La presente norma tiene por objeto establecer los montos de las multas por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto No. 17-2014,
Decreto para la Aplicación de Medidas en Materia de Inmovilización de Fondos o Activos Relacionado con el Terrorismo y su Financiamiento Conforme las Resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) y Sucesivas, Resolución 1988 (2011) y Sucesivas y Resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (), dentro de los rangos establecidos en el Artículo 164 de la Ley No. 561, Ley General de Bancos (), determinados según la gravedad de la falta, conforme los parámetros y criterios a ser señalados en la presente Norma. Las instrucciones pertinentes relacionadas al referido decreto, fueron puestas en conocimiento de las entidades supervisadas mediante Circular, DS-DL-0988-04-2014/VMU de fecha 7 de abril del año 2014. |