Debates
Ver Iniciativa Asociada.
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
12 de Junio del 2007
Fechas Posteriores Debate:
Fecha Aprobación:
18 de Junio del 2009
13-06-2007
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LEY DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
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Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 12 DE JUNIO DEL 2007. (VIGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA).
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
En el mismo Adendum, Punto 3.24: Dictamen del Proyecto de “
LEY DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
”. Le pedimos al Presidente o Vicepresidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, que proceda a leer el dictamen del Punto 3.24, diputado Wálmaro Gutiérrez.
DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Managua, 05 de Octubre, 2006.
DICTAMEN
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente en Funciones
Asamblea Nacional
Su Despacho.
La Comisión Especial de Seguimiento a la Estrategia de Reducción de la Pobreza, en base al mandato de la Junta Directiva 006-2005, procede a dictaminar El Proyecto de Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional bajo los siguientes criterios que a continuación expone:
I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
En el ordenamiento jurídico constitucional del país, el derecho de Seguridad Alimentaria y Nutricional está establecido como un derecho fundamental de los nicaragüenses –Arto. 63Cn-.
En la actualidad no existe una ley ordinaria específica que desarrolle dicho precepto constitucional, pues existen disposiciones estatutarias como acuerdos y tratados internacionales suscritos por Nicaragua, así como legislación ordinaria con algunas regulaciones dispersas y sin armonía jurídica sobre seguridad alimentaria y nutricional.
Los acuerdos internacionales suscritos por Nicaragua en materia de Seguridad Alimentaria Nicaragua, son los siguientes:
1. Declaración de los Derechos Humanos 1948, Arto. 25.
2. Pacto Internacional de Derechos Económicos.
3. Sociales y Culturales 1966 Arto. 11.
4. Cumbre Mundial de la Alimentación (1996, 2002).
5. Regionales (Plan Puebla Panamá 2001) relacionadas con la Seguridad Alimentaria.
Nicaragua al ser parte de estos tratados y acuerdos reconoce la obligación de respetar, proteger e integrar en nuestra legislación interna los derechos en ellos reconocidos, incluido el derecho a una alimentación adecuada.
También la Cumbre del Milenio tiene entre sus objetivos; “
Erradicar la extrema pobreza y el hambre”, cuyas metas
son: 1) Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporción de personas cuyo ingreso es menor a un dólar diario.
2) Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporción de personas que padecen hambre.
La legislación ordinaria del país relacionada con Seguridad Alimentaria y Nutricional, son las siguientes:
1. Ley No. 295, Ley de Promoción, Protección y Mantenimiento de la Lactancia Materna y Regulación de la Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna. Publicada en La Gaceta No. 122 del 28 de Junio de 1999.
Establece las medidas necesarias para proteger, promover y mantener la lactancia natural que ayude al mejoramiento del estado
nutricional
de los lactantes, asegurando el uso adecuado de los sucedáneos de la leche materna, sobre la base de una información apropiada y las modalidades del comercio y distribución, además incluye la regulación de la comercialización de los biberones y disponibilidad de los productos relacionados y a la información sobre su utilización. –Arto. 2-.
Creó la Comisión Nacional de Lactancia Materna como entidad administrativa adscrita al Ministerio de Salud
, conformada por nueve miembros, cuatro de ellos ministerios y tres institutos del Estado, dos de órganos no gubernamentales. La comisión tiene como objetivo servir de órganos de consulta, apoyo, coordinación interinstitucional, foro de discusión multidisciplinario para la promoción y mantenimiento de la lactancia materna. Es la encargada de planificar, regular, controlar la promoción, protección y mantenimiento de la lactancia materna; así como normar y cautelar el apropiado uso y consumo de los sucedáneos de la leche materna y de los alimentos complementarios –Arto. 4 y 7-.
2. Ley No. 423, Ley General de Salud
, Publicado en La Gaceta No. 91 del 17 de Mayo del 2002.
Es competencia y atribución del Ministerio de Salud;
Implementar la política de seguridad alimentaria nutricional de la población
y las medidas necesarias para complementar la dieta con micro nutriente, cuando sea procedente, de acuerdo con las normas nacionales e internacionales - numeral 26 Arto. 7-.
El Ministerio de Salud dictará las medidas y realizará las actividades que sean necesarias para promover una buena alimentación, así mismo ejecutará acciones para prevenir la desnutrición y las deficiencias específicas de micro nutrientes de la población en general, especialmente de la niñez, de las mujeres embarazadas y del adulto mayor -Arto. 17-.
Se creó el Consejo Nacional de Salud y sus delegaciones en el nivel local como órgano encargado de asesoría y consulta, adscrito al despacho del Ministro de Salud, con carácter permanente y constituido por representantes del sector público y privado con representación e interacción multisectorial y pluralista de la sociedad civil y con la finalidad de contribuir en la definición de las actividades estratégicas que realice el Ministerio de Salud –Arto. 10 -.
3. Decreto Presidencial No. 40-2000,
Creador de la Comisión Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional
, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 92 del 17-05-2000.
Este fue reformado por Decreto Presidencial No. 65-2000.
Reforma al Decreto Creador de la Comisión Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional
. Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 169 del 06 de septiembre del 2000. Reforma los Artos. 1, 3, 4 y 6 Inc. 2, 4, y 6.
4. Norma Técnica de Azúcar Fortificada con Vitamina “A”, Gaceta No. 134 del 16-07-2001.
5. Norma Técnica Obligatoria Nicaragua Norma Sanitaria para la Sal Fortificada con Yodo. Gaceta No. 134 del 16-07-.
6. Norma Técnica de Harina de Trigo fortificada con hierro y otros micros nutrientes.
7. Acuerdo Inter-Ministerial para la fortificación del azúcar con vitamina A.
8. Norma Técnica de Requisitos Básicos para la Inocuidad de Productos y Sub Productos de Origen Vegetal. Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 161 del 27-08-2002.
9. Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional de octubre de 2001.
10. Plan de Acción de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional de noviembre de 2001.
La competencia del Estado en la Seguridad Alimentaria y Nutricional, esta distribuida en los diferentes ministerios desde dos perspectivas; la sanidad en materia Alimentaria, higiene, salud y la seguridad alimentaria en el apoyo a la productividad de los alimentos, mediante el desarrollo a los sectores agropecuarios, no agropecuarios, promoción al crédito para estos sectores, así como la distribución de las tierras, todo ello establecidos en la Ley No. 290 y otras disposiciones, tal como se puede observar a continuación.
1
. Ministerio de Fomento, Industria y Comercio
–MIFIC- tiene las funciones entre otras –Arto. 22-:
e)
Impulsar la productividad
, eficiencia y competitividad de cadenas y enjambres intersectoriales, la industria y otros sectores no agropecuarios, apoyándose en el desarrollo, transferencia de la tecnología y la capacitación gerencial con énfasis en la pequeña y mediana empresa.
2. Ministerio Agropecuario y Forestal –Magfor- tiene las funciones entre otras –Arto. 24-:
f) Formular políticas, planes y estrategias de desarrollo agropecuario y forestal.
g) Identificar y priorizar la demanda de crédito y asistencia tecnológica de las actividades agropecuarias y forestales.
h) Formular y proponer la política de distribución, propiedad y uso de las tierras rurales del Estado.
i) Formular y dirigir los planes de sanidad animal y vegetal.
El Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria –INTA- ente descentralizado del MAGFOR. Su función principal es la promoción de la producción agropecuaria.
3. Ministerio de Salud tiene las funciones entre otras –Arto.26-:
Formular normas, supervisar y controlar la ejecución de las disposiciones sanitarias en materia alimentaria, de higiene y salud ambiental.
Controlar la sanidad de la producción de alimentos y su comercialización, incluyendo el control sanitario de aguas gaseosas y agua para el consumo humano.
Todas estas regulaciones reflejan la necesidad de esta Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, ante una desregulación específica sobre la materia y las normativas dispersas, sectorizadas, sin articulación de funciones específicas a una entidad del Estado que garantice el derecho social de los nicaragüenses de estar protegidos contra el hambre.
II. IMPORTANCIA Y NECESIDAD DE LA LEY.
La importancia de la ley estriba en que las acciones que se han desarrollado en materia alimentaria nutricional han sido de manera dispersas por la falta de implementación de Políticas y Planes que tengan respaldo estatal y no sólo de Gobiernos.
En la década de los años 80, con el Gobierno de turno tenía políticas alimentarias y nutricional que tenía distintos niveles: atención a la producción de granos básicos, reservas alimentaria (Enabas), abastecimiento y precios favorables de los alimentos para la población en general y apoyo a la industria alimentaria.
Existe una política oficializada por el Gobierno de turno en el 2001, pero que no tiene carácter de política de Estado, a pesar que el Estado es suscriptor de acuerdos internacionales sobre esta materia. Han sido, la sociedad civil, los organismos no gubernamentales y de la Cooperación Internacional los de mayor preocupación en insistir en contar con un marco legal más firme sobre Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Después de los años 80, solamente existe un intento de armonizar los esfuerzos sobre la materia durante el Gobierno del Presidente Arnoldo Alemán, con la oficialización de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y posteriormente el Plan de Acción de la Política. A la vez se intentó estatuir a través de decretos la conformación de la Comisión Nacional de Seguridad Alimentaría y Nutricional pero lo hizo a través del Decreto Presidencial y cuando se hace por Decreto Presidencial es una política de Gobierno pero no de Estado y la Soberanía y Seguridad Alimentaria debe ser una Política de Estado, es por eso que cobra vital importancia esta iniciativa que hasta la fecha se ha hecho vía Decreto Presidencial, que ahora venga por vía de ley de forma tal que la Seguridad Alimentaria y Nutricional ya no esté a los vaivenes de los gobiernos de turno por ejemplo, el ingeniero Enrique Bolaños como Vicepresidente oficializó la política pero al llegar al Gobierno le dio la espalda al no implementarla. Por lo que ahora vamos a contar con una Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional que es prácticamente las líneas generales que sobre este tema debe cumplir o acatar cualquier Gobierno que llegue a administrar públicamente este país.
Por virtud de la aprobación de esta ley, por ministerio de la misma pasa de ser una Política de Gobierno para convertirse en una Política de Estado, y por tanto al ser de orden público y de interés social es de obligatorio e ineludible cumplimiento, por lo que el Gobierno electo para el período presidencial correspondiente deberá aplicarlo en el Presupuesto General de la República y ejecutarse en las Estrategias Ministeriales correspondientes.
Este proyecto de ley, es una respuesta a la necesidad de regulación específica que desarrolle y articule de manera armónica esta materia, porque en Nicaragua no se cuenta con una regulación ordinaria específica que desarrolle lo establecido en la Constitución Política, los Acuerdos y Tratados Internacionales suscritos por el Estado nicaragüense y por virtud de aprobación de esta LEY DE SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL, pasará a ser una política de Estado, con fuerza jurídica que la convierte de orden público e interés social y de obligatorio e ineludible cumplimiento para los gobernantes de turno.
En Nicaragua las políticas estructuradas y consignadas en la estrategia de Reducción de Pobreza, no han logrado sus propósitos y han fallado en su enfoque, porque la tasa de pobreza es de al menos 2
.3 millones de personas pobres el 45%,
que esta por debajo de la línea de pobreza.
Según datos de la Cepal, el 64% de la población a nivel nacional es pobre y de estos el 46.6% es indigente. En el ámbito rural el 77% viven en pobreza y el 57.5% es indigente. Uno de cada tres niños tiene algún nivel de desnutrición crónica, de los cuales, el 9 % sufre de desnutrición severa. La pobreza incide en la inaccesibilidad a alimentos básicos, ya sea porque no se dispone de recursos para producirlos, o bien, porque no se cuenta con dinero para comprarlos.
La desnutrición crónica alcanza al 23 % de la niñez menor de cinco años. El censo de talla (2004) de los escolares de primer grado que oscilan entre los seis y nueve años, reflejan una desnutrición crónica del 27,21 % de la niñez. El Gobierno se había comprometido en la Cumbre del Milenio, objetivo 1 a reducir al 16 % este indicador, no obstante, la tendencia es creciente.
A nivel de educación en el Gobierno de Bolaños más de ochocientos mil niños se quedaron fuera del sistema educativo, agravado que a los estudiantes actuales, el mismo Gobierno les suspendió el vaso de leche y la galleta de proteína que beneficiaba a las clases más desposeídas.
La mayoría de la Población Económicamente Activa se encuentra en el desempleo, según datos estadísticos oficiales del Gobierno indican que están por el orden del 34% la tasa de desempleo, sin embargo esto es poco creíble por que según organismos sociales como sindicatos, organismos no gubernamentales y organismos sectoriales profesionales indican que superan el 60% y la capacidad de ingresos per cápita por persona anualmente es de U$294.76 dólares de los Estados Unidos de América –U$0.80 dólares por días-, en ambos casos esto representa un problema para los nicaragüenses, porque no se garantiza para la sociedad la Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Que es un derecho de las y los nicaragüenses acceder a una alimentación que satisfaga las necesidades nutricionales y sociales de las personas, condición fundamental para el logro que permite su desarrollo integral y el de la sociedad en su conjunto, por lo que es necesario mejorar las condiciones que permitan superar la inseguridad alimentaria y nutricional en que se encuentra la población nicaragüense, ya que las mismas representan un serio obstáculo para el desarrollo social y económico del país, especialmente en los grupos vulnerables del sector rural, urbana y la población indígena.
Las raíces de la inseguridad alimentaria y nutricional de la población nicaragüense son complejas y guardan relación con todos los campos de acción del desarrollo (económico, político, ambiental y social), por lo que es necesario buscar soluciones con enfoque integral y multicultural, que valoren y enriquezcan los patrones de consumo y las prácticas productivas con participación multisectorial y multidisciplinaria, siendo el Estado que le compete la responsabilidad de organización, planificación y dirección de este tema.
La política monetaria no esta orientada al financiamiento de los pequeños y medianos productores que son la mayoría que sostienen el desarrollo de la economía en el país y el Estado por precepto constitucional esta obligado a apoyar estos sectores. La banca privada, actualmente sin competencia estatal, ha reducido en treinta puntos porcentuales la cantidad de crédito asignado a la producción agropecuaria. En 1994 era de 34% y en el 2003 apenas llegaba a un 4%.
La economía campesina e indígena de pequeños y medianos productores (representan 169,500 productores) debe considerarse como un sector de vital crecimiento y no como un sector estancado y conflictivo para la sociedad; requiere de políticas que permitan el acceso a recursos y conocimientos para alcanzar el desarrollo agropecuario, forestal, pesquero y acuícola que a su vez sirvan de estímulo a la actividad agrícola nacional sustentable y sostenible a fin de garantizar la Seguridad Alimentaria y Nutricional de la población.
En la actualidad el proceso de concentración de las riquezas es acelerado, con esto se abre la brecha de desigualdad e injusticia social, porque por ejemplo las dos terceras partes de la población asalariada tienen sus ingresos estancados.
No se visualiza la coherencia entre las políticas de producción con la distribución de alimentos, no hay coherencia entre el salario mínimo y el costo real de la canasta alimentaria, no existe vinculación entre el INTA, IDR y Magfor, para que los tres asuman las decisiones políticas sobre la producción nacional de alimentos.
Con el desarrollo de los mercados transnacionales a través de los tratados internacionales, estos llevan a la sociedad al consumismo y el país no cuenta con ninguna estrategia de fomentar la soberanía alimentaria, de consumir lo que nosotros producimos y con esta ley se establecerá una serie de mecanismos, lineamientos y acciones de Estado que garantice la soberanía de seguridad Alimentaria y Nutricional.
Además esta demostrado que nuestro país es vulnerable ante desastres naturales, lo que nos obliga a estar preparados para atender situaciones de escasez en alimentos para la población.
La seguridad alimentaria que la ley pretende establecer es que los pueblos gocen del derecho a que se les defina sus propias políticas y estrategias sustentables de producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación para toda la población, con base en la pequeña y mediana producción, respetando sus propias culturas y la diversidad de los modos campesinos, pesqueros e indígenas de producción agropecuaria, de comercialización y de gestión de los espacios rurales, en los cuales la mujer desempeña un papel fundamental. La Soberanía Alimentaria garantiza la Seguridad Alimentaria y Nutricional, y
Con la “La Seguridad Alimentaria y Nutricional, el Estado deberá garantizar la
disponibilidad y estabilidad
en el suministro de alimentos (culturalmente aceptables), de tal forma que todas las personas todos los días de manera oportuna gocen del
acceso
y puedan
consumir
los mismos en cantidad y calidad libre de contaminantes y tengan acceso a otros servicios (saneamiento, salud y educación) que aseguren el bienestar nutricional y le permita hacer una buena
utilización biológica
de los alimentos para alcanzar su desarrollo, sin que ello signifique un deterioro del ecosistema”.
El presente proyecto de ley esta estructurado en títulos y de los mismos se derivan capítulos, desarrollados en treinta y ocho artículos, cuyo contenido es el siguiente:
TÍTULO I
: CAPÍTULO ÚNICO. DISPOSICIONES GENERALES. En él se desarrolla el objeto de la ley, definiciones básicas y principios de la misma.
Título II.
Desarrollado en tres capítulos sobre los siguientes aspectos; Capítulo I: Objetivos; Capítulo II; Del Fomento de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional; Capítulo III;
Implementación, Seguimiento y Evaluación.
Título III.
Desarrollado en siete capítulos sobre los siguientes aspectos; Capítulo: I De la Organización del Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional; Capítulo II: De la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional; Capítulo III: De la Secretaría de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional; Capítulo IV: Del Secretario de Seguridad Alimentaria y Nutricional; Capítulo V: De las Corresponsabilidades Institucionales; Capítulo VI: Alcances; Capítulo VII: Disposiciones Finales.
Es criterio de los miembros de esta Comisión Parlamentaria que las consideraciones antes descritas reflejan la necesidad de la aprobación de este proyecto de ley, así mismo se comprueba que no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, a las Leyes Constitucionales o Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, sino todo lo contrario viene a cumplir las disposiciones de todas estas, por tal razón presenta
DICTAMEN FAVORABLE
del Proyecto de Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y solicita al plenario su aprobación en lo general y en lo particular.
COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO A LA ESTRATEGIA DE REDUCCIÓN DE LA POBREZA.
DIP. WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO DIP. NATHÁN SEVILLA GÓMEZ
PRESIDENTE 1ER. VICEPRESIDENTE
FELICITA ZELEDÓN RODRÍGUEZ DIP. MARÍA HAYDEÉ OSUNA
2DO. VICEPRESIDENTE 1ER. SECRETARIO
DIP. ORLANDO MAYORGA SÁNCHEZ DIP. AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA
2DO. SECRETARIO MIEMBRO
DIP. JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ DIP. MIRNA ROSALES AGUILAR
MIEMBRO MIEMBRO
DIP. MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN DIP. EDUARDO SAAVEDRA
MIEMBRO MIEMBRO
GUSTAVO PORRAS CORTÉS
MIEMBRO
Hasta aquí el Dictamen, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÈLLEZ:
A discusión el Dictamen, en lo general.
Se abre la discusión.
A votación el Dictamen.
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Muchas gracias, Presidente.
Realmente es una satisfacción para nosotros los miembros de la Bancada del Frente Sandinista y de la Unidad Nicaragua Triunfa, que el día de hoy el plenario de esta Asamblea Nacional someta a discusión y aprobación una ley tan importante como la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Probablemente los que en alguna medida hemos tenido algún contacto con este tema y en particular este servidor, que le tocó la responsabilidad de presidir la Comisión Especial de Seguimiento de Reducción a la Pobreza el año pasado, la cual dictaminó favorablemente esta iniciativa de ley, pues fuimos los que consideramos de manera más profunda y tomamos conciencia de la necesidad de que en este país hubiera un instrumento jurídico de esta naturaleza.
Esta ley que fue presentada desde hace dos legislaturas por la diputada Dora Zeledón, también miembro de la Bancada del Frente Sandinista y la Unidad Nicaragua Triunfa, permaneció engavetada por casi ocho años en esta Asamblea Nacional, y fue por voluntad política de los miembros de esta comisión especial, que solicitamos a la Junta Directiva que pasara este tema a dicha comisión para lograr su dictamen, y como ustedes pueden constatar en las firmas del dictamen, se contó con la aprobación de los representantes de todas las bancadas en la legislatura pasada.
Esta ley viene a desarrollar el precepto de la Constitución de la República en su artículo 63, donde taxativamente dice que los nicaragüenses tenemos el derecho de estar protegidos contra el hambre y que el Estado es el principal responsable de crear una política de soberanía y seguridad alimentaria en el país.
También es importante destacar que los diferentes gobiernos de turno han hecho sus esfuerzos por tratar de desarrollar políticas de seguridad alimentaria, sin embargo, por un lado, al ser políticas emitidas por decretos, al ser políticas de gobierno, no tienen la fortaleza y la consecutividad ni el tracto sucesivo que debe tener una política de seguridad alimentaria y nutricional que debe trascender los gobiernos, por lo tanto, debe ser una política de Estado.
No se puede permitir, ni se puede pensar que una política de soberanía y seguridad alimentaria será del resorte de un gobierno en particular o una administración de gobierno en particular, debe ser asumido por los diferentes gobiernos de este país, por todos los nicaragüenses y por todas las organizaciones laborales, sindicales, gremiales, organismos no gubernamentales; inclusive, quienes han sido los más entusiastas en el tema de la soberanía y seguridad alimentaria, como contrasentido, ha sido la comunidad internacional más que nosotros a nivel interno en el país.
Es por eso que al pasar a ser una política de gobierno, al convertirse en ley y dejar claro que es una política de estado, independiente de las administraciones de gobierno que pasen en el Estado de la República de Nicaragua, esta Asamblea Nacional con la aprobación de esta ley viene a dejar claras las pautas de lo que debe ser una Política Sostenible de Seguridad Alimentaria y Soberanía Alimentaria y Nutricional en este país.
Esta Asamblea Nacional tampoco se ha visto excluida de este fenómeno de la dispersión en materia de soberanía y seguridad alimentaria, hemos tomado cartas en el asunto, pero efectivamente de manera muy dispersa hemos hablado de soberanía y seguridad alimentaria en algunas disposiciones legales como la Ley de Lactancia Materna, o por ejemplo en la ley que viene a fortificar el azúcar con vitamina “A” o la sal con yodo, sin embargo son esfuerzos completamente atomizados que no vienen a armonizar una verdadera política de seguridad alimentaria, que es lo que viene a garantizar esta ley, peor aún al no ser una ley sino que al emitirse por decretos presidenciales.
Los mismos presidentes que emitían en algún momento estas políticas de seguridad alimentaria y nutricional, las emitían un día y al día siguiente se les olvidaba, por lo tanto no tenían expresión ni en la coordinación interinstitucional que debió de haber regido en base a la Ley 290, Ley de Organización y Competencia del Poder Ejecutivo, ni tenía expresión presupuestaria en los diferentes ejercicios del Presupuesto General de la República, en otras palabras una política alimentaría que no ha sido más que papel mojado en las diferentes administraciones de turno.
Es por eso que el día de hoy, honorables diputados y diputadas de esta Asamblea Nacional, este Poder del Estado marca un antes y un después sobre la discusión de la soberanía y seguridad alimentaria en este país. Esta iniciativa de ley, además de contar con el consenso de las diferentes bancadas de esta Asamblea Nacional, también cuenta con la participación en el proceso de consulta, de todas las organizaciones de la sociedad civil vinculadas al tema de soberanía y seguridad alimentaria, por lo tanto, sin temor a equivocarnos, podemos decir que esta es una de las leyes que goza de uno de los mayores consensos en lo político y en lo social de este país.
Por lo tanto, hermanos diputados, con toda seguridad solicito, en nombre propio y en nombre de los miembros de la Bancada del Frente Sandinista y la Unidad Nicaragua Triunfa, apoyemos decididamente en lo general y en lo particular esta importantísima iniciativa de ley.
Muchas gracias, y buenos días.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Brooklyn Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO BROOKLYN RIVERA BRYAN:
Gracias, señor Presidente.
En los últimos cinco meses, la Asamblea Nacional ha venido trabajando con mucha dedicación en las diferentes iniciativas de leyes, y hasta ahora hemos avanzado en la aprobación de leyes de suma importancia para el bienestar del pueblo nicaragüense, para la buena marcha del proceso de desarrollo y democracia en nuestro país.
En este momento se nos presenta una de las iniciativas de leyes de mucha importancia para la gran mayoría de los nicaragüenses, que son los sectores populares, los sectores de amplia gama de representación de las capas sociales que conformamos Nicaragua. Por eso, los diputados de las bancadas que representamos esta honorable Asamblea Nacional debemos dar una acogida entusiasta a esta iniciativa de ley, porque se trata de una iniciativa de carácter social que procura viabilizar a Nicaragua como un país exitoso, un país que realmente permita sentar las bases de la soberanía y del ejercicio democrático, del ejercicio de convivencia pacífica entre todos los sectores.
De manera que debemos realmente respaldar con mucha disposición esta iniciativa. Además, hay que observar que se incluya a los sectores populares, así como también nos complace ver a los pueblos indígenas formando parte de esta iniciativa de ley. En lo que corresponde a la Costa Caribe, ya hemos venido trabajando en un plan estratégico de desarrollo para los pueblos y comunidades de esa región, y uno de los pilares de ese desarrollo es precisamente la soberanía y la autonomía alimentaria.
Por tanto, estamos llamando a todas las bancadas a respaldar plenamente esta iniciativa porque realmente pretende dar al país un instrumento que, por un lado, trata de ajustar los compromisos y acuerdos internacionales que sobre la materia el país ha asumido en los diferentes foros, y por otro lado, trata de dar el instrumento que ajuste la otra iniciativa de ley que se ha introducido en diferentes momentos, para fortalecer este sector de seguridad y soberanía alimentaria. Estamos llamando a todos los diputados, a respaldar plenamente esta iniciativa que nos va a dar mayores elementos para hacer una buena legislación, a favor de todos los nicaragüenses.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.
DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:
Muchas gracias.
En nombre de nuestra Bancada de la Alianza MRS, queremos sumarnos a las expresiones positivas frente al debate de esta importante ley que efectivamente, como decía el diputado Gutiérrez, fue introducida en la legislatura 97-2000 y permaneció engavetada durante muchos años
Creemos que para el desarrollo de un país, es vital garantizar la producción de los bienes indispensables para la vida. El concepto de soberanía, es un concepto de soberanía alimentaria y tiene que ver con la obligación de los Estados de procurar con autonomía, la producción de los alimentos básicos. Un país que no es capaz de dotarse de la tierra, del agua y del aire que tiene para alimentar a sus ciudadanos, no es soberano. En eso consiste la modernidad del concepto de soberanía alimentaria, porque ahora con la globalización neoliberal, la tendencia es quitarles a los pueblos su capacidad de producir lo propio y dejarlos únicamente como compradores de lo que se produce en otros lados. Ese es el sentido del concepto de soberanía.
Me parece sumamente avanzado, que en este Parlamento no estemos adoptando plenamente la tendencia de las transnacionales la cual es que nuestros pueblos no produzcan, para ellos mandarnos desde afuera el arroz, los frijoles, el aceite y todos los bienes indispensables para la reproducción de la vida. Creo que eso es muy importante y estratégico para nuestro país, pues nosotros como nación tenemos las condiciones básicas, buenas tierras, fuentes de agua como para que no necesitemos importar la comida de nuestros pueblos.
El segundo gran concepto que acompaña esta ley es el concepto de la seguridad, concepto moderno que tiene que ver con la tendencia también mundial de estar produciendo bienes de consumo que no son siempre garantía de la salud. Por ejemplo, el caso de los transgénicos y el tema de la seguridad alimentaria y nutricional también se relacionan con el principio de precaución, que significa que cuando una práctica o un producto trae consigo amenazas potenciales puede dañar la vida y el ambiente, por lo cual los Estados deben adoptar las acciones precautorias necesarias.
Este concepto también señala que cuando un bien es consumido, por ejemplo los famosos transgénicos, causan dudas en los resultados de la salud, y esa carga de la duda y la carga de la prueba debe ser obligada por quienes nos van a vender esos productos. Es decir que el Estado debe rechazarlos cuando no hay prueba fehaciente de que esos productos no van a dañar la salud de los y las nicaragüenses.
Por todo lo anterior, honorables diputados y diputadas, nos congratulamos por esta ley que recoge dos conceptos modernos como el de la soberanía y la seguridad alimentaria, y vamos a respaldar, a lo largo de este proceso de debate, los puntos fundamentales, e incluso tenemos y hemos consensuado con otras bancadas algunas mociones.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Diputado Maximino Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ:
Buenos días, señor Presidente, y muchas gracias
.
Es muy importante esta iniciativa, porque indistintamente de lo que podamos decir de las políticas neoliberales, desgraciadamente no nos podemos quedar aislados, tenemos que ser competitivos ante los mercados internacionales. Es por eso que Nicaragua ha venido firmando acuerdos comerciales con distintos países del mundo, sin embargo he sido de la tesis de que el gobierno tiene una cuota de responsabilidad a fin de que los productores nicaragüenses no nos convirtamos en parásitos de esas grandes potencias, que al final son ellas las que van a ganar con las importaciones o exportaciones que hacen a Nicaragua.
Por ejemplo, en la legislatura anterior la Asamblea Nacional aprobó un tratado de libre comercio con los Estados Unidos, y según algunos estudiosos, hoy por hoy el arroz que consumimos, en un 47% es importado de los Estados Unidos, y posiblemente para el 2015 y el 2020 el 75% del arroz que vamos a consumir va a ser importado, en consecuencia, setecientos mil productores tradicionales que siembran su arroz en las montañas, en las distintas partes agrícolas de Nicaragua, van a desaparecer, y ¿qué hace el gobierno. Por eso es importante legislar alrededor de esos temas.
Creo que esta iniciativa, si bien es cierto no es la solución, pero al menos es un marco jurídico de referencia que podemos usar, porque no podemos ser competitivos si no estamos comprometidos. El gobierno y la Asamblea Nacional como Primer Poder del Estado, deben legislar para articular leyes que beneficien a los productores y a las productoras, porque por ejemplo se habla de transferencias tecnológicas, y yo les pregunto aquí a los productores nicaragüenses, ¿cuántos reciben esa capacitación tecnológica?, ¿quiénes han recibido esa transferencia tecnológica por parte del gobierno? Nadie, ni un solo productor. De tal manera que no estamos preparados para ser competitivos, porque no tenemos calidades ni cantidades, porque no existen políticas de los gobiernos para fortalecer a esos sectores, sin embargo en esta iniciativa de ley se establece la obligatoriedad, o al menos la responsabilidad del gobierno de llevar esa transferencia tecnológica.
Ahora bien, ¿cómo podemos ser competitivos lo nicaragüenses, si no existen políticas financieras para los productores? La banca privada financia a aquellos que de alguna manera creen que son confiables y responden a sus intereses o su financiamiento está garantizado, perdiendo de vista que los mayores pagadores de los préstamos son los pequeños y medianos productores, pues los grandes andan buscando cómo especular y al final no ganan nada.
Entonces es importante esta ley, porque establece la necesidad de que el Gobierno de la República pueda promover posiblemente políticas para crear fondos dirigidos a financiar a los pequeños y medianos productores. Mientras los productores norteamericanos tienen carreteras de primera, los nuestros por su propia cuenta tienen que hacer una trocha con piochas, porque el gobierno no tiene el interés de crear infraestructura, el gobierno no tiene políticas para mejorar las carreteras y por eso el productor no puede competir con esos señores norteamericanos. Por ejemplo es difícil para nuestros productores traer legumbres del departamento de Jinotega, cuando tienen que pasar tres o cuatro días los camiones cargados porque no hay caminos. En ese sentido. Creo que hemos enrumbado equivocadamente a los productores nicaragüenses hacia una situación difícil que al final nos lleva a perder a todos los nicaragüenses, porque en otros países utilizan tanto la tecnología que incluso afecta al ser humano.
En Nicaragua, indistintamente de que no estamos certificados como un país productor de carne orgánica, pero por ejemplo, ¿qué necesita un productor ganadero? alimentación de pasto natural para el ganado, y esa es una carne orgánica. Creo que el gobierno, además de luchar para que llegue el financiamiento y las transferencias tecnológicas a los productores, debe tener como responsabilidad, facilitarles el comercio de sus productos en los mercados internacionales, y no sólo es venir aquí a firmar un tratado de libre comercio y sálvese quien pueda.
Por ejemplo, en la legislatura anterior yo les decía que en Argentina, un becerro de ciento veinte días pesa ciento cincuenta kilos, ¿y en Nicaragua?, a ver un productor ¿cuántos meses requiere un ternero para que pese ciento cincuenta kilos? un año, doce meses o trece meses. En Argentina una vaca obligatoriamente tiene que parir cada trece meses, ¿y en Nicaragua?; a ver productores, ¿cuánto se dilata una vaca para parir? tres años, y la llamamos heroína, así le llamamos.
Creo que esta iniciativa de ley puede ir buscando los cauces para proteger a los productores y productoras nicaragüenses; pero incluso no sería necesario estar pidiendo que nos manden alimentos si somos un país rico y podemos producir. Cualquier otro país quisiera tener la naturaleza de Nicaragua, lo que no existe es visión de Estado, visión de gobierno para llevar programas que beneficien a los nicaragüenses.
De tal manera que la Bancada del PLC apoyamos esta iniciativa, porque de alguna manera va a servir de coadyuvante a las necesidades del pueblo nicaragüense, especialmente a las zonas productoras.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Diputado Juan Ramón Jiménez, tiene la palabra.
DIPUTADO JUAN RAMÓN JIMÉNEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Creo que es importante la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, además lleva el consenso de todos y cada uno de los diputados, pero permítame hacer una reflexión. No podemos hablar de seguridad alimentaria mientras no haya -efectivamente coincido con Maximino y con Mónica- una política de Estado de financiamiento a la producción.
Considero que eso es importante, y tiene que ser la antesala para ir buscando el consenso e ir creando el Banco de Fomento a la Producción. Porque es triste a veces para nosotros como diputados productores, que llegan a nuestras casas algunos productores que tienen una o dos manzanas a pedir prestado mil córdobas para producir el alimento de su propia familia, inclusive para el consumo interno de nuestros municipios. Entonces, pienso que es importante y por eso decía que ésta tiene que ser la antesala para ir buscando el consenso para crear el famoso Banco de Fomento a la Producción. Cada uno de los partidos que pasamos la contienda electoral tenía inmerso en su programa económico la creación de este banco, por lo tanto yo creo que es una reflexión a lo inmediato que podamos ir trabajando en la creación de este Banco de Fomento a la Producción.
Muchas gracias, señor presidente.
PRESIDENTE RENÉ NUÑEZ TELLEZ:
Diputado Guillermo Osorno, tiene la palabra.
DIPUTADO GUILLERMO OSORNO MOLINA:
Gracias, señor Presidente.
Nosotros aquí en el Parlamento hemos aprobado muchísimas leyes, las cuales son muy buenas para que se aplicaran verdaderamente en nuestro país. Esta ley, aparentemente va a dar una respuesta a la gran mayoría de los nicaragüenses, en las grandes necesidades que el pueblo tiene, pero creo que a la vez tiene que ir acompañada de una serie de argumentos, así como vamos a ir discutiendo los diferentes artículos que la componen observemos que no entre en contradicciones con algunos acuerdos que se puedan tener a nivel internacional.
Sin embargo creo que nuestra gente lo que necesita, en primer lugar, es la tierra, que el pueblo tenga segura la tierra donde vaya a sembrar; segundo, necesita sus préstamos blandos, donde sean tratados con la debida consideración, y sobre todo el sector del campo; tercero, debe ir acompañada verdaderamente con una tecnología de lo más actual que se está implementando en el mundo, el respaldo a todos los insumos que se necesitan y también la infraestructura, que algunos diputados que me antecedieron ya explicaron, como es el respaldo a los caminos y carreteras. Y lo otro que notamos en muchísimas ciudades de nuestros país es el completo abandono de los centros de acopio, están en el olvido completamente, y un país que no tiene el orden debido, por mucho que pueda producir siempre va a vivir desordenadamente. Además, por la falta de control en los mismos alimentos y las pérdidas que se pueden dar en los diferentes lugares del país, no se va a poder cumplir esta ley, y es necesario que el ciudadano tenga la seguridad de sus alimentos.
Otra observación que hizo la diputada Baltodano es el asunto de los transgénicos, que aparentemente es una nueva tecnología que da mayor seguridad a la producción, pero las consecuencias que trae nos exigen tener muchísimo cuidado. Esto ocurre algunas veces por tratar de engañar a la población y hacer las reparticiones partidarias, que es lo que más nos ha afectado en nuestro país.
Ojalá que con esta ley no se vayan cometiendo estos errores y demos a nuestro pueblo seguridad en la obtención de los alimentos y con todas las ramas en que están subdivididos.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENE NUÑEZ TELLEZ
:
Diputada Xochilt Ocampo, tiene la palabra.
DIPUTADA XOCHILT OCAMPO ROCHA:
Muchas gracias, señor Presidente.
Quiero respaldar lógicamente esta Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, sobre todo porque viene a favorecer en su gran mayoría a las mujeres y a los niños, pero también quería hacer mención, que como legisladores estamos aportando a los objetivos de desarrollo del milenio, porque en el primer punto debemos recordar que estos objetivos enmarcan erradicar la pobreza extrema y el hambre. Entonces, estamos dando herramientas para que podamos ir encaminados en la lógica de cumplir estos retos del milenio, que lógicamente viene también a colaborar con las mujeres que están en estado de embarazo, para que vayan reduciéndose los casos de mortalidad materna y también infantil, y además obtengan una mejor nutrición, una mejor alimentación.
También quiero hacer énfasis en que esta ley podría llamarse hermana de la Ley de Protección a los Derechos de los Consumidores y Usuarios, que también la tenemos en el Adendum. Considero que es hermana de esta ley porque ambas se complementan, con el objetivo de que en nuestro país, por decir un ejemplo, no haya tóxico en los alimentos, ni en las pastas dentales.
Es necesario que la gente sepa que el Gobierno tiene la responsabilidad de darles una debida nutrición a sus habitantes. Eso lo que quería mencionar, y solicitar también a los honorables diputados que aprobemos esta ley, que sin duda alguna, como lo decía inicialmente, viene a encaminarse en el cumplimiento de los objetivos y metas de desarrollo del milenio propuestos para el 2015.
Gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada María Eugenia Sequeira, tiene la palabra.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA:
Gracias, Presidente.
Efectivamente, esta ley es de suma importancia para nuestro país, sobre todo en los tiempos de tan extrema pobreza que se está viviendo, y que hoy podría ser una coordinación del marco jurídico entre las instituciones del Estado que tienen que ver con el tema alimentario y la seguridad alimentaria de nuestro pueblo.
Impulsar temas o legislaciones de este tipo contribuye a articular de manera armónica esta materia, porque en Nicaragua actualmente no contamos con esa regulación. Definitivamente, por mandato de nuestra Constitución Política, los acuerdos y tratados internacionales suscritos por el Estado nicaragüense y por virtud de aprobación de esta ley, la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional pasa a ser una política de Estado de suma importancia, que va a garantizar la seguridad alimentaria y el derecho que tiene el pueblo nicaragüense; pero va a ser importante también establecer en Nicaragua un sistema económico que garantice el presupuesto dirigido a lograr el cumplimiento del marco político.
Podemos estar aquí en la Asamblea Nacional garantizando y legislando políticas alimentarias adecuadas y necesarias para la mujer, los niños y la población de más extrema pobreza, pero también necesitamos políticas de Estado adecuadas para garantizar el desarrollo económico de nuestro país. Una seguridad económica e inversión y una garantía de políticas democráticas, puede realmente llevar a buen fin leyes como ésta.
Por lo tanto, yo le haría el llamado al Estado de Nicaragua, al Gobierno actual, que garantice, a la par de que la Asamblea Nacional está legislando en un marco jurídico que va a beneficiar a la población en extrema pobreza, también una estabilidad política, que garantice la inversión y la generación de empleo, para que podamos tener un presupuesto con el cual se pueda implementar y garantizar todo este sistema necesario y que se desea fomentar.
Es por eso que nosotros queremos sumarnos a aprobar esta ley que va a coordinar, impulsar y garantizar la salud y la alimentación en nuestro país. Porque si se habla de alimento, se habla de salud, pero también quisiéramos, señor Presidente, que a lo mejor pudiéramos aprobar esta mañana, esta ley en lo general y proceder mañana en lo particular, a debatir y ratificar cada uno de sus artículos. Tengo entendido que hay diferentes mociones propuestas por las distintas bancadas, por lo que pudiéramos fortalecer en el transcurso de la tarde dichas mociones para garantizar la mayor efectividad en la aprobación de esta ley.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Diputado Enrique Saravia, tiene la palabra.
DIPUTADO ENRIQUE SARAVIA HIDALGO
:
Gracias, señor Presidente.
Aquí muchos hablamos y a veces no conocemos ni siquiera el campo, pero la realidad es otra para los que hemos estado, hemos vivido y nos hemos desarrollado en el campo. Para poder fortalecer esta ley que es beneficiosa para todos los nicaragüenses, la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, la cual pasa definitivamente por el financiamiento a los pequeños y medianos productores, que son miles y miles, considero primordial y esencial institucionalmente que lo más pronto posible se apruebe la Ley del Banco del Fomento a la Producción; sin producción esta ley prácticamente estaríamos tirándola en saco roto.
Eso debemos tenerlo totalmente claro. Lo digo porque hemos vivido y estamos viviendo lo mismo que el pequeño productor de dos, tres, cuatro o diez manzanas que no tiene financiamiento y entonces no puede haber producción. No puede haber garantía de alimentación para el resto de la población si no hay productores que hagan producir la tierra.
Es lógico también que debamos tener muchísimo cuidado con los transgénicos. En todos los países desarrollados el transgénico se ocupa para la exportación, pero ellos no usan ni un solo grano, ni un solo quintal de ningún producto de este tipo para el consumo de su población; sin embargo, de un modo o de otro nos están haciendo llegar los transgénicos. Podría decirles del maíz importado que viene de los Estados Unidos que no es transgénico, sin embargo los están introduciendo en detrimento de todos los productores. No sabemos en cuanto al arroz, creo que ya tuvimos un mal ejemplo cuando se introdujo un arroz que prácticamente era transgénico y que perjudicaba la salud. Esperamos también no nos dañen con el maíz amarillo US2, que es el sobrante que sirve solamente para alimentar al ganado y aves; sin embargo ese maíz no lo han podido certificar como no transgénico.
Insisto en la necesidad del Banco de Fomento para los nicaragüenses, para el pequeño y mediano productor.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Diputado Carlos Langrand, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:
Muchas gracias, señor Presidente.
Esta bancada se une a la aprobación de esta iniciativa de Ley de Soberanía Y Seguridad Nutricional, porque considera que estas políticas de Estado que garantizan la disponibilidad de alimento para nuestro pueblo, son dignas de aplaudir, pero tenemos algunas consideraciones.
Quiero hablar en este momento como productor agropecuario. Nosotros a veces hablamos del pequeño productor, sin embargo lo que estamos haciendo es condenarlo a vivir en la pobreza. Veo cómo los honorables colegas hablan de producir maíz y frijoles, cuando lo que están es condenando a nuestros pequeños productores a la pobreza. Parece que hay algunos interesados en que este país siga sumido en la pobreza, logrando únicamente cien dólares por manzanas, cuando nosotros deberíamos de preocuparnos porque los hijos de esos pequeños agricultores no sean únicamente pequeños agricultores de maíz y de frijoles; deberíamos emprender nuevos retos, señor Presidente, para que saquemos verdaderamente de la pobreza a estos productores agropecuarios y no únicamente decir a través de decretos bonitos, erradíquese la pobreza y, en cinco años todos los nicaragüenses vamos a ser ricos.
Cuando hablamos de producción, inmediatamente viene a mi memoria el crédito, y cuando hablamos de crédito, debemos pensar también que ese crédito debe llegar principalmente a los pequeños productores, no a los grandes, pues los grandes buscan cómo resolver sus problemas y en el camino aligeran sus alforjas.
También hablamos de infraestructura. Obviamente si estamos hablando de producir aquellos alimentos que garantizan la seguridad nutricional y alimentaria, estamos hablando de llevar caminos que permitan que esos productores no tengan que sacar la producción a lomo de mula, para eso existen los transportes modernos, los camiones; sin embargo, allá en muchos municipios del norte, tanto en mi departamento como en el Norte y también en el Atlántico, ven esos productores cómo su queso se pudre y sus frijoles se nacen sin poder tener el mercado y el acceso apropiado.
Pero retornando al tema, Presidente, esta reconversión del agro en Nicaragua, pasa por una transferencia tecnológica. No tengamos miedo, no condenemos a que la gente produzca sólo frijoles y maíz, hay cultivos alternativos que nosotros como Estado podemos dirigirles, para incidir en esos mercados agroexportadores. Aquí hablamos de facilitar la producción, entonces, que no vengan por favor estas comisiones a hablar de controlar los precios, porque de este mamotreto podemos sacar un Frankenstein.
Debemos fomentar la inversión, la cual no se da por decreto, Presidente, sino en un clima de estabilidad que nosotros como gobernantes, como legisladores le damos a este país. El discurso de nuestras autoridades cuando la emprenden contra nuestros vecinos del Sur, Costa Rica, cuando se pelean con El Salvador, con Honduras que son nuestros mercados inmediatos, lo que hace es condenar a la pobreza a nuestros productores, porque no se van a desarrollar.
Me alegra saber que el Presidente Daniel Ortega es quien coordina esta comisión que se va a formar, por lo que le pediría a este coordinador que abandone el secretismo, que es el enemigo de la producción y de las cuentas claras, además, que sea transparente en el uso de los recursos, pues aquí estamos hablando de mucha plata producto de la venta de petróleo, la cual podríamos utilizar para darle crédito a los pequeños productores, sin embargo, lo estamos haciendo al margen, con un presupuesto paralelo.
Presidente Ortega, coordinador de esta comisión, gobierne para los nicaragüenses, no para un proyecto de socialismo y muerte. Nuestros primeros socios son los centroamericanos, no los iraníes, no los venezolanos. Recordemos que recientemente Costa Rica abraza a un mercado gigante en la China Continental, que nos llame esto a reflexión, y no nos tome desprevenidos. Costa Rica exportó en el 2006, mil millones de dólares a la China Continental, ésa es una de las razones primordiales. Los gobiernos no tienen amigos, sino intereses, y cuando hablamos de intereses, hablamos de intereses para los nicaragüenses, no para un partido político, no para un proyecto político, no para un proyecto de socialismo y muerte.
Hermanos y colegas nicaragüenses, los invito también a que en esta comisión incluyamos a los comités de desarrollo departamentales y municipales, que nos los veo por ningún lado. Por lo tanto, señor Presidente, apoyo este dictamen de la comisión en lo general, pero en lo particular pediría que se estudiara con detenimiento y no que la aprobemos así de “romplom”.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Diputada Jamileth Bonilla, tiene la palabra.
DIPUTADA JAMILETH BONILLA:
Gracias, señor Presidente.
Recuerdo perfectamente un 17 de mayo del año 2000, cuando me correspondió llevarle la iniciativa al Presidente de la República en ese entonces, para la Creación de la Comisión Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, con el principal y único mandato de formular la Política de gobierno de seguridad alimentaria y nutricional, política que fue formulada con la participación real de toda la sociedad civil involucrada en el tema de seguridad alimentaria, política que se dio a conocer y se oficializó.
Hoy veo con agrado que se dé otro paso para que ésta no se quede como política de gobierno únicamente, sino que sea una ley de Estado. Esta es una iniciativa para que se convierta esa política en la ley que quieren los nicaragüenses, y veo también con agrado que está basada fundamentalmente en los aspectos aquellos que nos movieron y con los cuales me correspondió coordinar la formulación de esa política que es la producción de alimentos suficientes, el acceso de estos alimentos a las familias más pobres y más necesitadas, pero sobre todo a la parte nutricional.
Ese esfuerzo se dio y se debe hacer ahora para poder coordinar todos los esfuerzos que están dispersos en todas las instituciones del Estado. Tiene que ver Salud y tiene que haber recursos para este tema. El Magfor, El INTA, Educación tiene que ver con este tema y cada quien tiene sus propios programas, sus propios presupuestos, sus propios financiamientos y recursos externos suficientes, pero de manera aislada.
Ahora que con la aprobación de esta ley y la participación que han tenido los distintos colegas que han respaldado esta iniciativa y el Dictamen, pero sobre todo con los planteamientos del diputado Langrand de poder tener la oportunidad de mejorarlo todavía, vía mociones que se han presentado, considero que los más beneficiados serán las grandes mayorías esos miles y miles de niños que por estar en un grado de desnutrición crónica no tienen la capacidad de asimilar la educación, y por tanto tampoco tendrán la capacidad de generar; ellos serán mañana hombres y mujeres activos en la producción.
La parte nutricional es algo que se debe considerar en ese plan de acción que se formuló al lado de la política y que tiene que estar respaldado con el presupuesto en la Educación. Creemos que es muy importante también porque a veces los desnutridos son aquellos niños o personas de bajos recursos que no tienen acceso a estos alimentos, pero también existen grados altos de desnutrición en personas que tienen qué comer, tienen los recursos económicos, pero desconocen totalmente cómo y con qué deben alimentarse por la falta de una política, por la falta de una ley,
De manera que respaldo totalmente la iniciativa, y me recuerda entonces ese 17 de mayo del 2000, cuando tomé la iniciativa de solicitar la formación de la Comisión Nacional para formular esas políticas que en el 2001 fueron enunciadas y dadas a conocer a toda la sociedad civil. Así que adelante diputados, respaldemos esta iniciativa.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Hay anotados todavía siete compañeros más; cerramos la lista con Augusto Valle Castellón.
Diputado José Antonio Zepeda.
DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:
Hoy 12 de junio se celebra a nivel mundial la lucha contra el trabajo infantil de niñas y niños, que son explotados por los inmisericordes empresarios que buscan la ganancia a través de explotar esa mano infantil. Por eso es importante que se esté discutiendo hoy un tema que es fundamental para el desarrollo de cualquier país, para que por lo menos podamos producir lo que nos comemos, porque acá, en estos años de políticas neoliberales, en donde se ha privilegiado el mercado a costa de eliminar y olvidarse el desarrollo humano, es la forma en que se olvidan de las responsabilidades que tienen las autoridades electas para garantizar el derecho humano de la alimentación y de la seguridad alimentaria de la población.
Estas políticas neoliberales de los que miran en el mercado la única solución, son las que implementaron y con las cuales hicieron crecer la pobreza en este país, y el desarrollo humano lo olvidaron y lo marginaron.
La acumulación de riquezas por algunos pocos y la distribución de la pobreza y la miseria para muchos, es lo que no cambió en estos dieciséis años. Todas las políticas que se desarrollaron fue para excluir y para marginar a los pobres, y es por lo que hoy algunos se desgarran las vestiduras; aquellos que nacieron en cunas de oro y que no han sabido lo que es hambre, hoy se encargan de querer demostrar esa preocupación hablando de pobreza y de hambre cuando no la han sentido.
Por eso es importante que en esta discusión podamos precisar claramente no sólo una política, sino también los mecanismos que garanticen que los nicaragüenses tengamos ese derecho a la alimentación, que los niños y niñas nicaragüenses puedan recibir esa nutrición que les permita efectivamente prepararse en el presente para desarrollar el futuro, así como se les quitó en años anteriores el vaso de leche, como se señalaba en la introducción, que no se avaló, ni se platicó, ni se discutió este tema, simplemente se aplicó contra los pobres que no tenían la voz para poder reclamar.
Por lo tanto, creo que además de esta ley tiene que haber complementariedad con otros instrumentos que garanticen la efectividad con los que podamos entonces desarrollar la misma. Efectivamente comparto el criterio de que en el campo se produce el alimento, pero los que hoy hablan de caminos, fueron los que ayer no se preocuparon por hacerlos, para los productores; los que hoy hablan de préstamos, son los que negaron y cerraron la banca estatal en esto dieciséis años. Los que hoy hablan de soberanía alimentaria, son los que ayer sometieron en este país a tratados y acuerdos que más bien nos subordinan a la economía de otros países desarrollados.
Así que, señor Presidente, es importante y en hora buena que ojalá esta ley se apruebe si es posible el día de hoy.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Diputado Elman Urbina Díaz, tiene la palabra.
DIPUTADO ELMAN URBINA DÍAZ:
Gracias, señor Presidente.
En primer lugar quiero felicitar a todos los que participaron en esta iniciativa de ley, y nosotros como bancada de ALN los felicitamos en conjunto y respaldamos plenamente, porque creemos que ésta va a traer beneficios a la sociedad y a la población de Nicaragua.
Se habla de que las cifras de pobreza e indigencia en Nicaragua son del 64% de pobreza y de 46% indigencia, eso es a nivel urbano; a nivel rural, un 77% de pobreza y un 57 % de indigencia. Imagínense esa cifra de indigencia y pobreza que hay en Nicaragua, por lo tanto es necesario acciones que lleven a superar o mejorar esa situación a favor de la población.
También se habla de que en los niños menores de cinco años hay una desnutrición crónica de un 23 % y en los de seis a nueve años de un 27%, por lo tanto los indicadores de salud y de pobreza son alarmantes.
Nosotros como legisladores y como Poder del Estado... si esta ley obligará a los distintos Poderes a implementar una política de Estado, para que haya soberanía alimentaria y nutricional, creemos también necesario que como político y como gobierno, debemos dar señales de que queremos hacer estos cambios, porque se habla de un 34% de desempleo y ahora hay que sumarle los miles de despedidos y desempleados que este gobierno ha impulsado en los últimos meses, y eso ya no sería digamos una ley que beneficie esa soberanía alimentaria y nutricional, al contrario la empeoraría la situación.
Las raíces de esta inseguridad me parece que todos las conocemos, que es lo político, económico y social. Voy a dar un ejemplo: En el caso de los trabajadores bananeros del Occidente del país, en Chinandega, han estado reclamando desde hace mucho tiempo el incumplimiento de los acuerdos del gobierno, y en este caso están reclamando porque el Ministerio de Salud y el gobierno del señor presidente don Daniel Ortega, no está cumpliendo con los acuerdos suscritos por los gobiernos anteriores, que los beneficios en salud y educación.
Así que esta ley creo que es oportuno abordarla de una manera integral, y es necesario consensuarla para que realmente beneficie a los nicaragüenses, principalmente a esos sectores pobres, a esos sectores indigentes ya esos sectores que necesitan trabajo que necesitan alimentarse para tener esa seguridad alimentaria y nutricional.
Gracias.
PRESIDENTE RENÈ NÙÑEZ TÈLLEZ:
Diputado Douglas Alemán, tiene la palabra.
DIPUTADO DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ:
Gracias, señor Presidente.
Quiero hablar en esta oportunidad, como productor y como dirigente de un gremio de productores. Los productores hemos pasado dieciséis años haciendo esfuerzos sin contar con el respaldo de los gobiernos que han pasado, para poder cumplir con esta noble labor que nosotros desarrollamos, que es alimentar a nuestro pueblo. Me da mucho gusto escuchar a mis colegas el día de hoy, muy entusiasmados con el tema de la seguridad alimentaria. Además, es importante hacer conciencia de que esto nos compromete a todos por igual, no sólo compromete al Ejecutivo, sino también nos comprometemos los legisladores para continuar asegurando el marco jurídico que requiere la estrategia de desarrollo en nuestro país.
Es importante recordar que la seguridad alimentaria solamente se garantiza cuando elevamos la capacidad productiva que tiene nuestro pueblo, cuando atendemos la diversidad de la producción para atender las distintas necesidades nutricionales que tienen nuestros pobladores, y tenemos que contribuir a resolver esta enorme brecha, porque no es posible que en el sector rural, en donde se generan las riquezas de nuestro país, estemos sufriendo pobreza y tengamos niveles alarmantes de pobreza llegando hasta un 77 %.
No basta con esta Ley de Seguridad Alimentaria, ésta será un instrumento necesario y útil para desarrollar la producción, pero como bien se ha señalado, es necesario acompañarla con la Ley creadora de la banca de fomento con la creación de presupuesto de fondos destinados a poyar la infraestructura rural tanto de caminos, electrificación etc. Y por el otro lado, apoyar las iniciativas que el gobierno tiene destinadas a garantizar la producción.
En la reciente campaña electoral, el Frente Sandinista se comprometió a impulsar un programa básicamente de seguridad alimentaria que es el “Programa Hambre Cero”, y hemos estado trabajando en eso. Yo quiero felicitar al Presidente de la República, porque efectivamente se ha puesto al frente de este programa. Hemos tenido también alrededor de cinco sesiones discutiendo los componentes, la estrategia de implementación, el presupuesto, y vamos a tener en marcha en los próximos días un programa alimentario que va a venir a contribuir y resolver los problemas de déficit alimentario que tiene nuestra población.
Quiero asimismo referirme a que el día de hoy se conmemora el día contra el trabajo infantil, y precisamente el trabajo infantil es el principal obstáculo que tiene la niñez nicaragüense para hacer uso y goce de sus derechos. Un niño que está condenado al trabajo infantil no puede ir a la escuela; un niño que está condenado al trabajo infantil no tiene un desarrollo armónico, ni tiene el derecho a la recreación, etc. Y el colmo que nosotros estamos viviendo y tenemos que trabajar para erradicar esa situación, es que vemos muchas veces a los niños en las carreteras vendiendo los alimentos que se producen y ni siquiera pueden consumirlos.
Creo que es importante que todos apuntemos y trabajemos para desterrar la pobreza y ésta y el hambre no se destierran con discursos, sino con producción las manos son más útiles cuando siembran que cuando aplauden. Además es necesario que los niños consuman el vaso de leche, y que esto no solamente lo podamos realizar en las ciudades, sino también en el campo.
Así que, hermanos diputados trabajemos para propiciar el marco legal que necesita el país para el Banco de Fomento, para la ley de las leyes.
La Bancada Sandinista los diputados productores en la misma respaldamos esta ley y estamos dispuestos a comprometernos con el desarrollo productivo de nuestro país.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Porfirio Castro, tiene la palabra.
DIPUTADO PORFIRIO CASTRO ARÁUZ:
Gracias, Presidente.
Observamos que esta ley es de mucha importancia para Nicaragua. Pero tampoco debemos aprobarla a la ligera, y dejar recovecos, gente descontenta, sino tratar de ajustarla para favorecer a toda la población nicaragüense.
De esa manera yo diría, con base a una experiencia obtenida actualmente ahorita en el ciclo agrícola recién iniciado, en donde apreciamos a productores que sencillamente por ser liberales, y no afines al gobierno se les negó la bolsa de maíz para que pudieran sembrar y esto que debían pagarla. Entonces, si se es gobierno se debe ser un gobierno para todo el pueblo de Nicaragua, no solamente para un sector político consideramos nosotros que los gobiernos demócratas anteriores fueron gobiernos para todos los nicaragüenses.
En las instituciones del Estado habían sandinistas, liberales y conservadores trabajando, por tanto, considero este gobierno debe enfocarse en gobernar para favorecer a todos. La ley es importante, pero debe de ser pareja, recordemos que siempre observamos en la migración cantidad de jóvenes saliendo de Nicaragua y eso es porque hay hambre en nuestro pueblo, pero debemos mejorar esta situación.
Por consiguiente, le pido señor Presidente, que esta ley la discutamos hoy solamente en lo general, y en lo particular, dejémosla para mañana para que todos pongamos interés y veamos si de esta manera podemos resolver los problemas que sufren actualmente los nicaragüenses.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Francisco Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO FRANCISCO JARQUÍN URBINA:
Gracias, señor Presidente.
Igualmente me sumo a la importancia que lleva consigo esta ley, el garantizar la seguridad alimentaria sobre todo a los niños, a la infancia, a las mujeres embarazadas y solas.
También considero al igual que otros colegas que han manifestado, que acá en Nicaragua ha habido una gran migración de muchísimas personas del campo hacia la ciudad, llevándolas totalmente al desempleo, han venido a construir algunas chozas, porque no se les ha garantizado viviendas, y viven sumergidas en la mayor pobreza y esto ha sido a consecuencia de que no se le ha dado una verdadera atención a la gente del campo, lugar donde se produce el alimento, y se abastecen a las ciudades y a los pueblos. Por lo cual considero oportuno, que nosotros acá en la Asamblea Nacional, paralelo a ello, agilicemos con el gobierno la introducción inmediata de la iniciativa de Ley de la Creación del Banco de Fomento a la Producción o que una Comisión Especial de la Asamblea Nacional inicie a trabajar en conjunto con las comisiones productivas del país, y en esa medida podamos garantizarle la semilla a los pequeños y medianos productores, tanto la semilla de granos básicos como la misma semilla forestal. Asimismo se pueda cumplir lo que aprobamos en la Ley General de Aguas Nacionales; que al menos el 25% de la tierra de un productor debe ser reforestada, para garantizar la protección y la producción de agua. Considero también que el financiamiento a los pequeños y medianos productores garantizará el éxito de esta ley. Si no hay producción el gobierno se miraría en dificultades para cumplir la ley. Y para ello considero necesario incentivar a los pequeños productores que viven en el campo sumergidos en la pobreza, donde aun teniendo la tierra hay grandes niveles de desnutrición porque en el momento de la siembra no tienen la semilla, su misma pobreza no les permite obtenerla y si el gobierno no se las garantiza, tampoco ellos pueden sembrar ni garantizar al menos el sustento para sus hijos en el campo.
Otro incentivo necesario para los pequeños productores en el campo, si no es una vivienda digna, al menos debe ser el techo digno, porque muchísimos productores o productoras amas de casa que son hombre y mujer en el campo, ya con estos niveles sobre todo donde la tierra ha perdido su fertilidad, la producción solamente ha sido para el sustento de la familia y ya no les alcanza para comprar la lámina de zinc y al final cuando ya no encuentran hojas en el campo, deciden venirse a las ciudades y esto viene a incrementar aún más la pobreza y los déficit sobre todo de producción, y ésta es la que va a garantizar la alimentación digna para nuestros hijos, y para los hijos de las familias más pobres.
Considero importante el tema de la propiedad. Muchísimos pequeños productores aun cuando tienen la tierra, algunos, en vez de producir, en vez de sembrar, lo que se ha visto a veces es, derramamiento de sangre, y se ha sembrado odio, y todo porque inclusive, en nuestras leyes, en la justicia, se ha distorsionado mucho, donde se ha aceptado mucho soborno, y también en esa medida se ha cegado el pensamiento de quiénes imparten la justicia, por lo que considero necesario que entremos de lleno al asunto de la legalidad de la propiedad y en esa medida pueda haber ese incentivo, esas ganas y alegría del productor de poder hacer producir su tierra.
Los caminos de penetración son otra parte fundamental en la cual que los gobiernos anteriores han hecho su parte pero Nicaragua todavía está en un subdesarrollo, sumergida en pobreza, aún le queda muchísimo por hacer en cuanto a los caminos de penetración, para poder garantizar también la salida de la producción a los pequeños y medianos productores. Así que, estoy de acuerdo con respaldar esta ley. Sin embargo, para hacerla exitosa, debemos respaldar las leyes que llevan consigo, el incentivo a la producción en este país.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Odell Íncer, tiene la palabra.
DIPUTADO ODELL INCER BARQUERO:
Gracias, señor Presidente.
Les quiero recomendar a mis amigos de las otras bancadas, que seamos objetivos. Hay muchos escépticos y prácticamente procuran en sus declaraciones crear inestabilidad, zozobra, miedo y temor en la población.
No somos santeros, ni podemos hacer las cosas de la noche a la mañana. Aquí durante dieciséis años, el campo ha estado totalmente abandonado. Pero voy a refrescarle la memoria con el extinto Banco Nacional de Desarrollo, que feneció en 1997, por orientaciones del Fondo Monetario Internacional. Tres sucursales hoy por hoy, son la casa matriz de tres bancos: Banpro, Banco Uno y Bancentro. Ciento cuarenta y siete sucursales existentes en el país pertenecen a esos mismos bancos y a los que quedaron.
Aquí se ha hablado de que cultivar frijoles y maíz trae pobreza. Al señor Langrand le quiero recordar que hay productores en Santa Lucía, que cosechan ochenta quintales por manzana; también se ha manifestado que les niegan el maíz a muchos productores, eso es falso. Esas son medias verdades. Hay semilla para la zona seca o para la zona húmeda, y el gobierno está asumiendo el 50% del valor del costo de una bolsa de cuarenta y cuatro libras, hay bolsas de setecientos córdobas (C$700.00) que el productor paga trescientos cincuenta córdobas (C$350.00), dependiendo de donde viva y otro bolsón, que vale trescientos sesenta córdobas (C$360.00) y el productor paga ciento ochenta córdobas (C$180.00).
Hay quienes han hablado del compromiso con los afectados del Nemagón, con quienes me solidarizo. Estos acuerdos fueron firmados en El Raizón, treinta millones que viven peleando, que están disponibles, pero también se olvidan de que no es un grupo ni dos grupos, hay seis grupos afectados. Asimismo se olvidan de que la Insuficiencia Renal Crónica es una enfermedad que sólo su trasplante significa doscientos cincuenta mil córdobas (C$250,000.00) por lo tanto debe una comisión inter-institucional resolver este problema.
También las cosas no se hacen de la noche a la mañana, he andado, vivido y conversado con pobladores de comunidades como El Cacao, contiguo a Santa Inés mi pueblo, desde 1990, ahí se detuvo el desarrollo, ahí faltan letrinas, centros de salud, techo, vivienda, electrificación, y todo eso lo vamos a combatir tengan la plena seguridad que existe un programa de gobierno, pese a que no lo crean, pero se va a resolver y si hay un poco de sensibilidad y un poco de amor a este país, no sigamos confrontándonos y ataquemos con todas nuestras energías y con todas nuestras fuerzas esa reducción de la pobreza. Pero tampoco creamos que se resolverá de la noche a la mañana. Aquí por ejemplo en el Presupuesto General de la República, había cuarenta millones para atender y dar la indemnización a los empleados de confianza y el nueve de enero se recetaron treinta y seis millones. Es decir, debemos caminar y avanzar juntos, como lo he dicho muchas veces, no vivamos con un retrovisor. Observemos de frente lo que podemos hacer y avanzar.
De la Urea en su momento se dijo que era para hacer bombas y entiendo que ya pasó la campaña. También se dijo en campaña que venía el Servicio Militar, que venía el racionamiento, que venían las tomas de tierra, que venían un sinnúmero de tonterías, de mentiras, y hoy por hoy, hablan el tema de la propiedad, y eso se va a resolver, el tema de la tierra es un compromiso de este gobierno con los desmovilizados, con todos aquellos que fueron afectados por la banca.
Así que por favor, hermanos, construyamos una nueva nación, una nueva nación compuesta moral y económicamente, una Nicaragua en la que soñemos por nuestros hijos, no por nosotros sino por las futuras generaciones. Por tanto, yo les pido a los hermanos del A.L.N., comprensión, sensibilidad, y definitivamente deseos de trabajar, que ellos mismos ayuden a la estabilidad de este país y no vengamos única y exclusivamente a torpedear lo que se hace por el bien y por la sociedad de este país.
Muchísimas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Augusto Valle Castellón, tiene la palabra.
DIPUTADO AUGUSTO VALLE CASTELLÓN:
Gracias, señor Presidente.
Como diputado representante del departamento de Matagalpa, capital de la producción, estoy respaldando esta ley. Definitivamente una política de gobierno queda establecida como una política de Estado, ratificada en esta ley.
Hubiera querido no hablar de política, creo que el pueblo está saturado de política, y demanda soluciones y no problemas. Sin embargo, mi amigo Odell, parece que permaneciera sólo viendo el canal de Cartoon Network, sólo viendo muñequitos.
Quisiera hacer mención y recordar en la historia a la capital de la producción, el Granero de Centroamérica en los años 50, 60 y 70, Nicaragua que tenía una gran capacidad instalada. Sin embargo, fue en los años 80 cuando se observó que Nicaragua caducó, y fue precisamente por la persecución de aquellos productores a quienes se les quitaba sus granos en las carreteras. Pero en fin no quiero seguir hablando de política, porque el hambre no tiene partido político y ataca y carcome las entrañas, dejando consigo tristeza, enfermedad y muerte.
En días pasados, viajé por San Dionisio, Matagalpa, y me encontré con un pequeño productor. Víctor Granados, de Susullí, y me hablaba que no habían entregado ninguna semilla mejorada, que, ¿a dónde estaba la Urea?, que ¿adónde estaba esa Caja Rural que iba a apoyar a los pequeños productores?, obreros rurales que siembran su parcela para su autoconsumo y trabajan en las grandes propiedades para poderse mantener. En Matagalpa, hay más de cuarenta y ocho propiedades que tienen dos, tres, cuatro y cinco escrituras diferentes de diferentes dueños, los bancos privados no pueden darle un apoyo para invertir a estos productores y se merma el empleo y ese obrero rural tiene que ir a formar cinturones de miseria a las ciudades importantes. Y otros migrando hacia Costa Rica para poder sostener a sus familias. No podemos estar pensando en una seguridad nutricional alimentaria si no tenemos esa defensa del marco jurídico para producir y me refiero a la tenencia de la tierra, un gobierno que pueda además de dar apoyo, girar instrucciones para transmitir transferencias tecnológicas y poder incrementar la producción.
Finalmente señor Presidente, quisiera aprovechar esta oportunidad para volverle a solicitar al Ministro de Transporte e Infraestructura, que se haga realidad el proyecto de la carretera Muy Muy-San Ramón, el cual fue aprobado en el préstamo 17-03, con el Banco Centroamericano de Integración Económica, en el mes de octubre del 2006 y estamos ya en junio del 2007 y ni siquiera se ha tocado ni el más mínimo metro de tierra.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A votación en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
80 votos a favor, presentes 4, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el dictamen en lo general.
CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 13 DE JUNIO DEL 2007. (VIGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA).
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
En la sesión de ayer aprobamos el dictamen en lo general, y hoy procedemos a la discusión en los particular, previo a la discusión, deseamos que ustedes decidan, si discutimos por capítulos o discutimos por artículos, los que estén porque se discuta por capítulos que voten en verde y los que estén porque se discuta por artículos que voten en rojo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
67 votos a favor, se discuta por capítulos, 5 se discuta por artículos 0 abstención, 13 presentes. La discusión en lo particular se dará por capítulos.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
LEY DE SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Arto. 1 Objeto de la Ley
.
La presente ley es de orden público y de interés social, tiene por objeto garantizar el derecho de todas/os los nicaragüenses de contar con los alimentos suficientes, inocuos y nutritivos acorde a sus necesidades vitales y que estos sean accesibles física, económica, social y culturalmente de forma oportuna y permanentemente asegurando la disponibilidad, la estabilidad y suficiencia de los mismos a través del desarrollo y rectoría por parte del Estado de políticas públicas vinculadas a la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, para su implementación.
Arto. 2 Definiciones Básicas
Para efectos de la presente ley y una mejor comprensión de la misma, se establecen los conceptos básicos siguientes:
1. SOBERANÍA ALIMENTARIA
: Es el derecho de los pueblos a definir sus propias políticas y estrategias sustentables de producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación para toda la población, con base en la pequeña y mediana producción, respetando sus propias culturas y la diversidad de los modos campesinos, pesqueros e indígenas de producción agropecuaria, de comercialización y de gestión de los espacios rurales, en los cuales la mujer desempeña un papel fundamental. La soberanía alimentaria garantiza la Seguridad Alimentaria y Nutricional.
2. SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL:
“La Seguridad Alimentaria y Nutricional se refiere al estado de
disponibilidad y estabilidad
en el suministro de alimentos (culturalmente aceptables), de tal forma que todas las personas todos los días de manera oportuna gocen del
acceso
y puedan
consumir
los mismos en cantidad y calidad libre de contaminantes y tengan acceso a otros servicios (saneamiento, salud y educación) que aseguren el bienestar nutricional y le permita hacer una buena
utilización biológica
de los alimentos para alcanzar su desarrollo, sin que ello signifique un deterioro del ecosistema”.
3. POLÍTICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL:
Es la política que el Estado asume estableciendo los principios rectores los lineamientos generales que orientan las acciones de las diferentes instituciones, sectores involucrados, organizaciones de la sociedad civil y empresa privada que desarrollan actividades para promocionar la Seguridad Alimentaria y Nutricional con enfoque integral, dentro del marco de las estrategias de reducción de pobreza que se definan y de las políticas globales, sectoriales y regionales, en coherencia con la realidad nacional.
4. CONASSAN:
Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Es el conjunto de personas encargadas por la ley, para velar por la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de manera permanente y presidida por el Presidente de la República de Nicaragua.
5. COTESSAN:
Comité Técnico de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Es el órgano compuesto por representantes técnicos de los miembros de la comisión, encargado de manera permanente de brindar recomendaciones técnicas a la Secretaría de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
6. SOCIEDAD CIVIL:
Es un concepto amplio, que engloba a todas las organizaciones y asociaciones que existen fuera del Estado. Incluye los grupos de interés, los grupos de incidencia, sindicatos, asociaciones de profesionales, gremios de productoras/es, asociaciones étnicas, de mujeres y jóvenes, organizaciones religiosas, estudiantiles, culturales, grupos y asociaciones comunitarias y clubes.
7. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
: Es el proceso de involucramiento de actores sociales en forma individual o colectiva, con el objeto y finalidad de incidir y participar en la toma de decisiones, gestión y diseño de las políticas públicas en los diferentes niveles y modalidades de la administración del territorio nacional y las instituciones públicas con el propósito de lograr un desarrollo humano sostenible, en corresponsabilidad con el Estado.
Arto. 3
Son Principios de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional los siguientes:
a) Disponibilidad
: Por virtud de este principio el Estado promoverá que existan los recursos necesarios en el país para garantizar de manera permanente la estabilidad de la oferta de alimentos en cantidad y calidad suficientes, que permita satisfacer las necesidades de alimentación y nutrición de la población.
b) Equidad y acceso:
Por virtud de este principio los programas económicos y sociales de las instituciones de gobierno promoverán el desarrollo de las poblaciones con mayor índice de pobreza, tomando medidas que permitan obtener recursos para producir, acceder y/o disponer de alimentos. Así mismo propiciar medidas para que en especial las mujeres productoras de alimentos accedan a los recursos técnicos y financieros así como a bienes y servicios disponibles.
c) Consumo:
Por virtud de este principio
el Estado promueve la ingesta de alimentos sanos e inocuos que se precisan en cantidad y calidad necesaria para que las personas tengan una alimentación adecuada y saludable.
d) Utilización Biológica:
Por virtud de este principio
el Estado promoverá alcanzar el máximo aprovechamiento que da el organismo de las personas a los nutrientes contenidos en los alimentos que consume, el mejoramiento de la salud de las personas y del entorno ambiental, genético e inmunológico.
e) Participación:
La presente Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, se basa en la participación articulada de las instituciones de Gobierno encargadas del desarrollo de las políticas agrícolas, pecuaria, pesquera, forestal, de salud y nutrición, educativas y agroindustriales, crediticias, técnicas y financieras, con el objetivo de armonizar desde sus entidades ministeriales las acciones y medidas de la política de seguridad alimentaria y nutricional, en conjunto con todos los sectores de la sociedad civil, empresa privada, organismos de cooperación para la solución de las necesidades básicas de la población que viven por debajo de la línea de pobreza y que actualmente consumen menos de los 2250 kilos de calorías requeridas.
f) Eficiencia:
La presente ley incentiva la utilización de los recursos humanos y técnicos priorizando la generación de capacidades de producción y rendimiento productivo, de los pequeños y medianos productores, estabilidad en las políticas económicas que permita asegurar recursos financieros, implementando programas de desarrollo y que los servicios básicos brinden mayor cobertura y calidad.
g) No Discriminación:
La presente ley contribuirá a que ningún grupo o persona sea discriminada por edad, sexo, etnia, credo religioso, político o discapacidad, al acceso de los recursos o, goce de los derechos humanos de los hombres y mujeres en especial el derecho a producir, obtener, disponer y acceder a alimentos nutritivos suficientes.
h) Solidaridad.
Por virtud de este principio el Estado debe fomentar el desarrollo de políticas públicas y privadas que contribuyan a la transformación de mentalidades y actitudes individuales así como las relaciones existentes en la sociedad nicaragüense de desigualdad social, aumentando las posibilidades de vida y de futuro de todas las personas menos favorecidas socialmente.
Las acciones encaminadas a la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional deben priorizar la dignidad de las y los nicaragüenses.
i) Transparencia.
Las actuaciones y acciones de los funcionarios responsables de la que ejecución de la Política de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, deben estar basadas en información y métodos objetivos, contarán con mecanismo de monitoreo y evaluación permanente, fomentando la transparencia en el gasto público, auditoria social asociados a un mejor acceso a los documentos en las áreas que competen a la opinión pública.
j) Tutelaridad.
Por mandato constitucional, el Estado de Nicaragua debe velar por la seguridad alimentaria y nutricional de la población, haciendo prevalecer la soberanía alimentaria y la preeminencia del bien común sobre el particular.
k) Equidad.
El Estado debe generar las condiciones para que la población sin distinción de género, etnia, edad, nivel socio económico, y lugar de residencia, tenga acceso seguro y oportuno a alimentos sanos, inocuos y nutritivos, priorizando acciones a favor de los sectores de más bajos recursos económicos.
l) Integralidad.
Las Políticas deben tener carácter integral, incluyendo los aspectos de disponibilidad, acceso físico, económico, social, consumo y aprovechamiento biológico de los alimentos. Todo en el marco de lo que establece la Constitución Política de la República de Nicaragua, las leyes y las políticas públicas.
m) Sostenibilidad.
La Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional se basa en un conjunto de factores de carácter sostenible, adoptando y fomentando el uso de mejoras tecnológicas, capacitación, educación en el manejo eficiente de las mismas articuladas entre el crecimiento económico con modelos productivos adecuados, al bienestar social y cultural, la diversidad biológica, y la mejora de la calidad de vida, protegiendo los recursos naturales, reconociendo que hay que satisfacer las necesidades presentes, respetando los derechos de las generaciones futuras.
La sostenibilidad se garantiza, además, mediante las normas, políticas públicas e instituciones necesarias dotadas de los recursos financieros, técnicos y humanos necesarios, en su defecto se establece medidas precautorias.
n) Descentralización.
El Estado traslada de acuerdo a su competencia, capacidades de decisión, formulación y manejo de recursos a los gobiernos locales. Estableciendo que los programas nacionales en materia de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional se ejecuten desde los gobiernos locales articulados con sus iniciativas territoriales con la participación ciudadana sustentada en la Ley 475, Ley de Participación Ciudadana, Gaceta 241 del 19-12-2003.
o) Participación ciudadana.
El Estado promueve y garantiza la participación de los ciudadanos de conformidad con la Ley 475 Ley de Participación Ciudadana, Gaceta 241 del 19-12-2003 y con todas aquellas disposiciones que favorezcan amplia y positivamente la incorporación de los ciudadanos en el ejercicio de las decisiones públicas.
Hasta aquí el Capítulo I.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo I.
Observaciones al artículo 1.
Observaciones al artículo 1.
No hay, observaciones.
Observaciones al artículo 2.
Diputado Elman Urbina Díaz, tiene la palabra.
DIPUTADO ELMAN URBINA DÍAZ:
Gracias, Presidente.
Hay una moción de consenso al artículo 2, numeral 4, y dice así:
“Conassan: Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Es el conjunto de instituciones, organizaciones y personas encargadas por la ley para promover, vigilar y velar por la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, de manera permanente en el país. Será presidida por el Presidente de la República de Nicaragua”.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
¿La moción?
Hay entonces, una moción al artículo 2, numeral 4, donde se define de mejor forma lo que es la Conassan.
Entonces, a votación el artículo 2 con la moción presentada que modifica el numeral 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
66 votos a favor, 0 en contra, 1 abstención, 18 presentes. Se aprueba el artículo 2 con la moción que modifica su numeral 4.
Observaciones al artículo 3.
No hay observaciones.
A votación el Capítulo I con todos sus artículos y las mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, 32 presentes. Se aprueba el Capítulo I, con todos sus artículos y la moción que modificó el artículo 2.
SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:
Título II
CAPÍTULO I
De los Objetivos de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria
y Nutricional.
Arto. 4
Son objetivos de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional los siguientes:
a)
Propiciar las condiciones que incidan en el mejoramiento de la producción interna de alimentos para facilitar la disponibilidad a la población nicaragüense, impulsando programas de corto, mediano y largo plazo que mejoren los niveles de producción y productividad de alimentos que armonice las políticas sectoriales a cargo de las distintas instituciones, y la promoción de la pequeña y mediana producción nacional frente a la introducción de productos por políticas de libre mercado.
b)
Aliviar la pobreza, el hambre, la marginación, el abandono y la exclusión de la población que sufre inseguridad alimentaria y nutricional, mejorando las condiciones para acceder a un empleo, a los recursos productivos, tierra, agua, crédito, entre otros.
c)
Facilitar el acceso permanente de las personas a los alimentos inocuos y culturalmente aceptables, para una alimentación nutricionalmente adecuada en cantidad y calidad.
d)
Establecer una educación basada en la aplicación de prácticas saludables de alimentación sana y nutritiva, recreación y cuido del medio ambiente.
e)
Disminuir los índices de deficiencia de micro - nutrientes y la desnutrición proteínica-energética en los niños menores de cinco años.
f)
Garantizar la calidad del control higiénico sanitario y nutricional de los alimentos.
g)
Ordenar y coordinar los esfuerzos que realizan tanto las instituciones estatales dentro de las asignaciones presupuestarias, como las instituciones privadas nacionales e internacionales hacia la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
Hasta aquí el Capítulo I.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo I del Título II.
Observaciones al artículo 4.
No hay observaciones.
A votación el Capítulo I del Título II.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
60 votos a favor, presentes 27, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo I, Título II.
SECRETARIO JAVIER VALLEJOS FERNÁNDEZ:
Capítulo II
Fomento de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Arto. 5
Los Componentes de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional son los siguientes: disponibilidad, acceso, consumo y utilización biológica de los alimentos, para el desarrollo de los mismos, se definen los siguientes lineamientos a seguir por el Estado:
1) Promover proyectos de producción de alimentos de origen agrícola, ganadero mayor y menor, piscícola, acuícola, así como la producción artesanal y uso de semilla criolla mejorada de granos básicos dando prioridad a aquellos que fomentan la economía familiar.
2) Mantener libre de aranceles la importación de maquinarias, equipos, insumos utilizados directamente en la producción agropecuaria a los pequeños y medianos productores organizados en cooperativas.
3) Promover procesos para acelerar la legalización de tierras al pequeño productor o productora, a las comunidades indígenas y facilitar el acceso a la tierra a la mujer campesina, como titular de la misma de forma individual o mancomunada.
4) Priorizar la demanda de créditos para la producción campesina, estableciendo fondos para este fin, manejados desde los gobiernos locales beneficiando a los pequeños y medianos productores, campesinos e indígenas estableciendo prioridad a la mujer.
5) Fortalecer la capacidad técnica de pequeños y medianos productores y productoras para ello establecer programas que permitan la generación, transparencia y divulgación tecnológica para mejorar e incentivar el incremento en la productividad y producción de alimentos.
6) Promover y apoyar las organizaciones gremiales de productoras y productores agropecuarios.
7) Solicitar y recibir donaciones de alimentos en correspondencia con los patrones de consumo del país, solamente en circunstancias de emergencias, observándose para ello las disposiciones vigentes en materia de donaciones establecidas en la Ley de Equidad Fiscal.
8) Establecer un control estricto que permita la entrada al país de alimentos inocuos para el consumo, no permitiendo recibir ayuda alimentaria que contenga materiales genéticamente modificados.
9) Mantener reservas de alimentos para auxiliar a la población afectada en casos de desastres naturales y/o emergencias de cualquier tipo, que atañen a la problemática alimentaria, teniendo la posibilidad de dar asistencia alimentaria o bien ser un agente que regule los precios cuando los niveles de especulación a consecuencia de escasez de productos o por cualquier otro motivo, así lo requiera.
10) Promover la participación de los y las productoras en la comercialización de productos, acortando la cadena de ínter-mediación entre productores productoras, y consumidores y consumidoras.
11) Promover la mejora de las condiciones de infraestructura comercial de los alimentos entre otros: vías de comunicación y acopios hasta centros focalizados de comercialización.
12) Incorporar el programa de seguridad alimentaria y nutricional dentro de la red de estrategias de combate a la pobreza.
13) Promover la justa seguridad de los alimentos en el seno familiar y la paternidad responsable, protegiendo a las madres e hijos abandonados.
14) Fortalecer y ampliar los programas de alimentación complementaria dirigida a la población vulnerable y grupos de riesgos (la niñez menor de cinco años, mujeres embarazadas y en el período de lactancia y adultas/os de la tercera edad).
15) Fortalecer el sistema de vigilancia y control de las enfermedades transmitidas por alimentos (ETA´s), manteniendo una campaña permanente de inocuidad de los alimentos.
16) Promover la lactancia materna conforme lo dispone la ley y normas técnicas emitidas por el Minsa y el Código Internacional de Sucedáneos de la Leche Materna.
17) Fortalecer el programa de prevención y control de deficiencias de micro-nutrientes.
18) Promover la investigación y la fortificación de los alimentos de consumo popular con micro-nutrientes.
19) Fortalecer y ampliar el sistema de vigilancia epidemiológica establecido por el Gobierno, incorporando contenidos de alimentación y nutrición.
20) Aumentar la cobertura con calidad de los servicios básicos de agua, luz, educación y depósitos de sólidos de acuerdo a las prioridades en los territorios no atendidos.
Hasta aquí el Capítulo II.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo II del Título II.
Observaciones al artículo 5.
Diputado Carlos Langrand Hernández, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS LANGRAND HERNÁNDEZ:
Si,
Gracias, Presidente.
En cuanto a esta ley, nuestra posición es considerada muy importante. En ella se plantea que los nicaragüenses tienen derecho a un alimento sano, a poder desarrollarse y crecer su nivel intelectual, porque actualmente conocemos que muchos niños van a las escuelas y no tienen la ingesta calórica necesaria y suficiente.
Pero también, creemos que esta ley debe de surtir efecto armonizando todos los sectores de la cadena productiva, por eso ayer hablábamos de estabilidad, de créditos, de transferencias tecnológicas, y en la misma se consideran bastante esos aspectos.
En este Capítulo en particular, señor Presidente, me preocupan dos cosas, en primer lugar hablan de promover procesos para acelerar la legalización de la tierra. En este país sabemos que uno de los problemas torales es la seguridad jurídica alrededor de la tenencia de la tierra, tanto en la zona del Pacífico como en la Costa Atlántica, en cuanto a que ellas puedan servir de prendas para los créditos, entonces es muy ligero ese artículo, sobre todo porque no menciona conforme a derecho, conforme al debido proceso, recordemos que la tierra es un problema que debemos darle solución para que todos los nicaragüenses podamos vivir en paz y ser productivos y no temer a la inversión, porque ésta contribuye a la capacidad productiva de un país.
En el artículo 5, me preocupa que no son las personas que tienen hambre las que hacen las leyes desgraciadamente. Qué diría un hermano miskito, o qué diría un creolle o un mayagna, que tiene la panza vacía, cuando nos dicen aquí que no pueden consumir alimentos modificados genéticamente. Yo pregunto: ¿Vamos a seguir condenando a la pobreza a nuestros agricultores, utilizando semillas de frijol que dan doce quintales por manzana? Aunque ayer un colega, quien -me imagino no ha sembrado ni con espeque ni ha uncido bueyes- aseguró que aquí la producción es de ochenta quintales, cuando la producción nacional es de diez quintales. Me imagino que sólo sabe comer frijoles. No producirlos.
Por eso, me preocupa, que a veces los políticos y no los productores son los que hacen estas leyes. En este tema, señor Presidente, el artículo 5, el inciso 8, dice: “Establecer un control estricto que permita la entrada al país de alimentos inocuos…” Estamos por supuesto de acuerdo en que los nicaragüenses tengan acceso a los alimentos de calidad, y cantidad. Esta palabra “inocuo” recoge la cualidad de alimento sano al que los nicaragüenses tenemos derecho, pero continua este inciso y dice: “no permitiendo recibir ayuda alimentaria que contenga materiales genéticamente modificados”. En Europa, señor Presidente, en los Estados Unidos y en la China misma, se consumen alimentos modificados para más rentabilidad, porque los costos de producción, el incremento en la cadena productiva de esos costos hacen que vos tengás que ser eficiente como productor. Si una vaca lechera antes producía tres litros en Chontales, hoy si no produce quince litros, no tenés rentabilidad, y vas fuera del mercado, y que me digan aquí los hermanos productores sandinistas, sino tengo razón.
Entonces, condenar a los nicaragüenses que no pueden recibir alimentos modificados genéticamente, en esas zonas que necesitan este ingesta de calorías, es condenarlos al hambre, es una doble moral, que quienes tenemos el estómago lleno legislemos en contra de los que lo tienen vacío y no pueden consumir, por lo tanto, mi propuesta señor Presidente en cuánto al artículo 5 debe suprimirse “no permitiendo recibir ayuda alimentaria que contenga materiales genéticamente modificado” y deberá leerse únicamente:
“Establecer un control estricto que permita la entrada al país de alimentos inocuos para el consumo que recoge obviamente que sean alimentos sanos para el consumo de los nicaragüenses”.
Paso moción, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Enrique Sáenz Navarrete, tiene la palabra.
DIPUTADO ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE:
Gracias, Presidente.
Nosotros queríamos referirnos al numeral 7 de este artículo 5. Tenemos una moción consensuada con las distintas bancadas, y obedece fundamentalmente al siguiente criterio: El objetivo de la seguridad alimentaria es de largo plazo, mientras lo alcanzamos será necesario el concurso de la ayuda alimentaria proveniente de la cooperación internacional; tal como está redactado ese artículo, puede enviar un mensaje inapropiado, en consecuencia, el párrafo que estamos sugiriendo para sustituir este numeral 7, modifica la propuesta eliminando la frase “solamente en circunstancias de emergencia”, de tal manera que se leería de la siguiente forma:
“Solicitar y recibir donaciones de alimentos en correspondencia con los patrones de consumo del país observándose para ello las disposiciones vigentes en materias de donaciones establecidas en la Ley de Equidad Fiscal”.
Le paso moción a la mesa, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Eliseo Núñez Hernández, tiene la palabra.
DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:
Gracias, señor Presidente.
Estoy leyendo los nombres de los miembros de la comisión que dictaminaron esta ley: Wálmaro Gutiérrez es abogado; Nathán Sevilla es abogado y maestro; Felícita Zeledón es política y fue alcalde; María Haydeé Osuna es administradora; Orlando Mayorga es administrador; Agustín Jarquín es ingeniero civil; Noel Pereira Majano es abogado; Miguel López Baldizón es médico; Gustavo Porras es médico. No existe un solo productor. No estoy diciendo, que no sepan lo que dictaminaron, pero definitivamente hay unos absurdos.
Quisiera decirle algo señor Presidente, aquí en Nicaragua, la UNI salió diciendo que había elaborado in vitro, treinta mil plantitas de quequisque lila, que alcanzaban para manzana y media de siembra, se oye grande la cifra: treinta mil manzana y media de siembra.
Señor Presidente, esta ley adolece de un estudio profundo y es necesario que intervengan los productores, los que realmente van a producir el alimento. Aquí no existe ningún agricultor, y usted debe saber que el único alimento que genera el omega 3, es el pescado y el huevo, es básico para el desarrollo del cerebro de los niños y aquí no existe nada o sea que aquí esta ley está hecha a mata caballos.
En Costa Rica, ¿por qué producen más los caficultores que nosotros?, y ¿por qué le pueden pagar más al obrero? Porque tienen una mayor producción por hectárea, porque cada uno de ellos tiene un laboratorio de producción in vitro de sus plantas, escogen una sola planta y la multiplican por millones, para poder reproducirla esa mejor planta y lograr ser los mejores productores.
Nosotros estamos en pañales, y esta ley nos está regresando a la edad de las cavernas en cuánto a tecnología agrícola es una ley retrógrada completamente, porque condena al agricultor a que se quede como está. Por qué no vamos entonces a la Reserva Indio Maíz, y sacamos el maíz del cual es originario todo el cultivo de éste en Latinoamérica, porque el maíz es nicaragüense, aquí se originó y ahí están todavía sus orígenes en la Reserva Indio Maíz de Nicaragua, y ahora es el alimento principal del mundo, porque fue genéticamente mejorado.
Nosotros queremos condenar al pueblo de Nicaragua a un retroceso a la edad de las cavernas con esta ley. Ésta no ha sido debidamente analizada, consensuada por todos, esta es una iniciativa de una comisión anterior de la legislatura pasada que la elaboró por salir del paso.
Señor Presidente, yo le pido a mis hermanos del P.L.C. y del Frente Sandinista que nos den un tiempo, necesitamos un tiempo para poder analizarla y efectuar los cambios correspondientes para presentar una ley que realmente cause el efecto de venir a mitigar el hambre en Nicaragua y a su vez no venga a impedir el desarrollo agrícola del nicaragüense.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Ramiro Silva, tiene la palabra.
DIPUTADO RAMIRO SILVA GUTIÉRREZ:
Gracias, señor Presidente.
Apoyando la moción del diputado que me antecedió, hay un inciso aquí, el número 3 de este artículo 5, el cual habla de promover procesos para acelerar la legalización de tierras. Este párrafo demuestra realmente que quienes elaboraron el dictamen de esta ley lo que se proponían con esto, era introducir otra institución más a las ya existentes en el problema de la propiedad. Tenemos Procurador de la Propiedad, Fiscal de la Propiedad, Intendencia de la Propiedad, Delegaciones de Ineter, Delegaciones de la Corte Suprema, la cantidad de organismos que en Nicaragua están viendo el problema de la propiedad, es enorme, inclusive la Sociedad Civil, el Cosep y otras organizaciones y ahora esta nueva institución, la vienen a insertar, “Una más del Taller Cajina”.
Por esto yo apoyo la moción que debemos de tener una extensión para ver con más detalle esta ley.
Muchas gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Carlos Gadea Avilés, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILÉS:
Muchas gracias, señor Presidente.
Es para reforzar la moción del diputado Langrand. Además en cuanto al numeral 8 del artículo 5, el cual establece: “no permitiendo recibir ayuda alimentaria que contenga materiales genéticamente modificados”, pregunto a la comisión que elaboró este dictamen ¿Dónde están los datos, los estudios que condenan los beneficios de los transgénicos? ¿En base a qué se establece la prohibición de los transgénicos para ayuda alimentaria?
Le estamos quitando la ayuda alimentaria a los más necesitados sin tener base científica, porque no nos pueden demostrar que los transgénicos sean peligrosos para el ser humano, al contrario, en el PMA, el arroz que distribuye a los niños con hambre, lleva una proteína extraída de la mama de las mujeres que sirven como proteína láctea y nosotros venimos como gran país desarrollado a prohibir la ayuda alimentaria con alimentos transgénicos, sin tener una base científica la cual demuestre que sean prohibidos estos alimentos transgénicos y estoy de acuerdo con lo que dice Langrand si le agregamos que perjudique a la salud humana, estoy de acuerdo, sin embargo mientras no se tenga un estudio científico no podemos prohibir la ayuda alimentaria con transgénicos, porque si ya estamos hablando de introducir esas tecnologías estaríamos hablando de otra cosa, porque habría que hacer estudios tecnológicos para ver si es aprovechable estos transgénicos que vienen a desplazar nuestros granos en Nicaragua.
Desde ese punto de vista habría que analizarlo, pero la lucha que le han hecho a los transgénicos todavía no tienen base científica para hacerlo, sin embargo hay instituciones internacionales que los están utilizando para beneficiar a las personas necesitadas.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Wálmaro Gutiérrez, tiene la palabra.
DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:
Presidente, buenos días.
Es normal que en una ley, que desgraciadamente pareciera que algunos colegas no se han dado la oportunidad, el tiempo para estudiarla, se desarrolle con inquietudes, es normal. Sin embargo, quiero recordarles a los miembros de esta comisión y de este plenario, que esta iniciativa tiene ocho años de estar en la Asamblea Nacional, y en dos años consecutivos, la comisión especial que estuvo tratando este tema fue presidida por honorables diputados del Partido Liberal Constitucionalista.
En el caso particular que nos atañe, cuando las comisiones asumen un tema para su dictamen, ninguno de los miembros es especialista sobre todos los temas que se presentan en la comisión y por eso en este caso, nos auxiliamos de expertos y organismos no gubernamentales dedicados exclusivamente al tema de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional. Eso sería como afirmar que no sirve toda la producción legislativa de la comisión que preside, el diputado Eliseo Núñez, sólo porque no es ingeniero, sino abogado.
Creo que es una falta de respeto a todos los honorables diputados y diputadas que hemos trabajado en este tema y que hemos presentado un producto evidentemente mejorable -porque no existe dictamen perfecto- y aceptamos cualquier tipo de comentario que venga a mejorar esta iniciativa y lo recibimos con gusto y hacemos los planteamientos y las mociones correspondientes, de acuerdo al derecho que le pertenece a este plenario.
Pero de ahí, a decir que la iniciativa como tal es mala, solamente porque el diputado Eliseo Núñez no ha tenido el tiempo para disponerse a trabajar en ella y a estudiarla, creo que es una falta de respeto para los que sí hemos venido a trabajar a este plenario, y expresar que por no incluir en una comisión a un productor, entonces sencillamente el dictamen está malo, cuando aquí nosotros recibimos a la ATC, UNAG, a la Asociación de Cafetaleros, a todo el mundo, a diferentes Gremios de Productores en el país, y pasó el proceso de consulta en la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto la cual absorbió esta Comisión Especial y ahora es la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto. Ahí tenemos todito el proceso de consulta sobre esta ley, o sea, este producto que estamos estudiando ahorita y estamos aprobando, no se le ocurrió a alguien en una noche de insomnio, sino que es un trabajo serio, profesional, calificado y consensuado.
Por ejemplo, Presidente, dos planteamientos que expresó el diputado Langrand, por un lado en el caso particular del punto tercero, cuando se habla de promover los procesos de aceleración en la legalización de los pequeños productores y productoras, el mismo concepto de legalización trae inherente la lógica de estar bajo el amparo de la Constitución y la ley. No puede haber procesos de legalización fuera de la ley. Y eso queda claro en el punto tercero.
Por otro lado, en el caso del punto 8 del artículo 5, creo que es una moción correcta del diputado Langrand, que viene a aclarar el concepto de inocuidad, cuando hablamos de establecer el control estricto que permita entrar al país alimentos inocuos para el consumo, significa que no sean alimentos genéticamente modificados que pongan en riesgo la salud humana, eso es una moción y le estamos planteando al diputado Langrand, que se la vamos a apoyar para aclarar aún más el concepto de la inocuidad de los alimentos.
Pero de ahí, a decir que el producto como tal no está bueno, creo que eso es una falta de respeto, Nicaragua y los nicaragüenses, tenemos años de estar esperando una Ley de Seguridad Alimentaria y Soberanía Alimentaria y Nutricional, y no podemos estar a los vaivenes de las irresponsabilidades de algunos colegas que no se disponen a trabajar en serio en este plenario para seguir engavetando esta iniciativa.
Reitero, aceptamos cualquier moción, ese es el trabajo de este plenario, vamos a recibir todas las mociones del diputado Sáenz -por ejemplo- está presentando algunas mociones que desde ayer estamos trabajando en ellas, y me parecen correctísimas, y vamos a avanzar en este dictamen pero no podemos permitir que sigamos en este país sin una Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y solicito que continúe el trabajo ordinario con la aprobación de este dictamen.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada Mónica Baltodano, tiene la palabra.
DIPUTADA MÓNICA BALTODANO MARCENARO:
Gracias, señor Presidente.
Comparto con algunos colegas, que esta es una ley de carácter trascendental para el país y en la medida en que sus contenidos sean discutidos ampliamente y respaldados por todos los parlamentarios esto le va a dar muchísima más fuerza y legitimidad y no me opondría a quiénes plantean una discusión o darse un tiempo, no estoy en desacuerdo con ellos.
Sin embargo, quiero expresar claramente mi oposición al criterio que parece nos viene de tantos años de dominación: primero subordinados bajo la corona española y luego bajo los Estados Unidos, y nos han hecho llegar a la conclusión de que debemos actuar bajo la lógica del refrán popular “a caballo regalado, no se le busca el colmillo”, y que los pobres miskitos, o los pobres que viven en las riveras de los ríos y no tienen que comer, no importa la calidad de los alimentos que se les brinde con tal de llenarles la barriga.
Creo que ese es un concepto el cual debemos rechazar porque precisamente no se armoniza con el espíritu y el sentido de esta ley precisamente propone en primer término -y ayer lo decían varios colegas- propiciar la producción y la soberanía alimentaria de nuestro país, para que no necesitemos que nos estén regalando nada, porque tenemos suficientes tierras y fuerza de trabajo, -mucha de la cual tiene que emigrar a Costa Rica- como para que no estemos en esa actitud o en esa permanente condición de pedigüeños. Por lo tanto considero que debemos rechazar esa lógica para justificar este tipo de argumento.
También quiero aclarar que aquí algunos colegas confunden transgénicos con semilla mejorada. Un transgénico es un organismo vivo que ha sido creado artificialmente, manipulando sus genes. Las técnicas de ingeniería genética consiste en aislar segmentos del ADN, el material genético de un ser vivo, virus, bacteria, vegetal, animal e incluso humano, para introducirlos en el material hereditario de otro. Por ejemplo, el maíz transgénico que se cultiva actualmente en España lleva genes de bacterias, lo que le permite producir una sustancia insecticida.
La diferencia fundamental con las técnicas tradicionales de mejoras genéticas, porque aquí algunos hablan de semilla mejorada y la confunden con transgénicos, son cosas distintas. Las técnicas que se utilizan para la producción de transgénico le permiten franquear las barreras entre especies, para crear seres vivos que no existían antes, son seres vivos nuevos, se trata de un experimento, la producción de transgénicos es un experimento a escala planetaria, pero óigase bien, es un experimento que todavía no prueban entre sus conciudadanos; los países europeos, ellos no consumen transgénicos, sólo en España se está consumiendo transgénicos ni en Estados Unidos ellos los mandan a los países del Tercer Mundo para que nosotros sirvamos como conejillos de indias, porque los efectos de los transgénicos no están demostrados. Y efectivamente decía ahí un colega ocotaleño, no está demostrado que sean malos, ni que sean inocuos, tampoco que hagan daño a los seres humanos, por eso es, que la mayoría de los países que tienen Estados y legisladores serios y responsables, han adoptado lo que se llama “el principio de precaución”.
No se puede dar a comer a la gente productos cuyos resultados no están demostrados que son inocuos. Es decir, pongámonos al revés, no está demostrado que sean dañinos, tampoco que no son dañinos, por tanto, pueden ser dañinos, y un Estado responsable adopta el principio de precaución, mientras no se demuestre que no son dañinos no se deben consumir y ese es un principio fundamental para la vida, para nuestros nietos y para los nietos de los campesinos que viven a las orillas de los ríos y creemos que como viven ahí, no tienen derechos.
Por lo tanto, dejar establecido que no debemos permitir la entrada de transgénicos es un principio de responsabilidad, del Estado no solamente con nosotros, sino con nuestras generaciones futuras. La mayoría de los países han adoptado legislaciones que prohíben la introducción de los transgénicos han actuado correcta y adecuadamente y han sido aplaudidos a nivel internacional, porque eso obliga a las naciones poderosas a adoptar otros tipos de políticas relacionadas con los problemas de hambruna, de falta de alimentos, y no la solución fácil.
Por eso, independientemente de lo que decida la Presidencia, no estoy en desacuerdo que se discuta más, se abran espacios de discusión, si con eso mejoramos y damos tranquilidad y seguridad que estamos haciendo lo correcto. Pero es distinto a dejar ya sentada una posición de rechazo y por lo tanto de respaldo al artículo como está en lo relacionado a prohibir de manera clara la introducción a nuestro país, ni por compra ni por donaciones de productos transgénicos.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Hay doce compañeros y compañeras anotados, siendo el diputado Norman Zavala, el último orador.
Diputado Brooklyn Rivera, tiene la palabra.
DIPUTADO BROOKLYN RIVERA BRYAN:
Gracias, señor Presidente.
Inicialmente quisiera referirme brevemente a las palabras del diputado Carlos Langrand que mencionaba la situación de los pueblos indígenas y comunidades étnicas de la Costa Caribe.
Creo percibo que en esas expresiones, no deja de ocultar los prejuicios raciales y discriminatorios que suele manifestarse en muchos de los compatriotas nicaragüenses. A pesar que ocupan cargos públicos de responsabilidad, con mucha facilidad tienden a expresarse de formas que realmente evidencia el menosprecio hacia los pueblos indígenas y comunidades de la Costa.
Creo que aquí como funcionarios del Estado nicaragüense, debemos entender mejor los fenómenos de pobreza o los procesos de empobrecimiento en lo cual el Gobierno tiene una enorme responsabilidad. Sobre estas situaciones el Estado por ejemplo no ha hecho presencia efectiva en los amplios territorios de las comunidades y ni siquiera ha acompañado en los esfuerzos de subsistencia de producción, más bien se ha limitado a privilegiar a los empresarios, a los banqueros quienes son grupos reducidos de este país y después estos vuelven a ver a sus hermanos empobrecidos, como parias de este país y eso no debe ser aceptado de ninguna manera.
Quiero decirle al diputado Langrand, que la Costa, aunque por las políticas del Gobierno, nuestras comunidades están empobrecidas, pero comemos, nos alimentamos con los productos naturales, los productos alimenticios que conseguimos con nuestro medios, de nuestras tierras, de nuestros ríos de una forma muy natural y muy nutritiva y no necesariamente estamos pidiendo a gritos para que nos manden alimentos donados, alimentos que están modificados y de alguna manera u otra están tratando de probar su efecto en nuestras comunidades. De manera que yo pido mejor dicho, exijo respeto y justa valoración de la situación de nuestras comunidades y no hablar a ligera ni por pasiones prejuiciadas con indicaciones racistas, en contra de nuestros pueblos indígenas.
En segundo lugar, quisiera referirme rápidamente al artículo 5 numeral 4, que habla sobre la priorización de la demanda de crédito para la producción campesina, creemos que es necesario también incluir la producción indígena. Precisamente porque ha habido una carencia efectiva de acompañamiento técnico y crediticio del Estado, del Gobierno, para con los pueblos indígenas en apoyar sus formas productivas propias, entonces, realmente para enfrentar la situación de hambre y buscar soluciones efectivas, necesitamos promover la producción indígena que es variante de la producción campesina, es diferente y estos créditos deben ir canalizados a ese sector de manera que en el artículo 5 numeral 4, presentamos la moción para que se agregue después de la palabra “campesina”, “indígena”, en la primera línea y después la palabra “pueblos”, delante de indígena en la última línea, a fin de favorecer la producción indígena y también de incluir en los créditos a este sector importante que trabaja la tierra.
Presento la moción a la Junta Directiva.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Carlos García Bonilla, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GARCÍA BONILLA:
Gracias, señor Presidente, tiene la palabra.
La bancada del A.L.N.-P.C. quiere dejar claro que en ningún momento hemos tenido la intención de oponernos a la aprobación de esta ley que es de carácter público, inclusive lo demostramos el día de ayer cuando votamos en lo general, ya que estamos de acuerdo en la aprobación de dicha iniciativa.
Sin embargo, la comisión especial que dictaminó este anteproyecto de ley, estaba integrada por el P.L.C. María Haydeé Osuna que hoy ya no es diputada; por el doctor Pereira Majano y no está registrada su firma, el doctor Miguel López Baldizón, él ya no está en esta nueva Asamblea Nacional; por lo que creo necesario se nos brinde -no regresar este proyecto de ley nuevamente a comisión- sino que se dé una extensión de tiempo para que las distintas bancadas, por ejemplo en el caso particular de A.L.N., la analicemos con mayor profundidad.
Inclusive, como en esta comisión especial no tenemos ningún integrante de nuestro partido, creo que debería integrarse algún miembro que designe nuestra bancada a esta comisión especial para dar nuevos aportes, y se realicen mociones de consenso y no vengamos a la hora de la discusión de esta ley al plenario a estar haciendo mociones de consenso muy a la ligera, porque podemos atrasarla, al no poder realizar su respectivo análisis.
Por lo que sugiero, señor Presidente, miembros de la Junta Directiva, y solicito en nombre de la bancada de A.L.N, una extensión de quince días podría ser, para que le hagamos nuevos análisis, al mismo tiempo pedimos la inclusión de un miembro de nuestra bancada al menos, o la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto que debe analizar este tema, sea integrada para hacerle un análisis más profundo.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado José Antonio Zepeda, tiene la palabra.
DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ:
Gracias, Presidente.
Quiero intervenir por algunos criterios aquí vertidos, que solamente teniendo mentalidad de pueblos subdesarrollados se pueden manifestar, argumentando que como no se ha comprobado que los productos transgénicos afectan al ser humano, debemos dárselos a los más pobres y a los marginados. Como si fueran conejillos de indias para probar si se mueren o no se mueren con ese producto. Parece que es una falta de respeto, al ser humano, estar hablando de probar si efectivamente no los matará o no los transformará. Comparto el criterio que mientras no se compruebe que no es saludable para el ser humano, no se puede utilizar inclusive a como lo planteó el diputado Gadea, a personas marginadas y en extrema pobreza.
Creo, en este sentido, si viajas al primer mundo, Carlitos, te vas a encontrar con prohibiciones expresas de lo que significan ahora los productos transgénicos, inclusive aquí los productores saben que se paga mejor el producto orgánico que los que contienen químicos, esa es la nueva visión del primer mundo, alimentarse bien y evitarse problemas con estos transgénicos. Entonces, no seamos mentales con mentalidades, perdón, no tengamos mentalidades de subdesarrollados, de subordinados, y que todo lo que hacen los del primer mundo es bueno. Entonces creo que en este sentido debemos respetar a los pobres, a los marginados.
Por otro lado, yo no sé si los señores del A.L.N, se consideran ser los guardianes de la verdad absoluta y sólo lo que pasa por sus manos está bueno y está correcto, pidiendo ahora desconocer a los diputados que trabajaron, consultaron y propusieron una ley que está en manos nuestras analizarlas, valorarlas y aprobarlas, planteando que si no están ellos, entonces no están buenas las cosas. Ahora pidiendo que como no están presentes en la comisión, no se puede aprobar y piden más tiempo. Creo que es una falta de respeto también a los diputados que han trabajado por horas, por días en consultas para poder llegar a este dictamen.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Víctor Duarte Aróstegui, tiene la palabra.
DIPUTADO VÍCTOR DUARTE ARÓSTEGUI:
Gracias, señor Presidente.
Creo que el diputado Carlos Gadea hizo una pregunta muy interesante y es que se demuestre el estudio o el dictamen técnico donde los transgénicos no pueden beneficiar al ser humano.
Nosotros los que pretendemos hacer es trabajar leyes que beneficien al pueblo de Nicaragua sin ninguna malicia y déjenme decirles que percibo bastante mala fe en esta ley, porque lleva un trasfondo político bastante amplio, existen organismos los que el Presidente de la República o quien quiera que sea, pueden perfectamente impulsar proyectos sociales como los que están contemplados en el artículo 5, ahí tienen el Inpyme que fortalece la pequeña y mediana empresa, tenemos las alcaldías municipales, están los gobiernos regionales, están los comités de desarrollo comunitarios ya establecidos. Sin embargo, el espíritu de la ley es que se inyecte suficiente dinero y se venga a crear otro aparato administrativo de los recursos y paralelo a las alcaldías municipales. Déjenme decirles, que con el famoso “Proyecto Hambre Cero”, acordamos aquí que se iba a impulsar a través de las alcaldías municipales y organizaciones no gubernamentales por medio de licitaciones vía Magfor.
Pero ahora, ¿Qué sucede?, y puede cada uno de los diputados consultarle a sus alcaldes, están cambiando las señas. Están diciendo que ya no se van a ejecutar a través de las organizaciones no gubernamentales ni de las alcaldías y que no habrá licitación. Y esta ley la considero buena, pero es la mala intención que aprecio de atar de pie y mano al campesinado, al pobre, hablemos de pobres pero hablémoslo con la realidad. ¿De qué pobres estamos hablando? ¿de aquél que deseamos atar, o verdaderamente ese pobre al cuál queremos salvar?
Porque la infraestructura el aparato administrativo ya está hecho, sólo falta la voluntad. El financiamiento de parte del Gobierno, pero lo que hay detrás de esto es una voluntad de atar al pueblo nicaragüense, de someterlo y decirle este es el rumbo que debés de tomar y si votás por este partido te vamos a beneficiar -a como lo andan haciendo en el triángulo minero- y si no, no vas a participar.
Tengo una moción y la voy a pasar, porque como diputado tengo iguales derechos que todos los aquí presentes y estoy mocionando que la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, regrese a comisión y sea analizada también por cada una de las bancadas para sus respectivas mociones.
Querido Presidente, someta a consideración la moción que estoy presentando si lo desean así y lo juzgan a bien mis colegas diputados, que voten, voy a pasar mi moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada María Eugenia Sequeira, tiene la palabra.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES:
Gracias, Presidente.
Señor Presidente, propongo al plenario y a la Junta Directiva, si es posible, que esta ley pasara para la siguiente semana de sesión con el objetivo de estudiarla con mayor profundidad. Recuerde que esta ley viene de la Comisión Especial de Seguimiento a la Estrategia de Reducción de la Pobreza, es cierto que pasó a la Comisión Económica, pero en ésta no ha sido analizada a profundidad, solicito un tiempo con el objetivo y el compromiso que en la siguiente sesión la revisemos y la trabajemos aquí en el plenario, o bien que se pase a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto para que nos dé un tiempo de revisarla. No se trata, creo, de que tengamos niveles bajos de capacidades aquí en la Asamblea, más bien se trata de que trabajemos con responsabilidad y considero que esa es la voluntad que tienen nuestros diputados en la bancada, y en ningún momento queremos obstaculizar, estamos totalmente de acuerdo con la ley pero hay ciertos puntos que valdría la pena estudiarlos y la aprobación de ésta sea con más calidad, y más seguridad, más convencimiento de los diputados de la bancada A.L.N.-P.C. He oído de las otras bancadas la inquietud de poder trasladar a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto o bien que lleguemos al acuerdo de su debate en las próximas sesiones, no el día de mañana porque se discute el Código Penal que con mucho esfuerzo han estado trabajando los miembros de la Comisión de Justicia.
Así que, Presidente, creo es importante que se reflexione al respecto y reiteramos nuestro apoyo a esta ley, nuestra voluntad de trabajarla, no somos ni queremos ser obstáculos, ni tampoco queremos decirles que nuestros diputados no tienen la mejor voluntad, y creo que es importante el principio del respeto al pensamiento ideológico y el conocimiento del ser humano, pues se aprovecha para que sea aprobada con mayor sabiduría esta ley.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Agustín Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA:
Gracias, Presidente.
En el último reporte que nos hacía, o nos presentaba al país el representante en Nicaragua del Fondo para la Agricultura y la Alimentación –FAO- órgano de Naciones Unidas en esta materia, señalaba que, en este momento en nuestro país padecemos o más bien el 28% de los nicaragüenses, estamos hablando casi de millón y medio de personas padecen hambre y desnutrición extrema.
O sea, el problema de la ingesta de alimento es muy serio y los medios de comunicación, casi todos ellos en diferentes momentos están reportándonos problemas del hambre y por eso vimos que el Presidente inició el Programa Hambre Cero en zonas de la costa Caribe nicaragüense, como un símbolo también y una necesidad porque lamentablemente a pesar del desarrollo que nos puede dar esta zona y de sus grandes problemas es el territorio menos atendido del país y esto se quiere cambiar ahora con esta administración.
Entonces, esta ley no trata el tema de los transgénicos, o sea, no es para administrar el asunto de los transgénicos, es para ver cómo tenemos, por lo menos, el marco jurídico, legal, orientado a superar el tema del hambre como una demanda de los nicaragüenses y hace referencias al asunto de los transgénicos que son materiales genéticamente transformados que, -modificados-, gracias, modificados que hasta el momento de hoy, los organismos internacionales como la OMS, -Organización Mundial de la Salud- y otros más y universidades etcéteras, tienen sobre ellos dos actitudes. Y leo acá, un documento de la Organización Mundial de la Salud que refiere, son veinte preguntas básicas, sobre el tema de los transgénicos, dice: “que la OMS toma un papel activo en relación con los alimentos genéticamente modificados, principalmente por dos razones. Uno, los beneficios que dan estas modificaciones, que dice: debido que la salud pública podría beneficiarse enormemente por el potencial de la biotecnología, por ejemplo, un aumento en el contenido de nutrientes de los alimentos, menor alergenesidad, o sea, menor reacción a alergias, y producción alimentaria más abundante y más eficiente. El segundo aspecto, también provoca la atención y creo que esto debiera de ilustrarnos más a nosotros, es el aspecto de riesgo que tienen los transgénicos y ya lo han señalado varios colegas, y dice textualmente, el documento de la O.M.S. “En base a las necesidades de examinar los efectos negativos, potenciales para la salud humana, del consumo de alimentos, producidos mediante modificaciones genéticas, también a nivel mundial”.
Entonces, esta ley que se trabajó con mucha seriedad por los diputados de las diferentes bancadas que la desempolvaron y en la última etapa de la Comisión Especial de Seguimiento a la Estrategia de Reducción de la Pobreza, ya presidida por Wálmaro, nos dispusimos a su elaboración y dictamen favorable, precisamente motivados por esta situación de hambre, que se está imponiendo en el país, o sea, un tercio de los habitantes padecen hambre y desnutrición extrema según cifras de la FAO.
No es un asunto de politiquería y por eso se requiere una política pública como la que ha presentado el Gobierno del Presidente Ortega por lo tanto, necesita una ley, una base jurídica y otras cosas más como ejemplo el Banco de Fomento, el cual debiéramos de apurarlo también, para que sumado con otros elementos, discutamos este tema y no lo veamos como una parte del paisaje sino como una política pública que nos convoca para enfrentarlo con efectividad.
En consecuencia, Presidente, me uno a las voces de los colegas, que sigamos la discusión de esta ley, es fundamental, ya se ha discutido bastante y por supuesto como toda obra humana, es mejorable, las sugerencias que se han hecho ya están en unas mociones, por ejemplo la referencia para no impedir totalmente los transgénicos, que puedan beneficiar acá a la población, ya está contenida ahí en la moción introducida por Wálmaro Gutiérrez y que también señalaba el diputado Langrand.
En cuanto a que se certifique si puede tener efectos nocivos a la salud humana, ya lo refería el diputado Wálmaro Gutiérrez, se han tenido reuniones con diferentes organismos, con las universidades donde se están desarrollando centros de investigaciones genéticas, etcétera, de forma tal que esta ley, es buena y por supuesto mejorable y urge para atender las necesidades del país, sobre todo de la gente que está con más discapacidad, la gente que está padeciendo hambre.
Por eso, invito a continuar con la discusión haciéndole las mociones que se crean a bien, pongámosle atención a lo que se está leyendo, y de esta manera dotemos a Nicaragua de una legislación que nos ayude a tener una efectiva soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Indalecio Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO INDALECIO RODRÍGUEZ ALANIZ:
Gracias, señor Presidente.
El motivo de mi intervención era para aclarar un poco el tema que ya señaló ahí el ingeniero Agustín Jarquín y es la gran confusión establecida aquí entre lo que es transgénico y mejoramiento de semilla, un mejoramiento genético de las diversas especies productivas, tanto en granos básicos como en los animales, eso se vive haciendo a diario, a diario. Y es más, hace cuarenta o cincuenta años, se hacían aquí mejoramiento a base de la selección de nuestras semillas autóctonas, y se pasaba de producciones de diez quintales por manzana hasta noventa quintales por manzana, sólo a base de mejoramiento y cambiando las prácticas de manejo que son las que actualmente están tratando de volver a poner en boga como es la agricultura de conservación, donde hay cero quema y cero labranza.
En el tema de los transgénicos, no quisiera entrar en discusión, primero porque no existe en Nicaragua ni creo que las mismas universidades que se dedican a la docencia, tienen las capacidades suficientes para poder detectar y calificar que es transgénico y que experiencias tienen sobre ellos, porque las tesis de investigación que yo he visto en estas universidades son exactamente elementales.
Sí, me consta que en el mundo no existe una donación masiva de transgénicos como aquí parece ser que existe esa impresión. Hay investigaciones sobre eso, pero no producciones comerciales, aunque muchas ONGs, que viven de las donaciones internacionales y están encargadas de recibir estos tipos de ayudas en forma permanente, organismos internacionales, sobre todo por competencias comerciales, viven y se dedican exclusivamente a realizar estas prédicas alarmistas en contra de algunos tipos de ayuda alimentaria que son exclusivamente a base del mejoramiento genético de las semillas. Es más, existen otros tipos de prácticas que no sé porque acá no se retoman porque son rutinarias dentro de todos los ganaderos y posiblemente el 100% de los que estamos aquí lo han hecho, como el uso de los famosos anabólicos hormonales para el engorde de ganado, en donde usan hormonas femeninas y parte de ese consumo de carne en muchos de los estados de Estados Unidos fueron prohibidos hace ya cincuenta años, y en Europa está prohibido desde siempre, sin embargo aquí lo siguen utilizando, lo producen y lo exportan para consumo.
Y parte de lo que se dio en la población de los Estados Unidos según un estudio sociológico practicado en la misma sobre el incremento del aparecimiento de personas sin definición hormonal, o digamos la presencia de los famosos gay o los homosexuales, se debió al consumo de ese tipo de carne y de huevos, y de experiencias que se dieron en ese tiempo por las prácticas también feminoides en la sociedad americana. Eso es lo que veía el niño desde que nacía. De tal manera que eso se debió prohibir acá porque posiblemente es la causa de muchos de los desastres que tenemos y nadie dice nada, es una cosa elemental de simple endocrinología. Por lo tanto yo sí propongo que en un área tan delicada, tan delicada, donde escucho mucho de los rasgamientos de vestiduras como que si quisiéramos entrar al campo de la farándula nocturna, veamos esto con la seriedad del caso, y realmente le demos unos días de consulta para que continuemos en este tema.
Observo que hay mucho lirismo y dicen todos, vamos a convertir el hambre en cero, vamos a ver cero hambre, sin embargo, cuando yo me pongo a leer aquí, no dice qué es lo que vamos a hacer para aumentar la producción, qué vamos a hacer para que esa gente tenga semilla con que producir y como darles semilla mejorada y así obtengan mejores rendimientos. Debemos organizar el territorio nacional para que siembren en tierra aptas, para que los cultivos den un alto rendimiento, porque a veces sembramos donde no son tierras calificadas para la agricultura, estamos dedicando para la ganadería u otras actividades tierras que deberían de destinar a la agricultura, hay que zonificar, hay que hacer la organización territorial, y en todo esto que leemos no vemos absolutamente nada de esto. Son cosas concretas, prácticas, sin necesidad de ir a los sofisticados estudios de ingeniería genética, para poder venir a dilucidar un tema que si un producto que viene acá, es transgénico o no lo es.
Muchas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Evertz Cárcamo, tiene la palabra.
DIPUTADO EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ:
Gracias, señor Presidente.
Bueno, a veces hay que revisar la Constitución Política de Nicaragua para recordar nuestros deberes y derechos. En el Capítulo III de Derechos Sociales, artículo 63, dice textualmente: “Es derecho de los nicaragüenses estar protegidos contra el hambre. El Estado promoverá programas que aseguren una adecuada disponibilidad de alimentos y una distribución equitativa de los mismos”.
Me refiero a esto, porque aquí la discusión no debe ser si es transgénico o no lo es. O si necesitas comer y lo que te voy a dar es veneno, pues, o te voy a dar las sobras. Se trata aquí de un deber, una obligación del Estado nicaragüense, del Gobierno, de los diputados de erradicar el hambre, la miseria. No es obligación de otros gobiernos mandarnos comida o estar dándonos comida constantemente, estar de pedigüeños; una política de mendigos que hemos tenido por años, sabiendo que aquí hay producción, hay trabajo, hay gente trabajadora, honrada. Por estar pidiendo constantemente nos hemos acomodado a que nos den veneno, si es posible, migajas.
Una vez que los organismos nos están dando o donando, nos ponen condiciones, nos controlan, nos “azarean”, nos acusan de corruptos, de invivibles a los nicaragüenses. Da pena, da vergüenza estar discutiendo aquí que tipo de alimento nos van a donar, si nos van a donar algo bueno o algo malo, cuando es obligación del Estado nicaragüense luchar contra el hambre y la pobreza.
El Gobierno de la Unidad Nicaragua Triunfa tiene el Programa Hambre Cero, nosotros como diputados también tenemos que apoyar o revisar y empezar a apoyar este programa porque es obligación del Estado nicaragüense, no de otros países para pedirles continuamente que nos manden lo que quieran mandarnos. Aquí lo correcto es que nos pongamos a trabajar como diputados para que haya mayor producción y dejemos de ser mendigos y nuestro pueblo no sea “azareado” y humillado, porque le están regalando cosas.
Así que, hay un programa de este nuevo Gobierno, que debemos apoyar nosotros como diputados, para erradicar el hambre y la miseria de este pueblo tan sufrido.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Eliseo Núñez, tiene la palabra.
DIPUTADO ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ:
Gracias, señor Presidente.
Yo, con mucho orgullo digo que en Masaya lo que es San Juan de Oriente, Nandasmo y Monimbó, existe todavía la raza pura de los Chorotegas.
Ustedes deben de saber que títulos reales de la Corona a los indígenas solamente existe en tres lugares: Rivas, Masaya y la Costa Atlántica. Por lo tanto, quiero decirle al señor Brooklyn Rivera, que no es exclusividad de la Costa Atlántica, donde estamos los indígenas, reales dueños y propietarios históricos de las tierras en Nicaragua.
Y digo estamos, porque mi bisabuela en su partida de nacimiento decía Mercedes Hernández, aborigen. No hemos pretendido ofender de ninguna manera a nuestros ancestros, lo que pasa es que esa gente Chorotega, que existe, si él alguna vez va a Nandasmo, San Juan de Oriente o a Monimbó, se dará cuenta que son productos de un esfuerzo, de trabajo y sabe muy bien que la mayor parte del mercado existente en Puerto Cabezas son gente de Masaya y de Monimbó. No hemos querido ofender de ninguna manera y por eso no es exclusivo de ellos, lo referente a las etnias.
En cuanto a don Wálmaro, le digo que tuvieron tanto interés en tener tanto asesoramiento técnico, que no miro la existencia en ningún lugar de ganado mayor y menor. Conozco el ganado bovino, ovino, caprino, y porcino; esto demuestra la ligereza con que fue hecha esta ley, inconsulta, con los que en realidad tienen la capacidad para saber de qué estaban hablando. Y ¿Qué no hemos estudiado?, precisamente por eso es que estamos pidiendo se posponga la discusión de esta ley por lo menos quince días dado que bajo el estudio que hemos hecho, encontramos demasiadas deficiencias en ella; porque si no se da este tiempo, pasaríamos en este plenario horas de horas y días de días en cada artículo, sin poderlo aprobar.
Señor Presidente, para facilitar la aprobación de esta ley, usted tiene que acoger la moción de trasladarla a la comisión para que de una vez por todas, nos pongamos de acuerdo, sea consensuada y cuando venga aquí a plenario, venga de una forma tal que se apruebe a la mayor brevedad posible, creo que perder quince días, tres semanas en aras de la aprobación de la ley, es lo más adecuado y correcto.
Muchas gracias, señor Presidente.
Estoy apoyando la moción de extensión de la discusión de esta ley.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Enrique Saravia, tiene la palabra.
DIPUTADO ENRIQUE SARAVIA HIDALGO:
Gracias, señor Presidente.
Algunos diputados que me antecedieron dijeron que no había productores por acá, pero siempre estamos presentes en todos lados.
Quiero referirme al numeral 8 de la Ley, considero que es una falta total de respeto a la población nicaragüense. No es posible que estemos hablando de productos genéticamente modificados que llevan insecticidas, de esos productos no vamos a hablar de la parte científica porque ya muchos lo han dicho y además no somos científicos, somos productores.
Pero les quiero decir, los que hemos estado en otros lados, esos productos ni siquiera los utilizan para consumo animal, mucho menos para el humano. Y sin embargo nos están o nos quieren traer por intereses, que tienen algunas empresas los productos genéticamente modificados para alimento en las industrias avícolas, porcinas y otros. Al fin y al cabo, nos va a salir pasando lo de las vacas locas que hubo en Inglaterra, de repente vamos a ver no sólo nicaragüenses locos por deficiencia de alimentación sino también por los elementos genéticamente modificados. Dicen que no está comprobado y si no está comprobado el daño, ¿por qué no lo consumen en los Estados Unidos, en Europa, en Asia y en otros países del primer mundo? ¿Por qué nos quieren obligar a consumir algo que nos va a perjudicar?
Les quiero poner un ejemplo: en los Estados Unidos y en otros países del primer mundo se fabricaban los insecticidas que estaban en la lista de los doce productos más asesinos que había para la humanidad, sin embargo ellos los prohibieron, a pesar de esto lo siguieron produciendo, y ¿a dónde lo mandaban? Lo mandaban a Nicaragua, ahí tenemos el ejemplo del Nemagón y ahí tenemos los otros ejemplos también de otros afectados por la insuficiencia renal.
Por favor, si no apoyamos esto, estamos abriéndoles a estos productos la puerta, para que en un futuro nuestros hijos y nuestros nietos, sufran consecuencias degenerativas y no solamente nosotros, porque ya prácticamente somos inmunes a muchas enfermedades. Los productos transgénicos se hicieron y se iniciaron con la siembra de algodón, con la semilla de algodón que no se consume, nadie quiere consumir ya ni siquiera aceite vegetal de algodón, porque ahí va también transmitido ese gen. Por tanto al fin y al cabo al terminar de nuestros días y al crecer de nuestros nietos, ellos van a ser los verdaderamente perjudicados. Así que, apoyo totalmente que sigamos en la aprobación de la ley.
Gracias, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Entonces, vamos a hacer lo siguiente: El dictamen de la ley, legalmente no se puede regresar a comisión. Eso no es aceptado por la Ley Orgánica. Sin embargo, podemos usar otro artificio como hemos hecho en otras ocasiones darnos un plazo prudencial para que las bancadas se pongan de acuerdo en mociones de consenso que mejore la ley.
Entonces, hablando con los jefes de bancadas, con cada uno individualmente, todos están dispuestos a que discutamos esta ley nuevamente en la semana del veinte de este mes, en la cual tenemos tres días de plenario, con el objeto que se tomen el tiempo de diez, doce días, para revisar el dictamen y hacer mociones de consenso.
Vamos entonces, a asumir ese compromiso, para que en la semana del veinte discutamos y aprobemos esta ley. Esta iniciativa en vista de que ya desapareció la Comisión Especial de Seguimiento a la Estrategia de Reducción de la Pobreza, está bajo la égida de la Comisión de Producción, Economía, y Presupuesto, por lo que vamos a pedirle al presidente, o a los vicepresidentes, que organicen la discusión para hacer los consensos correspondientes.
Con esto, suspendemos la sesión y nos vemos el día de mañana
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CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO DOS DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 18 DE JUNIO DEL 2009. (VIGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Entonces como les anunciaba al comienzo, vamos a abordar nuevamente la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Este dictamen de ley fue presentado a Primer Secretaría el 6 de octubre del año 2006, o sea, hace más de dos años. Y tuvimos la última discusión sobre él, el día 13 de junio del año 2007, es decir, un poquito más de dos años. En este período en que suspendimos la discusión del tema, hemos tenido tres seminarios en conjunto con la FAO, con el propósito de revisar y enriquecer el dictamen de ley. Ustedes recuerdan que cuando aquí discutimos la última vez este tema en junio 2007, acordamos hacer una comisión conformada por los jefes de bancada, con el objeto de consensuar todas aquellas mociones que fuesen necesarias para enriquecer la ley.
En ese entonces, llegamos a discutir hasta el Capítulo I del Título II, aprobando el artículo 4 de dicho Capítulo. Pasaríamos por consiguiente a discutir el Capítulo II del Título II con el procedimiento expedito que plantea la Ley Orgánica, presentando en este caso mociones por cada uno de los capítulos y anunciando por supuesto qué moción corresponde a qué artículo o qué moción corresponde a algún artículo nuevo si lo hubiese. Entonces, damos la palabra a nuestra Segunda Secretaria para que inicie la lectura del Capítulo II.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Capítulo II
Fomento de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Arto. 5
Los Componentes de la Ley de
Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
son los siguientes: disponibilidad, acceso, consumo y utilización biológica de los alimentos, para el desarrollo de los mismos, se definen los siguientes lineamientos a seguir por el Estado:
1. Promover proyectos de producción de alimentos de origen agrícola, ganadero mayor y menor, piscícola, acuícola, así como la producción artesanal y uso de semilla criolla mejorada de granos básicos dando prioridad a aquellos que fomentan la economía familiar.
2. Mantener libre de aranceles la importación de maquinarias, equipos, insumos utilizados directamente en la producción agropecuaria a los pequeños y medianos productores organizados en cooperativas.
3. Promover procesos para acelerar la legalización de tierras al pequeño productor o productora, a las comunidades indígenas y facilitar el acceso a la tierra a la mujer campesina, como titular de la misma de forma individual o mancomunada.
4. Priorizar la demanda de créditos para la producción campesina, estableciendo fondos para este fin, manejados desde los gobiernos locales beneficiando a los pequeños y medianos productores, campesinos e indígenas estableciendo prioridad a la mujer.
5. Fortalecer la capacidad técnica de pequeños y medianos productores y productoras para ello establecer programas que permitan la generación, transparencia y divulgación tecnológica para mejorar e incentivar el incremento en la productividad y producción de alimentos.
6. Promover y apoyar las organizaciones gremiales de productoras y productores agropecuarios.
7. Solicitar y recibir donaciones de alimentos en correspondencia con los patrones de consumo del país, solamente en circunstancias de emergencias, observándose para ello las disposiciones vigentes en materia de donaciones establecidas en la Ley de Equidad Fiscal.
8. Establecer un control estricto que permita la entrada al país de alimentos inocuos para el consumo, no permitiendo recibir ayuda alimentaria que contenga materiales genéticamente modificados.
9. Mantener reservas de alimentos para auxiliar a la población afectada en casos de desastres naturales y/o emergencias de cualquier tipo, que atañen a la problemática alimentaria, teniendo la posibilidad de dar asistencia alimentaria o bien ser un agente que regule los precios cuando los niveles de especulación a consecuencia de escasez de productos o por cualquier otro motivo, así lo requiera.
10. Promover la participación de los y las productoras en la comercialización de productos, acortando la cadena de ínter-mediación entre productores productoras, y consumidores y consumidoras.
11. Promover la mejora de las condiciones de infraestructura comercial de los alimentos entre otros: vías de comunicación y acopios hasta centros focalizados de comercialización.
12. Incorporar el programa de seguridad alimentaria y nutricional dentro de la red de estrategias de combate a la pobreza.
13. Promover la justa seguridad de los alimentos en el seno familiar y la paternidad responsable, protegiendo a las madres e hijos abandonados.
14. Fortalecer y ampliar los programas de alimentación complementaria dirigida a la población vulnerable y grupos de riesgos (la niñez menor de cinco años, mujeres embarazadas y en el período de lactancia y adultas/os de la tercera edad).
15. Fortalecer el sistema de vigilancia y control de las enfermedades transmitidas por alimentos (ETA´s), manteniendo una campaña permanente de inocuidad de los alimentos.
16. Promover la Lactancia Materna conforme lo dispone la Ley y normas técnicas emitidas por el MINSA y el Código Internacional de Sucedáneos de la Leche Materna.
17. Fortalecer el programa de prevención y control de deficiencias de micro-nutrientes.
18. Promover la investigación y la fortificación de los alimentos de consumo popular con micro-nutrientes.
19. Fortalecer y ampliar el sistema de vigilancia epidemiológica establecido por el gobierno, incorporando contenidos de alimentación y nutrición.
20. Aumentar la cobertura con calidad de los servicios básicos de agua, luz, educación y depósitos de sólidos de acuerdo a las prioridades en los territorios no atendidos.
Hasta aquí el Capítulo II, del Título II.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Capítulo II, Fomento de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Observaciones al Capítulo II, con todos sus artículos.
Diputado Freddy Torres Montes, tiene la palabra.
DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:
Muchas gracias, Presidente.
Todas estas mociones que voy a leer van a sustituir en su totalidad los artículos del Capítulo II.
Primera moción. Nombre de la Ley: “Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional”.
Precepto a modificar; agregar un nuevo artículo al Título I, Disposiciones Generales, Capítulo Único.
Moción: Agregar un nuevo artículo el que se leerá así:
“Arto. 5
Para el cumplimiento del objeto de la presente ley, se establece el Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaría y Nutricional, para implementar el derecho a la alimentación como un derecho humano y fundamental que incluye el derecho a no padecer hambre y a estar protegidos contra el hambre, a una alimentación adecuada y la soberanía alimentaria y nutricional, estableciéndose las regulaciones del sistema en la presente ley.
Justificación
: Se especifica en el Objeto de la Ley el establecimiento del Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, como mecanismo de coordinación y articulación para implementar el derecho a la alimentación de la población nicaragüense.
Moción número 3. Precepto a modificar. Modificar el artículo 6 del dictamen. Moción:
Arto. 6 “Del ámbito de la ley
La presente ley es aplicable a las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades relacionadas con la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional en todo el territorio nacional, establecidas en los artículos 30 y 31 de la presente ley”.
Justificación
: Nueva redacción. Como la ley es de orden público, es necesario dejar claro el alcance de su aplicación en el ámbito de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
Moción 4.- Precepto a modificar: Agregar un nuevo artículo al Título I, Disposiciones Generales.- Capítulo Único, moción:
“Arto. 7
Equidad de Género.- El Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en cuanto la legislación política, estrategia, planes, programas y proyectos que el Estado de Nicaragua formule y aplique en esta materia, deberá integrar el enfoque de equidad de género”.
Justificación
: Nuevo artículo: El papel que juegan las mujeres en el desarrollo de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional es importante dejarlo establecido, pero no sólo en un artículo que lo mencione, sino que lo enmarque de forma transversal en la ley.
Moción 5. Precepto a modificar: Agregar un nuevo artículo al Título Único.
Arto. 1
- Disposiciones Generales, Capítulo Único. Moción:
“Arto. 8
Definiciones Complementarias. Se entiende por:
a) Acceso a los alimentos: El derecho que tienen los individuos o familias para adquirir los alimentos, ya sea por medio de su capacidad para producirlos y/o comprarlos o mediante transferencias o donaciones.
b) Consumo de los Alimentos. La capacidad de la población para decidir adecuadamente sobre la forma de seleccionar, almacenar, preparar, distribuir y consumir los alimentos a nivel individual, familiar y comunitario. El consumo de los alimentos está íntimamente relacionado con las costumbres, creencias, conocimientos, prácticas de alimentación y el nivel educativo de la población.
c) Derecho a la Alimentación. Es el derecho humano y fundamental inherente a la dignidad humana de orden público y de interés social, dirigido a garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional con equidad de género, el cual implica el derecho de acudir a los mecanismos administrativos o judiciales para obtener la tutela de este derecho y la reparación en su caso.
d) Disponibilidad de Alimentos. Se refiere a la cantidad y variedad de alimentos con que cuenta un país, región, comunidad o individuo.
e) Mal nutrición. Estado patológico resultante de un exceso, déficit o desbalance de nutrientes en la dieta, derivando enfermedades crónicas no transmisible como las cardiovasculares, la colesterinemia, la obesidad, emaciación, retraso del crecimiento, insuficiencia ponderal, capacidad de aprendizaje reducida, salud delicada y baja productividad entre otros.
f) Sistema Alimentario. Por sistema alimentario se entenderá al conjunto de relaciones socio económicas y técnico productivas, que incidan de un modo directo en los procesos de producción primaria, transformación agro industrial, acopio, distribución, comercialización y consumo de los productos alimentarios.
g) Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, numeral 1, de esta Ley sobre la Soberanía Alimentaria en lo que a Sistema Alimentario se refiere, se dirigirán políticas sin discriminación, a los actores de la producción alimentaria nacional.
h) Utilización o aprovechamiento óptimo de los alimentos. Una persona depende de la condición de salud de su propio organismo para aprovechar al máximo todas las sustancias nutritivas que contienen los alimentos.
Justificación
: Nuevo artículo: Para la aplicación de ley se proponen definiciones complementarias sobre los cuatro pilares de la Soberanía Alimentaria y Nutricional, así como otras definiciones importantes para la implementación de la ley.
Moción 6. Precepto a modificar: Agregar un nuevo artículo al Título I, Disposiciones Generales, Capítulo Único. Moción: Artículo 9.- Principios complementarios de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional:
a) Sin detrimento a lo establecido en el artículo 2, inciso 1) de la presente ley, Soberanía Alimentaria es el derecho del Estado a definir sus propias políticas y estrategias sustentables de producción, transformación, distribución y consumo de alimentos, que garanticen el derecho a la alimentación a toda la población con preferencia hacia la valorización y el consumo de productos nacionales, sin perjuicio del ejercicio del derecho a la libre empresa y comercio.
b) Precaución para garantizar la inocuidad de la producción interna de alimentos así como de las importaciones y donaciones de alimentos para que estos no puedan ocasionar daños a la producción y al consumo humano nacional.
c) Prevención. Se refiere a la preparación anticipada para evitar un riesgo de daño grave o irreversible a la Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional.
d) Inclusión. Se procura que no exista ningún tipo de discriminación social económica y/o política por razones de género, etnia, religión y/o territorialidad.
Justificación
: Se amplía en principios complementarios importantes para la aplicación de la presente ley.
Moción 7. Precepto a modificar: El Capítulo III de la Implementación de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Moción: Eliminar el Capítulo III de la Implementación de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Justificación
: Se propone eliminar el Capítulo III de la Implementación de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y su articulado 6 y 7, ya que esta materia se retoma para ser abordada en un nuevo título que le va a dar mayor integralidad y técnica administrativa.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado, ¿ya está en otro capítulo?
Ya está en otro capítulo.
Bueno, ok.
Continúe, continúe.
DIPUTADO FREDDY TORRES MONTES:
Correcto.
Moción 8. Precepto a modificar: Título III de la Organización del Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Moción: Cambiar el número del Título y que de III pase a ser número II y eliminar del nombre, la frase de inicio, “De la Organización del”, el que se leerá así: Título II. Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Justificación: Mejorar la organización de la ley, haciéndola más coherente.
Moción 9: Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.- Precepto a modificar: Capítulo I del Título II, moción: Capítulo I, Creación y Estructura del Sistema.
Justificación
: Se propone sustituir el nombre del Capítulo I el que se leerá así: Creación y Estructura del Sistema; por consiguiente, eliminar el artículo 8 y crear los artículos 10 y 11.
Moción 10.- Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.- Precepto a modificar: Agregar un nuevo artículo al Capítulo I del Título II, moción:
“Arto. 10 Creación del Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, Créase el Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, en adelante, SINASSAN para promover, proteger y cumplir el derecho a la alimentación como un derecho humano y fundamental. Este sistema es integrado por el conjunto de instituciones públicas, privadas y organismos no gubernamentales nacionales, con competencia e incidencia en la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de Nicaragua”.
Justificación
: con la redacción de este nuevo artículo, se crea el Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SINASSAN), como un sistema integrado que garantiza la coordinación, intra e inter sectorial para armonizar el quehacer de todos los actores con incidencia en la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Moción 11. Precepto a modificar: Agregar un nuevo artículo 11, eliminando la redacción del presentado en el dictamen. Moción:
“Arto. 11 Estructura del SINASSAN. La estructura del SINASSAN será organizada a nivel sectorial y territorialmente los niveles nacional, regional, departamental y municipal, creando y fortaleciendo instancias de coordinación, articulación y concertación que garanticen la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, quedando integrada por:
a) La Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. (CONASSAN).
b) La Secretaría Ejecutiva de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. (SESSAN).
c) Los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional. (COTESSAN).
d) Las Comisiones Regionales en las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, (CORESSAN).
e) Las Comisiones Departamentales para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, (CODESSAN) y
f) Las Comisiones Municipales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional. (COMUSSAN)”.
Justificación
: Para la aplicación de la ley, se deja establecida la estructura de funcionamiento del Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en los diferentes niveles, nacional y territorial, para asegurar la coordinación de todos los actores de instituciones públicas y de la sociedad civil con incidencia en el tema.
Moción 12: Precepto a modificar: Nombre del Capítulo II, Título II. Moción: Capítulo II, De la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Justificación
: Se propone modificar el nombre del Capítulo II, Título II, el que se leerá así: Capítulo II. Estructura, Composición y Funcionamiento de la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Moción 13: Precepto a modificar: Nuevo artículo 12, moción:
“Arto. 12 La Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en adelante (CONASSAN), es la instancia máxima de toma de decisiones y coordinación intersectorial e intergubernamental a nivel nacional. La preside el Presidente de la República. Para el cumplimiento de sus funciones, la CONASSAN se apoyará en la Secretaría Ejecutiva de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, (SESSAN), adscrita a la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República (SETEP). Los sectores del gobierno representados en la CONASSAN, se organizarán a través de Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, (COTESSAN)”.
Justificación
: Con esta nueva redacción se establece la estructura de la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y su naturaleza como máxima instancia de toma de decisiones garantizando un vínculo directo con el Presidente de la República y la alineación de las políticas sectoriales para la formulación, implementación y evaluación de la Política Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Moción 14: Precepto a modificar: artículo 13 nuevo.
“Arto. 13. Composición de la CONASSAN. La CONASSAN está conformada por los titulares de sectores de las instituciones del Estado, de los Consejos Regionales de las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, representación de los gobiernos municipales a través de la Asociación de Municipios de Nicaragua, (AMUNIC) y de las Organizaciones de la Sociedad Civil con representación nacional e incidencia en soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
Estará integrada de la siguiente manera:
a) Ministerio Agropecuario y Forestal, como representante del sector productivo agropecuario y rural.
b) Ministerio de Salud, como representante del sector salud.
c) Ministerio de Educación, como representante del sector educativo.
d) Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como gestor de los recursos financieros.
e) Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, como representante del sector económico.
f) Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, como representante del sector ambiental.
g) El Presidente de AMUNIC, en representación de los gobiernos municipales.
h) Un representante de los gobiernos regionales de las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, designados alternamente para un período de dos años cada uno.
i) Un o una representante del Sistema Nacional de Atención, Mitigación y Prevención de Desastres.
j) La Secretaria o Secretario Ejecutivo de la SESSAN.
k) Un o una representante de los Organismos No Gubernamentales de cobertura nacional, electos entre las ONG`s con participación permanente y reconocida en los Consejos Técnicos Sectoriales de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
l) Un o una representante de la Unión Nacional de Productores Agropecuarios de Nicaragua, (UPANIC).
m) Un o una representante de Unión Nacional de Agricultores y Ganaderos, (UNAG).
n) Un o una representante del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) con cobertura nacional.
o) Un o una representante de las Organizaciones de los Pueblos Indígenas electos o electas de entre las Organizaciones de Comunidades Indígenas con participación permanente y reconocida en los Consejos Técnicos Sectoriales de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
En el caso de los cuatro últimos incisos, la duración del nombramiento será hasta por un año. El Reglamento de la presente ley, definirá el procedimiento para su selección y nombramiento.
Participan en la CONASSAN en calidad de invitados permanentes con derecho a voz y voto, un o una magistrada o magistrado de la Corte Suprema de Justicia, un o una diputado o diputada de la Asamblea Nacional y él o la Procurador o Procuradora de Derechos Humanos. En ausencia de los Ministros de Estado responsables de sectores, asistirán los Viceministros debidamente facultados con plenos poderes para la toma de decisiones.
En lo referido a los incisos k), l) m) y n) cada representante designará un suplente con autoridad para la toma de decisiones, la CONASSAN podrá incorporar con carácter de invitado a otros representantes del Estado y la sociedad civil, que estén vinculados a temas relacionados a la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional”.
Justificación
: Se establece la composición de la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, (CONASSAN), garantizando la participación de las instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil con incidencia en el tema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Moción 15. Precepto a modificar: Artículo 14 nuevo:
“Arto. 14 Funciones de la CONASSAN son funciones de la CONASSAN las siguientes:
a) Evaluar y actualizar la Política Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional con equidad de género, para aprobación por el Presidente de la República.
b) Aprobar, evaluar y actualizar las estrategias, planes, programas y proyectos en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en el nivel nacional.
c) Aprobar el diseño y funcionamiento de las instancias y órganos del SINASSAN y su Reglamento Interno presentado por la SESSAN.
d) Presentar propuestas de declaratoria de zonas de emergencia o emergencia nacional en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional al Presidente de la República para su aprobación y declaración.
e) Aprobar y enviar a divulgación anualmente, el Informe Nacional del Estado de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de Nicaragua (INESSAN).
f) La CONASSAN, para su funcionamiento deberá realizar reuniones de forma ordinaria dos veces al año y extraordinariamente cuando el Presidente de la República convoque. Los integrantes de esta instancia no reciben remuneración alguna por su participación.
g) Las demás funciones que la presente ley le establezca”.
Justificación
: Se amplían las funciones de la CONASSAN, dándole mayor integralidad y coherencia para garantizar el cumplimiento de la presente ley.
Paso mociones, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Hay quince mociones presentadas en total, las cuáles modifican varios artículos, varios títulos y capítulos, eliminan unos y crean otros nuevos. Por tanto, como hablamos al comienzo, vamos a votar las mociones del capítulo de una sola vez; entonces las mociones leídas por Freddy Torres, que van del 5 al 9, que son parte del Capítulo II, denominado Otras Disposiciones, las sometemos a votación del plenario para constituir las mociones del Capítulo II.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
65 votos a favor, 9 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas al Capítulo II.
Ahora votamos el Capítulo II, con todos sus artículos y todas sus mociones presentadas y aprobadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
63 votos a favor, 13 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II, con todos sus artículos y todas sus mociones aprobadas.
Ahora, pasaríamos a votar las mociones que comprenden los artículos del 10 al 14, que también fueron leídas por el diputado Freddy Torres.
Se abre la votación para aprobar estas mociones.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
61 votos a favor, 16 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban los artículos comprendidos del 10 al 14, que son un segundo capítulo.
Ahora pasamos a votar este capítulo con todos sus artículos y las mociones ya aprobadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
58 votos a favor, 19 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo II, que comprende los artículos del 10 al 14. Con todos sus artículos y sus mociones ya aprobadas.
SECRETARIO ALEJANDRO RUIZ JIRÓN:
CAPÍTULO III
De la Implementación de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Arto. 6
Para poner en práctica los objetivos, principios y lineamientos de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional se implementará una estrategia, que se fundamente en estudios de factibilidad, planificación y con un diseño que establezca las medidas para su implementación, seguimiento y evaluación. Son base para la estrategia:
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL:
El Estado debe garantizar a las Instituciones relacionadas con la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional la disposición de recursos necesarios (humanos, físicos y financieros) que les permita incorporar en sus planes de desarrollo, los programas y proyectos para operativizar la presente política.
1. COORDINACIÓN INTERSECTORIAL.
a) Es responsabilidad del Estado elaborar y orientar planes y programas de acciones de corto, mediano y largo plazo para la ejecución de la política de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, fomentando una continua coordinación entre las instituciones (agricultura, salud, educación, medio ambiente, economía, trabajo.) y todos los sectores de la sociedad civil y organizaciones de la empresa privada y organismos no gubernamentales, ordenando prioridades sobre la base de la disponibilidad de recursos.
b) Garantizar condiciones para que el sector privado genere empleos productivos y permanentes para mejorar los niveles de ingresos y las condiciones de la población nicaragüense.
2. REORIENTACIÓN DEL FINANCIAMIENTO.
a) Crear mecanismos que faciliten al pequeño y mediano productor y productora el acceso al financiamiento con bajos intereses para la producción de alimentos, así como su participación en el proceso de comercialización y dar valor agregado a los mismos.
b) Crear mecanismos para Fondos de Garantía en los municipios para pequeños productores, productoras y familias urbanas que no posean bienes para ofrecerlos en garantía, como un mecanismo de facilitación del acceso al crédito.
3. PROMOCIÓN DE LA SALUD Y ESTILOS DE VIDA SALUDABLE.
a) Es responsabilidad del Estado fortalecer la coordinación y articulación interinstitucional que permita ampliar la cobertura y calidad de la prestación de servicios básicos, salud, educación, agua y saneamiento ambiental como prioridades para el desarrollo social y el mejoramiento del nivel de la población.
4. DESCENTRALIZACIÓN.
a) Garantizar y velar por la continuidad de la descentralización del gobierno promoviendo la participación de los gobiernos locales los que deben constituirse en la estructura principal para asegurar a la población el acceso a los servicios públicos de manera más eficiente, focalizada y transparente que contribuya a mejorar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
5. EDUCACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL.
a) Garantizar el establecimiento de programas de educación sobre la temática de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, incorporándola como un componente esencial en las actividades desarrolladas por los distintos sectores de la vida nacional, tanto en el ámbito individual, comunitario, laboral, escolar con un enfoque familiar para influir en cambios de actitudes y hábitos alimentarios.
6. COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN.
a) Elaborar e impulsar programas de comunicación social, contando con la participación y el compromiso de los medios masivos de comunicación en la promoción de la política de seguridad alimentaria y nutricional, que garantice el conocimiento de la misma por parte de la población.
7. CONCERTACIÓN REGIONAL.
a) Apoyar e impulsar iniciativas regionales que en materia de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional se impulsen en el contexto de la integración centroamericana.
Arto. 7 Para el cumplimiento del fomento e implementación, se establecen como principales fuentes de recursos:
Recursos priorizados del Presupuesto General de la República para implementar la política de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de acuerdo a las necesidades y requerimientos del organismo rector.
Asignar recursos priorizados de la cooperación de organismos internacionales asociados al sector de la producción y distribución de alimentos, a los proyectos de la estrategia de reducción de pobreza, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del organismo rector.
Hasta aquí el Capítulo II.
TÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
CAPÍTULO I
Organismos encargados de implementar la Política y Estrategia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Arto. 8 Órganos.
El Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional está integrado por los siguientes órganos:
a) CONASSAN; Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
b) SESSAN; Secretaría de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República.
c) COTESSAN; Comité Técnico de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
d) Comisiones Regionales
e) Comisiones Municipales.
CAPÍTULO II
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
Arto. 9 Creación.
Se crea la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional CONASSAN, integrado por instancias de gobierno y de la sociedad civil nicaragüense, contando con el apoyo técnico y financiero del Presupuesto General de la República y de la cooperación internacional.
Arto. 10 La Naturaleza.
La CONASSAN, es la instancia rectora nacional para la formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas y planes de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
Arto. 11 Objetivos.
El objetivo fundamental de la CONASSAN es establecer y mantener, en el contexto de la Política Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, un marco institucional estratégico de organización y coordinación para priorizar, jerarquizar, armonizar, y tomar decisiones en materia de SSAN, sus objetivos principales:
a) Impulsar acciones encaminadas a la erradicación del hambre, la desnutrición y reducción de enfermedades carenciales, fortaleciendo las condiciones que contribuyan a que toda la población acceda a oportunidades de desarrollo humano digno;
b) Diseñar e implementar acciones eficaces y oportunas de disponibilidad de productos básicos de la alimentación y asistencia alimentaria a los grupos de población que padecen desnutrición, complementadas con programas de desarrollo comunitario y seguridad alimentaria y nutricional;
c) Impulsar los objetivos de la Política Nacional de SSAN del Estado Nicaragüense en los planes estratégicos, programas y proyectos sectoriales orientados al desarrollo socioeconómico del país.
d) Impulsar programas complementarios a la política y plan de SSAN para eliminar el hambre y la desnutrición.
Arto. 12 Son funciones de la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
1. Promover y coordinar la formulación de la política de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional y su plan de acción.
2. Gestionar los recursos necesarios para la implementación de esta ley en el Presupuesto de la República los rubros necesarios para cada uno de los ministerios que integran la Comisión de Soberanía y Seguridad Alimentaria y que ejecutará el programa de soberanía y seguridad alimentaria, así como los fondos externos que deben destinarse de preferencia a los sectores sociales en condiciones vulnerables de pobreza o pobreza extrema, sin olvidar a otros sectores a fin de evitar que esas condiciones se reproduzcan y lleven a mayor marginalidad.
3. Fortalecer la relación y coordinación intersectorial, planificación, programación, ejecución, seguimiento y evaluación del plan nacional de desarrollo económico social, sus programas y proyectos que favorezcan la SSAN.
4. Nombrar al Comité Técnico de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. (COTESSAN).
5. Divulgar el desarrollo, avance y resultado de la política y plan de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
Arto. 13 Estructura
La Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional estará integrada de la siguiente manera:
El Presidente de la República, quien lo coordinará y presidirá o en su defecto a quien él delegue.
Nivel de coordinación y planificación técnica, constituido por la Secretaría de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República.
Un representante de cada uno de los ministerios siguientes: Agricultura y Forestal, del Ambiente y Recursos Naturales, Familia, Fomento, Industria y Comercio, Salud, Educación, Cultura y Deportes y la Empresa Nacional de Acueductos y Alcantarillados, MTI, MITRAB.
Delegados de las organizaciones de la sociedad civil que trabajen el tema de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, electos por ellos mismos, en la misma proporción de participación que las instancias de gobierno.
Un delegado por cada organización de productores que así lo soliciten.
Un delegado por cada asociación u Organización de consumidores que así lo soliciten.
Un delegado de las instituciones de desarrollo tecnológico cómo las universidades y las instituciones de desarrollo agropecuario.
Arto. 14 Responsabilidad de delegados.
Los delegados de cada institución u organización que integran el sistema, deberán contar con la delegación de autoridad institucional para asumir compromisos ante la CONASSAN. Cada integrante de la CONASSAN será responsable del cumplimiento de las directrices y acuerdos emanados del CONASSAN en la institución u organización que representa.
Arto. 15 Del COTESSAN. Consejo Técnico de la Soberanía de Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Este órgano es de carácter intersectorial. Sus miembros son nombrados por la CONASSAN a propuesta de los miembros respectivos, integrantes de esta Comisión. Tendrá las siguientes atribuciones:
a) Apoyar a la SESSAN en la elaboración de la Política de Soberanía y Seguridad a Alimentaría y Nutricional.
b) Contribuir con la SESSAN en la elaboración y seguimientos de los planes intersectoriales de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Arto. 16 De las Comisiones Regionales de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Las comisiones de las Regiones Autónomas del Atlántico estarán integradas por un delegado de las siguientes instituciones: Gobierno Regional, el señor gobernador la preside, Consejo Regional, Gobiernos Locales y los Delegados Ministeriales que ejecuten programas y proyectos en el área de salud, educación, medio ambiente y programas de desarrollo agrícola y de los productores de la región.
Arto. 17 De las Comisiones Municipales de Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional.
Las Comisiones Municipales estarán integradas de la manera siguiente: Gobiernos Locales, el señor Alcalde la preside, por redes locales que se conformarán con los actores sociales del sector productor de alimentos y los delegados ministeriales que ejecuten programas y proyectos en el área de salud, educación, medio ambiente y programas de desarrollo agrícola en cada uno de los municipios del país, priorizando aquellos caracterizados por su situación de pobreza, hambre y desnutrición en correspondencia con la estructura y conformación de la CONASSAN.
Arto. 18
Los Gobiernos Municipales, de acuerdo a sus posibilidades, destinarán recursos priorizados de sus presupuestos para la implementación de la política de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en su localidad.
Hasta aquí el capítulo.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado Alejandro Ruiz, Tercer Secretario.
Para escuchar las mociones correspondientes al articulado del 15 al 18, tiene la palabra la diputada Dora Odily Zeledón, Suplente de Yasser Martínez.
DIPUTADA DORA ODILY ZELEDÓN ZELEDÓN:
Buenos días.
Voy a dar a conocer la moción 16 de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. El precepto a modificar es el siguiente: Se crea un nuevo Capítulo III. Moción. Capítulo III. Estructura, Composición y Funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Justificación: Se crea este Capítulo III, Estructura, Composición y Funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, dándole así continuidad al funcionamiento del Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Este capítulo comprende los artículos nuevos que van del artículo 15 al 18. A partir de la creación de este capítulo, se crean nuevos capítulos que tienen por objetivo completar y regular la estructura, composición y funcionamiento del Sistema, o sea del Sinassan así como del establecimiento de regulaciones para su funcionamiento, mejorando e integrando el sistema contenido en el dictamen.
Moción número 17. Precepto a modificar: Artículo nuevo.
Moción. Arto. 15.- De la Estructura de la Secretaría Ejecutiva de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, Sessan. Para el cumplimiento de sus funciones, la estructura de la Sessan será la siguiente:
a) Una Secretaría Ejecutiva.
b) Una Dirección de Planificación,
c) Una Dirección de Evaluación y Seguimiento.
La Sessan está coordinada por el o la Secretaria o Secretario Ejecutivo o Ejecutiva.
Justificación
: Se establece la estructura de la Sessan para el cumplimiento de las funciones que le asigne la presente ley.
Moción número 18. Precepto a modificar; Nuevo artículo. Moción al artículo 16.
“Arto. 16 De la Secretaría Ejecutiva de la Sessan. La Secretaría Ejecutiva de la Sessan es el ente encargado de operativizar las decisiones de la Conassan y tendrá la responsabilidad de llevar a efecto la coordinación intersectorial, así como la articulación de los programas y proyectos de las distintas instituciones nacionales e internacionales, vinculadas con la seguridad alimentaria y nutricional del país.
Sus funciones son:
a) Establecer las coordinaciones entre la Sessan y los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional a fin de:
1. Formular y evaluar la Política Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional con equidad de género y étnica y presentarla a la Conassan para su aprobación previa y su posterior envío a la Presidencia de la República para su respectiva sanción.
2. Formular y evaluar las estrategias, planes, programas, en materia de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, que han sido orientadas por la Conassan.
3. Dar asesoría y asistencia técnica de acuerdo a solicitud para el desarrollo de las coordinaciones de los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, con los Consejos Regionales de las Regiones Autónomas del Atlántico de Nicaragua, los consejos Departamentales y con los gobiernos municipales para el establecimiento e implementación del Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
4. El o la Secretaria o Secretario Ejecutivo, facilita la coordinación de las diferentes instancias sectoriales en los niveles nacional, regional, departamental y municipal del Sinassan, con el Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres, para enfrentar situaciones de emergencia.
5. Fomenta el estudio y el análisis del problema alimentario nutricional y sus soluciones, asegurando la existencia y funcionamiento efectivo de canales y espacios de diálogos y comunicación, así como mecanismos de consulta y coordinación entre el gobierno, la sociedad civil y la cooperación internacional.
6. Proponer a la Conassan la declaratoria de zonas de emergencia o emergencia nacional, en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
b) Brindar información de carácter técnico y educativo a los miembros de la Conassan sobre temas referidos a la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
c) Dirigir los órganos auxiliares de apoyo, dirección de planificación y dirección de evaluación y seguimiento, según sus funciones.
d) Elaborar el reglamento interno de organización y funcionamiento de la Dirección de Planificación y de la Dirección de Evaluación y Seguimiento para su presentación y aprobación en la Conassan.
Para optar al cargo de Secretaria o Secretario Ejecutivo de la Sessan, se requieren las siguientes cualidades:
a) Ser nacional de Nicaragua. Los que hubiesen adquirido otra nacionalidad deberán haber renunciado a ella al menos cuatro años antes de la fecha de su nombramiento.
b) Estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles.
c) Haber cumplido veinticinco años de edad.
d) Haber residido en forma continua en el país los cuatro años anteriores a la fecha de su nombramiento, salvo que durante dicho período cumpliere misión diplomática, trabajare en organismos internacionales o realizare estudios en el extranjero.
e) Titulación académica a nivel de estudios superiores, preferentemente con título de maestría y relacionados a la materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
f) Experiencia técnica en Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, al menos de siete años, contados a partir de la fecha del nombramiento por el Presidente de la República.
El Secretario o Secretaria Ejecutivo, será nombrado por el Presidente de la República.
Justificación
: Se establecen las funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Sessan para operativizar las decisiones de la Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Moción 19. Precepto a modificar: Artículo nuevo. Moción:
“Artículo 17. De la Dirección de Planificación de la Sessan:- La Dirección de Planificación de la Sessan, tiene la responsabilidad de realizar las siguientes funciones en coordinación con los Consejos Técnicos Sectoriales:
a) Desarrollar un Sistema Nacional de Planificación para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, a partir de los Sistemas de Planificación Sectoriales.
b) Apoyar y dar asistencia técnica para la implementación del Sistema de Planificación en las instancias territoriales del nivel regional, departamental y municipal.
c) Elaborar la propuesta de Política Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y presentarlo a la Sessan para su presentación a la Conassan.
d) Elaborar para la Sessan la propuesta de la Estrategia Nacional en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional con equidad de género, para presentarla a la Conassan.
e) Elaborar la propuesta de estrategia de gestión financiera del Sinassan para su aprobación en la Conassan.
f) Las demás que establezca la presente ley.
La Dirección de Planificación de la SESSAN estará a cargo del o la Directora de la Dirección de Planificación, nombrado o nombrada por la Conassan a propuesta del o la Secretaria o Secretario Ejecutivo de la SESSAN. Para optar al cargo se requiere tener experiencia técnica mínima de cinco años en temas de Seguridad Alimentaria y Nutricional, estudios de planificación estratégica y conocimiento del Sistema Nacional de Planificación.
Justificación.
Se establece la Dirección de Planificación de la Sessan para realizar las funciones encomendadas a la Sessan en materia de planificación.
Moción 20.-
Precepto a modificar: Artículo nuevo.- Moción.
“Arto. 18.- De la Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Sessan. La Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Sessan tiene la responsabilidad de realizar las siguientes funciones en coordinación con los Consejos Técnicos Sectoriales:
a) Desarrollar un Sistema Nacional de Evaluación y Seguimiento para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional a partir de los Sistemas Sectoriales de Evaluación.
b) Elaborar la propuesta de Estrategia de divulgación del Sinassan, priorizando la Política Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, la ley y su Reglamento, la que será aprobada por la Conassan.
c) Elaborar la propuesta de Informe de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (INESSAN) para aprobación por la Conassan.
d) Monitorear y evaluar en coordinación con los equipos de planificación de los Cotessan, el estado de la nación en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional e informar de ello a la Conassan.
e) Apoyar y dar asistencia técnica a los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, para la implementación de los subsistemas de información sectorial del monitoreo y evaluación del estado de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en las instancias territoriales a nivel regional, departamental y municipal.
f) Divulgar y difundir la política nacional y su plan de acción aprobado por la Conassan a través de los medios de comunicación masiva nacional y en las Regiones Autónomas, departamentales y municipios del país.
g) Las demás que le establezca la presente ley.
h) La Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Sessan estará a cargo de la Directora o Director de la Dirección de Evaluación y Seguimiento nombrado por la Conassan a propuesta de la Secretaria o Secretario Ejecutivo de Sessan. Para optar al cargo se requiere tener experiencia técnica mínima de cinco años en temas de Seguridad Alimentaria Nutricional y estudios en Sistema de Evaluación y Seguimiento de Políticas Públicas.
Justificación.
Se establece la Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Sessan para realizar las funciones encomendadas a la Sessan en materia de evaluación y seguimiento.
Presento las mociones, compañero Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputada Zeledón.
Diputado Carlos Gadea, tiene la palabra.
DIPUTADO CARLOS GADEA AVILÉS:
Gracias, señor Presidente.
Solamente por la legalidad de la sesión, quería que nos explicaran por qué la diputada Zeledón está en el escaño del señor Jasser Martínez, hablando en nombre de él. A ver si por favor Edwin Castro nos hace esa aclaración, por la legalidad del acto que estamos ejerciendo.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Gadea, como usted sabe, y le explicaba personalmente ahorita, en la bancada sandinista y en varias bancadas hay diputados propietarios que se han apermisado para cumplir otras funciones en el gobierno. De acuerdo con la Constitución y con la ley, cuando ellos se van, asumen los suplentes, entonces, el resto de suplentes que pasan a propietarios se van corriendo para asumir su suplencia.
Nosotros hicimos una consulta el día 19 de marzo de este año al Consejo Supremo Electoral, para que nos indicase cuál era la suplencia de cada uno de los diputados, y en una de las partes dice la comunicación: “En cuanto a las ausencias temporales de los propietarios, el siguiente orden de suplencia para sustituir al diputado propietario por el Departamento de Managua, Jasser Enrique Martínez Montoya, será la diputada suplente Dora Odily Zeledón Zeledón”. La carta está firmada por el Secretario de Actuaciones del Consejo, Supremo Electoral, el señor Roberto José Evertz Morales y existe esta comunicación en la Presidencia de la Asamblea y en Primera Secretaría. Usted bien puede pedirle oficialmente al Primer Secretario, copia de la misma.
Pasamos entonces a votar las mociones leídas por la diputada Zeledón, que son en total –creo- seis propuestas y comprenden del artículo 15 al artículo 18, y constituyen un nuevo Capítulo III.
Entonces, como siempre, primero votamos las mociones y después el capítulo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 26 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas.
Pasamos ahora a votar el capítulo nuevo que sería el Capítulo III, con todos sus artículos y todas sus mociones ya aprobadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el nuevo capítulo que es el Capítulo III, con todas sus mociones ya aprobadas.
Para continuar, la diputada María Eugenia Sequeira va a leer las siguientes mociones, siempre en este Título.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES:
Gracias, Presidente.
Previamente a la lectura, teniendo la aprobación de esta Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, sería recomendable que el Foprel abriera una página web presentando la misma una vez publicada en La Gaceta, para que motivemos a los demás países centroamericanos, porque muchos no tienen una ley como ésta. Además, les va a servir para hacer un análisis comparativo o de ayuda, ya que para crear el marco legal que se quiere hacer a nivel regional, es necesario que tengamos muchos puntos de coincidencia a nivel centroamericano, y de esta manera las gestiones de recursos o de beneficios sean más fáciles de resolver.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada, en cuanto sea aprobada la ley y publicada en La Gaceta, vamos a enviársela a cada Parlamento Centroamericano y del Caribe, para que les sirva de información y de apoyo.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES:
OK. Gracias, Presidente.
Moción 21.
Se crea un nuevo capítulo.
Moción. Capítulo IV.
Estructura, Composición y Funcionamiento de los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Justificación.
Se crea el
Capítulo IV.
Estructura, Composición y Funcionamiento a los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, con el fin de mejorar la coordinación intersectorial e interinstitucional que garantice la implementación sectorial de la ley.
Este capítulo contiene los
artículos 19 y 20.
Moción 22.
Precepto a Modificarse. Se crea un nuevo artículo.
Moción. Arto. 19
De los Consejos Técnicos Sectoriales, para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, Cotessan, Estarán coordinados por el ministerio que coordine el sector. Los Consejos Técnicos Sectoriales estarán conformados por los siguientes autores vinculados a la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
a) El o los ministerios e instituciones públicas que conforman el sector.
b) Un o una representante de organismo no gubernamental de cobertura nacional.
c) Un o una representante de la Unión Nacional de Productores Agropecuarios de Nicaragua (Upanic).
d) Un o una representante de la Unión Nacional de Agricultores y Ganaderos (UNAG).
e) Un o una representante del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), con cobertura nacional.
f) Un o una representante de la Organización de los Pueblos Indígenas.
g) Un o una representante de las universidades designado por el Consejo Interuniversitario de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cotessan), podrán incorporar con carácter de invitados a otros representantes del Estado y sociedad civil en temas relevantes a la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Justificación.
Se establecen los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cotessan) con participación de instituciones públicas sectoriales y representantes de la sociedad civil, con incidencia en Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional.
Moción 23.
Precepto a modificarse. Se crea nuevo artículo.
Moción.
Arto. 20 Son funciones de los Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Cotessan), las siguientes.
a) Coordinar con los Consejos Regionales de las Regiones Autónomas del Atlántico de Nicaragua, los Consejos Departamentales y gobierno municipales, el establecimiento e implementación del Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, apoyando la constitución de las Comisiones de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional respectivas.
b) Elaborar la propuesta de políticas sectoriales para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional para su aprobación por el sector.
c) Apoyar, en coordinación con la Sessan, a las instancias territoriales de nivel regional, departamental y municipal para la implementación del sistema de planificación de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, en el marco del Sistema Nacional de Planificación.
d) Apoyar, en coordinación con la Sessan, a las instancias territoriales del nivel regional, departamental y municipal para la implementación del Sistema de Información para el Monitoreo y Evaluación del Estado de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
e) Elaborar, para la Sessan, en coordinación con la Dirección de Planificación del Sessan, el proyecto de políticas nacionales de Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional a ser presentado a la Conassan, para aprobación por el Presidente de la República.
f) Elaborar por la Sessan, las estrategias, planes, programas y proyectos sectoriales en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, con equidad de género.
g) Participar, en coordinación con la Dirección de Evaluación y Seguimiento a la Sessan, en la elaboración de las estrategias de divulgación de la Sinassan, para su presentación y aprobación por la Conassan, debiendo priorizar las políticas nacionales de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, la ley y su reglamento.
h) Participar, en coordinación con la Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Sessan, en la elaboración del informe de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Inessan), para aprobación por la Conassan.
i) Monitorear y evaluar, en coordinación con la Dirección de Evaluación y Seguimiento de la Sessan, el estado del sector en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional e informar de ello a la Sessan.
j) Las demás que se lo establezca la presente ley.
Justificación.
Se establecen las funciones de los Consejos Técnicos Sectoriales y la coordinación intersectorial e
intrasectorial a nivel nacional y en los diferentes niveles territoriales para la implementación de la presente ley.
Paso mociones.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputada Sequeira.
Hemos escuchado tres mociones presentadas por la diputada Sequeira, una que crea un nuevo capítulo que sería el Capítulo IV, compuesto por dos nuevos artículos.
Entonces pasamos, como siempre, primero a votar las mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
60 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas, que crean un nuevo capítulo compuesto por dos artículos.
Siguientes mociones.
Diputada Sequeira, tiene la palabra.
DIPUTADA MARÍA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES:
Gracias, Presidente.
Capítulo V, sería nuevo Capítulo V. Precepto a modificar: Se crea un nuevo capítulo. Moción, Capítulo V. Estructura y Composición de las Comisiones Regionales y Departamentales y Municipales.
Justificación.
Se crea el Capítulo V. Estructura y Composición de las Comisiones Regionales y Departamentales y Municipales, que comprenden los artículos 21 al 24.
Moción 25.
Precepto a modificar. Se crea otro nuevo artículo.
Moción. Arto. 21
De las Comisiones Regionales en las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Corressan), Las Comisiones Regionales en las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Corressan), son las máximas instancias de toma de decisión y coordinación intersectoriales a nivel regional. Están adscritas al Consejo Regional de Planificación Economía y Social (Corpes) El Consejo Regional en cada una de las dos Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, mediante resolución, deberá crear la Copressan, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la presente ley.
Las Comisiones de las Regiones Autónomas del Atlántico estarán integradas por:
a) Un delegado o una delegada del gobierno regional.
b) Un o una delegada o delgado de los gobiernos locales.
c) Un o una delegado de los ministerios que forman parte de la Conassan.
d) Una o un delegado de las organizaciones de la sociedad civil que ejecute programas y proyectos en la Región, orientados a fomentar la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de la región.
Justificación.
Se mejora y amplía el alcance de la estructura de las Comisiones de las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y se define su integración multisectorial a nivel regional en el marco del Sistema de Participación Ciudadana.
Moción 26.
Precepto a modificarse. Se crea un nuevo artículo.
Moción. Arto. 22.
De las Comisiones Departamentales de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Codessan). Las Comisiones Departamentales para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Codessan) adscritas a los Consejos Departamentales de Desarrollo, son las instancias máximas de la toma de decisiones y coordinación intersectorial a nivel departamental y de seguimiento y de evaluación de planes y proyectos dirigidos al desarrollo de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Las Comisiones Departamentales estarán integradas por:
a) Un o una delegado electo por los alcaldes del Departamento respectivo, quien lo coordina.
b) Un o una delegado, de los delegados ministeriales de los ministerios que conforman parte de la Conassan.
c) Un o una delegado de las organizaciones de la sociedad civil que ejecuten programas y proyectos en el Departamento, orientado a fomentar la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Departamento.
Justificación.
Se crean la Comisiones Departamentales para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y se define su integración multisectorial a nivel departamental en el marco del Sistema de Participación Ciudadana.
Moción 27.
Precepto a modificarse. Se crea nuevo artículo.
Moción Arto. 23
. De las Comisiones Municipales de la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Conassan). Las Comisiones Municipales para la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional (Comussan) son las instancias máximas de toma de decisiones y coordinaciones intersectoriales a nivel municipal, están adscritas a los Consejos Municipales de Desarrollo y son presididas por el alcalde o alcaldesa.
La Cumussan será integrada y convocada por el Consejo Municipal a través del Secretario del Concejo Municipal, en un plazo no mayor de noventa días a la entrada en vigencia de la presente ley.
Las Comisiones Municipales estarán integradas por:
a) El alcalde o su delegado o delegada del Concejo Municipal, quien lo coordina.
b) Un o una de las delegaciones ministeriales de los ministerios que conforman la Conassan y,
c) Un o un delegado de las organizaciones de la Sociedad Civil que ejecuten programas y proyectos en el municipio orientados a fomentar la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del municipio.
Justificación.
Se mejora y amplía el alcance de la estructura de las Comisiones Municipales de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, y se define su integración multisectorial a nivel municipal en el marco del Sistema de Participación Ciudadana.
Moción 28
Precepto a modificar. Se crea nuevo artículo.
Moción Arto. 24
Las comisiones nacionales, departamentales, regionales y municipales podrán incorporar con carácter de invitados otros representantes del Estado y sociedad civil en temas relevantes a la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Justificación.
Se fortalecen los mecanismos de consulta para ampliar la participación de instituciones del Estado y organizaciones de la sociedad civil en las comisiones regionales, departamentales y municipales de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional con incidencia en el tema.
Hasta aquí mis mociones, y las paso a través de mi asistente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputada Sequeira.
Se han presentado en este caso cinco mociones que crean un nuevo capítulo, el Capítulo V, compuesto por cuatro artículos.
Vamos entonces a proceder a votar las mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
59 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas que crean un nuevo capítulo compuesto de cuatro artículos.
Continuamos con las mociones.
Diputado Nery Nelson Sánchez, tiene la palabra.
DIPUTADO NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO:
Gracias, señor Presidente.
Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Precepto a modificar. Se crea un nuevo capítulo.
Moción. Capítulo VI.
Funcionamiento de las Comisiones Regionales y Departamentales y Municipales.
Justificación.
Se crea el Capítulo VI, el que se leerá: Capítulo VI. Funcionamiento de las Comisiones Regionales, Departamentales y Municipales, que comprende el artículo 25.
Precepto a modificarse. Se crea un nuevo artículo.
Moción. Arto. 25
De las Funciones de las Comisiones de las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, Departamentales y Municipales de Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional.
Las comisiones en los distintos niveles tienen las siguientes funciones:
a) Coordinar en el ámbito respectivo, los esfuerzos de articulación de las acciones públicas y privadas orientadas a elaborar, implementar y evaluar políticas, programas y proyectos con equidad de género que aseguren la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de sus comunidades.
b) Asegurar mecanismos efectivos de planificación y evaluación para el desarrollo de acciones, que garanticen la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional en sus comunidades, con la participación de las distintas instituciones del Gobierno y organizaciones de la sociedad civil, relevantes al tema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
c) Establecer coordinación permanente con los Consejos Técnicos Sectoriales que conforman la Conassan, para asegurar el desarrollo de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en sus respectivos territorios.
d) Solicitar apoyo técnico a la SESSAN para la implementación del Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional en su respectivo territorio.
Justificación.
Se establecen las funciones de las Comisiones de las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, Departamentales y Municipales de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, para garantizar la implementación de la presente ley en su respectivo nivel territorial.
Presento moción.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
El diputado Nelson Sánchez presentó dos mociones, una de ellas es para la creación de un nuevo capítulo que sería el Capítulo VI, compuesto por un solo artículo.
Entonces, procederemos a votar las mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 26 presentes, 1 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas que crean un nuevo capítulo, que es el Capítulo VI, compuesto de un artículo.
Siguientes moción.
Diputado César Castellanos, tiene la palabra.
DIPUTADO CÉSAR CASTELLANOS MATUTE:
Gracias, Presidente.
Precepto a modificar. Se crea un nuevo capítulo. Se modifica el nombre del capítulo.
Moción. Capítulo VII.
De los Instrumentos en mecanismos del Sistema.
Justificación.
Se crea nuevo capítulo, el que se leerá así. Capítulo VII, De los Instrumentos y Mecanismos del Sistema, que comprende los artículos que van del 26 al 29.
Precepto a modificarse. Se crea nuevo artículo.
Moción. Arto. 26. De los Recursos Financieros
.
a) Las instituciones del Gobierno que forman parte de la Conassan, priorizarán en su partida presupuestaria la asignación de recursos en el Presupuesto General de la República, y de la cooperación internacional, asociado a programas, proyectos y actividades de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional con equidad de género.
b) Los programas de inversión municipal deberán estar orientados a desarrollar, de manera coordinada con las demás instituciones públicas, estrategias para el Fomento de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, por medio de programas y proyectos con fondos propios o con recursos provenientes del Presupuesto General de la República.
c) El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá incorporar una partida presupuestaria, de acuerdo a los instrumentos y mecanismos establecidos en el Presupuesto General de la República, para la aplicación de la presente ley.
La asignación de recursos presupuestarios estará basada en las necesidades y requerimientos de Sinassan y las capacidades presupuestarias del país.
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, en el proceso de aprobación del Presupuesto General de la República identificará de manera clara las partidas de gastos que serán asignadas a cada una de las instituciones responsables de implementar las medidas privadas de esta ley.
Justificación.
Se definen las responsabilidades institucionales para garantizar los recursos Presupuestarios para la implementación de la presente ley.
Precepto a modificar. Se crea nuevo artículo.
Moción. Arto. 27
De la Prevención y Precaución. La distribución interna, la venta, la importación y exportación de alimentos, sean para consumo humano o animal, deberán contar con la autorización de la autoridad competente en salud animal y sanidad vegetal de acuerdo con la legislación de la materia, debiendo aplicar en todos los casos el principio de prevención y precaución cuando sea pertinente, en base a lo establecido en la presente ley.
Justificación
. Se establecen los mecanismos de prevención y precaución, para la defensa de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del país.
Precepto a modificarse. Se crea nuevo artículo.
Moción Arto. 28 De los Incentivos
. La Conassan fomentará incentivo económico para el desarrollo de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, con especial énfasis en la Producción, así como incentivos morales a las personas naturales o jurídicas que se destaquen en la producción y fomento de la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional. El Reglamento de la presente ley establecerá los tipos de incentivos morales, así como los criterios y requisitos para su otorgamiento que fomente la cultura alimentaria y nutricional.
Justificación.
Se crean los mecanismos de incentivos económicos y morales para el fomento de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Precepto a modificarse. Se crea artículo nuevo.
Moción. Arto. 29
Del Fonassan. Se crea el Fondo Nacional de Emergencia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional denominado Fonassan, con el objetivo de enfrentar situaciones de emergencia alimentaria ocasionada por desastre naturales, crisis económicas o sociales.
a) Los recursos para el Fonassan, provendrán del Presupuesto General de la República, donaciones de organismos nacionales e internacionales, aportes voluntarios del sector privado u otros financiamientos que la Conassan proponga a la Presidencia de la República para su gestión y aprobación.
b) Los Fondos destinados al Fonassan serán ingresados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el que destinará las partidas necesarias a los presupuestos de las instituciones del Gobierno que conforman al Conassan, responsables de atender las emergencias alimentarias previa propuesta del plan de acción.
Justificación.
Se crea el Fonassan para enfrentar situaciones de crisis alimentaria de cualquier índole y se identifica la procedencia y el manejo de los recursos para su implementación.
Paso mociones, Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado Castellanos.
Hemos escuchado cinco mociones, una que crea un nuevo capítulo, que es el Capítulo VII, compuesto de cuatro artículos.
Procedemos por consiguiente a votar las mociones.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
56 votos a favor, 24 presentes, 0 en contra, 1 abstención. Se aprueban las mociones presentadas que crean un nuevo capítulo con cuatro artículos.
Diputado José Ramón Villagra, tiene la palabra.
DIPUTADO JOSÉ RAMÓN VILLAGRA:
Gracias, señor Presidente.
Presento moción para crear un nuevo capítulo.
Se sustituye el Capítulo V del Título II, DE LAS CORRESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES.
Moción. Se crea un Capítulo VIII, De las Competencia de las Instituciones Públicas del Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Justificación.
En este Capítulo se armonizan de manera integral los objetivos institucionales para la implementación de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Precepto a modificar. Se crea nuevo artículo.
Moción.
De los objetivos de la Sinassan. Las instituciones públicas de Sinassan deberán fortalecer el Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional a través de:
a) Un Sistema Alimentario que fomente principalmente de manera sostenible alimentos nutritivos e inicuos culturalmente aceptable enmarcados en nuestro patrimonio cultural y ambiental y en nuestra capacidad de producción nacional de alimentos y su transformación, priorizando la pequeña y mediana producción, el acopio como forma de incidir en los precios de manera equitativa que asegure la disponibilidad, el acceso, el consumo y el aprovechamiento biológico de los alimentos de todas y todos los nicaragüenses y como una oportunidad de desarrollo, siendo responsable de la coordinación, el Ministerio Agropecuario y Forestal, en el marco del Consejo Técnico Sectorial.
b) Un Sistema Nutricional que llene las necesidades energéticas nutricionales y culturales y que garanticen la salud y el bienestar de nuestras comunidades, la eliminación de la mal nutrición, priorizando la atención a mujeres embarazadas y lactantes, y la erradicación de la desnutrición crónica infantil. El responsable de coordinación es el Ministerio de Salud a través de Consejo Técnico Sectorial.
c) Un Sistema educativo que forme recursos humanos emprendedores, desarrollando actitudes, habilidades, capacidades y conocimiento de la población estudiantil y de las comunidades escolares que les permita un mejor aprovechamiento sostenible de los recursos locales, que fortalezca la cultura de producción y consumo basado en la diversidad cultural nacional y promueva cambios de comportamiento para mejorar el estado alimentario y nutricional de las familias nicaragüenses. El responsable de coordinación es el Ministerio de Educación, en el marco del Consejo Técnico Sectorial.
d) Un sistema ambiental natural que asegure la calidad del agua, suelo y biodiversidad en el marco de la conservación, y un manejo sostenible de los recursos naturales que garantice la alimentación y nutrición, la salud, la cultura y la riqueza de nuestras comunidades. El responsable de coordinación es el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales en el marco del Consejo Técnico Sectorial.
e) Un ambiente institucional donde cada ministerio representante del sector tiene la responsabilidad de coordinación, articulación y armonización de su competencia sectorial a lo interno del sector y con otros sectores.
f) El Estado de Nicaragua es el responsable de crear un ambiente político económico y social que garantice la institucionalidad y la sostenibilidad del quehacer de los sectores en el marco de la distribución justa de las riquezas que aseguren la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional, y mejore la calidad de vida de las y los nicaragüenses.
Justificación.
Se definen los lineamientos generales de Seguridad Alimentaria y Nutricional para la implementación de las políticas sectoriales, así como la Armonización y articulación intersectorial.
Precepto a modificar: Se crea nuevo artículo.
Moción. Arto. 31
De los objetivos del Sinassan para la Soberanía Alimentaria La Conassan
es la autoridad competente para garantizar las siguientes medidas de políticas y estrategias con equidad de género orientado a lograr un modelo de desarrollo sostenible a través de:
a) La promoción de cambios sustantivos en los modos y medios de producción del sistema alimentario en armonía con el medio ambiente, priorizando las pequeñas y medianas producciones para el aumento de la productividad y diversificación en el marco de un mercado incluyente y justo orientado a alcanzar la autonomía alimentaria nacional.
b) El fomento de la producción y la distribución y acopio de alimento inicuos y nutritivos culturalmente aceptables, con equidad social, en coordinación entre los sectores públicos y privados.
c) El respeto del derecho a la diversidad cultural alimentaria de la población nicaragüense.
Justificación.
Se establece el marco del ejercicio de la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional en Nicaragua.
Precepto a modificar. Capítulo VI. Alcances, y sus artículos.
Presentamos la moción. Eliminar el Capítulo VI, de los Alcances.
Justificación.
Por considerar que el tema ya está contenido en la organización del Sistema de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, el Título II, Capítulo II al V.
Presento las mociones, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
El diputado Ramón Villagra ha presentado tres mociones, creando el Capítulo VIII compuesto por dos artículos.
Procedemos por consiguiente a votar las mociones.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
54 votos a favor, 27 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Capítulo VIII del Título II, con todos sus artículos presentados.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
CAPÍTULO III
DE LA SECRETARÍA DE SOBERANÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
Arto. 19 Creación.
Se crea la Secretaría de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República –SESSAN-, con las atribuciones adelante mencionadas.
Arto. 20 Naturaleza.
La SESSAN es el ente ejecutor de las decisiones y tendrá la responsabilidad de la coordinación operativa interministerial del Plan Estratégico de SSSAN, así como de la articulación de los programas y proyectos de las distintas instituciones nacionales e internacionales vinculados con la Seguridad Alimentaria y Nutricional del país.
Arto. 21 Estructura.
La SESSAN para el desarrollo de sus áreas de trabajo, podrá desarrollar la estructura administrativa y operativa que le demanden esas funciones. Dicha estructura deberá contemplarse en el reglamento de la presente Ley, quedando integrada en su fase inicial así:
a. El Secretario de Seguridad Alimentaria y Nutricional;
b. El personal técnico y equipo que le permita dar cumplimiento a sus áreas de trabajo;
c. Técnicos superiores de las instituciones del Estado representadas en la CONASSAN, quienes serán puntos de enlace;
d. Técnicos de la instancia de consulta y participación social y del grupo de instituciones de apoyo, cuando les sea requerido por la SESSAN.
Arto. 22 Atribuciones.
La SESSAN será la encargada de establecer los procedimientos de planificación técnica y coordinación entre las instituciones del Estado, la sociedad nicaragüense, las organizaciones no gubernamentales y las agencias de cooperación internacional vinculadas con la seguridad alimentaria y nutricional, en los diferentes niveles del país (nacional, departamental, municipal y comunitario).
La SESSAN coordinará la formulación del Plan Estratégico Nacional de SSAN, lo propondrá a la CONASSAN; asimismo coordinará la actualización, ejecución, seguimiento y evaluación, apoyará a las instancias ejecutoras en la planificación y programación de los planes sectoriales estratégicos y operativos con acciones priorizadas de acuerdo a la Política Nacional de SSAN; asimismo, someterá a consideración ante la CONASSAN los ajustes pertinentes.
La SESSAN será responsable de las acciones siguientes:
a) Presentar a la CONASSAN, para su aprobación, el proyecto de Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional;
b) Presentar a la CONASSAN, para su aprobación, el proyecto de Plan Estratégico de Seguridad Alimentaria y Nutricional;
c) Proponer a la CONASSAN la definición de políticas u otros aspectos legales que sean complementarios y necesarios para la implementación de la Política Nacional de SSSAN;
d) Coordinar la implementación de los instrumentos de la Política Nacional de SSSAN en forma programática y coherente con las políticas que se relacionen;
e) Realizar todas las acciones pertinentes para alcanzar el logro de los objetivos de la CONASSAN;
f) Diseñar, implementar y operar el Sistema de Información Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, en adelante SISSAN, como un instrumento que permita el monitoreo y evaluación de la situación de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, el avance y los efectos de los planes y programas estratégicos, así como el Sistema de Alerta Temprana para identificar situaciones coyunturales de inseguridad alimentaria y nutricional;
g) Difundir la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y velar por su cumplimiento;
h) Apoyar a las instituciones que lo soliciten en la gestión de los recursos financieros que demanden para desarrollar el Plan Estratégico de SSAN;
i) Sensibilizar a las instituciones del sector público y privado, a los organismos internacionales y a la sociedad en general, sobre la magnitud y trascendencia del problema alimentario y nutricional;
j) Identificar los grupos de población con alta vulnerabilidad a la inseguridad alimentaria, con el objeto de prevenir sus consecuencias, priorizar y ejecutar acciones.
k) Desarrollar planes estratégicos y operativos para enfrentar problemas (de emergencias) graves de mala nutrición y hambre en poblaciones identificadas como de inseguridad alimentaria y nutricional, desarrollando la gestión que ello demande al interior de las instituciones de gobierno, sociedad civil y cooperación internacional;
l) Coordinar con la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República las solicitudes, ofrecimientos y donaciones que a través de convenios que se produzcan en políticas, planes y programas relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional y el combate contra el hambre;
m) Documentar y normar el uso de las donaciones que se reciben en relación a SSAN.
n) Propiciar en los distintos sectores el enfoque intersectorial e integral de la SSAN y la acción coordinada entre las instancias gubernamentales, no gubernamentales y de la cooperación internacional en aspectos de SSAN;
o) Propiciar la existencia y funcionamiento efectivo de canales y espacios de diálogo y comunicación, así como mecanismos de consulta y coordinación entre el Organismo Ejecutivo, la sociedad civil y la cooperación internacional, fomentando el estudio y análisis del problema alimentario nutricional y sus soluciones;
p) Vigilar las condiciones alimentarias y nutricionales del país y proponer medidas ante situaciones de emergencia que pongan en riesgo la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de los y las nicaragüenses.
q) Presentar informe mensual de actividades y un análisis de la situación de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional al Presidente de la República.
r) Las demás atribuciones que sean inherentes a su naturaleza y objetivos, así como las que en su momento delegue la CONASSAN.
s) Creará una instancia de Consulta y Participación Social, para la generación de aportes técnicos, identificará e instrumentará acciones en temas relacionados con la SSAN cuando le sea requerido por la SESSAN. La naturaleza, integración, estructuración y funcionamiento de este grupo será determinada en el correspondiente reglamento de esta Ley.
t) Conformará un grupo de instituciones de apoyo conformado por instituciones de gobierno no integradas dentro de la CONASSAN y de los organismos de la cooperación internacional que puedan brindar soporte técnico, financiero y operativo cuando les sea requerido por la SESSAN, para lo cual los titulares superiores de las instituciones formalizarán su apoyo mediante convenios de cooperación o coordinación que se acuerden.
CAPÍTULO IV
DEL SECRETARIO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Arto. 23
Funcionamiento.
Para el funcionamiento de la SESSAN, el Secretario de Seguridad Alimentaria y Nutricional está encargado de:
a. Actuar como Secretario de la CONASSAN;
b. Velar por la realización de las funciones de la SESSAN;
c. Apoyar el establecimiento de mecanismos de transparencia y auditoría social en el manejo de fondos para la SSAN;
d. Realizar todas las acciones pertinentes para alcanzar el logro de los objetivos de la CONASSAN, de la política y planes de Seguridad Alimentaria y Nutricional;
e. Representar al Organismo Ejecutivo por designación Presidencial de la República, ante instancias internacionales vinculadas en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional;
f. Representar a la CONASSAN ante el Gabinete General, el Gabinete Social y el Gabinete de Desarrollo Rural del Organismo Ejecutivo;
g. Otras que específicamente le determine el Presidente de la República.
Arto. 24
Requisitos.
Para ser Secretario de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República se requieren los mismos requisitos y calidades que para ser Ministro, debiendo tener conocimiento de la realidad nacional, compromiso social y experiencia técnica y científica probada en Seguridad Alimentaria y Nutricional. Lo nombra el Presidente de la República a través de Decreto Presidencial.
CAPÍTULO V
DE LAS CORRESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES
Arto. 25 Disponibilidad de alimentos.
En el ámbito sectorial, corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Forestal, en coordinación con otras instituciones del Estado representadas o no en la CONASSAN, impulsar las acciones que contribuyan a la disponibilidad alimentaria de la población, ya sea por producción local o vía importaciones, en forma oportuna, permanente e inocua.
Arto. 26 Acceso a los alimentos.
En el ámbito sectorial, corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Forestal, Ministerio de Economía, Ministerio de Trabajo, Ministerio de Transporte e Infraestructura en coordinación con otras instituciones del Estado representadas o no en la CONASSAN, impulsar las acciones tendientes a contribuir al acceso físico (modernización y mejoras de infraestructuras), económico y social a los alimentos de la población de forma estable.
Arto. 27 Consumo de alimentos.
En el ámbito sectorial, corresponde al Ministerio de Salud, al Ministerio de Educación y al Ministerio de Economía en coordinación con otras instituciones del Estado representadas o no en la CONASSAN, impulsar las acciones para desarrollar capacidades en la población para decidir adecuadamente sobre la selección, conservación, preparación y consumo de alimentos.
Arto. 28 Utilización biológica de los alimentos.
En el ámbito sectorial, corresponde al Ministerio de Salud en coordinación con el MECD y otras instituciones del Estado representadas o no en la CONASSAN, impulsar las acciones que permitan a la población mantener las condiciones adecuadas de salud e higiene ambiental, así como una correcta educación alimentaria y nutricional que favorezcan el máximo aprovechamiento de los nutrientes que contienen los alimentos que consume.
Arto. 29 Prevención y Tratamiento de la desnutrición.
En el ámbito sectorial, corresponde al Ministerio de la Familia, Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud, en coordinación con otras instituciones del Estado representadas o no en la CONASSAN, impulsar las acciones que permitan fortalecer y actualizar de forma continua los recursos humanos institucionales y de otras instancias sobre el diagnóstico, tratamiento, recuperación y rehabilitación del desnutrido.
Arto. 30 Información, monitoreo y evaluación de la SSAN.
En el ámbito sectorial, corresponde a la SESSAN, en coordinación con otras instituciones del Estado representadas o no en la CONASSAN, diseñar, montar y operar el sistema de información y vigilancia de la SSAN, con el apoyo de la cooperación internacional.
Arto. 31 Descentralización.
En los ámbitos departamental, municipal y comunitario, los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural conformarán comisiones específicas de SSAN para impulsar el cumplimiento de los objetivos de la Política SSAN y del Plan Estratégico, con sus respectivos programas, proyectos y actividades, en coordinación con la SESSAN.
CAPÍTULO VI
ALCANCES
Arto. 32 Observancia.
Esta Ley es de observancia general en el territorio nacional, con acciones específicas de prioridad en las poblaciones definidas como vulnerables a la inseguridad alimentaria y nutricional.
Arto. 33 Delegación de responsabilidades.
Esta Ley le permite a la Comisión Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional –CONASSAN- adjudicar responsabilidades específicas a sus integrantes y con base en esas responsabilidades y compromisos, evaluar los logros y resultados para encauzar la obtención de los objetivos propuestos en el Plan Estratégico Nacional y los planes operativos.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES FINALES
Arto. 34 Asignación específica.
Cada una de las instituciones gubernamentales que forman parte de la CONASSAN, contemplarán en la planificación de su presupuesto ordinario, la asignación de recursos para la ejecución de programas, proyectos y actividades que se operativicen en la política, con sus respectivos planes estratégicos.
Arto. 35 Asignación presupuestaria específica.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la Dirección Técnica del Presupuesto, debe incluir en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para cada Ejercicio Fiscal, la asignación suficiente y necesaria específicamente para programas y proyectos de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la población en pobreza y pobreza extrema, de acuerdo a lo que no debe interpretarse como el techo presupuestario asignado a las actividades de seguridad alimentaria y nutricional. Estos recursos financieros serán destinados a los ministerios e instituciones que la CONASSAN defina de acuerdo a las responsabilidades sectoriales e institucionales que el Plan Estratégico establezca.
Arto. 36 Asignación presupuestaria anual.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, tomando en cuenta la disponibilidad de recursos y espacios presupuestarios, contemplará dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para cada año, la asignación financiera que demande la implementación de la CONASSAN en su conjunto, el cual será formulado por la SESSAN por los conductos pertinentes.
Arto. 37 Reglamento.
La presente Ley será reglamentada por el Presidente de la República.
Arto. 38 Vigencia.
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Hasta aquí el Dictamen.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el Título III de la ley, con los capítulos que han sido leídos por nuestra Segunda Secretaria.
Diputado Salvador Talavera Alaniz, tiene la palabra.
DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:
Muchas gracias, Presidente.
Tenemos una moción de consenso que sustituye todo el Título que se acaba de leer y que a continuación presento.
Se crea nuevo Título.
Moción
. Se crea el Título III, Infracciones, Sanciones Recursos Resolución de Conflictos Administrativos que corresponde a los Capítulos I, II y III y los artículos del 32 al 36.
Continúo con la moción que crea el Capítulo I en el Título III.
Moción
. Se crea Capítulo I. Infracciones y Sanciones, el que contiene los artículos del 32 al 34.
Continúo con las mociones.
Se crea nuevo artículo.
Moción. Arto. 32 Infracciones
. Son infracciones a las disposiciones de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, todas las acciones y omisiones de los servidores públicos y demás personas responsables que vulneren o contravengan la presente ley y su reglamento. Toda actuación que contravenga la presente ley y su reglamento o las normas derivadas de esto, dará lugar a la imposición de sanciones a las y los servidores públicos y demás personas responsables, de conformidad con lo dispuesto en los códigos y las leyes específicas de la materia.
Moción del artículo 33
“Arto. 33 Sanciones Administrativas
La violación por acción u omisión de las disposiciones establecidas en la presente ley, es causal de infracción administrativa por parte de los servidores públicos y demás personas responsables. El reglamento de la presente ley establecerá cada caso de aplicación de sanciones administrativas”.
Moción que crea un nuevo artículo:
“Arto. 34 Derecho de Acción
El ejercicio de la acción civil y penal que corresponde se regirá por la legislación de la materia”.
Hasta aquí las mociones que crean el Título III, Capítulo I, que comprende los artículos del 32 al 34.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
El diputado Talavera ha presentado cinco mociones, la creación de un nuevo Título y del Capítulo I de ese título compuesto por tres artículos.
Entonces, pasamos a votar las mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
58 votos a favor, 22 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas que crean el Título III y el Capítulo I, compuesto por tres artículos.
Siguiente moción.
Diputado Salvador Talavera, tiene la palabra.
DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:
Muchas gracias, Presidente.
Presento moción de consenso, que crea el Capítulo II, De los Recursos Administrativos.
Asimismo, moción para crear un nuevo artículo:
“Arto. 35 Recursos Administrativos.
Se establece el recurso de revisión y el recurso de apelación en la vía administrativa, a favor de aquellas personas cuyos derechos se consideran perjudicados por lo actos administrativos, emanados de los distintos órganos de la administración pública y que tengan por base la aplicación de la presente ley.
El recurso de revisión, deberá interponerse en el término de quince días hábiles a partir del día siguiente de la notificación del acto. El recurso de apelación se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el acto en un término de seis días, después de notificada la resolución del recurso de revisión. El recurso de revisión y el de apelación, se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos; 40, 41, 42, 43, 44, y 45 de la Ley No. 290 Ley de Organización Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 3 de junio de 1998 y su reforma y su reglamento. Con la interposición y fallo de los recursos consignados en la presente ley, se agota la vía administrativa”.
Hasta aquí las presentes mociones.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Entonces vamos a votar las dos mociones presentadas que crean un nuevo capítulo compuesto de un solo artículo.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas que crean el Capítulo II, del Título II, compuesto de un sólo artículo.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Salvador Talavera, tiene la palabra.
DIPUTADO SALVADOR TALAVERA ALANIZ:
Gracias, Presidente.
Presento una nueva moción que crea el Capítulo III, De los Conflictos de Competencia.
También expongo moción que crea un nuevo artículo:
“Arto. 36.
Conflictos de Competencia.
Los conflictos de carácter administrativo que se presenten como consecuencia de la aplicación de la presente ley, entre los distintos organismos de la administración pública se resolverán de conformidad al procedimiento establecido en los artículos 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley No. 290, Ley de Organización Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 3 de junio de 1998 y sus reformas y reglamento”.
Hasta aquí la moción Presidente.
Presento mociones.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Se han presentado dos mociones, una crea el Capítulo III, compuesto de un solo artículo.
Procedemos a la votación de las dos mociones presentadas.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas que crean el Capítulo III, compuesto de un solo artículo y eso cierra el Título III compuesto de tres artículos.
Siguiente moción, diputado Francisco Jarquín, tiene la palabra.
DIPUTADO FRANCISCO JARQUÍN URBINA:
Título IV, Capítulo Único, precepto a modificar.
Moción, se crea el Título IV, Disposiciones Finales y Transitorias.
Justificación.
Se modifica el Capítulo VII de Disposiciones Finales, creándose el Título IV, Disposiciones Finales y Transitorias el que comprende del artículo 37 al 42, las especificaciones de los artículos del 34 al 36 de la iniciativa de ley dictaminada, se encuentran contenidas en las disposiciones del Título II del Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, Capítulo VII Instrumentos y Mecanismos del Sistema.
Precepto a modificar. Se crea nuevo artículo,
moción: “Arto. 37 De la Armonización Legislativa.
La Junta Directiva de la Asamblea Nacional ordenará a los responsables del Digesto Jurídico Nicaragüense, que prioricen la recopilación y el ordenamiento de la legislación en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, así como, sugerir cuando procedan las reformas o derogaciones de las normativas pertinentes. La Junta Directiva de la Asamblea Nacional, garantizará que la futura legislación nacional guarde coherencia y armonía con la presente ley”.
Justificación:
Se crea nuevo artículo para el ordenamiento del marco legal institucional vinculado a la materia de la presente ley.
Precepto a modificar: Se crea nuevo artículo, moción, “
Arto. 38
La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, con el objetivo de garantizar con equidad de género el derecho de las personas a la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional deberá:
a) Designar a un Procurador o Procuradora especial en materia de soberanía, seguridad alimentaria y nutricional, quien velará por el funcionamiento del Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
b) Incluir en su informe anual, la rendición de cuenta ante la Asamblea Nacional, el estado del derecho a la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional sobre el cumplimiento progresivo del derecho a la alimentación”.
Justificación:
Se crea un nuevo artículo para garantizar el seguimiento y cumplimiento al derecho de alimentación, responsabilizando para ello a la Procuraduría de los Derechos
Humanos.
Precepto a modificar, se crea nuevo artículo. Moción:
“Arto. 39 Instalación de los Órganos de la Sinassan.
El Presidente de la República en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, convocará e instalará la Conassan y la Sessan, igual plazo se aplica para el plazo de la instalación de la Coressan, Codessan Y Comussan”.
Justificación:
Se crea para definir los tiempos y responsabilidades de la instalación de la Sinassan.
Precepto a modificar: Se crea nuevo artículo. Moción: “
Arto. 40 Difusión y Divulgación de la Sinassan.
La Conassan deberá realizar de forma inmediata la entrada en vigor de la presente ley, una amplia difusión y divulgación de la misma”.
Justificación:
Se crea para la debida fusión y divulgación de la presente ley.
Precepto a modificar: Se crea nuevo artículo. Moción al “
Arto. 41 Reglamento:
La presente ley deberá ser reglamentada por el Presidente de la República, en el plazo constitucional”.
Justificación:
Se modifica el artículo 37 del Dictamen de conformidad con la nueva numeración a partir de la creación de artículos nuevos, agregándole en la parte final del texto “en plazo constitucional”.
Precepto a modificar: se crea nuevo artículo. Moción: “
Arto. 42. Derogación:
La presente ley deroga todas las normativas de igual o menor rango que se le oponga y en particular el Decreto Presidencial No.40- 2000, creador de la Comisión Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 92 del 17 de mayo del 2000 y su reforma consignada en el decreto 65- 2000 publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 269 del 6 de septiembre del 2000”.
Justificación:
Se crea un nuevo artículo que deroga disposiciones contenidas en otros cuerpos legales superados, evitando con ello conflictos de leyes.
Precepto a modificar, se modifica el artículo 38, moción. “
Arto. 43 Vigencia:
La presente ley entrará en vigencia a partir de su Publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Justificación:
Se modifica el artículo 38 del Dictamen, de conformidad con la nueva numeración a partir de la creación de artículos nuevos.
Paso mociones.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Pasamos a votar las mociones presentadas que crean el Título IV, Capítulo Único compuesto por siete artículos.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
59 votos a favor, 21 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueban las mociones presentadas que crean el Título IV, Capítulo Único compuesto por siete artículos, y con él aprobamos la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
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