Interpretaciones:
. |
Derogaciones:
Artos. 45 y 46 del Decreto No. 428, Procedimientos Penales para la Extradición ( ).
Artos. 2, 3, 6 y 24 de la Ley de Jurados de 1907.
. |
Reformas:
Artos 23, 24, 27 del Código de Instrucción Criminal ( ).
. |
Adiciones:
. |
Suspensiones:
. |
 |
Observaciones: |
Este Decreto en su Arto. 7 cita que Deroga y Reforma algunos Artículos de la Ley de Jurados del 21 de Septiembre de 1897 pero el año correcto de esa Ley es de 1907 de la cual no hay existencia física ni en el archivo de esta dirección ni en la Biblioteca. |