Reformas:
El artículo 1090 Pr. ( En Gaceta No. 15 del 10 de Abril de 1869 se establece que el Gobierno en la próxima reunión de la Legislatura, presentará como iniciativa los Códigos de Procedimientos Civil, Penal y de Comercio, pero no se encontraron publicados en Gaceta )
. |