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Legislación Relacionada
Título:Ley para Adscribir la Dirección General de Minas a la Procuraduría General de Justicia. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Leyes
Número:1275
La Gaceta, Diario Oficial N°:27
Fecha Publicación:02/12/2026.
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Deróguese el literal p) del artículo 30 del Texto Consolidado, Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
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Reformas:
Al Texto Consolidado, Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

Al Texto Consolidado, Ley N°. 387, Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas.
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Adiciones:
A la Ley Nº. 1259, Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia.
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Suspensiones:

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Observaciones:
La Ley Nº. 1275, Ley para Adscribir la Dirección General de Minas a la Procuraduría General de Justicia, establece: 1. En la Ley N°. 387, Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas y su Reglamento, donde se lea Ministerio de Energía y Minas deberá leerse “Dirección General de Minas de la Procuraduría General de Justicia”. 2. En el ordenamiento jurídico nacional: a. Donde se lea Dirección General de Minas del Ministerio de Energía y Minas, deberá leerse: “Dirección General de Minas de la Procuraduría General de Justicia”; b. Donde se lea Ministerio de Energía y Minas, deberá leerse: “Ministerio de Energía”.



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