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Año Legislativo:XXIX LEGISLATURA
Categoría:Sesión Ordinaria
Número de Cassette:64
20

CASETTE 64 AÑO 2013
SESIÓN 2 MIRNA CRUZ MARENCO

TERCER VICEPRESIDENTE WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
…/de que estas antenas puedan caerles encima porque pesan toneladas. Pero el otro aspecto también importante es el tema a las radiaciones y en esto hay una discusión, yo estuve investigando y según organismos internacionales que tener que ver con este tema de la salud, dicen que produce más radiación que este torre un honor microondas que tiene en la casa, entonces que no es tan cierto que estas radiaciones son letales y que la continuidad de esto puedo provocar muertes y deformaciones en las personas. Pero hay otra gente que está diciendo también que si provoca daños irreparables en la persona.

Entonces con esta ley se da una respuesta a esa discusión bizantina, porque se establece que tiene que estarse haciendo obligatoriamente mediciones permanentes del nivel de radiaciones de etas torres para ver si no exceden los parámetros internacionales, en general la ley está muy buena y los mas importante para mi es que se logro el acuerdo con las operadoras con los organismos defensores de los ciudadanos y con él ente regulador para lograr que esta ley tuviera las características con que hoy vamos a aprobarla.

Un aspecto que mencionaba creo que unos de los que me antecedieron la palabra, no quedo contemplado en la ley, pero a lo mejor se establece en el reglamento, pero además pudiera hacernos la aclaración la Presidenta de la Comisión de Infraestructura porque aquí vamos por tres empresas que tiene telecomunicaciones, cada una va haciendo su antena y como hay competencia a veces hay 3 antenas en el mismo lugar y se hablo y lo vimos en los medios de que se podían establecer 3 o 4 antenas en un solo armatoste para evitar que se construyan tantas antenas, al final yo he revisado la ley y no dice que se obligue o que establezca siquiera la posibilidad de que se pueda dar esta situación que tanto Movistar, como Claro, como Tigo y no sé cuantas más pudieran darse puedan construir una sola torre y en esas torres establecer cada uno su antena, que eso sería lo más eficiente, lo más correcto y lo más beneficioso para la población, entonces no se si hay propuestas de modificación en ese sentido, pero sería interesante que se diera una respuesta concreta sobre este tema, porque si lo dejamos en mano de los operadores del servicio telefónico ahí nunca se va a poner de acuerdo y tenemos que obligarlos aquí en la Asamblea Nacional, para que se problema de la multiplicación y proliferación de estas antenas que afean el medio ambiente, puedan multiplicarse sino las obligamos a que realicen, construyan las antenas en el mismo lugar.
Muchas gracias Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Una vez pasada la discusión en lo general. Pasamos entonces a la votación del dictamen en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
79 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 6 presentes. Se aprueba el dictamen en lo general.

Ahora pasamos a votar si discutimos por capítulos o por artículos, lo que estén por capítulos votan en verde los que estén por artículos votan en rojo.

Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
74 votos a favor que se discuta por capítulos, 0 por artículos, 0 abstención, 11 presentes. La discusión se da por capítulos.

TERCER SECRETARIO JORGE CASTILLO QUANT:
CAPÍTULO I
DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, ÓRGANO Y AUTORIDAD COMPETENTE

Art. 1 Objeto de la Ley
Art. 2 Ámbito de aplicación
Art. 3 Ente Regulador Art. 4 De las autoridades competentes
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 1.
Observaciones al artículo 1.
No hay.
Observaciones al artículo 2.
Tampoco hay.
Observaciones al artículo 3.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 4.
Tampoco hay observaciones.
A votación el capitulo 1, con todos sus artículos.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
79 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, presentes 6. Se aprueba el Capitulo I. con todos sus artículos.

PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
CAPÍTULO II
DEFINICIONES Y DERECHO DE OPERAR CONFORME LA PRESENTE LEY

Art. 5 Definiciones
Art. 6 Derechos de operar conforme la presente Ley
CAPÍTULO III
DE LA CREACIÓN Y FUNCIONES DE LA VENTANILLA ÚNICA

Art. 7 Creación de Ventanilla Única
Hasta aquí el capítulo II, hasta el artículo 6.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el capítulo II.
Observaciones al artículo 5.
No hay observaciones.
Observaciones al artículo 6.
Diputado Agustín Jarquín Anaya

DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:
Gracias Presidente.
Se propone mantener la coherencia con lo dispuesto con el artículo 2 y 12 sin imponer restricciones reconociendo en realidad actual con que funciona el sector de telecomunicaciones en que la empresa torrera construye, y arrienda los espacios, esta es una realidad que se está dando actualmente a uno o más operadores, facilitando el derechos de obtener el permiso directamente a los torreros que estarán regulados por esta ley, que además como ya se leyó en el artículo anterior deben de inscribirse en Telcor, equiparando, derechos y obligaciones dejando claro que el uso de los espectro radioeléctrico es exclusivo para el operador. Si lo torreros, Presidente y colega, están facultados para obtener directamente el permiso, se va a facilitar que puedan proveer el uso de una misma estructura para más de una empresa de telecomunicaciones moderando el crecimiento que es parte del propósito, indiscriminado de torres lo cual es un interés del estado sin imponerlo mediante ley dejándolo que se regule a través del mercado pues social y el sistema social de derecho que construimos aquí en Nicaragua, entre las partes mediante la oferta y la demanda.

La propuesta es una propuesta de redacción nueva del párrafo tercero en el artículo 6 que diría así Presidente:
“A su vez se le reconoce el derecho, instalar y ubicar e instalar estructuras de soporte de equipos de telecomunicaciones que hacen uso de espectro radioeléctrico al igual que los torreros que establezcan acuerdos con los operadores de telecomunicaciones autorizados por el instituto nicaragüenses de telecomunicaciones Telcor, siempre y cuando cumplan de previo con los requisitos establecidos en esta ley, su reglamento y normativas, se reconoce el derecho de la población a su seguridad y bienestar relacionados a las instalaciones de estas estructuras de soporte que hacen uso del espectro radioeléctrico.
Paso moción Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
La moción Presentada, modifica el segundo párrafo del artículo 6, hablando que silo torreros están facultados entonces se facilitara el que puedan obtener el uso de la infraestructura por una empresa determinada etc.
Entonces pasamos a votar la moción presentada que modifica el párrafo segundo del Capítulo VI.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
19 votos a favor de la moción, 5 presentes, 61 en contra, 0 abstención. Se rechaza la moción presentada.

Ahora pasamos a votar todo el Capítulo II, con sus dos artículos.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
73 votos a favor, 12 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II, con sus dos artículos que lo componen.

SEGUNDA SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
CAPÍTULO III
DE LA CREACIÓN Y FUNCIONES DE LA VENTANILLA ÚNICA

Art. 7 Creación de Ventanilla Única
Art. 8 Funciones de la Ventanilla Única Hasta aquí el capítulo III.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo III.
Observaciones al artículo 7.
No hay.
Observaciones al Capitulo 8.
Observaciones al artículo 8, perdón.
Tampoco hay.
Entonces a votación el Capitulo II, con todos sus artículos.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
74 votos a favor, 11 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo III, con los dos artículos que lo componen.

TERCER SECRETARIO JORGE CASTILLO QUANT:
CAPÍTULO IV
DEBERES DE LA VENTANILLA ÚNICA
Art. 9 Publicación de información
Art. 10 Acceso a información y confidencialidad
Art. 11 Costo de trámite administrativo
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el capítulo IV.
Observaciones al artículo 9.
No hay.
Observaciones al artículo 10.
Tampoco hay.
Observaciones al artículo 11.
No hay observaciones.
A votación el Capítulo IV con todos sus artículos.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
75 votos a favor, 10 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo IV, con los tres artículos que lo componen.

PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
CAPÍTULO V
DEL TRÁMITE PARA LA OBTENCIÓN DE PERMISOS

Art. 12 Procedimiento para solicitudes de permisos
Art. 13 Solicitud de permisos en Ventanilla Única
Art. 14 Requisitos para la obtención del permiso Art. 15 Vigencia del permiso
Art. 16 Criterios generales para la instalación de estructuras de soporte Hasta aquí el Capitulo V.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capitulo V.
Observaciones al artículo 12.
No hay.
Observaciones al artículo 13.
Diputada Corina Leiva González.

DIPUTADO RAÚL BARBERENA SUPLENTE DE LA DIPUTADA CORINA LEIVA GONZÁLEZ.:
Gracias, Presidente. Raúl Barberena Suplente de Corina.
Moción para ampliar la redacción del segundo párrafo, del artículo 13 el que se leerá así:
Toda solicitud para la tramitación del permiso de instalación de estructuras de soporte para equipos de telecomunicaciones, deberá ser gestionada por el operador de telecomunicaciones debidamente autorizado por el instituto nicaragüense de telecomunicaciones y correos o por el torrero acreditando el interés o solicitud que le hubiere hecho uno o más operadores.

Justificación.
Igual que el artículo sexto segundo párrafo para mantener la coherencia de la ley, incorporando a los torreros siempre que estén vinculados con un operador de telecomunicaciones presentó moción.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Francisco Valdivia.

DIPUTADO FRANCISCO VALDIVIA:
Gracias presidente.
Tenemos una moción a la Ley que regula la ubicación, construcción, instalación de estructuras soportes para equipos de telecomunicaciones que hacen uso del espectro radioeléctrico.

Mocionamos ampliar la redacción del segundo párrafo del artículo 13 el que se leerá así:
Artículo 13 párrafo segundo:
Toda solicitud para la tramitación del permiso de instalación de estructuras de soporte para equipos de telecomunicaciones, deberá ser gestionada por el operador de telecomunicaciones debidamente autorizado por el instituto nicaragüense de telecomunicaciones y correos o por el torrero acreditando el interés o solicitud que le hubiere hecho uno o más operadores.

Justificación.
Igual que el artículo sexto segundo párrafo para mantener….

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado ya fue leída la moción por el compañero anterior, por el compañero Baltodano.

DIPUTADO FRANCISCO VALDIVIA:
Bueno gracias Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Wilfredo Navarro.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO:
Si Presidente.
Es que estamos en el capítulo 5 verdad así es. Y en el capítulo 5 estoy encontrando en el articulo 14 requisitos para la obtención del permiso de la antena y yo en mi participación en lo general, estaba planteando la necesidad de lo que la ley llama la co-ubicación que es una forma de evitar que proliferen las antenas porque aquí tenemos ya cuatro, cinco concesionarios de servicio telefónico y cada una anda plantando antenas por todos lados y al paso que vamos con el desarrollo del país pues van haber siete u ocho empresas que presten este servicio, entonces cuando aquí en la Ley establecemos que la co-ubicación que es el termino que se usa cuando queremos clocar en una misma torre las diferentes antenas de las empresas se dice que es una cuestión libremente negociada entre las partes y no es de carácter obligatorio.

Entonces me parece a mí que estamos privilegiando a mí el carácter el objetivo particular de las empresas en lugar de privilegiar las necesidades de la mayoría de la población del país que no quiere más antena por sus ciudades y mucho menos por lo que afectan el aspecto ambiental y por tanto yo no sé pues si pudiera la comisión revisar esto o que arreglo llegaron con las empresas pero necesariamente es más fácil, colocar, las antenas y que no me vengan con el cuento que esto va a favorecer a los nuevos inversionistas que vengan porque por ahí un comentario sobre eso ahí en el plenario pero a mí lo que me interesa es el interés de la generalidad de la población, a mi no me interesa beneficiar a estos empresarios que van a proliferar a estos aquí, entonces mas antenas.

Yo quisiera que se viera ese tema porque aquí están dándole una patente de corso a esta gente porque le están diciendo que la co- ubicación que fuera una solución para reducir el número de antenas que van a existir en el país se lo estamos dejando como que es un derecho inalienable de las empresas como que si no están dañando el medio ambiente, como que si no están dañando al paisaje con ese montón de antenas que se están poniendo por todos lados y nunca se preocupan por reducir los costos del servicio que prestan y siempre mal servicio.

Así es que me parece a mí que debiera de verse en defensa de la población, porque aquí no estamos legislando para Movistar, ni para Claro, ni para Tigo, ni para todas esas empresas estamos legislando para proteger a la gente, entonces yo demando de que ese carácter que dice que no es obligatorio yo quisiera que por lo menos nos dejaran a nuestro usuarias y a la gente que tiene encima una de esas torres la posibilidad de que puedan ponerse varias antenas ahí y que se arreglen entre ello, pero que no se les deje la libertad porque nadie va a acceder a eso porque hubo un pleito en la comisión sobre este tema y ahí llegaron como una soberbia inaudita los funcionarios de movistar y de claro que no se podían poner juntos en beneficio de la comunidad Presidente.

Yo pienso y dejo sentada aquí mi protesta sobre ese tema porque con este artículo, lo que estamos haciendo es privilegiando a las empresas del servicio telefónico y condenando a los nicaragüenses a que se multiplique esos hongos terroríficos que vemos por todos lados y que debiéramos de implementar las medidas necesarias para proteger a la mayoría de la población nicaragüenses, yo dejo sentando ese planteamiento.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Está bien, alguien de la comisión sobre el caso.
Diputado Edwin Castro.

DIPUTADO EDWIN CASTRO:
Si, presidente, esto lo discutimos muchos y lo discutimos con las empresas y con lo torreros y con Telcor, el problema que aquí enfrentamos varios problemas.
1 La libre empresa aunque ahora mi amigo Wilfredo es menos libre empresa que yo.

Por otro lado capacidades técnicas, la co-habitación no puedo hacerla obligatoria tengo que hacerla disuasiva y persuasiva y orientadora ahora al final es Telcor el que va a ver porque se niega alguien que existe a no co-habitar con otro tendrá que ver razones y tendrá que valorarla Telcor, si ya avanzamos en decir que tiene que ir a buscar la cohabitación la empresa

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada Jenny Martínez.
DIPUTADA JENNY MARTÍNEZ:
Si, gracias.
Realmente cuando nosotros estuvimos discutiendo esto en la comisión, estábamos sumamente interesado en que incluso fue un planteamiento mismo de la comisión que quedara el termina de co-ubicación, que no es más que distintas empresas de telefonía pueden utilizar una misma estructura de soporte para ubicar sus antenas.

Entonces este proceso nosotros lo estuvimos siendo muy detalladamente y estuvimos tratando de armonizarlo también con lo establecido en nuestra Constitución en su artículo 104 que habla también sobre el tema de la libertad de las empresas.

Entonces si nosotros ponemos u obligamos a una empresa a que en una misma torre ubiquen dos o más antenas, entonces estaríamos contradiciendo eta disposición de la Constitución, por lo tanto, la comisión acordó en su mayoría poder determinar que si se establezca lo que es la co-ubicación, pero que sea un proceso negociado entre las partes para de esta forma no exista ningún rose constitucional.
Gracias Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Observaciones al artículo 15.
No hay.
Observaciones al artículo 15.
Tampoco hay.
Solamente hay entonces una moción al artículo 13.
Que pretende modificar el segundo párrafo de dicho artículo agregando que la tramitación de instalación de estructuras también pueden hacerlo los torreros acreditados.

Entonces vamos a votar esa moción presentada al artículo 13 que
Modifica su segundo párrafo.

Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
19 votos a favor, 60 en contra, 0 abstención, 6 presentes. Se rechaza la moción presentada.

Ahora pasamos a votar el capitulo V.
Con todos sus artículos.
Se abre la votación.
A ver por favor, dejen tocar todos los botones.
Ya.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
69 votos a favor, 0 en contra, 3 abstenciones, 13 presentes. Se aprueba el Capítulo V con todos sus artículos.

SEGUNDA SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES DE CARÁCTER AMBIENTAL
Art. 17 Disposiciones de carácter ambiental
Hasta aquí el Capítulo VI:

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo VI.
Observaciones al artículo 17.
No hay.
A votación el Capítulo VI, con su único articulo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
72, votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 13 presentes. Se aprueba Capítulo VI, con su único articulo.

TERCER SECRETARIO JORGE CASTILLO QUANT:
CAPÍTULO VII
DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Art. 18 Recursos administrativos Hasta aquí el capítulo VII.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo VII.
Observaciones al artículo 18.
No hay.
A votación el Capítulo VII, con su único articulo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
72, votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 13 presentes. Se aprueba Capítulo VII, con su único articulo.

PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
CAPÍTULO VIII
INSTALACIONES PROVISIONALES

Art. 19 Estado de Emergencia o situaciones de desastre
Art. 20 Instalaciones temporales Hasta aquí el Capítulo VIII.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo VIII:
Observación al artículo 19.
No hay.
Observación al artículo 20.
Tampoco hay.
A votación el Capítulo VIII.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
71 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 14 presentes. Se aprueba Capítulo VIII, con los dos artículos que lo componen.

SEGUNDA SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
CAPÍTULO IX
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 21 Infracciones y sanciones Hasta aquí el Capítulo IX.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el capítulo ICX.
Observación al artículo 21.
No hay.
A votación el Capitulo IX con su único articulo. EMPALMADO CON CASSETTE 65




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