LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:(Reglamento para la Aplicación Interna del Convenio Internacional del Trigo Durante el Año Agrícola 1951/1952). (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:9
Gaceta No.:150
Fecha Publicación:07/19/1951. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Ley N°. 1005, Ley de Actualización del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN) (Legislación Relacionada).

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Instrumento Internacional, Convenio Internacional del Trigo (Indice Relacionado).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Los importadores que deseen importar trigo o harina de trigo dentro de los términos y beneficios del Convenio Internacional del Trigo de 23 de Marzo de 1949, en el próximo año agrícola que comienza el uno de Agosto del presente año y termina el treinta y uno de Julio del año 1952, deberán presentar al Ministerio de Economía, dentro de los diez días siguientes a la vigencia de este Decreto, una solicitud con expresión de cantidad para que se les asigne una cuota de trigo o harina de trigo para importarla durante el expresado año, ajustándose en lo posible, a sus capacidades de importación y ventas.




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