Para los efectos de esta ley, los Departamentos, el Distrito Nacional y sus Municipios de la República serán divididos en Cantones Electorales. En cada cantón habrá una Mesa Electoral. Al momento de hacerse la división cantonal cada Cantón abarcará la porción de territorio de un Departamento en el cual residan alrededor de cuatrocientos ciudadanos hábiles para votar. |