Salir Salir

Año Legislativo:XXVI LEGISLATURA
Sesión:PRIMERA
Tomo No.5

Hide details for Contenido del TomoContenido del Tomo
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días, compañeros y compañeras. Iniciamos sesión faltando cuatro minutos para las diez de la mañana, pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
(1 de diciembre de 2010).

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
LUIS ULISES ALFARO MONCADA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
LUIS ROBERTO CALLEJAS CALLEJAS
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
PORFIRIO RAMÓN CASTRO ARÁUZ
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
CARLOS JOSÉ GADEA AVILÉS
ALFREDO GÓMEZ URCUYO
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
WILBERT RAMÓN LÓPEZ NÚÑEZ
RAMÓN ANTONIO MACÍAS LUNA
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
ÓSCAR MONCADA REYES
EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
CARLOS ANTONIO NOGUERA PASTORA
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
ALAN RIPSIMES RIVERA SILES
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA
FREDDY TORRES MONTES
ELMAN RAMÓN URBINA DÍAZ
MARIO VALLE DÁVILA
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Muy buenos días, compañero Presidente.

Estamos presentes 54 diputados y diputadas, por tanto hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum No. 005, Punto VI: INICIATIVAS DE DECRETOS Y LEYES CON TRÁMITE DE URGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, Punto 6.6: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2421 BL/NI SUSCRITO EL 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 POR LA EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL), ENTIDAD DEL ESTADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO.
Managua, 26 de Noviembre de 2010.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89 párrafo 5to., numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, te remito la Iniciativa de Decreto de “Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2421 BL/NI, suscrito el 01 de noviembre del año 2010, por la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) entidad del Estado de la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)”.

Esta iniciativa se introduce con carácter de urgencia, de conformidad con lo establecido en el Arto. 93 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Adjunto documentación complementaria, de acuerdo con la ley.


Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.

Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua

Managua, 26 de Noviembre del año 2010.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional

Estimado Primer Secretario:

Adjunto a la presente le remito por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, la Iniciativa de Decreto de “Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2421 BL-NI, suscrito el 01 de noviembre del año 2010, por la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) entidad del Estado de la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)”.

Esta iniciativa se introduce con carácter de urgencia, de conformidad con lo establecido en el Arto. 93 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Adjunto documentación complementaria, de acuerdo con la ley.

Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.
Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

I. Antecedentes:

El Sistema Interconexión Eléctrica Países América Central (SIEPAC), nace en el marco del “Plan Puebla-Panamá” actualmente “Iniciativa Mesoamericana”, como un deseo político-económico de los Gobiernos de la Región Centroamericana, incluyendo México y Panamá, para integrar la región en un solo bloque, y tiene su fundamento legal en el “Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central” y sus Protocolos Adicionales suscrito por los Gobiernos de las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, el día treinta de diciembre de mil novecientos noventa y seis en Guatemala, publicado en el Diario Oficial de la República de El Salvador, número 28, tomo 338 del día once de febrero del 1998, y depositado en la Secretaría General del SICA (Sistema de Integración Centroamericana) el nueve de junio del mismo año el cual entró en vigor a partir del día 18 de junio de 1998.

El Proyecto SIEPAC está compuesto, de la línea de transmisión Eléctrica de 230 KV, (en ejecución) y del Mercado Eléctrico Regional (MER) siendo un proyecto regional, su financiamiento fue aprobado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) originalmente en el año 1997 y el 28 de noviembre de 2001 se aprobó una reformación con un nuevo esquema de financiamiento para el Proyecto SIEPAC, tanto para la construcción de la línea de transmisión, que incluye 12 préstamos nacionales de inversión de todos los países del área centroamericana por US$240 millones. En el marco del Tratado Marco del Mercado Eléctrico Regional y para ejecución del Proyecto SIEPAC, se creó la Empresa Propietaria de la Red (EPR) siendo socios los seis países prestatarios del BID (Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá) quienes firmaron Convenios de Transferencias de los Financiamientos a la EPR, entidad mercantil obligada directa al repago de los Prestatarios de todos los préstamos en las condiciones pactadas con el BID.

La línea SIEPAC se encuentra actualmente en construcción en los seis países, con un avance del 90,7% al 30 de mayo 2010, en el caso de Nicaragua, de una longitud total de 1790 kms. de línea de transmisión; se estima que las obras serán finalizadas totalmente en su conjunto en el año 2012. De esta forma el SIEPAC permitirá la integración eléctrica regional, y su utilización traerá innumerables beneficios a la región centroamericana, entre los cuales se puede mencionar el contar con centrales regionales que aprovechen las económicas de escala que se obtiene al tener toda la región interconectada.

II. Objetivos del SIEPAC:

El Proyecto SIEPAC tiene dos objetivos principales: (a) apoyar la formación y consolidación progresiva de un Mercado Eléctrico Regional (MER) mediante la creación y establecimiento de los mecanismos legales institucionales y técnicos apropiados, que fácilmente la participación del sector privado en el desarrollo de las adiciones de generación eléctrica y (b) establecer la infraestructura de interconexión eléctrica (líneas de transmisión, equipos de compensación y subestaciones) que permita los intercambios de energía eléctrica entre los participantes del MER.

III. Aspectos relevantes del Proyecto:

El proyecto tiene dos componentes: (a) El componente reglamentario e institucional que está siendo realizado por una Unidad Ejecutora adscrita al organismo regional de integración, coordinación y cooperación del sector eléctrico, llamado Consejo de Electrificación de América Central (CEAC). El financiamiento de este componente proviene de una Cooperación Técnica del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). (b) El componente de infraestructura, bajo responsabilidad de la EPR, consiste primordialmente en el diseño, ingeniería y construcción de aproximadamente 1790 kms de líneas de transmisión de 230 Kv con previsión en torres para un segundo circuito futuro, que se conectarán a 15 subestaciones de los países de la región, mediante 28 bahías de acceso, y además se incluyen equipos de compensación reactiva. Dicha infraestructura inicial, en conjunto con refuerzos de los sistemas de transmisión nacionales, permitirán disponer de una capacidad confiable y segura de transporte de energía eléctrica de cerca de 300 MW, entre los países de la región centroamericana.

IV. Costos del proyecto:

Los costos para construir la primera etapa del SIEPAC han variado considerablemente debido sobre todo por la inclusión de nuevas obras a lo largo de estos años y últimamente por el incremento de los precios de bienes y servicios necesarios para la construcción de la línea. La evolución de los costos del proyecto en los últimos 13 años ha sido: en 1997: US$230 millones, en 2001: US$355 millones, en 2005: US$385 millones, en 2008: US$395 millones y 2009: US$494 millones.

En junio del 2009, la Asamblea de Accionistas de la EPR ratificó el esquema de financiamiento adicional del proyecto SIEPAC, que incluía además del aporte de capital y de la garantía de créditos que se obtendrían por la participación de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) de los Estados Unidos Mexicanos, como nuevo accionista de la EPR, un financiamiento incremental, desglosado en dos componentes: i) aumento en el capital social de EPR para el conjunto de accionistas por US$7,98 millones a razón de US$875 miles para cada uno de los nueve accionistas y ii) financiamiento al proyecto SIEPAC con una de las siguientes modalidades: Crédito directo del accionista a EPR, transferencia de financiamiento a EPR, garantía de financiamiento de créditos a EPR, u otra modalidad equivalente por US$40,5 millones a razón de US$4,5 millones por accionista. Por su parte la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE) aprobó mediante resolución CRIE – NP-01-2010 del 4 marzo del 2010, el Ingreso Autorizado Regional (IAR especie de peaje) con el costo revisado de US$494 millones de dólares.

Como resultado de esta situación tres de los socios originalmente financiados por el BID: Empresa de Transmisión Eléctrica Sociedad Anónima (ETESA) de la República de Panamá, Empresa Transmisora del El Salvador SA de C.V. (ETESAL) de la República de El Salvador y el Instituto Nacional de Electrificación (INDE) de la República de Guatemala, acordaron otorgar créditos directos a la EPR provenientes de sus recursos propios para cubrir este financiamiento, mientras que los otros tres socios; el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) de la República de Costa Rica, la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) de Nicaragua y la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) de la República de Honduras no han tenido acceso a otras fuentes de financiación, por lo que solicitaron al BID un financiamiento adicional.

V. Financiamiento del Sobrecosto del Proyecto:

El costo del financiamiento por los sobrecostos del proyecto es por un monto de cuatro millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América US$4,500,000.00

VI. Organismo ejecutor:

El organismo ejecutor es la Empresa Propietaria de la Red (EPR), quien a través de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) de la República de Nicaragua, ésta última actuando como prestataria ante el BID, es la entidad estatal que suscribió el 01 de Noviembre de 2010 el Contrato de Préstamo No. 2421 /BL-NI con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) dichos recursos provenientes del contrato de préstamo se transferirá a la EPR mediante la suscripción de un Convenio de Transferencia de Recursos entre ambos, con las mismas condiciones financieras estipuladas en el contrato de préstamo suscrito con el BID.

VII. Beneficios del proyecto:

La línea SIEPAC traerá grandes beneficios para todos los países del istmo:

Económicos:

Sociales:

VIII. FINANCIAMIENTO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA EL PROYECTO.

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha otorgado a la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) un Contrato de Préstamo No. 2421 /BL-NI por un monto de cuatro millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$4,500,000.00) suscrito el 01 de noviembre de 2010, para el cual la República de Nicaragua representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) suscribió el día 1 de noviembre de año 2010, un Contrato de Garantía con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) No. 2421 BL/NI, para financiar el Proyecto Sistema de Interconexión Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC) “Financiamiento Adicional” para financiar los sobre costos del proyecto SIEPAC.

Fuente y Condiciones Financieras:

a) Financiamiento de Capital Ordinario (CO): el monto de US$2,250,000.00 será otorgado a treinta (30) años de plazo, incluyendo seis (6) años de gracia, con una Tasa de interés Basada en el LIBOR para cada trimestre mas el margen de costo calculado del Capital Ordinario vigente en la fecha de determinación para cada trimestre expresado en términos de un porcentaje anual.

 La primera cuota de amortización de la porción del préstamo desembolsada con cargo al Financiamiento del Capital Ordinario se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses luego de transcurridos setenta y dos (72) meses, contado a partir de la fecha de vigencia del Contrato, y la última a más tardar a los treinta (30) años contados a partir de la fecha de suscripción del Contrato.  El Prestatario pagará al Banco, sobre el saldo no desembolsado del Financiamiento del Capital Ordinario, una Comisión de Crédito a un porcentaje que será establecido por Banco periódicamente, como resultado de su revisión de cargos financieros, de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del Banco, sobre metodología para el cálculo de cargos para préstamos del Capital Ordinario, sin que, en ningún caso, pueda exceder del 75% por año.

b) Financiamiento del Fondo para Operaciones Especiales (FOE).- El monto de US$2,250,000.00 será otorgado a cuarenta (40) años de plazo que incluye cuarenta (40) años de gracia, con una tasa de interés anual del 0.25%.
FUNDAMENTACIÓN

El Contrato de Préstamo No. 2421 /BL-NI está integrado por dos fuentes: a) Financiamiento del Capital Ordinario (CO): US$2,250,000.00 a treinta (30) años de plazo, incluyendo seis (6) años de gracia, con una tasa de interés basada en LIBOR para cada trimestre, más el margen de costo calculado del Capital Ordinario vigente en la fecha de determinación para cada trimestre expresado en términos de porcentaje anual; una comisión de crédito a un porcentaje establecida por el Banco periódicamente y en ningún caso podrá exceder del 0.75% por año. b) Financiamiento del Fondo para Operaciones Especiales (FOE): us$2,250,000.00 a cuarenta (40) años de plazo, incluya cuarenta (40) años de gracia, se amortizará mediante un Único para que deberá efectuarse a los cuarenta años, con una tasa de interés del 0.25% anual. Este Proyecto será ejecutado por la Empresa Propietaria de la Red. S.A (EPR) de la cual forma parte la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

Bajo las condiciones antes señaladas, el Préstamo tiene un nivel de confesionalidad de 53.43% aproximadamente, calculada al momento de la firma del préstamo y se encuentra en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público del año 2010; publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 134 del 17 de julio del año 2009, a los objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2008-2011, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 115 del 18 de junio del año 2008 y a lo establecido en la Ley No. 477 “Ley General de Deuda Pública “Artículos 32 y 79 del Reglamento Arto. 50 numeral 3.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89 párrafo 5to., numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a la consideración de la Asamblea Nacional, la Iniciativa de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2421 BL/NI, suscrito el 01 de noviembre del año 2010, por la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) entidad del Estado de la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Esta iniciativa se introduce con carácter de urgencia, de conformidad a lo establecido en el Arto. 93 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Decreto en lo general.

Se abre la discusión.

A votación el Decreto en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Decreto en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2421BL/NI suscrito el primero de noviembre del año 2010 por la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL), entidad del Estado de la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)” por un monto de cuatro millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (U$ 4,500,000.00), para financiarlos sobre costos del proyecto Sistema Interconexión Eléctrica para los Países de América Central, el que será ejecutado por la empresa propietaria de la Red S.A. (EPR) de la cual forma parte la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, y con él se aprueba el Contrato de Préstamo No. 2421BL-NI entre la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los compañeros diputados al Orden del Día 001, Punto III: DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS, Punto 3.41: LEY DE EJECUCIÓN, BENEFICIOS Y CONTROL JURISDICCIONAL DE LA SANCIÓN PENAL.

Le pedimos al Presidente o al Vicepresidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos la lectura del mismo.

Solicitamos al diputado José Pallais, al diputado Edwin Castro, al diputado Ramón González, al diputado Maximino Rodríguez, o al diputado Luis Ulises Alfaro, de la Comisión de Justicia, la lectura del Dictamen.

DIPUTADO ULISES ALFARO MONCADA:

INFORME DE CONSULTA Y DICTAMEN
Managua, 1 de septiembre del año 2010.


Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado señor Presidente:

La Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos ha estudiado con detenimiento el proyecto de LEY DE EJECUCIÓN, BENEFICIO Y CONTROL JURISDICCIONAL DE LA SANCIÓN PENAL, que le fuera remitido para su debida consulta y dictamen.
I. CONSULTA

1.- Objeto del proyecto de ley.

La Comisión considera necesario aclarar el objeto de este proyecto de ley, ya que en nuestro ordenamiento jurídico interno se cuenta con una Ley de Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena, que regula el funcionamiento del Sistema Penitenciario Nacional y su actividad en la ejecución de las penas y medidas cautelares privativas de libertad, mientras que el objeto de esta ley es regular el control jurisdiccional de los Jueces de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria, asegurando el cumplimiento de las sanciones penales, la vigilancia penitenciaria, las medidas de seguridad y el procedimiento para la tramitación y resolución de los diferentes incidentes.

2.- Consulta y modificaciones de la Comisión.

La Comisión con el apoyo financiero y acompañamiento técnico del Programa Estado de Derecho de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), procedió a consultar el proyecto de ley a los sectores directamente vinculados a aplicación de esta ley, como son los Jueces de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria y los funcionarios del Sistema Penitenciario Nacional. Dichas consultas se efectuaron en los hoteles Mansión Teodolinda y Hotel Hilton Princess del dieciocho al veinticinco de agosto del 2008; también se consultó a la Policía Nacional, Ejército de Nicaragua, Jueces de Distrito y Locales de lo Penal y Jueces de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria, Defensores Públicos, catedráticos universitarios, Ministerio Público, Bufetes Populares y Abogados Litigantes, siendo el total de consultados 96 personas consultadas.

La Comisión organizó durante los meses junio y julio del año 2010 un complejo y exhaustivo proceso de revisión, en la que artículo por artículo se analizaron, debatieron y consensuaron la redacción y el contenido de las diferentes disposiciones que contiene el proyecto de ley objeto de dictamen. Participaron de manera permanente en esta fase el Doctor Marvin Aguilar García, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y la Doctora Isolina Alí Muñiz, Juez de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria.

La Comisión incorporó los aportes al texto dictaminado que se traducen en la inclusión de nuevos artículos, fusiones de artículos y reelaboración de los mismos; algunas modificaciones fueron las siguientes:

1. Se incluyó un artículo sobre el objeto de la ley, que no aparecía en el proyecto de ley y que nos pareció necesario para clarificar.

2. Se adicionó un segundo párrafo al artículo 2 denominado legalidad y garantía ejecutiva.

3. Se modificó el artículo 6 del proyecto, referido al control jurisdiccional, ya que su redacción ambigua daba a entender una sustitución de la labor del Sistema Penitenciario por los Jueces de Ejecución. Para ello fue necesario separarlo en dos artículos, uno que tiene que ver con la finalidad y ejecución de la pena y vigilancia y el otro que tiene que ver con el descuento de la sanción privativa de libertad.

4. Se creó un artículo 9 que es nuevo y que se denomina impugnación.

5. Se creó un artículo 10 que es nuevo y que se denomina proporcionalidad.

6. Se reformuló el artículo 13 del proyecto que en el dictamen pasó a ser el artículo 11 denominado intervención de la víctima.

7. Se creó un nuevo artículo 17 denominado aplicación de los derechos y beneficios.

8. Se reformuló el artículo 15 del proyecto que en la nueva numeración pasó a ser el artículo 18 denominado competencia funcional.

9. Se reformuló el artículo denominado ejecución de sentencia condenatoria, en función de determinar el obligatorio pronunciamiento de la autoridad judicial sobre la suspensión o no de la ejecución penal, en los supuestos establecidos en el Código Penal, eliminándose así una práctica ilegal, pues los jueces de ejecución se arrogan funciones del juez sentenciador.

10. Se fusionaron los artículos denominados tramitación inicial oficiosa y ruta progresiva con un nuevo epígrafe denominado “Remisión de informe”, de tal manera que lo que se solicite sea un informe de la situación penitenciaria del interno con la proyección de las fichas de cumplimiento de la pena y seis meses después, el envío de la correspondiente ruta progresiva.

11. En el artículo sobre medidas correctivas se mejoró acortando los términos y dándole intervención a la defensa de los derechos humanos.

12. El artículo denominado impugnación de la sanción disciplinaria, pasó a llamarse “Revisión de la sanción disciplinaria”, ajustándola a los requerimientos y disponibilidad de la defensoría pública.

13. En el actual Capítulo V, se reformularon los artículos propuestos y se adicionaron cuatro artículos nuevos referentes a notificación personal de la libertad condicional; al informe de cumplimiento y revocatoria cautelar; se reguló lo relativo a la libertad condicional extraordinaria que se había omitido en el proyecto de ley; se reguló de forma individual los incidentes de enfermedad y el incidente de ejecución diferida por tener efectos o consecuencias diferentes.

14. Se reformuló totalmente el artículo 39, denominado incidente de adecuación de las penas de las sentencias impuestas en el extranjero.

15. Se crearon dos capítulos nuevos que son: Capítulo VII Del procedimiento y tramitación en la fase de vigilancia post penitenciaria y cumplimiento de penas privativas de otros derechos y el Capítulo VIII Condiciones básicas de salud en la ejecución de la pena.

16. Se creó un nuevo artículo 44, denominado Juez técnico.

3.- Consideraciones de la Comisión

Con la aprobación del dictamen de este proyecto de ley, se cierra un ciclo de modernización de la justicia penal, que comenzó con la Ley Orgánica del Ministerio Público, continuó con el Código Procesal Penal y el Código Penal y ahora con esta Ley de Ejecución, Beneficio y Control Jurisdiccional de la Sanción Penal, todas ellas estableciendo procedimientos ágiles y expeditos, fortaleciendo los principios de garantías del debido proceso, para una administración de justicia transparente y sobre todo de respuesta eficiente a los ciudadanos.

Con esta nueva ley, se está llenando un vacío dentro del sistema de justicia penal, ya que perdura una práctica de abandono de los reos, una vez que el Juez dictaba sentencia, estos quedaban en manos del Sistema Penitenciario, autoridad administrativa, sin que ninguna autoridad judicial interviniera no sólo en la liquidación de la pena, sino también en que la sanción penal se cumpliera dentro de un ambiente de respeto a los derechos fundamentales del reo, como persona humana.

Con esta aprobación la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, pone su grano de arena en la dignificación del tratamiento de los detenidos en las cárceles, labor incompleta, si los honorables colegas no le otorgamos mayor presupuesto al Sistema Penitenciario, para mejorar las instalaciones físicas y los servicios de salud y alimentos, para una estancia digna y decorosa en el cumplimiento de la sentencia, ambiente necesario para su reinserción en la sociedad.
II. DICTAMEN

Por las razones expuestas en este informe de consulta y tomando en cuenta que este proyecto de ley es necesario, está bien fundamentado y no se opone a la Constitución Política, leyes constitucionales y tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Nicaragua.

La Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, dictamina favorablemente el proyecto de Ley de Ejecución, Beneficio y Control Jurisdiccional de la Sanción Penal y pide al honorable plenario apruebe el presente dictamen.

Adjuntamos el proyecto de ley dictaminado, con las modificaciones incorporadas
COMISIÓN DE JUSTICIA Y ASUNTOS JURÍDICOS

José Pallais Arana Edwin Castro Rivera
Presidente Vicepresidente

Ramón González Maximino Rodríguez
Vicepresidente Integrante

Luis Ulises Alfaro Moncada Noel Pereira Majano
Integrante Integrante

Marcelino García Quiroz Cesar Castellanos Matute
Integrante Integrante

Jasser Enrique Martínez Montoya María Lydia Mejía
Integrante Integrante

Alejandro Ruiz Jirón Adolfo Martínez Cole
Integrante Integrante

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado Alfaro.

Pasamos entonces a la discusión en lo general de este Dictamen que ha sido elaborado por unanimidad en la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos.

Se abre la discusión.

Se abre la votación para la aprobación del Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

Pasamos ahora a la discusión del Dictamen en lo particular y vamos a votar si lo discutimos por capítulo o por artículo. Los que estén de acuerdo que se discuta por capítulo, votan en verde; los que estén por artículo, votan en rojo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor de la discusión por capítulo, 24 presentes, 0 por artículo, 0 abstención. Se aprueba la discusión por capítulo.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Capítulo I
Principios y disposiciones generales

Arto. 1 Objeto de la ley.

Arto. 2 Legalidad y garantía ejecutiva.
Arto. 3 Respeto a la dignidad e igualdad.

Arto. 4 Control jurisdiccional de la sanción penal.

Arto. 5 Derecho de defensa.

Arto. 6 Finalidad y ejecución de la pena y vigilancia.

Arto. 7 Gratuidad de la justicia

Arto. 8 Celeridad procesal

Arto. 9 Impugnación.

Arto. 10 Proporcionalidad.

Arto. 11 Intervención de la víctima

Arto. 12 Oralidad y publicidad

Arto. 13 Licitud y libertad probatoria.

Arto. 14 Detención ilegítima

Arto. 15 Límites de la sanción penal

Arto. 16 Descuento de la sanción privativa de libertad.
Arto. 17 Aplicación de los derechos y beneficios.

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I, Principios y Disposiciones Generales.

Observaciones al artículo 1.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 2.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 3.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 4.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 5.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 6.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 7.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 8.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 9.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 10.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 11.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 12.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 13.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 14.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 15.

Diputada María Lydia Mejía, tiene la palabra.

DIPUTADA MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES:

Gracias, compañero Presidente.

Solamente es para hacer una corrección en el artículo 15, que en vez de los trescientos sesenta días se ponga trescientos sesenta y cinco días que es lo correcto.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Muy bien. Anotamos la corrección, diputada Mejía, para que la comisión encargada de la ley proceda al respecto.

Observaciones al artículo 16.

No hay observaciones.

Vamos entonces a someter a votación la moción presentada en el artículo 15, que corrige que los días del año son trescientos sesenta y cinco y no trescientos sesenta como dice ahí.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 15.

Observaciones al artículo 16.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 17.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo I, con todos sus artículos y la moción ya aprobada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 29 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo I, con todos sus artículos y la moción ya aprobada para el artículo 15.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:
Capítulo II

De la jurisdicción y competencia

Arto. 18 De los Juzgados de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria.

Arto. 19 Competencia funcional.

Arto. 20 Competencia territorial.

Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II, De la Jurisdicción y Competencia.

Observaciones al artículo 18, De los Juzgados de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 19, Competencia Funcional.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 20, Competencia Territorial.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo II, con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 29 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II, con todos sus artículos.


SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO III.

Ejecución de sentencia

Arto. 21 Liquidación y orden de detención.

Arto. 22 Medidas correctivas. Hasta aquí el Capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III. Ejecución de sentencia.

Observaciones al artículo 21. Liquidación y orden de detención.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 22. Medidas correctivas.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo III con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 33 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo III con todos sus artículos.

Vamos al Capítulo IV.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:


Capítulo IV

De la vigilancia penitenciaria, medidas correctivas y control del régimen disciplinario


Arto. 23 Visita carcelaria Arto. 24 Remisión de informe. Arto. 25 Revisión de la sanción disciplinaria. Arto. 26 Aprobación de medida de aislamiento. Hasta aquí el Capítulo IV.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IV. De la vigilancia penitenciaria, medidas correctivas y control del régimen disciplinario.

Observaciones al artículo 23. Visita carcelaria.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 24. Remisión de Informe.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 25. Revisión de la sanción disciplinaria.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 26. Aprobación de medida de aislamiento.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo IV, con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV, con todos sus artículos.

SECRETARIA ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ:


Capítulo V

Incidentes de ejecución y vigilancia penitenciaria


Arto. 27 Incidente de peticiones o queja. Arto. 28 Trámite para el incidente de libertad condicional. Arto. 29 Condiciones de cumplimiento de la libertad condicional.
Arto. 30 Notificación personal de la libertad condicional a la persona privada de libertad. Arto. 31 Informe de incumplimiento y revocatoria cautelar. Arto. 32 Revocatoria del beneficio de libertad condicional. Arto. 33 Incidente de libertad condicional extraordinaria. Arto. 34 Incidente de enfermedad. Arto. 35 Incidente de ejecución diferida. Arto. 36 Incidente de unificación de penas. Arto. 37 Incidente de adecuación de las penas impuestas en el territorio nacional. Arto. 38 Incidente de adecuación de las penas de las sentencias impuestas en el extranjero. SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 39 Incidente de convivencia familiar ordinaria.

Arto. 40 Incidente de abono de prisión preventiva no aplicada. Arto. 41 Incidente de extinción de la pena Arto. 42 Incidente de cancelación de antecedentes penales. Arto. 43 Disposiciones comunes. Arto. 44 Juez técnico. Arto. 45 Recurso de apelación y casación. Hasta aquí el Capítulo V.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo V. Incidentes de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria.

Observaciones al artículo 27. Incidente de Petición o queja.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 28. Trámite para el incidente de libertad condicional.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 29 Condición de Cumplimiento de la libertad condicional.

No hay observaciones.

Arto. 30 Notificación Personal de la libertad condicional a la persona privada de libertad.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 31. Informe de incumplimiento y revocación cautelar.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 32. Revocatoria del beneficio de libertad condicional.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 33. Incidente de libertad condicional extraordinaria.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 34. Incidente de enfermedad.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 35. Incidente de ejecución diferida.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 36. Incidente de unificación de penas.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 37. Incidente de la adecuación de las penas impuestas en el territorio nacional.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 38. Incidente de adecuación de las penas de las sentencias impuestas en el extranjero.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 39. Incidente de convivencia familiar ordinaria.

No hay observaciones a ninguno de los dos.

Observaciones al artículo 40. Incidente de abono de prisión preventiva no aplicada.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 41. Incidente de extinción de la pena.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 42. Incidente de cancelación de antecedentes penales.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 43. Incidentes comunes.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 44. Juez técnico.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 45. Recurso de apelación y de casación.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo V, con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo V, con todos sus artículos que lo componen.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:


Capítulo VI

Sobre la ejecución de medidas alternativas a la privación de libertad


Arto. 46 Pena de días multa y multa. Arto. 47 Conmutación de la pena de días multa. Arto. 48 Conmutación de la pena de multa. Arto. 49 Trabajo en beneficio de la comunidad. Arto. 50 Medidas de seguridad. Hasta aquí el Capítulo VI.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VI. Sobre la ejecución de medidas alternativas a la privación de libertad.

Observaciones al artículo 46. Penas de días multas y multa.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 47. Conmutación de la pena de días multas.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 48. Conmutación de la pena de multa.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 49. Trabajo en beneficio de la comunidad.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 50. Medidas de seguridad.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo VI, con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo VI con todos sus artículos.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:


Capítulo VII

Del procedimiento y tramitación en la fase de vigilancia post penitenciaria y cumplimiento de penas privativas de otros derechos


Arto. 51 Disposición única. Hasta aquí el Capítulo VII.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VII.

Observaciones al artículo 51. Disposición única.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo VII.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 18 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo VII con su único artículo.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:


Capítulo VIII

Condiciones básicas de salud en la ejecución de la pena


Arto. 52 Derecho a la salud. Arto. 53 Revisión médico forense de la persona condenada cuando ingrese o reingrese. Arto. 54 Historia clínica. Arto. 55 De la asistencia médica primaria. Arto. 56 De la clínica médica. Arto. 57 Programas de asistencia médica especializada. Arto. 58 Del traslado hospitalario. Arto. 59 De la atención en centro médico privado. Arto. 60 De la atención psiquiátrica y psicológica. Arto. 61 Traslado a un centro especializado del Ministerio de Salud. Arto. 62 De la atención a enfermedades crónicas y/o terminales. Arto. 63 Informe a la autoridad judicial sobre las personas privadas de libertad con enfermedades crónicas. Arto. 64 De las privadas de libertad en estado de embarazo. Arto. 65 De las personas privadas de libertad con incapacidad valetudinarias Arto. 66 Resistencia a los alimentos y al tratamiento médico.
Arto. 67 Recepción y ocupación.

Arto. 68 Convalecencia

Arto. 69 De las condiciones medicas en las medidas disciplinarias.

Arto. 70 Fallecimiento de privados de libertad

Hasta aquí el Capítulo VIII.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VIII, condiciones básicas de salud en la ejecución de la pena.

Observaciones al artículo 52, Derecho a la salud.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 53, Revisión médico forense de la persona condenada cuando ingrese o reingrese.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 54, Historia clínica.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 55, De la asistencia médica primaria.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 56, De la clínica médica.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 57, Programa de asistencia médica especializada.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 58, Del traslado hospitalario.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 59, De la atención en centro médico privado.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 60, De la atención psiquiátrica y psicológica.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 61, Traslado a un centro especializado del Ministerio de Salud.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 62, De la atención de enfermedades crónicas y/o terminales.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 63, Informe a la autoridad Judicial sobre las personas privadas de libertad con enfermedades crónicas.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 64, De las privadas de libertad en estado de embarazo.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 65, De las personas privadas de libertad con incapacidad valetudinarias.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 66, Resistencia a los alimentos y al tratamiento médico.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 67, Recepción y ocupación.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 68, Convalecencia.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 69, De las condiciones médicas en las medidas disciplinarias.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 70, Fallecimiento de privado de libertad.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo VIII con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo VIII con todos sus artículos.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Capítulo IX
Disposiciones finales y transitorias

Arto. 71 Creación del Registro Nacional de Antecedentes Penales.

Arto. 72 Auxiliar judicial

Arto. 73 Normativa aplicable

Arto. 74 Reformas
Arto. 75 Derogaciones.
Arto. 76 Vigencia.
Hasta aquí las Disposiciones finales y transitorias del Capítulo IX.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IX, Disposiciones finales y transitorias.

Observaciones al artículo 71, Creación del Registro Nacional de Antecedentes Penales.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 72, Auxiliar judicial.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 73 Normativa aplicable.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 74, Reformas.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 75, Derogaciones.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 76, Vigencia.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo IX con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

60 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IX con todos sus artículos y con él se aprueba la Ley de Ejecución, Beneficio y Control Jurisdiccional de la Sanción Penal.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados a la Orden del Día No. 001, Tomo II.

Punto III DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 3.44: LEY DE REFORMA AL DECRETO EJECUTIVO Nº 46-94, CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD, ENEL.

Le pedimos al Presidente de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos, diputado Eliseo Núñez, la lectura del Dictamen. Diputado Eliseo Núñez, por favor la lectura de la Iniciativa de Reforma al Decreto Ejecutivo 46-94, Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL).

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

D I C T A M E N
Managua, 19 de agosto de 2010.

Ingeniero
Santos René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 138, numeral 1) Cn. y los artículos 61, numeral 9), 70, 98, 99, 100, 101, 102, 103 y 104 de la LEY Nº 606, LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, recibimos la Iniciativa de Ley de Reformas al Decreto Ejecutivo N° 46-94, Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL, que fuera presentado en Primer Secretaría el 19 de abril del año 2010 por el Presidente de la República, y remitido a esta Comisión el 03 de junio del año dos mil diez para su debido Dictamen.

INFORME

I CONSULTA

Durante el proceso de formación de la ley se realizaron las consultas pertinentes con los representantes de las instituciones siguientes:

1.-Ministerio de Energía y Minas, MEM;

2.-Instituto Nicaragüense de Energía, INE; y

3.-Representantes de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL.

Las Instituciones Públicas consultadas por medio de sus representantes legales, expresaron que se requiere de mayor especificidad y claridad del contenido del Decreto Ejecutivo N° 46-94, Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL, el cual es objeto de la presente reforma con la cual se está potenciando el desarrollo de la misma y los otros segmentos que se le incorporan y la mejora de la mejoría de la calidad de los servicios que brinda la empresa como prestataria de servicios públicos básicos, lo que implica asegurar los derechos de los usuarios y consumidores.

En otro sentido las Empresas del Estado dentro del sector de la Industria eléctrica deben de garantizar la generación de energía eléctrica utilizando las diferentes fuentes de generación eléctrica, potenciando de forma prioritaria la generación con fuentes renovables que permita modificar la actual matriz energética del país. El Estado de Nicaragua debe de asumir las responsabilidades y obligaciones que implica el proceso de promoción e incremento de los servicios públicos con calidad y eficiencia en beneficio de la población, indistintamente de quien sea el prestatario de los mismos. Este es un proceso que implica el establecimiento de políticas públicas coherentes, la estructuración de empresas con criterio de rentabilidad, suficiencia técnica y financiera para la generación, aspectos que únicamente pueden ser alcanzados cuando las empresas hayan obtenido un fortalecimiento funcional y estructural, así como rentabilidad para su proceso de expansión con relación a las capacidades instaladas y los niveles de cobertura.

Las empresas del Estado comprendidas dentro del giro comercial de la industria eléctrica tienen un interés público y social, en consecuencia para un mejor desarrollo y servicio de las mismas, pensando en la mejora, la eficiencia y la eficacia de éstas, de forma responsable para mejorar el servicio público de la energía eléctrica, se requiere de un proceso de reorganización que de alguna forma permita mejorar la calidad del servicio y su expansión a aquellos centros poblacionales que aún se encuentran sin energía eléctrica o servicios deficitarios.

II ANTECEDENTES Habiendo sido publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 74 del 23 de abril de 1998 la Reforma al Artículo 135, de la Ley N° 272, Ley de Industria Eléctrica, mediante la cual se estableció que la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL, sería segmentada en agentes económicos, con el objeto de constituirse en Sociedades Anónimas, regidas por el derecho privado y que el Estado nicaragüense sería el titular de las mismas. Por tal razón, se constituyeron cuatro Sociedades Anónimas cuyo titular es el Estado de Nicaragua, siendo estas las siguientes:

1.- Generadora Hidroeléctrica, S.A., HIDROGESA;
2.- Generadora Eléctrica Central, S.A. GECSA;
3.- Generadora Momotombo, S.A, GEMOSA; y
4.- Generadora Eléctrica Occidental, S.A, GEOSA.

También se constituyeron dos empresas distribuidoras de electricidad denominadas así: 1. Distribuidora del Norte, S.A, DISNORTE, y 2. Distribuidora del Sur, S.A, DISSUR; además se realizó la constitución de una Empresa de Transmisión de Electricidad denominada Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica S.A, ENTRESA, con el objeto de permitir la participación de los agentes económicos del sector privado resultantes del proceso de privatización realizado por el Estado, lo cual permitió la privatización de las siguientes empresas:

1.- Distribuidora del Norte, S.A, DISNORTE;
2.- Distribuidora del Sur, S.A, DISSUR; y
3.- La Empresa Generadora de Occidente, GEOSA.

Del proceso de privatización en la actualidad solamente se encuentran bajo el dominio del Estado las empresas siguientes:

III CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

Los miembros de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos, después de haber conocido los criterios y argumentos de las instituciones públicas consultadas, han considerado que en el contexto de la globalización económica, el Estado de Nicaragua debe de adoptar medidas que permitan hacer frente a las condiciones que le son adversas en el plano internacional, principalmente lo relativo al incremento de los precios internacionales del petróleo y sus derivados, así como promover el uso de fuentes renovables de generación eléctrica para garantizar a la población el servicio de energía eléctrica en las zonas no concesionadas.

Se hace necesario revertir el proceso de segmentación realizado al sector eléctrico y proceda a la reforma del Decreto Ejecutivo N° 46-94, Decreto Creador de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL, y sus segmentos contenidos en las empresas Gemosa, Gecsa e Hidrogesa, hecho que permitirá consolidar en una sola empresa a estos segmentos bajo la dirección de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL, con una estructura técnica solida y capacidad financiera adecuada para la ejecución de nuevos proyectos que le permitan su desarrollo, esta empresa en la actualidad tiene una capacidad instalada aproximada al 20% de generación a nivel nacional, dicha medida conllevaría las ventajas siguientes:

1. Elaborar y desarrollar un Plan Nacional Energético que permita garantizar un manejo adecuado de los recursos naturales propios, para la generación de energía limpia, que ese desarrollo de nuevas fuentes de generación con fuentes renovables sirvan para inyectar energía eléctrica de manera ininterrumpida al Sistema de Interconexión Nacional, SIN, y que permita disminuir el costo de la tarifa eléctrica de los consumidores y usuarios finales de la energía eléctrica; por otro lado señalar que esto evitaría que el servicio de energía eléctrica se vea afectado con interrupciones o racionamiento a consecuencia de la falta de capacidad instalada;

2. Elaboración de los planes de inversión para el desarrollo de la industria eléctrica entre las diferentes tecnologías a base de fuentes renovables y/o alternativas que resulten de mayor consistencia y menor costo y con una consistencia sistemática, con criterio de nación que permita llevar beneficio a la población, que sea incidente en la transformación de matriz energética del país con mejores tarifas para la vida socio-económica de la nación, garantizando la continuidad de las políticas institucionales del sector eléctrico a mediano y largo plazo;

3. Hacer de la empresa un ente susceptible de créditos internacionales y de suficiente capacidad técnica y financiera para poder acceder a los recursos financieros internacionales que permitan su desarrollo;

4. Con la fusión de estas empresas se podrá incidir de manera directa en la tarifa al precio medio de venta al consumidor o usuario final, la concentración en una sola empresa para la generación de energía eléctrica a base de fuentes renovables cuyos costos de producción son de los más bajos del mercado eléctrico, permitirá amortiguar el impacto que produce en los costos de generación con fuentes térmicas;

5. Reducir los gastos de comercialización y administración al reunir en una sola gestión comercial y administrativa las operaciones de diferentes plantas hidroeléctricas, geotérmica, térmicas y fuentes no convencionales de energía; y,

6. Los beneficios que resulten del fortalecimiento de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL, deben de ser orientados al crecimiento y desarrollo de nuevas plantas eléctricas a base de fuentes renovables que permitan mejorar la oferta de energía eléctrica a nivel nacional y la competitividad en el mercado nicaragüense y en el mercado regional centroamericano, teniendo la obligación y responsabilidad de reducir la dependencia del petróleo en la matriz energética.

IV FUNDAMENTO LEGAL Y DICTAMEN

La Constitución Política de la República en sus artículos 98 y 99 Cn. determina y establece la función principal del Estado en cuanto al desarrollo material del país, la supresión del atraso y la dependencia así como mejorar las condiciones de vida de los nicaragüenses y realizar una distribución más justa de la riqueza. Al tenor de la responsabilidad del Estado, en cuanto a la promoción del desarrollo integral del país, y gestor del bien común se le debe garantizar los intereses y las necesidades particulares, sociales, sectoriales y regionales de la nación.

En el artículo 105 Cn. de la Constitución Política de la República se establece que los servicios públicos básicos, tales como agua, comunicación, transporte y energía, entre otros, son derechos fundamentales de los ciudadanos, que el Estado está llamado a garantizar, para mejorar su calidad de vida y asegurar el bienestar y desarrollo humano de la población, así como el desarrollo sostenible del país, la Ley Nº 272, Ley de Industria Eléctrica, establece que las actividades de la industria eléctrica, por ser un elemento indispensable para el progreso de la nación, son de interés nacional.

En virtud de lo anterior, expresamos que esta iniciativa de ley no se opone a la Constitución Política, ni a las leyes constitucionales, ni a los tratados, acuerdos y convenios internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, y con fundamento en los artículos 98, 99, 100, 101, 102, 103 y 104 de la LEY Nº 606, LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, los suscritos miembros de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos, determinamos aprobar el presente DICTAMEN FAVORABLE a la Iniciativa LEY DE REFORMAS al Decreto Ejecutivo N° 46-94, Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad, ENEL, cuyo texto presentamos al honorable Plenario y solicitamos su aprobación.
COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS INICIATIVA DE LEY DE REFORMA AL DECRETO EJECUTIVO N° 46-94, CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD, ENEL.

Dip. ELISEO NÚÑEZ H. Dip. EDWIN CASTRO RIVERA
Presidente Vicepresidente

Dip. MIGUEL A. MELÉNDEZ Dip. VENANCIA DEL C. IBARRA
Vicepresidente Miembro

Dip. JENNY A. MARTÍNEZ Dip. ANA JULIA BALLADARES
Miembro Miembro

Dip. AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA Dip. CÉSAR CASTELLANOS M.
Miembro Miembro

Dip. LUIS NOEL ORTEGA URBINA Dip. AUGUSTO VALLE CASTELLÓN
Miembro Miembro
Dip. JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
Miembro

Hasta aquí el Dictamen de la Comisión.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Dictamen Presentado.

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Quiero explicarles a los honorables diputados que este es un Dictamen meramente técnico, en vista de que existen diferentes empresas que están en manos del Estado y que todas dependen del Ministerio de Energía y del Director de ENEL. Por tanto, lo que nosotros estamos haciendo con este Dictamen, es fusionar todas estas empresas que están dispersas en una sola. Primero, para agilizar lo que son los trámites administrativos y burocráticos de las mismas, unificar la representación de ellas, además bajar los costos administrativos.

También quisiera aclarar, que algunos decían que en esta ley se sacrificaría el pago de lo que se convino en la generación de la Planta Santa Bárbara que es U$.65 centavo dólar, pero en ninguna parte de la Ley se dice, sino que se conserva, porque la misma obliga al Estado a vender una energía más barata. De manera que este Dictamen es meramente técnico para que se pueda tener una mayor capacidad administrativa en dirigir las diferentes plantas que existen actualmente en Nicaragua, y que estén siempre bajo el Director de ENEL, y a la vez dependan del Ministerio de Energía y Minas. Esto se hizo meramente por una sana hermenéutica y jurídica.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias diputado.

Entonces pasamos entonces a la votación en lo general del Dictamen.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 (Reforma)

Arto. 1 (Objeto)

Arto. 3 (Finalidad)

Arto. 5 (Integración y composición de la Junta Directiva)

Arto. 6 (Nombramiento del Auditor Interno)

Arto. 9 (Funciones)

La Junta Directiva tendrá las funciones siguientes:


Arto. 10 (Sesiones)
Arto. 15 (Patrimonio)

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

Diputado Eliseo Núñez Hernández, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Señor Presidente.

Voy a presentar una moción, para aclarar algún mal entendido con respecto a las funciones de la Junta Directiva, para satisfacción de algunos diputados, acerca de que ésta se podía extralimitar en sus funciones.

También quiero aprovechar este espacio, para aclarar y recordar que esta ley como ninguna otra ni en Nicaragua ni en el mundo es retroactiva; por lo tanto los bienes que actualmente tiene INE, como ente regulador son de INE. O sea, que no se le está haciendo el traslado a lo que es ENEL de los bienes que actualmente tiene INE, sino que solamente cuando INE era generador y no ente regulador.

Moción número uno. Ley de Reforma al Decreto Ejecutivo N° 46-94 Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad ENEL nombre de la Ley. “Modificar la redacción del artículo 1 del Dictamen que reforma el artículo 9. (Funciones del Decreto Ejecutivo N°46-94.) Creación de la Empresa Nicaragüense ENEL, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 204 del primero de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, el cual proponemos que se lea así:

Artículo 1. Reforma.

Refórmese los artículos 1, 3, 5, 6, 9, 10 y 15 del Decreto N° 46-94 Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad ENEL publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 204 del primero de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.

La que se leerá así:

Artículo 9 Funciones
La Junta Directiva tendrá las funciones siguientes:

Solamente es en el inciso 3.

3. Aprobar la participación accionaria en sociedades, sean estas empresas estatales, privadas o mixtas, siempre y cuando el giro de la actividad empresarial sea compatible con la actividad de generación eléctrica o cuando lo fuere no existieran limitaciones en su participación de acuerdo a la legislación nacional vigente que regula la materia”.

Con esto queda aclarado que esta empresa que estamos creando, no puede meterse a rubros comerciales ni industriales que no sean específicamente los de generaciones eléctrica.

Paso moción de consenso.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces vamos a someter a votación la moción de consenso, presentada al artículo 1, que reforma el numeral 3 del artículo noveno, de la ley.

Se abre la votación para esta moción de reforma.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada, que reforma el artículo 1 en su artículo 9, numeral 3.

Ahora pasaríamos a votar todo el artículo 1 que reforma siete artículos de la ley.

Se abre la votación para las reformas presentadas en el artículo 1.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1 de la reforma.

Observaciones al artículo 2.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 2 (Adición)

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 3 (Reforma)

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

No hay observaciones.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 4 (Reforma)

Artículo 4

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

Diputado Miguel Meléndez, tiene la palabra.

DIPUTADO MIGUEL MELÉNDEZ TRIMINIO:

Gracias, Presidente.

Voy a presentar una moción referida al artículo 4 de la Reforma, la cual dice así:

“Deberá leerse 7, donde dice 6 en el primer párrafo del encabezado”.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Vamos a votar la moción que reforma el primer párrafo, cambiando el artículo 6 por 7 de la Ley 554.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Ahora pasamos a votar el artículo 4 en su totalidad.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

55 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4 con la moción ya aprobada.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 5 (Sustitución de lectura)

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 5.

Diputado Víctor Duarte Aróstegui.

¿No está?

Diputado Eliseo Núñez Hernández, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Presidente, estoy presentando una moción de Consenso con la cual se crea un artículo nuevo que pasaría a ser el 5 y el leído sería el artículo 6.

La moción dice lo siguiente: Ley de Reforma al Decreto N° 46-94, Creación de la Empresa Nicaragüense de Electricidad ENEL, nombre de la Ley.

Párrafo artículo nuevo.

Los generadores de energía eléctrica a base de fuentes renovables de más de 60 mega Watt tendrán prioridad en primer orden en el despacho de carga y gozarán del orden preferencial en el pago de la energía servida.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la creación de un artículo nuevo que habla de las generadoras de energía renovable.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la creación de un artículo nuevo sobre energía renovable.

Observaciones al artículo 5 del Dictamen.

No hay observaciones.

A votación el artículo 5 del Dictamen.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

57 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 6 Derogaciones

Derógase las disposiciones siguientes:

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 6.

A votación el artículo 6.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 6.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 7 Publicación y Vigencia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 7.

A votación el artículo 7.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

58 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 7 y con él se aprueba la LEY DE REFORMAS AL DECRETO EJECUTIVO No. 46-94, CREACIÓN DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ELECTRICIDAD, ENEL.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los honorables diputados al Adendum No. 002. Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES.

Punto 2.116: LEY CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.
Managua, 22 de Octubre del 2010.

Señor
SECRETARIO
Asamblea Nacional.

Estimado Señor:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 de la Constitución Política y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría, la Iniciativa de Ley denominada “Ley contra la violencia hacia las mujeres”, al tenor de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley antes mencionada, para su debida tramitación.

Así mismo, acompaño las copias de ley, tanto en formato sólido como en formato electrónico para su inclusión en agenda por la Junta Directiva, su presentación ante el Plenario, y demás trámites del proceso de formación de la Ley.

Sin más a que referirme, aprovecho la ocasión para saludarlo.

Siempre más, allá.

Diputado Wilfredo Navarro Moreira.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 20 de Octubre de 2010.

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Artículo 140 de la Constitución Política y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento el proyecto de “Ley contra la violencia hacia las Mujeres”, que a continuación le expongo:

La violencia contra las mujeres es un elemento cotidiano que afecta los ámbitos públicos y privados: los hogares, los centros de trabajo, los centros de estudio, las organizaciones privadas y públicas, los medios de comunicación, entre otros, de tal manera que es importante abordarlo de forma integral, para prevenirla, sancionarla y eliminarla y que se produzca:

La escasa información disponible en Nicaragua incluye datos de la Red de Mujeres Contra la Violencia (RMCV), que contabilizan 79 mujeres asesinadas durante el año 2009 y en el primer trimestre de 2010, 12 mujeres –entre ellas 4 niñas menores de 6 años que fueron asesinadas con premeditación y en forma atroz, a manera de venganza contra las madres de las víctimas.

De estas 12 mujeres, un 42% son mujeres jóvenes (20-30 años) asesinadas por sus parejas o novios y un 25% son mujeres adultas (30 a 40 años). Las dos terceras partes de las asesinadas eran mujeres en edad reproductiva.

Los agresores son personas conocidas, cercanas al entorno social o afectivo de la víctima; y el ámbito de agresión por excelencia es el hogar, seguido de la vía pública o lugares desolados. Un 68% de los asesinos fueron ex parejas de las víctimas o de las madres de las víctimas, e incluso en dos casos fueron los propios padres de las niñas asesinadas.

En opinión de la RMCV, la crueldad y el ensañamiento con que fueron asesinadas esas 12 mujeres evidencian la fuerte presencia de misoginia en los asesinos. El feminicidio y/o femicidio sigue siendo la principal causa de muerte violenta intencional de mujeres, niñas, adolescentes y jóvenes en el país. Estos hechos ocurren en un contexto de relaciones de pareja e interpersonales y de historias de violencia y maltratos previos, lo que hace que muchas de esas muertes pudieron haberse prevenido mediante acciones públicas específicas.

En este mismo período (primer trimestre 2010), las estadísticas de la Comisaría de la Mujer y la Niñez reportan 7 víctimas mortales por violencia intrafamiliar y violencia sexual, del universo de 8,613 denuncias; de las cuales las Comisarías dieron respuesta a 5,730 casos, para un 67% de efectividad policial. Fueron detenidos 1,143 victimarios, de un total de 8,305, para 13.76%.

Del total de denuncias recibidas, las faltas contra las personas registraron el 60% (5,235); los delitos de violencia intrafamiliar, 12% (1,012) y los delitos sexuales, 11% (927). Managua es el departamento con mayor incidencia (46%), seguido por Matagalpa (7%) y León (6%).

Las 8,613 denuncias reportan un total de 8,667 víctimas y 8,305 victimarios. El rango de edad más afectado entre las víctimas es de 26 a 45 años; con el 35% (2,646); en segundo lugar es el rango de 18 a 25 años, con 1,937 casos (25%) y las víctimas mayores de 45 años representan el 15% (1,130). Por su parte, entre los victimarios se presenta el mismo orden de prevalencia por rango de edades: de 26 a 45 años, 53% (3,640); de 18 a 25 años, 26% (1,898); y mayores de 45 años, 19% (1,212).

Del total de denuncias recibidas, 5,736 reportan hechos ocurridos en el hogar (83%) y 13% (121) en la vía pública. Y de las 8,667 víctimas, 3,248 se vieron afectadas cónyuges (39%); por ex cónyuges el 22% (1,831); y 564 por hijos (7%).

La condición mental del victimario al momento de cometer el hecho fue de sobriedad en el 61% de los casos (5,034), de ebriedad en 2,727 casos (39%) y 2% de discapacidad mental (194). De los 8,305 victimarios, el 90% no tenía antecedentes delictivos (7,495), y el 10% era reincidente (716) o multi-reincidente (94).

En el mes de enero del 2010 se presentó oficialmente la “Agenda Económica Concertada desde las Mujeres Nicaragüenses”, que demanda que se “hagan efectivos los espacios de participación ciudadana y, las leyes que protegen los derechos de las mujeres para el ejercicio de su ciudadanía…”. Asimismo la implementación de “políticas públicas que aborden temas cruciales como”…. “la no violencia contra las mujeres”.

A partir de esta Agenda, el Movimiento de Mujeres Trabajadoras y Desempleadas María Elena Cuadra” y 19 organizaciones (Secretaría de la Mujer (FENACOOP R.L), Congreso permanente de Mujeres Empresarias de Nicaragua (CPMEN), Federación de Mujeres Productoras del Campo de Nicaragua (FEMUPROCAN), Voces Caribeñas, Comité Nacional de Mujeres sindicalistas de Nicaragua (CNMSN), Foro de Mujeres para la Integración centroamericana (FMICA), Fundación Mujer y Desarrollo Económico Comunitario (FUMDEC),Secretaría de la Mujer de la Central de Cooperativas se Servicios Múltiples (PRODECCOP R.L), Red de Mujeres Chontaleñas, Secretaría de la Mujer de la Unión Nacional de Agricultores y Ganaderos (SM-UNAG), Las Gaviotas(ASOMUPRO), Fundación para la Promoción y Desarrollo de las Mujeres y la Niñez "Blanca Aráuz" (FUNDEMUNI), el Consejo de Mujeres de Occidente (CMO), Colectivo de Mujeres Itza, Asociación de Mujeres para la Integración de la Familia (AMIFANIC), Instituto de Liderazgo de Las Segovias, Mesa por la Equidad de Género Nicaragua y Coordinadora de Mujeres Rurales, trabajaron una versión preliminar de anteproyecto de ley, que tomó en cuenta las experiencias legislativas sobre violencia contra la mujer de Costa Rica, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, República Dominicana y Venezuela.

La propuesta tuvo en cuenta el análisis de los siguientes documentos:

La versión preliminar se presentó en el local del MEC el día 24 de Septiembre del corriente y las organizaciones promotoras impulsaron durante la última semana del mes mencionado y la primera quincena de Octubre, un proceso de consulta con profesionales vinculadas a la problemática de la violencia, haciéndole modificaciones sustanciales.

Es relevante destacar que también se levantaron más de seis mil firmas en apoyo al proyecto que se presenta.

El proyecto de Ley contra la violencia hacia las mujeres” incorpora nuevos tipos penales orientados a la defensa de los derechos de las mujeres, especialmente de aquellas que han sido privadas de la vida o desaparecidas tipificando el delito de Femicidio y definiendo el concepto de Feminicidio.

El concepto y el potencial alcance de la figura de feminicidio es complejo, ya que engloba una serie de fenómenos que van desde la violencia sistémica y la impunidad, hasta el “homicidio de mujeres por el simple hecho de ser mujeres”.

Debe resaltarse que la introducción de normas diferentes, como la que se acompaña en el proyecto, es justificada cuando se busca abordar una realidad demostradamente diferente, como es la que afecta a las mujeres en los diversos casos de feminicidios y/o femicidios. Por otra parte, la violencia contra las mujeres está causando graves impactos que recientemente algunos países de la región, como Guatemala y Costa Rica, han tomado la delantera e incorporado en su legislación el tipo penal de femicidio. Otros Estados han optado por el agravamiento de las sanciones para castigar el homicidio doloso en contra de una mujer, por considerar que ésta es una medida más adecuada que la tipificación del feminicidio y/o femicidio para atender el problema.

Si bien existen diversos aspectos en que difieren los modelos de tipificación del feminicidio y femicidio, es posible arribar a ciertas conclusiones generales en torno a las ventajas y riesgos de tipificaciones de este tipo, más allá de la justificación de la existencia de estos tipos penales género-específicos o sus dificultades de técnica legislativa.

Dentro de las ventajas más claras se encuentra que estas figuras hacen visible los más graves crímenes que afectan a las mujeres y sus particularidades, constituyendo los primeros tipos penales que abordan la violencia contra las mujeres en forma específica, abandonando expresiones neutralizantes como violencia doméstica o familiar.

Esto trae consigo una serie de consecuencias favorables, desde la contribución a la reducción de la impunidad asociada a esta forma de criminalidad, a la facilitación del registro y seguimiento de los casos, a nivel policial y judicial, tanto por parte de organizaciones de la sociedad civil como de otros organismos del Estado. La posibilidad de contar con información fidedigna sobre los casos permite, a la vez, la adopción de políticas de prevención de la violencia contra las mujeres adecuadas a las características que revisten los casos que llegan al sistema de justicia por estos crímenes.

El proyecto de Ley que acompaña a esta Exposición de Motivos, tuvo en cuenta las prácticas judiciales y procesales penales propias del país, así como las actitudes hacia la tipificación de quienes intervienen en el sistema de justicia penal así como las persistentes dificultades que presenta el acceso a la justicia para las mujeres en casos de violencia en su contra. Por ello también se tuvo en cuenta la gradualidad de la aplicación así como la graduación de las penas teniendo en cuenta el catálogo de sanciones penales contenidas en el Código Penal.

El proyecto cuenta con 88 artículos divididos en 6 Títulos, los 3 primeros abordan aspectos sustantivos, el cuarto incorpora los tipos penales de violencia contra la mujer, el quinto y sexto los procedimientos especializados para la aplicación eficiente de la misma.

Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

FUNDAMENTACIÓN

Las normas constitucionales consignadas en los artículos 4 y 5 son relativos a los principios fundamentales, como lo son la protección a todos y a todas las nicaragüenses de toda forma “de discriminación y exclusión” y el respeto a la dignidad de la persona humana.

Así mismo, la igualdad entre hombres y mujeres y la protección de los derechos humanos de las mujeres está consignada en el catálogo de derechos y garantías constitucionales que la Carta Magna confiere al pueblo nicaragüense:

Del análisis de las normas constitucionales citadas es posible afirmar que toda interpretación constitucional y legal debe partir del respeto a los derechos humanos y que las mujeres tienen derecho a vivir una vida sin violencia.

La Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW por sus siglas en inglés), así como la creación de organizaciones civiles, redes sociales e instituciones gubernamentales para la igualdad entre mujeres y hombres, son actualmente un marco fundamental para los avances jurídicos de los derechos humanos de las mujeres.

La CEDAW define como discriminación contra la mujer "toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera".

En 1993, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena), la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer considera a esta violencia como una violación a los Derechos Humanos y como una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer, que ha conducido a la dominación de ésta y a la discriminación en su contra por parte del hombre y la sociedad.

En 1994, la Organización de Estados Americanos (OEA), convencidos de que la eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo individual y social, así como su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida, retoma los avances mundiales hechos en la materia y aprueba la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, firmada en Belem Do Pará, Brasil (también conocida como Convención de Belem do Pará).

Esta Convención, al igual que la CEDAW, es un instrumento jurídico vinculante para los Estados firmantes. Incluye referentes fundamentales para la adecuación del sistema jurídico y de justicia acorde a las obligaciones que se asumieron al ratificarla, entre ellas está, en su artículo 1º, la siguiente definición de violencia contra la mujer: “Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.”

“Se entenderá que la violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:

Una buena parte de los esfuerzos y avances hasta ahora se han centrado en la violencia sexual y en la violencia que se comete en las relaciones familiares y de conyugalidad. A este trabajo se suma el énfasis que ha cobrado recientemente más visibilidad, el feminicidio y/o femicidio cuya definición está incluida en la Convención de Belem do Pará como: “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.”

En el artículo 3º de Belem do Pará se establece que: “toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.” y relaciona de manera expresa el derecho a una vida libre de violencia con los siguientes derechos:

De igual, el artículo 8, inciso h, de la Convención de Belem do Pará establece la obligación de los Estados a adoptar, de manera progresiva, medidas específicas y programas para garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la mujer, y de formular y aplicar los cambios que sean necesarios.

HASTA AQUÍ LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y LA FUNDAMENTACIÓN

Dr. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
DIPUTADO

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese el siguiente Proyecto de Ley a la Comisión de Asuntos de la Mujer, Juventud, Niñez y Familia, en consulta con la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Pedimos a los honorables diputados remitirse al Adendum No. 004, Punto V: DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.

Punto 5.37: ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELÍSTICO CLAMA A VOZ EN CUELLO (AMIVEC). Le pedimos al Presidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos o a uno de sus miembros, José Martínez, entonces, para que proceda a leer el Dictamen.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Martínez.

Diputado Filiberto Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:

DICTAMEN

Managua, 29 de septiembre del 2010.

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELÍSTICO CLAMA A VOZ EN CUELLO, y que abreviadamente se denominará (AMIVEC), con domicilio en el Municipio de Masaya. Departamento de Masaya. Presentada por el Diputado: SALVADOR TALAVERA ALANIZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional, 2) Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares, 3) Construir institutos bíblicos para la formación teológica basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR, MAESTRO), y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos/as, los/as cristianos/as.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: SERGIO AUGUSTO URBINA MENDOZA, Vicepresidente, CARLOS JOSÉ ORTEGA LEÓN, Secretaria, KAREN IVETH VELÁSQUEZ CERDA, Tesorera, JALINA DE LOS ÁNGELES MARTÍNEZ MEDINA, Fiscal, ALLAN VIRGILIO OCÓN ESPINOZA, Primer Vocal, LUIS ALBERTO SILVA LÓPEZ, Segundo Vocal, DAMARIS SILVA LÓPEZ.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELÍSTICO CLAMA A VOZ EN CUELLO, Y que abreviadamente se denominará (AMIVEC).
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

MAXIMINO RODRÍGUEZ ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE VICE – PRESIDENTE

FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
MIEMBRO MIEMBRO

FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ CARLOS GADEA
MIEMBRO MIEMBRO

SALVADOR TALAVERA ALANIZ GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO MIEMBRO

Hasta aquí la exposición de motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos a la discusión del Dictamen en lo general.

A la votación del Dictamen en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELÍSTICO CLAMA A VOZ EN CUELLO, Y que abreviadamente se denominará (AMIVEC), asimismo a las asociaciones:

5.38 “ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS MONTE DE JEHOVÁ”. (AMISPMJ).

5.39 ASOCIACIÓN HÍPICA DE CORINTO.

5.40 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DE TERRABONA.

5.41 ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DE SOMOTILLO.

5.42 ASOCIACIÓN “INSTITUTO DE ESTUDIOS Y DESARROLLO SOCIO PASTORAL”. (INEDESP).

5.43 ASOCIACIÓN DE CABALLISTAS DE NIQUINOHOMO “DORIAN MUÑOZ S” (A C N).

5.44 ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”.

5.45 ASOCIACIÓN ECOLÓGICA CRISTIANA “ÁRBOL DE VIDA”, “ASOCIACIÓN ÁRBOL DE VIDA”.

5.46 Asociación “Iglesia LA ROCA: PALABRA REVELADA” “RPR”.

5.47 ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “PUEBLOS VECINOS” (APDIPV).

5.48 ASOCIACIÓN PRO AYUDA A ENFERMOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRÓNICA LAS SEGOVIAS, “ASEIRCSE”.

5.49 ASOCIACIÓN IGLESIA DE DIOS DE LAS PROFECIAS LIBRES EN CRISTO IDIPROLIC.

5.50 ASOCIACIÓN EVANGELÍSTICA INTERNACIONAL “SERÁS COMO MI BOCA”, “SERÁS COMO MI BOCA”.

5.51 ASOCIACIÓN IGLESIA CENTRO DE RESTAURACIÓN FAMILIAR (CRF).

5.52 ASOCIACIÓN CONCILIO INTERNACIONAL APÓSTOLES Y PROFETAS EBENEZER, “CONCILIO INTERNACIONAL APÓSTOLES Y PROFETAS EBENEZER.

5.53 ASOCIACIÓN MINISTERIO DE IGLESIAS DE JESUCRISTO “NUEVO AMANECER EN NICARAGUA” (MIJNAN).

5.54 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE LEVANTAMIENTO DE PESAS DE LEÓN, (ASODELEP-LEÓN).

5.55 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE LEVANTAMIENTO DE PESAS DE RÍO SAN JUAN (ASODELEP-RÍO SAN JUAN).
5.56 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE LEVANTAMIENTO DE PESAS DE MASAYA, (ASODELEP-MASAYA).

5.57 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE LEVANTAMIENTO DE PESAS DE LA RAAN, (ASODELEP-RAAN).

5.58 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE LEVANTAMIENTO DE PESAS DE LA RAAS, (ASODELEP-RAAS).

5.59 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE LEVANTAMIENTO DE PESAS DE ESTELI, (ASODELEP-ESTELÍ).

5.60 ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENÉ CARRIÓN, ASODIDEGNIC. R.C.

5.61 “ASOCIACIÓN BRISAS DE LA ISLA”, “ISLAND BREEZE” “IBE”.

5.62 ASOCIACIÓN MASTER NACIONAL DE CICLISMO (ACIMASTER).

5.63 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE CICLISMO DE RIVAS (ACIRIVAS).

5.64 ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE TRANSPORTE DE CARGA, A.N.T.C.

5.65 ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO E INSERCIÓN DE LA MUJER RURAL EN LA SOCIEDAD URBANA, “DESARROLLO E INSERCIÓN DE LA MUJER RURAL”, (ADIMUR).

5.66 ASOCIACIÓN CENTRO EVANGELÍSTICO UNIDOS ADONAI NISI, CEUAN.

5.67 ASOCIACIÓN “UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE NICARAGUA”, UNADENIC.

5.68 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE CICLISMO DE MATAGALPA, (ACICMAT).

5.69 ASOCIACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS JURÍDICOS, EL CENTRO, CIEJ.

5.70 ASOCIACIÓN MOVIMIENTO DE DESEMPLEADOS DE NICARAGUA “POR LA PAZ”, “MODENIC.

5.71 ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE AJEDREZ DE GRANADA, ASODEAGRA.

5.72 “ASOCIACIÓN IGLESIA FUENTE DE VIDA Y RESTAURACIÓN, CASA DE DIOS”.

5.73 “FEDERACIÓN DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL UNIDOS POR LA NIÑEZ” “FECDIUN”.

5.74 “FUNDACIÓN NICARAGUA VERDE”, “FUNIVER”.

5.75 “FUNDACIÓN INSTITUTO DE OBSERVACIÓN PARA LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS”. (IDH).

5.76 FUNDACIÓN “OLA VERDE”.

5.77 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO HUMANO “SANTIAGO APÓSTOL”, FUDEHUSA.

5.78 “FUNDACIÓN DUO GUARDABARRANCO”.

5.79 “FUNDACIÓN DE MISIONES DE CONSTRUCTORES” “R.G. Builders Missions Foundation”.

5.80 FUNDACIÓN INSTITUTO MONSEÑOR LEZCANO.

5.81 “FUNDACIÓN MOVIMIENTO POPULAR NUEVO AMANECER” (F.M.P.N.A.).

5.82 FUNDACIÓN MISIÓN LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA, “LOS DISCÍPULOS PARA NICARAGUA”.

5.83 FUNDACIÓN “EDUCACIÓN Y COMUNIDAD”, EDUCO.

5.84 “FUNDACIÓN NICARAGUA INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO”, “F.N.I”.

5.85 “FUNDACIÓN NICARAGÜENSE DE LUCHA CONTRA LA DIABETES”, FUNDIABETES.

5.86 “FUNDACIÓN CATÓLICA GOTAS DE FE”, “FCGDF”.

Sin Fines de lucro, de duración Indefinida con domicilio en varios municipios, jurisdicción de Nicaragua.

Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 2 La representación legal de estas asociaciones, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

Saludamos la presencia de las compañeras mujeres que pertenecen a dieciocho organizaciones que han impulsado la Ley de Violencia Contra la Mujer.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 3 Las Asociaciones aquí dictaminadas y aprobadas, estarán obligadas al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 4.

A votación el artículo 4.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 4, y con él se aprueban todas las asociaciones que fueron leídas por el Primer Secretario.

Se suspende la sesión y continuamos el día de mañana a las nueve de la mañana, a la vez les informamos que por acuerdo de la Junta Directiva y los Jefes de Bancada, vamos a tener sesión el día lunes a las nueve de la mañana, con el objeto de ver las leyes de Seguridad, Ley de Defensa y Ley de Régimen Jurídico de Fronteras.

Hasta mañana.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.


PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Faltan tres minutos para las diez de la mañana y vamos a intentar iniciar sesión pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el quórum

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

2 de diciembre de 2010

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
RODOLFO JOSÉ ALFARO GARCÍA
LUÍS ULISES ALFARO MONCADA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
MÓNICA BALTODANO MARCENARO
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
CARLOS JOSÉ GADEA AVILÉS
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
EDUARDO JERÓNIMO GÓMEZ LÓPEZ
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HERNÁNDEZ
RAMÓN ENRIQUE GONZÁLEZ MIRANDA
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
WILBER RAMÓN LÓPEZ NÚÑEZ
RAMÓN ANTONIO MACÍAS LUNA
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER MARTÍNEZ HUETE
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
ÓSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
LEOPOLDO SALOMÉ NAVARRO BERMÚDEZ
RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
JOSÉ BERNARD PALLAIS ARANA
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
INDALECIO ANICETO RODRÍGUEZ ALANIZ
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
JUAN ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ
NÁSSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
FREDDY TORRES MONTES
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
AUGUSTO ADRIÁN VALLE CASTELLÓN
EDGARD JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ

Muy buenos días compañero Presidente, estamos presentes 54 diputados y diputadas, por tanto hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay 54 diputados y diputadas efectivamente, como dice la Segunda Secretaria, pero solamente tres miembros de la Junta Directiva, vamos a dar unos minutos para esperar que llegue el cuarto miembro y así poder iniciar la sesión correspondiente.

Ya llegó el doctor Moncada, por tanto vamos otra vez a ver quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Estamos 61 diputados y diputadas presentes, en este momento.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

61 diputados y diputadas, cuatro miembros de la Junta Directiva, por lo tanto se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum Nº 006, Punto VI: INICIATIVAS DE DECRETOS Y LEYES CON TRÁMITE DE URGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.

Punto 6.7: DECRETO DE AUTORIZACIÓN DEL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES, NAVES Y AERONAVES DE LAS FUERZAS ARMADAS, EJÉRCITOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN), REPÚBLICA FRANCESA, ASÍ COMO LA SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL, DE EFECTIVOS MILITARES DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA, HACIA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y BELICE.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Managua, 30 de Noviembre del 2010.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, adjunto a la presente te remito “Iniciativa de Decreto Legislativo que Autoriza el Ingreso al Territorio Nacional de Efectivos Militares, Naves y Aeronaves de las Fuentes Armadas, Ejércitos de los Estados Unidos de América, República Bolivariana de Venezuela y República de China (Taiwán), República Francesa, así como la salida del Territorio Nacional de Efectivos Militares del Ejército de Nicaragua hacia los Estados Unidos de América, República de Guatemala, República de El Salvador y Belice”, para el Primer Semestre del año 2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 138 numeral 26 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

Asimismo, conforme lo establecido en el artículo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y artículo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia a la presente Iniciativa de Decreto Legislativo.


Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.

Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales

Managua, 30 de Noviembre del 2010.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos, Fundamentación, y texto del articulado, adjunto a la presente te remito “Iniciativa de Decreto Legislativo que Autoriza el Ingreso al Territorio Nacional de Efectivos Militares, Naves y Aeronaves de las Fuerzas Armadas, Ejércitos de los Estados Unidos de América, República Bolivariana de Venezuela y República de China (Taiwán), República Francesa, así como la salida del Territorio Nacional de Efectivos Militares del Ejército de Nicaragua hacia los Estados Unidos de América, República de Guatemala, República de El Salvador y Belice”, para el Primer Semestre del año 2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 138 numeral 26 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

Asimismo, conforme lo establecido en el artículo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y artículo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia a la presente Iniciativa de Decreto Legislativo.


Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.

Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

El Estado de Nicaragua, privilegia la libre cooperación internacional, la que ha venido impulsando con espíritu de unidad en base al compromiso irrenunciable de asegurar el bien común, la promoción del desarrollo humano de los nicaragüenses y de su protección contra los embates provocados por fenómenos naturales. Nicaragua y sus instituciones, entre ellas el Ejército de Nicaragua, fundamenta sus relaciones internacionales en la amistad y solidaridad entre los pueblos y la reciprocidad entre los Estados.

El Ejército de Nicaragua, como una institución profesional de carácter nacional, mantiene actualmente magníficas relaciones de amistad y de cooperación internacional con otras Fuerzas Armadas de países de la región centroamericana, del hemisferio y del mundo, entre los que se encuentran los Estados Unidos de América, República Bolivariana de Venezuela, República de China (Taiwán) República Francesa, República de Guatemala y la República de El Salvador, lo que ha devenido en el fortalecimiento de las medidas de fomento de la confianza, de la paz, el desarrollo y la cooperación.

Una de las características de la institucionalidad son las tradiciones. Las instituciones militares tienen como fuente de cohesión y carácter corporativo, sus tradiciones y costumbres. Es por eso que, año con año, el Ejército de Nicaragua realiza ejercicios de intercambio con otros Ejércitos y Fuerzas Armadas, demostrando con ello su profesionalidad, sus conocimientos y habilidades adquiridos. Asimismo, se logra ejercitar la interoperabilidad en la realización de operaciones humanitarias conjuntas y combinadas.

Por tal motivo, se considera que sería altamente provechoso y significativo la participación del Ejército de Nicaragua y de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, República Bolivariana de Venezuela, República de China (Taiwán) República Francesa, República de Guatemala y la República de El Salvador, para desarrollar ejercicios militares de carácter humanitario, de atención a la población civil y resguardo de sus bienes ante emergencias o desastres naturales, mismos que tienen lugar de forma constante en nuestro territorio, así como en el extranjero.

Atendiendo a que estos ejercicios, que involucran tanto la salida de tropas nicaragüenses fuera del país, como el ingreso de tropas, naves y aeronaves extranjeras a Nicaragua, se realizarán durante el primer semestre del año 2011, por lo que, con el objetivo de lograr que estos ejercicios se cumplan en los plazos de tiempo previstos y en la forma establecida, se requiere, como así lo establece nuestra Constitución Política, la autorización de la Honorable Asamblea Nacional para cada una de las salidas de tropas nicaragüenses o el ingreso de tropas extranjeras.

En tal sentido, por efectos prácticos de tiempo, por economía y tomando en cuenta que algunos ejercicios humanitarios se realizarán a partir del mes de enero del año 2011, se solicita de una sola vez, para el primer semestre del año 2011, la aprobación del Decreto Legislativo que autorice la salida e ingreso de tropas para la realización de los ejercicios militares humanitarios, los que se detallan de forma cronológica en el calendario de actividades enunciado a continuación:

1. Ingreso al territorio nacional de 30 miembros del Grupo de Tarea Conjunta de la Unidad Bravo de Soto cano, localizada en Honduras, con tres (3) helicópteros UH-60 “Blackhawk” y un (1) helicóptero CH-47 “Chinook para brindar apoyo en la coordinación de una pequeña jornada médica, del 14 al 24 de enero de 2011.

2. Ingreso al territorio nacional de 6 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en intercambio de conocimientos navales de interdicción marítima, del 14 al 24 de enero de 2011.

3. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de las Fuerzas Especiales de los Estados Unidos de América, para participar en intermedio con el Comando de Operaciones Especiales, del 28 de enero al 15 de febrero de 2011.

4. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en instrucción técnica de natación, del 2 al 23 de febrero de 2011.

5. Ingreso al territorio nacional de 8 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en intercambio de conocimiento sobre el mantenimiento de vehículos para la Brigada de Operaciones de Paz, del 3 al 15 de febrero de 2011.

6. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa, de 30 efectivos militares, naves y aeronaves de la Fuerza Aérea del Ejército Nacional Bolivariano de Venezuela, para participar en un Ejercicio de Intercambio de Adiestramiento en Operaciones de Ayuda Humanitaria, con personal de Ejército de Nicaragua del 1 de enero al 30 de junio de 2011.

7. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en un intercambio sobre conocimientos de primeros auxilios con la Unidad Humanitaria y de Rescate, del 4 al 15 de febrero de 2011.

8. Ingreso al territorio nacional de 6 efectivos militares de la Guarda Costa de los Estados Unidos de América, para participar en capacitación para el mantenimiento preventivo del casco del bote, del 11 al 21 de febrero de 2011.

9. Ingreso al territorio nacional de 50 efectivos militares de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, para participar en una jornada médica, del 17 de febrero al 5 de marzo de 2011.

10. Ingreso al territorio nacional de un buque HSV-2 SWIFT de los Estados Unidos de América a la costa Pacífica, para brindar asistencia humanitaria, capacitación a la Fuerza Naval del Ejército de Nicaragua, intercambio militar de maniobras navales, intercambio de tácticas de la infantería marina, técnica avanzadas para oficiales, del 17 de marzo al 5 de abril de 2011.

11. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en seminario de suboficiales, del 18 al 28 de marzo de 2011.

12. Ingreso a territorio nacional de 30 efectivos del 33 Regimiento de Infantería de Marina de la República Francesa a participar en intercambio de adiestramiento con el Comando de Operaciones Especiales, del 1 al 30 de abril de 2011.

13. Ingreso al territorio nacional de una flotilla de institución de la Fuerza Naval de la República de China (Taiwán), para reforzar los conocimientos de los cadetes del último año del curso de la Academia Militar de la Fuerza Aérea Naval, del 1 al 30 de abril de 2011.

14. Ingreso al territorio nacional de 30 miembros del Grupo de Tarea Conjunta de la Unidad Bravo de Soto cano, localizada en Honduras, con tres (3) helicópteros UH-60 “Blackhawk” y un (1) helicóptero CH-47 “Chinook” para brindar apoyo en la coordinación de una pequeña jornada médica, del 6 al 16 de mayo de 2011.

15. Ingreso al territorio nacional de 8 efectivos militares de la Guarda Costa de los Estados Unidos de América, para participar en capacitación de oficiales de abordaje (técnicas avanzadas), del 13 al 23 de mayo de 2011.

16. Ingreso al territorio nacional de un buque USNS CONFORT de los Estados Unidos de América, para brindar asistencia humanitaria, proyectos de ingeniería civil e intercambio militar con el Ejército de Nicaragua, del 31 de mayo al 30 de junio de 2011.

17. Salida de 6 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia Martinica, para participar en ejercicio “CARAIBES 2011” Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas, del 1 de enero al 30 de junio de 2011.

18. Salida de 30 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la isla francesa Martinica, para participar en intercambio de adiestramiento 33 Regimiento de la Infantería de Marina – Comando de Operaciones Especiales, del 28 de enero al 3 de marzo de 2011.

19. Salida de 20 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la República de Guatemala, para participar en adiestramiento de cadena de mando de la Unidad de Operaciones de Mantenimiento de Paz, del 18 al 31 de marzo de 2011.

20. Salida de 20 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la República de El Salvador, para participar en ejercicio de la Unidad Humanitaria y de Rescate – Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas, del 1 al 18 de abril de 2011.

21. Salida de 25 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia Belice, para participar en ejercicio Trade Winds, del 1 al 31 de mayo de 2011.

22. Salida de 35 alumnos del XIV Curso Diplomático de Estado Mayor del Ejército de Nicaragua, hacia los Estados Unidos de América, para participar en intercambio académico, del 12 al 23 de mayo de 2011.

23. Salida de 8 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la República de El Salvador, para participar en competencias “Fuerza Comando”, del 1 al 30 de junio de 2011.
FUNDAMENTACIÓN

Con la realización de estos ejercicios prácticos de carácter humanitario, se acrecienta la calidad técnica y profesional de los miembros del Ejército de Nicaragua, al adquirir nuevos y modernos conocimientos doctrinales, científicos y técnicos. A la vez, que no presupone, desde el punto de vista económico, un impacto negativo al presupuesto al no existir erogaciones extra presupuestarias alguna para la institución militar.

En tal virtud, en mi calidad de Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua he decidido aprobar la salida de tropas del Ejército de Nicaragua, y el ingreso de efectivos militares, naves y aeronaves representativas de las Fuerzas Armadas de los países ya mencionados, lo cual me ha sido solicitado por el Comandante en Jefe del Ejército de Nicaragua, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº. 181, Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar, que en su artículo 9, numeral 7, dice: “Son deberes y atribuciones del Comandante en Jefe del Ejército garantizar la organización, adiestramiento, capacitación y movilización de las fuerzas del Ejército…”.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en lo establecido en el artículo 92 párrafo tercero, 138, numeral 26) y 144, ambos de nuestra Constitución Política, artículo 89 en su párrafo quinto y numeral 6) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a consideración de la Asamblea Nacional la presente Iniciativa.

Asimismo conforme lo establecido en el artículo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y artículo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia a la presente Iniciativa de Decreto Legislativo.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación del Decreto.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Decreto en lo general.
Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO:

Gracias, señor Presidente.

En varias ocasiones han venido a esta Asamblea Nacional, solicitudes generalmente con carácter de urgencia para aprobar el ingreso al país de tropas norteamericanas, buques, asesores y me sorprende muchísimo que en la Fundamentación que se presenta acompañando a estas iniciativas se hace caso omiso, se presenta la entrada de estos norteamericanos marines, sin mencionar la naturaleza de las tropas del Ejército norteamericano, que durante siglos han sido fuerzas agresoras contra la soberanía de los pueblos, son responsables de crímenes, de cientos de miles de muertos en una guerra absurda como la que sostuvieron contra Irak y que vengan estas solicitudes y ni siquiera se haga una reflexión sobre si realmente contribuye la constante salida de nuestros oficiales del Ejército, algunos de ellos a recibir clases en la fatídica Escuela de las Américas, o las venidas “supuestamente" humanitarias” de asesores y grupos militares. En esta ocasión la iniciativa viene entremezclada con salidas de grupos que me parecen necesarias y justas en las relaciones que debe tener el Ejército con otros ejércitos, sobre todo del área centroamericana y en algunas verdaderamente son misiones humanitarias, pero como vienen entremezcladas en esta ocasión, en la anterior ocasión yo voté en contra, fue el único voto en contra, pero no razoné mi voto. En esta ocasión quiero expresar que voy a votar en contra, no porque esté en desacuerdo con que nuestro Ejército se relacione con todos los ejércitos del mundo, sino porque sinceramente no creo que el Ejército de los Estados Unidos y los marines norteamericanos tengan muchas cosas que enseñar a nuestros soldados. Me preocupa sinceramente la profundización de las relaciones del Ejército con el Ejército de los Estados Unidos y creo que no contribuye al desarrollo del espíritu humanitario, del espíritu de respeto a los derechos humanos, porque ese es un ejército particularmente agresor, asesino, que se ha llenado a lo largo y ancho de nuestro mundo, las manos de sangre inocente y por eso voy a votar en contra, señor Presidente.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

Diputado Francisco Aguirre Sacasa, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO AGUIRRE SACASA:

Muchas gracias, Presidente.

Yo apoyo este Decreto.

Le quería hacer una sugerencia, Presidente. He recibido y estoy seguro que muchos también han recibido por el internet el Libro Blanco en defensa de nuestra soberanía en el Río San Juan, pero me permito sugerirle a usted como Presidente de este Poder, conseguir una copia dura de ese Libro Blanco para cada uno de los diputados. Entiendo que ya hay tres mil ejemplares en Miami y nosotros no tenemos ni uno de ellos en copia dura Presidente, le sugiero nos lo consiga por favor.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Quisiera empezar diciendo que el Ejército de Nicaragua en estos días, dista mucho de lo que conocimos nosotros en la década de los ochenta como Ejército Popular Sandinista. Y prueba de ello Presidente, es que en este día están sometiendo un Decreto donde claramente nos están diciendo que el poder civil está sobre el poder militar, lo cual nosotros debemos de preservar, debemos profundizar que nuestro Ejército continúe bajo esa senda de profesionalización, bajo esa senda de defensor de nuestra soberanía, bajo esa senda de apoyar en las situaciones de calamidad, en la situación de desastre.

En esta semana hemos conversado con autoridades del Ejército de Nicaragua y nos han mencionado que hay nuevas amenazas, hablan del tema de la narcoactividad, hablan del tema de lavado de dinero, hablan de tema de crimen organizado, y nuestra bancada entiende que para lograr la profesionalización del Ejército, es necesario el intercambio con los otros ejércitos de la región, hemos visto que hay relaciones con el Ejército de Francia, hemos visto que hay relaciones con el Ejército de los Estados Unidos, hemos visto que hay relaciones con el Ejército de Venezuela y nosotros pensamos que estos intercambios son provechosos. El tema de pasar con trámite de urgencia pues no nos gusta, porque nosotros quisiéramos que a la Comisión de Gobernación que es la llamada a ver estos temas, no se le quite esa potestad que nos mandata la Ley Orgánica, sin embargo entendiendo la premura y la necesidad que nuestro Ejército se profesionalice, la Bancada Democrática está dando su respaldo para que este gesto que nosotros vemos el día de hoy que el poder civil está sobre el poder militar, continúe y se profundice.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos entonces a la votación del Decreto en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

69 votos a favor, 10 presentes, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Decreto en lo general.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 1 Al tenor de lo dispuesto en los artículos 92, párrafo tercero y el 138, numeral 26 de nuestra Constitución Política, se autoriza la salida de efectivos militares del territorio nacional e ingreso de efectivos, naves y aeronaves militares extranjeras al territorio nacional, de conformidad a la planificación de actividades durante el primer semestre del año 2011, que comprende la salida de tropas nicaragüenses fuera del país y el ingreso de tropas, naves y aeronaves extranjeras con fines humanitarios hacia Nicaragua.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO:

Hago ver señor Presidente, que esta es una autorización general, que a lo que nos obliga la Constitución, es a aprobar de manera específica número de efectivos, procedencias, etcétera y que este artículo es muy general. No debería quedar de esa manera redactada, porque estamos autorizando en términos generales de acuerdo a los planes del Ejército que están explicitados en la exposición, pero el texto debería estar elaborado de manera específica.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputada, se leyó todo el proyecto de Decreto, en el artículo 2 está expresado de forma específica cada uno de los ingresos y salidas del territorio de Nicaragua o entrada a él.

Entonces, pasamos a la votación del artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

67 votos a favor, 12 presentes, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 2 Se aprueba la salida del territorio nacional de contingentes representativos del Ejército de Nicaragua y el ingreso de tropas con sus equipos, naves y aeronaves extranjeras detallados a continuación:

1. Ingreso al territorio nacional de 30 miembros del Grupo de Tarea Conjunta de la Unidad Bravo de Soto cano, localizada en Honduras, con tres (3) helicópteros UH-60 “Blackhawk” y un (1) helicóptero CH-47 “Chinook” para brindar apoyo en la coordinación de una pequeña jornada médica, del 14 al 24 de enero de 2011.

2. Ingreso al territorio nacional de 6 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en intercambio de conocimientos navales de interdicción marítima, del 14 al 24 de enero de 2011.

3. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de las Fuerzas Especiales de los Estados Unidos de América, para participar en intercambio con el Comando de Operaciones Especiales, del 28 de enero al 15 de febrero de 2011.

4. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en instrucción técnica de natación, del 2 al 23 de febrero de 2011.

5. Ingreso al territorio nacional de 8 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en intercambio de conocimiento sobre el mantenimiento de vehículos para la Brigada de Operaciones de Paz, del 3 al 15 de febrero de 2011.

6. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa, de 30 efectivos militares, naves y aeronaves de la Fuerza Aérea del Ejército Nacional Bolivariano de Venezuela, para participar en un Ejercicio de Intercambio de Adiestramiento en Operaciones de Ayuda Humanitaria, con personal de Ejército de Nicaragua del 1 de enero al 30 de junio de 2011.

7. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en un intercambio sobre conocimientos de primeros auxilios con la Unidad Humanitaria y de Rescate, del 4 al 15 de febrero de 2011.

8. Ingreso al territorio nacional de 6 efectivos militares de la Guarda Costa de los Estados Unidos de América, para participar en capacitación para el mantenimiento preventivo del casco del bote, del 11 al 21 de febrero de 2011.

9. Ingreso al territorio nacional de 50 efectivos militares de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, para participar en una jornada médica, del 17 de febrero al 5 de marzo de 2011.

10. Ingreso al territorio nacional de un buque HSV-2 SWIFT de los Estados Unidos de América a la costa del Pacífico, para brindar asistencia humanitaria, capacitación a las Fuerza Naval del Ejército de Nicaragua, intercambio militar de maniobras navales, intercambio de tácticas de la infantería marina, técnicas avanzadas para oficiales, del 17 de marzo al 5 de abril de 2011.

11. Ingreso al territorio nacional de 10 efectivos militares de los Estados Unidos de América, para participar en seminario de suboficiales, del 18 al 28 de marzo de 2011.

12. Ingreso a territorio nacional de 30 efectivos del 33 Regimiento de Infantería de Marina de la República Francesa a participar en intercambio de adiestramiento con el Comando de Operaciones Especiales, del 1 al 30 de abril de 2011.

13. Ingreso al territorio nacional de una flotilla de instrucción de la Fuerza Naval de la República de China (Taiwán), para reforzar los conocimientos de los cadetes del último año del curso de la Academia Militar de la Fuerza Aérea Naval, del 1 al 30 de abril de 2011.

14. Ingreso al territorio nacional de 30 miembros del Grupo de Tareas Conjunta de la Unidad Bravo de Soto cano, localizada en Honduras, con tres (3) helicópteros UH-60 “Blackhawk” y un (1) helicóptero CH-47 “Chinook” para brindar apoyo en la coordinación de una pequeña jornada médica, del 6 al 16 de mayo de 2011.

15. Ingreso al territorio nacional de 8 efectivos militares de la Guarda Costa de los Estados Unidos de América, para participar en capacitación de oficiales de abordaje (técnicas avanzadas), del 13 al 23 de mayo de 2011.

16. Ingreso al territorio nacional de un buque USNS CONFORT de los Estados Unidos de América, para brindar asistencia humanitaria, proyectos de ingeniería civil e intercambio militar con el Ejército de Nicaragua, del 31 de mayo al 30 de junio de 2011.

17. Salida de 6 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia Martinica, para participar en ejercicio “CARAIBES 2011” Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas, del 1 de enero al 30 de junio de 2011.

18. Salida de 30 efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia la isla francesa Martinica, para participar en intercambio de adiestramiento 33 Regimiento de la Infantería de Marina – Comando de Operaciones Especiales, del 28 de enero al 3 de marzo de 2011.

19. Salida de 20 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la República de Guatemala, para participar en adiestramiento de cadena de mando de la Unidad de Operaciones de Mantenimiento de Paz, del 18 al 31 de marzo de 2011.

20. Salida de 20 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la República de El Salvador, para participar en ejercicio de la Unidad Humanitaria y de Rescate Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas, del 1 al 18 de abril de 2011.

21. Salida de 25 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia Belice, para participar en ejercicio Trade Winds, del 1 al 31 de mayo de 2011.

22. Salida de 35 alumnos del XIV Curso Diplomado de Estado Mayor del Ejército de Nicaragua, hacia los Estados Unidos de América, para participar en intercambio académico, del 12 al 23 de mayo de 2011.

23. Salida de 8 efectivos militares del Ejército de Nicaragua, hacia la República de El Salvador, para participar en competencias “Fuerza Comando”, del 1 al 30 de junio de 2011.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Previo a la discusión del artículo 2, queremos saludar al señor Cristian Ángel, de Relaciones Internacionales del Partido Conservador de Noruega y Asesor de los diputados de ese partido en el Congreso noruego.

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 14 presentes, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Arto. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 3.

A votación el artículo 3.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3 y con él se aprueba el Decreto que autoriza el ingreso al territorio nacional, de efectivos militares, naves y aeronaves, de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, República Bolivariana de Venezuela, República de China (Taiwán), y República Francesa, así como la salida del territorio nicaragüense de efectivos militares de nuestro Ejército, hacia la República de Guatemala, de El Salvador, de Belice, de los Estados Unidos y hacia la República de Martinica.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados a la Orden del Día Número 001, Tomo II, para la discusión del dictamen…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Edwin Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Disculpe que lo interrumpa, pero creo que esta Asamblea Nacional está en la obligación de rendirle homenaje y tributo a la primera actriz nacional, ex directora del Teatro Nacional de Nicaragua, uno de los pilares de la cultura de este país, a nuestra querida amiga Socorro Bonilla Castellón, que en este momento se está velando y en la tarde será su entierro. Por tanto pediría a todos los honorables diputados, un minuto de silencio en homenaje a Socorro Bonilla.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Un minuto de silencio.

Muchas gracias.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Entonces, como decía, remitimos a los diputados a la Orden del Día Nº 001, Tomo II, Punto III DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 3.42: LEY DE TRATO DIGNO Y EQUITATIVO A PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO-DESCENDIENTES.

Le pedimos al Presidente de la Comisión, al diputado Brooklyn Rivera, la lectura del mismo.

DIPUTADO BROOKLYN RIVERA BRYAN:

Gracias.

INFORME DE CONSULTA Y DICTAMEN
LEY DE TRATO DIGNO Y EQUITATIVO A PUEBLOS
INDÍGENAS Y AFRO-DESCENDIENTES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, nos reunimos el día 7 de Julio del 2010 para dictaminar la Iniciativa denominada LEY DE TRATO DIGNO Y EQUITATIVO A PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRODESCENDIENTES, el cual fue remitido por la Primer Secretaría a esta Comisión para su debido Informe y Dictamen, el día veinticinco de septiembre del año dos mil nueve.

Los Pueblos Indígenas y Afro-descendientes de la República de Nicaragua gozan de los derechos consignados en la Constitución Política, su existencia legal está reconocida en el Arto. 5 de nuestra Carta Magna y existen una serie de leyes, convenios internacionales, decretos legislativos, decretos ejecutivos que garantizan el ejercicio de esos derechos.

En nuestro país, a lo largo y ancho del mismo, se encuentran diseminados en las regiones del Pacífico, Centro y Norte una serie de Pueblos Indígenas cuya existencia se remonta a la época precolombina:

P A C Í F I C O

1) Comunidad Indígena de Subtiava - León
2) Comunidad Indígena de Nindirí - Masaya
3) Comunidad Indígena de Monimbó - Masaya
4) Comunidad Indígena de San Juan de Oriente - Masaya
5) Comunidad Indígena de Nancimí - Rivas
6) Comunidad Indígena de Salinas de Nahualapa - Rivas
7) Comunidad Indígena de Veracruz - Rivas
8) Comunidad Indígena de San Jorge - Rivas
9) Comunidad Indígena de Urbaite Las Pilas - Rivas
10) Comunidad Indígena de Ostional - Rivas

C E N T R O

1) Comunidad Indígena de Matagalpa - Matagalpa
2) Comunidad Indígena de Sébaco - Matagalpa
3) Comunidad Indígena de Muy Muy - Matagalpa
4) Comunidad Indígena de Jinotega - Jinotega

N O R T E

1) Comunidad Indígena de Telpaneca - Madriz
2) Comunidad Indígena de Santa Bárbara - Madriz
3) Comunidad Indígena de San Antonio - Madriz
4) Comunidad Indígena de Cusmapa - Madriz
5) Comunidad Indígena de San Lucas - Madriz
6) Comunidad Indígena de Mozonte - Nueva Segovia

Por otro lado, en el año de 1894 los Pueblos Indígenas (Miskitu, Sumu – Mayangna, y Rama) y Afro descendientes (Creole y Garífuna) de la Moskitia fueron incorporados a la República de Nicaragua, pero en el Decreto se omitió incluir los derechos específicos de los Pueblos Indígenas y Afro-descendientes que estaban debidamente consignados en el Tratado Managua de 1860, acto que género discriminaciones, abusos, atropellos, exclusiones, trato desigual, pobreza extrema, y éxodo masivos de nativos en busca de trabajo y oportunidades en otros países, desde 1894 hasta la fecha.

En 1987 se promulgó la primera Constitución Política de Nicaragua con reivindicaciones de derechos específicos a favor de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas de la Costa Atlántica de Nicaragua, reivindicaciones que fueron ampliados en la Reforma Constitucional de 1995.

Así los Artos. 5. 8, 89, 90, 180 y 181, de la Constitución Política de 1987 y su Reforma de 1995 reivindican para estos Pueblos los siguientes derechos específicos: 1.- El derecho a un régimen autonómico; 2.- El derecho a disfrutar del pluralismo étnico; 3.- El derecho a ser protegido por el Estado contra toda forma de explotación, discriminación y exclusión; 4- El derecho a su forma de propiedad colectiva de tierras y recursos naturales; 5.- El derecho a la libre cooperación internacional; 6.- El derecho a la libre determinación de los pueblos; 7.- El derecho y garantía constitucional de mantener y desarrollar su identidad; 8.- El derecho y garantía constitucional de mantener y desarrollar su cultura; 9.- El derecho y la garantía constitucional de mantener y desarrollar su propia forma de organización social; 10.- El derecho y la garantía constitucional de administrar sus asuntos locales de acuerdo a sus costumbres y tradiciones; y para el ejercicio de estos Derechos se establece un régimen de Autonomía para los Pueblos Indígenas y Comunidades de la Costa Atlántica. El sustento principal para el establecimiento de este Régimen Especial de Gobierno consiste en el reconocimiento de que en la Nicaragua de hoy existen Pueblos nicaragüense que comparten diferencias étnicas, culturales, religiosas, históricas y lingüísticas que requieren de un régimen de administración pública especial.

Cabe indicar, estos Pueblos Indígenas, con la llegada de los españoles e ingleses ya contaban con sus propias formas de organización, y posteriormente dentro del proceso de independencia y de configuración de Estado Nacional se fueron integrando a la vida política del País y a ser reconocidos como Pueblos Indígenas en el ordenamiento jurídico nacional.

Así mismo, los pueblos indígenas y afro descendientes de la Costa Atlántica de Nicaragua no experimentaron el proceso de colonización que caracteriza a la población mayoritaria del resto del país, puesto que sobrevivieron heroicamente todos los intentos de conquista, colonización y sometimiento de imperios coloniales; subsistieron bajo su sistema de auto gobierno indígena propio, conocido en la historia como “Reino de la Moskitia”, que administraron bajo el Protectorado Británico.

Por consiguiente, la presente Ley pretende implementar los derechos y deberes consignados en el orden jurídico nacional, otorgándoles a estos Pueblos la garantía y el ejercicio de esos derechos, reconocidos por el Estado pretendiendo un trato igualitario, justo y equitativo. Además la iniciativa cubre a todos los pueblos indígenas y afro descendientes del país tanto los pueblos indígenas del Pacífico, Centro y Norte como los de la Costa Caribe que resistieron los intentos y los avances del proceso colonial durante siglos, y que en la actualidad también sufren de discriminaciones, exclusiones y violaciones de sus derechos a la tierra, al trabajo, al desarrollo, y otros.

El principal objetivo de esta Ley consiste en implementar: a).- La aplicación del Convenio No. 169 de la OIT; b).- Del Convenio contra Todas las Formas de Discriminación Racial; y c).- La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en beneficios de los Pueblos Indígenas y Afro-descendientes del país; d).- Definir y convertir el trato digno y equitativo a Pueblos Indígenas y Afro-descendientes en política pública del Estado Nicaragüense, e) Promover de forma sostenible la alimentación adecuada con equidad de género a favor de los pueblos indígenas y afro descendientes.
D I C T A M E N

Los suscritos Diputados miembros de la Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua se reunieron el día siete del mes de Julio del dos mil diez, con el objetivo de DICTAMINAR la Iniciativa de Ley denominada ¨LEY DE TRATO DIGNO Y EQUITATIVO A PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO-DESCENDIENTES¨ que fue presentada ante la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional el 12 de Agosto del dos mil nueve. Con fecha 25 de Septiembre de ese mismo año fue enviada dicha iniciativa por la Primer Secretaría a la Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas para su debida consulta y posterior Dictamen.

La Comisión en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional realizó un proceso de consulta amplia a diferentes Instituciones y Poderes del Estado, como la Intendencia de la Propiedad, Ministerio Público, Consejo Supremo Electoral, Policía Nacional, Ejército de Nicaragua, Secretaría para Asuntos Indígenas y Afro descendientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, Procuraduría Especial para Pueblos Indígenas, Organizaciones Indígenas y de Afro-descendientes, Organismos No Gubernamentales, la Empresa Privada, Organizaciones Religiosas, Gremiales y a líderes Indígenas y Afro-descendientes en general, quienes a través de entrevistas, encuentros, reuniones, opiniones y recomendaciones escritas y talleres de consultas, expresaron sus consideraciones, comentarios y recomendaciones, que fueron tomadas en cuenta por los miembros de esta Comisión al momento de elaborar el presente Dictamen.

Para la elaboración del presente Dictamen de la “LEY DE TRATO DIGNO Y EQUITATIVO A PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO-DESCENDIENTES” la Comisión tomo en cuenta los siguientes aspectos:

1.- La obligación y necesidad de ir implementando en el país Convenciones y Declaraciones Internacionales de la Naciones Unidas, tales como: a) La Convención contra todas las formas de Discriminación Racial; b) La Convención Nº 169 de la OIT; c) La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de Pueblos Indígenas.

2.- La necesidad de humanizar las relaciones inter-étnicas entre los pueblos indígenas, afro-descendientes y la mayoría de la sociedad nacional.

3.- La obligación de promover, garantizar y aplicar los derechos de los Pueblos Indígenas y Afro-descendientes Nicaragüenses reconocidos en la Constitución Política de Nicaragua y en otros instrumentos legales de carácter nacional e internacional vigentes;

4.- El compromiso del Estado Nicaragüense de elevar el trato digno y equitativo a pueblos indígenas y afro-descendientes a nivel de Política de Estado, y con este fundamento forjar y fortalecer una nueva educación y sistema de justicia para el país.

5.- La necesidad de asegurar la disponibilidad, el acceso, la utilización biológica y la estabilidad de los alimentos de parte de los pueblos indígenas y afro descendientes con equidad de género, respetando, preservando y fortaleciendo la cultura alimentaria de sus comunidades; así mismo de garantizar a los miembros más vulnerables de esos pueblos el derecho a su autosuficiencia alimentaria.

Con la aprobación de esta iniciativa de ley, los diputados miembros de la Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas cumplen con el mandato que les fue conferido por el Plenario de la XX Legislatura, y contribuyen al proceso de formulación de una de las importantes leyes para el desarrollo equilibrado de la diversidad étnica, cultural y lingüística del país, en reconocimiento y respeto a los Derechos Específicos de los Pueblos Indígenas y Afro-descendientes consagrados en los Artos. 4, 5, 8, 46, 89, 90, 180 y 181 Cn.

Por los razones antes expuestas los suscritos miembros de la Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas de la Asamblea Nacional, con fundamento en lo que señala la Ley Orgánica del Poder Legislativo en sus Artos. 99, 100, 101 y 102 y en vista de que esta iniciativa de Ley está bien fundamentada y no se opone a la Constitución Política ni al orden jurídico nacional DICTAMINAMOS FAVORABLEMENTE LA LEY DE TRATO DIGNO Y EQUITATIVO A PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO-DESCENDIENTES, y lo sometemos a la consideración del Honorable PLENARIO para su aprobación. Se hace constar que tres miembros de la comisión hacen reserva del derecho de presentar en la Secretaría de esta Comisión un Dictamen de Minoría.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los siete días del mes de Julio del año dos mil diez. COMISIÓN DE ASUNTOS ÉTNICOS, REGÍMENES AUTONÓMICOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS.

Firmas de los miembros de la Comisión Étnica al Dictamen de la Ley de Trato Digno y Equitativo a Pueblos Indígenas y Afro descendientes.

DIP. BROOKLYN RIVERA B. DIP. ALEJANDRO BOLAÑOS
Presidente Vicepresidente

DIP. JOSÉ ESCOBAR T. DIP. JOSÉ RAMÓN VILLAGRA
Miembro Miembro

DIP. LORIA RAQUEL DIXON DIP. GLADIS BÁEZ
Miembro Miembro

DIP. MARÍA MARGARITA LÓPEZ
Miembro

Hasta aquí el Dictamen de esta iniciativa de ley.

Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado por la lectura del Dictamen.

Pasamos entonces a la discusión en lo general del Dictamen. Advertimos que el Dictamen que leyó el compañero Brooklyn Rivera, es el Dictamen de Mayoría, también hay un Dictamen de Minoría que de acuerdo al procedimiento de ley, solamente que sea rechazado el de mayoría, será leído el de minoría y pasar a discusión. De manera que pasamos a la discusión del Dictamen de Mayoría.

Diputado Salvador Talavera Alaniz, tiene la palabra.

DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:

Muchísimas gracias, Presidente.

Quiero en primer lugar, felicitar a quienes introdujeron esta iniciativa, me parece que está muy bien intencionada y que va dirigida a poderle garantizar derechos que deben ser inherentes de las comunidades indígenas. Sin embargo, quiero Presidente, que legislemos con la seriedad a la que estamos obligados los diputados de esta honorable Asamblea Nacional.

Estaba leyendo los artículos 5 y 6 de esta iniciativa de ley, me parece que esos dos artículos son inconstitucionales en lo referente a obligar a que las empresas privadas y los organismos no gubernamentales deban contratar al menos el 25% de personal indígena para poder operar en esas zonas, así como obligar a las empresas privadas y organismos no gubernamentales a tener que ofrecer y prestar sus servicio en ese idioma.

La Constitución de la República dice que el idioma oficial de este país es el español y reconoce los dialectos que se hablan en esas comunidades, pero me parece que nosotros con esto, más bien estamos mandando un mensaje que las empresas privadas y los organismos no gubernamentales no son bienvenidos en la Costa Atlántica ni en aquellas comunidades indígenas que están dispersas a lo ancho del territorio nacional.

Espero que esto no sea mal interpretado, no estoy diciendo que ésta no es una buena ley, pero esos dos artículos, al menos es lo que he leído hasta el momento en este Dictamen, me parece que son inconstitucionales y nosotros estamos obligados a legislar con responsabilidad y hacer lo que es correcto y lo que es justo para poder trasladar esos beneficios y esos derechos para nuestros indígenas de las diferentes comunidades.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias diputado.

Diputado Wilfredo Navarro, tiene la palabra.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:

Gracias, Presidente.

Lo mío es rápido. Existe como usted lo anunciara un Dictamen de Minoría que fue presentado por los colegas de mi bancada, los diputados Víctor Duarte y Francisco Sacasa. Es un Dictamen de Minoría que tiene que ver con la forma; este tema que estamos aprobando referido a un trato digno y equitativo a los pueblos indígenas y afro descendientes a como lo dicen mis colegas del PLC, es llover sobre mojado, es albarda sobre aparejo, porque todo los derechos que aquí se están consignando como muy bien lo dicen mis colegas Duarte y Sacasa están integrados en la Constitución Política, en una diversidad de leyes nacionales y además en los diversos tratados y convenios internacionales que hemos firmado. Entonces, no tiene lógica poner en una ley lo que está en otras leyes, y lo que es más importante, en leyes que tienen mayor jerarquía, la ley que vamos a firmar se refiere a los mismos temas y derechos. Así que, quisiera consignar este planteamiento de mis colegas, porque creo que es correcto y acertado y no nos cabe aquí en la Asamblea estar agarrando leyes y volviendo hacer otras leyes incluyendo las mismas leyes que ya aprobamos.

Y lo otro que quiero abordar es la preocupación del diputado Talavera acerca de establecer un 25% para trabajar, nosotros vemos que hay algunas partes en la Costa Atlántica, principalmente en el sur donde hay ya casi una mayor presencia de no nativos de la Costa Atlántica, lo que podría dificultar el cumplimiento de esta proporción, yo diría que se establecieran las proporciones que en otras leyes se establecen para otro tipo de género de trabajadores, pero no en ese 25%, pero de todas maneras, quiero dejar consignada la posición de mis colegas liberales que estamos inventando el agua helada, porque todo lo que se está diciendo en esta ley ya está consignado en la Constitución, está más garantizada en la Constitución que en una ley sencilla, además la población y los pueblos indígenas de una u otra forma se han integrado a la vida política del país y sus derechos son reconocidos desde hace mucho tiempo, desde más acá de 1840, 1850 ya estos derechos estaban reconocidos. Entonces estamos planchando lo que ya esta planchado.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Augusto Valle Castellón, tiene la palabra.

DIPUTADO AUGUSTO VALLE CASTELLÓN:

Gracias, Presidente.

La verdad es que coincido mucho con lo expresado por el diputado Navarro, sin embargo como miembro de la Comisión Étnica, quiero expresar y aclarar algunas situaciones que se dieron en la discusión de este Dictamen.

Estoy totalmente de acuerdo en reivindicar todos los derechos de todos los indígenas, incluyendo tanto a los indígenas del Pacífico, como a los de la Costa Atlántica, no obstante reivindicar los derechos de los indígenas no significa no reivindicar los derechos de los costeños que no son indígenas y es ahí donde viene la discusión y es ahí donde se origina el Dictamen de Minoría emitido por Víctor Duarte y Francisco Sacasa, la verdad es que haciendo un análisis poblacional de la Costa, ahora la mayor parte de la población de Mulucucú, parte de Siuna y parte de la RAAS son originarios del Pacífico que han llegado a poblar la Costa Atlántica y han engendrado hijos y ahora son costeños también. Entonces, en esos de los porcentajes nunca nos pusimos de acuerdo, porque estoy de acuerdo en establecer un porcentaje determinado en cada empleo, ahí sí, nosotros hacemos un análisis de las próximas inversiones que se van a desarrollar en las dos Regiones Autónomas habrá muchos empleos y esos porcentajes de empleo que se les designan en esta ley a nuestros hermanos indígenas, considero que va en detrimento de todos los derechos de los costeños, que no precisamente son indígenas ahí. Considero que esos dos artículos que mencionó el diputado Talavera no deberían estar en esta ley, porque a través de esta ley se profundizará el problema de un movimiento que se llamaba Huastatara, el cual hacía mención del abandono de la regiones por parte del Gobierno, de la explotación de los recursos naturales de la Costa Atlántica en detrimento de la población de extrema pobreza en la Costa Atlántica, yo hice un llamado en su oportunidad al Gobierno de ponerle atención a este problema y elaborar un estrategia de desarrollo en la cual los costeños se sintieran satisfechos.

Por otro lado, no es culpa del Estado ni del Gobierno de Nicaragua que existan líderes que tal vez no trascienden las ayudas y el plan de desarrollo de toda la población. Ellos hablaban de que no tenían líderes, que ésos que estaban actualmente no representaban a la Costa Atlántica, porque no les llevaban progreso a la Costa Atlántica, este es un tema que debería verse como prioridad a ser analizado en el Gobierno para elaborar una estrategia de desarrollo, sin embargo ahora como en contra propuesta a Huastatara salió este Dictamen de ley que fue propuesto por el diputado Brooklyn Rivera, y considero que todo lo que está en este Dictamen, está en la ley, en lo que yo no estoy de acuerdo es en excluir los derechos de los costeños que son originarios del Pacífico y que tiene más de treinta, cuarenta años de vivir en la Costa Atlántica y que también son costeños, porque son nicaragüenses, tanto de Managua como de Bluefields, de Puerto Cabezas, Chinandega, Suina, Matagalpa. Por lo tanto, ese fue el tema de discusión y por eso se hicieron dos dictámenes. Creo que podríamos aprobar en lo general este Dictamen y podríamos revisar en lo particular todos aquellos articulados que no defienden los derechos de los nicaragüenses, que precisamente no son indígenas, pero que son costeños también.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Es lamentable que se esté haciendo demagogia sobre unos derechos inherentes al ser humano, como es en este caso, el derecho al trabajo, es lamentable que se dé un Dictamen a estas alturas que en vez de ayudar al desarrollo de la Costa Atlántica va a venir a impedir su desarrollo. Señor Presidente, en la Costa Atlántica, en lo que es la Cruz de Río Grande, donde sólo hay mestizos, ahí se tiene que construir la represa Boboké y en Mulucucú que es de la RAAN, donde también sólo hay mestizos, se tiene que construir la represa de Mojolka, la cual va a requerir tres mil operarios que entre albañiles, carpinteros, operadores de maquinaria, que no va a satisfacer esa región, sino que tienen que ser trasladados del Pacífico, ahorita hay una constructora que va a construir la Tumarín, la que va a requerir cinco mil manos de obra entre operadores, ingenieros, carpinteros y no está en capacidad en aportar esta cantidad de mano de obra, donde queda ubicada que es la Cruz de Río Grande.

Por lo tanto, esta ley lo que estaría es impidiendo el desarrollo de la Costa Atlántica. También estaríamos impidiendo que alguna vez en Nicaragua podamos construir el canal interoceánico porque éste no pasa, como creen algunos que pasa por el Río San Juan, pasa por el río Mico, el Oyate a salir al norte de Bluefields, porque aquí hay una equivocación muy grande al creer por donde es el rumbo, de manera que los veinticinco mil hombres que se necesitan para construir este canal, que no tenemos capacidad ni en toda Nicaragua, que vamos a tener que importar mano de obra y técnicos de toda Centroamérica para poder construirlo, no podríamos estamos impidiéndole a toda Nicaragua que se desarrolle. Además, el puerto de aguas profundas que queda en Monkey Point, y la carretera que va de Río Blanco hacia Puerto Cabezas, a quiénes vamos a meter, también la carretera que va de Nueva Guinea a Bluefields. Señores por querer hacerle un favor a la Costa Atlántica, lo que vamos hacer con esto al exigir y obligar a que las empresas privadas pongan el 25% de mano de obra de los indígenas es impedir el desarrollo de Nicaragua, seamos serios en nuestras actitudes, no pongamos unos dictámenes que no vemos la trascendencia de este dictamen en sí para Nicaragua entera.

Creo que este Dictamen tiene que regresar a la comisión, porque en la Comisión hemos dicho que todos los dictámenes tratemos de que salgan de consenso por el bien de Nicaragua y no para que venga aquí Brooklyn a hacer demagogia.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Escobar Thompson, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ ESCOBAR THOMPSON:

Gracias, compañero Presidente.

Las reivindicaciones de los derechos de los pueblos indígenas que se plasman en esta iniciativa, están consignados en la Constitución Política de nuestro país y de aprobar esta iniciativa vendría a fortalecer lo que ya se ha propuesto nuestro gobierno con las comunidades de las regiones autónomas. Hasta este momento todo lo que es la administración organizativa de las comunidades indígenas a través de los Consejos Regionales está en manos de los profesionales, pero hay algo que también tenemos que reconocer nosotros a las autoridades regionales.

Por cierto, también tenemos errores en cuanto al trato igualitario a nuestra misma gente y si nosotros somos los que estamos impulsando, tenemos que asumir con justicia y con verdad, queremos que las familias, la población costeña toda tenga el mismo derecho para el espacio que estamos pidiendo con esta iniciativa de ley. No me cabe la duda de que nuestro Gobierno vaya a fortalecer lo que ya está haciendo para nuestro pueblo de la Costa Atlántica, y espero que nosotros como autoridades costeñas, también corrijamos nuestros errores y hacer las cosas con justicia y con amor para nuestra gente sin discriminación alguna.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO:

Gracias, Presidente.

Voy a referirme a esta iniciativa de ley que es una iniciativa pequeña de once artículos, pero antes quería hacerle una recomendación señor Presidente.

Hace poco vino alguien de España y me decía que tenían una ley en España para establecer que los edificios públicos y las instituciones privadas que usan aire acondicionado lo manejan a un máximo o un mínimo de 25º, esta Asamblea es un congelador, señor Presidente y eso afecta el consumo de combustible, eso afecta la naturaleza, hay muchos países que están adoptando legislaciones para que no se manejen las instituciones a tan baja temperatura, aquí se necesita a veces venir de suéter y de chaqueta es una locura, porque eso está directamente relacionado con los problemas del cambio climático y el recalentamiento global; así que le recomendaría que adoptara una medida administrativa para que no se manejen estas temperaturas tan bajas, que además nos crean problemas económicos, administrativos y financieros.

En relación con esta ley, yo entiendo el espíritu con el que esta comisión dictaminó favorablemente por mayoría, porque este tipo de disposiciones, lo que se llaman mecanismos de discriminación positiva, en donde se establecen mínimos como el del 25% obedecen a realidades, yo me imagino que los pueblos indígenas y afrodescendientes de las regiones autónomas deben tener problemas, porque las instituciones contratan más trabajadores provenientes del Pacífico o de etnias que tal vez son minoritarias, pero que han tenido más posibilidades de estudiar o más posibilidades de desarrollarse. Entonces, este tipo de mecanismos son iguales a los que se aplican por ejemplo, en otros países con comunidades indígenas para garantizar que no haya discriminación a éstas e igual es lo que nos pasa a las mujeres cuando exigimos cuota de participación mínima en las lista de partidos políticos, son mecanismos que contradictoriamente se denominan discriminación positiva y yo creo que son necesarios para coadyuvar a una mayor atención a los problemas de discriminación que se viven y que a veces son muy imperceptibles.

Si los pobladores de esas regiones lo consideran conveniente, yo no le veo ningún problema, porque lo que decía el diputado Eliseo Núñez, son casos excepcionales. Es decir, cuando hay obras de gran magnitud que requieren miles de gente de las que no habrían en comunidades como las que él menciona, pues obligadamente se van a tener que movilizar gente de otras regiones, pero en términos generales si vos tenés instituciones del Estado trabajando permanentemente por ejemplo en Bilwis, que contratan un montón de gente del Pacífico y está la gente afro descendiente o miskita ahí, no las contratan, creo que es conveniente establecer estos tipos de mecanismos que contribuyen a ir superando las discriminaciones a los grupos minoritarios y por eso yo respaldo esta iniciativa.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

Diputado Brooklyn Rivera Bryan, tiene la palabra.

DIPUTADO BROOKLYN RIVERA BRYAN:

Gracias, compañero Presidente.

Quisiera referirme a las intervenciones que efectuaron algunos colegas sobre la iniciativa de ley, algunos por ignorancia, otros por falta de información, otros tal vez por mala fe y otros porque realmente reaccionan de forma negativa a las demandas de los pueblos indígenas de esos derechos que ellos tienen ya asegurados reaccionan en forma negativa estos compañeros diputados. Pero quisiera decir que la iniciativa de ley no es para la Costa Atlántica es para los pueblos indígenas y afro descendientes de todo Nicaragua. Entonces, no los tomemos para una región específica, sino para los pueblos indígenas y afro descendientes.

En segundo lugar se refería el diputado Navarro, perdón el diputado Talavera se refería al porcentaje del 25%, que está en el artículo 5. Queremos decir que no es a nivel de la región es a nivel de los territorios, donde la mayoría son indígenas y afro descendientes, no a nivel de un municipio, no a nivel de una región, sino al territorio, ahí dice y en los territorios de los pueblos indígenas y afro descendientes del país, ¿a qué tememos?, ¿no tenemos iguales derechos los pueblos indígenas?, creo que sí, si se fija un porcentaje es porque hay muchas limitaciones, hay muchas restricciones, hay impedimentos, entonces queremos asegurar ese derecho, que sea en los idiomas indígenas, yo quiero decir que precisamente son idiomas, no dialectos, que no haya desprecio, que no haya discriminación, en el caso de la Costa Atlántica bajo la Ley de Autonomía son idiomas oficiales el miskito, el sumo, mayagna, el inglés creol, el rama, son idiomas al igual que el español. Entonces, que no haya más discriminaciones en ese sentido, llamando despectivamente que son dialectos.

Quiero decir que el Dictamen de Minoría que presentaron los dos colegas, se refiere a derecho en términos generales, no nos pueden recetar en términos generales, en términos de enunciados, necesitamos derechos específicos que se vayan a aplicar para los pueblos indígenas. También quiero referirme al colega Valle, que decía que se discriminaba la población mayoritaria, los mestizos, de ninguna manera, si en la costa hay un avance de población mayoritaria la mestiza, mucha más razón hay para proteger a los pueblos indígenas, de lo contrario vamos a ir siendo asimilados, van a ir siendo desaparecidas las culturas. Entonces, necesitamos protección, necesitamos realmente derechos específicos que nos garanticen la forma de vida y los derechos de los pueblos.

Finalmente Presidente, quiero referirme al Dictamen de Minoría al que ahí se referían los dos colegas liberales. Estos colegas liberales como ustedes pueden apreciar en su Dictamen, sólo nos recetan derechos en términos generales, pretenden un retorno al pasado a la década de los treinta, cuarenta, cincuenta, setenta, cuando los pueblos indígenas y afro descendientes no tenían reconocido derechos específicos en la Constitución Política de la República y en tratados internacionales como en la actualidad. Actualmente tanto el derecho internacional como el derecho interno tienden a modernizarse por la vía del reconocimiento de derecho específico a favor de los pueblos indígenas y afro descendientes. En las Américas, donde estos pueblos no tenían derechos específicos reconocidos, porque estos les fueron negados por más de quinientos años, el actual Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de Nicaragua, hace un esfuerzo para cumplir con el convenio internacional sobre la eliminación de todas formas de discriminación racial. En el año 2007 asumió compromiso para respetar en todo el territorio nacional, los derechos reconocidos en la Declaración de las Naciones Unidas, sobre los Derechos de los Pueblo Indígenas.

El artículo 46 de la actual Constitución garantiza la vigencia de los derechos humanos en todo el territorio nacional y eleva a rango constitucional varios instrumentos internacionales sobre derechos humanos, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas y la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, la OEA. El 6 de mayo del año 2010, esta Asamblea Nacional ratificó el Convenio 169 de la OIT, lo anterior implica que el Estado nicaragüense tiene que actualizar el derecho interno en base a múltiples reformas legislativas y la creación de nuevas leyes como la ley de trato digno y equitativo a los pueblos indígenas y afrodescedientes.

En la Constitución Política se anuncian los derechos generales o específicos, pero para su ejercicio se requieren de leyes ordinarias por ejemplo, para el ejercicio del derecho al trabajo reconocido en sus artículos 57 y 60, se elaboró y se aprobó un Código del Trabajo, para el ejercicio del derecho de educación, existen leyes de educación, educación preescolar, educción primaria, educación secundaria, educación universitaria, educación bilingüe, intercultural etc., para el ejercicio de salud existen varias leyes, en la actualidad está en proceso de aprobación la ley que regula el ejercicio del derecho en materia salud, y ley de medicina tradicional.

De tal forma, que la Ley de Trato Digno y Equitativo pretende establecer un sistema de promoción y protección de derechos específicos a favor de los pueblos indígenas y afrodescendientes contra la práctica discriminatoria implementada en forma unánime en su detrimento hasta la fecha. Este dictamen de minoría es una triste y desafortunada expresión de desprecio y discriminación hacia los pueblos indígenas de la Costa Atlántica y resto del país, por dos personas que fueron electas con los votos de nuestra región, pero que son extrañas a nuestra realidad, identidad, cosmovisión y necesidad humana. Para tener un trato mejor en este país específicamente con pleno respeto y aprecio a nuestros derechos específicos se debe ir actualizando al tenor de nuestras necesidades, intereses, derechos y avances alcanzados en el mundo sobre esta materia.

Invito a todos los colegas miembros de esta Asamblea Nacional, despojándose de los prejuicios y discriminación a asumir el compromiso, la buena fe, la voluntad política de respaldar esta iniciativa que pedimos para los pueblos indígenas y afrodescendientes del país.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Cerramos el debate con el diputado Augusto Valle.

Tiene la palabra la diputada María Eugenia Sequeira. No está.

Diputado Porfirio Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO PORFIRIO CASTRO:

Gracias, Presidente.

Creo que la petición en el caso de llegar un porcentaje de indígenas a trabajar en empresas, diría que tal vez se hizo malos cálculos, en ese caso habría que ver qué porcentaje de mano de obra de indígenas está disponible para que de acuerdo al porcentaje sacar los cálculos, pero no decir así a la ligera poner un 30%. Entonces, en ese caso vemos como trabajo que se tiene que hacer, en el caso de la pavimentada ahí tiene que trabajar hasta el 100% de los mismos indígenas, porque nadie o muy pocos irían de aquí hasta allá a trabajar. Por tanto parece que tomaron posiciones o decisiones a la ligera sin tomar en cuenta el lugar donde se puede estar ejerciendo la obra.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Último orador, diputado Augusto Valle, tiene la palabra.

DIPUTADO AUGUSTO VALLE:

Gracias, Presidente.

Pediría al plenario que aprobáramos en lo general el Dictamen y suspendiéramos, el diputado Víctor Duarte y el diputado Francisco Sacasa que son lo que emitieron el Dictamen de Minoría no están presentes, ellos tenían argumentos y nunca hubo un consenso en la comisión.

En cuanto a lo que decía el diputado Brooklyn con respecto a todos los indígenas, todos sabemos que en el Pacífico, prácticamente todos somos mestizos, el problema se focaliza en la Costa Atlántica, reitero que estoy de acuerdo en la reivindicación, pero también estoy de acuerdo en reivindicar el derecho de todo costeño que no es indígena y que ya vive se reproduce y está presente ahora en la Costa Atlántica, que es una cantidad sustantiva en toda la zona.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

En vista de que este es un tema de importancia y de trascendencia por la reivindicación histórica de los indígenas y los afrodescendientes, hemos estado aquí hablando en la Junta Directiva de la importancia de que se discuta más a fondo el tema y se consiga un consenso por lo que la Junta Directiva ha acordado de que vamos a votar el tema en lo general y vamos a dejar lo particular para después, instando a todos los miembros de la comisión para que busquen el consenso sobre los temas que están rozando en la discusión dada en el plenario.

Se abre la votación en lo general.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

47 votos a favor, 15 presentes, 1 en contra, 14 abstenciones. Se aprueba el Dictamen en lo general.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Remitimos a los honorables diputados a la Orden del Día Nº 001, Tomo II, Punto III DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS.

Punto 341: LEY PARA LA PROTECCIÓN Y EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS Y ANIMALES SILVESTRES DOMESTICADOS.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Queremos informarle al plenario aunque suponemos que lo saben todos, porque somos gente muy enterada, el día de mañana es el Día Mundial de la Discapacidad y por ello tenemos presentes aquí a la licenciada Rosa Salgado, Procuradora Especial para las Personas con Discapacidad y al señor David López, Presidente de Feconori, para quienes pedimos un aplauso. Ellos estarán entregándoles a ustedes un proyecto que se llama Nicaragua accesible para todas y para todos; norma técnica obligatoria nicaragüense de accesibilidad, cumplámosla.

Entonces, bienvenidos compañeros.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Presidente, fue leído la Sección VII, De la Experimentación e Investigación de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales Domésticos y Animales Silvestres Domesticados. Punto 3.41.

Está leído el 42… está leído toda la Sección VII, la Sección VIII.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Entonces continuamos con la lectura.

Sección VIII
De la Eutanasia…

Eso es lo que te estaba diciendo Wilfredo. Perdón, a ver ya está leído todas las secciones.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A ver por favor, está leído todo el Capítulo IV, pero hemos discutido hasta la Sección VI, entonces, vamos a discutir la Sección VII para ver si hay observaciones en el artículo 42. Vamos a la Sección VII de la Ley 341, Ley de Protección a los Animales Domésticos y Animales Silvestres Domesticados.

Sección VII que habla de la Experimentación e Investigación con los animales.

Observaciones al artículo 42.

Diputado Adolfo Martínez Cole, tiene la palabra.

DIPUTADO ADOLFO MARTÍNEZ COLE:

Gracias, Presidente.

Le estaba pidiendo la palabra para solicitarle que me permita leer una Declaración que vamos a presentar a la Primera Secretaría los miembros de las bancadas Democrática Nicaragüense, del PLC, del ALN y del BUM. Si permite Presidente darle lectura a esta declaración.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I

Que el artículo 89 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, confiere al Plenario de la Asamblea Nacional la facultad de dictar declaraciones en el ejercicio de sus atribuciones.
II

Que el 13 de noviembre del 2010 el gobierno militar de Birmania puso en libertad a la líder opositora, a la señora Aung San Suu Kyi ganadora el Premio Nobel de la Paz en 1991 convirtiéndose en el icono de democracia y paz mundial y la libertad.
III

Que la lucha de la líder birmana señora Aung San Suu Kyi es digna de reconocerse pues ella prácticamente ha entregado gran parte de su vida para que su país alcance la democracia y transparencia del gobierno militar de su país, habiendo permanecido los últimos veinte años privada de libertad ya sea en prisión o con arresto domiciliar.
IV

Que Nicaragua a través de sus historia siempre ha apoyado la lucha por la libertad de los pueblos, la democracia, la armonía y la autodeterminación de los mismos, siendo el acontecimiento de la puesta en libertad de la señora Aung San Suu Kyi objeto de celebración muy positiva para nuestro país y para la población Birmana.
POR TANTO,

En uso de sus facultades,

Declara:

Primero: Felicitar a la Población de Birmania y a la señora Aung San Suu Kyi por haber obtenido su libertad como protesta popular y de los reclamos de muchos países para que esto ocurriera.

Segundo: Hacer llegar a la señora Aung San Suu Kyi la presente declaración, nuestras muestras de apoyo y solidaridad en su lucha para que Birmania llegue a ser un país libre democrático y respetuosos de los derechos civiles, políticos y humanos de todos sus habitantes.

Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los tantos días de noviembre del 2008.

René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Entonces pasamos a la ley verdad, Sección VII, De La Experimentación e Investigación.

Observaciones al artículo 42.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 43.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 44.

No hay observaciones.

Sección VIII.

Observaciones al artículo 45.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 46.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 47.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 48.

No hay observaciones.

Pasamos entonces, a la Sección IX. De Los Centros Atención y Rehabilitación.

Observaciones al artículo 49.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 50.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 51.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 52.

No hay observaciones.

Vamos entonces a votar el Capítulo IV, con todos sus artículos y con todas sus secciones.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba Capítulo IV, con todas sus secciones, todos sus artículos y las siete mociones que ya fueron aprobadas.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

CAPÍTULO V

DE LAS OBLIGACIONES DE LOS DUEÑOS O PROPIETARIOS

Arto. 53 Los dueños o propietarios de animales domésticos y animales silvestres domesticados están obligados, entre otros, a:


Arto. 54 Los dueños o propietarios de animales domésticos o animales silvestres domesticados, deberán adoptar las medidas necesarias para evitar que dichos animales ensucien las vías o espacios públicos, así como, la molestia a los vecinos o la puesta en peligro de los que habitan a su alrededor. En este sentido, quien en su momento tenga la custodia del animal, será responsable de los daños y perjuicios que ocasione el mismo a terceros.

Hasta aquí el Capítulo V.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el capítulo V, De las Obligaciones de los Dueños o Propietarios.

Observaciones al artículo 53.

Diputado Odell Íncer Barquero, tiene la palabra.

DIPUTADO ODELL ÍNCER BARQUERO:

Gracias, señor Presidente.

Hay una moción de consenso, en relación con el artículo 53, inciso e) que corrigió la Segunda Secretaria que se leerá así:

Evitar cualquier mutilación, alteración de la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales, que no se efectúe bajo causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos en la materia, no se considerará mutilación el descuerne de ovinos y bovinos, la castración de bovinos, ovinos, porcinos, equinos y otros animales, el descreste de gallos de pelea, la cirugía de oreja y rabos en los caninos, ni la escofinación de los cascos y equinos para efectos de implantación de herraduras.

Gracias señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos entonces a votar la moción presentada que modifica el literal e) del articulo 53 y plantea excepciones a la mutilación o alteración de la integridad física de los animales.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 24 presentes, 1 en contra, 3 abstenciones. Se aprueba la moción presentada al artículo 53.

Observaciones al artículo 54.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo V, con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 28 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo V con sus dos artículos y la moción ya aprobada.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

CAPÍTULO VI
DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

Arto. 55 De existir riesgo inminente para los animales domésticos o animales silvestres domesticados o se pueda poner en peligro su vida debido a actos de crueldad o maltrato hacia ellos, las autoridades competentes, en forma fundada y motivada, podrán ordenar inmediatamente alguna de las medidas siguientes:
Arto. 56 Las autoridades competentes en coordinación con otras instituciones, podrá ordenar o proceder a la vacunación, atención veterinaria o, en su caso, a la eutanasia de animales que según valoraciones técnicas, puedan constituirse en transmisores de enfermedades graves que pongan en riesgo la salud de las personas.

Arto. 57 Cuando las autoridades competentes ordene algunas de las medidas de seguridad previstas en esta Ley y su reglamento, indicará al interesado, cuando proceda, las acciones que deberá llevar a cabo para subsanar las irregularidades que motivaron la imposición de dichas medidas, así como los plazos para su realización, a fin de que una vez cumplidas se suspenda la medida de seguridad impuesta.

Hasta aquí el Capítulo VI.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VI, De las Medidas de Seguridad. Observaciones al artículo 55.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 56.

Diputado José Pallais Arana, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ PALLAIS ARANA:

En conjunto con el Presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, queremos introducir una moción que permitiría eliminar el segundo párrafo del artículo 56, ya que con la mejor de las intenciones se está permitiendo en ese párrafo si se aprobara, que cualquier persona miembro de una asociación interrumpa el domicilio de los nicaragüenses, esto es violatorio de las garantías constitucionales de la inviolabilidad del domicilio, incluso para la Policía Nacional se requiere de la autorización judicial correspondiente, esto está ampliamente regulado en nuestra Constitución. Entonces, considero que no es prudente violentar los derechos, aunque sea una buena intención, Presidente.

Acompaño moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Pasamos entonces a votar la moción presentada que modifica el artículo 56, eliminando el segundo párrafo de éste.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 23 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

54 votos a favor, presentes 23, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 57.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo VI con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo VI con sus tres artículos y la moción ya aprobada.

SECRETARIA ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ:

CAPÍTULO VII

DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL

Arto. 58 Créase el Consejo Nacional para la Protección y Bienestar Animal (CONAPROBIA), como instancia nacional de concertación, consulta, fiscalización y evaluación de las políticas y la legislación de la materia.

Arto. 59 El Consejo Nacional de Protección y Bienestar Animal estará integrado por un representante o delegado de las instituciones siguientes:
Aquí hay que corregir también el 4 está repetido dos veces sería el 5.
Arto. 60 Son funciones del Consejo Nacional de Protección y Bienestar Animal (CONAPROBIA), entre otras, las siguientes.
Hasta aquí el Capítulo VII.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VII, DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL.

Observaciones al artículo 58.

Diputado Douglas Alemán Benavídez, tiene la palabra.

DIPUTADO DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ:

Gracias, Presidente.

Estoy haciéndoles en este momento una observación a los compañeros de la comisión y es que este Consejo queda integrado por todo mundo, menos los dueños de los animales. Aquí aparecen los Ministerios, la Procuraduría, el Ejército, La Policía, AMUNIC, Fundaciones del Zoológico, Asociación Protectora de Animales, Asociación de Médicos Veterinarios, Universidades, pero no aparecemos los productores que somos los dueños de los animales y que somos los encargados del manejo y del cuido de los animales. Sólo para que tengan un dato, en el caso de la ganadería hay cinco millones de cabeza de ganado en manos de los ganaderos, mas no aparecen representados. Por tanto, solicito a la comisión y al plenario que en el Consejo se incorpore la representación de los gremios de productores y dueños de animales.

Voy a pasar moción, presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Francisco Jarquín, tiene la palabra.

DIPUTADO FRANCISCO JARQUÍN URBINA:

Gracias, Presidente.

Douglas, te réferis al 58. Yo me quiero referir al 59, perdón, al artículo 58, en el cual estamos.
Presento moción que modifica el artículo 58, el cual se deberá leer así:

Créase el Consejo Nacional para la Protección y Bienestar Animal (CONAPROBIA), como instancia nacional de concertación y consulta de las políticas y la legislación de la materia.

Paso moción, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Estamos entonces en el 58, ¿verdad?

Vamos a votar la moción presentada que elimina fiscalización y evaluación.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

50 votos a favor, 26 presentes, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 56, 59 quiero decir.

Ya hay una que propone integrar a los Productores, al Consejo Nacional de Protección y Bienestar Animal.

Diputado José Martínez Narváez, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ:

Gracias, compañero Presidente.

La moción que vamos a entregar nosotros es de consenso, esa es de Douglas Alemán nada más.

La verdad es que él es ganadero y aquí están todos los ganaderos, ellos por ley como es un negocio lo tienen que cuidar, no hay ningún problema no los van a dejar morir, por eso nosotros hicimos la moción de consenso en los incisos 7 y 8.

Inciso 7, se leerá así:

7. Fundación Amigos del Zoológico del país.

El inciso 8. Asociación que trabajen por la Protección de Animales.

Esa es la moción de consenso que viene a dejar más amplio este Consejo. La participación de todo lo que tiene que ver en esto.

Entonces, paso la moción de consenso.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Carlos García Bonilla, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias, Presidente.

Quería aclararle aquí a Douglas.

Nosotros tenemos una moción firmada Douglas, donde todos los Sistemas Productivos se regulan por la Ley 291, Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal, entonces, qué tienen que estar haciendo los productores en un Consejo donde ustedes mismos, vos mismo me estás diciendo que están siendo regulados por la Ley 291.

Segundo, si hubiese necesidad de incorporar a los productores para ser cualquier consulta, en las dos últimas líneas del artículo 59, te habla de que el coordinador del Consejo, con la aprobación de sus miembros podrá invitar a otras representaciones cuando el caso lo requiera. Son las razones por lo que yo estoy en contra de la moción que está introduciendo Douglas, en su momento si se somete a votación, me voy a oponer a eso.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Douglas Alemán, tiene la palabra por tres minutos.

DIPUTADO DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ:

Gracias, Presidente.

No se trata de una posición ni de un interés personal, se trata de que cuando vos creás un Consejo, procurás de involucrar a los actores más importantes en el tema que estás tratando. Si estás tratando el tema de los animales domésticos, no sólo de los silvestres, lógicamente tenés que tomar en cuenta a los dueños de esos animales. Si es al contrario, debería ser un interés más bien de la ley, el hecho de involucrar a los gremios de productores que son los que manejan la inmensa mayoría de los animales de lo que esta ley está tratando. Entonces no vas a tratar solo en consulta a un sector que es el que maneja el día a día.

Por tanto, Presidente, no es una moción de Douglas por ser Douglas, creo que nosotros estamos legislando para Nicaragua, para los nicaragüenses y debemos involucrar al máximo a los distintos sectores involucrados en el tema. Estamos hablando de un sector que maneja, sólo en el caso de la ganadería cinco millones de animales y tomás en cuenta un zoológico que tiene quince.

De manera, que no creo que esta moción sea improcedente y pido a mis colegas del plenario legislar por los nicaragüenses, en nombre de veinticuatro mil ganaderos de este país.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Hay anotados cuatro compañeros más. Vamos a cerrar el debate con Ramón González Miranda.

Tiene la palabra, Carlos Langrand.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Ciertamente como productor agropecuario, quiero señalar que nosotros hemos domesticado de alguna manera animales para beneficio de los seres humanos y estamos hablando animales de tracción que nos facilitan de alguna manera laborar en el campo. Aquí se les olvida a los diputados citadinos que no tienen contacto con el campo, que en Nicaragua hay más de sesenta mil yuntas de bueyes, que son las que permiten la siembra de frijoles, la siembra de maíz, que nos comemos nosotros tranquilamente en nuestros hogares.

Así que, estoy haciendo eco de las palabras del diputado Douglas Alemán, no estamos legislando únicamente para un sector, estamos hablando de toda la población ganadera, el gasto se calcula más de cinco millones la cantidad de vacas de ordeño, es decir, involucra no únicamente al daño que se le puede hacer a los animales domésticos, sino también a los que están en manos de los campesinos, de los medianos, grandes y pequeños productores.

Creo que eso no va en contra del espíritu de la ley, que también se introduzca al gremio de productores en este Consejo, sobre todo para poder enriquecer en lo que es el buen trato y la práctica humana, por decirlo de alguna manera, contra los animales domésticos y de distracción en el país.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Ulises Alfaro Moncada, tiene la palabra.

DIPUTADO ULISES ALFARO MONCADA:

Gracias, señor Presidente, por darme esta oportunidad.

Bueno, estoy de acuerdo con la moción que presentó el diputado Douglas Alemán. Cuando hablamos de animales, creo que lo más importante es tomar en cuenta a los productores, porque los productores son los que tienen el medio, el conocimiento, no sólo de ganado, ya que cuando hablamos de ganado, hablamos de todas las especies, porque es lo que se relaciona con todo lo que es la vida animal. Creo que es importante darles un reconocimiento a los productores y darse esa oportunidad, porque son los que tienen el conocimiento.
Muchas gracias.

Diputado José Martínez, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ:

Gracias, compañero Presidente.

Solamente, sé que el gremio ganadero se ha querido imponer en esta ley, en este sentido si leemos bien el artículo están incluidos, y por ende a ellos como ganaderos que es un negocio, ellos están obligados a sanar esos animales domesticados, a vacunarlos, a alimentarlos porque de otra manera, hombré, les caería la ley.

Solamente quiero decirles que los incisos 7 y 8 son de consenso de la comisión.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Ramón González Miranda, tiene la palabra.

DIPUTADO RAMÓN GONZÁLEZ MIRANDA:

Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, quiero secundar esa moción de que se tome en cuenta a los productores, creo que al Consejo Nacional de Protección y Bienestar de esta ley, el integrar a un representante de los productores viene más bien a enriquecerlo y éste pudiera ser un miembro de FAGANIC, pudiera ser de CONAGAN, pudiera ser cualquier otro representante de asociaciones de productores, hay cantidades de productores avícolas, porcícolas, ganaderos, equinos y todos estos animales en determinado momento también son maltratados. Por tanto ellos pueden contribuir más bien a enriquecer este Consejo Nacional de Protección.

Así que, yo les pido por favor a los colegas que apoyemos esta moción que no está en contra de la ley, sino que viene a enriquecer este Consejo.

Gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Freddy Torres, tiene la palabra.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Muchas gracias, Presidente.

En esa moción, y secundando lo que decía don Ramón González y lo dijo el colega Douglas Alemán, es importante no sólo fijar posiciones alrededor de productores de una especie, en este país hay diversos productores de diversas especies llámese aves, llámese cerdo, llámese peces, llámese ganado, en fin llámese conejo, todas esas organizaciones deben de estar representadas ahí, porque para decirlo en un lenguaje mucho más sencillo, veo ahí a muchos que son a veces adversos a la producción y en algunos casos hasta enemigos de los productores, hay que balancear esa cúpula que va a aglutinar y que va a regular, incorporando a los diversas organizaciones de productores agropecuarios para poder tener el balance necesario.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Cerramos el debate con Carlos García Bonilla, quien tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:

Gracias, Presidente.

Quiero insistir, que todo lo que tiene que ver con la parte productiva, con la parte agrícola y pecuaria está regulado en lo dispuesto en la Ley 291, Ley Básica de Salud Animal. Lo segundo que quiero insistir, no es que se le esté cerrando las puertas y repito al final del artículo 59 se pueden incorporar, podrán invitar a otras representaciones cuando el caso lo amerite. O sea, aquí no, porque aquí tendríamos, que llamar ante el consejo a los productores avícolas, a los productores de cerdos, a los de ganado, a los de creadores de caballos, vamos hacer un gran elefante blanco.

Entonces, creo que aquí la ley se ha manipulado, se ha tratado de darle otro giro que no es el objeto de la ley. Por eso es que al final en las disposiciones finales, inclusive cuando aquí hablaban de las matanzas de pollo, de gallinas, de ganado, de cerdo todo eso está regulado en la Ley 291 y lo vamos a dejar claro a través de una moción, porque todo lo que tiene que ver con el sacrificio de estos animales productivos son regulados por la Ley 291. Entonces, quiero llamar la atención aquí no es que no queramos que los productores estén en el Consejo, lógicamente si son parte de la cadena productiva nacional, pero el objeto de la ley creo que se está distorsionando.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bueno, ya habló el último orador, pasaríamos entonces a la votación. Sin embargo quiero hacer ver lo siguiente, en la medida que hagamos un Consejo de veinte, treinta personas, estamos haciendo algo infuncional, en la medida que hay una ley que ya regula determinadas actividades, eso ya está regulado y se le da potestad al Consejo para que llame a un sector cuando éste va a ser afectado, está cubierta la preocupación presentada. Pero de todos modos ustedes van a decidir con sus votos el asunto.

Vamos a meter a votación la primer moción de consenso, presentada por José Martínez, que modifica los numerales 7 y 8 del artículo 59.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.

53 votos a favor, 1 abstención, 21 presentes, 1 en contra. Se aprueba la moción presentada.

Ahora pasamos a votar la moción que propone integrar al sector ganadero, se dice nada más verdad; dice integrar representación de los productores en el Consejo nacional.

Se abre la votación para esta moción.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

31 votos a favor de la moción presentada, 30 en contra, 0 abstención, 15 presentes. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 60.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo VII con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 14 presentes, 0 abstención, 1 en contra. Se aprueba el Capítulo VII con todos sus artículos y con sus dos mociones ya aprobadas.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

CAPÍTULO VIII

DEL FONDO PARA LA PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE LOS ANIMALES

Arto. 61 Se crea el Fondo para la Protección y Bienestar de los Animales, con el objetivo de promover la gestión sostenible para la protección y bienestar de los animales domésticos y animales silvestres domesticados. Arto. 62 Los recursos obtenidos por el Fondo se destinarán a:
Arto. 63 El Fondo lo administrará un Consejo Directivo integrado por los titulares o delegados de las siguientes instituciones:
Hasta aquí el Capítulo VIII.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo VIII, DEL FONDO PARA LA PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE LOS ANIMALES.

Observaciones al artículo 61.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 62.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 63.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo VIII.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo VIII con todos sus artículos.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

CAPÍTULO IX

DE LAS DENUNCIAS, INFRACCIONES Y SANCIONES

Arto. 64 Cualquier ciudadano podrá interponer sus denuncias de forma oral o escritas, según corresponda, sobre hechos, actos u omisiones que contravenga a las disposiciones de la presente ley, ante cualquier delegación de policía, delegaciones del Ministerio Agropecuario y Forestal, (MAG-FOR), Gobiernos Municipales, del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA) o el Ministerio de Salud (MINSA). Los que estarán obligados a actuar conforme a los procedimientos que se establezcan en el reglamento de esta ley.

La denuncia deberá presentarse por escrito y contener al menos: Arto. 65 Se considerará como infractor toda persona o autoridad que por hecho, acto u omisión directa, intencional o imprudencia, conduzcan directa o indirectamente a alguien a infringir o violar las disposiciones de la presente ley, su reglamento y demás ordenamientos jurídicos aplicables. Cuando la infracción corresponda a varias personas en conjunto, estas responderán de manera solidaria por las sanciones que se impongan. En el caso de las personas jurídicas serán responsables quienes ocupen la administración al momento de cometerse la infracción.

Arto. 66 Sin perjuicio de las prohibiciones contenidas en la presente ley, las infracciones se establecen como: Arto. 67 En el caso de las infracciones que hacen referencia a los animales potencialmente peligrosos, podrán llevar aparejadas sanciones accesorias como el decomiso, esterilización o sacrificio de los animales, la clausura del establecimiento y la suspensión temporal o definitiva del permiso para tenencia de animales.
Si como consecuencia de la violación a las disposiciones de la presente ley, se atente contra la tranquilidad ciudadana, la salud pública, la seguridad común y la familia o se provoque la extinción de animales, las sanciones serán agravadas al doble de lo establecido.

Arto. 68 Las sanciones administrativas podrán ser:
Arto. 69 Las autoridades competentes fundamentarán y motivarán la resolución en la que se imponga una sanción administrativa, tomando en cuenta los siguientes criterios:
Arto. 70 Las multas por la violación de las disposiciones de la presente ley, se aplicarán conforme lo establecido en el Código Penal y en el rango siguiente:
Arto. 71 La imposición de cualquier sanción prevista por la presente ley no excluye la responsabilidad civil o penal y la eventual indemnización o reparación del daño correspondiente que puedan recaer sobre el sancionado.
Hasta aquí el Capítulo IX.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo IX, DE LAS DENUNCIAS, INFRACCIONES Y SANCIONES.

Observaciones al artículo 64.

Diputado Nasser Silwany, tiene la palabra.

DIPUTADO NASSER SILWANY BÁEZ:

Gracias, compañero Presidente.

Esta es una Moción de Consenso. Modificar el segundo párrafo del artículo 64 para que se lea así:

La denuncia que se presente por escrito deberá contener al menos:
Paso moción de consenso.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Artículo 64. Miguel Meléndez, tiene la palabra.

DIPUTADO MIGUEL MELÉNDEZ TRIMINIO:

Gracias, Presidente.

Voy a presentar una moción para que tenga cierta lógica lo que acaba de leer el diputado que habló del tema de las denuncias que deben ser presentadas por escrito.

Siempre en el artículo 64. Esta moción fue consensuada por el Presidente de la Comisión, diputado Francisco Jarquín y con el diputado y Presidente de la Comisión de Justicia, José Pallais y lo que presenta la moción es suprimir la palabra oral, es decir eso es todo y después el artículo queda igual, sin embargo lo voy a leer.

Arto. 64 Cualquier ciudadano podrá interponer sus denuncias de forma escritas, sobre hechos, actos u omisiones que contravenga a las disposiciones de la presente ley, ante cualquier delegación de policía, delegaciones del Ministerio Agropecuario y Forestal, (MAG-FOR), Gobiernos Municipales, del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA) o el Ministerio de Salud (MINSA). Los que estarán obligados a actuar conforme a los procedimientos que se establezcan en el reglamento de esta ley.

La denuncia deberá presentarse por escrito y contener al menos:
Paso la moción, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bien, pasamos entonces, primero a votar la moción de consenso.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Ahora pasamos a votar la moción que habla de suprimir la forma oral y dejar únicamente la forma escrita, para interponer denuncias.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

51 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 65.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 66.

Diputado José Martínez, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ:

Gracias, compañero Presidente.

Es una moción al inciso a) de las infracciones Menos graves, el que se leerá de la siguiente manera:
Es cuestión de redacción nada más.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada que modifica el acápite a) de la sección Menos Graves, en el artículo 66.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

53 votos a favor, 23, presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 67.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 68.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 69.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 70.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 71.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo IX con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

56 votos a favor, 20 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IX, con todos sus artículos y con las dos mociones ya aprobadas.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:
CAPÍTULO X

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Arto. 72 El MAG-FOR en coordinación con las demás instituciones competentes, elaborará y aprobará las normas técnicas necesarias en un plazo no mayor de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley, entre estas:

Arto. 73 El Consejo Nacional de Protección y Bienestar Animal, se constituirá seis meses después de la vigencia de la presente Ley, debiendo reunirse al menos dos veces al año.

Hasta aquí el Capítulo X.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo X, DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

Observaciones al artículo 72.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 73.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo X.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

59 votos a favor, 17 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo X, con sus dos artículos.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

CAPÍTULO XI

DISPOSICIONES FINALES

Arto. 74 La presente ley no será de aplicación a los canes o perros, pertenecientes a la Policía Nacional, Ejército de Nicaragua, Bomberos y empresas de seguridad debidamente autorizadas. Sin embargo, se considerará como acto de crueldad el uso de los mismos en conflictos bélicos o militares o para fines que no sean de carácter humanitario o estén fuera de las competencias de las instituciones. De igual forma los métodos de instrucción para el adiestramiento de estos animales deberán garantizar el bienestar de los mismos, lo que deberá ser revisado y verificado por el MAG-FOR.

Arto. 75 Los Hospitales, Centros y Clínicas Veterinarias y otros locales destinados a la exhibición de animales domésticos y silvestres, que operan en el país y los que se creen en el futuro, deberán disponer de buenas condiciones higiénicas, sanitarias y psicológicas, de acuerdo a las necesidades fisiológicas de los animales. De igual forma deberán adoptar las medidas correspondientes para evitar las enfermedades infectocontagiosas entre los animales, además de mantener un archivo de los expedientes de cada animal que son atendidos, poniendo dicha información a disposición de la autoridad competente.

Arto. 76 El MAG-FOR y los Gobiernos Municipales en coordinación con el Ministerio de Salud y organizaciones civiles, planificarán y ejecutarán campañas masivas de esterilización, castración, desparasitación y vacunación de animales domésticos para evitar la proliferación de los mismos, principalmente en animales abandonados.

Arto. 77 Las asociaciones legalmente constituidas o por constituirse, cuyo objetivo favorezca el bienestar de los animales domésticos o silvestres domesticadas, podrán establecer convenios de cooperación o colaboración con el Ministerio Agropecuario y Forestal (MAG-FOR) y los Gobiernos Municipales para tratar casos específicos a nivel nacional o internacional. Ninguna organización de defensa y protección de animales podrá iniciar actividades, sin contar de previo con el registro y legalización correspondiente.

Arto. 78 El Estado a través del Ministerio de Educación, deberá impulsar en sus programas de educación formal y no formal, procesos de modificación de patrones socioculturales en la conducta de hombres y mujeres, con el objetivo de contrarrestar prejuicios, costumbres, prácticas y actitudes que promueven la superioridad del ser humano sobre los animales y su medio ambiente.

De igual manera los medios de comunicación existentes en el país, deberán incluir en sus programaciones dirigidas a la población, información sobre protección y el bienestar animal y la tenencia responsable de animales domésticos y animales silvestres domesticados.

Arto. 79 En todo lo no previsto en la presente ley, se aplicarán por analogía las disposiciones contenidas en otras leyes, reglamentos y normas relacionados con esta materia.

Arto. 80 La presente ley deroga cualquier otra disposición que se le oponga y de manera específica las siguientes:
Arto. 81 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo XI. Disposiciones Finales.

Observaciones al artículo 74.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 75.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 76.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 77.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 78.

Diputado Douglas Alemán, tiene la palabra.

DIPUTADO DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ:

Presidente es una Moción de Consenso, después del artículo 78.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Martínez, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ:

Gracias, compañero Presidente.

Este es un nuevo artículo, en el cual se nos pidió agregar a las disposiciones finales, declarar un día como Día Nacional de la Protección Animal.

Entonces se leerá así:

Se declara el cuatro de octubre de cada año “Día Nacional de la Protección y el Bienestar de los Animales Domésticos”.

El Poder Ejecutivo, los Gobiernos Regionales de la Región Autónoma de la Costa Atlántica y los concejos municipales impulsarán, llevarán a cabo charlas y seminarios orientados al conocimiento, protección y bienestar de los animales; actos públicos y conmemorativos visitas a parques ecológicos, concursos de distintas índoles entre otros.

También se deberá promover en los medios de comunicación social, difusión de actos conmemorativos.
Esta es una moción de Consenso.

Paso la moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción de consenso, que crea el Día Nacional de la Protección y el Bienestar de los Animales Domésticos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

49 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada, creando un artículo nuevo que crea el Día Nacional de la Protección y el Bienestar de los Animales Domésticos.

Diputado Douglas Alemán, tiene la palabra.

DIPUTADO DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ:

Gracias, Presidente.

Tenemos una moción de consenso para crear un artículo nuevo después del artículo 78, que dice así:

Todas las actividades relacionadas con la protección bienestar y sanidad animal de las especies pecuarias, destinadas a sistemas productivos se regirán además por lo dispuesto en la Ley 291, Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 136 del 22 de julio de 1998, así como, por lo regulado en las normas técnicas nicaragüenses.

El Ministerio Agropecuario y Forestal MAG-FOR, dará seguimiento a las disposiciones que sobre protección y bienestar animal se aprueben en la Organización Mundial de la Salud Animal y en la Organización Mundial del Comercio y junto a las iniciativas propias de Nicaragua, la someterá al proceso establecido para la formación de las normas técnicas obligatoria nicaragüense.

Firman todos los Jefes de Bancada y miembros de la comisión.

Paso moción, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos entonces a votar la moción presentada, que crea otro nuevo artículo, después del artículo 78.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

52 votos a favor, 25 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que crea otro artículo nuevo.

Observaciones al artículo 79.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 80.

Miguel Meléndez, tiene la palabra.

DIPUTADO MIGUEL MELÉNDEZ TRIMINIO:

Gracias, Presidente.

Voy a presentar una moción, presidente, y consiste en eliminar el artículo 79. Esta moción fue consensuada con el diputado Edwin Castro y también con el Presidente de la Comisión, diputado Francisco Jarquín y el diputado José Pallais. Y por qué estamos proponiendo que se elimine el artículo 79, porque dice el artículo 79, que lo que no está previsto en esta ley se aplique por analogía y en derecho universal, las Leyes no se aplican por analogía, sino que se aplican por el cuerpo de la ley y por el reglamento.

Paso moción Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada que elimina el artículo 79.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.
52 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada que elimina el artículo 79.

Observaciones al artículo 80.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 81.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo XI, con todos sus artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

54 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba Capítulo XI con todos sus artículos, con sus tres mociones ya aprobadas y con él se aprueba la Ley de Protección del Ecosistema Fauna Silvestre y Animales Domésticos y el proyecto de ley especial, perdón. Se aprueba la Ley que se llama “Ley de Protección y Bienestar Animal.”

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Remitimos a los honorables diputados al Adendum 7. Queremos recordarles que el día de ayer fue el Día Internacional de la Lucha contra el Sida y hubiéramos deseado en conmemoración de ese día, hacer la presentación de dos leyes que tiene, que ver con este tema, por problemas de logística no lo pudimos hacer el día de ayer, pero la Junta Directiva en un esfuerzo supremo logró que estos dos proyectos de ley pudieran ser presentados el día de hoy. Por tanto, aunque un día después la Asamblea Nacional reivindica ese Día Internacional y en honor a ese día, hacemos la presentación de estos dos proyectos de ley que tienen que ver con este tema tan trascendental e importante para los ciudadanos del mundo.

Repito, remitimos a los diputados al Adendum 007, Punto II PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES.

Punto 2.122: LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY Nº 238, “LEY DE PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE EL SIDA.
Managua, 10 de Noviembre del 2010.
Diputado
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Diputado Navarro:

Los suscritos diputados, en uso de sus facultades que nos otorga el Arto. 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los Artos. 90 y 91 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, presentamos el Proyecto de Ley denominado “LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY No. 238, Ley de Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA”, con su correspondiente Exposición de Motivos, en original y tres copias y en formato electrónico.

Solicitamos que a esta iniciativa de Ley, se les dé trámite correspondiente para su aprobación por el Plenario de esta Honorable Asamblea Nacional.

Agradeciendo su atención, nos suscribimos de usted con las muestras de estima y consideración.

Atentamente,

Agustín Jarquín Anaya Alan Rivera
Mario Valle Dávila


Managua, Noviembre 10 del 2010.

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Exposición de Motivos

Estimado Presidente el artículo 27 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, taxativamente señala que “todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección.

El precepto señalado deja claramente establecido que no habrá discriminación por motivo de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma, religión, opinión, origen, posición económica o condición social, quedando prohibida toda práctica que por acción u omisión implique discriminación y que de ésta se desprenda cualquier violación a los derechos humanos de las personas con VIH y Sida, aquellas que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad así como la población en general.

También es importante señalar que la Constitución Política de la República de Nicaragua establece en sus artículos 23, 46, 59 que la vida y el goce a la salud son derechos fundamentales del ser humano, reconocidos en instrumentos internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua y que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. Por las disposiciones legales mencionadas anteriormente, el Estado deberá velar por el reconocimiento del derecho a la salud y la asistencia social de las y los habitantes, desarrollando, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.

En armonía con los derechos y garantías reconocidos en los Artos, 5, 89, 91 180 y 181 de la Constitución Política de Nicaragua. Ley Nº 28, Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua, la presente ley invoca el respeto a la interculturalidad incluidas las regiones autónomas de la Costa Atlántica. Acogiendo el principio constitucional de que las comunidades de la Costa Atlántica son parte indisoluble del pueblo nicaragüense y, como tal, gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones.

La infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida), afectan la salud de las y los nicaragüense por ende la economía nacional y el contexto social del país, por lo tanto se trata de un asunto de interés nacional que requiere de la participación multisectorial para contribuir a la respuesta nacional.
FUNDAMENTACIÓN

El derecho a la vida, salud, trabajo, educación, seguridad alimentaria, no discriminación, confidencialidad, autonomía personal, libertad individual, seguridad y bienestar social, vivienda digna, recreación, e información, son derechos humanos fundamentales para que las personas con VIH Sida vivan su vida con calidad y dignidad y es responsabilidad del Estado asegurar la elaboración y cumplimiento de leyes y políticas públicas que apunten a ello, asegurándose la participación multisectorial en la respuesta nacional a la epidemia.

Por lo anterior, es urgente ayudar a nuestros conciudadanos que tienen tan grave situación, para que reciban y gocen de todos los derechos, la estimación y el respeto que les corresponde de conformidad con nuestra Constitución Política y todo nuestro ordenamiento jurídico nacional.

Por lo anterior sometemos a consideración de los Honorables miembros de la Asamblea Nacional, para su trámite formal la correspondiente aprobación, del presente Proyecto de “LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY No. 238, Ley de Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA”, mismo que cumpla con las formalidades y los requerimientos correspondientes.

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Salud y Bienestar Social.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Continuamos en el mismo Adendum 007, con el Punto 2.123: LEY DE PREVENCIÓN ATENCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE EL VIH y SIDA.

Presentado por los diputados María Dolores Alemán, Jamileth Bonilla, Mónica Baltodano, Luis Callejas, José Pallais, Ramón González, Miguel Meléndez, Allan Rivera, Juan Ramón Jiménez, y Mario Valle.

La anterior ley la 2.122, da la que ya mandamos a comisión fue presentada por los diputados Agustín Jarquín Anaya, Alan Rivera y Mario Valle.

Managua, 25 de Noviembre del 2010.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Nosotros los diputados abajo firmantes, en uso de las atribuciones que nos otorga el Arto. 140, numeral 1, de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los Artos. 90 y 91 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo. Presentamos la Iniciativa de Ley denominada “Ley de Prevención, Atención y Defensa de los Derechos Humanos ante el VIH y SIDA”, con su correspondiente exposición de motivos, en original y tres copias y en formato electrónico, cumpliendo con lo establecido en el Arto. 141, párrafo tercero constitucional y el Arto. 90, párrafo cuarto de la Ley 606.

Solicitamos a su honorable persona, que a esta iniciativa de ley se le dé el trámite establecido y se envíe a la Comisión para su consulta, dictamen y posterior aprobación por el plenario de esta Honorable Asamblea Nacional. Todo en cumplimiento con los Artos. 92 y 30, numeral 1, de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Agradecemos de antemano la fina atención que se brinde prestar a esta iniciativa de ley y nos suscribimos de usted reiterándole las muestras de nuestra estima y consideración.
Atentamente,

María Dolores Alemán Cardenal Jamileth Bonilla

Mónica Baltodano Luis Callejas

José Pallais Ramón González

Miguel Meléndez Allan Rivera

Juan Ramón Jiménez Mario Valle
Elman Urbina
Managua, 25 de Noviembre del 2010.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En 1993, aparece la primera imagen microscópica del virus y se confirma que la enfermedad es transmitida por un agente de la familia de los retrovirus. EL SIDA es en la actualidad un problema mundial de salud pública tanto por su repercusión sanitaria como social. La infección por el virus de inmunodeficiencia humana VIH, puede permanecer inactiva durante largos períodos de tiempo, se multiplica hasta destruir las células del sistema inmune y perder la capacidad de respuesta a infecciones. Aun cuando la persona se encuentra en la fase de seropositividad y no de enfermedad (asintomático), esta puede infectar con el virus a otras personas.

De acuerdo a la Agencia de Naciones Unidas ONUSIDA, en el año 2008 las personas a nivel mundial que vivían con VIH era de 33.4 millones, de éstos 31.3 millones eran adultos, 15,7 millones eran mujeres y 2.1 millones adolescentes menores de 15 años. Las nuevas personas infectadas fue de 2.7 millones y las defunciones causadas por el SIDA fue de 2 millones. Estas cifras aumentan en un 20% que el año 2000, la prevalencia de la infección fue tres veces superior a la de 1990.

En lo que refiere a la infección del VIH en el año 2008 en niños menores de 15 años probablemente surja de la transmisión vertical intrauterina o durante el parto o postparto como resultado de la lactancia.

La prevalencia de la epidemia en Europa Occidental. Asia Central y otras partes de Asia, continúa en aumento debido a las altas tasas de nuevas infecciones por el VIH, África subsahariana es la región más afectada de la epidemia mundial y representa el 71% de todas las nuevas infecciones por el VIH en el año 2008.

Con medidas de prevención se ha logrado disminuir las nuevas infecciones y la prevalencia de VIH, con las terapias antirretrovirales se ha disminuido a nivel mundial las tasas de morbilidad y mortalidad por infecciones oportunistas a personas con SIDA, sin embargo se requiere fortalecer las áreas siguientes:

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud OMS y el Programa Conjunto de Naciones Unidas sobre el VIH y SIDA y ONUSIDA entre el año 2003 y 2008 el acceso para el tratamiento del VIH aumento diez veces en países de ingresos bajos y medianos. En los países de ingresos altos los fármacos antirretrovíricos han Estado disponibles desde hace mucho tiempo lo que ha tenido un impacto extraordinario en la mortalidad relacionada con el VIH. El Brasil el tratamiento antirretrovírico (TAR) está disponible desde 1996, entre 1992 a 1995 el promedio de supervivencia después de haber sido diagnosticado con SIDA era de cuatro meses y entre 1998 y 2001 el promedio de supervivencia fue de 50 meses.

Está comprobado que un diagnóstico y tratamiento antirretrovíricos tempranos reducen la mortalidad en adultos y neonatos. Sin embargo actualmente el suministro de tratamiento antirretrovíricos en niños afronta obstáculos específicos, incluida la progresión más rápida al SIDA y el fallecimiento debido a la dificultad de diagnosticar el VIH en niños y el desafío que representa el desarrollo de tratamientos antirretrovíricos asequibles y adecuados para los niños.

Aproximadamente 2.9 millones de vidas se han salvado gracias al acceso al tratamiento antirretrovírico y la incidencia del VIH a disminuido ya que las cargas víricas a nivel individual y comunitaria disminuyen, la tasa de transmisión de una persona que se encuentra bajo tratamiento antirretrovírico es de aproximadamente 0.5 cada 100 años personas, mientras que la tasa correspondiente a personas que no se encuentran bajo el tratamiento es de 5.6 cada 100 años-personas.

EN el Caribe en el año 2008, 240 mil personas vivían con el VIH, 20 mil fueron nuevas infecciones de las cuales 2,300 eran en niños y 12 mil personas fallecieron. La prevalencia del VIH en el Caribe es de 0.7% y la incidencia es de 0.8% de la epidemia mundial. En el año 2004 las enfermedades relacionadas con el SIDA ocuparon el cuarto lugar en las causas de mortalidad entre las mujeres del Caribe y el quinto en las causas de mortalidad entre varones. Cuba constituye una clara excepción a la estabilidad de las tasas de infección ya que su prevalencia es baja. República Dominicana tiene un notable declive de la prevalencia del VIH, debido a los cambios en el comportamiento sexual entre ellos el mayor uso del condón y la reducción de número de parejas ocasionales. Para el año 2008 el Caribe tenía una cobertura de tratamiento antirretrovírico del 51%, un nivel más alto que el promedio mundial para países de ingresos bajos y medianos.

América Latina en el año 2008 tenía 2 millones de personas que vivían con el VIH, se infestaron 70 mil nuevas personas, de éstas 6,900 eran niños y fallecieron 77 mil. La prevalencia regional del VIH es de 0.6% es decir una epidemia de bajo nivel. Sin embargo la falta de atención suficiente a los derechos humanos y la salud sexual y las medidas de prevención, así como la vigilancia y evaluaciones deficientes han entorpecido las medias de prevención. La cobertura de tratamiento antirretrovírico es del 54% es un porcentaje por encima del promedio mundial y en países con ingresos medianos y altos se ha logrado una cobertura elevada como es América del Sur. El inicio del tratamiento se da en etapas más tempranas cuando su recuento de células CD4 ha caído por debajo de las 350 células por mililitro cúbico en vez de esperar que el valor se reduzca a menos de 200. Los hombres que mantienen relaciones sexuales con otros hombres representan el porcentaje más alto de infección en América Latina. Sin embargo la carga del VIH en Centroamérica parece aumentar entre las mujeres, entre las poblaciones indígenas y otros grupos vulnerables.

Se estima que el 28% de los más de 2 millones de latinoamericanos usuarios de droga inyectable está infestado por el VIH. La Epidemia del VIH en América Latina tienden a concentrarse en el cono sur de América del Sur y en el norte de México a lo largo de la frontera con Estados Unidos.

En Nicaragua la estimación de la seroprevalencia del VIH-1 e intervalo de confianza del 95% para el VIH entre hombres que tiene relaciones sexuales con hombres es 7.6% y trabajadoras sexuales 0.2%. El Salvador es de 15.3% HSHs y 3.2% TSs, Guatemala 12.1% HSHs y 4.3% TSs, Honduras 12.4% HSHs y 9.6%TSs, Panamá 8.9% HSHs y 0.2% TSs.

Centroamérica es la subregión más afectada, después del Caribe, por la epidemia del VIH y SIDA. Cuatro de los seis países con mayores tasas de prevalencia de infección por VIH están en Centroamérica, y en dos de ellos las tasas de prevalencia son superiores al 1%, tal como Honduras (1,6%) y Guatemala (1%), los países que tiene tasas de prevalencia por el VIH por debajo del 1% son Panamá (0,9%), Costa Rica (0,6%), El Salvador (0,6%) y Nicaragua (0,2%).

Se calcula que más de 200 mil personas viven con VIH en Centroamérica, la transmisión está principalmente asociada al sexo heterosexual. La epidemia tiene repercusiones económicas tanto para los hogares como para el sistema de salud. La epidemia está concentrada en ciertas áreas geográficas particularmente las zonas urbanas, las rutas comerciales y los puertos. Los trabajadores comerciales del sexo y los hombres que tienen relaciones sexuales con otros hombres son la población puente para la transmisión de la epidemia a la población en general. Otros factores que contribuyen a la epidemia son la inmigración, la pobreza, el turismo y los socios culturales.

El informe del primer semestre del 2010 del Ministerio de Salud “SITUACIÓN ITS-VIH Y SIDA”, refleja que Nicaragua en el año de 1995 registró los primeros 48 casos de VIH-SIDA, posteriormente en el año 2009 se registraron 866 nuevos casos y se prevé que para finales del año 2010 Nicaragua cuente con 764 nuevos casos, este descenso puede que tenga que ver con la disminución de pruebas rápidas. Los centros alternativos fuera del MINSA de captación de pruebas rápidas son La Cruz Roja que representa un 27%, seguido de la Fundación Xochiquetzal con un 6%.

Este informe indica que en Nicaragua en el año 2009 se notificaron 721 casos de VIH vivos, 71 casos de SIDA vivos, 792 nuevos casos de VIH y SIDA y 74 fallecidos siendo un total de 866 casos, en el primer semestre del año 2010 Nicaragua presenta un 44% del total del año 2009, con 340 casos de VIH vivos, 23 casos, de SIDA, vivos, 363 nuevos casos de VIH y SIDA y 19 fallecidos siendo un total de 382 casos. Los casos registrados por el Ministerio de Salud desde 1987 al 2010 son de 5,124 sin embargo puede que esta cifra sea mucho mayor por el sub-registro, por la falta de realizar mayor número de pruebas rápidas y en no realizarlas de forma masiva a la población en general. En el año 2009 de acuerdo a datos del MINSA 1063 personas tenían garantizado tratamiento antirretrovírico y lo que va del año 2010 tienen garantizado TAR 1287 personas. Siendo Managua y Chinandega, León, Masaya y Rivas los Departamentos con mayor tratamientos de TAR. Los grupos etáreos garantizados con TAR son entre los 25 y 35 años de edad. La mayor transmisión vertical seda en los SILAIS de Managua, Chinandega con menor transmisión en León y Nueva Segovia.

Los Grupos de edad mayormente infestados son entre los 15 y los 39 años, aumentando entre los 20 y 34 años de edad siendo esta la población en edad productiva, es decir nuestra población adolescente, joven y adulta están siendo la cadena de transmisión posiblemente por una escasa divulgación e información de los métodos de prevención. Es importante resaltar que las personas heterosexuales representan el 94% de los nuevos casos registrados, el 3% se encuentra en los grupos homosexuales, el 1% los grupos bisexuales, y el 2% los grupos de Tuberculosis. Según la ocupación el obrero, la ama de casa y el comerciante en ese orden son los grupos con mayor números de casos de VIH la violencia género tiene que ver mucho estos grupos, sin embargo los grupos que hacen mayor uso del condón son los profesionales, técnicos y maestras.

El MINSA entre enero y junio del 2010 realizó pruebas del VIH en mujeres embarazadas y los resultados fueron que en Estelí se registraron 2 nuevos casos, Jinotega 1 caso, Granada 1 caso, León 1 caso, Managua 10 casos, Chinandega 11 casos, Masaya 1, RAAS 1 caso, Rivas 1 caso, y Río San Juan 1 caso siendo un total de 31 mujeres embarazadas positivas de VIH.

Los datos de la Oficina de Vigilancia Epidemiológica del MINSA correspondiente al primer semestre del año 210, establece que la tasa de prevalencia del VIH y SIDA, es de 67 x 100 mil habitantes siendo los Departamentos más afectados Chinandega, Managua, RAAS, Masaya, León y RAAN, le siguen Rivas y Granada con prevalencia moderada y, menor prevalencia Chontales, Madriz, Carazo, Estelí, Boaco, Jinotega, Nueva Segovia, Río San Juan y Matagalpa. Manteniendo el sexo masculino la mayor prevalencia pero en aumento el sexo femenino es decir la brecha cada día va cerrándose.

Empezar temprano el tratamiento contra la infección por el VIH con antirretrovirales, antes incluso de la aparición de los síntomas, es esencial para impedir la destrucción progresiva del sistema inmunitario, fue una de las recomendaciones que se expresaron en la XVIII Conferencia Internacional sobre SIDA celebrada en Austria entre el 18 y 23 de julio del 2010. En materia de prevención se presentó los resultados del estudio Caprisa, que son los efectos de un gel microbicida con un antirretroviral, probado en Malaui, Sudáfrica, Uganda y Zimbabue. Este microbicidas es una esperanza para disminuir el riesgo de infección en las mujeres que no pueden solicitar el uso de preservativos a sus parejas por cuestiones vinculadas a la violencia de género.

Este nuevo fármaco, que utiliza un uno por ciento del antirretroviral Tenofovir, ha demostrado en su primera fase de experimentación una protección media de un 39% entre las mujeres que lo utilizaron antes y después de mantener relaciones sexuales. Se trata del primer microbicida probado con éxito, y promueve ayudar a romper “la cadena de transmisiones del VIH”, además cubre un vacío al lograr una fórmula de prevención del VIH entre mujeres en edad reproductiva, algo importante ya que en África ellas soportan la carga mayor de la enfermedad. El costo del tratamiento ha sido de 25 centavos de dólar por aplicación, y al ser aplicado dos veces, su costo unitario es de medio dólar durante la fase de experimentación, pero el valor puede caer mucho si se produjese a gran escala. ”Si se difundiera entre un tercio de las mujeres que lo necesitasen, y con un margen de éxito del 39%, en 20 años podríamos prevenir 1,3 millones de nuevos infectados y 820.000 muertos” sólo en Sudáfrica.

“Derechos aquí y Derechos ahora”, fue el lema de la Conferencia, destaca la importancia fundamental de los derechos humanos a la hora de responder al VIH. La falta de acceso de las poblaciones directamente afectadas por la epidemia del VIH al ejercicio de sus derechos sigue siendo un gran conductor de la epidemia. La solución está en la inclusión de estos en el armado de políticas públicas para mitigar la vulneración de sus derechos. Los países del G-8 se han comprometido a que 15 millones de personas que viven con VIH accedan a los tratamientos para el año 2015.

Los derechos humanos en las personas que viven con el VIH son esenciales para una respuesta nacional eficaz a la epidemia. Donde no se protegen los derechos humanos, las personas son más vulnerables a la infección por el VIH, sufren estigma y discriminación, enferman, se vuelven incapaces de mantenerse y mantener a sus familias.

Los principales hechos violatorios de los derechos humanos de las personas que viven con VIH y SIDA (PVVIH/SIDA) son:

Negativa o inadecuada prestación del servicio público de salud

Violación a los Derechos Humanos de las Personas con VIH o SIDA

Violaciones a los Derechos Humanos de los reclusos que viven con VIH o SIDA

Negligencia Médica

Existen tres conceptos interrelacionados que influyen enormemente en el desarrollo y la puesta en marcha de la protección de todo tipo de información sensible: privacidad, confidencialidad y seguridad. A pesar de estar relacionados entre sí, cada uno tiene un significado distinto, y se desarrolla y se aplica de forma diferente.

Privacidad es la protección legal que se le concede a un individuo, con el fin de controlar tanto el acceso a su información personal como el uso de la misma; dicho aspecto de protección jurídica constituye el marco general en el que se aplican los conceptos de confidencialidad y seguridad. Confidencialidad es el derecho de los individuos a la protección de sus datos durante las fases de almacenamiento, transferencia y uso, con el objetivo de evitar que se revele dicha información a terceras personas sin autorización previa. En el desarrollo de las políticas y los procedimientos de confidencialidad, también se debe debatir cuestiones sobre el uso apropiado y la difusión de información sanitaria, teniendo en cuenta cuestiones éticas y jurídicas. Seguridad es un concepto que reconoce diversos enfoques técnicos que, a su vez, abarcan aspectos físicos, electrónicos y procedimentales relacionados con la protección de la información recogida como parte de la ampliación de servicios relacionados con el VIH. La seguridad debe estar encaminada a la protección de los datos frente a la difusión de los mismos (tanto voluntaria como involuntariamente), así como a la falta de disponibilidad de información a causa de fallos del sistema o errores del usuario.

Dado el avance de las políticas internacionales de salud y las investigaciones científicas en el tema del VIH y SIDA es necesaria la creación de una nueva norma jurídica que incorpore los aspectos de prevención, tratamiento, atención integral y apoyo.
FUNDAMENTACIÓN

La Constitución Política de la República de Nicaragua, reconoce el derecho de todos los y las nicaragüense a la vida, la salud y es obligación del Estado establecer las condiciones básicas para su promoción, protección y recuperación, consignados en los artículos siguientes:

Arto. 27 Todas las personas son iguales ante la ley y tiene derechos a igual protección. No habrá discriminación por motivo de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma religión, opinión, origen, posición económica o condición social. Los extranjeros tienen los mismos deberes y derechos que los nicaragüenses, con la excepción de los derechos políticos y los que establezcan las leyes; no pueden intervenir en los asuntos políticos del país. El Estado respeta y garantiza los derechos reconocidos en la presente Constitución a todas las personas que se encuentren en su territorio y estén sujetas a su jurisdicción.

Arto. 46 En el territorio nacional toda persona goza de la protección estatal y del reconocimiento de los derechos inherentes a la persona humana, del irrestricto respeto, promoción y protección de los derechos humanos, y de la plena vigencia de los derechos consignados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas y en la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos.

Arto. 59 Los nicaragüenses tienen derecho, por igual, a la salud. El Estado establecerá las condiciones básicas para su promoción, protección recuperación y rehabilitación.

Corresponde al Estado dirigir y organizar los programas, servicios y acciones de salud y promover la participación popular en defensa de la misma.

Los ciudadanos tienen la obligación de acatar las medidas sanitarias que se determinen.

Arto. 61 El Estado garantiza a los nicaragüenses el derecho a la seguridad social para su protección integral frente a las contingencias sociales de la vida y el trabajo, en la forma y condiciones que determine la ley.

Arto. 70 La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de ésta y del Estado.

Arto. 80 El trabajo es un derecho y una responsabilidad social.

El trabajo de los nicaragüenses es el medio fundamental para satisfacer las necesidades de la sociedad, de las personas y es fuente de riqueza y prosperidad de la nación. El Estado procurará la ocupación plena y productiva de todos los nicaragüenses, en condiciones que garanticen los derechos fundamentales de la persona.

Arto. 105 Segundo Párrafo

Los servicios de educación, salud y seguridad social, son deberes indeclinables del Estado, que está obligado a prestarlos sin exclusiones, a mejorarlos y ampliarlos. Las instalaciones e infraestructura de dichos servicios propiedad del Estado, no pueden ser enajenados bajo ninguna modalidad.

Arto. 116 La educación tiene como objetivo la formación plena e integral del nicaragüense; dotarlo de una conciencia crítica, científica y humanista; desarrollar su personalidad y el sentido de su dignidad y capacitarlo para asumir las tareas de interés común que demanda el progreso de la nación; por consiguiente, la educación es factor fundamental para la transformación y el desarrollo del individuo y la sociedad.

Arto. 68 Los medios de comunicación dentro de su función social, deberán contribuir al desarrollo de la nación, este caso en el fortalecimiento de la salud de la población difundiendo a la población a través de los medios radiales, escritos y televisivos las medidas de prevención, control del VIH y SIDA.

Nuestro marco jurídico incorpora normas relacionadas como: Ley 423, “Ley General de Salud y su Reglamento”, Ley 185, “Código del Trabajo”, Ley 975 “Ley Orgánica de la Seguridad Social, Ley 369, “Ley de Seguridad Transfusional”, Ley 287, “Código de la Niñez y la Adolescencia”, Ley 392, “Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud”, Ley 28, “Ley de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua”. Ley 473 “Ley de Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena.

Dentro de nuestro marco político esta: La Política Nacional de Salud y el Plan Nacional de Salud, Política Nacional para el Desarrollo Integral de la Juventud Nicaragüense, Plan de Acción de la Política Nacional de Juventud, Política Nacional de Población y su Plan de Acción, El Plan Nacional de Lucha Contra la Violencia, Plan Estratégico Nacional para la Prevención del VHI y de las ITS y la Política Nacional de Prevención y Control del ITS, VIH y SIDA. Plan Nacional de Desarrollo Humano 2008-2012, el Plan Nacional de Salud 2004 – 2015, Plan Nacional Quinquenal Operativo, Programa Nacional de Atención Integral a la Mujer, Niñez y Adolescencia. La Estrategia Nacional de Salud Sexual y Reproductiva 2006 y 2008.

Nicaragua ha ratificado normas jurídicas internacionales en las cuales se ha comprendido a cumplirlas en su territorio tales son: La Declaración Universal de los Derechos Humanos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo. Convención Sobre los Derechos del Niño. Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y el Protocolo Adicional a la Convención. Convenio Sobre la Discriminación de Empleo y Ocupación. Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias, Convenio 169 Organización Internacional del Trabajo OIT Sobre los Pueblos Indígenas y Tribales y Países Independientes.

De igual manera Nicaragua compromisos políticos internacionales en materia de salud tales como: Declaración de Compromiso sobre el VIH y SIDA (UNGASS 2001). Declaración de Compromiso sobre el VIH y SIDA (UNGASS 2006). Declaración del Milenio. Declaración de Beijing Y Plataforma de Acción. Declaración de DOHA. Compromiso de RESSCAD (Reunión del Sector Salud de Centroamérica y República Dominicana) 2003. Compromiso de COMISCA (Reunión del Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica) 2004. Declaración de San Salvador de Presidentes de CA sobre VIH y SIDA, Declaración de los Ministros de Salud y Educación para Detener el VIH e ITS en Latinoamérica y el Caribe la XVII Conferencia Internacional del SIDA 2008. Consejo Centroamericano de Turismo CCT.

Hasta aquí la exposición y fundamentación de la Iniciativa de Ley “Ley de Prevención, Atención y Defensa de los Derechos Humanos ante el VIH y SIDA”.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Envíese este proyecto de ley a la Comisión de Salud y Bienestar Social.

Se suspende la sesión y continuamos el próximo lunes a las nueve de la mañana.


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Bolívar.

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO CUATRO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CELEBRADA EL DÍA LUNES TRECE DE DICIEMBRE DEL 2010, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. (VIGÉSIMASEXTA LEGISLATURA).

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Buenos días para todos y todas las compañeras.

Vamos a iniciar sesión pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
MARÍA DOLORES ALEMÁN CARDENAL
RODOLFO JOSÉ ALFARO GARCÍA
MYRIAM AUXILIADORA ARGÜELLO MORALES
GLADIS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ÁLVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
EDWIN RAMÓN CASTRO RIVERA
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
VÍCTOR MANUEL DUARTE ARÓSTEGUI
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
ÉLIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
ALFREDO GÓMEZ URCUYO
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
WÁLMARO ANTONIO GUTIÉRREZ MERCADO
VENANCIA DEL CARMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LÉSTER IVÁN MARTÍNEZ HUETE
JASSER ENRIQUE MARTÍNEZ MONTOYA
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES
OSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
FRANCISCO JOSÉ SACASA URCUYO
NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
FREDDY TORRES MONTES
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
MARIO VALLE DÁVILA
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA

Buenos días, compañero Presidente.

Estamos presentes 51 diputados y diputadas, por tanto, hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Se abre la sesión.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Remitimos a los diputados al Adendum 008, Punto VI: INICIATIVAS DE DECRETOS Y LEYES CON TRÁMITE DE URGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, Punto 6.8: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº. 2466/BL-NI, SUSCRITO EL 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE APOYO A LA MEJORA DE LA GESTIÓN FISCAL Y REFORMA DEL GASTO SOCIAL III.

Managua, 01 de diciembre del año 2010.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaría
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Adjunto a la presente le remito por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, la Iniciativa de Decreto de “Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2466/BL-NI suscrito el 01 de diciembre del año 2010, entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar el Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Reforma del Gasto Social III”.

Esta iniciativa se introduce con carácter de urgencia, de conformidad con lo establecido en el Arto. 93 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Adjunto documentación complementaria, de acuerdo con la ley.


Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.

Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales

Managua, 01 de Diciembre de 2010.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:

De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89 párrafo 5to., numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, te remito la Iniciativa de Decreto de “Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2466/BL-NI suscrito el 01 de diciembre del año 2010, entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar el Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Reforma del Gasto Social III”.

Esta iniciativa se introduce con carácter de urgencia, de conformidad con lo establecido en el Arto. 93 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Adjunto documentación complementaria, de acuerdo con la ley.

Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.
Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

I. El Programa:

El Gobierno de la República de Nicaragua ha solicitado al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), apoyar la ejecución de un programa de reforma de políticas para mejorar la gestión fiscal y social, a través de un aumento en la eficiencia y transparencia, tanto de la recaudación como del gasto, a fin de contribuir al crecimiento económico sostenido y a la reducción de la pobreza. Lo anterior, a través de una secuencia de tres operaciones de rápido desembolso, siendo la presente la tercera y última operación.

El proyecto financiará varias actividades, incluyendo el mantenimiento de un marco macroeconómico estable para recuperar el crecimiento económico, mantener una inflación de un dígito y disminuir el déficit fiscal. Por otro lado, mejorará la administración tributaria y aduanera a través de la modernización de la normativa y las herramientas y procesos de fiscalización, recaudación y reducción de los costos de transacción para los agentes económicos.

Además, se espera mejorar la eficiencia del gasto público mediante la expansión del Marco de Gasto de Mediano Plazo y un Sistema Nacional que mejore la calidad de las inversiones públicas. Se promoverá el manejo transparente de los recursos gubernamentales, de la calidad y cobertura del sistema nacional de control y el sistema de contrataciones administrativas del sector utilizando el sistema electrónico de contratación pública.

Finalmente, el proyecto busca mejorar la cobertura, calidad y focalización del gasto para reducir la pobreza y garantizar que la ayuda esté centrada en la población de menores ingresos y mayor vulnerabilidad.

II. El Contrato de Préstamo:

El 01 de diciembre de 2010, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, han suscrito el Contrato de Préstamo No. 2466/BL-NI, correspondiente a la tercera y última operación de la serie programática, por un monto de US$42,500,000 denominado “Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Reforma del Gasto Social III”, cuyos fondos serán desembolsados mediante un tramo único, sujeto a que se cumpla con las condiciones previas estipuladas en los artículos 4.01 y 4.03 de las Normas Generales del Banco, y con las siguientes condiciones especiales:

Asimismo, que en adición al cumplimiento de las condiciones especiales previas estipuladas arriba, la República de Nicaragua presente a Satisfacción del Banco lo siguiente:

Mejora de la gestión de la política fiscal y la administración tributaria aduanera:

Mejora de la gestión del gasto público orientado a resultados:

Transparencia de la gestión del gasto público:

Mejorar la eficiencia del gasto en reducir la pobreza:

III. Organismo Ejecutor:

La ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento del Banco serán llevadas a cabo por el Prestatario, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

IV. Fuentes y Condiciones Financieras:
FUNDAMENTACIÓN

Bajo estas condiciones el préstamo contratado con el BID tiene una concesionalidad del 53.43%, aproximadamente, calculada a la fecha de firma del contrato de préstamo. Esta tasa está en armonía con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público del año 2010, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 134 del 17 de julio del año 2009, con los objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2008-2011, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 115 del 18 de junio del año 2008 y con lo establecido en la Ley No. 477, “Ley General de Deuda Pública” y su Reglamento Arto. 50, numeral 3.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 89 párrafo 5to., numeral 3) y artículo 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a la consideración de la Asamblea Nacional, la Iniciativa de Decreto de “Aprobación del Contrato de Préstamo No. 2466/BL-NI suscrito el 01 de diciembre del año 2010, entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar el Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Reforma del Gasto Social III”.

Esta iniciativa se introduce con carácter de urgencia, de conformidad a lo establecido en el Arto. 93 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Contrato de Préstamo en lo general.

A votación el Contrato de Préstamo en lo general.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

74 votos a favor, 11 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Decreto en lo general.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

Arto. 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2466/BL-NI, suscrito el 01 de diciembre del año 2010, por la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) Y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de cuarenta y dos millones quinientos mil dólares netos de los Estados Unidos de América (U$42,500,000.00), para financiar el “Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Reforma del Gasto Social III”, a ser ejecutado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 1.

A votación el artículo 1.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

73 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario oficial.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

71 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2, y con él se aprueba el Contrato de Préstamo No. 2466/BL-NI entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para financiar el Proyecto de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Reforma del Gasto Social III.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

Remitimos a los honorables diputados al Adendum 004, Punto VI: INICIATIVAS DE DECRETOS Y LEYES CON TRÁMITE DE URGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, Punto 6.5: LEY DE LA DEFENSA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
Managua, 25 de Noviembre de 2010.

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, me permito remitirle "Iniciativa de Ley de la Defensa Nacional de la República de Nicaragua", para que conforme a su solicitud se le conceda trámite de urgencia.

Sin más a que referirme, le saludo fraternalmente.
Paul Oquist Kelley
Secretario Privado para Políticas Nacionales

Managua, 25 de Noviembre de 2010.


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

La República de Nicaragua basa su política de Defensa Nacional en sus aspiraciones de paz digna y en el derecho de autodeterminación, asentada en el respeto a la independencia y la soberanía de los pueblos, así como en su compromiso de cumplir los demás Principios de Derecho Internacional proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y en otros instrumentos internacionales de los cuales es Estado Parte. Por la posición geográfica de nuestro país y por consideraciones geopolíticas de otras naciones, Nicaragua a lo largo de su historia se ha visto afectada de forma directa en el surgimiento y desarrollo de diversos conflictos. Nicaragua ha sido objeto de constantes pretensiones, e incluso de intervenciones armadas extranjeras en nuestro territorio patrio.

Las operaciones relacionadas con la defensa militar del Estado de Nicaragua encuentran por lo tanto su razón de ser en el ejercicio soberano del pueblo nicaragüense a su legítima defensa frente a cualquier tipo de agresión exterior, todo en estricto apego a lo regulado en la Constitución Política y la Carta de las Naciones Unidas.

En la actualidad por las circunstancias nacionales, regionales y mundiales, con el surgimiento de nuevas amenazas y riesgos a la estabilidad de los Estados, y considerando la necesidad de un enfoque integral de Defensa Nacional que asegure la protección y conservación de los recursos de carácter estratégicos de la nación, nuestro país requiere crear un marco jurídico que asegure los instrumentos fundamentales y las normas referentes a la Defensa Nacional, en apego a los Principios, valores, derechos y garantías consignados en la Constitución Política de la República de Nicaragua.

Esta iniciativa de Ley sobre la Defensa Nacional procura de forma integral, sistemática y eficaz desarrollar las capacidades de la nación para anticipar y dar respuesta oportuna en casos de
conflictos y/o situaciones de emergencias que impliquen amenazas, riesgos y vulnerabilidades, con el fin de prevenirlas, enfrentarlas y contrarrestarlas sujetas al marco constitucional, el respeto a las garantías fundamentales y los tratados
internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua.


En nuestro país existen diversas disposiciones y normas jurídicas relacionadas a la Defensa Nacional, las que se requiere articular y sistematizar de forma precisa, armónica, y coherente en un sólo instrumento jurídico, que establezca los elementos fundamentales e integrales relacionados con la organización, dirección, preparación y disposición del país para la Defensa Nacional.

En tal sentido el Estado de Nicaragua requiere de un instrumento jurídico que permita el enfrentamiento a las nuevas amenazas que atentan en contra de la paz, la seguridad interna e internacional y el orden democrático establecido.

Es un derecho y una obligación de los ciudadanos nicaragüenses, participar de manera activa y beligerante en la Defensa Nacional, estos derechos y obligaciones son irrenunciables y prevalecen sobre toda norma legal, uso, costumbre, práctica o estipulación en contrario.

Siendo la Defensa Nacional un deber indeclinable del Estado, éste último debe organizarse y dotar a la nación de un marco legal para satisfacer la seguridad nacional desde un punto de vista integral y dinámico.

Para la elaboración de las regulaciones contenidas en esta iniciativa de ley, desde el punto de
vista del derecho comparado, se consultaron leyes de defensa nacional de otros Estados, las que ilustraron la preparación y redacción de la
propuesta de este proyecto de ley.


De igual manera hago saber a la Asamblea Nacional que el Proyecto de Ley presentado, no tiene ningún roce con la Constitución Política, Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Nicaragua, ni con otras Leyes de la República, y establece en base a las posibilidades económicas y financieras reales de la nación la asignación de recursos presupuestarios conforme lo ya regulado en la ley de la materia.

En tal virtud en mi calidad de Presidente de la República, Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua, de conformidad a lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 140, numeral 2), 150, numeral 3) de nuestra Constitución Política; artículos 90 y 91, ambos de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No, 26 del 6 de febrero del año 2007, someto a consideración de la Asamblea Nacional la presente iniciativa.

Así mismo conforme lo establecido en el artículo 93 de la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y artículo 141 párrafo quinto de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia a la presente iniciativa de Ley.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y la Fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Pasamos entonces a la discusión en lo general.

Tenemos anotados doce compañeros para intervenir, cerramos con la lista con Maximino Rodríguez.

Diputado Salvador Talavera Alaniz, tiene la palabra.

DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:

Muchísimas gracias, Presidente.

La verdad es que me siento apenado por una de las instituciones que hasta el día de hoy goza del mayor prestigio y respeto de todos y cada uno de los nicaragüenses, como es el Ejército de Nicaragua, indistintamente del credo político o religioso al cual pertenecemos. Digo esto porque estas tres leyes que el día de hoy se pretenden aprobar, tal como se lo manifesté a la delegación del Ejército, no viene más que a ponerlos a ellos como institución seria, a un debate político innecesario, pues no deben olvidar su propio origen, del cual estamos hablando que tuvieron que ver con la parte más negra y triste de la historia de Nicaragua y que todavía no se ha resuelto esa situación, porque no están claros un montón de dudas y temas que todavía deberían de ser objeto de análisis profundo.

Sin embargo, me parece que no podemos tampoco olvidar que esta institución ha logrado en los últimos veinte años un nivel de profesionalismo que vale la pena darle un voto de confianza, pero ese voto de confianza no puede venir el día de hoy a convertirse en una pistola en la cabeza de los diputados y diputadas de este Parlamento, en representación de los siete millones de nicaragüenses que habemos en este país, para pretender pasar una ley, que aunque tenga buenos propósitos, aunque el país lo necesite, en todos los países del mundo donde se prueban este tipo de leyes se requiere del consenso y debate de por lo menos dos y hasta cinco años, y en el caso nuestro se pretende que después de una semana que se presentaron algunas mociones, simplemente se pretenda decir que estas ya son leyes consensuadas. Me duele pensar que el día de hoy muchos diputados nos veremos obligados, simplemente porque estamos conscientes de que la metodología y la forma en que se está haciendo la votación de esta ley no es la correcta y no es la que se necesita para enviar un mensaje a la opinión pública internacional, de que éste es un país que quiere la paz y no la guerra, queremos seguir hacia adelante, que queremos invertir más en los recursos de las nuevas generaciones basados en la educación y no en la cultura de la guerra.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Corrijo mi intervención anterior, realmente hay anotados veinte diputados, cerramos entonces la lista con Edwin Castro Rivera. Les pedimos a los compañeros que usen los cinco minutos reglamentarios para sus exposiciones.

Continúa en el uso de la palabra el diputado Eduardo Montealegre.

DIPUTADO EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS:

Muchas gracias, Presidente.

No quiero hablar sobre temas específicos sino generales, y dirigirme no solamente al pueblo nicaragüense sino también a los diputados de esta Asamblea Nacional, aunque no hayamos corrido en la misma boleta. Lo primero es que debemos estar claros de que una cosa es política o doctrina y otra cosa son las leyes, unas no son vinculantes y otras sí son vinculantes. El libro de la Defensa Nacional, que no es vinculante, o sea que no es de obligatorio cumplimiento, establece una doctrina que se aprobó en el año 2005, después de dos años de consulta amplia a nivel nacional, en la cual jugó un papel fundamental o jugaron un papel fundamental los miembros de la Comisión de Defensa y Gobernación de esta Asamblea Nacional.

Estas tres iniciativas de leyes que supuestamente son del interés supremo de la nación, vienen de un amplio consenso nacional, así lo dicen las leyes. Las iniciativas de leyes son estas tres, si las aprobamos son de ineludible cumplimiento y no puede ser que las aprobemos como están y como fueron enviadas por el Presidente de la República, con trámite de urgencia. La gran mayoría del pueblo de Nicaragua, todos los miembros de nuestra bancada, y estoy seguro que también algunos miembros de las diferentes bancadas de esta Asamblea Nacional, todavía tenemos más interrogantes que respuestas.

Específicamente, y a pesar del trabajo que se ha hecho esta semana, nos seguimos preguntando, ¿para qué le sirven al pueblo estas leyes? ¿Quién gana y quién pierde con estas leyes? ¿Serán buenas verdaderamente para el pueblo en este momento? ¿Qué huecos quedan y a quién le sirven esos huecos que pueden quedar? ¿Ayudarán a disminuir la pobreza? ¿Mejorarán o empeorarán nuestra imagen en la comunidad internacional o con los donantes de este país? ¿Fomentarán nuevas inversiones que generan empleo o disminuyen la pobreza, o detendrán esas nuevas inversiones? ¿Cómo mejorarán la imagen de Nicaragua, o deteriorará su imagen? ¿Será suficiente solamente una semana de negociaciones entre representantes de algunas bancadas o en deliberaciones con representantes del Ejército? ¿Será que independientemente de las mociones o del trabajo arduo que han hecho algunos diputados y de las buenas intenciones que pueden haber tenido, se habrán dejado nuevos huecos peores de los que se trataron de cerrar? La verdad es que después de haberlas estudiado y haber leído las dos mociones únicas que se han preparado, no puedo categóricamente afirmar que luego de una semana, si estas leyes son buenas tal y como están. No puedo afirmar si beneficiarán o no a nuestro pueblo, lo que sí puedo categóricamente afirmar es que todavía no tengo una buena respuesta para la más importante de las interrogantes: ¿Cuál es la urgencia de aprobarlas ya, así a la carrera, con trámite de urgencia y antes de fin de año, como si fuera una reforma al Presupuesto o una serie de condicionalidades que nos envía y nos exige el Fondo Monetario para que se aprueben antes de fin de año?

Ante estas interrogantes, nosotros esperábamos una respuesta del Presidente, que hablara, y habló el viernes y nos dijo que eran para defender la soberanía, que eran para defender a todos los nicaragüenses de posibles agresiones de países vecinos, pero estoy seguro que al igual que ustedes, señores diputados, al igual que el pueblo de Nicaragua, el Presidente de la República se acuerda que cuando Nicaragua demandó a los Estados Unidos en los años 80 y ganó ese juicio, no existían estas leyes; que cuando Nicaragua demandó a Honduras en 1999 y ganó ese juicio, no existían esas leyes; que cuando las tensiones militares con Honduras por el problema en el mar territorial se escalaron a tales niveles, que llegamos casi a la confrontación, fue mediante las negociaciones y el apoyo de la OEA que resolvimos ese conflicto, y estas leyes no existían.

Tampoco, colegas diputados, el pueblo de Nicaragua….

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS:

Gracias, Presidente, ya voy a terminar.

…el pueblo de Nicaragua no hemos visto y posiblemente no veremos a ninguno de nuestros vecinos amenazándonos o invadiéndonos, por lo tanto, nuestra bancada cree que lo más prudente, lo más apropiado, lo más sano y lo más correcto es que se haga una consulta amplia sobre estas leyes, para que podamos llegar a un verdadero consenso nacional, como lo dice la misma iniciativa de ley. Por eso les pido a los diputados de esta honorable Asamblea, que escuchemos la petición del pueblo, la petición de la Conferencia Episcopal, de los evangélicos, de la sociedad civil, del sector privado y lo más importante, que escuchemos nuestra propia conciencia y que votemos para que se envíen a comisión estas iniciativas de ley, solamente así vamos a poder salvaguardar los interés supremos de la nación.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Carlos Noguera Pastora, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS NOGUERA PASTORA:

Gracias, señor Presidente.

En realidad he venido hoy con un poco de sabor agridulce, y lo digo porque no me ha parecido muy correcto, y lo tengo que decir, la prisa de la aprobación de estas leyes. Siempre he sido partidario de que estas leyes vayan a consulta a las comisiones correspondientes, porque esos son los mecanismos más correctos, especialmente cuando son leyes que de alguna manera tienen trascendencia nacional.

En Nicaragua, nosotros tenemos malos sabores de los aparatos militares porque siempre han sido utilizados para reprimir al pueblo y para que el que está de turno en el mando aproveche para imponerse a través de las armas. Por eso es que cuando se habla de leyes que tienen relaciones con aspectos militares, siempre quedan un poco de preocupaciones. Creo que la población se ha expresado con justicia alrededor de por qué la prisa para aprobar estas leyes.

Por lo menos en la bancada nuestra se discutió a lo interno estos aspectos, y debo decir que hubo serios debates en relación con este tema, y se constituyó una comisión integrada por el jefe de bancada y otros diputados como el doctor Pallais, lo mismo que el apoyo técnico de la bancada; inclusive se hicieron consultas con otros organismos de la sociedad civil y se pudo hacer un análisis más profundo de la ley o de estas leyes, especialmente la de Defensa Nacional y la de Seguridad Democrática, porque la tercera ley, de la fronteras, entiendo que de alguna manera recibió el apoyo del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep).

Entonces, esta comisión se permitió esa vez, a una serie de mociones hacerles arreglos fundamentales que hacen más votable la ley, precisamente para evitar que los militares se quieran salir del control del poder civil, porque si de algo debemos estar claros los demócratas, es que no debemos permitir nunca que ningún cuerpo militar en este país se salga del control del poder civil porque volvemos a las dictaduras del pasado. Esa es la preocupación fundamental que tenemos, y creo que con ese espíritu es que podemos apoyar estas leyes el día de hoy para que en Nicaragua nunca más se vuelva a repetir la Seguridad del Estado, tanto de la época de Somoza como la que tuvo el gobierno sandinista en los años 80, que por todos lados hacían barbaridades en Nicaragua.

Por eso, de ahora en adelante, con estas preocupaciones es que se le ha metido el diente a estas leyes, para que en realidad pueda el pueblo nicaragüense estar seguro de que aquí no vuelve el Servicio Militar Obligatorio, no vuelven Seguridades del Estado a estar escuchando ni haciendo espionaje político especialmente en contra de la oposición. De manera que queremos garantizarle al pueblo nicaragüense que esta es una posición correcta, que estamos buscando la garantía de la democracia y que el poder militar siempre esté bajo la supervisión, control y mando del poder civil de Nicaragua.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Alejandro Bolaños Davis, tiene la palabra.

DIPUTADO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS:

Muchas gracias, señor Presidente.

El Partido Conservador como partido democrático de oposición, asumió con responsabilidad el reto de analizar, estudiar, y contribuir a transformar estas tres leyes que envió el Ejecutivo con carácter de urgencia, para poder garantizar como en efecto lo hacemos, que su contenido sea democrático y que cumpla en primer lugar, con la Constitución Política que prohíbe el Servicio Militar Obligatorio y el espionaje político; en segundo lugar, que cumpla con el Tratado Marco de Seguridad Democrática de Centroamérica; y en tercer lugar, con la carta democrática que contiene los principios que sustentan al sistema interamericano.

Nosotros nos hicimos cuatro preguntas, en primer lugar, si son necesarias estas leyes, porque todo país desarrollado las tiene. Creemos que son necesarias estas leyes, pues todos los países de Centroamérica tienen estas leyes, menos Nicaragua, que la ha estado preparando desde los gobiernos anteriores. Son necesarias también porque eliminan la discrecionalidad al otorgarle al Ministerio de Defensa la elaboración de las políticas y estrategias para la defensa de la soberanía y promover los planes y políticas que se refieran a las relaciones civiles y militares; aseguran estas leyes que el poder civil esté como en efecto va a estar, por encima del poder militar. También son necesarias porque son claves para atender la situación actual de conflicto que tiene nuestro país con Costa Rica, con Colombia, con Honduras, conflictos viejos, y cuando los tres se juntan son peligrosísimos.

En segundo lugar, nos preguntamos si estas leyes son democráticas y creemos que sí lo son, porque subordina al Ejército al poder civil y a lo que dice nuestra Constitución en diferentes artículos de la misma. Confirma también la prohibición del Servicio Militar Obligatorio que tanto preocupa a nuestra población que en el artículo 2 de la Ley de Defensa está claramente establecido, y también confirma la prohibición del espionaje político en diferentes artículos de la Ley de Seguridad.

Nos preguntamos también, en tercer lugar, si son urgentes estas leyes, aquí depende del punto de vista. Para algunos puede que sean urgentes, para otros puede que no, a como lo estamos escuchando ahorita en algunas intervenciones, depende de quién lo diga. La verdad del caso es que ya el carácter de urgencia fue superado porque se sometió a una discusión y han ha habido varios días de consulta, y la verdad es que si el contenido es correcto, es mejor aprobar estas leyes ya, porque vamos a un año electoral y a Nicaragua no le conviene que este tema de seguridad y defensa nacional que es de mucha delicadeza y está por encima de los partidos políticos se convierta en un tema de campaña y de politiquería, entonces, es mejor resolver esto cuanto antes.

También es urgente porque el 11 de enero Nicaragua va a estar en La Haya enfrentando el debate jurídico con Costa Rica, y si estas leyes están aprobadas desde ya eso va a ayudar a proveer un instrumento jurídico sólido para enfrentar ese reto. Creemos que los partidos políticos que están interesados en hacer política con estas leyes que son un tema muy profundo, muy sagrado para nuestra patria, están cometiendo un error porque caen en la politiquería y no ven por los mejores intereses de Nicaragua.

La cuarta pregunta que nos hicimos es que si fueron debidamente consultadas estas leyes, y creemos que sí fueron debidamente consultadas, porque participaron los actores claves que necesitan participar, los partidos políticos, todos participaron, todas las bancadas estuvieron presentes e hicieron mociones, el Instituto de Estudios Estratégicos y de Políticas Públicas que es el más capacitado, el más preparado en esta materia, propuso una cantidad de mociones y todas fueron aprobadas, el Cosep participó también, el sector privado. Entonces, aquí hay que manejar un balance, porque siempre se puede seguir haciendo más consultas, pero habría que preguntarnos si habrá más valor agregado al tiempo que hay que invertir haciendo esta consulta y ante el beneficio de aprobarla ya, porque si hay cierta prisa y el balance está entonces entre la prisa y un mayor nivel de consulta, valoramos que beneficia más a nuestro país aprobarla cuanto antes, siempre que su contenido sea democrático y cumpla con los tres puntos que mencioné anteriormente.

Nosotros sostuvimos, como Partido Conservador, una reunión con el Comandante en Jefe del Ejército de Nicaragua para aclarar unos conceptos, porque queríamos estar seguros que lo que se estaba presentado acá era a como nosotros pensábamos que era, porque todos esto es de mucha preocupación. Las amplias explicaciones que recibimos permitieron que nuestros delegados en el trabajo de transformación de las leyes fuera más intenso y efectivo. El PC mantuvo siempre en la comisión de análisis de estas leyes al diputado Alejandro Ruiz acompañado del doctor Guillermo Estrada…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS:

Gracias, Presidente.

…Doctor Guillermo Estrada, Secretario de Asuntos Jurídicos del PC y Asesor Jurídico del Ministerio de Defensa en el gobierno anterior a lo largo de las reuniones. Para reformar las leyes presentamos varias mociones que fueron incorporadas al texto de las mismas. Nosotros vamos a seguir presentando mociones en el plenario independientemente, porque queremos siempre asegurarnos de que estas leyes cumplan con el mayor de los beneficios para el pueblo de Nicaragua.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Víctor Hugo Tinoco Fonseca, tiene la palabra.

DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:

Gracias, Presidente.

Vamos a tratar de ser puntuales por eso de los cinco minutos.

Creo que es evidente, que era necesario ser consultadas y cualquier intención por decir que tenía que ser con la carrera, con el atropellamiento que se está haciendo actualmente no encuentra sustento. Estas tres leyes son de tal importancia y afectan tanto a sectores tan diversos de la población, que consultarlo con la población de manera sosegada, de manera responsable era fundamental; desafortunadamente por la vía de un acuerdo político aquí entre fuerzas políticas van a hacerla pasar de manera atropellada y a hacerle un daño a Nicaragua, porque esto sólo crea complicaciones.

Estas leyes tienen un problema fundamental, son leyes con un enfoque de militarización de una serie de temas que no necesariamente tienen que estar controlados por el sector militar, desde los problemas de emergencia, los problemas de seguridad nacional, que son complejos y no sólo militares, los problemas de fronteras que tienen que ver con el desarrollo económico social, que tiene que ver con problemas de derecho internacional, que tiene que ver con una serie de instituciones. Todos estos son temas que tienen que ver con la madurez, la amplitud y la participación de todos los sectores y el enfoque de la carrera con que se está haciendo esto, la práctica, más el hecho de que se le otorgan al Ejército funciones que pueden corresponder a otras instancias de la sociedad, del poder político o del Poder Ejecutivo, es una mala señal y un mal paso.

Tercero, que leyes tan importantes que tienen que ver con la defensa, que tienen que ver con la seguridad, que tienen que ver con las fronteras las hayamos aprobado tan a la carrera y de manera global, dejando el hueco abierto de un reglamento en donde el Presidente de la República es el que va a reglamentar y a decidir una serie de aspectos es sumamente peligro y sumamente dañino para el país; leyes de esta importancia requieren tener en su cuerpo, en su interior, en el contenido de las mismas leyes los más amplios aspectos y de la manera más consensuada posible. Aquí estamos dando criterios de carácter general y dejando un reglamento para que el Presidente de la República, sea éste o sea cualquier otro, pueda empezar a meter complicación en la vida de las mismas Fuerzas Armadas, en la vida del Ejército y en la vida de la nación.

La tendencia de estas leyes de convertir al Ejército en una herramienta de uso cotidiano, en donde dicha institución cada vez más va a estar en relación y en roce con sectores amplios de la sociedad, lleva al riesgo del Ejército expuesto a mayores roces sociales, y el Ejército expuesto a mayores roces sociales y utilizado como herramienta política, lleva a desestabilización y a conflictos en nuestro país. El hecho objetivo es que mediante estas leyes el riesgo de que el Ejército se convierta en un instrumento partidario al servicio de los intereses personales del gobernante de turno es mayor. Ojalá los actuales mandos del Ejército,….

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto.

DIPUTADO VÍCTOR HUGO TINOCO FONSECA:

…siguiendo el ejemplo de sus predecesores, sepan resistir con sentido de patria cualquier intento de utilizarlos como arma de presión o represión política; ojalá sepan resistir cualquier intento presidencial por utilizarlos por la vía del reglamento para fines políticos de poder partidario o para fines políticos de poder personal. Es por eso que nosotros, no podemos menos que decir que estamos en desacuerdo con estas leyes, con las formas con que se están aprobando, y exhortamos a ser responsables a todos los sectores, incluyendo al estamento militar en estos temas.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Adolfo Martínez Cole, tiene la palabra.

DIPUTADO ADOLFO MARTÍNEZ COLE:

Gracias, señor Presidente.

Nadie niega, señor Presidente, la importancia de esta leyes presentadas por el presidente Ortega, con carácter de urgencia; nadie niega su importancia, pero sí el carácter con que se presentan. Estas leyes, precisamente por su importancia van más allá del conocimiento y discusión de unos cuantos diputados y militares, y por su dimensión y alcance deben ser consultadas con las más amplios sectores de nuestra sociedad, así como con los doctos profesionales sobre estos temas de seguridad, defensa y política de fronteras, sólo así podríamos obtener la satisfacción y respaldo general, adquiriendo estas leyes verdadera legitimidad a través de la ratificación de un pueblo que fue debidamente consultado. Hemos hecho las observaciones importantes para reformar las leyes que originalmente presentó el presidente Ortega, pero ello con el interés de someter a consulta unas leyes más lógicas y menos militaristas. No podemos dejar que la conducción política de la defensa nacional la lleven los militares, porque en mi bancada consideramos que esa conducción política debe ser llevada por las instituciones democráticas; no vemos apropiado establecer una derogación tan amplia, creemos que tiene que decirse expresamente qué leyes y qué artículos de esas leyes se van a derogar.

Por último, señor Presidente, tenemos serios temores y reservas sobre la reglamentación que haga el Ejecutivo de esta leyes. Ya hemos visto las formas de interpretación que hace el Presidente y los complacientes Poderes del Estado sobre nuestra Constitución y nuestras leyes, y es precisamente por estas interpretaciones modificativas y extensivas propias del Presidente y de los otros complacientes Poderes del Estado, que se le puede dar un vuelco total a todas estas leyes a través de la reglamentación de las mismas. Por estos motivos y de acuerdo al párrafo diez del artículo 141 de nuestra Constitución, no debería expresarse que sean reglamentadas.

Por estas razones, señor Presidente, hago un llamado a la sensatez de los honorables diputados de las distintas bancadas, para que se pronuncien a favor de que estas tres leyes sean enviadas a comisión y que por su importancia se habiliten en comisión las consultas necesarias para su más pronta aprobación después del consenso obtenido.

Voy a pasar, señor Presidente, esta moción de que sea enviada a comisión, apoyándome en el artículo 93 de nuestra Ley Orgánica, el cual dice textualmente, que en caso de iniciativa urgente la Junta Directiva presentará cualquier ley con carácter de urgencia al plenario, y el plenario es el que tiene la facultad para enviar a comisión las leyes que puedan ser presentadas. De tal manera, señor Presidente, que espero sea acogida y sea sometida a votación esta moción que presento.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado José Figueroa Aguilar, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

Gracias, Presidente.

No hay duda, como lo ha señalado el diputado Alejandro Bolaños, de que Nicaragua necesita de la aprobación de las tres leyes vinculadas a la defensa y seguridad de nuestro país que estamos discutiendo el día de hoy, y realmente son necesarias porque vamos a dotar a nuestra patria de efectivos instrumentos legales que nos van a permitir defendernos mejor de la política expansionista de los países vecinos, de riesgos y amenazas en nuestras fronteras, de la amenaza del crimen organizado, del narcotráfico y de otras actividades conexas. Pero desgraciadamente, señor Presidente, en nuestra historia siempre han habido ciudadanos que no han sabido defender los intereses de su patria, y que incluso algunos han entregado territorios, otros han llamado a la intervención de fuerzas extranjeras, y algunos, con sus actitudes, afectan también los intereses de nuestra patria.

Por ejemplo, el 2 de agosto de 1986, compañero Presidente, fue suscrito entre Colombia y Nicaragua el Tratado Ramírez López, que es un tratado absolutamente lesivo a la soberanía de Nicaragua y que encubre el más descarado despojo de nuestra plataforma marítima continental, además de atropellar el derecho internacional. Este tratado fue ratificado el 30 de noviembre de 1999 por Honduras y el 13 de diciembre de 1999 por Costa Rica.

Escuché con mucha atención la intervención del diputado Eduardo Montealegre, que fue Canciller de la República durante la presidencia del doctor Arnoldo Alemán. Según evidencias que existen en Relaciones Exteriores, señor Presidente, el ex-Canciller Montealegre en 1999 conoció seis meses antes la estrategia de ratificación del Tratado Ramírez-López, ¿y saben qué hizo el ex Canciller Montealegre?, no hizo nada, se quedó callado y con la información que tenía seis meses antes, sin informarle a sus superiores, el Presidente de la República y otras autoridades de nuestro país.

Si ustedes revisan los periódicos de esa época, sobre todo en Honduras, pero también en Nicaragua, se habló de los esfuerzos que hacía el Gobierno de Colombia, incluso se habló de 40 a 45 millones de dólares que circulaban en ese entonces para comprar voluntades, para comprar conciencias, y me pregunto, ¿cuánto de ese dinero habrá circulado aquí en Nicaragua?

¿Saben quién era el Presidente de Honduras en esa época? Carlos Flores Facussé, uno de los principales golpistas contra el Gobierno del presidente Zelaya. Este silencio, cómplice del ex-Canciller Montealegre, no le permitió a Nicaragua en primer lugar reclamar oportunamente al Gobierno de Honduras el compromiso que tenía con nuestro país para no ratificar ese lesivo tratado contra la soberanía de Nicaragua, y recordemos que aquí vino a Nicaragua Jorge Arturo Reyna, a comprometer al Gobierno de Honduras para no ratificar ese tratado, cosa que no cumplieron después….

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO JOSÉ FIGUEROA AGUILAR:

También pudimos como nación conociendo la información seis meses antes, recurrir oportunamente a la Corte Internacional de La Haya o a la Corte Centroamericana de Justicia, para impedir que se ratificara ese tratado lesivo contra nuestra soberanía.

No sé si ya vino el doctor Francisco Aguirre Sacasa, que también fue Canciller, para que nos hablara de esta información que estoy compartiendo con ustedes, que no es una información de la fuente Wikileaks, que es una fuente de chismografía y de cuentos, sino el Guacalón nicaragüense que es una fuente que dice la verdad y que defiende a su patria. Y que me desmienta, aquí está el diputado Montealegre, si no es cierto lo que estoy afirmando el día de hoy. Esa es la verdad hermanos diputados y diputadas, esa es la verdad de quienes no saben defender los intereses de nuestra patria, no obstante estoy seguro que aquí va a prevalecer el interés nacional de la mayoría de los diputados que estamos aquí defendiendo a su patria.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado José Pallais Arana, tiene la palabra.

DIPUTADO JOSÉ PALLAIS ARANA:

Muchas gracias, señor Presidente.

Cuando el presidente Ortega envió estas tres iniciativas, pretendiendo trámite de urgencia, que las aprobáramos el mismo día o a los pocos días de haberse recibido, nosotros expresamos que era totalmente inoportuno, y a través de un procedimiento equivocado el pretender la aprobación de estas importantes leyes. En todos los países de América existen y en todos los países o en la mayor cantidad de países del mundo también existen leyes de defensa y seguridad.

Igualmente exponíamos que estas iniciativas no abonaban a la imagen positiva del país que es obligación de todos proponer y presentar, porque daban una visión militarista de nuestra sociedad; pero como en cualquier crisis, en cualquier momento en que hay diferencias nos propusimos hacer nuestro trabajo parlamentario. Los nicaragüenses votaron para que los diputados vinieran a legislar y para que legislando hiciéramos leyes que respondieran a sus intereses, a sus convicciones y a sus valores.

Entonces nos dimos a la tarea de transformar las iniciativas de Ortega, de derrotar las propuestas de Ortega de construir una legislación que se adecuara totalmente a la Constitución de la República, a nuestros valores democráticos, que permitieran fortalecer y defender nuestra democracia, que permitieran también remarcar la supremacía del poder civil sobre el poder militar, que el rol del Ejército de Nicaragua se enmarcara dentro de su rol constitucional y que se restringiera solamente a su actuación en conflictos armados de orden internacional, que se sacara de una vez por todas el pretender involucrar al Ejército en conflictos internos, políticos, sociales, laborales, únicamente en conflictos armados de orden internacional y que desarrollará las leyes, la vocación pacífica de paz, de concordia, de convivencia del pueblo nicaragüense. Y hoy, señor Presidente, estas nuevas leyes que estarán siendo sometidas a este plenario acogen plenamente esos principios. Establece por primera vez una ley que Nicaragua renuncia a la agresión, renuncia a la amenaza del uso de la fuerza, Nicaragua pone toda su confianza en el Derecho Internacional, en los mecanismos de la solución pacífica de las controversias y sólo se defiende cuando nos agreden.

Nosotros los nicaragüenses pacíficos hemos triunfado al poner el principio que nunca vamos agredir a nadie y hemos triunfado al poner que en ninguna circunstancia los militares estarán por encima de los civiles que aun en situación de emergencia los civiles estarán a cargo de la conducción de los asuntos del país, no los militares, como pretendía Ortega y como ha rechazado la Comisión Especial que se conformó, como estamos seguros que también va a rechazar mayoritariamente esta Asamblea Nacional aprobando el nuevo texto consensuado que se le ha presentado.

En definitiva, señor Presidente, este trabajo de más de quince días es sin duda un triunfo de la oposición democrática, porque logramos unirnos, logramos sensibilizar a la opinión pública, logramos llamar la atención de todos los actores de este país para hacer un buen trabajo como diputado, como nos corresponde y adecuar estas leyes a los valores democráticos de justicia y de paz que nos guían a todos los nicaragüenses y lo logramos hacer porque tuvimos la voluntad y la disposición de dedicarles muchas horas a lograrlo, consensuando, dialogando con firmeza, defendiendo nuestras posiciones donde tenemos la obligación de hacerlo, en estos recintos, desde nuestro curul de diputado y hemos logrado señor Presidente, leyes que satisfacen y que hoy nos pueden presentar ante la comunidad internacional como un pueblo pacífico, como un pueblo civilista, como un pueblo que cree en su democracia y que por estas leyes obliga a todos, incluyendo al Ejército y a la Policía Nacional a defender esa democracia.

Como objetivo hemos incorporado, señor Presidente, y es elemento consustancial de nuestra seguridad, el respeto a las reglas democráticas que pasan por procesos electorales limpios, transparentes y honestos y así lo dicen las leyes, señor Presidente, con respeto a los derechos humanos, con respeto al ocupacional humanitario.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO JOSÉ PALLAIS ARANA:

Gracias, señor Presidente.

Y así lo consignan estas leyes, señor Presidente. Y no solo ganó la oposición al presentar y elaborar estas nuevas leyes, también la sociedad civil que fue escuchada, que trabajó hombro a hombro con nosotros en el Instituto de Políticas Públicas, donde se conformó una comisión multidisciplinaria y se incorporaron todas sus propuestas e ideas que nos hicieran llegar.

En definitiva, señor Presidente, el único ganador de estas nuevas leyes que hemos transformado, es que garantizamos al pueblo de Nicaragua que nunca más habrá Servicio Militar Patriótico; aunque otros pretendieron que no lo dijéramos, otros pretendieron que no cerráramos la puerta al Servicio Militar Patriótico, hemos logrado que quede consignado esa disposición y que las mujeres, los hombres de Nicaragua, la juventud hoy tienen por esta ley, la certeza que jamás, jamás habrá en nuestro país reclutamiento forzoso. Que la defensa armada, señor Presidente, es voluntaria y que tampoco existirá Seguridad del Estado, sino seguridad democrática como se estableció hace años en el Tratado Marco de Seguridad Democrática.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Pedro Joaquín Chamorro, tiene la palabra.

DIPUTADO PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS:

Muchas gracias, señor Presidente.

Reconozco y valoro el trabajo que se hizo para mejorar estas leyes, en las que se tomaron en cuenta numerosas objeciones muy fundamentales y que desde el comienzo hicieron diversos sectores y que han sido recogidas en estas leyes; sin embargo creo que estas leyes se transformaron para bien. No obstante considero que leyes tan importantes como éstas debieron haber sido objeto de una amplia consulta nacional para que sean el fruto de un amplio consenso nacional, por lo tanto no cabe el trámite de urgencia que ha solicitado el Ejecutivo, para el cual se ha vuelto la regla de modo operandi y no la excepción a como debería de ser. Como ex-Ministro de Defensa y ex- Ministro del Directorio de la Resistencia Nicaragüense, no estoy convencido de que el país se encuentre al borde de un conflicto militar internacional que amerite la aprobación urgente de tales leyes y si lo está, es responsabilidad exclusiva del Gobierno y del Presidente evitar que el país se involucre en un conflicto.

El presidente Ortega ya gobernó en tiempo de guerra y ha pedido una oportunidad para gobernar en tiempo de paz, el único que puede malgastar esta oportunidad es él mismo y el único que puede mantenerse, que puede mantener al país en el sendero de la paz, es también el mismo Presidente. Si bien estas leyes son importantes para la nación, desde que se conocieron sorpresivamente hace un par de semanas, lo único que han logrado hasta el momento es tensar las relaciones entre el Ejército de Nicaragua y la sociedad civil que percibe que detrás de estas leyes hay un enfoque de militarización y una mayor relación de dependencia del Ejército hacia un Presidente que no es percibido como un civil, sino como un Comandante.

Yo valoro el trabajo de todos y cada uno de los miembros de la comisión, a vos y a los asesores que colaboraron y que se formó para mejorar el fondo y la forma con que estas leyes fueron redactadas, que tal y como fueron propuestas por el Gobierno en su estado original, eran totalmente inaceptables. Estos aportes que se les han incorporado, dan la razón a quienes han argumentado que estas leyes deben ser objeto de una mayor consulta. Aun con todos los cambios que les fueron incorporados, considero que la Ley de Defensa debería pasar a la Comisión de Gobernación y de Justicia. Recuerdo que como miembro de la Comisión de Población Desarrollo y Municipios, pasamos dos años discutiendo y consensuando con diversos sectores la Ley para el Desarrollo de las Zonas Costeras, la cual se aprobó con un total consenso en esta Asamblea Nacional, con mucha mayor razón considero que debería ser discutida y buscarse un consenso nacional a esta Ley de Defensa que estamos ahora discutiendo.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias, señor Presidente.

Señor Presidente, estoy convencida de que Nicaragua requiere instrumentos legales modernos que nos permitan estar en condiciones de enfrentar las amenazas y riesgos a la seguridad nacional; las amenazas deben ser enfrentadas sobre la base de la ley y de una estrategia articulada de la nación tal y como afirmó el General Julio César Avilés. También estoy totalmente convencida de que todos debemos luchar juntos para que no se cercene ni una pulgada más del territorio nacional, para que no volvamos a la triste historia de aceptar amenazas y chantajes del imperio del norte o de las oligarquías vecinas, como tampoco ahora de las grandes corporaciones del capital global que son otras formas nuevas de colonialismo.

Así mismo quiero enfáticamente señalar que nos honra como país contar con unas Fuerzas Armadas que fueron construidas durante la Revolución Popular Sandinista y que gozan, por lo menos hasta ahora, de una gran simpatía y respaldo mayoritario del pueblo y déjenme decirles que ya ese respaldo quisieran tenerlo partidos políticos, porque ningún partido político ni ningún líder ha podido alcanzar ese respaldo de las últimas décadas. Y me enorgullezco de ello, porque soy una más de los fundadores de ese Ejército; pero más convencida estoy de que otra vez el presidente Ortega que a la vez es Comandante Supremo de la Fuerzas Armadas, actuando de nuevo con su conocido estilo oportunista, coyunturalita, inconsulto, autoritario, chantajista nuevamente impuso sobre la Asamblea Nacional su bota y en vez de trabajar nosotros por unas leyes que nos garanticen una estrategia articulada de la nación se impuso con este trámite de urgencia; y lo más grave es que ha arrastrado al Ejército al ámbito desprestigiado de su proyecto político personal y a sus ambiciones desmedidas de poder y con esto, quiero advertirlo, está poniendo en riesgo la unidad y la cohesión interna del Ejército. No olvidemos que la mayoría de los oficiales tiene una matriz sandinista, pero el sandinismo y el orteguismo son cosa muy distintas.

Señores diputados y diputadas es obvio, pero es de sentido común que si estas son…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputada.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

…son tres leyes importantes.

Usted me está dando menos que a los demás, porque yo me estoy llevando la cuenta.

No es posible que con trámite de urgencia y sin el proceso de consulta que manda nuestra Ley Orgánica se aprueben estas tres leyes, incluyendo las consultas que señala el diputado Pallais, y yo estoy de acuerdo con el diputado Pedro Joaquín que pueden habérsele hecho cuarenta, cincuenta mociones y esto sólo demuestra que requieren muchísimos más procesos de consulta. Eso realmente se constituyó en una misa negra, y todas estas leyes a nuestro juicio deben ser verdaderamente consultadas.

Por eso, señor Presidente, para finalizar rechazamos las calificaciones del Presidente que nos llama vende patria, porque es más vende patria entregar este país a las transnacionales, a las concesiones como lo han estado haciendo trozos de nuestra territorio en la mina La Libertad, en la mina El Limón, el proyecto de Tumarín y ahora en el proyecto Brito, eso también es ser vende patria.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputada.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Por eso señor Presidente, vamos a votar en contra y pedimos el respaldo para que pasen a comisión como manda la ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Está bien.

Diputado Eliseo Núñez Hernández, tiene la palabra.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

Es lamentable que en una ley tan importante se esté tratando de hacer politiquería. Yo miro que como estamos en la etapa pre-electoral, ahorita se está tratando de sacar ventaja de cualquier cosa que venga. Y digo cualquier ventaja, porque si nosotros nos ponemos analizar las consultas que se hicieron durante diez días, dos veces al día se hicieron consultas sobre esta ley, como las comisiones se reúnen cada quince días, esto implica diez meses de consulta. Por lo tanto, aquí si se hubiera pasado a una comisión, a la Comisión de Gobernación, sólo tiene tres meses para poder dictaminar, de manera que apenas hubiera tenido seis consultas y aquí se tuvieron veinte consultas porque durante diez días se consultó dos veces al día. Así que se llenó hasta la saciedad el trámite y la consulta que se necesitan para la aprobación y la formación de ley.

Segundo, creo que los diputados tenemos unas funciones específicas en la Constitución, como es la democracia representativa, nosotros no estamos en Atenas nosotros no estamos en la vieja Grecia, aquí no estamos en la época de Licurgo, aquí no estamos en el Oráculo, aquí no estamos en las ciudades estados para tener una democracia participativa directa, porque ya la población es tan grande que no se puede, a no ser que la extrema izquierda, como es el MRS, quiere que se vuelvan a establecer los caras al pueblo.

Creo sinceramente, que la ultra derecha que representa don Eduardo Montealegre está jugando con fuego, porque lamentablemente en los años 80 ellos no estaban en Nicaragua. Ellos no estaban en Nicaragua cuando aquí se trataba de establecer la democracia que ellos dicen estar defendiendo, como es la democracia participativa directa a través de unos amañados caras al pueblo.

Así que, creo que no deberíamos estar jugando por hacer politiquería, por tratar de traer agua a su molino, estar jugando con un estado de derecho que aquí ha costado, porque entre los diputados que están acá, no me van a decir que el doctor Wilfredo Navarro no fue secuestrado por el Frente Sandinista, no me van a decir que el doctor Alemán no formó el FDN, que es el precursor de la contra, no me van a decir que aquí don Freddy Torres…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:

…don Freddy Torres en los años 80 estuvo organizando la defensa de la producción cafetalera en Matagalpa, cuando debía realizarla el solo. Estos si son hombres patriotas que han luchado por Nicaragua. Los demás estuvieron fuera en el exilio, unos en Venezuela, el otro en El Salvador, los otros en Honduras y los otros en Miami. No tienen ninguna categoría para venir a defender lo que es una democracia participativa.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Freddy Torres Montes, tiene la palabra.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Muchas gracias, Presidente.

Muchas gracias a mi colega por ese reconocimiento.

Creo que se hace necesario poner en orden algunas opiniones que se han vertido aquí. En primer lugar esta ley que han trabajado nuestro jefes de bancada y sobre la cual en una reunión de bancada del PLC, se le dio el mandato a Ramón González, de involucrarse directamente en la discusión de lo que vino originalmente aquí, que tenía cacho, tenía espina, tenía piedra, tenía amenazas serias para los ciudadanos nicaragüenses y que se ha logrado a través de esta discusión reformar y poner en buena sintonía la Ley de Defensa nacional. Creo que es importante hacer la aclaración de que los que hoy aquí se rasgan las vestiduras, fueron parte de esta discusión, ahí estaba el jefe de bancada del Movimiento “Vamos con Eduardo”, Adolfo Martínez Cole, ahí estaba el jefe de bancada del MRS, con el doctor Alberto Novoa, como asesor, y es que es bonito participar dar tus puntos de vista, tus mociones, tus opiniones que sean incorporadas, pero a la hora de las cámaras aquí, venimos a decir una cosa totalmente diferente.

Considero que esa apreciación de Eduardo Montealegre, cuando dijo que sería bueno que quedara el Servicio Militar Patriótico o Obligatorio de muerte, como le llamamos nosotros, para que el Frente Sandinista y su gobierno pagara el costo político, pienso que no hay costo político alguno que tenga más valor que las lágrimas de una madre, y no podemos permitir dejar aquí, en una ley el Servicio Militar Obligatorio de muerte sólo para que determinado grupo político tenga beneficio electorero o politiquero. Creo que Daniel Ortega ha sido derrotado, independientemente de las diferentes apreciaciones, ha sido derrotado, porque esas leyes con trámite de urgencia con una comisión no muy clara o clara, establecida en la Ley Orgánica o no, pero es que no es eso lo que vamos a tener plasmado en la ley, Ortega ha sido derrotado desde el momento en que se han involucrado una serie de actores incluyendo algunos que los veo en los periódicos dando opinión, como el Instituto de Estudios y Estrategias Públicas, el mismo COSEP. Creo que ha habido dentro de la urgencia la posibilidad de participación de algunos actores que han hecho importantes señalamientos y han entregado importantes mociones para que estas leyes tengan verdaderamente un espíritu nacional, un espíritu que no ponga al poder militar sobre el poder civil, no voy a obviar que me queda un mal sabor cuando veo en estas leyes, pero eso no es culpa del Ejército, es culpa del Ejecutivo, que le ha quitado al Ministerio de Defensa la preponderancia que debe tener en estos temas y se ven…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Sólo tiene un minuto, diputado.

DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:

Gracias, Presidente.

…se ven casi obligados los militares a venir a cabildear leyes y creo que no les corresponde ser ellos los que deben andar en estos menesteres.

Sin embargo Presidente, para concluir, creo que hay cambios sustantivos y nosotros los diputados del PLC no vamos apegarnos a esas políticas electoreras de algunos que ni siquiera un partido tienen, pero creen que son los rectores de la política nacional, y debo decir incluso que algunos diputados que están ahora ahí atrás, que yo los he calificado en algún momento como ángeles y arcángeles, ya se cansaron de seguir a ese falso mesías que un día está de un lado y otro día de otro y que ahora está bajo las órdenes del MRS, que critican lo que no criticaron en los años 80 y ahora desde una posición cómoda en la Asamblea Nacional lo vienen a hacer. Creo que justicia tardía no es justica, se tiene una sola dirección, se tiene un solo espíritu y un solo criterio en estos temas, nosotros conscientes de que nuestro jefe de bancada, de que el doctor José Pallais en el que depositamos nuestra confianza, han hecho un trabajo correcto, vamos a votar por esta ley y estamos abiertos todavía a encontrar mociones que puedan mejorar, pero que no nos vengan a decir de manera general los defectos, que nos vengan a decir en qué artículo, en qué inciso, dónde está el peligro y ahí vamos a mejorarlo.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputada Eugenia Sequeira, tiene la palabra.

DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA:

Gracias, Presidente.

El origen de estas tres leyes demuestran claramente la verdadera y clara voluntad política de Daniel Ortega Saavedra, en relación con su deseo de instaurar un régimen militar nuevamente como en los años 80, instaurar nuevamente, expresan esas leyes iniciales, el Servicio Militar Patriótico, las confiscaciones en las zonas fronterizas, expresa también ese documento original, el funcionamiento de la Seguridad de Estado en beneficio particular de Ortega, todo esto fue claramente expresado en el documento original.

Si bien es cierto se han hecho bastantes cambios, inclusive observaciones que nosotros aportamos como parte de nuestro trabajo parlamentario, sin embargo, a duras penas estos documentos que se han transformado, deberían ser el inicio del proceso de consulta a los sectores vinculantes a estas tres leyes, si no, para qué tenemos en la Ley Orgánica la parte de consulta, deberíamos de reformar y así empezar a trabajar con esta nueva modalidad, que creo que vendría inclusive, señor Presidente, a permitirnos grandes ahorros energéticos en el presupuesto de nuestra Asamblea Nacional. Estas leyes ya no deberían ser consultadas, sino que hacer comisiones prácticas como se hizo con esta ley y nos ahorraríamos un montón de tiempo, como bien se expresaba, un trabajo de seis meses hacerlo en veinte consultas entre nosotros mismos, es mucho más fácil definitivamente. Pero creo que no es así como se debe trabajar, considero que leyes de esta naturaleza y de esta envergadura deberían tener realmente un amplio consenso.

Es cierto que Eduardo Montealegre significó más de setenta y siete mil votos, pero sabemos que esos setenta y siete mil electores quieren definitivamente que estas leyes sean ampliamente consultadas, porque son de suma importancia, son temas de grandes intereses para la nación; estas leyes deberían tener elementos suficientes para no necesitar de su reglamentación y de esta manera evitar que Daniel Ortega en el reglamento quiera expresar su verdadera voluntad política, que está planteada en el documento original, que todos nosotros lo tenemos y que Nicaragua entera la conoce y que a mí no se me olvida, porque yo si nunca me fui de Nicaragua, estuve aquí los años 80 y recuerdo todas aquellas amenazas, “ya viene la contra, ya viene no sé cuanto” y nos mantenían en un estado totalmente de angustia al pueblo de Nicaragua. Es cierto que la ley está por encima del reglamento, pero por la trayectoria que este gobierno ha tenido en violación constante a las leyes y a la Constitución, para él su reglamento que va elaborar, estamos seguros que será su marco… -ya termino, señor Presidente- jurídico conveniente para ejecutar su verdadera voluntad política que expresó en el documento original.

Para los nicaragüenses las transformaciones del Ejército de Nicaragua en su fortalecimiento y profesionalización a lo largo de estos años gozan de todo respeto, de manera que debemos cuidar esos grandes avances, el pueblo de Nicaragua quiere seguir teniendo Ejército nacional al servicio de todos, no Ejército nacional orteguista al servicio de la pareja presidencial.

Pidamos los nicaragüenses por lo tanto, el mandato de llevar estas leyes a consulta, de pasarlas a las comisiones correspondientes. Reflexionen diputados, especialmente del PLC y de las otras bancadas democráticas sobre el recuerdo de la amarga noche oscura de los años 80 que siempre la mencionamos, hoy puede estar Nicaragua al borde de volver a ese atraso de los años 80.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, Presidente.

En primer lugar, no se trata de traición como dijo Ortega en un medio de comunicación hace unos días, opinar alrededor de temas nacionales, creo que se requiere de responsabilidad, por tanto es responsabilidad nuestra como legisladores revisar este tipo de situaciones, pero tampoco se trata de tener o no tener partido, se trata de ser responsable con una norma que se pretende crear para la defensa y la seguridad de la nación. Sin embargo, me parece que en este momento la iniciativa de ley que ahora se llama, porque ya se le cambió el nombre, Ley de Seguridad Democrática es una cuestión…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Estamos en la Ley de Defensa, diputado.

DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:

…la Ley de Defensa, es una cuestión de una agenda nacional, y se lo decía al Coronel Gutiérrez, que si se trataba de una agenda de nación, porque debería ser una agenda de nación, se requiere del consenso de las fuerzas vivas del país y no crear una situación que va al margen de la norma jurídica. Aquí, y me da mucha preocupación que José Pallais se haya prestado a ser parte de una comisión que no cumple con los requerimientos de la Ley 606, el artículo 62 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional establece que en materia de seguridad entre otras cosas, es competencia de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos de la Asamblea Nacional. Además, es una comisión que no fue creada aquí, por la Junta Directiva, es una comisión que no cumple los requerimientos jurídicos para poder atribuirse el Dictamen y el análisis de un tema tan importante, por eso me parece una tremenda irresponsabilidad, de que en este momento se esté discutiendo un supuesto dictamen que no cumple con lo que manda la Constitución y la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional. Por eso creo que el Ejército está actuando de manera temeraria al avalar que una comisión inexistente, venga aquí a trabajar un tema tan importante como éste.

Pero también, tanta incoherencia que hay en el supuesto dictamen, cuando se incluyen o se meten al universo de la educación, una mescolanza entre seguridad y educación que debe ser tema específico del Ministerio de Educación, incluso establecen la defensa de los derechos humanos y el respeto a los gobiernos electos libres, democráticos y soberanos, entonces, lo primero que debe hacer el dictador Ortega es regresar las cuarenta alcaldías que se robó hace unos dos años, asimismo restituir en sus cargos a los alcaldes que los destituyó al margen de la Constitución y las leyes.

Por eso quiero pedirle a mi bancada, a la Bancada del Partido Liberal, que no nos prestemos a una manipulación burda al margen de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, al margen de la Constitución para favorecer y complacer al dictador Daniel Ortega.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputada Myriam Argüello, tiene la palabra.

DIPUTADA MYRIAM ARGÜELLO MORALES:

Gracias, Presidente.

Hace un poco más de una semana, tuve en mis manos aquí en el plenario de la Asamblea Nacional, un paquete de tres leyes que supuestamente se iban a discutir ese día con carácter de urgencia, rápidamente me puse a leerlo y sentí una especie de angustia ante el contenido de esas leyes que de una u otra forma me llevaron al recuerdo de las épocas militaristas en Nicaragua. Creo que uno de los triunfos que hemos tenido en este país es haber podido lograr que un Ejército de Nicaragua sea un Ejército nacional verdaderamente, y que eso tenemos que cuidarlo.

Pero también encontré otras situaciones que me llamaron la atención y me preocuparon, parece que en ese momento se discutió extra plenario oficialmente la posibilidad de entrar a discutir y consensuar estas normas y reformarlas en su contenido, fue así que nombraron una comisión. Sin embargo para mí que soy una persona muy apegada a las leyes, considero que esa comisión tendría que haber llenado los requisitos legales de nuestra ley, en función de haber sido aprobada aquí, eso no implica que yo considere que esa comisión especial nombrada extra ley no haya trabajado arduamente para poder hasta cierto punto, convertir el sentido en el que iban orientadas estas leyes y consensuando llegaron a obtener un resultado, que considero en cierta manera, satisfactorio en el contenido que dieron a estas leyes. Pese a todo, en el espacio de este fin de semana que pude tener en mis manos los proyectos consensuados me dediqué a estudiarlos profundamente, como repito, considero que fueron profundamente consensuados y convertidos en unas leyes aceptables, no obstante, aun así encontré que hay ciertas discrecionalidades en algunos párrafos y artículos que pueden desvirtuar en cualquier momento futuro el contenido de estas leyes.

Considero que no es de trascendental importancia o no es obligatorio el que toda ley tenga que ser reglamentada, pienso que esta ley debería de haber quedado ya en lo que debe ser.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, doctora.

DIPUTADA MYRIAM ARGÜELLO MORALES:

…y no someterla a… -perdone Presidente-, y no someterlas a una reglamentación que podría en un momento dado darle discrecionalidades a estas leyes. Además, hay ciertos puntos que yo consideré también muy importantes en relación con la forma de actuar del Ejército en el cual de acuerdo al artículo 95 de la Constitución eliminaron una frase que dice “que el Ejército debe respeto y obediencia a la Constitución y la ley”, lo cual fue omitido, porque solamente le pusieron “no deliberante, apolítico, apartidista y obediente”, obediente a qué, a quién.

De manera que considero que estas leyes por prudencia deberían haber tenido más tiempo y haber sido enviadas a donde corresponde para tranquilidad de la ciudadanía nicaragüense y para que no quedaran así, de una forma que pueda promover inquietud entre la ciudadanía. Creo que la prudencia indica no actuar precipitadamente. Los años de mi vida, que tengo de experiencia de ver lo que ha sucedido en Nicaragua me llevan a esa conclusión, caminar lentamente para poder llegar con pie firme a donde se debe de llegar, la presión de tiempo con que fue hecho este Dictamen, que pese a que se ha mejorado enormemente su contenido que la hace aceptable hasta cierto punto de vista, pero deja incluso, abiertas posibilidades de discrecionalidad que tienen que ser superadas.

Presidente, no quiero oponerme ni decir, yo no soy de la oposición, pero tampoco soy de una bancada a donde me vea obligada, porque nunca me obligan a dejar de expresar mis pensamientos, mis principios y así es como actúo en este sentido. Pienso en Nicaragua, no pienso en lo malo que hicieron unos en un tiempo, o lo bueno que hicieron otros en otro tiempo, pienso en Nicaragua del futuro, pienso en la Nicaragua de hoy y pienso en lo que todos los nicaragüenses, especialmente esta Asamblea Nacional, deben de hacer para mejorar el futuro de Nicaragua y no para regresar y estarse sacando unos a otros quién fue derrotado, quién no fue derrotado, quién hizo una cosa mala, quién la hizo buena, porque eso no es lo que nos ha llevado en este momento a estar aquí.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Indalecio Rodríguez, tiene la palabra.

DIPUTADO INDALECIO RODRÍGUEZ ALANIZ:

Gracias, ciudadano Presidente de esta Asamblea Nacional.

Hemos estado escuchando y viendo las intervenciones de algunos colegas y de algunos ciudadanos en este plenario y veo con qué facilidad quieren descalificar a los miembros que no están de acuerdo con ellos, cuando deberían llenarse de gozo de tener la oportunidad de venir a discutir y a presentar ideas y puntos de vista que realmente nos lleven a llenar las expectativas de aquellas personas que nos dieron el voto, no concibo cómo puede llegarse aquí y decir “esto es politiquería”, cualquier argumento que no puedan rebatir, esto es politiquería, o simplemente es un tema exclusivamente partidario. Señores, es por Nicaragua, señores es por cinco millones de ciudadanos que están allá señalándonos con el dedo, y es por sobre todo, en este momento que dicen que este es un tema de prioridad o de suprema importancia para Nicaragua, debemos estar claramente entendidos de que si realmente estamos conscientes de los intereses superiores de esta ley o de estas leyes, debemos estudiarlas, respetarlas y verlas como lo que son, para beneficiar a Nicaragua, para salvar su estado de derecho, para proteger la institucionalidad y no para que nos convirtamos aquí en ciegos, sordos y mudos, expectantes de las violaciones continuas que han cometido desde el Presidente de la República hasta nosotros aquí por omisión, al ser indiferentes ante todas las violaciones que se están cometiendo para terminar con el estado de derecho.

Además, me preocupa sobre todo, que aquí hay un elemento de suprema importancia para la vida institucional de este país, y es que dentro de las instituciones que aquí están funcionando existen dos que considerábamos que habían consolidado su sistema institucional y que estaban al servicio de Nicaragua, una de ellas hasta este momento es el Ejército Nacional de Nicaragua, y ahora con esta ley lo que están haciendo es volviéndose cómplices de su propia destrucción, es la seguridad, lo que señalaba la diputada Mónica Baltodano es correcto, aquí la primera víctima que va caer además del propio proponente, va ser ese Ejército que debíamos de haberlo cuidado como un tesoro, y eso es la gran falla que veo en todos los argumentos que aquí se han esgrimido. Sinceramente, yo hago un llamado a la prudencia, a la sensatez, para que no cometamos el error de darle carta blanca a alguien que ya externó su compromiso, no con Nicaragua, sino con el grupo del ALBA o con los iraníes y otros tantos.

Así que sinceramente señores, estamos aquí porque sí somos nicaragüenses todos los que estamos en esta Asamblea…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Tiene sólo… un minuto, diputado.

DIPUTADO INDALECIO RODRÍGUEZ ALANIZ:

…yo sé que no tenemos la generosidad que tiene con otros, pero no importa, aquí terminamos, sencillamente lo que queremos es que los vicios de procedimiento en la constitución de la comisión son suficientes para impedir y exigir que no se apruebe hoy esta moción y que sea sometida a un estudio y a una consulta más extensa de la ciudadanía nicaragüense.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Agustín Jarquín Anaya, tiene la palabra.

DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:

Gracias, Presidente.

Estas leyes que han causado polémica, después de conocer los enriquecimientos que todos los sectores de esta Asamblea Nacional le han hecho, vamos a estar fortaleciendo nuestro sistema de defensa y seguridad democrática. Esto nos ha costado mucho a nosotros los nicaragüenses, y es importante en los argumentos que han presentado los colegas que piden que no se apruebe hoy, que se apruebe otro día, señalar todos ellos o casi todos ellos de que sus aportes se han incorporado en estas leyes. No he escuchado un solo argumento de crítica, señalando que tal redacción de un artículo u otro está en contra de la Constitución, del liderazgo del mando civil, de abolición completa del Servicio Militar, ratificando en estas leyes lo que se dice en la Constitución de la República y en consecuencia, de mejoramiento de la seguridad jurídica de nuestro país. Es importante que estas leyes se aprueben en este momento y es importante que se haga por una amplia mayoría o por unanimidad que sería lo deseable. Por eso, invitamos a estos colegas, de que en atención a lo que ellos mismos han señalado, o reconocido, que sus sugerencias, sus consideraciones, incluso de entidades relevantes como el IEET, Instituto de Estudios Estratégicos, que se han incorporado en este texto, para que voten también por estas tres leyes importantes para el país y especialmente por la Ley de Defensa.

Solamente quiero recordar, que hace dieciséis años cuando en este recinto se estaba votando por el Código Militar surgieron voces, que surgen ahora también, en aquel momento en la radio del que ahora es líder de uno de los grupos liberales y que hay una competencia interna por ese liderazgo y es la principal fundamentación de esta controversia desde su parte, para tratar de ganarse adeptos en su tienda política, en aquella ocasión de forma irresponsable se escuchaba en la radio, en su radio, con voz grave diciendo, “estos son los diputados traidores a la patria” y comenzaba a leer de forma irresponsable los nombres de los diputados que habían votado por aquel Código Militar, y ahí mencionaban a la doctora Argüello, Adán Fletes, Luis Humberto Guzmán, Azucena Ferrey, y así todos ellos. Años después, reconocían que en parte gracias a ese Código…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:

Como no, Presidente.

…tenemos la fuerza armada más profesional, más apegada a la institución, que con estas leyes ese carácter se va a reforzar, y vamos a observar con éstas ya vigentes, fortalecido nuestro sistema democrático, el sistema de seguridad nacional, de seguridad democrática de defensa, reconocer que en efecto estas leyes convienen a todos los nicaragüenses. Por eso les invitamos a que reconociendo lo que ellos mismos han dicho y sintiéndose interpretados en su contenido, voten también para que puedan ser aprobadas por unanimidad y si no por una gran mayoría que es lo que Nicaragua necesita.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Gracias, Presidente.

Ahora entiendo porque se dice que un Parlamento no puede salvar al pueblo, efectivamente el nicaragüense está esperando de sus representantes que le defiendan pero en esta mañana en vez de un debate de altura de parte de esos cincuenta y tres integrantes del voto democrático, más bien lo que ha privado son los descalificativos y he visto el poco esfuerzo de la bancada oficialista del Frente Sandinista en defender estas iniciativas de ley que envió el Presidente de la República. Pareciera que hay nuevos voceros del Frente Sandinista en este lado del hemiciclo; pero bueno, cada quien es dueño de su propio miedo y de sus propias acciones y que sea el pueblo que juzgue si tiene o no tiene representantes.

Quisiera decir Presidente, que es vergonzoso que estas leyes diputados de bancadas democráticas las quisieron pasar al amparo de la oscuridad, porque estas leyes con trámite de urgencia no se hubieran puesto en el Orden del Día, si no hubiesen sido aprobadas para que nos metieran al amparo de la oscuridad, el gol de montar una ley ordinaria sobre una ley de emergencia de rango constitucional; pero bueno hoy nos dicen que el texto original ha sido cambiado, igualmente nos dijeron con el tema de los CPC, que no debíamos temer que los CPC no iban a estar subordinados a los Poderes de Estado, sin embargo nosotros vemos como ellos han venido haciendo daño en la vida nacional.

Presidente, no he escuchado a ningún diputado decir que no necesitamos una política de defensa y de seguridad nacional, creo que los diputados coincidimos en eso al menos, pero si en el enunciado de esta ley habla del interés supremo nacional, y yo digo, dónde reside la soberanía del pueblo, si no es en el pueblo mismo, cuál es el miedo de consultarle al pueblo, a las organizaciones civiles, a los partidos políticos, ¿es qué una Comisión deliberando en el Ejército, representa al pueblo?
Los primeros tres artículos de la Constitución hablan de la independencia, de la soberanía y de la unidad de integridad territorial, y son temas fundamentales que deben ser debatidos por el pueblo. Si son leyes buenas, ¿cuál es el miedo?, pero no, la defensa no la hace el oficialismo, no la hace el Ejecutivo, sino del mismo cuero de donde salen las coyundas, del voto democrático, lo que estamos ahorita es fortaleciendo la dictadura.

La posición nuestra ha sido clara, consultemos estas leyes que el proceso de formación de ley se cumpla, que se envíen a la Comisión de Gobernación, pero no lo quisieron hacer, formaron una Comisión ilegal, porque la Junta Directiva no la aprobó, nosotros tomamos distancia, porque no hemos hecho moción alguna a estas iniciativas de ley, discutimos como observaciones al articulado para abrir un gran debate nacional y si estuvimos consultando a expertos como el IEPP, Instituto Estratégico de Políticas Públicas, y a la Coordinadora Civil, y hablamos con la Unidad Social Democrática por la Ciudadanía, también con expertos en temas militares, es porque tenemos interés de que estas leyes gocen de consenso.

Nosotros vemos que de una manera perversa hemos caído en la trampa...

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Tiene un minuto, diputado.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

…de arrastrar al Ejército precisamente en este debate y lo hemos visto deliberando contrario a lo que dice la Constitución, que no son deliberantes. Presidente, el tema del control democrático, el tema del control civil sobre la defensa, dice claramente que las políticas, las estrategias de la defensa y la seguridad reciden en los organismos civiles, aquí estamos subyugando al poder civil para que los militares sean quienes dicten esas políticas. Por eso creemos que es necesario abrir un debate. Nosotros Presidente, en cuatro años no le hemos dado las reformas constitucionales a Daniel Ortega, porque no son buenas para Nicaragua; nosotros hoy le estamos diciendo que tampoco aprobamos la Sentencia ilegal 504, tampoco nosotros estamos aprobando el artículo 201, inconstitucional que prorrogó el período de los funcionarios, nosotros seguimos insistiendo por la ley de nulidad, porque hubo fraude electoral, no queremos que con estas tres leyes, Presidente, se contamine aún más la independencia de los Poderes de Estado, como lo hemos visto en el Consejo Supremo Electoral, en la Contraloría General de la República, que ya no fiscaliza los bienes de la nación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:

Y también en la Corte Suprema de Justicia, Presidente, donde incluso a nivel internacional se habla del tráfico de sentencia.

Gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.

DIPUTADO CARLOS GADEA AVILÉS:

Gracias, señor Presidente.

Todavía no entiendo porque tiene que ser con carácter de urgencia después de haber pasado casi quince días, y en qué artículo de la Ley Orgánica se basa esta moción única que están presentando algunos diputados, si en el plenario no se decidió que se iba a conformar una Comisión de alto nivel de diputados, dónde está en el Diario de Debates esa Comisión.

Qué dice el artículo 93 de la Ley Orgánica, “Trámite de Urgencia. En caso de Iniciativa Urgente del Presidente de la República la Junta Directiva podrá someterla de inmediato a discusión del plenario… “repito de inmediato a discusión del plenario… o enviarla a Comisión. Pero esta propuesta que están haciendo los diputados de alto nivel, vino cinco minutos antes que se comenzara a discutir esto, la que tenemos es la iniciativa que presentó el Presidente de la República que viola los derechos constitucionales, que viola los derechos fundamentales de los nicaragüenses, esa es la iniciativa de ley que estamos discutiendo hoy, porque tengo entendido que las mociones se presentarán en lo particular, y en lo general y es ahí donde radica la trampa, estamos aprobando la iniciativa de ley de carácter de urgencia que presentó Daniel Ortega, donde le da poderes a los militares por encima del poder civil, lo militares son ciudadanos con los mismos derechos que los ciudadanos civiles y no pueden estar por encima de los derechos de los civiles.

No señores, los militares no pueden administrar o no pueden hacerse cargo de la administración pública en un estado de emergencia; eso es lo que estamos discutiendo y aprobando ahorita, no estamos discutiendo y aprobando un documento que se hizo en varios días, porque me vino hace cinco minutos y aquí dice cuarenta y ocho horas de anticipación para que pueda entrar con carácter de urgencia.

El Ejército no puede estar al servicio de un partido político
menos al servicio personal de Daniel Ortega, los militares deben estar al servicio de la población, no la población al servicio de los militares ni los empleados públicos pueden ser llevados a la guerra a la fuerza, no puede ser.

Este acto que está ocurriendo hoy es ilegal, porque no se ha conformado una comisión en este plenario, es totalmente ilegal, porque lo que se está aprobando es la iniciativa que presentó Ortega disfrazada con otra iniciativa que fue reparada y dónde se ha visto que una iniciativa de ley se puede venir a reparar aquí. Tome, señor Presidente, vaya repare su error y me la vuelve a presentar, eso es lo legal, no venir a estar tocando una iniciativa de ley que viola el proceso de formación de la ley, por lo tanto este acto es ilegal. ¿Cómo es posible que se haya consensuado con un sector de la sociedad como es el COSEP y no se haya consensuado con otros sectores de la sociedad? ¿por qué? Y vuelvo a preguntar ¿Por qué tiene que ser con carácter de urgencia y no enviarse a la comisión?

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Tiene sólo un minuto, diputado.

DIPUTADO CARLOS GADEA AVILÉS:

¿Por qué no se puede enviar a la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos? les quiero recordar el artículo dos de la Constitución que dice que “La soberanía nacional reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos”, y el pueblo exige su soberanía de que tiene que ser discutida esta ley porque trastoca derechos constitucionales y políticos, tiene que ser consultada en la Comisión de Derechos Humanos y no sólo en esta Comisión, tiene que ser consultada con los diferentes sectores del pueblo; por lo tanto, insto a los diputados a que voten en contra de esta ley, porque en ningún momento se cumple con los requisitos.

Muchas gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Diputado Guillermo Osorno Molina, tiene la palabra.

DIPUTADO GUILLERMO OSORNO MOLINA:

Gracias, señor Presidente.

Es de reconocer que estas leyes que vinieron con trámite de urgencia hayan causado tanta polémica en diferentes sectores políticos y en los medios de comunicación. En los nicaragüenses existen muchos prejuicios, desconfianza entre nosotros mismos, tal vez por las actitudes, que cuando tuvieron el poder los sandinistas todavía hay algunos que tienen malos recuerdos y todo lo que se presente acá se ve con desconfianza y con duda.

Estas tres leyes que son importantes para nuestro país tres leyes que no son nuevas, que Nicaragua no es el único país que las está sacando, leyes que existen en muchísimos países y Nicaragua lo que está haciendo con estas leyes es acomodándose al sistema que ya existe en muchísimas naciones ¿Pero dónde está el pecado y el delito en estas leyes?, que la haya enviado el Presidente de la República con trámite de urgencia, eso es lo malo que se le han visto. Sin embrago, con las consultas que les he hecho a los hermanos sandinistas, por qué hicieron esto de esta manera?, ¿Por qué no se le daba al trámite normal? Y la respuesta que se me ha dado, que a veces es un poco vergonzoso para nosotros, es que si hubiese venido en trámite normal, con la necesidad de emergencia que se necesitan estas leyes en las condiciones que Nicaragua está atravesando por la forma en que ha estado actuando el hermano país de Costa Rica, me dijeron si fuesen a una comisión pasaríamos todo el año y estas leyes serían engavetadas, porque los diputados casi nunca asisten a las comisiones, por eso es necesario el trámite de urgencia, y yo creo que hay razón. Tal vez se dieron algunas violaciones en la Ley Orgánica, pero también le dimos el derecho nosotros los jefes de bancada cuando asistimos a las reuniones y ahí constituimos ese derecho de legalidad. Estas leyes fueron consultadas con todos los jefes de bancada y creo que los diputados que estamos aquí representamos fuerzas políticas, los cuales tenemos el derecho de poder dar nuestra opinión y creyendo que es lo mejor, considero más lamentable ausentarse en una reunión, no hacerse presente. Con la libertad de expresión que existe en nuestro país, cualquiera puede opinar a como le simpatiza y como quiere. Por eso me gustó mucho cuando llegué a la Bancada Liberal y escuché al diputado Moncada expresarse muy efusivamente ante los representantes del Ejército, que aquí en Nicaragua no se permitiría más el Servicio Militar, que es la preocupación que muchos hemos tenido y observé la preocupación del diputado Moncada, cuando les expresó esto a los representantes del Ejército. También aprecié la reacción del Ejército o más bien la actitud del Coronel Gutiérrez del Coronel Palacios, el Coronel Estrada y los representantes que estaban ahí al responder en una forma tan profesional. Y digo que no es por gusto que el Ejército de nuestro país ocupe las mejores posiciones de prestigio en nuestra nación y creo que nos sentimos muy bien los nicaragüenses en tener un Ejército profesional; recuerdo la respuesta que dieron: “ustedes son legisladores”, “son ustedes los que se van a oponer”. Asimismo conocí las aportaciones que el doctor Pallais…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le queda un minuto, diputado.

DIPUTADO GUILLERMO OSORNO MOLINA:

…hizo, cuando hubiese tenido algunas desconfianzas o duda y vi la actitud del jefe de la Bancada Sandinista, el diputado Edwin Castro, como respondía en una forma de buscar la estabilidad y democracia en todo este tipo de leyes, donde no existe ningún tipo de malicia, cuando ésta puede existir en nuestros mismos corazones y pensamientos ya que siempre estamos con la desconfianza en los demás, nuestra Nicaragua nunca va a progresar de esa manera, porque la actitud que encuentro en algunos hermanos diputados acá me recuerdan que años atrás esa era la actitud de la Bancada de los sandinistas, también reaccionando muy negativamente.

Es tiempo de cambiar, hagamos leyes que vayan a favor de este país. Estas leyes son necesarias e importantes para nuestro país y debemos de ir cambiando el rumbo y la imagen de nosotros los políticos en nuestra Nicaragua.

Muchas gracias, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Por alusión personal, dos minutos a Eduardo Montealegre, quien tiene la palabra.

DIPUTADO EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS:

Muchas gracias, Presidente.

Quiero referirme a lo que decía el diputado Figueroa, que desafortunadamente está mal preparado y mal informado, quiero corregir al diputado Figueroa y decirle que el tratado Ramírez López -en los años 80- no fue, diputado Figueroa, entre Nicaragua y Colombia, ese tratado diputado fue entre Honduras y Nicaragua, le pido que la próxima vez se prepare mejor.

Y en cuanto a la alusión que él hacía que la Cancillería de Nicaragua y que cuando yo era Canciller tenía conocimiento seis meses antes, sólo le hago referencia, que le pida al que fue Vice-canciller en ese momento, que maneja los asuntos territoriales, al doctor Guillermo Argüello Poessy, a ver si es cierto que él tenía conocimiento seis meses antes.

Le pido que llame al señor Argüello Poessy y le pida si es verdad lo que usted decía. Yo sé que está preocupado el diputado Figueroa por lo Wikileaks y tiene que recurrir a las “wikitapas” para tratar de denigrarme.

Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Cerramos con el diputado Edwin Castro Rivera, quien tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Gracias, señor Presidente.

Quería rápidamente, para nuestros amigos que nos ven y nos escuchan y para el Diario de Debates, dejar claro dos conceptos: Toda ley es vinculante, pero también toda política de Estado es vinculante, porque es política de Estado no es que no sea vinculante. Por otro lado, estoy convencido que necesitamos prepararnos para mejorar el país en democracia, en desarrollo, en combate a la pobreza y ese es el convencimiento del gobierno y estoy seguro que es el de la mayoría de los diputados de esta Asamblea Nacional.

Aquí se ha dicho que el procedimiento es anómalo, que se hicieron vicios de procedimiento, quiero recordarles que las bancadas y los jefes de bancada somos órganos de esta Asamblea Nacional de acuerdo al Estatuto, de acuerdo a la Ley Orgánica de esta Asamblea Nacional. Somos órganos de la Asamblea Nacional y como tal actuamos todos los jefes de bancada. Y aquí quiero agradecerles a los que hoy se oponen, señores, ésto es lo que nos llevaron de mociones, de propuestas, y todo este documento fue analizado y quiero decirles que el 100% de este documento está considerado en el texto consensuado, los que hoy vienen a oponerse, fueron los que lo hicieron. Por tanto, le agradecemos a Carlos Langrand, Adolfo Martínez Cole, por los aportes hechos, porque en este texto consensuado firmado por los jefes de Bancada, del 80% de los diputados de esta Asamblea Nacional, está el aporte del 100% de los diputados.

Pero además quiero reafirmar que en las tres leyes que estamos discutiendo el poder civil impera por encima de cualquier cosa y la defensa de la democracia, asimismo se deja con claridad meridiana -como otros antecesores ya lo han dicho- que no hay reclutamiento forzoso, que Nicaragua es un país defensivo como lo dice el artículo 5 de nuestra Constitución y no es agresor, que las acciones militares están a favor del pueblo y en la lucha del pueblo por superar su extrema pobreza y así lo dejan claramente expreso y por eso el cambio del nombre de la Ley de Seguridad, por el de Seguridad Democrática, dentro del Marco de la Seguridad Democrática Centroamericana, del convenio marco que no puede haber, ni habrá, ni hoy ni mañana ni en un futuro espionaje político en este país.

Este es un enfoque consensuado, donde no hay ninguna función añadida al Ejército en detrimento de ningún otro ministerio, las leyes mandan a elaborar la Política de Defensa y la Política de Seguridad Democrática en amplia consulta y en amplio consenso como lo dice el texto claro de las leyes, que estoy seguro vamos a probar hoy. Además, queremos agradecerle al Consejo Superior de la Empresa Privada por su participación, por sus aportes que han sido incorporados y que han dado claramente declaraciones de que están sin ninguna objeción en estas leyes, mismas que aseguran la democracia, la seguridad ciudadana, para mayores inversiones; por eso Ramón González, José Pallais, Guillermo Osorno, Ramiro Silva, Alejandro Ruiz, Víctor Hugo Tinoco, Brooklyn Rivera con los aportes que nos hizo de la Costa Atlántica, de las comunidades autonómicas, Frank Sarria, Adolfo Martínez Cole, muchas gracias por tener hoy en este plenario una ley de consenso con los aportes nacionales.

Muchísimas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Gracias, diputado.

Tenemos aquí una moción presentada por el diputado Martínez Cole pidiendo que se suspenda el trámite de urgencia enviado para esta ley.

Les quiero recordar que en el artículo 82 de la Ley Orgánica numeral 5 señala que usted requiere al menos un tercio del total de los asambleístas para esta moción, por lo que la Junta Directiva la ha declarado improcedente, y pasamos entonces a votar en lo general el proyecto presentado a este plenario.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor, 7 presentes, 21 en contra, 2 abstenciones. Se aprueba en lo general el proyecto de ley.

Ahora pasamos a votar si discutimos en lo particular por capítulo o por artículo, los que estén por capítulo votan en verde, los que estén por artículo votan en rojo.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

61 votos a favor de discutir por capítulo, 4 por artículo, 13 abstención, 11 presentes. Se aprueba la discusión por capítulo.

Ahora queremos someter a votación del plenario una moción presentada por los distintos jefes de bancada que trabajaron en el consenso de esta ley. Quiero recordarle al plenario que no es la primera vez que una ley se manda a consensuar por las distintas bancadas, así pasó con el Código Penal, así pasó con la Ley de Agua, pasó con la Ley de Soberanía Alimentaria y Nutricional y así hicimos con esta ley, por eso trabajaron durante varios días cerca de quince días las distintas bancadas para consensuar esta ley y tenemos por consiguiente un proyecto de ley de consenso que vamos a someter a votación del plenario.

Vamos a pedirle a nuestro Primer Secretario que lea el Capítulo I de la ley.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

Los suscritos Jefes de Bancada y diputados de diferentes bancadas proponemos que se apruebe el siguiente texto de la Ley de la Defensa Nacional de la República de Nicaragua, que incorpora las reformas y adiciones consensuadas.

Esta moción está presentada por cuatro jefes de bancadas que representan en 75% de los diputados de la Asamblea Nacional.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

63 votos a favor, 18 en contra, 1 abstención, 8 presentes. Se aprueba la moción presentada.

Capítulo I.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y PRINCIPIOS

CAPÍTULO I
OBJETO, ALCANCE Y DELIMITACIÓN DE CONCEPTOS

Arto. 1 Objeto. La presente Ley tiene por objeto regular las bases jurídicas, orgánicas, estructurales y funcionales que constituyen las acciones del Estado de Nicaragua para la organización, dirección, preparación y disposición del país para la Defensa Nacional en todos sus ámbitos.

Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y de interés supremo nacional y tendrán observancia general en todo el territorio nacional.

Arto. 2 Alcance. El alcance de la presente Ley está determinado por lo establecido en la Constitución Política y leyes, tratados, pactos, convenios y demás instrumentos internacionales de las cuales, Nicaragua es Estado Parte.

La Defensa Nacional en correspondencia con la doctrina militar de Nicaragua, se prepara y realiza bajo la dirección del Presidente de la República, quien es Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua.

Es deber de todos los nicaragüenses preservar y defender la independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional.

No habrá servicio militar obligatorio y se prohíbe toda forma de reclutamiento forzoso para integrar el Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional.

El Estado y la sociedad en su conjunto son responsables por el cumplimiento de las actividades que se realicen en el ámbito diplomático, económico, militar, social, derechos humanos, cultural y ambiental para la consecución de los objetivos estratégicos nacionales expresados en el ordenamiento jurídico vigente.

Arto. 3 Definiciones. A los fines de la presente ley y de las actividades reguladas de ésta, en el marco establecido por la Constitución Política de la República de Nicaragua, se entenderá por:

1. Defensa Nacional. Es el medio que tiene la nación nicaragüense con la finalidad de garantizar la soberanía, autodeterminación e independencia nacional y la integridad territorial e inviolabilidad del mismo, a través de la ejecución de un conjunto de medidas y acciones de carácter integral destinadas a prevenir y superar las amenazas, riesgos o agresiones.

2. Seguridad Nacional. Se entiende por Seguridad Nacional, la condición permanente de soberanía, independencia, integridad territorial, paz y justicia social dirigida a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado de Nicaragua, sus instituciones, el orden democrático, estado social de derecho, el bien común, protección de las personas y sus bienes, frente a cualquier amenaza, riesgo o agresión, en apego a la Constitución Política de la República, los derechos humanos, los convenios y tratados de los que Nicaragua es Parte en esta materia.

3. Relaciones entre seguridad y defensa nacional. La seguridad es una condición a alcanzar y la defensa es un medio para lograrla, por lo que la seguridad engloba a la defensa, dado que esta abarca todos los campos de acción y los ámbitos diplomáticos, económicos, jurídicos, políticos, militares, ambientales y sociales.

4. Intereses Supremos Nacionales. Son los principios y aspiraciones esenciales para la existencia del Estado nación y por tanto, el resultado de un amplio consenso nacional, relacionados con la independencia, la soberanía, la autodeterminación, la integridad territorial, la paz, la democracia, el estado de derecho y desarrollo humano sostenible, manteniendo permanencia en el tiempo.

5. Objetivos Estratégicos Nacionales. Son propósitos o metas que define la nación para asegurar los intereses supremos nacionales, tienen carácter tangible y variable en el tiempo y deben ajustarse constantemente a las condiciones nacionales e internacionales.

6. Política de Defensa Nacional. Responde al marco institucional y legal que rige la Defensa Nacional de Nicaragua y se fundamenta en el análisis político estratégico de diferentes escenarios y dimensiones de la seguridad y defensa nacional e internacional, lo que debe ser de amplia consulta y consenso en la nación nicaragüense.

7. Plan de Defensa Nacional. Es el documento jurídico, directivo y ejecutivo, con carácter de información reservada en los términos regulados por la Ley de la materia, que establece el conjunto de tareas y actividades, para satisfacer las necesidades de la Defensa Nacional, incluyendo los términos establecidos en la Ley 181.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, se entiende como secreto de Estado o información reservada, todo lo relativo a estrategia militar y planes operativos elaborados por el Ejército de Nicaragua, de conformidad con la Ley de Acceso a la Información Pública.

8. Campos de acción. Son las áreas o direcciones de trabajo en que se agrupan los órganos del Estado y de gobierno con el propósito de facilitar la planificación, organización y coordinación de las acciones para prevenir o resolver un conflicto armado internacional y/o emergencia.

9. Poder Nacional. Es la capacidad del Estado nicaragüense de disponer de todos los medios necesarios para alcanzar, mantener y defender los intereses supremos y objetivos estratégicos nacionales.

10. Recursos estratégicos de la nación. Son todos los recursos humanos y bienes materiales, tanto bélicos, como no bélicos, para satisfacer las necesidades de la defensa nacional en situaciones de conflicto armado internacional, teniendo en cuenta que para su disponibilidad y utilización se aplicarán mecanismos de cooperación y coordinación entre los Poderes del Estado, y entre estos y los particulares. En situaciones de emergencia se utilizarán los bienes que racional y proporcionalmente se requieran, de conformidad a la Ley de Emergencia.

11. Movilización Nacional. Es el conjunto de actividades y medidas que realizan las instituciones del Estado y del gobierno, públicas y privadas, destinadas a disponer en parte o la totalidad de los recursos humanos, técnicos y materiales de la nación en función del Plan de Defensa Nacional a ejecutarse en situaciones de conflicto armado internacional y/o emergencia.

La participación de los ciudadanos en la defensa armada, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de Nicaragua, es voluntaria.

12. Cultura de paz. Es el conjunto de conocimientos, normas e ideales de convivencia pacífica, con el propósito de promover los valores y percepciones del pueblo en torno a la seguridad y defensa de Nicaragua, con la finalidad de que se conozca, valores e identifique con sus tradiciones históricas y patrióticas y con la participación activa de todos los poderes e instituciones del Estado y las organizaciones de la sociedad para salvaguardar los intereses supremos y objetivos estratégicos nacionales.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Diputada Baltodano, por favor saque ese parlante, no está autorizado por la ley usar parlante, quítelo, sáquelo…

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I.

Observaciones al artículo 1.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 2.

Tampoco hay observaciones.

Diputado Edwin Castro Rivera, tiene la palabra.

DIPUTADO EDWIN CASTRO RIVERA:

Sí, señor Presidente.

Por insistencia de la empresa privada, queremos que en el artículo 2 se cambie el último párrafo que se leerá así:

“El Estado es responsable por el cumplimiento de las actividades que se realicen en el ámbito diplomático, económico, militar, social, derechos humanos, cultura y ambiental, para la consecución de los objetivos estratégicos nacionales expresados en el ordenamiento jurídico vigente”.

Firmamos Bancada PLC, Bancada del Frente Sandinista y las otras están de acuerdo en el cambio que pidió el COSEP a última hora.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Bien, artículo 2.

Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.

DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:

Gracias, señor Presidente.

Le solicito que en su carácter de Presidente de este Poder del Estado le dé la orden a la diputada Rita Fletes, de que me regrese el megáfono, porque es un abuso de parte de esta diputada hacer aquí labor partidaria. Imagínese si no se han aprobado esas leyes que favorecen la creación de órganos represivos y ya en el propio hemiciclo se actúa de esa manera. Que por favor me regrese el micrófono le pido, señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

Le pedimos a la diputada Fletes que le entregue su megáfono, pero usted, no puede usar megáfonos en el plenario, por favor.

Pasamos a la votación de la moción presentada al artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 8 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba la moción presentada al artículo 2.

Observaciones al artículo 3.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo I, con todos sus artículos y la moción ya aprobada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

65 votos a favor, 6 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo I, con todos sus artículos y la moción ya aprobada.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

CAPÍTULO II

PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
DE LA DEFENSA NACIONAL


Arto. 4 Principios. La Defensa Nacional se sustenta en los siguientes Principios:

1. No agresión. De conformidad al artículo 3 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, la lucha por la paz y por el establecimiento de un orden internacional justo, son compromisos irrenunciables de la nación nicaragüense. En correspondencia con el artículo 5 de la Constitución Política de Nicaragua, se inhibe y proscribe todo tipo de amenaza o agresión política, militar, económica y religiosa, y la intervención en los asuntos internos de otros Estados. Reconoce el principio de solución pacífica de las controversias internacionales por los medios que ofrece el derecho internacional.

2. Integral. La defensa de los intereses supremos de la nación se realiza de manera integral, en todos los ámbitos de la vida nacional, se ejerce por las instituciones públicas y privadas, con la participación activa de todos los sectores sociales, con el objetivo de mantener incólume los derechos del pueblo y el estado social de derecho. Es deber de los ciudadanos nicaragüenses disponerse a preservar y defender los derechos consagrados en los Principios Fundamentales de la Constitución Política.

3. Activa y permanente. La sistemática evaluación de las amenazas y su impacto negativo en la estabilidad del país y la seguridad nacional, impone la necesidad de formular, actualizar y desarrollar constantemente las estrategias y planes que garanticen la vitalidad de la defensa nacional.

4. Respuesta flexible. Para enfrentar las múltiples amenazas, el Estado debe contar con los planes, fuerzas y medios necesarios para adaptarse a circunstancias cambiantes y dar respuestas adecuadas.

5. Colectiva y solidaria. El carácter internacional y transnacional y el potencial económico de las amenazas emergentes desbordan la capacidad de respuesta individual de cada Estado, lo que ha conducido a los Estados a formar un frente común para lograr una mayor eficiencia y eficacia para enfrentar las amenazas.

6. Vocación pacífica y de respeto al orden jurídico internacional. A fin de contribuir a la solución pacífica de las controversias y conflictos internacionales, el fomento de la paz y la seguridad internacional, y las relaciones de amistad y cooperación internacional basadas en el respeto al principio de la igualdad soberana de los Estados y la libre determinación de los pueblos de forma compatible con los Propósitos y Principios de la Carta de Naciones Unidas.

Arto. 5 Objetivos. La Defensa Nacional se rige por los siguientes Objetivos.
Hasta aquí el Capítulo II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II.

Observaciones al artículo 4.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 5.

Tampoco hay observaciones.

Hasta ahí.

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 5 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:

CAPÍTULO III
DE LA DEFENSA NACIONAL

Arto. 6 Características. Las principales características de la Defensa Nacional son las siguientes:
Arto. 7 Valores. La Política de Defensa Nacional genera y fomenta una Cultura de Defensa, cimentada en valores que conforman la conciencia nacional, entre los principales destacan:

Arto. 8 Campos de acción. Los Campos de Acción que conforman la Defensa Nacional son los siguientes:

Arto. 9 Finalidad e integración de los Campos de Acción. La finalidad e integración de los Campos por áreas de responsabilidad serán coordinados y ejecutados por las entidades del Estado competentes, siendo estas las siguientes:

Hasta aquí el Capítulo III.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo III.

Observaciones al artículo 6.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 7.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 8.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 9.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo III, del Título I.

Se abre la votación.

Se va a e cerrar la votación.

Se cierra la votación.

68 votos a favor, 3 presentes, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo III.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

TÍTULO II
ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA DEFENSA NACIONAL

CAPÍTULO I
ÓRGANOS SUPERIORES DE LA DEFENSA

Arto. 10 Conducción de la Defensa Nacional. Se materializa a través de los órganos superiores de la Defensa Nacional, que son de nivel político y militar.

Arto. 11 Los órganos superiores de la Defensa Nacional de nivel político.

Son los siguientes:

Arto. 12 Órganos superiores de la Defensa Nacional de nivel de mando militar.

Son los siguientes:

Hasta aquí el Capítulo I del Título II

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I.

Observaciones al artículo 10.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 11.

Tampoco hay observaciones.

Observaciones al artículo 12.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo I, Título II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

66 votos a favor, 5 presentes, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo I, Título II.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

CAPÍTULO II
ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS

Arto. 13 Atribuciones de los órganos de nivel político en materia de Seguridad y Defensa Nacional.

Son los siguientes:

Arto. 14 Atribuciones de los órganos de nivel militar en materia de Seguridad y Defensa Nacional.

Son las siguientes:

Hasta aquí el Capítulo II, del Título II.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo II, del Título II.

Observaciones al artículo 13.

No hay observaciones.

Observaciones al artículo 14.

Tampoco hay observaciones.

A votación el Capítulo II.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

67 votos a favor, 4 presentes, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II, Título II.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:

TÍTULO III.
FUERZAS DE LA DEFENSA

CAPÍTULO I
NATURALEZA, CARACTERÍSTICAS Y FUNCIONES

Arto. 15 Naturaleza y características. El Poder Nacional se materializa en las Fuerzas y Medios del Ejército de Nicaragua, como el único cuerpo militar armado de carácter nacional, constitucional, permanente, profesional, indivisible, apolítico, apartidista, obediente, no deliberante y subordinado a la autoridad civil ejercida por el Presidente de la República, en su calidad de Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua, o a través del Ministerio correspondiente; con que cuenta el Estado independencia y la integridad territorial.

Arto. 16 Funciones del Ejército de Nicaragua. Sin perjuicio de las atribuciones establecidas por la Constitución Política en los Arto. 92 al 96, y la Ley 181, Código de Organización Jurisdicción y Previsión Social Militar y otras leyes vinculantes, son funciones del Ejército de Nicaragua para efectos de esta Ley, las siguientes:

Hasta aquí el Capítulo I.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el Capítulo I, Título III.

Observaciones al artículo 15.

Diputado Porfirio Castro, tiene la palabra.

DIPUTADO PORFIRIO CASTRO ARÁUZ.

Gracias, Presidente.

Quería hacerle un agregado al artículo 15 que hizo ver la diputada Myriam Argüello, el cual dirá lo siguiente:

Arto. 15. Naturaleza y características. El poder nacional se materializa en las fuerzas y medios del Ejército de Nicaragua, como el único cuerpo militar armado de carácter nacional, constitucional, permanente, profesional, indivisible, apolítico, apartidista, obediente a la Constitución y a las Leyes de la República, no deliberante y subordinado a la autoridad civil ejercida por el Presidente de la República, en su calidad de Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua, o a través del Ministerio correspondiente con que cuenta el Estado Nicaragüense para la defensa de la soberanía, de la independencia y la integridad territorial.

Hasta aquí la moción, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A votación la moción presentada.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

67 votos a favor, 4 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueba la moción presentada.

Observaciones al artículo 16.

No hay observaciones.

A votación el Capítulo I, del Título III, con todos su artículos.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra la votación.

64 votos a favor, 6 presentes, 1 en contra, 1 abstención. Se aprueba el Capítulo I, del Título III, con su moción ya aprobada.

SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:
CAPÍTULO II
MISIONES, COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA

Arto. 17 Misiones. El Ejército de Nicaragua es la institución armada para la definida de la soberanía, la independencia y de la integridad territorial.

Arto. 18 Fuerzas, medios y bienes para la Defensa Nacional.

Están compuestos por:

Arto. 19 Estructura del Ejército de Nicaragua. El Ejército de Nicaragua se estructura por los tipos de fuerzas específicas: terrestres, aérea y naval, y también lo componen órganos comunes a todas las fuerzas, de conformidad a lo regulado en el Artículo 22 de la Ley No. 181, Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar y de lo establecido en la Normativa Interna Militar.

Hasta aquí el Capítulo II, del Título III.


Managua,Nicaragua 2011.