Mientras no se dicte una disposición legal con carácter permanente, los Tesoreros Municipales, de conformidad con los Artos. 3, 4 y 5 del Decreto Ejecutivo No. 15, (Decreto Que Manda a Todos los Municipios Entregar a la Dirección General de Sanidad) ( ); procederán a recaudar los fondos motivados por lo ordenado en la presente ley. |