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Año Legislativo:XXIX LEGISLATURA
Categoría:Sesión Ordinaria
Número de Cassette:18
16

CASSETTE Nº: 18 AÑO: 2013
SESIÓN Nº: 4 Mª del Rosario O.
CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO CUATRO DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA MARTES DOCE DE NOVIEMBRE DEL 2013, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. VIGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Buenos días, para todos y para todas. Vamos a iniciar sesión, pidiéndole a nuestra Primera Secretaria, que nos verifique el quórum.

PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
SANTIAGO ABURTO OVANDO
EVELIN PATRICIA ABURTO TORRES
ENRIQUE ALDANA BURGOS
DOUGLAS ALEMAN BENAVÍDEZ
BENITA DEL CARMEN ARBIZÚ MEDINA
GUILLERMO EDUARDO ARCE CASTAÑO
ALYERIS ARIAS SIEZAR
GLADYS DE LOS ÁNGELES BÁEZ
ROSA BARAHONA CASTRO
HUGO BARQUERO RODRÍGUEZ
LAURA ESTELA BERMÚDEZ ROBLETO
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANO MATUTE
JORGE CASTILLO QUANT
PERLA SOLEDAD CASTILLO QUINTERO
EDWIN CASTRO RIVERA
EDA CECILIA MEDINA
PEDRO JOAQUÍN CHAMORRO BARRIOS
BAYARDO ANTONIO CHÁVEZ MENDOZA
LUÍS CORONEL CUADRA
IRMA DE JESÚS DÁVILA LAZO
ALEJANDRO DELGADO MARQUEZ
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
MARITZA DEL SOCORRO ESPINALES
ÁNGELA ESPINOZA TORREZ
FÁTIMA DEL SOCORRO ESTRADA TORREZ
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
ELIDA GALEANO CORNEJO
MARTHA MARINA GONZÁLEZ
CORINA GONZÁLEZ GARCÍA
ALBA ESTELA GONZÁLEZ TORREZ
WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO
NANCY HENRÍQUEZ JAMES
ARMANDO HERRERA MARADIAGA
RAÚL HERRERA RIVERA
VENANCIA DEL CÁRMEN IBARRA SILVA
ODELL ÁNGEL INCER BARQUERO
FRANCISCO JAIME DUARTE
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
CARLOS EMILIO LÓPEZ HURTADO
JOHANNA LUNA LIRA
MARÍA AUXILIADORA MARTÍNEZ CORRALES
ADOLFO MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
BOHANERGES MATUZ LAZO
EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS
MAURICIO MONTEALEGRE ZEPEDA
GLORIA DEL ROSARIO MONTENEGRO
LICET MONTENEGRO BLANDÓN
IRIS MONTENEGRO BLANDÓN
MARÍA AGUSTINA MONTENEGRO LÓPEZ
JAIME MORALES CARAZO
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
JUAN RAMÓN OBREGÓN VALDIVIA
PABLO ORTEZ BERTRAN
ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ
ARGENTINA DEL SOCORRO PARAJÓN ALEJOS
JUSTO PEÑA AVILES
JOSEFINA ROA ROMERO
JOSÉ AUGUSTO RODRÍGUEZ TÓRREZ
INDALECIO RODRÍGUEZ ALANÍZ
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
DORA ELENA ROJAS
MARÍA JILMA ROSALES ESPINOZA
MARÍA SACASA SELVA
ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
MELBA DEL SOCORRO SÁNCHEZ SUÁREZ
PATRICIA MERCEDES SÁNCHEZ URBINA
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
JACINTO SUÁREZ ESPINOZA
PEDRO JOAQUÍN TREMINIO MENDOZA
ARTURO JOSÉ VALDEZ ROBLETO
MARIO VALLE DÁVILA
JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ
FELÍCITA ZELEDÓN RODRÍGUEZ
Muy buenos días, compañero Presidente. Estamos presentes 77 diputados y diputadas, por tanto hay quórum de ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Se abre la sesión.

PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVIDEZ:
Remitimos a los diputados al Orden del Día Nº.2, para la presentación del Punto 2.21. “LEY QUE ESTABLECE EL SUBSIDIO PARA EL COMBATE DE LA ROYA DEL CAFÉ”.
Managua, 13 de mayo de 2013
Licenciada
Alba Palacios Benavidez
Secretaria
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimada licenciada Palacios:

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, numeral 1) de la Constitución Política de Nicaragua, y artículos 91 y 92 de la Ley Nº.606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y sus Reformas, cuyo texto íntegro fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº.16 del 28 de enero de 2013, nos dirigimos a usted para presentar la iniciativa de ley denominada “Ley que establece el subsidio para el combate de la roya del café”.

Adjuntamos a la presente la iniciativa de Ley en formato electrónico y las copias de ley.

Sin más a que hacer referencia, nos suscribimos de usted.
Atentamente.

Diputado Luis Calleja, José Armando Herrara, Hugo Barquero, José Augusto Rodríguez, Boanerges Matus, Francisco Valdivia, Pedro Joaquín Chamorro, Adolfo Martínez Cole, María Eugenia Sequeira, Alberto Lacayo, Indalecio Rodríguez, Javier Vallejo.
Managua, 13 de mayo de 2013
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Ingeniero Núñez:

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, numeral 1) de la Constitución Política de Nicaragua, y artículos 91 y 92 de la Ley Nº.606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y sus Reformas, cuyo texto íntegro fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº.16 del 28 de enero de 2013, nos dirigimos a usted para presentar la iniciativa de ley denominada “Ley que establece el subsidio para el combate de la roya del café”.

Por lo anterior, le solicitamos se le dé a esta iniciativa el trámite de formación de la ley establecido en la Constitución Política y Ley Nº.606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Adjuntamos a la presente iniciativa de Ley la correspondiente exposición de motivos y fundamentación.

Sin más a que referirme, le saludamos.

Atentamente,
Firman los diputados.
Exposición de motivos
La roya del cafeto es la enfermedad más virulenta que ataca a las hojas de la planta del cafeto. El agente causante es el hongo cuyo nombre científico es Hemileia vastatrix, Ber Kg, Br, que es un parásito obligado por que solo crece y se reproduce en el tejido vivo de las hojas que son hospederas del hongo.

La Roya es una de las enfermedades fungosas que más pérdidas económicas produce en el café, además del daño en la hoja, predispone a la planta haciéndola más susceptible a otras afectaciones.

La Roya es una enfermedad que cumple muchos ciclos de reproducción en el año, provocando una caída de las hojas, afectando el desarrollo y la maduración del fruto. El hongo es favorecido en temperaturas entre 22° y 30° centígrados, humedad relativa y lluvia. Se propaga rápidamente por esporas ya sea por el aire como por contacto y tiene un ciclo que se repite cada 21 días una vez que hay contaminación.

Existen otros factores que incrementan la presencia de la enfermedad en las plantas, entre ellos se incluyen: i) el viento moviliza el inóculo, ii) la edad de la plantación, iii) el manejo de la sombra, iv) la nutrición de la planta, v) carga fructífera, vi) variabilidad climática, vii) la variedad entre otras. Aunado a la Roya en sí, la pérdida de área foliar de la planta la predispone a otras afectaciones como nemátodos y otras enfermedades. La unión de todos los factores conlleva a la muerte de la planta y la consecuente disminución de la población lo cual reduce los rendimientos por área. El estado de la planta bajo el daño por Roya y las condiciones climáticas de los últimos días, ha ocasionado aumento de la incidencia de la Antracnosis, enfermedad que ataca los frutos reduciendo la calidad de los mismos.

En teoría la roya solamente puede afectar los cafetales que estén en alturas menores de 700 metros sobre el nivel de mar, pero las esporas del hongo están germinando en áreas que están a 1,200 metros sobre el nivel del mar, lo que se atribuye al cambio climático, a lo que se debe agregar que las cepas del hongo son ahora más resistentes al tratamiento químico.

En 2012, Nicaragua se vio afectada por la plaga de la roya que se inició en el departamento de Nueva Segovia, donde la plaga afectó más del 45% del área sembrada lo que produjo una disminución de más de cuarenta mil quintales de café en esa zona de Las Segovias.

Según estimaciones del MAGFOR, en Nicaragua hay 43 mil productores de café, de los cuales el 93% son pequeños productores (de 1 a 5 manzanas) ubicados principalmente en los departamentos de Jinotega, Matagalpa y Las Segovias. Hay establecidas unas 180 mil manzanas de café, de las cuales 172.5 miles fueron cosechadas en el ciclo 2012-2013.

El rendimiento promedio es de menos de 12 quintales por manzana, el más bajo de la región centroamericana, que incluso se verá afectado por el reciente brote de Roya y Antracnosis.

En los últimos años, cada vez más, el café de Nicaragua ha venido destacando por su calidad, lo que permite un precio superior ante una demanda creciente de café de calidad.

De igual manera, aunque todavía de manera incipiente, se está avanzando en las diferentes certificaciones que atañen al rubro a nivel internacional, esfuerzos en los que han venido siendo partícipes pequeños productores de café de altura.

De acuerdo al grado de incidencia de la roya, se estima que la producción 2012/2013 de la zona norte se vio afectada aproximadamente entre 20 y 30%. El aumento de la Antracnosis traerá como consecuencia afectación a la calidad de los frutos y su efecto sobre la calidad de taza. Sin embargo, el efecto mayor se verá en la cosecha 2013/2014, por la reducida capacidad de la planta para sostener la floración y formación de los frutos, también por las pérdidas de población de plantas por área.

Esta disminución podría llegar a superar hasta el 30% de la cosecha. Los problemas del sector cafetalero son aún más graves ante la disminución de los precios internacionales del café, ya que se estima que el precio promedio para 2013 sea alrededor de US$ 160 por quintal, comparado con los US$ 200 que en promedio se cotizó en 2012.

Esta situación de los precios afectará considerablemente los ingresos de los caficultores, el empleo en las zonas cafetaleras y los ingresos por exportaciones de café. El impacto social será aún mayor, ya que los más afectados son los pequeños productores, muchos de los cuales no tienen otra fuente de ingresos, por lo que se estima que las exportaciones de Nicaragua se verán reducidas entre el 20% y 30%, por lo cual urge adoptar medidas urgentes que permitan a los productores combatir esta plaga del café.
En el corto plazo se tienen que tomar medidas para tratar las plantaciones afectadas por roya y minimizar su propagación, a la vez de promover alternativas para los pequeños productores a fin de garantizar su seguridad alimentaria, por lo cual proponemos la iniciativa de ley denominada “Ley que establece el subsidio para el combate de la roya del café”. Hasta aquí la Exposición de motivos.
Fundamentación
El artículo 60 de la Constitución Política dispone que los nicaragüenses tienen derecho de habitar en un ambiente saludable. Es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales.

Por su parte, el artículo 63 de nuestra Carta Fundamental establece que los nicaragüenses tienen derecho a estar protegidos contra el hambre.

En materia de derechos sociales la misma Constitución determina en el artículo 80 que el trabajo es un derecho y una responsabilidad social y constituye el medio fundamental para satisfacer las necesidades de la sociedad, las personas y es fuente de riqueza y prosperidad de la nación, por lo que es obligación del Estado procurar la ocupación plena y productiva de todos los nicaragüenses.

En materia económica, la función fundamental del Estado es el desarrollo material del país, por lo que le atañe la responsabilidad de promover el desarrollo integral del país y como gestor del bien común, debe garantizar intereses y necesidades particulares, sociales, sectoriales y regionales de la nación, tal como lo determinan los artículos 98 y 99 de la Constitución.

El café es un cultivo prioritario en Nicaragua por su importancia económica, social y ambiental. En términos de ingreso de divisas por exportaciones sigue siendo el principal motor de nuestras exportaciones, registrando al 31 de Diciembre de 2012 más de dos millones cien mil quintales exportados por un valor superior a los US$ 500 millones.

En su dimensión social, el café demanda gran cantidad de empleo no solo para el establecimiento y mantenimiento de las plantaciones, sino también para el corte y recolección, transporte, procesamiento y comercialización, estimándose una generación de más de 332,000 empleos anuales entre directos e indirectos, equivalentes a aproximadamente el 15% de la generación de empleo en el país y el 54% del empleo en el sector agropecuario. La actividad cafetalera es fuente clave de dinamización socio económica en los lugares donde se cultiva.

Por esta razón, el Estado de Nicaragua está en la obligación de adoptar medidas que contribuyan a mantener e incrementar las fuentes de empleo en esta rama tan importante de la economía nacional, a fin de enfrentar de manera efectiva la plaga de la roya, mediante el establecimiento de un subsidio para que los productores afectados por la plaga, que vieron disminuidos sus ingresos por la disminución de la producción y por ende no cuentan con los recursos suficientes para desarrollar las labores agrícolas de prevención y combate de la roya.
La aprobación de esta ley no implica un sacrificio de tipo fiscal para el Estado de Nicaragua ni la disminución de recursos orientados al gasto social, al contrario, tiene un efecto multiplicador sobre la economía, por cuanto generará un impulso en la actividad económica en la zona norte del país con el incremento de la venta de insumos y equipos y la consecuente generación de empleos, lo que motiva la demanda que activa la economía.

Hasta aquí la Exposición de motivos y la fundamentación.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese el siguiente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Continuando siempre en el Orden del Día Nº.2, con el Punto 2.32, DECRETO DE APROBACIÓN DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DE LA SEÑORA JUANA FRANCISCA CHAVARRIA CORREA

SEGUNDA SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
Managua, 12 de agosto de 2013.
Diputada
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimada diputada Palacios:

El suscrito diputado de la Asamblea Nacional, con fundamento en el artículo 77 y 140 de la Constitución Política y el inciso 2 del artículo 11, 30 inciso 2,91 y 92 de la Ley 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, y Conforme la Ley Nº.756 Ley Reguladora de la Facultad constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el Numeral 19 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta Diario Oficial Nº.57 del 24 de marzo del año 2002, la Señora JUANA FRANCISCA CHAVARRIA CORREA, cumple los requisitos contenidos en dicha ley, por cuanto ha prestado servicios a la Patria y la Humanidad en la rama Social, que han significado aporte a nivel nacional y cuyos méritos la hacen merecedora de este reconocimiento excepcional póstumo de la Asamblea Nacional, mediante el otorgamiento de una Pensión de Gracia. Siendo que la Ley expresa que la Pensión de Gracia se han otorgada a los que hayan contribuido con el aporte a la cultura, deporte, a la ciencia, a la técnica, a la producción, al desarrollo económico y social los servicios a la Patria y la Humanidad.

Adjunto a la presente la exposición de motivos, fundamentación y Proyecto de Decreto en original y dos copias.

Con la muestra de mi consideración, me suscribo de usted.
Atentamente,

JUSTO ARMANDO PEÑA AVILES
Diputado
Asamblea Nacional
EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 12 de agosto de 2013
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Presidente:

El suscrito diputado ante la asamblea Nacional, con fundamento en el artículo 77 y 140 de la Constitución Política y el inciso 2 del artículo 11, 30 inciso 2, 91 y 92 de la Ley 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, y Conforme la Ley Nº.756 Ley Reguladora de la Facultad constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el Numeral 19 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, presenta la solicitud de otorgamiento de PENSIÓN DE GRACIA a la Señora JUANA FRANCISCA CHAVARRIA CORREA.

La Ley de Pensiones de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria, en su artículo 1, prevé Pensiones de Gracia a las personas en estado de necesidad o desamparo, situación en la que la Señora JUANA FRANCISCA CHAVARRIA CORREA, se encuentra y por su estado de salud, se hace acreedora de Pensión de Gracia.
FUNDAMENTACIÓN:
Conforme la Ley Nº.756 Ley Reguladora de la Facultad constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el Numeral 19 del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta Diario Oficial Nº.57 del 24 de marzo del año 2002, la Señora JUANA FRANCISCA CHAVARRIA CORREA, cumple los requisitos contenidos en dicha ley, por cuanto ha prestado servicios a la Patria y la Humanidad. En la rama Social, que han significado aporte a nivel nacional y cuyos meritos la hacen merecedora de este reconocimiento excepcional póstumo de la Asamblea Nacional, mediante el otorgamiento de una Pensión de Gracia. Siendo que la Ley expresa que la Pensión de Gracia se han otorgada a los que hayan contribuido con el aporte a la cultura, deporte, a la ciencia, a la técnica, a la producción, al desarrollo económico y social los servicios a la Patria y la Humanidad.

La señora Juana Francisca Chavarría Correa, mayor de edad, soltera por viudez, titular de la cedula de identidad ciudadana número 566-171033-0000R. Ejerció desde pequeña la profesión de Partera comunitaria como ayudante desde los 14 años de edad, es hija de Manuel Benito Chavarría y Aurora Correa, de esta última heredo los conocimientos básicos de partera, al igual que de la abuela, de nombre Vicenta Osorno. A ambas ayuda en las labores de atención de los partos, en los tiempos en que era difícil llegar al hospital desde la comunidad indígena de Panzuaca y luego desde Nancimí, municipio de Tola, en el Departamento de Rivas.

“La Chavarría” como se le conoce cariñosamente, estuvo casada durante 58 años, con Juan Francisco Rodríguez Castillo, originario de la comunidad de Nancimí y de oficio agricultor, quien después de una prolongada enfermedad falleciera el día 20 de mayo del año 2011.-

Las personas de mayor edad de la Comunidad indígena cuentan que hace uno 50 años la casa de esta señora era una verdadera clínica de partos, pues se juntaban en ella de 8 a 10 mujeres por día buscando como parir a sus hijos. Entre los partos que atendió se cuentan gemelos y partos con mucho riesgo por las complicaciones por los niños que venían sentados o de pies, no teniéndose registro de la cantidad pero se cuentan más de 1,300 pobladores de la comunidad que fueron ayudados a nacer por esta extraordinaria mujer. Con mucho esfuerzo con el trabajo de Partera y Naturista ayudo a muchos en la salud de la comunidad.

Esta pensión de gracia será con cargo al Fondo de Reserva creado por la Ley Nº.175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada en fecha 15 de abril del año 1994 por la honorable Asamblea Nacional y publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº.111 del 15 de junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida presupuestaria.

Considerando que la Señora Juana Francisca Chavarría Correa, cuenta con 80 años de edad, encontrándose por problemas de salud, e incapacitada para ejercer actividad laboral alguna, y no cuenta con los medios económicos necesarios para su subsistencia, se encuentra en estado de necesidad, desamparo y por su estado de salud, se hace acreedora de la Pensión de Gracia.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,

JUSTO ARMANDO PEÑA AVILES
Diputado
Asamblea Nacional

Hasta aquí la iniciativa.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese el siguiente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

TERCER SECRETARIO JORGE ALBERTO CASTILLO QUANT:
En el Orden del Día Nº.2, con el Punto 2.36, DECRETO DE PENSIÓN DE GRACIA A FAVOR DEL SEÑOR ROGERS JOSÉ BLEN.

Se adjunta el documento de 4 páginas.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese el siguiente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

PRIMERA SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Continuando siempre en el mismo Orden del Día Nº.2, para la presentación del Punto 2.37, “Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Luis Evelio Areas Mendoza”,

Managua, 08 de octubre 2013
Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVÍDES
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimada Licenciada Palacios:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 11 inciso 2, 91 y 92 de la Ley Nº.606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo” y sus Reformas, presento ante esta Secretaría la Iniciativa de Decreto denominada: “Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Luis Evelio Areas Mendoza”, para que sea tramitada conforme Ley.

Acompaño a la presente, la Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto del Articulado de la Iniciativa, todo en original y 3 copias, así como el respectivo soporte electrónico, para su inclusión en agenda por la Junta Directiva y su presentación ante el Plenario.

Siempre más allá,

DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
DIPUTADO
Managua, 08 de octubre 2013
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero Núñez:
En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 11 inciso 2, 91 y 92 de la Ley Nº.606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo” y sus Reformas, presento ante esta Secretaría la Iniciativa de Decreto denominada: “Decreto de Pensión de Gracia a favor del Señor Luis Evelio Areas Mendoza”, para que sea tramitada conforme Ley.

La presente solicitud de Pensión de Gracia a favor del Señor Luis Evelio Areas Mendoza, con cédula de identidad Nº.001-140629-0011R, obedece a que ha cumplido 60 años como un reconocido narrador y cronista deportivo dentro y fuera del país, siendo un símbolo de la radiodifusión nacional. Su nombre representa toda una historia en la narración deportiva. Ha sido maestro de generaciones en el difícil arte del manejo del micrófono, y como persona es un símbolo de honradez, decencia, sacrificio, superación, moralidad, un esposo ejemplar y un padre intachable.

Luis Evelio Areas Mendoza (toda una institución en la narración deportiva), nació el 14 de Junio de 1929, sus padres, Humberto Areas Rojas y Cándida Rosa Mendoza de Areas.

Luis Evelio Areas Mendoza, ha completado 84 años de edad, de los cuales 60 años ha laborado detrás de los micrófonos describiendo la actividad deportiva nacional, destacando principalmente las narraciones en el béisbol y el boxeo, sus pasiones; pero además narró en otros deportes como: Softbol, ciclismo, carreras de autos y motociclismo, también ha hecho historia como Promotor de Boxeo Profesional.

Evelio Areas, como se le conoce en todo el mundo, destacó entre los grandes narradores deportivos con Sucre Frech, Fat García, René “El chelito” Cárdenas, José Castillo Osejo, Rafael “El dinámico” Rubí y de tantos otros que fueron precursores de Armando Provedor y Julio “El Porteño” Jarquín, todos ellos miembros de la realeza de las transmisiones radiales del béisbol en Nicaragua. Fue fundador de la Asociación de Cronistas Deportivos de Nicaragua, de la que por muchos años fue miembro de su Junta Directiva.

A Evelio, lo describe Edgar Tijerino, como el “Locutor de la agitación permanente, capaz de encabritarse en cada jugada y masticar el micrófono atrapado por la pasión, con sus pilas cargadas como lo demostraba con el largo grito de Ray O Vac, tan popular entre las legiones de aficionados al Deporte”.

Su primera gran experiencia en la crónica deportiva fue a la par del famoso Eloy “Buck” Canel, actuando como anotador en la X Serie Mundial de Béisbol Aficionado en 1948 en nuestro país, entonces laboraba para la Radio Panamericana, antes había dado sus primeros pasos en la Voz de la Victoria.

En 1949, estuvo en el juego de 26 innings que protagonizaron las Escuelas Internacionales y Navarro Cubs, el partido de más innings jugados en la historia de nuestro país.

La primera transmisión de un evento internacional la hizo en la XI Serie Mundial de Béisbol Amateur en Managua en el año 1950 con Radio Panamericana, pasando al año siguiente a la Voz de la América Central.
Internacionalmente se destaca narrando la XIII Serie Mundial de Béisbol desde Venezuela en 1953 para Tropical Radio, otro torneo de Béisbol en México en 1954 y los Juegos Panamericanos de Chicago en 1959.

Pero el eco de su voz se hizo sentir y vibrar en la Liga Profesional de Béisbol de Nicaragua entre 1956 y 1967 narrando para Radio Reloj, Radio Mundial y Radio 590, así como en las series del Caribe de Béisbol Profesional efectuadas en Panamá, Cuba y Puerto Rico.

De 1967 a 1979 transmitió todos los Campeonatos de Béisbol celebrados en Nicaragua y los Partidos de nuestra Selección Nacional desde Estados Unidos, Canadá, Italia, Alemania y España.

También describió para toda Nicaragua la mayoría de las peleas de boxeo Profesional celebradas en nuestro país y retransmitió desde el extranjero las peleas de Alexis Argüello, Eduardo “Ratón” Mojica, Eddy Gazo, Yambito Blanco, Toro Coronado, entre otros destacados boxeadores nicaragüenses.

En 1982 inició su carrera en el béisbol de Grandes Ligas en KOFY Radio, “La Voz Oficial en Español de los Gigantes de San Francisco”, pasando luego desde 1983 a 1991 a las estaciones KANTA y La Grande 1010, narrando para los Atléticos de Oakland.

A finales de 1991 regresó a su tierra de Lagos y Volcanes para continuar su exitosa carrera como Locutor Deportivo en Radio Nicaragua, Radio Ya, Radio 580 y Radio 800, dejando una huella imborrable de seriedad y capacidad en las transmisiones deportivas.

En 60 años nadie lo vio fumar un cigarrillo, tomarse un trago de ron o cerveza, demostrando en todo momento su compromiso con el deporte, la salud y la juventud nicaragüense. Siendo un ejemplo vivo de honestidad deportiva. Como promotor de boxeo vio crecer y desarrollarse a los más grandes de nuestro pugilismo en los años 1960 y 1970. Una prueba de ello fue la organización de la pelea entre el “Ratón” Mojica y el Campeón Mundial Tailandés Chartchai Chonoi, el 8 de junio de 1968, todavía el evento deportivo más impresionante vivido en Nicaragua. Llevó al Ratón Mojica a las puertas de una pelea por título mundial con el Campeón de la época Horacio Accavallo.

Además contrato a Rubén Olivares para enfrentarlo frente al “Yambito Blanco”. Narró muchas peleas de título mundial especialmente las de Alexis Argüello en San Juan, Puerto Rico; Las Vegas y Nueva York, lo que lo ha convertido en un ícono o símbolo de la narración deportiva en Nicaragua.

Evelio, ha recibido innumerables reconocimientos como: persona, narrador deportivo y Promotor de Boxeo, le fue otorgado el ser el “Promotor del Año” por la Comisión Nicaragüense de Boxeo Profesional en 1975 y 1979, así como importantes distinciones de (FERCABOX), Federación Centroamericana y del Caribe de Boxeo Profesional en San Juan, Puerto Rico, y del Consejo Mundial de Boxeo (CMB), en 1978. La Asociación de Promotores Deportivos de Nicaragua (ACDN), también lo distinguió como uno de los tres mejores cronistas deportivos del Siglo XX, entre otros muchos reconocimientos, diplomas y homenajes, por su actuar deportivo y de caballero a carta cabal.

Por estos méritos, Luis Evelio Areas Mendoza fue incluido como “Personalidad” en el Salón de la Fama del Deporte Nicaragüense el día 25 de febrero de 1999. En resumen Evelio Areas Mendoza, es uno de los inmortales de la narración deportiva en el país y una clara demostración del tesón, esfuerzo y trabajo en apoyo al deporte de nuestro país.
FUNDAMENTACIÓN
En base a lo dispuesto en los artículos 138 numerales 1 y 19 y 140 numeral 1, de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y los Arts. 11, numeral 2, 30 numeral 22, 90 numeral 11, 91 y 92, de la Ley Nº.606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y sus Reformas, el señor Luis Evelio Areas Mendoza, es merecedor de una Pensión de Gracia, por su destacada carrera a nivel nacional e internacional como narrador deportivo, por su esfuerzo en promover el boxeo en todos los niveles, en general por su disciplina y abnegada labor en la promoción y desarrollo del deporte en Nicaragua, específicamente en el campo del beisbol, boxeo, ciclismo, automovilístico, etc. y por su conducta intachable y honrada a lo largo de toda su vida, que es ejemplo para la juventud nicaragüense.

Ahora Evelio Areas a sus 84 años, su salud se ha visto quebrantada con dos trombosis y operaciones del corazón, próstata, cataratas, sufriendo además varias recaídas y no cuenta con el apoyo del INSS, por el carácter de su profesión.

Hoy requiere apoyo económico para contribuir al gasto de sus medicamentos. Es por ello que solicitamos se le otorgue una pensión de gracia en reconocimiento a sus méritos como persona y como destacado nicaragüense, así como una forma de ayudarle económicamente en su vejez.

La presente Iniciativa cumple con los requisitos para la concesión de Pensión de Gracia a favor del designado para este Beneficio, por tanto reúne las siguientes condiciones:
Por ello solicito a los Honorables Diputados y Diputadas, el respaldo a esta Iniciativa para que se le conceda la Pensión de Gracia al Señor Evelio Areas Mendoza, dándole el trámite correspondiente.

HASTA AQUÍ LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y FUNDAMENTACIÓN.
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
DIPUTADO

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese el siguiente proyecto de ley a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

EMPALMADO CON CASETTE 19




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