Interpretaciones:
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Derogaciones:
De la Ley N°. 265, Ley que Establece el Autodespacho para la Importación, Exportación y Otros Regímenes se deroga lo siguiente:
El Inciso f) del numeral 1) en el Artículo 16
El numeral 3) del Artículo 18
Los Artículo 25, 71, y 73
El Numeral 2) del Artículo 44
El Literal f) del numeral 5) y el numeral 6) del Artículo 54
El numeral 16 del Artículo 61
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Reformas:
A la Ley N°. 265, Ley que Establece el Autodespacho para la Importación, Exportación y Otros Regímenes.
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Adiciones:
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Suspensiones:
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Observaciones: |
En La Gaceta, Diario Oficial N°. 114 del 19/06/2002 se encuentra publicado el Anexo a Ley N°. 421, INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA DECLARACIÓN VALOR DE ADUANA. |