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Año Legislativo:XXVIII LEGISLATURA
Categoría:Sesión Ordinaria
Número de Cassette:6
19


CASET # 6 AÑO 2012
SESIÓN # 1 M.E.N.T

PRIMER SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:

La Policía Nacional, el CNU, y la UNEN.
La Policía Nacional comparecieron los Comisionados Mayores: Herlinda Castillo, Directora de la Dirección de Asuntos Juveniles de la Policía Nacional y Jaime Vanegas, Segundo Jefe de la División de Asesoría Legal, quienes expresaron que aumentar las penas no resuelve el problema. Siendo esta la posición oficial de la Policía Nacional al respecto; pero que si la Asamblea Nacional estima conveniente efectuar una Reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia sería oportuno procurar un equilibrio razonable entre el interés superior del adolescente y la protección de los derechos de las víctimas, orientando esta Reforma a la readecuación del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA), con en el nuevo Código Penal (CP) y con el Código Procesal Penal (CPP). Que se realicen todas las consultas y se llegue al consenso con todos los sectores del país ya que para elaborar este código se trabajó diez años; y el mismo está acorde con la Convención sobre los Derechos del Niño, las Normas de Tokyo y de Beijín.

Entregaron un documento que expone información sobre las acciones institucionales que la Policía Nacional ha realizado en función de cumplir con lo que establece el Código de la Niñez y la Adolescencia y sobre los desafíos y limitaciones que tienen como Institución; Así como también sus logros al respecto donde destacan entre otros los siguiente:

1.- La Creación y Construcción del Centro de Formación y Desarrollo Juvenil "JUVENTUD", inaugurado el pasado 15 de julio del corriente año, con una inversión de 47.7 millones de córdobas, con una oferta educacional de 9 cursos de formación técnica, en los que se graduarán anualmente aproximadamente 200 jóvenes en riesgo.

2.- Se han capacitado 3,893 personas entre Jóvenes, padres de familia y líderes en temas de autoestima, liderazgo, resolución de conflictos, principios y valores.

3.- Se ha realizado 7,078 acciones preventivas a través de las 58 Comisarías de la Mujer y la Niñez en las Delegaciones Departamentales, Distritales y Municipales.

4.- Se han incorporado anualmente 60,167 Jóvenes en actividades deportivas, recreativas y culturales.

Esta información puede ampliarse en el Anexo II de este Informe.

El CNU.

Por la comunidad universitaria asistieron: El Ingeniero Telémaco Talavera, Presidente del CNU; el Profesor Freddy Franco, Secretarlo General de la Federación de Docentes Universitario de Nicaragua; el Lic. Ciril Omir Green en representación de la Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragüense (URACAN); Lic. Greg Oliva Reales, Director de la Escuela Internacional de Agricultura y Ganadería de la ciudad de Rivas; Lic. Víctor Arcia, Vicerrector General de la Universidad Nacional de Ingeniería.

Los representantes del CNU expresaron las siguientes consideraciones:

1.- No se puede negar que existen algunos hechos que han llevado a elevar la percepción más allá de las cifras de que la inseguridad está creciendo, al igual que la peligrosidad de los delitos.

Específicamente en lo referido al Código de la Niñez y la Adolescencia, hace un buen tiempo se ha venido compartiendo la preocupación de que se ha creado en los adolescentes cierta impunidad, lo que se demuestra cuando son capturados por la Policía Nacional y tanto ellos como las familias argumentan que están protegidos por el Código de la Niñez y la Adolescencia y que hay organismos que los amparan. Posiblemente no sea exactamente así, pero es lo que dicen. Habiendo aspectos técnico jurídicos del Código de la Niñez y de la Adolescencia (CNA) que deben de ser sometidos a revisión y sobre todo readecuarlo con el Código Penal (CP) vigente.

2.- En cuanto a las penas, expresan que para ser una sanción para un delito grave (6 años) es sumamente bajo, y extra oficialmente conocen que estas penas se incumplen, pues los infractores salen antes del tiempo establecido, y no en las condiciones de reeducación que establece el espíritu mismo del Código de la Niñez y de la Adolescencia (CNA).

3.- Estiman que debe de existir una asonancia entre las responsabilidades civiles, políticas y penales de los jóvenes y adolescentes, en vista de que ellos son declarados constitucionalmente ciudadanos con derechos políticos a los 16 años, pero desde el punto de vista penal no son ciudadanos considerados con plenas capacidades, solicitando se realice una valoración a futuro de esos aspectos, así como también la construcción de los centros especializados que prescribe el CNA, valorar si está funcionando, cómo está funcionando, qué hace falta para que funcione mejor la organización denominada CONAPINA. Y que el sector privado destine partidas económicas en función de la atención y protección integral de niños, niñas y adolescentes y en ese caso crear mejores condiciones para reducir el delito.

UNEN
Por UNEN asistieron: James Chamorro, Presidente de la UNEN Nacional; José Luís López Presidente de la UNEN Managua; y Rigoberto Figueroa Secretario de Organización de UNEN, Recinto UNAN Managua.

Expresaron que lamentablemente en nuestro país la visión que tienen los niños, las niñas, los adolescentes, es una visión carente de valores y que no solo con la revisión del Códigos se va a solucionar ese problema por lo que hay que ir pensando cual mecanismo se va a utilizar para aumentar la creación de valores en los jóvenes.

En relación al Código de la Niñez y la Adolescencia expresaron que coinciden con que este tiene muchos vacíos y que hay que reformar algunos artículos y le solicitaron a la Comisión tiempo para realizar las actividades programadas y poder presentar una propuesta que reúna la opinión de la sociedad, de los actores, de la comunidad universitaria, es decir una propuesta integral.

El 26 de agosto de 2011
Centro de Criminología y Seguridad Ciudadana –UNAN, León.
El viernes 26 de agosto comparecieron representantes de la UNAN León y de su Centro de Criminología y Seguridad Ciudadana, quienes hicieron acompañar de especialistas en la Materia.

Por la Universidad UNAN León: el Dr. Octavio Guevara, Vicerrector; el Dr. Andrés Herrera, Director del Centro de Investigaciones de Demografía y Salud de la UNAN de León; el Dr. Javier Hernández, Dirección de Proyección Social de la Universidad; el Dr. Braulio Espinoza, criminólogo, y coordinador del Centro de Criminología y Seguridad Ciudadana de la Unan León.

En esta comparecencia se hicieron acompañar por la Dra. Ana Lucía Silva Especialista en Protección, UNICEF Nicaragua; Teresa Aguado, profesora titulada en Derecho Penal de la Universidad de Sevilla España. La Dra. Mónica Vuld, investigadora en juventud y coordinadora de la Comisión Interdisciplinaria e Interinstitucional de violencia y sociedad, de la Vice Rectoría de investigación de la Universidad de Costa Rica, El Dr. Javier Joel Rodríguez, Catedrático de la Universidad de Costa Rica, Director de Post grados en Derecho, en la Maestría en Ciencias Plenarias y ex juez del Tribunal Juvenil Penal de Costa Rica.

Los especialistas que acompañaron a los representantes de la UNAN León se encontraban en Nicaragua en ocasión de la realización del Seminario Internacional sobre Justicia Penal Especial y propuesta de Reformas al Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA), llevado a cabo los días 24 y 25 de Agosto en la ciudad de León.

Centraron sus exposiciones sobre el hecho de que la solución al tema de inseguridad ciudadana y delincuencia juvenil, no se resolvía aumentando las penas, sino con el uso de la prevención como principal herramienta para la superación de dicho problema y que tal como lo establece el mismo código la represión y la cárcel debían ser el último recurso.

Explicaron sobre la necesidad de implementación de políticas sociales para la niñez y la adolescencia que reduzcan los factores de riesgo, de políticas públicas que ayuden a resolver el problema de la inseguridad y de la delincuencia; la intervención prioritaria del Estado en la creación e implementación de sistemas de rehabilitación, de reinserción social, de los adolescentes y en conflicto con la norma penal. Haciendo énfasis del fracaso del El Salvador, Honduras y Guatemala con la implementación de las denominadas políticas de mano dura y súper dura ya que la delincuencia juvenil en esos países en virtud de haber disminuido había aumentado considerablemente.

Acompañaron su documento que se puede leer en el anexo III. (Declaración de León "Hacia la protección integral de la niñez y la adolescencia").


31 de agosto de 2011 Corte Suprema de Justicia.
El día 31 de agosto llegaron a la consulta el representante de la Corte Suprema de Justicia, del Ministerio Publico y de la Procuraduría Especial de la Niñez y de la Adolescencia.

Comparecieron por la Corte Suprema de Justicia el Magistrado Armengol Cuadra y Jueces Distrito Penal de Adolescentes de Managua, Carazo y Estelí. Compartiendo sus experiencias en los juzgados de adolescentes.
Por su parte el Magistrado Armengol Cuadra presentó, explicó y entregó un documento el cual aglomera la posición oficial de la Corte Suprema de Justicia respecto a las reformas al Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA).

La posición de la Corte Suprema de Justicia básicamente es la siguiente:
No se puede hablar de reformas si antes no se evalúan los 13 años de funcionamiento del Sistema de Justicia Penal Especializada, sumando a ello el hecho de que la implementación de la Justicia Juvenil Restaurativa de Nicaragua ha sido referencia en los foros internacionales y es seguido con atención por los países de Ecuador, El Salvador y otros países.

Es criterio del Poder Judicial que no es pertinente focalizar el tema de reforma en el aumento de las penas. Razones para justificar este criterio, incluyen:

Una Ley no puede o no debe ser sometida a un contexto coyuntural específico, ya que la reforma debe tener un carácter pedagógico y estratégico, debiendo responder a una valoración objetiva, pertinente, de consenso nacional.

El aumento de las penas no resuelve el problema de inseguridad ciudadana, más bien crea un problema de índole social, al contrario representaría un retroceso en el avance del Derecho Penal que tiene como objeto la Reinserción y Restauración.

La idea de reforma a la Ley 287 atenta contra el Interés Superior del Adolescente como Principio Rector del Sistema de Justicia Penal Especializado, el Principio de Progresividad, basado en el proceso evolutivo y formativo del ser humano y el Principio de Oportunidad, instaurado por el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA).

Dentro de los logros alcanzados en materia de Justicia Penal Especializado, este órgano rector destaca entre otros los siguientes:
Hoy se cuenta con 18 Judiciales Especializados, a diferencia del año 1998 cuando únicamente se contaba con 2 juezas exclusivas para la materia.

Existen 18 Oficinas de Ejecución y Vigilancia de las Sanciones Penales a los Adolescentes (OEVSPA), conformadas por un Director/a, un Psicólogo/a y un Trabajador/a Social; así como los Equipos Interdisciplinarios Especializados (EIE), compuestos por Psicólogos/as y Trabajadores o Interventores Sociales.

Se han suscrito Convenios de Colaboración entre la Corte Suprema de Justicia y Organismos No Gubernamentales (ONG): Ej. Casa Alianza Nicaragua (CAN); Centro Juvenil "Don Bosco" (CJDB); Fundación Nicaragua Nuestra; Plan Internacional; Fundación Internacional Suiza Tierra de hombres - Lausanne (Tdh), teniendo a adolescentes becados por esta Fundación en el Centro de Formación y Desarrollo Integral (CEFODI); en virtud de la responsabilidad compartida en el proceso de reinserción social del adolescente.

Se ha iniciado la construcción del Centro Polivalente de Atención a Adolescentes en Bluefields.
• Se han reinsertado a la sociedad más del 85% de los adolescentes procesados y no hay reporte de que hayan vuelto a delinquir. Logrando la participación de los padres, madres, hermanos y demás familiares, convirtiéndolos en verdaderos protagonistas en el proceso de reinserción de los adolescentes que entran en conflicto con la ley.

Puede ampliarse la información con la documentación presentada por la Corte Suprema de Justicia en los Anexo IV.1. (Posición del Poder Judicial frente a la reforma del CNA): Anexo IV.2, (Documento elaborado por la Comisión Técnica de Jueces Penales de Distrito de Adolescentes de la República de Nicaragua); Anexo IV.3 (Tablas comparativas de distintos parámetros penales, procesales y penitenciarios entre adolescentes y adultos); y Anexo IV.4 (Tablas comparativas años 2009 y 2010).

Por el Ministerio Público.
Compareció la Doctora Nubia Arévalo, Directora de la Unidad Especializada en Niñez Adolescencia, quien se presentó en representación del Doctor Julio Centeno Gómez Fiscal General.

El Ministerio Público no solo pretende una reforma de carácter integral, ya que hay que adecuar el Código de la Niñez y la Adolescencia con el Código Procesal Penal y con el Código Penal adecuando el procedimiento especial de adolescentes al sistema acusatorio, que brinda garantías, pues es evidente que la justicia ordinaria tiene muchos y mayores beneficios que los que tienen los adolescentes en conflicto con la ley.
El criterio de oportunidad que se aplica en la justicia ordinaria para los adultos, no está regulado para los adolescentes en conflicto con la ley, por ello proponemos que se examine todo lo que es el Libro Tercero, y se haga la adecuación al sistema acusatorio; porque esto brinda mayor seguridad jurídica, aplicación de los diferentes principios penales, proporcionando un mejor acceso a la justicia.

Hay que adecuar el catálogo de delitos de conformidad al nuevo Código Penal, encontramos en el Código de la Niñez en el artículo 203, tipos penales que están derogados. Por ejemplo, los abusos deshonestos, tipificado así por el anterior código penal. (Ningún abuso va a ser honesto), lo cual se corrigió con el nuevo Código Penal, y estamos hablando de abusos sexuales.(arto. 172 Pn).

Hay que adecuar el procedimiento especial de adolescentes a un sistema acusatorio, porque eso brinda garantías, es más cuando revisamos el Código Procesal Penal, la justicia ordinaria tiene muchos y mayores beneficios que los que tienen los adolescentes en conflicto con la ley.

Se puede ampliar la información con la documentación presentada por la representante del Ministerio Público Anexo V de este informe. (Propuesta de modificaciones al articulado de la Ley No. 287, Código de la Niñez y la Adolescencia).

Procuraduría Especial de la Niñez y la Adolescencia
Por la Procuraduría Especial de la Niñez y la Adolescencia Compareció el Licenciado Enrique Pérez, Asesor Legal, quien expresó que para la Procuraduría de Derechos Humanos el aumento de pena particularmente, sería como un seguimiento de las políticas de mano dura que en El Salvador, Honduras y Guatemala no han tenido los resultados esperados y que además tendría daños colaterales en el desarrollo integral del adolecente.

Están de acuerdo que las reformas se hagan específicamente al Libro Segundo, donde se establece toda una gama de derechos: civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los niños y adolescentes y las funciones que deben de cumplir cada una de las Instituciones del Estado.

7 de Septiembre de 20011
CODENI
Por la Federación Coordinadora de ONG que trabajan con la Niñez y la Adolescencia (CODENI) comparecieron: la Doctora Adilia Amaya, Directora del Instituto de Promoción Humana y Miembro de la Junta Directiva de (CODENI); el Licenciado Benito Rivas Director de Aldeas S.O.S. de Nicaragua y miembro del Consejo de Coordinación de CODENI; Aura Lila Ulloa, Miembro del equipo de Dirección de CANTERA y miembro del Consejo de Coordinación de CODENI; y Daisy Ramírez, apoyo al equipo de comunicación de la Coordinadora de la Niñez.

La representación de CODENI expuso y explicó sus consideraciones respecto a las reformas del Código de la Niñez y la Adolescencia la cual consisten básicamente en lo siguiente:

1.- La situación de violencia, inseguridad ciudadana y exclusión social que viven adolescentes nicaragüenses, requieren para su transformación de más y mejor inversión social, que se traduzca en oportunidades de ingreso, permanencia y promoción en la educación, formación vocacional y laboral, el acceso a la recreación, la cultura, el deporte, la buena ocupación del tiempo libre y fundamentalmente de la orientación y el apoyo familiar.
Datos proporcionados por la Corte Suprema de Justicia evidencian que los y las adolescentes que han infringido la ley proceden de familias desestructuradas, donde impera el abandono físico y emocional, la violencia en sus diversas manifestaciones, el analfabetismo, la falta de acceso a servicios y oportunidades en general.

2.- A doce años de la entrada en vigencia del Código de la Niñez y la Adolescencia el país ha avanzado en materia de políticas públicas así como la aplicación de la justicia penal especializada para adolescentes. No obstante, se requiere la ampliación de programas sociales integrales, coherentes y pertinentes que impacten en la realidad estructural que viven la niñez y la adolescencia del país.

3.- El aumento de las penas para los adolescentes que infringen la ley no puede ser visto como una solución ante la situación de violencia y de inseguridad ciudadana. El planteamiento de reforma a los artículos relativos a la privación de libertad, representaría un retroceso en materia de los derechos humanos alcanzados por los y las adolescentes en el país, constituyendo una amenaza a incrementar los actos delictivos. Las experiencias de otros países que han aumentado las penas, nos indican que estos no han obtenidos los resultados esperados en la disminución del delito, sino todo lo contrario.

Puede ampliarse la información en el Anexo VI de este Informe. (Pronunciamiento de la Federación Coordinadora de QNG que trabajan con la Niñez y la Adolescencia).

MILAVF
Por el Movimiento Infantil Luis Alfonso Velázquez, (MILAVF) comparecieron: Jamileth Contreras, Directora Ejecutiva y Miembro de la Junta Directiva del MILAVF; Róger Mendieta, miembro de la Junta Directiva Nacional de MILAVF; Roberto Álvarez, responsable de la red de niños comunicadores a nivel nacional del MILAVF; Tatiana Margarita Padilla, Presidenta de la red de niños del MILAVF- en Ciudad Sandino.

La representación del MILAVF expresó su posición sobre las reformas al Código de la Niñez y la Adolescencia la cual consiste básicamente en lo siguiente:

1.- Mantener las mismas penas para los adolescentes por estimar que el aumento las penas a los adolescentes seria ocasionarles graves e irreversible consecuencias en su proceso evolutivo y formativo como ser humano, el aumento de penas no disminuye la criminalidad, no reeduca, ni facilita la reinserción social y familiar.

2.- Concentrar esfuerzos de manera coordinada en la PREVENCIÓN, por medio de labor de trabajo comunitario, de incorporación de los adolescentes y jóvenes a distintas actividades socio-educativas, lúdicas, recreativas, deportivas, culturales, competitivas y de esparcimiento espiritual.

3.- La construcción inmediata de mayores centros de internamiento especiales preventivos para los adolescentes con problemas de alcoholismo, drogadicción, problemas psicológicos, etc.

Acompañaron documentación que puede ampliar la información en Anexo VII de este Informe. (Por qué no reformar el Código de la Niñez v la Adolescencia) y Anexo VII.1 (Propuesta del Movimiento Infantil Luis Alfonso Velásquez sobre la revisión integral del Código de la Niñez y la Adolescencia).

Save the Children

Por Save the Children asistieron: Ramón Meneses, Gerente de Comunicación y Abogacía de Save the Children; Pedro Hurtado Vega, Coordinador del Programa de Gobernabilidad y Derechos de la Niñez de Save the Children; Luz María Sequeira, Directora del Programa de Save the Children.

Los representantes de Save the Children compartieron sus criterios respecto a la reforma al Código de la Niñez y Adolescencia expresando que la posición de Save the Children sobre la justicia penal especializada o la aplicación de la ley a niñas, niños y adolescentes infractores se fundamenta en la Convención sobre los Derechos del Niño, principalmente el artículo 37.

Este artículo que plantea que la detención o encarcelamiento de un niño debe utilizarse tan sólo como medida de último recurso y durante el periodo más breve que proceda y que todo niño privado de libertad debe estar separado de adultos, y el artículo 40, en el cual se insta a los Estados Parte a establecer una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir leyes penales y que se disponga de diversas medidas socio-educativas, de orientación y supervisión o posibles alternativas a la internación en instituciones.

Se puede ampliarse sobre los criterios de Save the Children en el Anexo VIII de este informe. (Consideraciones de Save the Children sobre la reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia).

21 de septiembre de 2011 Ministerio de Educación
El 21 septiembre se recibió al Ministerio de Educación, al Instituto de Juventud y Deporte y a la Consejo de Universidades Privadas de Centroamérica y AMCHAM.

Por el Ministerio de Educación comparecieron: Lic. Guillermo López López, Director general de la educación primaria; Héctor Serrano Guillen, Director de Asesoría Legal; Lic. Daysi Cordero, Directora de Educación Preescolar; Lic. María Elsa Guillen, Director General de Educación Secundaria.

Los representantes del Ministerio de Educación referente a las reformas al Código de la Niñez y la Adolescencia expusieron lo siguiente:
1.- La niñez y juventud nicaragüense es un sector fundamental de la población, porque representan el futuro de nuestra sociedad, en dependencia de las oportunidades que se les dé para elevar sus niveles de educación, salud, cultura, deporte, estará su desarrollo como ciudadano con potencialidades de generar bienestar económico y social para el país.

2.- Desde la perspectiva social la educación juega un papel determinante en este proceso, en la formación de valores, promover el respeto y el ejercicio de los derechos humanos de la niñez y abonar al esfuerzo de todos los sectores involucrados, mediante la difusión y conocimiento de los mismos, la construcción de políticas públicas que garanticen los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes tal y como lo plantea el Gobierno, para promover aptitudes y capacidades que contribuyan a su desarrollo integral y los hagan participar activamente en la vida socioeconómica y política del país.

3.- La niñez y adolescencia demanda del Estado, no un incremento de las sanciones por infracción a las leyes, sino un fortalecimiento del aparato estatal para mejorar la labor de prevención del delito que realizan diversas entidades como la Policía Nacional, las instancias del sistema de justicia penal especializada, con la construcción de los Centros Especializados para que los adolescentes infractores cumplan las medidas privativas de libertad, pero a su vez reciban atención adecuada, atención psico-afectiva, habilitación técnica vocacional, que permita prepararlos para su reincorporación a la sociedad, la comunidad y la familia.

Acompañaron Anexo IX. Su posición pueden ampliarla en el Anexo IX de este informe. (Consideraciones del Ministerio de Educación sobre propuesta de reformas al Código de la Niñez y la Adolescencia).

INJUVE
Por el Instituto de la Juventud del Deporte estuvo representante del INJUVE, la Licenciada Helen García Mendoza, delegada por el Lic. Bosco Castillo, Director General del INJUVE, expresó que la posición de esa institución en relación a las reformas del Código de la Niñez y la Adolescencia es la siguiente:

1.- Los sucesos acaecidos son una alerta que nos dice que el Código de la Niñez y la Adolescencia no se está aplicando posiblemente porque hay muchas limitaciones y por consiguiente no se está tomando en cuenta las medidas preventivas adecuadas para evitar que los jóvenes y adolescentes incurran en delito.

2.- La reflexión no va dirigida hacia aumentar la pena, porque no resuelve el problema, lo que se lograría es aumentar la sobrepoblación de las cárceles que en si misma constituye un problema y enviaríamos a adolescentes a convertirse en delincuentes, entonces habría que valorar qué es lo que está fallando en el sistema y dirigir las fuerzas hacia la prevención, hacia la aplicación real del Código.

AUPRICA
Por el Consejo de las Universidades Privadas de Centroamérica AUPRICA, asistió la Licenciada Leonor Ruíz que expresó: la posición de las Universidades Privadas (AUPRICA) referente a las reformas del Código de la Niñez y la Adolescencia, la cual es la siguiente:

1. Que el Código de la Niñez y la Adolescencia aprobado por la Asamblea Nacional en Marzo de 1998 es la herramienta jurídico-política y ética para materializar en Nicaragua la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Estado Nicaragüense en 1990 y elevada a rango constitucional en 1995. El Código de la Niñez y la Adolescencia es el cuerpo normativo que establece los derechos, deberes, garantías y libertades, de las niñas, niños y adolescentes nicaragüenses.

2. Que toda reforma penal o procesal penal debe tener como precedente un proceso de consultas, dotado de alta seriedad y responsabilidad, sobre todo cuando este versa alrededor de una Ley Especial, de singular trascendencia como es la Ley 287, Código de la Niñez y la Adolescencia.

3. Aumentar las sanciones implicaría un retroceso en el avance del Derecho Penal que tiene como objeto la Reinserción y Restauración, ya que se estaría aplicando la antigua finalidad de la pena que era la retribución de un mal, causando otro mal.
De conformidad con las estadísticas oficiales (Policía Nacional y Poder Judicial), no es cierto que sean los adolescentes quienes están cometiendo más delitos, sino los adultos, particularmente los jóvenes, es decir la franja poblacional de entre los 18 a los 25 años de edad. Si se aumentasen las penas o sanciones a los adolescentes quedaría en evidencia que el Estado, las Familias, la Sociedad y las Instituciones Privadas Nicaragüenses (tal como dispone el Art. 1 CNA) no fueron capaces de brindarle otra alternativa a los adolescentes, sino la cárcel, lo cual sería un mensaje flagrante de desaliento y desesperanza.

Acompañaron Anexo X, (Posición oficial de la Asociación de Universidades Privadas de Centroamérica v Panamá. AUPRICA. En relación a la propuesta de reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia).

SEGUNDA SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON GRAUTIGAM:
AMCHAM
En representación del Presidente de la Junta Directiva de AMCHAM, compareció el Lic. Avíl Ramírez, en representación del Dr. Yalí Molina Palacios, Presidente de, quien expresó que su posición era la siguiente:

1.- Consideran que el Código de la Niñez y Adolescencia de forma general cumple con los mecanismos que están a disposición de las fuerzas autorizadas para ejercer y hacer cumplir la ley en este caso el Ministerio Público, Policía Nacional, la Comisaría de Mujer, Niñez y la Adolescencia, de la de la Policía Nacional, así como el Ministerio Público y los Juzgados de Adolescentes que se han venido impulsando en todo el territorio nacional.

2.- También considera que el Código no es una norma jurídica que amerite en tan poco tiempo después de su aprobación una reforma; donde se tienen que sentar los esfuerzos es en cumplirlo, que haya armonía entre el Ministerio Público, Policía Nacional, los Juzgados de Adolescencia para poder hacer efectiva la voluntad legislador, para esto es necesario que de alguna forma en el próximo Presupuesto General de la República, se otorguen los fondos correspondientes.

27 de septiembre de 2011 Iglesia Morava
El 27 de noviembre comparecieron la Iglesia Morava.

El día martes 27 de septiembre comparecieron representantes de la Iglesia Morava de Managua: Reverendo Manuel Gámez Lazo, Pastor de la Congregación de la Iglesia de Morava y la Lic. Edith Lewis, Presidenta de la Junta Directiva de la Iglesia Morava.
La posición de la Iglesia Morava de Managua con respecto a la reforma del Código de la Niñez y la Adolescencia es:

1.- El Código en su Primer y Segundo libro, contiene los Derechos, Garantías y la Responsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado de proteger y Educar a los menores, lo que está muy bien formulado y creen importante hacer un llamado a todos los organismos involucrados a implementar lo establecido y Fortalecer lo que ya se está realizando, es decir estamos enfrentados a la imperante necesidad de Proteger y Educar a nuestros niños, niñas y adolescentes para construir una sociedad más sana; es nuestra responsabilidad como se encuentra en éste Código y como bien se estatuye en la Biblia; vemos como en I Samuel capítulo 2 y adelante Dios juzga al profeta Ell por no corregir a sus hijos por su mal comportamiento y también en el mismo Libro Capítulo 2 se responsabiliza a los Jueces de juzgar a los hombres por su mal comportamiento.

2.- Conocen que la delincuencia y el crimen organizado está utilizando a los niños, niñas y adolescentes para cometer actos criminales a nivel nacional e internacional (narcotráfico, niños, niñas y adolescentes sicarios, homicidios por venganza).

3.- Exponen que 24 horas (el tiempo establecido para poner a la orden del judicial al imputado) no es suficiente tiempo para que la Policía Nacional realice una investigación responsable, tanto para una buena sustentación de la acusación como para proteger los derechos de los adolescentes a no ser incriminados injustamente en su caso.

4.- Que la pena impuesta en el artículo 202 del Código de la Niñez y la Adolescencia debe además de cumplir con la finalidad retributiva y el principio de reinserción social, debe la pena cumplir con su mensaje a la población conocido como el principio de prevención general de la pena (se considera que la sociedad, que los adolescentes no se sienten amenazados por la pena de seis años) por lo que la Pena establecida no es suficiente para detener la realización del hecho punible grave.

Acompaña el Anexo XI, (Opinión de Iglesia Morava de Managua sobre reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia)

28 de septiembre de 2011 comparece Curia Arzobispal de Managua.

El día 28 de Septiembre comparecieron por la Curia Arzobispal de Managua representación de Monseñor Leopoldo Brenes: el Padre Eyleen Castro, Coordina General de la Pastoral Educativa Arquidiocesana y Secretario del Departamento Educación de la Conferencia Episcopal; y el Padre Félix Mercado.

Según expresó el Padre Eyleen Castro, la posición de la Curia Arzobispal de Managua de la Iglesia Católica, respecto de la reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia es la siguiente:

1.- El gran problema que se vive a nivel social está en la desintegración de la familia por elementos que la van trasformando el papel como tal, necesitamos renovar las aptitudes de los padres, y de la escuela como segundo lugar donde los hijos deben de desarrollar las destrezas que deben fortalecer y donde deben enriquecer las propuestas y los ideales para una nueva Nicaragua.

2.- Se debe trasformar el entorno del Código de la Niñez, el que establece que los padres de familia deben de tutelar a los que han trasgredido la ley, pero lamentablemente nos encontramos con padres que no coinciden con los mismos principios y esto lógicamente crea un problema a la hora de hacer valida la ley.

3.- Los organismos y las instituciones pertinentes deben de ser partícipes y sus labores deben de coincidir con lo establecido por el Código, se debe poner de manifiesto los criterios y las responsabilidades que poseen las instituciones como es el asumir el papel de la tutela si es que los padres de la familia no la asumen.

4.- Los medios de comunicación deben de jugar un papel determinante para poder redescubrir lo valores, la moral, el civismo y las virtudes, si hablamos de aumentar la pena ¿qué fin vamos a obtener si los medios de comunicación no están rehabilitando auténticamente los valores de la familia y de los jóvenes?

5.- Hay una auténtica manipulación de la ley ya que encontramos que se valen incluso de los medios de la ley para poder delinquir, hemos escuchado en los ambientes sociales como muchos jóvenes pueden hasta sacar cálculos específicos de que hoy pueden cometer un delito, cuanto es el tiempo que van a quizás estar privados y en qué momento van a volver a delinquir por eso aumentar la pena no es el fin último, si no que necesitamos transformar los ambientes sociales, necesitamos incidir nuevamente en la familia, necesitamos hacer el valor de darle responsabilidad auténtica a los padres de familia sobre sus hijos, necesitamos redescubrir desde la escuela, el auténtico valor de la formación, las escuelas no son reformatorios como hace alguien tiempo se concebía, las escuelas son espacios de educación y trasformación deben de ser lugares auténticos para enriquecer y crear el auténtico valor del enriquecimiento personal, debemos crear ilusiones en los jóvenes, debemos influenciarlos a que se desarrolle la comunidad.
6.- Sobre el aumento de la pena que se pide, no será que nos está faltando incidir en este joven que tenemos privado quizás de libertad por un tiempo y no le estamos dando las herramientas necesarias el acompañamiento psicológico, social pedagógico, el poder insertar a la familia también en este proceso porque de que nos sirve tener a este joven y dotarlo de tantas virtudes y de tantos elementos si en su misma casa la madre o el padre viven sufriendo los mismo abusos y las mismas consecuencias de las situaciones sociales que viven.

4 de octubre de 2011

El día 4 de Octubre comparecieron representantes de la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios de la Asamblea Nacional, la Ministra de Gobernación y autoridades del Sistema Penitenciario Nacional.

Comisión de Población, Desarrollo y Municipios de la Asamblea Nacional.

Por la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios de la Asamblea Nacional comparecieron el Diputado Agustín Jarquín Anaya, Presidente de la Comisión; y el Diputado Evertz Cárcamo, Vicepresidente de la Comisión, quienes expresaron lo que tuvieron a bien. El Diputado Jarquín Anaya, también representante de la Asociación Nuestros Pequeños Hermanos, señaló que:
Es conveniente que sea revisado ya que tiene años de vigencia. La oportunidad es válida en términos de que no solamente pueda circunscribirse al Código, sino en general al sistema educativo nacional. Donde los medios de comunicación deben tener una mayor responsabilidad social. Existe una serie de mensajes eróticos en los medios que no contribuyen con el desarrollo de niñas, niños y adolescentes. Debe por lo tanto el Estado regular con los medios de comunicación la promoción de una campaña social en pro de los valores.

Hablar de aumentar la pena, en realidad esto no resuelve el problema, es una forma simplista e irresponsable de solucionar las cosas. No solamente es pensar en el castigo, sino cómo vamos a reinsertar socialmente a esta persona, pues no se cuenta con el presupuesto necesario para poder aplicar efectivamente el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA).

Se presento además un documento consulta de la organización que puede ser el Anexo. Mis pequeños hermanos donde se acopia el sentir de los jóvenes pertenecientes a ese núcleo organizacional, relacionado a las reformas del CNA. Dicho documento fue entregado por el Diputado Agustín Jarquín Anaya, que se encuentra agregado como Anexo XII, (Informe final acerca de la reunión con jóvenes y señoritas de Nuestros Pequeños Hermanos, Hogares Managua).

TERCER SECRETARIO JORGE ALBERTO CASTILLO QUANT:

Ministra de Gobernación y Directora General del Sistema Penitenciario Nacional.

La Ministra de Gobernación, Ana Isabel Morales Mazún, se hizo acompañar por el Dr. Juan Pablo Obando, Asesor Legal del Ministerio, la Prefecta María Salgado Herrera, Directora General del Sistema Penitenciario Nacional y la Alcalde Alma Iris Sobalvarro Muñoz, Directora de Control Penal Nacional, con el fin de exponer sus valoraciones con respecto al tema en mención, las que expusieron:

El CNA es un código moderno, respetuoso, que tiene un efecto de modelo en América Latina y es reconocido en el Comité Internacional de Derechos del Niño. Hace falta efectivamente mejorar las condiciones, pero hay voluntad política.

En conclusión, expresaron que no son del criterio del aumento de pena, esto no resuelve el problema, esto es un problema de educación, de valores, de prevención, de articulación de todas las instituciones y de la comunidad para trabajar de manera conjunta en la promoción de valores en la niñez y adolescencia de nuestro país.

Agregaron que en su población penal Adolescente en Tipitapa tienen a seis (6) del sexo femenino y ciento sesenta y uno (161) del sexo masculino.

De las del sexo femenino 2 están acusadas y 4 están condenadas, los del sexo masculino 13 están acusados y 148 están condenados.

En otros centros penitenciarios tienen los siguientes reportes: Estelí 7, Chinandega 6, Granada 9, Juigalpa 4, Matagalpa 8, Bluefields 2.

El Sistema Penitenciario suministró la información del Anexo XIII. (Atención a jóvenes en conflicto con la ley)
A esta consulta, por diferentes razones no pudieron asistir: El Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP), La Comisión de Verificación, Reconciliación, Paz y Justicia, La Iglesia Anglicana y Ministerio de la Familia (MIFAM).

En el caso del COSEP el día siete de Octubre del año dos mil once, remitieron comunicación escrita en la que expresan sus valoraciones las cuales consisten en lo siguiente:

El tema conforme se ha expuesto en el debate público, es un asunto que requiere una amplia consulta y revisión, y no procederse conforme situaciones coyunturales que presionen sobre "reformas" que no atiendan en forma estructural el tema. En ese sentido, valoramos que es necesario tomar en cuenta los elementos siguientes:
a) La aprobación de políticas públicas que ayuden a la juventud y prevengan la inmersión de los adolescentes en la delincuencia;
b) La revisión de las condiciones materiales de salud y educación que requieren los jóvenes;
c) El impulso de la justicia juvenil restaurativa;
d) La inclusión del estudio del "código" en la educación primaria, básicamente en sexto grado;
e) El fomento y rescate de valores desde la familia;
f) La promoción de la atención del adolescente con enfoque de derechos ciudadanos;
g) La sensibilización a los medios de comunicación sobre noticias de carácter "formativa" y de promoción de valores éticos; y
h) La incidencia a través de los medios de comunicación social que el Código de la Niñez y de la Adolescencia no genera impunidad.
Expresaron que ellos creen que de darse una eventual reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia, esta de debe ser integral y no centrarse solamente en el aumento de las penas a menores, porque los adolescentes también son víctimas de violencia en sus hogares y en la sociedad misma, por eso hay que ver el problema en su conjunto y buscarle soluciones responsables.

De lo anterior resulta que la solución a los problemas no es reformar únicamente lo que se refiere al incremento de las penas, sino más bien revisar ampliamente el Código con el propósito de mejorar las debilidades que este presenta. Esta posición consta en el documento agregado como Anexo XIV, (Carta del Consejo Superior de la Empresa Privada).

Elaborado este informe, el Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas y Regímenes Autonómicos, presentó propuesta de inclusión de un capítulo nuevo en el Código de la Niñez y la Adolescencia relativo a su aplicación a los niños, niñas y adolescentes de los pueblos indígenas y afro-descendientes de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua, que se agrega a este informe como Anexo XV, (DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLECENTES DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO-DESCENDIENTES DE LAS REGIONES AUTÓNOMAS DE NICARAGUA).

De la misma manera, el Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas, por medio de nota suscrita por su Subdirector Ejecutivo, Simeón Rizo envió documento informando haber organizado cinco sesiones de trabajo con expertos del IEEPP, Dos Generaciones, Centro de Prevención de la Violencia, Centro de Estudios de Seguridad Ciudadana de Nicaragua, Fundación Nicaragua Nuestra, Puntos de Encuentro, Federación Coordinadora Nicaragüense de Organismos No Gubernamentales que trabajan con la Niñez y la Adolescencia y con el experto en el tema Consultor Melvin Sotelo y que emitieron sus conclusiones en el documento titulado Consideraciones a la Propuesta de reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia, en la que manifiestan como conclusión "No reformar el Código, sino más bien a revisar su aplicación, a discutir la asignación del presupuesto para que sea puesto en vigencia de forma plena, y que por primera vez en la historia de este país, se haga realidad que los niños, y niñas y adolescentes merecen nacer, crecer acompañados de un Estado que vela por la aplicación de sus derechos,- La grandeza de una nación debería valorarse en la medida que su clase política vela por la preservación y aplicación de los derechos y por hacer prevalecer el interés superior del Niño y la Niña."

El documento del IEEP se agrega como Anexo XVI, (Consideraciones a la Propuesta de reforma al Código de la Niñez v la Adolescencia).


VISITAS
Concluida la programación de consultas que se había aprobado, se inició la fase de visitas a varias instalaciones de instituciones relacionadas con el Código de la Niñez y la Adolescencia tales como los Juzgados de Adolescentes, estaciones policiales y el Sistema Penitenciario Nacional en la ciudad de Tipitapa.



5 de octubre de 2011
Juzgados de Adolescentes.

El día cinco de Octubre la Presidenta de la Comisión, miembros de la misma y personal de Asesoría de la Comisión, realizó visita a los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Adolescentes de Managua, atendidos por las doctoras Ada Benicia Vanegas Ramos Miroslava Calero Chamorro respectivamente. También estuvo presente Lic. Carlos García, Oficial Implantador de Causas de los Juzgados de Managua.

Resultados de la visita:

• Uno de los problemas que se pueden identificar en el proceso de adolescentes es el término para poner a la orden del Juez a un adolescente, el Código establece un término de 5 días, pero se ha adecuado el proceso a los preceptos constitucionales que establecen que deberá ponerse a la orden del Juez en un término de 24 horas, estrategia que está funcionando desde el momento de que ingresa el informe policial a los Juzgados.

• El Código de la Niñez y la Adolescencia no crea delitos, que es procedimental, no obstante, es necesario que se realice una actualización de las figuras tipificadas en el Código Penal con el propósito de adecuarlo al cuerpo de leyes que rigen el funcionamiento de Justicia Penal de Adolescentes en Nicaragua y no vulnerar derechos fundamentales contenidos en la Constitución Política.

• Consideran que hay una serie de riesgos en la tramitación de Justicia y que se debe priorizar la instauración de sistemas educativos para no aplicar en la mayoría de los casos la prisión provisional, y vigilar algunas medidas de seguimiento especial que se aplican a los menores infractores en coordinación con asuntos juveniles de la Policía Nacional.

6 de octubre de 2011
Delegación de Policía del Distrito Dos. Zona Nor-oeste de Managua
La Delegación Dos se encuentra ubicada en la zona de Linda Vista. A pesar de los esfuerzos realizados por parte de la Policía Nacional para brindar un mejor servicio a la población nicaragüense, se pudo percibir lo siguiente:

• Aun no cuentan con las condiciones para instalar a los jóvenes en prisiones preventivas en el momento de la comisión del delito, y aunque el nivel de incidencia en los menores no representa un porcentaje alto, consideran que hacen falta condiciones en la que los jóvenes puedan ser integrados en Centros especializados con posibilidad de rescatarlos.

• Las celdas con las que cuentan actualmente tienen aproximadamente 25 años sin haberse restauradas.

• En los casos de los jóvenes que cometen delitos entre las edades de 16 a 18 años se procede a integrarlos en locales separados de los adultos y en las primeras 12 horas se les debe remitir al Ministerio Público, no obstante, consideran que al no contar con los recursos para proceder a la realización de las diligencias policiales, el término de 12 horas, de las 24 que dura el proceso para ponerlo a la orden del Juez, no es el suficiente para presentar pruebas y realizar todas las diligencias e informar al Ministerio Público para que presente la acusación.

• La capacidad instalada para personas detenidas en las celdas preventivas es de 70 reos, lo que indica una aglomerados total, Existen 7 celdas de las cuales una de ellas es destinada para jóvenes y adolescentes infractores.

• Actualmente tienen una población superior a 40 detenidos, de los cuales 36 son adultos encontrándose en el momento de la visita 4 adolescentes en las instalaciones.

• En Managua hay 4 fiscales especialistas en materia de adolescentes, sin embargo, uno de los principales problemas que en ocasiones se les presentan es que aunque se le remite el expediente al Ministerio Público, en el término establecido por la ley, la acusación no se presenta en tiempo y forma, los adolescentes y jóvenes pasan de 2 a 4 días detenidos, es decir con el término vencido y por tal situación en muchos de los casos se les deja en libertad, por otra parte, en el caso de los organismos que coadyuvan en cuanto a pruebas y valoraciones periciales, como el Instituto de Medicina Legal sus dictámenes no se presentan expeditamente, al darle mayor importancia o prioridad a otras infracciones graves como el caso del delito de violaciones.

• Institucionalmente en el Distrito 2 de la PN no se cuenta con personal especializado en la materia de adolescentes y solamente hay personal capacitado de forma genérica, por ello a los adolescentes y jóvenes infractores se les remite a la área de Asuntos Juveniles del Distrito en vista de que son jóvenes en riesgo y es ahí donde se les realiza la valoración psicosocial.

SEGUNDA SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
Delegación de Policía del Distrito Tres. Zona Sur-oeste de Managua.

• La Delegación de Policía se ubica en las cercanías del Mercado Israel Lewites. Funciona en coordinación con Carazo y San Rafael del Sur. También atienden las Subdelegaciones del barrio San Judas y en el municipio de El Crucero.

• En índices delictivos se presentan de 6 a 10 delitos diarios y se recepcionan un promedio de 25 denuncias diarias, con una efectividad de un 74%. Se cuenta con un Centro de Mediación y un grupo de facilitadores judiciales que conforman un equipo de 65 personas, y una unidad de policía móvil, lo que ha permitido un descongestionamiento de los casos que se les presentan.
• Tienen personal especializado en investigación, evaluación psicológica especialmente para atender los casos de la niñez y la adolescencia, no obstante, consideran necesario que se invierta en la construcción de un Centro Especializado para atender de forma integral los casos de la niñez y la adolescencia.

• En su experiencia de recepción de casos, los de adolescentes presentan un índice menor que el de los adultos, no hay impunidad, se respeta el término de las 12 horas y en coordinación con Auxilio Judicial se aplica lo establecido por la Ley en cuanto al término de las 24 horas para remitirlo a la orden del Juez competente.

• Consideran que el Código de la Niñez y la Adolescencia es un Código ajustado a la realidad, es preventivo, pero se requiere la aplicación del mismo en toda su magnitud, si todas las autoridades se apoyaran en el funcionamiento de medidas restaurativas que demanda este instrumento normativo el índice delictivo disminuirá, lo que puede representar que la presentación de estos casos sea cada vez menor hasta hacerlos desaparecer.

• El tema del incremento de la pena representa el incurrir en mayores gastos, se deben asignar fondos y recursos para dar condiciones a los adolescentes que serán privados de libertad. Antes de considerar un incremento en la pena, proponen instauración de políticas institucionales, centros de recreación, centros educativos culturales para fomentar valores en los adolescentes y rescatar los que se perdido, así como centros de capacitación y formación técnica.

• El incremento de las penas implicaría que los adolescentes al momento de su egreso y cumplimiento de las penas privativas de libertad desarrollarían sentimientos de resentimiento social, y esto no ayudaría en nada a los adolescentes, porque el incremento de penas puede aumentar las actitudes de rebeldía que puedan presentar en sus patrones de conducta.

• Debe llevarse el Trabajo preventivo y educativo a toda la comunidad. Hay un total desconocimiento por parte de los padres de familia, con relación a la materia, no hay facilitadores judiciales para adolescentes porque no se puede mediar con los menores, no obstante, cuentan con el apoyo de ONG para evaluar medidas de control psicosocial.

• Consideran que el término de las 12 horas no es suficiente para estudiar todo el patrón de comportamiento de los menores.

• Uno de los problemas que tienen en casi todas las unidades y delegaciones policiales es que el funcionamiento del Instituto de Medicina Legal debe restaurarse para atender en igualdad de condiciones la realización de dictámenes legales a la mayor brevedad posible. Debe crearse un Centro Especial de detención preventiva para menores de edad, asumen la posición en conjunto de que ingresar por más tiempo en la cárcel a un adolescente no crea beneficios directos, sobre todo, si los padres de familia no cumplen con sus responsabilidades.

• Algunos miembros de la Comisión Especial de consulta establecieron conversación con 4 adolescentes que tenían entre 1 y 2 (1 a 4) meses de estar privados de libertad, quienes les expresaron sobre "el maltrato físico y psicosocial que habían recibido desde su niñez" y en uno de los casos "el padre de familia y los hermanos se encontraban recluidos en el Sistema Penitenciario Nacional" lo que incide de forma directa en los patrones de comportamiento.

PRIMER SECRETARIA ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ:
7 de octubre de 2011
Delegación de Policía del Distrito Seis. Zona Oriental de Managua.
El 7 de octubre se recibieron la Delegación de la Policía del Distrito Seis de la Zona Oriental de Managua y el Sistema Penitenciario Nacional.
La Delegación del Distrito Seis se encuentra ubicada a orillas de la carretera norte, frente a la Subasta y cerca del Mercado de Mayoreo. Zona de gran población y con alto índice delictivo. El Responsable de la Delegación se hizo acompañar por los mandos de las distintas unidades policiales de la Delegación. En la intervención de los oficiales de Policía se expresaron los siguientes puntos:

• La Delegación no cuenta con las condiciones para mantener a los Adolescentes en prisiones preventivas en el momento de la investigación, deben de mantenerlos en una celda designada para ellos pero en las mismas instalaciones utilizadas para los adultos.
• Consideran que el tiempo de las 24 horas para poner a un menor a la orden del Juez es muy corto, que en muchos casos las primeras 12 horas que tiene para investigar es poco para realizarlas, dieron el ejemplo de que si un menor comete un delito a las 9 pm, es detenido y se tiene solamente a las nueve de la mañana del día siguiente para hacer todas las investigaciones, que los testigos no llegan a declarar por la noche y se hace imposible andar de madrugada realizando las pesquisas.

• Al momento que los miembros de la Comisión Especial visitaron la Delegación Policial había una población de 7 menores detenidos y estaban esperando sus respectivos juicios.

• También consideraron que hay pocos Fiscales especializados en este tema para atender todos los casos que hay en Managua y que eso dificulta el trabajo de ellos que aunque presenten puntual las investigaciones, los menores deben de ser…

EMPALMADO CON CASSETTE No. 7




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