Interpretaciones:
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Derogaciones:
Decreto Legislativo, Ley Agraria ().
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Reformas:
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Adiciones:
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Suspensiones:
a) El impuesto sobre la trasmisión de la propiedad, a que se refiere el Arto. 1º, Decreto Ejecutivo, (Transmisión de la Propiedad Inmueble) (), se pagará en efectivo y se destinará al servicio de los Bonos Aduaneros Garantizados.
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Observaciones: |
La presente ley deroga en lo que se le opongan las leyes de 1º de noviembre de 1904 pero no hay existencia de esta norma, solamente una aprobada el 14 de Noviembre y publicada el 7 de Diciembre de dicho año. |