LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Aprobación del Poder Ejecutivo para la Acuñación de Moneda de: C$1.00, 0.25, 0.10 y 0.05. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:82-MEIC
Gaceta No.:144
Fecha Publicación:06/28/1972. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 974, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas.

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Decreto Ejecutivo N°. 95-MEIC, Decreto Complementario al Decreto No. 82-MEIC del 13 de Junio de 1972 Relativo a Acuñación de Monedas Metálicas.

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Normas Relacionadas
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Decreto Ejecutivo N°. 106-MEIC, Reforma al Decreto No. 82 MEIC del 13 de Junio de 1972 Relativo a Acuñación de monedas.

Decreto Ejecutivo N°. 27- MEIC, Apruébase Acuñación Adicional de Monedas a la Aparecida en Decreto No. 82-MEIC.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Apruébase la autorización otorgada por el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua para la acuñación de nuevas monedas metálicas Córdoba hasta por la cantidad de 44 millones de piezas divididas así: 20 millones de un Córdoba y 4 millones de veinticinco centavos en cupro - níquel; 10 millones de diez centavos y 10 millones de cinco centavos en acero chapado en níquel, con un valor facial de C 22,500.000.




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