Reformas:
Autorizar la reforma de los siguientes artículos, y en los casos que se indique, solo de los literales que específicamente se detallen del capítulo V Bis "Resolución No. CD-BCN-XIX-1-18, Normas Financieras para Adoptar un Esquema de Operaciones Monetarias Diarias de Absorción e Inyección de Liquidez (), los que deberán leerse así: Arto. 111 ter. Términos y condiciones de los DM, literal b) b) Plazo: De 1 hasta 359 días. REPORTOS MONETARIOS Arto. 111 quárter. Definición de Reportos Monetarios (RM), Arto. 111 quinquies. Términos y condiciones de los RM, literal e), Arto. 111 sexies. Definición, Arto. 111 nonies. Facultades del COMA, literal a), Arto. 3 Conceptos, literal b).
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