Derogaciones:
A la Ley N°. 215, Ley de Promoción a las Expresiones Artísticas Nacionales y de Protección a los Artistas Nicaragüenses.
Decreto-Ley N°. 20-90, Adscríbase al Instituto Nicaragüense de Cultura, la Cinemateca Nacional.
Decreto-Ley N°. 22-90, Adscripciones.
Decreto Ejecutivo N°. 20-99, Declaratoria Patrimonio Artístico y Cultural de la Nación Archivo Fílmico de la Cinemateca Nacional.
Decreto Ejecutivo N°. 100, Creación del Instituto Nicaragüense de Cine.
Decreto Ejecutivo N°. 500, Reforma a la Ley de Creación del Instituto Nicaragüense de Cine.
Reglamento, Reglamento creador de la Comisión de Clasificación de Cine.
Reglamento N°. 62-99, Reglamento de la Ley de Promoción a las Expresiones Artísticas Nacionales y de Protección a los Artistas Nicaragüenses.
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La Ley N°. 1132, deroga el Capítulo II “Del Consejo Nicaragüense de Cinematografía y las Artes Audiovisuales”, los artículos del 4 al 13; los artículos 14, 15 y 22; el Capítulo IV “Del Fondo de Fomento al Cine Nacional”, los artículos del 24 al 30; los artículos 36, 40, 42, 43 y 45 de la Ley N°. 723, Ley de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
Esta norma es parte del Anexo IV Registro de Normas Consolidadas de la Ley N°. 1032, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura, aprobada el 25 de junio de 2020, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2020. |