día uno de febrero del año dos mil cinco RESOLUCION A.N. No.004-2005, bajo la Presidencia de la Diputada María Auxiliadora Alemán Zeas y conformada además por los diputados Donald Lacayo Núñez, Ritha Fletes, Alfredo Gómez Urcuyo y Natán Sevilla Gómez, procedieron oportunamente a integrarse como Comisión.
Se examinaron las funciones de la comisión, que aparecen señaladas en el punto resolutivo A.N. No.004-2005: a) Recibir las listas de candidatos junto con los documentos de calificación; b)Celebrar las audiencias con los candidatos y solicitar y c) recibir la documentación que la Comisión le solicitara a los candidatos propuestos.
Observamos que dichas funciones son las que establece el Arto. 138 cn. , numeral 7 "Elegir al los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de listas separadas, propuestas para cargo por el Presidente de la República y por diputados de la Asamblea Nacional, en consulta con las asociaciones civiles pertinentes. El plazo para presentar las listas será de quince días contados a partir de la convocatoria de la Asamblea Nacional para su elección. Si no hubiere listas presentadas por el Presidente de la República, bastaron las propuestas por los diputados de la Asamblea Nacional", y el numeral 9) parte final." Los candidatos propuestos para los cargos mencionados en los numerales 7),8)y el presente, no deberán tener vínculos de parentesco entre sí, ni con el Presidente de la República ni con los Diputados proponentes, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Además no deberán ser miembros de las Juntas Directivas Nacionales, Departamentales y Municipales de Partidos Políticos y, si lo fueren, deberán cesar en sus funciones partidarias al ser electos. La Asamblea Nacional, a través de Comisiones Especiales, podrá convocar audiencias con los candidatos. Los candidatos deberán estar debidamente calificados para el cargo y su postulación deberá acompañarse de la documentación que se les solicitare."
Lo anterior significa que la Comisión cumple una función de suma importancia dentro del proceso de elección indirecta de los funcionarios públicos que estarán a cargo del órgano superior del Poder Judicial, siendo responsabilidad de la Comisión especial, determinar si los candidatos propuestos cumplen con los requisitos señalados por la ley; si los candidatos no están impedidos para desempeñar el cargo, y si no se encuentran inhabilidades para ejercer el cargo, y si no se encuentra inhabilitados para ejercer el cargo.
La Resolución A.N. 004-2005 fue publicada en El Nuevo Diario correspondiente al día dos de febrero del año en curso, y tanto la convocatoria contenida en la misma y el paso de los quince días señalados en la Constitución Política comenzó a sufrir efectos legales al día siguiente, siendo por lo tanto, el día diecisiete de febrero, el ultimo día para el presidente de la República y los diputados de la Asamblea Nacional presentarán las listas de candidatos propuestos.
Se procedió a recibir las listas de candidatos propuestos y los documentos que los proponentes consideraron convenientes. Dentro del periodo de los quince días, se recibieron propuestas de los diputados miembros de los Grupos Parlamentarios Alianza Liberal, el 3 de febrero; del FSLN-convergencia, el 9 de febrero; y del Presidente de la República, el 17 de febrero.
La comisión inicio inmediatamente su trabajo y la Dirección General de Asesoría Legal, designo un Asesor. Previamente se había elaborado un documento de trabajo denominado LISTADO DE PROHIBICIONES INHABILIDADES Y REQUISITOS PARA SER MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, a la luz del cual se examinaron una a una todas las candidaturas.
El día 3 de febrero el Diputado Enrique Quiñónez propuso a los doctores José Dámisis Sirias y Guillermo Selva Argüello; el 9 de febrero, el Ingeniero Edwin Castro Rivera propuso a los doctores Rafael Solís Cerna y Armengol Cuadra López; el 17 de febrero el Ingeniero Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República propuso a los doctores Jilma Eugenia Herdocia Balladares, Víctor Manuel Ordóñez Bermúdez, Orestes Romero Rojas, Carlos Rodolfo Icasa Espinosa, Jesús Castillo Matus, Roberto Sánchez Cordero, Carlos Siles Levy, Gabriel Álvarez, Aída María Herdocia, Julio Ruiz Quezada, Alfonso Valle Pastora, Edmundo Castillo Ramírez y René Rivera Herrera.
La Comisión procedió a analizar cada una de las hojas de vida presentadas, al igual que la documentación que acompañaron determinándose que todos y cada uno de los abogados propuestos cumplen con los requisitos y exigencias establecidas por la Constitución Política de la República de Nicaragua y las leyes.
Todos son aptos y se encuentran habilitados para desempeñar el cargo de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, y esta Comisión Especial resolvió presentarlos a todos ellos ante la consideración del Plenario en el entendimiento de que cualquiera que fuese elegido desempeñara con eficiencia tal alto cargo.
DICTAMEN DE LA COMISION ESPECIAL
A la luz de las consideraciones vertidas, esta Comisión Especial, encuentra CALIFICADOS para optar al cargo de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, a los siguientes abogados:
1)Rene Rivera Herrera.
2)Edmundo castillo Ramírez.
3)Alfonso Valle Pastora.
4)Julio Ruiz Quezada.
5)Aída María Herdocia.
6)Gabriel Álvarez Arguello.
7)Carlos Siles Levy.
8)Roberto Sánchez Cordero.
9)Jesús Castillo Matus.
10)Carlos Rodolfo Icaza Espinosa.
11)Orestes Romero Rojas.
12)Víctor Manuel Ordóñez Bermúdez.
13)Jilma Eugenia Herdocia Balladares
14) José Dámisis Sirias.
15) Guillermo Selva Argüello.
16) Rafael Solís Cerda.
17)Armengol Cuadra López.
El orden numérico corresponde al orden de presentación de los candidatos.
Adjunto presentamos encontrara un Consolidado de la información obtenida de las Hojas de Vida y documentación Presentada, el que se considera incorporado a este Dictamen, como parte de este informe. Las propuestas presentadas y sus documentos se devolverán a Primera Secretaria para su resguardo.
Así cumplimos la misión encomendada y los suscritos miembros de la comisión especial agradecen la confianza puesta en ellos por la junta Directiva esperando haber cumplido con la responsabilidad asumida.
COMISION ESPECIAL PARA LA ELECCION DE MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS
DONALD LACAYO NUÑEZ
RITHA FLETES ZAMORA
ALFREDO GOMEZ URCUYO
NATHAN SEVILLA GÓMEZ
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Gracias, señor Presidente.
Conforme a ley, se formó una Comisión Especial que ha analizado los requisitos constitucionales e institucionales de 17 propuestos. Señor Presidente, honorable Junta Directiva, honorables colegas del Plenario, yo les propongo que vayamos sometiendo a votación uno a uno, a los propuestos que la Comisión ya analizó, que tienen condiciones para ser Magistrados; un poco respetando nuestra propia Comisión que nombramos, que hizo un trabajo exhaustivo de analizar las condiciones que cada uno de los 17 candidatos tienen de acuerdo a lo que nuestra Constitución y nuestras leyes de la República mandan.
Entonces, yo pediría que comencemos a votar por cada uno de ellos comenzando por el Doctor René Rivera Herrera.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Rita Fletes Zamora, tiene la palabra.
DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:
Gracias, señor Presidente.
Es para secundar la propuesta del Diputado Edwin Castro, por que la Comisión hizo un trabajo exhaustivo, profesional, y por eso es el Dictamen de Mayoría que ustedes tienen. De manera que procedamos, y yo espero que la Bancada Liberal, y los otros Diputados aprueben el ir votando uno a uno, a los propuestos a Magistrados.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Porfirio Castro Aráuz.
DIPUTADO PORFIRIO CASTRO ARAUZ:
Gracias, señor Presidente.
Apoyo la propuesta hecha por el Diputado Edwin Castro y la otra Diputada, de que votemos uno a uno, para así escoger a los cuatro Magistrados que nos van a representar en la Corte.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
No habiendo nadie más en el uso de la palabra, pasaríamos entonces a la votación de acuerdo a la lista presentada. Vamos a votar numéricamente uno por uno.
Entonces para el Doctor René Rivera Herrera, los que estén de acuerdo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
33 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, no es electo el Doctor René Rivera Herrera.
Para el Doctor Edmundo Castillo Ramírez.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
34 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Edmundo Castillo Ramírez.
Para el Doctor Alfonso Valle Pastora.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
37 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Alfonso Valle Pastora.
Para le Doctor Julio Ruiz Quezada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
35 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Julio Ruiz Quezada.
Para la Doctora Aída María Herdocia.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
38 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electa la Doctora Aída María Herdocia.
Para el Doctor Gabriel Alvárez Argüello.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
32 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Gabriel Alvarez Argüello.
Para el Doctor Carlos Siles Levy.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
34 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Carlos Siles Ley.
Para el Doctor Roberto Sánchez Cordero.
Se abre la votación.
Se va cerrar la votación.
Se cierra la votación.
40 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Roberto Sánchez Cordero.
Para el Doctor Jesús Castillo Matus.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
38 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Jesús Castillo Matus.
Para el Doctor Carlos Rodolfo Icaza Espinoza.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
34 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Carlos Rodolfo Icaza Espinoza.
Para el Doctor Orestes Romero Rojas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
34 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. No es electo el Doctor Orestes Romero Rojas.
Para el Doctor Víctor Manuel Ordóñez Bermúdez.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
38 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
No es electo el Doctor Víctor Manuel Ordóñez Bermúdez.
Para la Doctora Jilma Eugenia Herdocia Balladares.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
38 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
No es electa la Doctora Jilma Eugenia Herdocia Balladares.
Para el Doctor Armengol Cuadra López.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
75 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
Se elige al Doctor Armengol Cuadra López.
Para el Doctor Guillermo Selva Argüello.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
77 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
Se elige al Doctor Guillermo Selva Argüello.
Para el Doctor Rafael Solís Cerda.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
75 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
Se elige al Doctor Rafael Solís Cerda.
Para el Doctor José Dámisis Sirias Vargas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
76 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
Se elige al Doctor José Dámisis Sirias Vargas.
Se cita a los cuatro Magistrados electos el día de hoy para la juramentación el día de mañana, a las nueve y treinta de la mañana.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS:
En el Adendum 7, el Punto 2.44: DECRETO DE LA APROBACION DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No.1590/SF-NI PROGRAMA DE SEGURIDAD CIUDADANA
.
Managua, 7 de Marzo de 2005
Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de aprobación del Contrato de Préstamo No. 1590/SF-NI "Programa de Seguridad Ciudadana".
Espero que los diputados de esa Honorable Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.
Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo(BID), al obtener un préstamo concesional con cargo a los recursos del Fondo para Operaciones Especiales (FOE) para financiar el "Programa de Seguridad Ciudadana".
El objetivo general del Proyecto es contribuir al mejoramiento del nivel de seguridad ciudadana apoyando la reducción de violencia y delincuencia juvenil en las localidades que serán cubiertas por el Proyecto. Los objetivos específicos del proyecto son: (a)aumentar la efectividad de instituciones responsables de seguridad ciudadana; (b) aumentar el nivel de la integración social de los jóvenes; Y (c) fortalecer la responsabilidad municipal comunitaria.
La ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del financiamiento del Banco serán llevadas a cabo por el prestatario, por el intermedio del Ministerio Gobernación (MIGOB, el que para los fines de este contrato será denominado el "Organismo Ejecutor". El MIGOB lleva a cabo dichas responsabilidades por intermedio de su Dirección General de convivencia y Seguridad Ciudadana (DGCSC).
El organismo Ejecutor contará con la participación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (MECD), la Secretaría de la Juventud (SEJUVE), el Instituto Nicaragüense de la Mujer (INIM) y el Ministerio de la Familia (MIFAMILIA), en adelante los denominados los "Organismos Coejecutores", para la ejecución y la utilización de los recursos del Financiamiento del Banco destinados a las actividades comprendidas en los subcomponentes del Componente de Prevención Social de la Violencia Juvenil. La Dirección General del Sistema Penitenciario Nacional (SPN) también participará en la ejecución del Subcomponente de Prevención de la Residencia de Jóvenes Delincuentes.
En el caso del Componente de Fortalecimiento y Ampliación del Programa Policía Comunitaria de la Policía Nacional, la ejecución y la utilización de los recursos del financiamiento del Banco destinados a dicho componente serán llevadas a cabo por intermedio de la Dirección General de la Policía Nacional, en coordinación con la Dirección General de Convivencia y Seguridad Ciudadana(DGCSC).
En los términos de este Contrato, el Banco Interamericano de desarrollo (BID), se compromete a otorgar al gobierno de la República de Nicaragua, un préstamo con cargo a los Recursos del Fondo para Operaciones Especiales(FOE), hasta por una suma de siete millones doscientos diez mil dólares de los Estados Unidos de América(US$ 7,210,000.0), o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con cargos a este financiamiento construirán el "Préstamo".
El monto de los recursos adicionales que, de conformidad con el Articulo 6.04 de las Normas Generales el Prestatario se compromete a aportar oportunamente en adición al monto del financiamiento, se estima en el equivalente de setecientos cuarenta y dos mil dólares (US$742,000), y a gestionar y a obtener del banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) o de otra fuente de financiamiento hasta por la suma de dos millones ochocientos cincuenta y cinco mil dólares (US$2,855,000), y del Gobierno de Corea o de otra fuente de Financiamiento, hasta por la suma de dos millones de dólares (US$2,000,000), para la completa e ininterrumpida ejecución del Proyecto, sin que estos compromisos impliquen limitación o reducción de la obligación del Prestatario de conformidad con dicho Articulo. Para computar la equivalencia en dólares, se seguirá la regla señalada en el inciso(C) del Articulo 3.05 de la Normas Generales.
Sobre el saldo no desembolsado del financiamiento que no sea en moneda del país del Prestatario, esta pagar una comisión de crédito de 1/2% por año, que empezará a devengarse a los (12) meses contados a partir del 24 de noviembre del 2004, fechas de la resolución del Directorio Ejecutivo del Banco en la que aprobó el Financiamiento.
Esta comisión se pagará en dólares de los Estado Unidos de América, en las mismas fechas estipuladas para el pago de los intereses, de conformidad con lo previsto en las Estipulaciones Especiales.
Esta comisión cesará de devengarse, en todo o en parte, según sea el caso, en la medida en que: (i) se hayan efectuados los respectivos desembolsos; o (ii) haya quedado total o parcialmente sin efecto el financiamiento, de conformidad con los pertinentes de las Estipulaciones Especiales.
Por las razones anteriormente mencionadas y con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Decreto de Aprobación del contrato de Préstamo No.1590/SF-NI "Programa de Seguridad Ciudadana".
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Pase el presente Decreto, a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el Adendum 8 el punto 2.49: LEY DE REFORMA A LA LEY No. 511, "LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS".
Managua, 31 de marzo 2005
Licenciada
María Auxiliadora Alemán
Primer Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimada Licenciada Alemán:
Los suscritos Diputados remitimos a Usted, por escrito y en diskett, la iniciativa de Reforma a la Ley N° 511 “Ley de Superintendencia de Servicios Públicos para que sea presentada en la Agenda Legislativa.
Agradeciendo su atención a mi solicitud, le envío cordiales saludos.
Atentamente
RENE NUÑEZ TELLEZ
WILFREDO NAVARRO M.
EDWIN CASTRO R.
MIRNA ROSALES AGUILAR
AGUSTIN JARQUIN ANAYA
ROBERTO GONZALEZ.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 31 de Marzo del 2005.
Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Honorable Señor Presidente:
Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 y 140 numeral 1) de la Constitución Política y de los artículos 4, numeral 2) y 44 del Estatuto de la Asamblea Nacional, presentamos esta Iniciativa de Ley denominada
"LEY DE REFORMA A LA LEY No. 511, LEY DE REFORMA A LA LEY No. 511 LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS"
publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 39 del 24 de febrero del 2005,
para que sea considerada por este Poder del Estado y sea incluida en la agenda parlamentaria.
Que el 17 de diciembre del 2004 el Presidente de la República remitió a Primer Secretaría de la Asamblea Nacional el Veto Total al Proyecto de Ley No. 511, Ley de la Superintendencia de los Servicios Públicos, el cual fuera rechazada mediante Dictamen el 14 de enero del corriente año
por la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción. Nacional, y publicada la ley el 24 de Febrero del 2005 en la Gaceta, Diario oficial No.39, en vista que este tema fue incorporado al Dialogo Nacional, en ese sentido se instauraron diversas mesas para abordar los elementos técnicos de cada uno de los temas sobres los cuales no había consenso con las autoridades del Poder ejecutivo. Las conversaciones han girado a la luz de los aspectos en los que no sé tenia unidad de criterios, disensos que ha sido superado ente las Comisiones de los Partidos FSLN Presentando esta Iniciativa de Ley para su tramitación dentro del proceso de formación de la ley, y que sea remitida a la Comisión respectiva y agilizar el proceso.
Por las razones antes expuestas, los suscritos Diputados solicitamos que la presente Iniciativa sea sometida a las consideraciones pertinentes y solicitamos a la honorable Junta Directiva que sea puesta a conocimiento del Plenario correspondiente tramité de formación de la ley a la mayor brevedad posible.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Pásese el presente proyecto de ley, a la Comisión de Infraestructura.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el mismo Adendum 8, el Punto 2.48:¨LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No. 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL¨.
Managua, 31 de marzo 2005
Licenciada
Maria Auxiliadora Alemán
Primer Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimada Doctora:
Los Suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional con fundamento en el Artículo 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua y el artículo 4 numeral 2 de los Estatutos de la Asamblea Nacional, presentan para su tramitación la siguiente iniciativa denominada
"LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL".
Adjuntamos a la presente el texto del Proyecto de Ley, la Exposición de motivos y las copias respectivas con las formalidades requeridas en el artículo 86 del Reglamento de la Asamblea Nacional.
Sin mas a que hacer referirme, le saluda.
Atentamente,
ALBA AZUCENA PALACIOS
WILFREDO NAVARRO M.
RENE NUÑEZ TELLEZ
EDWIN CASTRO R.
MARIA A. ALEMAN ZEAS
MIRNA ROSALES AGULAR
EXPOSICION DE MOTIVOS
En el marco del Diálogo Nacional los diputados y diputadas de las dos bancadas mayoritarias desde el 25 de enero del presente año hemos venido discutiendo con delegados del Poder Ejecutivo, aportes técnicos que mejoren la Ley 512, Ley creadora del Instituto de la Propiedad Reformada Urbana Y Rural.
En ese espíritu logramos alcanzar un acuerdo mayoritario alrededor de propuestas hechas desde la delegación del Poder Ejecutivo.
En más de quince sesiones de trabajo coincidimos en la necesidad de realizar reformas en 22 artículos del texto original de la Ley 512, así como adicionar siete nuevos artículos. Así mismo coincidimos en la necesidad de crear un nuevo capítulo relativo a la creación del Consejo Nacional de la Propiedad, como una instancia multisectorial y representativa de los distintos actores involucrados directamente en el tema de la propiedad en Nicaragua.
Fue también de consenso la necesidad de establecer algún límite temporal al derecho de lo beneficiarios a enajenar las propiedades otorgadas por el INPRUR.
En el esfuerzo serio y responsable los delegados de las dos bancas mayoritarias en la Asamblea Nacional discutimos todas y cada una de las propuestas e inquietudes presentadas por los delegados del Poder Ejecutivo.
Sin embargo y pese al esfuerzo realizado, de última hora la delegación del gobierno desconoció el consenso alcanzado en seis artículos de la Ley 512, presentando propuestas de redacción a los mismos que a nuestro juicio se salen del marco de referencia establecido por el Diálogo Nacional. Las propuestas presentadas por los delegados del gobierno no son aportes técnicos que ayuden a mejorar la aplicabilidad de la ley. Todo lo contrario, tales propuestas no pretenden más que desnaturalizar el espíritu de la Ley 512 y mantener un estado de cosas alrededor de la solución del tema de la propiedad que no beneficia en nada al país.
Sostienen los delegados del gobierno, repitiendo los argumentos ya esgrimidos en le Veto presidencial a la Ley 512, que esta ley rompe con el Principio de Independencia de los Poderes del Estado, ya que la misma invade ámbitos de competencia exclusivos del Presidente de la República. Y de manera puntual señalan lo preceptuado en el artículo 150, numeral 13) Cn., que establece que es atribución del Presidente de la República dirigir la economía del país determinando la política y el programa económico social.
En la aprobación de la Ley 512 ha privado la voluntad política de resolver el conflicto de la propiedad en beneficio de miles de nicaragüenses que a través de diferentes leyes y acuerdos han sido acogidos como sujetos de beneficio de la reforma social urbana y rural. Cabe destacar que el actual Gobierno del Presidente Bolaños es suscriptor de acuerdos aun sin cumplimiento, como en el caso de "Los Acuerdos de las Tunas" problemática que se ha vuelto recurrente y que urge resolver.
Esa voluntad política manifiesta a través de la Ley 512, se ha dado el marco de los límites legales que la Constitución y las leyes establecen.
La Ley 512 ni lesiona las atribuciones conferidas al Presidente de la República, mucho menos el Principio de Independencia entre los Poderes del Estado.
Efectivamente coincidimos plenamente con los delegados del gobierno que la conducción de la política económica del país le corresponde al Presidente de la República.
Sin embargo tal atribución no es perse. Por el contrario, tal atribución se establece y se desarrolló precisamente en el marco del alegado principio de Independencia entre los Poderes del Estado y en el marco del Estado Social de Derecho. Es decir que tal atribución del Presidente de la República está normada por un cuerpo de leyes que determinan cómo, cuando, y en que contexto ejercita y comparte tal atribución el Presidente de la República.
Lastimosa y sospechosamente los delegados del gobierno olvidaron mencionar que la conducción de la economía se realiza a través de instrumentos claramente definidos y que no son de la exclusividad del Presidente de la República; tal es el caso del Presupuesto Anual de la República en el que el Poder Legislativo juega un rol importante y fundamental en la conducción de la política económica del país.
Así mismo cabe mencionar la existencia de las regulaciones fiscal, en las que la Asamblea Nacional juega un rol fundamental en su definición y aprobación a través de Leyes específicas.
Importante es también el rol del Poder Legislativo en la conducción de la economía del país, al ser este el único órgano del Estado nicaragüense autorizado para aprobar los decretos de prestamos con organismos extranjeros y gobiernos hermanos.
La Ley de Deuda Publica, la Ley de Pagos de Indemnización, la Ley General de Régimen Presupuestario, la Ley Municipal de Régimen Presupuestario, la Ley de Trasferencias Municipales, entre otras, son un ejemplo típico de instrumentos a través de los cuales se dirige y conduce la economía del país. Y ninguno de ello ha sido recurrido por violentar lo dispuesto en el aludido artículo 150 numeral 13) Cn.
Todos ellos establecen roles y atribuciones a los diferentes poderes e instituciones del Estado sin que tal situación haya sido catalogada de institucional.
Por tal razón es falsa la afirmación de los delegados del gobierno que las atribuciones conferidas al Director del INPRUR lesionen las atribuciones constitucionales del Presidente de la República.
Se ha pretendido satanizar al INPRUR como un súper poder sobre los demás poderes del Estado. Totalmente falso cuando a través de los consensos alcanzados con los delgados del Poder Ejecutivo se adicionan disposiciones de coordinación y trabajo conjunto, estableciéndose inclusive la creación del Consejo Nacional de la Propiedad como una instancia multisectorial, que es el reflejo diáfano de la voluntad de las dos bancadas mayoritarias de buscar una solución conjunta a la problemática de la propiedad.
Por tal razón a las dos bancadas mayoritarias en la Asamblea Nacional, no les queda más que asumir unilateralmente el consenso alcanzado con los delegados del Poder Ejecutivo, mantenimiento del texto original de la Ley 512 en los cinco artículos en los que la delegación del Ejecutivo ha manifestado desacuerdo.
Por tal razón, los suscritos, en el uso de nuestras facultades constitucionales y con fundamento en el Estatuto General y Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, presentamos la iniciativa de Ley que hemos denominado "LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No. 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL.
ALBA AZUCENA PALACIOS
MIRNA ROSALES
RENE NUÑES TELLEZ
WILFREDO NAVARRO
AUXILIADORA ALEMAN
EDWIN CASTRO R.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Pase el proyecto de ley, a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN :
Adendum 5,punto 3.23.:DICTAMEN LEY DE REGULACION SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE MAYOR JERARQUIA EN EL ESTADO.
Managua 5 de Noviembre del 2003
DICTAMEN
Ingeniero
JAIME CUADRA SOMARRIBA
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales de conformidad con los Artículos 49, 50 y 51 del Estatuto General y Art. 55 y 61 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, nos reunimos para analizar el "Proyecto de Ley denominado " LEY DE REGULACION SALARIAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y FUNCIONARIOS DEL ESTADO", el que fuera remitido para su debido dictamen por Primer Secretaria el catorce de octubre del año dos mil dos y recibido en esta Comisión el día veinticinco de octubre del año dos mil dos.
Para la realización de este dictamen, la Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales, llevó a cabo consultas sobre este tema con instituciones de los Poderes de Estado, tales como: Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, Ministerio de Relaciones Exteriores, Contraloría General de la República, Junta Directiva de la Asamblea Nacional, Consejo Supremo Electoral y el Tribunal de Apelaciones de Managua. Así mismo nos reunimos con la Coordinadora Civil, Frente Nacional de Trabajadores, Unión Nacional de Empleados, recibiendo de todos ellos sugerencia y comentarios.
También solicitamos comentarios y sugerencias a la Corte Suprema de Justicia, a los Coordinadores de las Bancadas, Congreso Permanente de los Trabajadores (CPT), Asociación de Municipios de Nicaragua(AMUNIC)y la Alcaldía de Managua.
Se realizó un análisis de las planillas salariales enviadas por el Ministerio de Hacienda, Consejo Supremo Electoral, Ministerio de Salud y el Ministerio del Trabajo, encontrándonos una anarquía e inequidad salarial entre los funcionarios públicos que laboran a lo interno de las instituciones del Gobierno Central, entes autónomos, así como de los entes descentralizados que administran los fondos del Presupuesto General de la República.
Después de haber realizado las consultas respectivas con las autoridades superiores de los diferentes Poderes del Estado, así con otros sectores y diferentes organismos involucrados con esta temática tan controversial, hemos considerado que dentro del proceso de modernización que vive el Estado nicaragüense y su ordenamiento jurídico, en lo que hace la reforma en que se gasta el dinero de los nicaragüenses que se ocupa para el pago de los salarios de los diferentes funcionarios públicos, hemos considerado la necesidad y urgencia de brindarle a la Nación una ley que regule esta materia para evitar los abusos de poder que tienen facultades y atribuciones para definir los salarios de todos los funcionarios del aparato que integra la administración pública en sus diferentes modalidades, y así poder disponer de una mayor cantidad de recursos financieros y dirigirlos hacia necesidades del país y no continuar aumentando la brecha entre pobres y ricos, ni se continúe viendo los cargos públicos como un medio de enriquecimiento.
La implementación de esta ley asegura los derechos establecidos en la Constitución Política, relacionados con el derecho al salario de los funcionarios asegurándolos un bienestar compatible con la dignidad humana, que a la vez permite eliminar las grandes brechas salariales existentes entre los mismos funcionarios públicos, y de esta forma reorientar los pocos recursos económicos servicios esenciales como es la educación y la salud, entre otros.
Nicaragua es el segundo país más pobre de América Latina, con mas de la mitad de la población con un dólar o menos de ingreso diario y con un nivel de desempleo y subempleo que alcanza un poso mas del 40% de la Población Económicamente Activa.
Los esfuerzos de la comunidad internacional por ayudar a Nicaragua en el alivio de su economía se desvanecen o se malogran con políticas gubernamentales que no se corresponden con los niveles de pobreza, principalmente en lo que a las políticas salariales se refieren.
Como una ilustración a los Honorables Diputados, los Presidentes de Centro América devengan los siguientes salarios; NICARAGUA: Diecinueve Mil Trescientos Dólares Brutos (U$ 19,300.00), desglosado de la siguiente forma U$ 10,700.00 dólares como salario bruto y U$ 8,600 dólares en concepto de pensión vitalicia, PANAMA: Siete mil dólares (U$ 7,0000.00), GUATEMALA: cinco mil seiscientos dólares (U$ 5,600.00) el SALVADOR: CINCO MIL DOLARES (U$ 5,000.00), HONDURAS: tres mil quinientos Dólares (U$ 3,500.00), COSTA RICA: tres mil dólares (U$ 3,000.00). Es decir que el salario del Presidente de Nicaragua es mayor que la suma de los salarios juntos de los cuatro presidentes de Guatemala, El Salvador, Honduras y Costa Rica.
Los Magistrados del Consejo Supremo Electoral y la Corte Suprema de Justicia gana un salario Bruto mensual de ciento veinticinco mil córdobas, o sea el equivalente de ocho mil dólares mensuales.
El Procurador General de Justicia, gana un salario bruto mensual de ciento ocho mil veinticinco Córdobas con sesenta centavos , o sea el equivalente a siete mil catorce dólares.
Los Miembros del Consejo Colegiado de la Contraloría General de la República y los Ministros, ganan un salario bruto mensual de ciento ocho mil córdobas o su equivalente a siete mil dólares mensuales.
El fiscal General de la República, gana un salario bruto mensual de setenta y siete mil trescientos córdobas o su equivalente a cinco mil dólares mensuales.
El análisis de los Poderes del Estado nos refleja que el Presidente de la República, solamente está superado por el salario del Presidente de los Estados Unidos. Los salarios de los Magistrados y Ministros están por encima de los salarios de los Presidentes de Centro América.
Así mismo hay que considerar los gastos adicionales que tiene el Presidente y Vicepresidente de la República, los Magistrados y Ministros, en concepto de tarjetas de crédito, asignación y mantenimiento de vehículos personales, con conductor asignado, estipendios, atención medica especializada, gastos de representación, telefonía celular y dietas, lo cual en la práctica es parte no visible del salario de los funcionarios.
Por el contrario, el salario de un maestro de primaria, es de novecientos ocho córdobas y el de secundaria es de mil córdobas; el salario de un trabajador de salud es de novecientos córdobas y el de un médico que trabaja en el sistema nacional de salud, es de dos mil quinientos córdobas. Asimismo el salario mínimo del trabajador del campo es de seiscientos quince córdobas más la comida y el salario máximo regulado por la Comisión Nacional de Salario Mínimo; para los trabajadores de la ciudad, es de mil cuatrocientos cincuenta córdobas.
Inicialmente los autores de este proyecto de ley, la titularon como Ley de Regulación Salarial de la Administración Publica y Funcionarios del Estado; sin embargo considerando este universo de este Proyecto de Ley, somos del criterio que debe cambiarse su título y denominarse de la siguiente forma:
"LEY DE REGULACION SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE MAYOR JERARQUIA EN EL ESTADO":
Como se puede observar, los salarios de los funcionarios públicos de Nicaragua son equivalentes a salarios de funcionarios públicos de países desarrollados. La utilización de los mega salarios, las dobles planillas, el ocultamiento del salario o su enmascaramiento como dietas, sobre sueldos, asignación de vehículos valorados hasta por treinta mil dólares, mas su mantenimiento u otras erogaciones, o la explicación de que la fuente de financiamiento es externa, son practicas condenables y deben dejar de usarse en nuestro país, por lo que se hace necesario que se apruebe la Presente "
LEY DE REGULACION SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE MAYOR JERARQUIA EN EL ESTADO",
para que se ordene jurídicamente la relación que debe existir entre el salario mínimo y los máximos salarios en el Estado nicaragüense.
Obviamente esta ley nos permite dar el primer paso, para un posterior ordenamiento salarial en cada uno de lo Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados y de esta forma eliminar las grandes brechas salariales existentes entre los mismos funcionarios del Estado.
La definición de los funcionarios, objeto de la presente ley se basa entre criterios: Primero regular los salarios de los funcionarios públicos de mayor jerarquía sean estos de elección popular, directa o indirecta o nombrados por el Presidente de la República: en segundo lugar, ordenar los salarios de acuerdo a las funciones y responsabilidades existentes en el Estado; y en Tercer lugar, estos financieros consumen la mayor parte de la partida presupuestaria del Presupuesto General de la República, en el rubro de salarios.
Por todo lo antes expuesto, esta Comisión de Asuntos Laborales y Gremiales de la Asamblea Nacional, de conformidad con el Arto.58 del Estatuto General DICTAMINA
FAVORABLEMENTE, el Proyecto de Ley denominado, "LEY DE REGULACION SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE MAYOR JERARQUIA EN EL ESTADO"
y por ser un proyecto de ley de trascendental importancia para nuestro ordenamiento jurídico y de redunda en beneficio del Pueblo, así como de su inmediata vigencia y aplicación, le pidamos a los honorables diputados se apruebe a la brevedad posible.
Alba Azucena Palacios Benavides
Presidenta
Jacaranda Fernández M.
Primer Vice-Presidenta
Roberto González G.
Segundo Vice-Presidente
Iris Montenegro
Primer Secretario
Guillermo Montenegro
Segundo Secretario
Donald Lacayo N.
Miembro
Roberto Sánchez
Miembro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Diputada Alba Palacios Benavides, tiene la palabra.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
Gracias, señor Presidente.
Creo que esta ley que denominamos Ley de Regulación Salarial de los Funcionarios Públicos de Mayor Jerarquía en el Estado, nos habíamos tardado demasiado tiempo en aprobarla. Está en la Secretaría desde el 5 de Noviembre del 2003,y ya estamos en el 2005, o sea que llevamos prácticamente año y medio de retraso en la aprobación de este Dictamen que contó con la debida consulta a los distintos Poderes del Estado, particularmente con el Ejecutivo, a través del Ministro de Hacienda y Crédito Público de ese entonces, con organizaciones de la sociedad civil y con una gran demanda que nos viene haciendo la población nicaragüense.
De tal manera de que la discrecionalidad que habían venido teniendo los distintos Poderes del Estado y sus instituciones, con esta ley queda eliminada, y de una vez por todas se le pone un techo máximo al salario neto mensual que vamos a devengar todos los servidores públicos de la Administración del Estado de Nicaragua. Creo que si bien es cierto esta regulación que establece un salario máximo al Presidente, al Vicepresidente, Ministros, Diputados, Magistrados, Contralores, Fiscales, Procuradores, Presidentes y Directores de los distintos entes autónomos del Estado, así como aquellos que desempeñan cargos especiales como Secretarios Generales, Gerentes, Asesores, etc., estamos haciendo un ahorro muy sustantivo al Presupuesto General de la República.
Sin embargo, quiero decirle que aún cuando estamos dando este primer paso con el ordenamiento de los máximos salarios del Estado, todavía es insuficiente, partiendo de que la crisis que actualmente vive nuestro país en materia energética, en materia de desempleo, en materia de salud, educación y de unos salarios tan raquíticos, todavía queda esa gran brecha; sin embargo logramos bajarlo en esta oportunidad, y es importante destacar que estamos hablando de un salario máximo. No es que esta ley está obligando que el salario máximo que va a tener cada Poder del Estado y su funcionario es el que vamos a ir en carrera a aplicar, es el salario techo máximo que vamos a tener los distintos Poderes del Estado para regularlos hacia abajo.
Incluso, a través de la aprobación de esta ley, podemos determinar de acuerdo a la crisis económica de nuestro país bajarlos aún más; creo que es muy importante que es lo tengamos claro.
Existe el consenso absoluto entre los miembros de la Comisión Dictaminadora de aquella ocasión y los nuevos miembros de la Comisión Laboral de este año, para que de una vez por todas pasemos a la aprobación en lo general y posteriormente a ver las mociones específicas que tendríamos en lo particular. Así es que, señor Presidente, le pido a los Diputados que aprobemos en lo general esta ley tan importante para nuestro país, y pasemos a lo particular.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra
DIPUTADO MAXIMINO RODRIGUEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Creo que la Asamblea Nacional, como representante del pueblo nicaragüense, debe de ser consecuente, de tal manera que esta iniciativa que tiene que ver con la regulación de los salarios de los funcionarios públicos, debería de ser un compromiso de todos apoyar que se apruebe en un tiempo récord, a fin de ser consecuentes con nuestros electores. Yo quiero aprovechar la oportunidad -como estamos hablando en general de esta ley- para que la Junta Directiva de la Asamblea Nacional pueda poner en la Orden del Día, una iniciativa que tengo aquí desde hace más de un año, que tiene que ver con las mega-pensiones de los ex-Presidentes y ex-Vicepresidentes.
Porque este Dictamen de la Comisión, también habla de los ingresos del Presidente de la República, además del salario, los estipendios, las coimas, los conductores y además las mega-pensiones. De tal manera que, como legislador y representante de Matagalpa, quiero hacer propio este Dictamen y que cuenten con mi respaldo, y pedirles a mis colegas que para ser consecuentes con nuestros electores, debemos de aprobar esta ley, para que el pueblo nicaragüense se pueda quitar un poco la carga que somos los funcionarios públicos de este país, ya que casi estamos equiparados con Haití, y no puede ser que tengan grandes privilegios los funcionarios públicos.
Nosotros como legisladores, como Diputados, creo que somos los que en el rango de la tabla salarial, devengamos menos salarios que otros funcionarios. De tal manera que en ese sentido, la Asamblea Nacional y la Junta Directiva, deben de presentarnos al Plenario todas las leyes que sean de beneficio para los nicaragüenses.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE EN FUNCIONES MIRNA ROSALES:
Gracias, Diputado.
Tiene la palabra el honorable Diputado Gustavo Porras.
DIPUTADO GUSTAVO PORRAS:
Gracias, Presidenta en funciones.
Creo que ha pasado mucho tiempo para que nosotros aprobáramos, esta ley, sin embargo cuando se introdujo la Ley de regulación de los salarios de los funcionarios públicos, originalmente era una relación existente entre el máximo salario del funcionario público y el salario mínimo, para poder mantener una relación lo más adecuada posible, y que se fuera identificando en todo el Estado una armonía en los salarios, en términos generales. Sin embargo, esta ley que está dictaminada, aunque no lleva ese concepto, va en la dirección correcta, con las medidas que en la Asamblea se han venido tomando ya prácticamente en dos ocasiones, siendo la reducción del 10 por ciento hace dos años.
De tal forma que tal vez no llena las expectativas en términos generales de trabajadores, pero es una ley que va en la dirección correcta de ir regulando, bajando los salarios conocidos como mega-salarios, los salarios de los altos funcionarios del Estado, y buscar en alguna medida bajar ese impacto negativo que existe en la población, frente a estos salarios. Por otro lado, esto disminuye aproximadamente en cien millones de córdobas, si recordamos cuando se aplicó el 10 por ciento de reducción salieron veinticuatro millones, y estoy seguro que disminuyen más de cien millones de córdobas en el Presupuesto, los que podrían ser distribuidos entre los trabajadores de menores ingresos salariales.
De tal forma de que solicito a la Asamblea que aprobemos esta ley y que la dejemos el día de hoy totalmente aprobada.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Roberto González, tiene la palabra.
DIPUTADO ROBERTO GONZALEZ:
Gracias, Presidente.
De igual manera queríamos sumarnos al planteamiento de respaldo, al esfuerzo que ha hecho la Comisión Laboral y el proceso mismo de consulta que se ha realizado. Sin embargo, quería aprovechar la ocasión en este tema, en tanto un criterio importante, ético y de carácter económico que tiene que ver con la aprobación de esta ley, y la cantidad de recursos que pueden disponerse para poder hacerle frente a los problemas que tenemos en el Presupuesto General de la República, para la cobertura de otros sectores sensiblemente afectados.
También queríamos hacer el llamado en este Parlamento, y se lo estábamos consultando a la Presidenta de la Comisión Laboral, de que va a ser de gran trascendencia la aprobación de esta tan importante iniciativa de ley, donde se va a poner de manifiesto la actitud que vamos a asumir cada uno de los funcionarios públicos de mayor jerarquía en materia de la reducción de estos salarios, en función de enfrentar la situación difícil que atravesamos en el país.
Yo creo también que es importante hacer un llamado a la Junta Directiva y a las bancadas mayoritarias de este Parlamento, para que se le dé lugar en importancia a la iniciativa de ley que creemos que es vinculante, sobre el tema de la Ley de Salario que está dictaminada en la Comisión Laboral, para indexar los salarios del resto de las categorías salariales que permitan de alguna forma amortiguar el profundo impacto de las medidas económicas actuales, y del incremento constante en los precios de los servicios y de la canasta básica.
Entonces inmediatamente de este paso, hacemos un llamado a la Junta Directiva y a las bancadas de la Asamblea Nacional, a que hagamos justicia para el resto de los trabajadores a nivel de todo el país, para que se le dé curso en la Agenda a la aprobación del Dictamen de ley sobre la indexación del salario para el resto de los trabajadores nicaragüenses.
Muchísimas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Concluidos los oradores, vamos entonces a votar la ley en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la ley en lo general.
Vamos a proceder a la juramentación de los cuatro Magistrados electos hoy, y luego continuamos la discusión de esta ley en lo particular.
Se le solicita al Doctor Rafael Solís, que se haga presente en el Plenario.
Manos levantadas por favor, mano derecha.
- ¿Prometéis solemnemente ante Dios, la Patria, nuestros héroes nacionales y por vuestro honor, respetar la Constitución y las leyes, los derechos y las libertades del pueblo y cumplir fielmente y a conciencia los deberes del cargo que se os ha conferido?
- Si prometemos.
- Si así lo hiciereis, la Patria os premie, si no ella os haga responsables.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
ACTA N° 51.
En la ciudad de Managua, a las 12 meridiano del día 12 de Abril del año 2005, presente en la continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXI Legislatura, ante el Presidente de la Asamblea Nacional, Ingeniero René Núñez Téllez y la Primera Secretaria que autoriza, Doctora María Auxiliadora Alemán Seas, los Doctores Armengol Cuadra López, Guillermo Selva Argüello, Rafael Solís, José Dámisis Sirias, con el objeto de tomar posesión de los cargos de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, para lo que fueron electos, en la continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la Vigésima Primera Legislatura, realizada el día doce de Abril del año dos mil cinco y dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 138, numeral 7 y 163 de la Constitución Política, de pie y con el brazo derecho en alto, el Presidente de la Asamblea Nacional les expresó:
- ¿Prometéis solemnemente ante Dios, la Patria, nuestros héroes nacionales y por vuestro honor, respetar la Constitución Política y las leyes, los derechos y las libertades del pueblo y cumplir fielmente y a conciencia los deberes del cargo que os ha conferido? Y habiendo respondido, sí, prometemos, les reprodujo: Si así lo hiciereis que la Patria os premie, y si no ella os haga responsable. En fe de lo cual se suscribe la presente Acta de Toma de Posesión, por los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, por el Presidente de la Asamblea y la suscrita Secretaria que autoriza.
DOCTOR ARMENGOL CUADRA
DOCTOR GUILLERMO SELVA
DOCTOR RAFAEL SOLÍS
DOCTOR DÁMISIS SIRIAS
INGENIERO RENÉ NÚÑEZ, PRESIDENTE
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Continuamos la discusión de la ley en lo particular.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades
Ha dictado
La siguiente:
LEY DE REGULACION SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE MAYOR JERARQUIA EN EL ESTADO.
Arto. 1 Objeto de la Ley.
La presente ley tiene por objeto establecer las disposiciones de carácter general con las cuales se efectúe un ordenamiento salarial en las instituciones del Estado, así como definir las prohibiciones y limitaciones adicionales que permitan iniciar un proceso de ordenamiento salarial y terminar con el desorden salarial dentro de la esfera de la administración pública y así poder hacer un uso racional de los fondos provenientes del erario público, cooperación internacional y mejorar el salario de quienes perciben menor ingreso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
74 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 2. Aplicación de la ley:
La presente ley será aplicable a todas las personas naturales, nacionales o extranjeras, que se encuentren desempeñando cargos en la administración pública en cualquiera de los cargos de la nómina fiscal del Estado y aun los que fueren financiados total o parcialmente con fondos externos y que estén comprendidos en la esfera de la administración Pública.
Los funcionarios públicos regulados por esta Ley, serán:
1) Presidente y Vicepresidente de la República.
2) Diputados Propietarios y Diputados Suplentes.
3) Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
4) Magistrados del Consejo Supremo Electoral y sus Suplentes.
5) Consejo Colegiado de la Contraloría general de la República y sus suplentes.
6) Procurador y Sub-Procurador General de la República.
7) Procurador y Sub-Procurador de Derechos Humanos.
8) Fiscal y Fiscal Adjunto.
9) Ministros y Vice Ministros.
10) Presidentes y Vicepresidentes Ejecutivos de los Entes Autónomos y miembros de la Junta Directivas de las Empresas Mixtas o Estatales.
11) Secretarios de la Presidencia.
12) Secretarios Generales y Secretarios Ejecutivos.
13) Superintendente y Vice-Superintendente de Bancos.
14) Superintendente y Vice-Superintendente de Pensiones.
17) Intendente de la Propiedad.
18) Directores Generales y Sub-Directores.
19) Gerentes y Vice Gerentes.
20) Alcaldes.
21) Asesores.
22) Consultores Nacionales o Extranjeros.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
Tiene la palabra la Diputada Alba Palacios Benavides.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVIDES:
Tenemos una moción de consenso, que ordena por un lado los numerales que están alterados en el texto del Dictamen, y se suprimen y se agregan nuevos funcionarios que no estaban contemplados cuando se hizo el Dictamen. De tal manera que el artículo 2, en su párrafo segundo, se leerá así:
Los funcionarios públicos regulados por esta ley, serán:
1) Presidente y Vicepresidente de la República.
2) Diputados Propietarios y Suplentes.
3) Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
4) Magistrados del Consejo Supremo Electoral y sus Suplentes.
5) Procurador y Sub-Procurador de Derechos Humanos.
6) Fiscal y Fiscal Adjunto.
7) Procurador y Sub-Procurador General de la República.
8) Ministros y Vice-Ministros.
9) Presidentes y Vicepresidentes Ejecutivos de los entes autónomos y descentralizados, y miembros de las Juntas Directivas de las empresas mixtas o estatales.
10) Secretarios de la Presidencia.
11) Secretarios Generales y Secretarios Ejecutivos.
12) Superintendente y Vice Superintendente de Bancos.
13) Superintendente y Vice-Superintendente de Pensiones.
14) Superintendente de Servicios Públicos e Intendentes Específicos de la SISEP.
15) Director y Sub-Director de la Propiedad.
16) Directores Generales y Sub-Directores.
17) Gerentes y Vice-Gerentes.
18) Alcaldes.
19) Asesores.
20) Consultores nacionales o extranjeros.
Y un nuevo agregado que diría:
21) Cualquier otro cargo en el Estado y sus instituciones, vinculados a la naturaleza del contenido de la presente ley”,
Presento la moción de consenso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Tiene la palabra el Diputado Orlando José Tardencilla.
DIPUTADO ORLANDO JOSE TARDENCILLA:
Buenos días, y muchas gracias, señor Presidente.
Solamente quería preguntarle a la Diputada Alba Palacios o al señor Secretario, cuando lo lean, no sé si ya lo iba a someter a votación, de que fui siguiendo con mucha atención el listado de la propuesta de la moción de consenso y parece que en la moción de consenso fue excluido el Procurador y Sub-Procurador de Derechos Humanos. ¿No fue excluido? De no ser así, no hay ningún problema.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Lo que sí se olvidó leer en la lista y ya se está corrigiendo, es el Consejo Colegiado de la Contraloría General de la República y sus suplentes, y eso ya se está incluyendo en la lista.
Moción presentada en el artículo 2.
“Los funcionarios públicos regulados por la presente ley, serán:
1) Presidente y Vicepresidente de la República.
2) Diputados Propietarios y Suplentes.
3) Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
4) Magistrados del Consejo Supremo Electoral y sus Suplentes.
5) Procurador y Sub-Procurador de Derechos Humanos.
6) Fiscal y Fiscal Adjunto.
7) Procurador y Sub-Procurador General de la República.
8) Ministros y Vice-Ministros.
9) Presidentes y Vicepresidentes Ejecutivos de los entes autónomos y descentralizados, y miembros de las Juntas Directivas de las empresas mixtas o estatales.
10) Consejo Contralor de la Contraloría General de la República y sus suplentes.
11) Secretarios de la Presidencia.
12) Secretarios Generales y Secretarios Ejecutivos.
13) Superintendente y Vice-Superintendente de Bancos.
14) Superintendente y Vice-Superintendente de Pensiones.
15) Superintendente de Servicios Públicos e Intendentes Especiales de la SISEP.
16) Director y Sub-Director de la Propiedad.
17) Director General y Sub-Directores.
18) Gerentes y Vice-Gerentes.
19) Alcaldes.
20) Asesores.
21) Consultores nacionales o extranjeros.
22) Cualquier otro cargo en el Estado y sus instituciones, vinculados a la naturaleza del contenido de la presente ley”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 2.
Ahora votaremos el artículo 2, con la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
48 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, con la moción presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 3 Total de ingresos de los funcionarios públicos:
El total de los ingresos de los funcionarios públicos proveniente del cargo que desempeña y que están contemplados en el artículo dos de la presente ley, deben de conglobarse como salario y ser reflejados e incluidos en el respectivo cheque fiscal que cada uno reciba en concepto de salario o retribución, así como cualquier otro instrumento único de pago en cualquiera de las instituciones o centros de trabajo en donde no se pague el salario en cheque fiscal.
Se exceptúa de esta normativa el pago y entrega de viáticos de acuerdo a la tarifa establecida en la institución y la asignación de combustible para el trabajo en función de su cargo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se cierra la votación.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 4 Salario del Presidente de la República:
El salario máximo neto mensual del Presidente de la República será el equivalente a Cinco Mil Ciento Tres Dólares de Norteamérica con Noventa Centavos, (U$5,103.90), en moneda de curso legal, Córdoba, teniendo como referencia el tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 4.
Diputada Alba Palacios Benavides, tiene la palabra.
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 5 Salario del Vicepresidente de la República:
El salario máximo neto mensual del Vicepresidente de la República será el equivalente a Cuatro mil Cuatrocientos tres dólares de Norteamérica, con Noventa y Siete Centavos (US$4,403.97), en moneda de curso legal, Córdoba, todo de acuerdo al tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 5.
A votación el artículo 5.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 6 Salario de los Magistrados de los Poderes del Estado, Contralores, Procuradores, Fiscal, Ministros y Diputados.
El salario máximo neto mensual de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados del Consejo Supremo Electoral, Miembros del Consejo Colegiado de la Contraloría General de la República, Procurador de Derechos Humanos, Fiscal General, Ministros y Diputados, será el equivalente a Tres Mil Novecientos Dólares (US3,900.00), en moneda de curso legal, Córdoba, todo de conformidad al tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 6.
Diputado Víctor Guerrero Ibarra, tiene la palabra.
DIPUTADO VICTOR GUERRERO IBARRA:
Muchas gracias, señor Presidente.
Hay una moción de consenso de la Ley de regulación salarial de los funcionarios públicos de mayor jerarquía en el Estado. Se reforma el artículo 6.
El salario de los Magistrados de los Poderes del Estado, Contralores, Procuradores, Fiscal, Ministros, Diputados, Superintendente de Servicios Públicos y Director de la Propiedad, la cual deberá de leerse así:
“El salario máximo neto mensual de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados del Consejo Supremo Electoral, Miembros del Consejo Colegiado de la Contraloría General de la República, Procurador de la República, Procurador de Derechos Humanos, Fiscal General, Ministros, Diputados, Superintendente de Servicios Públicos y Director de la Propiedad, será el equivalente a tres mil quinientos dólares (US$ 3,500.00), en moneda de curso legal, Córdoba todo de conformidad al tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua”.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada sobre el artículo 6.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 6.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 7 Salario de los Viceministros, Fiscal Adjunto, Presidentes o Directores de los Entes Autónomos y Descentralizados, Superintendente de Bancos, Superintendente de Pensiones, Sub-Procurador de Justicia, Sub-Procurador de Derechos Humanos e Intendente de la Propiedad.
El salario máximo neto mensual de los Vice-Ministros, Fiscal Adjunto, Presidentes o Directores de los Entes Autónomos y Descentralizados, Superintendente de Bancos, Superintendente de Pensiones, Sub-Procurador de Justicia, Sub Procurador de Derechos Humanos e Intendente de la Propiedad, será el equivalente a Tres Mil Trescientos Cincuenta y Tres dólares, con Noventa y Siete Centavos (US$3,353.97), en moneda de curso legal, Córdoba, y de acuerdo al cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 7.
Diputada Iris Montenegro Blandón, tiene la palabra.
DIPUTADA IRIS MONTENEGRO BLANDON:
Gracias, Presidente.
En primer lugar, quiero saludar con beneplácito el que finalmente en esta Asamblea Nacional se esté aprobando esta ley importante, trascendente y que tiene un mensaje que la población nicaragüense desde hace rato estaba esperando. En segundo lugar, quería presentar una reforma al artículo 11, pero aquí hay un error en el número, y entonces posteriormente voy a solicitar la palabra.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Alba Palacios, tiene la palabra.
DIPUTADA ALBA PALACIOS:
La reforma al artículo 7, se leerá así:
“Salario de los Viceministros, Fiscal Adjunto, Presidentes o Directores de los entes autónomos y descentralizados, Superintendente de Pensiones, Intendentes Específicos de Servicios Públicos, Sub-Procurador de Justicia, Sub-Procurador de Derechos Humanos y Sub-Director de la Propiedad.
El salario máximo neto mensual de los Vice-Ministros, Fiscal Adjunto, Presidentes o Directores de los entes autónomos y descentralizados, Superintendente de Pensiones, Intendentes Específicos de Servicios Públicos, Sub Procurador de Derechos Humanos y Sub Director de la Propiedad, será el equivalente a tres mil diez dólares, (US$3,010.00), en moneda de curso legal, Córdoba, y de acuerdo al cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua”.
Presentamos la moción de consenso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 7.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 7.
SECRETARIO EDWIN CASTRO :
Arto. 8 Salario mensual del Vice-Superintendente de Bancos, Vice-Superintendente de Pensiones, Secretarios Generales, Secretarios de la Presidencia, Corte Suprema de Justicia, Asamblea Nacional, Consejo Supremo Electoral y de los distintos Poderes del Estado, entes Autónomos y descentralizados.
Salario mensual del Vice-Superintendente de Bancos y Vice-Superintendente Pensiones, Secretarios Generales, Secretarios de la Presidencia, Corte Suprema de Justicia, Asamblea Nacional, Consejo Supremo Electoral y de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados, será el equivalente a la cantidad de Tres Mil Tres dólares con Noventa y Siete Centavos (US$3,003.97) en moneda de curso legal, Córdoba, y de acuerdo al cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 8.
Diputada Jacaranda Fernández, tiene la palabra.
DIPUTADA JACARANDA FERNANDEZ:
Gracias, señor Presidente.
Nosotros estamos presentando una moción de consenso en el artículo 8, que se leerá así:
“Salario mensual del Vicepresidente de Pensiones, Secretarios Generales, Secretarios de la Presidencia, Corte Suprema de Justicia, Asamblea Nacional, Consejo Supremo Electoral y de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados.
El salario mínimo neto mensual del Vice-Superintendente de Pensiones, Secretarios Generales, Secretarios de la Presidencia, Corte Suprema de Justicia, Asamblea Nacional, Consejo Supremo Electoral y de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados, será el equivalente a cantidad de dos mil seiscientos noventa y cinco dólares (US$2,695.00) en moneda de curso legal, Córdoba, y de acuerdo al cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua”.
Es salario máximo, no es mínimo, corrijo.
Presento moción de consenso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 8.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 8.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 9 Salario mensual para los Directores Generales y Gerentes de los distintos Poderes del Estado, Entes Autónomos y Descentralizados.
El salario máximo neto mensual de los Directores Generales y Gerentes de los distintos Poderes del Estado, Entes Autónomos y Descentralizados, será el equivalente a la cantidad de Dos mil Seiscientos Cincuenta y Tres Dólares con Noventa y Siete centavos (US$2,653.97), en moneda de curso legal, Córdobas, y de acuerdo al cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 9.
Diputado Víctor Guerrero, tiene la palabra.
DIPUTADO VICTOR GUERRERO:
Hay una moción de consenso en la reforma al artículo 9, la cual deberá leerse así:
“Salario mensual para los Directores Generales y Gerentes de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados, la cual deberá leerse así:
“El salario máximo neto mensual de los Directores Generales y Gerentes de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados, a excepción del Banco Central de Nicaragua, será el equivalente a la cantidad de dos mil trescientos ochenta dólares (US$2,380.97) en moneda de curso legal, Córdoba, y de acuerdo al cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua”.
Paso la moción.
PRESIDIENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 9.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 9.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 10 Salario de los Sub-Directores y Vice-Gerentes de los distintos Poderes del Estado, Entes Autónomos y Descentralizados.
El salario máximo neto mensual de los Sub-Directores y Vice-Gerentes de los distintos Poderes del Estado, Entes Autónomos y Descentralizados, será el equivalente a la cantidad e Dos Mil Trescientos Tres con Noventa y Siete Centavos (US$2,303.97) en moneda de curso legal, Córdoba, de acuerdo al tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 10.
Diputado Gustavo Porras Cortes, tiene la palabra.
DIPUTADO GUSTAVO PORRAS CORTEZ:
Leo una moción de consenso sobre el artículo 10. Reformar el artículo 10:
“Salario de los Sub-Directores y Vice-Gerentes de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados, el cual deberá leerse así:
El salario máximo neto mensual de los Sub-Directores y Vice-Gerentes de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados, a excepción del Banco Central de Nicaragua, será el equivalente a la cantidad de dos mil sesenta y cinco dólares (US$2,065.00), en moneda de curso legal, Córdoba, de acuerdo al tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua”.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 10.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 10.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto.11 Salario de los Asesores y Consultores de los distintos Poderes del Estado, Entes Autónomos y Descentralizados.
El salario máximo neto mensual de los Asesores y Consultores de los distintos Poderes del Estado, Entes Autónomos y Descentralizados, sean éstos nacionales o extranjeros, será el equivalente a la cantidad de Un Mil Novecientos Treinta y Cinco, con Ochenta y Tres Centavos, (US$1,935.83), en moneda de curso legal, Córdoba, de acuerdo al tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 11.
Diputada Iris Montenegro Blandón, tiene la palabra.
DIPUTADA IRIS MONTENEGRO BLANDON:
Gracias, Presidente.
Quiero leer una moción de consenso sobre el artículo 11, que está referido al salario de los Asesores y Consultores de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados.
Este artículo deberá leerse así:
“El salario máximo neto mensual de los Asesores y Consultores de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados, sean éstos nacionales o extranjeros, será el equivalente a la cantidad de un mil setecientos cincuenta dólares (US$ 1,750.00), en moneda de curso legal, Córdoba, de acuerdo al tipo de cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua”.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción para el artículo 11.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción al artículo 11.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 12 Salarios de los Diputados Suplentes, Suplentes de los Magistrados del Consejo Supremo Electoral, y Suplentes del Consejo de la Contraloría General de la República.
El salario máximo neto de los Diputados suplentes, suplentes de los Magistrados del Consejo Supremo Electoral y suplentes del Consejo de la Contraloría General de la República, será un salario anual equivalente a tres (3) salarios mensuales netos de los que percibe el propietario, los que deberán ser pagados proporcionalmente cada mes.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 12.
A votación el artículo 12.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 12.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 13 Salario de los Alcaldes ubicados en la Categoría “A” y “B” de la Ley de Régimen Presupuestario Municipal.
El salario máximo neto mensual del Alcalde ubicado en la categoría “A” según lo establecido en la Ley de Régimen Presupuestario Municipal, Ley Número 376, publicada en La Gaceta, número 77 del 4 de Abril del año 2001, no podrá ser mayor que el devengado por los funcionarios regulados en el artículo 6 de la presente Ley.
El salario máximo neto mensual del Alcalde ubicado en la categoría “B” según lo establecido en la Ley de Régimen Presupuestario Municipal, Ley Número 376, publicada en la Gaceta número 77 del 4 de Abril del año 2001, no podrá ser mayor que el devengado por los funcionarios regulados en el artículo 10 de la presente Ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 13.
A votación el artículo 13.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 13.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 14 Prohibición de salarios mayores:
Para los fines y efectos de la presente ley, ningún funcionario de la administración pública o de los otros Poderes del Estado podrá percibir un salario superior al del Presidente de la República o recibir salario o sobre sueldo proveniente del sistema de doble planilla fiscal, sea éste proveniente del Presupuesto General de la República o de fondos externos.
Asimismo ningún funcionario público o empleado que estén jerárquicamente por debajo de los regulados en el artículo 2 de la presente Ley, no podrán recibir un salario mayor que el devengado por el titular de la Institución a la que representa.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 14.
A votación el artículo 14.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 14.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto.15 Suspensión de Pensión Vitalicia:
Los funcionarios públicos que gozan del derecho de pensión vitalicia pagada a través del Presupuesto General de la República, en virtud de cargos ocupados anteriormente y que lleguen a ocupar o ocupen un cargo público en cualquiera de las instituciones de la administración pública o en cualquiera de los otros Poderes del Estado, se les suspende automáticamente y no podrán recibir más remuneración salarial que la establecida por la presente ley.
Las pensiones serán reactivadas únicamente a partir del momento en que los funcionarios dejen de recibir el salario de funcionario público.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 15.
Diputado Bayardo Arce Castaño, tiene la palabra.
DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:
Es que ya estamos terminando, pero mejor lo voy hacer en el 22. Es un artículo, para que esto se incorpore al Presupuesto; vamos a esperar ese momento.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 15.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 15.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 16 Presentación de Inventario y marcaje de los vehículos del Estado:
Cada uno de los diferentes Poderes del Estado, las instituciones, entes autónomos o descentralizados y las alcaldías, a más tardar treinta días después de la entrada en vigencia de la presente ley, deben entregar un inventario de todos los vehículos automotor a la Contraloría General de la República y a la Policía Nacional para su debido control y fiscalización.
Los vehículos automotor propiedad del Estado, para poder circular en el territorio nacional, deben tener impreso en las puertas laterales el emblema o logotipo de la Institución a la que pertenece.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 16.
A votación el artículo 16.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 16.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto.17 Uso de los vehículos automotor y sanciones:
Se prohíbe el uso de los vehículos automotor propiedad de los distintos Poderes del Estado, entes autónomos y descentralizados y Alcaldías, por parte de los funcionarios y empleados públicos, en horas y días no hábiles en labores ajenas a la función que desempeñan, movilización a sus casas de habitación o lugares donde realicen actividades particulares.
Los fondos generados por esta sanción, serán depositados y administrados por el Ministerio de Hacienda, a través de la Tesorería General de la República, y el monto total de los mismos serán asignados a los hospitales públicos y los centros de educación públicos, para mejorar sus condiciones.
Los daños causados por el funcionario a los vehículos que tienen asignados o que son propiedad del Estado, ya sea por imprudencia o negligencia, las reparaciones corren a cuenta del funcionario.
La Policía Nacional tiene la facultad de requisar y retener los vehículos propiedad del Estado, la licencia del conductor e imponer la multa de un mil córdobas, al conductor y cinco mil córdobas al funcionario o empleado que autorizó la circulación del vehículo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 17.
A votación el artículo 17.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 17.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 18 Restricción para el pago de indemnizaciones o prestaciones sociales.
De conformidad con la Ley de Control de Indemnizaciones de los Funcionarios Públicos, Ley 390, publicada en La Gaceta Número 97 del 16 de mayo del año 2001, queda terminantemente prohibido el pago de cualquier indemnización o reconocimiento pecuniario, a todos los funcionarios regulados por la presente ley a excepción de las prestaciones sociales establecidas en el Código del Trabajo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 18.
A votación el artículo 18.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 18.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 19 Prohibiciones:
Los funcionarios señalados en el artículo número 2 de la presente ley, tendrán las siguientes prohibiciones:
1. El uso de tarjetas de crédito a cuenta de los fondos de las instituciones públicas, a excepción del Presidente de la República y el Ministro de Relaciones Exteriores, para gastos en función de su cargo.
2. Gastos de representación, a excepción del Presidente de la República y el Ministro de Relaciones Exteriores, para gastos en función de su cargo.
3. Pago de alquiler y mantenimiento de casa, servicios públicos y asignación de telefonía celular, a excepción de los Embajadores en función de su cargo.
4. El pago y asignación personal de telefonía celular, a excepción de los embajadores en función de su cargo. El uso institucional de la telefonía celular se regulará a través de programas de pago con cuotas pre establecidas por cada institución.
5. Pago de dietas, a excepción de los miembros de las Juntas Directivas de las empresas mixtas, estatales o privadas donde el Estado sea socio y que no devengan salario como funcionario público. El techo máximo a recibir no puede ser mayor al equivalente de Un Mil Quinientos Dólares mensuales netos (US$1,500.00) en moneda de curso legal, Córdoba, y de acuerdo al cambio oficial determinado por el Banco Central de Nicaragua, sin detrimento de las reuniones a que asista.
6. La donación de los bienes del Estado, la condonación de deudas, la dación en pago de cualquier bien mueble o inmueble.
7. Reembolsos en concepto de gastos médicos o cualquier otro servicio;
8. Estipendios, bonificaciones y cualquier otra regalía o ingreso adicional al salario.
9. Los préstamos personales otorgados del Presupuesto General de la República o donde las Instituciones mencionadas en la presente Ley, sirvan de fiadores.
10. El goce simultáneo de dos o más pensiones, o el disfrute de una pensión simultánea, con un sueldo o remuneración proveniente del ejercicio de un cargo público.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 19.
Tiene la palabra el Diputado Jaime Morales Carazo.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
No sé si cabe acá, como un artículo adicional o tal vez como una literal, esta propuesta que no tuve tiempo de lograr buscar consenso, en vista que desconocía que esta ley se iba a presentar el día de hoy. El texto del nuevo artículo diría así:
“Todo ciudadano nicaragüense que preste servicios personales, profesionales, de asesorías, consultorías o de cualquier otra naturaleza remunerada a un gobierno extranjero, institución, entidad u organismo internacional, deberá registrarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, quien procederá a la apertura del registro y seguimiento correspondiente, así como a determinar la información pertinente que deberá proporcionarse.
Las retribuciones económicas que perciban los proveedores de los servicios referidos, serán informados a la Dirección General de Ingresos para los fines tributarios correspondientes.
Ningún funcionario o empleado público de cualquier Poder del Estado, podrá prestar servicios remunerados a ningún gobierno o entidad extranjera o internacional”.
Voy a pasar la moción.
El propósito de esta iniciativa, señor Presidente, no es que sea una obligatoriedad el exigir permiso para trabajar con ningún gobierno o entidad extranjera, sino que es el hecho exclusivamente de registrarse. Por otra parte, queremos también evitar lo que se ha dado muchas veces y se está dando en el país, que muchísimos organismos internacionales, gobiernos, entidades, etc., tienen una planilla muy importante, desconocida, la cual viene a crear casi un gobierno paralelo en el país, en donde se obliga al funcionario público a que no pueda desempeñar cargos en esas instituciones o gobiernos extranjeros, porque está supeditando su independencia y soberanía, la está comprometiendo, pues a veces ocurre que puede ser que gane cinco mil pesitos nicaragüenses de honestidad y cinco mil dolaritos por otro lado, obligándose prácticamente a mantener su lealtad al que le pague más.
Voy a pasar la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
La moción del Diputado Morales Carazo, vamos a llevarla como un artículo adicional. Así que pasaríamos a la votación del artículo 19.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 19.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 20 Autoridad de Aplicación de la Ley.
Para los fines y efectos de la presente ley, se establece...
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Artículo nuevo presentado por el Diputado Jaime Morales, dice lo siguiente:
“Todo ciudadano nicaragüense que preste servicios personales, profesionales, de asesorías, consultorías o de cualquier otra naturaleza remunerada a un gobierno extranjero, institución, entidad u organismo internacional, deberá registrarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, quien procederá a la apertura del registro y seguimiento correspondiente, así como a la información pertinente que deberá proporcionarse.
Las retribuciones económicas que perciban los proveedores de los servicios referidos, serán informados a la Dirección General de Ingresos para los fines tributarios correspondientes.
Ningún funcionario o empleado público de cualquier Poder del Estado podrá prestar servicio remunerado a ningún gobierno o entidad extranjera o internacional”.
Yo en lo personal suscribo la posición del Diputado Jaime Morales, y me hace indicación el Jefe de la Bancada Liberal que también la suscribe; por tanto, es moción de consenso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Muchas gracias, Presidente.
A mí me parece que la moción del honorable Diputado Jaime Morales Carazo encajaría como una iniciativa independiente, fuera del marco legal que estamos analizando y estamos evaluando aquí. Aquí de lo que se trata es de regular los salarios de los empleados y funcionarios públicos de Nicaragua. Aquí de lo que estamos hablando es de alguien que va a venir a prestar servicio a Nicaragua, que tiene que inscribirse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y esto no encaja dentro del contexto jurídico de la ley que estamos analizando. Me parece que la intención es buena, es sana, de registrar a todo aquel que viene a desempeñar labores y funciones a Nicaragua, como consultor o como lo que sea, y que se inscriba en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Pero se aparta, me parece, dentro del contexto general de la ley que estamos tratando de aprobar esta mañana en la Asamblea Nacional. Esa es la observación que yo tenía.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado René Herrera Zúniga, tiene la palabra.
DIPUTADO RENE HERRERA ZUNIGA:
Presidente, muchas gracias.
Respaldo la moción del Diputado Jaime Morales Carazo, y que sea incluida en esta ley.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Por aclaración, yo creo que la moción del Diputado Jaime Morales tiene relación con la ley, porque precisamente evita que funcionarios nicaragüenses estén recibiendo salarios de organismos internacionales y a la vez ser funcionarios de los Poderes del Estado. Yo creo que eso debe ser regulado en esta ley, pues tenemos un montón de funcionarios en el Estado que hacen eso. Entonces es muy apropiada y muy atinada la moción del Diputado Jaime Morales.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Noel Pereira Majano, tiene la palabra.
DIPUTADO NOEL PEREIRA MAJANO:
Gracias, señor Presidente.
Esta moción del Diputado Morales Carazo es plausible, definitivamente es necesario para mantener la pureza de toda nuestra administración y de las personas que la desempeñan. Me parece que merece todo respaldo, todo respeto y es muy bueno para la transparencia.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Marco Aurelio Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO MARCO AURELIO SÁNCHEZ:
Gracias, señor Presidente.
Me gustaría que lo volvieran a leer, porque dice: “Todo nicaragüense”, no “funcionario público”. Eso es lo que yo entendí ahí, si la leen de nuevo, por favor, al comienzo dice: "Todo nicaragüense que trabaje a un extranjero, tiene que irse a inscribir, y sobre esa línea va Donald, creo yo, pues no es funcionario público que trabaje en el Gobierno que le preste servicio a otro. Me gustaría que vuelvan a leer el comienzo, porque se refiere a todos los nicaragüenses, todo el mundo que va a trabajarle a alguien, va a venir a pedirle permiso al Gobierno, y venirse a inscribir. No sé pues, si sería objeto de otra ley, creo que hay que especificar que es funcionario público, a como decía el colega Diputado Edwin Castro.
Muchas gracias.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Vamos a leer la moción que tiene dos partes, por decirlo así: El registro, no el permiso; y la prohibición de ser funcionario nicaragüense y ser funcionario de organismos internacionales. Lo que es el registro.
“Todo ciudadano nicaragüense que preste servicios personales, profesionales, de asesorías, consultorías o de cualquier otra naturaleza remunerada a un gobierno extranjero, institución, entidad u organismo internacional, deberá registrarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, quien procederá a la apertura del registro y seguimiento correspondiente, así como a la información pertinente que deberá de proporcionarse”.
Las retribuciones económicas que perciban los proveedores de los servicios referidos, serán informados a la Dirección General de Ingresos para los fines tributarios correspondientes.
Ningún funcionario o empleado público de cualquier Poder del Estado podrá prestar servicio remunerado a ningún gobierno o entidad extranjera o internacional”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada para que sea incluida como un artículo nuevo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada para ser incluida como un artículo nuevo.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 20 Autoridad de Aplicación de la Ley:
Para los fines y efectos de la presente ley, se establece como autoridad de supervisión, a la Comisión Nacional de Servicio Civil compuesta por el Ministerio de Hacienda, quien la preside, Asamblea Nacional, Corte Suprema de Justicia, Consejo Supremo Electoral, Asociación de Municipios, Regiones Autónomas y dos representantes de las organizaciones sindicales del sector público, y como ente fiscalizador a la Contraloría General de la República.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 20.
A votación el artículo 20.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 20.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 21 Sanciones.
Para los fines y efectos de la presente ley, a los funcionarios públicos que incurran en violaciones a esta ley se les aplicarán las sanciones siguientes:
a) Multas de hasta seis meses de salario;
b) En los casos en que el incumplimiento provenga de funcionarios electos por la Asamblea Nacional, éstos deberán ser invitados ante el pleno de la Asamblea Nacional; de no comparecer, se procederá de conformidad con el Inciso 4) del Art. 138 de la Constitución Política.
c) En caso de que los funcionarios regulados por la presente ley, se resistieren al cumplimiento de la misma, sean Ministros de Estado, Vice-Ministros y cualquier otro funcionario nombrado por el Presidente de la República, éste deberá ordenar que se cumpla la Ley, y si hubiere reincidencia de parte del funcionario, deberá destituirlo so pena de ser procesado por los delitos de malversación de los caudales públicos, enriquecimiento ilícito, estafa y cohecho.
d) En el caso de los funcionarios electos directamente por el pueblo y que gozan de inmunidad, el Ministerio Público, por medio del Fiscal General de la República, deberá promover la acción penal que proceda y se solicitará por la vía judicial correspondiente el retiro de la inmunidad ante la Asamblea Nacional.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión el artículo 21.
Diputada Alba Palacios Benavides.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
En este artículo 21 agregaríamos un nuevo inciso que sería el inciso e), que se leería de la siguiente manera:
“Inciso e) Se establece que cualquier violación a la presente ley, constituye los delitos de malversación de caudales públicos, enriquecimiento ilícito, estafa y cohecho, en su caso”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 21, con la moción presentada por la Diputada Palacios Benavides.
Se abre la votación.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Vamos a leer nuevamente la moción presentada por la Diputada Palacios, de un nuevo inciso, que sería el inciso “e)
“Se establece que cualquier violación a la presente ley, constituye los delitos de malversación de caudales públicos, enriquecimiento ilícito, estafa y cohecho, en su caso”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
51 votos a favor, 2 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada, con el artículo 21.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.22 Mayoría calificada:
Para los fines y efectos a la reforma de la presente ley, sea total o parcial, se requiere de votación calificada de los miembros del Plenario de la Asamblea Nacional.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión el artículo 22.
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Solamente para clarificarme. Cuando se refiere a votación calificada, ¿no hay que precisar la calificación? o sea si es 2 tercios, si es mayoría absoluta, ¿de cuántos? ¿O así estaría clara la redacción? Yo creo que se debiera de precisar, y les pediría a los colegas que nos puedan ilustrar sobre esto.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
La Constitución establece votación calificada con el 60 por ciento, pero yo creo que es correcto que quede establecido, porque la otra es mayoría absoluta, no es votación calificada. La Constitución establece: votación ordinaria, votación mayoría absoluta, votación calificada del 60 por ciento, pero yo creo que es correcto que se plantee de acuerdo al texto constitucional, mayoría calificada. el 60 por ciento, que lo establece la Constitución, si es el caso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Miguel López Baldizón, tiene la palabra.
DIPUTADO MIGUEL LOPEZ BALDIZON:
Gracias, señor Presidente.
Una consulta a los abogados, porque no es una materia que yo domino. Si una ley es aprobada en este caso con mayoría simple, ¿cuál es la explicación jurídica para que su reforma sea con mayoría calificada?
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA
:
Tenemos precisamente en la historia constitucional de Nicaragua, dos ejemplos muy claros; la Ley de Municipios y la Ley del Estatuto de Autonomía, que son leyes que se aprobaron normalmente, pero el honorable Plenario decidió que para su reforma deben tener una mayoría calificada; una, mayoría absoluta y la otra, mayoría calificada del 60 por ciento, debido a la calidad de la ley de la materia.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A votación el artículo 22.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
57 votos a favor, 4 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 22, con la aclaración que dice Jarquín Anaya.
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Que lean el 23, para después de leerlo, yo presento una moción.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 23 Vigencia:
La presente Ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, y deroga cualquier disposición que se le oponga.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Wálmaro, Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Muchas gracias, Presidente.
En el orden correspondiente, varios Diputados pretendemos presentar una moción de consenso al honorable Plenario, para que sea un artículo nuevo, antes del artículo 23 de la Vigencia. Sería un artículo nuevo transitorio que dijera así: "Posterior a la entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá realizar el cálculo correspondiente a la aplicación de la misma. El monto resultante de estas reducciones deberá presentarse como disponibilidad en una posterior reforma presupuestaria que deberá someter el Presidente de la República ante la Asamblea Nacional, en un plazo no mayor de 30 días posteriores a la vigencia de la presente ley.
La moción es firmada por el Diputado Miguel López Baldizón, Bayardo Arce Castaño, el Diputado González, el Diputado Enrique Quiñónez, el Diputado Wálmaro Gutiérrez, entre otros. Esta es una moción de consenso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Gracias, señor Presidente.
Yo quisiera hacer una moción en la vigencia de la ley, que diga lo siguiente:
“La presente ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de publicación escrito nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial, y deroga cualquier disposición que se le oponga.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Con relación a la moción de consenso de seis Diputados, que creo fueron los que leyó el honorable Diputado Wálmaro Gutiérrez, a mí me parece que hay que fijar fechas a las cosas, porque si queda abierta esta moción, después... Yo le rogaría a la honorable Diputada Secretaria que lea la moción, porque no establece fecha al inicio de la lectura de esa iniciativa, y dice que corresponderá al Ministerio de Hacienda y Crédito Público fijar o determinar la forma como los salarios se van... Por favor, vamos a leer eso para esclarecer, para que se establezcan los márgenes, en los tiempos, porque de lo que habla ahí es de 30 días después de la publicación de esta ley, pero al comienzo de la iniciativa no está totalmente clara. Así es que por favor que la lean de nuevo.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Solamente para aclarar, que en efecto el plazo no se le pone al Ministerio de Hacienda; al Ministerio de Hacienda se le aplica la responsabilidad de hacer el cálculo, pero obviamente él tiene que hacerlo antes de los 30 días que "mandata" la ley al Presidente a presentar la respectiva reforma presupuestaria. Por lo tanto, el cálculo que va a hacer el Ministerio de Hacienda tiene que ser con anterioridad a la reforma presupuestaria que deberá por ley presentar el Presidente de la República y que es 30 días posteriores a la vigencia de la ley misma.
Por consiguiente, no existe ningún inconveniente en el hecho de que no se le ponga plazo al Ministro de Hacienda, no tiene ningún inconveniente porque ya a los 30 días para presentar esa reforma presupuestaria es un plazo que se le pone al Presidente de la República para presentar la respectiva reforma presupuestaria.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
La moción presentada, que es un transitorio, dice: "Posterior a la entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá realizar el cálculo correspondiente a la aplicación de la misma. El monto resultante de estas reducciones deberá presentarse como disponibilidad en una posterior reforma presupuestaria que deberá someter el Presidente de la República ante la Asamblea Nacional, en un plazo no mayor de 30 días posteriores a la vigencia de la presente ley”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Yo no quiero entrar en contradicciones ni estar atrasando la aprobación de esta ley, pero me parece que para claridad de las cosas, voy a sugerir a los honorables proponentes que si le agregamos la frase: "60 días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley...", y después que siga exactamente a como está. Primero los 60 días, para obligar al Ministerio de Hacienda a que regule esto en los primeros 60 días, después de la entrada en vigencia de esta ley; y una vez que transcurran esos 60 días, que el Presidente de la República tenga 30 días más para presentar al Plenario de la Asamblea Nacional toda esa reforma propuesta. Es sencillo, no contradice en nada, y aclara en términos mucho más específicos lo que se quiere y lo que se pretende a través de la reforma de ese artículo.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Yo creo que es pertinente la iniciativa que está presentando Wálmaro, pero también, Wálmaro, ahí creo que es conveniente que como va a haber un ahorro en esos recursos, sería también indicar el uso que se estará dando a los mismos, ya sea para déficit, etc. O sea, la reforma presupuestaria de manera neta que tendrá que estar presentando, porque siempre tiene que presentarse balanceado cualquier cambio que haya en el Presupuesto. Hago esa observación porque creo que se debiera de ampliar en todo caso eso, para atender una serie de problemas, o si no sería más bien presentar no tanto la reforma, sino que presentarnos el cálculo, y creo que la reforma al Presupuesto tiene que hacerla el Presidente, en todo caso.
Entonces dejo la inquietud para ver cómo se mejora la redacción de este artículo, en este caso para Wálmaro y Wilfredo, que la están discutiendo ahorita.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Esta ley tiene un objetivo de aporte de la Asamblea Nacional y de altos funcionarios del Estado a la crisis nacional. Y el aporte debe ser ya, no puede ser 90 días después mi querido amigo Donald, para hacer un cálculo de afectación de salarios, el Ministerio de Hacienda no debe jugarse más de una semana, en tres días lo hace, dos días. Si está todo matriciado, hay matrices de cálculo. Entonces lo que es correcto decir que 30 días tenga que estar la reforma aquí, eso es lo correcto. Ahora, para venir la reforma al Ministerio, tiene que hacer el cálculo obviamente; lo único que estás diciendo, el Ministerio que depende del Presidente que haga el cálculo, para que en 30 días nos venga la reforma aquí.
Ahora, yo no sé Agustín, a mí no me gusta con una ley regular otra, con la reforma se tendrá que venir a decir: ahorramos tanto y lo vamos a destinar para tal cosa, cuando reformemos el Presupuesto. Si ya lo dejamos preestablecido desde ahorita, estaríamos reformando el Presupuesto en algo que yo no creo que sería correcto, porque ya estarías predeterminando el uso que le corresponde a la ley, a la modificación a la ley del Presupuesto. Por tanto, yo diría que sin mayor dilación, con el apoyo del Jefe de Bancada Liberal, del Jefe de la Bancada Azul y Blanco y de la Bancada del Frente Sandinista, que procediéramos a aprobar a como está mocionado, darle 30 días al Presidente para que mande la reforma presupuestaria de estos ahorro, que los necesitamos no dentro de 30 días, los necesitaríamos antier.
Muchísimas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Yo creo que la exposición, tanto de Wálmaro como de Edwin, son suficientemente precisas, concretas y claras. Todo lo otro trae confusión, demora y posposiciones, y no veo cuáles son las razones para que el Ministerio de Hacienda pueda hacer un cálculo de esto, creo que tres días es un exceso, sino que en tres horas, una simple corrida en las computadoras.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada que sería un artículo nuevo, transitorio.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada para un artículo nuevo.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Artículo de modificación al 23 que es el de Vigencia. Se leerá así:
"La presente ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial, y deroga cualquier disposición que se le oponga.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 23.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción con el artículo 23, y de esta forma se aprueba la Ley de Regulación Salarial de los altos funcionarios públicos.
Vamos a proceder a conocer la moción planteada por Bladimir Pineda referente a una Comisión Especial de Investigación, sobre los permisos madereros en la zona de Río San Juan, en este caso en la Reserva Indio Maíz.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
La solicitud hecha por el Diputado Bladimir Pineda dice lo siguiente: “En vista de la participación en el Plenario en cuanto a la problemática del tráfico ilegal de madera, especialmente en lo que respecta a puntos de salida ilegalmente autorizados, tengo a bien hacerle formalmente la petición del nombramiento de una Comisión Especial Investigadora por parte de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional”.
La propuesta de la conformación de esta Comisión Especial estaría presidida por el Diputado Jaime Morales Carazo, quien es el Presidente de la Comisión del Medio Ambiente, el Diputado Donald Lacayo Núñez, Francisco Sacasa Urcuyo, Bladimir Pineda, Ana Lazo, Ramón González y José Martínez.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Se suspende la Sesión, y quedamos citados para mañana a las nueve de la mañana.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Le pedimos a la Doctora Mirna Rosales que se haga presente en la Directiva, ya que andaba por ahí; mientras tanto le pedimos al Primer Secretario que revise el quórum de ley.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
(13 de abril 2005).
MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS
FREMIO ISABEL ALTAMIRANO MONTENEGRO
OCTAVIO RAMON ALVAREZ MORENO
BENITA DEL CARMEN ARBIZU MEDINA
FERNANDO JOSE AVELLAN MARTINEZ
GLADIS DE LOS ANGELES BAEZ
TOMAS WIGBERTO BORGE MARTINEZ
NOE FRANCISCO CAMPOS CARCACHE
JOSE DE LOS ANGELES CASTILLO OSEJO
JOSE DAVID CASTILLO SANCHEZ
EDWIN RAMON CASTRO RIVERA
ELIAS CHEVEZ OBANDO
IRMA DE JESUS DAVILA LAZO
VICTOR MANUEL DUARTE AROSTEGUI
JOSE SANTOS FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
MIRIAM ODILI FONSECA LOPEZ
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JAIME RENE GARCIA MANGAS
EDUARDO JERONIMO GOMEZ LOPEZ
RUBEN DE JESUS GOMEZ SUAREZ
ROBERTO JOSE GONZALEZ GAITAN
JORGE ULISES GONZALEZ HERNANDEZ
VICTOR MANUEL GUERRERO IBARRA
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
RENE HERRERA ZUNIGA
REYNA JEANETTE JEREZ GARCIA
ROBERTO JOSE LUNA
DONALD LACAYO NUÑEZ
ANA ESPERANZA LAZO ALVAREZ
MIGUEL REYNALDO LOPEZ BALDIZON
REYNALDO ALEXANDER MAIRENA VALLEJOS
MANUEL DE JESUS MALDONADO
JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ
GERARDO JOSE MIRANDA OBREGON
OSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDON
JAIME RENE MORALES CARAZO
LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
FIDEL ANTONIO MORENO BRIONES
CARLOS ANTONIO NOGUERA PASTORA
SANTOS RENE NUÑEZ TELLEZ
ALFONSO RAUL ORTEGA URBINA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
LEONEL PANTIN WILSON
BLADIMIR PINEDA SOZA
GABRIEL RIVERA ZELEDON
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MIRNA DEL ROSARIO ROSALES AGUILAR
FRANCISCO JOSE SACASA URCUYO
RIGOBERTO HILARIO SAMPSON GRANERA
ROBERTO SANCHEZ TORREZ
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
NASSER SEBASTIAN SILWANY BAEZ
FREDDY SOLORZANO ALTAMIRANO
ORLANDO JOSE TARDENCILLA
JORGE MIGUEL TORREZ MALESPIN
DAYSI RAFAELA TREJOS OROZCO
ALBERTINA URBINA ZELAYA
Señor Presidente: Tenemos 59 Diputados presentes; hay quórum de ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Se abre la Sesión.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Adendum 8, punto II PRESENTACIÓN DE LEYES Y DECRETOS, 2.47: DECRETO DE APROBACION DEL CONVENIO DE LA "CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS Y PENAS CRUELES, INHUMANOS Y DEGRADANTES".
Managua, 7 de marzo de2005
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio de la "Convención Contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles Inhumanos y Desagradables".
Espero que los Diputados de esa Honorable Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.
Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La práctica de la tortura ha sido condenada por las Naciones Unidas desde sus comienzos, por ser uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes y porque pretende destruir la personalidad de víctima, despreciando la dignidad de todo ser humano.
La tortura se considera un crimen en el derecho internacional. En todos los instrumentos internacionales la tortura está absolutamente prohibida y no puede justificarse en ninguna circunstancia. Esta Prohibición forma parte del derecho internacional consuetudinario, lo que significa que es vinculante para todos miembros de la comunidad internacional, aun si un Estado no ha ratificado los tratados internacionales en los que se prohíbe explícitamente la tortura. La práctica sistemática generalizada de la tortura constituye un crimen contra la humanidad.
La Convención dispone de una serie de normas que constituyen obligaciones y prohibiciones que implican, para los Estados Parte de ella, la adopción de medidas administrativas y legislativas que permitan a dichos Estados avanzar en el cumplimiento de la Convención.
La República de Nicaragua, al convertirse en Estado Parte de esta Convención, se compromete entre otras cosas, a tipificar los actos de tortura como delitos en su legislación penal y a castigar esos delitos con penas adecuadas; a llevar a cabo investigaciones prontas e imparciales ante cualquier supuesto acto de tortura: a la detención de quienes hayan cometido delito de tortura; y a la educación de los funcionarios encargados de realizar detenciones y aplicar la legislación penal.
Asimismo, deberá asegurarse de que ninguna eventual "declaración -que pudiera hacerse como resultado de la tortura- pueda ser invocada como un medio de prueba en ningún procedimiento judicial.
La Convención deja claro que en ningún caso podrá invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la práctica de la tortura. Tampoco podrá invocarse la orden de un funcionario superior o de una autoridad pública.
Este instrumento jurídico garantiza el respeto del llamado "principio de no devolución", el cual consiste en la prohibición que se le hace a los Estados Partes de devolver a una persona a otro Estado Parte cuando existan suficientes razones fundadas para creer que dicha persona podría estar en inminente peligro de ser sometido a la práctica de la tortura.
Por otra parte, los Estados Partes, se comprometen a velar porque todo presunto autor de actos de tortura, que se encuentre en un territorio bajo su jurisdicción, sea juzgado o extraditado a otro Estado a efectos de su enjuiciamiento.
Los Estados partes de la Convención deben velar porque su legislación garantice a la víctima el derecho a presentar quejas y asegurase que estas sean conocidas debidamente por las autoridades competentes. Esto incluye la protección de quien presente la queja y de los testigos del caso ante cualquier intimidación o malos tratos.
Independientemente de lo que disponga la legislación nacional del Estado Parte, la Convención también garantiza a las víctimas de la tortura, o las personas a su cargo, el derecho a su reparación y a una indemnización justa y adecuada, así como a una adecuada habilitación.
No debe perderse de vista que la Convención dispone en su articulado la cooperación entre los Estados Partes para la realización de auxilio judicial y la asistencia jurídica mutua en materia de procedimientos penales y la extradición, aun cuando no exista un tratado entre las Partes que lo subordine, pues en su Artículo 8, numeral 2 se establece que la misma Convención se tendrá como la base jurídica para poder llevar a cabo el procedimiento de extradición.
Con el propósito de dar seguimiento a la Convención, se dispuso la creación de un órgano conformado por expertos independientes que se ocupa de vigilar la aplicación de la Convención por los Estados Partes y es denominado "Comité contra la Tortura".
Los Estados Partes de esta Convención eligen a (10) expertos -de gran integridad moral y reconocida competencia en materia de derechos humanos- para componer el Comité contra la tortura. Los miembros del Comité son elegidos en reuniones bianuales y tendrán un mandato de cuatro años.
El comité se rige de conformidad a su propio Reglamento y elige a su Mesa Directiva por un período de (2) años. Asimismo, celebra todos los años, en Ginebra, Suiza, dos reuniones ordinarias: la primera entre los meses de abril y mayo y la segunda en noviembre.
Básicamente el comité se encarga de conocer los informes periódicos que los Estados Partes de la Convención deben presentar en los cuales se reflejen las medidas que han adoptados para hacer cumplir la Convención y las denuncias llamadas comunicaciones- que se presenten dentro de su marco jurídico.
1. Examinar los informes periódicos de los Estados Partes;
2. Realizar investigaciones confidenciales a la luz de indicaciones fundamentales según las cuales se practica sistemáticamente la tortura en el territorio del Estado Parte;
3. Examinar las comunicaciones de personas que afirmen ser víctimas de una violación de la convención;
4. Examinar la queja de un Estado contra otro Estado.
Las quejas que sean presentadas por particulares o de un Estado contra otro Estado -en el marco de la Convención- sólo se puede examinar en relación con los Estados Partes que hayan "declarado" que reconocen la competencia del Comité para recibirlas y examinarlas.
Entre las funciones del Comité contra la Tortura está también la presentación de un informe anual sobre sus actividades a los Estados Partes y a la Asamblea General de la ONU. Este informe puede contener un resumen del resultado de las visitas a los territorios de la Partes.
De conformidad con la Convención, el Comité puede proceder a realizar una investigación confidencial cuando reciba información fiables según la cual se practica sistemáticamente la tortura en el territorio de un Estado Parte. Ello no es posible si el Estado interesado ha declarado, al amparo del artículo 28, que no reconoce la competencia del Comité respecto.
El Comité considera que se practica sistemáticamente la tortura: cuando parece que los casos de tortura notificados no son fortuitos ni se han producido en un solo lugar o en un momento concreto, y se observan en ellos elementos de hábito, generalidad y finalidad determinada por lo menos en una parte importante del territorio del país.
Además, la tortura puede revestir un carácter sistemático sin que eso se deba a la intención directa de un gobierno. Puede ser consecuencia de factores que al gobierno le puede resultar difícil controlar y su existencia puede indicar un desfase entre la política concreta del gobierno central y su aplicación por la administración local.
Una legislación insuficiente que en la práctica permite la posibilidad de recurrir a la tortura también puede contribuir al carácter sistemático de esta práctica.
Cuando recibe información de la clase mencionada en el artículo 20, el comité invita al Estado Parte interesado a cooperar en el examen. Si considera que la investigación debe incluir una visita al Estado Parte por uno o más de los miembros del Comité, éste recaba el consentimiento del Estado.
Por lo general, en el curso de la visitas, los miembros del Comité se entrevistan con las autoridades públicas competentes, con miembros de la administración de justicia y con representantes de organizaciones no gubernamentales e inspeccionen los lugares de detención. Las actuaciones del Comité durante estas visitas son confidenciales.
Las conclusiones del Comité, junto con las observaciones o sugerencias que se consideran apropiadas, se trasmiten al Estado Parte acompañadas de una solicitud de información sobre las medidas adoptadas en consecuencia.
Después de consultar al Estado Parte, el Comité decide si conviene incluir un resumen de los resultados de la Investigación en su informe anual a la Asamblea General.
Es importante señalar que, en el Sistema de Naciones Unidas, se conoce como "comunicaciones" a la documentación relativa a cualquier denuncia, queja o reclamo que se presente ante un Comité -establecido por una Convención Multilateral de derechos humanos- de derechos humanos- por medio de la cual se haga del conocimiento de dicho Comité, de actos violatorios a la Convención respectiva de parte de uno de sus Estados Parte.
Finalmente, la Convención establece que su Depositario es el Secretario General de la ONU y establece sus funciones, así como los requisitos para su apertura a firma, enmienda y denuncia; y la forma de solución de controversias sobre su aplicación o interpretación.
La convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes es valioso instrumento jurídico internacional en materia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que contempla serios compromisos para los Estados que se convierta en Parte de ella, particularmente en lo que se refiere al respecto a los derechos humanos y a la dignidad de la persona humana.
Esta convención no contradice nuestra legislación nacional y esta acorde a los siguientes artículos de la Constitución Política de Nicaragua.
1. Artículo 36, que vela el respeto a la integridad física, psíquica y moral de las personas e imperativamente tipifica como delitos la tortura, procedimientos y penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes;
2. Artículo 39, relativo al carácter humanitario del Sistema Penitenciario Nacional; y
3. Artículo 46, referente a la protección estatal de la persona humana y el reconocimiento de sus derechos consagrados en los instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos.
Por las razones anteriormente mencionadas y con fundamento en el numeral 12 la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto del Decreto de aprobación de la "Convención contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el presente proyecto de ley, a la Comisión del Exterior.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el Adendum 9, punto II PRESENTACIÓN DE LEYES Y DECRETOS, punto 2.50 DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No.1607/SF-NI, "PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA SALUD MATERNO - INFANTIL".
Managua, 7 de marzo de2005
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato Préstamo No. 1607/SF-NI "Proyecto de Mejoramiento de la Salud Materno-Infantil".
Espero que los diputados de esa Honorable Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.
Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOCICON DE MOTIVOS
El Gobierno de la República de Nicaragua ha logrado el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al obtener un préstamo concesional con cargo a los recursos del Fondo de Operaciones Especiales (FOE) para financiar el "
Proyecto Mejoramiento de la Salud Materno-Infantil"
El objetivo del Proyecto es mejorar las condiciones de salud de la población más pobre del país, contribuyendo a reducir el perfil de morbi-mortalidad materno e infantil por causas evitables que afecta especialmente a quienes viven en localidades pobres del sector rural con concentración de población indígena y en localidades urbano marginales, apoyando el logro de los objetivos del milenio en salud y la reducción de las disparidades entre otros indicadores y los promedios nacionales.
Como objetivo específico, el Proyecto contribuirá al mejoramiento de un conjunto de indicadores trazadores asociados al esfuerzo de ampliación de la cobertura de salud y al mejoramiento de la calidad en la provisión de dichos servicios, ejemplo: un mayor y menor acceso a los controles preventivos del embarazo, la atención institucional del parto y la atención hospitalaria de las patologías materno-infantil con mayor incidencia con mayor incidencia como son la hemorragia y las asfixias, respectivamente.
En los términos de este Contrato, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se compromete a otorgar al Gobierno de la República de Nicaragua, un préstamo con cargo a los recursos del Fondo para Operaciones Especiales (FOE), hasta por una suma de treinta millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30,000,000), o su equivalente en otras monedas, excepto la de la República de Nicaragua, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con cargos a este financiamiento constituirían el "Préstamo".
Del monto del financiamiento, se destinará el equivalente de Trescientos mil dólares (US$ 300,000), que equivale al 1% del monto del financiamiento, para cubrir los gastos del banco por concepto de inspección y vigilancia generales. Dicha suma será desembolsada en cuotas trimestrales y en lo posible iguales y se acreditará en la cuenta del Banco sin necesidad de solicitud del Prestatario.
Por las razones anteriormente mencionadas y con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No.1607/SF-NI "Proyecto de Mejoramiento de la Salud Materno-Infantil."
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el presente proyecto de ley, a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto.
Diputada Alba Palacios Benavides, tiene la palabra.
DIPUTADA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
Gracias, señor Presidente.
Quiero presentar a la consideración de la Asamblea plenaria y su Junta Directiva, la siguiente Resolución de este Poder del Estado, de solicitud a la Unión Europea para mantener el régimen actual de cuota y de aranceles para el mercado bananero latinoamericano, que dice así:
"LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando: Que es responsabilidad constitucional del Estado de Nicaragua garantizar el derecho al trabajo y proteger a la población contra el hambre.
Considerando: Que la Comisión Europea ya asumió el compromiso de desmontar el actual sistema arancelario y de cuota que mantiene el acceso de nuestra producción bananera al mercado de la Unión Europea.
Considerando: Que esta decisión de la Comisión Europea amenaza a nuestro país con la pérdida de empleo para más de cinco mil familias que dependen de la producción bananera y de su exportación.
Considerando: Que los jefes de Estado de los países productores de banano en Latinoamérica, incluida Nicaragua, acordaron en la reunión cumbre en Quito Ecuador, el 26 de Enero pasado, crear un frente común, monolítico y solidario, para rechazar la decisión de la Unión Europea de incrementar el arancel a las importaciones del banano de nuestra región, a partir del 11 de Enero del 2006.
Considerando: Que el Parlamento Centroamericano en su Resolución AP2CL19-2005 del 24 de Febrero, respaldó la propuesta de los jefes de Estados latinoamericanos reunidos en Quito, Ecuador, el 26 de Enero pasado y rechazó enfáticamente la decisión de la Comisión Europea.
Por tanto:
La Asamblea Nacional, con fundamento en las facultades establecidas en nuestra Constitución Política, nuestro Estatuto y Reglamento Interno
RESUELVE:
Primero:
Respaldar los acuerdos y propuestas suscritos por los Presidentes de Panamá, Costa Rica, Guatemala, Ecuador, y Colombia, el Canciller de Honduras y de una delegación empresarial de Nicaragua que en la reunión cumbre en Quito, Ecuador el 26 de Enero pasado, reiteraron la voluntad de realizar esfuerzos conjuntos sobre el régimen de importación, venta y distribución del banano al mercado Europeo.
Segundo:
Rechazar la decisión adoptada por la Comisión Europea de implementar de manera discriminatoria y arbitraria un sistema de arancel único superior al actual que es de 75 Euros tonelada métrica, elevándolo a 230 tonelada métrica para el banano procedente de Nicaragua y demás países latinoamericanos, y que cambia de forma desventajosa las reglas del régimen del mercado actual.
Tercero:
Solicitar a la Comisión y a la Unión Europea revisar su decisión de aumentar el arancel a 239 Euros tonelada métrica, y que analice las demandas de los países productores del banano de Latinoamérica acordados en la reunión cumbre de Quito, Ecuador, en torno al nuevo régimen de mercado.
Cuarto:
Solicitar al Gobierno de Nicaragua que impugne cualquier otro nivel arancelario que quiera imponer la Comisión Europea que no cumpla con el mandato previsto en el anexo a la excepción de doja del acuerdo general de aranceles aduaneros y comercio que afecten a Nicaragua.
Quinto:
Dar a conocer la presente Resolución a los congresos y gobiernos de los países productores de banano de Latinoamérica, así como al Parlamento Europeo, a la Comisión Europea y gobiernos de Europa.
Dado en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional.
Firman esta propuesta de Resolución, por la Bancada Liberal, los Diputados: David Castillo, Enrique Quiñónez, los Diputados de Chinandega, Eduardo Gómez y Noel Pereira Majano; por la Bancada Sandinista, los Diputados: René Núñez, Edwin Castro, Alba Palacios y Marcelino García, de Chinandega, por la Bancada Azul y Blanco, los Diputados Jaime Morales Carazo y Orlando Tardencilla.
La presento para consideración y su debida votación.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Marcelino García Quiroz, tiene la palabra
DIPUTADO MARCELINO GARCIA QUIROZ:
Gracias, señor Presidente.
Es para secundar la moción que hiciera la Diputada Alba Palacios, en vista de que la situación del mercado bananero actual es bastante compleja y delicada. Quiero darles algunos elementos a los honorables Diputados de la Asamblea Nacional, del porqué realmente es necesario que la Asamblea Nacional apruebe por unanimidad este pronunciamiento a favor del régimen bananero actual. En mayo de 1985 se dieron problemas con el mercado tradicional bananero que tenía Nicaragua, que era la costa Oeste de los Estados Unidos. En Mayo de 1985 se luchó por establecer un mercado nuevo que definitivamente fue el mercado europeo y principalmente la zona de países que no tenían ningún régimen protector al mercado bananero.
A raíz de que se va conformando la Unión Europea, en 1992 se ha trasladado la política de protección que tenían los cinco países que eran: España, Portugal, Italia, Francia e Inglaterra. Estos países han venido protegiendo producciones que son comunitarias europeas y sus excolonias. Esta protección se trasladó a cinco nuevos países que constituían la Unión Europea, y prácticamente en 1982 Nicaragua tuvo que ver reducida sus exportaciones a Europa, porque las regulaciones vinieron a reducir la presencia de Nicaragua en el mercado europeo.
Para el año 2005 está previsto un nuevo régimen, un cambio en el cual podríamos decir que todos los países y todos los productores y los comercializadores han venido adecuando su actividad comercial o productiva a las condiciones que impuso el régimen nuevo en 1992. En ese momento hubo cambios en el caso de Nicaragua, y de 11 millones de cajas anuales que se exportaban a Europa se vio reducido aproximadamente a 4.5 millones de cajas, lo cual no le permitía a Nicaragua estar enviando un barco cada semana y se vio obligado a hacer contratos con compañías transnacionales como el caso de DOL, para intercambiar producción.
En el caso de DOL, llevar a los Estados Unidos nuevamente la producción de Nicaragua y reponer la cuota que significaba para Nicaragua entre los 3-4 millones de cajas anuales de otros países como Ecuador y Colombia. Con el estrés que produjo el cambio en 1982 se vio golpeada la producción nacional, y como resultado de ella se perdieron varias fincas, varios centros de trabajo. Si hay un nuevo cambio en 2005 podríamos estar en presencia también de un nuevo estrés y efectivamente podríamos perder de forma definitiva el cultivo de banano, porque ya no tendríamos nosotros una forma de establecer contrato con otras compañías para suplir las obligaciones en Europa y para mantener la producción en Nicaragua.
Pero hay que agregar también, que el movimiento bananero latinoamericano está organizado y está también en comunicación con productores y comercializadores europeos y con toda la red europea del banano que también está luchando porque se mantenga el régimen actual. Hay que decir que en América Latina el impacto negativo que tendríamos negativo si se hace el cambio que ha propuesto la Comisión Europea sería directamente para un millón de personas. Sólo Nicaragua tiene trabajadores nicaragüenses en Costa Rica trabajando en banano, más de 30 mil trabajadores que vendrían a engrosar el ejército de desocupados que tenemos en América Latina.
Los ingresos a la economía latinoamericana andan -diríamos sólo en Costa Rica en uno de los rubros fuertes, así como Colombia, Ecuador, Panamá, Guatemala, Honduras; y también estas economías que no soportan este tipo de estrés, vendrían a entrar en una mayor crisis como consecuencia de una mayor pobreza que traería a los pueblos latinoamericanos.
Por ello es que debemos, honorables Diputados, aprobar unánimemente este pronunciamiento. Es una lucha por mantener por lo menos el nivel de las economías latinoamericanas; y en el caso de Nicaragua por conservar una parte de los ingresos que recibe la Nación.
Pero también del empleo, que es prácticamente un empleo en medio de un tremendo desempleo, diríamos de una recesión que hay en el campo que prácticamente no la vemos cómo pueda surgir y si recibimos más desempleo prácticamente estaremos sometiendo a una tremenda mayor crisis al campo nicaragüense. Por eso, honorables Diputados, honorables miembros de la Directiva, les solicito el respaldo a la propuesta de la Diputada Alba Palacios y de los Diputados que firmaron, y les pido de manera personal que aprobemos unánimemente este pronunciamiento.
Gracias, Presidente.
PRSIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Eduardo Gómez López, tiene la palabra.
DIPUTADO EDUARDO GOMEZ LOPEZ:
Buenos días, señor Presiente.
Estoy tomando la palabra en este momento, para solicitarle a la honorable Junta Directiva sus gestiones, y por supuesto la votación unánime de nuestro Congreso por este pronunciamiento que muy bien expuesto, muy bien dado, hizo la honorable Diputada Alba Palacios, con respecto al deterioro de comercialización del banano en Europa. Los países europeos, previendo mantener o deteriorar el régimen de producción, el régimen actual de precios en Euros para favorecer a sus colonias han pretendido llevar de 70, Euros, tonelada métricas de banano en la comercialización, con los impuestos puestos en esa cantidad, subirlos a 230 Euros tonelada métrica.
Esto sería un factor negativo para los productores latinoamericanos que nos sacarían absolutamente del mercado europeo de esta fruta. Ellos pretenden proteger su colonia aumentando o tratando de aumentar de 70 a 230 Euros la tonelada, dejándonos a los productores latinoamericanos en un caos en esta comercialización de la fruta. En Nicaragua significaría que dejen de trabajar cinco mil familias, que son las que actualmente laboran en estas plantaciones de banano. El subsidio que le quieren dar a los productores de las colonias europeas hace que nosotros no tengamos la oportunidad de seguir comercializando nuestra fruta en ese continente.
Hoy por hoy, tenemos un contrato hasta Diciembre 31 del 2005, y una vez pasada esa fecha, el futuro o el destino de la producción bananera de Nicaragua y de América Latina, pues está en veremos. Yo quisiera solicitarle a los honorables Diputados de esta Asamblea, el apoyo sobre la solicitud que la Diputada Alba Palacios nos dictaminó en un principio.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
En vista de que no hay nadie más en el uso de la palabra, vamos entonces a someter a votación la propuesta de Resolución leída por la Diputada Alba Palacios.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN :
Resolución de solicitud a la Unión Europea para mantener el régimen actual de cuota de aranceles para el mercado bananero latinoamericano.
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Considerando:
I
Que es responsabilidad constitucional del Estado de Nicaragua garantizar el derecho al trabajo y proteger a la población contra el hambre.
II
Considerando: Que la Comisión Europea ya asumió el compromiso de desmontar el actual sistema arancelario y de cuota que mantiene el acceso de nuestra producción bananera al mercado de la Unión Europea.
III
Considerando: Que esta decisión de la Comisión Europea amenaza a nuestro país con la pérdida de empleo para más de cinco mil familias que dependen de la producción bananera y de su exportación.
IV
Considerando: Que de los jefes de Estado de los países productores de banano en Latinoamérica, incluida Nicaragua, acordaron en la reunión cumbre en Quito, Ecuador, el 26 de Enero pasado, crear un frente común, monolítico y solidario, para rechazar la decisión de la Unión Europea de incrementar el arancel a las importaciones del banano de nuestra región, a partir del 11 de Enero del 2006.
V
Considerando: Que el Parlamento Centroamericano en su Resolución APLCL19- 2005, del 24 de Febrero, respaldó la propuesta de los jefes de Estados latinoamericanos reunidos en Quito, Ecuador, el 26 de Enero pasado y rechazó enfáticamente la decisión de la Comisión Europea.
Por tanto:
La Asamblea Nacional, con fundamento en las facultades establecidas en nuestra Constitución Política, nuestro Estatuto y Reglamento Interno
RESUELVE:
Primero:
Respaldar los acuerdos y propuestas suscritos por los Presidentes de Panamá, Costa Rica, Guatemala, Ecuador y Colombia, del Canciller de Honduras y de una delegación empresarial de Nicaragua, que en la reunión cumbre en Quito, Ecuador, el 26 de Enero pasado, reiteraron la voluntad de realizar esfuerzos conjuntos sobre el régimen de importación, venta y distribución del banano al mercado Europeo.
Segundo:
Rechazar la decisión adoptada por la Comisión Europea de implementar de manera discriminatoria y arbitraria, un sistema de arancel único superior al actual que es de 75, elevándolo para el banano procedente de Nicaragua y demás países latinoamericanos, y que cambia de forma desventajosa las reglas del régimen del mercado actual.
Tercero:
Solicitar a la Comisión y a la Unión Europea revisar su decisión de aumentar el arancel a 239 Euros y que analice las demandas de los países productores del banano de Latinoamérica acordados en la reunión cumbre de Quito Ecuador en torno al nuevo régimen de mercado.
Cuarto:
Solicitar al Gobierno de Nicaragua que impugne cualquier otro nivel arancelario que quiera imponer la Comisión Europea que no cumpla con el mandato previsto por el anexo a la excepción de doja del acuerdo general de aranceles aduaneros y comercio que afecten a Nicaragua.
Quinto:
Dar a conocer la presente Resolución a los congresos y gobiernos de los países productores de banano de Latinoamérica así como al Parlamento Europeo, a la Comisión Europea y gobiernos de Europa.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el 5 de Abril del año 2005.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el pronunciamiento presentado.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención.
Se aprueba el Pronunciamiento presentado.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Se les remite al Adendum 5, punto al 2.38: PROYECTO DE DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No.1692, FIRMADO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA, PARA FINANCIAR LOS ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD DEL PROYECTO "CENTRAL HIDROELÉCTRICA LARREYNAGA".
Managua, 27 de enero de 2005
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con la correspondencia Exposición de Motivos, adjunto la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del contrato de Préstamo No. 1692, firmado entre la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica, para Financiar los Estudios de Factibilidad del Proyecto <<Central Hidroeléctrica Larreynaga>>.
Espero que los Diputados de esa Honorable Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.
Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICION DE MOTIVOS
La energía eléctrica juega un papel clave en la estrategia de desarrollo de una nación. Reconociendo su importancia, el Gobierno ha determinado como una competitividad del país. El entorno local y el proceso de integración regional obligan a Nicaragua a encontrar soluciones estratégicas que satisfagan la creciente demanda energética nacional e incrementen la participación de fuentes renovables en la matriz energética domestica.
En este contexto se pretende ejecutar el proyecto
"Central Hidroeléctrica Larreynaga",
el que estará a cargo de la Empresa Nicaragüense de electricidad (ENEL). Este proyecto comprende la construcción de una central hidroeléctrica en el tramo superior del Río Viejo utilizando el caudal turbinado de la Planta Centroamericana. La central propuesta tiene una capacidad total de 20Mw lo que le permitirá generar un promedio de 86.3 GW de energía adicional. Su construcción depende exclusivamente de los estudios de pre-inversión que determinaran cual es la mejor alternativa desde el punto de vista técnico y financiero.
Ente los principales beneficios de la implementación de este Proyecto se encuentran:
·
La
Satisfacción del incremento de la demanda energética adicional promedio, estimada en 2.25% anual;
·
La
Reducción de las importaciones de combustible fósil para la generación de energía eléctrica, reducción estimada en aproximadamente cinco millones de dólares anuales;
·
La posibilidad de exportar energía limpia al mercado eléctrico regional, si se considera oportuno, y
·
La generación de empleos directos e indirectos
.
Según ENEL, el costo total del proyecto
"Central Hidroeléctrica Larreynaga"
se estima en US$ 36,318,600 corresponden a la fase de pre inversión, la que incluye los estudios de factibilidad del proyecto.
Para financiar parcialmente la elaboración de dichos estudios, el 10 de diciembre de 2004 la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Publica (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), firmaron el Contrato de Préstamo No.1692 por un monto de un millón doscientos setenta y cinco dólares de las Estados Unidos de América (US$ 1,275,000).
Este préstamo ha sido contratado a 25 años de plazo con una taza de interés fija del 3.4728% anual y una comisión de auditoría y supervisión del 0.25% anual, pagadera de una sola vez a más tardar al primer momento del primer desembolso.
Las condiciones anteriores permitir obtener estos fondos con un 35% de concecionalidad en términos de valor presente neto es el porcentaje mínimo de subvención establecido para nuevas contrataciones de préstamos externos en la
"Política de Endeudamiento Publico del año 2005".
El Préstamo será amortizado en US$ Dólares, mediante el pago de cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales hasta la total cancelación del mismo, en las fechas y por los montos que determine el BCIE.
Por las razones anteriormente mencionadas y con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, someto a consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 1692, firmado entra la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica, para financiar los Estudios de Factibilidad del Proyecto << Central Hidroeléctrica la Larreynaga>>.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el presente proyecto de ley, a la Comisión de Infraestructura.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
En el mismo Adendum 5, el punto. 2.41: LEY DE REFORMA A LA LEY No.517, LEY QUE ESTABLECE EL USO DE UTILIDADES DE HIDROGESA Y CREA EL FONDO DE APOYO A LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA NO TRADICIONAL.
Managua, 11 de Febrero del 2005
Doctora
MARIA AUXILIADORA ALEMAN
Primer Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimada Doctora Alemán:
En mi calidad de Diputado, y de conformidad a los Artos. 138 y 140 Cn. y del Arto. Numeral 1 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, tengo a bien presentarle la iniciativa de Ley denominada
"LEY DE REFORMA A LA LEY No 517, LEY QUE ESTABLECE EL USO DE UTILIDADES DE HIDROGESA Y CREA EL FONDO DE APOYO A LA PRODUCCION AGROPECUARIA NO TRADICIONAL
"
para que sea considerada por este Poder del Estado y sea remitida a la Comisión pertinente.
Sin más a qué hacer referencia, aprovecho la ocasión para saludarle.
Atentamente,
ING. JOSÉ DAVID CASTILLO SÁNCHEZ
Diputado
Managua, 11 de Febrero del 2005
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional.
Honorable Señor Presidente:
Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 y 140 numeral 1) de la Constitución Política y de los artículos 4 numeral 2) y 44 del Estatuto de la Asamblea Nacional, presentamos esta iniciativa de Ley denominada
"LEY DE REFORMA A LA LEY No 517, LEY QUE ESTABLECE EL USO DE UTILIDADES DE HIDROGESA Y CREA EL FONDO DE APOYO A LA PRODUCCION AGROPECUARIA NO TRADICIONAL"
para que sea considerada por este Poder del Estado y sea incluida en la agenda parlamentaria.
El objeto de esta Iniciativa de Ley de Reforma a la Ley No. 517, es el restablecimiento de los ingresos a los Gobiernos Locales de las municipalidades de Jinotega y Ciudad Darío y que puedan realizar la gestión que le demanda el proceso de la administración publica. Por ministerio de ley primeramente citada se dejó establecido la reforma del Artículo 135 de la Ley No. 272, en la cual se trasformaron en Empresas públicas del Estado las empresas de HIDROGESA y ENTRESA, y a las cuales se les exoneró de todo impuestos, incluyendo los municipales, siendo que estos impuestos constituyen la principal fuente de ingresos de las Alcaldías de los municipios ya referidos, se les dejó sin capacidad financiera para la realización de las obligaciones y responsabilidades que se les establece en la Ley No. 40 y 261, Ley de Municipios y los demás proyectos que permitan el desarrollo de dichos Municipios.
En concepto de impuestos municipales provenientes de la venta de energía matrícula e impuestos mensuales, las autoridades de estos municipios percibían anualmente, aproximadamente, la cantidad de C$ 1,848,500.00, (UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS) situación que al dictaminarse y aprobarse la ley que disponía de las utilidades de la empresa HIDROGESA no se tuvo en cuenta.
Las autoridades de ambos municipios mantienen una posición que son contrarias a los intereses de la Empresa del Estado, si no más bien que se les considere al momento de la distribución del Fondo, con lo cual ambas municipalidades podrán ejecutar sus planes de gestión y desarrollo, en virtud de lo cual consideramos necesario realizar la perspectiva reforma, y que e todo caso lo que deja de pagar HIDROGESA solamente viene a incrementan las utilidades netas.
Por las razones antes expuestas, los suscritos Diputados solicitamos que la presente Iniciativa sea sometida a las consideraciones pertinentes y solicitamos a la honorable Junta Directiva que sea puesta a conocimiento del Plenario para su correspondiente tramite de formación de ley.
DAVID CASTILLO
Diputado
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el presente proyecto de ley, a la Comisión de Infraestructura.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el Adendum 6, punto 2.42: "LEY DE REFORMA A LA LEY No.517, LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No.517, LEY QUE ESTABLECE EL USO DE LAS UTILIDADES DE HIDROGESA Y CREA EL FONDO DE APOYO A LA PRODUCCION AGROPECUARIA NO TRADICIONAL".
Managua 02 de marzo del 2005
Licenciada
María Auxiliadora Alemán
Primer Secretaria
Asamblea Nacional.
Estimada Licenciada Alemán:
El motivo de la presente es para presentarle la iniciativa de Ley de reforma a la Ley No. 517 Ley de Reforma y Adición a la Ley No. 517, Ley que Establece el uso de Utilidades de Hidrogesa y Crea el Fondo de Apoyo a la Producción Agropecuaria no Tradicional", para su correspondiente trámite de conformidad a la Constitución y el Estatuto y Reglamento Interno de la Asamblea Nacional.
Si más a que hacer referencia, le saludamos.
Atentamente,
Dr. Rubén Gómez Suárez
Diputado FSLN
José Ramón Villagra
Diputado FSLN
EXPOSICION DE MOTIVOS
Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Arto. 138 numeral 5) y Arto. Numera 1) de la Constitución de la República de Nicaragua y el Arto. 43 y 44 Estatuto general de la Asamblea Nacional y el Arto. 88 y 89 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, presentamos la siguiente Iniciativa de Ley de Reforma y Adición a la Ley No.517, ley que establece el uso de utilidades de Hidrogesa y crea el Fondo de Apoyo a la Producción Agropecuaria no Tradicional", la que tiene suficiente justificación social y asidero jurídico, en correspondencia con el marco jurídico constitucional, siendo necesario que este Poder del Estado la tome en cuenta un trámite de ley favorable y expedito.
Surge la necesidad de presentar esta iniciativa de Ley de Reforma y Adición a la Ley No. 517, ante una omisión involuntaria del espíritu que persigue la ley, pues esta empresa generaba ingresos para las dos alcaldías de la localidad, con los impuestos que entraban a los gobiernos municipales de Jinotega y Ciudad Darío; con la ley, estos ingresos vías impuestos municipales han dejado de ser percibidos, produciendo un impacto negativo en la gestión social de los gobiernos municipales antes mencionados. Ante esta situación, fue objeto de solicitud directa de los Alcaldes y Concejales de los respectivas Alcaldías, ante esta honorable Asamblea Nacional, sean retomados sus consideraciones para ajustar a una respuesta de interés general.
Siendo que es obligación y responsabilidad de los poderes del Estado apoyar la autonomía de los Municipios, esta es una forma de apoyo para su gestión de gobiernos municipales que procuran de manera directa beneficios para la población en general de sus respectivos municipios, pues la exoneración de impuestos que goza esta empresa de Hidrogesa a través de la Ley de Reforma del Arto. 135 de la Ley No. 272, dejan de percibir aproximadamente Un Millón Ochocientos Cuarenta y Ocho Mil Quinientos Córdobas, que corresponde un 46% de los ingresos municipales en el caso de la Alcaldía de la Ciudad Darío y un 21% de la Alcaldía de Jinotega, por tal razón es necesario que las utilidades netas de Hidrogesa, se les retribuya con el 2% para cada Alcaldía.
Otro demanda social que se recoge con esta Reforma y adición la Ley No. 517, que tiene su justificación moral y de reivindicación con las comunidades indígenas que gozan de protección legal a nivel constitucional, es la de acreditar un 1% para el pueblo indígena de Sébaco y un 1% para la comunidad Indígena de Jinotega, dentro de la distribución de las utilidades de Hidrogesa, se justifica, porque la propiedad de la comunidad indígena es donde se encuentra el vital liquido de la vida (Lago de Apanás y Santa Bárbara) y que sirve para abastecer respectivamente a ambas plantas hidroeléctricas. Y es importante retomar las consideraciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso de Awas Tigni, de la Comunidad Indígena de la Costa Atlántica, donde expresaba que los pueblos indígenas son los garantes en la explotación racional de los recursos naturales, y cuando el Estado de Nicaragua aprovecha de manera directa o a través de manos privadas la explotación de dichas riquezas naturales, las comunidades deben ser beneficiadas en la distribución de dichas riquezas para la mejoría y bienestar de su comunidad, además del respaldo que los legisladores han realizado mediante la aprobación de leyes que reconocen derechos a la comunidad indígena, como la ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica, gozan del derecho de ser indemnizados por el uso de sus territorios para embalse, acueducto, tendido eléctrico, instalaciones de almacenamiento, transporte y distribución de energía eléctrica; sin embargo la comunidad indígena de Sébaco a través de la presente reforma y adición a dicha ley, con la asignación del 1% de la utilidad neta de hidrogesa para su comunidad, para el impulso de Proyectos de desarrollo social.
Estos aspectos es importante sean considerados por todos y todas las Diputadas de la Asamblea Nacional, para que apoyen con el respaldo de un Dictamen Favorable y sus aprobaciones esta Ley de Reforma y adición a la Ley No. 517, Ley que establece el uso de utilidades de hidrogesa y crea el Fondo de Apoyo a la Producción Agropecuaria no tradicional", la que no se opone a la Constitución Política, ni a los intereses del Estado nicaragüense.
Managua, dos de marzo del dos mil cinco.
Dr. Rubén Gómez Suárez
Diputado FSLN
José Ramón Villagra
Diputado FSLN
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el presente proyecto de ley, a la Comisión de Infraestructura.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el Adendum No.9, punto 3.33 "LEY DE REFORMA A LA LEY No.467, "LEY DE PROMOCION AL SUB SECTOR HIDROELECTRICO".
Managua, 22 de Febrero del 2005
DICTAMEN
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
Los suscritos Diputados, miembros de la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción, recibimos el proyecto de Ley denominado
"Ley de Reforma a la Ley No.467, Ley de Promoción al Sub-Sector Hidroeléctrico",
de parte de la Primera Secretaría el día 30 de Septiembre del año 2004, solicitamos las observaciones y consideraciones pertinentes a los Entes que serían sujetos de la reforma y procedimos a elaborar el presente dictamen.
Creemos que esta reforma es importante y significativa, dado que permitirá ir cambiando la matriz energética en nuestro país, priorizando la generación de energía a través de este importante recurso, del cual nuestro país tiene un importante potencial, por ser este tipo de generación inherente a la finalidad y la función social del Estado, dado que, permitirá bajar los costos de la energía eléctrica.
El artículo 105 de la Constitución Política establece: "que es obligación del Estado, promover, facilitar y regular la prestación de los servicios públicos básicos de Energía, Comunicación, Agua, Transporte, Infraestructura Vial, Puertos y Aeropuertos".
Es deber del Estado -dice la Constitución- garantizar el control de calidad de bienes y servicios, por estas razones y con el objeto de apoyar la inversión en nuestro país, sea de nacionales o extranjeros, es que acogemos con beneplácito este proyecto de Reforma a la Ley de Promoción del Sector Hidroeléctrico, especialmente por la visión de futuro que esta Asamblea Nacional ha insistido en su relación con el Poder Ejecutivo ante la realidad mundial del incremento de los precios de los derivados de hidrocarburos.
Actualmente en la Asamblea Nacional se está tramitando la Ley General de Aguas, ley necesaria para garantizar la preservación del recurso, en vista de que, la Ley 272, Ley de Industria Eléctrica, establece en el artículo 66: "
Para efectos de esta ley, se entiende por licencia el derecho otorgado por el Estado a través del Instituto Nicaragüense de Energía, a un Agente Económico titular de la misma, para generar energía eléctrica, utilizando recursos naturales de conformidad a las leyes de la materia..."
Otro de los aspectos a considerar es que la Asamblea Nacional dictó Ley No. 440 ley de Suspensión de Concesiones de Uso de Agua, mientras no se aprobara una Ley que regulara la utilización de ese recurso de tan vital importancia para la vida humana.
La Ley No.467, deja un vacío en cuanto a quién otorga la Licencia de Generación, lo cual mejoramos en la redacción del Dictamen ajustándolo a las disposiciones de la Ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento y las Normativas, que al respecto dicte el Instituto Nicaragüense de Electricidad, además de obligar a los beneficiados de las Licencias de Generación a adecuarse a las disposiciones que al respecto establezca la Ley de Aguas.
Finalmente, dejamos finiquitada la posición de esta Comisión de la Asamblea Nacional de no permitir la privatización de Hidrogesa, ante lo expuesto por el Presidente de ENEL, de que se iba a realizar la privatización de esta importante Empresa.
Por todo lo antes expuesto, los miembros de la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción, fundamentados en el Artículo 138, numeral 12 de la Constitución Política de Nicaragua, en los Artículos 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, así como los artículos 67 y 89 del Reglamento Interno, dictaminamos FAVORABLEMENTE LA “LEY DE REFORMA A LA LEY 467, LEY DE PROMOCIÓN AL SUB-SECTOR HIDROELECTRICO”, el cual no se opone a nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales y Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.
En consecuencia de lo antes expuesto, sometemos a la consideración del Plenario de la Asamblea Nacional el presente Dictamen, adjuntamos el texto del mismo y les solicitamos su aprobación.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de Febrero del año dos mil cinco.
Atentamente,
COMISION DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE,
ENERGIA Y CONSTRUCCION
Dip. JOSE DAVID CASTILLO
Presidente
Dip. AGUSTIN JARQUIN ANAYA
Segundo Vice-Presidente
Dip. FREDDY SOLORZANO
Primer Secretario
DIP. ROBERTO GONZALEZ
Miembro
Dip. EDWIN CASTRO RIVERA
Miembro
Dip. VICTOR GUERRERO
Miembro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general el presente Dictamen.
Diputado David Castillo Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO SANCHEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Esta ley, estimados colegas, reforma la Ley 467 que dictamos con el nombre de Ley de Promoción al Sub-Sector Hidroeléctrico, para incentivar el inicio de algunas pequeñas operaciones de generación hidroeléctrica, en ausencia de la Ley de Aguas. Como la Ley de Aguas se ha venido atrasando, habían unos micro-proyectos que requerían una ley, y se hizo esa ley, de permitir la generación hasta cinco megas. Posteriormente el Poder Ejecutivo presentó una iniciativa de reforma, llevando de cinco megas a treinta megas la generación hidroeléctrica bajo el paraguas de esta ley temporal, en espera de la Ley de Aguas.
Se ha criticado mucho en los medios de comunicación por parte de algunos funcionarios del Gobierno, que la Comisión de Infraestructura, y en general la Asamblea Nacional, están atrasando el desarrollo de la generación hidroeléctrica por no aprobar esta ley. Yo creo que ésa es una gran mentira que hay que aclararle al pueblo de Nicaragua, porque este proyecto de ley fue recibido en la Asamblea Nacional el 11 de Agosto del año pasado, es decir, más o menos hace ocho meses; pero resulta que en dicho proyecto, tal y como estaba redactado, el Gobierno estaba permitiendo de una forma indirecta la privatización de Hidrogesa que nosotros por ley habíamos detenido.
Y esa privatización de Hidrogesa era el permitir algunas pequeñas microgeneradoras afines al agua en lo que se llama el río Viejo, utilizando la misma cuenca hidrográfica de Hidrogesa. Ante esa forma de redactar el proyecto de ley, nosotros exigimos al Gobierno una serie de documentos y comunicaciones en donde quedara evidencia clara de que no iban a permitir que la empresa Hidrogesa fuera privatizada indirectamente a través de esta ley. Posteriormente, el tema que retrasó este Dictamen era el hecho de que una vez resuelto de que solamente el Estado iba a invertir en las cuencas de Hidrogesa, era con qué dinero se iba a hacer? En reuniones que tuvieron miembros de la Comisión con gente del Banco Centroamericano de Integración Económica, sabíamos que estaban más de cien millones de dólares disponibles para generación hidroeléctrica.
Pero el Gobierno no estaba haciendo uso de esos fondos, por tal razón invitamos al Gabinete Económico a explicarnos por qué habiendo dinero en el BCIE, para un proyecto de hasta 60 megas de generación, que eran más o menos unos ciento veinte millones de dólares, por qué razón no se estaban gestionando esos fondos. Después de varias reuniones logramos determinar que lo que pasa es que la cartera que ofrecía el BCIE, o la disponibilidad de fondos que ofrecía el BCIE, era más o menos de ciento veinte millones. Pero el Gobierno tenía otras prioridades, no tanto la generación hidroeléctrica, y de ahí fue que gestionaron cuarenta millones para la carretera que se llama Costanera, en el litoral Pacífico nuestro, que también tenían otros proyectos de vivienda con el BCIE y que al final de cuentas solamente unos treinta o treinta y cinco millones iban a ser destinados a la generación hidroeléctrica.
Otro pegón que detuvo este Dictamen, era el hecho de que nosotros le preguntábamos al Gobierno, bueno, si nosotros autorizamos mediante una ley que los inversionistas puedan utilizar los recursos hidrográficos del país y además les vamos a dar una serie de incentivos fiscales, ¿qué es lo que gana el país? Y costó llegar a un punto de negociación en el cual quedara plasmado en esta ley, que la generación eléctrica que se logre con esta nueva reforma y usando los recursos naturales del país, deben quedar dentro del país, o sea que no pueden ser exportados a través del sistema de integración eléctrica que hay en la región, sino que la prioridad es que vendan esa energía dentro de Nicaragua.
Pero el segundo punto era que la vendan a un precio que realmente garantice que la energía eléctrica a la población le va a llegar a precios bastante favorables. No lo que está pasando actualmente, que algunos proyectos que generan recursos y fuentes renovables, siguen la curva del precio del petróleo. Entonces resulta que en el mercado eléctrico nicaragüense, aunque la energía se genere por biomasa, se genere por hidráulica, o se genere por geotermia, al final todos van cobrándole al país y a la población en general, como si fuera generada con petróleo.
La Comisión llegó a un acuerdo forzoso -diría yo- para el Gobierno, porque al final lo tuvo que aceptar, no es que lo quisiera, de poner aquí en esta ley claramente que la energía generada por estos recursos hidroeléctricos van a ser vendidos dentro de una banda de precios que garantice al inversionista recuperar su inversión, poder pagar los bancos, los empréstitos que tenga y tener una ganancia; pero nunca seguir la curva del precio como si fuera petróleo lo que ocupó para generar la energía. Este proyecto de ley estamos claros que es parte de una solución no integral al tema de la energía, porque la verdad es que el tema de la generación hidroeléctrica va a venir completándose cuando ya podamos haber discutido y aprobado aquí la Ley de Aguas.
Entonces, esta ley siempre sigue teniendo un carácter temporal, esperando la aprobación de la Ley de Aguas. Por tanto, creemos que con esto la Asamblea ha cumplido, al legislar para que haya oportunidad de inversión en generación que no use el petróleo; pero sobre todo sentimos la satisfacción de que cumplimos en garantizar que esa energía quede en el país, y quede a precios que garanticen que la tarifa de energía a la población no se le va a incrementar. Así es que los miembros de la Comisión de Energía, Comunicación y Transporte, les pedimos su apoyo total a este proyecto de ley.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Roberto González Gaitán, tiene la palabra.
DIPUTADO ROBERTO GONZALEZ:
Gracias, Presidente.
Sólo queríamos aclarar, para que conste en el Diario de Debates, que los antecedentes de esta iniciativa que se ha presentado han sido en el marco de la intención que hubo de una iniciativa de ley de privatización de Hidrogesa, que nos quiso meter gol el Ejecutivo, pues lo que se estaba nada más proponiendo era la privatización de la infraestructura de la empresa estatal Hidrogesa, a lo cual de manera clara nos habíamos opuesto desde un inicio. Pero en el texto de esa iniciativa de ley, llevaba también consigo arrastrada la privatización de todas las cuencas hídricas vinculadas a esta iniciativa de ley de privatización de Hidrogesa.
Es por esa razón que había una posición en la Comisión de no dar lugar a otra iniciativa de ley, mucho menos ninguna otra apertura que diera como señal las posibilidades mínimas de privatización de los recursos hídricos nicaragüenses. En segundo lugar, creo que es importante dejar claro que el Ejecutivo comenzó a través de la Comisión Nacional de Energía -y hay que decir las cosas con nombre y apellido-, con su vocero el señor Raúl Solórzano, a desatar toda una campaña pública contra la Asamblea Nacional, y en particular contra los miembros de esta Comisión, de que éramos los que estábamos poniendo obstáculos a la no posibilidad del desarrollo y crecimiento energético de nuestro país.
Quiero dejar claro también, que el mismo señor Solórzano se ha estado encargando de reunirse con una serie de inversionistas -que no vemos la fila de esos inversionistas preocupados por invertir en este país-, para ejercer presión sobre la Comisión de Energía de la Asamblea Nacional, en función de los intereses económicos, ¿y por qué no decirlo?, de las coimas oscuras que en estas transacciones se han estado impulsando, y que en ese sentido el juego sucio del señor Raúl Solórzano, en nombre del Ejecutivo, ha sido para empañar la autoridad y la ética con que ha trabajado esta Comisión.
Por esa razón he aprovechado este momento, para hacer esta denuncia pública y que conste en el Diario de Debates; y en segundo lugar, que ha sido esta Comisión de la Asamblea la que ha estado presentando la preocupación y las propuestas, para ver la posibilidad de diversificación energética en nuestro país. De ahí que existen las dos iniciativas, esta iniciativa de ley de ampliación de 5 a 30 megas, y la iniciativa de ley de la fuente renovable de energía eléctrica. Por lo tanto, me sumo al planteamiento del Presidente de la Comisión, en un momento realmente muy importante para su debida aprobación, porque también como acuerdo del Diálogo Nacional, en tanto fue punto de agenda fundamental, se acordó una Comisión Especial para trabajar este tema.
Y entre esas propuestas señaladas están estas dos iniciativas de ley como alternativas de solución presentadas en la mesa del Diálogo Nacional, para enfrentar la crisis energética de nuestro país, que no ha sido capaz el Ejecutivo de enfrentar por inepto.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Gracias, Presidente.
Ya el Presidente de la Comisión, David Castillo y el colega Roberto González, hacían referencia a esta temática, para dejar claramente dicho que hemos venido actuando con absoluta responsabilidad frente a esta iniciativa, de autorizar para que se puedan invertir y desarrollar proyectos de hasta 30 megavatios, sin que esté todavía una Ley de Aguas, pero cubriendo los aspectos de los ríos, de las cuencas, etc., con las autoridades correspondientes.
Este proyecto que fue introducido en el mes de Septiembre del año pasado, lo hemos debatido y hemos logrado también otro aspecto, y es que toda la inversión y desarrollo que se haga para generación hidroeléctrica, en la cuenca de Apanás y el río Viejo, o sea donde está ubicada la empresa Hidrogesa, con la Planta Centroamérica y Santa Bárbara, se va a mantener. Hay un párrafo específico en este sentido, que hemos incorporado y se lo hemos presentado y manifestado también al Gobierno, que se va a mantener en su carácter estatal. O sea que no va a ser esto privatizado considerándolo un activo, un patrimonio del país, lo cual es positivo.
De manera que por los beneficios que esta ley trae, se manifiesta que hay inversionistas esperando esta iniciativa para desarrollar inversiones en proyectos que pudieran estar operando en unos dos años y medio, si las cosas se hacen con diligencia. Así es que invitamos a todos los colegas a que apoyemos con determinación esta ley, o esta iniciativa de reforma a la Ley 467, y que votemos todos unánimemente por ella.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Gracias, señor Presidente.
Quería hacer en lo general una moción, que quisiera que fuera sometida a votación antes de entrar en lo particular. Y es que como esta ley fue dictaminada antes de que entrara en vigencia la SISEP, en todo el texto de la ley habla de INE, del Instituto Nicaragüense de Energía; entonces, que en toda la ley, en donde diga Instituto Nicaragüense de Energía, deberá decir: “Intendencia de Energía de la Superintendencia de Servicios Públicos”. Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Nathán Sevilla Gómez, tiene la palabra.
DIPUTADO NATHAN SEVILLA GOMEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Creo que es importante que estemos trabajando el tema de la cuestión energética y nos detengamos un poco a ver eso que el Comandante Daniel Ortega consideró como una indolencia de parte del gobierno Bolaños frente a los problemas energéticos que vive el país. Y efectivamente si repasamos la política del Gobierno, observamos que hay un descuido completo en cuanto a la elaboración y puesta en práctica de los proyectos de desarrollo energético de Nicaragua, de energía alternativa al petróleo, como es el caso de las hidroeléctricas.
Llevamos muchos años después de haber pasado la guerra, desde los 90 para acá, ya llevamos 15 años sin que se haga nada para desarrollar por ejemplo el proyecto COPALLAR, un proyecto energético de gran envergadura, hidroeléctrico. Nicaragua es un país rico en este recurso hídrico y puede perfectamente, y debe hacerlo desarrollar ese potencial. La geotermia, que fue considerada bajo el gobierno sandinista como una prioridad y también un potencial importante a desarrollar, está descuidada; las políticas de privatización han afectado el desarrollo geotérmico en Nicaragua. El recurso eólico que tiene Nicaragua, tampoco se aprovecha, ni se aprovecha el recurso solar, la energía solar para la producción de energía eléctrica.
Entonces, es un gobierno sin políticas claras de carácter estratégico para resolver el problema energético de Nicaragua, que es un país que no es petrolero. Y consideremos que el problema petrolero en el mundo actual se convierte ya en una alternativa que poco a poco se agota, las reservas de petróleo en los países altamente productores de este recurso, están calculadas ya en su máximo período para 70 años, otros tienen menos de 70 años de duración. Entonces el mundo tiene que moverse hacia nuevas alternativas energéticas.
Se dice por ahí que muchas de estas alternativas no han sido desarrolladas porque las transnacionales que monopolizan el mercado energético se oponen para que el petróleo no decaiga como un gran negocio; sin embargo Nicaragua como un país pobre, también tiene que buscar soluciones no sólo estratégicas de largo plazo, de mediano plazo, como la que estamos señalando, sino también aprovechar la apertura que ha dado el Gobierno venezolano del Presidente Chávez, de estar dispuesto a negociar con países pequeños como el nuestro, formas de ayuda, de cooperación, de un petróleo que podamos nosotros administrar como país pequeño, en beneficio de los nicaragüenses.
Pero como condición a todo esto, que no esté de por medio ahí el negocio transnacional que se lleva la tajada del león, el Gobierno actual de Nicaragua no ha sido capaz de impulsar estas negociaciones con el Gobierno venezolano, que sería un alivio. No sería una solución de largo plazo, pero sería un alivio que recibiéramos un trato preferencial de un país hermano de América del Sur. Trato preferencial que jamás podríamos conseguir tal vez de Estados Unidos ni de ninguno de los países que aspiran a un Tratado de Libre Comercio con Nicaragua, con Centroamérica, para venir a destruir nuestra producción nacional y convertirnos en consumidores de los productos de ellos.
Porque el libre comercio que proponen está exento de todo criterio de cooperación internacional para los países más pobres, está exento de la solidaridad; en cambio con Venezuela estamos hablando de un trato en el que entra en juego el criterio de la solidaridad, el criterio de la cooperación entre países hermanos que tienen que trabajar por un proyecto común de integración latinoamericana.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Yo considero que debemos procurar tratar de no personalizar ni de hacer graves imputaciones o señalamientos delicados sin comprobaciones. Dicho esto, quiero señalar que yo creo en lo personal, que el Ingeniero Raúl Solórzano es un buen profesional y es una persona honorable. En cuanto al salto que se pretende hacer de la autorización con la reforma de las plantas de 5 a 30 megavatios, yo creo que es un asunto muy delicado, porque pudiera eventualmente afectar proyectos mayores que pudieran ser entorpecidos con la presencia, con derechos adquiridos de plantas que se han establecido con anterioridad. Sin embargo la actual crisis energética va a continuar escalándose y los precios del petróleo, no dudemos que no pasa el año y ya posiblemente hayan rebasado los cien dólares.
La indiferencia en la que nuestro país ha mantenido una ausente política de energéticos -y que ya se ha hecho una referencia amplia-, que pese a tener los enormes recursos hídricos y geotérmicos, eólicos y de otra naturaleza, lejos de ir mejorando pareciera que vamos a retroceder a la época de los candiles. Ante esas circunstancias, ante esta crisis y ante una serie de presiones promovidas por el Ejecutivo, con mucha prisa al decir y señalar que existe una cola, una lista de inversionistas muy grande pensando invertir en el rubro energético, que ojalá así sea, ojalá no sean percepciones de esas inversiones en un país tan convulsionado, inestable como se encuentra ahora el nuestro, al cual hay que buscarle la más pronta solución.
Pues yo creo que esa presión tiene una explicación en ese sentido, para que el país no se vea privado de esas supuestas inversiones y salten a ser ese tipo de plantas de esa capacidad. Lo que resultaba un poquito incongruente, y así se lo explicaba al Presidente de la Comisión de Transporte, Infraestructura y Energía, al Ingeniero David Castillo y a otros miembros de la Comisión, es que si estando en proceso de discusión próximo y aprobado en lo general una Ley de Aguas nacionales, pues dentro de ese capítulo de la aplicación y el uso racional y sostenible del agua, entra un capítulo que es la generación hidroeléctrica.
Sin embargo el Diputado Castillo explicaba hoy en la mañana, que esta exención que sería extraordinaria, y ampliada esos márgenes de 5 a 30, una vez que pasara la ley -que ya está en proceso-, sería adaptada y supeditada a lo que el marco legal estableciera en la nueva Ley de Aguas nacionales. Por es razón, yo creo que la única explicación es darle paso a ese tipo de excepciones que llamo yo un poco precipitadas, empujadas por la crisis energética que se ha ido escalando cada día. Pero el hecho de pasar de 5 a 30, es una cosa que implica resultados y efectos bastante más allá de una simple multiplicación aritmética.
Gracias, presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
No habiendo más intervenciones, vamos entonces a someter a votación en lo general el Dictamen, junto con la moción presentada por el Diputado Castro, que habla de sustituir el INE por la Intendencia de Energía.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general, con la moción presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Ha Dictado
La siguiente:
REFORMA A LA LEY No. 467, "LEY DE PROMOCIÓN AL SUB-SECTOR HIDROELÉCTRICO”
Arto. 1
Se reforma el artículo 6 de la Ley No. 467, Ley de Promoción al Sub-Sector Hidroeléctrico, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 169 del 5 de Septiembre de 2003, el que se leerá así:
Se autoriza al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) o a la autoridad competente, según la Ley, a otorgar Permisos de Aprovechamiento de Agua a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, para la generación de energía hidráulica de más de un megavatio hasta un máximo de treinta megavatios, en una cuenca específica y previa consulta con los municipios afectados. En el caso de permisos de aprovechamiento de Agua ubicados en las Regiones Autónomas, el MIFIC o la autoridad competente, deberá de solicitar la autorización del Consejo Regional Autónomo correspondiente.
Las plantas de menos de un megavatio no necesitan permiso, todo de conformidad a la Ley No. 272, Ley de Industria Eléctrica.
El Permiso de Aprovechamiento de Agua es independiente de la Licencia de Generación Eléctrica que otorga la Intendencia de Energía. Su procedimiento, plazos y requisitos son los establecidos en la Ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica, su Reglamento y Normativas que al efecto dicte la Superintendencia de Servicios Públicos.
Los beneficiarios de licencias y concesiones deberán dar cumplimiento a las disposiciones que establezca la Ley de Aguas, una vez que la misma entre en vigencia.
La Concesión de Uso de Agua para Generación Hidroeléctrica, de las Cuencas Asturias, Apanás y río Viejo, son de uso y explotación exclusiva del Estado para la generación Hidroeléctrica.
Hasta aquí el artículo 1.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión en lo particular el artículo 1.
Rigoberto Sampson Granera, tiene la palabra.
DIPUTADO RIGOBERTO SAMPSON GRANERA:
Gracias, señor Presidente.
Es una aclaración sobre esas dos líneas que dicen que las plantas de menos de un megavatio no necesitan permiso, todo de conformidad con la Ley No. 272. Sobre eso quería preguntarles, que si eso incluye los trámites que tiene que hacerse para toda obra en los Municipios, porque podría entenderse que hasta eso se obvia con estas dos líneas. Entonces quisiera consultarle a la Comisión, cuál es el alcance de ese no permiso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado David Castillo Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO:
Muchas gracias, señor Presidente.
Es para aclararle al Diputado Sampson que esto se refiere al permiso del Mific. O sea, el primer párrafo habla de que se autoriza al Ministerio de Fomento Industria y Comercio a otorgar los permisos de aprovechamiento de agua; y el segundo párrafo dice que si es de menos de un mega la planta, no requiere el permiso. El resto de trámites que de acuerdo a la legislación vigente, tengan que hacer en una Alcaldía, u otra cosa, eso no se afecta, Rigoberto. Es solamente el tema del permiso para usar el agua el que está exento.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Para que tengamos idea, cuando se habla de menos de un mega, nos estamos refiriendo a la energía que generan las fincas a través de molinos, a energía que generan para consumo del mismo local, que normalmente no son energías comercializables. Energías de menos de un mega, son normalmente hechas o con una caidita de agua o un pozo moviendo un molino, y eso no requiere el permiso del Mific para aprovechamiento de agua; Es más, está libre. Yo no he sabido que generación de energía rural propia para autoabastecimiento requiere inclusive permiso de Alcaldía.
Por eso es que queda liberada la generación con menos de un mega, lo cual no quiere decir que va a quedar como uso de agua fuera del control de la Ley de Aguas y de las autoridades, porque nadie, aunque tenga el río en su finca, tiene derecho de contaminarla o desperdiciarla o botarla, ese control sí viene, y viene en la Ley de Aguas, como decía David; pero no sería lógico que ahora le pidamos a todas las fincas que generan su propia energía con molinos de agua, que estén pidiendo autorización al Mific para generarla. A eso se refiere la generación con menos de un mega.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Alfonso Ortega Urbina, tiene la palabra.
DIPUTADO ALFONSO ORTEGA:
Muchas gracias, señor Presidente.
Yo quería proponerle a los miembros de la Comisión, para una mayor claridad, que al decir otorgar permisos de aprovechamiento de la caída de agua, para que quede completamente bien delimitado que no hay privatización del agua, que es permiso de aprovechamiento de la caída del agua. Si está de acuerdo la Comisión en incorporarla en esa forma.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado David Castillo, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO:
Presidente: Yo creo que el permiso y el procedimiento a como está en la Ley de la Industria Eléctrica, se llama “Permiso de Aprovechamiento de Agua”, porque ponerle caída de agua puede implicar específicamente que sólo la usás en una catarata, por llamarlo así, y no un pequeño embalse de desvío para que caiga sobre la turbina. Yo preferiría que no lo cambiemos, porque en ese sentido la no privatización del agua se está garantizando por otras leyes que ya hemos dictado en la misma Ley de Aguas, y al hablar aquí de caída, ya estamos entrando en aspectos de infraestructura de la inversión, y puede ser peligroso en algunas otras zonas donde haya que fabricar la caída de agua.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Yo estoy totalmente de acuerdo con lo manifestado por el Diputado David Castillo, el término que se aplica es “Aprovechamiento del Agua”. Nunca he visto yo en ningún lado del mundo, en las leyes que hemos leído ahora que estamos trabajando con la Ley de Aguas, que se hable de caída de agua. Eso es un nicaraguanismo, llamémosle así; aprovechamiento de agua es una cosa general y aceptada y que todo el mundo lo entiende, porque la caída puede ser natural, como puede ser por catarata o puede ser caída provocada también, o una excavación con un tubo como se hacen las turbinas para darle mayor presión a la caída del agua, para usar el término.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Alfonso Ortega Urbina, tiene la palabra.
DIPUTADO ALFONSO ORTEGA URBINA:
Gracias, señor Presidente.
Perdone que insista en dejar bien delimitado que el aprovechamiento es para embalses que provoquen caída de agua; pero es la caída la que va a producir energía eléctrica y no es el agua, no estamos privatizando el agua; no se puede usar el agua en otra cosa más que para provocar la caída, que es la que produce la energía eléctrica. Entonces, si hay preocupación por hacer el embalse, entonces podemos dejarla así: “permisos de aprovechamiento de embalses para la caída del agua”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Si decimos aprovechamiento de agua para generación de energía, y genéricamente sólo hay una forma, que es a través de la energía producida por una caída de agua, ya sea inducida o natural. Si hablamos de aprovechamiento de caída, yo temo que la autoridad que vaya a aplicar la ley, ponga frenos a inversiones que tengan que crear embalses de agua, y que digan que sólo dan permiso a caídas naturales. Y nosotros en Nicaragua, aunque tenemos ríos abundantes no tenemos grandes caídas, entonces estaríamos desaprovechando la posibilidad de generación hidráulica en grandes cantidades.
Yo creo que hablar de aprovechamiento del agua para generación, queda claro que es para generación, no puede ser para otra cosa porque estás diciendo que no podés aprovecharla para otra cosa, porque te dice que es para aprovechamiento para generar energía; por tanto no podés retenerla ni usarla para otra cosa. Yo diría que la dejemos como aprovechamiento de agua para generación de energía, que es genérica, y como habla de aprovechamiento, queda claro que no hay ninguna privatización posible y que además en la Ley de Aguas vendrá a rematar con claridad esta situación.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
En vista de que no hay moción presentada, vamos entonces a proceder a la votación del artículo 1 del proyecto de reforma de ley.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 2
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado David Castillo, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO:
Muchas gracias, señor Presidente.
Tenemos una moción de consenso de la Comisión para agregar un nuevo artículo, un artículo 2, que es el que garantiza los beneficios al país a como adelanté en la aprobación en lo general. El artículo 2, diría lo siguiente:
“Refórmase el artículo 12 del Capítulo XV de las Autoridades de Administración o Aplicación, y se agregan cuatro nuevos párrafos que se leerán así:
Los incentivos y beneficios fiscales establecidos en el artículo 4 de esta ley, serán administrados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con la certificación de la Intendencia de Energía.
La energía producida por empresas que se acogen a los incentivos otorgados por la presente ley y no tengan contrato con el distribuidor y otros agentes, deberán vender esta energía en el mercado de ocasión interno, de acuerdo a sus precios promedios diarios, manteniéndose dentro de una banda de precios no menor de cinco punto cinco centavos de dólar por kilovatio-hora, ni mayor de seis punto cinco centavos de dólar por kilovatio-hora.
La Intendencia de Energía establecerá los procedimientos para otorgar los permisos de importación de energía, cuando esté satisfecha la demanda interna. Los permisos de exportación deberán distribuir de manera proporcional, entre todos, los proyectos de generación de energía con fuente renovable, la capacidad de exportar.
La Intendencia de Energía establecerá el procedimiento para actualizar esta banda de precios debidamente justificado por los índices económicos nacionales e internacionales, considerando las políticas dictadas en este campo por la Comisión Nacional de Energía. El Consejo Directivo de la Superintendencia de Servicios Públicos autorizará las resoluciones de actualización”.
Presento la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Gracias, señor Presidente.
Voy a presentar una reforma al artículo 2 del Dictamen, que sería un nuevo artículo 3 de la reforma, que diga lo siguiente:
“La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su publicación futura en La Gaceta, Diario Oficial”.
Paso moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Hay una moción para un nuevo artículo 2, leída por el Diputado Castillo, que sería la que vamos a someter a votación. Vamos a pedir que la lea de nuevo la Secretaría.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Moción presentada para agregar un artículo nuevo que vendría a ser el artículo número 2:
“Refórmese el artículo 12 del Capítulo IV, de las Autoridades de Administración o Aplicación, y se agregan cuatro nuevos párrafos que se leerán así:
Los incentivos y beneficios fiscales establecidos en el artículo 4 de esta ley, serán administrados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con la certificación de la Intendencia de Energía.
La energía producida por empresas que se acogen a los incentivos otorgados por la presente ley y no tengan contrato con el distribuidor y otros agentes, deberán vender esta energía en el mercado de ocasión interno, de acuerdo a sus precios prometidos diarios, manteniéndose dentro de una banda de precios no menor de cinco punto cinco centavos de dólar por kilovatio, ni mayor de seis punto cinco centavos de dólar por kilovatio.
La Intendencia de Energía establecerá los procedimientos para otorgar los permisos de exportación de energía cuando esté satisfecha la demanda interna. Los permisos de exportación deberán distribuir de manera proporcional, entre todos, los proyectos de generación de energía con fuente renovable la capacidad de exportar.
La Intendencia de Energía establecerá el procedimiento para actualizar esta banda de precios debidamente justificada por los índices económicos nacionales e internacionales, considerando las políticas dictadas en este campo por la Comisión Nacional de Energía. El Consejo Directivo de la Superintendencia de Servicios Públicos autorizará las resoluciones de actualización”.
La firman los Diputados mocionistas.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción para crear un nuevo artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada y se crea un nuevo artículo 2.
Ahora pasaríamos a conocer la moción presentada para el viejo artículo 2, que sería artículo 3.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
El artículo 3 de la moción presentada por el Diputado Edwin Castro, quedaría así:
“La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su publicación futura en La Gaceta, Diario Oficial”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción que sería el nuevo artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que se constituye en artículo 3 del proyecto de ley, y de esta forma se aprueban las reformas a la Ley No. 467, Ley de Promoción al Sub-Sector Hidroeléctrico.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el Adendum 8, punto 3.32: LEY PARA LA PROMOCION DE GENERACION ELECTRICA CON FUENTES RENOVABLES.
Managua, 30 de Marzo del 2005.
DICTAMEN
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
Los suscritos Diputados miembros de la Comisión de Comunicación, Transporte, Energía y Construcción, recibimos el proyecto de Ley denominado “
LEY PARA LA PROMOCION DE GENERACION ELECTRICA CON FUENTES RENOVABLES”,
de parte de la Primera Secretaría, el día 01 de Julio del año 2004, solicitamos las observaciones y consideraciones pertinentes a los Entes que serían sujetos de la reforma y procedimientos a elaborar el presente dictamen.
Es importante señalar que ya existen leyes especiales en relación a Fuentes Renovables, tales como, Ley de Explotación y Explotación de Recursos Geotérmicos Ley No. 472 y la Ley No. 467, Ley de Promoción del Sub-Sector Hidroeléctrico, sin embargo existen otras fuentes de energía renovable que no cuentan con una ley de promoción tales como la generada con fuentes de viento Eólica, Biomasa entre otras, por tanto esta Ley viene a promover todas estas fuentes de energía unificando los incentivos de esas otras leyes, además, y es lo impotante, establecemos la obligación de que al acogerse los inversionistas a los incentivos establecidos en la presente Ley, deberán vender la energía al mercado interno a través de una banda de precios que beneficie a los consumidores finales quienes en última instancia deben ser los beneficiarios de todos estos proyectos promovidos con incentivos.
Por todo lo antes expuesto, los miembros de la Comisión de Comunicación, Transporte, Energía y Construcción, fundamentados en el Artículo 138, numeral 12 de la Constitución Política de Nicaragua, en los Artículos 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, así como los Artículos 67 y 89 del Reglamento Interno, Dictaminamos Favorablemente la “
LEY PARA LA PROMOCION DE GENERACION ELECTRICA CON FUENTES RENOVABLES”,
el cual no se opone a nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales y Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.
En consecuencia de lo antes expuesto, sometemos a la consideración del Plenario de la Asamblea Nacional el presente Dictamen.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de Marzo del año dos mil cinco.
Atentamente,
COMISION DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE,
ENERGIA Y CONSTRUCCION
Dip. JOSE DAVID CASTILLO
Presidente
Dip. AGUSTIN JARQUIN ANAYA
Segundo Vice-Presidente
Dip. ROBERTO GONZALEZ
Miembro
Dip. EDWIN CASTRO R.
Miembro
Dip. VICTOR GUERRERO IBARRA
Miembro
Dip. RENE HERRERA Z.
Miembro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el Dictamen en lo general.
Tiene la palabra el Diputado David Castillo Sánchez.
DIPUTADO DAVID CASTILLO SANCHEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Esta Ley de Promoción de la Generación Eléctrica con Fuentes Renovables, es parte del paquete de leyes que se han venido discutiendo estos meses con diferentes actores de la industria eléctrica, y además con las autoridades encargadas de este tema en el Gobierno. Realmente esta ley también fue presentada en el mes de Julio a la Asamblea Nacional, y fue remitida a la Comisión de Infraestructura en Agosto del año pasado, y por tanto también es una Ley que tiene ocho meses nada más de haber estado en la Comisión y de haber estado dentro de todo el proceso de formación de la ley.
En esta ley el pegón para no “sacar humo blanco” -como está de moda hablar ahora de humo blanco-, con un dictamen que satisfaciera a todo el mundo, era el tema de hasta dónde los incentivos fiscales debían ser respaldados al país, a través de un precio barato de la energía, y además prioridad de venta a lo interno del país. Igualmente hubo ajustes de temas técnicos que tienen que ver con aspectos de despacho de la carga, qué prioridad, qué energía es más priorizada, si la eólica o la hidráulica, y una serie de conceptos técnicos que ya fueron cubiertos en este Dictamen.
Creemos por tanto que la ley, si bien es cierto no llena el cien por ciento de expectativas de diferentes actores, creemos que marca un balance justo y razonable entre las obligaciones del país hacia ese inversionista y del inversionista hacia el país, entendiendo por país al consumidor final de la energía, que es el que paga la factura eléctrica cada mes. Por tanto, creemos que este proyecto de ley va a aportar mucho en la posibilidad de atraer inversiones y de ir transformando la matriz eléctrica de nuestro país y depender cada día menos del petróleo, que según los expertos no hay modo que tienda a bajar su precio y más bien en el largo plazo, o ni tan largo, tal vez de aquí a 15 ó 20 años, lo que se espera es que hasta se agoten las fuentes de petróleo explotable comercialmente.
Por tanto, esto marca una base fundamental para que el país le saque el máximo provecho a esos recursos naturales geotérmicos, hidroeléctricos, eólicos que la naturaleza y nuestro Creador nos dieron como país, y poder depender menos del petróleo. Por tanto le pido a todos los colegas en nombre de la Comisión, que den su voto favorable para este proyecto de ley.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Roberto González Gaitán, tiene la palabra.
DIPUTADO ROBERTO GONZALEZ GAITAN:
Gracias, Presidente.
Yo creo que es importante, para que conste en el Diario de Debates, el esfuerzo que la Comisión hizo el año pasado incluso al impulsar un foro sobre la problemática de la energía y lograr la incorporación y la participación de los distintos actores vinculados a esta problemática tan profunda que estamos viviendo en estos días. De igual manera este año la Comisión, dándole continuidad al esfuerzo de este foro, hemos mantenido el contacto con universidades y también hemos impulsado la creación de una mesa en la que tanto los generadores como las distribuidoras petroleras, incluso, y demás sectores, hemos estado desarrollando esta agenda.
Y en efecto, desde la perspectiva legislativa surgió el planteamiento de la necesidad de impulsar un marco de ley que posibilitara la diversificación de generación de energía de diversas fuentes denominadas fuentes renovables. Por lo tanto, creemos que ya con la presentación de esta iniciativa de ley, no es que estamos solucionando el problema, pero sí estamos contribuyendo a aportar un instrumento jurídico muy importante para poner las reglas claras del juego sobre la mesa, y que después nadie pueda decir que la Asamblea Nacional está poniendo obstáculos para las posibilidades del desarrollo energético en Nicaragua.
Y de igual manera, así como acabamos de aprobar la iniciativa de ley de ampliación de generación hidroeléctrica de 5 a 30 megas, también esta importante iniciativa de ley creemos que va a poner al país en una perspectiva de generación de energía eléctrica muy importante, y sobre todo para dar un mensaje a la inversión en este sector importante, para que se traduzca en un resultado de generación eléctrica con precios sumamente favorables y accesibles a los usuarios, a los consumidores, es decir al país.
Muchísimas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Miguel López Baldizón, tiene la palabra.
DIPUTADO MIGUEL LOPEZ BALDIZON:
Gracias, señor Presidente.
Para referirme a la importante aprobación de esta Ley para la Promoción de Generación Eléctrica con Fuentes Renovables. El incremento constante en los precios de los derivados del petróleo, y por lo tanto la energía eléctrica, han originado una mayor incidencia en los costos de producción, especialmente en aquellas industrias de mayor consumo de energía, presentando impactos en los demás sectores de la economía nacional, como el residencial, transporte, comercio y servicios.
Nicaragua tiene un consumo de energía bajo, debido al incipiente desarrollo económico, sin embargo en aquellos sectores donde hay mayores consumos de energía, los niveles de eficiencia son bastante reducidos. El consumo actual de energía es altamente dependiente del petróleo; este energético contribuye con el 35.3 por ciento de la oferta interna bruta de energía primaria, ubicándose en el segundo lugar de importancia después de la leña, que tiene una participación del 52.6 por ciento, según el balance energético nacional del año 2002.
Lo anterior nos indica el importante papel que tiene la eficiencia energética en el país, actividad en la cual el Gobierno ha colaborado en la medida de su baja capacidad financiera, dando una mínima respuesta a la actual crisis energética que atravesamos con los pocos recursos económicos con que se cuenta. Por eso es importante la aprobación de éstas y otras leyes, tales como la Ley de Incentivos a la Energía Renovable, esta reforma a la Ley del Sub-Sector Hidroeléctrico que permite incrementar de 5 a 30 megavatios la producción, y también aprobar la Ley de Aguas, iniciativa que tiene también rato de estar en la Asamblea Nacional, oficializar las reformas necesarias a las normativas por parte del INE, y conseguir que el INE publique la reforma a las normativas para la energía eólica y el filo de agua.
El ahorro estimado en combustible por la introducción de generación de energía renovable, sería tomando en cuenta la capacidad de producción de los proyectos San Jacinto-Power, Hormat – Larreynaga – Pajarito, Fuente Eólica y Monterosa, sería para el año 2005, de doce millones novecientos ochenta y siete mil dólares, y para el año 2006 de cuarenta y dos millones ciento venticuatro mil dólares, según fuentes de la Comisión Nacional de Energía. Es importante señalar que si bien ya existen leyes especiales en relación a las fuentes renovables, es importante también decir que existen otras fuentes de energía renovable que no cuentan todavía con una ley de promoción, tales como las generadas por fuentes de viento, biomasa, entre otras.
Por lo tanto, esta ley que vamos aprobar el día de hoy, viene a promover todas estas fuentes de energía, unificando los incentivos de esas otras leyes. Así que damos nuestro respaldo a la aprobación en lo general y en lo particular a esta importante ley, y que son leyes que la Asamblea Nacional debe preocuparse por aprobar y desengavetar de la tubería de la Asamblea Nacional, en lugar de estar aprobando otras cosas que no benefician al país.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN:
Gracias, Presidente.
Esta es otra de las leyes que hemos discutido con diferentes sectores, que van a servir para mejorar la posición de Nicaragua ir superando la dependencia que tenemos actualmente con el petróleo, concretamente con la generación de energía, que casi en un 80 por ciento depende del petróleo. Es de esperar que en estos diez años, que es lo que se propone que gocen los beneficios de esta ley, los incentivos, se realicen diferentes tipos de inversiones para que se construyan plantas que generen energía utilizando viento, energía solar, hidroeléctrica y de otros tipos.
Es importante si destacar, que este proyecto de ley que fue introducido a mediados del año pasado, no pudimos obtener directamente del Gobierno, de la autoridad de Hacienda, una opinión sobre estos incentivos que son la gran mayoría son fiscales. Yo recuerdo que en el mes de Noviembre nos reunimos con el entonces Ministro Montiel, que nos dijo que no conocía este proyecto de ley, y le pedimos su opinión, y es hasta la fecha que ya presentamos el Dictamen, y la opinión de la autoridad de Hacienda, pues no la conocemos en detalle.
Sin embargo, se hicieron las diferentes consultas con municipalidades, con el sector empresarial, quien ha dado importantes aportes y tenemos un proyecto de ley, o un dictamen más bien, que es bastante completo. Por eso es que pedimos a los colegas Diputados el voto favorable a esta iniciativa.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Con este orador concluimos la discusión en lo general.
Vamos entonces a la votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Presidente: quería someter una moción, si no tiene nada en contra la Comisión, y es que como ésta es una ley que tiene bastante consenso, que la aprobemos por capítulos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ;
Hay una moción para que se apruebe por capítulos, en vez de articulo por artículo.
La sometemos a votación.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se discute y se aprueba por capítulos.
Capítulo I.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
LEY PARA LA PROMOCION DE GENERACION ELECTRICA CON FUENTES RENOVABLES.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Arto.1
OBJETO:
La presente Ley tiene por objeto promover el desarrollo de nuevos proyectos de generación eléctrica con fuentes renovables y de proyectos que realicen ampliaciones a la capacidad instalada de generación con fuentes renovables y que se encuentren actualmente en operación, así como de los proyectos de generación de energía eléctrica que ocupen como fuente la biomasa y/o biogás producidos en forma sostenible, estableciendo incentivos fiscales, económicos y financieros que contribuyen a dicho desarrollo, dentro de un marco de aprovechamiento sostenible de los recursos energéticos renovables.
Arto.2
DEFINICIONES
:
Para los efectos de esta ley se establecen las siguientes definiciones adicionales a las incorporadas en la Ley de la Industria Eléctrica y sus Reformas:
AGENTE ECONOMICO
: Según definido por la LIE, es toda persona natural o jurídica calificada en el país, que desarrolla actividades definidas en la industria eléctrica bajo cualquier régimen de propiedad.
ACTIVIDAD DE GENERACION:
Según definido por la LIE, es toda persona natural o jurídica calificada, domiciliada en el país, que desarrolla actividades definidas en la industria eléctrica bajo cualquier régimen de propiedad.
CNE:
Según definido por la LIE, Comisión Nacional de Energía es el organismo rector energético del país a cargo de la formulación de la política y planificación del sector energía.
PGEFR:
Proyecto de Generación Eléctrica con fuentes Renovables que desarrolla un ente privado, público o mixto sujeto a los beneficios de la presente ley.
INTENDENCIA DE ENERGIA:
Sucesora del Instituto Nicaragüense de Energía es una entidad autónoma del Estado, creada mediante Ley No. 511 que funge como ente regulador y normador del sector energético del país.
MARENA:
es el Ministerio del Ambiente y recursos Naturales.
LIE:
Ley de Industria y sus Reformas.
MIFIC:
Ministerio de Industria y comercio.
MHCP:
Ministerio de Hacienda y Crédito Publico.
PERIODO DE PRE INVERSION DE UN PGEFR:
período en el cual se realizan las actividades correspondientes a los estudios de factibilidad y al diseño final del proyecto (no incluye las fases de concepción ni de pre factibilidad). La duración de este periodo, y el debido cumplimiento de su desarrollo será constatado por la Intendencia de Energía
SISTEMA AISLADO:
Según definido por la LIE, es la central o conjunto de centrales de generación eléctrica y sistemas de transmisión y distribución que no se encuentre interconectados al Sistema Nacional de Transmisión.
PERIODO DE INVERSION PGEFR:
Período en el cual se realizan las actividades correspondientes a la construcción del Proyecto. Inicia al finalizar el período de pre inversión y al iniciarse efectivamente las operaciones de construcción y culmina cuando se empieza las operaciones de construcción y culmina cuando se empieza la operación comercial. Este período se establecerá según el Plan de Ejecución que presente el agente económico a la Intendencia de Energía el cual constatara su desarrollo.
FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN (FIO):
fecha en que el Proyecto inicia la operación comercial según establecido por la Intendencia de Energía.
PERIODO DE OPERACIÓN DE UN PGEFR
:
el período de operación comienza cundo el proyecto inicia las actividades correspondientes a la operación comercial de proyecto.
FUENTES RENOVABLES:
son aquellas fuentes o recursos renovables que existen en la naturaleza, y se puede extraer, de forma sostenible, y que son capaces de producir energía eléctrica mediante el aprovechamiento de los mismos e incluyen los siguientes: hidráulicos, eólicos solares, geotérmicos, biomasa(según definición abajo indicada) y otros. En el caso del Biomasa se entenderán todos los recursos orgánicos que pueden ser empleados para la producción de energía y son producidos autóctonamente y en forma sostenible. En el concepto de biomasa se incluye una amplia variedad de fuentes tales como:
a) Residuos de la actividad agrícola tales como caña de azúcar, remolacha azucarera, maíz y sorgo.
b) Cultivos energéticos: cultivos de crecimiento rápido y específicamente desarrollados para el uso como fuente de energética, incluyendo tanto plantas herbáceas (sorgo, cardo, patata, azucarera, etc.) como árboles(sauce, chopo, híbrido, etc.
c) Restos forestales. Incluyendo madera residual no utilizada, residuos de explotaciones forestales, árboles con imperfecciones que no pueden ser comercializados o árboles no comerciales, podas etc., que cuenten con autorización de INAFOR Y MARENA.
d) Restos industriales: considerando aquellas industrias cuyos residuos de naturaleza orgánica, tales como la industria de las bebidas, industria alimentaria, etc.
e) Residuos sólidos de basuras Municipales o de otros: Los residuos sólidos urbanos pueden aprovecharse una vez que cumplan con los requisitos de las leyes ambientales respectivas.
f) Biogás producido por cualquiera de estas fuentes.
CERTIFICADOS DE REDUCCION DE EMISIONES:
Son las constancias que acreditan los beneficios ambientales de la reducción o el desplazamiento que emisiones de gases con efectos invernaderos, a que se refiere la Convención Marco de las Naciones unidas para el cambio climático y el protocolo de Kioto aprobado mediante Ley 88 de 1998, debidamente certificadas como dióxido de carbono (CO2) equivalente por año por entidades de facultades y capacidades para el monitoreo y verificación de las mismas, de conformidad con los procedimientos establecidos por la Oficina Nacional de Desarrollo Limpio
(ONDL)
Arto.3
PROYECTOS:
Los nuevos proyectos de generación de energía con fuentes renovables y las ampliaciones de los proyectos en operación con fuentes renovables a beneficiarse con esta ley, deberán estar acordes con:
1. La Política Energética Nacional aprobada por la Presidencia de la República;
2. Los lineamientos dados en el Plan de Expansión Indicativo vigente.
3. Contribuir a diversificar la oferta de energía dentro de la matriz energética nacional utilizando los recursos renovables aprobados según la presente Ley.
4. Contribuir al adecuado abastecimiento del crecimiento energético del país con proyectos sostenibles y en los tiempos requeridos por el crecimiento del mercado de demanda y consumo del país, ó que sean destinados para el abastecimiento del mercado Eléctrico Centroamericano o para suministrar ambos mercados.
5. Contribuir al suministro necesario para el aumento de la cobertura eléctrica nacional.
Arto.4
PROMOCION Y FOMENTO.
La Comisión Nacional de energía (CNE) bajo los términos de la Ley de Industria Eléctrica y su reglamento y por el imperio u aplicación de esta Ley, deberá estimular y promover las inversiones y desarrollo de proyectos de generación de electricidad con fuentes renovables promoviendo de forma prioritaria la inserción de energía renovable en la en la generación eléctrica del país.
La intendencia de Energía, el Ministro de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA), y los consejos municipales Y Regionales del país, en su caso, de apoyar el desarrollo efectivo de estos proyectos.
Arto.5
INTERES NACIONAL:
Se declara de interés nacional el desarrollo y aprovechamiento racional de los recursos energéticos renovables.
Arto.6 AMPLIACIONES:
Los agentes económicos con Proyectos de Generación de Energía Eléctrica con fuentes Renovables de operación, y que deseen realizar ampliaciones es su capacidad instalada que estén acordes con los requisitos de esta Ley, podrán optar a los beneficios de esta ley, solicitándolo para su aprobación a la Intendencia de Energía.
Hasta aquí el Capítulo I.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Observaciones al artículo 1
Observaciones al artículo 2
Observaciones al artículo 3
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Gracias, Presidente.
Tenemos una moción de consenso que dice así: En el artículo 3 del Capítulo I, Disposiciones Generales, se agrega un nuevo inciso, el número 6) el cual se va a leer así: “Cumplir con los requisitos de la legislación ambiental del país”.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Pase la moción, por favor.
Vamos a someter a votación un nuevo inciso 6) del artículo 3, del Capítulo I, que dice lo siguiente.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Inciso 6) del artículo 3: “Cumplir con los requisitos de la legislación ambiental del país”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada como inciso 6) del artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada en el artículo 3.
Observaciones al artículo 4
Observaciones al artículo 5
Observaciones al artículo 6
A votación el Capítulo I, con las mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo I, con las reformas presentadas.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
CAPITULO II
DEL REGIMEN FISCAL
INCENTIVOS:
Los nuevos proyectos las ampliaciones que clasifican como PGEFR de acuerdo a esta ley, realizados por personas naturales o jurídicas, privadas, publicas o mixtas gozaran de los siguientes incentivos:
1. Exoneración del pago de los Derechos Arancelarios de Importación (DAI),
de maquinarias, equipos, materiales, e insumos destinados exclusivamente para las labores de pre inversión y las labores de la construcción de las obras incluyendo la construcción de la línea de subtrasmisión necesaria para transportar la energía desde la central de generación hasta el sistema Interconectado nacional (SIN).
En el caso de los proyectos denominados
Sistemas Aislados
con generación propia esta exoneración cubre sus labores de pre inversión, las labores de construcción de las obras para generación con fuentes renovables y las de la construcción de las líneas de subtrasmisión y todas las inversiones en distribución asociadas al proyecto.
2. Exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
sobre la maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados exclusivamente para las labores de pre inversión y la construcción de las obras incluyendo la construcción de la línea de subtrasmisión necesaria para transportar la energía desde la central de generación hasta el Sistema Interconectado nacional (SIN).
En el caso de los proyectos denominados
Sistemas Aislados
con generación propia, esta exoneración cubre sus labores de pre inversión, las de construcción de las obras para generación con fuentes renovables y las de la construcción de las líneas de Subtrasmisión y todas las inversiones en distribución asociadas al proyecto.
3. Exoneración del pago del Impuesto sobre la renta (IR)
y del pago mínimo definido del IR establecido en la Ley No. 453, Ley de Equidad Fiscal, por un período máximo de 7 años partir de la entrada de operación comercial o mercantil del Proyecto. Igualmente durante este mismo período estarán exentos de pago del IR los ingresos derivados por venta de bonos de dióxido de carbono, siempre y cuando que las utilidades sean mantenidas en el país.
4. Exoneración de todos los Impuestos Municipales vigentes
sobre bienes inmuebles, ventas, matrículas, durante la construcción del Proyecto, por un período de 10 años a partir de la entrada en operación comercial del Proyecto, la que se aplicará de la forma siguiente: exoneración del 75% de lo tres primeros años; del 50% en los siguientes cinco años y el 25% en los dos últimos años.
Las inversiones fijas en maquinaria, equipos y presas hidroeléctricas estarían exentas de todo tipo de impuestos, gravámenes, tasas municipales, por un período de 10 años a partir de su entrada en su operación comercial.
5. Exoneración de todos los impuestos que pudieran existir
por explotación de Riquezas Naturales por un periodo máximo de 5 años después del inicio de operación.
6. Exoneración del Impuesto de Timbres Fiscales (ITF)
que pueda causar la construcción u operación del proyecto o ampliación por un período de 10 años.
Arto.8
Habrá un período de 10 años para gozar de los beneficios establecidos en la presente Ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el Capítulo II.
Observaciones al artículo 7, del Capítulo II.
Diputado Roberto González Gaitán, tiene la palabra.
DIPUTADO ROBERTO GONZALEZ GAITAN:
Gracias, Presidente.
Hay una moción de consenso de la Comisión en el artículo 7, que se leería así:
Artículo 7, del Capítulo II del Régimen Fiscal. Se agregan a los incisos 1) "excepción del DAI" y 2) "excepción del IVA", Un segundo párrafo, que se leerá así:
Inciso 1), segundo párrafo: “Los paneles y baterías solares para generación de energía solar”.Inciso 2), segundo párrafo: “La compra de paneles y baterías solares”.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada en el artículo 7, que será leída de nuevo por el Segundo Secretario.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Artículo 7, del Capítulo II del Régimen Fiscal. Se agregan a los incisos 1) "excepción del DAI" y 2) "excepción del IVA," Un segundo párrafo que se leerá así:
Inciso 1) segundo párrafo: “Los paneles y baterías solares para generación de energía solar”. Inciso 2), segundo párrafo: “La compra de paneles y baterías solares”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 7.
Observaciones al artículo 8, del Capítulo II.
Diputado Roberto González Gaitán tiene la palabra.
DIPUTADO ROBERTO GONZALEZ GAITAN:
Hay una moción al artículo 8, del Capítulo II, que se leería así:
“Habrá un período de 10 años para acogerse a los beneficios establecidos en la presente ley, los que se contarán a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial”.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado David Castillo Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO SANCHEZ:
Gracias, señor Presidente.
Yo tengo aquí una moción de consenso para el artículo 7, pero por atender aquí unas inquietudes de unos colegas, se me fue leerla, pero creo yo que hay chance porque todavía estamos en el Capítulo. En el tema del Régimen Fiscal, en el inciso 3), estamos aquí suprimiendo la frase final que lleva el Dictamen, que decía: "Siempre y cuando que las utilidades sean mantenidas en el país". Porque es un tema que se discutió ampliamente, y realmente era complicado mantener esa limitante para la exoneración del IR como incentivo a estas empresas. Se presenta la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Miguel López Baldizón, tiene la palabra.
DIPUTADO MIGUEL LOPEZ BALDIZON:
Gracias, señor Presidente.
Una pregunta al honorable Diputado Roberto González, sobre la moción que presentó. Yo no sé si lo que el Dictamen dice es a partir de la entrada en vigencia de la ley o a partir de que se le otorga la concesión al inversionista el período de los 10 años para gozar de los beneficios establecidos. Entonces que quede claro que es a partir de la entrada en vigencia y no a partir de que se le otorga la concesión al inversionista.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Es por eso que quiero hacerle un agregado a la moción de Roberto, para que quede claro, si estamos de acuerdo, que se leería así:
“Habrá un período de 10 años, a los inversionistas, para acogerse a los beneficios establecidos en la presente ley, los que contarán a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado David Castillo Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO SANCHEZ:
Gracias, señor Presidente.
Creo que con el agregado que hace el Diputado Castro, queda más claro el concepto. El concepto es que hay 10 años para venir al país, instalarse con un proyecto de generación de energía renovable y gozar de estos beneficios. O sea, a partir de su publicación, a que cuando falte un día para que se cumplan 10 años de que existe esta ley, vos podés venir a instalarte y vas a gozar de los beneficios por los plazos que están establecidos en la ley. O sea, no es el número de beneficios que va a tener, sino el período en el cual el país está abierto a recibir inversión con estos beneficios.
Así es que apoyamos totalmente la propuesta del Diputado Castro.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Yo sólo para recordar nada más, que estas exoneraciones están comprendidas en la Ley de Inversiones Extranjeras, prevé todas estas exoneraciones por 10 años. Y es más, si nos remontamos un poco atrás, en la Ley de Inversión Turística y Hotelera que era la Ley 603, también estaban previstas, y que ahora se llama Ley de Inversiones Turísticas y Hospitalarias, lo establece claramente por 10 años, el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, todos los impuestos están exonerados.
Si los están poniendo ahí es sobrancero, pero de todas maneras en la Ley de Inversiones Extranjeras está prevista.
Lo que estamos haciendo es diluyendo y dando sin necesidad una exoneración total en una ley que ya está prevista en otra. Ese era el comentario nada más Presidente.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILES:
Gracias, señor Presidente.
Yo quisiera que la Comisión nos explicara, si los estamos exonerando del IR y ya en una ley está establecido que se quede en el país ese capital, ahora venimos nosotros a liberarlo. Por qué no decir por ejemplo el 50 por ciento, está bien, si hay algo ahí que se puede mejorar, por qué no el 50 por ciento, por que tiene que ser el cien por ciento. A ver si la Comisión de Transporte nos da una explicación.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado David Castillo, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO:
Muchas gracias, Presidente.
Para explicarle a todos los colegas, que la inquietud que presenta Carlos, fue lo que originalmente nos movió a esa redacción. Todas las leyes de incentivos a la inversión en el país de diferente índole, exoneran totalmente del IR a esas empresas que vienen a invertir. El régimen actual de incentivos a las inversiones extranjeras contempla que no pagan Impuesto sobre la Renta por las utilidades que tengan esas empresas. En esta Comisión estuvimos viendo el tema, y alguien por ahí nos empezó a hablar del tema de la no doble tributación, que cuando pagás impuesto en un país y trasladás tus utilidades a otro, supuestamente te acreditás el IR, que pagaste en el país de origen de la inversión, y no lo pagás en tu país de residencia.
Resulta que bajo ese concepto nosotros dijimos, exonerémoslo del IR, siempre que quede en el país la utilidad, para que, si se lo tienen que distribuir como utilidades, se lo lleven a su país y allá se acrediten, el IR que pagaron aquí, y queda igual la cosa. Pero el concepto no está tan generalizado, o sea el concepto del tema de la no doble tributación está asociado a convenios a veces, entre países y eso no está debidamente reglamentado; es más, la legislación actual en Nicaragua le cobra Impuesto sobre la Renta a cualquier nicaragüense que recibe dividendos de alguna participación accionaria que tenga en una empresa del mundo.
O sea que el cuento de que queríamos proteger ese incentivo no era factible y causó un revuelo inmenso de diferentes sectores interesados en invertir, de la misma Comisión Nacional de Energía, lo evaluamos, lo conversamos con especialistas en la materia y realmente todo el esfuerzo que se haga con esta ley, se desbarata y no funciona si no eliminamos esa pequeña frase que realmente nunca se ha hecho en el país, era una innovación que queríamos hacer, pero que más bien iba a ser contraproducente. Por tanto lo correcto es eliminarla, y le pido a todos los colegas que apoyemos dicha moción y dejemos el sistema a como existe desde hace años en este país, que en esa promoción de inversiones esté exento el IR para los inversionistas.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Yo creo que si el propósito y la filosofía de desarrollo es promover, atraer y estimular las inversiones extranjeras en un rubro tan necesitado y urgente, como es la generación eléctrica del país, yo pienso que ponerle cortapisas y limitaciones, es desvirtuar el propósito y la esencia de esta ley, que es precisamente la promoción de esas inversiones.
Existen en el mundo tratados entre países, que es lo que había señalado el Diputado Castillo, que evitan la doble tributación; pero nosotros no podemos pensar que si está tratando de promover la inversión extranjera en estos rubros, decirle, no pagás si dejás tus utilidades aquí dentro del país.
Eso es para los locales, no para el que viene a tomar un riesgo de invertir en este país, es un rubro que necesitamos con tanta urgencia. Yo creo que lo que dijo el Diputado David Castillo, Presidente de la Comisión, que ha dictaminado esto, es totalmente correcto, sería muy peligrosa, la innovación que querían introducir, pues iba a prestarse a múltiples confusiones y lejos de promover pudiera ahuyentar a los inversionistas que se dice que están esperando esta ley.
En cuanto a limitar si es 20, 30 ó 50 por ciento o lo que sea, yo creo que es desvirtuar también en el propósito que se pretende con esta ley, que es Ley para la Promoción de Generación Eléctrica, y si hay una Ley de Inversión Extranjera que ya contempla eso, pues tal y como está el texto, así como lo propuso el Ingeniero Castillo.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILES:
Gracias, señor Presidente.
Yo insto a que legislemos para nuestro pueblo, para nuestro país, porque cuánta medicina y cuánto salario de los maestros se nos van en todas esas concesiones fiscales que se hacen. Ahorita un grupo de Diputados estamos trabajando en una reforma de la ley que tiene que ver con INE, en el sentido de que el cliente de Unión Fenosa es el que le paga el 1 por ciento del impuesto de la Alcaldía, y quien debe pagarlo es la empresa, no el cliente. Hasta eso hemos llegado, que a estos inversionistas tenemos que pagarles hasta los impuestos de la municipalidad.
Por eso yo insto a que legislemos para el pueblo de Nicaragua, porque se nos fuga mucho impuesto, no con el pretexto, sino con el chantaje de que se te va la inversión; pareciera como que los inversionistas son los miserables que hay que darles concesiones y el pueblo que es el que necesita que se le retribuya tanta necesidad que hay en el país, pues tranquilamente. A los inversionistas está bien que les demos buen trato, pero yo insto a que legislemos por los nicaragüenses, no por traer inversionistas que al fin de cuentas no le dejan ningún beneficio al pueblo. Y la reforma a esta Ley de INE, estamos trabajando en ella, porque no es justo y no es posible que el cliente le esté pagando a Unión Fenosa el 1 por ciento de los impuestos municipales.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO:
Yo además de reafirmar que es correcto en un nuevo proyecto de inversión hidráulica, que es de gran inversión, como inversión de biomasa, que también es de gran inversión, y que Nicaragua urge hacerlo, yo creo, que es correcto incentivar las nuevas inversiones, incentivarlas en el período que se supone que es el período de maduración del proyecto, que en este tipo de inversiones anda de 7 a 10, ó 15 años, dependiendo del proyecto. Yo creería que es totalmente correcto que un país se abra a la gran inversión, incentivando.
En el mundo hay tres tipos de incentivos, o subsidios, que nosotros no podemos hacerlo; o incentivás, vía Presupuesto, vía gastos, que tampoco podemos hacerlo; o incentivamos vía impositiva. La única que podemos manejar es la vía impositiva, y no estamos disminuyendo ingresos al erario, porque si no se hacen estas nuevas inversiones, no podemos estar diciendo que estamos disminuyendo ingresos, porque no están hechas las inversiones. Entonces primero dejemos que se hagan, que el beneficio va a ser del país, de inmediato, en fuentes más baratas de energía, pero que además te va a generar empleo, va a generar desarrollo económico al país, y después del período te va a crear y va a generar más impuesto.
Yo creo que es lo correcto, si no no vamos a traer a los inversionistas a este país. Yo creo que por eso el planteamiento de las exenciones que estamos dando en los impuestos es totalmente correcto, como bien lo decía don Jaime Morales y David Castillo. Yo quería sí, honorables colegas, que corrigiéramos nuevamente la moción que habíamos presentado, y que en vez de decir que los diez años se contarán a partir de su publicación en La Gaceta, Diario oficial, digamos que se contarán a partir de su entrada en vigencia, porque me voy a permitir en el último artículo someter un cambio que entre en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de publicación.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Felicita Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADA FELICITA ZELEDON:
Gracias, señor Presidente.
Realmente es importante la ley, porque no teníamos una de esta clase, sin embargo creo que tenemos que ser bien cuidadosos cuando redactemos las mismas y sobre todo ir viendo cómo las leyes sean en primer orden de beneficio a la población. Estoy de acuerdo en que la inversión es muy importante en nuestro país, dada la situación económica en que vivimos, sin embargo, también en ella vemos que tenemos siempre que ir exonerando por mucho tiempo a estos inversionistas.
Vemos el caso por ejemplo de las oficinas de Casa Pellas aquí mismo en Managua, donde se exoneró de todo, y bueno, ¿qué beneficio trajo al país?. En cuanto a la contaminación del ambiente, también hay que ser cuidadosos en esta ley, alabo que hayan puesto una moción sobre lo mismo, porque recordaba el caso de Chichigalpa con lo que es la biomasa, el año pasado, donde hubo tantas quejas de parte de padres de familias, de los alumnos y de todo el casco urbano, porque en la destilería de la Flor de Caña se estaba dando este proceso y era un hedor terrible, los chavalos y chavalas recibiendo clases, casi al frente del lugar donde se daba y eso ocasionó muchísimos problemas en este Municipio.
Por otro lado, también vemos que a las Alcaldías siempre se tienen que estar exonerando, y que es poco realmente lo que les llega o lo que no, y sabemos que las Alcaldías también son células del desarrollo del país. Por un lado aplaudo la ley, pero sí hay que ser muy cuidadosos y no estar solamente cediendo y cediendo.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Tenemos dos mociones a votar, una para ser incluida en el artículo 7, que va a ser leída por la Primer Secretaria, y una segunda para ser incluida en el artículo 8.
Empezamos con la del 7.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el artículo 7, la moción es que se suprima del inciso 3 del artículo 7, la parte final donde dice “siempre y cuando las utilidades sean mantenidas en el país”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Entonces a votación la moción leída para el artículo 7.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada para el artículo 7.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN;
Moción al artículo 8, la que se deberá leer así: “Habrá un período de 10 años a los inversionistas para acogerse a los beneficios establecidos en la presente ley, los que se contarán a partir de su entrada en vigencia”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción al artículo 8.
Ahora votaremos todo el Capítulo, con las mociones presentadas.
A votación el Capítulo II con las mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo II con las mociones presentadas.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
CAPITULO III
DE LAS AUTORIDADES DE ADMINISTRACION O APLICACIÓN
Arto.9
Los incentivos y beneficios fiscales establecidos en la presente Ley para los proyectos PGFER, serán administrados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo aval del ente regulador del sector eléctrico que están dentro de los beneficios establecidos en esta Ley.
Arto.10
Los requisitos y procedimientos a los que estarán sujetos los agentes económicos beneficiarios de los incentivos descritos en el Arto. 8 de la presente Ley, serán establecidos en su Reglamento General.
Arto.11
Las Licencias de Generación y otras vinculadas a la condición del Agente Económico del Mercado Eléctrico, así como las sanciones que en tal carácter puedan corresponder, serán administradas por el Instituto Nicaragüense de Energía (INE) de acuerdo con la Ley N° 272, “Ley de la Industria Eléctrica” y su Reglamento y demás normativas.
Hasta aquí el Capítulo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Capítulo III.
Observaciones al artículo 9
Observaciones al artículo 10
Diputado David Castillo Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVIS CASTILLO SANCHEZ:
En el artículo 10, estamos presentando una moción que va a decir lo siguiente:
“Los requisitos y procedimientos ante el Ministerio de Hacienda para gozar de los beneficios que establece esta ley, serán dictados por una normativa del Ministerio de Hacienda”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada en el artículo 10.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 10.
Observaciones al artículo 11
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Gracias, Presidente.
Tenemos una moción que es de consenso y que se lee así:
Artículo 11, del Capítulo III, que trata de las Autoridades de Administración o Aplicación. Se reformaría la tercera línea del Dictamen, la que se leerá así. Voy a leer todo el artículo.
“Las Licencias de Generación y otras vinculadas a la condición del Agente Económico del Mercado Eléctrico, así como las sanciones que en tal carácter puedan corresponder, serán administradas por la Intendencia de Energía, de acuerdo con la Ley 511, “Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos”.
Aquí se hace la transformación, porque decía originalmente "el INE", entonces es para adecuarlo al nuevo ordenamiento jurídico del país.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 11.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 11.
Ahora a votación el Capítulo III, con sus mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo III, con las mociones incorporadas.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
CAPITULO IV
CONTRATACION DE ENERGIA RENOVABLE
Arto.12 Priorización de las energías renovables en las contrataciones por las distribuidoras:
será obligación de las Distribuciones incluir dentro de sus procesos de licitación la contratación de energía y potencia eléctrica provenientes de centrales eléctricas con energía renovable, prioritariamente hidroeléctricas, geotérmicas, eólicas, biomasa, tomando en cuenta los plazos de construcción necesarios para la entrada de operación de cada tipo de estos proyectos para establecer la fecha de inicio de la licitación.
Arto.13
Los contratos surgidos de estas licitaciones serán por un plazo mínimo de 10 años.
Arto.14
El Ente Regulador garantizará que en los documentos de licitación para la compra de energía y potencia para las distribuidoras se especifique el requisito de contratar un porcentaje mínimo de energía renovable tomando en cuenta las políticas y estrategias dictadas por la CNE. En el Reglamento de esta Ley se establecerá la determinación de los precios a los cuales se podrá contratar el porcentaje mínimo de energía renovable establecida.
El porcentaje adicional de la energía a contratarse por las Distribuidoras podrá ser licitado en especificar el tipo de fuente.
Arto.15
El Ente Regulador garantizará además, que en los documentos para la licitación de cualquier energía eléctrica que lleve a cabo un Distribuidor se establezca que, para los efectos de comparación de los precios de las ofertas térmicas versus los precios de las ofertas con energía renovable y su resultante adjudicación se incluya en las ofertas de energía térmica el efecto de los costos de los combustibles a utilizarse sin considerar la exoneración de impuestos.
Arto. 16
El CNDC despachará preferentemente toda la Energía que provenga de proyectos de generación Eólica y de proyectos Hidroeléctricos de Filo de agua (proyectos que no disponen de embalse con capacidad mayor de regulación de un día).
La energía producida por empresas que se acogen a los incentivos otorgados por la presente Ley, deberán vender esta energía en el mercado interno de acuerdo a una banda de precios no menor de 5.5 centavos de dólar por KWh ni mayor de 6.5 centavos de dólar por KWh.
La Intendencia de Energía establecerá para la actualización de esta banda de precios.
Arto. 17 Requerimiento de Reserva Rodante y otros servicios auxiliares:
Los requerimientos de reserva rodante asignada a los generadores de energías renovables, podrán ser cubiertos por sus propias plantas o mediante contratación con otros generadores. El Reglamento de esta Ley establecerá la forma de aplicación de estas reservas.
Arto. 18 Introducción de la energía eólica:
a fín de ser habilitado para conectarse al SIN,
los desarrolladores de cualquier proyecto eólico deberán coordinar con el CNDC los estudios necesarios a fin de demostrar que dicha generación no causa disturbios a la operación del SIN, considerando en su tamaño proyectado ya sea aislado o interconectado, al momento de la conexión del proyecto eólico propuesto. La habilitación de los primeros 20 MW que se conecten al SIN después de la puesta en vigencia de esta Ley, estará exentos de cumplir con esta disposición.
Arto.19
La presente ley deroga el decreto No. 12-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 45 del 4 Marzo del 2004 y prevalece sobre cualquier otra disposición.
Arto. 20
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Capítulo IV.
Observaciones al artículo 12
Diputado Víctor Guerrero Ibarra, tiene la palabra.
Diputado Bladimir Pineda Soza, tiene la palabra.
DIPUTADO BLADIMIR PINEDA:
Presidente.
Para el artículo 12 hay una moción de consenso, debiéndose leer el artículo 12 de la siguiente manera:
"Artículo 12. “Priorización de las energías renovables en las contrataciones para las distribuidoras. Será obligación de las distribuidoras incluir dentro de sus procesos de licitación la contratación de energía y/o potencia eléctrica proveniente de centrales eléctricas con energía renovable, prioritariamente hidroeléctricas, geotérmicas, eólicas, biomasa, tomando en cuenta los plazos de construcción necesarios para la entrada en operación de cada tipo de estos proyectos para establecer la fecha de inicio de la licitación”.
Paso la moción.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Presidente: Con el perdón de mis distinguidos, queridos y apreciados colegas, que vuelva a Comisión ese proyecto, hay más iniciativas que la iniciativa misma, hay más mociones que iniciativas. Así que le voy a sugerir que la manden de vuelta a la Comisión, que redacten todas las mociones que tienen, porque me da la impresión que hay como diez mociones más que tiene mi querido Diputado David Castillo, y aquí vamos a salir hasta las cinco de la tarde, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Estamos en el último Capítulo ya.
Vamos a someter a votación la moción presentada al artículo 12.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 12.
Observaciones al artículo 13.
Observaciones al artículo 14.
Diputado Victor Guerrero Ibarra, tiene la palabra.
DIPUTADO VICTOR GUERRERO IBARRA:
Gracias, señor Presidente.
Hay una moción al artículo 14 del Capítulo IV, Contratación de Energía Renovable. Se elimina la palabra “mínimo” del primer párrafo, el que se leerá así:
Artículo 14, “El ente regulador garantizará que en los documentos de licitación para la compra de energía y potencia por las distribuidoras, se especifique el requisito de contratar un porcentaje de energía renovable, tomando en cuenta las políticas y estrategias dictadas por la CNE. El Consejo Directivo de la Superintendencia de Servicios Públicos, aprobará la normativa para determinar los precios a los cuales se podrá contratar el porcentaje de energía renovable establecida”.
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 14.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 14.
Observaciones al artículo 15.
Observaciones al artículo 16.
Diputado David Castillo, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO:
Una redacción para el artículo 16, que diría lo siguiente:
“La energía producida por empresas que se acogen a los incentivos otorgados por la presente ley, y no tengan contratos con el distribuidor u otro agente, deberán vender esta energía en el mercado de ocasión interna de acuerdo a los precios promedios diarios, manteniéndose dentro de una banda de precios no menor de 5.5 centavos de dólar por kilovatio/ hora, ni mayor de 6.5 centavos dólar por kilovatio/hora.
La Intendencia de Energía establecerá los procedimientos para otorgar los servicios de exportación de energía, cuando esté satisfecha la demanda interna.
Los permisos de exportación deberán distribuir de manera proporcional entre todos los proyectos de generación de energía con fuente renovables, la capacidad de exportar.
La Intendencia de Energía establecerá el procedimiento para actualizar esta banda de precios debidamente justificada por los índices económicos nacionales e internacionales, considerando las políticas dictadas en este campo por la Comisión Nacional de Energía.
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Servicios Públicos, autorizará las resoluciones de actualización”.
Se presenta la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 16.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 16.
Observaciones al artículo 17?.
Observaciones al artículo 18.
Diputado David Castillo, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO:
Al artículo 17, señor Presidente.
Es una moción en donde se cambia la última oración de dicho artículo, que deberá leerse: “La normativa establecerá la forma de aplicación de estas reservas”.
Se presenta la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 17.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 17.
Observaciones al artículo 18.
Observaciones al artículo 19.
Observaciones al artículo 20.
Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Al artículo 20, "La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de publicación escrita de circulación nacional, sin perjuicio de su publicación futura en la Gaceta, Diario Oficial".
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 20.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
58 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 20.
Ahora votaremos el Capítulo IV, con todas las mociones.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV, con todas sus mociones, y de esta forma se aprueba la Ley para la Promoción de Generación Eléctrica con Fuentes Renovables.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Punto 3.29 en el mismo Adendum. Decreto de Pensión de Gracia al señor Julio Cesar Paladino Carballo.
DICTAMEN
Managua, 27 de Septiembre de 2004
Licenciado
CARLOS NOGUERA PASTORA
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional, nos reunimos con el objetivo de dictaminar en anteproyecto de
"Decreto de Pensión de Gracia, para el señor Julio Cesar Paladino Carballo",
remitido por la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional a esta Comisión para su debido dictamen.
La Comisión analizó el Proyecto, y considero importante concederle la pensión de gracia al señor Paladino, por encontrarse en mal estado de salud y en total desamparo económico. Se adjunta Epicrisis y constancia médica.
En virtud de todo lo expresado, nosotros los diputados, miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes, lo encontramos conforme y lo dictaminamos
FAVORABLEMENTE
fundamentados en el Arto.138, inciso 12 de la Constitución Política de Nicaragua, de los Artos. 50 y 51 del Estatuto y del Arto. 59 del Reglamento de la Asamblea Nacional.
En consecuencia, Sometemos a consideración del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, el presente dictamen para su debida aprobación.
Atentamente,
Miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes.
Orlando Mayorga Sánchez
Presidente
Marco Aurelio Sánchez
Segundo Vicepresidente
Fidel Moreno Briones
Primer Secretario
Benita Arbizú
Segunda Secretaria
Alfonso Ortega Urbina
Gabriel Rivera Zeledón
Reynaldo Mairena
Nathán Sevilla Gómez
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Diputado Orlando Mayorga Sánchez.
DIPUTADO ORLANDO MAYORGA SANCHEZ:
Quisiera expresar mi gratitud esta mañana, por poner a discusión ya en el Plenario este anteproyecto de ley, que tiene que ver específicamente con el reconocimiento de los logros obtenidos por obreros; y en especial al señor Paladino, quien se ha desarrollado en un área sindical específicamente. Así es que yo solicito formalmente en nombre de la Comisión de Educación, que todas las bancadas que componen esta Asamblea aprobemos con todo el deseo de hacerlo, para que haya un reconocimiento.
Quisiera mencionar también que es importante que nosotros como Asamblea Nacional reconozcamos los logros de las personas en vida, no cuando éstos están muertos, comúnmente hablamos bien cuando están muertos, pero cuando están en vida lo pasamos por alto, y yo creo que es menester que todos hagamos ese reconocimiento al señor Paladino, y que de esta manera con nuestra votación positiva él pueda gozar de este beneficio social que se le otorgaría por ley a través de la Asamblea Nacional.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política de Nicaragua en su Artículo 138, numeral 19, faculta a la Asamblea Nacional para conceder Pensiones de Gracia.
II
Que la Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicio a la Patria en su Arto. 1, prevé Pensiones de Gracia a las personas en estado de necesidad o desamparo.
III
Que el señor
JULIO CESAR PALADINO CARBALLO
se encuentra en estado de necesidad y desamparo, y por su estado de salud, se hace acreedor a una Pensión de Gracia.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO No.
"
Pensión de Gracia a favor del señor Julio César Paladino Carballo".
Arto. 1
Concédase Pensión de Gracia y Vitalicia al señor JULIO CESAR PALADINO CARBALLO, por la cantidad de CINCO MIL CORDOBAS (C$5,000.00).
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
65 Votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 2
La Pensión de Gracia concedida afectará la correspondiente partida Presupuestaria Nacional por el monto fijado en el Arto. Anterior.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.3
La Pensión de Gracia no será objeto de venta, traspaso, gravamen de ninguna especie y sólo será entregado al beneficiario o a la persona debidamente autorizada para ello.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 3.
Se abre la votación
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Yo quería, señor Presidente, antes de entrar al artículo 4 que dejáramos establecido que por un lapsus aquí no se puso que la pensión es mensual, por eso que se corrija.
Vamos al artículo 4.
Arto. 4
El presente Decreto será transmitido al Poder Ejecutivo y será publicado en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4, y con él la pensión de gracia al señor Julio Cesar Paladino Carballo.
SECRETARIO EDUARO MENA CUADRA:
ADENDUM 9, PUNTO 3.34: DECRETO DE PENSIÓN DE GRACIA PARA LOS SEÑORES MARY BORGEN SILVA Y FELIPE URRUTIA.
DICTAMEN
Licenciado
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Presidente Núñez:
Los suscritos miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional, nos reunimos con el objetivo de dictaminar el Proyecto de
"Decreto de Pensión de Gracia, para los señores Mary Borgen Silva y Felipe Urrutia",
que fue
remitido por la Primera Secretaría para su debido dictamen.
La señora Mary Borgen Silva, la gran artista nicaragüense nació el 15 de enero de 1931 en Managua. Inició su vida artística en el programa "Buscando Estrellas", dirigido por el maestro Alberto Solís, en el teatro Luciérnaga. Mary Borgen es compositora, poeta, actriz y cantante, y es conocida artísticamente como la "Dama de la Canción Romántica".
En Cuba alternó escenario con Daniel Santos, Leo Marin, Celia González, Gloria Díaz, Bienvenido Granda. También realizó giras artísticas en México, donde recibió homenaje en la famosa Plaza Garibaldi, galardonada con el "Microfono de Oro", como la cantante más joven que estaba dando Nicaragua.
Mary Borgen consagró su vida al arte nacional, y es una mujer que ama su pueblo, pero sobre todo su arte, porque siempre en las presentaciones que hizo fuera del país, llevaba en sus canciones el recuerdo y un palmo de su amada Nicaragua. Mary Borgen, a pesar de sus sesenta y cinco años, y su deteriorado estado de salud, continúa siendo una mujer alegre y romántica.
El señor
Felipe de Jesús Urrutia Delgadillo,
nació en Estelí el 5 de febrero de 1918, cuenta con ochenta y seis años de edad, proviene de una familia pobre y humilde. Comenzó a manifestar su arte por tocar guitarra desde los ocho años; a los doce años lo invitaban a tocar en fiestas y actividades recreativas.
Con el transcurrir del tiempo, logró con la ayuda de Carlos Mejía Godoy, organizarse en un grupo musical junto a sus hijos, grupo al que denominaron "Don Felipe Urrutia y sus Cachorros", nombre que en la actualidad es conocido nacional e internacionalmente. Su dedicación y aporte al arte nacional desde temprana edad, lo hace merecedor de reconocimientos culturales por parte del pueblo nicaragüense.
En virtud de todos los méritos expresados, nosotros los diputados, miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes, encontramos conforme el
Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia para los señores Mary Borgen y Felipe Urrutia,
y lo dictaminamos
FAVORABLEMENTE,
fundamentados en el Arto. 138, inciso 12 de la Constitución Política de Nicaragua, de los Artos. 50 y 51 del Estatuto y del Arto. 59 del Reglamento de la Asamblea Nacional.
Atentamente,
Miembros de la Comisión de Educación, Medios de Comunicación Social, Cultura y Deportes.
Orlando Mayorga Sánchez
Presidente
Reynaldo Mairena Vallejos
Segundo Vicepresidente
Fidel Moreno Briones
Primer Secretario
Roberto Sánchez Torres
Miguel López Baldizón
Guillermo Montenegro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Diputada Emilia Tórrez, tiene la palabra.
DIPUTADA EMILIA TORREZ:
Gracias, Señor Presidente.
Sin más argumentos que los que están contenidos en el Dictamen, quiero respaldar el Dictamen de la Comisión para otorgar esta pensión de gracia, tanto a Mary Borgen que ha representado dignamente a Nicaragua, dentro y fuera de Nicaragua, como a Felipe Urrutia, recopilador y compositor de la mazurca, la polca nicaragüense, forjador de la identidad nuestra. De manera que le pido a todos los Diputados respaldar el Dictamen de la Comisión.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Reynaldo Mairena, tiene la palabra.
DIPUTADO REYNALDO MAIRENA:
Gracias, Presidente.
En la Comisión de Educación, nosotros anualmente hemos recibido de parte de la Asociación de Artistas Rafael Gastón Pérez, solicitudes de ayuda a una serie de compañeros artistas, ancianitos, o enfermos, muy enfermos, y hemos logrado beneficiar a través de gestión ante la Comisión Económica, cuando se aprueba el Presupuesto General de la República, a más de 30 compañeros artistas. Y así también nos están empezando a llegar solicitudes para crear pensiones de gracia, a ancianos artistas que están como popularmente se dice en la lipidia.
Pero esto no es más que el reflejo del aprecio que este Gobierno le tiene a estos ancianos, el Instituto de Cultura no hace el más mínimo esfuerzo ni gestión para solucionarle una serie de problemas a estos compañeros que se encuentran en el olvido después de ser glorias nacionales en el arte, así como también en el deporte. Por eso nosotros le pedimos el respaldo unánime a la Asamblea Nacional para aprobar esta pensión, que no es de mucha cuantía, pues estamos pidiendo tres mil córdobas mensuales, pero sí son tres mil córdobas que ellos no tienen y que les ayudará a sufragar sus gastos económicos y el resto de gastos. Por eso pedimos el respaldo unánime de toda la Asamblea para este Decreto de Pensión de Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Orlando Mayorga, tiene la palabra.
DIPUTADO ORLANDO MAYORGA:
Gracias, señor Presidente.
Quisiéramos en esta mañana hacer una reforma específicamente al artículo que hace referencia al monto establecido, y primeramente reconocer el legado histórico, artístico, que nos van a dejar estas dos personas; creo que es necesario hacer ese reconocimiento a través de esta ley. Así es que agradezco a la Bancada Sandinista, al resto de amigos liberales y otras bancadas para que nos apoyan con esta propuesta, agregando solamente a la parte del articulado que en vez de tres mil córdobas sean cinco mil córdobas mensualmente.
Paso moción consensuada.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
DECRETO LEY No.
Arto. 1
Concédase Pensión de Gracia y Vitalicia para los señores:
MARY BORGEN SILVA, Y FELIPE URRUTIA DELGADILLO, POR LA CANTIDAD DE TRES MIL CORDOBAS (C$3,000.00), para cada uno.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS:
Hay una moción al artículo 1, que es agregar mensualmente la cantidad de cinco mil córdobas para uno.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.
DIPTUADO WILFREDO NAVARRO:
Yo quisiera mocionar para que el artículo 1 tenga algunas modificaciones. En el párrafo primero se agrega a continuación del nombre de Mary Borgen Silba, la frase "también conocida como María Isabel Silva Borgen, además se agrega en lugar de (tres mil córdobas), la cantidad de (cinco mil córdobas), y se le agrega la palabra "mensuales", el resto sigue igual.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Esa moción recoge el espíritu hablado aquí. Entonces vamos a votar la moción para reformar el artículo 1, leído por la Secretaría.
A votación la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que reforma el artículo 1 indicando el nombre real de la señora Borgen y aumentando la pensión a (cinco mil córdobas) mensuales.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Arto. 2
La Pensión de Gracia concedida afectará la correspondiente partida presupuestaria nacional, por el monto fijado en el artículo anterior.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2 presentado.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Arto.3
La Pensión de Gracia no será objeto de venta, traspaso, gravamen de ninguna especie y sólo será entregado al beneficiario.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el articulo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Arto. 4
El presente Decreto será transmitido al Poder Ejecutivo y será publicado en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4, y con ello la Pensión de Gracia a los señores Mary Borgen y Felipe Urrutia.
Se suspende la Sesión, y nos vemos mañana a las nueve de la mañana.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Iniciamos la Sesión, pidiéndole a la Primer Secretaría que nos confirme el quórum de ley.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
(14 de Abril, 2005
).
MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS
FREMIO ISABEL ALTAMIRANO MONTENEGRO
BENITA DEL CARMEN ARBIZU MEDINA
FERNANDO JOSE AVELLAN MARTINEZ
GLADIS DE LOS ANGELES BAEZ
JAMILETH DEL SOCORRO BONILLA
NOE FRANCISCO CAMPOS CARCACHE
JOSE DE LOS ANGELES CASTILLO OSEJO
JOSE DAVID CASTILLO SANCHEZ
EDWIN RAMON CASTRO RIVERA
PORFIRIO RAMON CASTRO ARAUZ
LEONIDAS NICOLAS CENTENO RIVERA
IRMA DE JESUS DAVILA LAZO
VICTOR MANUEL DUARTE AROSTEGUI
MARIA JACARANDA FERNANDEZ MEJIA
JOSE SANTOS FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
CARLOS JOSE GADEA AVILES
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JAIME RENE GARCIA MANGAS
JORGE ULISES GONZALEZ HERNANDEZ
RAMON ENRIQUE GONZALEZ MIRANDA
VICTOR MANUEL GUERRERO IBARRA
AGUSTIN ARMANDO JARQUIN ANAYA
REYNA JEREZ GARCIA
ROBERTO JOSE LUNA
ANA ESPERANZA LAZO ALVAREZ
MANUEL DE JESUS MALDONADO
JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ
EDUARDO LUIS MENA CUADRA
GERARDO JOSE MIRANDA OBREGON
OSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDON
JAIME RENE MORALES CARAZO
FIDEL ANTONIO MORENO BRIONES
CARLOS ANTONIO NOGUERA PASTORA
SANTOS RENE NUÑEZ TELLEZ
ALFONSO RAUL ORTEGA URBINA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
LEONEL PANTIN WILSON
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTEZ
GABRIEL RIVERA ZELEDON
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
MIRNA DEL ROSARIO ROSALES AGUILAR
FRANCISCO JOSE SACASA URCUYO
RIGOBERTO HILARIO SAMPSON GRANERA
ROBERTO SANCHEZ TORREZ
MARIA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
NASSER SEBASTIAN SILWANY BAEZ
FREDDY SOLORZANO ALTAMIRANO
ORLANDO JOSE TARDENCILLA
JORGE MIGUEL TORREZ MALESPIN
EMILIA DEL CARMEN TORREZ AGUILAR
DAYSI RAFAELA TREJOS OROZCO
ALBERTINA URBINA ZELAYA
HENRY ENRIQUE URCUYO MALIAÑO
FELICITA LUCILA ZELEDON RODRIGUEZ
Muy buenos días, queridos Diputados.
Señor Presidente, tenemos quórum de ley con 57 Diputados presentes.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Se abre la Sesión.
Al iniciar esta Sesión, queremos saludar a los alumnos y alumnas del Instituto de San Juan de la Concepción, que se encuentran aquí presentes desde muy temprano para ver el funcionamiento de la Asamblea Nacional.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el Adendum No. 8, Punto 3.27: DECRETO DE APROBACION DE ACUERDOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA SOBRE PROMOCION Y PROTECCION DE LA INVERSIONES.
DICTAMEN
Managua, 08 de Julio del 2004.
Doctor
Carlos Noguera Pastora
Presidente de la Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Señor Presidente:
La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuestos, recibimos el mandato de dictaminar la solicitud de Proyecto de Decreto de Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Italiana Promoción y Protección de Inversiones.
FIRMA DEL CONVENIO
Que el día 20 de abril del año 2004, fue suscrito en la Ciudad de Managua, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua por el Ministro de Relaciones Exteriores, Norman Caldera y el Gobierno de la República Italiana, por el Embajador de Italia en Managua, Mauricio Fratini, sobre la Promoción y Protección de Inversiones.
OBJETO GENERAL
El objeto general del Acuerdo es constituir un marco jurídico básico para la inversión extranjera, que brinde garantías mínimas al inversionista y le procure un fácil acceso para el establecimiento de sus inversiones.
Mediante una normativa simple y transporte, cada Estado Parte de este Acuerdo se compromete a conferir seguridad jurídica a los inversionistas extranjeros y reduce su incertidumbre ante los factores de riesgos que deben de tener en cuenta antes del establecimiento de sus respectivas inversiones.
DISPOSIONES
Las disposiciones de este Acuerdo Protegen a los Inversionistas y crean condiciones favorables para el establecimiento de inversiones productivas. En este sentido contempla que el tratamiento de dichas inversiones debe ser justo, equitativo y seguro.
En consecuencia, el tratamiento que cada estado parte de este Acuerdo concederá a las inversiones extranjeras dos tipos de equiparaciones:
1. El trato Nacional, que consiste en conferir el mismo trato que el Estado concede para las inversiones de sus nacionales.
2. El mismo trato brindado a las inversiones de nacionales de terceros Estados, conocida como trato de nación más favorecida.
El trato nacional implica que el inversionista extranjero recibirá el mismo trato que el Estado confiera a sus nacionales en relación al establecimiento, administración, desarrollo y mantenimiento de sus inversiones.
El trato de nación más favorable significa el establecimiento del mismo tratamiento que un Estado conceda a los inversionistas de terceros Estados y sus inversiones.
Por consiguiente, el tratamiento a las inversiones extranjeras no podrá ser inferior a ninguno de los casos anteriores, por que de ser así, no sólo iría en detrimento de los derechos del inversionista sino que también sería discriminatorio o arbitrario y podría dar lugar a un proceso de solución de controversias innecesario y perjudicial para el Estado que no cumpla con este compromiso.
Es por ello que las partes deben abstenerse de poner en práctica cualquier medida que pudiera ser discriminatoria o arbitraria contra los inversionistas y sus inversiones hechas en su territorio de conformidad a las disposiciones de este acuerdo.
Una parte contratante puede otorgar a inversionistas de Terceros Estados en virtud de su pertenencia a una Unión Económica o Aduanera, un Mercado Común, un Area de Libre Comercio, un Acuerdo regional o subregional, un Acuerdo económico internacional multilateral o Acuerdos destinados a evitar la doble imposición o a facilitar el comercio fronterizo.
En relación a posibles daños que pudieren sufrir las inversiones de inversionistas extranjeros, el Acuerdo establece un sistema de compensación para resarcir los perjuicios que derivasen de eventuales acciones estatales que perjudiquen las inversiones.
En la eventualidad que ocurrieren expropiaciones o nacionalizaciones por razones de interés público o social, cada parte tiene la obligación de brindar una indemnización pronta, justa, adecuada y efectiva a los inversionistas.
El acuerdo comprende también arreglos, compensaciones, restituciones o indemnizaciones en casos de pérdidas producidas por los efectos de guerra, conflicto armado, estado de emergencia nacional, rebelión, insurrección o amotinamiento.
Por otra parte, el Acuerdo promueve un normal desenvolvimiento para la administración de las inversiones, de manera que el inversionista pueda contar con facilidades adecuadas a las necesidades de sus negocios. Esto incluye libre disposición de sus inversiones, utilidades, beneficios, venta de acciones, etc.
En caso de que surgieren diferencias relativas a inversiones entre inversionistas y un Estado Parte, esta normativa contempla el sometimiento de arbitraje internacional ante diversas instancias internacionales aceptadas por Nicaragua, tales como el CIADI, las reglas de la CNUDMI y la Convención de Nueva York de 1958.
Este acuerdo brinda un nivel mínimo de seguridad jurídica al inversionista porque regula las garantías mínimas para el establecimiento de su inversión y regula claramente sus derechos y obligaciones.
La normativa de este instrumento jurídico bilateral está acorde a los parámetros establecidos en el Derecho Internacional para este tipo de Acuerdos, tiene concordancia con los Acuerdos que Nicaragua ha firmado en esta materia y no contradice nuestro ordenamiento jurídico interno. Su vigencia se acordó para un período inicial de 10 años, prorrogables por períodos subsecuentes de 5 años.
DICTAMEN DE LA COMISION
La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado el objetivo y condiciones generales de este acuerdo, y
CONSIDERANDO: Que el objeto general
de este Acuerdo es brindar un nivel mínimo de seguridad jurídica al inversionista porque regula las garantías mínimas para el establecimiento de su inversión y regula claramente sus derechos y obligaciones.
Por tanto, en base a las consideraciones anteriores y que la misma no contradice nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales, ni los Tratados suscritos y ratificados por Nicaragua, los suscritos Diputados
Dictaminamos Favorablemente,
EL DECRETO DE APROBACION DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ITALIANA SOBRE PROMOCION Y PROTECCION DE INVERSIONES,
por lo que solicitamos al Honorable Plenario su aprobación respectiva.
COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS
ALFREDO GOMEZ URCUYO
JAMILETH BONILLA
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
ENRIQUE QUIÑONES TUCKLER
RENE NUÑEZ TELLEZ
WALMARO GUTIERREZ MERCADO
ORLANDO TARDENCILLA
GUILLERMO OSORNO MOLINA
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general el Decreto de Proyecto sobre el Acuerdo entre la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Italia, sobre Promoción y Protección de Inversiones.
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
49 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Decreto en lo general.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 20 de Abril del año 2004, fue suscrito en la ciudad de Managua, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Italiana sobre la Promoción de Inversiones.
II
Que la aprobación de dicho Acuerdo reviste particular importancia en virtud de que constituye un marco jurídico básico para la inversión extranjera, pues brinda garantías mínimas al inversionista y le procura un fácil acceso para el establecimiento de sus inversiones.
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El Siguiente
DECRETO
DE APROBACION DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ITALIANA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERIONES.
ARTO. 1
Apruébese el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Italiana, sobre la Promoción y Protección de Inversiones, firmado en la ciudad de Managua, el 20 de Abril del 2004.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
ARTO. 2
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, y con él el Decreto entre Nicaragua e Italia de Promoción y Protección de la Inversión.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
En el Adendum 3, Punto 3.12: LEY DE AUTORIZACION DE LA VENTA DE ACCIONES DE LA EMPRESA NICARAGUENSE DE ALIMENTOS BASICOS (ENABAS).
Dicha ley ya había sido aprobada en lo general el día 3 de Marzo del corriente año, por tanto, vamos a pasar a su discusión y aprobación en lo particular.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que es tarea del Gobierno de la República de Nicaragua, velar por la salvaguarda del patrimonio del Estado distribuido tanto a nivel central como en sus entes descentralizados.
II
Que el Patrimonio del Estado está siendo afectado por la disminución de doscientas cincuenta (250) acciones que posee la Empresa Nicaragüense de Alimentos Básicos (ENABAS) en Almacenadora del Agro Sociedad Anónima (ALMAGRO), producto de las pérdidas acumuladas que reportan los informes financieros.
III
Que el objeto por el cual fue constituida Almacenadora del Agro Sociedad Anónima (ALMAGRO) como es el almacenamiento de granos básicos, en cumplimiento de los acuerdos sobre Libre Comercio Regional de 1994, ha desaparecido, para transformarse en un almacén general de depósito de mercaderías en general.
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente,
DECRETO
PROYECTO DE LEY DE AUTORIZACION PARA LA VENTA DE ACCIONES DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ALIMENTOS BASICOS (ENABAS)
Arto. 1
Se autoriza a la Empresa Nicaragüense de Alimentos Básicos (ENABAS), para que proceda a la venta de 250 doscientas cincuenta acciones que posee en Almacenadora del Agro Sociedad Anónima (ALMAGRO), las cuales poseen un valor nominal de cinco mil córdobas (C$5,000.00) cada una para un valor total de un millón doscientos cincuenta mil córdobas netos (C$1,250,000.00).
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 2
El proceso de venta de acciones se regirá por lo estipulado en el Código de Comercio vigente y la Cláusula Octava del Pacto Social, el cual se encuentra establecido en Escritura Pública Número Treinta y Tres (33) de Constitución de Sociedad Anónima, autorizada en la ciudad de Managua, a las nueve de la mañana del quince de agosto de mil novecientos noventa y cinco, ante los oficios del notario Noel Vidaurre Argüello, e inscrita bajo el Número 19068 -A, página 96/154.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 3
En caso que las acciones no fueran adquiridas por ninguno de los socios, conforme a lo establecido en el artículo anterior, se faculta a ENABAS a efectuar la venta conforme a lo estipulado en la Ley 323, Ley de Contrataciones del Estado, y sus reformas.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 4
El valor de venta de las acciones no podrá ser inferior a su valor nominal y la venta se adjudicará al socio que presente la mejor oferta. En caso de venderse por licitación, las acciones se adjudicarán a la persona que realice la mejor oferta.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 4.
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 5
Los fondos económicos que se obtengan como producto de la venta, serán utilizados en la rehabilitación de centros agrícolas propiedad de ENABAS y para el acopio de granos básicos y lograr mantener el equilibrio de precios en el mercado.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 5.
A votación el artículo 5.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
64 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 6
La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 6.
A votación el artículo 6.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 6, y con ello la ley que autoriza a ENABAS la venta de las acciones que posee en ALMAGRO.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Adendum 8, Punto 3.31: LEY DE CREACION DE LA COORDINADORA NACIONAL PARA LA PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NICARAGUENSES QUE RESIDEN EN EL EXTERIOR.
DICTAMEN
Managua, 3 de Octubre del 2003.
Ingeniero
JAIME CUADRA SOMARRIBA
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
La Comisión Pro-Derechos Humanos y la Paz de esta Honorable Asamblea Nacional, en aras de promover y defender los Derechos Humanos de las y los nicaragüenses que residen en el exterior, y a fin de fortalecer el Estado de Derecho haciendo uso de las facultades que la Ley les confiere, los suscritos miembros de la Comisión reunidos en sesión ordinaria del dos de octubre del dos mil tres, hemos dictaminado la Iniciativa de
LEY DE CREACION DE LA COORDINADORA NACIONAL PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NICARAGÜENSES QUE RESIDEN EN EL EXTERIOR,
la que fue remitida por Primer Secretaría, con fecha diecinueve de marzo del año dos mil tres.
El presente Proyecto de Ley, tiene como finalidad impulsar el cumplimiento efectivo de todos los instrumentos jurídicos en materia de derechos humanos, tales como, Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de Naciones Unidas, y Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, de conformidad con el Arto. 46 de la Constitución Política de Nicaragua...
Esta Ley ya fue aprobada en lo general el 27 de Abril del 2004, por tanto pasaremos a discutirla en lo particular.
LEY DE CREACION DE LA COORDINADORA NACIONAL PARA LA PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NICARAGUENSES RESIDENTES EN EL EXTERIOR
.
Arto. 1 Objeto:
Garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de las y los nicaragüenses migrantes tanto dentro como fuera del territorio nacional, para el desarrollo humano sostenible de la Nación nicaragüense. Servir como instancia de coordinación de todas las instituciones del Estado que trabajan el tema de los derechos humanos.
La Coordinadora Nacional para la promoción y protección de los derechos humanos que en el texto de esta ley se denominará
"La Coordinadora",
es el órgano rector para formular y coordinar la ejecución de la política nacional alrededor de la promoción y protección de los derechos humanos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Saludamos a los alumnos de la Facultad de Derecho de la UCA que se encuentran presentes en la planta baja.
A discusión el artículo 1.
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO:
Gracias, señor Presidente.
Considero que esta Ley de creación de la coordinadora nacional para la protección y promoción de los derechos humanos de los nicaragüenses que residen en el extranjero, si bien es cierto ha dilatado para que se apruebe, creo que todavía tiene enorme validez para los nicaragüenses que residen en Costa Rica, los que están con sus derechos violentados, sin autoridad nicaragüense que realmente los proteja y los tutele. Creemos que es voluntad de todos y cada uno de los Diputados de esta Asamblea Nacional, el que esta Coordinadora comience de inmediato a funcionar para todos los exiliados económicos que el pueblo de Nicaragua tiene.
Varias Comisiones de esta honorable Asamblea Nacional han viajado a Costa Rica, a ver la problemática de los excarcelados, a ver la problemática de los residentes en los diferentes barrios y asentamientos en la hermana República de Costa Rica. También hay problemas en Honduras, y creemos que éste será un aporte fundamental para todos esos nicaragüenses que al no tener estos gobiernos posibilidades de generación de empleo, se han visto obligados a retirarse de lo que más quieren: su familia, su tierra, sus orígenes. Por eso creemos que esta Coordinadora va a venir en alguna medida a ser un pequeño bálsamo de apoyo a todas estas familias nicaragüenses en el extranjero. Por lo tanto, espero que la aprobemos por unanimidad de todos los Diputados presentes.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Felícita Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADA FELICITA ZELEDON:
Gracias, señor Presidente, y muy buenos días a todos. Realmente ésta es una ley muy necesaria en este país, debido a las grandes ignominias que pasan los inmigrantes en diferentes partes del mundo. Hemos tenido mucha experiencia de compañeros y hermanas que han muerto o que están presos en diferentes lugares de otros países, sin familia, sin defensa, sin nadie que los apoye para que puedan salir de la cárcel o ser trasladados cuando son muertos en otros países. Con esa Coordinadora para la protección de los derechos humanos, creo que en parte se va a solucionar ese gran problema, ya lo decía el hermano Edwin, que se ha movilizado mucho la Comisión Pro Derechos Humanos y la Paz hacia Costa Rica, El Salvador y otros países, para ver esas situaciones.
Tenemos una gran cantidad de nicaragüenses presos en Costa Rica, que están pidiendo su traslado hacia este país. Sin embargo a pesar de los muchos esfuerzos que se han hecho, todavía están ahí. También tenemos muchos casos de injusticias que se dan en estos países y no hay quien vele por ellos. Desgraciadamente en Nicaragua estamos en un momento donde hay una inmigración grandísima por la falta de trabajo; por la falta de soluciones a los problemas de este país, las personas tienen que emigrar a otros lados, y esto hace que la vida sea tan dura para ellos como también para la familia que queda en este país. Creo que la ley viene a ayudar mucho a estos emigrantes, y pido a todos los Diputados que voten a favor de la misma.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Benita Arbizú Medina, tiene la palabra.
DIPUTADA BENITA ARBIZU MEDINA:
Gracias, señor Presidente.
La verdad es que la conformación de esta Coordinadora es una necesidad, porque el esfuerzo que se realiza a nivel de los organismos que trabajan con la materia de derechos humanos a nivel internacional son dispersos, y el objetivo de esta Coordinadora es unificar esfuerzos que realmente sean en conjunto, no viene a duplicar esfuerzos económicos ni a alterar el Presupuesto Nacional, al contrario, es unificar esfuerzo físico, esfuerzo de trabajo de cada una de las instituciones que miran esta materia a nivel internacional.
Prácticamente esta Coordinadora lo que viene a hacer es a ahorrar los mecanismos de comunicación y promoción hacia el trabajo de la materia de los derechos humanos a nivel internacional. Es por eso que yo solicito el respaldo a cada uno de los miembros de las bancadas de este Plenario, para que aprobemos esta ley unánimemente, ya que por desgracia hace falta integrar más, desarrollar más el trabajo en la materia de derechos humanos a nivel internacional, aunque sea en la parte de coordinación.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Gracias Presidente.
El año pasado que fuimos los miembros de la Comisión de Infraestructura a una reunión de trabajo en Guanacaste, ahí estuvimos con las autoridades de Migración y Aduanas y del Ministerio de Transporte, para ver la problemática aquella del desorden y casi amotinamiento que se generaba en las épocas de Navidad y Semana Santa, y otras por la gran cantidad de nicaragüenses que venían a Nicaragua y regresaban en esa época. La idea era persuadir a que se les diera una mejor atención a nuestros compatriotas por ambos gobiernos, por autoridades de Migración Sanitaria y de Aduanas, ampliando períodos de atención, mejorando los sistemas, y al final esto se logró.
Yo recuerdo que también nos acompañó en esa ocasión el Diputado Gadea, y fuimos a visitar a los nicaragüenses que estaban en las cárceles de Liberia, y una de las cosas que constatamos, además de casos muy puntuales que luego se atendieron, es que estaban en una situación de cuasi abandono oficial, según lo que ellos decían. Había muy poca atención, estaban digamos a su suerte, unos pedían incluso que se les pudiera repatriar acá, porque sus familiares no los podían llegar a ver, dado la pobreza, etc. En este sentido nosotros, y particularmente su servidor, vimos positiva la iniciativa que en su momento presentó el Diputado Nelson Artola, hoy Alcalde de Matagalpa, de que se constituya esta Comisión.
Yo sólo quiero hacer una observación, y es que si esta Comisión no va a tener una Secretaría Ejecutiva, va a pasar como con varias Comisiones que, aunque su propósito es bueno, además necesario, difícilmente va a poder operar. Solamente dejo la reflexión en el ambiente, para que veamos con los colegas cómo va el avance en la discusión y aprobación del diferente articulado, la hacemos de manera tal, que también pueda ser una Comisión operativa que cumpla con los buenos propósitos que la han generado.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILES:
Muchas gracias, señor Presidente.
El espíritu de la ley quizás tiene una muy buena intención, así lo manifestamos cuando esta ley fue aprobada en lo general el año pasado, sin embargo en esa ocasión -y está en el Diario de Debates- nosotros habíamos solicitado una revisión en la Comisión de Derechos Humanos, y todavía estamos esperando que esta ley pase a revisión a la Comisión de Derechos Humanos, simplemente para darle una pequeña revisión, y es lo que yo estoy solicitando. Todos estamos de acuerdo, pero según el Diario de Debates, el año pasado cuando se aprobó en lo general, se acordó que iba a remitirse a la Comisión de Derechos Humanos y la Paz, para darle una revisión rápida.
Por lo tanto, solicito a la Junta Directiva que se cumpla con lo que se acordó en el Diario de Debates el año pasado.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Rubén Gómez Flores, tiene la palabra.
DIPUTADO RUBEN GOMEZ:
Gracias, señor Presidente.
Solamente para decir que efectivamente Nicaragua en la situación socioeconómica actual, ha permitido que casi un poco más de un millón de nicaragüenses se encuentren en un exilio económico, y consideramos que los tratos humanos que deben tener los países en los cuales tenemos una gran mayoría de nicaragüenses, al menos debe ser dignificante. Consideramos que precisamente esta ley, de conformar la Comisión Nacional de Protección de los Derechos Humanos, está vinculada también a un esfuerzo que a través de diversas naciones está haciendo las Naciones Unidas, y en la Comisión del Exterior dictaminamos favorablemente un convenio en el cual viene mancomunado a la proporción de los emigrantes.
Es decir que tenemos antecedentes internacionales en los cuales México y otros países han firmado ya este Convenio, para protección de los derechos humanos de los emigrantes, y en las próximas semanas consideramos que va a ser presentado a este Plenario. Por tanto, vemos un vínculo necesario para que también nosotros dispongamos de una ley con este carácter, para que desde nuestra Nación busquemos la protección de nuestros conciudadanos, en todos los países en que se encuentren.
Por tanto, consideramos que si han pasado dos años, creemos que está llenando los requisitos fundamentales para que en este Plenario el día de hoy la revisemos, y si hay alguna moción al respecto, podamos emitirla y aprobarla ya en lo particular.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Muchas gracias, señor Presidente.
Muy buenos días, honorables Diputados y Diputadas de esta Asamblea Nacional, y ciudadanos que nos acompañan en esta sesión de trabajo.
En principio no pretendo pronunciarme en lo general, porque correctamente los que me han antecedido en el uso de la palabra han dejado claro que éste es un proyecto de ley que fue aprobado en lo general ya desde 1994, y quiero recordarle, señor Presidente, que usted llamó a la discusión del artículo 1 de la presente ley. En este caso particular del artículo 1, y dado mis escasos conocimientos en una materia tan especializada como es la promoción de los derechos humanos, yo quisiera consultarle a los miembros de la Comisión los alcances que tiene el artículo 1 de la presente ley, porque hasta donde yo tengo entendido y el mismo título de la ley lo deja claro, el objeto de la ley debería de ser la creación de una coordinadora para la promoción y protección de los derechos humanos de nicaragüenses que residen en el exterior.
Sin embargo, si usted lee el párrafo primero del artículo 1 de la ley, habla de una cosa totalmente diferente, e inclusive algo que me llama la atención, dice: “Garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de las y los nicaragüenses migrantes, tanto dentro como fuera del territorio nacional”. Si los nicaragüenses se encuentran dentro del territorio nacional ¿se les podrá dar el estatus de migrante? Esa es una pregunta que yo quisiera que los miembros de la Comisión me contestaran, por favor. Y segundo, para mejorar la calidad de este producto legislativo, creo que el segundo párrafo de este artículo primero debería de trasladarse como primer párrafo, porque realmente el objetivo de la ley es la creación de la Coordinadora.
El objetivo de la creación de la Coordinadora es crear una instancia rectora y de coordinación de ésta con el resto de instituciones que velan por los derechos humanos, para proteger los derechos humanos de los nicaragüenses. En ese sentido, yo me abstengo de hacer moción en ese particular, porque en mi carácter muy personal considero que los derechos humanos no tienen nacionalidad y debería de haber una coordinadora para la promoción y protección de los derechos humanos; porque existen también en Nicaragua personas de otras nacionalidades que se miran violentadas en sus derechos humanos, cuando son detenidos por las autoridades de Migración y Extranjería, y no necesariamente son nicaragüenses.
Yo creo que la Coordinadora tendría mucho que decir sobre ese tema. Y pueden ser peruanos, pueden ser ecuatorianos, y pueden ser salvadoreños; sin embargo como está aprobada en lo general esta iniciativa de ley, difícilmente se podría hacer algo al respecto, a menos que haya una voluntad política de todo este Plenario, para que en el articulado podamos profundizar las facultades de esta coordinadora. Si hubiera voluntad política sería oportuno hacerlo. Yo tengo una moción particular para el artículo 1, señor Presidente, y sería la siguiente:
Uno ubicar el segundo párrafo del artículo 1 como primer párrafo, porque ése es el objetivo de la ley, la creación de la Coordinadora. Y un segundo párrafo que dijera lo siguiente: “El objetivo fundamental de la Coordinadora para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los Nicaragüenses que Residen en el Exterior, es garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de los y las nicaragüenses migrantes, para el desarrollo humano sostenible de la Nación nicaragüense. Asimismo será instancia de coordinación de todas las instituciones del Estado que tratan el tema de los derechos humanos.
Así el artículo 1 tendría coherencia y tal vez una mayor calidad de producto legislativo.
Paso la moción por escrito.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Ha habido seis Diputados y Diputadas que han intervenido en esta discusión del artículo 1, hay anotados cuatro más; vamos a cerrar con el Diputado David Castillo.
Tiene la palabra el Diputado Alfonso Ortega Urbina.
DIPUTADO ALFONSO ORTEGA URBINA:
Gracias, señor Presidente.
Yo quisiera que tuviésemos un poco más de cuidado en aprobar esta ley, y esta Comisión especialmente, porque la protección de los nacionales en el exterior es función del Poder Ejecutivo; no es función de la Asamblea Nacional, crear Comisiones para que se preocupen por la aplicación de leyes de derechos humanos en el exterior. Para eso existen diplomáticos nacionales y los cónsules, y lo que se llama protección diplomática y protección consular, que es una obligación del Estado favorecer a ciudadanos que están afuera, para cautelar que se apliquen las leyes correctamente a sus ciudadanos que residen en otros países.
Entonces si nosotros creamos una Comisión encargada de ver la protección de los derechos humanos en el exterior, vamos a estar en competencia o en contraposición con lo que dispone el derecho internacional, que esa obligación se la reconoce únicamente a los Poderes Ejecutivos, a los diplomáticos profesionales y a los cónsules, para cautelar que a los ciudadanos nicaragüenses residentes en el exterior les sean aplicadas las leyes del país donde reside, y de los derechos internacionales, como son los derechos humanos exactamente apegados a la ley.
De manera que esa Comisión podría no ser recibida por las autoridades de los países respectivos al tratar de inmiscuirse o pretender cautelar la protección de los derechos humanos de los ciudadanos nicaragüenses en el exterior. Por eso quería que fuéramos un poco cautelosos al conformar Comisiones que estarían más allá de lo que contempla el derecho internacional en esta materia.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado David Castillo Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO DAVID CASTILLO SANCHEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Yo creo que con todo lo que se ha dicho en el Plenario, estamos claros de que esta ley va a tener que ir a Comisión a replantearse sus objetivos y contenidos. Pero creo que es valedero dejar planteado que el Estado ya tiene un organismo con el mandato de tutelar los derechos humanos de todos los nicaragüenses, y eso no implica si están dentro o fuera del territorio nacional.
Yo creo que esta Coordinadora, más que ser un ente casi autónomo y con vía propia, lo que debería es de fortalecer la Procuraduría de Derechos Humanos y crearle un órgano consultivo con representación de diferentes grupos de la sociedad civil que trabajan en la promoción y protección de los derechos humanos de los nicaragüenses que están en el exterior, pero la representación del Estado debe ser única y exclusivamente garantizada por la Procuraduría de Derechos Humanos.
Muchas gracias, señor Presidente
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Hemos estado consultando en el seno de la Junta Directiva, la solicitud planteada por el Diputado Gadea y el Diputado Quiñónez, acerca de la importancia de cumplir con el mandato del año pasado de que este Proyecto de Ley aprobado en lo general fuese regresado a la Comisión para su correspondiente revisión. Hay una preocupación, a nuestro juicio muy lógica, ya existe una Procuraduría de los Derechos Humanos que efectivamente tutela, como decía David Castillo, los derechos humanos de todos los nicaragüenses.
Entonces es preferible regresar este proyecto de ley a la Comisión, dándole un plazo de 15 días para que consulte con ella misma, con la Procuraduría y con cualquier otra entidad que sea de interés, para que podamos discutir ésta en los siguientes plenarios. Así que le pedimos al Doctor Donald Lacayo Núñez, Presidente de esta Comisión, que recepcione este proyecto con la debida premura, para que vía mociones se pueda mejorar el mismo.
Tiene la palabra Alfonso Ortega Urbina.
DIPUTADO ALFONSO ORTEGA URBINA:
Yo quisiera advertirle a la Comisión de Derechos Humanos que tenga cuidado al formar la Comisión, porque esta Comisión no está autorizada en derecho internacional, no es sujeto de derecho internacional; el sujeto del derecho internacional es el Estado nicaragüense; los diplomáticos y los cónsules nicaragüenses son los obligados a brindar protección diplomática y protección consular a los ciudadanos nicaragüenses en el exterior; y por cortesía pueden aceptar la sugerencia de una Comisión nombrada por esta Asamblea, porque la Asamblea misma no es sujeto de derecho internacional.
Nosotros estamos obligados a hacer leyes en el país, pero no a representar al país en el exterior; la representación del país en el exterior corresponde al Poder Ejecutivo, a los diplomáticos y a los cónsules. De manera que tengamos cuidado al mandar Comisiones con funciones en el exterior.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑE TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Me parece sensata la posición de la Junta Directiva de darle cumplimiento a lo que se resolvió en la Junta Directiva anterior, de pasar esta iniciativa a la Comisión de Derechos Humanos. Por lo demás, dos cosas, Presidente: una, agradecerle al Diputado Ortega Urbina la sugerencia que me está haciendo, vamos a tomar muy en cuenta sus sabios y oportunos consejos que nos está dando. Y dos: que en vez de 15 días nos den 30 días para terminar esta ley.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Gracias, Presidente.
Compartimos el criterio de los colegas de la Junta Directiva de que sea esto enviado a la Comisión; pero más que enviado como ya la ley está aprobada en lo general y está en proceso de hacerse la ley, para entender más la decisión, yo entiendo que sería que se suspenda aquí la discusión para que la Comisión de Derechos Humanos, no es que la dictamine, sino que considere sus opiniones y haga mociones, de manera que se atiendan los criterios sensatos que aquí se han hecho, y que luego los presenten en un tiempo mas o menos razonable. Si es así, Presidente, si ése es el sentido, por lo menos personalmente estoy de acuerdo con su decisión.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Esa es la explicación que dimos, Diputado.
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILES:
Muchas gracias, señor Presidente.
Solamente para agradecer que se cumpla con lo que se estipuló el año pasado. Y quiero que sepa mi amigo Ortega Urbina, que quiénes nos representan en el exterior tienen abandonada a nuestra gente. Ahí nomás en Liberia, hay una nicaragüense que fue violada por un administrador de la cárcel, y ninguna autoridad nicaragüense la ha ido a ver, si no ha sido por esta Asamblea Nacional. Por lo tanto, nosotros tenemos que encontrar mecanismos para defender a nuestra gente en el extranjero, cosa que este Gobierno no ha podido hacer hasta el momento.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Alfonso Ortega Urbina, tiene la palabra.
DIPUTADO ALFONSO ORTEGA URBINA:
Gracias, señor Presidente.
Para contestar a nuestro Diputado Carlos Gadea, que la ineficiencia de los funcionarios públicos nuestros en el exterior no cambia el derecho internacional. El derecho internacional es muy por encima de los derechos internos respetuosos de los derechos internos, pero aplica en el exterior sus propias legislaciones. De manera que el sujeto de derecho internacional es el Estado nicaragüense, y el Cónsul nicaragüense y el Embajador nicaragüense son los encargados de hacerlo. Si no sirve eso, que lo quiten, que apliquen la ley, que lo destituyan y nombren a alguien que sepa funcionar y sepa representar al país en el exterior, que es lo que hay que hacer.
Pero podemos nosotros llamar aquí e interpelar al Canciller y decirle que por qué no está cumpliendo con su obligación y su protección que debe dar como diplomático y consular a los ciudadanos nicaragüenses en el exterior.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Entonces, esperamos que la Comisión de Derechos Humanos trabaje sobre el proyecto de ley, presente las mociones correspondientes, tome en consideración los aportes dados aquí, para que en el curso de un mes estemos otra vez discutiendo este proyecto de ley.
SECRETARIO EDUARDO MENA:
Adendum 8, Punto 3.30: LEY QUE REGULA LA ATRIBUCIÓN CONSTITUCIONAL DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE SOLICITAR INFORMES, COMPARECENCIAS E INTERPELACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS.
Managua, 26 de mayo del 2003
Ingeniero
Jaime Cuadra Somarriba
Presidente Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho.
La Comisión Especial de Asuntos Interinstitucionales de la Asamblea Nacional se ha reunido el día de hoy 10 de Abril del año 2003, con el fin de proceder a dictaminar el presente Proyecto de Ley que regula la atribución constitucional de la Asamblea Nacional de solicitar informes, comparecencias, e interpelación de funcionarios públicos, dicho proyecto de Ley fue presentado por el Diputado Edwin Castro Rivera.
La Comisión de Asuntos interinstitucionales con el objeto de obtener más criterios y elementos de juicio ha elaborado un plan de actividades a desarrollar, iniciando diversas consultas estatales a los sectores involucrados, como son los Ministerios, entes autónomos y estatales; siendo invitado el secretario de Asuntos Legales de la Presidencia de la República, Doctor Julio Vega Pasquier y el Dr. Alejandro Arguello, Asesor Técnico de UCRESEP.
La importancia y la necesidad de que dicha ley establezca una trasparencia y armonía entre los poderes del Estado y sus haceres.
Analizando el presente proyecto de ley, es necesario presentar un mecanismo legal y trasparente de las disposiciones que debe contener, sin darse una intervención del Poder Legislativo en los Poderes del Estado.
El Dr. Vega Pasquier comenta que el Poder Ejecutivo está de acuerdo con la pronta aprobación de la ley en mención. Por otro lado opina que en lo general el articulado de la ley cumple con los Artos,138, inc.4 Cn. aunque sugiere que deberían revisarse algunos artículos y remitirá a esta Comisión por escrito las sugerencias propone.
Exposición del
Dr. Alejandro Arguello Asesor Técnico Principal de UCRESEP:
Se debe de regular el proceso, ya que su opinión debido a que
Ø
Faltan Procedimientos.
Ø
Porcentajes a los que se refiere la ley muy bajos.
Ø
Deben de buscarse límites naturales, para evitar los abusos de los funcionarios públicos. El término formación de causa de derecho Penal tiene Jurisprudencia, al igual que en Derecho Civil, pero por el contrario en materia administrativa no tiene, y es seguramente en esta materia donde habrá una mayor cantidad de casos.
Las relaciones entre Poderes del Estado y sus Entes Autónomos o gubernamentales, es uno de los aspectos más relevantes del Sistema Democrático que tenemos, es un sistema que va acorde con nuestra Constitución basándose en buena medida en un mecanismo que permita un adecuado balance en el ejercicio del poder.
El régimen constitucional surge como reacción frente al poder del monarca dotando al Parlamento de una legitimación basada en la soberanía de la voluntad de un pueblo.
Desde sus orígenes, controlar la acción gubernamental es una de las funciones primordiales de cualquier Parlamento en un Estado Constitucional, precisamente porque este tipo de estado no sólo encuentra uno de sus fundamentos más importantes en la división de poderes, sino también en el equilibrio entre ellos; esto es la existencia de controles recíprocos de contrapeso y frenos que implica el ejercicio limitado e irresponsable de las actividades publicas. Los equilibrios que provocan los controles de las principales divisas de un buen gobierno no funcionan por la buena voluntad de sus actores, sino existen equilibrios que acotan el actuar gubernamental. Estos equilibrios, que constituyen límites reales y efectivos a las decisiones que puedan tomar los funcionarios son clave del funcionamiento de un gobierno acorde con los intereses colectivos. Ahí donde existen poca posibilidad de maniobrar arbitrariamente para desviar el poder.
Es decir, los equilibrios no existen por sí mismos, son de producto en todos los mecanismos que se han revelado en la ingeniería constitucional como herramienta jurídica de gran utilidad práctica para una mejor gestión gubernamental: a través de ellos se pueden mejorar y esclarecer las políticas de gobierno. Los servicios públicos y en general, contribuir a la marcha de la administración ejerciendo supervisión pertinente.
Nuestro sistema constitucional se ve en la necesidad de crear la presente ley, la que vendrá a ser de manera eficaz a controlar la gestión de las actividades gubernamentales y administrativas que se realizan los funcionarios del estado, y sus directores de Entes Autónomos.
Individualmente esta ley viene a fortalecer el Poder legislativo al darle un instrumento necesario para ejercer una supervisión legislativa más detallada de las actividades que se realizan los funcionarios públicos y los directores de los Entes Autónomos, y en nuestro sistema jurídico un eficaz control parlamentario de los actos y de las omisiones de los actos del gobierno dependerá en gran medida de la existencia de procedimientos que faculten al legislativo para manifestarse sobre las decisiones gubernamentales, tales como de los instrumentos que permitan a los legisladores fiscalizar el desempeño de las funciones de los funcionarios públicos y de los Entes Autónomos.
Los informes y/o preguntas y las interpelaciones parlamentarias serán de uso individual para los Legisladores; las preguntas servirán para plantear cuestiones o problemas de índole concreta a cualquier funcionario. Las interpelaciones para proponer o analizar cuestiones de política general o para el debate de las cuestiones de relevancia general o demarcado interés político.
Es decir que aprobarse el presente Proyecto de Ley, el informe o preguntas se constituirán en instrumentos de que dispongan los legisladores en lo referente a obtener información del gobierno sobre cuestiones puntuales y concretas, se tratara así de medios de fiscalización de carácter individual, en el sentido de que cualquier diputado pueda formular por si mismo, sin mas requisitos de tener un objeto concreto y preciso, como corresponde a su característica de ser el medio más rápido para obtener determinada información.
La interpelación tiene su carácter como destitución, pero no es así; la interpelación de cuestionar, preguntar o interrogar al funcionario, luego de haberse agotado todo procedimiento y en base a los resultados cabe la recomendación ante el ejecutivo de solicitar la destitución del funcionario de conformidad con el Arto. 138 inciso 4 Cn., evitando invadir otros Poderes del Estado. El Parlamento puede solicitar la destitución del funcionario ante el ejecutivo, cuando este no cumpla o se extralimita e ellas, respetando la independencia de los Poderes.
Este proyecto de Ley pretende regular la atribución constitucional de la Asamblea Nacional establecida en el Arto. 138 numeral 4. Si como consecuencia de la interpelación, la Asamblea Nacional, por la mayoría absoluta de sus miembros, considera que ha lugar a formación de causa, el funcionario interpelado perderá desde ese momento su inmunidad. Los funcionarios públicos a los que se refiere este Proyecto de Ley.
Son los nombrados por el Poder Ejecutivo.
En base al Título VII"
De la organización del Estado"
Capitulo II, Poder legislativo, Arto.138 numeral 4 Cn. que establece "Son atribuciones de la Asamblea Nacional: solicitar Informes a los Ministros y Vice Ministros de Estado, Presidentes Directores de Entes Autónomos y Gubernamentales. También podrá requerir su comparecencia personal e interpelación; de la comparecencia será obligatoria, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento civil, título IX del Apremio Corporal en materia civil, Art.2521 inciso 2, parte final 2528. Debido a que este mandato Constitucional no ha reglamentado a través de una Ley, el Poder legislativo se ha visto limitado en el ejercicio de esta función, motivo por el cual se hace necesario el presente proyecto de ley.
El Estatuto General de la Asamblea Nacional en su Título VI, Capitulo II "del Informe por Escrito"; en sus Artos. 84, 88, y 90 establece algunos procedimientos para que los diputados Miembros puedan solicitar a los Ministros de Estado, Presidentes o Directores de Entes Autónomos y Gubernamentales, informes por escrito, su comparecencia e interpelación, y de esta manera conocer sobre los actos que realizan en el desempeño de sus funciones.
DICTAMEN
Por tanto, con base en las consideraciones antes expuestas, y que las mismas están basadas en la regulación de un precepto constitucional, los suscritos diputados de la Comisión Especial de Asuntos Interinstitucionales, dictaminamos favorablemente el Proyecto de ley que regula la atribución constitucional de la Asamblea Nacional de solicitar informes, comparecencias e interpelación de funcionarios públicos, es conforme a las leyes y constitución Política, y se anexa el proyecto de Ley dictaminado.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Comisión ha dictaminado favorablemente, el proyecto de ley "
Que regula la atribución constitucional de la Asamblea Nacional de solicitar informes comparecencias e interpelación de los funcionarios públicos"
, por ser necesaria y no violentar la Constitución Política, ni los derechos sociales, ni las leyes de la República, todo de acuerdo a los Artos, 50, 51,y 89 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y su Reglamento.
COMISION ESPECIAL DE ASUNTOS INTERISTITUCIONALES
ASAMBLEA NACIONAL
RUFINO GARCIA
Miembro
RENE HERRERA
Miembro
HENRY URCUYO
Segundo Secretario
ELIAS CHEVEZ
Primer Secretario
EMILIA TORRES
Segundo Vice-Presidente
MARCO AURELIO SANCHEZ
Primer Vicepresidente
BLADIMIR PINEDA
Presidente
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Vamos a proceder a discutir el proyecto de ley en lo general.
Tiene la palabra el Diputado Fremio Altamirano.
DIPUTADO FREMIO ALTAMIRANO:
Gracias, señor Presidente.
La solicitud de la palabra es para hablar referente a otro caso, aparte de lo que se está viendo ahorita, si me lo permite. Señor Presidente: Desde el 20 de Marzo de este año ocurrieron unos hechos sangrientos por motivo de una propiedad, la cual el Estado de Nicaragua ha cedido a miembros de la Resistencia Nicaragüense, en cumplimiento de los acuerdos que se firmaron en 1990 para el desarme. De esas propiedades son legítimamente dueños los miembros de la Resistencia Nicaragüense, a los que yo he estado respaldando, porque ellos fueron desalojados de la finca Los Angeles, que ya había sido asignada por el Estado de Nicaragua y que les fue quitada nuevamente para dársela en dación de pago a unos señores Abascales.
A partir de ese momento la gente de la Resistencia Nicaragüense hizo múltiples gestiones, incluso estuvieron aquí en el parque que tenemos al frente, en huelga de hambre, protestando y pidiéndole al Gobierno de Nicaragua, que les dieran otras propiedades a cambio de las que le habían quitado. A raíz de esas gestiones el Gobierno de Nicaragua le entregó nueve propiedades, de las cuales tres ya están tituladas. Yo personalmente hice las gestiones ayudándoles y se le entregaron esos títulos, para lo que fui personalmente a la finca que está ubicada en el Municipio de Matigúas, y aquí tenemos documentación desde el principio al fin.
Se notificó al dueño de la misma propiedad, porque hubo una reunión con el dueño anterior, que es quien había perdido esa propiedad, vía Banic. El Gobierno de Nicaragua compró la cartera al Banic para titularle a los miembros de la Resistencia Nicaragüense, por lo tanto el señor que había sido dueño de la propiedad, ya no era dueño de esa propiedad, que él aduce ser.
Se le notificó, dejamos a los miembros de la Resistencia en posesión, -porque estuve acompañando a los de la OTR-, y días después este señor entró con un equipo de hombres armados y los desalojó, saliendo un herido de los miembros de la Resistencia.
Posteriormente, el 20 de Marzo, los muchachos que habían sido desalojados trataron de recuperar por la fuerza, porque no encontraron eco ni en las autoridades civiles ni en las autoridades militares para que resolvieran el conflicto y entraron a recuperar la propiedad, y de esta acción resultaron dos muertos. Por lo tanto, solicito a esta honorable Asamblea, formar una Comisión Especial para la investigación de estos hechos, ya que ninguna autoridad ha tomado cartas en el asunto, para que pueda reintegrar y darle la posesión a los verdaderos y legítimos dueños que son los miembros de la Resistencia Nicaragüense.
Cabe señalar que no se ha podido encontrar eco en ninguna de las autoridades. El Ministerio y la Intendencia de la Propiedad de Nicaragua no han hecho nada al respecto, ellos cumplieron en su momento, extendiendo el título, pero a partir del conflicto no han hecho nada por lo tanto, pido nombrar la Comisión. Y aquí están los muchachos presentes, los que fueron agraviados; está un hermano del que fue muerto, miembro de la Resistencia, incluso ellos fueron los perseguidos, y tuvieron encarcelados.
Nosotros tuvimos que traer el cadáver del miembro de la Resistencia, a la Cooperativa 3-80, para que los medios y el pueblo de Nicaragua se puedan dar cuenta, de qué es lo que sucede en la profundidad de la montaña, donde prevalece todavía la ley del más fuerte, o sea la ley de la selva, y nosotros como responsables del pueblo de Nicaragua no podemos permitir que la ley la tomen los ciudadanos por sus propias manos. Por eso es que, haciendo nuevas gestiones, estamos pidiendo esa Comisión, para que dictamine lo que tenga a bien.
Paso por escrito mi petición, y tengo en mis manos toda la documentación para facilitársela a la Comisión que va a hacer este trabajo.
Me gustaría que el Diputado Marcelino García, que preside la Comisión de Reforma Agraria, y quien está haciendo un buen trabajo, porque hemos estado llevando de cerca muchos casos, tome cartas en este asunto.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Nos pasa la solicitud, Diputado Altamirano, por favor.
Diputado Orlando José Tardencilla, tiene la palabra.
DIPUTADO ORLANDO TARDENCILLA:
Gracias, Presidente.
Me quiero referir a la ley que regula la atribución constitucional de la Asamblea Nacional para solicitar informes y demás. En primer lugar, señor Presidente, estimados colegas, les recuerdo que en Noviembre del año pasado, en primera legislatura, esta Asamblea Nacional discutió y aprobó algunas reformas constitucionales, que a decir del Ejecutivo, que a decir de otras instancias de opinión política, académicas, nacionales e internacionales, alteraron la relación armónica y el equilibrio entre Poderes y demás.
Siguiendo el procedimiento de formación de ley, esta Asamblea aprobó en segunda legislatura esta reforma. Cierto es, y no voy a entrar a discutir, que en esta segunda discusión se agregaron algunos elementos que a mi manera de ver, no los autoriza la Constitución, pero bueno, se ha entendido que en el proceso de discusión en segunda legislatura se pueden modificar. Les recuerdo a los estimados colegas, que en este debate abordamos el tema de la facultad constitucional de la Asamblea de solicitar interpelación de funcionarios, e incluso, en esa reforma la Asamblea Nacional estableció un procedimiento claro y expedito sobre ese tema.
Se produjeron reacciones que todo mundo conoce. Hay dos sentencias de organismos jurisdiccionales, uno nacional y uno supranacional, la Corte Suprema de Justicia y la Corte Centroamericana de Justicia, y ahí están. Yo me quiero referir en concreto a esta ley, tomando como procedentes esos debates constitucionales, porque me parece, con todo respeto, que en la simple lectura del Dictamen que nos están proponiendo, es que están referidas a las disposiciones constitucionales, antes de ser aprobadas.
Voy a tomar como referencia lo que dice el artículo 10 de este Dictamen, y dice: "La Asamblea Nacional enviará un informe al Presidente, en el cual se expresará la opinión que le merece el desempeño del funcionario, fundamentada la interpelación, pudiendo recomendar su separación del cargo. Y hay otras disposiciones ahí. Parece ser que este Dictamen efectivamente está enfocado de cara a las disposiciones constitucionales anteriores, cuando la separación del funcionario correspondía a discrecionalidad del Presidente de la República, y no tal y como lo disponen las reformas constitucionales que en este momento ya la Asamblea Nacional ha aprobado en sus dos legislaturas.
En este sentido, señor Presidente, estimados miembros de la Junta Directiva y colegas parlamentarios, me pregunto en voz alta, si nos ponemos a discutir, a debatir y a explicar la procedimentalización de las disposiciones constitucionales, al final no estaríamos aceptando de una manera tácita el criterio que se ha vertido en contra de las reformas constitucionales sobre el alcance y su aplicabilidad, me pregunto. No sería prudente revisar más a fondo el contenido de este Dictamen y ajustarlo a las reformas constitucionales, las que a mi juicio -y parece ser que a juicio de muchos colegas parlamentarios- tienen plena vigencia.
Yo creo que la Asamblea Nacional, si aprueba esta ley en los términos en que está planteada, pudiéramos nosotros mismos estar desconociendo la validez de las reformas que nosotros aprobamos, y estaríamos de una manera indirecta -pero así va a ser aprovechada por todos aquellos que adversan la función legislativa de esta Asamblea-, avalando lo expresado por la Corte Centroamericana de Justicia, en contrasentido a lo planteado por la Corte Suprema de Justicia.
Estimados amigos, yo creo que el tema es muy serio e implica reconocer o no reconocer, ratificar o no ratificar, el alcance de las reformas constitucionales, las que, a mi manera de ver, no tiene ninguna discusión, son válidas, son correctas, procesalmente fueron establecidas en el marco del proceso de formación de la ley. En este sentido, puntualmente quisiera proponer a la honorable Junta Directiva, si al tenor de lo que he planteado, pudiera reenviarse a Comisión para hacer los ajuste, de forma y fondo que necesariamente tienen que aplicarse sobre este Dictamen, y de esta manera darle fuerza, vigencia, legitimidad y por supuesto reconocimiento triplemente expreso a las reformas constitucionales.
Muchas gracias, señores miembros de la Junta Directiva.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Emilia Torres Aguilar, tiene la palabra.
DIPUTADA EMILIA TORREZ AGUILAR:
Muchas gracias, Presidente.
Hace exactamente dos años, en el mes de Abril del 2003, en la Comisión Interinstitucional dictaminamos esta iniciativa de ley, presentada en su oportunidad por el Diputado Edwin Castro.
Efectivamente, en ese momento todavía no habíamos reformado la Constitución, que lo hicimos con el ánimo de garantizar que las peticiones y las demandas de los ciudadanos que lleguen a esta Asamblea Nacional, exigiendo que los funcionarios públicos presenten informes, comparezcan ante la Asamblea Nacional, pero que no se da en términos generales, irrespetando a este Poder del Estado y a la misma ciudadanía, de alguna manera se regulara a través de esa reforma a la Constitución, que se efectuó en Noviembre y en este año.
Sin embargo, esta iniciativa de ley que fue dictaminada por la Comisión, es prácticamente complementaria con esa decisión tomada también por este Poder del Estado. Porque lo que en esta iniciativa de ley se regula es el mecanismo, son los procedimientos que se utilizarían para invitar a presentar informes y a comparecer a miembros del Ejecutivo frente a este Plenario de la Asamblea Nacional.
De manera que con una única moción que va a ser introducida en el artículo 10, para ajustar al cambio efectuado en la reforma constitucional, se salvaría la preocupación presentada por el Diputado Tardencilla, y estaríamos aprobando realmente una iniciativa de ley que complementa la decisión soberana tomada por esta Asamblea Nacional, acordándose los procedimientos y los mecanismos para el cumplimiento de esa decisión de la Constitución de Nicaragua.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Yo considero válida la preocupación que tienen, sin embargo hay que ver qué fue lo que reformamos y qué es lo que dice la ley. El artículo 138 constitucional, y por su brevedad me voy a permitir leérselos, como quedó la Constitución reformada: "Solicitar informe a los Ministros, Viceministros de Estado, Procurador y SuProcurador General de Justicia, Presidentes o Directores de entes autónomos y gubernamentales, quienes tendrán la obligación ineludible de rendirlo. También requerir su comparecencia personal e interpelación.
La comparecencia será obligatoria, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial. La no comparecencia injustificada será causal de destitución. Si considera que ha lugar a formación de causa, esta discusión acarrea la pérdida de inmunidad, en los casos que el funcionario aludido gozara de ella.
Si la Asamblea considera al funcionario no apto para el ejercicio del cargo, la votación calificada del 60 por ciento de Diputados lo destituirá y pondrá en conocimiento al Presidente, para que dentro del plazo de tres días haga efectiva esta decisión".
Eso es lo que dice la norma constitucional y no hay otra cosa. Esta ley, que es procedimental, que establece quiénes, con qué período, en qué tiempo tienen que rendir los informes por escrito, quiénes, en qué período obligan a comparecer ante la Comisión, quiénes, en qué período obligan a comparecer al Plenario, quiénes y en qué período obligan a la interpelación, que son acciones diferentes.
Y después establece al artículo 10, que sería el que habría que hacer algunas reformas en la ley, porque el artículo 10 se fue más allá de la reforma constitucional. El artículo 10 establece tres posiciones que se pueden dar, realmente, ante una comparecencia a rendir informe, tanto en Comisión como en Plenario; puede haber insatisfacción de la honorable Asamblea Nacional y por ende recomendación -que también es factible y no viola la Constitución- al Presidente, para el cambio del Ministro, con las justificaciones de ley, y como dice la misma ley, si no lo destituye el Presidente por la recomendación, él tiene toda la responsabilidad directa de las actuaciones indebidas del funcionario.
Segundo, si usted está sometiendo a interpelación por presunción penal a un funcionario que tiene inmunidad, lo que cabe después de la comparecencia es la suspensión de la inmunidad y remitirlo al juez correspondiente de la materia. En ese caso la ley establece, como bien lo dice la reforma y como bien dice la Ley de Inmunidad- que con la mayoría absoluta de los votos se le suspende la inmunidad y se le envía al juez que está viendo la causa.
La tercera, que es ante una interpelación o ante una comparecencia, que la Asamblea, después de toda la investigación, considera al funcionario no apto para continuar en sus funciones. ¿Qué nos dice la reforma constitucional? Que al considerarlo no apto, el 60 por ciento de los Diputados solicitan su destitución inmediata y se lo comunican al Presidente. ¿Qué nos dice la ley? Que ahí sí hay que hacer una reforma, y la tenemos en moción. La ley decía que con la mayoría absoluta podíamos destituir al funcionario. Ahí hay que hacer una reforma, porque la ley no puede ir más allá de lo que la Constitución dice.
Entonces el voto de censura, que no es nada más que el voto de consideración del Plenario al no considerar apto al funcionario, tendrá que ser con mayoría calificada del 60 por ciento, como establece la Constitución para su destitución inmediata, y envía al Presidente, para que en tres días lo haga efectivo a como dice el texto de la Constitución. El resto son acciones procedimentales y sanciones de no cumplirse con los informes o con las comparecencias, que hay sanciones pecuniarias del caso y habría que recuperar la sanción de destitución que establece el artículo reformado. Por ende, no veo yo contradicción mayor entre la ley y el texto reformado y sí una adecuación del mismo.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Bladimir Pineda Soza, tiene la palabra.
DIPUTADO BLADIMIR PINEDA SOZA:
Señor Presidente:
Nosotros en el año 2003, como bien lo dijo la Licenciada Torres, fuimos "mandatados" por la Junta Directiva, que la Comisión de Asuntos Interinstitucionales de esta Asamblea Nacional dictaminara el referido proyecto. Todos sabemos, a como lo leyó el Diputado Castro, que la Constitución Política de Nicaragua, en el artículo 138, inciso 4) y aun con la reforma constitucional en vigencia, establecen la facultad del Poder Legislativo para pedir estos informes a los funcionarios del Gobierno Central.
Nosotros compartimos -los que dictaminamos la ley- la preocupación manifestada por el Diputado Tardencilla, pero consideramos, como lo dijo la Licenciada Tórrez, que esta ley es complementaria nada más, de la Constitución, aun de la reformada, y lo que cabría es hacer las mociones correspondientes cuando estemos en las discusiones particulares. Yo quería también hacer dos observaciones. Esta ley, desde el punto de vista general, como lo hemos dicho, viene a complementar una norma constitucional, a establecer un procedimiento específico para que se cumpla con la Constitución Política, específicamente en el artículo 138.
Pero desde el punto de vista individual, esta es una ley importantísima y va a ser un instrumento que puede ser muy útil para todos y cada uno de los Diputados, especialmente para aquellos que se preocupan por hacer valer su carácter de representantes ante el pueblo, y específicamente en el caso de los departamentales. En la actualidad, y a pesar de que lo dice la Constitución, no se puede exigir, pedir un informe a un Ministro, siquiera eso; con esta ley se va a dar la oportunidad de que concretamente se llame a un Ministro para que responda cómo está la aplicación o la reparación de la carretera Triángulo Minero o de la carretera San Carlos – Río San Juan, por qué no ha ejecutado en el verano este proyecto.
Yo quiero, como Diputado, que me venga a explicar ante una Comisión, y todo a través de la Junta Directiva, respetando los canales y a través de la misma Presidencia de la República.
Por eso cuando nosotros dictaminamos el proyecto, lo primero que hicimos fue llamar al Asesor Jurídico de la Presidencia de la República, en este caso estaba el Licenciado Julio Vega, y por eso no creo que ahora el Gobierno de la República se extrañe al manifestar que esta ley va a ser una especie de venganza en contra del Poder Ejecutivo.
Porque ahí reza en la Comisión las entrevistas tanto por escrito como grabadas del Licenciado Vega, Asesor Jurídico de la Presidencia, en donde él manifestó su anuencia para que se dictaminara favorablemente la presente ley, e incluso se tomaron en cuenta consideraciones especiales en el caso del número de Diputados que tienen que votar para la aprobación o la desaprobación de un informe o la misma interpelación. Otro punto importante es que no hay que satanizar la interpelación. La interpelación es una especie de preguntar, de cuestionar a un Ministro, a un funcionario público, y no necesariamente implica cárcel o implica la apertura de un proceso legal.
La interpelación, como lo repito, no debe ser satanizada y debe ser la oportunidad que tienen, no solamente los Diputados, sino que también los ciudadanos a través de la Asamblea Nacional y sus Diputados, para pedir los informes a los gobernantes. Todos sabemos cómo nacen los Parlamentos, para oponerse al ejercicio absoluto de los monarcas, de tal manera que para contrapeso existen las Asambleas, y en este caso específico en Nicaragua, en esta ley que discutimos, es importante regular esta atribución constitucional para que no sigamos abusando del poder ningún funcionario del Estado.
Muchísimas gracias, Presidente, y pido el apoyo a los Diputados para el presente proyecto de ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Marcelino García Quiroz, tiene la palabra.
DIPUTADO MARCELINO GARCIA QUIROZ:
Gracias, señor Presidente.
En realidad, el Diputado Fremio Altamirano hizo una petición que está relacionada con los conflictos que se están dando, que se han venido dando en estos años y que ahora se acrecientan, relacionados con el tema de la propiedad. Yo creo que es importante la propuesta que hacía, de crear una Comisión Especial, pero además como es un tema complejo, tomar algunas decisiones que den paso a las medidas que la Asamblea Nacional ha aprobado, como es la creación del Instituto de la Propiedad para que esta institución pueda realmente enfrentar de mejor manera, toda la problemática que hay, porque es una problemática general en todo el país.
En ese sentido, creo que la Comisión de Reforma Agraria, agregando a otros Diputados que quieran acompañar, podría ser la Comisión que se estaría formando para atender este problema que realmente es grave. De tal manera que podríamos nosotros hacerle una propuesta de nombre y trabajar sobre la investigación que ha pedido el Diputado Fremio Altamirano; pero también yo pediría al Plenario de la Asamblea que apresuremos el paso para tomar las medidas más globales y encontrar soluciones a los tremendos conflictos de la propiedad.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Elías Chévez Obando, tiene la palabra.
DIPUTADO ELIAS CHEVEZ OBANDO:
Gracias, señor Presidente.
Efectivamente, aunque ya se ha dicho, esta ley fue dictaminada por la Comisión Especial Interinstitucional en Abril del 2003, y las condiciones y el marco en que nos desenvolvíamos siguen todavía vigentes. Efectivamente la ley hoy viene siendo bastante oportuna y nos da la oportunidad, incluso, tomando las preocupaciones que han sido externadas, que me parecen justas para hacer dentro de la discusión de la ley en lo particular, las mociones pertinentes para ajustar lo que fuera necesario.
Ya han sido debidamente aclarados por los Diputados Emilia Torres, Edwin y el Diputado Pineda, elementos que dejan y aclaran que esto, lejos de deslegitimar las reformas constitucionales que este Plenario soberano asumió en los días pasados, viene a ser un complemento y viene a fortalecer procedimentalmente las formas de cómo mantener y fortalecer el equilibrio de Poderes en este país.
Entonces para avanzar, yo en todo caso solicito igual a todo el Plenario, que aprobemos de inmediato en lo general esta ley.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Muchas gracias, Presidente.
Aun cuando el honorable Diputado Edwin Castro dio una explicación que satisface los términos en que está planteada esta iniciativa; sin embargo este proyecto tiene más de dos años de estar en la Asamblea Nacional, y he observado también que hay muchos Diputados que no están manejando el tema con toda la propiedad necesaria y por otro lado están las reformas constitucionales. A mí lo que me indica la sana lógica en este tema, Presidente, para que todos estemos enchufados en un tema fundamental para la República, es que todos sepamos dónde está el tema que estamos tratando.
¿Qué significa esto? Que si por un lado tenemos esta iniciativa de ley y por otro lado tenemos las reformas constitucionales, lo lógico es analizar esto a la luz de las reformas constitucionales, analizarlo a la luz de la lógica en términos jurídicos de esas reformas constitucionales, para que todos estemos totalmente claros y al unísono, que vamos a defender la institucionalidad de este país y lo que hacemos fundamentalmente en esta Asamblea Nacional. Yo, honorable señor Presidente, honorables Diputados, lo que sugeriría y me da a mí la lógica jurídica, es que esto vuelva a Comisión por unas dos semanas, y en la próxima plenaria ya vengamos totalmente posesionados de qué es lo que vamos a aprobar.
Dado que tiene más de dos años este proyecto y se hace necesario que aquí todos los Diputados estemos informados de todo lo que está pasando, aun cuando es nuestro deber hacerlo obviamente y nuestra responsabilidad.
Por lo demás, yo creo que darnos unas dos semanas para la próxima plenaria, a nadie afecta, a nadie le causa agravios, a nadie le va a causar ninguna situación de anomalía, no van a cambiar ni se van a modificar las cosas en la Asamblea Nacional, y por otro lado vamos a estar todos absolutamente imbuidos de un tema fundamental, para defender con más prioridad y con más energía lo que estamos haciendo y lo que estamos aprobando en esta Asamblea Nacional.
De tal manera que yo le sugiero, honorable señor Presidente, que se considere regresar por dos semanas más este proyecto a la Comisión Interinstitucional, para que se reevalúe de nuevo qué es lo que vamos a aprobar aquí, se analice de nuevo a la luz de las reformas constitucionales y traigamos un texto que lo manejemos en toda la extensión de la palabra, todos los Diputados, Presidente.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Luego de escuchar las mociones presentadas y de consultar con la Junta Directiva, vamos a pasar a votar el proyecto en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
51 votos a favor, 1 en contra, 1 abstención. Se aprueba el proyecto en lo general.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Arto. 1
La presente Ley tiene por objeto regular la atribución constitucional de control que tiene la Asamblea Nacional, de conformidad con el Arto 138, inc 4) de la Constitución Política. Que por la vía de mecanismos como la solicitud de informes por escrito, requerir su comparecencia personal a comisión o al plenario y/o interpelar a los Ministros o Vice-Ministros del Estado, Presidentes o Directores de Entes Autónomos o Gubernamentales.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1.
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Gracias, Presidente.
Es una moción que en estricto sentido viene a mejorar el entendimiento, la comprensión del artículo 1, para que diga lo siguiente:
Arto 1.
La presente ley tiene por objeto regular y establecer el procedimiento relativo a la atribución constitucional de control que tiene la Asamblea Nacional, de conformidad con el artículo 138, inciso 4) de la Constitución Política”.
Y hasta ahí que llegara el artículo, y no meternos entonces a plantear lo que ya dice el artículo 138, inciso 4), porque lo que está haciéndose es una redacción incorrecta, alejada del texto constitucional, que sí puede crear problemas de constitucionalidad. Entonces aquí hay una moción de consenso que la paso a la Junta Directiva.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO:
Es correcto, es para respaldar la moción. La segunda parte está demás, y por tanto quedaría hasta el primer punto del artículo 1. Leo la moción: “Arto 1. La presente ley tiene por objeto regular y establecer el procedimiento relativo a la atribución constitucional de control que tiene la Asamblea Nacional, de conformidad con el artículo 138, inciso 4) de la Constitución Política”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 1, con la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
59 votos a favor, 0 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba el artículo 1, con la moción presentada.
SECRETARIO EDUARDO MENA:
Arto. 2
Un mínimo de al menos cinco diputados podrá solicitar a los funcionarios públicos la rendición de un informe por escrito a la Asamblea Nacional. Para ello deberá presentar dicha solicitud por escrito a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, con indicación concreta del nombre y cargo del funcionario al que se solicita el informe y puntos o hechos sobre los cuales ha de versar el mismo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Brevemente, tal vez para aclaración. Que nos aclaren los honorables miembros de la Comisión sobre el término y el tiempo.
Los tiempos en derecho, los tiempos en las leyes, son fundamentales Presidente. Cuando se presenta la solicitud a la honorable Junta Directiva de los cinco Diputados que habla el artículo 2, en qué tiempo la Junta Directiva, de la Asamblea Nacional va a determinar que procede o no procede,
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
55 votos a favor, 0 en contra, 3 abstenciones. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Arto. 3
La Junta Directiva, en un plazo no mayor de tres días hábiles, remitirá de forma oficial la solicitud de Informe al funcionario requerido, con copia a la Secretaría de la Presidencia de la República. El funcionario requerido tendrá un máximo de diez días para responder por escrito el informe solicitado a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, quien lo remitirá de inmediato a los diputados firmantes de la solicitud y dado a conocer en la Sesión próxima inmediata.
Si cumplido el plazo establecido, el funcionario no cumpliere con la presentación del informe, la Junta Directiva de la Asamblea Nacional comunicará a los diputados requirentes, quienes podrán remitir la solicitud a la Comisión respectiva para que sea obligado a comparecer.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Orlando José Tardencilla, tiene la palabra.
DIPUTADO ORLANDO JOSE TARDENCILLA:
Gracias, Presidente.
Tomando en cuenta que la Junta Directiva se reúne una vez a la semana, y el alcance del artículo 3 dice que es la Junta Directiva quien remitirá en tres días hábiles, sería prudente concatenar esos tiempos, porque una solicitud interpuesta, si se están reuniendo los miércoles, para el día lunes, señor Secretario, ya tendríamos violación; y si por alguna razón, motivo o circunstancia la Directiva no se reúne, entonces por su propio peso cae todo el trámite. La idea de hacer estos aportes, es precisamente para mejorar la ley, no para otra cosa. En este sentido, propongo reconsiderar ese plazo y trasladarlo hasta diez días hábiles, y eso permitiría el funcionamiento tranquilo de la Junta Directiva.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
El planteamiento del Diputado Tardencilla es correcto. Eso se salva diciendo que en vez de los tres días, en la próxima Sesión, después de hacer la solicitud los cinco Diputados, la próxima Sesión de Junta Directiva, y con eso queda salvado y totalmente clarificado el artículo, Presidente. Como el Diputado Edwin Castro redacta muy bien, yo le voy a rogar que haga la redacción de ese artículo.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENRE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Primero, para apoyar la moción que estoy seguro va a presentar el Diputado Donald Lacayo, referido al primer párrafo del artículo 3. Sí quería referirme al segundo párrafo, porque quiero presentar una moción de consenso, obviamente, porque aquí nosotros estamos frente a la siguiente situación. Ya hay cinco Diputados que presentan a la Junta Directiva la solicitud para que un funcionario público rinda un informe; la Junta Directiva, como máximo órgano de este Poder del Estado, aprueba y manda a este funcionario a que rinda, a que traiga este informe. Este funcionario público, hace caso omiso a esta solicitud formal de la Asamblea Nacional a través de la Junta Directiva, para que presente el informe.
Entonces aquí nosotros estamos hablando de un abierto desprecio de un funcionario público a una solicitud y resolución de un Poder del Estado tan importante como es la Asamblea Nacional. Es por eso que no se puede dejar de una forma tan ligera o tan blanda lo relativo al párrafo segundo de este artículo 3, y por lo tanto, sugerimos la siguiente redacción en el segundo párrafo del artículo 3:
“Si cumplido el plazo establecido, el funcionario requerido no cumpliere con la presentación del informe, la Junta Directiva de la Asamblea Nacional comunicará tal situación a los Diputados requirentes y ordenará la comparecencia del funcionario aludido con carácter obligatorio y bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial, ante la Comisión respectiva, según la materia objeto del informe”.
El mensaje que se le da a todos los funcionarios públicos, es que las solicitudes de informes o comparecencias que hace la Asamblea Nacional, también son de estricto e ineludible cumplimiento. Así que paso la moción de consenso por la vía escrita al Plenario.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Por favor lea, la moción.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Hay dos mociones, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Eduardo Mena, tiene la palabra.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Hay dos mociones, señor Presidente: una que fue la que presentó el honorable Diputado Donald Lacayo, que es que al inicio del artículo 3, diga: "La Junta Directiva en la próxima Sesión remitirá oficialmente...,"el resto sigue igual. Esta moción es de consenso.
También de consenso, es que cambie el segundo párrafo leído por el Doctor Wálmaro Gutiérrez: "Si cumplido el plazo establecido, el funcionario requerido no cumpliere...
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Vamos a votar moción por moción.
La primera moción habla de que en la siguiente Sesión de la Junta Directiva se abordará la solicitud hecha para comparecencia de funcionarios.
Entonces a votación esta moción.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Segunda moción, en el segundo párrafo del artículo 3: “Si cumplido el plazo establecido, el funcionario requerido no cumpliere con la presentación del informe, la Junta Directiva de la Asamblea Nacional comunicará tal situación a los Diputados requirentes y ordenará la comparecencia de este funcionario aludido, con carácter obligatorio y bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial, ante la Comisión respectiva, según la materia objeto del informe”.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.
Ahora votaríamos el artículo 3 con las dos mociones que los enriquecen.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
56 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3 con las mociones correspondientes.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto.4
Con la mayoría de sus integrantes, las comisiones podrán solicitar a los funcionarios públicos su comparecencia ante la Comisión Legislativa correspondiente indicando en dicha solicitud por escrito a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, el nombre y cargo del funcionario a comparecer y la indicación específica de los puntos o hechos sobre los cuales se requiere su presencia.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 4.
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
59 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba el artículo 4.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 5
La Junta Directiva, en un plazo no mayor de cinco días, remitirá de forma oficial la invitación de comparecencia ante la Comisión legislativa que se indique al funcionario requerido, con copia a la Secretaría de la Presidencia de la República, el que deberá comparecer en un plazo no mayor de quince días, pudiendo ser acompañado por los asesores que estime conveniente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 5.
Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Una moción, siguiendo el planteamiento correcto del Doctor Donald Lacayo, igual al artículo 3, al comienzo: “La Junta Directiva en la próxima Sesión remitirá de forma oficial...”, el resto continúa igual.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 5, con la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
60 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el Adendum 1, punto 3.6, teníamos una ley que habíamos aprobado en lo general, y nos están informando que ya estamos listos para aprobarla en lo particular, que es la Ley Especial de Incentivos Migratorios para los Nicaraguenses Residentes en el Extranjero.
No se aprobó en lo general, se tiene que votar, Presidente, en lo general.
Managua, 17 de Marzo del 2003
DICTAMEN
Ingeniero
JAIME CUADRA SOMARRIBA
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente
:
Los suscritos miembros de la Comisión de defensa y Gobernación, de conformidad a lo establecido en los Artículos 49 del Estatuto General y del Artículo 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, respectivamente, nos reunimos para analizar la Iniciativa de
"LEY DE INCENTIVOS MIGRATORIOS",
el que fuera remitido por Primer Secretaria el 27 de febrero del año 2002 a esta Comisión, para que de conformidad al ámbito de competencia de esta sea dictaminado.
Sobre esta tema se realizaron las consultas con las diferentes instituciones involucradas en la temática que aborda el referido Proyecto de Ley, cuyo objeto es motivar a los nicaragüenses residentes en el exterior a que regresen al país y por lo cual se les exonera a estos del pago de los impuestos y demás derechos arancelarios por la importación del menaje de su casa, un vehículo automotor, los instrumentos profesionales, así como utensilios, herramientas y equipos necesarios para el desarrollo de sus propias actividades para el ejercicio de la profesión u ocupación que éstos tengan, así como también el equipo para el establecimiento de una empresa, negocio o fabrica, para que desde su condición de repatriados gocen de los beneficios que se les otorga por medio de la ley de forma especial y excepcional a fin de que con ello puedan reiniciar una nueva etapa de sus vidas en el país e insertarse en la actividad económica y productiva del país.
El proceso de migración al exterior, sobre todo a los Estados Unidos de Norteamérica, de los ciudadanos nicaragüenses se ha visto acentuado a consecuencia de la difícil y a veces trágica situación económica y social que se vive en el país, razones que ya fueron expresadas en el Plenario cuando se discutía la aprobación de la Ley número 250, Ley de Incentivos Migratorios Publicada en la Gaceta, Diario oficial número 52, del 14 de Marzo de 1997 y la ley número 310, Ley de Prórroga de los Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número ciento veintitrés del veintinueve de junio de mil novecientos noventa y nueve.
Actualmente las circunstancias del país requieren de una nueva ley en este sentido para facilitar la reunificación de la gran familia nicaragüense y sus miembros que se encuentran en el exterior y desean regresar al país para radicar definitivamente en el suelo patrio y así incorporarse a la vida nacional, situación que nos permite continuar con el proceso de repatriación de los nicaragüenses, quienes al ser exonerados los derechos arancelarios y demás impuestos de importación y tasas fijas sobre el menaje de casas y los destinados para el trabajo que realizarán, son incentivos que motivan a iniciar una nueva forma de vida en el suelo que los vio nacer, el que será enaltecido por la fecunda labor de su trabajo.
Los suscritos miembros de esta Comisión, hemos valorado que es necesario, para la moción del retorno de los nicaragüenses al territorio nacional todos los nacionales, así como lo referente a la unidad del territorio nacional, y la preservación de las políticas públicas que buscan como integrar la unidad de la familia nicaragüense.
El conjunto de carácter general le permitieron a esta Comisión poder dictaminar y determinar que la iniciativa de ley, "LEY ESPECIAL DE INCENTIVO MIGRATORIOS PARA LOS NICARAGÜENSES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO" es necesaria para los efectos de la reunificación de la gran familia nicaragüense, iniciativa que no se opone a la Constitución Política, a las leyes constitucionales, ni a los Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.
En virtud de lo cual, y con fundamento en el Artículo 49 del Estatuto General y 56 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, respectivamente, los suscritos miembros de esta Comisión de Defensa y Gobernación, hemos resuelto mayoritariamente emitir el presente DICTAMEN FAVORABLE, al proyecto en cuestión y cuyo texto adjuntamos para que el honorable Plenario lo apruebe.
Managua, 17 de Marzo del año dos mil tres.
AUGUSTO VALLE CASTELLÓN.
JOSÉ FIGUEROA A.
JAIME GARCÍA MANGAS
ELÍAS CHEVEZ O.
PEDRO J. RÍOS CASTELLÓN
DELIA ARELLANO S.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
A votación en lo general.
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Muchas gracias honorable y distinguido, señor Presidente.
Yo sólo quería recordar a la honorable Junta Directiva y a los honorables Diputados que esto ya lo hemos discutido, esta ley ya fue discutida, vamos a llover sobre mojado. Si hay que aprobarla de nuevo, aprobémosla, pero me parece que no es un procedimiento correcto, mi honorable, distinguido y querido Presidente de esta Asamblea Nacional, estar aprobando y reprobando y reaprobando y volver a aprobar leyes, volver a aprobar dictámenes; es más, tengo presente en mi mente como que fuera el día de ayer, que yo estuve interviniendo ampliamente sobre esta ley y haciendo mociones concretas en torno a que los hijos también deberían tener derecho a que introdujeran vehículos y menajes de casas.
Yo quisiera rogarles que me expliquen cuál es el sentido que se le está dando de volver a someter a consideración del Plenario el Dictamen, cuando ya hasta dos o tres artículos habíamos discutido en la legislatura pasada. A mí me parece, señor Presidente, y me va a perdonar, que no es un procedimiento totalmente correcto, que aquí debemos estar respetando los procedimientos. Yo desde luego no soy el más puro, ni mucho menos, en estas cosas, ni quiero ser abanderado de nada; pero yo creo que por seriedad en la formación de las leyes, debemos darle seguimiento a lo que ya originalmente estaba aprobado en este Plenario por la Asamblea Nacional.
Ya ese Dictamen fue aprobado, y yo le pido que entremos a discutir los puntos y el articulado de esta ley como "mandata" la formación de la ley en esta Asamblea, su Reglamento y Estatuto, Presidente.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Una aclaración necesaria. Efectivamente, hace más o menos un mes aquí se mandó esta ley para discusión, y hubo una discusión amplia en lo general, donde gran parte de las veces señalaban la importancia de un cálculo económico y una revisión de la ley; de modo que aún cuando se discutió en lo general, no se votó en lo general, y eso está anotado y lo hemos consultado en el Diario de Debates y con la Secretaría; por eso estamos solicitando una nueva discusión en lo general, si quieren discutirla de nuevo, pero vamos a pedirles la votación en lo general.
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Señor Presidente: Es nada más para recordarle a mi querido amigo Donald Lacayo que no hemos votado esta ley, que precisamente por sus amplias intervenciones se suspendió la votación en lo general, y lo que requiere, como no hemos agotado ese paso, es que votemos en lo general.
Muchísimas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Yo estaba de acuerdo con lo expuesto por el Diputado Donald Lacayo Núñez, sin embargo con las aclaraciones posteriores vino a mi memoria lo que dijo usted, Presidente y el Secretario, en realidad no se llegó a votar esta ley en lo general; no obstante, yo he manifestado en algunas oportunidades que no estoy muy de acuerdo con este tipo de leyes que vienen a ser más que camisas de fuerza, una cascada de mayores restricciones a las funciones que le corresponden al Poder Ejecutivo, y por eso me he abstenido de votar.
Yo creo que sí son facultades y funciones que le corresponden a la Asamblea tomarlas y exigir la información, pero tengo también esa infortunada percepción de que tal vez nos estamos excediendo en tantas y excesivas limitaciones en muchos aspectos, que pudiéramos colocar al Poder Ejecutivo casi como una figura simbólica, y creo que no es el interés de nadie llegar a esa posición. Sin embargo, siendo el proceso que se ha observado totalmente correcto, limpio y debatido ampliamente, pues yo asumo las responsabilidades de aceptar lo que la mayoría acuerde en esta Sesión.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILES:
Gracias, señor Presidente.
Yo solamente quería pedirles a la Bancada Liberal y al resto de bancadas que aprobemos y apoyemos esta ley, en vista de que ya fue discutida en lo general hace un tiempo, ya se afinó, y creo que estamos listos para votar a favor de esta ley que es necesaria para nuestros hermanos que están afuera.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Bayardo Arce Castaño, tiene la palabra.
DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:
Muchas gracias, Presidente.
Yo creo que ya una vez que se aclaró el asunto procedimental, en nombre de la Bancada Sandinista, yo le plantearía que aprobemos en lo general el proyecto, no obstante que no le entremos todavía a lo particular. El colega Wilfredo Navarro, que es el mocionista, ha recogido las inquietudes que se debatieron en la reunión anterior, pero por la abrumadora carga de trabajo que él tiene, hasta el día de hoy nos estaba presentando las modificaciones que incorporan esos aportes.
De tal manera que por lo menos los Diputados de la Bancada Sandinista no los hemos podido revisar, si están acorde con el espíritu y en correspondencia con el esfuerzo del trabajo que él hizo. De tal manera que para que esto no vaya a ser en vano y sí demos una señal clara de la voluntad que tenemos de apoyar a los nicaragüenses en su retorno al país, votemos en lo general, demos por aprobada en lo general la ley, y nos del tiempo para examinar los aportes particulares que el Diputado Navarro ha recogido ya en medio de su dinámica de trabajo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:
Yo a veces me preocupo, porque cuando hay leyes que realmente son para reivindicar derechos de gente nicaragüense que están fuera del país, pues estamos dándole tantas vueltas. Cuando yo envié a la Comisión de Gobernación este proyecto de ley, mi proyecto de ley llevaba cosas que fueron mutiladas en la Comisión de Gobernación, y ahora el Plenario es el que ha estado demandando que se agreguen. La última vez que estuvimos discutiendo esta ley, y es lo que me llama la atención, que ya van tres veces que suspendemos la aprobación de una ley donde supuestamente todos estamos de acuerdo y queremos ayudar y beneficiar a los nicaragüenses.
Además que es algo que no es nuevo, ya el anterior gobierno del Doctor Alemán lo dio de una manera administrativa, porque era un reconocimiento a los nicaragüenses que se vienen a vivir al país. Pero la última vez que discutimos esto ni siquiera se aprobó en lo general, y el compromiso que hubo de los Diputados era que se iban a ir a estudiar la ley y que iban a traer sus aportes para establecer las mociones; paso el tiempo y nadie me presentó ningún aporte, ni mucho menos, y entonces tuve que elaborar nuevamente las mociones para darle dentro del planteamiento que hizo en este Plenario, una propuesta de solución.
Yo entiendo o quiero entender los planteamientos que se hacen en cuanto al conocimiento de esta ley, como que si esta ley fuera una ley que establece o modifica las leyes de la física y de la gravedad. Pero en aras de que esta ley sea una ley consensuada por todos, acojo el planteamiento del Diputado Arce, pero le pido también que él dentro de sus múltiples atribuciones y trabajos que tiene que hacer tanto político como parlamentario, le dedique un poquito de tiempo para que lea la ley y pueda dar sus luces para que esta ley sea aprobada con el consenso de todos.
Como mocionista de ley, me sumo a la voluntad de que la aprobemos en lo general, pero los Diputados que tienen algunos cuestionamientos en contra de esta ley, que la revisen y hagan los aportes para que aprobemos de una vez por todas la presente ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Yo creo firmemente que la decisión de la Junta Directiva de aprobarlo en lo general y pasarlo a una revisión es de lo más sano y de lo más afortunado. Desde ningún punto de vista nosotros pretendemos torpedear o tratar de entorpecer la aprobación de un proyecto de ley que pueda beneficiar a un sector importante del pueblo de Nicaragua. Sin embargo, tal y como también lo plantea mi colega y amigo, el Diputado Wilfredo Navarro, no es que el proyecto de ley venga a atentar contra las leyes de la física y la química; el asunto es que esta Asamblea Nacional debe ser bastante bien informada y sumamente responsable cuando apruebe proyectos de esta naturaleza, por un sentido básico de responsabilidad.
Por ejemplo, yo quisiera preguntar inclusive al mismo mocionista, que si tiene informes de la aplicación de los ordenamientos jurídicos similares en esta materia, cuando se aplicó esta ley en el período de gobierno de Doña Violeta de Chamorro, o cuando se aplicó en el período del señor Arnoldo Alemán, cuántos nicaragüenses se acogieron a este beneficio, qué beneficio real le trajo a la fiscalidad de este país, cuál es el costo fiscal que tuvo que pagar Nicaragua para otorgar estos beneficios. Si nosotros llegáramos aprobar el ordenamiento jurídico aquí presentado, cuál es el impacto fiscal actual que tendrían todas estas medidas. Y recordemos algo, aquí no somos islas, nosotros hemos estado en un verdadero, responsable y serio esfuerzo de cerrar una brecha presupuestaria. Nosotros acabamos de aprobar una reforma tributaria que el Ejecutivo por irresponsabilidad la vetó, pero nosotros acabamos de aprobar una reforma tributaria para garantizar mayor recaudación y así cubrir una brecha de seiscientos millones de córdobas, producto de la aprobación del último Presupuesto General de la República.
Entonces, yo como Diputado quisiera saber, en cuánto me reabre la brecha de fiscalidad este proyecto de ley, y que si tengo alguna alternativa si yo abro esta brecha de fiscalidad, tengo otros mecanismos para volverla a cerrar. Esas son las responsabilidades que todos nosotros los Diputados debemos de compartir en este Plenario. Yo no objeto la sana y la correcta intención del Diputado; es más, avalo el interés de Wilfredo Navarro de aprobar una iniciativa de esta naturaleza.
Pero también llamo a la reflexión y a la cordura a todos los Diputados, que cuando vayamos a aprobar beneficios fundamentalmente que recaen sobre la fiscalidad de este país, antes de aprobar iniciativas de esta naturaleza, primero por favor entendamos que del mismo cuero salen las coyundas y que necesitamos estar claros de cuál es el impacto que tienen en la fiscalidad de este país proyectos de esta naturaleza. Atendidos estos argumentos yo apoyo en lo general este proyecto de ley, y solicito a la Junta Directiva que lo someta a votación en lo general.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
La Bancada del Frente Sandinista, discutió este proyecto de ley y le da su total respaldo. En primer lugar no es un proyecto de ley que venga a mermar, y visto desde el punto de vista fiscal, ingresos fiscales, por el contrario, al permitir repatriar capitales, que es lo que se está haciendo al introducir materiales para hacer empresas o introducir instrumental profesional para profesionales, al repatriarse se está introduciendo capital al país que va a generar impuesto, capital que no está introducido en el país.
Es exactamente la misma discusión de los incentivos que se dan para que vengan nuevas empresas: si se los damos a los extranjeros, con muchísima mayor razón se los damos a los nicaragüenses residentes en el extranjero, que quieren venir nuevamente a radicar en Nicaragua y a generar riqueza con su trabajo en Nicaragua. Fue esa la razón por la cual la Bancada del Frente Sandinista analizó este proyecto y le dio su total respaldo, creyendo que en ningún momento afectamos el balance fiscal, ni mucho menos aumentamos la brecha existente en el Presupuesto.
Creemos que con este tipo de proyectos a la brevedad podremos ir cerrando con inversiones la brecha y la generación de empleo y de impuestos en Nicaragua. Por eso es que la Bancada del Frente Sandinista, en la última sesión dio el total respaldo a esta ley.
Muchísimas gracias.
PRESIDETNE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
A mí ciertamente me impresiona cuando oigo intervenciones en el sentido de que esto va a afectar los ingresos fiscales, que no conocemos cómo será la brecha fiscal. La pregunta que viene en el ambiente, mi querido Presidente, es que acaso los nicaragüenses que se fueron de Nicaragua a partir de 1979 tuvieron ganas de irse voluntariamente. ¿Acaso esta ley no tiene un fondo y un trasfondo humano, de todos esos miles de nicaragüenses que han pasado problemas en el extranjero, y que ahora como una justa reivindicación de esta Asamblea Nacional, le estamos dando dimensión correcta y exacta a los beneficios necesarios, para que esos miles de nicaragüenses que quieran volver a Nicaragua puedan hacerlo gozando de todos estos beneficios y todas las exoneraciones de esta ley?
¿Acaso los miles de nicaragüenses que todavía viven en el extranjero, lo hacen voluntariamente? ¿Acaso esos miles de nicaragüense no se fueron a otra parte buscando mejor vida para ellos y para su familia? ¿Acaso esta Asamblea Nacional no tiene el deber y la obligación moral, legal y política de proporcionarles en alguna medida incentivos para que vuelvan al lugar donde en algún momento vivieron con sus familias, con sus parientes y con sus vecinos?
Aquí no podemos estar argumentando de brechas fiscales o que van afectar las cuestiones impositivas, aquí estamos hablando de un proyecto de ley de una cuestión meramente humanitaria, que va a redundar en beneficio del pueblo nicaragüense, porque van a traer más riqueza al país los miles de nicaragüenses que vengan repatriados a Nicaragua, van a generar riqueza, van a producir riqueza, van a venir a Nicaragua a crear condiciones de estabilidad para ellos mismos y para sus familias. Yo apoyo y me congratulo ciertamente con todos los que están apoyando esta ley, pero no entiendo y no termino de entender, Presidente, por qué hay voces que dicen que pospongamos la discusión para otra semana o para otra Sesión plenaria.
¿Por qué vamos a posponer el sufrimiento de miles de nicaragüenses deseosos de volver a Nicaragua, y que tengan los incentivos necesarios para que puedan ayudarles a rehacer su vida en este país? Yo creo que nosotros tenemos un compromiso serio y claro con el pueblo nicaragüense, con los miles de nicaragüenses que viven en el extranjero, y es de proporcionarles las condiciones necesarias para que vuelvan a Nicaragua y tenga la opción de una vida de decencia, de honradez y de trabajo para que aporten riquezas a la Patria que un día los vio nacer.
De tal manera que al solicitarle que se apruebe en lo general este Dictamen, yo le rogaría, honorable señor Presidente, que comencemos a discutir por lo menos un par de artículos de esta ley, para que mandemos la señal correcta a los que viven fuera de Nicaragua, de que la Asamblea Nacional también se preocupa por esos miles de nicaragüenses que a lo mejor quieren volver a Nicaragua, pero sin esos incentivos necesarios pues obviamente no lo van hacer. Así que yo apoyo esta ley, apoyo que aprobemos este Dictamen y que aprobemos unos dos o tres artículos esta mañana, para que desde este Plenario de esta Asamblea Nacional, mandemos la dirección correcta y la señal correcta de que en esta Asamblea estamos haciendo las cosas correctas.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Solamente para aclarar que en el ambiente quedó la sensación de que nosotros pretendíamos oponernos a una iniciativa de ley de esta naturaleza, eso tal vez nos demuestra que por desgracia nos oímos pero no nos escuchamos. Tanto el Diputado Arce como este servidor, hemos sido claros en plantear el interés en apoyar iniciativas de esta naturaleza, y lo que estamos solicitando es un poco más de responsabilidad, de carácter informativa para este Plenario.
Yo no me voy a someter a la discusión que plantea el Diputado Donald Lacayo, de decir que aprobemos en lo general y tres artículos; como voy a decirles tres artículo y tres artículos más; yo no estoy en una pelea de gallos, yo estoy aprobando un proyecto de ley, y con mucha responsabilidad política y parlamentaria. Así que por favor, Presidente, pido que se apruebe el proyecto de ley que se está solicitando, se ponga a discusión y a votación en esta Asamblea.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Yo creo que en asuntos de esta naturaleza debe prevalecer un elevado espíritu y una gran sensibilidad. Yo comparto mucho lo que dijo el Diputado Donald Lacayo Núñez y lo vuelvo a repetir en esta oportunidad. Yo creo que se ha vivido en el pasado leyes encaminadas hacia esos objetivos, pues han sido parciales. Durante la administración del Doctor Alemán, hubo excesos y abusos, precisamente porque la legislación era extremadamente generosa y amplia, para permitir importaciones en cuantías bastante más que lo racional.
En esta oportunidad debe prevalecer ese criterio, ese espíritu y no restarle incentivos al nicaragüense, para que regrese a su país. Y también ser muy realista, no sólo incentivos para regreso, sino teniendo los pies en el suelo, hay una gran cantidad de nicaragüenses que ya no volverán, por múltiples razones fincaron familias, intereses, etc., en otros países, en otras tierras, y se han venido a constituir en una de las fuentes más importantes de la sostenibilidad y de la cuasi viabilidad económica que tiene este país.
Así es que pudiera pensarse más adelante en incentivos para que estos ciudadanos lleguen a tener el verdadero ejercicio del derecho al voto en lo futuro, y que también puedan llegar a tener otra clase de incentivos que les permita por ejemplo financiamientos de viviendas especiales, las remisiones de fondos que ya están constituidas. Hay países en los cuales se dan grandes atractivos para que el nicaragüense que reside en el exterior y sienta en el fondo de su corazón, anhela, como los viejos elefantes, regresar a morir a su país; desarrollan enormes proyectos habitacionales en el campo y en la ciudad, de diferente naturaleza, y también para financiamiento de sus familias de escasos recursos, dándole incentivos en tasas y garantías de inversión.
Por lo tanto, yo creo que ya no pospongamos más este asunto, votemos en lo general y sigámoslo votando lo más pronto posible para que concluya.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Porfirio Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO PORFIRIO CASTRO:
Gracias, señor Presidente.
Yo le pido a todos los Diputados de esta Asamblea, que por favor votemos a favor de la ley, ya que trae muchos beneficios, incentivos, motivación para que el nicaragüense que está en el extranjero, si se ha ido por situaciones de la década de los 80, por la guerra, por la pobreza que ha vivido Nicaragua, yo les pido que por favor voten todos. Recuerdo que cuando Doña Violeta, se hizo esa ley, y este Diputado que está aquí en esta Asamblea fue beneficiado por esa misma ley.
Estuve siete años en el exilio y fue una forma de motivación, me vine a Nicaragua y aquí estoy ahora apoyando para que otros nicaragüenses también hagan lo mismo, que vengan a Nicaragua, que aún esta Patria los acoge y es una esperanza para el mañana. Así es que creo, Diputados, que es tiempo, no hay que darle ni más días ni más tiempo, hay que apresurar la ley, votando todos por ella.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Gadea, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA:
Gracias, señor Presidente.
Me alegra mucho que el Diputado Wálmaro Gutiérrez haya caído en la razón, porque ayer precisamente yo hacía un llamado a que pensáramos por un momento que a toda inversión que viene aquí le abrimos las puertas y se nos olvidan las políticas fiscales; además que escuchamos una cátedra de neoliberalismo de un miembro de la Junta Directiva ayer, defendiendo la posición de los inversionistas, y ahora me agrada mucho que entre en la razón. Quiero felicitar también al Doctor Lacayo Núñez, porque tiene otra iniciativa que beneficia a todos los profesionales que quieran regresar a este país.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Marco Aurelio Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO MARCOS AURELIO SANCHEZ:
Gracias, señor Presidente.
Yo quería intervenir en esta Sesión, porque escuché decir al Diputado Jaime Morales Carazo, que hubo mucho abuso en esta ley. Yo recuerdo al Director General de Aduanas, cuando dispuso el Doctor Alemán esta ley, y que cuando pedimos la ampliación, se le trajo un informe pormenorizado a la Comisión Económica, que en ese tiempo la presidía el Diputado Bayardo Arce, y dijo que era perfecto el informe que le estabámos entregando. A veces se olvida, por eso no quería dejar de intervenir en esto, porque cuando administramos esta ley, se puso una oficina y se hizo público todo lo que se aprobaba.
Entonces, mientras Nicaragua esté en una situación inestable, siempre debemos tener abierta la posibilidad de que los nicaragüenses vengan; los nicaragüenses van a venir cuando este país sea estable, sea seguro, que haya fuentes de trabajo y el capital que van a invertir también esté seguro. Por eso quería yo intervenir, y pido que esta ley sea aprobada por todas las bancadas por unanimidad, porque se administró correctamente, por lo menos en la administración nuestra, y se le dio informe a la Asamblea Nacional.
Así que, señores, pasemos a aprobar rápidamente esta ley que es de mucho beneficio para los nicaragüenses. Yo conozco ahorita el caso de dos extranjeros que vinieron a invertir en unos repartos, y con el dinero que ganaron están haciendo casas, compraron dos o tres manzanas y están haciendo casas. Es una inversión a mediano plazo, están vendiendo esas casas al crédito y están recuperando su dinero. Si Nicaragua es estable, va a venir más dinero, y sobre todo que somos los mismos nicaragüenses los que no nos podemos estar metiendo el puñal nosotros mismos, si a los extranjeros aquí se les da toda libertad.
Me decía un día de estos una señora, que cómo es posible que aquí vienen extranjeros y trabajan y desplazan a los nicaragüenses, y ellos van al resto de Centroamérica y nadie les da trabajo como profesionales, más que como obreros y trabajos menores. Así que apoyemos esta ley, y ya no sigamos discutiendo este caso porque está sobre discutido, señor Presidente.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Hay dos oradores más y con ellos cerramos, el Diputado Bayardo Arce y Wilfredo Navarro.
Diputado Bayardo Arce, tiene la palabra.
DIPUTADO BAYARDO ARCE:
Muchas gracias, Presidente.
Como fui aludido, volví a pronunciarme. A mí no me consta si la entrada de nicaragüenses en el período anterior fue manejada de manera honesta y recta, como dice don Marco Aurelio, ni me consta que haya informado a la Asamblea, porque yo no conozco ningún informe. Tal vez se equivocó, porque él cree que yo era Presidente de la Comisión Económica, responsabilidad que hasta este año me han dado. Pero efectivamente yo he sido miembro de la Comisión Económica en la legislatura pasada y en ésta, y no recuerdo haber conocido un informe de cómo funcionó esta ley. Por eso es que yo comparto la ley en su espíritu, y dije que ya la Bancada Sandinista había decidido darle su respaldo.
Pero obviamente si vamos aprobar esta ley con el mejor espíritu, debemos hacerlo de la mejor manera, de la forma más responsable posible. Y como dije antes, tal vez por la abrumadora carga de trabajo que tiene el colega Wilfredo Navarro, no pudo presentarnos a tiempo las modificaciones que concilió él para esta ley, recogidas del debate anterior, porque habíamos quedado que él iba a hacer esas modificaciones, recogiendo el debate y nos las iba a presentar para hacer un consenso y darle trámite expedito a la ley; pero hasta ahorita que estábamos aquí y mientras examinábamos otra ley, vino a plantearnos algunas modificaciones que no nos sentimos como responsables de atender y respaldar, no es que estemos en contra de ellas.
Por eso es que hemos insistido en que la aprobemos en lo general, y ya veremos. Yo creo que pese a la carga, a lo mejor Quiñónez como jefe de bancada le da un espacio, porque este hombre tiene tareas de partido, de bancada, legislativas, etc., y si hallamos un espacio y terminamos de ponernos de acuerdo, en la próxima Sesión el primer punto puede ser esto y lo sacaremos con un amplio consenso para bien de la comunidad nicaragüense en el exterior, que quiera repatriarse.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Doctor Wilfredo Navarro, tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:
Bueno, yo no sé qué tiene esta ley, pero las veces que se presenta para su discusión o aprobación, todos los Diputados, las bancadas juntan las manos que la apoyan y que van a defenderla, pero al final de cuentas encuentran una forma de torpedearla. Cuando dice el Diputado Arce que yo tenía que presentarles propuestas de mociones, yo creo que él por estar tan atareado trabajando en su computadora y resolviendo tantos problemas que él tiene que resolver, no se dio cuenta de qué es lo que se había planteado. Era al revés, los que tuvieran alguna visión diferente de lo que se había planteado en la ley, tendrían que hacer las propuestas, para conciliarlas con el espíritu de la ley.
Entonces, tal vez el Diputado Arce hace un tiempito en de tanto trabajo, y en estos días revisa la ley y hace sus propuestas, para que no sigamos atrasando la ley. Y en relación a la forma en que llegué a hablarle sobre las mociones, de qué se extraña, él varias veces ha venido con ese tipo de propuestas, y yo en el entendimiento, en la voluntad de encontrar los consensos, si él tiene la razón pues se la doy y no busco procedimientos esquemáticos y exhaustivos para discutir un tema donde supuestamente todos estamos de acuerdo.
Yo pienso que estar midiendo el impacto fiscal de esta ley, sencillamente digo, si el nica no viene, cómo van a calcular que ese nica iba a venir, y va a venir a comprar un carro, para pagar un carro y comprar su menaje; si no viene no hay ingresos. Y estar revisando esto me parece que es buscarle tres pies al gato, teniendo cuatro. Aquí hemos aprobado leyes, por ejemplo, le aprobamos incentivos para los residentes, pensionados, extranjeros que vengan a vivir a Nicaragua, y ahí no le medimos el impacto de la afectación al déficit, y Bolaños tiene vetada esa ley.
Aquí en la Asamblea Nacional le metimos que también podían hacer uso de ese beneficio los pensionados nicaragüenses que se jubilaran en el extranjero y vinieran aquí, Bolaños dijo que para los nicas no había esa exoneración, imagínense ustedes. Entonces, yo no quiero seguir haciendo debate sobre esta ley, yo no me fui de Nicaragua durante los años difíciles que se vivieron en el país, pero muchos de mis familiares sí lo hicieron, y muchos de los que están aquí vivieron por años fuera de su país, y hay miles de nicaragüenses que añoran a su Patria y que quieren regresar. Pues premiemos esa voluntad y ese vínculo con su país para que saquemos esta ley.
No sigamos abriendo debate sobre algo que todos decimos que estamos de acuerdo. En la próxima semana voy a tratar de encontrar un tiempito del Diputado Arce, que me dé una audiencia para poder discutir eso, y con Wálmaro, para que al final ya no haya excusa para que no aprobemos esta ley. Por Dios, esta ley beneficia a todo mundo, beneficia a los familiares de ustedes, beneficia al país, no le demos tantas vueltas y no nos rasguemos vestiduras, diciendo la apoyo, pero al final estamos en contra.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
66 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la Ley de Incentivos Migratorios en lo general.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
A solicitud del Diputado Fremio Altamirano, de que se conforme una Comisión Especial, hemos recibido la siguiente correspondencia:
Por medio de la presente me dirijo a usted, para solicitarle se forme una Comisión Especial para que investigue a fondo los hechos ocurridos en la finca "Argentina", de la comarca Salto de la Hoya, Municipio de Matiguás, Departamento de Matagalpa, el día 19 de Marzo del 2005, habiendo ocurrido en esa fecha un tiroteo entre miembros de la Resistencia Nicaragüense y otro grupo de ciudadanos que acompañaban al que había sido dueño de la propiedad anteriormente.
Cabe señalar que el grupo de la Resistencia es el dueño de la propiedad que fue asignada por el Gobierno de Nicaragua y ellos tienen sus títulos de propiedad legalmente. Espero de usted su apoyo a mi petición, que sea formada dicha Comisión lo antes posible. Esperando una respuesta positiva a dicha solicitud y agradeciendo de antemano su colaboración, aprovecho para saludarle.
Fremio Altamirano
Diputado
Bancada Liberal.
La propuesta de la conformación de esta Comisión estaría integrada por los Diputados: Evelio Obando, Porfirio Castro, Marcelino García, Noé Campos, Leónidas Centeno, Fremio Altamirano, quien preside la Comisión.
En el Adendum 5, Punto 2.37: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 1687 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA.
Managua, 27 de enero de 2005
DP/53/05
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 1687 entre la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica, para Financiar el Proyecto “mejoras Localizadas sobre la Carretera Río Blanco-Siuna-Puerto Cabezas”.
Espero que esa Honorable Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.
Aprovecho la ocasión para testimoniar de Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICION DE MOTIVOS
En el marco del Plan Nacional de Desarrollo, gran parte de la inversión pública está dirigida a desarrollar una red nacional de carreteras pavimentadas inteligentes que serán en parte carreteras convencionales y en parte autopistas. Estas carreteras potenciarán el desarrollo de zonas mineras, de energía renovable, de la industria de la carne y de los productos lácteos, de bosques y de plantaciones forestales.
La carretera "Río Blanco-Siuna-Puerto Cabezas" forma parte de las carreteras definidas como corredores principales y está clasificada como troncal principal, razón por la que ha sido priorizada en el marco de este importante Programa. En conjunto con las carreteras "San Lorenzo-Muhan-Rama" y "Nueva Guinea-Blueffields", la carretera "Río Blanco-Siuna-Puerto Cabezas" nos permitirá acercar el Atlántico con el Pacífico e independizarnos del uso de puertos en el Mar Caribe de los países vecinos, permitiendo al productor nacional ahorrar significativas sumas de dinero por concepto de costos de transporte.
Adicionalmente, este conjunto de carreteras incentivará la inversión nacional y extranjera para aprovechar la conexión con los puertos del Atlántico, reducirá nuestra vulnerabilidad ante el tráfico de drogas desde Colombia y permitirá incrementar los controles y reducir el saqueo de los recursos naturales.
Desde la perspectiva del desarrollo social estas carreteras son de vital importancia, ya que corresponden a áreas del territorio nacional socialmente vulnerables, con altos índices de pobreza y baja actividad económica.
Con una extensión de 322.6 kms, la carretera "Río Blanco-Siuna-Puerto Cabezas" es actualmente un camino de tierra que en algunos tramos ha quedado en el terreno natural, por efecto de las constantes lluvias de la zona, la sobre carga del transporte y la falta de mantenimiento de la vía, factores que la vuelven intransitable la mayor parte de la estación lluviosa. Para rehabilitarla se ha concebido el proyecto denominado
"Mejoras localizadas sobre la Carretera Río Blanco-Suina-Puertos Cabezas".
Este proyecto consiste en la realización de obras puntuales en la superficie de rodamiento y en la estructura de la carretera; contempla la construcción de terraplén y revestimiento en la vía en aquellos lugares donde se han perdido estos materiales; y comprende la reparación de puentes, la instalación de alcantarillas nuevas y limpias de las existentes. Se estima que su ejecución permitirá el tráfico vehicular prácticamente todo el año, por al menos un período de 5 años a partir de la finalización de las obras.
Según el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), entidad que tiene a cargo la ejecución de las
"Mejoras localizadas sobre la Carretera Río Blanco-Siuna-Puerto Cabezas",
las obras de rehabilitación tienen un costo total aproximado de once millones setecientos noventa y dos mil doscientos sesenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América (US$11,792,265), y están siendo ejecutadas en una primera fase con fondos donados por el Gobierno de Dinamarca.
Para continuar con las obras de rehabilitación, el 10 de diciembre de 2004 la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público(MHCP) ha firmado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) el Contrato de Préstamo No. 1687 por un monto de cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$5,000,000).
Este préstamo ha sido contratado a 25 años de plazo, incluyendo 5 años de gracia, contados a partir de la fecha del primer desembolso, con una tasa de interés fija del 3.4728% anual y una comisión de auditoría y supervisión del 0.25% anual, pagadera de una sola vez a más tardar al momento del primer desembolso.
Las condiciones anteriores permiten obtener estos fondos con un 35% de concesionalidad en términos de valor presente neto, alcanzando el porcentaje mínimo de subvención establecido para nuevas contrataciones de préstamos externos en la
"Política de Endeudamiento Público del año 2005".
El préstamo será amortizado en US$ Dólares, mediante el pago de cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales hasta la total cancelación del mismo, en las fechas y por los montos que determine el BCIE.
Por las razones anteriormente mencionadas y con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No.1687 entre la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica, para Financiar el Proyecto “Mejoras Localizadas sobre la Carretera Río Blanco-Siuna-Puerto Cabezas”.
Hasta aquí la Exposición de Motivos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese este proyecto de ley, a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el mismo Adendum 5, Punto 2.39: DECRETO DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO PARA FACILITAR EL TRÁFICO MARÍTIMO INTERNACIONAL Y SUS ENMIENDAS (CONOCIDO COMO FAL 1965).
Managua, 1 de febrero de 2005
DP/53/05
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Proyecto de Decreto de Aprobación de la Adhesión al Convenio para Facilitar el Tráfico Marítimo Internacional y sus Enmiendas (conocido como FAL 1965).
Espero que los Diputados de esa Honorable Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Decreto.
Aprovecho la ocasión para testimoniar de Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo.
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICION DE MOTIVOS
Durante los últimos tres siglos, el sub-sector transporte marítimo se ha visto obligado a cumplir con múltiples exigencias y prescripciones nacionales, sin olvidar el imperativo comercial de evitar retrasos en sus operaciones. Esto último ha sido más evidente en lo que respecta a la documentación requerida de los buques, personal y carga al arribar a un puerto por parte de las diferentes entidades que realizan actividades tanto administrativas como de control durante su llegada, estadía y salida.
Cabe señalar que la tradición y la práctica han ejercido una influencia en la formación del sistema de documentación del buque y los procedimientos para ocuparse de éstos. Algunos procedimientos se introdujeron en la época de los barcos de vela y no han cambiado desde entonces.
Desde comienzos del siglo 20, los requerimientos de las estadísticas a la entrada y salida de buques de un puerto y el avance cada vez mayor de la industria del transporte marítimo, ha despertado el interés de un número cada vez más significativo de autoridades marítimas interesadas en establecer sus propias normativas de documentación a ser exigidas a los buques que recalan sus puertos. Durante las últimas décadas, el cumplimiento de estas prescripciones cada vez mayores y la carencia de procedimientos internacionales normalizados han representado una serie y onerosa carga sobre el personal de la industria marítima, tanto a bordo como en la tierra firme, y han producido retrasos, al parecer innecesarios, a los buques.
La Organización Marítima Internacional (OMI), desde su establecimiento, ha reconocido la necesidad de facilitar el transporte marítimo internacional y como consecuencia de esta preocupación, en 1959, el Consejo de la OMI aprobó una propuesta del Secretario General para que la OMI prestara su apoyo a todas las medidas encaminadas a fomentar los objetivos de la facilitación del transporte marítimo internacional.
En 1965, la OMI convocó en Londres una conferencia internacional sobre la facilitación del transporte marítimo a la que asistieron delegados de 60 Estados y 15 organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales. Durante esta Conferencia Diplomática se aprobó el 9 de abril de 1965 el "Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional, 1965", el que, tras haber obtenido el número de aceptación, entró en vigor el 5 de marzo de 1967.
Al 13 de noviembre de 2002, un total de 94 Estados habían aceptado el Convenio para facilitar el tráfico marítimo Internacional (Convenio de Facilitación), 1965, enmendado.
El objetivo general del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional, 1965, en su forma enmendada, es el de facilitar el transporte marítimo internacional mediante la simplificación y reducción al mínimo de los trámites, formalidades y documentos respecto a las tripulaciones, pasajeros, equipaje, carga y correo que se transporta en buques de navegación internacional y que son exigibles en la entrada y salida de los puertos donde recalan dichos buques por las autoridades públicas a cargo del arribo y despacho de buques.
Para el logro del objetivo general descrito, el Convenio de Facilitación tiene como principales objetivos los siguientes:
Adoptar todas las medidas necesarias para facilitar y acelerar el tráfico internacional y para impedir cualquier demora innecesaria para los buques, personas, propiedad a bordo de los mismos;
Cooperar en la formulación y aplicación de medidas para la facilitación de la llegada, estancia y partida de los buques;
Coordinar actividades para conseguir el mayor grado de uniformidad en las formalidades, requisitos documentales y procedimientos, en todo aquello en que dicha uniformidad contribuirá a facilitar y mejorar el tráfico marítimo internacional y a reducir al mínimo cualquier alteración en las formalidades, documentación y procedimientos necesarios para dar satisfacción a prescripciones nacionales;
Cooperación entre entidades nacionales o entre Estados o por intermedio de la OMI en asuntos que guarden relación con las formalidades, requisitos documentales y procedimientos, así como con su aplicación al tráfico marítimo internacional.
Teniendo en cuenta que la implantación del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional, 1965 y sus Enmiendas, por parte del Gobierno de la República de Nicaragua, permitirá a las diferentes autoridades públicas y el sector privado que intervienen de una u otra forma en la llegada, estancia en puerto y salida de buques que efectúan viajes internacionales, llevar a cabo sus labores de control dentro del marco establecido por las normas y prácticas internacionales que permiten a la vez unificar y simplificar las medidas para facilitar el tráfico internacional.
Aún cuando con base en los objetivos del Convenio lo ideal es que los Estados Partes del mismo adopten en lo posible las Normas y Prácticas Recomendadas, éstos tienen la opción de notificar al Secretario General de la Organización Marítima Internacional algún tipo de excepción que se tenga a bien efectuar a tenor de las prácticas nacionales y leyes vigentes en el país.
Uno de los aspectos esenciales para que nuestros puertos internacionales se consolidan dentro del proceso de modernización y competencia imperante en el mundo globalizado en que nos desenvolvemos, es precisamente el que tiene que ver con la facilitación del tráfico marítimo internacional.
Uno de los desafíos a que los que nuestros puertos internacionales se ven enfrentados es precisamente el de reducir el tiempo de espera de los buques y de la mercadería en el puerto, facilitando así los distintos procesos administrativos y de control.
A diferencia de la ratificación de otros convenios internacionales, el Convenio FAL 1965 y sus Enmiendas, no le implican a nuestro Estado ningún compromiso de carácter económico sino que más bien va a servir de estímulo para que tanto las autoridades públicas y el sector privado que intervienen de una u otra forma en la llegada, estancia en puerto y salida de buques que efectúen viajes internacionales en puertos nacionales de altura, llevar a cabo sus labores de control con mayores niveles de eficiencia y eficacia, eliminando procedimientos innecesarios que no crean valor agregado alguno a la economía nacional; además de crear la necesidad de hacer un mayor uso del intercambio electrónico de información.
Con base a lo antes mencionado, se recomienda la ratificación del citado Convenio, debido a que han quedado plenamente demostrado los beneficios que traería para nuestro país su implementación, beneficios que ya han sido corroborados por países tanto desarrollados como en desarrollo en los que el Convenio en mención tiene tiempo de estarse aplicando.
Por las razones anteriormente mencionadas y con fundamento en el numeral 12 del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, el Proyecto de Decreto de Aprobación de la Adhesión al Convenio para Facilitar el Tráfico Marítimo Internacional y sus Enmiendas (conocido como FAL 1965)
Hasta aquí la Exposición de Motivos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el presente proyecto de Decreto, a la Comisión del Exterior.
Se suspende la Sesión.
CONTINUACION DE LA SESION ORDINARIA NUMERO UNO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DIA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2005, CON CITA PARA LAS NUEVE EN PUNTO DE LA MAÑANA. (VIGESIMA PRIMERA LEGISLATURA).
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Vamos a comenzar la Sesión, pidiéndole a los miembros de la Junta Directiva que asuman sus correspondientes lugares, y al Secretario que nos compruebe el quórum.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS
FREMIO ISABEL ALTAMIRANO MONTENEGRO
BENITA DEL CARMEN ARBIZU MEDINA
FERNANDO JOSE AVELLAN MARTINEZ
GLADIS DE LOS ANGELES BAEZ
JOSE DE LOS ANGELES CASTILLO OSEJO
JOSE DAVID CASTILLO SANCHEZ
EDWIN RAMON CASTRO RIVERA
VICTOR MANUEL DUARTE AROSTEGUI
MARIA JACARANDA FERNANDEZ MEJIA
JOSE SANTOS FIGUEROA AGUILAR
RITA DEL SOCORRO FLETES ZAMORA
ERNESTO MARCELINO GARCIA QUIROZ
JAIME RENE GARCIA MANGAS
RUBEN DE JESUS GOMEZ SUAREZ
ROBERTO JOSE GONZALEZ GAITAN
JORGE ULISES GONZALEZ HERNANDEZ
RAMON ENRIQUE GONZALEZ MIRANDA
VICTOR MANUEL GUERRERO IBARRA
AGUSTIN ARMANDO JARQUIN ANAYA
REYNA JEANNETTE JEREZ GARCIA
ANA ESPERANZA LAZO ALVAREZ
REYNALDO ALEXANDER MAIRENA VALLEJOS
MANUEL DE JESUS MALDONADO
JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ
JORGE MATAMOROS SABORIO
MARIA LYDIA MEJIA MENESES
GERARDO JOSE MIRANDA OBREGON
OSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDON
GUILLERMO MONTENEGRO
LILLIAM ANTONIA MORALES TABORA
FIDEL ANTONIO MORENO BRIONES
CARLOS ANTONIO NOGUERA PASTORA
SANTOS RENE NUÑEZ TELLEZ
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
LEONEL PANTIN WILSON
BLADIMIR PINEDA SOZA
GABRIEL RIVERA ZELEDON
MAXIMINO RODRIGUEZ MARTINEZ
FRANCISCO JOSE SACASA URCUYO
RIGOBERTO HILARIO SAMPSON GRANERA
ROBERTO SANCHEZ TORREZ
MARIA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
NATHAN JORGE SEVILLA GOMEZ
NASSER SEBASTIAN SILWANY BAEZ
FREDDY SOLORZANO ALTAMIRANO
JORGE MIGUEL TORREZ MALESPIN
EMILIA DEL CARMEN TORREZ AGUILAR
DAYSI RAFAELA TREJOS OROZCO
ALBERTINA URBINA ZELAYA
FELICITA LUCILA ZELEDON RODRIGUEZ
Muy buenos días, honorables Diputados.
Señor Presidente: Tenemos 52 Diputados presentes; hay quórum de ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Se abre la Sesión.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el Adendum 10, Punto 3.40: DECRETO DE APROBACION DE LA CONVENCION CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES".
Managua, 14 de Abril del 2005.
DICTAMEN
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión del Exterior, nos hemos reunido para dictaminar sobre la aprobación de la “
CONVENCION CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES”,
la que fue presentada por el Presidente de la República en Secretaría de la Asamblea Nacional, el 7 de Marzo del año 2005 y remitida a esta Comisión para su dictamen el 15 de Abril del mismo año.
Esta importante Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, fue abierta a firma por la Asamblea General el 10 de Diciembre de 1984, el Gobierno de Nicaragua la suscribió en el 15 de Abril de 1985.
Antecedentes de la Convención:
Esta Convención tiene como antecedentes la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos proclaman que nadie será sometido a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Los principios de la Carta de las Naciones Unidas, reconocer los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia Humana como la base de la libertad, la justicia y la paz en el mundo.
Objetivos de la Convención:
Esta Convención tiene como objetivo fundamental hacer más eficaz la lucha contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes en todo el mundo.
La Convención en su Arto. 1 define la tortura como todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella, o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospecha que ha cometido o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público en otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se consideran torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas”.
El Convenio establece en su Arto. 2, que en ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como, estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura. Tampoco podrá invocarse una orden de un funcionario o autoridad superior como justificación de la tortura.
Todo Estado Parte velará para que todos los actos de tortura constituyan delitos conforme a su legislación penal, de igual manera la tentativa y complicidad en la Comisión de este delito. Todo Estado castigará estos delitos con penas adecuadas en las que se tenga en cuenta su gravedad.
Todo Estado Parte dispondrá lo que sea necesario para instituir su jurisdicción sobre los delitos referidos.
Extradición:
El Convenio contempla la extradición para las que cometen estos delitos y el Convenio mismo establece que los Estados Partes que subordinen la extradición a la existencia de un tratado, si recibe de otro Estado Parte con el que no tiene tratado, al respecto, una solicitud de extradición, podrá considerar la presente Convención como la base jurídica necesaria para la extradición referente a tales delitos. La extradición estará sujeta a las demás condiciones exigibles por el derecho del Estado referido. Los Estados se prestarán todo el auxilio posible en lo que respecta a cualquier procedimiento penal relativo a los delitos previstos en este Convenio.
En Nicaragua, el Arto. 43 de nuestra Constitución Política, establece que no existe extradición por delitos políticos o comunes conexos con ellos según calificación nicaragüense. La extradición por delitos comunes está regulada por la ley y los Tratados Internacionales. Los nicaragüenses no podrán ser objeto de extradición del territorio nacional.
El Arto. 15 Cn., define como nicaragüenses las nacionales o nacionalizados.
Estos dos artículos constitucionales son el marco jurídico nicaragüense que hay que observar y cumplir para la aplicación de esta Convención en los casos de solicitud de extradición.
Aspectos relevantes de la Convención:
La Convención establece que todo Estado Parte velará porque su legislación garantice a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible. En caso de muerte de la víctima como resultado de un acto de tortura las personas a su cargo tendrán derecho a indemnización.
Comité contra la Tortura:
En esta Convención se establecen medidas para la constitución de un Comité contra la tortura compuesto por diez expertos de gran integridad moral y reconocida competencia en materia de Derechos Humanos que ejercerán sus funciones a título personal. Los expertos serán elegidos por los Estados Partes teniendo en cuenta una distribución geográfica equitativa y que sean personas con experiencia jurídica, serán electos en votación secreta y tendrán presente que algunos de los electos sean también miembros del Comité de Derechos Humanos, establecido con arreglo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y que estén dispuestas a prestar servicio en el Comité constituido por esta Convención.
Los miembros del Comité serán elegidos cada 4 años y podrán ser reelectos, no obstante el mandato de 5 miembros de la primera elección expirará en 2 años.
El Comité establecerá su propio reglamento. Las competencias del Comité serán las siguientes:
·
Examinar los informes de los Estados Partes relativas a la efectividad de los compromisos que han contraído en virtud de esta Convención; el primer informe será presentado dentro del plazo del año siguiente a la entrada en vigor de la Convención para el Estado Parte. Posteriormente, cada 4 años o a solicitud del Comité, el Secretario General de la ONU transmitirá los informes a todos los Estados Partes.
·
El Comité examinará todos los informes y podrá hacer los comentarios generales que considere oportunos. El Estado Parte podrá responder al Comité con las observaciones que desee formular.
·
En casos que el Comité reciba información fiable que a su juicio parezca indicar de forma fundamentada que se practica sistemáticamente la tortura en el territorio de un Estado Parte, se invitará a ese Estado Parte a cooperar en el examen de la información y presentar observaciones. Posteriormente el Comité podrá decidir que está justificado y designar a uno o varios de sus miembros para que procedan a una investigación confidencial e informar urgente al Comité. Después de examinar las conclusiones presentadas, el Comité las transmitirá al Estado Parte de que se trata junto con observaciones o sugerencias que estime pertinentes.
Es importante tomar en cuenta que la Convención establece en su Arto. 21, que el Comité conocerá de todo asunto que se le someta en virtud del presente artículo después de haberse cerciorado de que se ha interpuesto y agotado en tal asunto todos los recursos de la jurisdicción interna de que se pueda disponer de conformidad con los principios del Derecho Internacional.
Todo Estado Parte en la presente Convención podrá declarar en cualquier momento que reconoce la competencia del Comité para recibir y examinar las declaraciones y comunicaciones enviadas por personas sometidas a su jurisdicción o en su nombre que aleguen ser víctimas de una violación por un Estado Parte de las disposiciones de la Convención. El Comité no admitirá ninguna comunicación relativa a un Estado Parte que no haya hecho esa declaración.
El Arto. 28 de la Convención explícitamente dispone que todo Estado Parte podrá declarar en el momento de la firma o ratificación de esta Convención que no reconoce la competencia del Comité referido en los Artos. 20 y 21 de la Convención.
Es importante tomar en cuenta que el Comité puede recibir denuncias o quejas no sólo de personas o particulares, sino denuncias o quejas de un Estado Parte contra otro Estado Parte.
Importancia de la Convención y Supremacía Constitucional:
Consideramos que esta Convención es de suma importancia para hacer más eficaz la lucha contra la tortura y otros tratos, penas crueles, inhumanos o degradantes.
En nuestro país, la aplicación de esta Convención no tendrá obstáculos, tomando en cuenta que en nuestra Constitución Política, Arto. 36, está contemplado como delito la tortura física, psíquica y moral, los tratos crueles, inhumanos o degradantes y establece que será penado por la ley.
Así mismo, nuestra Constitución en su Arto. 39, establece el carácter humanitario del Sistema Penitenciario y su objetivo de reeducar a los internos en los aspectos de educación, cultura y superación ocupacional, social y familiar.
Consideramos que esta Convención vendrá a fortalecer los principios constitucionales que hemos enunciado y el valor que nuestro país le da al respeto a los Derechos Humanos.
Dictamen de la Comisión
Por todo lo antes expuesto, los suscritos miembros de la Comisión del Exterior, fundamentados en los Artos. 138 inc. 12 y 182 de nuestra Constitución Política, en los artículos pertinentes del Estatuto General y Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
la “
CONVENCION CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES”,
la cual no se opone a nuestra Constitución Política y Leyes Constitucionales, así como a Convenios Internacionales ratificados por Nicaragua. En consecuencia, sometemos a consideración del plenario de la Asamblea Nacional, el presente dictamen, el Decreto de aprobación y el texto de la Convención, los que adjuntamos y les solicitamos su aprobación.
Atentamente,
COMISION DEL EXTERIOR
ALFONSO ORTEGA URBINA
JOSE FIGUEROA AGUILAR
NASSER SILVANY BAEZ
REV. GUILLERMO OSORNO
CARLOS NOGUERA PASTORA
Hasta aquí el Dictamen
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Diputado Alfonso Ortega Urbina, tiene la palabra.
DIPUTADO ALFONSO ORTEGA URBINA:
Gracias, señor Presidente.
De la lectura del Dictamen está muy clara la importancia y la conveniencia de supremacía constitucional en el caso de esta Convención. La estamos ratificando un poco tarde, fue firmada en los años 80, pero ahora con el nuevo Reglamento del Sistema Generalizado de Pensiones de la Unión Europea, mediante el cual dicho bloque regional concede preferencias arancelarias a los países en desarrollo y países menos desarrollados, para atender los beneficios de sistemas generalizados de preferencias, el nuevo Reglamento exige practicar, ratificar e implementar un sistema de convenciones internacionales relativas a derechos humanos, medio ambiente y gobernanza.
El cumplimiento de estas disposiciones o condicionalidades tiene un plazo perentorio a Mayo del 2006. El nuevo sistema generalizado de preferencias entrará en vigencia para Nicaragua el primero de Julio del corriente año, siempre y cuando entre otros requisitos se apruebe y ratifique el Convenio contra la Tortura y las penas infamantes. Por eso es importante aprobar hoy esta Convención, y pido a mis colegas que por unanimidad sea aprobada la presente Convención y que la tramitemos rápidamente, a efectos de que la ratificación sea depositada en Naciones Unidas a mediados del mes de Mayo.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
No habiendo nadie más en el uso de la palabra, pasamos a votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 10 de diciembre de 1984 fue adoptada y abierta a la firma por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 39/46, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y fue suscrita por Nicaragua el 15 de Abril de 1985.
II
Que la aprobación de dicha Convención reviste particular importancia, en virtud de que es un valioso instrumento jurídico internacional en materia del derecho internacional de los derechos humanos, que contempla serios compromisos para los Estados Partes, particularmente en lo que se refiere al respeto a los derechos humanos y a la dignidad de la persona humana.
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
"DE APROBACION DE LAS CONVENCION CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES"
Arto.1
Apruébase la "CONVENCION CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES", adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 39/46, el día 10 de Diciembre de 1984 y suscrita por Nicaragua el 15 de Abril de 1985.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto.2
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, y el trigésimo día a partir de la fecha en que se deposite el instrumento de ratificación ante el Secretario General de las Naciones Unidas.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, y con él, el Decreto sobre la Aprobación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el mismo Adendum 10, Punto VI: Iniciativa de Ley con Trámite de Urgencia de la Presidencia de la República.
Punto 6.8: SOLICITUD DE DECRETO No. 18-2005 QUE AUTORIZA EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE UNA FRAGATA DE VIGILANCIA PRAIRIAL, BUQUE DE LA MARINA NACIONAL FRANCESA.
Managua, 31 de marzo de 2005.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Con fundamento en el artículo 92 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, remito Decreto No. 18-2005, para ratificación de la Honorable Asamblea Nacional. Asimismo, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 141, párrafo 5 de la Constitución Política de la República de Nicaragua solicito se le dé trámite de urgencia al presente Decreto, que autoriza el ingreso al territorio nacional de una Fragata de Vigilancia PRAIRIAL, buque de la Marina Nacional Francesa.
Aprovecho la ocasión para testimoniar a Usted, las muestras de mi consideración y aprecio.
Afectísimo
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICION DE MOTIVOS
El presente documento contiene la Exposición de Motivos y el Texto del Proyecto de Decreto, que autoriza el ingreso de la Fragata de Vigilancia PRAIRIAL, buque de la Marina Nacional Francesa, al Territorio Nacional.
El Ejército de Nicaragua en el marco del fortalecimiento de los lazos de cooperación y de amistad, ha realizado intercambios de experiencia con Fuerzas Armadas de diferentes países, en materia de adiestramiento, en la prestación de servicios de rescate, evaluación y auxilio en casos de desastres.
El ingreso a nuestro país de la Fragata de Vigilancia PRAIRIAL, buque de la Marina Nacional Francesa, se realiza bajo el principio fundamental de intercambiar experiencias en el ámbito del adiestramiento y la enseñanza militar, sobre tierra y aguas territoriales, mediante la realización de ejercicios de navegación de la Fragata y sobrevuelo de un helicóptero con el objeto de realizar ejercicios de evacuación, salvamento y rescate durante su estadía en el país, lo que redundará en beneficio del entrenamiento de las fuerzas de nuestro Ejército.
Por lo antes expuesto, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Decreto, que autoriza el ingreso al Territorio Nacional de la Fragata de Vigilancia PRAIRIAL, buque de la Marina Nacional Francesa, para realizar con nuestro Ejército intercambio de experiencias en ejercicios de preparación y adiestramiento de operaciones aeronavales y sobre la organización de operaciones humanitarias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Diputada Gladis Báez Álvarez, tiene la palabra.
DIPUTADA GLADIS BAEZ ALVAREZ:
Muchísimas gracias, Presidente.
Yo quería pronunciarme al respecto, porque me llama mucho la atención que estas solicitudes del Presidente de la República en relación a Decretos tan delicados como éste, que se trata de una fragata que va a venir a trabajar en nuestro territorio, y otros temas que son delicados, siempre vienen a la Asamblea con carácter de urgencia, y me parece que debería de ser más tratado aquí en la Asamblea o por lo menos debería de tener la generosidad el Presidente y la responsabilidad de mandar el Decreto, aquí se miraría, se pasaría a Comisión y se darían mejores argumentos de qué es lo que vienen a hacer, cuánto tiempo van a estar y así poder trabajar de mejor forma.
Entonces, la forma en que está enviada esta solicitud del Presidente no me parece convincente.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada Felícita Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADA FELICITA ZELEDON:
Realmente estoy muy de acuerdo con la apreciación de la compañera Gladis, porque nosotros ya hemos tenido mucha experiencia con estos Decretos y permisos que se dan hacia nuestro país. Tenemos por ejemplo el caso de Villa Nueva, donde se concedió permiso el año pasado para que viniese un grupo del Ejército norteamericano supuestamente con ayuda humanitaria; sin embargo ahorita hay una queja y muy fuerte, en este Municipio, de que en la noche no duermen las personas porque están sobrevolando los helicópteros y se paralizan por algunos segundos en algunas casas de interés, sobre todo de líderes, y así también lo están haciendo en otros sectores aledaños a Villa Nueva.
Al igual también se tuvo la denuncia del maltrato que sufrieron las personas que venían en un bus de El Sauce hacia Chinandega, cuando ellos venían pasando por la carretera y venía detrás un convoy de estos señores del Ejército, y nuestra Policía Nacional que los anda resguardando tuvieron que pararlos, pero bajo amenazas con todas las armas que andaban. Creo que éstas son intromisiones a nuestro país, y que cuando vayamos a dar estos permisos tenemos que conocer muy ampliamente.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
El Presidente de la República de Nicaragua
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto.1
Autorizar de acuerdo a lo establecido en el párrafo tercero del artículo 92 de la Constitución Política, el ingreso y permanencia en el territorio de la República de Nicaragua de la Fragata de Vigilancia PRAIRIAL, buque de la Marina Nacional Francesa, compuesta de 94 efectivos y sus equipos, en el período comprendido del 3 al 6 de mayo del año 2005; la que realizará con el Ejército de Nicaragua ejercicios de intercambios de experiencias en la preparación, adiestramiento y la organización de operaciones humanitarias de rescate, evacuación y auxilio en casos de desastres, autorizando sobrevuelos de ejercicios de adiestramiento de navegación sobre tierra y aguas territoriales para un helicóptero ALQUETE III, tipo SA 319 B, a bordo de la Fragata.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.2
Enviar el presente Decreto a la Honorable Asamblea Nacional, para su debida ratificación.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto.3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
51 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3, y con él, el Decreto No. 18-2005.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
En el mismo Adendum 10, Punto II: Presentación de Leyes y Decretos.
Punto 2.57: LEY DE DESTRUCCION PARCIAL DEL INVENTARIO DE COHETES ANTIAEREOS PORTATILES.
Managua, 30 de marzo de 2005.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
Con la correspondiente Exposición de Motivos, adjunto a la presente le remito Proyecto de “Ley de Destrucción Parcial del Inventario de Cohetes Antiaéreos Portátiles”.
Espero que los Honorables Diputados de esa Asamblea Nacional le den una acogida favorable a la aprobación del referido Proyecto de Ley.
Sin más a qué referirme, hago propicia esta oportunidad para reiterarle las muestras de mi alta y distinguida consideración.
Afectísimo,
Enrique Bolaños Geyer
Presidente de la República
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Gobierno de la República de Nicaragua promovió importantes iniciativas a fin de contribuir a la paz y la seguridad hemisférica durante el año 2004, como la destrucción unilateral de 1,000 (Un mil) cohetes antiaéreos portátiles, de acuerdo a los planes de Reducción y el Cronograma presentado por el Ejército de Nicaragua y el Ministerio de Defensa al Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua.
La acción de destrucción unilateral de cohetes antiaéreos portátiles realizada en el año 2004, ha sido reconocida por la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamérica (SG-SICA) por medio de informe presentado al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros de la Integración Centroamericana, como una contribución eficaz a los principios y objetivos del Tratado Marco de Seguridad Democrática de Centroamérica.
Esta destrucción se realizó de manera gradual y sin menoscabar o debilitar la capacidad de defensa antiaérea del Estado de Nicaragua. Se determinó mantener un inventario razonable de cohetes para garantizar la capacidad de defensa del territorio nacional.
Previo a la decisión del Gobierno de Nicaragua de proceder a la destrucción unilateral y gradual de los cohetes antiaéreos portátiles, que posee el Ejército de Nicaragua como arma defensiva, se estudió la capacidad de defensa antiaérea del Estado de Nicaragua y se determinó que esta decisión no lesionaría la capacidad defensiva de la nación, en tanto, el Ejército de Nicaragua mantenga un inventario razonable de cohetes antiaéreos, y también cuente con otros sistemas de armas para la defensa antiaérea, para la protección de la integridad territorial y la soberanía nacional.
Es muy importante señalar que la ley No. 181, Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar señala en el Arto. 6, numeral 13 la siguiente atribución al Presidente de la República en su carácter de Jefe Supremo de las Fuerzas de Defensa y Seguridad de la Nación: “Determinar la Política de Defensa”. En ese sentido, las decisiones del Presidente de la República sobre la destrucción de los cohetes cumplen con el principio de legalidad consignado en el arto. 130 de la Constitución Política, ya que el Gobierno de Nicaragua promueve la paz, confianza y seguridad en la región tal y como está determinado en el Arto. 9 de la misma.
El propósito de este plan de reducción de misiles, es destruir la cantidad de 651 (seiscientos cincuenta y uno) Cohetes Antiaéreos Portátiles del inventario del Ejército de Nicaragua, labor que deberá concluir a más tardar el 30 de Noviembre del 2005. Durante el transcurso de este período se efectuarán las voladuras de conformidad a los términos y criterios técnicos del Ejército de Nicaragua y en coordinación con el Ministerio de Defensa. Asimismo, corresponde al Ejército de Nicaragua en su carácter de institución armada para la defensa de la soberanía, independencia e integridad territorial resguardar y conservar del inventario actual de cohetes antiaéreos portátiles un remanente que consistirá en la cantidad de 400 (cuatrocientas) unidades. Esta cantidad de cohetes está determinada a partir de criterios técnicos suministrados por los especialistas del Ejército de Nicaragua, los cuales son compartidos por Ministerio de Defensa. La determinación de este remanente contribuye al establecimiento del balance razonable de fuerzas de acuerdo a la situación interna y externa de la República de Nicaragua tal como lo establecen los Artos. 32 y 33 del Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica, el cual ha sido ratificado oportunamente por nuestro país tal como lo dispone el procedimiento constitucional, teniendo, por lo tanto, carácter obligatorio para el Estado.
El Gobierno de la República de Nicaragua promueve el Programa de Control y Limitación de Armamentos en Centroamérica para alcanzar el balance razonable de fuerzas y fomentar la estabilidad, confianza mutua y la transparencia entre los Jefes de Estados y de Gobiernos de la región centroamericana. Esta iniciativa regional es impulsada desde el año 2003 a la fecha.
La existencia del Estado de Derecho es condición indispensable para la existencia de la democracia, es la causa y el cauce del poder; en ese sentido, de acuerdo a lo dispuesto en el Arto. 139 de la “Ley especial para el control y regulación de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados”, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 40 del día 25 de febrero del 2005, envío a la Honorable Asamblea Nacional esta iniciativa de ley para su aprobación y con sentido de urgencia tal como lo establece el Arto. 141 Cn. párrafo número cinco.
De acuerdo al Arto. Cn., el Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente de la República, quien es Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua. Asimismo el Arto. 95 Cn., dicta que el Ejército de Nicaragua estará sometido a la autoridad civil que es ejercida directamente por el Presidente de la República en carácter de Jefe Supremo del Ejército de la República o a través del Ministerio correspondiente. En consecuencia en el carácter de Presidente de la República, remito a la Honorable Asamblea Nacional esta iniciativa de ley según lo dispuesto por el Arto. 140 Cn., numeral 2 y el Arto. 139 de la Ley No. 510, “Ley Especial para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales relacionados”.
Honorable Diputados, les propongo esta iniciativa de ley con la mejor de las intenciones, me anima únicamente el deseo de contribuir a la paz y seguridad del hemisferio y promover ante la comunidad internacional la imagen correcta de nuestro país, la cual reside en su vocación pacifista. Por lo que solicito respetuosamente a la Honorable Asamblea Nacional acoger favorablemente este Proyecto de Ley de Destrucción Parcial del Inventario de Cohetes Antiaéreos Portátiles.
Hasta aquí la Exposición de Motivos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el siguiente proyecto de ley, a la Comisión de Defensa y Gobernación, para su debido dictamen.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el mismo Adendum 10 Punto 2.56: LEY PARA LA DESTRUCCION DE MISILES TIERRA AIRE CONOCIDOS COMO SAM 7.
Managua, 17 de Marzo del 2005.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
SU Despacho.
Estimado Ingeniero Núñez:
Adjunto a la presente le remito el Proyecto de LEY PARA LA DESTRUCCION DE MISILES TIERRA AIRE, conocidos como SAM 7.
Sin más a que hacer referencia me suscribo de Usted,
Atentamente,
FERNANDO AVELLAN MARTINEZ
Diputado
Asamblea Nacional
Managua, 17 de Marzo del 2005.
Doctora
MARIA AUXILIADORA ALEMAN Z.
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimada Doctora:
Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que nos otorga el artículo 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, presentamos el proyecto de Ley denominado “LEY PARA LA DESTRUCCION DE MISILES PORTATILES TIERRA AIRRE CONOCIDOS COMO SAM 7, al cual acompañamos la correspondiente Exposición de Motivos.
Solicitamos que esta iniciativa se le dé el trámite correspondiente y se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación por el plenario.
Sin más a que hacer referencia aprovecho la ocasión para saludarle.
Atentamente,
FERNANDO AVELLAN MARTINEZ
Diputado
BANCADA ALIANZA LIBERAL
EXPOSICION DE MOTIVOS
Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artos. 138 y 140 Cn. y del Estatuto General y su Reglamento, sometemos a la consideración de la Asamblea Nacional, la ley que autoriza al Poder Ejecutivo la destrucción de los misiles tierra aire conocidos como SAM 7.
El propósito de esta ley es prevenir y garantizar al pueblo de Nicaragua y a la comunidad internacional, que el Estado nicaragüense tiene plena conciencia de la necesidad de establecer mecanismos para la destrucción de los misiles conocidos como SAM 7, que son parte de los inventarios del Ejército de Nicaragua y están bajo su custodia.
La destrucción de estos misiles libera al Estado Nicaragüense del riesgo que por razones diversas, dichos artefactos pudieran caer en manos de personal u organizaciones ligadas al comercio ilegal de armas para fomentar el terrorismo nacional o internacionalmente.
En base a todo lo anterior, solicitamos a los honorables Diputados, su respaldo a la misma, la que desde ya aseguramos no presenta roces ni con la constitución ni demás leyes de la República.
Managua, 17 de Marzo del 2005.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese el siguiente proyecto de ley, a la Comisión de Defensa y Gobernación, para que sirva de insumo al proyecto de ley presentado por el Ejecutivo.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el mismo Adendum 10 Punto 3.48: LEY DE REFORMA A LA LEY No. 511, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS.
Managua, 19 de Abril de 2005
Doctora
MARIA AUXILIADORA ALEMAN
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Doctora Alemán:
En calidad de Presidente de la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción de la Asamblea Nacional, tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de comunicarle que el día de hoy se reunió la Comisión con el objeto de dictaminar el Proyecto de Ley de Reforma No. 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, el cual adjunto en original, tres copias y disquet.
Sin más a que hacer referencia, aprovecho la ocasión para reiterarle mis muestras de consideración y estima.
José David Castillo
Presidente.
DICTAMEN
Managua, 19 de Abril del 2005.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Señor Presidente:
Los suscritos Diputados miembros de la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción, recibimos el proyecto de Ley denominado “
LEY DE REFORMA A LA LEY No. 511, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS”,
de parte de la Primera Secretaría el día 15 de Abril del corriente año, solicitamos las observaciones pertinentes a los entes que serían sujetos de la reforma y consideraciones procedimos a elaborar el presente dictamen.
La presente iniciativa de Ley es necesaria para avanzar en la implementación de los compromisos adquiridos en el Diálogo Nacional, es importante señalar un poco la historia de la Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, el 17 de diciembre del 2004 el Presidente de la República remitió a Primer Secretaría de la Asamblea Nacional el Veto Total al Proyecto de Ley No. 511, Ley de la Superintendencia de los Servicios Públicos, el cual fuera rechazado mediante Dictamen presentado el 14 de Enero del corriente año por la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción. Nacional, y publicada la ley el 24 de Febrero del 2005 en La Gaceta, Diario Oficial No. 39, en vista que este tema incorporado al Diálogo Nacional, y se instauraron diversas mesas de trabajo para abordar los elementos técnicos que podían ser mejorados en la Ley Creadora de la Superintendencia de Servicios Públicos.
Por todo lo antes expuesto, los miembros de la Comisión de Comunicaciones, Transporte, Energía y Construcción, fundamentados en el Artículo 138, inciso 12 de la Constitución Política de Nicaragua, en los Artículos 50 y 51 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, así como los artículos 67 y 89 del Reglamento Interno, Dictaminamos FAVORABLEMENTE la “
LEY DE REFORMA A LA LEY No. 511, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS”,
el cual no se opone a nuestra Constitución Política, Leyes Constitucionales y Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.
En consecuencia de lo antes expuesto, sometemos a la Consideración del Plenario de la Asamblea Nacional el presente Dictamen, “
LEY DE REFORMA A LA LEY NO. 511, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS”.
Atentamente,
COMISION DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE,
ENERGIA Y CONSTRUCCION
Dip.
JOSE DAVID CASTILLO
Presidente
Dip.
OSCAR MONCADA R.
Primer Vice-Presidente
Dip.
AGUSTIN JARQUIN ANAYA
Segundo Vice-Presidente
Dip.
FREDDY SOLORZANO
Primer Secretario
Dip.
EDUARDO MENA
Miembro
Dip.
EDWIN CASTRO R.
Miembro
Dip.
VICTOR GUERRERO IBARRA
Miembro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Vamos a someter a discusión en lo general este proyecto de Ley de Reforma a la Ley 511.
Quisiéramos abonar a la discusión en lo siguiente: Como dice la Exposición de Motivos, este proyecto de ley fue vetado por el Presidente de la República, y discutido y rechazado el Veto a comienzos de Enero. Precisamente nosotros no sometimos a discusión ese Dictamen de Rechazo al Veto el día 19 de Enero para facilitar que el Gobierno asistiese a la primera sesión del Diálogo Nacional,
porque en el Diálogo íbamos a tratar este tema.
De modo que fue el día jueves 20 de Enero que la Asamblea Nacional, el Plenario, rechazó el Veto que está puesto por el Ejecutivo a la Ley 511. Y el día 19, en el Diálogo Nacional, el Gobierno planteó que organizásemos una mesa de diálogo compuesta por tres partes: por delegados de la Bancada del Frente Sandinista, delegados de la Bancada del PLC y delegados del Ejecutivo, con el propósito de hacerle aportes técnicos a la ley, y que deberían de estar listos esos aportes técnicos en doce días.
Con el propósito de mejorar la ley y hacerla completamente de consenso, los integrantes de esa Comisión en el Diálogo Nacional según el acuerdo No. 1, estaba integrado de la siguiente forma: por el Poder Ejecutivo: Joel Gutiérrez, Jorge Hyant Vogl, Raúl Solórzano, y Ana Nubia Alegría; por el PLC: David Castillo, René Herrera, Víctor Guerrero, Eduardo Mena y Oscar Moncada; por el FSLN: Freddy Solórzano, Roberto González, Agustín Jarquín y Edwin Castro.
Esta mesa de discusión se integró, como decíamos, el día 19 de Enero. Trabajó por cerca de dos meses, de modo que para el 16 de Marzo de este año, ya estaban discutiéndose en el Diálogo Nacional los aportes técnicos que se habían logrado consensuar en la mesa tripartita. De modo que en la sesión del 16 de Marzo se revisó el trabajo de esta mesa y se validaron todos los aportes técnicos que tenían consenso de las tres partes, quedando únicamente unos pequeños artículos que no estaban todavía consensuados. Sin embargo, a pesar de este esfuerzo y del tiempo de trabajo, el Gobierno de la República decidió posteriormente desconocer esta ley, basado en la decisión tomada por la Corte Centroamericana de Justicia.
La delegación del Frente Sandinista, y el Partido Liberal en el Diálogo, rechazaron esa decisión gubernamental y decidimos sujetarnos a la decisión tomada por la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua que le da validez absoluta a estas leyes. Entonces, hoy este proyecto de ley lo que trae son los aportes técnicos discutidos en la mesa del Diálogo, que fueron consensuados por las tres partes. De manera que así va a ser el tema que vamos a discutir.
Tiene la palabra el Diputado Wálmaro Gutiérrez.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Muchas gracias, Presidente.
Es que en efecto las aclaraciones que acaba usted de dar, sostienen el punto de esta honorable Asamblea Nacional para aprobar con toda presteza, beligerancia y alto sentido de responsabilidad, una reforma a la Ley de Superintendencia de Servicios Públicos. No vamos a profundizar en la necesidad de la creación de un órgano de esta naturaleza, porque creo que todos en este Plenario, y creo también que todos en este país, tenemos la seguridad de la necesidad de crear un órgano de este tipo.
Por otro lado, entendiendo y habiendo ya analizado cada uno de los puntos contentivos de esta reforma, creemos que la Comisión Técnica que ha preparado esta reforma ha hecho un trabajo encomiable, y es por eso que públicamente me honro en felicitar a los miembros de esta Comisión Técnica y los aportes tan acertados a mejorar este instrumento de ley. Sin embargo, Presidente y honorables miembros de esta Asamblea Nacional, yo solamente quisiera aprovechar este tema para llamar a colación y denunciar, como en efecto denuncio, un tema que estoy seguro que cuando esta Superintendencia de Servicios Públicos esté funcionando -y creo que va a estar funcionando a la brevedad- va a venir a darle seguimiento y solución a situaciones como la que en este momento se está presentando en algunos Departamentos del país.
Y quisiera referirme puntualmente a un caso que está sucediendo en el Departamento de Carazo, especialmente en el Municipio de Diriamba, y particularmente en uno de los barrios más populosos de este Municipio, como es el barrio 26 de Febrero. Sucede, honorables miembros de esta Asamblea Nacional, señor Presidente, que hasta mi oficina llegó una representación de habitantes del barrio 26 de Febrero, del Municipio de Diriamba, con el objetivo de que canalizara una solicitud para que el Licenciado Luis Debayle, Presidente Ejecutivo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (Enacal), les hiciera el favor de emitir un aval para que se realizara una obra de conexión de tubería en ese barrio que cuenta con centenares de habitantes.
Este aval que los moradores estaban solicitándole al señor Debayle, no representaba ninguna erogación en términos económicos en contra de Enacal. Sucede que los moradores a través de una organización sin fines de lucro, llamada Adeca, pudo conseguir de unos donantes extranjeros, la cantidad de recursos para ejecutar la obra de conexión de tubos de agua potable para esa comunidad, y los habitantes de esa comunidad se comprometieron a poner su mano de obra, con el objetivo de que ese proyecto se realizara en esa comunidad; por lo que Enacal lo único que tenía que hacer era decir que era necesario que el barrio 26 de Febrero tuviera agua; eso era todo lo que tenía que hacer el señor Luis Debayle.
En una carta le hicimos esa solicitud, como representantes del pueblo que somos, y creo que cualquiera de estos Diputados aquí presentes haría la gestión que en su momento yo hice a favor de estos beneficiarios frente a Enacal, y lo que respondió el señor Debayle -que dicho sea de paso tengo comunicación escrita- es que él no podía dar ese Aval porque eso sería comprometer la distribución de agua en Diriamba.
Porque supuestamente la distribución de agua era sumamente pobre, y que hasta que se mejorara el servicio de distribución de agua se podría ver una nueva canalización de redes, y que ahorita Enacal no tenía capacidad económica para poder aprobar proyectos de ningún tipo, porque supuestamente la Asamblea Nacional al rechazar un crédito, que en efecto se rechazó por inmoral y porque se le daba grandes cantidades de dinero a consultores extranjeros, entonces que supuestamente por ese rechazo es que no se le podía dar respuesta a los moradores del barrio 26 de Febrero.
Increíble, porque no le costaba un córdoba a Enacal dar ese Aval, primera cosa; segundo, que por gestiones del Diputado López Baldizón, José Martínez y este servidor, se han enderezado recursos en el Presupuesto General de la República por más de dos millones de córdobas para la perforación de nuevos pozos en Diriamba, y ya están los recursos a disposición en el Presupuesto General de la República. Y por otro lado, también nosotros hemos realizado gestiones ante los donantes, y ya la plata está ahí por parte de donantes para la conexión de estos tubos y que el barrio 26 de Febrero pudiera tener agua potable.
Sencillamente, al no haber una Superintendencia de Servicios Públicos, que entre otras cosas viniera a velar por el bienestar y el correcto servicio que se le tiene que dar a los usuarios de este país, este servicio tan importante, entre otros, como es el servicio de agua potable, es que funcionarios de este tipo se arrogan el derecho inclusive hasta de cometer el delito de exposición de personas al peligro, negando Avales de esta naturaleza.
Es por eso, honorables Diputados, que al margen de que estoy personalmente persuadido de la necesidad de esta Superintendencia, al margen de estar persuadido de las bondades que tiene la reforma a esta ley, para aun mejorar la Superintendencia de Servicio, es de justicia que nosotros le demos a este país, instituciones que realmente vengan a velar por el bienestar de los y las nicaragüenses. Es impensable en este país, que todavía el día de hoy, una persona a la cabeza de una institución tan importante, como es la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados, no tenga la capacidad de firmar un aval para decir que es necesario que toda una comunidad tenga o no tenga agua potable.
Hasta ahí hemos llegado con este Gobierno, y hasta ahí hemos llegado con estos funcionarios del Estado, que en vez de ser servidores públicos realmente se han constituido en servirse de la plata y del erario de los y las nicaragüenses. Es por eso que aprovecho estos micrófonos el día de hoy, para dar mi respaldo total, tanto a la creación de la Superintendencia, como a las reformas aquí planteadas. Por un lado. Y por otro lado, vengo a denunciar, como en efecto denuncio, este tipo de atropello del que está siendo objeto no solamente el Barrio 26 de Febrero, de la comunidad de Diriamba, Departamento de Carazo, sino una serie de comunidades urbanas y rurales que sencillamente se miran inhabilitados de poder acceder al vital líquido.
Y esto tiene solamente un objetivo, crear desesperanza en el pueblo nicaragüense, para después pretender justificar el hecho de la supuesta necesidad de la privatización del servicio de agua potable.
¡Ah!, como el Estado no te puede resolver, el Estado sencillamente es incapaz de resolver tu necesidad de agua potable, hombré, va a ser necesario que le concedamos a privados la distribución del agua potable en este país. Pero que le quede claro, tanto al señor Enrique Bolaños como al señor Luis Debayle, que aquí existe una posición mayoritaria, si no unánime de que el agua no será privatizada y que no es el problema de que si tenemos o no capacidad de abastecernos del vital líquido; lo que realmente tenemos son malos hijos de esta Patria, que puestos a la cabeza de instituciones de este tipo, en vez de pensar en el provecho de todos los nicaragüenses y en garantizarle mejor servicio de luz, mejor servicio de agua, mejor servicio de alcantarillado, están jugando a politiquería barata con la necesidad del pueblo nicaragüense.
Denuncio estos hechos, y voy a solicitar por escrito también que se presente este señor para que venga a responder sobre esta malintencionada pretensión de dejar a toda una comunidad sin el vital líquido, por no dar una triste firma. Y quisiera pedir a esta honorable Asamblea Nacional y a todos sus miembros, que apoyemos decididamente la creación y las reformas a la Superintendencia de Servicios Públicos, de servicios básicos.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Como miembro de la Comisión o de la sub-Comisión de diálogo, que tuvimos primero un mandato de 12 días para hacer los aportes técnicos y revisar los aportes técnicos que el Gobierno iba a plantear en la Ley de la Sisep que ya estaba publicada en La Gaceta, nos tardamos más de dos meses, casi dos meses, esos 12 días, con paciencia, queriendo darle toda la oportunidad al Gobierno para que no tuviera disculpa ninguna, y que presentara todas sus inquietudes.
En sesiones a veces no muy agradables, en la intransigencia y falta de respeto de algunos de los miembros que integran la comisión gubernamental, y aun así, los miembros delegados de esta Asamblea, de las dos bancadas mayoritarias que ahí asistimos, Agustín, Roberto, Víctor, José David, nos llenamos de paciencia, de calma y tal vez -modestia aparte-, de un poco de sabiduría para poder llevar adelante este trabajo. Trabajo que a veces parecía que lo que se pretendía es no terminarlo nunca, o no llevarlo a puerto seguro, trabajo que a veces se veían nubarrones de intransigencia, planteamientos que no eran técnicos, sino que decían, estamos de acuerdo, la Sisep es una ley, ya existe la Superintendencia, pero reformemos el objetivo de la Sisep; entonces que no exista Superintendencia, a esos niveles llegamos a veces.
Por suerte, de este trabajo que se triplicó en el tiempo estimado, que urge a Nicaragua, que en las reuniones que hemos tenido con inversionistas en el sector de telecomunicaciones o inversionistas en el sector de energía, nos urge que esto funcione, ya no hablemos de las organizaciones de defensa de los ciudadanos, que urgen a que esta Superintendencia funcione. Por eso es que el día de hoy les estamos presentando, honorables colegas, una serie de mociones, que representan la coincidencia en casi el 90 por ciento de las mociones planteadas por el Ejecutivo.
Cuando en una discusión de una ley se logra la coincidencia en el 90 por ciento de los planteamientos hechos por una de las partes; yo diría, estimados colegas, que se ha logrado un enorme consenso en la discusión de esa ley, si no el resto sería capricho y sería pretender confundir el consenso con la unanimidad de criterios. Por eso es que pedimos el día de hoy, a pesar de ahora, una nueva fórmula y un nuevo concepto acuñado por los delegados del Ejecutivo al Diálogo Nacional, que son los discensos en los consensos firmados, hemos logrado rescatar este consenso de coincidencia de más del 90 por ciento.
Por eso es que, honorables colegas, pedimos la aprobación unánime de esta Asamblea Nacional a estas reformas, para que de inmediato podamos proceder, una vez que estén publicadas y en función a lo que correspondería, para a andar la Superintendecia de Servicios Públicos.
Muchísimas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Gracias, Presidente.
Quería unirme a las voces de los colegas y también a la clara explicación que usted hizo, Presidente, sobre la pertinencia y además la fundamentación legal de esta iniciativa de ley, también de la ley de la Sisep. Pero además yo quiero insistir en un tema y es en la necesidad que para la población, para la gente, pongamos ya en práctica, en operación plena, a la Superintendencia de los Servicios Públicos. El Diputado Wálmaro Gutiérrez señalaba un caso, que indudablemente la Comisión de Infraestructura deberá de verlo y llamar al señor Presidente Ejecutivo, al Ingeniero Luis Debayle, para ver este asunto y ver que se resuelva.
En todo lo que él señala, no solamente ocurre con el caso de los usuarios, de ciudadanos con respecto al servicio de agua potable, que actualmente están en el desamparo, porque frente a posibles abusos, excesos o errores de las empresas prestadoras de los servicios, en el caso del agua, Enacal, que es estatal, pero también en el caso de energía eléctrica, Unión Fenosa o Disnorte y Dissur, y en el caso de las telecomunicaciones, estamos hablando del servicio de correo por Currier o Enitel O Movistar, etc.
Los usuarios no pueden recurrir o hacer validar sus reclamos concretos, porque no está el intendente de servicios para los usuarios y consumidores. Entonces es urgente por el interés de la gente, que procedamos a poner ya en vigencia plena la Sisep, y ahora con la reforma que vamos a proceder a aprobar el día de hoy, ya inclusive mejorada. Porque francamente esas cinco sesiones que tuvimos con los representantes del Gobierno, sirvieron también para ir enriqueciendo mejor esta ley; los 26 temas que consensuamos con ellos, que están plasmados íntegros, textuales, en la iniciativa de reforma, vienen a enriquecer la ley, pero también es necesario que prontamente se convoque a la elección, aunque eso va a ser otro tema, del Superintendente y los cuatro Intendentes.
Mientras tanto, por ejemplo, en el caso de telecomunicaciones, a pesar de que el contrato que había suscrito el Gobierno con Enitel, que gracias a ese contrato, Enitel gozaba -porque se lo concedió el gobierno- de un monopolio, de una exclusividad en el servicio de telefonía, ese contrato venció el 15 de Abril, y de aquí para adelante, mientras no hayan normas de competencia, mientras no haya una autoridad en las telecomunicaciones, mientras no esté el Intendente de Telecomunicaciones y el Consejo Directivo de la Superintendencia, no es posible que se puedan otorgar licencias de operación a nuevos operadores.
No es posible que los que están actualmente operando, por ejemplo Movistar, haga las interconexiones necesarias con estructura de Enitel, para brindar un servicio que me ofrezca a mi como usuario o a cualquier ciudadano que tiene telefonía base, no es posible que se hagan esas interconexiones, porque no hay autoridad que emita las normas de competencia, que ya están casi listas y que permitan entonces que la población nicaragüense, que las empresas nicaragüenses, que los usuarios de Nicaragua, que los ciudadanos y residentes, se aprovechen de una apertura que tiene que dictarla el ente regulador.
Entonces, esta ley que está en plena vigencia, la Ley de la Sisep que es la Ley 511, que fue publicada en La Gaceta el 24 de Febrero, es urgente que procedamos no solamente a las reformas que es el objeto en estos momentos de la Sesión del Plenario, sino que también a la convocatoria de sus autoridades, porque si no, la gente, las empresas, los ciudadanos y los residentes van a estar en una situación de minusvalidad; porque también en las diferentes áreas, de agua, telefonía, electricidad, no habrá entidad normadora que los ampare y que también atienda los reclamos de los usuarios y consumidores.
En este sentido, invitamos a todos los colegas Diputados de las diferentes bancadas a que procedamos con diligencia a aprobar estas reformas que contienen en 26 de ellas el consenso con las autoridades que puso como representantes el Ingeniero Bolaños para discutir estos asuntos y ojalá que el Gobierno salga de la situación de obstinación, de darle la espalda a la crisis, de tratar de meritar esta ley de la Sisep que es de beneficio nacional, y que proceda a integrarse a los diálogos para que ojalá participara en la elección de las autoridades de la Sisep.
Pero en todo caso, si el Gobierno se autoexcluye, como lo hizo en ocasiones anteriores, que esa sea su responsabilidad. Nosotros no podemos burlar el interés de la gente, desatender el beneficio de los ciudadanos para simplemente someternos a un capricho, que con una posición obstinada y no racional, pretende que exista un vacío que solamente va a beneficiar a entidades o empresas que tienen monopolios en sugestión y que no se validen los derechos de los ciudadanos, Presidente. Muchas gracias, y reitero la invitación a los colegas para que aprobemos esta reforma a la Ley 511, la Ley de la Sisep.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Roberto González Gaitán.
Diputado Miguel López Baldizón, tiene la palabra.
DIPUTADO MIGUEL LOPEZ BALDIZON:
Gracias, señor Presidente.
Quiero referirme al tema que se está discutiendo, que es la propuesta de reforma a la Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos.
Y quizás, en primer lugar, antes de referirme a ese tema, respaldar en cierta manera el reclamo hecho por el Diputado Wálmaro Gutiérrez, sobre la situación del suministro de agua potable en los Municipios del Departamento de Carazo. Jinotepe y Diriamba, particularmente, son dos Municipios que de manera crónica hemos venido sufriendo la escasez del agua.
Personalmente me toca vivir esa experiencia, recogiendo agua durante las madrugadas, que es el poquito rato que llega. A pesar de que en Carazo hemos logrado- los Diputados de diferentes signos ideológicos- unir esfuerzos en beneficio de la población del Departamento de Carazo, y hemos logrado colocar proyectos en los últimos tres años, en una situación que nunca antes se había dado en el Departamento de Carazo. El año pasado se colocaron seiscientos mil córdobas en el Presupuesto de la República, para rehabilitar un nuevo pozo en el Municipio de Diriamba, y este año hay disponible un millón cuatrocientos mil córdobas para la perforación de un nuevo pozo en la zona rural, y poder separar la distribución de este vital líquido.
Y anteriormente ya habíamos unido esfuerzos, para comprar una bomba nueva con los fondos que dispone la Asamblea Nacional a cada Diputado, por un monto equivalente casi a los cien mil córdobas. Pero así como se señala también por parte del Diputado Wálmaro Gutiérrez, la incapacidad del Gobierno o la lentitud del Gobierno, según sus palabras, también debemos señalar que el Gobierno local anterior del Municipio de Diriamba, recibió siete millones de córdobas por parte de Enacal y el Fise para la perforación de cinco pozos en la zona rural, en las Comarcas de Huehuete, La Boquita, Casares, Tepalo y La Trinidad, y sin embargo no se perforó ni uno solo.
En algún momento pediremos a la Alcaldía actual, nos informe sobre el destino de esos siete millones de córdobas, que según la información del Fise y Enacal fueron trasladados y esto fue producto de una reunión en Febrero del 2002 en La Comunidad de Casares. Creo que es urgente que el Gobierno de la República responda a estas necesidades de la población, porque tiene un contrasentido decir que tenemos las cuencas hidrográficas más grandes de Centroamérica, y tenemos la mayor cantidad de población sin el acceso a agua segura para el consumo humano, ni siquiera agua potable, llamémosle agua segura para consumo humano.
Sin embargo este reclamo también, al cual me uno al Diputado Wálmaro Gutiérrez, no me lleva a justificar mi respaldo a la aprobación de esta reforma a la Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, porque desde su origen, desde su nacimiento esta ley es producto de un pacto político perverso que solamente daño le ha traído a nuestro país. Y estamos viendo los resultados de estos acuerdos con la violencia en las calles, en lugar de estar sentados en un diálogo verdadero, efectivo y productivo, no en la mueca de Diálogo Nacional que hemos estado viendo, tripartito, donde pareciera desprenderse que el único interés es entrar a la distribución de cuotas de poder.
Queremos un diálogo amplio, con la participación de todos los sectores políticos y civiles representativos de la sociedad nicaragüense, donde podamos aportar soluciones duraderas, permanentes y reales a los problemas nacionales que enfrenta el país, y no únicamente el buscar acuerdos coyunturales que derivan en distribución de cuotas de poder. Precisamente dice el Diputado Wálmaro Gutiérrez, en el Boletín Informativo, que el Estado es un enano cabezón, con cabeza grande y cuerpo pequeño, pues esta Superintendencia de Servicios Públicos contribuye a la hidrocefalia estatal, haciéndole más grande todavía la cabeza al Estado; cuando la reforma al Estado desde su inicio ha sido el poder tener un estado más pequeño, más ágil y más eficiente.
Personalmente, yo me opongo a la privatización del agua, por ejemplo, pero eso no significa tampoco que tengamos que decir que tenemos que crear una nueva estructura, porque la actual no funciona. Entonces revisemos qué hay en la ley y por qué esa estructura no funciona y cómo la hacemos funcionar; pero no es generando más burocracia, sino exigiendo más eficiencia, más eficacia y una auditoría social mayor a la población. Hace unos minutos me comuniqué con el Secretario de la Presidencia, Ernesto Leal, y me dice que esta iniciativa de reforma no ha sido producto del consenso del Diálogo Nacional; que se inició la discusión dentro del diálogo, pero que al final lo que estamos sometiendo a discusión y a aprobación el día de hoy no ha sido producto del consenso del Dialogo Nacional.
Pero independientemente de lo que piense el Gobierno o independientemente de lo que nos digan las bancadas mayoritarias, mi posición personal es de oposición a esta reforma y a cualquiera otra reforma constitucional que sea producto del acuerdo político entre dos o entre tres partes, sin haber tomado en cuenta el criterio y la consulta de la población nicaragüense. Así que anticipo mi voto en contra a esta reforma de la Superintendencia de Servicios Públicos, porque estoy seguro que no va a generar ningún beneficio a la población nicaragüense y que, al contrario, servirá para seguir proliferando el clientelismo político y la politiquería barata, como ya la hemos visto anteriormente.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jorge Matamoros, tiene la palabra.
DIPUTADO JORGE MATAMOROS:
Muchas gracias, señor Presidente.
Yo quiero dirigirme hoy aquí al Congreso, para dejar muy clara mi posición en contra de la Sisep. Yo estoy totalmente claro que aquí lo que se está tratando de hacer es lograr un control político y económico que va en beneficio de los partidos mayoritarios y en contra del pueblo, de la sociedad civil. Esto está muy fácil de ver, sólo fijémonos en la forma cómo se van a repartir los puestos, aquí tenemos Telcor, INAA, Atención a Usuarios, INE, INSS; también veamos que vienen reformas para el Seguro Social, y también la formación del Instituto de la Propiedad.
O sea que la merienda que viene todavía es mayor, el pueblo de Nicaragua tiene que estar claro de que aquí lo que está pasando es querer manejar un control económico para el beneficio de estos partidos. Imaginémonos a este Instituto de la Propiedad, que va a ser manejado, dizque por el Frente Sandinista, y Tele comunicación, el INSS, manejados por el PLC. Que el pueblo de Nicaragua abra bien los ojos, sólo veamos qué pasó con la propiedad en el tiempo del Frente Sandinista, veamos qué pasó en el INSS con Martín Aguado, veamos qué pasó en Enitel con Jorge Solís.
Si bien puede haber fallas en estas instituciones, nadie puede garantizar que con el cambio que voy a hacer, como dicen aquí, es el cambio que Nicaragua necesita porque son las personas idóneas para estos puestos. Creo que aquí se están equivocando. El Diputado Wálmaro Gutiérrez, habla como que si la administración sandinista fue un ejemplo de progreso en INAA, como que ya se nos olvidaron los cortes de agua. Por favor, pongamos los pies en el suelo y hagamos los cambios que Nicaragua necesita.
Pero hagámoslo en beneficio del pueblo, dentro de lo que la ley nos permite y no aprovechándonos del puesto que como legislador tenemos, y haciendo cambios y leyes que sólo benefician a partidos políticos, que de por sí han demostrado corrupción en algunas de esas mismas instituciones.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputada María Lidia Mejía, tiene la palabra.
DIPUTADA MARIA LIDIA MEJIA:
Gracias, señor Presidente.
Mi intervención es para recalcar a los Diputados de la Bancada Azul y Blanco, que no se necesita de lupa para ver las condiciones y la situación social que está pasando nuestra población. Aquí se atañe y se programa y se hacen vicios ocultos donde la población es la afectada. En la comunidad de Granada, en Pantanal, en El Fortín, se está negando el uso a un proyecto de agua, solamente porque el señor Luis Debayle no quiere firmar el acta de compromiso, ni tampoco permite que la delegada departamental de Granada la firme. ¿Cómo se puede llamar esto, Si no es un obstáculo al desarrollo?
El agua es vida, el agua es salud, por qué defender y decir de pueblo, cuando se le está negando el derecho al vital líquido que se llama salud y se llama vida; no solamente a la población, sino que afecta a niños en escuelas, negándoles el vital líquido.
Así que yo creo que hay que ser claros, y ver las leyes con claridad, porque aquí se atañe, se acusa y se manipula cuando no lleva las prebendas el Ejecutivo. Creo aquí el pueblo de Nicaragua está viviendo una extrema pobreza, está viviendo una corrupción, pero una corrupción desde el Estado.
Y aprovecho también esta oportunidad, señor Presidente, porque aquí lo que se llama Fise anda haciendo campaña dentro de los mismos proyectos, que es obligación del Estado, haciendo campaña y proselitismo político desde ya.
Estuve en la inauguración de un proyecto de agua en la comunidad de La Escoba, donde se aprovechó para hacer proselitismo político para el nuevo candidato a Presidente. Entonces veamos, planteemos y revisemos de quiénes son las causas y a dónde estamos conduciendo a nuestro pueblo.
Creo que hay que llamar a este señor Luis, para que venga aquí a rendir cuentas claramente, del mal uso, manipulación, y la responsabilidad que tiene para sacrificar a la población nicaragüense.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 5 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:_
LEY DE REFORMA A LA LEY No. 511, LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS.
Arto.1
Refórmase los artículos 2, numeral 1 y el párrafo final; Artículo 3, párrafo tercero, Artículo 4, literales a), b), c), d), f), numerales 1,2,3,5,y6, g), h), e i); Artículo 5 y el artículo 6 numerales 2 y 6, literales a),b), c), d), y e) del capítulo I de la Ley No. 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, Publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 39, del 24 de Febrero del 2005, los cuales se leerá así:
La Superintendencia de servicios públicos estará integrada por un superintendente y cuatro Intendencias:
El Superintendente tendrá bajo su dirección las áreas administrativas, financiera y demás áreas de apoyo que al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley existan en Telcor, INE e INAA y las demás áreas existentes estarán subordinadas a la intendencia correspondiente.
Artículo 3 Párrafo tercero se leerá así:
El Superintendente y los Intendentes tienen las funciones establecidas en la presente Ley. Los intendentes resolverán todos los asuntos de su competencia como primera instancia conforme a las funciones establecidas en la presente Ley. La Intendencia de Atención a los Usuarios y Consumidores atenderá los reclamos de los usuarios finales y Consumidores de los Servicios de telecomunicaciones y servicios Postales, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario y los servicios de energía, una vez agorado el reclamo ante el prestador del servicio.
Artículo 4
literales a), b), c), d), f), y g) numerales 1, 2, 3, 5, y 6 y literales g), h), i) del articulo 4, se leerá así:
Son funciones del Consejo Directivo:
a) Aprobar todas las normativas técnicas de los servicios públicos regulados por la presente ley que hayan sido previamente elaborados por la correspondiente Intendencia.
En el caso de telecomunicaciones incluye todos los demás servicios regulados actualmente ente la Ley 200;
b) Aprobar las normativas regulatorias para la fijación de las tarifas en los servicios de uso público regulados por la presente ley.
En el caso de telecomunicaciones incluye todos los demás servicios regulados actualmente en la Ley 200;
c) Conocer y resolver en segunda instancia sobre los recursos administrativos establecidos en las leyes sobre las prestaciones de los servicios públicos regulados, agotándose con ello la vía administrativa.
En el caso de telecomunicaciones incluye todos los demás servicios regulados actualmente en la ley 200;
d) Aprobar el presupuesto de la Institución, que incluye la gestión de cada una de las Intendencias.
Este será enviado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que lo incluya como anexo en el Presupuesto General de la República que es enviado a la Asamblea Nacional
;
e) En situaciones de emergencia nacional, la SISEP trabajará en armonía con el Poder Ejecutivo en los planes contingentes relativos a los servicios públicos regulados de conformidad a su competencia;
f) Realizar audiencias públicas para obtener criterios e insumos de la población y sectores directamente interesados, cuando se vaya a resolver sobre los siguientes temas:
1) Aprobación o modificación de normas generales y
especificas que tengan una afectación sobre la prestación de los servicios públicos;
2) Modificaciones al
plan y normativas
sobre numeración telefónicas.
3) Modificaciones de normas técnicas relacionadas con la
Administración y supervisión del Espectro Radioeléctrico;
5) Modificaciones de los pliegos y/o regímenes tarifarios; y
6) Cualquier tema de interés nacional en el ámbito regulatorio de su competencia cuando el Consejo Directivo lo considere necesario para tratar, sin perjuicio de la participación ciudadana que establezcan las leyes de la República.
g) Aprobar la estructura administrativa necesaria para la SISEP
para el mejor desempeño de la Superintendencia y cada una de las Intendencias,
a propuestas del superintendente y de los Intendentes correspondientes;
h) Elaborar la normativa de funcionamiento de la superintendencia como ente autónomo; y de cada una de las intendencias que la integran; y
i) Aprobar y suscribir los contratos de explotación petrolera que negocie el Intendente de Energía.
Las resoluciones del Consejo Directivo se retomarán por mayoría especial de al menos cuatro votos. En caso de empate, el Superintendente tendrá doble voto. La participación del Intendente específico será necesaria para que el Consejo Directivo resuelva sobre los temas que son propios de su competencia particular.
Artículo 5.
La dirección y representación legal de la superintendencia de los Servicios Públicos estará a cargo del Superintendente. En caso de ausencia temporal, delegará estas
funciones
en uno de los Intendentes.
Artículo 6. - Numerales 2, 6, a, b, c, d, y e.
Para ser Superintendente de los servicios Públicos o intendente requiere:
2. Haber residido al menos cuatro años antes de su nombramiento;
salvo que durante dicho período hubiere cumplido misión diplomática trabajare en organismos internacionales o realizado estudios en el extranjero;
6.
......, literales a), b), c), d), y e)
a. El Superintendente de Servicios Públicos
deberá poseer cualquiera de las siguientes profesiones:
Ingeniero, Administrador de Empresas, Abogado, Contador Publico Autorizado o Economista, con experiencia en el ejercicio de su profesión de al menos cinco años en
Administración de los Servicios Públicos;
b. El Intendente de Energía deberá ser Ingeniero Eléctrico o Electromecánico o carreras afines, con al menos cinco años de experiencia en el sector energético.
c.
El Intendente de Telecomunicaciones y Servicios Postales, deberá ser: Ingeniero en telecomunicaciones, en Electrónica
o carrera afines, con reconocida experiencia al menos cinco años en Telecomunicaciones o servicios postales.
d. El Intendente de Agua y Alcantarillados Sanitario deberá ser Ingeniero
Sanitario, Hidráulico,
Civil,
o carreras a fines, con experiencia de al menos cinco años en el sector Agua y Saneamiento.
e. El Intendente de Atención a los Usuarios y Consumidores deberá ser profesionales de
las Ciencias jurídicas o carreras afines
con al menos cinco años de experiencia en servicio social y/o promoción comunitaria.
No podrán
ser nombrados para los cargos
de superintendente o Intendentes las personas que:
C. Participen por si mismas o por
interpuesta
persona en el capital de algún prestador de los servicios de telecomunicaciones y
Servicios Postales, energéticos
o agua, ya sea en Nicaragua o fuera del país.
Las personas nombradas como Superintendente e Intendentes,
respectivamente,
solamente podrán ser removidas por la Asamblea Nacional sí ocurre alguna de las causales siguientes:
3. Condena mediante sentencia firme a pena de privatización de libertad o de inhabilitación para ejercer el cargo por delito que
merezca penas más que correccional.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1, que de acuerdo a la lectura de la Primer Secretaria, reforma los artículos 2, 3, 4, 5 y 6 del Capítulo I de la Ley 511.
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto 2.
Refórmase el artículo 7), literales a) y f) comprendido en el Capítulo II de la Ley N° 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, el que se leerá así:
a) Representar a la SISEP a nivel nacional e internacional, con las facultades de un Apoderado General de Administración:
f) Elaborar el ante-proyecto de presupuesto general de la Institución, con base a las normas de ejecución presupuestaria del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para que sea conocido y sancionado por el Consejo Directivo de la SISEP conforme el artículo 4 de la presente Ley. El Proyecto de Presupuesto de la SISEP, una vez sancionado por el Consejo Directivo, deberá de enviarse a más tardar el treinta de Septiembre de cada año al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su incorporación en el Presupuesto General de la República.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2, que reforma el artículo 7 del Capítulo II, de la Ley 511.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto 3.
Refórmase el artículo 8, numerales 6, 9, 17, 19, 20 y 22 comprendidos en el Capítulo III de la Ley N° 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, el que se leerá así:
El Intendente de Telecomunicaciones y Servicios Postales tendrá las siguientes atribuciones:
6. Otorgar documentos de título habilitante, tales como: Concesiones, licencias, autorizaciones, permisos, constancias de registro de las telecomunicaciones y servicios postales; así como declarar la suspensión o cancelación de los mismos; autorizar renovaciones y modificaciones conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y contractuales.
9. Designar temporalmente a un interventor a fin de garantizar la prestación de servicios a los usuarios en los casos establecidos por la Ley, los reglamentos y contratos de concesión o de licencia otorgados por la Superintendencia de Servicios Públicos.
17. Aprobar las tarifas y cargos de interconexión y acceso y establecer los criterios para el control tarifario de los servicios de telecomunicaciones y servicios postales de acuerdo a los establecidos en la ley, los reglamentos y los contratos de concesión, licencias, o de cualquier otro título habilitante.
18. Realizar auditorias a los titulares den concesiones, licencias, autorizaciones y permisos o de cualquier otro título habilitante, con el objeto de verificar el cumplimiento de los términos y condiciones bajo los cuales se otorguen los respectivos contratos. A tales efectos, podrá exigir a los operadores la presentación y entrega de la información del servicio y cualquier otra que tenga relación con dicha operación. La información del servicio requerida no debe contener datos que atenten contra la privacidad de los usuarios y al derecho de inviolabilidad de sus comunicaciones.
19. Promover y facilitar la libre competencia en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y servicios postales e investigar y exigir la información necesaria para adoptar medidas correctivas pertinentes o sancionatorias ante conductas monopólicas, anticompetitivas y discriminatorias, subsidios, abuso de posición dominante y actos que impidan, restrinjan o distorsionen el libre acceso a los mercados.
22. Ejercer todas las funciones y atribuciones conferidas en la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales vigentes y su Reglamento.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3, que reforma el artículo 8 del Capítulo III, de la Ley 511.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDUARDO MENACUADRA:
Arto. 4
Refórmanse los Artículos 9, numerales 2, 5, 6, 9 y 18; artículo 10, numerales 2 y 3; y artículo 12, párrafo segundo, comprendidos en el Capítulo IV de la Ley N° 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, los cuales se leerán así:
Arto 9
Numerales 2, 5, 6, 9 y 18.
El Intendente de Energía, en el ámbito de la energía eléctrica tendrá las atribuciones siguientes:
2. Elaborar de acuerdo con las políticas respectivas; para poner en vigencia y fiscalizar el cumplimiento de normas y regulaciones tendientes a aprovechar la energía en una forma racional y eficiente;
5. Velar por el buen funcionamiento del servicio eléctrico y definir sus indicadores de calidad, confiabilidad y seguridad, según las políticas respectivas;
6. Elaborar los pliegos tarifarios, tomando en cuenta las políticas de precios y subsidios de la Comisión Nacional de Energía (CNE), y someterlos a la aprobación del Consejo Directivo de la SISEP para luego publicarlos y controlarlos;
9. Aplicar las sanciones en los casos previstos por las leyes, normas, reglamentos, contratos de concesiones y licencias y demás disposiciones; así como los derechos de otorgamiento. Los ingresos percibidos serán trasladados a la caja única del Ministerio de Hacienda y Crédito Público con destino específico al Fondo de Desarrollo de la Industria Eléctrica Nacional, (FOSIEN);
18. En coordinación con el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA), fiscalizar el cumplimiento de las regulaciones de protección al medio ambiente por parte de los titulares de licencias y concesiones.
Artículo 10 Numerales 2, 3 y 6.
El Intendente de Energía, en el ámbito de hidrocarburos, tendrá las atribuciones siguientes:
2. Elaborar, tomando en cuenta las políticas de la Comisión Nacional de Energía (CNE), los precios de los combustibles regulados para su respectiva aprobación por el Consejo Directivo de la SISEP, su posterior publicación y fiscalización;
3. Elaborar, tomando en cuenta las políticas de la Comisión Nacional de Energía (CNE), las normas, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones técnicas que sean necesarias para su aprobación por el Consejo Directivo de la SISEP y su puesta en vigencia, garantizando de esta manera el buen funcionamiento de todas las actividades del sub-sector hidrocarburos;
6. En coordinación con MARENA y el Ministerio del Trabajo (MITRAB), respectivamente, supervisar y controlar el cumplimiento por parte de los titulares de licencias de las especificaciones técnicas de calidad, regulaciones de protección al Medio Ambiente y Seguridad Industrial en cada una de las cadenas de suministros de hidrocarburos;
Artículo 12. Párrafo segundo.
Por delegación expresa del Superintendente de Servicios Públicos, el Intendente de Energía Eléctrica podrá representar a la Superintendencia ante los organismos internacionales y suscribir acuerdos que correspondan al ámbito de la energía, conforme a su competencia.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 4.
A votación el artículo 4, que reforma los artículos 9, 10 y 12 del Capítulo IV de la Ley 511.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto 5.
Refórmase el Artículo 13, se suprime el numeral 1) se corre numeración y se reforman los actuales numerales 5), 7) y 22) del Capítulo V de la Ley N° 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, que pasan a ser numerales 4), 6) y 21) el que se leerá así:
El Intendente de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario tendrá las siguientes atribuciones:
4. Dictar las normas y especificaciones que regirán el diseño, construcción, operación, mantenimiento y administración de los sistemas de acueductos y alcantarillados sanitarios urbanos; así como las obras de agua potable y saneamiento rural, y las obras de tratamiento y disposición final de soluciones individuales, tomando en cuenta las políticas del Sector;
6 . Elaborar las propuestas de las normas y especificaciones técnicas inherentes a los objetivos de la Intendencia de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, las propuestas del reglamento, normas y decretos sobre tarifas de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado sanitario, para ser aprobados por el Consejo Directivo de la SISEP, tomando en cuenta las políticas del sector;
20. Por delegación expresa del Superintendente de los Servicios Públicos, podrá representar a la Superintendencia ante organismos internacionales y suscribir acuerdos que correspondan al ámbito de la regulación del sector Agua Potable y Alcantarillado conforme a su competencia;
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 5.
A votación el artículo 5, que reforma el artículo 13, del Capítulo V, de la Ley 511.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
Arto. 6.
Refórmase los artículos 14, 15 y 17, numerales 1), 2), 3) y 4); y el artículo 18 del Capítulo VI de la Ley N° 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, los cuales se leerán así:
Artículo 14.
El Intendente de Atención a los Usuarios y Consumidores, tendrá a su cargo garantizar los derechos efectivos de usuarios finales y de consumidores de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado sanitario, energía y telecomunicaciones y servicios postales. Para prestar efectivamente su función deberá establecer sucursales de atención a los usuarios y consumidores en el territorio nacional, de acuerdo a normativa de funcionamiento dictada por el Consejo Directivo de la SISEP.
El Intendente de Atención a los Usuarios y Consumidores se auxiliará en aquellos casos que se requiera, de elementos especializados de la Intendencia correspondiente, para resolver los reclamos presentados por los usuarios y consumidores.
Sus resoluciones serán recurribles ante el Consejo de Dirección de la Superintendencia.
Artículo 15.
Los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, luz eléctrica y servicio de telecomunicaciones y servicios postales son servicios inherentes a la finalidad social del Estado.
Es deber del Intendente de Atención a los Usuarios y Consumidores asegurar que la prestación de estos servicios a todos los ciudadanos se brinde de manera eficiente, promoviendo y supervisando la aplicación de las políticas, normas y legislaciones vigentes en materia de promoción y competencia y defensa al consumidor.
A
rtículo 17 Numerales 1), 2), 3) y 4).
El Intendente intervendrá en los servicios públicos regulados por esta ley, conforme a las atribuciones que la presente Ley le confiere, para cumplir con los siguientes fines:
1. Armonizar los intereses de los consumidores, usuarios y prestatarios de los servicios regulados en la presente ley, y demás leyes de la materia;
2. Procurar el equilibrio entre las necesidades de los usuarios y los intereses de los prestatarios de estos servicios;
3. Velar porque se cumplan con los requisitos de calidad, cantidad, oportunidad, continuidad y confiabilidad necesaria para prestar en forma óptima los servicios sujetos a su autoridad; y
4. Vigilar que los derechos de los usuarios y consumidores sean respetados y que se protejan sus intereses.
Artículo 18
.
Los prestatarios de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, luz eléctrica y telecomunicacione y servicios postales, no podrán establecer en igualdad de condiciones, ningún tipo de discriminación contra un determinado grupo, sector, clase, consumidor y usuario final.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 6.
A votación el artículo 6, que reforma los artículos 14, 15, 17 y 18 del Capítulo VI de la Ley 511.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
72 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 6.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto.7
Refórmanse los Artículos 20 y al Artículo 21 se le adiciona un segundo párrafo, Artículo 22, 25, y 26 del Capítulo VII (Disposiciones Finales), se adiciona un nuevo artículo que pasa a ser el Artículo 28 y se corre la numeración de la Ley N° 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos, los cuales se leerá así:
Artículo 20 (Patrimonio Inicial)
El patrimonio inicial de la Superintendencia de los Servicios Públicos estará conformado por los bienes muebles e inmuebles, instalaciones, activos y pasivos, así como los derechos, acciones y obligaciones que actualmente pertenecen al Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA), al Instituto Nicaragüense de Energía (INE) y al Instituto de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR).
Artículo 21
Todos los cánones, gravámenes y emolumentos por las funciones de regulación establecidas en las leyes de Acueductos y Alcantarillados, Energía e Hidrocarburos y Telecomunicaciones y Servicios Postales, pasarán a ser recepcionadas por la Superintendencia de Servicios Públicos.
Todos los derechos de otorgamientos, multas, y similares que se recauden con base a lo establecido por la Ley de la Industria Eléctrica, serán depositados en el Fondo para el Desarrollo de la Industria Eléctrica (FODIEN).
Artículo 22.
Quedan vigentes: La Ley de la Industria Eléctrica, Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales, Ley de Suministro de Hidrocarburos y su Reglamento, y Ley Especial de Exploración y Explotación de Hidrocarburos y su Reglamento, y todas las normativas y regulaciones técnicas elaboradas y aprobadas por los Entes Reguladores que pasan por imperio de esta Ley a formar parte del conjunto de normas y regulaciones de la Superintendencia de Servicios Públicos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Señor Presidente: Hay un error aquí y la Secretaria debe seguir leyendo, porque en el artículo 7 hablamos de que se reforme el 20, el 21, el 22, el 25, el 26 y se agregue un nuevo 28. Ese artículo 8 que dice: "Reforma y Adición", debe ser suprimido. Paso moción para que sea suprimido. Ahí donde dice: "Artículo 8. Reforma y Adición", debe ser suprimido, porque los otros tres artículos a reformarse están dentro del mismo artículo 7.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Víctor Guerrero, tiene la palabra.
DIPUTADO VICTOR GUERRERO:
Aquí tengo... ¿lo anulamos entonces? Ok, queda anulado el artículo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Se sigue leyendo el artículo 7.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Artículo 25.
Todos los Pliegos Tarifarios que concluyan sus períodos de validez en fecha anterior a seis meses después de entrada en vigencia la presente Ley, se prorroga su vigencia a doce meses más, a fin de que el Ente Regulador creado por la presente Ley tenga la oportunidad de una mejor discusión y aprobación de los mismos. Esta disposición no será aplicable cuando sea en beneficio de los usuarios finales y consumidores.
Artículo 26.
La Superintendencia de Servicios Públicos, una vez electos el Superintendente y los Intendentes, deberá iniciar sus labores elaborando con prioridad a través del Intendente de Telecomunicaciones y Servicios Postales, la Normativa Técnica que establezca las condiciones de libre y transparente competencia e interconexión y los que prevengan el no establecimiento de actividades monopólicas en el sector de Telecomunicaciones. Una vez aprobada esta Normativa por el Consejo Directivo de la Sisep se deberá a lo inmediato oficializar la apertura del mercado de las Telecomunicaciones.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 7.
Vamos entonces a votar primero la moción que plantea la eliminación de un artículo 8 que está equivocado.
A votación la supresión del artículo 8 que aparece en el texto y que está equivocado.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la eliminación del artículo 8 que aparece equivocado en el texto.
Ahora vamos a la discusión del artículo 7.
A votación el artículo 7 que reforma los artículos 20, 21, 22, 25 y 26 del Capítulo VII y que le agrega a dicho Capítulo un nuevo artículo numerado como 28.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
68 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 7.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Artículo 10, que debería ser el 8, Vigencia. La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Eduardo Mena, tiene la palabra.
DIPUTADO EDUARDO MENA:
Es una moción de consenso, Presidente.
El artículo 10 de la Reforma, pasa a ser el artículo 8 por error de numeración, y se leerá así: "La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial".
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada que sustituye al artículo 10 del texto y que está nominada como artículo 8.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
70 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 8, y con él se aprueba la Reforma a la Ley 511, Ley de la Superintendencia de Servicios Públicos.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Ha sido presentada una Resolución por los Diputados jefes de bancada, Enrique Quiñónez, Diputado Edwin Castro, el Diputado David Castillo, Oscar Moncada, Alba Palacios y el Diputado Nathán Sevilla, Resolución que dice lo siguiente:
RESOLUCION
DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE NICARAGUA
La Asamblea Nacional de Nicaragua, en uso de las facultades constitucionales y legales, ante la crisis económica y social que atraviesa el país.
Considerando
I
Que la crisis energética producto del alza constante en los precios del petróleo a nivel internacional, ha ocasionado una alza indiscriminada en los precios del combustible y de todos los productos de la canasta básica y en los servicios básicos de la población, agudizando aún más la ya precaria situación económica social de la mayoría de los nicaragüenses.
II
Que ante esta situación el Gobierno de la República de Nicaragua no ha asumido su responsabilidad de buscar soluciones concertadas con los distintos sectores de la población nicaragüense afectados por la crisis, provocando con ello la natural reacción de protesta social.
III
Que la respuesta del Gobierno a la protesta social legítima ha sido la represión policial, violenta, generando caos y mayor violencia en las calles y recintos universitarios, con saldos negativos de personas lesionadas, encarceladas y violación de los derechos humanos y de la autonomía universitaria.
IV
Que en las últimas dos semanas, el Gobierno se ha ausentado del Diálogo Nacional donde participan las fuerzas políticas mayoritarias en busca de soluciones a los problemas nacionales, generando una situación de vacío y de insensibilidad social ante los problemas que afectan a toda la población.
V
Que es urgente una respuesta responsable del Gobierno y de los actores políticos y sociales, para poner fin a las causas que generan la justa protesta social.
Por tanto,
RESUELVE:
Primero
: Solidarizarse con el llamado de los 143 alcaldes que representan el 96 por ciento de las Alcaldías del país, y con las justas demandas y protestas sociales de la población nicaragüense que en ejercicio de sus derechos constitucionales, reclaman una urgente y justa respuesta del Gobierno de la República.
Segundo
: Abrir las instancias del diálogo inmediato a fin de buscar soluciones a esta crisis, sin recargar todo el peso de la misma en la ya empobrecida población nicaragüense.
Tercero
: Dar a conocer la disposición de la Asamblea Nacional de Nicaragua de participar en la búsqueda de soluciones de consenso nacional ante la crisis económica-social del país, agravada por la crisis energética internacional.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Yo estoy de acuerdo con el documento éste que está leyendo la honorable Diputada Secretaria; lo que quisiera es someter a la consideración del honorable Plenario el segundo punto donde dice "abrir las instancias del diálogo inmediato". Si el diálogo está abierto, lo que hay que hacer es obligar al Gobierno a que se vuelva a sentar. Abrir significa como que nunca ha estado abierto el diálogo. El diálogo ha estado abierto y el que no ha llegado es precisamente el Gobierno. De tal manera que yo introduciría una modificación que diga: "Solicitar al Gobierno su reincorporación inmediata al Diálogo Nacional", para que sea congruente con todo lo que ha pasado últimamente.
Entonces, "solicitar al Gobierno su incorporación inmediata al Diálogo Nacional, a fin de buscar soluciones a esta crisis, sin recargar todo el peso de la misma en la ya empobrecida población nicaragüense". Esa es mi recomendación, y que se elimine del párrafo segundo donde dice: "Abrir las instancias del diálogo inmediato". Yo le paso este documento donde está redactado.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÉZ TELLEZ:
Diputado Carlos Noguera Pastora, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS NOGUERA PASTORA:
Yo quisiera pedirle a la Primer Secretaría, si me puede dar copia de ese documento para poderlo leer y saber qué es lo que vamos a votar, si es tan amable.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Bueno, voy a leérselo de nuevo, Diputado Noguera. Vamos a leer desde los Considerando.
CONSIDERANDO
I
Que la crisis energética producto del alza constante en los precios del petróleo a nivel internacional, ha ocasionado una alza indiscriminada en los precios del combustible y de todos los productos de la canasta básica y en los servicios básicos de la población, agudizando aún más la ya precaria situación económica social de la mayoría de los nicaragüenses.
II
Que ante esta situación, el Gobierno de la República de Nicaragua no ha asumido con responsabilidad de buscar soluciones concertadas con los distintos sectores de la población nicaragüense afectados por las crisis, provocando con ello la natural reacción de protesta social.
III
Que la respuesta del Gobierno a la protesta social legítima ha sido la represión policial, violenta, generando caos y mayor violencia en las calles y recintos universitarios, con saldos negativos de personas lesionadas, encarceladas y violación de los derechos humanos y de la autonomía universitaria.
IV
Que en las últimas dos semanas, el Gobierno se ha ausentado del Diálogo Nacional donde participan las fuerzas políticas mayoritarias en busca de soluciones a los problemas nacionales, generando una situación de vacío y de insensibilidad social ante los problemas que afectan a toda la población.
V
Que es urgente una respuesta responsable del Gobierno y de los actores políticos y sociales, para poner fin a las causas que generan la justa protesta social.
Por tanto,
RESUELVE:
Primero
: Solidarizarse con el llamado de los 143 Alcaldes que representan el 96 por ciento de las Alcaldías del país, y con las justas demandas y protestas sociales de la población nicaragüense que en ejercicio de sus derechos constitucionales, reclaman una urgente y justa
respuesta
del Gobierno de la República.
Segundo
: Solicitar al Gobierno su incorporación inmediata al Diálogo Nacional, a fin de buscar soluciones a esta crisis, sin recargar todo el peso de la misma en la ya empobrecida población nicaragüense.
Tercero
: Dar a conocer la disposición de la Asamblea Nacional de Nicaragua de participar en la búsqueda de soluciones de consenso nacional ante la crisis económica-social del país, agravada por la crisis energética internacional.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN:
Gracias, Presidente.
Realmente primero celebro la iniciativa de que en la Asamblea Nacional oficialmente nos pronunciemos sobre un tema tan fundamental; pero también creo que es importante para poder participar en la votación y que supone una aprobación del documento, que se nos dé también copia para revisarlo, porque también hay un aspecto ahí que no lo tocamos, y es el de...
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jarquín, siga.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN:
Un aspecto que no tocamos ahí es que ha habido afectaciones personales de estudiantes, de policías, de gente que iba pasando, daños de bienes, etc., y yo creo que nosotros debemos tener una posición también sobre ese tema, llamando al uso de nuestros deberes cívicos, a evitar que se use la violencia para no tener que lamentar. Me dicen que un líder estudiantil y unos policías están en situación muy grave, precisamente por la falta, por la irresponsabilidad del Gobierno y del Presidente, que es grande, de no darle la cara a la crisis; pero también en forma exhortativa llamar al uso de métodos cívicos y que se evite efectivamente la violencia que tiene esa situación.
Entonces para poder hacer una propuesta concreta, porque creo que es un tema que no podemos nosotros darle la espalda a esa situación y porque hay familias que están afectadas, se pudiera hacer una redacción específica. Y otro aspecto, Presidente, es que hay un señalamiento que se hace -no tengo el texto todavía, lo leí muy rápidamente- donde hablan los señores Alcaldes muy legítimamente, de pedir al Ingeniero Bolaños que se ponga a tono con la crisis y que asuma su responsabilidad, dando las respuestas correspondientes; pero si no, dice su parte última, que entonces renuncie.
¿Estamos nosotros realmente pidiendo la renuncia del Presidente? Yo creo que no sería conveniente que la Asamblea Nacional se apunte en este sentido, por lo menos ésa es una consideración, y llamo a la reflexión a los colegas Diputados en este sentido. No me cabe la menor duda de las deficiencias y las anomalías que tiene la gestión del Presidente Bolaños, lo he señalado directamente y lo seguiremos haciendo mientras no asuma una posición responsable con el alto cargo que él tiene en esa investidura.
Por esos dos aspectos, el señalamiento de los daños que se han generado en todos los sectores por irresponsabilidad principal del Gobierno y el llamamiento que se hizo del método cívico, y luego el tema éste de la renuncia del Presidente, yo francamente creo que no es prudente que nosotros señalemos este aspecto.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado José Castillo Osejo.
DIPUTADO JOSE CASTILLO OSEJO:
Muchas gracias, señor Presidente.
Es una ligera sugerencia, señor Presidente. Yo estoy de acuerdo con que se envíe, se hable, se diga, se publique este petitorio que estamos haciendo, como elementos que hemos elegido por el pueblo, pero también hay que tener cuidado en la redacción de los documentos. Está bien que llamemos al Gobierno al diálogo, pero también debemos llamar a la cordura, a la moderación, porque de lo contrario estaremos avalando las quemas y la violencia. En el Punto II, creo que se debe redactar mejor y pedir que a la vez que se reintegre al diálogo el Gobierno, pedir que cese la violencia.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
No habiendo más oradores, vamos a someter a votación la propuesta de Resolución con la moción presentada ya conocida por ustedes.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
58 votos a favor, 6 en contra, y 1 abstención. Se aprueba la Resolución presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Hay otra Resolución presentada aquí por la Junta Directiva que dice lo siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO:
I
Que la Carta de Naciones Unidas estipula claramente que todos los miembros de las Naciones Unidas tienen la responsabilidad de mantener la paz y seguridad internacional, y establece el principio de la renuncia al uso de la fuerza para solventar disputas entre naciones.
II
Que la República de China-Taiwán es un Estado soberano e independiente y la soberanía de Taiwán pertenece a los 23 millones de habitantes de Taiwán y solamente ellos pueden decidir su destino.
III
Que la promulgación de la Ley Anti-separación de la República Popular de China, aumenta la tensión entre los dos Estados del Estrecho de Taiwán. Asimismo el despliegue de una gran cantidad de misiles amenaza la paz en la zona Pacífica asiática, causa zozobra a la comunidad internacional.
IV
Que la República de China-Taiwán elige a sus autoridades de gobierno mediante elecciones libres, que es un país respetado por todo el mundo democrático.
Por tanto,
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
RESUELVE:
Primero:
Otorgar su respaldo y solidaridad a los esfuerzos que la República de China-Taiwán realiza para lograr su ingreso a la Organización de Naciones Unidas con el fin de garantizar la paz y seguridad de su país.
Segundo
: Expresa su preocupación ante el gran número de misiles desplegados en el sur de la República Popular de China que apuntan hacia Taiwán, ante la promulgación de la Ley Anti- separación de la República Popular China, que agrava injustificadamente la situación en ambos lados del estrecho.
Tercero
: Insta a la comunidad internacional a tratar la referida ley a la luz del derecho público internacional, su impacto sobre la paz y la estabilidad de la región asiática y a tomar medidas que logren salvaguardar la paz y seguridad internacional.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión la Resolución.
A votación la Resolución.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
63 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la Resolución presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el mismo Adendum 10, Punto 3.49: LEY DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE.
DICTAMEN
Managua, 20 de Abril del 2005
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, recibió el
PROYECTO DE LEY DE MEDIACION Y ARBITRAJE,
el día 15 de Noviembre del 2004, presentado con el respaldo de Diputados de diferentes bancadas de esta Asamblea Nacional, el cual ha sido estudiado exhaustivamente y con alto sentido de responsabilidad por los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia. La Comisión también estudió el Proyecto de Ley de Arbitraje Comercial que fue trasladado de la Comisión Económica, Finanzas y Presupuesto, a la Comisión de Justicia, el cual por pretender regular la misma materia, la Comisión acumuló y fusionó ambos proyectos, pero basándose en la estructura del proyecto de Ley de Mediación y Arbitraje, para regular estas materias de forma más amplia e integral, por lo que al dictaminar este proyecto de ley, también se esta dictaminando el
PROYECTO DE LEY DE ARBITRAJE COMERCIAL.
La globalización en la que se dasarrollan las transacciones comerciales hoy en día, demanda de la existencia, entre otras cosas, de instrumentos homogéneos que permitan resolver las controversias que puedan suscitarse en esta compleja e intrincada relación comercial, de la misma manera, en cualquier parte del mundo donde se presenten.
La velocidad a que se mueve el mundo del comercio hoy en día hace que la forma tradicional de justicia impartida por los tribunales comunes no resulta adecuada para resolver esos conflictos. Ante ello los medios privados de solución de controversias (mediación y Arbitraje) parecen no sólo ser adecuados sino que constituyen a que las empresas sean competitivas.
Los medios privados de solución de controversia permiten una solución más expedita del conflicto, ya que la misma se da fuera del esquema de los tribunales comunes, con lo cual, no se ven afectados por la congestión existente en estos.
En razón de la coyuntura política, económica y social que se ha vivido en los últimos tiempos, el país se ha quedado atrás en este proceso, y empujados por la realidad de comercio mundial, las economías a escala, la negociación y suscripción de acuerdos comerciales internacionales, la necesidad de crear un clima apropiado y fundamentalmente seguridad jurídica para las inversiones, apoyado y patrocinado por la cooperación internacional, con apoyo de sectores de la sociedad nicaragüense se ha decidido enrumbar con pasos firmes en dirección a lograr que Nicaragua cuente con herramientas modernas y apropiadas para participar competitivamente en el comercio mundial.
En vista de lo anterior, Nicaragua ratificó en el año 2003, La Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras. Esta Convención fue adoptada en Nueva York, Estados Unidos de América el 10 de junio de 1958 y el Estado de Nicaragua se adhirió a ella mediante Decreto 26-2002 publicado en la Gaceta No.56 del 21 de Marzo del 2002.
Esta Convención no sólo le da asidero legal al arbitraje sino que en su Arto. 3 establece la aplicación de las reglas de procedimientos de la Comisión interamericana de Arbitraje Comercial cuando las partes hayan establecido llevar a cabo un arbitraje.
Conscientes de que sólo la ratificación de dichas convenciones no es suficiente para consolidar el ordenamiento jurídico que sea adecuado y moderno, se vio la necesidad de complementar ese esfuerzo con una legislación moderna en la mayoría ya que la normativa que regula el tema en el Código de Procedimiento Civil, en el Código de Comercio entre otros, data del siglo pasado y no son el marco jurídico apropiado para dar respuesta a la complejidad con que se mueve el mercado nacional como internacional, a la celeridad y especialización de sus transacciones, ya que el funcionamiento de la justicia común es muy lenta y poco especializada, en consecuencia se hace necesario y urgente aprobar un marco jurídico moderno y actualizado a las exigencias de celeridad, especialidad, seguridad jurídica y estabilidad de las inversiones, que tenga como respaldo un método alternativo de solución de diferencias para resolver diferencias en forma expedita, segura y a bajo costo. Y se habla de bajo costo habida cuenta que al reducir significativamente el tiempo para la resolución de un conflicto determinado, se reducen también los costos directos e indirectos que ello implica a los inversionistas.
Sobre la base de las leyes Modelo de la Comisión de la Naciones Unidas para el Desarrollo del Derecho Mercantil conocidas como leyes Modelo de la UNCITRAL o CNUDMI en materia de Conciliación y Arbitraje se ha realizado una adecuación de las mismas a la realidad nicaragüense para que sea congruente con el ordenamiento jurídico vigente y con los convenios y tratados internacionales suscritos por Nicaragua.
Para efectos de darle continuidad al procedimiento de formación de ley, tal y como nuestro ordenamiento jurídico nos señala, se abrió el proceso de consulta en el que tuvo participación activa la Cámara de Comercio de Nicaragua, asimismo se le giró consulta a especialistas en la materia, los cuales de manera expedita y profesional nos hicieron llegar sus aportes, los que unidos al trabajo de nuestros asesores, dieron como consecuencia un producto de calidad, altamente elaborado, con gran contenido jurídico, adecuado para los fines perseguidos por la iniciativa y en especial, respetando el ordenamiento jurídico vigente en nuestro país.
Con el objetivo de evitar una extensa y exhaustiva enumeración de la gran cantidad de cambios en la forma y el fondo que se le hicieron al proyecto original, podemos afirmar en términos concretos que la iniciativa tuvo prácticamente un cambio de rostro y contenido. Se procuró aclarar una serie de conceptos y definiciones que aparecían muy confusas en el proyecto original. A la vez se corrigió una serie de errores en el procedimiento que hacían prácticamente imposible hacer uso de las figuras jurídicas que la misma le crea. Se deja totalmente claro las grandes diferencias entre mediación y arbitraje con el objetivo, entre otros, de evitar la desafortunada sinonimia con que se han visto envueltos de manera errónea y peligrosa tales figuras jurídicas. Se tuvo muchísimo cuidado en definir el ámbito de aplicación de esta ley, fundamentalmente en lo referido a la determinación de las materias que pueden y las que no pueden ventilarse por la vía de esta resolución alterna de conflictos, respetando en todo momento la constitucional facultad de nuestro Poder Judicial en cuanto a administración de justicia se refiere. Asimismo se evitó en todo momento el peligro de crear un instrumento jurídico que por su compleja redacción y estructuración, terminara siendo un instrumento inaccesible e ininteligible.
Por las razones expuestas anteriormente y porque el proyecto dictaminado, es necesario, está bien fundamentado y no se opone a lo dispuesto por la Constitución política, leyes constitucionales ni a los tratados ratificados por el Estado de Nicaragua, la Comisión de Justicia dictamina
FAVORABLEMENTE,
el
PROYECTO DE LEY DE MEDIACION Y ARBITRAJE
y recomienda al plenario su aprobación. Adjuntamos el texto del articulado con las modificaciones incorporadas.
COMISION DE JUSTICIA
RENE HERRERA ZUNIGA
PRESIDENTE
MIRNA ROSALES AGUILAR
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EDWIN CASTRO RIVERA
PRIMER SECRETARIO
MAXIMINO RODRIGUEZ
MIEMBRO
GABRIEL RIVERA ZELEDON
MIEMBRO
REYNA JEREZ GARCIA
MIEMBRO
WALMARO GUTIERREZ M. ORLANDO TARDENCILLA
MIEMBRO MIEMBRO
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Se abre la discusión.
Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Gracias, señor Presidente.
Creo que hablo en nombre de todos los miembros de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, cuando saludamos con beneplácito la discusión en lo general y la aprobación, tanto en lo general como en lo particular, de un proyecto de ley que reviste tanta importancia para los nicaragüenses. Este proyecto de Ley de Mediación y Arbitraje, que en un principio ha sido impulsado de manera correcta por la Cámara de Comercio, fue asumido por la Comisión de Justicia de esta Asamblea Nacional con mucha seriedad, al punto tal que el día de hoy podría asegurar que entre la iniciativa de ley presentada y el proyecto de ley como producto legislativo que actualmente se encuentra en manos de los honorables Diputados, hay un universo de distancia.
Y no es solamente desde el punto de vista eminentemente redactivo, porque en efecto la ley era un perfecto entuerto. Además se le hicieron mejoras y se le incorporaron procedimientos y figuras jurídicas, que prácticamente han hecho que este proyecto de ley, de aprobarse tal y como está presentado por la Comisión de Justicia, va a dotar a Nicaragua de un instrumento jurídico de mediación y arbitraje muy superior a las leyes de mediación y arbitraje que existen al menos en Centroamérica, y eso es muy importante. Luego de eso, tampoco me voy a meter a tocar puntos que ya han sido desarrollados ampliamente en la justificación del Dictamen, pero sí se abrió un proceso de consultas, se escuchó a los diferentes actores, fundamentalmente los representados en la Cámara de Comercio.
Y se trató también de hacer un consolidado con lo que expertos en la materia de mediación y arbitraje aportaron para mejorar esta iniciativa de ley. Por lo qué, en honor a la verdad y para hacer un reconocimiento justo, este producto legislativo no es solamente de los miembros de la Comisión, sino de expertos exógenos que trabajaron para que este proyecto de ley viniera con la calidad legislativa que actualmente está presentada en manos de los honorables Diputados y Diputadas de esta Asamblea Nacional.
Por lo tanto, en vista de la necesidad de tener un instrumento jurídico ágil, moderno, eficaz, que vengan prácticamente a reordenar el tema de mediación y arbitraje que está incipientemente desarrollado en nuestro Código Civil; y por otro lado de cara a las aperturas comerciales, a las cuales Nicaragua se enfrentará y que es un reto económico para éstas y posteriores generaciones, se hace indispensable aprobar un proyecto de ley de la naturaleza que presenta esta Ley de Mediación y Arbitraje.
Es por eso que, tanto de forma unánime la Comisión de Justicia firmó el Dictamen favorable, y asimismo hoy solicito a todos los Diputados de esta Asamblea Nacional que de manera unánime aprobemos tanto en lo general como en lo particular un proyecto de ley tan importante para el desarrollo económico y social de este país.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Gracias, señor Presidente.
Rápidamente yo sólo quería referirme a los amigos de la Cámara de Comercio que hoy nos acompañan, es decir, al compromiso que asumió la Comisión de Justicia en la reunión con la Cámara en la semana pasada, de traer a discusión y aprobación la Ley de Mediación y Arbitraje en esta semana. Con la seriedad que tiene esta honorable Asamblea Nacional, estamos iniciando la discusión el día de hoy y vamos a terminarla en esta semana.
Quisiéramos invitar, y que ustedes que están aquí, les transmitan a los otros Directivos de la Cámara su participación los días de mañana y pasado, si es posible en pleno a los directivos de la Cámara, para que nos acompañen en la aprobación en lo particular de esta ley.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Miguel López Baldizón, tiene la palabra.
DIPUTADO MIGUEL LOPEZ BALDIZON:
Gracias, señor Presidente.
Unicamente es para dar nuestro respaldo a esta Ley de Mediación y Arbitraje Comercial. En varias ocasiones la Cámara de Comercio gentilmente nos ha invitado a exponer la temática que es eminentemente técnica y que hace necesaria la aprobación de esta ley, tanto en lo general como en lo particular, ya que permite a Nicaragua insertarse de manera exitosa en la globalización y en el proceso de integración centroamericana, sobre todo ante la inminente aprobación de los Tratados de Libre Comercio en todos los países centroamericanos.
Por lo tanto, esta ley viene a contribuir también al esfuerzo que se viene haciendo para mejorar el sistema de administración de justicia de nuestro país, porque dará una alternativa adicional a la resolución de conflictos por métodos no violentos. Ojalá que esta ley no se politice, es una ley eminentemente técnica, ha sido trabajada por asesores internacionales, y también con el aporte de técnicos y de funcionarios de la Cámara de Comercio; y lógicamente requiere y necesita el respaldo y la pronta aprobación de esta Asamblea Nacional.
Así pues que reiteramos nuestro respaldo a esta Ley de Mediación y Arbitraje, y ojalá no ocurra como con otras leyes que invitamos a los beneficiarios de leyes, a la aprobación de la ley, se aprueba nada más en lo general y al final, lo particular queda para eterna memoria. Ojalá veamos de manera pronta la aprobación en lo general y en lo particular de esta importante y necesaria ley, para el desarrollo del sector privado y de la población nicaragüense.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Nathán Sevilla Gómez, tiene la palabra.
DIPUTADO NATHAN SEVILLA GOMEZ:
Gracias, señor Presidente.
Como miembro de la Comisión de Justicia, también me adhiero a lo ya expresado por el Diputado Edwin Castro, respecto a la aprobación de la Ley de Mediación y Arbitraje, instrumento moderno para la solución de los conflictos, sin tener que pasar por los engorrosos trámites de la vía judicial. Naturalmente que esta ley, no creo que esté hecha sólo de cara a lo que llamó en este momento Miguel López Baldizón, la inminente aprobación del TLC Centroamérica - Estados Unidos, porque está hecha con una visión estratégica amplia para la solución de los conflictos que puedan surgir en el futuro entre los particulares, nacionales y extranjeros y con el mismo Estado.
Pero en cuanto a la cuestión de que nos tengamos que amarrar al TLC con Estados Unidos, hay mucha caña que moler; primero que nada hay que estudiar el Tratado, que no se ha estudiado, un Tratado que tiene más de 2 mil 500 páginas, y en la letra menuda de ese Tratado hay cuestiones que lesionan gravemente la soberanía de los países. Es un Tratado que no tiene término de duración, es indefinido y le abre las puertas a un control absoluto del territorio nacional y del mercado interno de nuestros países al capital extranjero norteamericano, principalmente. Claro que hablando de Tratados de Libre Comercio, se puede esperar que Centroamérica y que Nicaragua en particular, puedan negociar en buenos términos Tratados de Libre Comercio, en primer lugar con América Latina, América del Sur, América Central.
Está también la gran oportunidad hacia donde todo mundo mira hoy, que es la China Continental, que dentro de unos quince o veinte años va a estar por encima de la economía norteamericana. Están las posibilidades de hacer Tratados de Integración Económica en términos que no sean avasalladores y que no sean el cumplimiento del pronóstico de Collin Powel, que los Tratados éstos de integración con Estados Unidos, serían el mecanismo que utilizaría Estados Unidos para poner en bandeja de plata la mano de obra barata, los mercados internos y, en fin, los territorios de toda América Latina para los inversionistas norteamericanos.
Es decir, el caramelo que le ofrecen a los inversionistas norteamericanos es América Latina, son los países que se sometan definitivamente a esa clase de tratados. Sólo hago esa aclaración, pero para dejar claro que la aprobación de la Ley de Mediación y Arbitraje no representa de ninguna manera un vínculo obligatorio con ese Tratado que nos quieren imponer.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Muchas gracias, honorable señor Presidente.
Ciertamente que esta Ley de Mediación y Arbitraje, se viene analizando, se viene tratando desde la legislatura pasada. Yo creo que hay un avance sustantivo que va a contribuir a solucionar los problemas que se presenten relacionados con el arbitraje y la mediación. Me parece que es un avance, Presidente, porque con esta ley se va a economizar tiempo, porque ya no se va a tener que recurrir a los Tribunales de Justicia; se va a ahorrar sustantiva cantidad de dinero para los que recurran a hacer uso de esa ley, porque no van a tener que recurrir a los Tribunales de Justicia donde muchas veces se llevan tiempo los trámites engorrosos, las notificaciones y todo lo que envuelve y conlleva la tramitación de un juicio.
Ya los que me han antecedido en el uso de la palabra han explicado las bondades de esta iniciativa, y yo ciertamente quería sumarme, porque de alguna manera yo estuve analizando esta ley; pero quería sugerir también que la aprobemos en lo general, que la dejemos así aprobada en lo general, para analizarla un poco más por parte de los honorables Diputados, porque ciertamente hay varios artículos que en lo personal a mí me preocupan porque tienen roces -a mi leal saber y entender- con la Constitución Política de Nicaragua, y así nos daríamos un tiempo, unos dos o tres días, o si se quiere la decisión de la Directiva para que sea el jueves que la conozcamos en lo particular y pueda salir una ley expedita, rápida y totalmente apegada a la legalidad y al derecho.
La empresa privada nicaragüense, honorable señor Presidente, queridos amigos Diputados y Diputadas, ciertamente han estado interesados en esta Ley de Mediación y Arbitraje, y han hablado con diferentes Diputados, y lo hicieron el año pasado con la Comisión de Justicia que en ese entonces yo la presidía, para que aprobáramos en una forma expedita esta Ley de Mediación y Arbitraje. De tal manera que en la Bancada de la Alianza Liberal, trabajamos hasta donde fue necesario y fue posible y prudente en esta iniciativa, y hoy felizmente los que integran la Comisión de Justicia, pues emiten su Dictamen en una ley fundamental para la empresa privada nicaragüense, para la solución, la mediación y el arbitraje en los conflictos y que no tengamos que recurrir necesariamente a los Tribunales de Justicia a hacer uso de nuestros derechos.
Así que yo si apoyo con entusiasmo esta iniciativa, honorable señor Presidente, y le pido a los honorables Diputados que la aprobemos en lo general, porque es una ley que va a ser útil a Nicaragua, va a ser útil a los nicaragüenses, va a expeditar y a agilizar la tramitación de los casos cuando no haya acuerdos voluntarios, para que no puedan ser llevados a los Tribunales de Justicia, sino que se queden en los Tribunales de Mediación y Arbitraje. De tal manera que yo apoyo esta ley, Presidente.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN:
Gracias, Presidente.
Es positivo que nosotros procedamos a la aprobación de esta Ley de Mediación y Arbitraje, que viene a fortalecer el andamiaje jurídico que también fomenta la inversión en Nicaragua, por cuanto, como ya se los explicaba en reuniones que tuvimos por ejemplo con la Cámara de Comercio, que impulsaron ellos también una iniciativa de ley, es deseable que las controversias que se dan sobre temas de negocios, sea entre las partes, buscando un amigable componedor, un árbitro, pero debidamente reglamentado ello, quien lo dirima, y de esa manera y por voluntad, sustrayéndose de lo que es la justicia civil, tengan más agilidad los trámites y esté mejor satisfecho el interés de las partes.
Esto es necesario, y no porque vayamos a tener nosotros un Tratado de Libre Comercio de Centroamérica con Estados Unidos y ojalá que efectivamente no se apruebe acá por las deficiencias que este Tratado tiene, que en su momento vamos a tener la oportunidad de debatir al respecto. Pero yo quiero aquí referir sobre este tema, que sí es bueno que se apruebe en lo general, y si hay que hacerle afinamiento, como lo ha señalado, como lo dice el Doctor Donald Lacayo, que este afinamiento se pueda hacer con diligencia, de manera que prontamente podamos tener ya debidamente aprobada en su plenitud la Ley de Mediación y Arbitraje.
A la vez aprovecho, Presidente, para pedirle al colega Miguel López, que con la relación que él tiene con el Gobierno, pudiera gestionarnos -porque lo hemos hecho por diferentes medios- que envíen ya, o nos den copia para nosotros introducirla como iniciativa, la Ley de Competencia o la Ley Antimonopolio. Ya tiene varios años el Gobierno de tenerla en el Ministerio de Economía, siguen haciendo consultas, y se dice que con el no envío se está más bien protegiendo a grupos económicos poderosos en el país, en detrimento de una sana competencia del desarrollo de una economía social del mercado que sea sana, que sea beneficiosa, que atraiga más inversiones a Nicaragua.
De manera que aprovecho para pedirle públicamente al Doctor Miguel López, que ponga sus buenos oficios para que esa iniciativa deje de estarse calentando más todavía, porque ya tiene varios años, y que se remita al Parlamento para que comencemos nosotros a discutirla, a debatirla, a consultarla con sectores y en fin, tener esta otra ley, la ley de Competencia, que vendría a ser también parte del andamiaje jurídico de que esta Ley de Mediación y Arbitraje forma parte, que va a fortalecer la seguridad jurídica y a crear un clima apropiado para los negocios, a traer inversiones y a mejorar en consecuencia las oportunidades para que en Nicaragua salgamos adelante.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Noguera Pastora, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS NOGUERA PASTORA:
Gracias, señor Presidente.
Siendo Presidente de esta Asamblea Nacional, tuve la oportunidad de asistir a una reunión que me invitó la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Nicaragua, el año pasado, en donde esta institución del sector privado nicaragüense estuvo haciendo todo un esfuerzo para que esta ley se presentara al conocimiento de los honorables Diputados. Yo creo, efectivamente y concuerdo con muchos de los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra, que es una ley que viene a modernizar nuestro sistema judicial, porque en realidad permite hacer estos arreglos extrajudiciales que vienen a ahorrar tiempo en los procesos que muchas veces son excesivamente largos en los Juzgados.
Y con la necesidad de ir modernizando el país y facilitando inversiones y el desarrollo económico y social de Nicaragua, esta ley apunta en esa dirección. Y precisamente creo yo también, que esta ley viene a apuntalar el mismo Tratado de Libre Comercio (CAFTA), entre Centro América y los Estados Unidos, porque le va a permitir, como un buen mensaje a los inversionistas extranjeros y nacionales, el poder efectivamente hacer estos arreglos para evitarse los largos juicios a que podríamos estar sometidos de acuerdo con el procedimiento normal de los otros códigos. De tal manera que yo en realidad me uno a apoyar esta iniciativa de Ley de Mediación y Arbitraje, que creo que va a ser una excelente ley que apruebe esta Asamblea Nacional, en beneficio del desarrollo económico y social del país.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Alfonso Ortega Urbina.
DIPUTADO ALFONSO ORTEGA URBINA:
Gracias, señor Presidente.
Yo quería manifestar que el arbitraje y la mediación es voluntad de las partes. No requiere mayor cosa, ni de una ley para que la gente disponga quién va a dirimir las dificultades que tienen entre sí. Esta ley vendría a ser un coadyuvante a la voluntad de las partes, porque el arbitraje y la mediación es absolutamente del dominio particular de las partes. Las partes no necesitan de una ley para establecer en sus convenios particulares, que en caso de dificultades sería tal persona quien va a dirimir las circunstancias.
Yo diría que la ley tiene que ser muy bien cuidada y debe permitir que continúen libres las partes, que no se sientan obligados a caer en éste como un sistema judicial obligatorio; porque es un sistema que nació de la voluntad de las partes que exigen o que eligen al juez que va a dirimir cualquier circunstancia que aparezca en sus negocios. De manera que yo apoyo la idea de la ley, porque sí es bueno establecer mayores garantías a esa voluntad que tienen los particulares.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Habiéndose agotado las intervenciones, vamos a pasar a la votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
69 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la Ley en lo general.
Se suspende la Sesión, y continuamos el día de mañana a las nueve de la mañana.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Vamos a iniciar la Sesión del día de hoy, pidiéndole a la Primer Secretaria que nos compruebe el quórum.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
(
27 de Abril 2005).
MARIA AUXILIADORA ALEMAN ZEAS
MARIA DOLORES ALEMAN CARDENAL
FREMIO ISABEL ALTAMIRANO MONTENEGRO
OCTAVIO RAMON ALVAREZ MORENO
BENITA DEL CARMEN ARBIZU MEDINA
FERNANDO JOSE AVELLAN MARTINEZ
GLADIS DE LOS ANGELES BAEZ
TOMAS WIGBERTO BORGE MARTINEZ
JOSE DE LOS ANGELES CASTILLO OSEJO
JOSE DAVID CASTILLO SANCHEZ
EDWIN RAMON CASTRO RIVERA
VICTOR MANUEL DUARTE AROSTEGUI
MARIA JACARANDA FERNANDEZ MEJIA
JOSE SANTOS FIGUEROA AGUILAR
EDUARDO JERONIMO GOMEZ LOPEZ
RUBEN DE JESUS GOMEZ SUAREZ
JORGE ULISES GONZALEZ HERNANDEZ
RAMON ENRIQUE GONZALEZ MIRANDA
VICTOR MANUEL GUERRERO IBARRA
WALMARO ANTONIO GUTIERREZ MERCADO
AGUSTIN JARQUIN ANAYA
REYNA JEANNETTE JEREZ GARCIA
ROBERTO JOSE LUNA
REYNALDO ALEXANDER MAIRENA VALLEJOS
MANUEL DE JESUS MALDONADO
JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ
MARIA LYDIA MEJIA MENESES
OSCAR MONCADA REYES
GUILLERMO MONTENEGRO
FIDEL ANTONIO MORENO BRIONES
SANTOS RENE NUÑEZ TELLEZ
ALFONSO RAUL ORTEGA URBINA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
LEONEL PANTIN WILSON
BLADIMIR PINEDA SOZA
GABRIEL RIVERA ZELEDON
MIRNA DEL ROSARIO ROSALES AGUILAR
FRANCISCO JOSE SACASA URCUYO
ROBERTO SANCHEZ TORREZ
NASSER SEBASTIAN SILWANY BAEZ
FREDDY SOLORZANO ALTAMIRANO
ORLANDO JOSE TARDENCILLA
EMILIA DEL CARMEN TORREZ AGUILAR
DAYSI RAFAELA TREJOS OROZCO
ALBERTINA URBINA ZELAYA
HENRY ENRIQUE URCUYO MALIAÑO
FELICITA LUCILA ZELEDON RODRIGUEZ
Muy buenos días, honorables Diputados.
Señor Presidente: Tenemos 47 Diputados presentes; hay quórum de ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Se abre la Sesión.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
En el Adendum 10, Punto IV: PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS.
Punto 4.71: ASOCIACION DE GOBERNADORES DEL REY.
Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.
EXPOSICON DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5) del artículo 138 y 140 de la Constitución Política; en el inciso 2) del artículo 43 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y de la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación de Gobernadores del Rey, asociación de carácter humanitario, constituida en escritura pública otorgada ante los oficios notariales del Abogado Orlando José Tardencilla, a las 8 de la mañana del día 15 de Febrero del año 2005. Adjuntamos la Escritura Pública No. 01 de la Constitución de la Asociación.
Esta Asociación se constituye entre otros, con los siguientes objetivos: 1) Llevar el mensaje de la palabra de Dios, evangelizando y predicando por toda Nicaragua, más allá de la frontera. 2) Atender a nuestros jóvenes y niños con problemas de formación, a salir del mundo de drogas o de alcoholismo, todo lo que tiene que ver con lo que no se permite integrarse a la Asociación. 3) Establecer iglesias a nivel nacional. 4) Promover la conciliación de la familia, fundamentándola en la palabra de Dios, mostrando los designios de nuestro Dios. 5) Gestionar atención médica gratuita para los más necesitados.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo a los cumplimientos del procedimiento de formación de ley.
Managua, 15 de Febrero del año 2005.
Diputado Orlando José Tardencilla.
Con ella se presentan las siguientes personalidades jurídicas:
IV
PRESENTACION DE PERSONALIDADES JURIDICAS.
4.70 ASOCIACION DE GOBERNADORES DEL REY.
4.71 ASOCIACION MINISTERIO DE SALVACION Y RESTAURACION “EXODO 14:14”.
4.72 ASOCIACION ACOGIDA, ENCUENTRO, REINSERCION, CONDEGA NICARAGUA, (PAERCONIC).
4.73 ASOCIACION DE COMUNIDADES INDIGENAS DE LOS RIOS PRINZAPOLKA Y BAMBANA.
4.74 ASOCIACION MINISTERIO DE LA HERMOSA DE SANIDAD Y LEBERACION (MILAHE).
4.75 ASOCIACION MUTUA URBANA DE SALUD (MUTUA DE SALUD).
4.76 ASOCIACION MOVIMIENTO EN PRO DE LA INDEMNIZACION Y DERECHOS SOCIALES DE LOS RETIRADOS DE GOBERNACION, SAUL ALVAREZ (MOPIDERGOSA).
4.77 ASOCIACION HOPE WORLDWIDE.
4.78 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO HUMANITARIO NICARAGUENSE (ADEHUNIC).
4.79 ASOCIACION LA ACADEMIA DE ARQUITECTURA DE NICARAGUA (LA ACADEMIA DE ARQUITECTURA).
4.80 ASOCIACION DE IGLESIAS DE NICARAGUA, EN CRISTO VIVIENDO POR LA FE.
4.81 ASOCIACION ESCUELA PARROQUIAL CRISTO DEL ROSARIO.
4.82 ASOCIACION MINISTERIO LOS MISIONEROS DE CRISTO EN NICARAGUA.
4.83 ASOCIACION DE IGLESIA DE DIOS PENTECOSTAL SEGUNDA ROSA DE SARON.
4.84 ASOCIACION EVANGELICA PENTECOSTES RIOS DE AGUA VIVA.
4.85 ASOCIACION COMUNITARIA NUEVO AMANECER (ASCONA).
4.86 ASOCIACION COMUNAL PRO DESARROLLO DE PALO DE RUEDA (ACOPRODEP).
4.87 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE CALDERON (ADESOC).
4.88 ASOCIACION EVANGELICA FARO DE LUZ (AEFAL).
4.89 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD LAS MESITAS (ASODECOM).
4.90 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD SAN MIGUELITO (ASODESCO SAN MIGUELITO).
4.91 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO EL DANTO (ADECOD).
4.92 ASOCIACION COMUNITARIA PARA EL DESARROLLO DE PETACALTEPE (ACODEP).
4.93 ASOCIACION COMUNITARIA PILAS UNO (ACOPI).
4.94 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD LOS TOLOLOS (ASODESCOT).
4.95 ASOCIACION PARA LA DEFENSA Y PROMOCION DE LOS DERECHOS HUMANOS, PARA GARANTIZAR Y LA VIDA Y PAZ CIUDADANA (APRODEVIDA).
4.96 ASOCIACION DE CONSTRUCTORES DE SIUNA (ACOSIU).
4.97 ASOCIACION MINISTERIO CRISTIANO (PETRA).
4.98 ASOCIACION DE CAFETALEROS DE QUILALI.
4.100 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO BINACIONAL NICARAGUENSE CHILENO (CASA CHILE).
4.101 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y SOCIAL DE LAS SEGOVIAS (ADPYSE).
4.102 ASOCIACION DE MINISTERIO E IGLESIA DE JESUCRISTO.
4.103 ASOCIACION DE ESTUDIANTES DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS (AECEA).
4.104 ASOCIACION DE CRIADORES DE GANADO LECHERO DEL TROPICO HUMEDO (ASOCRIAGALETH).
4.105 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO SANTA ANITA (ADECSA).
4.106 ASOCIACION PRO DESARROLLO COMUNITARIO LAS MERCEDES (APRODECOM).
4.107 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE CEIBA CHACHAGUA (ASODECH).
4.108 ASOCIACION DE HABITANTES DE RESIDENCIAL CASA REAL.
4.109 ASOCIACION UNIDAD PARA EL PROGRESO DEL NORTE Y CENTRO DE NICARAGUA.
4.110 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD JINOCUABO (ASODESCO JINOCUABO).
4.111 ASOCIACION MINISTERIO EVANGELICOS ECOS DIVINOS.
4.112 ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE CULTIVOS DE PECES.
4.113 ASOCIACION JESUCRISTO ES MI JUSTICIA.
4.114 ASOCIACION NICARAGUENSE DE IGLESIAS MISIONERAS EVANGELISTICAS “FUENTE DE VIDA”.
4.115 ASOCIACION DE EXCOMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS HEROES Y MARTIRES DE MASATEPE.
4.116 ASOCIACION EN PRO DEL DESARROLLO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO, FORESTAL Y MEDIO AMBIENTE DE MANERA SOSTENIBLE (APRODAIFOMS).
4.117 ASOCIACION DE TAXISTAS INDIVIDUALES DE LEON.
4.118 ASOCIACION DE IGLESIA PROTECHO, TRABAJO Y PAN (ASITETRAPAN).
4.119 ASOCIACION IGLESIA MISIONERA BELEN).
4.120 ASOCIACION EVANGELISTICO INTERNACIONAL “CRISTO ES LA RESPUESTA”.
4.121 ASOCIACION DE INVESTIGADORES CIENTIFICOS DE NICARAGUA (MABIOFIQUIC).
4.122 ASOCIACION IGLESIA PENTECOSTAL DE JESUCRISTO.
4.123 ASOCIACION DE EDUCADORES PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION EN NICARAGUA (ASEDENIC).
4.124 ASOCIACION MOVIMIENTO JUVENIL MISIONERO EVANGELISTICOS (MJMG).
4.125 ASOCIACION CLUB HIPICO DE SAN MARCOS.
4.126 ASOCIACION CLUB HIPICO DE LA CONCEPCION.
4.127 ASOCIACION CLUB HIPICO DE CIUDAD DARIO.
4.128 ASOCIACION CLUB HIPICO DE MUY MUY.
4.129 ASOCIACION CLUB HIPICO DE NAGAROTE.
4.130 ASOCIACION CLUB HIPICO DE TISMA.
4.131 ASOCIACION CLUB HIPICO DE CASARES.
4.132 ASOCIACION CLUB HIPICO DE SAN ISIDRO.
4.133 ASOCIACION CLUB HIPICO DE TECOLOSTOTE.
4.134 ASOCIACION CLUB HIPICO DE SANTA LUCIA.
4.135 ASOCIACION CLUB HIPICO VILLA EL CARMEN.
4.136 ASOCIACION CLUB HIPICO DE ZAMBRANO.
4.137 ASOCIACION CLUB HIPICO DE SEBACO.
4.138 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NICARAGUA (ADIN).
4.139 ASOCIACION DE POBLADORES PARA EL DESARROLLO DE PALACAGUINA.
4.140 ASOCIACION COMUNITARIA NUEVA ESPERANZA (ACNE).
4.141 ASOCIACION CHICHIGALPA POR LA VIDA (ASOCHIVIDA).
4.142 FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS “FUNDEPUEBLOS”.
4.143 FUNDACION MISION CRISTIANA “ADONA” (FUNDAMISCA).
4.144 FUNDACION SOLUCIONANDO PROBLEMAS PARA MEJOR SALUD (SOLPROMESA).
4.145 FUNDACION DE ACCION CRISTIANA ECOLOGICA PARA EL DESARROLLO DEL NORTE (FACEDN).
4.146 FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL BIENESTAR SOCIAL.
4.147 FUNDACION CENTRO DE DESARROLLO ELIM, TERRABONA.
4.148 FUNDACION SOCIEDAD DANTE ALIGHIERI DE NICARAGUA.
4.149 FUNDACION GREEN EARTH (TIERRA VERDE).
4.150 FUNDACION COMANDANTE CERO / EDEN PASTORA GOMEZ.
4.151 FUNDACION DE LAS COMUNIDADES DE LA ZONA SUR DE NANDAIME (COZOSUR).
4.152 FUNDACION LUISA MERCADO (FUNLUM).
4.153 FUNDACION PARA EL DESARROLLO ECONOMICOS COMUNITARIO (FUNDACION FEMA).
4.154 FEDERACION RED NICARAGUENSE POR LA DEMOCRACIA Y EL DESARROLLO LOCAL, RED LOCAL.
4.155 FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIBLE DE LA FAMILIA (FUDISFA).
4.156 FUNDACION DE NIÑOS HUERFANOS ADONAI (F.N.H.A.).
Hasta aquí la presentación de Personalidades Jurídicas.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Envíese este proyecto de ley, a la Comisión de Defensa y Gobernación.
SECRETARIO EDUARDO MENA CUADRA:
En el mismo Adendum 10, Punto V: DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS, PRESENTADOS POR LA COMISION DE DEFENSA Y GOBERNACION.
Punto 5.60: ASOCIACION UNION DE COMUNIDADES DE KUKRA RIVER (UCOKRI).
V. DISCUSION DE DICTAMENES DE PERSONALIDADES JURIDICAS PRESENTADOS POR LA COMISION DE DEFENSA Y BOBERNACION.
5.60 ASOCIACION UNION DE COMUNIDADES DE KUKRA RIVER (UCOKRI).
5.61 ASOCIACION DE MUJERES DE KUKRA RIVER(AMUKRI).
5.62 ASOCIACION MINISTERIOS ASOCIADOS INTERNACIONALES NICARAGUA / U.S.A.
5.63 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE LOCAL (ADESOL).
5.64 ASOCIACION LA IGLESIA DE DIOS.
5.65 ASOCIACION DE JUBILADOS POR EL DEPARTAMENTO DE LEON (ASOJUDEL).
5.66 ASOCIACION PAN Y AMOR.
5.67 ASOCIACION DE IGLESIAS CRISTIANAS DE NICARAGUA (IGLESIA CRISTIANA).
5.68 ASOCIACION DE CONSTRUCTORES UNIDOS DEL MUNICIPIO DE PUEBLO NUEVO (ACUPN).
5.69 ASOCIACION VISION INTERDENOMINACIONAL DE UNIDAD Y RESTAURACION PENTECOSTES.
5.70 ASOCIACION “MINISTERIO EVANGELICO GANADORES DE ALMAS”, “ganadores de Almas” o “GADAEL”.
5.71 ASOCIACION DE PASTORES Y PASTORAS EVANGELICAS DE MASATEPE FUENTE DE VIDA” APEM).
5.72 ASOCIACION PRO – DESARROLLO COMUNITARIO DE LA COMUNIDAD LAS SABANETAS SAN ISIDRO.
5.73 ASOCIACION PRO – DESARROLLO COMUNITARIO DE LA COMUNIDAD RIO CHIQUITO ABAJO EL VIEJO.
5.74 ASOCIACION PRO – DESARROLLO COMUNITARIO DE LA COMUNIDAD ES ESPAVEL, EL VIEJO”.
5.75 ASOCIACION QUINTA LOS CHAVALOS.
5.76 ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNITARIO LA VIGIA, NANDAIME”.
5.77 ASOCIACION PRO – DESARROLLO COMUNITARIO DE LA COMUNIDAD TOLESMAYDA BUENOS AIRES.
5.78 ASOCIACION PRO- DESARROLLO COMUNITARIO DE LA COMUNDIAD SAN RAFAEL DE MOCORON.
5.79 ASOCIACION PRO – DESARROLLO COMUNITARIO DE LA COMUNIDAD MONTECRISTO, SAN JUAN DEL SUR.
5.80 ASOCIACION PRO – DESARROLLO COMUNITARIO DE LA COMUNIDAD OCHOMOGO.
5.81 ASOCIACION PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES NICARAGUENSES, “ADEMNIC”.
5.82 ASOCIACION IGLESIA DE DIOS PARA CRISTO(IDPC).
5.83 ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL AGROPECUARIO Y AMBIENTAL (ADIAAM).
5.84 ASOCIACION NACIONAL DE CLUSTER Y REDES PARA EL DESARROLLO (ASONACLURD).
5.85 ASOCIACION DE PROGRAMAS INTEGRALES DE EDUCACION COMUNITARIA “ASTRID DELLEMAN”, “ASOPIECAD”.
5.86 ASOCIACION DE LA COMUNIDAD PARA LA PREVENCION DEL DELITO Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS (ACOPADH).
5.87 ASOCIACION DE COMERCIANTES DEL SUR.(ASOCOSUR).
5.88 ASOCIACION DE RETIRADOS, MINISTERIO, EJERCITO, RESISTENCIA (ADRMER).
5.89 ASOCIACION MINISTERIO INFORMATIVO CRISTIANO INTERDENOMINACIONAL NUEVA VISION.
5.90 FUNDACION CRISTIANA BRAZOS DE AMOR NICARAGUA (BAN).
5.91 FUNDACION PARA LA ERRADICACION DE LA POBREZA (FELAP).
5.92 FUNDACION CRISTIANA EVANGELICA RESPLANDECER (F.C.E.R.).
5.93 FUNDACION PARA LA RESTAURACION FORESTAL DE LA REGION AUTONOMA ATLANTICO SUR, “FUREFORAAS”.
5.94 FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y DEMOCRATICO (FUNDESID).
5.95 FUNDACION VIDA, IGUALDAD, HOSPITALIDAD (V.I.H.).
DICTAMEN
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Estimado Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la Asociación Unión de Comunidades de Kukra River, pudiendo abreviarse (UCOKRI), con domicilio en la comunidad de La Aurora, San Francisco de Kukra River, Municipio de Bluefields, Región Autónoma del Atlántico Sur, presentada por el Diputado Francisco Sacasa, en la continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Legislatura de la Asamblea Nacional, celebrada el 12 de Octubre del año 2004.
La Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) integrar organizadamente en una red comunitaria a todas las comunidades asentadas en Kukra River, con capacidad de planificación y gestión para su propio desarrollo, con enfoque de género y autosostenibilidad. 2) fortalecer el desarrollo socioeconómico y estructural de las comunidades presentadas, mediante la incidencia ante los organismos gubernamentales y no gubernamentales en el ámbito local, regional, nacional e internacional. Esta Asociación presenta su Junta Directiva integrada por: Coordinador, Reynaldo Lago Amador; Vicecoordinador, Absalón Soza Castillo; Secretaria, Xiomara Lago Arce; Tesorero, Bernardo Torres Reyes; Fiscal, Leonardo Sevilla Sequeira; Primer Vocal, Pedro Aguilar Leyva; Segundo Vocal, Martha García.
Los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con el artículo No. 147. Asimismo el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 56, inciso 5) del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE esta solicitud de personalidad jurídica. Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de personalidad jurídica a la Asociación Unión de Comunidades de Kukra River, pudiendo abreviarse (UCOKRI).
Atentamente,
FERNANDO AVELLÁN
JAIME GARCÍA MANGAS
OCTAVIO RAMÓN ALVAREZ
JOSÉ MARTÍNEZ
ELÍAS CHÉVEZ
ENRIQUE QUIÑÓNES
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba en lo general.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO:
Arto.1
Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Unión de Comunidades de Kukra River, pudiendo abreviarse (UCOKRI), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la comunidad de La Aurora, San Francisco Kukra River, Municipio de Bluefields, Región Autónoma Atlántico Sur.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
52 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 3
La Asociación Unión de Comunidades Kukra River, pudiendo abreviarse (UCOKRI), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4, y con él todas las Asociaciones presentadas y leídas por el Tercer Secretario.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
En el Adendum 1, Punto 3.6: LEY ESPECIAL DE INCENTIVOS MIGRATORIOS PARA LOS NICARAGÜENSES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
Esta ley ya fue aprobada en lo general, por lo tanto entraríamos a la discusión en lo particular.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente:
LEY ESPECIAL DE INCENTIVOS MIGRATORIOS PARA LOS NICARAGUENSES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
Arto. 1. Objeto de la ley:
La presente ley tiene por objeto promover la repatriación de ciudadanos nicaragüenses residentes en el exterior, para lo cual se les exonera el pago de los derechos arancelarios y demás impuestos de importación del menaje de casa y de un vehículo automotor nuevo, comprado a cualquier empresa nacional o extranjera distribuidora de vehículos automotor. Este beneficio se otorga para cualquier núcleo familiar integrada por nicaragüenses que desean regresar a radicar al país por al menos por un período de tres años; siempre y cuando hayan residido en el exterior por lo menos los últimos cinco años anteriores a la fecha de entrada en vigencia de esta ley. Este beneficio se otorgará por un período de tres años contados a partir de la fecha de publicación de la presente ley.
También se le otorga los mismos beneficios establecidos en el párrafo anterior a aquellas familias en que al menos uno de los cabeza de familia sea nacional de Nicaragua y que desean regresar al país y radicarse definitivamente en el país y que cumplan con los mismos requisitos.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 1.
Diputado Wilfredo Navarro Moreira.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Gracias, señor Presidente.
La moción que estoy presentando, tiene que ver con el cambio que tiene que hacerse en torno a la extensión de esta ley en el tiempo, porque el Dictamen establece que sólo tiene vigencia por tres años, y la voluntad de los que estamos impulsando esta ley es que tenga un carácter permanente para que beneficie a todos los nicaragüenses que quieran regresar, no estableciendo límites de tiempo. La moción de cómo debe quedar el artículo 1, es la siguiente:
"La presente ley tiene por objeto promover la repatriación de ciudadanos nicaragüenses residentes en el exterior, concediendo una serie de beneficios expresamente establecidos en la misma y en particular exonerándoles del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos de importación del menaje de casa y de un vehículo automotor nuevo o usado, todo bajo los requisitos y procedimientos que esta legislación establece. Estos beneficios se otorgan por una sola vez para cualquier núcleo familiar integrado por nicaragüenses que habiendo residido en el extranjero desean radicar en el país, siempre y cuando hayan residido en el exterior por lo menos los últimos cinco años anteriores a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.
También se les otorga estos mismos beneficios a aquellas familias en que al menos uno de los cabezas de familia sea nacional de Nicaragua y que desean regresar al país a radicarse, cumpliendo con todos los requisitos que esta legislación determina".
Esta es la moción de consenso para el artículo 1.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción de consenso que reforma el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
55 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción que reforma el artículo 1.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 2. Autoridad de aplicación de la ley:
Para los fines y efectos de la presente ley, se establece como autoridad de aplicación de ésta, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 2.
Diputado Wilfredo Navarro Moreira, tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Para este artículo 2, tenemos una moción de consenso en relación a que si a esta ley no se le establece un plazo, la ley no establece plazos para la determinación de la normativa de los procedimientos; y por tanto, le estamos incorporando un plazo de 30 días contados a partir de la vigencia de la misma, para elaborar la normativa correspondiente y darle aplicación a la ley. El artículo 2, de acuerdo a la moción, quedaría de la siguiente forma:
"Para fines y efectos de la presente ley, se establece como órgano de aplicación al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien además elaborará la normativa correspondiente en un plano no mayor de 30 días, contados a partir de la vigencia de la misma".
Paso moción, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada que reforma el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
58 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción que reforma el artículo 2.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 3 Presentación de la solicitud:
Las solicitudes de incentivos migratorios, junto con la documentación que respalda y acredita al solicitante, deberán ser presentadas en la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su debido trámite y resolución en un plazo no mayor de noventa días. En caso de no dar respuesta al solicitante, ésta se entenderá resuelta de manera favorable a favor del solicitante.
Los trámites podrán ser personales o por medio de un representante legal, especialmente facultado por medio de un poder especial ante notario público.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 3.
Diputado Bayardo Arce Castaño, tiene la palabra.
DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:
Muchas gracias, Presidente.
Voy a presentar una moción de consenso que mejora lo dispuesto en el artículo 3, que diría lo siguiente:
"Arto. 3 Presentación de solicitud:
La solicitud de incentivos migratorios, junto con la correspondiente documentación que respalda y acredita al solicitante, deberá ser presentada en la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para su debido trámite y resolución. En caso que la autoridad competente no dé respuesta alguna al solicitante en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de la presentación de la solicitud, la misma se entenderá resuelta de manera favorable al mismo, sin perjuicio de las responsabilidades correspondientes contra el funcionario respectivo por los posibles daños patrimoniales al Estado que tal omisión pudiere ocasionar. Los trámites podrán ser personales o por medio de un representante legal, especialmente facultado por medio de poder especial ante notario público".
Lo que pretendemos con esto, Presidente, es que no vaya a haber tácticas dilatorias, maniobras burocráticas para no conceder el derecho que esta ley le está dando a los nicaragüenses para que retornen a su Patria.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Muchas gracias, Presidente.
Dice: "Las solicitudes de incentivos migratorios, junto con la documentación que respalda y acredita al solicitante". Yo he leído esta ley de principio a fin, y no encuentro por ningún lado cuáles son los documentos que dice este artículo 3 que van a respaldar la solicitud del que va a regresar o que va a ser repatriado a Nicaragua, que va volver a vivir en el país. A mi me gustaría pedirle al mocionista, al honorable Diputado Navarro o al Diputado Arce que está proponiendo reformas a este artículo, que esto se deje un poco más aclarado. Que digan cuáles son los documentos que van a respaldar la solicitud.
No, no están más adelante, y si está más adelante hay que ponerlo aquí con toda claridad y que no le estén diciendo a la gente vuelva, vuelva, vuelva, le falta un documento, le falta un papel, le falta una constancia, le falta un certificado, le falta un timbre, le falta un sello del Consulado. Hay que decirles a los que van a aplicar a esta ley, que es el Ministerio de Hacienda, que con sólo la documentación que acredite nada más y especificar cuáles son, es suficiente documento justificativo para que se amparen a los beneficios que otorga esta ley. Es decir, no estamos modificando nada, Diputado Navarro, estamos haciéndola más clara nada más, eso es todo.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Wilfredo Navarro, tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:
Yo le quisiera decir al Diputado Lacayo, que si él tiene alguna propuesta concreta que la haga y nosotros vamos a avalarla. Lo que yo no quiero es que sigamos empantanándonos con discusiones bizantinas sobre la ley. Así que si el Diputado Lacayo tiene alguna propuesta concreta que la pase, y nosotros en aras de que esta ley no se atrase, le vamos a aprobar cualquier cosa.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada por el Diputado Bayardo Arce, que reforma el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
62 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción que reforma el artículo 3 de la ley.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 4 Definiciones básicas:
Para los fines y efectos de la presente ley, se establecen las definiciones básicas siguientes:
1. VEHICULO AUTOMOTOR:
Es todo aparato que circule por la vía pública, que por su naturaleza es movido por cualquier fuerza motriz, provenga o no de acción exterior, tales como: automóviles, camiones, autobuses, motocicletas con sidecar o sin él.
2. NUCLEO FAMILIAR:
Es aquel que está integrado por hombre y mujer, hijos y dependientes.
3. MENAJE DE CASA:
Comprende todo el mobiliario de casa, cualquier tipo de aparato electrodoméstico que sirva para facilitar las labores y la comodidad dentro del hogar, así como aquellos que sirvan para la distracción de la familia en la casa, tales como: camas, sillas, vajilla y batería de cocina, aires acondicionados, ventiladores, mobiliario y tapicería, alfombras, ropa de cama y baño, lámparas de techo, de pared o de mesa, cuadros o pinturas; también se incluyen retrateras, floreros, almohadas, cojines, mobiliario y equipo de sala, todos o partes, podrán ser nuevos o usados, así como otros similares, pudiendo adquirir estos enseres en el mercado local en cantidades acorde con el número de personas que integran el núcleo familiar.
4. VALOR ADUANERO:
Es el precio normal que corresponde a la mercancía de conformidad a lo previsto en la legislación centroamericana sobre el valor aduanero de la mercancía y su reglamento.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 4.
Diputado Bayardo Arce Castaño, tiene la palabra.
DIPUTADO BAYARDO ARCE CASTAÑO:
Muchas gracias, Presidente.
Aquí vamos a presentar otra moción de consenso que perfecciona el artículo 4, que tiene que ver con las definiciones, para evitarnos enredos a la hora de conceder este beneficio. Va a decir así:
“Arto. 4 Definiciones básicas:
Para los fines y efectos de la presente ley, se establecen las definiciones básicas siguientes:
1. VEHICULO AUTOMOTOR:
Es todo aparato que circule por la vía pública, que por su naturaleza es movido por cualquier fuerza motriz, provenga o no del exterior, tales como: automóviles, camiones, camionetas de trabajo, autobuses, motocicletas con sidecar o sin él, entre otros.
2. NUCLEO FAMILIAR:
Es aquel que está integrado por hombre y mujer, hijos y dependientes. También se considera como tal la unión de hombre y mujer, ya sea por matrimonio o por unión de hecho estable, aunque no tengan hijos o dependientes. Asimismo se considera núcleo familiar, al grupo familiar constituido por sólo uno de los cabezas de familia, con sus hijos y dependientes.
3. MENAJE DE CASA:
Comprende todo el mobiliario de casa, cualquier tipo de aparato electrodoméstico que sirva para facilitar las labores y la comodidad dentro del hogar, así como aquellos que sirvan para la distracción de la familia en la casa, tales como: camas, sillas, vajilla y batería de cocina, aires acondicionados, ventiladores, mobiliario y tapicería, alfombras, ropa de cama y baño, lámparas de techo, de pared o de mesa, cuadros o pinturas; también incluye retrateras, floreros, almohadas, cojines, mobiliario y equipo de sala; todo o parte de ellos podrán ser nuevos o usados, así como otros similares, y en general los reconocidos como menaje de casa por la legislación aduanera vigente.
4. VALOR ADUANERO:
Es el valor aduanero que corresponde a la mercancía de conformidad a lo previsto en la legislación centroamericana sobre el valor aduanero de la mercancía y su reglamento".
Aquí lo que estamos haciendo, Presidente, primero es incluyendo en los vehículos automotores en relación al dictamen, las camionetas de trabajo; por otra parte estamos en los núcleos familiares preservando los derechos que pueden tener sobre todo las madres solteras, porque en el proyecto se decía el núcleo familiar es sólo cuando hay hombre y mujer con hijos, y hay muchos casos de madres solteras, como también de padres solteros con hijos, que pudieran acogerse a la ley.
Y en el menaje de la casa hemos quitado la posibilidad de que éste se compre en el país, porque eso haría inmanejable la ley, cualquiera comienza a inventar que está comprando cosas y la lógica es que se traiga lo que estaba usando en el exterior; a lo que se le deja poca opción de comprar aquí es el vehículo, porque generalmente es complicado traer vehículos de afuera y pueden encontrarse mejores opciones aquí.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada que reforma el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
53 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 4.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 5 Internación de otros medios e instrumentos profesionales:
Los derechos establecidos en la presente ley, también comprenden la internación de instrumentos para el ejercicio profesional, utensilios, herramientas y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad del repatriado, dentro del ejercicio de su profesión y oficios, así como bienes de capital y materias primas para el establecimiento de empresas, negocios o fábricas, hasta por un monto conglobado de doscientos mil dólares o su equivalente en moneda de curso legal.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 5.
Diputado Enrique Quiñónez Tuckler, tiene la palabra.
DIPUTADO ENRIQUE QUIÑONES TUCKLER:
Gracias, Presidente.
Tengo una moción de consenso en el artículo 5, Internación de otros medios e instrumentos profesionales.
"Los derechos de exoneración establecidos en la presente ley, también comprenden la internación de instrumentos para el ejercicio profesional: utensilios, herramientas y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad del repatriado, dentro del ejercicio de su profesión u oficio, así como bienes de capital y materias primas para el establecimiento de empresas, negocios o fábricas; este beneficio será hasta por un monto conglobado de doscientos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o su equivalente en moneda de curso legal en activos".
Paso la moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada que reforma el artículo 5.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5, con la moción presentada.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 6 Tipo y valor del vehículo:
El vehículo automotor al que se refiere el artículo primero de la presente ley, podrá ser nuevo o usado; en el caso de que sea usado, no podrá tener más de tres años de uso, y cuyo valor CIF, Managua, no exceda de diez mil dólares (U$10,000.00) o su equivalente en moneda de curso legal al momento de la compra.
El menaje de casa y el vehículo automotor podrán ser comprados en el mercado local, gozando de los derechos de exoneración del pago de impuesto o tributo o cualquier tasa por servicio que al respecto establezca la legislación nicaragüense.
Las personas que se acojan a los beneficios que otorga la presente ley y deseen internar vehículos automotores de lujo, nuevos o usados, quedan excluidos del beneficio que otorga la presente ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 6.
Diputado Enrique Quiñónez Tuckler, tiene la palabra.
DIPUTADO ENRIQUE QUIÑONES TUCKLER:
Gracias, Presidente.
Tengo otra moción de consenso en el artículo 6, Tipo y valor del vehículo.
"El vehículo automotor al que se refiere el artículo primero de la presente ley, podrá ser nuevo o usado; y en ambos casos el valor CIF, Managua, no podrá exceder de veinticinco mil dólares (U$25,000.00) de los Estados Unidos de Norteamérica o su equivalente en moneda de curso legal. En caso que el automotor exceda ese valor, el beneficiario deberá pagar los impuestos correspondientes por la diferencia en exceso al valor exonerado.
En caso de internar un vehículo usado, éste no debe tener más de siete años de uso a partir de su fecha de fabricación; el vehículo automotor podrá ser comprado en el mercado local, gozando de los derechos de exoneración del pago de cualquier impuesto o tasa que al respecto establezca la legislación nicaragüense, bajo las mismas condiciones que establece el presente artículo".
Paso moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada para el artículo 6.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
67 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 6, con la moción presentada.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 7 Restricción:
Los instrumentos para el ejercicio profesional, utensilios, herramientas y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad económica del repatriado dentro del ejercicio de su profesión y oficios, así como el vehículo automotor internado o comprado en el país al amparo de la presente ley, no podrán ser vendidos, ni traspasados a terceras personas antes del término de tres años, contados a partir de la fecha de su internación, a menos que se satisfaga el debido pago de los impuestos correspondientes que la Dirección General de Servicios Aduaneros establezca en base al valor que éstos tenían al momento de su internación en el país.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 7.
A votación el artículo 7.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
71 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 7.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 8 Prohibición:
Los artículos y vehículos importados que haciendo uso de las disposiciones de la presente ley, y que no fuesen menaje de casa, quedarán prendados a favor de la Dirección General de Servicios Aduaneros, por el término de tres años, los cuales no podrán ser donados, vendidos o arrendados, bajo ninguna causa, en tanto no sean satisfechos y hecho efectivo el debido pago de los impuestos, o que haya transcurrido el plazo de los tres años a que se refiere el artículo anterior.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 8.
Diputada Rita Fletes Zamora, tiene la palabra.
DIPUTADA RITA FLETES ZAMORA:
Gracias, señor Presidente.
Es una moción de consenso para agregar un nuevo párrafo al artículo 8, el que se leerá así:
"En caso que el beneficiario de manera dolosa simule contratación con el objeto de traspasar antes del plazo establecido en este artículo cualquiera de los bienes internados bajo amparo de los beneficios que concede la presente ley, cometerá el delito de defraudación fiscal, con las correspondientes sanciones que establece la ley de la materia".
Paso moción.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción que reforma el artículo 8.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 8, con la moción presentada.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Arto. 9 (Supervisión a los beneficiados:
Durante el período en que los instrumentos para el ejercicio profesional, utensilios, herramientas y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad económica del repatriado dentro del ejercicio de su profesión y oficios, así como la prenda legal establecida en el artículo anterior, le corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Dirección General de Servicios Aduaneros, efectuar las inspecciones que estime conveniente en los bienes prendados, sin previo aviso.
La falta de cualquiera de estos bienes dará lugar al apremio corporal en contra del dueño de los enseres, todo de conformidad a lo establecido por la legislación nicaragüense relativa al contrato de prenda; en caso de encontrarse en manos de un tercero se procederá al decomiso.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 9.
Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Muchas gracias, Presidente.
Aquí se pretende mocionar de consenso para una reforma al segundo párrafo del artículo 9; el párrafo diría lo siguiente:
"Si por causa imputable al beneficiario no fueren habidos por la autoridad aduanera al momento de la inspección, cualquiera de los bienes internados bajo el amparo de los beneficios otorgados por la presente ley, tal situación dará lugar al apremio corporal en contra del beneficiario, todo de conformidad a lo establecido en la legislación nicaragüense relativa al contrato de prenda. En caso que estos bienes se encontraren en poder de un tercero, se procederá al decomiso correspondiente".
El objetivo de este párrafo es aclarar la redacción de este artículo, porque lo que se debe de dejar entendido es de que es por causa imputable al beneficiario que no se encuentren los bienes, una vez que la autoridad aduanera vaya a hacer la revisión o inspección correspondiente. Recuérdese que existen algunos bienes que pueden ser por ejemplo susceptibles de robo, y de repente puede llegar posteriormente la autoridad aduanera a buscar estos bienes y por el hecho de que sencillamente ya no estén en poder del beneficiario, el pobre hombre viene y cae preso.
Entonces, son por causas imputables al beneficiario, que en efecto operaría este apremio corporal. Yo creo que la moción que cambia la redacción de este segundo párrafo mejora sustancialmente el sentido del artículo. Es una moción de consenso y la paso por escrito.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONAL LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Me hubiera gustado que me tomaran en cuenta en esa moción de consenso, yo hubiera participado sin lugar a dudas; pero como no supe quiénes son los que consensuaron, entonces yo tengo preparada otra moción. La próxima vez a lo mejor contamos con la aquiescencia de los honorables consensuadores en esta Asamblea, para podernos adherir de alguna manera. De todas maneras, honorable señor Presidente, a mí francamente me angustia dar facultades a determinados órganos del Estado para que persigan a gente que tiene años de estar fuera de Nicaragua, que ha pasado problemas en el destierro y encima de eso les venimos a decir aquí, los beneficios que les damos con esta ley si usted no los cumple, le vamos a decir a la Aduana que se vaya a meter a su casa sin previo aviso y sin previo permiso para que registren lo que usted internó.
A mí me parece esto es de lo más bárbaro, en esta ley. Yo estoy proponiendo que se elimine de este artículo 9, donde dice "sin previo aviso". De tal manera que ese primer párrafo quedaría exactamente igual, eliminando "sin previo aviso". Y con todas las explicaciones que dio el honorable Diputado, querido don Wálmaro Gutiérrez, a mi me parece que tampoco tiene sentido estar poniéndoles espadas o espadines sobre las espaldas de un nicaragüense que probablemente ha vivido más de tres años, 10, 15, no sé cuántos años fuera, y encima de eso, venir a decirle aquí: nosotros dudamos de usted, nosotros presumimos que usted puede vender estas cosas, nosotros presumimos que usted se las puede dar a otra persona, nosotros presumimos que usted las va esconder".
Es decir, estamos dando posesión a una ley, y por otro lado les estamos diciendo que son ladrones o que se los pueden esconder. Mi moción concreta es que se elimine totalmente el párrafo segundo, que no desnaturaliza ni el contenido del artículo ni el contenido de la ley; y le estamos mandando un mensaje en la dirección correcta a los exiliados, de que estamos creyendo en ellos, de que son bienvenidos a Nicaragua, que les damos el abrazo fraterno y que ésta es una ley para favorecerlos a ellos en su reinserción y su incorporación a la vida en Nicaragua. Paso la moción.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE SANTOS RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ MERCADO:
Gracias, Presidente.
Yo valoro en lo que pesa la buena intención y los buenos deseos del Diputado Donald Lacayo, pero la verdad es que la moción que él plantea, a mi juicio atentaría contra una de las tantas funciones que esta Asamblea Nacional le otorgó a la Dirección General de Servicios Aduaneros en la Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros. Nosotros no le estamos creando una nueva facultad, lo que estamos es planteando que esta facultad la mantiene bajo este contexto del otorgamiento de los beneficios que da la ley a estos beneficiados.
Cuando se plantea que se elimine el segundo párrafo, prácticamente lo que nosotros estamos diciendo es que todos estos beneficios que nosotros le deseamos dar a estos repatriados para que se beneficien y se aprovechen él y su familia, sencillamente no van a tener el impacto deseado, porque entonces con estos bienes lo que normalmente va a suceder es que van a terminar cayendo como objetos de consumo del mercado informal. Cuando se dice que estos bienes quedan prendados por un período determinado a favor de la Dirección General de Servicios Aduaneros, tiene como objetivo fundamental que los bienes sobre los que recae este beneficio, sean objetos de aprovechamiento de los beneficiarios; eso es lo que nosotros queremos hacer.
Obviamente si se levanta la prenda -y aquí yo no voy a dar una cátedra sobre levantamientos de prendas- existe apremio corporal en base a los mecanismos que establece la ley misma, que tampoco lo estamos creando en esta ley, ya existen. Y cuando nosotros hacemos la moción de corrección al segundo párrafo, lo que estamos es protegiendo al beneficiario porque no siempre que los bienes vayan y no sean habidos, no va a ser por causa imputable al beneficiario. Si al pobre hombre se le metieron y se le robaron los utensilios de trabajo y después llega la Dirección General de Servicios Aduaneros y no los encuentra, le roban y para colmo cae preso; no tiene ningún sentido.
Entonces yo creo que la moción del distinguido Diputado, llena de toda la buena voluntad que le caracteriza, es definitivamente impropia para aprobarse en este artículo y en cualquier otro artículo de esta ley, y solicito la votación unánime a favor de la moción de consenso.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN ANAYA:
Gracias, Presidente.
En esta ocasión yo estoy de acuerdo con parte de lo aseverado por el Diputado Donald Lacayo, creo que eso de “previo aviso” es una barbaridad. Yo creo que se debería de eliminar de manera que el consenso se amplíe, para que efectivamente se acoja esta iniciativa de quitarle “sin previo aviso”. Con respecto a lo otro, si hay el aseguramiento de que eso es para el beneficio digamos de la gente, la gente viene aquí, no es para que meta cualquier cosa, solamente es una vez, y si estos bienes que son domésticos o son para el trabajo, etc., surge una eventualidad y dispone de ellos, por qué lo van a echar preso, si dispone de ellos antes de los tres años; no es que se está dedicando a esta actividad de manera recurrente.
Entonces creo también que hay razón para eliminar el párrafo segundo, si ya existe en la ley de aduana, pues dejémoslo ahí, ya esta en la ley de aduana; pero para qué afectar con esto esta iniciativa que más bien pretende que tenga atractivo y sea de incentivo para los nicaragüenses en el extranjero.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:
Gracias, señor Presidente.
Parece ser que hay un consenso entre ambas mociones, y creo que es lo correcto. En primer lugar eliminar en el primer párrafo “sin previo aviso”, porque eso parece que de repente te caen encima; creo que en eso tenía razón Donald, que hay que eliminarlo. Y el segundo párrafo modificado a como se modificó de consenso y el mismo Donald ya lo acepta que debe quedar, porque es una garantía de que esto no se va a usar para hacer un juego de reventa, sino es para beneficio real de los que vienen repatriados.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wilfredo Navarro Moreira, tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Para tratar de consensuar las posiciones he estado hablando con el Diputado Donald Lacayo, y él retiraría su moción si le eliminamos el “sin previo aviso” del párrafo primero; pero estableciendo de acuerdo a la ley, para que aquí no aparezca como el concepto de Donald. Yo no sé si a Donald le satisface ese aspecto, para que pasemos rápidamente a aprobar esta Ley.
Entonces vamos a pasar la moción agregándole a la moción, que presentó el Diputado Wálmaro Gutiérrez, que en el primer párrafo, al final, se elimina : "sin previo aviso" y se le agrega "de acuerdo" a la ley. Y ya podemos superar este impase, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Justamente, para respaldar el acercamiento y el consenso planteado por el Diputado Wilfredo Navarro, porque al final del cuento las facultades de este órgano ya se encuentran ampliamente desarrolladas en la ley de la materia, y tanto ése tema como otros temas, aunque no los relacione esta ley, de todos modos son facultades inherentes de la Dirección General de Servicios Aduaneros. Sin embargo, apruebo y respaldo el consenso, para satisfacción del Diputado Lacayo.
Gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Lo que pasa Presidente, es que ya en otra oportunidad dije que yo guardo profundo respeto a la inteligencia y a la capacidad de las personas ante eso yo me arrodillo.
Yo sé que está en otra ley todo esto que estamos discutiendo; lo que no está en ninguna ley, y por eso es que yo intervine, es en la intencionalidad de esta honorable Asamblea, de enviarles un mensaje a los que están en el destierro, de que aquí hay voluntad de ayudarlos para que vuelvan a Nicaragua, sin tropiezos, sin dificultades, y sin problema, y abrirles las puertas para que vuelvan a este país. Eso era todo Presidente,
Gracias.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
La moción presentada por el Diputado Wálmaro, y Wilfredo Navarro en conjunto con el Diputado Donald Lacayo Núñez, es que al primer párrafo se le elimine "sin previo aviso" y agregarle "de acuerdo a la ley" Y se abre un nuevo párrafo que dice: "Si por causas imputables al beneficiario; no fueren habido por la autoridad aduanera al momento de la inspección, cualquiera de los bienes internados bajo el amparo de los beneficios otorgados por la presente ley, tal situación dará lugar al apremio corporal en contra del beneficiario, todo de conformidad a lo establecido en la legislación nicaragüense relativa al contrato de prenda. En caso que estos bienes se encontraren en poder de terceros, se procederá al decomiso correspondiente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada que reforma el artículo 9.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
65 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 9, con la moción presentada.
SECRETARIA MARIA AUXILIADORA ALEMAN:
Artículo 10. Presentación de documentos probatorios y tiempo mínimo para residir:
Los ciudadanos nicaragüenses que decidan acogerse a los beneficios que concede la presente ley, deberán presentar los documentos probatorios sobre su permanencia en el extranjero, por el tiempo establecido en el artículo primero de esta ley, debidamente autenticados por las autoridades consulares pertinentes o las autoridades de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República, así como su respectiva declaración jurada, en la cual exprese su compromiso de residir en el país al menos por un período mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de su ingreso al país.
En los casos en que los ciudadanos no residan los tres años establecidos por la presente ley; éstos deberán de pagar los impuestos de internación sobre los bienes señalados en la presente ley, caso contrario se le considerará evasor fiscal y estará sujeto a lo establecido en la legislación tributaria común.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión el artículo 10.
Diputado Donald Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Presidente, gracias.
Este artículo 10 está redactado en términos plurales. Dice: Los ciudadanos nicaragüenses que decidan acogerse a los beneficios que concede la presente ley deberán presentar los documentos probatorios.
Aquí estamos hablando de que hay que presentar quién sabe cuántos documentos. Me parece que la intención de los legisladores en este tema, es que con sólo acreditar con un documento que yo estuve fuera del país por determinado tiempo, es más que suficiente. Si yo acredito con mi pasaporte por ejemplo, que estuve tres o cuatro años fuera, ¿qué otro documento voy a tener que presentar para acreditar que estuve fuera del país?
De tal manera que mi moción es: "deberá presentar cualquier documento probatorio sobre su permanencia en el extranjero etc., y no "documentos probatorios" que al fin de cuentas quedaría a discreción de la autoridad de aplicación de esto, entonces esto va a ser un sin fin de cosas.
A mí me da pena por el Diputado Wilfredo Navarro, que es el mocionista, dice que tiene tres años tiene de estar luchando con su ley, pero la verdad es que lo que estamos haciendo son aportes que van a beneficiar esto, y cuándo vaya a hacerse la presentación yo no se adónde, en Miami, a lo mejor podemos ir a algún lado de estos, tengamos una ley totalmente clara.
Muchas gracias Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
La moción por favor, Diputado Lacayo.
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Mire Presidente, sin afán de querer entablar una polémica de carácter innecesaria; pero cuando en este artículo se habla de que es necesario que se presenten documentos probatorios, entre otros, además del pasaporte que correctamente plantea el Diputado Donald Lacayo, se te establece también certificación o documento emitido por autoridades consulares, son representantes del Estado de la República de Nicaragua que certifican y dan fe, y eso permite administrativamente que los hechos relacionados en tu pasaporte sean cotejados con documentos auténticos de Cancillería, de Relaciones Exteriores, estamos hablando de beneficios tributarios.
Debemos de ser serios con estos beneficios, y es por eso que este artículo, con lo correcto que plantea el Diputado Donald Lacayo, que hacen un irrefrenado manejo del castellano, poniendo cosas en plural y en singular, es una barbaridad lo que hacen en ese artículo, pero es de los artículos más claros, de los pocos artículos claros que tiene todo este Dictamen. Yo creo que la corrección que plantea el Diputado Lacayo, que puede darse en la Comisión de Estilo, es de que por favor manejen los plurales y los singulares correctamente.
Pero de ahí a decir que con sólo la presentación del pasaporte es suficiente documento, hombré, me va a excusar el Diputado Lacayo, pero los documentos emitidos por el Departamento de Relaciones Exteriores correspondiente, para mí es una condición sine qua non para que la Dirección General de Ingresos, en su caso, pueda autorizar estos beneficios. De otra manera recuerde que inclusive hasta las cédulas de identidad pueden ser alteradas, los pasaportes pueden ser alterados, cualquier documento de este tipo que es de manejo ciudadano podría ser alterado, y es por eso que la ley establece también documentos adicionales certificados por Cancillería.
Entonces yo creo que no puedo apoyar una moción de esta naturaleza, porque personalmente creo que no es responsable, Presidente.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILES:
Gracias, señor Presidente.
Yo le planteaba al mocionista de esta ley, que como miembro de la Comisión de Población, estamos interesados en saber qué beneficios obtienen de esta ley los hermanos nicaragüenses que se han ido indocumentados para Estados Unidos, que han estado trabajando en Estados Unidos por muchos años, que han enviado remesas a lo largo de muchos años, y en ningún artículo se menciona beneficiar a estos hermanos nicaragüenses, que son la mayoría que están en Estados Unidos, y no veo que se están viendo beneficiados.
Lástima que el Doctor Lacayo Núñez no está poniendo atención, pero sería importante que se tome en cuenta a los nicaragüenses que se han ido indocumentados por un problema que ya todo mundo conoce, pero que se beneficien de esta ley, ya que muchos de ellos como les digo, trabajan en Estados Unidos, unos llegan a legalizarse, otros no llegan a legalizarse y regresan a Nicaragua, y habría que buscar la manera como beneficiarlos también en esta iniciativa de ley.
Muchas gracias.
PRESIDENTE EN FUNCIONES WILFREDO NAVARRO:
Tiene la palabra el honorable Diputado José Castillo Osejo.
DIPUTADO JOSE CASTILLO OSEJO:
Gracias, Presidente.
Yo quisiera que los mocionistas cuando hay estas discusiones por lo menos pongan atención; pero se enfrascan en unas discusiones tremendas y no ponen atención. Lo que acaba de decir Carlos es la verdad, aquí un porcentaje elevadísimo de nicaragüenses que van al Norte, salen indocumentados, y eso es uno de los grandes problemas que enfrentan en los Estados Unidos para poder trabajar, para poder nacionalizarse, para adquirir los beneficios que las leyes estadounidenses les faculta.
Entonces, dado que Donald tocó el botón de alerta yo creo que lo que debe de hacerse es no solamente el pasaporte, porque muchos van a viajar de regreso sin el pasaporte, no van a tener pasaporte, porque se tramitan en Nicaragua, no es cierto que se los dan en Estados Unidos. Cuando más les pueden dar un documento que identifique que es Nicaragüense, si presenta partida de nacimiento, y todas esas cosas. Yo creo que se podría clarificar un poco, si los mocionistas le agregan que la tarjeta de trabajo dada en los Estados Unidos, porque sin eso no pueden sostenerse, ni vivir, ni trabajar, o cualquier documento que compruebe que estuvo allá por el tiempo debido, y no solamente el pasaporte, porque si se fue sin documentos no va a poder regresar con documentos legítimos.
Muchas gracias Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Wilfredo Navarro, Tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:
Yo le explicaba al Diputado Carlos Gadea en la discusión, para ver si nos poníamos de acuerdo en que esta ley no exige documentos que demuestren residencia en Estados Unidos, o cualquier país, eso es clarísimo. Lo único que se pide es que se presente cualquier documento que acredite que ha residido cinco días, cinco años fuera del país; esto puede ser el certificado de trabajo, puede ser un recibo del pago del agua, de la luz, del teléfono, de sus impuestos en Estados Unidos porque cualquiera que está en Estados Unidos aunque esté ilegal, tiene que declarar sus impuestos si está trabajando.
Entonces, lo que estamos tratando de hacer es no es establecer taxativamente los documentos, sino que cualquier documento, para facilitarle al nicaragüense que quiere repatriarse, las posibilidades de no encasillarlo en equis ó ye documento; es cualquier documento que acredite ante el Consulado que este señor ha estado cinco años fuera de su país, y ése es el documento que va a autenticar Cancillería para que se presente en el Ministerio de Hacienda. Así es que la preocupación de Carlos queda zanjada en ese sentido.
Aquí no se exige ningún documento del Gobierno norteamericano, lo que se exige es el documento del Consulado que acredite que ese nicaragüense ha vivido fuera de su país cinco años, y puede ser cualquier documento; si el Consulado considera que es el pasaporte, será el pasaporte; si el Consulado considera que el recibo de pago de sus impuestos es adecuado, pues será ese documento. Lo que se exige en Nicaragua es la constancia del consulado que establezca que el hombre, la persona o el núcleo familiar, ha estado fuera de su país por cinco años. O sea la propuesta de redacción es la correcta.
Y lo que dice Donald de quitarle "los documentos", yo creo que Wálmaro -lo he conversado con él- comparte que se ponga "el documento". Lo que no comparte Wálmaro es que se ponga de una manera taxativa, porque en esa forma estamos limitando al solicitante, o permitiendo que se cometan abusos.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES:
Gracias, Presidente.
Yo creo que si estamos tratando una ley especial de incentivos debe tener todo el espíritu más flexible, liberal y abierto. Yo comparto lo que dice el Diputado Wilfredo Navarro.
Naturalmente que hay una serie de interrogantes que van a quedar siempre pendientes. Por ejemplo alguien que está ilegal y trabaja en el campo, ése no paga impuesto. Alguien se puede ir con un pasaporte válido y con una visa válida a Estados Unidos y se queda ilegal. Hay múltiples facetas que pueden estar en esa maraña de juego que pudieran conducir a abusos, cuando más se habla de exención de importaciones de vehículos.
Pero en cuanto a los conceptos, yo creo que cualquier documento razonable que acredite que estuvo fuera los cinco años es más que suficiente, para facilitarle el otorgamiento de los incentivos.
Tal vez se pueda encontrar alguna mecánica, alguna fórmula; en algunos países para comprobar el domicilio, se exige por ejemplo, recibos del domicilio indicado, de cuentas bancarias, de tarjetas de crédito, recibos de luz: pero un ilegal obviamente está privado de todos esos beneficios, porque sería dar pistas para su deportación; por eso yo estoy de acuerdo que es mejor ser flexible y pecar de liberal, que pecar de excesivamente restrictivo, para facilitar el regreso de los nicaragüenses a su territorio.
Gracias.
SECRETARIO EDWIN CASTRO :
Vamos a leer la moción del Diputado Donald Lacayo, porque vemos que se está discutiendo sobre algo que no se ha mocionado. La moción del Diputado Lacayo dice lo siguiente: "Cambiar donde dice "los documentos" por "cualquier documento". Esa es la moción de Donald Lacayo, y es sobre eso lo que deberíamos de votar ahorita, con lo cual yo estoy personalmente de acuerdo, y los mocionistas están totalmente de acuerdo.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Donald Lacayo, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO:
Presidente: Yo quiero ir con una ley de consenso, donde yo tenga las facultades de decir que también los sandinistas estuvieron de acuerdo, porque no tenemos ningún sentimiento de animadversión en contra de los honorables legisladores sandinistas que también la están aprobando. De tal manera que cuando nos pregunten en algún lado, Y los sandinistas estuvieron de acuerdo? Si, Estuvieron de acuerdo, vamos a decir. De eso de trata de aclarar las cosas.
Número 1. No es cierto que si uno va a un Consulado, de cualquier parte del mundo y le diga uno al Cónsul, deme una constancia de que yo tengo tanto tiempo de vivir en este país, nos la va a dar; los Consulados no son para éso, y ahí es donde viene mi preocupación, porque el tema fundamental es la acreditación de los documentos justificativos.
Número 2. Presidente y el Diputado Navarro, por favor a todos, aquí hay que dejar totalmente clara la cuestión de los ilegales. Hay más de 150 mil personas ilegales en los Estados Unidos, nicaragüenses que trabajan con Social Security prestado, con otros nombres y todo lo demás.
Y si no dejamos claramente establecido que esos ilegales también tienen derecho a ampararse en lo que dice esta ley, estamos dejando un enorme vacío. Para solucionar eso, propongo que con una declaración jurada ante el Consulado correspondiente donde vive el ilegal, y que no necesariamente tiene que decir que está ilegal en los Estados Unidos, o en Canadá o en Japón o en Australia, donde sea.
Pero hay que cerrar esta brecha en esta legislación que no prevé nada con relación a los ilegales.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
Hay tres Diputados, cerramos con Navarro.
Diputado Bayardo Arce, tiene la palabra.
DIPUTADO BAYARDO ARCE:
Muchas gracias, Presidente.
Yo considero que esta discusión es innecesaria, porque nosotros dejamos establecido desde el artículo 2, que la ley se va a regular por normativas que emita el Ministerio de Hacienda, entonces y ponernos nosotros ya a prever hasta la última circunstancia que pueda darse, creo que es exceder el trabajo parlamentario.
Porque ni conocemos toda la dinámica del funcionamiento consular, documental, etc. y la idea es que ya fijada la ley, por eso estamos mandando al Ministerio de Hacienda a establecer una reglamentación por la vía de normativa. Y todas esas inquietudes que se han planteado a los colegas ahí tendrán que resolverse, porque precisamente hay que explicitar cómo se va a implementar la ley. Así que me parece que la discusión está demás.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Agustín Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTIN JARQUIN:
Gracias, señor Presidente.
Precisamente ya una serie de especificidades es difícil estar uno previéndolas todas, claramente esta ley no hace consideración ni distingo, y si el ciudadano, nicaragüense está legal o ilegal en otro lugar, la mayoría de los ciudadanos o buena parte de los compatriotas que están residiendo en Costa Rica, Estados Unidos, esos no tienen legalidad y están ahí permaneciendo. Entonces la ley yo creo que está correcta así, porque no discrimina el estatus en otro país, ese es asunto, o problema de otro país y no nos metemos a eso.
De manera que con la moción original de nuestro colega conservador, miembro de la Alianza Liberal, el Diputado Donald Lacayo, tanto la Bancada Sandinista, como miembros de la Convergencia, los que no somos sandinistas, los que estamos ahí, estamos plenamente de acuerdo, y diría que procediéramos para que esa expresión de consenso total se muestre en la votación siguiente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación entonces la moción presentada por Donald Lacayo, que reforma el artículo 10.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación
Se cierra.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 10, con la moción presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO :
Arto. 11 Otros beneficiados
Los ciudadanos nicaragüenses mayores de 21 años que no hubieran constituido un núcleo familiar en el país de donde retornan, gozan de los mismos derechos de exoneración que otorga la presente ley. Para tal efecto únicamente deberán presentar, además de los requisitos establecidos en el artículo anterior, a la autoridad competente, la documentación que demuestre su autonomía y solvencia económica y financiera.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 11.
Diputado Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Eliminar nada más, queridos Diputados, Presidente y Vicepresidente, sólo eliminar, para no hacer largo esto, las últimas dos líneas de este artículo: "la documentación que demuestre su autonomía y solvencia económica y financiera". Yo quisiera saber de los miles de nicaragüenses que viven en el extranjero, qué porcentaje podrá demostrar solvencia económica y financiera, cuando uno en el extranjero, cuando uno en el exilio vive coyol comido y coyol quebrado. Tienen que trabajar toda la familia, el papá, la mamá, los hijos, los parientes, los abuelos y los vecinos para pagar la renta, para pagar la luz, para pagar el agua, y aquí les estamos poniendo limitaciones que demuestren financieramente que tienen capacidad para volver a Nicaragua. Esas cosas, causan limitaciones a esta ley y no puede ser.
Dejemos que presenten la solicitud, que demuestren que han estado varios años fuera del país y que se acojan a los beneficios de esta ley. Pero aquí están pidiendo que presente estados financieros, que presente cuentas bancarias, que presente cuentas de ahorro, y no sé cuántas cosas más. Es decir, ¿Qué mensaje queremos mandar con esta ley?. Voy a mocionar para que no me digan que no...
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Presidente: El objetivo que tienen las últimas dos líneas de este artículo si no se hubieran aprobado las reformas a los otros artículos ya reformados, yo no hubiera estado de acuerdo en aprobar todo el artículo; pero como ya hemos superado muchos impases, ese artículo tiene razón y sentido, el objetivo de esas últimas dos líneas es evitar estar dando beneficios a todos y cada uno de los miembros de un núcleo familiar. Léase por favor el artículo primero de la ley, el objetivo nuestro es darle el beneficio a un núcleo familiar, y dejamos hasta establecido y conceptualizado qué es un núcleo familiar.
Una persona de 21 años de edad puede perfectamente demostrar su situación autonómica, económica o financiera, desde el mismo momento en que aporta a la economía familiar con un trabajo que él tenga, y eso es perfectamente válido y totalmente correcto. Pero ponerse a decir de quitar esas dos líneas, mejor desnaturalicemos esta ley, porque lo que vamos a hacer es un portillo irreflexivo de beneficios tributarios que van a ocasionar serios perjuicios a este país.
Me opongo al planteamiento del Diputado Núñez.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Gracias, Presidente.
Respetando el criterio del Diputado Wálmaro Gutiérrez, muy capaz y estudioso de asuntos fiscales y económicos, yo me inclino por la opinión del Diputado Donald Lacayo, en el sentido de que ésta es una ley de estímulos y que no se les puede estar solicitando a nicaragüenses, a la mayoría de ellos que están ilegales, que viven, como parias, perseguidos, que hasta dejan su identidad en otras manos, estar pidiéndoles solvencia económica y solvencia financiera, una cosa o la otra, en todo caso y después estar solicitando una serie de certificaciones a quienes viven en la penumbra, en la oscuridad.
Yo creo que debemos abandonar un poco criterios fiscalistas y criterios restrictivos en esta legislación que tiene un espíritu fraterno, abierto, generoso y liberal como dije desde el comienzo. Yo me inclino a la opinión del Doctor Donald Lacayo, con el respeto que tiene el criterio de don Wálmaro.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
En vista de que no hay moción presentada, vamos a votar el artículo 11.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación
Se cierra.
57 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 11.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 12. Presentación del informe:
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe de rendir un informe trimestral sobre las exoneraciones otorgadas a los nicaragüenses que regresen del exterior y gocen de los beneficios que otorga la presente ley ante la Comisión de Asuntos Económicos, Presupuesto y Finanzas de la Asamblea Nacional, por medio de la Dirección General de Seguimiento al Gasto Público.
Entre otros aspectos dicho informe deberá de contener lo siguiente:
1. Generales de ley de los beneficiados;
2. Copia certificada de la cédula de identificación ciudadana nicaragüense;
3. Copia de la cédula de residencia del país de donde procede o cualquier otro documento oficial con que lo demuestre;
4. Copia de la certificación del Consulado nicaragüense de donde procede;
5. Lugar y domicilio donde reside en Nicaragua el beneficiado;
6. Número de pasaporte;
7. País de procedencia;
8. Certificación consular que demuestre que residía en el extranjero;
9. Partidas de nacimiento de todos los hijos;
10. Negativas de bienes inmuebles;
11. Certificado de Policía;
12. Monto total de la suma exonerada;
13. Inventario de los bienes exonerados;
14. Cualquier otra información que a criterio de la Comisión o de la autoridad de aplicación resulte necesaria.
En todos los casos la documentación deberá ser presentada con la respectiva auténtica notarial de ley.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 12.
Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.
DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:
Gracias, Presidente.
La moción que tenemos trata de reducir el número de requisitos que se establecen en el informe que se presenta a la Asamblea Nacional, y se elimina el absurdo de estar estableciendo que debe de ser con auténtica notarial la presentación del informe del Ministerio de Hacienda. La propuesta dice lo siguiente: Arto. 12. Presentación de Informes. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá de rendir un informe trimestral sobre los beneficios otorgados a los nicaragüenses que regresen del exterior y se hayan acogido a los beneficios que otorga la presente ley, ante la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, por medio de la Dirección General de Seguimiento al Gasto Público.
Este informe deberá de contener al menos la siguiente información:
1. Nombre completo, generales de ley y número de cédula de los beneficiados;
2. Monto de la suma exonerada a cada beneficiado:
3. Monto actualizado a la fecha de la suma total exonerada;
4. Inventario de los bienes exonerados;
5. Demás información que sea menester a juicio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Este informe podrá ser ampliado a criterio de la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto, con la incorporación de cualquier dato adicional que la misma Comisión solicite.
Presento moción, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación la moción presentada al artículo 12.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación
Se cierra.
64 votos a favor, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 12, con la moción presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Artículo 13. Beneficiados anteriores.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe de presentar un informe a la Asamblea Nacional, en un plazo no mayor de sesenta días, sobre las exoneraciones otorgadas a los nicaragüenses que hicieron uso de los beneficios otorgados a los nacionales que se hubiesen acogido a los Acuerdos Ministeriales Número 16, del nueve de Febrero de 1990 y el Número 26 - B, del 23 de Julio de 1990 emitidos por el Ministerio de Finanzas, los otorgados por la ley número 250, Ley de Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 52, del 14 de Marzo de 1997 y la Ley número 310, Ley de Prórroga de los Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número ciento veintitrés, del veintinueve de Junio de mil novecientos noventa y nueve.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Jaime Morales Carazo, tiene la palabra.
DIPUTADO JAIME MORALES CARAZO:
Presidente: Yo no alcanzo a entender qué tanta injerencia deben tener las Comisiones de la Asamblea en este tipo de cosas que son privativas del Poder Ejecutivo, y casi administrativas, por un lado. Por otra parte con tanta información que se solicita, sólo falta que diga con copia a la Embajada de equis país, de Estados Unidos, para que los metan y fichen como cuestiones contra el terrorismo u otra serie de cosas porque es un exceso de información y cuestiones que se solicitan, y más en caso en el que sabemos que un altísimo porcentaje de nicaragüenses que eventualmente apliquen a esto, son personas que han estado indocumentadas y precisamente en Estados Unidos.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
No hay moción presentada.
A votación el artículo 13.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación
Se cierra.
60 votos a favor, 2 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 13.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 14 Sanción por incumplimiento de los informes:
En caso de que él o los funcionarios designados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no presenten los informes referidos, en los artículos 12 y 13 de la presente ley, se le aplicará una multa equivalente a cincuenta salarios mínimos, sin perjuicio de otras medidas correctivas por vía administrativa.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión el artículo 14.
A votación el artículo 14.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación
Se cierra.
59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 14.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
Arto. 15 Excluidos del beneficio de la presente ley:
Quedan excluídos los ciudadanos nicaragüenses que con anterioridad a la presente ley hayan recibido los beneficios que otorgó el Estado de Nicaragua por medio de los Acuerdos Ministeriales Número 16, del nueve de Febrero de 1990 y el Número 26 - B, del 23 de Julio de 1990 emitidos por el Ministerio de Finanzas; así como por medio de la ley número 250, Ley de Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 52, del 14 de Marzo de 1997 y en la ley número 310, Ley de Prórroga de los Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número ciento veintitrés del veintinueve de Junio de mil novecientos noventa y nueve.
También se excluyen aquellas personas que hubieren recibido beneficios similares a los establecidos en los acuerdos y la ley referida con anterioridad por la vía administrativa, antes de la entrada en vigencia de la presente Ley, y quienes tengan cuentas pendientes de pago con el Fisco.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ.
A discusión el artículo 15.
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WALMARO GUTIERREZ:
Gracias, Presidente.
Con el objetivo de hacer entendible la jerigonza planteada en este artículo, y por otro lado también sustraer la última parte del párrafo segundo de este artículo, me permito presentar la moción de consenso siguiente:
Modificar el artículo 15, el que se leerá así: "No podrán hacer uso de los beneficios establecidos en la presente ley, los ciudadanos nicaragüenses que con anterioridad hayan recibido beneficios que otorgó el Estado de Nicaragua por medio de los Acuerdos Ministeriales 16 y 26- B del nueve de febrero de mil novecientos noventa y veintitrés de Julio del mismo año respectivamente.
Asimismo por medio de la Ley No. 250, Ley de Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 52, de mil novecientos noventa y siete y en la Ley No. 310, Ley de Prórroga a la Ley de Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 123, del veintinueve de Junio de mil novecientos noventa y nueve.
Asimismo se excluye a aquellas personas que hubieren recibido beneficios por cualquier otra ley o decreto similares a los beneficios establecidos en la presente ley; en todo caso tal circunstancia deberá ser demostrada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público".
Esta ley viene a mejorar la redacción y a aclarar los alcances de quiénes son los beneficiarios, pero yo quería aprovechar solamente un par de minutos del tiempo de este Plenario, solamente para suplicarle al Presidente que a través de la Dirección de la Asesoría Legislativa de este Poder del Estado, se trate de crear mecanismos de mayor rigor en la calidad legislativa de los dictámenes que se presenten al magno Plenario de esta Asamblea Nacional. Existen inclusive -creo que hay que calificarlos con su nombre- dictámenes hasta inapropiados para poder ser discutidos en este Poder del Estado.
Y hasta por respeto a cada uno de los Diputados, deberíamos de hacer un llamado de atención a todos los Asesores y asistentes de las diferentes Comisiones, y al Jefe de la Asesoría Legislativa, para que el producto legislativo que se presente a este Plenario tenga una mayor calidad. Los Diputados nos lo merecemos y el pueblo de Nicaragua se lo merece.
Paso la moción por escrito.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Lacayo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO DONALD LACAYO NUÑEZ:
Gracias, Presidente.
Yo, ciertamente me adhiero a lo último que dijo el Diputado Wálmaro Gutiérrez. Aquí hay Asesores que escriben hombre sin h y con n. Es increíble en algunas Comisiones las incapacidades manifiestas del personal, y yo creo que eso debería atenderlo la Junta Directiva.
Presidente, he pedido hacer uso de la palabra brevemente, para pedir, para mocionar concretamente que se elimine del segundo párrafo de este artículo 15, las últimas dos líneas que dicen: y quienes tengan cuentas pendientes de pago con el Fisco. ¿Ya está eliminado? Esta bien retiro la moción.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Marco Aurelio Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO MARCO AURELIO SANCHEZ:
Gracias, señor Presidente.
Yo sólo estaba pensando y haciéndome una reflexión. Cuando ponen ahí que los beneficiados por la ley debe recordarse que en 1990, las leyes han dado tres años para los que están en Nicaragua; es decir, si una persona vino en 1990 estuvo cinco o seis años en Nicaragua y se fue en el 96 por un fracaso, ya cumplió con los requisitos que esa ley decía y se volvió a ir del país. Esta ley lo único que está diciendo es que tenga cinco años fuera del país. Alguien que se fue en el 96 y vuelve el 2005, ya tiene diez años de estar fuera del país.
Y si esa persona cumplió con los requisitos de la primera ley, y no veo, por qué nosotros lo vamos ahora a sancionar y que no vuelva a Nicaragua con ese goce, si se pudo haber ido porque fracasó en Nicaragua, ya que en el negocio que puso le fue mal, por una serie de razones y vuelve otra vez con su capitalito a aportar a Nicaragua; no veo por qué lo limitemos tanto, y lo único que está pidiendo la ley en este momento es que tenga cinco años, yo diría que dejáramos eso, la última reforma que se hizo en el 2000, pero lo único que te exige la ley es que estés tres años en el país, y volvés a adquirir tu derecho si estuviste cinco años fuera del país.
Yo quisiera hacer esa observación a los mocionistas de estas leyes, para ver si se quita todo eso y se sigue promocionando la venida de gente que desde 1990 tal vez estuvo cinco o seis años en el país.
Muchas gracias, señor Presidente.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
La moción presentada dice lo siguiente:
"Arto 15 Excluidos de los beneficios de la presente ley: No podrán hacer uso de los beneficios establecidos en la presente ley, los ciudadanos nicaragüenses que con anterioridad hayan recibido beneficios que otorgó el Estado de Nicaragua por medio de los Acuerdos Ministeriales Nos. 16 y 26- B del nueve de Febrero de mil novecientos noventa y veintitrés de Julio del mismo año respectivamente.
Asimismo por medio de la Ley No. 250, Ley de Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 52, de mil novecientos noventa y siete y en la Ley No. 310, Ley de Prórroga a la Ley de Incentivos Migratorios, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 123, del veintinueve de Junio de mil novecientos noventa y nueve.
Asimismo se excluye a aquellas personas que hubieren recibido beneficios por cualquier otra ley o decreto similares a los beneficios establecidos en la presente ley; en todo caso tal circunstancias deberá ser demostrada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público".
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 15, con la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación
Se cierra.
59 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 15, con la moción presentada.
SECRETARIO EDWIN CASTRO RIVERA:
Arto. 16 Vigencia
La presente ley es de orden público, y entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO EDWIN CASTRO:
Hay una moción al artículo 16 que dice:
Arto.16 La presente ley es de orden público, y entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A votación el artículo 16 con la moción presentada.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación
Se cierra.
61 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 16 con la moción presentada y con él se aprueba la LEY ESPECIAL DE INCENTIVOS MIGRATORIOS PARA NICARAGÜENSES RESIDENTES EN EL EXTERIOR.
SECRETARIO EDWIN CASTRO:
En el Adendum 10, punto 3.47 LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No.512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL.
Managua, 14 de Abril del 2005
DICTAMEN
Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Honorable Asamblea Nacional, ha recibido el mandato de dictaminar
EL PROYECTO DE "LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No. 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD URBANA Y RURAL".
La Comisión en relación con este Proyecto ha valorado los siguientes factores:
ANTECEDENTES
Este proyecto de "
LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No. 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL"
fue introducido a la Asamblea Nacional el 31 de Marzo del dos mil cinco y luego remitido a la Comisión de Asuntos Económicos y Presupuesto para su respectivo dictamen
.
OBJETO DEL PROYECTO
El anteproyecto de "
LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No. 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL"
tiene como objeto introducir aportes técnicos que mejoren la ley 512, ley creadora dl instituto de la Propiedad Urbana y Rural.
En el marco del Diálogo nacional, diputados y diputadas de las dos bancadas mayoritarias ante la Asamblea Nacional desde el 25 de enero del presente año conformaron, junto con delegados del Poder Ejecutivo, una mesa de trabajo específico sobre el tema de la propiedad que desarrolló un calendario de discusiones técnico-jurídicas en la búsqueda de aportes técnicos de consejos que mejoran la ley 512, Ley Creadora del Instituto de la Propiedad Reformada Urbana y Rural, logrando alcanzar un acuerdo mayoritario alrededor de propuestas planteadas por delegación del Poder Ejecutivo:
Como resultado concreto del trabajo desarrollado, el Anteproyecto de
"LEY DE REFORMA Y ADICION A LA LEY No. 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL"
contiene reformas en 22 artículos de 49 aprobados en el texto original de la Ley 512, así como la creación de siete nuevos artículos siendo de vital importancia para la misión planteada por INPRUR la creación de un nuevo capítulo relativo a la creación del Consejo Nacional de la propiedad con una instancia multisectorial y representativa de los distintos actores involucrados directamente en el tema de la propiedad en Nicaragua. Otra propuesta importante es el establecimiento de límites de carácter temporal al derecho de los beneficiarios en enajenar las propiedades otorgadas por el
INPRUR.
La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional ha considerado diversos aspectos económicos y sociales que soportan y justifican la reforma y adicción a la Ley No. 512, Ley creadora del Instituto de la Propiedad Reformada Urbana y Rural, los que citamos a continuación.
CONSIDERANDO
1. En la aprobación de la Ley 512 ha privado la voluntad política de resolver el conflicto de la propiedad en beneficio de miles de nicaragüenses que a través de diferentes leyes y acuerdos han sido acogidos como sujetos de beneficio de la reforma urbana y rural.
2. Esa voluntad política manifestada a través de la Ley 512, se ha dado en el marco de los limites legales que la Constitución y las leyes establecen.
3. La Ley 512 ni lesiona las atribuciones constitucionales conferidas al Presidente de la República, mucho menos al Principio de Independencia entre los Poderes del Estado.
4. Las atribuciones de los poderes e instituciones del Estado nicaragüense, están determinadas y normadas por un cuerpo de leyes que determinan como, cuándo y en qué contexto ejercitan las mismas, sin que tal situación haya sido catalogada de inconstitucional.
5. A través del presente anteproyecto de Ley se adicionan disposiciones de coordinación y trabajo conjunto, estableciéndose inclusive la Creación del Consejo Nacional de la Propiedad como una instancia multisectorial, que refleja la voluntad de encontrar soluciones conjuntas a la problemática de la propiedad.
6. La Comisión consideró oportuno aclarar el ámbito de aplicación del Artículo 5 inciso a) en el que establece que el INPRUR sustentará su ejercicio en la Ley 278, Ley sobre la Propiedad Reformada Urbana y Agraria. Creemos que debe aclararse que se exceptúa lo referido al proceso judicial señalado en la Ley 278, ya que el mismo es facultad exclusiva del Poder Judicial por mandato constitucional.
7. La Comisión consideró necesario aclarar el Arto. 8 en el sentido de especificar que los conflictos a los que se refiere ese artículo son aquellos conflictos de competencia que en la aplicación de la Ley pudieren surgir.
8. En el caso del Artículo 9 de la ley 512, la comisión consideró la necesidad de introducir un inciso nuevo que establezca el cumplimiento por parte del INPRUR de las funciones que le fueron transferida en el Artículo 3 de la Ley.
9. La Comisión consideró oportuno modificar los Artículos 35 y 36 en la línea de preservar el derecho de las instituciones del Estado y de los Particulares, siempre y cuando estas acciones sean en el marco de lo establecido por la Ley 278. En ese sentido la Comisión estableció excepciones a la norma general de suspensión de los juicios de propiedad en contra de los beneficiarios y consecuentemente también estableció excepciones en la suspensión de las medidas cautelares.
DICTAMEN DE LA COMISION
La Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional, después de haber analizado los objetivos y el fin que se pretende perseguir con este Proyecto de Ley, y en base a las consideraciones anteriormente señalada y que la misma no contradice nuestra Constitución Política ni Leyes Constitucionales, de los suscritos Diputados
DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE
el Proyecto de "
LEY DE REFORMA Y ADICCION A LA LEY No. 512, LEY CREADORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD REFORMADA URBANA Y RURAL",
por lo que le pedimos al honorable Plenario su aprobación respectiva.
COMISION DE ASUNTOS ECONOMICOS FINANZAS Y PRESUPUESTO.
BAYARDO ARCE CASTAÑO
Presidente
WALMARO GUTIERREZ M.
Primer Vicepresidente
CARLOS NOGUERA PASTORA
Segundo Vicepresidente
WILFREDO NAVARRO
Primer secretario
JAMILETH BONILLA
Segundo Secretario
JOSE FIGUEROA AGUILAR
Miembro
RENE NUÑEZ TELLEZ
Miembro
GUSTAVO PORRAS
Miembro
MARIA HAYDEE OZUNA
Miembro
ENRIQUE QUIÑONES TUKLER
Miembro
ALBA PALACIOS
Miembro
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ:
A discusión en lo general.
Diputado José Figueroa Aguilar, tiene la palabra.
DIPUTADO JOSE FIGUEROA AGUILAR:
Gracias Señor Presidente.
Hoy nos corresponde discutir esta iniciativa de Ley de Reforma y Adición a la Ley No. 512, ley que crea el Instituto de la Propiedad Urbana y Rural, que fue aprobada por la Asamblea Nacional el 25 d
e
Managua,Nicaragua
2007
.