Interpretaciones:
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Derogaciones:
El Arto. N°. 15 del Decreto Legislativo N°. 117, Reglamentación del Código de Retiros y Pensiones de la Guardia Nacional.
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Reformas:
El Arto N°. 28 del Decreto Legislativo N°. 117, Reglamentación del Código de Retiros y Pensiones de la Guardia Nacional.
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Adiciones:
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Suspensiones:
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Observaciones: |
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