El presente Reglamento en su artículo 45 deroga el Reglamento Actividad de las Empresas Arrendadoras de Vehículos Automotrices y Acuáticos (Rent A Car), aprobado el 5 de marzo del 2001 y publicado en La Gaceta No. 108 del 8 de junio del 2001; el cual está incluido en el registro número IV, de Textos Consolidados de la Ley Nº. 1026, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Turismo, aprobada el 25 de marzo de 2020 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 156 del 21 de agosto de 2020. |