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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:Entes Autónomos Descentralizados del Estado. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos - Ley
Número:4-90
Gaceta No.:87
Fecha Publicación:05/08/1990. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 290.

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Reformada por
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Decreto Ejecutivo N°. 54-94, Derógase un Acápite del Decreto N°. 4-90, Entes Autónomos Descentralizados.

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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Para cada Ente Autónomo, el Presidente de la República nombrará un Director, a excepción para el Banco Central de Nicaragua, el cual tendrá el cargo de Presidente.

Al Deróganse todas las Leyes y Decretos creadores y orgánicos de los Entes Autónomos del Estado y demás disposiciones contrarias al presente Decreto.

Esta norma es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa, aprobada el 10 de junio de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 170 del 21 de septiembre de 2023.



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