LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Aprobación del Poder Ejecutivo para la Acuñación de Moneda de: C$1.00, 0.25, 0.10 y 0.05. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:82-MEIC
Gaceta No.:144
Fecha Publicación:06/28/1972. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley No. 974, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Decreto Ejecutivo No. 95-MEIC, Decreto Complementario al Decreto No. 82-MEIC del 13 de Junio de 1972 Relativo a Acuñación de Monedas Metálicas (Indice Relacionado).

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Normas Relacionadas
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Decreto Ejecutivo No. 106-MEIC, Reforma al Decreto No. 82 MEIC del 13 de Junio de 1972 Relativo a Acuñación de monedas (Indice Relacionado).
Decreto Ejecutivo No. 27- MEIC, Apruébase Acuñación Adicional de Monedas a la Aparecida en Decreto No. 82-MEIC (Indice Relacionado).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Apruébase la autorización otorgada por el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua para la acuñación de nuevas monedas metálicas Córdoba hasta por la cantidad de 44 millones de piezas divididas así: 20 millones de un Córdoba y 4 millones de veinticinco centavos en cupro - níquel; 10 millones de diez centavos y 10 millones de cinco centavos en acero chapado en níquel, con un valor facial de C 22,500.000.




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