Título: | (Se Autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Para que en Nombre y Representación del Estado, Suscriba con el Banco Central de Nicaragua un Convenio Interinstitucional, Mediante el cual el Estado Asuma Formalmente la Obligación de Pagar al Banco Central de Nicaragua los Saldos Deudores que Resultaren de la Liquidación de los Activos de las Juntas Liquidadoras han Transferido o están en Proceso de Juntas Liquidadoras). (Enlace al Texto)--> |