| El Decreto-Ley N°. 32, Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente, de 3 de Febrero de 1824, para que los Diputados no Puedan ser Albaceas, ni Ejercer su Profesión. , es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley N°. 1096, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Civil. |