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Año Legislativo:XXVII LEGISLATURA
Categoría:Sesión Ordinaria
Número de Cassette:15
14

CASET # 15 AÑO 2011

SESIÓN # 3 M.E.N.T.

CONTINUACIÓN DE LA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CELEBRADA EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO 2011, CON CITA PARA LAS NUEVE DE LA MAÑANA. VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A todos y a todas vamos a iniciar Sesión faltando diez para las diez de la mañana; pidiéndole a nuestra Segunda Secretaria que nos verifique el Quórum.

SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ: (04 de septiembre del 2011).

DOUGLAS ALEMÁN BENAVÍDEZ
ULISES ALFARO MONCADA
GLADYS DE LOS ÁNGELES BÁEZ ALVAREZ
ANA JULIA BALLADARES ORDOÑEZ
ALCALA BLANDÓN CRUZ
ALEJANDRO BOLAÑOS DAVIS
EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
CÉSAR CASTELLANOS MATUTE
JORGE CASTILLO QUANT
IRMA DAVILA LAZO
LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM
JOSÉ ESCOBAR THOMPSON
JOSÉ SANTOS FIGUEROA AGUILAR
DORIS ZULEMA GARCÍA CANALES
ERNESTO MARCELINO GARCÍA QUIROZ
EDUARDO JERONIMO GÓMEZ LÓPEZ
MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA
JUAN MANUEL GONZÁLEZ HENRÍQUEZ
VENANCIA DEL CARMEN IBARA SILVA
ODELL ÁNGEL INCER BARQUERO
AGUSTÍN ARMANDO JARQUÍN ANAYA
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
MARÍA MARGARITA LÓPEZ BLANDÓN
ADOLFO JOSÉ MARTÍNEZ COLE
JENNY AZUCENA MARTÍNEZ GÓMEZ
LESTER IVAN MARTÍNEZ HUETE
JASSER ENRIQUE MARTÍNEZ MONTOYA
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVAEZ
MARÍA LIDIA MEJÍA MENESES
ABSALÓN MARTÍNEZ NAVAS
ÓSCAR MONCADA REYES
IRIS MARINA MONTENEGRO BLANDÓN
RAMÓN ELISEO NÚÑEZ HERNÁNDEZ
SANTOS RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
OLGA XOCHILT OCAMPO ROCHA
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
JOSÉ PALLAIS ARANA
GUSTAVO EDUARDO PORRAS CORTÉS
BROOKLYN RIVERA BRYAN
INDALECIO ANICETO RODRÍGUEZ ALANIZ
FILIBERTO JACINTO RODRÍGUEZ LÓPEZ
ALEJANDRO RUIZ JIRÓN
JUAN ENRIQUE SÁENZ NAVARRETE
NERY NELSÓN SÁNCHEZ LAZO
JOSÉ RAMÓN SARRIA MORALES
MARIA EUGENIA SEQUEIRA BALLADARES
NASSER SEBASTIÁN SILWANY BÁEZ
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
IPÓLITO TÓRREZ PONCE
AUGUSTO ADRIÁN VALLE CASTELLÓN
JOSÉ RAMÓN VILLAGRA
Muy buenos días compañero Presidente estamos presentes 51 diputados y diputadas por tanto hay Quórum de Ley.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Se abre la Sesión.

SECRETARIA ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Remitimos a los diputados al Adendum 002. Para el punto 3.7 Discusión del Decreto de Aprobación de Pensión de Gracias a favor de Jorge Isaac Carvallo Rostran.
Le pedimos al Presidente o cualquiera de los Vicepresidente de la Comisión Económica, o Integrante de la Comisión Económica la lectura del Dictamen.
Diputado Odell Íncer.

DIPUTADO ODELL ÁNGEL ÍNCER BARQUERO:

Managua 8 de Septiembre del 2011

DICTAMEN FAVORABLE
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Señor Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 31 de Agosto del año 2011, para dictaminar el Proyecto de Pensión de Gracia a favor de Jorge Isaac Carvallo Rostrán.
I
Informe de la Comisión

1. De la Presentación de la Iniciativa.
El día 30 de Agosto del 2010, el Diputado Agustín Jarquín Anaya respaldó y remitió para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente Iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo Dictamen y posterior Aprobación.

2. Objetivo
El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor de Jorge Isaac Carvallo Rostrán, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor como artista nacional e internacional y por ser prolífico musicólogo, pionero de la música testimonial y continuador del son nica.

3. Consulta.
En base al artículo 12 párrafo segundo y el artículo 13 literal e) de la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la Facultad Constitucional de la Asamblea Nacional Contenida en el Numeral 19) del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.
En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a éste se le consultó acerca de la disponibilidad de recursos con los que se cuenta en el Fondo de reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. A lo cual este Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida permiten aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.
II
Antecedentes.
Jorge Isaac Carvallo Rostrán nace en la ciudad de Chichigalpa, el 17 de Mayo de 1931, desde la edad de 25 años inició su vida artística, se ha destacado en su carrera artística como compositor e intérprete, solista de guitarra y pionero de la música típica pinolera. Ha dedicado su vida al fomento, promoción y difusión del Arte y la Cultura popular.

Durante 25 años dedicó programas en diferentes radios emisoras del país en el que compartía su conocimiento e instruía al pueblo nicaragüense sobre el significado, historia e importancia de la música folklórica, música típica y música nacional. De igual manera alentaban a nuevos compositores y mostraba la vida y obras de los músicos y consagrados de Nicaragua.

Durante su vida artística ha sido distinguido con homenajes por casi todos los Gobiernos de Nicaragua y sus diferentes instituciones, de igual manera han recibido galardones y placas conmemorativas por parte de empresas privadas, colegios y universidades del país.

Asimismo ha sido galardonado con el primer lugar en los tres únicos concursos “Música Típica de Nicaragua”:
En 1964, patrocinado por el Instituto de Fomento Nacional (INFONAC) canción El Cañalito, en 1972, patrocinado por la Federación Nicaragüense de Baseball Aficionado (FENIBA) canción veinte campeonatos; en 1995, patrocinado por INEC canción Sin mover un pie de tu hogar.
Este cantautor nos ha deleitado a través de su obra con muchas canciones entre las cuales solo mencionaremos algunas: Campesino aprende a leer, Matagalpa, La mujer de Juan Lezama, Lesbia Guerrero, La Juliana, El Cañalito, Mama, mamacita, Alexis Argüello, Día de pago, El sol.
Jorge Isaac Carballo, es parte del enjambre de inspirados músicos nicaragüenses que se han sabido ganar el respeto y la admiración de todo un pueblo. A sus 80 años de edad se encuentra en delicado estado de salud, padece de diversas enfermedades y ha sido sujeto de distintas operaciones.
III
Consideraciones de la Comisión.

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la brillante trayectoria y labor artística en el campo musical del Señor Jorge Isaac Carvallo Rostrán, quien a los 80 años de edad y con más de 50 años de componer y cantar la música nacional, se ha destacado por ser prolífico musicólogo, pionero de la música testimonial y continuador del son nica. Asimismo, se destaca como compositor musical e intérprete de más de 200 canciones, inéditas algunas de estas, de distintos estilos que van desde bolero, cumbias, cha cha chá, hasta representaciones artísticas y típicas de Nicaragua.

Además de los méritos propios del Señor Jorge Isaac Carvallo, los suscritos integrantes de la Comisión consideramos necesario señalar que el Sr. Isaac Carvallo, actualmente se encuentra padeciendo severos problemas de salud, lo cual unido a su avanzada edad y a las limitaciones económicas para hacerle frente a estos problemas y demás necesidades básicas, le hacen encontrarse en una situación de alta vulnerabilidad.

Después de haber leído la impresionante trayectoria artística musical del Sr. Carvallo Rostrán, que fundamenta esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados informamos a los honorables Diputados haber corroborado que el ilustre Señor Jorge Isaac Carvallo Rostrán, cumple los requisitos establecidos en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua publicada en la Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Con la aprobación de Pensiones de Gracia como éstas, estamos retribuyendo con un merecido reconocimiento y un modesto pero significativo respaldo económico, el esfuerzo y dedicación de hombres y mujeres del arte que con su trabajo y esfuerzo enaltecen a nuestro país tanto dentro como fuera de nuestras fronteras, preservan y promueven nuestro acervo cultural y realizan una inestimable contribución al Arte y Cultura Nacional.
IV
DICTAMEN DE LA COMISION
La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la Iniciativa de Pensión de Gracia a favor de Jorge Isaac Carvallo Rostrán, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en la Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98, 99, 100 y 102 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.
Solicitamos al honorable Plenario la aprobación del mismo.
Firma.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN, ECONOMÍA Y PRESUPUESTO
Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente
Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente
Ing. René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante
Adolfo Martínez Coles Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante
Odell Íncer Barquero Douglas Alemán Benavídez
Integrante Integrante
Guillermo Osorno Brooklyn Rivera Bryan
Integrante Integrante
Hasta aquí.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias diputado.
Pasamos a la discusión del Dictamen en lo General.
Diputada María Lydia Mejía.

DIPUTADA MARÍA LYDIA MEJÍA MENESES:
Gracias compañero Presidente.
Bueno yo quiero aprobar y pedir a los diputados que nos apoyen con ese voto Favorable para aquellos hombres que han dado todo por la Cultura de nuestro país.

Así que pido firme voto para esta Pensión de Gracias, para este compañero; pero también quiero pedirle compañero Presidente que nos conceda un minuto de silencio en honor al XXI Aniversario de nuestro compañero Carlo Núñez Téllez; que estuvo cumpliendo XXI Aniversario el 2 de octubre.
Por el alto honor que nos dio a los y las nicaragüenses en este Parlamento.
Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Un minuto de silencio.
Muchas gracias.
A votación el Dictamen en lo General.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
48 votos a favor, presentes 11, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo General.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
Arto. 1. Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al Señor Jorge Isaac Carvallo Rostrán, identificado con cédula de identidad No. 084-170531-0001N, como reconocimiento a su distinguida trayectoria artística como músico e intérprete y canta autor nacional e insigne maestro de generaciones de músicos nicaragüenses.
Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
49 votos a favor, presentes 14, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
Arto. 2. La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de Cinco Mil Córdobas Mensuales (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.
Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:

A discusión el artículo 2.

A votación el artículo 2.

Se abre la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se va a cerrar la votación.

Se cierra.

54 votos a favor, presentes 10, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 3. Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de reserva creado por la Ley No. 175 “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida Presupuestaria.
Hasta aquí el artículo 3.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
50 votos a favor, presentes 15, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
Arto. 4. La presente Pensión de Gracia se concede con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756 “ Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en la Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.

Así mismo, este beneficio no será objeto de venta, traspaso, embargo o gravamen de ninguna especie; y solo será entregado al Señor Jorge Isaac Carvallo Rostrán, o a persona debidamente autorizada para ello.
Hasta aquí, ya concluye el artículo 4.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 4.
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
50 votos a favor, 0 en contra, 0 abstención, presentes 16. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
Arto. 5. El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta Diario Oficial. Por tanto. Publíquese.
Hasta aquí el artículo 5.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 5.
A votación el artículo 5.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
50 votos a favor, presentes 16, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 5. Y con él se aprueba la Pensión de Gracia al canta autor Jorge Isaac Carvallo Rostran.
Queremos recordarle al Plenario que hoy es cuatro de octubre Aniversario del nacimiento y la muerte de Benjamín Zeledón; por lo que Junta Directiva ha delegado al Compañero Wilfredo Navarro para que haga el recordatorio correspondiente.
Diputado Navarro.

DIPUTADO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Gracias Presidente.
Hoy es un día en que se celebra los 99 años de la muerte en combate del General Benjamín Zeledón; y tenemos que prepararnos para celebrar los nicaragüenses el próximo año y yo pediría que el próximo año el 4 de octubre se haga una Celebración Especial; porque va hacer el centenario de la muerte en combate del General Zeledón.

Y Zeledón no es porque haya sido un General Liberal; pero ha trascendido el color político y ahora es un símbolo de la lucha nacionalista y antiimperialista; he porque en la segunda Intervención norteamericana en 1912 en Nicaragua, es que el General Mena que era Ministro de Guerra de Adolfo Díaz, se revela y se genera la guerra que se llamo la guerra de Mena donde Benjamín Zeledón es el Comandante en Jefe del Ejército rebelde o revolucionario de esa época; y se da una lucha desigual porque se fundan las tropas del Ejercito de Adolfo Díaz y más de 2,800 marines norteamericanos para tratar de acallar la lucha libertaria de Zeledón.

Zeledón nace un cuatro de octubre de 1879, en la Concordia Jinotega y fueron sus padres Marcelo Zeledón Ugarte y doña María Salome Rodríguez muy joven se traslado a Honduras, estudio saco su bachillerato en ciencia y letras y en 1900 regresa a Nicaragua y se gradúa de doctor en Derecho.
Zeledón inicia sus primeros pasos en la guerra cuando se da la revolución del lago contra Zelaya promovida por Emiliano Chamorro.

Es nombrado en la guerra contra Honduras y el Salvador General de Ejército durante la batalla de Enmanigüe en 1907 cuando el Ejército Nacional de Nicaragua derrota a los Ejército conjuntos de Honduras y el Salvador. Y llegan hasta Tegucigalpa nuestras tropas y se define quien va a ser el Presidente en Honduras.
Es decir una de las batallas más gloriosas que ha tenido el Ejército de Nicaragua en su historia en 1907, es la Batalla de la Enmanigüe en que derrotamos a dos Ejércitos Centroamericanos y Zeledón es un héroe de esa Batalla.

Después fue Ministros plenipotenciario y extraordinario en Guatemala y en la corta Administración de José Madrid después de la caída de Zelaya, ocupa el lugar de Ministro de Guerra y una vez derrotado Madriz en 1911 es abandona el país y se va del exilio.

Toma el Poder en 1911 Adolfo Díaz, y por su entrega al Gobierno Norteamericano se revela el General Mena y se revela Zeledón e inicia la guerra de Mena.

Zeledón derrota en Tipitapa a las fuerzas del Gobierno y es por eso que Adolfo Díaz pide la intervención Norteamericana y el 3 de octubre de 1912 llegan a Nicaragua dos mil ochocientos soldados norteamericanos para participar en la guerra y tratar de reducir la lucha patriótica y ya antiimperialista y nacionalista de Zeledón.

Porque yo quisiera tomarme el tiempo de leerles una proclama de Zeledón que hace horas antes de su muerte y yo recuerdo a Zeledón cuando está en Masaya y ya las hordas del Ejército Norteamericano blandiendo la bandera de las barras y de las estrellas sobre el Coyotepe y el Estado con un Ejército de 500, 600 soldados contra más de 2,600 y las tropas conservadoras.
Zeledón al oír el estruendor de la artillería norteamericana, sus soldados llegan y le dicen: “Hay vienen esos tal por cuales y no los podemos detener”. Zeledón con calma les dice no, ellos no tienen la culpa; las culpa la tienen los tienen los que los trajeron.

Y esas palabras tienen que retumbar en la mente de todos los nicaragüenses porque la historia se ha repetido y las intervenciones de todo tipo se han dado porque han sido llamados los interventores a nuestro país.

Benjamín Zeledón se destaco por su nacionalismo, por su heroísmo, por su patriotismo y por sobre todo su visión anti imperialista. Le ofrecieron la rendición y el no la acepto, murió disparando hasta el último cartucho a la edad de treinta y tres años, una edad simbólica el cuatro de octubre de 1912.

El próximo año estamos celebrando la gesta patriótica del Coyotepe y de la gesta heroica y muerte de Zeledón.
Zeledón pudo haber sido capturado pero fue asesinado y lo transportaron en una carreta y lo dejaron tirado su cadáver a la entrada del cementerio de Catarina.

Almas caritativas lo enterraron y por eso hoy la Asamblea Nacional y quiero invitar a los Miembros de la Junta Directiva que ya están invitados reiterarles a los Jefes de Bancada y pedirles a la mayor cantidad de diputados que puedan acompañarnos hoy al Coyotepe; para que a los 99 años de la muerte de Zeledón de su nacimiento y muerte porque el nace un cuatro de octubre y muere un cuatro de octubre a los treinta y tres años.

Hoy la Asamblea Nacional inaugurará una exposición como la que tenemos aquí en la Avenida Sandino, sobre esa gesta heroica de Zeledón y queremos contar con la presencia de los diputados y diputadas de esta Asamblea Nacional, para rendirle homenaje a Zeledón; y que después por favor nos acompañen a Catarina para depositar una ofrenda floral en la entrada del cementerio.

Porque hay que decirlo en altas y claras voces, Benjamín Zeledón como José Dolores Estrada, como Andrés Castro, como el General Sandino han transcendido los colores políticos y son héroes nacionales que deben de tener el reconocimiento de todos los nicaragüenses.

El simbolismo de Zeledón y su gesta y su proyección anti imperialista debe ser ejemplo para todos los nicaragüenses.
Y yo quiero para terminar leer, es algo largo pero vale la pena leerlo es el parte de guerra del General Zeledón, el les dice a sus soldados:

Caminamos hacia la puerta del capitolio de Managua, el termino de la fatigas y el de las penalidades concluirá, brazo a brazo hemos luchado con la muerte en el reloj de nuestro sin fortunio solemne, mágica sonora y sublime ha sonado la hora de la redención.

Yo saludo en estos momentos históricos soldados de la patria, vuestros pechos coraza opuesta a la muerte a vertido sangre generosa porque es sangre de libertadores; pero brisas de libertad refresca en el bello país de Nicaragua, la madre anciana encorvada por la miseria, el niño pálido por la escasez serán redimidos, el pobre humillado, explotado escarnecido por una insolente oligarquía tendrá pan para sus bocas hambrientas y lienzo para cubrir sus ateridos cuerpos heridos.

Sin libertad no hay vida, sin igualdad no hay luz, sin autonomía nacional impera el caos, hemos peleado y pelearemos porque la libertad nos da vida, porque la igualdad nos da luz, y porque la autonomía nacional efectiva reconquistada hará desaparecer el caos en que navegamos.

Y este párrafo es muy importante, no más intervención en nuestros asuntos internos, todo debe ser administrado por los nicaragüenses, debemos tener una decisión, ser un país soberano, con anhelo de libertad. Y la última carta de Zeledón que le dirige a su esposa y a sus hijos, dice en la parte conducente, porque cuando Zeledón está sitiado su suegro llega a decirle que Chamorro que era el Ministro de la Guerra, de Adolfo Días le decía que si se rendía le iba a perdonar la vida y la respuesta de Zeledón fue, “Chamorro acaba de mandarme a tu papá a convencerme de que estoy perdido y de que mi única salvación está en que yo claudique rindiéndome, que Chamorro lo haya hecho se comprende porque me cree como él, y claro está, si él se viera en mi caso se correría como se ha corrido otras veces y vería que se le pagara en honores lo que no ha defendido en el campo de batalla, tu papá agotó los razonamientos que su cariño y su claro talento le sugirieron, me habló del deber que tengo de conservar mi vida para proteger la tuya y la de nuestros hijitos, esos pedazos de mi corazón para quienes quiero legar una Nicaragua libre y soberana, libre de intervencionismo norteamericano, pero no nos entendimos, porque mientras él pensaba en la familia yo pensaba en la patria, es decir, la madre de todos los nicaragüenses y como él insistiera le dije al despedirnos que desde que lance el grito de rebelión contra los invasores y contra quienes los trajeron, no pensé más en mi familia, solo pensé en mi causa y mi bandera, porque es deber de todos luchar hasta la muerte por la libertad y la soberanía del país”.
Que retumben hoy cuatro de octubre a 99 años de la muerte en combate del General Benjamín Zeledón sus palabras y que todos los nicaragüenses pensemos más en Nicaragua, más en el bienestar de este país y nos olvidemos de las luchas intestinas que son las que permiten que los de afuera decidan sobre el destino de Nicaragua.
Muchas gracias, Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Continuamos con el 3.8.

SECRETARIO WILFREDO NAVARRO MOREIRA:
Remitimos siempre en el Adendum 2. a los honorables diputados, al punto 3.8. Pensión de Gracia a favor de Monseñor José del Carmen Suazo Hernández.
Pedimos al Presidente de la Comisión de Producción, que por favor, proceda a leer el Dictamen Favorable y el Informe de la Comisión.
Diputado Gutiérrez.

DIPUTADO WÁLMARO GUTIÉRREZ MERCADO:

Managua, 08 de Septiembre del 2011
DICTAMEN FAVORABLE
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Señor Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos el mandato del Plenario el día 29 de Abril del año 2009, para dictaminar el Proyecto de Pensión de Gracia a favor de Monseñor José del Carmen Suazo Hernández.
I
INFORME DE LA COMISIÓN

1. De la Presentación de la Iniciativa.

El día 26 de Agosto del 2008, el Diputado Nery Nelson Sánchez Lazo respaldó y remitió para su presentación en Primera Secretaría de este Poder del Estado la presente iniciativa de Decreto Legislativo para su respectivo dictamen y posterior aprobación.

2. Objetivo

El objetivo del presente proyecto de Decreto Legislativo es otorgar Pensión de Gracia con carácter vitalicio a favor de Monseñor José del Carmen Suazo Hernández, como un reconocimiento honorífico y distinción especial a su destacada labor religiosa como párroco al servicio de la feligresía y la población en general, especialmente de aquellos que más lo necesitan.

3. Consulta.

En base al Artículo 12 párrafo segundo y el Artículo 13 literal e) de la Ley No. 756: “Ley reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, la presente iniciativa de Decreto Legislativo de otorgamiento de pensión de gracia fue consultada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su cargo.

En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se le consultó sobre la disponibilidad de recursos con los que se cuenta el Fondo de reserva creado por la Ley No. 175: “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y Publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año. Dicho Ministerio confirmó que los recursos disponibles con los que actualmente cuenta esta partida permite aprobar esta nueva pensión de gracia con su respectivo cargo económico.
II
ANTECEDENTES

Monseñor Suazo Hernández nace en Subtiava, León, el 16 de Julio de 1925. A la edad de 27 años fue ordenado sacerdote en el Estado de Puebla, México. Una vez ordenado como sacerdote fue destinado para la atención pastoral de la feligresía del Ingenio San Antonio y la Parroquia de San Felipe de la Ciudad de León, construida en 1685 para dar servicio a los negros y mulatos y donde Monseñor Suazo durante su ministerio se identifico socialmente con los indígenas y campesinos de la localidad a través de su labor pastoral.

En el año 1954 es trasladado como Párroco de la Iglesia de la Trinidad compartiendo con los feligreses de esta comunidad por más de 10 años. Posteriormente, es transferido a la Ciudad de Somoto como párroco de la Iglesia.

Monseñor Suazo a lo largo de su vida y durante su ministerio dentro de la iglesia se ha destacado como ser humano y hombre de fe, contribuyendo al desarrollo de las comunidades donde ha ejercido su labor, tales como la fundación del Colegio Cristóbal Colón en la Ciudad de Somoto.

Asimismo, durante la década de los 70 y a lo largo de 15 años promovió los programas de alfabetización entre el campesinado de esa región, que permitió elevar el estatus educativo y cultural de esta población, logrando dichos campesinos aprender a leer y escribir por primera vez.

También, apoyó a las zonas rurales participando en la Cruzada Nacional de Alfabetización, trabajó con los campesinos en el desarrollo de proyectos agrícolas y comunitarios, se comprometió con el respeto de los derechos humanos y la justicia de los más desprotegidos.

Esto le ha valido a Monseñor Suazo para ser reconocido como el Apóstol de los Campesinos, por su labor religiosa, social y humana que demuestra el servicio que ha concedido a su pueblo.

Asimismo, ha sido reconocido como “Hijo Dilecto de Somoto” por parte del Consejo Municipal de la Alcaldía de Somoto y obtenido reconocimiento de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN-León), a través de su Sede de Somoto, por sus múltiples obras al servicio de los más necesitados.
III
CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

Los suscritos integrantes de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, hemos analizado con mucho respeto y admiración la labor religiosa, social y humanitaria de Monseñor Suazo Hernández, considerando que sus méritos reflejados en su vocación al sacerdocio, ha trascendido en la vida de la Iglesia y de la comunidad cristiana en la que se ha desempeñado, demostrándolo a través de sus servicios a favor de la feligresía y de los más necesitados.

Después de haber analizado la vocación y solidaridad que ha demostrado con la comunidad Monseñor Suazo, que fundamenta esta iniciativa de Decreto Legislativo de Otorgamiento de Pensión de Gracia, los suscritos Diputados integrantes de esta Comisión informamos al Honorable Plenario que hemos corroborado que Monseñor José del Carmen Suazo Hernández, cumple con los requisitos establecidos en la Ley No. 756 “Ley reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, Publicada en la Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.
IV
DICTAMEN DE LA COMISION

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional después de haber analizado la iniciativa de Pensión de Gracia a favor Monseñor José del Carmen Suazo Hernández, con fundamento en el artículo 138 numeral 19 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en la Ley No. 756 “Ley Reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua” publicada en la Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011, y en base a los artículos 98, 99, 100 y 102 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua” hemos resuelto emitir el presente Dictamen Favorable.
Solicitamos al honorable Plenario la aprobación en lo General y en lo Particular del mismo.
COMISIÓN DE PRODUCCIÓN ECONOMÍA Y PRESUPUESTO.

Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente
Freddy Torres Montes José Figueroa Aguilar
Vicepresidente Vicepresidente
René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Integrante Integrante
Adolfo Martínez Cole Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante
Odell Íncer Barquero Douglas Alemán Benavídez
Integrante Integrante

Guillermo Osorno Brooklyn Rivera Bryan
Integrante Integrante
Todos ellos integrantes.
Hasta aquí el Dictamen Señor Presidente.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias Diputado.
A discusión el Dictamen en lo General.
Diputado Nery Nelson Sánchez.

DIPUTADO NERY NELSON SÁNCHEZ LAZO:
Gracias señor Presidente.
Como primero, pues agradecer y apoyar unánimemente esta Pensión de Gracia a Monseñor José Carmen Suazo, creo que es el pueblo de Somoto, el pueblo de Madrid está contento por esta Pensión de gracia y esperamos que todos los diputados presentes pues de las diferentes Bancadas apoyen esta Iniciativa a Monseñor José Carlos Suazo.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputada Martha Marina González.

DIPUTADA MARTHA MARINA GONZÁLEZ DÁVILA:
Gracias señor Presidente.
Efectivamente conozco personalmente a Monseñor José del Carmen Suazo, es un Sacerdote que ha dado toda su vida por el bien común ahí en el Departamento de Madrid que es donde más ha permanecido haciendo su ejercicio Sacerdotal y sirviéndoles sobre todo a la gente más pobre, a la niñez de ahí del Departamento de Madriz y en estos momentos el se encuentra en una situación bastante lamentable de salud y creo que es oportuno que se esté discutiendo y que aprobemos todos esta Pensión de Gracia que tanto necesita Monseñor José del Carmen Suazo porque lleva mucho tiempo ya de estar enfermo y como decía el compañero Nery, esta Pensión se ha venido solicitando desde el año pasado pero gracias a Dios que ya es posible que este año ya y este momento a él se le haga efectiva porque es un cura que realmente ha dado todo, toda su vida en beneficio de los sectores más pobres y sobre todo en el departamento de Madriz.
Muchas Gracias.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracia diputada.
Pasamos entonces a la votación en lo General.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
51 votos a favor, presentes 23, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el Dictamen en lo General.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
ARTO. 1. Otórguese Pensión de Gracia con carácter vitalicio al Monseñor José del Carmen Suazo Hernández, Cédula de Identidad No. 281-160725-0008Q, como reconocimiento a su intensa, brillante y distinguida trayectoria pastoral y por sus servicios sociales y humanos a favor de la población nicaragüense.
Hasta aquí el artículo 1.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 1.
A votación el artículo 1.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
49 votos a favor, presentes 24, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba el artículo 1.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 2. La Pensión de Gracia concedida por virtud del presente Decreto Legislativo, se otorga por un monto de Cinco mil córdobas mensuales (C$ 5,000.00), los cuales se revalorizarán en base a disposición legal contenida en la ley de la materia.
Hasta aquí el artículo 2.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
52 votos a favor, presentes 22, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba el artículo 2.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
Arto 3. Para efectos del pago de la presente Pensión de Gracia, éste se efectuará con cargo al Fondo de reserva creado por la Ley No. 175: “Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia”, aprobada por la Honorable Asamblea Nacional en fecha 15 de Abril del año 1994 y publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 111 del 15 de Junio de ese mismo año; aplicándolo a la correspondiente partida Presupuestaria.
Hasta aquí el artículo 3.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
51 votos a favor, presentes 23, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba el artículo 3.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
Arto. 4. La presente Pensión de Gracia se conceden con todos los beneficios, protecciones y privilegios adicionales que se establecen en la Ley No. 756: “Ley reguladora de la facultad Constitucional de la Asamblea Nacional contenida en el numeral 19) del artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua”, publicada en la Gaceta Diario Oficial del veinticuatro de marzo del año 2011.
Asimismo, este beneficio no será objeto de venta, traspaso, embargo o gravamen de ninguna especie; y sólo será entregado a Monseñor José del Carmen Suazo Hernández y/o a persona debidamente autorizada para ello.
Hasta aquí el artículo 4.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 4.
A votación el artículo 4.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
55 votos a favor, presentes 19, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba el artículo 4.

SECRETARIA ANA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:

Arto. 5. El presente Decreto entrará en vigencia treinta días posteriores a su publicación en La Gaceta Diario Oficial. Por tanto. Publíquese.
Hasta aquí el artículo 5.

PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 5.
A votación el artículo 5.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra.
55 votos a favor, presentes 19, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba el artículo 5 y con él se aprueba la Pensión de Gracia para Monseñor José del Carmen Suazo Hernández.

SECRETARIA ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Continuamos en el Adendum 002. Con el punto 3.9. Para la discusión del Dictamen del Decreto de Aprobación de Pensión de Gracia a favor del Señor Ernesto Soto Larios. Y le pedimos al Presidente de la Comisión de Producción de Economía y Presupuesto, o a cualquiera de los Miembros de la Comisión Económica la lectura del Dictamen.

Diputado Wálmaro Gutiérrez.

EMPALMADO CON CASETE 16





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