Interpretaciones:
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Derogaciones:
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Reformas:
Los Artículos 4, 9, 12, 19 y 84 del Decreto Legislativo A.N. N°. 149, Código de Aranceles Judiciales
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Adiciones:
Se adiciona el Artículo 3, dos párrafos, del Decreto Legislativo A.N. N°. 149, Código de Aranceles Judiciales.
Se adiciona al Artículo 8 el numeral 8).
Se adiciona al Artículo 84 agregándole el siguiente inciso: "46).
Se adiciona al Artículo 118, cuatro párrafos.
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Suspensiones:
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Observaciones: |
Esta norma es parte del Anexo I, Registro de Normas Vigentes de la Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa, aprobada el el 10 de junio de 2021 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 170 del 21 de septiembre de 2023. |