Los reos condenados á las penas de prisión ó arresto podrán ocurrir al Gobierno para que, si tiene á bien, los dedique á trabajar en las obras públicas de interés general que les designe, sin perjuicio del derecho que les concede, respecto á las locales, el Arto. 28 del Decreto Ejecutivo, Decreto, Introduciendo Algunas Reformas en Materia Civil y Criminal (). |